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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 230, de 07/01/1998
BOLETIN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie D:
GENERAL 7 de enero de 1998 Núm. 230
Otros textos
COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS
154/000003 Aprobación por el Pleno de la Cámara del Acuerdo de la
Comisión de Sanidad y Consumo, relativo al Informe de la Subcomisión,
constituida en su seno, para avanzar en la consolidación del Sistema
Nacional de Salud mediante el estudio de las medidas necesarias para
garantizar un marco financiero estable y modernizar el Sistema Sanitario
manteniendo los principios de universalidad y equidad en el acceso.
El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 18 de
diciembre de 1997, ha aprobado sin modificaciones el texto del Acuerdo de
la Comisión de Sanidad y Consumo, relativo al Informe de la Subcomisión
creada en el seno de dicha Comisión, para avanzar en la consolidación del
Sistema Nacional de Salud mediante el estudio de las medidas necesarias
para garantizar un marco financiero estable y modernizar el Sistema
Sanitario manteniendo los principios de universalidad y equidad en el
acceso (núm. expte. 154/000003), publicado en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 205, de 17 de noviembre de 1997.
Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del
Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de diciembre de 1997.--El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
APROBACION POR EL PLENO, EN SU SESION DEL DIA 18 DE DICIEMBRE DE 1997,
DEL ACUERDO DE LA COMISION RELATIVO AL INFORME DE LA SUBCOMISION PARA
AVANZAR EN LA CONSOLIDACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD MEDIANTE EL
ESTUDIO DE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR UN MARCO FINANCIERO
ESTABLE Y MODERNIZAR EL SISTEMA SANITARIO MANTENIENDO LOS PRINCIPIOS DE
UNIVERSALIDAD Y EQUIDAD EN EL ACCESO
El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 11 de junio
de 1996, acordó, con motivo de una proposición no de ley presentada por
el Grupo Parlamentario Popular, constituir, en el seno de la Comisión de
Sanidad y Consumo, una Subcomisión para el estudio de las reformas
necesarias para modernizar el sistema sanitario y garantizar su
viabilidad futura.
Tras un amplio período de tiempo, en el que se han sucedido numerosas
comparecencias y se han desarrollado, al hilo de las mismas, debates
internos entre sus miembros, la Subcomisión ha acordado elevar al Pleno
de la Cámara, para su debate y aprobación definitiva, las propuestas que
a continuación se recogen.
Estas propuestas se articulan en torno a los cuatro grandes capítulos
sobre los que se ha centrado el trabajo de la Subcomisión, esto es (I)
aseguramiento y prestaciones, (II) financiación, (III) organización y
gestión y (IV) coordinación territorial. Las propuestas, que adoptan la
forma de trece recomendaciones generales, desarrolladas, a su vez, en una
serie de medidas concretas, son las siguientes:
IASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES
1.Consolidar el aseguramiento sanitario universal.
2.Garantizar las prestaciones sanitarias.
3.Instrumentar alternativas para la asistencia sociosanitaria.
4.Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación
farmacéutica.
IIFINANCIACION SANITARIA
5.Asegurar un marco financiero estable.
6.Garantizar la suficiencia financiera y la equidad territorial.
IIIORGANIZACION Y GESTION
7.Orientar el sistema sanitario a las necesidades de salud.
8.Impulsar la autonomía de gestión.
9.Atender las preferencias de los usuarios.
10.Potenciar el protagonismo de los profesionales.
IVCOORDINACION TERRITORIAL
11.Completar la descentralización territorial.
12.Promover la cooperación y la coordinación territorial.
13.Reforzar el Consejo Interterritorial.
I.ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES
1.Consolidar el aseguramiento sanitario universal
El sistema sanitario público, resultado del esfuerzo colectivo de varias
generaciones, es un importante elemento de justicia redistributiva y de
cohesión social que se ha de consolidar atendiendo a los principios
básicos de universalidad, equidad, solidaridad y aseguramiento público y
único.
La Subcomisión manifiesta la necesidad de redefinir y consolidar el
aseguramiento sanitario público como mecanismo de cobertura social frente
al riesgo ordinario de los ciudadanos en relación con su salud, mediante
la reforma legal adecuada, que permita:
a) Fijar los contenidos y el carácter del derecho a la asistencia
sanitaria como derecho público subjetivo, personal y no contributivo, y
garantizar tanto la igualdad del contenido del derecho de cada uno de los
ciudadanos, sin que existan discriminaciones por razones personales,
profesionales o territoriales, como el acceso equitativo a sus contenidos
materiales.
b) Llevar a cabo la universalización efectiva del derecho a la
asistencia sanitaria, extendiéndolo a todos los grupos sociales, y
desvinculándolo de los regímenes de afiliación de la Seguridad Social.
c) Precisar --en el marco del aseguramiento público-- el papel a
desarrollar por las distintas entidades, especialmente por las actuales
mutualidades administrativas, en la gestión y provisión del aseguramiento
y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la pluralidad de formas
existentes.
d) Habilitar instrumentos efectivos de acreditación individual
sanitaria (tarjeta sanitaria personal), estableciendo mecanismos de
identificación compatibles en todo el Sistema Nacional de Salud, y
conferir a las Administraciones sanitarias las funciones que actualmente
se desarrollan en el marco de la Seguridad Social en materias
relacionadas con el aseguramiento sanitario y la asistencia a ciudadanos
extranjeros sujetos a convenios internacionales en materia sanitaria.
2.Garantizar las prestaciones sanitarias
La Subcomisión considera necesario profundizar en la estrategia de
ordenación normativa de las prestaciones, concebida como un elemento
fundamental de determinación de los contenidos del derecho a la
asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.
La ordenación de prestaciones ha de ser más que un mandato normativo fijo
en el tiempo, un proceso participativo y dinámico que defina los
contenidos y las garantías de la asistencia sanitaria, y contribuya a
racionalizar la oferta asistencial.
La ordenación de prestaciones deberá realizarse por ley, previo informe
del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que determine,
entre otros, los siguientes contenidos:
a)Las competencias de ordenación de manera que, en el nivel central,
y previo acuerdo del Consejo Interterritorial, se fijará el catálogo de
prestaciones comunes en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, y
expresamente se detallarán las prestaciones asociadas a nuevas
tecnologías, las ligadas a facturación entre servicios, y aquéllas cuya
indefinición pudiese generar graves desigualdades en su utilización. Las
Comunidades Autónomas con competencias sanitarias plenas podrán
complementar este catálogo estableciendo prestaciones adicionales con
cargo a sus fondos propios.
b)Las garantías básicas de las prestaciones relativas a equidad en
el acceso, libre elección, información, derechos de reclamación y
reintegro, calidad y tiempos de espera.
c)La financiación selectiva de prestaciones con cargo al Sistema
Nacional de Salud, que deberán diferenciarse según criterios de
necesidad, utilidad asistencial y social, y coste/efectividad.
En todo caso la incorporación de nuevas prestaciones se vinculará a
fondos específicos, como garantía futura de suficiencia financiera.
La Subcomisión estima que deben elaborarse y ponerse a disposición de los
ciudadanos unas Cartas de Servicios sanitarios que traduzcan a un
lenguaje no tecnificado los contenidos de los catálogos de prestaciones.
Las Cartas deberán precisar cuáles son las prestaciones a que tiene
derecho el usuario y qué mecanismos pueden arbitrarse para exigirlas; con
ello se conseguirán nuevas prácticas de información y transparencia, que
evitarán errores en la práctica de las prestaciones y clarificarán
objetivos de calidad en relación a las mismas.
Los usuarios deberán participar en la confección de las Cartas, a fin de
desarrollar su papel propio en la selección de los servicios.
En el ámbito de la ordenación de prestaciones la Subcomisión recomienda
al Consejo Interterritorial el establecimiento de un programa de
evaluación de tecnologías sanitarias que defina, con carácter anual, las
prioridades que se han de seguir sobre esta última cuestión.
Este programa se hará efectivo contando con la participación de los
diferentes organismos o agencias de evaluación de tecnologías sanitarias
dependientes de las distintas Administraciones competentes. A este
respecto, es necesario recabar también la colaboración de las sociedades
científicas que agrupan a los profesionales especialistas en cada
materia.
Las tecnologías en proceso de evaluación se considerarán en fase de
experimentación, financiándose por vías alternativas a la de la atención
sanitaria, en concepto de investigación clínica.
En cuanto a la garantía de los tiempos de espera, la Subcomisión
recomienda la constitución, en el seno del Consejo Interterritorial, de
una comisión de prioridades, encargada de indicar, para aquellos
procedimientos diagnósticos o terapéuticos que se consideren prioritarios
--por resolver o paliar situaciones de incapacitación, de especial
gravedad y/o urgencia, o condicionar graves penalidades o sufrimientos--,
tiempos máximos de espera, superados los cuales, el paciente tendrá
derecho a ser inmediatamente asistido en el centro donde determine el
correspondiente Servicio de Salud/Insalud.
3.Instrumentar alternativas para la asistencia socio-sanitaria
Ante los significativos cambios demográficos --derivados del aumento de
la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad--, y los patrones de
morbilidad que se observan en España, la Subcomisión considera necesario
impulsar, en coordinación con los responsables de la política social,
iniciativas para la asistencia sociosanitaria, que, entre otras se
concretan en:
a)Diferenciar las prestaciones sanitarias de las actividades
asistenciales de carácter estrictamente social. La Subcomisión recomienda
la fijación, por ley, de los criterios de diferenciación, considerando
sociales --y no sanitarias-- aquellas prestaciones que supongan la
sustitución o colaboración del apoyo familiar y/o en el autocuidado, las
de carácter residencial, y las paliativas de dificultades económicas.
b)Promover el desarrollo de una red de asistencia sociosanitaria
específica que, bajo los principios de descentralización administrativa,
participación social y contribución económica de los usuarios a la
asistencia --en función de la capacidad económica y del tipo de
asistencia que se preste-- está dotada de unidades especializadas de
asistencia en régimen abierto, y de media y larga estancia, y fomente la
creación de nuevas alternativas asistenciales de acogida familiar y ayuda
a domicilio.
c)Coordinar a las Administraciones sanitarias y sociales en la
organización y mantenimiento de esta red sociosanitaria.
d)Estructurar una red de centros y servicios para la asistencia a
pacientes psiquiátricos de larga duración, complementaria de la
asistencia pública.
La Subcomisión entiende necesario involucrar a la sociedad, en su
conjunto, y a las familias, en particular, en la atención sociosanitaria.
En este sentido, la Subcomisión insta al Gobierno a:
e)Promover incentivos para las asociaciones de pacientes y las
organizaciones de voluntariado social, f)Fomentar la iniciativa social en
el sector --mediante la apertura de líneas de créditos blandos para
infraestructuras, planificación de la intervención pública y apoyo a la
gestión de los centros--, y
g)Reconocer de forma efectiva el papel asistencial de las familias
en la dedicación personal que prestan sus miembros a los enfermos
crónicos y a los ancianos.
4.Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación
farmacéutica
Como respuesta al elevado ritmo de crecimiento del coste de la prestación
farmacéutica, que representa aproximadamente una quinta parte del gasto
sanitario total, la Subcomisión considera necesaria la implantación de
nuevos instrumentos de racionalización y control de la prestación
farmacéutica, que, manteniendo sus altos niveles de calidad y
accesibilidad, hagan partícipe de la evolución de la misma a todos los
sectores y agentes implicados, incluidos los usuarios, y que se orienten,
entre otros, hacia los siguientes objetivos:
a)Establecer la progresiva separación entre registro y financiación
por el Sistema Nacional de Salud de las nuevas especialidades
farmacéuticas y regular la posibilidad de financiación selectiva --en
algunos medicamentos--tan sólo de determinadas indicaciones.
b)Promover los medicamentos genéricos e implantar precios de
referencia. En esta línea, además de regular el régimen de registro y
autorización de medicamentos genéricos, se habrán de impulsar las
autorizaciones administrativas de estas especialidades y promover su
implantación en los hábitos de prescripción y dispensación del sistema.
Todo ello debe hacerse velando para mantener el equilibrio que haga
posible la inversión a los laboratorios que desarrollan patentes, ya que
estas empresas son las principales protagonistas en la investigación de
nuevos medicamentos, que las Administraciones sanitarias deben fomentar.
c)Mejorar los instrumentos de gestión de la prestación,
especialmente, mediante la identificación de los datos del paciente y la
mecanización de los mismos en la facturación de las recetas, y la mayor
participación de los profesionales, que han de contar con una información
rigurosa sobre medicamentos y con incentivos e instrumentos de gestión
tales como el establecimiento de presupuestos farmacéuticos en cada
unidad asistencial, entre otros.
La Subcomisión recomienda al Gobierno, asimismo, que promueva la
modificación de la Ley del Medicamento, regulando la facultad de
sustitución de especialidades por los farmacéuticos, teniendo en cuenta
los precios de referencia y la libertad de prescripción facultativa sobre
principios activos y no sobre especialidades, a fin de que las
Administraciones Sanitarias dispongan de instrumentos adecuados para
aplicar la política de medicamentos genéricos y precios de referencia que
establezca el Gobierno.
La Subcomisión estima necesario promover una mayor participación de las
Oficinas de Farmacia en las actividades
sanitarias complementarias de sus zonas de salud respectivas, y un mayor
compromiso de las mismas en los programas de uso racional del medicamento
y control del gasto correspondiente.
Por último, por lo que se refiere a la participación de las Oficinas de
Farmacia en el coste de la prestación, la Subcomisión estima que los
márgenes del sector de Oficinas de Farmacia deberían, en el futuro,
escalonarse según el precio del medicamento, tendiendo a fijar --con la
participación del sector-- dentro de estos márgenes una cuantía
atribuible al acto profesional de la dispensación.
II.FINANCIACION SANITARIA
5.Asegurar un marco financiero estable
La elevada tasa de crecimiento del gasto sanitario es un motivo de grave
preocupación en España y en otros países occidentales por la dificultad
de adaptar la capacidad de financiación pública al crecimiento del propio
gasto sanitario.
Por una parte, el control del crecimiento del gasto exige la adopción de
mejoras en la gestión de los recursos destinados a Sanidad. Por otra
parte, el crecimiento del gasto se debe a factores exógenos a la gestión,
tales como el envejecimiento de la población, cambios en los patrones de
morbilidad y mortalidad, crecimiento de las expectativas de los
ciudadanos en cuanto a las prestaciones sanitarias y demanda de cuidados
sanitarios y mayores posibilidades de curación, incorporación de nuevas
tecnologías que no siempre tienen carácter sustitutivo, entre otros.
Estas presiones estructurales sobre el gasto sanitario exigen la adopción
de medidas igualmente estructurales para hacer viable financieramente el
sistema sanitario público a largo plazo. Estas medidas revisten una
especial importancia en un contexto de interdependencia económica en el
plano internacional que, en nuestro caso, se concreta en la necesidad de
cumplir los criterios de convergencia establecidos en el Tratado de
Maastricht. Sin embargo, la convergencia con Europa debe atender, no sólo
a los indicadores económicos, sino también a la necesidad de equiparación
en términos de bienestar y de cohesión social.
En consecuencia, tanto desde el punto de vista de creación de empleo,
dinamización de la economía y racionalidad en la cobertura financiera del
gasto público, como desde el punto de vista de su contribución a la
cohesión social y a la salud de la población, es necesario dotar al
presupuesto sanitario con cifras realistas que cubran la financiación de
las prestaciones y servicios que ofrece el sistema sanitario.
En este contexto, la Subcomisión considera necesario:
a)Establecer una base presupuestaria adecuada y realista, tanto como
punto de partida para el próximo cuatrienio como en lo relativo a los
criterios de crecimiento interanual. En virtud de la mayor dotación de
esta nueva base financiera --proporcional a las necesidades presentes y
realista de cara a la evolución futura-- el Presupuesto sanitario, a lo
largo del próximo cuatrienio, experimentará un incremento en términos de
su participación en el PIB nominal.
b)Instar al Gobierno para que en el Consejo de Política Fiscal y
Financiera, con anterioridad a la aprobación del nuevo Acuerdo financiero
para el cuatrienio 1998-2001 y a partir de las propuestas iniciales
expuestas por el Gobierno, se determinen los recursos adicionales a
aportar al Sistema Nacional de Salud en el ejercicio de 1998 y
siguientes, para alcanzar una base presupuestaria adecuada y realista, y,
en su caso, las fuentes de financiación que procedan.
c)Hacer explícitas las fuentes de financiación de las variaciones de
gasto, con carácter previo a la adopción de cualquier medida de
definición de nuevas coberturas y prestaciones con el fin de evitar, en
el futuro, la conculcación del principio de suficiencia financiera.
6.Garantizar la suficiencia y la equidad en la distribución territorial
El Acuerdo de financiación vigente (1994-1997), siguiendo lo establecido
en la Ley General de Sanidad, contempla un reparto basado en el criterio
de población protegida, tomando como referencia la población de derecho
del censo de marzo de 1991, a la que se resta el número de personas
integradas en los colectivos del mutualismo administrativo que reciben
asistencia sanitaria a través de entidades de seguro libre.
Cualquier esquema de financiación ordinaria sin un núcleo capitativo
tiene difícil justificación teórica en un servicio asistencial que se
reconoce universal. Por lo tanto y con independencia de cualquier otro
criterio que pudiera estimarse conveniente para contemplar las
diferencias de coste entre Comunidades Autónomas (la estructura
demográfica, los desplazamientos de población, la insularidad o la
dispersión geográfica, por ejemplo), el modelo de financiación
territorial debe mantener como núcleo básico el criterio de población
protegida, considerando las modificaciones del último padrón, a fin de
corresponder con la realidad poblacional.
Por otra parte, el nuevo Acuerdo de financiación deberá adaptarse al
horizonte, necesariamente cercano, de cierre del modelo asistencial
recogido en la Ley General de Sanidad. Así, la distribución territorial
de recursos debe contemplar y hacer posible las transferencias
pendientes, y considerar a largo plazo la integración y homologación
progresiva de la sanidad en la financiación autonómica.
Teniendo en cuenta estas orientaciones generales, la Subcomisión acuerda:
a)Emplazar a las autoridades financieras del Estado y de las
Comunidades Autónomas, y al Consejo de Política Fiscal y Financiera, a
abordar de inmediato las bases de un nuevo Acuerdo de financiación
cuatrienal para el período 1998/2001, en el cual, respetando los
principios de suficiencia y estabilidad financiera, se deberán establecer
instrumentos para lograr una mayor disciplina presupuestaria.
b)Mantener, en el nuevo modelo de financiación para el próximo
cuatrienio, el criterio de capitación como regla de distribución,
perfeccionado, en su caso, por otros criterios, pudiendo incluir fondos
específicos para financiar los gastos por desplazados, docencia u otros
factores que determinan la variabilidad de costes entre Comunidades
Autónomas.
En todo caso, continuará siendo de aplicación para las Comunidades
Autónomas del País Vasco y Navarra lo previsto en la Disposición
Adicional Primera de la Ley General de Sanidad.
c)Instar al Consejo de Política Fiscal y Financiera a abordar,
durante el período de vigencia del nuevo Acuerdo, la incorporación
posterior de la financiación sanitaria en la financiación autonómica,
sobre la base de criterios de integración progresiva y corresponsabilidad
fiscal.
III.ORGANIZACION Y GESTION
7.Orientar el sistema a las necesidades de salud
La Subcomisión es consciente de las presiones a que están sometidas las
organizaciones sanitarias y de la necesidad de modernización y
flexibilización del sistema. En este sentido considera necesario orientar
la provisión de servicios a las necesidades de salud reales y
prioritarias de la sociedad, a partir de la identificación de las mismas,
mediante los planes de salud de cada Comunidad Autónoma.
8.Impulsar la autonomía de gestión
La modernización organizativa del Sistema Nacional de Salud exige
racionalizar los programas de gasto sanitario público, adoptar modos
organizativos y sistemas de pago que fomenten la eficiencia y la
responsabilización sobre actuaciones y resultados, y procurar altos
niveles de calidad debidamente evaluados y controlados. En esta
dirección, la Subcomisión recomienda:
a)Proseguir en los esfuerzos por separar las funciones de
planificación, financiación, compra y provisión de servicios,
configurando los centros asistenciales como organizaciones autónomas, con
facultades de decisión efectivas y responsables en cuanto a la gestión, y
dotar a los centros de órganos de gobierno operativos y participativos,
independientes de las entidades compradoras y/o financiadoras.
b)Facilitar la extensión de las nuevas formas de gestión a toda la
red asistencial pública, abordando en el seno del Consejo
Interterritorial, con pleno respeto a las competencias en materia
organizativa de las Comunidades Autónomas, la definición de unas
características comunes de la organización interna de los entes o
empresas públicas sanitarias en todas aquellas materias que se consideren
necesarias, atendiendo a las características del servicio que tales
instituciones prestan.
Estas características propias de las organizaciones sanitarias públicas
deben permitir compatibilizar el establecimiento de garantías en la
correcta prestación del servicio público (en materia de equidad en el
acceso de los usuarios a los servicios y garantías en la prestación de
los mismos, régimen presupuestario y económico-financiero, control
patrimonial y régimen de personal) con la aplicación de mayores cotas de
autonomía (dotación de órganos de gobierno propios, vinculación de los
ingresos mediante contratos de los servicios, gestión de flujos de
tesorería y capacidad de autoorganización, entre otros).
c)Controlar la calidad en la asistencia e impulsar su mejora
continua, a través de un sistema general de acreditación de centros y
servicios sanitarios consensuado en el seno del Consejo Interterritorial,
respetando el marco competencial vigente en la materia. La acreditación
debe permitir verificar el cumplimiento por parte de cada institución de
un conjunto de requisitos previamente establecidos.
d)Impulsar la competencia entre proveedores en el marco de un
mercado sanitario regulado, con el soporte de un sistema integrado de
información, fomentando relaciones estables y duraderas entre los agentes
del sistema, instrumentado a través del control y evaluación de los
resultados obtenidos.
9.Atender las preferencias de los usuarios
El Sistema Nacional de Salud debe acomodar las crecientes expectativas de
soberanía individual y participación que acompañan al desarrollo
económico, social y cultural, otorgando a los ciudadanos un mayor
protagonismo del que disfrutan en la actualidad y promoviendo una
organización de los procesos asistenciales --en sus vertientes técnica, y
de servicio y confort-- más acorde con sus preferencias. La Subcomisión
estima necesario:
a)Profundizar en los esfuerzos ya iniciados para reconocer el
derecho a la elección de proveedor, y acometer las reformas organizativas
que lo hagan efectivo (tanto en lo que afecta al paciente como a la
financiación de las instituciones sanitarias).
A este respecto, deberán modificarse las disposiciones de la Ley General
de Sanidad, para establecer la libre elección de médico y centro, ambas
con las limitaciones que la organización de los Servicios imponga y
referidas al ámbito de los Servicios de Salud correspondientes.
Asimismo, se deberá regular el derecho a la información asistencial
comparada y establecer, a este fin, la información sobre calidad
asistencial que estarán obligadas a aportar las instituciones sanitarias
como derecho del usuario y requisito para la provisión de la asistencia
sanitaria en el sector público.
b)Lograr una mayor participación social en todas las instituciones
asistenciales del sistema, fomentando los movimientos asociativos y del
voluntariado, impulsando las comisiones de participación ciudadana, y
mejorando los procedimientos de información y de reclamación.
10.Potenciar el protagonismo de los profesionales
Los profesionales sanitarios constituyen el principal activo del Sistema
Nacional de Salud. Su motivación y compromiso con la gestión son, sin
lugar a dudas, retos históricos pendientes de resolver en el sistema
público.
Dos factores pueden considerarse el origen de esa situación: la falta de
un adecuado sistema de incentivos y la burocratización y rigidez de las
relaciones profesionales. Para abordar la resolución de este problema, la
Subcomisión considera imprescindible el establecimiento, por ley básica,
de un nuevo modelo de relación laboral para el personal estatutario de
los servicios de salud.
Respetando las competencias en materia sanitaria de las Comunidades
Autónomas es preciso abordar un nuevo régimen de personal compatible con
la autonomía de gestión de los centros, al objeto de alcanzar los
siguientes fines:
a)Regular las peculiaridades del personal estatutario de las
instituciones sanitarias públicas mediante un Estatuto profesional
propio, de carácter básico para todo el sistema, sin perjuicio de su
desarrollo por las Comunidades Autónomas.
b)Fomentar la descentralización de los procesos de selección y
promoción profesional en el plano de las organizaciones proveedoras y
garantizando con criterios objetivos la calidad de los servicios y el
mantenimiento permanente de la motivación personal.
c)Flexibilizar el régimen de dedicación, mediante una mayor
personalización de las condiciones de trabajo, promover nuevas fórmulas
retributivas en las que realmente se prioricen los incentivos a la
actividad y a la calidad, y hacer efectiva la participación de los
profesionales en la toma de decisiones de los centros.
d)Adecuar las plantillas a las necesidades efectivas de las
instituciones, y promover soluciones legales para el ajuste por los
centros de las mismas y regular la negociación colectiva a nivel de
centro, bajo pautas comunes a todo el sistema, por lo que se refiere al
volumen total de empleo en el sector y a las condiciones salariales
básicas.
e)Profesionalizar la función directiva y establecer mecanismos
consecuentes de evaluación de los equipos de dirección.
En el ámbito de la regulación de las profesiones sanitarias, la
Subcomisión considera conveniente:
f)Promover, por ley, una ordenación específica de las profesiones
sanitarias con amplia participación de colegios, sociedades científicas y
asociaciones profesionales.
g)Instar al Gobierno a resolver urgentemente el problema de las
titulaciones pendientes así como adecuar las especialidades sanitarias a
las necesidades asistenciales, profundizando en el sistema de formación
especializada (residencia), a través de criterios de troncalidad dando
paso a especialidades emergentes, y promoviendo las áreas de capacitación
específica. Las Comunidades Autónomas deben participar en este proceso de
forma efectiva, en el seno del Consejo Interterritorial.
IV.COORDINACION TERRITORIAL
11.Completar la descentralización territorial
La implantación efectiva del modelo sanitario de la Ley General de
Sanidad exige la definitiva transferencia de la gestión de la asistencia
de la Seguridad Social, y su red de centros, a todas las Comunidades
Autónomas. La Subcomisión considera necesario dar un impulso político que
cierre el modelo de descentralización territorial, transfiriendo la
asistencia sanitaria a las Comunidades Autónomas del artículo 143 de la
Constitución, y promoviendo un pacto con las corporaciones locales para
que éstas asuman en el futuro un mayor protagonismo asistencial.
Con tales objetivos en perspectiva, la Subcomisión propone:
a)Promover las iniciativas institucionales que sean necesarias para
equiparar las competencias de las Comunidades Autónomas del artículo 143
de la Constitución en materia de asistencia sanitaria.
b)Hacer efectivos los traspasos de los servicios del Insalud,
fijando un plazo para el cierre final del modelo sanitario territorial.
c)Desarrollar, mediante el acuerdo interinstitucional que
corresponda, una mayor presencia en la actividad asistencial de las
corporaciones locales.
La Subcomisión considera que los procesos de descentralización sanitaria
no deben limitarse a la transferencia de la red asistencial actualmente
gestionada por la Administración General del Estado a las Comunidades
Autónomas. Es preciso, además, que el impulso a la descentralización
administrativa se lleve a cabo también en el ámbito de cada una de las
Comunidades Autónomas, en un proceso abierto de participación local y
social y de autonomía creciente de las instituciones en la toma de
decisiones que les conciernen.
12.Promover la cooperación y coordinación territorial
La culminación del proceso de transferencias debe permitir una
reconsideración a fondo del ejercicio efectivo de la función de
coordinación del sistema que corresponde al Ministerio de Sanidad y
Consumo. En un escenario de plena descentralización la dirección del
Sistema Nacional de Salud ha de desarrollarse fundamentalmente en la
búsqueda del consenso y la participación de las Comunidades Autónomas.
Estas, a su vez, han de contribuir al mantenimiento de la identidad común
del sistema de acuerdo a los principios de lealtad institucional y
cooperación recíproca.
Con ese objetivo, el Ministerio deberá potenciar el desarrollo de sus
funciones de coordinación principalmente a través del Consejo
Interterritorial, más por la vía de generación de valor como unidad
central y arbitral del sistema, que a través del ejercicio unilateral de
su posición jerárquica o de sus competencias privativas.
El cierre del modelo territorial obliga no sólo al Estado sino a todos
los agentes del sistema sanitario a avanzar en la configuración de un
Sistema Nacional de Salud que, sin perjuicio de la autonomía de gestión
de las Comunidades Autónomas, garantice unos elementos básicos
comunes: financiación, planificación integrada e información recíproca.
En este sentido, la Subcomisión considera necesario, al margen de las
iniciativas específicas de coordinación recogidas en los capítulos
anteriores, abordar los siguientes retos: a)Perfilar el contenido de la
función financiera, especialmente en lo que se refiere, a la definición
de criterios de financiación de la sanidad pública y al establecimiento
de los sistemas de información y estadísticas económico-sanitarias
comunes.
b)Poner en marcha, en el seno del Consejo Interterritorial,
instrumentos de coordinación normativa entre el Estado y las Comunidades
Autónomas para el desarrollo jurídico armónico de los aspectos
fundamentales del Sistema Nacional de Salud.
c)Renovar, bajo las directrices del Consejo Interterritorial, los
contenidos de la planificación integrada y dotar de medios específicos a
la misma, así como potenciar los programas sectoriales conjuntos,
orientando estas actividades hacia nuevos enfoques en materia de salud
pública, mediante iniciativas compensatorias y actuaciones conjuntas
sobre los grupos sociales más vulnerables y los mayores factores de
riesgo.
d)Definir el modelo central de información, con participación,
financiación y control común, de la Administración General del Estado y
de las Comunidades Autónomas.
e)Redefinir la Alta Inspección Sanitaria, que deberá ser
fundamentalmente el instrumento específico de garantía de la equidad en
el acceso a las prestaciones y de la inexistencia de discriminaciones,
instando al Gobierno a que regule reglamentariamente el ejercicio de sus
funciones, de acuerdo a las directrices del Consejo Interterritorial.
La Subcomisión sugiere al Gobierno que aborde, en el seno del Consejo
Interterritorial, nuevas iniciativas para el desarrollo del mandato
constitucional de «coordinación general de la Sanidad», entre otros
sectores, en materia de aseguramiento, política de personal, acreditación
y evaluación, ordenación de prestaciones, investigación
científico-técnica, y, especialmente, en salud pública.
La Subcomisión parlamentaria sugiere al Gobierno avanzar en la encomienda
a las Comunidades Autónomas, dentro de su ámbito territorial respectivo,
de la prestación de los servicios y el desempeño de las actuaciones
ejecutivas y de inspección y control que en materia sanitaria
corresponden al Estado con el fin de optimizar los recursos y conferir
mayor eficiencia al sistema.
13.Reforzar el Consejo Interterritorial
La descentralización del sistema sanitario y los avances en la
cooperación y coordinación territorial requieren un reforzamiento del
papel del Consejo Interterritorial en el futuro. En esa línea será
necesario promover, mediante la iniciativa legislativa y la acción
política, un importante salto cualitativo en la configuración de las
funciones y en la capacidad de aunar voluntades que ha de corresponder al
Consejo, cuya función, como órgano de intercambio, de información
recíproca y de puesta en común ha de incrementarse en el futuro.
La Subcomisión manifiesta, pues, la necesidad de fortalecer el papel de
este órgano como el instrumento esencial de vertebración del sistema
sanitario.
En este espíritu, las iniciativas fundamentales que deberán abordarse,
mediante las reformas legales o institucionales que correspondan, son las
siguientes:
a)Revisar su naturaleza jurídica y configuración administrativa,
otorgándole mayores facultades de decisión, y ampliar sus funciones como
órgano a través del cual se ha de instrumentar, preferentemente, la
fijación de las bases --sin perjuicio de su formal establecimiento por
ley--, la coordinación general sanitaria y los criterios generales de la
Alta Inspección.
b)Modificar su composición, suprimiendo su carácter paritario, y
establecer un nuevo régimen de acuerdos, --incluida la posibilidad de
introducir el voto ponderado según los casos-- que vincule de un modo más
operativo a todos sus miembros, utilizando, entre otros instrumentos, la
figura de los Convenios de Conferencia Sectorial.
c)Promover la participación en el Consejo de los diferentes agentes
que concurren en el sistema sanitario (organizaciones sindicales y
empresariales, de consumidores y usuarios, corporaciones profesionales
sanitarias, universidades y entidades científicas) mediante la
modificación, por ley, del Comité Consultivo.
d)Y, por último, dotar al Consejo Interterritorial y a todos sus
órganos de una estructura de soporte operativa que cuente con los medios
personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus cometidos y
el seguimiento de sus acuerdos.
Es voluntad de los grupos parlamentarios firmantes de este Acuerdo que
las iniciativas y las medidas que aquí se proponen propicien el más
amplio consenso institucional posible, en el mismo espíritu que ha
inspirado, recientemente, los pactos parlamentarios y sociales de
pensiones y empleo.
El objetivo de los trabajos de esta Subcomisión no ha sido otro que el de
favorecer un clima de entendimiento entre todos los grupos parlamentarios
--representantes de la soberanía popular-- a fin de superar
confrontaciones partidistas sobre el futuro de la sanidad, evitando que
se transmita a la población inquietud alguna sobre el mantenimiento de
los niveles alcanzados en la asistencia sanitaria española.
Estas propuestas pretenden ser un programa realista de futuro que ha de
inspirar la evolución de nuestro Sistema Nacional de Salud, elemento
fundamental de justicia y cohesión social, cuyos principios de
aseguramiento, financiación, organización y gestión, y cuyo modelo
territorial deben consolidarse y modernizarse con el apoyo de todos los
agentes y grupos sociales, la participación de los profesionales y de la
ciudadanía, como seña de identidad común de nuestro Estado democrático y
autonómico de derecho.
Palacio del Congreso de los Diputados, a 18 de diciembre de 1997.