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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 92, de 17/06/1997
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BOLETIN OFICIAL

DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

Serie A:


ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS 17 de junio de 1997 Núm. 92

Control de la acción del Gobierno

PROPOSICIONES NO DE LEY/MOCIONES

Comisión Mixta de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico

161/000452 (CD)

663/000020 (S)

Aprobación, con modificaciones, de la Proposición no de Ley presentada

por el Grupo Socialista del Congreso, sobre el «efecto 2000», así como

enmiendas formuladas a la misma

161/000473 (CD)

663/000021 (S)

Aprobación, con modificaciones, de la Proposición no de Ley presentada

por el Grupo Socialista del Congreso, relativa a la adaptación de lo

establecido en la Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado a los Organismos Públicos de

Investigación, así como enmiendas formuladas a la misma

Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer

161/000595 (CD)

663/000027 (S)

Proposición no de Ley presentada por el Grupo Socialista del Congreso,

sobre el Tercer Plan para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres

161/000600 (CD)

663/000028 (S)

Proposición no de Ley presentada por el Grupo Socialista del Congreso,

sobre medidas para facilitar la denuncia de las agresiones sexuales

PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL

Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer

181/000822 (CD)

683/000032 (S)

Pregunta formulada por la Diputada doña Clementina Díez de Baldeón García

(G. S), sobre Ministerios implicados en el desarrollo del III Plan de

Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres, así como objetivos de

dicho Plan y presupuesto necesario para hacerlo posible




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PROPOSICIONES NO DE LEY/MOCIONES

Comisión Mixta de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico

161/000452 (CD)

663/000020 (S)

Se ordena la publicación el BoletIn Oficial de las Cortes, Sección Cortes

Generales, del acuerdo adoptado por la Comisión Mixta de Investigación

Científica y Desarrollo Tecnológico, en su sesión del día 3 de junio de

1997, de aprobar con modificaciones, al haberse introducido parcialmente

las enmiendas presentadas por los Grupo Parlamentarios Popular y

Socialista, la Proposición no de Ley sobre el «Efecto 2000» (núms. expte.


161/0000452, Congreso de los Diputados, 663/000020, Senado), presentada

por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el «BOCG. Sección

Cortes Generales», serie A, núm. 72 de 14 de abril de 1997, en los

siguientes términos:


«La Comision Mixta de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico

insta al Gobierno a: 1. Que previo informe de la Comisión

Interministerial de Ciencia y Tecnología y del Consejo Superior de

Informática, remita a la mayor urgencia a la Cámara un informe detallando

las consecuencias para España del denominado «Efecto 2000», con

indicación de las medidas que se están tomando en los distintos

Ministerios y empresas públicas y con expresión de la incidencia en los

principales ámbitos de la actividad pública y en los grandes sectores de

la actividad privada, incluyendo la evaluación de los costes de

adaptación o reforma de los sistemas actuales.


2. Que presente a la Cámara un plan de acción con medidas de carácter

nacional y acciones en el ámbito de la Unión Europea, para afrontar el

«Efecto 2000». Dicho plan de acción deberá contener también acciones de

desarrollo tecnológico y mecanismos de asesoramiento a los afectados,

tanto en los aspectos técnicos como en los jurídicos del problema.


3. Que previo informe de la Comisión Interministerial de Ciencia y

Tecnología y del Consejo Superior de Informática, remita a la Cámara un

informe detallando las medidas que se están tomando sobre las

consecuencias de la introducción del Euro en los sistemas de información.


4. Que el Gobierno, en el plazo más breve posible, adopte una norma

unificadora para los datos correspondientes a fechas.»

A dicha Proposición no de Ley se formularon 2 enmiendas cuyo texto se

inserta a continuación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa de la Comisión Mixta de Investigación Científica y Desarrollo

Tecnológico

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto

en el artículo 193 y ss. del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de

presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley sobre el

«Efecto 2000» del Grupo Parlamentario Socialista.


Madrid 2 de junio de 1997.--El Portavoz, Luis de Grandes Pascual.


Enmienda

De modificación.


El texto quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que previo informe de la Comisión Interministerial de Ciencia y

Tecnología y del Consejo Superior de Informática, remita a la Cámara un

informe detallando las consecuencias para España del denominado «Efecto

2000», con indicación de las medidas que se están tomando en los

distintos Ministerios y empresas públicas y con expresión de la

incidencia en los principales ámbitos de la actividad pública y en los

grandes sectores de la actividad privada, incluyendo la evaluación de los

costes de adaptación o reforma de los sistemas actuales.


2. Que presente a la Cámara un plan de acción con medidas de carácter

nacional y acciones en el ámbito de la Unión Europea, para afrontar el

«Efecto 2000». Dicho plan de acción deberá contener también acciones de

desarrollo tecnológico y mecanismos de asesoramiento a los afectados,

tanto en los aspectos técnicos como en los jurídicos del problema.


3. Que previo informe de la Comisión Interministerial de Ciencia y

Tecnología y del Consejo Superior de Informática, remita a la Cámara un

informe detallando las medidas que se están tomando sobre las

consecuencias de la introducción del Euro en los sistemas de

información.»

Justificación

Mejora técnica.


A la Mesa de la Comisión Mixta de investigación científica y desarrollo

tecnológico

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del

vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar las siguiente

enmiendas a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista,

sobre el «efecto 2000», publicado en el «BOCG. Sección Cortes Generales»,

serie A, núm. 72, de 14 de abril de 1997 (núms. expte. 161/000452,

Congreso de los Diputados y 663/000020, Senado).





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Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 1997.--El Portavoz

del Grupo Parlamentario Socialista, Jesús Caldera Sánchez-Capitán.


Enmienda

Al punto 1

De adición.


Añadir al final del punto 1.


«Así como la relación entre estos cambios y la adaptación de los sistemas

informáticos al Euro.»

Enmienda

Al punto 3 (nuevo)

De adición.


«3. Que el Gobierno en el plazo más breve posible, adopte una norma

unificadora para los datos correspondientes a fechas.»

161/000473 (CD)

663/000021 (S)

Se ordena la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes, Sección

Cortes Generales, del acuerdo adoptado por la Comisión Mixta de

Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, en su sesión del día 3

de junio de 1997, de aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley

relativa a la adaptación de lo establecido en la Ley de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado a los Organismos

Públicos de Investigación (núms. expte. 161/000473, Congreso de los

Diputados y 663/000021, Senado), presentada por el Grupo Parlamentario

Socialista y publicada en el «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A,

núm. 72, de 14 de abril de 1997, en los siguientes términos:


«La Comisión Mixta de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico

insta al Gobierno a:


Remitir un Proyecto de Ley por el que se adecuen los Organismos Públicos

de Investigación a lo establecido en la Ley de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado, tomando como

referencia, entre otros, los siguientes criterios:


1. Los Organismos Públicos de Investigación se definirán preferentemente

como Organismos Autónomos permaneciendo de esta forma inalterados su

régimen de personal y su capacidad para recibir subvenciones de los

Presupuestos Generales del Estado. Estos Organismos Públicos de

Investigación se regirán por lo establecido en el Capítulo II de la Ley

13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la

Investigación Científica y Técnica, por su legislación específica y por

la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado en cuanto no se oponga a la Ley 13/1986.


2. Los Organismos Públicos de Investigación, a los solos efectos de su

gestión, adecuarán sus regímenes económico-financiero, contable y de

control a las disposiciones y normas por las que en cada momento se rijan

las Entidades Públicas Empresariales de forma que gocen en el ámbito de

la gestión presupuestaria de un máximo de flexibilidad, acorde con las

características de las actividades de Investigación Científica y

Desarrollo Tecnológico que desarrollan.


3. La regulación de los Organismos Públicos de Investigación facilitará

la coordinación, en el marco de la Ley de Organización y Funcionamiento

de la Administración General del Estado, de estos Organismos con la

política científica de las Comunidades Autónomas.»

A dicha Proposición no de Ley se formularon 2 enmiendas cuyo texto se

inserta a continuación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa de la Comisión Mixta de Investigación Científica y Desarrollo

Tecnológico

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto

en el artículo 193 y ss. del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de

presentar las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley relativa a

la adaptación de lo establecido en la Ley de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado a los Organismos

Públicos de Investigación.


Madrid, 2 de junio de 1997.--El Portavoz, Luis de Grandes Pascual.


Enmienda

De modificación a la Exposición de Motivos

El texto quedará redactado como sigue:


«La necesaria adecuación de los Organismos Públicos de Investigación a

las características actuales de los procesos de investigación, con objeto

de facilitar el desarrollo más eficaz de sus tareas científicas y

tecnológicas, posibilitar los marcos más apropiados para la formación del

personal investigador y el desarrollo de sus carreras, y propiciar la

cooperación con las universidades y otras instancias de la investigación,

hacen preciso formular la siguiente Proposición no de Ley.»

Justificación

Mejora técnica.


Enmienda

De modificación al texto de la Proposición no de Ley

El texto quedará redactado como sigue:





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«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Remitir antes del 31 de diciembre de 1997 a esta Cámara las medidas de

rango legal adecuadas, a través de las cuales, y mediante el oportuno

proceso de reflexión y coordinación institucional se adecuen a lo

establecido en la Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado los Organismos Públicos de

Investigación a los que se refiere el Capítulo II de la Ley 13/1986, de

14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación

Científica y Técnica: Consejo Superior de Investigaciones Científicas;

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas;

Instituto Tecnológico Geominero de España; Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial «Esteban Terradas», Instituto Nacional de Oceanografía,

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria; e

Instituto de Salud Carlos III.


Dicha adecuación se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes

principios:


1. Posibilitar un modelo de financiación que asegure las dotaciones

económicas necesarias para el desarrollo de los proyectos y actividades

de investigación de estos organismos, así como su funcionamiento.


2. Garantizar el régimen de personal existente en estos organismos,

posibilitando asimismo la incorporación de personal investigador para la

ejecución de los distintos proyectos de investigación y personal para su

formación científica y técnica.


3. Establecer un régimen de gestión presupuestaria y económico-financiero

dotado de la necesaria autonomía y flexibilidad, que permita la gestión

eficaz y eficiente de los proyectos de investigación, sin perjuicio de

los controles financieros y de eficacia que sean precisos.»

Justificación

Mejora técnica.


Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer

161/000595 (CD)

663/000027 (S)

La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día de hoy, ha

adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de referencia:


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


AUTOR: Grupo Socialista del Congreso.


Proposición no de Ley sobre el Tercer Plan para la Igualdad de

Oportunidades de las Mujeres.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194

del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión Mixta de los

Derechos de la Mujer.


Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y

publicar en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y

siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,

presentar la siguiente Proposición no de Ley, sobre el Tercer Plan para

la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres, para su debate en la

Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer.


Exposición de Motivos

El Tercer Plan para la Igualdad de Oportunidades de las mujeres fue

presentado en esta Comisión Mixta con fecha posterior a su aprobación por

el Consejo de Ministros.


Después de la correspondiente presentación por parte de la señora

Directora del Instituto de la Mujer, la totalidad de los Grupos

representados en la comisión coincidieron en la importancia del Plan y la

consecuente necesidad de llevar a cabo de forma rigurosa un seguimiento

de su aplicación durante los tres años de su vigencia (1997-2000).


La mayoría de los Grupos coincidieron, también, en la valoración de falta

de concreción del Plan en acciones por lo que queda muy lejos de marcar

las pautas adecuadas para hacer realidad las medidas previstas e,

incluso, más en general, para poder avanzar en la igualdad entre hombres

y mujeres. Por tanto se expresó la necesidad de comprometer actuaciones

concretas, siguiendo el modelo de los Programas de la Unión Europea y

recogiendo los compromisos que se adquirieron en la 4.ª Conferencia

Mundial sobre las Mujeres, que se celebró en Pekín, en septiembre de

1995.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista, presenta la siguiente:


Proposición no de Ley

«La Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer insta al Gobierno a:


1. Concretar las acciones referidas a los apartados de:


Educación, Salud, Economía y Empleo. Poder y toma de decisiones, Imagen y

Medios de Comunicación, Medio Ambiente, Violencia, Mujeres en situación

de exclusión social. Mujeres rurales y cooperación en el 3.er Plan para

la igualdad de oportunidades de las Mujeres.


2. Recoger los compromisos suscritos por España en la 4.ª Conferencia

Mundial sobre las mujeres de las Naciones Unidas y que están contenidos

en la llamada Plataforma de Acción.





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3. Asumir las propuestas contenidas en el documento elaborado por más de

trescientas organizaciones no gubernamentales de mujeres, conjuntamente

con diversas organizaciones sociales, sindicales y de los distintos

grupos parlamentarios, y que fueron presentadas al Gobierno previamente a

la aprobación del 3.er Plan.


4. Comprometer la comparecencia semestral del Gobierno en esta Comisión

Mixta para dar cuenta ante la misma de su grado de ejecución y

cumplimiento.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de junio de 1997.--Teresa Riera

Madurell, Diputada del Grupo Parlamentario Socialista.--Jesús Caldera

Sánchez-Capitán, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000600 (CD)

663/000028 (S)

La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día de hoy, ha

adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de referencia:


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


AUTOR: Grupo Socialista del Congreso.


Proposición no de Ley sobre medidas para facilitar la denuncia de las

agresiones sexuales.


Acuerdo:


Entendiendo que son las Cortes Generales las que instan al Gobierno, y

considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194

del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión Mixta de los

Derechos de la Mujer.


Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y

publicar en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y

siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,

presentar la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la

Comisión Mixta Congreso-Senado de los Derechos de la Mujer.


Proposición no de Ley

Motivación

Las mujeres que son víctimas de la violencia sexual, además de sufrir una

imborrable agresión física y psíquica, cuando deciden denunciarla,

comienzan un largo calvario. Desgraciadamente, la denuncia agrava muchas

veces la situación de la víctima. El deseable objetivo de aumentar el

número de denuncias del total de las violaciones que se producen exige

que se minimice la carga que sufren las víctimas. En determinados casos,

la actuación de la sociedad (policial, sanitaria, judicial), que debe

estar dirigida a proteger a la víctima y castigar al agresor, se

convierte de hecho en un castigo añadido a la víctima. Muchas mujeres no

llegan a denunciar la agresión sexual por miedo a verse envueltas en

complicadas investigaciones policiales y procedimientos judiciales, que a

menudo contribuyen a alimentar confusos sentimientos de ansiedad y

vergüenza.


La primera dificultad surge ya en el momento de la presentación de la

denuncia. La víctima debe aparecer con su filiación completa desde el

primer momento de denunciar en Comisaría o de incoar unas diligencias en

el Juzgado de Guardia. Esta necesidad de identificarse nominativamente en

todas las actuaciones constituye para las víctimas un indudable factor de

disuasión a denunciar, cuando además tienen serias dudas sobre las

posibilidades reales de llegar a detener al sospechoso y de poder

acumular las pruebas suficientes para que se le condene, o cuando incluso

surge el temor a posibles represalias. En la nueva legislación sobre

protección de testigos se ha aplicado una filosofía de la innominación a

través de claves que podría aplicarse también en lo referente a la

víctima en los supuestos de denuncias por agresiones sexuales y

violación.


Hay que evitar que las mujeres que dan el paso de denunciar la agresión

padecida se vean obligadas a relatar una y otra vez su experiencia a

numerosas personas que integran la cadena de atención: policías, médicos,

abogados, forenses, sanitarios, jueces... La reiteración de las

declaraciones, aportaciones de datos, etcétera, les llevan a revivir los

hechos en cada ocasión con la carga de sufrimiento que esto supone. Se ha

avanzado bastante en la simplificación de esos trámites, pero no lo

suficiente. Sería necesario elaborar un formulario de datos básicos que

tenga un uso múltiple: sanitario, policial, judicial y establecer la

representación de la víctima por una persona puente en todos los

procedimientos y tramitaciones en los que no sea imprescindible su

presencia personal.


Sin duda la importancia de la carga lesiva, la importancia de la prueba,

es decisiva para demostrar los hechos y conseguir una sentencia

inculpatoria. Sin poder demostrar algunos elementos esenciales, el

procedimiento se vacía de eficacia, al tiempo que agrava la situación de

la víctima. Siendo una violencia cuya investigación policial y judicial

posterior va a requerir de forma indefectible la prueba, ya que el

agresor va a dar una versión contradictoria a la de la víctima, es

indispensable la actuación inmediata, normalizada y coordinada,

fundamentalmente en los ámbitos sanitario y forense, para garantizar la

eficacia probatoria y no provocar una sensación de impotencia y

desconfianza en la justicia.


Por otra parte, la respuesta asistencial requerida por las mujeres es de

una enorme complejidad, ya que debe englobar tanto los aspectos

sanitarios de sus lesiones físicas como el adecuado apoyo para superar

satisfactoriamente el sufrimiento psíquico. La organización de una

respuesta




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adecuada a las necesidades de la víctima requiere un gran esfuerzo de

coordinación. Este tipo de violencia genera efectos lesivos muy complejos

por definición, entre los que hay que destacar por su importancia

lesiones físicas y psíquicas directas, pero también posibles enfermedades

de transmisión sexual, la posible gestación, además de efectos psíquicos

a medio y largo plazo.


Por ello, para facilitar que se denuncien el mayor número de las

violaciones y agresiones sufridas por las mujeres, para unificar

criterios y actuaciones de atención a las víctimas de estas agresiones y

para dar una respuesta efectiva e integrada, se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Posibilitar que se garantice el anonimato de la víctima en los

procedimientos judiciales abiertos por denuncias de delitos contra la

libertad sexual hasta el momento en que se requiere inevitablemente una

actuación nominal de la víctima.


2. Elaborar un formulario de datos básicos que tenga un uso múltiple:


sanitario, policial, judicial.


3. Permitir en tales supuestos que la víctima sea representada por una

persona puente, que actúe con carácter estable entre aquélla y el proceso

judicial, elegida entre personas de especial preparación como

trabajadores sociales con entrenamiento específico u otros profesionales

presentes en grupos de atención a la víctima.


4. Elaborar un guión de coordinación y actuación inmediata, así como de

revisiones normalizadas, por todos los ámbitos médicos que tienen que

responder en estos casos, tales como Urgencias Generales, Ginecología,

Infecciosas, Psiquiatría.


5. Facilitar la obtención del máximo valor para la prueba mediante un

protocolo de recogida y remisión de muestras y el diseño de kits de

desechables necesarios para normalizar la toma de muestras y evitar la

improvisación o el deterioro de los elementos de prueba.


6. Normalizar la recogida de datos de ámbito investigador o terapéutico,

mediante una codificación de los mismos y crear un Banco Nacional de

Datos anónimos que permitan estudios tendentes a proponer respuestas

preventivas y terapéuticas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 1997.--Bernardo

Bayona Aznar, Diputado del Grupo Parlamentario Socialista.--Jesús Caldera

Sánchez-Capitán, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL

Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer

181/000822 (CD)

683/000032 (S)

La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día de hoy, ha

adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.


AUTORA: Díez de Baldeón García, Clementina (G. S).


Ministerios implicados en el desarrollo del III Plan de igualdad de

oportunidades entre hombres y mujeres, así como objetivos de dicho Plan y

presupuesto necesario para hacerlo posible.


Acuerdo:


Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del

Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión Mixta de los

Derechos de la Mujer.


Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y a la señora Diputada

preguntante y publicar en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


Grupo Parlamentario Socialista

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de la Mujer

Diputada doña Clementina Díez de Baldeón García

Objeto: Dirigida al Ministro de trabajo y asuntos sociales

Texto

¿Qué ministerios están implicados en el desarrollo del III Plan de

igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, cuáles son los

objetivos concretos e inmediatos de dicho Plan de igualdad y qué

presupuestos estiman necesarios para hacerlo posible?

Madrid, 4 de junio de 1997.--Clementina Díez de Baldeón García.