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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 134, de 12/02/1998
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE



Año 1998 VI Legislatura Núm. 134



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FEDERICO TRILLO-FIGUEROA MARTINEZ-CONDE



Sesión Plenaria núm. 129



celebrada el jueves, 12 de febrero de 1998



ORDEN DEL DIA:



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley de Régimen del suelo y valoraciones. «BOCG. Congreso de
los Diputados», Serie A, número 66-1, de 9 de junio de 1997 (número de
expediente 121/000063) (Página 7010)



Debates de totalidad de iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos. «BOCG. Congreso
de los Diputados», Serie A, número 88-1, de 17 de octubre de 1997 (número
de expediente 121/000086) (Página 7024)



--Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Título VIII del Libro II
del Código Penal aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.

«BOCG. Congreso de los Diputados», Serie A, número 89-1, de 17 de octubre
de 1997 (número de expediente 121/000087) (Página 7037)



Página 7008




SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y diez minutos de la mañana.




Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas (Página 7010)



Proyecto de ley de régimen del suelo y valoraciones (Página 7010)



La señora Lasagabaster Olazábal, del Grupo Parlamentario Mixto, retira la
enmienda número 17 y mantiene las enmiendas 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27 y
28, que tienen como objetivo fundamental la determinación de las
competencias en materia de la ordenación del territorio, porque entiende
que el artículo 149.1.1 no podía configurar un título competencial
horizontal a través del cual se incidiera en ámbitos que, desde su punto
de vista, competen y competían al urbanismo, que es competencia
autonómica.

A continuación defiende las enmiendas presentadas al proyecto de ley por
el Bloque Nacionalista Galego, del Grupo Parlamentario Mixto, el señor
Vázquez Vázquez (don Guillerme). Reconoce que el dictamen mejora el
inicial proyecto de ley presentado por el Gobierno, dejando más claras
las competencias de la legislación autonómica, pero considera que todavía
quedan algunas competencias en el ámbito estatal que corresponden a las
autonomías, y es a esos artículos a los que van dirigidas sus enmiendas.

El señor Saura Laporta, del Grupo Parlamentario Mixto, defiende el
conjunto de enmiendas que mantiene vivas, junto con el señor Alcaraz
Ramos, encaminadas a reorientar el actual proyecto de ley, porque
consideran que tiene un contenido ideológico manifiestamente regresivo y
está decantado hacia los intereses de la especulación urbanística.

La señora Uría Echevarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV),
considera que el proyecto de ley que hoy se debate tiene una importancia
extrema para el grupo al que representa porque en el se configura el
derecho de propiedad urbana y porque incide en uno de los elementos
claves, como es el suelo, para que el derecho a una vivienda digna sea
una realidad alcanzable para todos los ciudadanos.

En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, defiende
las enmiendas a este proyecto de ley el señor Fernández Sánchez, que
manifiesta que el presente proyecto de ley produce una insatisfacción
generalizada en aquellos grupos que hoy van a prestar su apoyo al
Gobierno, porque las correcciones y matizaciones introducidas han sido
mínimas. A continuación hace un breve repaso de las enmiendas que se
debatieron en Comisión, puesto que allí no pudieron hacerlo al haber sido
presentadas cinco minutos antes de la votación. Manifiesta que que se
está ante dos modelos distintos para dar solución a un mismo problema: el
modelo de la izquierda, que defiende el interés público, y un modelo
desregulador, arcaico, que aun reconociendo que la determinación de la
estructura urbana y la utilización del territorio corresponden a los
poderes públicos, presenta como interlocutores prioritarios y
privilegiados a los propietarios del suelo. Para terminar afirma
rotundamente que la política del Gobierno del Partido Popular en materia
de suelo y vivienda es un absoluto fracaso, y no entiende el interés de
seguir aplicando fórmulas que hasta el momento no han dado ningún
resultado positivo.

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso interviene la
señora Narbona Ruiz, que hace una valoración política del nuevo contenido
del texto puesto que, en el trámite de Comisión, ha sufrido algunas
modificaciones que consideran significativas.

Por otra parte, resalta el hecho de que el texto sigue presentando
indicios de insconstitucionalidad, recordándoselo en especial a los
gruppos nacionalistas, ya que si después de haber aprobado el proyecto de
ley, se ven en la necesidad de tener que recurrir porque son invadidas
competencias autonómicas, se encontrarán en una situación delicada.

En turno en contra interviene el señor Ortiz González, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso. Se refiere en primer lugar al
prolongado debate que ha existido en torno a la política de suelo, del
que han surgido dos posiciones claras: la de los grupos que apoyan al
Gobierno y la de aquellos otros que todavía mantienen sus enmiendas. A
continuación se refiere a los cambios que se han introducido en la
tramitación de la ley y que se plasman en el dictamen y, finalmente,
recuerda que esta ley nace con una doble limitación: en primer lugar es
una ley estatal, pero, de acuerdo con la sentencia del Tribunal
Constitucional de 20 de marzo de 1997, su desarrollo corresponde a las
comunidades autónomas y en ellas está su responsabilidad; y en segundo
lugar, es una ley del suelo, por lo que no podía ser una ley del medio
ambiente urbano, como postulan las enmiendas del Grupo Parlamentario
Socialista, y mucho menos una ley de haciendas locales o una reedición
adaptada el urbanismo de la Ley de Expropiación Forzosa.




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En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Rivero Baute,
del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, y Recoder i Miralles, del
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).

Se someten a votación las enmiendas presentadas a los diferentes
artículos del proyecto de ley sobre régimen del suelo y valoraciones.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas (Página 7024)



Proyecto de ley de ordenación del mercado de tabacos (Página 7024)



El señor Vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía y
Hacienda (De Rato Figaredo) presenta, en nombre del Gobierno, el proyecto
de ley de ordenación del mercado de tabaco, cuya entrada en vigor
complementará la liberalización de la producción y la comercialización al
por mayor de productos de tabaco originados en cualquier país del mundo.

Explica que el proyecto consta de siete artículos, siete disposiciones
adicionales, cuatro disposiciones finales y una disposición derogatoria.

Pone de relieve las peculiaridades que ya se expusieron en la
modificación de 1986 y afirma que no existe en este momento justificación
para que se produzcan limitaciones a la libertad de empresa que consagra
el artículo 38 de la Constitución.

Expone que el proyecto de ley prevé una ampliación considerable de la
liberalización porque plantea la extinción de los monopolios actuales en
las fases de elaboración, importación y venta al por mayor de los
productos de tabaco, independientemente de su origen, al mismo tiempo que
mantiene la situación actual, aunque con modificaciones más liberales, en
el proceso de venta al por menor, ya que se mantendrá el régimen de
expendurías. Recuerda, por otra parte, que en el monopolio de fabricacion
hasta ahora vigente no están incluidas las actividades previas a la
manufactura de labores de tabaco, por lo que el proyecto de ley no
establece modificaciones en el régimen en vigor del cultivo de tabaco.

Con la opción que se ha adoptado de mantener un régimen de licencias para
la distribución al por menor se está protegiendo el cumplimiento de las
normas tributarias vigentes y garantizando el suministro al consumidor en
condiciones de competencia, así como que exista una provisión constante
de producto en rama y, por lo tanto, beneficiando a la producción
nacional y evitando la aparición de oligopolios que puedan afectar
negativamente a la neutralidad de actuación en el mercado minorista.

A continuación explica el sistema de licencias que se va a seguir en la
concesión de estancos --mucho más transparente y que evita la
discrecionalidad-- y la actuación del Gobierno en la regulación del
mercado del tabaco a partir de la entrada en vigor de esta ley, y termina
su intervención manifestando que con esta norma se da un paso sustancial
en la modernización del mercado de tabacos, que garantiza los legítimos
intereses en concurrencia y que claramente no viene a perjudicar ni la
situación ya establecida de los estancos ni mucho menos el proceso de
cultivo de tabaco nacional, por lo que solicita al Parlamento la
ratificación de este proyecto de ley del Gobierno.

El señor Rodríguez Sánchez, del Grupo Parlamentario Mixto, defiende su
enmienda de totalidad al proyecto de ley de ordenación del mercado de
tabacos que constituye, para el Bloque Nacionalista Galego, el paso
previo e ineludible para la privatización de Tabacalera, S. A., con
consecuencias sociales y económicas perjudiciales. Pasa a explicar las
repercusiones que pueden tener las medidas adoptadas en el proyecto de
ley, resaltando los impactos sobre los cultivadores de tabaco, sobre la
propia empresa Tabacalera, S. A. y sobre la red de distribuidores
minoristas. Reitera, como conclusión, que para el Bloque Nacionalista
Galego el presente proyecto de ley se enmarca prioritariamente dentro de
la política de privatización de empresas públicas del actual Gobierno del
Estado, y piden su devolución al Gobierno por las repercusiones negativas
que puede tener para Tabacalera, S. A., para el nivel de empleo y, más
concretamente, para la fabrica de A Coruña, además de las posibles
consecuencias sobre la red de distribución minorista.

En turno en contra de la enmienda de totalidad de devolución intervienen
los señores Amarillo Doblado, del Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, y Fernández de Troconiz Marcos, del Grupo Parlamentario Popular
en el Congreso.

Replica el señor Rodríguez Sánchez, duplicando el señor Fernández de
Troconiz Marcos.

En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Gómez
Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Zabalía Lezamiz,
del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Homs i Ferret, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Vaquero del Pozo, del
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.

Sometida a votación la enmienda de totalidad de devolución al proyecto de
ley de ordenación del mercado de tabacos, presentada por el Grupo
Parlamentario



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Mixto, se rechaza por tres votos a favor, 320 en contra y una abstención.




Proyecto de ley orgánica de modificación del Título VIII del Libro II del
Código Penal aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre
(Página 7037)



La señora Ministra de Justicia (Mariscal de Gante y Mirón) presenta el
proyecto de ley orgánica de modificación del Título VII, del Libro II,
del Código Penal cumpliendo con el mandato expreso de la Cámara de fecha
26 de noviembre de 1996. Pone de manifiesto la preocupación que impregna
a toda la sociedad y a sus instituciones en relación a la necesidad de
mejorar la protección de los menores y, particularmente, modificar el
tratamiento penal de los ataques contra estos, y expone una serie de
antecedentes en el ámbito internacional que han determinado la necesidad
de presentar un proyecto de reforma del Código Penal a pesar del corto
tiempo transcurrido desde su entrada en vigor. Añade que no se trata de
imponer ningún criterio en materia de moral sexual sino de subsanar las
deficiencias que existen en la protección penal de la libertad sexual,
sobre todo las que se proyectan sobre la parte más vulnerable de la
sociedad como son los niños. A continuación explica los ejes sobre los
que se estructura esta reforma que son: modificación de las penas para
adecuar la respuesta penal a la gravedad de las conductas; incriminación
expresa de la explotación de menores en espectáculos pornográficos, así
como de las conductas relacionadas con la pornografía infantil;
ampliación de la edad de protección tanto en los delitos de violación
como en los de abusos sexuales; reintroducción del delito de corrupción
de menores; incremento del plazo de prescripción de los delitos, que se
empezará a contar desde la mayoría de edad de la víctima, para facilitar
su denuncia y persecución, e introducción del principio de justicia
universal, superando las limitaciones de la territorialidad a los efectos
de poder promover la persecución de las conductas de explotación sexual
de menores. Termina su intervención manifestando que ninguna orientación
de moral sexual puede justificar la explotación sexual de menores, la
trata de seres humanos con fines de comercio sexual ni, en general,
ningún acto que atente contra la libertad sexual de las personas, sean
adultos, jóvenes, adolescentes o niños, y por supuesto, ningún proyecto
cuya finalidad sea la protección de la dignidad humana en una de sus
manifestaciones más íntimas, como es la libertad sexual, puede
presentarse como un intento de reforma moral o imposición de una opción
particular.

En defensa de la enmienda de totalidad de devolución, del Grupo
Parlamentario Mixto, interviene la señora Almeida Castro, y fijan su
posición la señora Lasagabaster Olazábal y el señor Rodríguez Sánchez,
también del Grupo Parlamentario Mixto.

En defensa de la enmienda de totalidad con texto alternativo interviene
la señora Fernández de la Vega Sanz.

En turno en contra interviene el señor Trías Sagnier, del Grupo
Parlamentario Popular.

En turno de réplica intervienen el señor Rodríguez Sánchez, y las señoras
Fernández de la Vega Sanz y Almeida Castro, duplicando el señor Trías
Sagnier.

En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Mardones Sevilla,
del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; la señora Uría Echevarría;
y los señores Silva Sánchez, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), y Castellano Cardalliaguet, del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida.

Sometida a votación la enmienda de totalidad de devolución, presentada
por el Grupo Parlamentario Mixto, se rechaza por 140 votos a favor, 170
en contra y 13 abstenciones.

Sometida a votación la enmienda de totalidad con texto alternativo,
presentada por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, se rechaza
por 150 votos a favor, 169 en contra y una abstención.

Se levanta la sesión a las dos y veinticinco minutos de la tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y diez minutos de la mañana.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DE REGIMEN DEL SUELO Y VALORACIONES. (Número de
Expediente 121/000063)



El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.

Punto VII del orden del día: Dictámenes de comisiones. Proyecto de ley de
régimen del suelo y valoraciones.

Han mantenido enmiendas para este debate la señora Lasagabaster, el señor
Vázquez y el señor Alcaraz,



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del Grupo Mixto; el Grupo Vasco (PNV), el Grupo Federal de Izquierda
Unida y el Grupo Socialista.

Por el Grupo Mixto tiene, en primer lugar, la palabra la señora
Lasagabaster.




La señora LASAGABASTER OLAZABAL: Muchas gracias, señor Presidente.

Intervengo para defender las enmiendas que hemos mantenido hasta este
trámite, que en concreto van a ser las números 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27
y 28, retirando en el momento presente la número 17 que luego haré llegar
a la Mesa.

La justificación de estas enmiendas, en especial de las cuatro primeras,
hace referencia a un argumento que ya en la enmienda de totalidad
presentamos, que no es otro que la determinación de las competencias en
materia de la ordenación del territorio, de urbanismo. Entendemos que el
Estado puede estar capacitado para establecer las hipótesis básicas de
división del suelo, de vincular a cada situación determinadas facultades
dominicales y criterios de valoración, pero única y exclusivamente a
estos efectos y siempre y cuando no impliquen la predeterminación de un
concreto modelo urbanístico y territorial.

Las clases del suelo y todo lo que ello conlleva, entendemos, expresa una
opción exclusivamente de política urbanística, en cuyo caso no tiene
competencia el Estado. Creemos que el Tribunal Constitucional establecía
que la garantía del derecho a la propiedad pertenecía al Estado, pero no
era menos cierto que la ordenación del territorio, el urbanismo entendido
en sentido objetivo, era competencia de las comunidades autónomas.

(Rumores) El señor PRESIDENTE: Un momento, señora Lasagabaster.

Señorías, la Presidencia comprende que llevan mucho tiempo sin poder
hacer comentarios políticos de actualidad, desde anoche, pero les ruego
que tengan mayor continencia verbal a estas horas de la mañana, porque
resulta difícil, si no imposible, escuchar a la diputada con los rumores
del hemiciclo.

Adelante, señora Lasagabaster.




La señora LASAGABASTER OLAZABAL: Muchas gracias, señor presidente.

En cualquier caso, voy a ser breve, porque creo que ya han oído los
argumentos, tanto en el debate de totalidad como en la propia Comisión.

Con nuestras enmiendas, simplemente tratábamos de determinar cuáles son
las competencias del Estado, entendiendo que el artículo 149.1.1 no podía
configurar un título competencial horizontal a través del cual se
incidiera en ámbitos que, desde nuestro punto de vista, competen y
competían al urbanismo, que es de competencia autonómica. Creemos que a
este respecto hubiera sido preferible que el Estado, el Gobierno central
hubiera regulado sus competencias a través de leyes específicas de
expropiación forzosa, de valoraciones, procedimiento administrativo común
o incluso legislación civil, dejando a las comunidades autónomas la
regulación de sus competencias en lo que se refiere a la determinación,
clases del suelo y otra serie de cuestiones.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Lasagabaster.

Señor Vázquez.




El señor VAZQUEZ VAZQUEZ (don Guillerme): Muchas gracias, señor
presidente.

Voy a defender las enmiendas del Bloque Nacionalista Galego al proyecto
de ley de régimen del suelo y valoraciones. Para empezar, diré que desde
nuestro punto de vista es evidente que el dictamen mejora el inicial
presentado por el Gobierno y, por tanto, deja más claras las competencias
de la legislación autonómica, de lo que, naturalmente, nos alegramos,
aunque conserva alguna pretensión de prerrogativa para la ley de ámbito
estatal que nosotros creemos que debe ser competencia autonómica.

Sin embargo, en el dictamen sigue manteniéndose la banda de
aprovechamiento urbanístico entre el cero y el 10 por ciento, al fijar el
máximo de cesión obligatoria y gratuita de la Administración en el 10 por
ciento del suelo, que podrá ser reducido, por cierto, por la legislación
urbanística. Esta nueva reglamentación, desde nuestro punto de vista, va
a resultar lesiva para los intereses de los ciudadanos e impide además,
al ser precepto básico, que las comunidades autónomas puedan hacer uso de
sus competencias en esta materia para fijar la banda de cesión que crean
más conveniente para su realidad. Por tanto, también creemos que esta
medida va a dificultar la generación de reserva de suelo y su uso social.

En función de esto, vamos a retirar las enmiendas números 29, 31, 32,
138, 139 y 42, porque el dictamen de la Comisión recoge sustancialmente
las cuestiones que en esas enmiendas planteábamos, referidas a las
competencias de las comunidades autónomas o la imposibilidad de calificar
como suelo urbano aquel sujeto a riesgos naturales, lo que nos parece
importante en ambos casos. Vamos a mantener el resto de las enmiendas, a
las que me voy a referir brevemente.

Con la enmienda número 30 pretendemos que la redacción exprese con más
claridad y contundencia que son las administraciones públicas las que
deben tener el control y la dirección de la gestión urbanística, por más
que exista colaboración con la iniciativa privada. Con la enmienda 33
proponemos suprimir el artículo 11, que clasifica como no urbanizable el
suelo no urbano de aquellos municipios que carezcan de planeamiento; en
todo caso nos parece que esta clasificación no la debe fijar esta ley,
sino que debe ser competencia



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de las comunidades autónomas. Con las enmiendas números 34, 35 y 38
defendemos que se mantenga la cesión del aprovechamiento edificatorio del
suelo en el 15 por ciento. Con la enmienda número 37 pretendemos que la
ley gradúe las fases de la urbanización, dejando claro que es la
Administración quien fija los plazos, de manera que si el propietario no
actúa en concordancia con esos plazos la Administración, llegado el caso,
pueda proceder a la expropiación. Con las enmiendas números 39, 40 y 41
pretendemos que el ciudadano no esté indefenso ante las valoraciones que
la Administración haga de su suelo, de su propiedad, y, por tanto,
conozca su valor, sea el catastral --que ese sí que es conocido-- o sea
el que la Administración fije; de lo contrario, lo que a veces se
produce, y se produce con frecuencia, es un pleito entre ciudadano y
Administración con repercusiones económicas para el ciudadano respecto a
la valoración de ese suelo, por ejemplo, al satisfacer determinados
impuestos. Con la enmienda número 43 pretendemos dejar clara la
posibilidad de expropiación para la Administración si el propietario no
urbaniza en los plazos previstos, evitando así la retención del suelo y
su encarecimiento, en concordancia con lo que expresamos en la enmienda
número 37.

Por tanto --termino, señor presidente--, para nosotros se mejora el texto
inicial, pero tal como queda no servirá para cumplir la función
primordial de una ley de estas características, que es la función social.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Vázquez.

Tiene la palabra el señor Saura para la defensa de las enmiendas que
suscribió conjuntamente con el señor Alcaraz.




El señor SAURA LAPORTA: Gracias, señor presidente.

El conjunto de enmiendas que mantenemos vivas tienen como fundamento
intentar reorientar el contenido del actual proyecto de ley que hoy
debatimos; un proyecto de ley que tiene un contenido ideológica y
manifiestamente regresivo y que está decantado hacia los intereses de la
especulación urbanística.

La función social del derecho de propiedad del suelo es el objetivo del
proyecto de ley que debatimos hoy, y en ningún momento plantea como
objetivos situados en el mismo nivel el derecho a una vivienda digna, a
la formación de un patrimonio público de suelo para nuevas viviendas, a
la protección del medio ambiente o a la potenciación y defensa de
criterios de sostenibilidad de nuestros pueblos y ciudades.

Se ha dicho por parte de miembros del Gobierno y del Grupo Popular que
este proyecto de ley tiene como objetivo abaratar el precio del suelo y,
por tanto, abaratar el precio de la vivienda; esto es falso y sin
fundamento. Se ha repetido por diversos portavoces de esta Cámara, y
también por nuestro grupo, que sólo en ciudades de más de 20.000
habitantes hay suficiente suelo para construir varios millones de nuevas
viviendas. Por tanto, si el proyecto de ley finalmente se aprueba en los
términos que ha llegado a este Pleno significará el retorno a un
urbanismo salvaje, el refuerzo de los derechos de los propietarios en
detrimento de los intereses colectivos y públicos y el atentado a las
políticas de consolidación del patrimonio municipal del suelo.

En este sentido, el conjunto de nuestras enmiendas se articulan en base a
cuatro grandes principios: el primero, articular el proyecto de ley
alrededor de la defensa de la función pública del urbanismo; es decir, es
necesario que quedara meridianamente claro en el proyecto de ley --que no
queda-- que la actividad urbanística es una función pública que tiene por
objeto la ordenación, la transformación y el control del suelo.

El segundo principio que debería informar esta ley es la necesidad de
defensa y de potenciación de la autonomía local. Se trata, simplemente,
de que los ayuntamientos puedan tener la capacidad de decidir la
construcción de sus ciudades y de sus pueblos; es decir, la posibilidad
de que la Administración pública incida en el modelo de ciudades y
pueblos a construir.

El tercer elemento que debería vertebrar esta ley y que forma parte de
nuestras enmiendas es situar cuál es la verdadera función social del
suelo. En este sentido hemos presentado diversas enmiendas porque es
necesario que quede claro que la verdadera función social del suelo es
resolver déficits de equipamientos públicos, de zonas verdes, que
permitan la promoción también de viviendas públicas. Uno de los aspectos
peores es que esta ley sitúa el techo máximo de cesión en el 10 por
ciento. Hemos defendido el derecho de los ayuntamientos a obtener de los
promotores la cesión del 10 por ciento como mínimo. Nuestra propuesta sí
que garantizaría la función social del derecho de propiedad que, sin
duda, ha de contener una legislación del suelo.

Finalmente, creemos que esta ley no contiene los elementos de
sostenibilidad medioambientales que toda ley del suelo debería contener.

Es necesario que todos los planes, las políticas y programas
urbanísticos, estén sometidos a una evaluación estratégica de impacto
medioambiental. Esta ley no lo contempla, y esta es otra razón por la
cual mantenemos nuestras enmiendas. Creemos y reiteramos que esta ley
fundamentalmente va a favorecer los intereses especulativos.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Saura.

Por el Grupo Nacionalista Vasco, tiene la palabra la señora Uría.




La señora URIA ECHEVARRIA: Muchas gracias, señor presidente.




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Señorías, el proyecto que hoy analizamos tiene una importancia extrema
desde la óptica del grupo al que represento, tanto porque en él se
configura el derecho de propiedad urbana, como por incidir en uno de los
elementos clave, como es el suelo, para que el derecho a una vivienda
digna, en calidad, en precio y por su entorno, sea una realidad
alcanzable para todos los ciudadanos.

Tiene que ser --y creemos que así es-- una ley previa al urbanismo, ya
que así lo señalaba la sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de
marzo de 1997, en la que se establecía que la ordenación del territorio
corresponde en exclusiva a las comunidades autónomas.

Ya hemos indicado en los distintos pasos de la tramitación de esta ley
que el texto inicialmente presentado por el Gobierno no nos mereció, en
principio, una opinión muy favorable. Sin embargo, lo aprobado en la
Comisión, celebrada el 10 de diciembre, nos parece aceptable con algún
matiz. Entre los dos textos, el inicial y el aprobado en Comisión, hay un
intensísimo trabajo de reuniones e intercambio de redacciones entre los
grupos de Coalición Canaria y Catalán (Convergència i Unió) con el propio
Grupo Popular y, por qué no decirlo también, con el trabajo del propio
Ministerio del que procedía la iniciativa, para conseguir, manteniendo el
esquema inicial del proyecto, invertir el sentido de casi todos sus
preceptos a través de numerosas transacciones.

Creemos que se han corregido dos tendencias que nos parecían graves en el
proyecto inicial. La primera, la concepción extensiva del suelo
susceptible de ser urbanizado y, la segunda, que se ponía en cuestión el
papel de las administraciones públicas, haciendo descansar el desarrollo
urbano del suelo en manos casi exclusivamente de los propietarios.

Nuestra mayor discrepancia con lo transaccionado se refiere a los
porcentajes de cesión del suelo con aprovechamiento. En este punto
consideramos que el texto pudiera haber sido más respetuoso con las
competencias autonómicas y con los intereses de los propietarios,
estableciendo una horquilla de cesión entre el 5 y el 15 por ciento, a
fijar por la ley autonómica, y estableciendo el reparto proporcional de
los gastos de urbanización entre Administración y propietario en la parte
en que cada uno de ellos llegase a patrimonializar.

El texto aprobado cifra la cesión, tanto en suelo urbano como en
urbanizable, en un 10 por ciento, y deja a la ley urbanística propia la
posibilidad de reducir la participación de la Administración en las
cargas de urbanización.

Es posible argumentar que un 10 por ciento limpio es más favorable a las
administraciones que un 15 por ciento, con obligación de costear
urbanización. Pero como hemos hecho en todos los trámites de la ley,
sostenemos como más adecuado el porcentaje del 15 por ciento, decisión
fijada por la ley vasca correspondiente y mantenemos la enmienda número
92, al artículo 14, y la enmienda número 96, al artículo 18.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Uría.

Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra
el señor Fernández.




El señor FERNANDEZ SANCHEZ: Gracias, señor presidente.

Nuevamente volvemos hoy en esta Cámara a debatir el proyecto de ley de
régimen del suelo y valoraciones del Gobierno. Ha habido otros foros de
debate al margen de esta Cámara, donde creo que el proyecto del Gobierno
ha sido constantemente vapuleado.

No es ocioso recordar que el procedimiento de urgencia para la
tramitación de este proyecto ha supuesto ocho meses, lo que quiere decir,
lógicamente, que el Gobierno no ha encontrado apoyo suficiente en este
período de tiempo para traer a la Cámara la aprobación de este proyecto
tan necesario, según el propio Gobierno.

Las negociaciones han debido de ser intensas, muy intensas, creemos
nosotros, y arduas. Al consumirse este gran período de tiempo para llegar
a estos acuerdos mínimos entre el Gobierno y los apoyos parlamentarios,
pienso que las negociaciones habrán sido poco fructíferas porque el
proyecto ha cambiado muy poco.

Hay dos versiones: una, la de los ponentes del Gobierno, que dicen que el
proyecto de ley no ha sufrido modificaciones sustanciales; y otra, la de
sus apoyos parlamentarios, que dicen que sí, que esta nueva ley por lo
menos no será tan regresiva de cara a las instituciones públicas.

En todo caso, creo que hay una insatisfacción generalizada con aquellos
grupos que hoy van a prestar aquí apoyo al Gobierno, porque las
correcciones y las matizaciones introducidas, como decía anteriormente,
han sido mínimas. (El señor vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la
Presidencia.) Quiero hacer un breve repaso a las transaccionales que se
debatieron en Comisión, ya que allí no pudimos hacerlo porque se
presentaron cinco minutos antes de su votación. La transaccional número
1, que modificaba el artículo 4º, ha dejado el texto un poco más claro,
pues el papel director se atribuye a los entes públicos y puede cobrar
más fuerza la figura del urbanizador. Es una lástima que PNV y Coalición
Canaria, que su texto estaba mucho mejor redactado, no hayan conseguido
mantenerlo.

La transaccional número 3 se refiere al artículo 9 del proyecto de ley y
fija las condiciones de los suelos no urbanizables. Deja el texto como en
el proyecto excepto la exclusión de suelos que, por sus características
específicas, sean propensos a riesgos naturales.




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También es una lástima que los enmendantes renuncien a que los
ayuntamientos no puedan decidir su modelo urbano, como defendían en sus
enmiendas iniciales.

La transaccional número 4, al punto 2 del artículo 14, trata de mejorar
los deberes de los propietarios del suelo, pero renuncia a que los
ayuntamientos puedan tener un aprovechamiento equivalente al 15 por
ciento, quedando fijado un tope máximo del 10 por ciento. Este criterio
que hoy se va a aplicar en esta Cámara es totalmente contrario a lo
aprobado por la Federación Española de Municipios y Provincias, que
reclamaba el 15 por ciento de cesión de suelo municipal. Hoy, esta Cámara
va a romper el consenso mantenido por las fuerzas políticas en la
Federación Española, y yo creo que se van a tomar decisiones en contra de
la voluntad de la mayoría de los ayuntamientos y también de las
comunidades autónomas.

Estamos de acuerdo con la disposición adicional tercera, ya que fija la
nueva situación de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, así como
también con la disposición adicional quinta, para que esta ley se aplique
sin perjuicio de los específicos regímenes forales vigentes en materia de
Hacienda, régimen tributario, régimen económico-financiero municipal y
régimen de los bienes municipales. Creemos que es un reconocimiento
interesante a los regímenes tributarios forales existentes.

En conjunto, señorías, nosotros creemos que son intrascendentes los
retoques que ha sufrido este proyecto de ley y que se trata solamente de
una operación de maquillaje de las partes implicadas, ya que, en el
fondo, les une el mismo interés: dar carta blanca a la iniciativa privada
en el proceso transformador del suelo. Nosotros pensamos que deberíamos
tener la responsabilidad y la obligación de preservar un método de
desarrollo y gestión urbana para la configuración de las ciudades desde
el ámbito de lo público como garantía de control. La iniciativa privada
no garantiza estas metas. El propietario del suelo y el empresario, como
es lógico, se interesan por la rentabilidad inmediata, al margen de
intereses colectivos.

Jacques Delors, en un debate en torno a las ciudades y su problemática,
se preguntaba en el año 1994 cómo se puede hacer una ciudad para que sea
fuente de bienestar para todos. Nosotros entendemos que su respuesta es
compleja dado el grado de deterioro que sufren nuestras ciudades a raíz
de los cambios operados después de la revolución industrial. Pero algunos
Estados como el nuestro han sufrido con mayor rigor la desidia del poder
público en la ordenación territorial. Baste recordar los largos años de
dictadura, donde la ordenación territorial estuvo en manos del poder
económico.

Creemos sinceramente que la situación política hoy, afortunadamente, es
distinta, y estoy seguro de que todos queremos afrontar el futuro de
forma que se pueda conjugar el interés público con la necesaria
participación privada. Pero no nos engañemos. Como suele decir el señor
Ortíz, estamos frente a dos modelos distintos para dar solución a una
misma problemática. Uno es el modelo de la izquierda, que defiende el
interés público, a las corporaciones locales y a los ciudadanos que están
al margen de intereses especulativos; los que queremos que el
planeamiento y la gestión siga en manos de las personas que los
ciudadanos han elegido en las urnas; los que defendemos el modelo que
quiere combatir la exclusión social, que quiere evitar la segregación
física de determinados colectivos y grupos sociales que son empujados
hacia los barrios marginales, inconexos y de la periferia, y los que
queremos introducir conceptos medioambientales que son recomendados por
la Unión Europea.

En nuestro texto alternativo al del Gobierno hemos dedicado todo un
título, el título VII, a regular las relaciones urbanísticas con el medio
ambiente. Consideramos totalmente necesario compatibilizar el desarrollo
urbanístico con la sostenibilidad ambiental, así como evaluar el impacto
ambiental de planes y proyectos urbanísticos. En este sentido, hoy
mantenemos la enmienda número 79, de Izquierda Unida, así como las
treinta y siete enmiendas restantes.

El modelo que ustedes hoy están defendiendo y proponiendo aquí es un
modelo desregulador, arcaico que, aun reconociendo que la determinación
de la estructura urbana y el modelo de utilización del territorio
corresponden a los poderes públicos, presenta como interlocutores
prioritarios y privilegiados a los propietarios del suelo, a los que se
aseguran beneficios en el futuro. Nada se dice en la ley sobre los
intereses del resto de los ciudadanos.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Fernández, vaya
concluyendo, por favor.




El señor FERNANDEZ SANCHEZ: Enseguida, señor Presidente.

Al final, lo único que se hace es dejar a los ciudadanos y a los
ayuntamientos inertes frente a propietarios del suelo y operadores del
mismo.

Quisiera, si es posible en este trámite parlamentario, presentar una
enmienda in voce a la disposición transitoria quinta del texto del
Gobierno en materia de valoraciones, que dice que en los expedientes
expropiatorios serán aplicables las disposiciones sobre valoraciones
contenidas en esta ley. Nosotros entendemos que en los procesos
expropiatorios, que son muy largos --en ocasiones más de dos años--, la
redacción del proyecto equivale a iniciar nuevamente estos procesos, crea
inseguridad jurídica y altera los acuerdos pactados anteriormente. Por
eso, proponemos una redacción que dice lo siguiente: en los expedientes
expropiatorios serán aplicables las disposiciones sobre valoración
contenidas en esta ley, siempre que el inicio del expediente de
justiprecio



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sea posterior a su entrada en vigor. En caso contrario, los criterios de
valoración aplicables serán los contenidos en la legislación vigente al
momento del inicio del expediente del justiprecio.

Creemos que es una enmienda interesante que debería requerir la atención
del resto de grupos de la Cámara y apoyarla para salvar la seguridad
jurídica en este proceso tan importante.

Por último, señorías, para terminar, quiero hacer una afirmación rotunda
sobre lo que estamos viviendo en estos años con el Gobierno del Partido
Popular: su política de suelo y vivienda es un absoluto fracaso, porque,
por ponerles un ejemplo, de 1996 a 1997 el precio medio del metro
cuadrado de vivienda construida ha subido de 166.000 pesetas a 172.000
pesetas. Aquí se quieren introducir fórmulas aplicadas en otras
comunidades autónomas que también han fracasado. Yo no sé por qué ese
especial interés en seguir machaconamente aplicando las mismas fórmulas
que hasta este momento no han dado ningún tipo de resultado positivo.

Creemos sinceramente que la solución pasa por innovar, por echarle más
imaginación y, desde luego, plantear alternativas como la que ha sugerido
Izquierda Unida, una alternativa innovadora y que con toda seguridad
podría incidir en la mejora del precio del suelo y también en la más
fácil accesibilidad a la vivienda.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Fernández. Le
ruego que pase a la Mesa el texto de la enmienda in voce. Ya sabe S. S.

que para que esa enmienda pueda ser sometida a votación necesita que
ninguno de los grupos de la Cámara se oponga a ello.

Para la defensa de las enmiendas que el Grupo Parlamentario Socialista
mantiene en el Pleno a este proyecto de ley, tiene la palabra la señora
Narbona.




La señora NARBONA RUIZ: Señor presidente, señoras y señores diputados,
subo a esta tribuna para volver a defender el contenido de las enmiendas
que mantiene el Grupo Parlamentario Socialista a este proyecto de ley del
suelo, tras su paso por la Comisión. Lógicamente, voy a realizar una
valoración política del nuevo contenido del texto del proyecto de ley del
suelo, puesto que, efectivamente, ha sufrido algunas modificaciones que
consideramos significativas en el trámite de la Comisión.

Algunos de estos cambios nos parecen positivos, como, por ejemplo,
aquéllos que se refieren a un mejor reconocimiento del papel de los
poderes públicos en cuanto a la dirección del proceso urbanístico y
también en cuanto al reconocimiento del papel de la legislación
urbanística autonómica en lo que tiene de respeto a la sentencia del
Tribunal Constitucional de 20 de marzo. Pero hay algunos otros cambios
que desfiguran lo que fueron las posiciones iniciales del Partido Popular
y del Gobierno de la nación al presentar ante esta Cámara el proyecto de
ley del suelo.

Si recordamos, el proyecto de ley del suelo aparece ante SS. SS. como un
proyecto que va a garantizar el abaratamiento del coste del suelo y, por
lo tanto, de la vivienda, en base a una liberalización que se apoya
básicamente en dos medidas: en primer lugar, en la reducción de las
cesiones obligatorias de suelo a los ayuntamientos, de acuerdo con la
terminología del propio proyecto de ley y, en segundo lugar, mediante el
aumento del suelo calificado como urbanizable. En su momento tuvimos
ocasión de debatir sobre la eficacia de ambas medidas y somos conscientes
que no ha sido nuestra posición contraria a las mismas la que ha llevado
al Gobierno y al Partido Popular a cambiar el contenido del proyecto de
ley de forma que en estos momentos ni hay la reducción en términos de
porcentaje de cesión de suelo que se proponía inicialmente, respecto a la
cesión del 15 por ciento, ni hay tampoco una modificación de la ley que
haga suponer que en España va a incrementarse de forma sustancial el
suelo urbanizable. Ambas cosas se han perdido por el camino porque, por
lo que se refiere a la cesión obligatoria de suelo, el Partido Popular ha
introducido una modificación en el texto que, aunque manteniendo, por
aquello del fuero, la cesión del 10 por ciento, añade a continuación que
serán las administraciones competentes las que en cualquier caso
decidirán quién carga con los costes de urbanización. Una cesión de suelo
de un porcentaje del 10 por ciento a la que se añada el coste de la
urbanización, puede resultar, en algunos supuestos, incluso más onerosa
para el cedente del suelo que la cesión del 15 por ciento. Por lo tanto,
aquí ha habido un cambio sustancial, que entedemos también como un guiño
a la Federación Española de Municipios y Provincias, cuyas propuestas de
enmienda sólo se han tenido en cuenta parcialmente, y es evidente que se
ha pasado la pelota a las comunidades autónomas para que sean las que
asuman la responsabilidad del coste definitivo de la cesión de suelo a
los ayuntamientos.

Por lo que se refiere al suelo urbanizable, la redacción definitiva del
artículo que fija las restricciones, entre comillas, al suelo no
urbanizable, ha quedado de tal forma que se reconoce, en el fondo, que es
el planeamiento el que establece qué suelo debe ser considerado no
urbanizable, de acuerdo con una serie de criterios absolutamente amplios
y que dejan las cosas tal y como estaban. Con este proyecto de ley no
habrá en España más suelo urbanizable del que hubiera habido en ausencia
de dicha ley en el futuro.

Un tercer cambio que ha sorprendido a algunos en el trámite de debate de
esta ley ha sido la aceptación por parte del Partido Popular y del
Gobierno de la figura del urbanizador, algo que en esta Cámara fue
calificado como un elemento contrario a la Constitución



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Española en cuanto que entraba en conflicto con los derechos de
propiedad, pero que la presión de la experiencia valenciana con sus
buenos resultados, defendida por el Partido Popular en Valencia y por
todos los promotores y constructores de viviendas, ha llevado a que
finalmente aparezca en el texto de la ley; eso sí, a que aparezca pero
con la boca chica o con restricciones que hacen suponer que, si no cambia
el texto en el Senado, habrá problemas graves para el desarrollo del
denominado modelo valenciano. Ahí está la disposición transitoria primera
por la que se elimina la necesidad de recurrir a concursos en los suelos
urbanizables no programados. Creemos que si, efectivamente, el Gobierno
está dispuesto a mantener la vigencia del modelo desarrollado en la
comunidad autónoma valenciana, tendría que acometer otra modificación de
su texto inicial, y esperamos que lo haga en el trámite del Senado.

¿Qué es lo que no cambia respecto del texto originario de este proyecto
de ley? No cambia lo que es el verdadero objetivo de este proyecto de
ley, que nunca ha sido el de abaratar el precio del suelo ni el precio de
la vivienda, sino el de dar cabida a las expectativas de revalorización
de los suelos de los propietarios, en particular de suelos urbanizables
no programados. Así se mantienen los criterios en cuanto a la fijación
del valor legal del suelo, aunque ahora han perdido el título de valor
real, que es algo que también se ha quedado por el camino; ya no hablamos
de valor real del suelo, hablamos simplemente de valor del suelo, pero
los criterios son los mismos. Son criterios que, a nuestro juicio, lo que
van a comportar en realidad es un encarecimiento del suelo. De hecho, a
lo largo de este último año se están produciendo claros movimientos
especulativos de adquisición y de retención de suelo actualmente no
urbanizable o urbanizable no programado; retenciones que vienen
claramente justificadas por los textos que el Gobierno ha ido elaborando
en cuanto a la modificación de los criterios de valoración.

El principal problema que sigue teniendo esta norma, a nuestro juicio, es
que no va a contribuir en absoluto a abaratar el precio del suelo y de la
vivienda, sino que encarecerá el precio del suelo tanto para la
construcción de viviendas como para la construcción de infraestructuras o
equipamientos sociales.

Por tanto, seguimos manteniendo una posición de fondo absolutamente
contraria a esta modificación legislativa que, desde luego, una vez
puesta en marcha, debería haber sido la oportunidad de hacer una norma
verdaderamente moderna y acorde con las circunstancias de la economía
española actual.

Desde luego, al Gobierno no parece preocuparle que el precio de la
vivienda y el precio del suelo se encarezcan, porque la verdad es que en
este último año y medio, como ya ha sido señalado, con esa evolución tan
favorable del IPC general, el IPC vivienda ha venido aumentando hasta más
de dos puntos por encima del IPC general. Sobre esto no ha habido
obviamente comentarios ni valoraciones del Gobierno, pero ahí están los
datos del Instituto Nacional de Estadística. Hablo del IPC vivienda,
podría hablar también de las estadísticas de precio de las distintas
sociedades de tasación y todas ellas coinciden en que el precio de la
vivienda se está elevando por encima del índice general de precios. Los
pocos estudios que existen sobre el precio del suelo en España también
indican que se está realizando una subida del precio del suelo,
entendemos que por las razones que antes he comentado.

Por supuesto, como también se ha comentado por el portavoz de Izquierda
Unida, la gestión de la política de vivienda está denunciando el escaso
interés que tiene el Gobierno en esta materia. El año pasado, el año
1997, desde esta misma tribuna, el presidente del Gobierno, en el debate
sobre el estado de la Nación, anunció que se financiarían 182.000
viviendas protegidas. En el mes de diciembre se había alcanzado una cifra
de financiación equivalente a menos del 60 por ciento de esa promesa del
Gobierno, por una razón muy sencilla, porque hasta el mes de agosto no se
cerraron formalmente los convenios con las entidades de crédito por una
pura cuestión de mala gestión del Ministerio de Fomento, que ha supuesto
la paralización de la política de vivienda a lo largo de este ejercicio.

Por lo tanto, al Gobierno no le interesa demasiado el abaratamiento del
precio de la vivienda y está, de alguna forma, viviendo de las rentas de
un Plan de vivienda en vigor, que no es capaz de sustituir por uno nuevo
a estas alturas, casi dos años después de haber llegado al Gobierno. Sin
ninguna duda, el hecho de que hayan bajado los tipos de interés a lo
largo de este último ejercicio camufla una situación de dificultad
creciente de acceso a la vivienda, motivada precisamente por el cambio en
cuanto a la evolución de los precios que he tenido ocasión de comentar.

Quiero señalar también, ahora que nos acompaña el ministro responsable
del tema, que este texto de ley sigue presentando indicios de
inconstitucionalidad. Y esto , más que al Gobierno, habría que
recordárselo a los grupos nacionalistas que apoyan al Gobierno. Porque si
esta ley no se modifica y después de su aprobación hay comunidades
autónomas que recurren porque entienden que invade las competencias
autonómicas, será ciertamente delicado para los partidos nacionalistas
que han apoyado su tramitación. Quiero señalar en concreto que el
artículo 16, tal como está redactado, posiblemente invade las
competencias de las comunidades autónomas, porque entra en la definición
de los procesos que tienen que ver con la plena decisión de los
responsables autonómicos en materia de urbanismo, como se pasa de una
categoría de suelo urbanizado a una categoría diferente. Se ha seguido
hablando de programado y no programado.




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Por último, apoyamos la enmienda in voce presentada por Izquierda Unida
en su anterior intervención.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Narbona.

Para un turno en contra, tiene la palabr el señor Ortiz.




El señor ORTIZ GONZALEZ: Muchas gracias , señor presidente.

Señor presidente, señorías, a lo largo del último año, en particular
desde el Real Decreto-ley de junio de 1996, sobre suelo y colegios
profesionales, que expresó una primera toma de posición del Gobierno en
materia de política de suelo, ha tenido lugar un prolongado debate,
dentro y fuera de este hemiciclo, sobre el proyecto de ley del suelo al
que ahora ponemos punto final en esta Cámara, a reserva de las enmiendas
que pueda producir el Senado, y, en este caso, su ulterior
reconsideración por esta Cámara. Es una lástima que este debate no
hubiera podido tener lugar el pasado 23 de diciembre, por las
características de aquella jornada parlamentaria orientada
monográficamente al debate presupuestario, porque nos habría ahorrado dos
meses . Con lo cual, el retraso de ocho meses a que ha hecho referencia
el grupo parlamentario, habría quedado reducido a seis, un plazo no
demasiado largo para una ley de la trascendencia y la importancia que
tiene ésta que hoy debatimos
Tras el debate en comisión el pasado 10 de diciembre, se han producido
dos posiciones que tienen su reflejo hoy. Por una parte, el grupo de las
fuerzas parlamentarias que apoyan al Gobierno y, por otro, aquellos
grupos que todavía hoy mantienen sus enmiendas. En el primer grupo se
sitúan, con independencia del grupo al que yo represento en estos
momentos, el de Convergència i Unió, el Grupo Parlamentario Vasco , con
la excepción de dos enmiendas a las que luego haré referencia, y el Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria . Se hizo posible, no sin esfuerzo, un
consenso que se plasmó en 18 enmiendas transaccionales que fueron
suscritas por los grupos antedichos y que han constituido el objeto de
este debate. Porque ni la señora Narbona, en nombre del Grupo
Parlamentario Socialista, ha hecho prácticamente defensa de las enmiendas
que mantiene --y lo entiendo, dada la brevedad del tiempo-- ni tampoco el
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida ha hecho más que esporádicas
reflexiones a sus proposiciones de cambio del proyecto de ley.

Consiguientemente, también voy a hacer una valoración de los cambios que
se han introducido en el curso del debate, que se plasman en el dictamen,
con respecto al proyecto original del Gobierno, añadiendo o anteponiendo
la afirmación de que estas modificaciones no son sustanciales, que
ciertamente son significativas
--rectifico al señor Fernández, portavoz de Izquierda Unida-- y no
son intrascendentes; el perfil del proyecto es el mismo, pero son
significativas. En primer lugar, en la valoración de la iniciativa
pública en relación con la privada o de la privada en relación con la
pública está la admisión casi explícita de la figura del agente
urbanizador o al menos la afirmación de que la iniciativa privada no se
agota en la figura del propietario.

De las 22 enmiendas de la Federación Española de Municipios y Provincias
--rectifico, SS. SS. saben que no son enmiendas, son sugerencias de
enmiendas o proposiciones de rectificación del proyecto--, el dictamen ha
recogido nada menos que 11. En este punto, la Federación de Municipios y
Provincias ,con la óptica local, que no es la del Gobierno y no puede ser
la de esta Cámara, entendía que debería hacerse una definición más
explícita de la figura del agente urbanizador. En todo caso, lo que se ha
hecho nos parece claramente suficiente y determina que esa ley
emblemática para el Partido Socialista y para su portavoz que es la LRAU
, la famosa ley valenciana, en principio no sea incompatible con la ley
estatal, con la ley que debatimos hoy, cuando ésta se promulgue.

Por otra parte, se ha retocado la definición de suelo no urbanizable, en
cambio permanece en el artículo 10 la definición de suelo urbanizable en
la misma línea que estaba en el proyecto. Se ha matizado hasta qué punto
el planeamiento puede --y cómo-- entender que un terreno no es apto, no
es adecuado para el desarrollo urbano y se ha incorporado la referencia,
que ha merecido aprobación y valoración positiva de todos los grupos, a
los riesgos naturales contemplados en el planeamiento sectorial para
incorporar supuestos y casos que están en la mente de todos.

Se han modificado también los artículos 14, 16 y 18 relativos a los
derechos y deberes de los propietarios de suelo urbano urbanizable y no
urbanizable, incorporando la obligación de edificar en el plazo
establecido en el planeamiento, matizando el derecho de consulta previa
que estaba en el proyecto del Gobierno y que ahora sigue vivo, en el
ámbito de la normativa autonómica y en el marco de las administraciones
autonómicas. Se ha incorporado el párrafo relativo a los costes de
urbanización por entender que deben ser las legislaciones autonómicas,
porque el tema es de su competencia, las que reduzcan la participación
que pueda corresponder a las administraciones municipales en las cargas
de urbanización.

No se trata de agregar más puntos porcentuales al coste del suelo, se
trata de que la legislación autonómica, en el marco de la sentencia del
Tribunal Constitucional, asuma sus responsabilidades y sea la que
establezca en qué medida las cargas de urbanización deben agregarse al
montante, en su caso, de la cesión. Se ha modificado el artículo 20 en la
línea que solicitaba algún grupo parlamentario, para evitar o restringir
la formación de núcleos de población en el suelo no urbanizable.




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Finalmente, en el artículo 25 se ha eliminado la referencia al valor
real, pero quisiera decir que esta eliminación tiene un valor puramente
semántico, porque en los artículos 26, 27 y siguientes se mantienen los
criterios de valoración que figuraban en el proyecto y, por supuesto, se
abandona esa vieja referencia al valor inicial y al valor urbanístico que
sigue viva en alguna de las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.

Se han incorporado referencias que eran oportunas a los regímenes de
Ceuta y Melilla, se ha establecido una disposición adicional específica
para los territorios insulares, en la disposición adicional quinta se
mantiene la referencia obligada a los regímenes forales y, finalmente, en
la disposición derogatoria, que es trascendente, se sale al paso del
problema que se planteaba y en el que insistía algún grupo, como el Grupo
Parlamentario Socialista, en cuanto a la necesidad apremiante de hacer un
texto refundido.

De las dos opciones que se ofrecían al Gobierno y al grupo parlamentario
que le apoya, mandatar al Gobierno para la elaboración y publicación en
plazo de un texto refundido y la determinación precisa de los preceptos
que han quedado vivos de la derogación --y no puedo dejar de referirme a
que fue una derogación que merece figurar en el libro Guinness de los
récords, que hizo la sentencia del Tribunal Constitucional--, de estas
dos opciones, digo, el grupo que apoya al Gobierno y el Gobierno han
preferido una determinación precisa de los preceptos que se entienden
vivos del texto refundido de 1992, con lo cual al intérprete, al
aplicador del Derecho, se le facilita el camino para saber cuál es la
normativa aplicable en el momento presente, o mejor dicho, una vez que se
promulgue este proyecto de decreto-ley.

Entendemos que estas enmiendas han mejorado el texto, que son fruto de un
consenso y que han atendido en lo esencial las demandas de la Federación
Española de Municipios y Provincias. De ninguna manera se puede afirmar
que el texto se construye de espaldas a la autonomía local y en contra,
como ha dicho el portavoz de Izquierda Unida, de los ayuntamientos. Hay
un dato meramente estadístico. Me he tomado la molestia de ver en el
proyecto cuántas veces se utiliza la palabra planeamiento y son
exactamente 39, lo cual quiere decir que, como no podía ser menos, el
legislador estatal respeta, valora y tiene en cuenta la autonomía local y
la realidad de que, en definitiva, a quien corresponde la responsabilidad
de la configuración de la ciudad es a los ayuntamientos, democráticamente
elegidos.

Se mantienen muchas enmiendas, aunque apenas se han defendido en este
tramite: 45, del PSOE; 33, de Izquierda Unida; 37, del Grupo Mixto, señor
Alcaraz; 14, de Eusko Alkartasuna y 19, del Bloque, menos las que ha
retirado. En la mayor parte de ellas --porque algunas tienen matices
específicos, como la de Eusko Alkartasuna, que entiende que el Estado no
debe legislar en materia de urbanismo ni de ordenación del territorio ni
poco ni mucho y, por tanto, es inaceptable-- late --lo he dicho muchas
veces y lo diré una vez más-- un modelo de urbanismo que no puede
compartir el Partido Popular ni el Grupo Popular. Ese modelo de urbanismo
es un modelo intervencionista, es un modelo burocrático y sobre todo es
un modelo fracasado. El modelo de la Ley 8/1990 y del texto refundido de
1992 es un modelo fracasado. Ahí está para acreditarlo la incidencia del
coste del suelo o del precio final de una vivienda. Se puede estimar, en
un mínimo de carácter nacional, por lo menos en el 35 por ciento. El
famoso informe del Seopan lo sitúa mucho más allá, lo sitúa en el 43 por
ciento.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Ortiz, vaya concluyendo.




El señor ORTIZ GONZALEZ: Voy concluyendo.

Decía que representa un porcentaje superior al mismo coste de la
construcción. Ahí está el tiempo que tarda en madurar un proyecto
urbanístico, dos años, tres, cuatro, cinco. Ahí está un modelo que se
excede en discrecionalidad administrativa.

En definitiva, son dos modelos distintos, que preconizan un concepto de
derecho de propiedad diferente, un papel de la iniciativa privada
diferente y una defensa de las cargas del suelo, esto es, de las
cesiones, radicalmente distinta. En nuestro modelo se recuperan, por así
decirlo, para entender que forman parte del contenido esencial del
derecho de propiedad, los derechos a urbanizar, a la urbanización y a la
edificación, que en el modelo socialista no son privados, sino públicos.

Algunas enmiendas de Izquierda Unida se llegan a calificar de bienes
demaniales. Nosotros entendemos que estos derechos forman parte del
contenido esencial del derecho de propiedad y lo que puede hacer el
legislador es condicionar, no su titularidad, sino su ejercicio al
cumplimiento de los deberes urbanísticos. Desde esta posición se
construyen conceptos distintos de licencia. Por ejemplo, en el que fue
modelo, la licencia es el título atributivo del derecho a urbanizar, del
derecho a edificar, o del derecho a la edificación.

En lo que concierne al papel de la iniciativa privada, nuestro modelo
entiende que la iniciativa debe ser mixta, admitiendo siempre que la
dirección del proceso urbanístico corresponde, por ser una función
pública, a las administraciones públicas, pero hay que potenciar el papel
de la iniciativa privada y esto se plasma, por ejemplo, en la misma
definición de suelo urbanizable del artículo 10, que no ha experimentado
cambios y que abre, sin perjuicio de respetar lo que diga el
planeamiento, la creación de más suelo urbanizable, que sigue siendo uno
de los objetivos de la ley. Recuerdo que los objetivos de la ley siguen
siendo abaratar el precio del suelo, en primer término, a efectos



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de la política de vivienda, pero también para el resto de las actividades
productivas. En segundo lugar, reducir las cargas del suelo y potenciar
el papel de la iniciativa privada. En esta línea nos movemos.

En cuanto al tema de las cesiones, que no podía dejar de ser aludido por
todos los grupos de esta Cámara, quiero decir que lamento que el Grupo
Parlamentario Vasco, que ha llegado prácticamente al consenso, salvo en
este punto, mantenga sus enmiendas. Entiendo su posición, pero respecto a
la insistencia en el 15 por ciento, en la vuelta a la línea de la Ley
8/1990 y al texto refundido de 1992, no podemos sino estar en desacuerdo.

El Gobierno y el grupo que le apoya mantiene una posición que podríamos
calificar de intermedia, porque entre lo que pudiéramos llamar
coloquialmente la cesión cero que quieren los promotores, que quiere el
sector afectado, y la cesión del 15 por ciento que piden algunos
ayuntamientos y no pocas autonomías, el Grupo Parlamentario Popular y el
Gobierno se mantienen en la línea del proyecto con el 10 por ciento,
ciertamente con la responsabilización a las comunidades autónomas del
problema de los costes de urbanización.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Ortiz, termine, por favor.




El señor ORTIZ GONZALEZ: Acabo ya definitivamente, señor presidente.

Es cierto que el coste de la vivienda ha crecido unos puntos porcentuales
--según mi información, 0,5 sobre la evolución general del IPC--, pero
esto es razonable si se tiene en cuenta la buena marcha de la actividad
económica, el crecimiento de la demanda, la reducción del esfuerzo
personal para el acceso a una vivienda, que, según los datos del
Ministerio de Fomento publicados en la última semana, se sitúa en un
promedio del 28 por ciento, y que ha dado lugar a un crecimiento de la
demanda al que todavía no ha podido dar respuesta el mercado, porque,
sencillamente y entre otras cosas, el marco normativo que significa esta
ley aún no ha entrado en vigor.

En cuanto al plan de vivienda para 1998/2001, señora Narbona, le puedo
asegurar que entrará en vigor de modo inmediato, que la conferencia
sectorial de vivienda se reunirá este mismo mes o lo más tarde en la
primera semana del próximo mes de marzo y que este plan de vivienda
recogerá todo lo mucho bueno que hay en el plan anterior, que S. S. tuvo
la oportunidad de gestionar y de dirigir, e introducirá aquellas
modificaciones, algunas con novedades originales, que serán la expresión
de la nueva política de vivienda del Gobierno de José María Aznar.

Acabo ya, señor presidente.

Quiero recordar a SS. SS. que esta ley nace con una doble limitación, que
hay que entender para su valoración. En primer lugar, es una ley estatal.

De acuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de marzo de
1997, su desarrollo corresponde a las comunidades autónomas y en ellas
está su responsabilidad. En segundo lugar, es una ley del suelo. Esta
obviedad quiere decir que no podía ser una ley del medio ambiente urbano,
como postulan las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, mucho
menos una ley de haciendas locales y mucho menos todavía pretender ser
una reedición adaptada al urbanismo de la Ley de Expropiación Forzosa.

Habrá que valorar la ley en función de los objetivos que persigue.

Transcurrido un tiempo razonable, habrá que ver --mi grupo y el Gobierno
apuestan que sí-- si se producirá un abaratamiento del suelo a efectos de
la vivienda y del resto de las actividades productivas.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Ortiz.

¿Grupos parlamentarios que quieren fijar su posición y que no hayan
intervenido en el debate? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, el señor Rivero tiene la
palabra.




El señor RIVERO BAUTE: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, este debate es, sin duda, la expresión de un gran acuerdo, un
gran acuerdo sobre un proyecto de ley básica que, como tal, define un
denominador común del régimen del suelo en todo el territorio del Estado;
un texto nuevo resultado de una orientación liberalizadora del mercado
del suelo, la que traía el proyecto de ley original, y de la introducción
de diversas enmiendas que han sabido modular la liberalización con la
imprescindible dirección y acción urbanística de las administraciones
públicas y que da entrada a otros agentes de la iniciativa privada
distintos al propietario.

Desde Coalición Canaria, hacemos una favorable valoración del texto que
debatimos hoy pues las comunidades autónomas van a poder definir cuál es
el modelo de desarrollo urbano que necesitan, a través de su legislación
urbanística. Por tanto, ha quedado un proyecto respetuoso con la
sentencia del Tribunal Constitucional, de marzo de 1997.

Nos preocupaba la apuesta que hacía el proyecto de ley presentado por el
Gobierno, en el sentido de orientar el modelo a una urbanización por
extensión; es decir, todo el suelo era urbanizable, excepto aquel que
objetivamente se pudiera demostrar que no lo era. Pues bien, en el
dictamen que hoy debatimos, fruto del acuerdo en Comisión, se admite, en
la clasificación del suelo, que el suelo que no sea urbano o no
urbanizable --el rústico, en Galicia y en Canarias-- es urbanizable, pero
ahora la definición del suelo no urbanizable o rústico ya no exige la
motivación y la racionalidad en



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su concreción. Serán los planeamientos territorial y urbanístico los que
determinen los valores paisajísticos, ambientales, arqueológicos,
científicos, agrícolas, ganaderos o forestales. Para nosotros, esto es un
avance importante respecto al texto que en principio se remitió por el
Gobierno.

Asimismo, nos preocupaba que la dirección del proceso urbanizador
recayera básicamente en la iniciativa privada en el texto presentado en
su día en la Cámara. En el texto que hoy debatimos, fruto del acuerdo del
dictamen de comisión, la dirección del proceso urbanizador recae en la
Administración pública, sin perjuicio de contar, como colaborador, con la
iniciativa privada.

Señorías, Coalición Canaria defendió, en la Ley de medidas
liberalizadoras en materia de suelo, que el porcentaje de cesión a los
ayuntamientos fuera del 15 por ciento. El acuerdo alcanzado, que hoy se
somete a la consideración del Pleno, satisface las aspiraciones de
nuestra formación política en su día. La exigencia que nosotros
planteábamos estaba orientada básicamente a que los distintos
ayuntamientos tuvieran más posibilidades de tener dotaciones de suelo
para viviendas y para equipamientos. La fórmula que hoy se ofrece, el 10
por ciento, pero el 10 por ciento urbanizado, salvo que la legislación
urbanística de cada una de las comunidades autónomas diga lo contrario,
es decir restrinja ese 10 por ciento urbanizado, es igual de beneficiosa
para los distintos municipios. Basta hacer un cálculo de lo que significa
un 15 por ciento de suelo no urbanizado o un 10 por ciento de suelo
urbanizado para ver que, en estos momentos, en aquellas comunidades
autónomas que mantengan el 10 por ciento urbanizado se beneficia más a
los distintos ayuntamientos.

Nos satisface, señor presidente, que los acuerdos políticos que esta
Cámara adopta alcancen en su momento, como es éste, el valor jurídico que
se precisa para hacerlos realidad. Me refiero a la resolución aprobada
por unanimidad de la Cámara en el último debate del estado de la Nación,
en el que se hacía referencia a que en los territorios insulares el
Gobierno debería propiciar políticas diferenciadas en materia de energía,
de agua, de transportes, de telecomunicaciones y de suelo. La disposición
adicional cuarta va en esa línea. La legislación urbanística autonómica
podrá establecer criterios complementarios para clasificar los suelos no
urbanizables y los suelos urbanizables. Este es un tema muy importante
para aquellos territorios frágiles, escasos, limitados, orográficamente
difíciles, para aquellos territorios superpoblados, aquellos territorios
donde es necesario hacer un esfuerzo por preservar su medio como
principal recurso de lo que es su principal motor económico, el turismo.

Ese recurso es el paisaje. En ese sentido, que la legislación autonómica
pueda adoptar criterios complementarios para clasificar los suelos no
urbanizables o los suelos rústicos nos parece extraordinariamente
positivo.

Hay que agradecer el esfuerzo que ha hecho el señor Ortiz para llegar al
acuerdo alcanzado y el trabajo que ha realizado el resto de las
formaciones políticas que apoyan al Gobierno, Convergència i Unió y PNV.

Nosotros entendemos que otros grupos parlamentarios podían haberse
sumado, no al proyecto inicial, sino al acuerdo que hoy se está
dictaminando, y entendemos que hubiera sido políticamente conveniente que
grupos como el Grupo Parlamentario Socialista pudieran haberse
incorporado.

En definitiva, el texto hoy consensuado, que tiene una mayoría
parlamentaria suficiente, nos parece un texto respetuoso con el modelo
que en estos momentos se necesita como ley básica del Estado en materia
de suelo.

Muchas gracias, presidente; muchas gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Rivero.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor
Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Muchas gracias, señor presidente.

Nuestro grupo parlamentario no mantiene ninguna enmienda en este trámite
a este proyecto de ley sobre régimen del suelo y valoraciones, y ello no
es precisamente consecuencia de nuestra conformidad inicial con el
proyecto de ley que nos presentó el Gobierno, con el que ciertamente
manteníamos discrepancias, sino que ha sido y es el resultado de un
intenso diálogo, de un intenso debate, complejo y a veces diría que
incluso farragoso, que hemos mantenido en las fases previas de este
debate entre varios grupos parlamentarios, concretamente cuatro, que
partíamos de unas premisas sobre lo que debe ser la política de suelo
bastante cercanas. Como consecuencia de este diálogo, llegamos a un texto
consensuado, que ya se aprobó, como han dicho anteriores intervinientes,
en Comisión.

Como decía, señor presidente, nuestro grupo parlamentario no partía
precisamente de una conformidad absoluta con el proyecto de ley que
presentó el Gobierno a la Cámara hace ya unos cuantos meses. Es más, en
el debate de totalidad me permití exponer, en nombre de nuestro grupo
parlamentario, ante este Pleno, una serie de condiciones que debían darse
para que el proyecto pudiera contar finalmente con nuestro apoyo.

Nosotros, después del resultado del debate en Comisión, donde se plasmó,
como decía antes, el acuerdo que alcanzamos entre cuatro grupos
parlamentarios, podemos decir que nuestros objetivos, de cara al debate
del proyecto de la ley del suelo, se han cumplido de una forma muy
razonable.

¿A qué condiciones me estoy refiriendo o cuáles son aquellos aspectos que
nuestro grupo ya manifestó, como decía, en su momento, que debían
introducirse o



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que debían corregirse en el proyecto de ley? En primer lugar, entendíamos
que el texto remitido por el Gobierno debía adaptarse mejor al esquema
competencial que ha sido consecuencia de la tan debatida sentencia del
Tribunal Constitucional sobre la anterior ley de régimen del suelo y
ordenación urbana. Debo decir que en el trámite de Comisión corregimos
algunos aspectos del texto inicial que ofrecían serias dudas sobre la más
correcta interpretación del texto de la sentencia del Tribunal
Constitucional, como puede ser la definición del suelo urbano o como
pueden ser los supuestos expropiatorios.

En segundo lugar, entendía nuestro grupo parlamentario, y así lo planteó
en ese debate previo, que la ley final debía definir de una forma más
clara el papel que desempeña la gestión pública en materia de suelo, o
incluso el liderazgo que la gestión pública puede y debe desempeñar, ya
sea materializando sus propias políticas de suelo, ya sea impulsando la
acción de la iniciativa privada. Debo decir también que en este aspecto
nuestras expectativas han quedado notablemente reflejadas en el texto que
en este momento estamos debatiendo.

En tercer lugar, un tema que también ha sido ampliamente comentado y
debatido, como es la reformulación de la definición del concepto de suelo
no urbanizable. Es una definición que sufrió ya una evolución importante
entre los primeros anteproyectos de que tuvimos conocimiento y el texto
que finalmente el Gobierno remitió a esta Cámara. Nosotros entendíamos
que debíamos superar ese concepto de suelo no urbanizable, limitado a
aquel suelo que reunía unas determinadas características de tipo
paisajístico o de tipo cultural, y que debía efectuarse un reconocimiento
de la capacidad que tienen las administraciones públicas, y muy
especialmente las administraciones locales, para poder definir su modelo
de ciudad, su modelo de crecimiento, con independencia del valor que
pudiera tener un determinado tipo de suelo, como decía ahora mismo. En
este sentido --y me sumo a las palabras que han manifestado algunos de
los anteriores intervinientes--, el texto aprobado en Comisión satisface
plenamente las expectativas de nuestro grupo parlamentario.

Por último, aunque no sea menos importante, otro aspecto que nos
preocupaba era el referente al sistema de valoraciones y muy
especialmente ese concepto de valor real que se introducía en el texto
remitido por el Gobierno, que nadie sabía exactamente lo que quería
decir. Nosotros entendíamos que en política de suelo ya se han realizado
en los últimos años demasiados experimentos y que en la nueva ley habría
que evitar
caer en errores cometidos en el pasado. Esta es una cuestión que
queda también suficientemente resuelta en el texto aprobado en Comisión.

Por todo ello, nuestro grupo parlamentario, señor presidente, y con ello
termino, va a apoyar una vez más este texto, obviamente rechazando las
enmiendas que quedan vivas. No puedo afirmar con rotundidad si este
proyecto de ley va a servir para el objetivo que nos habíamos fijado
inicialmente, como era conseguir que la repercusión del precio del suelo
fuera inferior en el precio final de la vivienda y que de esta manera una
mayoría de los ciudadanos pudiera ver facilitado su acceso a una vivienda
digna, y, en segundo lugar, si va a servir para reducir la repercusión
del precio del suelo en la implantación de actividades económicas.

Desconocemos, no podemos afirmar con rotundidad que este proyecto de ley
vaya a contribuir necesariamente a conseguir este efecto, pero sí creemos
que va a suponer una contribución notable al respecto. En todo caso,
pensamos que hay que dar una oportunidad.

Termino, señor presidente, con las mismas palabras con que terminé mi
intervención en la Comisión de Infraestructuras. Desconozco, como decía,
si este proyecto de ley va a conseguir el cien por cien de sus objetivos,
aunque espero que así sea. Soy consciente de que en el futuro una nueva
mayoría parlamentaria puede cambiar el texto del proyecto de ley. En todo
caso, espero, deseo y estoy convencido de que éste no va a ser un
proyecto de ley como el aprobado en anteriores legislaturas, que, antes
de que el propio Tribunal Constitucional lo declarara inválido, la propia
práctica diaria ya lo había suspendido.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Recoder.

Pasamos a la votación correspondiente a las enmiendas del proyecto de ley
que se ha debatido.

(El señor presidente ocupa la Presidencia.) El señor PRESIDENTE:
Señorías, quiero anunciar a los grupos parlamentarios que, por
dificultades técnicas en el encaje de la segregación de votaciones,
procederíamos a la votación de las enmiendas por títulos, en el dictamen
de la Comisión del proyecto que acaba de debatirse.

¿Algún grupo parlamentario tiene inconveniente en hacerlo de esa forma,
por títulos? (Pausa.) En ese caso, procederemos a la votación de las
enmiendas por títulos. (La señora Uría Echevarría pide la palabra.)
Señora Uría.




La señora URIA ECHEVARRIA: El Grupo Vasco desearía que se votaran
separadamente las enmiendas números 92 y 96, juntas las dos pero
separadas del resto.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Uría. Eso ya se está teniendo en
cuenta por los servicios que están haciendo la agrupación de las
votaciones y de las enmiendas.

Tiene la palabra el señor Fernández.




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El señor FERNANDEZ SANCHEZ: Señor presidente, le quería decir que las
enmiendas están ordenadas por grupos y separarlas ahora por títulos creo
que causaría algún perjuicio a la hora de saber qué votamos.




El señor PRESIDENTE: Es exactamente por lo que lo comunico a sus
señorías. Les rogaría que se acercaran a la Mesa para procurar una
ordenación adecuada para todos. Si tienen el señor Fernández o la señora
Aguilar la amabilidad de hacerlo así, contribuirán de seguro a terminar
cuanto antes con esa dificultosa ordenación.

También quería someter a su consideración que el Grupo de Izquierda Unida
precisamente tiene pendiente de admisión a trámite, es decir, del tácito
consentimiento de SS. SS., una enmienda a la disposición transitoria
quinta. ¿Son conocedores los portavoces y así lo aceptan? (El señor Ortiz
González pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor Ortiz. Sabe, señor Ortiz, que estoy hablando de
su admisión a trámite nada más.




El señor ORTIZ GONZALEZ: No la admitimos a trámite, señor presidente, sin
perjuicio de, en ulteriores trámites parlamentarios de este proyecto,
considerar la propuesta que incorpora. De momento, repito, la posición de
mi grupo es no admitir a trámite esta enmienda in voce.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

A efectos de facilitar el trabajo de SS. SS., y también de conciliarlo
con la necesidad de agrupación de las enmiendas, se suspende la sesión
durante diez minutos. (Pausa.)
Señorías, vamos, por fin, a proceder a las votaciones de las enmiendas al
proyecto de ley sobre régimen del suelo y valoraciones. La votación de
dichas enmiendas la haremos conforme al grupo de su procedencia.

Votamos, en primer lugar, las del Grupo Mixto y, a su vez, dentro de él,
las pertenecientes a la señora Lasagabaster.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 320; a
favor, 132; en contra, 187; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del señor Vázquez.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 150; en contra, 172.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Se someten a dieciséis votaciones las enmiendas del señor Alcaraz. En
primer lugar, la 212.

Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 150; en contra, 171.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 213, 214, 215, 216 y 217.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 150; en contra, 171.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda número 219.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319; a
favor, 150; en contra, 169.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 218.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 20; en contra, 174; abstenciones, 128.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 220, 222, 223, 224 y 227.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 150; en contra, 172.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas 231, 232 y 233.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 150; en contra, 172.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas números 221, 225, 226, 228 y 230.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 19; en contra, 173; abstenciones, 129.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda número 229.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a
favor, 16; en contra, 298; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 235 y 236.

Comienza la votación. (Pausa.)



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 149; en contra, 171; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda número 237.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, cuatro; en contra, 174; abstenciones, 143.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 238.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 320; a
favor, tres; en contra, 298; abstenciones, 19.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 239, 240, 241, 242 y 243.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 148; en contra, 172, abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda 244.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319; a
favor, 148; en contra, 171.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 245.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 147; en contra, 172; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 246 y 247.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 148; en contra, 173.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda número 248.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 149, en contra, 172.

El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 154; en contra, 168.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida. En primer lugar, votamos las
enmiendas números 48, 49, 51, 52, 53, 54 y 56.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 149; en contra, 173.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda número 55, de Izquierda Unida.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 149; en contra, 172.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 57, del Grupo de Izquierda Unida.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 18; en contra, 176; abstenciones, 127.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 61, 62, 63, 65, 66, 67, 58, 59, 60, 64 y 68.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 320; a
favor, 150; en contra, 168; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas, incluida la 68.

Enmiendas números 69, 70 y 71.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 150; en contra, 171; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas números 72, 73, 74, 76, 77 y 75.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 147; en contra, 172; abstenciones, tres.




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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda número 78.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 20; en contra, 172; abstenciones, 129.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 79.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 149; en contra, 171; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 80.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 150; en contra, 172.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 50.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 149; en contra, 172.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda número 50 y última del
Grupo de Izquierda Unida.

Enmiendas del Grupo Socialista. En primer lugar, votamos las enmiendas
141, 144, 148 a 164, 173, 175, 176, 183, 184, 185 y 188.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 149; en contra, 172, abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Restantes enmiendas del Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 150; en contra, 171.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votaciones correspondientes al texto del dictamen.

En primer lugar se somete a votación los artículos 2, 5, 6, 11 y las
disposiciones transitorias segunda y tercera.

Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 301; en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Se vota la disposición final.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a
favor, 173; en contra, 19; abstenciones, 130.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la disposición final.

Resto del texto del proyecto, incluida la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 321; a
favor, 170; en contra, 147; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el resto del dictamen, incluida la
exposición de motivos.




DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DE ORDENACION DEL MERCADO DE TABACOS. (Número de
expediente 121/000086)



El señor PRESIDENTE: Punto octavo del orden del día: debates de totalidad
de iniciativas legislativas.

En primer lugar, debate de totalidad al proyecto de ley de ordenación del
mercado de tabacos.

Para su presentación ante el Pleno, tiene la palabra, en nombre del
Gobierno, el vicepresidente segundo del mismo y ministro de Economía y
Hacienda, señor Rato y Figaredo. (El señor vicepresidente,
Fernández-Miranda y Lozana, ocupa la Presidencia.) El señor
VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señorías, ruego guarden
silencio. (Pausa.)
Puede comenzar, señor vicepresidente.




El señor VICEPRESIDENTE SEGUNDO DEL GOBIERNO Y MINISTRO DE ECONOMIA Y
HACIENDA (De Rato y Figaredo): Gracias, señor presidente.

Señorías, tengo el honor de presentar ante la Cámara, en nombre del
Gobierno, el proyecto de ley de ordenación del mercado de tabaco, cuya
entrada en vigor complementará la liberalización de la producción y la
comercialización al por mayor de productos de tabaco originados en
cualquier país del mundo. Este proyecto consta de siete artículos, siete
disposiciones adicionales, cuatro disposiciones finales y una disposición
derogatoria.




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La reforma, señorías, hay que enmarcarla en el proceso de liberalización
económica en el que está planteada la política económica del Gobierno,
que por un lado, consigue un aumento claro de la competencia con una
incidencia importante desde el punto de vista de la competitividad y,
sobre todo, del de la evolución de los precios, y por otro lado, también,
busca la mayor satisfacción del consumidor.

Es indudable que en el mercado de tabacos existen peculiaridades que ya
fueron puestas de relieve en la modificación, en la ley de 1986, y
también serán mencionadas a lo largo de mi explicación. En cualquier
caso, está claro que no existen en este momento justificaciones para que
se produzcan limitaciones a la libertad de empresa que consagra el
artículo 38 de nuestra Constitución.

Como SS. SS. saben, en 1986, en la fecha de la incorporación de nuestro
país a la Unión Europea, se liberalizó la importación y el comercio en
fase mayorista de las labores de tabaco de procedencia comunitaria; sin
embargo, se mantuvieron entonces las restricciones y, por tanto, el
monopolio, salvo en Canarias, de los demás monopolios existentes. Es
decir, se mantuvieron en régimen de monopolio las actividades de
fabricación y comercio al por menor de las labores de países
comunitarios, aunque, como he dicho, se liberalizaron las labores al por
mayor y la importación, y se mantuvo el proceso completo de fabricación e
importación y comercio al por mayor y al por menor en fase de monopolio
de todas las labores de procedencia no comunitaria. Transcurridos doce
años desde la puesta en práctica de esta liberalización parcial en 1986,
existe suficiente experiencia, desde el punto de vista de la evolución
del mercado y de la posición de la fabricación nacional de los productos
que tienen origen nacional, así como de la actuación de otros países,
para avanzar en un proceso de mayor liberalización.

Este proyecto de ley que tengo el honor de presentar a la Cámara prevé
precisamente una ampliación considerable de la liberalización, porque
planteamos la extinción de los monopolios actuales en las fases de
elaboración, importación y venta al por mayor de los productos de tabaco,
independientemente de su origen. Por tanto, independientemente de que su
origen sea comunitario o de otros países fuera de la Unión Europea, el
Gobierno plantea a la Cámara la total liberalización de la elaboración,
la importación y la venta al por mayor. Esta medida es plenamente
coherente, como SS. SS conocen, con la política económica del Gobierno;
supone un avance considerable en los momentos de competencia y, al mismo
tiempo, mantiene la situación actual, aunque con modificaciones más
liberales, del proceso de venta al por menor, ya que no están incluidas
según la liberalización, puesto que se mantendrá el régimen de
expendedurías.

Quiero también recordar a SS. SS. que en el monopolio de fabricación
vigente hasta ahora no están incluidas las actividades previas a la
manufactura de labores de tabaco, es decir, el cultivo del tabaco en
rama, su clasificación, primer secado y, en consecuencia, el proyecto de
ley no hace referencias, ni establece modificaciones del régimen en vigor
para el cultivo de tabaco. Esto es importante porque entiendo que hay
preocupación por parte de algunos grupos parlamentarios respecto a la
repercusión de este proceso de liberalización en el cultivo del tabaco.

Tengo que decir, una vez más, que el proyecto de ley no modifica para
nada la actual situación del cultivo de tabaco, sino más bien al
contrario. Precisamente, con la opción que hemos tomado de mantener un
régimen de licencias, ya no de autorizaciones pero sí de licencias, para
la distribución al por menor; es decir, para el régimen de expendedurías,
estamos protegiendo, por un lado, que se puedan cumplir las normas
vigentes, desde el punto de vista tributario y sanitario; estamos
garantizando también el suministro al consumidor en condiciones de
competencia, pero que también haya claramente una provisión constante de
producto en rama y, por lo tanto, beneficiando a la producción nacional.

Siguiendo la propia jurisprudencia comunitaria de la sentencia de 1995,
mantenemos en el proyecto de ley que el monopolio del comercio al por
menor de labores de tabaco a favor del Estado, a través de expendedurías
de tabaco y timbre, continuará revistiendo el carácter de servicio
público, que es un instrumento fundamental para el mejor control de un
producto que claramente tiene una situación de estanco como es el tabaco,
con notable repercusión aduanera y tributaria.

Existen además otras razones para mantener el monopolio en la venta al
por menor, como evitar la aparición de oligopolios que puedan afectar
negativamente a la neutralidad de actuación en el mercado minorista. Es
indudable que, desde el punto de vista de la venta de tabaco, si hubiera
una liberalización total en la venta al por menor, estaríamos hablando de
una clara situación de ventaja de grandes grupos multinacionales.

Entendemos que no debe ser permitida y que debemos continuar, en cuanto
al suministro al por menor, con el sistema de licencias de expendedurías.

También con él garantizamos al adquirente la regularidad en el
abastecimiento, la legalidad y adecuada conservación de los productos y
aseguramos la venta, a su vez, de los efectos timbrados y signos de
franqueo.

En consecuencia, los actuales expendedores --y creo que esto es
importante por el interés político y social que tiene-- no experimentan
alteraciones en sus derechos ni en su régimen.

Sí quisiera, señor presidente, comentar a la Cámara cuál es la situación
actual de venta al por menor, porque es suficientemente explicativa en sí
misma. Existen 25.000 estancos, pero al mismo tiempo también existen
180.000 puntos de venta. Los puntos de venta son aquellos
establecimientos abiertos al público que



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solicitan una autorización que es automática para la venta de tabaco. Por
tanto, desde la perspectiva de la competencia y del suministro, el
ciudadano y el consumidor no sólo tienen que dirigirse a un determinado
establecimiento que tenga licencia para ello, sino que además los hay en
número muy superior, 25.000 estancos frente a 180.000 puntos de venta,
que garantiza una clara competencia y también un servicio al consumidor
suficientemente amplio.

Desde el punto de vista de la concesión de estancos, quisiera decir que
damos un paso en esta ley --si la Cámara tiene a bien aprobarla tal y
como la remite el Gobierno-- para ir a un proceso de licencias mucho más
trasparente y que evite cualquier discrecionalidad.

Como SS. SS. saben, hasta ahora el proceso de concesión de expendedurías
era por autorización y, por tanto, estaba sometido a la discrecionalidad
de la Administración pública, ya que en este proceso de concesión no se
especificaban ningunas concesiones objetivas que hicieran obligatorio,
según la concesión, la actuación de las Administraciones públicas.

Por el contrario, a partir de este proyecto de ley nos vamos a encontrar
con un sistema mucho más trasparente en el proceso de adjudicación de
futuras concesiones de expendedurías, que ya estará sometido a un
procedimiento reglado y en ningún caso habrá margen para la
discrecionalidad.

Asimismo, se admite, como en la actualidad, la existencia de
establecimientos autorizados para la venta con recargo para la mejor
atención del servicio; como he dicho, en este caso estamos hablando de
unos 180.000 establecimientos como los que ya existen en España.

¿Cuál va a ser a partir de ahora la entrada en vigor de esta ley la
actuación del Gobierno en la regulación de este mercado? En congruencia
con la liberalización del mercado se sustituye la actual intervención
estatal en el mercado de tabaco por una nueva actividad de regulación que
salvaguarde la aplicación de los criterios de neutralidad y las
condiciones de libre competencia efectiva, de forma tal que, dejando
actuar a todos los operadores que deseen fabricar, importar o vender al
por mayor elaborados de tabaco, se proceda también a una simple
supervisión del correcto desenvolvimiento de tales actividades por parte
de un organismo público dotado de autonomía y gestión. Es decir, a partir
de ahora pasamos a un sistema de licencias --antes me he referido por
error al sistema de licencias en la venta al por menor; no, el sistema de
venta al por menor será por concesión-- que se aplicará a la importación,
fabricación o venta al por mayor. Del sistema de autorización que había
hasta ahora pasamos a otro de licencias en el cual, como SS. SS.

entienden, se produce una limitación total de la discrecionalidad de la
Administración.

Precisamente por esto se suprime la actual Delegación del Gobierno en el
monopolio de tabacos y se sustituye, para llevar a cabo las funciones que
después detallaré, por un Comisionado para el Mercado de Tabacos que se
configura como un organismo autónomo para reforzar la necesaria
neutralidad de sus actuaciones de regulación económica.

A partir de ahora la regulación del mercado y, por tanto, del
cumplimiento por parte de los operadores de las normas tasadas y del
funcionamiento de la libre competencia, será responsabilidad de un
organismo autónomo denominado Comisionado para el Mercado de Tabacos. Se
le encomiendan tres tipos de funciones: en primer lugar, ejercer de
manera neutral las funciones de regulación económica del sector. En
segundo lugar, ser el órgano de interlocución con la red de expendedurías
y establecimientos autorizados para la venta con recargo y, por último,
prestar servicios a los operadores del mercado de tabaco.

Para financiar las labores del comisionado, que no supondrán ningún
aumento de gasto público en relación con lo que ahora se produce a través
de la Delegación del Gobierno ni ningún aumento de cualquier tipo de
instrumentos ni de personal, se justifica la creación de una tasa, tanto
para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Tasas y Precios
Públicos de 1989 como para cubrir las necesidades de financiación del
Comisionado que sale del presupuesto en el que ahora estaba la
financiación de la Delegación del Gobierno, cuya memoria económica
acompaña al proyecto del Gobierno --y que SS. SS. conocen--. Reitero que
será al mismo coste de la actual Delegación del Gobierno.

Asimismo, se introduce un canon o prestación patrimonial de carácter
público para las futuras --y quiero subrayarlo-- concesiones de
expendedurías de tabaco y timbre, con el fin de homologar en ese aspecto
a otros concesionarios futuros con los titulares de otras concesiones
administrativas.

Como medida de cierre del proyecto de ley se tipifican adecuadamente,
señor presidente, las infracciones y correspondientes sanciones en los
casos de posibles violaciones de la regla de ordenación del mercado, de
modo que se garantice la aplicación de los principios de liberalización y
neutralidad pretendidos en el proyecto de ley.

Como he dicho, señor presidente, --y creo que éste es un tema
políticamente muy relevante, que preocupa a los grupos parlamentarios--
quiero reiterar que el presente proyecto de ley no tiene un impacto sobre
el cultivo nacional de tabaco en rama; más bien al contrario, el
mantenimiento de un sistema de monopolios de la venta al por menor
garantiza el suministro constante de este producto. No sólo no tiene
impacto porque no se modifica en modo alguno su situación actual, como he
dicho, sino también porque el régimen previsto para Tabacalera, S. A., y
otras empresas ya autorizadas a importar o distribuir al por mayor y la
propia creación del Comisionado del Mercado de Tabacos,



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así como el régimen de licencias para las actividades de importación,
venta al por mayor y producción y el mantenimiento de monopolio de venta
al por menor, permiten asegurar la neutralidad en el funcionamiento del
mercado y evitar así la aparición de oligopolios que pudieran comportar
discriminaciones entre marcas y alteraciones por esa vía en la
utilización del tabaco en rama nacional.

En segundo lugar, señor presidente, también he señalado que no se alteran
ni los derechos ni el régimen de los actuales expendedores; se mantiene
el monopolio al por menor y se dispone que dicho monopolio siga
ejercitándose mediante concesión. El proceso de concesión se aplicará
sólo a las nuevas concesiones, del mismo modo que la exigencia del canon
sólo tendrá lugar para las nuevas adjudicaciones o novaciones de las
actuales.

Desde el proceso de liberalización que ya se produjo en 1986 la
experiencia nos demuestra que los productores y las marcas nacionales no
han sido perjudicados por el proceso de liberalización, sino más bien al
contrario; en España se da el caso de que las dos marcas de mayor venta
son precisamente nacionales, y no existe más que otro operador que ha
aparecido junto a Tabacalera en el mercado en estos doce años.

En cualquier caso, los posibles nuevos operadores, que a partir de ahora
serán libres, estarán sujetos a idénticas normas y deberán actuar en la
misma forma y con idénticos derechos y deberes en relación con la red
minorista. Por tanto, el proyecto no produce empeoramiento alguno de la
situación de los expendedores; lo que sí hace es introducir mejoras,
entendiendo con ello una mayor transparencia en el proceso de concesiones
y también según un estatuto concesional que está previsto en el proyecto
y que será promulgado por el Gobierno en el que se refuerza la
neutralidad en todo lo que concierne a la venta al por menor.

La aplicación de las medidas previstas en el proyecto así como su
posterior desarrollo reglamentario permitirán, señor presidente, por un
lado, que cualquier persona física o jurídica con capacidad legal para
ejercer el comercio podrá fabricar, importar o vender al por mayor
libremente los elaborados de tabaco de cualquier parte del mundo, una vez
que el Comisionado para el Mercado de Tabacos, que es un órgano de
carácter neutral y con funciones de regulación de tal mercado, compruebe
que esta persona física o jurídica reúne los requisitos, objetivos
iguales para todos, previstos en la propia ley.

Tabacalera continuará desarrollando su actividad, pero no ya en régimen
exclusivo como compañía gestora de los monopolios vigentes y que se
extinga por esta ley. Por tanto, deberá competir en las mismas
condiciones objetivas con los nuevos fabricantes, importadores y
mayoristas que se establezcan al amparo de la misma.

El proyecto de ley contempla la posibilidad de que cualquier ciudadano de
cualquier nacionalidad pueda concurrir a los concursos de provisión de
expendedurías convocados según las bases no discriminatorias y
transparentes y resultar concesionario del monopolio de venta al por
menor de labores de tabaco, así como de efectos timbrados y sellos de
correos, debiendo acomodar sus actuaciones a lo que se disponga en el
estatuto concesional. El estatuto concesional, como indica la ley, va a
aumentar el carácter comercial de las expendedurías en beneficio de una
mayor calidad del servicio público que prestan mediante la ampliación de
horario --espero que los grupos parlamentarios nos den indicaciones de en
qué dirección debemos de ir-- y el acortamiento de distancias entre
establecimientos. Asimismo, se potencia el principio de neutralidad en su
actuación, de modo que las expendedurías no quedarán identificadas
externamente por logotipos o rótulos de ningún fabricante, marca o
distribuidor concreto ni podrán favorecer la venta de unas marcas en
perjuicio de otras.

En conclusión, señor presidente, este proyecto de ley que hoy presento
ante la Cámara supone un claro avance en la flexibilización del
funcionamiento de un sector que tiene un importante peso en nuestra
economía, que también tiene una incidencia sobre los precios, que supone
una apertura mayor a la competencia, que acomoda plenamente su regulación
a la aplicada en los países de nuestro entorno y a la propia
jurisprudencia europea y salvaguarda los legítimos intereses, públicos y
privados, a la vez que es absolutamente respetuoso con la legalidad
vigente, que afecta a temas tan importantes como las leyes de
contrabando, defensa de la competencia, normas sanitarias, tributarias y
aduaneras. Además, el comisionado tendrá como actuación coadyuvar al
cumplimiento de todas estas normas y en ningún caso sustituir la
actuación que están realizando las autoridades competentes.

Creo, señor presidente, que con esta norma damos un paso sustancial en la
modernización de nuestro mercado de tabacos, que garantiza los legítimos
intereses en concurrencia y que claramente no viene a perjudicar ni la
situación ya establecida de los estancos ni mucho menos el proceso de
cultivo de tabaco nacional.

Por todo ello, solicito al Parlamento la ratificación de este proyecto
del Gobierno.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor vicepresidente.

Ha sido presentada una enmienda de totalidad a este proyecto de ley, por
parte del Grupo Parlamentario Mixto, para cuya presentación y defensa
tiene la palabra el señor Rodríguez.




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Muchas gracias, señor presidente.




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Señoras diputadas y señores diputados, el proyecto de ley de ordenación
del mercado de tabacos que, como dijo el señor ministro, suprime los
actuales monopolios de fabricación, de importación y de comercio al por
mayor para labores de tabaco no procedentes de Estados miembros de la
Unión Europea constituye para el Bloque Nacionalista Galego el paso
previo e ineludible para la privatización de Tabacalera, S. A. Queremos
recordar que aún es una empresa de capital mayoritariamente público, con
el 53 por ciento del accionariado, y que ha ostentado hasta 1965 el
monopolio de fabricación, importación y distribución al por mayor de las
manufacturas de tabaco en el Estado español.

El actual proceso de liberalización tuvo un hito inicial en 1985. El
monopolio de importación y distribución mayorista para labores de tabaco
de procedencia comunitaria fue abolido durante el Gobierno del Partido
Socialista, por Ley 38/1985, de 22 de noviembre, con motivo de los
acuerdos para la incorporación del Estado español a la Comunidad
Económica Europea.

El resultado de esta primera liberalización del mercado de tabacos, la de
1985, supuso la consolidación de la penetración de las multinacionales
del tabaco en la distribución al por mayor y la caída de la cuota de
mercado de Tabacalera, S. A. hasta el actual 51 ó 52 por ciento. Estos
días vivimos un conflicto abierto entre Tabacalera y las dos grandes
multinacionales de distribución que actúan en el Estado español.

El proyecto de ley, por tanto, abre el camino definitivamente a una
privatización transnacionalizada, de consecuencias sociales y económicas
perjudiciales, por lo menos desde el punto de vista del Bloque
Nacionalista Galego. Vamos a hablar, por tanto, de estas repercusiones,
aunque sea brevemente.

De entre los posibles impactos de este proyecto de ley cabe destacar los
tres siguientes: en primer lugar, los impactos sobre los cultivadores del
tabaco; en segundo, los impactos sobre la propia empresa Tabacalera, S.

A., y, en tercer, sobre la red de distribuidores minoristas, los
célebremente conocidos con el nombre de estancos.

En relación con los cultivadores de tabaco es de esperar, como pasa
siempre, que la liberalización plena de la importación de tabaco y
labores de tabaco ahora a países no miembros de la Unión Europea tenga un
importante efecto negativo sobre los cultivadores de tabaco de todo el
Estado español.

Sin duda, las dos comunidades autónomas más afectadas serán Extremadura y
Canarias, por la importancia de los cultivos de tabaco en estas dos
comunidades, pero sobre todo Extremadura, donde hay pueblos enteros que
viven del cultivo de tabaco. En el caso de Galicia, no podemos decir que
haya cultivos de tabaco importantes, aunque sí quedan residuales en
Ourense, en concreto en la zona de Lovios, y no sé si quedan restos en el
caso de Porriño en la provincia de Pontevedra.

En relación con la propia empresa Tabacalera, Sociedad Anónima, las
repercusiones, bajo nuestro punto de vista, serán las siguientes.

Tenemos que tener en cuenta que, en los últimos años, la empresa
Tabacalera se fue deshaciendo de sus participaciones empresariales en
diversas ramas de la actividad, tanto del sector alimentario como de
otros sectores, concentrando su actividad en torno a la producción,
distribución y comercialización de manufacturas de tabaco. Pues bien, en
1996, Tabacalera obtuvo 682.441 millones de pesetas por comercialización
de manufacturas de tabaco y complementos y 117.403 por distribución de
timbres del Estado. La importancia relativa de las actividades
relacionadas con el tabaco es cada vez mayor en el volumen de ventas de
esta empresa. En los últimos cinco años, Tabacalera obtuvo beneficios
netos después de impuestos por importe de 55.600 millones de pesetas, de
los cuales una parte muy importante fue para el Estado en calidad de
accionista mayoritario. El Estado es hoy aún titular de aproximadamente
el 53 por ciento del capital social.

Tabacalera, Sociedad Anónima, proporciona, en la actualidad, alrededor de
6.800 empleos directos, de los cuales 342 corresponden a una factoría que
está establecida en Galicia, concretamente en A Coruña, que tiene una
tradición histórica importantísima, incluso de integración de la mujer en
el trabajo asalariado de carácter industrial, que sirvió de base a textos
literarios, por ejemplo de doña Emilia Pardo Bazán. El problema de los
distribuidores minoristas y ésta son las dos vías principales por las que
este proyecto de ley afectará concretamente a Galicia.

Según las informaciones que manejamos de distintos representantes
sindicales, en concreto de la fábrica de A Coruña, pero también en
general del Estado español, Tabacalera ha previsto un expediente de
regulación de empleo para el próximo año que podría afectar muy
negativamente a las fábricas en general, al plan de reducción de
plantillas y, en particular, a la fábrica de A Coruña. Por tanto, éste es
otro factor determinante, subyacente y, en cierta manera, concomitante
con el sustrato y la intención del proyecto de ley.

En tercer y último lugar, está claro que aparentemente el problema de los
distribuidores minoristas --y el proyecto de ley se refiere con mucho
detalle a él-- parece un problema puramente burocrático, administrativo o
de transparencia, pero queremos decir que aunque es cierto que las
condiciones en relación con los distribuidores minoristas no cambian
respecto a la Ley de 1985, el marco futuro no va a ser el mismo. Se
mantiene el monopolio de la distribución minorista a favor de los
estancos, cuyos titulares tendrán que seguir siendo personas físicas, se
mantiene también la tasa de ganancia en el 8,5 por ciento del precio de
venta y también se mantiene el monopolio de la distribución de timbres
del Estado. Sin embargo, el Bloque Nacionalista Galego es consciente de
que las asociaciones



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de estanqueros empiezan a entender que la liberalización de la
distribución mayorista les puede afectar de una manera muy negativa.

En todo caso, en primer lugar, nosotros pensamos que es contradictorio
liberalizar por arriba y pensar que se va a poder mantener estructurado y
reglado por debajo. A la larga, creo que la venta al por menor se
establecerá de forma indiscriminada, en concreto en grandes áreas
comerciales, en bares, y será cada vez más residual, menos necesario y
por lo tanto obsoleto, el estanco planteado en esta correlación de
liberalización oligopólica por encima y supuesta planificación
estructurada por debajo. En definitiva, señorías, las conclusiones para
el Bloque Nacionalista Galego son que el presente proyecto de ley se
enmarca prioritariamente dentro de la política de privatización de
empresas públicas del actual Gobierno del Estado, política que nosotros
rechazamos frontalmente, afectando en este caso a una empresa que
proporcionó y proporciona importantes beneficios al Estado. En
consecuencia, por las posibles repercusiones negativas que la
liberalización de la producción, importación y distribución al por mayor
de manufacturas de tabaco puede tener sobre Tabacalera, Sociedad Anónima
y más concretamente sobre el nivel de empleo y más concretamente sobre la
fábrica de A Coruña, además de por las posibles repercusiones sobre la
red de distribución minorista, pedimos la devolución del proyecto de ley
al Gobierno.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rodríguez.

¿Algún grupo parlamentario desea utilizar un turno en contra? (Pausa.) En
nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor
Amarillo.




El señor AMARILLO DOBLADO: Gracias, señor presidente.

Señor presidente, señorías, realmente nos encontramos ante un proyecto
que nos manda el Gobierno, que, en su discurso de presentación, el
vicepresidente nos lo describe de una manera tal que a uno, cuando ha
estudiado el proyecto, le caben dudas sobre si estamos hablando de lo
mismo o estamos hablando de cosas diferentes. Esto es casi una tónica de
este Gobierno, desde su vicepresidente, pasando por muchos ministros. No
tiene nada que ver el discurso que se hace sobre los proyectos que traen
y lo que realmente dicen los mismos. Tengo razones fundadas para pensar
que ni siquiera el proyecto ha sido elaborado en las áreas del Ministerio
de Economía y Hacienda. Creo que el proyecto, señor vicepresidente, ha
sido elaborado por Tabacalera.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Amarillo,
permítame que le interrumpa a su señoría. ¿Está utilizando un turno en
contra de la enmienda de totalidad?



El señor AMARILLO DOBLADO: Sí.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Gracias, señor
Amarillo. Puede continuar y discúlpeme.




El señor AMARILLO DOBLADO: Así es.

Por lo tanto, creo que es desde las áreas de Tabacalera desde donde se ha
confeccionado un documento, cuando a Tabacalera, en estos momentos, no la
podemos considerar, de ninguna forma, como una empresa que defiende
intereses nacionales. En estos momentos, Tabacalera es una empresa que
está a punto de ser privatizada, una empresa que podemos considerar ya
prácticamente privada, en la que, además, tenemos la sospecha --y eso el
tiempo nos lo va a decir-- de que el actual gestor, su actual presidente,
nombrado por un Consejo de Ministros, también va a ser nombrado por un
consejo de administración. Por lo tanto, los intereses que se están
barajando en estos momentos, y a los que se está sirviendo, son los de
este consejo de administración que va a mantener la misma dirección. Lo
que se está abriendo es la puerta para que grupos internacionales,
empresas del mundo del tabaco, entren, y no entren en una situación de
competencia, porque nada tendríamos que objetar a una liberalización
progresiva, en la que se respetasen las reglas del mercado. Lo que ocurre
es que, de manera sutil, pero muy clara, se establecen unas pautas, según
el proyecto que el Gobierno pretende llevar adelante, que perjudican
tanto a la producción como a la industria y la comercialización.

Señor vicepresidente, usted conoce, y lo sabe, que Tabacalera representa
el 50 por ciento de las compras de la producción del tabaco nacional; que
esto se hace a través de la compañía de tabaco en rama, de Cetarsa, con
la cual hay una relación especial de los llamados planes conjunto y que,
dentro de ellos, para Cetarsa la venta de tabaco a Tabacalera significa
el 51 por ciento de su facturación, siendo, a su vez, Cetarsa la que
compra más del 50 por ciento del tabaco español. En definitiva, el
cultivo depende en estos momentos totalmente de las compras que hace
Tabacalera.

El plan conjunto, en condiciones de normalidad, ha sido muy difícil
acabarlo todos los años y que, en la condición en que se estaba, siempre
ha habido grandes problemas para colocar el tabaco nacional en los
precios y en las cantidades que estaban previstas. Y si esa dificultad se
tenía ya antes de la liberalización, calcule el señor vicepresidente lo
que va a ocurrir si la liberalización se hace tal como el Gobierno
pretende y no establecemos en ella unos cauces, unas cautelas que nos
permitan controlar las licencias de importación, tal como se hace dentro
del marco de la normativa



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comunitaria para algunos cultivos, como el plátano, por citar sólo un
ejemplo, para que hasta que no tengamos la garantía de que un porcentaje
suficiente del tabaco de producción nacional sea vendido, no pueda entrar
tabaco de fuera. Hay que establecer algún mecanismo de control, no vale
la figura del comisionado, de carácter puramente administrativo, ahí
tienen que estar presentes otros agentes, como los de la producción, los
agricultores, los de la industria, los distribuidores, y tiene que estar
presente también la red minorista, los estanqueros. Tiene que
establecerse un mecanismo de control, y este mecanismo de control no
puede tener, de ninguna forma, el carácter de ser meramente consultivo,
porque entonces no se tendría garantía ninguna de que pudiese ejercer la
función para la que se crea. Tendría que tener un carácter vinculante. Si
la situación se mantiene tal como está el proyecto, tenemos garantizada
claramente una disminución drástica de la producción, y una disminución
drástica de la producción es poner en una situación de crisis, y de
crisis muy grave, a comarcas enteras y a provincias como Cáceres. Señor
vicepresidente, para Cáceres el tabaco es exactamente igual que el carbón
para Asturias, por poner un ejemplo. Es un elemento vital para el
desarrollo y el mantenimiento de las rentas no solamente de los
agricultores, sino del conjunto de los ciudadanos, ya que por el peso y
la aportación que tiene el tabaco al producto interior bruto de Cáceres,
alrededor del mundo del tabaco gira el resto de la economía, el comercio
y también la actividad industrial. Pero no mucho mejor parado sale el
sector industrial. Estamos hablando de más de 10.000 trabajadores, entre
fabricación, elaboración, procesamiento, que tiene directamente el
sector, sin contar los que puedan entrar en los trabajos de carácter
indirecto que estén relacionados con la distribución.

Señor vicepresidente, se abren puertas clarísimas para permitir que
Tabacalera --que, insisto, es donde se ha elaborado el proyecto-- se
convierta en algo que ya nos ha dicho su presidente, y que ha quedado
reflejado en el 'Diario de Sesiones', porque su presidente en la Comisión
de Economía y Hacienda nos ha dicho lo que quiere hacer con Tabacalera,
que el futuro de Tabacalera es ser una gran empresa de distribución, y
cuando lo que se pretende es ser una gran empresa de distribución, pues
sobra el tejido industrial y evidentemente se va a una reducción
paulatina, progresiva e inexorable del tejido industrial que tiene. Lo
que se pretende a través de los mecanismos --referenciales de tiendas de
marca-- que el propio proyecto tiene es sencillamente que Tabacalera
sobre todo lo que haga sea comprar el tabaco elaborado, producciones
elaboradas, producciones no fabricadas aquí, y se limite a distribuirlas,
se limite a la gran distribución. Con eso maximizará beneficios, porque
tendrá unos costos mínimos, pero con eso también nosotros perderemos
miles de puestos de trabajo del sector industrial, y no es que no nos
hayan anunciado, no es que no nos hayan dicho el camino por el cual se
quiere ir.

Se establece una competencia que no es leal, porque lo que se está
haciendo es potenciar la presencia de tiendas de marca y el que haya una
competencia por el peso económico de las empresas que están detrás, que
lo que va a posibilitar es que disminuyan todas las labores de
fabricación y de distribución nacional que en estos momentos se realizan
y que haya una competencia tan desleal que unas estén en el mercado y
otras lo hagan de manera regresiva.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Amarillo, le
ruego vaya concluyendo.




El señor AMARILLO DOBLADO: Por lo tanto, perjudica clarísimamente al
sector industrial; pero es que perjudica también al comercio minorista.

Perjudica al comercio minorista porque, entre otras cosas, potencia todo
el sistema de máquinas, una venta que no depende de la expendeduría ni
del comercio minorista, en definitiva del estanco, que lo que va a hacer
es arrinconar la figura que hasta ahora teníamos.

Es cierto que, por todo lo que yo he dicho, tendríamos que apoyar al
Bloque Nacionalista Galego en la devolución del proyecto, pero también es
verdad que la privatización inminente de Tabacalera nos obliga a que en
esta cuestión seamos prácticos, porque urge que tengamos el proyecto.

Entendemos que es mucho mejor --y por eso nos vamos a oponer a la
devolución-- que, por la vía de las enmiendas, podamos conseguir entre
todos que con este proyecto (que no es que sea mejorable, sino que es
manifiestamente mejorable y que, para que no sea totalmente nuevo, puede
conservar solamente el nombre) podamos salvar los tres sectores: la
producción, la industria y el comercio. Yo espero alcanzar el consenso
suficiente entre los distintos grupos parlamentarios para poder hacerlo.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Amarillo.

He de decirle que considero que el turno que ha utilizado ha sido una
fijación de posición, no un turno en contra de la enmienda de totalidad,
y lo comunico a la Cámara a los efectos de ordenación del debate.

Para un turno en contra, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra el señor Fernández de Trocóniz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor presidente, señoras y
señores diputados, voy a consumir un turno en contra de la enmienda de
totalidad presentada al proyecto de ley de ordenación del mercado del
tabaco, y créanme que consumo este turno en contra --y además desde la
tribuna--, básicamente, por una cuestión, yo diría, casi de cortesía y



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educación parlamentaria. Posteriormente, a medida que vaya desarrollando
mi intervención, las señoras y señores diputados se van a dar
perfectamente cuenta del porqué de este razonamiento.

Acudimos, con este proyecto de ley, al definitivo desestanco del más
antiguo estanco de los existentes en España. Es estanco la reserva a
favor del Estado de la importación, elaboración, producción, fabricación
y comercialización de algún producto; en régimen de monopolio, como es
lógico. En el caso del tabaco, su estanco se creó para la Corona de
Castilla, por las Cortes de 1636, con carácter temporal; se declaró
perpetuo el estanco en las Cortes de 1650 y se generalizó para toda
España en 1707. Junto al estanco del tabaco, existían con anterioridad
--y fundamentalmente a lo largo del siglo XIX-- una serie de estancos,
que fueron desapareciendo. En 1845 se desestanca el azufre, en 1884 la
pólvora y en 1889 la sal. Hubo también intentos de desestanco del tabaco.

Quiero recordar a las señoras y señores diputados que en los períodos
liberales 1810-1814, 1820-1823, y a partir de 1868, se intenta de nuevo
el desestanco del tabaco. Así se llega a hacer firme tal desestanco por
Real Decreto de 16 de junio de 1822. Sin embargo, como es lógico, dada la
renta que suponía a la Hacienda pública el monopolio del tabaco, este
desestanco pierde valor a raíz de la Real Orden de 11 de junio del año
siguiente 1823.

Dentro de estas desestancadas, como saben SS. SS., se incorpora en la
segunda decena de este siglo el monopolio del petróleo, que también ha
sido objeto de desaparición.

Estamos, pues, ante el último desestanco, ante la supresión del último de
los monopolios fiscales existentes en nuestro país, el monopolio del
tabaco. Como se ha dicho aquí, como consecuencia de la incorporación de
España a la Comunidad Económica Europea, debido a que precisamente los
artículos 37 y 90 del Tratado proscriben la existencia de monopolios
comerciales en los Estados miembros y asimismo que los monopolios
fiscales existentes deben acomodar su conducta de forma y manera que no
perjudiquen la libre competencia intracomunitaria, se dictó la Ley de 22
de noviembre de 1985, Ley que, como antes dijo perfectamente el señor
ministro, liberaliza la importación y el comercio al por mayor de
productos procedentes de la comunidad europea, manteniendo el monopolio
fiscal respecto a la importación y al comercio al por mayor de productos
procedentes de terceros países y lógicamente también en cuanto a la
fabricación.

Sin embargo, conviene señalar algo muy importante y en esto quiero
abrirles tal vez los ojos a los señores Rodríguez y Amarillo. El que se
liberalizase la importación y comercio al por mayor de productos
procedentes de la Comunidad Económica Europea, hoy Unión Europea,
significaba que se liberalizaban tales productos en cuanto tuvieran su
origen en él o se hubieran puesto en algún país de la Unión Europea en
régimen de libre práctica, lo cual y en definitiva significaba y
significó con la Ley de 22 de noviembre de 1985 la libre importación y
comercio al por mayor en España de cualesquiera productos derivados del
tabaco, fuera cual fuera el país en que tuvieran su origen o hubieran
sido posteriormente elaborados, por cuanto la puesta en régimen de libre
práctica en cualquier país de la Unión Europea, y hay varios en que ya
existía y seguirá existiendo, hacía que por esta vía indirecta penetrasen
tales productos en España.

¿Cuál ha sido el resultado de esta puesta en vigor de la Ley de 1985 cara
a lo que se ha dicho antes del cultivo de tabaco en España, cara al
posible futuro de la fabricación en España de elaborados del tabaco por
Tabacalera, cara a la comercialización en España al por mayor de
productos del tabaco por cuenta de Tabacalera? No ha significado ninguna
merma a la solvencia, a la potencia económica de Tabacalera; no ha
significado, en absoluto, ninguna merma, ninguna disminución del cultivo
español del tabaco; no ha tenido, en definitiva, efectos negativos para
la producción española del tabaco, tanto para los agricultores como para
los fabricantes y, para el comerciante mayorista, que en los dos últimos
casos es siempre Tabacalera, S. A.

Por consiguiente, las cautelas introducidas por la Ley de 1985 respecto a
un monopolio que tiene una existencia en nuestra patria de más de 350
años, sin embargo no han significado en absoluto el que desaparezca lo
más mínimo del mercado, pudiendo además introducir y funcionar de otra
manera distinta. En este sentido, este proyecto de ley conserva, por
consiguiente, una realidad que podemos calificar de actual, de un hecho
existente hoy mismo.

Pero --y aquí quiero hilar con algo tan delicado cual es el comercio
minorista del tabaco, cuyo monopolio se reservó el Estado en 1985 a
través de la red de estancos y expendedurías de sello y timbre-- también
hoy sigue monopolizando el Estado la red minorista de distribución de
tabaco, y además con un factor añadido muy importante. Como saben SS. SS.

existía la posibilidad, de acuerdo con el artículo 37 del Tratado de
Roma, de que en la medida en que hubiese un monopolio comercial se
tendiese a la desaparición de tal monopolio comercial. Me estoy
refiriendo, lógicamente, a la red de distribución minorista de tabaco.

Sin embargo, este proyecto consagra el monopolio del Estado y con un
asiento además en la jurisprudencia comunitaria. Me estoy refiriendo,
como SS. SS. creo que se imaginarán, a la sentencia del Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas, de 14 de diciembre de 1995,
resolutoria del caso Banchero, que originó y supuso que se declare
conforme al Tratado de Roma el que un monopolio estatal de distribución
minorista de tabaco, en el caso italiano, sea conforme con el Tratado de
Roma, siempre y cuando, lógicamente --y así sucede en España--, este
sistema de distribución no perjudique la libre competencia entre los
diferentes fabricantes,



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entre los diferentes operadores, entre los diferentes comerciantes
mayoristas.

Por consiguiente, este proyecto de ley consagra el sistema español de
distribución de tabacos; este proyecto de ley consagra el sistema español
de estancos. Señor Rodríguez, esté usted absolutamente tranquilo. Este
proyecto de ley, lejos de suponer interrogantes, de suponer dudas sobre
el futuro de la distribución minorista de tabaco en España, hace todo lo
contrario, lo consagra y precisamente en un momento en el que existía una
posible incertidumbre que fue despejada ya por el Tribunal de Justicia de
las Comunidades Europeas.

En cuanto al comercio mayorista, Tabacalera seguirá manteniéndolo y
manifestándolo; y ¡ojo!, en cuanto a la fabricación española de tabaco
este proyecto de ley lo que hace es posibilitar precisamente que en
España se siga fabricando tabaco, eliminando la posible duda que existía
con la legislación anterior, porque se podía fabricar tabaco en la Unión
Europea, importarlo libremente en España, aunque el origen de ese tabaco
fuera extracomunitario, en la medida en que se había puesto en régimen de
libre práctica en la Unión Europea y, por consiguiente, podía entrar por
esta vía en España. Se consagra así la posibilidad de que el tabaco que
se consuma en España se fabrique precisamente en España, porque ha
desaparecido la barrera que lo que hacía era precisamente lo contrario
con ocasión de la vigencia de la legislación anterior.

Dudas, señoras y señores diputados, creo que no se pueden dar en cuanto a
lo que pretende este proyecto, que lo que quiere es liberalizar el
mercado del tabaco y siguiendo, como es lógico, el mandato
constitucional. Como SS. SS. conocen, el artículo 38 de nuestra
Constitución reconoce el principio de libre empresa en el marco de la
economía de mercado y, además, los poderes públicos garantizan y protegen
su ejercicio y la defensa de la productividad. Más aún, es preciso
relacionarlo con el apartado 2 del artículo 128, que si bien reconoce la
iniciativa pública en la actividad económica, también establece que
mediante ley se podrán reservar al sector público recursos o servicios
esenciales, especialmente en caso de monopolio.

¿Consideran SS. SS. que el tabaco es un recurso o servicio esencial?
Evidentemente, no. Para preparar esta intervención he manejado --y suelo
manejar siempre en cuanto a Derecho histórico-- la tercera edición del
Diccionario de Alcubilla, cuya fecha es de 1870. Ya en aquellos tiempos
Alcubilla decía que el tabaco era un vicio y que difícilmente se podría
primar y por parte del Estado se podría proteger el que por los españoles
se consumiese algo que era vicioso y pernicioso --ya entonces se decía--
para la salud. Sin embargo, se ha mantenido por ser un monopolio fiscal,
cuyo sentido ha desaparecido en la medida en que la fabricación del
tabaco está gravada por un impuesto especial. Por esto, difícilmente
podemos considerar el tabaco como un recurso o servicio esencial.

Conforme, pues, absolutamente, no ya con los aspectos negativos que puede
poner la Constitución en el marco legislativo, sino que, además,
positivamente incide en un mandato constitucional, que es proteger y
garantizar la libre empresa dentro del marco de la economía de mercado,
lo cual realiza este proyecto de ley precisamente liberalizando el
mercado de tabaco.

Señoras y señores diputados, por supuesto nuestro grupo va a votar en
contra de esta enmienda de devolución, por cuanto estamos absolutamente
conformes con los principios, el espíritu y la oportunidad del proyecto
de ley, que es, en definitiva, lo que se trata de evitar como
consecuencia de la introducción de una enmienda de totalidad que pretende
su devolución al Gobierno. Pero es que es más, les manifiesto la voluntad
absolutamente abierta por parte del Grupo Popular de discutir, de
negociar, de mejorar el proyecto de ley en trámite de ponencia y en
trámite de Comisión y estamos, además, absolutamente decididos y
dispuestos a incorporar, a transigir con el máximo posible de enmiendas
que han presentado, y de forma muy numerosa, las señoras y señores
diputados. Por cierto, señor presidente, el primer firmante del grupo que
presenta la enmienda de totalidad, la enmienda de devolución, el señor
Rodríguez, no ha presentado ni una sola enmienda parcial al texto del
proyecto de ley. Difícilmente sus inquietudes, sus interrogantes podrán
verse resueltas como consecuencia de la tramitación, a menos que sea
simplemente haber puesto una enmienda de totalidad por ponerla, lo cual
parlamentariamente me parece frívolo.

Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos.) El señor VICEPRESIDENTE
(Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias, señor Fernández de
Trocóniz.

Tiene la palabra el señor Rodríguez.




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Gracias, señor presidente.

Celebro que la presentación de la enmienda de totalidad haya despertado,
efectivamente, muchos demonios ocultos que no hubiesen salido a relucir
si no hubiese habido este debate. Esta fue la intención del Bloque
Nacionalista Galego. Pero empezaré por lo que interesa políticamente,
para después dejar la perla final del señor representante del Partido
Popular y darle también una pequeña lección.

En primer lugar, creo que es muy malo leer las leyes solamente como
textos de carácter burocrático que tienen una intención para la galería,
donde se promete el oro y el moro, sobre todo a sectores afectados que
tienen un carácter social popular y amplio, o a determinadas zonas del
Estado español, pero las leyes hay que leerlas en función de la realidad.

A nadie se le oculta que un Estado que cuenta con una empresa de
producción y con una red de distribución, si quiere proteger



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lo que llaman economía nacional y el sector de distribución minorista
nacional --por emplear la terminología que emplea el Partido Popular--
está claro que tendría un instrumento más claro no privatizando
Tabacalera que privatizándola; y teniendo un conjunto industrial,
comercial y de distribución, jugando en una sola línea, que no
teniéndolo. Desde luego, con la invasión que hay en el mercado del Estado
español de transnacionales, tanto distribuidoras como con un tejido
industrial importante detrás, está claro que la capacidad de resistencia
va a ser muchísimo menor. Esta ley hay que leerla en función de eso, no
en función de burocracias, de leyes que hablan de la libre competencia o
que vamos a ser muy buenos con los estanqueros. Esta es la primera
cuestión que quería dejar clara.

En segundo lugar, es un deber del Bloque Nacionalista Galego argumentar
sobre el trasfondo de los proyectos de ley que presenta el Gobierno.

Sería exigible al Bloque Nacionalista Galego, si estuviese dentro del
sustrato de fondo político que tiene la ley, mejorarla con enmiendas,
pero no es esa la intención cuando el proceso de enmiendas hay que
hacerlo dentro del espíritu de la ley. A lo que no vamos a aspirar
nosotros, a través del proceso de enmiendas, es a establecer el carácter
de empresa pública y estatal de Tabacalera si este debate de devolución
no sale adelante. Es absurdo.

En tercer lugar, le quiero decir que desgraciadamente los grupos sociales
que están afectados en este caso no llegaron a conectar con nosotros por
una serie de cuestiones, de lo cual ellos no son responsables. Nosotros
solamente pudimos hablar con el comité de empresa de la fábrica de A
Coruña, así lo hicimos, y defendimos lo que tenemos que defender en este
momento. Nosotros tenemos un criterio político y las enmiendas que esos
grupos sociales estuvieron dispuestos a presentar las vehiculizaron a
través de otros representantes del Grupo Mixto. No tenemos nada que decir
y si a nosotros nos las hubiesen expuesto, habríamos presentado las que a
nuestro entender mejoraban la ley.

Me llama la atención que se emplee un argumento de semejante tipo en una
Cámara en la que se sabe cuál es el comportamiento del Bloque
Nacionalista Galego, que presenta enmiendas de totalidad y modificaciones
parciales cuando tiene la capacidad técnica y piensa que se puede mejorar
la ley, dentro del espíritu que ésta tiene.

Nada más.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rodríguez.

Señor Fernández de Trocóniz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Gracias, señor presidente.

Vuelvo a intervenir --y vuelvo a repetir--, señor presidente, por
cortesía parlamentaria. Los argumentos que ha dado el señor Rodríguez no
contradicen ni sustentan algo distinto a lo que antes ha sostenido en la
tribuna. Si se duda de una ley, si se duda de la posibilidad y de la
bondad, incluso de la necesidad del derecho y se quieren buscar
trasfondos a los proyectos de ley, debo manifestar que las leyes son
derecho. Nosotros vivimos en convivencia con normas, vivimos en comunidad
por el derecho, para esto estamos, fundamentalmente, hoy jueves, en esta
Cámara, para hacer leyes; leyes a través de las cuales esperamos todos,
de buena fe, que la convivencia entre los españoles sea lo mejor y más
ordenada posible en beneficio de todos. Desde luego, señor Rodríguez, no
me parece lógico, si se lleva a efecto una política parlamentaria con
rigor, permitirse dudar --sin más-- de toda la actitud del Gobierno;
pretender, habiéndose leído el proyecto de ley, que el caso del comercio
minorista de tabacos ni siquiera plantea modificaciones de calado, de
fondo sobre el régimen actual; permitirse dudar y decir que esta ley
puede producir efectos en el comercio minorista del tabaco cuando lo que
hace es, precisamente, consagrar lo contrario, y lo dice en la exposición
de motivos, en vista de las últimas disposiciones de la Unión Europea.

Por consiguiente, señor Rodríguez, permítame que le diga que si se tienen
dudas, un grupo parlamentario --y evidentemente no quiero darle lecciones
de ningún tipo-- debe intentar mejorar el proyecto de ley. Por esto, le
repito que esta enmienda de devolución me parece, cuando menos, frívola.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Fernández de Trocóniz.

¿Grupos que deseen fijar su posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra
el señor Gómez Rodríguez.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: Muchas gracias, señor presidente.

Seré más breve que lo que tardo en fumarme medio pitillo. (Risas)
Coalición Canaria va a apoyar el proyecto de ley del Gobierno de
ordenación del mercado de tabacos, aunque en el trámite parlamentario
defenderemos 23 enmiendas, dentro de las 160 presentadas al texto legal.

No voy a hacer aquí alusión a los aspectos históricos, realizado
magníficamente por el diputado señor Fernández de Trocóniz, pero
recordemos que, desde que Colón llegara a la isla guaraní y viese a los
indígenas fumar, mucho humo se ha tragado la humanidad. Y desde que
Carlos V introdujo las semillas en España y, por tanto, en Europa, el
consumo se ha venido disparando y el Estado ha aprovechado estas
actividades económicas que origina el tabaco no para motivos sanitarios,
sino para sacar una magnífica renta para el erario público.

Se establecieron los monopolios. No voy a hablar sobre las cifras porque
ya lo ha señalado espléndidamente



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el señor Rodríguez; tampoco voy a repetir los aspectos históricos
estupendamente expuestos por el señor Fernández de Trocóniz, pero diré
que los monopolios van decayendo paulatinamente, máxime desde que hemos
entrado en Europa, como ha señalado el vicepresidente del Gobierno en su
defensa del proyecto.

El proyecto de ley nace como una fase más en el mercado de la iniciada
liberalización. Es sabido que en Canarias, en mi archipiélago, no existe
monopolio desde la Ley de Puertos Francos de 1852, obra de un ilustre
extremeño, el ministro Bravo Murillo (Un señor diputado: Sí señor), en
cuya tierra la actividad económica del tabaco, como en Galicia, es
importantísima en las actividades de las pequeñas y medianas empresas.

Consideramos que es una actividad que merece la labor tuitiva del Estado
y no desconocemos el gran problema de futuro que tiene el tabaco con las
progresivas limitaciones en el consumo que llevarán, en su día, a la
prohibición. Pero no estamos en esta fase, sino en la fase de la defensa
del proyecto de ley de ordenación del mercado de tabacos y, sobre todo,
nosotros, ahora, en fijar nuestra posición.

No vamos a hacer alusión a todas las enmiendas que hemos presentado.

Diremos, a vuelapluma, que nos parece que se ha insistido más en una
visión reguladora intervencionista que en una supervisora. Es verdad que
se extingue el monopolio de fabricación, importación y comercialización
al por mayor de labores manufacturadas no comunitarias. El comercio al
por menor, con excepción en las islas Canarias, se mantendrá en régimen
de monopolio, del que es titular el Estado, que lo ejerce a través de la
red de expendedores de tabaco y timbre.

Se nota un afán sancionador desproporcionado que no podemos compartir ni
desde la técnica jurídica ni desde el derecho a la mismísima libre
empresa. Se adivina, en ocasiones, un deseo de proscribir cualesquiera
oportunidades de acceso al futuro mercado mayorista de tabaco.

Se ha ignorado sorprendentemente una realidad tan palmaria como es la
distribución automática de cigarrillos, que ocupa, hoy día, el 50 por
ciento de la facturación total del sector. Creada y nominada la figura
del comisionado --no me gusta nada esta denominación--, que se configura
como un organismo autónomo de la ley de 1997, peca más de comisario que
de entidad gerencial. Aunque no hemos presentado enmiendas a las tasas
que impone el nuevo organismo autónomo y que figura en el anexo,
convendrá repasar este particular, pese a que me han tranquilizado las
palabras del ministro señor Rato al anunciar que esto no va a ser fuente
de financiación, de más burocracia en organismos.

Por último, en esta ley aparece un reglamentismo asfixiante, impropio de
una ley. Incluso alcanza a aspectos que no son habituales en el tráfico.

Se habla de plazo de pagos, de condiciones de crédito, de márgenes
comerciales, etcétera. Tendremos ocasión de tratar de todo ello, de
discutir, de defender o de renunciar en los siguientes trámites
parlamentarios. Lo importante es que se ha dado un paso adelante en el
proceso de liberalización. Esperamos con tranquilidad los trámites en
Comisión y en ponencia porque yo sigo pensando que, pese al terrible y
preocupante aviso de la autoridad sanitaria, todavía fumar es un placer.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Gómez.

En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra el
señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Gracias, señor presidente.

Señorías, voy a intervenir con mucha brevedad para fijar la posición de
mi grupo parlamentario con respecto a la enmienda a la totalidad que ha
presentado el Bloque Nacionalista Galego a este proyecto de ley, que
viene a sustituir la Ley 38/1985, de 22 de noviembre, del Mercado de
Tabacos, que ya empezó con la liberalización del sector. Consideramos,
sin embargo, que es necesario seguir profundizando en la liberalización
del monopolio de tabacos, por lo que entendemos que este proyecto de ley
debe ser debatido y mejorado en el trámite parlamentario. También creemos
que la urgencia y la necesidad de regular esta actividad no hace
necesario la devolución de este proyecto de ley al Gobierno. por lo que
debe ser debatido y mejorado a través de los trámites parlamentarios que
vamos a tener después de esta sesión.

La liberalización del mercado de tabaco se hace imprescindible. Todo se
enmarca, entre otras razones, dentro del proceso de desregulación de la
economía, que debe continuar e introducir elementos liberalizadores en
los sectores económicos, y éste es uno de ellos. Por lo tanto, se hace
imprescindible establecer una nueva normativa sobre el mercado de tabacos
en sus fases de elaboración, importación y venta de productos, máxime
ante el proceso de privatización que contempla el Gobierno sobre este
sector.

Estamos de acuerdo en los aspectos fundamentales del proyecto de ley y en
sus planteamientos filosóficos, aunque sí tenemos que hacer algunas
matizaciones, que será necesario tenerlas en cuenta en el proceso y en
los debates que tengamos al efecto. Por ejemplo, la extinción del
monopolio de fabricación, importación y comercialización de las labores
extracomunitarias --las comunitarias ya estaban liberalizadas desde el
año 1986-- puede, a nuestro entender, quedar sin efecto de mantenerse las
condiciones para obtener las licencias administrativas que hacen que en
la práctica tenga que ser canalizada la distribución hacia la red de
Tabacalera. Lo mismo podemos decir sobre el objetivo



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de introducir mayor competencia entre los distribuidores, puesto que los
controles para el ejercicio de la actividad sobrepasan la nueva función
de vigilancia sobre el funcionamiento del mercado que sustituye a la
actual intervención administrativa. En definitiva, entendemos que es
necesario profundizar en la mayor desregulación del control
administrativo si queremos liberalizar este sector y evitar que en el
futuro se traslade el monopolio, que aún persiste, de Tabacalera al
sector privado. No podemos convertir un monopolio público en un monopolio
u oligopolio privado, hay que tener cuidado en este aspecto. Hay que
configurar y conjugar los intereses de los sectores --del sector de
fabricación, del sector de distribución--, tanto mayoristas como
minoristas, y también preservar, por supuesto, los intereses de la
Administración y, cómo no, los intereses de los consumidores. Todo esto
es lo que tendremos que tener en cuenta cuando debatamos este proyecto de
ley en los siguientes trámites parlamentarios, que yo creo que puede ser
mejorado sustancialmente de acuerdo con las enmiendas que han presentado
los grupos parlamentarios.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracis,
señor Zabalía.

En nombre del Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el
señor Homs.




El señor HOMS I FERRET: Gracias, señor Presidente.

Señorías, subo a la tribuna no con ánimo de dar solemnidad ni
trascendencia a mi intervención, puesto que yo creo que el debate, señor
Rodríguez, está muy agotado. Yo creo que la Cámara no desea tomar en
consideración su enmienda de totalidad, y la verdad es que su
intervención no ha convencido tampoco a nuestro grupo parlamentario. Le
he escuchado con mucha atención, estaba inquieto por conocer esas razones
profundas que habían llevado al BNG a presentar esta enmienda de
devolución de este proyecto de ley al Gobierno, y no he alcanzado a
interpretarlas. Es más, creo que ha generado usted la oportunidad de
hacer un debate en el Pleno en torno al proyecto de ley --no muy extenso
porque la profundidad del debate se dará en ponencia y en Comisión--,
pero esos temores o recelos que tienen sobre los impactos que usted ha
analizado no están fundados. Por parte de mi grupo le queremos transmitir
que se relajen ustedes en el sentido de temer que los impactos de ese
proyecto de ley puedan ser tan negativos para los elaboradores, que ahora
se liberalizan plenamente, ni para los cultivadores de hoja de tabaco ni
para los detallistas, para la red de distribuidores al por menor. Vaya
por delante la invitación de nuestro grupo a que ustedes abandonen este
recelo. Mi grupo parlamentario le asegura que al menos nuestra posición
política va a ser en todo el trámite parlamentario la de defender los
intereses propios, tanto de los colectivos que cultivan, como de los que
elaboran como de los que distribuyen al detall, todos los estancos; vamos
a defender con claridad y con posiciones contundentes los intereses
propios de los colectivos españoles en ese mercado de tabacos.

Quisiera decirle que nuestro grupo está por la reforma, creemos que es
conveniente. Usted nos ha dicho que esta reforma precedía a la
privatización. Tiene usted toda la razón, pero es que debe ser así, la
reforma debe preceder a la privatización. Yo creo que hacerlo de forma
contraria sería absurdo, y pienso que su grupo no debería defender
primero privatizar y luego, en un futuro, abrir más la liberalización.

Estoy seguro de que ustedes no proponen eso. Por tanto, deseamos afrontar
esa reforma en los términos que se plantean, sin ánimo de decir tampoco
al Gobierno que literalmente es del todo correcta esa propuesta, pero le
transmito --y usted ya lo sabe-- que nuestras enmiendas planteadas a los
artículos de esta ley, que son enmiendas de trascendencia técnica que
permiten ajustar algunos aspectos en algún campo importante del alcance o
impacto de la ley, van a ser defendidas en el trámite parlamentario, y me
habría gustado conocer cuáles son sus propuestas técnicas, particulares y
específicas a este proceso de reforma de esta actividad del mercado de
tabacos.

El Grupo Catalán (Convergència i Unió) está por la reforma de este
mercado, estamos por transformar el régimen parcial de monopolio en un
régimen no total de mercado de competencia, porque creemos que el proceso
debe ir administrándose gradualmente, y por tanto tampoco estamos por un
régimen puro y exclusivo de mercado de competencia. Hay que saber
mantener posiciones en un mercado que se globaliza. Creo que es
políticamente importante defender posiciones en un proceso más cauto de
liberalización plena. Estamos, señorías, por romper el monopolio,
especialmente en todo lo que es el proceso de elaboración. Se va a
resolver por primera vez en este país toda la problemática de la
elaboración sumergida o no hecha desde la legalidad, y vamos a dar
trasparencia a todo el mercado de la elaboración. En este sentido,
apoyamos el proceso de romper el monopolio en este campo y también en la
distribución al por mayor.

En cambio, no estamos del todo de acuerdo en que debamos avanzar en
romper el monopolio en todo el proceso de distribución al por menor.

Vamos a estar al lado del colectivo de los estanqueros, vamos a estar
sensibles a la problemática de un proceso de mercado que se liberaliza.

El mercado de la distribución, del detallista, se mantiene todavía cauto
en determinadas posiciones y las vamos a respetar.

Así se defienden los intereses propios frente a otros intereses de nivel
más internacional y creemos que en esta Cámara esto se tiene que decir
claro para que se conozca. Por lo tanto, apoyaremos la reforma que el



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Gobierno nos plantea en términos generales y nos vamos a predisponer,
mediante enmiendas particulares, a mejorar esta propuesta que nos hace el
Gobierno en campos --como ha anunciado el señor ministro invitándonos al
debate-- como los relativos a la red de minoristas, a los horarios, a la
distribución, a las acciones promocionales, todo lo relativo al proceso
concesional, tanto para detallistas como para mayoristas y también en un
futuro para elaboradores. Vamos a estar, por tanto, muy predispuestos a
esta invitación de diálogo que ha hecho el portavoz del Partido Popular,
y atendiendo a la posición que adopta el Partido Socialista, yo creo --y
espero no equivocarme-- que no me equivocaré al anunciar en este debate
que tenemos hoy que esta ley saldrá con un amplio consenso de esta Cámara
porque, en el fondo, no podría se de otra forma, si quisiéramos ser
respetuosos con los intereses genuinos propios del sector.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Homs.

En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la
palabra el señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Gracias, señor presidente.

Señorías, más allá de que la reforma de la ley 38/1985, de 22 de
noviembre, que ahora emprende este proyecto sea el preludio de una nueva
privatización, la de Tabacalera, con la que el Gobierno seguro que nos
obsequiará en breve, Izquierda Unida no va a entrar a discutir los
objetivos explícitos del proyecto de acabar con el monopolio del tabaco,
con el fin de aplicar en el sector tabaquero español el principio de la
libre empresa, las actividades de elaboración, importanción y venta al
por mayor de los productos del tabaco, extendiendo la aplicación del
régimen existente para los productos comunitarios desde 1986 a los
elaborados del tabaco originarios de terceros países.

Naturalmente que tenemos reticencias sobre cómo va a quedar el cultivo y
la transformación del tabaco, pero ello no va a ser afectado, en lo
fundamental, por esta ley, sino más bien por cómo se haga la
privatización de Tabacalera y por la reforma de la OCM del tabaco. A
estos hechos político-económicos remitimos el debate parlamentario de
nuestra preocupación principal.

En lo que afecta al tratamiento de esta ley, creemos más conveniente
velar por que el método con que se plantea sea, en términos generales
también, el adecuado. Por ello constatamos que la nueva ley, al suprimir
los actuales monopolios de fabricación, importación y comercio al por
mayor para las labores de tabaco no procedentes de los Estados miembros
de la Unión Europea, mantiene la reserva para el Estado del monopolio del
comercio al por menor de labores de tabaco a través de la red de
expendedurías de tabaco y timbre, por su carácter de servicio público y
como medida para controlar un producto como el tabaco, estancado, y con
notable repercusión fiscal y aduanera. Todo ello constituye un elemento
definitivamente importante, porque dicha red de expendedurías no sólo es
un medio de control de la eficacia tributaria, sino que debe servir para
garantizar las condiciones de salud pública de la distribución y consumo
del tabaco.

Por todo ello Izquierda Unida muestra su disponibilidad a discutir otros
aspectos del proyecto, intentando profundizar en aquellos que, desde
nuestro punto de vista, sean susceptibles de mejora a través de las
enmiendas parciales. El Estado pasará únicamente, a través del organismo
autónomo comisionado para el mercado de tabacos, que vendrá a sustituir a
la actual Delegación del Gobierno, a regular y vigilar la aplicación de
los criterios de neutralidad y las condiciones efectivas de libre
competencia a los operadores de esta actividad empresarial. Debemos
urgirnos para que la neutralidad esté plenamente garantizada,
perfeccionando los instrumentos legislativos para ello. Este organismo,
además, servirá de órgano de interlocución con la red de expendedurías y
con las organizaciones representativas de los establecimientos
autorizados para la venta con recargo, aunque entendemos que dicha
interlocución debería extenderse a todos los operadores del mercado del
tabaco. También creemos que es positivo que la ley, al tipificar las
infracciones, estableciendo las pertinentes sanciones, no altere las
actuales restricciones sanitarias en materia de publicidad y venta de
tabacos o en materia de contrabando, aunque en ambos aspectos creemos que
debería aprovecharse la ocasión de este proyecto para profundizar en la
lucha contra el tabaquismo como enfermedad con preocupante raigambre
social.

En torno a todos estos aspectos que acabo de mencionar, vamos a presentar
las pertinentes enmiendas parciales.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Vaquero.

Vamos a proceder a la votación. (El señor presidente ocupa la
Presidencia.)
El señor PRESIDENTE: Vamos a proceder a la votación de la enmienda de
totalidad, de devolución, al proyecto de ley de ordenación del mercado de
tabacos, que ha sido presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y
defendida por el señor Rodríguez.




Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 324; a
favor, tres; en contra, 320; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda de totalidad.




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--PROYECTO DE LEY ORGANICA DE MODIFICACION DEL TITULO VIII DEL LIBRO II
DEL CODIGO PENAL APROBADO POR LEY ORGANICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE.

(Número de expediente 121/000087)



El señor PRESIDENTE: Debate, también de totalidad, sobre el proyecto de
ley orgánica de modificación del Título VIII del Libro II del Código
Penal que fue aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.

Para la presentación del proyecto ante el Pleno, en nombre del Gobierno,
tiene la palabra la ministra de Justicia, señora Mariscal de Gante.




La señora MINISTRA DE JUSTICIA (Mariscal de Gante y Mirón): Gracias,
señor presidente.

Señorías, comparezco ante esta Cámara para presentar el proyecto de ley
orgánica de modificación del Título VIII, del Libro II, del Código Penal.

Con esta iniciativa legislativa, el Gobierno... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señora ministra, un momento.

Señor Hernández Moltó, señora Romero, señor Yáñez-Barnuevo, por favor.

Adelante.




La señora MINISTRA DE JUSTICIA (Mariscal de Gante y Mirón): Gracias,
señor presidente.

Decía que con esta iniciativa el Ejecutivo cumple con un mandato expreso
de esta misma Cámara que, con fecha 26 de noviembre de 1996, aprobó por
unanimidad una proposición no de ley por la que se instaba al Gobierno a
elaborar un proyecto de reforma del Título VIII del Código Penal.

La preocupación en relación a la necesidad de mejorar la protección de
los menores, y particularmente modificar el tratamiento penal de los
ataques contra éstos, impregna a toda la sociedad y a sus instituciones
como demuestra la recomendación que en este sentido elaboró el Defensor
del Pueblo el 28 de noviembre de 1996.

Desde el punto de vista internacional, también asistimos en países de
nuestro entorno a una profunda revisión de sus ordenamientos en lo
atinente a la protección de los menores frente a ataques de carácter
sexual. Así, en Suecia, el Comité Parlamentario para la Pornografía
Infantil ha elaborado una recomendación para el endurecimiento de la
legislación penal en este asunto, modificándose la legislación penal para
sancionar la posesión de material pornográfico infantil.

Por otro lado, la resolución 1009 del Consejo de Europa marca unas
directrices sustancialmente recogidas en el proyecto, habiendo suscrito
el Consejo de la Unión Europea una acción común relativa a la lucha
contra la explotación sexual de los niños por la que los Estados miembros
se comprometen a revisar su legislación en esta materia. Este instrumento
de cooperación dentro, de sus márgenes elásticos, va marcando la línea
que recoge el nuevo Tratado de Amsterdam, en su artículo K.3.e), sobre la
adopción progresiva de medidas que establezcan normas mínimas relativas a
los elementos constitutivos de delitos y a las penas en determinados
ámbitos.

Todos los antecedentes que se citan y un gran número de otros que sería
prolijo enumerar, han determinado la necesidad de presentar un proyecto
de reforma del Código Penal, a pesar del corto tiempo transcurrido desde
su entrada en vigor. Es notorio que no nos encontramos ante un proyecto
referente a la moral sexual. Las recomendaciones internacionales, los
tratados, los informes de organismos constitucionales remiten
directamente a los derechos fundamentales y a la obligación derivada de
nuestro texto constitucional y de las declaraciones universales de
garantizar su ejercicio y protección, lo que es obligación y
justificación de nuestro Estado de Derecho.

La defensa de los derechos fundamentales universalmente exigida no puede
presentarse en forma alguna como un medio de imposición de morales
determinadas, es una exigencia del Estado de Derecho. Este debe
manifestarse especialmente activo en la respuesta a las nuevas formas de
explotación, no de una forma aislada, sino en concurrencia con el resto
de los países de nuestro entorno y los organismos internacionales
competentes. No se trata --insisto-- de un proyecto que pretende imponer
criterio alguno en materia de moral sexual. Estamos hablando, señorías,
de que existen deficiencias en la protección penal de la libertad sexual,
de que estas deficiencias se proyectan con particular intensidad en
relación con los miembros de la sociedad más vulnerables y necesitados de
protección como son los niños, de que también existen deficiencias en el
tratamiento jurídico penal de las nuevas modalidades de explotación
sexual que traspasan las fronteras entre los Estados y que han sido
reiteradamente denunciadas en los más prestigiosos foros internacionales.

Estamos hablando de esto, señorías, y nada de esto tiene que ver con
ningún modelo determinado de moral sexual, sino con las más elementales
exigencias de protección de la dignidad humana.

Partiendo de estas premisas, la reforma se estructura desde varios ejes
que enuncio a continuación: modificación de las penas para adecuar la
respuesta penal a la gravedad de las conductas; incriminación expresa de
la explotación de menores en espectáculos pornográficos, así como de las
conductas relacionadas con la pornografía infantil; ampliación de la edad
de protección tanto en los delitos de violación, como en los de abusos
sexuales; reintroducción del delito de corrupción de menores; incremento
del plazo de prescripción de los delitos que se empezará a contar desde
la mayoría de edad de la víctima para facilitar su denuncia y
persecución;



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introducción del principio de justicia universal, superando las
limitaciones de la territorialidad a los efectos de poder promover la
persecución de las conductas de explotación sexual de menores. Expondré
sintéticamente a SS. SS. el fundamento de cada una de las reformas que
acabo de enunciar.

En cuando a la agravación de las penas, conviene recordar que la
recomendación del Defensor del Pueblo --a la que me he referido con
anterioridad-- reclama una modificación de las penas actualmente
previstas para el delito de abusos sexuales, con objeto de adecuar la
respuesta punitiva a la gravedad de los hechos que integran ese tipo
delictivo. Por otra lado, la acción común sobre trata de seres humanos y
explotación sexual de niños reclama la revisión de las legislaciones
penales internas para garantizar que los delitos de abusos sexuales
cometidos con niños, así como los de explotación sexual o trata con fines
de explotación sexual de que sean víctimas tanto los niños como personas
mayores, se castiguen con penas eficaces, proporcionadas y disuasorias,
penas que, al menos en los casos graves, han de ser, según la propia
acción común, privativas de libertad y de gravedad suficiente para que
puedan dar lugar a la extradición.

Otro de los aspectos a que se refiere la reforma proyectada es el de las
conductas relacionadas con la
producción, distribución o exhibición de material pornográfico en
cuya elaboración hayan sido utilizados menores. En este punto, el Código
Penal vigente únicamente prevé el castigo de quien utiliza a menores con
fines exhibicionistas o pornográficos, lo que dificulta la incriminación
de las conductas de mera difusión o exhibición. Respondiendo a esta
preocupación, el Defensor del Pueblo recomendó incluir de forma expresa
dentro de nuestro ordenamiento penal la adecuada sanción de las conductas
de difusión o exhibición de imágenes o material pornográfico infantil.

Por su parte, la acción común sobre lucha contra la trata de seres
humanos y contra la explotación sexual de los niños considera que
constituye explotación sexual la utilización de niños para actuaciones y
material pornográfico, ya sea producción, venta y distribución u otras
formas de tráfico de material de este tipo, así como la posesión de dicho
material, reclamando que estas conductas sean sancionadas con penas
eficaces, proporcionadas y disuasorias, incluyendo la privación de
libertad.

En el mismo sentido, la proposición no de ley aprobada por unanimidad en
esta Cámara reclama que se tipifique penalmente la conducta de quienes
por cualquier medio vendieren, exhibieren o facilitaren la difusión,
venta o exhibición de materiales pornográficos cuando en ellos aparezca
un menor de edad.

Una cuestión particularmente delicada en relación con la explotación
sexual de niños es el de la tipificación penal de la tenencia de material
pornográfico infantil o de la asistencia a espectáculos pornográficos en
el que intervengan menores. En este punto, conviene recordar que el
programa de acción aprobado por el Congreso mundial contra la explotación
sexual de niños con fines comerciales, celebrado en Estocolmo en agosto
de 1996, reclama a los Estados que modifiquen sus legislaciones con el
fin de establecer la responsabilidad penal tanto de los prestatarios e
intermediarios de servicios de pornografía infantil, como de los clientes
de dichos servicios entre los que, sin duda, hay que incluir a los
asistentes a espectáculos pornográficos en que intervengan menores.

De otra parte, el mismo programa de acción menciona expresamente la
posesión de material pornográfico en el que aparezcan niños como conducta
que debe ser penalmente castigada. En la misma línea, la acción común,
tantas veces citada, incluye en el concepto de explotación sexual de
niños, y la reclama, la tipificación penal de la posesión de material
pornográfico infantil.

La preocupación del proyecto por la protección de los menores frente a
agresiones sexuales se manifiesta también en la elevación a 13 años de
edad, a partir de la cual se concede relevancia al consentimiento en los
abusos sexuales. Y a la misma preocupación responde la introducción del
concepto de corrupción de menores, para permitir la adecuada sanción de
conductas que no se agotan en un aislado ataque a la libertad sexual del
menor, sino que por su intensidad, persistencia o continuidad puedan
alterar el proceso normal de formación o el desarrollo de la personalidad
del menor.

El Defensor del Pueblo ha manifestado su preocupación por la
insuficiencia de la actual redacción del artículo 181 del Código Penal, a
la vista de diversas quejas basadas en la comparación de dicho precepto
con el antigua artículo 452 bis b) que sancionaba el delito de corrupción
de menores. El propio Defensor del Pueblo citaba en su informe casos de
la aplicación del artículo 181 del Código vigente. Se trataba de un
supuesto en que se declaró probado que el acusado, con una frecuencia
casi diaria, acariciaba y besaba los senos y los órganos genitales de su
hija de 12 años de edad. La Audiencia le condenó a cuatro años, nueve
meses y un día de prisión aplicando el tipo de corrupción de menores del
anterior Código, pero el Tribunal Supremo, aplicando el artículo 181.3
del nuevo Código, redujo la pena a 10 meses. En otro caso, un padre que
sometía a su hija a tocamientos libidinosos desde los 9 a los 13 años fue
condenado por corrupción de menores a pena de cinco años de prisión, pero
la pena se rebajó a dos años al aplicar el nuevo tipo de abusos sexuales.

Como decía, el Defensor del Pueblo manifiesta su queja ante la
insuficiencia de las penas.

Esta reforma, señorías, no limita ni entorpece, en manera alguna, la
libertad sexual de los adolescentes. Muy al contrario, se protege a los
adolescentes frente a los ataques sexuales no consentidos, es decir,
frente a las conductas que de manera más directa impiden la



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libre determinación de los jóvenes en materia sexual. No se criminaliza
el beso entre adolescentes ni ninguna otra relación libremente aceptada.

Se trata, por el contrario, de proteger la libertad de determinación de
los jóvenes, teniendo en cuenta --eso sí-- que esa libertad se adquiere
gradualmente, lo que exige un especial cuidado en la verificación de que
determinadas relaciones han sido aceptadas de manera plenamente libre,
especialmente cuando se trata de relaciones entre adolescentes de 13 ó 14
años y personas mayores de edad.

El pluralismo del que se congratula esta Cámara y nuestra sociedad no
obsta la protección de los derechos fundamentales, es más, tiene en esa
protección su amparo y fundamentación. En forma alguna la reforma
pretendida se aparta,en este sentido, de los principios de intervención
mínima y subsidiariedad que informan nuestro actual Derecho penal.

El Derecho penal moderno se muestra particularmente sensible respecto de
aquellos hechos punibles que, atendiendo a las circunstancias en que
suelen producirse o a las circunstancias de la víctima, presentan
especiales dificultades en orden a su descubrimiento, investigación y
apreciación de sus resultados, no siempre evidentes.

Estas circunstancias se dan ciertamente en el ámbito de los malos tratos
en el entorno doméstico, en el que es generalmente aceptado que deben
adelantarse las barreras de protección y debe ofrecerse respuesta a todo
supuesto de lesión y peligro, pero también se dan las mismas
circunstancias en el ámbito de los abusos sexuales en relacióna a menores
y también en este ámbito la respuesta penal ha de adaptarse a las
particulares dificultades que presenta el descubrimiento, la
investigación y la prueba del hecho punible.

El proyecto de ley también pretende dar respuesta a la preocupación
expresada en la acción común europea en relación con la trata de seres
humanos, mayores o menores de edad, con fines de explotación sexual. A
tal fin, siguiendo la pauta marcada por la citada acción común, se
tipifica expresamente cualquier conducta que facilite la entrada,
estancia o salida del territorio nacional de personas con el propósito de
su explotación sexual, siempre que haya mediado coacción, intimidación,
engaño o abuso de superioridad o de la necesidad o vulnerabilidad de la
víctima.

Otro aspecto en que el Código Penal vigente se mostraba quizá
insuficiente es el de la tutela de la libertad sexual de los mayores de
edad en su vertiente negativa, es decir, como libertad de no verse
inmiscuida una persona, sin suconsentimiento, en un contexto sexual no
deseado. Desde esta perspectiva, y aun reconociendo siempre que no puede
tener la misma significación jurídico-penal un acto de exhibición obscena
realizado ante un menor o incapaz que el mismo acto realizado ante una
persona adulta, el proyecto considera que, guardando siempre la debida
proporcionalidad, también deben incriminarse los actos de exhibicionismo
ante personas mayores de edad que no los hayan consentido, siempre que la
víctima manifieste, mediante denuncia, su voluntad de que el acto sea
castigado.

El proyecto recoge también la elemental exigencia de que la prescripción,
en caso de que la víctima sea menor de edad, no comience a computarse
hasta que ésta alcance la mayoría de edad, tal y como recomendaba el
Defensor del Pueblo.

Finalmente, se prevén modificaciones del artículo 23 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, a fin de facilitar la persecución en España de los
delitos de explotación sexual de niños y tráfico de personas con fines de
explotación sexual. En este sentido, se prevé, por un lado, que no juegue
el principio de doble incriminación cuando algún tratado o acto normativo
internacional que vincule a España permita prescindir de dicho requisito
y, por otro, la extensión del principio de justicia penal universal a los
delitos de corrupción de menores o incapaces.

Estas modificaciones pueden facilitar la represión en España de las
conductas de corrupción de menores cometidas en el extranjero en el marco
del llamado turismo sexual, en la línea señalada por múltiples
instrumentos internacionales, entre los que cabe citar el programa de
acción, aprobado por el Congreso de Estocolmo, o la resolución del
Parlamento Europeo sobre abusos sexuales de que son víctimas los niños,
de 7 de enero de 1997.

Termino ya, señorías. Ninguna orientación de moral sexual puede
justificar la explotación sexual de menores, la trata de seres humanos
con fines de comercio sexual ni, en general, ningún acto que atente
contra la libertad sexual de las personas, sean adultos, jóvenes,
adolescentes o niños y, por supuesto, ningún proyecto cuya finalidad sea
la protección de la dignidad humana en una de sus manifestaciones más
íntimas, como es la libertad sexual, puede presentarse como un intento de
reforma moral o imposición de una opción particular.

Con este proyecto, el Gobierno cumple sus obligaciones internacionales y
las recomendaciones de diversas instancias constitucionales, pero ante
todo manifiesta su compromiso con la protección de los derechos de
nuestros conciudadanos y la dignidad de las personas.

Muchas gracias. (Aplausos.) El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora
ministra de Justicia.

Al texto del proyecto del Gobierno se han presentado dos enmiendas, una
de totalidad, de devolución, del Grupo Mixto, suscrita por la señora
Almeida, y otra de texto alternativo, del Grupo Socialista.

Para defensa de la enmienda de totalidad, de devolución, del Grupo Mixto,
tiene la palabra la señora Almeida.




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La señora ALMEIDA CASTRO: Muchas gracias, señor presidente.

Señoras y señores diputados, subo a esta tribuna para defender la
enmienda de totalidad, con petición de devolución al Gobierno,
precisamente del proyecto de ley orgánica sobre reforma del Código Penal.

Lo hago desde el Grupo Mixto, en nombre del Partido Democrático de Nueva
Izquierda y de Iniciativa per Catalunya-Los Verdes, entendiendo que la
propuesta que se hace en absoluto mantiene lo que esta Cámara acordó como
mandato precisamente al Gobierno, que efectivamente produjera las
reformas necesarias para poder proteger mejor la libertad de los menores,
sobre todo ante las nuevas cuestiones que estaban surgiendo en torno a la
pornografía infantil y algunos fallos que podrían haberse detectado en la
penalización de determinadas conductas. Eso es lo que queríamos todos, lo
queremos todos y todas y no sólo la ministra de Justicia y no sólo el
Gobierno del Partido Popular. Todos y todas queremos proteger la libertad
de los menores. Otra cosa es que queramos proteger la moral que deseamos
inculcar a los menores y después protegerles esa moral, porque entonces
es cuando nos separamos. Nosotros no lo hemos querido hacer. No hemos
elaborado un texto alternativo, como ha optado por hacer el Grupo
Socialista, porque no queríamos tampoco imponer nuestro criterio, sino
buscar una fórmula de consenso. A mí me parece que el retorno al pasado,
que es lo que significa este proyecto, es absolutamente inadmisible,
según el parecer, por supuesto, de esta diputada que habla y de los
portavoces que representa, pero también por lo que se ha trabajado en
esta Cámara para hacer un Código Penal consensuado en todo lo posible,
aunque el Grupo Popular se haya abstenido.

Lo que nos está proponiendo ahora es meter en un código de libertades la
protección de una moral que no comparten todos los españoles y que,
además, no la comparten y no la han querido hacer compartir en el Código
Penal. Todos compartimos proteger la libertad, pero no estamos dispuestos
a reprimir la libertad de los menores. Y aquí hay una enorme represión,
una represión, además, según se tengan los papeles, según el número de
años que se tenga, según la edad. Se empieza a decir que se penalizan las
relaciones de mayores de 18 años con menores de 15. Puede llamar la
atención una relación de uno de 80 con una de 14, pero no la de uno de 19
con una de 13 o de 14 años. No estamos por la labor de que eso pueda
estar penalizado. O que la novia que tiene 12 años --que a lo mejor no le
gusta a la señora ministra-- tenga que decir: hoy soy tu novia, pero
mañana no porque tú has cumplido 18 y yo todavía no tengo los 15 y me
pueden meter en un lío. Vamos a decir lo que queremos hacer.

Estamos reproduciendo conductas que no tienen nada que ver con la
libertad y les estamos imponiendo lo que deben hacer. El reproducir la
corrupción de menores --la corrupción es un concepto moral-- es un
concepto que no está tan claro. Es verdad que puede haber situaciones de
aprovechamiento, pero ya están recogidas en el código: la violencia, el
engaño, el abuso, el responder precisamente de su incapacidad. Nosotros
estamos de acuerdo en que eso pueda dar lugar a penas de cárcel. A lo
mejor somos mucho más sensibles a que no sólo la cárcel arregla estos
problemas, y es probable que estemos de acuerdo en apoyarlo, y lo haremos
así en las enmiendas parciales que hagamos. Pero en lo que no estamos de
acuerdo es en que se empiece a reproducir una idea que sólo con la
definición que hacen en este proyecto ya nos echa a temblar. Dice: a los
mismos efectos, se consideran actos de corrupción los actos encaminados a
iniciar o mantener a los menores o incapaces en una vida sexual precoz o
prematura. ¿Y quién va a decidir lo que es precoz y prematura? A un juez
que no haya tenido una relación hasta los 40 años le puede parecer
prematura a los 14. Y a lo mejor a algunos nos gusta que a los 14 años se
puedan casar las niñas en nuestro ordenamiento. Si están casadas con uno
de 50, ¿nos parecerá bien? Como tienen papeles, hay consentimiento; pero,
si no hay papeles y hay consentimiento, ¿les vamos a condenar?
Nosotros creemos que hay que vigilar la libertad ante los engaños, ante
el prevalimiento, ante el abuso, ante la violencia, pero de eso a decidir
cuál va a ser precoz, cuál no lo va a ser o qué le va a afectar a su
formación va un abismo. Habrá personas que les afecte más la represión
que le podamos hacer que la protección que le queramos dar. Hay jóvenes
que quieren expresar su sexualidad y a lo mejor no la quieren hacer de la
misma manera heterosexual que todos y a lo mejor la hacen de manera
homosexual y viene un juez y te dice: eso le imposibilita su formación.

Es decir, estamos introduciendo conceptos morales en algo que lo que
sanciona son delitos. Y la sanción de los delitos es lo que tenemos que
poner aquí. Lo que no podemos es marcar las tendencias de la libertad.

Por eso, en el fondo, estamos absolutamente en contra, aunque estamos a
favor de muchas reformas. Incluso le discutiría si entre 12 y 13, porque
parece que Convergència i Unió ha logrado que ya no sea hasta los 15.

Esto me recuerda el estupro, cuando a las mujeres nos decían que íbamos
engañadas a la cama con 23 años y nos protegían. Oiga, mire usted: yo soy
mayor de edad a los 21 y no me van a engañar a los 23 para irme a la cama
con un señor. Pues esto me recuerda un poco a esta situación: queremos
proteger tanto que lo que estamos quitando es libertad.

Y ya no le quiero hablar de la respuesta de los usuarios. Porque es que
ahora hablamos del usuario de la pornografía. Es verdad que nos puede
gustar o no, pero si soy usuario o voy a un centro o a un sitio en el que
a lo mejor hay un espectáculo pornográfico de menores --absolutamente en
contra de esos espectáculos, absolutamente en contra de que se den, que
se repriman-- o entro en un sitio a ver a una señorita haciendo



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striptease, ¿le voy a tener que preguntar en público a esa señorita la
edad que tiene para saber si la puedo mirar o no? Es verdad que tendrá
que ir la policía para no permitirlo, pero el usuario no se va a
convertir en un gendarme de la policía. Lo mismo dice del usuario de la
pornografía, que tiene en su casa un vídeo. Vamos a mirar todos, a ver si
en algún vídeo de nuestra casa sale algún niño por casualidad y nos van
las Fuerzas de orden público. No estamos para meternos tampoco incluso en
la libertad de las personas. Aquí lo que estamos aplicando es lo
siguiente: a usted, como crea la demanda, le hago responsable de la
oferta. Imagínese en el consumo de drogas. Se podría decir: yo, como tomo
drogas, me hago responsable de todo el narcotráfico gallego o de todo el
narcotráfico colombiano, porque provoca la demanda. Me parece que eso
también hay que quitarlo. Porque en la libertad interna, que no perjudica
la exterior, que no la vende, que no la distribuye, que no perjudica al
niño, que no la crea, ¿cómo vamos a meternos en esa conciencia?
Habla de los actos de exhibicionismo. Estamos de acuerdo en que los actos
obscenos entre menores se pongan de la forma que usted quiera, pero que
tengamos que vigilar a los mayores también... Imagínese las querellas que
pueden venir para Canal + a lo mejor, cuando vengan víctimas que digan:
oiga, que me ha puesto usted una película porno y yo no le he dado el
consentimiento. ¡Es que no vamos a ganar para querellas! Vamos a dejar a
los mayores que se defiendan ellos y no vamos a meternos nosotros a
defender otros intereses. Así nos parece que debe ser. Hoy me daban un
papel los jóvenes socialistas, que decía: no nos metan más miedo. Yo
recuerdo un último caso: dos chicas lesbianas que se dieron un beso en la
Puerta del Sol; es verdad que provocando a los guardias que estaban allí,
que cayeron sobre ellas, las llevaron detenidas y las acusaron de
escándalo público. Escándalo público..., no sé qué decir. Pero eso entra
de nuevo en este código. Los actos de exhibición obscena, ¿quién decide
lo que es obsceno o lo que no es obsceno? A mí me pusieron un duro de
multa en el Parque del Oeste la primera vez que mi novio me dio un beso.

Y, de verdad, fue casto, puro; ni siquiera en los labios. (Risas.) ¿Cómo
vamos a estar definiendo la situación de lo que es obsceno? Ni de lo que
es obsceno, ni lo que es la moralina, ni lo que es una relación que no
entre dentro del daño a los demás. Eso sí estamos dispuestos a apoyarlo,
a defender la libertad de los menores, a reconocer los errores de
aplicación que pueda haber en el código, a detectarlos colectivamente,
pero, cada día que surja una presión, no nos vayan a meter la moralina.

Ahora dicen: Malos tratos a las mujeres. Vamos a cambiar el código. Oiga,
que, para cuando matan a una mujer, el código tiene penas. Porque es que
parece que la sociedad está desprotegida. Lo que no podemos hacer es,
aprovechando esto, meter moralinas en un código, que es un código de
democracia y un código de libertad. Perdón por la voz, pero es que tengo
una gripe tremenda. (Risas.) Por eso hemos dicho que hay que devolverlo.

Y se lo he dicho muchas veces a la señora ministra. Es que con los
proyectos que trae usted, siempre nos pasa lo mismo. ¿Por qué si había
ese común sentir, no lo hemos hecho un poco más consensuado? ¿Por qué
sólo admite, no voy a decir las presiones, sino la exigencia que ha
podido hacerla, por lo que hemos leído en la prensa, Convergència i Unió,
para que, en vez de 15, baje a 13? Todos podíamos haber ayudado en ese
sentido y haber hecho lo mismo que hicimos para el código, traer algo
para que convenza a la sociedad y que no parezca que unos quieren
proteger a los menores y otros nos los queremos comer. No es verdad. Lo
que queremos es mantener el espíritu de libertad, protegerla además en
sus más íntimas relaciones, pero no imponer una determinada forma de
moral, porque creo que eso no nos corresponde, ni a esta Cámara, ni al
Código Penal, ni a nadie.

Hemos pedido la devolución del proyecto, para que nos traiga otro más
consensuado. ¿Que no lo van a hacer? Por supuesto. ¿Que ganará el que
siga? Por supuesto. Ya hemos presentado las enmiendas parciales, para
que, de forma individualizada, sepa usted cuál es la voluntad de nuestro
grupo, tanto del Partido Democrático de la Nueva Izquierda como de
Iniciativa per Catalunya-Los Verdes, que es de verdad proteger la
libertad, pero impedir que se quiera coartar esa libertad que se pretende
proteger con el uso de una fórmula moral, que no es la que nuestros
jóvenes ni la que la sociedad entera comparte, sin perjuicio de que la
conciencia de cada uno pueda llevar en su íntima reflexión al
comportamiento que quiera, pero que nadie le imponga, ni la precocidad,
ni lo prematuro, ni lo que pueda afectar o no al normal desenvolvimiento
de su libertad, sino que puedan ser los jóvenes los que decidan cuál es
su libertad y protegérsela frente a cualquier abuso, incluso del Gobierno
del Partido Popular, que creo que a veces también nos vamos a tener que
proteger hasta de ese abuso.

Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Almeida.

El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado también una enmienda de
totalidad, con texto alternativo, que va a defender... Perdón, señora
Fernández de la Vega, le ruego un minuto.

Con arreglo a la interpretación reglamentaria que se ha dado a la
situación interna del Grupo Parlamentario Mixto, deben fijar sus
posiciones en este turno todos sus integrantes. Por tanto, le ruego que
espere unos minutos, para que los dos representantes del Grupo Mixto que
no han presentado enmienda de totalidad, pero que han manifestado su
deseo de intervenir, lo hagan en este momento.




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En primer lugar, tiene la palabra la señora Lasagabaster y, luego, el
señor Rodríguez.




La señora LASAGABASTER OLAZABAL: Muchas gracias, señor presidente. Seré
breve.

Adelanto que votaré, en nombre de Eusko Alkartasuna, a favor de ambas
enmiendas de totalidad --una de devolución y la segunda de texto
alternativo--, en la medida en que creemos que el proyecto de ley que hoy
se nos presenta a esta Cámara retrotrae la legislación penal, en materia
de libertad sexual, a la descripción de tipos penales aplicables a una
edad y en un contexto social ni siquiera homologable en la etapa
preconstitucional de la segunda mitad del siglo y más bien cercano al
modelo que pudiera existir en los años 1925 ó 1931.

Dos conclusiones. Creemos que este proyecto de ley supone una grave
limitación a la libertad y a la opción sexual personal, que entendemos
que no puede tener otro límite que, por supuesto, el respeto a los demás.

La consideración que el proyecto de ley hace respecto a ese ejercicio de
libertad sexual, y en concreto, respecto a los menores de 18 años (por la
vía de, a veces, no considerar válido su consentimiento), elevando de 12
a 13 años esa consideración de capacidad de consentir y penalizando tales
conductas, nos parece un grave atentado, una grave limitación a la
libertad y a la opción sexual personal.

En segundo lugar, como grave conclusión, a nuestro entender, es un
proyecto de ley que difícilmente será ejecutable. En muchos de los tipos,
ya sea corrupción de menores o prostitución, introduce descripciones,
planteamientos y conceptos jurídicos indeterminados o de difícil
indeterminación, que van a hacer que la reforma sea en muchos casos
inaplicable o susceptible de una gama de interpretaciones contrarias a la
seguridad jurídica. (El señor vicepresidente, Fernández-Miranda y Lozana,
ocupa la Presidencia.) No me quiero extender más. Hago nuestros muchos de
los argumentos que por escrito se han planteado en las enmiendas de
devolución y en la exposición de motivos de la enmienda de texto
alternativo. En resumen, con el proyecto de ley que se nos presenta se
dice cumplir compromisos internacionales y mandatos de esta Cámara, pero
creemos que en el fondo no cumple el espíritu de lo que esta Cámara
quería. Pensamos que es una reforma regresiva y, en definitiva, un
profundo desajuste con la necesidad social del Estado en el que vivimos.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Lasagabaster.

En nombre del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor
Rodríguez.




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Gracias, señor presidente.

Expresamos nuestro apoyo a las dos enmiendas de devolución, una de ellas
con texto alternativo, basándonos en tres criterios fundamentales. El
primero es que no es ésta la forma de enfrentar un gravísimo problema
desde el punto de vista social y humano, que está vinculado a una
cuestión muy de fondo de nuestras sociedades y que consiste en que todo
es comerciable, también comprable, incluido lo que tiene que ver con las
conductas relativas al placer, al gusto o a la identidad sexual. Y sería
grave interpretar ese problema solamente desde el punto de vista de una
norma de carácter moral.

En el fondo, lo que hay es una sociedad mercantilizada, que está
obligando y usando a menores y a mujeres, indefensos, de una forma que no
es presentable desde el punto de vista humano. Pero también hay una
sociedad hipócrita que alimenta y mantiene posturas duales, que están
basadas en la insatisfacción, provocando muchas veces incluso gravísimas
alteraciones psicológicas en quienes ahora pueden ser acusados. En todo
caso, no es ésta la manera de defender la libertad y la dignidad de las
personas, y mucho menos de las personas desvalidas por edad, por sexo o
por carencias de carácter psíquico. La mejor manera de defenderlas es con
educación, trabajo y protección social.

En segundo lugar, el actual Código Penal nos parece suficiente, en líneas
generales, para enfrentar el problema que está provocando esa alarma
social que intenta utilizar el Gobierno. También hay que decir que no se
puede modificar el Código Penal a base de tipificar conductas desde la
hipocresía moral dominante y con un abanico represivo tan amplio y tan
duro en muchos casos. Sería, desde luego, según las interpretaciones
jurídicas, causa de consecuencias muy graves, incluso para las personas
que fuesen acusadas.

En tercer lugar, esta reforma, si va adelante, va a agudizar la dualidad,
la hipocresía, el cinismo de la moral que se llama en muchos manuales
moral burguesa. Se aplicará, en todo caso, en función de la importancia,
el poder económico y las características del acusado y no salvará a las
víctimas de su estado, colocando como potenciales acusadores a quienes no
van a ser agredidos ni violados en su persona, ni fáctica ni moralmente,
a no ser desde el punto de vista de una interpretación intolerante y de
un espíritu inquisitorial.

En todo caso, como hay un texto alternativo y vemos que algunas
cuestiones que sí habría que tipificar o perfilar mejor están en él
contempladas, en concreto el que presenta el Grupo Parlamentario
Socialista, apoyaremos ese texto en la concreción práctica alternativa
frente al Gobierno.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rodríguez.




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Para la presentación de la enmienda de totalidad con texto alternativo,
en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora
Fernández de la Vega.




La señora FERNANDEZ DE LA VEGA SANZ: Señor presidente, señorías, el
proyecto de ley que nos acaba de ser presentado contiene una reforma
radical del Código Penal de 1995 en materia de delitos sexuales que, en
opinión del Grupo Socialista, rompe y quiebra la tradición democrática,
liberal y modernizadora de nuestro Derecho penal sexual desde la
restauración de la democracia y, acudiendo al ingenioso instrumento de la
máquina del tiempo, nos devuelve al pasado, pero no se conforma con un
viaje retrospectivo de cercanías, es decir, a la regulación franquista
inmediatamente anterior a la Constitución de 1978, sino que nos invita a
un viaje de largo recorrido hasta conducirnos, siempre hacia atrás, claro
está, hasta el código penal de la dictadura del General Primo de Rivera
de 1928. Es más, como ya ha señalado algún prestigioso penalista, ni
siquiera el Código Penal de Primo de Rivera, que consideró el piropo como
una falta penal, llegó tan lejos.

Nuestra absoluta discrepancia con la oportunidad de este proyecto, con
los principios que lo inspiran y con la filosofía que lo impregna nos ha
llevado, señorías, a presentar una enmienda a la totalidad con texto
alternativo, que cumple con el mandato de este Parlamento, con las
recomendaciones del Consejo de Europa y de la Unión Europea y con lo que
solicitó a esta Cámara el Defensor del Pueblo. Estas instituciones se
limitaron a recomendar el castigo de la explotación sexual de los
menores, la tipificación expresa de la venta y difusión de material
pornográfico en la que intervengan menores, mayor pena para el abuso
sexual, sin penetración, de menores y la ampliación de los plazos de la
prescripción. Esto exactamente, señorías, es el contenido de la enmienda
de totalidad de texto alternativo que presentamos los socialistas.

Es más, en algún tema vamos más allá. Por ejemplo, en la ampliación de
los plazos de la prescripción creemos que evidentemente hay que
ampliarlos, pero no sólo en los delitos sexuales, porque tan grave es que
se abuse sexualmente de un menor, como que se le maltrate, que se le
practique un aborto no consentido o que se ataque a su integridad moral y
a su intimidad.

De ahí que, en esa preocupación por la protección del menor, hayamos
propuesto la ampliación del plazo de la prescripción no sólo a los
delitos sexuales, sino a todos los que les acabo de mencionar. Esto,
señorías, era lo que se reclamaba, lo que se debatió en este Parlamento,
lo que preocupa a la sociedad. Lo que no ha reclamado nadie es lo que
contiene este proyecto de ley, cuyo oportunismo político, señorías,
resulta patente. Porque, no llegando a media docena de sentencias bien
manipuladas, una serie de recomendaciones internacionales y un informe
muy pero que muy concreto del Defensor del Pueblo, se aprovecha la
ocasión para reformar todo el Derecho penal sexual, se cambian los tipos,
se amplía la descripción de los comportamientos, se elevan las penas, se
cambian las edades arbitrariamente. Porque de oportunismo político hay
que calificar, señorías, lo que supone que, al hilo de la lógica reacción
social que produce el conocimiento de hechos delictivos que afectan
especialmente a menores de edad que a todos nos repugnan y nos
escandalizan, en lugar de analizar y atajar las causas que los provocan y
reprimirlos mediante la aplicación eficaz de las leyes vigentes, se
cuestione el propio contenido de estas leyes, cargando sobre ellas la
responsabilidad de los hechos que ocurren. La lógica conclusión de esta
dinámica es que, evidentemente, a continuación hay que modificar la ley,
sustituyéndola por otra que se ofrece demagógicamente como la solución
del problema, pero que para lo único que sirve en realidad es para tratar
de imponer las propias convicciones. Esto, que puede ser admisible que lo
haga un Gobierno en otras materias, señora ministra, no se puede hacer
jamás con el arma más fuerte, que es el Derecho penal, donde es necesario
un consenso básico, sobre todo, para penalizar.

Bueno es que tengamos leyes penales eficaces para combatir conductas que
a todos nos repugnan. Lo que es dudoso es que se consiga con lo que ahora
se presenta, que, entre otras cosas, tendría consecuencias gravísimas en
la libertad sexual de los jóvenes, que, más que proteger, se intenta
reprimir y controlar, y también en el ejercicio de la libertad sexual de
los adultos.

Su inoportunidad y sus excesos, señora ministra. Esta Cámara no le dio un
cheque en blanco para que usted modificase todo el Derecho penal sexual.

Le dio un mandato muy concreto. Y si esa inoportunidad y esos excesos
serían suficientes para rechazar este proyecto de ley, los principios y
el espíritu que lo inspiran confirman, evidentemente, la inseguridad
jurídica que, en el ejercicio de la libertad y, desde luego, de nuestra
convivencia, puede suponer. Ello porque ustedes, con su habitual
confusión entre lo público y lo privado, tratan de imponer, a través del
instrumento público más gravoso, que es la pena, el instrumento público
más fuerte del que se dispone en un Estado de Derecho. Desde luego, una
determinada moral sexual, que, aunque absolutamente respetable en lo
privado, no pueden, mediante la amenaza de la cárcel, obligarnos a
compartir a toda la sociedad.

Esto se pone de manifiesto en la reintroducción del delito de corrupción
de menores, definido como vida sexual precoz o prematura o cuya
intensidad, persistencia o continuidad pueden alterar el proceso de
formación o desarrollo de la personalidad del menor. No es que ya pugne
con el derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto y con la
libertad de los padres a



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educar a sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones, como
establece nuestra Constitución, sino que, desde luego, suspende el
ejercicio de la libertad sexual a los menores de quince años y limita
extraordinariamente la de los menores de 18 años.

De ahí que ustedes introduzcan el término indemnidad, señorías.

Convierten a los menores en intocables, sin dejar de tener también
importantes consecuencias y repercusiones para los mayores. En todo caso,
señorías, el término corrupción fue solicitado por la totalidad de la
doctrina de este país, por considerarlo un concepto indeterminado y
ambiguo, que producía el solapamiento con actitudes morales. Y ahora lo
que se vuelve a hacer es, precisamente a cuenta de atender las
peculiaridades que en el ámbito de la libertad sexual corresponden
inequívocamente a personas que aún no están en condiciones de decidir por
sí mismas, pretender atribuir a la justicia penal competencia para
decidir qué es una vida sexual precoz o prematura, o qué experiencias
sexuales afectan al normal desarrollo formativo de un joven. Volvemos a
la época en que los jueces tienen que decidir si un joven de 17 años, por
ejemplo, ha iniciado una relación sexual prematura.

Y no sólo está ahí el tema de la imposición de la conducta moral, sino
que también está en la definición de prostitución, tan amplia que puede
incluir a los clientes y que no precisa de persistencia, permanencia o
habitualidad, que extiende la persecución penal, de modo apenas conocido
en nuestro Derecho histórico, a cualquier persona que, aún sin ánimo de
lucro, meramente favorezca o facilite la prostitución de adultos que
ejercen voluntariamente y sin coacción. Llega la furia punitiva,
señorías, al extremo de tratar de castigar conductas como las de
apertura, gestión o simplemente facilitación o favorecimiento de
comportamientos de mera significación sexual o que se anuncian en
cualquier periódico y que son tolerados.

A todo esto, quiero que quede claro que mi grupo considera que, en una
sociedad moderna, el negocio de la prostitución es una forma de
explotación intolerable, por cuanto atenta a la dignidad de la persona y
persigue un beneficio económico frecuentemente asociado a situaciones de
necesidad de la persona que accede a ejercer la prostitución, a quien,
con esta regulación, seguro que se le condena a una mayor marginación.

Otra muestra de esta desorbitada tendencia punitiva está también en la
ampliación de los delitos de exhibicionismo y provocación sexual, no ya
referidos a menores, sino en relación a mayores de edad, imponiendo
incluso la pena de prisión a los meros asistentes a espectáculos eróticos
--el texto dice exhibicionistas, pero creo que quería decir eróticos--,
en los que aparezcan personas menores de 18 años, con la inseguridad
jurídica de amenazar con la cárcel a quien no haya pedido antes el carné
de identidad.

En lo que más preocupa el proyecto de ley, que es la adecuada protección
de los menores, el dislate es total, ya que, con el pretexto de la
protección, a lo que conduce es a una auténtica represión del ejercicio
de la libertad sexual de los jóvenes. No sólo es que cierre el paso al
imprescindible aprendizaje sexual que se realiza entre adolescentes, sino
que imposibilita cualquier tipo de comportamiento o relación mutuamente
aceptada entre una persona, por ejemplo, de 18 años y otra de 14. Así,
ustedes determinan unos bloques de edades entre los cuales todo está
permitido; superada esa edad, los 18, todo se convierte en delictivo, por
razón no se sabe muy bien de qué. Lo que aquí está ocurriendo es que no
se atiende realmente a la capacidad del menor, no se atiende a su grado
de madurez, no se atiende a su formación. Lo que resulta de este proyecto
es una prohibición absoluta de cualquier relación sexual con un menor de
15, salvo que su pareja tenga 13, 15, 16 ó 17, porque si cumple los 18, a
partir de ese momento, está amenazado con la cárcel.

Creo, señorías, que, antes de dar su voto favorable a esta regulación,
deberían analizarse las destructivas consecuencias que la propuesta puede
desencadenar entre los jóvenes, porque el problema, repito, es que no se
atiende a la capacidad o a la madurez del menor.

Contra todas las modernas orientaciones del Derecho penal europeo, este
proyecto de ley, señorías, nos lleva a los locos años veinte, donde, ante
todo comportamiento sexual, incluidos los de baja intensidad, más difusos
y menos graves, se utilizaba toda la artillería pesada que posee el
Derecho penal. ¡Qué nostalgia del tiempo pasado! señora ministra.

Mi grupo, señorías, les solicita el voto favorable a nuestro texto
alternativo, que busca, sin duda alguna, la eficacia en la persecución de
los atentados más graves a la libertad sexual, sin que nadie tenga
derecho a establecer una carrera para ver quién protege más o mejor a los
menores. Porque yo estoy convencida, señorías, de que no hay un solo
miembro en esta Cámara que no esté de acuerdo en que todos tenemos que
tener y poner medidas eficaces para evitar comportamientos que a todos
nos repugnan, pero no confundamos eso, señora ministra, con tratar de
imponer lo que no comparte toda la sociedad.

Nosotros vamos a votar también favorablemente la enmienda de devolución
presentada por el Grupo Mixto, porque creemos que, como decía la diputada
Almeida, en este caso se tenía que haber actuado de otra manera; se tenía
que haber actuado, en el Derecho penal, tratando de buscar un mínimo
consenso posible, que no se ha intentado. Porque, repito, señora
ministra, que esta Cámara no le dio un cheque en blanco. Lo lógico sería
devolver el texto al Gobierno. Si no, aquí está nuestra alternativa,
porque ella responde a lo que nos han indicado en Europa que debemos
hacer. Y a eso, a tratar de proteger mejor a los menores, el Grupo
Parlamentario Socialista, por supuesto, no se va a oponer nunca. Estará,
desde luego, a la cabeza de la manifestación con todos ustedes. Lo que no
vamos a



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permitir es el retroceso en el ejercicio de la libertad individual que el
Gobierno nos trata de imponer a través de este proyecto de ley.

Nada más y muchas gracias. (Aplausos.) El señor VICEPRESIDENTE
(Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias, señora Fernández de la
Vega.

¿Grupos que desean utilizar un turno en contra? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
Trías.




El señor TRIAS SAGNIER: Señor presidente, mi grupo no hace dogma de fe
del Código Penal. Estas no son palabras que haya pronunciado yo en esta
Cámara, sino que son palabras que con mucho acierto pronunció la
representante del Grupo Parlamentario Socialista, señora María Teresa
Fernández de la Vega.

Yo he escrito que el Código Penal de 1995 es un gran monumento jurídico,
es un gran monumento, perfectible, por supuesto. En el Código Penal de
1995 creo que están bien definidos los delitos contra la libertad sexual.

Si nosotros no hacemos un dogma de fe del Código penal de 1995, tampoco
lo vamos a hacer, ni nosotros ni la ministra de Justicia, del proyecto
que se ha enviado a esta Cámara, que está en el trámite de enmiendas y
que consideramos que es una materia en la que debe llegarse a un máximo
acuerdo posible, no sólo entre los grupos que forman la gobernabilidad
del Estado, sino con todos los grupos que haya en esta Cámara. En este
sentido va dirigido nuestro empeño y nuestro intento: en ese máximo
acuerdo en una materia como ésta, que no es una materia que se envíe a
esta Cámara por criterios de oportunidad, sino, como ha dicho de forma
muy atinada la señora ministra de Justicia, para dar cumplimiento a un
mandato de esta Cámara, a iniciativa del Grupo Parlamentario Popular,
mandato que fue aprobado por unanimidad de toda la Cámara, nada menos que
por 305 votos, de los 350 que componen la misma. También para dar
cumplimiento a la resolución del Parlamento Europeo, que, en 32 puntos,
insta a los gobiernos, no siendo todos recogidos ni en nuestra
proposición de reforma del título VIII ni, por supuesto, en sus enmiendas
alternativas. Asimismo damos cumplimiento a las recomendaciones del
Defensor del Pueblo, que insta a los grupos y al Gobierno a que se
agraven las penas.

Yo podría suscribir prácticamente, en sus líneas generales, las palabras
que se pronunciaron aquí cuando se debatió la proposición no de ley, no
solamente las que pronunció la representante del Grupo Popular, señora
María Bernarda Barrios, sino las que pronunció, en líneas generales
también, S. S., señora María Teresa Fernández de la Vega, y las del señor
Castellano. Encuentro que hay una diferencia de tono bastante grande
entre aquellas palabras del señor Castellano y la caricatura que ha
pretendido hacer de esta cuestión la representante del Grupo
Parlamentario Nueva Izquierda.

Siento muchísimo que se haya caricaturizado esta cuestión, porque yo,
señora Almeida, la he escuchado en el foro, en informes forenses, y usted
actúa entonces de otro modo, con un rigor jurídico que, sinceramente, he
echado en falta ahora.

Entonces, señora Fernández de la Vega, dijo S. S. estas palabras: «Aquí,
esta Cámara, va a encontrar en el Grupo Parlamentario Socialista su
colaboración y apoyo para tratar de prevenir y erradicar este tipo de
graves acontecimientos». Modestamente, consideramos que la enmienda a la
totalidad propuesta por ustedes no va encaminada en este sentido. Es una
enmienda que se queda en la superficie.

No puedo suscribir, desde luego, las palabras que se han dicho sobre la
pretensión de moralizar el Código penal. Nada más alejado de la realidad.

El Grupo Popular no pretende ni ha pretendido nunca imponer ninguna
moral. Lo ha dicho ya la ministra de Justicia. Por otra parte, la
distinción entre Derecho y moral parece que es una distinción
decimonónica que está superada en la actualidad, sobre todo en el mundo
anglosajón. Se califica como derechos morales a los más exigibles e
inviolables. No vamos a entrar, creo yo, ahora en esta discusión, pero,
por ejemplo, cuando se pretende privar a un ciudadano de libertad es por
razones morales, nunca por razones de oportunidad o eficacia. Porque la
determinación de un bien jurídico a proteger implica necesariamente un
juicio moral.

Nuestro grupo considera que no es a través de la enmienda a la totalidad
ni de la enmienda de devolución la forma más oportuna para dar una rápida
solución a estas cuestiones. Les tenemos que agradecer que así lo hayan
hecho, porque quedan perfectamente claras cuáles son nuestras posiciones
y cuáles son las equidistantes y respectivas posiciones del Grupo
Socialista y del Grupo Nueva Izquierda. Nuestro grupo ha presentado 16
enmiendas, 17 tiene presentadas el Grupo Convergència i Unió y 21 el
Grupo Nacionalista Vasco, y ello es porque consideramos que el trámite de
enmiendas --muchas de las que van a presentar o que han presentado ya
ustedes serán discutidas y aceptadas probablemente en la Comisión-- es
más eficaz y más rápido para dar una solución a algo que reclama
verdaderamente con urgencia la sociedad.

Por otro lado, el proyecto que ha presentado el Gobierno y las enmiendas
que propone nuestro grupo y que hemos hecho de acuerdo con el Ministerio
de Justicia, como igualmente las que proponen otros grupos, están en
consonancia con el informe emitido por el Consejo General del Poder
Judicial.

Se habla de la edad de 15 años. Pues no. En las enmiendas ya se dice
claramente que la edad a partir de la cual el consentimiento enervaría el
delito será la de 13 años.




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Se suprime la tipificación del delito de exhibicionismo entre mayores.

Esta es una cuestión discutible, pero lo que no se puede decir es que hay
determinadas conductas entre mayores que están penalizadas con arreglo al
actual Código, porque acaba de dictarse una sentencia por el Tribunal
Constitucional, que es del día 16 de diciembre del año pasado, hace un
mes y medio, donde precisamente se dice con claridad y rotundidad que ese
delito ha quedado despenalizado.

Se vuelve a incluir la expresión «corrupción de menores», y se ha dicho,
creo que con cierta ligereza, que nuestro grupo manipula unas cuantas
sentencias del Tribunal Supremo. Nada más alejado de la realidad. Nos
referíamos a la sentencia a la que ha hecho mención la señora ministra de
Justicia dictada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo de la que fue
ponente el magistrado José Augusto de Vega Ruiz, magistrado con el cual,
cuando leí esa sentencia, tuve una larga conversación para que me
explicase realmente cuál era el sentido de la misma, y como ya ha
expresado y ha explicado aquí la ministra de Justicia, el sentido era
clarísimo. La sentencia dice que la legislación derogada no sólo hablaba
de prostitución sino de corrupción de menores, y llegaba a la conclusión
de que al haber desaparecido el delito de corrupción de menores, se
subsume el hecho en el denominado delito sexual del artículo 181, y por
aplicación del punto tercero de ese precepto se rebajó la pena del
condenado, de un individuo que abusaba de su hija, a 10 meses. El hecho,
como todos conocemos, produjo alarma social y una enorme indignación en
la sociedad, y a través de todos los medios de comunicación se nos exigía
que modificásemos esos pequeños errores deliberados o inconscientes que
se produjeron en ese gran monumento que sin duda es el nuevo Código
Penal.

Pero es que de hechos similares acaba de ocuparse nuevamente el Tribunal
Supremo en la sentencia que ha dictado hace menos de un mes, el día 12 de
enero, y de la que ha sido ponente el señor Jiménez Villarejo. Se había
condenado a un individuo a tres penas de un año de prisión con las
accesorias por los delitos relativos a prostitución, y la Sala acogió los
motivos de casación, ya que se dice que no puede ser condenado por
inducción, promoción o favorecimiento, en sentido estricto, a la
prostitución, pues su relación con los menores no tuvo como objeto
inclinarles a dicho tráfico inmoral. Y cito textualmente: Al contrario,
lo que parece insinuado es que las jóvenes, pese a su temprana edad, ya
estaban prostituidas cuando los procesados tuvieron acceso carnal con
ellas, dato que se confirma con mayor claridad a través del examen de las
actuaciones. Fin de la cita. Y concluye que la actuación de los acusados
que denunciaron en su recurso la aplicación indebida del artículo 187.1
del Código Penal vigente no reúne ninguno de los requisitos necesarios
para integrar el delito relativo a la prostitución que en dicho precepto
se tipifica.

Todo ello no habría ocurrido si se hubiese mantenido la terminología,
discutible pero eficaz, de corrupción de menores que se usaba en el
antiguo Código.

Un penalista, no precisamente conservador, don Gonzalo Quintero Olivares,
acaba de escribir un artículo en el diario La Vanguardia donde también
sale al paso de algunas de las imputaciones que se nos han hecho, y dice
textualmente: Unos han corrido a resumir la cuestión en esa burda idea de
que no se puede corromper lo corrompido, idea que es, a la vez de cruel y
reaccionaria, tan falsa como aquella de que el ladrón que roba al ladrón
tiene cien años de perdón. Eso no es verdad, y por supuesto es posible
cometer delitos de corrupción sobre personas que ya han sido objeto de
esa corrupción.

La actitud del Ministerio de Justicia, del Gobierno y de todos los grupos
que han presentado las enmiendas debe ser coherente con el sentir
manifestado por esta Cámara cuando instó al Gobierno a regular este tipo
de cuestiones. Yo creo que la postura del Grupo Socialista y de Nueva
Izquierda es coherente, pero
--perdónenme que se lo diga-- con una cierta doble moral, una moral
que se pone a la cabeza de la manifestación cuando en la ciudadanía y en
las ciudades se protesta y se indignan contra determinados hechos que
ocasionan una auténtica alarma social, y luego otra cuando se discute la
literalidad de las leyes que hay que corregir.

El Ministerio de Justicia, para dar cumplimiento a ese mandato, se ha
propuesto seis objetivos fundamentales en la reforma, que, como les digo,
es perfectible. Se van a discutir nuestras propias enmiendas, las del
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), las del Grupo
Parlamentario Vasco y las de ustedes, muchas de las cuales seguramente
van en la misma línea que las nuestras, que no es dejar el tema en algo
que es absolutamente liviano y con poco sentido.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Vaya concluyendo.




El señor TRIAS SAGNIER: Concluyo en un instante.

Esos seis puntos cuasi telegráficos son los siguientes. Por un lado,
reconocer la realidad sociológica de las relaciones sexuales entre
menores, que nunca deben ser objeto de consideración penal, y eso
queremos que quede rotundamente claro. En segundo lugar, se eleva de 12 a
13 años --el Parlamento Europeo hablaba de 15, nosotros nos hemos quedado
en 13-- la edad por debajo de la cual se presume siempre que la relación
sexual de un menor no es consentida. En tercer lugar, se atiende a la
recomendación de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y a las
recomendaciones del Defensor del Pueblo para que se modifique este tipo
de legislación. En cuarto lugar, se cambia el cómputo de prescripción, y
en esto yo estoy de acuerdo en que quizá tienen razón en que habría que



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aumentar ese plazo al que usted, señora Fernández de Vega, se ha
referido; lo podemos discutir en el trámite de enmiendas. Y en quinto
lugar, por lo que respecta a la pornografía infantil, se penaliza la mera
tenencia, pero yo aquí creo que existe una cierta contradicción con uno
de los grupos que van a apoyar la enmienda de devolución, concretamente
el Bloque Nacionalista Galego, porque hay una proposición no de ley del
Grupo Parlamentario Mixto...




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Trías, le
ruego concluya.




El señor TRIAS SAGNIER: Concluyo en un instante.

En esa proposición se insta al Gobierno a que se penalice también la
posesión y difusión de pornografía infantil. Firmado: doña Pilar Rahola y
don Francisco Rodríguez Sánchez.

En último lugar, se elimina el principio de doble incriminación. Todo
ello nos lleva, con todo el respeto, a rechazar la enmienda a la
totalidad propuesta por el Grupo Parlamentario Socialista y la enmienda
de devolución que ha presentado el Grupo Nueva Izquierda.

Muchas gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Trías. (El señor Rodríguez Sánchez pide la palabra.)
Señor Rodríguez, tiene la palabra brevemente, con la misma extensión en
su respuesta que la amplitud de la alusión.

El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Muchas gracias, señor presidente.

Intervengo solamente para que no se cree una atmósfera de confusión y que
el señor Trías lo tenga en cuenta para el futuro. El hecho de que las
iniciativas del Grupo Parlamentario Mixto vayan firmadas por determinados
diputados no indican que sean iniciativas de ese diputado o diputada o de
ese grupo político en concreto, sino que las necesidades técnicas del
propio grupo nos obligan a ese tipo de convivencia. Por tanto, esa
iniciativa no es del Bloque Nacionalista Gallego.

Nada más. Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rodríguez. Para dejarlo aún más claro, el señor Rodríguez actuó en
aquel momento como portavoz, por turno, del Grupo Parlamentario Mixto.

Tiene la palabra la señora Fernández de la Vega.




La señora FERNANDEZ DE LA VEGA SAN: Muchas gracias, señor presidente.

Muchas gracias, señor Trías, por su intervención. Quiero decirle que el
Grupo Socialista no modifica ni una sola línea de lo que dijo en el
debate de 1996, que es coherente con lo que hemos dicho aquí, señor
Trías. El problema es que nosotros creemos --y léase bien el debate-- que
esta Cámara no dio un mandato ni un cheque en blanco al Gobierno para que
modificara todo el Derecho penal sexual, sino que se limitó a poner de
manifiesto lo que ya había surgido en Europa, el tema de la explotación
de los menores, y a concretar lo que había pedido el Defensor del Pueblo,
mayor pena para los abusos sexuales, tipificación expresa para la venta y
difusión de pornografía y ampliación de los plazos de la prescripción.

Me alegra la postura que ha mantenido S. S. en nombre de su grupo, porque
veo que ya hay algunos temas que aparecen en el texto con los que ni
ustedes están de acuerdo. Por ello le anuncio que mi grupo va a estar
siempre dispuesto, como no puede ser de otra manera, a mantener una
postura de consenso. Pero, señor Trías, es que el consenso en esta
materia al principio tiene que arrancar del Gobierno; nosotros no podemos
dirigirnos al Gobierno, tendría que haber sido la señora ministra la que
se dirigiera a nosotros para, en un tema tan delicado, haber tratado de
buscar el mínimo denominador común.

Señor Trías, señorías, todos nosotros estamos por proteger a los menores.

En lo que nunca vamos a estar de acuerdo es en que se utilice el Derecho
penal --y esa es una tentación muy grande-- para, a través del mismo,
tratar de imponer con lo más importante, más fuerte, más gravoso y más
duro que tiene un Estado social y de Derecho, que es la pena, para
dirigir comportamientos o imponer determinados tipos de conducta, como
estos relativos a la corrupción o la precocidad. No me gustaría que
fueran los jueces quienes dijeran si nuestros jóvenes, a una determinada
edad, tienen conductas o comportamientos sexuales precoces o prematuros.

Este tema tiene que ser competencia de otro ámbito, y en ese ámbito
ustedes siempre van a encontrar el apoyo del Grupo Socialista. En lo que
no lo van a encontrar, desde luego, es para, a través de la pena, tratar
de imponer comportamientos que afectan de verdad a la libertad no sólo de
los menores sino también de los mayores.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Fernández de la Vega.

Tiene la palabra la señora Almeida.




La señora ALMEIDA CASTRO: Muchas gracias.

Voy a ser muy breve. Se dice que a veces se ha hecho caricatura de un
proyecto de ley y que según los foros unos defendamos unas cosas u otras.

Señorías, en los foros jurídicos defendemos las leyes que hay. Aquí
estamos evitando que las leyes quieran hacer lo que no deben hacer, que
es reprimir la libertad en lugar de protegerla.




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Señora ministra, este proyecto parece que no tiene el consenso ni de su
grupo, porque creo que hay 19 ó 20 enmiendas del Grupo Popular al mismo,
con lo cual imagínense las que vamos a tener que presentar la oposición,
que no estamos de acuerdo con nada.

Es verdad que puede ser prematuro; lo único prematuro aquí es el
proyecto. No le voy a decir que sea precoz, porque es más antiguo que el
andar pa'lante. En cualquier caso, no vamos a luchar por estar a la
cabeza de la manifestación de las personas que piden dureza; queremos
estar a la cabeza de las leyes que mejor protejan la libertad de los
menores y su protección, no las que nos condenen por elementos que no son
los que debe contener el Código Penal.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Almeida.

Tiene la palabra el señor Trías.




El señor TRIAS SAGNIER: Señor presidente, solamente quiero hacer una
apreciación a la señora Fernández de la Vega. Ha dicho S. S. que esta
Cámara no tiene un cheque en blanco. Esta Cámara sí tiene un cheque en
blanco porque es soberana para decidir lo que tenga que hacer en esta
ocasión. Quien no tiene un cheque en blanco en una democracia es el
gobierno. Precisamente por eso estamos discutiendo aquí esta cuestión y,
además, con las manos tendidas y abiertas, el Gobierno, la ministra de
Justicia y nuestro grupo parlamentario, para llegar a un acuerdo total, a
ser posible, de todos los grupos en esa cuestión.

A la señora Almeida quisiera decirle que ella acaba de manifestar que en
los foros jurídicos hay que defender la leyes. Señora Almeida, en los
foros jurídicos he defendido siempre lo que me dicta mi conciencia, y
muchas veces con criterio distinto al de las leyes.

Nada más, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Gracias, señor
Trías.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra
el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.

Mi grupo se congratula de las iniciativas que han tomado el Grupo
Parlamentario Mixto, expresadas con la voz de doña Cristina Almeida, y el
Grupo Parlamentario Socialista, defendidas por la señora Fernández de la
Vega, con estas propuestas de enmiendas de totalidad, porque era
necesario un debate centrado en una valoración política, junto a una
valoración jurídica penalista de esta materia.

Nosotros somos un partido con un compromiso de apoyo al Gobierno, y se lo
brindaremos en la medida en la que se recojan las correcciones que
consideramos necesarias e imprescindibles para que éste sea un proyecto
de ley --cuando salga de la Comisión camino de este Pleno-- totalmente
aceptable por una sociedad democrática en un Estado de Derecho moderno.

Mi grupo votó favorablemente aquellas dos proposiciones no de ley del
Grupo Parlamentario Popular, tanto en noviembre de 1996 como en mayo de
1997. Habíamos entendido --como aquí bien se ha dicho-- que estábamos
haciendo un pronunciamiento de la Cámara, prácticamente unánime, que
sintonizara con la sociedad ante una alarma social, que existía también
en otros países europeos --recordábamos el caso de Bélgica-- y
occidentales, para luchar contra la explotación sexual de los niños y
contra lo que ya no eran actos individuales delictivos sino actos propios
del crimen organizado. Suscribimos también darle el mandato al Gobierno
de redactar un proyecto de ley que viniera a delimitar la protección de
la integridad y libertad sexual de los menores y a modificar, previo
estudio, los tipos penales que pudiesen garantizar este aspecto, sin
tocar en otros puntos lo que venía en nuestro Código Penal.

Mi grupo participa del fondo de las exposiciones que se han hecho tanto
por el Grupo Mixto como por el Grupo Socialista; no participa de la
forma, porque entendemos que en parte del proyecto del Gobierno se recoge
la rectitud de pensamiento que había en aquellos acuerdos, pero en otros
aspectos se ha desviado gravemente.

Le quiero decir al señor Trías --dado que en su discurso parece que el
Grupo de Coalición Canaria no ha presentado enmiendas, porque no hemos
merecido su atención-- que en el seno de mi grupo estuvimos discutiendo
entre adoptar la posición más favorable al Gobierno, la de presentar
estas enmiendas, o redactar una enmienda de totalidad de devolución del
texto del proyecto del Gobierno, como habíamos hecho con el proyecto de
ley de la propiedad compartida o time sharing, salido del Ministerio de
Justicia.

Me preocupa tremendamente que en España estemos, desde hace poco tiempo,
reaccionando a golpe de cambio del Código Penal cada vez que hay algo que
produce alarma social, en todos los órdenes: la violencia callejera, las
actuaciones contra el fraude fiscal, y ahora éste. Esperemos que no venga
nadie con una propuesta de modificar el Código Penal por los fraudes en
las gasolineras de servicio en las carreteras. Esta es una reflexión que
tenemos que hacer.

No se puede tener un planteamiento en una posición democrática,
progresista, de un Estado moderno, de hacer una lectura verdaderamente
extralimitada de los acuerdos y mandatos de la Cámara en nuestro orden
constitucional, porque esto ha levantado, precisamente, ampollas en
quienes defienden un principio de modernidad constitucional acorde con lo
que quiere la sociedad, pero sin volver hacia atrás.




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Estamos en sintonía con los acuerdos de los organismos internacionales
desde 1989 en la defensa de los derechos del niño. Nosotros hemos
presentado unas enmiendas porque entendíamos que las edades que ya había
fijado nuestro Código Penal, recientemente aprobado, eran inamovibles,
incluso mantenemos en ellas la edad desde los 12 años. Se puede hacer una
transaccional que se pase a 13 años, pero inaceptable la de 15, por
supuesto.

Se traen aquí añejísimas figuras del más absoluto y rechazable
reaccionismo de la legislación penal española cuando se habla de los
delitos de exhibicionismo y de provocación sexual. Todas nuestras
enmiendas han ido dirigidas a que los tipos penales que haya que
modificar sean reales, pero que no sean subjetivos, porque no hay nada
peor que introducir en el Código Penal conceptos de subjetividad. Cuando
he visto la expresión «provocación sexual» he buscado en los manuales de
los censores del periodismo y de la cinematografía del franquismo lo que
interpretaban como provocación sexual, y hay figuras tan peregrinas como
que si un guionista o un periodista escribía al final de una obra de
teatro o de cine que los protagonistas se besaban, era censurado porque
se decía que era provocación sexual, y el guionista tenía que decir:
semejan o simulan besarse. Si podemos volver aquí a interpretar
subjetivamente la provocación sexual, es que estamos dándole a la moviola
del tiempo jurídico penal hacia atrás.

En otro momento, al redactor del proyecto se le calienta la pluma y llega
a decir, en su capítulo V, artículo 187, algo que ya está fuera hasta de
los propios límites interpretativos del mandato parlamentario de 1986,
porque aquí a los directores de los periódicos españoles actuales les
dice: el que induzca, promueva, favorezca o facilite la prostitución de
una persona mayor de edad, será castigado con las penas de prisión de uno
a dos años y multa de seis a doce meses. Esto lo coge un juez o un fiscal
y a todo periódico al que se le ocurra poner una página de contactos
unipersonal o bipersonal de masaje o de relax, le aplica el nuevo Código
Penal que pudiera derivarse de aquí. ¿Nos estamos dando cuenta del
alcance de lo que estamos propugnando?
Cuando llegamos finalmente al artículo 189 bis...




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Mardones, le
ruego concluya.




El señor MARDONES SEVILLA: En este artículo, la subjetividad de los actos
de tipificación son ya verdaderamente antológicos, y lo que le pedimos al
Gobierno es que reflexione sobre este tema. Solicitamos el apoyo del
Grupo Parlamentario Popular para la buena e inteligente conducción de las
enmiendas, porque lo que queremos es un proyecto de ley adecuado al
espíritu constitucional español y a las circunstancias actuales.

Por una cuestión formal vamos a votar en contra de las enmiendas de
totalidad, para que sea exigible por el trámite de enmiendas su
rectificación. Si en estos puntos que he tocado no hay esa rectificación,
no daremos como propia esta modificación del Código Penal y en el trámite
final en comisión, en el Congreso de los Diputados, Coalición Canaria
votaría en contra.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Mardones.

En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) , tiene la palabra la
señora Uría.




La señora URIA ECHEVARRIA: Gracias, señor presidente.

Señorías, el proyecto de ley enmendado de totalidad dice estar motivado
en dos proposiciones no de ley aprobadas por esta Cámara a iniciativa del
Grupo Popular el 26 de noviembre de 1996 y el 6 de mayo de 1997.

Examinadas ambas, no nos parece posible establecer relación de causa
efecto con el proyecto. La primera estaba motivada por un suceso,
reciente entonces, de utilización infantil en la pornografía, y mereció
por parte de mi grupo una llamada a la prudencia, ya que toda reforma
penal debe abordarse de forma racional y desapasionada. No nos parecía
claro que hubiese un agujero real en el código por el juego que permitían
el artículo 301, vigente actualmente, que castiga a quien trafique con
material delictivo, y el 189, que castiga a quien utilice a un menor con
fines de exhibición pornográfica. En todo caso, lo aprobado fue una
manifestación sumamente genérica.

La segunda, además de esta condición de ambigua, tenía un contenido
marcadamente policial o de persecución criminal, que no tiene demasiado
que ver con la iniciativa que ahora se nos propone. Es posible admitir
una necesidad de reforma del título VIII, del libro II, del Código Penal,
y así parece sugerirlo la resolución 1.009/1996, de 25 de septiembre, de
la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa relativa a la explotación
sexual de los niños y la acción común del Consejo de la Unión Europea, de
29 de noviembre, o el informe del Defensor del Pueblo, que interesa la
criminalización expresa de la venta y difusión de material pornográfico
en el que intervengan menores. No obstante, el proyecto presentado por el
Gobierno desborda todos estos objetivos proponiendo una regulación que se
aleja radicalmente de los presupuestos valorativos que han configurado el
Derecho penal sexual desde la reinstauración de la democracia.

El grupo al que represento vio el proyecto con cierto espanto y, sin
embargo, fruto de su actitud colaboradora o propiciadora de intentar
sostener o conservar las iniciativas del Gobierno, hizo el esfuerzo de
articular un total de 24 enmiendas, no 21, registradas con fecha 11 de
diciembre, lo que no está mal si tenemos en



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cuenta que son 15 los artículos del Código Penal que se pretenden
retocar, enmienda y pico por artículo. Pero presentadas enmiendas de
totalidad por otros grupos, consideramos que lo más adecuado es sumarse a
ellas, propiciar la devolución de ese proyecto al Gobierno y articular
una reforma más sensata en torno al texto alternativo que el Grupo
Socialista presenta, ya que parece necesario articular una mayor
protección de los menores, con mejoras incluso de técnica jurídica,
puesto que el Código Penal vigente no obtuvo en esta parte el deseable
consenso.

Pero el texto presentado por el Gobierno tiene algo de enmienda
ideológica. El Gobierno autor del proyecto parece animado no ya del deseo
de garantizar la libertad de los ciudadanos, sino de un paternalismo que
le lleva a intentar protegerlos coactivamente, incluso de su propia
libertad. Se coloca en parámetros más represivos que los del Código de
1944. Todos los códigos penales han dedicado siempre un apartado
relevante a los delitos contra la libertad sexual con el fin de reprimir
aquellas conductas que por su gravedad lesionen algunos bienes jurídicos
esenciales sobre los que se funda la convivencia humana. Pero una cosa
son los propios ideales de vida motivados por una valoración ética o
religiosa, y otra aquello que puede considerarse relevante desde el punto
de vista de la defensa social.

No debe olvidarse que la libertad sexual está muy unida a la libertad
civil y a la política, y no es casualidad que siempre ha sido proscrita
por toda clase de regímenes totalitarios. Por eso en este terreno es tan
importante establecer lo más claramente posible los límites públicos de
lo tolerable, dejando a la conciencia personal de cada uno fijar lo
conveniente o lo excelente.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): En nombre del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor
Silva.




El señor SILVA SANCHEZ: Muchas gracias, señor presidente.

El proyecto de ley cuyo examen corresponde hoy trae su causa de una
proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular,
enmendada por el Grupo Parlamentario Socialista y por el Grupo
Parlamentario de Convergència i Unió, entre otros, y cuyo texto
definitivo fue prácticamente el calco literal de la enmienda del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Fue aprobada, como se ha
dicho, por unanimidad y entendíamos que era muy conveniente que la
protección de los menores debía sustraerse de la lucha política, por lo
demás legítima, y que por tanto esa unanimidad era algo especialmente
valorado.

No sé si el esfuerzo que hizo mi grupo parlamentario aquel día fue un
esfuerzo estéril; de lo que sí estoy seguro es de que fue un esfuerzo
absolutamente fugaz. Digo esto porque tanto el proyecto de ley que nos ha
traído el Gobierno a esta Cámara como el texto alternativo que hemos
podido ver a través de una enmienda de la totalidad, no satisface la
filosofía que tenía aquella proposición.

Cierto es que el Gobierno ha desistido voluntariamente, por emplear un
concepto penal, de su proyecto; que el Grupo Parlamentario Popular ha
introducido o ha presentado numerosas enmiendas y que en algunos momentos
este debate ha parecido un diálogo de besugos, donde unos hablaban de un
proyecto del que al parecer ya se había desistido y otros estaban
hablando de algo que debe ser el proyecto o la nueva posición del
Gobierno, del Grupo Parlamentario Popular al respecto. Eso dificulta
obviamente cualquier debate y la inteligencia que puedan tener los
ciudadanos del mismo.

En cualquier caso, la posición de mi grupo parlamentario es votar en
contra de las enmiendas a la totalidad que se han presentado. Nuestra
situación en el juego entre Gobierno, oposición, mayorías y minorías es
diferente a la de otros grupos, pero también por un enorme sentido
práctico. Es un tema urgente, un tema en el que nos hemos demorado
durante más de un año, y la admisión de cualquier enmienda a la totalidad
conduciría a un incremento del retraso por el período de algunos meses.

Con lo que tenemos encima de la mesa, con los informes del Defensor del
Pueblo, mi grupo también con el informe del Sindic de Greuges, con las
conclusiones de la Conferencia de Estocolmo, del Parlamento Europeo, de
la Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa, con el propio informe de
la Fiscalía General del Estado y del Consejo General del Poder Judicial
y, obviamente, con las enmiendas que han presentado todos los grupos
parlamentarios están ya todas las cartas sobre la mesa. En este momento,
efectuar un nuevo reparto o volver a barajar para repartir, si eso nos
cuesta dos o tres meses, no entendemos que sea lo más conveniente.

En cualquier caso, me veo obligado a aprovechar este trámite
parlamentario para manifestar cuál es la posición de mi grupo, la
filosofía a la que responde en este tema. Mi grupo pretende que los
menores no sufran daño alguno --y aquí querría recordar a la portavoz del
Grupo Socialista que el concepto de indemnidad era el que se contenía en
nuestra enmienda y que indemnidad, como bien lo sabe ella, viene de
damnum, de daño--, no que no los toquen. De paso, tenemos que decir que
no nos parece bien que adultos, que no significa pura y simplemente los
mayores de 18 años, toquen a menores, que no significa pura y simplemente
los menores de 18 años; también estamos de acuerdo en lo que dice el
Tribunal Supremo en sentencias recientes en las que entiende que, según
qué tipo de actividades realice una persona de 63 años con unos



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niños de 14, eso puede que no sea lo más acomodado a la conciencia social
y a los valores constitucionales de protección a la juventud y a la
infancia y del libre desarrollo de la personalidad. Hay que tener mucho
cuidado con este tema.

Desde luego, a lo que no estábamos dispuestos --y así lo hemos enmendado
y nos ha seguido el Grupo Parlamentario Popular-- era a entender como
abuso sexual automático la relación de la persona de cualquier sexo menor
de 15 años con el mayor de 18. Como ha sido dicho, no se trata aquí de
tipificar las manifestaciones de precocidad sexual, ni de dificultar este
tipo de relaciones en el ámbito en el que usualmente se producen, de
aprendizaje, de compañía de amigos, de compañeros, etcétera.

Del mismo modo, tampoco entendíamos esa tipificación de los actos que
tenían por destino promover, facilitar, inducir a la prostitución de los
mayores, el exhibicionismo ante personas mayores. Hemos restringido el
planteamiento del proyecto en lo que hace referencia al acoso sexual
entre iguales, exigiendo que los actos constitutivos del mismo sean
objetiva y gravemente intimidatorios, hostiles o humillantes.

Respecto a la asistencia a espectáculos pornográficos en los que
intervengan menores, querríamos decir lo siguiente. Desde luego, nadie
tiene por qué pedir un carnet de identidad, pero yo creo que cualquiera
de SS. SS. sabría distinguir una persona de 6 años de una de 18. Por
tanto, quizá el planteamiento que efectúa mi grupo parlamentario puede
que sea el más correcto. Ya está previsto en el código y sería una
complicidad psicológica el estar presente en un espectáculo pornográfico
en el que intervienen niños de 6 años, pagar la entrada y además
aplaudir. Eso sería complicidad. En cualquier caso, sería el delito
--creo recordar que es el artículo 450-- la omisión del deber de impedir
determinados delitos. No entienda nadie que la posición de mi grupo, no
sé si la de otros, es destipificar este tipo de conductas, sino situarlas
estrictamente donde procede.

A mi grupo le parece conveniente --y así lo entiende el Consejo General
del Poder Judicial, el Grupo Parlamentario Mixto, incluso, más aún, el
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa-- indicar como
irrelevante el consentimiento de las personas menores de 13 años, esto
es, los niños de 12 años, por tanto, la tipificación como abuso sexual,
que es adecuado socialmente.

Respecto del tema de la corrupción, querríamos efectuar también alguna
manifestación. Mi grupo, desde luego, lo que no entiende ni apoyará es
ninguna tipificación de las manifestaciones de precocidad sexual, pero sí
quiere decir lo siguiente. En el debate parlamentario del año 1995 hubo
manifestaciones de algún portavoz socialista, recogidas en el «Diario de
Sesiones», que entendía que lo que anteriormente se sancionaba como
corrupción quedaba integrado en el tipo de prostitución. El Tribunal
Supremo, obviamente, nos ha dicho que no y se han detectado tres defectos
importantes.

En primer lugar, podríamos entender que se deja especialmente indefensos
a los niños de 12 años o más. El Tribunal Supremo está haciendo unas
labores de orfebrería penal impresionantes, hasta el punto de que el
informe emitido por la Fiscalía general del Estado respecto de estos
delitos hace referencia a la audacia interpretativa del Tribunal Supremo
que está infringiendo el principio de legalidad. Estamos discutiendo si
hay precocidad o no, si sirven de algo las diferencias de edades. El
Tribunal Supremo está castigando por abuso sexual con prevalimiento la
pura y simple diferencia de edad. Por tanto, sepamos a qué nos referimos.

Está exagerando, desde mi punto de vista, extralimitando el concepto de
engaño para no dejar impunes determinados comportamientos y poder
llevarlos al abuso sexual con engaño. Lo propio ocurre con algunas
manifestaciones de agresión sexual con intimidación.

En segundo lugar, hay comportamientos que todos entenderíamos
absolutamente corruptores, que no pueden integrarse en el exhibicionismo,
en la venta de pornografía a menores ni nada por el estilo. Hay dos o
tres sentencias del Tribunal Supremo que lo recogen perfectamente. Pueden
ser expresiones verbales, pueden ser conversaciones, pueden ser
actuaciones de otro tipo; puede ser la utilización con menores de
instrumentos que cualquier persona puede encontrar en un sex-shop, pero
que obviamente, si lo hace con una persona de 13 años, a todos nos
parecerá bastante corruptora.

Por tanto, de lo que se trata es de cubrir unas lagunas que todos los que
votamos favorablemente el Código Penal entendíamos que no existían en
1995, porque, si no, no hubiésemos votado a favor. Pero en estos
momentos, con la experiencia incluso de la aplicación del Código Penal
por el Tribunal Supremo de este último año, yo creo, como así se ha
manifestado por todos los grupos parlamentarios al final de sus
intervenciones, podemos ponernos razonablemente de acuerdo. Puede no
interesar la utilización de la expresión corrupción, porque además hay
una Fiscalía anticorrupción. Es decir que nadie piense que la corrupción
hace referencia a valores morales, aunque, todo hay que decirlo, la
Constitución se basa también en principios y valores morales.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Silva le
ruego que vaya concluyendo.




El señor SILVA SANCHEZ: Ahora mismo acabo, señor presidente.

Si no interesa la expresión corrupción, perfectamente; no se utiliza y
buscamos cualquier otra terminología. Fuera la tipificación de la
precocidad sexual y



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atendamos efectivamente aquellos supuestos en los que los menores son
vilmente explotados comercial o no comercialmente por los mayores.

Finalmente, sólo quería hacer referencia, y con esto acabo, señor
presidente, agradeciendo su generosidad, al informe que presentó la Ecpat
en la Conferencia de Estocolmo del año pasado, porque aquí también puede
haber doble moral, y no hagamos caso de todo lo que se nos dice. Este
informe manifiesta que las distorsiones en las actitudes y creencias,
mediante las cuales los niños son considerados responsables de alguna
forma de su propio abuso, y que no han sido dañados por sus contactos
sexuales con adultos y son capaces de consentir u obtener beneficio de
dichas relaciones, es una de las características más comunes que exhiben
las personas que abusan sexualmente de los menores. De la misma manera
que el Tribunal Supremo ha tenido que reprochar a algunos abogados
defensores que ir a defender supuestos manifiestos de abuso y de
pederastia con la Convención de los Derechos del Niño es algo
absolutamente improcedente. Y ligándolo con lo que habíamos dicho
anteriormente, señorías: a los niños que no los toque nadie.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Silva.

En nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Muchas gracias, señor presidente.

El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida ha manifestado muy
frecuentemente desde esta tribuna su rechazo a esta forma de llevar
adelante las reformas legislativas, que no nace del análisis de una
experiencia, del envejecimiento de los textos sino, en demasiadas
ocasiones, de un cierto impulso emocional, debidamente alimentado por
algunos medios de comunicación que efectivamente confunden el derecho a
la información con el contrabando ideológico.

En fin, el hecho cierto es que, aunque recibamos con cautela esta reforma
oportunista, tenemos que pronunciarnos sobre ella. Ya lo hemos hecho en
este mismo sentido cuando, aprovechando una malhadada experiencia de la
Ley del Jurado, no se ha tratado de corregir su funcionamiento sino poner
en cuestión la institución. Y lo decimos hoy aquí porque, lo que
posiblemente nos hiciera coincidir a todos en la necesidad de un retoque,
se ha pasado mucho más allá de lo que es un retoque.

Este proyecto que contemplamos es un auténtico cambio de filosofía con
respecto al Código Penal actual, un cambio radical de filosofía. Y
lógicamente, aunque es público y notorio que este Código Penal no es que
nos entuasiasme, y lo hemos dicho cuando se ha hablado de la eutanasia o
de la insumisión --le llamamos públicamente el Código Penal de la
prescripción--, es un hecho cierto que hay filosofías de ese código que
son mucho más cohonestables con el pensamiento general que las que ahora
contiene este proyecto.

En todo caso, como el debate siempre es enriquecedor, damos las gracias
al Grupo Parlamentario Socialista porque parece ser que está en
condiciones de revisar la prescripción en este delito y en otros; a lo
mejor, si los revisa también en otros, salimos todos beneficiados, sobre
todo porque éste es un código que cuando se trata del derecho a la
propiedad privada suele ser bastante duro y cuando se trata del derecho a
la propiedad pública suele ser bastante permisivo. Está creando ambiente
hasta llegar al extremo, absolutamente insólito, de que la Sala Segunda
del Tribunal Supremo haga peticiones de indultos, so pretexto de nadie
sabe qué pena de banquillo, cuando todavía alguno de aquellos para los
que se pide el indulto está pendiente ni más ni menos que del
enjuiciamiento por otras causas. Pero son cosas que pasan y que cada uno
se administre sus correspondientes escalas de valores; yo me tengo que
conformar con la que inspira al Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. Y
a mi grupo en este proyecto de ley y en todos no le inspira más que un
principio muy sencillo, que es el de: desde la libertad propia y ajena,
para la libertad propia y ajena y con la libertad propia y ajena. Es a la
luz de este valor, de esta consideración como contemplamos cualquier
tema.

Por eso, cuando se aprecia que no hay libertad, que no hay conciencia de
los actos, que no hay consentimiento, esto no depende de la edad. Nos
parece que puede depender de otra clase de factores formativos a los que
a veces no se presta la menor atención, pero no podemos utilizar la edad
de modo automático porque puede ocurrir --y cuántas veces ocurre-- que
aquellos a los que se quiere administrar su libertad o tutelársela tienen
una formación muy superior a la que tienen los administradores y, a lo
mejor, tienen un espíritu más limpio y un comportamiento más sincero que
el que tienen aquellos que se erigen en administradores de toda esta
clase de conductas. Además, decimos que, cuando se violenta la libertad,
se intimida, se amenaza, se coacciona, se engaña, se impone la autoridad
o la prevalencia de cualquier clase, de verdad, lo menos importante es
cuál sea luego esa retahíla o enumeración de conductas, que nos recuerdan
la vieja jurisprudencia canónica. Si ustedes han tenido alguna vez la
ocasión de asomarse a ella, tratando de las sevicias y de otros
comportamientos, habrán visto que era auténticamente un tratado que iba
más allá de la pura pornografía.

Por tanto, cuando ya se violenta la intimidad, se violenta lo que es la
libertad del ciudadano, veamos de verdad cuál es el bien protegible. El
bien protegible no puede ser ni la virginidad ni el recato ni el pudor;
el bien protegible no puede ser incluso esos conceptos



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que se utilizan de la obscenidad; el bien protegible es un ser humano al
que se le está infligiendo una de las peores torturas que se puede
imponer: que se utilice su cuerpo sin ningún consentimiento para
satisfacer cualquiera su egoísmo, provocando en él las más tristes
secuelas psíquicas, de las cuales a lo mejor no hay posibilidad ninguna
de curación.

Muchas veces se nos olvida que, detrás de la agresión sexual, lo que hay
no es exclusivamente una falta de respeto a valores morales, hay una
auténtica tortura, hay una humillación, una cosificación, hay un
desprecio de la dignidad humana y no lo podemos poner en relación con
cuál sea la manifestación gráfica en que se produce ese atentado. Habría
que revisar muy seriamente el concepto de agresión sexual, el concepto de
abuso sexual, hasta el concepto de violación porque, a lo mejor, las
consecuencias de estos comportamientos no son las mínimas, y en unos
casos son mucho más irreparables que otras.

¿Qué es lo que subyace aquí? Aquí subyace que, cuando hablamos de estos
temas, estamos contemplándolos siempre con un enorme recelo,
absolutamente histórico y atávico; el recelo hacia algo tan importante
como es el instinto natural de los seres humanos, el derecho a disponer
de su afectividad, el derecho a disponer de una vertiente tan integrante
de su personalidad cual pueda ser la intelectualidad o cualquier otra
manifestación. Cuando llega aquí, por ideas de acarreo que vienen de
siglos y de siglos y en las que las religiones, no sólo una, han tenido
mucha importancia, estamos siempre constreñidos a contemplarlo desde la
perspectiva, nos guste o no nos guste, de la moralidad, y olvidamos que
cualquier exceso en la represión de la manifestación de este instinto no
supone ni más ni menos que una negación al desarrollo de la propia
integridad física y de la propia integridad moral. Cualquier exceso, so
pretexto de la protección de los menores, a través de una pretendida
tutela o administración de su libertad, puede llegar a suponer ni más ni
menos que la creación de una situación de frustración y, lo que es más
importante, a producir daños psicológicos absolutamente irreparables.

Se habla mucho en estos temas de erotismo y de pornografía y se olvida
que el erotismo y la pornografía no son conceptos en sí; son conceptos
según y para qué y según y como se utilicen. Si a la luz de lo que
significa el erotismo y la pornografía como expresión del pensamiento y
del quehacer humano se analiza este proyecto de ley, sinceramente merece,
señor Trías, con todo cariño y con el mejor intento de remozarlo y de
reconducirlo, el adjetivo de ser un proyecto auténticamente reaccionario.

No merece otro adjetivo porque olvida precisamente, desde concepciones
morales, una parte integrante de la naturaleza humana, de lo que es su
propia personalidad, que no puede ser olvidada y desde luego no puede ser
sometida al pensamiento político o religioso de ningún otro.

El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Castellano,
le ruego vaya concluyendo.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Acabo en seguida, señor presidente.

El Código Penal no está concebido para ser santos, castos ni ordenar los
apetitos, como decía el catecismo, aquellos apetitos desordenados; yo
creo que está concebido para castigar y reprimir los atentados a la
libertad ajena por lo que tiene de cosificación de otro ser humano y de
falta de respeto a su integridad y a su identidad.

Por ello, señor presidente, nosotros vamos a apoyar la enmienda con texto
alternativo que ha presentado el Partido Socialista porque, aceptando la
necesidad del retoque, del estricto retoque, coincide más con nuestra
filosofía y no podemos apoyar una enmienda de devolución total, por la
sencilla razón de que sería una incoherencia, cuando todos pensamos que
aquí hay que volcarse en el intento, repito, de suprimir algunas lagunas.

Yo voy a acabar. Sólo quiero decirles a ustedes que el proyecto tiene una
perla que uno no se resiste a resaltar. Fíjense cuando dice que se
considera como corrupción los actos de naturaleza sexual cuya intensidad,
persistencia o continuidad puedan alterar el proceso normal de formación
o desarrollo de la personalidad. ¡Ay de aquel tribunal que sobre la base
de este pronunciamiento tenga que tipificar conductas! Yo me temo muy
mucho que, sobre la base de esta normativa, volvamos a hablar del nefando
vicio o volvamos a oír aquello de: como sigas por este camino te vas a
quedar ciego o vas a acabar en las Reparadoras (Risas.) Hagan el favor de
tener mucho cuidado con estos asuntos, porque estos temas, que pueden
provocar alguna sonrisa, sirvieron en su día para que las obras de arte
acabaran en la hoguera, para que se mutilaran las estatutas más bellas
que pudo hacer el ser humano, para que se emborronaran las pinturas que
ponían de manifiesto la mayor capacidad de creatividad; y sirvieron pura
y sencillamente ¿para qué? Para que algunos impusieran a otros seres
humanos, en una auténtica actitud dictatorial, formas de pensamiento que
les retrotraían ni más ni menos que a conductas mucho más similares a la
de la piedra que a las de las gentes vivas.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Castellano.

Vamos a proceder a la votación. (El señor presidente ocupa la
Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votación de la enmienda de totalidad de devolución,
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, al proyecto de Ley Orgánica
de



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modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 323; a
favor, 140; en contra, 170; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda de devolución del Grupo
Mixto.

Enmienda de totalidad con texto alternativo presentada por el Grupo
Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 320; a
favor, 150; en contra, 169; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda también rechazada la enmienda de totalidad con
texto alternativo del Grupo Socialista.

De acuerdo con la Junta de Portavoces, llegados a esta acabaran hora y a
este punto del orden del día, se levanta la sesión.




Eran las dos y veinticinco minutos de la tarde.