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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 54, de 29/05/1997
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DIARIO DE SESIONES DE LAS



CORTES GENERALES



COMISIONES MIXTAS



Año 1997 VI Legislatura Núm. 54



PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL
DE CUENTAS



PRESIDENTE: DON JOSEP SANCHEZ I LLIBRE



Sesión núm. 12



celebrada el jueves, 29 de mayo de 1997,
en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DIA:



Propuesta de Resolución sobre los siguientes Informes:



--Informe de fiscalización sobre la adquisición, el arrendamiento y la
gestión de instalación y puesta en funcionamiento de equipamiento
informático en la Seguridad Social. (Número de expediente Congreso
251/000022 y número de expediente Senado 771/000019.) (Página 988)



--Informe de fiscalización sobre gestión de las unidades de diagnóstico
por imagen en el Instituto Nacional de la Salud. (Número de expediente
Congreso 251/000034 y número de expediente Senado 771/000034.) (Página 990)



--Informe de fiscalización de inmuebles de la Seguridad Social. (Número
de expediente Congreso 251/000035 y número de expediente Senado
771/000034.) (Página 992)



Comparecencia de la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas (Carcía
Crespo) para informar sobre:



--Informe de fiscalización de las «Contabilidades Electorales relativas a
las elecciones a Cortes Generales, celebrado el 3 de marzo de 1996».

(Número de expediente Congreso 251/000042 y número de expediente Senado
771/000042.) (Página 995)



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--Informe anual del ejercicio 1993, relativo a las Comunidades Autónomas
y Corporaciones Locales y a su respectivo sector público. (Número de
expediente Congreso 250/000002 y número de expediente Senado 770/000002.)
(Página 1001)



--Informe de fiscalización de las subvenciones oficiales recibidas por
Cruz Roja Española en el año 1990. (Número de expediente Congreso
251/000036 y número de expediente Senado 771/000033.) (Página 1014)



Se abre la sesión a las cuatro y diez minutos de la tarde.




PROPUESTA DE RESOLUCION SOBRE LOS SIGUIENTES INFORMES:



-- INFORME DE FISCALIZACION SOBRE LA ADQUISICION, EL ARRENDAMIENTO Y LA
GESTION DE INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE EQUIPAMIENTO
INFORMATICO EN LA SEGURIDAD SOCIAL. (Número de expediente Congreso
251/000022 y número de expediente Senado 771/000019.)



El señor PRESIDENTE: Señoras y señores senadores y diputados, vamos a dar
comienzo a la sesión número 12 de la Comisión Mixta para las Relaciones
con el Tribunal de Cuentas, con el punto primero del orden del día,
respecto al informe de fiscalización sobre la adquisición, el
arrendamiento y la gestión para la instalación y puesta en funcionamiento
de equipamiento informático en la Seguridad Social. Se han presentado
diferentes propuestas de resolución de los grupos parlamentarios de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, Popular y Socialista. Como no
está el representante del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, quien por orden de entrada le correspondería el turno en su
primera intervención, damos la palabra al segundo grupo que ha presentado
propuestas de resolución, que es el Grupo Popular. Para defender las
propuestas de resolución, tiene la palabra la Diputada, doña María Reyes
Montseny.




La señora MONTSENY MASIP: Tomo la palabra para defender la propuesta de
resolución presentada por el Grupo Parlamentario Popular en relación al
informe emitido por el Tribunal de Cuentas, que creemos es importante
dada la pormenorización de los datos contenidos en las propias
recomendaciones que hacía el informe del Tribunal de Cuentas. Entendemos
que se deben establecer procesos de control interno, necesarios para
garantizar la remisión al Tribunal de Cuentas de todos aquellos datos,
expedientes de contratación y cuantos requisitos establezca dicho
Tribunal, por considerar que esto supone un control en la actuación de la
Administración. Lo mismo se podría decir para garantizar la adecuada
participación de los órganos de contratación de las entidades gestoras y
servicios comunes de la Seguridad Social.

Otra de las recomendaciones que, a nuestro modo de ver, parece
importantísima es que el concurso, junto con la subasta, debe ser el
sistema normal de adjudicación en la contratación administrativa de las
entidades gestoras de la Seguridad Social. Por tanto, entendiendo que el
informe emitido en su momento por el Tribunal de Cuentas señalaba una
serie de requisitos que se debían cumplir, por entender que habían sido
hasta cierto punto incumplidos en períodos anteriores, nuestra propuesta
de resolución solicita que el Tribunal acuerde que se amplíe el informe
de fiscalización del segundo trimestre de 1994 al primer trimestre de
1996, en relación a la adquisición, el arrendamiento y la gestión de
instalación y puesta en funcionamiento de equipo informático en la
Seguridad Social, y que por todo el período informado de 1993, 1994 y
1995, se dé conocimiento del porcentaje de las ampliaciones contractuales
en el orden económico y en el número de expedientes que no cuentan con el
preceptivo informe de la asesoría jurídica de la entidad contratante.

En relación a sendas propuestas de resolución presentadas en esta
Comisión, mi grupo va a apoyar la propuesta presentada por el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, por entender
que supone un mayor cumplimiento de la normativa y legislación aplicable
en cuanto a la actuación de las entidades gestoras de la Seguridad
Social. También vamos a apoyar la propuesta de resolución del Grupo
Parlamentario Socialista en el Congreso, si bien quiero hacer unas
matizaciones. En la propuesta de resolución el Grupo Parlamentario
Socialista dice que se aceptan en todos sus términos las recomendaciones
del Tribunal de Cuentas y se insta al Gobierno a tomar las medidas
oportunas para su cumplimiento. Dicho con todos los respetos, es evidente
que esa recomendación del Tribunal de Cuentas sirve para este Gobierno,
pero sirve también para anteriores gobiernos. Nosotros, en aras a la
objetividad, en aras a la finalidad del cumplimiento por parte de las
entidades gestoras de la Seguridad Social de la normativa vigente, es
evidente que hay que apoyar cualquier recomendación que sea propuesta por
otros grupos políticos, en virtud de las cuales se inste al Gobierno a
tomar las medidas oportunas para el cumplimiento; pero también quiero
dejar señalado, de forma muy clara y dentro de los cauces y mecanismos



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de control parlamentario que ejerce esta Comisión, que el Grupo
Parlamentario Socialista al hacer suyas las recomendaciones, no debe
olvidar que durante trece años han ejercido los destinos de España, y
hubiera tenido que aplicarse esa recomendación facilitando cuantos datos
se les requería por parte del Tribunal de Cuentas y que, como dice el
propio informe emitido por dicho Tribunal de Cuentas, muchas veces costó
grandes esfuerzos que las respectivas documentaciones y los oportunos
justificantes de esas mismas documentaciones fueran remitidos a dicho
Tribunal. Quiero dejar bien claro que el Gobierno del Partido Popular y
también el Grupo Parlamentario que lo sustenta en esta Comisión, vamos a
respaldar la propuesta de resolución del Grupo Parlamentario Socialista,
si bien tengo que decir que en su momento debieron haber cumplido los
criterios que el Tribunal emite en ese informe del pasado mes de marzo.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el Diputado don Mariano
César Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Con brevedad, porque creo que el texto de
nuestra propuesta es clarísimo. Entendemos que los recursos públicos no
han sido bien gestionados en este caso, y por ello proponemos, a la vista
del propio informe del Tribunal, que se apruebe una resolución en el
sentido de rechazar los métodos de gestión empleados en cuanto suponen un
despilfarro de medios escasos aplicados a una necesidad social básica, y
promover, por tanto, las reformas para que se utilice económica y
socialmente la puesta en marcha de este equipamiento.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, y para
defender sus propuestas de resolución, tiene la palabra el Diputado, don
Salvador de la Encina.




El señor DE LA ENCINA ORTEGA: Brevemente, quiero indicar que rechazamos
totalmente la propuesta de resolución planteada por Izquierda Unida y que
ha sido ahora apoyada por el Grupo Parlamentario Popular, porque no
evidencia para nada que se haya producido despilfarro alguno por los
métodos de gestión empleados en la puesta en marcha del equipo
informático de la Seguridad Social. No entendemos de dónde puede sacar
Izquierda Unida esa conclusión. Desde luego, de la lectura del informe,
de sus conclusiones y de sus recomendaciones, en absoluto se concluye esa
evidencia que más bien parece ser una obsesión permanente de Izquierda
Unida y, por lo expresado por el Grupo Parlamentario Popular, también del
Partido Popular. Esa es la realidad que todos aquellos que hemos leído
este expediente hemos podido observar.

Sí es cierto --y este mismo portavoz así lo ha reconocido-- que se
produjeron determinadas disfuncionalidades de carácter administrativo,
propias de la puesta en marcha de un proyecto innovador que produjo un
gran avance y apuesta informática dentro del ámbito hospitalario de la
Seguridad Social y que, lógicamente, presentó dificultades en su
implantación, pero que sirvió para establecer un sistema unificado básico
de gestión hospitalaria que permitió mejorar sensiblemente la capacidad
de gestión de nuestros hospitales. Todo ello ha sido y será susceptible
de mejoras en base a la experiencia, pero desde luego no fue un
despilfarro de medios escasos, como dice Izquierda Unida en su propuesta
de resolución, y por eso rechazamos que se plantee en los términos que lo
hace la propuesta de Izquierda Unida, a la cual se acaba de sumar el
Grupo Parlamentario Popular. De ahí que existan razones que aconsejan al
Grupo Parlamentario Socialista votar negativamente en relación a esta
propuesta de resolución de Izquierda Unida, porque reitero, esa
afirmación tajante es desajustada, va incluso mucho más allá de las
conclusiones y recomendaciones que establece el propio Tribunal de
Cuentas, y de la simple lectura del mismo así se deduce.

En cuanto a las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Popular,
decir que hemos presentado una propuesta de resolución que apunta en la
línea de las propias recomendaciones del Tribunal cuando se refería, en
base a la experiencia, a mejorar y corregir las disfuncionalidades. En
esto estamos y en eso se ha trabajado. No entendemos que se hagan esas
ampliaciones que plantea el Partido Popular en cuanto a su segunda
propuesta, solamente para el primer trimestre del año 1996; creemos que
si el Partido Popular está tan interesado en que se fiscalice, como bien
dice reiteradamente, debe mirar hacia adelante y no sólo mirar hacia
atrás y si quiere que se amplíe la fiscalización que se haga también para
el año 1996, puesto que nosotros entendemos que la Seguridad Social,
sobre todo en este aspecto administrativo, no debe mirar colores de
Gobierno, como parece ser que apunta la portavoz del Grupo Parlamentario
Popular. Por cierto, ustedes nos recuerdan todos los días que hemos
gobernado durante trece años, no lo olvidamos. Repiten lo de mirar al
futuro, pero no dejan de mirar una y otra vez al pasado.

El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una propuesta de
resolución razonable en la que sin pudor decimos que se acepten todos los
términos de las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, porque
reconocimos que se habían producido disfuncionalidades susceptibles de
mejora. Téngase en cuenta, como digo, que era un plan piloto pionero, una
apuesta decidida, porque en aquellas fechas el aspecto informático de la
Seguridad Social se encontraba en un estado bastante atrasado, y el plan
permitió ponernos a unos niveles europeos. Por eso se produjeron esas
disfuncionalidades. En ningún modo, como digo, las calificaciones de
Izquierda Unida son aceptables; de ahí que hayamos planteado en nuestra
propuesta de resolución que se acepten las recomendaciones del Tribunal
de Cuentas y que se inste al Gobierno a tomar las medidas oportunas para
su cumplimiento y cuando decimos al Gobierno no decimos al Gobierno
socialista, que ya no gobierna y lo sabemos, sino que decimos cualquier
Gobierno.




La señora MONTSENY MASIP: Señor Presidente, pido la palabra por alusiones
hechas en las manifestaciones efectuadas por el portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.




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El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra exactamente por dos minutos.




La señora MONTSENY MASIP: Gracias, señor Presidente.

Quería poner de manifiesto que el Grupo Parlamentario Popular no sólo
mira hacia atrás, sino que mira también hacia adelante. No quiero entrar
en descalificaciones, pero sí voy a decir que el Grupo Parlamentario
Popular va a apoyar cuantas resoluciones de petición de datos, en base a
un informe emitido por el Tribunal de Cuentas, se quieran presentar por
parte de los distintos grupos parlamentarios, pero es evidente que el
Grupo Parlamentario Popular y el Gobierno no van a dar pie a que el
Tribunal de Cuentas pueda emitir un informe tan demoledor como el que se
ha hecho en la pasada actuación.




El señor PRESIDENTE: Vamos a proceder a las votaciones de las diferentes
propuestas de resolución.

Votaremos, en primer lugar, la propuesta de resolución número 1 y única,
presentada por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 13; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

A continuación, vamos a proceder a la votación de las dos propuestas de
resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, que si no he
entendido mal cuando cada grupo parlamentario ha expuesto su posición se
podrían votar conjuntamente.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en
contra, 13.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Pasamos seguidamente a la votación de la única propuesta de resolución
presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




-- INFORME DE FISCALIZACION SOBRE GESTION DE LAS UNIDADES DE DIAGNOSTICO
POR IMAGEN EN EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD. (Número de expediente
Congreso 251/000034 y número de expediente Senado 771/000032.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos, a continuación, al debate, exposición y
posterior votación de las propuestas de resolución relativas al informa
de fiscalización sobre gestión de las unidades de diagnóstico por imagen
en el Instituto Nacional de la Salud.

Se han presentado diferentes propuestas de resolución por parte de los
distintos grupos parlamentarios. Por parte del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el Diputado
señor Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Muy brevemente.

Creo que en estas dos propuestas de resolución se sintetiza también una
idea y es la que atraviesa este tipo de informes, tanto el anterior como
éste. En nuestra opinión en ambos casos ha habido irregularidades serias
que se detectan en el propio informe. La primera pone en evidencia esta
situación y la segunda la necesidad de corregir los procedimientos de
contratación que hasta ese momento se habían seguido.

Nada más porque creo que son obvias.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular y para defender
sus propuestas de resolución, tiene la palabra el Diputado don Diego
Jordano.




El señor JORDANO SALINAS: Señor Presidente, las propuestas de resolución
que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular inciden en una serie de
aspectos, como ya se puso de manifiesto en la anterior sesión de la
Comisión. Por un lado, la primera propuesta pretende mejorar el control
de las unidades de diagnóstico por imagen en los centros del Sistema
Nacional de Salud. Creemos que el seguimiento y una inspección son
necesarias, sobre todo para la protección radiológica de las personas
sometidas a examen y tratamientos médicos. El informe pone de manifiesto
que es necesario corregir un punto que consiste en avanzar una correcta
planificación para la adquisición de una serie de equipos o para la
concertación de esos mismos equipos. Para lograr esta finalidad
proponemos una serie de puntos, siete medidas que creemos son necesarias
para mejorar la eficacia del sistema.

Al mismo tiempo, creemos que es necesario elaborar una serie de puntos
para optimizar los servicios del Sistema Nacional de Salud y por eso
incluimos en el punto quinto un total de catorce normas que deben
desarrollarse por la Seguridad Social para conseguir una mejor gestión.

En cuanto a las propuestas formuladas por los otros grupos, en relación a
las presentadas por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, no tenemos ningún inconveniente en apoyarla. De un lado,
la primera, aunque es muy genérica realmente se incluye en los puntos
explícitos que se contienen en las propuestas del Partido Popular. En
cuanto a la segunda, también podemos calificarla de genérica, pero, en
cualquier caso, es concordante con los puntos 4.6 y 4.7 de las propuestas
presentadas por el Grupo Popular.

Sí pediríamos al Grupo de Izquierda Unida --manifestando que vamos a
votar favorablemente sus propuestas-- que hiciera una precisión en la
propuesta de resolución número 1, en el sentido de que se incluyera una



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referencia temporal a la crítica o al rechazo de los métodos de gestión
que se hacen; por tanto, pediríamos que detrás de la frase «rechazar los
métodos de gestión empleados», incluyeran el espacio temporal a que nos
estamos refiriendo y, por tanto, decir: «durante los años 1988 a 1993»,
para precisar a qué nos estamos refiriendo.

En cuanto a las propuestas realizadas por el Grupo Parlamentario
Socialista, las vamos a votar favorablemente. La propuesta número 6, la
primera que realiza el Grupo Parlamentario Socialista, está incluido su
contenido en el punto 3 de las propuestas del Grupo Parlamentario
Popular; la propuesta número 7 creemos que también está incluida y se
hace referencia a ella en los puntos 5.11, 5.12, 4.4 y 4.6 de las
propuestas formuladas por el Grupo Parlamentario Popular; y en cuanto a
la 8, la optimización de los recursos de las unidades de diagnóstico por
imagen, también creemos que puede votarse favorablemente puesto que su
contenido lo incluimos en las propuestas de resolución 4.7, 5.1, 5.8 y
5.9 de las realizadas por el Grupo Parlamentario Popular.

Por ello, manifestamos nuestra conformidad con las distintas propuestas
presentadas, y por hacerlas técnicamente más correctas, nos agradaría que
el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida aceptara la precisión de
señalar el espacio temporal a que nos estamos refiriendo en el momento
que se rechazan los métodos de gestión empleados.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, para defender
sus propuestas de resolución, tiene la palabra el Senador don Manuel de
la Plata.




El señor DE LA PLATA RODRIGUEZ: Señorías, antes de comentar la propuesta
de resolución de mi grupo relativa al informe de fiscalización sobre la
gestión de las unidades de diagnóstico por imagen y antes de expresar la
posición de mi grupo respecto a las del resto, debo indicar que muchas de
las conclusiones que el Tribunal de Cuentas establece en su informe son
contestadas razonablemente tanto en las alegaciones que hace el propio
Ministerio de Sanidad y Consumo como en las del anterior Ministro, señor
García Vargas, en la etapa fiscalizada.

En muchas de ellas se rebaten criterios utilizados por el Tribunal de
Cuentas que, por otro lado, son bastante opinables y que justifican
algunas de las valoraciones que se extraen en la fiscalización, de las
cuales me gustaría resaltar alguna. El Insalud programaba anualmente --y
lo sigue haciendo-- sus inversiones en alta tecnología tratando de
disminuir desequilibrios territoriales y mejorar la accesibilidad de la
población a la alta tecnología. Este programa anual viene determinado por
el presupuesto disponible, dotaciones existentes y por prioridades
marcadas por las gerencias de los centros. Los objetivos generales
marcados por el Insalud, se pactan teniendo en cuenta las circunstancias
concretas de cada centro con cada una de las gerencias de los hospitales
a través de la firma del contrato-programa. De forma mensual, el Insalud
recibe y procesa información tanto de actividad como de recursos, listas
de espera, etcétera.

La estructura orgánica y funcionamiento de los hospitales es la derivada
de la aplicación del Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, vigente en la
actualidad. Por otra parte, hay una Orden ministerial de 14 de junio de
1984, a través de cuya aplicación se está produciendo una progresiva
incorporación de técnicos en radiología y medicina nuclear. En el año
1990, el Real Decreto 1132, referido al uso y organización de los medios
diagnósticos, llevaba la orientación del sistema en favor de
procedimientos modernos de gestión y de control. Existe la circular
7/1995, donde la Dirección General del Insalud establece los criterios
para la gestión de compras. La adquisición de equipos se hace por el
procedimiento de concurso público, así como las obras de instalación,
como reconoce el propio Tribunal de Cuentas.

El desajuste en el tiempo entre la adquisición de equipos y su
instalación y funcionamiento debido a las obras necesarias, se está
solucionando desde hace dos o tres años, ya que con el tiempo la
industria ha podido ir asumiendo las obras de instalación del equipo que
ella misma suministraba, al igual que se encargaba de su mantenimiento
posterior. Igualmente se reconoce que aunque existe la irregularidad
administrativa de no tener correcto el censo nacional de instalaciones de
radiodiagnóstico, radioterapia y medicina nuclear, por no haber incluido
en su momento algún centro, no significa que los centros del Insalud no
tengan las medidas adecuadas para garantizar la protección radiológica.

Con los servicios concertados ocurre algo parecido. En la actualidad,
todos estos servicios concertados de diagnóstico por imagen de las
instituciones auditadas se encuentran adjudicados por concursos públicos
abiertos ajustados a la Ley. En su momento se hizo igual, salvo en el
caso de alguna anomalía, como cuando no procedía por haber un único
proveedor.

Con todo esto se quiere decir que cuando se implanta un sistema nuevo,
cuando se habla de universalización del sistema público de salud, cuando
se habla de gestión descentralizada en un momento que el Insalud sufría
escasez de un personal especializado que no fuera sanitario o experto en
leyes, o en un momento que se tenía débil capacidad informática, el
análisis debe ser un poco más matizado, atendiendo todas estas
circunstancias.

Busquemos la mejor eficiencia y eficacia en todo el sistema aprendiendo
de las ausencias, de las lagunas, de las equivocaciones, pero que todo
esto sirva no para calificar al gestor o al político en función del grupo
al que pertenezca o haya pertenecido, enunciar frases o realizar
afirmaciones que a veces no se ajustan a la realidad, aunque ahí quedan,
sino para tener un sistema público de salud cada vez en mejores
condiciones y que responda a las necesidades de la población en función
de las desigualdades territoriales todavía existentes.

Si analizamos los informes de fiscalización bajo este prisma objetivo,
estudiamos las alegaciones y trasladamos nuestras resoluciones donde
corresponda, pensando en los hechos, en las propuestas de mejora o en la
depuración de responsabilidades allí donde realmente la gravedad



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lo requiere, la Comisión, en este tema y en los demás, cobrará verdadero
sentido.

El Grupo Socialista ha presentado tres propuestas de resolución basadas
en las recomendaciones del propio Tribunal, en la misma línea que se
reflejaba en su propio informe.

En cuanto a la postura sobre las propuestas de otros grupos, rechazamos
totalmente la primera propuesta de resolución del Grupo de Izquierda
Unida, aunque no tendríamos ningún problema en aprobarla a partir de la
tercera línea del párrafo donde dice: promover las reformas que optimicen
económica y socialmente la puesta en marcha de este equipamiento, puesto
que en la primera parte de esa propuesta se da un hecho que de la lectura
del informe de fiscalización en absoluto se puede deducir. Además, es
curioso que esta resolución sea justamente idéntica al tema que hemos
visto anteriormente, y me imagino que será idéntica en el próximo tema
que veamos. Si se elimina esa parte estaríamos de acuerdo en apoyar esa
resolución. Igualmente estamos totalmente de acuerdo con la segunda. La
propuesta de resolución del Grupo Parlamentario Popular se adentra en las
recomendaciones del propio Tribunal de Cuentas y en cada uno de sus
puntos hace una pormenorización de objetivos concretos, con lo cual
estamos también totalmente de acuerdo en apoyarla.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, y para que nos diga si acepta las
enmiendas transaccionales in voce que han presentado los diferentes
grupos parlamentarios, tiene la palabra el Diputado Mariano César
Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Intervengo para decir que nuestro grupo
acepta aclarar la idea que ha propuesto el Partido Popular. Sería
incluir, en la primera propuesta de resolución, a partir de «los métodos
de gestión empleados», la frase «durante los años 1988 a 1993», y
continuaría igual.

En cuanto a la propuesta del Grupo Socialista, la respeto, no la
comparto, efectivamente, porque es el fruto de la valoración que nos
merecen este informe y el anterior; y no es exactamente igual que el
siguiente. Es un problema de valoración política de qué ha sucedido y
creo que es sumamente respetuosa y suave para lo que realmente ha
ocurrido.




El señor PRESIDENTE: Quisiera que me aclarara, para ver si esta
Presidencia ha entendido bien sus manifestaciones, si no acepta ninguna
de las propuestas.




El señor SANTISO DEL VALLE: Acepto la del Partido Popular en el sentido
de que es aclaración, aunque creía que estaba dicho porque habla de
informe. Añadir a partir de la segunda línea «empleados durante los años
1988 a 1993».




El señor PRESIDENTE: ¿Nos lo pasará por escrito si es tan amable?
(Asentimiento.) Muchas gracias.

Vamos a proceder a la votación de las diferentes propuestas de resolución
presentadas por los grupos parlamentarios.

Vamos a proceder a la votación de las diferentes propuestas de resolución
presentadas por Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya en base a las
manifestaciones de los diferentes portavoces. Votaremos separadamente la
propuesta de resolución número 1 y la propuesta de resolución número 2.

Vamos a proceder a votar la propuesta de resolución número 1 presentada
por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 14; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Pasamos a continuación a la votación de la propuesta de resolución número
2 presentada por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Pasamos a continuación a la votación de las propuestas de resolución
presentadas por el Grupo Parlamentario Popular números 3, 4 y 5 y lo
haremos conjuntamente, ya que esta Presidencia, de las manifestaciones de
los diferentes portavoces, ha deducido que se podían votar perfectamente
en su globalidad.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.

Pasamos a continuación a la votación de las propuestas de resolución
presentadas por el Grupo Socialista con los números 6, 7 y 8. Esta
Presidencia también entiende que se pueden votar conjuntamente.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.




-- INFORME DE FISCALIZACION DE INMUEBLES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. (Número
de expediente del Congreso 251/000035 y número de expediente del Senado
771/000034.)



El señor PRESIDENTE: Pasaremos a continuación al debate y posterior
votación de las propuestas de resolución presentadas por los diferentes
grupos parlamentarios respecto al informe de fiscalización de inmuebles
de la Seguridad Social.

Tiene la palabra, para defender las propuestas de resolución presentadas
por el Grupo Parlamentario Popular, la Diputada doña Reyes Montseny.




La señora MONTSENY MASIP: Señor Presidente, vuelvo de nuevo a tomar la
palabra para defender la posición



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del grupo parlamentario al que represento en cuanto a una propuesta de
resolución, en la que se contempla que por parte del Tribunal de Cuentas
se produzca una serie de ampliaciones en cuanto al propio contenido del
informe emitido por el Tribunal de Cuentas en el pasado mes de abril.

Entendemos que la descentralización administrativa llevada a cabo por el
Gobierno anterior, que abarca el inventario de todos los inmuebles de las
entidades gestoras de la Seguridad Social y que después de haber sido
ofertado un concurso y contratado y sacado a concurso público, una vez
finalizadas las obras pasan a la propiedad del servicio común que ostenta
la unidad de caja y toda la titularidad de todos los inmuebles de las
entidades gestoras. Esa descentralización administrativa llevada a cabo
desde el período 1985 a 1992, dada la amplitud de concursos ofertados, de
inmuebles adquiridos, de oficinas creadas a nivel de descentralización
administrativa para acercar la Administración al ciudadano o al
administrado, supone que tengamos que pormenorizar y hacer un análisis
importante porque las adquisiciones han llevado a cabo una serie de
desembolsos anuales por parte de las entidades gestoras evidentemente
importantes.

El informe emitido por el propio Tribunal de Cuentas es, a nuestro
juicio, sumamente importante. Demuestra que por parte de las entidades
gestoras muchas veces pusieron, hasta cierto punto, una serie de
dificultades en trasladar la información adecuada. Por tanto, tenemos que
resaltar que el resultado del análisis es --dice el propio informe-- que
la Tesorería General de la Seguridad Social carece de información
adecuada sobre muchos de los datos que obran en el propio informe emitido
por el Tribunal de Cuentas. De los 277 contratos comprobados como
vigentes, tan sólo de 145 --dice el propio informe, el 64 por ciento--
fueron suministrados los datos por la Tesorería General de la Seguridad
Social y para el resto hubo que acudir a informaciones indirectas.

También queremos poner de manifiesto que los contratos de arrendamiento
suscritos por el anterior Gobierno en relación a las propias entidades
gestoras de la Seguridad Social no se revisaron a la bajan cuando el
propio precio de mercado registró una bajada notable. Quiero poner de
manifiesto que el actual Gobierno ya ha remitido sendas órdenes a los
directores provinciales pertenecientes a las distintas entidades gestoras
de la Seguridad Social y servicios comunes para que renegocien estos
contratos de arrendamiento, lo que se pudo haber hecho con mucha
anterioridad, y que, gracias a ello, ha supuesto un ahorro importante
para la Administración.

Entendemos, pues, que es importante ese análisis fiscalizador.

Solicitamos la ampliación de una serie de datos para tener conocimiento
de algunas actuaciones que podrían dar lugar a confusión, en virtud de
publicaciones aparecidas en los medios, y esperamos que por el propio
Tribunal de Cuentas como órgano que fiscaliza las compras, arrendamientos
y todo lo que concierne a los bienes del inventario de inmuebles de las
propias entidades pueda ser clarificado en cuanto a oportunas
informaciones de documentos que debieron ser remitidos en el momento
requerido.

Vamos a apoyar, señor Presidente, las propuestas de resolución
presentadas por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya por entender que también ello conllevará un mayor
esclarecimiento de cómo se han destinado una serie de recursos económicos
por parte de las entidades gestoras de la Seguridad Social para comprar y
para adjudicar concursos de obras de los inmuebles ya invocados. La
mayoría de las veces se ha recurrido a la figura de la contratación
directa en lugar de seguir fielmente el espíritu que marca la Ley de
Contratos del Estado. Vamos asimismo a apoyar la propia resolución del
Grupo Parlamentario Socialista poniendo de manifiesto que, si bien de
forma clara y contundente el actual Gobierno va a colaborar con el
Tribunal de Cuentas tantas y cuantas veces sea requerido para aportar
esclarecimiento de pruebas documentales, durante el período que abarca el
informe que va desde el año 1978 al año 1992 no siempre fue así por parte
del anterior Ejecutivo. Por lo tanto, vamos a esperar esa ampliación de
informes en relación a las propuestas emitidas por el Tribunal de Cuentas
para hacer un análisis de lo que pudo ser la gestión del Gobierno
socialista.




El señor PRESIDENTE: Para defender las propuestas de resolución
presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
Diputado don Julio Alvarez.




El señor ALVAREZ GOMEZ: El Grupo Parlamentario Socialista estima que el
informe que emite el Tribunal de Cuentas es riguroso y exhaustivo y que
habiéndose fiscalizado la gestión de inmuebles de la Seguridad Social en
relación con el año 1992, se retrotrae para hacer ese análisis riguroso a
muchos años anteriores, solicita exhaustiva documentación de la Seguridad
Social para conocer cuáles habían podido ser las dificultades e
inconvenientes de ese tipo de gestión y, por lo tanto, entendemos que ese
trabajo serio desarrollado por el Tribunal de Cuentas, que se plasma en
el informe, en las conclusiones y en las recomendaciones, viene a decir
que, sin perjuicio de que se hayan observado algunas disfuncionalidades y
algunas salvedades, fruto sin duda de una gestión patrimonial que
requiere el análisis dinámico, que requiere que se retrotraiga a
gobiernos anteriores, a fechas anteriores en las que se formalizaron
contratos, se formalizaron cesiones y se formalizaron arrendamientos y a
todo un proceso complejo de descentralización política y administrativa
habida en España con competencias transferidas a las comunidades
autónomas en materia de Seguridad Social, en base a estos argumentos,
digo, consideramos que el trabajo del Tribunal es suficientemente amplio,
suficientemente riguroso, suficientemente serio como para que el Grupo
Parlamentario Socialista haga suyas las propias recomendaciones del
Tribunal y, en consecuencia, nuestra propuesta única de resolución recoja
textualmente lo señalado por el Tribunal de Cuentas.

Rechazaremos la propuesta de resolución que presenta el Grupo
Parlamentario Popular, añadiendo que el Tribunal



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de Cuentas dice lo que dice, le guste al Grupo Parlamentario Popular o no
le guste. No es completo, pero sí es sumamente extenso, se retrotrae a
muchos años atrás del propio ejercicio fiscalizado, son miles y miles de
documentos los que se han aportado para fiscalizar la gestión del
ejercicio económico 1992. Pensar que el proceso de modernización de la
Administración pública, que conlleva procesos de descentralización
administrativa y también procesos de descentralización política, pueda
ocultar procesos irregulares por ese sólo hecho, nos parece sumamente
exagerado y sería negar el proceso de modernización de la propia
Administración. Por lo tanto, consideramos que la propuesta de resolución
que plantea el Grupo Parlamentario Popular sólo tendría la virtualidad de
cargar todavía más el ya intenso trabajo que viene desarrollando el
Tribunal de Cuentas, cuando del propio informe no se desprende que haya
razones objetivas para incidir en alguna materia.

Es cierto que todo es mejorable, y algunas salvedades contiene el informe
del Tribunal de Cuentas, pero la propia Tesorería General de la Seguridad
Social --como ya hemos puesto de manifiesto en el debate cuando se
analizó el informe de fiscalización de este expediente en la sesión
anterior-- y el Gobierno tomaron medidas legales y de rango reglamentario
tendentes a mejorar esa gestión, que en el momento de analizar esa
fiscalización todavía no habían podido ponerse de manifiesto, puesto que
esas normas coincidían en la fecha prácticamente con el momento en que el
Tribunal de Cuentas estaba analizando la gestión de la Tesorería General
de la Seguridad Social.

Sin embargo, votaremos favorablemente la propuesta de resolución que
presenta el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, entendiendo que la propuesta de resolución se refiere al
requerimiento que desde esta Comisión se le hace al Gobierno para que
establezca los inventarios y registros exactos y actualizados de los
bienes inmuebles pertinentes a la Seguridad Social de forma ajustada a la
normativa contable vigente en cada momento. Entendemos que se hace con
una proyección de futuro para que esas disfuncionalidades que aparecen
recogidas en el propio informe del Tribunal de Cuentas sean corregidas
mediante estos mecanismos que propone Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. (La señora Montseny Masip pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señora Montseny, al final le concederé la palabra
para un turno de réplica.

Para defender las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el
Diputado don Mariano Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Señor Presidente, efectivamente la propuesta
de resolución de Izquierda Unida intenta trabajar en el sentido de
resolver el problema de fondo de la gestión patrimonial de la Seguridad
Social. Entendemos que el informe del Tribunal de Cuentas pone en
evidencia una gestión ciertamente caótica, como se puso en evidencia en
el debate que tuvo lugar el día anterior, donde se dijo como excusa que
como la función básica de la Seguridad Social es la sanitaria, había
descuidado la gestión de su patrimonio. Yo creo que para resolver este
problema la única posibilidad es hacer un inventario en condiciones y
ajustarlo a un registro exacto de cuáles son verdaderamente sus
propiedades, lo que permitiría a su vez simultáneamente, quiérase o no,
analizar también qué ha pasado con cada inmueble que en este momento
tiene la Seguridad Social y poder, por tanto, actualizar su situación y
poder formar incluso opinión sobre qué ha sucedido. Al mismo tiempo
apoyaremos el resto de las propuestas.




El señor PRESIDENTE: Para un turno de réplica había solicitado la palabra
la señora Montseny. Tiene S. S. la palabra por un tiempo de dos minutos.




La señora MONTSENY MASIP: Me gustaría hacer una réplica formal, seria y
rigurosa sobre algunas de las alegaciones que se han mencionado aquí.

Tengo que decirle que el informe del Tribunal de Cuentas dice que por
parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, en su día no fueron
remitidos los dato relativos a los inmuebles en construcción, que no eran
pocos. Yo quiero poner de manifiesto que en sendas ocasiones le pregunté
a don Adolfo Jiménez, Secretario General para la Seguridad Social, el
coste total de la descentralización administrativa iniciada por el
Gobierno socialista y me contestó en más de una ocasión que ascendía a
unos 6.000 millones de pesetas. Tengo que decir que esa descentralización
administrativa por lo menos suma más de 100.000 millones de pesetas,
diferencia que no es baladí.

Tengo que poner de manifiesto también que cuando la Tesorería y el INSS
empezaron a planificar esa descentralización administrativa en las
provincias de Madrid y Barcelona, si computamos los locales adquiridos
por la Tesorería, por el INSS y por el INEM, estamos hablando de 230 ó
240 locales provinciales. No se trata de una sola oficina administrativa
descentralizada, y para mayor inri tengo que decir que las agencias y
Caiss del Instituto Nacional de la Seguridad Social sólo sirven para
presentar la documentación, que no resolución, de los expedientes para el
abono de prestaciones que deba abonar y reconocer el Instituto Nacional
de la Seguridad Social.

En esa planificación de la descentralización administrativa las entidades
gestoras y el servicio común de la Tesorería tenía que ofertar y hacer
públicas las adquisiciones de bienes inmuebles. A nuestro grupo le llegó
la denuncia de un ciudadano que en Benalmádena, habiendo ofertado un
edificio, se había adquirido otro inmueble que debía ser totalmente
reparado, cuyo valor catastral era de 12 millones, cuyo valor real
aproximadamente no superaba los 30 millones y por el que la Tesorería
General de la Seguridad Social pagó 250 millones. Todavía hoy no ha sido
ni concertada la obra pública para poner ese edificio en funcionamiento,
está parado, y la labor de descentralización administrativa no se ha
culminado. Ese es uno de los detalles que ha conocido el Grupo Popular en
cuanto a la descentralización administrativa por la que



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se adquirieron numerosos bienes inmuebles por parte de las entidades
gestoras de la Seguridad Social.




El señor PRESIDENTE: Para otro turno de réplica, tiene la palabra el
Diputado del Grupo Parlamentario Socialista don Julio Alvarez.




El señor ALVAREZ GOMEZ: En primer lugar quiero señalar que nos extraña
esta nueva dinámica de acudir al turno de réplica que el Grupo Popular
parece querer introducir en esta Comisión. No sabemos si es algo puntual
de la sesión de hoy o siquiera del expediente de fiscalización que
estamos examinando y votando; en todo caso, estaremos atentos a esta
nueva dinámica que parece que se propone.

Respecto al fondo del asunto, tenemos que decir que a nosotros nos dan
exactamente igual las relaciones particulares que haya tenido algún
miembro del Grupo Parlamentario Popular con directivos de la Tesorería
General de la Seguridad Social; a nosotros lo que nos interesa es lo que
figura en el informe que viene a esta Comisión y, repito, el informe dice
lo que dice y nada más de lo que dice, aunque al Grupo Parlamentario
Popular parece que le gustaría, por la insistencia que tiene, que dijera
otras cosas. Y las recomendaciones y las conclusiones también son las que
son. Son anomalías que consigna puntualmente el propio Tribunal de
Cuentas, que nosotros hacemos nuestras; asumimos la responsabilidad del
Gobierno socialista en esa gestión, y digo que las hacemos nuestras en el
sentido de que consideramos que son mejorables y que responden a un
proceso de modernización de la administración de la Seguridad Social, con
todos los inconvenientes que ello ha tenido por las razones que ya
expresé en mi anterior intervención.

Por tanto, nos pronunciamos exclusivamente sobre el informe que viene a
esta Cámara y no sobre los datos que exprese el Grupo Parlamentario
Popular. Creemos que por ese camino no se va a ningún sitio y que el
Tribunal de Cuentas tiene suficiente trabajo como para incidir justamente
en aquellos puntos que el propio Tribunal considera más conveniente y, en
consecuencia, nos ceñimos en nuestras propuestas al propio trabajo,
serio, que hace el Tribunal de Cuentas.




El señor PRESIDENTE: Antes de proceder a las votaciones, ¿algún grupo
parlamentario quiere manifestar su posición respecto a las enmiendas?
(Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergéncia y Unió), tiene la
palabra la diputada doña Zoila Riera i Ben.




La señora RIERA I BEN: Señor Presidente, simplemente quería dejar
constancia de que el Grupo Parlamentario Catalán (Convergéncia i Unió) no
ha hecho ninguna propuesta de resolución porque hacemos nuestras por
completo las recomendaciones que efectúa el Tribunal de Cuentas.

Queremos anunciar nuestro voto favorable a las propuestas de Izquierda
Unida. Nos parece muy razonable la medida que propone de efectuar un
inventario de los bienes inmuebles, de tal manera que lo que hoy es un
problema deje de serlo en lo sucesivo; por tanto, cuenten con nuestro
voto favorable. También nos parece que merece un voto favorable la
propuesta del Grupo Socialista, porque aquí no se trata de que nosotros
fiscalicemos la antigua gestión. Además, el Grupo Socialista asume, y así
lo ha dicho su portavoz, las recomendaciones del propio Tribunal.

Igualmente vamos a votar favorablemente las propuestas de resolución del
Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: A continuación, vamos a proceder a las votaciones de
las propuestas de resolución presentadas.

En primer lugar, votamos la del Grupo Parlamentario Popular. Como ustedes
saben, se trata de una propuesta de resolución que engloba siete
apartados que votaremos conjuntamente.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 16.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votamos conjuntamente las propuestas de resolución presentadas por el
Grupo Parlamentario Socialista, números 2 y 3.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.

Votamos la propuesta de resolución presentada por el Grupo Parlamentario
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya que tiene el número 4, de
acuerdo con la entrada en los servicios de la Cámara.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Suspendemos la sesión durante cinco minutos, a la espera de que llegue la
Presidenta del Tribunal de Cuentas.




Se reanuda la sesión.




COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (GARCIA
CRESPO) PARA INFORMAR SOBRE:



-- INFORME DE FISCALIZACION DE LAS «CONTABILIDADES ELECTORALES RELATIVAS
A LAS ELECCIONES A CORTES GENERALES, CELEBRADAS EL 3 DE MARZO DE 1996».

(Número de expediente Congreso 251/000042 y número de expediente Senado
771/000042.)



El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Continuamos el orden del día con
la comparecencia de la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas para
informar,



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en primer lugar, sobre la fiscalización de las contabilidades electorales
relativas a las elecciones a Cortes Generales, celebradas el 3 de marzo
de 1996.

Tiene la palabra la señora Presidenta.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Buenas
tardes. Este informe sobre las contabilidades electorales de las
elecciones del 3 de marzo del año pasado se refiere a las contabilidades
electorales de las formaciones políticas que, habiendo concurrido a las
elecciones generales del 3 de marzo, estaban obligadas a presentar una
contabilidad detallada y documentada de sus ingresos y de sus gastos
electorales. El informe ha sido aprobado por el pleno del Tribunal de
Cuentas el día 29 del mes de abril.

Como en procesos electorales anteriores, el Tribunal puso en conocimiento
de las distintas formaciones políticas y de la Junta Electoral Central el
acuerdo adoptado por el pleno sobre determinados aspectos que afectaban a
la fiscalización y sobre la documentación que debían remitir al Tribunal
de Cuentas. De las 17 formaciones políticas que reunían los requisitos
previstos en el artículo 133.1 de la Loreg para presentar ante el
Tribunal la contabilidad electoral, una ha incumplido esta obligación, el
Partido Independiente de Lanzarote. Los objetivos de la fiscalización se
han centrado, en primer lugar, en el cumplimiento de la legalidad, tanto
de la legalidad electoral como de la general que le es aplicable; en
segundo lugar, la representatividad de la contabilidad electoral rendida
y, en tercer lugar, el grado de justificación documental de las
operaciones contables. Todo ello con la finalidad de que el Tribunal de
Cuentas pueda emitir el pronunciamiento que se requiere en el artículo
134 de la Loreg sobre la regularidad de las contabilidades electorales.

Para la normativa electoral, además de los aspectos generales en esta
materia, se han tenido en cuenta las disposiciones específicas que se han
promulgado con motivo de estas elecciones generales y, en la medida que
afectaba a la fiscalización, los acuerdos que tomaron en su día las
juntas electorales Central y provinciales. La fiscalización está afectada
por algunas circunstancias, unas son comunes a todos los procesos
electorales y otras son específicas de este proceso electoral
fiscalizado. Respecto a las circunstancias comunes destaca la limitación
que ha supuesto en algunos casos la falta de remisión de información al
Tribunal por parte de las empresas que han facturado a las distintas
formaciones políticas por valores superiores a un millón de pesetas, como
dispone el artículo 133 de la ley. Por el contrario, para la
fiscalización de este proceso electoral se ha contado con la información
de todas las entidades financieras, según lo establecido en el mismo
artículo que acabo de citar.

En los resultados de fiscalización de cada una de las formaciones
políticas se incluye una relación de los proveedores o acreedores que no
han contestado a la petición de información. Como circunstancia
específica de estos comicios es que se celebraron simultáneamente las
elecciones al Parlamento de Andalucía. Esto ha supuesto la aplicación de
lo previsto en el artículo 131 de la Loreg para la determinación del
límite máximo de gastos y de los sublímites establecidos en los artículos
55 y 58 de la misma ley. Por ello, cuando una formación política ha
concurrido a los dos procesos electorales celebrados el mismo día el
cálculo de los límites y el análisis de sus cumplimientos se ha hecho de
forma conjunta para ambas elecciones.

En la introducción del informe se detallan las características de la
fiscalización, así como los criterios que ha adoptado el Tribunal de
Cuentas para formular las distintas propuestas, según los resultados de
fiscalización de la contabilidad electoral de cada formación política,
conforme con lo previsto en el artículo 134.2 de la ley a la que siempre
me refiero, de la Loreg. Los resultados provisionales de fiscalización
fueron remitidos a las distintas formaciones políticas y las alegaciones,
las explicaciones y los justificantes que presentaron fueron valorados,
fueron estudiados para la redacción del informe definitivo. De las 16
formaciones políticas a las que se remitieron resultados provisionales,
tres no han formulado alegaciones. El Tribunal ha incluido expresamente
en el informe la justificación de la no aceptación de las alegaciones
cuando ha estimado que requerían algún tiempo de aclaración. Los
resultados de la fiscalización se exponen de forma independiente para
cada formación política, estructurados de igual manera todos ellos:
rendición de cuentas, recursos financieros, gastos electorales, límite de
gastos, información de las entidades financieras, relación de proveedores
y acreedores, tesorería de campaña y, por último, la propuesta que
formula el Tribunal de Cuentas.

Con el fin de ofrecer una visión global de algunos resultados de
fiscalización, el informe recoge las siguientes conclusiones de carácter
general. Como he indicado antes, y así aparecen en las conclusiones de
las 17 formaciones obligadas a presentar al Tribunal de Cuentas la
contabilidad electoral de las elecciones a Cortes Generales de 3 de marzo
de 1996, una de ellas ha incumplido esta obligación y dos la han
presentado con posterioridad al plazo previsto.

Segunda conclusión. Todas las entidades financieras otorgantes de crédito
a las distintas formaciones políticas han cumplido con la obligación
prevista en el artículo 133.3 de la Loreg, informando detalladamente al
Tribunal de Cuentas sobre las operaciones de endeudamiento concertadas.

En tercer lugar, de las 46 empresas que se han identificado como aquellas
que han facturado por gastos electorales superiores al millón de pesetas,
67 no han contestado al requerimiento del Tribunal. Como caso extremo,
destaca la falta de información de todos los proveedores y acreedores, un
total de 11, que facturaron a la formación política Eusko Alkartasuna.

Cuarto. Se aporta un cuadro resumen de los resultados obtenidos por cada
formación política, de los gastos justificados tanto por operaciones
ordinarias como por envíos electorales, y el número de envíos electorales
subvencionables. También se incluye, en su caso, la propuesta de no
adjudicación o de reducción de la subvención estatal a percibir. La
propuesta de no adjudicación de la subvención



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se formula para el Partido de Independientes de Lanzarote, al no haber
presentado ante el Tribunal la contabilidad electoral correspondiente. Y
se proponen reducciones, todas ellas por haber superado uno o varios
límites de gasto, a las siguientes formaciones: Partit des Socialistes de
Catalunya, Partido Popular-Partido Aragonés, Coalición Canaria, Unión del
Pueblo Navarro-Partido Popular y Agrupación Electores de Ibiza y
Formentera. No se ha propuesto penalización alguna por deficiencias
contables significativas. Además, el informe reitera algunas
recomendaciones que ha venido presentando en informes de fiscalización de
procesos electorales anteriores y añade otras nuevas, continuando con
este proceso de mejora del cumplimiento de las previsiones legales y su
posible desarrollo.

Las recomendaciones se centran en las siguientes cuestiones. En primer
lugar, que las distintas formaciones políticas que deban rendir su
contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas se ajusten al plazo
previsto legalmente en el artículo 133.1, que es entre los 100 y los 125
días posteriores a la celebración de las elecciones. En el caso de que
alguna formación política presente su contabilidad antes de ese plazo
legal, los estados contables deberán estar debidamente cerrados,
reflejando los pagos efectuados que están previstos en el artículo 125.3
de la Loreg.

En segundo lugar, que los partidos que formen una coalición para
presentar candidaturas en determinadas circunscripciones realicen unos
pactos económicos claros. Es necesario diferenciar los ingresos y gastos
empleados para las circunscripciones en que se presenten como partido de
los utilizados en las que lo hagan como coalición.

Tercera. Como en anteriores procesos electorales en los que ha existido
coincidencia de dos o más elecciones, se recomienda que se desarrolle
normativamente el límite máximo de gastos, sobre el que hay que acumular
el 25 por ciento de los gastos máximos previstos para las elecciones
generales, a fin de evitar la actual indeterminación del artículo 11.2.

Cuarta. Que la subvención por los envíos de propaganda electoral se
regule de forma más precisa. Ello, tanto para evitar la actual
indeterminación para programar el importe máximo de gastos ordinarios, ya
que el importe no subvencionable de los gastos por envíos electorales se
computará como gastos ordinarios a efectos de verificar el citado límite,
como para establecer criterios claros de imputación y justificación de
estos gastos, superando la referencia cuantitativa del importe máximo de
la subvención.

Las dos últimas recomendaciones, también formuladas en otros procesos
electorales anteriores, se refieren a la necesidad de establecer
legalmente un régimen de sanciones claro, tasado, y a que se adopten las
medidas necesarias para lograr la armonización de las distintas
normativas electorales general y autonómicas, superando las actuales
diferencias.

Esto es todo por el momento. Quedo a su disposición.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Por el Grupo Socialista, tiene la
palabra su portavoz, don Emilio Pérez Touriño.

El señor PEREZ TOURIÑO: Le agradecemos, señora Presidenta del Tribunal de
Cuentas, el informe que una vez más ha suministrado en relación con la
contabilidad electoral.

Voy a intervenir muy sucintamente. En líneas generales estamos de acuerdo
con las conclusiones, y más concretamente con las recomendaciones que
establece el informe de la presidencia del Tribunal de Cuentas. Estimamos
que globalmente se puede decir que hay un cumplimiento adecuado y
razonable por parte de las formaciones políticas que se presentan a las
elecciones, y que se ha producido un cierto grado de mejoría respecto al
cumplimiento de recomendaciones y conclusiones de anteriores procesos
electorales. La reflexión que planteamos en relación con las últimas
recomendaciones, que ya han sido reiteradas en otros informes, es que se
sigue careciendo todavía de mecanismos no previstos respecto a la
naturaleza y cuantía de las sanciones, lo que impide que se hagan
efectivas algunas de las recomendaciones establecidas por el Tribunal de
Cuentas respecto al cumplimiento de la Loreg. En ese sentido, tanto
nuestro grupo como los demás grupos parlamentarios se deberían plantear
el impulso de los cambios necesarios en la normativa vigente, en concreto
respecto de la Ley Electoral, para poder subsanar estos errores o
limitaciones que la presidencia del Tribunal nos vuelve a señalar en este
informe y manifiesta reiteradamente respecto a los anteriores.

Termino reiterando nuestra conformidad con las conclusiones y las
recomendaciones que he señalado.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Por el Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el señor Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: En primer lugar, quiero felicitar a los
miembros del Tribunal de Cuentas porque detrás de su informe hay un
trabajo exhaustivo que denota no sólo la mejora en el cumplimiento de los
partidos políticos, sino en la relación entre éstos y el Tribunal de
Cuentas.

Queremos destacar también que en la fase de alegaciones han sido tenidas
en cuenta algunas de nuestras propuestas sobre las dificultades que tenía
la coalición de Iniciativa per Catalunya con Izquierda Unida para poder
percibir los gastos de mailing. Por tanto, queremos reconocer
públicamente esa voluntad de entendimiento en algo que creíamos que era
de justicia.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Tiene la palabra el señor
Zabalía, por el Grupo Vasco (EAJ-PNV).




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Quiero agradecer a la Presidenta del Tribunal
de Cuentas su comparecencia, el informe que nos ha presentado y las
aclaraciones o explicaciones.

Yo también pretendo ser breve, pero me gustaría hacer algunas
reflexiones. Una reflexión evidente --ya la ha hecho algún portavoz de
otro partido, y para mí también



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es importante-- es que podemos observar un creciente cumplimiento y rigor
en la ejecución de las cuentas por parte de los partidos políticos, al
menos por lo que se desprende de la elaboración de la contabilidad de las
elecciones a las Cortes Generales del 3 de marzo de 1996, que es lo que
estamos viendo ahora. Creo que éste es un punto importante. Este nivel de
cumplimiento de los estados financieros por parte de los partidos
políticos refleja una mayor conciencia y una mayor responsabilidad en el
cumplimiento de las normas y principios contables, así como la asunción
de la importancia que tiene para los mismos el reflejo de unas cuentas
públicas que sean más transparentes y rigurosas, junto, indudablemente,
con la gran labor que está llevando a cabo el Tribunal de Cuentas. Creo
que entre todos podremos conseguir unas cuentas públicas mucho más
rigurosas, mejor elaboradas y que reflejen la situación verdadera del
patrimonio de las instituciones y de los partidos políticos.

Como se suele decir, todo es mejorable, y creo que en esa línea tenemos
que caminar, mejorando entre todos, la presentación de las cuentas
públicas. Pero, junto a una mayor conciencia sobre la necesidad de
elaborar una contabilidad rigurosa por parte de los partidos políticos,
se precisa también --yo creo que esto es importante-- una actualización y
reforma de la normativa que regula las obligaciones registrables de las
cuentas públicas; reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral
General que todavía está pendiente, que no sé hasta cuándo puede estar
pendiente, pero que es importante que se acometa de una vez. Desde luego,
no voy a hablar en estos momentos de esas cuestiones, pero hay dos
aspectos que son absolutamente necesarios. Por una parte, adaptar las
cuentas de las formaciones políticas para darles una mayor transparencia
y, por otra, aclarar los aspectos confusos que tiene en estos momentos la
Loreg.

En cualquier caso, me parecen adecuadas las recomendaciones que realiza
el Tribunal de Cuentas en este informe, pero me gustaría --si me permite
la señora Presidenta-- detenerme en dos aspectos concretos. Uno es el que
hace referencia a la obligación de cerrar los estados contables entre los
100 y 125 días posteriores a la celebración de las elecciones, de acuerdo
con lo que establece el artículo 133 de la Loreg. Es necesario --creo
yo-- tener en cuenta que la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de
Régimen Electoral General, no establece obligación alguna respecto a que
las formaciones políticas tengan que recurrir a la vía exclusiva del
crédito bancario para financiar sus campañas electorales. De manera que
es perfectamente viable la utilización de cualquier otra técnica de
gestión empresarial, como la repercusión a los distintos proveedores de
los pagos contratados en función de los plazos previstos para las
subvenciones que legalmente nos correspondan. Pero aquí nos encontramos
con un problema, un problema de fondo, que es el permanente
incumplimiento por parte del Gobierno de los plazos de pago de la segunda
parte de ese 90 por ciento --que sería el 60 por ciento, porque el 30 por
ciento se ha pagado al principio-- del importe de las subvenciones, de
acuerdo con el punto 4 del artículo 133 de la Loreg --no se lo voy a leer
porque ya lo conocen ustedes--, que establece la obligatoriedad por parte
del Gobierno de pagar ese 90 por ciento dentro de los plazos
establecidos. El incumplimiento de estos plazos por parte del Gobierno
obliga a los partidos y a las formaciones políticas a tener que
financiarse, y para hacerlo, podemos acceder a las vías habituales que
utiliza cualquier institución, formación política o empresa, que es a
través del crédito con una entidad financiera o a través de una
negociación con los proveedores. Indudablemente, la financiación a través
del crédito genera unos costos financieros adicionales importantes a
causa de las comisiones e intereses que cobran los bancos. La otra
opción, que sería la de establecer una negociación con los proveedores
para pagarles de acuerdo con el recibo de las subvenciones realizadas por
el Gobierno, es la vía más barata y más adecuada, desde nuestro punto de
vista, y es la que utiliza nuestro partido político. Creo que ésa es una
actuación que puede considerarse como una buena gestión empresarial; sin
embargo, esto choca con ese requisito establecido en el punto 3 del
artículo 125 de la Loreg, con lo cual nuestro partido político suele
hacer una especie de incumplimiento habitual. Por tanto, entendemos que
es necesario, en primer lugar, instar al Gobierno a que cumpla con los
plazos de pago establecidos en la ley y, en segundo lugar, estudiar las
modificaciones normativas de forma que, con las cautelas que sean
necesarias --creo que en esto tendría mucho que decir el propio
Tribunal-- sea posible la utilización de la vía de la financiación a
través de los proveedores. Este es un tema importante por lo menos para
nosotros, porque, con toda nuestra buena voluntad e intentando reunir
siempre los requisitos establecidos en la ley para el cumplimiento de
esas obligaciones, a veces chocamos con ese incumplimiento legal, por
decirlo de una forma. A mi grupo le gustaría que este aspecto quedara
aclarado, y adelanto que vamos a presentar una propuesta de resolución en
este sentido.

Hay otra cuestión que quiero destacar. Repito que las recomendaciones que
ha hecho el Tribunal de Cuentas me parecen absolutamente adecuadas,
incluso me tengo que felicitar --y ahora se lo explico-- por la
recomendación tercera, porque, de alguna forma, creo que recoge un
problema que nuestro grupo parlamentario ya expuso en su día: la
interpretación del artículo 131.2 de la Loreg sobre el límite máximo de
gastos. Entiendo que el Tribunal reconoce implícitamente en esa
recomendación que hay una doble interpretación sobre la aplicación de la
acumulación del 25 por ciento de los gastos máximos, y que eso no está
muy claro. Curiosamente, nosotros recibimos una infracción por
incumplimiento de estas normas en las cuentas presentadas por las
formaciones política en las elecciones municipales del año 1995, y
entonces alegamos también lo mismo. Creo que lo importante no es volver
al pasado, sino exponer el hecho de que el propio Tribunal reconoce la
falta de claridad que existe en esta interpretación.

Estos son los aspectos que yo quería resaltar del informe y de las
recomendaciones que ha hecho el Tribunal de Cuentas porque me han
parecido absolutamente adecuados.




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El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Por el Grupo Parlamentario de
Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Gómez.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: Señora Presidenta del Tribunal de Cuentas, al
igual que se han expresado los portavoces de los grupos políticos que me
han precedido, quiero agradecer su comparecencia y, al mismo tiempo,
felicitarles por el trabajo realizado, que demuestra la voluntad de los
grupos políticos --no de todos, pero sí de la mayoría-- de cumplir al
máximo las normas establecidas en la legislación electoral. Nosotros
apoyamos plenamente todas las conclusiones y las recomendaciones que ha
hecho el Tribunal y me sumo a los argumentos que ha expuesto el portavoz
del Partido Nacionalista Vasco, pero hago especial hincapié en la
recomendación quinta.

El Tribunal de Cuentas, en un gesto digno de aplauso, pide que se
establezcan legalmente, de forma explícita, la naturaleza y cuantía de
las sanciones, así como el órgano y el procedimiento a seguir, para que
sean efectivas ante los incumplimientos e infracciones, ya de sobra
conocidas por cada uno de los presentes en esta Comisión. Considero que
es una aspiración de plena justicia para los partidos políticos, y
también lo es cuando el Tribunal de Cuentas tiene que administrarlas
pues, conforme a la Loreg tiene plena potestad para hacerlo. Sin embargo,
se encuentra con que falta una normativa concreta porque, a la hora de
proponer las reducciones, existen unas escalas y unos tipos que los
partidos políticos no conocemos, pero cuya aplicación ha dado como
resultado, en el caso concreto del grupo político de Coalición Canaria
--que ha cometido una serie de excesos en dos límites, en el límite
máximo de gastos y en el límite de publicidad en prensa y en emisoras de
radio privadas--, que tengamos una sanción, que es una reducción en cerca
de diez millones de pesetas, con un exceso total de once millones de
pesetas. Ante la pequeñez de nuestro grupo, esto nos parece desorbitado.

Entendemos que hoy en día el Tribunal de Cuentas no tiene esa escala ni
esa varita mágica para hacer justicia con el mayor grado de perfección
posible, pero sí llamamos la atención porque, al incluirse dos límites,
hay un pequeño solapamiento. Se impone una sanción por la totalidad de
los gastos, pero también otra por una parte de esos gastos, y suman los
dos conceptos. No sé qué tipo ni qué escala han aplicado. Lo que sí sé es
que no es motivo de orgullo que un grupo tan pequeño como el nuestro sea
también el que lleve el deshonroso título de grupo político más
sancionado --vamos a llamarle así-- del panorama político español
(Risas.)
En consecuencia, pedimos dos cosas. Me voy a permitir, desde la pequeñez
de mi grupo, repito, solicitar a los estimados compañeros de esta
Comisión Mixta que llevemos a la práctica la última recomendación que ha
propuesto el propio Tribunal de Cuentas, pero también me gustaría someter
a la consideración, no sé si del Tribunal de Cuentas o de esta Comisión
Mixta, que, habiéndose incluido dos conceptos, uno dentro del otro, esta
reducción tan cuantiosa para nosotros fuese reducida por lo menos hasta
el límite máximo de uno de los conceptos.

Agradezco de nuevo su comparecencia y solicito el máximo apoyo a mi
propuesta.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Señor Gómez, no se preocupe, que
no hay grupos parlamentarios pequeños; algunos definen hasta mayorías,
fíjese usted. (Risas.)
Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Jordano.




El señor JORDANO SALINAS: Agradecemos a la Presidenta del Tribunal de
Cuentas la presentación del informe y manifestamos que nuestro grupo
parlamentario va a aceptar en sus propios términos el informe formulado.

Por tanto, no vamos a plantear ninguna objeción a su contenido ni a las
propuestas que se realicen. No obstante, quisiéramos precisar algunas
discrepancias sobre el contenido normativo o contable que se contiene en
las alegaciones formuladas en su día, y nos permitimos manifestar ciertas
discrepancias con varios criterios aplicados por el Tribunal.

Tenemos una primera discrepancia con la afirmación del Tribunal de que
debe contabilizarse como ingreso la subvención a cobrar por una
aplicación estricta del principio de devengo, en primer lugar, porque en
la contabilidad que presenta un partido político, una vez cerrada una
campaña electoral, se contiene una serie de ingresos y una serie de
gastos ya realizados en ese momento. La subvención no es un ingreso que
entre autónomamente en la contabilidad del partido, sino que es un
ingreso que normalmente se destina a cancelar las previsiones financieras
que cada partido haya hecho, fundamentalmente a través de los créditos
que haya dispuesto para la organización de esas elecciones. Incluir, por
tanto, como ingreso los recursos financieros y la subvención que se va a
cobrar, que normalmente está afecta a la cancelación de los créditos que
se han obtenido, probablemente produciría una duplicidad y no creo que
añadiera nada a la clarificación de las cuentas.

Creo que es importante resaltar, por lo que se refiere a nuestro partido
político, dos conceptos, para que quede claro frente a la opinión pública
que las contabilidades que presentan los partidos, salvo los errores
contables que se puedan cometer, son transparentes y además son
comprobadas exhaustivamente por el Tribunal. En nuestro caso la
comprobación ha llegado al 93 por ciento de las anotaciones contables.

Esto es mucho más que un simple muestreo de las anotaciones contables de
este partido político, es una comprobación exhaustiva de estas
anotaciones; porcentaje de comprobación exhaustiva que se da también en
el resto de las formaciones políticas. También he de resaltar que el
Tribunal estima un exceso de gasto, y evidentemente es fácil dar una
noticia diciendo: determinado partido gastó más de la cuenta en un
proceso electoral. Cuando se comprueban las cifras exactas, realmente
estamos hablando de un exceso de gasto de 15 millones sobre un total de
1.824, según la estimación del Tribunal,



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lo que no llega a representar ni el 1 por ciento; aproximadamente será un
0,8 por ciento de exceso.

Por otra parte, seguimos manteniendo un criterio en el que coincidimos en
cierta forma con las apreciaciones que ha hecho el representante del
Partido Nacionalista Vasco respecto a la provisión de intereses como
gasto electoral. Es difícil incluir una provisión exacta de los intereses
que se van a pagar cuando partimos de una incertidumbre sobre el momento
del cobro, porque en ese caso la provisión de intereses que se hiciera no
siempre respondería a un criterio objetivo y exacto, puesto que
dependería del momento en que un partido cierra su contabilidad. Sí hay
una certeza de los intereses que se van a pagar desde la disposición
hasta el momento de cierre, pero realmente hay una incertidumbre sobre el
momento en que se va a cerrar todo el proceso y, por tanto, cuándo se van
a poder cancelar los créditos que se han solicitado. Consideramos que
incluir una provisión estimativa sin establecer un período concreto
siempre produciría una anotación errónea. En la práctica, por los
retrasos en el pago de las subvenciones en el momento final, lo cierto es
que esa provisión de intereses siempre sería errónea, no correspondería a
los intereses pagados en realidad.

También queremos resaltar algo que pone de manifiesto el Tribunal.

Comprendemos las dificultades de deslindar gastos ordinarios de gastos
electorales de un partido político establecido, porque para que hubiera
una certeza en la separación total entre gastos ordinarios y gastos
electorales de un partido tendríamos que recurrir a procedimientos de
gestión contrarios al principio de eficiencia en el gasto. Evidentemente,
si un partido político contratara la totalidad de la campaña electoral
con una empresa de servicios, esa única factura de la empresa de
servicios, que comprendería a su vez la totalidad de los gastos
realizados, serviría de justificante pleno y habríamos separado
claramente los gastos electorales de los gastos ordinarios del partido;
pero lo cierto es que un partido político en un proceso electoral sigue
funcionando como tal, y realmente sigue habiendo actividad política,
puesto que tampoco coinciden la totalidad de las elecciones. Quiero
decir, por tanto, que la actividad política municipal, la actividad
política autonómica, la actividad política de la representación en el
Parlamento Europeo pueden coincidir con la celebración de unas elecciones
a Cortes Generales o en una comunidad autónoma determinada. Por ello es
muy difícil decir: toda la actividad del partido político es la electoral
en un momento determinado, porque no responde a la realidad del
funcionamiento de los partidos políticos. Nos encontramos con que el
Tribunal plantea una discrepancia respecto a la estimación de gastos en
servicio telefónico, y es muy difícil determinar qué llamadas realizadas
por las líneas habituales de un partido político responden a una
actividad electoral y cuáles responden a una actividad ordinaria. Por
ello creemos que en los partidos políticos establecidos, que no sean
coaliciones electorales específicas para una elección determinada, se va
a seguir produciendo esta discrepancia entre cuáles son los gastos
ordinarios del partido y cuáles son los gastos electorales.

No obstante, la valoración global que se puede hacer de este informe
relativo a la totalidad de los partidos políticos y formaciones que se
presentaron a estas elecciones generales creo que ha de ser positiva
necesariamente. Los errores puestos de manifiesto en el informe del
Tribunal son de muy pequeña cuantía, y por tanto creemos que todos los
partidos --si no al cien por cien, en un porcentaje altísimo-- han
respetado las normas previstas para gastos electorales.

Hay un comentario que quiero añadir, aunque no tengo claro cuál sería su
encaje desde el punto de vista legal. A fin de cuentas, las subvenciones
electorales son unas subvenciones finalistas que van vinculadas a la
obtención de un escaño, y yo añadiría: y a la ocupación efectiva de ese
escaño. Se nos plantea la duda de si realmente estaríamos haciendo lo
correcto si aprobáramos la totalidad de las subvenciones propuestas por
el Tribunal incluyendo las de las formaciones políticas que no ocupan sus
escaños para los que han sido elegidos, porque en este caso nos da la
impresión de que no se respeta el concepto finalista de la subvención
electoral. No obstante, tenemos ciertas dudas de que pueda aprobarse una
resolución en esta Comisión que impida el cobro de subvenciones a
determinadas formaciones políticas cuando han respetado, al menos
formalmente, las normas contables y electorales, a pesar de que, en
determinados casos, cuesta trabajo entender que se puede entregar ese
dinero a determinadas formaciones políticas.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): La señora Presidenta del Tribunal
de Cuentas tiene la palabra.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Agradezco
al señor Vicepresidente que me conceda la palabra, aunque realmente poco
puedo añadir a lo que han expresado los representantes de las distintas
formaciones políticas.

Para el Tribunal de Cuentas es una situación especial presentar un
informe que afecta a las agrupaciones de las cuales ustedes son aquí
representantes, en cuyo caso está muy claro que la postura es
completamente distinta a la de otros informes, y permítanme una expresión
muy coloquial: ¡hay que ver lo fino que hilan en este caso! (Risas.)
Muchas empresas públicas podrían quejarse con mucho más motivo de que las
decisiones se toman de determinada manera. Yo creo que es a la hora de
aplicar la ley, como ocurre con casi todas las leyes, cuando se ve que
tiene esas indeterminaciones, y nosotros nos vemos en la obligación de
señalar esas indeterminaciones en la Comisión Mixta, que es el punto de
referencia o de encuentro, y es a ustedes a quienes corresponde,
posteriormente, transmitirlas más arriba para que se acometan las
modificaciones oportunas.

Yo pienso --perdonen la sinceridad-- que las agrupaciones políticas no
sólo presentan sus cuentas, cada vez más conforme a la ley, sino que los
problemas que les pueden a ustedes plantear determinadas lagunas de la
ley son realmente menores. El señor Zabalía se sonríe muy amablemente.

Yo, como creo que estamos hoy en una situación



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de intercambio de sonrisas, le diría que me parece muy bien la idea de
que los proveedores sean la vía más barata, pero yo creo que los
proveedores siempre son listos y calculan en el precio de venta; es
decir, el margen que va a cobrar un banco también lo va a cobrar un
proveedor de alguna manera. (El señor Zabalía Lezamiz hace signos
negativos.) Yo creo que sí, perdóneme. Yo creo que los proveedores
también lo cobran, pero es una opinión y, como toda opinión, es
discutible.

Me voy a referir a una pequeña cuestión en la que creo tener razón. No es
que nosotros hayamos analizado el 93 por ciento de todas las anotaciones
contables; es que, al utilizar sólo los comprobantes que exceden de
100.000 pesetas, prescindimos de muchas pequeñísimas aportaciones, pero
afectan al 93 por ciento en este caso de la totalidad de lo gastado, esto
sí, porque lo demás sería un trabajo ímprobo para aumentar el porcentaje
sólo un 2 por ciento. Dice usted que todo el partido tendría que parar su
actividad. Evidentemente, no. Yo creo que hay una imputación de gastos
generales en los gastos electorales y siempre habrá un margen de error,
nunca tendrá una solución exacta, siempre tendrá un margen de
discrecionalidad; pero, dentro de esa discrecionalidad, también el
Tribunal tiene una actitud comprensiva. Por seguir con el mismo ejemplo
que pone el señor Jordano, no cabe duda que las facturas telefónicas son
mucho más altas en épocas de campaña electoral, y esto se puede comprobar
comparando ese mismo mes con el de otro año en el cual no ha habido
campaña. Hay procedimientos indirectos que pueden ser no totalmente
rigurosos pero de verdad muy aceptables. Esta es la razón fundamental por
la cual la ley dice que se presente una contabilidad distinta, porque los
partidos políticos tienen que continuar su vida habitual, faltaría más.

Respecto al problema de las subvenciones que se conceden a algún partido,
agrupación o coalición que luego no cumple sus obligaciones
parlamentarias, realmente nosotros no podemos hacer nada. Creo que son
ustedes los que lo tienen que impulsar medidas, porque nosotros nos
limitamos a cumplir lo que la ley nos indica y hasta ahí llegamos,
intentando no tomar decisiones por encima de lo que se nos ha indicado.

Tal vez el señor Gómez piense que sería una desatención que yo no le
atendiera. No quiero decir eso. Como él muy bien ha dicho, una de las
cosas que más interesa al Tribunal es que la capacidad de aplicar
sanciones esté más enmarcada. Es muy difícil establecer una norma apoyada
en criterios, porque les aseguro que cada elección es distinta. Las
últimas elecciones generales se parecen mucho a las elecciones generales
de los tres o cuatro años anteriores; las elecciones municipales se
parecen mucho a las municipales anteriores, pero las municipales no se
parecen nada a las europeas y las europeas nada a las generales, de tal
manera que para nosotros es un verdadero problema el establecer criterios
objetivos. En cualquier caso, siempre se establecen antes de saber los
resultados de cada partido, y no después.

Se han modificado las escalas internas que son aprobadas en el pleno
precisamente porque en las últimas elecciones era la misma coalición,
Coalición Canaria, la que resultaba con unos niveles altos. Tal vez
influya que su configuración sea la de una coalición entre distintas
islas, que casi necesariamente tiene que gastar más en proporción a los
resultados. No lo sé, alguna explicación habrá para que le ocurra a esta
coalición, pero nosotros ahí no podemos llegar, aunque créame que lo
deseamos. Nos gustaría llegar más al fondo de cada problema y nos
gustaría mucho más que nos fijasen el marco para que no tuviéramos que
tener en cuenta estas consideraciones. Pero le aseguro que nos preocupa
mucho y, de hecho, como la ley marca los límites distintos, nosotros
calculamos lo que se ha sobrepasado de uno de los límites siempre en
términos relativos; o sea, el tamaño del partido influye en la cantidad
absoluta, no en la cantidad relativa en que se ha sobrepasado. Por un
lado, se ha sobrepasado en un límite, por otro, se ha sobrepasado en el
otro por encima del 50 por ciento, y a nosotros la ley nos señala dos
motivos distintos de penalización. Podía haber ocurrido sólo en un caso
perfectamente, no nos dicen que se acumulen en ningún momento, pero me
parece muy bien que usted impulse ese cambio. Ahí no tenemos nosotros
nada que decir; todo lo contrarios.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Muchas gracias, señora
Presidenta.

Señores portavoces, comuniquen a sus partidos que ya falta menos para que
cobren las subvenciones electorales de la última campaña. (Risas.)



-- INFORME ANUAL DEL EJERCICIO 1993, RELATIVO A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS
Y CORPORACIONES LOCALES Y A SU RESPECTIVO SECTOR PUBLICO. (Número de
expediente Congreso 250/000002 y número de expediente Senado 770/000002.)



El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Vamos a pasar al siguiente punto
del orden del día. Tiene la palabra la señora Presidenta del Tribunal de
Cuentas para presentar el informe anual del ejercicio de 1993, relativo a
las comunidades autónomas y corporaciones locales y a su respectivo
sector público.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Esta parte
del informe anual del ejercicio 1993, que corresponde al sector público
territorial comunidades autónomas y corporaciones locales, fue aprobada
por el pleno del Tribunal el pasado 29 de abril, y con él se completa el
informe anual correspondiente al ejercicio de 1993 que el Tribunal emite
en cumplimiento de lo previsto en el artículo 13 de su Ley Orgánica.

Respecto al sector público de comunidades autónomas, el informe recoge
los resultados del análisis global y sintético de los informes anuales de
cada una de las comunidades autónomas. El Tribunal de Cuentas ha
realizado



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los informes correspondientes a nueve comunidades autónomas que fueron
remitidos de forma inmediata a sus respectivas asambleas legislativas, en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley Orgánica del
Tribunal de Cuentas. El resto de las comunidades autónomas han sido
fiscalizadas por su propio órgano de control externo.

En el momento de redactar el informe anual, no se había recibido el
informe del Consejo de Cuentas de Galicia, aunque sí se había dispuesto
de la cuenta general de esa comunidad para el análisis del sector. En
estos momentos, todos los informes anuales de las comunidades autónomas,
incluido el de Galicia, han sido o están siendo tramitados
parlamentariamente en sus respectivas asambleas legislativas. El informe
elaborado por la audiencia de Canarias no ha sido aceptado por su
parlamento. El informe anual que ahora presento incluye el análisis
conjunto de las administraciones generales de las comunidades autónomas y
un resumen para cada comunidad autónoma de los aspectos que se han
considerado más destacables de la fiscalización realizada.

Respecto a los informes de los órganos de control externo de las
comunidades autónomas, el Tribunal de Cuentas ha procedido conforme al
artículo 29.2 de la Ley de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, y ha
dado a conocer a éstos sus propias conclusiones, teniendo en cuenta, a su
vez, las observaciones que se han formulado a tales conclusiones por los
órganos de control externo con el fin de emitir los criterios
definitivos.

Las diferencias entre comunidades autónomas, tanto por las competencias
transferidas como por su ámbito territorial y el régimen común o foral,
condicionan el análisis efectuado. En el informe se exponen estos
aspectos específicos de cada comunidad. No obstante, hay puntos comunes
que posibilitan un análisis conjunto del sector, presentándose en el
informe los resultados de fiscalización de las distintas áreas
seleccionadas y las conclusiones que de ellos se derivan. Estas
conclusiones son las siguientes.

Respecto a la rendición de cuentas, las cuentas de las administraciones
generales de las comunidades autónomas se han rendido en los plazos
establecidos, excepto la de Aragón. En general la no remisión de las
memorias justificativas del coste y rendimiento de los servicios públicos
y del cumplimiento de los objetivos programados. Las cuentas de las
administraciones institucionales, esto es, de los 81 organismos autónomos
que rinden sus cuentas de forma independiente a las de su Administración
general se han presentado en plazo, excepto dos que corresponden a la
Comunidad Autónoma de Cantabria. El total de empresas públicas que tienen
obligación de rendir sus cuentas es de 367 para 1993; no han rendido
cuentas el 11 por ciento de estas empresas públicas, 41, y lo han hecho
fuera de plazo 91. Destaca la falta de aportación de los programas de
actuación, inversiones y financiación y de los presupuestos de
explotación y capital. Por último de los 45 entes públicos sometidos a
normativas específicas, 18 no han rendido cuentas, el 40 por ciento, y 9
han rendido sus cuentas fuera de plazo.

Respecto a las administraciones generales indico que en el ejercicio de
1993, de las 17 comunidades autónomas, sólo cinco, Castilla-La Mancha,
Cataluña, Navarra, La Rioja y la Comunidad Valenciana, tienen implantado
el plan general de contabilidad pública; no obstante las imperfecciones y
carencias contables que se detectan en la implantación del plan son
significativas. El resto de las comunidades autónomas continúa con el
modelo de contabilidad por partida simple. Algunas comunidades autónomas
incluyen en las cuentas de las administraciones generales, en todo o en
parte, los datos de sus organismos autónomos. También los presupuestos de
alguna de ellas incluyen incorrectamente las dotaciones del Estado al
fondo nacional de cooperación municipal cuando sólo son intermediarios
para su entrega a las corporaciones locales.

En conjunto, los créditos iniciales han aumentado en un 12 por ciento
mediante modificaciones presupuestarias netas por valor de 800.000
millones de pesetas. En 1992 este porcentaje de modificación hacia el
aumento de créditos fue del 20 por ciento. Continúan produciéndose
generaciones e incorporaciones de crédito que a juicio del Tribunal
podrían evitarse mediante una mejora en la presupuestación y en la
gestión correspondiente.

Según las cuentas rendidas las obligaciones reconocidas han sumado 6,9
billones de pesetas, lo que supone un grado de ejecución del presupuesto
de gastos del 92 por ciento, muy similar al del año anterior. El 74 por
ciento del gasto corresponde a operaciones corrientes y el 4 por ciento a
operaciones financieras. Los derechos reconocidos suman en conjunto 6,9
billones de pesetas, de los que el 80 por ciento son por operaciones
corrientes. El grado de ejecución del presupuesto agregado de ingresos es
del 95 por ciento, también muy análogo al del año anterior. Cabe señalar
que el Tribunal, lo mismo que en ejercicios anteriores, considera que los
derechos reconocidos en cuentas están sobrevalorados al menos en 457.800
millones de pesetas, ello fundamentalmente debido al tratamiento que se
da a los ingresos del Estado, a los recursos del Fondo de Compensación
Interterritorial y a los provenientes de operaciones de crédito. El
resultado agregado contable por operaciones no financieras tiene un
déficit de 600.000 millones de pesetas, un 6 por ciento menos que el del
ejercicio anterior. El resultado de tesorería de las comunidades, según
datos contables, es de 62.422 millones, que serían negativos por valor de
389.714 tras los ajustes introducidos por el Tribunal. Estos ajustes se
corresponden, en su mayor parte, al tratamiento incorrecto de los
derechos reconocidos al que hacía alusión hace un momento.

El endeudamiento conjunto de las administraciones generales de las
comunidades autónomas se eleva a fin del año 1993 a 2,9 billones de
pesetas. La carga del endeudamiento, que es el indicador establecido por
la Lofca, está alejada del límite que marca la Ley, que es del 25 por
ciento. Los avales otorgados durante el ejercicio de 1993 afianzan
operaciones de crédito por valor de más de 200.000 millones de pesetas,
siendo el total contabilizado de 381.000 millones. El Tribunal reitera la
necesidad de



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adoptar medidas que permitan un adecuado seguimiento y control de los
avales otorgados, superando las deficiencias detectadas.

Del examen de la contratación administrativa se han constatado
dilaciones, omisiones, deficiencias en la tramitación de los expedientes,
que afectan especialmente a la elaboración de los pliegos de cláusulas
particulares y a la ordenación de criterios objetivos de adjudicación. En
la ejecución de los contratos se presentan frecuentes retrasos y
modificaciones que no responden a causas justificadas.

En cuanto a las empresas públicas de las comunidades autónomas, según los
datos contables los fondos propios ascienden a 649.081 millones de
pesetas y los resultados de las empresas públicas son negativos por un
importe conjunto de 36.084 millones. No obstante el Tribunal de Cuentas
ha detectado errores que derivan en ajustes necesarios a las cuentas
rendidas.

Tras esta breve consideración de los aspectos globales de las comunidades
autónomas, paso a referirme al sector público local. Como cuestión previa
debo indicar que en el ejercicio de 1993, al igual que en el del año
anterior, se permitió una aplicación opcional de las diversas reglas del
sistema de información contable para este sector, del Sical. Asimismo, la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 1993 amplió los
plazos para la liquidación del presupuesto, para la aprobación por el
pleno de la corporación y para la rendición de cuentas ante el Tribunal.

No obstante, el período transitorio de adaptación al Sical debería
corresponder al año 1992, y todavía en 1993 un elevado número de
entidades locales no ha completado el proceso y otras ni siquiera lo
habían iniciado. Este sector público local incluye las diputaciones
provinciales, los cabildos y consejos insulares, los consejos comarcales,
ayuntamientos y mancomunidades de municipios y las diputaciones forales
de los territorios históricos del País Vasco. El número total de
entidades es de 8.179.

En el apartado del informe anual de 1993 dedicado al sector público local
se recogen los resultados relativos a la rendición de cuentas, el
análisis de los estados contables agregados de las corporaciones locales,
el examen y comprobación de las cuentas rendidas, que incluyen las de sus
organismos autónomos y las sociedades mercantiles dependientes y el
análisis de los contratos administrativos. Las entidades locales de
Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia, Navarra, País Vasco y Valencia
han sido fiscalizadas por su respectivo órgano de control externo; el
resto se ha fiscalizado por el Tribunal de Cuentas. Para efectuar el
análisis de la información contable no se ha dispuesto del informe
emitido por el Consejo de Cuentas de Galicia, aunque sí de la información
presupuestaria agregada de las entidades locales de esta comunidad.

Las principales conclusiones generales del sector son las siguientes. No
han rendido cuentas, a pesar de las reclamaciones efectuadas, un 37 por
ciento de los Ayuntamientos. En anexo al informe anual se relacionan los
más de 3.000 ayuntamientos que han incumplido esta obligación. De las
entidades que rinden cuentas un escaso número lo han hecho en el plazo
legal ampliado.

El total de los créditos iniciales del presupuesto de gastos de ls
entidades locales que han rendido cuentas, 92 diputaciones, cabildos y
consejos insulares y comarcales y 5.062 ayuntamientos, ascendía a 3,15
billones de pesetas. Las modificaciones presupuestarias fueron de 800.000
millones, representan un 25 por ciento de los créditos iniciales y el
porcentaje es algo inferior al del año anterior, que fue del 27 por
ciento. Las modificaciones más significativas corresponden al capítulo 6
de inversiones reales. Las entidades de la Comunidad Autónoma de
Extremadura destacan por su elevado incremento de créditos mediante
modificaciones que representan el 37 por ciento, seguido de Galicia con
un 33 por ciento. Las entidades de la Comunidad Autónoma de Madrid son
las que han aumentado sus créditos iniciales en menor medida, en un 10
por ciento.

Las obligaciones reconocidas suman 3,16 billones de pesetas. Si se añade
la cifra estimada de gasto de las entidades que no han rendido cuentas,
el gasto global del sector local se situaría en los 3,5 billones de
pesetas, un 3 por ciento por encima del año anterior. El grado de
ejecución del presupuesto de gastos ha sido del 80 por ciento, idéntico
al del año 1992. Las entidades de las comunidades de Galicia, La Rioja y
Murcia son las que presentan un grado de ejecución menor, con un promedio
del 74 por ciento. En general, los menores índices de ejecución se
producen siempre en el capítulo 6, con porcentajes del 43 por ciento para
las diputaciones provinciales y los consejos insulares y del 50 por
ciento para los ayuntamientos.

Las previsiones iniciales de ingresos por importe de 3,17 billones de
pesetas se elevaron a unas previsiones definitivas de 3,92 billones de
pesetas, de las cuales se reconocieron derechos por 3,3 billones de
pesetas. Destaca el retraso en el cobro de las transferencias de capital,
lo que origina que determinados gastos se demoren hasta el ejercicio
siguiente o que se acuda al endeudamiento transitorio para financiar
gastos comprometidos.

En el informe se incluyen los resultados de algunos indicadores
establecidos por orden del Ministerio de Economía y Hacienda, que se
refieren a la formación bruta de capital, al saldo neto de transferencias
de capital, a la variación neta de activos financieros y a la variación
neta de pasivos financieros, todos ellos respecto al conjunto de
entidades que han rendido cuentas. Respecto a las cuentas rendidas cabe
señalar que algunas entidades no las han presentado ante el pleno de la
corporación para su aprobación y otras lo han hecho con posterioridad a
la fecha legalmente prevista.

El 55 por ciento de las entidades fiscalizadas por el Tribunal tienen
alguna o algunas carencias documentales y el 33 por ciento iniciaron el
ejercicio de 1993 con prórroga del presupuesto anterior al no haber
aprobado sus presupuestos antes del 31 de diciembre. Se han observado
diversas deficiencias en las cuentas examinadas, que afectan a las
liquidaciones de los presupuestos, a la inclusión en cuentas de derechos
prescritos y obligaciones no



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exigibles, a la falta de conciliación de saldos de tesorería y a cierta
desconexión entre estados contables. Del examen efectuado de los
expedientes de contratación de las entidades locales situadas en
comunidades autónomas que no tienen constituido órgano de control externo
resultan las siguientes conclusiones.

En relación con las actuaciones preparatorias, en la mayor parte de los
contratos de obras se recurre a técnicos ajenos a la corporación para la
redacción y dirección de los proyectos sin acreditar la insuficiencia de
medios propios. En diversos contratos no se cumple el principio de
concurrencia. En algunos no se determina el objeto del contrato y en
otros no consta el informe jurídico o de control interno. También se ha
observado que existiendo estos informes, se emiten sin reparos cuando hay
irregularidades en la tramitación de los expedientes.

En relación con la selección del contratista y la adjudicación y
formalización del contrato, frecuentemente se recurre a la contratación
directa sin justificación, fraccionando incluso los proyectos para no
exceder la cuantía límite de este tipo de adjudicación. En algunos casos
se argumentan razones subjetivas para justificar la selección de la
oferta más cara. En algunos contratos se omiten trámites esenciales y
también se han detectado contratos adjudicados por órgano incompetente.

En algunos contratos adjudicados por concurso no existen informes
técnicos que evalúen las ofertas presentadas de acuerdo con los criterios
del pliego. En relación con la ejecución y terminación se han observado
numerosas modificaciones de los proyectos iniciales derivados
fundamentalmente de la falta de previsión en la redacción de los
proyectos. En algunos casos se incumplen los plazos de ejecución sin que
conste la solicitud de prórroga o la imposición de sanción.

Además de esas conclusiones generales, en el informe anual se incluyen
los resultados de fiscalización específicos de las entidades locales de
cada comunidad autónoma, tanto de las que tienen órgano de control
externo, excepto Galicia, como ya he indicado, como de las que no
disponen del mismo y que han sido fiscalizadas por el Tribunal de
Cuentas. Al informe se incorpora un apartado final en el que se indican
las denuncias y otras solicitudes recibidas y tramitadas, así como los
informes sobre nivelación presupuestaria que el Tribunal realiza según lo
previsto en el artículo 113.2 de la Ley reguladora de las bases del
régimen local.

Por último, hay que señalar que el informe anual del sector territorial
contiene una serie de anexos que ofrecen la información contable
detallada de las distintas comunidades autónomas y de las entidades
locales en ellas situadas.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Les recuerdo a los señores
portavoces que hasta este momento por lo menos el criterio seguido en
este tipo de debates, que proviene ya de decisiones tomadas por el
conjunto de la Cámara, ha venido siendo tradicionalmente que se puedan
hacer intervenciones respecto a los informes de las distintas comunidades
autónomas. También es cierto que en algún otro informe de las
administraciones ha habido propuestas de algunos grupos en el sentido de
reducir y simplificar este debate. Dentro de estos parámetros nos vamos a
seguir moviendo, si les parece a SS. SS. y a los portavoces de los
grupos, en tanto en cuanto no modifiquemos en algún momento las formas en
que se llevan a cabo estos debates.

Si no le parece mal al portavoz del Grupo Popular ni a los otros
portavoces, yo daría la palabra en principio al portavoz del Grupo
Socialista y a los portavoces de los distintos grupos. Lo digo para que
todos conozcan antes sobre qué comunidades autónomas va a haber
intervenciones y para que también pueda el portavoz del Grupo Popular
hacerse una idea de la situación que se va a producir y también los
distintos portavoces que van a intervenir.

Si mi información es correcta, tengo una relación de intervenciones que
va a haber por parte del Grupo Socialista en relación con las comunidades
autónomas. Señor Pérez Touriño, si nos hace una relación para que también
el Grupo Popular conozca sobre qué temas se va a hablar, le recuerdo que
de lo que se habla es del informe de la Presidenta del Tribunal de
Cuentas. También les recuerdo a SS. SS. que todos estos informes están
también en las Cámaras de las comunidades autónomas y de las
corporaciones locales.

Tiene la palabra un momento el señor Pérez Touriño.




El señor PEREZ TOURIÑO: Es casi una cuestión de orden. Efectivamente, en
nombre del Grupo Parlamentario Socialista, como portavoz del mismo, muy
brevemente me referiré en primer lugar al tema de las corporaciones
locales y posteriormente querría comunicar a la Comisión que por nuestra
parte, en lo que corresponde al análisis de las comunidades autónomas,
hemos hecho un esfuerzo, creo que valía la pena, de singularizar algunas
cuestiones del informe y, en concreto, serán senadores presentes en esta
Comisión los que harán las intervenciones. La Presidencia dispone del
listado de los intervinientes.

En relación con el tema de las corporaciones tan sólo quiero manifestar
la preocupación importante que tiene nuestro grupo parlamentario a la
vista del informe que presenta la Presidenta en nombre del Tribunal de
Cuentas, porque creemos que evidencia, efectivamente, la debilidad que
todavía tiene el funcionamiento con carácter global y general de nuestro
sector público local, tanto desde el punto de vista del elevado grado de
incumplimiento con las obligaciones para con el Tribunal de Cuentas como
en sí mismo respecto al propio contenido del estado de situación de
dichas cuentas en numerosos ayuntamientos. Desde el punto de vista de la
ejecución presupuestaria y de la contratación administrativa, son
demasiados los temas en que un elevado número de ayuntamientos todavía no
disponen, tal vez por carencia de los medios y de la estructura
necesaria, de los mecanismos precisos para cumplir adecuadamente un
funcionamiento correcto de su contabilidad. Creemos que hay que hacer un
esfuerzo desde el conjunto de las fuerzas



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políticas que vertebran y sostienen a los grupos de gobierno en cada
corporación municipal para que esto vaya mejorando con el paso del
tiempo. En ese sentido el grupo parlamentario toma buena nota de lo
planteado en esa parte de la información tan exhaustiva y tan notoria que
nos ha presentado la Presidencia del Tribunal.

En el caso concreto de las comunidades autónomas, ya simplemente haciendo
uso de lo que he comentado anteriormente, quiero preguntar a la
Presidenta, ya que este portavoz lo desconoce, cuál es el motivo, si se
sabe, de por qué la Comunidad Autónoma de Galicia no ha rendido en el
momento oportuno las cuentas --he creído entender que era así-- y si esto
es objeto de algún seguimiento por el Tribunal de Cuentas, porque se
produce tanto en el caso genérico de la propia administración de la
comunidad autónoma como también, he creído entender, en relación con las
propias corporaciones locales de esa comunidad autónoma.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Se ha pedido intervenir --lo digo
sobre todo para el portavoz del Grupo Popular pero también para el
portavoz del Grupo Vasco (EAJ-PNV)-- para los siguientes informes de
comunidades autónomas --señor Jordano, supongo que está atendiendo a lo
que le voy diciendo--: Baleares, Cantabria, Castilla y León, Extremadura,
Murcia y La Rioja.

¿El Grupo Popular va a hacer intervenciones específicas sobre alguna
comunidad autónoma? Se lo preguntó a efectos de los que intervengan ya.




El señor JORDANO SALINAS: El Grupo Popular va a ceñirse al punto del
orden del día, va a ceñirse al informe emitido por la Presidenta del
Tribunal de Cuentas y ya adelanta que el taco que recoge el informe del
Tribunal no es para nuestro grupo un ladrillo teñido de color político
según la comunidad de que se trate, no es un arma arrojadiza que pueda
lanzarse contra alguien. Creemos que es simplemente un informe contable
que contiene sugerencias y un análisis serio para intentar mejorar el
sistema contable y de gestión de las comunidades autónomas e intentar
hacer un análisis más eficaz del control del gasto público de todas las
comunidades autónomas.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Entonces, daré la palabra a los
portavoces del Grupo Socialista y, sucesivamente, a los de los distintos
grupos, para que cierre el portavoz del Grupo Popular, si les parece
bien. (Pausa.)
Tiene la palabra el señor Garcías, del Grupo Socialista.




El señor GARCIAS COLL: Señora Presidenta del Tribunal de Cuentas,
señorías, el Grupo Socialista, una vez conocido el informe del Tribunal
de Cuentas relativo al resultado de la fiscalización de la cuenta general
de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del año 1993, y en la línea
de mejorar el sistema, ha constatado la existencia de irregularidades y
de malas prácticas contables en la cuenta general de la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears, como señala el propio informe del Tribunal
de Cuentas, destacando la no aplicación del plan general de contabilidad
pública, que, como bien ha dicho la señora Presidenta del Tribunal,
también se manifiesta en otras comunidades autónomas; la falta de
cobertura financiera de las ampliaciones de crédito; la mala
contabilización de los derechos reconocidos por endeudamiento --cuando se
autorizan y no cuando se disponen--; el incumplimiento de la Lofca, en el
sentido de no garantizar que las operaciones de endeudamiento sirven para
financiar gastos de inversión exclusivamente, y la no contabilización
como compromiso de gasto de ejercicios futuros las cargas financieras de
endeudamiento. También se constata que en la contratación administrativa
no siempre se ha garantizado la selección objetiva del contratista más
idóneo para los intereses públicos, y un ejemplo es que el 46 por ciento
de los contratos se hacen por concurso. El Tribunal de Cuentas conoce que
el ejercicio del concurso, y no otros sistemas, viene siendo una práctica
de la comunidad autónoma. Asimismo, se constata la existencia de retrasos
injustificados en la ejecución de contratos de obra de la comunidad, sin
que ésta haya actuado imponiendo a los contratistas las penalizaciones
establecidas en la ley o imponiendo sanciones por incumplimiento. Se
constata igualmente la falta de valoración económica de la mayor parte
del inmovilizado material de la comunidad autónoma, una falta de rigor
contable al no figurar en la cuenta de tesorería determinadas cuentas
restringidas y hay un incumplimiento en la fiscalización previa en
materia de nómina y avales. Por último, y como resumen, diré que también
se constata en el propio informe que hay una empresa pública, Fomento
Industrial, SA, que se encuentra en situación de ilegalidad y, según la
legislación vigente, debería ser disuelta.

Todo esto lo digo sin menoscabo de los distintos parlamentos de las
comunidades autónomas, que sabemos que fiscalizan y adoptan resoluciones
para que los gobiernos de las comunidades autónomas vayan resolviendo los
asuntos que plantea el Tribunal de Cuentas, pero, a pesar de esto,
comprobamos que es constante en esta comunidad autónoma caer año tras año
en los mismos defectos. Creemos que el Tribunal de Cuentas ha realizado
un trabajo exhaustivo y que en el año 1993 deberíamos haber mejorado las
cuentas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Para hablar del informe en la
parte relativa a la Comunidad Autónoma de Cantabria, tiene la palabra la
senadora señora Gorostiaga.




La señora GOROSTIAGA SAIZ: En primer lugar, queremos agradecer a la
Presidenta del Tribunal de Cuentas no sólo la información que nos ha
facilitado en el día de hoy, sino la que se nos ha transmitido en los
días anteriores.

Voy a hacer una exposición muy breve sobre los problemas o las dudas que
me plantea el examen del informe del Tribunal de Cuentas correspondiente
a la Comunidad



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Autónoma de Cantabria en el año 1993, en el que se constatan una serie de
irregularidades que no son nuevas, algunas calcadas de las del informe
del año anterior, con lo que nos damos cuenta de que, a pesar de las
reiteradas observaciones del Tribunal de Cuentas, se ha hecho poco caso.

Como digo, trataré de analizar algunas esquemáticamente y, por otra
parte, haré una serie de preguntas que me suscita el examen del informe.

En cuanto al Fondo de Compensación Interterritorial, los proyectos del
fondo que figuran en el presupuesto del Estado para 1993 no se
corresponden con los que figuran en el presupuesto de la Diputación ni en
la relación de gastos con financiación afectada, por lo que el
seguimiento de proyectos se hace sobre los que fueron financiados por el
fondo, con un importe de 1.291 millones. Las peticiones de fondos al
Fondo de Compensación Interterritorial se hacen con relación de
certificaciones de obras ya pagadas, incluso alguna en el ejercicio
anterior, y así parece que se financian irregularmente unos 322 millones
del año 1992. Hay cinco proyectos que no estaban terminados, a pesar de
solicitar la totalidad del importe del fondo para 1993, lo que me suscita
la duda de si el Tribunal de Cuentas no puede tomar alguna medida para
que la Diputación de Cantabria, por fin, utilice el dinero del Fondo de
Compensación Interterritorial como debiera.

Constatamos que, igual que en 1992, hay seis empresas públicas regionales
que no rinden cuentas y que, por agilizar el debate, no merece la pena
citar. Me surge también la duda de si se puede tomar alguna medida para
que, efectivamente, se presenten las cuentas de esas empresas públicas.

No se facilita información ni documentación sobre nóminas, expedientes de
personal o procedimientos de selección de personal interno. Este año no
se ha implantado el número de registro de personal ni tampoco se ha
aprobado la oferta de empleo público. No se envían a la tesorería ni a la
Intervención General las órdenes de pago a justificar, o sea que luego
envían conciliaciones mensuales de las cuentas de los habilitados y, a
pesar de solicitarse por el Tribunal de Cuentas, tampoco se remiten las
cuentas de seis habilitaciones. En cuanto a la contratación, por lo que
he visto en la exposición inicial, se sigue más o menos la misma línea
que en el resto de las comunidades, ya que hay un 51 por ciento de
contratación directa en el volumen de contratación examinado, y hay diez
contratos que tienen un retraso en la ejecución, sin que conste la causa
ni la composición de las sanciones por la demora.

En la Comunidad Autónoma de Cantabria es reiterada la práctica de la
retención del fondo nacional de cooperación municipal. El Tribunal de
Cuentas ya le hizo una recomendación el año pasado, así como en años
anteriores, e incluso ha habido algún problema serio en este sentido,
pero en 1993 se incumple de nuevo la providencia del Tribunal
Constitucional en la que se señala que esas retenciones no pueden afectar
a los fondos transferidos por el Estado y la Unión Europea. Las empresas
públicas tienen unas pérdidas conjuntas de 1.746 millones, incluso alguna
de ellas se encuentran incursas en el supuesto de disolución.

Todas estas deficiencias, y algunas más que tampoco es cuestión de
reiterar, me suscitan la pregunta siguiente. Si a la Diputación Regional
de Cantabria se le solicita año tras año información y datos que siguen
sin enviar, ¿tiene el Tribunal alguna solución para esto, alguna manera
de hacer que la Diputación Regional de Cantabria cumpla con este tipo de
obligaciones? Y, si las tiene, ¿qué tipo de medidas se podrían tomar por
el Tribunal de Cuentas ante la reiterada negativa por parte de la
Diputación de Cantabria de entregar esta documentación y ante las
irregularidades detectadas?
Nada más, salvo agradecerle de nuevo su información.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Tiene la palabra el Senador señor
Granado, creo que para hablar del informe en lo relativo a Castilla y
León.




El señor GRANADO MARTINEZ: Sí, señor Presidente. A esa parte del informe
es a lo que me debo referir.

En primer lugar, quiero transmitir mi felicitación a la Presidenta del
Tribunal de Cuentas, que quisiera que hiciera extensiva a los
funcionarios del Tribunal, por la profesionalidad del informe sobre la
cuenta general de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Me parece que
es un magnífico informe que sigue la línea de los anteriores sobre las
cuentas generales de la comunidad en ejercicios pasados.

Voy a destacar algunas cuestiones para finalizar con una pregunta muy
concreta a la Presidenta del Tribunal. En primer lugar, el informe
detecta que en las elevadas modificaciones de crédito producidas por la
comunidad autónoma existe una falta de cobertura de 57.544 millones de
pesetas, lo que en la comunidad autónoma hemos denominado en términos
coloquiales un agujero contable de falta de cobertura para ese tipo de
operaciones. En segundo lugar, que de los ajustes realizados por el
Tribunal a los remanentes de tesorería, ajustes que en Castilla y León
suponen la disminución de este remanente en 67.000 millones de pesetas,
lo cual supone aproximadamente el 14 por ciento de los ajustes globales
realizados por el Tribunal en el conjunto de comunidades autónomas, cifra
que nos parece tremendamente significativa, puesto que el presupuesto de
Castilla y León únicamente es el 3 por ciento del presupuesto global de
todas las comunidades autónomas.

Quiero significar cómo, en los expedientes de contratación que han sido
examinados por el Tribunal de Cuentas, Castilla y León es la comunidad
autónoma que hace más uso de la adjudicación directa: lo hace en 97
ocasiones, de un total de 344 adjudicaciones directas examinadas por el
Tribunal en el conjunto de comunidades autónomas, todo ello a pesar de
que es la subasta el procedimiento que garantiza un mejor resultado para
la salvaguarda del interés público, porque es donde se obtienen bajas más
significativas y donde se cumplen a mayor satisfacción los plazos
establecidos por la adjudicación, lo que lleva al Tribunal a concluir
que, bien en algunos concursos o bien en algunas adjudicaciones directas,
no se ha garantizado adecuadamente el interés público, porque no se ha
garantizado la selección objetiva de los contratistas o porque no se ha
garantizado el procedimiento



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más beneficioso para la Hacienda pública. Hay que señalar cómo el déficit
de la comunidad autónoma, una vez se realizan los ajustes por el Tribunal
de Cuentas, se incrementa en casi un 40 por ciento sobre las previsiones
iniciales del documento presentado por la Junta de Castilla y León, pasa
de 23.000 a 32.000 millones de pesetas. Por último, hay que resaltar que
hay empresas públicas en Castilla y León que están incursas en causa de
disolución o que --y es el caso que más nos llama la atención-- en algún
supuesto concreto no se ha solicitado autorización para las operaciones
concertadas y dispuestas por la empresa Crystaloid Europa, por lo que se
han incluido estas operaciones de crédito dentro del epígrafe operaciones
irregulares. A mí me gustaría saber si estas operaciones irregulares han
dado origen a algún otro procedimiento por parte del Tribunal, bien por
la vía de fiscalización bien por la vía de enjuiciamiento. Es la única
pregunta que quiero formular a la Presidenta. Le agradezco sinceramente
su informe y reitero mi felicitación a los funcionarios del Tribunal de
Cuentas por este magnífico informe sobre la cuenta general de Castilla y
León.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Para hablar del informe de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene la palabra la Senadora señora
Blanco Barbero.




La señora BLANCO BARBERO: Bienvenida y gracias por comparecer, señora
Presidenta del Tribunal de Cuentas.

Para empezar, parece necesario dejar claro que la Junta de Extremadura
tiene muy presentes las recomendaciones del Tribunal de Cuentas y adopta
las medidas necesarias para su cumplimiento de la manera más estricta,
dentro de sus pobibilidades, y lo hace así constar en sus alegaciones.

Naturalmente, ello es así siempre que se trate de recomendaciones que se
refieran a la regularidad y legalidad de los procedimientos o a la
adopción de medidas para conseguir incrementar la eficacia y la
eficiencia de la gestión. Claro que el cumplimiento no siempre es posible
de manera inmediata de tal forma que tenga un reflejo automático en el
siguiente informe. Ello es fácilmente comprensible si tenemos en cuenta
las diferencias temporales entre control y actividad administrativa de la
Junta. Por otra parte y por la misma razón, no es necesario esperar a
tener el informe para que, en muchos casos, se hayan adoptado las medidas
correctoras cuando se detecta alguna disfunción en la gestión.

Centrándonos concretamente en el informe referido a la cuenta del
ejercicio de 1993 y a fin de no ser exhaustivamente casuística, creo que
se puede resumir en tres o cuatro apartados principales.

En cuanto a la rendición de cuentas, el informe señala que no se han
rendido las correspondientes a las sociedades Artes Populares
Extremeño-Iberoamericanas, S.A., e Iberfungus, S.A. La empresa Artes
Populares Extremeño-Iberoamericanas no ha rendido cuentas desde su
creación al no haber efectuado actividad alguna. En este momento, dicha
sociedad se encuentra disuelta y liquidada, en ejecución del acuerdo de
la junta general de accionistas de 10 de marzo de 1995.

La empresa Iberfungus, como indica el Tribunal, se encuentra en estado de
quiebra por auto de 20 de octubre de 1992. En el caso de sociedades en
quiebra legal, ya sabemos que la presentación de las cuentas es
responsabilidad exclusiva de los síndicos de la quiebra. Según se nos ha
informado por parte de la Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura,
toda la documentación contable remitida por los síndicos a Sofiex como
accionista de Iberfungus ha sido enviada al Tribunal de Cuentas.

Por otra parte, se dice que no se han integrado en las cuentas de la
Administración general las operaciones realizadas por los patronatos del
Festival de Teatro Clásico de Mérida, de los Festivales de Cáceres, del
Museo de Malpartida y Badajoz-2000. Efectivamente, se han rendido las
cuentas, pero no se habían integrado en la cuenta general; ello fue a
causa de que, por primera vez, se había incluido en la Ley de
presupuestos para 1993 la obligación de hacerlo.

En cuanto a la implantación de contabilidad financiera y analítica, las
actuaciones llevadas a cabo por la Junta de Extremadura a través de la
Intervención General como centro directivo de la contabilidad pueden
resumirse en tres grandes apartados. Una vez concluido el análisis
general del subsistema de contabilidad financiera, se ha desarrollado
informáticamente e integrado en el sistema de información contable Medea
y se encuentra en estos momentos prácticamente operativo. A pesar del
avance que supone la implantación del subsistema de contabilidad
financiera, para que pueda ofrecerse una representación completa de la
situación económico-patrimonial, además del anterior es necesario otro
subsistema que permita efectuar un seguimiento del patrimonio de la
comunidad, de tal forma que éste ofrezca un detalle exhaustivo de las
masas patrimoniales del balance obtenido por el subsistema de
contabilidad financiera. A tales efectos, al mismo tiempo que se sigue
trabajando en una depuración física y jurídica de los bienes inmuebles,
como paso anterior imprescindible para su valoración, se está analizando
el sistema utilizado por la Intervención General de la Administración del
Estado en esta área al objeto de adaptación a la comunidad autónoma.

Por otra parte, es necesario hacer referencia al proyecto de la Junta de
adaptar el nuevo sistema de información contable de la Administración
general del Estado. Para ello, está previsto firmar un convenio para
adaptar a nuestra comunidad el nuevo sistema de información contable.

Como paso previo a dicha adaptación, se está analizando el sistema, al
objeto de valorar la oportunidad o no de su implantación. Creen los
responsables de la Junta de Extremadura que la adaptación de un sistema
ya rodado por una Administración experta como la del Estado es la opción
más ventajosa para nuestra comunidad, pudiendo extender el funcionamiento
del mismo a todo el conjunto de organismos que componen la Administración
institucional.




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Respecto a la implantación de un sistema de contabilidad analítica, debe
ponerse de manifiesto que la Junta de Extremadura, en concreto la
Intervención General como centro directivo de contabilidad de esta
comunidad, asume como positivo cualquier avance en el sentido de tender a
su implantación, pero hoy por hoy tal pretensión no deja de ser más que
un proyecto a muy largo plazo, tal como puede comprobarse en el plan
general de contabilidad pública y en las instrucciones de contabilidad
para la Administración general del Estado, donde no se hace referencia
alguna a ningún subsistema de contabilidad analítica. Aceptamos, por
tanto, que sería necesario, pero no debemos perder de vista que el
denominado marco conceptual de contabilidad pública, surgido de la
comisión de principios y normas contables públicas, creada en 1992, marca
el inicio de una nueva etapa y un avance importante en esta área. Sin
embargo, debe tenerse bien presente que un cambio en la contabilidad no
puede darse de la noche a la mañana, sino que debe ser un proceso
continuado, en el que deben irse abordando poco a poco todos los aspectos
contemplados en este marco.

En cuanto al déficit/superávit contable, en relación a los derechos
reconocidos en concepto de Fondo de Compensación Territorial, debe
insistirse en la correcta interpretación que hace la Junta de Extremadura
de los criterios contables. Así, de acuerdo con el artículo 7.5 de la Ley
20, de 1990, en consecuencia con el artículo 16.5 de la Lofca, los
remanentes de crédito del fondo en un ejercicio económico quedarán
afectos en los siguientes a la ejecución del respectivo proyecto de
inversión o, en su caso, el que le sustituya, a cuyos efectos dichos
remanentes serán incorporables automáticamente. Si por imperativo legal
se han de incorporar automáticamente los remanentes de crédito, de la
misma manera habrá de habilitarse su financiación. La financiación de la
incorporación de los remanentes puede efectuarse de dos formas, acudiendo
a remanentes de tesorería del ejercicio anterior o incrementando la
previsión inicial de ingresos por transferencias no previstas en el
presupuesto inicial, es decir, mediante la nueva figura contable del
compromiso de ingreso que se define, según los principios contables
públicos, como el acto jurídico por el que cualquier ente, Administración
del Estado en este caso, se obliga de forma pura o condicionada mediante
un acuerdo a financiar total o parcialmente una determinada unidad de
gasto presupuestario por una Administración pública, la autonómica en
este caso.

En ambos casos, el efecto que se produce es el mismo, ya que si
reconocemos derechos por el montante real del Fondo de Compensación
Interterritorial, existan peticiones de fondos o no, y al incorporarse
los créditos del remanente de Tesorería, se disminuye éste en el importe
incorporado. Si, por el contrario, sólo reconocen los derechos relativos
a peticiones, las incorporaciones de créditos se financiarán con mayores
previsiones de ingresos, compromisos de ingresos, y no se minorará el
remanente de tesorería. Como puede deducirse, aplicar un criterio u otro
desde una perspectiva a largo plazo no tiene incidencia alguna, pues en
las magnitudes de remanentes de tesorería y resultado presupuestario se
producirán diferencias puramente temporales que se compensan a medida que
transcurren los ejercicios.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Señora Senadora, si puede,
intente ir simplificando.




La señora BLANCO BARBERO: Acabo, señor Presidente.

Con el apartado del Fondo de Compensación Interterritorial debe señalarse
que el criterio de la Junta de Extremadura es seguido por la mayoría de
las comunidades autónomas al ser la figura del compromiso de ingresos
totalmente novedosa en las administraciones públicas, precisándose un
subsistema específico para su seguimiento, no desarrollado hasta el
momento ni por la Administración del Estado ni por las comunidades
autónomas.

Respecto a los pasivos financieros hemos de indicar que el criterio
seguido en las recomendaciones de derechos es ajustado a los principios
contables públicos, pues es obvio que la concesión de un contrato de
préstamo es un derecho que tiene el prestatario a disponer del importe de
la operación, reconociéndose el derecho en el momento de la concesión del
préstamo con independencia de cuándo se ingrese su importe en las arcas
de la comunidad.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Nos quedan dos portavoces por
intervenir. Les pediría que se adaptaran al tiempo estipulado.

Por la Comunidad Autónoma de Murcia, el señor Gallego tiene la palabra.




El señor GALLEGO LOPEZ: Señor Presidente, voy a ser muy breve, y no es
una amenaza.

Muchas gracias, señora Presidenta del Tribunal de Cuentas, por lo
acertado del informe. Son unos informes cuyas recomendaciones se van
recogiendo, por lo que respecta a las cuentas de la comunidad autónoma,
siempre en los ejercicios económicos posteriores, aunque es lógico que
queden en pie diferencia de criterios en cuanto a las interpretaciones de
unos técnicos y otros.

La cuenta del año 1993 ha sido aprobada por los dos grupos parlamentarios
mayoritarios de la Asamblea regional de Murcia y, en principio, no tiene
más trascendencia. Sin embargo, hay dos cuestiones muy concretas que
quisiera transmitir como Senador del Grupo Socialista por la Comunidad
Autónoma de Murcia. La primera se refiere a qué valor técnico y jurídico
tienen las recomendaciones que da el Tribunal de Cuentas si luego se
archivan y no son tenidas en cuenta por la sala de enjuiciamiento del
propio tribunal, lo que a veces puede poner en duda la fiabilidad de esos
informes.

En segundo lugar, ¿es normal, como ha ocurrido en noviembre de 1996, con
la presentación de la cuenta de 1993 en Murcia, que un miembro del
Tribunal de Cuentas vaya a entregar esa cuenta al presidente de la
Asamblea regional y al presidente del ejecutivo y alguien se



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apresurase a poner en manos de los medios de comunicación, entresacando
algunas de las calificaciones u opiniones del Tribunal de Cuentas,
información sobre asuntos que pueden sensibilizar enormemente a la
opinión pública, como el distinto criterio sobre determinadas dietas que
pueden cobrar los cargos del Ejecutivo de ese año? Repito que se ponen en
manos de la opinión pública antes de entregar ese informe a los grupos de
oposición. Después no pasa nada tras dos meses de titulares y
acusaciones, que salen incluso en la prensa regional y nacional --hay que
recordar que estamos en campaña electoral-- y ya en abril queda todo
puesto en su sitio, aunque casualmente también en Murcia un teniente
fiscal del Tribunal de Cuentas, el señor Sáinz Ruiz, dice que es lógico
que se utilicen los informes de las cuentas anuales de las comunidades
autónomas para desprestigiar a los contrincantes políticos.

Me gustaría saber si esta actitud en cuanto a la presentación del informe
es corriente en otras comunidades autónomas; nos gustaría saberlo en
Murcia, y si las opiniones de un miembro del Tribunal, cuyo nombre no
recuerdo ahora, o el señor teniente fiscal señor Sáinz Ruiz son
compartidas por este Tribunal.

Nada más.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Tiene la palabra el Senador,
señor Díez, para hablar del informe de La Rioja.




El señor DIEZ GONZALEZ: Señor Presidente, quiero agradecer a la
Presidenta del Tribunal de Cuentas el informe de fiscalización sobre la
cuenta general de la Comunidad Autónoma de La Rioja que ha presentado en
esta Comisión. De su lectura y estudio hemos sacado la conclusión de que
es un informe satisfactorio globalmente y puede calificarse como
positivo. Como Senador por esta Comunidad Autónoma he de congratularme
por esa valoración que hacemos sobre el informe. Quisiera, no obstante,
repasar algunos aspectos del mismo para hacer alguna valoración, algunas
de ellas recogidas en el documento de alegaciones del Gobierno de La
Rioja, presentado el pasado 24 de junio de 1996.

He de señalar, y así lo hacía la señora Presidenta, que un año más las
cuentas se han realizado dentro del plazo legal establecido en el
artículo 35 de la Ley de funcionamiento del Tribunal de Cuentas. En
relación al presupuesto de 1992 se produce un descenso de las
obligaciones reconocidas respecto del ejercicio anterior, siendo más
importante en lo que se refiere al capítulo VI. Hay, por otra parte, un
alto grado de ejecución de presupuesto de gastos e ingresos y un buen
grado de cumplimiento de los pagos efectuados por obligaciones
reconocidas. En cuanto al apartado de conclusiones y recomendaciones, que
comienza en la página 58, y en especial las que corresponden al apartado
Administración general, hay varios aspectos que quiero comentar o
matizar. El número 1 afirma que el presupuesto por programas no define
objetivos ni indicadores adecuados para el seguimiento de las actividades
de la comunidad. Creemos que es materia presupuestaria y es el Gobierno
quien define los objetivos y la adecuación de los mismos y,
posteriormente, el Parlamento el que decide si está o no de acuerdo con
los mismos. Los números 2, 6, 11 y 12 tratan de asuntos donde existen
diferentes interpretaciones en relación a cómo deben contabilizarse este
tipo de gastos. En relación al inventario de bienes se regula en la Ley
del patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, aprobado en julio de
1993, y con ello se contesta de alguna forma al punto número 8 que hace
referencia al informe.

Creo sinceramente, con todo respeto, que los comentarios que hace el
informe sobre el plan estratégico de La Rioja en relación a su
viabilidad, funcionamiento, etcétera, como decía anteriormente, son más
propios del debate parlamentario y de los objetivos que se establecen en
el mismo.

Para terminar, encuentro aceptables las recomendaciones de este informe
que tratan aspectos técnicos y presupuestarios, por lo que entiendo, como
he señalado al comienzo, que el informe es altamente satisfactorio para
este Senador y para el grupo parlamentario del que soy miembro.

Finalmente, quiero aprovechar la ocasión para felicitar a la Presidenta
del Tribunal de Cuentas y a todos los servicios técnicos del mismo
Tribunal.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Señor Jordano, le toca a usted
como portavoz del Grupo Popular.




El señor JORDANO SALINAS: Gracias, señor Presidente en funciones.

(Risas.)
Quisiera hacer una valoración conjunta de todas las intervenciones.

Evidentemente por la última intervención del Senador Díez, de La Rioja,
se comprueba que cuando el representante que interviene coincide
políticamente con el Gobierno al que se analiza en el informe del
Tribunal de Cuentas, la valoración es tremendamente positiva, y se obvian
determinadas apreciaciones que realiza dicho Tribunal. La Comunidad de La
Rioja no dispone de inventario, y cuando vemos otras comunidades
autónomas de color distinto es un hecho muy grave no disponer de él; se
emitieron pagarés sin base legal para emitir esta deuda; y hay también
una empresa en La Rioja en supuesto de disolución.

Se preguntaba el Senador por Murcia qué valor tienen las recomendaciones,
y con esto enlazo con el comentario global que quería hacer. Las
recomendaciones que hace el Tribunal, cuando nos estamos refiriendo a
comunidades autónomas, tienen el valor que le den los parlamentos
autonómicos en el ejercicio de su autonomía, autonomía reconocida en la
Constitución y en los propios estatutos, y serán esos parlamentos
autonómicos los que determinen qué valor concreto tienen las
recomendaciones que hace el Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de una
función específica, que sí tiene el Tribunal, cuando aprecia conductas
--permítaseme el uso de la expresión-- dolosas, de iniciar con sus
propios procedimientos los supuestos de alcance para recuperar los
desequilibrios



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o los quebrantos que se hayan podido realizar en las cuentas de la
comunidad.

Si tomáramos las apreciaciones de los distintos intervinientes, yo
pondría en relación dos intervenciones, la relativa a Castilla-León y la
relativa a Extremadura, y las pondría en perfecta sintonía porque los
reproches que se dirigen a la Comunidad Autónoma de Castilla-León son
perfectamente defendibles con los argumentos expresados respecto a la
Comunidad Autónoma de Extremadura para defender la gestión de esta
última. En cuanto a los remanentes de crédito, lo expresado por la
representante de la Comunidad Autónoma de Extremadura coincide
exactamente con las alegaciones que se contienen en el informe de la
Junta de Castilla-León para justificar los remanentes de crédito.

Respecto a las disposiciones de crédito, que el Tribunal entiende, con un
criterio restrictivo, que deben cerrarse a final de ejercicio y que por
tanto eso es justo lo que motiva el supuesto agujero contable de la
Comunidad de Castilla-León, recogido en las páginas 9 y 10, si analizamos
contablemente y con rigor veremos que el desequilibrio de tesorería,
según el propio Tribunal, se compensaría exactamente con la utilización
de los créditos no dispuestos. Y si según los representantes de la
Comunidad Autónoma de Extremadura es un criterio adecuado no cancelar los
créditos no dispuestos a final de ejercicio, sino mantener esa posible
disposición de crédito como una autorización abierta de crédito, esos
mismos argumentos los aplicaríamos a la Comunidad de Castilla-León.

Realmente con el primer informe de los contrarios --llamémosle así--, la
primera intervención respecto a la Comunidad Autónoma de las Islas
Baleares, podríamos ir coincidiendo con el informe global que hace el
Tribunal de Cuentas del conjunto del sector que representan las
comunidades autónomas, y este sector tiene una serie de problemas
comunes. No se puede reprochar a una comunidad que no haya implantado el
plan general de comunidad porque, de las 17 comunidades, 12 no lo han
implantado, y el propio Tribunal estima que las seis que han implantado
un sistema de partida doble presentan notables deficiencias en la
ejecución de ese sistema, lo que no lo hace representativo y no nos
sirve. Es decir, no se ha implantado un plan correctamente. Por tanto,
ahí tenemos un problema que afecta a la totalidad de las 17 comunidades
autónomas, que tienen que ir adaptando sus sistemas contables a una
evolución posterior; y creemos que habrá voluntad política de ir
adaptando esos sistemas contables.

Hay también algo que se resalta. Hay empresas públicas en las distintas
comunidades autónomas en una situación de proceder en supuesto de
disolución recogidos en la Ley de Sociedades Anónimas. El problema no es
marcar de forma agresiva que una comunidad autónoma de distinto signo
político al que uno representa tiene empresas en situación de disolución.

El problema que nos tiene que preocupar es el sector público de empresas
en las distintas comunidades autónomas; nos tiene que preocupar que hay
una participación mayoritaria de la totalidad de las comunidades
autónomas en 367 empresas; que no consta información para el Tribunal de
Cuentas de la totalidad de estas empresas públicas y que estamos ante una
situación de empresas públicas en la que, probablemente por cubrir
necesidades perentorias en determinadas comunidades autónomas, se ha
utilizado un sistema de empresas públicas que ha demandado de los fondos
de esas comunidades autónomas en el año 1993 un total de 221.000 millones
de pesetas: 36.000 millones de pérdidas conjuntas más 185.000 millones de
subvenciones, que evidentemente se traducirían, de no haberse producido,
en una pérdida global, en el ejercicio de estas empresas públicas, de
221.000 millones.

Este problema afecta a la totalidad de las comunidades autónomas. Hay una
comunidad que puede presentar un elemento diferenciador positivo respecto
a las demás, que es Cantabria, que no tiene déficit en el ejercicio 1993;
todas las demás comunidades presentan déficit. Pero este problema de la
inversión en empresas públicas lo tienen todas las comunidades autónomas,
y es un problema que se incrementaría aún más si, junto al problema de la
financiación o de las subvenciones directas a estas empresas públicas,
analizáramos también el problema que van a representar en el futuro los
avales concedidos por las comunidades autónomas para la financiación de
empresas privadas, que en muchos casos, y se recoge uno a uno en cada uno
de los informes de las comunidades autónomas, son avales que realmente
han resultado fallidos y por tanto son ya obligaciones consolidadas que
tienen que afrontar las comunidades autónomas. Nos tiene que preocupar
este concepto de utilización por las comunidades autónomas del sistema de
empresas públicas y nos tendría que preocupar mucho más si, pasando de
las comunidades autónomas, nos refiriéramos a las corporaciones locales
en las que, por una serie de mecanismos, se elude el control de fondos de
los ayuntamientos mediante la utilización de una multiplicidad de
empresas que, en muchos casos, no responden nada más que a un intento por
parte de los respectivos responsables de los ayuntamientos de eludir los
controles que tendrían esos servicios y ese gasto si estuviera incluido
dentro de los presupuestos de los ayuntamientos.

La utilización del Fondo de Compensación Interterritorial dentro de los
presupuestos es algo que no se entiende nunca en las aportaciones
finalistas que se hagan. No es algo relativo al Fondo de Compensación
Interterritorial. Muchas comunidades autónomas incluyen en sus
presupuestos las subvenciones provenientes de los fondos europeos
relativos a la agricultura y ganadería. Es una partida que va a pasar por
las comunidades autónomas y va a ir directamente a los beneficiarios. Sin
embargo, hay muchas comunidades que incluyen en sus presupuestos de
agricultura la partida completa de esas subvenciones.

La contratación. Podemos intentar meter el dedo en el ojo de determinada
comunidad autónoma respecto a la contratación, pero lo que tenemos que
considerar es que todas las comunidades autónomas sin excepción abusan de
la adjudicación directa. El Tribunal analiza en el conjunto de las
comunidades autónomas una muestra de 912 contratos.




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De éstos, sólo 62 se han adjudicado por el procedimiento de subasta; 344
han ido a adjudicación directa y 506 mediante el sistema de concurso, con
problemas y objeciones respecto a la utilización del sistema de concurso
en la mayoría de las comunidades autónomas, por no decir en todas. Esto
nos debe demostrar que hay una inadecuación de una ley relativamente
reciente como la de contratos públicos, y que no se llega al sistema
global, al más abierto. Probablemente esa alegación que hace el Tribunal
de que el sistema de subastas sea el que produce mayores ahorros en el
costo, sea una afirmación teórica. Lo cierto es que ninguna de las
comunidades autónomas utilizan ese sistema, por lo que debe haber
deficiencias que tendríamos que matizar y analizar para intentar corregir
las posibles deficiencias del sistema de contratación pública.

Hay también un elemento bastante común en todas las comunidades autónomas
y muy generalizado en la totalidad de las corporaciones locales. Es el
recurso continuado a técnicos ajenos a las corporaciones para redactar
informes o proyectos. Cuando se toman los datos de cómo ha evolucionado
el empleo público en los diez años y vemos que de un 1,28 millones de
personas en 1985 en el sector público, se pasa en 1996 a 1,90 millones de
personas --un alza del 48 por ciento en empleados del sector público en
un período de diez años-- hay que preguntarse si no estamos produciendo
un doble gasto con un número muy importante de personas contratadas en el
sector público y recurriendo continuadamente, y quizá con abuso, a
informes y a técnicos ajenos a esas corporaciones para realizar trabajos,
que probablemente pudieran realizar con sus propios medios.

Estas son las visiones que podemos hacer del informe emitido por el
Tribunal de Cuentas del sector público respecto al ejercicio de 1993 que
nos debe llevar a determinadas reflexiones, y quizá a reformas
legislativas. Seguir por el camino de buscar al contrario exclusivamente
no creo que sea positivo ni conduzca a lo que debemos conseguir entre
todos y es que las cuentas públicas estén cada vez más claras, que el
control sobre las cuentas públicas sea cada vez más eficaz y que el
ciudadano tenga conciencia exacta de que su dinero se está manejando
bien. Y por acabar metiendo el dedo en el ojo de alguien, hay una sola
comunidad que tiene cuenta bancaria con una sola firma. Desde el punto de
vista de control del dinero público, lo peor que se puede hacer es que
una cuenta corriente de titularidad pública tenga una sola firma para las
disposiciones.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Señor Zabalía, antes, cuando he
dado el turno de palabra, no estaba. ¿Pretende intervenir?



El señor ZABALIA LEZAMIZ: Yo no sé si tengo que intervenir porque, como
está muy bien montada la dialéctica entre los dos grupos yo, en medio,
voy a romper con todo lo que en estos momentos se está debatiendo, porque
no voy a entrar a analizar las cuentas.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Entonces, casi le daría la
palabra al final y así terminaríamos, porque a usted le da exactamente
igual.

Con brevedad, tiene la palabra el señor Pérez Touriño.

El señor PEREZ TOURIÑO: Señor Presidente, sin el más mínimo ánimo de
polémica, sino todo lo contrario. Yo comprendo la situación hoy aquí del
Grupo Parlamentario Popular, y casi me ha emocionado la sensatez de su
intervención, su sentido del Estado, la visión global integradora que nos
ha ofrecido. A cambio, simplemente me limitaré a ofrecerle también otra
reflexión en la misma línea de Estado que hoy tenemos.

Hasta ahora, tendrá que reconocer conmigo que sólo los socialistas
teníamos déficit, agujeros contables, sólo los socialistas teníamos
empresas públicas en mala situación, sólo los socialistas contratábamos
mal y abusábamos de la contratación directa, y hoy usted, aquí y ahora,
ha reconocido que en todas partes cuecen habas, que otras comunidades
autónomas no gobernadas por socialistas también tienen esos defectos, y
como mínimo esa reflexión me parece importante. Vamos avanzando por el
camino de entendernos.

De todas formas, le diré finalmente que no se trata de poner el dedo en
el ojo del vecino y no ponerlo en el propio. Hay que asumir todas las
responsabilidades y todos los problemas que cada gestión tiene, pero
desde luego no es lo mismo el informe que presenta el Tribunal de Cuentas
respecto a Castilla-León que ninguno de los gobernados por la comunidad
socialista.

Nada más.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Señor Jordano, seguro que quiere
intervenir.




El señor JORDANO SALINAS: Muy brevemente, señor Presidente, gracias por
el turno.

Yo no he cambiado mi apreciación, y puede usted, si quiere, releer mi
intervención en relación al informe global que sobre el sector público se
presentó en el año 1992, y verá que no hay una variación sustancial entre
la línea argumental de aquella intervención, salvo las variaciones de los
datos que ha aportado el Tribunal en esta ocasión. Le puedo decir, porque
he releído detenidamente, como usted comprenderá, el informe de
Castilla-León referido al ejercicio 1993, que no he encontrado en ese
ejercicio ninguna actuación por parte de los responsables de
Castilla-León durante el año 1993, que oculte la situación, oculte datos
y dificulte la labor del Tribunal.

Le puedo decir que el informe emitido y las cuentas presentadas por la
Comunidad de Castilla-León al Tribunal no la objeta con la objeción más
seria que se pueda hacer a unas cuentas públicas de que no sean
representativas de la situación económico financiera patrimonial de esa
comunidad autónoma. Por tanto, creo que el mayor punto negativo que se le
puede poner a unas cuentas públicas es que no sean representativas, y esa
calificación de no ser representativas de la situación
económico-patrimonial de la comunidad autónoma no se recoge precisamente
en el informe de la Comunidad Autónoma de Castilla-León sino precisamente
en el informe de la Comunidad Autónoma de Extremadura.




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Por tanto, no establezcamos un grado concreto de buenos y malos porque
realmente los datos a los que tenemos que atenernos no reflejan esa
insistencia hecha por parte del portavoz del Grupo Socialista de que, a
pesar de todo, la Comunidad de Castilla es la peor. Creo que no.

Nada más, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Antes de darle la palabra a la
Presidenta del Tribunal, si ella lo estima oportuno, el señor Zabalía
tiene la palabra.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Señor Presidente, mi grupo parlamentario
exclusivamente se ha centrado en el informe del Tribunal de Cuentas, no
entra a hacer valoraciones sobre quién gobierne en una comunidad o en
otra, y parece que eso, desde el ámbito del Parlamento y del Tribunal de
Cuentas, en cuanto que se refiere a la presentación del informe, no es un
elemento para abrir debates en este aspecto. Desde ese punto de vista, lo
que me gustaría saber es si en estos momentos, después de las cuentas que
hemos visto del año 1993, que efectivamente tienen todos los problemas y
las deficiencias que normalmente nos estamos encontrando en la mayoría de
las administraciones públicas, el Tribunal tiene conciencia de que esto
va mejorando; es decir, si ya en 1994-95, que se estará auditando, se ve
que ha habido unas mejoras o unas correcciones a todas las deficiencias
que están saliendo.

Hay algunos aspectos que me gustaría comentar, incluso pedir algunas
aclaraciones, si es posible. Concretamente, en lo que se refiere a las
comunidades autónomas, el Tribunal apunta que existen una serie de
criterios diferenciales entre las comunidades autónomas que condicionan
el análisis conjunto, y que esto es lo que hace necesario una ponderación
de determinados aspectos de gestión económica y financiera --dice--,
consecuencia de las competencias transferidas, y esto parece ser que
condiciona la extensión y el tratamiento del contenido y el análisis del
informe. ¿Puede entonces entenderse que estos condicionamientos
repercuten negativamente en el informe globalizado del sector de las
comunidades autónomas? Es decir, ¿esto es un aspecto que repercute en el
resultado final, o solamente representa una mayor complejidad para el
Tribunal en el análisis de la valoración de este informe? ¿Hasta qué
punto esos criterios diferenciales significan o se entiende que pueden
ser negativos para la interpretación del informe globalizado?
En segundo lugar, el Tribunal también apunta que no se han presentado las
cuentas de 77 entes. Al parecer, se carece de datos. No sé si es posible
conocer la dimensión de estos entes dentro del resultado de las cuentas
agregadas del sector. Esos 77 entes, de los que parece ser no se puede
dar opinión, ¿qué peso tienen en la interpretación global del resultado
de las cuentas agregadas?
En tercer lugar, se apunta que las mayores irregularidades se centran en
retrasos e incumplimientos de las cuentas de las administraciones
institucionales y de las empresas públicas. Y ahí sí que hay datos
llamativos: el 40 por ciento de los organismos autónomos y un 11 por
ciento de las empresas públicas. Entre las carencias, apunta el Tribunal
que son la falta de documentos y la ausencia de justificación documental
de los servicios públicos. En este sentido, ¿cuál es la valoración de
estas irregularidades? ¿Qué consecuencias han tenido con respecto al
trabajo de elaboración del informe de fiscalización?, si es que la
Presidenta puede hacer estas valoraciones en estos momentos.

En cuarto lugar, de este informe también se desprenden deficiencias en
los presupuestos de las administraciones generales de las comunidades
autónomas: indeterminación de objetivos, inexistencia de sistemas de
contabilidad analítica, imposibilidad de valorar los costos y
rendimientos de los servicios públicos, desviaciones importantes
--aparece ahí un 12 por ciento en la ejecución de los presupuestos sobre
los créditos iniciales--, inexactitud de los derechos reconocidos --hay
unos excesos de 457.000 millones de pesetas--, y todo esto origina, junto
con otras variables que también inciden, un déficit no financiero de
610.000 millones, con una importante concentración, más del 60 por
ciento, en cuatro autonomías. Este sí que es un tema que puede preocupar.

Hay que tener en cuenta que la consecuencia de un elevado déficit, como
se está poniendo en cuestión, lleva consigo a la vez un elevado y
peligroso endeudamiento de las comunidades autónomas --2,9 billones-- que
también, por cierto, está concentrado en esas cuatro comunidades
autónomas, que están ahí y no me voy a referir a ellas. Todo esto,
independientemente de las deficiencias contables que se pueden dar,
genera al final una incidencia en unas situaciones de endeudamiento que
pueden en algún caso poner en peligro incluso el objetivo de déficit
público del conjunto de las administraciones públicas. Este es un tema
que creo que es importante y que de alguna forma hay que controlar,
aparte de otros aspectos que inciden en todas las comunidades autónomas,
y creo que en las administraciones en general, referentes a la
contratación administrativa y a una serie de cuestiones que se han puesto
hoy aquí de manifiesto.

Pero a mí verdaderamente me preocupa todo esto independientemente de lo
que significa que exista una falta de rigor, de transparencia y de
cumplimiento de las obligaciones contables y registrales, no sólo por
parte de las comunidades autónomas, sino de los entes locales, y no vamos
a hablar de ellos, pero desde luego llama la atención, cuando uno lee el
informe referente a los entes locales, que hay un elevado número de
entidades locales que han incumplido la obligación de rendir cuentas.

Esto ya es el colmo. ¡Es que ni siquiera rinden cuentas! Es que, en un
primer momento, dentro de las fechas establecidas, ni siquiera llegan al
11 por ciento, y tiene que estar el Tribunal de Cuentas detrás de ellas
para que las rindan y poder llegar a unos índices del 80 por ciento,
después de muchos esfuerzos por parte del Tribunal.

Yo no sé si todo esto a través del tiempo ha ido modificándose y en estos
momentos podemos decir que hay un mayor cumplimiento del nivel de rigor
por parte de las comunidades autónomas y de los entes locales, pero
indudablemente, como decía al principio, a mí me preocupa



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que además todo esto está generando un déficit no financiero importante
en los entes locales de comunidades autónomas y un endeudamiento que al
final genera a su vez una espiral de déficit. Este es uno de los aspectos
que habrá que contemplar. Quizá no es este el momento de debatir sobre
este asunto, porque indudablemente aquí estamos hablando del informe del
Tribunal de Cuentas, pero creo que es un aspecto que hay que tener
presente.

Por otra parte, como decía antes, me preocupa todavía la poca fiabilidad
o por lo menos interés por parte de las corporaciones locales en el
cumplimiento de sus obligaciones, no sólo con el Tribunal de Cuentas,
sino con la presentación de las cuentas a las propias corporaciones
locales. Hay gran número de entidades, como dice el Tribunal, que no han
rendido cuentas en el ejercicio de 1992, cuando se había cerrado el de
1993. Todas estas situaciones que aquí se apuntan, ¿se puede decir que en
el año 1995 han sufrido un cambio positivo, es decir, hay ya una mayor
conciencia por parte de las comunidades autónomas y los entes
territoriales en el cumplimiento de sus obligaciones? Esto es lo que me
gustaría saber, si es que el Tribunal nos puede adelantar cómo está en
estos momentos la situación de cumplimiento de la realización de las
cuentas, porque no sería bueno que dentro de dos o tres años volviésemos
a analizar las cuentas del ejercicio de 1995 con los mismos problemas.

No creo que sea el Tribunal de Cuentas el que tenga que demandar a las
comunidades autónomas ni a los organismos ni a las corporaciones locales
o perseguirlos para que cumplan con su obligación. Pienso que es una
labor nuestra. En cierto modo lo que el Tribunal tiene que hacer es poner
de manifiesto una situación determinada y desde luego nos toca a nosotros
tomar las medidas necesarias para evitar que eso pueda ocurrir, y el
Tribunal de Cuentas lo que sí debe hacer es aplicar con rigor toda
aquella normativa existente para la elaboración del informe y las
sanciones correspondientes en lo que sea su competencia. Ahí sí creo que
el Tribunal de Cuentas debe ser absolutamente rígido.

Estas son las consideraciones que quería hacer sobre el informe que han
presentado.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): La señora Presidenta del Tribunal
de Cuentas tiene la palabra si lo estima oportuno.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Después de
este debate tan interesante y extenso, dilatado en el tiempo, me va a ser
difícil contestar mínimamente a todas las señoras y señores que han
intervenido. Algunas de las cuestiones como son generales se han expuesto
en la sala por varios intervinientes e igual no tengo necesidad de ir
diciéndoselo uno por uno y puedo responder en general.

Hay un tema que ha empezado el señor Pérez Touriño en su primera y muy
breve intervención que se refiere al retraso de la rendición de cuentas.

Han hablado más de este tema y ha concluido con él el señor Zabalía. Voy
con este tema.

El retraso en la rendición de cuentas es un tema muy fuerte en el caso de
corporaciones locales, no lo es en el caso de las comunidades autónomas,
que rinden sus cuentas en tiempo hábil, en este caso creo que dijimos que
solamente Aragón había tardado más, pero llegó, llegó fuera de plazo,
para entendernos, pero llegó; es un tema relativamente menor globalmente
hablando, que es lo que me gustaría hacer en esta intervención.

Sin embargo, en las corporaciones locales el tema es mucho más grave.

Entre otras cosas, les he indicado a ustedes que en el año 1993 se les
autorizó a prorrogar la entrega; están autorizadas por las leyes a
alargar el plazo de entrega. El plazo de entrega ya es muy dilatado,
después de la terminación del año natural, prácticamente es a finales del
año siguiente y se les concedió un trimestre más. El señor Zabalía me
pregunta cómo lo están haciendo en el año 1995. Le diré que probablemente
del año 1994 están llegando con cuentagotas, primero, porque la ley da
mucho tiempo a las corporaciones locales para rendir las cuentas; en
segundo lugar, no cumplen esos plazos tan dilatados y, como muy bien se
ha puesto de manifiesto aquí, van llegando muy lentamente.

El Tribunal de Cuentas, al ver el número de corporaciones locales que no
obedecen al principio de rendición de cuentas, se ha planteado qué puede
hacer. Miren ustedes, la capacidad que tiene, evidentemente, es de, por
incumplimiento, llevarlo a la Administración de justicia, pero realmente
nosotros no podemos llevar a tres mil y pico ayuntamientos a los
procedimientos jurisdiccionales ordinarios y no entra dentro de los
supuestos de la jurisdicción del Tribunal de Cuentas. Entonces, hay que
buscar la vía de la persuasión. La vía de la persuasión, que es lo que
venimos haciendo, significa informar a todas y cada una de las
corporaciones locales que no cumplen el requisito; si esto se analiza en
esta Comisión Mixta, donde decimos que son tres mil, es imposible, pero
si lo vamos diciendo por comunidades autónomas y se divide tres mil entre
diecisiete, es más fácil que llegue. Si además, como lo hacemos en los
informes individualizados por comunidades autónomas, decimos:
ayuntamientos mayores de 5.000 habitantes que no han rendido cuentas.

Como son menos y son más conocidos, es más fácil. También es verdad que
el rigor en la rendición de cuentas no puede ser idéntico, no puede ser
uniforme. España se caracteriza por ser un país que tiene algunos
municipios pequeñísimos, donde difícilmente encuentran candidatos para
ocupar la alcaldía o incluso las pedanías, en los que sus presupuestos
son muy bajos. ¿Que persecución se puede hacer a estos ayuntamientos? Se
hace por la vía de la persuasión, de ayudarles a que lleven una
contabilidad lo más sencilla posible y a que la enseñen. Pero un
ayuntamiento que tiene un presupuesto significativo tiene plena
obligación de rendir cuentas y de hacerlo en tiempo. La vía de la fuerza
por nuestra parte es inviable por la cantidad de incumplimientos que
existen y porque dónde pondríamos la barrera. Creo que lo que se debe
hacer es mantener un control político, pero más que aquí, más que hacer
un análisis global como el que sus señorías han hecho --es difícil, por
ejemplo, entrar en el tema de las corporaciones locales--, pienso que es
a nivel de las distintas



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comunidades autónomas y sus distintas asambleas parlamentarias donde esto
se puede hacer y donde los ayuntamientos que no rinden cuentas o que
están directamente marcados por sus incumplimientos por el Tribunal
pueden verse más obligados a cumplir de una forma u otra con sus
obligaciones.

Me decía el señor Pérez Touriño que le sorprende que Galicia no haya
rendido cuentas. No, señor Pérez Touriño; Galicia rindió la cuenta
general y rindió la cuenta de sus municipios, lo que ocurre es que la
revisión la hace el Consello de Contas de Galicia, y ha sido éste el que
no había hecho el informe a la hora de cerrar el nuestro. A veces, al
Tribunal de Cuentas, cuando depende de órganos de control de distintas
comunidades autónomas, esto le produce un retraso, no el propio retraso
de las rendiciones de cuentas y su análisis, así como nuestro propio
retraso, porque no vamos a ser nosotros los que lo hacemos todo bien,
sino que a veces dependemos de otros retrasos. Este es uno de los casos y
en ese sentido lo he dicho.

Me preguntaba la señora portavoz que ha hablado de Cantabria si el
Tribunal de Cuentas no puede hacerles cumplir en este caso a su
comunidad. Yo lo generalizo. Nosotros creemos que el Tribunal de Cuentas
hace el control a través de su informe y que el control político les
corresponde a ustedes. Si me permiten la sugerencia, yo sigo insistiendo
en que el control político es mucho más importante en la propia comunidad
autónoma que aquí. Sí les voy a decir algo más, y es que aquí hemos
hablado exclusivamente de las diez comunidades autónomas que son
controladas por el Tribunal, pero no hemos nombrado para nada a las
comunidades autónomas que tienen órgano de control externo. Yo debo decir
que debemos vigilar a todas las comunidades autónomas por igual y que si
las que tienen su propio órgano de control externo pueden eludir, por
decir una palabra, o no entran --porque ustedes no quieren o por lo que
fuera-- a discutir en esta Comisión nada de sus resultados, que me parece
correcto, yo creo que no puede haber trato desigual en ese sentido. Y
esto es una sugerencia, no es nada más. Por eso al Tribunal de Cuentas le
preocupa mucho el tratamiento que se da de los informes de las
comunidades autónomas que el Tribunal elabora respecto a los que no
elabora, y nos parece que el ámbito de discusión es el del informe que
nosotros presentamos, donde están incluidas todas. Eso es lo que nos
parece.

Hay una pregunta muy concreta del señor Granado respecto a si ha habido
alguna actuación por parte del Tribunal en cuanto a una empresa
determinada de Castilla y León. Le diré que, efectivamente, hay una
petición de formación de pieza separada del Servicio Jurídico del Estado
en el Tribunal de Cuentas que está en relación con las irregularidades en
la concesión de un aval a una empresa concreta que él mismo ha citado.

Hay una petición de pieza separada que está pendiente de acordar, pero
existe en la casa. Esto era lo que le quería responder a una pregunta
concreta. Además creo que son preguntas que sí pueden dirigirme porque
afectan a parte del informe.

De igual manera, aunque no me lo ha preguntado expresamente, el señor que
ha hablado de Murcia --perdone que no he recogido su nombre-- dice que a
veces salen en la prensa incumplimientos incluidos en la cuenta general
de la Comunidad Autónoma de Murcia y que sólo quedan en la prensa. Pues
yo debo decirle que no, que hay una petición de apertura de pieza
separada, que fue pedida por el Servicio Jurídico del Estado, y que en
temas de malversación o posibles malversaciones --no interpretemos las
cosas con más rigor que lo que en principio es una apertura de un
expediente, porque hay justificaciones incompletas en algunos casos y lo
que probablemente haya que solicitar es la justificación total-- de este
tipo de procedimientos existen abiertos varios este año, concretamente
cinco, que afectan a la Comunidad Autónoma de Murcia.

Preguntaba el señor Zabalía si cuando se dice que hay una gran diversidad
hasta en el funcionamiento, en el concepto de unas autonomías respecto a
otras o en el nivel de competencias que todavía tienen asumidas unas
relaciones con otras... Yo creo que no repercute negativamente en su
informe, sino que, efectivamente, crea mucha más complejidad para hacer
un informe único, porque a veces es difícil ir conjuntando cuestiones.

¿Qué consecuencias han tenido los retrasos en cumplimientos en organismos
autónomos y empresas públicas? Como usted sabe, el Tribunal lo denuncia
porque no tiene capacidad de ejecución en este momento. Yo creo que es
precisamente la sanción política lo que, a través del informe del
Tribunal, es correcto y oportuno que se haga.




-- INFORME DE FISCALIZACION DE LAS SUBVENCIONES OFICIALES RECIBIDAS POR
CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN EL AÑO 1990. (Número de expediente del Congreso
251/000036 y número de expediente del Senado 771/000033.)



El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Llegamos al último informe de
fiscalización, que es el de las subvenciones oficiales recibidas por Cruz
Roja Española en el año 1990.

Tiene la palabra la Presidenta del Tribunal de Cuentas.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): El informe
de fiscalización de las subvenciones oficiales recibidas por Cruz Roja
Española, aprobado por el pleno del Tribunal de Cuentas en el mes de
diciembre de 1996, fue realizado a iniciativa de esta Comisión Mixta para
las relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Los objetivos de la fiscalización realizada han sido los siguientes. En
primer lugar, determinar el importe de las subvenciones recibidas por
Cruz Roja Española durante el año 1990 por parte de las entidades que
configuran el sector público; en segundo lugar, comprobar el adecuado
registro de dichas subvenciones en la contabilidad de Cruz Roja y, en
tercer lugar, comprobar en aquellas subvenciones en las que se exige su
aplicación a determinados programas y su justificación, que estos
extremos se hayan cumplido conforme a la legislación vigente.




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La Cruz Roja Española es una entidad que no pertenece al sector público,
según define el artículo 4.1 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
y, por tanto, su fiscalización se ha desarrollado dentro de los límites
marcados en el apartado 2 de ese artículo, así como en el artículo 38 de
la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Dada la gran cantidad de entidades que han podido conceder subvenciones,
se han seleccionado y recabado información a un número limitado de ellas:
Administración general del Estado, organismos autónomos, servicios
comunes y entidades gestoras de la Seguridad Social, comunidades
autónomas y entidades de ellas dependientes, diputaciones provinciales y
ayuntamientos capitales de provincia y los ayuntamientos con población
superior a 5.000 habitantes, sociedades estatales y entes públicos que
figuraban en los Presupuestos Generales del Estado del año 1990 y
sociedades estatales no sujetas a régimen presupuestario y, finalmente,
universidades públicas de competencia estatal en dicho año.

Se han considerado subvenciones oficiales las disposiciones gratuitas de
fondos realizadas por parte del sector público para fomentar una
actividad de interés social o para promover la consecución del fin
público. Asimismo, se han entendido por subvenciones recibidas por Cruz
Roja en 1990 las reconocidas a favor de esta institución por las
entidades que componen el sector público con cargo a sus presupuestos o a
sus cuentas anuales de 1990 y cuyo pago se haya efectuado a lo largo de
1990 o en años posteriores. Para la presente fiscalización no se han
considerado los beneficios que tienen origen en el sorteo extraordinario
de la Cruz Roja y tampoco los fondos recibidos de entidades públicas que
son aplicados por las entidades públicas al capítulo II de sus
presupuestos, al no entender el Tribunal que estén dentro del concepto de
subvenciones definido antes.

El resultado de la fiscalización es el siguiente. El importe de las
subvenciones reconocidas del sector público a favor de Cruz Roja Española
durante el año 1990 ascendió, según la información recabada, a 6.792
millones, de los cuales 5.003 se pagaron en 1990, 1.771 en ejercicios
siguientes y 18 millones corresponden a anulaciones de créditos.

Por otra parte, y según información procedente de la propia Cruz Roja,
ésta consideró como subvenciones recibidas en este año, procedentes del
sector público, 8.747 millones de pesetas. Esta cifra supera en casi
1.600 millones a la que han manifestado las entidades que componen el
sector público. El origen de la diferencia se debe a que la Cruz Roja
considera, dentro del concepto de subvenciones, algunos ingresos abonados
por entidades públicas como contraprestación de servicios en virtud de
acuerdos de cooperación. Estos fondos que el sector público ha reconocido
con cargo al capítulo II no corresponden al concepto de entrega gratuita
que caracteriza fundamentalmente a las subvenciones; por tanto, no se han
considerado como tales. Otra causa de la diferencia del desfase entre los
importes --causa pequeña-- puede encontrarse en la consideración por
parte de Cruz Roja de un total de 13 millones de pesetas de subvenciones
recibidas por sociedades estatales y otros entes públicos, sin incluir 7
millones por aportaciones con motivo de la fiesta de la banderita, ya que
estos ingresos se registran en una cuenta específica destinada a este
concepto.

Por otra parte, Cruz Roja Española tiene contabilizados ingresos
derivados de subvenciones por un importe conjunto de 381 millones de
pesetas que proceden de entidades a las que no se ha solicitado
información por parte del Tribunal de Cuentas y de algunas otras que,
habiéndose solicitado, no han contestado. No se han considerado como
subvenciones un conjunto de aportaciones gratuitas del sector público
recibidas por Cruz Roja en el ejercicio fiscalizado y contabilizadas en
concepto distinto al de subvenciones, como son --lo he dicho antes--, los
beneficios del sorteo extraordinario de la lotería nacional, que en 1990
ascendieron a 1.240 millones de pesetas.

En relación con el registro contable de las subvenciones recibidas por
Cruz Roja, hay que señalar una organización descentralizada de la
entidad, que lleva contabilidades independientes tanto en la oficina
central como en las periféricas, las cuales se integran al fin de
ejercicio.

En términos generales, se ha comprobado el adecuado registro contable
efectuado por la entidad fiscalizada de las subvenciones que proceden de
las distintas entidades públicas, realizándose su aplicación a los
ingresos de Cruz Roja en sus cuentas de pérdidas y ganancias, de acuerdo
con los principios contables de general aceptación. Para la aplicación y
justificación de las subvenciones recibidas por Cruz Roja hay que cifrar
el importe en 6.774 millones de pesetas, según le he señalado ya, y en el
que se ha fijado el alcance de la presente fiscalización. En la
aplicación de estas subvenciones hay que distinguir aquellas en que se
exigió algún tipo de requisitos de aplicación y justificación, cuyo
importe ascendió a 5.781 millones, y otras no afectadas al cumplimiento
de fines concretos, sobre las cuales no se ha exigido justificación y
cuyo importe suma 993 millones. La fiscalización en estos supuestos se ha
referido a la comprobación de las subvenciones a las que les era de
aplicación el requisito de justificación de su finalidad, cuyo importe
ascendió a 5.781 millones. Estas comprobaciones se han realizado en
relación a las entidades y organismos subvencionadores, efectuándose una
comprobación pormenorizada de las subvenciones concedidas por los
diferentes departamentos ministeriales, entre los que sobresale el
antiguo Ministerio de Asuntos Sociales, con un total de 2.985 millones de
pesetas, destacando las subvenciones concedidas con cargo a la asignación
tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que
ascendieron a 2.563 millones de pesetas.

Como resultado del control financiero efectuado por el propio Ministerio
de Asuntos Sociales, se solicitó a la Cruz Roja el reintegro de algo más
de cuatro millones de pesetas, correspondientes a subvenciones no
gastadas o con defectos en la justificación, ingresándose dicha cantidad
en el Tesoro en el mes de julio de 1993. En la fiscalización efectuada no
se ha considerado adecuada la justificación de compras y prestaciones de
servicios por



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importe de 1.200.000 pesetas, cuyo objeto aparentemente no guarda
relación con las finalidades perseguidas por los programas financieros.

De todo lo indicado resulta que, en general, las subvenciones recibidas
se han justificado adecuadamente, aplicándose a las finalidades
previstas, o se ha reintegrado su importe al Tesoro en los casos en que
se estimó procedente. Como consecuencia de la fiscalización efectuada, el
Tribunal de Cuentas realiza dos recomendaciones. Una, que parece
conveniente que Cruz Roja Española establezca unos procedimientos de
archivo y custodia de la documentación administrativa más adecuados, a
los efectos de posibilitar las actuaciones de control a que está sujeta
en razón de las subvenciones que recibe del sector público. Dos, que
parece necesario que Cruz Roja Española contabilice los ingresos en sus
cuentas atendiendo a la clasificación presupuestaria del pago efectuado
por los entes públicos otorgantes de subvenciones, con la finalidad de
delimitar claramente las prestaciones de servicios pagadas al capítulo 2
de los presupuestos de gastos y las subvenciones concedidas y
condicionadas a la prestación de determinados servicios.

Esto es todo. Muchas gracias por su atención.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Por el Grupo Socialista, tiene la
palabra la Diputada señora Pin.




La señora PIN ARBOLEDAS: Señora Presidenta del Tribunal de Cuentas, es la
primera vez que intervengo en esta Comisión a petición de mi grupo
parlamentario.

Cuando cogí el informe de fiscalización de las subvenciones oficiales
recibidas por Cruz Roja Española en el año 1990 y empecé a sumergirme en
dicho informe, descubrí con gran alegría el extraordinario trabajo que se
había realizado desde el Tribunal de Cuentas. Aunque la documentación es
muy compleja y difícil de interpretar por la multitud de programas que
tienen en los diferentes ámbitos provinciales, teniendo en cuenta que la
ejecución de los programas se desarrolla a través de las asambleas
provinciales, la justificación está centralizada en la oficina central,
que justifica directamente al Ministerio todas la subvenciones. Ha habido
algunos problemas en la liquidez de algunos programas, pero de volumen
muy poco significativo, devolviéndose al Ministerio su importe en estos
casos. Esos problemas han venido dados, como bien refleja el informe del
Tribunal de Cuentas, por no poder delimitar con claridad la diferencia
entre prestaciones de servicios pagados por el Estado y subvenciones
concedidas. Por eso una de las preguntas que nos podríamos hacer sería:
¿se puede poner en marcha desde el Tribunal algún mecanismo para que la
Cruz Roja adopte el registro contable de las subvenciones para que en lo
sucesivo se pueda realizar mejor la fiscalización de dichas subvenciones?
No tendríamos que olvidar que la Cruz Roja cubre un sinfín de
prestaciones que tendría que cubrir el sistema público, pues se puede
comprobar que las inspecciones que se han realizado han sido positivas y
que el Ministerio de Asuntos Sociales que usted ha nombrado reconoce la
buena gestión de los programas desarrollados por la Cruz Roja y realiza
un informe para despejar el único interrogante que encontramos, respecto
al concepto de gastos de personal, donde dice textualmente que se podrá
aplicar al convenio más favorable, siempre que dicho convenio se
encuentre registrado en las delegaciones de trabajo correspondientes o en
las de las comunidades autónomas que tengan atribuidas competencias en
materia de convenios colectivos de trabajo. Como vemos, respecto a esta
cuestión, el Ministerio de Asuntos Sociales ha manifestado una actitud
flexible.

Para terminar, señora Presidenta, puesto que el trabajo realizado por el
equipo fiscalizador ha consistido en comprobar la adecuada
contabilización por la Cruz Roja de todas las subvenciones oficiales, se
puede deducir que los gastos son razonables y adecuados a las finalidades
perseguidas por las subvenciones y, como decía al principio de mi corta
intervención y desprendo de la buena fiscalización realizada por el
Tribunal de Cuentas, tendría ese Tribunal que poner en marcha los
mecanismos necesarios para que los registros y los justificantes de las
subvenciones no sufran dificultades a la hora de entregar dichas
justificaciones, así como recomendar a la Cruz Roja, como usted ha dicho,
que mejore el procedimiento de archivo y custodia de la correspondiente
documentación, a efectos de posibilitar, de forma adecuada, las
actuaciones de control a que está sujeta la Cruz Roja por razón de las
subvenciones que recibe del sector público, aunque espero que en el
transcurso de los años que han pasado, todo esto esté muy mejorado y en
los próximos años la fiscalización resulte más fácil.

En base a esta recomendación, quisiera aprovechar la ocasión de su
comparecencia ante esta Comisión para preguntarle, puesto que el informe
del cual estamos hablando es del año 1990, si por parte del Tribunal de
Cuentas se ha puesto en marcha algún mecanismo para mejorar el sistema de
fiscalización.

Muchas gracias, señora Presidenta.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el Senador
señor Rodríguez.




El señor RODRIGUEZ GOMEZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías (las pocas que hay ya), señora Presidenta del Tribunal de
Cuentas, el PP quiere agradecerle, además de su presencia, que es todo lo
puntual que siempre es, su claridad y brevedad cuando es posible, aunque
a veces no es posible. Dada la hora y el tiempo que llevamos, ya no voy a
hablar de la institución, ni de la personalidad, ni de su dependencia, ni
de la especificación de recursos, ni del origen de los recursos, que han
sido perfectamente explicados por su señoría y voy a pasar de ellos.

Sí me voy a detener en los tres puntos en que el Tribunal de Cuentas ha
fijado la fiscalización, que son: conocer el dinero, conocer el registro
de las subvenciones y conocer si se han cumplido las normas para las que
están con determinadas obligaciones.




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El Tribunal de Cuentas ha solicitado información a entidades públicas y
también a la Cruz Roja Española. Esta fiscalización, como muy bien ha
dicho la Presidenta, se refiere a los 6.792 millones de pesetas, distinta
de la que da la Cruz Roja, porque, como también ha explicado la señora
Presidenta, la Cruz Roja considera subvenciones a contraprestaciones de
servicios en virtud de convenios y acuerdos en las cantidades que ha
dicho: 13 millones por un lado, 381 por otro, etcétera.

En cuanto al registro contable, que nosotros, a la vista de la
fiscalización, consideramos adecuados los principios, las subvenciones
sujetas a la fiscalización son subvenciones al capital y subvenciones a
la explotación y se han registrado aceptablemente, quitando algún pequeño
defecto, como esos cuatro millones y medio de pesetas, que eran de
capital y se han pasado a explotación.

Atendiendo a la aplicación, las subvenciones son de dos tipos, como ha
dicho muy bien también: las que necesitan requisitos y justificaciones y
las que son de naturaleza general. Total, una fiscalización sobre 5.782
millones de pesetas que es la que vamos a ver. Según el informe, se han
justificado adecuadamente o se han reintegrado al Tesoro público la
mayoría, salvo algunas que proceden de la asignación tributaria del IRPF
y la destinada a refugiados y asilados.

Entrando en profundidad, más que en la fiscalización, en los usos que de
las subvenciones se han hecho por parte de la Cruz Roja, sobre todo en su
justificación, y analizándolas una a una más detenidamente, hay que hacer
notar que en el sector público hay ministerios que cumplen correctamente
los requisitos exigidos para las subvenciones, y éstos deben mencionarse.

Así ocurre con el Ministerio de Asuntos Exteriores, aunque de los
justificantes de gastos originales no se ha obtenido confirmación, como
menciona el Tribunal de Cuentas; con el Ministerio de Educación y
Ciencia, el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Justicia. Sin
embargo, hay otros que no han actuado tan correctamente en relación con
las justificaciones de cuentas, que es el caso, por ejemplo, del
Ministerio de Trabajo en relación con una subvención de 12 millones de
pesetas para la campaña de la patata que no figura incluida entre las que
tuvieron como destinatario a la CRE, pues la subvención se libró a través
del habilitado de la Dirección Provincial de Trabajo perceptor de los
fondos. Pregunto a la señora Presidenta: ¿se han justificado?
El Ministerio de Sanidad y Consumo sí registra las subvenciones. En una
de ellas, destinada a paliar las dificultades de instituciones
hospitalarias, de 200 millones de pesetas, se justifican los gastos con
certificaciones de déficit expedidos por la propia institución, pero no
hay certificación de que los justificantes estuvieran a disposición de la
entidad contable; no hay rendición de cuentas o estados contables.

En el Ministerio de Asuntos Sociales hay una subvención de 422 millones
en dos apartados, que son el de cooperación social y el del IRPF; en el
de cooperación social, el gasto fue superior en 14 millones. Los
documentos justificativos no reúnen siempre las condiciones requeridas,
son fotocopias, y aparecen facturas o documentos de gastos, que no
acreditaciones de pago. En el apartado que se refiere al IRPF, que es
asignación tributaria para otros fines, figuran 2.562 millones dedicados
a la cooperación y al voluntariado. Ya ha dicho la señora Presidenta que
reclamó el ingreso de unas cantidades no gastadas y de otras gastadas
fuera de plazo, algunas por conceptos tan atípicos como puede ser la
compra de una embarcación neumática. Se han encontrado los siguientes
defectos: justificantes por importe de 38 millones en fotocopias;
justificantes por importe de casi un millón y medio sin originales ni
fotocopias; defectos formales como que no se acredita el servicio de
suministro, falta de acreditaciones de pago de facturas y documentos de
gasto o defectos de justificación de gastos de personal. En una de las
alegaciones se dice que se atienen al convenio más favorable, sobre todo
si se encuentra registrado en las delegaciones de trabajo. Así lo asegura
el Secretario General y también, en un informe, la vocal asesora de las
ONG. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas insiste en que, con alguna
frecuencia, las retribuciones del personal de la CRE incluidas en la
justificación superan las equivalentes del Ministerio en un 7 por ciento.

Y, por último, defectos de distribución de subvenciones de tipo menor.

En cuanto a organismos autónomos, es de resaltar entre los que no cumplen
como los anteriormente citados el Instituto Nacional de Empleo, donde
para la concesión de subvenciones no se exigían necesariamente
justificantes de gasto y donde las direcciones provinciales podrían
requerir justificación de gastos de cada curso, pero podrían no
requerirla. Mi pregunta a la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas
es: ¿cómo es posible que tratándose del manejo de fondos públicos se
pueda no exigir justificantes y se diga exclusivamente que podría?
Efectivamente, podría, pero no se exigía.

En servicios comunes y entidades gestoras de la Seguridad Social aparece
el Inserso, con 1.200 millones de subvención dedicadas al derecho de
asilo y ayuda a refugiados y asilados, donde se encuentran los siguientes
defectos, aparte de que se presenten como justificantes gastos superiores
a 175 millones de pesetas. Por ejemplo, una parte fundamental de diversa
documentación justificativa no ha podido ser localizada, no se han
localizado 58 relaciones de pago sobre 107, lo que supone prácticamente
más del 50 por ciento; no hay expedientes de 22 beneficiados sobre 100;
las documentaciones están llenas de deficiencias, por ejemplo, sobre 74
pagos, en 21 no hay ni recibí ni firma; en uno sobre 78 expedientes sólo
figura un nombre; acreditación insuficiente de la condición de asilado,
en cuatro casos; de su antigüedad como residentes, en dos, y de falta de
acreditación de recursos insuficientes en 34.

Señor Presidente de la Comisión, señora Presidenta del Tribunal de
Cuentas, las alegaciones presentadas en este caso por el Secretario
General, en mi opinión, no admiten una defensa muy sustancial, y después
explicaré por qué. En las alegaciones, también me sorprende que la



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anterior Presidenta de la Cruz Roja Española diga que, como se fue en
1994, no tiene nada que decir.

Voy a concluir, señor Presidente, señorías, señora Presidenta del
Tribunal de Cuentas. Llevo poco tiempo en esta Comisión, prácticamente el
de la legislatura. Acostumbrado como estoy a cantidades astronómicas y a
gestiones, cuando menos, deficientes o irregulares, podemos decir con una
cierta satisfacción que, a pesar de todo, la fiscalización ha tenido unos
resultados aceptables y así los asumimos. Sin embargo --y lo dije también
en el Senado sobre la cuenta de 1993--, que se acepte una gestión como
menos mala no quiere decir que no haya deficiencias.

Las conclusiones del Tribunal de Cuentas son dos: que hay dificultad o
imposibilidad de localizar registros y justificantes de subvenciones y
que hay que llegar a una clasificación presupuestaria más acorde con la
oficial. Cuando se entra en la realidad de algunas de ellas da la
impresión de que unas cuentas dedicadas a fines sociales y al interés
público no son todo lo claras y transparentes que debieran ser. Todos
hemos pensado siempre que los dineros públicos deben ser objeto de mucho
cuidado y hasta de mimo en su manejo y en su justificación. No valen
excusas de pérdida de documentos por traslados o por incendios, por
cierto, justificaciones ya muy antiguas. Yo soy profesor de latín y le
voy a dar una: ¿Buscas justificantes? --le decía Cicerón a un abogado
contrario--. ¡Como si no supieras que se quemaron con los edificios del
registro! Pero la única justificación legal de la disputa era si estaban
inscritos en el registro o no y no lo estaban.

Al Partido Popular y a todos los españoles nos gustaría que todos los
justificantes estuvieran en el registro y fueran contrastados. Esperemos
que la Cruz Roja Española presente las cuentas de 1991 de forma clara y
transparente y que las mejoras pedidas y señaladas por el Tribunal de
Cuentas y explicadas por la Secretaría General de la Cruz Roja se hallan
llevado a efecto para ese año.

Muchas gracias, señora Presidenta del Tribunal de Cuentas.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): La señora Presidenta del Tribunal
de Cuentas, si lo estima oportuno, tiene la palabra.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Voy a
intervenir brevemente porque las intervenciones han sido muy claras y
sólo se me ha preguntado por dos cuestiones o, tal vez, por una y media.

A la señora Pin debo decirle que el Tribunal de Cuentas no puede montar
un mecanismo para que Cruz Roja contabilice mejor. El Tribunal de Cuentas
le dice a Cruz Roja cómo debe contabilizar las subvenciones,
distinguiendo éstas de las cantidades que recibe para otros fines
distintos que no son los que se persiguen. El sector público que entrega
esas cantidades los contabiliza en el capítulo II, que es para gastos
generales, y no para subvenciones. Si el otorgante las considera gastos
generales, conviene, naturalmente, que Cruz Roja distinga en su
contabilidad una cosa de otra.

Al señor Rodríguez debo decirle que me parece muy bien que haga todo tipo
de críticas; tiene perfecto derecho. Este es el informe que hay; ha sido
enormemente laborioso para el Tribunal de Cuentas y, afortunadamente, se
ha podido hacer, pero Cruz Roja Española no es una empresa pública y, en
consecuencia, no tiene que presentar cuentas al Tribunal. No presentará
ni la de 1990 ni la de 1991 ni la de 1992. Pienso que con las
recomendaciones que se le hacen pondrá en marcha ese mecanismo para
contabilizar adecuadamente.

Hay tantísimas subvenciones que el Tribunal de Cuentas debiera de
supervisar que la comprobación de las que corresponden a Cruz Roja
tendría que ser relativamente superficial, porque en caso contrario,
incidiríamos siempre en las mismas instituciones; y no me refiero a este
caso. Si nos empeñásemos año tras año en ver cómo se ha evolucionado,
probablemente tendríamos que hacer un pequeño muestreo nada más, porque
los medios materiales y humanos son limitados y el sector público es
inmenso. Me parece muy correcto que la Comisión Mixta pidiera esa
información, esta fiscalización que nosotros hemos hecho.

Afortunadamente, los servicios jurídicos de la Casa y el fiscal no han
observado ningún problema que afecte al incumplimiento grave de ninguna
responsabilidad contable, salvo en esa cifra que usted ha indicado de
1.200.000 pesetas para la adquisición de un objeto que, aparentemente al
menos, no guarda relación con los programas y que tendrá que ser
justificada.

En cuanto a las cuestiones que son objeto de apertura de piezas separadas
o de responsabilidades contables, en las que suele hablarse de cifras
importantes, incluso de varias en una única fiscalización, no parece que
sea excesivamente preocupante. Pero lo digo ateniéndome a los datos.

Muchísimas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Señora Presidenta del Tribunal de
Cuentas, le agradecemos su presencia en la tarde de hoy, como siempre.

Señorías, sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.




Eran las siete y cincuenta minutos de la tarde.