Ruta de navegación
Publicaciones
BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 411, de 19/04/1999
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie D: 19 de abril de 1999 Núm. 411 GENERAL
ÍNDICE Composición y organización de la Cámara
DELEGACIONES INTERNACIONALES
279/000014 Composición de Delegaciones del Congreso de los Diputados
en Grupos de Amistad ... (Página 3)
Control de la acción del Gobierno
PROPOSICIONES NO DE LEY
Pleno 162/000361 Proposición no de Ley presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre modificación de la
definición del concepto de interés abusivo ... (Página 3)
Comisión de Justicia e Interior 161/001500 Proposición no de Ley
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al
Gobierno a promover políticas activas y planificadas para la mejora
de los centros psiquiátricos penitenciarios que garanticen el trato
más adecuado para los internos y la adopción de medidas específicas
para su reinserción social ... (Página 4)
161/001502 Proposición no de Ley presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre adecuación del
distintivo del personal de seguridad privada al principio de
cooficialidad lingüística ... (Página 5)
161/001503 Proposición no de Ley presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre la formación
permanente del personal de seguridad privada ... (Página 6)
Comisión de Educación y Cultura 161/001495 Proposición no de Ley
presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para
promover el uso adecuado de los nuevos servicios de información y
comunicación en el ámbito de la sociedad de la información
161/001496 Proposición no de Ley presentada por el Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno
a adoptar iniciativas que favorezcan la movilidad de los estudiantes
universitarios ... (Página 9)
161/001497 Proposición no de Ley presentada por el Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la protección del
patrimonio arqueológico sumergido contra el riesgo de expoliación
Comisión de Economía, Comercio y Hacienda 161/001499 Proposición no
de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), por la que se insta al Gobierno a analizar la adecuación de
las comisiones que se aplican a los consumidores o usuarios de
tarjetas electrónicas de crédito y débito ... (Página 10)
Comisión de Política Social y Empleo 161/001494 Proposición no de Ley
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la mejora de
la situación de los trabajadores autónomos ... (Página 11)
Comisión de Control Parlamentario sobre RTVE 161/001493 Proposición
no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la
realización de los servicios informativos territoriales y locales en
lengua gallega de Radio Nacional de España (RNE) en Galicia
Comisión de Medio Ambiente 161/001498 Proposición no de Ley
presentada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida,
sobre medidas para proteger el Parque Natural del Marjal de Pego-
Oliva ... (Página 13)
161/001501 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Socialista
del Congreso, sobre la mejora de la red en alta para el suministro de
agua a los quince municipios de la zona gaditana ... (Página 14)
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL
Comisión de Asuntos Exteriores 181/002242 Retirada de la pregunta
formulada por el Diputado don Manuel Francisco Alcaraz Ramos (GMX),
sobre medidas tendentes a garantizar la vida y la integridad física
del líder kurdo Abdalá Ocalan y a que se respeten los derechos
humanos y las garantías procesales en su enjuiciamiento ... (Página 15)
Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca 181/002375 Pregunta
formulada por el Diputado don Francisco Amarillo Doblado (GS), sobre
medidas previstas ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas
condiciones de entrada para carne española en el mercado de este país
181/002376 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco Amarillo
Doblado (GS), sobre medidas previstas ante la amenaza de Estados
Unidos de imponer unas condiciones de entrada para paletas, jamones y
embutidos en el mercado de este país ... (Página 15)
181/002377 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco Amarillo
Amarillo Doblado (GS), sobre medidas previstas ante la amenaza de
Estados Unidos de imponer unas condiciones de entrada para melocotón
en conserva español en el mercado de este país ... (Página 16)
181/002378 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco Amarillo
Doblado (GS), sobre medidas previstas ante la amenaza de Estados
Unidos de imponer unas condiciones de entrada para pera en conserva
española en el mercado de este país ... (Página 16)
181/002379 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco Amarillo
Doblado (GS), sobre medidas previstas ante la amenaza de Estados
Unidos de imponer unas condiciones de entrada para mosto español en
el mercado de este país ... (Página 17)
181/002380 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco Amarillo
Doblado (GS), sobre medidas previstas ante la amenaza de Estados
Unidos de imponer unas condiciones de entrada para naranja (satsuma)
española en el mercado de este país ... (Página 17)
181/002381 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco Amarillo
Doblado (GS), sobre medidas previstas ante la amenaza de Estados
Unidos de imponer unas condiciones de entrada para pimentón español
en el mercado de este país ... (Página 18)
Comisión de Política Social y Empleo 181/002372 Pregunta formulada
por la Diputada doña Isabel López i Chamosa (GS), sobre situación del
estudio de actualización y compatibilización de las pensiones del
Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) ... (Página 18)
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
184/022280 181/002373 Conversión en pregunta con respuesta oral en
Comisión de la pregunta con respuesta escrita formulada por el
Diputado don Ignasi Guardans i Cambó (GC-CiU), sobre comisiones de
servicios con relevación de funciones autorizadas por el Ministerio
de Justicia a Secretarios Judiciales durante los últimos tres años
COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA
DELEGACIONES INTERNACIONALES
279/000014
De conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los
Diputados, se ordena la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES de la modificación en la composición del Grupo de
Amistad siguiente:
GRUPO DE AMISTAD CON ITALIA
Don Joxe Juan González de Txabarri (Grupo Parlamentario Vasco PNV).
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO
PROPOSICIONES NO DE LEY
Pleno
162/000361
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.
AUTOR: Grupo Parlamentario Catalán (CiU).
Proposición no de Ley sobre modificación de la definición del
concepto de interés abusivo.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo
194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la
Cámara, dando traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, así como notificarlo al Grupo
proponente.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Don Josep López de Lerma i López, en su calidad de Portavoz del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo
establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, presenta, para su discusión ante el Pleno del Congreso de los
Diputados, una Proposición no de Ley sobre modificación de la
definición del concepto de interés abusivo.
Proposición no de Ley que presenta el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), sobre modificación de la definición del
concepto de interés abusivo.
Antecedentes
Una de las consecuencias más positivas del proceso de convergencia
nominal de las economías de la Unión Europea ha sido la intensa
reducción de los tipos de interés. Así, el Banco de España ha
reducido de modo continuado los tipos de intervención desde el 9 por
100 vigente a finales de 1995 hasta el 3 por 100 actual.
El descenso de los tipos oficiales de interés, se ha trasladado a la
gran mayoría de tipos asociados a productos financieros, con
independencia del producto y plazo aplicable. Así los tipos de
interés de los títulos de deuda a diez años se han reducido entre
1995 y 1998 desde el 11 por 100 a un nivel inferior al 4 por 100. Sin
embargo, también se debe resaltar que el movimiento bajista en los
tipos de interés no se ha producido con la intensidad que hubiera
sido deseable en algunos ámbitos y productos financieros de uso muy
común entre los consumidores.
Sirva como ejemplo el tipo de interés medio aplicado a los
descubiertos en cuenta corriente por parte de las principales
entidades financieras españolas que, según datos del Boletín
Económico del Banco de España del
mes de enero de 1999, se situaba en un tipo efectivo del 33,18 por
100, o el tipo de interés medio que estas mismas entidades aplican a
los excedidos en cuenta de crédito, que era del 32,46 por 100, más de
10 veces el tipo de interés oficial del Banco Central Europeo y casi
ocho veces el interés legal del dinero para 1999. Otro tanto podría
decirse del tipo de interés que las entidades financieras aplican
mensualmente a los propietarios de tarjetas de crédito en concepto de
pagos aplazados, que en numerosos casos supera el 20 por 100 anual.
En opinión del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)
estos tipos de interés -que afectan a millones de cuentas corrientes
y libretas de ahorro- no se han adecuado a la realidad económica, ni
a la bajada estructural de tipos de interés en los últimos años, por
lo que sería procedente analizar determinadas modificaciones
legislativas de protección al consumidor al objeto de evitar la
aplicación de tipos que pudieran calificarse como abusivos,
garantizando así que la totalidad de productos financieros pudiera
beneficiarse de unos tipos de interés más reducidos, en un contexto
de estabilidad de la política monetaria.
Cabe recordar que éste no es un objetivo novedoso en la legislación
española, puesto que, precisamente para conseguir unos objetivos
similares, se introdujo en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito
al Consumo, una disposición mediante la cual se limitaba el tipo de
interés máximo aplicable a los créditos concedidos en forma de
descubiertos en la cuenta corriente asociada al crédito al consumo, a
2,5 veces el interés legal del dinero.
La presente Proposición no de Ley pretende la modificación de la Ley
de 23 de julio de 1908, de Usura, conocida también como la Ley
Azcárate, hoy obsoleta a causa del tiempo transcurrido desde su
promulgación, noventa años, la cual contiene una definición del
concepto de interés usurario, a los efectos de limitar posibles
excesos en perjuicio de las partes más débiles de un contrato.
La redacción de este precepto y su indeterminación respecto a las
exigencias de la economía a finales del presente siglo, hacen que la
definición contenida en el artículo 1 de esta Ley tenga un carácter
subjetivo y muy alejado de la protección al consumidor que se
requiere en los tiempos actuales. La citada Ley dispone: «Será nulo
todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente
superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con
las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél
leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el
prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia
o de lo limitado de sus facultades mentales».
El Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) considera
necesario modificar el citado precepto, sustituyéndolo por la
introducción de criterios más objetivos basados en la aplicación de
límites máximos vinculados al tipo de interés legal del dinero o al
tipo de interés básico del banco emisor, tal y como se ha producido
recientemente en países de nuestro entorno económico y social.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)
presenta la siguiente:
Proposición no de Ley
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar un
Proyecto de Ley de modificación de la Ley de Usura de 23 de julio de
1908, que permita una nueva definición del concepto de tipo de
interés abusivo, vinculándolo más estrechamente a límites de carácter
cuantitativo como el establecimiento de un tipo máximo referido al
interés básico del banco emisor o al tipo de interés legal del
dinero.
Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 1999.-Josep
López de Lerma i López, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán
(CiU).
Comisión de Justicia e Interior
161/001500
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.
Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a promover
políticas activas y planificadas para la mejora de los centros
psiquiátricos penitenciarios que garanticen el trato más adecuado
para los internos y la adopción de medidas específicas para su
reinserción social.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al
artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por la Comisión
de Justicia e Interior. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE
LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo
Mixto presenta, para su debate y votación en la Comisión de Justicia
e Interior, la siguiente Proposición no de Ley a instancia de los
Diputados y Diputadas de Nueva Izquierda e Iniciativa-Els Verds.
En la actualidad existen en España dos Centros Psiquiátricos
Penitenciarios en Alicante y en Sevilla cuyos internos tienen unos
problemas específicos concretos que, a menudo, son olvidados en los
análisis y debates sobre política penitenciaria.
Especial importancia tienen las medidas que faciliten la reinserción
social de estas personas una vez que han cumplido sus penas o en
aquellos casos en que, de acuerdo con la legislación vigente, los
Jueces acuerdan que puedan abandonar estos centros para permanecer en
establecimientos externos que faciliten su atención y reinserción. En
esta materia existen diversas Asociaciones sin ánimo de lucro que
pueden desarrollar una eficaz tarea de apoyo que debe ser potenciada.
Por otra parte, en los Centros Penitenciarios ordinarios cumplen su
condena personas con diversos tipos y niveles de discapacidades que
merecen un trato específico.
Para establecer unos principios básicos a seguir y favorecer la
situación de todas estas personas se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Promover políticas activas y planificadas para la mejora de los
Centros Psiquiátricos Penitenciarios que garanticen el trato más
adecuado para los internos y la adopción de medidas específicas para
su reinserción social y, en especial:
Dotar a estos centros del personal cualificado suficiente para
atender a los diversos tipos de enfermedades y deficiencias y
promover el desarrollo de recursos terapéuticos adecuados.
Favorecer la permanencia de estos internos en centros externos para
incentivar su rehabilitación e inserción social.
Elaborar planes específicos para la reinserción social, familiar y
laboral de estos internos cuando finalicen su condena.
Promover la colaboración con Asociaciones especializadas sin ánimo de
lucro mediante una adecuada política de cooperación y subvenciones.
2. Elaborar un estudio sobre las personas reclusas en Centros
Penitenciarios con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales
como paso previo para el desarrollo de políticas tendentes a
garantizar una atención específica, medidas especiales para su
reinserción social y cooperación con Asociaciones especializadas.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 1999.-Manuel
Alcaraz Ramos, Diputado.-Joan Saura Laporta, Portavoz del Grupo
Parlamentario Mixto.
161/001502
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Catalán (CiU).
Proposición no de Ley sobre adecuación del distintivo del personal de
seguridad privada al principio de cooficialidad lingüística.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Justicia e Interior. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y
al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa de la Comisión de Justicia e Interior
Don Josep López de Lerma i López, en su calidad de Portavoz del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo
establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, presenta, para su discusión en la Comisión de Justicia e
Interior, una Proposición no de Ley sobre adecuación del distintivo
del personal de seguridad privada al principio de cooficialidad
lingüística.
Proposición no de Ley que presenta el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) sobre adecuación del distintivo del personal de
seguridad privada al principio de cooficialidad lingüística.
Exposición de motivos
La Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, establece en el
artículo 12 que las funciones de los vigilantes de seguridad
únicamente podrán ser desarrolladas si éstos visten el uniforme y
ostentan el distintivo propio que se determinen, con carácter
preceptivo, por el Ministerio del Interior. Asimismo, y en ejecución
del precepto anteriormente mencionado, así también lo establece el
artículo 87 del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, de
Seguridad Privada.
De acuerdo con el mandato conferido por la Ley de Seguridad Privada y
su Reglamento de ejecución, la Orden de 7 de julio de 1995, por la
que se da cumplimiento a diversos aspectos del Real Decreto 2364/
1994, de 9 de diciembre, especifica en su artículo vigésimo quinto la
forma y el contenido que deberá tener el distintivo que debe ostentar
el vigilante de seguridad privada.
En este sentido, este artículo establece que en la parte superior del
anverso del distintivo figurará la expresión «vigilante de
seguridad», o la de «vigilante de explosivos», según corresponda,
debiendo constar en la parte inferior el número de la Tarjeta de
identidad profesional, conforme al modelo que figura como anexo 7 en
la precitada Orden.
En consecuencia, y teniendo en cuenta que la regulación relativa a la
habilitación del personal de seguridad privada, así como otros
aspectos relacionados con el desarrollo de sus funciones son de
aplicación a todo el territorio del Estado, se viene produciendo una
situación que contradice frontalmente el principio reconocido en la
Constitución de cooficialidad lingüística que rige en aquellas
Comunidades Autónomas con otra lengua oficial distinta del
castellano, toda vez que, la mencionada Orden sólo contempla la
posibilidad de que la referida expresión esté escrita en castellano.
Ello trae como consecuencia además, que con frecuencia los
trabajadores contratados por empresas cuyo ámbito de actuación se
proyecta en una Comunidad Autónoma determinada en donde exista la
cooficialidad lingüística, se ven obligados a utilizar un distintivo
redactado en una lengua distinta a la suya propia y a la que
habitualmente utilizan.
Por todo ello, y considerando que la Constitución reconoce la
pluralidad de nacionalidades que integran el Estado, y en
consecuencia, además de reconocer el castellano como lengua oficial
del Estado, también contempla la pluralidad lingüística,
estableciendo que las demás lenguas serán también oficiales en las
respectivas Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo establecido en
sus Estatutos, conviene que la normativa sobre el distintivo haga
posible que la expresión «vigilante de seguridad» o «vigilante de
explosivos» pueda también figuran en las diferentes lenguas propias y
oficiales de las distintas Comunidades Autónomas donde exista la
referida cooficialidad o bien, tener simplemente una representación
gráfica -y no textual- salvándose así los principios constitucionales
anteriormente concretados.
En consecuencia, y para corregir dicha situación, el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente:
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la Orden
de 7 de julio de 1995, por la que se da cumplimiento a diversos
aspectos del Reglamento de 9 de diciembre de 1994, sobre personal, al
objeto de posibilitar que la expresión que figura en el distintivo
del personal de seguridad privada, conforme al modelo del anexo 7 de
la referida Orden, pueda figurar también en las distintas lenguas
oficiales de las Comunidades Autónomas,
o bien que el referido distintivo consista simplemente en la
representación de un símbolo o emblema a efectos de identificación.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 1999.-Josep
López de Lerma i López, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán
(CiU).
161/001503
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Catalán (CiU).
Proposición no de Ley sobre la formación permanente del personal de
seguridad privada.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Justicia e Interior. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y
al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE
LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa de la Comisión de Justicia e Interior
Don Josep López de Lerma i López, en su calidad de Portavoz del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo
establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, presenta, para su discusión en la Comisión de Justicia e
Interior, una Proposición no de Ley sobre la formación permanente del
personal de seguridad privada.
Proposición no de Ley que presenta el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) sobre la formación permanente del personal de
seguridad privada.
Exposición de motivos
La promoción y formación profesional de todos los trabajadores debe
constituir uno de los objetivos básicosque se debe garantizar desde
las Administraciones Públicas
en tanto que constituye un derecho laboral básico reconocido
constitucionalmente y, además, previsto en el Estatuto de los
Trabajadores.
La referida formación debe ir dirigida, básicamente, a mantener al
día el nivel de aptitud y conocimiento para el ejercicio de las
funciones que tienen encomendados los trabajadores, lograr la mejora
de la capacidad competitiva tanto de las empresas, como de los
trabajadores contratados por las mismas, y procurar la continua
adaptación a la evolución de las profesiones y al contenido de los
puestos de trabajo y de su personal evitando el estancamiento en su
calificación profesional.
En este sentido, y teniendo en cuenta que los servicios privados de
seguridad son complementarios y subordinados respecto a los de
seguridad pública, hecho que exige obtener un nivel óptimo de
profesionalidad del personal dedicado a los servicios de seguridad
privada, se aprobó la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad
Privada, cuyo artículo 5.2 establece que se garantizará por parte de
las empresas de seguridad la formación y actualización profesional de
dicho personal.
Asimismo, con posterioridad a la aprobación de la referida Ley, y con
el fin de proceder a su desarrollo y ejecución, el Gobierno dictó el
Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, de Seguridad Privada, que
en su artículo 57 regula la formación permanente del personal al
servicio de las empresas de seguridad privada. Según este texto, la
única obligación de las empresas consiste en garantizar la asistencia
del personal a los cursos de actualización en las distintas materias.
A pesar de todo lo anteriormente expuesto, hay que señalar que en la
práctica se vienen produciendo situaciones contrarias al espíritu y
objetivos contenidos en los preceptos anteriormente mencionados y
cuyas consecuencias viene sufriendo el colectivo profesional de la
seguridad privada. Al no correr las empresas con los gastos de
formación, estos profesionales se ven obligados a optar entre
efectuar los cursos forzosamente fuera del horario o de la jornada
laboral, o a solicitarnos días para ello, con la consiguiente
disminución de la retribución laboral de los mismos.
Asimismo, la experiencia aconseja que en lugar de quince días hábiles
o setenta y cinco horas lectivas a realizar al menos cada tres años,
se modifique el artículo 57 del Real Decreto 2364/1994, de 9 de
diciembre, de Seguridad Privada, en el sentido de establecer que los
profesionales de la seguridad privada realicen cada año los cursos de
formación de unas veinticinco horas de duración como mínimo.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)
presenta la siguiente:
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al gobierno a que modifique el
Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, de Seguridad Privada, con
objeto de establecer para el personal de seguridad privada un régimen
de permisos individuales de formación permanente en los siguientes
términos:
1. Incorporar medidas que hagan efectiva y obligatoria la asistencia
a los cursos de formación permanente.
2. Establecer que la remuneración de los permisos, así como las
cotizaciones devengadas a la Seguridad Social durante el período de
formación correspondiente sean financiadas por las empresas de
seguridad.
3. Especificar que la periodicidad de los cursos de formación
permanente sea, en todo caso, anual y con una duración mínima de
veinticinco horas lectivas.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 1999.-Josep
López de Lerma i López, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán
(CiU).
Comisión de Educación y Cultura
161/001495
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Proposición no de Ley para promover el uso adecuado de los nuevos
servicios de información y comunicación en el ámbito de la sociedad
de la información.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Educación y Cultura. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno
y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 193 y ss. del Reglamento de la Cámara, tiene
el honor de presentar la siguiente Proposición no de Ley, para
promover el uso adecuado de los nuevos servicios de información y
comunicación en el ámbito de la sociedad de la información, para su
debate en Comisión.
Exposición de motivos
El vertiginoso desarrollo de la tecnología de las telecomunicaciones
durante el último decenio, singularmente en lo que ha dado en
llamarse «las autopistas de la información», está suponiendo una
auténtica revolución, entre otros, en los ámbitos de la cultura y la
educación.
La conexión a Internet de los centros educativos es un hecho
generalizado. Ya no es posible prescindir de este instrumento en la
educación y los escolares se inician en el uso de Internet en edades
cada vez más tempranas.
La virtualidad cultural y educativa del uso de Internet es patente.
Todo un universo de información e ideas casi inconmensurable se pone
a disposición del usuario, de tal manera que ya se está perfilando un
nuevo tipo de analfabetismo -inesorablemente unido a alguna forma de
discriminación social- referido al ciudadano que no domina, siquiera
sea de manera elemental, las nuevas tecnologías de la información y
la comunicación, y singularmente al ciudadano que no se sirve de
Internet en su vida personal y social.
Por otra parte, Internet va más allá de su valor tecnológico como
instrumento para facilitar información. En efecto, a través de la red
universal se tiene acceso -con textos, imágenes y sonido- a todo tipo
de concepciones morales, políticas y religiosas.
Se trata, además, de un ámbito para el desarrollo de los mercados de
todo tipo y, al mismo tiempo, de un campo libre para el desarrollo de
las relaciones personales y de la difusión de ideas.
Por todo ello, Internet ofrece una nueva oportunidad histórica
similar a la que supuso la expansión de la imprenta para el
perfeccionamiento de la condición humana y de la vida comunitaria,
porque, en último término, la red universal de comunicaciones de
Internet no es otra cosa que un espacio sin precedentes para el
despliegue de la libertad humana, singularmente de la libertad de
expresión.
La Constitución y otras Leyes españolas, así como la normativa
comunitaria y la Declaración Universal de los Derechos del Niño,
reconocen al menor el desarrollo a la libertad de expresión y a
recibir información veraz. Igualmente, reconocen el derecho a que se
preserve al menor de influencias nocivas para su educación producidas
por la manipulación o la inadecuación de la información que recibe.
Se trata de contenidos que, por no estar adaptados al momento
madurativo del menor o por estar elaborados con una explícita
intención manipuladora, violentan la libertad del niño y del joven
que aún no tiene recursos intelectuales y caracteriales para ejercer
con plenitud su capacidad de discriminar, valorar y decidir.
Parece evidente que son contenidos nocivos para niños y jóvenes los
que incitan a la violencia o a la discriminación de las personas por
razones de sexo, raza, origen, ideología o religión. Contenidos que
favorezcan el consumo de productos perniciosos para la salud, que
propicien el consumismo, la falta de respeto al medio ambiente, la
insolidaridad o la irresponsabilidad personal.
También son comúnmente aceptados como nocivos para los menores los
contenidos que propicien la adhesión
y sumisión acrítica a grupos o ideas destructivas o que no
respetan los derechos humanos y las prácticas publicitarias o de
incentivación de compra que se sirven de la inmadurez de los menores
para sus fines mercantiles.
Los contenidos sexuales explícitos, cuando no tienen valores
educativos o informativos o van asociados a la incitación a la
violencia, a la discriminación por razón de sexo o al mercado de la
pornografía y la prostitución (incluso a la prostitución infantil),
son igualmente considerados comúnmente como inadecuados para ser
puestos a disposición de los menores.
Todos estos contenidos pueden encontrarse a través de Internet y
parece muy generalizada la opinión de que su limitación genérica es
probablemente contraria al derecho universal a la libertad, en
general, y a la de expresión, en particular, excepto en los casos,
difíciles a veces de explicitar, en los que la naturaleza delictiva
del mensaje sea patente.
Por lo tanto, es necesario que los poderes públicos garanticen el
derecho inalienable a la libertad de expresión y comunicación a
través de Intenet y, al mismo tiempo, que garanticen el derecho del
menor a acceder a Internet ejerciendo plenamente sus libertades, pero
preservándole de todo aquello que pueda violentar esa libertad en
razón de su inmadurez. Igualmente, los poderes públicos vienen
obligados por la Constitución y otras Leyes Orgánicas y normativas de
desarrollo a fomentar -en este caso en Internet, como en todos los
ámbitos de difusión de culturas e ideas- el acceso de los niños y
jóvenes a contenidos que potencien en libertad todas sus facultades
personales y la maduración de su personalidad.
Como ocurriera en su día con los contenidos de televisión, para los
fines antedichos resulta muy conveniente el acuerdo de las personas,
asociaciones, entidades y administraciones concernidas para colaborar
en la autorregulación voluntaria de los contenidos, cuando estos
puedan resultar nocivos para la educación de niños y jóvenes o cuando
lesionen los derechos que las normas nacionales, comunitarias e
internacionales les reconocen.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
presenta la siguiente Proposición no de Ley:
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, a través del
Ministerio de Educación y Cultura, ponga en marcha las actuaciones
pertinentes a fin de que los sectores que intervienen en la gestión,
distribución y producción de contenidos en Internet, así como los
usuarios, se comprometan voluntariamente a respetar los derechos
humanos básicos y los derechos que las normas nacionales,
comunitarias e internacionales conceden a los menores, para lo que se
recomienda la suscripción de un Convenio de autorregulación, de
estructura similar al que en su día se firmó para los contenidos
televisivos, que suscribirían todas las partes concernidas.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de abril de 1999.-Luis de
Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.
161/001496
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a adoptar
iniciativas que favorezcan la movilidad de los estudiantes
universitarios.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Educación y Cultura. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno
y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo
dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente Proposición no de
Ley, por la que se insta al Gobierno a adoptar iniciativas que
favorezcan la movilidad de los estudiantes universitarios, para su
debate en Comisión.
Exposición de motivos
El Gobierno ha expresado en más de una ocasión que la movilidad de
estudiantes y profesores es una prioridad en nuestro sistema
universitario.
Es preciso trasladar a la sociedad española la convicción de que
resulta fundamental para la Universidad asumir la cultura de la
movilidad.
En consecuencia, deben adoptarse iniciativas que, con la colaboración
de las Comunidades Autónomas, las Universidades y los agentes
sociales, y a través del Consejo de Universidades, favorezcan la
movilidad de los estudiantes universitarios.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta
la siguiente Proposición no de Ley:
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que, en el marco
de un proceso de diálogo con las Comunidades
Autónomas, las Universidades y los agentes sociales, y a
través del Consejo de Universidades, adopte iniciativas que
favorezcan el intercambio de estudiantes universitarios entre las
distintas Universidades y entre las diversas titulaciones.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de abril de 1999.-Luis de
Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.
161/001497
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Proposición no de Ley relativa a la protección del patrimonio
arqueológico sumergido contra el riesgo de expoliación.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Educación y Cultura. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno
y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo
dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de
la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente Proposición no de
Ley, para su debate en Comisión.
Exposición de motivos
Según mandato constitucional, los poderes públicos garantizarán la
conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico de los
pueblos de España, el cual incluye, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 40 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, los
bienes muebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados
conmetodología arqueológica, hayan sido no extraídos y tanto
si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, en el mar
territorial o en la plataforma continental.
Asimismo, tal y como establece el artículo 149, párrafo 1,
disposición 28.a, de la Constitución, es competencia exclusiva del
Estado la defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental
español contra la expoliación.
El avance tecnológico de los últimos años no sólo se viene utilizando
para la exploración de los fondos marinos, sino también para saquear
los vestigios históricos que en ellos se encuentran. El constante
incremento de estas actividades ilícitas ha llevado a la UNESCO a
recomendar a los Estados miembros la adopción de medidas inmediatas,
dentro de su jurisdicción, para proteger el patrimonio cultural
subacuático.
Por todo ello, se presenta la siguiente:
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incrementar la
dotación de recursos materiales y humanos, y esfuerzos para la
protección del patrimonio arqueológico sumergido, con el fin de
dispensarles una eficaz protección contra el riesgo de expoliación.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de abril de 1999.-Luis de
Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.
Comisión de Economía, Comercio y Hacienda
161/001499
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).
Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a analizar la
adecuación de las comisiones que se aplican a los consumidores o
usuarios de tarjetas electrónicas de crédito y débito.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Economía, Comercio y Hacienda. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE
LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Don Josep López de Lerma i López, en su calidad de Portavoz del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo
establecido en el artículo 193 del Reglamento de la Cámara, presenta,
para su discusión ante la Comisión de Economía, Comercio y Hacienda,
una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a analizar
la adecuación de las comisiones que se aplican a los consumidores o
usuarios de tarjetas electrónicas de crédito y débito.
Proposición no de Ley que presenta el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) por la que se insta al Gobierno a analizar la
adecuación de las comisiones que se aplican a los consumidores o
usuarios de tarjetas electrónicas de crédito y débito.
Antecedentes
El uso de las tarjetas de crédito y débito, como instrumentos de pago
e incluso como elemento de fidelización, se ha extendido rápidamente
en nuestra sociedad. Según un estudio de la Dirección General de
Comercio Interior, a finales de 1997 circulaban en España unos
38.000.000 de tarjetas de crédito, débito y de monedero. Se prevé que
en el futuro habrá un mayor desarrollo de las mismas, puesto que,
además de los mayores progresos tecnológicos que potencian su
utilización, las tarjetas jugarán un papel muy importante durante el
proceso de adaptación al euro, especialmente durante el período
transitorio en el que circularán dos monedas diferentes.
A pesar del creciente papel de las tarjetas de crédito y débito en su
utilización como sistema de pago, la regulación legal de las mismas,
sobre todo en lo que se refiere a las relaciones entre los titulares
y los emisores, tanto en España como en la mayoría de estados de la
Unión Europea, no está lo suficientemente desarrollada, lo que se
traduce en una indefinición elevada acerca de aspectos clave de su
utilización como la responsabilidad y mecanismos de seguridad en los
casos de pérdida o robo, o las comisiones que se cargan tanto a los
comerciantes como a los consumidores o titulares de las tarjetas.
A raíz de la aprobación, por el Congreso de los Diputados, de una
Proposición no de Ley sobre la creación de una Comisión en relación
con los sistemas de pago mediante tarjeta, en el Ministerio de
Economía y Hacienda se ha constituido una Comisión, formada por
comerciantes, entidades participantes en los sistemas de pago
mediante tarjeta y expertos independientes, que en el plazo de tres
meses (principios de mayo de 1999) deberá elaborar un análisis
detallado de los costes que integran la tasa de descuento y deberá
facilitar una negociación entre las partes implicadas para reducir
las tasas de descuento que deben satisfacer los pequeños y medianos
comerciantes. Esta iniciativa representa, en consecuencia, un primer
paso para resolver los problemas existentes entre comerciantes y
entidades emisoras.
Sin embargo, subsisten problemas paralelos a los planteados por el
sector del comercio, que afectan a los consumidores y que también
deben afrontarse desde una
visión de información y transparencia. Por ejemplo, la utilización de
una tarjeta de crédito o débito por parte de un consumidor o usuario,
en el caso de obtener dinero en efectivo en un cajero de una entidad
diferente a la de la entidad emisora de la tarjeta, conlleva el cobro
de comisiones autorizadas por el Banco de España de hasta el 4 por
100 del importe retirado en efectivo y con independencia de los
escasos días, siempre menos de treinta, en que el consumidor o
usuario mantiene una posición deudora frente a la entidad financiera
o emisora. Así, la retirada de dinero en efectivo el día 15 del
presente mes de abril con cargo a una tarjeta de crédito será cargado
en cuenta al consumidor o usuario el día 1 de mayo con una comisión
equivalente al 4 por 100 del importe retirado, comisión que
equivaldría a la aplicación de un tipo de interés anualizado del 96
por 100 anual.
Lo mismo ocurre con las tarjetas de débito. El Banco de España
autoriza la aplicación de comisiones de hasta el 4 por 100 del
importe dispuesto, a pesar de que el dinero efectivo se retira
directamente de una cuenta corriente. En este caso, las entidades
financieras suelen aplicar comisiones inferiores, del orden del 2 por
100.
A los efectos de mejorar la información y la transparencia acerca de
los costes y las comisiones asociadas a la utilización como medio de
pago de tarjetas electrónicas, de crédito o de débito, y de este modo
propiciar una mayor competencia en este segmento de los mercados
financieros, que tiene incidencia sobre una gran parte de la
población española, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió) presenta la siguiente:
Proposición no de Ley.
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Elaborar, a través del Ministerio de Economía y Hacienda, y con la
colaboración del Banco de España, un análisis sobre las comisiones y
otros costes que aplican las entidades financieras y los emisores de
tarjetas electrónicas, de crédito y de débito, a los consumidores o
usuarios de las mismas, así como su evolución a lo largo de los
últimos años.
2. Presentar sus conclusiones ante la Comisión de Economía, Comercio
y Hacienda.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 1999.-Josep
López de Lerma i López, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió).
Comisión de Política Social y Empleo
161/001494
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.
Proposición no de Ley relativa a la mejora de la situación de los
trabajadores autónomos.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Política Social y Empleo. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE
LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Francisco Rodríguez
Sánchez, Diputado por A Coruña, y don Guillerme Vázquez Vázquez,
Diputado por Pontevedra (BNG), al amparo de lo dispuesto en los
artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a mejora de la
situación de los trabajadores autónomos, para su debate en Comisión.
Exposición de motivos
Los trabajadores autónomos son, desde un punto de vista sociológico,
trabajadores que, económica y jurídicamente, desarrollan una
actividad por la que obtienen un lucro «imprescindible para su
subsistencia». Su singularidad radica en la forma de llevar a cabo
esa actividad, de forma autónoma e independiente. Esta peculiar
característica hizo que la normativa de la Seguridad Social,
cimentada en la figura del trabajador por cuenta ajena -en el que
destacan las notas de dependencia y ajenidad-, fuera difícilmente
extensible a los autónomos, por lo que fueron incluidos con
posterioridad en el ámbito de la Seguridad Social, englobándolos en
un régimen especial, con la excepción de aquellos trabajadores
autónomos del mar y del campo, que ya habían sido incorporados con
anterioridad en función de las especialidades de dichos sectores
económicos.
En la actualidad, la pervivencia del Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos en la Seguridad Social parece ampliamente
aceptada por los agentes sociales y la doctrina especializada, debido
fundamentalmente a las peculiaridades que informan la actividad de
los trabajadores de este amplio colectivo, siendo también palpable
que la acción protectora que contempla dicho régimen especial debe
ser ampliamente mejorada, tal y como se puso de manifiesto en la
disposición adicional primera
de la Ley 24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización
del Sistema de Seguridad Social, puesto que las prestaciones a que
tienen acceso los autónomos son más reducidas que las reconocidas
para los trabajadores por cuenta ajena, aun teniendo en muchos casos
necesidades protectoras semejantes, debiendo, por lo tanto, realizar
un esfuerzo político en orden al reconocimiento de una mejora
sustancial de las prestaciones del Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.
Proposición no de Ley
El Congreso de los Diputados insta al GobiernoMinisterio de Trabajo y
Asuntos Sociales a:
1.o Presentar, de manera inmediata, ante la Comisión de Política
Social y Empleo del Congreso de los Diputados, el estudio técnico y
económico a que se refiere la disposición adicional primera de la Ley
24/1997, contemplando la mejora de las prestaciones a los afiliados
a este Régimen Especial.
2.o En todo caso, el Gobierno promoverá las medidas legislativas y
reglamentarias oportunas, tendentes al reconocimiento de las
siguientes prestaciones sociales básicas a los trabajadores
encuadrados en el RETA:
a) A obtener una prestación de desempleo en condiciones semejantes a
los trabajadores por cuenta ajena, siempre que acrediten el período
de cotización mínimo que se exige a éstos, así como justifiquen que
la situación de paro involuntario se debe a causas técnico-económicas
no imputables a la negligencia profesional de los mismos o de fuerza
mayor.
b) A reconocérseles el derecho a la prestación por incapacidad
temporal sin acreditar la necesidad de que otro trabajador autónomo
regente el establecimiento, cuando dicha situación no supere los seis
meses. En los casos en que la incapacidad temporal supere dicho
período, se fijarán reglamentariamente los supuestos en los que se
exigirá la sustitución para tener derecho a la prestación.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 1999.-Francisco
Rodríguez Sánchez, Diputado.- Guillerme Vázquez Vázquez, Diputado.-
Begoña Lasagabaster Olazábal, Portavoz Adjunta del Grupo
Parlamentario Mixto.
Comisión de Control Parlamentario sobre RTVE
161/001493
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.
Proposición no de Ley relativa a la realización de los servicios
informativos territoriales y locales en lengua gallega de Radio
Nacional de España (RNE) en Galicia.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Control Parlamentario sobre RTVE. Asimismo, dar traslado del acuerdo
al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE
LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado don Francisco
Rodríguez Sánchez (BNG), al amparo de lo dispuesto en los artículos
193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente Proposición no de Ley, relativa a realización de los
servicios informativos territoriales y locales en lengua gallega de
RNE en Galicia, para su debate en Comisión.
Exposición de motivos
En respuesta de la Dirección General de RTVE al Diputado que
suscribe, se dice textualmente: «En lo concerniente a las emisoras de
RNE en Galicia de A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo, desde
mediados del mes de junio del año pasado se vienen utilizando
correctamente las formas de 'A Coruña' y 'Ourense', cuando alguna
información se refiere a hechos acaecidos tanto en esas capitales
como en sus provincias.
Se da la circunstancia de que tal normalización lingüística fue
instantánea en dichas emisoras, ya que desde mucho tiempo antes los
Servicios Informativos Territoriales y Locales de RNE en Galicia se
efectúan habitualmente (el subrayado es nuestro) en gallego.» Nada
más lejos de la realidad; son excepción los informativos
territoriales y locales de RNE en Galicia, realizados en lengua
gallega. Esto, añadido a la desaparición de Radio-4 en Galicia, que
sí tenía mayor vinculación e identificación con el país, provoca que
RNE sea, en su total dimensión, una emisora práctica y exclusivamente
en lengua castellana para los oyentes de Galicia. Teniendo en cuenta
que es mucho más del 50 por 100 lo emitido desde la emisora central,
en castellano, sería
lógico realizar las emisiones territoriales y locales de Galicia en
la lengua propia del país.
Proposición no de Ley
El Congreso de los Diputados insta a la Dirección General de RTVE a:
Realizar las gestiones oportunas para que los servicios informativos
territoriales y locales de RNE en Galicia se efectúen en lengua
gallega.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 1999.-Francisco
Rodríguez Sánchez, Diputado.- Begoña Lasagabaster Olazábal, Portavoz
Adjunta del Grupo Parlamentario Mixto.
Comisión de Medio Ambiente
161/001498
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión
AUTOR: Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.
Proposición no de Ley sobre medidas para proteger el Parque Natural
del Marjal de Pego-Oliva.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Medio Ambiente. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al
Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida presenta la siguiente
Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Medio
Ambiente.
De todos es conocido que los Parques Naturales son parajes que, por
sus especiales valores científicos, faunísticos, florales,
culturales, educativos y conservacionistas, se les debe dedicar una
serie de atenciones y cuidados especiales por parte de las
Administraciones Públicas correspondientes. Este es el caso del
Parque Natural del Marjal de Pego-Oliva, un Parque Natural con una
extensión de 1.250 hectáreas, de las cuales 850 corresponden a zona
húmeda, y se encuentra clasificado así, al haberse considerado la
importancia de la misma y haber sido declarado Parque Natural en
virtud de la Ley de Espacios Naturales Protegidos de la Generalidad
Valenciana.
La importancia de este Parque Natural no se circunscribe únicamente a
los alrededores del mismo, ni a su Comunidad Autónoma, ni tan
siquiera al territorio nacional, sino que trasciende nuestras
fronteras y tiene un reconocimiento a nivel mundial. Así, el Consejo
de Ministros acordó en 1994 incluirlo dentro de las áreas protegidas
incluidas en la lista del Convenio RAMSAR, Convenio éste relativo a
los humedales que tienen una importancia que trasciende de las
fronteras estatales. Igualmente, ha sido declarado como zona de
especial protección de aves (ZEPA). Ha sido reconocido por la UNESCO
y actualmente se encuentra incluido en la Red Natura 2000 de la Unión
Europea.
Sus peculiaridades geomorfológicas, unidas a las características
biogeográficas que lo definen, han determinado históricamente que en
el marjal existiese una alta diversidad floral y de comunidades
vegetales con un elevado interés tanto científico como
conservacionista.
El marjal se mantuvo cultivado hasta el año 1974. En 1982 comenzó su
recuperación, que concluyó, tras su proceso evolutivo normal, en la
primavera de 1996, fecha en la que todavía se encontraba cubierto por
especies vegetales de obligada conservación, tales como carrizales,
juncales, pastizales e incluso extensas zonas palustres. Formaciones
vegetales éstas que se encuentran protegidas tanto por la legislación
española como por la normativa europea, así como por la de la
Generalidad Valenciana.
En estas asociaciones vegetales habitaban una serie de especies
faunísticas singulares, con un elevado interés conservacionista, y,
en ocasiones, en peligro de extinción.
A partir de la primavera de 1996 comenzó en el Parque Natural un
rápido proceso de transformación del área del marjal, debido a la
confección de nuevos canales y al ensanchamiento de los existentes.
Especialmente grave en este sentido fue una indiscriminada extracción
de agua mediante bombeo, dirigido especialmente a eliminar en gran
parte la lámina de agua. Igualmente, se comenzó un proceso de quema
de vegetación natural y una utilización abusiva e indiscriminada de
herbicidas, acompañado todo ello por un proceso de roturación
utilizando maquinaria pesada.
Las formaciones vegetales que conformaban la parte transformada del
marjal son de un elevado interés biológico, ya que no solamente
tienen un elevado valor en sí mismas; sino que sirven de refugio y en
algunas ocasiones de hábitat único y exclusivo a aves, peces,
invertebrados acuáticos, etc., entre los que se pueden encontrar
algunas especies endémicas con un área de distribución muy reducida.
La situación del Parque Natural durante estos últimos años se ha
visto afectada por la transformación agrícola iniciada
unilateralmente por el Ayuntamiento y la Comunidad de Regantes de
Pego.
Igualmente grave es lo ocurrido con el dragado y limpieza de ríos,
canales y acequias en plena época de nidificación de las aves, que ha
destruido o afectado a una importante serie tanto de hábitats como de
especies protegidas. Así, desde marzo de 1996, se han visto afectadas
negativamente todas las poblaciones de aves nidificantes, a las que
se les ha impedido no sólo llevar a cabo el proceso reproductor
dentro de los límites del Parque que se encuentran incluidos en el
término de Pego, al disminuir la superficie disponible, sino que se
ha llevado a cabo indudablemente una destrucción directa de nidos y
pollos al haberse efectuado muchas de las actuaciones, como ya ha
quedado expuesto, en época de nidificación. Entre estas especies
podemos citar algunas de especial interés, como son el carricero
común, el carricero tordal, la buscarla unicolor, el carricerín real,
el zampullín chico, el avetorrillo común y un largo etcétera.
En el mismo sentido, la indiscriminada extracción de agua a través
del uso irracional de bombas y la eliminación de la vegetación
natural ha afectado también gravemente al hábitat de otras especies
de alto interés conservacionista, como son la garza imperial, la
cigüeñuela o el fumarel cariblanco, por citar sólo algunas de las
muchas que se encuentran afectadas.
Las consecuencias que todas estas actuaciones han tenido en el
ecosistema del marjal tardarán muchos años en conocerse con
exactitud, pero podemos decir que son graves, pues estos parajes, por
su singularidad, son el fruto de cientos de años de evolución y
cualquier alteración que en el mismo se produzca como consecuencia de
una intervención indiscriminada del hombre, que no tenga en cuenta
los procesos ecológicos que rigen dichos ecosistemas, pueden
ocasionar graves pérdidas medioambientales tanto para el área en
cuestión como para su entorno. Prueba de la gravedad del daño sufrido
en el marjal es el hecho de que el Proyecto Life de la Comisión
Europea dentro del Programa para la Conservación de Humedales
Valencianos, haya concedido una subvención que está en torno a los
800.000.000 de pesetas, subvención que, por otra parte, supone una
mínima parte del valor real del ecosistema a conservar.
Por todo ello se presenta la siguiente:
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar de manera
urgente las medidas necesarias para:
1. Colaborar en la protección del Parque Natural del Marjal Pego-
Oliva, por estar incluido en el Convenio de RAMSAR y por ser
declarado como zona ZEPA.
2. Que la Confederación Hidrográfica del Júcar no delegue en la
Comunidad de Regantes de Pego sus competencias sobre la gestión del
agua en dicho Parque.
3. Efectuar los cambios legislativos necesarios que fructifiquen en
una mayor agilidad y contundencia a la hora de defender a los
espacios protegidos, como es el caso del Parque Natural del Marjal
Pego-Oliva, de las agresiones de todo tipo a las que se ven
sometidos.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de abril de 1999.-
Presentación Urán González, Diputada.- Rosa Aguilar Rivero, Portavoz
del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.
161/001501
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(161) Proposición no de Ley en Comisión
AUTOR: Grupo Socialista del Congreso.
Proposición no de Ley sobre la mejora de la red en alta para el
suministro de agua a los quince municipios de la Zona Gaditana.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de
Medio Ambiente. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al
Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE
LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de
dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en los
artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley, sobre la
mejora de la red en alta para el suministro de agua a los quince
municipios de la Zona Gaditana.
Exposición de motivos
Los quince municipios, que constituyen la Zona Gaditana, tienen que
constituir, por la Ley 17/1995, de Transferencia de Volúmenes de Agua
de la Cuenca del
Río Guadiaro a la Cuenca del Guadalete, un organismo de gestión de
las aguas transferidas. Esta gestión corresponde actualmente a la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para el abastecimiento de
agua a los citados municipios. Como las conducciones de agua no se
encuentran en buen estado, los municipios exigen la mejora de dichas
conducciones antes de que se produzca la transferencia de dicha
gestión.
En consecuencia con lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista
presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate y
votación, en la Comisión de Medio Ambiente.
Proposición no de Ley
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
«Que apremie a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para
que proceda a la mejora de la red en alta del suministro de agua a
los quince municipios de la Zona Gaditana.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de noviembre de 1998.-Carmen
Romero López, Diputada.- María Teresa Fernández de la Vega Sanz,
Portavoz del Grupo Socialista del Congreso.
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL
Comisión de Asuntos Exteriores
181/002242
Por escrito de fecha 24 de marzo de 1999, se ha retirado por el Grupo
Parlamentario Mixto la pregunta formulada por el Diputado don Manuel
Francisco Alcaraz Ramos sobre medidas tendentes a garantizar la vida
y la integridad física del líder kurdo Abdalá Ocalan y a que se
respeten los derechos humanos y las garantías procesales en su
enjuiciamiento (núm. expte. 181/2242), publicada en el «BOCG.
Congreso de los Diputados», serie D, núm. 386, de 1 de marzo de 1999.
Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento
del Congreso.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca
181/002375
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
AUTOR: Amarillo Doblado, Francisco (GS).
Medidas previstas ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas
condiciones de entrada para carne española en el mercado de este
país.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de
Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al señor Diputado preguntante y publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Grupo Parlamentario Socialista
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería
y Pesca
Diputado: don Francisco Amarillo Doblado
Texto
Ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas condiciones de
entrada a la carne española en el mercado de este país, tales que
prácticamente impiden la introducción de este producto en él, y dada
la importancia que este sector tiene ¿qué medidas piensa adoptar el
Gobierno de España tanto por sí mismo como en nuestra condición de
miembro de la Unión Europa?
Madrid, 8 de abril de 1999.-Francisco Amarillo Doblado, Diputado.
181/002376
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
AUTOR: Amarillo Doblado, Francisco (GS).
Medidas previstas ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas
condiciones de entrada para paletas, jamones y embutidos en el
mercado de este país.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de
Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al señor Diputado preguntante y publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Grupo Parlamentario Socialista
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería
y Pesca
Diputado: don Francisco Amarillo Doblado
Texto
Ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas condiciones de
entrada a paletas, jamones y embutidos en el mercado de este país,
tales que prácticamente impiden la entrada de estos productos en él,
y dada la importancia que este sector tiene ¿qué medidas piensa
adoptar el Gobierno de España tanto por sí mismo como en nuestra
condición de miembro de la Unión Europea?
Madrid, 8 de abril de 1999.-Francisco Amarillo Doblado, Diputado.
181/002377
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
AUTOR: Amarillo Doblado, Francisco (GS).
Medidas previstas ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas
condiciones de entrada para melocotón en conserva español en el
mercado de este país.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de
Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al señor Diputado preguntante y publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Grupo Parlamentario Socialista
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería
y Pesca
Diputado: don Francisco Amarillo Doblado
Texto
Ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas condiciones de
entrada al melocotón en conserva español en el mercado de este país,
tales que prácticamente impiden la entrada de este producto en él, y
dada la importancia que este sector tiene ¿qué medidas piensa adoptar
el Gobierno de España tanto por sí mismo como en nuestra condición de
miembro de la Unión Europea?
Madrid, 8 de abril de 1999.-Francisco Amarillo Doblado, Diputado.
181/002378
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
AUTOR: Amarillo Doblado, Francisco (GS).
Medidas previstas ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas
condiciones de entrada para pera en conserva española en el mercado
de este país.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de
Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al señor Diputado preguntante y publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Grupo Parlamentario Socialista
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería
y Pesca
Diputado: don Francisco Amarillo Doblado
Texto
Ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas condiciones de
entrada a la pera en conserva española en el mercado de este país,
tales que prácticamente impiden la entrada de este producto en él, y
dada la importancia que este sector tiene ¿qué medidas piensa adoptar
el Gobierno de España tanto por sí mismo como en nuestra condición de
miembro de la Unión Europea?
Madrid, 8 de abril de 1999.-Francisco Amarillo Doblado, Diputado.
181/002379
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
AUTOR: Amarillo Doblado, Francisco (GS).
Medidas previstas ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas
condiciones de entrada para mosto español en el mercado de este país.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de
Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al señor Diputado preguntante y publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Grupo Parlamentario Socialista
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería
y Pesca
Diputado: don Francisco Amarillo Doblado
Texto
Ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas condiciones de
entrada al mosto español en el mercado de este país tales que
prácticamente impiden la entrada de este producto en él, y dada la
importancia que este sector tiene, ¿qué medidas piensa adoptar el
Gobierno de España, tanto por sí mismo como en nuestra condición de
miembro de la Unión Europea?
Madrid, 8 de abril de 1999.-Francisco Amarillo Doblado, Diputado.
181/002380
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
AUTOR: Amarillo Doblado, Francisco (GS).
Medidas previstas ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas
condiciones de entrada para la naranja (satsuma) española en el
mercado de este país.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de
Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al señor Diputado preguntante y publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Grupo Parlamentario Socialista.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería
y Pesca
Diputado: don Francisco Amarillo Doblado
Texto
Ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas condiciones de
entrada a la naranja (satsuma) española en el mercado de este país
tales que prácticamente impiden la entrada de este producto en él, y
dada la importancia que este sector tiene, ¿qué medidas piensa
adoptar el
Gobierno de España, tanto por sí mismo como en nuestra condición de
miembro de la Unión Europea?
Madrid, 8 de abril de 1999.-Francisco Amarillo Doblado, Diputado.
181/002381
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
AUTOR: Amarillo Doblado, Francisco (GS).
Medidas previstas ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas
condiciones de entrada para pimentón español en el mercado de este
país.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de
Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, dar traslado del acuerdo al
Gobierno y al señor Diputado preguntante y publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Grupo Parlamentario Socialista.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería
y Pesca
Diputado: don Francisco Amarillo Doblado
Texto
Ante la amenaza de Estados Unidos de imponer unas condiciones de
entrada al pimentón español en el mercado de este país, tales que
prácticamente impiden la entrada de este producto en él, y dada la
importancia que este sector tiene ¿qué medidas piensa adoptar el
Gobierno de España tanto por sí mismo como en nuestra condición de
miembro de la Unión Europea?
Madrid, 8 de abril de 1999.-Francisco Amarillo Doblado, Diputado.
Comisión de Política Social y Empleo
181/002372
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
AUTOR: López i Chamosa, Isabel (GS).
Situación del estudio de actualización y compatibilización de las
pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI).
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de Política
Social y Empleo. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y a
la señora Diputada preguntante y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE
LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Grupo Parlamentario Socialista.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Política Social y
Empleo
Diputada: doña Isabel López i Chamosa
Objeto:
El 24 de junio de 1998 se aprobó, por unanimidad, en la Comisión de
Política Social y Empleo, una resolución que instaba al Gobierno a
estudiar la actualización de las pensiones del SOVI, así como su
compatibilización con determinadas pensiones del sistema contributivo
de la seguridad.
Texto
¿Cómo está el estudio de actualización y compatibilización de las
pensiones del SOVI?
Madrid, 6 de abril de 1999.-Isabel López i Chamosa, Diputada.
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
184/022280 y 181/002373
La Presidencia de la Cámara ha adoptado el acuerdo que se indica
respecto del asunto de referencia:
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
AUTOR: Guardans i Cambó, Ignasi (GC-CiU).
Comisiones de servicios con relevación de funciones autorizadas por
el Ministerio de Justicia a Secretarios Judiciales durante los
últimos tres años.
Acuerdo:
1. Tener por convertida la iniciativa en pregunta con respuesta oral
en Comisión y trasladarla a los efectos del
artículo 190.2 del Reglamento, a la de Justicia e Interior (nuevo
núm. de expte 181/002373).
2. Comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y al señor Diputado
preguntante, así como publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la
Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Nota: La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso
de los Diputados», serie D, núm. 344, de 18 de noviembre de 1998.