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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 230, de 07/01/1998
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BOLETIN OFICIAL

DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie D:


GENERAL 7 de enero de 1998 Núm. 230

Otros textos

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS

154/000003 Aprobación por el Pleno de la Cámara del Acuerdo de la

Comisión de Sanidad y Consumo, relativo al Informe de la Subcomisión,

constituida en su seno, para avanzar en la consolidación del Sistema

Nacional de Salud mediante el estudio de las medidas necesarias para

garantizar un marco financiero estable y modernizar el Sistema Sanitario

manteniendo los principios de universalidad y equidad en el acceso.


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 18 de

diciembre de 1997, ha aprobado sin modificaciones el texto del Acuerdo de

la Comisión de Sanidad y Consumo, relativo al Informe de la Subcomisión

creada en el seno de dicha Comisión, para avanzar en la consolidación del

Sistema Nacional de Salud mediante el estudio de las medidas necesarias

para garantizar un marco financiero estable y modernizar el Sistema

Sanitario manteniendo los principios de universalidad y equidad en el

acceso (núm. expte. 154/000003), publicado en el «BOCG. Congreso de los

Diputados», serie D, núm. 205, de 17 de noviembre de 1997.


Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del

Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de diciembre de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


APROBACION POR EL PLENO, EN SU SESION DEL DIA 18 DE DICIEMBRE DE 1997,

DEL ACUERDO DE LA COMISION RELATIVO AL INFORME DE LA SUBCOMISION PARA

AVANZAR EN LA CONSOLIDACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD MEDIANTE EL

ESTUDIO DE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR UN MARCO FINANCIERO

ESTABLE Y MODERNIZAR EL SISTEMA SANITARIO MANTENIENDO LOS PRINCIPIOS DE

UNIVERSALIDAD Y EQUIDAD EN EL ACCESO

El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 11 de junio

de 1996, acordó, con motivo de una proposición no de ley presentada por

el Grupo Parlamentario Popular, constituir, en el seno de la Comisión de

Sanidad y Consumo, una Subcomisión para el estudio de las reformas

necesarias para modernizar el sistema sanitario y garantizar su

viabilidad futura.


Tras un amplio período de tiempo, en el que se han sucedido numerosas

comparecencias y se han desarrollado, al hilo de las mismas, debates

internos entre sus miembros, la Subcomisión ha acordado elevar al Pleno

de la Cámara, para su debate y aprobación definitiva, las propuestas que

a continuación se recogen.


Estas propuestas se articulan en torno a los cuatro grandes capítulos

sobre los que se ha centrado el trabajo de la Subcomisión, esto es (I)

aseguramiento y prestaciones, (II) financiación, (III) organización y

gestión y (IV) coordinación territorial. Las propuestas, que adoptan la

forma de trece recomendaciones generales, desarrolladas, a su vez, en una

serie de medidas concretas, son las siguientes:


IASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES

1.Consolidar el aseguramiento sanitario universal.


2.Garantizar las prestaciones sanitarias.


3.Instrumentar alternativas para la asistencia sociosanitaria.


4.Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación

farmacéutica.


IIFINANCIACION SANITARIA

5.Asegurar un marco financiero estable.





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6.Garantizar la suficiencia financiera y la equidad territorial.


IIIORGANIZACION Y GESTION

7.Orientar el sistema sanitario a las necesidades de salud.


8.Impulsar la autonomía de gestión.


9.Atender las preferencias de los usuarios.


10.Potenciar el protagonismo de los profesionales.


IVCOORDINACION TERRITORIAL

11.Completar la descentralización territorial.


12.Promover la cooperación y la coordinación territorial.


13.Reforzar el Consejo Interterritorial.


I.ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES

1.Consolidar el aseguramiento sanitario universal

El sistema sanitario público, resultado del esfuerzo colectivo de varias

generaciones, es un importante elemento de justicia redistributiva y de

cohesión social que se ha de consolidar atendiendo a los principios

básicos de universalidad, equidad, solidaridad y aseguramiento público y

único.


La Subcomisión manifiesta la necesidad de redefinir y consolidar el

aseguramiento sanitario público como mecanismo de cobertura social frente

al riesgo ordinario de los ciudadanos en relación con su salud, mediante

la reforma legal adecuada, que permita:


a) Fijar los contenidos y el carácter del derecho a la asistencia

sanitaria como derecho público subjetivo, personal y no contributivo, y

garantizar tanto la igualdad del contenido del derecho de cada uno de los

ciudadanos, sin que existan discriminaciones por razones personales,

profesionales o territoriales, como el acceso equitativo a sus contenidos

materiales.


b) Llevar a cabo la universalización efectiva del derecho a la

asistencia sanitaria, extendiéndolo a todos los grupos sociales, y

desvinculándolo de los regímenes de afiliación de la Seguridad Social.


c) Precisar --en el marco del aseguramiento público-- el papel a

desarrollar por las distintas entidades, especialmente por las actuales

mutualidades administrativas, en la gestión y provisión del aseguramiento

y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la pluralidad de formas

existentes.


d) Habilitar instrumentos efectivos de acreditación individual

sanitaria (tarjeta sanitaria personal), estableciendo mecanismos de

identificación compatibles en todo el Sistema Nacional de Salud, y

conferir a las Administraciones sanitarias las funciones que actualmente

se desarrollan en el marco de la Seguridad Social en materias

relacionadas con el aseguramiento sanitario y la asistencia a ciudadanos

extranjeros sujetos a convenios internacionales en materia sanitaria.


2.Garantizar las prestaciones sanitarias

La Subcomisión considera necesario profundizar en la estrategia de

ordenación normativa de las prestaciones, concebida como un elemento

fundamental de determinación de los contenidos del derecho a la

asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.


La ordenación de prestaciones ha de ser más que un mandato normativo fijo

en el tiempo, un proceso participativo y dinámico que defina los

contenidos y las garantías de la asistencia sanitaria, y contribuya a

racionalizar la oferta asistencial.


La ordenación de prestaciones deberá realizarse por ley, previo informe

del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que determine,

entre otros, los siguientes contenidos:


a)Las competencias de ordenación de manera que, en el nivel central,

y previo acuerdo del Consejo Interterritorial, se fijará el catálogo de

prestaciones comunes en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, y

expresamente se detallarán las prestaciones asociadas a nuevas

tecnologías, las ligadas a facturación entre servicios, y aquéllas cuya

indefinición pudiese generar graves desigualdades en su utilización. Las

Comunidades Autónomas con competencias sanitarias plenas podrán

complementar este catálogo estableciendo prestaciones adicionales con

cargo a sus fondos propios.


b)Las garantías básicas de las prestaciones relativas a equidad en

el acceso, libre elección, información, derechos de reclamación y

reintegro, calidad y tiempos de espera.


c)La financiación selectiva de prestaciones con cargo al Sistema

Nacional de Salud, que deberán diferenciarse según criterios de

necesidad, utilidad asistencial y social, y coste/efectividad.


En todo caso la incorporación de nuevas prestaciones se vinculará a

fondos específicos, como garantía futura de suficiencia financiera.


La Subcomisión estima que deben elaborarse y ponerse a disposición de los

ciudadanos unas Cartas de Servicios sanitarios que traduzcan a un

lenguaje no tecnificado los contenidos de los catálogos de prestaciones.


Las Cartas deberán precisar cuáles son las prestaciones a que tiene

derecho el usuario y qué mecanismos pueden arbitrarse para exigirlas; con

ello se conseguirán nuevas prácticas de información y transparencia, que

evitarán errores en la práctica de las prestaciones y clarificarán

objetivos de calidad en relación a las mismas.


Los usuarios deberán participar en la confección de las Cartas, a fin de

desarrollar su papel propio en la selección de los servicios.


En el ámbito de la ordenación de prestaciones la Subcomisión recomienda

al Consejo Interterritorial el establecimiento de un programa de

evaluación de tecnologías sanitarias que defina, con carácter anual, las

prioridades que se han de seguir sobre esta última cuestión.


Este programa se hará efectivo contando con la participación de los

diferentes organismos o agencias de evaluación de tecnologías sanitarias

dependientes de las distintas Administraciones competentes. A este

respecto, es necesario recabar también la colaboración de las sociedades




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científicas que agrupan a los profesionales especialistas en cada

materia.


Las tecnologías en proceso de evaluación se considerarán en fase de

experimentación, financiándose por vías alternativas a la de la atención

sanitaria, en concepto de investigación clínica.


En cuanto a la garantía de los tiempos de espera, la Subcomisión

recomienda la constitución, en el seno del Consejo Interterritorial, de

una comisión de prioridades, encargada de indicar, para aquellos

procedimientos diagnósticos o terapéuticos que se consideren prioritarios

--por resolver o paliar situaciones de incapacitación, de especial

gravedad y/o urgencia, o condicionar graves penalidades o sufrimientos--,

tiempos máximos de espera, superados los cuales, el paciente tendrá

derecho a ser inmediatamente asistido en el centro donde determine el

correspondiente Servicio de Salud/Insalud.


3.Instrumentar alternativas para la asistencia socio-sanitaria

Ante los significativos cambios demográficos --derivados del aumento de

la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad--, y los patrones de

morbilidad que se observan en España, la Subcomisión considera necesario

impulsar, en coordinación con los responsables de la política social,

iniciativas para la asistencia sociosanitaria, que, entre otras se

concretan en:


a)Diferenciar las prestaciones sanitarias de las actividades

asistenciales de carácter estrictamente social. La Subcomisión recomienda

la fijación, por ley, de los criterios de diferenciación, considerando

sociales --y no sanitarias-- aquellas prestaciones que supongan la

sustitución o colaboración del apoyo familiar y/o en el autocuidado, las

de carácter residencial, y las paliativas de dificultades económicas.


b)Promover el desarrollo de una red de asistencia sociosanitaria

específica que, bajo los principios de descentralización administrativa,

participación social y contribución económica de los usuarios a la

asistencia --en función de la capacidad económica y del tipo de

asistencia que se preste-- está dotada de unidades especializadas de

asistencia en régimen abierto, y de media y larga estancia, y fomente la

creación de nuevas alternativas asistenciales de acogida familiar y ayuda

a domicilio.


c)Coordinar a las Administraciones sanitarias y sociales en la

organización y mantenimiento de esta red sociosanitaria.


d)Estructurar una red de centros y servicios para la asistencia a

pacientes psiquiátricos de larga duración, complementaria de la

asistencia pública.


La Subcomisión entiende necesario involucrar a la sociedad, en su

conjunto, y a las familias, en particular, en la atención sociosanitaria.


En este sentido, la Subcomisión insta al Gobierno a:


e)Promover incentivos para las asociaciones de pacientes y las

organizaciones de voluntariado social, f)Fomentar la iniciativa social en

el sector --mediante la apertura de líneas de créditos blandos para

infraestructuras, planificación de la intervención pública y apoyo a la

gestión de los centros--, y

g)Reconocer de forma efectiva el papel asistencial de las familias

en la dedicación personal que prestan sus miembros a los enfermos

crónicos y a los ancianos.


4.Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación

farmacéutica

Como respuesta al elevado ritmo de crecimiento del coste de la prestación

farmacéutica, que representa aproximadamente una quinta parte del gasto

sanitario total, la Subcomisión considera necesaria la implantación de

nuevos instrumentos de racionalización y control de la prestación

farmacéutica, que, manteniendo sus altos niveles de calidad y

accesibilidad, hagan partícipe de la evolución de la misma a todos los

sectores y agentes implicados, incluidos los usuarios, y que se orienten,

entre otros, hacia los siguientes objetivos:


a)Establecer la progresiva separación entre registro y financiación

por el Sistema Nacional de Salud de las nuevas especialidades

farmacéuticas y regular la posibilidad de financiación selectiva --en

algunos medicamentos--tan sólo de determinadas indicaciones.


b)Promover los medicamentos genéricos e implantar precios de

referencia. En esta línea, además de regular el régimen de registro y

autorización de medicamentos genéricos, se habrán de impulsar las

autorizaciones administrativas de estas especialidades y promover su

implantación en los hábitos de prescripción y dispensación del sistema.


Todo ello debe hacerse velando para mantener el equilibrio que haga

posible la inversión a los laboratorios que desarrollan patentes, ya que

estas empresas son las principales protagonistas en la investigación de

nuevos medicamentos, que las Administraciones sanitarias deben fomentar.


c)Mejorar los instrumentos de gestión de la prestación,

especialmente, mediante la identificación de los datos del paciente y la

mecanización de los mismos en la facturación de las recetas, y la mayor

participación de los profesionales, que han de contar con una información

rigurosa sobre medicamentos y con incentivos e instrumentos de gestión

tales como el establecimiento de presupuestos farmacéuticos en cada

unidad asistencial, entre otros.


La Subcomisión recomienda al Gobierno, asimismo, que promueva la

modificación de la Ley del Medicamento, regulando la facultad de

sustitución de especialidades por los farmacéuticos, teniendo en cuenta

los precios de referencia y la libertad de prescripción facultativa sobre

principios activos y no sobre especialidades, a fin de que las

Administraciones Sanitarias dispongan de instrumentos adecuados para

aplicar la política de medicamentos genéricos y precios de referencia que

establezca el Gobierno.


La Subcomisión estima necesario promover una mayor participación de las

Oficinas de Farmacia en las actividades




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sanitarias complementarias de sus zonas de salud respectivas, y un mayor

compromiso de las mismas en los programas de uso racional del medicamento

y control del gasto correspondiente.


Por último, por lo que se refiere a la participación de las Oficinas de

Farmacia en el coste de la prestación, la Subcomisión estima que los

márgenes del sector de Oficinas de Farmacia deberían, en el futuro,

escalonarse según el precio del medicamento, tendiendo a fijar --con la

participación del sector-- dentro de estos márgenes una cuantía

atribuible al acto profesional de la dispensación.


II.FINANCIACION SANITARIA

5.Asegurar un marco financiero estable

La elevada tasa de crecimiento del gasto sanitario es un motivo de grave

preocupación en España y en otros países occidentales por la dificultad

de adaptar la capacidad de financiación pública al crecimiento del propio

gasto sanitario.


Por una parte, el control del crecimiento del gasto exige la adopción de

mejoras en la gestión de los recursos destinados a Sanidad. Por otra

parte, el crecimiento del gasto se debe a factores exógenos a la gestión,

tales como el envejecimiento de la población, cambios en los patrones de

morbilidad y mortalidad, crecimiento de las expectativas de los

ciudadanos en cuanto a las prestaciones sanitarias y demanda de cuidados

sanitarios y mayores posibilidades de curación, incorporación de nuevas

tecnologías que no siempre tienen carácter sustitutivo, entre otros.


Estas presiones estructurales sobre el gasto sanitario exigen la adopción

de medidas igualmente estructurales para hacer viable financieramente el

sistema sanitario público a largo plazo. Estas medidas revisten una

especial importancia en un contexto de interdependencia económica en el

plano internacional que, en nuestro caso, se concreta en la necesidad de

cumplir los criterios de convergencia establecidos en el Tratado de

Maastricht. Sin embargo, la convergencia con Europa debe atender, no sólo

a los indicadores económicos, sino también a la necesidad de equiparación

en términos de bienestar y de cohesión social.


En consecuencia, tanto desde el punto de vista de creación de empleo,

dinamización de la economía y racionalidad en la cobertura financiera del

gasto público, como desde el punto de vista de su contribución a la

cohesión social y a la salud de la población, es necesario dotar al

presupuesto sanitario con cifras realistas que cubran la financiación de

las prestaciones y servicios que ofrece el sistema sanitario.


En este contexto, la Subcomisión considera necesario:


a)Establecer una base presupuestaria adecuada y realista, tanto como

punto de partida para el próximo cuatrienio como en lo relativo a los

criterios de crecimiento interanual. En virtud de la mayor dotación de

esta nueva base financiera --proporcional a las necesidades presentes y

realista de cara a la evolución futura-- el Presupuesto sanitario, a lo

largo del próximo cuatrienio, experimentará un incremento en términos de

su participación en el PIB nominal.


b)Instar al Gobierno para que en el Consejo de Política Fiscal y

Financiera, con anterioridad a la aprobación del nuevo Acuerdo financiero

para el cuatrienio 1998-2001 y a partir de las propuestas iniciales

expuestas por el Gobierno, se determinen los recursos adicionales a

aportar al Sistema Nacional de Salud en el ejercicio de 1998 y

siguientes, para alcanzar una base presupuestaria adecuada y realista, y,

en su caso, las fuentes de financiación que procedan.


c)Hacer explícitas las fuentes de financiación de las variaciones de

gasto, con carácter previo a la adopción de cualquier medida de

definición de nuevas coberturas y prestaciones con el fin de evitar, en

el futuro, la conculcación del principio de suficiencia financiera.


6.Garantizar la suficiencia y la equidad en la distribución territorial

El Acuerdo de financiación vigente (1994-1997), siguiendo lo establecido

en la Ley General de Sanidad, contempla un reparto basado en el criterio

de población protegida, tomando como referencia la población de derecho

del censo de marzo de 1991, a la que se resta el número de personas

integradas en los colectivos del mutualismo administrativo que reciben

asistencia sanitaria a través de entidades de seguro libre.


Cualquier esquema de financiación ordinaria sin un núcleo capitativo

tiene difícil justificación teórica en un servicio asistencial que se

reconoce universal. Por lo tanto y con independencia de cualquier otro

criterio que pudiera estimarse conveniente para contemplar las

diferencias de coste entre Comunidades Autónomas (la estructura

demográfica, los desplazamientos de población, la insularidad o la

dispersión geográfica, por ejemplo), el modelo de financiación

territorial debe mantener como núcleo básico el criterio de población

protegida, considerando las modificaciones del último padrón, a fin de

corresponder con la realidad poblacional.


Por otra parte, el nuevo Acuerdo de financiación deberá adaptarse al

horizonte, necesariamente cercano, de cierre del modelo asistencial

recogido en la Ley General de Sanidad. Así, la distribución territorial

de recursos debe contemplar y hacer posible las transferencias

pendientes, y considerar a largo plazo la integración y homologación

progresiva de la sanidad en la financiación autonómica.


Teniendo en cuenta estas orientaciones generales, la Subcomisión acuerda:


a)Emplazar a las autoridades financieras del Estado y de las

Comunidades Autónomas, y al Consejo de Política Fiscal y Financiera, a

abordar de inmediato las bases de un nuevo Acuerdo de financiación

cuatrienal para el período 1998/2001, en el cual, respetando los

principios de suficiencia y estabilidad financiera, se deberán establecer




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instrumentos para lograr una mayor disciplina presupuestaria.


b)Mantener, en el nuevo modelo de financiación para el próximo

cuatrienio, el criterio de capitación como regla de distribución,

perfeccionado, en su caso, por otros criterios, pudiendo incluir fondos

específicos para financiar los gastos por desplazados, docencia u otros

factores que determinan la variabilidad de costes entre Comunidades

Autónomas.


En todo caso, continuará siendo de aplicación para las Comunidades

Autónomas del País Vasco y Navarra lo previsto en la Disposición

Adicional Primera de la Ley General de Sanidad.


c)Instar al Consejo de Política Fiscal y Financiera a abordar,

durante el período de vigencia del nuevo Acuerdo, la incorporación

posterior de la financiación sanitaria en la financiación autonómica,

sobre la base de criterios de integración progresiva y corresponsabilidad

fiscal.


III.ORGANIZACION Y GESTION

7.Orientar el sistema a las necesidades de salud

La Subcomisión es consciente de las presiones a que están sometidas las

organizaciones sanitarias y de la necesidad de modernización y

flexibilización del sistema. En este sentido considera necesario orientar

la provisión de servicios a las necesidades de salud reales y

prioritarias de la sociedad, a partir de la identificación de las mismas,

mediante los planes de salud de cada Comunidad Autónoma.


8.Impulsar la autonomía de gestión

La modernización organizativa del Sistema Nacional de Salud exige

racionalizar los programas de gasto sanitario público, adoptar modos

organizativos y sistemas de pago que fomenten la eficiencia y la

responsabilización sobre actuaciones y resultados, y procurar altos

niveles de calidad debidamente evaluados y controlados. En esta

dirección, la Subcomisión recomienda:


a)Proseguir en los esfuerzos por separar las funciones de

planificación, financiación, compra y provisión de servicios,

configurando los centros asistenciales como organizaciones autónomas, con

facultades de decisión efectivas y responsables en cuanto a la gestión, y

dotar a los centros de órganos de gobierno operativos y participativos,

independientes de las entidades compradoras y/o financiadoras.


b)Facilitar la extensión de las nuevas formas de gestión a toda la

red asistencial pública, abordando en el seno del Consejo

Interterritorial, con pleno respeto a las competencias en materia

organizativa de las Comunidades Autónomas, la definición de unas

características comunes de la organización interna de los entes o

empresas públicas sanitarias en todas aquellas materias que se consideren

necesarias, atendiendo a las características del servicio que tales

instituciones prestan.


Estas características propias de las organizaciones sanitarias públicas

deben permitir compatibilizar el establecimiento de garantías en la

correcta prestación del servicio público (en materia de equidad en el

acceso de los usuarios a los servicios y garantías en la prestación de

los mismos, régimen presupuestario y económico-financiero, control

patrimonial y régimen de personal) con la aplicación de mayores cotas de

autonomía (dotación de órganos de gobierno propios, vinculación de los

ingresos mediante contratos de los servicios, gestión de flujos de

tesorería y capacidad de autoorganización, entre otros).


c)Controlar la calidad en la asistencia e impulsar su mejora

continua, a través de un sistema general de acreditación de centros y

servicios sanitarios consensuado en el seno del Consejo Interterritorial,

respetando el marco competencial vigente en la materia. La acreditación

debe permitir verificar el cumplimiento por parte de cada institución de

un conjunto de requisitos previamente establecidos.


d)Impulsar la competencia entre proveedores en el marco de un

mercado sanitario regulado, con el soporte de un sistema integrado de

información, fomentando relaciones estables y duraderas entre los agentes

del sistema, instrumentado a través del control y evaluación de los

resultados obtenidos.


9.Atender las preferencias de los usuarios

El Sistema Nacional de Salud debe acomodar las crecientes expectativas de

soberanía individual y participación que acompañan al desarrollo

económico, social y cultural, otorgando a los ciudadanos un mayor

protagonismo del que disfrutan en la actualidad y promoviendo una

organización de los procesos asistenciales --en sus vertientes técnica, y

de servicio y confort-- más acorde con sus preferencias. La Subcomisión

estima necesario:


a)Profundizar en los esfuerzos ya iniciados para reconocer el

derecho a la elección de proveedor, y acometer las reformas organizativas

que lo hagan efectivo (tanto en lo que afecta al paciente como a la

financiación de las instituciones sanitarias).


A este respecto, deberán modificarse las disposiciones de la Ley General

de Sanidad, para establecer la libre elección de médico y centro, ambas

con las limitaciones que la organización de los Servicios imponga y

referidas al ámbito de los Servicios de Salud correspondientes.


Asimismo, se deberá regular el derecho a la información asistencial

comparada y establecer, a este fin, la información sobre calidad

asistencial que estarán obligadas a aportar las instituciones sanitarias

como derecho del usuario y requisito para la provisión de la asistencia

sanitaria en el sector público.


b)Lograr una mayor participación social en todas las instituciones

asistenciales del sistema, fomentando los movimientos asociativos y del

voluntariado, impulsando las comisiones de participación ciudadana, y

mejorando los procedimientos de información y de reclamación.





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10.Potenciar el protagonismo de los profesionales

Los profesionales sanitarios constituyen el principal activo del Sistema

Nacional de Salud. Su motivación y compromiso con la gestión son, sin

lugar a dudas, retos históricos pendientes de resolver en el sistema

público.


Dos factores pueden considerarse el origen de esa situación: la falta de

un adecuado sistema de incentivos y la burocratización y rigidez de las

relaciones profesionales. Para abordar la resolución de este problema, la

Subcomisión considera imprescindible el establecimiento, por ley básica,

de un nuevo modelo de relación laboral para el personal estatutario de

los servicios de salud.


Respetando las competencias en materia sanitaria de las Comunidades

Autónomas es preciso abordar un nuevo régimen de personal compatible con

la autonomía de gestión de los centros, al objeto de alcanzar los

siguientes fines:


a)Regular las peculiaridades del personal estatutario de las

instituciones sanitarias públicas mediante un Estatuto profesional

propio, de carácter básico para todo el sistema, sin perjuicio de su

desarrollo por las Comunidades Autónomas.


b)Fomentar la descentralización de los procesos de selección y

promoción profesional en el plano de las organizaciones proveedoras y

garantizando con criterios objetivos la calidad de los servicios y el

mantenimiento permanente de la motivación personal.


c)Flexibilizar el régimen de dedicación, mediante una mayor

personalización de las condiciones de trabajo, promover nuevas fórmulas

retributivas en las que realmente se prioricen los incentivos a la

actividad y a la calidad, y hacer efectiva la participación de los

profesionales en la toma de decisiones de los centros.


d)Adecuar las plantillas a las necesidades efectivas de las

instituciones, y promover soluciones legales para el ajuste por los

centros de las mismas y regular la negociación colectiva a nivel de

centro, bajo pautas comunes a todo el sistema, por lo que se refiere al

volumen total de empleo en el sector y a las condiciones salariales

básicas.


e)Profesionalizar la función directiva y establecer mecanismos

consecuentes de evaluación de los equipos de dirección.


En el ámbito de la regulación de las profesiones sanitarias, la

Subcomisión considera conveniente:


f)Promover, por ley, una ordenación específica de las profesiones

sanitarias con amplia participación de colegios, sociedades científicas y

asociaciones profesionales.


g)Instar al Gobierno a resolver urgentemente el problema de las

titulaciones pendientes así como adecuar las especialidades sanitarias a

las necesidades asistenciales, profundizando en el sistema de formación

especializada (residencia), a través de criterios de troncalidad dando

paso a especialidades emergentes, y promoviendo las áreas de capacitación

específica. Las Comunidades Autónomas deben participar en este proceso de

forma efectiva, en el seno del Consejo Interterritorial.


IV.COORDINACION TERRITORIAL

11.Completar la descentralización territorial

La implantación efectiva del modelo sanitario de la Ley General de

Sanidad exige la definitiva transferencia de la gestión de la asistencia

de la Seguridad Social, y su red de centros, a todas las Comunidades

Autónomas. La Subcomisión considera necesario dar un impulso político que

cierre el modelo de descentralización territorial, transfiriendo la

asistencia sanitaria a las Comunidades Autónomas del artículo 143 de la

Constitución, y promoviendo un pacto con las corporaciones locales para

que éstas asuman en el futuro un mayor protagonismo asistencial.


Con tales objetivos en perspectiva, la Subcomisión propone:


a)Promover las iniciativas institucionales que sean necesarias para

equiparar las competencias de las Comunidades Autónomas del artículo 143

de la Constitución en materia de asistencia sanitaria.


b)Hacer efectivos los traspasos de los servicios del Insalud,

fijando un plazo para el cierre final del modelo sanitario territorial.


c)Desarrollar, mediante el acuerdo interinstitucional que

corresponda, una mayor presencia en la actividad asistencial de las

corporaciones locales.


La Subcomisión considera que los procesos de descentralización sanitaria

no deben limitarse a la transferencia de la red asistencial actualmente

gestionada por la Administración General del Estado a las Comunidades

Autónomas. Es preciso, además, que el impulso a la descentralización

administrativa se lleve a cabo también en el ámbito de cada una de las

Comunidades Autónomas, en un proceso abierto de participación local y

social y de autonomía creciente de las instituciones en la toma de

decisiones que les conciernen.


12.Promover la cooperación y coordinación territorial

La culminación del proceso de transferencias debe permitir una

reconsideración a fondo del ejercicio efectivo de la función de

coordinación del sistema que corresponde al Ministerio de Sanidad y

Consumo. En un escenario de plena descentralización la dirección del

Sistema Nacional de Salud ha de desarrollarse fundamentalmente en la

búsqueda del consenso y la participación de las Comunidades Autónomas.


Estas, a su vez, han de contribuir al mantenimiento de la identidad común

del sistema de acuerdo a los principios de lealtad institucional y

cooperación recíproca.


Con ese objetivo, el Ministerio deberá potenciar el desarrollo de sus

funciones de coordinación principalmente a través del Consejo

Interterritorial, más por la vía de generación de valor como unidad

central y arbitral del sistema, que a través del ejercicio unilateral de

su posición jerárquica o de sus competencias privativas.


El cierre del modelo territorial obliga no sólo al Estado sino a todos

los agentes del sistema sanitario a avanzar en la configuración de un

Sistema Nacional de Salud que, sin perjuicio de la autonomía de gestión

de las Comunidades Autónomas, garantice unos elementos básicos




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comunes: financiación, planificación integrada e información recíproca.


En este sentido, la Subcomisión considera necesario, al margen de las

iniciativas específicas de coordinación recogidas en los capítulos

anteriores, abordar los siguientes retos: a)Perfilar el contenido de la

función financiera, especialmente en lo que se refiere, a la definición

de criterios de financiación de la sanidad pública y al establecimiento

de los sistemas de información y estadísticas económico-sanitarias

comunes.


b)Poner en marcha, en el seno del Consejo Interterritorial,

instrumentos de coordinación normativa entre el Estado y las Comunidades

Autónomas para el desarrollo jurídico armónico de los aspectos

fundamentales del Sistema Nacional de Salud.


c)Renovar, bajo las directrices del Consejo Interterritorial, los

contenidos de la planificación integrada y dotar de medios específicos a

la misma, así como potenciar los programas sectoriales conjuntos,

orientando estas actividades hacia nuevos enfoques en materia de salud

pública, mediante iniciativas compensatorias y actuaciones conjuntas

sobre los grupos sociales más vulnerables y los mayores factores de

riesgo.


d)Definir el modelo central de información, con participación,

financiación y control común, de la Administración General del Estado y

de las Comunidades Autónomas.


e)Redefinir la Alta Inspección Sanitaria, que deberá ser

fundamentalmente el instrumento específico de garantía de la equidad en

el acceso a las prestaciones y de la inexistencia de discriminaciones,

instando al Gobierno a que regule reglamentariamente el ejercicio de sus

funciones, de acuerdo a las directrices del Consejo Interterritorial.


La Subcomisión sugiere al Gobierno que aborde, en el seno del Consejo

Interterritorial, nuevas iniciativas para el desarrollo del mandato

constitucional de «coordinación general de la Sanidad», entre otros

sectores, en materia de aseguramiento, política de personal, acreditación

y evaluación, ordenación de prestaciones, investigación

científico-técnica, y, especialmente, en salud pública.


La Subcomisión parlamentaria sugiere al Gobierno avanzar en la encomienda

a las Comunidades Autónomas, dentro de su ámbito territorial respectivo,

de la prestación de los servicios y el desempeño de las actuaciones

ejecutivas y de inspección y control que en materia sanitaria

corresponden al Estado con el fin de optimizar los recursos y conferir

mayor eficiencia al sistema.


13.Reforzar el Consejo Interterritorial

La descentralización del sistema sanitario y los avances en la

cooperación y coordinación territorial requieren un reforzamiento del

papel del Consejo Interterritorial en el futuro. En esa línea será

necesario promover, mediante la iniciativa legislativa y la acción

política, un importante salto cualitativo en la configuración de las

funciones y en la capacidad de aunar voluntades que ha de corresponder al

Consejo, cuya función, como órgano de intercambio, de información

recíproca y de puesta en común ha de incrementarse en el futuro.


La Subcomisión manifiesta, pues, la necesidad de fortalecer el papel de

este órgano como el instrumento esencial de vertebración del sistema

sanitario.


En este espíritu, las iniciativas fundamentales que deberán abordarse,

mediante las reformas legales o institucionales que correspondan, son las

siguientes:


a)Revisar su naturaleza jurídica y configuración administrativa,

otorgándole mayores facultades de decisión, y ampliar sus funciones como

órgano a través del cual se ha de instrumentar, preferentemente, la

fijación de las bases --sin perjuicio de su formal establecimiento por

ley--, la coordinación general sanitaria y los criterios generales de la

Alta Inspección.


b)Modificar su composición, suprimiendo su carácter paritario, y

establecer un nuevo régimen de acuerdos, --incluida la posibilidad de

introducir el voto ponderado según los casos-- que vincule de un modo más

operativo a todos sus miembros, utilizando, entre otros instrumentos, la

figura de los Convenios de Conferencia Sectorial.


c)Promover la participación en el Consejo de los diferentes agentes

que concurren en el sistema sanitario (organizaciones sindicales y

empresariales, de consumidores y usuarios, corporaciones profesionales

sanitarias, universidades y entidades científicas) mediante la

modificación, por ley, del Comité Consultivo.


d)Y, por último, dotar al Consejo Interterritorial y a todos sus

órganos de una estructura de soporte operativa que cuente con los medios

personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus cometidos y

el seguimiento de sus acuerdos.


Es voluntad de los grupos parlamentarios firmantes de este Acuerdo que

las iniciativas y las medidas que aquí se proponen propicien el más

amplio consenso institucional posible, en el mismo espíritu que ha

inspirado, recientemente, los pactos parlamentarios y sociales de

pensiones y empleo.


El objetivo de los trabajos de esta Subcomisión no ha sido otro que el de

favorecer un clima de entendimiento entre todos los grupos parlamentarios

--representantes de la soberanía popular-- a fin de superar

confrontaciones partidistas sobre el futuro de la sanidad, evitando que

se transmita a la población inquietud alguna sobre el mantenimiento de

los niveles alcanzados en la asistencia sanitaria española.


Estas propuestas pretenden ser un programa realista de futuro que ha de

inspirar la evolución de nuestro Sistema Nacional de Salud, elemento

fundamental de justicia y cohesión social, cuyos principios de

aseguramiento, financiación, organización y gestión, y cuyo modelo

territorial deben consolidarse y modernizarse con el apoyo de todos los

agentes y grupos sociales, la participación de los profesionales y de la

ciudadanía, como seña de identidad común de nuestro Estado democrático y

autonómico de derecho.


Palacio del Congreso de los Diputados, a 18 de diciembre de 1997.