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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 260, de 17/11/1998
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
VI LEGISLATURA
Serie A: 17 de noviembre de 1998 Núm. 260 ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS
Autorización de Tratados y Convenios Internacionales
110/000215 (CD) Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre el
Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación, relativo a la celebración de la 21.a
Reunión del Comité Coordinador del «Codex Alimentarius» para Europa
(Madrid, 5 a 8 de mayo de 1998), hecho en Roma y Madrid el 5 de
noviembre y el 22 de diciembre de 1997.
La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día de hoy,
ha acordado la publicación del asunto de referencia.
(110) Autorización de Convenios Internacionales.
110/000215
AUTOR: Gobierno.
Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación, relativo a la celebración de la 21.a Reunión del Comité
Coordinador del «Codex Alimentarius» para Europa (Madrid, 5 a 8 de
mayo de 1998), hecho en Roma y Madrid el 5 de noviembre y el 22 de
diciembre de 1997.
Acuerdo:
Encomendar dictamen a la Comisión de Asuntos Exteriores y publicar en
el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, estableciendo plazo para
presentar propuestas, que tendrán la consideración de enmiendas a la
totalidad o de enmiendas al articulado conforme al artículo 156 del
Reglamento, por un período de quince días hábiles, que finaliza el
día 4 de diciembre de 1998.
En consecuencia, se ordena la publicación en la Sección Cortes
Generales del «BOCG», de conformidad con lo establecido en el Acuerdo
de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado de 19 de
diciembre de 1996.
Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 1998.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
21.a REUNIÓN DEL COMITÉ COORDINADOR DEL CODEX PARA EUROPA, MADRID 5-8
DE MAYO DE 1998
se ruega contestación para el 28 de noviembre de 1997
Excelentísimo señor:
Tento el honor de referirme a la carta del 11 de septiembre de 1997,
del Sr. Don Juan José Francisco Polledo, Director General de Salud
Pública, Ministerio de Sanidad y Consumo, Madrid, por la que se
confirma el acuerdo de su Gobierno para hospedar la 21.a Reunión del
Comité Coordinador del Codex para Europa. Se propone celebrar la
reunión en Madrid del 5 al 8 de mayo de 1998.
Quedo sumamente reconocido por la generosa hospitalidad ofrecida por
su Gobierno.
Se convoca la reunión en el marco del Programa Conjunto FAO/OMS sobre
Normas Alimentarias, previa aprobación por la Conferencia de la FAO
en su 29.o período de sesiones en noviembre de 1997. Me propongo
invitar a los Estados Miembros de la FAO y/o de la OMS que son
miembros de la Comisión del Codex Alimentarius y pertenecen a la
región geográfica de Europa así como a los organismos indicados en el
adjunto Memorando de Responsabilidades.
Además, de conformidad con la Constitución, el Reglamento General y
los Principios de la FAO, otros Estados Miembros de la FAO y/o de la
OMS y organismos internacionales que mantienen relaciones con la FAO
y/o con la OMS, podrán estar representados en la reunión por
observadores, si así lo solicitan. Se prevé que el número total de
participantes será de unos 70.
La reunión se desarrollará en español, francés e inglés.
Deseo señalar a su atención las obligaciones que han de asumir el
Gobierno hospedante y la FAO para la reunión y que se especifican en
el Memorando de Responsabilidades, en cuya Parte II figuran las que
corresponden al Gobierno hospedante con respecto a los privilegios e
inmunidades y a la concesión de visados y demás facilidades
necesarias para los participantes.
Agradecería que me comunicara para el 28 de noviembre de 1997 por
escrito o por telefax, la aceptación por su Gobierno de las
obligaciones expuestas en el Memorando adjunto, para poder cursar
oportunamente las invitaciones y preparar y distribuir la
documentación necesaria. La presente carta y su respuesta
constituirán el Acuerdo relativo a la reunión.
Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia el
testimonio de mi alta y distinguida consideración.
Excmo. Sr. Ministro de Asuntos Exteriores. Madrid.
MEMORANDO DE RESPONSABILIDADES QUE HAN DE ASUMIR EL GOBIERNO DEL
REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA
AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN CON RESPECTO A LA 21. a REUNIÓN DEL
COMITÉ COORDINADOR DEL CODEX PARA EUROPA
En las siguientes cláusulas se exponen las responsabilidades que han
de asumir, respectivamente, el Gobierno del Reino de España,
denominado en lo sucesivo el Gobierno hospedante, y la Organización
de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación,
denominada en lo sucesivo la FAO, actuando en su propio nombre y en
el de la OMS, para el buen desarrollo de la 21.a reunión del Comité
Coordinador del Codex para Europa, denominada en lo sucesivo la
reunión, la cual forma parte del Programa Conjunto FAO/OMS sobre
Normas Alimentarias de la Organización.
La reunión se celebrará en Madrid del 5 al 8 de mayo de 1998.
Corresponderá a la FAO organizar la reunión, cursar las invitaciones
y distribuir el programa provisional.
Se invitará a los gobiernos que figuran a continuación:
Albania.
Alemania.
Armenia.
Austria.
Bélgica.
Bulgaria.
Croacia.
Chipre.
Dinamarca.
Eslovaquia.
Eslovenia.
España.
Estonia.
Federación de Rusia.
Finlandia.
Francia.
Grecia.
Hungría.
Irlanda.
Islandia.
Israel.
Italia.
La ex República Yugoslava de Macedonia.
Letonia.
Lituania.
Luxemburgo.
Malta.
Noruega.
Países Bajos.
Polonia.
Portugal.
Reino Unido.
República Checa.
Rumania.
Suecia.
Suiza.
Turquía.
Yugoslavia.
Se invitará también a representantes de la Comunidad Europea, y de
las Naciones Unidas, la Comisión Económica de las Naciones Unidas
para Europa, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo,
la Organización Mundial del Comercio, y a observadores de la
Asociación de Químicos Analíticos Oficiales, la Federación
Internacional de Movimientos de Agricultura Biológica, el Instituto
Internacional de Ciencias de la Vida, la Organización Internacional
de Asociaciones de Consumidores, la Organización Internacional de
Normalización.
La reunión se desarrollará en español, francés e inglés. El Gobierno
hospedante se encargará de proporcionar los servicios de
interpretación.
Parte I. Responsabilidades funcionales de la FAO
A) Personal (a cargo de la FAO, de conformidad con sus reglamentos).
Corresponderá a la FAO:
1. Designar el Secretario y el Vicesecretario de la reunión, y otros
oficiales que fueran necesarios.
2. Costear todos los gastos necesarios del personal facilitado,
comprendidos sueldos, dietas y viajes de ida y vuelta a la reunión.
B) Material, suministros y servicios.
Corresponderá a la FAO:
3. Proporcionar documentos para la reunión.
4. Publicar y distribuir un informe de la reunión después de su
terminación.
Parte II. Responsabilidades del Gobierno hospedante respecto a los
privilegios e inmunidades de la FAO y de los participantes
El Gobierno hospedante se compromete a:
5. Otorgar, a los efectos de la reunión, a los delegados y expertos,
y a la FAO, sus bienes, fondos y haberes, así como a sus
funcionarios, todos los privilegios e inmunidades previstos en el
Artículo VIII, párrafo 4, y en el Artículo XVI, párrafo 2 de la
Constitución, y en el Artículo XXXVII, párrafo 4 del Reglamento
General de la Organización, y especificados en las disposiciones de
la «Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos
Especializados». Otorgará, asimismo, a la OMS, sus bienes, fondos y
haberes, y a sus funcionarios, los privilegios e inmunidades
estipulados en la antemencionada Convención.
6. Conceder visados y todas las facilidades necesarias a los
delegados, expertos y consultores que asistan a la reunión.
Parte III. Responsabilidades funcionales del Gobierno hospedante
A) Personal.
Corresponderá al Gobierno hospedante:
7. Designar un Oficial de Enlace que se encargue de la coordinación
de los preparativos y servicios locales para la reunión.
8. Proporcionar taquígrafas y mecanógrafas locales, así como un
operador para la multicopista, y el personal y los servicios
auxiliares necesarios para el desarrollo de la reunión.
9. Costear todos los gastos necesarios del personal facilitado,
comprendidos sueldos, horas extraordinarias y dietas, en caso
necesario, y viajes de ida y vuelta a la reunión.
10. Facilitar intérpretes simultáneos para el español, el francés y
el inglés. Proveer traductores para traducir del inglés al español y
al francés el informe provisional de la reunión, que habrá de
apobarse al final de la misma, y taquígrafas de lengua española y
francesa al servicio de los traductores.
B) Equipo y servicios.
Corresponderá al Gobierno hospedante facilitar o pagar:
11. Una sala de reuniones con asientos y mesas para 70 personas y
plenamente equipada para la interpretación simultánea (véanse las
especificaciones adjuntas); despachos debidamente amueblados para el
Secretario y un local para reproducción y compaginación de
documentos.
12. Máquinas de escribir con teclado internacional, ordenadores,
fotocopiadora, y otro equipo, según sea necesario.
C) Suministros y servicios
Corresponderá al Gobierno hospedante proporcionar:
13. Efectos de oficina, material de escritorio y papel, según sea
necesario.
14. Instalaciones y servicios para la reproducción local de los
documentos necesarios para la reunión.
15. Servicios gratuitos de teléfono, telefax y correo dentro del país
hospedante, en relación con las labores de la reunión.
16. Servicios de socorro médico para los delegados, expertos y el
personal.
D) Transporte.
Corresponderá al Gobierno hospedante:
17. Facilitar dentro del país hospedante servicios de transporte a
los delegados, observadores y al personal en la medida de lo
necesario para el desarrollo de la reunión. Podrá entrar aquí también
el traslado del aeropuerto al hotel, del hotel a los lugares de
reunión y en otros casos en que se necesite, según las circunstancias
locales.
Excelentísimo Señor:
Tengo el honor de referirme a su carta de 5 de noviembre de 1997 [s/
ref. CX-706(Agm)], dirigida al Excmo. Sr. Don Abel Matutes Juan,
Ministro de Asuntos Exteriores del Gobierno Español, relativa a la
21. a reunión del Comité Coordinador del Codex para Europa.
En Calidad de plenipotenciario para la firma «ad referéndum» del
Canje de Notas entre el Reino de España y la FAO, le comunico la
aceptación del Memorando de Responsabilidades que han de asumir el
Gobierno del Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación con respecto a la 21.a reunión
del Comité Coordinador del Codex para Europa a celebrar en Madrid del
5 al 8 de mayo de 1998, anexo a su carta.
Asimismo he de manifestarle lo siguiente:
- La presencia de Yugoslavia deberá ser decidida por la FAO, conforme
con casos similares, teniendo en cuenta el status de la misma con las
Naciones Unidas. Resolución AG 47/1 (1992).
- La entrada en vigor tendrá lugar en el momento en que se completen
los trámites procedimentales internos del Derecho Español, lo que
será comunicado por vía diplomática a la FAO. Caso de que la referida
tramitación no esté completada a tiempo para la celebración de la
reunión, se entenderá que el Acuerdo de Sede
comenzará su vigencia el 20 de abril, lo que también se comunicará
oportunamente a la FAO
Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia el
testimonio de mi alta y distinguida consideración.
Madrid, 22 de diciembre de 1997. Dorector General de Salud Pública.
Excmo. Sr. Director General de la FAO. Vía delle Terme di Caracalla.
00100 Roma. Italia.