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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 20, de 24/10/1996
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DIARIO DE SESIONES DE LAS
CORTES GENERALES



COMISIONES MIXTAS



Año 1996 VI Legislatura Núm. 20



PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL
DE CUENTAS



PRESIDENTE: DON JOSEP SANCHEZ I LLIBRE



Sesión núm. 5



celebrada el jueves, 24 de octubre de 1996,
en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DIA:



Propuestas de Resolución sobre:



--Informe de fiscalización del Area de Producción de Televisión Española,
S. A., ejercicios 1992 y 1993. (Número de expediente Congreso 251/000007
y número de expediente Senado 771/000003) (Página 296)



--Informe de fiscalización del I Plan General de Carreteras. Ejercicios
1984-1992. (Número de expediente Congreso 215/000005 y número de
expediente Senado 771/000001) (Página 300)



--Informe de fiscalización de la actividad económico-financiera del
Ayuntamiento de Zaragoza en relación con las obras de remodelación de la
Plaza de la Seo y adecuación del Foro Romano de Zaragoza. (Número de
expediente Congreso 251/000009 y número de expediente Senado 771/000009)
(Página 304)



--Informe de fiscalización del tratamiento contable aplicado por el
Instituto Nacional de Industria a su cartera de valores y a las
transferencias recibidas y su adecuación al Plan de Contabilidad vigente,
durante los ejercicios 1991 a 1993. (Número de expediente Congreso
251/000010 y número de expediente Senado 771/000010) (Página 306)



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Comparecencia de la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas (García
Crespo), para informar sobre:



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones locales del 28 de mayo de 1995. (Número de expediente Congreso
251/000021 y número de expediente Senado 771/000020) (Página 306)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a las Cortes de Aragón, celebradas el 28 de mayo de 1995.

(Número de expediente Congreso 251/000023 y número de expediente Senado
771/000021) (Página 306)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a la Junta General del Principado de Asturias, celebradas el
28 de mayo de 1995. (Número de expediente Congreso 251/000024 y número de
expediente Senado 771/000022) (Página 306)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones al Parlamento de las Islas Baleares, celebradas el 28 de mayo
de 1995. (Número de expediente Congreso 251/000025 y número de expediente
Senado 771/000023) (Página 306)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a la Asamblea Regional de Cantabria, celebradas el 28 de mayo
de 1995. (Número de expediente Congreso 251/000026 y número de expediente
Senado 771/000024) (Página 306)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha, celebradas el 28 de mayo
de 1995. (Número de expediente Congreso 251/000027 y número de expediente
Senado 771/000025) (Página 306)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a las Cortes de Castilla y León, celebradas el 28 de mayo de
1995. (Número de expediente Congreso 251/000028 y número de expediente
Senado 771/000026) (Página 306)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a la Asamblea de Extremadura, celebradas el 28 de mayo de
1995. (Número de expediente Congreso 251/000029 y número de expediente
Senado 771/000027) (Página 306)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a la Diputación General de La Rioja, celebradas el 28 de mayo
de 1995. (Número de expediente Congreso 251/000030 y número de expediente
Senado 771/000028) (Página 307)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a la Asamblea de Madrid, celebradas el 28 de mayo de 1995.

(Número de expediente Congreso 251/000031 y número de expediente Senado
771/000029) (Página 307)



--Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones a la Asamblea Regional de Murcia, celebradas el 28 de mayo de
1995. (Número de expediente Congreso 251/000032 y número de expediente
Senado 771/000030) (Página 307)



Se abre la sesión a las cuatro y diez minutos de la tarde.




PROPUESTAS DE RESOLUCION SOBRE:



--INFORME DE FISCALIZACION DEL AREA DE PRODUCCION DE TELEVISION ESPAÑOLA,
S. A., EJERCICIOS 1992 y 1993. (Número de expediente Congreso 251/000007
y número de expediente Senado 771/000003.)



El señor PRESIDENTE: Señoras y señores Diputados y Senadores, vamos a dar
inicio a la sesión de esta tarde, con una pequeña variación del orden del
día, aprobada por todos los portavoces de los diferentes grupos
parlamentarios. El primer punto del día se refiere al informe de
fiscalización del área de producción de Televisión Española, para los
ejercicios 1992 y 1993, en cuanto a las propuestas de resolución
presentadas por los diferentes grupos parlamentarios.

Tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, señor Centella.




El señor CENTELLA GOMEZ: Muy brevemente, porque los argumentos ya se
dieron en la anterior sesión. Simplemente, para presentar las tres
propuestas de resolución de nuestro grupo.




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La primera, que esta Comisión Mixta constate que la gestión del área de
producción, así como la contratación y la gestión de los ingresos por
publicidad, a lo largo de estos años ha causado un perjuicio económico al
Estado. Nosotros creemos que, aunque sea una resolución de carácter
simbólico, esta constatación tiene su importancia porque entendemos que,
como ya decíamos en la anterior sesión, sigue siendo grave que un ente
público sea tan mal gestionado como ha sido Televisión Española, máxime
porque ese argumento es el que sirve para aquellos que la quieren
privatizar.

La segunda propuesta de resolución es que las recomendaciones que, aunque
no eran específicas se deducían a lo largo de todo el informe, se hagan
llegar al ente público para que las anomalías que se detecten se
corrijan, porque creemos que es importante que el ente público informase
al Tribunal Constitucional de las medidas adoptadas, para tener
constancia que no cae en saco roto y no ocurra como otras veces, que son
simples recomendaciones que no se tienen en cuenta.

Por último, la más importante, vistas las anomalías que se han detectado,
que nosotros creemos que pueden ser irregularidades graves, que éstas se
trasladen a la Fiscalía General del Estado para que el Fiscal General del
Estado, en su caso, depure las responsabilidades a que hubiese lugar.

Nosotros creemos que, aunque el Tribunal de Cuentas no haya hecho
aportación alguna, esto nos es incompatible con que la Fiscalía General
del Estado, que tiene también que velar por los intereses de todos los
españoles, tenga conocimiento de este informe, lo estudie y, en su caso,
si hubiese lugar, depurase responsabilidades.

Creemos que de esta manera se daría por parte de esta Comisión un paso
importante en lo que tiene que ser la custodia de los bienes públicos,
como son los dineros que gestiona Televisión Española.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor De Luis, para defender, en
nombre del Grupo Parlamentario Popular, las propuestas de resolución
presentadas.




El señor DE LUIS RODRIGUEZ: En la sesión anterior de la Comisión del
pasado 10 de octubre tuvimos ocasión de debatir y de profundizar en la
información que la presidenta del Tribunal nos dio sobre el informe de
fiscalización del área de producción de Televisión para el año 1992 y
1993.

En aquella ocasión, ya quedó muy claro que el Grupo Parlamentario Popular
consideraba especialmente preocupante el hecho de que el informe de
fiscalización del Tribunal confirmara lo que había sido nuestra crítica a
la gestión del área de producción.

Nosotros, como ya dijimos entonces, coincidíamos en muchas de las
apreciaciones negativas respecto a la gestión de este área tan importante
de la gestión del grupo Radiotelevisión Española, y, al final,
afirmábamos que, como conclusión de toda la valoración, se podía afirmar
sin lugar a dudas que la gestión había sido poco rigurosa e inadecuada.

Estas afirmaciones adquieren especial gravedad, si se considera que dos
de las respuestas dadas a la comisión por la presidencia del Tribunal de
Cuentas. En la primera de ellas, la presidenta del Tribunal de Cuentas
nos informó que el conjunto de créditos que se habían consumido en áreas
de producción en 1992 representaban una cifra más que notable, superior a
21.000 millones de pesetas, y en el año 1993 la cifra que la presidenta
manejó era aproximadamente 39.000 millones de pesetas.

Por otra parte, la presidenta del Tribunal también dejó claro, en una
respuesta a una pregunta mía, que si se hubiera hecho una gestión más
rigurosa, probablemente los resultados del área de producción hubieran
sido menos negativos. Creo que la respuesta a esta pregunta también debe
de considerarse a la par de otras informaciones. Hay que tener presente
que en el año 1992 el grupo de sociedades que constituyen Radiotelevisión
Española tuvo unas pérdidas de más de 41.000 millones de pesetas, y en el
año 1993 las pérdidas del grupo superaron los 50.000 millones de pesetas,
produciéndose en el año 1993 la tramitación de un crédito extraordinario
en esta Cámara, al amparo de un contrato programa, vigente para este
exclusivo año de 1993, que le otorgaba un auxilio de 31.000 millones de
pesetas.

Es evidente que la situación no es una situación ligera, que tiene
especial gravedad y que desde luego es un lastre que ha tenido el grupo
durante determinados años. Con estos antecedentes, parece más que lógico
que nuestro grupo parlamentario haya establecido como criterio respecto a
ese informe de fiscalización el contenido de la propuesta de resolución
presentada en tiempo y forma, que pretende que la fiscalización sea
ampliada para el año 1994, el año 1995 y el primer cuatrimestre del año
1996. Quiero subrayar que respecto al primer cuatrimestre de 1996 tenemos
también especial interés en que la fiscalización se prolongue sobre él
porque, según la directora general actual ha informado a la Comisión de
Control de Radiotelevisión Española, parece que por el equipo saliente se
han comprometido gastos dejando poco margen de maniobra al equipo
entrante. Hay explicaciones que pueden justificar eso, pero de todas
formas sí querríamos saber si los defectos apreciados se mantienen hasta
el momento.

Por lo tanto, mi grupo parlamentario considera imprescindible que la
fiscalización se prolongue durante los años 1994, 1995 y primer
cuatrimestre de 1996, debido a tres razones fundamentales. La primera es
que, tal y como tuvimos ocasión de manifestar en la sesión del día 10,
tenemos bastante seguridad en que los defectos apreciados en el informe
de fiscalización para los años de referencia no fueron corregidos a
finales de 1995, y nos da la sensación de que los defectos que se
advertían y que se advierten estaban plenamente vigentes a finales de
1995. La segunda razón por la cual creemos imprescindible que nuestra
propuesta de resolución prospere es que si los créditos de 1992 y 1993
fueron importantes, más importantes aún fueron los créditos destinados a
gastos de producción durante los años 1994 y 1995, según los datos que
obran en poder del grupo obtenidos de la dirección general de
Radiotelevisión a través de preguntas formuladas con ocasión de debates
presupuestarios. En 1994, los gastos de producción superaban los 51.000
millones de pesetas; en 1995, superaban



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los 52.000 millones y la previsión de gasto de producción para 1996 era
de 43.000 millones, lo que quiere decir que el montante de créditos, cuya
gestión pretendemos que el Tribunal de Cuentas fiscalice, puede superar
con creces los 100.000 millones de pesetas y puede que se aproxime a 120
ó 130.000 millones.

Por otra parte, parece lógico que mi grupo parlamentario solicite esto al
Tribunal, por cuanto que es evidente que es el órgano fiscalizador máximo
del sector público y de las cuentas del Estado, su rigor y solvencia
están más que demostrados, y su neutralidad también, y parece que es la
autoridad competente para que dé criterio sobre este particular.

Nos gustará conocer lo que yo puedo llamar síntomas de la enfermedad;
queremos saber si se siguen produciendo lesiones para los intereses del
grupo, queremos saber si en efecto durante los años subsiguientes a 1993
se han producido también encarecimientos no suficientemente justificados
de determinados gastos de producción o si alguno de los defectos de
gestión se seguían manteniendo. En cualquier caso, nuestro interés está
en conseguir conocer si las deficiencias se mantienen, para intentar
corregirlas en el futuro y que no se vuelvan a repetir.

Por tanto, espero que el planteamiento sea apoyado por otros grupos de la
Cámara y que en un tiempo prudente podamos tener el informe de
fiscalización de los años que solicitamos.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora al resto de grupos parlamentarios
su turno de fijación de posiciones.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Diputado don
Emilio Pérez Touriño.




El señor PEREZ TOURIÑO: En primer lugar, hemos de decir por nuestra parte
que el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas permite
constatar, en cuanto a la gestión económica y a sus resultados en el
período considerado, que tanto las pérdidas como los distintos parámetros
económicos --gastos de explotación, resultados financieros y límite a los
gastos totales acumulados-- se sitúan --insisto que con los datos de la
fiscalización del Tribunal de Cuentas-- dentro de los objetivos y de los
límites previstos y acordados en el contrato programa.

Se establece una desviación de 4.400 millones sobre el tope de gastos
totales, que era de 213.000 millones; desviación que, a nuestro juicio,
debe entrar dentro del calificativo de no sensible, con los criterios del
Tribunal de Cuentas.

Establecido esto por el Tribunal, la valoración de este portavoz, en
segundo lugar, es que el informe permite deducir nítidamente que los
determinantes de la evolución económica vienen dados por la ruptura del
modelo de monopolio previo, que conlleva en sí mismo dos consecuencias:
una drástica caída de los ingresos y una fortísima competencia que
provoca incrementos en los costes de producción.

En tercer lugar, se puede y se debe constatar que buena parte de los
problemas detectados en relación con la gestión del área de producción
tiene que ver con una realidad, que es la de un servicio público que se
presta por una empresa pública, pero empresa, en dura competencia en un
mercado muy complejo y singular y cuya valoración no puede verse nunca
efectuada con prismas propios de la Administración general del Estado.

En cuarto lugar, creemos que el informe permite constatar la existencia
de serios problemas de viabilidad y adaptación a la nueva situación por
parte del área de producción de Televisión, y la existencia de
deficiencias y lagunas en procedimientos y prácticas de gestión, que son
realmente importantes en aspectos puntuales y precisos.

Por todo ello, la fiscalización efectuada deberá contribuir, seguro, a
una mejora en la gestión de Televisión. Pero lo que sí le parece a
nuestro grupo es que en ningún caso --y creemos que se deduce de lo
anteriormente expuesto-- se puede concluir del informe que las
actuaciones realizadas por la gestión del ente público hayan causado un
grave perjuicio económico para el Estado. Las afirmaciones que se
efectúan en este sentido en la resolución número 1 de Izquierda Unida no
concuerdan con el informe del Tribunal de Cuentas ni a nuestro entender
se derivan del mismo.

En quinto lugar y, lo que si cabe, más importante, hay que recordar, una
vez más, que el representante del ministerio fiscal en el Tribunal de
Cuentas, que existe, tiene conocimiento, obviamente, de todas las
actuaciones practicadas y ya ha tenido la posibilidad de proponer las
iniciativas que son competencia de dicho ministerio fiscal. Cito
textualmente a la presidencia del Tribunal de Cuentas, que dice en su
exposición ante esta Comisión: El informe ha sido visto sin objeciones,
tanto por el ministerio fiscal como por el servicio jurídico del Estado
en el Tribunal de Cuentas.

En consecuencia, y con esto finalizo fijando la posición respecto a las
propuestas de resolución planteadas por los distintos grupos, no alcanza
a entender este portavoz el sentido último de las propuestas de Izquierda
Unida. ¿Qué se pretende con el reenvío al ministerio fiscal, presente en
el Tribunal de Cuentas, que ya ha dicho lo que tenía que decir y que ya
conoce lo que tiene que conocer? En este sentido, nos parece que la
propuesta de Izquierda Unida, tanto ésta como la anterior, retuercen el
sentido del informe del Tribunal de Cuentas y no son concordes ni se
derivan del mismo. En uso de la más estricta responsabilidad política,
debemos votar negativamente las propuestas de resolución que el Grupo de
Izquierda Unida presenta en este caso.

En relación con la propuesta del Grupo Popular, por nuestra parte no
tenemos nada que oponer; todo lo contrario, nos parece bien y oportuno
que se amplíe el informe del Tribunal de Cuentas. Seguro que las
conclusiones que aporte el Tribunal deberán servir para lo que tienen que
servir en todo caso, que es para perfeccionar y mejorar la gestión. Lo
que sí puede ser razonable y prudente es que concuerden con lo que es el
año natural y el año contable, que suele ser del 1 de enero a 31 de
diciembre, y planteamos una enmienda, si es que la acepta el grupo
proponente, en el sentido de que se efectúe la fiscalización para los



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años 1994, 1995 y 1996. Tengo la plena convicción de que al Grupo Popular
le parecerá oportuno verificar las mejoras de gestión y que las
conclusiones se puedan extender a lo largo del año 1996. Nuestra
propuesta es que se haga los años 1994, 1995 y 1996.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán, tiene la palabra
el Senador señor Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Nuestro grupo no ha presentado propuestas de
resolución y, por tanto, estamos en el trámite de fijación de posición a
las presentadas por los distintos grupos. A este efecto, quiero dejar
constancia de las propuestas de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

La número 1 entendemos que es una declaración de principios, abierta que,
a nuestro entender, no encaja demasiado en el trámite en el que estamos.

La número 2 la vamos a votar favorablemente, porque hace referencia a que
se tomen medidas internas para que no vuelvan a suceder las graves
anomalías detectadas en el informe del ente y que refleja el Tribunal de
Cuentas.

En la número 3 nos vamos a abstener. Antes del inicio de la sesión, señor
Presidente, hemos tenido un intercambio de opiniones, creo que muy
interesante, sobre la viabilidad o no de la propuesta de resolución
número 3 del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. Hay
ciertas dudas sobre si podemos instar al Tribunal de Cuentas a que por la
Fiscalía General del Estado se haga el seguimiento de unos informes o
documentación cuando el propio fiscal ha estado presente ya durante la
elaboración del informe. Bien es cierto que como comisión sí podemos
decir que este informe se siga por parte de la fiscalía, pero no instar
al Tribunal cuando ya ha estado presente el fiscal. Quiero indicar que
esta razón nos ha ayudado a la hora de decidir la abstención.

En cuanto a la propuesta del Grupo Popular, nos parece bien la ampliación
del período, pero faltará saber si el grupo proponente acepta o no la
petición de que se amplíe al primer cuatrimestre de 1996. No sé qué dirá
el Tribunal de Cuentas, pero me da la sensación de que con la incontable
petición de informes que le estamos solicitando puede tener problemas
para cumplimentarlas todas, aunque esto sea una cuestión al margen de la
fijación de nuestra posición.




El señor PRESIDENTE: Es evidente que, al margen de sus manifestaciones,
la próxima reunión de Mesa y portavoces de esta Comisión tendrá que
plantearse si es necesario que el Tribunal de Cuentas pueda efectuar
debidamente la planificación de sus trabajos. En el caso de que todos
coincidamos en este sentido, será interesante tener en cuenta esta
planificación a la hora de pedir ampliaciones, porque de lo contrario no
valdría la pena que la planificación estuviera hecha sobre unos trabajos
preconcebidos y que después no pudieran ser efectivos debido al exceso de
trabajo que, por parte de la Comisión, se va a plantear. De todas formas,
ésta es una decisión que hemos de tomar la Mesa y portavoces en la
próxima reunión.

Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el
Diputado señor Gómez.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: La posición del Grupo de Coalición Canaria en
este trámite de fijación será votar a favor de la propuesta del Grupo
Popular.

No obstante, quiero hacer una pequeña consideración sobre la reiteración,
año tras año, de defectos en materia de obligaciones contables que tiene
este Ente, por lo que creo que es hora ya de que se exija responsabilidad
contable por lo menos.

Estoy de acuerdo en que el fiscal general forma parte del Tribunal de
Cuentas. Muy bien, pero sería conveniente también que el fiscal general
emitiese un informe específico por lo que él entendiese que pudiera ser
motivo de una responsabilidad de otra índole, o al menos por la exigencia
de una responsabilidad contable a los funcionarios, gestores o gerentes
que llevasen la gestión de este ente público.

Ante las situaciones anómalas que pueden surgir coyunturalmente en
cualquier empresa pública o privada, existen procedimientos con respeto
absoluto a la legislación para resolver las situaciones y que no se
llegue a estos informes de fiscalización que, repito, año tras año, estoy
seguro que producen situaciones de disgusto a los miembros de esta
Comisión Mixta.




El señor PRESIDENTE: Señor Diputado, debería pronunciarse, si usted lo
cree oportuno, respecto a la posición de las enmiendas presentadas por el
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: Mi posición es favorable.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora al resto de los grupos que han
presentado dichas propuestas de resolución indicar si aceptan o no las
enmiendas presentadas o las especificaciones que ha planteado algún grupo
parlamentario.

Tiene la palabra el Diputado señor Centella.




El señor CENTELLA GOMEZ: Utilizo el turno de palabra solamente para hacer
una aclaración, ya que no se ha presentado ninguna enmienda a nuestras
propuestas de resolución.

Nuestra propuesta plantea que esta Comisión Mixta remita a la Fiscalía
General del Estado, no insta al Tribunal de Cuentas a que remita a la
fiscalía. Dice literalmente así: remitir a la Fiscalía general del Estado
la información en posesión del Tribunal de Cuentas.




El señor PRESIDENTE: Señor Diputado, pienso que éste no es el objeto, no
procede jurídicamente, de este tipo de resolución. En todo caso, ha de
ser el mismo Tribunal de Cuentas quien determine si es necesario o no
enviar dicho informe a la Fiscalía General del Estado, teniendo en cuenta
que dentro de las dependencias del Tribunal de Cuentas existe un fiscal
especialmente para el área de judicialización.




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Entiendo que aquí tendríamos que aprobar si extendemos esta propuesta
para que sea el Tribunal de Cuentas quien remita este informe a la
Fiscalía General del Estado.

Tiene la palabra el Diputado del Grupo Parlamentario Popular, don Teófilo
de Luis, respecto a si se admite o no la enmienda transaccional propuesta
por el Grupo Socialista.




El señor DE LUIS RODRIGUEZ: En cuanto a la propuesta de enmienda
transaccional del Grupo Socialista, quiero manifestar que es intención de
mi grupo de mantener la propuesta de resolución presentada en sus
términos exactos, tenemos especial interés en que el Tribunal de Cuentas
proceda a informar el primer cuatrimestre. Un criterio puede ser el de
tiempo, de año natural, pero también puede serlo el de gestión. Los
responsables de la gestión del Ente Público Radiotelevisión Española
cambian al final de ese cuatrimestre y nos interesa el informe de
fiscalización de la gestión anterior.

No debemos olvidar que el montante de crédito del que estamos hablando,
al que ya he hecho referencia, fue comprometido en un porcentaje muy alto
durante el primer cuatrimestre y que su volumen total previsto para el
año 1996 superaba los 43.000 millones de pesetas. (El señor Jordano
Salinas pide a palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, señor Jordano.




El señor JORDANO SALINAS: En relación a las propuestas de Izquierda
Unida, para pedir que se voten separadamente las tres.




El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia había tenido en cuenta dicha
consideración, ya que el Diputado de Convergència i Unió había previsto
diferente votación para las mismas.

Pasemos pues a la votación por separado de las propuestas de resolución
presentadaspor el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

Votación de la propuesta de resolución número uno.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en
contra, 24.




El señor PRESIDENTE: Ha sido rechazada.

Pasamos, a continuación, a la votación de la propuesta de resolución
número 2 del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, nueve.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votación de la propuesta de resolución número 3 del Grupo Parlamentario
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en
contra, 10; abstenciones, 15.

El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Procedamos a la votación de las propuestas de resolución presentadas por
el Grupo Parlamentario Popular, teniendo en cuenta que la enmienda
transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Socialista no ha sido
admitida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 10.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.




--INFORME DE FISCALIZACION DEL I PLAN GENERAL DE CARRETERAS. EJERCICIOS
1984-1992. (Número de expediente Congreso 251/000005 y número de
expediente Senado 771/000001.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos, a continuación, a tratar las propuestas de
resolución presentadas por los diferentes grupos parlamentarios respecto
a la fiscalización del I Plan General de Carreteras durante los
ejercicios 1984-1992.

Por orden de presentación de los diferentes grupos parlamentarios, tiene
la palabra, en primer lugar, el representante de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, don Mariano Santiso, para defender sus
propuestas de resolución.




El señor SANTISO DEL VALLE: Señor Presidente, voy a ser muy breve, puesto
que el debate ya se produjo en la anterior comparecencia.

Antes de nada, quiero anunciar la retirada de la propuesta número 2 que
entiendo puede quedar resumida también en la número 1, porque lo que
busca es una solución para el futuro y, tal y como hemos redactado la
primera, también se puede obtener el mismo resultado.

Lo que se pide no es para este informe, no se trata de encargar nuevas
ampliaciones del mismo, sino que cuando se vuelva a fiscalizar este tipo
de actuaciones, como la del Plan de Carreteras, se incluya una especie de
muestreo aleatorio de obras concretas, sobre todo algunas significativas,
con distintos modos de contratación que permita, por una parte, detectar
por qué se han producido desviaciones en su caso y, además, que
trabajemos en la mejora de la normativa de contratación para conseguir el
objetivo, que creo deseable, de combinar la eficacia y la rapidez en la
ejecución de las obras con impedir desviaciones significativas
manteniendo, al mismo tiempo, criterios de transparencia y de rigor en la
adjudicación de las obras. Ese es el sentido que lleva la propuesta y
para la que pedimos su apoyo.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las propuestas de resolución
presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la
Diputada doña Mercedes Fernández.




La señora FERNANDEZ GONZALEZ: El debate acerca de la fiscalización por
parte del Tribunal de Cuentas



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del I Plan General de Carreteras se ha producido ya en la reunión de la
Comisión Mixta que celebramos con anterioridad y hoy procede explicar
únicamente --yo lo haré de forma sintética y breve-- los antecedentes y
justificaciones que nos llevan a presentar una propuesta de resolución en
relación al informe de fiscalización presentado por el Tribunal de
Cuentas.

Yo quiero destacar hoy, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, un
aspecto fundamental, al que hicimos referencia en la sesión anterior y
que para nosotros es la piedra de toque y la cuestión nuclear sobre la
cual gravita todo el informe de fiscalización y la auditoría integral que
el propio Tribunal de Cuentas ha realizado. Es la absoluta imprecisión y,
por tanto, los criterios sólo aproximativos a través de los cuales el
Tribunal de Cuentas llega a evaluar finalmente el coste total del primer
Plan General de Carreteras. Cuando el Tribunal de Cuentas lo declara, a
lo largo de todo el informe y en varios apartados y argumentos, antes de
las recomendaciones que finalmente resuelve presentar, nosotros
encontramos que éste es un problema importante y lo queremos subrayar.

Hay absoluta imparcialidad material por parte del Tribunal de Cuentas
para la fijación total del coste del primer Plan General de Carreteras y,
por tanto, son criterios aproximados, son criterios a través de
evaluaciones y criterios de comparación, de estimación, que el Tribunal
de Cuentas realiza, pero en ningún caso se puede cerrar una cantidad y
asignarle a la misma el título de coste total del primer Plan General de
Carreteras.

En la tramitación, en la adjudicación y en la contratación se han puesto
de manifiesto a lo largo del informe de fiscalización del propio Tribunal
numerosas deficiencias. Nosotros queremos recoger esas indicaciones en la
propuesta de resolución y proponemos que las Cortes Generales insten al
Gobierno para que adopte las medidas necesarias al efecto de corregir en
un futuro las irregularidades administrativas puestas de manifiesto por
la actividad fiscalizadora del propio Tribunal de Cuentas en el primer
Plan General de Carreteras.

Un aspecto fundamental que, de acuerdo con el tenor explícito del propio
informe, se pone de manifiesto es el incumplimiento de sistemas de
control, por lo que nuestra propuesta va en el sentido de que se
establezcan adecuados sistemas de control, que se pueda realizar una
seguimiento interno de la ejecución de planes de esta índole o
naturaleza, porque no ha sido posible en esta ocasión realizarlo, por la
variación de los parámetros, por la escasa facilidad en la remisión de
datos, en muchas ocasiones. Proponemos también la realización de una
adecuada labor planificadora en planes de esta naturaleza, al efecto de
poder evitar en el futuro desviaciones presupuestarias de la magnitud que
se manifiestan y se presentan en el propio informe de fiscalización del
Tribunal. Igualmente pedimos la adopción de medidas necesarias para que
se otorgue virtualidad y práctica a los procedimientos sancionadores e
indemnizaciones, ya que el propio Tribunal remarca que en muchísimos
casos no ha sido posible llevarlos a cabo.

Por último, en nuestra propuesta de resolución manifestamos la escasa
colaboración que determinadas autoridades han facilitado al Tribunal de
Cuentas, por lo que consideramos que se menoscaba la posibilidad de
llevar a cabo una verificación y una fiscalización, tal como es su
función y su misión. De acuerdo con la ley que regula al Tribunal de
Cuentas, debe encontrar unos parámetros de colaboración adecuada para
poder llevar a buen término la labor de fiscalización que al propio
Tribunal de cuentas corresponde y compete.

Este es el sentir general, basado siempre en el informe y en las
apreciaciones del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas y que,
de forma sintética y a modo de compendio, presenta el Grupo Parlamentario
Popular como propuesta de resolución en los términos a los que acabo de
hacer referencia.




El señor PRESIDENTE: Ahora, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista,
tiene la palabra don Emilio Pérez Touriño.




El señor PEREZ TOURIÑO: Hemos tenido oportunidad de disponer de un
informe de fiscalización de un plan que yo creo que es conveniente
recordar una vez más que es un plan complejo, muy ambicioso, de duración
temporal muy extensa y con un volumen muy elevado de recursos económicos.

No voy a referirme nuevamente --lo hice en la sesión anterior-- al coste
y al cumplimiento del plan. Tan sólo quiero recordar que la valoración de
eficacia que hace el informe del Tribunal, desde la perspectiva de
nuestro grupo parlamentario, es que, a 31 de diciembre de 1992, ha sido
un plan con un grado de realización muy alto y, por tanto, de eficacia
elevada en el cumplimiento de sus objetivos. No voy a reiterar las
razones y las argumentaciones que hacía el otro día para que este grupo
parlamentario explicara su posición y respecto al coste tampoco quiero
extenderme.

Sí quiero decir una vez más que es un plan que ha venido determinado en
modificaciones sustantivas, externas a la propia lógica y naturaleza del
plan, modificaciones sustantivas de carácter externo, derivadas de lo que
este país, España, ha cambiado entre los años 1984 y 1992, en que
realmente se da por finalizado el Plan General de Carreteras, en términos
de licitación y obra contratada, no de obra finalizada. Es un país que ha
conocido mutaciones radicales y sustantivas entre los años 1984 y 1994, a
lo largo de toda la década, y lógicamente un plan de carreteras, que, si
quiere ser algo pegado al terreno, tiene que ser un plan vivo y flexible,
que tiene que ir respondiendo a esas nuevas necesidades en la oferta y en
la demanda, es muy difícil que no tuviese variaciones sustantivas también
en el terreno de su coste.

En relación con el coste, quiero decir que, cuando en los años 1995, 1996
e incluso en 1997 se está pendiente de obras que están en ejecución del
propio Plan de Carreteras y, por tanto, pendiente todavía de las
certificaciones finales de liquidación, ni el Tribunal de Cuentas, ni la
propia Administración, ni, al día de hoy, nadie, puede establecer el
coste definitivo de cierre del Plan General de Carreteras. Es imposible
de todo punto.

Se pueden hacer previsiones y estimaciones, que es lo que ha hecho la
Dirección General de Carreteras y el Tribunal



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de Cuentas las ha asumido. Esa es una cuestión, pero, lógicamente, no se
puede pedir que digamos cómo van a terminar otras en curso, desde el
punto de vista de la previsión de su coste exacto.

Se trata de una auditoría integral, que ha tenido tres objetivos, y, para
explicar la posición del Grupo Parlamentario Socialista, quiero recordar
que la fiscalización, en sus propios términos y en palabras de la
Presidencia, no presenta resultados alarmantes y es --dicho en términos
más coloquiales-- limpia, desde el punto de vista de la legalidad y de su
cumplimiento.

Se dice en el informe, y trato de ser muy fiel a su tenor literal, que
existen determinadas limitaciones y deficiencias en datos y en
información disponibles, que existen carencias en mecanismos de control y
en seguimiento del plan y en su ejecución y finalmente que existen
incumplimientos y ausencias en procedimientos y en normativas puntuales,
concretas y señaladas. Por ninguna parte se menciona, con rango realmente
importante o sustantivo, la existencia de ilegalidades o de
irregularidades en la gestión del plan de carreteras. Por eso no nos
parece adecuada la cualificación precisa, en términos de irregularidad,
como valoración general, que se establece en la resolución del Grupo
Parlamentario Popular, a la que luego me referiré.

Las recomendaciones que propone el Tribunal de Cuentas --y cito de nuevo
textualmente a la Presidencia-- consisten en la adopción de una serie de
medidas con la finalidad de mejorar la gestión económica y financiera
relacionada con la elaboración y la ejecución de futuros planes de
carreteras. Esto es el frontispicio de lo que propone el propio Tribunal
de Cuentas y, en ese sentido, ése es el fundamento de las propuestas de
resolución que presenta el Grupo Parlamentario Socialista, recogiendo el
tenor literal de las propuestas del Tribunal, en dos campos básicos.

Primero, el de la planificación y el seguimiento del plan y, segundo, el
de la ejecución y la legalidad e instrumentación normativa de futuros
planes de carreteras. En esos dos terrenos es en los que hemos presentado
las correspondientes propuestas de resolución, al hilo del espíritu y del
tenor literal de las recomendaciones del Tribunal.

En relación con la propuesta de resolución del Grupo Parlamentario
Popular, podríamos apoyar su primer bloque, estaríamos de acuerdo, salvo
en la cualificación de irregularidades de forma genérica y global, que
creemos que no es acorde ni se desprende del contenido del informe del
Tribunal de Cuentas.

Creemos que debemos ser rigurosos, y propondríamos, para poder ayudar al
Grupo Popular, la sustitución del calificativo de irregular, que tiene
una significación precisa en términos procedimentales, por otra
calificación más acorde desde nuestro punto de vista con las valoraciones
que hace el dictamen del Tribunal de Cuentas.

Lo que en ningún caso compartimos, por injusto y por ser totalmente
inadecuado y no acorde con lo que dice el informe del Tribunal, es el
segundo párrafo de la propuesta de resolución del Grupo Parlamentario
Popular. Proponemos su retirada, para poder votar positivamente. Afirmar
que el Tribunal dice que las autoridades pertinentes no han colaborado en
este informe nos desconcierta de manera importante. No sé en qué página,
en qué páginas, en qué parte del informe se apoya el Grupo Popular,
porque no hay una sola línea de las conclusiones, no hay una sola línea
de las recomendaciones, ni hay ningún sitio en el informe en el que se
diga, y cuando el Tribunal lo quiere hacer, lo dice normalmente, que no
ha existido colaboración por parte de la Dirección General de Carreteras
en este informe. Me atrevo a más, me atrevo a decir a SS. SS. que en este
informe se trasluce claramente una voluntad cooperante y colaboradora de
la Dirección General de Carreteras. Por tanto, debo atribuir sólo a un
error del grupo proponente que se establezca de forma singular la
ausencia de la colaboración debida por parte de las autoridades de la
Dirección General de Carreteras en esta cuestión.

Respecto a la propuesta de Izquierda Unida, en los términos en que está
redactada puede o debe entenderse que se refiere a la petición de una
ampliación respecto al actual plan. Si, tal y como ha aclarado el
proponente en su intervención oral, es de cara al futuro, sí nos parece
que puede ser interesante y razonable y la apoyaríamos, pero en ese caso
quizá fuera pertinente que se dijera que se refiere a futuros planes de
carreteras. En ese caso, la apoyaríamos.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora al resto de grupos parlamentarios
que no han presentado propuestas de resolución la fijación de posiciones.

Tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Catalán, Convergència i
Unió, el Senador don Salvador Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Intervengo para fijar la posición de mi grupo
respecto a las propuestas presentadas por los Grupos Parlamentarios de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, Popular y Socialista.

En cuanto a la propuesta de resolución número 1, de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, que en este caso pasa a ser la única por
haberse retirado la segunda, creemos que no ha lugar a esta propuesta.

Quizá sea redundante, pero finalmente no la vamos a apoyar. Pide, y nos
parece bien, que se complementen los informes o las investigaciones que
se hagan en el futuro a través de una cierta manera aleatoria o muestreo
de algunos proyectos que tengan una cierta envergadura. Yo pienso que
éste es el sistema en que viene actuando el propio Tribunal de Cuentas;
es decir, a la hora de hacer la fiscalización o el informe de trámite
lógicamente va a manejar un muestreo de las obras, de los proyectos que
considere más significativos o más importantes. Por tanto, entiendo que
éste debe ser ya uno de los caminos de actuación del propio Tribunal. En
esta línea, no la vamos a apoyar.

La segunda era realmente importante y, aunque esté retirada, si me lo
permite el señor Presidente, quiero decir que realmente iba más allá y
pedía una cierta modificación legislativa para que incluso, yo así lo
entendía, tuviera incidencia en la propia Ley de contratos del Estado.

Esto requeriría otro tipo de iniciativa parlamentaria y quedaba fuera del
marco de esta Comisión.

Por tanto, vamos a decir que no a la número 1 de Izquierda Unida; vamos a
apoyar la número 3, del Grupo Parlamentario Popular, considerando por
nuestro parte, se



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lo digo a la portavoz, excesiva la introducción. Parece que tengamos
delante no tanto una propuesta de resolución sino casi, casi el propio
debate más o menos ampliado, ya no digo reducido, que hubo en su momento
cuando se analizó el informe. Pero, en el fondo y en definitiva, se están
pidiendo medidas correctoras y de colaboración y ello sí nos permite
apoyarlo favorablemente; también lo vamos a hacer con las del Grupo
Parlamentario Socialista, que, como ha dicho su portavoz, se remiten a
las recomendaciones del propio Tribunal de Cuentas.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora a los grupos proponentes fijar su
posición respecto a las enmiendas que ha presentado el resto de los
grupos parlamentarios.

Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra el señor Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: En primer lugar, quiero ratificar que la
propuesta de resolución, para que fuera más clara, empezaría: Para el
futuro, es necesario. Quizá es una aclaración pertinente para evitar
confusiones. Retiramos la segunda, porque esperamos convertirla en una
proposición no de ley para discutirla en la Comisión de Infraestructuras.

Apoyaremos las iniciativas del Grupo Parlamentario Socialista y nos
abstendremos en la del Grupo Parlamentario Popular, a expensas de ver los
matices que se puedan introducir.




El señor PRESIDENTE: Señor Santiso, tendría que manifestarnos, quizá por
escrito, exactamente cómo quedaría la propuesta de resolución presentada
por su grupo, a fin y efecto de que no puedan existir confusiones a la
hora de remitirlo al Tribunal de Cuentas.




El señor SANTISO DEL VALLE: Lo puedo hacer por escrito, pero se trataría
sólo de añadir estas palabras al principio: Para el futuro, es necesario.




El señor PRESIDENTE: Muy bien, señor Santiso.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la Diputada doña
Mercedes Fernández, para hacer las observaciones que considere necesarias
en relación con la enmienda transaccional que ha presentado el Grupo
Parlamentario Socialista.




La señora FERNANDEZ GONZALEZ: De forma muy breve, mucho más breve que la
exposición previa a la propuesta de resolución que el Grupo Parlamentario
Popular presenta a la consideración de esta Comisión Mixta, voy a
anunciar que el Grupo Parlamentario Popular mantiene la propuesta de
resolución en los propios términos que conocen los miembros de esta
Comisión y, muy sintéticamente, que rechazamos la propuesta que desde el
Grupo Parlamentario Socialista se hace a dos términos en concreto que se
recogen en nuestra propuesta de resolución. Al portavoz socialista le
parece inadecuada --y así lo ha dicho-- una cuestión que para nosotros no
es semántica, sino de fondo; dice que no entiende la razón por la cual
nosotros establecemos que irregularidades administrativas han sido
puestas de manifiesto por la actividad fiscalizadora del Tribunal de
Cuentas en el primer Plan General de Carreteras. Estas irregularidades
aparecen explícitas en el tenor literal de la redacción del propio
Tribunal en sus conclusiones. Concretamente dice, en la página 105: Con
independencia de ello, las pruebas realizadas han permitido comprobar que
la Dirección General de Carreteras ha vulnerado en ocasiones los
principios generales de contratación administrativa. Entre los
incumplimientos de la legislación de contratos del Estado destacan los
relativos a... Y pasa a enumerar una serie de irregularidades, de
alegalidades o, en todo caso, de contrataciones al margen de la
legislación vigente.

Nosotros creemos que la redacción, irregularidades administrativas, es
absolutamente precisa y adecuada conforme al tenor del informe de
fiscalización que el propio Tribunal de Cuentas presenta.

Por lo que se refiere a la última parte de nuestra propuesta de
resolución, a la escasa colaboración de determinadas autoridades,
encuentra igualmente su soporte en el propio tenor literal del informe de
fiscalización del Tribunal de Cuentas, cuando en la página 103 establece,
entre otras consideraciones, las siguientes: Ni los datos de contabilidad
presupuestaria, ni los que se recogen en los documentos de seguimiento de
la Dirección General de Carreteras han permitido conocer la información
indicada. Se estaba refiriendo al coste del plan y a la cuantificación
exacta del importe invertido en su ejecución y su distribución por
programas.

Pese a la salvedad que hace el portavoz socialista, referida a una
ampliación en los plazos por lo que a ejecución y desarrollo del propio
plan se refiere, entendemos que, por seguridad jurídica y por acotar el
período de fiscalización del Tribunal de Cuentas, al menos debería
haberse podido cerrar el coste total, al último día de fiscalización del
Tribunal de Cuentas, de las obras que estuviesen realmente ejecutadas.

Decir lo contrario sería poner en duda la efectividad y la eficiencia del
instrumento de fiscalización del Tribunal de Cuentas, toda vez que cada
uno puede modificar los parámetros temporales a su antojo, según
criterios subjetivos muy respetables, pero el Tribunal debe moverse
siempre conforme a un plan diseñado, a unos criterios objetivos, y
evaluar esto, no dentro de criterios móviles, sino dentro de los
criterios estáticos, lo más precisamente acotados en el tiempo y en la
ejecución.

Vamos a rechazar --y con ello finalizo, señor Presidente-- la propuesta
de resolución que presenta el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida,
porque entendemos que la filosofía de la propia labor fiscalizadora del
Tribunal de Cuentas, y así lo pone de manifiesto en el propio informe, es
que se ha realizado sobre un muestreo de una serie de contratos, y dice
su número, y que se ha hecho con un criterio aleatorio. Por ello nos
parece que es redundante esta propuesta de resolución, puesto que este ha
sido, y no otro, el mecanismo de trabajo y de actuación por el que el
Tribunal de Cuentas realiza las recomendaciones y las conclusiones que
hoy estamos examinando.




El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación de las diferentes propuestas
de resolución.




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En primer lugar, la propuesta de resolución número 1, presentada por el
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, con la incorporación
de la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en
contra, 16.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votamos a continuación la única propuesta de resolución que ha presentado
el Grupo Parlamentario Popular, que consta, como ustedes saben, de dos
apartados.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en
contra, 12; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Pasamos a continuación a la votación de las propuestas de resolución
números 1 y 2, del Grupo Parlamentario Socialista, conjuntamente, ya que
ningún grupo ha pedido la votación separada.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en
contra, 14.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.




--INFORME DE FISCALIZACION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICO-FINANCIERA DEL
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA EN RELACION CON LAS OBRAS DE REMODELACION DE LA
PLAZA DE LA SEO Y ADECUACION DEL FORO ROMANO DE ZARAGOZA. (Número de
expediente Congreso 251/000009 y número de expediente Senado 771/000009.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día:
Propuestas de resolución respecto al informe de fiscalización de la
actividad económico-financiera del Ayuntamiento de Zaragoza en relación
con las obras de remodelación de la Plaza de la Seo y adecuación del Foro
Romano de Zaragoza.

Por orden de presentación de enmiendas, por el Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el señor
Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Con mucha brevedad.

Creo que era un informe tan elocuente en sí mismo que no necesita mucha
justificación, solamente apoyar las propias recomendaciones del Tribunal
de Cuentas, que insta al Ayuntamiento de Zaragoza a que atienda dichas
recomendaciones. La propia presidenta informó de que ya tiene la vía
jurídica conveniente. Por ello, hemos presentado estas dos propuestas de
resolución.




El señor PRESIDENTE: Para defender las propuestas presentadas por el
Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Diputado don Fernando
Gimeno.




El señor GIMENO MARIN: Aprovecharé el turno para fijar nuestra posición
respecto a las propuestas que ha presentado el portavoz del Grupo de
Izquierda Unida y para justificar la propuesta de mi grupo.

Sobre las propuestas que ha hecho el portavoz del Grupo de Izquierda
Unida, simplemente quiero indicar que la opinión de mi grupo, y desde
luego la mía, es que es difícil que esta Comisión pueda requerir al
Ayuntamiento de Zaragoza que cumpla una resolución. Digo que creo que es
imposible porque las corporaciones locales tienen capacidad de decisión
propia, igual que las comunidades autónomas. A mí me parece, con toda la
prudencia y todas las matizaciones que se quiera, que esta Comisión no
puede hacer ese requerimiento. Quizá sea oportuno que en esta Comisión
pudiéramos ponernos de acuerdo todos los grupos acerca de la posición que
deberíamos adoptar en relación con las propuestas o informes que
determinadas entidades presenten en esta Cámara. Lo digo porque si no
vamos a tener este problema con frecuencia.

Querría decir al portavoz del Grupo de Izquierda Unida que el
Ayuntamiento de Zaragoza, que conoce el informe del Tribunal de Cuentas
porque es obligación de éste remitírselo, lo ha considerado y lo ha
debatido en su Pleno, tomando las decisiones que ha estimado oportunas.

Por supuesto que cada uno de los grupos aquí presentes podemos tener la
opinión que sea respecto a las decisiones que haya tomado el
Ayuntamiento. Pero como los grupos de los partidos ya se han pronunciado
en el Ayuntamiento de Zaragoza, a mí me da la impresión que sería mejor
no entrar mucho en ese debate. En cualquier caso, la única preocupación
que tiene mi grupo al respecto es guardar los aspectos formales en todo
este tipo de cuestiones, para que tanto el papel del Tribunal de Cuentas
como el de esta Comisión se realce al máximo y el papel institucional sea
relevante.

En cuanto a la propuesta sobre remisión a la Fiscalía General del Estado,
el portavoz de mi grupo ya ha hecho una referencia a este tema
anteriormente con carácter general. Lo que yo sí diría es que comparto,
por supuesto, su posición; la Fiscalía General del Estado sí que ha
actuado, el matiz es que sí que ha actuado. La Presidenta del Tribunal de
Cuentas nos informó de que la Fiscalía del Tribunal de Cuentas había
remitido, vía Fiscal General del Estado --porque la Fiscalía del Tribunal
de Cuentas es Fiscalía General del Estado, lo digo a efectos formales--,
los temas a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Por
ello, no parece muy adecuado que se lo reiteremos porque, como he dicho,
ya lo ha hecho. Mi posición, que coincide con la del portavoz de mi
grupo, es que no procede requerir a la Fiscalía, cuando ésta ha actuado
ya, aunque hubiera actuado en posición contraria. Podía haber ocurrido
que en este caso hubiera actuado en posición contraria, porque la
Fiscalía, tanto por la ley del propio Tribunal de Cuentas como por el
papel que se le asigna en la ley de organización de ese Tribunal, forma
parte del mismo, con la obligación legal de, si tuviera conocimiento de
algún indicio de posible delito, comunicarlo. Es más, si no lo hiciera
estaría incurriendo en prevaricación. Esa es mi opinión.




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Tengo más dudas, y en eso coincido con el portavoz de Izquierda Unida,
porque a lo mejor la Cámara sí que puede. Ese tema será necesario que se
aclare en esta Comisión y posiblemente en la Cámara, puesto que no me
atrevo a opinar más, después de haber escuchado la opinión que tiene el
letrado. Yo creo que no se puede indicar a la Fiscalía, ni al Tribunal,
lo que tiene que hacer en los temas que actúa como órganos
jurisdiccional, porque el Tribunal de Cuentas tiene competencias
jurisdiccionales, el Tribunal puede hacer lo que quiera en los temas en
que actúa con propia competencia jurisdiccional, que son distintos de los
temas de los que hace informes de fiscalización por mandato de esta
Comisión, que puede perfectamente dar órdenes al propio Tribunal e
incluso puede modificar sus recomendaciones. Esta Comisión tiene
capacidad para dictar las recomendaciones que estime pertinentes y, por
supuesto, el Tribunal también la tiene para considerarlas o no, porque
los informes del Tribunal se publican tal cual, diga lo que diga esta
Comisión. Es decir, la posición del Tribunal queda perfectamente fijada,
aunque lo importante son las resoluciones de esta Comisión. Son matices
formales.

En cualquier caso, señor Presidente, mi grupo ya ha manifestado su
posición sobre el informe del Tribunal, somos totalmente respetuosos con
ese informe. Manifestamos nuestro acuerdo con las conclusiones y
recomendaciones del Tribunal y pensamos que el portavoz de Izquierda
Unida podría reconsiderar su posición.

Sin embargo, nuestro grupo ha presentado una propuesta de resolución que,
en mi opinión, es fácilmente aprobable por los grupos, porque lo que dice
al Tribunal es que vuelva a informar a la Comisión de las conclusiones a
que se llegue cuando se desarrolle aquello sobre lo que aquí nos informó.

Me parece que eso es fácilmente aprobable por los grupos y quizá sea una
obligación que esta Comisión indique que el propio Tribunal informe de
las conclusiones a las que llega. Sin ninguna duda, el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular sabe por qué lo digo.




El señor PRESIDENTE: Corresponde al resto de grupos parlamentarios fijar
la posición respecto a las propuestas de resolución presentadas por los
diferentes grupos.

Por el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió, tiene la
palabra el Senador don Salvador Carreras.




El señor CARRERA I COMES: Brevísimamente voy a decir que nos vamos a
abstener respecto a las propuestas de resolución de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya. En cuanto a la número 2, con la misma
argumentación que, en su momento y en un trámite anterior, he manifestado
sobre otra propuesta de resolución similar. Sobre la número 1, a mí me
quedan muchísimas dudas de si nosotros podemos instar realmente a un
ayuntamiento que atienda las recomendaciones que pueda hacer el propio
Tribunal de Cuentas. Creo que todos estaríamos de acuerdo en que sí sería
bueno poder dirigirnos al propio ayuntamiento en el sentido de que
prestara la debida atención a las recomendaciones o al informe que le
llegue del Tribunal, pero veo difícil que estemos dentro de la legalidad
al instar directamente por nuestra parte. Pienso que no ha lugar. Por
esto y entendiendo que, en el fondo, estaríamos de acuerdo, no podemos
apoyar esta iniciativa y nos vamos a abstener.

Vamos a votar favorablemente la propuesta del Grupo Parlamentario
Socialista en la que se requiere que se informe de las conclusiones a que
se llegue.

Este será el sentido de nuestro voto, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, para fijar
posiciones, tiene la palabra el Diputado don Gustavo Alcalde.




El señor ALCALDE SANCHEZ: Este lamentable caso que nos ocupa de nuevo es,
como decíamos el pasado 10 de octubre, un ejemplo manifiesto de cómo no
deben manejarse los fondos públicos, de cómo desde un gobierno municipal,
con mayoría socialista y con alcalde socialista, cuestiones ambas que es
conveniente no olvidar, se vulneró de cabo a rabo la legislación vigente,
además de gastar indebidamente 600 millones de pesetas más de lo
presupuestado, exactamente el doble. Esta vergonzante actuación, que me
temo que no es sino la punta de lanza de una serie de actuaciones del
anterior gobierno municipal, que, siento anunciárselo a SS. SS. --ojalá
me equivoque--, dará trabajo suplementario al Tribunal de Cuentas y
ocupará futuras reuniones de esta Comisión, lleva camino de convertirse
en un culebrón pues, como la señora García Crespo anunciaba en la última
Comisión, además de la responsabilidad por alcance, iniciada por el
Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el propio Tribunal de Cuentas
también iniciará la apertura de un procedimiento de pieza separada, con
independencia de las actuaciones judiciales que aprobó el Pleno del
Ayuntamiento de Zaragoza el 28 de junio pasado.

Ante esa batería de actuaciones jurisdiccionales, mi grupo no ha
presentado ninguna propuesta de resolución, ya que consideramos, señoras
y señores Diputados y Senadores, que hemos de dejar actuar a los citados
órganos jurisdiccionales y esperar a que éstos, con la debida diligencia,
determinen las responsabilidades de distinta índole a que haya lugar.

Refiriéndome concretamente a nuestra posición sobre las propuestas de
resolución, en las de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya pedimos
votación separada; no podemos apoyar la primera porque el Ayuntamiento de
Zaragoza ya ha atendido las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, como
ya comenté detenidamente en mi intervención del pasado día 10. No tiene
sentido instar a hacer algo que ya se ha hecho, además de la práctica
habitual de esta Comisión de no instar a ayuntamientos y comunidades
autónomas, como ha comentado el señor Gimeno. En cuanto a la segunda, mi
grupo parlamentario se va a abstener, pues ya están en marcha distintas
iniciativas jurisdiccionales ya comentadas, con lo que la Fiscalía ya
está al tanto del caso que nos ocupa.

La propuesta de resolución del Grupo Parlamentario Socialista, sin duda
la vamos a apoyar, puesto que siempre



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es positivo tener la mayor información posible de los distintos pasos que
pueda dar el Tribunal de Cuentas en este asunto.




El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos a la votación de las
diferentes propuestas de resolución, empezando por las presentadas por el
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, que se votarán por
separado.

Votación de la propuesta de resolución número 1, presentada por dicho
Grupo.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en
contra, 25; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

A continuación, pasamos a la votación de la propuesta de resolución
número 2, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en
contra, 12; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: La propuesta de resolución número 2 ha sido
rechazada.

Ahora vamos a votar la propuesta de resolución presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Dicha propuesta de resolución ha sido aprobada por
unanimidad.




--INFORME DE FISCALIZACION DEL TRATAMIENTO CONTABLE APLICADO POR EL
INSTITUTO NACIONAL DE INDUSTRIA A SU CARTERA DE VALORES Y A LAS
TRANSFERENCIAS RECIBIDAS Y SU ADECUACION AL PLAN DE CONTABILIDAD VIGENTE,
DURANTE LOS EJERCICIOS 1991 A 1993. (Número de expediente Congreso
251/000010 y número de expediente Senado 771/000010.)



El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al siguiente punto del orden
del día.

Al no presentarse ninguna propuesta de resolución al respecto, lo podemos
dar por cerrado para que pueda pasar rápidamente al trámite de
publicaciones en los diferentes boletines oficiales.

Como la Presidenta del Tribunal de Cuentas está citada para las seis de
la tarde y hay algunas cuestiones pendientes e importantes que afectan al
orden del día respecto a su comparecencia, sugiero la suspensión de la
Comisión hasta las seis de la tarde y mientras tanto nos reuniríamos la
Mesa y portavoces para decidir cómo modificamos el orden del día en ese
punto.




Se suspende la sesión.

Se reanuda la sesión.




COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (GARCIA
CRESPO), PARA INFORMAR SOBRE:



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES LOCALES DEL 28 DE MAYO DE 1995. (Número de expediente Congreso
251/000021 y número de expediente Senado 771/000020.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES A LAS CORTES DE ARAGON, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO DE 1995.

(Número de expediente Congreso 251/000023 y número de expediente Senado
771/000021.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES A LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, CELEBRADAS EL
28 DE MAYO DE 1995. (Número de expediente Congreso 251/000024 y número de
expediente Senado 771/000022.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES AL PARLAMENTO DE LAS ISLAS BALEARES, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO
DE 1995. (Número de expediente Congreso 251/000025 y número de expediente
Senado 771/000023.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES A LA ASAMBLEA REGIONAL DE CANTABRIA, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO
DE 1995. (Número de expediente Congreso 251/000026 y número de expediente
Senado 771/000024.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES A LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO
DE 1995. (Número de expediente Congreso 251/000027 y número de expediente
Senado 771/000025.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES A LAS CORTES DE CASTILLA Y LEON, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO DE
1995. (Número de expediente Congreso 251/000028 y número de expediente
Senado 771/000026.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES



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A LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO DE 1995. (Número
de expediente Congreso 251/000029 y número de expediente Senado
771/000027.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES A LA DIPUTACION GENERAL DE LA RIOJA, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO
DE 1995. (Número de expediente Congreso 251/000030 y número de expediente
Senado 771/000028.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES A LA ASAMBLEA DE MADRID, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO DE 1995.

(Número de expediente Congreso 251/000031 y número de expediente Senado
771/000029.)



--INFORME DE FISCALIZACION DE LAS CONTABILIDADES ELECTORALES DE LAS
ELECCIONES A LA ASAMBLEA REGIONAL DE MURCIA, CELEBRADAS EL 28 DE MAYO DE
1995. (Número de expediente Congreso 251/000032 y número de expediente
Senado 771/000030.)



El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión, y doy la bienvenida a la
Presidenta del Tribunal de Cuentas, doña Milagros García Crespo.

Por acuerdo unánime de los portavoces de los distintos grupos
parlamentarios, hemos agrupado el informe de la segunda parte del orden
del día, respecto a las elecciones municipales y elecciones autonómicas.

Tiene la palabra la Presidenta del Tribunal de Cuentas, doña Milagros
García Crespo.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Buenas
tardes, señores Diputados.

Este informe que se presenta de las elecciones locales se aprobó en el
Pleno del Tribunal de Cuentas hace menos de un mes, el 26 de septiembre,
y lo hemos realizado en cumplimiento de lo que dispone la Ley Orgánica
del Régimen Electoral General, en adelante Loreg.

La ley encomienda al Tribunal de Cuentas que, en el ejercicio de su
función fiscalizadora, se pronuncie sobre la regularidad de las
contabilidades electorales, y señala que en caso de apreciar
irregularidades en la contabilidad o violaciones de las restricciones
establecidas en materia de ingresos y gastos electorales, podrá proponer
la no adjudicación o reducción de la subvención estatal a la formación
política de que se trate. Los resultados de la formación deberán
comprender la declaración de los gastos regulares justificados por cada
formación política.

Para la fiscalización de las contabilidades electorales de las elecciones
locales y de las elecciones a las asambleas de Ceuta y Melilla,
celebradas el 28 de mayo de 1995, se ha tenido en cuenta la normativa
general de los procesos electorales y la normativa específica promulgada
con motivo de las citadas elecciones. Estas últimas, referidas a la
convocatoria de las elecciones y a la actualización de subvenciones y
límite de los gastos electorales. También se han tenido presente los
acuerdos de las juntas electorales, central y provinciales, adoptados en
el ejercicio de las competencias que les atribuye la Loreg.

Las directrices técnicas para la fiscalización de las contabilidades
electorales celebradas el 28 de mayo de 1995, se establecieron por el
Tribunal de Cuentas en abril de aquel año. En aquella misma fecha de
adoptó un acuerdo sobre los criterios de fiscalización, con la finalidad
de homegeneizar la interpretación de las obligaciones legales sobre
ingresos y gastos electorales y facilitar su cumplimiento a las distintas
formaciones políticas. Este acuerdo, que se tomó antes de las fechas de
las elecciones, fue dado a conocer a la Junta Electoral Central y a todas
las formaciones políticas que debían presentar ante el Tribunal de
Cuentas contabilidad detallada y documentada de los respectivos ingresos
y gastos electorales. En dicho acuerdo se incluía la documentación que
debían remitir al Tribunal. Quiero precisar que cuando hablo de
formaciones políticas me estoy refiriendo, de forma genérica, a partidos,
federaciones, coaliciones, asociaciones o agrupaciones de electores.

Para poder emitir el pronunciamiento que la Loreg requiere al tribunal,
sobre regularidad de las contabilidades electorales, la fiscalización ha
intentado, como objetivos, los siguientes: en primer lugar, analizar el
cumplimiento de la legalidad, tanto de lo que es la legalidad electoral
como la normativa general aplicable; en segundo lugar, la
representatividad de las cuentas rendidas y, en tercer lugar, el grado de
justificación documental que acompaña a las cuentas.

La fiscalización de este proceso se ha visto afectada por la celebración,
en la misma fecha, de elecciones a asambleas legislativas de determinadas
comunidades autónomas y a las juntas generales de los territorios
históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya. Esta coincidencia ha
condicionado la determinación del límite máximo de gastos, el análisis de
su cumplimiento --que se hace de forma conjunta-- y la imputación de los
gastos electorales en función del proceso electoral a que correspondan.

Como ustedes saben --hablaremos luego de ello-- el Tribunal de Cuentas ha
fiscalizado las contabilidades de los procesos electorales
correspondientes a diez asambleas legislativas u otros órganos
representativos análogos de diez comunidades autónomas, por no disponer
la comunidad autónoma de órgano de control propio o porque la ley
electoral de la comunidad no atribuye competencias en esta materia a su
órgano de control.

Volviendo a la fiscalización de las contabilidades electorales de las
elecciones locales, se ha analizado el cumplimiento de los distintos
extremos que están regulados en la Loreg. De esta manera, el análisis ha
alcanzado a lo que se establece en materia de recursos de la campaña
electoral, en materia de gastos electorales, en relación con la tesorería
de campaña, y respecto al cumplimiento por terceros de las obligaciones
previstas en la norma. También se ha verificado la adecuación de los
registros contables a la naturaleza



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económica de las operaciones y la documentación justificativa
correspondiente.

Los aspectos analizados se detallan en el informe, indicando los
criterios que ha aplicado el Tribunal de Cuentas en todos los casos.

Algunos de estos criterios vienen claramente fijados en la ley; otros son
resultado de la interpretación que da el Tribunal de Cuentas a los
preceptos de dicha ley. En todo caso, estos criterios fueron dados a
conocer, como ya he indicado, a todas las formaciones políticas el 28 de
abril de 1995, por tanto, antes de la celebración de los comicios.

Por las propias características de lo que son unas elecciones locales,
resulta que el número de grupos, partidos o coaliciones que pueden ser
fiscalizados por haber obtenido, al menos, un concejal, asciende a 1.559.

De esos 1.559, 709 han rendido cuentas al tribunal y 850 no lo han hecho.

El informe recoge el resultado de la fiscalización de las 709
contabilidades rendidas, y en vista de la profusión de agrupaciones o de
partidos que había que haber estudiado, haciendo una separación en razón
del volumen de gasto realizado. Así, hemos hecho por un lado un
tratamiento de aquellas que tienen más de un millón de gasto declarado en
las elecciones locales. Nos han resultado 85 formaciones políticas de
este tipo, y a las 624 restantes, cuyo gasto es inferior al millón de
pesetas, se les ha hecho un tipo de fiscalización de las cuentas mucho
más reducido y se les han exigido muchos menos comprobantes, e igualmente
se ha sido menos riguroso a la hora de establecer sanciones o
penalizaciones, dadas las escasas cuantías a las que tendrían derecho.

Las 624 formaciones políticas que se analizan aparte y de una manera más
breve sólo han concurrido a las elecciones locales, mientras que entre
las 85 formaciones de las que se ha hecho un análisis detallado, 32
concurrieron también a los otros procesos electorales que tuvieron lugar
el mismo día.

Con independencia del pronunciamiento que el Tribunal de Cuentas realiza
para cada formación política respecto a la contabilidad rendida y
respecto a los distintos aspectos analizados, el informe recoge una serie
de conclusiones generales que resumo brevemente.

En relación con las obligaciones contables, resulta que de las 709
formaciones políticas que han rendido su contabilidad, 133 lo han hecho
fuera de plazo. Como he dicho antes, las otras 850 no han presentado
contabilidad detallada y documentada, y todas ellas están identificadas
en el segundo tomo del informe. Por otra parte, diversas formaciones
políticas que han concurrido a varios procesos electorales han presentado
la contabilidad conjunta y única; ello, en algunos casos, supone una
seria limitación para poder realizar la fiscalización de las cuentas.

Finalmente, en varios casos no se ha realizado una contabilidad
diferenciada de los gastos por envíos directos y personales de los
restantes gastos que se derivan de la actividad ordinaria electoral, lo
que también dificulta el trabajo de verificación que tenemos que realizar
en el tribunal.

De una manera general, y en relación con los ingresos, se ve que es
bastante común el incumplimiento en la acreditación documental de la
procedencia de las aportaciones de las formaciones políticas a su propia
campaña electoral y con carácter general tampoco se realiza la
identificación completa de las aportaciones privadas; identificación que,
tal como señala la ley, debe ser el nombre, el DNI y el domicilio de cada
aportante privado.

En relación con la tesorería de campaña, se observa que diversas
formaciones políticas utilizan una cuenta corriente conjunta para los dos
procesos electorales que han tenido lugar, lo que dificulta la
comprobación de los movimientos bancarios que se puedan imputar a cada
proceso electoral. Muchas formaciones políticas de menor implantación
incluso no han abierto cuenta corriente específica para los procesos
electorales. En la mayor parte de las formaciones políticas quedan pagos
pendientes de realizar con posterioridad al límite temporal que marca la
ley.

En relación con obligaciones de terceros, señalamos que en determinadas
entidades financieras se ha incumplido la obligación de remitir al
Tribunal de Cuentas la información detallada de los créditos que han
concedido a las formaciones políticas para las elecciones locales. En
mayor medida que las entidades financieras, las empresas que facturaron a
las formaciones políticas con importe superior a un millón de pesetas,
han incumplido muchas veces su notificación al tribunal.

En relación a las propuestas formuladas por el Tribunal de Cuentas, debo
señalar que para cada formación política se indica si el Tribunal de
Cuentas formula o no alguna de las propuestas que están previstas en el
artículo 134.2 de la Loreg. Estas propuestas, como saben ustedes, se
refieren bien a la no adjudicación de la subvención o bien a la reducción
de la misma. En ese sentido, en el informe se propone que las 850
formaciones políticas que no han rendido cuentas no perciban la
subvención. De las 709 que han presentado contabilidad electoral, la
propuesta de no adjudicación de la subvención se realiza para seis
formaciones políticas, que están comprendidas entre las 85 de mayor
gasto, es decir, que tuvieron un gasto superior a un millón de pesetas.

Cabe señalar que todas las formaciones políticas para las que se propone
la no adjudicación de la subvención deberán reintegrar los anticipos que
hubiesen recibido, en su caso. Además, el Tribunal de Cuentas propone la
reducción de la subvención para 12 formaciones del grupo integrado en las
85.

Por último, el informe incluye una serie de recomendaciones que intentan
desarrollar o establecer la normativa correspondiente a determinados
aspectos que, a juicio del tribunal, tienen o presentan indeterminaciones
o carencias y que sería de gran utilidad para las formaciones políticas y
para el propio tribunal en las funciones que tienen atribuidas.

Concretamente las recomendaciones, que las tienen ustedes en el informe,
van por la línea de que, en el supuesto de que coincidan dos o más
elecciones (como ocurre normalmente en las locales y seguirá ocurriendo
mientras la Ley Electoral sea así), se desarrolle normativamente el
límite máximo de gasto sobre el que hay que acumular el 25 por ciento de
los gastos máximos permitidos para las elecciones a Cortes Generales.

Por otro lado, el Tribunal de Cuentas desearía que se hiciera una
regularización adecuada de la justificación de los envíos por propaganda
electoral, que dan derecho a la percepción



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de la correspondiente subvención, como viene manifestándolo
reiteradamente en distintos informes y también que se establezcan
legalmente de forma explícita la naturaleza y cuantía de las sanciones,
así como el órgano y procedimiento a seguir para su efectividad, tanto de
las formaciones políticas en lo referente a gastos e ingresos
electorales, como de las entidades obligadas a remitir información al
Tribunal de Cuentas en relación con las campañas electorales.

Esta es, muy brevemente, mi intervención inicial respecto al informe
referido a las elecciones locales. El resto se refiere a la fiscalización
de las contabilidades electorales de las elecciones a las asambleas
legislativas u otros órganos representativos análogos que se celebraron,
coincidiendo con las anteriores, el 28 de mayo de 1995. Con el permiso de
ustedes, y dado que son diez pequeños informes, voy a hacer una
exposición global, con alguna alusión a aspectos determinados de alguno,
y si me quieren hacer alguna pregunta concreta después, estaré a su
disposición.

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 5/1985, de régimen
Electoral General, y en la respectiva normativa electoral de las
comunidades autónomas, corresponde al Tribunal de Cuentas la
fiscalización de las contabilidades electorales de las formaciones
políticas que concurrieron a las elecciones autonómicas celebradas el 28
de mayo, correspondientes a las siguientes diez comunidades autónomas:
Cortes de Aragón, Junta General del Principado de Asturias, Parlamento de
las Islas Baleares, Asamblea Regional de Cantabria, Cortes de Castilla-La
Mancha, Cortes de Castilla y León, Asamblea de Extremadura, Diputación
General de La Rioja, Asamblea de Madrid y Asamblea Regional de Murcia. En
la misma fecha se celebraron elecciones a las Cortes Valencianas, a las
Cortes de Castilla-La Mancha, al Parlamento de Canarias y al Parlamento
de Navarra. Estos procesos electorales han sido fiscalizados por sus
respectivos órganos de control externo de la comunidad autónoma
correspondiente. Asimismo, la fiscalización de la contabilidad de las
elecciones a las juntas generales de los territorios históricos de Alava,
Vizcaya y Guipúzcoa ha sido efectuada por el Tribunal Vasco de Cuentas
Públicas.

La fiscalización de las contabilidades de los procesos electorales
autonómicos corresponde al órgano de control externo de la comunidad
autónoma, cuando así lo disponga su normativa electoral; si esto no
sucede, es el Tribunal de Cuentas quien debe fiscalizar las
contabilidades electorales de los partidos. Asimismo, el Tribunal de
Cuentas fiscaliza los procesos autonómicos de aquellas comunidades
autónomas que no disponen de órgano de control externo propio. En
cualquier caso, sea el Tribunal de Cuentas o sea el órgano de control
externo el que fiscalice un proceso electoral autonómico, serán las
asambleas legislativas correspondientes, u órganos análogos, los que
adopten las resoluciones que estimen pertinente, teniendo en cuenta los
resultados de la fiscalización que se les remite por el órgano de
control.

Los objetivos de la fiscalización de cada proceso electoral han sido
comprobar, al igual que en las anteriores, el cumplimiento de la
legalidad, tanto de la estrictamente electoral como de la normativa de
general aplicación, la representatividad de la contabilidad rendida y el
grado de justificación de los registros contables. Las fiscalizaciones se
han visto afectadas por la celebración, en esa misma fecha, de las
elecciones locales junto con las elecciones autonómicas, lo que
condiciona, fundamentalmente, la determinación de la cuantía del límite
máximo de gastos y el análisis de su cumplimiento. En la introducción de
cada uno de los diez informes de fiscalización, se indica el marco legal
y los datos generales de la fiscalización realizada.

Paso a resumir, muy brevemente, los principales resultados del conjunto
de procesos electorales. Todas las formaciones políticas, a excepción de
dos, han rendido la contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas; las
dos excepciones son Coalición Centristas Asturianos y Federación de
Independentistas de Ibiza y Formentera. El número de formaciones
políticas que han concurrido a las elecciones autonómicas es el
siguiente: cinco en Aragón, cinco en Asturias --una que no ha rendido
cuentas, como les he indicado--, ocho en Baleares --una sin rendir
cuentas--, cinco en Cantabria, tres en Castilla-La Mancha, cuatro en
Castilla y León, cinco en Extremadura, cuatro en La Rioja, tres en Madrid
y tres en Murcia. En cada uno de los epígrafes dedicados a cada formación
política se indica si han concurrido, además, a las elecciones locales.

Como otro aspecto general, debo señalar que diversas empresas, que han
facturado a las agrupaciones o a las coaliciones por importe superior al
millón de pesetas, han incumplido la obligación de enviar información
detallada al Tribunal de Cuentas. A esta conclusión se ha llegado
prácticamente en todos los procesos electorales.

En tercer lugar, determinadas formaciones políticas mantienen
obligaciones pendientes, con proveedores o acreedores, con posterioridad
al límite temporal para disponer de los saldos de las cuentas corrientes
electorales, lo que origina el incumplimiento del artículo 125 de la
Loreg al efectuarse su pago a través de la cuenta electoral fuera de
plazo o a través de cuentas corrientes no electorales, incumpliéndose la
obligación de que todos los ingresos y gastos electorales se efectúen a
través de las cuentas abiertas para el proceso electoral correspondiente.

Esta conclusión se recoge en los informes de fiscalización de las
comunidades autónomas de Aragón, Baleares, Cantabria y Castilla y León.

En cuarto lugar, teniendo en cuenta los resultados de fiscalización para
cada formación política, el Tribunal de Cuentas ha indicado si formula o
no alguna de las propuestas previstas en el artículo 134.2 de la Loreg,
de reducción o no adjudicación de la correspondiente subvención. En este
sentido, el Tribunal de Cuentas ha propuesto la reducción de la
subvención que corresponda a dos formaciones políticas: al Partido
Socialista Obrero Español, en Castilla-La Mancha; y a la Agrupación
Independentista Popular de Formentera, en Baleares.

Por último, he de indicar que en todos los informes de fiscalización se
recogen las siguientes recomendaciones, son casi las mismas que he
indicado para las locales, pero



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las repito aquí. En primer lugar, que se establezca legalmente, de forma
explícita, la naturaleza y cuantía de las sanciones, así como el órgano y
procedimiento a seguir para su efectividad, ante los incumplimientos e
infracciones de la Loreg, tanto de las formaciones políticas en lo
referido a gastos e ingresos electorales, como de las entidades obligadas
a remitir información al Tribunal de Cuentas en relación con las campañas
electorales. En segundo lugar, la adopción de medidas tendentes a
alcanzar la necesaria armonización de las distintas normativas
electorales, tanto general como autonómicas, superando así las actuales
diferencias. Además, para aquellas comunidades autónomas cuya normativa
electoral contempla las subvenciones por envíos de propaganda electoral
--Aragón, Baleares, La Rioja y Murcia--, se añade la tercera
recomendación en el sentido de que se regule adecuadamente la
justificación de los envíos de propaganda electoral que han de dar
derecho a la percepción de la correspondiente subvención.

Muchas gracias por su atención y estoy a su disposición.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta, por su
intervención. Procede ahora, reglamentariamente, la intervención de los
diferentes grupos parlamentarios, para la petición de información
adicional al informe realizado por la presidenta, así como para formular
preguntas u observaciones respecto a dicho informe.

Desde la perspectiva de mayor a menor, corresponde el uso de la palabra
al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, el Diputado Fernando
Gimeno.




El señor GIMENO MARIN: Gracias, señora Presidenta del Tribunal de
Cuentas, por su información.

Simplemente, quiero indicarle que mi grupo va a ver si consigue estudiar
las iniciativas pertinentes para que en este Parlamento no se tengan que
conocer tantas veces las recomendaciones del Tribunal de Cuentas. Yo creo
que corresponde a esta Cámara dar solución a ese problema y, entre otros,
deberíamos intentar resolverlo. Estudiaremos la posibilidad de hacer
propuestas para que esta Cámara encuentre esas soluciones.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el Diputado don Mariano
Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: En primer lugar, quiero ratificar la
intervención que acaba de hacer el portavoz socialista, en el sentido de
que, efectivamente, hay muchos problemas que no son del propio Tribunal
de Cuentas sino de la legislación vigente. Yo creo también que, a veces,
en estas cosas que parecen tan complejas, hay que aplicar el sentido
común, que suele ser muy útil para poder comprender globalmente qué ha
pasado en una contabilidad electoral o qué sucede en un proceso
electoral, porque la coincidencia de procesos, en muchos casos, hace muy
difícil diferenciar gastos entre autonómicas y municipales, puesto que
son elementos comunes de las dos campañas que, contablemente, sólo se
pueden imputar a un sitio o a otro; por ejemplo, carteles genéricos,
instrumentos de campaña, que corresponden indistintamente, incluso, a las
dos campañas. En el mismo sentido, debo decir que también hay un problema
para los partidos políticos, que tendremos que contratar a un vidente
para ver el escenario posterior a las elecciones, a la hora de hacer las
previsiones, a la hora de pedir créditos y a la hora de intentar
ajustarse precisamente a los períodos de pago final por parte de la
Administración, dado que en unas ocasiones por responsabilidad de los
partidos políticos y en otras por todos los trámites necesarios, se
producen retrasos que hacen muy difícil, por ejemplo, poder estimar los
gastos financieros. Por tanto, luego entra en discusión su propia
evaluación, puesto que, en muchos casos, son cuentas de crédito que
tienen que permanecer obligatoriamente abiertas, debido a que no se ha
percibido el cien por cien de las subvenciones, y con unos gastos que
tienen difícil encaje cuando el informe ya está terminado. Nosotros
tenemos algunas discrepancias en ese sentido, aun reconociendo nuestras
propias deficiencias, que son bastantes, sobre todo porque nosotros
presentamos hasta la última factura, el último papel; no tenemos una
empresa subsidiaria que, a su vez, facture en general, sino que somos
nosotros los que hacemos una parte importantísima del trabajo, lo que
aumenta el número de justificantes y facilita la aparición de pequeñas
deficiencias. Por eso, al contemplar los gastos globalmente, nos
sorprende que, en el caso de Izquierda Unida, la subvención posible para,
por ejemplo, mailing municipal es de 505 millones y luego, por distintas
cosas, se nos reconocen 465 millones.

Hay dos temas básicos, uno, gastos financieros, en el que nosotros
tenemos una diferencia en torno a 10 millones sobre su valoración, y
luego una factura muy sui generis, de Madrid, que el Tribunal insiste en
que, como el proveedor le dice por error que corresponde a elecciones
autonómicas, la considera sólo a efectos autonómicas, por lo que, a
nuestro juicio, nos hace un perjuicio de 41 millones, cuando es evidente
que corresponde a un mailing que se hace como municipal, y, además, es el
que está subvencionado, no tiene muchas complicaciones para entenderlo, y
quizá se podría haber aclarado de otra manera. Insisto, hay muchas cosas
que corregir, porque, tal y como están las normas, hoy por hoy, es
imposible cumplirlas y, como es imposible cumplirlas, habrá que
cambiarlas, mejorarlas, y espero con el trámite de reforma de la Ley de
Financiación de Partidos y la propia Loreg seamos capaces de buscar
soluciones, sobre todo que sean razonables, porque no tiene sentido, por
ejemplo, abrir pólizas de crédito distintas para municipales y
autonómicas cuando el proceso es el mismo o es en el mismo momento.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), tiene la palabra el Senador don Salvador Carreras.




El señor CARRERAS I COMES: Muchas gracias, señora Presidenta del Tribunal
de Cuentas por su comparecencia en esta Comisión.




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En líneas globales, nada que objetar al informe del tribunal sobre
contabilidades electorales de las elecciones locales de mayo de 1995; por
eso me voy a ceñir a lo que son elecciones locales.

En definitiva, respecto a determinadas formaciones políticas propone la
reducción o, en su caso, la no adjudicación de la subvención a percibir,
la propuesta se hace en base a no haber cumplido la obligación de
presentar una contabilidad detallada o a la superación de los límites
establecidos respecto a las aportaciones previstas, y hay un punto que me
da pie a presentar una serie de interrogantes, que por lo menos a mí se
me plantean, y que, quizá por falta de conocimiento, voy a aprovechar
este trámite, señora presidenta.

Hay un punto en el que tengo una duda. Cuando usted hace referencia a que
la penalización efectiva se limitará al importe de la subvención, esto
está claro; pero cuando digo duda o dudas, ¿por qué lo digo? Porque no sé
si éste es el trámite para plantearlas ni tampoco sé si atañe al
tribunal. No recuerdo bien, pero si hay unos límites de gastos
electorales, que los hay, y que además estos gastos electorales se
controlan, el tribunal lo hace, se montan las contabilidades, etcétera,
pero, luego, puedes gastarte lo que quieras, eso sí, con el riesgo de
quedarte sin subvención, no acabo de ver por qué limitamos al final los
gastos y hacemos los controles si cada uno al final --repito-- puede
hacer lo que le convenga. Esta es mi duda, y quisiera saber exactamente
cómo tenemos regulado esto.

Dentro de las conclusiones, lo siguiente: Puede tratarse de elecciones
locales, lo que propicia sin duda la presentación de candidaturas muy
puntuales, también debo decir que me parece poco serio que de las 1.559
formaciones políticas, como ha dicho la señora presidenta, que
participaron, más de la mitad ni siquiera hayan presentado contabilidad.

Me parece tremendamente poco serio. Por tanto, estoy un poco en la misma
reflexión que hacía antes. ¿Para qué exigimos tanto si, al final, los que
quieren presentar las cuentas las presentan y los que no quieren pues no
las presentan?
Dentro de este mar de dudas y confusiones, permítame que añada otra.

Determinadas entidades financieras --lo refleja el informe-- no han
cumplido la obligación de remitir información detallada de los créditos
concedidos. Pero, ¿quién les puede obligar a hacerlo? ¿En base a qué?
¿Qué pasa si esas entidades no cumplen con esta obligación?
Para finalizar, dentro de las recomendaciones, remarco una, la tercera
que precisamente sin duda yo creo que se refiere a estos interrogantes,
señora presidenta, que yo acabo de plantear, cuando dice el propio
tribunal que se establezcan legalmente de forma explícita naturaleza,
cuantía y procedimientos para la efectividad de las sanciones, tanto las
formaciones políticas como las entidades. Yo le rogaría, señora
presidenta, que me contestara a los interrogantes iniciales, pero sobre
todo a esta propia recomendación tercera, que pudiera ser motivo de
comentario por su parte en el trámite correspondiente.

La cuarta recomendación del Tribunal, déjeme decirle con sinceridad que
más que gustarme me preocupa, porque, cuando se habla de armonización con
las comunidades autónomas, requiere al menos por nuestra parte una
atención especial.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la
palabra el Diputado don Jon Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Quiero también agradecer a la Presidenta del
Tribunal de Cuentas, en nombre de mi grupo parlamentario, la
comparecencia ante la Comisión y los informes de fiscalización que ha
presentado y explicado.

Ante todo, quiero dejar constancia y bien sentado que mi grupo
parlamentario es el primero en exigir el cumplimiento riguroso de todas
las normas legales y contables que deben cumplir todos los organismos y,
desde luego, los partidos políticos los primeros.

De los informes que ha presentado la presidenta, se desprenden numerosas
irregularidades, numerosos incumplimientos a los que me parece que es
adecuado y, más que adecuado, debe ser exigible que se aplique las
medidas legales establecidas, en cuanto a infracciones y sanciones.

Dicho esto, también creo que sería conveniente en algunos casos estudiar
la casuística, ya que es elevada, y establecer los criterios que muchas
veces son interpretativos de normas a los cuales, como digo, se puede dar
diversa interpretación. Yo creo que hay dos aspectos que sí habría que
tener en cuenta. Esta es una exigencia no del tribunal sino nuestra de
que este rigor en el cumplimiento tiene que ser para todos: para los
partidos, para entidades financieras, organismos, empresas privadas o
públicas, organismos fiscalizadores y el propio Gobierno. Todos tenemos
que cumplir porque en todos se encuentran deficiencias.

Me va a permitir que haga referencia a uno de los informes de
fiscalización, concretamente al de las elecciones municipales y juntas
generales, y a uno de los aspectos en el que se han encontrado algunas
irregularidades de mi grupo parlamentario, el Partido Nacionalista Vasco.

En este aspecto, quiero dejar constancia de algunas cuestiones. Esta
defensa que quiero hacer no es tanto en sí por la importancia del hecho
sino por la trascendencia que el mismo puede tener, porque hay que tener
en cuenta que luego estos informes, curiosamente además, salen recogidos
en la prensa, con lo cual la trascendencia que se puede dar a ciertos
actos es mucho mayor de lo que son realmente, pero ahí están en la
opinión pública, y, ante eso, creo que también es necesario defenderse.

Sólo me voy a referir a un aspecto que es el que ha detectado el Tribunal
de Cuentas, que de un artículo de la ley, creo que es el 125, hace una
interpretación de las dos que tiene.

Ante todo, creo que es necesario dejar constancia que el informe de
fiscalización, el definitivo, corrobora que los resultados provisionales
de la fiscalización no han recogido ninguna de las alegaciones que
nuestro grupo parlamentario, nuestro partido, hizo en este caso, y en él
se establece una propuesta de reducción de subvención de 769.000 pesetas.

Pero hay que dejar constancia de varias cosas. Primero, se reconoce que
no se ha superado el límite



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máximo porque el problema está en los límites de gasto y no se ha
superado el límite máximo de gastos previstos en las elecciones
concurrentes de acuerdo con el artículo 131.2 de la Loreg; también se
reconoce en el informe que no se ha superado el límite de gastos de
publicidad exterior, de acuerdo con el artículo 55.3, y lo que sí ocurre
es que el Tribunal de Cuentas sigue manteniendo un criterio restrictivo
en la interpretación del artículo 131, no del 125 que había dicho antes,
sobre la prohibición de superar límites de gastos electorales.

Ante esto, tengo que declarar que en ningún caso ha existido ánimo de
incumplir la ley por nuestra parte, que la interpretación que hace el
Tribunal de Cuentas no ha sido la que se ha hecho en épocas anteriores,
tengo entendido --y me gustaría que la señora presidenta me corroborara
que en ejercicios anteriores había otra interpretación--; que últimamente
esta interpretación es la restrictiva para los partidos políticos y que
en tal caso se hace necesario clarificar esta interpretación; que existen
otros criterios, por lo menos el nuestro; que existen criterios, por lo
menos en la Dirección General de Procesos Electorales, del departamento
de Interior del Gobierno vasco, cuando establece que, según la
interpretación del artículo 131.2 de la Loreg, que limita los gastos, se
pueden deducir dos límites: el primero, el límite de gastos del Congreso,
más el 25 por ciento de límites de gastos del Congreso; y, segundo, el
límite de gastos de las elecciones municipales, más el 25 por ciento de
límite de gastos del Congreso. Indudablemente, una es más restrictiva que
la otra. Nuestra interpretación es la menos restrictiva, pero porque así
se ha hecho en épocas anteriores y porque tampoco teníamos ningún
criterio establecido para poder aplicar ese otro que ahora fija el
Tribunal de Cuentas. De aquí nace esa diferencia que parece ser está
recogida en el informe de fiscalización, al cual presentamos dos
alegaciones, pero que desde el Tribunal no se nos ha contestado, salvo
con el informe definitivo.

Hay otra cuestión que también quería dejar apuntada, que se refiere al
capítulo de tesorería de campaña, en el que hay una obligación, según el
artículo 125.3, por la que todas aquellas formaciones que concurren a más
de una elección todos los fondos destinados a sufragar los gastos
electorales --ingresos y pagos-- deben proceder de la misma cuenta
asignada. Aquí también se ha puesto de manifiesto alguna irregularidad
que, desde nuestro punto de vista, no existe y que la hemos explicado,
pero que tampoco ha sido recogida en el informe final.

Tengo que decir a la presidenta que el Partido Nacionalista Vasco ha
utilizado esta cuenta exclusivamente para realizar pagos y cobros y que,
según el artículo 125.3, se establece que terminada la campaña electoral,
sólo se podrá disponer de los saldos de estas cuentas para pagar, en los
90 días siguientes al de las votaciones, gastos electorales previamente
contraídos.

Esto podría ser así si todos cumpliésemos con los plazos establecidos.

Ello quiere decir que para poder cumplir con este requisito el Estado
tendría que cumplir también con los 130 días que, según tengo calculado,
debe pagar, después de efectuadas las elecciones. ¿Qué pasa entonces? Que
se produce un desfase financiero para los partidos. Ese desfase
financiero se puede cubrir de dos formas: con un crédito puente con una
entidad financiera o negociando con los proveedores el pago. Si se
negocia un crédito puente con una entidad financiera, desde el Tribunal
de Cuentas, parece ser que no hay ningún problema, pero si se negocia con
los proveedores las fechas de pago, entonces sí hay una presunción de que
puede existir un entendimiento irregular con empresas proveedoras. Quiero
expresar a la presidenta del tribunal que eso no es así o no debe serlo,
porque al final siempre se produce la fiscalización total de las cuentas
de los partidos; por tanto, eso es perfectamente detectable con el
tiempo. No se debe penalizar el hecho de que se puedan establecer
acuerdos o convenios con proveedores para el pago de esas facturas; en
definitiva, se puede demostrar perfectamente que la cuenta ha sido
exclusivamente utilizada para los pagos y cobros con los proveedores.

Estas son las dos cuestiones que intentamos explicar en las alegaciones,
pero que, por el informe definitivo, parece no han sido tenida en cuenta.

Quiero decirle en este momento que más que la cuantía de esa posible
sanción o reducción de subvención está implícito el hecho de que por
nuestra parte el cumplimiento de las normas establecidas ha sido estricto
y solamente entendemos que puede haber un problema de interpretación,
para lo cual sí creo que habría que establecer criterios de
interpretación de normas, pero para ser utilizadas después de que el
tribunal emitiese esas interpretaciones a los partidos y no con carácter
retroactivo, porque automáticamente ponen en entredicho este tipo de
aspectos.

Por mi parte, de momento, no tengo nada más que decir.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria,
tiene la palabra el Diputado don Jesús Gómez.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: Muchas gracias, señora presidenta, por su
presencia y por su detallado informe de fiscalización.

Tomo la palabra, en nombre de mi grupo político, Coalición Canaria, para
decir como introito que estoy plenamente de acuerdo en que hay que
cumplir la legalidad. Si no nos gustan las directrices técnicas del 27 de
abril de 1995, lo lógico es recurrirlas. Lex dura, pero se cumple. En eso
estamos todos de acuerdo.

Coalición Canaria tiene el dato feliz de que está dentro de las 85
formaciones que han presentado su contabilidad y documentación
acreditativa de ingresos y gastos, pero tiene el dato infeliz de que
batimos el récord, estamos en el ranking de la máxima sanción, pues se
propone una reducción de la subvención de 7.400.000 pesetas que es lo
previsto en el artículo 134 de la Loreg.

No voy a entrar con detalles en los puntos que pudiera haber
disconformidad. Solamente, con el mayor respeto, me permito preguntar si
se han considerado por el Tribunal de Cuentas las alegaciones que por
Coalición Canaria fueron presentadas en tiempo y forma.




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El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario del Partido Popular,
tiene la palabra don Diego Jordano.




El señor JORDANO SALINAS: Agradezco a la presidenta el informe y el
trabajo realizado, sobre todo en lo que respecta a gastos electorales de
las elecciones locales, que presenta una complejidad y una dificultad
considerable y que requiere, por tanto, un muy largo empleo de tiempo
para que el trabajo pueda ser serio.

No tenía previsto hacer una intervención sobre puntos concretos del
partido al que represento, sino más bien centrarme en determinados
aspectos generales. Determinadas intervenciones hacen que haya que poner
nombre y apellidos a los incumplimientos y, por lo que respecta al
análisis que ha efectuado el Tribunal de Cuentas de la contabilidad del
Partido Popular, hay que decir que no hay observaciones importantes
respecto a errores, a falta de plazos, a superación de cualquiera de los
límites de gastos, sólo hay una observación de defecto en algunas
facturas, que representan aproximadamente el 0,01 por ciento del total de
gastos.

Evidentemente, la normativa del gasto electoral es rígida porque así lo
ha querido, creo que por unanimidad, el Congreso de los Diputados al
votar las leyes que regulan los procesos electorales. Hay unos límites a
los gastos, hay una obligación de presentación de cuentas, hay unos
límites a los gastos de publicidad exterior, a los gastos de publicidad
en prensa y emisoras, debemos atenernos claramente a esos límites y por
parte del Partido Popular no hay ninguna lamentación que hacer respecto
al marco legal.

La celebración conjunta de elecciones evidentemente presenta problemas de
tipo contable. En determinados partidos esta celebración conjunta nos ha
presentado un gran problema a los efectos de las observaciones del
Tribunal. Por otra parte, no podemos atacar el concepto de celebración
conjunta y pretender justificar errores contables, o errores de
justificación, o duplicidad de facturas, o de gastos, como se ha
observado en algunas formaciones políticas por el caso de celebración
conjunta, entre otras cosas, porque todos los partidos políticos en
España han pedido la racionalización de los procesos electorales y la
posible agrupación de todos los procesos. Si se generan dificultades,
habrá que afrontarlas.

Quisiera centrarme en algo que sí considero grave. De un lado, la no
presentación de cuentas y, de otro, la presentación de cuentas sin
justificantes que, a efectos de lo que estamos hablando, es prácticamente
lo mismo.

El volumen y el número de partidos, unos pequeños y otros no tan
pequeños, que no presentan cuentas nos debe llevar a una reflexión sobre
la modificación del régimen de sanciones e incluso de la posibilidad de
concurrir a nuevas elecciones mientras los gastos no estén plenamente
justificados.

Lo digo porque, cuando nos referimos a partidos que no presentan cuentas,
puede haber la tendencia a creer que sólo estamos hablando de pequeñas
formaciones de independientes, que se presentan en municipios muy
pequeños, y que la incidencia del gasto electoral de que estamos hablando
es muy poco significativa.

Sin embargo, en la página 500 del informe se habla del Partido Andaluz
del Progreso y de Jerez de la Frontera, con una población de 150.000
habitantes y una campaña lucida. En la página 510 del informe figura el
Grupo Independiente Liberal, en relación a Marbella, también una
población con muchos habitantes y una campaña mucho más lucida que la
anterior.

Es evidente que si la utilización del criterio de no presentación de
cuentas por partes de estas formaciones políticas es para burlar --no
tiene otro sentido-- la normativa y, por tanto, la igualdad de
concurrencia de los distintos partidos en los procesos electorales,
estamos ante una actuación muy grave que, en un país democrático, con
estructura democrática, es muy peligrosa, porque estamos rompiendo la
igualdad de los contendientes en un proceso electoral, introduciendo una
facilidad enorme para que alguien que va a gastar lo que quiera --sean
cuales sean los límites electorales--, se salte a la torera todas las
fórmulas de pago y no separamos exactamente cómo ha empleado el dinero
que, aparentemente, o al menos por los símbolos exteriores que se
manejaron en esas elecciones, fue mucho.

Eso sí nos lleva a una reflexión profunda sobre la necesidad de estudiar
las modificaciones adecuadas para corregir seriamente estas maniobras de
no presentación. Y ya digo que no me estoy refiriendo a pequeñas
agrupaciones independientes de localidades reducidas y sí me estoy
refiriendo a dos localidades muy importantes, con partidos que suelen
formar mucho ruido, como es el Partido Andaluz del Progreso, en Jerez de
la Frontera, y el Grupo Independiente Liberal, en la ciudad de Marbella.

Hay también, o puede haber, una tendencia a decir: como hay dificultades,
como el marco legal es estrecho, vamos a intentar suavizarlo o a intentar
saltarlo. Esto nos llevaría a pensar sobre si los mecanismos de
financiación establecidos en la Ley Electoral son los adecuados o no.

A nuestro modo de ver, el mecanismo de financiación prácticamente
obligatorio respecto a recibir aportaciones del propio partido --cuyos
fondos ya están analizados, vigilados y controlados por el Tribunal-- y a
través de entidades financieras, representa una ventaja esencial, que es
la transparencia y la posibilidad clara de control exhaustivo del gasto.

Por supuesto, tendremos que referirnos a tres entidades financieras que
aparecen en el informe, en las páginas 53, 63 y 93, que no han remitido
documentación sobre las operaciones realizadas con partidos políticos
--son tres partidos políticos diferentes--. A lo mejor podemos tener
cierta suavidad en el enjuiciamiento de la actitud de un pequeño
proveedor que alquila un autocar a un partido político y que no manda la
factura al Tribunal de Cuentas, pero cuando se trata de entidades
financieras a las que, en cierta manera, la Ley Electoral y la forma de
control de los gastos electorales le está otorgando una ventaja
complementaria, como es financiar las campañas electorales, creo que el
rigor que habría que aplicar, cuando hay fallos de comunicación por parte
de entidades financieras, es mucho mayor que cuando nos estamos
refiriendo a otros partidos. Es decir, el concepto de la financiación a
través de entidades financieras permite transparencia, claridad y,



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sobre todo, un control exhaustivo del movimiento del dinero.

Se han utilizado por dos partidos políticos, en concreto, dos fórmulas
que alguien podría calificar de novedosas, aunque yo diría que me huelen
a irregularidad. Una es la fórmula de la página 116, referida a Esquerra
Republicana de Cataluña, de financiación total a través de proveedores
--casi habría que hablar más que de proveedores de financiación total a
través de sponsors--, porque esta fórmula le permite a esta formación
política eludir todas sus obligaciones electorales, no operar con cuenta
corriente electoral y cuesta trabajo creer --cuando se tiene experiencia
en organización de procesos electorales, sobre todo cuando estamos
hablando de núcleos de población de bastante importancia, como
Barcelona--, que el partido no ha pagado una sola peseta de todos estos
gastos electorales de la campaña y que han sido los proveedores los que
se han encargado de realizar esos pagos pequeños. Probablemente estemos
ante una división de los gastos, una elusión del control de los mismos
por no manejar una cuenta electoral con el argumento de que eso está
financiado por los proveedores y, al mismo tiempo, estamos ante una
reducción u ocultación del gasto efectivo en esa campaña electoral, que
probablemente es lo que podríamos habernos encontrado si hubiera habido
posibilidad de control, que, al no haber utilizado cuenta electoral, no
la hay.

En la página 131, por lo que respecta a la formación política Unidad
Valenciana, nos encontramos con otra nueva fórmula de financiación. Y
tengo que discrepar del Tribunal de Cuentas en la apreciación que hace:
que se inicie toda la campaña y la precampaña en base a un préstamo
personal suscrito por una persona física en el que no aparece para nada
el partido y que, cuando el proceso electoral está acabando
prácticamente, el 26 de mayo, cuatro días antes de las elecciones, se
produzca una subrogación del partido en el saldo disponible de ese
préstamo personal, nos da la impresión de que pueden haberse vulnerado
las normas que regulan las donaciones y los límites de aportación que
todos los partidos cumplen respecto a la cuantía individual de cada una
de las aportaciones.

Creo, por tanto, que lo mismo que tiene que haber un interés continuado
en la novedad de los mensajes electorales, en la forma de transmitirlos,
en adaptarnos a las demandas de los ciudadanos respecto a la recepción de
los mensajes electorales, no debe haber inventos en la fórmula de
financiación de los gastos electorales, porque al final se traducen en
mecanismos para eludir el control estricto que tiene que haber, porque
las Cámaras que representan la voluntad popular han querido que haya un
control estricto de los gastos electorales. Y estas fórmulas, a mi modo
de ver, lo que producen es una elusión de los controles que luego tiene
que realizar el Tribunal de Cuentas.

Para terminar, quiero valorar el trabajo realizado por el Tribunal y
reconocer la enorme dificultad del control de un proceso electoral como
las elecciones locales, con multitud de formaciones que presentan sus
candidaturas. No obstante, pienso que si se aplicaran unos criterios
rigurosos de sanción, y habrá que estudiar la necesidad de incrementar
esos criterios respecto a las empresas que no envían las facturas --hay
un partido político que justifica un total de 87 millones de pesetas de
gastos y las empresas que no han remitido facturación al Tribunal
representan un total de 86 millones--, podríamos lograr que la
transparencia sea total para todas las formaciones, para no romper el
principio de igualdad a la hora de la concurrencia electoral.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora la intervención a la Presidenta
del Tribunal de Cuentas para aportar las informaciones pertinentes y
complementarias respecto a las preguntas que han formulado sus señorías.

Tiene la palabra la señora presidenta.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo):
Probablemente, cuando se presenta un informe sobre contabilidades
electorales es cuando más sintonía hay --con todos mis respetos al señor
Zabalía, hay algunas excepciones-- para ver las dificultades que, con la
ley en la mano, se tienen para realizar informes de fiscalización en el
Tribunal de Cuentas.

En ese sentido, agradezco muchísimo al señor Jordano que haya visto muy
claramente que este informe era de una complejidad enorme y que se ha
tenido que hacer en un tiempo --no voy a decir récord, porque incluso nos
hemos retrasado ligeramente sobre los plazos que marca la ley--
razonable, porque creo que es la primera vez que un proceso de elecciones
--locales, se entiende-- se puede hacer en poco más de un año, porque ya
hemos dicho que hay ochocientas y pico formaciones políticas que no han
rendido cuentas --y saben ustedes que las hemos pedido reiteradamente, lo
mismo que a ustedes, a los que sí rinden-- y ustedes son conscientes de
la cantidad de escritos que se envían desde el Tribunal a las distintas
formaciones.

¿Que el cálculo de cuál es el límite de gasto cuando hay concurrencia
electoral plantea diversas interpretaciones? --y aquí contesto al señor
Zabalía, supongo, y a algunas recomendaciones nuestras de que esto se
pudiera aclarar--, esto nos plantea problemas muy serios, porque muchas
veces la legislación electoral de la comunidad autónoma marca una manera
de calcular las elecciones autonómicas, con unos límites de gasto, que en
otras comunidades son distintos. Si hacemos un tipo de interpretación,
estamos perjudicando a un perfil determinado de formaciones políticas, si
hacemos otro, tal vez estemos perjudicando a otros. Por tanto, nosotros
buscamos interpretaciones que sean lo más neutrales posibles, con la
seguridad de que la neutralidad total en este tipo de decisiones no
existe.

Lo que sí creo es que hemos comunicado a todas las formaciones políticas
cuál era el criterio del límite de gastos que iba a aplicar el Tribunal
de Cuentas, al menos con estas elecciones locales, que coincidían con
elecciones a las asambleas legislativas o a otras instituciones de las
comunidades autónomas. Y es una de las peticiones reiteradas que se diga
claramente qué ocurre cuando hay concurrencia electoral, porque las
formas de interpretarla son múltiples y, a veces, hasta que no se
presenta la necesidad de ir preparando el informe, que afecta a más de
1.500 formaciones



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políticas, no es posible observar cuál es la cantidad de problemas
complementarios, de interpretaciones, y, en este sentido, entiendo
perfectamente que el señor Zabalía diga que, de las dos interpretaciones
que se pueden hacer del artículo 131, nosotros hemos adoptado la que para
una formación política determinada, para el PNV en este caso, y
probablemente para alguna más, resulta la más restrictiva. Sin embargo,
para otras, que ahora no tengo en mente, seguramente es la más favorable.

Y lo lamento, porque me gustaría que no fuese la más restrictiva para
nadie, pero las características, el tamaño, los fenómenos que concurren
en cada comunidad autónoma son distintos. Esa es una de las grandes
limitaciones que tenemos en un organismo como el nuestro, que siempre
intenta actuar con la máxima neutralidad y transparencia.

Dice que no hemos contestado a las alegaciones. ¡Sólo nos faltaba --con
todos mis respetos-- contestar a todas las alegaciones! Tenemos que
contestarlas a través del informe, y en el informe sí le decimos que en
el trámite de alegaciones dicen que han tenido un régimen de pago pactado
con los proveedores, etcétera. Pero lo que nosotros decimos es que no ha
sido documentado suficientemente, no decimos que no. Sí hemos atendido a
la alegación e incluso se responde en el texto del informe.

El señor Santiso --voy de una manera un poco desordenada, porque algunas
cosas son generales y otras particulares-- pone de relieve dos puntos
concretos, en los que no coincide con la postura que ha tenido el
Tribunal, y que considera que ha sido perjudicado en la subvención a
recibir. Realmente lo lamento, porque no hay deseo alguno de que las
subvenciones sean menores de las que legalmente y en justicia les
corresponda.

Más difícil me va a resultar contestar al señor Carrera, porque dice que
si puede hacer uno lo que le convenga. Aquí, en vez de contestarle, puedo
decirle que hago mías algunas de las interpretaciones del señor Jordano
respecto a qué ocurre con determinadas formaciones que, puede que
deliberadamente, se niegan a rendir las cuentas. En estos momentos, el
Tribunal no tiene en sus manos más resorte que decir que no se les pague
nada de subvención. Probablemente usted me puede decir, con toda razón,
que no les importa que no se les de la subvención, probablemente, pero
esto es un poco triste en un sistema democrático. Nosotros, en este
momento, no tenemos otra posibilidad de sanción que ésa, la de decir que
no se les pague nada, y esto lo hemos hecho con todas las formaciones,
con algunas pequeñas, alguna muy pequeña, que incluso puede que no
supieran que había que rendir cuentas, con las cuales hay que tener la
máxima comprensión, pero esto nada tiene que ver, muy claramente se dice,
entre 850 formaciones hay todo tipo de situaciones y ejemplos.

¿Qué podemos hacer nosotros si las instituciones financieras y los
proveedores no responden? No podemos hacer nada. Nosotros decimos que la
ley, la Loreg, indica que las instituciones financieras y los proveedores
que estén proveyendo a los partidos políticos por importes superiores a
un millón de pesetas tienen que enviar factura al Tribunal. Si no nos la
envían ahí sí que no tenemos posibilidades de penalización. Nosotros
tenemos posibilidades de proponer la anulación o la reducción de la
subvención al propio partido, pero en absoluto lo podemos hacer a
terceros que no colaboran, aunque tienen un deber legal de colaboración,
pero sin estar penalizado su incumplimiento. Este es un problema que se
nos escapa y también aludimos a él en las recomendaciones, porque ustedes
sí tienen fuerza para elevar esto a otro lugar. Nosotros nos limitamos a
decirlo. Nos lo encontramos reiteradamente, lo sufrimos mucho y creo que
son precisamente los partidos políticos que están representados en las
Cámaras los que tienen que ver estos temas.

Al representante de Coalición Canaria, y respecto a su pregunta de si se
han tenido en cuenta las alegaciones presentadas, quiero decirle que sí,
evidentemente, señor Gómez. Nosotros vemos todas las alegaciones. Es una
tarea obligatoria para nosotros y sería imperdonable, sería una desidia,
que no las hubiésemos estudiado.

En cuanto a los niveles de penalizaciones que se han establecido, quiero
decirles que, en la medida de lo posible, nos hemos atenido a unas normas
concretas. Pero les voy a decir algo más, cuando hay elecciones europeas
y calculamos las sanciones cuando hay incumplimiento de niveles de
gastos, etcétera, hay también una forma de hacer el cálculo que, al ser
pocos los partidos que se presentan a las elecciones europeas y todos
bastante importantes, el resultado de aplicar un criterio suele ser
bastante uniforme y no plantea problemas.

Cuando las elecciones son generales, probablemente el problema es más
complicado, porque el panorama, las características del conjunto de las
formaciones políticas que se presentan es diverso y las situaciones son
totalmente divergentes. Pero cuando nos encontramos con un informe como
el de hoy, que afecta a más de 1.500 formaciones, no hay casi manera de
ser estrictamente seguidor de una fórmula determinada. Hemos tenido que
ver cuál es el límite de exceso de gasto en relación con el gasto total
que había, pero ponderándolo a través de determinadas condiciones
colaterales. Y realmente se intenta, cuando se ve que las cifras de
penalización resultan fuertes, buscar justificaciones que pueden ser
totalmente transparentes, pero intentando --aquí sí, señor Zabalía--, de
las dos o tres posibilidades que haya, adoptar la más favorable para cada
partido. Pueden ustedes estar seguros de que hemos hecho muchos esfuerzos
en este sentido.

Si desean preguntarme algo más sigo a su disposición.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta. Ustedes saben que
les corresponde un turno excepcional en el caso de que algún portavoz
quisiera alguna aclaración sobre algún tema muy definido. Veo que me ha
pedido la palabra el portavoz del Partido Nacionalista Vasco, señor Jon
Zabalía, y, a la espera de que pueda ser muy escueto, le concedo el uso
de la palabra.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Gracias, señor Presidente. Voy a ser totalmente
escueto, porque quizá no lo he dicho antes y sí quiero decirlo ahora;
quiero poner de manifiesto que reconozco las dificultades del trabajo del
Tribunal;



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si no lo he dicho, lo digo ahora. Eso no lo he puesto en duda, como
tampoco la labor del Tribunal ni su capacidad.

Con las aclaraciones que ha hecho la presidenta, y efectivamente es así,
quizá la complejidad de la legislación o el que existan dos legislaciones
puede producir estos hechos; lo que pasa es que, a interpretaciones
neutrales, como ha dicho la presidenta, deberían existir resultados
neutrales, y no existen esos resultados neutrales. Ese es el problema.

Por lo demás, creo que la explicación que le he dado era sobre un tema
interpretativo, fundamentalmente, y sobre algunos aspectos que, desde
luego, quedan empequeñecidos con los incumplimientos de muchos partidos
políticos; quedan empequeñecidos. Yo no hubiese querido intervenir en
defensa de un aspecto que yo creo que, en la globalidad de los problemas
del Tribunal, es una nimiedad, pero quizá porque nosotros intentamos
permanentemente cumplir la ley al pie de la letra, a veces nos duele el
que haya la más mínima sombra o sospecha de alguna irregularidad, y si
ésa sale en la prensa, mucho más, cuando en la prensa no ha salido
ninguno de los partidos que ni siquiera han presentado las cuentas. Estas
son las razones por las que a mí me gusta dejar las cosas claras, y creo
que ya lo conoce la presidenta y sabe del nivel de cumplimento de las
cuentas del Estado por parte de nuestro partido. Solamente me queda por
decir que tenemos que trabajar en ir mejorando entre todos estas
situaciones. Eso es lo único que quisiera decir ahora.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora presidenta.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Señor
Zabalía, usted ha ejercido un derecho legítimo que, además, se lo
agradecemos todos, y el intercambio de opiniones sobre una cosa que le
afecta directamente a su partido me parece absolutamente positivo.

Nosotros siempre atenderemos lo que ustedes nos digan, como atendemos lo
que nos dicen todos los que llaman a la puerta del Tribunal cuando
quieren que se aclare alguna cosa o se les explique algo. Lo reitero una
vez más: tenemos la puerta abierta para cualquier situación de
interpretación, o de cómo se podría hacer tal cosa; saben que estamos a
su disposición para lo que ustedes deseen.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.

No habiendo más temas que tratar, esta Presidencia levanta la sesión.

Muchas gracias.




Eran las siete y cinco minutos de la tarde.