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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 32, de 11/12/1996
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DIARIO DE SESIONES DE LAS
CORTES GENERALES



COMISIONES MIXTAS



Año 1996 VI Legislatura Núm. 32



PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL
DE CUENTAS



PRESIDENTE: DON JOSEP SANCHEZ I LLIBRE



Sesión núm. 7



celebrada el miércoles, 11 de diciembre de 1996,
en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DIA:



Comparecencia de la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas (García
Crespo) para informar sobre:



--La contabilidad de los partidos políticos, año 1990. (Número de
expediente Congreso 251/000008 y número de expediente Senado 771/000008)
(Página 515)



--La contabilidad de los partidos políticos, ejercicio 1991. (Número de
expediente Congreso 251/000014 y número de expediente Senado 771/000013)
(Página 515)



--La contabilidad de los partidos políticos, ejercicio 1992. (Número de
expediente Congreso 251/000020 y número de expediente Senado 771/000018)
(Página 515)



--La fiscalización de la Diputación Provincial de Badajoz referido a los
ejercicios 1990, 1991 y 1992. (Número de expediente Congreso 251/000011 y
número de expediente Senado 771/000011) (Página 524)



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--La fiscalización del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del
Estado, ejercicios 1992 y 1993. (Número de expediente Congreso 251/000012
y número de expediente Senado 771/000012) (Página 529)



--Fiscalización de Hispasat, S. A., ejercicios 1992 y 1993. (Número de
expediente Congreso 251/000013 y número de expediente Senado 771/000014)
(Página 538)



Se abre la sesión a las diez y quince minutos de la mañana.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Buenos días, señorías,
iniciamos la sesión.




El señor CENTELLA GOMEZ: Señor Presidente, quería proponer a la Comisión
una cuestión de orden, si me da la palabra.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Tiene S. S. la palabra.




El señor CENTELLA GOMEZ: Señorías, como ustedes sabrán, hoy se desarrolla
en todo el país una huelga general de funcionarios, y en ese sentido
nuestro grupo quiere proponer a la Mesa la suspensión de esta Comisión,
en orden a que consideramos que su desarrollo no sería igual de normal y,
por lo tanto, formalmente, proponemos el aplazamiento de esta sesión. (El
señor Pérez Touriño pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Tiene la palabra el señor
portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.




El señor PEREZ TOURIÑO: Como portavoz del Grupo Parlamentario Socialista,
diré que nosotros comprendemos y compartimos la problemática de los
funcionarios y la movilización que hoy tiene lugar en todo el país, pero
como grupo parlamentario nos parece que precisamente hoy más que nunca
nuestra función es estar en activo, trabajar y no precisamente parar. En
concreto, para la tarde de hoy, hemos formulado una pregunta de control
parlamentario al Presidente del Gobierno sobre este conflicto; pero
parece que nuestra función debe ser precisamente la de trabajar y no la
de paralizar la actuación del Parlamento. (El señor Jordano Salinas pide
la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Por el Grupo Popular, tiene
la palabra el señor Jordano.




El señor JORDANO SALINAS: Que los funcionarios se declaren en huelga
puede tener distintas apreciaciones. Desde el punto de vista del Grupo
Parlamentario Popular hay un pleno respeto al ejercicio constitucional
del derecho de huelga de los funcionarios. Evidentemente el Parlamento,
como órgano representativo de todos los españoles, podrá verse afectado
en su actividad porque se hayan sumado a participar en la huelga
determinados funcionarios de esta casa, pero, realmente, desde el punto
de vista de la actividad parlamentaria, no tendría ningún sentido, y así
sería percibido por los ciudadanos, el hecho de que los Diputados
adoptaran la actitud de funcionarizarse, olvidaran su esquema de
representación del pueblo y se consideraran unos funcionarios más.

Realmente no es éste el papel de los Diputados y por tanto entendemos que
no ha lugar a la petición formulada por el representante de Izquierda
Unida. (El señor Carrera i Comes pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Por el Grupo Catalán
(Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Señor presidente, en la misma línea que los dos
portavoces que han intervenido, también con todo el respeto al derecho de
huelga, como grupo parlamentario entendemos que no tenemos por qué
paralizar la actividad, en este caso en esta propia Comisión. (El señor
Zabalía Lezamiz pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Por el Grupo Vasco (PNV),
tiene la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: También para manifestar que nuestro grupo
respeta las decisiones de cualquier sector, pero éstas deben
circunscribirse al propio colectivo que es el que ha propuesto en este
caso la huelga. Por esta misma razón, extendiendo esta situación en otros
momentos determinados a otros colectivos que también tienen derecho a
huelga, nosotros estaríamos permanentemente adhiriéndonos a esos
colectivos, con lo cual la paralización del Parlamento podía ser
importante.

Respeto las decisiones que se han tomado sobre el particular, pero
también entiendo que la labor del Parlamento, como la labor de otros
sectores de la actividad, deben de tener lugar y deben de continuar; por
lo tanto, desde mi punto de vista, no podemos aceptar la propuesta de
Izquierda Unida en este sentido.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): ¿Alguna intervención más?



El señor CENTELLA GOMEZ: Sí, señor Presidente.




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El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Le pediría que no
empleáramos mucho más tiempo en este tema, habida cuenta del orden del
día que tenemos por delante.




El señor CENTELLA GOMEZ: No vamos a consumir mucho tiempo porque,
evidentemente, no vamos a hacer aquí un debate sobre el tema. Solamente
desearía decir que no comprendemos las manifestaciones del resto de
grupos parlamentarios y, en función de ello, nosotros leeremos
atentamente el «Diario de Sesiones» de la Comisión y nuestras opiniones
las daremos cuando en la próxima sesión tengamos que manifestar nuestras
propuestas de resolución. Por tanto, en este sentido, de forma personal,
abandono la sesión.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): De acuerdo, señor Centella.




COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (GARCIA
CRESPO) PARA INFORMAR SOBRE:



--LA CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLITICOS, AÑO 1990. (Número de
expediente Congreso 251/000008 y número de expediente Senado 771/000008.)



--LA CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLITICOS, EJERCICIO 1991. (Número de
expediente Congreso 251/000014 y número de expediente Senado 771/000013.)



--LA CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLITICOS, EJERCICIO 1992. (Número de
expediente Congreso 251/000020 y número de expediente Senado 771/000018.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Seguidamente da comienzo la
comparecencia de la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas para
informar sobre los puntos del orden del día que SS. SS. ya conocen.

Tiene la palabra la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Muchas
gracias, señor Presidente. Vamos a seguir el orden de la convocatoria,
cuyo primer punto es el informe sobre la contabilidad de los partidos
políticos del año 1990. Sin embargo, pido a ustedes la posibilidad de
realizar la presentación conjunta de estos tres informes, porque el
procedimiento que se ha seguido en los trabajos de fiscalización es común
y de esta manera podemos agilizar el trámite.

Los informes sobre la contabilidad de los partidos políticos de los
ejercicios 1990, 1991 y 1992 fueron aprobados por el Pleno del Tribunal
de Cuentas en los meses de marzo, mayo y julio del presente año y fueron
remitidos de manera inmediata a esta Comisión. Pese a realizar una
información conjunta, ello no impedirá que concrete los resultados más
relevantes de la fiscalización de las contabilidades de los partidos
políticos en cada uno de los tres ejercicios citados.

La Ley Orgánica 3/1987 de 2 de julio, sobre Financiación de los Partidos
Políticos, atribuye al Tribunal de Cuentas la fiscalización externa de la
actividad económico-financiera de los mismos con el fin de que se
pronuncie sobre la regularidad y adecuación de la contabilidad de éstos a
lo dispuesto en la ley. Deben rendir sus cuentas al Tribunal los partidos
que hayan percibido subvenciones del Estado para atender sus gastos de
funcionamiento ordinario por tener representación en el Congreso de los
Diputados.

En 1990 tenían derecho a subvención 23 formaciones políticas, tanto
partidos como coaliciones. En 1991 y 1992 se redujeron a 22, por
integrarse el Partit Socialista Unificat de Catalunya en Iniciativa per
Catalunya. Además, según comunicación de la Dirección General de Política
Interior del Ministerio de Justicia e Interior, Herri Batasuna no recibió
subvención estatal en ninguno de los años fiscalizados.

Para atender a lo prevenido en la Ley 3/1987 y a las distintas
resoluciones de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas, la fiscalización pretende los siguientes objetivos: en primer
lugar, comprobar que los estados financieros rendidos reflejan la
situación financiera y patrimonial de todas las sedes territoriales e
institucionales de cada una de las formaciones políticas; en segundo
lugar, verificar que los registros de contabilidad se ajustan a los
principios del plan general de contabilidad; en tercer lugar, analizar y
evaluar los sistemas de control interno, y, finalmente, determinar el
cumplimiento de las obligaciones legales.

La verificación de las contabilidades de los tres ejercicios se ha hecho
simultáneamente solicitando la documentación complementaria que se ha
estimado oportuna y visitando las sedes centrales de las distintas
formaciones políticas para realizar las comprobaciones necesarias. En las
formaciones políticas con implantación en todo el territorio nacional las
visitas se han extendido a otras sedes de su organización territorial.

Con el fin de contrastar los registros contables analizados, se ha
solicitado información sobre las subvenciones otorgadas en cada uno de
los ejercicios a las Cortes Generales y a las distintas asambleas
legislativas, al Ministerio de Justicia e Interior y gobiernos
autonómicos y a los órganos de gobierno de las diputaciones, cabildos y
corporaciones locales con más de 20.000 habitantes. Se ha instado además
a las formaciones políticas para que envíen un escrito a las entidades de
crédito con las que operan, con el fin de obtener la información
necesaria de los saldos y cuentas abiertas y de las operaciones de
crédito concertadas.

Como se indica en cada uno de los informes, la comprobación simultánea de
los tres años y la necesidad de atender prioritariamente a la
fiscalización de procesos electorales que se han realizado durante este
tiempo han



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demorado su terminación. No obstante, se han realizado los tres informes
en poco más de dos años desde la aprobación del referido a la
contabilidad de 1989.

Las principales limitaciones a la fiscalización que hemos realizado, que
afectan a los tres ejercicios, han sido la falta de confirmación por
determinadas entidades financieras a los saldos de las cuentas bancarias
y operaciones de crédito de algunos partidos y la falta de contestación
de 71 corporaciones locales, de las 334 a las que se solicitó información
sobre subvenciones otorgadas a las distintas formaciones políticas. Ambos
hechos nos han impedido contrastar algunos de los registros contables
analizados. En los anexos a los informes se relacionan las entidades
locales que no han atendido la solicitud del Tribunal de Cuentas.

Por otra parte, la fiscalización ha estado condicionada por el tiempo
transcurrido desde que se realizó la actividad objeto de examen hasta el
momento de su examen y por las modificaciones organizativas y contables
que hayan podido originarse. Además, la propia dimensión de las distintas
formaciones políticas y la gran variedad de organización entre ellas
representan un condicionante significativo para evaluar la regularidad y
representatividad de los estados contables rendidos.

El Tribunal de Cuentas ha considerado cada formación política como una
realidad económico-financiera, tanto en su organización territorial como
institucional, con independencia del grado de autonomía funcional. Ello
se ha hecho en cumplimiento de lo regulado en la Ley 3/1987 y en
coincidencia con las resoluciones adoptadas por la Comisión Mixta para
las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Tras esta exposición general del marco en que se ha realizado la
fiscalización de los tres ejercicios, voy a indicar brevemente los
principales resultados obtenidos para las distintas formaciones
políticas. El detalle para cada una de ellas se incluye en epígrafes
independientes en los respectivos informes. En cada epígrafe dedicado a
recoger los resultados de la fiscalización de una formación política se
describen los aspectos generales siguientes: la rendición de cuentas
(indicando si se ha hecho o no dentro del plazo), el alcance de la
contabilidad rendida (si comprende la actividad de toda la organización y
si los estados contables están consolidados o no) y las principales
deficiencias del control interno establecido, con especial referencia al
sistema contable implantado. También se incluyen los estados contables
rendidos y las principales observaciones y comentarios a distintas partes
de los mismos. Finalmente, se formulan unas conclusiones específicas de
la contabilidad analizada.

Los resultados más relevantes de carácter general han sido los
siguientes.

Las cuentas rendidas por las distintas formaciones políticas, salvo
alguna excepción (el PASOC, por ejemplo), no incluyen la información de
toda la organización territorial e institucional. El grado de inclusión
de esta información es variable, pero en prácticamente todas las
formaciones políticas no se recoge en cuentas la de los grupos de cargos
electos en las distintas administraciones locales. Además, en la mayoría
de las contabilidades presentadas por las distintas formaciones políticas
no se da la consolidación en las cuentas.

En segundo lugar, la situación económico-financiera que reflejan los
estados contables está, en la mayoría de los casos, afectada por ciertas
deficiencias contables, además de por la incorporación parcial de la
contabilidad de su organización. En algunos casos las deficiencias tienen
tal naturaleza que el Tribunal de Cuentas concluye que los estados
contables rendidos no representan la situación económico-financiera de
determinadas formaciones políticas o que esta representación está
afectada o condicionada significativamente.

En tercer lugar, hay que indicar que prácticamente todas las formaciones
fiscalizadas presentan deficiencias en el control interno implantado,
aunque se observa alguna mejora en el año 1992 respecto a años
anteriores.

En cuarto lugar, se han producido con carácter general aportaciones de
corporaciones locales a los grupos de cargos electos en diputaciones y
ayuntamientos. Esta financiación no está prevista en el artículo 2 de la
Ley 3/1987. Asimismo, con carácter general, estas aportaciones, cuando se
han producido, no se han recogido en las cuentas presentadas al Tribunal
de Cuentas. Esta forma de actuar ha dado lugar a que en la introducción
del informe relativo al ejercicio de 1992 el Tribunal de Cuentas exponga
claramente su criterio en contra de lo alegado por distintas formaciones
políticas.

En quinto lugar, algunas formaciones políticas han tenido tipos de
financiación no prevista en la Ley 3/1987. Así, varios partidos han
recibido subvenciones no contempladas en la ley y algunos se han
beneficiado de la condonación de deudas con proveedores y con entidades
bancarias.

Tras estas cuestiones generales, que en modo alguno pretenden constituir
unas conclusiones generales que en el informe no se recogen, sino
presentar de forma resumida y genérica las verdaderas conclusiones
contenidas en los informes de fiscalización para cada formación política,
me voy a referir al apartado de recomendaciones que contiene el informe
de fiscalización del ejercicio de 1992. Como señala el informe, este
apartado de recomendaciones atiende a la solicitud de la Comisión Mixta
para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, contenida en la
resolución adoptada el 23 de mayo de 1994, a la vista del informe de
fiscalización sobre la contabilidad de los partidos políticos del
ejercicio 1989, en el sentido de recoger los criterios y normas básicas
de organización y desarrollo contable que, en aplicación de los
principios generales de contabilidad y de la normativa específica, las
formaciones políticas han de seguir para una correcta contabilización de
los hechos económicos que se produzcan y en la rendición de cuentas al
Tribunal. Para ello, los resultados de fiscalización de los ejercicios
1990, 1991 y 1992 han ofrecido la suficiente experiencia sobre las
singularidades y las deficiencias más reiteradas de la organización
contable de las formaciones políticas. De forma sintética, las
recomendaciones se concretan en los siguientes aspectos.

Alcance de la contabilidad. Toda formación política constituye una única
unidad económico-financiera cuya



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actividad debe quedar plasmada en la documentación contable a rendir al
Tribunal de Cuentas. Se considera necesario que cada formación política
disponga de unas normas escritas de funcionamiento interno que contemplen
la distribución de competencias y funciones en toda su organización,
estableciendo un sistema de control interno adecuado, según lo previsto
en el artículo 10 de la Ley Orgánica 3/1987.

Los libros contables deben permitir el seguimiento cronológico de todas
las operaciones y la elaboración periódica de balances y cuentas de
pérdidas y ganancias. Asimismo, se debe confeccionar un inventario del
inmovilizado y llevar un libro diario y cuantos libros se estimen
necesarios. Se destaca, en general, la necesidad del adecuado seguimiento
de las operaciones de tesorería y de endeudamiento.

Respecto a los estados contables consolidados, las formaciones políticas
deberán elaborarlos como resultantes de la aplicación de las técnicas de
consolidación de los estados contables de las distintas unidades que
formen parte de su organización territorial e institucional. Los estados
contables a rendir al Tribunal de Cuentas deben incluir: el balance de
situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, ambos consolidados, y la
memoria, así como balances y cuentas individuales que hayan dado origen a
los consolidados y la información sobre la consolidación efectuada. Por
otra parte, la documentación justificativa de los hechos
económico-financieros registrados sólo debe presentarse a la solicitud
del Tribunal; su custodia corresponde a la formación política.

La contabilidad de toda formación política aplicará los principios
generales incluidos en el plan general de contabilidad. La financiación
pública será la prevista en el artículo 2 de la Ley 3/1987; los importes
de las subvenciones se imputarán al ejercicio en el que haya surgido el
derecho a su percepción, en aplicación del principio de devengo. La
financiación privada se diferenciará según el origen y naturaleza de la
misma. El registro de las operaciones de endeudamiento deberá realizarse
de tal forma que facilite el seguimiento individualizado de las
operaciones. En aplicación del principio de devengo, los intereses
devengados se imputarán a cada ejercicio; los intereses no pagados a su
vencimiento incrementarán el saldo de endeudamiento. La contabilidad de
las coaliciones deberá ser diferenciada de la contabilidad de los
partidos que las integran. Finalmente, se tiene que verificar la
integración de la contabilidad electoral en la contabilidad anual, a fin
de preservar el principio de unidad contable.

Por último, con independencia de estas recomendaciones referidas a la
contabilidad de las formaciones políticas, el Tribunal de Cuentas señala
la conveniencia de una regulación específica sobre determinadas
situaciones que se han observado en la fiscalización de las
contabilidades de los partidos políticos en los ejercicios 1990 a 1992 y
que no están expresamente contempladas en la Ley Orgánica de 1987. Estas
situaciones se refieren, en primer lugar, a la percepción generalizada
por las formaciones políticas de subvenciones otorgadas por las
corporaciones locales y en ocasiones por los gobiernos autonómicos y la
Administración central. En segundo lugar, en ocasiones se han producido
condonaciones de deudas con proveedores o con entidades de crédito. Estos
tipos de financiación pública y privada no están contemplados en la ley,
y el Tribunal considera oportuna una previsión legal precisa.

De momento esto es todo, muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Tiene la palabra, en primer
lugar, el señor Gimeno, por el Grupo Socialista.




El señor GIMENO MARIN: Agradezco una vez más a la Presidenta del Tribunal
de Cuentas su comparecencia en esta Comisión, así como la explicación
facilitada y, especialmente, quisiera decirle algo sobre el informe que
presenta hoy el Tribunal de Cuentas en esta Comisión. El agradecimiento
por la presentación de este informe sobre la financiación o las cuentas
de los partidos políticos tiene una especial significación en el día de
hoy, por lo siguiente. Estamos analizando las cuentas de los años 1990,
1991 y 1992, es decir, nos encontramos todavía muy próximos a lo que fue
la Ley de Financiación de los Partidos Políticos de 1987, y coincide
además que en esta Cámara en estos momentos están tramitándose o se han
presentado iniciativas de proposiciones de ley de modificación o de
nuevas leyes de financiación de los partidos políticos. El criterio que
el Tribunal en mi opinión y en la opinión de mi grupo está siguiendo
respecto al análisis de las cuentas de estos ejercicios tiene un especial
significado positivo, por cuanto yo creo que da una salida a los partidos
políticos respecto a los criterios que el propio Tribunal ostenta. Al
analizar toda la información facilitada en relación con los partidos
políticos se puede ver que el Tribunal es consciente, es decir, existe
una comprensión por parte del Tribunal de la realidad del problema de la
financiación de los partidos políticos y del escaso tiempo que transcurre
desde 1987 hasta los años que estamos considerando y analizando, y da una
pista o abre una vía de por dónde entiende el Tribunal, de acuerdo con
los criterios de la ley --porque posiblemente no puede utilizar otros
criterios que la ley que tiene que cumplir, aprobada por las Cámaras--,
debería ir la formalización de las cuentas de los partidos políticos. En
ese sentido quiero decir que nos parecen especialmente positivas las
recomendaciones utilizadas por el Tribunal, lo cual no va a evitar un
comentario, que no es tanto pregunta sino comentario y contraste de
opiniones que se puedan producir para que sirva de anticipo al conjunto
de los grupos de lo que en su momento debe ser el debate de las
proposiciones de ley de financiación de los partidos políticos.

En ese contexto yo quería señalar varios hechos que se nos plantean y
varias dificultades que el Tribunal tiene. Es cierto que la financiación
de los partidos políticos quizá sea una parte pequeña dentro del conjunto
de las cuentas públicas --no es la primera vez que se ha dicho en esta
Comisión por el Tribunal de Cuentas-- de cada ejercicio económico, pero
sin ninguna duda, la importancia política de lo que significa la
financiación de los partidos políticos en nuestro sistema constitucional
tiene la suficiente relevancia



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como para que a esa menor importancia en lo cuantitativo le corresponda
una mayor importancia en las consecuencias sociales y políticas que tiene
el hecho de la financiación de los partidos políticos, porque yo creo que
todo el mundo hoy, desde el principio también, pero cada vez más, exige
transparencia y control de esas finanzas de los partidos políticos,
puesto que están financiados públicamente y son un instrumento que
articula la democracia en nuestro sistema constitucional. En este
sentido, yo creo que del propio informe se detectan varias situaciones,
varios problemas.

Por supuesto hay que citar las dificultades que los partidos políticos
están teniendo o han tenido en el cumplimiento de lo que es la Ley de
1987. Quizá la primera conclusión a la que podríamos llegar, no
necesariamente por la Comisión, ni siquiera por supuesto por el Tribunal
de Cuentas, sería la de que tal vez a aquella ley lo que faltó fue el
establecimiento de un período transitorio para poder pasar de la nada al
todo de lo que significaba la ley en cuanto ya no sólo al control sino a
los aspectos formales de la financiación de los partidos políticos. En
ese sentido, del informe que plantea el Tribunal de Cuentas se detectan
situaciones, como por ejemplo la falta de cumplimiento por parte de
instituciones de requerimientos de información realizados por el
Tribunal, lo que no deja de sorprender y es bastante inadmisible, sobre
todo cuando estamos hablando de instituciones de un determinado nivel de
importancia que son a las que el Tribunal se dirige normalmente --me
estoy refiriendo a las corporaciones locales--, y como consecuencia no es
comprensible que un cierto número de corporaciones locales, tanto
ayuntamientos como diputaciones provinciales, no contesten a los
requerimientos que se hacen por el Tribunal de Cuentas de solicitud de
información sobre lo que es la financiación de los grupos de ese tipo de
entidades. Eso por un lado.

También sorprende, aunque no tanto, que determinadas entidades
financieras no contesten a la orden de facilitar datos, a petición de los
partidos políticos. Uno, mal pensando a veces, se preguntará: ¿cómo es
posible que si un partido político manda a una entidad financiera un
requerimiento para que facilite información al Tribunal de Cuentas, luego
la entidad financiera no la remita, cuando en algunos casos se remite por
muchas entidades y en otros casos no? Siempre le queda alguno la sospecha
de si pueden darse más circunstancias, no porque se dude de la
financiación de los partidos políticos, sino porque es extraño que
determinadas entidades financieras no remitan esa información, que es
pedida por los partidos políticos, puesto que el Tribunal de Cuentas no
tiene competencia directa para incidir en las entidades financieras. ¿Con
eso qué quiero decir? Que con éstos y con otros incumplimientos de
algunos aspectos de la ley --que sí que se producen y, aunque pueden ser
entendibles, el Tribunal de Cuentas tiene que manifestar cuál es la
realidad del cumplimiento de la ley--, lo que sí se detecta es la falta
de mecanismos de control para hacer cumplir la ley. Es la primera
conclusión a la que mi grupo querría llegar. Es decir, el Tribunal de
Cuentas puede informar, pero ni este Tribunal ni otro tipo de
instrumentos tienen capacidad ni facultades para obligar a que se cumpla
la ley en este tipo de cuestiones, con algunos límites en cuanto se
refiere a la legislación electoral, pero en cualquier caso, en lo que es
en la financiación de los partidos políticos, se plantea este tipo de
dificultad y este tipo de problemas, con lo cual la primera conclusión a
la que mi grupo llegaría es que hace falta tener en cuenta todos estos
aspectos para que se corrijan en la nueva regulación de la financiación
de los partidos políticos, a efectos --y el tiempo transcurrido yo creo
que ya lo permite-- de garantizar ya no sólo un mayor control sino una
mayor transparencia.

De lo que se manifestaba por la Presidenta del Tribunal y de lo que dicen
los propios informes, lo que sí se detecta es una especie de caos global,
y digo de caos global en el buen sentido de que cada partido político
efectúa su contabilidad y la regulación de sus cuentas como considera
conveniente o como puede. Y digo como puede porque no siempre es posible
en todos los casos llegar a donde se querría en un momento determinado,
aunque estoy convencido que sería interesante poder hacer una primera
consideración con el paso del tiempo, y eso se lo pido a la Presidenta
del Tribunal, para saber si en relación con lo que se detecta por las
fiscalizaciones que se han venido haciendo se va mejorando o no la
situación en cuanto a lo que son los aspectos formales de la financiación
de los partidos políticos en sus registros contables.

Y en cuanto a los análisis y las cuestiones concretas que plantea el
Tribunal --y hay que agradecer que este órgano haya dado cumplimiento a
los requerimientos o las decisiones de esta Comisión--, entiendo el
criterio del Tribunal en cuanto a que lo único que puede hacer es
limitarse al cumplimiento de lo que dice la ley en estos momentos. Yo
creo que es insuficiente, no lo que dice el Tribunal sino posiblemente la
ley, para resolver todos los problemas que se derivan de las cuestiones
que estamos planteando. Aun así, yo creo que es importante que se haga
una reflexión sobre algunos problemas concretos. Por ejemplo: el alcance
de la contabilidad. Sin ninguna duda no hay nada que decir al plantear
que los partidos políticos o que cada formación política son una única
unidad económico-financiera, es evidente, y con una única personalidad
jurídica, lo cual no es óbice para que las normas internas de cada uno de
los partidos o sus propias normas de funcionamiento establezcan distintos
ámbitos de decisión y distintos ámbitos de responsabilidad. Cuando
hablamos del alcance de la contabilidad de los partidos políticos se
plantea un problema real del que quiero dejar constancia, lo cual no
quiere decir que esté opinando sobre cómo hay que resolverlo; yo creo que
los criterios del Tribunal son perfectamente correctos y la solución que
se dé que tiene que ir en esa línea. Es decir, la contabilidad de los
partidos políticos debe integrar hasta la contabilidad de la última
agrupación que exista en el municipio más pequeño de este país, porque
los partidos políticos funcionan hasta en esos municipios y figuran con
sus ingresos y con sus gastos de la manera que se puede en cada uno de
los sitios. Hay una serie de preguntas y problemas que se suscitan, que
ya tienen su traslado en la problemática de los informes que efectúa el
Tribunal, porque, como bien dice la Presidenta, en algunos casos ya no es



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que se integren o se agreguen las contabilidades de los distintos órganos
territoriales e institucionales, es que sólo se considera hasta las
contabilidades a nivel central, si es que se puede utilizar el término de
una forma correcta. Es muy difícil que se sobrepase el ámbito de lo
provincial, en lo que se refiere a la contabilidad de los partidos
políticos, o en algunos casos de lo comarcal, cuando se refiere a
formaciones políticas que tienen un ámbito territorial muy determinado.

Lo que quiero decir es que en la práctica real la próxima ley tendrá que
afrontar problemas cuya solución es difícil, porque cómo se llega hasta
ese control último de los ingresos y de los gastos de las formaciones
políticas en agrupaciones que tienen capacidad propia de decisión o en
entidades de municipios muy pequeños. En cualquier caso el criterio del
Tribunal a mí me parece correcto. Sólo quiero apuntar un problema en
relación con lo que debe ser el debate en la próxima ley de financiación
de los partidos políticos.

No tengo nada que decir a lo que deben ser los registros contables: ya lo
decía la ley, plan general de contabilidad, pero en lo que se refiere a
los partidos políticos yo echo de menos algo, porque cuando uno ve,
cuando se presenta por algunas formaciones políticas --en otros casos ni
se presenta-- la cuenta de pérdidas y ganancias, lo que son los balances
o el balance de situación de las formaciones políticas, uno ya tiene
dificultades para poder comparar unos partidos con otros, porque resulta
que nadie utiliza los mismos criterios de cuentas ahora, aunque todo el
mundo siga el principio general del plan general de contabilidad. Yo he
intentado detectar cuáles son las cuotas y la donaciones en los últimos
partidos políticos y tengo dificultades para hacerlo, porque hay algunos
que no lo registran a nivel central, lo registran a niveles
territoriales, con lo cual, si la integración no se efectúa de una forma
clara, es muy difícil poder llegar a conclusiones comparativas de una
situación con otra, cuando ése es un tema clave y fundamental en lo que
debe ser la orientación de la nueva ley de financiación de los partidos
políticos, el papel de la financiación privada, de la financiación
pública y de la propia autofinanciación de los propios partidos
políticos. En ese contexto, aunque existen un plan general de
contabilidad y unas cuentas hechas con arreglo al mismo, yo echo de
menos, no en el informe del Tribunal sino en la realidad, la necesidad de
unas cuentas específicas e idénticas para todas las formaciones
políticas. En esa ley es posible que se pueda abordar ese tema y se
mandate como obligación al Gobierno o algún tipo de organismo para que
sea capaz de articular una normalización de las cuentas para que sea
mucho más fácil el análisis por parte del Tribunal, porque ya digo que el
Tribunal establece claramente los principios y los criterios, que yo creo
que son una orientación muy buena de lo que debe ir recogiendo la Ley de
Financiación de los Partidos Políticos, pero que posiblemente necesitará
una concreción mucho mayor en lo que se refiere a ese tipo de
consideraciones.

Sobre la financiación pública lo dice el informe y lo dice la Presidenta,
hay un problema que está sin resolver desde siempre. No toda la
financiación que figura en las instituciones aparece luego como
financiación pública. Es el tema de las corporaciones locales. La Ley de
1987, conscientemente, de la financiación de los partidos políticos,
excluyó a las corporaciones locales y a las entidades locales, lo cual
plantea luego problemas y criterios de interpretación a la hora de
analizar las cuentas de los partidos políticos. Yo creo que el Tribunal,
con buen criterio, ha exigido y viene exigiendo desde siempre, que todas
las entidades informen de cuáles son las subvenciones que se conceden a
los grupos de esas entidades concretas. Yo creo que es un criterio no
sólo razonable, sino que se debe tener en cuenta en la próxima ley para
evitar que se produzcan lagunas que permitan aplicar la interpretación de
esa ley de distintas formas. Ese problema se tiene que plantear y se
tiene que resolver también.

En cuanto al tema de las coaliciones que se plantea por la Presidenta del
Tribunal, es evidente que todos somos partidarios de los criterios de
transparencia y de control que se exigen en estos momentos, que los exige
la sociedad. Además creo que nuestro sistema de partidos políticos y
nuestro sistema democrático ya está lo suficientemente maduro como para
poder afrontarlo y dar un salto cualitativo en lo que es la transparencia
y el control de la financiación de los partidos políticos en este
momento. Yo creo que podemos ir avanzando ya rápidamente. En ese sentido,
una vez más, agradecemos a la Presidenta del Tribunal las
recomendaciones, porque yo creo que ayudan al debate de la nueva ley de
financiación de partidos políticos, y desde ese punto de vista le ruego
que interprete mi intervención simplemente como un inicio de lo que puede
ser el debate de dicha ley de financiación en esta Cámara.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Por el Grupo de Izquierda
Unida, tiene la palabra el señor Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Aunque nuestro grupo hubiera preferido
aplazar este debate por tener lugar hoy una movilización de los
funcionarios públicos, entre ellos los de esta casa, y, por lo tanto,
intentando ser breve, dada la importancia que tiene este tema, nosotros
no queremos tampoco hacer dejación de nuestras funciones por este motivo.

En primer lugar, agradezco a la Presidencia su exposición y también al
Tribunal de Cuentas, como ya se ha hecho anteriormente, que el enorme
trabajo que supone analizar las cuentas de los partidos esté siendo muy
útil a nuestras propias organizaciones para intentar también poner orden
en una situación complicada, sobre todo a partir del año 1989. A mi
juicio ha servido de acicate y de estímulo y se puede detectar en los
propios informes cómo han ido evolucionando en positivo, aunque aún
tengan muchas deficiencias, y seguro que los informes que analizaremos en
fechas próximas, espero, sobre los años 1993, 1994 y 1995, demostrarán
que se ha ido mejorando sustancialmente en la presentación de las cuentas
para poder abordar los problemas que tiene precisamente poder organizar y
ordenar este mundo tan complejo de los partidos políticos con sus
peculiaridades.




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Al mismo tiempo, agradezco las recomendaciones que aparecen en el informe
relativo a 1992, porque creo que es la mejor manera de poder ir aclarando
algunos extremos para que, efectivamente, en el próximo debate sobre la
nueva ley de financiación de partidos políticos, se puedan tener en
cuenta y resolver también otros temas que todavía no tienen solución.

Entre otros citaría el problema de personalidad jurídica entre
coaliciones electorales, federaciones de partidos, partidos políticos,
que hace prácticamente imposible cumplir, en sentido estricto, la ley en
este momento. Es decir, por poner varios ejemplos, una coalición
electoral nace, en teoría, ante un proceso electoral,tiene su propia
entidad jurídica y en muchos casos, cuando son coaliciones estables, se
confunde con la propia contabilidad de los partidos y además se van
superponiendo elección tras elección, incluso pueden aparecer nuevos
socios de la coalición, y hace muy complejo mantener una información; yo
creo que el criterio hasta ahora ha sido mantener como una unidad lo que
de por sí lo es --como en el caso nuestro, por ejemplo, de Izquierda
Unida--, pero no deja de ser preocupante que todavía no haya una solución
clara de este problema, igual que puede serlo el hecho de la federación
de partidos, donde incluso nosotros tenemos ya del orden de diez
territorios que tienen su propia entidad jurídica y a su vez pertenecen a
la federación de partidos de Izquierda Unida; o al mismo tiempo puede
haber, como lo hay de hecho, grupos parlamentarios que por sí, por su
conformación, nacen con entidad jurídica también y hacen muy complejo
buscar soluciones que permitan la transparencia y permitan al mismo
tiempo tener un análisis continuado de la evolución de los partidos que
integran este tipo de formaciones.

Efectivamente, sigue sin resolverse --y espero que lo haga una nueva
ley-- el tema de las aportaciones de corporaciones locales, diputaciones
y entidades similares, porque aparte de que suscita algunos problemas
dentro de las propias fuerzas políticas en los ámbitos locales en
ocasiones, porque se entiende por las entidades locales que son
finalistas y que por tanto no son en puridad aportaciones a los partidos
sino al funcionamiento de los grupos municipales, en su caso, se produce
una disfunción importante e incluso problemas de cómo se gestionan,
primero ante la entidad que hay que rendir cuentas, y se rinde de hecho,
que son las corporaciones locales e incluso Parlamentos autonómicos
respectivos, y a veces también porque luego, lógicamente, el Tribunal, al
ver que existen esas aportaciones, pide también aclaraciones de su
gestión. Yo espero que en un futuro se le dé una solución a este tema,
que es muy importante por el volumen económico que mueve, que permita
compatibilizar la transparencia con que no nos volvamos todos locos a la
hora de intentar ajustarlo todo en las cuentas, encontrándonos, por
ejemplo, con alguna denuncia, como tuvo Izquierda Unida en Asturias por
parte de un parlamentario que se fue al Grupo Mixto, de que aparezcan en
la contabilidad de Izquierda Unida las aportaciones del grupo
parlamentario. Lógicamente, el tema luego ha sido sobreseído, pero
nosotros, que incorporamos en las contabilidades de las federaciones esas
aportaciones cuando las hay, nos vemos sorprendidos luego con posibles
manipulaciones o denuncias de hechos, que lo único que hacen es poner
transparencia e imputar dentro de las cuentas el origen de los ingresos
de la propia fuerza política. Creo que son temas que además externamente
generan mucho ruido en ocasiones y sobre los que hoy por hoy todavía no
hay una solución, y espero que la consigamos en la tramitación de la
nueva ley.

Por lo tanto, creemos que la línea de trabajo debe ser ésta. Nosotros
estamos dispuestos a continuar facilitando lo más posible la labor del
Tribunal y al mismo tiempo esperamos que sea una labor constructiva que
nos permita a todos tener criterios claros, más o menos homogéneos, que
nos permita saber a todos cómo van los partidos políticos y que no se
creen zonas de duda ni sea un tema que ante la sociedad aparezca con
sombras, cuando no debe de ser así, debe de ser transparente, conociendo
además las dificultades que tiene una fuerza política, y cuanto más
pequeña, mayor es este problema, en el sentido de poder llegar hasta el
último rincón, hasta la última agrupación, cuando en muchos casos hay
comunidades donde, por ejemplo, los liberados o la gente que se dedica a
tiempo completo, con el esfuerzo que necesitan todos los temas contables,
constituyen un personal muy reducido, pueden ser una o dos personas que
tienen que controlar a lo mejor las cuentas de toda una provincia o de
toda una región, y es difícil a veces. No se trata tampoco de llegar a
una situación donde tengamos que tener más gente dedicada al control de
la administración y al seguimiento de las cuentas que a la propia
actividad política, porque los recursos económicos tampoco permiten
muchas veces tener mayor dedicación.

Espero que entre todos encontremos solución a esto y de nuevo agradezco
al Tribunal la labor que está haciendo en este momento, que creo que es
muy constructiva.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Seguidamente, por
Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Carrera.




El señor CARRERA I COMES: También agradezco por mi parte a la señora
Presidenta del Tribunal de Cuentas su comparecencia ante esta Comisión y
deseo remarcarle algo que le comentaba antes del inicio de esta Comisión
y es que consideramos realmente interesante y positivo que por primera
vez el Tribunal de Cuentas haga las recomendaciones que se incluyen en el
propio informe, bien es cierto, en ejecución de una resolución adoptada
en su momento. En el fondo yo diría que sirve para una mejor y más clara
aportación de las cuentas de los partidos políticos. Incluso diría más,
porque he llevado a cabo algunos contactos, no tanto con la propia
coalición nuestra, en este caso de Convergència i Unió, sino con otros
partidos políticos, y creo que estas recomendaciones sirven ya en estos
momentos para que la propia contabilidad que se venía facilitando por los
partidos haya cambiado en un signo favorable y, sin duda, ya hoy
debatiríamos otros informes distintos a los actuales, porque se estarían
aplicando estas recomendaciones. Por tanto, no cabe, por parte de nuestro
grupo, ninguna objeción en su conjunto. En su momento ya se plantearán
las propuestas de resolución oportunas,



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aunque, repito, en cuanto a las recomendaciones, creo que son totalmente
asumibles y positivas.

Como decía la señora Presidenta, estos partidos políticos se basan en
gran manera en el sistema normalizado de contabilidad, que abarca desde
su alcance a la integración de la contabilidad electoral en la anual.

Dichas recomendaciones hacen referencia a una serie de puntualizaciones.

Diferencia la organización territorial, los libros contables e
inventarios, los estados contables consolidados, la financiación, el
registro de las operaciones, etcétera, y termina señalando la
conveniencia de regular dos puntos concretos --y me pareció que la señora
Presidenta además hacía un énfasis especial al analizar su informe-- que
hacen referencia a las subvenciones otorgadas por los distintos órganos
de gobierno, en que se pide una normativa precisa, y a las condonaciones
de deuda, donde también se considera oportuno una previsión legal. Yo
creo que son dos recomendaciones importantes --evidentemente lo son
también las demás-- y se me ocurre preguntarle a la señora Presidenta,
sobre estas recomendaciones finales --que, según a mi entender, están por
encima incluso de las globales, sobre la forma de contabilizar; aquí
entra en dos cuestiones muy concretas--, qué camino van a seguir al
final, si le parece al Tribunal de Cuentas que son unas aportaciones
posibles de introducir en este estudio y debate final de la nueva ley de
financiación de los partidos políticos o si deberían seguir otro camino,
en lugar de incluirlo en la futura ley de financiación.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Por el Grupo Nacionalista
Vasco, tiene la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: También quiero agradecer la comparecencia de la
Presidenta del Tribunal de Cuentas y los informes que nos ha presentado
hoy, que yo creo que van en la línea del rigor y del buen hacer del
Tribunal.

Con referencia a los partidos políticos, ¿qué podemos decir? Yo creo que
es la expresión de una situación que existía en su momento, que fue,
digamos, con el principio de la época ya actual, democrática, cuando se
daba una forma de hacer las cosas, que era la que era, que no es
justificable pero que está así. Difícilmente en los años 1990, 1991,
1992, que son los que recoge el informe, se podría haber mejorado aquella
situación. Por lo tanto, esto no indica más que una situación de hecho de
cómo se hacían entonces las cosas, qué dinámica había y qué rigor se daba
en la elaboración de los estados financieros de los partidos políticos;
dinámica que yo creo que se está mejorando, por lo menos en lo que yo
conozco. Lo que ya desconozco es el grado de mejora que hoy en día tienen
los partidos políticos en la elaboración de sus cuentas y si todos están
evolucionando de la misma forma. Me da la sensación de que no es así.

Se está desde luego señalando como uno de los motivos principales, entre
otras cosas, aparte de las prácticas habituales de aquel entonces, la
falta de una legislación que de alguna forma fuese clara para poder
elaborar las cuentas de una manera, digamos, ortodoxa; por otra parte,
también existía --y éste es otro de los motivos-- un problema financiero
motivado por la falta de una ley adecuada de financiación de los partidos
políticos. Esto no debe servir de excusa. Independientemente de que no se
ha llegado todavía a resolver los problemas de la financiación de los
partidos políticos, se está mejorando considerablemente, desde mi punto
de vista, la elaboración de las cuentas de los mismos. Como digo, me
gustaría saber si efectivamente es cierta esa apreciación que tenemos hoy
de que posiblemente en la contabilidad de los ejercicios de los años 1995
y 1996 se han adoptado ya todas las recomendaciones del Tribunal y se ha
mejorado la presentación de los estados financieros, y si se puede pensar
que todas las asociaciones o agrupaciones políticas --más de 20, como ha
dicho la Presidenta, en la fiscalización de estos años-- están en la
línea de mejorar la presentación de estos estados financieros. Yo creo
que en este caso tenemos que ver el presente y el futuro, más que
centrarnos en unas prácticas, yo creo que ya abandonadas, de años en que
desde luego no había el rigor necesario por parte de los partidos
políticos en la presentación de sus cuentas.

Quiero mirar al presente y al futuro. Por supuesto, esto no supone
ninguna crítica al Tribunal, al contrario, creo que el Tribunal está
colaborando en que nosotros seamos más rigurosos en nuestras propias
cuentas. Lo que cabe aquí es una reflexión por parte de todos y, desde
luego, a mí me entran ciertas dudas cuando veo que hoy todavía no hemos
sido capaces de dar solución a la financiación de los partidos políticos
a través de una ley de financiación. Existe en el Parlamento una
Comisión, no sé en qué estado está en estos momentos, de estudio sobre la
financiación de los partidos políticos. Lleva más de un año, no sé cuánto
tiempo exactamente, pero mucho tiempo, creo que está paralizada, por lo
menos ésa es la sensación que tengo, y desde luego no somos capaces de
dar solución a este problema, que es un problema importante, pero al que
de todas formas hay que darle solución. Como digo, éste es un aspecto
importante que redunda negativamente en la posibilidad de elaboración de
unas cuentas adecuadas, pero no es, desde mi punto de vista, una excusa
suficiente.

En cuanto al rigor en la contabilidad de los partidos políticos,
independientemente de que existan diferencias de criterios o de
opiniones, de la mano del Tribunal de Cuentas se pueden hacer las cosas
de una forma mucho más seria y rigurosa. Por lo tanto espero que estas
situaciones hoy estén corregidas. El problema está en si tenemos que
esperar a la fiscalización de los años 1995 y 1996, que puede ser dentro
de dos o tres años, para conocer si efectivamente se está produciendo esa
rigurosidad. En este sentido le pediría al Tribunal que nos diga si lo
conoce en estos momentos, y si no habría que establecer, desde mi punto
de vista, algún chequeo a las cuentas de los partidos políticos en los
años 1995 y 1996 para ver si verdaderamente están cumpliendo con las
recomendaciones que está haciendo el Tribunal de Cuentas. Esa es mi
opinión, es decir, vamos a ver cómo se están haciendo hoy las cosas y
desde luego vamos a mejorar para el futuro, y para esto yo creo que la
colaboración del Tribunal es fundamental.




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El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Por el Grupo Parlamentario
Popular, tiene la palabra el señor Jordano Salinas.




El señor JORDANO SALINAS: Señor Presidente, quiero dar las gracias a la
Presidenta por su informe.

El señor Gimeno en su intervención señalaba las dificultades contables de
las coaliciones políticas como uno de los problemas a afrontar. Y yo
añadiría que, junto a esas dificultades contables de las coaliciones,
existe también una considerable dificultad en la acción política de las
coaliciones, puesto que hemos iniciado la sesión con una llamada a la
huelga general también de los Diputados, un abandono formal y solemne del
portavoz de Izquierda Unida en la Comisión, y luego, cuando llega la hora
de trabajar y de intervenir, interviene un representante de la coalición
de Izquierda Unida. Parece que también en ese tipo de acción política hay
ciertas dificultades que parecen paralelas a las dificultades contables
que presentan las coaliciones.

Yo creo que el informe presentado, que abarca tres ejercicios (1990, 1991
y 1992), nos permite lograr una visión conjunta de la situación contable
de los partidos políticos y de los trabajos realizados por la mayoría de
los mismos. Hay que resaltar que hay una serie de formaciones,
prácticamente ninguna de ámbito nacional, que siguen presentando a lo
largo de los años considerables dificultades, y es muy difícil estimar
que lo presentado al Tribunal pueda calificarse como una contabilidad con
algún rigor o con alguna posibilidad de ver la situación
económico-financiera de esos partidos políticos. Y evidentemente el punto
de partida es un punto de inexistencia de legalidad y de inexistencia de
regulación. Esa inexistencia de regulación contable y de regulación legal
de financiación de los partidos políticos se produce con los partidos en
funcionamiento y, por tanto, el tiempo de adaptación, el período
transitorio que ha tenido que producirse para adaptarse a la nueva
situación de financiación y regularizar las situaciones anteriores,
especialmente las situaciones financieras anteriores a las situaciones de
préstamo, representan serias dificultades.

Es verdad también que las dificultades para organizar la contabilidad de
los partidos políticos, que son unas organizaciones dispersas y no
sujetas a un criterio jerárquico estricto, como pasa en otro tipo de
organizaciones empresariales, origina también una serie de dificultades.

Pero yo creo que la mejora progresiva que se observa en los tres
ejercicios analizados por el Tribunal, habría que centrarlos en un punto:
la claridad de las cuentas. Y es evidente que el Tribunal no refleja,
salvo excepciones que luego comentaremos, prácticas de los partidos
políticos que vayan contra la claridad de las cuentas. Creo que a los
partidos políticos debe reconocérseles que, ante la dificultad de
afrontar la regularización de situaciones anteriores a la ley de
financiación y de enfrentarse a los problemas de su organización
periférica, al menos han actuado con claridad y puede observarse, en la
mayor parte de las cuentas de los partidos políticos, que siguen estos
criterios de claridad y que por lo tanto no se realizan prácticas para
ocultar determinadas operaciones.

Creo que hay una transparencia en las relaciones con proveedores, salvo
algunas excepciones que luego podremos comentar, y se señala por el
Tribunal algunas dificultades que todavía siguen.

En cuanto a las subvenciones de las corporaciones locales es lo cierto
que, a determinados niveles territoriales, es muy difícil distinguir
entre partido político y grupo institucional de ese partido político. En
determinadas localidades, sobre todo en localidades pequeñas, hay una
confusión, tanto en las personas, como en la actividad, como en el
funcionamiento económico, entre el partido y el grupo municipal, el grupo
de concejales de ese partido. Y por tanto es difícil distinguir dos tipos
de contabilidades diferentes. En cualquier caso, debe haber un control
también por parte de las corporaciones locales del dinero que entregan a
las formaciones políticas y no estaríamos en un campo de utilización sin
ninguna norma del dinero; al menos habrá un cierto control de las
corporaciones locales sobre ese dinero que entregan. Pero coincidimos con
el Tribunal, coincidimos con el resto de los grupos, en que hay que
seguir avanzando en la línea de integración, con ciertas discrepancias
respecto a las exigencias contables del Tribunal, en el sentido de que,
evidentemente, al carecer los partidos de ánimo de lucro, no tener una
actividad económica y, por tanto, no haber una exigencia de terceros que
puedan verse perjudicados por determinados criterios contables, yo
bajaría el listón respecto a determinadas exigencias contables que el
Tribunal plantea, puesto que serían exigencias contables normales para un
colectivo con una actividad económica que pueda afectar a terceros,
aunque en el tema de partidos políticos no habría esa afectación a
terceros.

Señala el Tribunal también, y es uno de los problemas existentes, la
entrega finalista a partidos políticos de dinero de determinadas
instituciones públicas. La verdad es que, precisamente por actuar con
transparencia y con claridad, no se ha utilizado por determinados
partidos políticos el juego de fundaciones o asociaciones muy vinculadas
o creadas por el propio partido que recibieran esa entrega finalista de
organismos públicos y se ha utilizado, yo creo que con claridad, la
propia organización para el destino de ese dinero con criterio finalista
y para la realización de determinadas actividades concretas. En este
aspecto se puede salvar formalmente la dificultad legal mediante la
utilización de personas jurídicas interpuestas, pero no creo que en esto
ganáramos en claridad respecto a la utilización de ese dinero con
características finalistas.

Resaltaría también en la gran mayoría de los partidos la colaboración con
los auditores, y creo que en eso, salvo las objeciones que hacen en la
auditoría de 1990 sobre dificultades de aportación de datos, el Tribunal
refleja que ha habido una colaboración leal por parte de los partidos con
los auditores para intentar mejorar.

Señala algo importante el Tribunal que creo que tiene que ser tenido en
cuenta en la futura ley de financiación de una forma especial, y es el
problema de las condonaciones. Evidentemente, las condonaciones
financieras se refieren a un período anterior a la Ley de Financiación de
los Partidos Políticos y a un período de puesta en marcha de toda la



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estructura de los partidos. Resaltaría el problema que puede plantear de
vía ilícita de financiación la condonación de proveedores. Nos
encontraríamos con la fórmula perfecta de saltarnos a la torera todas las
normas de aportación de dinero a los partidos políticos por la vía de
juegos de condonaciones con proveedores. Y es evidente que no se salva
esta dificultad de apreciación de una posible financiación ilícita con
una transacción extrajudicial de un asunto en forma privada. Si alguien
me reclama a mí como partido 41 millones de pesetas, yo no puedo
justificar que sólo he pagado 14 por el hecho de presentar un papel entre
ese proveedor y el partido diciendo que hemos llegado a un acuerdo de que
lo que era 41 lo hemos dejado en 14, como se refleja en la página 105 del
informe del año 1990, referido a la coalición de Izquierda Unida.

Realmente, no parece que ésa pueda ser una actuación que ayude a la
claridad y a la transparencia de las cuentas de los partidos políticos.

Finalmente, quiero resaltar que me preocupa la apreciación que hace el
Tribunal, en la página 109 del informe de 1990, de la negativa de una
formación política a facilitar documentación y a facilitar la práctica
totalidad de los ingresos externos de esa formación de las distintas
organizaciones institucionales, puesto que eso nos llevaría a estar ante
una actuación que creo que es sancionable. Es decir, podemos calificar
los pecados contables en veniales o mortales pero, evidentemente, cuando
nos encontramos con una negativa a facilitar documentación justificativa
de operaciones, siempre estaremos ante una situación de gravedad y creo
que debe contemplarse la posibilidad de sanción de esa situación grave.

En definitiva, creo que los partidos políticos han asumido claramente el
reto de mejorar su contabilidad; que se contienen en el informe de 1992
una serie de recomendaciones que prácticamente son asumibles en casi su
totalidad y que deben incorporarse a la nueva ley de financiación de
partidos políticos, e insistir en que creemos que el tema de las
condonaciones, sobre todo cuando se trata de deudas con proveedores, debe
tener un mecanismo de control externo que permita controlar la situación
del partido y la actuación del proveedor y evitar sospechas de posibles
colusiones en esa actuación.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Para contestar a los
portavoces de los distintos grupos parlamentarios, tiene la palabra la
señora Presidenta. (El señor Santiso del Valle pide la palabra.) Después,
señor Santiso.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): En primer
lugar agradezco muy sinceramente a todos los portavoces de los distintos
grupos el concepto positivo que tienen de la labor que el Tribunal de
Cuentas ha venido haciendo en relación con la contabilidad de los
partidos políticos.

Creo que en sus intervenciones hay una cuestión que se plantea varias
veces en relación con la idea de si nosotros observamos mejoras en la
llevanza de la contabilidad. En un momento determinado decimos que en el
año 1992 se observan ligeros avances; tampoco podemos decir más. Y
entiendo la preocupación del señor Zabalía sobre qué es lo que está
ocurriendo actualmente. Nosotros, como ustedes saben, nos hemos
comprometido a hacer conjuntamente el trabajo respecto a los años 1993,
1994 y 1995. Creemos que causamos menos molestias en las sedes
(normalmente tampoco son muy extensas las oficinas y tienen que ir varias
personas de nuestras oficinas y estar durante unas semanas), que causamos
menos extorsión, menos incomodidades a los partidos si, puesto que
tenemos cierto retraso de cuentas, hacemos por lo menos la tarea de base
de tres años; difícilmente, pues, le puedo decir cómo están las cuentas
del 1995. Y desde luego, señor Zabalía, las de 1996 usted sabe que nos
las van a entregar en el mes de junio del año que viene, usted lo sabe
perfectamente.

Desgraciadamente dice la ley (digo desgraciadamente para el deseo de
conocer la situación en el momento presente, que es lo que todos
querríamos), que el Tribunal de Cuentas realiza una tarea consultiva, y
que realiza una tarea consultiva quiere decir que realiza una tarea ex
post. Bien es verdad que --y nosotros nos acusamos de que a veces nos
retrasamos excesivamente-- somos muy conscientes de ello. No obstante,
además de la contabilidad de los tres años que hoy vemos aquí, les
recuerdo que hemos hecho la de las corporaciones locales este año, que
hemos mandado ya legaciones respecto a lo del Partido Popular en
Baleares, y que tenemos pendiente, pero casi terminadas, pero estamos
dentro de plazo, las elecciones que ocurrieron en el mes de marzo del
1996. Quiero decir que la división de partidos políticos tiene bastante
trabajo. No me estoy justificando, solamente les estoy indicando la
realidad.

Pregunta el señor Zabalía si todos los partidos tienen el mismo grado de
incumplimiento. Evidentemente, no. Se nota a lo largo del informe y en
este sentido algunas puntualizaciones ha hecho el señor Jordano sobre
ello. Los partidos tienen cada vez más conciencia de que su actuación
contable y financiera va a ser examinada por el Tribunal de Cuentas y va
a ser objeto de un debate político, aquí o en otros medios. Tal vez el
año 1990, como muy bien han dicho ustedes, está muy próximo a la ley, y
por tanto al primer año de cumplimiento de la ley, que fue el ejercicio
1988. Todo esto lo entendemos. Yo también tengo la esperanza --espero que
se haga realidad-- de que la llevanza de las contabilidades haya mejorado
en los años siguientes.

Agradezco mucho el interés que todos ustedes han puesto en ese punto que
a nosotros nos preocupa y que creemos que solamente se puede resolver por
una modificación legal, que es el punto de las subvenciones que se
reciben por parte de los ayuntamientos y que representa más de 2.000
millones de pesetas --no estamos hablando de cantidades pequeñas--, y que
un 20 por ciento de los ayuntamientos no han respondido. Yo también les
planteo a ustedes, para que en el lugar donde ustedes tienen la
influencia política lo transmitan si lo creen oportuno, que podemos
pensar, y lo creemos firmemente, que los partidos políticos están
deseosos de mejorar su contabilidad, pero hay otras cuestiones que, como
ha indicado el señor Gimeno, no mejoran todavía. Me refiero a esta
rendición de



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cuentas de ayuntamientos, por ejemplo, o por qué --y yo creo que lo vamos
a ver en las elecciones generales dentro de poco tiempo aquí--
proveedores y bancos todavía en 1996 siguen sin enviar todos los saldos
que se les piden. Este no es un problema de mejora de la forma de llevar
la contabilidad, es un problema más enraizado que nos preocupa mucho.

Nosotros en la contabilidad electoral tenemos capacidad de sanción, pero
no capacidad de sanción sobre las instituciones financieras o proveedores
que no nos envíen información. Estas son cuestiones que nosotros ponemos
constantemente de manifiesto a través de los informes; nos congratula ver
que tienen un eco favorable entre todos ustedes y esperamos poder
trabajar en sintonía en los temas que tanto les afectan en el futuro.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Menéndez): Muchas gracias, señora
Presidenta. ¿Sigue manteniendo la petición de palabra el señor Santiso?
(Asentimiento.) Le rogamos que sea lo más breve posible.




El señor SANTISO DEL VALLE: Gracias, señor Presidente. Voy a intentarlo.

Simplemente quiero hacer una pequeña aclaración. Yo no he querido tampoco
expurgar en los informes de los partidos porque creo que hay que mirar
también las alegaciones, y en este caso que se ha citado como ejemplo, no
creo que sea un buen ejemplo.

Yo coincido en que hay que regular si suceden ese tipo de situaciones,
pero en este caso, en las alegaciones que presenta Izquierda Unida hay
una denuncia formalizada ante el juzgado correspondiente por
incumplimiento de contrato, que es lo que origina un acuerdo posterior
que el Tribunal interpretó en principio como quita, pero no es una quita
en puridad, sino que es una denuncia del contrato que formatiza Izquierda
Unida, y por eso se produce esa situación. Yo coincido en que si se da
otro tipo de situaciones, se analicen.

Nada más. Muchas gracias. (El señor Vicepresidente, Gimeno Marín, ocupa
la Presidencia.)



--LA FISCALIZACION DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE BADAJOZ REFERIDO A LOS
EJERCICIOS 1990, 1991 Y 1992. (Número de expediente Congreso 251/000011 y
número de expediente Senado 771/000011.)



El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Pasamos al siguiente punto del
orden del día sobre el informe de fiscalización de la Diputación
Provincial de Badajoz, referido a los ejercicios 1990, 1991 y 1992.

Tiene la palabra la Presidenta del Tribunal de Cuentas.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Muchas
gracias, señor Presidente.

Esta fiscalización se ha iniciado por iniciativa del pleno del Tribunal
de Cuentas que la acordó en relación con los ejercicios 1990, 1991 y
1992, figurando en el programa de actuaciones a comenzar en 1994.

Los objetivos que perseguía la fiscalización son: en primer lugar,
verificar la fiabilidad de los estados contables y si los mismos
representan la situación y las variaciones económico-patrimoniales de la
Diputación; en segundo lugar, el grado de implantación, a partir de 1992,
del sistema de información contable aprobado en julio de 1990; en tercer
lugar, el análisis de algunos aspectos de la actividad
económico-financiera de los organismos autónomos, sociedades mercantiles
y otros entes dependientes de la Diputación; y finalmente, la
comprobación de que la gestión de la corporación se ha realizado de
conformidad con la legislación.

El desarrollo de la fiscalización ha estado condicionado por la falta de
documentos y anexos a las cuentas y estados anuales de rendición
obligatoria y por la ausencia de registros contables completos, lo que no
ha permitido verificar los movimientos de tesorería y la fiabilidad de
las cuentas presentadas. Destaca la inexistencia de un inventario de
bienes y la carencia para el año 1992 de un registro de los compromisos
de gastos adquiridos con cargo a ejercicios futuros.

La corporación no ha facilitado detalle ni documentación justificativa
adecuada de los saldos deudores y acreedores de carácter presupuestario.

La corporación careció de un sistema contable uniforme y continuado, lo
que condiciona la fiabilidad de los registros y la representatividad de
las cuentas, observándose irregularidades como la rendición fuera de
plazo de la cuenta del año 1992 y la ya indicada falta de prestación por
la corporación de diversa documentación complementaria de las cuentas
anuales, y la falta de justificación de las cuentas de valores
independientes y auxiliares de los presupuestos con los mandamientos de
entradas y salidas. El sistema de control interno tiene múltiples
deficiencias y carencias en la fiscalización preventiva de operaciones
durante los ejercicios fiscalizados. La Diputación no había establecido
procedimientos normalizados reguladores de funcionamiento e interrelación
de sus diferentes unidades. (El señor Presidente ocupa la Presidencia.)
Respecto a los presupuestos, la aprobación de los mismos en los tres
ejercicios examinados no ha cumplido los plazos dispuestos en las
correspondientes normas. Los presupuestos corrientes fijan unas
previsiones iniciales decrecientes durante el período fiscalizado que
irían desde 13.720 millones de presupuesto del año 1990 a 11.050 millones
en 1992. Sin embargo, las modificaciones de créditos contabilizados
incrementaron los créditos iniciales en 5.888 millones de pesetas en 1990
y 12.383 millones en 1991.

La representación de las cuentas de la Diputación está condicionada por
una serie de salvedades y limitaciones, entre las que se puede destacar:
en primer lugar, que no se acredita la financiación de gran parte de las
modificaciones presupuestarias, algunas de las cuales no están soportadas
por los correspondientes expedientes; en segundo lugar, que no se
incluyen las cuentas de la recaudación de tributos correspondientes a la
Diputación y gestionados por el organismo autónomo provincial de
recaudación, gestión tributaria, asesoramiento económico de los entes
locales,



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ni tampoco las correspondientes al conservatorio de música y a la
imprenta provincial; en tercer lugar, los gastos de personal de los
ejercicios 1990 y 1991 se contabilizaban previamente en el capítulo 8, de
variación de activos financieros, sobrevalorándose las obligaciones de
dicho capítulo afectado por esta circunstancia y luego por los mismos
importes a los ingresos de este capítulo al regularizarse a través del
mismo para su aplicación definitiva al capítulo 1; en cuarto lugar, los
intereses de las cuentas corrientes registrados por las corporaciones
difieren de los comunicados por las entidades financieras, debido a la
falta de periodificación y a la inexistencia de conciliación de saldos.

En las transferencias corrientes no se sigue un criterio uniforme y
concordante con la estructura, naturaleza y clasificación económica del
presupuesto, incluyéndose algunas transferencias corrientes procedentes
de la Comunidad Europea, Fondo Social Europeo y de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, entre los ingresos tributarios. Otras aportaciones
destinadas a actividades culturales, etcétera, figuran indebidamente
consideradas como operaciones extrapresupuestarias.

Se ha observado la concesión de subvenciones a lo largo de cargos electos
de los partidos políticos por un montante de más de 68 millones de
pesetas, no estando previsto este tipo de aportación en la Ley de
Financiación de los Partidos Políticos, realizándose además mediante
talones bancarios al portador, contraviniendo las disposiciones vigentes.

La incidencia en el presupuesto de la Diputación de las transferencias de
capital ha sido progresiva. Al estar destinados esencialmente a la
financiación los distintos planes de inversiones, la Diputación reconoce
como derechos liquidados la totalidad de la financiación prevista en
dichos planes. Esta y otras prácticas anómalas, similares a las de
transferencias corrientes, han originado irregularidades, entre las que
destacamos que la corporación liquida, al cierre del ejercicio, la
totalidad de los recursos previstos, como transferencias de capital, sin
que conste la debida documentación soporte y que los fondos procedentes
del Estado para financiar las obras 1991-1992 no se contabilizaron en la
fecha de su recepción, sino en el momento de los pagos de las
certificaciones de obra. En la aplicación y contabilización de las
transferencias procedentes del Feder, destinadas a financiar las obras
incluidas en el programa operativo interregional, también se han
observado irregularidades, como son que las operaciones financiadas con
estos fondos no se incluyen en una contabilidad separada, como exigen las
disposiciones de su concesión, y que la Diputación ha financiado, con
cargo a este programa, presupuestos distintos a los aprobados. Asimismo
varios de ellos han contado con financiación procedente de diversos
programas (interregional, objetivo 1, nacional, etcétera), sin que se
hayan podido identificar de manera precisa las distintas fases de los
proyectos al tener idéntica denominación.

En el capítulo de gastos de la Diputación, los de personal representan
por su cuantía el segundo lugar en relación al presupuesto de la
corporación y suponen más del 20 por ciento de promedio de las
obligaciones liquidadas en los tres ejercicios. En su gestión se incumple
la Ley 30/1984 y normas concordantes, al no formularse la correspondiente
oferta pública de empleo.

Las deficiencias de procedimiento que se observan, entre las que cabe
señalar la fiscalización previa de la ordenación del gasto en fecha
posterior al pago efectivo de las retribuciones y sin soporte de la
correspondiente nómina, han originado que en el período comprendido entre
octubre de 1990 y marzo de 1991 se hayan producido al menos 57 altas en
la nómina de personal laboral sin existir relación contractual ni
prestación de servicios en la corporación. Esta situación es consecuencia
además de la organización interna de la Diputación y la distribución
competencial existente en el período fiscalizado. Esta circunstancia dio
origen a pagos indebidos por un importe de más de 56 millones de pesetas,
siguiéndose en este momento una causa penal en el correspondiente juzgado
de instrucción de Badajoz. Asimismo, en la selección de enjuiciamiento
del Tribunal de Cuentas se ha producido a la apertura del procedimiento
de reintegro por alcance.

Del examen de los mandamientos de pago resultan numerosas
irregularidades, entre las que se señalan: la falta de justificación
documental del 25 por ciento de los mismos sobre la muestra realizada,
que ha sido de 317, por un importe de 1.155 millones; la falta de
aprobación por el Presidente de la Diputación, su aplicación
presupuestaria incorrecta o, en general, su justificación insuficiente.

El balance de situación a 1.º de enero de 1992, que es la fecha de
implantación del nuevo sistema contable en las corporaciones locales,
pone de manifiesto las limitaciones que les he indicado.

Por otra parte, las deficiencias en el inventario de bienes de la
corporación y su control no permiten un conocimiento exacto del
patrimonio.

En cuanto al inmovilizado material, se incluyen en el saldo de la cuenta
Infraestructuras y bienes destinados al uso general, partidas de los
planes de obras y servicios cuya titularidad no compete a la Diputación.

Además no se regulariza en esta cuenta la cesión de parte del patrimonio
a otras Administraciones públicas.

En relación a la tesorería hay que mencionar que las actas de arqueo
elaboradas a 31 de diciembre del año 1992 no incluyen 50 cuentas
corrientes abiertas en entidades financieras y de titularidad de la
Diputación, no existiendo registros completos y adecuados que permitan
verificar el saldo de las disponibilidades líquidas en las entidades
financieras.

La carga financiera que soporta la corporación en los dos últimos
ejercicios analizados supera el 25 por ciento previsto en la Ley de
Haciendas Locales, que exige la autorización del Ministerio de Economía y
Hacienda, la cual se ha producido en ambos años y revela el elevado nivel
de endeudamiento de la Diputación.

En contratación hemos analizado un número de contratos que equivalen al
42 por ciento del total de adjudicaciones, y en su cuantía a más de 3.000
millones de pesetas, observándose numerosas deficiencias, principalmente
incumplimientos de la normativa reguladora de la contratación



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administrativa, como son carencia de informes previos necesarios,
inexistencia de créditos, falta de resolución del órgano de contratación
aprobando la apertura del procedimiento de adjudicación y superación del
plazo de ejecución señalado, sin que ello haya generado la adopción de
las medidas establecidas en el Reglamento General de Contratación,
etcétera.

A la vista de estas deficiencias, el Tribunal de Cuentas ha formulado un
amplio abanico de recomendaciones que se centran en la necesidad de
reforzar el control interno en la corporación mediante la potenciación de
la función interventora en toda su extensión y el establecimiento de un
marco organizativo en el que se establezcan los procedimientos que
aseguren el control de las operaciones que se realicen con carácter
general, y en particular en concesión de subvenciones.

Por otra parte, la Diputación tendrá que implantar de forma rigurosa el
plan de contabilidad, adaptado a la Diputación local, de tal forma que
permita una suficiente y adecuada presentación de la información
económica.

En esencia las operaciones deberán adecuarse a los principios de devengo,
especificidad y uniformidad, debiendo registrar todos los bienes,
derechos y obligaciones de los que sea titular la corporación y realizar
un inventario de los bienes de titularidad corporativa.

Se señala además, para el registro y aplicación de los fondos procedentes
de la Unión Europea, la necesidad de seguir las disposiciones
establecidas de forma estricta y la creación de un registro de contratos
que permita un conocimiento puntual de los celebrados, de sus incidencias
y de su incumplimiento.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Presidenta. Corresponde a los
diferentes grupos parlamentarios su turno de intervención. Por el Grupo
Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador Alegre Escuder.




El señor ALEGRE ESCUDER: Señor Presidente, señora Presidenta del Tribunal
de Cuentas, efectivamente se han detectado en la Diputación de Badajoz
deficiencias importantes, numerosas, que afectan a contabilidad, gestión
de inmovilizado, tesorería, gastos (sobre todo la gestión de personal y
la contratación) y no se acredita la financiación de algunas
modificaciones de crédito, no se incluyen las cuentas de recaudaciones de
tributos, o esa forma, por decirlo de alguna manera, tan atípica de
contabilizar los gastos de personal, así como la misma forma de contratar
personal por parte de uno de los vicepresidentes de la corporación. Sin
embargo, y a pesar de estas numerosas deficiencias, hay que decir en
favor de esta Diputación de Badajoz que ha presentado las alegaciones
correspondientes, explicando punto por punto y razonando debidamente
todas esas deficiencias a las que hemos hecho mención.

Por otra parte, creo que honra a esta Diputación su propia decisión de
elevar al juzgado de instrucción de Badajoz las irregularidades cometidas
por uno de sus miembros, en cuanto éstas fueron detectadas. Este tema lo
consideramos de suma importancia o gravedad, puesto que todos los demás
tienen explicaciones absolutamente lógicas, expresadas en las alegaciones
presentadas. Por ejemplo, la confección de nóminas, que se encarga a una
empresa de servicios ajena a la Diputación, que se hizo además con
anterioridad a que el vicepresidente primero se ocupara del área de
personal y de régimen interior, y que esto es una práctica, no sé si
decir habitual pero por lo menos común o frecuente en numerosas
administraciones locales, ayuntamientos y diputaciones, que lo hacen así.

También es de destacar en las alegaciones el hecho de que la Diputación
de Badajoz tuvo noticia oficial de la aprobación del programa Interreg a
mediados del año 1991, por lo que era imposible proceder en 1990 sobre
ese programa, puesto que su aprobación en julio del año 1990, como he
dicho, no fue conocida hasta un año más tarde.

También se explica perfectamente en las alegaciones las asignaciones o
subvenciones que recibirán los grupos políticos presentes en la
Diputación como una forma de cubrir sus necesidades de medios materiales
y personales para poder ejercer sus funciones adecuadamente, práctica
esta que es igualmente habitual en muchísimas corporaciones y que no
tiene nada que ver, en absoluto, con la financiación de los partidos
políticos.

Justifican igualmente la cuestión de las cuentas de recaudación que se
traspasan periódicamente a la cuenta obligada de la Diputación y ponen
mano a la obra de inmediato para cancelar las que no resulten necesarias.

También justifican, y creo que es práctica bastante común, contabilizar
los intereses sobre los rendimientos de capital por el neto del mismo, en
lugar de aplicar el doble asiento contable.

Esto es lo que más destacamos del informe de fiscalización del Tribunal.

La única duda que nos queda al respecto, y sobre la que si acaso pedimos
aclaración a la señora Presidenta, es aquella que hace referencian en
materia de personal, tanto a la tramitación de la documentación como a la
elaboración de las nóminas y a la fiscalización previa del gasto pues
parece que las propias alegaciones presentadas generan dudas al no haber
encontrado explicación plausible para ellas.

En cualquier caso, deseamos que las recomendaciones del Tribunal de
Cuentas se cumplan y, por supuesto, nuestro grupo está totalmente de
acuerdo con todas ellas.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el Diputado don Mariano
César Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Simplemente quiero decir que el informe del
Tribunal de Cuentas refleja una situación muy peculiar, muy irregular y
que como quizá la más grave está ya en manos de la jurisdicción
ordinaria, habrá que esperar. Desde luego es sorprendente que se puedan
dar este tipo de situaciones en los años 1990-1991. Nuestro grupo, en
todo caso, presentará alguna propuesta en la fase siguiente.




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El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador don Salvador Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Señor Presidente, nuestro grupo no suele opinar
o hacer matizaciones cuando el informe afecta a alguna otra
Administración pública, pero realmente el informe del Tribunal es
demoledor, por lo que creo que, por lo menos, debemos dejar constancia
del mismo. En definitiva viene a decirle a la propia Diputación de
Badajoz que debe dotarse de procedimientos adecuados que aseguren el
control; un toque a la función interventora; fijar procedimientos para la
concesión de subvenciones; exigencia de la rigurosa implantación de un
plan de contabilidad con libros, diligencias, diligenciados... Asimismo,
realizar un inventario de los bienes de titularidad corporativa y que se
adopten medidas para la progresiva reducción de la carga financiero. No
deja de extrañar, porque en definitiva no estamos hablando de distintos
conceptos o sistemas de contabilidad, sino que estamos hablando de
principios básicos que sin duda no se estaban cumpliendo en la propia
Diputación.

Y quizá nos queda una última pregunta, que ya en el anterior informe se
hizo también: ¿tenemos referencia de si la Diputación de Badajoz ha
cambiado su línea de actuación o no nos queda constancia?



El señor PRESIDENTE: Por el Partido Nacionalista Vasco, tiene la palabra
el Diputado señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Señor Presidente, tampoco desde mi grupo
parlamentario solemos intervenir normalmente en este tipo de informes
sobre otras corporaciones o administraciones públicas. Sí creo que es un
informe verdaderamente grave en cuanto al número de irregularidades que
se detectan, hasta el punto de que el Tribunal de Cuentas no puede,
parece ser, emitir conclusiones favorables a las cuentas de la
corporación en los años 1990, 1991, 1992.

A este respecto, y sin entrar en más cuestiones que han quedado
suficientemente claras en la exposición que ha hecho la Presidenta del
Tribunal de Cuentas, me gustaría saber si efectivamente se puede decir
que las cuentas y los estados financieros de la Diputación Provincial de
Badajoz no reflejan la imagen fiel del patrimonio de esta corporación.

Insisto en algo que en todas mis intervenciones sigo citando casi a
sabiendas de la contestación de la Presidenta, pero quisiera saber si hay
algún plan para la fiscalización de la Diputación de Badajoz de los años
1993, 1994, 1995 y si se conoce que desde la emisión del informe se hayan
tomado las medidas por parte de esta corporación en cuanto a las
recomendaciones del Tribunal.




El señor PRESIDENTE: Por el Partido Popular, tiene la palabra el Senador
don Vicente Sánchez Cuadrado.




El señor SANCHEZ CUADRADO: Señor Presidente, en primer lugar quisiera
mostrar mi conformidad, en líneas generales, con el informe que hace la
Presidenta del Tribunal de Cuentas, y que ya me ahorro calificar porque
otros Diputados antes que yo lo han calificado absolutamente de
demoledor, destacando todo ese cúmulo de irregularidades que se describen
a lo largo del informe.

Sin embargo, quisiera hacer algunos comentarios sobre el tema con todos
mis respetos al Tribunal de Cuentas, pues creo que no se recoge fielmente
la realidad de lo que allí ocurrió, sobre todo en algunos aspectos
relacionados con la administración o la gestión de las nóminas de
personal. Por ejemplo, en la página 11, cuando en el apartado de personal
se dice que se careció de la necesaria intervención previa, en particular
en lo concerniente a las altas y bajas del personal laboral, control de
incidencias y ordenación del gasto, creo que aquí falta decir que se
careció de la necesaria intervención previa, a pesar de las reiteradas
advertencias del interventor al Presidente de la Diputación de que no se
estaba interviniendo ni fiscalizando el asunto de las nóminas.

También quisiera hacer un comentario relativo al contenido de la página
28 del informe, en donde se dice, en el último párrafo del apartado b),
que esta irregularidad que ocasionó pagos indebidos por cincuenta y seis
millones y pico de pesetas fue observada por los servicios
administrativos de la Diputación de un modo accidental, puesto que según
las informaciones que yo tengo, y no hay que olvidar que este asunto está
sub iudice, esto no es exacto. Es decir, este asunto donde se inicia
realmente es en el ayuntamiento de Badajoz, en el que a la sazón era
teniente alcalde, el mismo que era vicepresidente de la Diputación, don
Matías Ramos Ruiz, y que, haciéndole un regalo a un amigo suyo --y digo
lo de regalo porque es una frase que últimamente parece que se ha puesto
de moda por el distinguido Diputado señor Ciscar-- le da un anticipo de
7,5 millones de pesetas de los fondos públicos municipales, en
contravención de lo acordado en el convenio de los sindicatos que impedía
que estos anticipos excedieran la cantidad de 400.000 pesetas. Esto se
hace mediante decreto del alcalde. La oposición en ese momento en el
ayuntamiento, el Grupo Popular, detecta este anticipo, detecta este
talón, investiga el trayecto de estos fondos y descubre sorpresivamente
que se han ingresado en una cuenta del propio teniente alcalde que tenía
en una entidad bancaria. Y a partir de ahí se inicia esa investigación,
se descubre que hay otras cuentas en esa entidad bancaria, en donde
efectivamente se están ingresando cantidades sorprendentemente grandes
procedentes de la Diputación.

Surge el escándalo, como es natural, y el Grupo Popular en aquel momento
se persona en la fiscalía y presenta la correspondiente denuncia. Por
tanto el procedimiento judicial no se inicia desde los servicios
administrativos de la Diputación, se inicia previa denuncia del Grupo
Popular del Ayuntamiento de Badajoz en la fiscalía, Juzgado n.º 2 de
Badajoz, que abre las diligencias previas número 8/1993. Y entonces surge
el escándalo en los medios de comunicación, cuando alguien de la
Diputación (algún funcionario, algún alto cargo), atemorizado por las
consecuencias que pudieran derivarse de ese escándalo, se persona en las
diligencias y comunica que tiene la sospecha de que se están cometiendo
irregularidades en la contratación



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de personal de la Diputación. Y efectivamente, el señor Matías Ramos,
Vicepresidente de la Diputación, que como dice el Tribunal de Cuentas era
el que llevaba todo el tema de personal, hacía contratos falsos, por eso
lo de los pagos indebidos resulta poco sorprendente.

Yo digo esto, porque todo está sub iudice, y seguramente este documento
se va a presentar por las partes a quien convenga en el procedimiento
judicial emprendido y que está pendiente de terminar la instrucción y de
juicio oral. Realmente no fueron pagos indebidos, fueron falsificaciones
de nóminas a nombre de personas, amigos lógicamente del vicepresidente de
la Diputación, que cobraba más de 60 nóminas, que ingresaba mensualmente
el propio vicepresidente de la Diputación a su nombre, en cuentas
bancarias, mediante la complicidad de otros amigos, que también estaban
en la entidad bancaria pertinente y que como están en el procedimiento no
quiero pronunciar sus nombres porque no son políticos y, por lo tanto, no
tienen por qué soportar, digamos, esta responsabilidad política.

Entonces, con la complicidad de estos señores, se ingresaban estas
nóminas en cuentas bancarias a nombre de diferentes personas, que
curiosamente eran doña Rosa Ruiz (la madre del vicepresidente de la
Diputación) y doña Artura Gómez (a la sazón abuela del vicepresidente de
la Diputación). Señoras muy respetables, por otra parte, porque nada
tenían que ver con el asunto, incluso ignorantes de que estas cuentas
estaban abiertas a su nombre y que recibían a través de ellas nóminas
cuantiosas de la Diputación.

Por lo tanto, señorías, no son pagos indebidos ni formas atípicas de
contratar el personal, como ha dicho el Diputado del Grupo Socialista;
esto realmente no es ni más ni menos que un fraude continuado en la
confección de nóminas y que es consecuencia, como ha puesto de relieve la
Presidenta del Tribunal de Cuentas, de que previamente se habían de
alguna manera roto los controles internos de la institución desde el
momento en que se había apartado al interventor de toda posibilidad de
fiscalización por los altos dirigentes de esa institución. De manera que,
una vez que se rompen los controles internos, se crea el caldo de cultivo
para que ocurra todo lo que ha ocurrido. Después de estar ocho meses en
prisión el vicepresidente de la Diputación ahora está en libertad
provisional con una fianza de 15 millones de pesetas, y me temo que no va
a servir para que los fondos públicos que han sido claramente
malversados, por no decir otra palabra, o robados --como dijo el señor
Almunia ayer, yo utilizo las mismas palabras que otros Diputados-- de la
Diputación, que son fondos públicos, sean devueltos; me temo que esto no
va a poder ocurrir.

Creo que el informe del Tribunal en este punto es, quizá porque no ha
tenido todas las informaciones debidas de todas las partes implicadas, un
tanto ambiguo,y que esta ambigüedad puede repercutir en los
procedimientos penales que en estos momentos están en curso porque,
evidentemente, si se achaca la iniciación o el descubrimiento de este
tema a una cuestión accidental, realmente no se está, en mi opinión,
teniendo toda la información, puesto que aquí hay partes denunciantes,
partes en el proceso, que son los que lo han iniciado.

Termino, señorías, destacando que por parte de mi grupo trataremos de
hacer alguna propuesta rectificando algunos de los comentarios y algunas
de las frases que hace este informe porque lamentablemente este asunto,
como digo, está sub iudice. Yo lo que lamentaría es que este informe, una
vez aprobado, se utilizara, dentro del procedimiento penal, en favor de
personas que yo creo que no merecen, dada su actuación, que se les pueda
echar una mano a través de un documento oficial aprobado en el Congreso
de los Diputados.

Termino diciendo que tengo mis sospechas de que esto no está resuelto, de
que las recomendaciones del Tribunal de Cuentas sobre el control interno
no se están cumpliendo y que al interventor, dadas sus declaraciones en
los procedimientos penales en curso, se le está represaliando dentro de
la Diputación. Por lo tanto, lo que sí rogaría --y trataremos de
recogerlo en nuestra propuesta-- es que lo antes posible el propio
Tribunal tome medidas en esa institución, porque realmente yo creo que en
este caso lo merece.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora su turno de intervención, para
aclarar todas las propuestas y cuestiones que han planteado SS. SS., a la
Presidenta del Tribunal de Cuentas, doña Milagros García Crespo.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Muchas
gracias, señor Presidente.

Preguntan algunos portavoces, al juzgar el informe del Tribunal de
Cuentas, si nosotros tenemos constancia de que la Diputación de Badajoz
haya cambiado su línea de actuación. Naturalmente constancia oficial no
podemos tener en este momento. Yo sí les digo a ustedes, se me ocurre
ahora sobre la marcha, que todos los años, en todos los informes anuales,
se hacen unos comentarios sobre todas las diputaciones y todos los
ayuntamientos mayores de 5.000 habitantes y de la rendición de sus
cuentas. Y aunque no lo tengo delante, sí se ha hecho el del año 1993 y
probablemente esté disponible el año 1994. Y ahí, no una fiscalización in
profundis, porque ustedes entenderán que el órgano fiscalizador tendría
que absorber todo el paro de España probablemente para atender
constantemente y estar al día de todo lo que está ocurriendo en todo
gasto público, el controlador sería algo tan absurdo como un cuerpo
deforme respecto a lo que es el político y el ejecutor. En consecuencia,
nosotros hemos hecho un informe que abarca tres años. ¿Por qué? Porque de
todas las comprobaciones anuales que hacíamos en el Tribunal, la
Diputación de Badajoz no resultaba problemática, y esto suele ser en
general lo que incita a entrar a hacer un análisis exhaustivo para un
período determinado.

Existe pues la posibilidad de conocer, yo no lo conozco en este momento,
qué ha ocurrido en la Diputación de Badajoz dos años más tarde, en 1993 y
en 1994; aunque la de 1994 no esté entregada la de 1993 está entregada
aquí en el informe anual.

Me dice el señor Zabalía que respecto a las cuentas no decimos si
reflejan o no la imagen fiel de la corporación, y también me hace un
adelanto de lo que le voy a responder.




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Evidentemente, aquí no tenemos que hacer una declaración, y lo que
señalamos son todos los inconvenientes que hemos encontrado. No creo que
tengamos que pronunciarnos respecto a una frase así, que alguna vez lo
hemos comentado aquí también y aunque la suya es una opinión que puede
ser perfectamente respetable el Tribunal no la utiliza.

Al señor Sánchez Cuadrado, cuya intervención me ha parecido muy
interesante porque lógicamente conoce lo que ocurre cerca de su casa, le
agradezco todas las informaciones complementarias, pero usted entenderá
que el Tribunal de Cuentas, como órgano fiscalizador del gasto público y
de la gestión, no puede conocer, ni debe entrar en cuáles son los
orígenes de las condiciones que, como usted ha puesto de manifiesto,
arrancan incluso de otras instituciones distintas que nosotros no estamos
fiscalizando.

Cuando usted dice que en la página 11 no está de acuerdo con nuestra
redacción, a mí me sorprende que no esté de acuerdo con nuestra redacción
porque no introducimos una expresión que diga: a pesar de las reiteradas
advertencias del interventor. Es que nosotros no estamos intentando ni
acusar ni salvar a nadie, estamos reflejando una situación. No creo yo
que tengamos que decir: el interventor es bueno o el interventor es malo
o el depositario de fondos ha sido el bueno y el otro ha sido el malo. Si
usted me pregunta si el Tribunal ha creído que está implicado alguien que
tiene una gestión, si lo conozco le diré: conocemos que no está
implicado, conocemos que sí está implicado o no lo sabemos. Pero en esto
o en los otros temas que afecten a la redacción que nosotros hemos hecho
del informe, a mí, perdone, me parece que no es correcto. No obstante,
asumo lo que ustedes digan.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Presidenta.

Ustedes saben que hay un turno excepcional en caso de que algún portavoz
se viera aludido en estas intervenciones, pero me parece visualizar que
no hay ninguna palabra pedida.

Antes de proceder al quinto punto del orden del día, suspenderíamos la
sesión por cinco minutos, tiempo que aprovecharíamos mesa y portavoces
para fijar la próxima reunión.




Se suspende la sesión.




Se reanuda la sesión.




--FISCALIZACION DEL ORGANISMO NACIONAL DE LOTERIAS Y APUESTAS DEL ESTADO,
EJERCICIOS 1992 Y 1993. (Número de expediente Congreso 251/000012 y
número de expediente Senado 771/000012.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a reanudar la sesión con el punto
número 5 del orden del día, referente al informe de fiscalización del
Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado para los ejercicios
1992 y 1993.

Tiene la palabra la Presidenta del Tribunal de Cuentas, doña Milagros
García Crespo.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Con la
venia, señor Presidente.

El informe de fiscalización sobre el Organismo Nacional de Loterías y
Apuestas del Estado fue incluido a iniciativa propia en el programa de
fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para iniciar en el año 1994,
aprobándose en mayo de 1996.

El Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado fue creado por
ley en el año 1984 y desarrollado por real decreto el 11 de junio de
1985. Su naturaleza jurídica es la de organismo autónomo de carácter
comercial y tiene a su cargo la organización y gestión de las loterías,
apuestas y juegos de azar competencia del Estado, asumiendo también las
que correspondían al Patronato de Apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas.

Los juegos y apuestas explotados por el organismo durante el período
fiscalizado fueron los siguientes: Lotería Nacional, Lotería Primitiva,
Lotería del Zodíaco, Bonoloto y apuestas deportivo-benéficas.

El desarrollo de la fiscalización tiene como objetivos comprobar si los
estados financieros reflejan la situación financiera y patrimonial del
organismo, la verificación del grado de cumplimiento de la legalidad en
la gestión de los fondos públicos, tanto en el área de gastos como de
ingresos, así como la evaluación de los procedimientos y sistemas de
gestión económico-financiera y de control interno aplicados. El período
objeto de fiscalización, como ya se ha indicado, comprende los ejercicios
1992 y 1993.

En el ejercicio de la labor fiscalizadora el Tribunal de Cuentas se ha
encontrado con limitaciones que le han impedido tener un conocimiento
suficiente de ciertas áreas de la gestión y de la contabilidad del
organismo, que se pueden concretar fundamentalmente en dos puntos. En
primer lugar, el Onlae no ha facilitado diversa documentación necesaria
para emitir un juicio fundado sobre la razonabilidad y representatividad
de las cuentas de patrimonio y de inmovilizado material; lo mismo ocurre
con el área de existencias. En segundo lugar, en el área de tesorería, no
se ha podido conciliar el saldo de ocho cuentas bancarias, como
consecuencia de la rigidez del sistema contable, de la inexistencia de
registros auxiliares adecuados, del retraso en la liquidación de los
sorteos y de la falta de seguimiento y conciliaciones por el organismo.

Respecto al control interno, indicamos que la gestión contable del Onlae
se desarrolla desde el año 1989 a partir del Sicai, conforme se establece
para los organismos autónomos del Estado de naturaleza comercial, por
instrucción de contabilidad aprobada en marzo de 1986. Dispone además de
su propio plan contable adaptado al plan general de contabilidad. En lo
que se denominan juegos pasivos, esto es, el conjunto de la Lotería
Nacional integrado por los juegos de la Lotería Nacional y la Lotería del
Zodíaco, los



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sistemas de control e información no permiten conocer los datos
necesarios para efectuar conciliaciones de la cuenta bancaria básica
utilizada en estos juegos, conciliaciones que resultan indispensables
para controlar los apuntes y actuaciones, tanto del banco como del
organismo, y sobre todo para la detección de irregularidades. Respeto a
los juegos activos, que incluyen las apuestas deportivas, la Lotería
Primitiva, el Gordo de la Primitiva y el Bonoloto, el Tribunal de Cuentas
considera seguro el sistema de información referido a estos juegos, así
como el volumen de datos que facilita, tanto a efectos de la gestión y el
control sobre las delegaciones como para conocer el movimiento de fondos.

No obstante, resultan insuficientes las aplicaciones de este sistema para
el tratamiento de los datos a efectos contables y de control interno de
la tesorería, debido al funcionamiento estructural del Sicai, que
dificulta, cuando no imposibilita, el control detallado sobre algunas
cuentas, al no permitir que se realicen apuntes parciales de las
operaciones, obligando a la realización de un único apunte en el momento
de la liquidación final.

El inventario no recoge la totalidad de los bienes que componen el
inmovilizado, no conteniendo tampoco la identificación de las
características básicas que permita algún tipo de conciliación con los
saldos contables del inmovilizado. No se ha acreditado la práctica de
inventarios físicos que aseguren la existencia, localización o estado de
los activos. Junto a la falta de anotación en contabilidad de las
existencias, se observan debilidades de control interno en los almacenes,
como es la no comunicación al servicio de contabilidad de las entradas,
salidas o mermas.

El sistema de control que establece el organismo sobre la gestión
comercial se centra en tres aspectos: la fabricación, el movimiento y
custodia de los documentos soporte de las apuestas y juegos; las ventas,
recaudación y pago de premios; y la actividad de las administraciones,
delegaciones y establecimientos, cuyos controles el Tribunal considera
satisfactorios.

En relación con la auditoría financiera, ya se ha dicho que el Tribunal
no ha podido formarse un juicio fundado sobre algunas rúbricas del
balance como patrimonio, inmovilizado material o tesorería, debido a
importantes limitaciones. También hay una opinión negativa de las cuentas
llamadas «Acreedores comerciales por premios y partidas pendientes de
aplicación», porque de alguna forma se puede decir que su saldo resulta
ficticio. La falta de representatividad es debida a la incorrecta
sistemática contable que se sigue para la contabilización del proceso de
pago de premios.

El saldo de la cuenta «Deudores por premios caducados» constituye una
estimación de posibles beneficios y no de derechos perfectamente
cuantificados, ya que hace una estimación de ingresos por premios
caducados de sorteos todavía no liquidados, y el Tribunal de Cuentas
estima que esta práctica es contraria al principio contable de prudencia.

Respecto a las cuentas de resultados, el Tribunal considera que en
general reflejan fielmente las operaciones realizadas, aunque presentan
algunas salvedades de escasa relevancia en términos económicos, como el
incumplimiento en varias cuentas del principio de devengo o algunos
errores de imputación contable.

En el subgrupo de tesorería lo más destacable es la limitación derivada
de la imposibilidad de conciliar la cuenta bancaria de gestión de la
Lotería Nacional, cuyo saldo arrojaba unas diferencias por exceso sobre
los extractos bancarios de 27.000 millones de pesetas en 1992 y de 26.000
millones en 1993. Tampoco han podido conciliarse seis cuentas bancarias
en Caja de Madrid, cuyos saldos en 1992 sumaban 2.491 millones de
pesetas, no figurando tres de ellas incluidas en la contabilidad de
tesorería y llevándose su registro a través de la cuenta «Partidas
pendientes de aplicación».

En relación al sistema de contabilización empleado por el organismo, sí
hay que señalar que con fecha 27 de junio de este año se ha recibido un
informe de la Intervención General del Estado dirigido al Onlae en el que
se propone una adaptación de la operativa contable para cumplimentar las
recomendaciones que el Tribunal de Cuentas realiza en este informe. Por
otra parte, las cuentas de resultados se consideran representativas en su
conjunto, si bien con algunas salvedades que significarían un ajuste del
resultado final de ambos ejercicios.

Respecto al análisis del cumplimiento de la legalidad y en relación con
la normativa contractual, se han examinado 44 contratos concertados de
importe igual o superior a los 100 millones de pesetas, cuyo importe
económico representa el 82 por ciento del valor total de los expedientes
de contratación del organismo en el período fiscalizado. De éstos, 13 se
adjudicaron por el sistema de concurso, 10 por contratación directa, que
fueron adjudicados en su práctica totalidad a Sistemas Técnicos de
Loterías del Estado, S. A., 20 correspondieron a prórrogas y a ampliación
de contratos ya existentes y uno a pagos por gastos suplidos por una
delegación territorial. Se ha fiscalizado también una muestra
representativa del resto de contratos, siendo los de mayor importancia
los correspondientes al tramo entre 50 y 100 millones. Se han celebrado
500 contratos en cada uno de los ejercicios, adjudicándose el 75 por
ciento por el sistema de contratación directa, el 6 por ciento por
concurso y siendo el 19 por ciento de prórrogas de contratos ya
existentes. Como irregularidad general hay que señalar la práctica de
prorrogar los contratos de asistencia técnica regulados en el Real
Decreto 1.005/1974 con revisión de precios, contraviniendo con ello lo
dispuesto en el artículo 6 del citado decreto.

El Tribunal ha fiscalizado con especial detalle los contratos adjudicados
a la sociedad estatal Sistemas Técnicos de Loterías del Estado, S. A.,
constituida al amparo del artículo 6.1 de la Ley General Presupuestaria,
y sociedad en la que el Onlae participa con el 68 por ciento, siendo éste
el único cliente de la empresa. El contrato que rige globalmente todas
las prestaciones de la sociedad con el organismo es de agosto de 1989 y
su plazo de duración, de 10 años. Se han fiscalizado, como les digo, los
contratos adjudicados a la sociedad Sistemas Técnicos de Loterías del
Estado, por cuantías iguales o superiores a los 100 millones de pesetas
(son nueve en total) y utilizando el sistema de adjudicación directa. Los
resultados obtenidos de esta



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fiscalización permiten dar una opinión favorable sobre la ejecución de
las prestaciones generales referidas a la gestión de las loterías y
apuestas mediante terminales a tiempo real en los términos y condiciones
fijados en el pliego de condiciones técnicas. No ocurre lo mismo en
relación al objeto del contrato, ya que respecto a la realización de
estudios y trabajos que constituyen un apoyo a la gestión de los juegos
del organismo, con especial referencia al apoyo informático, se considera
que no está justificada la amplitud con la que se ha interpretado su
contenido, que faculta a la sociedad para cualquier clase de actividad.

Además, dado el sistema utilizado por esta sociedad, que subcontrata a su
vez en régimen de derecho privado, supone una pérdida de control de los
contratos por el organismo autónomo y la renuncia al ejercicio de las
prerrogativas de la contratación pública.

Las principales deficiencias observadas pueden resumirse en el
fraccionamiento de un gasto de 100 millones de pesetas para el montaje de
un pabellón del organismo en la Expo'92, con lo que se evita el
cumplimiento de la obligación de su comunicación al registro de contratos
y al Tribunal de Cuentas; la discrecionalidad que representan los
porcentajes repercutidos por la sociedad en el pago de sus servicios,
careciendo de criterios objetivos para ello; la carencia de información
sobre el proceso de selección de los contratistas y la carencia de
pliegos de cláusulas económico-administrativas en los expedientes
adjudicados a la sociedad, así como la no constitución de fianzas ante el
organismo. Además, se han realizado prestaciones sin presupuesto previo y
ampliaciones sin presupuesto adicional.

En el análisis de los contratos de tesorería hay que señalar que en el
período fiscalizado los servicios de tesorería de la Lotería Nacional se
regían por un contrato celebrado en mayo de 1986 con dos entidades
bancarias, posteriormente fusionadas, regulando, además de los servicios
propios de aquélla, una serie de prestaciones complementarias para cuya
retribución no se fijó un precio cierto, compensándose con el
establecimiento de un interés bajo a la remuneración de los fondos
financieros, lo que impide la contabilización separada de los ingresos
financieros, por un lado, y de los gastos asociados a dichas
prestaciones, por otro. De haberse hecho así, se hubiera cumplido el
artículo 12 de la Ley de Contratos del Estado, que exige la fijación de
un precio cierto, y se hubieran cumplido además los principios contables
y presupuestarios sobre la aplicación íntegra de gastos e ingresos sin
compensación entre ambos. A partir de octubre de 1994, tras la
celebración de un nuevo contrato, esta situación ha quedado resuelta.

Finalmente, el Tribunal de Cuentas incluye una serie de recomendaciones
al organismo, con el fin de conseguir un reforzamiento de su control
interno, mediante la actualización del inventario y la realización de
conciliaciones periódicas de los saldos contables, así como la necesidad
de modificar el sistema de integración en la contabilidad de los datos
procedentes de las liquidaciones semanales.

También se considera que debe mejorarse el sistema de contabilización, la
supervisión y el seguimiento de las cuentas bancarias y que en materia de
contratación se debe reducir la práctica de las ampliaciones a los
supuestos admitidos en la Ley de Contratos del Estado, suprimiendo el
sistema de prórrogas con actualización de precios en los contratos
sometidos al Real Decreto 1005/1974.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora el turno de portavoces. Por el
Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Diputado don Julio
Alvarez Gómez.




El señor ALVAREZ GOMEZ: El Grupo Socialista ha analizado y examinado el
informe emitido por el Tribunal de Cuentas el pasado 30 de mayo de 1996
para la fiscalización del Onlae correspondiente a los ejercicios 1992 y
1993 y creemos que, en primer lugar, es preciso acentuar la valoración
global que merece la gestión y la fiscalización de estos ejercicios
contenidos en el informe. Creemos que ello es necesario para que esta
valoración global, que a nosotros nos parece favorable, positiva y
correcta, de los diversos aspectos analizados y fiscalizados, a lo que
hay que añadir además la trayectoria clara y nítida, tendente a ir
mejorando y solucionando algunas cuestiones que no estaban resueltas con
pleno acierto, pero que quizá tuviesen un carácter más tangencial o de
orden menor, es necesario hacerlo así, digo, para que los aspectos que
puedan ser secundarios no desvirtúen esta apreciación global positiva y
correcta de la gestión del organismo, y además porque, dadas las
especiales relaciones que tiene el organismos con los apostantes, habría
una especial sensibilidad que pudiera producir efectos muy negativos
desde el punto de vista económico y desde el punto de vista social, si no
somos capaces de ponderar en sus justos términos la gestión que se está
fiscalizando y analizando.

Dicho esto, quizá conviene añadir y resaltar también que algunos aspectos
de la gestión analizada tienen puntos fuertes y tienen puntos débiles,
señalados por el propio informe del Tribunal de Cuentas. Hay que
coincidir, y creemos que se coincide, con el propio Tribunal, al señalar
que justamente son los puntos fuertes, los puntos más importantes y
relevantes de la gestión, los que han sido resueltos de manera más eficaz
y más correcta con el mayor rigor por el Organismo Nacional de Loterías y
Apuestas del Estado. Los aspectos más relevantes a los que me estoy
refiriendo son tales como los derechos de los apostantes, el interés
público, la circulación de los billetes y boletos validados, el sistema
de escrutinio y reconocimiento y pago de premios. Creemos que no es una
casualidad y que responde a una voluntad efectiva de la dirección del
organismo de que los aspectos que pudieran resultar más conflictivos o
más relevantes tengan el adecuado cauce legal e institucional.

Por contra, los puntos débiles, aquellos puntos débiles que vienen
señalados en el informe del propio Tribunal de Cuentas, son aquellos que
coinciden con aspectos que pudiéramos considerar poco relevantes y que
prácticamente adoptan la forma de simples irregularidades, deficiencias
y, en algunos casos, criterios de carácter contable cuya precisión y
alcance pueden resultar discutibles. En todo caso, y así lo manifiesta el
informe, estas deficiencias pueden dificultar el conocimiento exacto de
aspectos que, desde luego, no son el núcleo de la actividad del organismo
ni inciden



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directamente tampoco en el núcleo principal de la actividad del mismo
aunque desde otros puntos de vista puedan medirse la conveniencia de
introducir mejoras, sobre todo en los sistemas contables y en
determinados aspectos de la gestión interna.

De igual modo es de señalar que se debe calificar de favorable el
análisis del cumplimiento de la legalidad, aunque se observen algunas
deficiencias y errores, contenidos en el informe del Tribunal. Debo
añadir que siguiendo la propia estructura del informe, desde el punto de
vista del control interno, los sistemas de información son correctos con
carácter general, aunque deban mejorarse aspectos concretos que están
directamente relacionados con algunos criterios contables que
proporcionan solamente aproximaciones a la realidad, pero que, si se
cambian, darán desde luego más rigor y fidelidad a la información y
permitirán formalizar las conciliaciones periódicas de las cuentas
bancarias sin esperar a las liquidaciones definitivas.

En relación con el sistema de control, consideramos satisfactorio el
establecido por el organismo, aunque deba añadirse a continuación que
pueden y deben introducirse mejoras específicas en relación con el
control contable periódico de algunas cuentas, con la verificación de los
inventarios de los bienes del inmovilizado y con el control efectivo de
las existencias.

Quiero señalar que el control de gestión comercial, esto es, el núcleo
principal en torno al que se desarrolla la gestión del organismo, resulta
satisfactorio, correcto y sumamente preciso o estricto, alcanzando a la
fabricación, movimiento y custodia de los boletos y billetes de los
juegos, a las ventas, recaudación y pago de premios y a la actividad de
las administraciones, delegaciones y establecimientos, habiéndose
comprobado la eficacia de sucesivos y distintos niveles de control sobre
esta gestión comercial que, en definitiva, afecta a todas las relaciones
externas con los apostantes y con quienes colaboran con el organismo para
su gestión comercial.

Respecto de la auditoría financiera, carecen --a nuestro juicio-- de
especial relevancia los errores detectados, algunos de ellos ya
subsanados, otros subsanables, como los de la valoración actualizada del
patrimonio a partir de los elementos descriptivos y acreditativos de la
propiedad o de la rúbrica deudores y acreedores, por cuanto se utilizan
transitoriamente criterios aproximativos hasta la liquidación final.

A través de la auditoría financiera se ha puesto de relieve la necesidad
de reforzar los mecanismos de gestión interna sobre la base de que no son
necesarios cambios sustanciales, y de que basta mejorar algunos aspectos,
que específicamente señala el Tribunal en sus recomendaciones 6.1, 6.2,
6.3 y 6.4, constituyendo el núcleo de los puntos débiles de la gestión
del organismo.

Respecto del análisis del cumplimiento de la legalidad, consideramos con
carácter general correcta y aceptable la aplicación de las normas a las
que han de someterse la actividad y gestión de este organismo aunque, no
obstante, para apoyar nuestra valoración sobre la aplicación de las
normas sobre personal, cuya importancia es posible que sea resaltable,
puesto que así lo hace el Tribunal en la redacción que da a una de sus
recomendaciones, creemos conveniente entender que el Tribunal está
aplicando un criterio de interpretación restrictivo del Real Decreto
28/1990 al prohibir éste el acceso de funcionarios a puestos de trabajos
clasificados con un nivel superior, porque pensamos que la modificación o
reclasificación de los puestos de trabajo es uno de los instrumentos más
importantes que tienen los gestores para proceder a la mejora de la
gestión y porque en el caso que nos ocupa nos suscita alguna duda sobre
cuáles eran las condiciones en las que estos funcionarios venían
prestando sus servicios en estos puestos de trabajo. En concreto, nos
preguntamos qué ocurriría o qué ocurre si los puestos ya están ocupados o
desempeñados por funcionarios concretos y posteriormente se reclasifican
los puestos de trabajo. ¿Cabría entender que la finalidad de la
reclasificación de puestos de trabajo tiene siempre otros objetivos que
la estructuración adecuada de las funciones, competencias y actividades?
Creemos que estas preguntas habría que responderlas. Y además, quizá
sería conveniente también analizar en profundidad si la reclasificación
de puestos de trabajo ha obedecido a necesidades evidentes y si es
posible comprobar que los objetivos que la motivaron se han alcanzado en
todo o en su mayor parte, con lo cual podríamos aclarar si lo que se
quería conseguir eran los efectos secundarios sobre determinados
funcionarios, o sobre determinado colectivo de funcionarios, o si en
realidad lo que se estaba acometiendo era una reforma que desde cualquier
punto de vista era necesaria para la mejora que por otro lado se le está
exigiendo a los organismos; en definitiva para la mejora de la gestión,
para su modernización y para su adecuación a un Estado democrático de
Derecho, eficaz y moderno.

Creemos que, en definitiva, la reclasificación de puestos de trabajo es
una de las pocas herramientas, y de las más importantes, que tienen los
gestores para mejorar la gestión de los organismos públicos; que siempre
que se hace una reclasificación de puestos de trabajo se hace con la
firme voluntad de mejorar esos aspectos de la gestión; y, por lo tanto,
habría que presumir, salvo prueba fehaciente en contrario y salvo una
interpretación no ajustada a veces a las normas en este contexto, que la
voluntad del gestor ha sido justamente la de abordar los problemas de
gestión que tiene y no bordear el cumplimiento de la normativa vigente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Convergència i Unió, tiene la
palabra el Senador don Salvador Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Señor Presidente, debo reconocer que no me es
fácil llegar a situar la valoración del informe de referencia, no porque
la información que se nos facilita a través del Tribunal de Cuentas no
sea correcta, sino porque hay una mezcla en este informe de valoraciones.

Por un lado, encontramos, cuando estamos hablando de control interno, que
el Tribunal permite emitir un juicio favorable; también en la cuestión
interna administrativa del organismo hay buenos mecanismos de control; la
cuenta de resultados se considera que es representativa



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en su conjunto... Es decir, que hay una serie de valoraciones que van en
esta línea y otra bien cierta, que ha remarcado la propia Presidenta del
Tribunal, que está en el sentido contrario, cuando habla de que los
estados financieros tienen limitaciones, por un lado, o cuentas
representativas, por otro, o que incluso a las propias cuentas del
balance les falta documentación o hay contabilidades dispersas.

Por tanto, yo diría que, a la hora de hacer --repito-- una valoración por
mi parte, que no me es fácil, nos vamos a atener a las recomendaciones.

Básicamente a las dos que se han remarcado, y que son: reforzar el
control de gestión y modificar el sistema de contabilización del pago de
premios. Estas serían las dos recomendaciones que nosotros remarcaríamos.

Voy a hacerle una última cuestión a la Presidenta del Tribunal, que
tampoco sé si es factible hacérsela: ante mi duda, y por esta mezcla de
valoraciones que detecto en el informe, si tuviéramos que hacer una
valoración global del mismo, ¿sería posible darle una puntuación
determinada, o no le toca al Tribunal, y menos a la Presidenta del mismo,
hacer una valoración de este tipo?



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario del Partido Nacionalista
Vasco, tiene la palabra el Diputado Jon Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Señor Presidente, se han hecho algunas
interpretaciones, concretamente por el portavoz del Grupo Socialista,
haciendo una valoración global positiva. Y esto me ha hecho empezar a
leerme otra vez a todo correr el informe, porque me daba la sensación de
que lo había leído mal. La verdad es que lo he leído con muy poco tiempo.

Yo entiendo una cosa, y es la necesidad de dar una valoración positiva a
un organismo como éste que tiene una actividad que está, digamos, de cara
a la opinión pública, y que tiene una implicación con la ciudadanía
clara; en definitiva, que los clientes de este organismo son los propios
ciudadanos.

Por lo tanto, yo comparto que esa valoración debe de tender a no dar,
digamos, sensación de situación preocupante en este organismo, que no es
así. Yo creo que el informe de fiscalización dice claramente cuáles son
los objetivos. Son: analizar el balance de situación y la cuenta de
resultados, analizar los procedimientos y los sistemas de gestión, y
analizar el cumplimiento de la legalidad de la gestión. Estos son, creo
yo, los objetivos de este informe de fiscalización.

Y partiendo de ahí, desde luego nos encontramos con hechos comprobados,
como son: una limitación importante al alcance que no permite al
Tribunal, como dice el propio informe, obtener un conocimiento suficiente
en áreas de gestión y de contabilidad, ya que el informe encuentra además
en su elaboración con unas limitaciones también muy importantes,
limitaciones que a mí me gustaría saber por qué se han dado en algún
caso, como por ejemplo la no aportación de documentación. Ha habido
requerimientos para la aportación de esa documentación que no han sido
ejecutados. ¿Por qué no ha podido el Tribunal tener la documentación
suficiente en este caso? Existe, por tanto, una limitación importante.

Otra limitación es la falta de contabilización e inventario de
existencias. Indudablemente éste es un organismo comercial, y por tanto,
la incidencia en cuanto a la cuenta de existencias no es lo mismo que un
ente o una sociedad dentro del sistema productivo. Pero indudablemente la
falta de contabilización de inventario y de existencias, creo que es una
falta grave.

La imposibilidad de depurar y analizar algunas cuentas también ha sido
otra de las limitaciones con que se ha encontrado el Tribunal, o la
imposibilidad de conciliar ocho cuentas bancarias, así como la
imposibilidad de comprobar la cancelación de 270 cuentas bancarias; esto
es importente por el volumen de fondos que maneja el organismo. Yo creo
que estas limitaciones hacen no ser tan optimistas sobre una valoración
global positiva, entiendo yo, en cuanto al balance de situación y la
cuenta de resultados del organismo.

Lo que sí es cierto, y también lo pone de manifiesto el Tribunal, es que
hay un buen funcionamiento de los controles sobre la gestión comercial de
los pagos. Pues indudablemente, y ¡no faltaría más! Como también hay
buenos mecanismos de control interno, porque se dan, digamos, las
condiciones que parece ser que existen en ese buen control del mecanismo
interno. Ahí me viene una primera duda, y es: ¿cómo se pueden tener
mecanismos de control interno, digamos, buenos y, sin embargo, se den
estas deficiencias? ¿Cómo teniendo un buen control interno se pueden dar
estas deficiencias? Esa es, digamos, una pregunta que me surge.

Por otra parte, también hay otra cuestión que me gustaría plantearle en
este caso a la Presidenta del Tribunal. Se dice que existe la
imposibilidad de pronunciarse sobre los estados financieros por las
importantes limitaciones y, sin embargo, que la cuenta de resultados es
representativa en su conjunto. Ahí sí me surge una duda: ¿cómo puede ser
representativa en su conjunto la cuenta de resultados con las
limitaciones que existen, limitaciones, como he dicho antes, en la falta
de tener opinión sobre las existencias y la tesorería?
Aparte de eso, por otra serie de cuestiones que luego se pueden ver, la
opinión del Tribunal de Cuentas es positiva con respecto a los estados
financieros, con salvedades. Y efectivamente, son unas salvedades que en
sí no desvirtúan, yo creo, los estados financieros, pero, sin embargo,
esas salvedades, a mi entender, no recogen todas las irregularidades que
se han producido a través del análisis. Por ejemplo, la imposibilidad de
comprobar en toda su extensión las cuentas representativas del patrimonio
y del inmovilizado material, o las incorrecciones en la cuenta y deudores
por operaciones comerciales, o los saldos ficticios en la cuenta de
acreedores de premios, o la importante limitación en las cuentas de
tesorería que ya hemos anunciado; lo mismo que las dos deficiencias
contables en la cuenta de resultados, que también se ha recogido, por no
seguir con irregularidades en el cumplimiento de la legalidad. Y esto me
hace dudar sobre la opinión positiva de los estados financieros que dice
el Tribunal.

Por todo lo cual, reconociendo que no hay que ser alarmistas, sí existe
un verdadero cúmulo de irregularidades



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que yo creo deben ser corregidas. En estos momentos y para los ejercicios
que se han fiscalizado, yo creo que los objetivos que había propuesto el
Tribunal de Cuentas indudablemente a mí me hacen dudar sobre la imagen o
sobre, digamos, la veracidad de los estados financieros de este organismo
en este período.

Por mi parte no tengo más que decir respecto a este informe.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el Diputado
don Rafael Cámara Rodríguez.




El señor CAMARA RODRIGUEZ: Señor Presidente, quería dar la bienvenida,
cómo no, a la señora Presidenta y agradecerle su presencia para
informarnos, como han hecho otros portavoces. Y quería comenzar además
exponiendo la posición de nuestro grupo sobre el informe emitido por el
Tribunal acerca del Onlae. Me va a permitir la señora Presidenta que
califique de espiritual una precisión que se hace en la página 91, con la
que comienzan las conclusiones del informe de fiscalización, que dice
--he de reconocer que con una claridad proverbial que difícilmente puede
ser sustituida por ninguno de los que estamos aquí--: El éxito de los
juegos masivos de azar descansa sobre la total confianza de los
apostantes en la seguridad del sistema. Si este pronunciamiento, como
digo, espiritual, no hubiera existido, quizá nuestro grupo hubiera leído
con menor alarma de lo que ha leído el informe del Tribunal sobre el
Onlae. Y lo digo porque es una precisión de carácter espiritual, insisto,
en la que se pone de manifiesto la certidumbre que al Tribunal le merece
el que existen controles serios como para poder afirmar que los
apostantes tienen que tener esa certidumbre razonable de que los premios,
en el caso de ser agraciados por la fortuna, van a ser cobrados. Y yo sí
que creo que ninguno de los presentes podrá recordar algún suceso en el
que algún ciudadano, algún apostante, haya denunciado que no se le ha
pagado el premio, o que se la ha pagado el doble. Efectivamente, eso no
ocurre. Digo que eso no ocurre y está bien que con esa claridad se
comience el informe, por lo menos las conclusiones del informe, pero da
la sensación, cuando se comienza así un informe de fiscalización, que lo
que se quiere decir es: ¡Ojo!, que lo que voy a decir después es de la
suficiente gravedad como para que ustedes no pierdan la cuenta de que los
apostantes tienen seguridad sobre el cobro de los premios. Es decir, el
sistema funciona en ese sentido.

Quería hacer un recordatorio brevísimo de cuál es el objeto social, si se
me permite decir, de la Lotería Nacional, de por qué nace la Lotería
Nacional, por qué nacen las apuestas mutuas benéficas. No nacen para
hacer millonarios a unos cuantos españoles, ni nacen desde luego como un
instrumento de redistribución de la renta de los españoles, nacen a los
efectos fundamentales de dotar de financiación adicional, por decirlo
así, o de recursos públicos, a las arcas del Estado. Para eso nace la
Lotería Nacional. Además, hay algunos españoles que se ven beneficiados,
cómo no, y ése es un objeto que desde luego, muchos españoles ven con
agrado; ése es el motivo del éxito que tiene en España, como muy bien se
sabe, este tipo de apuestas.

Cuando se inicia un ejercicio de fiscalización como éste, se hace con
tres objetos muy concretos, como son los de realizar una auditoría
financiera que permita decir si las cuentas del Onlae reflejan o no la
imagen fiel de la situación financiera patrimonial; otro segundo aspecto
que es el cumplimiento de la legalidad vigente durante los dos ejercicios
presupuestarios revisados; y una tercera faceta, que es de auditoría, si
se me permite la expresión, de carácter operativo o auditoría de eficacia
sobre el control interno del Onlae, se hace para salvaguardar
precisamente el interés público, como digo, de esa parte en la que desde
luego la Lotería Nacional o el Onlae participan en obtener un fin
público, que es el mayor ingreso de caudales públicos para la
Administración. Y esto es lo que se pretende, entre otras, con el informe
de fiscalización: salvaguardar el interés público, como dice el comienzo
de las conclusiones. Si que hay una salvaguarda del interés particular, y
sobre eso yo creo que no hay que tener demasiada incertidumbre. Pero el
caso es que sobre la auditoría financiera y sobre la auditoría de
eficacia en el cumplimiento de la legalidad se producen hechos que quiero
pasar a analizar muy rápidamente.

Con la auditoría financiera, quiero señalar que en la página 27 del
informe del Tribunal (con una claridad proverbial también y meridiana,
que desde luego ayuda mucho a comprender cuál es el balance de situación
del Onlae), se hace una cualificación para los años 1992 y 1993 sobre las
cuentas, sobre las que no emite opinión, es decir, sobre las que no ha
podido obtener documentación suficiente o información suficiente para
hacerse con una opinión de auditoría. Constituyen, ni más ni menos que el
31 por ciento en el caso del activo, para el año 1992; el 91 por ciento
para el caso del pasivo, en el año 1992; y en el año 1993, el 38 por
ciento para el caso del activo, y el 88 por ciento para el caso del
pasivo. Si bien es cierto que en la contrapartida de lo que significa
cuenta de resultados existe una opinión favorable por parte del Tribunal,
lo cierto es que la opinión no emitida por parte del Tribunal alcanza los
porcentajes sobre las cuentas del balance que acabo de comentar, que yo
creo que es muy significativo y preocupante. Pero no sólo existe
incertidumbre relacionada con la opinión del Tribunal, sino que además la
opinión negativa, es decir, lo que significa por parte del Tribunal decir
que las cuentas presentadas no reflejan la imagen fiel de la situación
financiera o patrimonial del Onlae, representan para el año 1992, en las
cuentas de activo, el 66 por ciento, y para el año 1993 el 59 por ciento.

Es decir, estamos en términos globales hablando de que, en la auditoría
financiera, el 98 por ciento de las cuentas presentadas de activo y de
pasivo, al Tribunal le merecen una opinión negativa, o no son capaces de
opinar sobre parte de las cuentas. Por lo tanto, habrá que considerar que
no se trata de aspectos secundarios, como hacía mención el portavoz
socialista, sino de aspectos más que relevantes de la fiscalización, como
digo, de auditoría financiera expresamente. Eso por hacer un análisis
globalizado de la valoración, que hace el propio Tribunal en el cuadro 2
de la página



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27 del informe. Esta ausencia de opinión, esta imposibilidad de dar
opinión por parte del Tribunal, se produce además en áreas muy
significativas. Más que significativas, yo diría que en ningún caso
secundarias, como ha querido hacer ver el portavoz socialista; se
producen en el área del patrimonio, se producen en el área del
inmovilizado, y se producen en el área de tesorería. Se producen en tres
aspectos en los que no se ha podido obtener información, y ésa es la
razón por la que da opinión, y en el caso en que la opinión resulta
negativa se da en las partidas de acreedores comerciales por premios,
partidas pendientes de aplicación y deudores por operaciones corrientes,
diciendo y calificando de ficticios los saldos que aparecen y lucen en
las cuentas que acabo de comentar.

Pues bien, también quiero hacer un recordatorio, que yo creo que es
ocioso, pero que no viene mal, de cuál es el verdadero sentido o el
funcionamiento ordinario del Onlae. ¿A qué se dedica el Onlae? El Onlae
se dedica básicamente a recaudar fondos, es decir, a una operación de
tesorería, de entrada de fondos, con una salida a través de premios.

Quiero hacer mención a que no es una salida a través de premios del cien
por cien de lo recaudado, porque todo no se destina a premios, como todo
el mundo sabe. Por lo tanto, estamos en presencia de un objeto social,
por decirlo de algún modo, que básicamente se refiere a operaciones de
tesorería desde el comienzo de la gestión hasta el final de su objeto, y
en ese aspecto el Tribunal no ha podido dar una opinión de auditoría,
porque no cuenta, entre otras cosas, con la posibilidad de conciliar la
principal cuenta bancaria de funcionamiento de la Lotería Nacional, con
unos desfases, con unas desviaciones en la conciliación que la misma
Presidenta del Tribunal ha redondeado en 27.000 millones de pesetas para
el año 1992 y en 26.000 millones de pesetas para el año 193,
significándose por tanto que no ha sido posible decir cuáles son los
saldos de tesorería del Onlae en los años 1992 y 1993. Y yo creo que esto
es de vital importancia, de auténtica importancia. No se sabe, no se
conoce al día de hoy qué saldos de tesorería tenía un organismo dedicado
en principio a recaudar fondos y traspasarlos a los que son beneficiarios
de los premios.

Yo creo que éste no es un aspecto secundario, sino que es un aspecto
fundamental, sobre todo porque existe una gran parte de recursos
ingresados por el Onlae que no son destinados a premios, quiero insistir
en esto. El objeto de la Lotería Nacional en principio no es, ni
muchísimo menos, la traslación de fondos de unos ciudadanos o de unos
apostantes a otros, sino que también --y quiero insistir-- está el de
recaudar fondos públicos para el erario público.

Quiero llamar la atención sobre la circunstancias por la que no se da una
opinión de auditoría sobre tesorería. Es importante resaltar el hecho de
que no exista la posibilidad de efectuar conciliaciones bancarias, sobre
todo cuando se conoce de qué modo se llega a conciliar una cuenta
bancaria; es decir, hay que intentar buscar partidas que concilien el
saldo presentado según un banco y según la contabilidad de la sociedad,
lo que sin duda ha sido objeto de un trabajo muy laborioso por parte del
Tribunal de Cuentas, cuando además previsiblemente, en un organismo de
este estilo, el Tribunal ya sabía con qué se enfrentaba, con unas
conciliaciones interminables que, además, no se han podido verificar. Nos
encontramos ante la imposibilidad de determinar la certidumbre sobre los
saldos de tesorería y a uno se le antoja la siguiente pregunta. Si no se
puede obtener certidumbre sobre los saldos de tesorería, si la opinión
que merece la mayor pate de los saldos acreedores y saldos deudores del
Onlae es negativa, y es negativa porque los saldos son ficticios, yo
quisiera saber sobre qué existe certidumbre, sobre qué se ha podido
obtener certidumbre en la gestión desarrollada por el Onlae en cuanto a
sus cuentas del año 1992 y 1993 en lo que es expresamente auditoría
financiera. Yo creo que la respuesta es bien sencilla y es que no hay
certidumbre sobre aspectos tan fundamentales como son saber a quién se
debe, cuánto se debe y cuánto dinero hay ingresado en las cuentas
corrientes. Eso es lo que ocurre. Sobre este aspecto nos hemos llegado a
preguntar en el grupo dónde está, en el caso del Onlae, la barrera que
permite al Tribunal no haber abierto una pieza separada por
responsabilidades distintas al alcance o incluso porque interprete, como
me imagino, que no existe una posibilidad de reintegro para el alcance,
porque no ve, en esta imposibilidad de dar opinión sobre estas
irregularidades, la ausencia de numerario o la ausencia de justificación
de cuentas que se deban rendir tal como hace referencia el artículo 72.

Es cierto que en principio se nos antoja difícil ver cuál es el motivo
por el que este tipo de actuaciones no han sido puestas en marcha, pero
sin duda buenas razones habrá, y espero que la señora Presidenta las
aporte. Insisto en que de prácticamente el cien por cien de las cuentas
presentadas no se puede concluir que la opinión sea favorable y, como
digo, además hay un aspecto trascendental, como es el hecho de que en la
tesorería no se puedan conocer los saldos de cierre.

Otros ejemplos sobre la opinión no favorable que nos merece la gestión
del Onlae, que ha sido calificada por parte del Grupo Socialista como de
aspecto irrelevante o aspecto que tampoco es trascendental para poder
emitir una opinión favorable, como ha hecho el grupo, son algunos de los
aspectos relacionados con el análisis del cumplimiento de la legalidad de
la contratación de los servicios por parte del Onlae. En concreto me
quería detener un momento en el contrato referido a Sistemas Técnicos de
Loterías del Estado.

Primero hay que empezar por decir --por repetir, porque la señora
Presidenta ya lo ha comentado-- que el Onlae, en una ampliación de
capital realizada en enero de 1991, se hace con el 68 por ciento de STL.

Como ha dicho la Presidenta, el Onlae es el único cliente de STL; todas
las contrataciones realizadas con STL por parte del Onlae son por el
sistema de adjudicación directa, sin que sepa este Diputado cómo un
organismo autónomo puede quedar excluido, del modo que se hace, o al
menos no queda reflejado en el informe, de algunos principios elementales
de contratación pública. No se acaba de comprender qué tipo de contrato
administrativo o qué tipo de contrato mercantil es el que une a Onlae con
STL, con las características señaladas por la Presidenta, de duración de
10 años prorrogables, etcétera. Tampoco acabamos de comprender de qué
modo puede una empresa intermediaria, porque al final



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actúa de intermediaria, subcontratar prácticamente todos sus servicios,
de modo que lo que se produce, como bien señala el Tribunal, es un
incremento del coste de las prestaciones, primero, por la comisión lógica
de quien interviene en la operación con STL, por el incremento, por
impuestos de IVA, por la pérdida del control que supone de la
contratación pública por parte del Onlae, por la renuncia del Onlae sobre
las prerrogativas que tiene la Administración pública a la hora de
contratar. En este sentido queremos hacer hincapié en que esto tampoco
nos parece un aspecto secundario de la contratación realizada por el
Onlae, por lo que no entendemos las manifestaciones hechas por el Grupo
Socialista. En concreto, las operaciones contractuales realizadas por
STL, como mínimo, ofrecen un marco de incertidumbre de legalidad yo creo
que bastante contundente. Además, el volumen de negocio realizado con STL
es de 11.000 millones de pesetas en el año 1992 y de 14.000 millones de
pesetas en el año 1993.

Para acabar, no nos gusta absolutamente nada lo que hemos visto en este
informe. Lo que hemos comprobado es que según la auditoría, en cuanto a
las tres patas, por llamarlas así, del informe de fiscalización, sobre el
cumplimiento de legalidad existe una opinión desfavorable por parte del
Tribunal; sobre la auditoría financiera hecha en el Onlae tiene una
opinión más que desfavorable; sobre el aspecto de tesorería la
imposibilidad de contabilizar con certeza el saldo es algo que desde
luego nos preocupa mucho y además nos preocupa también la forma en la que
se ha producido y la forma en la que se ha manifestado el Onlae cuando ha
hecho sus alegaciones. Las alegaciones vienen casi a descargar su
responsabilidad, si es que la tuviera, por el hecho de ser desconocido
por parte del Tribunal, y ésa es una afirmación que hace casi a lo largo
de todas sus alegaciones, la complejidad enorme del Onlae a la hora de
realizar sus operaciones de carácter financiero y de tesorería. Yo creo
que eso de ningún modo exculpa al hablar de las irregularidades que lucen
a lo largo del informe, ni que el Sicai no permita realizar operaciones
de estilo, porque en todo caso estamos en presencia de un organismo que
necesita de controles que, desde luego, no existen.

Por último y para finalizar definitivamente, deseo sumarme a la
proposición que hacía el portavoz de Convergència y solicitarle a la
señora Presidenta del Tribunal que en su condición, si se me permite, de
más que reconocido prestigio como catedrática y evaluadora de tesis
doctorales, nos diga si el Onlae está aprobado o suspendido,
sobresaliente o sobresaliente cum laude.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora intervenir a la Presidenta del
Tribunal de Cuentas para aclarar y contestar todas aquellas cuestiones
que le han planteado sus señorías.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Decía el
señor Carrera que en las evaluaciones del informe hay juicios
contradictorios. Evidentemente. También en los portavoces se han
demostrado los juicios contradictorios.

Yo les agradeceré que ustedes no soliciten de mí o por lo menos que
ustedes acepten de mí que no conteste a esos apremios de valorar con
puntuación si lo han hecho bien, mal o regular. Fundamentalmente, en la
parte que es una auditoría de gestión, y se van examinando punto por
punto los distintos aspectos de la gestión, el informe es meridiano en el
sentido de decir «este aspecto lo consideramos...», y además se
pronuncia, el informe se pronuncia, no la Presidenta del Tribunal; el
informe se pronuncia positiva o negativamente punto por punto. La
valoración final, si es valoración política, la acaban de hacer ustedes,
cada uno desde su propio punto de vista, lo que a mí --perdónenme que les
diga-- me demuestra que son valoraciones políticas y no valoraciones
técnicas, que es lo que intenta hacer el Tribunal de Cuentas, y ustedes
están en su perfecto derecho y casi en su obligación de hacer valoración
política, ¡ojo!, que no quiero decir lo contrario. Lo que pasa es que
cada uno nos tenemos que mantener dentro de nuestra propia esfera de
competencias.

Al señor Alvarez sí le quiero decir, respecto a la reclasificación de los
puestos de trabajo del organismo, que el Tribunal no cuestiona tal
reclasificación para la mejora y gestión en la organización, sino el no
respeto del intervalo de niveles fijado en las normas generales de la
Función pública para los distintos grupos de funcionarios que lo
desempeñan y que ésta es al menos una cuestión discutible. Esta es la
postura del Tribunal en este punto.

Respecto a las demás cuestiones que ustedes me han planteado, permítanme
que insista en que creemos que el informe es riguroso. Yo agradezco al
final al señor Cámara que haya hecho una alusión a las posibles
dificultades que plantea el sistema contable utilizado y que en parte
explican algunos problemas de conciliación. Al final lo ha dicho su
señoría. Yo estaba esperando todo el tiempo a ver cuándo lo decía, en
aras de la objetividad. En parte se debe al propio sistema que, como
ustedes saben, se ha indicado ya por los organismos correspondientes de
la Intervención General del Estado que debe ser cambiado.

Yo agradezco a todos el interés que tienen por el tema, pero no puedo
hacer otro tipo de valoraciones.




El señor PRESIDENTE: Haciendo uso de esta facultad extraordinaria, para
un pequeño turno de réplica, me ha pedido la palabra por el Partido
Socialista el Diputado don Julio Alvarez Gómez. Un minuto, por favor.




El señor ALVAREZ GOMEZ: Gracias, señor Presidente.

Luego de haber escuchado sobre todo la intervención del portavoz del
Grupo Popular, da la impresión de que las afirmaciones tajantes que hace
el Tribunal de Cuentas desde el punto de vista técnico, sobre todo en lo
que respecta a la confianza de los apostantes, a la espiritualidad de la
acción del Organismo Nacional de Loterías, quedan desvirtuadas por
algunas irregularidades o por algunos criterios discutibles, que no
impiden para nada, a nuestro juicio, aunque sean aspectos mejorables --lo
hemos puesto de manifiesto-- que, leyendo con objetividad este informe,
se pueda llegar a la conclusión de que el Organismo



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Nacional de Loterías sigue teniendo la total confianza de los apostantes,
incluso si conocieran en su integridad este informe. Es decir, sobre
todos los puntos que inciden en la seguridad y en la confianza de los
apostantes, el Tribunal manifiesta expresamente que las comprobaciones
efectuadas permiten emitir un juicio favorable, y concluye con esta frase
el punto 5.1 de las conclusiones. Añado simplemente, Presidente, que en
determinados aspectos importantes también son tajantes las
manifestaciones del Tribunal, sin perjuicio de algunas debilidades que se
han observado, que no deben desvirtuar algunos aspectos concretos que
puedan ponerse de manifiesto. La valoración global no debe tergiversarse
en aras de defender puntos sobre los que todo el mundo pudiera estar de
acuerdo que es necesario reforzar la gestión del organismo.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador don Salvador Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Medio minuto, señor Presidente, es que la
Presidenta del Tribunal de Cuentas nos ha hecho llegar una reprimenda
directa (La señora Presidenta del Tribunal de Cuentas, García Crespo,
hace gestos de denegación.) en el sentido de que no podíamos solicitar
una puntuación concreta sobre este informe. Debo hacerle una aclaración.

Literalmente no le estaba pidiendo a la Presidenta del Tribunal que nos
diera una valoración o una puntuación de 5, 4 ó 3. Lo que trataba de
obtener, ante la disparidad que contiene el informe, de valoraciones
favorables y otras no tan positivas, era, a ser posible, una valoración
técnica del propio informe.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra
don Rafael Cámara.




El señor CAMARA RODRIGUEZ: Yo quería contestar brevísimamente al portavoz
del Grupo Socialista.

Definitivamente, el informe que tiene usted encima de la mesa y el
nuestro son distintos. Son distintos porque sobre lo que sí existe una
posición tajante --y hágame usted la caridad de leerse el cuadro 2 de la
página 27, donde podrá apreciarlo-- es sobre el 98 por ciento al que
hacía referencia de irregularidades manifestadas por el Tribunal. ¡Ahí sí
que es tajante el Tribunal! Este no es un aspecto secundario. Sin
embargo, usted durante su intervención, y antes no he aludido a ello pero
ahora lo voy a hacer, sí que ha hecho referencia a algo fundamental y
trascendental, que ha sido aquel incumplimiento de legalidad sobre
Función pública, sobre funcionarios que se recoge en el informe referido
a que había funcionarios o trabajadores del Onlae que estaban
desempeñando funciones por encima de las que estaban previstas para
ellos. Eso sí que es de una importancia vital para obtener una opinión
objetiva de lo que se trata en el informe, y lo que estábamos señalando
algunos de los portavoces que estamos en esta sala desde luego no hace
referencia a aspectos secundarios. Puede que aspectos secundarios sean
aquellos a los que usted ha aludido durante buena parte de su primera
intervención, y aspectos fundamentales son los que aparecen en el cuadro
2, donde se emite una opinión contundente, contundente, negativa sobre
buena parte de los saldos que se incluyen en las cuentas de balance, y
cuando ni siquiera se da opinión sobre algo tan trascendental --y
permítame que lo clasifique así--, en lo que son los recursos del Onlae,
como son los recursos o la gestión de la tesorería --perdón, no voy a
calificar la cuestión de tesorería, porque ya lo hace el Tribunal--,
sobre la incertidumbre de los saldos de tesorería a cierre del año 1992 y
del año 1993, que no existe, por las razones que sean, señora Presidenta,
pero el caso es que no existe certidumbre. Y éste es un aspecto
trascendental, no secundario, y es sobre lo que pivota el informe del
Onlae. Lo que he dicho al principio, desde luego, no tiene que producir
incertidumbre a nadie. Es cierto que ningún español, que yo sepa, se ha
manifestado airadamente por no haber cobrado su lotería premiada, es
verdad. ¡Es que sólo faltaba!, como dijo el señor Zabalía, pero también
le quiero recordar que buena parte de los recursos que se gestionan a
través del Organismo Nacional de Loterías no sirve para ser trasladada de
apostantes a apostantes premiados, sino que sirve para incorporar a las
arcas públicas algún caudal de recursos adicional a los propios
presupuestos. Luego sí que tienen alguna importancia las manifestaciones
absolutamente contundentes del Tribunal en este sentido. Y por las
razones que sean, señora Presidenta, pero el hecho es que no se conocen
en el año 1992 ni en el año 1993 los saldos de tesorería del Onlae. Es
así.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, en la facultad del uso de réplica,
la Presidenta del Tribunal de Cuentas.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Señor
Presidente, brevemente también.

Al señor Carrera quiero decirle que he utilizado una expresión suya, no
que él me haya pedido una valoración exacta en número, como hacemos con
los alumnos. Yo he dicho que ha utilizado la expresión juicios
contradictorios y la he dicho en sentido positivo, para hablar, para
hacer un símil. Por tanto, mi máximo respeto. Lo único que usted me ha
pedido, y lo tengo aquí anotado, es una valoración global, efectivamente.

El señor Cámara ahora, en esta segunda intervención, ha dicho que no
existe certidumbre sobre los saldos de tesorería. Estoy absolutamente de
acuerdo con usted. Yo no he dicho en ningún momento que existiera
certidumbre. O sea, que ahí estamos de acuerdo, no existe certidumbre.

Estamos de acuerdo totalmente.

Si he tomado la palabra no ha sido por eso, sino porque he cometido una
omisión. Me ha preguntado, y a eso sí que debo contestar, qué problemas
de irregularidad o respecto al tema de enjuiciamiento, de alguna manera,
se pueden plantear este informe. Al final ha hecho una pregunta de este
tipo y yo me he distraído y no le he contestado. Ni la Abogacía del
Estado ni el Ministerio Fiscal en la casa han suscitado de manera general
ningún tema de responsabilidad. Sin embargo, el Ministerio Fiscal pidió
la apertura de



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una pieza separada en relación con una anotación errónea en contabilidad
por valor de 24 millones. Ya ve que es un tema muy puntual del que le
estoy hablando y que no afecta a los temas importantísimos de tesorería
y, en definitiva, de ingresos para el Estado que supone un sistema de
loterías de cualquier tipo organizadas oficialmente. Es una forma
importante de ingresos para el Estado, esto es así y esto lo sabemos
todos. Hay una petición de apertura de pieza separada porque hay una
anotación errónea de 24 millones de pesetas, 24,5 millones, esta petición
de pieza separada fue estudiada por el consejero que realizó el informe y
dictó resolución expresa indicando que no había motivos para la apertura
de pieza separada. Contra esta resolución cabía, por parte del Ministerio
Fiscal, un recurso en un plazo de cinco días, según la Ley de
funcionamiento del Tribunal. No hizo uso de esta posibilidad; en tanto no
nos consta, parece que el Ministerio Fiscal se conformó con la denegación
de la apertura de pieza separada, que era de un tema muy puntual, como le
digo, y no se han observado problemas ni de responsabilidad contable ni
de alcance a lo largo del informe. Esto sí se lo puedo decir, porque es
parte de la información que yo debo de tener.




--FISCALIZACION DE HISPASAT, S. A., EJERCICIOS 1992 Y 1993. (Número de
expediente Congreso 251/000013 y número de expediente Senado 771/000014.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a debatir a continuación el sexto y último
punto del orden del día sobre el informe de fiscalización de Hispasat, S.

A., para los ejercicios 1992 y 1993.

Tiene la palabra la Presidenta del Tribunal de Cuentas, doña Milagros
García Crespo.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): La
fiscalización de Hispasat también ha sido realizada por iniciativa del
Tribunal de Cuentas. Fue incluida en el programa de trabajo del año 1995
y se refiere a las principales actuaciones de la sociedad en el período
1992-1993, sin perjuicio de que se hagan referencias a lo largo del
informe, como ustedes ya habrán visto, en algunos aspectos a períodos
anteriores o posteriores. Se han hecho, por tanto, verificaciones desde
el punto de vista de la legalidad, de la regularidad contable y de la
gestión y, en particular, se ha examinado el proceso de creación y
desarrollo de la entidad, el programa Hispasat y las inversiones
efectuadas para su desarrollo, la gestión financiera, la gestión
comercial y de tarifas, y la gestión de personal y los servicios
exteriores.

Hispasat, S. A., fue creada por acuerdo del Consejo de Ministros en abril
de 1989 y constituida como sociedad estatal el 30 de junio de aquel año.

Tiene como objeto la construcción y explotación de los sistemas de
comunicación por satélite encomendados por el Gobierno para su prestación
a los entes y sociedades titulares de servicios prestados de
telecomunicación habilitados legalmente para ello. También desarrolla
cuantas actividades anejas y complementarias permitan rentabilizar las
inversiones. En su aspecto operativo la sociedad se encuentra afectada
por la legislación sobre telecomunicaciones a nivel nacional y por la
normativa comunitaria en la materia.

Hispasat inició su actividad condicionada, como se ve a lo largo del
informe, por las decisiones adoptadas por el Ministerio de Transportes en
cuanto al tipo y la capacidad del satélite, la empresa suministradora y
los plazos de lanzamiento. Al mismo tiempo, la sociedad actúa dentro de
un marco legal que es cambiante, no suficientemente desarrollado,
orientándose hacia una mayor liberalización de las telecomunicaciones,
que puede tener una importancia decisiva en su desarrollo futuro. Las
normas citadas restringen considerablemente la capacidad de Hispasat para
comerciar y controlar la utilización de satélites, ya que únicamente
puede contratar con los operadores autorizados (Retevisión, Telefónica,
S. A., y Correos y Telégrafos), produciéndose la circunstancia de que en
Hispasat sus clientes son también los principales accionistas y, en
parte, competidores.

El programa Hispasat se apoya en diversos estudios sobre la coordinación
e interconexión de redes, sobre propuestas de política de evolución de
los servicios públicos de telecomunicación y sobre la elaboración de un
Plan Nacional de Telecomunicaciones, realizándose en concreto en el año
1988 un estudios específico de la evaluación de las necesidades
nacionales en comunicaciones espaciales y de predefinición técnica de un
sistema nacional de comunicaciones por satélite, cuyo principal resultado
fue la viabilidad técnica del sistema de satélites, abordado básicamente
en dos misiones: la misión DBS, que es para la difusión directa de
televisión por satélite, y la misión FSS, destinada al servicio fijo por
satélite, con un número de canales comprendido entre diez y catorce.

Estas misiones fueron ampliadas en el programa finalmente elaborado,
definiéndose nuevos servicios a prestar, destinados a la defensa nacional
y a la difusión del programa de Televisión en Hispanoamérica. Se
acompañaba el programa de una memoria económica que preveía una inversión
total de 43.631 millones de pesetas, con una distribución temporal a lo
largo de cuatro años que finalizaría en julio de 1992. La memoria
consideraba que el proyecto podría ser financiado con recursos externos
en un 75 por ciento, previéndose la hipótesis de una ocupación de los
satélites al cien por cien desde el primer momento de su explotación y
tarifas calculadas con precios incluso superiores a los considerados por
el plan técnico nacional de televisión privada. El acuerdo del Consejo de
Ministros aprobó la constitución de la sociedad estatal con un capital de
20.000 millones de pesetas, lo que aligeraba la carga financiera por la
financiación externa del proyecto.

En el capítulo de inversiones, para determinar la cuantía de las
realizadas por Hispasat, S. A., se ha producido por parte del Tribunal a
la fiscalización de los contratos efectuados por la sociedad a partir de
la fecha de aprobación del programa Hispasat, de forma que al término de
la ejecución y comienzo de la explotación del sistema de satélites
resulta que la inversión real asciende a 61.544 millones de pesetas, es
decir, un 32 por ciento superior a la



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inicialmente prevista. Ello es consecuencia de la previsión de
necesidades del sistema de satélites con un determinado coste, que se ha
visto ampliamente superado en su mayor parte debido al incremento de la
capacidad incluida, con escaso margen de negociación, lo que ha provocado
una modificación sustancial de la estructura financiera con la que se
creó la sociedad y que ha hecho necesario acudir al endeudamiento externo
en una cuantía no contemplada en su creación. A ello además hay que
añadir el incumplimiento de las previsiones del programa Hispasat de los
ingresos por explotación del sistema de satélites.

Respecto a los contratos celebrados para la ejecución del proyecto, hay
que señalar que los más importantes corresponden a Matra Espace, por un
total de 26.525 millones; a Arianespace, por importe de 16.516 millones,
y al consorcio encabezado por Hércules Hispano, S. A., del grupo
Argentaria, con un coste de 6.535 millones de pesetas. Estos tres
contratos suponen el 84,5 por ciento del total invertido por la sociedad
estatal y han sido objeto principal de la fiscalización realizada por el
Tribunal. Se observa el cumplimiento en términos generales de la
legislación aplicable, sin que se hayan apreciado incidencias
importantes, advirtiendo únicamente algunas deficiencias contables, como
la utilización del principio de caja en unos casos y el de devengo en
otros, la utilización en algunos casos de compensaciones contables,
etcétera.

Respecto a la gestión financiera las previsiones iniciales de inversión
del programa Hispasat, que, como ya les he dicho, ascendían a 43.631
millones y a 2.608 millones de gastos, en el período 1989-1992 no se
cumplieron, ascendiendo las mismas a 61. 544 millones de pesetas, en los
que se incluyen la capitalización de los gastos hasta la puesta en
explotación de los satélites.

Las necesidades de financiación para inversiones han sido aproximadamente
de 41.500 millones de pesetas hasta el comienzo de la explotación de los
satélites, independientemente de las derivadas de la actividad ordinaria
de la entidad. Las inversiones se han financiado con capital propio
(20.000 millones) y el resto con recursos ajenos a largo plazo, contando
la sociedad con el asesoramiento de analistas financieros externos en la
adopción de las decisiones de endeudamiento. El 50 por ciento de la
financiación ajena ha consistido en un préstamo del Banco Europeo de
Inversiones, por 21.000 millones de pesetas, produciendo la evolución de
los tipos de cambio de la peseta con respecto al ecu unas pérdidas por
diferencias de cambio de 884 millones de pesetas en 1992 y de 1.684
millones en 1993. En este último ejercicio la principal actuación de la
sociedad para reducir este riesgo del tipo de cambio fue la realización
de cuatro operaciones swaps de divisas por un importe de 17.178 millones
de pesetas, por las que se permuta parte de la deuda en ecus por otra
equivalente en pesetas, con lo que no sólo se elimina el riesgo de
pérdidas por variación en el tipo de cambio, sino también por la
variación del interés al pasar de un tipo variable a un tipo fijo. Estas
operaciones han sido fiscalizadas sin que se hayan detectado incidencias
destacables, pero a pesar de ellas, a 31 de diciembre de 1993, existía
todavía una deuda pendiente en ecus de 10.894 millones de pesetas al tipo
de cambio de esa fecha, permaneciendo, por tanto, vivo por esta parte el
consiguiente riesgo de tipo de cambio.

Por otra parte, en el informe no se estima justificada la existencia de
saldos de tesorería, en algunos momentos superiores a 4.000 millones de
pesetas, producidos esencialmente por desfases entre la disposición de
créditos y las necesidades de realización de pagos, y ello
independientemente de la dificultad de adaptación de aquéllos debido a la
rigidez en las condiciones de utilización de los préstamos a largo plazo,
entre otras causas.

Respecto a la gestión comercial y de tarifas, en el período examinado la
actividad comercial de Hispasat no se puede considerar propiamente como
tal, ya que los clientes con capacidad de contratación, en el caso de la
misión de servicio fijo por satélite, son únicamente los operadores
autorizados por el ministerio correspondiente, esto es, Retevisión y
Telefónica, a su vez accionistas de la sociedad; y en la misión de
difusión directa de televisión únicamente contrata con Retevisión en
exclusiva, al igual que para la misión TV-América. Por otra parte, la
inexistencia de libre mercado para los servicios del sistema de satélites
y la consiguiente sujeción a tarifas ha supuesto en el período
fiscalizado una limitación importante de la capacidad de actuación de la
sociedad, que si ha servido para asegurar unos ingresos mínimos de
Hispasat, lo ha hecho por debajo de las previsiones iniciales con que se
proyectó el sistema.

Respecto a la gestión de personal y de servicios exteriores, hay que
decir que las comprobaciones efectuadas en relación con los gastos de
personal se han referido a las remuneraciones, retenciones,
indemnizaciones por bajas, gastos de formación, seguros y seguridad
social, no detectándose incidencia destacables. Los gastos de servicios
exteriores ascendieron, según la contabilidad de la sociedad, a 1.225
millones en el año 1992 y a 907 millones en el año 1993. Entre ellos se
realizaron gastos de consultoría y asesoramiento externo en materias
habituales de la actividad de la sociedad, para las que existe personal
experto propio, por lo que se entiende no justificada su utilización. Por
otra parte, en relación a los gastos de viaje, a pesar de existir una
cuenta específica, se encuentra diseminada su contabilización en cuentas
diversas, lo que dificulta el control.

Por último, las deficiencias detectadas en la contabilidad de la
sociedad, por su escasa entidad, no afectan a la representatividad de los
estados financieros, expresando las cuentas rendidas de los ejercicios
1992 y 1993 la imagen fiel del patrimonio y la situación financiera de
Hispasat, S. A., a 31 de diciembre, de los citados ejercicios, así como
de los resultados de sus operaciones, y contienen la información
necesaria y suficiente para su interpretación y comprensión adecuada de
acuerdo con los principios y normas contables generalmente aceptados
aplicados uniformemente.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Presidenta.

En turno de portavoces, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el Diputado don Emilio Pérez Touriño.




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El señor PEREZ TOURIÑO: Señor Presidente, en primer lugar quiero
agradecer a la Presidenta del Tribunal de Cuentas su comparecencia y
felicitarle por el informe, que estimamos muy exhaustivo sobre, en
definitiva, una sociedad anónima como es Hispasat.

En nuestra opinión, en mi opinión como portavoz, muy brevemente expuesta,
creo que conviene diferenciar, a la hora de valorar lo que es la gestión
de Hispasat y el informe que se presenta, claramente dos campos: por una
parte, lo que es, por así decirlo, el área, el campo de la fiscalización,
respecto a sus objetivos esenciales expuestos en el inicio del informe de
fiscalización, es decir, los estados financieros, la fiscalización de
contratos, la fiscalización de gastos de personal, de gestión y
aplicación de tarifas, de servicios exteriores, y por otra, diferenciar
claramente eso de lo que podíamos denominar el campo de auditoría de
gestión, en lo que las opiniones del Tribunal de Cuentas son muy dignas
de ser tenidas en cuenta, pero evidentemente son más discutibles, o en
todo caso, son más valorables y opinables los criterios sobre la bondad
de algunos aspectos de la gestión de esta sociedad anónima.

Dicho esto, quiero simplemente recalcar, si he entendido bien, y creo que
sí, tanto el informe oral, que ahora nos hace la Presidenta, como el
propio contenido del informe que se presenta. Respecto a lo que es el
informe de legalidad y el informe de auditoría (por lo tanto, el informe
de fiscalización), los estados financieros suponen y presentan una imagen
fiel de la situación económica y financiera de esta sociedad anónima.

Expresamente se dice que las salvedades a hacer o a efectuar son de
escasa entidad. La fiscalización de los contratos revela un cumplimiento
de su clausulado, en términos exactos dichos por el propio Tribunal.

Asimismo, el examen de las facturas correspondientes no revela
irregularidades e igualmente los términos referentes a los gastos de
personal o a la gestión y aplicación de tarifas. Creo que es conveniente,
desde el punto de vista de nuestro grupo parlamentario, que esto quede
claro y nítidamente expresado y que estamos ante un caso típico de un
informe de fiscalización que debe entenderse como un informe de
fiscalización limpio en términos generales. Y sí quisiera saber, y me
parece lo más esencial e importante, en la medida de los criterios sobre
la gestión comercial, hasta qué punto esta gestión comercial estaba más o
menos condicionada, cautiva, por las condiciones estructurales del
mercado de telecomunicaciones en su momento. Otros aspectos similares son
ya opináticos y discutibles.

Quisiera referirme a un aspecto en el que recabaría la opinión más
directa en su comparecencia de hoy de la Presidenta del Tribunal, que es
en lo que se refiere a las operaciones de endeudamiento, en particular
endeudamiento en ecus, que para los años 1992 y 1993 efectúa la sociedad.

Entiendo que el informe plantea que no están suficientemente
justificadas, y parece que opta el informe porque la posición más
razonable hubiera sido un endeudamiento no diversificando diversas, sino
un endeudamiento en una sola divisa (en pesetas, en concreto). Desde el
punto de vista de este portavoz, yo creo lo contrario; creo que el
informe y las alegaciones que presenta la propia sociedad justifican
razonable y adecuadamente las opciones que se han tomado en su momento.

Es decir, es altamente discutible, en términos económicos, que a la
altura del año 1991, cuando se suscribe el préstamo con el BEI, no fuera
una opción razonable suscribir ese préstamo en las condiciones en las que
se plantea. Estábamos en el marco de un sistema monetario como el
europeo, relativamente estable en ese momento, previsiblemente estable.

Ni los analistas financieros internacionales ni nacionales prevían la
tormenta monetaria que se iba a desatar entre el otoño del año 1992 y el
año 1993, y por lo tanto, la evolución desfavorable que toma la relación
de tipo de cambio pesetas/ecu era difícilmente previsible y sí, por el
contrario, las condiciones de préstamo del BEI y la diversificación de
divisas en un negocio como el emprendido por Hispasat; desde luego los
analistas financieros que prestan asesoría a la compañía así lo
entendieron. Como mínimo me parece, si no justificable --que en nuestra
opinión sí lo es-- altamente discutible. Y no comparto, por lo tanto,
demasiado, si es que es así, la posición del Tribunal y del informe. En
ese sentido le pregunto a la Presidenta, que parece que se somete a
crítica esta opción tomada por la empresa, independientemente de que esa
opción, al igual que en otras muchas empresas públicas y privadas en ese
momento, sometidas al mercado financiero internacional, hayan acarreado
pérdidas más o menos importantes en su momento en función de esa
variación.

Quiero decir en todo caso que, en opinión del Grupo Parlamentario
Socialista, era una opción justificada, razonable y que en el año 1993,
en función de la evolución del mercado, se toma una decisión, las
operaciones swaps, que permiten corregir, o intentan corregir los
problemas suscitados en los años 1992 y 1993. En todo caso, hay que
señalar que en la situación de endeudamiento del organismo, la operación
BEI es importante, pero es una parte del endeudamiento, de la deuda
total. Más de la mitad está en pesetas, un 56 por ciento; y un 44 por
ciento sí que está en divisas. Me parece un punto importante, porque
efectivamente se enfatiza no sé hasta qué punto excesivamente en el
informe.

Y respecto a las operaciones de gestión de tesorería, que es el segundo
punto en el que plantea el informe una línea crítica en los aspectos de
gestión, el informe me parece que es totalmente limpio, o sustancialmente
limpio, por decirlo en términos usuales. Me parece que las alegaciones
dan justificación bastante pormenorizada y extensa del porqué de esas
puntas de tesorería, que en algunos momentos, seis meses, un año, supera
los 3.000 millones y en el año siguiente, durante otros seis meses supera
los 2.000. Vienen derivadas de las dificultades de créditos a largo plazo
con el BEI y con el ICO, y es muy difícil con créditos de ese tipo poder
jugar con la tesorería de otra manera. Creo que está bastante y
sólidamente argumentado y en términos económicos es bastante inteligible.

Evidentemente toda gestión es mejorable, y es un aspecto en el que
necesariamente se debe mejorar. Pero de ahí a que eso se convierta en un
aspecto más o menos de críticar sustantiva, en opinión de este portavoz,
no parece sólidamente justificado desde el punto de vista de economía
financiera.




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El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario del Partido Nacionalista
Vasco, tiene la palabra el Diputado Jon Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Señor Presidente, voy a intervenir con mucha
brevedad porque la cuestión fundamental de este organismo y de esta
empresa estatal, ya no es tanto, como hemos visto en otros informes. Creo
que el alcance de la fiscalización tampoco es el mismo que el que se ha
hecho en los informes anteriores; por tanto, creo que, como siempre, está
correctamente ajustado el informe al alcance de la fiscalización, es
decir, a lo que se propuso el Tribunal de Cuentas. Y aquí, en este
aspecto, independientemente de algunas pequeñas irregularidades (porque
ya, cuando no son graves, estamos hasta contentos de que las
irregularidades contables y administrativas puedan resumirse en un
párrafo, como se ha hecho), y sin quitarle importancia a lo que pueda
tener, las irregularidades no son el centro de la cuestión, ni tampoco el
cumplimiento de los principios contables. Como ya ha señalado la
Presidenta del Tribunal, los estados financieros reflejan la imagen fiel
del patrimonio de esta sociedad.

Yo creo que el problema de esta sociedad es un problema de mercado; es un
problema pues en su momento hubo una serie de desviaciones sobre
previsiones, pero esto también se puede ver en infinidad de empresas
públicas y privadas, que previsiones que en un momento se tuvieron en
cuenta de acuerdo con unas condiciones y con un mercado que se había
establecido, luego, posteriormente, ha tenido desviaciones.

Indudablemente esas desviaciones hay que controlarlas, pero están ahí y
no es tampoco el centro de la cuestión.

Sí había algunas cuestiones que podían haber sido mejoradas, como por
ejemplo, el hecho de que el endeudamiento proveniente de ecus o de
divisas tenía que, desde mi punto de vista, haber tenido las previsiones
correspondientes, y desde luego el aseguramiento de cambio, que creo que
no se efectuó hasta que en un momento determinado se establecen las
operaciones de swaps de divisas, con lo que se mejora el problema de la
diferencia de cambio, y que en estos momentos ha quedado reducido.

Indudablemente éste sí ha sido un problema que ha incidido negativamente
en la cuenta de resultados y yo creo que se tenía que haber previsto.

Lo más importante y lo que a mi grupo parlamentario le preocupa,
independientemente de esa disposición de crédito --no vamos a entrar en
el aspecto de la mejora en la gestión financiera de la empresa-- es que
obtener créditos y tener grandes puntas de tesorería desde luego no es
una política financiera adecuada. Lógicamente puede darse en momentos
determinados sin que se pueda dar o pueda existir, pero estamos hablando
de meses, de seis meses en algunos casos, y estamos hablando de puntas de
tesorería de 2.000 millones de pesetas, por lo que eso indudablemente es
importante. Y no se van a pedir créditos para luego poner a interés fijo
esas cantidades. Yo creo que eso es una mala gestión financiera, pero que
tampoco me preocupa. Entonces, ¿qué es lo que me preocupa? Pues me
preocupa la quiebra financiera, o la quiebra técnica en que está esta
empresa estatal por la acumulación de pérdidas pues, lógicamente, y de
acuerdo con la Ley de Sociedades Anónimas está incursa en disolución
técnica, es una quiebra técnica.

Por lo tanto, aquí lo que procede es una ampliación de capital. Y en este
aspecto sí me gustaría saber, porque no lo conozco, la situación, si
existe alguna previsión de ampliación de capital, y cómo está la
situación hoy. También entiendo que me va a contestar que no tiene
referencias a este respecto. Pero yo sí le quisiera decir a la
Presidenta, y posiblemente sea una de las cuestiones que planteemos, que
a mí me gustaría --y ahora le hablo a nivel personal o de mi grupo
parlamentario y para el futuro-- que el Tribunal siguiera el cumplimiento
de las recomendaciones que hace. Pero no sólo que lo siguiera, sino que
además pudiéramos tener nosotros información del grado de cumplimiento de
las recomendaciones y de la situación de empresas como ésta. Es decir, yo
creo que el objeto del Tribunal y el nuestro no debe ser quedarnos en que
se entregue un informe de fiscalización, se apruebe o no se apruebe el
informe de fiscalización, y a partir de ahí nos olvidemos de esta empresa
hasta el próximo informe de fiscalización. Yo estoy seguro de que el
Tribunal no lo hace, pero sí me gustaría que en ese aspecto --y ésta es
una responsabilidad nuestra y culpa nuestra, si no se hace-- tuviésemos
unos contactos que nos permitiesen conocer la marcha de ciertas empresas
u organismos del Estado que en un momento determinado tengan situaciones
como ésta.

A mí me gustaría saber cuál es en estos momentos, aunque no me pueda
responder la Presidenta del Tribunal, pero lo dejo ahí, la situación de
Hispasat y cuáles son las previsiones que tiene previstas el Gobierno en
cuanto a la ampliación de capital y el futuro de esta empresa.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra
el Diputado don Javier Gómez Darmendrail.




El señor GOMEZ DARMENDRAIL: Señor Presidente, como no podía ser menos
quería agradecer también la presencia de la señora Presidenta, y el
informe riguroso y completo, que precisamente por eso, por ser riguroso y
completo, subraya más claramente la mala y desordenada gestión de
Hispasat.

Hablan ustedes en su informe de que hay un marco legal no suficientemente
desarrollado y que la circunstancia de que los clientes sean accionistas
y competidores provoca evidentemente que se hayan producido conflictos de
intereses entre estas sociedades, de forma que han predominado en algunas
ocasiones intereses ajenos a Hispasat, así como el problema de la tarifa
que ustedes mencionan también en su informe.

Evidentemente hay una desviación importante, nada menos que del 32 por
ciento, de lo que es la inversión prevista, de 43.000 millones, a la
inversión real. Ello, por supuesto, ha requerido un endeudamiento que no
estaba contemplado y que, muy brevemente, vamos a ver cómo se gestiona.

Se financia ciertamente Hispasat con 20.000 millones de capital propio y
el resto con recursos ajenos a



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largo plazo. Y para solicitar estos préstamos, estos recursos a largo
plazo, para tomar estas decisiones de endeudamiento, evidentemente, como
ponen de manifiesto en su informe, toman parte analistas financieros
externos. Si me permite la señora Presidenta, con toda la cordialidad y
con un talante deportivo diría que por lo que viene a continuación estos
analistas financieros externos son candidatos a premio Nobel de la
estulticia financiera. Y si hablamos de Hispasat, pues incluso les
podemos hacer candidatos a un premio universal o intergaláctico porque,
como usted ha dicho muy bien, en los créditos que se solicitan hay una
posibilidad de elección de divisa y eso nos provoca unas pérdidas de
2.568 millones en los años 1992 y 1993, y además se produce, como es
natural, un mayor coste en el pago de intereses al ser también en
divisas. No hay ningún tipo de seguro de cambio, y esto yo no creo que se
necesiten asesores analistas financieros externos. Un directivo de una
pequeña sucursal de provincias lo recomienda en primer lugar: ¡hágase
usted un seguro de cambio! Efectivamente esta situación ha gravado
seriamente la cuenta de resultados, y eso provocó que el Consejo de
Administración tuviera que solicitar del Ministerio de Hacienda la
posibilidad de diferir dicha diferencia de cambio.

Le quiero preguntar también, señora Presidenta, puesto que ha hablado
efectivamente de esa deuda pendiente de 10.894 millones en ecus a tipo
fijo, si se ha cancelado o si aún sigue vivo el riesgo de tipo de cambio.

Señor Presidente, señorías, como no hay nada que por mal hecho no sea
susceptible de empeorar, tenemos otro ejemplo que es un préstamo del BBV
a cinco años, por importe de 3.000 millones de pesetas, donde volvemos a
elegir divisa, y esta vez elegimos marcos alemanes. Muy bien, lo
elegimos; pedimos 2.000 millones de pesetas en marcos alemanes de
septiembre de 1992 a marzo de 1993. Y nos producen unas pérdidas, también
por diferencia de cambio, de 235,5 millones de pesetas. Es decir, que el
coste anual del tramo completo, incluyendo intereses y diferencia de
cambio, fue de 34,8 por ciento.

Mientras sucede todo esto, ¿qué pasa con la tesorería? Pues que tenemos
excedentes de tesorería. Hablan en el informe de excedentes superiores a
los 3.000 millones en 1992; en 1993, durante 6 meses, más de 2.000
millones, y hablan de saldos frecuentes superiores a los 4.000 millones
en ambos ejercicios. ¿Qué estamos haciendo mientras tanto con estos
excedentes de tesorería? Simplemente los colocamos en el mercado de
capitales con un rendimiento en torno al 11 por ciento. Pues muy bien,
señorías, yo creo que esto cierra el ciclo de la estulticia financiera
merecedora, como ya dije, de alguna medalla importante. ¿Dónde estaban
las previsiones? ¿Qué tipo de gestión se ha hecho? ¿Quién es el
responsable? El propio Tribunal de Cuentas no estima justificada la
existencia de saldos de tesorería tan elevados durante períodos tan
dilatados: no podía ser de otra manera, señorías.

Y luego está este asunto, que ya ha sido comentado por el portavoz que me
ha precedido en el uso de la palabra, el señor Zabalía, y ustedes lo
dicen en su informe y es que el proceso de acumulación de pérdidas que
soporta la sociedad puede conducir, en ejercicios inmediatamente
posteriores a los fiscalizados, a que Hispasat se encuentre en uno de los
supuestos contemplados en la Ley de Sociedades Anónimas como causa de
disolución y a hacer necesaria la correspondiente ampliación de capital
para evitar dicha situación. Yo creo que esto no merece mayor comentario,
todo el mundo entiende el problema y además ya ha sido comentado.

Y hago gracia a SS. SS. también de relatar las deficiencias contables,
porque vienen perfectamente descritas y ya han sido comentadas también,
creo, por la señora Presidenta.

Y bien, mientras tanto, ¿qué pasa con los salarios? Como es una empresa
que al parecer es boyante, no le cuestan los créditos y funciona muy
bien, en el ejercicio de 1992 el incremento salarial previsto en el
convenio es del 7 por ciento. La subida real media es de casi el 15 por
ciento, es decir: 14,95 por ciento. En el ejercicio de 1993 la subida
establecida en el convenio es del 4 por ciento, y el incremento real
medio del 10,16 por ciento. Yo creo que los datos se comentan por sí
solos. No quiero insistir más.

También hay que subrayar (y esto ya empieza a ser un asunto recurrente)
que los contratos del consejero delegado, directores y subdirectores,
contienen una cláusula que establece indemnizaciones por resolución de
contrato superiores a las previstas en la legislación vigente. Como digo,
ya empieza a ser una costumbre ciertamente descarada y reiterativa, y
alguien debería decir alguna cosa sobre este asunto.

Y para finalizar, señor Presidente, quisiera que la señora Presidenta me
explicase --porque es un párrafo en el que vienen algunas cosas
entrecomilladas-- qué son esos trabajos técnicos, que ustedes
entrecomillan, por los que en servicios de profesionales independientes,
también entrecomillado, facturan 221 millones y 257 millones de pesetas
respectivamente.

Como última cuestión, quisiera saber si es posible también, por qué esos
gastos de viaje, a pesar de existir una cuenta específica, se encuentran
diseminados a través de distintas cuentas que dificultan su control.




El señor PRESIDENTE: Le corresponde intervenir ahora, para que les pueda
aclarar todas aquellas cuestiones que le han planteado, a la Presidenta
del Tribunal de Cuentas.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Creo que
una parte importante de las intervenciones se ha centrado sobre la
existencia evidente de un riesgo de cambio, y si este riesgo de cambio se
salvó en su momento o si ha sido salvado posteriormente por operaciones
swaps. Yo pienso que las opiniones de los que han intervenido son lo
suficientemente aclaratorias, pero, por otro lado, también creo que el
informe a partir de la página 43 y siguientes da todo tipo de
explicaciones sobre el tema. Por tanto, no creo que haga un
pronunciamiento especialmente negativo, como dice el señor Pérez Touriño,
ni especialmente, pudiéramos decir, suavizante, que tampoco me lo han
planteado en el resto de las intervenciones.




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Tiene razón el señor Zabalía cuando pregunta si no se debe seguir el
cumplimiento de las recomendaciones. Sí se debe seguir; lo que yo no sé,
y vuelvo a insistir, es si el Tribunal tiene capacidad para seguirlo
todo. Nosotros seguimos absolutamente el cumplimiento de las
recomendaciones de las cuentas generales, es decir, de las cuentas que
tenemos que volver a examinar al año siguiente. Esto está totalmente
hecho, pues es una recomendación que se nos hizo incluso en la propia
Comisión para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, y lo hacemos
habitualmente, y aunque no hubiese sido solicitado, creo que es una
obligación seguirlo. Creo que sería interesantísimo seguir todos los
informes y ver cómo han evolucionado las cosas. Si podemos, lo debiéramos
de hacer. En este caso, da la coincidencia de que el informe Hispasat no
presenta recomendaciones. Es una casualidad, pero eso no quita que su
opinión sea digna de tenerse muy en cuenta, no sólo sobre este informe,
pues ya sé que es una petición general.

No conozco en estos momentos si hay previsión de ampliación de capital
para resolver ese problema que tan claramente me indica, como tampoco
conozco si en estos momentos, es decir, finalizando el año 1996, estos
10.800 millones que no estaban todavía protegidos con un sistema de swaps
sigue o no sigue manteniendo vivo ese riesgo de tipo de cambio. No lo sé
en estos momentos: sí seguía vivo cuando se redactó el informe.

Pienso que el Tribunal de Cuentas deberá estudiar estos aspectos, y
contestar si hay alguna previsión de ampliación de capital, como pregunta
el señor Zabalía, y responder a esta pregunta concreta sobre si los
10.800 y pico millones todavía continúan sujetos al riesgo del cambio, o
por el contrario, se ha blindado de alguna manera ese riesgo.

Espero poderles responder a ustedes a esta cuestión en el plazo más breve
posible.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Presidenta.

Antes de dar por levantada la presente sesión, quiero informar a sus
señorías que ya tenemos la confirmación por parte de los servicios
jurídicos de la Cámara de que nos ha sido aceptada la posibilidad de
celebrar la última sesión de la Comisión Mixta del Tribunal de Cuentas el
próximo día 27, no antes de la una del mediodía. O sea, que a partir de
la una del mediodía, cuando finalice el Pleno de presupuestos que vamos a
celebrar en el Congreso, iniciaríamos la última sesión referente a las
propuestas de resolución sobre los temas que hemos tratado hoy, para
poder dar por finalizado el año 1996.

Se levanta la sesión.




Eran las dos de la tarde.