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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 205, de 17/12/1998
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE



Año 1998 VI Legislatura Núm. 205



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FEDERICO TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE



Sesión Plenaria núm. 199



celebrada el jueves, 17 de diciembre de 1998



ORDEN DEL DÍA:



Convalidación o derogación de Reales Decretos-Leyes:



- Real Decreto-ley 15/1998, de 27 de noviembre, de medidas urgentes
para la mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a
tiempo parcial y el fomento de su estabilidad. (Número de expediente
130/000057)«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 1998 . . . (Página 110783
)




- Real Decreto-ley 16/1998, de 4 de diciembre, por el que se financia
el Acuerdo interprofesional sobre formación continua en la Comunidad
Autónoma del País Vasco. (Número de expediente 130/000058) «BOE» núm.

293, de 8 de diciembre de 1998 . . . (Página 11088)



Enmiendas del Senado:



- Proyecto de Ley de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, núm. 109-1, de 18 de marzo de 1998 (número de
expediente 121/000107). . . . (Página 11093)



- Proyecto de Ley reguladora de las entidades capital-riesgo y de sus
sociedades gestoras. «BOCG.

Congreso de los Diputados», serie A, núm. 115-1, de 19 de mayo de
1998 (número de expediente 121/000114) . . . (Página 11097)



Página 11074




- Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal en material de perfeccionamiento de la acción
investigadora relacionada con el tráfico ilegal de drogas y otras
actividades ilícitas graves. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie
B, núm. 218-4, de 1 de diciembre de 1998 (número de expediente 122/
000191) . . . (Página 11100)



- Proposición de Ley relativa a declaración del Parque Nacional de
Sierra Nevada. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie B, núm. 11-1,
de 11 de abril de 1996 (número de expediente 125/000010)... (Página 11104)



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



- Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Título VIII del Libro
II del Código Penal aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de
noviembre. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, núm. 89-1, de
17 de octubre de 1997 (número de expediente 121/000087) . . .

(Página 11107)



- Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario por
importe de 196.505.344 pesetas, para el pago de indemnizaciones,
establecidas en la Sentencia firme dictada en el recurso Contencioso-
Administrativo número 5/234/1996, a favor de Médicos Especialistas en
Estomatología. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, núm. 126-
1, de 7 de agosto de 1998 (número de expediente 121/000125) . . .

(Página 11114)



- Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario por
importe de 1.498.900.000 pesetas, en la Sección 33, «Fondo de
Compensación Interterritorial», para dar cumplimiento a la Sentencia
del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 1992, a favor de la
Generalidad Valenciana, relativa al Fondo de Compensación
Interterritorial de 1989. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A,
núm. 127-1, de 7 de agosto de 1998 (número de expediente 121/000127).

. . . (Página 11114)



- Proyecto de Ley para la concesión de un crédito extraordinario, por
importe de 150.803.739 pesetas, para dar cumplimiento a la Sentencia
de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 1995,
relativa al pago de indemnizaciones derivadas de inundaciones
ocurridas en la provincia de Cáceres. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, núm. 141-1, de 2 de octubre de 1998 (número de
expediente 121/000140) . . . (Página 11114)



- Proyecto de Ley de modificación de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de
febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. «BOCG. Congreso
de los Diputados», serie A, núm. 129-1, de 31 de agosto de 1998
(número de expediente 121/000129) . . . (Página 11115)



- Proyecto de Ley de modificación de la ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local y otras medidas para el
desarrollo del gobierno local, en materia de tráfico, circulación de
vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas. «BOCG.

Congreso de los Diputados», serie A, núm. 130-1, de 31 de agosto de
1998 (número de expediente 121/000130) . . . (Página 11115)



- Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 9/1983,
de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión. «BOCG. Congreso de
los Diputados», serie A, núm. 131-1, de 31 de agosto de 1998 (número
de expediente 121/000131). . . . (Página 11115)



- Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 5/1985,
de 19 de junio, del Régimen Electoral General. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, núm. 132-1, de 31 de agosto de 1998 (número de
expediente 121/000132) . . . (Página 11115)



- Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 2/1979,
de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, núm. 133-1, de 31 de agosto de 1998 (número de
expediente 121/000133) . . . (Página 11115)



- Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 8/1985,
de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. «BOCG. Congreso
de los Diputados», serie A, núm. 136-1, de 31 de agosto de 1998
(número de expediente 121/000136) . . . (Página 11115)



Debates de totalidad de Convenios Internacionales:



- Convención conjunta sobre seguridad en la gestión del combustible
gastado y sobre seguridad en la gestión de desechos radiactivos,
hecha en Viena el 5 de septiembre de 1997. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, núm. 256, de 3 de noviembre de 1998 (número de
expediente 110/000214) . . . (Página 11123)



Página 11075




S U M A R I O



Se reanuda la sesión a las nueve y diez minutos de la mañana.




Convalidación o derogación de reales decretos-leyes . . . (Página 11078)



Real Decreto-ley 15/1998, de 27 de noviembre, de medidas urgentes
para la mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a
tiempo parcial y el fomento de su estabilidad . . . (Página 11078)



Presenta el Real Decreto-ley, en nombre del Gobierno, el señor
ministro de Trabajo y Asuntos Sociales (Arenas Bocanegra), quien
manifiesta, en primer lugar, que el Gobierno continúa con su política
de adoptar todas aquellas decisiones que tengan, en opinión del
propio Gobierno, relación directa con la creación de empleo, en
particular con el fomento de empleo estable. A continuación resalta
el hecho de que haya sido el Congreso de los Diputados quien haya
instado al Gobierno a llevar a cabo la regulación del tiempo parcial,
con iniciativas de diversos grupos parlamentarios presentadas en el
debate del Estado de la Nación, por lo que, a partir del mes de
junio, se inició un diálogo permanente con las organizaciones
empresariales y sindicales. Por otra parte, el Gobierno tenía la
obligación de incorporar al ordenamiento jurídico la Directiva 97/81,
que incorpora el acuerdo marco europeo que en su día fue suscrito por
Unice, la CES y también por la CEP. Añade que somos el primer país de
la Unión Europea que incorpora esa directiva a su ordenamiento
jurídico. Destaca este hecho porque viene a poner demanifiesto que en
España todo lo que se está llevando a cabo en relación con los
contratos a tiempo parcial estable procede del consenso previo
establecido entre las organizaciones sindicales y los empleadores en
el ámbito europeo, y pasa a explicar los beneficios profesionales y
familiares que reporta a los trabajadores el contrato a tiempo
parcial estable. A continuación explica el contenido del Real
Decreto-ley y las novedades que en él se recogen, como el límite para
el contrato a tiempo parcial en relación a la jornada a tiempo
completo en el 77 por ciento -con la innovación de las horas
complementarias-, la configuración del contrato de relevo y el
régimen jurídico de los contratos actualmente en vigor a través de la
disposición transitoria primera. Después de explicar la filosofía,
los motivos y la justificación del Gobierno para desarrollar este
Real Decreto-ley y traerlo a la Cámara para su convalidación,
anuncia que estarán siempre abiertos a que, en cualquier
momento, se pueda asumir y discutir por la Cámara un acuerdo entre
organizaciones sindicales y empresariales que plantee alguna
modificación sobre el contrato a tiempo parcial.




En turno en contra interviene el señor Vaquero del Pozo, del Grupo
Parlamentario Federal de IzquierdaUnida.




En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Vázquez
Vázquez (don Guillerme) y Peralta Ortega, del Grupo Parlamentario
Mixto; Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria; Caballero Basañez, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV);
Campuzano i Canadès, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió); Griñán Martínez, del Grupo Socialista del Congreso, y Hernando
Fraile, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




En un turno de aclaración intervienen los señores Martínez Noval, del
Grupo Socialista del Congreso, y Hernando Fraile, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.




Real Decreto-ley 16/1998, de 4 de diciembre, por el que se financia
el acuerdo interprofesional sobre formación continua en la Comunidad
Autónoma del País Vasco . . . (Página 11088)



El señor ministro de Trabajo y Asuntos Sociales (Arenas Bocanegra),
siguiendo las recomendaciones de la Presidencia en relación con la
brevedad y concisión de las intervenciones, manifiesta simplemente
que las razones de urgencia de ejecución vinculadas a la ejecución
del presupuesto son las que han avalado al Gobierno para tramitar
como decreto- ley la financiación del acuerdo de formación continua
en la Comunidad Autónoma del País Vasco y traerlo hoy a la Cámara
para su convalidación.




En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Lasagabaster
Olazabal, del Grupo Parlamentario Mixto; los señores Zabalía Lezamiz,
del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Homs i Ferret, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Navas Amores, del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida; la señora Cortajarena
Iturrioz, del Grupo Socialista del Congreso, y el señor Azpiroz
Villar, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Sometida a votación la convalidación o derogación del Real Decreto-
ley 15/1998, sobre mejora del mercadode trabajo en relación con el
trabajo a tiempo parcial,



Página 11076




se convalida por 166 votos a favor, 13 en contra y 132 abstenciones.




Sometida a votación la tramitación como proyecto de ley del Real
Decreto-ley convalidado, se rechaza por 147 votos a favor, 164 en
contra y una abstención.




Sometida a votación la convalidación o derogación del Real Decreto-
ley 16/1998, por el que se financia el acuerdo interprofesional sobre
formación continua en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se
convalida por 183 votos a favor y 130 abstenciones.




Enmiendas del Senado . . . (Página 11093)



Proyecto de ley de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del
procedimiento administrativo común . . . (Página 11093)



En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Gómez
Rodríguez, del Grupo Parlamentario Mixto; la señora Uría Echevarría,
del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); los señores Silva Sánchez,
del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Ríos Martínez,
del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; la señora
Rubiales Torrejón, del Grupo Socialista del Congreso, y el señor
Bermúdez de Castro Fernández, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.




Proyecto de ley reguladora de las entidades capital-riesgo y de sus
sociedades gestoras . . . (Página 11097)



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Gómez
Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Zabalía
Lezamiz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Martínez Sanjuán,
del Grupo Socialista del Congreso, y Echániz Salgado, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.




Proposición de ley orgánica de modificación de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal en materia de perfeccionamiento de la acción
investigadora relacionada con el tráfico ilegal de drogas y otras
actividades ilícitas graves . . . (Página 11100)



En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Mardones
Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria; la señora Uría Echevarría, del Grupo Parlamentario
Vasco (EAJ-PNV); los señores Silva Sánchez, del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió); Castellano Cardalliaguet, del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Gago López, del Grupo
Socialista del Congreso, y la señora Cava de Llano i Carrió, del
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Proposición de ley relativa a la declaración de Parque Nacional de
Sierra Nevada. . . . (Página 11104)



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Saura
Laporta, del Grupo Parlamentario Mixto;
Vaquero del Pozo, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida;
Díaz Sol, del Grupo Socialista del Congreso, y la señora Fernández de
Capel Baños.




A continuación se procede a las votaciones de las enmiendas del
Senado a los distintos proyectos y proposiciones de ley.




El señor presidente solicita a los miembros del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida que retiren los carteles que exhiben con
el siguiente texto: «50 aniversario de los derechos humanos. Estados
Unidos bombardea al pueblo de Irak».




Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas . . .

(Página 11107)



Proyecto de ley orgánica de modificación del Título VIII del Libro II
del Código Penal aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de
noviembre . . . (Página 11107)



En defensa de las enmiendas presentadas al proyecto de ley
intervienen la señora Almeida Castro, del Grupo Parlamentario Mixto;
el señor Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria, y la señora Del Campo Casasús, del Grupo Socialista del
Congreso.




En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Uría
Echevarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); los señores
Silva Sánchez, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió);
Castellano i Cardalliaguet, del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida, y la señora Barrios Curbelo, del Grupo Parlamentario
Popular en elCongreso.




Página 11077




Proyecto de ley sobre concesión de un crédito extraordinario por
importe de 196.505.344 pesetas, para el pago de indemnizaciones,
establecidas en lasentencia firme dictada en el recurso contencioso-
administrativo
número 5/234/1996, a favor de médicos especialistas en estomatología.

. . . (Página 11114)



Proyecto de ley sobre concesión de un crédito extraordinario por
importe de 1.498900.000 pesetas, en la sección 33, «Fondo de
Compensación Interterritorial», para dar cumplimiento a la sentencia
del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 1992, a favor de la
Generalidad Valenciana, relativa al Fondo de Compensación
Interterritorial de 1989 . . . (Página 11114)



Proyecto de ley para la concesión de un crédito extraordinario, por
importe de 150.803.739 pesetas, para dar cumplimiento a la sentencia
de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 1995,
relativa al pago de indemnizaciones derivadas de inundaciones
ocurridas en la provincia de Cáceres . . . (Página 11114)



En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Urán
González, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; y los
señores Arnau Navarro, del Grupo Socialista del Congreso, y Pascual
Monzó, del Grupo Parlamentario Popular en el congreso.




Proyecto de ley de modificación de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de
febrero, sobre protección de la seguridad ciudadana. . . .

(Página 11115)



Proyecto de ley de modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las bases de Régimen Local y otras medidas para el
desarrollo del gobierno local en materia de tráfico, circulación de
vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas . . .

(Página 11115)



Proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 9/1983,
de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión. . . .

(Página 11115)



Proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 5/1985,
de 19 de junio, del régimen electoral general . . (Página 11115)



Proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 2/1979,
de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional . . . (Página 11115)



Proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 8/1985,
de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación ... (Página 11115)



Intervienen en el debate los señores Rodríguez Sánchez y Saura
Laporta, del Grupo Parlamentario Mixto; las señoras Uría Echevarría,
del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y Gil i Miró, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); y los señores Fernández
Sánchez, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida;
Rodríguez Bolaños, del Grupo Socialista del Congreso, y LópezMedel
Bascones, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. Fuera de
turno interviene el señor Mardones Sevilla, para fijar su posición.




Debates de totalidad de convenios internacionales . . . (Página 11123)



Convención conjunta sobre seguridad en la gestión del combustible
gastado y sobre seguridad en la gestión de desechos radiactivos,
hecha en Viena el 5 deseptiembre de 1997. . . . (Página 11123)



En defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida interviene la señora Urán González.




A continuación se procede a las votaciones correspondientes a los
dictámenes de las comisiones sobre diversas iniciativas legislativas,
incluidas las votaciones de conjunto de aquéllas que tienen carácterde
orgánicas.




Página 11078




Finalmente se procede a la votación de las enmiendas de totalidad
presentadas por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida a
la convención conjunta sobre seguridad en la gestión del combustible
gastado y sobre seguridad en la gestión de desechos radiactivos,
hecha en Viena el 5 de septiembre de 1997, que se rechazan por 15
votos a favor, 304 en contra y una abstención.




Se suspende la sesión a las dos y treinta y cinco minutos de la
tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y diez minutos de la mañana.




VI. CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS-LEYES.




- REAL DECRETO-LEY 15/1998, DE 27 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES
PARA LA MEJORA DEL MERCADO DE TRABAJO EN RELACIÓN CON EL TRABAJO A
TIEMPO PARCIAL Y EL FOMENTO DE SU ESTABILIDAD. (Número de expediente
130/000057.)



El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías. Ocupen sus escaños. Vamos
a reanudar la sesión.

Se reanuda la sesión con el punto VI del orden del día: Debate sobre
convalidación o derogación de dos reales decretos-leyes: el que hace
el número 15 de 1998, de fecha 27 de noviembre, de medidas urgentes
para la mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a
tiempo parcial y el fomento de su estabilidad, y el número 16 del
presente año, de fecha 4 de diciembre, por el que se financia el
Acuerdo interprofesional sobre formación continua en la Comunidad
Autónoma del País Vasco.

Para su presentación, en nombre del Gobierno, tiene la palabra el
ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, don Javier Arenas Bocanegra.




El señor MINISTRO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (Arenas Bocanegra):
Señor presidente, señoras y señores diputados, como indicaba a la
Presidencia, tengo el honor de presentar en nombre del Gobierno, para
su posible convalidación en la Cámara, el Real Decreto-ley, de 27 de
noviembre, de medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo
en relación con el trabajo a tiempo parcial y el fomento de su
estabilidad.

Quiero empezar diciendo en esta intervención que el Gobierno continúa
con su política de adoptar todas aquellas decisiones que tengan, en
opinión del propio Gobierno, relación directa con la creación de
empleo, pero de manera muy particular la que tenga relación directa
con la creación de empleo y el fomento de
empleo estable. Todavía la estabilidad en el empleo sigue siendo una
asignatura pendiente de nuestro mercado de trabajo, sin perjuicio de
que se haya detenido la tendencia de incremento de la temporalidad
que se ha producido en los últimos años. La detención de esa
tendencia se debe, señorías, al acuerdo que en su día firmaron los
sindicatos y empresarios, en mayo de 1997, de fomento del empleo
estable, que ha conseguido, como saben, a estas alturas que más de un
millón de contratos indefinidos hayan sido suscritos al amparo de la
nueva normativa que tuvo un amplio respaldo en la Cámara. En este
caso no solamente se trataba de fomentar el empleo estable, sino de
dar respuesta también, con una nueva regulación, a una modalidad en
el desempeño de las actividades laborales, que es la referida al
tiempo parcial, que también creíamos que era una asignatura pendiente
en lo que significa nuestro mercado de trabajo.

En esa dirección, señorías, quiero señalar que la nueva regulación
del contrato a tiempo parcial ha formado, desde el primer momento,
parte del programa del Gobierno, y también ha constituido una parte
fundamental de lo que significaba el plan de empleo presentado ante
la Unión Europea para 1998. Quiero decir también con mucha
satisfacción que la Cámara, el Congreso de los Diputados, ha instado
al Gobierno a que lleve a cabo la regulación del tiempo parcial, con
iniciativas de diversos grupos parlamentarios presentadas en el
debate del estado de la Nación, entre los que quiero mencionar el
Grupo Vasco, el Grupo Catalán (Convergència i Unió) y el Grupo de
Coalición Canaria, de manera singular el Grupo Catalán (Convergència
i Unió) en una moción específica en la que instaba al Gobierno a que
a la mayor brevedad trajera a la Cámara una nueva regulación del
contrato a tiempo a parcial y también una respuesta a lo que
significaba la protección social de este tipo de contratos.

Pues bien, a partir del mes de junio se inician conversaciones, un
diálogo permanente, con las organizaciones empresariales y las
organizaciones sindicales. Les puedo hablar a SS.SS. de más de 200
horas de diálogo, unas ciento y pico horas con las organizaciones
sindicales, más o menos tiempo con las organizaciones empresariales
que, como conocen SS.SS., terminó con un acuerdo con las
organizaciones sindicales, si bien en este punto quiero señalar que
en la aportación que supone este Decreto-ley y los contenidos del
mismo, hay ideas que fueron asumidas por parte del Ministerio de
Trabajo en relación a las propuestas que fueron haciendo las
distintas organizaciones empresariales. En este caso, me gustaría
destacar todo lo que se refiere a las horas complementarias y también
la especial insistencia, por parte de las organizaciones
empresariales, de lo que significa la nueva regulación y las nuevas
modificaciones que se producen en torno al contrato de relevo.

Al Gobierno le hubiera gustado, cómo no, que este acuerdo hubiera
sido suscrito tanto por las organizaciones sindicales como por las
organizaciones empresariales



Página 11079




pero, señorías, nos queda la tranquilidad de pensar que siempre, en
el necesario fomento de la negociación colectiva que cada vez debe
tener mayor peso en lo que significa nuestro mercado de trabajo,
tanto las organizaciones sindicales como las organizaciones
empresariales tienen la oportunidad de mejorar el contrato a tiempo
parcial estable y desde luego el Gobierno expresa su deseo de que en
1999, que será un año importantísimo en la negociación colectiva, el
contrato a tiempo parcial estable -ojalá sea así- se convierta en uno
de los ejes de esa negociación colectiva.

Por otra parte, señorías, teníamos la obligación -en este caso
gustosa- de incorporar a nuestro ordenamiento jurídico también la
Directiva 97/81 que, como saben, incorpora el acuerdo marco europeo
que en su día fue suscrito, el 6 de junio de 1997, por Unice, por la
CES y también por CEEP. En este momento somos el primer país de la
Unión Europea que incorpora esa Directiva a su ordenamiento jurídico.

Es importante señalar esta cuestión porque creo que mucho de lo que
estamos haciendo en este momento en España en relación a los
contratos a tiempo parcial estable procede del consenso previo
establecido entre las organizaciones sindicales y los empleadores en
el ámbito europeo. Además, creemos que el tiempo parcial estable es
una auténtica necesidad de nuestro mercado de trabajo; es una
auténtica necesidad en lo que significa la posible conciliación de la
vida profesional y la vida familiar y también porque el contrato a
tiempo parcial estable es prácticamente inédito en el mercado de
trabajo en España. Según los datos oficiales, el contrato a tiempo
parcial en España tiene una escasa incidencia -en torno al 8 por
ciento del conjunto de los contratos-, mientras que en la Unión
Europea está por encima del 16 por ciento y saben SS.SS. que en la
Unión Europea hay países que están muy cerca del 30 por ciento en lo
que es la utilización del tiempo parcial e incluso alguno está
cercano al 40 por ciento. Además, hay un dato especialmente
significativo para mí y es que, en España, más del 80 por ciento del
conjunto de la contratación a tiempo parcial es a tiempo parcial
temporal; sin embargo, en la Unión Europea más del 80 por ciento de
los contratos a tiempo parcial están vinculados a la estabilidad, son
contratos a tiempo parcial estables.

Por tanto, creemos que con la tramitación de este Decreto-ley, con el
acuerdo que se ha producido con los sindicatos, nos estamos dotando
de una medida efectiva de lucha contra el desempleo, de conciliación
de la vida profesional y familiar y, en definitiva, mejorando las
oportunidades en torno al empleo y la calidad de este empleo. En
conjunto, este es un Real Decretoley que ha recibido el dictamen
favorable del Consejo Económico y Social, que ha recibido también el
dictamen favorable del Consejo de Estado y que ha sido sometido al
trabajo de un grupo de expertos constituido dentro del Ministerio de
Trabajo para que supervisaran su redacción. También he tenido el
honor de someterlo a consulta de los distintos grupos parlamentarios
-con poco tiempo, eso es cierto- antes de que fuera aprobado
en el propio Consejo de Ministros y algunas de las observaciones
que se han hecho por parte de los grupos parlamentarios han sido
tenidas en cuenta en lo que ha sido la redacción final del Decreto-
ley.

En mi opinión, en su contenido y con las modificaciones hechas, bien
podría resumirse como un contrato a tiempo parcial que mezcla lo que
significa la necesaria flexibilidad con la introducción de las horas
complementarias, si bien es cierto que se prohiben las horas
extraordinarias a partir de la nueva regulación; que esa flexibilidad
se ve combinada con la aportación que supone la posible consolidación
de las horas complementarias, añadiendo un importante incremento de
estabilidad a este tipo de contrato. Finalmente, se produce también
una nueva regulación de la protección social del tiempo parcial, lo
que convierte a ésta en una figura atractiva para los empresarios y
para los trabajadores. Insisto -lo he dicho anteriormente- en que nos
gustaría que se hubiera producido el acuerdo pleno por parte de los
empresarios, pero tenemos confianza en que esa incorporación se pueda
producir a través de la negociación colectiva.

Las novedades ya las conocen sus señorías. Se establece y se define
un límite para el contrato a tiempo parcial en relación a la jornada
a tiempo completo, que se sitúa en el 77 por ciento. Como he dicho
anteriormente, este contrato se formalizará a través de un modelo que
se establecerá al efecto. Ya existe publicado por el Instituto
Nacional de Empleo un modelo de contrato a tiempo parcial que, en su
caso, podrá tener algunas correcciones. Se prohibe la realización de
horas extraordinarias y se introduce la gran innovación de las horas
complementarias a las que me refería anteriormente. Se clarifica lo
que significa la figura de los fijos discontinuos y se consolidan
determinados porcentajes vinculados en el tiempo de horas
complementarias, incorporándose al contrato fundamental. Existe una
nueva configuración del contrato de relevo; ahí he dicho que las
organizaciones empresariales hicieron especial hincapié. Además, la
protección social nos plantea realmente una accesibilidad real de los
que trabajen a tiempo parcial en lo que significa el futuro de su
protección social. Y al final también se establece en el Real
Decreto-ley, como es lógico, un régimen jurídico de los contratos
actualmente en vigor a través de la correspondiente disposición
transitoria primera.

Señorías, estos son la filosofía, los motivos y la justificación que
ha tenido el Gobierno para desarrollar este Real Decreto-ley y para
traerlo a convalidación de esta Cámara, si bien he de advertir que
vamos a estar siempre absolutamente abiertos a que en cualquier
momento un acuerdo entre organizaciones sindicales y empresariales
que plantee alguna modificación sobre el contrato a tiempo parcial
pueda ser conocido, asumido y discutido en la Cámara. Pero creemos
que el avance que se produce es importante, que el contrato responde
a una auténtica y real demanda en nuestro mercado de trabajo, que va
a ser muy positivo a la hora de conciliarla vida profesional con la
vida familiar y que,



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como he dicho anteriormente, la mezcla positiva de flexibilidad,
estabilidad y protección social lo convierten, en opinión del
Gobierno, en un contrato atractivo para los empresarios y también
para los trabajadores. Hay que mostrar también especial satisfacción
porque en este caso el diálogo social, que en sí ya es positivo,
porque de cualquier diálogo se extrae siempre alguna idea positiva,
en este caso también haya sido fructífero y haya permitido un
importante acuerdo con las organizaciones sindicales.

Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro. ¿Algún grupo
parlamentario desea consumir el turno en contra? (Pausa.) El Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida. Para ello, tiene la palabra el
señor Vaquero del Pozo.




El señor VAQUERO DEL POZO: Gracias, señor presidente.




Hay una cosa en la que estamos de acuerdo, señor ministro de Trabajo,
y es que el diálogo en sí es positivo siempre. Pero, fuera de esta
afirmación, ciertamente todo lo que resta es desacuerdo.

Este Real decreto, para el que ya pedimos de salida el trámite como
proyecto de ley, es un acuerdo en el que los sindicatos han hecho el
máximo esfuerzo, sobre todo el de renunciar a la estrategia de
confrontación y denuncia de las políticas neoliberales que este
Gobierno está llevando a cabo. Y hay que reconocer también de salida
que en general el acuerdo contiene mejoras de la figura del contrato
a tiempo parcial, sin duda alguna, porque era difícil en cualquier
caso empeorar la situación que nos había deparado la reforma de 1994.

De ese subsuelo, que no era un suelo, ciertamente, lo único que podía
hacerse era elevarse, subir, mejorar, y eso es lo que hace el Real
Decreto-ley pero, en cualquier caso, esas mejoras siguen manteniendo
la estructura de un contrato que, más allá de lo que pueda parecer -y
esta es la primera razón por la que nos oponemos-, más allá de que se
pueda presentar como el mejor de los contratos posibles, en plena
línea leibnitziana de pensamiento, diciendo que es para quienes no
quieren trabajar toda la jornada, para quienes quieren estudiar o
para facilitar el cuidado de los hijos, como si, efectivamente, fuera
algo positivo, voluntario, sin embargo este contrato, que presentan
como una panacea, como algo muy positivo, es un contrato para
trabajadores y para un empleo de segunda categoría. Implica este
trabajo menos salario, menor dedicación a la empresa y, por lo tanto,
menor capacidad o posibilidades de promoción profesional y, en último
término, también menor cualificación, menor formación profesional, es
decir, un puesto para el trabajador relegado del conjunto de los
trabajadores de la empresa, un puesto de segunda categoría. La prueba
de ello es que es en el sector servicios donde se da fundamentalmente
el contrato a tiempo parcial. ¿De qué bondad estamos hablando?
En segundo lugar, ese tope del 77 por ciento de la jornada es
excesivamente elevado para que no se confunda con la jornada completa
y, en último término, no llega a los dos tercios que teníamos antes
de la reforma de 1994.

En tercer lugar, la consolidación de las horas complementarias se
retrasa dos o cuatro años, lo cual es excesivo, desde nuestro punto
de vista, si queremos que realmente se haga efectivo para el conjunto
de los trabajadores a tiempo parcial.

En cuarto lugar, las garantías de voluntariedad. Cuando ustedes
hablan de voluntariedad lo hacen para que no se conviertan los
contratos a tiempo completo en contratos a tiempo parcial. De
acuerdo. En cualquier caso, ¿qué garantías se pueden dar si el
aparato administrativo laboral, si la inspección de Trabajo es tan
exigua como la que existe hoy en el Estado español? ¿De qué
voluntariedad estamos hablando? ¿Cómo se puede hablar de
voluntariedad cuando existen tres millones de parados, cuando existen
tres millones y medio de trabajadores con empleo precario? En estas
condiciones del mercado de trabajo, ¿los parados van a tener
realmente la voluntariedad de asumir este contrato, o van a ser más
bien forzados por las circunstancias a tener que coger lo que les
depara el mercado de trabajo, lo que se les brinda en último término?
Este es un contrato forzoso a tiempo parcial, no es un contrato
voluntario a tiempo parcial.

En quinto lugar, no existen más garantías de estabilidad que las
subvenciones; por cierto, para continuar con la anterior experiencia
del contrato - entre comillas- indefinido ha sido necesario prorrogar
la ley de acompañamiento de los presupuestos de este año porque los
empresarios, sin esas subvenciones, no se acogerían a las bondades de
estos contratos. Más dinero, por tanto, para los empresarios para
incentivar medios contratos, contratos de segunda categoría.

En sexto lugar, no es forzoso de forma igual para todos. Es forzoso
en general, pero no de forma igual para todos, porque se va a
destinar fundamentalmente a los colectivos más débiles en el mercado
de trabajo de esta sociedad: las mujeres y los jóvenes. Se va a
ampliar la feminización del contrato a tiempo parcial que ya existe
hoy en día. Esa compatibilización de las responsabilidades familiares
y profesionales entre el hombre y la mujer es la visión idílica que
no tiene en cuenta para nada la estructura patriarcal de nuestra
sociedad. Patriarcal, por cierto, no tiene nada que ver con la
Biblia, tiene que ver con la sociología. Y, ciertamente, no es sólo
un cambio de cultura o de mentalidad de los hombres la que tiene que
haber, es un cambio de estructuras sociales; el mercado de trabajo es
una estructura social y si hay posibilidades de que se destine un
tipo de contrato de trabajo como éste a tiempo parcial a la mujer,
será ahí donde se reproduzca y se incremente la estructura patriarcal
de nuestra sociedad. Estamos hablando, sin duda alguna, de facilitar
el papel de segunda categoría de la mujer en esta estructura ya
patriarcal del Estado español.




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En séptimo lugar, continúa la discriminación en las prestaciones
sociales. Efectivamente, se produce un avance, una mejora, pero
ustedes han desechado la fórmula que había antes de la reforma de
1994. ¿Por qué? El secretario de Estado para la Seguridad Social nos
aporta dos razones. En primer lugar, la facilidad de la gestión. No
lo entendemos, no entendemos por qué para facilitar la gestión de la
Seguridad Social se puede seguir discriminando a los trabajadores. En
segundo lugar, se plantea que así se pueden evitar la picaresca y el
fraude. Por tanto, no hay que hablar de una aplicación del principio
de contributividad. No. Aquí se rompe el Pacto de Toledo; el
principio de contributividad no existe porque ahora ya no serán
necesarios 30 años para cumplimentar los 15 sino que serán necesarios
20, más o menos, pero, en último término, sigue existiendo esa
diferencia. Esa diferencia, ¿para qué? Para evitar la picaresca.

Pagan justos por pecadores y, sin duda alguna, sigue existiendo esa
discriminación. A pesar de la mejora, no se hace definitivamente del
todo.

En octavo lugar, las incentivaciones se van a hacer de nuevo a costa
del Inem. Ahora, en el trámite de los presupuestos, estamos
legalizando la situación. Efectivamente, se está legalizando pero no
arreglando la situación. Siguen castigando las prestaciones del Inem
y, a costa de ello, siguen planteando este tipo de incentivaciones
que serán sine die si no se quiere retroceder; retroceso que ya se
estaba contemplando en la aplicación de los contratos indefinidos.

En definitiva, como los Mandamientos de la ley de Dios, nuestras
razones se resumen en una, señorías, y es que la fórmula del contrato
a tiempo parcial como método de creación de empleo de este Gobierno
es un sucedáneo de lo que tendrían ustedes que hacer -aparte de todas
las políticas activas, que pueden tener su virtualidad y son
necesarias y convenientes, ciertamente bien aplicadas y reconvertidas
en sus objetivos y en sus cuantías-, que es ir reduciendo el tiempo
de trabajo de forma generalizada: la ley de las 35 horas. El contrato
a tiempo parcial es el sucedáneo de la ley de 35 horas que ustedes se
niegan a hacer. Ustedes tienen su modelo de reparto del trabajo; es
un modelo de derechas, es un modelo neoliberal. (El señor Arenas
Bocanegra: Es de centro.) Sí, de derechas, no de centro, señor
ministro, porque es un modelo desigualitario, insolidario o que, en
último término, retrotrae la solidaridad hacia la clase, es decir,
entre unos trabajadores y otros. Esa es la solidaridad que ustedes
pretenden: pagar con el dinero del Inem la posibilidad de que haya
trabajadores que, por un lado, tienen contratos completos, con horas
extraordinarias, con destajos, con pluriempleo, y, por otro,
trabajadores -que quieren que sean muchos- a tiempo parcial. Vamos a
llegar al modelo anglosajón de los worker poors, de los trabajadores
con menos salario. Efectivamente, esta fórmula de reparto del trabajo
que reparte el paro y el salario es insolidaria. Por eso, sin ningún
tipo de maximalismo, simplemente porque pretendemos luchar contra el
dogmatismo,
contra el maximalismo neoliberal, es por lo que nos oponemos y
vamos a seguir oponiéndonos a este tipo de sucedáneos de lo que
tendría que ser la auténtica política de empleo: ir repartiendo el
trabajo de forma igualitaria entre todas las trabajadoras y
trabajadores de este país cada vez que se producen los incrementos de
productividad y de beneficios. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Vaquero del Pozo; además,
se ha ajustado al tiempo de que disponía. ¿Grupos parlamentarios que
desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Vázquez.




El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ (don Guillerme): Muchas gracias, señor
presidente.

Señoras diputadas, señores diputados, hoy discutimos la convalidación
del Real Decreto-ley que hace referencia a los contratos de trabajo a
tiempo parcial y el fomento de su estabilidad. Las disposiciones que
se contienen en este real decreto-ley, como dice el señor ministro,
son fruto de las negociaciones establecidas entre el Gobierno y las
organizaciones sindicales más representativas de ámbito estatal, que
las apoyan con su firma. Conviene decir también, sin embargo, que no
cuentan con el apoyo de sindicatos nacionalistas de gran importancia
en el ámbito de sus respectivas comunidades autónomas, y lo digo
simplemente a efectos informativos. Y tampoco parecen contar, de
momento, con el apoyo, aunque seguramente por motivos totalmente
diferentes, de las organizaciones empresariales.

Desde nuestro punto de vista, el empleo y la calidad de éste es uno
de los problemas más importantes que tiene nuestra sociedad, sociedad
que se presume desarrollada y que, sin embargo, no acaba de resolver
este problema tan importante. No sólo existen grandes bolsas de
desempleo, sino que gran parte del empleo que se crea y al que puede
acceder mucha gente es de una ínfima calidad tanto desde el punto de
vista salarial como del de la estabilidad o de la protección social.

Estamos dentro del área económica europea, dentro de los llamados
países desarrollados, al parecer, en una fase de crecimiento
económico acelerado y, sin embargo, el desempleo y la temporalidad
siguen siendo elevadísimos. En este marco, el Gobierno, cíclicamente,
nos presenta iniciativas -que son, obviamente, fruto del diálogo
social- para mejorar la estabilidad y la calidad del empleo. No hace
mucho tiempo discutimos las medidas a tomar para el fomento de la
llamada contratación indefinida, de la que el señor ministro parece
hacer un balance muy positivo. Nosotros seguimos creyendo que el
número de estos contratos no se incrementó dentro de las previsiones
que tenía el propio Gobierno; incluso, me parece que en estos
momentos se están planteando modificar los incentivos destinados
a este tipo de contratación. Ahora, el Gobierno nosanuncia, a bombo y
platillo, medidas para fomentar el



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empleo a tiempo parcial y la estabilidad, y lo hace presentando este
tipo de contratos como algo que es necesario para dar respuesta a la
demanda de la gente; es decir, sería -según el Gobierno- una forma
moderna y avanzada para permitir trabajar a personas que, teniendo
otras ocupaciones, desearían trabajar solamente unas horas, casi como
un divertimento. En realidad, señor ministro, en las circunstancias
económicas y laborales por las que atraviesa el Estado español, a
este tipo de contratación se ven obligadas a recurrir aquellas
personas que no pueden acceder a un contrato estable, con jornada
completa y, naturalmente, también con salario completo. A este tipo
de contratos, curiosamente, acceden fundamentalmente las mujeres,
quienes soportan, dentro de las malas condiciones generales del
mercado laboral, la peor situación, y es ahí donde parece que va
destinado claramente este tipo de contratos. Cuando nos habla el
señor ministro de conciliar la vida familiar y profesional, ya
sabemos quiénes van a conciliar ambos tipos de vida.

Nosotros coincidimos con la opinión de quienes afirman que reformas
como ésta lo que hacen en realidad es consolidar unas formas de
contratación que perpetúan la discriminación; dar, cada vez más,
carta de naturaleza y normalidad a lo que debía ser excepcional o
restringido a un grupo de personas que, por su propio interés o sus
condiciones, accediesen voluntariamente a un tipo de contratación
como éste. Pero no es el caso.

Nosotros discrepamos de los contenidos concretos del real decreto-
ley, que nos parece mejorable, dentro de lo farragoso de su
redacción, por cierto. Por eso vamos a votar en contra de la
convalidación. A nosotros nos parece que debería tramitarse como
proyecto de ley, de manera que esta norma que propone el Gobierno
pudiese ser enmendada, y en todo caso mejorada, aun no compartiendo
-repito- la filosofía global de la contratación a tiempo parcial. Es
verdad que este real decreto-ley introduce algunas mejoras en la
contratación laboral de los trabajadores, sin embargo, quedan
abiertas demasiadas interrogantes en este aspecto. También nos
preocupan los márgenes de flexibilidad que se dejan abiertos, a pesar
de que las organizaciones empresariales preferirían que fuesen aún
mayores; por decirlo de algún modo, preferirían, naturalmente, que
fuesen ilimitados.

En resumen, señor presidente, no estamos de acuerdo ni con la
filosofía que inspiran estas disposiciones ni con alguna de sus
plasmaciones concretas. Estamos convencidos de que no van a servir
para mejorar las condiciones de vida y trabajo de los trabajadores;
antes al contrario, nos parece, como decía antes, que van a ayudar a
dar carta de naturaleza a fórmulas de contratación no deseables. Y
digo no deseables porque estoy seguro de que, para la mayoría de los
que estamos aquí, son fórmulas que no desearíamos para nosotros
mismos. Por eso vamos a votar en contra de su convalidación y pedimos
que se tramite como proyecto de ley.

Muchas gracias, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Vázquez.

Señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor presidente.




El trabajo a tiempo parcial es, sin lugar a dudas, una realidad muy
significativa en el mercado laboral de la mayor parte de los países
de la Unión Europea. También en nuestro país el contrato de trabajo a
tiempo parcial es hoy ya una realidad indiscutible, y además de
tendencia creciente. Circunstancias todas ellas que indudablemente
van relacionadas con los cambios que se están produciendo en el
sistema productivo. Esta realidad ha hecho que, recientemente, el
tema del contrato a tiempo parcial haya merecido la atención por
parte de todas las instituciones que se mueven en el ámbito del
mercado laboral europeo. Cabe destacar en este sentido que en junio
de 1997, el año pasado, se produjo un acuerdo-marco europeo sobre
trabajo a tiempo parcial suscrito por las organizaciones
empresariales y sindicales europeas. De ese acuerdo-marco europeo
surge la directiva 97/81, de 15 de diciembre, a la que este real
decreto-ley, entre otras cosas, intenta dar concreción en el ámbito
de nuestro país.

Nuestro país requería especialmente una nueva regulación por cuanto
la anterior situación, desde luego, distaba mucho de responder
satisfactoriamente a los principios que entendemos deben inspirar un
mercado de trabajo moderno, adecuado, satisfactorio para los
intereses de los trabajadores y que sirva a la cohesión social y al
progreso económico. Esta nueva regulación que hoy se nos presenta en
forma de real decreto-ley, que intenta dar traslación a los acuerdos
suscritos por el Gobierno con las organizaciones sindicales
mayoritarias de nuestro país, Comisiones Obreras y UGT, nos merece
una valoración positiva, en primer lugar, porque responde a un
acuerdo con los sindicatos. Queremos aprovechar para reiterar nuestra
apuesta por el modelo de diálogo y de concertación, porque tenemos
plena confianza en que las organizaciones sindicales y las
organizaciones empresariales de nuestro país saben representar
adecuadamente los intereses que constitucionalmente tienen asignados.

Creemos, por otra parte, que en este real decreto-ley hay una
voluntad de definición rigurosa de lo que debe ser el contrato a
tiempo parcial en el conjunto de modalidades contractuales.

Finalmente, creemos que existe también un nivel de protección mejor,
adecuado a una realidad que va a ser creciente en el mercado laboral,
y desearíamos que efectivamente tuviera una aceptación razonada y
razonable por parte de las organizaciones empresariales, a pesar de
que han entendido oportuno no suscribir este acuerdo entre el
Gobierno y las organizaciones sindicales.

Por todo ello, señorías, Nueva Izquierda va a apoyar este real
decreto-ley, porque estamos de acuerdo con el compromiso y el acuerdo
que le sirve de base.

Gracias.




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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Peralta.

El señor Mardones, por el Grupo de Coalición Canaria.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.

Mi grupo va a votar favorablemente la convalidación de este real
decreto-ley porque entiende que responde, en primer lugar, a una
necesidad imperiosa en el mercado laboral español ante las cifras de
paro y de desempleo que existen. Este decreto-ley trae unas fórmulas
que vienen amparadas en largos trabajos de la Comisión Europea, casi
desde 1990, que se concretan en un convenio que se aprueba en la
reunión de Essen, de la Comunidad Europea, y que se refleja
definitivamente en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea en la
Directiva 97/81, que viene a señalar el cauce para incorporarlo a la
legislación positiva de cada Estado miembro de la Unión Europea.

Entendemos que tiene también a su favor el efecto valorable,
positivo, de lo que está ocurriendo con este tipo de contratos en
Europa. Es un contrato, como bien ha señalado en su exposición el
ministro Arenas, que se está reflejando incluso en países como
Holanda, que tiene un modelo muy acertado que permite el carácter de
voluntariedad y no de forzoso para este tipo de trabajo. El modelo
holandés permite una utilización cercana al 37 por ciento en el
mercado laboral de este tipo de contratos; contratos que,
englobándose en la fórmula a tiempo parcial, tienen que ser
caracterizados como estables y no temporales. ¿Qué era necesario para
conseguir este tipo de contratos? Que se mantuviera un equilibrio
entre las exigencias de los trabajadores y las necesidades de los
empresarios, y yo creo que eso se consigue sin excluir ningún otro
tipo de contrato. Esto es importante decirlo, porque la fórmula nueva
que se trae en este real decreto- ley es una más además de las que
existen en el mercado laboral español, no sustituye a ninguna otra ni
la anula ni la suplanta. El concepto de voluntariedad no esté en
decir si se coge o se deja una actividad, sino que está en que un
trabajador o trabajadora con contrato a tiempo total, contrato fijo,
al que por necesidades domésticas, por necesidades culturales o por
necesidades sociales no le sea conveniente un trabajo a tiempo total
y fijo, pueda optar por un trabajo a tiempo parcial. Este es uno de
los conceptos de la voluntariedad, porque lo forzoso no existe en el
mercado laboral, salvo en economías dirigidas en las que se manda a
un señor a trabajar como si estuviera de soldado raso en el ejército.

Ese carácter de forzoso no está amparado ni por la directiva europea
ni por el acuerdo marco de empleo. Esto es necesario decirlo, porque
es una oferta más.

En comunidades autónomas como la canaria, que tiene un plan integral
de empleo canario fundamentado en su inicio en una formación
profesional, yo pregunto ¿hay mayor despilfarro de medios económicos
que formar a una persona en paro con una actividad profesional,
gastarse un dinero en ella los meses que está aprendiendo un oficio y
terminar ahí porque no hay
una oportunidad de colocación para esta persona? Yo creo que se debe
hacer una política inteligente de adscripción de medios cuando se
está gastando un dinero en la formación profesional, para que haya
más facilidad para acceder a un trabajo, pero el trabajo tiene una
cualificación, tiene una exigencia de especialización y debemos
armonizarlo perfectamente en esa línea.

Se introduce, además -y éste es otro de los factores por el que damos
nuestro voto favorable a la convalidación-, en nuestro ordenamiento
jurídico laboral esta figura nueva de las horas complementarias,
también dentro de una voluntariedad. En el documento que suscribieron
la Administración, a través del Ministerio de Trabajo español, y los
sindicatos UGT y Comisiones Obreras se ve que hubo un debate amplio y
profundo sobre...




El señor PRESIDENTE: Sí, señor Mardones, si me permite S.S., como lo
está habiendo en este momento de un tema tan capital como el que nos
ocupa. Pero, llegados a este punto, siendo las diez menos diez de la
mañana y viendo lo que nos queda por delante en el orden del día,
quiero anunciar que la Presidencia empezará a ejercer las potestades
que le concede el Reglamento para considerar suficientemente debatida
una cuestión y reducir al máximo los tiempos de las intervenciones.

De lo contrario, no se podría terminar el Pleno en hora hábil para el
cumplimiento de otros deberes de SS.SS. Por tanto, le ruego concluya
y, a quienes quedan por intervenir, vayan pensando en sintetizar.




Adelante.




El señor MARDONES SEVILLA: Termino, señor presidente, anunciando que
por estas razones, porqueestamos discutiendo una materia muy
importante en la vida sociolaboral del país, mi grupo, consecuente y
congruente con la política que sigue y en relación con la información
recibida del Gobierno y la participación, como señaló el ministro
Arenas, va a votar favorablemente la convalidación de este real
decreto.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias por su comprensión, como siempre, señor
Mardones.

Señor Caballero, del Grupo Nacionalista Vasco (EAJPNV).




El señor CABALLERO BASAÑEZ: Gracias, señor presidente.




Señorías, desde el Grupo Parlamentario Vasco (EAJPNV) destacamos, en
primer lugar, que este real decreto- ley contiene un conjunto de
elementos que tanto en el plano de su contenido regulador como en
cuanto a la protección social nos merece una calificación positiva.

En efecto, esta modalidad de contrato pretende ser un instrumento en
la lucha contra el desempleo porque, entre otras cosas, puede
permitir que trabajadores temporales pasen a ser fijos y se produzca
un cierto



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aflore de la economía sumergida. Este tipo de contratación ha
merecido la aprobación de los sindicatos estatales, aunque la
patronal española no lo ha suscrito.

Hay que destacar también la mejora que supone la nueva medida en
cuanto a la protección social que plantea. Sin embargo, desde el
Grupo Parlamentario Vasco tenemos que resaltar que con este tipo de
contratos se discrimina una vez más al mundo de las cooperativas.

Recientemente, la Confederación de Cooperativas ha vuelto a denunciar
la situación de discriminación legal que sufren las mismas en materia
de incentivos de empleo, lo que les impide acceder a los mismos a la
hora de realizar un contrato societario. Esto se manifiesta de nuevo
con el real decreto-ley del que estamos hablando esta mañana, donde
una vez más hay que echar en falta el olvido en relación con la
figura jurídica del socio trabajador y del socio de trabajo. El mismo
Consejo Económico y Social, en su dictamen favorable al anteproyecto
de este real decreto, consideraba que el nuevo marco jurídico tenía
que contemplarse también para los socios trabajadores o de trabajo de
las cooperativas.




En segundo lugar, y por otro lado, coincido en que, como ha planteado
el portavoz de Izquierda Unida, este tipo de contrato puede facilitar
y perpetuar la normalización de una situación discriminatoria para la
mujer trabajadora, dada la situación de partida y la mentalidad que
en estos términos es dominante en la sociedad española. Lo escaso del
salario y las coberturas sociales pueden confirmar el carácter de
segundo ingreso de este salario femenino, entre comillas. La
naturaleza auxiliar y marginal de las funciones realizadas puede
hacer también impensable la promoción profesional, y la menor
duración de la jornada de trabajo fuera de casa, en el caso de las
trabajadoras, puede acentuar la dedicación de la mujer al trabajo
dentro de casa, confirmado así como tarea definitiva. En resumen, el
contrato a tiempo parcial puede mantener a las mujeres en una
situación de inseguridad económica, lo que acentúa su posición
subalterna, encerrándolas en un círculo del que difícilmente pueden
escapar.

En tercer lugar, y coincidiendo con lo que planteaba el Consejo
Económico y Social, tenemos también dudas sobre la licitud de la
disposición adicional única habilitando y autorizando al Gobierno
para modificar determinados aspectos de lo regulado.

Por todo lo dicho, valorando los aspectos positivos de este contrato
a tiempo parcial, pero también considerando estos otros aspectos, el
Grupo Nacionalista Vasco se va a abstener en la convalidación de este
real decreto.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Caballero.

El señor Campuzano quiere intervenir en nombre del Grupo Catalán
(Convergència i Unió).




El señor CAMPUZANO I CANADÈS: Intervengo, señor presidente, para
fijar la posición del Grupo Parlamentario Catalán con respecto a este
real decreto.

Como ya se ha recordado, debatimos hoy una iniciativa del Gobierno
resultado del acuerdo con los sindicatos mayoritarios del pasado día
13 de noviembre y, como también recordaba el señor ministro al inicio
de su intervención, lo hacemos en un proceso de modernización del
mercado de trabajo iniciado en 1994, con una voluntad de creación de
empleo y desde la perspectiva de dar estabilidad y flexibilidad a ese
mercado de trabajo. Asimismo, lo hacemos en un momento en el que
gracias a los recientes debates de la ley de acompañamiento se
incluyen medidas que precisamente redundan en esta línea de lucha
contra la precariedad y la temporalidad en el trabajo, de apoyo a los
contratos indefinidos y de lucha igualmente contra las horas
extraordinarias. Por tanto, hay esa coherencia del conjunto de
políticas que en esta Cámara diversas mayorías políticas han
impulsado desde el año 1994 y muy especialmente desde 1997.

De manera mucho más amplia, y en este caso de forma específica,
estamos hablando de reducción del tiempo de trabajo. La propuesta, el
debate, la reflexión sobre el tiempo parcial enlaza con esta idea.

Estamos hablando, en definitiva, de un cambio en el uso del tiempo de
las personas, de buscar y explorar nuevas formas de cambio social y
nuevas formas de desarrollo económico. Estamos, pues, en un proceso
histórico determinado en esta sociedad posindustrial que es capaz de
desarrollar formas atípicas de empleo.

La apuesta que hace el Gobierno y que hacemos los grupos que le
prestamos apoyo parlamentario tiene sentido desde esta perspectiva
más amplia: el tiempo parcial como fórmula de creación de empleo
vinculada a las nuevas necesidades que el tiempo libre va a crear
y también el tiempo parcial como fórmula para potenciar otras formas de
vida. Vale la pena recordar que los diversos estudios que se han
realizado sobre el tiempo parcial en toda Europa redundan en la idea
de que el tiempo parcial es escogido como opción personal por parte
de los ciudadanos en función de una asunción de mayores
responsabilidades en el terreno de la familia, mayores posibilidades
en el terreno de la formación, mayores posibilidades en el terreno
del tiempo libre e incluso para personas con dificultades en su salud
como fórmula de integración en el mercado laboral.

El Grupo Parlamentario Catalán comparte esta filosofía. Como también
recordaba el señor ministro, en el último debate de política general
se aprobó una propuesta de resolución de Convergència i Unió que
mandataba al Gobierno precisamente a legislar en esta materia e
incidía en esa necesaria protección del tiempo de trabajo. Porque hoy
también se ha dicho que en la actualidad el tiempo parcial en el
Estado español es escaso, un 8 por ciento, y que es precario y
temporal, 86.000 contratos temporales y 1.300.000 contratos
indefinidos vinculados a empleos de escaso valor económico,
respondiendo a veces a necesidades coyunturales del mundo de las
empresas y vinculado fundamentalmente al ámbito femenino.

Precisamente esta iniciativa pretende aumentar esa tasa de tiempo
parcial en el



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mercado laboral español, disminuir esa precariedad y esa temporalidad
e introducir empleo con valor económico, con carácter permanente y
con protección social, para que hombres y mujeres que apuesten por
estas formulaciones sean capaces de hacerlo desde su más estricta
libertad.

El Gobierno ha procurado, como ha sucedido a lo largo de esta
legislatura, que este real decreto viniese precedido y fuese el
resultado del diálogo social y lamentamos que finalmente no se hayan
podido sumar a él los representantes del mundo empresarial. Es
evidente que el éxito de la reforma de 1997 se fundamenta en esa
coincidencia, en esa complicidad entre sindicatos y empresarios.

Esperemos que el Gobierno tenga la capacidad de crear confianza y de
incentivar a fondo, en el mundo empresarial, esta nueva modalidad,
porque si el mundo empresarial, los empresarios, no creen en este
contrato es evidente que su éxito puede ser escaso. En este sentido,
nuestro grupo parlamentario va a trabajar para que el Gobierno
apueste por esta línea.

Recordemos también que esta iniciativa responde a una directiva
comunitaria, que entendemos que se cumple, y es de destacar el hecho
de que la Comisión Europea haya manifestado el apoyo a la iniciativa
de los sindicatos y del Gobierno.

Compartimos el contenido del real decreto, esta definición de una
nueva modalidad contractual tipificada y formalizada, con un límite
máximo de duración del 77 por ciento; compartimos la voluntariedad
que nos parece que el texto garantiza; entendemos que la flexibilidad
que introducen las horas complementarias puede ser interesante, pero
recogemos también la inquietud que sectores empresariales vinculados
a la pequeña y mediana empresa han manifestado en relación con esta
cuestión. Insistimos en que va a ser importante que el Gobierno cree
las condiciones de confianza. Asimismo, la protección social que el
texto incorpora nos satisface extraordinariamente.

Para ir terminando, señor presidente, he de decir que el real decreto
incorpora una disposición adicional única que abre la posibilidad a
una modificación, por vía de ley, del contenido del mismo real
decreto, a través del diálogo social. Nosotros, en la línea de buscar
esos máximos apoyos sociales, entendemos que el Gobierno, si dentro
de un tiempo observa que existen disfunciones en la redacción del
actual decreto-ley, debería ser capaz de iniciar un nuevo proceso de
redefinición del mismo. Además, y recogiendo lo que planteaba el
señor Caballero, sería importante que en estas nuevas fórmulas
contractuales tuviésemos presente la perspectiva del mundo
cooperativo.

Finalmente, señor presidente, esta obsesión de creación de empleo, de
vincular el conjunto de políticas públicas del Estado a la creación
de ocupación, que es una obsesión de toda Europa, puede ser
satisfecha con este contrato. Entendemos que un trabajo a tiempo
parcial es infinitamente mucho mejor que la falta de trabajo. Desde
esa perspectiva estamos convencidos de que
este instrumento va a ayudar a la creación de ocupación de calidad;
en definitiva, a luchar contra la principal lacra del conjunto de la
sociedad del Estado español, que no es otra que el paro.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Campuzano.




Reparen SS.SS. en cómo el esfuerzo de síntesis del señor Campuzano y
del señor Caballero no ha perjudicado para nada la claridad y
brillantez de sus exposiciones y sí hemos ganado mucho tiempo. (La
señora López i Chamosa: Eso se llama hacer la pelota.)
El señor Griñán, en nombre del Grupo Socialista, tiene la palabra.




El señor GRIÑÁN MARTÍNEZ: Gracias, señor presidente.




Procuraremos también ser breves. Querría resumir, pero tampoco
simplificar, señor presidente.

Estamos tratando de convalidar un decreto-ley que fomenta el empleo a
tiempo parcial, y esto me trae a la memoria lo que sucedió hace tres
años y pico, cuando en nuestro país se produjo el debate sobre el
reparto del trabajo. El entonces jefe de filas de la oposición, señor
Aznar, se sintió obligado a reflexionar sobre esta materia y dijo una
frase lapidaria. Dijo que el reparto del tiempo de trabajo es una
estupidez. Hoy, tres años y pico después, estamos aquí tratando de
convalidar por decreto-ley una forma de reparto de trabajo, la del
tiempo parcial, eso sí, a cargo exclusivamente del trabajador; una
forma de reparto de trabajo que nosotros vamos a apoyar, que nosotros
apoyamos, pero que nos hubiera gustado, sin duda, que hubiera llegado
a la Cámara acompañada de alguna otra medida que procurara conseguir
una reducción de la jornada máxima legal, a través de incentivos o a
través de estímulos a las empresas, tal y como hemos propuesto, tanto
Izquierda Unida como el Partido Socialista, en esta Cámara en
diferentes iniciativas que han sido rechazadas.

En todo caso, sobre la iniciativa del decreto-ley tenemos que decir
que con el fondo del mismo tenemos conformidad. Creemos que la
regulación que se pretende debe ser encomiada, está además avalada
por un acuerdo con los sindicatos, pero tengo que manifestarle, señor
ministro, que no tramitar esta iniciativa, una vez convalidada, como
proyecto de ley hace que afloren tres reparos que, de no haber sido
así, habrían sido menos importantes. Al no tramitarse como proyecto
de ley, una vez convalidado, para el Grupo Socialista estas tres
observaciones adquieren carácter relevante.

La primera de ellas se refiere a la redacción del texto del decreto-
ley. Es una redacción muy enojosa, muy engorrosa, muy formalista y
difícil de comprender. Realmente, se modifica un artículo del
Estatuto de los Trabajadores, el artículo 12, que bate hasta el
récord del artículo 51. Éste contiene 42 párrafos, que además son
párrafos densos, largos y de difícil comprensión. No soy yo solamente
el que hace esta observación, se



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la hace también el Consejo de Estado y tiene relevancia porque es una
norma que se ha escrito para ser aplicada por las empresas. Por
tanto, si es difícil de entender, difícil va a ser su aplicación.

Habría sido bueno aligerar el texto, hacerlo más comprensivo, hacerlo
más sencillo y más fácil de aplicar.

Hay alguna disposición, la disposición adicional única, que
verdaderamente es una antología del disparate, porque en ella se
viene a decir algo así como que para cuatro materias que se regulan
como indisponibles en el decreto-ley, el Gobierno puede presentar
iniciativas legislativas. Yo no sé si esto significa que para el
resto de las cuestiones el Gobierno ha perdido la facultad de
iniciativa legislativa que le confiere la Constitución. Como me
imagino que esto no es así, lo único que debe significar es que dice
algo obvio, que el Gobierno, a pesar de este decreto-ley, sigue
conservando la capacidad legislativa en materia de derechos
indisponibles laborales. Es una disposición que huelga, que sobra,
que no hace nada en el decreto ley.

Por consiguiente, estas objeciones que les estamos haciendo sobre la
forma en que ha sido redactado son relevantes, porque podría haberse
mejorado en su tramitación como proyecto de ley y, al mismo tiempo,
podría haber servido para que las empresas tuvieran en su mano la
posibilidad de aplicarlo de una manera más simple y sencilla.

La segunda es una observación mucho más importante desde el punto de
vista incluso de la relevancia constitucional. Creemos que se ha
hecho uso del decreto-ley y nos da la impresión de que en alguna de
las materias que se incluyen no hay razones de extraordinaria y
urgente necesidad. Lo digo sinceramente porque el Tribunal
Constitucional tiene reiteradamente dicho que solamente debe
incorporarse como urgente necesidad aquella parte del derecho,
aquella normativa que modifica de forma inmediata la situación
jurídica preexistente. No ocurre así en este caso, porque se incluyen
normas de Seguridad Social que difieren su entrada en funcionamiento
al momento en el que entren en vigor los reglamentos que se tienen
que dictar en apoyo del decreto-ley. Por consiguiente, hay algo que
el propio Gobierno, cuando hace la disposición final, está declarando
paladinamente que no es tan urgente o que, por lo menos, el sistema
del decreto-ley no habría sido la forma más adecuada de incorporar
esta legislación. He de decir que esto tiene relevancia y podría
haberse subsanado si este decreto-ley, una vez convalidado, se
hubiera tramitado como proyecto de ley.

La última observación que quería hacerle y que nos parece importante
es la forma particular en que se han modificado normas de Seguridad
Social. No sólo estas que le digo por decreto-ley, sino porque todos
sabemos que, en el Senado, ayer mismo, y la semana que viene en el
Congreso, se van a aprobar una serie de disposiciones como enmiendas
a la ley de acompañamiento que, como mínimo, deberían haber merecido
la reflexión de esta Cámara, la discusión sobre el fondo del asunto
porque se trata ni más ni menos, en un caso,
de prorrogar las bonificaciones a la Seguridad Social de los
contratos indefinidos y, en otro, de introducir también aquí la
prórroga o la bonificación de Seguridad Social del contrato a tiempo
parcial estable. Por tanto, habría sido mucho mejor haber tratado
este tema, primero, con los grupos parlamentarios, porque así se
estableció en el Pacto de Toledo, haberlo visto con cierta
profundidad y haberlo traído en un proyecto de ley que se tramitara
en esta Cámara.

Hay otro tema más, señor ministro, que nos preocupa, que es la
financiación de las mejoras de la proporcionalidad contributiva que
se establece para este tipo de contratos. Está bien que se mejore la
proporcionalidad contributiva de los contratos a tiempo parcial, pero
también le digo, señor ministro, que toda mejora de la estricta
proporción contributiva debe ser financiada, no por la solidaridad de
los afiliados al sistema, sino por la solidaridad de todos los
españoles. Es algo así como los complementos de mínimos. Por eso nos
hubiera gustado tener la oportunidad de enmendar la ley, de enmendar
este decreto haciendo que esa mejora de la proporción contributiva
pudiera ser financiada por aportaciones del Estado y no directamente
por las cotizaciones sociales.

Son tres objeciones que desaparecerán en el momento en el que nos
diga que este decreto-ley convalidado se puede tramitar como proyecto
de ley. Si eso es así, retiramos estas observaciones, porque estamos
absolutamente de acuerdo con el fondo de la regulación y de las
mejoras de la Seguridad Social, pero son tres observaciones de amplia
relevancia, algunas de relevancia constitucional. Por tanto, tenemos
serios problemas para votar afirmativamente la convalidación del
decreto- ley si no se tramita, después de convalidado, insisto, como
proyecto de ley. Si el Grupo Popular va a agotar turno, como espero
que lo haga, le pido por favor que diga aquí, a la Cámara, si se va a
tramitar o no como proyecto de ley este decreto-ley, una vez
convalidado. Si se hace, no les quepa duda, votaremos a favor; si no,
tendremos que abstenernos.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Griñán.

El señor Hernando ejercerá como portavoz del Grupo Parlamentario
Popular. (La señora López i Chamosa: Y no le ha agradecido el
esfuerzo de síntesis.)



También le agradezco al señor Griñán su esfuerzo de síntesis, que
espero sirva de estímulo para los sucesivos intervinientes.




El señor HERNANDO FRAILE: Gracias, señor presidente.




Presenta el Gobierno un real decreto-ley, una vez más fruto del
diálogo social, en este caso para regular el contrato a tiempo
parcial indefinido. Se trata de complementar, señorías, las reformas
iniciadas a partir de 1996 y, en concreto, la reforma laboral de
1997. En este caso se trata de una reforma que afecta a un millón



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de personas que, en la actualidad, tienen una situación laboral de
contrato a tiempo parcial, por lo que no cabe hablar de una situación
laboral nueva, como han pretendido unos grupos exponer aquí.

Además, se trata de dotar de mayor calidad a nuestras relaciones
laborales y a nuestro sistema jurídico de relaciones laborales. Es
evidente, señorías, que las leyes, por sí solas, no crean empleo.

Modifican las condiciones, eliminan las trabas y adecuan el marco
legislativo, pero todo ello, sin un entorno económico, político
y social favorable que dé estabilidad, no permitiría, sin duda alguna,
crear empleo.

Desde 1996 se han venido produciendo importantes cambios en este país
para favorecer ese entorno. Se han reducido el gasto y el déficit
público, se ha permitido la reducción de los tipos de interés, se ha
luchado para mantener la inflación y los precios en unos niveles que
están siendo históricos y se ha apoyado a las pequeñas y medianas
empresas. No sé si eso, señor Vaquero, es lo que usted llama
políticas neoliberales, pero esas son las políticas que han permitido
que hoy estemos incorporados a la moneda única, que se esté creando
empleo en España y que España sea el país que más empleo crea en
Europa. La mitad del empleo que se crea en Europa, señor Vaquero, se
está creando en nuestro país.

Desde el Gobierno se ha venido luchando directamente contra la
precariedad, por lo que esta no es una normativa nueva o aislada. Sin
duda el objetivo del Gobierno ha sido y viene siendo eliminar y
corregir la desigualdad social, en este caso a través de la vía
jurídica. Y para ello, señorías, en la reforma laboral de 1997 se han
eliminado los contratos basura, como aquel de lanzamiento de nueva
actividad; se ha creado una nueva modalidad de contrato indefinido
dirigido a los sectores más desfavorecidos, que ha permitido un
millón de nuevos contratos indefinidos, aunque creo que en aquellos
momentos también se planteó por parte del Grupo Socialista la
necesidad de traer una tramitación jurídica distinta a esta Cámara,
lo que hubiera retrasado esa reforma, que entonces entró en vigor, y
hubiera provocado que hoy muchos españoles no hubieran tenido acceso
a esos contratos indefinidos, retrasando la medida.

Durante este tiempo se han apoyado medidas para favorecer el acceso
de las mujeres al empleo -el famoso coste cero del que hablábamos
hace unos días-, así como de los discapacitados; se han incentivado
las políticas activas, multiplicando por 3,5 el presupuesto para las
mismas; se ha dado protección a modalidades contractuales antes
llamadas contratos basura, que no la tenían, como los contratos en
formación; se han establecido controles a las empresas de trabajo
temporal; el Gobierno no sólo ha eliminado, además, incentivos que
existían antes a la contratación temporal, sustituyéndolos por
incentivos a la contratación indefinida, sino que, fruto también del
diálogo social, acaba de incorporar medidas en el Senado que van a
penalizar la contratación temporal, y hemos penalizado, señorías, el
abuso de las horas extraordinarias. Ese es el marco de una política
genérica y general de empleo, que ha permitido que estemos ahora en
la situación en la que estamos. Hoy se trae un nuevo contrato
indefinido, contrato indefinido a tiempo parcial, que no sólo
responde a una directiva comunitaria sino que establece una nueva
modalidad de reordenación del tiempo de trabajo; permite
compatibilizar el trabajo con la formación, porque es mucho más
fácil, señor Vaquero, tener tiempo para dedicarlo a la formación si
uno dedica menos horas a la tarea laboral; flexibiliza y moderniza
las relaciones laborales; pretende dar, señorías, seguridad jurídica
en las relaciones laborales, eso que el señor Griñán ha denominado
una redacción farragosa. La seguridad jurídica es uno de los
principios fundamentales de nuestro derecho laboral y es lo que se ha
hecho al dar una redacción como la que se ha dado al texto.

Además, es un real decreto que refuerza la voluntariedad de las
relaciones laborales, que crea horas complementarias como una fórmula
flexible en las relaciones entre empleador y empleados, que reduce la
inestabilidad en el empleo, que hace viable la fórmula del contrato
de relevo, que dota de dignidad social a unos trabajadores que, por
el hecho de no trabajar a tiempo completo, no tenían unos derechos
futuros en pensiones y prestaciones que ahora se les da, y que hace
que esos derechos y prestaciones sean similares y equivalentes a
aquellos otros que tienen un tiempo completo y, para ello, se
establece el corrector del 1,5.

No cabe, señor Griñán, decir que este es un sistema que pueda
mantenerse al margen de lo que es el sistema de reparto de nuestra
Seguridad Social y que tiene que ser financiado a través de los
Presupuestos Generales del Estado y al margen de las cotizaciones de
los trabajadores, porque son tan trabajadores éstos como los que
tienen un contrato a tiempo completo. Además, es un contrato que, en
su formulación, deja la puerta abierta para que los empresarios
puedan adherirse a este acuerdo en el futuro y deja en el ámbito de
la negociación colectiva y bilateral el desarrollo de las relaciones
laborales.

Por tanto, es una nueva apuesta que realiza este Gobierno, de acuerdo
con los agentes sociales, en un clima de diálogo social que algunos
han intentado boicotear y que, sin duda, apuesta por la estabilidad.

¿Es esta la línea adecuada? Señorías, tendríamos que ver solamente
cuáles han sido los resultados de estos dos años y medio de medidas
políticas en el ámbito económico y laboral y las consecuencias que
hemos tenido.

Voy a recordar algunos datos del empleo con las diferencias entre
1996 y 1998. En este tiempo se ha propiciado que en España haya
570.000 activos más, 16.360.000 activos, es el récord de activos en
España. Hay 1.150.000 ocupados más en este país, señorías, 13.325.000
ocupados, récord histórico; nunca ha habido, ni en la mejor época de
empleo del Gobierno socialista, un número de ocupados como éste, el
récord histórico que ustedes consiguieron fue de 12.600.000. Eso



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supone el 18 por ciento de los parado en EPA. (Rumores.) Entiendo que
a algunos les moleste recordar estos datos...




El señor PRESIDENTE: Señor Hernando, ha de concluir.




El señor HERNANDO FRAILE: Acabo, señor presidente.




Son los datos que están ahí y evidencian, sin duda alguna, la inepcia
de algunos otros que en el pasado tuvieron oportunidad de haber
enmendado la situación de temporalidad, precariedad y paro que
tuvimos en su momento.

Además, señorías, tenemos 13.700.000 afiliados a la Seguridad Social,
un 11 por ciento de parados en el Inem y un Plan de empleo que ha
sido definido como uno de los mejores planes por parte de la Comisión
Europea.

En definitiva, se trata de una medida que avanza...




El señor PRESIDENTE: Concluya, señor Hernando, concluya.




El señor HERNANDO FRAILE: Concluyo ya.

Se trata de una medida que avanza en la nueva política del Gobierno
de crear más empleo y crear empleo de más calidad.

Frase lapidaria contra frase lapidaria, señor Griñán. Alguien aquí
dijo que ya no se podía crear más empleo y que para favorecer el
acceso de los trabajadores a un empleo había que repartir el que
existía. Se ha demostrado que en este país se podía crear más empleo
y nosotros creemos que todavía se puede crear más. Eso es lo que
desean todos los españoles y es lo que vamos a procurar y estamos
consiguiendo con el apoyo de todos, en concreto gracias al apoyo de
los agentes sociales y a los cambios que en política económica y
laboral ha venido realizando este Gobierno.

Gracias, señor presidente; gracias, señorías. (El señor Griñán
Martínez pide la palabra.)
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Hernando.




¿No pretenderá el señor Griñán tener ahora un turno de réplica, por
alusiones o semejante? (El señor Martínez Noval pide la palabra.)
Señor Martínez Noval, ¿qué desea su grupo?



El señor MARTÍNEZ NOVAL: Señor presidente, nuestro portavoz hizo una
pregunta muy concreta a quien habló hace escasos segundos en nombre
del Partido Popular. Nuestro grupo desea saber -y creo que puedo
utilizar el verbo tiene que saber- si se va a tramitar o no como
proyecto de ley, porque ha quedado claro en la intervención de
nuestro portavoz que de la existencia o no de la voluntad de
tramitarlo como proyecto de ley depende nuestro voto en relación con
el decreto-ley.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martínez Noval.

Señor Hernando, tiene la palabra.




El señor HERNANDO FRAILE: Gracias, señor presidente, y ruego excuse
el Grupo Parlamentario Socialista por no contestar a la pregunta.

Nosotros no vamos a votar a favor de que se tramite como proyecto de
ley.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Sin duda el esfuerzo de prisa, sólo atribuible a la Presidencia en
beneficio del común, es el que había originado la omisión.




- REAL DECRETO-LEY 16/1998. DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE FINANCIA
EL ACUERDO INTERPROFESIONAL SOBRE FORMACIÓN CONTINUA EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. (Número de expediente 130/000058.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al otro decreto-ley, en el que sigue
estando vigente aún más la norma de esfuerzo de síntesis.

Para la presentación del Real Decreto-ley número 16/1998, de 4 de
diciembre, tiene la palabra el ministro de Trabajo y Asuntos
Sociales, don Javier Arenas Bocanegra.




El señor MINISTRO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (Arenas Bocanegra):
Señor presidente, con la brevedad que ha solicitado a todos los
intervinientes en los debates de esta mañana, para solicitar la
convalidación de un decreto-ley que además por su contenido permite
también esa explicación breve, ya que se refiere a la financiación
del acuerdo de formación continua en la Comunidad Autónoma del País
Vasco.

Como sabe, señor presidente, este acuerdo ha tenido ya financiación y
tiene plenamente refrendo en lo que significa el Estatuto de los
Trabajadores, en la convivencia del acuerdo en el marco de la
comunidad vasca y el acuerdo también de formación continua a nivel
nacional, a nivel estatal. Ha sido ya financiado en 1996, en 1997 y
en 1998 y el decreto-ley responde a esa financiación completa para
1998, ya que parcialmente ha sido financiado a través del acuerdo
nacional de formación continua que en su día firmaron los sindicatos,
los empresarios y el propio Gobierno, y se refiere a una cuantía de
3.100 millones de pesetas.

Las razones de urgencia de ejecución vinculadas a la ejecución del
presupuesto son las que han avalado al Gobierno para tramitarlo como
decreto-ley y traerlo hoy a la convalidación de la Cámara.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro. ¿Algún grupo
desea consumir un turno en contra? (Pausa.)



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¿Algún grupo parlamentario desea explicitar el sentido de su voto
brevemente? (Pausa.)
Tiene la palabra la señora Lasagabaster, que de tan brevemente que va
a hacerlo no había pedido la palabra. Adelante, señora Lasagabaster.




La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Ya lo siento, soy bajita y estoy en
la última fila, qué le vamos a hacer, no se me ve; en cualquier caso,
se me oirá.

En primer lugar, nosotros vamos a apoyar favorablemente este real
decreto porque creemos que responde, entre otras razones, a los
acuerdos firmados en concreto por el Gobierno vasco y por el ministro
de Trabajo y Asuntos Sociales y en los que se establecía la
financiación que correspondía a la Fundación Hobetuz que, como bien
saben ustedes, en ésta se encuentran el Gobierno vasco, patronal y
sindicatos.

Ciertamente, es una cuestión que hacía referencia a los fondos
necesarios para la formación continua del año 1998. Las dilaciones
que se han producido a lo largo de este año en conseguir los 4.600
millones y el hecho de que faltaran 3.100 millones para esta
financiación ha supuesto también -creemos conveniente decirlo en esta
sede parlamentaria- ciertos perjuicios por cuanto que estaban
comprometidos para realizar los cursos de formación. En este sentido
-lo hemos manifestado siempre a lo largo de los diferentes ejercicios
presupuestarios-, nos parece que era mucho más conveniente que
apareciera un crédito nominativo directamente en la medida en que
podía facilitar lo que no puede ser otra cosa que la financiación,
que es legítima, ya que a la Fundación Hobetuz le corresponde llevar
a cabo esta formación continua. Dado que no se produce esa mención
nominativa a esta cuestión, nos parece que este es un tema que habría
que solventarlo para ejercicios posteriores, por cuanto que este año
nos hemos visto en esta situación y realmente sí ha producido ciertos
perjuicios a las personas, y sobre todo a la realización de esos
compromisos y esos cursos de formación, que es lo que se pretende.

Al apoyar, como no podía ser de otra manera, este real decreto-ley,
debemos tener in mente cómo podemos hacerlo para otros ejercicios
presupuestarios, de forma que en ningún caso lo que es legítimo, lo
que corresponde, lo que se ha pactado pueda llegar a esos fondos para
la formación continua en modo y tiempo correcto para que no se
produzca ningún perjuicio y que todos los cursos y compromisos se
puedan realizar en manera y en tiempo adecuado.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Lasagabaster.




Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el
señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor presidente, con el laconismo escueto
de la indicación de la Presidencia, pero con la generosidad amplia de
solidaridad
con la Comunidad Autónoma vasca y por las razones expuestas por el
señor ministro de Trabajo, mi grupo votará favorablemente la
convalidación de este real decreto-ley.

Gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: A usted, señor Mardones, por su extraordinaria
capacidad de síntesis.

Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Gracias, señor presidente.




Como es lógico, el Grupo Nacionalista Vasco (PNV) va a apoyar la
convalidación de este real decreto-ley sobre la formación continua en
la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Como conocen SS. SS., este real decreto viene a cumplir los
compromisos adquiridos por el Gobierno y ratificados por esta Cámara
a través de los Presupuestos Generales del Estado del año 1998.

Significa, por tanto, que la instrumentalización de este real decreto
es la vía formal de unos compromisos adquiridos y pendientes de
ejecutar. Pero, si bien estamos de acuerdo con la cuantificación
económica de la formación continua para este año de 1998 en la
comunidad Autónoma del País Vasco, no compartimos ni el momento ni la
forma en que se realiza. No compartimos el momento porque los fondos
llegan a finales de año. El decreto aprobado en Consejo de Ministro
es del día 4 de diciembre, cuando ya se habían comprometido hace
tiempo estos fondos y los programas de formación se están
desarrollando a lo largo de todo el año. Con estos retrasos se tienen
que renegociar aplazamientos de pago y se producen incertidumbres que
repercuten en la marcha de los cursos de formación, ocasionando, en
definitiva, perjuicio para todos: para las empresas, para los alumnos
y para los centros docentes.

Tampoco compartimos la forma, porque estos fondos no deben ser
librados vehiculizándolos a través de un decreto-ley. Lo curioso es
que una parte de los fondos -los librados en agosto de este año- por
importe de 1.500 millones de pesetas, con cargo a la financiación
total, se efectuaron correctamente, como así se establecía en la
disposición adicional decimosegunda de los Presupuestos Generales del
Estado de 1998, por una enmienda que presentó precisamente mi grupo
parlamentario, aplicando a la formación continua la partida
presupuestaria correspondiente al Instituto Nacional de Empleo
proveniente de las cuotas que aportan empresas y trabajadores para la
formación profesional.




Ante esta situación nos surgen algunas preguntas que para algunas de
SS.SS. pueden parecer ingenuas. ¿Por qué si existían fondos
presupuestados y disponibles no se liquidaron los 4.600 millones de
pesetas en una sola partida en agosto? ¿Por qué si los 1.500 millones
se pagaron con fondos del presupuesto del Inem, estos 3.100 millones
de pesetas tienen que provenir de



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fondos del Inem, pero no de su presupuesto sino de otros excedentes
de tesorería? Porque de esta forma se ha retrasado injustificadamente
la habilitación de esta partida con los perjuicios que antes he
dicho.

Señorías, como ya conocen ustedes, el artículo 84 del Estatuto de los
Trabajadores establece que el sistema de financiación de la formación
continua se hará de manera que ésta se financiará a través de cuotas
de formación profesional integradas en los fondos del Inem. Son, por
tanto, cuotas que se recaudan para un fin concreto: la financiación
de la formación profesional, entre la que se encuentra la formación
continua. Por consiguiente, el presupuesto que se destine todos los
años a este capítulo debe cubrir la financiación de todos los
acuerdos que haya suscrito el Gobierno con la Forcem y con cualquier
otro organismo, en este caso con Hobetuz, que es el que desarrolla la
formación continua vasca. Debo recordar a S.S. que este organismo,
que nació por acuerdo interprofesional vasco, fue suscrito por el
Gobierno del Estado. También debo recordar...




El señor PRESIDENTE: Vaya concluyendo, señor Zabalía, si tiene la
bondad.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Concluyo enseguida, señor presidente.

También he de recordar a algunos de los representantes políticos y
cargos públicos de algunos partidos políticos en el ámbito vasco que
pretenden capitalizar la financiación de Hobetuz en Euskadi que la
misma se ha conseguido gracias a las prioridades que marcó el Partido
Nacionalista Vasco para el compromiso de investidura del presidente
del Gobierno. En definitiva, señor ministro, señorías, estamos de
acuerdo con el cometido del real decreto-ley en lo referente a la
partida económica que contempla, pero no estamos de acuerdo con la
demora que ha tenido en el libramiento de los fondos ni con el
instrumento que se utiliza. Mi grupo parlamentario desearía que para
el próximo ejercicio y posteriores se cumplan la ley y los
compromisos para la financiación destinada a otros acuerdos
interprofesionales sobre la formación continua.

En cualquier caso, señor ministro, estamos de acuerdo en el fondo.

Reconocemos el compromiso adquirido de forma definitiva para el
futuro, pero entendemos desde mi grupo parlamentario que la
complicación de este procedimiento se está realizando por unos
motivos que desde luego usted, señor ministro, y yo conocemos y que
se podrían evitar. Me refiero a la transferencia del Inem, solicitada
por todas las fuerzas políticas representadas en el Parlamento vasco,
contemplada en el Estatuto de Gernika y reafirmada nuevamente en el
Parlamento vasco el 20 de octubre del año 1995. No se lo pedimos sólo
desde el Partido Nacionalista Vasco, sino desde el acuerdo de todos
los partidos políticos representados en el Parlamento vasco. De esta
forma, además de cumplir con la voluntad de obligación existente en
el Estatuto vasco, evitaríamos situaciones como las que se están
debatiendo en estos momentos,
que únicamente perjudican, en definitiva, a los destinatarios...




El señor PRESIDENTE: Señor Zabalía, concluya, por favor.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Concluyo, señor presidente.




Digo que únicamente perjudican, en definitiva, a las empresas y a los
trabajadores, destinatarios de estos recursos, porque para ellos
estamos reclamando esta transferencia. No lo olviden, señorías.

Señor ministro, el objetivo de conseguir una formación de calidad y
adecuada a las necesidades de la economía es mejorar la capacitación
de los trabajadores como uno de los elementos fundamentales para
alcanzar una economía más competitiva. Este es el objetivo que
nosotros tenemos cuando pedimos la transferencia del Instituto
Nacional de Empleo. Espero que en breve podamos tener esta
transferencia y de esta forma evitaríamos, como digo, alguno de los
problemas que ocasiona, como el de la instrumentalización de la
financiación de la formación continua en el País Vasco, concretamente
en Hobetuz.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Zabalía.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), señor Homs.




El señor HOMS I FERRET: Gracias, señor presidente. Brevemente
intervengo para anunciar dos posiciones de nuestro grupo en relación
con esta iniciativa del Gobierno. La primera es que vamos a votar a
favor de la convalidación de este real decreto-ley porque estamos de
acuerdo con su contenido. Nos alegramos de que en el País Vasco
exista la posibilidad de un acuerdo interprofesional sobre formación
continua que permita singularizar una parte de los fondos y los
mecanismos de financiación de la misma y, por tanto, vamos a dar
nuestro apoyo a este real decreto. La segunda es que nosotros
desearíamos lo mismo, señor presidente, exactamente lo mismo.

(Rumores.-La señora Cunillera i Mestres: ¡Por pedir que no quede!) En
este momento en que se debate esta iniciativa, no puedo dejar de
expresar nuestra satisfacción al País Vasco y al Grupo Parlamentario
Vasco porque entendemos que se hace bien con esta iniciativa, pero mi
grupo también desearía poder hacer lo mismo en el ámbito catalán.

Queremos expresar que el marco legal vigente permitiría que hoy
también se hiciera esto en Cataluña. Hay hoy un marco legal que abre
perfectamente la vía para que esto pueda también hacerse en el ámbito
territorial catalán, al igual que en cualquier otra comunidad
autónoma. Se podría hacer simplemente si las organizaciones
empresariales y sindicales quisieran singularizar un acuerdo
interprofesional de formación continua en su ámbito concreto. Por
tanto, ya que en el País Vasco estas fuerzas sociales se han puesto
de acuerdo para singularizar ese acuerdo, expresamos nuestro deseo de



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que pueda suceder también en cualquier otro ámbito de las comunidades
autónomas de España, pero especialmente en Cataluña porque de esa
forma podríamos participar también en una singularización de los
procesos de formación continua. Sé que el Tribunal Constitucional
tiene que pronunciarse sobre esta materia; hay todavía un proceso
abierto, y será muy interesante conocer la sentencia del Tribunal
Constitucional.

Señor presidente, concluyo repitiendo que felicitamos al Gobierno
vasco y al Gobierno por tomar esa iniciativa en relación al País
Vasco y deseamos que podamos hacer un día lo mismo en nuestro ámbito
territorial.

Nada más. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señora López i Chamosa, en el momento en que me
descuido... (Risas.)
Tiene la palabra el representante del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida.




El señor NAVAS AMORES: Gracias, señor presidente.

Pido disculpas por el estado de mi voz.




El señor PRESIDENTE: Me extrañaba, señor Navas, pero siga adelante.

(Risas.)



El señor NAVAS AMORES: Muchas gracias por su comprensión.

Un año más -y van tres- nos encontramos con un decreto de
financiación de la fundación vasca para la formación profesional
continua que en el País Vasco se conoce con el nombre de Hobetuz.

Continuamos dando respuestas puntuales a la financiación del acuerdo
vasco, con lo que sigue sin resolverse el encaje de su financiación
ordinaria pero también el encaje de la formación continua vasca y la
del conjunto del Estado. Izquierda Unida va a apoyar la ratificación
del decreto de financiación de Hobetuz, pero queremos dejar
constancia de que esta fórmula de financiación supone un fracaso del
Gobierno central, del Gobierno vasco y, por qué no decirlo, en cierta
manera también de las organizaciones sociales. Es un fracaso porque
sigue sin encontrarse una fórmula normalizada de financiación que
evite incertidumbres en lugar de este sistema de decreto tras una
negociación entre el Partido Popular y el Partido Nacionalista Vasco,
sometiendo así a los vaivenes de la coyuntura política lo que
requiere de una estabilidad institucional. Parte del fracaso también
es de los agentes sociales, especialmente en el ámbito de Euskadi,
donde la práctica de la exclusión y la falta de articulación con
Forcem hace que sea cuestionado permanentemente el acuerdo vasco para
la financiación continua. Quisiera insistir en este aspecto.

El Gobierno no puede limitarse a aprobar una financiación sin más.

Tiene que garantizar que la gestión que se hace de esos fondos
respete la legalidad, en este caso la libre concurrencia a las ayudas
de las organizaciones, instituciones y usuarios. (El señor
vicepresidente, Marcet i Morera, ocupa la Presidencia.) El modelo de
formación continua, tanto el vasco como el
estatal, se sostiene sobre la asunción por los agentes sociales,
sindicatos y empresarios, de responsabilidades en la gestión de
fondos de carácter público y, por tanto, no pueden ser administrados
de forma discriminatoria. El Gobierno sabe o debería saber que
Hobetuz tiene recurridas ante el Tribunal Superior de Justicia del
País Vasco las tres convocatorias de subvenciones que ha realizado
hasta la fecha precisamente por estas prácticas. La Administración
central y el Gobierno vasco deben garantizar que no haya prácticas
discriminatorias. En el caso del Gobierno vasco la responsabilidad es
directa porque participa en la gestión cotidiana de Hobetuz. Hasta
ahora hemos venido apoyando la financiación del acuerdo vasco y este
año de nuevo lo haremos, pero nuestro voto no es incondicional.

Exigimos al Gobierno que ponga los mecanismos necesarios que
garanticen en Hobetuz una gestión sin prácticas discriminatorias. Le
exigimos también que desarrolle las fórmulas para articular la
actividad de Hobetuz y de Forcem. Es decir, coordinar la formación
continua vasca con el sistema de formación continua estatal, como
prevé el segundo Plan nacional de formación profesional; en pocas
palabras, llevar a cabo la tarea que no quiso o no supo hacer el
consejero socialista del Gobierno vasco que impulsó la creación
Hobetuz.

Izquierda Unida considera la formación profesional de los
trabajadores como un factor fundamental para la promoción personal y
profesional, además de la mejora de la actividad de las empresas.

Apoyamos el desarrollo de un sistema estable de formación continua
gestionado por los agentes sociales, sin discriminaciones y que tenga
un fuerte desarrollo territorial en su ejecución. Todo ello dentro de
un sistema general de cualificaciones que permita la movilidad
interterritorial de los trabajadores. Si esto no es así, traeremos de
nuevo el tema al Congreso y exigiremos las responsabilidades
oportunas.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Muchas gracias, señor
Navas.

Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Cortajarena.




La señora CORTAJARENA ITURRIOZ: Gracias, señor presidente.

Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Socialista en relación a
la convalidación del real decreto y, en aras a la brevedad exigida
por la Presidencia y al tiempo transcurrido, quisiera hacer dos
preguntas concretas al ministro. En primer lugar, deseamos conocer
los criterios en que se basa el Ministerio de Trabajo para determinar
las cuantías que se confirieron en el año 1996, que fueron 972
millones; en el año 1997, que fueron 2.500 millones, y en el año
1998, decreto que convalidamos ahora, que fueron 3.100 millones. En
segundo lugar, tengo que decir que cuando se produjo la transferencia
de créditos, en el año 1996, esta transferencia vino avalada por un
real decreto que convalidó



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esta Cámara. Sin embargo, en el año 1997 se sustrajeron a esta Cámara
tanto el debate como el conocimiento de la cuantía y de las partidas,
por lo que no pudimos manifestar el acuerdo o el desacuerdo en
relación a la materia. Por ello quiero decirle, señor ministro, que,
tal y como hicimos en el año 1996, el Grupo Parlamentario Socialista
se abstendrá en la votación a la espera de que usted responda o no en
relación con lo planteado.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Muchas gracias, señora
Cortajarena.

En nombre del Grupo Popular tiene la palabra el señor Azpiroz.




El señor AZPIROZ VILLAR: Gracias, señor presidente.

Procuraré también ser breve porque de alguna forma ahora se reproduce
el debate que ya se planteó el 12 de diciembre de 1996, al que acaba
de aludir la señora Cortajarena.

El Grupo Popular va a votar la ratificación y convalidación de este
real decreto-ley, como no podía ser de otra forma, y aunque pueda
entenderse que ha llegado tarde, como manifestaba el portavoz del
Partido Nacionalista Vasco, lo cierto es que ha llegado y finalmente
se ha resuelto esta financiación. Desde esta perspectiva, nunca es
tarde si la dicha es buena. Consideramos que la forma de real decreto
permite y propicia el debate que ahora mismo se recordaba que no se
produjo en el año 1997 y, por tanto, nos parece una fórmula jurídica
garantista y que trae a esta sede parlamentaria la posibilidad de
exponer los puntos de vista que se consideren pertinentes.

Quiero manifestar también -aclarando alguna cuestión- mi coincidencia
con muchas de las palabras del señor Navas. A nosotros también nos
preocupa esta cuestión, pero no aquí. No nos debe preocupar aquí el
buen o mal funcionamiento de Hobetuz, el que se entre o no en
discriminación, el que sea realmente un instrumento de calidad en pro
de la formación continua y que al final redunde en la formación de
los trabajadores y en la competencia de ellos mismos y de las
empresas. Entendemos que la mayoría de edad y el respeto a las
competencias autonómicas se debe debatir en todo caso en el
Parlamento vasco y con el Gobierno vasco, que es el competente en la
materia.

Quiero decir también que sería deseable que para el futuro se
articule un sistema que no obligue, entre comillas -por emplear una
expresión-, a traer a esta Cámara un debate anual a la hora de
convalidar un real decreto de financiación. A ver si se busca algún
otro hueco, alguna otra fórmula que permita un automatismo. Supongo
que habrá habido dificultades con los interlocutores sociales
respecto a las fórmulas jurídicas, pero esto se arreglará antes o
después porque estoy convencido de que es voluntad del Gobierno, del
ministro de Trabajo y, desde luego, de este grupo parlamentario el
que se llegue a ese acuerdo.

Finalizo agradeciendo al señor Homs su voto favorable. Usted mismo se
ha respondido. El acuerdo vasco de 27 de septiembre de 1995 es una
derivación de la aplicación del artículo 84 del Estatuto de los
Trabajadores, formulada por esa unión de voluntades que se practicó
en su día entre todos los interlocutores sociales: empresas,
sindicatos e instituciones y grupos políticos, que dieron esta
virtualidad porque entendieron que era lo mejor para elevar la
calidad en la formación continua. Si en otros sitios no se hace, será
cuestión de sensibilidad o de falta de ganas; tal vez en el futuro se
pueda realizar y se dé satisfacción a lo que usted plantea. En todo
caso, los beneficiarios son trabajadores y empresas, pero los fondos
también son aportaciones, vía cotización, de trabajadores y
empresarios. Por tanto, nosotros articulamos algo que es una
detracción salarial de una cotización que han prestado los propios
trabajadores y empresarios para que pueda existir una formación
continua a nivel de toda España y, en este caso, como se acordó en su
día, a nivel del País Vasco vía Hobetuz.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Muchas gracias, señor
Azpiroz.

Vamos a proceder a la votación sobre la convalidación o no de los dos
reales decretos. (El señor presidente ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, ante el extraordinario contenido del
orden del día de hoy y ahora que vamos a proceder a las votaciones de
los dos reales decretos-leyes del punto VI del orden del día, quiero
insistir en que en las intervenciones que tengan lugar en el día de
hoy la Presidencia va a seguir haciendo uso de lo establecido en el
artículo 73.2, de forma que por término general -y procuraremos ser,
lo lamento, inflexibles- las intervenciones no deben sobrepasar los
cinco minutos. Por tanto, en las enmiendas del Senado que a
continuación se van a debatir, rogaría a todas SS.SS. que hicieran un
esfuerzo semejante al que han hecho los portavoces que han
intervenido ya en el debate correspondiente a los dos reales
decretos-leyes. Quiero a su vez anunciar que las votaciones de las
enmiendas del Senado -y téngase en cuenta que algunas de ellas son a
la proposición de ley que tiene naturaleza orgánica de modificación
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- no se producirán hasta el final
de todos los debates que constituyen el punto VII; sólo al final de
ese punto se producirán las votaciones de las enmiendas del Senado.

Vamos a realizar las votaciones correspondiente a la convalidación o
derogación, en primer lugar, del Real Decreto-ley 15/1998, sobre
mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a tiempo
parcial.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
311; a favor, 166; en contra, 13; abstenciones, 132.




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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la convalidación del citado real
decreto-ley.

Se ha pedido, al menos por un grupo parlamentario, su tramitación
como proyecto de ley, que se somete a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
312; a favor, 147; en contra, 164; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la tramitación como proyecto de
ley del real decreto-ley convalidado.




Votación sobre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 16/
1998, por el que se financia el acuerdo interprofesional sobre
formación continua en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
313; a favor, 183; abstenciones, 130.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la convalidación del real
decreto-ley citado.




ENMIENDAS DEL SENADO:



- PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE
NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN. (Número de expediente 121/
000107.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto VII del orden del día:
Enmiendas del Senado. En primer lugar, al proyecto de ley de
modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. ¿Grupos que desean intervenir y fijar su
posición sobre las enmiendas del Senado? (Pausa.) Veo al Grupo
Canario. ¿El Grupo Mixto va a intervenir? (Denegaciones.) No va a
intervenir. Muchas gracias. El Grupo Vasco, sí. En el Grupo Catalán
parece que hay una mano oculta pero que corresponde al señor Silva.

En efecto. En el Grupo de Izquierda Unida veo la cercana mano del
señor Ríos. El Grupo Socialista sí va a intervenir y el Grupo Popular
también. (Rumores.)



Señorías, guarden silencio para que pueda continuar el Pleno. Si SS.

SS. tuvieran la bondad de dejar de hablar en el hemiciclo podría
hablar quien le corresponde, que es el señor Gómez Rodríguez, en
nombre del Grupo de Coalición Canaria. Ruego al Grupo Catalán que
tenga las reuniones de grupo fuera del recinto del Pleno.

Adelante, señor Gómez Rodríguez.




El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor presidente.

En relación con esta importantísima ley, que va a finalizar su camino
legislativo, Coalición Canaria, tras manifestar su alegría por
habérsele aceptado las mayor parte de sus enmiendas en este Congreso,
así como en el Senado, quiere decir que acepta plenamente las
enmiendas que vienen de la Cámara Alta y que va a votar
favorablemente este texto legal que ha sido fruto del trabajo de
todos los miembros de la ponencia y de la Comisión y fundamentalmente
de los señores portavoces de los diferentes grupos políticos. En esta
ley también ha colaborado eficazmente la Administración y podemos
decir que, junto con la Lofage, ya tenemos la organización y las
reglas de funcionamiento de la misma. (Rumores.) Consideramos que es
un paso positivo...




El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Gómez Rodríguez.

Señora Conde, señor Pérez Rubalcaba, señora Sainz, señores diputados
por Alicante del Partido Popular.

Adelante, señor Gómez.




El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Decía que consideramos que es un paso
importante, un verdadero hito en las relaciones entre la
Administración y los administrados, como hito fue la anterior ley 30/
1992, de 26 de noviembre, o como también lo fueron las de 1957 y
1958, que fueron leyes decisivas tras la primera de octubre de 1889.

(El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)
En resumen, señor presidente, vamos a votar favorablemente las
enmiendas a este proyecto de ley que vienen del Senado.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gómez.

Por el Grupo Vasco (PNV) tiene la palabra la señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Gracias, señor presidente.




En los distintos pasos que ha dado la tramitación de esta ley el
Grupo Vasco ha tenido ocasión de manifestar reiteradamente el juicio
positivo que le merecía tanto el proyecto de ley como los trabajos
que se han efectuado en ponencia y Comisión y lo ocurrido tras su
paso por el Senado. Debo manifestar que nos hubiera gustado una
redacción distinta del título I en lo que hace referencia a las
organizaciones públicas y sus relaciones. Creemos que nuestras
enmiendas presentadas en el Senado aportaban una mayor corrección
técnica que el texto definitivamente aprobado.

Respecto de las enmiendas introducidas en la Cámara Alta, creemos que
todas ellas puntualizan los aspectos más conflictivos, más
problemáticos o más difíciles técnicamente de puntualizar, como son
los que hacen



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referencia al cómputo del plazo del silencio, en qué supuestos se
produce el silencio positivo, alguna referencia a la nulidad de pleno
derecho (nos parece más perfecta la enmienda que fruto de la
presentada por el Grupo Vasco se introdujo en el Congreso) y a las
medidas provisionales para cohonestar la regulación que aquí se hace
en relación con lo previsto en la recientemente entrada en vigor Ley
de la jurisdicción contenciosa. Votaremos a favor de todas las
enmiendas introducidas en el Senado manifestando que la que nos
parece más importante y más novedosa no es estrictamente normativa,
es la que hace referencia a la disposición adicional segunda, donde
se contiene la previsión de que en un período que se fija el Gobierno
deberá traer a la Cámara un proyecto de ley para regular lo previsto
en el apartado 2 del artículo 107 de la ley. Creemos que esta es una
asignatura pendiente que tenemos todas las administraciones, puesto
que los medios complementarios a la resolución jurisdiccional de los
conflictos administrativos descargarían en gran medida, sin demérito
de la tutela a la que tienen derecho los ciudadanos, la gran carga
que pesa sobre las salas de lo Contencioso-administrativo. Para esto
y para lo que ha ocurrido durante la tramitación de esta ley, sepa el
Ministerio que contará con la colaboración que pueda prestársele
desde el grupo al que pertenezco, tanto para la elaboración del
proyecto como para su tramitación posterior en la Cámara.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Uría.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Silva.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señor presidente.

Lo cargado del orden del día y lo acertado de las palabras de la
portavoz del Grupo Parlamentario Vasco nos obligan a remitirnos a esa
misma intervención y a asumirla total y absolutamente. Sí queremos
hacer un cierto hincapié, en la medida en la que fuimos los autores
de la enmienda que luego ha acabado convertida en esa disposición
adicional segunda, en la importancia de desarrollar lo dispuesto en
al artículo 107, apartado 2, de la Ley 30/1992.

Es cierto que los recursos de alzada y de reposición se contemplan
más como un obstáculo que hay que superar para acceder a una tutela
judicial efectiva, para acceder a los tribunales, que como medios
para evitar conflictos o resolver los conflictos que ya se han
planteado entre el interesado y la Administración. Ya en este trámite
legislativo nos hubiese gustado efectuar el desarrollo suficiente del
artículo 107 a fin de que permitiese la adopción por las diferentes
administraciones -entre ellas, desde luego, las administraciones
locales- de las ordenanzas o de los acuerdos necesarios para
instaurar estos organismos con unas fuertes dosis de objetividad, de
imparcialidad y prestigio que procediesen
a realizar, tal y como se indica en la disposición, estas
funciones arbitrales, conciliadoras y de naturaleza semejante. No ha
podido ser así. En cualquier caso, estamos satisfechos con esta
disposición adicional segunda y lo único que reclamamos es que este
compromiso, para el que se ha fijado un plazo entendemos que
generoso, debe cumplirse en sus propios términos y, por tanto,
incluso sin necesidad de agotar ese período de año y medio, podamos
ver en esta Cámara el proyecto o los proyectos de ley a los que allí
se hace referencia. Por tanto, emplazamos al Grupo Parlamentario
Popular en lo que quede de legislatura, y al que pueda sustentar a un
Gobierno en una próxima legislatura, a cumplir el mandato de la
Cámara.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor Silva.

Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida tiene la palabra el
señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Muchas gracias, señor presidente.

La verdad es que el trámite de esta ley está siendo hasta el final
positivo; un trámite en el que todos hemos podido aportar nuestra
manera de entender cómo debe ser el régimen jurídico de las
administraciones públicas y qué elementos deberían mejorarse.

Nosotros tenemos que reconocer que se introduce un avance en cuanto
al tratamiento del silencio administrativo positivo, aunque
entendemos que con una enmienda del Senado a una disposición se ha
establecido que el Gobierno tiene un plazo de dos años para
regularlo, pero consideramos que hay un elemento que queda por
desarrollar, y es la responsabilidad de los propios funcionarios.

No nos gusta una de las enmiendas que se ha introducido en el Senado
a la hora de redactar el apartado VII de la exposición de motivos. El
Congreso aprobó sustituir la referencia explícita a la
responsabilidad disciplinaria y a la remoción del puesto de trabajo
de los competentes para instruir y resolver el procedimiento, y lo
que en realidad viene a hacer el Senado es un lavado del texto
diciendo que se realiza una referencia explícita. Es muy distinto
sustituir una referencia explícita que realizar una referencia
explícita sobre la responsabilidad disciplinaria. En todo caso,
espero que aunque se omita lo relativo a la remoción del puesto de
trabajo por una actuación que entorpezca el funcionamiento o el
esclarecimiento de algún acto administrativo, el texto pueda quedar
bastante mejorado.

Hay otra enmienda del Senado que no nos satisface (hay cuatro que no
mejoran el texto sino que más bien lo pueden empeorar), que es la
relativa a los convenios de colaboración. El artículo 6, en su punto
5 establece que cuando la gestión del convenio lo haga necesario se
podrá crear un consorcio. Pues bien, el Senado ha añadido: consorcio
dotado de personalidad jurídica osociedad mercantil. No nos gusta
porque después en la



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ley no se regula ese procedimiento, aunque en este artículo hace
mención a esa innovación. Por este camino estamos trasladando hacia
iniciativas y sociedades lo que son competencias y actuaciones de las
propias comunidades, máxime cuando los convenios son la fórmula de
actuar en los casos de competencias compartidas entre las distintas
administraciones, elemento que en nuestro sistema constitucional debe
derivarse en positivo; la colaboración entre administraciones se hace
a través de convenir actuaciones mutuas.

Hay otra enmienda del Senado al punto 16 bis, artículo 59, práctica
de la notificación, que tampoco nos gusta, y que desde nuestro punto
de vista añade una modificación muy extensa Aunque hay una parte que
es positiva -y que nosotros vamos a votar a favor- en el punto 16,
artículo 58.4, cuando se especifica que la notificación debe tener el
texto íntegro y un plazo máximo de duración, pero existe un
desarrollo tremendo sobre el tema de la notificación en el artículo
59 que nosotros creíamos superado, y se ha recuperado parte de lo que
estuvimos discutiendo en el Congreso y que no veíamos claro. Se
especifica lo que habrá de hacerse cuando la notificación se
practique en el domicilio del interesado y no hallarse éste presente,
cuando los interesados son desconocidos, cuando la notificación es
rechazada por el interesado, es decir se especifican una serie de
puntos que son más bien parte de un desarrollo reglamentario que de
un cuerpo legal. A la hora de discutirlo e introducirlo en el
Congreso, no estuvimos de acuerdo porque este sistema para garantizar
la efectividad de la notificación consigue hacer recaer en el
ciudadano el peso que debería corresponder a la propia
Administración, y nosotros no lo consideramos así. La Administración
tiene que ser capaz de notificar en forma y con contenido al propio
ciudadano antes de poder actuar sobre él.

Otra enmienda que tampoco nos gusta es la que se añade en el punto
17, artículo 62, relativo a la nulidad de pleno derecho. En el texto
aprobado en el Congreso se establecía en el apartado g) lo siguiente:
«Cualquiera otra que guarde analogía con los anteriores y que una
disposición de rango legal califique de nulo de pleno derecho.» Pues
en el texto que envía el Senado se elimina que esté en relación y se
establece que cualquier otro que el Gobierno haga, es decir,
«Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición de
rango legal.» Pues bien, una disposición de rango legal puede ser un
decreto, y ya no hace referencia a todos los puntos anteriores: los
que son dictados por órganos manifiestamente incompetentes, los que
están lesionando derechos y libertades de los ciudadanos susceptibles
de amparo constitucional. En suma, es una precisión que a nosotros no
nos gusta.

En todo caso, señor presidente, nos gustaría resaltar como enmiendas
positivas introducidas en el Senado las que hacen referencia al
apartado 10 del proyecto que salió del Congreso y que ha sido
substantivamente mejorado con precisiones que en el Congreso no
logramos establecer, sobre todo en lo que hace referencia al
artículo 42 en los puntos 3, 4 y 5. Es la previsión que se establece
dando un plazo cuando hay que obtener un informe previo para que se
ponga en marcha una actuación administrativa, cuando lo que aquí
aprobamos era que hasta que no llegue al órgano competente, estamos
facilitando la Administración única.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Ríos, termine.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Termino, señor presidente.

Creo que es positivo que se haya mejorado esa redacción, al igual que
también es positiva la precisión que se hace en el punto 4 del
artículo 58 y sobre todo la referencia que se ha hecho a la
disposición adicional segunda en el artículo 3, porque da al Gobierno
un plazo de tiempo para que se regulen los procedimientos de
impugnación, reclamación, conciliación y mediación, cuya definición
no se encontró en el cuerpo del proyecto. Son 18 meses, año y medio,
se hará en la próxima legislatura (espero que no se entienda que son
18 meses a partir de la próxima legislatura), y que empiece a
funcionar a partir de la aprobación definitiva que hoy hacemos en la
Cámara. En todo caso, este proyecto de ley tiene elementos para que
la Cámara se congratule como un producto común, que ojalá sirva para
hacer más ágil y más funcional la Administración y su régimen
jurídico.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Ríos.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora
Rubiales.




La señora RUBIALES TORREJÓN: Gracias, señor presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista va a votar a favor de
todas las enmiendas aprobadas en el Senado a la Ley de Régimen
jurídico y del procedimiento administrativo común. Con la rapidez con
que estamos haciendo este debate, mi grupo quiere decir dos cosas:
primero, reiterar lo que han dicho los restantes portavoces de los
grupos, y es el esfuerzo de colaboración, de consenso y de acuerdo
realizado por todos los grupos, la aceptación de enmiendas por parte
de Grupo Popular y el esfuerzo por parte del Gobierno por hacer de
esta ley el mejor de los textos posibles tanto en el trámite del
Congreso como en el Senado. Hay que reconocerlo, porque es de
justicia que así se haga.

Reconocido este esfuerzo, y a pesar de que vamos a votar a favor de
todas las enmiendas, mi grupo quiere dejar constancia en el «Diario
de Sesiones» de la sensación agridulce que nos produce el texto. Lo
positivo, y acabo de decirlo, es el acuerdo, el pacto; lo negativo es
que no nos terminan de gustar muchas cosas del propio texto. No nos
gusta como queda el título primero, relativo a las administraciones
públicas y sus relaciones, pese a que ha sido modificado básicamente
con el contenido de nuestras enmiendas en lo que hace referencia



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a la cooperación interadministrativa. Pensamos que se ha perdido una
oportunidad histórica de oro para regular las conferencias
sectoriales, los convenios y las relaciones interadministrativas que
ahora mismo son el 80 ó 90 por ciento de las relaciones en la
actividad de las administraciones públicas; se ha perdido una
oportunidad de oro para avanzar en la regulación de estas relaciones
de acuerdo con lo que se dijo en los propios pactos autonómicos
suscritos entre el Partido Popular y el Partido Socialista en el año
1992, o hacer una ley específica de cooperación interadministrativa
aprovechando la oportunidad que daba la Ley de régimen jurídico. No
ha podido ser así, se han aceptado algunas de nuestras enmiendas,
pero creemos que es una oportunidad de oro que se ha perdido para
avanzar en esta consideración.

Por último, señorías, seguimos sin estar de acuerdo con la revisión
de oficio de los actos anulables por las mismas razones que
planteamos en su momento cuando discutimos el texto en esta Cámara.

Sin gustarnos del todo, porque la ley no termina de colmar nuestra
satisfacción, queremos dejar constancia clara y nítida de la posición
del Grupo Parlamentario Socialista respecto a la disposición
adicional decimosexta del texto de la Ley de régimen jurídico.

Señorías, el origen de esto se encuentra en la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. En la tramitación de esta ley vigente, se
introdujo en el Senado una nueva redacción de la disposición
adicional primera, fruto de una enmienda del Grupo Parlamentario de
Senadores Vascos, según la cual podría interpretarse que los actos de
las Juntas Generales de los territorios históricos del País Vasco
sólo serán susceptibles de control jurisdiccional en lo que se
refiere a disposiciones de naturaleza administrativa sobre su
personal y la gestión patrimonial. No lo dice con toda claridad la
Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y nada impide desde
nuestro punto de vista que los tribunales sigan considerando a estos
órganos como Administración pública, según se ha venido haciendo
sistemáticamente hasta ahora. Sin embargo, una interpretación de
dicha norma que no sea literal conduce ciertamente a la solución
antes indicada. Esta disposición de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa enmendada en el Senado, como he dicho
anteriormente, está siendo enormemente criticada por los comentarios
de la doctrina -lo sé porque me los han mandado- que se están
haciendo a la nueva Ley de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa,
porque viene a romper lo que había sido la interpretación tradicional
de este tema. Lo dice el Estatuto de Autonomía del País Vasco, lo
dice el Tribunal Constitucional en sentencias reiteradas, una de
ellas muy recientemente de 7 de febrero de 1998; es lo que viene
siendo la interpretación en torno a la naturaleza jurídica de estos
organismos y de estas instituciones.

Como consecuencia de esta disposición adicional, hemos vuelto a
repetir en la Ley de régimen jurídico la misma interpretación. Se nos
decía: por coherencia con lo que dice la Ley de lo contencioso, tiene
que decir lo
mismo la Ley de régimen jurídico de la Administración pública, y
vuelve a repetirse en esta ley la misma interpretación, con lo cual
venimos a ahondar en esa interpretación dudosa que ya la doctrina y
la jurisprudencia dicen que no debía haberse realizado en la Ley de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Además, sabemos que en la
tramitación parlamentaria de la reforma de la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional, el Partido Nacionalista Vasco legítimamente
piensa plantear también una enmienda en el mismo sentido, con lo cual
vamos a variar de manera sustancial lo que ha venido siendo el
funcionamiento normal de las instituciones autonómicas, de las
instituciones democráticas y de los diferentes territorios
históricos.

Es una interpretación diferente, distinta que mi grupo no comparte.

En aquella ocasión votó en el Senado expresamente en contra de esta
disposición adicional, hoy no podemos hacerlo porque no ha sido
enmendada en el Senado; sin embargo queremos dejar constancia de la
interpretación del Grupo Socialista que está estudiando, estudiará y
así lo ofrece al Grupo Parlamentario Popular el acuerdo y el
consenso, porque sé que el Gobierno y el grupo mayoritario tienen la
misma preocupación, para que estudiemos la posibilidad de corregir lo
que desde mi punto de vista es un error que se cometió en la Ley de
la Jurisdicción Contenciosoadministrativa y veamos de qué manera bien
en la reforma de la Ley del Tribunal Constitucional o bien en una
proposición de ley específica o ad hoc que hagamos en un momento
parlamentario ulterior, solucionemos esta situación y dejemos a los
territorios históricos en lo que ha venido siendo la doctrina
tradicional del Tribunal Constitucional y en la interpretación normal
y ordinaria. Reconociendo la naturaleza jurídica específica, híbrida
y compleja de estos organismos, no deberíamos avanzar en una
interpretación que varía y confunde lo que debe ser el funcionamiento
normal de los diferentes órganos que componen el entramado del
ordenamiento jurídico español.

Nada más, y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Rubiales.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Bermúdez de Castro.




El señor BERMÚDEZ DE CASTRO FERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.

Señorías, aprobamos hoy el proyecto de ley de modificación de la Ley
30/1992, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del
procedimiento administrativo común, con el debate de las enmiendas
que nos envía el Senado a las que nuestro grupo, como no podía ser de
otra manera, va a votar favorablemente en la medida que han mejorado
algunos aspectos que ya en su día en el debate ante esta Cámara quedó
claro que reclamaban un tratamiento más completo.

No debatimos, por tanto, meras correcciones técnicas o formales, sino
que las enmiendas inciden directamente



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en el régimen de garantías del ciudadano en su relación con la
Administración.

Querría decir, al igual que ha sido puesto de manifiesto por
anteriores portavoces, que el diálogo y la colaboración han sido las
notas predominantes en el trámite parlamentario de este proyecto de
ley. En esta reforma todos los grupos hemos aportado nuestras
propuestas, nuestras reflexiones y en muchos casos yo diría que en lo
fundamental hemos alcanzado acuerdos que dan respuesta a las
distintas carencias que durante sus años de vigencia había venido
demostrando la Ley 30/1992. Así lo hicimos en el anterior trámite del
Congreso y con ese mismo espíritu nos envía sus enmiendas el Senado,
siendo prueba de dicho espíritu de colaboración que tres de las
enmiendas que hoy vamos a incorporar, quizás las más significativas,
traen causa de la iniciativa de distintos grupos parlamentarios. Así
se propone establecer un plazo máximo de tres meses de suspensión del
procedimiento cuando deban solicitarse informes ante órganos de la
misma o distinta Administración al objeto de que este supuesto no se
utilice como subterfugio legal para dilatar indebidamente un
procedimiento, algo que tanto preocupaba, y no sin razón, al señor
Ríos. De otro lado y a iniciativa del Grupo Catalán (Convergència i
Unió) se introduce un mandato al Gobierno para que en el plazo de 18
meses remita a esta Cámara un proyecto de desarrollo normativo de las
distintas formas de terminación convencional de los procedimientos.

Por último, y es algo en lo que insistió mucho la señora Rubiales, se
clarifica el régimen de notificaciones al establecer una cautela que
evite que emitida una resolución se puedan producir los efectos de
silencio administrativo contrarios a la misma como consecuencia de
que la notificación adolezca de algún requisito formal.

Pues bien, estas enmiendas junto con otras importantes aportaciones
realizadas en distintos trámites no sólo por los grupos mencionados
sino también por los diputados señor Gómez y señora Uría, han
contribuido a enriquecer, a completar y en algún caso incluso, por
qué no decirlo, a corregir y desarrollar los aspectos básicos del
proyecto de ley de modificación de la Ley 30/1992 que envió a esta
Cámara el Gobierno, una modificación que por un lado pretende
simplificar la actuación de la propia Administración, que todavía hoy
resultaba compleja y dispersa, y por otro fortalecer y favorecer la
posición jurídica del ciudadano ante la Administración.

Entre ese conjunto de medidas se han introducido tres principios
esenciales que deben marcar la actuación de las administraciones
públicas: el de buena fe, el de confianza legítima del ciudadano ante
la actuación de la Administración y el de lealtad institucional como
criterio rector que facilite la colaboración y la cooperación entre
las distintas administraciones públicas. Asimismo, se ha reformado en
profundidad la regulación del silencio administrativo, es decir los
efectos producidos por la falta de respuesta de la Administración
y en esa materia hemos apostado clara y nítidamente
por la generalización de los efectos positivos del silencio,
suprimiendo la controvertida figura de la certificación del acto
presunto, esto es la posibilidad que hasta ahora tenía la
Administración de dictar una resolución contraria a los efectos del
silencio favorable al ciudadano. De otro lado, está el
restablecimiento del recurso de reposición con carácter potestativo;
la supresión de la obligación que pesaba sobre el ciudadano de
comunicar previamente a la Administración su intención de recurrir;
la racionalización del sistema de responsabilidad patrimonial de las
administraciones públicas; la creación de una comisión para reducir
los más de 2.000 procedimientos existentes y la supresión de la
facultad de revisión de oficio por la Administración de los actos
anulables conforman un conjunto de medidas que persiguen agilizar,
simplificar y facilitar las relaciones de los ciudadanos con la
Administración. Son éstos aspectos cruciales de una modificación que
da respuesta y solución a una gran parte de las carencias
y disfunciones que se habían puesto de manifiesto en la aplicación de
la Ley 30/1992.

Termino, señor presidente, diciendo que todos somos conscientes de
que en la mejora de la acción administrativa los procedimientos deben
ser sencillos, ágiles y que garanticen plenamente los derechos del
ciudadano. Todos somos conscientes de que la Administración del siglo
que iniciamos tiene que configurarse como una Administración moderna,
donde la eficacia y la eficiencia de la prestación de los servicios
sean sus notas fundamentales. Todos somos conscientes de que una
buena Administración no depende sólo de unas u otras normas, sino del
quehacer diario en el que se adoptan decisiones y se realizan
actuaciones que son en sí mismas el motor de funcionamiento de la
propia Administración. Todos somos conscientes de que en virtud del
mandato constitucional la Administración representa los intereses
generales, y debe ser por tanto un instrumento al servicio de los
ciudadanos. Por ello, todos hemos entendido que las relaciones de los
ciudadanos con la Administración nos afectan por igual al margen de
cuestiones ideológicas y esta convicción se ha reflejado en el
trámite parlamentario, donde el consenso ha sido la nota fundamental
y ha permitido que con las enmiendas que hoy vamos a incorporar la
modificación de esta importante ley no sea finalmente fruto de una
parte, sino el resultado del trabajo de todos los grupos
parlamentarios.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Bermúdez de
Castro.




- PROYECTO DE LEY REGULADORA DE LAS ENTIDADES CAPITAL-RIESGO Y DE SUS
SOCIEDADES GESTORAS. (Número de expediente 121/000114.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Finalizadoel debate sobre las
enmiendas del Senado a este



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proyecto de ley, pasamos a debatir las enmiendas del Senado al
proyecto de ley reguladora de las entidades capital-riesgo y de sus
sociedades gestoras. ¿Grupos parlamentarios que desean intervenir?
(Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Gómez.




El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor presidente.

Estamos ante una figura jurídica mercantil muy importante. Solamente
por citar los últimos acuerdos europeos, diremos que el Ecofín,
celebrado en Luxemburgo el 5 de junio, vio favorablemente el informe
sobre capital-riesgo como la llave para creación de empleo en la
Unión Europea. El Consejo Europeo de Viena, celebrado los días 11 y
12 de este mes, reconoció la importancia de desarrollar un mercado
europeo operativo para el capital-riesgo e instaurar nuevas formas de
financiación en las que participen tanto el sector privado como el
sector público. El Consejo Europeo ha invitado a los Estados miembros
a que informen sobre cómo aplican el plan de acción sobre el capital-
riesgo. Por tanto, se están haciendo recomendaciones para que los
países europeos regulen estas sociedades sin cicatería fiscal, como
se pide por muchas instituciones comunitarias; es decir que haya
generosidad por parte de los Ministerios de Economía y Hacienda.

Nuestro país tenía dos reales decretos que ya han quedado obsoletos,
y ahora tenemos un texto legal bastante aceptable, donde se incluyen
exenciones en materia de IVA, de impuestos sobre sociedades y de
transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, sobre
cuyo contenido no me voy a extender por razones de concisión.

Nuestros juristas, nuestros asesores fiscales, los universitarios,
los profesores, los ciudadanos se quedarán extrañados de que no se
haya tenido en cuenta que existe y está vigente el estatuto del
contribuyente, que en el artículo cuarto exige que cuando una norma
tenga contenido fiscal hay que poner en su título las palabras normas
tributarias. Y se quedarán más sorprendidos de que en esta importante
ley, faltando a los más elementales principios de técnica
legislativa, se haya regulado otra institución jurídica, como es el
factoring, muy importante en la liquidez de las empresas, y que no
aparece en el título, sino en una disposición adicional, como a
hurtadillas, a escondidas.

Por todas estas razones, señor presidente, a la hora de la votación,
nos vamos a abstener.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gómez.

Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Gracias, señor presidente.

Para anunciar con mucha brevedad que nuestro grupo parlamentario va a
apoyar la convalidación de las enmiendas aprobadas en el Senado a
este proyecto de ley, donde como ya es habitual se han introducido
las correcciones gramaticales pertinentes en el texto del Congreso y
que aprovecha el Senado para introducirlas.

Aparte de eso, también se han reforzado las potestades atribuidas a
la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre la supervisión de
las sociedades y fondos de capital-riesgo y las sociedades gestoras y
entidades de capital-riesgo. Esta potestad que ya venía ampliamente
recogida en el proyecto de ley inicial, se ha visto como digo
reforzada en algunos aspectos con las modificaciones introducidas en
algunos artículos, como por ejemplo en las obligaciones de
información y auditoría, obligando a estas sociedades de capital-
riesgo y sociedades gestoras a facilitar la información que solicite
la Comisión Nacional del Mercado de Valores. También precisando en el
artículo sobre infracciones la tipificación de ciertas conductas de
resistencia o entorpecimiento y ocultación de información, y
finalmente habilitando al Ministerio de Economía y Hacienda y a la
Comisión Nacional del Mercado de Valores para el establecimiento de
las normas contables y los modelos que deben de cumplir las cuentas
anuales de estas sociedades de capital-riesgo.

Como digo son modificaciones que no tienen excesivo contenido y que
dejan el texto prácticamente de la misma forma como salió de esta
Cámara. Por tanto, nuestro grupo parlamentario va a dar su apoyo a
las enmiendas del Senado a este proyecto de ley.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Zabalía.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Martínez Sanjuán.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Muchas gracias, señor presidente.

El Grupo Parlamentario Socialista quiere manifestar con brevedad que
apoyará en el Congreso de los Diputados todas las enmiendas
introducidas en el Senado. Como este proyecto de ley tuvo competencia
legislativa plena en el Congreso de los Diputados, es la primera vez
que vamos a fijar la posición en el Pleno del Congreso sobre un
proyecto que como ya lo dijimos al comienzo de la tramitación
parlamentaria es necesario y positivo en la medida que engloba la
legislación dispersa y cambiante a lo largo de todos los años en un
único texto jurídico que reúne todas las disposiciones y toda la
reglamentación de capital-riesgo. Manifestamos nuestro criterio
favorable a la existencia de este proyecto de ley. No presentamos una
enmienda de totalidad y hemos colaborado positivamente en el trámite
del Congreso de los Diputados para mejorar y perfeccionar un proyecto
de ley que tenemos confianza y pensamos ha de servir para impulsar y
desarrollar un instrumento financiero que está cogiendo velocidad de



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crucero en los últimos años, que hoy mueve más de 65.000 millones de
pesetas y que genera inversión activa y productiva superior a 45.000
millones de pesetas.

Los cambios que se han introducido en el Senado nos parecen
positivos. Como decía el señor Zabalía, la mayor parte de ellos han
sido de carácter terminológico, de carácter gramatical y nos parece
muy interesante que este proyecto de ley haya pasado antes del
frenesí enmendante que el Grupo Parlamentario Popular tiene
últimamente en el Senado, de tal forma que no han tocado globalmente
este proyecto de ley.

Se han introducido tres enmiendas, al artículo 21.2, al artículo 38 y
a la disposición adicional segunda, que nosotros compartimos. Todo lo
que sea mejorar la información y aclarar cómo va a ser la información
que se exige a estas sociedades por parte de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, todo lo que suponga mejorar la claridad respecto
al régimen sancionador nos parece positivo, así como la nueva
redacción dada al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos
jurídicos documentados.

Si algo tuviéramos que criticar a este proyecto de ley o al trámite
del Senado es que no ha enmendado lo que a nosotros nos hubiese
gustado enmendar y es que nos sigue pareciendo excesivamente
magnánima la interpretación que se hace en el proyecto de ley
respecto a las facultades, a las disponibilidades que se dan a las
entidades de capital-riesgo para la gestión de sus propios capitales
y de su propia inversión, así como la magnanimidad de carácter fiscal
que se atribuye o se otorga a estas sociedades de capital-riesgo
cuando obtienen los beneficios, cuando desinvierten en las
inversiones que han hecho muchas veces con carácter poco arriesgado,
valga la redundancia hablando de las sociedades de capital-riesgo.

Hay veces, señor presidente, que el riesgo de equivocarse en las
inversiones que tienen algunas de estas sociedades es muy inferior al
que podría generar la incertidumbre de que Irak iba a ser bombardeado
por Estados Unidos, cosa que a mí me parece absolutamente deleznable.

Quiero decir que muchas veces el riesgo o la incertidumbre está
excesivamente primada desde el punto de vista fiscal, desde el punto
de vista de la gestión de su propio patrimonio y sería el único pero
que este Grupo Parlamentario Socialista haría, no a las enmiendas del
Senado, como he dicho anteriormente, sino al proyecto de ley que
quedará como ley de capital-riesgo una vez aprobado, y que nosotros
globalmente apoyamos.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Martínez
Sanjuán.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Echániz Salgado.




El señor ECHÁNIZ SALGADO: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, tras su tramitación en el Senado llega hoy a esta Cámara el
proyecto de ley que regula las entidades de capital-riesgo y de sus
sociedades gestoras, norma
que enlaza con las reformas económicas que desde 1996 el Gobierno
viene adoptando en política financiera, con la finalidad de mejorar
la financiación empresarial, muy particularmente de la pequeña y de
la mediana empresa, de aquellas sociedades que por sus dimensiones,
por las características de sus proyectos o por su fase de desarrollo
necesitan de recursos ajenos cuando no alcanzan los mercados de
capitales tradicionales.




Esta medida tiene como precedente, como SS.SS. conocen, la importante
modificación que el Gobierno realizó del régimen financiero y fiscal
de las entidades de capital-riesgo, introducida en el Real Decreto-
ley de medidas urgentes de 1996, y representa, por tanto, el paso
definitivo que viene a dotar de estabilidad a la regulación de ese
tipo de entidades financieras, en la medida en que confiere un marco
jurídico completo al sector, mejorando las disposiciones actualmente
en vigor y acabando con una situación de reformas parciales, desde el
año 1986, que se ha revelado en estos últimos años como un elemento
negativo y entorpecedor de la confianza de los inversores para dar un
espaldarazo definitivo al enorme potencial que tiene esta nueva
medida de estímulo a la financiación empresarial.

Por tanto, señorías, esta ley de capital-riesgo es un instrumento
financiero que consideramos novedoso y sobre todo muy interesante,
que es necesario potenciar en nuestro país. En este sentido,
introduce importantes novedades en cuanto al régimen jurídico,
respecto de la definición, la autorización, la supervisión, la
inspección, el régimen disciplinario y de las sanciones. Además,
incorpora interesantes modificaciones fiscales y contempla la
posibilidad de los préstamos participativos y de las actividades de
asesoramiento, la diversificación de riesgos, las limitaciones de
grupo y la regulación parcial de determinadas cesiones de crédito.

Como entendemos además que la flexibilidad no puede estar reñida con
la transparencia, se establecen obligaciones de información con el
objeto de garantizar la protección de los inversores.

Por tanto, señorías, el Grupo Parlamentario Popular va a votar
afirmativamente las enmiendas del Senado, que mejoran el texto en sus
aspectos formales y técnicos, especialmente en lo referido a las
garantías de información, a las sanciones, al ámbito fiscal y a las
normas contables y modelos de cuentas anuales, y me atrevería a
solicitar del Grupo de Coalición Canaria su apoyo al proyecto de ley.

Para lograr un mayor consenso, a pesar de que entendemos las
objeciones que realizan, creemos que, en justicia, es un buen
proyecto de ley y, en la medida en que el resto de los grupos de la
Cámara van a aprobar y a reforzar el contenido de este texto, creo
que sería muy importante para el desarrollo de la ley de capital-
riesgo que también el Grupo de Coalición Canaria la aprobase.

Señorías, este ámbito está sufriendo un desarrollo muy interesante en
los países de nuestro entorno, en los que los fondos de pensiones y
también las compañías de seguros comienzan ya a destinar parte de sus



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recursos a invertir en empresas no cotizadas a través de este
vehículo; concretamente, en 1997 aportaron el 8,1 por ciento de los
nuevos recursos, por lo que, a nuestro juicio, se trata de una línea
de trabajo de futuro y también de presente, si me lo permiten, en la
medida en que los bajos tipos de interés son un magnífico caldo de
cultivo para el capital-riesgo. Es una medida que va a potenciar el
efecto crowding en nuestra economía, que tan buenos resultados está
dando en este momento, y es en definitiva una ley que va a mejorar la
capacidad de nuestro sistema financiero, para asignar recursos en
función de las posibilidades de los proyectos que generen riqueza en
el futuro y no tanto de la riqueza generada en el pasado. Dicho de
otro modo, señorías, esta ley va a ampliar la capacidad de contribuir
a renovar proyectos consolidados y a ofrecer posibilidades al
desarrollo de las nuevas ideas.

Por otra parte, la resolución novena de la cumbre de jefes de Estado
y de Gobierno de la Unión Europea de Amsterdam definió ya el capital-
riesgo como uno de los instrumentos fundamentales para la lucha
contra el desempleo en la Unión Europea. A esto hay que sumarle que
crear en España una estructura sólida de capitalriesgo va a
permitirnos aprovechar los flujos financieros de instituciones
internacionales como el European Technology Fund o fondo de fondos
que el Fondo Europeo de Inversiones va a gestionar por cuenta y
riesgo del Banco Europeo de Inversiones, para tomar posiciones en
fondos nacionales de capital-riesgo cuando la legislación nacional lo
permita, como es el caso de lo que estamos apoyando esta mañana en
nuestro país.

Con el fomento del capital-riesgo, señorías, las pequeñas y medianas
empresas se verán favorecidas por un nuevo agente de financiación, ya
que al facilitar el acceso a recursos ajenos supondrá una solución
oportuna a la escasez de recursos propios con que nacen y actúan
nuestras pequeñas y medianas empresas, y la actividad desarrollada
por las entidades de capital-riesgo impulsará la creación y la
transformación de las mismas, así como la puesta en marcha de nuevos
procesos productivos, de nuevas redes de comercialización y de
distribución, e incluso la innovación de los métodos de gestión, amén
de su incidencia sobre el volumen de la población ocupada.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Echániz, termine, por
favor.




El señor ECHÁNIZ SALGADO: Voy concluyendo, señor presidente.

A juicio de la Unión Europea, señorías, es fundamental para una
importante creación de empleo que haya un desarrollo del capital-
riesgo en el territorio comunitario. Básicamente, lo que está en
juego es la creación de un nuevo espíritu empresarial en la Unión
Europea y, cómo no, también en España. El verdadero desafío político
de los próximos años consiste en proporcionar los medios, las
tecnologías y los instrumentos financieros
necesarios para que pueda surgir una nueva generación de
empresarios y tener éxito, es decir, para crear las condiciones para
que prospere la diversidad en nuestro país.

Señorías, esta ley de capital-riesgo significa una apuesta decidida
más del Gobierno del Partido Popular por la pequeña y por la mediana
empresa, por los sectores innovadores, por un tejido a veces muy
atomizado que está contribuyendo -y estamos seguros de que con esta
norma lo va a hacer aún en mayor medida- a mejorar el empleo en
nuestro país, a continuar luchando eficazmente por mejorar la
situación de desempleo, culminando un proceso regulatorio de una
actividad beneficiosa para el conjunto de la economía, garantizando
la estabilidad y el crecimiento de un importante sector empresarial
en nuestro país.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Echániz.




- PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE
ENJUICIAMIENTO CRIMINAL EN MATERIA DE PERFECCIONAMIENTO DE LA ACCIÓN
INVESTIGADORA RELACIONADA CON EL TRÁFICO ILEGAL DE DROGAS Y OTRAS
ACTIVIDADES ILÍCITAS GRAVES. (Número de expediente 122/000191.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Pasamos al debate de las
enmiendas del Senado a la proposición de ley orgánica de modificación
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de perfeccionamiento
de la acción investigadora relacionada con el tráfico ilegal de
drogas y otras actividades ilícitas graves. ¿Grupos que desean
intervenir en el debate? (Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Gracias, señor presidente.




Mi Grupo de Coalición Canaria va a votar favorablemente las enmiendas
que nos llegan del Senado a esta proposición de ley orgánica de
modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de
perfeccionamiento de la acción investigadora relacionada con el
tráfico ilegal de drogas y otras actividades ilícitas graves.

Quiero destacar aquí que el Senado ha hecho una buena labor de
perfeccionamiento, no solamente corrigiendo el estilo del texto que
salió del Congreso de los Diputados con expresiones ramplonas -me
refiero a la enmienda al preámbulo en el párrafo donde el texto que
se envió a la Alta Cámara habla de blanqueo de bienes y de comercio
ilícito de precursores, de un oscurantismo verdaderamente llamativo
para la comprensión del castellano-, sino también con enmiendas de
puntualización, como la del artículo 1, sobre unidadesestructurales,
orgánicas y jerárquicas del Ministerio del



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Interior, competentes en la lucha contra este tipo de actividades
delictivas e ilícitas.

Quiero destacar el principio de tipificación que da seguridad
jurídica y que trae la enmienda al artículo 1.1, en el párrafo
segundo, donde se hace ya una referencia explícita a una serie de
artículos del vigente Código Penal. De no corregirse, esto hubiera
ocasionado una inseguridad jurídica, dado que el principio de
tipificación es importante porque estamos hablando aquí nada más y
nada menos que de una proposición de ley de carácter orgánico, por lo
que el principio de seguridad jurídica tiene que estar fundamentado
aquí en el principio de tipificación de las figuras delictivas que se
quieren perseguir.

También se ha hecho una encomiable enmienda de perfeccionamiento, la
dirigida al artículo 2.1, donde se señala una serie de circunstancias
y requisitos para el transporte y la manipulación de los productos
que van a ser objeto de este tráfico ilícito.

En el debate sobre la toma en consideración de esta proposición de
ley, este portavoz ya había advertido que había que buscar
congruencia en las expresiones: agente encubierto, agente intermedio,
espía o informador, etcétera. Quiero destacar en ese sentido la
enmienda que introduce un principio de garantía y de dignidad de
cualquier cuerpo de funcionarios, en este caso de los funcionarios de
la Policía judicial, para que ninguno de ellos pueda ser obligado a
actuar como agente encubierto, por estimarse que el derecho a la
propia imagen es un valor constitucional, cuya preservación es
necesaria incluso en el caso del agente encubierto, pues de otra
manera estaríamos conculcando derechos constitucionales; la estética
de las leyes debe ser compatible con la ética del principio de
respeto a la dignidad del funcionario que, por razones obvias, se ve
obligado a actuar de agente encubierto para la persecución de estos
delincuentes.

Finalmente, señor presidente, la enmienda que está dirigida a este
artículo 2, en su apartado 4, trae una serie de puntualizaciones
verdaderamente imprescindibles de todo tipo de delitos, no solamente
los de tráfico de estupefacientes y drogas, sino todos aquellos que
son hechos por organizaciones criminales y bandas organizadas. La
enumeración que se ha efectuado en la enmienda del Senado contribuye
a darle este principio de seguridad jurídica, vía figura de la
tipificación.

Por estas razones, señor presidente, mi grupo va a votar, con
satisfacción, a favor de estas enmiendas del Senado.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Vasco (EAJ-PNV), la señora Uría tiene la palabra.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Gracias, señor presidente.

Intervengo a los solos efectos de manifestar la relevancia que para
el grupo al que pertenezco tiene la ley que hoy pasa su trámite
definitivo en esta Cámara, ya que es una ley absolutamente necesaria
para evitar la impunidad en los delitos que se cometen mediante
tramas organizadas.

Creemos que era una regulación técnicamente compleja, puesto que debe
hacerse evitando cuidadosamente la incidencia y salvaguardando los
derechos y deberes fundamentales. Por ello quizá nos encontramos con
que las enmiendas que han sido aprobadas en el Senado son más
numerosas que en otros casos, la complejidad técnica ha obligado a
ello y, además, está el hecho de que en el trámite del Congreso se
trataba de refundir en alguna medida las proposiciones de dos grupos
parlamentarios distintos más las enmiendas de todos los grupos, dado
el gran consenso que imperó en esta ponencia y en el sucesivo trámite
en Comisión.

Nos parece particularmente acertado cómo ha quedado el catálogo de
delitos respecto de los cuales se pueden establecer los medios de
posible infiltración para evitar su comisión. A este respecto me
interesa destacar que a iniciativa del Grupo Vasco se introdujo la
posibilidad de que se pudieran utilizar estos métodos en la
averiguación de los delitos que hacen referencia al tráfico de
trabajadores.

Votaremos a favor de todas las enmiendas que han venido de la Cámara
Alta e igualmente manifiesto la conformidad del grupo al que
represento con la nota de absoluta precisión técnica que nos ha sido
presentada a los grupos por la letrada que nos ha asistido en los
trabajos en la elaboración de esta ley.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Uría.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor
Silva.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Gracias, señor presidente.

Voy a intentar mantener la media de los cinco minutos por
interviniente.

Han sido dos proposiciones de ley en las que se ha trabajado muy
positivamente por parte de todos los grupos y en las que el Senado ha
prestado una extraordinaria colaboración. Aquí tuvimos ocasión de
anunciar y transmitir a los senadores la conveniencia de efectuar
algunas mejoras técnicas, incluso alguna modificación importante de
fondo, como era facilitar la sustitución de estas mercancías
absolutamente peligrosas de cara a la entrega controlada con menos
peligro de lo que podía suponer la entrega controlada de la propia
sustancia tóxica, psicotrópica y de otra naturaleza. Nos felicitamos
por ello.

La incorporación a instancia del Grupo Parlamentario Socialista de
que ningún funcionario de la Policía judicial podrá ser obligado a
actuar como agente encubierto, pretendiendo -no lo dudamos en modo
alguno- proteger a estos funcionarios, a nuestro juicio, va



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a producir unos efectos absolutamente contraproducentes, porque si
algo puede proteger al agente encubierto es aquella causa de
justificación de obrar en cumplimiento de un deber, y desde luego esa
causa de justificación se ve notablemente debilitada atribuyendo el
carácter voluntario a este tipo de servicios.

Nosotros entendíamos, sin oponernos a que tuviese ese carácter
voluntario, que era una cuestión más vinculada al estatuto
funcionarial, no susceptible de ser introducida a nivel de ley
orgánica. Ya advertimos en el debate en Comisión que nos
manifestábamos en contra de esa incorporación, aunque tampoco
haríamos cuestión de ella. No vamos a votar en contra de esa
enmienda, pero, por aquello de lo que pueda venir después, sí
queremos dejar constancia de que entendemos que no ha sido una
incorporación adecuada y que puede tener efectos contraproducentes.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Silva.

Por el Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor
Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Muchas gracias, señor presidente.

El Grupo Federal de Izquierda Unida coincide con la valoración
positiva que se ha puesto de manifiesto por los anteriores
intervinientes. Efectivamente, el trámite de discusión complementaria
en el Senado ha servido para suplir algunas omisiones y,
evidentemente, ha perfeccionado el texto. Sin perjuicio de que pueda
haber algún que otro punto más bien de matiz con el que pudiéramos
mostrar nuestra discrepancia, es un hecho cierto que nos parece
satisfactoria esta modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
en lo que se refiere a adecuar nuestro texto represivo contra las
actuaciones de la delincuencia organizada, que no pueden ser
contempladas a la luz de lo que son otra clase de faltas o delitos.

Por ello, vamos a manifestarnos positivamente tanto sobre dichas
enmiendas como en la votación final de conjunto a favor de dicho
texto. Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Castellano.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Gago.




El señor GAGO LÓPEZ: Gracias, señor presidente.

Se termina aquí el caminar procedimental de esta ley que, como
dijeron los anteriores intervinientes, proviene de dos proposiciones,
una del Grupo Popular y otra del Grupo Socialista. Con las enmiendas
de todos los grupos hemos intentado conseguir un resultado que fuera
fruto del consenso, si no de la unanimidad, buscando un equilibrio
entre la eficacia de la norma -es decir otorgar a las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado y al Poder Judicial nuevas armas
legales para
luchar contra el crimen organizado, especialmente contra las figuras
del narcotráfico y del blanqueo de dinero- y, al mismo tiempo, los
derechos de los detenidos y de los encausados en cada uno de estos
delitos. Creo que lo hemos conseguido y debemos de felicitarnos todos
por ello.

Las enmiendas que se han introducido en el Senado, por un lado, son
técnicas y las aceptamos y, por otro, son enmiendas que enriquecen el
texto y que extienden sus efectos, que esperamos que sean
beneficiosos, a otras formas del crimen organizado, regulan aspectos
como la interceptación y apertura de envíos postales sospechosos de
contener estupefacientes o como el de la participación de los agentes
encubiertos en el tráfico jurídico y social bajo tal identidad.

Me gustaría resaltar lo que los compañeros diputados de Coalición
Canaria y de CiU han comentado antes sobre la no obligatoriedad de
que los funcionarios de la Policía judicial actúen como agentes
encubiertos. Nosotros nos opusimos a la supresión de este párrafo. En
su día argumentamos que esta ley, que es la que regula la figura del
agente encubierto, debe regular también este tipo de aspectos y que
la supresión de este párrafo suponía un atentado contra los derechos
fundamentales de la persona que se prevén en la Constitución y nos
alegramos que se haya recuperado en el debate del Senado y que, por
lo tanto, ese principio de no obligatoriedad y de voluntariedad de
prestar servicio como agente encubierto sea una garantía para los
funcionarios de la Policía judicial.

Por lo demás, esperamos que, una vez entre en vigor esta norma, los
efectos positivos sean inmediatamente percibidos por la sociedad y
los negativos por los delincuentes del crimen organizado. Puedo
asegurarles como alcalde de una ciudad que es Vilagarcía de Arousa,
famosa por cosas que uno quisiera que nunca más volvieran a suceder
en ningún municipio, que nosotros y los ciudadanos de mi ayuntamiento
estamos muy contentos y satisfechos con la aprobación definitiva de
esta norma.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gago.

Finalmente, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la
señora Cava de Llano.




La señora CAVA DE LLANO I CARRIÓ: Gracias, señor presidente.

Señorías, tal y como han manifestado mis compañeros representantes de
otros grupos parlamentarios, el paso de esta ley por el Senado ha
supuesto una modificación sustancial en la proposición de ley
orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en
materia de perfeccionamiento de la acción investigadora relacionada
con el tráfico ilegal de drogas y otras actividades ilícitas graves.

Estas modificaciones sustanciales obligan a mi grupo parlamentario,
por haber contribuido a ellas, a realizar un rápido análisis sobre
las mismas.




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En la primera de las enmiendas, en el párrafo quinto de la exposición
de motivos se introduce una modificación consistente en la extensión
de la entrega vigilada a otras formas de crimen organizado y no sólo
a los delitos de tráfico de drogas, blanqueo de dinero y comercio
ilícito de precursores. ¿Por qué? Pues porque se supone que la
eficacia de este instrumento de la entrega vigilada en la lucha
contra la criminalidad es deseable que se extienda a otro tipo de
figuras delictivas en las que sea necesario el concurso de
organizaciones criminales. En definitiva, se trata, pues, de que
delitos tan graves como pueda ser, por ejemplo, el tráfico de armas
puedan ser combatidos conforme a lo previsto en el artículo 263 bis.

Otra de las modificaciones supone que se especifica a los efectos de
esta ley la inclusión de todos los órganos competentes, el juez de
instrucción, el ministerio fiscal, así como los jefes de las unidades
orgánicas de Policía judicial, centrales o de ámbito provincial -de
ahí la ampliación- precisamente para ordenar las entregas vigiladas
conforme a lo previsto en la Orden del Ministerio del Interior de 6
de marzo de 1995, por la que se desarrolla la estructura orgánica y
funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección
General de la Policía.

Otra enmienda es la que se hace en el párrafo segundo del apartado 1
del artículo 263 bis, puesto que se considera oportuno incluir otros
preceptos del Código Penal para extender el uso de entregas vigiladas
a otras conductas delictivas no menos graves que el tráfico de
drogas. Debe tenerse en cuenta que si bien el concepto de
criminalidad organizada no está definido en el vigente Código Penal,
sí se hace mención a él en los artículos 369.6, 369.7 y 371, todos
ellos referidos al narcotráfico, pero esto no significa, sin embargo,
que las organizaciones criminales puedan actuar sólo en este ámbito.

La existencia precisamente de redes internacionales de delincuencia
organizada es parte esencial en la mayoría de las ocasiones de
delitos tales como tráfico de armas y de obras de arte y
falsificación de moneda. Se ha tomado como referencia, pues, el
convenio por el que se crea una oficina europea de policía -me estoy
refiriendo al Convenio Europol de 1995-, basado en el artículo K.3
del Tratado de la Unión Europea y que nace con la finalidad de
combatir la criminalidad organizada transnacional, y se elabora un
catálogo aproximado de cuáles son las formas más graves que adopta
aquella. Este convenio, por cierto, ratificado por España el 9 de
junio de 1997, contiene una serie de figuras delictivas que suponen
la existencia de una estructura delictiva organizativa sobre el
tráfico de estupefacientes, redes de inmigración clandestina, trata
de seres humanos y tráfico de vehículos robados.

Hay otra modificación por la que se añade un nuevo apartado al
artículo 263 bis, con referencia precisamente a la regulación de la
interceptación y apertura de envíos postales sospechosos de contener
estupefacientes. Se considera fundamental que esto sea así y que la
excepción a lo previsto en el artículo 584 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal está plenamente justificada, ya que dicho
artículo exige la presencia del interesado o de un representante en
el momento de apertura y de registro de la correspondencia postal. Si
tal garantía se llevara a efecto, se desbarataría lógicamente
cualquier tipo de investigación dirigida a poner al descubierto las
organizaciones criminales y sus conexiones.

Otra modificación es la relativa al apartado primero del artículo 282
bis, por la que se podrá autorizar a funcionarios de la Policía
judicial a actuar bajo identidad supuesta y a adquirir y transportar
los objetos, efectos e instrumentos del delito y diferir la
incautación de los mismos. Estos instrumentos, señorías, son de vital
importancia para permitir a los miembros de la Policía judicial
infiltrarse en estas organizaciones, que en la mayoría de los casos
son de una gran complejidad.

La enmienda número 6 se refiere al apartado 5 del artículo 282 bis,
en la que se añade a la relación de delitos aquellos contra el
patrimonio y contra el orden socioeconómico, los delitos contra los
derechos de los trabajadores, los delitos de tráfico de especies de
flora y fauna amenazada, el delito de tráfico de material nuclear y
radiactivo previsto en el artículo 345 del Código Penal y los delitos
contra el patrimonio histórico- artístico. Se han incorporado, por
coherencia con otras enmiendas, todos aquellos artículos del Código
Penal que contemplan delitos en los cuales cabe la posibilidad de que
actúe un agente encubierto.

Por último, señorías, quiero manifestar que se ha detectado un error
en el texto con motivo de la tramitación en el Senado. Se introdujo
en la fase de ponencia una enmienda por la que se reconocía en el
artículo 1 de la mencionada proposición de ley orgánica la
posibilidad de autorizar la circulación o entrega vigilada de drogas
tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, así como otras
sustancias prohibidas, a los jefes de unidades orgánicas de la
Policía judicial centrales. Sin embargo, se ha omitido la inclusión
de estas unidades en el número 3 del mismo artículo, donde se
establece la obligación de dar cuenta inmediata al ministerio fiscal
sobre las autorizaciones que hubiesen otorgado de conformidad con el
apartado 1 de este artículo. Dicha omisión, señor presidente, se debe
a un error de carácter material que podría ser subsanado en este acto
introduciendo la referencia de los jefes de las unidades orgánicas de
la Policía judicial centrales en la redacción del número 3 del
artículo 1 de la proposición de ley. Dicho apartado quedaría
redactado de la siguiente manera: 3. El recurso a la entrega vigilada
se hará caso por caso y, en el plano internacional, se adecuará a lo
dispuesto en los tratados internacionales. Continúa: Los jefes de las
unidades orgánicas de la Policía judicial centrales o de ámbito
provincial -ésta es la modificación- o sus mandos superiores darán
cuenta inmediata al ministerio fiscal sobre las autorizaciones que
hubiesen otorgado de conformidad con el apartado 1 de este artículo
y, si existiese procedimiento judicial abierto, al juez de
instrucción competente.




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Señorías, señor presidente, rogaría que si cuenta esta modificación
con el beneplácito de los portavoces de los grupos políticos, se
subsanara este error material, lo que daría mayor claridad a ley.

Termino manifestando, como han hecho mis compañeros, mi satisfacción
por el grado de consenso y por la aprobación de la modificación de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal en los artículos que hemos mencionado,
que lógicamente harán más eficaz la lucha contra el narcotráfico y
otros delitos graves.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Cava de
Llano. Por parte de los servicios técnicos de la Cámara y de acuerdo
con los portavoces, se verá la posibilidad o no de realizar esa
modificación técnica que S.S. indica.

Muchas gracias.




- PROPOSICIÓN DE LEY RELATIVA A LA DECLARACIÓN DE PARQUE NACIONAL DE
SIERRA NEVADA. (Número de expediente 125/000010.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Vamos a pasar al debate de
las enmiendas del Senado a la proposición de ley relativa a la
declaración de parque nacional de Sierra Nevada. ¿Grupos que desean
intervenir? (Pausa.)
Por el Grupo Mixto tiene la palabra el señor Saura.




El señor SAURA LAPORTA: Gracias, señor presidente.

De forma muy breve quiero decir que la proposición de ley que salió
del Congreso en relación a la declaración de parque nacional de
Sierra Nevada suscitó un largo trabajo parlamentario, por el que se
llegó a un consenso, fundamentalmente en los límites y en el
contenido de la protección de este parque nacional. De forma
incomprensible, el trámite en el Senado, a pesar, insisto, de que la
proposición de ley que salió del Congreso estuvo consensuada por
todos los grupos parlamentarios, nos aporta una reducción del nivel
de protección y de los límites del documento que salió del Congreso,
que quiero dejar claro que recogía de alguna manera la propuesta de
los expertos de la propia zona. En ese sentido hay cuestiones tan
significativas como que, de hecho, toda la zona cercana a la estación
de esquí queda fueran de protección, con lo cual se nos está
anunciando un desarrollo de la urbanización en aquella zona, y, por
lo tanto, vamos a votar en contra de todas las enmiendas que
-insisto- significan reducción en los límites o en el nivel de
proteccion. Es una pena que en el Senado se haya roto el consenso
parlamentario pero también el consenso con los grupos ecologistas y
con los profesionales más preocupados por esta protección.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Saura.




Por el Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor
Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Gracias, señor presidente.




El Grupo Federal de Izquierda Unida considera que las enmiendas del
Senado en buena parte son de carácter técnico y, por otro lado, se
incluyen algunas enmiendas que nosotros presentamos en la Cámara Alta
que venían a mejorar las posibilidades de gestión que va a tener el
parque nacional, fundamentalmente respecto a determinadas zonas del
contorno de la provincia de Almería. Estas enmiendas han sido
admitidas, efectivamente es una contribución para que la capacidad de
gestión se pueda llevar a cabo y nosotros entendemos que ello es
positivo.

Esta proposición de ley ha sido en todo momento refrendada por las
organizaciones sociales, ecologistas y de montañeros que han
participado, fundamentalmente en el aspecto de la extensión de los
límites del parque nacional, y por ello nos satisface en gran medida
que finalmente todos los grupos hayan sido capaces de consensuar en
términos generales estos límites, aunque no podemos decir lo mismo
sobre la gestión. Nosotros hubiéramos querido que fuera una gestión
más cercana a Andalucía. Desgraciadamente las leyes marco de los
parques nacionales no facilitan esta labor y por ello nosotros
creemos que en el futuro tendrá que abordarse esta cuestión.

No conviene que se retrase más la puesta en marcha y el
funcionamiento de este parque nacional de Sierra Nevada, que es tan
importante para la protección del medio ambiente en esta zona del
Estado español y en particular de Andalucía, y, por tanto, nosotros,
excepto en algunas enmiendas en las que nos abstendremos, vamos a
votar, en términos generales, favorablemente a las enmiendas que
vienen del Senado.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Vaquero.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Díaz Sol.




El señor DÍAZ SOL: Gracias, señor presidente.

Señorías, voy a fijar la posición de mi grupo respecto a las
variaciones que se han producido en la discusión en el Senado, en
segunda lectura, de la ley que crea el parque nacional de Sierra
Nevada. Es indudable que, en este aspecto, el Senado ha demostrado
claramente su carácter de Cámara de segunda lectura y ha mejorado el
texto desde el punto de vista técnico; ha corregido el estilo -que en
el Congreso no solemos cuidar tanto-, como se ha comentado a lo largo
de las intervenciones de hoy respecto a otros proyectos de ley en que
se han expresado opiniones parecidas. Pero también es verdad que se
ha acabado de hacer una de las obras, digamos, más extrañas que se
han producido en el Parlamento y es que, viniendo la proposición de
ley del Parlamento de Andalucía con unos contenidos



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de gestión y de organización del parque nacional, aquí, en el
Congreso, se le dio a esa ley un cambio total bajo el pretexto de
apoyarse en una ley que está recurrida por la Comunidad Autónoma de
Andalucía y la Comunidad Autónoma de Aragón, como es la Ley 41/1997.

Esta ley, que tiene claros contenidos de inconstitucionalidad, y en
mi intervención en la Comisión ya intenté demostrar que había
párrafos que no eran tenidos en cuenta en la sentencia del Tribunal
Constitucional, ha sido cambiada en los últimos puntos, en donde
realmente podía existir algún resto de reconocimiento de las
competencias de la comunidad autónoma.

Me refiero, por ejemplo, a la supresión del artículo 9.5, donde se
atribuía a la Consejería de Medio Ambiente la responsabilidad de
hacer un plan anual de trabajo, que ha sido suprimido, no sea que
tuviera algo que ver con la gestión del parque nacional. Igualmente,
se ha reducido de una forma arbitraria la representación de los
municipios a los que afecta este parque nacional. Hay 44 municipios
que se ven afectados, cuya representación queda reducida a diez
representantes, lo cual va a generar unos conflictos innecesarios y
no se entiende muy bien por qué esta variación dentro del patronato
del parque. Pensamos que en el Senado se podía haber llegado a
acuerdos sobre esta cuestión. Esta ley se apoya sobre una ley que
pensamos que es inconstitucional y que ha sido recurrida y, por
tanto, es casi seguro que también habrá un recurso de
inconstitucionalidad respecto a esta ley.

Por último, quiero decir que, pese a esa profunda diferencia en las
competencias de la gestión, que creemos que afecta a la autonomía de
Andalucía, nos felicitamos de que una de las zonas más importantes
desde el punto de vista ecológico, desde el punto de vista de su
exclusividad como hábitat, tenga el máximo de protección
medioambiental. Esperamos que ese afán por parte del Gobierno de la
nación de reservarse la gestión para ellos redunde en una eficacia,
que en otros casos, como el del parque de Doñana, no se ha
demostrado. Suponemos que Sierra Nevada, al estar aguas arriba, no se
verá perjudicada, como en el caso de Doñana, que está situado aguas
abajo, por los conflictos que se puedan producir.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Díaz Sol.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Fernández de Capel.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Muchas gracias, señor presidente.

En efecto, el paso por el Senado de la proposición de ley por la que
se crea el parque nacional de Sierra Nevada ha supuesto una mejora
considerable en el texto de la ley, incluido el título, ya que la ley
era constitutiva de la condición de parque nacional de Sierra Nevada,
en concordancia con las leyes creadoras de parques nacionales; por
ejemplo, la Ley 16/1995, de los
Picos de Europa.Se han hecho algunas modificaciones que, como han
dicho los anteriores intervinientes, han sido en esencia de tipo
gramatical, muy adecuadas y correctas, y también algunas de ellas,
como en la exposición de motivos, aclaratorias de las leyes a las que
se referían, evitando el uso inadecuado de partículas, la reiteración
y las deficiencias de puntuación. Junto a éstas, se han hecho otras
modificaciones muy oportunas en los artículos 4, 6 y 10, así como la
realizada en la disposición derogatoria segunda. También ha habido
una cierta adecuación de las letras del articulado, en sustitución de
expresiones, concretamente al artículo 2, letra a), lo que implica
también la adecuación del resto de los apartados de dicho artículo, y
en algunos artículos como, por ejemplo, el 3, en el apartado 1, donde
se agrega una mención al anexo II de la proposición de ley que vemos
hoy, en el que se relatan los términos municipales en los que se
situará el futuro parque nacional de Sierra Nevada y que nos parece
enormemente adecuado.

En el apartado 2 de la ley se amplía también la remisión a la Ley 4/
1989, que da lugar a una mejor forma del articulado, y se hace una
referencia expresa a la modificación. También nos parece adecuado que
la ley que hoy vemos, al margen de lo que aquí se haya podido decir,
se adapta a una modificación legislativa que hubo que hacer a la ley
de 1989 por sentencia del Tribunal Constitucional. Esté la ley
recurrida o no, lo que ningún grupo nos puede pedir es que se legisle
de forma no concordante con la ley vigente. Por eso, señorías, nos
parece lamentable que se insista en pedir que se adecue una
proposición de ley a una legislación que ha sido recurrida y en
contra de la que hay sentencia del Tribunal Constitucional.

Quedan mucho mejor expuestas y más completas las modificaciones que
se hacen de la composición del Patronato en el artículo 7, un
Patronato enormemente participativo y que se ajusta al Real Decreto
1760 de 1998, de 31 de julio, con una participación, que nuestro
grupo considera ejemplar y completa, no sólo de órganos
administrativos, sino también de entidades y asociaciones; una
participación, como puede verse en el texto de la ley, de las más
completas que hay para una organización de este tipo.

Otro carácter tiene la enmienda que suprime el apartado 5 del
artículo 9, al que el representante del Grupo Parlamentario
Socialista ha hecho alusión, simplemente porque ese apartado entra en
colisión con el apartado 3 del mismo artículo, que confería las
competencias que él echa de menos en ese apartado 5 de la elaboración
del plan anual de trabajo. El apartado 3 de dicho artículo lo remitía
a la Comisión Mixta de Gestión y no a la Consejería, y no puede haber
en el mismo articulado dos puntos contrapuestos.

Con carácter general, y por razones de precisión ortográfica, se han
sustituido una serie de abreviaturas, lo que nosotros consideramos
enormemente favorable en el texto de una ley, y la grafía aparece in
extenso. También son muy loables otras modificaciones de referencia



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de estilo. Respecto a las pequeñas variaciones de límites, a las que
hacía alusión el señor Saura, lamento decir que solamente indican el
desconocimiento del consenso al que se llegó en el trazado de los
límites, según el cual se respetaban las zonas de alto uso y
desarrollo, y ha seguido habiendo este consenso por parte de todos
los grupos, como aquí se ha hecho presente por Izquierda Unida.Es
verdad que se han hecho algunas pequeñas modificaciones pero tan
pequeñísimas que solamente han resultado afectados algunos límites de
pequeñas parcelas de uso agrícola, como ya se contemplaba y como se
había acordado por consenso de todos los grupos. Por otra parte, si
resultasen afectados algunos pequeñísimos cultivos existentes en esta
zona, hay ya medios de indemnización contemplados en la Ley de
parques nacionales, no solamente los que contemplaba la Ley 4/1989,
sino también en la modificación de los contemplados en la Ley 41/
1997, realizada posteriormente, sobre todo porque es interesante
poner de manifiesto que en ningún momento se va a perjudicar al
pequeño agricultor que actualmente pueda tener algún interés y que
pueda parecer lesionado en su derecho de uso y de disfrute,
fundamentalmente porque se trata de una zona eminentemente deprimida
desde el punto de vista económico.Creemos que también es de gran
interés el mapa que aparece en el anexo I.

Por último, señorías, sólo nos queda felicitarnos por el deseo que
hoy vemos realizado de que con un Gobierno del Partido Popular se
pueda llevar a cabo un viejo anhelo de Andalucía, de dos provincias
entrañables, Granada y Almería, y de quien hoy tiene el honor de
dirigirse a esta Cámara, que desean conservar ese legado inestimable
de riqueza natural, de riqueza cultural y de belleza sin límites que
es el parque nacional de Sierra Nevada.

Por todo ello, señorías, nuestro grupo votará favorablemente las
enmiendas del Senado.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Fernández de
Capel.

Finalizado el debate del apartado VII del orden del día, enmiendas
del Senado, vamos a proceder a la votación de todas y cada una de
ellas. (El señor presidente ocupa la Presidencia.)
El señor PRESIDENTE: Señorías, si ocupan sus escaños y guardan
silencio podremos conseguir cumplir las previsiones que estoy seguro
que comparte la mayoría de la Cámara con la Presidencia.

Por favor, señor Trocóniz; es que no para. (Pausa.) Y sigue. ¡Señor
Fernández de Trocóniz, por favor!
Vamos a pasar a las votaciones de las enmiendas del Senado a los
distintos proyectos y proposiciones de ley que se han debatido. En
primer lugar, comenzamos por el proyecto de Ley de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las
administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Primero, enmiendas del Senado a los artículos 1.4, que se refiere al
artículo 6, apartado 5, de la Ley 30/1992, en su contenido; artículo
1.16 bis, que a su vez se refiere al artículo 59 de la Ley 30/1992;
artículo 1.17, que se refiere al artículo 62 de la ley citada, y
exposición de motivos, apartado III, sexto párrafo.

Vamos a proceder a la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
313 ; a favor, 299 ; en contra, 13; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Votación de las enmiendas a los artículos 2.8, que se refiere a la
disposición adicional decimoséptima, apartado 1, y a la exposición de
motivos, apartado III, décimo párrafo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
312; a favor, 299; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Restantes enmiendas del Senado al proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
312; a favor, 310; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan, en consecuencia, aprobadas las restantes
enmiendas del Senado al proyecto de Ley de modificación de la Ley de
régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento
administrativo común.

Pasamos a continuación al proyecto de Ley reguladora de las entidades
capital-riesgo y de sus sociedades gestoras.

Enmiendas del Senado a la disposición final segunda.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
313; a favor, 299; en contra, 13; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Restantes enmiendas del Senado al referido proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
313; a favor, 313.




El señor PRESIDENTE: Quedan así aprobadas las enmiendas por
unanimidad del Pleno del Congreso.

Pasamos a la votación de las enmiendas al proyecto de ley orgánica de
modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.




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En primer lugar, votamos las enmiendas del Senado, en una sola
votación, con la corrección técnica anunciada por la portavoz del
Grupo Parlamentario Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
314; a favor, 314.




El señor PRESIDENTE: Quedan así aprobadas las enmiendas por
unanimidad del Pleno del Congreso.

Votación final del conjunto del proyecto de ley, por tener carácter
orgánico.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
313; a favor, 313.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, al haber alcanzado la mayoría
absoluta del Congreso en la votación final de conjunto, queda
aprobado el carácter orgánico de la proposición de Ley de
modificación de la de Enjuiciamiento Criminal.

Pasamos a la proposición de ley relativa a la declaración del parque
nacional de Sierra Nevada.

Las enmiendas del Senado se refieren, en primer lugar, al artículo 3,
apartado 2, y a la nota final del anexo I.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
314; a favor, 171; abstenciones, 143.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Enmiendas al artículo 7, apartados 2. ll) y 5; a su vez, enmienda al
artículo 9.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
314; a favor, 170; en contra, 129; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Restantes enmiendas del Senado a la proposición de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
314; a favor, 314.




El señor PRESIDENTE: Quedan así aprobadas las enmiendas del Senado a
la proposición de Ley relativa a la declaración del parque nacional
de Sierra Nevada por unanimidad del Pleno. (Los miembros del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida, puestos en pie, exhiben
pancartas con el siguiente texto: «50.o



aniversario de los derechos humanos. Estados Unidos bombardea al
pueblo de Irak».-Rumores.)
Silencio, señorías.




Ruego a SS.SS. que retiren los carteles. Es una manera de expresar
una opinión, que ya seguramente ha sido percibida por los restantes
miembros de la Cámara, pero les rogaría que retiraran los carteles.

Saben SS.SS. que, en nuestro régimen parlamentario, las
manifestaciones de opinión sobre problemas tan graves como al que
aluden esos carteles se examinan en el órgano competente, y que el
Gobierno y los distintos grupos han solicitado la comparecencia
urgente del ministro de Asuntos Exteriores, para lo que puede ser el
mismo día de hoy, en la Comisión de Asuntos Exteriores. Por tanto,
tendrán SS.SS. oportunidad de manifestar su opinión allí. Les ruego
que retiren los carteles.

Muchas gracias, señorías.




VIII. DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS.




El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto VIII del orden del día. Debo
advertir a SS.SS. que procederemos de la misma forma que hemos hecho
a lo largo de este Pleno: con tasación del tiempo de las
intervenciones y con votación al final del punto VIII de todos los
proyectos que constituyen el mismo, alguno de los cuales tiene
naturaleza orgánica, por lo cual quedan advertidos de que al final
del punto VIII se producirán las votaciones.




- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DEL TÍTULO VIII DEL LIBRO
II DEL CÓDIGO PENAL APROBADO POR LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE
NOVIEMBRE. (Número de expediente 121/000087.)



El señor PRESIDENTE: Entramos en el debate del proyecto de ley
orgánica de modificación del título VIII del libro II del Código
Penal aprobado por Ley Orgánica 10, de 1995, fecha 23 de noviembre.

Subsisten enmiendas de la señora Almeida, del Grupo Parlamentario
Mixto, ¿va a intervenir? (Asentimiento.); de Coalición Canaria, ¿va a
intervenir alguien de este grupo? (Asentimiento.); del Grupo
Socialista, ¿van a intervenir? (Asentimiento.); del Grupo Vasco, del
Grupo Catalán, y en nombre del Grupo Popular intervendrá la señora
Barrios. Vayan preparando bien sus argumentos para ser sintéticos,
sincréticos, concisos y concretos.

Señorías, les ruego encarecidamente que hagan el favor de abandonar
el hemiciclo si no tienen que intervenir en el debate, ocupen sus
despachos más que sus escaños, pero dejen que transcurra el orden del
día. No atasquen las escaleras.

Señora Almeida, adelante.




La señora ALMEIDA CASTRO: Muchas gracias, señor presidente.




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En nombre del Grupo de Nueva Izquierda-Iniciativa por Cataluña, los
Verdes, queremos manifestar y mantener las enmiendas que presentamos
a la reforma del título VIII del libro II del Código Penal. A lo
largo de la tramitación de estas enmiendas, lo que fue una propuesta
del Partido Popular de modificación del Código Penal, en lo que se
refería a los delitos contra la libertad sexual, ya no podemos decir
que es iniciativa del Partido Popular, porque de aquella iniciativa
afortunadamente queda poco, se ha modificado a través de la discusión
parlamentaria en Comisión y han tenido aceptación muchas de las
enmiendas que han hecho muy distinta la propuesta inicial.

Al efecto de querer proteger la libertad sexual de los menores se
pretendió de nuevo, a través de la reforma del código, introducir una
moralina absolutamente ajena a él y meter a nuestros menores en unas
relaciones sexuales previamente determinadas, que afortunadamente hoy
no son las que nos ocupan, o al menos todas las que se pretendían
entonces.

Respecto a las enmiendas de nuestro grupo, se mantienen todavía dos
de ellas al título que se modifica, en cuanto que se vuelven a meter
en dicho título no sólo los delitos contra la libertad sexual sino
contra la libertad y la indemnidad. El concepto de indemnidad nos
parece ajeno a nuestro código, ajeno a los propios menores y ajeno a
la libertad, y como lo que se debe proteger es la libertad, nos hemos
opuesto. Por tanto una de las modificaciones que mantiene este grupo
en sus enmiendas es la supresión del concepto de indemnidad.




Otra de las enmiendas que mantenemos va contra la modificación del
capítulo II, que va a llamarse: Contra la prostitución y la
corrupción de menores. Creemos que introducir de nuevo el término
corrupción de menores en nuestro código es intentar buscar conductas
morales y no penales, y más cuando lo define el propio código. Los
conceptos que se refieren a la libertad y a la corrupción sexual no
pueden ser considerados como un comportamiento de naturaleza extraña
a la vida sexual de los menores. Utilizar esos términos en el Código
Penal significa incluso tener una previsión acerca del comportamiento
sexual de los menores, de los menos menores y de los mayores, porque
a los 16 y 17 años ya se tiene un concepto de libertad y sin embargo
se está orientando hacia un determinado comportamiento sexual que no
es de libertad sino de predeterminación. Por eso las enmiendas que
mantenemos en el día de hoy -otras muchas han sido retiradas por
haberse llegado al consenso- van en orden a no intentar menoscabar la
libertad, pero sí proteger el ejercicio de ella.

Todas las que se refieren a la protección del ejercicio de esa
libertad por los menores de edad han sido mantenidas, incluso
mantenemos otras para castigar mejor esas conductas, pero no estamos
de acuerdo con todo lo que suponga menoscabar el ejercicio de la
libertad sexual porque no queremos condicionar a los menores.




No aprovechemos nunca los momentos de tensión para modificar los
códigos penales, que van a durar cuando esa tensión desaparezca. Ya
se ha conseguido bastante al eliminar la tensión, pero quitemos
también la indefinición que, más que proteger la libertad, puede
atacarla. En ese sentido, damos por defendidas las enmiendas de
nuestro grupo que se mantienen en este acto.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Almeida, especialmente
por su esfuerzo de síntesis.

El señor Mardones, por el Grupo de Coalición Canaria.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.

En ese esfuerzo de síntesis, anuncio que de mis cuatro enmiendas
retiro las números 54 y 56. Mantengo para votación las enmiendas 26 y
28, que paso a defender muy telegráficamente.

Coincido plenamente con el espíritu con que la señora Almeida ha
defendido las enmiendas. Desde que entró el proyecto le hemos pasado,
si no la lima, sí la lija para adaptarlo a un concepto democrático de
libertades que inspira nuestra Constitución y el vigente Código
Penal. En la enmienda número 26 mantenemos la edad de los 12 años
frente a la de 13 años que introduce el proyecto ¿Por qué? Cuando el
legislador hizo el Código Penal en 1995 ya se discutió sobre la edad
de los 13 años. El derecho histórico español ha mantenido siempre
esta cifra de los 12 años para estos casos, incluso nuestro Código
Civil, en su artículo 177, viene a reconocer que el adoptado mayor de
12 años es sujeto de derecho capaz de consentir su propia adopción.

Si puede hacer esto, podrá también estar en el esquema de libertades.

Aquí, en un rancio puritanismo, se hace patente esta restricción de
libertades, que hemos reducido, si no quitado del todo, como señalaba
la señora Almeida.

Con la enmienda número 28 pedimos la supresión del apartado 3 del
artículo 184 referido al acoso sexual porque nosotros mantenemos el
principio de seguridad jurídica que se deriva de la tipificación de
las figuras delictivas. La tipicidad, el concretar el tipo, no se
hace en este apartado 3 cuando se dice: «Cuando la víctima sea
especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad o
situación» Son todos términos ambiguos, amplios, subjetivos, que no
introducen nada nuevo que justifique esta figura, aunque sí podrían
derivarse principios de injusticia al dictarse determinadas
sentencias en primera instancia.

Por esas razones, señor presidente, mantenemos nuestras dos enmiendas
citadas, la número 26 y la número 28.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: De nuevo le manifiesto mi gratitud, señor
Mardones.

Señora Uría, por el Grupo Nacionalista Vasco.




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La señora URÍA ECHEVARRÍA: El Grupo Vasco no mantiene enmiendas.




El señor PRESIDENTE: Tiene S.S. toda la razón. Disculpe mi error.Es
el Grupo Socialista el que mantiene enmiendas, que defenderá doña
Carmen del Campo.




La señora DEL CAMPO CASASÚS: Gracias, señor presidente.

Tenían razón quienes me han precedido en el uso de la palabra. Este
proyecto de ley llega hoy al final de una etapa, de una larga y
azarosa historia, una historia que comenzó hace algo más de un año
cuando el Gobierno aprovechó la aprobación por este Congreso de los
Diputados de una serie de medidas destinadas a proteger de mejor modo
la libertad sexual de los menores para enviar a esta Cámara un
proyecto de ley en el que, junto a esas medidas, se destapaba el
frasco de las esencias más retrógradas y se mezclaba moral y derecho,
sustituyendo la protección penal de la libertad sexual por la
imposición a golpe de código de una particular concepción de la moral
sexual. Esta fue la opinión entonces no sólo de este grupo y de la
oposición con carácter general, sino incluso de algunos de los grupos
aliados del Gobierno, que llegaron a afirmar que veían con cierto
espanto el proyecto de ley que aquí nos llegaba.

Después de esta larga y azarosa historia, de una tramitación de casi
un año en ponencia y de abundantísimas enmiendas, incluso 15 del
propio Grupo Popular, el texto que debatimos hoy aquí es bastante
distinto del original. Sin duda, ha experimentado mejoras; entre
ellas, quisiera señalar que en Comisión se ha introducido por
unanimidad una serie de enmiendas de Convergència i Unió que
adelantan parcialmente la protección prevista a las víctimas de malos
tratos y que permiten en una serie de casos, como medida cautelar, ya
sea en sentencia, el alejamiento del agresor de la víctima. Quiero
señalarlo, señor presidente, no sólo porque es cierto, sino para
información del Gobierno, que parece que no se ha enterado muy bien
de la introducción de esta medida, puesto que, después de
transcurrido un mes desde la aprobación de este texto por la Comisión
de Justicia e Interior, envía a esta Cámara un proyecto de ley que
contiene disposiciones idénticas, colocando al Parlamento en la
curiosa situación de debatir dos proyectos de ley cuyos contenidos
son, al menos en parte, exactamente iguales. También es cierto que el
texto ya no contiene algunas de las perlas antológicas que tenía el
proyecto de ley del Gobierno. En especial, se ha esfumado la
brillante idea de penalizar cualquier tipo de relación sexual, beso
incluido, entre menores de 15 años y mayores de 18, lo que sin duda
hubiera supuesto un notable rejuvenecimiento de la población
penitenciaria española.

El dictamen de la Comisión -mi grupo lo reconoce y reconoce el
esfuerzo de todos los ponentes, incluido el de la ponente del Grupo
Popular- es más presentable; la verdad es que hubiera sido difícil
que resultara
menos presentable que el proyecto enviado por el Gobierno, señor
presidente. Sin embargo, estos cambios no son suficientes para que
podamos dar nuestro apoyo a este proyecto de ley. Por ello,
mantenemos parcial o totalmente un número significativo de enmiendas,
absteniéndonos en la votación de totalidad. Obraremos así porque,
pese al trabajo de la ponencia, el texto sigue plagado de
incorrecciones.

La verdad es que los mimbres que nos había proporcionado el proyecto
de ley hacían muy difícil llegar a construir un cesto mejor. Se
mantienen penas desproporcionadas, aunque no tan acusadas como las
que llegaron a esta Cámara; se mantienen, como señalaba el señor
Mardones, definiciones vagas, como la del acoso sexual entre iguales,
que vulneran el principio de legalidad y se mantiene una tipificación
incorrecta de muchas conductas. Pero no es sólo la forma la que nos
mueve a abstenernos, sino que nuestro motivo de oposición más
importante, señorías, es el fondo.

Es verdad que el dictamen de Comisión que tenemos hoy ante nosotros
ha limado en buena parte el afán catequista del proyecto de ley
original, pero también es verdad que hay cuestiones que hacen que
siga más pegado a aquella vieja idea de defensa de la honestidad y a
la concepción del derecho penal como garante de la modalidad que a la
protección democrática de la libertad sexual, y ello fundamentalmente
porque se mantienen en él dos de las novedades que ya señalaba la
señora Almeida y que envió el Gobierno a esta Cámara. En primer
lugar, se mantiene presente, tanto en el título como a lo largo del
articulado, el concepto de indemnidad sexual como objeto de
protección. En cualquier Estado social y democrático de derecho, en
cualquier Estado democrático y laico, señorías, el objeto de
protección penal en lo que a la sexualidad se refiere es la libertad
sexual. Las conductas sancionables son tanto aquellas que se realizan
al margen de la voluntad de la víctima como aquellas que se realizan
contra quienes todavía no pueden ejercitar esa voluntad para decidir.

Creemos que añadir este nuevo concepto de indemnidad a ese objeto de
protección de la libertad sexual no aporta nada más que un sospechoso
tufillo moral y un intento de hacer intocables a los menores, de
encerrarlos en una urna y de impedirles el libre desarrollo de su
personalidad constitucionalmente protegido, libre desarrollo de la
personalidad que implica también el gradual desarrollo de la
sexualidad.

Además, señorías, se mantiene otro aspecto de fondo en este proyecto
de ley al que la oposición de mi grupo es radical. Se retipifica la
conducta de corrupción de menores, que había desaparecido del Código
de 1995, y se retipifica además en unos términos: «hacer participar
a un menor e incapaz en un comportamiento de naturaleza sexual que
perjudique la evolución o desarrollo de la personalidad de éste» que
siguen mereciendo sobradamente los reproches de generalidad, de
imprecisión del tipo, de falta de respeto al principio de legalidad
que llevaron hace tres años a eliminar este tipo del Código Penal y a
sustituirlo por la protección y



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la sanción de las conductas concretas que pueden atentar contra la
libertad sexual de un menor, bien sea el abuso, la prostitución, la
agresión o la pornografía infantil. No caben, en realidad, señorías,
otros supuestos de corrupción de menores.

Reconocemos aquí que el Código Penal vigente presentaba algunas
deficiencias en la tipificación de estos casos, especialmente en la
insuficiencia de las penas en determinados casos de abuso. Pero
precisamente en uno de los aspectos con el que estamos de acuerdo -un
aspecto que soluciona este proyecto de ley- es en el de posibilitar
la pena de prisión en determinados casos de abusos sexuales que antes
sólo eran castigados con multa. En opinión de nuestro grupo,
señorías, ir más allá y volver a tipificar la corrupción no supone
ninguna mejora en la protección de la libertad sexual del niño;
supone simplemente una nueva confusión entre derecho y moral -una
moral bien concreta, por cierto- y un atentado contra los principios
de un Estado de derecho democrático y laico.

Quiero cumplir el compromiso de brevedad, señorías, y resumir. La
postura del Grupo Socialista, en definitiva, será votar sí a aquellos
contenidos que se corresponden con los compromisos que esta Cámara
adoptó en su día unánimemente y votar sí a aquellos contenidos que
adelantan la protección penal de las víctimas de malos tratos
familiares. En cambio, nos opondremos al contenido retrógrado y
moralizante de buena parte de esta reforma, que, lamentablemente, en
nuestra opinión, desvirtúa sus aspectos positivos y nos impide votar
favorablemente la totalidad del proyecto de ley.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora del Campo. ¿Algún grupo
parlamentario desea fijar su posición contraria a las enmiendas?
(Pausa.) Para un turno de fijación de posición, tiene la palabra la
señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Gracias, señor presidente.




El Grupo Vasco votará a favor del dictamen de la Comisión, lo cual,
si se contrasta con el voto que manifestó mi grupo en el primer paso
de la tramitación de este proyecto en la Cámara, acreditará, salvo
que hubiese una incoherencia manifiesta en la postura del Grupo Vasco
-yo les aseguro que no es así- los profundos cambios que el texto que
ahora votamos ha experimentado en relación con el proyecto
inicialmente presentado a la Cámara. En aquel caso, apostamos por su
devolución al Gobierno porque incurría, creíamos, en excesos
notables, pese a que su objetivo era loable, puesto que era evidente
-y así lo venían exigiendo el Defensor del Pueblo y distintas
entidades- una tipificación distinta respecto de determinadas
conductas, ya que la realidad había evidenciado que existían
conductas no previstas en el Código aprobado en el año 1995. Creemos
que el texto que se ha aprobado definitivamente es ponderado. Ha
huido del exceso en
la reglamentación de los comportamientos de los menores, que era uno
de los errores en que incurría el texto inicial, e igualmente ha
quedado erradicado del mismo lo que denominamos en el debate la
corrupción de mayores, puesto que contenía previsiones inadmisibles
desde el punto de vista de la tipicidad penal referidas a personas
mayores de edad.

Creemos, y así lo manifestamos en el trámite de Comisión, que se ha
reconducido el texto en aspectos tan importantes como la fijación de
la edad referida a los abusos sexuales. Nos parecía que la edad de
18, idéntica a la de la mayoría de edad, era excesiva en la barrera
de la protección y, finalmente, fruto de las enmiendas presentadas
por mi grupo y por Convergència i Unió, ha quedado establecida en el
límite de los 16.

Igualmente, mi grupo no era partidario inicialmente de la
introducción del concepto de corrupción de menores. Sin embargo, de
los debates en Comisión llegamos a la conclusión de que la
jurisprudencia estaba forzando excesivamente la aplicación de otros
tipos penales para evitar que determinadas conductas quedasen
impunes. No somos, repito, ab initio, partidarios de hablar de
corrupción de menores, pero creemos que, tal y como ha quedado
tipificado en el artículo 189.3, en el que lo que se castiga no es el
participar o realizar determinadas conductas, sino el obligar
a participar, entra dentro de los objetivos que tenía previstos el
legislador al abordar estas modificaciones normativas de la mayor
protección de los menores.

Igualmente, nos manifestamos entonces de forma muy favorable a la
introducción de las enmiendas 50 a 53, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió), que hacían referencia no estrictamente a lo
que era el objeto del proyecto, sino a lo que se ha dado en llamar
conductas referidas a la violencia doméstica. Creemos que es oportuna
esta introducción y que indudablemente fuerza, como nos ha tenido que
recordar el letrado que nos ha asistido en la Comisión, al cambio de
denominación del proyecto de ley. No sé si es adecuado que se pueda
producir en este trámite o deberemos esperar a las oportunas
modificaciones en el trámite del Senado. Pansamos además, y en esto
nos unimos a la manifestación que ha hecho la señora del Campo, que
el Gobierno debería revisar y tener en cuenta que estas
modificaciones van a ser aprobadas hoy en la Cámara -pendientes
todavía de la tramitación en el Senado- para retirar o por lo menos
corregir el proyecto de ley recientemente presentado en relación con
la violencia doméstica.

Repito, al Grupo Vasco le parece que ha quedado más que aceptable el
texto que hoy se nos trae a la Cámara y votaremos a favor del mismo.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Uría.

Señor Silva, por el Grupo Catalán.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Gracias, señor presidente.




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Intervengo para manifestar el voto favorable al proyecto y para
agradecer las expresiones tanto de la portavoz del Grupo Socialista,
doña Carmen del Campo, como de la portavoz del Grupo Parlamentario
Vasco en relación con alguna de las enmiendas que pudimos incorporar,
sobre todo referentes al maltrato de mujeres.

La proposición ha salido muy mejorada y aquellas afirmaciones que
pudimos hacer el día del debate de totalidad hoy no son de recibo.

Decía doña Carmen del Campo que estamos ante un proyecto de carácter
retrógrado y moralizante. Si tuviésemos que aguantar el palo solos,
quizás nos impresionase, pero cuando el Consejo General del Poder
Judicial en su informe admite la reintroducción del delito de
corrupción de menores, cuando la Fiscalía General del Estado lo hace
también y cuando -y a nosotros, como grupo parlamentario nacionalista
nos interesa mucho- el Sindic de Greuges de la Generalitat de
Cataluña también así lo manifiesta, entendemos que somos ya tantos
palos que quizás la imputación sea equivocada.

Como ha manifestado antes la señora Uría, si examinamos la
jurisprudencia del Tribunal Supremo de estos dos años encontramos
cómo se están forzando tipos penales de una forma absolutamente
impresionante que la propia Fiscalía General de Estado califica de
una audacia interpretativa que vulnera el principio de legalidad.

Piensen SS.SS. que se está condenando por agresión sexual con
intimidación a aquellas personas que han realizado determinados actos
de naturaleza sexual con menores y a los que luego amenazan con decir
a sus padres que fuman si se lo comentan a alguien o si no acceden a
sus deseos. Una agresión sexual con intimidación, cuando la
intimidación consiste en algo tan absolutamente nimio, parece que no
tiene mucho sentido. El Tribunal Supremo, incluso en este mismo año,
está castigando abusos sexuales con prevalimiento por la pura y
simple diferencia de edad. Una sentencia de 13 de abril de este mismo
año considera abuso sexual con prevalimiento la conducta sexual
realizada por una persona de 42 años con una joven de 14, sin más
consideración que la pura y simple diferencia de edad. Lo propio está
haciendo en el abuso sexual por engaño. Cuando el menor es llevado a
unas circunstancias tales como actuaciones sexuales en grupo,
visionado de películas pornográficas, utilización de bebidas
alcohólicas o cuando en ese ambiente se fuma tabaco el Tribunal
Supremo está diciendo que eso es un abuso sexual por engaño porque se
pone al menor en una situación en la que ignora la transcendencia de
los propios actos. Señorías, es cierto que hay que poner coto a esa
audacia interpretativa del Tribunal Supremo que lo que manifiesta es
que por proteger precisamente a los menores se está saltando el
límite absoluto del principio de legalidad.

Ya ofrecimos al resto de los grupos, al inicio de su tramitación
parlamentaria, que podíamos intentar cubrirlo por otras vías, quizás
definiendo o modificando el tipo de abuso sexual por engaño o
cualquiera otra de estas circunstancias. Nosotros no hemos sido
capaces de encontrar otra redacción y, por lo que hemos visto, los
otros grupos tampoco. Si en el Senado nos ofrecen un tipo que no deba
denominarse corrupción de menores pero que permita atender la
protección de los menores en ese tipo de comportamientos, con ellos
estaremos.

Para finalizar, quiero manifestar nuestro voto favorable y reconocer
también que, primero, la proposición no de ley de la que deriva este
proyecto tenía por objeto la protección no sólo de la libertad, sino
también de la integridad sexual de los menores. Por tanto, no sólo de
la libertad estricta, sino también del libre desarrollo de la
personalidad de los menores, que también es un valor constitucional.

Yo no sé si se puede considerar una norma de carácter moral o un
principio moral, pero es un valor constitucional y es al que mi grupo
ha pretendido atender.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Silva.

Señor Castellano Cardalliaguet, por el Grupo Federal de Izquierda
Unida.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Muchas gracias, señor presidente.

Intervengo en este turno para fijar posiciones. Es evidente que, como
los anteriores intervinientes, tenemos que hacer referencia a la
posición de nuestro grupo cuando se estudió la toma en consideración
de este texto, que fue, evidentemente, el mantenimiento de una
enmienda de totalidad. No vamos a ocultar que se ha hecho un esfuerzo
en el trabajo de la ponencia para que, como otros han resaltado, el
texto que hoy salga de esta Cámara tenga poco que ver con el texto
que entró enviado por el Ministerio de Justicia, pero sí tenemos que
lamentar que por una actitud de absoluta intransigencia el Grupo
Popular, que parece ser que le hubiera gustado mucho más que se vote
en contra, haya incurrido en la contradicción de corregir extremos
mucho más importantes y, sin embargo, no aceptar la corrección de
cosas que son mucho más accesorias. Y precisamente por ser accesorias
no nos vamos a encastillar en una oposición hacia ellas y votaremos
favorablemente el texto, pero nos gustaría resaltar esa falta de
sentido de la flexibilidad.

En primer lugar, estamos en contra del termino corrupción de menores
porque es un término absolutamente impropio. O se atenta contra la
libertad sexual del menor mediante violencia, mediante engaño, con
abuso de superioridad, con abuso de cualquier otro papel, o no existe
ese atentado. Esa corrupción del menor se dará porque ese menor es
inerme frente a determinadas actuaciones, lo que le coloca en
situación de debilidad. Pero eso ya está contemplado sin necesidad
alguna de que se utilice un término que no tiene por qué incorporarse
a nuestro ordenamiento jurídico sino que pertenece -y nos parece muy
bien- a la terminología o a la fraseología que nace del mundo de la
moral. Por ello, mientras no se corrija este extremo, la



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exposición de motivos no va a ser objeto de nuestro voto favorable.

En segundo lugar, en cuanto al capítulo IV, de los delitos de
exhibicionismo y provocación sexual, no atentan contra la libertad de
nadie porque a nadie se impele a realizar ninguna actuación que él no
quiera realizar. Lo más que puede ocurrir es que esas actitudes de
obscenidad o de mal gusto sean soportadas, pero eso pertenece al
patrimonio exclusivo del que las soporta y no podemos entrar a
valorar si han producido un daño o no en él porque, sinceramente, no
son objeto de hechos concretos que puedan ser tipificados. Nos parece
que los artículos 185 y 186 sobran por completo. Es más, aquí hay una
especie de tutelaje que además es contradictorio porque se dice: «El
que, por cualquier medio directo, vendiere, difundiere o exhibiere
material pornográfico entre menores de edad o incapaces será
castigado con la pena de prisión de seis meses a un año, o multa de
seis a doce meses.», lo que coloca al sujeto en actitud pasiva ante
el conocimiento de cualquier clase de imágenes. Esto deberá suponer,
ya de entrada, el que cojan ustedes los periódicos de hoy y se asomen
a las últimas páginas de anuncios por palabras, y verán ustedes que
todo ello es pura pornografía desde el punto en que ustedes lo
contemplan. Por tanto, no hagamos el ridículo. No hagamos el
ridículo, no confundamos ni más ni menos que el derecho a la libertad
sexual, no confundamos la protección de la libertad sexual y no
confundamos la pornografía con un elemental erotismo que forma parte
del propio desarrollo humano. Estas actitudes están muy bien para las
catequesis y se corresponden muy bien con determinadas formas de
pensamiento, pero imponérselas a gente madura y adulta en un sistema
democrático es absolutamente absurdo. El Código Penal, con un
principio de mínima intervención, no puede estar para fijarse en el
ridículo que hace un ciudadano cuando realiza un acto de
exhibicionismo, que, con un poco de suerte, lo único que puede
provocar es la risa en aquél que lo sufre. Por tanto, creo que es
lamentable que se hayan empecinado ustedes en mantener estos
atavismos. No sé si con ello darán ustedes satisfacción a la
Conferencia Episcopal, pero evidentemente no deben pertenecer al
mundo del Código Penal.

También hay que decir que el que se pueda dar un precepto como el
artículo 189.3, que habla del que haga participar a un menor o
incapaz en un comportamiento de naturaleza sexual que perjudique la
evolución o el desarrollo de la personalidad, va a convertir a
nuestros jueces -tendrá que convertirlos- en psicólogos. Tendrán que
hacer unos estudios profundísimos, porque puede ocurrir que ese
menor, al que se está tratando de proteger en cuanto al desarrollo de
su personalidad, esté bastante más formado que el que pretende
influir en él.

Estas son cosas que no tienen ninguna razón de ser, y yo lo lamento
sinceramente, porque nos gustaría que nuestro voto fuera afirmativo a
este proyecto sin ninguna clase de reservas Lo va a ser, y creo que
quizá porque
se ha anticipado nuestro posicionamiento, nos hemos encontrado
con esta actitud de absoluto empecinamiento o de cabezonería. A veces
llego a pensar que es que hay alguien en el Grupo Popular que quiere
que el Grupo Socialista, el Grupo de Izquierda Unida y algunos más le
voten negativamente, para aparecer como más triunfante; si no, no
entiendo este posicionamiento, porque todo esto sobra en este texto
legal. Es absolutamente innecesario su mantenimiento, no se puede
objetivar, son todos juicios de intenciones, es un cajón de sastre
que nadie sabe cómo va a ser interpretado por los tribunales.

¿Ustedes lo quieren mantener para parecer más castos y puros y estar
contra todo elemento concupiscente? Manténganlo y, si les sirve para,
según sus creencias, gozar de la gloria divina, lo celebraremos.

Ahora, para los que no tenemos que estar en estas tesis, nos parece
que esto es, pura y sencillamente, hacer el ridículo. Estoy
convencido de que cuando llegue la doctrina a examinar esta reforma
dirá que la Cámara ha tenido una buena ocasión de evitar el ridículo
pero que no ha sabido encontrar el mecanismo de escapar del mismo.

Aun así, repito, señor presidente, como lo importante es lo otro,
vamos a votar a favor porque lo que nos interesa es la libertad
sexual de los menores y de todos los ciudadanos y estar en contra de
todo lo que sea violencia, engaño, intimidación o utilización de
cualquier actitud de carácter prevalente, para que alguien no haga
aquello que nazca de su propia naturaleza y de su propia voluntad.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Castellano.




Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Barrios.




La señora BARRIOS CURBELO: Gracias, señor presidente.




Intervengo, en nombre del Grupo Popular, para fijar la posición del
mismo respecto del proyecto de ley del Gobierno que modifica el
título VIII del libro II del Código Penal, de los delitos contra la
libertad sexual. (El señor vicepresidente, Fernández-Miranda y
Lozana, ocupa la Presidencia.)
Vamos a votar afirmativamente el texto que ha presentado el Gobierno
porque nos parece coherente, novedoso en el sentido de que incorpora
determinadas actuaciones delictivas que hasta este momento no
aparecen reguladas en este título VIII, y además porque modifica el
contenido de algunos de dichos delitos contra la libertad sexual,
especialmente de los menores, que necesitaban determinadas
correcciones.

Es cierto que en ponencia y Comisión, señor presidente, se han hecho
ostensibles mejoras respecto al contenido del mismo, pero los
miembros del Grupo Popular estamos muy satisfechos de la labor de
nuestro Gobierno en la regulación de este texto que, más omenos de
forma completa, viene respaldando lo que se



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solicitó en las dos proposiciones no de ley que salieron de este
órgano legislativo.

Hace casi un año que llegó el proyecto de ley, en octubre del año
pasado, y hemos estado debatiendo sobre el mismo. Por eso me llama la
atención que don Pablo Castellano hable de falta de flexibilidad de
la representante del Grupo Popular. Don Pablo Castellano, los delitos
de exhibicionismo y provocación sexual que vienen regulados en el
Código Penal actual no los ha incorporado el Gobierno del Partido
Popular en esta modificación, los incorporó el Gobierno socialista y
ustedes apoyaron dicha regulación. Nosotros no hemos hecho ningún
cambio ostensible al respecto. Se lo recuerdo porque aquí cada uno
tiene que responder de sus actuaciones pasadas y presentes. Nosotros,
igual que ustedes y que el resto de grupos de la Cámara, queremos que
la libertad sexual de nuestros menores sea protegida. Es por ello que
hemos instado a nuestro Gobierno -y en eso tenemos toda la
responsabilidad y vamos a apoyarlo en todo momento- para que regule
al respecto con objeto de proteger a los menores.

Recogiendo el sentido de la intervención del representante del Grupo
de Convergència i Unió, no me parece serio decir que este texto tiene
carácter retrógrado y moralizante, como han expresado algunos de los
intervinientes. No me parece serio porque entonces también sería
retrógrado el Defensor del Pueblo, también sería retrógrado el
Consejo de Europa, que lo dictó en la resolución número 1099, también
serían retrógrados todos los miembros de la Conferencia de Estocolmo
que intervinieron en ese sentido, también serían retrógrados todos
los miembros de la Unión Europea que, en base al artículo K.3 del
Tratado de la Unión Europea, fijan una acción común. Y serían
retrógrados todos los miembros de la Sala Segunda del Tribunal
Supremo, dos de cuyas sentencias, las del 16 de septiembre de 1996,
recogen la necesidad de fijar de nuevo el delito de corrupción de
menores porque existe una laguna legal.

No sólo estamos de acuerdo con este texto por la incorporación de
nuevos delitos graves, sino porque nos parece muy adecuada la precisa
determinación que se hace de ciertas penas en este título del Código
Penal y porque, sin lugar a dudas, se atemperan muy razonablemente
algunas sanciones en términos de coherencia y proporcionalidad con
los valores protegidos. Estoy hablando de las que se aplican en el
artículo 181, los abusos sexuales inconsentidos o, en el artículo
183, los abusos sexuales con engaño o, en el apartado 3 del artículo
189, la corrupción de menores en donde se posibilita que el juez -y
así lo han dicho anteriores intervinientes- pueda, en base a la
gravedad de las actuaciones delictivas, aplicar la pena privativa de
libertad o la pena de multa.

La regulación propuesta gana en claridad, de tal manera que se
perfilan algunas redacciones de delitos incorporando criterios
técnico-penales y sustituyendo vocablos comunes por otros
especializados. Por ejemplo, la regulación de los artículos 179 y
182, en donde
se modifican determinadas expresiones respecto al acceso carnal o la
sustitución de la expresión culpable por la de responsable, así como
la nueva redacción que se le da a las agravantes en el artículo 180,
que nos parece más adecuada.

Respecto a la incorporación de nuevos delitos, consideramos que no es
lo mismo el delito de prostitución que el delito de corrupción de
menores. Cuando estamos hablando de corrupción de menores nos
referimos a incorporar al menor en una actividad sexual envilecedora
y degradante. Esa es en sí la gran trascendencia que tiene esta
actividad delictiva, que incorpora al menor una actividad actividad
sexual depravada y que va a atacar su libertad sexual de tal manera
que cuando se desarrolle va a tener auténticas limitaciones en su
orientación sexual.

No podemos hablar de prostitución de menores y de corrupción de
menores dentro del mismo delito. Ya en el antiguo Código Penal, en el
artículo 452.bis, b), se distinguía entre prostitución y corrupción
de menores utilizando la conjunción disyuntiva «o», según se aplicara
una determinada actuación delictiva u otra. El Grupo Popular
considera que la regulación de la prostitución y de la corrupción de
menores, tal como se fija en el apartado 3 del artículo 189, no es un
concepto moral, sino que era y es un delito según se afirma, como he
dicho anteriormente, en diversas sentencias de la Sala Segunda del
Tribunal Supremo.

Pero no sólo se recoge este delito de corrupción sino también la
agravación de los delitos si los culpables pertenecen a asociaciones
u organizaciones que se dediquen a esta actividad. En la regulación
que se hace del acoso sexual en el artículo 184 nos parece muy
adecuado que se recoja este delito no sólo entre iguales sino, en el
apartado 2, cuando se fundamente en un abuso de superioridad o con el
anuncio tácito o expreso de producir un mal a la víctima, agravarla
según las circunstancias que tenga la misma respecto a enfermedad,
edad o situación personal.

Y, desde luego, la novedad del punto 2 del artículo 188, en donde se
penaliza el favorecimiento directo o indirecto de entrada, salida o
permanencia en el territorio español de personas para su explotación
sexual con la agravación de cuando sean menores, no consideramos que
tenga carácter retrógrado y no venía regulado. Y se fijan en el
artículo 189.1, letra a), los delitos de exhibición en espectáculos
pornográficos utilizando a menores y a incapaces, se añade la
expresión público o privado y se penaliza la financiación de estas
actividades, así como la financiación y la elaboración de material
pornográfico con menores. Por último, resaltar la incorporación en la
letra b), del artículo 189.1, de la penalización de la producción,
venta, distribución y exhibición de material pornográfico que
utilicen menores o incapaces cuando su procedencia sea desconocida
o tenga origen en otro país.

Nos parece muy importante esta regulación porque se llega a penalizar
la posesión, aunque en un la mitad inferior de la pena, del material
para estas actividades;



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es decir, que se penaliza la cadena de actividades que van desde la
financiación hasta la posesión de material pornográfico cuando en la
actividad delictiva se incorporan menores. También hay una nueva
regulación de la prescripción de los delitos que nos parece
importante, sobre la condena de tribunales extranjeros para aplicar
la reincidencia, así como la incorporación del aumento de la edad a
los 13 años en el artículo 181 porque creemos que un menor de 12 años
no puede dar su consentimiento a unas determinadas actividades
sexuales que no van a potenciar su libertad sexual, más al contrario,
van a facilitar la actuación de bandas organizadas o de pedófilos.

Acabo, señor presidente. Agradecemos todas las aportaciones que han
hecho los diferentes grupos parlamentarios, diciéndoles que en todo
momento las actuaciones de los pedófilos y de las bandas organizadas
no tienen como finalidad sino la satisfacción de su perversión sexual
o de sus necesidades económicas y nunca la potenciación de la
libertad del menor y del incapaz, que es lo que pretende este texto y
que nos parece muy satisfactorio.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Barrios.




- PROYECTO DE LEY SOBRE CONCESIÓN DE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO POR
IMPORTE DE 196.505.344 PESETAS, PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES,
ESTABLECIDAS EN LA SENTENCIA FIRME DICTADA EN EL RECURSO CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVO NÚMERO 5/234/1996, A FAVOR DE MÉDICOS ESPECIALISTAS EN
ESTOMATOLOGÍA. (Número de expediente 121/000125.)



- PROYECTO DE LEY SOBRE CONCESIÓN DE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO POR
IMPORTE DE 1.498.900.000 PESETAS, EN LA SECCIÓN 33, «FONDO DE
COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL», PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 7 DE NOVIEMBRE DE 1992, A FAVOR DE LA
GENERALIDAD VALENCIANA, RELATIVA AL FONDO DE COMPENSACIÓN
INTERTERRITORIAL DE 1989. (Número de expediente 121/000127.)



- PROYECTO DE LEY PARA LA CONCESIÓN DE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO, POR
IMPORTE DE 150.803.739 PESETAS, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA
DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 23 DE MAYO DE 1995,
RELATIVA AL PAGO DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE INUNDACIONES
OCURRIDAS EN LA PROVINCIA DE CÁCERES. (Número de expediente 121/
000140.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Continuando con
el orden del día, y por
acuerdo de la junta de portavoces, el resto de los dictámenes van a
ser debatidos en dos bloques. El primero de ellos corresponde a los
puntos 39, 40 y 47, que son tres créditos extraordinarios. ¿Algún
grupo desea intervenir para fijar su posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene
la palabra la señora Urán.




La señora URÁN GONZÁLEZ: Gracias, señor presidente.




Voy a intervenir en el crédito extraordinario que hace referencia a
la sentencia del Tribunal Supremo de 7 de noviembre, que afecta al
Fondo de Compensación Interterritorial. Mi grupo mantiene dos
enmiendas a este proyecto de ley para que, a través de la concesión
del crédito extraordinario, se vean afectadas no sólo las comunidades
autónomas que presentaron en su día el contencioso y que ganaron,
sino para que se extienda a todas las comunidades autónomas que se
vieron perjudicadas por la iniciativa que tuvo en su momento el
Gobierno.

Esta es la defensa y el mantenimiento de las enmiendas que hace
nuestro grupo parlamentario.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Arnau.




El señor ARNAU NAVARRO: Gracias, señor presidente.

En relación con este mismo proyecto de ley que figura con el número
40 en el orden del día, anunciamos nuestro voto favorable, por cuanto
este proyecto de ley da cumplimiento a una sentencia del Tribunal
Supremo, a fin de reponer la cantidad de casi 1.500 millones de
pesetas en favor de la Generalidad valenciana, es decir, de sus
proyectos de inversión correspondientes al Fondo de Compensación
Interterritorial de 1989.

Previamente, y esto es lo que quiero destacar, hubo una decisión del
Consejo de Ministros que minoraba la participación en el Fondo de
Compensación Interterritorial de la Generalidad valenciana, y hubo
también el correspondiente recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la misma Generalidad valenciana. Todo esto se
produjo, señor presidente, en una época en que gobernábamos los
socialistas en la Generalidad valenciana y en el gobierno del Estado,
y cuando por parte del Partido Popular valenciano se acusaba al
presidente Joan Lerma de sumisión a Madrid. Como siempre, señor
presidente, la historia va dejando a cada cual en su sitio. De
momento, no conocemos ningún recurso del Gobierno Zaplana en contra
de una decisión del Consejo de Ministros, pese a la existencia de
motivos.

En cuanto a las enmiendas de Izquierda Unida, entendemos que no
procede su aceptación por las razones ya apuntadas en comisión y en
tanto en cuanto que en cierta medida mantiene la posición del abogado



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del Estado en un incidente de inejecución que quedó resuelto en el
auto de 12 de enero de 1994, en la Sala tercera del Tribunal Supremo.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular , tiene la palabra el señor
Pascual.




El señor PASCUAL MONZÓ: Para decir que, una vez más, igual que pasó
en la Comisión de Presupuestos, el Grupo Parlamentario Popular va a
votar en contra de las enmiendas presentadas por el Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida. No voy a hacer referencia
a los datos aportados por el portavoz del Grupo Socialista. Solamente
quiero decirle que, tal como ha citado, menos mal que en la época de
Lerma en algo se opuso a Madrid, porque posiblemente no tenga más
ejemplos que dar y por eso ha aprovechado para resaltarlo.

Al Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida quisiera decirle
que, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, ha querido
meter en este trámite parlamentario al resto de comunidades
autónomas, cosa que no ha lugar. Por ese motivo, desde el Grupo
Parlamentario Popular vamos a votar en contra de las enmiendas.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Pascual.




- PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 1/1992, DE 21 DE
FEBRERO, SOBRE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA. (Número de
expediente 121/000129.)



- PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL,
REGULADORA DE LA BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y OTRAS MEDIDAS PARA EL
DESARROLLO DEL GOBIERNO LOCAL EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE
VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL Y EN MATERIA DE AGUAS. (Número de
expediente 121/000130.)



- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 9/1983,
DE 15 DE JULIO, REGULADORA DEL DERECHO DE REUNIÓN. (Número de
expediente 121/000131.)



- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 5/1985,
DE 19 DE JUNIO, DEL RÉGIMEN ELECTORAL GENERAL. (Número de expediente
121/000132.)



- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 2/1979,
DE 3 DE
OCTUBRE, DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. (Número de expediente 121/
000133.)



- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 8/1985,
DE 3 DE JULIO, REGULADORA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN. (Número de
expediente 121/000136.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Pasamos a
continuación al debate conjunto de los dictámenes que corresponden a
los puntos que van del 41 al 46 del orden del día.

El primero de ellos es el proyecto de ley de modificación de la Ley
Orgánica 1/1992 sobre protección de la seguridad ciudadana; el
segundo, el proyecto de ley de modificación de la Ley 7/1985
reguladora de las bases de régimen local y otras medidas para el
desarrollo del gobierno local en materia de tráfico, circulación de
vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas; el tercero,
el proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 9/1983
reguladora del derecho de reunión; el cuarto, el proyecto de ley
orgánica de modificación de la Ley Orgánica 5/1985 del régimen
electoral general; el quinto, el proyecto de ley orgánica de
modificación de la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional y,
sexto, el proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica
8/1985 reguladora del derecho a la educación. ¿Grupos que desean
fijar su posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Mixto tiene la palabra el señor
Rodríguez.




El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señor presidente.

El Bloque Nacionalista Galego mantiene su posición contraria a la
modificación de la Ley 7/1985 y, asimismo, a la modificación de la
Ley Orgánica de 1979 del Tribunal Constitucional a través de las
enmiendas que presentó a estos dos proyectos de ley, que nos parecen
sustanciales. Empezaré por la primera aludida.

Cuando fue el debate general señalamos que entre democracia y
gobernabilidad se tomaba la vía de favorecer la gobernabilidad, como
si tuviesen que ser términos antitéticos. Por eso especialmente
fuimos contrarios a dar nuestro voto positivo, por el papel, a
nuestro juicio desmesurado, que se le asigna a la Presidencia, a los
alcaldes, a las entidades locales y a los presidentes, en concreto,
de las corporaciones provinciales. Si en el primer caso se trata de
reforzar mecanismos antidemocráticos, en el caso de las corporaciones
provinciales, además de esto, se trata de reforzar una estructura
administrativa del Estado con la cual nosotros discrepamos
abiertamente por ser disfuncional, por mermar las capacidades en
materia autonómica y ser un síntoma de la dificultad que tiene el
Estado español por simplificar su estructura institucional.

En todo caso, en relación con las enmiendas que se refieren a las
competencias de los alcaldes, hemos mantenido algunas sintomáticas,
en concreto las referidas a



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que debía de estar más fiscalizado por el pleno el papel que la
modificación asigna a los alcaldes para concertar operaciones de
crédito y de tesorería, porque todos sabemos que no solamente es
importante lo que se pide, sino cómo se pide. Por tanto, pensamos que
tendría que haber una fiscalización por parte del pleno.

Otra de nuestras enmiendas hacía referencia a que la modificación
atribuye al alcalde competencias que hoy son del pleno en
contratación y selección de personal, que ya hemos dicho que iba a
contribuir a aumentar el amiguismo y la fidelidad política, sobre
todo en la manera de establecer los concursos y las retribuciones
complementarias. Por eso pedimos que se suprima, efectivamente, el
artículo 21.1,g) del proyecto de modificación.




Nos oponemos también a la capacidad que se le da al alcalde en
materia disciplinaria del personal, que pensamos que debía de estar
claramente fiscalizada por el pleno como hace la vigente ley de
bases. Aparte de eso, el aumento de competencias del alcalde en
materia de contratación, licencias, acciones judiciales y
administrativas nos parece desmesurado y pensamos que había que
mantener la vigencia de la ley actual.

Por otra parte, las atribuciones que se hacen del pleno a la alcaldía
dejan a este pleno aún más debilitado de lo que ya estaba en la ley
original. En definitiva, en el caso de las diputaciones provinciales,
los artículos 33, 34 y 35 merecen nuestra oposición y hemos
presentado enmiendas que no se aceptaron y, por tanto, para nosotros
el cuerpo de esta modificación sigue siendo inasumible.

Por lo demás, vemos con muy buenos ojos que se haya aceptado la
enmienda transaccional al artículo 77. La capacidad de obtener
información por parte de los concejales y concejalas y de diputados y
diputadas -que no figuraba en el proyecto de ley- era una grave
dificultad actual, y aunque no se aceptaron las represalias de
carácter administrativo contra los que hurtasen o dificultasen esa
información, vemos que es un paso positivo y lo celebramos.

En cuanto a la modificación de la Ley de Aguas, seguimos manteniendo
que no debían estar presentes las corporaciones provinciales en los
organismos representativos en relación con las cuencas hidrográficas,
sí las comunidades autónomas y, por supuesto, los ayuntamientos. Por
tanto, mantenemos nuestro voto negativo.

Respecto a la ley de modificación del Tribunal Constitucional, ocurre
exactamente igual. El tiempo dirá a quien sirve esta modificación,
pero nosotros tenemos sospechas de que se trata de un submarino
abiertamente cargado en contra de la capacidad competencial de las
comunidades autónomas y no le vamos a dar nuestro voto favorable a
estas enmiendas. Nosotros intentamos paliar el aspecto antiautonómico
dejando claro que también habría que poder recurrir las leyes de
ámbito estatal, no solamente las leyes autonómicas, y acelerar el
proceso de trámite ante el Tribunal Constitucional para que las cosas
fueran más fluidas...

El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor
Rodríguez, le ruego vaya concluyendo.




El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Sí, señor presidente. Las cosas deben ir
fluidas, no introduciendo tantos informes de distintos consejos.

Por todo ello -y ya termino, señor presidente-, nos vamos a abstener
en la votación de la Ley Orgánica sobre la Protección de la Seguridad
Ciudadana; mantenemos el voto negativo sobre la Ley de modificación
de las bases del régimen local; votaremos a favor de la Ley Orgánica
reguladora del derecho de reunión; votaremos a favor la Ley Orgánica
del Régimen Electoral General, que supone una mejora clarísima;
votaremos en contra de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional,
y nos abstendremos en la Ley del derecho a la Educación, simplemente
porque pensamos que no se dota de competencias económicas a las
entidades locales para poder hacer frente a esa medida de
colaboración y participación en la fundación de centros educativos.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rodríguez.

Tiene la palabra el señor Saura.




El señor SAURA LAPORTA: Gracias, señor presidente.

Nosotros ya dijimos que la principal crítica al conjunto de leyes que
conforman lo que denominamos pacto local es que no afrontan el
principal objetivo de dicho pacto local, que era incrementar
fundamentalmente las competencias locales y, al mismo tiempo,
implicar a las comunidades autónomas. Por tanto, nuestras objeciones
no se dirigen tanto a lo que dicen las leyes, sino a lo que no dicen.

Del conjunto de enmiendas que hemos presentado, solamente quiero
hacer referencia a un par de ellas. La primera la hemos presentado
para que también las asociaciones municipalistas puedan recurrir la
constitucionalidad o no en las mismas condiciones de
representatividad que el proyecto de ley señala para los municipios.

El Partido Popular, grupo que sustenta al Gobierno, nos ha hecho
llegar una transaccional que ya anuncio que aceptaremos.

La segunda enmienda importante, que parece que no se quiere aceptar,
pretende que se despenalicen las coaliciones, igual que ocurre en
países como Francia o Alemania, donde es posible que coaliciones de
partidos, agrupaciones de electores y partidos políticos sumen sus
votos a efectos de estar presentes en las administraciones
supralocales.

Señor presidente, sólo quería señalar estas dos enmiendas y decir que
nuestra crítica fundamental es a aquello que el pacto local no
recoge.

Gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Saura.




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En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJPNV) tiene la palabra la
señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Gracias, señor presidente.




Ahorraré a la Cámara el juicio -que adelanto que es favorable- que a
mi grupo le merece el conjunto de medidas que hemos dado en llamar
pacto local. Simplemente me ceñiré al contenido concreto de las
enmiendas que mi grupo mantiene todavía en este trámite respecto de
cuatro de los proyectos.

En lo que se refiere a la Ley reguladora de las bases de régimen
local, el Grupo Vasco mantenía las enmiendas 5 y 8, que hacían
relación a una cuestión que creemos que es algo más que formal,
intentando evitar en el texto el empleo de la expresión
municipalización, puesto que es una expresión que sólo se utiliza
-así lo creemos- en normas preconstitucionales, prefiriéndose en las
posconstitucionales la gestión de servicios en régimen de monopolio.

No hacemos cuestión del tema y, como muestra de buena voluntad,
retiramos en este trámite las enmiendas 5 y 8.

No podemos retirar la enmienda número 7, puesto que creemos que hace
referencia a un mínimo que debe predicarse de las entidades locales
en materia de autoorganización si tenemos en cuenta la autonomía
local que respecto de ellas consagra la Constitución. Por tanto, no
hemos entrado en el consenso del texto aprobado en Comisión y
producido a través de las enmiendas 16, de Convergència i Unió, y 38,
del Grupo Socialista, puesto que creemos que un mínimo que debe
corresponder a cada corporación local es poder establecer en sus
reglamentos la periodicidad que crea más conveniente o adecuada a sus
propias características en la celebración de los plenos.

La enmienda número 10 hace referencia a un asunto que desde nuestra
óptica tiene relevancia política: el que la previsión que con
carácter excepcional figura en el artículo 67 de la Ley reguladora de
bases sobre la posibilidad de que, previamente a la impugnación de un
acuerdo, éste pueda ser suspendido, se predique no sólo respecto del
interés de España, sino que también pueda predicarse del interés
propio de una comunidad autónoma, siendo en este caso no el delegado
del Gobierno, sino el presidente de esa comunidad quien tenga esta
facultad.

La enmienda número 11 hace referencia al interés propio del grupo al
que represento de que la referencia que se contiene en el artículo
73.3 a los Presupuestos Generales del Estado lo sea a las leyes de
presupuestos propias de las comunidades autónomas.

La enmienda número 12 fue parcialmente aceptada, y consta en el
dictamen de la Comisión, en lo que hace referencia a la redacción del
artículo 75.1; no así en lo que hace referencia a la redacción del
artículo 75.6. Sostenemos la enmienda con la pretensión de que los
miembros de las corporaciones locales que durante el ejercicio de sus
cargos hayan cotizado por las prestaciones de desempleo luego tengan
derecho a éstas en
los términos establecidos en la legislación vigente. Creemos que
recogemos una vieja reivindicación de las asociaciones de entidades
locales posibilitando que alcaldes y concejales puedan percibir estas
prestaciones por desempleo acabado su mandato.

La enmienda número 13 recoge otra cuestión que se repite en otros de
los textos que conforman el llamado pacto local: que cuando se hace
referencia en el texto a las asociaciones de municipios de ámbito
estatal se tenga también en cuenta la existencia de asociaciones de
ámbito autonómico, aunque en estos casos se les exigiese unos
porcentajes determinados de afiliación.

Con esto concluyo lo referente a la Ley reguladora de bases y paso a
las enmiendas que mi grupo sostiene en relación con la Ley de Régimen
Electoral General. Adelanto que las tres enmiendas que el Grupo Vasco
mantiene en este trámite no hacen referencia a lo que el Gobierno ha
presentado como proyecto de ley, sino que son aspectos traídos por
este grupo a la Cámara, puesto que son materias suscitadas por el
Grupo Vasco cada vez que se habla de modificación de la Ley de
régimen electoral.

La enmienda número 5 pretende salvaguardar las competencias de las
juntas electorales de comunidad autónoma. La enmienda número 6
pretende resolver una contradicción existente entre el tenor de esta
ley y la recientemente entrada en vigor Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, que nos gustaría que fuera examinada por
el grupo mayoritario en la Cámara, a los efectos de que si
efectivamente existe esta contradicción, como nosotros creemos que
existe, si no es posible su votación hoy, sea resuelta en el debate
en el Senado.

La enmienda número 7 pretende salvaguardar el régimen foral peculiar
de los territorios históricos en cuanto a las competencias que
ostentan sobre el régimen electoral municipal, conforme a lo
establecido en el artículo 37.3 del estatuto vasco, cuestión de la
que han oído hablar reiteradamente en esta Cámara.

La tercera ley a la que el Grupo Vasco mantiene enmiendas es la Ley
Orgánica del Tribunal Constitucional. Esta enmienda se ha mantenido
porque creemos que completa lo previsto, que ha sido
extraordinariamente bien valorado desde la óptica del Grupo Vasco, en
la disposición adicional cuarta del proyecto. Allí se plantea la
salvaguarda del régimen especial previsto en el Estauto vasco
respecto de la existencia de un organismo denominado comisión
arbitral, llamado a dirimir las contiendas entre los órganos comunes
de la comunidad autónoma y los de los territorios forales.

Se prevé también en el texto del proyecto el que los órganos de los
territorios históricos puedan acudir directamente al Tribunal
Constitucional para defender su ámbito propio de autonomía, es decir,
se salva la legitimación activa. Creemos, sin embargo, que en el
contenido del proyecto queda colgando -por decirlo en expresión
coloquial- la legitimación pasiva, y por eso hemos incluido la
enmienda número 2 de las que aparecen mantenidas para esta
tramitación en la Cámara.




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A propósito de esta enmienda se ha sostenido por los representantes
del Grupo Parlamentario Socialista en el debate de una ley precedente
que pretendíamos alterar el sistema de fuentes constitucionalmente
previsto y que incluso introducía modificaciones respecto a lo
establecido en el Estatuto de Autonomía vasco. Creemos que el régimen
de fuentes constitucionalmente previsto no es ajeno a la previsión de
la disposición adicional de la Constitución cuando salvaguarda los
derechos históricos de los territorios forales y, desde luego, el
articulo del Estatuto de Autonomía del País Vasco al que se ha
referido la señora Rubiales no hace sino consagrar la postura que
estas enmiendas pretenden: el artículo 25 del Estatuto vasco dice que
son leyes lo aprobado por el Parlamento vasco, sin perjuicio de las
competencias de las instituciones a las que se refiere el artículo 37
del presente estatuto. Mantenemos, por tanto, esta enmienda porque
creemos que es la garantía de la salvaguarda del régimen foral, y nos
felicitamos, no obstante, del debate que la señora Rubiales ha
suscitado, anunciando incluso la presentación de futuras iniciativas.

Creemos que es un tema que hay que resolver por todos y que hay que
debatir en esta Cámara, que es el órgano adecuado para ello.

Me referiré en último lugar a las enmiendas que el Grupo
Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) sostiene en relación con la
modificación de la Ley orgánica reguladora del derecho a la
educación.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Por favor, le
ruego lo haga brevemente, señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Señor presidente, son cuatro las leyes
respecto de las cuales se mantienen enmiendas, y es inevitable que
sea más largo el trámite que cuando hablamos de un único proyecto de
ley.

Manifesté en Comisión que este es el texto que menos entusiasmo
suscita en el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), puesto que, a
pesar de ser muy breve su contenido, a los dos artículos que prevé ha
presentado enmiendas el Grupo Parlamentario Vasco (EAJPNV). Una de
ellas hace referencia a la cuestión a la que anteriormente me he
referido, es decir, a que no se tiene en cuenta la existencia de
asociaciones de municipios de ámbito distinto del estatal cuando se
habla de su participación en el consejo escolar. Y la enmienda que
sostenemos al segundo de los apartados nos parece que hace referencia
a una cuestión que desvirtúa la normativa actual, puesto que ahora
nos parecía que estaba claro el escalón normativo en esta materia. La
Ley reguladora de bases de régimen local contiene la previsión de la
garantía institucional. La LODE y la Logse regulan sucesivamente los
aspectos en lo que hace referencia a las formas en las que los
ayuntamientos deben subvenir a la creación o al mantenimiento de
centros escolares. Nos parece que lo que ahora se regula con el
carácter de imperativo aparece como sujeto a convención con la
modificación que se nos propone, y
pretendemos mantener y someter a votación esta enmienda. Ello no
obstante, puesto que albergamos dudas y tenemos todavía esperanza de
que quizá en el trámite del Senado sea posible un arreglo o un
acuerdo entre grupos en el sentido que hemos manifestado, no vamos a
negar a esta ley la votación de su carácter de ley orgánica, con lo
cual posibilitamos que, efectivamente, pueda pasarse a un trámite
ulterior de debate en el Senado. Repetimos que tenemos dudas respecto
del contenido de los dos preceptos, pero votaremos a favor de su
consideración como ley orgánica.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Uría.

En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió),
tiene la palabra la señora Gil.




La señora GIL I MIRÓ: Gracias, señor presidente.

De manera coherente con anteriores posiciones respecto al contenido y
oportunidad de los proyectos de modificación de determinadas leyes
que atañen a la garantía del ejercicio de la autonomía local, mi
grupo reitera su posición favorable a cada uno de los proyectos y a
su objetivo común.

No obstante, sin menoscabo del talante de diálogo consensuador de las
personas responsables en el Ministerio, y valorando muy positivamente
la responsabilidad constructiva de los diferentes grupos políticos,
mantenemos para su defensa y votación determinadas enmiendas que
enmarcamos en dos grupos conceptual y políticamente distintos, que
tienen como objetivo, por una parte, la defensa de las competencias
en materia de régimen local de mi Gobierno y, por otra, la
consideración a todos los efectos por el Gobierno del Estado de la
asociación de municipios catalanes de los entes locales propios e
históricos de Cataluña en las comarcas.

Dos son las enmiendas dirigidas a salvaguardar las competencias en
materia de régimen local de mi Gobierno: la número 4, al apartado 5
del artículo 75 de la Ley del Tribunal Constitucional, cuya
modificación propone que éste determine, mediante sentencia, la
titularidad o atribución de la competencia controvertida. Este
precepto contradice el texto constitucional, que delimita las
pertinentes normas de naturaleza competencial del Estado y de las
comunidades autónomas y la atribución por estos a las entidades
locales, tal como ha insistido repetidamente la misma jurisprudencia
constitucional que afirma que si la ley básica del Estado invade
competencias locales o lo hace la ley autonómica le corresponde al
Tribunal Constitucional ponderar si aquéllas son necesarias o si
aseguran o perjudican la autonomía local. Del mismo modo, la enmienda
18 al artículo 49.c) de la modificación 14ª de la Ley 7/1985,
reguladora de las bases del régimen local, intenta evitar que el
legislador estatal pretenda regular como básica una materia que en su
momento no reguló y que en Cataluña ha sido regulada de forma expresa
hace casi 12 años en ejercicio de sus potestades



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y en desarrollo de la propia Ley 7/1985. El precepto modificador
restringe pues nuestro espacio competencial, anula un precepto de
nuestra ley propia jamás recurrido y jerarquiza que la ley estatal es
de rango superior y mejor garante de la autonomía local que la ley
autonómica, que lo ha venido ejerciendo desde hace ya 12 años.

El tema del segundo grupo de enmiendas recurrente en boca de nuestro
grupo es la participación de las asociaciones de municipios
mayoritarias de ámbito autonómico en organismos del Estado en los que
se traten asuntos que afectan directamente a los municipios que
representan.

Por último, con la enmienda número 5 a la Ley 2/1979, del Tribunal
Constitucional, reclamamos la legitimación de las comarcas como
sujetos actores para plantear conflictos en defensa de su autonomía
ante el Tribunal Constitucional, autonomía que tienen garantizada
constitucionalmente por su condición de entes locales. Las comarcas,
como saben ustedes, son los elementos estructurales y estructurantes
propios de la organización territorial de Cataluña al lado de las
provincias, que es un ente local administrativo político que en
Cataluña se considera impuesto a la división natural y cuya función
es sólo la de ser circunscripción electoral y división del Estado, lo
cual no ha sido asumido socialmente en Cataluña en 150 años de su
existencia.

Creemos que el contenido de nuestras enmiendas y las razones que
sucesivamente hemos ido exponiendo avalan suficientemente el que
pudieran ser apoyadas por los grupos presentes.

Gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Federal de Izquierda Unida tiene la palabra el
señor Fernández Sánchez.




El señor FERNÁNDEZ SÁNCHEZ: Gracias, señor presidente.

Señorías, cumplido el trámite de ponencia y Comisión, entramos en la
recta final de este paquete de proyectos de ley que afortunadamente
vamos a llegar a tiempo de cumplimentar antes de que finalice el
actual período de sesiones. El debate, en nuestra opinión, podría
haber sido apasionado si verdaderamente se hubiesen abordado las
reformas que ha venido reclamando la FEMP para llegar al pacto local
que todos hubiésemos deseado. En este caso, entendemos que el
Gobierno se ha limitado a presentar una serie de medidas que, en su
opinión, mejoran los gobiernos locales. A nuestro entender, han
propuesto tibias reformas en el ámbito competencial del Estado sin
querer entrar en el fondo de la cuestión, que es definir con claridad
el nivel competencial de los entes locales sin eludir sus
responsabilidades o tratar de derivar el debate o negociación a otros
ámbitos de resolución.

Izquierda Unida tiene una posición de rechazo absoluto al proyecto
sobre protección ciudadana y mantiene
todas sus enmiendas por considerar que la modificación que se
propone no va dirigida a mejorar la seguridad ciudadana. Creemos que,
al contrario, habilita nuevas normas que disminuyen los derechos de
los ciudadanos e incrementa el poder y la capacidad sancionadora de
los alcaldes en perjuicio de los derechos y libertades públicas.

En la Ley de bases del régimen local mantenemos nueve enmiendas que,
en lo fundamental, pretenden impedir que los plenos tengan menores
competencias y que los alcaldes tengan todo el poder ejecutivo en sus
manos. Entendemos que lo grave de esta reforma legislativa es que
algunas de las medidas que consideramos positivas están pensadas para
encubrir lo que verdaderamente pretende hacer el Gobierno, con el
beneplácito de los que aspiran a instaurar un modelo presidencialista
de los ayuntamientos, reforzando la figura de los alcaldes en una
nueva distribución de competencias que vacía de contenido la función
de los plenos municipales y que despoja a los concejales del poder de
decisión que su voto tiene en los plenos sobre los asuntos que a
partir de la reforma serán competencia exclusiva de los alcaldes. A
nuestro entender, la figura del alcalde va a condicionar totalmente
la vida municipal al sustraer al pleno todas las competencias
ejecutivas que anteriormente venía teniendo. Algunas de las
modificaciones propuestas permitirán a los alcaldes aprobar
cuestiones que hasta ahora requerían el concurso y aprobación de los
plenos, con lo cual no estamos de acuerdo.

Mantenemos vivas dos enmiendas al proyecto de ley de modificación de
la Ley orgánica reguladora del derecho de reunión, aunque ha sido
admitida una enmienda, la número 3, al artículo 9.2, que creemos que
mejora la redacción de este proyecto.

A la modificación de la Ley del régimen electoral general mantenemos
cuatro enmiendas dirigidas a eliminar la cuestión de confianza,
porque consideramos que la introducción de esta cuestión en el ámbito
local ligada a la aprobación de acuerdos de trascendencia para la
corporación, como son los planeamientos urbanísticos, los
presupuestos, las ordenanzas fiscales o el reglamento orgánico,
ocasionará que en el futuro los que presidan las corporaciones
locales podrán recurrir a la cuestión de confianza cuando no cuenten
con mayorías suficientes para la aprobación de asuntos que sean de
interés para los alcaldes. En definitiva, consideramos que queda un
largo camino por recorrer para que la Administración local cuente con
verdadera autonomía política y financiera, de acuerdo con la Carta
Europea y también con lo establecido en el artículo 140 de la
Constitución española.

Para finalizar, adelanto que el voto de Izquierda Unida va a ir en
los siguientes términos. Votaremos en contra del proyecto de ley de
modificación de la Ley orgánica de protección de la seguridad
ciudadana; nos vamos a abstener en el proyecto de ley de modificación
de la Ley reguladora de las bases del régimenlocal; vamos a apoyar
con nuestro voto el proyecto de



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ley orgánica que regula el derecho de reunión; nos abstendremos en el
proyecto de ley orgánica de modificación del régimen electoral
general y vamos a apoyar la modificación de la Ley orgánica del
Tribunal Constitucional así como la Ley que regula el derecho a la
educación.




Nada más. Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el
señor Rodríguez Bolaños.




El señor RODRÍGUEZ BOLAÑOS: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, no son muchas las ocasiones que existen para que en esta
Cámara se hable de los ayuntamientos españoles. Además, hoy se hace
con una limitación de tiempo que voy a aceptar porque me parece
razonable la pretensión de la Presidencia. En cualquier caso, los
proyectos que hoy vamos a aprobar constituyen un conjunto de medidas
que van a afectar a las corporaciones locales españolas y que tienen
diversa incidencia sobre el futuro del funcionamiento de dichas
corporaciones. Constituyen, por tanto, un paquete local que viene a
dar satisfacción en parte a viejas reivindicaciones de ayuntamientos
y diputaciones, pero que como tuve ocasión de decir en esta tribuna
el pasado día 26 de noviembre, cuando se debatió la enmienda a la
totalidad presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, dista mucho de
ser el pacto local que los ayuntamientos españoles vienen reclamando
desde su asamblea general, celebrada en La Coruña en 1993, por mucho
que el Gobierno quiera hacernos creer que con esto da cumplimiento a
su compromiso con el sector local de este país. Quiero volver a
insistir en que no es posible hablar de pacto cuando en estas medidas
no existen los dos principales elementos que harían que fuera así: ni
un incremento sustancial en la financiación de las corporaciones
locales -más bien se ha producido lo contrario a través, cómo no, de
la ley de acompañamiento en relación con la participación en ingresos
del Estado de las corporaciones locales- ni un aumento de las
competencias en favor de los ayuntamientos, aspectos que son
sustanciales para que pudieran considerarse estas medidas como el
cumplimiento del susodicho pacto local. Voy a destacar a continuación
aquellos aspectos que me parece que tienen una mayor trascendencia
para los ayuntamientos y diputaciones, así como advertir de los
perjuicios que se les puede causar si prosperan algunos de los
proyectos de ley que estamos discutiendo.

En relación con la Ley de bases del régimen local, las modificaciones
que se plantean van en la dirección de introducir un mayor grado de
gobernabilidad y de estabilidad, trasladando competencias que hoy son
ejercidas por el pleno de la corporación y que tienen un eminente
carácter ejecutivo al presidente de la misma, clarificando, por otra
parte, las competencias
del pleno y reforzando sus funciones de control. Se introduce
asimismo la cuestión de confianza en el sector local, que se
desarrolla en la modificación de la Ley del régimen electoral
general, junto con una nueva regulación de las mociones de censura.

Esta nueva regulación de la moción de censura pretende evitar, al
introducir una convocatoria automática, la no convocatoria del
correspondiente pleno por el alcalde (como ustedes saben, ha habido
casos en que esto ha sucedido) y, por otra parte, la cuestión de
confianza vinculada a proyectos concretos quiere evitar situaciones
de bloqueo en materias que tienen trascendencia en la gestión del
gobierno municipal. Digo que no ha sido fácil encontrar un acuerdo en
esta materia, aunque al final se han aceptado proposiciones por el
Grupo Parlamentario Popular, por nosotros y por otros grupos, lo que
ha hecho que aceptemos la propuesta que aquí viene y que, por tanto,
retiremos las enmiendas números 31 y 33 a la Ley del régimen
electoral general, y las enmiendas números 18, 19 y 20 a la Ley de
bases del régimen local. Hay otras modificaciones en la Ley de bases
que pueden no tener la trascendencia de las anteriores, pero que
tienen su importancia en la medida en que van en la dirección de
reforzar el papel de los ayuntamientos o de dar cumplimiento a
pretensiones sentidas y lógicas de éstos, como puede ser la
posibilidad de retirar vehículos abandonados en la vía pública, lo
que -aunque a SS.SS. les parezca extraño- era una aventura para los
ayuntamientos que hacía de dificilísima ejecución su retirada
efectiva.

Es posiblemente, al menos desde mi punto de vista, el proyecto de ley
orgánica de modificación de la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional el proyecto de mayor calado de todo este conjunto de
medidas que hoy estamos viendo en esta Cámara. Se trata de abrir una
vía para la defensa específica de la autonomía local ante el Tribunal
Constitucional, por lo que podrán impugnarse aquellas leyes del
Estado o de las comunidades autónomas que pudieran no resultar
respetuosas con dicha autonomía. Tengo que destacar hoy aquí que no
ha sido sencillo que este proyecto de ley llegue a esta Cámara para
su aprobación, que espero que así sea. Ha sido la pertinaz
insistencia, de un lado, de la Federación Española de Municipios y
Provincias y, de otro, del grupo que yo represento lo que ha hecho
variar la postura inicial del Gobierno en esta materia que de manera
contumaz venía insistiendo en la inviabilidad de esta medida. Un
informe del Consejo de Estado, favorable a nuestras tesis, ha hecho
posible que el Gobierno haya asumido nuestro planteamiento en esta
materia y hoy podamos aprobar este proyecto de ley, fundamental para
garantizar la autonomía local.

Voy a referirme, por último, al proyecto de ley de modificación de la
Ley orgánica reguladora del derecho a la educación. Entendemos que el
proyecto del Gobierno es un paso atrás en relación con la situación
ahora existente del papel que desempeñan y las obligaciones que
tienen contraídas los ayuntamientos en esta materia, ya que
desregulariza el carácter básico de funciones



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que los ayuntamientos ya venían cumpliendo antes de la LODE y que
fueron recogidos y los deja al albur de acuerdos entre ayuntamientos
y comunidades autónomas sin precisar en ningún momento cuál es el
punto de partida y, por tanto, cuál es el límite de las obligaciones
de los ayuntamientos en la materia.El Grupo Socialista tiene
presentada una enmienda cuyo objetivo es, por una parte, contemplar
en la norma básica reguladora del derecho a la educación la
distinción que ya han tenido en cuenta diferentes normas del
Ministerio de Educación y de las comunidades autónomas en
competencias educativas, que han concretado las obligaciones de los
ayuntamientos según sea la titularidad de la propiedad, municipal o
no, y el nivel obligatorio que se imparte en ese centro, de primaria
o secundaria, y, por otra parte, plasmar en la ley educativa básica
la extensión de la cooperación municipal a otros campos de la
educación. De no aceptarse esa enmienda del Grupo Socialista, anuncio
que nuestro voto será contrario a la aprobación de este proyecto de
ley que consideramos sería regresivo para los ayuntamientos.




Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rodríguez Bolaños.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor
López-Medel.




El señor LÓPEZ-MÉDEL BASCONES: Gracias, señor presidente.

Sin duda alguna, en dos años y medio que lleva gobernando el Partido
Popular, una de las tareas más importantes a la que nos estamos
dedicando es a intentar desarrollar la Constitución. Son múltiples
las leyes dictadas, especialmente en el área de las administraciones
públicas, a fin de desarrollar la Carta Magna. Quisiera recordar,
junto a la Ley del Gobierno, la Ley de organización y funcionamiento
de la Administración General del Estado en desarrollo del artículo
103 de la Constitución. Asimismo, en desarrollo de este precepto
constitucional para un mejor control por parte de los tribunales, la
reciente Ley de la jurisdicción contencioso- administrativa, que ha
entrado en vigor hace escasamente tres días, al igual que la ley que
hemos aprobado de modificación de la Ley 30/1992, que contiene
importantes modificaciones en las administraciones públicas.

Singularmente quiero destacar en este punto el restablecimiento del
recurso de reposición con carácter potestativo, medida pedida entre
otros por la FEMP y que va a tener una notable incidencia en la vida
local.

Precisamente en este contexto y con la finalidad de desarrollar la
Constitución se inscribe el conjunto de seis proyectos de ley que hoy
sometemos al Pleno de esta Cámara. Es finalidad de estos textos
legislativos potenciar las entidades locales, fortalecer la autonomía
local contemplada y consagrada en la Constitución, al igual que
flexibilizar el funcionamiento de las instituciones locales para
conseguir una mejor eficacia para
los ciudadanos. Todo ello, señorías, lo hemos hecho con el mismo
espíritu que alumbró el texto constitucional, con el espíritu de
consenso. Han sido múltiples las reuniones que se han venido
manteniendo entre todos los partidos políticos y el Ministerio de
Administraciones Públicas. También en sede parlamentaria se ha
mantenido la idea importante en todas las esferas de la vida de
aceptar unos ideas de los otros desde el convencimiento de que nadie
tiene el monopolio de la verdad o la razón. Fruto de ello es que
buena parte de las 117 enmiendas que se presentaron a estos proyectos
de ley están incorporadas o al menos transaccionadas. Como
comprenderán, señorías, dado que dispongo del mismo tiempo que el
resto de los portavoces para referirme a todas las enmiendas que
permanecen vivas, tengo que remitirme con carácter general a lo que
con acierto mis compañeros manifestaron en el trámite de Comisión y
voy a limitarme aquí a hacer unas consideraciones generales.

En primer término, a propósito de la Ley de bases de régimen local,
son numerosas las modificaciones que se contienen con la finalidad,
entre otras cosas, de agilizar la gestión, y ésta es la intención de
fortalecer sólo en algunos casos las competencias del alcalde. Pero
al mismo tiempo se incrementa el control político, se incrementa la
parte sustantiva destinada a control y se incrementa igualmente el
número de plenos, con lo cual se fortalece, como decía, el control
político, fijándose una periodicidad mínima según el tipo de
ayuntamiento, de acuerdo con la transaccional a la que hemos llegado
con el Grupo Socialista y con el Grupo Catalán. En cambio, no
aceptaremos la propuesta del Partido Nacionalista Vasco que pretende
que la periodicidad de los plenos la fije cada ayuntamiento.

Entendemos que ello daría lugar a una heterogeneidad no deseable que
consideramos perturbadora especialmente en los ayuntamientos donde se
dispusiera de mayoría absoluta, donde se tendería inevitablemente
a intentar retrasar el control político por la oposición. Tampoco
aceptaremos la enmienda que pretende suspender sin procedimiento
administrativo las decisiones de las entidades locales por parte de
laautoridad autonómica. La suspensión de este tipo es sin duda
excepcional y debe ser objeto de interpretación restrictiva y no de
ampliación. Reconocemos la importancia de los intereses generales
autonómicos pero consideramos, con todo respeto, que no pueden ser
equiparados a estos efectos a los intereses generales que afecten a
España, tal como se refiere la Ley de bases. También particularmente
nos oponemos a la enmienda número 12, del Partido Nacionalista Vasco,
que es apoyada por otros grupos, en la cual se pretende introducir un
apartado sexto en el artículo 75 en virtud del cual podrían tener los
concejales derecho al desempleo cuando cesen en su cargo. El Partido
Popular entiende que la actividad política es voluntaria y la
aplicación de esta regla, además de poder ser generalizable a otros
cargos públicos, podría suponer un cierto privilegio, por lo que no
estamos de



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acuerdo. Me resta añadir que en la línea de buscar en este trámite el
máximo consenso, ofrecemos la enmienda transaccional a la número 64,
del Bloque Nacionalista Galego, que por lo que recuerdo en su
intervención ha manifestado su aceptación. De ella dispone la Mesa,
al igual que de unas correcciones técnicas de las cuales se ha dado
traslado.

Otros proyectos de ley van en la idea de incrementar la participación
de las entidades locales en el ejercicio de los derechos
fundamentales, como el derecho de manifestación para mejor garantía
del mismo, igualmente la libertad personal, y ahí está la
modificación de la Ley de seguridad ciudadana, y la participación en
el derecho fundamental de la educación en lo que se refiere a la
construcción, conservación y mantenimiento de los centros públicos
docentes, así como la vigilancia de la enseñanza obligatoria, sin que
podamos aceptar la enmienda del Grupo Socialista, toda vez que
pretende introducir algo inadecuado en una ley orgánica. Desde el
Grupo Popular entendemos, porque es más respetuoso con las
competencias autonómicas, que tienen que ser las administraciones
competentes en materia educativa, hoy en día casi la generalidad o
muy pronto la generalidad de las comunidades, las que lleguen
a acuerdos con las entidades locales, pero consideramos que sería
perturbador para los ayuntamientos congelar en una norma con rango de
orgánica la pretensión que ellos mantienen.

Señor presidente, quiero hacer una valoración global. Es este, a
juicio de nuestro grupo, el auténtico pacto local. Responde a la
finalidad de potenciar las entidades locales y se ha llevado a cabo
sobre la base de importantes acuerdos a nivel previo entre distintos
partidos políticos y también entre el Gobierno y la FEMP. Quiero
tomar como referencia el documento aprobado por unanimidad en ese
organismo en septiembre del año 1996. Pues bien, en él se pedían 92
competencias de las cuales 60 corresponden a las comunidades
autónomas y sólo 32 son precisamente del Estado. De esas 32 ya se han
llevado a la práctica algunas en materia de tráfico, en materia
portuaria y en materia de potestad sancionadora. Otras 23 se incluyen
en estos proyectos de ley, por lo que sólo quedan pendientes cuatro
de las 32 competencias del Estado. Quedan pendientes medidas que
favorezcan a los ayuntamientos, pero nadie puede pretender que desde
el Gobierno central, incluso desde este Parlamento, se diga a las
comunidades autónomas qué es lo que tienen que descentralizar en
favor de las entidades locales. Esto sería poco respetuoso con la
distribución competencial y con la Constitución. Deseo recordar
también que estas iniciativas, entre ellas particularmente la reforma
de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, que es muy
importante, son del Gobierno del Partido Popular. Somos partidarios
de potenciar desde las comunidades autónomas la descentralización de
competencias, y lo vamos a hacer en las comunidades que gobernamos;
nos gustaría que también lo hicieran los demás, pero corresponde a
otro ámbito muy diferente al Gobierno central y, desde luego, el
Gobierno de la nación -y concluyo, señor presidente- tiene que ser
respetuoso con las comunidades autónomas y cumplidor de su palabra y,
en lo que a éste le compete, ha dado fiel cumplimiento a la palabra
del presidente Aznar en su discurso de investidura, que es hacer,
elaborar y aprobar entre todos el pacto local.

Muchas gracias, señor presidente. (El señor Mardones Sevilla pide la
palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor López-Medel.

Vamos a entrar en el apartado IX del orden del día, debates de
totalidad de convenios internacionales. ¿Qué desea, señor Mardones?



El señor MARDONES SEVILLA: Señor presidente, con su venia, hay grupos
que no han fijado la posición con respecto a estos proyectos de ley
porque no han presentado enmiendas a los mismo y vamos a votarlas.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Mardones,
solicité a todos los grupos parlamentarios si deseaban fijar
posición. No sé si en ese momento me di cuenta de su presencia en la
sala pero han intervenido todos los grupos, aunque ahora puede
intervenir usted a pesar de que sea fuera de turno. Le ruego lo haga
con la mayor brevedad posible.




El señor MARDONES SEVILLA: Entendía, señor presidente, que estaban
interviniendo los grupos que habían presentado enmiendas y las
mantenían. Si no puedo hablar, me abstendré en la votación.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Mardones,
a efectos prácticos S.S. tiene la palabra. Yo había concedido la
palabra en general, usted lo había percibido de forma distinta, pero
el hecho es que puede usted intervenir a continuación.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.

En ese caso, vamos a votar favorablemente todos estos proyectos de
ley, señor presidente. Quiero reconocer aquí que en las consultas que
ha tenido nuestro grupo con el Gobierno y con el partido que lo
sustenta, con el Grupo Popular, ha encontrado flexibilidad y
cordialidad, sobre todo en su portavoz el señor LópezMedel, a la hora
de realizar una correcta armonización respecto de lo que se había
hablado con el Gobierno. Vamos a votar favorablemente todos y cada
uno de estos proyectos, incluso aquellas enmiendas transaccionales
que tengan la mayoría, por las siguientes razones.

Con respecto al primer proyecto de la protección de la seguridad
ciudadana, y dentro del pacto social, porque es necesario mantener el
principio de tipificidad en las infracciones que tienen que
contemplar las



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ordenanzas municipales. Es un principio de seguridad jurídica para
los ciudadanos y un principio de efectividad de la facultad
sancionadora de los ayuntamientos.

En lo que se refiere al segundo proyecto, el de las bases del régimen
local, se introduce la capacidad jurídica de los ayuntamientos de una
manera muy singularizada y clara. Las competencias del alcalde y del
pleno quedan suficientemente señaladas. Era una exigencia en el pacto
local que esto se precisara y se diluyeran zonas grises de
competencia. Lo mismo digo para la diputación. Quiero señalar que un
problema cada vez más presente en la disciplina urbana es el de los
vehículos abandonados en las calles. Nuestro grupo precisamente había
insistido al Ministerio de Administraciones Públicas para que tuviera
en cuenta este fenómeno que está perturbando la propia fluidez del
tráfico. Se recoge en este proyecto de ley y por esa razón nosotros
lo vemos muy favorablemente.

Con respecto al derecho de reunión, era necesario reconocer un
principio de audiencia a los ayuntamientos cuando la autoridad
gubernativa tiene que conceder la autorización de una manifestación
por un itinerario urbano determinado de uso público, que al menos con
un tiempo perentorio de 24 horas se consulte por la autoridad
gubernativa al ayuntamiento y éste haga uso de su prerrogativa de
informar los pros y los contras, cambios de itinerario, de horario,
de día, etcétera.

En relación con el proyecto de modificación de la Ley de régimen
electoral general podríamos tener un debate. Hemos querido respetar
los principios políticos del pacto local y, aunque tenemos
determinadas reservas de que la Ley Electoral General pueda ser
objeto de posteriores modificaciones, sobre todo por lo que se
refiere a las mociones de censura de los alcaldes y de los
presidentes de los cabildos, creemos que al regularse más claramente
tanto la moción de censura como la de confianza se produce un avance.

Respecto al penúltimo de los proyectos, el que se refiere al Tribunal
Constitucional, era verdaderamente una obligación una vez que España
había suscrito la Carta europea de autonomía local de Estrasburgo del
año 1985, que ratifica en 1988, y que viene a conceder un
reconocimiento de la autonomía de las corporaciones locales en el
derecho de amparo ante el Tribunal Constitucional si se consideran
agraviadas por leyes bien del Estado central, bien de la propia
comunidad autónoma. Era una exigencia que estaba en este principio de
autonomía municipal.

Y con respecto al proyecto del derecho a la educación, lo vamos a
votar también favorablemente porque qué menos que dar esta
competencia en los centros escolares a los ayuntamientos, pues es
algo que dicta el sentido común.

Nada más. Gracias por su benevolencia, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Mardones.

DEBATES DE TOTALIDAD DE CONVENIOS INTERNACIONALES:



- CONVENCIÓN CONJUNTA SOBRE SEGURIDAD EN LA GESTIÓN DEL COMBUSTIBLE
GASTADO Y SOBRE SEGURIDAD EN LA GESTIÓN DE DESECHOS RADIACTIVOS,
HECHA EN VIENA EL 5 DE SEPTIEMBRE DE 1997. (Número de expediente 110/
000214.)



El señor PRESIDENTE: Ahora sí pasamos al apartado IX, punto 48:
Convención conjunta sobre seguridad en la gestión del combustible
gastado y sobre seguridad en la gestión de desechos radiactivos,
hecha en Viena el 5 de septiembre de 1997, a la cual ha sido
presentada una enmienda por parte del Grupo Federal de Izquierda
Unida, para cuya presentación tiene la palabra la señora Urán.




La señora URÁN GONZÁLEZ: Gracias, señor presidente.




Señorías, con la presentación de esta enmienda a la Convención
nuestro grupo parlamentario no está planteando una actitud negativa o
contraria a la misma, sino que más bien lo que ha pretendido es
matizar algunos de los apartados que consideramos deben estar
redactados de una forma diferente, pero no en sí todo el texto.

Señorías, creemos que es conveniente que en países como el nuestro,
donde en realidad se ha procedido a desistir de la ubicación de
posibles instalaciones que pudieran reprocesar el combustible gastado
de material utilizado en las centrales nucleares o en cualquier otra
instalación donde se pueda hacer y que tienen que transportarlos para
su reproceso a otros Estados, bien se utilice el reprocesamiento o
que esos materiales como desecho radiactivo queden en nuestro país y
tengan la ubicación adecuada para salvaguardar tanto la seguridad del
medio ambiente como la de las personas. En ese sentido creemos
también, y es la línea que mantienen nuestras enmiendas, que los
desechos radiactivos, el combustible gastado, no tiene que ser
almacenado más que en el país donde se ha producido. Introducimos una
enmienda en la que intentamos conseguir la prohibición del transporte
de desechos radiactivos a terceros países, pensando fundamentalmente
que en una situación de estas características puedan verse afectados
países del tercer mundo precisamente porque se les pueda considerar
las zonas más adecuadas por la migración de la población y por el
interés que puedan tener los Estados a obtener unos ingresos por
instalar cementerios nucleares en ellos. Creemos que eso no sería
justo, consideramos necesario que cada país gestione sus residuos
radiactivos, y por tanto pensamos, señorías, que esa enmienda debería
incluirse en la convención.

También consideramos muy importante, señorías, que las legislaciones
de los Estados que formen parte de la convención sean respetadas en
cuanto a la información



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que se debe producir en esta materia. Estimamos que la convención es
menos abierta en este sentido que la legislación que tiene el Estado
español y consideramos oportuno que al menos se respete que otros
Estados miembros firmantes de esta convención que puedan tener
legislaciones más avanzadas en materia de información, puedan ponerla
en práctica y no retroceder en lo ya avanzado.

Por nuestra parte, solo volver a recalcar que estas enmiendas no
significan una negativa a la convención en sí.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Urán. ¿Algún grupo parlamentario desea fijar su posición?
(Pausa.) Vamos a proceder por tanto a las votaciones. (El señor
presidente ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a proceder a las votaciones
correspondientes al último punto del orden del día: dictámenes de las
comisiones sobre diversas iniciativas legislativas, comenzando por el
dictamen al proyecto de ley orgánica de modificación del título VIII,
del libro II del Código Penal.

En primer lugar, se votan las enmiendas de la señora Almeida números
59 y 67.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, cinco; en contra, 299; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Restantes enmiendas de la señora Almeida.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
318; a favor, 136; en contra, 168; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas números 26 y 28, de Coalición Canaria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 135; en contra, 171; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas. (Rumores.)



Señor Murcia Barceló y compañía del tendido, por favor. (Risas.)
Enmiendas del Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
318; a favor, 136; en contra, 171; abstenciones, 11.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votaciones correspondientes al dictamen. En primer lugar, se someten
a votación el artículo segundo, que se refiere a los artículos del
Código Penal 178, 187, 188, así como al 189, apartados 1, 2 y 5 y al
artículo 190 y los artículos cuarto a octavo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 320.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados por unanimidad los referidos
artículos del dictamen.

Artículo segundo, que se refiere a los artículos 185, 186 y 189.3 del
Código Penal.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 171; en contra, 148; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el artículo relativo a su vez a
los preceptos mencionados.

Se somete a votación la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 174; en contra, 14; abstenciones, 133.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la exposición de motivos.

Artículos 181.2 y 184.3 del Código Penal.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 182; en contra, 135; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Resto del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 185; en contra, 132; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el resto del dictamen.




VOTACIÓN DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación final del conjunto del
proyecto, por tener naturaleza orgánica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 184; en contra, uno; abstenciones, 136.




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El señor PRESIDENTE: Al haber alcanzado la mayoría absoluta de la
Cámara, queda aprobado, con su naturaleza orgánica correspondiente,
el proyecto de ley de modificación del título VII, del libro II del
Código Penal.




VOTACIONES (continuación):



El señor PRESIDENTE: Pasamos al dictamen correspondiente al proyecto
de ley sobre concesión de un crédito extraordinario para el pago de
indemnizaciones a favor de médicos especialistas en estomatología. Se
somete a votación el dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 319; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Pasamos al dictamen correspondiente al proyecto de ley de concesión
de otro crédito extraordinario, en la sección 33, para el Fondo de
Compensación Interterritorial.




Comienza la votación del dictamen. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 321.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad el dictamen.

Enmiendas al dictamen del proyecto de ley de modificación de la Ley
Orgánica 1/1992, sobre protección de la seguridad ciudadana.

Se someten a votación las enmiendas del Grupo Parlamentario Federal
de Izquierda Unida .

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 17; en contra, 302; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Votación del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 305; en contra, 12; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Pasamos a las enmiendas y al dictamen del proyecto de ley de
modificación de la Ley 7/1985, de bases del régimen local en materia
de tráfico.

Enmiendas del Grupo Mixto, comenzando por las números 53 y 57, del
señor Rodríguez.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 18; en contra, 303.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas 52, 54 a 56, 58 y 60, del señor Rodríguez.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, cinco; en contra, 314; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Transaccional a la 64, del señor Rodríguez.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 315; en contra, dos; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la transaccional. (Rumores.)
Ya les advertí que hay que estar atentos. (Risas.)
Enmienda número 66, del señor Rodríguez.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 134; en contra, 173; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Restantes enmiendas del señor Rodríguez Sánchez.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, seis; en contra, 313; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas del señor
Rodríguez.

Pasamos a las enmiendas del señor Alcaraz, también del Grupo Mixto,
comenzando por la número 70.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 16; en contra, 174; abstenciones, 131.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Restantes enmiendas del señor Alcaraz.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 17; en contra, 300; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.




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Se han retirado las enmiendas de la señora Lasagabaster, y pasamos a
las del Grupo Vasco (PNV). En primer lugar, la número 12.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 152; en contra, 169.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 11 y 13, del Grupo Nacionalista Vasco.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 23; en contra, 284; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Restantes enmiendas del Grupo Vasco (PNV-EAJ), a excepción de la 5 y
la 8 que están retiradas.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
318; a favor, 22; en contra, 296.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 22; en contra, 284; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Federal de Izquierda Unida.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 17; en contra, 303; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Socialista. En primer lugar, la 25 y la 41,
puesto que la 31 y la 33 se han retirado.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 132; en contra, 183; abstenciones, cinco.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Restantes enmiendas del Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 146; en contra, 170; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.




Votaciones correspondientes al dictamen. En primer lugar, el artículo
3, segunda.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 173; en contra, 136; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Resto del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 305; en contra, tres; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Pasamos a las enmiendas al dictamen del proyecto de ley orgánica de
modificación de la a su vez orgánica del derecho de reunión. Al haber
retirado su enmienda el señor Rodríguez Sánchez, votamos en primer
lugar las que quedan subsistentes que son las del Grupo Federal de
Izquierda Unida.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 18; en contra, 302.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votación del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 321.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.




VOTACIÓN DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Votación final de conjunto por tener naturaleza
orgánica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 321.




El señor PRESIDENTE: Al haber alcanzado no sólo la mayoría absoluta
sino la unanimidad del Pleno, queda aprobado con naturaleza orgánica.




VOTACIONES (continuación):



El señor PRESIDENTE: Enmiendas y dictamen al proyecto de ley orgánica
de modificación de la Ley del régimen electoral general. Enmienda del
Grupo Mixto, señor Alcaraz.




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Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 136; en contra, 171; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda del señor Rodríguez, la número 21.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, nueve; en contra, 300; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 7 del Grupo Parlamentario Vasco (PNV-EAJ).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 22; en contra, 285; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Restantes enmiendas del Grupo Nacionalista Vasco.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, siete; en contra, 300; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Federal de Izquierda Unida.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 16; en contra, 303; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Al haberse retirado las enmiendas del Grupo Socialista números 19 y
20, sólo queda viva la número 14, que se somete a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 148; en contra, 173.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votación del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
321; a favor, 308; en contra, uno; abstenciones, 12



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

VOTACIÓN DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Se somete el texto a votación final de conjunto
por tener naturaleza orgánica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 307; en contra, uno; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Al haber alcanzado la mayoría absoluta del
Congreso, queda aprobado el proyecto con naturaleza orgánica.




VOTACIONES (continuación):



El señor PRESIDENTE: Pasamos a las enmiendas y al dictamen del
proyecto de ley de modificación de la Ley orgánica del Tribunal
Constitucional. En primer lugar, se someten a votación las enmiendas
del señor Rodríguez.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, cinco; en contra, 303; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda del señor Alcaraz, del Grupo Parlamentario Mixto. Sometemos
a votación la transaccional a su enmienda número 16.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 315; en contra, uno; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda transaccional.

Enmienda subsistente del Grupo Parlamentario Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
318; a favor, 24; en contra, 281; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 23; en contra, 283; abstenciones, 14.




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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Votación del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 317; en contra, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




VOTACIÓN DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Se somete a votación el conjunto del proyecto al
tener naturaleza orgánica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 317; en contra, dos.




El señor PRESIDENTE: Al haber alcanzado la mayoría absoluta, queda
aprobado con carácter orgánico el conjunto del proyecto.




VOTACIONES (continuación):



El señor PRESIDENTE: Pasamos a las enmiendas y dictamen al proyecto
de Ley orgánica de modificación reguladora del derecho a la
educación.

Comienza la votación. (Rumores.) No se preocupen, señorías, han sido
un fallo de la Presidencia, por el que pido disculpas.

Enmiendas del Grupo Vasco. Se somete a votación la enmienda número 2.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 36; en contra, 284.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 3 del mismo grupo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 136; en contra, 182; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 5, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 22; en contra, 284; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.




Enmienda número 7, del Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 131; en contra, 173; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votaciones correspondientes al dictamen, en primer lugar, el artículo
1.

Comienza la votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 313; en contra, dos; abstenciones, cinco.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Artículo 2 del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 182; en contra, 130; abstenciones, siete.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Votación de la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 185; en contra, 128; abstenciones, seis.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada



VOTACIÓN DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Votación final de conjunto del proyecto de ley,
por tener naturaleza orgánica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 186; en contra, 132; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Al haber alcanzado la mayoría absoluta, queda
aprobado con carácter orgánico el dictamen del proyecto. (Aplausos.)



VOTACIONES (continuación):



El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación el dictamen del proyecto de
ley de crédito extraordinario para indemnizaciones derivadas de las
inundaciones ocurridas en la provincia de Cáceres.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 318; abstenciones, una.




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El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Votación de las enmiendas que la Mesa ha calificado como de
totalidad, presentadas por el Grupo de Izquierda Unida a la
Convención conjunta sobre seguridad en la gestión del combustible
gastado y sobre seguridad en la gestión de desechos radiactivos,
hecha en Viena el 5 de septiembre de 1997.

Se someten a votación las enmiendas de totalidad en bloque.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
320; a favor, 15; en contra, 304; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas y concluido así
el orden del día.

Tras agradecerles el esfuerzo de síntesis, se levanta la sesión.

Buenas tardes.




Eran las dos y treinta y cinco minutos de la tarde.