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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 395, de 14/12/1999
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SECCION CORTES GENERALES
VI LEGISLATURA
Serie A: 14 de diciembre de 1999 Núm. 395 ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS
ÍNDICE
TRIBUNAL DE CUENTAS
251/000045 (CD) 771/000042 (S) Informe de fiscalización especial
sobre la contabilidad de la Sede Regional de Baleares y
Central, en lo referido a la Comunidad Autónoma de la Federación de
Partidos de Alianza Popular-Partido Popular, con referencia a los
ejercicios 1989, 1991 y 1992, elaborado por el Tribunal de Cuentas y
aprobado sin modificaciones por la Comisión Mixta para las relaciones
con el Tribunal de Cuentas ... (Página 2)
251/000063 (CD) 771/000062 (S) Resolución adoptada por la Comisión
Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe
de fiscalización de las principales fuentes de financiación del Grupo
«Empresa Nacional de Autopistas, S.A.» (ENAUSA), así como Informe
correspondiente ... (Página 12)
251/000066 (CD) 771/000063 (S) Informe de fiscalización sobre la
Contabilidad de las Sedes Regionales de Baleares de los Partidos
Políticos y Coaliciones, con referencia a los ejercicios 1989, 1991 y
1992, elaborado por el Tribunal de Cuentas y aprobado sin
modificaciones por la Comisión Mixta para las relaciones con el
Tribunal de Cuentas ... (Página 37)
251/000074 (CD) 771/000072 (S) Resolución adoptada por la Comisión
Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe
de fiscalización de la Contabilidad de los Partidos Políticos,
ejercicio 1994, así como Informe correspondiente ... (Página 46)
COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES
TRIBUNAL DE CUENTAS
251/000045 (CD) 771/000042 (S)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES, Sección Cortes Generales, del Informe sobre la
contabilidad de la Sede Regional de Baleares y Central, en lo
referido a la Comunidad Autónoma de la Federación de Partidos de
Alianza Popular-Partido Popular, con referencia a los ejercicios
1989, 1991 y 1992, elaborado por el Tribunal de Cuentas, aprobado sin
modificaciones por la Comisión Mixta para las relaciones con el
Tribunal de Cuentas al no haberse presentado Propuestas de Resolución
sobre el mismo (núm. expte. Congreso 251/000045) y núm. expte. Senado
711/000042).
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de diciembre de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
INFORME DE LA FISCALIZACIÓN ESPECIAL SOBRE LA CONTABILIDAD DE LA SEDE
REGIONAL DE BALEARES Y CENTRAL, EN LO REFERIDO ALA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE LA FEDERACIÓN DE PARTIDOS DE ALIANZA POPULAR -PARTIDO
POPULAR, CON REFERENCIA A LOS EJERCICIOS 1989, 1991 Y 1992
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de la función
fiscalizadora que sobre la actividad económicofinanciera de los
Partidos políticos le atribuye el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/
1987, HA APROBADO, en sesión celebrada el 29 de abril de 1997, el
Informe de la Fiscalización especial sobre la contabilidad de la Sede
Regional de Baleares y Central, en lo referido a la Comunidad
Autónoma de la Federación de Partidos de Alianza Popular -Partido
Popular, con referencia a los ejercicios 1989, 1991 y 1992, y ha
acordado su elevación a las Cortes Generales.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ... (Página 2)
I.1. Marco legal ... (Página 2)
I.2. Ámbito temporal ... (Página 3)
I.3. Objetivos de la Fiscalización ... (Página 3)
I.4. Alcance y limitaciones de la fiscacalización ... (Página 3)
I.5. Trámite de alegaciones ... (Página 4)
II. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA ... (Página 4)
III. RESULTADOS DE LAFISCALIZACIÓN ... (Página 5)
III.1. Análisis del control interno ... (Página 5)
III.2. Representatividad de los Estados dos contables ... (Página 6)
III.3. Integración con las cuentas anuales de la sede central ...
(Página 10)
IV. CONCLUSIONES ... (Página 11)
I. INTRODUCCIÓN
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión celebrada el 28 de marzo
de 1996, acordó realizar la fiscalización solicitada por la Comisión
Mixta Congreso -Senado para las relaciones con el Tribunal de
Cuentas. La Resolución adoptada por la citada Comisión y trasladada a
este Tribunal fue la siguiente:
«Solicitud de fiscalización especial sobre la contabilidad de la Sede
Regional de Baleares y Central, en lo referido a la Comunidad
Autónoma de la Federación de Partidos de Alianza Popular-Partido
Popular y con referencia a los ejercicios 1986 -1989 -1991 -1992, en
los términos de los artículos 27 y 30 de la Ley de funcionamiento del
Tribunal de Cuentas.»
La petición hace referencia a los ejercicios 1986, 1989, 1991 y 1992.
No obstante, dado que la regulación específica de las obligaciones
contables de los Partidos políticos y la atribución, de forma
exclusiva, al Tribunal de Cuentas de la fiscalización externa de su
actividad económico-financiera se origina a partir de la entrada en
vigor de la Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, sobre financiación de
Partidos políticos, el ámbito temporal de la fiscalización especial
se extiende a los ejercicios 1989, 1991 y 1992, según quedó
establecido en las correspondientes Directrices Técnicas aprobadas
por el Pleno del Tribunal de Cuentas y fue puesto en conocimiento de
la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas.
I.1. Marco legal
La Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, sobre financiación de los
Partidos políticos establece el marco jurídico básico para garantizar
la regularidad, transparencia y publicidad de la actividad económico-
financiera de los mismos.
A fin de dar a conocer su situación financiera y permitir comprobar
el cumplimiento de las obligaciones
previstas en la Ley, los Partidos políticos deberán llevar registros
contables, que respeten los principios de contabilidad. Asimismo,
deberán establecer un sistema de control interno que garantice la
adecuada contabilización de todos los actos y documentos de los que
se deriven derechos y obligaciones de contenido económico, conforme
a sus estatutos.
Al Tribunal de Cuentas se le atribuye, de forma exclusiva, la
fiscalización de la actividad económico-financiera de los Partidos
políticos, de acuerdo con el artículo 11 de la citada Ley, y el
pronunciamiento sobre la regularidad y adecuación a lo dispuesto en
la misma.
Tratándose de procesos electorales, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de
junio, del Régimen Electoral General, así como la Ley 8/1986, de 26
de noviembre, electoral de la Comunidad Autónoma de las Islas
Baleares, regulan la ordenación de los gastos y financiación
electoral de los procesos electorales incluidos en su ámbito de
aplicación.
Tras la celebración de las elecciones, el Tribunal de Cuentas ha de
pronunciarse, en el ejercicio de su función fiscalizadora, sobre la
regularidad de las contabilidades electorales de las Formaciones
políticas que concurran a las mismas y estén obligadas a presentar
una contabilidad detallada de sus ingresos y gastos electorales.
I.2. Ámbito temporal
Como se ha indicado, el ámbito temporal de esta fiscalización abarca
los ejercicios 1989, 1991 y 1992.
I.3. Objetivos de la Fiscalización
En la programación y ejecución de la fiscalización se han establecido
los siguientes objetivos:
1) Comprobar el cumplimiento de la legalidad vigente por parte de la
Formación política, en especial en la financiación ordinaria y
electoral.
2) Evaluar el sistema de control interno previsto por la Formación
política, en cumplimiento del art. 10 de la mencionada Ley Orgánica
3/1987.
3) Analizar los registros contables de la Formación política y
verificar si permiten conocer la situación financiera de acuerdo con
lo contemplado en el art. 9 de la Ley Orgánica 3/1987.
I.4. Alcance y limitaciones de la Fiscalización
Atendiendo al contenido de la Resolución de la Comisión Mixta, la
fiscalización se ha efectuado sobre la contabilidad de la Sede
regional de Baleares y los registros contables de la Sede central de
la Federación de Partidos de Alianza Popular-Partido Popular que se
derivan de la interrelación económico-financiera entre ambas, así
como sobre el proceso de integración de los estados contables de la
Sede regional en las cuentas anuales consolidadas de la Formación
política.
En la Resolución de la Comisión Mixta por la que se solicita esta
fiscalización, se invocan los artículos 27 y 30 de la Ley 7/1988, de
5 de abril, de funcionamiento del
Tribunal de Cuentas, que son de aplicación directa al Sector público.
No obstante, su aplicación a esta fiscalización se ha efectuado por
analogía y dentro del estricto ejercicio de las competencias
fiscalizadoras legalmente atribuidas al Tribunal de Cuentas. Por
ello, las comprobaciones se han efectuado de forma directa sobre la
información contable de la Formación política, y en cuanto a las
entidades privadas relacionadas con aquélla , se ha solicitado, a
través del Partido, confirmación de los saldos correspondientes a las
relaciones económicofinancieras mantenidas.
Los estados contables de los ejercicios 1989, 1991 y 1992, rendidos
por la Formación política en cumplimiento del artículo 11 de la Ley
Orgánica 3/1987, fueron fiscalizados y sus resultados integrados en
los respectivos Informes de Fiscalización de la Contabilidad de los
Partidos políticos, aprobados por el Pleno del Tribunal de Cuentas.
Las comprobaciones se efectuaron, principalmente, sobre la
contabilidad de Tesorería nacional y determinadas sedes
territoriales, entre las que no se incluyó la Sede regional de
Baleares. Asimismo, las contabilidades electorales rendidas por la
Formación política como consecuencia de los procesos electorales
celebrados en 1989 (elecciones al Parlamento Europeo y elecciones
Generales) y en 1991 (elecciones locales y a la Asamblea Legislativa
de la Comunidad Autónoma de Baleares) fueron fiscalizadas y aprobados
sus respectivos Informes por el Pleno del Tribunal de Cuentas.
Para la presente fiscalización se han examinado y comprobado, en la
propia Sede regional de Baleares, los balances de situación y las
cuentas de pérdidas y ganancias de cada uno de los tres ejercicios
(1989, 1991 y 1992). Por otra parte, en relación con la integración
de la contabilidad de la Sede regional en las cuentas anuales de la
Formación política, se han efectuado las comprobaciones pertinentes
sobre la documentación contable anual que fue rendida a este Tribunal
para su fiscalización.
Con respecto a las operaciones económico-financieras realizadas por
la Formación política con entidades privadas, se ha solicitado a la
Sede regional que requiera, de once entidades de crédito, información
sobre las cuentas bancarias y operaciones de riesgos que hubieran
mantenido con la Formación política durante los ejercicios 1989, 1991
y 1992. Las entidades circularizadas han sido aquéllas que, teniendo
sede en Baleares, no contestaron a la circularización bancaria
efectuada a nivel nacional con motivo de las fiscalizaciones de la
contabilidad ordinaria del Partido Popular, o no fueron
circularizadas, con independencia de que figuren o no en la
contabilidad cuentas abiertas en las mismas. Asimismo, a solicitud de
este Tribunal, la Sede regional ha requerido información de las
transacciones comerciales efectuadas con once proveedores. La
selección de los proveedores se ha efectuado atendiendo a criterios
cuantitativos y cualitativos. Dada la atomización de las cuantías de
los gastos registrados, se han seleccionado aquellos proveedores cuya
facturación contabilizada ha sido superior al millón de pesetas,
y aquellos otros en que se ha estimado necesaria la confirmación de la
facturación contabilizada. El conjunto de la facturación de los
proveedores seleccionados representa
el 27 por ciento y el 25 por ciento de los gastos contabilizados por
servicios exteriores de la actividad ordinaria en 1991 y 1992,
respectivamente. Si bien el Partido ha solicitado la información
requerida por el Tribunal de Cuentas a las entidades privadas
seleccionadas, cuatro entidades de crédito y siete proveedores no han
contestado a dicha solicitud. Cabe señalar que ninguna de estas
entidades de crédito tienen saldo en la contabilidad del Partido
referida a los ejercicios fiscalizados y que, por otra parte, la
facturación contabilizada de estos proveedores, que asciende a
6.427.058 ptas. y 7.843.916 ptas., representa el 67 por ciento y 78
por ciento del total de los proveedores circularizados en 1991 y
1992, respectivamente.
De las comunicaciones recibidas, una entidad de crédito, cuyos
ingresos realizados en las cuentas corrientes mantenidas con la misma
representan el 90 por ciento y 68 por ciento del total de los
ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias de los ejercicios 1991
y 1992, respectivamente, ha contestado enviando, únicamente, una
relación de cuentas corrientes correspondientes a sedes locales. No
se ha informado, por tanto, sobre las cuentas corrientes mantenidas
por la Sede regional ni sobre la única operación de crédito
formalizada, incluidas en la contabilidad de la Sede regional. Una de
las cuentas corrientes es la destinada a recoger los ingresos por
aportaciones.
La falta de respuesta de las aludidas entidades de crédito
y fundamentalmente la contestación incompleta de la entidad financiera
a través de la cual se ha canalizado la mayor parte de las
operaciones de la Sede regional, así como la carencia de información
por parte de los citados proveedores ha constituido una limitación al
trabajo realizado para confirmar los saldos registrados de las
correspondientes operaciones, como se recoge en los resultados del
Informe.
En la realización de estas pruebas sobre la representatividad de los
saldos contables, el Tribunal se ha atenido a lo previsto en la
legislación vigente, según la cual no es posible realizar
comprobaciones directas sobre la organización
interna y la información contable de entidades privadas.
Respecto al balance de situación y a la cuenta de pérdidas
y ganancias del ejercicio 1989, de la sede regional de Baleares, no se
ha dispuesto del libro Diario ni de los detalles de los movimientos
de las cuentas, ni tampoco de la documentación justificativa, por lo
que no se ha podido comprobar que los datos contables expresados en
los mencionados documentos representen la actividad económico-
financiera de la Sede regional. Según las alegaciones formuladas por
el Partido, esta carencia viene justificada por haber transcurrido el
plazo previsto en el Código de Comercio para la conservación de los
libros, documentos y justificantes contables.
A pesar de estas dificultades y para atender la petición de la
Comisión Mixta, como actuación fiscalizadora complementaria a la
falta de documentación del ejercicio 1989, la Formación política, a
solicitud de este Tribunal, requirió de dos entidades de crédito la
identificación de determinados ingresos que figuraban registrados en
los extractos de las cuentas corrientes correspondientes a dicho
ejercicio.
I.5. Trámite de alegaciones
Los resultados provisionales deducidos de las actuaciones
fiscalizadoras han sido remitidos a la Sede regional de Baleares y a
la Sede central, a fin de que alegaran y presentaran cuantos
documentos y justificantes estimasen pertinentes.
Se han recibido únicamente alegaciones de la Sede regional de
Baleares del Partido Popular, que han sido tenidas en cuenta en la
redacción definitiva de este Informe.
II. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA
Los estados contables formulados por la Sede regional de Baleares de
los ejercicios objeto de esta fiscalizaciónse transcriben a
continuación:
III. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
III.1. Análisis del control interno
En el análisis del sistema contable y del control interno implantado
se han detectado las siguientes debilidades:
a) No se contabilizan las operaciones conforme al principio del
devengo, por lo que los ingresos y gastos se registran en la cuenta
de pérdidas y ganancias en el momento de su cobro o pago,
respectivamente, y no figuran en el balance de situación los saldos
deudores ni los acreedores. Tampoco se registra la actividad de los
grupos de cargos electos, contabilizándose tan sólo las aportaciones
b) No han existido cuentas en entidades de crédito destinadas a
recoger con carácter exclusivo los ingresos
por aportaciones privadas, salvo a partir del tercer trimestre de
1991 en que fue abierta una cuenta específica para donativos,
cancelada a finales de 1992. También se han registrado ingresos de
donativos a través de caja, con el alcance que se detalla
posteriormente al analizar los resultados de la fiscalización. Por
tanto, se ha contravenido lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley
Orgánica 3/1987.
c) No existen inventarios detallados de los bienes de inmovilizado
material, supliéndose esta deficiencia con relaciones de bienes en
las que se indica su posible valoración, pero sin ninguna
concordancia con los saldos contables registrados. No se ha dotado,
en ninguno de los tres ejercicios, la amortización para este
inmovilizado. No se aceptan las razones aducidas en las alegaciones
en las que, por otra parte, se indica que a partir de 1993 se
corrigen las deficiencias señaladas.
d) No hay constancia de la realización de arqueos periódicos del
efectivo depositado en caja, ni de conciliaciones
de los saldos bancarios. La cuenta de caja, en el ejercicio 1992,
presenta numerosos saldos acreedores contrarios a la naturaleza de la
misma, lo que implica una carencia de consistencia interna de la
contabilidad. A pesar de lo expuesto en alegaciones, el registro de
las operaciones en el momento de su cobro o pago no excluye la
realización de conciliaciones bancarias, habiéndose observado que al
cierre de los ejercicios 1991 y 1992 existían diferencias no
conciliadas entre saldos contables y saldos de los extractos de las
cuentas bancarias.
e) No se han cumplido los requisitos establecidos por el Partido en
la apertura de dos cuentas corrientes, dado que fueron abiertas y
canceladas únicamente por el gerente, cuando estos requisitos
establecían el carácter conjunto y mancomunado de, al menos, dos
apoderados. Una es la cuenta utilizada durante parte de los
ejercicios 1991 y 1992 para ingresar las aportaciones de personas
físicas o jurídicas. No obstante, en ambos casos, se ha comprobado
que los movimientos reflejados en los extractos bancarios han sido
contabilizados. Además de estas cuentas, se ha observado la
existencia de cuentas corrientes que corresponden a la organización
local del Partido y utilizan la denominación de la Formación
política, sin que se haya formalizado su correspondiente autorización
por el Partido. De acuerdo con el ámbito de la contabilidad de la
Sede regional, estas cuentas no figuran en la misma.
f) Las cuentas utilizadas para el registro de las operaciones de
ingresos no facilitan una adecuada información contable sobre su
naturaleza, a pesar de lo manifestado en las alegaciones,
dificultando su consolidación a nivel nacional. En determinados casos
no hay una correlación entre la naturaleza de los ingresos
contabilizados y la denominación de las cuentas. Se utiliza una única
cuenta para contabilizar tanto las aportaciones procedentes de
personas físicas o jurídicas como las anónimas.
g) La integración de los estados contables de la Sede regional en las
cuentas anuales de la Sede central, en los ejercicios 1991 y 1992, se
ha realizado sin que las partidas se hayan homogeneizado
adecuadamente, según su naturaleza, entre ambas sedes.
III.2. Representatividad de los Estados contables
Dada la simultaneidad de las comprobaciones efectuadas sobre los
estados contables de los ejercicios 1989, 1991 y 1992, y a fin de
evitar la reiteración en los resultados obtenidos y en la
manifestación de las deficiencias detectadas, la exposición de las
observaciones se efectúa conjuntamente para los ejercicios 1991 y
1992, y no las del ejercicio de 1989, por las limitaciones
presentadas en los procedimientos fiscalizadores para este ejercicio,
según se ha indicado en el apartado I.4 del Informe.
III.2.1. Cuentas anuales del Ejercicio 1989
Como se ha indicado, no se han podido efectuar comprobaciones sobre
los saldos presentados en el balance de situación y en la cuenta de
pérdidas y ganancias, dado que no se ha dispuesto del libro Diario ni
de los detalles de los movimientos de las cuentas, como tampoco de
los documentos justificativos.
Ante el requerimiento de los documentos contables y justificativos,
la Gerencia de la Sede regional ha manifestado que no dispone de los
documentos solicitados, dado que, por el tiempo transcurrido, y
efectuando una aplicación analógica de la legislación mercantil y
tributaria, no existe el deber de conservarlos. Asimismo, hace
constar que este ejercicio ya fue fiscalizado por el Tribunal de
Cuentas. En las alegaciones formuladas se señala que la no
conservación de la documentación contable justificativa por haber
transcurrido el plazo previsto en el Código de Comercio. Esta
carencia de documentación no ha podido subsanarse con la facilitada
por la Sede Central, reducida a unas meras relaciones informativas de
algunos datos, sin alcanzar la naturaleza de registros contables y
documentación acreditativa de los saldos.
Como documentación alternativa, la Formación política ha facilitado,
únicamente, los extractos bancarios correspondientes a dos cuentas
corrientes, que son las que figuran en los registros de la
contabilidad de los ejercicios siguientes.
Por estimar de significativa importancia el análisis de los ingresos
de los extractos bancarios, cuyo total asciende a 37.759.502 ptas.,
se ha tratado de identificar el origen de los mismos. En función de
la naturaleza de las operaciones descritas en los extractos, de la
periodicidad de los ingresos y su comparación con las partidas
contabilizadas en los ejercicios posteriores, se ha podido estimar la
naturaleza de ingresos por un importe total de 21.231.920 ptas., que
se agrupan en los siguientes conceptos:
En cuanto al resto de los abonos no identificados mediante los
criterios citados, por importe de 16.527.582 ptas., la Formación
política, a solicitud de este Tribunal, requirió de las entidades de
crédito la identificación de las partidas más significativas, por
importe de 14.720.238 ptas. Una de las entidades no ha contestado a
la solicitud formulada , referida a un importe total de 3.544.140
ptas., y en la contestación enviada por la otra entidad, en relación
con el importe restante de 11.176.098 ptas., no se identifica a
ninguno de los aportantes, dado que en el resguardo de ingreso no
figura la firma o ésta es ilegible, ni se especifica la naturaleza de
los ingresos.
No obstante, de la comparación efectuada entre los estados contables
de este ejercicio y siguientes se deduce que la estructura de los
mismos no difiere substancialmente.
En consecuencia, dada la importancia de las limitaciones al alcance
de la fiscalización del balance de situación y cuenta de pérdidas y
ganancias del ejercicio 1989 mencionadas
en los párrafos anteriores, no se ha podido comprobar la
representatividad de los saldos incluidos en los estados contables ni
la observancia de la legalidad vigente.
III.2.2. Cuentas anuales de los ejercicios 1991 y 1992
Los balances de situación y las cuentas de pérdidas y ganancias
fiscalizados corresponden a los presentados por la Sede regional de
Baleares. Incluyen la actividad económico-financiera desarrollada por
dicha Sede regional y las operaciones efectuadas en la Sede local de
Palma de Mallorca, así como operaciones singulares, que se indican en
los párrafos siguientes, sobre la actividad del resto de la
organización territorial e institucional.
Inmovilizado material
No existe un inventario detallado de todos los elementos que integran
el saldo de la cuenta de inmovilizado material, como se ha indicado
en el epígrafe III.1 de análisis del control interno, por lo que no
se ha podido comprobar la representatividad de los saldos que figuran
en el balance de situación de ambos ejercicios.
No obstante, se han comprobado en su totalidad los movimientos
registrados a partir del ejercicio 1989, ya que de este ejercicio no
se disponía de ningún documento justificativo, como se ha indicado en
el epígrafe III.2.1., resultando las siguientes observaciones:
a) En ninguno de los ejercicios se ha procedido a dotar la
amortización como reflejo de la depreciación sufrida por los bienes,
ni figura contabilizado ningún fondo de amortización, por lo que el
saldo del inmovilizado no está corregido en la cuantía de la
depreciación producida.
b) Durante el ejercicio de 1991, el producto de la venta de tres
elementos de inmovilizado, por un importe total de 375.000 ptas., se
ha imputado íntegramente a la cuenta de pérdidas y ganancias, sin
causar baja el coste del inmovilizado vendido.
Cuentas Financieras
La Formación política ha utilizado para contabilizar los movimientos
de sus disponibilidades líquidas una cuenta de caja y tres cuentas de
bancos que se corresponden con tres cuentas corrientes mantenidas en
dos entidades de crédito, aunque una de éstas fue abierta en el
tercer trimestre de 1991 y cancelada a finales de 1992.
En el ejercicio 1991, en la cuenta «Bancos Ctas. ctes.» figura
incorrectamente clasificado el saldo dispuesto de un crédito, por
importe de 2.650.241 ptas., que se formalizó en este ejercicio con
motivo del proceso electoral autonómico y que fue cancelado el año
siguiente. En consecuencia, el saldo acreedor contable de bancos
debería ser deudor por importe de 1.891.890 ptas., debiéndose
registrar el saldo dispuesto del crédito bancario en el pasivo del
balance.
Durante el ejercicio 1992, la cuenta de caja presenta saldos
acreedores contrarios a su naturaleza que, aunque
por cuantía no significativa, implican una carencia de consistencia
interna de la contabilidad presentada.
Dado que, como se ha indicado en el apartado I.4 de este Informe, no
han contestado cuatro de los once bancos circularizados y que uno de
ellos, a través del cual se han efectuado la mayoría de los cobros y
pagos registrados, ha contestado únicamente con una relación de
cuentas corrientes entre las que no se incluye las dos cuentas
mantenidas por la Sede regional, no se puede expresar una opinión
sobre la cuantía del disponible en bancos en los ejercicios 1991 y
1992. No obstante, se ha comprobado la coincidencia del saldo
contable de esta entidad con los extractos bancarios facilitados por
la Formación política.
Fondo Patrimonial
Las variaciones producidas en el neto patrimonial durante los
ejercicios fiscalizados corresponden a la aplicación de los
resultados de cada uno de los ejercicios, según los siguientes
movimientos:
Deudores y acreedores
Como consecuencia de no registrarse los hechos económicos conforme al
principio del devengo, según se ha indicado en el epígrafe III.1 de
este Informe, no existen cuentas deudoras ni acreedoras. Así, entre
otras, no figuran registradas las subvenciones públicas pendientes de
cobro ni la deuda originada con la Hacienda Pública y la Seguridad
Social. La subvención pendiente de cobro, a final de ambos
ejercicios, era de 8.149.810 ptas., y fue cobrada en el ejercicio
1993, y la deuda con Administraciones públicas ascendía, a final del
ejercicio, a 326.364 ptas. en 1991 y a 271.334 ptas. en 1992.
Deudas con entidades de crédito
La única deuda con entidades de crédito registrada en la contabilidad
de la Sede regional es la correspondiente al saldo dispuesto de un
crédito formalizado para las elecciones autonómicas, celebradas en
1991, que figura incorrectamente contabilizado dentro del saldo de
«Banco ctas. ctes.» en el ejercicio 1991, como se ha indicado.
Debido a la limitación a las actuaciones fiscalizadoras, ya
mencionada en el epígrafe I.4, como consecuencia de no haber
contestado todas las entidades de crédito a la solicitud efectuada
sobre los préstamos o créditos otorgados a la Formación política, y,
fundamentalmente, de la falta de confirmación por parte de la entidad
otorgante del crédito, no se puede expresar una opinión sobre el
importe de las deudas contraídas con entidades de crédito.
Gastos de funcionamiento ordinario
Del examen de la documentación acreditativa, que en determinadas
cuentas ha alcanzado el cien por cien de las anotaciones contables,
se observa, en general, una adecuada justificación de las partidas
analizadas. No obstante, en los párrafos siguientes se indica por
cada tipo de gastos las observaciones y deficiencias constatadas.
Como gastos de personal, figuran contabilizadas 11.278.575 ptas. y
10.605.754 ptas. en los ejercicios 1991 y 1992, respectivamente. Se
ha comprobado la adecuada justificación de las remuneraciones
devengadas, así como el cumplimiento de las obligaciones fiscales y
de la Seguridad Social.
Entre los gastos de personal, además de las nóminas de la Sede
regional y de Palma de Mallorca, como se ha indicado al principio del
epígrafe III.2.2., en el ejercicio de 1991 figuran contabilizadas las
nóminas de aquellas sedes locales que no han podido hacer frente a
las mismas, así como las nóminas del personal contratado por la sede
de Menorca.
Se incluye indebidamente el sueldo del Gerente del Partido, ya que su
vínculo contractual es con la Sede central y de allí provienen los
fondos para el pago de su nómina, que se registra en la cuenta
«Nóminas provincias» de la contabilidad de dicha sede. La Sede
regional, generalmente, adelanta el importe de la nómina y lo
registra como gasto de personal, en vez de hacerlo como una entrega a
cuenta de la remuneración. Posteriormente, una vez recibida la
transferencia en la cuenta corriente, contabiliza el ingreso. Como
consecuencia de esta práctica contable, el conjunto de los gastos e
ingresos de la Sede regional de los ejercicios de 1991 y 1992 están
sobrevalorados, aunque los resultados de los ejercicios no resultan
afectados.
Dado que la contabilización de los gastos se efectúa en función del
momento en que se realiza el pago, los gastos de personal deben ser
incrementados en 121.329 ptas. en el ejercicio de 1991 y disminuidos
en 55.030 ptas. en 1992, como consecuencia del resultado neto de los
pagos trimestrales de I.R.P.F. y las cuotas mensuales de la Seguridad
Social indebidamente imputados en el ejercicio siguiente al de su
devengo.
Teniendo en cuenta las incidencias anteriores, los gastos de personal
presentan el siguiente detalle:
Los gastos financieros corresponden a los intereses del crédito
electoral y a los intereses deudores de las cuentas corrientes, según
el desglose que se indica a continuación, si bien sus cuantías están
afectadas por las limitaciones señaladas en el análisis del
endeudamiento:
La cuenta «Trabajos realizados por otras empresas», con un saldo a
fin de ejercicio 1991 de 121.249 ptas., recoge gastos de servicios
electorales que no fueron incluidos en la contabilidad electoral
rendida a este Tribunal y que se abonaron a través de la cuenta
bancaria de funcionamiento del Partido, contraviniendo lo dispuesto
en el artículo 125 de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio, del
Régimen Electoral General.
La cuenta «Otros gastos» representa el 17 por ciento y 36 por ciento
del total de los gastos registrados en 1991 y 1992, respectivamente,
y recoge los desembolsos efectuados para atender los gastos de
diversas sedes locales y de organizaciones afines al Partido, así
como las transferencias de fondos realizados a parte de la estructura
territorial del Partido en Baleares (junta insular de Menorca y junta
insular de Ibiza -Formentera) . Estos desembolsos se efectuaron en
concepto de parte proporcional de la subvención recibida por el Grupo
parlamentario autonómico y parte correspondiente de la cuota política
de cargos electos (diputados y senadores de las Cortes Generales), en
función de la circunscripción electoral por la que dichos cargos han
sido elegidos. Asimismo, en el ejercicio 1991 se incluyen los gastos
efectuados en relación a la coalición con Unión Mallorquina, y en
1992 las transferencias de fondos a esta misma Formación política en
concepto de dotaciones al Grupo parlamentario y al Grupo municipal.
En los gastos atendidos directamente por la Formación política, se ha
comprobado su adecuada justificación a través de las facturas
correspondientes. En el resto de los gastos, se ha examinado el
documento bancario que acredita la realización de la transferencia.
El detalle de sus cuantías es el siguiente:
No figura contabilizada parte de la facturación del ejercicio 1992,
por importe de 1.335.052 ptas., comunicada por un proveedor como
efectuada a la Formación política en concepto de gastos de billetes
de avión, alquiler de coches y estancia en hotel, según la
documentación justificativa remitida por aquél. La Gerencia de la
sede regional de Baleares, en respuesta a la solicitud de
conciliación del Tribunal de Cuentas, ha indicado que son servicios
gestionados desde el Partido Popular de Baleares por cuenta de la
Fundación Antonio Maura y de la Fundación para el Análisis y Estudios
Sociales, por
importes de 294.197 ptas. y 1.040.855 ptas., respectivamente, sin
haber aportado ninguna documentación que acredite fehacientemente
este extremo.
Ingresos de funcionamiento ordinario
La cuenta «Ingresos de cuotas» registra únicamente las aportaciones
de los cargos electos y designados, por importes de 10.614.500 ptas.
y 13.545.000 ptas. para los ejercicios 1991 y 1992, respectivamente.
Por el contrario , las cuotas de los afiliados correspondientes a la
junta local de Palma se contabilizan dentro de la cuenta «Otros
ingresos», con unos saldos al cierre de los ejercicios 1991 y 1992 de
4.142.600 ptas. y 5.928.150 ptas., respectivamente.
La cuenta «Subvenciones de Tesorería nacional» registra los fondos
transferidos por la Sede central para el pago de la nómina del
gerente. De acuerdo con la descripción de la operación realizada al
analizar los gastos de personal, estos fondos no tienen naturaleza de
ingreso, por lo que éstos figuran sobrevalorados, si bien los
resultados de los ejercicios no se ven alterados.
La cuenta «Subvenciones oficiales» incluye, principalmente, los
fondos entregados por los grupos de cargos electos con representación
en el Ayuntamiento de Palma, Consejo Insular de Mallorca y Parlamento
Balear, y proceden de las cantidades percibidas por estos grupos en
concepto de asignaciones, excepto los ingresos procedentes del Grupo
Popular en el Parlamento Balear del ejercicio 1991, que figuran
contabilizados en la cuenta «Otros ingresos».
Comparando los importes contabilizados con las cantidades comunicadas
por estas Instituciones, según la circularización efectuada en los
trabajos de fiscalización de la contabilidad de los Partidos
políticos de los ejercicios 1991 y 1992, se deduce que, en relación a
los grupos del Consejo Insular de Mallorca y del Parlamento Balear,
no se ha incluido un importe de 8.434.379 ptas. en el ejercicio 1991
y de 8.544.000 ptas. en 1992, como consecuencia de no registrarse la
actividad económico-financiera de los grupos de cargos electos, sino
tan sólo las aportaciones a la Sede regional.
El detalle de las cuantías registradas, según la procedenciade las
asignaciones, es el siguiente:
Las variaciones entre ejercicios son debidas, fundamentalmente, a la
constitución, a finales del primer semestre de 1991, del Grupo
Parlamentario Partido Popular -Unión Mallorquina, al haber concurrido
en coalición en las elecciones autonómicas celebradas en 1991.
La cuenta «Subvenciones oficiales» incluye en el ejercicio 1992, una
transferencia ordenada por la Fundación
para el Análisis y Estudios Sociales (FAES), por importe de
327.061 ptas., no figurando el concepto por el que se ha efectuado.
La cuenta «Donativos» recoge tanto las aportaciones procedentes de
personas físicas o jurídicas como las aportaciones anónimas, lo que
dificulta la consolidación a nivel nacional de estas últimas. La
cuantía de los donativos anónimos registrados en 1991 y 1992 ha
ascendido a 2.116.500 ptas. y 2.181.600 ptas., respectivamente.
Se ha contravenido, por otra parte, lo contemplado en el artículo 6
de la Ley 3/1987 al no haberse abonado parte de las aportaciones
privadas en cuentas abiertas en entidades de crédito que recojan
exclusivamente estos ingresos. Como ya se ha indicado, la cuenta en
entidad de crédito destinada a recoger donativos fue abierta en el
tercer trimestre de 1991 y cancelada a finales de 1992. De los
ingresos contabilizados en 1991, por importe de 4.538.500 ptas.,
únicamente se han ingresado en una cuenta bancaria específica de
donativos, según las previsiones del artículo citado, 1.116.500
ptas., realizándose a través de caja un importe de 1.822.000 ptas. y
1.600.000 ptas. en el resto de las cuentas bancarias ordinarias. En
1992 se han registrado ingresos por 2.244.140 ptas., que han sido
abonados en una cuenta bancaria específica de donativos, excepto
52.540 ptas. ingresadas en cuentas bancarias ordinarias, sin que
aparezca en este ejercicio ningún donativo por caja.
El saldo resultante de la cuenta «Otros ingresos», una vez
descontadas las cuantías de los ingresos ya analizados en función de
su correcta naturaleza, asciende a 368.540 ptas. en 1991 y a
1.265.628 ptas. en 1992. Dentro de estos saldos, se incluyen las
subvenciones otorgadas por el Gobierno Balear a la organización
Nuevas Generaciones, por importe de 150.000 y 300.000 ptas.,
respectivamente. No obstante, estos recursos no están contemplados en
el art. 2 de la Ley Orgánica 3/1987, que delimita la financiación
pública que pueden percibir las Formaciones políticas.
Ingresos y gastos de campañas electorales.
Los procesos electorales celebrados durante los ejercicios
fiscalizados que inciden sobre la actividad económico- financiera de
la Sede regional de Baleares son, en el año 1989, las elecciones al
Parlamento Europeo y las Elecciones Generales, celebradas el 15 de
junio y el 29 de octubre, respectivamente, y en el año 1991, las
elecciones locales y a la Asamblea Legislativa de las Comunidad
Autónoma de Baleares, celebradas ambas el 26 de mayo.
La contabilidad electoral de esta Formación política, en los
distintos procesos electorales, fue fiscalizada y sus respectivos
Informes presentados en la Comisión Mixta. La contabilidad electoral
de las elecciones celebradas en el ejercicio 1991 fue integrada en
cuentas específicas de la contabilidad ordinaria de la Tesorería
nacional, que a su vez fue rendida ante el Tribunal de Cuentas y su
Informe aprobado por el Pleno de este Tribunal y elevado a las Cortes
Generales. No obstante, dado que la contabilización de las
operaciones económico-financieras se efectúaen función del momento en
que se producen los
cobros y los pagos, figuran diversas partidas de ingresos y gastos en
la contabilidad de la Sede regional de Baleares que no se incluyeron
en la contabilidad electoral presentada ante el Tribunal de Cuentas,
con el alcance y extensión que se indica en los párrafos siguientes.
Las cuentas de ingresos y gastos que registran operaciones
electorales presentan los saldos y conceptos siguientes:
La cuenta «Ingresos campaña electoral» incluye el anticipo de las
subvenciones a las elecciones al Parlamento de las Islas Baleares,
celebradas en 1991, por importe de 16.658.640 ptas., abonado por el
Gobierno Balear después de haber presentado la contabilidad electoral
ante el Tribunal de Cuentas. Queda pendiente de contabilización el
resto de la subvención, que fue liquidada en el ejercicio 1993 por
importe de 8.149.810 ptas.
La cuenta «Gastos campaña electoral» incluye, por una parte, una
anotación contable, por importe de 21.222.126 ptas., motivada por el
incorrecto registro, en la contabilidad de la Sede regional, de la
deuda pendiente de un crédito electoral suscrito para las elecciones
autonómicas a fin de ir contabilizando los pagos efectuados para su
amortización, pero cuyas contrapartidas de gasto atendidas con éste
ya figuraban incluidas en la contabilidad electoral rendida.
Por otra parte, esta cuenta incluye diversas partidas de gasto de las
elecciones locales y autonómicas, que no fueron incluidas en las
contabilidades electorales respectivas, rendidas ante el Tribunal de
Cuentas, contraviniendo el artículo 125 de la Ley Orgánica 5/1985, de
19 de julio, del Régimen Electoral General. Estos gastos,
incrementados en la cuantía de los gastos electorales incluidos en la
cuenta «Trabajos realizados por otras empresas», ascienden a
3.861.570 ptas. en el ejercicio 1991 y a 270.890 ptas. en 1992. Si se
tuvieran en cuenta las cuantías de estos gastos en la verificación
del cumplimiento del límite máximo de gastos de las elecciones
locales y de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de
Baleares, se observa que dicho límite continúa sin ser sobrepasado.
III.3. Integración con las cuentas anuales de la Sede central
En el ejercicio 1989 la Sede central no dispuso de unos estados
agregados que recogieran la situación de toda la Organización
Institucional y Territorial de la Formación Política. En los
ejercicios 1991 y 1992, el proceso de integración de la contabilidad
de la Sede regional con las cuentas anuales de la Sede central se ha
llevado a cabo mediante la agregación de las diferentes partidas de
los balances de situación y cuentas de pérdidas y ganancias. Aun
cuando en la Sede central se han efectuado algunas reclasificaciones
de las cuentas de la Sede regional,
el proceso de integración no ha estado precedido de una adecuada
homogeneización de la estructura de las respectivas cuentas anuales,
de manera que las cuentas a agregar recojan operaciones de idéntica
naturaleza. En consecuencia, pese a haberse incorporado en su
totalidad las partidas que componen el balance de situación y la
cuenta de pérdidas y ganancias de la Sede regional, se han producido
incorrectas clasificaciones en las cuentas consolidadas, así como
errores en la eliminación de algunas operaciones recíprocas entre
sedes.
Las cuentas consolidadas en las que se han agrupado operaciones de
distinta naturaleza corresponden principalmente a los ingresos, dado
que, como ya se ha indicado en el análisis del control interno y
detallado en los resultados de los ingresos de funcionamiento
ordinario, la naturaleza de las operaciones registradas no coincide
en algunos casos con la descripción de las cuentas utilizadas para su
registro. Por otra parte, en el balance consolidado del ejercicio
1991, debido a la incorrecta clasificación en la cuenta de tesorería
del saldo acreedor correspondiente al importe dispuesto del crédito
electoral, el saldo de la cuenta consolidada de tesorería también
incluye el importe de esta deuda.
Las partidas de ingresos incorrectamente clasificadas afectan a las
siguientes cuentas consolidadas:
a) En la cuenta consolidada «Ingresos de Organismos oficiales
provincias» se incluye un importe de 30.740.610 ptas. proveniente de
los estados financieros del Grupo Popular en el Parlamento Balear,
correspondiente en su mayor parte a las subvenciones percibidas por
dicho Grupo. Asimismo, en la cuenta «otros ingresos» figura un
importe de 18.700.000 ptas., incluido también en los estados
consolidados, registrado por la Sede regional, que se corresponde con
el mismo concepto de subvenciones mencionadas del Grupo
Parlamentario, como se ha indicado anteriormente, y que fue
contabilizado como gasto por dicho Grupo. A este respecto, cabe
señalar, además del inadecuado registro de esas operaciones según su
naturaleza, que no se ha efectuado la oportuna eliminación de las
partidas recíprocas de ingresos y gastos, previa a la consolidación,
aunque esa deficiencia no ha afectado a los resultados del ejercicio.
b) En la cuenta consolidada de ingreso «Donativo provincias», se ha
agregado en el ejercicio 1991 un importe total de 21.220.451 ptas.,
cuando las aportaciones procedentes de personas físicas o jurídicas
que figuran contabilizadas en la cuenta «Donativos» de la Sede
regional ascienden a 4.538.500 ptas. La diferencia se corresponde con
el saldo de la cuenta «Ingresos de campaña electoral».
c) En la cuenta consolidada «Ingresos por cuotas de afiliados», se
han integrado las aportaciones de los cargos electos y designados,
por importe de 10.614.500 ptas. en 1991 y 13.545.000 ptas. en 1992,
sin que se hayan agregado las cuotas procedentes de los afiliados,
dado que figuraban en otra cuenta cuya denominación no indicaba esta
naturaleza. La cuantía de estas cuotas asciende a 4.142.000 ptas. en
1991 y a 5.928.150 ptas.en 1992.
Como consecuencia de no haber efectuado algunas eliminaciones o ser
éstas incompletas, se han producido las siguientes deficiencias
contables en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada:
a) Los gastos financieros del crédito electoral, que ascendieron en
1991 a 1.446.775 ptas., han sido incluidos en la cuenta «Gastos
bancarios provincias», a pesar de que la provisión de los gastos
financieros del proceso electoral ya fue contabilizada en la
Tesorería nacional, en la cuenta «Intereses de créditos elecciones
autonómicas 91».
b) De los ingresos contabilizados en el ejercicio 1991 por las
transferencias enviadas desde la Sede central para atender las
nóminas del gerente, únicamente se ha eliminado parte del total
transferido, integrándose el resto en la cuenta de ingresos «Cargos
electos provincias», por importe de 1.680.020 ptas.
Dada la naturaleza de las deficiencias y la cuantía de las partidas
en relación con el resultado consolidado del ejercicio de 1991 (453
millones de beneficios), así como con los ingresos consolidados de
los ejercicios 1991 y 1992 (7.383 y 6.309 millones de pesetas,
respectivamente), se estima que tanto las deficiencias detectadas en
la clasificación de la naturaleza de los ingresos como los ajustes al
resultado consolidado del ejercicio 1991, por las eliminaciones
indebidamente efectuadas, no afectan a la representatividad de los
estados contables consolidados.
IV. CONCLUSIONES
De lo expuesto anteriormente, se deducen las siguientes conclusiones:
1. Las actuaciones fiscalizadoras se han efectuado en el marco de las
competencias atribuidas a tal fin al Tribunal de Cuentas por la
legislación vigente, que le atribuye en exclusiva la fiscalización
externa de la actividad ordinaria de los Partidos Políticos, pero sin
que estas atribuciones puedan alcanzar a la realización de
comprobaciones directas sobre la organización interna y la
información contable de entidades privadas. Por ello, la
fiscalización ha resultado limitada por la falta de información,
o ser ésta incompleta, por parte de determinadas entidades de crédito y
proveedores, y por la nula o insuficiente acreditación justificativa
de ciertos movimientos y saldos contables por parte de la Formación
política, fundamentalmente en el ejercicio 1989.
2. Para el examen de los estados financieros del ejercicio de 1989,
no se ha dispuesto del Libro Diario, ni del detalle de los
movimientos de las cuentas, ni de su documentación justificativa.
Ello es debido, según información de responsables regionales de la
Formación Política, confirmada en el trámite de alegaciones, a que,
en una aplicación analógica, ha transcurrido el tiempo para la
conservación de la documentación contable y justificativa previsto en
el Código de Comercio. En consecuencia, no se ha podido comprobar la
representatividad de los saldos incluidos en los estados contables ni
la observancia de la legalidad vigente.
No obstante lo anterior, de la comparación de los saldos de los
estados contables de 1989 con los ejercicios posteriores, y de las
comprobaciones efectuadas para los años 1991 y 1992, resulta que las
cuentas patrimoniales mantienen una continuidad lógica y que la
estructura e importes de gastos e ingresos no difieren
significativamente.
3. La representatividad de los estados contables presentados por la
Sede regional de Baleares de los ejercicios 1991 y 1992 está afectada
por las deficiencias señaladas en el apartado de resultados de este
Informe y por no haber dispuesto de toda la información solicitada
a entidades de crédito y proveedores.
4. Se han observado deficiencias en el sistema de control interno en
la Sede Regional de Baleares. En este sentido, no existe inventario
detallado de su inmovilizado material, no consta la realización de
arqueos periódicos de caja ni de conciliaciones bancarias, y se ha
incumplido, en ocasiones, la normativa interna establecida por el
Partido respecto a la apertura de cuentas corrientes en entidades de
crédito. Asimismo, se ha observado el incumplimiento del principio
del devengo y la inadecuada clasificación contable de determinadas
operaciones.
5. En las comprobaciones efectuadas en el estricto ámbito de las
competencias legalmente atribuidas al Tribunal de Cuentas, con las
limitaciones expuestas en el Informe, en el análisis de los estados
financieros no se ha constatado, en relación con los recursos
financieros contabilizados y dispuestos por la Sede regional de esta
Formación Política, la existencia de incumplimientos sobre lo
regulado en la Ley 3/1987, de 2 de julio, sobre financiación de los
Partidos políticos, salvo el otorgamiento no previsto en dicha Ley de
aportaciones por distintas Corporaciones Locales y de subvenciones,
de cuantías poco significativas, concedidas por el Gobierno Balear a
la organización Nuevas Generaciones.
6. En contra de lo previsto en el artículo 6 de la mencionada Ley
Orgánica 3/1987, no se ha ingresado parte de las aportaciones de
personas físicas o jurídicas en cuentas en Entidades de crédito
reservadas exclusivamente a dichos ingresos. Este hecho se dio
principalmente en 1991, ejercicio en el que los ingresos no abonados
en estas cuentas ascendieron a 3.422.000 ptas.
7. Figuran contabilizados gastos de naturaleza electoral de las
Elecciones locales y a la Asamblea Legislativa de la Comunidad
Autónoma de Baleares, celebradas el 26 de mayo de 1991, que no
aparecen registrados en las contabilidades electorales respectivas,
rendidas ante el Tribunal de Cuentas, por importe de 3.861.570 ptas.
en el ejercicio 1991 y 270.890 ptas. en 1992, lo que contraviene el
artículo 125 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de julio, del Régimen
Electoral General. No obstante, aun agregando estos importes a los
declarados por esta Formación Política en relación con los
mencionados procesos electorales, no se habría sobrepasado el
correspondiente límite máximo de gastos.
8. Los estados contables agregados de los ejercicios 1991 y 1992,
años en los que se inicia la presentación integrada de los estados
financieros de la Sede central y sedes Regionales, como consecuencia
de la falta de homogeneización en el contenido de determinadas cuentas,
presentan clasificaciones incorrectas en las mismas, así como errores
en la eliminación de los saldos de algunas operaciones recíprocas de
ingresos y gastos entre sedes. No obstante, dada la naturaleza de las
deficiencias detectadas y su reducida relevancia cuantitativa, se
estima que la incorporación de las pertinentes reclasificaciones
y ajustes no alteraría la representatividad de los estados contables
agregados ya fiscalizados.
Madrid, 29 de abril de 1997.
251/000063 (CD) 771/000062 (S)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES, Sección Cortes Generales, de la Resolución adoptada
por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas
sobreel Informe de Fiscalización de las principales fuentes de
financiación del Grupo «Empresa Nacional de Autopistas, S.A.»
(ENAUSA) (núm. expte. Congreso 251/000063 y núm. expte. Senado 711/
000062), así como el Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de diciembre de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
RESOLUCION APROBADA POR LA COMISION MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL
TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACION AL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS
PRINCIPALES FUENTES DE FINANCIACION DEL GRUPO «EMPRESA NACIONAL DE
AUTOPISTAS, S.A.» (ENAUSA) (Núm. expte. CONGRESO: 251/000063, Núm.
expte. SENADO: 771/000062), EN SU SESION DEL DIA 23 DE NOVIEMBRE DE
1999
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en
su sesión del día 23 de noviembre de 1999, a la vista del Informe
remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de Fiscalización de
las principales fuentes de financiación del Grupo «Empresa Nacional
de Autopistas, S.A.» (ENAUSA):
A C U E R D A
1. Instar al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para adecuar a
la situación actual, los porcentajes de recursos mínimos procedentes
del ahorro exterior que las Sociedades AUDASA y AUCALSA deben
mantener, de acuerdo con la finalidad de garantía de los mismos.
2. Instar al Gobierno a que adopte cuantas medidas sean precisas para
impedir que las obligaciones derivadas de la garantía o seguro del
cambio de los préstamos concertados en el exterior en moneda
extranjera no se
asuman en relación a las operaciones de endeudamiento que se realicen
con posterioridad al vencimiento del período máximo de financiación
establecido en cada concesión.
3. Instar al Gobierno al cumplimiento de la Recomendación Segunda del
Tribunal de Cuentas, referente a los créditos para diferencias de
cambio.
4. Asumir plenamente las recomendaciones que se formulan en el
Informe del Tribunal de Cuentas y, en especial, la importancia de
hacer prevalecer los intereses generales por encima de los
particulares con independencia de lo acertado de la gestión
financiera llevada a cabo por el Grupo ENAUSA.
5. Instar al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para
adecuar la situación actual de los porcentajes legales para la
financiación ajena procedente del exterior y los recursos obtenidos
en el interior.
6. Compartir el criterio del Tribunal y de la Dirección General del
Servicio Jurídico del Estado en el informe de 8 de febrero de 1994,
respecto a la cláusula 46 del pliego de cláusulas generales,
exigiendo el cumplimiento de las consecuencias que se derivan de la
finalización del periodo máximo de financiación, a partir de cuyo
momento no podrán disfrutar las sociedades del grupo del actual
beneficio financiero a cargo del Estado.
7. Instar al Gobierno al cumplimiento de los porcentajes de recursos
de ahorro exterior en relación con el total de los recursos
movilizados.
8. Instar a que la Administración adopte las medidas necesarias para
que los beneficios fiscales y las obligaciones a asumir por el
Estado, no se asuman en relación con las operaciones de endeudamiento
(incluidas las de refinanciación) que se realicen con posterioridad
al vencimiento del período máximo de financiación establecido para
cada concesión.
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de noviembre de 1999.-Josep
Sánchez i Llibre, Presidente.- José Acosta Cubero, Secretario
Primero.
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS PRINCIPALES FUENTES DE FINANCIACIÓN
DEL GRUPO «EMPRESA NACIONAL DE AUTOPISTAS, S.A.» (ENAUSA)
EJERCICIO DE 1995
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función
fiscalizadora establecida en los artículos 2.a), 9 y 21.3a) de la Ley
Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, y a tenor de lo previsto en los
artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/
1998, de 5 de abril de funcionamiento del Tribunal de cuentas, ha
aprobado, en su sesión de 29 de julio de 1998, el Informe de
Fiscalización de «Las principales fuentes de financiación del Grupo
Empresa Nacional de Autopistas, S.A. (ENAUSA). Ejercicio 1995, y ha
acordado su elevación a las Cortes Generales, según lo prevenido en
el artículo 28.4 de la Ley de Funcionamiento.
ÍNDICE
A. INTRODUCCIÓN ... (Página 14)
A.1. Iniciativa del procedimiento ... (Página 14)
A.2. Antecedentes, naturaleza y actividad de la sociedad... (Página 14)
A.3. Objetivos, ámbito y limitaciones ... (Página 14)
A.3.1. Objetivos y Ámbito ... (Página 14)
A.3.2. Limitaciones a la fiscalización ... (Página 14)
B. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ... (Página 14)
B.1. Resultados de la fiscalización financiera ... (Página 15)
B.1.1. Bases de Presentación de las Cuentas fiscalizadas, Principios
contables y Normas de valoración aplicadas ... (Página 15)
B.1.1.1. Bases de presentación de las cuentas fiscalizadas ...
(Página 15)
B.1.1.2. Principios contables y normas de valoración aplicadas ...
(Página 15)
B.1.2. Análisis y evaluación del Sistema de Control Interno ...
(Página 15)
B.1.3 Representatividad de las Cuentas fiscalizadas ... (Página 16)
B.2. Cumplimiento de la legalidad ... (Página 17)
B.3. La gestión financiera ... (Página 22)
B.3.1. La planificación financiera ... (Página 22)
B.3.2. Análisis de las operaciones financieras de endeudamiento
realizado en 1995 ... (Página 23)
B.3.2.1. Emisiones de Obligaciones en el Mercado Interior ...
(Página 24)
B.3.2.2. Contratos de permuta financiera realizados en el ejercicio
B.3.2.3. Coste del endeudamiento financiero ... (Página 26)
B.3.3. Gestión de la tesorería y de las inversiones financieras
temporales ... (Página 27)
B.4. CONCLUSIONES ... (Página 28)
B.4.1. Representatividad de las cuentas fiscalizadas ... (Página 28)
B.4.2. Cumplimiento de la legalidad ... (Página 29)
B.4.3. Evaluación del Sistema de gestión financiera ... (Página 29)
C. RECOMENDACIONES ... (Página 30)
D. ANEXOS ... (Página 31)
ANEXO I-Pág. 1. Balances de situación a 31-12-1995 ... (Página 31)
ANEXO I-Pág. 2. Cuentas de Pérdidas y Ganancias del Grupo ENAUSA
ANEXO II. Cuentas objeto de la fiscalización en el Grupo ENAUSA ...
(Página 33)
ANEXO III. Cumplimiento de la legalidad en la financiación de AUDASA
ANEXO IV. Cumplimiento de la legalidad en la financiación de AUCALSA
ANEXO V. Emisiones de empréstitos de AUDASA y AUCALSA en 1995 ...
(Página 36)
A. INTRODUCCIÓN
A.1. Iniciativa del procedimiento
La fiscalización de las principales fuentes de financiación de las
Sociedades que componen el grupo ENAUSA en el ejercicio 1995 se lleva
a cabo en virtud del acuerdo adoptado por el Pleno del Tribunal de
Cuentas en su reunión del día 28 de noviembre de 1996.
A.2. Antecedentes, naturaleza y actividad de la sociedad
La «Empresa Nacional de Autopistas, S. A.» (ENAUSA), se constituyó
como Sociedad Anónima el 21 de marzo de 1984. Es una Sociedad Estatal
de las previstas en el artículo 6.1.a) del texto refundido de la Ley
General Presupuestaria y su capital social es enteramente propiedad
del Estado (Real Decreto 312/1984, de 25 de enero), correspondiendo
su control a la Dirección General del Patrimonio del Estado.
Su objeto social es la construcción, por si o por terceros, y la
explotación de autopistas de peaje u otras vías, previa autorización
del Gobierno, la promoción de Empresas y la participación en el
capital de Sociedades que tengan similar objeto social.
El Grupo de Sociedades dependiente de ENAUSA está compuesto por las
siguientes:
- «Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, S. A.» (AUDASA),
cuyo capital pertenece en su totalidad a ENAUSA. Construye y explota
la autopista de peaje El Ferrol-Frontera Portuguesa.
- «Autopista Concesionaria Astur-Leonesa, S. A.» (AUCALSA), cuyo
capital pertenece en su totalidad a ENAUSA. Explota la autopista de
peaje CampomanesLeón.
- «Autoestradas de Galicia, Concesionaria de la Xunta de Galicia, S.
A.» (AUTOESTRADAS), constituida en 1995 y perteneciente en su
totalidad a ENAUSA.
- «Servicios de Autopistas y Autovías, S. A.» (SERAUSA),
perteneciente en su totalidad a AUDASA.
- «Autopistas de Navarra, S. A.» (AUDENASA), cuyo capital pertenece
en un 50 por ciento a ENAUSA y en el restante 50 por ciento a la
Diputación Foral de Navarra. Explota la autopista de peaje Tudela-
Irurzun.
- «Areas de Servicios de Iruña, S. A.» (ASIRUSA), participada en un
60 por ciento por AUDENASA.
La actividad principal de ENAUSA es la dirección y coordinación de la
gestión de sus Sociedades filiales y la implantación de las políticas
comunes, así como la gestión de la deuda externa y de la tesorería de
las Empresas del Grupo. La construcción y gestión de la explotación
de las autopistas de peaje del grupo corresponde a cada una de las
Sociedades concesionarias filiales no desarrollando ENAUSA ninguna
actividad de explotación significativa.
Las magnitudes económico-financieras más representativas del Grupo de
sociedades que encabeza ENAUSA eran a 31 de diciembre de 1995 las
siguientes:
Millones de pesetas
Inmovilizado ... 276.807
Fondos Propio ... 98.510
Recursos ajenos (Endeudamiento financiero) 142.381 Subvenciones de
capital del Estado ... 4.018
Anticipos reintegrables del Estado ... 19.364
Gastos Financieros ... 8.127
Beneficios del Ejercicio (Resultado) ... 171
A.3. Objetivos, ámbito y limitaciones
A.3.1. Objetivos y Ámbito
De acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno del
Tribunal de fecha 29 de abril de 1997, los objetivos de la
fiscalización son los siguientes:
1.º Verificar si las cuentas representativas de las principales
fuentes de financiación del Grupo ENAUSA consolidado se presentan
adecuadamente y cumplen los principios y normas de contabilidad que
les eran aplicables en el ejercicio de 1995. Esta verificación se
hará extensiva en particular a las filiales AUDASA y AUCALSA, que en
conjunto mantenían a 31 de diciembre de 1995 un endeudamiento
financiero que representaba el 87por ciento del saldo consolidado del
Grupo.
2.º Comprobar el cumplimiento de la legalidad vigente aplicable a las
operaciones del Grupo ENAUSA relacionadas con su endeudamiento
financiero, teniendo en cuenta la legislación específica aplicable a
las sociedades concesionarias de autopistas de peaje.
3.º Analizar los procedimientos de gestión financiera de las
Entidades objeto de la fiscalización.
El ámbito temporal señalado para la fiscalización ha sido el
ejercicio de 1995. Ello no obstante, se han tomado en consideración
los hechos anteriores o posteriores cuya constancia se ha estimado
conveniente para la debida comprensión de las actuaciones analizadas.
Las comprobaciones realizadas y procedimientos de fiscalización
aplicados se han ajustado a lo previsto en las Directrices Técnicas
aprobadas por el Pleno del Tribunal en su sesión del día 29 de abril
de 1997.
A.3.2. Limitaciones a la fiscalización
No han existido limitaciones significativas a la fiscalización que
merezcan ser particularmente destacadas.
B. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
Los resultados de las actuaciones de fiscalización practicadas se
exponen a continuación en los siguientes apartados:
B.1. Resultados de la fiscalización financiera.
B.2. Resultados de la fiscalización de legalidad.
B.3. Resultados de la fiscalización del sistema de gestión
financiera.
B.1. Resultados de la fiscalización financiera
B.1.1. Bases de Presentación de las Cuentas fiscalizadas, Principios
contables y Normas de valoración aplicadas
B.1.1.1. Bases de presentacion de las cuentas fiscalizadas
Las cuentas fiscalizadas han sido las representativas de las fuentes
de financiación del Grupo ENAUSA consolidado, de AUDASA y de AUCALSA,
que a continuación se relacionan:
- Fondos Propios.
- Socios Externos.
- Subvenciones de capital.
- Provisiones para Riesgos y Gastos-(Fondo de Reversión y Otras
Provisiones, exclusivamente).
- Acreedores a Largo Plazo.
- Acreedores a Corto Plazo (sólo las subcuentas representativas del
endeudamiento financiero a corto plazo y las deudas por intereses).
- Inversiones Financieras Temporales.
- Tesorería.
- Ingresos, Gastos y Resultados Financieros.
Los saldos de las cuentas relacionadas, a 31 de diciembre de 1995, se
exponen en el Anexo 2, tanto para el Grupo ENAUSA consolidado, como
para AUDASA y AUCALSA.
Las cuentas anuales del ejercicio 1995, de las que forman parte las
fiscalizadas, figuran en el Anexo 1.
Las cuentas anuales fueron formuladas por los Administradores de las
Sociedades, auditadas por profesionales independientes, aprobadas por
las Juntas Universales de Accionistas y presentadas en el Registro
Mercantil, todo ello con arreglo a la legislación aplicable.
Los saldos incluidos en las cuentas objeto de la fiscalización,
fueron obtenidos y se corresponden con los libros auxiliares que
llevan ENAUSA, AUDASA y AUCALSA y coinciden con los registrados en
los libros oficiales.
B.1.1.2. Principios contables y normas de valoración aplicadas
ENAUSA y sus Sociedades dependientes aplican los principios contables
y normas de valoración previstos en el Plan General de Contabilidad y
en el Real Decreto 1815/1991 de 30 de diciembre sobre Normas para la
Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas en las operaciones
registradas en las cuentas representativas de sus fuentes de
financiación, con las excepciones a las que a continuación se hace
referencia.
Las memorias que forman parte de las cuentas anuales consolidadas de
ENAUSA y su grupo, de AUDASAy de AUCALSA dan una información
insuficiente sobre la composición de los saldos registrados en
concepto de Emisiones de Obligaciones a Largo y Corto Plazo, ya que
el importe de las emisiones de obligaciones no convertibles
y pendientes de amortización a 31 de diciembre de 1995 aparece
registrado en dichas cuentas anuales por
su valor neto, después de deducir el importe del ahorro que supone
para las Sociedades emisoras de las obligaciones la conversión (a
través de varios contratos de permuta financiera con diversas
Entidades de crédito extranjeras) de dicha deuda, emitida
originalmente en pesetas, en deuda en divisas extranjeras y a menores
tipos de interés. Para el conjunto del Grupo el importe del saldo
vivo a 31 de diciembre de 1995 de las emisiones de obligaciones,
colocadas en el mercado nacional en pesetas, ascendía a 130.976
millones de pesetas que figuraban registradas por un valor neto de
76.427 millones de pesetas (56.887 millones como deuda a largo plazo
y 19.540 millones como deuda a corto plazo) después de deducir el
importe de 54.549 millones de pesetas en concepto de «Contrapartida
SWAP», que es el total de la reducción de deuda obtenida por el Grupo
ENAUSA mediante los contratos de permuta financiera concertados en
relación con todas las emisiones de obligaciones realizadas en el
mercado interior en pesetas. La deuda registrada por el importe
citado de 76.427 millones de pesetas es la deuda real que el Grupo
tiene con las entidades extranjeras que hacen de contrapartida en los
contratos de permuta financiera y resulta de la conversión en pesetas
de la deuda expresada en moneda extranjera a tipos de cambio
históricos (los vigentes en la fecha de las primeras emisiones de
deuda en el exterior sustituidas, posteriormente, por las emisiones
de obligaciones en el mercado interior como instrumento de
refinanciación).
ENAUSA, AUDASA y AUCALSA en las memorias que forman parte de sus
cuentas anuales de 1995, no aportan información sobre el origen y
contenido del concepto «Contrapartida SWAP» ni sobre la existencia y
detalle de los contratos de permuta financiera que mantienen para
todas las emisiones de obligaciones realizadas en el mercado interior
y vivas a 31 de diciembre de 1995, sin lo cual sus cuentas anuales
resultan de difícil comprensión para los terceros, incumpliéndose, en
este aspecto, el principio de imagen fiel previsto en el Plan General
de Contabilidad.
B.1.2. Análisis y evaluación del Sistema de Control Interno
Los procedimientos existentes para el control de la ejecución y
registro de las operaciones de financiación de ENAUSA, AUDASA y
AUCALSA, así como de las operaciones de inversión de los recursos
excedentes que puedan existir de forma temporal, son, en líneas
generales, adecuados y se cumplen.
Igualmente son adecuados los procedimientos existentes para la
custodia de los fondos de tesorería y las inversiones financieras
propiedad de las mencionadas sociedades, así como su cumplimiento.
No obstante, se han observado algunas deficiencias y debilidades en
el sistema de control interno, que se relacionan a continuación:
- El proceso de selección de ofertas entre las diversas Entidades
financieras para la colocación de las emisiones de obligaciones en el
mercado interior y la celebración de contratos de permuta financiera
con Entidades extrajeras se realiza de forma telefónica y mediante
consultas
figuran las condiciones financieras ofertadas, sin que exista
constancia documental en ENAUSA de las diferentes ofertas recibidas.
Por ello, no ha sido posible evaluar ni analizar si se ha realizado
una selección eficiente de las ofertas recibidas.
La gestión financiera del Grupo que abarca la gestión del
endeudamiento financiero, la de las inversiones financieras
temporales y la de la tesorería estaba centralizada en ENAUSA.
Existía un manual de procedimiento interno que establecía que tanto
la gestión del endeudamiento financiero como la colocación de los
excedentes de tesorería (inversiones financieras temporales) de las
sociedades perteneciente al Grupo se gestionaría directamente por la
matriz ENAUSA. No obstante, en el ejercicio de 1995 se ha comprobado
la existencia de inversiones financieras temporales realizadas o
gestionadas directamente por AUDASA, en número de 26 (siendo el total
de operaciones realizadas para esta Sociedad en el ejercicio de 158),
por un importe de 5.882 millones de pesetas (lo que representaba el
6,4por ciento del importe total de las operaciones que ascendió a
92.022 millones de pesetas). Además, se comprobó la realización de
una operación por importe de 150 millones de pesetas realizada
directamente por AUCALSA (habiéndose realizado para esta Entidad un
total de 98 operaciones, por un importe de 59.369 millones de
pesetas).
Respecto a estas excepciones al cumplimiento de la normativa interna
del Grupo, la Sociedad matriz, ENAUSA, manifiesta que las citadas
operaciones se hicieron por las filiales previa consulta y
autorización telefónica de la dirección central del Grupo y debido a
la existencia de excedentes de tesorería no previstos situados en
cuentas bancarias no centralizadas.
En cuanto a la gestión de la tesorería, ésta estaba también
centralizada, existiendo dos tipos de cuentas bancarias de las
filiales de ENAUSA:
- Cuentas centralizadas, gestionadas directamente desde la dirección
financiera de ENAUSA, a través de las cuales se instrumentan los
pagos y cobros del principal y los intereses de los empréstitos y
préstamos que tiene cada Sociedad y se realizan las operaciones
relacionadas con las inversiones financieras temporales.
- Cuentas de explotación, gestionadas por las direcciones
administrativas de las sociedades filiales y supervisadas por la
dirección financiera del Grupo, a través de las cuales se realizan
los pagos y cobros derivados de los gastos e ingresos de la
explotación.
Además, las Sociedades filiales del grupo venían obligadas a realizar
presupuestos de tesorería con periodicidad mensual que debían remitir
a la dirección financiera del grupo, al igual que estados de
tesorería que reflejaran la situación de la misma al final de cada
mes.
Aun cuando la normativa interna anteriormente reseñada se cumplía en
términos generales, se han observado las siguientes deficiencias en
el sistema de control de la gestión de la tesorería:
- No existían en el ejercicio de 1995 procedimientos informáticos
(banca electrónica) que permitieran
conocer los saldos en tiempo real de las cuentas bancarias. Además,
el sistema de registro contable existente en AUDASA y AUCALSA no
permitía conocer con exactitud los saldos medios mensuales reales
mantenidos en cada cuenta bancaria.
En cualquier caso, una información basada en saldos medios mensuales
cuando, como es el caso del Grupo ENAUSA, se manejan importantes
volúmenes de fondos que se mantienen en cuentas bancarias durante
pocos días en un mes es una información insuficiente para una
correcta gestión de la tesorería y para su adecuado control.
- Había un número excesivo de cuentas corrientes bancarias (once en
AUDASA y siete en AUCALSA) en relación con las necesidades
operativas, susceptible de reducción, lo que dificultaba el control
de la tesorería.
B.1.3. Representatividad de las Cuentas fiscalizadas
Los saldos de las cuentas objeto de la fiscalización y que forman
parte de sus cuentas anuales, cuyo detalle figura en el ANEXO 2, del
Grupo ENAUSA consolidado y de las filiales AUDASA y AUCALSA, a 31 de
diciembre de 1995, son representativos de los fondos propios, del
endeudamiento financiero, las subvenciones de capital, los anticipos
reintegrables y las inversiones financieras temporales y la tesorería
que las citadas Entidades realmente tenían a dicha fecha y de los
ingresos, gastos y resultados financieros realmente obtenidos en el
ejercicio de 1995 con las excepciones que a continuación se
mencionan:
- En AUDASA figura contabilizado erróneamente en la rúbrica de gastos
financieros un importe de 626.000 pesetas, en concepto de
periodificación de comisiones de agente correspondiente a un
empréstito de 7.500 millones de yenes, que no han de abonarse al no
estar previstas en el contrato concertado con la Entidad financiera
agente del mismo. En consecuencia, los gastos financieros del
ejercicio de 1995 de AUDASA que figuran registrados en su cuenta de
Pérdidas y Ganancias por un importe de 4.286 millones de pesetas,
deben minorarse en la cuantía de 0,6 millones de pesetas. Igualmente
los gastos financieros consolidados de ENAUSA y sus sociedades
dependientes del ejercicio de 1995 que figuran registrados por un
importe de 8.127,8 millones de pesetas, deben minorarse en la citada
cuantía de 0,6 millones de pesetas.
- La Sociedad AUCALSA tenía registrado a 31 de diciembre de 1995 un
importe de 75 millones de pesetas en concepto de «Otros gastos
Financieros, Fondo común Seguro de Cambio sobre Principal» que figura
incluido dentro del saldo de Otros Acreedores a Largo Plazo del
balance de situación. Dicho importe era el remanente existente a 31
de diciembre de 1995 de un fondo constituido en el ejercicio de 1993
por un importe de 496 millones de pesetas como consecuencia de un
cambio de criterio en la contabilización de las comisiones por seguro
de cambio devengadas a favor del Tesoro sobre el principal de los
préstamos y empréstitos expresados en moneda extranjera.
De acuerdo con la legislación específica aplicable a las sociedades
concesionarias de la construcción, conservación
Decreto 215/73 de 25 de enero) y con el Decreto 2417/75 de 22 de
agosto por el que se adjudica a AUCALSA la concesión de la autopista
CampomanesLeón, esta Sociedad disfruta del beneficio financiero de
que el Estado español está obligado a facilitarle las divisas
necesarias para el pago del principal y los intereses de los
préstamos y empréstitos concertados en moneda extranjera al tipo de
cambio existente a la fecha de disposición de los citados fondos en
moneda extranjera. En consecuencia, los préstamos y empréstitos
concertados en moneda extranjera por la Sociedad tienen el tipo de
cambio asegurado por el Estado. Por el citado aseguramiento por parte
del Estado, AUCALSA está obligada a abonar al Tesoro una comisión
anual del dos por mil, calculada al tipo de cambio al que el Estado
ha garantizado la operación.
Hasta 31 de diciembre de 1995 los préstamos y empréstitos de AUCALSA
en moneda extranjera han sido objeto de refinanciaciones sucesivas,
sin que, por tanto, haya habido desembolso de divisas por parte del
Estado por el pago de los principales de las deudas ni se haya
materializado el aseguramiento del cambio sobre tales principales; y
tampoco ha procedido la Sociedad al abono al Tesoro de la comisión de
seguro de cambio sobre los citados principales, aunque sí sobre los
intereses. No obstante, AUCALSA ha venido registrando la deuda
devengada con el Tesoro por la comisión de seguro de cambio sobre los
principales en la rúbrica «Otros Acreedores a Largo Plazo». Hasta el
ejercicio de 1993 el cálculo de los devengos por ese concepto se
hacía al tipo de cambio del día, en lugar de hacerlo, como procedía,
al tipo de cambio asegurado, existiendo a 31 de diciembre de 1993 un
exceso de deuda registrada por un importe de 496 millones de pesetas,
que se registró bajo el concepto antes mencionado de «Otros Gastos
Financieros, Fondo Común Seguro de Cambio sobre Principal». En el
ejercicio de 1995 dicha cuenta tenía un saldo inicial de 430 millones
de pesetas, realizándose cargos a la misma durante el ejercicio por
un importe total de 355 millones de pesetas con abonos a la cuenta de
Resultados Extraordinarios por importe de 143 millones de pesetas y a
otras cuentas acreedoras por comisiones debidas al Tesoro por importe
de 212 millones de pesetas, quedando a 31 de diciembre un saldo de 75
millones de pesetas en la cuenta anteriormente citada. De acuerdo con
los principios de contabilidad establecidos en el Plan General de
Contabilidad, el exceso de deuda o provisión registrado existente en
el ejercicio de 1993 debió cancelarse en el mismo momento o ejercicio
en que se descubrió, no habiéndolo hecho así AUCALSA.
Por otra parte, las cancelaciones parciales efectuadas en el
ejercicio de 1995 del Fondo registrado por importede 355 millones de
pesetas están incorrectamente contabilizadas. El abono hecho a la
cuenta de Ingresos Extraordinarios por importe de 143 millones de
pesetas debió haberse hecho a la cuenta de Ingresos y Beneficios de
Ejercicios Anteriores, ya que el citado exceso de deuda se originó en
ejercicios anteriores a 1995; y tampoco procede la cancelación hecha
en el Fondo por importe de 212 millones de pesetas minorando
indebidamente los Gastos Financieros en igual importe, pues debería
haberla
hecho con abono a la Cuenta de Resultados de Ejercicios
Anteriores. Asimismo procede cancelar el saldo de 75 millones
existente en el Fondo Común de Seguro de Cambio a 31 de diciembre de
1995, con abono a la cuenta de Resultados de Ejercicios Anteriores.
Como consecuencia de estos ajustes, el Resultado antes de Impuestos
de AUCALSA en 1995 se vería incrementado en la cifra de 75 millones
de pesetas 1.
- En el ejercicio de 1995 la Hacienda Pública levantó un acta por
declaración de bases imponibles en el Impuesto de Sociedades del
ejercicio de 1990 inferiores a las estimadas por la Hacienda en la
cifra de 1.599 millones, lo que genera una deuda fiscal a favor de la
Hacienda Pública de 599 millones de pesetas. El acta ha sido
recurrida por AUCALSA, no habiéndose provisionado ni registrado dicha
deuda en las cuentas anuales de la Sociedad. No obstante, AUCALSA ha
provisionado en el ejercicio de 1995 un importe de 59 millones de
pesetas en concepto de intereses de demora de la citada deuda fiscal.
Dicha acta es consecuencia del incremento patrimonial que tuvo la
Sociedad en el ejercicio de 1990 al haber registrado y provisionado
en cuentas acreedoras las comisiones por aseguramiento del tipo de
cambio al seis por mil, cuando a partir del Decreto 210/90. de 16 de
febrero (BOE de 20 de febrero), pasaron a ser del dos por mil. Aunque
la Sociedad, a partir del año 1990, fue eliminando de forma paulatina
el exceso de provisión existente por ese concepto hasta cancelarlo
por completo en 1994 en base a un Informe de la Intervención General
del Estado, la Hacienda Pública considera que dicho exceso debió
considerarse como incremento patrimonial del año 1990 2.
La Sociedad manifiesta que no ha provisionado la citada deuda fiscal
porque ello supondría el reconocimiento de una pérdida por igual
importe que la provisión que no sería admitida por la Intervención
General del Estado, órgano emisor de un informe preceptivo sobre los
resultados anuales de la Sociedad para que ésta obtenga del Tesoro la
subvención de las pérdidas a la que tiene derecho en base a la
legislación vigente.
B.2. Cumplimiento de la legalidad
La legislación específica aplicable a las sociedades concesionarias
de la construcción, conservación y explotación de autopistas de peaje
se contiene básicamente en la Ley 8/72, de 10 de mayo, reguladora de
estas concesiones, y en el Decreto núm. 215/73, de 25 de enero, que
aprueba el Pliego de Cláusulas Generales para la construcción,
conservación y explotación de autopistas de peaje en régimen de
concesión.
Cada concesión en particular viene regulada por el Decreto de
adjudicación de la concesión y la Orden Ministerial que aprobó el
pliego de bases y cláusulas particulares
1)
mantenimiento del saldo de 75 millones de pesetas por la aplicación
del principio de prudencia valorativa; sin embargo, dicho principio,
que es aplicable a situaciones de incertidumbre, no lo es en este
caso pues existe certeza en la cuantía de la sobrevaloración de las
provisiones por comisiones de seguro de cambio, al ser firme el
cambio de criterio en la liquidación de dichas comisiones desde el
año 1993.
2)
alegaciones, ya que en éstas, reconociéndose la existencia del
riesgo, no se aportan razonessuficientes que justifiquen su
modificación.
que rigió el concurso de adjudicación de la misma. En el
caso de las Sociedades objeto del presente Informe, AUDASA y AUCALSA,
los pliegos de bases y cláusulas particulares que rigieron sus
respectivos concursos de adjudicación fueron publicados mediante
sendas órdenes ministeriales del Ministerio de Obras Públicas de 11
de mayo de 1973 y de 13 de diciembre de 1974. Las concesiones se
adjudicaron en virtud del Decreto 1955/73, de 17 de Agosto, en el
caso de la Autopista del Atlántico adjudicada a AUDASA y por el
Decreto 2417/75, de 22 de agosto, en el de la autopista Compomanes-
León adjudicada a la sociedad AUCALSA.
La normativa legal citada concede determinados beneficios tributarios
y financieros a las sociedades concesionarias (que se detallan más
adelante) y también establece una serie de limitaciones y requisitos
a su forma de financiación, diferenciados para cada sociedad
concesionaria. En el caso de AUDASA las limitaciones establecidas
para su financiación son:
- El porcentaje del capital social desembolsado será como mínimo el
10 por 100 del total de los recursos movilizados (Cláusulas 29 y 30
del Pliego de Cláusulas Generales y artículo 7.º del Decreto de
adjudicación).
- Los recursos ajenos movilizados procedentes del ahorro exterior
supondrán, al menos, en todo momento el 45 por ciento del total de
recursos movilizados (artº 8 del decreto de adjudicación y cláusula
31 del Pliego de Cláusulas Generales).
- La colocación en el mercado interior de capitales de obligaciones,
bonos u otros títulos semejantes que representan una deuda del
concesionario para con terceras personas, incluidos los préstamos no
representados por títulos valores, se limitará en todo momento al 45
por ciento del total de recursos movilizados [art. 8.º del decreto de
adjudicación, cláusula 31 del Pliego de Cláusulas Generales
y cláusula 5.ª b) del Pliego de Cláusulas Particulares].
En el Anexo 3 se exponen los importes de los conceptos mencionados
(capital social, recursos ajenos procedentes del ahorro exterior y
recursos ajenos obtenidos del mercado interior mediante
endeudamiento) que tenía AUDASA a 31 de diciembre de 1995, así como
los porcentajes que representaban sobre el total de recursos
movilizados a esa fecha. Del análisis de estos datos se deduce que, a
31 de diciembre de 1995, AUDASA no cumplía el requisito legal de que
los recursos procedentes del ahorro exterior fueran superiores al 45
por ciento ya que en esa fecha dicho porcentaje ascendía al 39,2.
Igual circunstancia se daba a 31 de diciembre de 1994, fecha en la
que dicho porcentaje era del 40,3; y puede establecerse que el
incumplimiento legal señalado se ha venido produciendo a lo largo de
todo el ejercicio de 1995 ya que el porcentaje citado sobre el total
de recursos medios movilizados durante el año 1995 fue del 39,7 por
ciento. Por el contrario, la Sociedad sí cumplía los requisitos
establecidos respecto al volumen de capital social y los recursos
ajenos obtenidos en el mercado interior en el ejercicio de 1995 3.
3)
razones que justifiquen la modificación del texto.
La Sociedad manifiesta que cumple el requisito de tener, como mínimo,
el 45 por ciento de sus recursos movilizados en forma de recursos
procedentes del ahorro exterior, al considerar como los recursos
obtenidos inicialmente en el mercado interior mediante la emisión de
obligaciones, por importe de 26.057 millones de pesetas, que mediante
operaciones de permuta financiera se convierten en deuda con
Entidades del exterior y en moneda extranjera, lo que eleva el
porcentaje mencionado al 54,6 por cien. Igual criterio mantiene la
Delegación delGobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas
de Peaje en el Informe de Censura Previo a las Cuentas Anuales de la
Sociedad. Este organismo pertenece al Ministerio de Fomento y, en
virtud de la Ley 8/72 de Autopistas de Peaje, tiene como misión
principal vigilar y controlar el cumplimiento de las obligaciones de
los concesionarios y la ejecución del plan financiero.
La posición de la Sociedad y de la Delegación del Gobierno se basa en
considerar como recursos procedentes del ahorro exterior los
préstamos y empréstitos denominados en moneda extranjera, incluyendo
entre ellos los empréstitos emitidos en el mercado interior
denominados en pesetas y que a través de varios contratos de permuta
financiera se convierten en deudas de AUDASA denominadas en moneda
extranjera con Entidades prestamistas del exterior. Sin embargo, los
contratos de permuta financiera no constituyen una aportación de
recursos procedentes del exterior sino un mero mecanismo de
conversión de la deuda en pesetas que la Sociedad tiene con los
obligacionistas nacionales en una deuda en divisas con una Entidad
financiera extranjera.
Los contratos de permuta financiera existentes en 1995 y que
afectaban a las emisiones de obligaciones vivas realizadas en el
mercado nacional en pesetas obedecían a operaciones de refinanciación
de deudas que tuvieron su origen en préstamos o empréstitos emitidos
en el exterior en moneda extranjera que se fueron sustituyendo por
emisiones de obligaciones en el mercado interior.
El contenido de los contratos de permuta financiera consiste en que
AUDASA adquiere el compromiso de pagar el principal y los intereses
de una deuda en moneda extranjera a la entidad financiera con la que
se realiza el contrato, a cambio de que ésta se comprometa a pagar el
principal y los intereses del empréstito emitido por AUDASA en
pesetas en el mercado nacional a sus respectivas fechas de
vencimiento.
De forma detallada, los contratos de permuta financiera concertados
por AUDASA en base a empréstitos emitidos en pesetas incorporan los
siguientes elementos o compromisos:
- Intercambio inicial de principales entre AUDASA y la Entidad
financiera contratante.-AUDASA cede a ésta el importe neto en pesetas
de la emisión de obligaciones al mismo tiempo que la entidad
financiera entrega a AUDASA el valor equivalente en moneda extranjera
del principal (nominal) del empréstito. Esta última cantidad la
aplica AUDASA a amortizar la deuda primitiva denominada en moneda
extranjera que se está refinanciando.
- Intercambio de intereses.-AUDASA se compromete a realizar pagos
anuales en moneda extranjera en
concepto de intereses a la Entidad financiera por las cantidades
recibida de ésta. Por su parte, la Entidad financiera se compromete a
pagar a AUDASA unos intereses anuales en pesetas fijados sobre el
principal del empréstito; dichos intereses son generalmente
superiores a los que devenga el empréstito para los obligacionistas y
se pagan en las mismas fechas que éstos.
- Intercambio de principales al vencimiento de la emisión de
obligaciones.-A esa fecha, AUDASA se compromete a devolver a la
Entidad financiera la cantidad en moneda extranjera recibida de ella.
Al mismo tiempo, la entidad financiera deberá entregar a AUDASA el
importe del principal del empréstito en pesetas.
Los tipos de interés pactados para la deuda en moneda extranjera
resultan sensiblemente inferiores a los establecidos para los
empréstitos en pesetas, debido, fundamentalmente, al mayor riesgo de
variación del tipo de cambio que tiene la peseta frente a las monedas
en que se realiza el contrato de permuta financiera (yen, franco
suizo, marco alemán). Puesto que AUDASA cuenta con un seguro de tipo
de cambio a cargo del Estado, debiendo proporcionar el Banco de
España las divisas necesarias, previa autorización de la Dirección
General del Tesoro, para hacer frente al pago de los intereses y los
principales a los tipos de cambio de la fecha origen de la operación,
esta actuación abarata sensiblemente la financiación para AUDASA.
Además, AUDASA cuenta con el beneficio tributario adicional de que
los intereses devengados por los empréstitos emitidos en el mercado
nacional tienen una bonificación del 95 por ciento del Impuesto sobre
las Rentas del Capital (actualmente aplicable a los rendimientos de
los empréstitos que tributan por el I.R.P.F. o por el Impuesto sobre
Sociedades al haber desaparecido el que gravaba las Rentas del
Capital), lo que le permite realizar sus emisiones de empréstitos
a tipos de interés más bajos que los de mercado, por su mayor
rentabilidad financiero-fiscal, y obtener de la Entidad financiera
con la que realiza los contratos de permuta financiera unos
rendimientos al percibir de ella intereses superiores a los que paga
a los obligacionistas.
Como se deduce de lo expuesto, la permuta financiera no es una
operación de financiación, o que aporte recursos del exterior, sino
que es únicamente un medio que tiene a su disposición la Sociedad
para, aprovechando que puede obtener financiación interior a costes
más baratos utilizando los beneficios tributarios, refinanciar su
endeudamiento exterior con financiación obtenida en el mercado
interno y transformar el endeudamiento obtenido en el mercado
interior en pesetas por endeudamiento exterior en moneda extranjera.
Los contratos de permuta financiera suscritos por la Sociedad no
implican una aportación de fondos neta para ésta, sino que
constituyen meramente un intercambio de principales al origen y al
final de la vida del empréstito (de sus importes en moneda extranjera
y pesetas en el momento inicial y a la inversa al vencimiento) y
también de la deuda por intereses en moneda nacional por moneda
extranjera. Por ello, no puede entenderse cumplidomediante estos
contratos de permuta financiera el requisito establecido por la
normativa legal aplicable a los concesionarios de autopistas de
peaje, en cuanto al porcentaje
en el que los recursos ajenos deben proceder del ahorro
exterior.
En el caso de AUCALSA las limitaciones legales establecidas a su
forma de financiación son:
- El porcentaje del capital social desembolsado será como mínimo el
veinte por cien del total de los recursos movilizados (cláusulas 29 y
30 del Pliego de Cláusulas Generales y art. 7.º del decreto de
adjudicación).
- Los recursos ajenos movilizados procedentes del ahorro exterior
supondrán, al menos, en todo momento el cuarenta por cien del total
de recursos movilizados (art. 8 del decreto de adjudicación y
cláusula 31 del Pliego de Cláusulas Generales).
- La colocación en el mercado interior de capitales de obligaciones,
bonos u otros títulos semejantes que representen una deuda del
concesionario con terceras personas, incluidos los préstamos no
representados por títulos valores, se limitará en todo momento al
cuarenta por cien del total de los recursos movilizados [art. 8.º del
decreto de adjudicación, cláusula 31 del Pliego de Cláusulas
Generales y cláusula 5.ª b) del Pliego de Cláusulas Particulares].
En el Anexo 4 se exponen los importes de los conceptos mencionados
(capital social, recursos ajenos procedentes del ahorro exterior y
recursos ajenos obtenidos del mercado interior mediante endeudamiento
financiero) que mantenía AUCALSA a 31 de diciembre de 1995 y a 31 de
diciembre de 1994, así como los porcentajes que representaban sobre
el total de recursos movilizados a esas fechas. Del examen de estas
cifras y porcentajes se deduce que AUCALSA incumplía, a 31 de
diciembre de 1995 y a lo largo de todo el ejercicio citado, tanto el
porcentaje mínimo de endeudamiento en el mercado exterior como el
porcentaje máximo establecido para la financiación en el mercado
interior con capitales procedentes de obligaciones y préstamos. El
porcentaje de endeudamiento en préstamos y créditos procedentes del
exterior era del 12,6 por ciento a 31 de diciembre de 1995, habiendo
sido del 15,3 a 31 de diciembre de 1994; y el porcentaje que
representaban los recursos ajenos procedentes del mercado interior
mediante empréstitos y préstamos era del 43,3 por ciento a 31 de
diciembre de 1995 y había sido del 40,7 por ciento a 31 de diciembre
de 1994 4.
Como en el caso de AUDASA, comentado anteriormente, la Sociedad y su
matriz ENAUSA manifiestan que cumplen los requisitos legales
mencionados al considerar como endeudamiento en el exterior la deuda
en moneda extranjera resultante de los contratos de permuta
financiera de que han sido objeto las emisiones de obligaciones
realizadas en el mercado interior, que tenían un saldo vivo a 31 de
diciembre de 1995 de 37.762 millones de pesetas. Este importe es el
resultado de aplicar a la deuda citada expresada en divisas
extranjeras el contravalor en pesetas al tipo de cambio asegurado por
el Estado (el valor real de las emisiones era de 51.000 millones de
pesetas). Igualmente, en el Informe de Censura previa de las Cuentas
Anuales de 1995 de la Sociedad formulado
4)
razones quejustifiquen la modificación del texto.
por la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias
de Autopistas de Peaje, se manifiesta que se cumple la legalidad.
Como ya se ha indicado al analizar la situación de AUDASA, los
contratos de permuta financiera no aportan recursos ajenos a la
financiación de la Sociedad, proviniendo tales recursos del mercado
interior, por lo que procede considerar ese endeudamiento convertido
en moneda extranjera no como financiado con recursos procedentes del
ahorro exterior sino como obtenido del ahorro nacional.
El seguro de cambio y sus efectos
El aseguramiento del tipo de cambio por parte del Estado de las
operaciones de financiación en moneda extranjera de AUDASA y AUCALSA
ha supuesto un coste aproximado de 4.078 millones de pesetas en 1995
(de los cuales 2.242 corresponden a AUDASA y 1.836 a AUCALSA) sólo en
relación con el pago de intereses de la deuda en moneda extranjera,
reduciéndose en tales cantidades los devengos en concepto de
intereses que han tenido las citadas Sociedades en el ejercicio.
Estos devengos se producen en moneda extranjera y el Estado a través
del Banco de España facilita las divisas necesarias para el pago de
los intereses a las Sociedades AUDASA y AUCALSA (y a todas las
Sociedades concesionarias de autopistas de peaje que tienen
endeudamiento en moneda extranjera) al tipo de cambio asegurado (el
existente a la fecha de disposición del préstamo o empréstito)
cubriendo el Estado con cargo a sus presupuestos la diferencia que
resulta entre el tipo de cambio asegurado y el del día en que se
desembolsan las divisas. De hecho, las sociedades para obtener las
divisas necesarias para el pago de los intereses abonan al Banco de
España únicamente el importe en pesetas que resulta de aplicar el
tipo de cambio asegurado, constando en su contabilidad exclusivamente
este importe.
Aunque el seguro de cambio garantizado por el Estado abarca también
los principales del endeudamiento en moneda extranjera, que debe
materializarse en el momento de la amortización de los préstamos y
empréstitos concertados en el exterior, en el caso de las sociedades
AUDASA y AUCALSA, la aplicación del aseguramiento a los principales
de la deudas no se había producido en ningún caso hasta el 31 de
diciembre de 1995. Ello se debe a que la Dirección General del Tesoro
ha venido autorizando a AUDASA y AUCALSA la refinanciación de dichos
préstamos y empréstitos a su fecha de vencimiento mediante la
concertación de otros empréstitos por igual importe directamente en
moneda extranjera o mediante la emisión de obligaciones en el mercado
interior que, a través de las operaciones de permuta financiera, se
transforman en deudas denominadas en moneda extranjera también de
igual importe a las deudas que vencen, evitándose por uno u otro
procedimiento la materialización de las mencionadas diferencias de
cambio.
Sin embargo, este mecanismo está produciendo una acumulación de
diferencias de cambio que deberán ser sufragadas por el Estado en el
futuro. La acumulación de diferencias de cambio no materializadas
derivadas del endeudamiento en moneda extranjera suponía, a los tipos
de cambio vigentes a 31 de diciembre de 1995, un importe
de 44.539 millones en el caso de AUDASA y de 35.179 millones de
pesetas en el caso de AUCALSA, lo que totaliza un importe de 79.718
millones de pesetas.
Según la Memoria de 1995 de la Delegación del Gobierno en las
Sociedades Concesionarias de Autopistas de Peaje el riesgo total
asumido por el Estado por el seguro de cambio para el conjunto de las
Sociedades públicas y privadas concesionarias de autopistas de peaje
por los principales de las deudas en moneda extranjera ascendía, a 31
de diciembre de 1995 a un importe de 215.213 millones de pesetas.
El volumen de las diferencias de cambio acumuladas se debe
generalmente a que las Sociedades concesionarias, buscando un menor
coste financiero para su endeudamiento, han pretendido endeudarse en
aquellas monedas extranjeras con más bajos tipos de interés, lo que
está correlacionado con un mayor riesgo de variaciones en el tipo de
cambio frente a la peseta (preferentemente en francos suizos y yenes
japoneses). Dado que las operaciones de financiación de las
Sociedades concesionarias de autopistas de peaje deben ser
autorizadas por la Dirección General del Tesoro, este organismo en
los últimos años y ante el crecimiento del riesgo del Estado por las
diferencias de cambio ha tratado de cambiar el endeudamiento
a monedas con menor riesgo de tipo de cambio frente a la peseta en el
momento de autorizar las operaciones de refinanciación y así ha
crecido el endeudamiento en ECUS frente al endeudamiento en francos
suizos o yenes. No obstante, en las últimas operaciones de
refinanciación de AUDASA y AUCALSA (que se comentan más adelante) se
ha permitido la permanencia de un cierto volumen de endeudamiento en
yenes y francos suizos, debido al impacto que el cambio de moneda
tiene en los costes financieros y en los resultados de Sociedades
que, como AUCALSA, están en pérdidas.
Período de financiación máximo
La cláusula 46 del Pliego de Cláusulas Generales para la
construcción, conservación y explotación de autopistas de peaje en
régimen de concesión, aprobado por el Decreto 215/73 de 25 de enero
prescribe lo siguiente:
«El plan económico-financiero presentado al concurso formando parte
de la proposición y aprobado por el Decreto de adjudicación de la
concesión constituirá la base económico-financiera de ésta». «En el
plan económico financiero figurará de forma concreta el período de
financiación máximo previsto. Durante él la sociedad podrá emitir
obligaciones, bonos u otros títulos semejantes que representen una
deuda de la Sociedad concesionaria con terceras personas para hacer
frente a la inversión real y, en su caso, a los gastos financieros
previstos. Este período no podrá exceder del 50 por 100 del período
de concesión.»
La interpretación de la citada cláusula 46 ha planteado diversas
dudas, centrándose básicamente la cuestión en si el sistema de
financiación previsto en la legislación que regula las concesiones de
autopistas de peaje implica que las Sociedades concesionarias no
pueden disfrutarde los beneficios reconocidos en el artículo 13 de la
Ley 8/1972 y, en consecuencia, el Estado no tiene que asumir
obligación alguna en relación con el tipo de cambio respecto de los
préstamos que tales entidades obtengan en el mercado exterior de
capitales, después de vencido el período de financiación.
Esta cuestión ha sido objeto de varios dictámenes jurídicos que han
tratado de abordar la problemática y explicar el significado y
consecuencias de la cláusula 46 del Pliego de Cláusulas Generales.
Analizadas las disposiciones de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, sobre
construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de
concesión, el Pliego de Cláusulas Generales aprobado por Decreto 215/
1973, de 25 de enero, los Pliegos de Base de los concursos y las
demás disposiciones complementarias, el criterio de este Tribunal
respecto a las cuestiones suscitadas en torno a la interpretación de
la referida cláusula 46 es coincidente con lo establecido por la
Dirección General del Servicio Jurídico del Estado en el informe que,
a instancia de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera,
emitió con fecha 8 de febrero de 1994. En este informe (que es el más
reciente de los que se ha tenido conocimiento), tras analizar las
consideraciones contenidas en los formulados anteriormente, se
establecen, básicamente, las siguientes conclusiones:
«1.º La cláusula 46 del Pliego de Cláusulas Generales aprobado por
Decreto 215/73, de 25 de enero, interpretada conjuntamente con el
resto de las disposicionessobre financiación de las Sociedades
concesionarias de autopistas de peaje, impide que una vez
transcurrido el período máximo de financiación las sociedades
concesionarias emitan obligaciones bonos y, en general, títulos
semejantes para hacer frente a las inversiones reales.
2.º El mismo régimen es aplicable a los préstamos y demás operaciones
de naturaleza y finalidad análoga concertados por las Sociedades
concesionarias y que no estén representados por títulos valores.
3.º El beneficio reconocido en el apartado c) del artículo 13 de la
Ley 8/1992 de Autopistas, consistente en garantizar el Estado a las
concesionarias las divisas necesarias para hacer frente a los pagos
derivados de determinadas financiaciones a un tipo fijo (seguro de
cambio), tiene carácter compensatorio y, en cierta medida,
subvencional y está condicionado por la vinculación de dichas
financiaciones a las inversiones reales.
4.º En consecuencia, una vez transcurrido el período máximo de
financiación, los endeudamientos que contraigan en el mercado
financiero exterior las Sociedades concesionarias no podrán cubrirse
con la garantía o seguro de cambio mencionado en la conclusión
precedente.
5.º Lo indicado en la conclusión anterior es igualmente predicable
respecto de las operaciones de refinanciación por las que se
sustituyan endeudamientos anteriores a la terminación del período de
financiación, siempre que tales refinanciaciones sean posteriores al
referido período.»
En el caso de las sociedades AUDASA y AUCALSA, los Decretos de
adjudicación de las concesiones de sus respectivas autopistas de
peaje fijaron el período de financiación máximo en la primera mitad
del período
concesional. La concesión otorgada a AUDASA tenía inicialmente un
plazo de 39 años, (hasta el 19 de agosto del año 2012) que en virtud
del Decreto 2609/77 se prorrogó hasta el día 20 de noviembre del año
2013 y que, finalmente, el Real Decreto 1908/1994, de 5 de agosto,
amplió a 50 años, fijándose el vencimiento de la concesión el día 18
de agosto del año 2023. Por su parte, la concesión de AUCALSA fue
otorgada inicialmente por un plazo de 46 años y vencía el 17 de
octubre del 2021, sin que haya sido ampliado posteriormente.
Los planes económico-financieros inicialmente presentados por las
respectivas Sociedades a los concursos de adjudicación de las
concesiones para la construcción, conservación y explotación de las
autopistas de peaje «Autopistas del Atlántico» y «Campomanes-León»,
preveían el cumplimiento de lo establecido en la Cláusula 46 del
Pliego de Cláusulas Generales, estableciendo en sus previsiones
financieras la no realización de operaciones de endeudamiento
financiero a partir de las fechas en que se cumplía el período de
financiación máximo fijado, aunque la amortización total de dicha
deuda se difería para años posteriores, siempre dentro del período
concesional.
Como consecuencia del Real Decreto 1809/1994 que amplió el plazo de
la concesión otorgada a AUDASA para la construcción y explotación de
la Autopista del Atlántico a 50 años, y que mantuvo el período de
financiación previsto en la cláusula 46 en la mitad del período
concesional, la Sociedad formuló un nuevo plan económico- financiero
en diciembre de 1994, aprobado en su momento por los órganos
competentes de la Administración del Estado.
En este último documento, incumpliendo lo establecido en la citada
cláusula 46, no se menciona el período de financiación máximo y entre
las previsiones financieras se incluye la concertación de operaciones
de endeudamiento con posterioridad al 20 de agosto de 1998, fecha en
la que había de finalizar el nuevo período de financiación máximo,
previéndose la realización de operaciones de endeudamiento hasta el
año 2010.
Cabe, no obstante, señalar que el endeudamiento máximo lo alcanzará
AUDASA en el año 1998, produciéndose en los ejercicios posteriores a
éste una progresiva reducción del endeudamiento hasta su amortización
total en el año 2010; es decir, las operaciones de captación de deuda
a partir del año 1998 son de menor cuantía que sus amortizaciones y
su objeto es refinanciar parcialmente el endeudamiento preexistente.
Por otra parte, en el nuevo plan económico-financiero no se detallan
las características de las refinanciaciones y endeudamientos que se
prevé concertar a partir del año 1998, desconociéndose, al no
formularse prevención alguna al respecto, si adoptarán la forma de
préstamos o serán emisiones de obligaciones, bonos y otros títulos-
valores semejantes; si bien en los Estatutos de la Sociedad,
cumpliendo lo establecido en la cláusula 2.ª del Pliego de Cláusulas
Particulares para la Construcción, Conservación y Explotación de la
Autopista del Atlántico (Orden del Ministerio de Obras Públicas de 11
de mayo de 1973), se recoge la prohibición de «emitir obligaciones,
bonos u otros títulos semejantes que representen una deuda con
terceras personas transcurrido el período de financiación máximo
ofertado a que se refiere la cláusula 46 del pliego de Cláusulas
generales».
A este respecto debe tenerse en cuenta que una de las finalidades de
la cláusula que fija el período máximo de financiación es garantizar
la autosuficiencia financiera de las Sociedades concesionarias a
partir de un determinado año del período concesional, aquél en que se
prevé que los gastos de explotación y los financieros sean cubiertos
por los ingresos; y ha de entenderse que se da esta circunstancia
cuando en ese momento se alcanza el máximo nivel de endeudamiento,
reduciéndose éste progresivamente en los ejercicios siguientes hasta
su total amortización con los excedentes de fondos generados por la
explotación.
Pero otra finalidad pretendida con la determinación del período
máximo de financiación es fijar un límite temporal a las obligaciones
a asumir por el Estado en concepto de bonificaciones fiscales a las
emisiones de empréstitos de las sociedades concesionarias y de
aseguramiento del tipo de cambio para las deudas concertadas en
moneda extranjera, así como por los avales concedidos por el Estado.
El primero de los objetivos citados, esto es, el logro de la
autosuficiencia financiera a la mitad del período concesional, puede
conseguirse aunque se concierten operaciones de endeudamiento con
posterioridad al ejercicio en que se cumple dicho período máximo de
financiación siempre y cuando el nuevo endeudamiento sea menor en su
cuantía que las amortizaciones de la deuda previamente existente.
Pero, en cualquier caso, el incumplimiento del período máximo de
financiación no puede dar lugar a que se prolonguen en el tiempo y se
incrementen los gastos del Estado en términos de bonificaciones
fiscales y de aseguramiento del tipo de cambio ya que, con arreglo a
la cláusula 46 (de acuerdo con la interpretación antes expuesta), las
obligaciones a asumir por el Estado no deben alcanzar a las
operaciones de endeudamiento que se concierten después de
transcurrido el período máximo de financiación.
En el caso de AUCALSA, su plan económico financiero fue revisado en
el año 1990, como consecuencia de lo dispuesto en el Real Decreto
210/1990 que estableció un nuevo sistema de revisión de las tarifas
de las autopistas de peaje. En este nuevo plan, incumpliendo asimismo
lo establecido en la reiterada cláusula 46, no se señala de manera
concreta el período de financiación máximo; y se prevé la
concertación de operaciones de endeudamiento hasta el año 2020
(alcanzándose en el año 2000 el máximo nivel de endeudamiento),
cuando la fecha en que se sitúa el límite final del período de
financiación es el 17 de octubre de 1998. Además, no se alcanza la
amortización total de la deuda hasta el año 2020, cuando en el plan
inicialmente aprobado se preveía que quedase amortizada en el año
2015.
Como consecuencia de ello, en relación con AUCALSA, los gastos para
el Estado que se han de derivar del nuevo plan económico financiero
son, por tanto, superiores a los que cabe deducir del plan inicial,
simplemente por las modificaciones introducidas en aquél pese a no
haberse ampliado el período concesional, que se ha mantenido en 46
años. Por otra parte, en
el nuevo plan económico-financiero de AUCALSA tampoco se menciona la
forma que adoptarán las nuevas operaciones de endeudamiento
posteriores a 1998, una vez terminado el período máximo de
financiación, desconociéndose al no formularse prevención alguna al
respecto, si se prevé continuar con las emisiones de obligaciones
como medio casi exclusivo de financiación de las inversiones como
viene ocurriendo hasta la fecha, aunque en los Estatutos de la
Sociedad, cumpliendo lo establecido en la cláusula 3ª del Pliego de
Cláusulas particulares para la concesión de la construcción,
conservación y explotación de la Autopista Campomanes-León (Orden del
Ministerio de Obras Públicas de 13 de diciembre de 1974) se recoge la
prohibición de «emitir obligaciones, bonos u otros títulos semejantes
que representen una deuda con terceras personas transcurrido el
período de financiación ofertado a que se refiere la cláusula 46 del
pliego de las generales».
En todo caso, lo expuesto anteriormente respecto a que las
operaciones de endeudamiento posteriores al término del período de
financiación establecido no pueden dar lugar a la asunción de
obligaciones por parte del Estado es asimismo de aplicación a AUCALSA
5.
Por último, conviene observar que la práctica seguida por la
Administración del Estado, según se recoge en el antes citado informe
de la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado de fecha 8
de febrero de 1994, ha sido autorizar las refinanciaciones de
emisiones de obligaciones en moneda extranjera y conceder los
beneficios del aseguramiento del tipo de cambio, pese a haberse
superado el período máximo de financiación. Esta actuación se ha
producido en operaciones realizadas por Sociedades concesionarias no
estatales (respecto a las estatales aún no ha vencido el período de
financiación en el momento de elaborarse este informe).
B.3. La gestión financiera
B.3.1. La planificación financiera
La especificidad del objeto social de las Sociedades del Grupo ENAUSA
(construcción y explotación de autopistas de peaje) determina las
características de la planificación de cada una de estas Sociedades
y, en consecuencia, del conjunto del grupo.
La legislación aplicable a las sociedades concesionarias de
autopistas de peaje exigía como requisito previo para acceder a los
concursos de concesión, la presentación de un plan económico-
financiero que debía abarcar todo el período concesional y que
pretendía asegurar la viabilidad económica de las sociedades
concesionarias. El citado plan económico-financiero había de incluir
previsiones respecto a las cuentas de pérdidas y ganancias y
presupuestos de capital para todos los ejercicios comprendidos en el
período concesional. Las sociedades concesionarias de autopistas de
peaje componentes del Grupo ENAUSA
5)
que el Tribunal no cuestiona que los beneficios económicos-
financieros se mantengan a lo largo de todo el período concesional;
lo que no se estima procedente es que tales beneficios puedan
aplicarse a operaciones de endeudamiento concertadas después de
transcurrido el período máximo de financiación, que quedó establecido
como uno de los requisitos esenciales de la concesión.
han contado, por lo tanto, desde el momento de su constitución con
unos planes económico-financieros de carácter general que incluyen
previsiones de sus principales magnitudes para todos los años de su
vida. Estos planes económico- financieros constituyen el marco
general de referencia para la planificación a medio y largo plazo.
Además, el Grupo ENAUSA elabora con carácter periódico (generalmente
anual) las denominadas «Proyecciones financieras» que cubren el mismo
ámbito temporal que los planes económico-financieros e incluyen
previsiones similares (cuentas de pérdidas y ganancias, balance de
situación y cuadro de financiación) para atender los requerimientos
de las agencias internacionales de calificación de deuda. Las citadas
previsiones se realizan para cada Sociedad individualmente y por
agregación se obtienen las previsiones para el conjunto del Grupo
ENAUSA.
Como instrumentos de planificación más específicos, las Sociedades
del Grupo ENAUSA han elaborado en el ejercicio 1995 el denominado
Plan Estratégico a largo plazo (1995/1999) y Plan Operativo Anual. En
el Plan Estratégico se contemplan los objetivos a conseguir en el
período de 5 años que abarca y las acciones a desarrollar para su
logro, agrupadas en programas de actuación, con inclusión del coste,
calendario y unidades responsables de la ejecución. El Plan Operativo
Anual es una concreción más detallada del primer año de vigencia del
Plan Estratégico e incluye, agrupados en planes y programas, las
acciones a desarrollar para lograr el cumplimiento de los objetivos
fijados para el ejercicio, cuya traducción en magnitudes económico-
financieras se concreta en el presupuesto anual. Los presupuestos
anuales se elaboran por todas las Sociedades del grupo y están
sometidos a un proceso formal de discusión y aprobación por los
respectivos Consejos de Administración de las Sociedades, que también
hacen un seguimiento mensual de su ejecución y aplicación en base a
informes mensuales presentados por las direcciones de cada una de las
Entidades.
Los presupuestos internos que se han elaborado en 1994 para el
ejercicio 1995, son básicamente presupuestos de explotación pues
incluyen principalmente previsiones y objetivos referidos a la cuenta
de pérdidas y ganancias; pero también contienen otras referidas a las
inversiones en inmovilizado y a la captación y renegociación de la
deuda financiera ya que no se elaboran y aprueban presupuestos de
capital completos.
La planificación interna de las inversiones y obras a realizar en
autopistas y su ejecución viene determinada y condicionada por su
sometimiento a las autorizaciones administrativas preceptivas por
parte de las Administraciones Públicas competentes y a complejos
procesos y trámites de información pública y expropiaciones, por lo
que su grado de cumplimiento en los plazos y períodos previstos no es
elevado dado el escaso control que pueden ejercer las Sociedades del
grupo sobre estos factores. Resulta más elevado el grado de
cumplimiento de los presupuestos anuales de explotación, que puede
considerarse aceptable, sobre todo en las partidas respecto a las que
la dirección de las Sociedades tienen mayor control, como son los
gastos de explotación. Se ha observado también un adecuado
cumplimiento de los presupuestos en lo referente a los ingresos de
explotación, debido fundamentalmente
al establecimiento de unas previsiones correctas ya que
la actuación de las Sociedades del grupo tiene poca influencia sobre
el volumen de tráfico (principalfactor determinante de los ingresos).
Los gastos financieros, que son componente principal de los
resultados ordinarios del grupo, han sido en 1995 inferiores en un
8por ciento a los presupuestados debido a la caída producida en los
tipos de interés y a los importantes volúmenes de renegociación de
deuda efectuados. Esta desviación, de cuantía importante (ha supuesto
709 millones de pesetas de gasto inferior a lo previsto), se debe a
la dificultad de prever con un año de antelación el curso futuro de
los tipos de interés.
Finalmente, cabe señalar que como instrumento complementario de la
planificación interna que viene realizando el Grupo ENAUSA, se
elaboran presupuestos de tesorería con periodicidad mensual,
haciéndose un seguimiento de los mismos por parte de los
departamentos competentes de cada Sociedad y por la dirección
financiera de la matriz respecto de las sociedades filiales.
Además de los instrumentos de planificación interna mencionados, el
Grupo ENAUSA, en cumplimiento de la Ley General Presupuestaria ha
elaborado el Plan de Actuación, Inversiones y Financiación (PAIF)
para 1995, así como los Presupuestos de Explotación y Capital de su
Sociedad matriz ENAUSA y las dependientes AUDASA y AUCALSA.
Si se comparan las previsiones incluidas en el PAIF y en los
Presupuestos de Explotación y Capital que figuran en los Presupuestos
Generales del Estado para 1995 del Grupo ENAUSA y de sus Sociedades
dependientes con las previsiones incluidas en su planificación
económicafinanciera interna se observan escasas diferencias,
justificables por las diferentes fechas en que se confeccionan las
diferentes previsiones. Generalmente, resultan más ajustados a la
realidad los presupuestos anuales del grupo elaborados y aprobados
internamente que los incluidos en los Presupuestos Generales del
Estado, debido a que aquellos se elaboran en fechas más próximas a su
período de ejecución, contando con una información más completa sobre
lo ocurrido en el ejercicio precedente.
Como conclusión, la planificación interna económico- financiera del
Grupo ENAUSA puede considerarse coherente con la exigida por la Ley
General Presupuestaria y resulta adecuada para cubrir las necesidades
y objetivos del grupo. No obstante, se observan algunas deficiencias
susceptibles de ser subsanadas y que mejorarían la calidad de la
planificación interna. Entre esas deficiencias cabe indicar la falta
de elaboración y aprobación de un Presupuesto anual de Capital y la
carencia de un análisis sistemático de las causas de las diferencias
observadas en el cumplimiento de los presupuestos anuales que
acompañen a los informes mensuales y anual que se presentan por la
dirección a los Consejos de Administración.
B.3.2. Análisis de las operaciones financieras de endeudamiento
realizado en 1995
Las operaciones de endeudamiento financiero realizadas por ENAUSA en
1995 que afectan a sus filialesAUCALSA y AUDASA fueron las que a
continuación se
detallan y consistieron prácticamente en la refinanciación de deudas
que vencían en el citado ejercicio.
B.3.2.1. Emisiones de Obligaciones en el Mercado Interior
En AUCALSA se realizó en el mes de julio de 1995 una emisión de
obligaciones no convertibles por importe de 51.000 millones de
pesetas, con plazo de amortización de 7 años contados desde la fecha
de emisión y con un tipo de interés nominal del 9,3 por ciento anual,
pagadero mediante un único cupón anual. Dicha emisión tenía por
objeto refinanciar el vencimiento de los siguientes préstamos y
empréstitos:
- Una emisión de obligaciones realizadas en 1988 en el mercado
interior por un importe de 5.000 millones de pesetas. A dicha emisión
estaba vinculado un contrato de permuta financiera con una entidad
extranjera mediante el cual la Sociedad asumía una deuda de 5.363
millones de yenes (que tenían un contravalor de 1.633 millones de
pesetas al tipo de cambio asegurado) con la Entidad extranjera,
comprometiéndose ésta como contrapartida a la aportación del
principal en pesetas de la emisión de obligaciones a su fecha de
vencimiento. El tipo de interés de la emisión de obligaciones era el
10 por ciento anual y el de la deuda en yenes era variable fijado en
términos del LIBOR para el yen menos el 0,125 por ciento.
- Otra emisión de obligaciones realizada en el mercado interior en
1988 por importe de 15.000 millones de pesetas. Esta emisión estaba
vinculada a un contrato de permuta financiera con una Entidad
extranjera mediante el cual la citada deuda se había transformado en
una deuda de 196 millones de francos suizos (con un contravalor de
14.981 millones de pesetas al tipo de cambio asegurado). El tipo de
interés de la emisión de obligaciones había sido del 10 por ciento
anual y el de la deuda en francos suizos asumida por la Sociedad por
el contrato de permuta financiera era del 4,55 por ciento pagadero en
la citada divisa.
- Una emisión de obligaciones realizada en el mercado interior en
1990 por importe de 12.000 millones de pesetas, a un tipo de interés
del 11por ciento anual. También se había establecido un contrato de
permuta financiera que convertía dicha deuda en una de 195 millones
de marcos alemanes contraída por la Sociedad con una entidad
extranjera que, a su vez, asumía la deuda en pesetas. El contravalor
en pesetas de dicha deuda en marcos contabilizado por la Sociedad
AUCALSA, al tipo de cambio asegurado, era de 9.011 millones de
pesetas. El tipo de interés concertado para la deuda en marcos
alemanes era del 9,22 por ciento anual pagadero en esa moneda.
- Además, dos préstamos, uno de 636 millones de yenes y otro de 34
millones de francos suizos, ambos concertados en 1988, con un
contravalor en pesetas a tipo de cambio asegurado de 194 y 2.516
millones de pesetas, respectivamente. Los tipos de interés de esos
préstamos eran variables y fijados sobre el LIBOR de cada una de esas
monedas menos un diferencial del 0,125 por ciento en el caso del
préstamo en yenes, y más un diferencial del 0,125 por ciento en el
préstamo en francos suizos.
El importe total de los empréstitos y préstamos a refinanciar por
AUCALSA que quedan relacionados tenía un contravalor en pesetas al
tipo de cambio asegurado de 32.000 millones de pesetas. El
contravalor a los tipos de cambio vigentes a la fecha de la emisión
de obligaciones era de 51.000 millones de pesetas, importe de la
emisión que ha venido a sustituir a los citados empréstitos y
préstamos.
En AUDASA las operaciones de emisión de empréstitos en el mercado
interior en 1995 fueron las siguientes:
- Una emisión de obligaciones no convertibles realizada en mayo de
1995 por un importe de 19.000 millones de pesetas con un tipo de
interés del 9,4 por ciento anual, con plazo de vencimiento a siete
años contados desde la fecha de emisión, Esta operación tenía por
objeto refinanciar una emisión de obligaciones realizada en el
mercado interior en 1990 por un importe de 12.560 millones de pesetas
emitida a un tipo de interés anual del 11por ciento, sobre la que, a
su vez, se había establecido un contrato de permuta financiera que
había transformado dicha deuda en otra en francos suizos por un
importe de 171 millones y con la misma fecha de vencimiento que la
emisión de obligaciones. El importe fijado para la nueva emisión de
obligaciones se correspondía con el contravalor en pesetas de la
deuda que tenía AUDASAen francos suizos al tipo de cambio de la fecha
de la emisión.
- Otra emisión de obligaciones no convertibles realizada en diciembre
de 1995 por un importe de 16.700 millones de pesetas con un tipo de
interés anual del 8,65 por ciento, con plazo de vencimiento a diez
años contados desde la fecha de emisión. Dicha operación tenía por
objeto refinanciar otra emisión de obligaciones realizada en el año
1990 en el mercado interior por importe de 10.452 millones de
pesetas, emitida a un tipo de interés anual del 12por ciento y que
había sido objeto de un contrato de permuta financiera en dos monedas
extranjeras, habiéndose convertido en dos deudas, una por importe de
83,2 millones de francos suizos y otra por una cuantía de 66,7
millones de marcos alemanes, que tenían igual fecha de vencimiento
que la emisión de obligaciones. El importe de 16.700 millones de
pesetas de la emisión de obligaciones se correspondía con el
contravalor en pesetas de las deudas en francos suizos y marcos
alemanes a los tipos de cambio vigentes en diciembre de 1995 más una
financiación adicional de 1.957 millones de pesetas.
Por las circunstancias expuestas en el epígrafe B.1.2, no existe
documentación disponible en ENAUSA sobre las ofertas recibidas de los
diferentes intermediarios financieros para la colocación en el
mercado de las citadas emisiones que permita realizar un análisis y
evaluación del grado de eficiencia con que se han realizado las
operaciones. Tampoco existe constancia de que en el período analizado
se llevasen a cabo por otras Sociedades emisiones de obligaciones que
por sus características y fecha de salida al mercado pudieran
considerarse comparables con las realizadas por AUDASA y AUCALSA. Por
todo ello, se ha recurrido a realizar una análisis comparativo de las
condiciones y características (tipo de interés y plazo) que tienen
las emisiones realizadas por las Sociedades fiscalizadas con las de
las emisiones de deuda pública a 5 y 10 años efectuadas en iguales
fechas.
Los resultados de dicho análisis figuran en el Anexo 5, en el que
constan los tipos de interés y plazo de las emisiones citadas de
AUCALSA y AUDASA y los tipos de interés de las emisiones de la deuda
pública española realizadas en iguales fechas y a cinco y diez años.
Dado que las emisiones de deuda pública no cuentan con las
bonificaciones fiscales que tienen las emisiones de obligaciones de
AUDASA y AUCALSA, se ha calculado para éstas últimas el tipo de
rendimiento equivalente sin bonificaciones fiscales que resulta para
el obligacionista (rentabilidad financiero-fiscal) de los tipos
nominales de las emisiones. Comparando éste tipo de rendimiento con
el tipo de interés nominal de la deuda pública a diez años, resulta
que para las emisiones de AUCALSA de julio y AUDASA de mayo de 1995,
los diferenciales en tipo de rendimiento son de 0,43 puntos (43
puntos básicos) y 0,29 puntos (29 puntos básicos) en más. Si la
comparación se hace con la deuda pública a 5 años, los diferenciales
para esas emisiones son de 57 y 40 puntos básicos de mayor
rentabilidad de las obligaciones de AUCALSA y AUDASA,
respectivamente. Dichos diferenciales de tipo de interés pueden
considerarse como muy aceptables dada la mayor liquidez y seguridad
que ofrece la deuda pública para el público, e indicativos de una
actuación eficiente en la gestión de dichas emisiones.
En el caso de la emisión de obligaciones de AUDASA de diciembre de
1995, con un plazo de vencimiento de 10 años, el diferencial con la
deuda pública a igual plazo se eleva a 119 puntos básicos. En ello
pudo influir la aceleración en el descenso de los tipos de interés
producida en diciembre de 1995 respecto al mes de noviembre, mes este
último en el que se fijó el tipo de interés de la emisión comentada y
comenzó su suscripción. El diferencial con la deuda pública emitida
en noviembre de 1995 desciende a 52 puntos básicos. En todo caso, la
gestión de esta emisión no ha resultado tan eficiente como la de las
mencionadas anteriormente.
B.3.2.2. Contratos de permuta financiera realizados en el ejercicio
Todas las emisiones de obligaciones a que se ha hecho referencia en
el epígrafe precedente han sido objeto de contratos de permuta
financiera, mediante los cuales AUCALSA y AUDASA han convertido su
endeudamiento inicial en pesetas en deudas en moneda extranjera. Al
mismo tiempo, mediante los mismos las Sociedades han obtenido las
divisas extranjeras necesarias para hacer frente al vencimiento y
amortización de las deudas en moneda extranjera derivadas de los
contratos de permuta financiera que vencían en el ejercicio, la mayor
parte de ellos vinculados a emisiones de obligaciones realizados en
el mercado interior, descritas anteriormente, que, asimismo, han
tenido vencimiento en el ejercicio de 1995.
En AUCALSA, como contrapartida de la emisión de obligaciones por
importe de 51.000 millones de pesetas, se ha efectuado un contrato de
permuta financiera con una entidad extranjera, mediante el cual la
Sociedad prestó a esta Entidad extranjera el capital obtenido en la
emisión después de deducir los gastos de la misma (comisiones de
colocación y aseguramiento principalmente)
y, a su vez, recibió en préstamo su contravalor en yenes,
francos suizos y marcos alemanes en la cuantía suficiente para
amortizar tanto los contratos de permuta financiera que le vencían
(por importes de 5.363 millones de yenes, 195 millones de marcos
alemanes y 196 millones de francos suizos), como los dos préstamos
concertados en el exterior por importes de 34 millones de francos
suizos y 636 millones de yenes que también tenían su vencimiento en
el ejercicio de 1995. La Entidad financiera extranjera se obligó
frente a AUCALSA a pagar un tipo de interés anual del 10,67 por
ciento sobre el nominal de la emisión en pesetas en un sólo pago
anual, en fechas que coinciden con el vencimiento del cupón de
intereses de la emisión de obligaciones. El tipo de rendimiento
efectivo que resulta es del 11,33 por ciento ya que el capital
aportado por AUCALSA es inferior a los 51.000 millones de pesetas de
nominal, como consecuencia del pago de las comisiones antes citadas,
obteniendo AUCALSA un diferencial de interés (arbitraje) de 2,03
puntos, ya que a los obligacionistas les paga el 9,3 por ciento.
AUCALSA, por su parte se obliga a pagar al vencimiento del contrato
(a los siete años de su fecha de concertación) un principal de 34,4
millones de marcos alemanes mas 133,8 millones de ECUS, recibiendo, a
su vez, el importe de 51.000 millones de pesetas. Los tipos de
interés pactados fueron del 6,665 por ciento sobre el préstamo en
marcos y del 7,72 por ciento sobre el importe en ECUS a pagar
anualmente por AUCALSA.
En AUDASA los contratos de permuta financiera efectuados en 1995
fueron los siguientes:
- Sobre la emisión de obligaciones realizada en mayo de 1995 por
importe de 19.000 millones de pesetas, se concertó un contrato de
permuta financiera, mediante el cual la entidad financiera extranjera
a cambio de amortizar el contrato de permuta preexistente que vencía
en esa fecha (que suponía una deuda de AUDASA de 171 millones de
francos suizos que se cancelaba), recibía en préstamo el importe neto
de la emisión de obligaciones en pesetas a un tipo de interés anual
del 11,22 por ciento sobre el nominal de la emisión, lo que equivalía
a un tipo de rendimiento efectivo del 11,897 por ciento sobre los
fondos recibidos. AUDASA, por su parte, adquiría la obligación de
pagar en el plazo de siete años, contados desde la fecha del
contrato, un principal de 171,3 millones de francos suizos, que
devengaban un tipo de interés del 5,06por ciento anual a favor de la
entidad extranjera, asumiendo ésta la devolución de los 19.000
millones de pesetas, principal del empréstito, a la fecha de
vencimiento de contrato.
- La emisión de obligaciones de 16.700 millones de pesetas de
diciembre de 1995 fue también objeto de otro contrato de permuta
financiera realizado, como los anteriormente descritos, para
amortizar la deuda que, por importe de 66,7 millones de marcos
alemanes más 83,3 millones de francos suizos, tenía AUDASA con la
Entidad financiera extranjera como consecuencia de otro contrato de
permuta financiera anterior y que vencía en dicha fecha. Mediante
este contrato se aportaban, además, 12,6 millones de ECUS como
financiación adicional para AUDASA. La Entidad financiera extranjera
recibía elcapital neto obtenido de la emisión de obligaciones
(16.182 millones de pesetas, una vez deducidos los gastos de
colocación y aseguramiento) por un plazo de 10 años, comprometiéndose
a pagar un tipo de interés anual del 10,445 por ciento sobre el
nominal del empréstito (tipo de rendimiento del 10,97por ciento sobre
el efectivo recibido) y a devolver el principal en pesetas al cabo de
los diez años. AUCALSA, por su parte, recibía un préstamo por importe
de 106 millones de ECUS, con vencimiento a un plazo de 10 años,
obligándose a pagar un tipo de interés del 8,149 por ciento sobre el
citado principal en ECUS.
Como consecuencia de los contratos de permuta financiera suscritos
por AUCALSA y AUDASA sobre los empréstitos emitidos en 1995, estas
sociedades obtienen unos diferenciales de tipo de interés a su favor
en pesetas de 3,03, 2,50 y 2,32 puntos porcentuales, respectivamente,
sobre los principales de los tres empréstitos relacionados, que
minoran en esa misma cuantía los tipos de interés del endeudamiento
convertido en moneda extranjera, único que aparece registrado en sus
balances. Los tipos de interés en pesetas concertados por la cesión
de los capitales obtenidos por la emisión de las obligaciones
mediante los contratos de permuta financiera descritos, parecen
adecuados, pues se alinean con diferencias poco significativas con
los tipos de interés y de rendimiento de las emisiones de deuda
pública española a 5 y 10 años vigentes en las fechas en que se
suscribieron dichos contratos. En cuanto a los tipos de interés
concertados para el endeudamiento en moneda extranjera éstos también
resultan adecuados para las deudas denominadas en marcos alemanes y
francos suizos, pues se sitúan con pequeños diferenciales sobre los
tipos de interés vigentes en el mercado para los títulos de deuda
pública emitidos en esas monedas y a plazos similares. Sin embargo,
en el contrato de permuta financiera concertado en diciembre de 1995
por AUDASA el tipo de interés establecido para la deuda en ECUS
(8,149 por ciento) puede considerarse elevado en relación con los
tipos de interés vigentes en esas fechas para la deuda emitida en esa
moneda y al plazo de 10 años. Ello podría obedecer a la necesidad de
compensar al intermediario financiero extranjero que hacía de
contrapartida de dicha operación por el quebranto que suponía el
relativamente elevado tipo de interés concertado para los fondos en
pesetas que era superior al vigente en diciembre de 1995 para la
deuda pública española a 10 años (tipo de rendimiento del 10,97 por
ciento a pagar por la Entidad financiera extranjera a AUDASA frente a
un tipo de rendimiento del 10,20 por ciento que se podía obtener
invirtiendo en deuda pública española a 10 años).
Como conclusión de este análisis y considerando en su conjunto la
gestión del endeudamiento financiero de las sociedades AUCALSA y
AUDASA por parte de ENAUSA en el ejercicio de 1995, ésta puede
calificarse de adecuada y eficiente, a la vista de los resultados
comentados.
B.3.2.3 Coste del endeudamiento financiero
Los costes financieros ocasionados por el endeudamiento financiero de
AUDASA ascendieron en 1995 a 4.251 millones de pesetas, lo que
representaba un coste
financiero medio del 5,9 por ciento sobre un saldo medio de 70.030
millones de pesetas de endeudamiento financiero mantenido durante el
ejercicio. En AUCALSA los costes financieros fueron de 2.648 millones
de pesetas, siendo el endeudamiento financiero medio mantenido
durante el ejercicio de 50.542 millones de pesetas y el coste
financiero medio del 5,24 por ciento. En los costes financieros
considerados se han incluidos los gastos en conceptos de intereses
devengados, los gastos en forma de comisiones de colocación,
aseguramiento y otras percibidas por los intermediarios financieros
participantes en las emisiones de empréstitos y en la formalización
de los contratos de permuta financiera y los gastos periodificados
derivados de la formalización de las deudas.
Dichos costes financieros son muy bajos si se compara con los tipos
de interés medios de la deuda española a largo plazo existentes en el
ejercicio de 1995, que fueron del 11,45 por ciento para las
obligaciones a 10 años y del 11,28 por ciento para los bonos a cinco
años. Ello se debe fundamentalmente, a los beneficios financieros y
tributarios de que disfrutan las sociedades concesionarias de
autopistas de peaje, descritos en epígrafes anteriores. Entre esos
beneficios cabe destacar el aseguramiento del tipo de cambio por el
Estado para el endeudamiento en moneda extranjera que permitió a las
Sociedades fiscalizadas acceder a préstamos en monedas extranjeras
tales como el yen, el franco suizo o el marco alemán, con tipos de
interés sustancialmente menores que los que existían en el mercado
interior español, sin tener que asumir las Sociedades concesionarias
el coste del riesgo de variación del tipo de cambio que incorpora ese
endeudamiento frente al endeudamiento en pesetas.
Otra de las fuentes del bajo coste financiero son los beneficios
tributarios con que cuentan las emisiones de empréstito realizadas en
el mercado interior que, unidas a los contratos de permuta
financiera, han permitido minorar el coste financiero de los
empréstitos realizados en 1995 y de las deudas en moneda extranjera
que resultan de su permuta financiera, entre 2 y 3 puntos
porcentuales.
En definitiva, el nivel del coste financiero medio de AUDASA y
AUCALSA depende de las monedas extranjeras elegidas para endeudarse y
de que este endeudamiento esté vinculado a contratos de permuta
financiera realizados sobre empréstitos emitidos en el mercado
interior en pesetas. Cabe observar que la diferencia de tipos de
interés de las deudas a largo plazo en yenes y francos suizos
existentes en 1995 frente a las deudas en marcos alemanes o ECUS
podía oscilar entre 2 y 5 puntos porcentuales.
En algún caso, el endeudamiento en yenes derivado de una permuta
financiera hecha en base a un empréstito emitido en pesetas ha tenido
como consecuencia un coste financiero negativo, al resultar el tipo
de interés de la deuda en yenes menor que el diferencial de tipo de
interés ganado al ceder los fondos en pesetas obtenidos del
empréstito.
La elección de la moneda extranjera en que pueden endeudarse AUDASA y
AUCALSA (al igual que el resto de las sociedades concesionarias de
autopistas de peaje) depende, aparte de las propuestas que hagan las
sociedades mismas, de la autorización y/o decisión de la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera, que es el organismo estatal
competente de acuerdo con la normativa
vigente para aprobar los planes de financiación de estas sociedades.
Por tanto, los costes medios financieros obtenidos por AUDASAy
AUCALSAen 1995 (y los que en futuro resulten) son consecuencia, en su
mayor parte, de las decisiones del Ministerio de Economía y Hacienda
sobre las monedas extranjeras en que pueden endeudarse dichas
sociedades. A este respecto conviene hacer notar que aunque las
decisiones sobre las emisiones de empréstitos en el mercado interior
son competencia de las sociedades concesionarias, su conversión en
deudas en moneda extranjera a través de contratos de permuta
financiera está también sometida a autorización del Ministerio de
Economía y Hacienda a través de la citada Dirección General del
Tesoro y Política Financiera. En consecuencia, la gestión financiera
del endeudamiento autónoma y propia de las sociedades AUDASA y
AUCALSA queda limitada a la negociación y consecución de las mejores
condiciones de coste para los préstamos y empréstitos en moneda
extranjera o nacional y a la posibilidad de optar por financiarse en
el mercado interior. La adecuada o inadecuada gestión del
endeudamiento por parte de las Sociedades puede minorar o aumentar el
coste financiero de AUDASA y AUCALSA en unas pocas décimas de punto
como máximo, mientras que las decisiones de la Dirección General del
Tesoro y Política Financiera sobre las monedas extranjeras en que
pueden endeudarse esas Sociedades puede afectar a su coste financiero
en varios puntos porcentuales.
En el ejercicio de 1995, las operaciones de refinanciación en moneda
extranjera autorizadas por la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera a AUDASA y AUCALSA supusieron un cambio sobre las hechas
en ejercicios precedentes. Se sustituyó deuda en yenes y francos
suizos (parcialmente) por deuda en marcos alemanes y ECUS, (lo que
supone un encarecimiento relativo del endeudamiento al ser los tipos
de interés en estas monedas superiores a las existentes para el yen y
el franco suizo), aprovechando la tendencia existente en 1995
respecto a ejercicios precedentes de descensos en los tipos de
interés generalizados. Con ello, se pretendía disminuir el riesgo de
tipo de cambio que viene teniendo el Estado, que era menor respecto
al marco alemán y al ECU que respecto al yen y al franco suizo.
B.3.3. Gestión de la tesorería y de las inversiones financieras
temporales
Durante el ejercicio de 1995 las sociedades AUDASA y AUCALSA han
mantenido unos saldos medios diarios en forma de inversiones
financieras temporales de 5.275 millones de pesetas y 3.281 millones
de pesetas, respectivamente. Dichas inversiones financieras
consistían en Repos de Letras del Tesoro y pagarés de empresas con
vencimientos a corto plazo, generalmente de 1 a 3 meses. El
rendimiento medio anual de dichas inversiones fue del 9,35 por ciento
en AUDASA y del 9,45 por ciento en AUCALSA. Estos tipos de
rendimiento fueron superiores a los registrados en el mercado por las
Letras del Tesoro a plazo de un mes que fueron de 8,9 por ciento en
media anual.
Debe observarse que la rentabilidad obtenida por los excedentes de
tesorería mencionados colocados en inversiones
financieras temporales es muy superior al coste de esos
recursos obtenidos mediante endeudamiento (que es del 5,9 por ciento
en AUDASA y del 5,24 por ciento en AUCALSA) por lo que los citados
excedentes son una fuente de beneficios financieros para ambas
Sociedades. Ello se debe, como anteriormente se ha expuesto, a los
beneficios financieros y tributarios de que disfruta el endeudamiento
de AUDASA y AUCALSA y que tiene como contrapartida por parte del
Estado la asunción de un riesgo de tipo de cambio aún no
materializado (y cuya cobertura no se incluye en los Presupuestos
Generales del Estado) y de unos gastos fiscales soportados por éste
en forma de bonificaciones fiscales a los rendimientos de los
empréstitos emitidos.
Por otra parte, procede mencionar que las citadas inversiones
financieras temporales ponen de manifiesto la existencia de un
volumen excesivo de excedentes de tesorería, que podría,
alternativamente, haberse dedicado a reducir el endeudamiento
financiero. Esta circunstancia podría, en principio, considerarse
indicativa de una inadecuada planificación financiera; sin embargo,
el volumen de los beneficios financieros derivados de la inversión de
los excedentes comentados apuntan a que esta situación obedece a una
actuación preestablecida por ENAUSA y sus dependientes AUDASA y
AUCALSA, conclusión avalada por la permanencia de los citados saldos
durante la mayor parte de los días del año (en AUDASA el saldo diario
mínimo en inversiones financieras temporales ha sido de 3.750
millones de pesetas; y de 2.550 millones de AUCALSA). Por otro lado,
no existen en la actividad de las Sociedades AUDASA y AUCALSA
contingencias no previsibles con antelación suficiente que obliguen a
mantener el volumen de excedentes de recursos citados en forma de
inversiones financieras; y las necesidades de tesorería para atender
los pagos generados por la explotación se han cubierto con las
disponibilidades de recursos existentes en las cuentas bancarias de
forma más que suficiente.
El mantenimiento de excedentes de recursos en forma de inversiones
financieras temporales puede estar motivado, además, en el caso de
AUCALSA, por ser ésta una Sociedad que está en una situación de
pérdidas continuadas como consecuencia de que el volumen de tráfico
de la autopista de peaje que explota está lejos de alcanzar unas
cifras que permitan el equilibrio financiero. Por ello, el Estado
viene cubriendo sus resultados negativos mediante subvenciones a la
explotación recogidas en las sucesivas leyes de Presupuestos
Generales del Estado. Si prescindiera de los ingresos generados por
los excedentes de recursos mencionados, la subvención anual a aportar
por el Estado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado se
vería aumentada. AUDASA, por el contrario, a partir de 1994 viene
obteniendo resultados positivos, dedicando la mayor parte de los
mismos a dotar el Fondo de Reversión, y habiendo reconocido en 1995
una pequeña cifra de beneficio. Para AUDASA, la supresión de las
inversiones financieras temporales supondría una menor generación de
recursos y, también, menores dotaciones al Fondo de Reversión.
Puede existir, por tanto, en este aspecto un conflictoentre los
intereses particulares de ENAUSA y sus dependientes
AUDASA y AUCALSA y los intereses generales del Estado. Teniendo en
cuenta que las tres Sociedades son de la entera propiedad del Estado,
dicho conflicto debería resolverse a favor de los intereses
generales, que se verían, en definitiva, protegidos en mayor medida
aplicando los excedentes de recursos a la reducción del endeudamiento
en moneda extranjera. Corresponde a los organismos estatales de los
que dependen estas Sociedades, ordenar y arbitrar las soluciones para
el problema comentado.
En el ejercicio de 1995, AUDASAy AUCALSAmantuvieron en cuentas
corrientes bancarias unos saldos medios mensuales aproximados de 449
y 383 millones de pesetas, respectivamente. No ha sido posible
conocer los saldos medios diarios porque el sistema de registro
contable utilizado por estas Sociedades para las cuentas bancarias no
facilita información sobre los saldos reales diarios. Por otra parte,
los saldos contable a fin de mes, utilizados para obtener los saldos
medios mensuales, pueden diferir de los reales por las operaciones en
curso y pendientes de contabilizar tanto por las Sociedades como por
los bancos. La rentabilidad de esos saldos ha sido del 7 por ciento
en AUDASA y del 5 por ciento en AUCALSA, inferior a la observada para
las inversiones financieras temporales, debido a que los tipos de
interés percibidos en cuenta corriente son inferiores a los de las
inversiones en Letras del Tesoro, a que había cuentas corrientes sin
remuneración y a que sólo se retribuían los saldos a partir de unos
volúmenes mínimos. Como ya se ha indicado en el epígrafe B.1.2., el
número de cuentas corrientes bancarias es susceptible de reducción
sin que se perjudique la gestión de la explotación; y ello permitiría
un más adecuado control de esos fondos y (aunque con menor
trascendencia), facilitaría la reducción del volumen de los saldos
existentes, y posiblemente, la mejora de su rentabilidad.
Como conclusión de este subepígrafe, se puede considerar como
adecuada la gestión de la tesorería y de las inversiones financieras
temporales en su conjunto, con las salvedades y excepciones
comentadas.
B.4. Conclusiones
B.4.1. Representatividad de las cuentas fiscalizadas
Los saldos de las cuentas objeto de la fiscalización y que forman
parte de las cuentas anuales, cuyo detalle figura en el Anexo 2, del
Grupo ENAUSA consolidado y de las filiales de la Sociedad AUDASA y
AUCALSA, a 31 de diciembre de 1995, son representativos de los fondos
propios, del endeudamiento financiero, las subvenciones de capital,
los anticipos reintegrables y las inversiones financieras temporales
y la tesorería que las citadas entidades realmente tenían a dicha
fecha y de los ingresos, gastos y resultados financieros obtenidos en
el ejercicio de 1995 con las excepciones que a continuación se
mencionan:
- En el Balance de situación de AUCALSA, a 31 de diciembre de 1995,
figura indebidamente un saldo de 75 millones de pesetas en concepto
de «Fondo común de Seguro de Cambio» incluido en la rúbrica «Otros
Acreedores a Largo Plazo». Dicho saldo debió cancelarse con
abono a la cuenta de Resultados de Ejercicios Anteriores. Al no
haberse hecho así, los Resultados Antes de Impuestos del ejercicio de
1995 resultan infravalorados en la citada cifra de 75 millones de
pesetas. Como consecuencia de ello, también resultan infravalorados,
en la cifra citada, los Resultados antes de Impuestos del Grupo
ENAUSA consolidado con sus sociedades dependientes del ejercicio de
1995 6.
- La Sociedad AUCALSA tenía un riesgo no provisionado ni registrado
por importe de 599 millones de pesetas, como consecuencia de un acta
levantada por la Hacienda Pública en el ejercicio de 1995 por ese
mismo importe por declaración de bases imponibles en el Impuesto de
Sociedades del ejercicio de 1990 inferiores a las estimadas por la
Hacienda. Dicha acta fiscal ha sido recurrida por AUCALSA que espera
que no se deriven pérdidas para la Sociedad como consecuencia de
ella. No obstante, AUCALSA ha provisionado, con cargo a los
resultados del ejercicio, un importe de 59 millones de pesetas en
concepto de intereses de demora de la citada deuda fiscal 7.
La Sociedad manifiesta que no ha provisionado el total de la citada
deuda con Hacienda, lo que supondría el reconocimiento de una pérdida
de igual importe que la provisión, porque ello no sería admitido por
la Intervención General del Estado, órgano emisor de un informe
preceptivo sobre los resultados anuales de la Sociedad para que ésta
obtenga del Tesoro la subvención a las pérdidas de la explotación, a
la que tiene derecho en base a la legislación vigente.
- ENAUSA, AUDASA y AUCALSA en las memorias que forman parte de sus
cuentas anuales de 1995, no aportan información sobre el origen y
contenido del concepto «Contrapartida SWAP», ni sobre la existencia y
detalle de los contratos de permuta financiera que mantienen para
todas las emisiones de obligaciones realizadas en el mercado interior
y vivas a 31 de diciembre de 1995, sin lo cual sus cuentas anuales
resultan de difícil comprensión para los terceros interesados en las
mismas, incumpliéndose en este aspecto, el principio de imagen fiel
previsto en el Plan General de Contabilidad.
El concepto «Contrapartida SWAP» figura en las citadas cuentas
anuales por un importe total para el conjunto del Grupo ENAUSA de
54.549 millones de pesetas con signo negativo, neteando el importe
del saldo vivo de obligaciones emitidas en el mercado nacional a 31
de diciembre de 1995, que figura registrado por un importe bruto de
130.976 millones de pesetas y un valor neto de 76.427 millones de
pesetas.
6)
mantenimiento del saldo de 75 millones de pesetas por la aplicación
del principio de prudencia valorativa; sin embargo, dicho principio
de prudencia valorativa; sin embargo, dicho principio, que es
aplicable a situaciones de incertidumbre, no lo es en este caso pues
existe certeza en la cuantía de la sobrevaloración de las provisiones
por comisiones de seguro de cambio, al ser firme el cambio de
criterio en la liquidación de dichas comisiones.
7)
Sociedades, ya que en éstas, reconociéndose la existencia del riesgo,
no se aportan razones suficientes para justificar su no provisión.
B.4.2. Cumplimiento de la legalidad
Se han observado los siguientes incumplimientos de la legislación
específicamente aplicable a las sociedades concesionarias de la
construcción, conservación y explotación de autopistas de peaje:
AUDASA, a 31 de diciembre de 1995, no cumplía el requisito legal de
que los recursos ajenos procedentes del ahorro exterior fueran como
mínimo el 45 por ciento del total de los recursos movilizados
(artículo 8.º del Decreto 1955/73, de 17 de agosto, de adjudicación
de la Autopista del Atlántico a AUDASA), ya que dicho porcentaje
ascendía al 39,2. Igual circunstancia se daba a 31 de diciembre de
1994, fecha en que el citado porcentaje era del 40,3. Tampoco se ha
cumplido el requisito legal a lo largo de todo el ejercicio de 1995,
ya que el porcentaje medio durante él ha sido del 39,7.
AUCALSA, por su parte, incumplía a 31 de diciembre de 1995, el
requisito legal de que sus recursos ajenos procedentes del ahorro
exterior fueran como mínimo el 40 por ciento del total de los
recursos movilizados (artículo 8.º del Decreto 2417/75, de 22 de
agosto, de adjudicación de la autopista Campomanes-León a AUCALSA),
ya que a dicha fecha el citado porcentaje era del 12,6 por ciento.
Asimismo se incumplió el requisito citado durante todo el ejercicio
de 1995 ya que el porcentaje medio de los recursos ajenos procedentes
del ahorro exterior a lo largo del ejercicio fue de 14por ciento;
y lo incumplía también al 31 de diciembre de 1994, fecha en que el
citado porcentaje era el 15,3 por ciento.
AUCALSA, por otra parte, incumplía el requisito legal de que el
porcentaje máximo de endeudamiento en el mercado interior no superará
el 40 por ciento del total de recursos movilizados. A 31 de diciembre
de 1995 dicho porcentaje era del 43,3 por ciento; y había sido del
40,7 por ciento a 31 de diciembre de 1994 8.
Por otra parte, el aseguramiento del tipo de cambio por parte del
Estado sobre los principales de los préstamos y empréstitos emitidos
por AUDASA y AUCALSA en el exterior en moneda extranjera, no se había
materializado en ningún caso hasta la fecha de 31 de diciembre de
1995, a pesar de que durante la vida de esas Sociedades se había
producido el vencimiento y amortización de un número considerable de
ellos. La causa de la ausencia de materialización de las diferencias
de cambio que han ido surgiendo a lo largo de la vida de los citados
préstamos y empréstitos ha sido que éstos se han ido refinanciando en
moneda extranjera por los mismos importes adeudados a medida que se
producían los vencimientos. Ello ha dado lugar a una acumulación de
diferencias de cambio, que son a cargo del Estado, cuya
materialización se viene difiriendo en el tiempo, y que a 31 de
diciembre de 1995 ascendían a un importe de 44.539 millones de
pesetas en el caso de AUDASA y de 35.179 millones de pesetas en el
caso de AUCALSA, totalizando para ambas sociedades estatales un
importe de 79.718 millones de pesetas.
8)
razones que justifiquen la modificación del texto.
El pago de las diferencias de cambio acumuladas por parte del Estado,
deberá efectuarse, en todo caso, a partir del año 1998, de acuerdo
con lo previsto en los planes económico-financieros vigentes de
AUDASA y AUCALSA, porque en dicho año vence el período de
financiación máximo de estas Sociedades concesionarias. Este período
de financiación, establecido en los decretos de adjudicación y en la
Cláusula 46 del Pliego de Cláusulas Generales para la construcción,
conservación y explotación de las autopistas de peaje (Decreto núm.
215/73, de 25 de enero), está fijado en la mitad del período
concesional y a partir de su vencimiento dichas Sociedades no podrán
emitir obligaciones, bonos y otros títulos semejantes que representen
una deuda con terceras personas para hacer frente a la inversión real
y, en su caso, a los gastos financieros previstos; y aunque se acepte
la posibilidad de que las Sociedades se refinancien con posterioridad
a la conclusión del período de financiación mediante créditos en el
exterior (cuya amortización ha de producirse en todo caso antes de la
fecha fijada para el término de concesión esto es, el 18 de agosto
del año 2023 en el caso de AUDASA y 18 de octubre del año 2021 en el
caso de AUCALSA) estas Entidades no podrán disfrutar del beneficio
del seguro de tipo de cambio, a cargo del Estado, de acuerdo con lo
establecido en la normativa vigente y, específicamente, en la
cláusula 46 del Pliego de cláusulas generales 9.
Con arreglo a las previsiones contenidas en los planes económico-
financieros vigentes de AUDASA (aprobado en 1994) y AUCALSA (aprobado
en 1990) la reducción o amortización neta del endeudamiento comenzará
en 1999, previéndose la amortización total de la deuda a medio y
largo plazo de AUDASA en el año 2011 y la de AUCALSA en el año 2020.
Sin embargo, dichos planes incumplen la citada cláusula 46 pues, no
mencionan el período de financiación máximo; e incluyen la
concertación de operaciones de endeudamiento financiero con
posterioridad a las fechas de finalización de los respectivos
períodos de financiación de AUDASA y AUCALSA, sin especificar, por
otra parte, las modalidades de dicho endeudamiento.
B.4.3. Evaluación del Sistema de gestión financiera
Los procedimientos para la gestión y la planificación financiera
aplicados en el período fiscalizado fueron, en general, adecuados,
aunque se ha constatado una cierta falta de transparencia respecto al
procedimiento seguido en celebración de los contratos de colocación
de las emisiones de empréstitos y de permuta financiera, ya que no
existe en ENAUSA documentación suficiente sobre las diversas ofertas
recibidas de las diferentes Entidades financieras que pudieron optar
9)
que el ribunal no cuestiona que los beneficios económicos-financieros
se mantengan a lo largo de todo el período concesional, no lo que no
se estima procedente es que tales beneficios puedan aplicarse a
operaciones de endeudamiento concertadas después de transcurrido el
período máximo de financiación, que quedó establecido como uno de los
requisitos esenciales de la concesión.
Por otra parte, existían en 1995 deficiencias de menor relevancia en
los procedimientos de gestión y control de la Tesorería, como son la
carencia de procedimientos informáticos que permitan conocer en
tiempo real los saldos mantenidos en las cuentas bancarias de AUDASA
con las necesarias para su funcionamiento.
La gestión financiera realizada en el ejercicio de 1995 puede
calificarse de eficaz y eficiente a la vista de los resultados
obtenidos, habiendo logrado ENAUSA refinanciar el endeudamiento
financiero de sus filiales AUDASA Y AUCALSA a unos costes financieros
bajos y casi óptimos, dadas las condiciones de los mercados
financieros en que ha operado. Ello se ha logrado mediante un
aprovechamiento máximo de los beneficios financieros y tributarios
que el marco legal concede a las sociedades concesionarias de
autopistas de peaje.
Además, la gestión de los excedentes de tesorería canalizados hacia
inversiones financieras temporales ha proporcionado a AUDASA y
AUCALSA cifras relativamente importantes de beneficios financieros,
debido al volumen de los mismos ya que el tipo de rendimiento
obtenido de estas inversiones es muy superior al coste financiero de
los recursos utilizados. AUDASA y AUCALSA han mantenido durante el
ejercicio de 1995 unas inversiones financieras temporales con unos
saldos medios de 5.275 y 3.281 millones de pesetas, respectivamente.
Las comprobaciones efectuadas ponen de manifiesto que el volumen
citado de inversiones financieras se corresponde con un volumen de
excedentes de tesorería superior al previsible normalmente como
necesario, que podría haberse empleado, alternativamente, en reducir
el endeudamiento financiero de esas Sociedades. Aún cuando desde la
perspectiva de los intereses particulares del Grupo ENAUSA (en su
búsqueda de la rentabilidad) sea más conveniente el tener elevados
excedentes de tesorería empleados en inversiones financieras
temporales, esta actuación puede no ser beneficiosa para los
intereses públicos generales ya que el mayor endeudamiento financiero
de las Sociedades AUDASA y AUCALSA que se deriva de esa estrategia
supone unos mayores gastos fiscales (en forma de exenciones fiscales
a los rendimientos de los préstamos y empréstitos emitidos por esas
Sociedades) y un mayor riesgo de variación del tipo de cambio a
soportar por el Estado. Puesto que tanto ENAUSA como sus filiales
AUDASA y AUCALSA son Sociedades Estatales cuyo capital es enteramente
propiedad del Estado, deberían prevalecer los intereses generales
sobre los particulares del Grupo ENAUSA.
Finalmente, debe hacerse notar que los bajos niveles de coste
financiero que han venido teniendo AUDASA y AUCALSA, están
determinados en gran medida por las decisiones adoptadas por el
Ministerio de Economía y Hacienda de autorizar la refinanciación del
endeudamiento de esas Sociedades en monedas con bajos tipos de
interés y, correlativamente, con altos niveles de riesgo de variación
del tipo de cambio frente a la peseta, como son el franco suizo o el
yen, cuando cabría la alternativa de autorizar las refinanciaciones
en monedas
con menor riesgo de tipo de cambio como el ECU, aunque con
mayores tipos de interés. Esta actuación supone trasladar una parte
sustancial del coste financiero del endeudamiento financiero de
AUDASA y AUCALSA al Estado, que, de forma diferida y en ejercicios
futuros, deberá afrontar el pago de las diferencias de cambio
acumuladas históricamente a medida que se inicie el proceso de
amortización de dicho endeudamiento.
C. RECOMENDACIONES
Como consecuencia del resultado de las actuaciones practicadas y una
vez analizado el contenido de las alegaciones presentadas sobre ellas
se formulan las siguientes recomendaciones:
1. Los Órganos correspondientes de la Administración del Estado
deberán adoptar las medidas precisas para que las Sociedades AUDASA y
AUCALSA cumplan lo establecido en los Decretos 1955/73, de 17 de
agosto, y 2417/75, de 22 de agosto, respecto a los porcentajes de
recursos mínimos procedentes del ahorro exterior que deben mantener
sobre el total de recursos movilizados y a los porcentajes máximos de
recursos ajenos sobre el total de recursos procedentes del ahorro
interior.
En el caso de que se considerara que las circunstancias económicas
existentes a la promulgación de los citados Decretos y que dieron
lugar al establecimiento de las limitaciones indicadas no concurren
en la actualidad, podría ser aconsejable su derogación; pero en tanto
continúen vigentes no debe permitirse su sistemático incumplimiento.
2. La Administración deberá incluir en los Presupuestos Generales del
Estado los créditos necesarios para atender a su vencimiento las
diferencias de cambio derivadas del compromiso de dar cobertura al
riesgo de variación de dicho cambio en las operaciones de
endeudamiento concertadas en el exterior y en divisas extranjeras por
las Sociedades fiscalizadas y que afectan al principal de los
préstamos o empréstitos.
3. La Administración deberá adoptar las medidas nacesarias para que
los beneficios fiscales y las obligaciones a asumir por el Estado que
con arreglo a la normativa vigente son de aplicación a las
operaciones financieras que lleven a cabo las Sociedades
fiscalizadas, y en particular las obligaciones derivadas de la
garantía o seguro de cambio de los préstamos concertados en el
exterior en moneda extranjera, no se asuman en relación con las
operaciones de endeudamiento (incluidas las de refinanciación) que se
realicen con posterioridad al vencimiento del periodo máximo de
financiación establecido para cada concesión, ya que la cláusula 46
del Pliego de Cláusulas Generales para la construcción, conservación
sólo autorizan su aplicación a las operaciones que se produzcan
dentro de dicho período.
Madrid, 29 de julio de 1998.
D. ANEXOS
251/000066 (CD) 771/000063 (S)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES, Sección Cortes Generales, del Informe relativo a la
Contabilidad de las Sedes Regionales de Baleares de los Partidos
Políticos y Coaliciones, con referencia a los ejercicios 1989, 1991
y 1992, elaborado por el Tribunal de Cuentas, aprobado sin
modificaciones por la Comisión Mixta para las relaciones con el
Tribunal de Cunetas al no haberse presentado Propuestas de
Resoluciones sobre el mismo (núm. expte. Congreso 251/000066 y núm.
expte. Senado 771/000063).
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de diciembre de 1999.- El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
INFORME DE FISCALIZACIÓN ESPECIAL SOBRE LA CONTABILIDAD DE LAS SEDES
REGIONALES DE BALEARES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES, CON
REFERENCIA A LOS EJERCICIOS 1989, 1991 Y 1992
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de la función
fiscalizadora que sobre la actividad económicofinanciera de los
Partidos políticos le atribuye el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/
1987, HA APROBADO, en sesión celebrada el 29 de septiembre de 1998 el
presente Informe de fiscalización especial sobre la contabilidad de
las sedes regionales de Baleares de los partidos políticos y
coaliciones, con referencia a los ejercicios 1989, 1991 y 1992, y ha
acordado su elevación a las Cortes Generales.
INTRODUCCIÓN
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión celebrada el 29 de abril
de 1997, acordó realizar la fiscalización solicitada por la Comisión
Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas,
conforme a la resolución adoptada por la citada Comisión y trasladada
«Solicitud de una fiscalización especial sobre la contabilidad de las
sedes regionales de Baleares de los partidos políticos y coaliciones,
con referencia a los ejercicios 1989, 1991 y 1992.»
I. MARCO LEGAL
La Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, sobre Financiación de los
Partidos Políticos tiene como objetivo fundamental, según señala en
su exposición de motivos, establecer un marco normativo básico que
garantice la regularidad y transparencia de su actividad económica y
que discipline con arreglo a los principios de suficiencia
interno como externo, a cargo, este último, del Tribunal de Cuentas.
La citada Ley establece que los Partidos políticos deberán llevar
registros contables detallados, que permitan conocer su situación
financiera y el cumplimiento de las obligaciones previstas,
especificando el contenido de los libros contables, conforme a
principios de contabilidad generalmente aceptados. Asimismo, señala
que deberán prever un sistema de control interno que garantice la
adecuada contabilización de todos los actos y documentos de los que
se deriven derechos y obligaciones de contenido económico, según sus
estatutos.
Al Tribunal de Cuentas se le atribuye, de forma exclusiva, la
fiscalización de la actividad económico-financiera de los Partidos
Políticos, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/1987.
Atal fin, aquellos Partidos en que se den los presupuestos del
apartado segundo del citado artículo, han de presentar una
contabilidad detallada y documentada de sus respectivos ingresos y
gastos ante el Tribunal de Cuentas, que se pronunciará sobre su
regularidad y adecuación a lo dispuesto en la mencionada Ley,
exigiendo, en su caso, las responsabilidades que pudieran derivarse
de su incumplimiento.
Tratándose de procesos electorales, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de
junio, del Régimen Electoral General, así como la Ley 8/1986, de 26
de noviembre, electoral de la Comunidad Autónoma de las Islas
Baleares, regulan la ordenación de los gastos y financiación
electoral de los procesos electorales incluidos en su ámbito de
aplicación.
Tras la celebración de las elecciones, el Tribunal de Cuentas ha de
pronunciarse, en el ejercicio de su función fiscalizadora, sobre la
regularidad de las contabilidades electorales de las formaciones
políticas que concurran a las mismas y estén obligadas a presentar
una contabilidad detallada de sus ingresos y gastos electorales.
II. ÁMBITO TEMPORAL Y SUBJETIVO DE LA FISCALIZACIÓN
De acuerdo con los términos de la resolución de la Comisión Mixta, el
ámbito temporal de esta fiscalización especial abarca los ejercicios
1989, 1991 y 1992. La resolución, sin embargo, no identifica
explícitamente a las Formaciones políticas sobre las que ha de
efectuarse la fiscalización solicitada. No obstante, dado que en la
misma se formula una referencia expresa a las contabilidades anuales
de los ejercicios 1989, 1991 y 1992, la fiscalización se ha dirigido
a las sedes regionales de aquellas formaciones políticas con
implantación en las Islas Baleares que están obligadas a presentar
dicha contabilidad al Tribunal de Cuentas por recibir subvención
estatal para atender sus gastos de funcionamiento ordinario, de
conformidad con lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 3/
1987. En consecuencia, el ámbito subjetivo de esta fiscalización
queda delimitado a las sedes regionales de las Islas Baleares del
Partido Socialista Obrero Español y de la Coalición Izquierda Unida,
no incluyéndose la sede regional del Partido Popular dado que fue
objeto de una fiscalización específica para el periodo señalado, cuyo
Informe fue aprobado por el Pleno y elevado a las Cortes Generales.
III. OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN
En la programación y ejecución de la fiscalización se han establecido
los siguientes objetivos:
1. Comprobar el cumplimiento de la legislación vigente, en especial
la relativa a la financiación ordinaria y electoral de las
formaciones políticas.
2. Evaluar el sistema de control interno previsto por la formación
política, en cumplimiento del artículo 10 de la mencionada Ley 3/
1987.
3. Analizar los registros contables de la formación política y
verificar si permiten en todo momento conocer la situación
financiera, de acuerdo con lo contemplado en el artículo 9 de dicha
Ley.
IV. ALCANCE Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
Atendiendo al contenido de la resolución de la Comisión Mixta, la
fiscalización se ha dirigido al análisis de la contabilidad de los
ejercicios 1989, 1991 y 1992 de las sedes regionales de las Islas
Baleares del Partido Socialista Obrero Español y de la Coalición
Izquierda Unida. Este análisis se extiende a la concordancia con los
registros contables que, relativos a dichas sedes, puedan figurar en
las respectivas sedes centrales, verificando tanto las
interrelaciones económico-financieras mantenidas durante los
ejercicios a fiscalizar como el grado de integración de los estados
contables de la sede regional en los estados anuales presentados al
Tribunal de Cuentas.
Hay que tener en cuenta que los estados contables de los ejercicios
1989, 1991 y 1992 de las dos formaciones políticas objeto de esta
fiscalización, fueron fiscalizados y sus resultados integrados en los
respectivos Informes de Fiscalización de la Contabilidad de los
Partidos Políticos, aprobados por el Pleno del Tribunal de Cuentas,
salvo los resultados de 1989 del Partido Socialista Obrero Español,
que figuran integrados en un Informe de fiscalización específico
relativo a los ejercicios 1988 y 1989 del citado Partido. Por otra
parte, las contabilidades electorales rendidas por ambas formaciones
políticas como consecuencia de los procesos electorales celebrados en
1989 (Elecciones al Parlamento Europeo del 15 de junio y Elecciones
Generales del 29 de octubre) y en 1991 (Elecciones Locales y a la
Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Baleares, ambas del
26 de mayo), fueron fiscalizadas y aprobados sus respectivos Informes
por el Pleno del Tribunal de Cuentas.
Dado que el ámbito territorial de la fiscalización se circunscribe a
las sedes regionales de las Islas Baleares, se ha solicitado a las
mismas los balances de situación y las cuentas de pérdidas y
ganancias de cada uno de los tres ejercicios (1989, 1991 y 1992),
acompañados de toda la documentación tanto contable como
justificativa necesaria, a fin de evaluar la representatividad de la
contabilidad
y el cumplimiento de las previsiones de la Ley Orgánica 3/
1987, resultando las siguientes limitaciones:
- El Partit Socialista de les Illes Balears-PSOE no ha facilitado el
Libro Diario ni los extractos de movimientos de las cuentas de
contabilidad de los tres ejercicios fiscalizados, ni la documentación
justificativa. La formación política ha manifestado, tras reiteradas
peticiones, que la documentación solicitada no obra en su poder, al
ser destruida en su día, por tratarse de ejercicios ya fiscalizados.
A fin de subsanar esta carencia se solicitó la colaboración de la
Comisión Ejecutiva Federal y se ha utilizado documentación existente
de actuaciones fiscalizadoras anteriores, como se detalla más
adelante.
- Esquerra Unida de les Illes Balears-IU no ha facilitado la
documentación justificativa de las operaciones del ejercicio 1989,
manifestando la formación política que no se ha encontrado en sus
archivos ya que la organización en aquellos momentos era escasa y
deficiente. Por otra parte, en los ejercicios fiscalizados la
formación política lleva únicamente un libro auxiliar donde se
registran las entradas y salidas de fondos, con una breve descripción
del concepto; sistema contable que no cumple satisfactoriamente las
previsiones del artículo 9 de la Ley Orgánica 3/1987.
La falta de la documentación solicitada a ambas formaciones políticas
ha supuesto, en los términos expuestos en los resultados de este
Informe, una importante limitación al alcance de las comprobaciones
documentales, que impide expresar una opinión sobre las cuentas
anuales de los ejercicios correspondientes.
A pesar de estas dificultades, y para atender, en lo posible, la
petición de la Comisión Mixta, se ha solicitado de las Sedes
Regionales que requieran, de las entidades de crédito, información
sobre las cuentas bancarias y operaciones de riesgos que hubieran
mantenido con las formaciones políticas durante los ejercicios 1989,
1991 y 1992. Las entidades circularizadas han sido aquellas que,
teniendo sede en las Islas Baleares, no contestaron a la
circularización bancaria efectuada a nivel nacional con motivo de las
fiscalizaciones de la contabilidad ordinaria del PSOE e IU, o no
fueron circularizadas, con independencia de que figuren o no en la
contabilidad cuentas abiertas en las mismas.
La falta de la documentación justificativa, en el caso del PSOE, y la
gran atomización e importes no elevados, en el caso de IU, han
determinado que no se haya circularizado a proveedores para
requerirles información sobre las transacciones comerciales
efectuadas con los partidos.
La falta de respuesta de algunas entidades de crédito, así como la
carencia de información de determinados proveedores, ha constituido
una limitación al trabajo realizado para confirmar los saldos
registrados de las correspondientes operaciones, con el alcance para
cada Partido que se especifica posteriormente.
En la realización de las pruebas sobre la representatividad de los
saldos contables, el Tribunal se ha atenido a lo previsto en la
legislación vigente, según la cual no es posible realizar
comprobaciones directas sobre la organizacióninterna y la información
contable de entidades privadas.
Finalmente, la falta de una adecuada documentación, contable y
justificativa, ha impedido la realización del análisis de las
interrelaciones entre la Sede Regional del PSOE y la Sede Central,
así como el grado de integración de los estados contables de la
Regional en los estados anuales denominados consolidados. En el caso
de IU, durante los ejercicios fiscalizados no se han rendido estados
agregados que muestren la actividad económica de la Formación en toda
su amplitud, territorial e institucional.
V. TRÁMITE DE ALEGACIONES
Los resultados provisionales deducidos de las actuaciones
fiscalizadoras llevadas a cabo han sido remitidos a la Sede regional
de Baleares y a la Sede central de cada Formación política, al objeto
de que alegaran y presentaran cuantos documentos y justificantes
estimasen pertinentes.
Los resultados provisionales iban acompañados de los correspondientes
anexos en los que se detallaban las operaciones o partidas
consideradas deficientes, de las que se deducía la referencia
genérica incorporada en el texto, para que pudieran ser
identificadas.
Se han recibido únicamente alegaciones de Izquierda Unida, que han
sido tenidas en cuenta en la redacción definitiva de este Informe.
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
ESQUERRA UNIDA DE LES ILLES BALEARS-IU
I. RENDICIÓN DE CUENTAS YALCANCE DE LA CONTABILIDAD
La formación política Izquierda Unida, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 3/1987, rindió al
Tribunal de Cuentas los estados contables de los ejercicios objeto de
la presente fiscalización (1989, 1991 y 1992). Los estados rendidos
recogen sólo la actividad desarrollada y la situación patrimonial de
la Ejecutiva Federal, y los gastos e ingresos del Grupo Parlamentario
de las Cortes Generales. No incluyen, por tanto, la información de la
restante Organización territorial e institucional, entre ellas la de
la sede regional de las Islas Baleares.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de
la Ley Orgánica 5/1985, la formación política Izquierda Unida rindió
las contabilidades electorales de los procesos electorales celebrados
durante los ejercicios fiscalizados: Elecciones al Parlamento Europeo
Legislativa de la Comunidad Autónoma de Baleares en 1991. En este
último proceso electoral, sólo obtuvo representación parlamentaria en
la circunscripción de Menorca, a través de la Coalición Entesa de
L'esquerra de Menorca.
El Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de la función fiscalizadora
atribuida por las Leyes Orgánicas 3/1987 y
5/1985, fiscalizó los estados contables anuales y las contabilidades
electorales. Los resultados de esta fiscalización están recogidos en
los Informes aprobados por el Pleno y elevados al Parlamento.
Para la presente fiscalización, se solicitó a Esquerra Unida de les
Illes Balears la documentación contable y justificativa pertinente.
En los ejercicios fiscalizados, la formación política no elaboraba
estados financieros anuales, utilizando únicamente un libro auxiliar
donde se registran las entradas y salidas de fondos, con una breve
descripción del concepto. Este sistema contable no cumple
satisfactoriamente las previsiones del artículo 9 de la Ley Orgánica
3/1987, si bien su incidencia es reducida, al considerar la poca
importancia específica de la sede regional de las Islas Baleares,
tanto por los recursos dispuestos como por los gastos realizados, en
relación con la actividad económico-financiera de la formación
política en su conjunto. Además, en los ejercicios fiscalizados, la
contabilidad incluye también la actividad del Partido Comunista de
las Illes Balears, que forma parte de la Coalición Electoral
Izquierda Unida.
No se ha dispuesto de la documentación justificativa del ejercicio
1989. La formación política ha manifiestado que la organización en
aquellos años era escasa y deficiente, y que la documentación
requerida no se ha encontrado en sus archivos. Además, se señala que
la falta de los extractos bancarios del ejercicio 1989 no ha podido
ser solventada por la entidad financiera, ya que ésta sólo dispone de
la información de los últimos siete años.
II. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA
La formación política Esquerra Unida de les Illes Balears no lleva,
en los ejercicios fiscalizados, una contabilidad por partida doble,
limitándose a la llevanza de un libro auxiliar donde se reflejan los
cobros y los pagos, cuyo resumen anual se refleja en el cuadro
siguiente:
III. REPRESENTATIVIDAD DE LOS ESTADOS CONTABLES RENDIDOS
Con el alcance señalado anteriormente, se ha solicitado a la sede en
las Islas Baleares que requiera, de diecinueve entidades de crédito,
información de sus operaciones económico-financieras, especialmente
las cuentas bancarias, crediticias y operaciones de riesgo de
cualquier clase, que hubieran mantenido con la Formación política
durante los ejercicios 1989, 1991 y 1992. Del total de entidades
circularizadas, cinco no han atendido al requerimiento efectuado o lo
han hecho de forma insuficiente; entre éstas se encuentra la entidad
crediticia en la que el Partido tiene abiertas las cuentas corrientes
que figuran en contabilidad.
Puesto que para el ejercicio 1989 no se ha dispuesto de
documentación, las observaciones sobre el mismo se presentan de forma
separada. Por el contrario, dada la simultaneidad de las
comprobaciones efectuadas sobre los estados contables de los
ejercicios 1991 y 1992, y a fin de evitar la reiteración en los
resultados obtenidos y en la manifestación de las deficiencias
detectadas, las observaciones se presentan conjuntamente.
III.1 Ejercicio 1989
No se han podido efectuar comprobaciones ni pruebas complementarias
respecto del ejercicio 1989, ya que no se ha dispuesto de la
documentación justificativa de las operaciones realizadas, ni la
entidad de crédito con la que operaba la formación política ha
facilitado los extractos bancarios, como ya se ha señalado.
Debido a la importancia de las limitaciones al alcance de la
fiscalización, este Tribunal no puede evaluar la representatividad de
los registros contables del ejercicio 1989 ni pronunciarse sobre la
regularidad y adecuación de los ingresos y gastos a lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/1987.
III.2. Ejercicios 1991 y 1992
El libro auxiliar del ejercicio 1991 carece de representatividad,
dadas las relevantes diferencias entre los cobros y pagos registrados
en bancos y los contabilizados, como se muestran a continuación:
El libro auxiliar del ejercicio 1992, por el contrario, incluye la
mayor parte de los ingresos y de los pagos efectuados por bancos. De
acuerdo con las comprobaciones realizadas, las diferencias entre los
pagos contabilizados por bancos y los cargos bancarios se deben a
errores en el registro de las operaciones internas de tesorería, al
no contabilizarse el traspaso de fondos de bancos a caja, según se
señalan en el cuadro siguiente:
De acuerdo con la documentación justificativa, la clasificación de
los abonos bancarios en función de la naturaleza de las operaciones
de ingresos es la siguiente:
Las subvenciones para funcionamiento ordinario recibidas de los
órganos centrales de Izquierda Unida y del Partido Comunista de
España coinciden con los registros contables de dichas formaciones.
La aportación electoral recibida en 1991, por 1.200.000 pesetas,
procede de la Comisión Ejecutiva Federal y coincide con el importe
declarado por la Coalición Entesa de L'esquerra de Menorca, como
recurso proveniente de Esquerra Unida, en la contabilidad electoral
rendida al Tribunal de Cuentas.
No se ha podido determinar la naturaleza de los importes que figuran
en el concepto «Otros» al no existir documentación justificativa de
los mismos. No obstante, en el importe de 1991, figuran dos
transferencias, por un total de 1.600.000 pesetas, que coinciden con
aportaciones hechas por la Comisión Ejecutiva Federal para sufragar
los gastos electorales de las Elecciones Locales de 26 de mayo de
1991.
Del examen de la documentación justificativa de los pagos registrados
en el libro auxiliar en el ejercicio 1991, por 2.042.365 pesetas,
resulta que ninguno supera las 100.000 pesetas, sin que se haya
observado ninguna incidencia destacable en la documentación
justificativa examinada.
De los pagos contabilizados en 1992, existen gastos por 2.534.995
pesetas de los que no se ha aportado documentación justificativa . De
este importe, 1.790.592 pesetas corresponden a tres partidas de
gastos del Partido Comunista de las Illes Balears, según manifiesta
el Partido en alegaciones, sin que se acredite documentalmente.
PARTIT SOCIALISTA DE LES ILLES BALEARS-PSOE
I. RENDICIÓN DE CUENTAS YALCANCE DE LA CONTABILIDAD
El Partido Socialista Obrero Español, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 3/1987, rindió al Tribunal de
Cuentas los estados contables de los ejercicios 1989, 1991 y 1992
objeto de la presente fiscalización. Los estados rendidos comprendían
la actividad económico-financiera de la Comisión Ejecutiva Federal,
de la organización territorial hasta nivel provincial, en la que se
incluye la sede regional de las Islas Baleares y la de los grupos
parlamentarios.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de
la Ley Orgánica 5/1985, el Partido Socialista Obrero Español rindió
las contabilidades electorales de los procesos electorales celebrados
durante los ejercicios fiscalizados: las Elecciones al Parlamento
Europeo y Elecciones Generales en 1989; y las Elecciones Locales y a
la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Baleares en 1991.
El Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de la función fiscalizadora
atribuida por las Leyes Orgánicas 3/1987 y 5/1985, fiscalizó los
estados contables anuales y las contabilidades electorales. Los
resultados de esta fiscalización
se recogen en los Informes aprobados por el Pleno y elevados al
Parlamento.
Para esta fiscalización, se ha solicitado en la sede regional de las
Islas Baleares la documentación contable y justificativa pertinente,
especialmente el libro Diario de operaciones, el detalle de los
movimientos de las cuentas patrimoniales y de gestión, y la
documentación justificativa soporte de las anotaciones contables, del
periodo fiscalizado. Tras reiteradas peticiones, la Dirección
responsable de las finanzas de la sede regional comunicó que la
documentación solicitada no obraba en su poder, ya que fue destruida
en su día, por tratarse de ejercicios ya fiscalizados. A fin de
subsanar esta carencia de documentación se solicitó la colaboración
de la Comisión Ejecutiva Federal, la cual aportó la documentación de
sus relaciones con la sede regional, pero manifestó que la
documentación soporte de las cuentas de ésta se encontraba en dicha
sede. Como causas de la carencia de la documentación solicitada en
los archivos de la sede regional, se señala el transcurso del tiempo
y el tratarse
de ejercicios ya fiscalizados. Asimismo, se ha utilizado la
documentación existente en el archivo del Tribunal de Cuentas de las
actuaciones fiscalizadoras del Informe de los ejercicios 1988 y 1989
relativas a la sede regional de las Islas Baleares de esta formación
política, como se detalla más adelante.
II. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA
A continuación se transcriben los estados financieros del ejercicio
1989 elaborados por la sede regional de las Islas Baleares, y los de
los ejercicios 1991 y 1992 formulados y rendidos por la Comisión
Ejecutiva Federal, con motivo de la fiscalización de su contabilidad
anual. Para facilitar la lectura de los estados financieros, se ha
optado por presentarlos en un solo cuadro, agrupados en función de
conceptos homogéneos, excepto los del ejercicio 1989, dado que su
estructura no es comparable.
II.1. Ejercicio 1989
II.2. Ejercicios 1991 y 1992
III. REPRESENTATIVIDAD DE LOS ESTADOS CONTABLES RENDIDOS
Con el alcance ya señalado, se ha solicitado a la sede regional que
requiera información sobre las operaciones económico-financieras de
veintiuna entidades de crédito, especialmente de las cuentas
bancarias, crediticias y operaciones de riesgo de cualquier clase,
que hubieran mantenido con la formación política durante los
ejercicios 1989, 1991 y 1992, no habiéndose recibido respuesta de dos
entidades.
No se han podido efectuar comprobaciones sobre los saldos presentados
en los balances de situación y en las cuentas de pérdidas y ganancias
de la sede regional de las Islas Baleares, ya que no se ha dispuesto
de la documentación contable necesaria para una adecuada
fiscalización, fundamentalmente del libro Diario y de los extractos
de los movimientos de las cuentas, ni de la documentación
justificativa de las operaciones registradas.
En consecuencia, con carácter general para los tres ejercicios
fiscalizados, dada la importancia de las limitaciones al alcance de
la fiscalización especial sobre la contabilidad de la sede regional
de Baleares del Partido Socialista, este Tribunal no puede evaluar la
representatividad de los saldos incluidos en los estados contables
presentados ni pronunciarse sobre la regularidad y adecuación de los
ingresos y gastos a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/1987.
No obstante estas limitaciones, se han aplicado técnicas de examen
analítico y, en su caso, comprobaciones en función de las respuestas
obtenidas de las entidades de crédito circularizadas. Dada la
homogeneidad de la documentación existente de los ejercicios 1991 y
1992, y a fin de evitar la reiteración en los resultados obtenidos y
en la manifestación de las deficiencias detectadas, la exposición de
las observaciones se efectúa conjuntamente para estos ejercicios, y
aparte las del ejercicio de 1989, porque de este ejercicio se ha
dispuesto de distinta documentación contable.
III.1. Cuentas anuales del ejercicio 1989
La información que se ha obtenido de este ejercicio ha sido la
siguiente: balance de situación a 31 de diciembre de 1989 y cuenta de
explotación formulados por la Federación Socialista Balear, así como
los estados financieros concordantes elaborados por la Comisión
Ejecutiva Federal; copia del libro auxiliar de los extractos de las
cuentas contables, si bien no está debidamente diligenciado,
y extractos bancarios. Todo esta documentación se ha obtenido del
archivo de las actuaciones fiscalizadoras llevadas a cabo por el
Tribunal de Cuentas de los ejercicios 1988 y 1989 conjuntamente. Se
ha dispuesto también de las pólizas de las operaciones de crédito y
de las respuestas de las entidades de crédito, tanto de la
circularización efectuada a propósito de esta fiscalización como de
las fiscalizaciones anteriores, aportándose en algunos casos los
extractos bancarios.
Ante la falta de documentación justificativa, las pruebas de
fiscalización realizadas han ido dirigidas a determinar
el grado de coherencia interna y externa de los saldos
incluidos en los estados anuales rendidos.
De las comprobaciones efectuadas para determinar la consistencia
interna de los estados contables, se han obtenido las siguientes
observaciones que, como se ha indicado, no han podido ser
contrastadas con su documentación justificativa:
- La cuenta «caja pesetas» registra elevados movimientos de fondos lo
que dificulta un buen control interno del efectivo, con entradas y
salidas anuales de 75.100.333 y 74.941.769 pesetas, respectivamente.
Además, según los abonos registrados en las cuentas contables de
bancos, por un total de 4.588.594 pesetas, el origen de los fondos de
la caja contable del Partido no procede, fundamentalmente, de
traspasos de las cuentas de bancos.
- Dado que no se ha dispuesto de un libro auxiliar de tesorería en el
que se contabilicen los motivos de pago y cobro, se ha efectuado su
análisis a partir de los movimientos de los extractos del resto de
las cuentas de contabilidad, estimándose que los movimientos
contables que pueden dar lugar a salidas de fondos suman un importe
de 38.063.273 pesetas, mientras que las salidas de fondos de
Tesorería son de 74.941.769 pesetas por caja y 4.588.594 pesetas por
bancos. Por otro lado, los movimientos contables que pueden dar lugar
a entradas de fondos suman 18.202.816 pesetas, mientras que las
entradas de tesorería son de 75.100.333 pesetas por caja y 5.352.447
pesetas por bancos.
- De los movimientos de la cuenta de proveedores sobresalen por su
cuantía dos anotaciones contables de 13.770.150 y 26.530.894 pesetas
correspondientes a dos proveedores, que representan conjuntamente el
74 por ciento de los abonos registrados en el ejercicio. La falta de
documentación justificativa impide determinar la naturaleza de estas
operaciones.
Las comprobaciones realizadas de los saldos contables de las cuentas
bancarias con la información suministrada por las entidades de
crédito, ha puesto de manifiesto lo siguiente:
- Todas las cuentas de Tesorería con saldo contable a fin de año han
sido confirmadas con los respectivos extractos bancarios, salvo
diferencias de importe irrelevante.
- Una de las cuentas figura con un saldo acreedor de 341.740 pesetas,
por lo que debería haberse reclasificado en una cuenta de pasivo.
- En el balance de situación figuran dos cuentas con una misma
entidad de crédito sin saldo. La respuesta de la entidad sólo informa
de la existencia de una de ellas, indicando su cancelación en el año
1989. No obstante, de los extractos bancarios se deduce la existencia
de un saldo acreedor de 32.031.283 pesetas, que fue cancelado por la
entidad en concepto de «traspasos a morosos O. Banco España», sin que
conste la entrega de fondos por parte de la Formación política para
su cancelación. La otra cuenta corriente no es reconocida por la
entidad ensu escrito de contestación a la circularización, sin embargo,
se ha dispuesto de los extractos bancarios relativos a los ejercicios
siguientes, en los que figura un saldo a 1 de enero de 1990 de 55.000
pesetas.
De las pruebas realizadas a fin de verificar la representatividad de
los saldos contables de las deudas con las entidades de crédito, se
deduce lo siguiente:
- El endeudamiento con entidades de crédito contabilizado está
formado por cinco operaciones, con un saldo total a fin de ejercicio
de 16.351.971 pesetas, el cual ha sido confirmado por las entidades,
salvo diferencias irrelevantes. No han existido movimientos de
amortización, salvo un importe de 44.871 pesetas, abonándose los
intereses devengados en la misma cuenta que recoge el pasivo
bancario, por 4.276.190 pesetas. De acuerdo con las condiciones
pactadas en las pólizas, existe un préstamo hipotecario cuyo
vencimiento se produjo en 1987.
- En una operación de endeudamiento, que presentaba un saldo acreedor
inicial de 977.623 pesetas, figuran cuatro movimientos en concepto de
amortización, que cancelan la totalidad de la deuda, no habiéndose
dispuesto de ningún documento justificativo de dicha operación.
- Se ha informado de una operación formalizada en 1987, con un
capital otorgado de 15.000.000 pesetas y con un saldo vivo, a 31 de
diciembre de 1989, de 5.296.769 pesetas, que no figura recogida en la
contabilidad del Partido. Esta operación fue cancelada en 1991, según
resulta de la comunicación de la entidad prestamista.
III.2. Cuentas anuales de los ejercicios 1991 y 1992
La documentación contable aportada por la Formación política ha
consistido en los balances de situación y las cuentas de pérdidas y
ganancias de la sede regional de las Islas Baleares. Estos estados
han sido elaborados por la Comisión Ejecutiva Federal. Se ha
dispuesto también de las pólizas de las operaciones de crédito y de
las respuestas de las entidades de crédito, tanto de la
circularización efectuada a propósito de esta fiscalización como de
las fiscalizaciones anteriores, aportándose en algunos casos los
extractos bancarios.
La falta del libro diario y de los extractos de las cuentas
contables, así como de la documentación justificativa de las
operaciones realizadas, hacen que las pruebas complementarias se
hayan reducido a contrastar los saldos globales de las cuentas de
tesorería y endeudamiento con la información suministrada por las
entidades de crédito.
III.2.1. Tesorería
El Partido no ha facilitado, además de los extractos de los
movimientos contables, la relación de las cuentas corrientes
operativas en los ejercicios 1991 y 1992, a pesar de su reiterada
solicitud, lo que ha impedido comprobar la representatividad del
saldo contable de Tesorería.
Por otra parte, comparando los cobros de los extractos bancarios
enviados por las entidades de crédito con el total de los ingresos de
las cuentas de pérdidas y ganancias
menos los saldos de deudores de cada ejercicio, se observan
diferencias significativas, lo que hace suponer que los ingresos se
han efectuado a través de caja o que faltan cuentas bancarias por
informar. Teniendo en cuenta esta posible limitación, las diferencias
entre la suma de los saldos de las cuentas informadas por las
entidades de crédito y el saldo conjunto de tesorería que se presenta
en el balance de situación se muestran en el cuadro siguiente:
III.2.2. Ingresos
Según la información facilitada por la Comisión Ejecutiva Federal,
las transferencias internas procedentes de la misma han sido de
11.132.660 pesetas en 1991 y de 38.017.464 pesetas en 1992. De este
último importe, se ha constatado que 26.447.470 pesetas corresponden
a subvenciones extraordinarias transferidas directamente a una cuenta
corriente de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería
General de la Seguridad Social de las Islas Baleares.
III.2.3. Acreedores
De acuerdo con los resultados de las actuaciones fiscalizadoras de la
contabilidad anual de la Comisión Ejecutiva Federal, a partir del
ejercicio 1992 se han ido transfiriendo a la sede regional de
Baleares diversas subvenciones extraordinarias para satisfacer deudas
afloradas de ejercicios anteriores, según información de la dirección
financiera no acreditada documentalmente, y que al final del
ejercicio 1995 suman 256.125.996 pesetas. En este importe se incluyen
los fondos transferidos para saldar parte de la deuda con dos
proveedores, con los que se llega a un acuerdo mediante transacción
judicial en 1995 para el pago de 136.794.157 pesetas, de los que se
transfieren cien millones de pesetas a la sede regional y la deuda
restante, formalizada en letras de cambio, figura registrada en la
contabilidad de la Comisión Ejecutiva Federal. Del resto de las
cuantías transferidas en los ejercicios 1993 y 1994 no se ha
facilitado el detalle.
III.2.4. Endeudamiento
Las diferencias entre el saldo confirmado por las entidades
circularizadas de las operaciones de crédito suscritas por el Partido
y el saldo total de endeudamiento, según figura en los estados
contables rendidos, se muestra en el cuadro siguiente:
En 1991, procedente de la integración de la contabilidad electoral de
las Elecciones al Parlamento de las Islas Baleares, celebradas el 26
de mayo de 1991, figura un crédito dispuesto de 17.600.000 pesetas,
con vencimiento el 30 de abril de 1992, que, según la comunicación de
la entidad prestamista, fue renegociado el 15 de septiembre de 1992 y
cancelado el 23 de junio de 1993.
La variación significativa del endeudamiento del ejercicio 1992
respecto del existente en 1991, de 7.084.494 pesetas, se debe
fundamentalmente a la acumulación de los intereses devengados y no
satisfechos a la deuda vencida.
De acuerdo con las condiciones pactadas en las pólizas, existen dos
operaciones vencidas durante los ejercicios 1991 y 1992. Una de
ellas, con un saldo de 5.374.371 pesetas en 1991 y 6.410.630 pesetas
en 1992, fue cancelada el 20 de diciembre de 1994. La otra, con un
saldo de 2.806.377 pesetas en 1991 y 3.438.937 pesetas en 1992,
seguía sin cancelarse a 31 de diciembre de 1995, según consta en la
comunicación efectuada por la entidad con ocasión de la fiscalización
del citado ejercicio.
CONCLUSIONES
De acuerdo con los resultados de la fiscalización, se deducen las
siguientes conclusiones relativas al cumplimiento de las normas sobre
financiación contenidas en la Ley Orgánica 3/1987, así como sobre las
obligaciones contables y el control interno previstas en los
artículos 9 y 10 de la citada Ley:
A. De carácter general
1. Atendiendo al contenido de la resolución de la Comisión Mixta
Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, la
fiscalización se ha dirigido a las sedes regionales de las
formaciones políticas con implantación en las Islas Baleares
obligadas a presentar la contabilidad de los ejercicios 1989, 1991 y
1992 al Tribunal de Cuentas por haber recibido subvención estatal
para atender sus gastos de funcionamiento ordinario, de conformidad
con lo previsto en la Ley Orgánica 3/1987. En consecuencia, el ámbito
subjetivo alcanza a las sedes regionales de las Illes Balears del
Partido Socialista Obrero Español y de la Coalición Izquierda Unida,
no incluyéndose la sede regional del Partido Popular por haber sido
objeto con anterioridad de una fiscalización similar.
2. Las actuaciones fiscalizadoras se han efectuado en el marco de las
competencias atribuidas al Tribunal de Cuentas por la legislación
vigente, que le atribuye en exclusiva la fiscalización externa de la
actividad económica financiera de los partidos políticos, sin que
estas atribuciones alcancen a la realización de comprobaciones
directas sobre los registros internos y la información contable de
entidades privadas. La falta de información de determinadas entidades
de crédito ha supuesto una limitación en los trabajos de
fiscalización.
B. Respecto a Esquerra Unida de les Illes Balears-IU
3. La documentación contable disponible en los ejercicios
fiscalizados ha consistido en un libro auxiliar en el que se
registran las entradas y salidas de fondos, con una breve descripción
del concepto. Este sistema contable no cumple satisfactoriamente las
previsiones del artículo 9 de la Ley Orgánica 3/1987, si bien su
incidencia queda reducida por la escasa importancia que la actividad
económico-financiera de la sede regional tiene en relación con la
formación política considerada en su conjunto. La contabilidad
incluye, además, la actividad del Partido Comunista de las Illes
Balears, que forma parte de la Coalición electoral Izquierda Unida.
4. No se han podido efectuar comprobaciones ni pruebas
complementarias respecto del ejercicio 1989, dado que Esquerra Unida
de les Illes Balears no ha facilitado la documentación justificativa
de las operaciones realizadas. Asimismo, la entidad de crédito con la
que operaba el partido no ha facilitado los extractos bancarios, al
disponer ésta sólo de información relativa a los últimos siete años.
En consecuencia, no se ha podido comprobar la representatividad de
los registros contables ni la regularidad y adecuación de los
ingresos y gastos a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/1987.
5. El libro auxiliar del ejercicio 1991 no presenta todas las
operaciones realizadas, como lo demuestra las relevantes diferencias
entre los cobros y pagos contabilizados en la cuenta de bancos y los
registrados por mayor importe en los extractos bancarios. No se ha
dispuesto, además, de la documentación justificativa de los pagos ni
de parte de los ingresos no contabilizados. Por el contrario, el
libro auxiliar del ejercicio 1992 presenta la mayor parte de los
cobros y pagos efectuados por caja y bancos.
C. Respecto al Partit Socialista de les Illes BalearsPSOE
6. Para el examen de los estados financieros de los ejercicio 1989,
1990 y 1991, el Partit Socialista de les Illes Balears-PSOE no ha
facilitado el libro Diario, ni el detalle de los movimientos de las
cuentas patrimoniales y de gestión, ni la documentación
justificativa. La Dirección responsable de las finanzas de la sede
regional comunicó que la documentación solicitada no obraba en su
poder, al ser destruida en su día, por tratarse de ejercicios ya
fiscalizados. En consecuencia, no se ha podido comprobar la
representatividad de los registros contables ni la regularidad y
adecuación de los ingresos y gastos a lo dispuesto en la Ley Orgánica
3/1987.
No obstante lo anterior, se han aplicado técnicas de examen analítico
y, en su caso, comprobaciones en función de las respuestas obtenidas
de las entidades de crédito circularizadas y de la documentación
obtenida de las actuaciones fiscalizadoras conjuntas de los
ejercicios 1988 y 1989 llevadas a cabo por este Tribunal, a fin de
determinar el grado de coherencia interna y externa de los saldos
presentados en los estados anuales rendidos, resultando una falta de
concordancia interna entre los datos aportados, que no han podido ser
contrastados con la documentación justificativa ni han sido aclarados
por el
Partido, así como operaciones no registradas, deducidas de la
circularización bancaria o de la contabilidad anual de ejercicios
posteriores rendida al Tribunal de Cuentas.
7. De las comprobaciones de las operaciones con entidades de crédito
en el ejercicio 1989 y de las respuestas enviadas por éstas, resulta
la existencia de un saldo acreedor en cuenta corriente de 32.031.283
pesetas, cancelado por la entidad de crédito, sin que conste la
entrega de fondos por parte de la Formación política, y una operación
de préstamo no registrada, con un saldo de 5.296.769 pesetas a 31 de
diciembre de 1989.
8. De acuerdo con los resultados de las actuaciones fiscalizadoras de
la contabilidad anual de la Comisión Ejecutiva Federal, a partir de
1992 se han ido transfiriendo a la sede regional de Baleares diversas
subvenciones extraordinarias para satisfacer deudas afloradas de
ejercicios anteriores, según información de la dirección financiera
no acreditada documentalmente, y que al final del ejercicio 1995
suman 256.125.996 pesetas.
Madrid, 29 de septiembre de 1998.
251/000074 (CD) 771/000072 (S)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES, Sección Cortes Generales, de la Resolución adoptada
por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas
sobre el Informe de Fiscalización de la Contabilidad de los Partidos
Políticos, ejercicio 1994 (núm. expte. Congreso 251/000074 y núm.
expte. Senado 771/000072), así como el Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de diciembre de 1999.- El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL
TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN AL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA
CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, EJERCICIO 1994 (NÚM. EXPTE.
CONGRESO 251/000074 Y NÚM. EXPTE. SENADO 771/000072), EN SU SESIÓN
DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DE 1999
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en
su sesión del día 23 de noviembre de 1999, a la vista del Informe
remitido por ese Alto Tribunal
acerca del Informe de Fiscalización de la Contabilidad de los
Partidos Políticos, ejercicio 1994:
A C U E R D A
1. Aceptar las conclusiones y propuestas del Tribunal de Cuentas.
2. Dar traslado al Gobierno y a los Partidos Políticos para su
conocimiento.
3. Manifestar la necesidad urgente de establecer un nuevo marco legal
que regule el régimen de financiación de los partidos políticos,
dotando de completa transparencia los cauces de financiación de los
mismos e incorporando medidas proporcionadas con la gravedad de los
comportamientos que infrinjan los deberes de información y la
obligación de rendir cuentas por los jastos electorales de cada
formación con independencia de la existencia de ayudas públicas, de
manera que contribuyan a la erradicación de aquellas conductas que
atentan contra el derecho constitucional de concurrir en igualdad de
condiciones con el resto de fuerzas políticas.
4. Instar al Tribunal de Cuentas para que, dado el gran retraso de
los Informes de Fiscalización de la Contabilidad de los Partidos
Políticos, estamos debatiendo el ejercicio de 1994, agilice los
trámites correspondientes para actualizar dichos informes a la mayor
brevedad posible.
5. Poner de manifiesto la necesidad de dar curso de una manera rápida
y definitiva de la nueva Ley de financiación de los partidos
políticos.
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de noviembre de 1999.-Josep
Sanchez i Llibre, Presidente.- José Acosta Cubero, Secretario
primero.
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
EJERCICIO 1994
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de la función
fiscalizadora que sobre la actividad económicofinanciera de los
Partidos políticos le atribuye el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/
1987, HA APROBADO, en sesión celebrada el 17 de diciembre de 1998, el
presente Informe de Fiscalización de la Contabilidad de los Partidos
políticos del ejercicio 1994, y ha acordado su elevación a las Cortes
Generales.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ... (Página 47)
I.1. Marco legal ... (Página 47)
I.2. Ámbito temporal y subjetivo de la fiscalización (Página )
I.4. Alcance y limitaciones de la fiscalización ... (Página 48)
I.5. Financiación pública de las formaciones políticas ... (Página 49)
I.6. Trámite de alegaciones ... (Página 51)
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ... (Página 52)
COALICIÓN CANARIA ... (Página 52)
CONVERGÈNCIA DEMOCRÁTICA DE CATALUNYA ... (Página 54)
CONVERGÈNCIA I UNIÓ ... (Página 57)
ESQUERRA REPUBLICANA DE CATALUNYA ... 60 EUSKAL EZKERRA ...
(Página 62)
EUSKO ALKARTASUNA ... (Página 65)
INICIATIVA PER CATALUNYA ... (Página 68)
IZQUIERDA UNIDA ... (Página 71)
PARTIDO DE ACCIÓN SOCIALISTA ... (Página 87)
PARTIDO ARAGONÉS ... (Página 90)
PARTIDO COMUNISTA DE ESPAÑA ... (Página 93)
PARTIDO NACIONALISTAVASCO ... (Página 98)
PARTIDO POPULAR ... (Página 103)
PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL ... (Página 111)
PARTIT DELS SOCIALISTES DE CATALUNYA ... (Página 122)
UNIÓ DEMOCRÁTICA DE CATALUNYA ... (Página 127)
UNIÓ VALENCIANA ... (Página 130)
UNIÓN DEL PUEBLO NAVARRO ... (Página 133)
CONTABILIDADES DE EJERCICIOS ANTERIORES ... (Página 135)
III. CONCLUSIONES ... (Página 136)
ANEXO ... (Página 137)
I. INTRODUCCIÓN
I.1. Marco legal
La Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, sobre Financiaciónde los
Partidos políticos tiene como objetivo fundamental, según se señala
en su exposición de motivos, establecer un marco normativo básico que
garantice la regularidad y transparencia de su actividad económica y
que discipline con arreglo a los principios de suficiencia
y publicidad dicha actividad, sometida a un sistema de control, tanto
interno como externo, a cargo, este último, del Tribunal de Cuentas.
La citada Ley establece que los Partidos políticos deberán llevar
registros contables detallados, que permitan conocer su situación
financiera y el cumplimiento de las obligaciones previstas,
especificando el contenido de los libros contables, conforme a
principios de contabilidad generalmente aceptados. Asimismo, señala
que deberán prever un sistema de control interno que garantice la
adecuada contabilización de todos los actos y documentos de los que
se deriven derechos y obligaciones de contenido económico, conforme a
sus estatutos.
Se atribuye al Tribunal de Cuentas, de forma exclusiva, la
fiscalización externa de la actividad económicofinanciera de los
Partidos políticos. A tal fin, aquéllos que, por tener representación
en el Congreso de los Diputados, hayan percibido del Estado
subvenciones anuales no condicionadas, con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado, para atender sus gastos de funcionamiento
ordinario, han de presentar una contabilidad
detallada y documentada, en el plazo de seis meses a partir del
cierre de cada ejercicio, ante el Tribunal de Cuentas, que se
pronunciará sobre su regularidad y adecuación a lo dispuesto en la
mencionada Ley, exigiendo, en su caso, las responsabilidades que
pudieran derivarse
de su incumplimiento.
Por su parte, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General, así como las Leyes Electorales Autonómicas,
regulan la ordenación de los gastos y financiación electoral de los
procesos electorales incluidos en su ámbito de aplicación.
Tras la celebración de las elecciones, el Tribunal de Cuentas o, en
su caso, el Órgano de Control Externo de la respectiva Comunidad
Autónoma han de pronunciarse, en el ejercicio de la función
fiscalizadora atribuida, sobre la regularidad de las contabilidades
electorales de
las Formaciones políticas que concurran a las mismas y estén
obligadas a presentar una contabilidad detallada de
los ingresos y gastos electorales, ajustada a los principios del Plan
General de Contabilidad.
I.2. Ámbito temporal y subjetivo de la fiscalización
La presente fiscalización se ha extendido a aquellas Formaciones
políticas que durante el ejercicio 1994 percibieron subvenciones
estatales para su funcionamiento
ordinario. Aun cuando el texto de la mencionada Ley Orgánica 3/1987
no incluye referencia alguna a las Coaliciones electorales que,
habiendo obtenido escaño en el Congreso de los Diputados, perciben
directamente las mencionadas subvenciones, se ha estimado oportuno
extender la fiscalización a dichas Coaliciones en cuanto perceptoras
de subvenciones y en cuanto que el conocimiento de su situación
patrimonial y de su actividad económico- financiera es imprescindible
para la fiscalización de los Partidos que las integran.
De acuerdo con los resultados de las elecciones a Cortes Generales
celebradas el 6 de junio de 1993, las Formaciones políticas con
representación en el Congreso de los Diputados que han percibido
subvenciones estatales para el funcionamiento ordinario durante el
ejercicio 1994, según la información facilitada por el Ministerio del
Interior, son:
- Coalición Canaria.
- Convergència i Unió.
- Esquerra Republicana de Catalunya.
- Euskal Ezkerra.
- Eusko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco.
- Eusko Alkartasuna.
- Iniciativa per Catalunya.
- Izquierda Unida.
- Partido Aragonés.
- Partido Popular.
- Partido Socialista Obrero Español.
- Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC-PSOE).
- Unión del Pueblo Navarro.
- Unión Valenciana.
La fiscalización se ha dirigido a todas estas Formaciones políticas
así como a los siguientes Partidos políticos, que han formado parte
de Coaliciones durante 1994 o han participado indirectamente a través
de Federaciones, con un importe significativo, en las subvenciones
anuales de funcionamiento ordinario:
- Convergència Democrática de Catalunya.
- Unió Democrática de Catalunya.
- Partido Comunista de España.
- Partido de Acción Socialista.
Coalición Canaria ha recibido la subvención estatal regulada en el
artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1987 y la ha aplicado íntegramente
para atender los gastos de funcionamiento ordinario propios de la
coalición, por lo que ninguna de las formaciones políticas que la
integran han dispuesto de dicha subvención. No obstante, a fin de
evaluar la relevancia económico-financiera de estas formaciones
políticas y poder comprobar las relaciones económicas con aquélla, se
les solicitó la contabilidad de 1994. Los partidos políticos Asamblea
Majorera y Partido Nacionalista Canario no la han remitido y la
federación de partidos Agrupaciones Independientes de Canarias ha
remitido únicamente la contabilidad del Grupo en el Parlamento de
Canarias.
La Formación política Herri Batasuna no ha recibido la subvención
estatal para funcionamiento ordinario durante el ejercicio 1994 ni ha
rendido la contabilidad.
I.3. Objetivos de la fiscalización
En el ámbito de las competencias atribuidas por la Ley Orgánica 3/
1987, a fin de dar cumplimiento al mandato concreto del párrafo 3 de
su artículo 11, que requiere del Tribunal de Cuentas un
pronunciamiento sobre la regularidad y adecuación de la documentación
contable remitida, y a las distintas Resoluciones de la Comisión
Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas,
la fiscalización se ha dirigido a la consecución de los siguientes
objetivos, incluidos en las Directrices Técnicas establecidas por el
Pleno del Tribunal:
a) Comprobar que los estados financieros rendidos al Tribunal
reflejan la situación financiera y patrimonial de la totalidad de
sedes territoriales e institucionales de cada una de las Formaciones
políticas fiscalizadas.
b) Verificar que los registros de contabilidad se ajustan a los
principios del Plan General de Contabilidad.
c) Analizar y evaluar los sistemas de control interno exigidos en el
artículo 10 de la Ley Orgánica 3/1987.
d) Determinar el cumplimiento de las obligaciones legales y, en
particular, las relativas a:
- Fuentes de financiación privada, especialmente las aportaciones de
personas físicas o jurídicas.
- Subvenciones públicas en sus distintas modalidades: para
funcionamiento ordinario, para cobertura de
gastos electorales y funcionamiento de Grupos Parlamentarios.
- Compromisos de subvenciones públicas a la amortización de
operaciones de crédito.
I.4. Alcance y limitaciones de la fiscalización
De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 3/
1987, las Formaciones políticas han remitido la documentación
contable relativa al ejercicio 1994 al Tribunal de Cuentas o, en su
caso, se les ha requerido su cumplimiento. Por otra parte, se les ha
solicitado diversa documentación complementaria y se han efectuado
verificaciones en las sedes centrales de las distintas Formaciones
políticas, complementadas con visitas a otras sedes de la
organización territorial, principalmente en aquellas Formaciones con
implantación en todo el territorio nacional.
Estas comprobaciones se han demorado por la necesidad de atender a la
fiscalización de numerosos procesos electorales, cuyo examen se ha
considerado prioritario, así como por haber efectuado simultáneamente
las comprobaciones de la contabilidad de los ejercicios 1993, 1994 y
1995. Esta simultaneidad de las verificaciones origina, por otra
parte, cierta reiteración en los resultados obtenidos y en la
exposición de las deficiencias detectadas.
Se ha instado a las Formaciones políticas a que envíen una carta de
circularización a las entidades de crédito a fin de obtener
información de los saldos de las cuentas bancarias y de las
operaciones de crédito concertadas con las mismas. La falta de
respuesta de algunas entidades financieras, especialmente cuando las
Formaciones políticas no han presentado los correspondientes
extractos bancarios, ha constituido una limitación al trabajo
realizado, que ha impedido poder confirmar algunos saldos. Esta
circunstancia se recoge en los resultados de fiscalización de cada
Formación.
Se ha solicitado, asimismo, de las Cortes Generales y de las
distintas Asambleas Legislativas, así como del Ministerio del
Interior y Gobiernos Autonómicos y de los Órganos de Gobierno de las
Diputaciones, Cabildos y Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes,
información relativa a las subvenciones otorgadas durante el
ejercicio 1994 a las distintas Formaciones políticas, a fin de
contrastar dicha información con los registros contables analizados.
De las 345 Entidades locales a las que se solicitó esta información,
han contestado 291 con los resultados que se recogen para cada
Formación política en el correspondiente apartado. Las Entidades
locales que no han atendido la solicitud del Tribunal de Cuentas se
relacionan en anexo a este Informe.
Las verificaciones practicadas han ido dirigidas a verificar el
cumplimiento de la legislación específica vigente y la
representatividad de los estados contables, así como a comprobar la
justificación documental de sus saldos y su registro conforme a
principios de contabilidad generalmente aceptados, como dispone el
artículo 9.2 de la Ley Orgánica 3/1987. Se ha verificado,
además, la integración de la contabilidad electoral en las cuentas
anuales del Partido, según los Informes de las elecciones
correspondientes aprobados por el Tribunal de Cuentas o, en su caso,
por los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas. Las
comprobaciones han alcanzado, fundamentalmente, al procedimiento de
integración, a la realización de los derechos, principalmente por
subvenciones electorales, y al seguimiento de las deudas con
entidades de crédito y, en su caso, de los acreedores por gastos
electorales. Se ha comprobado también que no figuren operaciones de
la campaña electoral no incluidas en la contabilidad electoral
rendida al Tribunal de Cuentas.
El Tribunal de Cuentas, a efectos de la presente fiscalización, en
cumplimiento de lo regulado en la citada Ley Orgánica, y en
coincidencia con las resoluciones adoptadas por la Comisión Mixta
Congreso-Senado, ha considerado a cada Formación política como una
única realidad económico-financiera, cuya contabilidad ha de recoger
todas las manifestaciones de la misma, integrando su organización
territorial e institucional, con independencia, en su caso, del grado
de autonomía funcional y del número de identificación fiscal
asignado.
En la práctica totalidad de las Formaciones políticas fiscalizadas su
compleja organización territorial e institucional, que dispone de un
determinado grado de autonomía funcional, administrativa y contable,
origina, incluso en aquellas Formaciones políticas que han rendido
unos estados contables agregados o consolidados, que el órgano
central responsable no disponga de la justificación documental de los
registros contables generados por la organización territorial e
institucional, que se encuentra depositada en la correspondiente
sede. Esta circunstancia, en el respeto a la capacidad
autoorganizativa de cada Formación política, ha impulsado que, por
parte del Tribunal de Cuentas, se haya solicitado documentación
relativa a la organización periférica y que, incluso, se hayan
efectuado determinadas verificaciones en algunas de las sedes
territoriales de los Partidos políticos con implantación nacional.
No obstante, resulta importante señalar que las características
observadas en las distintas organizaciones de las Formaciones
políticas, por lo demás muy heterogéneas, y su propia dimensión
representan un condicionante significativo para evaluar la
regularidad y representatividad de los estados contables rendidos,
dentro del estricto ámbito de competencias y actuaciones previstas
para el Tribunal de Cuentas en la legislación vigente.
En el apartado II del presente Informe se recogen los resultados de
la fiscalización para cada una de las Formaciones políticas
analizadas.
I.5. Financiación pública de las formaciones políticas
El artículo 2 de la precitada Ley Orgánica 3/1987 enumera, de forma
taxativa, los distintos recursos de financiación pública que pueden
percibir las Formaciones
políticas. Este artículo explicita que los recursos de la
financiación pública están constituidos por:
«a) Las subvenciones públicas por gastos electorales, en los términos
previstos en la Ley Orgánica 5/1985, de Régimen Electoral General.
b) Las subvenciones estatales a los Grupos Parlamentarios de las
Cámaras de las Cortes Generales, en los términos previstos en los
Reglamentos del Congreso de los Diputados y el Senado, y las
subvenciones a los Grupos Parlamentarios de las Asambleas
Autonómicas, según establezca su propia normativa.
c) Las subvenciones estatales anuales reguladas en la presente Ley.»
Durante el ejercicio 1994 se han convocado elecciones al Parlamento
Europeo y al Parlamento de Andalucía, celebradas el 12 de junio, y al
Parlamento Vasco, celebradas el 25 de octubre, percibiendo los
Partidos políticos concurrentes, de acuerdo con los resultados
electorales, las subvenciones públicas previstas en la Ley Orgánica
5/1985 de Régimen Electoral General; la Ley 1/1986 Electoral de
Andalucía, y la Ley 5/1990, de Elecciones al Parlamento Vasco, como
se detalla más adelante para cada formación política. Además, también
se han percibido liquidaciones de subvenciones electorales relativas
a campañas celebradas en ejercicios anteriores.
No obstante lo previsto en el artículo transcrito, de la contabilidad
remitida y, principalmente, de la información de los Gobiernos
Autonómicos, y Órganos de Gobierno de las Diputaciones, Juntas
Generales, Cabildos y Ayuntamientos que han atendido a la solicitud
formulada por el Tribunal de Cuentas, se deduce que ha sido frecuente
el otorgamiento, por alguna de las Instituciones públicas citadas, de
subvenciones no incluidas entre las citadas en el mencionado
artículo.
En contra de los argumentos expuestos por distintas Formaciones
políticas para justificar la no incorporación de estos recursos en
sus respectivas contabilidades, el Tribunal de Cuentas señala que,
aunque su concesión no está prevista en la relación taxativa de
fuentes de financiación pública descrita en el artículo 2 de la
citada Ley Orgánica 3/1987 ni en la normativa de Haciendas Locales,
los Grupos de cargos electos en las Corporaciones locales perciben
dichos fondos en cuanto integrantes de una determinada Formación
política, que, a estos efectos, el Tribunal considera como una unidad
económico-financiera, cuya contabilidad, consecuentemente, ha de
recoger dichos ingresos por el mero hecho de su percepción y con
independencia de la falta de amparo legal para su concesión. En este
sentido, conviene aclarar que estos recursos nada tienen que ver con
la puesta a disposición de los Grupos por las Entidades Locales de
una infraestructura mínima de medios materiales y personales,
prevista en el artículo 27 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado
por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, sin perjuicio del
rango cualificado de laLey Orgánica que regula esta materia.
En el siguiente cuadro se detalla la financiación pública para
funcionamiento ordinario entregada a las distintas formaciones
políticas, según las comunicaciones remitidas por el Ministerio del
Interior, Cortes Generales,
Asambleas Legislativas Autonómicas y las 291 Corporaciones
Locales de más de 20.000 habitantes que han contestado a la solicitud
de información efectuadapor el Tribunal de Cuentas.
A los saldos del cuadro anterior hay que agregar el importe de
288.564.000 pesetas que, como financiación pública para
funcionamiento ordinario, según información
disponible, y pese a no estar prevista en el citado artículo 2
de la Ley Orgánica 3/1987, ha otorgado elGobierno Vasco a las
formaciones políticas siguientes:
A las subvenciones a la actividad ordinaria mencionadas hay que sumar
las subvenciones de carácter electoral entregadas por el Ministerio
del Interior o por los órganos autonómicos competentes,
correspondientes a las
elecciones celebradas en 1994 y ejercicios anteriores, por importe de
5.549.726.690 y 1.190.501.702 pesetas, respectivamente, con la
siguiente distribución entre las distintas Formaciones políticas:
Dada la heterogeneidad en el registro de la actividad electoral
dentro de los estados contables anuales, así como en la aplicación de
los principios generales de contabilidad y en la integración de la
actividad desarrollada por la correspondiente organización
territorial o institucional en la contabilidad anual rendida al
Tribunal de Cuentas, como se deduce de los resultados que a
continuación se exponen para cada Formación política, se ha optado
por recoger en la anterior información los importes procedentes de
las distintas comunicaciones recibidas, indicándose, no obstante, en
los resultados relativos a cada Formación política fiscalizada las
diferencias con las cuantías registradas.
I.6. Trámite de alegaciones
Los resultados provisionales deducidos de las actuaciones
fiscalizadoras llevadas a cabo han sido remitidos a cada Formación
política, al objeto de que alegaran y presentaran cuantos documentos
y justificantes estimasen pertinentes.
Los resultados provisionales remitidos a cada Formación política han
ido acompañados de los correspondientes anexos en los que se
detallaban las operaciones o partidas consideradas deficientes, de
las que se deducía la referencia genérica incorporada en el texto, al
objeto de que, una vez identificadas, se pudieran formular, en su
caso, sobre las mismas las oportunas alegaciones y aportar la
documentación correspondiente.
Las Formaciones políticas que, tras habérseles remitido los
mencionados antecedentes, no han remitido escrito de alegaciones han
sido las siguientes:
- Agrupación Tinerfeña de Independientes
- Coalición Canaria
- Partido Comunista de España
Las alegaciones formuladas, que se incorporan a este Informe, han
sido analizadas y valoradas detenidamente, suprimiéndose o
modificándose el texto originario cuando así se ha estimado
conveniente. En otras ocasiones, el texto inicial no se ha alterado
por entender que las alegaciones remitidas son meras explicaciones
que confirman
la situación descrita en el Informe, o porque no se comparten la
exposición o los juicios en ellas vertidos, o no se justifican
documentalmente las afirmaciones mantenidas, con independencia de que
el Tribunal haya estimado oportuno o no dejar constancia de su
discrepancia en la interpretación de los hechos analizados para
reafirmar que su valoración definitiva es la recogida de este
Informe.
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
COALICIÓN CANARIA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La coalición electoral Coalición Canaria ha rendido al Tribunal de
Cuentas, fuera del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987, los
estados financieros del ejercicio 1994 relativos a la actividad de su
sede central, sin incluir la de los grupos institucionales de esta
Formación política. Los estados rendidos presentan estructura de
balance de sumas y saldos, y contienen importantes deficiencias
contables, como se detalla más adelante.
Coalición Canaria es una coalición electoral formada por cuatro
partidos políticos y una federación de partidos para su concurrencia
a las elecciones a Cortes Generales de 1993. De acuerdo con la
contabilidad rendida, Coalición Canaria recibe la subvención estatal
regulada en el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1987 y la aplica
íntegramente para atender sus gastos de funcionamiento ordinario, por
lo que la contabilidad rendida corresponde exclusivamente a la
actividad económico-financiera de la coalición. Dado que en
ejercicios anteriores algunas de la formaciones políticas integrantes
de la coalición estaban obligadas a rendir su propia contabilidad, al
haberse presentado por separado a las elecciones, y a fin de evaluar
la relevancia económico-financiera de las formaciones políticas que
la integran y poder comprobar las relaciones existentes con aquélla,
se solicitó la contabilidad de cada uno de los partidos políticos y
de la federación, así como la de uno de los partidos más relevantes
de esta última. Los partidos políticos Asamblea Majorera y Partido
Nacionalista Canario no han remitido los estados contables, y la
federación de partidos Agrupaciones Independientes de Canarias ha
remitido únicamente la contabilidad del Grupo en el Parlamento de
Canarias.
Durante el ejercicio, Coalición Canaria concurrió a las elecciones al
Parlamento Europeo celebradas el 12 de junio de 1994, formando parte
de Coalición Nacionalista, la cual presentó, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen
Electoral General, la contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas,
cuyo informe aprobado por el Pleno fue enviado al Parlamento. Las
operaciones económicas imputadas a Coalición Canaria no están
integradas en la contabilidad anual rendida por ésta, salvo su
aportación a la campaña, que figura como gasto. Asimismo, dado que la
contabilidad de 1993 no incluyó la situación patrimonial y financiera
derivada de las elecciones a Cortes Generales, como ya se señaló en
el Informe de dicho ejercicio, la contabilidad de 1994 tampoco
presenta los saldos pendientes en este ejercicio de dicho proceso
electoral.
La no integración de las contabilidades electorales en la
contabilidad anual supone una importante limitación a la
representatividad de las cuentas rendidas, como se detalla más
adelante.
II. Situación económica-financiera
Los estados financieros rendidos por Coalición Canaria son los
siguientes:
de los estados contables rendidos III. Representatividad
La contabilidad rendida se inicia únicamente con el saldo según
extracto de la cuenta corriente proveniente del ejercicio anterior,
sin tener en cuenta la totalidad de la situación patrimonial y
financiera, por lo que los estados rendidos reflejan únicamente las
operaciones realizadas durante el ejercicio. Del examen efectuado
sobre las distintas rúbricas que integran los estados contables se
deducen las observaciones y, en su caso, irregularidades
y deficiencias que se exponen más adelante y no han sido objeto de
alegación alguna por parte de la Formación política. Dada la
importancia de las deficiencias, los estados contables rendidos no
son representativos de la situación patrimonial y financiera de esta
Formación política.
III.1. Deudores
La cuenta «Aportación préstamos bancarios» recoge los fondos que la
coalición destina a la amortización de uno de los préstamos suscritos
para la financiación de las elecciones a Cortes Generales de 1993, al
no figurar en la contabilidad ordinaria el pasivo electoral. Así,
durante el ejercicio 1994 se han efectuado trasferencias bancarias
por un total de 31,5 millones de pesetas a una de las cuentas
corrientes electorales, no incluida en la contabilidad anual. De
estos fondos, durante el ejercicio se han aplicado al pago de gastos
financieros 8.294.012 pesetas y a la amortización de capital
22.555.351 pesetas, quedando el resto y los fondos pendientes del año
anterior para su aplicación en los ejercicios siguientes. El saldo de
esta cuenta incluye incorrectamente las comisiones bancarias
contabilizadas, si bien su importe es irrelevante.
La cuenta «Retenciones» recoge las soportadas por los intereses
liquidados en la cuenta corriente abierta este ejercicio. Dado que no
son recuperables, el importe deestas retenciones debe imputarse a un
concepto de gastos.
No figuran contabilizados los derechos de Coalición Canaria por las
subvenciones derivadas de los resultados electorales en las
elecciones al Parlamento Europeo ni los ingresos correspondientes.
Según la liquidación de la Coalición Nacionalista, éstos ascendían a
19.134.781 pesetas.
III.2 Tesorería
De acuerdo con las respuestas a la circularización bancaria, al menos
dos cuentas corrientes provenientes de la contabilidad electoral del
ejercicio anterior no están integradas en los estados rendidos, con
un saldo conjunto de 6.861.136 pesetas. Tampoco figura en
contabilidad la cuenta corriente electoral relativa a las elecciones
al Parlamento Europeo. La entidad financiera correspondiente no ha
informado sobre ella en su respuesta a la circularización.
III.3 Deudas con entidades de crédito
Las cuentas rendidas no incluyen ninguna operación de endeudamiento
de la actividad ordinaria, ni de las campañas electorales al no
haberse integrado las contabilidades electorales. De las respuestas a
la circularización bancaria se desprende una deuda con entidades
financieras de, al menos, 127.308.103 pesetas, a 31 de diciembre de
1994. Este importe corresponde a tres operaciones, de las que dos
provienen de las elecciones de 1993 y la otra corresponde al préstamo
electoral concertado en 1994, por 20.000.000 pesetas. En la misma
entidad en la que se concertó este préstamo, existe un depósito a
plazo por el mismo importe, según consta en la respuesta a la
circularización, no recogido en la contabilidad rendida.
Las amortizaciones producidas durante el ejercicio corresponden a los
dos préstamos procedentes del ejercicio anterior. En uno de ellos,
las amortizaciones se han efectuado con los fondos registrados en la
cuenta «Aportación préstamos bancarios», como se ha señalado. En el
otro, se han producido amortizaciones por 44.136.540 pesetas, de las
que 19.718.276 pesetas. provienen del anticipo del Ministerio del
Interior, como se indicó en el Informe de 1993, y del resto, por
24.418.264 pesetas, no se ha justificado el origen de los fondos.
III.4 Acreedores
Las cuentas rendidas no incluyen deudas con proveedores. Al cierre de
la contabilidad electoral de las elecciones al Parlamento Europeo,
existían deudas no traspasadas a la contabilidad anual por 2.245.733
pesetas, de las que no se ha facilitado su movimiento.
III.5 Ingresos
Los ingresos registrados en las cuentas rendidas suman 101.775.841
pesetas, de las que 99.271.627 pesetas. corresponden a la subvención
de funcionamiento ordinario, regulada en la Ley Orgánica 3/1987 sobre
financiación de los Partidos Políticos. El importe registrado es
superior al informado por el Ministerio del Interior
en 7.636.279 pesetas, al haberse contabilizado la mensualidad de
diciembre de 1993 en el ejercicio 1994, cuando se cobró, como se
señaló en el Informe de dicho año.
No aparecen registrados en los estados rendidos los ingresos
declarados en la contabilidad electoral de las elecciones al
Parlamento Europeo, por 28.436.259 pesetas, ni la subvención
pendiente de cobro, por 19.134.781 pesetas, como se ha señalado.
Tampoco figura la liquidación de la subvención por los resultados en
las elecciones a Cortes Generales de 1993, por 15.456.880 pesetas.
La cuenta «Aportaciones» recoge, principalmente, las aportaciones del
Grupo Parlamentario de Coalición Canaria en el Congreso de los
Diputados, por 600.000 pesetas. No está integrada la actividad
económico-financiera de los representantes en las Cortes Generales,
cuyas subvenciones ascendieron a 63.077.501 pesetas.
III.6 Gastos
Los gastos registrados en las cuentas rendidas ascienden a 56.258.400
pesetas. No figuran incluidos los gastos declarados en la
contabilidad electoral rendida, por 29.018.829 pesetas.
El saldo de la cuenta «compras (proveedores)» incluye la aportación a
la tesorería de la campaña electoral, por 20.000.000 pesetas, como se
ha indicado.
El resto de partidas de gastos registradas corresponden,
fundamentalmente, a entregas de fondos a unidades territoriales de la
Coalición que posteriormente deben justificarse. Se ha facilitado
únicamente el «recibí» firmado o los comprobantes bancarios en
operaciones de gasto por valor de 18.700.000 pesetas, y no se ha
aportado ningún documento justificativo en gastos por importe de
1.665.910 pesetas.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas se obtiene
que el Congreso de los Diputados y el Senado han concedido
subvenciones a esta Formación política por importe de 38.485.260 y
24.592.241 pesetas, respectivamente. Estas cantidades no aparecen en
las cuentas rendidas.
La respuesta del Parlamento de Canarias no indica cantidad alguna
satisfecha directamente a Coalición Canaria, pero sí a formaciones
políticas incluidas en esta coalición que se presentaron por separado
en anteriores elecciones autonómicas. Así, la federación de partidos
Agrupaciones Independientes de Canarias ha recibido 35.143.228
pesetas y el partido político Iniciativa Canaria, 11.760.000 pesetas.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información aportada por los distintos Ayuntamientos y Cabildos
que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas, resulta que
la Formación política Coalición Canaria no ha recibido ninguna
aportación. No obstante, diversas formaciones políticas integradas en
la
coalición electoral, que se presentaron por separado en las
anteriores elecciones locales, han recibido subvenciones por, al
menos, 40.377.616 pesetas, de las que 8.051.000 pesetas. corresponden
al partido político Iniciativa Canaria y el resto, a diversas
formaciones políticas incluidas en la federación de partidos
Agrupaciones Independientes de Canarias.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
CONVERGÈNCIADEMOCRÁTICADE CATALUNYA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
Convergència Democrática de Catalunya ha rendido al Tribunal de
Cuentas, dentro del plazo establecido por
la Ley Orgánica 3/1987, el balance de situación al 31 de diciembre de
1994 y la cuenta de pérdidas y ganancias de dicho ejercicio. Estos
estados no incluyen la contabilidad de las sedes locales del Partido,
aunque sí recogen de forma integrada la contabilidad de las sedes
comarcales e intercomarcales. Cabe señalar que, aunque los grupos
institucionales corresponden formalmente a la Coalición electoral
Convergencia i Unió, su actividad económico-financiera no se incluye
en los estados contables rendidos por dicha Coalición ni en los de
esta Formación, en la parte que le corresponde según los acuerdos
adoptados, salvo las aportaciones de las Diputaciones de Gerona y
Tarragona, como se señala más adelante.
II. Situación económico-financiera
Los estados financieros rendidos por Convergència Democrática de
Catalunya son los siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Del examen de la documentación justificativa de los estados
contables, fundamentalmente de la
sede central, resultan las siguientes observaciones y, en su caso,
deficiencias que afectan a su representatividad, y que se exponen a
continuación.
III.1. Inmovilizado
Durante el ejercicio se han producido altas en el inmovilizado
material por 70.370.213 pesetas, entre las que se encuentra la
adquisición de dos locales en el edificio de la sede central del
Partido, por 42.400.000 pesetas.
Como quiera que la formación política es propietaria de la totalidad
de la sociedad «Jurídica Manresana, S.A.», cuyo valor de adquisición
se recoge en el epígrafe «Inversiones financieras permanentes en
capital», cabe señalar que, en las cuentas anuales de esta última, se
incluyen, como partidas más relevantes, bienes inmuebles por un valor
neto de 141.477.533 pesetas, así como un endeudamiento con entidades
de crédito, con garantía hipotecaria, por valor de 71.020.807
pesetas.
III.2. Deudores
El epígrafe «Deudores» incluye los anticipos efectuados
a Convergència i Unió, por 16.096.639 pesetas, que coinciden con el
saldo contabilizado por la Coalición en cuentas acreedoras. En este
ejercicio se recoge, además, el crédito frente a los grupos
institucionales de dicha Coalición, por 931.099 pesetas.
III.3. Tesorería
El epígrafe «Caja» comprende el saldo de la caja de la sede central
de Barcelona, por 2.236.702 pesetas, y los de las cajas de tres sedes
intercomarcales, con un saldo conjunto de 462.992 pesetas. De estas
últimas no se ha acreditado la realización de arqueos periódicos.
El saldo de «Bancos» se desglosa en veintiuna cuentas corrientes, de
las que siete corresponden a las sedes intercomarcales y comarcales,
por un total de 31.779.197 pesetas, registradas en una única cuenta
contable. En la comprobación de los saldos contables y su comparación
con los de los extractos bancarios no se han detectado diferencias
sin conciliar. De las cinco entidades financieras con las que opera
el Partido, una no ha contestado a la circularización efectuada por
el Partido a petición del Tribunal de Cuentas.
III.4. Endeudamiento
El endeudamiento contable, a 31 de diciembre de 1994, de Convergència
Democrática de Catalunya comprende deudas con entidades de crédito
por 72.419.591 pesetas. y otras deudas a largo plazo por 8.651.202
pesetas. De estas últimas, 6.634.515 pesetas. provienen de la
adquisición de la sociedad «Jurídica Manresana, S.A.» en 1990. Como
se ha indicado en el epígrafe de inmovilizado, esta sociedad,
íntegramente propiedad del Partido, mantenía unas deudas con
entidades de crédito de 71.020.807 pesetas.
El endeudamiento con entidades de crédito se desglosa en deudas a
largo plazo, por 60.793.812 pesetas, que corresponden a tres
préstamos hipotecarios, dos de los cuales, por un total de 30.000.000
pesetas, se han formalizado en este ejercicio; y deudas a corto
plazo, por 11.625.779 pesetas, relativas a una cuenta de crédito,
también formalizada en este ejercicio. Las amortizaciones han
ascendido a 3.081.497 pesetas. La contabilización de los intereses se
efectúa en el momento de su pago, no realizándose periodificaciones
de intereses a fin
de ejercicio, si bien su incidencia, dada la compensación entre
ejercicios, es irrelevante sobre el resultado del ejercicio. Las
entidades financieras han confirmado los saldos de las deudas
reflejadas en contabilidad.
III.5. Acreedores
De los «Acreedores a corto plazo», el saldo más significativo
corresponde al epígrafe «Proveedores» con 101.062.600 pesetas, a los
que se les paga regularmente y con los que no se mantienen saldos
antiguos. La cuenta «Acreedores diversos» recoge los saldos
acreedores de las sedes comarcales e intercomarcales. En relación a
los saldos con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social, se ha
comprobado la liquidación de las deudas en los plazos fijados por su
normativa correspondiente.
III.6. Ingresos
Los ingresos registrados suman 700.516.219 pesetas, siendo las
partidas más importantes las subvenciones públicas y las cuotas.
El epígrafe «Subvenciones oficiales» incluye 351.129.565 pesetas, que
corresponden al 75% de la subvención anual de funcionamiento
ordinario cobrada por Convergència i Unió y distribuida a los
partidos que la integran. También se recogen las subvenciones
procendentes de la Diputación de Girona y Tarragona, por 2.833.333 y
1.800.000 pesetas, respectivamente, como ingresos de las
intercomarcales. En el primer caso, la cifra supone el 75 por ciento
de la subvención otorgada a Convergència i Unió; en el segundo caso
no alcanza ese porcentaje, que supondría un importe de 2.430.000
pesetas, sin que se haya obtenido explicación de esta diferencia. Por
último, las comarcales han reconocido ingresos por subvenciones por
19.408.132 pesetas.
El concepto «Cuotas» incluye las cuotas de los afiliados, por importe
de 158.732.857 pesetas, y el saldo por 123.715.000 pesetas. de la
cuenta «Bonos». Este último saldo recoge las aportaciones voluntarias
y anónimas que se realizan directamente en las oficinas de una
entidad bancaria a través de bonos de 5.000 y 25.000 pesetas. cada
uno. El Partido tiene firmado un contrato, en virtud del cual se
fijan las condiciones de entrega del dinero y la comisión a cobrar
por la entidad.
El epígrafe «Otros ingresos» incluye, fundamentalmente, ingresos de
las sedes integradas en la contabilidad rendida, por 26.492.587
pesetas, y la cuenta «Aportaciones no finalistas LO 3/87» que recoge
donativos por 575.000 pesetas. De este importe, 250.000 pesetas.
proceden de una persona jurídica, sin que conste la existencia del
acuerdo adoptado por el órgano social competente, al que se refiere
al art. 4.2. de la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los
Partidos Políticos.
III.7. Gastos
Los gastos suman 730.070.990 pesetas, de las que 173.110.344 pesetas.
corresponden a los de las intercomarcales. Se han detectado gastos
del ejercicio anterior contabilizados en éste, por 1.167.412 pesetas,
y gastos por donativos y ayudas, cuya única documentación
justificativa es un «recibí», por 3.810.700 pesetas. A pesar de
que dicho documento acredita la recepción de los fondos por los
beneficiarios, se estima que es insuficiente para su adecuado
control, por cuanto que no se acredita el objeto, condiciones y
finalidad de la ayuda concedida.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
Convergència Democrática de Catalunya no recibe directamente
subvenciones de las Cortes Generales ni de las Asambleas Legislativas
Autonómicas, ya que las reciben directamente los Grupos
parlamentarios de Convergència i Unió. En el apartado relativo a esta
Coalición se hace referencia a las subvenciones recibidas y a la
forma de integrarse en la contabilidad de Convergència i Unió la
actividad de los grupos parlamentarios de la Coalición.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la misma forma que ocurre con los Grupos parlamentarios, las
aportaciones recibidas de las Diputaciones y Ayuntamientos van
dirigidas a la Coalición Convergència i Unió. No obstante, de la
información aportada por los distintos Ayuntamientos y Diputaciones
que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas, resulta que
los grupos de cargos electos de Convergència Democrática de Catalunya
han recibido aportaciones directamente, al menos, por 1.860.000
pesetas. La contabilidad del Partido registra ingresos de las
intercomarcales y comarcales por 24.041.465 pesetas, como se indica
en el apartado de ingresos.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
CONVERGÈNCIA I UNIÓ
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La Coalición Convergència i Unió ha rendido al Tribunal de Cuentas,
dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987, el balance
de situación al 31 de diciembre de 1994 y la cuenta de pérdidas y
ganancias de dicho ejercicio. Estos estados no incluyen la actividad
de los Grupos institucionales de la Coalición, salvo en los aspectos
que luego se señalarán, que resultan insuficientes.
Los estados financieros recogen fundamentalmente la actividad de las
campañas electorales en las que ha concurrido la Coalición,
reduciéndose su actividad ordinaria a las operaciones imprescindibles
de gestión. Su domicilio coincide con el de la sede de Convergència
Democrática de Catalunya y su contabilidad es llevada por personal de
este Partido.
La Coalición Convergència i Unió concurrió a las Elecciones al
Parlamento Europeo, celebradas el 12 de junio de 1994, y presentó, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica 5/1985
del Régimen Electoral General, la contabilidad electoral al Tribunal
de Cuentas, cuyo informe aprobado por el Pleno fue enviado al
Parlamento. La integración de la contabilidad electoral en la
contabilidad anual de 1994 se ha efectuado mediante un único asiento
en el que se traspasa el balance de sumas y saldos de la actividad
electoral.
II. Situación económica-financiera
Los estados financieros del ejercicio 1994 rendidos por Convergència
i Unió son los siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Del examen efectuado sobre los estados financieros se deducen las
siguientes observaciones y, en su caso, deficiencias que afectan a su
representatividad.
III.1. Deudores
Durante este ejercicio, el saldo inicial de este epígrafe, por
164.017.307 pesetas, proveniente de las Elecciones a Cortes Generales
celebradas en 1993, ha sido cobrado. Los derechos de cobro que
figuran en el activo del balance de situación corresponden a las
subvenciones pendientes de percibir por las Elecciones al Parlamento
Europeo, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/1985 del
Régimen Electoral General, que se cobran en 1996.
III.2. Tesorería
El epígrafe Tesorería está formado por el saldo de la caja, por 7.028
pesetas, y el saldo a favor de la Coalición de tres cuentas
corrientes en entidades de crédito, por 4.534.208 pesetas, de las que
una es la cuenta electoral abierta para las Elecciones al Parlamento
Europeo, según lo previsto en la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen
Electoral General.
De las dos entidades financieras con las que mantiene cuentas
abiertas, sólamente una ha contestado a la circularización hecha a
petición del Tribunal de Cuentas. El saldo pendiente de confirmar
está conciliado con el extracto bancario facilitado por la Coalición.
III.3. Endeudamiento con entidades de crédito
El endeudamiento con entidades de crédito corresponde a una póliza de
préstamo procedente de la contabilidad
de las Elecciones al Parlamento Europeo. La póliza se suscribió por
200.000.000 pesetas, habiéndose amortizado durante el ejercicio
138.593.778 pesetas. con el anticipo del 90 por ciento de las
subvenciones derivadas de las elecciones.
También se ha amortizado durante el ejercicio la totalidad del
préstamo derivado de las Elecciones a Cortes Generales de 1993, con
un saldo inicial pendiente de 175 millones de pesetas.
Las liquidaciones de intereses se contabilizan en función del cargo
efectuado por el banco a mes vencido. Como consecuencia de esta
práctica, están pendientes de contabilizar los intereses del mes de
diciembre de 1994, por 588.476 pesetas, y figura como gasto de este
ejercicio la liquidación de diciembre de 1993, por 1.968.750 pesetas,
como se señaló en el Informe correspondiente.
La entidad financiera con la que se formalizaron ambas operaciones no
ha contestado a la circularización.
III.4. Acreedores
La cuenta «Acreedores diversos», con un saldo de 16.096.639 pesetas,
recoge los anticipos de Convergència Democrática de Catalunya a la
Coalición, que se corresponden con el saldo reflejado en una cuenta
deudora en la contabilidad de dicha Formación. Durante el ejercicio
se han producido reintegros a dicho Partido por 10 millones de
pesetas. y entregas de éste por 2 millones de pesetas.
La cuenta «Proveedores», con un saldo de 6.700.000 pesetas, recoge la
deuda con un proveedor electoral pendiente de pago, formalizada en
una letra de cambio, por lo que debe figurar en una cuenta de
«Efectos a pagar».
III.5. Ingresos
Los ingresos registrados suman 1.284.447.187 pesetas. y proceden,
fundamentalmente, de subvenciones públicas, que representan el 87 por
ciento de los ingresos contabilizados.
La cuenta «Subvención por gastos electorales», con un saldo de
203.659.254 pesetas, recoge las subvenciones derivadas de las
Elecciones al Parlamento Europeo celebradas en este ejercicio, de las
que 20.365.925 pesetas. se encuentran pendientes de cobro, como se ha
señalado.
La cuenta «Subvenciones a partidos y grupos parlamentarios» incluye
las subvenciones estatales para atender los gastos de funcionamiento
ordinario, devengadas durante el ejercicio, por 468.172.764 pesetas,
según lo previsto en la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los
Partidos Políticos. También incluye las subvenciones de aquellos
Grupos institucionales que han comunicado a la Coalición las cuantías
recibidas, cuya contrapartida es una única anotación contable al
final del ejercicio en una cuenta de gastos por el mismo importe.
Esta práctica contable no puede considerarse como una integración
total de la contabilidad de los grupos institucionales. Estos
ingresos han ascendido
a 440.305.335 pesetas, desglosándose en las siguientes subcuentas:
Las cuantías contabilizadas en los estados financieros coinciden con
los datos facilitados por las Instituciones a este Tribunal, salvo
diferencias debidamente conciliadas.
La cuenta «Aportaciones de grupos parlamentarios» recoge las
aportaciones de fondos procedentes de los Grupos de Cargos Electos en
el Parlamento de Cataluña, en la Diputación de Barcelona y en el Área
Metropolitana, por 154.810.000, 13.000.000 y 3.000.000 pesetas,
respectivamente. Estos ingresos también están incluidos en el
epígrafe anterior «Subvenciones a partidos y grupos parlamentarios».
III.6. Gastos
Los gastos registrados suman 1.266.650.499 pesetas, en los que se
incluyen los gastos de las Elecciones al Parlamento Europeo, por
333.809.161 pesetas, reflejados en la contabilidad electoral
fiscalizada por el Tribunal de Cuentas.
Del resto de gastos, tienen una cuantía significativa los recogidos
en el epígrafe «Aplicación de las subvenciones a los partidos y
grupos parlamentarios», que reflejan el reparto de la subvención de
funcionamiento ordinario entre los dos Partidos de la Coalición, por
468.172.764 pesetas, y la contrapartida de las cuentas de ingresos
relativas a las subvenciones percibidas por los grupos
institucionales, por 440.305.335 pesetas, como se ha indicado en el
apartado de ingresos.
Respecto a los gastos financieros, están pendientes de contabilizar
los intereses devengados durante el mes de diciembre del préstamo
contraído, por importe de 588.476 pesetas, como se ha señalado.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y a las Asambleas Legislativas Autonómicas se
obtiene que las subvenciones concedidas al grupo de Convergència i
Unió ascienden a 334.966.820 pesetas.
Estas subvenciones quedan a disposición de los Grupos Parlamentarios,
salvo la aportación realizada por el Grupo en el Parlamento de
Cataluña, reflejándose únicamente en la contabilidad rendida aquellas
cantidades que han sido comunicadas por éstos, como se ha indicado en
el epígrafe de ingresos. Las cantidades confirmadas y las
registradas en ingresos coinciden, salvo diferencias debidamente
conciliadas por el Partido.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información aportada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas
resulta que los grupos de cargos electos de la Coalición Convergència
i Unió han recibido aportaciones por, al menos, 187.549.583 pesetas.
En la contabilidad de la Coalición, únicamente están registradas las
aportaciones al grupo de la Diputación de Barcelona, del Ayuntamiento
de Barcelona y de la Mancomunidad del Área metropolitana, por un
total de 100.000.903 pesetas, como se indica en el apartado de
ingresos.
Es oportuno señalar, como en Informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
ESQUERRA REPUBLICANA DE CATALUNYA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La formación política Esquerra Republicana de Catalunya ha rendido al
Tribunal de Cuentas, fuera del plazo establecido por la Ley Orgánica
3/1987, el balance de
situación al 31 de diciembre de 1994 y la cuenta de pérdidas
y ganancias, referidos a la actividad económicofinanciera de la Sede
Central. Incluye los fondos transferidos a las agrupaciones locales,
pero no la totalidad de la actividad económico-financiera de la
organización territorial. También incluye la actividad institucional
de los Grupos Parlamentarios en el Congreso de Diputados y el
Parlamento de Cataluña, y las aportaciones de parte de los Grupos de
Cargos Electos de las Entidades Locales. No se ha incorporado la
contabilidad de la representación del Partido en el Parlamento
Europeo hasta el cambio de legislatura producido en el ejercicio
1994, fecha a partir de la cual deja de tener representación
parlamentaria.
Esquerra Republicana de Catalunya concurrió a las elecciones al
Parlamento Europeo, celebradas el 12 de junio de 1994, formando parte
de la Coalición por la Europa de los Pueblos, la cual presentó, de
acuerdo con lo contemplado en el artículo 133 de la Ley Orgánica 5/
1985 del Régimen Electoral General, la contabilidad electoral al
Tribunal de Cuentas, cuyo Informe aprobado por el Pleno fue enviado
al Parlamento. La integración de la contabilidad electoral en la
contabilidad anual de 1994 se ha efectuado incorporando los saldos de
las cuentas de activo y pasivo, así como las cuentas de ingresos
y gastos electorales.
II. Situación económica-financiera
Los estados contables del ejercicio 1994 rendidos por Esquerra
Republicana de Catalunya son los siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Se han efectuado comprobaciones de los estados contables en la sede
central de Esquerra Republicana de Catalunya en Barcelona. Del examen
de su documentación justificativa se deducen observaciones y, en su
caso, irregularidades y deficiencias que afectan a su
representatividad, y que se exponen a continuación.
III.1. Gastos e ingresos a distribuir en varios ejercicios
El Partido ha seguido el criterio contable de recoger en cuentas de
activo como gastos amortizables el importe de los gastos electorales
declarados y en cuentas de pasivo la totalidad de las subvenciones a
recibir en cada legislatura. Posteriormente se imputa a los
resultados de cada ejercicio la parte proporcional en función del
período máximo de cada legislatura. De acuerdo con los principios de
prudencia y registro contemplados en el Plan General de Contabilidad,
se estima que los gastos electorales se deben imputar en el ejercicio
en que se han realizado, como ya se señaló en el Informe de 1993, y
los ingresos diferidos por subvenciones se deben registrar en el
momento en que sean exigibles los derechos correspondientes.
III.2. Inmovilizado financiero
La variación producida en el ejercicio se debe fundamentalmente, por
un lado, a la constitución de una fianza para responsabilidades, con
un saldo final de 5.200.000 pesetas, de la que no se ha aportado la
documentación justificativa y por otro lado, al reconocimiento en la
cuenta «Hacienda Pública deudora a largo plazo» de las subvenciones
oficiales a recibir en los ejercicios siguientes, con contrapartida
en la cuenta «Ingresos a distribuir en varios ejercicios», con el
siguiente detalle: 11.583.000 pesetas. a cobrar del Parlamento de
Cataluña y 98.445.528 pesetas. a cobrar por la subvención ordinaria
prevista en la Ley Orgánica 3/1987 hasta el final de la legislatura.
Como se ha señalado en el apartado precedente, estos derechos de
cobro deben registrarse en el momento de su exigibilidad.
III.3. Deudores
Como consecuencia de la reclasificación en función del vencimiento de
los derechos analizados en el apartado anterior, la cuenta «Hacienda
pública deudora», con un saldo final de 119.684.352 pesetas, recoge
el derecho de cobro por las subvenciones a imputar en el ejercicio
siguiente.
La cuenta «Militantes E.R.C.» recoge una deuda acumulada de 2.400.000
pesetas, cuyo origen data del ejercicio 1990, sin que se haya
producido ningún cobro. El Partido debe dotar la oportuna provisión
o, en su caso, regularizar dicho saldo.
III.4. Tesorería
El saldo del epígrafe de «Tesorería» está integrado, en su práctica
totalidad, por las disponibilidades líquidas mantenidas en bancos e
instituciones de crédito, por 4.212.385 pesetas.
El partido, atendiendo la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas, ha circularizado a seis de las nueve entidades financieras
en las que ha mantenido cuentas abiertas durante el ejercicio, de las
que han respondido tres. No se ha facilitado la causa de la exclusión
de las tres entidades no circularizadas. Respecto de las cuentas
relevantes no informadas, el Partido ha conciliado los saldos
contables con los extractos bancarios.
III.5. Deudas con entidades de crédito
El endeudamiento contable al 31 de diciembre de 1994 con entidades de
crédito es de 421.627.434 pesetas, de las que 284.370.710 pesetas.
están clasificadas a largo plazo y 137.256.724 pesetas. a corto
plazo. Este último importe incluye 23.647.587 pesetas. que
corresponden a intereses vencidos y no satisfechos. El Partido, al
registrar los intereses vencidos por primera vez en 1994, ha
subsanado la deficiencia manifestada en el Informe de 1993.
Se ha suscrito en el ejercicio un préstamo de 18 millones de pesetas,
del que no se ha contabilizado ningún gasto de intereses. Asimismo se
ha registrado un anticipo bancario de 5 millones, cancelado al final
del ejercicio. De estas dos operaciones no se ha dispuesto de los
respectivos contratos, por lo que no cabe pronunciarse si la falta de
registro de intereses antes señalada se ajusta o no a las condiciones
pactadas.
Los gastos financieros derivados de las deudas con entidades de
crédito suman 55.518.853 pesetas, de las que 31.871.266 pesetas. han
sido abonados en el ejercicio.
Para la confirmación de la deuda con las entidades de crédito, la
Formación política no ha remitido la solicitud formulada por el
Tribunal de Cuentas a una de las seis entidades financieras a que
corresponden las operaciones contabilizadas, con un saldo contable de
22.102.801 pesetas, sin que se haya facilitado la causa de su
exclusión. No han contestado dos entidades y otra lo ha hecho
parcialmente, ascendiendo los saldos contables circularizados y no
informados a 282.316.173 pesetas, un 67 % del total.
III.6. Acreedores
El partido ha registrado sus deudas con proveedores en dos tipos de
cuentas: «Proveedores campaña», con un saldo final de 3.678.052
pesetas, que recoge la deuda pendiente de pago procedente de las
elecciones al Parlamento Europeo de 1994; y «Proveedores habituales»,
con un saldo final de 60.717.863 pesetas, en la que se incluyen
también deudas con proveedores electorales por 48.764.301 pesetas,
que deben reclasificarse en función de la naturaleza de sus
operaciones a fin de facilitar el seguimiento de las deudas
electorales. Se han abonado deudas de los procesos electorales
celebrados en 1992 y 1993 por importe de 2.093.696 pesetas. y se ha
regularizado una
deuda con un proveedor electoral por 15.777.512 pesetas, al estimar
el Partido, unilateralmente, que la prestación adolecía de numerosas
deficiencias. Ambos movimientos representan el 29 por ciento del
saldo al inicio del ejercicio. Además, cabe señalar que proveedores
electorales por importe de 34.155.355 pesetas. no han tenido ningún
movimiento en 1994. En cuanto a la deuda regularizada, dado que la
decisión ha dado lugar a un litigio, la Formación política debería
haber dotado la provisión que cubriera la contingencia por
responsabilidades.
El saldo del epígrafe «Acreedores a corto plazo» incluye la deuda
frente a la Hacienda Pública por el importe del anticipo del 30%
recibido para las elecciones al Parlamento Europeo, por 5.576.972
pesetas, al no obtener representación.
III.7. Ingresos
Las subvenciones públicas registradas por el Partido corresponden a
las recibidas del Parlamento de Cataluña, por 55.180.000 pesetas.; a
la subvención para funcionamiento ordinario, por 65.119.613 pesetas,
en la que se incluye la liquidación correspondiente a diciembre de
1993 por 5.009.201 pesetas.; a la liquidación final de las Elecciones
Generales de 1993, por 6.803.494 pesetas.; y, por último, a las
procedentes del Congreso de los Diputados, por 7.014.432 pesetas.
Todas estas subvenciones han quedado confirmadas en los escritos de
contestación de cada órgano concedente.
La cuenta «Subvenció Parlament Europeu», con un saldo final de
15.054.472 pesetas, recoge la aportación de la representación del
Partido en el Parlamento Europeo, sin que se haya facilitado la
documentación justificativa de dichos ingresos. Como se ha indicado
en el apartado sobre el alcance de la contabilidad rendida, la
actividad de esta representación no está integrada en la contabilidad
del Partido.
Los ingresos por cuotas, una vez deducido como menor ingreso las
devoluciones, ascienden a 19.034.928 pesetas.
Las aportaciones de cargos públicos registradas suman 13.513.457
pesetas, de las que 8.920.050 pesetas corresponden a las realizadas
por los Diputados autonómicos, y 3.044.424 pesetas, a la
representación en el Parlamento Europeo. De éstas últimas, no se ha
dispuesto de documentación justificativa.
III.8. Gastos
La rúbrica «Actividades del Partido» incluye la parte imputada a los
resultados del ejercicio de los gastos electorales
activados y la regularización de la deuda del proveedor
electoral ya mencionado, con abono a la cuenta «Gastos a distribuir
en varios ejercicios», por un total de 76.184.651 pesetas.
IV. Subvenciones a Grupos Parlamentarios
De las respuestas a las solicitudes enviadas por el Tribunal de
Cuentas a las Cortes Generales y Parlamento de Cataluña, se obtiene
el importe de las subvenciones concedidas a esta Formación política,
que asciende a 62.194.432 pesetas.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información facilitada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
resulta que esta Formación política ha recibido aportaciones, al
menos, por un importe de 6.841.596 pesetas. La contabilidad rendida
no incluye ningún ingreso por este concepto.
Es oportuno señalar, como en Informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
EUSKAL EZKERRA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La formación política Euskal Ezkerra ha rendido al Tribunal de
Cuentas, dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987, el
balance de situación al 31 de diciembre de 1994 y la cuenta de
pérdidas y ganancias, referidos a la actividad económico-financiera
de la Sede Central. Se incluyen también las aportaciones y
determinados gastos de las Agrupaciones Locales, de los Grupos de
Cargos Electos de las Entidades Locales y del Grupo Parlamentario,
sin que alcance a la totalidad de su actividad económico-financiera.
II. Situación económico-financiera
Los estados contables del ejercicio 1994 rendidos porEuskal Ezkerra
son los siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Se han efectuado comprobaciones de los estados contables en la sede
central de Euskal Ezkerra en San Sebastián. Del examen de la
documentación justificativa de los estados contables se deducen las
observaciones, y, en su caso, irregularidades y deficiencias que, a
pesar de lo manifestado en las alegaciones, afectan a su
representatividad, y que se exponen a continuación.
III.1. Inmovilizado
El epígrafe «Inmovilizaciones materiales», con un saldo de 925.000
ptas., recoge, según explicaciones del partido, el valor actual de
diversos elementos de mobiliario de oficina cedidos por afiliados. La
contrapartida de dicho importe se ha abonado indebidamente en la
cuenta de ingresos de «Cuotas'. El inventario facilitado por el
Partido se reduce a una relación de bienes, en la que no figura la
valoración de los mismos.
III.2. Deudores
El saldo del epígrafe «Deudores» está incorrectamente minusvalorado
en 3.236.627 ptas., debido al abono de una trasferencia erróneamente
ingresada al Partido, que se devuelve en el ejercicio siguiente, y
que debe presentarse en cuentas acreedoras dentro del pasivo.
La cuenta «Ley finan. Congreso-Senado Esp.», con un saldo de
4.306.932 ptas., recoge la parte de la subvención de funcionamiento
ordinario pendiente de ser pagada por Eusko Alkartasuna y reclamada
judicialmente. Este saldo se encuentra minusvalorado en 2.997.531
ptas. que fue contabilizado como ingreso y percibido en el ejercicio
siguiente.
III.3. Inversiones financieras temporales
El saldo a 31 de diciembre de 1993 de las inversiones financieras
temporales recoge el valor de las participaciones en dos Fondos de
Inversión. Así, por una parte, registra el valor de adquisición de
las participaciones en un FIM, por 25.000.000 ptas., y la plusvalía
devengada hasta esa fecha, por 1.591.519 ptas., de las que 795.437
ptas. son plusvalías del ejercicio y se encuentran reconocidas como
ingresos. Por otra parte, registra el valor de adquisición de un
FIAMM, por 5.000.000 ptas., suscrito en el ejercicio, y del que no se
ha contabilizado ningún importe en concepto de plusvalía. No se ha
aportado la documentación justificativa del valor de esta última
participación a fin de ejercicio.
III.4. Tesorería
El saldo del epígrafe «Tesorería» está formado, en su práctica
totalidad, por las disponibilidades líquidas mantenidas en bancos e
instituciones de crédito, por 13.592.985 ptas.
La formación política, atendiendo a la solicitud formulada por el
Tribunal de Cuentas, ha circularizado a las
tres entidades financieras en las que ha mantenido cuentas abiertas
durante el ejercicio.
III.5. Fondo Patrimonial
Al no haberse traspasado el resultado del ejercicio anterior al
epígrafe «Fondos propios», el epígrafe «Pérdidas y Ganancias» del
balance de situación recoge tanto las pérdidas del ejercicio
anterior, 5.041.685 ptas., como el beneficio de este ejercicio,
17.806.250 ptas.
III.6. Deudas con entidades de crédito
La formación política no tiene contabilizada ninguna operación de
endeudamiento con entidades de crédito. En las dos contestaciones
recibidas de las entidades de crédito circularizadas en el área de
tesorería, no se informa sobre la existencia de ninguna operación
crediticia cuyo titular sea la Formación política.
III.7. Acreedores
El epígrafe «Acreedores comerciales» incluye la cuenta «Coalición
electoral, gastos electorales», con un saldo acreedor de 1.854.691
ptas., cuyo pago ha sido asumido por Eusko Alkartasuna en este
ejercicio, como se señaló en el Informe de 1993, por lo que se debe
regularizar.
El epígrafe «Ajustes por periodificación», incluido en el activo del
balance de situación con un saldo negativo de 452.031 ptas., debe
presentarse en el pasivo, dado que registra los gastos devengados a
pagar en el ejercicio siguiente.
III.8. Ingresos
Los ingresos procedentes del Grupo Parlamentario en el Parlamento
Vasco ascienden a 45.852.514 ptas., de las que 22.301.204 ptas.
corresponden a subvenciones procedentes de dicha Institución y
23.551.310 ptas., a aportaciones de los diputados en concepto de
nóminas, dietas y cuota patronal de la Seguridad Social. El importe
notificado por el Parlamento Vasco supera al contabilizado por el
Partido; la diferencia es irrelevante. Las operaciones registradas
del Grupo Parlamentario están integradas dentro de la contabilidad
del Partido, de acuerdo con la naturaleza de cada partida de gasto o
ingreso.
Los ingresos procedentes de las agrupaciones locales y cargos
electos, con un saldo de 18.289.734 ptas., se han registrado en una
sola cuenta, sin distinguir la parte que procede de la subvención
concedida por las Corporaciones Locales de la que tiene su origen en
aportaciones de cargos electos. Los ingresos registrados en esta
cuenta son importes netos, una vez compensados, como menor ingreso,
los gastos liquidados por las diversas agrupaciones locales. El
Partido justifica este procedimiento debido a que las operaciones
registradas corresponden al funcionamiento propio de una cuenta
corriente no bancaria, considerando la diferencia como aportación
voluntaria o donación.
La subvención estatal para el funcionamiento ordinario regulada en el
artículo 3 de la L.O. 3/1987, recogida
en la cuenta «Ley Funcionamiento Congreso y Senado España», asciende
a 6.732.756 ptas. Este importe representa la participación de Euskal
Ezkerra en los ingresos que por este concepto recibe la coalición
electoral de la que formó parte, que, como se ha indicado, está
minusvalorado.
Los ingresos procedentes del Grupo Juntero en las Juntas Generales de
Guipúzcoa ascienden a 6.176.177 ptas., de los que 4.875.857 ptas.
corresponden a las subvenciones de esta Institución. De este último
importe, 1.675.970 ptas. corresponden a parte de la subvención
concedida en el ejercicio anterior al no aplicarse el principio del
devengo, como se señaló en el Informe de 1993. Por otra parte, el
importe notificado para este ejercicio supera al contabilizado en
6.855.933 ptas., que ha sido reconocido y cobrado por el Partido en
el ejercicio siguiente. El saldo restante procede de las aportaciones
de los junteros, en concepto de seguros sociales. La documentación
justificativa facilitada ha consistido únicamente en el extracto de
la cuenta corriente.
Los ingresos por cuotas ascienden a 9.544.032 ptas., figurando en
este epígrafe la contrapartida del valor del inmovilizado, como se ha
indicado.
IV. Subvenciones a Grupos Parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas, se obtiene
el importe de las subvenciones concedidas a esta Formación política
por el Parlamento Vasco, que asciende a 22.333.497 ptas., cuyo
registro contable ya se ha analizado.
V. Aportaciones a cargos electos en Juntas Generales y Ayuntamientos
De la información aportada por las Juntas Generales y los distintos
Ayuntamientos que han atendido a la solicitud del Tribunal de
Cuentas, resulta que esta Formación política ha recibido
aportaciones, al menos, por un importe de 10.055.820 y 535.584 ptas.,
respectivamente. Los resultados de la comprobación con los importes
registrados en los estados contables rendidos se han señalado
anteriormente.
Es oportuno señalar, como en Informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de estas Corporaciones Locales dentro de
los recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
EUSKO ALKARTASUNA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La formación política Eusko Alkartasuna ha rendido al Tribunal de
Cuentas, dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987, los
estados contables del ejercicio 1.994, referidos a la actividad
económico-financiera de la Ejecutiva Nacional y de las Ejecutivas
Regionales, en los que se incluyen los Grupos Parlamentarios en las
Cortes Generales y Parlamento Vasco, y los Grupos de cargos electos
en las Juntas Generales de los Territorios Históricos. La
contabilidad no incorpora la actividad de la organización municipal
ni la de los cargos electos en las Entidades Locales.
Eusko Alkartasuna concurrió a las elecciones al Parlamento Europeo,
celebradas el 12 de junio de 1994, formando parte de la Coalición por
la Europa de los Pueblos, la cual presentó, de acuerdo con lo
contemplado en el artículo 133 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen
Electoral General, la contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas,
cuyo Informe aprobado por el Pleno fue enviado al Parlamento. También
concurrió a las elecciones al Parlamento Vasco, celebradas el 23 de
octubre de 1994, y presentó la contabilidad electoral al Tribunal
Vasco de Cuentas Públicas, que emitió su Informe. La integración de
ambas contabilidades electorales en la contabilidad anual de 1994 se
ha efectuado registrando los saldos de las cuentas patrimoniales, así
como de las cuentas de ingresos y gastos electorales.
II. Situación económica-financiera
Los estados contables rendidos comprenden los balances de sumas y
saldos, a fin de ejercicio, de la Ejecutiva Nacional y de cada una de
las Ejecutivas Regionales, y un balance de sumas y saldos agregado.
También se han remitido los balances de situación al 31 de diciembre
de 1994 y las cuentas de explotación de cada una de las Ejecutivas.
No se ha presentado, sin embargo, el balance de situación ni la
cuenta de pérdidas y ganancias consolidados o agregados. Además, las
cuentas de explotación de la Ejecutiva Nacional y de las Ejecutivas
Regionales de Álava y Vizcaya no son coherentes internamente,
presentando diferencias en los resultados. Por todo ello, a
continuación se transcribe el balance de sumas y saldos agregado,
cuyos saldos coinciden con las cuentas de mayor rendidas:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Las comprobaciones se han efectuado sobre el balance de sumas y
saldos agregado y se han centrado fundamentalmente en la Ejecutiva
Nacional, salvo para las áreas de inmovilizado e ingresos, que se han
extendido también a las Ejecutivas con partidas significativas.
Del examen efectuado sobre las distintas rúbricas que integran los
estados contables resultan observaciones y, en su caso,
irregularidades y deficiencias que condicionan significativamente su
representatividad, y que se exponen a continuación.
III.1. Inmovilizado
En las adquisiciones con pago aplazado, el partido ha aplicado el
criterio de contabilizarlas en función de los pagos realizados, en
lugar de registrar el precio total de adquisición y la deuda
pendiente. Una adquisición efectuada en ejercicios anteriores por el
procedimiento de leasing se sigue contabilizando incorrectamente en
función de las mensualidades devengadas. A pesar de lo manifestado en
las alegaciones, este procedimiento incorrecto se mantiene en
ejercicios posteriores.
No consta la existencia de un inventario de los bienes del
inmovilizado material. El Partido tampoco ha dotado amortización en
este ejercicio, salvo en la Ejecutiva Regional de Vizcaya, y no
tiene, por tanto, constituido un fondo de amortización acumulada en
la Ejecutiva Nacional ni en las Regionales de Guipúzcoa y Álava. Pese
a la existencia de la cuenta «Amortización acumulada del Inmovilizado
Inmaterial» en la Regional de Vizcaya, con un saldo de 24.721.907
ptas., no existen registrados en el activo bienes de esta naturaleza,
como se ha señalado en Informes anteriores, por lo que se debe
proceder a depurar su saldo y reclasificar las operaciones de acuerdo
con su naturaleza.
III.2. Deudores
La cuenta «Gaur Express», con un saldo final de 129.201.085 ptas., ha
registrado cargos por 6.369.984 ptas., derivados principalmente de
las entregas de fondos para satisfacer el pago de una operación de
crédito suscrita por la sociedad «Erantzuna S.A.», y que ésta no
podía atender. Según manifestaciones del Partido, esta sociedad
editaba un periódico promovido por el mismo, y debido a dificultades
financieras se adoptó el acuerdo de que el Partido abonase las cuotas
mensuales del crédito. Dada la situación de quiebra de la sociedad,
el saldo registrado en cuentas resulta incobrable.
En la Ejecutiva Nacional figuran diversas cuentas con un saldo
conjunto de 59.460.664 ptas. que no han tenido movimiento durante el
ejercicio. El Partido debe realizar un estudio sobre la cobrabilidad
de estos saldos y actuar en consecuencia. La información que el
Partido ofrece en alegaciones, sobre el tratamiento de las partidas
que confirman este saldo no se ha acreditado documentalmente.
La Ejecutiva Nacional mantiene dos cuentas, denominadas ambas
«Préstamo Elkartu...», con saldo final de
cero pesetas, que recogen la relación existente con la sociedad
«Fundación Elkartu S.A.'. Según explicaciones facilitadas, es una
sociedad interpuesta para la adquisición de inmuebles, que no figuran
en los estados rendidos, cuyos accionistas son personas físicas
afines al Partido. Se debe corregir esta situación irregular, así
como las de otras sociedades en la misma situación, modificando la
titularidad de los inmuebles e incorporando los bienes en la
contabilidad del Partido. Durante el ejercicio, entre otros
movimientos, se incluyen cargos por un total de 45.056.089 ptas., por
el cobro directo por esta sociedad de parte de las subvenciones
públicas recibidas.
III.3. Tesorería
El epígrafe «Tesorería» del balance de sumas y saldos agregado está
formado por el saldo de las cajas de las Ejecutivas Regionales, por
un total de 202.090 ptas., y por el saldo de las cuentas corrientes,
por 2.788.009 ptas. El Partido, a solicitud del Tribunal de Cuentas,
ha circularizado a las cuatro entidades financieras en las que
mantiene cuentas abiertas en la Ejecutiva Nacional, no habiéndose
recibido respuesta de una de ellas.
III.4. Fondo Patrimonial
Se ha traspasado a cuentas de neto patrimonial el saldo que en el
balance del ejercicio anterior figuraba en el epígrafe «Gastos
amortizables», dado que reflejaba resultados de ejercicios
anteriores, tanto negativos de procesos electorales, por 639.589.301
ptas., como positivos de distintas Ejecutivas, por 139.384.237 ptas.,
siguiendo las recomendaciones de Informes anteriores. Incorporando el
beneficio del ejercicio, 6.551.497 ptas., el fondo patrimonial
asciende a un importe negativo de 602.126.087 ptas.
III.5. Deudas con entidades de crédito
La deuda con entidades de crédito registrada en la Ejecutiva Nacional
es de 971.153.221 ptas., el 97,6 por ciento de la deuda del balance
de sumas y saldos agregado. Esta deuda se desglosa en 732.100.418
ptas. de principal y el resto de intereses vencidos y no satisfechos.
Durante el ejercicio no se ha formalizado ni amortizado ninguna
operación. Existen operaciones vencidas por 539.600.418 ptas. de
principal de la deuda. El partido señala en las alegaciones que, en
ejercicios posteriores, se han efectuado nuevos acuerdos con la mayor
parte de las entidades financieras, sin que se haya explicado el
alcance de los mismos ni acreditado documentalmente.
La contabilización de los intereses se realiza, según las
explicaciones del partido, en función de las liquidaciones recibidas
de las entidades financieras, no aplicándose el principio del
devengo. Existen operaciones, por un total de 781.063.519 ptas., de
las que no se ha reconocido ningún importe en concepto de intereses
durante el ejercicio. Los intereses contabilizados ascienden a
22.142.806 ptas., de los que se han satisfecho 14.671.481 ptas.
El partido ha circularizado a todas las entidades financieras con las
que mantiene operaciones de endeudamiento, no habiéndose recibido
contestación de dos. La deuda
pendiente de confirmar, según contabilidad, es de 283.123.680 ptas.
De las respuestas recibidas surgen diferencias en cuatro operaciones,
siendo el importe informado superior al contabilizado en tres
operaciones, por un total de 52.869.627 ptas., e inferior en otra,
por 1.087.902 ptas.
III.6. Acreedores
En el epígrafe «Efectos a pagar» se incluye la cuenta «Hacienda
Estatal devolución subvención», que recoge el importe pendiente de
devolución por el anticipo del 30 % recibido para las Elecciones al
Parlamento Europeo, al no obtener representación, por 9.914.615 ptas.
En los epígrafes «Otros acreedores» de la contabilidad de la
Ejecutiva Regional de Guipúzcoa y «Proveedores» de la Regional de
Álava, figuran incorrectamente clasificados saldos deudores de
4.500.000 y 2.962.843 ptas., respectivamente, que en ejercicios
posteriores son cancelados, según indica el Partido en las
alegaciones sin aportar justificación documental.
III.7. Ingresos
Las subvenciones públicas registradas por la Formación política
ascienden a 220.542.803 ptas., de las que 34.198.646 ptas. se han
contabilizado con cargo a la cuenta deudora «Préstamo Elkartu...'. De
acuerdo con la procedencia de los fondos, presentan el siguiente
detalle:
- Subvención anual para funcionamiento ordinario, por 38.006.305
ptas. Este importe es superior en 3.467.080 ptas. al que le
corresponde de conformidad con los acuerdos de la Coalición
Electoral.
- Subvenciones otorgadas a los Grupos Parlamentarios en el Parlamento
Vasco y Navarro, por 30.739.189 y 16.980.000 ptas., respectivamente.
El importe comunicado por el Parlamento Vasco es superior en 346.134
ptas. al contabilizado. Según explicaciones del Partido, se debe a
deducciones por determinados gastos.
- Subvenciones de las Juntas Generales de Guipúzcoa, Álava y Vizcaya
otorgadas a los Grupos Junteros, por 22.578.540, 8.112.000 y
10.873.932 ptas., respectivamente.
- Subvención otorgada por el Gobierno Vasco para funcionamiento
ordinario, por 34.456.187 ptas. Cabe señalar que el otorgamiento de
esta subvención no está amparado en lo contemplado en el artículo 2
de la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de Partidos Políticos.
- Subvenciones electorales por los resultados en las Elecciones al
Parlamento Vasco, por 58.796.650 ptas., que coincide con el importe
comunicado por dicha Institución, salvo una diferencia irrelevante.
III.8. Gastos
Los gastos registrados en la Ejecutiva Nacional suman 201.812.671
ptas., de las que 132.846.069 ptas. corresponden a los gastos
electorales declarados en las elecciones al Parlamento Europeo y
Vasco.
Como consecuencia de la no aplicación del principio del devengo, se
han detectado gastos por importe de, al menos, 4.710.564 ptas. que
corresponden al ejercicio anterior.
En la cuenta «Gastos de la Ejecutiva Nacional», figuran diversas
partidas por un total de 2.160.000 ptas. que tienen como
contrapartida la cuenta de ingresos «Aportaciones cargos públicos»,
al haber sido sufragados directamente por miembros del Partido como
consecuencia de desplazamientos por actividades propias del mismo,
según se señala en las alegaciones, sin que se haya facilitado la
documentación justificatriva. Asimismo, figuran diversos gastos, por
un total de 2.506.733 ptas., de los que la documentación
justificativa es insuficiente.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas, se obtiene
el importe de las subvenciones concedidas a esta Formación Política,
que asciende a 55.079.755 ptas. Las subvenciones otorgadas por las
Asambleas Legislativas Autonómicas aparecen registradas en los
estados contables rendidos, como se ha señalado anteriormente. No
figura, por el contrario, la subvención del Congreso de los
Diputados, por 7.014.432 ptas.
Respecto a la subvención otorgada por el Senado, dado que no se
dispone de información desglosada para los distintos integrantes del
Grupo Parlamentario Mixto, no es posible cuantificar la parte de la
subvención que le corresponde al Partido. En la contabilidad no
figura cantidad alguna por este concepto.
V. Aportaciones a cargos electos en Juntas Generales y Ayuntamientos
De la información aportada por los distintos Ayuntamientos y Juntas
Generales que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
resulta que esta Formación política ha recibido aportaciones, al
menos, por un importe de 66.711.335 ptas. Las subvenciones recibidas
de las Juntas Generales, 41.564.472 ptas., se recogen en los estados
rendidos, como se ha señalado anteriormente.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de estas Corporaciones Locales dentro de
los recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
INICIATIVA PER CATALUNYA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La Formación política Iniciativa per Catalunya ha rendido al Tribunal
de Cuentas, dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987,
los estados contables del ejercicio 1994, que comprenden el balance
de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria
correspondientes. Estos estados contables incluyen la actividad del
Grupo Parlamentario en el Parlamento de
Cataluña, pero no la de las Agrupaciones Locales, de los Grupos de
cargos electos de entidades locales, ni la del Grupo Parlamentario en
el Parlamento Europeo.
La contabilidad presentada en 1994 no recoge las cuentas del Partit
Socialista Unificat de Catalunya (PSUC), a diferencia de lo sucedido
en ejercicios anteriores.
Iniciativa per Catalunya concurrió a las elecciones al Parlamento
Europeo, celebradas el 12 de junio de 1994, en coalición electoral
con Izquierda Unida, la cual presentó, de acuerdo con lo contemplado
en el artículo 133 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral
General, la contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas. El
Informe, aprobado por el Pleno, fue enviado al Parlamento. La
contabilidad electoral se ha incluido integramente en la contabilidad
anual de 1994 de Izquierda Unida.
II. Situación económico-financiera
Los estados financieros rendidos por Iniciativa per Catalunya
expresan sus valores en miles de pesetas. A continuación se
transcriben el balance de situación y la cuenta de pérdidas y
ganancias.
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Del examen efectuado sobre los estados contables se deducen las
observaciones y, en su caso, irregularidades y deficiencias que
afectan a su representatividad, y que se exponen a continuación.
III.1. Inmovilizado
En la cuenta «Terrenos y bienes inmuebles' se ha registrado durante
el ejercicio la adquisición, por 21.688.418 ptas., de cuatro
inmuebles; uno de ellos donado por el Partit Socialista Unificat de
Catalunya y otro por un particular, con abono, salvo los gastos
registrales, a una cuenta de ingresos, por 6.989.685 ptas. y
5.898.733 ptas., respectivamente; un tercero, adquirido por 7.150.000
ptas. y gravado con un préstamo no contabilizado de 5.500.000 ptas.,
también se ha abonado a una cuenta de ingresos; el cuarto edificio,
fue adquirido a finales de 1993, por 3.000.000 ptas., y contabilizado
por 1.650.000 ptas., también con abono a una cuenta de ingresos.
El patrimonio artístico del Partido Socialista Unificat de Catalunya
sigue figurando en la contabilidad rendida por Iniciativa per
Catalunya, con un saldo final de dos millones de ptas. En relación
con el ejercicio anterior, se ha producido una disminución de
4.570.000 ptas., tras la realización de una tasación, según se expone
en la memoria rendida, sin que se haya aportado el informe pericial.
La dotación a la amortización del ejercicio, por 2.990.822 ptas., se
calcula de forma lineal sobre los saldos finales, sin atender a la
fecha en que se ha producido el alta o puesta en funcionamiento de
los bienes y sin excluir el valor de los terrenos de los inmuebles
adquiridos.
No consta la existencia de un inventario de los bienes del
inmovilizado.
III.2. Deudores
La cuenta «Izquierda Unida» recoge un derecho de cobro procedente de
las elecciones de 1993 con un saldo de 1.178.747 ptas., sin
movimiento alguno durante el ejercicio 1994, que se regulariza en
1995.
El Partido ha contabilizado el IVA de parte de sus adquisiciones en
cuenta separada, en vez de registrarlo como mayor coste de su
inmovilizado o en una cuenta de gastos, según los casos, por
3.114.580 ptas. En la memoria se reconoce este error contable.
En el saldo de los epígrafes «organizaciones propias deudoras' y
«organizaciones asociadas deudoras' se incluyen saldos acreedores,
por un total de 1.120.706 ptas., que, de acuerdo con su naturaleza,
deben presentarse en el pasivo del balance.
III.3. Inversiones financieras temporales
El epígrafe «Inversiones financieras» recoge el valor de compra de
letras del Tesoro por un nominal de 31
millones de pesetas. Las operaciones realizadas durante el ejercicio
han producido unos rendimientos de 1.630.065 ptas.
III.4. Tesorería
El saldo del epígrafe «Tesorería» está formado por los saldos de las
cajas, por un total de 628.718 ptas., y de las cuentas corrientes del
Partido, por 68.255.278 ptas.
No ha informado la entidad con la que mantiene las cuentas corrientes
contabilizadas, si bien sus saldos han sido comprobados con los
extractos bancarios y con las conciliaciones. Por otra parte, otra
entidad circularizada ha informado de diversas cuentas corrientes
pertenecientes al ámbito territorial de la Sede Central no
contabilizadas, con un saldo conjunto de 2.569.905 ptas.
III.5. Deudas con entidades de crédito
La deuda contable con entidades de crédito, al 31 de diciembre de
1994, es de 26.141.748 ptas., en la que se incluyen la amortización e
intereses vencidos y pendientes de pago, por 2.101.374 ptas.,
contabilizados en el epígrafe «Ajustes por periodificación'.
La contabilidad no recoge un préstamo con garantía hipotecaria
relativo a la adquisición de un inmueble, de 5.500.000 ptas.,
incidencia que es corregida por la Formación política en el ejercicio
1996.
Durante el ejercicio 1994 se ha cancelado la cuenta de crédito
electoral proveniente del ejercicio anterior, con un saldo inicial de
8.484.604 ptas. Los intereses satisfechos, por 1.329.022 ptas., han
sido contabilizados adecuadamente con cargo a la estimación de
intereses efectuada según lo previsto en el artículo 130 de la L.O.R.
E.G. Tras esta cancelación, resultó un exceso de intereses estimados
en su día de 3.168.965 ptas. que se registró con abono a una cuenta
de ingresos.
Los gastos por intereses de la deuda viva suman 3.576.700 ptas., que
han sido correctamente contabilizados.
La entidad financiera con la que se han formalizado todas las
operaciones de endeudamiento registradas no ha contestado a la
circularización bancaria.
III.6. Acreedores
Durante el ejercicio se han producido regularizaciones de saldos de
la cuenta de «Proveedores» y de la cuenta «Seguridad Social
acreedora», por 3.106.416 ptas. y 1.154.648 ptas., respectivamente.
En las alegaciones el Partido acredita documentalmente que está al
corriente de los pagos con la Seguridad Social, si bien esta
acreditación está referida a enero de 1996. Por el contrario, en la
regularización del saldo de proveedores, únicamente se señala que
dicha deuda no está reconocida por el proveedor, sin que se aporte
ninguna documentación acreditativa. A falta de la oportuna
justificación documental, debe señalarse que esta última operación ha
de calificarse como condonación de deudas, fuente de financiación no
prevista en la legislación vigente.
III.7. Ingresos
Las subvenciones públicas registradas por el Partido corresponden a
la recibida para funcionamiento ordinario, por 101.277.432 ptas.; a
las del Parlamento de Cataluña, por 43.621.000 ptas.; a las
procedentes del Congreso de los Diputados, por su participación en el
Grupo Parlamentario formado conjuntamente con Izquierda Unida, por
5.305.000 ptas.; y por último, a las subvenciones de la
representación en el Parlamento Europeo, por 10.498.881 ptas. Como se
ha indicado en el apartado sobre el alcance de la contabilidad
rendida, la actividad de esta última representación no está integrada
en la contabilidad del Partido.
También registra el Partido otros ingresos institucionales no
previstos en la Ley Orgánica 3/1987, con el siguiente detalle:
Diputación de Barcelona, 5.590.000 ptas.; Ayuntamiento de Barcelona,
24.263.069 ptas.; Mancomunidad Área Metropolitana, 4.400.000 ptas. y
aportaciones del resto de Grupos de cargos electos, 17.061.311 ptas.
El epígrafe «Cargos públicos», con un saldo de 16.075.967 ptas.,
recoge las aportaciones a la tesorería del Partido de los
representantes en el Parlamento de Cataluña, Congreso de los
Diputados y Parlamento Europeo, y de los cargos electos en las
Entidades Locales.
En cuanto a los ingresos privados, los recogidos en el epígrafe
«Cuotas», por 20.826.248 ptas., incluyen también ingresos procedentes
de suscripciones y venta de revistas y periódicos afines al Partido,
por 8.954.287 ptas.
El epígrafe de ingresos «De gestión», con un saldo de 9.367.095
ptas., son consecuencia del sistema contable adoptado por el Partido,
de forma que determinados pagos de salarios por cuenta de las
organizaciones territoriales y de la oficina en el Parlamento Europeo
aparecen por el mismo importe en cuentas de gastos y de ingresos.
En el epígrafe de ingresos «Diversos» figura el importe neto de los
dos inmuebles donados al Partido, por 12.596.136 ptas. Se han
registrado también como ingresos la adquisición de un inmueble en
1993 por 1.650.000 ptas., cuyo valor en escritura era de tres
millones de ptas., y la adquisición de un local por 7.150.000 ptas.,
ello como consecuencia del sistema contable implantado en el Partido,
ya que las adquisiciones realizadas por sus organizaciones
territoriales se recogen en ingresos, y no en cuentas de enlace para
su posterior consolidación.
También en este epígrafe se recogen regularizaciones de saldos
acreedores ya señalados en apartados anteriores, y la regularización
del exceso de los intereses electorales estimados, por 3.168.965
ptas., comprobándose que no han originado una indebida subvención
electoral, puesto que los gastos declarados sobrepasaban en cuantía
superior a la subvención recibida.
Se han registrado aportaciones por 932.400 ptas. reguladas en el
artículo 4 de la Ley Orgánica 3/1987, que no han sido ingresadas en
una cuenta corriente específica, tal como dispone el artículo 6 de la
citada Ley.
III.8. Gastos
En el epígrafe de gastos «De personal», con un saldo final de
116.872.626 ptas., se incluyen anotaciones contables en concepto de
dietas devengadas a favor de cargos
públicos, por 4.737.687 ptas., de las que, en algun caso, no
figura el perceptor, y en todas ellas no consta que se haya
practicado la retención fiscal.
Existen partidas de gasto que son contrapartida de los correlativos
ingresos, de acuerdo con el sistema contable implantado por el
Partido. Las más significativas son la subvención al Grupo Municipal
de Barcelona, por 16.549.404 ptas., y los gastos por «participaciones
en cuotas», que recoge el importe de los ingresos por cuotas que se
transfieren a las distintas organizaciones territoriales, por
9.299.562 ptas.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas se obtiene
que el importe de las subvenciones concedidas al grupo de Iniciativa
per Catalunya por el Parlamento de Cataluña asciende a 43.621.000
ptas., como se ha señalado anteriormente.
Los diputados de Iniciativa per Catalunya se integran en el Congreso
de los Diputados dentro del grupo parlamentario de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya. Según el acuerdo suscrito entre ambas
Formaciones sobre el reparto de la subvención del Grupo Parlamentario
en el Congreso de los Diputados, el importe cobrado por Iniciativa
per Catalunya en 1994 es de 5.305.000 ptas.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información aportada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
resulta que esta Formación política ha recibido aportaciones, al
menos, por 82.426.953 ptas.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro del los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
IZQUIERDA UNIDA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
Izquierda Unida ha rendido al Tribunal de Cuentas, dentro del plazo
establecido por la Ley Orgánica 3/1987, el balance de situación al 31
de diciembre de 1994 y la cuenta de pérdidas y ganancias del
ejercicio de la Ejecutiva Federal del Partido, en la que se incluye
también la actividad del Grupo Parlamentario en el Congreso. Estos
estados se complementan con la presentación de una memoria. Ha
rendido también, en sucesivas fechas, algunas fuera de plazo, las
contabilidades de las Federaciones regionales, salvo de la Rioja. Los
estados contables presentados no son homogéneos. No se ha dispuesto
de estados contables anuales consolidados, que reflejen la situación
económica y financiera completa de la Formaciónpolítica. Los estados
rendidos no incorporan la actividad
de las Agrupaciones Locales, de los Grupos de Cargos Electos de
Entidades Locales ni del Grupo Parlamentario en el Parlamento
Europeo.
La formación política Izquierda Unida concurrió a las Elecciones al
Parlamento Europeo, en coalición electoral con Iniciativa per
Catalunya, y al Parlamento de Andalucía, celebradas el 12 de junio de
1994, y presentó, de acuerdo con lo contemplado en la legislación
electoral estatal y autonómica, las respectivas contabilidades
electorales al Tribunal de Cuentas, cuyos Informes aprobados por el
Pleno fueron remitidos a las Cortes Generales y al Parlamento de
Andalucía. También concurrió a las Elecciones al Parlamento Vasco,
celebradas el 23 de octubre de 1994, y presentó la contabilidad
electoral al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, el cual emitió su
Informe. La contabilidad de las Elecciones al Parlamento Europeo se
ha integrado en la contabilidad de la Ejecutiva Federal por medio de
un asiento contable, en el que se han incorporado los saldos de las
cuentas de activo y pasivo, así como el déficit resultante de los
ingresos y gastos electorales. La integración de las contabilidades
del resto de los otros procesos electorales se analiza en
los apartados correspondientes a las sedes regionales de Andalucía y
Euskadi.
II. Situación económico-financiera
Dado que no se han aportado unos estados contables anuales
consolidados que presenten el conjunto de la actividad económico-
financiera de la formación política Izquierda Unida y que los estados
contables rendidos por las Federaciones regionales no son homogéneos,
no se puede presentar una información contable agregada. Por tanto, a
continuación se transcriben separadamente los estados contables
rendidos por Izquierda Unida-Ejecutiva Federal, y los de las sedes
regionales de Andalucía, Euskadi, Madrid y Valencia, en donde se han
realizado comprobaciones, cuyos resultados se exponen en los
correspondientes apartados de este Informe.
II.1. Izquierda Unida -Ejecutiva Federal
Los estados financieros rendidos por la Ejecutiva Federal son los
siguientes:
II.2. Sede Regional de Andalucía
Los estados financieros rendidos por Izquierda Unida-Convocatoria por
Andalucía son los siguientes:
II.3. Sede Regional de Euskadi
Los estados financieros rendidos por Izquierda Unida-Ezker
Batua son los siguientes:
II.4. Sede Regional de Madrid
Los estados financieros rendidos por Izquierda Unida-Comunidad
de Madrid son los siguientes:
II.5. Sede Regional de Valencia
Los estados financieros rendidos por Esquerra Unida del
Pais Valenciá son los siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Se han efectuado comprobaciones de los estados contables de la
Ejecutiva Federal y de las sedes regionales de Andalucía, Euskadi,
Madrid y Valencia. Del examen de la documentación justificativa de
los estados contables se deducen las observaciones y, en su caso,
irregularidades y deficiencias que afectan a su representatividad,
y que se exponen a continuación.
III.1. Ejecutiva Federal
III.1.1. Deudores
En este epígrafe se incluye un crédito con la Federación de Madrid,
por 73.936.307 ptas., originado en ejercicios anteriores con motivo
de pagos efectuados por la Ejecutiva Federal por cuenta de dicha
Federación, que no coincide con el saldo acreedor de 26.837.037 ptas
registrado en ésta, sin que haya sido conciliado por el Partido, como
se puso de manifiesto en el Informe de 1993. Ante la improbabilidad
de su cobro, la Ejecutiva Federal ha dotado en el ejercicio una
provisión por insolvencias por el total de la deuda.
El crédito con la Hacienda Pública por las subvenciones pendientes de
cobro, relativas a diversos procesos electorales, asciende a
165.282.751 ptas. De este importe, 145.761.993 ptas. están sujetas a
incertidumbre en su exigibilidad, debido a diferencias de criterios
subsanados en ejercicios posteriores y a errores contables, por lo
que la Formación política ha dotado la oportuna provisión de
insolvencias.
Figura un saldo deudor de 7.312.338 ptas. que corresponde a
operaciones internas, ocasionadas por las aportaciones de 10.950.000
ptas. al proceso electoral de Euskadi y por la disminución de
3.637.662 ptas., al asumir la Ejecutiva Federal el déficit resultante
de dicha campaña.
III.1.2. Inversiones financieras temporales
La cuenta «Créditos a corto plazo a las Comunidades Autónomas»
recoge, por un lado, la asunción por parte de la Ejecutiva Federal
del pago de un préstamo electoral de la Sede Regional de Andalucía,
por 25.156.336 ptas.; y, por otro lado, el derecho frente a distintas
Federaciones por la participación en los ingresos por cuotas, por
14.335.800 ptas.
La cuenta «Créditos a corto plazo» recoge el exceso de pagos
realizados por cuenta del Partido Comunista de España sobre las
subvenciones devengadas a su favor, por 6.723.990 ptas. En la
contabilidad de esta Formación este importe no es reconocido como un
saldo acreedor, sino como un ingreso del ejercicio. Su totalidad es
dada de baja por la Ejecutiva Federal con cargo a gastos de
ejercicios anteriores en el ejercicio 1997. Completa el saldo de esta
cuenta la entrega a Izquierda Republicana de 500.000 ptas. para la
constitución de la Fundación Luis Bello.
III.1.3. Tesorería
El saldo del epígrafe «Tesorería» está integrado por el de caja, con
un importe conjunto de 222.392 ptas., y por las disponibilidades
líquidas mantenidas en bancos e instituciones de crédito, por
17.035.623 ptas.
La formación política Izquierda Unida, atendiendo la solicitud
formulada por el Tribunal de Cuentas, ha circularizado a todas las
entidades financieras en las que ha mantenido cuentas abiertas
durante el ejercicio, ampliando a su vez la petición a todas aquellas
que ha estimado relevante. De esta manera, se ha circularizado a 190
entidades de crédito, de las que han contestado 132. No han informado
dos entidades con cuentas abiertas a favor de la Ejecutiva Federal,
si bien sus saldos han sido comprobados con los extractos bancarios.
III.1.4. Fondo Patrimonial
El fondo patrimonial durante el ejercicio 1994 se ha incrementado con
los resultados positivos del ejercicio, por 26.022.314 ptas.,
resultando un saldo final negativo de 666.836.845 ptas. Los
resultados del ejercicio están formados por el beneficio de la
actividad ordinaria, por 48.547.013 ptas., por la integración del
déficit de las elecciones al Parlamento Europeo y por la asunción del
déficit de la campaña electoral al Parlamento Vasco, por 18.887.037
ptas.y 3.637.662 ptas., respectivamente, como se ha señalado
anteriormente.
III.1.5. Deudas con entidades de crédito
La deuda contable con entidades de crédito, al 31 de diciembre de
1994, es de 697.161.445 ptas., de las que 103.315.220 ptas. están
clasificadas a largo plazo y 593.846.225 ptas a corto plazo, entre
las que se incluyen 22.618.841 ptas. correspondientes a los intereses
vencidos y no satisfechos.
De acuerdo con el plazo de vencimiento señalado en las pólizas, al 31
de diciembre de 1994 sólo existe una póliza vencida, con un saldo
contable de 3.072.657 ptas., como consecuencia de la política de
renegociaciones de la deuda vencida llevada a cabo por el Partido en
este ejercicio.
La variación del endeudamiento se debe fundamentalmente a la
incorporación de los créditos electorales: procedente de la
contabilidad de las elecciones al Parlamento Europeo se han integrado
tres operaciones, con un saldo dispuesto conjunto de 455.541.567
ptas., y la estimación de intereses efectuada al amparo de lo
previsto en el art. 130 de la L.O.R.E.G., por 21.030.423 ptas.,
estando todas estas operaciones canceladas al final del ejercicio;
procedente de las elecciones al Parlamento de Andalucía se ha asumido
un crédito de 25 millones de ptas.
Se ha dado de baja contablemente un préstamo procedente de las
elecciones al Parlamento Europeo de 1987, con un saldo de 1.541.134
ptas. y sin variación desde ejercicios anteriores. A pesar de lo
señalado en las alegaciones sobre la no exigibilidad del mismo, no se
ha facilitado justificación documental de la cancelación. Cabe
señalar que las condonaciones de deuda no están incluidas entre las
fuentes de financiación previstas en la Ley Orgánica 3/1987. La
entidad prestamista de esta operación se encuentra entre las que no
han atendido la solicitud formulada a instancias del Tribunal de
Cuentas.
Los gastos financieros por deudas con entidades de crédito
contabilizados por la Formación política en distintas rúbricas suman
97.293.882 ptas., de las que 89.307.132 ptas. corresponden a
intereses del ejercicio y 7.986.750 ptas. a gastos de formalización
de créditos.
El partido ha remitido la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas a todas las entidades de crédito a que corresponden las
operaciones contabilizadas, no habiéndose recibido confirmación de
tres entidades de crédito con una deuda registrada de capital e
intereses, al 31 de diciembre de 1994, de 173.384.055 ptas., que
representa el 25 por ciento del total de la deuda de la Comisión
Ejecutiva Federal.
III.1.6. Acreedores
En la rúbrica «Acreedores por prestaciones de servicios», destinada a
recoger las deudas con proveedores por operaciones ordinarias, figura
un saldo deudor por 1.400.004 ptas., originado por un pago a cuenta
de futuras subvenciones al Partido de Acción Socialista, que debe
presentarse en el activo del balance.
La deuda pendiente con acreedores de las elecciones a Cortes
Generales de 1993 se ha saldado con el pago de 41.251.156 ptas., en
el que se incluye un importe de 971.350 ptas. en concepto de
intereses por aplazamiento del pago, y con la regularización de
2.387.511 ptas., efectuada con abono a «Ingresos extraordinarios'. De
esta última operación, no se ha justificado su regularización. Cabe
señalar que la condonación de deuda no está incluida entre las
fuentes de financiación previstas en la Ley Orgánica 3/1987.
Procedente de la contabilidad electoral del Parlamento Europeo, se
han incorporado a la contabilidad anual del Partido proveedores
pendientes de pago por 95.498.115 ptas., de las que se han
regularizado 138.000 ptas. y abonado 24.895.042 ptas.
III.1.7. Ingresos
Los ingresos registrados por Izquierda Unida-Ejecutiva Federal suman
967.385.232 ptas., de las que 756.308.923 ptas. son subvenciones
públicas. De este último importe, 654.561.696 ptas. corresponden a la
subvención estatal del ejercicio para funcionamiento ordinario
y 63.694.500 ptas. proceden de la subvención otorgada por el Congreso
de los Diputados al Grupo Parlamentario formado por Izquierda Unida e
Iniciativa per Catalunya. Ambas cantidades han sido confirmadas por
los órganos otorgantes. El importe restante, 38.052.727 ptas.,
procede de la aportación del Grupo Parlamentario Europeo, cuya
actividad no está integrada en la contabilidad del Partido, como se
ha indicado en el apartado sobre el alcance de la contabilidad
rendida.
La formación política ha contabilizado como ingreso, dentro del
epígrafe «Subvenciones oficiales al funcionamiento»,
las nóminas de parte de los diputados integrantes de su
Grupo Parlamentario en el Congreso y en el Parlamento Europeo, por un
total de 79.707.277 ptas. A su vez, como gastos de personal, se
incluye el importe percibido por los diputados y eurodiputados,
después de deducir las cuotas a favor del Partido, resultando un
neto, como aportación de cargos públicos, de 14.716.062 ptas.
La gestión del reconocimiento y cobro de las cuotas de los afiliados
está encomendada a la organización territorial de Izquierda Unida.
Los ingresos por cuotas que figuran en la contabilidad de la
Ejecutiva Federal, por 27.694.350 ptas., representa la participación
que estatutariamente le corresponde.
La cuenta «Ingresos extraordinarios» incluye, por un lado, 85.220.425
ptas. correspondientes a la regularización de los intereses estimados
de los créditos electorales, declarados como gastos electorales al
amparo de lo dispuesto en el artículo 130 de la L.O.R.E.G. Estos
intereses formaron parte de los gastos justificados para percibir la
subvención electoral correspondiente. De acuerdo con la contabilidad
rendida a este Tribunal correspondiente a las elecciones a Cortes
Generales celebradas en 1993 y los intereses devengados hasta la
fecha de percepción de las subvenciones correspondientes, según la
documentación complementaria remitida por el Partido en las
alegaciones, 11.153.498 ptas. de gastos por envíos electorales en
concepto de estimación de intereses fueron subvencionados, sin que
correspondan a un verdadero gasto, por lo que el órgano otorgante
deberá exigir su reintegro conforme al procedimiento previsto en el
Real Decreto 1907/1995, de 24 de noviembre, por el que se regula la
tramitación de las subvenciones estatales anuales y por gastos
electorales a las formaciones políticas.
A pesar de lo manifestado en las alegaciones, dado que la subvención
por envíos de propaganda electoral percibida alcanzó a la totalidad
de los gastos justificados por este concepto, una vez descontada,
como gasto electoral, la cuantía de los intereses no liquidados por
las entidades bancarias, resulta que dicha subvención ha sobrepasado
la cantidad justificada por este concepto, contraviniendo el artículo
127 de la L.O.R.E.G. En este mismo sentido se pronunció la Junta
Electoral Central por acuerdo de 29 de abril de 1991.
Por otro lado se incluyen, además de las regularizaciones de deudas
señaladas en apartados anteriores, otras derivadas de meros ajustes
contables y errores en la deuda con proveedores, por 9.678.266 ptas y
1.072.151 ptas., respectivamente.
III.1.9. Gastos
El total de gastos de la cuenta de pérdidas y ganancias de la
Ejecutiva Federal es de 941.362.918 ptas. De este importe, 22.524.699
ptas. proceden de la integración de los resultados de las campañas
electorales celebradas en 1994, como se ha señalado.
La rúbrica «Subvenciones a partidos y organizaciones, donativos y
provisiones» es la de mayor importe e incluye, además de las
provisiones para insolvencias de créditos, ya analizadas, la
distribución de los recursospúblicos entre cada una de las
Federaciones territoriales
Unida, en concepto de subvención para gastos de funcionamiento, con
el siguiente detalle: Partido Comunista de España 91.374.123 ptas.,
Partido de Acción Socialista 25.479.160 ptas., Izquierda Republicana
6.110.904 ptas., Candidatura Unitaria de Trabajadores 2.400.000
ptas., y al conjunto de Federaciones Territoriales 73.222.674 ptas.,
en el que se incluye la subvención de 2.815.000 ptas. a Iniciativa
per Catalunya.
Los gastos de personal han experimentado un incremento del 34 por
ciento respecto del ejercicio precedente, motivado fundamentalmente
por el registro en este ejercicio del pago de las nóminas de los
diputados en el Parlamento Europeo. Este gasto, junto con el de
nóminas de parte de los diputados del Grupo Parlamentario en el
Congreso, ocasiona el registro contable descrito en el apartado de
Ingresos, por un total de 64.991.215 ptas.
El saldo de la rúbrica «Gastos y Pérdidas de ejercicios anteriores»
deriva, fundamentalmente, de la regularización de un error en el
reconocimiento de las subvenciones públicas a cobrar de las
elecciones autonómicas de 1991, por 11.446.823 ptas., ya mencionado
en el Informe de 1993, y de una liquidación de gastos realizados en
el ejercicio 1993 por cuenta de Izquierda Republicana, por 5.752.560
ptas., de la que no se ha aportado ninguna documentación
justificativa, debido a que ante la imposibilidad de su cobro el
Partido la ha considerado como una mayor subvención a esta última
Formación política integrada en Izquierda Unida, según se señale en
las alegaciones.
III.2. Sede Regional de Andalucía
La sede regional ha subsanado parte de las deficiencias contables
señaladas en el Informe de 1993, presentando unos estados contables
coherentes internamente con los documentos contables auxiliares. No
obstante, todavía presentan diversas deficiencias que han limitado el
alcance del trabajo de verificación realizado, y que se resumen a
continuación:
- No se han conciliado las diferencias existentes entre el balance de
situación de 1993 y el asiento de apertura de 1994, en los importes
que se exponen más adelante.
- No se ha incorporado la contabilidad electoral correspondiente a
las elecciones al Parlamento de Andalucía, celebradas el 12 de junio
de 1994. De acuerdo con el Informe del Tribunal de Cuentas
correspondiente al citado proceso electoral, las operaciones no
incorporadas corresponden a tres operaciones de endeudamiento
financiero, por un total de 108.600.000 ptas; a los intereses
financieros estimados, por 16.319.000 ptas; a las aportaciones
efectuadas por la propia sede regional al proceso electoral, por
5.248.566 ptas.; y, por último, a los proveedores pendiente de pago,
por 50.425.719 ptas. Por otra parte, figura otro crédito electoral de
25 millones de ptas., cuya contabilización y pago han sido asumidos
por la Ejecutiva Federal.
- No se ha reconocido el derecho de cobro por las subvenciones
públicas electorales, que ascienden a un total de 174.371.200 ptas.,
ni la subvención electoral
cobrada en 1994 por la sede regional, una vez cerrada la contabilidad
electoral, que ha sido de 153.128.669 ptas., según la comunicación de
la Junta de Andalucía, por lo que queda pendiente de justificar la
aplicación dada a los fondos recibidos.
El saldo final de las cuentas de deudores del ejercicio 1993 no
coincide con el del asiento de apertura, reflejando este último un
mayor importe neto de 4.711.757 ptas. Durante el ejercicio únicamente
se han efectuado cobros por 1.000.000 ptas., que corresponden a
créditos con diferentes organizaciones territoriales y con los
Partidos integrantes en Izquierda Unida. Teniendo en cuenta la
antigüedad de algunos de estos saldos y la incertidumbre de su cobro,
debería dotarse la oportuna provisión de insolvencias.
Como se indicó en el Informe del ejercicio 1993, existe una
diferencia de 3.430.891 ptas. entre el saldo final del ejercicio
anterior de tesorería y el asiento de apertura, que no ha sido
conciliada. No se han aportado los extractos bancarios de cuatro
cuentas corrientes, con un saldo contable de 2.602.845 ptas. Por otra
parte, de la solicitud formulada a instancias del Tribunal de Cuentas
entidad y la información obtenida de las respuestas de las demás
entidades no se ha podido conciliar con los registros contables,
debido a que la información enviada sólo se refiere a las sedes
provinciales.
El endeudamiento contabilizado, al 31 de diciembre de 1994, es de
67.112.101 ptas, de las que 59.802.175 ptas están clasificadas a
largo plazo y 7.309.926 ptas., a corto plazo. Este último importe
incluye intereses devengados por 923.110 ptas., que corresponden a un
préstamo ya cancelado, como se indicó en el Informe de 1993, por lo
que debe regularizarse. Asimismo, en el endeudamiento se incluye un
préstamo, con un saldo de 31.955.735 ptas., cuyo pago y
contabilización fue asumido por la Ejecutiva Federal en el ejercicio
1993, por lo que aparece contabilizado en las dos sedes. De las dos
entidades bancarias, una no ha contestado a la solicitud formulada a
instancias del Tribunal de Cuentas y la otra lo ha hecho
parcialmente, al no haber informado sobre la sede regional.
De las comprobaciones efectuadas en la rúbrica «Acreedores
comerciales», en la que se registran las deudas por operaciones
ordinarias, se han observado las siguientes deficiencias:
- Existen diferencias entre los saldos acreedores a 31 de diciembre
de 1993 y los registrados en el asiento de apertura del ejercicio
1994, por un total de 1.426.799 ptas.
- Figura una cuenta acreedora, designada con el nombre de una persona
física, que presenta un saldo final de 28 millones de pesetas, de la
que no se ha aportado la documentación justificativa de la deuda. Los
movimientos contables realizados en el ejercicio, con cargo en
cuentas de tesorería o de crédito, figuran en concepto de «Ingreso de
pago de letras».
- Se han realizado pagos de efectos comerciales que no figuraban
previamente registrados, por 1.588.734 ptas.
La deuda acumulada procedente de ejercicios anteriores con la
Administración Tributaria en concepto de retenciones practicadas era
de 13.188.527 ptas. Durante el ejercicio 1994, se llega a un acuerdo
para el aplazamiento de dicha deuda, con abono de los
correspondientes intereses, cumpliéndose con normalidad el calendario
de pagos convenido.
La partida más relevante de los ingresos corresponde a la subvención
recibida del Parlamento de Andalucía, por 157.938.630 ptas., que
coincide con el importe comunicado por dicha Institución. Además,
figuran otros ingresos procedentes del Parlamento por diversos
conceptos, con un importe total de 23.553.334 ptas., cuya
contrapartida es una cuenta de gastos por el pago de las nóminas.
Figuran registrados ingresos procedentes de los diputados en el
Parlamento Europeo por 7.086.902 ptas.
La cuenta «Ingresos por donaciones», con un saldo de 36.660.535
ptas., corresponde a aportaciones de cargos electos en el Parlamento
de Andalucía de acuerdo con el concepto que figura en contabilidad,
sin que se haya aportado ninguna documentación justificativa de la
naturaleza de dichos ingresos.
Los ingresos contabilizados procedentes de la Ejecutiva Federal, en
concepto de participación de la subvención anual para funcionamiento
ordinario, son de 10.698.841 ptas. La sede regional sigue el
procedimiento de contabilizarlos en el momento de su cobro.
III.3. Sede Regional de Euskadi
Izquierda Unida Ezker-Batua empieza en el ejercicio 1994 a registrar
su actividad económico-financiera a través de una contabilidad
patrimonial por partida doble, subsanando así la deficiencia contable
señalada en el Informe de 1993. Los estados contables rendidos son la
agregación de las contabilidades de la sede regional y del grupo
parlamentario autonómico.
No se ha incorporado la contabilidad electoral correspondiente a las
elecciones al Parlamento Vasco, lo que supone una importante
limitación a la representatividad de las cuentas rendidas. De acuerdo
con los resultados de fiscalización del Tribunal Vasco de Cuentas
Públicas, las operaciones no integradas están formadas por las
aportaciones procedentes de la Ejecutiva Federal, por 10.950.000
ptas., si bien son operaciones internas a eliminar con los débitos
recíprocos de la contabilidad ordinaria; por un crédito dispuesto de
36.000.000 ptas. y la estimación de sus intereses, por 2.358.444
ptas.; y por los acreedores pendientes de pago, por 24.978.276 ptas.
El saldo contable de la única cuenta corriente es inferior en 494.961
ptas a la cantidad que figura en el extracto bancario, sin que el
partido haya identificado las partidas de conciliación. La entidad
financiera en la que se tiene abierta la cuenta no ha atendido la
solicitud formulada a instancia del Tribunal de Cuentas.
El epígrafe «Subvenciones oficiales para funcionamiento» incluye:
- La participación en la subvención para funcionamiento ordinario
proveniente de la Ejecutiva Federal, por 7.432.595 ptas., que
coincide con el importe registrado
en ésta. En dicho importe figura una aportación a la campaña
electoral de 2.400.000 ptas. que no fue declarada en la contabilidad
electoral.
- Aportaciones procedentes de diversos ayuntamientos, por 2.012.230
ptas. Estos ingresos no están contemplados dentro de los recursos
públicos previstos en la Ley Orgánica 3/1987.
- La subvención otorgada por el Parlamento Vasco al Grupo
Parlamentario, por 2.431.189 ptas., coincidente con el importe
comunicado por dicha Institución.
- Las nóminas de los diputados parlamentarios, correspondiente a los
meses posteriores a la celebración de las elecciones, por 3.353.086
ptas., cuya contrapartida es una cuenta de gastos de personal.
III.4. Sede Regional de Madrid
Izquierda Unida-Comunidad de Madrid ha presentado un balance de sumas
y saldos. El saldo del epígrafe «Otras cuentas no bancarias»
corresponde a la cuenta denominada «Cuenta corriente con Grupo
Parlamentario», con un saldo final de 7.980.515 ptas., que no ha
tenido movimientos en el ejercicio. El Partido en las alegaciones
señala que debido a dificultades contables no fue posible consolidar
las cuentas del Grupo.
Para la confirmación de las cuentas bancarias de tesorería, se ha
recibido contestación de las dos entidades de crédito en las que se
han mantenido cuentas abiertas durante el ejercicio, resultando un
mayor saldo contable de 2.554.206 ptas., que no ha sido conciliado.
El saldo de 26.837.037 ptas. de la cuenta de pasivo «Deudas a corto
plazo con IU-Federal» es menor en 47.099.270 ptas. al importe
registrado en la contabilidad de la Ejecutiva Federal, como se señala
en el apartado de deudores de la Ejecutiva Federal. La cuenta
«Deudores a corto plazo con la Fundación de Estudios Municipales y
Territoriales», con un saldo acreedor de 1.446.000 ptas., ha sido
cancelada con abono a la cuenta «Fondo Social», sin aportarse
documentación justificativa.
Los ingresos contabilizados por Izquierda Unida de Madrid suman
57.901.693 ptas. No existe adecuación entre la denominación de las
cuentas y la naturaleza de las operaciones registradas en ellas, como
se detalla en los párrafos siguientes.
La cuenta «Ingresos por arrendamientos» recoge las siguientes
operaciones:
- Subvenciones procedentes de la Ejecutiva Federal, por 1.741.050
ptas. La sede regional sigue el procedimiento de contabilizarlas en
el momento de su cobro.
- Aportaciones del Grupo Parlamentario en la Asamblea Autonómica, por
17 millones de ptas. No se ha justificado adecuadamente la
procedencia de aportaciones por valor de diez millones de ptas.
- Las nóminas del representante de la Formación política en el
Senado, por 5.280.351 ptas., que se compensa con lo liquidado al
mismo, considerándose el ingreso neto como aportación.
- Aportaciones del grupo de cargos electos en el Ayuntamiento de
Madrid, por 8.500.000 ptas. Según la comunicación recibida de dicho
Ayuntamiento, la subvención
concedida en 1994 es de 7.872.000 ptas. Estas aportaciones no están
contempladas dentro de los recursos públicos previstos en la Ley
Orgánica 3/1987.
- Ingresos procedentes del Consejo de la Juventud de la Comunidad
Autónoma de Madrid. Según el extracto contable, éstos ascienden a
1.500.000 ptas., mientras que en el balance de sumas y saldos la
cuenta está cancelada. Según comunicación de dicha Institución, la
Secretaría de Juventud de Izquierda Unida ha recibido 3 millones de
ptas. en 1994. Estas aportaciones no estan contempladas dentro de los
recursos previstos en la Ley Orgánica 3/1987.
La cuenta «Otros ingresos» recoge las cuotas de afiliados
y simpatizantes de distintos municipios y agrupaciones locales, por
11.274.444 ptas.
En la cuenta «Subvenciones organismos varios», con un saldo de
11.500.487 ptas., se recogen las aportaciones de los distintos grupos
de cargos electos con representación en la Comunidad de Madrid, salvo
un importe de 300.000 ptas. que corresponde a una aportación
nominativa.
Las aportaciones no finalistas privadas previstas en el artículo 4 de
la Ley Orgánica 3/1987 han sido de 702.000 ptas. Éstas no han sido
ingresadas en una cuenta corriente específica, como establece el
artículo 6 de la Ley Orgánica 3/1987.
III.5. Sede Regional de Valencia
Esquerra Unida del Pais Valenciá, durante los trabajos de
fiscalización, facilitó unos nuevos estados contables en sustitución
de los remitidos en un principio al Tribunal de Cuentas. Estos nuevos
estados, auditados por una firma privada, recogen la actividad
económicofinanciera de la sede regional y del Grupo Parlamentario
autonómico. La actividad del Grupo parlamentario se recoge por
primera vez en este año, lo que supone una variación significativa
con respecto al ejercicio anterior, fundamentalmente, en las partidas
de la cuenta de pérdidas y ganancias.
Como se puso de manifiesto en el Informe de 1993, existe un proveedor
con saldo deudor a favor de la Formación política de 2.925.000 ptas.,
motivado por el adelanto que se le hizo en 1991 con ocasión de las
elecciones autonómicas; el proveedor ha cesado en su actividad, sin
que se haya dotado la correspondiente provisión para insolvencias.
Las subvenciones para funcionamiento ordinario procedentes de la
Ejecutiva Federal son 2.417.770 ptas. La sede regional sigue el
procedimiento de contabilizarlas en el momento de su cobro.
La subvención al Grupo Parlamentario procedente de las Cortes
Valencianas es de 23.160.000 ptas., que coincide con el importe
comunicado por dicha Institución.
En la cuenta «Institut Valenciá Joventut» se han registrado ingresos,
por 6.700.000 ptas., procedentes de la Dirección General de la
Juventud de la Comunidad Autónoma Valenciana, cuyo destinatario son
las Juventudes Comunistas del Pais Valenciá, con objeto de sufragar
diversas actividades. Estos recursos no están contemplados en la Ley
Orgánica 3/1987.
IV. Subvenciones a Grupos Parlamentarios
Del análisis de las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal
de Cuentas a las Cortes Generales y Asambleas Legislativas
Autonómicas, se obtiene que el importe de las subvenciones concedidas
por las mismas a esta Formación política, asciende a 454.449.602
ptas. En este importe no se incluye la subvención procedente del
Senado, por cuanto la subvención recibida por el Grupo Mixto, al que
pertenece Izquierda Unida, no se ha podido individualizar.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información aportada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
resulta que esta Formación política ha recibido aportaciones, al
menos, por un importe de 153.021.824 ptas.
Es oportuno señalar, como en Informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
PARTIDO DE ACCIÓN SOCIALISTA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La Formación política Partido de Acción Socialista ha rendido al
Tribunal de Cuentas, fuera del plazo establecido por la Ley Orgánica
3/1987, los balances de situación al 31 de diciembre de 1994 y las
cuentas de pérdidas y ganancias del ejercicio de la Comisión
Ejecutiva Federal y de las Federaciones Territoriales del Partido.
También ha rendido estados contables consolidados, aunque el
procedimiento de consolidación utilizado se limita a una agregación
de los balances y cuentas de pérdidas y ganancias de las distintas
sedes, sin eliminar las operaciones recíprocas.
Durante el ejercicio 1994, el Partido de Acción Socialista está
integrado dentro de la Formación política Izquierda Unida, de la que
recibe los recursos públicos en concepto de subvención para gastos de
funcionamiento. En las Elecciones al Parlamento Europeo, celebradas
el 12 de junio de 1994, el Partido concurrió a las mismas integrado
en dicha Formación, habiendo rendido ésta la contabilidad electoral
correspondiente.
II. Situación económico-financiera
A continuación se transcriben los estados contables agregados de la
Comisión Ejecutiva Federal y las nueve Federaciones Territoriales del
Partido. Dado el elevado número de conceptos de gastos, en la mayoría
de los casos de pequeña cuantía, los saldos correspondientes se
presentan a un mayor nivel de agregación.
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Se han efectuado comprobaciones de los estados contables de la
Comisión Ejecutiva Federal, que representan el 83 por ciento del
balance de situación agregado, y el 89 y 60 por ciento de los gastos
e ingresos, respectivamente, de la cuenta de pérdidas y ganancias
agregada.
Del examen de la documentación justificativa de los estados contables
se deducen las observaciones y, en su caso, irregularidades y
deficiencias que afectan a su representatividad, y que se exponen a
continuación.
III.1. Inmovilizado
El balance de situación recoge el importe neto del valor del
inmovilizado material, una vez deducida la
amortización acumulada. Las cuentas del inmovilizado material de la
Comisión Ejecutiva Federal presentan, a fin de ejercicio, un valor
conjunto de 21.243.206 ptas. De este importe, 1.500.000 ptas.
corresponden a una adquisición del ejercicio facturada sin IVA. La
amortización acumulada, una vez realizada la dotación del ejercicio
por 1.603.186 ptas., asciende a 9.055.650 ptas.
El inmovilizado inmaterial comprende tanto la adquisición de
programas informáticos como la cuenta «Fondo de comercio», cuyo saldo
debería estar totalmente amortizado, como se ha señalado en Informes
anteriores, si bien su cuantía es irrelevante.
El inmovilizado financiero de la Comisión Ejecutiva Federal está
integrado por las cuentas «Fianzas constituidas a largo plazo», con
un saldo de 601.930 ptas., y «Participaciones Federaciones», con
130.412 ptas. El Partido en este ejercicio ha cambiado el
procedimiento de contabilización
de los fondos enviados desde la Comisión Ejecutiva Federal a las
Federaciones, considerándolos como gastos e ingresos, en lugar de
presentarlos como participaciones financieras y fondo patrimonial,
respectivamente. Este cambio ha supuesto la regularización de los
saldos que se presentaban en cuentas patrimoniales, como se detalla
más adelante.
III.2. Deudores
La cuenta que registra las relaciones económicofinancieras con
Izquierda Unida presenta saldo cero en la contabilidad del Partido de
Acción Socialista, y un saldo deudor de 1.400.004 ptas. en Izquierda
Unida. Esta diferencia surge, según explicaciones del Partido, al
haber aplicado con efectos retroactivos Izquierda Unida el acuerdo de
1995 sobre el reparto de la subvención de funcionamiento ordinario,
como se señala en ingresos.
III.3. Tesorería
El saldo del epígrafe «Tesorería» de la Comisión Ejecutiva Federal
está integrado por el de caja, por 104.261 ptas., y los mantenidos en
bancos e instituciones de crédito, por 14.194.200 ptas.
La caja del partido es utilizada para la realización de operaciones
de pequeña cuantía, salvo el pago de determinados gastos, que, a fin
de mantener un buen control interno, deberían efectuarse a través de
las cuentas bancarias. No se realizan arqueos de caja.
Las disponibilidades mantenidas en instituciones de crédito están
recogidas en cinco cuentas corrientes, con un saldo conjunto de
3.683.632 ptas.; en una imposición a plazo de 10.000.000 ptas., que,
dada la naturaleza de la operación, debe reflejarse como inversión
financiera temporal; y, por último, en una cuenta de ahorro, con un
saldo de 510.568 ptas., en la que como titular de la operación no
figura la propia Formación política, sino personas físicas con
responsabilidades financieras en la misma, situación que se
regulariza en el ejercicio 1995.
La formación política, atendiendo a la solicitud formulada por el
Tribunal de Cuentas, ha circularizado a las cuatro entidades
financieras en las que ha mantenido cuentas abiertas durante el
ejercicio, de las cuales dos no han respondido y otra ha contestado
parcialmente. Se han comprobado los saldos de las cuentas no
informadas con los extractos bancarios.
III.4. Fondo Patrimonial
El fondo patrimonial agregado se ha reducido por la regularización de
los fondos recibidos por las Federaciones en ejercicios anteriores,
que figuraban como neto patrimonial en éstas, y por las pérdidas del
ejercicio, resultando un fondo patrimonial de 31.516.508 ptas.
III.5. Ingresos
Los ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias agregada ascienden
a 81.463.104 ptas., de las que
48.779.062 ptas. corresponden a la Comisión Ejecutiva Federal. Los
ingresos contabilizados en las Federaciones corresponden, en su
práctica totalidad, a la regularización de las transferencias de la
Comisión Ejecutiva Federal registradas en los epígrafes de fondos
propios y acreedores, y a las transferencias de este ejercicio, por
un total de 32.069.269 ptas. Dichos importes figuran igualmente como
gastos en la Comisión Ejecutiva Federal, sin que estén eliminadas
estas operaciones en los estados agregados rendidos. Por otra parte,
según certificación del responsable de finanzas de la Formación
política Izquierda Unida-Convocatoria por Andalucía, en el ejercicio
1994 se han efectuado entregas al Partido de Acción Socialista por
1.836.936 ptas., cuyos ingresos no figuran en la contabilidad de la
Federación de Andalucía.
Los ingresos más relevantes de la Comisión Ejecutiva Federal
provienen de los fondos transferidos desde Izquierda Unida en
concepto de participación en la subvención estatal para el
funcionamiento ordinario, por 32.400.000 ptas., y de las aportaciones
de la representación en el Parlamento Europeo, por 15.345.500 ptas.
La contabilidad de la citada representación está integrada en la
contabilidad del Partido.
Existe una diferencia entre la cantidad registrada como ingreso por
el partido y la que figura como subvención a esta Formación política
en Izquierda Unida de 6.920.840 ptas., debida a que Izquierda Unida
ha aplicado con efectos retroactivos el acuerdo de 1995 sobre el
reparto de la subvención de funcionamiento ordinario, que supone una
reducción de la subvención a percibir, por lo que parte de los pagos
realizados los contabilizó como anticipos en una cuenta deudora, por
1.400.004 ptas., como se ha señalado anteriormente; y a que 5.520.836
ptas. figuran como gastos de las elecciones al Parlamento Europeo en
Izquierda Unida, en concepto de los gastos suplidos cargados por el
Partido a dicha Formación política.
III.6. Gastos
El total de gastos de la cuenta de pérdidas y ganancias agregada es
de 91.491.893 ptas., de los que 81.473.637 ptas. corresponden a la
Comisión Ejecutiva Federal. En esta cifra se incluyen 32.069.269
ptas. en concepto de trasferencias a las Federaciones, de las que
21.537.691 ptas. corresponden a la regularización de las enviadas en
ejercicios anteriores y registradas en los epígrafes «Participaciones
Federaciones» y «Cuenta con Federaciones», como se ha señalado.
IV. Subvenciones a Grupos Parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas, resulta
que el Partido de Acción Socialista no recibe cantidad alguna en
concepto de subvención, por cuanto la representación Parlamentaria
del Partido se realiza a través de Izquierda Unida.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información efectuada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
no consta que esta Formación política haya recibido aportaciones de
instituciones locales.
PARTIDO ARAGONÉS
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
El Partido Aragonés ha rendido al Tribunal de Cuentas, fuera del
plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987, el balance de situación
a 31 de diciembre de 1994 y la cuenta de explotación de dicho
ejercicio. Estos estados financieros corresponden a la actividad
económica- financiera de la Sede Central y del Grupo Parlamentario
de las Cortes de Aragón, sin incluir la actividad del resto de la
organización territorial e institucional.
El Partido Aragonés concurrió a las Elecciones al Parlamento Europeo,
celebradas el 12 de junio de 1994, formando parte de la Coalición
Nacionalista, la cual presentó, de acuerdo con lo contemplado en el
artículo 133 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General,
la contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas, cuyo informe
aprobado por el Pleno fue enviado al Parlamento. La integración de la
contabilidad electoral en la contabilidad anual de 1994 se ha
efectuado mediante la incorporación, en un único asiento, del balance
de sumas y saldos de la actividad electoral, con las incidencias que
se señalan más adelante.
II. Situación económico-financiera
Los estados financieros del ejercicio 1994 rendidospor el Partido
Aragonés son los siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Los estados financieros rendidos han sido verificados en la Sede
Central del Partido. El trabajo de fiscalización se ha visto limitado
por el deficiente archivo de los justificantes y la ausencia de un
sistema de referencia de los mismos, lo que ha dificultado y, en
algunos casos, impedido su localización. Esta limitación se ha
acentuado al no disponer, los responsables actuales encargados de las
finanzas, de información suficiente sobre determinadas operaciones
contabilizadas.
Del examen de la documentación justificativa de los estados contables
se deducen las siguientes observaciones y, en su caso,
irregularidades y deficiencias que condicionan significativamente su
representatividad, y que se exponen a continuación.
III.1. Inmovilizado
En la apertura del ejercicio, en la cuenta «Amortización acumulada»,
no se incluye la dotación a la amortización del ejercicio anterior,
por 5.730.557 ptas., afectando también al fondo patrimonial inicial.
Teniendo en cuenta esta incidencia y la señalada en el Informe del
ejercicio 1993, respecto a la dotación del ejercicio 1992, tampoco
registrada, el saldo de la amortización acumulado ascendería a
16.857.458 ptas. De la dotación del ejercicio, 3.085.350 ptas., no se
ha facilitado el criterio aplicado ni el cálculo de la misma. El
Partido carece de un inventario de los bienes del inmovilizado.
III.2. Deudores
No figura en los estados rendidos la parte de la subvención pendiente
de percibir de la Coalición Nacionalista
por los resultados electorales en las elecciones al Parlamento
Europeo, por 5.305.604 ptas. De este importe, el Ministerio del
Interior retuvo 1.263.757 ptas. por la ejecución de un embargo por
reclamación judicial de un proveedor, como se señala más adelante.
III.3. Tesorería
Durante el ejercicio figuran registrados saldos elevados en la cuenta
de caja, sin que conste la realización de arqueos periódicos.
El epígrafe «Bancos cuentas corrientes» incluye, además de las
cuentas corrientes con un saldo conjunto de 2.336.880 ptas., dos
cuentas no bancarias, en las que se registran los envíos de fondos a
las sedes provinciales, con un saldo de 1.743.195 ptas., que debería
figurar en el apartado correspondiente de deudores. El Partido no ha
facilitado todos los extractos bancarios de las cuentas corrientes
que figuran en contabilidad y los presentados no abarcan el ejercicio
completo. No consta la realización de conciliaciones bancarias.
El partido ha remitido la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas a todas las entidades financieras en las que ha mantenido
cuentas abiertas durante el ejercicio. Se ha confirmado el saldo de
las cuentas corrientes registradas salvo de tres, en las que aparecen
diferencias poco significativas no conciliadas.
III.4. Fondo Patrimonial
El saldo inicial del «Fondo patrimonial» no coincide con el de las
cuentas rendidas del ejercicio anterior, al haberse eliminado la
dotación a la amortización de dicho año, por 5.730.557 ptas., como se
ha señalado anteriormente.
Una vez incorporadas las pérdidas que figuran en la cuenta de
pérdidas y ganancias, por 8.228.197 ptas., el fondo patrimonial
presenta un saldo negativo de 347.380.103 ptas., sin perjuicio de los
ajustes que se pudieran derivar del presente Informe.
III.5. Deudas con entidades de crédito
El endeudamiento con entidades de crédito se presenta tanto en el
activo como en el pasivo del balance de situación, en los epígrafes
«Bancos cuentas de crédito» y «Préstamos'.
El saldo del epígrafe «Bancos cuentas de crédito», por 9.371.763
ptas., está integrado por una cuenta de crédito con un saldo deudor
de 5.677.487 ptas. y por otra con un saldo acreedor de 15.049.250
ptas. La primera, según el extracto bancario, tiene saldo cero desde
el ejercicio anterior, debiéndose la diferencia a que el Partido no
contabilizó una transferencia realizada en 1993, tal como se señalaba
en el Informe de dicho año. La segunda, dada su naturaleza, debe
presentarse en el pasivo del balance.
La deuda de capital, por tanto, es de 166.399.250 ptas. Esta deuda
suscrita con cuatro entidades de crédito se ha destinado a la
financiación de campañas electorales de ejercicios anteriores. De
este importe, 115 millones de
pesetas corresponden a pólizas que se han ido renovando sucesivamente
a su vencimiento. De acuerdo con las condiciones de amortización de
las pólizas vigentes, el capital vencido al 31 de diciembre de 1994
es de 111,7 millones de pesetas, de los que 36,9 millones de pesetas
han vencido en el ejercicio 1994.
La deuda por intereses vencidos, registrada en el epígrafe «Intereses
devengados pendientes», asciende a 84.729.302 ptas. Los gastos
totales por intereses de deudas con entidades de crédito reconocidos
en el ejercicio suman 23.013.848 ptas., de los que se han satisfecho
5.685.163 ptas.
El partido ha remitido la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas a las entidades de crédito a las que corresponden las
operaciones contabilizadas, habiéndose recibido respuesta de todas
ellas, confirmando la deuda por el principal. Las respuestas a la
circularización no cuantifican los intereses vencidos pendientes de
pago a 31 de diciembre de 1994.
III.6. Acreedores
Diversas cuentas, con un saldo total de 61.922.046 ptas., no han
registrado ningún movimiento durante 1994. En este mismo ejercicio,
se han producido reclamaciones judiciales de cuatro proveedores por
impago de las deudas contraídas, por un total de 53.554.480 ptas., de
las que 41.548.341 ptas. corresponden al principal y 12.006.989
ptas., a los intereses y costas. La deuda contable de estos
proveedores a 31 de diciembre de 1994 es de 36.184.961 ptas.
El epígrafe «Acreedores varios», con un saldo de 8.170.744 ptas.,
recoge principalmente deudas con miembros del Partido, derivadas de
los pagos a diversos proveedores por cuenta de éste.
III.7. Ingresos
Los ingresos registrados en la cuenta de pérdidas y ganancias suman
168.649.838 ptas. En este importe se incluyen los ingresos declarados
en la contabilidad electoral de las elecciones al Parlamento Europeo,
por 3.703.000 ptas., salvo 503.000 ptas. que en la integración
electoral se incluyeron como un abono en la cuenta «Caja central».
Los ingresos están integrados principalmente por las subvenciones
públicas y las aportaciones del Grupo Parlamentario en las Cortes de
Aragón.
Las subvenciones anuales para funcionamiento ordinario han ascendido
a 48.471.732 ptas. y las subvenciones por los resultados electorales
de las elecciones al Parlamento Europeo, celebradas en este
ejercicio, a 1.478.381 ptas. Este último importe corresponde a las
cantidades cobradas, sin que se hayan registrado las cantidades
devengadas pendientes de cobro, como se detalla en el epígrafe
«Deudores'.
Los ingresos del Grupo Parlamentario de las Cortes de Aragón suman
105.796.994 ptas. De acuerdo con la información recibida de esta
Institución, el Grupo Parlamentario ha recibido 48.590.584 ptas., sin
que se haya aclarado el motivo de esta diferencia. A pesar de lo
señalado en las alegaciones, se mantiene sin conciliar.
El resto de cuentas de Grupos Institucionales recogen las
aportaciones de los Grupos de Cargos Electos, siendo éstas inferiores
a las subvenciones que perciben, como posteriormente se indica.
III.8. Gastos
Los gastos registrados en las cuentas rendidas suman 176.878.035
ptas., de las que 16.723.340 ptas. corresponden a gastos de las
elecciones al Parlamento Europeo, incluidos en el epígrafe «Gastos
elecciones». El resto del saldo de dicha cuenta se corresponde con
tres cargos por un total de 1.850.576 ptas., de los que no se ha
aportado la documentación justificativa.
De los gastos por alquileres, se ha facilitado el contrato de
arrendamiento de la sede de Zaragoza, quedando pendientes los
contratos correspondientes a un gasto total contabilizado de
3.241.163 ptas. Además de los señalados anteriormente, figuran gastos
que carecen de documentación justificativa, por 3.997.053 ptas., y
gastos justificados con un «recibí», por 700.000 ptas.
En la cuenta «Publicidad y propaganda» figura contabilizada una
factura por 1.150.000 ptas. de gastos electorales no declarados. Si
se tiene en cuenta la cuantía de este gasto en la verificación del
cumplimiento del límite máximo de gastos para las elecciones del
ejercicio, este límite continúa sin ser sobrepasado. Asimismo, en el
supuesto de que la documentación no facilitada de las anotaciones de
la cuenta «Gastos elecciones» confirmase su naturaleza electoral,
tampoco se sobrepasaría dicholímite.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas, se obtiene
que el importe de las subvenciones concedidas por el Congreso de los
Diputados y por las Cortes de Aragón al Partido Aragonés suman
7.014.432 ptas. y 48.590.584 ptas., respectivamente. La contabilidad
rendida sólo incluye como ingresos del Grupo Parlamentario en las
Cortes de Aragón, por 105.796.994 ptas., como se ha indicado
anteriormente. En las alegaciones estas diferencias no han quedado
aclaradas.
En relación a la subvención otorgada por el Senado, dado que no se
dispone de información desglosada para los distintos integrantes del
Grupo Parlamentario Mixto, no es posible cuantificar la parte de la
subvención que le corresponde al Partido. La contabilidad registra
como
aportaciones de los representantes en el Senado 1.557.122 ptas.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De acuerdo con la información aportada por los distintos
Ayuntamientos y Diputaciones que han atendido a la solicitud del
Tribunal de Cuentas, esta Formación política ha recibido
aportaciones, al menos, por 15.070.472 ptas. La contabilidad rendida
únicamente recoge las aportaciones del Grupo de la Diputación de
Zaragoza, por 381.291 ptas.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
PARTIDO COMUNISTA DE ESPAÑA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La formación política Partido Comunista de España ha rendido al
Tribunal de Cuentas, dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica
3/1987, el balance de situación al 31 de diciembre de 1994 y la
cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio, referidos a la
actividad económico- financiera del Comité Central. Del resto de la
organización sólo se recogen en los estados rendidos, el patrimonio
inmobiliario y determinados gastos y transferencias de fondos, sin
presentar una contabilidad consolidada de la actividad del Partido.
Respecto de la edición de la revista «Nuestra Bandera» y el periódico
«Mundo Obrero» llevada a cabo por el Partido, únicamente aparecen
registrados los flujos de fondos y determinadas operaciones de gastos
e ingresos que se detallan más adelante, considerándose en su
conjunto insuficientes.
Durante 1994, el Partido Comunista de España forma parte de la
Formación política Izquierda Unida, de la que recibe los recursos
públicos en concepto de subvención para gastos de funcionamiento
ordinario.
II. Situación económico-financiera
Los estados financieros del ejercicio 1994 rendidos por el Partido
Comunista de España son los siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Se han efectuado comprobaciones de los estados contables en la sede
central del Partido Comunista de España. Del examen de su
documentación justificativa se deducen las observaciones y, en su
caso, irregularidades y deficiencias que afectan a su
representatividad, y que se exponen a continuación y no han sido
objeto de alegación alguna por parte de la Formación política.
III.1. Inmovilizado
El epígrafe «Inmuebles», con un saldo final de 662.822.480 ptas, es
el más significativo del inmovilizado material, y representa el valor
de las edificaciones propiedad del Partido en todo el territorio
nacional. A pesar de su importancia cuantitativa, no se ha facilitado
el inventario de los inmuebles, ni del resto del inmovilizado
material, incidencia ya señalada en Informes de ejercicios
anteriores.
Durante 1994 se ha procedido a la venta de la sede del Comité
Federal, afectando a las siguientes cuentas: se ha dado de baja el
valor del inmueble, por 264.872.242 ptas., registrado en la cuenta
«Locales Comité Federal», y el valor de las instalaciones existentes
en la sede, por 43.147.301 ptas., así como la amortización acumulada,
por un importe conjunto de 37.062.623 ptas. La falta de inventario ha
impedido verificar la adecuación de estos importes con los valores
contabilizados. El precio de la enajenación es de 215 millones de
ptas., sobre el que se repercute el IVA correspondiente, por
32.250.000 ptas., produciéndose en la operación una pérdida contable
de 55.956.920 ptas. La parte compradora, además de subrogarse en el
préstamo que grava la finca, se compromete a la gestión de la
construcción de la nueva sede, a entregar en 1997.
El Partido Comunista vuelve a incrementar, en 1994, los porcentajes
de amortización respecto de los aplicados en el ejercicio anterior,
lo que ha supuesto un aumento de la dotación de la amortización de,
al menos, 6.628.225 ptas., en relación al ejercicio 1993, sin
justificar las causas que originan el cambio.
De las comprobaciones realizadas en la contabilidad de Izquierda
Unida, se obtiene que esta Formación ha saldado la deuda que tenía
con el Partido Comunista de España por 18.033.800 ptas., registrada
por este último en la cuenta «Izquierda Unida, elecciones 86/87»
perteneciente a su inmovilizado financiero. Este importe ha sido
contabilizado como un ingreso por subvención ordinaria, por lo que
deberá regularizar el saldo deudor de la cuenta mencionada con cargo
a gastos de ejercicios anteriores.
III.2. Deudores
El epígrafe habilitado en el ejercicio anterior, «Organizaciones PCE
('Nuestra Bandera')», destinado a recoger la deuda de distintas
organizaciones federadas por la venta de la revista editada por el
Comité Federal, con un saldo inicial de 7.377.932 ptas., ha tenido
cargos de
3.693.056 ptas. y abonos de sólo 918.231 ptas. El Partido debe
efectuar las correcciones valorativas que procedan, dotando, en su
caso, las correspondientes provisiones en función de las posibles
insolvencias en su cobro.
El epígrafe «Organizaciones PCE», con un saldo neto de 24.848.818
ptas., recoge las operaciones, tanto de signo deudor como acreedor,
del Comité Federal con distintas organizaciones del Partido. Los
saldos deudores y acreedores ascienden a 27.243.394 y 2.394.576
ptas., respectivamente. Los saldos acreedores deben, a fin de año,
reclasificarse en una cuenta de pasivo. Destaca en este epígrafe la
cuenta con la Federación de Madrid, con un saldo deudor final de
25.832.476 ptas., en la que al menos 24.544.128 ptas. son derechos de
cobro provenientes del ejercicio anterior, por lo que el Partido
deberá, en su caso, dotar la provisión por insolvencias.
En este último epígrafe, la cuenta de relación con Izquierda Unida,
con un saldo deudor de 795.301 ptas. está en su práctica totalidad
saldada por dicha Formación, por lo que el Partido Comunista de
España deberá regularizarla con cargo a gastos de ejercicios
anteriores.
El epígrafe «Otros deudores» recoge fundamentalmente los derechos de
cobro, por 23.985.186 ptas., frente a la sociedad compradora de la
sede vendida, en concepto de entrega a cuenta para la gestión de la
construcción de la nueva sede.
III.3. Tesorería
El Partido sólo ha circularizado a dos de las cinco entidades
financieras en las que ha mantenido cuentas abiertas durante el
ejercicio, obteniéndose respuesta de una de ellas. No se ha
facilitado la causa de la exclusión de las tres entidades no
circularizadas. Respecto de las cuentas no informadas, el Partido ha
conciliado los saldos contables con los extractos bancarios.
III.4. Deudas con entidades de crédito
El endeudamiento con entidades de crédito que figura en contabilidad,
al 31 de diciembre de 1994, es de 124.881.739 ptas., recogido en los
epígrafes de «Préstamos bancos» a largo plazo y «Préstamos bancos» a
corto plazo. Además, el Partido ha incluído deudas procedentes de
ejercicios anteriores con entidades de crédito en los epígrafes de
largo plazo «Elecciones 86/87», por 31.070.347 ptas. y «Otras deudas
pendientes», por 11.147.000 ptas., y en el epígrafe de corto plazo
«Otras deudas pendientes», por 5.392.986 ptas. En ninguno de ellos se
han registrado movimientos. Como se señala en informes de ejercicios
anteriores, respecto de estas deudas no se ha dispuesto de las
pólizas correspondientes ni de la documentación justificativa que
determine la entidad de crédito contratante. El Partido debe proceder
a evaluar la exigibilidad de las mismas, y, en su caso, a su
regularización, acreditándose con la documentación oportuna.
De acuerdo con el plazo de vencimiento señalado en las pólizas, al 31
de diciembre de 1994 existe una póliza vencida. El saldo de la
operación vencida, de la que no
se han registrado movimientos en ejercicios anteriores, es de
86.834.645 ptas.
La variación del endeudamiento se debe fundamentalmente a la baja del
préstamo hipotecario que gravaba la sede del partido. Entre las
condiciones de la venta, figuraba la subrogación por el adquiriente
de dicho préstamo. Las cuotas pendientes hasta la fecha de la
escritura pública más los intereses de demora, por un total de
34.006.010 ptas., son satisfechos por Izquierda Unida, en concepto de
subvención ordinaria.
La formación política no ha remitido la solicitud de información,
formulada por el Tribunal de Cuentas, a cuatro de las seis entidades
de crédito a que corresponden las operaciones contabilizadas, entre
las que se encuentra la entidad prestamista de la operación vencida,
antes referida. La deuda no circularizada asciende a 98.070.759 ptas.
A ésta habría que agregar la deuda procedente de las Federaciones,
por 37.925.502 ptas., cuya naturaleza no ha sido determinada. De las
dos entidades a las que se ha cursado la solicitud, no se ha recibido
confirmación de un crédito con un saldo dispuesto de 26.810.980 ptas.
III.5. Acreedores
Los saldos acreedores registrados a fin de 1994 por el Partido suman
48.709.480 ptas., de los que 13.726.818 ptas. son a largo plazo y
34.982.662 ptas. a corto plazo. Como se señala en el Informe de 1993,
entre los acreedores a largo plazo se incluyen préstamos personales
por 10.710.000 ptas. que no registran ningún movimiento desde
ejercicios anteriores, por lo que el partido debe proceder a
identificar las causas de su origen, y analizar su posible
exigibilidad.
El Partido registra parcialmente el IVAsoportado en las adquisiciones
de su actividad editora. Así, del periódico «Mundo Obrero» se
registra únicamente el segundo trimestre, por 31.643.987 ptas., del
que sólo consta como justificante el modelo de liquidación trimestral
a Hacienda, y no las operaciones que sirven de soporte, al no estar
integrada la contabilidad del periódico, como se ha indicado. El IVA
repercutido correspondiente a la venta de la sede del Partido se
compensa con el IVAsoportado del ejercicio.
III.6. Ingresos
Las subvenciones públicas contabilizadas por la formación política
ascienden a 142.854.706 ptas., incluidas en las siguientes cuentas:
- «Ley Financiación Partidos Políticos», con un saldo de 129.504.418
ptas., que recoge los fondos transferidos desde Izquierda Unida en
concepto de participación en la subvención estatal para el
funcionamiento ordinario. En la contabilidad de Izquierda Unida
aparecen registradas por este concepto 91.374.123 ptas. La diferencia
de 38.130.295 ptas. está motivada por la no aplicación del principio
del devengo, al registrar como ingresos del ejercicio 12.604.634
ptas. que corresponden a 1993 y 6.723.990 ptas. realizadas en
concepto de entrega a cuenta de la subvención de 1995; y por el error
en la
contabilización como ingresos de 18.801.671 ptas., en lugar de
cancelar el inmovilizado financiero y determinadas deudas a corto
plazo, como se ha señalado.
- «Ingresos Parlamento Europeo», con un saldo de 11.100.288 ptas.,
que registra las aportaciones de los Diputados de Izquierda Unida en
dicha Institución. La contabilidad de la representación en el
Parlamento Europeo no está integrada en la contabilidad del Partido.
- La cuenta «Subvención concedida Nuestra Bandera», con un saldo de
2.250.000 ptas., recoge la subvención concedida por la Dirección
General del Libro y Bibliotecas para la difusión gratuita de la
revista en determinados centros. Estas subvenciones no están
contempladas dentro de los recursos públicos previstos en la Ley
Orgánica 3/1987.
Los ingresos por cuotas, recogidos en el epígrafe «Cotizaciones»,
suman 12.307.462 ptas. La práctica totalidad de las mismas proceden
de las Federaciones regionales y extranjeras del Partido, cuya
contabilidad no está recogida en los estados rendidos; el soporte
documental se reduce a notas internas de liquidación con el Comité
Federal.
Las aportaciones recibidas por el Partido, tanto las de sus afiliados
y responsables de organizaciones locales como las restantes
aportaciones privadas, han ascendido a 24.414.462 ptas., recogidas en
el epígrafe «Ayudas extraordinarias», sin diferenciar adecuadamente
cada tipo de aportación. Por otro lado, 5.297.675 ptas. se han
contabilizado como «bonos ayuda fin de año», gestionados en su
práctica totalidad por organizaciones territoriales.
En el epígrafe «Ingresos diversos» se recogen, fundamentalmente, los
cargos suplidos por la Formación política en las elecciones al
Parlamento Europeo, y contabilizados como gastos en la contabilidad
electoral rendida por Izquierda Unida, por 24.408.257 ptas. También
se incluyen ingresos procedentes de la venta de la revista Nuestra
Bandera, por 5.356.195 ptas., ingresos de arrendamiento por 2.467.836
ptas., y regularizaciones de proveedores de ejercicios anteriores,
por 1.411.623 ptas. A falta de la oportuna justificación, debe
señalarse que estas últimas operaciones han de calificarse como
condonación de deudas, fuente de financiación no prevista en la
legislación vigente.
III.7. Gastos
El Partido ha contabilizado como gasto 1.354.320 ptas.
correspondientes al derecho de superficie de los terrenos de dominio
público cedidos para la construcción de la nueva sede, siendo más
acorde con su naturaleza registrarlos como concesión administrativa.
En el epígrafe «Subvenciones organizaciones» se recogen, por un lado,
las subvenciones a organizaciones territoriales por 45.898.385 ptas.,
cuyos justificantes, en el caso de transferencia de fondos, consisten
únicamente en el documento bancario y por otro, las subvenciones o
pagos a cuenta realizados a favor del periódico «Mundo Obrero», Unión
de Juventudes Comunistas y la Fundación de Investigaciones Marxistas,
por 8.792.598 ptas., 5.256.744 ptas. y 20.934.835 ptas.,
respectivamente. La formación política no recoge
en sus estados contables el resto de la actividad económico-
financiera de estas organizaciones y carece de un sistema de control
adecuado sobre la justificación de los fondos aplicados.
Los gastos financieros del ejercicio son de 11.080.588 ptas., de los
que 8.430.293 ptas. corresponden a las operaciones de endeudamiento
con entidades de crédito.
IV. Subvenciones a Grupos Parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas, se deduce
que el Partido Comunista de España no ha recibido cantidad alguna en
concepto de subvención, dado que la representación parlamentaria del
Partido se realiza a través de Izquierda Unida.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información facilitada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
no consta que esta Formación política haya recibido aportaciones.
PARTIDO NACIONALISTAVASCO
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La formación política Partido Nacionalista Vasco ha rendido al
Tribunal de Cuentas, dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica
3/1987, los balances
de situación al 31 de diciembre de 1994 y las cuentas de pérdidas y
ganancias de este ejercicio, del Consejo Nacional y de cada uno de
los Consejos Regionales del Partido, en los que se incluyen también
la actividad económico-financiera de los grupos institucionales en el
Congreso de los Diputados, en el Senado y en el Parlamento Vasco. No
está incorporada la contabilidad de la representación del Partido en
el Parlamento Europeo ni la del resto de la organización territorial
consolidados del Consejo Nacional y de los Consejos Regionales,
aunque el procedimiento de consolidación aplicado se reduce a una
agregación de los balances y de las cuentas de pérdidas y ganancias
sin eliminarse las operaciones recíprocas.
La formación política Partido Nacionalista Vasco concurrió a las
elecciones al Parlamento Europeo, celebradas el 12 de junio de 1994,
formando parte de la Coalición Nacionalista, la cual presentó, de
acuerdo con lo contemplado en el artículo 133 de la Ley Orgánica 5/
1985 del Régimen Electoral General, la contabilidad electoral al
Tribunal de Cuentas, cuyo informe aprobado por el Pleno fue enviado
al Parlamento. También concurrió a las elecciones al Parlamento
Vasco, celebradas el 23 de octubre de 1994, y presentó la
contabilidad electoral al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, que
emitió el preceptivo Informe. La Formación política lleva una única
contabilidad en la que se registran tanto las operaciones de la
actividad ordinaria como las operaciones de ambas campañas
electorales, identificándose estas últimas por asientos específicos.
II. Situación económica-financiera
Los estados financieros agregados rendidos por el Partido pesetas. A
continuación se transcribe el balance de situación
Nacionalista Vasco expresan sus valores en miles de y la cuenta de
pérdidas y ganancias agregados:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Las verificaciones se han centrado en la contabilidad del Consejo
Nacional o Euskadi Buru Batzarra, en adelante EBB. No obstante, dadas
las significativas variaciones producidas en el inmovilizado material
y en los deudores del balance agregado, se han efectuado también
comprobaciones de las contabilidades de los Consejos Regionales en
que aparecen las operaciones más relevantes: Bizkai Buru Batzarra y
Guipuzko Buru Batzarra, en adelante BBB y GBB, respectivamente. Del
examen de la documentación justificativa de los estados contables se
deducen las observaciones y, en su caso, deficiencias que condicionan
su representatividad, y que se exponen a continuación.
III.1. Inmovilizado
La variaciones más significativas del inmovilizado material se deben
al traspaso a cuentas de deudores y a cuentas de inmovilizado
financiero de operaciones dadas de alta en el ejercicio 1993, como se
señaló en el Informe correspondiente, por importes de 4.768.059.523 y
850.914.000 ptas., respectivamente, con el siguiente detalle:
- Se han reclasificado en cuentas de créditos con la Hacienda
Pública, las valoraciones de los inmuebles incautados y reclamados al
Estado, por un total de 3.460.594.000 ptas.; en cuentas de créditos
con Eusko Alkartasuna, en un principio, el valor de los batzokis que
se encontraban en litigio con dicha Formación y estaban pendientes de
decisión judicial, por 137.766.000 ptas., de los que al final del
ejercicio sólo quedaba uno pendiente
de recuperar, por valor de 33.400.000 ptas., y los batzokis
escriturados a nombre de sociedades interpuestas que quedaron para
uso de la citada Formación, sobre los que, en tanto no se cumplan los
acuerdos, se adoptó el criterio de activarlos, por un total de
1.119.699.523 ptas., así como una indemnización de 50.000.000 ptas.
En el importe de los batzokis a nombre de sociedades interpuestas
figura duplicado el valor traspasado de los batzokis en litigio, por
137.766.000 ptas., y un inmueble, por 94.250.000 ptas., que está
registrado en otra rúbrica. Estas duplicidades se corrigen en 1995.
- Se ha traspasado a cuentas de inmovilizado financiero de la
contabilidad del GBB, el valor de las sedes locales propiedad del
Partido escrituradas a nombre de personas jurídicas interpuestas, por
valor de 842.192.000 ptas., una vez deducido el importe de un
inmueble recuperado, por 8.722.000 ptas.
Todos estos bienes están valorados de acuerdo con la tasación
efectuada por una empresa independiente. No obstante, el Partido ha
aplicado, en todos los casos, el valor superior de las distintas
valoraciones propuestas por dicha empresa, lo que ha ocasionado una
sobrevaloración contable respecto de los principios y normas de
valoración del Plan General de Contabilidad, como se indicó en el
Informe de 1993 en el que por primera vez se dieron de alta. En dicho
Informe se señalaba que el Partido debía corregir la situación
irregular de los inmuebles registrados a nombre de personas físicas o
jurídicas modificando la titularidad de dichos inmuebles.
Se reitera la necesidad de que el Partido proceda a regularizar la
situación jurídica de estos inmuebles, así como su valoración
contable, para que represente adecuadamente su valor recuperable. No
obstante, se estima que es más acorde con el principio de prudencia
que determinada información estuviera incorporada únicamente en la
memoria del ejercicio.
Además del inmovilizado financiero antes mencionado, en la
contabilidad del EBB se incluye: la participación accionarial en una
sociedad editora de un periódico vasco, por valor de 33.500.000
ptas., de las que 1.000.00 ptas. se han satisfecho en el ejercicio en
concepto de suscripción en la ampliación de capital; un saldo
conjunto de 15.062.000 ptas. correspondiente a dos cuentas sin
movimiento en el ejercicio, originado por los «fondos facilitados a
afiliados para que participasen en medios de comunicación», según se
señala en las alegaciones sin que se haya acreditado documentalmente,
y que se regulariza con cargo a gastos en 1995; y, por último, un
saldo de 97.721.093 ptas., sin movimiento en 1994, derivado de las
aportaciones a la sociedad propietaria del edificio construido anexo
a la sede central del Partido, en el que se tiene derecho a una
servidumbre de paso para acceder al aparcamiento de dicha sede y a
diversas plazas de garaje. En relación a este último saldo, en el
ejercicio 1996, el Partido suscribe un documento de reconocimiento de
deuda y compromiso de devolución por 85.221.093 ptas. con dos
sociedades anónimas íntegramente propiedad del Partido Nacionalista
Vasco, y que figuran como propietarias del edificio, según se
acredita en la escritura de declaración de obra nueva, aportada en el
trámite de alegaciones.
III.2. Deudores
Los epígrafes «Deudores, empresas del grupo» del activo y «Deudas con
empresas del grupo» del pasivo, recogen las relaciones financieras
entre las distintas sedes del Partido, que no se han eliminado en el
proceso de consolidación.
Por la reclasificación señalada en el apartado de inmovilizado, el
epígrafe «Resto deudores» incluye los créditos con la Hacienda
Publica por los bienes incautados reclamados al Estado, por
3.460.594.000 ptas., y los créditos con Eusko Alkartasuna, con un
saldo total de 1.203.099.523 ptas. También recoge los derechos
pendientes de cobro por las subvenciones de las elecciones a Cortes
Generales, celebradas en 1993, y de las elecciones al Parlamento
Europeo y al Parlamento Vasco, por importes de 29.924.277, 19.325.734
y 85.922.710 ptas., respectivamente. De acuerdo con los cobros
realizados en los ejercicios siguientes, los saldos de las elecciones
a Cortes Generales y al Parlamento Vasco están minusvalorados en
918.733 ptas y en 170.754 ptas., respectivamente; y el importe de las
elecciones al Parlamento Europeo, sobrevalorado en 3.905.373 ptas.
Esta última diferencia, según señala el Partido en las alegaciones,
corresponde a la aportación efectuada a Coalición Gallega, integrada
en la coalición electoral, contabilizada en ejercicios posteriores
como gasto.
III.3. Tesorería.
El saldo del epígrafe «Tesorería» del balance agregado está integrado
por las disponibilidades en caja, por 1.241.424 ptas., y los saldos
mantenidos en bancos e instituciones de crédito, con un saldo total
de 112.833.041 ptas., correspondiendo al EBB 1.127.256 y 13.055.509
ptas., respectivamente. En el funcionamiento de las cajas no hay
constancia documental de la realización de arqueos periódicos.
El Partido ha remitido la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas a todas las entidades financieras en las que ha mantenido
cuentas abiertas durante el ejercicio, no habiéndose recibido
respuesta de ocho entidades. No se ha obtenido confirmación de trece
cuentas corrientes con un saldo contable al 31 de diciembre de
647.378 ptas., si bien ha facilitado el Partido los extractos
bancarios de todas ellas y, en el caso de existir diferencias, las
correspondientes conciliaciones bancarias.
III.4. Deudas con entidades de crédito.
El endeudamiento con entidades de crédito registrado en la
contabilidad del EBB, tanto a corto como a largo plazo, es de
1.341.508.359 ptas., el 63 por ciento del total agregado. Durante el
ejercicio se han cancelado seis operaciones, con una deuda reconocida
al inicio del ejercicio de 152 millones de ptas., se han formalizado
dos nuevas operaciones por un total de 250 millones de ptas., y se
han renovado otras tres operaciones por 165 millones de ptas. Al
final del ejercicio, existe una operación de crédito vencida con una
deuda contable de 14.457.217 ptas. y en cuatro cuentas de crédito se
supera el límite fijado en la correspondiente
póliza, por un total de 13.459.640 ptas., debido a disposiciones de
crédito por los intereses liquidados.
Los gastos financieros se contabilizan en función de las
liquidaciones practicadas por las entidades financieras. Al 31 de
diciembre de 1994 se ha registrado un total de 190 millones de
pesetas. Formando parte de la deuda de dos préstamos figuran los
intereses vencidos no satisfechos, por 40.567.288 ptas., no
atendiéndose, además, en uno de ellos a la amortización del
principal.
De las respuestas recibidas a la circularización a las entidades de
crédito, ha quedado confirmado el saldo de sólo tres operaciones de
endeudamiento, por un total de 172 millones de pesetas. Otra entidad
ha confirmado la existencia de dos pólizas de crédito, sin informar
del saldo a final del ejercicio, que según contabilidad es de 281
millones de pesetas. No se ha recibido respuesta de cinco operaciones
de endeudamiento con un saldo registrado de 888 millones de pesetas.
III.5. Gastos e Ingresos a distribuir en varios ejercicios
El Partido sigue el criterio, desde el ejercicio 1993, de distribuir
en varios ejercicios los gastos electorales y las subvenciones que le
corresponden por los resultados electorales de los distintos procesos
celebrados, imputando a cada ejercicio la parte proporcional en
función del período máximo de la legislatura. De acuerdo con el
principio de prudencia, se debe imputar el resultado de la actividad
electoral en un único ejercicio.
Siguiendo este criterio, se han activado gastos por 260.465.970 ptas.
correspondientes a los procesos electorales celebrados en el
ejercicio y se han imputado al resultado del ejercicio 66.701.663
ptas. No obstante, no se ha imputado la parte proporcional de los
gastos correspondientes a las elecciones al Parlamento Vasco
calculada, según el periodo transcurrido, en, al menos, 5.937.362
ptas. Se han diferido ingresos por importe de 158.480.925 ptas. y se
han imputado al resultado del ejercicio 31.410.527 ptas. Tampoco se
ha imputado la parte proporcional de los ingresos por las
subvenciones de las elecciones al Parlamento Vasco, que, al igual que
en el caso anterior, se calculan en, al menos, 4.698.302 ptas., sin
considerar, por irrelevante, la diferencia en la estimación de las
subvenciones pendientes de cobro de estas elecciones, según se señala
en el apartado «Deudores».
III.6. Ingresos
El saldo agregado del epígrafe «Cuotas de afiliados» incluye la parte
de las cuotas recaudadas por la organización municipal que han sido
transferidas a los Consejos Regionales, cuya suma asciende a
100.877.262 ptas., según los registros de éstos. Asimismo, recoge una
estimación de los ingresos en función del número de afiliados, por
valor de 149.765.000 ptas., que aparece registrada en la contabilidad
del EBB. Este último saldo tiene como contrapartida la cuenta de
gastos «Otros gastos de gestión» de cada Consejo Regional,
compensándose ambas cuentas. Este procedimiento ocasiona que el
ingreso agregado por cuotas de afiliados esté duplicado en la cuantía
de los ingresos transferidos a los Consejos Regionales, al estar
éstos incluidos también en la estimación
del EBB, aunque el resultado no se ve afectado. Por otra parte, dado
que las cuotas son recaudadas por la organización municipal, cuya
actividad no está incluida en la contabilidad examinada, el total de
los ingresos cobrados no aparece contabilizado en los estados
rendidos.
El saldo agregado del epígrafe «Donativos y aportaciones» incluye las
aportaciones, ingresadas en cuentas corrientes específicas, con
motivo de las campañas para la construcción de la sede del Partido y
del centenario de su fundación, de las que 279 millones tienen
carácter anónimo y 207 millones son nominativos. De las aportaciones
nominativas, 188 millones de ptas. corresponden a la recaudación
efectuada por las Organizaciones Municipales a través de un sistema
de venta de bonos con matrices prenumeradas en las que se recoge la
identidad del aportante, según las instrucciones emitidas para su
recaudación, permaneciendo en estas Organizaciones las relaciones de
los aportantes.
El saldo agregado del epígrafe «Subvenciones oficiales» está formado
por 22.578.540 ptas. de la contabilidad del GBB, que proceden de las
aportaciones de la Junta General de Guipúzcoa a los cargos electos;
por 28.221.478 ptas. de la contabilidad del Araba Buru Batzarra, que
proceden principalmente de la aportación de la Junta General de
Álava; y por 333.746.125 ptas. de la contabilidad del EBB, que a su
vez corresponde a las siguientes subvenciones: subvención de
funcionamiento ordinario regulada en la Ley Orgánica 3/1987 sobre
Financiación de los Partidos Políticos, por 122.551.776 ptas.;
subvención al grupo parlamentario en el Parlamento Vasco, por
52.445.483 ptas.; subvención al grupo parlamentario en el Senado y en
el Congreso de los Diputados, por 25.065.948 y 43.749.528 ptas.
respectivamente; subvención a los parlamentarios en el Parlamento
Europeo, por 4.346.347 ptas.; y, por último, subvención del Gobierno
Vasco para gastos de funcionamiento, por 85.587.043 ptas. Esta última
subvención no se incluye entre los recursos procedentes de la
financiación pública señalados en el artículo 2.º de la Ley Orgánica
citada.
El epígrafe «Subvenciones de capital transferidas al resultado», con
un saldo de 31.410.527 ptas., refleja la imputación de los ingresos
electorales. Como se ha indicado anteriormente, este importe está
minusvalorado en la parte de los ingresos de las elecciones al
Parlamento Vasco no imputada, y en la diferencia correspondiente a
las elecciones a Cortes Generales, si bien este último importe es
irrelevante.
III.7. Gastos
La cifra de gastos de la cuenta de pérdidas y ganancias agregada
incluye los gastos de las campañas electorales celebradas en el
ejercicio, 260.465.970 ptas. El Partido en el proceso de activación
de estos gastos, tal como se ha señalado, ha registrado como ingreso
su importe, compensando los gastos.
Tampoco se ha efectuado la imputación de los gastos activados
relativos a las elecciones al Parlamento Vasco.
Se han detectado gastos por 2.709.000 ptas. justificados únicamente
por un albarán; y gastos por 2.500.000 ptas., cuya única
documentación justificativa son los documentos de pago.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas, se obtiene
que el importe de las subvenciones concedidas a los grupos
parlamentarios de esta Formación política asciende a 117.797.351
ptas., que coincide con el importe registrado, salvo una diferencia
conciliada.
V. Aportaciones a cargos electos en Juntas Generales y Ayuntamientos
De la información aportada por cada una de las Juntas Generales y los
distintos Ayuntamientos que han atendido a la solicitud del Tribunal
de Cuentas, resulta que esta Formación política ha recibido
aportaciones, al menos, por unos importes de 89.274.162 ptas. y
31.770.576 ptas., respectivamente.
En los ingresos de los Consejos Regionales aparecen registradas las
aportaciones de las Juntas Generales. Por el contrario, la
contabilidad rendida no incluye las aportaciones procedentes de los
Ayuntamientos.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos previstos para la financiación de éstos.
PARTIDO POPULAR
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
El Partido Popular ha rendido, dentro del plazo establecido por la
Ley Orgánica 3/1987, los balances de situación al 31 de diciembre de
1994 y las cuentas de pérdidas
y ganancias del ejercicio, de la Tesorería Nacional, de la
organización territorial hasta nivel provincial y de los grupos
parlamentarios, sin incluir la contabilidad de las Agrupaciones
Locales del Partido, de los Grupos de Cargos Electos de Entidades
Locales y del Grupo Parlamentario Europeo. También ha rendido los
balances de situación y cuentas de pérdidas y ganancias consolidadas
procedimiento contable a fin de eliminar las anotaciones contables
ocasionadas por los traspasos de tesorería entre sedes. No obstante,
en algunas de las sedes visitadas se han observado otras operaciones
recíprocas que no han sido eliminadas en el proceso de consolidación.
El Partido Popular concurrió a las Elecciones al Parlamento Europeo y
al Parlamento de Andalucía, celebradas el 12 de junio de 1994, y
presentó, de acuerdo con lo contemplado en la legislación electoral
estatal y autonómica, las respectivas contabilidades electorales al
Tribunal de Cuentas, cuyos Informes aprobados por el Pleno fueron
remitidos a las Cortes Generales y al Parlamento de Andalucía.
También concurrió a las Elecciones al Parlamento Vasco, celebradas el
23 de octubre de 1994, y presentó la contabilidad electoral al
Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, el cual emitió su Informe. La
integración de las contabilidades electorales en la contabilidad
anual de 1994 se ha efectuado mediante la incorporación, en la
contabilidad de las distintas sedes, de cada una de las anotaciones
contables que reflejan la actividad electoral.
II. Situación económico-financiera
Acontinuación se presentan el balance de situación y la cuenta de
pérdidas y ganancias consolidados. Asimismo, se incluyen los estados
contables de la Tesorería Nacional, las sedes regionales de Castilla-
La Mancha, Galicia y Madrid y la sede provincial de Valencia, en las
que se han realizado comprobaciones, cuyos resultados se exponen en
loscorrespondientes apartados de este Informe.
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Se han efectuado comprobaciones de los estados contables de la
Tesorería Nacional, así como de las sedes regionales de Castilla-La
Mancha, Galicia y Madrid y de la sede provincial de Valencia, que
representan el 57 por ciento de los saldos de las cuentas de activo
del balance de situación final consolidado y el 53 y 66 por ciento de
los gastos e ingresos, respectivamente, de la cuenta de pérdidas y
ganancias consolidada.
Del examen de la documentación justificativa de los estados contables
se deducen las observaciones y, en su caso, irregularidades y
deficiencias que afectan a su representatividad, y que se exponen a
continuación.
III.1. Tesorería Nacional
III.1.1. Inmovilizado
En el examen de la documentación justificativa, se ha observado que
gastos de instalación, por importe de 2.124.387 ptas., relativos a
elementos patrimoniales incluidos en la cuenta «Equipos de
seguridad», no han sido activados. Figura además otra partida, por
6.391.026
ptas., que, dada la naturaleza de los bienes adquiridos, también
debería haberse activado.
Al igual que se ha indicado en Informes anteriores, el inmovilizado
material está soportado por el inventario de los bienes comprendidos
en el mismo, salvo diversas cuentas relativas al «Inmovilizado
material no amortizable», entre las que se incluye, fundamentalmente,
un saldo de 197.458.865 ptas., totalmente amortizado, que
corresponde, según el Partido, a bienes adquiridos antes de 1987.
III.1.2. Deudores
Se ha regularizado con cargo a cuentas de fondos propios la parte no
cobrada de la estimación de las subvenciones pendientes de las
elecciones a Cortes Generales de 1993, por 55.152.133 ptas.; los
créditos con Coalición Popular derivados de las elecciones celebradas
en 1986, por 95.782.320 ptas.; y diversos saldos por un total de
2.896.035 ptas.
El saldo final del epígrafe «Deudores» incluye, fundamentalmente, los
créditos de las subvenciones pendientes de las elecciones al
Parlamento Europeo, al Parlamento de Andalucía y al Parlamento Vasco,
por 125.693.278 ptas., 35.348.300 ptas. y 57.505.245 ptas.,
respectivamente, que se cobran en el ejercicio siguiente.
Ala cifra total de deudores hay que agregar los saldos deudores
incluidos en el epígrafe «Préstamos recibidos a corto plazo» del
pasivo, por importe de 2.780.000 ptas., como se indica en el apartado
correspondiente. Por otra parte, figuran créditos diversos, por un
total de 4.354.491 ptas., que se regularizan en ejercicios
posteriores o son de dudosa cobrabilidad.
III.1.3. Tesorería
El saldo de «Tesorería» está integrado por el de caja, por importe de
2.084.543 ptas., y los de bancos e instituciones de crédito, por
189.258.579 ptas.
El Partido ha remitido la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas a todas las entidades financieras en las que ha mantenido
cuentas abiertas durante el ejercicio, habiéndose recibido respuesta
de todas ellas. En los casos en que las respuestas no han informado
de alguna de las cuentas registradas, se ha comprobado que los saldos
contables coinciden con los extractos bancarios facilitados por el
Partido.
III.1.4. Fondo Patrimonial
El balance de la Tesorería Nacional presenta, a 31 de diciembre de
1994, un fondo patrimonial negativo de 1.433.399.371 ptas., que
comprende los siguientes epígrafes:
El epígrafe «Resultados ejercicios anteriores», además de la
incorporación del beneficio del ejercicio anterior, ha registrado,
fundamentalmente, las siguientes operaciones: la regularización de
diversos créditos, por un total de 153.830.488 ptas.; el
reconocimiento de intereses en la amortización de operaciones de
endeudamiento, por importe de 178.184.500 ptas.; y por último, la
regularización de una deuda con una entidad de crédito, por
34.070.499 ptas. Estas operaciones se detallan en sus apartados
respectivos. Independientemente de su efecto final sobre el valor del
fondo patrimonial, estos ajustes se deberían haber imputado a la
cuenta de pérdidas y ganancias, siguiendo la clasificación que se
estime más pertinente en función de su naturaleza.
El epígrafe «Resultado operativo de la sede» se corresponde con el
resultado reflejado en la cuenta de pérdidas y ganancias.
El epígrafe «Traspasos de tesorería» recoge los envíos de fondos
entre las distintas sedes. El Partido en este ejercicio ha modificado
el procedimiento de contabilización de los fondos enviados a las
sedes para gastos de funcionamiento, registrándolos en cuentas
financieras deudoras y acreedoras, respectivamente. Al final del
ejercicio, en los balances correspondientes a las sedes, estos saldos
se incluyen entre los fondos propios, mientras que
en el balance consolidado se saldan por la compensación de los saldos
deudores y acreedores.
III.1.5. Deudas con entidades de crédito
La deuda del balance de situación consolidado, correspondiente a los
epígrafes «Deudas l/p préstamos recibidos» y «Préstamos recibidos a
c/p», suma 2.231.101.403 ptas. y está contabilizada, casi en su
totalidad, en las sedes en las que se han efectuado comprobaciones,
cuyos resultados se señalan en los apartados respectivos.
La deuda con entidades de crédito, tanto de capital como de
intereses, presentada en el balance de la Tesorería Nacional asciende
a 1.933.974.695 ptas. a 31 de diciembre de 1994 y está contabilizada
en los epígrafes siguientes: «Deudas l/p préstamos recibidos» con un
saldo de 1.266.092.200 ptas.; «Préstamos recibidos a c/p» con un
importe de 636.236.607 ptas. (una vez eliminado un saldo deudor de
2.780.000 ptas incorrectamente clasificado y una partida de 760.000
ptas que no corresponde a deudas con entidades de crédito, como se
señala en sus respectivos epígrafes); y, por último, «Acreedores
a corto plazo» en el que se incluyen 31.645.888 ptas. en concepto de
intereses devengados no vencidos.
Durante el ejercicio se han cancelado nueve operaciones con una deuda
total de 923.400.631 ptas. Previamente a la cancelación de tres de
estas operaciones, formalizadas con una misma entidad, con una deuda
pendiente de 91.363.651 ptas., se han reconocido intereses no
contabilizados por 178.184.500 ptas. con cargo a fondos propios. Otra
operación, con una deuda de 171.070.499 ptas., de la que no se ha
reconocido intereses desde marzo de 1986, se ha cancelado con el pago
de 137 millones de pesetas, regularizándose la diferencia, por
34.070.499 ptas., con abono a fondos propios. Esta última operación,
por la que se condona parte de la deuda, no está incluida entre las
fuentes de financiación previstas en la Ley Orgánica 3/1987.
Respecto a los préstamos vivos al final del ejercicio, se ha
formalizado una operación por 260.000.000 ptas. y se han producido
amortizaciones de capital por un total de 195.735.684 ptas.,
resultando un deuda de capital de 1.063.334.147 ptas. De acuerdo con
el plazo de vencimiento señalado en las pólizas, al 31 de diciembre
de 1994, 96.638.269 ptas. corresponden a dos pólizas vencidas,
suscritas con una misma entidad de crédito. No obstante, existe un
acuerdo con dicha entidad para amortizar estas operaciones en cinco
años.
En cuanto a las cuentas de crédito, durante el ejercicio se han
formalizado siete operaciones de crédito, con un límite total
concedido de 1.465.000.000 ptas. Una de las operaciones formalizadas,
por 60.000.000 ptas., se produce por la conversión de una póliza
vencida, con un saldo dispuesto de 30.000.000 ptas. y unos intereses
contabilizados vencidos, hasta mayo de 1993, de 29.486.666 ptas.
Otras dos de las operaciones, por un total de 320.000.000 ptas., se
han amortizado en el propio ejercicio. El resto de las operaciones
formalizadas tienen carácter electoral, y se han utilizado en las
elecciones al Parlamento Europeo y al Parlamento Vasco. El importe
dispuesto al final del ejercicio asciende a 838.994.660 ptas.
Los gastos financieros de los préstamos se contabilizan en el momento
de su pago, sin que se realicen periodificaciones de intereses. En
las pólizas de crédito, se cargan en la cuenta de crédito en el
momento de su liquidación, si bien al final del ejercicio se realizan
periodificaciones de intereses. Al 31 de diciembre de 1994, éstos
ascienden a 31.645.888 ptas., como ya se ha señalado. Durante 1994 se
han reconocido intereses en cuentas de gastos por operaciones de
endeudamiento por 376.777.276 ptas.
Respecto a la confirmación de la deuda con las entidades de crédito,
el Partido ha remitido la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas a todas las entidades de crédito a que corresponden las
operaciones contabilizadas. Han contestado todas ellas, y no se han
observado diferencias con los importes contabilizados.
III.1.6. Acreedores
El saldo acumulado de las cuentas de «Acreedores a corto plazo» y
«Administraciones públicas», al 31 de diciembre de 1994, suma
186.754.317 ptas. No obstante, a esta cifra hay que agregar el saldo
acreedor recogido en el epígrafe «Préstamos recibidos a c/p», por
importe de 760.000 ptas., como se ha indicado.
El saldo final de acreedores está formado por la deuda derivada de la
actividad ordinaria del Partido, por un importe total de 67.876.733
ptas.; la deuda con las Administraciones Públicas, por 87.991.696
ptas; y los intereses periodificados pendientes de pago, por
31.645.888 ptas., analizados en el epígrafe anterior.
En la deuda derivada de la actividad ordinaria se incluye el saldo de
la cuenta «Nómina Congreso y Senado», por importe de 6.776.214 ptas.,
que está formado, fundamentalmente, por la diferencia entre los
fondos recibidos de las Cortes Generales y del Parlamento Europeo en
concepto de abono de las nóminas de los parlamentarios y el pago
efectuado a los mismos. Según explicaciones del Partido, este saldo
corresponde a multas a los Diputados y Senadores, quedando a
disposición del Grupo Parlamentario. Una vez eliminado este débito
con el crédito recíproco que aparezca en los estados financieros del
Grupo, este importe debe figurar como ingreso en la cuenta de
resultados consolidada, sin que ello importe duplicidad alguna.
III.1.7. Ingresos
Los ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada suman
8.082.222.289 ptas., de las que 1.650.784.440 ptas. corresponden a
los ingresos electorales declarados al Tribunal de Cuentas con motivo
de las elecciones al Parlamento Europeo y al Parlamento de Andalucía
celebradas en este ejercicio.
De los 7.072.948.864 ptas. de subvenciones públicas que figuran en la
cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, 5.109.750.558 ptas. están
registradas en la contabilidad de la Tesorería Nacional. De este
importe, 3.421.823.580 ptas. corresponden a las subvenciones del
Estado para funcionamiento ordinario; 1.643.152.124 ptas., a las
subvenciones de las elecciones al Parlamento Europeo, al Parlamento
de Andalucía y al Parlamento Vasco, salvo los
anticipos cobrados en las sedes regionales, como se señala mas
adelante; 23.774.854 ptas., a subvenciones electorales devengadas en
ejercicios anteriores, que se han contabilizado en el momento de su
cobro; y, por último, 21.000.000 ptas. a otras subvenciones de las
que 20,5 millones de ptas. son subvenciones recibidas por la
organización del Partido Nuevas Generaciones, procedentes del
Instituto de la Juventud. Este último ingreso no figura entre los
recursos públicos contemplados en la Ley Orgánica 3/1987.
El resto de las subvenciones públicas registradas en otras sedes, por
1.963.198.306 ptas., corresponden: 64.356.525 ptas. al anticipo del
30 por ciento de las subvención electoral por los resultados en las
elecciones al Parlamento de Andalucía, registrada en la
correspondiente sede regional; 75.000.000 ptas. a la aportación
contabilizada en la regional de Castilla-La Mancha, pendiente de
percibir del Grupo Parlamentario, como se señala posteriormente;
49.022.531 ptas. a subvenciones contabilizadas en otras sedes
regionales y provinciales; y, por último, 1.774.819.250 ptas. a los
importes contabilizados en los estados rendidos de los Grupos
Parlamentarios de las Cortes Generales y de las Asambleas
Legislativas de las Comunidades Autónomas. Dentro de este último
importe, se incluye la subvención para gastos de funcionamiento
otorgada por el Gobierno Vasco, por importe de 24.274.609 ptas.,
registrada en la contabilidad del Grupo en el Parlamento Vasco. Por
otra parte, hay que añadir las subvenciones recibidas por los Grupos
Parlamentarios en el Parlamento de Cataluña y en la Asamblea Regional
de Murcia, incluidas inadecuadamente en el epígrafe «Ingresos por
cuotas», por 43.461.364 y 48.232.712 ptas., respectivamente.
Las subvenciones públicas registradas en las cuentas de pérdidas y
ganancias de cada uno de los Grupos Parlamentarios coinciden con las
informadas por las Cortes Generales y Asambleas Legislativas, según
se refleja en el apartado IV de este Informe, salvo diferencias
debidas fundamentalmente a desfases temporales, a la periodificación
de subvenciones pendientes de cobrar y al registro inadecuado como
subvenciones, de operaciones de otra naturaleza.
El epígrafe «Ingresos por donativos», con un saldo de 38.627.624
ptas., comprende donativos nominales y anónimos, por importe de
4.323.000 ptas. y 34.304.624 ptas., respectivamente. Dentro de los
donativos nominales, cuatro millones de pesetas proceden de una
entidad jurídica, sin que se haya facilitado el acuerdo del órgano
social competente que se contempla en el artículo 4.2 de la Ley
Orgánica 3/1987. Ninguno de los donativos anónimos supera, de acuerdo
con las anotaciones contables, el límite que se fija en la Ley
Orgánica.
En el epígrafe «Ingresos por arrendamientos» se incluyen los
correspondientes a los subarriendos de partes del edificio de la sede
central. No se ha facilitado los contratos de arrendamiento
correspondiente a ingresos por el alquiler de diversas plazas de
garaje, por importe de 1.875.168 ptas. El Partido en las alegaciones
señala que se trata de un acuerdo verbal de 1987 para el uso de un
número de plazas que fluctúa en función de las necesidades de ambas
partes. Este tipo de contratos dificulta la fiscalización de las
condiciones pactadas, especialmente las rentas acordadas.
El epígrafe «Ingresos por cuotas» recoge las aportaciones de los
Diputados en el Parlamento Europeo, que se realizan descontándolas
directamente de su sueldo.
III.1.8. Gastos
Los gastos de la cuenta de pérdidas y ganancias de la Tesorería
Nacional suman 3.836.758.618 ptas., de las que 1.279.839.728 ptas.
corresponden a los gastos electorales declarados al Tribunal de
Cuentas con motivo de las elecciones al Parlamento Europeo,
celebradas en 1994.
Existen gastos por valor de 15.184.641 ptas. correspondientes al
ejercicio anterior. También se han detectado gastos, por al menos
2.459.308 ptas., cuya prestación se extiende al ejercicio siguiente,
sin que se haya realizado ningún tipo de periodificación.
III.2. Sede Regional de Castilla-La Mancha
El saldo del epígrafe «Tesorería» incluye erróneamente la
contrapartida del importe disponible de una póliza de crédito, por
19.660.000 ptas., como se detalla más adelante, y un descubierto en
cuenta corriente, por 11.795.087 ptas., que debe figurar en el pasivo
del balance.
Del saldo del epígrafe «Deudores», 186.314.389 ptas. corresponden a
créditos con el Grupo Parlamentario de las Cortes de Castilla-La
Mancha, con el siguiente detalle por conceptos:
- Gastos pagados por cuenta del Grupo Parlamentario y asunción de
obligaciones contraídas por el mismo, por 14.466.109 ptas.
- Entrega de fondos y gastos financieros del préstamo bancario
suscrito por la sede regional para financiar gastos del Grupo
Parlamentario, por un total de 40.848.280 ptas.
- Aportaciones a cuenta de las subvenciones que el Grupo
Parlamentario tiene pendiente de recibir de las Cortes de Castilla-La
Mancha, por 131.000.000 ptas.
Tanto estos créditos como los débitos recíprocos registrados en la
contabilidad del Grupo Parlamentario no han sido eliminados en el
proceso de consolidación.
Se han suscrito en el ejercicio dos nuevas pólizas de crédito, de 50
millones de pesetas cada una. En una de ellas, aunque al final del
ejercicio quedaba un disponible de 19.660.000 ptas., su
contabilización se ha efectuado por el límite del crédito, sin seguir
las normas de valoración del Plan General de Contabilidad. El
endeudamiento con entidades de crédito, al 31 de diciembre de 1994,
asciende a 120.277.409 ptas., una vez descontado, del saldo del
epígrafe «Préstamos recibidos a corto plazo», el saldo disponible de
la cuenta de crédito y sumado el descubierto en cuenta corriente,
como se ha señalado anteriormente. De este importe, 28.172.322 ptas.
corresponden a una póliza vencida, formalizada en el ejercicio
anterior. Las respuestas a la circularización bancaria han confirmado
los saldos contabilizados, salvo una diferencia de 496.460 ptas., que
se corresponde a la liquidación de intereses a fin de ejercicio,
contabilizada en 1995.
El epígrafe «Acreedores a corto plazo» incluye la deuda, por importe
de 25.222.958 ptas., derivada de diversas obras e instalaciones
interiores en el local que el Partido alquiló en mayo de 1993 para su
uso como sede regional y provincial. En el ejercicio 1995, esta deuda
se regulariza con cargo a resultados de ejercicios anteriores, dado
que las partes contratantes proceden a suscribir un anexo al contrato
de arrendamiento en el que se estipula que las obras e instalaciones
realizadas por la arrendadora quedan a beneficio del inmueble y se
integran dentro del objeto del arrendamiento, modificándose la renta
pactada en el contrato de arrendamiento.
Los ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias rendida suman
75.526.200 ptas., de los que 75.000.000 ptas. corresponden a los
ingresos devengados en concepto de aportaciones del Grupo
Parlamentario, procedentes de la subvención de las Cortes de
Castilla-La Mancha, sin que dicho importe esté eliminado en la cuenta
de pérdidas y ganancias consolidada.
III.3. Sede Regional de Galicia
El saldo del epígrafe de «Tesorería» incluye indebidamente el importe
dispuesto de una cuenta de crédito, por 21.453.703 ptas., que debe
figurar en el pasivo del balance. El saldo de tesorería, en
consecuencia, está formado por el de caja y el de cuentas corrientes,
por importes de 9.799.446 ptas. y 1.703.239 ptas., respectivamente.
En el funcionamiento de caja, no consta la realización de arqueos
periódicos. Además, se han detectado pagos de elevada cuantía y el
mantenimiento de elevados saldos, con el consiguiente riesgo para un
buen control de las disponibilidades líquidas.
Respecto al endeudamiento con entidades financieras, se han
amortizado durante el ejercicio 100 millones de ptas., quedando
canceladas las pólizas suscritas para las elecciones al Parlamento de
Galicia. De los intereses satisfechos de estas deudas, se han
contabilizado con cargo a cuentas de neto patrimonial 1.688.991 ptas.
La deuda registrada con entidades de crédito, al 31 de diciembre de
1994, ascendía a 214.010.809 ptas., figurando contabilizada en el
epígrafe «Préstamos recibidos a corto plazo», por 192.557.106 ptas.,
y en «Tesorería», por el resto, como se ha indicado. No se ha
recibido confirmación bancaria del saldo de 92.557.106 ptas.,
relativo a un préstamo suscrito con una entidad de crédito, con fecha
31 de diciembre de 1992.
En el saldo de la deuda con entidades de crédito, se incluyen 100
millones de pesetas que corresponden a cinco operaciones de
endeudamiento suscritas con una Caja de Ahorros en los ejercicios
1986, 1987 y 1990 y contabilizadas en el ejercicio 1993, de las que
no se han facilitado las pólizas correspondientes. El Partido en las
alegaciones al Informe de 1993, señaló que cuatro de estas
operaciones fueron formalizadas por el Partido Unido de Alianza
Popular, incluyéndose en la contabilidad una vez conocida su
existencia. La entidad de crédito, en respuesta a la circularización
bancaria, ha informado al Tribunal de Cuentas que, al 31 de diciembre
de 1994, el capital pendiente de estos préstamos ascendía a
108.084.751 ptas. y la deuda por intereses a 250.781.452 ptas.
Los ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias rendida suman
51.604.267 ptas. Además, esta sede ha dispuesto de traspasos de
fondos de la Tesorería Nacional y del Grupo Parlamentario en el
Parlamento de Galicia, por 45.480.000 y 17.900.000 ptas.,
respectivamente, que aparecen recogidos en el epígrafe «Traspasos de
tesorería», según el procedimiento de contabilización señalado en el
apartado de la Tesorería Nacional.
El epígrafe «Ingresos por cuotas» registra los fondos recaudados por
el Partido en actividades destinadas a recabar apoyo financiero, con
un saldo de 17.223.500 ptas., que se corresponde con ingresos
directamente en caja, de los que únicamente se ha facilitado, como
documentación justificativa, una nota interna, sin especificar su
naturaleza.
Figuran contabilizados gastos del ejercicio anterior, por un total,
al menos, de 4.181.465 ptas.
III.4. Sede Regional de Madrid
El saldo de «Tesorería» del balance de situación rendido está
integrado por el disponible en caja, por 239.866 ptas., y por los
saldos de tres cuentas corrientes, por 2.739.477 ptas. No existe una
cuenta específica para las aportaciones privadas, contraviniendo lo
señalado en el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/1987 sobre
Financiación de los Partidos Políticos. No consta la realización de
arqueos periódicos sobre el saldo de la caja. Las entidades de
crédito en las que se han mantenido abiertas cuentas corrientes han
informado sobre las mismas y los saldos confirmados han sido
debidamente conciliados.
Respecto al inmovilizado, no consta la existencia de inventario. Se
ha regularizado con cargo a cuentas de neto patrimonial, en lugar de
contabilizarse con cargo al resultado del ejercicio, un crédito con
la Tesorería Nacional que no estaba registrado en ésta, si bien su
importancia relativa sobre el resultado del ejercicio es irrelevante.
El saldo del epígrafe «Deudores» corresponde íntegramente a créditos
internos con parte de la organización institucional o territorial del
partido.
No figura en el pasivo ninguna deuda con entidades de crédito. Los
acreedores a corto plazo corresponden, fundamentalmente, a la deuda
con las Administraciones Públicas por las cuotas pendientes de la
Seguridad Social y las retenciones del IRPF, por un total de
1.690.570 ptas., y a la deuda con los acreedores por prestación de
servicios de la actividad ordinaria, por 4.725.161 ptas.
Los ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias rendida suman
34.726.608 ptas. Además, esta sede ha dispuesto de traspasos de
fondos de la Tesorería Nacional por 31.070.003 ptas., que aparecen
recogidos en el epígrafe «Traspasos de tesorería», según el
procedimiento de contabilización señalado en el apartado de la
Tesorería Nacional.
Dentro del epígrafe «Otras subvenciones», se incluye una subvención
otorgada por la Comunidad de Madrid a Nuevas Generaciones, por
3.350.000 ptas. Este último ingreso no figura entre los recursos
públicos previstos en la Ley Orgánica 3/1987.
III.5. Sede Provincial de Valencia
El saldo de «Tesorería» está formado por el de caja, por 442.252
ptas., y el de las cuentas corrientes, por 842.161
ptas. En el saldo final de una de las cuentas corrientes, existe una
diferencia sin conciliar de 491.072 ptas., que se regulariza en el
ejercicio siguiente con cargo al resultado de este ejercicio. El
arqueo de caja facilitado no coincide con el saldo contable de esta
cuenta, si bien la diferencia es irrelevante.
El epígrafe «Deudores» recoge las cuotas impagadas de afiliados y
cargos electos procedentes de ejercicios anteriores, por 1.640.996
ptas., y una entrega de 250.000 ptas. a fin de reducir una deuda con
una entidad de crédito, que no figura en contabilidad hasta el
ejercicio 1995, y cuyo saldo pendiente al 31 de diciembre de 1994 era
de 944.170 ptas., según el extracto bancario. El saldo de este
epígrafe se regulariza en el ejercicio siguiente.
Se han cancelado indebidamente diversas deudas procedentes, al menos,
del ejercicio 1992, por un total de 1.869.415 ptas., cuyos documentos
justificativos de pago facilitados corresponden a facturas y otra
documentación de gastos de los ejercicios 1993 y 1994, como se
anticipó en el Informe de 1993 en el trámite de alegaciones. En el
saldo final del epígrafe «Acreedores a corto plazo», se incluye un
saldo deudor incorrectamente clasificado, por 626.672 ptas., que
corresponde a la cuenta «Remuneraciones pendientes de pago» y surge
como consecuencia de pagos de los que no se ha reconocido el
correspondiente gasto. Este saldo se regulariza en el ejercicio 1996.
Los ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias rendida suman
11.111.929 ptas. Además, esta sede ha dispuesto de traspasos de
fondos de la Tesorería Nacional y de la sede regional, por 13.160.000
y 1.124.536 ptas., respectivamente, que aparecen recogidos en el
epígrafe «Traspasos de tesorería», según el procedimiento de
contabilización señalado en el apartado de la Tesorería Nacional.
No existen cuentas en entidades de crédito destinadas a recoger con
carácter exclusivo los ingresos por aportaciones privadas,
contraviniendo lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/
1987.
Subvenciones a Grupos Parlamentarios IV.
Del análisis de las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal
de Cuentas a las Cortes Generales y Asambleas Legislativas
Autonómicas, se obtiene el importe de las subvenciones concedidas a
esta Formación política, que asciende a 1.634.533.710 ptas. Los
resultados de la comprobación con los importes registrados en los
estados contables rendidos se indican en el epígrafe III.1.7.
En la información recibida del Gobierno Vasco figura un importe de
24.274.609 ptas. que, según se deduce de la comunicación remitida por
éste al Tribunal de Cuentas, responde a subvención de gastos de
funcionamiento del ejercicio 1994. Debe señalarse a este respecto,
que el otorgamiento de estas subvenciones no está amparado en lo
contemplado en el artículo 2 de la Ley Orgánica 3/1987 de
Financiación de Partidos Políticos.
V. Aportaciones a Cargos Electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información facilitada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
resulta que esta Formación política
ha recibido aportaciones, al menos, por un importe de 566.204.135
ptas.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
El Partido Socialista Obrero Español ha rendido, dentro del plazo
establecido por la Ley Orgánica 3/1987, los balances de situación al
31 de diciembre de 1994 y lascuentas de pérdidas y ganancias del
ejercicio, de la Comisión Ejecutiva Federal, de la organización
territorial hasta nivel provincial y de los grupos parlamentarios.
También ha rendido los balances de situación y cuentas de pérdidas y
ganancias consolidados a nivel regional y nacional, sin incluir la
contabilidad de las Agrupaciones Locales del Partido, salvo parte del
ámbito comarcal de la sede regional de Valencia, la de los Grupos de
Cargos Electos de Entidades Locales y la del Grupo Parlamentario en
el Parlamento Europeo.
El Partido Socialista Obrero Español concurrió a las Elecciones al
Parlamento Europeo y al Parlamento de Andalucía, celebradas el 12 de
junio de 1994, y presentó, de acuerdo con lo contemplado en la
legislación electoral
estatal y autonómica, las respectivas contabilidades electorales al
Tribunal de Cuentas, cuyos Informes aprobados por el Pleno fueron
remitidos a las Cortes Generales y al Parlamento de Andalucía.
También concurrió a las Elecciones al Parlamento Vasco, celebradas el
23 de octubre de 1994, y presentó la contabilidad electoral al
Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, el cual emitió su Informe. La
integración de las contabilidades electorales en la contabilidad
anual de 1994 se ha efectuado mediante la incorporación de los saldos
de las cuentas de activo y pasivo, y del déficit resultante de los
ingresos y gastos electorales de las distintas campañas.
II. Situación económico-financiera
A fin de facilitar la lectura de la información económico-
financiera, dado que el balance de situación y la cuenta de pérdidas
y ganancias del consolidado final está formulado en cuentas de cuatro
dígitos, en los estados contables que se presentan a continuación,
éstas se han agrupado de acuerdo con los epígrafes de las cuentas
anuales del Plan General de Contabilidad, sin perjuicio de que en los
distintos apartados del Informe se acuda a mayor detalle para
favorecer su comprensión.
Se incluyen, además, los estados contables previos a los ajustes de
consolidación, relativos a la Comisión Ejecutiva Federal y a las
sedes regionales de Andalucía, Euskadi, Madrid y Valencia, en las que
se han realizado comprobaciones. Los resultados se exponen en los
correspondientes apartados de este Informe.
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Se han efectuado comprobaciones de los estados contables de la
Comisión Ejecutiva Federal y de las sedes regionales de Andalucía,
Euskadi, Madrid, y Valencia, que representan el 61 por ciento del
balance de situación agregado a nivel nacional y el 55 y 56 por
ciento de los gastos e ingresos, respectivamente, de la cuenta de
pérdidas y ganancias agregada, antes de las eliminaciones realizadas
en el proceso de consolidación.
Del examen de la documentación justificativa de los estados contables
resultan las observaciones y, en su caso, irregularidades y
deficiencias que afectan a su representatividad, y que se exponen a
continuación.
III.1. Comisión Ejecutiva Federal
III.1.1. Inmovilizado
Como ya se señaló en el Informe de 1993, durante 1994 se arrastra el
error de calcular la amortización de las construcciones sin separar
el valor de los terrenos, activos no amortizables.
Al igual que en ejercicios anteriores, como inventario de los bienes
de inmovilizado material se ha presentado un cuadro de
amortizaciones, en el que figuran detallados cada uno de los bienes,
excepto en algunas partidas, cuya identificación se efectúa por el
número de factura, en la que se incluyen varios elementos.
El epígrafe «Inmovilizaciones financieras», cuya mínima variación con
respecto al ejercicio anterior se ha producido en las fianzas
constituidas, incluye los préstamos concedidos a una federación, por
importe de 19 millones de ptas., y al Partido Socialista de Cataluña,
por 55.127.043 ptas. Este último se regulariza con cargo a gastos y
pérdidas de ejercicios anteriores en 1995. También recoge el valor de
las acciones y participaciones sin cotización oficial, por 11.000.000
ptas. De la cartera de valores, la principal inversión corresponde al
100% de la sociedad «Editorial El Socialista, S.A.», por importe de
10.000.000 ptas.
III.1.2. Deudores
El saldo más importante de este epígrafe corresponde al crédito con
la Hacienda Pública por las subvenciones pendientes de cobro de las
elecciones al Parlamento Europeo, por 123.208.893 ptas., que se
percibe en los ejercicios siguientes. Incluye también créditos
internos con las Federaciones regionales, por 22.660.000 ptas., que
coinciden con los saldos acreedores registrados en éstas y han sido
eliminados del balance de situación consolidado final.
Se ha regularizado por incobrable un crédito con una persona física,
por 13.224.328 ptas., derivado del pago efectuado a una entidad de
crédito con motivo de un procedimiento judicial, según explicaciones
del partido.
III.1.3 Inversiones financieras temporales
Se han regularizado, con cargo a gastos y pérdidas del ejercicio
anterior, créditos con «Solidaridad Democrática»
y con la «Fundación Pablo Iglesias», por 10 y 33 millones de
ptas., respectivamente, al acordar el Partido la cancelación de la
deuda por la insuficiencia financiera de ambas fundaciones.
III.1.4 Tesorería
El epígrafe «Tesorería» está formado por las cuentas de caja, con un
saldo total de 1.096.237 ptas., y las cuentas abiertas en bancos e
instituciones de crédito, con un saldo conjunto de 229.615.703 ptas.
El partido ha remitido la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas a todas las entidades financieras en las que ha mantenido
cuentas abiertas durante el ejercicio, no habiéndose recibido la
respuesta de cuatro entidades. Las cuentas bancarias no informadas
con saldos o movimientos de cierta relevancia, de las que no se ha
dispuesto del extracto bancario, corresponden a dos cuentas
corrientes abiertas en sendas entidades de crédito. Una de ellas no
registra ningún movimiento y presenta un saldo deudor contable de
2.004.281 ptas.; y la otra registra unos movimientos acumulados de
90.744.322 ptas y tiene un saldo de cero pesetas. De estos últimos
movimientos, el Partido en alegaciones ha acreditado documentalmente
el pago de 87.169.703 ptas., para la cancelación de un préstamo, sin
acreditar documentalmente la aplicación del resto.
III.1.5. Fondo Patrimonial
El fondo patrimonial durante el ejercicio de 1994 se ha incrementado
por los resultados positivos del ejercicio, que ascienden a
604.506.839 ptas., y ha disminuido en 59.554.664 ptas. por pérdidas
registradas directamente en cuentas patrimoniales, de las que
49.642.129 ptas. corresponden a la integración de los resultados
negativos de las elecciones al Parlamento Europeo, celebradas en
1994. El saldo final es negativo por 6.239.156.550 ptas.
III.1.6. Deudas con entidades de crédito
La deuda con entidades de crédito registrada en el balance de
situación consolidado final, al 31 de diciembre de 1994, asciende a
10.056.690.602 ptas. De este importe, 8.634.942.872 ptas. figuran en
los estados contables de la Comisión Ejecutiva Federal, de las que
5.386.606.004 ptas. están clasificadas a largo plazo y 3.248.336.868
ptas. a corto plazo.
Toda la deuda registrada a largo plazo corresponde al principal
pendiente de amortizar. No obstante, de acuerdo con el plazo de
vencimiento señalado en las pólizas, 4.141.537.936 ptas. corresponden
a pólizas vencidas al 31 de diciembre de 1994. De este importe,
3.175.316.092 ptas. proceden de pólizas suscritas con anterioridad a
la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/1987.
Durante el ejercicio se ha renovado un crédito de tesorería por 500
millones de ptas. y se ha suscrito uno nuevo por 900 millones para
las elecciones al Parlamento Europeo, incluido en la contabilidad
electoral, ambos con vencimiento en 1995. Al final del ejercicio 1994
presentanun saldo dispuesto de cero pesetas. De las operaciones
provenientes de ejercicios anteriores, se han amortizado 747.257.586
ptas., de las que 246 millones de ptas. corresponden a la cancelación
de operaciones vencidas.
Con motivo de la cancelación de varias operaciones se han producido
condonaciones de parte del capital y de los intereses devengados
según las pólizas suscritas. Por una parte, se ha condonado parte del
capital de tres operaciones suscritas con una misma entidad de
crédito, por 15 millones de ptas. Dentro de estas operaciones se
incluye un préstamo de 5 millones de ptas. suscrito en 1987 que no
estaba contabilizado, como ya se indicó en el Informe de 1993, en el
que el Partido alegó que correspondía a una agrupación local, sin
presentar ninguna documentación acreditativa al respecto. Por otra
parte, los intereses contabilizados imputados a la cuenta «Ingresos y
beneficios de ejercicios anteriores» ascienden a 159.161.527 ptas.,
correspondientes a seis operaciones. Además, en otras dos operaciones
vencidas pendientes de cancelación, suscritas con una misma entidad
de crédito, se han regularizado, con abono a la misma cuenta
anterior, parte de los intereses contabilizados, por 242.486.283
ptas. Estas operaciones, por las que se condona parte de la deuda, no
están incluidas entre las fuentes de financiación previstas en la Ley
Orgánica 3/1987.
La deuda a corto plazo corresponde a intereses vencidos y no
satisfechos. Durante el ejercicio se han contabilizado intereses por
importe de 266.800.456 ptas. y se han satisfecho intereses por un
total de 234.819.514 ptas., de los que 21.839.319 ptas. estaban
reconocidos en ejercicios anteriores. No se han contabilizado los
intereses correspondientes a una deuda total de capital, al 31 de
diciembre de 1993, de 4.293 millones de ptas.
Al igual que se señaló en el Informe de la contabilidad de 1993, para
el ejercicio 1994 tampoco se ha dispuesto de las pólizas suscritas
correspondientes a tres operaciones, con un capital total pendiente
de 615 millones de ptas. Los datos identificativos se han obtenido a
través de registros auxiliares del partido.
El partido ha remitido la solicitud formulada por el Tribunal de
Cuentas a todas las entidades de crédito a las que corresponden las
operaciones contabilizadas. No se ha recibido confirmación de cuatro
entidades de crédito con una deuda registrada de capital e intereses,
al 31 de diciembre de 1994, de 3.105 millones de ptas., que
representa el 36 por ciento del total de la deuda de la Comisión
Ejecutiva Federal.
Analizadas las contestaciones recibidas se observan diferencias con
los saldos contables, tanto de mayor endeudamiento contabilizado, por
importe total de 90 millones de ptas., como de menor saldo registrado
que el informado, por importe total de 1.183 millones de ptas. Dado
que la información de las entidades de crédito no detalla la
composición de la deuda, no es posible concretar las causas de dichas
diferencias. El Partido manifiesta en las alegaciones que las
diferencias son consecuencia de no contabilizar los intereses de
demora, al no estar conformes con ellos y estar en proceso de
negociación. Los resultados de estas negociaciones serán analizados
en Informes posteriores.
III.1.7. Acreedores
La deuda con los acreedores por la actividad ordinaria incluye la
cuenta «El Viso Publicidad», con un saldo de 221.800.000 ptas., que,
al igual que se ha indicado en Informes anteriores, tampoco en el
ejercicio de 1994 ha tenido movimiento.
Como deuda con las Federaciones, se incluye un saldo con la Comisión
Ejecutiva Regional de Andalucía de 25.000.000 ptas. originado en
virtud de unos acuerdos de 1988 para la financiación del programa de
Casas del Pueblo en Andalucía, cuya contrapartida, con signo
negativo, es una cuenta de pasivo dentro del epígrafe «Otras cuentas
no bancarias». Dado que dichos acuerdos representan únicamente un
compromiso de financiación, su registro se debería efectuar en
cuentas fuera de balance hasta su cumplimiento.
La deuda con las Administraciones Públicas por las cuotas del mes de
diciembre de la Seguridad Social y las retenciones del cuarto
trimestre de I.R.P.F., por importe total de 61.388.211 ptas., se
satisface en el ejercicio siguiente de acuerdo con el procedimiento
vigente para su liquidación.
III.1.8. Ingresos
Del total de los ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias
consolidada final, 5.550.554.812 ptas. son subvenciones públicas, de
las que 3.387.968.220 ptas. corresponden a las subvenciones del
Estado para funcionamiento ordinario, que figuran en su totalidad
incluidas en la contabilidad de la Comisión Ejecutiva Federal, y el
resto, contabilizadas en las sedes correspondientes, a las
subvenciones a los Grupos Parlamentarios de las Cortes Generales y de
las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, salvo una
subvención del Gobierno Vasco, por importe de 84.030.463 ptas. Las
cantidades contabilizadas, salvo diferencias no relevantes o
conciliadas, han sido confirmadas al Tribunal de Cuentas por las
Instituciones otorgantes.
La cuenta «Material de cotización» recoge la venta de los sellos de
cotización a las Comisiones Ejecutivas Regionales, por importe de
386.780.000 ptas., que a su vez son comprados y vendidos
sucesivamente por el resto de la organización territorial hasta
llegar a las Agrupaciones Locales, que los entregan a los afiliados
como justificación de las cuotas. En los estados contables
consolidados, las sucesivas operaciones de compra-venta entre las
diferentes Comisiones Ejecutivas han sido adecuadamente eliminadas.
No obstante, éstos no recogen la última venta efectuada por las
Agrupaciones Locales a los afiliados, dado que su contabilidad no
está integrada, como se ha indicado anteriormente, por lo que no está
registrado el importe total de las cuotas recaudadas.
La cuenta «Cuota de Parlamentarios» incluye los ingresos de las
cuotas de los parlamentarios de las Cortes Generales y del Parlamento
Europeo, por 87.096.500 y 32.999.000 ptas., respectivamente, y las
aportaciones del Grupo Parlamentario en el Parlamento Europeo, por
27.000.000 ptas. La contabilidad de este último no está
integrada en la contabilidad del Partido, como se indica en el
apartado sobre el alcance de la contabilidad rendida.
Las donaciones y aportaciones contabilizadas, por importe de
9.304.802 ptas., corresponden a cuatro aportaciones anónimas, que
cumplen los requisitos contemplados en la Ley Orgánica 3/1987.
Durante el ejercicio se han suscrito dos contratos de alquiler de
bienes inmuebles: uno con una agencia de viajes y otro con la
sociedad «Editorial El Socialista, S.A.», participada 100% por el
Partido, produciéndose unos ingresos conjuntos de 2.066.445 ptas. En
el primer contrato se incluye una cláusula en la que, teniendo en
cuenta que la actividad que desarrolla la parte arrendadora está
exenta de la obligación de facturar el IVA, se indica que el precio
no se verá incrementado por el citado impuesto; y en el segundo, no
se menciona explícitamente la repercusión del IVA. Se ha constatado
en ambos casos la no repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido
en los documentos de cobro. Dado que son inmuebles arrendados, se
estima que dichas operaciones no están exentas del Impuesto sobre el
Valor Añadido.
El epígrafe «Ingresos extraordinarios» incluye la indemnización de la
compañía de seguros por el atentado en una de las sedes ocurrido en
1993 y contabilizado, no obstante, en 1994, como se señaló en el
Informe del ejercicio anterior.
La cuenta «Ingresos y beneficios ejercicios anteriores» recoge,
fundamentalmente, la condonación de capital y de los intereses
contabilizados de las operaciones crediticias canceladas, por
10.000.000 y 159.161.527 ptas., respectivamente; así como los
intereses regularizados, por 242.486.283 ptas., como se señala en el
apartado de deudas con entidades de crédito.
Dado que la contabilidad de las Juventudes Socialistas no está
integrada en la contabilidad rendida, no figuran registradas las
subvenciones cobradas en el ejercicio 1994 procedentes del Instituto
de la Juventud, que ascienden a 21.800.000 ptas., según la
liquidación de la Cuenta remitida a este Tribunal. Estas subvenciones
no figuran entre los recursos públicos de la Ley Orgánica 3/1987.
III.1.9. Gastos
El total de gastos de la cuenta de pérdidas y ganancias de la
Comisión Ejecutiva Federal es de 3.863.182.100 ptas.
Continuando con las aportaciones efectuadas en 1993, en la cuenta que
registra las subvenciones a la Federación Socialista Balear, se
incluyen como subvenciones extraordinarias fondos enviados en 1994,
por importe de 107.367.750 ptas., para satisfacer deudas afloradas de
ejercicios anteriores de esta Federación, sin que se haya justificado
su origen ni facilitado un detalle de la deuda total aflorada.
El epígrafe «Otros servicios» incluye las subvenciones a las
federaciones del Partido para su funcionamiento, por un importe total
de 910.485.834 ptas., que se eliminan en el proceso de consolidación
con las partidas de ingresos recíprocas, al ser operaciones internas.
El epígrafe «Gastos y pérdidas ejercicios anteriores», además de
gastos correspondientes al ejercicio 1993,
incluye la pérdida por los créditos no cobrados, por un total de
56.224.328 ptas., según se detalla en los apartados «Deudores» e
«Inversiones financieras temporales».
Respecto al control de determinados gastos, se han observado diversas
anotaciones contables que corresponden a transferencias de fondos a
la organización juvenil del Partido y a fundaciones y otras
organizaciones afines al mismo, de las que únicamente se ha
facilitado el justificante bancario. A pesar de que el documento
bancario acredita la recepción de los fondos por dichos
beneficiarios, se estima que dicha documentación es insuficiente para
un adecuado control de este tipo de gastos, dado que no se acredita
el objeto, condiciones y finalidad de la ayuda concedida.
III.2. Sede Regional de Andalucía
El epígrafe «Inmovilizaciones financieras» recoge la inversión del
100% en la sociedad «Prensa Sur S.A.», por un valor de 199.600.000
ptas. No se ha efectuado ningún movimiento durante el ejercicio.
La variación más significativa del epígrafe de deudores con respecto
del ejercicio anterior corresponde al reconocimiento de las
subvenciones pendientes de cobrar de las Elecciones al Parlamento de
Andalucía, con un saldo al 31 de diciembre de 1994, de 296.944.535
ptas., el 87 por ciento del saldo de este epígrafe. En 1995 se
produce el cobro de estas subvenciones, por 285.068.407 ptas. La
diferencia está motivada, fundamentalmente, por la propuesta de
reducción de las subvenciones formulada en el Informe emitido por el
Tribunal de Cuentas, la cual a la fecha del cierre de la contabilidad
de 1994 no era conocida por el Partido.
El saldo de la cuenta de caja es de 1.754.191 ptas., de las que
319.191 ptas. son existencias en efectivo y 1.435.000 ptas. anticipos
incorrectamente incluidos en esta cuenta, que se contabilizan con
cargo a gastos una vez justificados.
El saldo neto de las cuentas de bancos está formado por un saldo
deudor total de 99.479.780 ptas. y un saldo acreedor total de
105.362.806 ptas., que figura incorrectamente clasificado en el
activo. El saldo acreedor se debe, fundamentalmente, a la emisión a
fin de año de un cheque a favor de la Comisión Ejecutiva Federal para
la compra de los sellos de cotización, por importe de 110.240.000
ptas., que se carga por el Banco en 1995. El saldo deudor, por otra
parte, incluye la inversión realizada en un Fondo de Inversión en
Activos del Mercado Monetario (F.I.A.M.M.), por 96.520.918 ptas., que
debe presentarse en una cuenta de inversión financiera temporal.
La deuda con entidades de crédito al 31 de diciembre de 1994
corresponde a dos créditos procedentes de la integración de la
contabilidad electoral, con un capital dispuesto de 250 millones de
pesetas y unos intereses estimados de 8.018.805 ptas. Durante el
ejercicio se han cancelado las dos operaciones que quedaban pendiente
del préstamo sindicado, que se encontraba vencido desde 1989,
abonándose 33 millones de capital y 7,2 millones de ptas. de
intereses, si bien no se han satisfecho los intereses contabilizados
correspondientes a estas pólizas, por 2.713.540 ptas. Se señala que
la condonación de intereses
no está incluida entre las fuentes de financiación previstas en la
Ley Orgánica 3/1987. A pesar de la cancelación total del principal
del préstamo sindicado, y de la regularización parcial de los
intereses contabilizados, como se señala más adelante, a fin de
ejercicio figuran aún intereses contabilizados correspondientes a las
operaciones canceladas en este ejercicio y en el anterior por
8.668.109 ptas., que deben regularizarse con abono a ingresos de
ejercicios anteriores.
El epígrafe «Subvenciones», con un saldo de 252.500.000 ptas.,
incluye la participación en la subvención estatal para el
funcionamiento ordinario, por 122 millones de ptas., y una subvención
extraordinaria de la Comisión Ejecutiva Federal aplicada por la Sede
Regional a la campaña electoral, por 125,5 millones de ptas. Estos
importes, dado que corresponden a operaciones internas del Partido,
se eliminan contra la partida de gasto recíproca en el proceso de
consolidación.
El epígrafe «Otras subvenciones» con un saldo de 144.887.000 ptas.,
recoge la aportación neta efectuada por el Grupo Parlamentario
Autonómico.
El epígrafe «Material de cotización» registra la venta de los sellos
de cotización a las sedes provinciales, por 110.240.000 ptas. Dado
que la sede regional subvenciona la venta de sellos a las sedes
provinciales, la contrapartida de estos ingresos es una cuenta de
gastos por el mismo importe, incluida en el epígrafe «Otros
servicios», lo que produce una sobrevaloración de los ingresos
y gastos de la sede regional, aunque no afecta al resultado del
ejercicio y en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada aparece
eliminado.
La cuenta «Ingresos varios», con un saldo de 4.626.859 ptas., recoge
como ingresos las transferencias procedentes de la Comisión Ejecutiva
Federal para el pago de unos gastos imputables a esta última, pero
registrados en la sede regional.
El epígrafe «Ingresos y beneficios de ejercicios anteriores» incluye,
por importe de 30 millones de ptas., parte de los intereses
contabilizados condonados de las operaciones integrantes del préstamo
sindicado, que se han ido cancelando durante 1993 y 1994. No
obstante, aún quedan intereses pendientes de regularizar, como se ha
señalado anteriormente.
Como ya se señaló en el Informe del ejercicio 1993, la sede regional
no presenta ningún gasto de personal, dado que, según explicaciones
del Partido, el Grupo Parlamentario se hace cargo y asume los costes
de personal, figurando registrados en su contabilidad y en la cuenta
de pérdidas y ganancias consolidada. No obstante, se estima que se
debería efectuar la imputación de los gastos de personal vinculados
laboralmente con la sede regional, independientemente de quien se
haga cargo de su financiación.
Figura una anotación contable, por 1.200.000 ptas., cuya
justificación corresponde a un gasto de las elecciones al Parlamento
de Andalucía que no fue incluido en la contabilidad electoral rendida
al Tribunal de Cuentas. Este gasto incrementaría, en un 0,1%, el
exceso que sobre el límite máximo de gastos se determinaba para esta
formación política en el Informe de fiscalización de las cuentas
electorales aprobado por el Pleno.
III.3. Sede Regional de Euskadi
La contabilidad de la sede regional de Euskadi del ejercicio 1994 se
ve afectada por la integración de Euskadiko Ezkerra en el PSOE de
Euskadi. Aunque ésta se realizó en el ejercicio 1993, dado que no se
efectuó una integración total de los estados contables, sino
únicamente de algunas operaciones, como se expuso en el Informe de
dicho ejercicio, la situación financiera y patrimonial se ha ido
integrando en ejercicios sucesivos.
La variación más significativa del epígrafe de «Deudores» con
respecto al ejercicio anterior corresponde al reconocimiento de las
subvenciones pendientes de cobrar de las Elecciones al Parlamento de
Euskadi, con un saldo al 31 de diciembre de 1994 de 55.509.050 ptas.,
el 92 por ciento de este epígrafe.
Los movimientos más relevantes producidos en el epígrafe
«Inmovilizaciones materiales» se deben, por un lado, a la enajenación
de dos inmuebles propiedad del Partido, por 54.483.477 ptas., y, por
otro, a la incorporación y posterior enajenación de parte del
inmovilizado perteneciente a Euskadiko Ezkerra, por 158.727.550 ptas.
En este importe figura la adjudicación a una entidad de crédito de un
inmueble para el pago de deudas, por 115.980.078 ptas., en cuya
escritura pública figura que el Partido manifiesta haber repercutido
el IVA correspondiente a esta operación, por 17.397.012 ptas. No
obstante, el Partido en las alegaciones señala que al final no
repercutió el IVA y, en consecuencia, la entidad adquiriente liquidó
el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, lo que se acredita
documentalmente. En este mismo epígrafe, la cuenta «Otras
instalaciones», con un saldo de 27.911.672 ptas., refleja la
activación de gastos de acondicionamiento de inmuebles del Partido,
sin que se haya dado de baja el importe activado, por 14.781.700
ptas., relativo a uno de los inmuebles vendidos, por lo que el
resultado del ejercicio está sobrevalorado en dicho importe.
Las inversiones financieras temporales realizadas por la sede
regional en el ejercicio 1994 se han materializado en la
participación en dos fondos de inversión, tres contratos de
operaciones de valores mobiliarios y un depósito a plazo, además de
una fianza de 100.000 ptas. En el análisis efectuado de estas
inversiones, se pone de manifiesto las siguientes observaciones:
- En una misma cuenta se han registrado movimientos de inversiones de
distinta naturaleza, como son las participaciones en fondos de
inversión, canceladas durante el ejercicio, y las operaciones de
compra-venta de valores mobiliarios, lo que ha dificultado las
comprobaciones de fiscalización. Además, no figuran contabilizadas
diversas operaciones sucesivas de compra-venta de activos financieros
realizadas durante el ejercicio, que han generado unos rendimientos
de 1.295.026 ptas. El saldo final corresponde a una operación de
compra de deuda por 36.459.727 ptas.
- El depósito a plazo, que figuraba con un saldo inicial de 16
millones, se ha cancelado sin reconocerse ningún rendimiento derivado
de este activo financiero. Esta
inversión figura a nombre de «Grupo Parlamentario Socialista,
Gabinete de Relaciones».
De las comprobaciones efectuadas en las cuentas de Tesorería, se ha
observado que no se contabiliza ningún movimiento durante el
ejercicio en una cuenta de bancos, aunque los extractos bancarios
aportados registran unos cargos de 593.970.591 ptas. y unos abonos de
593.918.847 ptas. Entre dichos movimientos figuran los realizados en
las operaciones de compra-venta de activos financieros. Por otra
parte, la cuenta corriente destinada a recoger únicamente las
aportaciones no finalistas, según dispone el art. 6 de la Ley
Orgánica 3/1987, ha registrado abonos por 16.000.000 ptas.,
procedentes de la cancelación del depósito a plazo.
Para la confirmación de las cuentas bancarias, no se ha recibido
contestación de cinco entidades de crédito, con un saldo contable a
fin de ejercicio de 12.761.136 ptas. De este importe, un saldo de
11.441.497 ptas., correspondiente a una cuenta, ha sido comprobado
con los extractos bancarios.
La deuda con entidades de crédito registrada, al 31 de diciembre de
1994, es de 529.155.769 ptas., que corresponde únicamente al capital
pendiente y está clasificada a largo plazo. El endeudamiento se ha
incrementado en 55.000.000 ptas. por la incorporación del préstamo
correspondiente al proceso electoral autonómico, en 315.920.667 ptas.
por la asunción del endeudamiento de Euskadiko Ezkerra y en 9.000.000
ptas. por la cancelación del saldo acreedor de ejercicios anteriores
de una cuenta corriente no contabilizada, según se indicó en el
Informe de 1993. La cifra de capital amortizado ha sido de
158.078.203 ptas. Además, figura una cancelación contable de un
préstamo de 5.000.000 ptas., del que no consta el documento
justificativo de su pago.
Formando parte de la deuda con entidades de crédito, figura
registrada en una única cuenta una deuda integrada por dos
operaciones de préstamo, por importe de 32.950.717 ptas., de la que,
al igual que en el ejercicio anterior, no se ha efectuado ninguna
amortización de capital ni imputación de intereses. No se ha
dispuesto de las pólizas correspondientes a estas operaciones. Según
información del Partido, se constituyeron antes de 1982 y en el
ejercicio 1996 son asumidas por la Comisión Ejecutiva Federal.
No se ha facilitado la escritura pública de formalización de un
préstamo hipotecario, con un saldo al 31 de diciembre de 1994 de
20.314.509 ptas.
La deuda contabilizada con entidades de crédito ha quedado confirmada
por los escritos de contestación de éstas, salvo una diferencia de
3.909.022 ptas. por mayor endeudamiento según la entidad, que se
regulariza en el ejercicio 1995. Por otra parte, tres entidades de
crédito han informado sobre cinco operaciones de préstamos que no
figuran en la contabilidad de la sede regional, con una deuda total
de 92.581.990 ptas., si bien este importe incluye una deuda de
33.076.204 ptas., cuya valoración facilitada por la entidad de
crédito es a 10 de enero de 1997.
La cuenta «Partidas pendientes de aplicación» presenta un saldo
acreedor de 12.449.000 ptas. a fin de ejercicio 1994, motivado por la
venta de dos inmuebles pertenecientes
a Euskadiko Ezkerra, los cuales no estaban recogidos en
el activo de la sede regional. En el ejercicio 1995 se regulariza la
situación de uno de ellos, mientras que el otro sigue como partida
pendiente de aplicación, sin que se haya aportado la documentación
relativa a su venta, por 8.129.000 ptas.
La cuenta de ingresos «Material de cotización», con un saldo de
9.152.320 ptas., recoge los ingresos por la venta de los sellos de
cotización a las Federaciones Provinciales, que se eliminan en el
proceso de consolidación, como se ha explicado en el subapartado de
ingresos de la Comisión Ejecutiva Federal.
El Grupo Parlamentario Socialista en el Parlamento Vasco ha
transferido 38.300.000 ptas., de las que 9.762.988 ptas.,
contabilizadas en la cuenta «Cuotas de Parlamentarios», corresponden
a las aportaciones de los Parlamentarios y 28.537.012 ptas.,
registradas en la cuenta «Otras subvenciones», proceden de parte de
la subvención que recibe el Grupo.
Las aportaciones no finalistas registradas en la contabilidad de la
sede regional, reguladas en el art. 4 de la Ley Orgánica 3/1987,
ascienden a 19.079.838 ptas. De este importe, 13.403.338 ptas.
corresponden a aportaciones de personas físicas, contabilizadas en la
cuenta «Aportaciones extraordinarias», y 5.676.500 ptas. son
aportaciones anónimas. Las aportaciones extraordinarias no se han
ingresado en la cuenta corriente abierta a tal fin, contrariamente a
lo contemplado en el art. 6 de la Ley Orgánica 3/1987.
La cuenta «Subvenciones de Comunidades Autónomas» recoge la
subvención de 84.030.463 ptas. que el Gobierno Vasco ha transferido
al Partido en cumplimiento del acuerdo de concesión de subvención a
los partidos políticos con implantación en la Comunidad Autónoma para
la atención de sus gastos de funcionamiento en 1994. Este importe
comprende la subvención anual concedida al PSE-PSOE, por 60.669.602
ptas., y a Euskadiko Ezquerra, por 23.360.861 ptas., en función de
los resultados obtenidos en las elecciones autonómicas del 28 de
octubre de 1990. Este recurso no está contemplado en las previsiones
de financiación pública del art. 2 de la Ley Orgánica 3/1987.
El epígrafe «Subvenciones» incluye la participación en la subvención
estatal para el funcionamiento ordinario, por 40.425.000 ptas., y la
aportación de la Comisión Ejecutiva Federal para la campaña
electoral, por 77.500.000 de ptas. Estos importes, dado que
corresponden a operaciones internas del Partido, se eliminan contra
la partida de gasto recíproca en el proceso de consolidación. No
obstante, según se deduce del Informe del Tribunal de Cuentas Vasco,
la contabilidad electoral a fecha 26 de diciembre de 1994 únicamente
presenta como «Aportación del partido» 47 millones de ptas.
El epígrafe «Beneficios procedentes del inmovilizado material», con
un saldo de 60.620.144 ptas., incluye el beneficio generado en la
venta de los dos inmuebles propiedad del Partido, estando este
importe sobrevalorado en 14.781.700 ptas., como se ha detallado
anteriormente.
Del saldo del epígrafe «Ingresos y beneficios de ejercicios
anteriores», 171.353.702 ptas. tienen su origen enla integración de
Euskadiko Ezquerra. De este importe,
17.126.152 ptas. corresponden al traspaso del saldo acreedor de la
cuenta «Partidas pendientes de aplicación», originado en 1993, y el
importe restante corresponde a la incorporación neta de tres
inmuebles propiedad del citado Partido. Por otra parte, el epígrafe
«Gastos y pérdidas de ejercicios anteriores», recoge,
fundamentalmente, la incorporación del pasivo bancario suscrito por
Euskadiko Ezquerra como se ha señalado anteriormente.
En el epígrafe de gastos «Publicidad y propaganda», figuran diversas
facturas expedidas por un mismo proveedor, por un total de 18.400.000
ptas., sin Codigo de Identificación Fiscal, cuya descripción de la
prestación señalada en el factura está efectuada de forma genérica.
III.4. Sede Regional de Madrid
El epígrafe de deudores incluye, fundamentalmente, créditos con los
cargos públicos por las cuotas pendientes de cobrar, por importe de
50.310.750 ptas., y créditos con las Agrupaciones Locales por razón
de la venta de los sellos de cotización y de los préstamos suscritos
por la Sede Regional, cuya devolución se va a efectuar por aquéllas,
como se detalla en los párrafos siguientes, por importes de
37.578.388 y 27.268.805 ptas., respectivamente. Durante el ejercicio,
se han regularizado créditos antiguos con cargos públicos por
4.340.000 ptas., quedando todavía, al menos, 2.269.200 ptas. con una
antigüedad superior a los dos años.
Al igual que en el ejercicio anterior, los movimientos de la cuenta
de mayor de caja no se corresponden con los de efectivo producidos en
la misma, ya que a través de esta cuenta también se contabilizan los
talones bancarios. A fin de acomodar los registros contables con los
movimientos de efectivo, se estima conveniente que dichos talones se
controlen a través de cuentas distintas de la que registra los
movimientos de efectivo.
La deuda con entidades de crédito, al 31 de diciembre de 1994, es de
54.421.166 ptas., de las que 53.996.166 ptas. corresponden al
principal y 425.000 ptas. a deudas a corto plazo por intereses. De la
deuda de principal, 13.996.166 ptas. están clasificadas a largo plazo
y 40.000.000 ptas. a corto, si bien esta última se encuentra
incorrectamente presentada en el activo. La deuda a largo plazo
incluye dos operaciones: en una, con un saldo de 3.084.500 ptas., la
fecha de vencimiento está fijada en el ejercicio siguiente, y en la
otra, con un capital pendiente de 2.841.305 ptas., la fecha de
vencimiento señalada en la póliza está sobrepasada. De acuerdo con la
información remitida por la entidad de crédito, los intereses de
demora de esta última operación suman 2.966.923 ptas., que no están
contabilizados.
Durante el ejercicio se ha formalizado un préstamo, por 40 millones
de ptas., y se han amortizado 65.948.523 ptas., de las que 61.361.804
ptas. corresponden a la cancelación de dos operaciones con fecha de
vencimiento en el ejercicio. Se han contabilizado intereses por
importe de 4.440.257 ptas., y se han satisfecho un total de 5.003.626
pesetas.
Dado que las Agrupaciones Locales no pueden concertar préstamos, la
Federación Socialista Madrileña suscribe las pólizas, aunque son
aquéllas las que en realidad van a hacer frente a su devolución.
Estas operaciones se reflejan registrando en el pasivo únicamente la
deuda por el principal y como contrapartida un cuenta deudora frente
a la Agrupación Local, por lo que los intereses satisfechos en el
ejercicio y los intereses vencidos y pendientes de pago
correspondientes a estos préstamos no se contabilizan por la
Federación. El principal pendiente de amortizar de estos préstamos,
al final del ejercicio, es de 8.070.361 ptas.
En cuanto a la confirmación de la deuda con entidades de crédito, no
se ha informado sobre tres operaciones suscritas con dos entidades de
crédito, con una deuda total registrada, al 31 de diciembre de 1994,
de 47.361.073 pesetas.
Procedente de la adquisición de bienes inmuebles en el ejercicio
anterior, la Federación Socialista Madrileña mantiene tres
operaciones de endeudamiento con personas físicas y jurídicas, cuyo
saldo al 31 de diciembre de 1994 es de 19.304.485 ptas. De las dos
operaciones suscritas con personas jurídicas, con un saldo conjunto
de 19.037.801 ptas., no se ha satisfecho cantidad alguna, debido a un
litigio con una de ellas y a que otra está en proceso judicial de
determinación de sus deudores, según manifestaciones de la
Federación, sin que se haya aportado ninguna documentación
acreditativa de estas circunstancias.
Los ingresos de la Federación Socialista Madrileña suman 132.445.700
ptas. y se integran, fundamentalmente, por las cuotas de los cargos
públicos, 42.191.172 ptas.; por las cuotas de afiliados, 24.998.770
ptas.; y por último, por las subvenciones para funcionamiento
ordinario e inversiones, 42.000.000 ptas., que coinciden con los
gastos por este concepto contablizados en la Comisión Ejecutiva
Federal.
Figuran gastos en concepto de colaboraciones de profesionales, por
importe de 3.518.802 ptas., cuyos pagos no incluyen la retención del
impuesto sobre la renta de las personas físicas.
III.5. Sede Regional de Valencia
No consta la realización de arqueos periódicos del efectivo
depositado en las cajas ni la existencia de libros auxiliares. En la
caja correspondiente a la provincia de Valencia, se ha constatado la
contabilización, como entradas y salidas, de los talones bancarios
recibidos que, posteriormente, se ingresan en las cuentas corrientes
del Partido, lo que desvirtúa los movimientos reales de cobros y
pagos en efectivo realizados por caja.
En las cuentas corrientes, con un saldo neto de 118.356 ptas., se
compensan saldos deudores, por un total de 2.810.834 ptas., con un
saldo acreedor de 2.692.478 ptas. de una cuenta clasificada
incorrectamente en el activo. Se ha comprobado que los saldos, en los
casos en que existen diferencias con los de los extractos bancarios,
han sido debidamente conciliados.
La deuda con entidades de crédito, a 31 de diciembre de 1994, es de
4.198.581 ptas., correspondiente a dos préstamos
suscritos en ejercicios anteriores para la adquisición de sedes
locales. Dado que las Agrupaciones Locales no pueden concertar
préstamos, la Comisión Ejecutiva Regional suscribió las pólizas y
registró la deuda con cargo a inmovilizado, aunque son aquéllas las
que se hacen cargo de su devolución. Las amortizaciones y los
intereses satisfechos se contabilizan con abono a la cuenta «Ingresos
varios», que ascienden en el ejercicio a 1.464.960 ptas.
La cuenta «Material de cotización», con un saldo de 42.860.800 ptas.,
recoge los ingresos por la venta de los sellos de cotización a las
sedes comarcales, y la cuenta «Cuotas afiliados», con un saldo de
27.711.600 ptas., a las Agrupaciones Locales, que, por último, los
entregan a los afiliados como justificación de las cuotas. La
diferenciación en dos cuentas se debe a que la contabilidad de las
sedes comarcales está integrada en los estados consolidados rendidos
por el Partido, no así la de las sedes locales.
Las subvenciones registradas proceden de los fondos recibidos de la
Comisión Ejecutiva Federal, por importe de 72.841.250 ptas., que
coinciden con los gastos por este concepto contabilizados en ésta, y
de los ingresos recibidos del Grupo Parlamentario en las Cortes de
Valencia, por 43.380.383 ptas.
El epígrafe «Ingresos varios», con un saldo de 23.867.242 ptas.,
recoge, además de los movimientos señalados anteriormente, la
contrapartida de la compra de sedes por las agrupaciones locales,
que, si bien están contabilizadas en la sede regional, son pagadas
por aquéllas.
IV. Subvenciones a Grupos Parlamentarios
Del análisis de las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal
de Cuentas a las Cortes Generales y Asambleas Legislativas
Autonómicas, se obtiene el importe de las subvenciones concedidas a
esta Formación política, que asciende a 2.074.920.809 ptas. Este
importe coincide con los registrados en los estados contables
rendidos, salvo diferencias no relevantes o conciliadas, como se ha
señalado anteriormente.
En la información recibida del Gobierno Vasco figura un importe de
84.030.463 ptas., correspondiente a subvenciones otorgadas por el
Gobierno Vasco y que, según se deduce de la comunicación recibida por
éste al Tribunal de Cuentas, responde a subvención de gastos de
funcionamiento del ejercicio 1994. Debe señalarse, que el
otorgamiento de estas subvenciones no está amparado en
lo contemplado en el artículo 2 de la Ley Orgánica 3/1987 sobre
Financiación de Partidos Políticos.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información aportada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
resulta que esta Formación política ha recibido aportaciones, al
menos, por un importe de 760.378.529 ptas.
Es oportuno señalar, como en Informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
PARTIT DELS SOCIALISTES DE CATALUNYA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La formación política Partit dels Socialistes de Catalunya ha rendido
al Tribunal de Cuentas, dentro del plazo establecido por la Ley
Orgánica 3/1987, los estados financieros del ejercicio 1994, que
comprenden los balances de comprobación y las cuentas de explotación
de la Comisión Ejecutiva Nacional y de las federaciones del Partido,
así como un balance de comprobación y una cuenta de explotación
denominados consolidados, aunque el procedimiento de consolidación
aplicado se reduce a una agregación, sin eliminar los créditos y
débitos entre la sede central y las distintas federaciones. Los
estados contables incluyen la actividad del Grupo en el Parlamento de
Cataluña y de la oficina, en Cataluña, del Grupo Parlamentario
Socialista en el Congreso, en la forma que luego se señala. No se
incluye la relativa a las agrupaciones municipales y los cargos
electos en las Entidades Locales.
II. Situación económica-financiera
A continuación se transcribe el balance de comprobación y la cuenta
de explotación agregados. Dado el elevado número de conceptos, tanto
los saldos del balance como los de la cuenta de explotación se
presentan por subgrupos de cuentas, salvo los de aquéllas en que su
agregación compensaría saldos significativos.
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Se han efectuado comprobaciones de los estados contables de la
Comisión Ejecutiva Nacional en la sede central del Partido. Los
saldos de las cuentas patrimoniales representan el 63 por ciento de
las cuentas del balance de comprobación agregado, y el 73 y 77 por
ciento de los gastos e ingresos, respectivamente, de la cuenta de
explotación agregada. Del examen de la documentación justificativa de
los estados contables se deducen las observaciones y, en su caso,
deficiencias que afectan a su representatividad, y que se exponen a
continuación.
III.1. Inmovilizado
Los «Gastos de constitución», con un saldo de 65.058.000 ptas., se
amortizan aplicando un porcentaje del 10 por ciento. Dado que es un
activo ficticio, se deben amortizar dentro del plazo de cinco años
establecido en el Plan General de Contabilidad. La amortización
acumulada al 31 de diciembre de 1994 es de 13.011.600 ptas., sin que
se haya reducido directamente del valor registrado en cuenta. Este
procedimiento contable se corrige en el ejercicio 1995.
En el «Inmovilizado material» de la Comisión Ejecutiva Nacional, la
cuenta «Construcciones» ha registrado bajas por el traspaso del valor
de diversas sedes a la contabilidad
de las correspondientes federaciones, por 11.774.083 ptas.
Las bajas se han contabilizado con cargo a gastos y las altas con
abono a ingresos, no eliminándose dichos importes en la cuenta de
explotación agregada. No consta la existencia de un inventario del
inmovilizado material, en el que se relacionen los bienes que lo
integran.
Al igual que en ejercicios anteriores, no se ha practicado
amortización alguna de los bienes registrados en la cuenta
«Construcciones», con un saldo de 178.235.162 pesetas.
III.2. Deudores
La cuenta «Hacienda pública deudora» incluye las subvenciones
pendientes de cobro por los resultados electorales de las elecciones
a Cortes Generales de 1993, por 106.623.286 ptas., según las
estimaciones del Partido. Según las cantidades satisfechas por el
Ministerio del Interior, este saldo está sobrevalorado en 44.000.000
ptas., tras haberse regularizado 4.745.216 ptas. aplicándose a la
cuenta patrimonial «Resultados elecciones generales». En ejercicios
posteriores se regulariza la diferencia pendiente.
No han tenido movimiento durante el ejercicio las cuentas «UGT»,
«Fundación R. Campalans» y «F.R.C. deudora alquiler», con unos saldos
de 51.042.558, 7.633.380 y 1.134.936 ptas., respectivamente, sin que
esté dotada ninguna provisión. La deuda de UGT se
remonta, al menos, al año 1980. La deuda de la Fundación Rafael
Campalans proviene, en el primer caso, del ejercicio 1991,
fundamentalmente, por el pago de nóminas de personal en comisión de
servicios en la fundación y, en el segundo caso, de 1993, por el pago
de alquileres.
La cuenta «Federación XXIV deudor IVA», sin movimiento durante el
ejercicio, incluye el crédito por los impuestos satisfechos en la
adquisición de la sede de dicha Federación, por 4.020.000 ptas., sin
que figure la correspondiente cuenta acreedora en los estados
financieros. Por otra parte, figura un crédito con otra federación,
de 2.564.170 ptas., cuyo débito correspondiente aparece registrado,
pero no eliminado, en el proceso de consolidación.
Las subvenciones pagadas a las federaciones, por 85.602.542 ptas., se
contabilizan en principio como gastos en la sede central y como
ingreso en las federaciones, traspasándose al final del ejercicio a
cuentas deudoras y acreedoras, respectivamente, sin que se hayan
eliminado en el proceso de consolidación.
Se han regularizado con cargo a resultados de este ejercicio créditos
con algunas asociaciones afines al Partido y con deudores diversos,
por un total de 5.691.912 ptas., sin que se haya facilitado
documentación que fundamente su incobrabilidad.
La cuenta «Gabinetes para la Sociedad» ha registrado cargos por los
gastos de la oficina, en Cataluña, del Grupo Parlamentario Socialista
en el Congreso, por 24.074.116 ptas., y se ha abonado por los fondos
remitidos desde Madrid por dicho grupo, por 5.022.000 ptas.,
presentado un saldo final de 19.088.916 ptas. Dada la naturaleza de
las operaciones registradas, las cantidades satisfechas en concepto
de gastos deben contabilizarse en cuentas de gastos y los fondos
remitidos en las de ingresos.
III.3. Tesorería
El saldo contable de «Tesorería» de la Comisión Ejecutiva Nacional es
de 74.294.991 ptas., desglosado en los siguientes conceptos:
La cuenta «Caja, ptas.» presenta, en distintos momentos del
ejercicio, saldos acreedores contrarios a la naturaleza de la misma,
derivados de la contabilización de pagos a terceros, lo que presupone
disposiciones de efectivo cuyo ingreso previo no figura contabilizado
en la cuenta. Asolicitud del Tribunal de Cuentas sobre las causas
concretas de estos saldos acreedores, el Partido ha explicado su
existencia por cuestiones operativas derivadas de la reorganización
interna, de la integración contable de las federaciones y de los
procesos electorales, que han ocasionado que se desfasaran los
asientos contables
de cobros y pagos en caja, sin que se haya aportado ninguna
documentación que lo justifique. Esta circunstancia se ha venido
constatando en ejercicios precedentes. Por otra parte, no hay
constancia documental de la realización de arqueos periódicos.
El Partido ha circularizado a seis entidades financieras con las que
ha realizado operaciones durante 1994, habiéndose recibido respuesta
de cuatro.
Los saldos contables pendientes de confirmar ascienden a 30.872.888
ptas.
III.4. Fondo Patrimonial
Con cargo a cuentas del fondo patrimonial se ha registrado
directamente la deuda por intereses de préstamos devengados en
ejercicios anteriores, por 249 millones de ptas., como se detalla más
adelante; y parte del exceso de la subvención estimada de las
Elecciones a Cortes Generales de 1993 sobre los cobros realizados,
por 4.745.216 ptas. Independientemente de su efecto sobre el valor
del fondo patrimonial, estos ajustes se deben imputar en la cuenta de
pérdidas y ganancias, sin perjuicio de la clasificación de los
resultados que se adopte en función de su naturaleza.
III.5. Deudas con entidades de crédito
Prácticamente todo el saldo del epígrafe «Deudas l/p por préstamos
recibidos» del balance agregado representa la deuda de capital
registrada en la contabilidad de la Comisión Ejecutiva Nacional, que
está formada por dos pólizas de crédito suscritas con una misma
entidad de crédito, por importes de 900 y 400 millones de ptas., y
por otras dos, con otra entidad, por un total de 61.259.778 ptas. A
la deuda de capital contabilizada hay que sumar, al menos, los
intereses reconocidos pendientes de pago, por 561 millones de ptas.,
que figuran en el epígrafe «Provisiones de tráfico», como se detalla
en el párrafo siguiente.
De los dos primeros créditos, se han registrado con cargo a la cuenta
«Gastos financieros» los intereses devengados y vencidos en el
ejercicio 1994, por 156 millones de ptas.; y con cargo a cuentas de
neto patrimonial los intereses correspondientes a los años 1990 y
1991, por 249 millones de ptas. No figuran reconocidos los intereses
devengados en el ejercicio 1993, que según las condiciones de las
pólizas ascienden a 156 millones de ptas.
Una de las otras dos pólizas de crédito, suscrita para las elecciones
a Cortes Generales de 1993, se encuentra vencida, con un saldo de
11.259.778 ptas. La otra, por 50 millones de ptas., se ha formalizado
en el ejercicio. Los gastos financieros del ejercicio
correspondientes a estas pólizas suman 14.252.152 ptas.,
contabilizándose con cargo a «Gastos diferidos», que recoge la
estimación de intereses de las citadas elecciones.
En el proceso de la circularización bancaria, ha quedado sin
confirmar el saldo de la deuda con la primera de las entidades de
crédito, que asciende a 1.861 millones de ptas., según la
contabilidad, lo que ha limitado el alcance de las comprobaciones
efectuadas.
III.6. Acreedores
Se ha regularizado la deuda de 9.950.000 ptas. con un proveedor, sin
que se haya facilitado documentación que fundamente la cancelación de
dicho pasivo. A falta de la oportuna justificación, debe señalarse
que estas operaciones han de calificarse como condonación de deudas,
fuente de financiación no prevista en la legislación vigente. También
se ha regularizado el saldo de la cuenta «Cdtos elect. pdtes.
aplica», por 58.570.642 ptas. Esta cuenta recogía la deuda histórica
con algunas federaciones, de la que no figuraba su desglose ni
origen.
Existe un débito con la Federación de Barcelona, por importe de
20.099.840 ptas., cuyo crédito figura registrado en la contabilidad
de ésta, no habiéndose eliminado en el proceso de consolidación.
El epígrafe «Gastos diferidos» incluye parte de la deuda con la
Seguridad Social correspondiente al mes de diciembre de 1994, por
6.021.717 ptas., que no se recoge en su epígrafe correspondiente.
III.7. Ingresos
Los ingresos registrados en la cuenta de explotación de la Comisión
Ejecutiva Nacional suman 756.780.554 ptas., el 77% de los registrados
en los estados agregados. La mayor parte de estos ingresos proceden
de las subvenciones públicas, correspondiendo 507.692.568 ptas. a la
subvención de funcionamiento ordinario, regulada en la Ley Orgánica
3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos, y 143.139.000
ptas. a la subvención al Grupo Parlamentario del Parlamento de
Cataluña. Estos importes han sido confirmados tanto por el Ministerio
del Interior como por el Parlamento de Cataluña.
La recaudación de las cuotas a los afiliados se produce,
fundamentalmente, en las federaciones y en las agrupaciones
municipales. Dado que la contabilidad de estas últimas no está
integrada, la cuenta de explotación agregada no incluye el importe
total de las cuotas ingresadas. Los ingresos contabilizados por la
Comisión Ejecutiva Nacional en concepto de cuotas, por un total de
20.960.925 ptas., corresponden a la parte proporcional que de cada
cuota de afiliado se destina a atender los gastos de la sede central.
Esta cantidad se descuenta, mensualmente, del envío de fondos que
ésta realiza a las distintas federaciones.
El epígrafe «Beneficios inmovilizado e ingresos extraordinarios», con
un saldo de 68.520.642 ptas., registra las regularizaciones señaladas
en el apartado de acreedores.
En la cuenta de explotación figuran las existencias iniciales y las
existencias finales, con el mismo importe de 1.069.500 ptas., no
habiéndose facilitado ninguna documentación que acredite su
valoración. Durante el ejercicio se han regularizado con cargo a
gastos existencias por 8.676.031 ptas.
III.8. Gastos
Los gastos registrados en la Comisión Ejecutiva Nacional suman
742.372.232 ptas., el 73% de los gastos de la cuenta de explotación
agregada.
En la cuenta «Trabajos realizados por otras empresas» existen pagos
con periodicidad mensual por la prestación de servicios de tres
acreedores, por un total de 7.812.645 ptas., de los que no se ha
facilitado el contrato de prestación de servicios.
Figuran diversas partidas de gasto correspondientes a pagos a
organizaciones afines al Partido, por importe total de 8.940.000
ptas., cuya única documentación justificativa facilitada ha sido el
recibí, sin que se haya aportado documentación alguna que acredite la
naturaleza del gasto.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas, se obtiene
que el importe de las subvenciones concedidas por el Parlamento de
Cataluña es de 143.139.000 ptas., que coincide con el reflejado en
contabilidad. Las subvenciones otorgadas por las Cortes Generales son
recibidas directamente por el Partido Socialista Obrero Español. Éste
efectúa distintas trasferencias de fondos al Partit dels Socialistes
de Catalunya, sin que se haya facilitado el criterio seguido para su
cuantificación y su periodicidad. Estas trasferencias forman parte de
los movimientos de la cuenta «Gabinetes para la sociedad», como se ha
indicado en el apartado de deudores.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información aportada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
resulta que esta Formación política ha recibido aportaciones, al
menos, por un importe de 233.502.854 ptas. En la cuenta de
explotación agregada figuran registradas, en cuentas de las
federaciones, subvenciones por importe de 142.403.987 ptas.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
UNIÓ DEMOCRÁTICA DE CATALUNYA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
Unió Democrática de Catalunya ha rendido al Tribunal de Cuentas,
dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987, el balance
de situación al 31 de diciembre de 1994 y la cuenta de pérdidas y
ganancias referidos a la actividad de la Sede Central. De la
organización territorial se incluyen únicamente los ingresos por
cuotas, ya que se gestionan de forma centralizada, y los gastos
financiados con los fondos transferidos a las sedes. Cabe señalar
que, aunque los grupos institucionales corresponden formalmente a la
Coalición electoral Convergència
estados contables rendidos por dicha Coalición ni en los de esta
Formación, en la parte que le corresponde según los acuerdos de la
Coalición.
II. Situación económica-financiera
Los estados financieros rendidos por Unió Democrática de Catalunya
son los siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Los trabajos de fiscalización se han desarrollado en la sede central
del partido. Se han detectado diferencias entre los saldos de los
estados rendidos y los de las cuentas de mayor, que se detallan a lo
largo de este Informe. Del examen efectuado sobre las distintas
rúbricas que integran los estados contables se deducen las
observaciones y, en su caso, irregularidades y deficiencias que
condicionan su representatividad, y que se exponen a continuación.
III.1. Inmovilizado
El epígrafe «Habilitación sedes» presenta una diferencia, de mayor
saldo en el balance que en la cuenta de mayor, de 875.000 ptas. Esta
diferencia se compensa contablemente con la señalada en el epígrafe
«Bancos», a la que luego se hará referencia. Según explicaciones del
partido, el saldo de este epígrafe recoge los pagos realizados a una
entidad financiera para amortizar los préstamos solicitados por
particulares para la adquisición de elementos de inmovilizado a fin
de acondicionar sedes del partido. No se ha aportado ningún tipo de
documentación que acredite esta operación, incorrectamente
contabilizada, al no figurar los bienes adquiridos por cuenta del
partido ni las deudas ocasionadas.
No consta la existencia de un inventario de los bienes de
inmovilizado material. Según el Partido, en 1993 se inició la
realización de un inventario de las adquisiciones, en el que no se
incluyen los bienes comprados en años anteriores.
III.2. Deudores
El epígrafe «Cargos públicos» recoge los importes pendientes de
aportar por éstos a la financiación del Partido. Desde el ejercicio
1993, a fin de un mejor control, figura una cuenta individual para
cada deudor. No obstante, los saldos de los años 1989, 1990 y 1991,
que suman en conjunto 2.536.202 ptas., se encuentran registrados
globalmente en sendas cuentas, sin que hayan tenido movimientos
durante este ejercicio. Además, este epígrafe incluye otras cuentas,
con un saldo total de 2.590.000 ptas., en las que sólo se han
registrado cargos durante el ejercicio, no habiéndose cobrado ningún
importe. El partido debe evaluar estos saldos, a fin de determinar
los que sean incobrables y proceder en consecuencia.
Los epígrafes «Recibos domiciliados» y «Recibos no domiciliados»
recogen los recibos incobrados, sin que se haya facilitado la
antigüedad de la deuda. Dada su naturaleza, el partido debe realizar
un estudio de las posibilidades de cobro de estos saldos, procediendo
a la regularización de los saldos incobrables.
El partido en alegaciones señala que, siguiendo las recomendaciones
del Tribunal de Cuentas, ha procedido a la depuración de los saldos
antiguos e incobrables. Así,
hasta el año 1997 se han dado de baja con cargo a gastos partidas
pendientes de cargos públicos por 1.929.500 ptas. y recibos
incobrados por 14.050.030 ptas.
III.3. Tesorería
De acuerdo con las cuentas rendidas, el saldo de tesorería a 31 de
diciembre de 1.994 es de 2.831.685 ptas. La caja comprende dos
cuentas en las que se registran el efectivo en moneda nacional y
extranjera. En el funcionamiento de la caja de moneda nacional, se
han detectado pagos de elevada cuantía y el mantenimiento de
importantes saldos, con el consiguiente riesgo que ello significa. No
consta la realización de arqueos periódicos.
El saldo final del epígrafe «Bancos» incluye una cuenta con un saldo
acreedor de 14.186.937 ptas, que se corresponde con un mayor
endeudamiento indebidamente clasificado. En varias cuentas no existe
coincidencia entre los saldos contables y los saldos en los extractos
bancarios, sin que conste la realización por el partido de
conciliaciones bancarias. Por otra parte, la suma de los saldos de
las distintas cuentas, de acuerdo con el balance de sumas y saldos,
es mayor que el saldo registrado en el balance de situación en
875.000 ptas. Esta diferencia se compensa contablemente con la
señalada en el apartado «Inmovilizado».
El partido, a solicitud del Tribunal de Cuentas, ha circularizado
a siete entidades financieras con las que ha mantenido cuentas
bancarias durante el ejercicio, de las que han respondido cinco. Las
cuentas bancarias no informadas corresponden a cuatro cuentas
corrientes con un saldo conjunto de 7.770.859 ptas.
III.4. Endeudamiento
El endeudamiento con entidades de crédito registrado en contabilidad,
a 31 de diciembre de 1994, es de 330.488.045 ptas. A este saldo hay
que añadir 10.843.587 ptas., incluidas en la cuenta «Partidas
pendientes de aplicación», por los intereses de una operación
liquidados por el banco en este ejercicio y pendientes de pago, así
como un saldo acreedor en el epígrafe de «Bancos» por importe de
14.186.937 ptas., indebidamente clasificado.
Durante el ejercicio se han cancelado tres operaciones, por 65
millones de ptas., y se han constituido cinco nuevas operaciones, por
190 millones de ptas. De acuerdo con las condiciones señaladas en la
póliza, al 31 de diciembre de 1994 se encuentra vencida una operación
por valor de 5.288.045 ptas. No se ha facilitado la póliza de una de
las operaciones formalizadas en el ejercicio, con un saldo de
35.000.000 ptas. A pesar de lo señalado en alegaciones, cabe señalar
que esta póliza sigue pendiente de remisión en la fiscalización de
los ejercicios 1996 y 1997, no obstante su expresa petición.
Los gastos financieros por intereses contabilizados ascienden a
26.734.544 ptas., de los que 15.890.957 ptas. están registrados en el
momento de su pago y el resto,
por 10.843.587 ptas., corresponden a los intereses vencidos
pendientes de pago, como se ha indicado. El Partido no contabiliza
los intereses devengados pendientes de vencimiento.
Para la confirmación de la deuda, el Partido ha remitido la solicitud
formulada por el Tribunal de Cuentas a todas las entidades de crédito
a que corresponden las operaciones contabilizadas, no habiéndose
recibido confirmación respecto de una deuda registrada de 255
millones de ptas.
III.5 Ingresos
Los ingresos registrados en las cuentas rendidas suman 227.677.637
ptas., siendo la partida más importante las subvenciones públicas. De
la subvención de funcionamiento ordinario, recibida por Convergència
i Unió y distribuida por esta Coalición a los partidos que la
integran, corresponden a Unió Democrática de Catalunya el 25%, lo que
supone 117.043.199 ptas. Dicho importe coincide con el reflejado como
gasto en la contabilidad de Convergència i Unió.
El epígrafe «Ingresos» incluye los procedentes de actos y jornadas
organizados por el Partido por 53.481.870 ptas. Únicamente se ha
podido comprobar los correspondientes abonos en los extractos de las
cuentas bancarias del Partido, no existiendo ningún otro soporte
documental que acredite la naturaleza de los mismos.
III.6. Gastos
Aparecen gastos del ejercicio anterior contabilizados en éste, por
importe total de 1.188.538 ptas. Diversas anotaciones contables de
gastos carecen de documentación justificativa, por un total de
4.275.670 ptas.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
Unió Democrática de Catalunya no recibe directamente subvenciones de
las Cortes Generales ni de las Asambleas Legislativas Autonómicas, ya
que se perciben por Convergència i Unió. En el apartado del Informe
relativo a esta Coalición se hace referencia a las subvenciones
recibidas y a la forma de integrarse en la contabilidad
de Convergència i Unió la actividad de los grupos
parlamentarios de la Coalición.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la misma forma que ocurre con los grupos parlamentarios, las
aportaciones recibidas de las Diputaciones y Ayuntamientos van
dirigidas a la Coalición Convergència i Unió.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
UNIÓ VALENCIANA
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La Formación política Unió Valenciana ha rendido al Tribunal de
Cuentas, fuera del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987, el
balance de sumas y saldos agregado del ejercicio 1994 y los balances
de sumas y saldos de cada una de las sedes provinciales. No se
incluye la actividad de los grupos institucionales del Partido ni del
resto de la organización territorial.
Unió Valenciana concurrió a las Elecciones al Parlamento Europeo,
celebradas el 12 de junio de 1994, formando parte de la Coalición
Nacionalista, la cual presentó, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 133 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General,
la contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas, cuyo informe
aprobado por el Pleno fue enviado al Parlamento. La contabilidad de
las operaciones imputadas a Unió Valenciana no está integrada en la
contabilidad anual de 1994, figurando únicamente el préstamo
concertado y diversos gastos relacionados con la campaña electoral,
como se detalla más adelante.
II. Situación económico-financiera
El balance de sumas y saldos agregado rendido porUnió Valenciana es
el siguiente:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Del examen de la documentación justificativa de los estados contables
resultan las observaciones y, en su caso, irregularidades y
deficiencias que afectan a su representatividad, y que se exponen a
continuación.
III.1. Inmovilizado
El partido no tiene elaborado un inventario de los bienes de
inmovilizado ni tiene establecido un plan de amortizaciones en
función de la vida útil de los bienes, habiendo procedido a amortizar
totalmente los elementos de inmovilizado, salvo la cuenta
«Inmovilizado», que recoge el valor de adquisición de la sede del
Partido en Alicante y de la que, por el contrario, no existe
amortización acumulada alguna.
III.2. Deudores
Durante el ejercicio, el crédito existente con una sede local se ha
regularizado directamente contra cuentas del fondo patrimonial, en
lugar de contabilizarse la pérdida con cargo a cuentas de gastos, si
bien su efecto sobre el resultado no es significativo.
III.3. Tesorería
El epígrafe «Bancos cuentas corrientes» incluye, además de los saldos
a favor del Partido en cuentas corrientes, por 3.709.424 ptas., dos
operaciones de endeudamiento, con un saldo acreedor total de
49.918.904 ptas., que se analizan en el apartado de deudas con
entidades de crédito.
El partido contabiliza las operaciones de tesorería en función de los
movimientos registrados por el banco por lo que los saldos contables
coinciden con los que figuran en los correspondientes extractos.
No existe una cuenta específica para las aportaciones, contraviniendo
lo señalado en el art. 6 de la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación
de los Partidos Políticos.
El partido, a solicitud del Tribunal de Cuentas, ha circularizado
a las seis entidades financieras a que corresponden las cuentas
corrientes y operaciones de endeudamiento reflejadas en contabilidad,
no habiendo respondido una. No obstante, como se ha indicado, el
saldo contable de la correspondiente cuenta corriente coincide con el
que figura en el extracto bancario.
En las comprobaciones efectuadas sobre el funcionamiento de la caja
existente en la sede provincial de Valencia, no consta
documentalmente la realización de arqueos.
III.4 Fondo Patrimonial
Se han regularizado saldos acreedores y deudores, por 21.045.243 y
617.500 ptas., respectivamente, como se
detalla a lo largo de este Informe. Sumando las pérdidas del
ejercicio, 4.472.582 ptas., resulta un fondo patrimonial negativo de
106.046.327 ptas.
III.5. Deudas con entidades de crédito
La deuda con entidades de crédito, al 31 de diciembre de 1994,
asciende a 99.918.904 ptas., de las que 49.918.904 ptas. están
incorrectamente registradas en cuentas de tesorería, como ya se ha
indicado. Dicha deuda corresponde a cuatro operaciones de
endeudamiento, dos de las cuales, por un total de 50 millones de
ptas., se han formalizado este ejercicio. Entre estas últimas se
encuentra un préstamo para las Elecciones al Parlamento Europeo de 30
millones de ptas., suscrito por tres miembros del Partido y asumido
por Unió Valenciana. Se han producido, por otra parte, amortizaciones
por 40.048.686 ptas. A fin de ejercicio, el capital vencido pendiente
de pago es de 41.937.918 ptas. de acuerdo con las condiciones de las
pólizas.
Unió Valenciana contabiliza los intereses en función de las
liquidaciones remitidas por las entidades bancarias, habiéndose
contabilizado en el ejercicio gastos financieros por 17.158.116 ptas.
Dentro de este importe se incluye un cargo por 1.000.000 ptas., que
corresponde a una transferencia efectuada para cancelar el
descubierto de la cuenta corriente electoral, a la que se hace
referencia en el epígrafe de gastos.
La falta de respuesta de una entidad financiera a la circularización
ha impedido confirmar el saldo de una deuda de 20.000.000 ptas.,
según los registros contables.
III.6. Acreedores
En el saldo inicial del epígrafe «Cobros diferidos», figura un saldo
deudor de 437.500 ptas. que se regulariza con cargo al fondo
patrimonial, en lugar de contabilizarse con cargo a cuentas de
gastos. Asimismo, aparece otro saldo deudor, por 6.321.377 ptas., que
registra el exceso de previsión una vez cobradas las subvenciones de
las elecciones locales de 1991. Dado que en el ejercicio anterior no
se había contabilizado ningún tipo de previsión sobre la subvención
pendiente de recibir de las Elecciones a Cortes Generales, al
cobrarse la liquidación de la misma, por 1.581.503 ptas., ésta se
contabiliza con abono a esta cuenta, y el resto del saldo, 4.739.874
ptas., se regulariza con cargo a la cuenta de ingresos «Otras
subvenciones oficiales», produciéndose una inadecuada imputación
temporal y conceptual de dichas operaciones.
El saldo final de este mismo epígrafe, 2.338.039 ptas., corresponde a
la cuenta «Cobros anticipados aportación cargos políticos», que
recoge las aportaciones anticipadas de los cargos políticos, las
cuales se imputan a ingresos durante el período de la legislatura o
se reintegran a las entidades de crédito por los préstamos
concertados por los cargos políticos, y que son asumidos por el
Partido cuando éstos no resultan elegidos. Durante el ejercicio se
han registrado abonos por 11.995.000 ptas., y cargos
con abono a ingresos y a cuentas de tesorería, por 4.972.977 y
10.140.449 ptas., respectivamente. En esta última cantidad se
incluyen tanto la amortización de capital como el pago de intereses,
los cuales no se contabilizan como gasto financiero.
Se han regularizado 21.045.243 ptas. de la cuenta «Acreedores varios»
con abono a cuentas de neto patrimonial en lugar de cuentas de
ingresos.
III.7. Ingresos
Los ingresos registrados suman 94.558.419 ptas., no incluyéndose en
esta cifra los ingresos declarados en la contabilidad electoral de
las Elecciones al Parlamento Europeo.
El epígrafe «Subvenciones» incluye la de funcionamiento ordinario,
por 37.024.536 ptas., y las aportaciones procedentes de los Grupos
Parlamentarios en el Congreso de los Diputados y en las Cortes
Valencianas, por 4.065.998 y 3.043.000 ptas., respectivamente. Con un
saldo deudor de 4.739.874 ptas. se incluye también la cuenta «Otras
subvenciones oficiales», que registra la regularización señalada en
el apartado «Acreedores».
El epígrafe «Ingresos extraordinarios» incluye los donativos
recibidos, por un total de 24.727.998 ptas., que no han sido
ingresados en una cuenta específica, contrariamente a lo contemplado
en el art. 6 de la Ley Orgánica 3/1987.
III.8. Gastos
Los gastos registrados suman 99.031.001 ptas. Como se ha indicado,
los saldos de las cuentas de gastos de la campaña de las Elecciones
al Parlamento Europeo no están incluidos en la contabilidad anual. No
obstante, figuran registrados gastos provenientes de la asunción del
préstamo electoral, por 30.000.000 ptas.; de las aportaciones
efectuadas durante la campaña, por 200.000 ptas., si bien las
declaradas en la contabilidad electoral eran de 1.100.000 ptas.; de
los envíos de fondos efectuados después del período electoral para
saldar el descubierto de la cuenta corriente electoral, por 9.813.000
ptas.; y, por último, del pago de una factura electoral, por 394.450
ptas.
Se han detectado gastos por importe de 1.286.349 ptas. que
corresponden al ejercicio anterior, de las que 793.500 ptas.
corresponden a gastos de las Elecciones a Cortes Generales,
celebradas en 1993. No obstante, teniendo en cuenta dicho importe en
la verificación del cumplimiento del límite máximo de gastos para
estas elecciones, dicho límite continúa sin ser sobrepasado. Figuran
gastos, por 283.312 ptas., cuya única documentación justificativa es
un «recibí» firmado por los responsables de sedes locales del
partido.
Dado que el partido contabiliza los gastos en función de los pagos
realizados, no figura contabilizado el gasto correspondiente a la
retención de IRPF del 4º trimestre
de este ejercicio ni el gasto de la cuota de la Seguridad social del
mes de diciembre.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y a las Asambleas Legislativas Autonómicas se
obtiene que el importe de las subvenciones concedidas por el Congreso
de los Diputados y por las Cortes Valencianas a Unió Valenciana
asciende a 7.014.432 y 24.087.500 ptas., respectivamente. Estas
subvenciones quedan a disposición de los grupos parlamentarios, los
cuales han remitido al Partido únicamente 4.065.998 ptas.,
procedentes del Congreso, y 3.043.000 ptas., de las Cortes
Valencianas, que figuran registradas en los ingresos, como se ha
indicado.
a electos en Diputaciones V. Aportaciones cargos y Ayuntamientos
De la información facilitada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas
resulta que Unió Valenciana ha recibido aportaciones, al menos, por
un importe de 26.981.274 ptas. Estas subvenciones no figuran
integradas en la contabilidad de la Formación política.
Es oportuno señalar, como en Informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
UNIÓN DEL PUEBLO NAVARRO
I. Rendición de cuentas y alcance de la contabilidad
La formación política Unión del Pueblo Navarro ha rendido al Tribunal
de Cuentas, dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987,
el balance de situación al 31 de diciembre de 1994 y la cuenta de
pérdidas y ganancias de dicho ejercicio. Los estados financieros
corresponden a la actividad económico-financiera de la Sede Central,
que también gestiona centralizadamente las cuotas de afiliados y
efectúa el pago de determinados gastos de las sedes locales, sin
incluir la actividad del resto de la organización territorial.
También incluyen la actividad del Grupo Parlamentario en el
Parlamento de Navarra, pero no la del resto de los grupos
institucionales del Partido, salvo en los aspectos que se señalan más
adelante, que se estiman insuficientes.
II. Situación económico-financiera
Los estados financieros rendidos por Unión del Pueblo Navarro son los
siguientes:
III. Representatividad de los estados contables rendidos
Del examen de la documentación justificativa de los estados contables
se deducen las siguientes observaciones y, en su caso,
irregularidades y deficiencias que afectan a su representatividad, y
que se exponen a continuación.
III.1. Inmovilizado
El partido durante el ejercicio ha reclasificado en varias cuentas
los bienes del inmovilizado, corrigiendo
las deficiencias señaladas en el Informe del ejercicio 1993.
Asimismo, ha elaborado un inventario de bienes, aunque todavía
existen saldos no incluidos en el mismo, por 16.476.802 ptas. debido
a su antigüedad y a que se desconocen los elementos que lo componen.
No se ha dotado amortización sobre los saldos del inmovilizado no
incluidos en el inventario, al desconocerse la naturaleza de los
elementos que lo integran. Los coeficientes de amortización se
aplican sobre los saldos finales, sin tener en cuenta la fecha de
adquisición o puesta en funcionamiento de los distintos bienes, en
contra de lo manifestado en las alegaciones del partido.
III.2. Deudores
Como se adelantó en el Informe de 1993, se han regularizado
13.142.986 ptas., debido a un exceso en la estimación de las
subvenciones de las elecciones a Cortes Generales (11.094.463 ptas.)
y a créditos incobrables (2.048.523 ptas.). La pérdida se ha
contabilizado directamente con cargo a una cuenta de fondos propios,
sin que se haya registrado en la cuenta de pérdidas y ganancias.
III.3. Tesorería
El epígrafe «Tesorería» comprende el saldo de la caja, 1.209.299
ptas., y el de la cuentas corrientes del Partido, 71.436.146 ptas. No
consta documentalmente la realización de arqueos periódicos sobre el
disponible en caja. Los movimientos de las cinco cuentas corrientes
se recogen, durante el ejercicio, en una única cuenta contable, lo
que dificulta el seguimiento de las operaciones, reclasificándose el
31 de diciembre de 1994 sus saldos en cuentas separadas.
El partido, a solicitud del Tribunal de Cuentas, ha circularizado
a las dos entidades financieras con las que mantiene cuentas
corrientes, no habiendo contestado una entidad, si bien la cuenta en
ella abierta no ha tenido movimientos durante el ejercicio.
III.4. Fondo Patrimonial
El epígrafe «Resultados negativos de ejercicios anteriores» recoge
regularizaciones de saldos deudores y acreedores por 13.142.986 y
887.675 ptas., respectivamente. Estas regularizaciones, como se
indica en los correspondientes apartados, deberían haberse
contabilizado en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. El
neto patrimonial al final del ejercicio asciende a 145.204.877 ptas.
III.5. Acreedores
Del saldo inicial de las cuentas de acreedores, se han producido
regularizaciones con abono a una cuenta de fondos propios, por
887.675 ptas., habiéndose satisfecho el resto de la deuda pendiente o
aplicado los anticipos existentes. En relación a los saldos con la
Hacienda Pública y con la Seguridad Social, se ha comprobado la
liquidación de las deudas en los plazos fijados por la normativa
correspondiente.
III.6. Ingresos
Los ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias suman 137.208.014
ptas., correspondiendo principalmente a subvenciones públicas. La
cuenta «Ingresos del Estado» recoge fundamentalmente la subvención
anual para funcionamiento ordinario, por importe de 56.856.432 ptas.
La cuenta «Ingresos de las Cortes de Navarra por Grupo Parlamentario»
incluye la subvención otorgada por esta Institución al Grupo
Parlamentario, por 63.877.740 ptas., y el saldo de la cuenta
corriente que este Grupo tenía abierta hasta el momento de integrar
su contabilidad con la de la Sede Central del Partido, por 109.599
ptas.
La cuenta «Ingresos del Ayuntamiento de Pamplona por Grupo
Municipal», con un saldo de 2.700.000 ptas., recoge las aportaciones
de este Grupo institucional a la Tesorería del Partido. La subvención
otorgada por dicho Ayuntamiento ascendió a 6.673.334 ptas., quedando
el resto del importe para los gastos del citado Grupo.
Los ingresos por cuotas de afiliados son gestionados de forma
centralizada, y suman 6.967.700 ptas.; la cuenta «Ingresos por
productos financieros» incluye los rendimientos de los activos
financieros adquiridos a corto plazo, por 3.381.275 ptas.
IV. Subvenciones a grupos parlamentarios
De las respuestas a la solicitud enviada por el Tribunal de Cuentas a
las Cortes Generales y Asambleas Legislativas Autonómicas, se obtiene
el importe de la subvención concedida por las Cortes de Navarra a
Unión del Pueblo Navarro, que asciende a 63.877.740 ptas. La
contabilidad rendida incluye estos ingresos en su totalidad, como se
ha indicado.
V. Aportaciones a cargos electos en Diputaciones y Ayuntamientos
De la información aportada por los distintos Ayuntamientos
y Diputaciones que han atendido a la solicitud del Tribunal de Cuentas,
resulta que esta Formación política ha recibido aportaciones, al
menos, del Ayuntamiento de Pamplona por 6.673.334 ptas. La
contabilidad rendida recoge únicamente las aportaciones de este grupo
a la Sede central del partido, que ascendieron a 2.700.000 ptas.,
como ya se ha indicado.
Es oportuno señalar, como en informes de ejercicios anteriores, que
la Ley Orgánica 3/1987 sobre Financiación de los Partidos Políticos
no incluye las subvenciones de Corporaciones Locales dentro de los
recursos públicos previstos para la financiación de éstos.
CONTABILIDADES DE EJERCICIOS ANTERIORES
Resultados de la fiscalización de los estados financieros de 1993 de
la Agrupación Tinerfeña de Independientes
La formación política Agrupación Tinerfeña de Independientes,
integrada en Coalición Canaria a través de la federación de partidos
Agrupaciones Independientes de Canarias, rindió al Tribunal de
Cuentas, dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica 3/1987, un
balance de sumas y saldos relativo a la actividad del ejercicio 1993
de su sede central, que figura recogido en el Informe de dicho
ejercicio. Por el contrario, la documentación justificativa requerida
y la relación de las entidades de crédito circularizadas se
remitieron después de concluido el proceso de elaboración del Informe
de 1993, por lo que los resultados de las comprobaciones efectuadas
no pudieron incorporarse al mismo y se señaló que se incluirían en
Informes posteriores.
Del examen efectuado sobre la documentación remitida, en relación a
las distintas rúbricas que integran los estados contables, se deducen
las observaciones y, en su caso, irregularidades y deficiencias que
se exponen más adelante. Dada la importancia de las deficiencias, los
estados contables rendidos no son representativos de la situación
patrimonial y financiera de esta Formación política.
La contabilidad rendida se inicia únicamente con el saldo de la
cuenta corriente, sin tener en cuenta el resto de las cuentas
patrimoniales existentes al cierre del ejercicio anterior, por lo que
los estados rendidos presentan únicamente los flujos habidos durante
el ejercicio.
El saldo del epígrafe de bancos, por 13.902.046 ptas., está integrado
por dos cuentas corrientes. De una de ellas, con un saldo contable de
8.590.534 ptas., el Partido no ha facilitado el extracto bancario. La
entidad financiera en respuesta a la circularización ha informado de
que el saldo de dicha cuenta, a 31 de diciembre, es de 17.435.558
ptas., sin que se haya conciliado la diferencia. Por otra parte, el
Partido ha remitido fotocopias de los extractos de dos cuentas
corrientes que no están integradas en contabilidad y que han sido
confirmadas por las entidades financieras, con saldos de 10.984.991 y
283.163 ptas., respectivamente. La segunda de estas cuentas está
abierta a nombre de «Jóvenes de ATI».
Los ingresos declarados en las cuentas rendidas suman 28.214.746
ptas. La cuenta más significativa es «ingresos por cuotas», con un
saldo de 17.801.518 ptas., cuyos movimientos no han sido
justificados, por lo que no se ha podido comprobar su naturaleza. De
otras tres cuentas, con un saldo conjunto de 10.310.083 ptas., la
única documentación aportada ha sido los comprobantes bancarios. De
este último saldo, 9.010.083 ptas. figuran contabilizadas como
aportaciones de la Formación política Agrupaciones Independientes de
Canarias, aunque la salida de fondos no ha podido ser comprobada en
dicha formación al no haber remitido la contabilidad de su sede
central.
III. CONCLUSIONES
De acuerdo con los resultados de la fiscalización, se deducen las
siguientes conclusiones relativas al cumplimiento por parte de los
Partidos Políticos de las normas sobre financiación contenidas en la
Ley Orgánica 3/1987, así como sobre las obligaciones contables y el
control interno previstos en los artículos 9 y 10 de la citada Ley.
1. Los estados financieros anuales del ejercicio 1994 rendidos por la
mayor parte de las Formaciones políticas fiscalizadas se corresponden
con los previstos en el Plan General de Contabilidad. No obstante, en
algunos casos se han presentado balances de sumas y saldos, y otros
estados financieros intermedios.
2. Los estados financieros rendidos no presentan la totalidad de las
operaciones de las actividades propias del Partido, ya que no
incluyen la actividad completa de la organización de ámbito local,
especialmente los recursos financieros gestionados por la misma.
3. En los casos en que se presentan estados consolidados, éstos
generalmente son una mera agregación o el método de consolidación
aplicado es incorrecto, al no realizarse adecuadamente las
eliminaciones de las partidas recíprocas.
4. De acuerdo con las comunicaciones remitidas por el Ministerio del
Interior y Gobiernos Autonómicos, por las Cortes Generales y
Asambleas Legislativas, y por las Corporaciones Locales de más de
20.000 habitantes que han contestado a la solicitud de información
efectuada por el Tribunal de Cuentas, la financiación pública para
funcionamiento ordinario aportada en 1994 a los Partidos Políticos ha
sido de 17.196 millones de ptas. Por otra parte, las subvenciones
electorales recibidas en 1994 correspondientes a diversos procesos
electorales han ascendido a 6.740 millones de ptas.
6. Se han recibido, en concepto de financiación pública, 2.599
millones de ptas. procedentes de distintas Corporaciones Locales y
288 millones de ptas. del Ejecutivo de la Comunidad Autónoma del País
Vasco. Estas subvenciones no están incluidas entre las enumeradas en
el art. 2 de la Ley Orgánica 3/1987. Con independencia de la falta de
amparo legal de estos recursos, las Formaciones políticas, con
carácter general, no contabilizan la totalidad de los recursos
procedentes de las aportaciones de las Corporaciones Locales. En
contra de los argumentos expuestos por las Formaciones políticas para
justificar la no incorporación en la contabilidad rendida de estas
aportaciones, cabe señalar que las operaciones de los Grupos de
cargos electos forman parte de la actividad del Partido en su
conjunto, considerándose como una única unidad económica, sin
perjuicio de que lleven su propia contabilidad, que se deberá
consolidar con la del resto del partido.
7. Las aportaciones privadas no finalistas recibidas por las
Formaciones políticas, de acuerdo con los registros contables, han
cumplido las previsiones establecidas en la Ley Orgánica 3/1987,
abonándose exclusivamente en la cuenta exigida por el art. 6 de la
citada Ley, excepto en alguna formación política, que lo ha sido en
la cuenta corriente ordinaria.
8. La falta de respuesta de algunas de las entidades financieras a
las que se les ha solicitado confirmación de las cuentas bancarias y
operaciones crediticias ha constituido una limitación sobre las
comprobaciones efectuadas, con el alcance que se recoge para cada una
de las formaciones políticas.
9. Respecto al endeudamiento con entidades de crédito, se deducen las
siguientes deficiencias en su registro contable y control interno:
carencia de algunas de las pólizas de las operaciones concertadas;
mayor endeudamiento comunicado por las entidades que el
contabilizado; falta de contabilización de los intereses devengados,
especialmente los correspondientes a operaciones vencidas;
operaciones sin movimiento.
10. Como consecuencia de renegociaciones de operaciones crediticias,
se han producido condonaciones de deudas con entidades de crédito,
tanto del principal como de los intereses, que no están contempladas
dentro de los recursos enumerados en la Ley Orgánica 3/1987. Con
carácter general, no existe constancia documental del
acuerdo alcanzado, habiéndose calculado los intereses condonados en
función de los saldos contabilizados.
Madrid, 17 de diciembre de 1998.
ANEXO
Relación de Cabildos Insulares que no han contestado a la
circularización
Fuerteventura.
La Palma.
Relación de Ayuntamientos que no han contestado a la circularización
- Alicante:
Denia.
San Vicente de Raspeig.
Torrevieja.
- Almería:
Adra.
Roquetas de Mar.
- Asturias:
Castrillón.
Mieres del Camino.
- Barcelona:
Castelldefels.
Manresa.
Premiá de Mar.
Vic.
- Cádiz:
Arcos de la Frontera.
La Linea de la Concepción.
Puerto Real.
San Fernando.
San Roque.
- Castellón de la Plana:
La Vall D'uixó.
- Córdoba:
Lucena.
- La Coruña:
Oleiros.
- Gerona:
Blanes.
Salt.
- Granada:
Almuñecar.
Motril.
- Guipúzcoa:
Rentería.
- Jaén:
Martos. Úbeda.
- Madrid:
Leganés.
Valdemoro.
- Málaga:
Benalmádena.
Estepona.
Marbella.
Velez-Málaga.
- Murcia:
Alcantarilla.
- Las Palmas:
Arrecife.
Telde.
- Pontevedra:
Cangas.
Lalin.
Marín.
- Sevilla:
Alcalá de Guadaira.
Coria del Rio.
Dos Hermanas.
Ecija.
Mairena de Aljarafe.
- Valencia:
Burjassot.
Paterna.
Quart de Poblet.
Sueca.
- Vizcaya:
Bilbao.
Durango.
Portugalete.
Santurce.
Sestao.