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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 205, de 17/11/1997
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BOLETIN OFICIAL

DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie D:


GENERAL 17 de noviembre de 1997 Núm. 205

Composición y organización de la Cámara

PLENO

051/000002 Composición del Pleno (Página 2)

GRUPOS PARLAMENTARIOS

010/000008 Composición de los Grupos Parlamentarios (Página 2)

Control de la acción del Gobierno

PROPOSICIONES NO DE LEY

Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca

161/000711

162/000175 Pasa a tramitarse como Proposición no de Ley ante el Pleno la

presentada por el Grupo Socialista del Congreso, relativa a la inclusión

de la Organización Común de Mercado (OCM) del aceite de oliva en la

Agenda 2000 (Página 2)

Comisión de Política Social y Empleo

161/000697 Aprobación, con modificaciones, de la Proposición no de

Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre

colaboración voluntaria de las empresas en el abono de la incapacidad

temporal, así como enmienda formulada a la misma (Página 2)

Otros textos

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS

154/000003 Informe de la Subcomisión, constituida en el seno de la

Comisión de Sanidad y Consumo, para avanzar en la consolidación del

Sistema Nacional de Salud mediante el estudio de las medidas necesarias

para garantizar un marco financiero estable y modernizar el Sistema

Sanitario manteniendo los principios de universalidad y equidad en el

acceso, y aprobación del citado Informe por la mencionada Comisión, así

como votos particulares presentados a ambos (Página 3)




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COMPOSICION Y ORGANIZACION DE LA CAMARA

De conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena

la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes Generales de los

cambios habidos en la composición de la Cámara:


PLENO

051/000002

A) Relación por orden alfabético de Señores Diputados que han adquirido

la plena condición de Diputado.


Baja:


CABALLERO ALVAREZ, Abel Ramón 04-11-97

Alta:


SILVA REGO, María del Carmen 11-11-97

B) Relación de Diputados que han presentado su credencial, por

circunscripciones.


Pontevedra

SILVA REGO, María del Carmen PSOE

C) Relación de Diputados por orden de presentación de credenciales.


Nombre: SILVA REGO, María del Carmen

Circunscripción: Pontevedra

Número: 377

Fecha: 11 de noviembre de 1997

Formación electoral: PSOE

GRUPOS PARLAMENTARIOS

010/000008

Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya

(010/000001)

Nueva denominación: Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida

Bajas:


SAURA LAPORTA, Joan 28-10-97

RIVADULLA GRACIA, Mercé 28-10-97

Número de miembros al 28 de octubre de 1997: 16

Grupo Parlamentario Mixto (010/000004)

Altas:


SAURA LAPORTA, Joan 28-10-97

RIVADULLA GRACIA, Mercé 28-10-97

Número de miembros al 28 octubre de 1997: 10

Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


CONTROL DE LA ACCION DEL GOBIERNO

PROPOSICIONES NO DE LEY

Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca

161/000711

162/000175

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


AUTOR: Grupo Socialista del Congreso.


Solicitud de que su Proposición no de Ley relativa a la inclusión de la

Organización Común de Mercado (OCM) del aceite de oliva en la Agenda

2000, sea debatida en el Pleno de la Cámara.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad y considerando que solicita el debate

de la iniciativa ante el Pleno, disponer su conocimiento por el Pleno de

la Cámara, dando traslado al Gobierno y publicar en el BoletIn Oficial de

las Cortes Generales, así como notificarlo a la Comisión de Agricultura,

Ganadería y Pesca y al Grupo proponente (nuevo núm. expte. 162/000175).


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


Nota:La iniciativa de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de

los Diputados», serie D, núm. 202, de 11 de noviembre de 1997 con el núm.


expte. 161/000071.


Comisión de Política Social y Empleo

161/000697

La Comisión de Política Social y Empleo en su sesión del día 11 de

noviembre de 1997, ha acordado aprobar, con modificaciones, la

Proposición no de Ley sobre colaboración voluntaria de las empresas en el

abono de la incapacidad temporal (núm. expte. 161/000697), presentada




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por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el «BOCG. Congreso de

los Diputados», serie D, núm. 192, de 21 de octubre de 1997, en los

siguientes términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que aplique en sus

términos estrictos, lo establecido en el artículo 77.1.d) del Real

Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el

texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, respecto de la

colaboración voluntaria de las empresas en el pago directo de las

prestaciones económicas por incapacidad temporal, y, en su caso,

desarrolle las normas que permitan sancionar a las empresas que,

acogiéndose a esta forma de colaboración, deriven el pago directo de

estas prestaciones a otras entidades, cualquiera que sea su naturaleza y

modalidad.»

A dicha Proposición no de Ley se formuló 1 enmienda, cuyo texto,

asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97

del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa de la Comisión de Política Social y Empleo

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y

siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,

presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley presentada por

el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso en materia de colaboración

voluntaria de las empresas en el abono de la incapacidad temporal (núm.


expte. 161/000697), para su debate en Comisión.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 1997.--El

Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Jesús Caldera

Sánchez-Capitán.


Enmienda

De sustitución.


Se propone la siguiente redacción:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que aplique, en sus

términos estrictos, lo establecido en el artículo 77.1.d) del Real

Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, respecto de la

colaboración voluntaria de las empresas en el pago directo de las

prestaciones económicas por incapacidad temporal, impidiendo y, en su

caso, sancionando a las empresas que, acogiéndose a esta forma de

colaboración, deriven el pago directo de estas prestaciones a otras

entidades, cualquiera que sea su naturaleza y modalidad.»

OTROS TEXTOS

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS

154/000003

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la

Cámara, se ordena la publicacion en el BoletIn Oficial de las Cortes

Generales, del Informe emitido por la Subcomision para avanzar en la

consolidación del Sistema Nacional de Salud mediante el estudio de las

medidas necesarias para garantizar un marco financiero estable y

modernizar el Sistema Sanitario manteniendo los principios de

universalidad y equidad en el acceso (núm. expte. 154/000003) y los votos

particulares presentados al mismo, así como del texto aprobado por la

Comisión de Sanidad y Consumo, con modificaciones, y de los votos

particulares mantenidos al mismo.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 1997.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


INFORME DE LA SUBCOMISION PARA AVANZAR EN LA CONSOLIDACION DEL SISTEMA

NACIONAL DE SALUD MEDIANTE EL ESTUDIO DE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA

GARANTIZAR UN MARCO FINANCIERO ESTABLE Y MODERNIZAR EL SISTEMA SANITARIO

MANTENIENDO LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD Y EQUIDAD EN EL ACCESO

(154/000003)

El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 11 de junio

de 1996, acordó, con motivo de una proposición no de ley presentada por

el Grupo Parlamentario Popular, constituir, en el seno de la Comisión de

Sanidad y Consumo, una Subcomisión para el estudio de las reformas

necesarias para modernizar el sistema sanitario y garantizar su

viabilidad futura.


Tras un amplio período de tiempo, en el que se han sucedido numerosas

comparecencias y se han desarrollado, al hilo de las mismas, debates

internos entre sus miembros, la Subcomisión ha acordado elevar al Pleno

de la Cámara, para su debate y aprobación definitiva, las propuestas que

a continuación se recogen.





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Estas propuestas se articulan en torno a los cuatro grandes capítulos

sobre los que se ha centrado el trabajo de la Subcomisión, esto es (I)

aseguramiento y prestaciones, (II) financiación, (III) organización y

gestión y (IV) coordinación territorial. Las propuestas, que adoptan la

forma de trece recomendaciones generales, desarrolladas, a su vez, en una

serie de medidas concretas, son las siguientes:


I. ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES

1. Consolidar el aseguramiento sanitario universal.


2. Garantizar las prestaciones sanitarias.


3. Instrumentar alternativas para la asistencia sociosanitaria.


4. Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación

farmacéutica.


II. FINANCIACION SANITARIA

5. Asegurar un marco financiero estable.


6. Garantizar la suficiencia financiera y la equidad territorial.


III. ORGANIZACION Y GESTION

7. Orientar el sistema sanitario a las necesidades de salud.


8. Impulsar la autonomía de gestión.


9. Atender las preferencias de los usuarios.


10. Potenciar el protagonismo de los profesionales.


IV. COORDINACION TERRITORIAL

11. Completar la descentralización territorial.


12. Promover la cooperación y la coordinación territorial.


13. Reforzar el Consejo Interterritorial.


I. ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES

1. Consolidar el aseguramiento sanitario universal.


El sistema sanitario público, resultado del esfuerzo colectivo de varias

generaciones, es un importante elemento de justicia redistributiva y de

cohesión social que se ha de consolidar atendiendo a los principios

básicos de universalidad, equidad, solidaridad y aseguramiento público y

único.


La Subcomisión manifiesta la necesidad de redefinir y consolidar el

aseguramiento sanitario público como mecanismo de cobertura social frente

al riesgo ordinario de los ciudadanos en relación con su salud, mediante

la reforma legal adecuada, que permita:


a) Fijar los contenidos y el carácter del derecho a la asistencia

sanitaria como derecho público subjetivo, personal y no contributivo, y

garantizar tanto la igualdad del contenido del derecho de cada uno de los

ciudadanos, sin que existan discriminaciones por razones personales,

profesionales o territoriales, como el acceso equitativo a sus contenidos

materiales.


b) Llevar a cabo la universalización efectiva del derecho a la

asistencia sanitaria, extendiéndolo a todos los grupos sociales, y

desvinculándolo de los regímenes de afiliación de la Seguridad Social.


c) Precisar --en el marco del aseguramiento público-- el papel a

desarrollar por las distintas entidades, especialmente por las actuales

mutualidades administrativas, en la gestión y provisión del aseguramiento

y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la pluralidad de formas

existentes.


d) Habilitar instrumentos efectivos de acreditación individual

sanitaria (tarjeta sanitaria personal), estableciendo mecanismos de

identificación compatibles en todo el Sistema Nacional de Salud, y

conferir a las Administraciones sanitarias las funciones que actualmente

se desarrollan en el marco de la Seguridad Social en materias

relacionadas con el aseguramiento sanitario y la asistencia a ciudadanos

extranjeros sujetos a convenios internacionales en materia sanitaria.


2. Garantizar las prestaciones sanitarias.


La Subcomisión considera necesario profundizar en la estrategia de

ordenación normativa de las prestaciones, concebida como un elemento

fundamental de determinación de los contenidos del derecho a la

asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.


La ordenación de prestaciones ha de ser más que un mandato normativo fijo

en el tiempo, un proceso participativo y dinámico que defina los

contenidos y las garantías de la asistencia sanitaria, y contribuya a

racionalizar la oferta asistencial.


La ordenación de prestaciones deberá realizarse por ley, previo informe

del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que determine,

entre otros, los siguientes contenidos:


a) Las competencias de ordenación de manera que, en el nivel

central, y previo acuerdo del Consejo Interterritorial, se fijará el

catálogo de prestaciones comunes en el conjunto del Sistema Nacional de

Salud, y expresamente se detallarán las prestaciones asociadas a nuevas

tecnologías, las ligadas a facturación entre servicios, y aquéllas cuya

indefinición pudiese generar graves desigualdades en su utilización. Las

Comunidades Autónomas con competencias sanitarias plenas podrán

complementar este catálogo estableciendo prestaciones adicionales con

cargo a sus fondos propios.


b) Las garantías básicas de las prestaciones relativas a equidad en

el acceso, libre elección, información, derechos de reclamación y

reintegro, calidad y tiempos de espera.


c) La financiación selectiva de prestaciones con cargo al Sistema

Nacional de Salud, que deberán diferenciarse según criterios de

necesidad, utilidad asistencial y social, y coste/efectividad.


En todo caso la incorporación de nuevas prestaciones se vinculará a

fondos específicos, como garantía futura de suficiencia financiera.


La Subcomisión estima que deben elaborarse y ponerse a disposición de los

ciudadanos unas Cartas de Servicios sanitarios que traduzcan a un

lenguaje no tecnificado los contenidos de los catálogos de prestaciones.


Las Cartas deberán precisar cuáles son las prestaciones a que tiene

derecho el usuario y qué mecanismos pueden arbitrarse para exigirlas; con

ello se conseguirán




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nuevas prácticas de información y transparencia, que evitarán errores en

la práctica de las prestaciones y clarificarán objetivos de calidad en

relación a las mismas.


Los usuarios deberán participar en la confección de las Cartas, a fin de

desarrollar su papel propio en la selección de los servicios.


En el ámbito de la ordenación de prestaciones la Subcomisión recomienda

al Consejo Interterritorial el establecimiento de un programa de

evaluación de tecnologías sanitarias que defina, con carácter anual, las

prioridades que se han de seguir sobre esta última cuestión.


Este programa se hará efectivo contando con la participación de los

diferentes organismos o agencias de evaluación de tecnologías sanitarias

dependientes de las distintas Administraciones competentes. A este

respecto, es necesario recabar también la colaboración de las sociedades

científicas que agrupan a los profesionales especialistas en cada

materia.


Las tecnologías en proceso de evaluación se considerarán en fase de

experimentación, financiándose por vías alternativas a la de la atención

sanitaria, en concepto de investigación clínica.


En cuanto a la garantía de los tiempos de espera, la Subcomisión

recomienda la constitución, en el seno del Consejo Interterritorial, de

una comisión de prioridades, encargada de indicar, para aquellos

procedimientos diagnósticos o terapéuticos que se consideren prioritarios

--por resolver o paliar situaciones de incapacitación, de especial

gravedad y/o urgencia, o condicionar graves penalidades o sufrimientos--,

tiempos máximos de espera, superados los cuales, el paciente tendrá

derecho a ser inmediatamente asistido en el centro donde determine el

correspondiente Servicio de Salud/Insalud.


3. Instrumentar alternativas para la asistencia sociosanitaria.


Ante los significativos cambios demográficos --derivados del aumento de

la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad--, y los patrones de

morbilidad que se observan en España, la Subcomisión considera necesario

impulsar, en coordinación con los responsables de la política social,

iniciativas para la asistencia sociosanitaria, que, entre otras se

concretan en:


a) Diferenciar las prestaciones sanitarias de las actividades

asistenciales de carácter estrictamente social. La Subcomisión recomienda

la fijación, por ley, de los criterios de diferenciación, considerando

sociales --y no sanitarias-- aquellas prestaciones que supongan la

sustitución o colaboración del apoyo familiar y/o en el autocuidado, las

de carácter residencial, y las paliativas de dificultades económicas.


b) Promover el desarrollo de una red de asistencia sociosanitaria

que, bajo los principios de descentralización administrativa,

participación social y contribución económica de los usuarios a la

asistencia --en función de la capacidad económica y del tipo de

asistencia que se preste-- está dotada de unidades especializadas de

asistencia en régimen abierto, y de media y larga estancia, y fomente la

creación de nuevas alternativas asistenciales de acogida familiar y ayuda

a domicilio.


c) Coordinar a las Administraciones sanitarias y sociales en la

organización y mantenimiento de esta red sociosanitaria.


d) Estructurar dentro de la asistencia sanitaria pública una

adecuada red de centros de atención a la salud mental.


La Subcomisión entiende necesario involucrar a la sociedad, en su

conjunto, y a las familias, en particular, en la atención sociosanitaria.


En este sentido, la Subcomisión insta al Gobierno a:


e) promover incentivos para las asociaciones de pacientes y las

organizaciones de voluntariado social, f) fomentar la iniciativa social

en el sector --mediante la apertura de líneas de créditos blandos para

infraestructuras, planificación de la intervención pública y apoyo a la

gestión de los centros--, y

g) reconocer de forma efectiva el papel asistencial de las familias

en la dedicación personal que prestan sus miembros a los enfermos

crónicos y a los ancianos.


4. Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación

farmacéutica.


Como respuesta al elevado ritmo de crecimiento del coste de la prestación

farmacéutica, que representa aproximadamente una quinta parte del gasto

sanitario total, la Subcomisión considera necesaria la implantación de

nuevos instrumentos de racionalización y control de la prestación

farmacéutica, que, manteniendo sus altos niveles de calidad y

accesibilidad, hagan partícipe de la evolución de la misma a todos los

sectores y agentes implicados, incluidos los usuarios, y que se orienten,

entre otros, hacia los siguientes objetivos:


a) Establecer la progresiva separación entre registro y financiación

por el Sistema Nacional de Salud de las nuevas especialidades

farmacéuticas y regular la posibilidad de financiación selectiva --en

algunos medicamentos-- tan sólo de determinadas indicaciones.


b) Promover los medicamentos genéricos e implantar precios de

referencia. En esta línea, además de regular el régimen de registro y

autorización de medicamentos genéricos, se habrán de impulsar las

autorizaciones administrativas de estas especialidades y promover su

implantación en los hábitos de prescripción y dispensación del sistema.


Todo ello debe hacerse velando para mantener el equilibrio que haga

posible la inversión a los laboratorios que desarrollan patentes, ya que

estas empresas son las principales protagonistas en la investigación de

nuevos medicamentos, que las Administraciones sanitarias deben fomentar.


c) Mejorar los instrumentos de gestión de la prestación,

especialmente, mediante la identificación de los datos del paciente y la

mecanización de los mismos en la facturación de las recetas, y la mayor

participación de los profesionales, que han de contar con una información

rigurosa sobre medicamentos y con incentivos e instrumentos de gestión

tales como el establecimiento de presupuestos farmacéuticos en cada

unidad asistencial, entre otros.


La Subcomisión recomienda al Gobierno, asimismo, que promueva la

modificación de la Ley del Medicamento, regulando la facultad de

sustitución de especialidades por los farmacéuticos, teniendo en cuenta

los precios de referencia y la libertad de prescripción facultativa sobre

principios activos y no sobre especialidades, a fin de que las

Administraciones Sanitarias dispongan de instrumentos




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adecuados para aplicar la política de medicamentos genéricos y precios de

referencia que establezca el Gobierno.


La Subcomisión estima necesario promover una mayor participación de las

Oficinas de Farmacia en las actividades sanitarias complementarias de sus

zonas de salud respectivas, y un mayor compromiso de las mismas en los

programas de uso racional del medicamento y control del gasto

correspondiente.


Por último, por lo que se refiere a la participación de las Oficinas de

Farmacia en el coste de la prestación, la Subcomisión estima que los

márgenes del sector de Oficinas de Farmacia deberían, en el futuro,

escalonarse según el precio del medicamento, tendiendo a fijar --con la

participación del sector-- dentro de estos márgenes una cuantía

atribuible al acto profesional de la dispensación.


II. FINANCIACION SANITARIA

5. Asegurar un marco financiero estable.


La elevada tasa de crecimiento del gasto sanitario es un motivo de grave

preocupación en España y en otros países occidentales por la dificultad

de adaptar la capacidad de financiación pública al crecimiento del propio

gasto sanitario.


Por una parte, el control del crecimiento del gasto exige la adopción de

mejoras en la gestión de los recursos destinados a Sanidad. Por otra

parte, el crecimiento del gasto se debe a factores exógenos a la gestión,

tales como el envejecimiento de la población, cambios en los patrones de

morbilidad y mortalidad, crecimiento de las expectativas de los

ciudadanos en cuanto a las prestaciones sanitarias y demanda de cuidados

sanitarios y mayores posibilidades de curación, incorporación de nuevas

tecnologías que no siempre tienen carácter sustitutivo, entre otros.


Estas presiones estructurales sobre el gasto sanitario exigen la adopción

de medidas igualmente estructurales para hacer viable financieramente el

sistema sanitario público a largo plazo. Estas medidas revisten una

especial importancia en un contexto de interdependencia económica en el

plano internacional que, en nuestro caso, se concreta en la necesidad de

cumplir los criterios de convergencia establecidos en el Tratado de

Maastricht. Sin embargo, la convergencia con Europa debe atender, no sólo

a los indicadores económicos, sino también a la necesidad de equiparación

en términos de bienestar y de cohesión social.


En consecuencia, tanto desde el punto de vista de creación de empleo,

dinamización de la economía y racionalidad en la cobertura financiera del

gasto público, como desde el punto de vista de su contribución a la

cohesión social y a la salud de la población, es necesario dotar al

presupuesto sanitario con cifras realistas que cubran la financiación de

las prestaciones y servicios que ofrece el sistema sanitario.


En este contexto, la Subcomisión considera necesario:


a) Establecer una base presupuestaria adecuada y realista, tanto

como punto de partida para el próximo cuatrienio como en lo relativo a

los criterios de crecimiento interanual. En virtud de la mayor dotación

de esta nueva base financiera --proporcional a las necesidades presentes

y realista de cara a la evolución futura-- el Presupuesto sanitario, a lo

largo del próximo cuatrienio, experimentará un incremento en términos de

su participación en el PIB nominal.


b) Instar al Gobierno para que en el Consejo de Política Fiscal y

Financiera, con anterioridad a la aprobación del nuevo Acuerdo financiero

para el cuatrienio 1998-2001 y a partir de las propuestas iniciales

expuestas por el Gobierno, se determinen los recursos adicionales a

aportar al Sistema Nacional de Salud en el ejercicio de 1998 y

siguientes, para alcanzar una base presupuestaria adecuada y realista, y,

en su caso, las fuentes de financiación que procedan.


c) Hacer explícitas las fuentes de financiación de las variaciones

de gasto, con carácter previo a la adopción de cualquier medida de

definición de nuevas coberturas y prestaciones con el fin de evitar, en

el futuro, la conculcación del principio de suficiencia financiera.


6. Garantizar la suficiencia y la equidad en la distribución territorial.


El Acuerdo de financiación vigente (1994-1997), siguiendo lo establecido

en la Ley General de Sanidad, contempla un reparto basado en el criterio

de población protegida, tomando como referencia la población de derecho

del censo de marzo de 1991, a la que se resta el número de personas

integradas en los colectivos del mutualismo administrativo que reciben

asistencia sanitaria a través de entidades de seguro libre.


Cualquier esquema de financiación ordinaria sin un núcleo capitativo

tiene difícil justificación teórica en un servicio asistencial que se

reconoce universal. Por lo tanto y con independencia de cualquier otro

criterio que pudiera estimarse conveniente para contemplar las

diferencias de coste entre Comunidades Autónomas (la estructura

demográfica o los desplazamientos de población, por ejemplo), el modelo

de financiación territorial debe mantener como núcleo básico el criterio

de población protegida.


Por otra parte, el nuevo Acuerdo de financiación deberá adaptarse al

horizonte, necesariamente cercano, de cierre del modelo asistencial

recogido en la Ley General de Sanidad. Así, la distribución territorial

de recursos debe contemplar y hacer posible las transferencias

pendientes, y considerar a largo plazo la integración y homologación

progresiva de la sanidad en la financiación autonómica.


Teniendo en cuenta estas orientaciones generales, la Subcomisión acuerda:


a) Emplazar a las autoridades financieras del Estado y de las

Comunidades Autónomas, y al Consejo de Política Fiscal y Financiera, a

abordar de inmediato las bases de un nuevo Acuerdo de financiación

cuatrienal para el período 1998/2001, en el cual, respetando los

principios de suficiencia y estabilidad financiera, se deberán establecer

instrumentos para lograr una mayor disciplina presupuestaria.


b) Mantener, en el nuevo modelo de financiación para el próximo

cuatrienio, el criterio de capitación como regla de distribución,

perfeccionado, en su caso, por otros criterios, pudiendo incluir fondos

específicos para financiar los gastos por desplazados, docencia u otros

factores que determinan la variabilidad de costes entre Comunidades

Autónomas.


En todo caso, continuará siendo de aplicación para las Comunidades

Autónomas del País Vasco y Navarra lo previsto en la Disposición

Adicional Primera de la Ley General de Sanidad.





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c) Instar al Consejo de Política Fiscal y Financiera a abordar,

durante el período de vigencia del nuevo Acuerdo, la incorporación

posterior de la financiación sanitaria en la financiación autonómica,

sobre la base de criterios de integración progresiva y corresponsabilidad

fiscal.


III. ORGANIZACION Y GESTION

7. Orientar el sistema a las necesidades de salud.


La Subcomisión es consciente de las presiones a que están sometidas las

organizaciones sanitarias y de la necesidad de modernización y

flexibilización del sistema. En este sentido considera necesario orientar

la provisión de servicios a las necesidades de salud reales y

prioritarias de la sociedad, a partir de la identificación de las mismas,

mediante los planes de salud de cada Comunidad Autónoma.


8. Impulsar la autonomía de gestión.


La modernización organizativa del Sistema Nacional de Salud exige

racionalizar los programas de gasto sanitario público, adoptar modos

organizativos y sistemas de pago que fomenten la eficiencia y la

responsabilización sobre actuaciones y resultados, y procurar altos

niveles de calidad debidamente evaluados y controlados. En esta

dirección, la Subcomisión recomienda:


a) Proseguir en los esfuerzos por separar las funciones de

planificación, financiación, compra y provisión de servicios,

configurando los centros asistenciales como organizaciones autónomas, con

facultades de decisión efectivas y responsables en cuanto a la gestión, y

dotar a los centros de órganos de gobierno operativos y participativos,

independientes de las entidades compradoras y/o financiadoras.


b) Facilitar la extensión de las nuevas formas de gestión a toda la

red asistencial pública, abordando en el seno del Consejo

Interterritorial, con pleno respeto a las competencias en materia

organizativa de las Comunidades Autónomas, la definición de unas

características comunes de la organización interna de los entes o

empresas públicas sanitarias en todas aquellas materias que se consideren

necesarias, atendiendo a las características del servicio que tales

instituciones prestan.


Estas características propias de las organizaciones sanitarias públicas

deben permitir compatibilizar el establecimiento de garantías en la

correcta prestación del servicio público (en materia de equidad en el

acceso de los usuarios a los servicios y garantías en la prestación de

los mismos, régimen presupuestario y económico-financiero, control

patrimonial y régimen de personal) con la aplicación de mayores cotas de

autonomía (dotación de órganos de gobierno propios, vinculación de los

ingresos mediante contratos de los servicios, gestión de flujos de

tesorería y capacidad de autoorganización, entre otros).


c) Controlar la calidad en la asistencia e impulsar su mejora

continua, a través de un sistema general de acreditación de centros y

servicios sanitarios consensuado en el seno del Consejo Interterritorial,

respetando el marco competencial vigente en la materia. La acreditación

debe permitir verificar el cumplimiento por parte de cada institución de

un conjunto de requisitos previamente establecidos.


d) Impulsar la competencia entre proveedores en el marco de un

mercado sanitario regulado, con el soporte de un sistema integrado de

información, fomentando relaciones estables y duraderas entre los agentes

del sistema, instrumentado a través del control y evaluación de los

resultados obtenidos.


9. Atender las preferencias de los usuarios.


El Sistema Nacional de Salud debe acomodar las crecientes expectativas de

soberanía individual y participación que acompañan al desarrollo

económico, social y cultural, otorgando a los ciudadanos un mayor

protagonismo del que disfrutan en la actualidad y promoviendo una

organización de los procesos asistenciales --en sus vertientes técnica, y

de servicio y confort-- más acorde con sus preferencias. La Subcomisión

estima necesario:


a) Profundizar en los esfuerzos ya iniciados para reconocer el

derecho a la elección de proveedor, y acometer las reformas organizativas

que lo hagan efectivo (tanto en lo que afecta al paciente como a la

financiación de las instituciones sanitarias).


A este respecto, deberán modificarse las disposiciones de la Ley General

de Sanidad, para establecer la libre elección de médico y centro, ambas

con las limitaciones que la organización de los Servicios imponga y

referidas al ámbito de los Servicios de Salud correspondientes.


Asimismo, se deberá regular el derecho a la información asistencial

comparada y establecer, a este fin, la información sobre calidad

asistencial que estarán obligadas a aportar las instituciones sanitarias

como derecho del usuario y requisito para la provisión de la asistencia

sanitaria en el sector público.


b) Lograr una mayor participación social en todas las instituciones

asistenciales del sistema, fomentando los movimientos asociativos y del

voluntariado, impulsando las comisiones de participación ciudadana, y

mejorando los procedimientos de información y de reclamación.


10. Potenciar el protagonismo de los profesionales.


Los profesionales sanitarios constituyen el principal activo del Sistema

Nacional de Salud. Su motivación y compromiso con la gestión son, sin

lugar a dudas, retos históricos pendientes de resolver en el sistema

público.


Dos factores pueden considerarse el origen de esa situación: la falta de

un adecuado sistema de incentivos y la burocratización y rigidez de las

relaciones profesionales. Para abordar la resolución de este problema, la

Subcomisión considera imprescindible el establecimiento, por ley básica,

de un nuevo modelo de relación laboral para el personal estatutario de

los servicios de salud.


Respetando las competencias en materia sanitaria de las Comunidades

Autónomas es preciso abordar un nuevo régimen de personal compatible con

la autonomía de gestión de los centros, al objeto de alcanzar los

siguientes fines:


a) Regular las peculiaridades del personal estatutario de las

instituciones sanitarias públicas mediante un Estatuto profesional

propio, de carácter básico para todo el sistema, sin perjuicio de su

desarrollo por las Comunidades Autónomas.





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b) Fomentar la descentralización de los procesos de selección y

promoción profesional en el plano de las organizaciones proveedoras y

garantizando con criterios objetivos la calidad de los servicios y el

mantenimiento permanente de la motivación personal.


c) Flexibilizar el régimen de dedicación, mediante una mayor

personalización de las condiciones de trabajo, promover nuevas fórmulas

retributivas en las que realmente se prioricen los incentivos a la

actividad y a la calidad, y hacer efectiva la participación de los

profesionales en la toma de decisiones de los centros.


d) Adecuar las plantillas a las necesidades efectivas de las

instituciones, y promover soluciones legales para el ajuste por los

centros de las mismas y regular la negociación colectiva a nivel de

centro, bajo pautas comunes a todo el sistema, por lo que se refiere al

volumen total de empleo en el sector y a las condiciones salariales

básicas.


e) Profesionalizar la función directiva y establecer mecanismos

consecuentes de evaluación de los equipos de dirección.


En el ámbito de la regulación de las profesiones sanitarias, la

Subcomisión considera conveniente:


f) Promover, por ley, una ordenación específica de las profesiones

sanitarias con amplia participación de colegios, sociedades científicas y

asociaciones profesionales.


g) Instar al Gobierno a resolver urgentemente el problema de las

titulaciones pendientes así como adecuar las especialidades sanitarias a

las necesidades asistenciales, profundizando en el sistema de formación

especializada (residencia), a través de criterios de troncalidad dando

paso a especialidades emergentes, y promoviendo las áreas de capacitación

específica. Las Comunidades Autónomas deben participar en este proceso de

forma efectiva, en el seno del Consejo Interterritorial.


IV. COORDINACION TERRITORIAL

11. Completar la descentralización territorial.


La implantación efectiva del modelo sanitario de la Ley General de

Sanidad exige la definitiva transferencia de la gestión de la asistencia

de la Seguridad Social, y su red de centros, a todas las Comunidades

Autónomas. La Subcomisión considera necesario dar un impulso político que

cierre el modelo de descentralización territorial, transfiriendo la

asistencia sanitaria a las Comunidades Autónomas del artículo 143 de la

Constitución, y promoviendo un pacto con las corporaciones locales para

que éstas asuman en el futuro un mayor protagonismo asistencial.


Con tales objetivos en perspectiva, la Subcomisión propone:


a) Promover las iniciativas institucionales que sean necesarias para

equiparar las competencias de las Comunidades Autónomas del artículo 143

de la Constitución en materia de asistencia sanitaria.


b) Hacer efectivos los traspasos de los servicios del Insalud,

fijando un plazo para el cierre final del modelo sanitario territorial.


c) Desarrollar, mediante el acuerdo interinstitucional que

corresponda, una mayor presencia en la actividad asistencial de las

corporaciones locales.


La Subcomisión considera que los procesos de descentralización sanitaria

no deben limitarse a la transferencia de la red asistencial actualmente

gestionada por la Administración General del Estado a las Comunidades

Autónomas. Es preciso, además, que el impulso a la descentralización

administrativa se lleve a cabo también en el ámbito de cada una de las

Comunidades Autónomas, en un proceso abierto de participación local y

social y de autonomía creciente de las instituciones en la toma de

decisiones que les conciernen.


12. Promover la cooperación y coordinación territorial.


La culminación del proceso de transferencias debe permitir una

reconsideración a fondo del ejercicio efectivo de la función de

coordinación del sistema que corresponde al Ministerio de Sanidad y

Consumo. En un escenario de plena descentralización la dirección del

Sistema Nacional de Salud ha de desarrollarse fundamentalmente en la

búsqueda del consenso y la participación de las Comunidades Autónomas.


Estas, a su vez, han de contribuir al mantenimiento de la identidad común

del sistema de acuerdo a los principios de lealtad institucional y

cooperación recíproca.


Con ese objetivo, el Ministerio deberá potenciar el desarrollo de sus

funciones de coordinación principalmente a través del Consejo

Interterritorial, más por la vía de generación de valor como unidad

central y arbitral del sistema, que a través del ejercicio unilateral de

su posición jerárquica o de sus competencias privativas.


El cierre del modelo territorial obliga no sólo al Estado sino a todos

los agentes del sistema sanitario a avanzar en la configuración de un

Sistema Nacional de Salud que, sin perjuicio de la autonomía de gestión

de las Comunidades Autónomas, garantice unos elementos básicos comunes:


financiación, planificación integrada e información recíproca.


En este sentido, la Subcomisión considera necesario, al margen de las

iniciativas específicas de coordinación recogidas en los capítulos

anteriores, abordar los siguientes retos: a) Perfilar el contenido de la

función financiera, especialmente en lo que se refiere, a la definición

de criterios de financiación de la sanidad pública y al establecimiento

de los sistemas de información y estadísticas económico-sanitarias

comunes.


b) Poner en marcha, en el seno del Consejo Interterritorial,

instrumentos de coordinación normativa entre el Estado y las Comunidades

Autónomas para el desarrollo jurídico armónico de los aspectos

fundamentales del Sistema Nacional de Salud.


c) Renovar, bajo las directrices del Consejo Interterritorial, los

contenidos de la planificación integrada y dotar de medios específicos a

la misma, así como potenciar los programas sectoriales conjuntos,

orientando estas actividades hacia nuevos enfoques en materia de salud

pública, mediante iniciativas compensatorias y actuaciones conjuntas

sobre los grupos sociales más vulnerables y los mayores factores de

riesgo.


d) Definir el modelo central de información, con participación,

financiación y control común, de la Administración General del Estado y

de las Comunidades Autónomas.


e) Redefinir la Alta Inspección Sanitaria, que deberá ser

fundamentalmente el instrumento específico de garantía




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de la equidad en el acceso a las prestaciones y de la inexistencia de

discriminaciones, instando al Gobierno a que regule reglamentariamente el

ejercicio de sus funciones, de acuerdo a las directrices del Consejo

Interterritorial.


La Subcomisión sugiere al Gobierno que aborde, en el seno del Consejo

Interterritorial, nuevas iniciativas para el desarrollo del mandato

constitucional de «coordinación general de la Sanidad», entre otros

sectores, en materia de aseguramiento, política de personal, acreditación

y evaluación, ordenación de prestaciones, investigación

científico-técnica, y, especialmente, en salud pública.


La Subcomisión parlamentaria sugiere al Gobierno avanzar en la encomienda

a las Comunidades Autónomas, dentro de su ámbito territorial respectivo,

de la prestación de los servicios y el desempeño de las actuaciones

ejecutivas y de inspección y control que en materia sanitaria

corresponden al Estado con el fin de optimizar los recursos y conferir

mayor eficiencia al sistema.


13. Reforzar el Consejo Interterritorial.


La descentralización del sistema sanitario y los avances en la

cooperación y coordinación territorial requieren un reforzamiento del

papel del Consejo Interterritorial en el futuro. En esa línea será

necesario promover, mediante la iniciativa legislativa y la acción

política, un importante salto cualitativo en la configuración de las

funciones y en la capacidad de aunar voluntades que ha de corresponder al

Consejo, cuya función, como órgano de intercambio, de información

recíproca y de puesta en común ha de incrementarse en el futuro.


La Subcomisión manifiesta, pues, la necesidad de fortalecer el papel de

este órgano como el instrumento esencial de vertebración del sistema

sanitario.


En este espíritu, las iniciativas fundamentales que deberán abordarse,

mediante las reformas legales o institucionales que correspondan, son las

siguientes :


a) Revisar su naturaleza jurídica y configuración administrativa,

otorgándole mayores facultades de decisión, y ampliar sus funciones como

órgano a través del cual se ha de instrumentar, preferentemente, la

fijación de las bases --sin perjuicio de su formal establecimiento por

ley--, la coordinación general sanitaria y los criterios generales de la

Alta Inspección.


b) Modificar su composición, suprimiendo su carácter paritario, y

establecer un nuevo régimen de acuerdos, -incluida la posibilidad de

introducir el voto ponderado según los casos- que vincule de un modo más

operativo a todos sus miembros, utilizando, entre otros instrumentos, la

figura de los Convenios de Conferencia Sectorial.


c) Promover la participación en el Consejo de los diferentes agentes

que concurren en el sistema sanitario (organizaciones sindicales y

empresariales, de consumidores y usuarios, corporaciones profesionales

sanitarias, universidades y entidades científicas) mediante la

modificación, por ley, del Comité Consultivo.


d) Y, por último, dotar al Consejo Interterritorial y a todos sus

órganos de una estructura de soporte operativa que cuente con los medios

personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus cometidos y

el seguimiento de sus acuerdos.


Es voluntad de los grupos parlamentarios firmantes de este Acuerdo que

las iniciativas y las medidas que aquí se proponen propicien el más

amplio consenso institucional posible, en el mismo espíritu que ha

inspirado, recientemente, los pactos parlamentarios y sociales de

pensiones y empleo.


El objetivo de los trabajos de esta Subcomisión no ha sido otro que el de

favorecer un clima de entendimiento entre todos los grupos parlamentarios

--representantes de la soberanía popular-- a fin de superar

confrontaciones partidistas sobre el futuro de la sanidad, evitando que

se transmita a la población inquietud alguna sobre el mantenimiento de

los niveles alcanzados en la asistencia sanitaria española.


Estas propuestas, que habrán de ser consideradas y debatidas en la

Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados --y para las

que los integrantes de esta Subcomisión solicitan el apoyo de los

restantes grupos parlamentarios presentes en la citada Comisión--,

pretende ser un programa realista de futuro que ha de inspirar la

evolución de nuestro Sistema Nacional de Salud, elemento fundamental de

justicia y cohesión social, cuyos principios de aseguramiento,

financiación, organización y gestión, y cuyo modelo territorial deben

consolidarse y modernizarse con el apoyo de todos los agentes y grupos

sociales, la participación de los profesionales y de la ciudadanía, como

seña de identidad común de nuestro Estado democrático y autonómico de

derecho.


En Madrid, a 23 de septiembre de 1997.--Por el Grupo Parlamentario

Popular, D. Feliciano Blázquez Sánchez, Coordinador; D. César Villalón

Rico, D. José Ignacio Echániz Salgado, D. Tomás Burgos Gallego. Por el

Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, D. Francesc Homs i Ferret,

Dª. Zoila Riera i Ben. Por el Grupo Parlamentario Vasco, Dª. Mª Jesús

Aguirre Uribe. Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria y D. Jesús

Gómez Rodríguez.


A la Comisión de Sanidad y Consumo

Jesús Gómez Rodríguez, Portavoz de Coalición Canaria en la Subcomisión de

consolidación y modernización del Sistema Nacional de Salud, mediante el

presente escrito, recuerda a los servicios jurídicos de la Cámara que en

los diferentes debates habidos en el seno de la Subcomisión, se aceptó la

enmienda «in voce», que este Diputado planteó al párrafo segundo de la

recomendación 6.ª, sobre la inclusión de la insularidad como factor que

determina la variabilidad de costes en las diversas Comunidades

Autónomas.


Téngase en cuenta que el concepto de insularidad es el único recogido en

la Constitución española, artículo 138, y que en las reuniones mantenidas

por el Consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, don Julio Bonis y

los Ministros de Sanidad, señor Romay, y de Economía y




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Hacienda y Vicepresidente Segundo, don Rodrigo Rato, se ha admitido este

concepto como a tener en cuenta en materia financiera, lo que me permito

recordar a los efectos de mantener y defender este criterio en las

sesiones de Comisión y Pleno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de octubre de 1997.--Jesús Gómez

Rodríguez.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Consumo

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, según lo previsto en el Punto Quinto, apartado 2) de la

Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio

de 1996, presentar el siguiente voto particular de rechazo de las

conclusiones de la Subcomisión para avanzar en la consolidación del

Sistema Nacional de Salud mediante el estudio de las medidas necesarias

para garantizar un marco financiero estable y modernizar el Sistema

Sanitario Público manteniendo los principios de universalidad y equidad

en el acceso (número expte. 154/000003), por cuanto discrepa en términos

generales de estas conclusiones.


Asimismo y en virtud de la previsión del apartado 4), del Punto Quinto de

la citada Resolución de la Presidencia, el Grupo Socialista manifiesta su

voluntad de que este voto particular se publique con las conclusiones de

la Subcomisión, en el caso de no ser aprobado.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de octubre de 1997.--El

Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Juan Manuel Eguiagaray

Ucelay.


I. INTRODUCCION

El 7 de mayo de 1996 el Grupo Parlamentario Popular presentó en la Cámara

una Proposición no de Ley «para el estudio de las reformas necesarias

para modernizar el sistema sanitario y garantizar su viabilidad futura»

(núm. expte. 162/000024).


El Grupo Parlamentario Socialista ya entonces enmendó el texto en el

sentido de «avanzar en la consolidación del Sistema Nacional de Salud

mediante el estudio de las medidas necesarias para garantizar un marco

financiero estable y modernizar el Sistema Sanitario manteniendo los

principios de universalidad y equidad en el acceso» (núm. expte.


162/000024).


Esta enmienda, aprobada por todos los Grupos Parlamentarios, dio origen a

la creación por el Pleno de la Cámara de la Subcomisión con fecha 11 de

junio de 1996 (núm. expte. 162/000024).


La Subcomisión inició sus trabajos con ese mandato preciso. Se trataba

por tanto de estudiar las medidas necesarias para mejorar el

funcionamiento del Sistema, no para transformarlo desvirtuando los

principios que los Grupos Parlamentarios nos comprometíamos a mantener,

ni desde luego para apostar por su progresivo desmantelamiento.


La base del consenso con la que se iniciaron los trabajos significaba la

aceptación expresa por parte del Grupo Parlamentario Popular de los

principios del Sistema Nacional de Salud, su mantenimiento y su

consolidación.


II. ANTECEDENTES

1. El día 14 de junio, es decir, 72 horas después de constituirse la

Subcomisión, el Gobierno aprueba en Consejo de Ministros dos Decretos

Leyes por los que se decide nada menos que la privatización del Sistema

Nacional de Salud y la nueva ordenación de las oficinas de Farmacia.


Son los Decretos Leyes números 10/1996, sobre Habilitación de nuevas

formas de Gestión del INSALUD, y 11/1996, de Ampliación del Servicio

Farmacéutico a la Población.


2. Ante la oposición del Grupo Parlamentario Socialista, entre otros, a

la convalidación de tales Decretos Leyes, el Grupo Parlamentario Popular

aceptó la tramitación de ambos como Proyectos de Ley lo que posibilitó la

modificación sustancial de los dos textos.


3. La Ley 15/1997, procedente del Real Decreto-Ley, referida a las nuevas

formas de gestión del Sistema Nacional de Salud fue aprobada en el Pleno

del Congreso de los Diputados el 23 de abril de 1997 y publicada en el

«BOE» el día 26 de abril, entrando en vigor ese mismo día.


El Proyecto de Ley incorporó las enmiendas presentadas por el Grupo

Parlamentario Socialista por lo que fue votado afirmativamente por este

grupo. En síntesis, la Ley garantiza la titularidad pública de los

centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y mandata al Gobierno

para que desarrolle por vía reglamentaria las garantías que han de

preservar los nuevos entes gestores de los centros sanitarios en relación

con la equidad en el acceso de los ciudadanos, el control público de los

recursos, el régimen de personal, etcétera.


4. Lo cierto es que a los 16 días de la entrada en vigor de la Ley, el

Gobierno de la Generalitat Valenciana adjudica la atención sanitaria de

230.000 habitantes de la comarca de Alcira a una UTE de empresas

privadas, vulnerando de manera frontal, a juicio de este Grupo, el

contenido de la Ley aprobada.


5. Por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 22 de noviembre de 1996

se constituyen las Fundaciones Hospital de Alcorcón y Hospital de

Manacor. Acuerdos que no se hacen públicos por el Consejo de Ministros,

que deciden nuevos modos de gestión para dos hospitales públicos, por la

vía expeditiva de aprobar sendos estatutos de regulación de las

Fundaciones.


6. Por el Grupo Parlamentario Socialista a través de una Proposición no

de Ley se insta al Gobierno a adaptar los Estatutos de Alcorcón y Manacor

a la Ley de nuevas formas de Gestión, aprobada por el Parlamento (número

expte. 161/000475).


El Grupo Parlamentario Popular se comprometió a hacerlo y a que el

Gobierno promulgue el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1997 antes

del día 1 de septiembre de 1997 (número expte. 161/000475).


A día de hoy no se ha cumplido el mandato parlamentario.


7. Al margen y sin conocimiento de la Subcomisión, el Gobierno ha

adoptado entre otras las siguientes decisiones:





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-- Modificación del régimen de la contratación sanitaria.


-- Modificación del régimen de subvenciones para financiar los entes

gestores de centros sanitarios.


-- Modificación de la regulación del personal sanitario en materias tales

como excedencias, dedicación exclusiva, retribuciones, nuevas formas de

contratación, selección y provisión de plazas de facultativos

especialistas, concursos de traslado, régimen de interinidad, acuerdos

sindicales, etcétera.


-- Modificación de la ordenación farmacéutica, regulación de nuevas

modalidades de financiación selectiva de los medicamentos, regulación de

los medicamentos genéricos, regulación de los márgenes de las oficinas de

farmacia, del régimen de compra de los efectos y accesorios, acuerdos con

la industria farmacéutica, etcétera.


-- Modificación de la regulación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y

Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.


Algunas de las decisiones citadas han supuesto la modificación de la Ley

General de Sanidad, Ley de la Seguridad Social, Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas, Ley General Presupuestaria, Ley del

Medicamento, Real Decreto-Ley sobre retribuciones del personal

estatutario del Insalud, etcétera.


La relación no es exhaustiva pero sí ilustrativa. En ninguno de los casos

tales decisiones han sido objeto de debate, ni informe, ni consulta, ni

siquiera objeto de conocimiento de la Subcomisión parlamentaria.


Sin embargo el Gobierno sí ha utilizado permanentemente la existencia de

la Subcomisión para eludir la explicación de su política sanitaria, de

las decisiones que ha ido adoptando, amparándose en el supuesto mandato a

la Subcomisión para proponer las reformas necesarias.


El contraste entre las decisiones formadas, y la forma de adoptarlas con

la inoperancia de la Subcomisión es escandaloso.


8. Por todas las razones expuestas el Grupo Parlamentario Socialista

abandonó la Subcomisión en mayo de 1997.


9. La Subcomisión fue creada por el Pleno del Congreso el 11 de junio de

1996.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día 2 de julio de 1996, señala

que el plazo de finalización de sus trabajos será de seis meses desde su

creación.


El 18 de febrero de 1997 la Mesa y el Pleno del Congreso deciden la

prórroga hasta el fin del período de sesiones.


El 24 de junio de 1997 el Pleno autoriza una prórroga hasta el 10 de

septiembre de 1997, para que el informe se pueda incluir en la primera

sesión plenaria de septiembre.


El día 10 de septiembre el Presidente de la Comisión solicita una nueva

prórroga hasta el 30 de septiembre. La Mesa el día 16 deniega la

prórroga.


Pese a ello y a que el plazo de sus trabajos había finalizado el 10 de

septiembre, la Subcomisión se reúne y aprueba su informe el día 23 de

septiembre de 1997.


III. CONSIDERACIONES DE FONDO

Las propuestas contenidas en el Informe aprobado por los Grupos

Parlamentarios que se han mantenido en la Subcomisión, a pesar de la

manifiesta y calculada ambigüedad que presiden su redacción, quiebran en

opinión del Grupo Parlamentario Socialista, ese consenso inicial que dio

origen a los trabajos porque, entre otras cosas, suponen la ruptura del

modelo del Sistema Nacional de Salud, al cuestionar el principio básico

de aseguramiento público único y universal, no establecer las garantías

de un modelo de financiación suficiente, estable, distribuida

equitativamente y con especificidad propia, y plantear «ex novo» la

definición de las prestaciones sanitarias garantizadas por el Sistema

Nacional de Salud, con tendencia clara a propiciar revisiones a la baja.


I. De la ruptura del aseguramiento público único

La Subcomisión manifiesta en sus propuestas la necesidad de redefinir el

aseguramiento sanitario público, mediante la reforma legal adecuada que

permita:


«c) Precisar --en el marco del aseguramiento público-- el papel a

desarrollar por las distintas entidades, especialmente por las actuales

mutualidades administrativas, en la gestión y provisión del aseguramiento

y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la pluralidad de formas

existentes.»

La Subcomisión asimismo sugiere al Gobierno «que aborde, en el seno del

Consejo Interterritorial, nuevas iniciativas... en materia de

aseguramiento.»

La lectura del texto es, para este Grupo Parlamentario, suficientemente

clarificadora. Pero si, además, se pone en relación con los antecedentes

que es obligado considerar para hacer una interpretación que nos permita

conocer el alcance real de la propuesta, resulta incontestable la

conclusión de que el Grupo Parlamentario Popular propone la ruptura del

aseguramiento público único y universal.


El inmediato antecedente es el borrador anterior estudiado por la

Subcomisión que recoge textualmente:


«Profundizar en el derecho de libre elección en materia de asistencia

sanitaria por parte del usuario, precisando el papel a desarrollar por

las distintas entidades, públicas o privadas, incluidas las mutualidades

administrativas y entidades de seguro libre, en la gestión y provisión

del aseguramiento y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la

pluralidad de formas que, sobre estas cuestiones, se han de introducir en

el sistema.»

La ambigüedad o suavización de los términos introducidos en la última

redacción no desvirtúa, a nuestro juicio, el contenido real de la

propuesta. Más bien responde a la ya habitual técnica del Gobierno y del

Grupo Parlamentario Popular de enmascarar sus decisiones con discursos

ambiguos cuando no abiertamente contradictorios.





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Pero el antecedente más ilustrativo es el contenido en el texto de la

Conferencia Nacional de Sanidad del Partido Popular (Madrid 26 de

noviembre de 1994), donde se explica con claridad su propuesta de ruptura

del aseguramiento público y liberalización de la asistencia sanitaria

perfilando un modelo asistencial de financiación pública y provisión

mixta.


Por si no fuera suficientemente elocuente lo hasta aquí consignado, el

Gobierno del Partido Popular ya ha puesto en práctica este modelo

rompiendo el aseguramiento público único en la comarca de Alcira

(Valencia).


La adjudicación a una Unión Temporal de Empresas privadas de la gestión

de servicios públicos por concesión consistente en la prestación de

asistencia sanitaria a los habitantes de la comarca de Alcira, constituye

a nuestro juicio la ruptura del modelo de aseguramiento público único y

contraviene además la Ley de habilitación de nuevas formas de gestión del

Sistema Nacional de Salud, de fecha 25 de abril de 1997.


En consecuencia, ni las propuestas políticas, ni las decisiones que están

llevando a la práctica dejan lugar a dudas sobre la decisión del Gobierno

del Partido Popular y del Grupo Parlamentario que le apoya de romper el

aseguramiento público único, ruptura, insistimos que ya se ha producido

respecto de los ciudadanos residentes en Alcira.


Por el contrario, el Grupo Parlamentario Socialista entiende que la

salvaguarda y consolidación de la misión social y los principios éticos

que sustentan el Sistema Nacional de Salud, esto es:


-- la universalización de la asistencia sanitaria con financiación

pública,

-- una estructura de prestaciones equivalente y homogénea para todos los

ciudadanos y

-- la garantía de equidad en el acceso a los servicios públicos.


exige en primer término evitar las políticas tendentes a:


1) fragmentar el sistema en cuanto al aseguramiento público, la

estructura de redes sanitarias y las funciones esenciales de la

organización,

2) externalizar colectivos y/o contingencias comunes,

3) diferenciar condiciones de cobertura y/o seleccionar riesgos

sanitarios mediante el desarrollo de regímenes sustitutivos o agentes

compradores intermediarios y

4) producir ineficiencias en los costes de estructura y/o transacción.


Para el Grupo Parlamentario Socialista la universalización de la

asistencia sanitaria con financiación pública en un marco de

aseguramiento público único es una necesidad, además de un mandato legal,

para la mejora efectiva del Sistema Nacional de Salud.


La universalización de la asistencia sanitaria es una premisa para que

todos los españoles tengan derecho a la asistencia sanitaria pública en

condiciones de igualdad efectiva y un elemento básico para garantizar la

solidaridad.


II. De la falta de garantías del modelo de financiación propuesto

La Subcomisión considera necesario «...hacer explícitas las fuentes de

financiación» en un permanente intento de mezclar políticas de gasto con

política de ingresos, pretensión que el Grupo Parlamentario Socialista

rechaza.


Cuando hablamos de financiación de la Sanidad estamos tratando de evaluar

el esfuerzo que una sociedad está dispuesta a hacer para atender esa

necesidad social y su dimensionamiento, en términos de gasto público,

entra en la lógica del establecimiento de prioridades entre los

diferentes servicios que se ofrecen a los ciudadanos.


La fuente de financiación de la Sanidad deben ser los ingresos generales

del Estado y la política fiscal que determina esos ingresos no es un

debate sanitario sino fiscal.


¿Se pide al Ministerio de Fomento que indique con qué impuestos, tasas,

etcétera se financia su parque móvil?

¿O al Ministerio de Educación qué impuesto hay que subir para mantener

las clases de informática?

¿Por qué este afán de que se decidan en el ámbito sanitario aspectos

específicos de política fiscal?

¿O es que se está pensando en la financiación por parte del paciente?

También en esta materia se abre una brecha entre el discurso oficial y la

realidad documental que se recoge en los Presupuestos Generales del

Estado.


El Presupuesto para asistencia sanitaria para 1998 crece, con respecto al

año anterior a tasas inferiores al PIB nominal, contradiciendo las

conclusiones del informe de la Subcomisión. Y es admisible interpretar

que las cantidades consignadas en dichos Presupuestos sean un anticipo a

cuenta, pues tal estrategia podría ir dirigida a obligar a quien solicite

el incremento de gasto sanitario a señalar al propio tiempo de dónde han

de salir los recursos adicionales (¿copago?) o, lo que es peor, supone la

respuesta explícita a los apoyos parlamentarios del Partido del Gobierno.


La referencia que hace el documento de la Subcomisión a «... hacer

posible la transferencia pendiente», --sin fijar plazo para ello-- y

consolidar a largo plazo la integración y homologación progresiva de la

Sanidad en la financiación autonómica, sobre la base de criterios de

integración progresiva y corresponsabilidad fiscal, supone a juicio de

este Grupo Parlamentario un serio riesgo y una enorme incertidumbre sobre

la evolución del Sistema Nacional de Salud.


En efecto, la financiación sanitaria debe mantener su especificidad,

vinculada a la universalización y a la homogeneidad de las prestaciones

sanitarias que el Sistema Nacional de Salud debe garantizar a todos los

ciudadanos. Lo contrario es propiciar que en un futuro próximo no pueda

hablarse con un mínimo rigor de Sistema Nacional de Salud, habida cuenta

de la impredecible dirección que puede adoptar cada uno de los

subsistemas.


Dos son las cuestiones fundamentales al tratar de la financiación de la

Sanidad para el próximo período:


-- Cuánto se destina al gasto sanitario público.


-- Cómo se reparte entre las CC. AA.





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Respecto a la primera cuestión está diáfana en el Proyecto de

Presupuestos presentado por el Gobierno.


El gasto sanitario público crece un 4,83, un punto menos que el PIB. Esa

es la verdadera dimensión de la tan anunciada prioridad política en

materia de Sanidad del Gobierno.


Por tanto, frente a los anuncios del Gobierno en su comparecencias ante

la Subcomisión de aumentar entre 100.000 y 150.000 millones la base de

cálculo del presupuesto sanitario para 1998, con carácter adicional a los

200.000 millones de crecimiento del PIB, la realidad del Proyecto de

Presupuestos ofrece una decisión del Gobierno de crecimiento de 172.000

millones por todos los conceptos, lo que constituye un incumplimiento

clamoroso de aquellos anuncios hechos en sede parlamentaria y del propio

documento que aquí se comenta.


El cómo se ha de distribuir es todavía más preocupante.


La base de partida debe ser la población de derecho, no la población

protegida; los fondos específicos adicionales que tan pronto se anuncian

como se niegan, pueden ser la antesala a la introducción de criterios de

bilateralidad en el reparto, lo cual desde nuestro punto de vista es

inaceptable, porque siempre hay que pensar en los ciudadanos de las 17

Comunidades Autónomas y no de las que tienen la asistencia sanitaria

transferida o, en particular, de alguna.


En definitiva, en el capítulo de Financiación Sanitaria la Subcomisión

introduce elementos de inseguridad, inequidad y debilitamiento del modelo

vigente, y traslada a un Organo Administrativo --el Consejo de Política

Fiscal y Financiera-- la responsabilidad de formular una propuesta de

financiación del SNS en la que sin duda aparecerán los pactos o acuerdos

políticos que no se han debatido en el foro parlamentario y en los que la

participación de los distintos grupos parlamentarios ha sido inexistente.


III. De las prestaciones sanitarias

La Subcomisión considera que la ordenación de prestaciones ha de ser «un

proceso participativo y dinámico» y concluye que para ello «deberá

realizarse por ley». Sin perjuicio de que no parece que la ley sea el

instrumento más dinámico, lo cierto es que se ignora absolutamente que

las prestaciones sanitarias están ya garantizadas hoy por el Real Decreto

63/1995, de 20 de enero, sobre ordenación de las prestaciones sanitarias

del Sistema Nacional de Salud.


Como no parece que el cambio de rango de la norma sea un fin en sí mismo,

¿cuál es la necesidad de ordenar nuevamente las prestaciones que el

Sistema Nacional de Salud garantiza?

Quizá lo clarifique el criterio contenido en el punto c) página 4 «la

financiación selectiva con criterios de... coste/efectividad.»

Por otra parte el amparo que proporciona la ambigüedad del texto no es

bastante para que nos impida ver con claridad el fin último de la

propuesta. Así, elevar la toma de decisiones en relación a los tiempos

máximos de espera desde el gestor del área a una «Comisión de Prioridades

del Consejo Interterritorial» para determinar el derecho del paciente a

ser atendido en otro centro, puede ser una vía abierta a la privatización

del sistema.


Porque si simultáneamente a la fijación de tiempos máximos de espera, se

libera a los profesionales de la dedicación exclusiva y se van a ajustar

--reducir-- plantillas, no parece que se encaminen los esfuerzos a

mejorar la eficiencia del Sistema Nacional de Salud. Más bien se trata de

reconocer y proclamar «a priori» la incapacidad del Sistema para el

cumplimiento de esos plazos, y de derivar al sistema privado actividad

asistencial.


No son las apuntadas las únicas discrepancias del Grupo Parlamentario

Socialista que fundamentan el voto particular a las conclusiones de la

Subcomisión. Lo relativo a los profesionales sanitarios constituye un

clamoroso ejemplo de improvisación y de propuestas contradictorias y

erróneas, lo cual, si consideramos que la asistencia sanitaria es

fundamentalmente un servicio de prestación personal, resulta

significativo.


Por ejemplo, al considerar imprescindible el establecimiento por ley

básica (?) de un nuevo modelo de relación laboral para el personal

estatutario, pero también, con carácter básico (?) para todo el sistema,

regular mediante un Estatuto profesional propio se incurre en errores y

contradicciones, pues se olvida que el modelo de relación laboral es el

Estatuto de los Trabajadores y no acaba de quedar claro si se propone un

régimen estatutario o laboral para el personal.


En el ámbito de la organización y la gestión, caso de atender las

propuestas de la Subcomisión, el Gobierno --Ministerio de Sanidad-- tiene

una ardua tarea por delante, la de desandar lo andado en este año largo

de mandato.


Si hay que separar las funciones de planificacion, financiación, compra y

provisión de servicios, tendrá que procederse a desdoblar al Secretario

General de Asistencia Sanitaria, Presidente del Insalud, y Presidente de

los Patronatos de Alcorcón y Manacor, órganos de gobierno de dichos

hospitales.


Si de lo que se trata es de dotar de mayor autonomía a los centros y a

sus gestores --como propone la Subcomisión-- entonces ni siquiera

bastaría con tal desdoblamiento.


Si hay que promover la competencia entre proveedores habrá que volver a

liberalizar la venta de efectos y accesorios que el Gobierno ha devuelto

en exclusiva a las Oficinas de Farmacia.


Si hay que profesionalizar la gestión habrá que recuperar a algunos

Gerentes de hospital cesados en sus responsabilidades no precisamente por

criterios de profesionalidad.


Y si hay que gestionar con criterios empresariales habrá que hacer lo que

hacen todas las empresas conocidas que es otorgar a su personal la máxima

prioridad y en consecuencia ocuparse de seleccionarlo, en lugar de

contratar tal función con una entidad ajena a la «empresa sanitaria».


Son muchos los ejemplos que avalan la valoración expuesta en el sentido

de que las conclusiones de la Subcomisión constituyen un desafortunado

cúmulo de imprecisiones y ambigüedades, que por otra parte se contradicen




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abiertamente con las decisiones que en política sanitaria ha adoptado el

Gobierno.


También se detectan ausencias clamorosas. Ni una sola consideración sobre

la atención primaria, que no existe en el documento, ni sobre la salud

pública --no se sabe para qué trabaja el Sistema Nacional de Salud,

cuáles son sus objetivos--, ni sobre la prevención de la enfermedad, ni

sobre la formación del médico, tanto en el postgrado como a nivel de

postgrado, complementando el muy satisfactorio sistema MIR, ni sobre la

investigación.


Ausencias, ambigüedades y contradiciones que no oscurecen lo que sí se

propone por la Subcomisión, lo que se aborda expresamente que, por las

razones antedichas, supone la quiebra del modelo sanitario público, que

el Grupo Parlamentario Socialista defiende, al plantear la ruptura del

aseguramiento público único, abrir procesos para hacer tabla rasa de las

prestaciones sanitarias hoy garantizadas, y poner en grave riesgo la

viabilidad financiera del sistema y su equidad. Es decir, afecta a su

propia esencia y a la capacidad que, de momento, tiene para hacer más

iguales a todos los ciudadanos.


IV. CONCLUSIONES

1. La Comisión constata que no se ha podido llegar a un consenso entre

los diferentes Grupos Parlamentarios integrantes de la misma sobre las

reformas necesarias para modernizar el sistema sanitario y garantizar su

viabilidad futura.


2. La Comisión considera que la Subcomisión no se ha ajustado a las

normas reglamentarias sobre procedimiento, lo que culmina con la

aprobación fuera de plazo de su informe. La Subcomisión ha incumplido el

mandato para el que se constituyó, esto es, la consolidación y mejora del

Sistema Nacional de Salud, al formular propuestas que lo desvirtúan.


3. La Comisión constata que el Gobierno, durante el período de trabajo de

la Subcomisión, ha adoptado medidas respecto del sistema sanitario

ignorando las posibles conclusiones de los trabajos de la Subcomisión.


4. La Comisión rechaza los propuestas contenidas en el informe de la

Subcomisión, aprobado el 23 de septiembre de 1997.


5. La Comisión decide, por tanto, no elevarlas al Pleno para su discusión

y votación.


A la Comisión de Sanidad y Consumo

El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria presenta los siguientes votos

particulares al texto aprobado por la Subcomisión de modernización y

reforma del Sistema Sanitario.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de octubre de 1997.--Jesús Gómez

Rodríguez, Diputado del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.--José

Carlos Mauricio Rodríguez, Portavoz del Grupo Parlamentario de Coalición

Canaria.


1. A la recomendación 3.ª

En el apartado b), segunda línea, después de: «... sociosanitaria...»

añadir: «...específica...».


2. A la recomendación 3.ª

En el apartado f), después de: «fomentar la iniciativa...», añadir:


«...privada...».


3. A la recomendación 5.ª

Añadir, al final del párrafo cuarto, el siguiente texto:


«..., máxime cuando el gasto Sanitario Público español en términos del

PIB, se encuentra por debajo de la media de la Unión Europea.»

4. A la recomendación 5.ª

Añadir, un segundo párrafo nuevo en el apartado b) con el siguiente

texto:


«Asimismo un incremento adicional al objeto de converger con la media

europea en gasto sanitario público en los próximos 4 años.»

5. A la recomendación 6.ª

En el párrafo segundo, séptima línea, después de: «... desplazamientos de

población, ...».


Añadir: «la insularidad, la dispersión geográfica, ...».


6. A la recomendación 6.ª

En el párrafo segundo, añadir al final: «...considerando el último censo

de población, a fin de corresponder con la realidad poblacional».


7. A la recomendación 7.ª

Añadir un segundo párrafo nuevo con el siguiente texto:


«Las oficinas de farmacia como establecimientos sanitarios privados de

interés público se regirán por las normas que establezcan las Comunidades

Autónomas, las cuales deberán aplicar criterios de Derecho Privado en la

normativa referente a todos sus negocios jurídicos tales como

adquisición, transmisión, sucesión, etcétera, cualquiera que sea la forma

de autorización de apertura.»

8. A la recomendación 9.ª

En el apartado a), párrafo tercero, después de: «... a la información

asistencial comparada», añadir: «y recurrir a una segunda opinión».





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A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, los diputados

del Partido Democrático de la Nueva Izquierda, integrados en el Grupo

Mixto, presentan el siguiente voto particular a la totalidad del Informe

aprobado por la Subcomisión de modernización y reforma del Sistema

Sanitario.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de octubre de 1997.--Cristina

Almeida Castro, Diputada del Partido Democrático de la Nueva

Izquierda.--Manuel Alcaraz Ramos, Diputado del Partido Democrático de la

Nueva Izquierda.--Ricardo Peralta Ortega, Diputado del Partido

Democrático de la Nueva Izquierda.--Begoña Lasagabaster Olazábal,

Portavoz del Grupo Mixto.


Voto particular al informe de la Subcomisión de consolidación y

modernización del Sistema Nacional de Salud

Más de cuarenta años de Estado del Bienestar, en nuestro caso con muchas

matizaciones como consecuencia del entorno político en el que nos hemos

movido, han configurado una sociedad con una serie de características a

considerar desde un punto de vista sanitario: desde el envejecimiento

progresivo de la población y la disminución de la natalidad a la

concentración urbana de la población, la prevalencia de las

drogodependencias, el incremento de enfermedades crónicas y

degenerativas, el SIDA, las patologías derivadas del paro, la

siniestralidad laboral, etcétera.


Nuestro entorno europeo elaboró distintos modelos de sistemas sanitarios,

desarrollando el Estado del Bienestar, en absoluto homogéneos pero con

unas características comunes: consideración de la protección de la salud

como un derecho reconocido a la totalidad de los ciudadanos y

responsabilidad del Estado, el financiamiento sanitario público, la

tendencia a la universalización de la asistencia, la visión del sistema

sanitario y de bienestar social como instrumento de redistribución,

etcétera.


El Estado del Bienestar se encuentra ante una crisis de tipo financiero,

de racionalidad y de legitimación. Una de las soluciones a esta crisis es

una ideología y praxis política basada en el individualismo, la

desigualdad como factor incentivador y, por tanto, positivo, y la

libertad, en el sentido de la mínima injerencia por parte del Estado en

las órbitas económica y social. Esta ideología propugna la disminución de

la participación pública en el gasto sanitario, la liberalización

creciente del sistema, la introducción de sistemas de copago, las

limitaciones a la cobertura del sistema, etcétera.


Ante estos planteamientos, cabe formular propuestas que parten de la

concepción de la salud como un derecho de la persona, considerando la

salud en un sentido propio y positivo, no formulada en contraposición con

la enfermedad e inseparable del bienestar social. La salud sería un

instrumento para la promoción del individuo en el plano personal y

social, y, en este sentido, como instrumento en el diálogo

persona-naturaleza, y, por tanto, en la transformación progresiva de la

sociedad.


Nuestra propuesta sanitaria configuraría pues un sistema sanitario

público, financiado a partir de impuestos, gestionado públicamente,

universal y gratuito en el momento del uso, centrado en el usuario y en

su satisfacción como ciudadano, participativo, integrado,

descentralizado, eficiente, equitativo, tomando como base la promoción de

la salud, adecuado a los nuevos perfiles de morbilidad y a las

necesidades de nuestra sociedad, instrumento de redistribución social.


Como consecuencia de todo ello, presentamos este voto particular por

discrepar con algunos de los contenidos del documento sometido a nuestra

consideración. Las discrepancias se refieren a los temas siguientes:


I. ASEGURAMIENTO

1. No se puede hablar del aseguramiento único sólo en términos de pasado

y para el futuro dejarlo en función de una «redefinición». Se ha de

mantener el compromiso con el aseguramiento único para el futuro. Las

excepciones (MUFACE) se han de suprimir o reconocer que sólo son válidas

precisamente porque son excepciones.


C) Se debe «precisar el papel de las distintas entidades...» pero sólo en

el aseguramiento, no en «la provisión (...) De la asistencia sanitaria»

que tales entidades de aseguramiento --se entiende que no se refiere a la

única y pública que es y ha de ser la Seguridad Social-- no deben

prestar.


2.C) No es adecuado hablar de «financiación selectiva de prestaciones con

cargo al Sistema Nacional de Salud», ya que todas las prestaciones

incluidas en el catálogo deben ser gratuitas.


3. Modificación total de este apartado.


La asistencia socio-sanitaria es una atención sanitaria que, por

necesidades sociales, debe realizarse de otra forma. Entre tales

atenciones necesarias están alguna que son de carácter mixto preventivo

y/o curativo que pueden precisar de medidas propias del problema social y

sanitario existente, medidas, como, por ejemplo, el internamiento en

residencias socio-sanitarias. No se trata de segregar la atención

sanitaria de la social; frecuentemente en tales casos no son

diferenciables. En la medida en que se trata de atención sanitaria debe

cubrirlas el Sistema Nacional de Salud, público y gratuito, con los

correspondientes instrumentos de control de calidad.


4. Las «fórmulas» propuestas son insuficientes para la «racionalización

de la prestación farmacéutica» necesaria y posible.


Sólo habla y de forma genérica de algunas medidas. Nada se dice de la

reestructuración de la distribución de medicamentos. Es necesario en este

sector, suprimir el proteccionismo, modificar los canales de distribución

(p.e. suministro de medicamentos y otros productos sanitarios en Centros

de Salud y Hospitales) y, sobre todo, la necesaria diferenciación entre

asesoramiento farmacológico a los ciudadanos y a los médicos que,

evidentemente, han de realizar los farmacéuticos, y la distribución

de medicamentos y otros productos sanitarios que podría




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realizarse con diversidad de formas mucho más económicas manteniendo el

principio de equidad de acceso.


II

5. No se aclara cómo se financiará. No se precisa que se mantendrá el

financiamiento exclusivamente público.


El crecimiento del gasto NO se debe sólo a «factores exógenos a la

gestión». También hay problemas de gestión, por ejemplo, la falta de

exigencia de responsabilidades a los cargos públicos en los ámbitos donde

se incumplen los presupuestos.


6. La equidad en la distribución territorial mediante métodos capitativos

debe aplicarse también dentro de las CC. AA. Además, la inclusión de los

fondos específicos para financiar los gastos por desplazados, docencia y

otros no debe ser una posibilidad («pudiendo incluir»), sino una

obligación («incluyendo»).


III

8. Debe ratificarse que se tratará, exclusivamente, de autonomía

manteniendo el carácter público de los Centros, única garantía de control

democrático.


No se habla del necesario control rígido de los niveles de cumplimiento

de objetivos de salud y económico y de las limitaciones al endeudamiento

como forma de centrifugar y ocultar déficits.


c) La calidad no es únicamente una cuestión de acreditación o de

información para que el ciudadano elija (avance importante), ha de ser

también un compromiso de las autoridades sanitarias en evaluar

constantemente la calidad de los Centros sanitarios y de hacer públicas

tales informaciones, lo cual seguramente implica la creación de

organismos de evaluación e información de calidad de los Centros

dependiente de los Parlamentos.


10.«Protagonismo de los profesionales»... El título es contradictorio.


Debe apoyarse a los profesionales y facilitar su labor, pero el único y

exclusivo protagonismo del Sistema sanitario lo deben tener los

ciudadanos y su salud. Quienes trabajan para la salud de los ciudadanos

en los Centros sanitarios, en la Administración o en la industria no

deben ejercer ningún protagonismo, están al servicio de los ciudadanos.


IV

Los Ayuntamientos son los grandes olvidados, apenas se cita su papel. Los

Ayuntamientos han de ser la vía efectiva y democrática de participación

de los ciudadanos y son también la mejor vía para la descentralización de

la gestión. Han de ser oídos también en el Consejo Interterritorial.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Consumo

De acuerdo con lo establecido en la Resolución de la Presidencia del

Congreso de los Diputados, de 26 de junio de 1996, el Grupo Parlamentario

Popular en el Congreso, presenta el siguiente voto particular al Informe

aprobado por la Subcomisión de modernización del Sistema Sanitario.


Modificación del apartado d, del punto 3.


Donde dice: «Estructurar dentro de la asistencia sanitaria pública una

adecuada red de centros de atención a la salud mental».


Debe decir: «Estructurar una red de centros y servicios para la

asistencia a pacientes psiquiátricos de larga duración, complementaria de

la asistencia sanitaria pública».


Madrid, 10 de octubre de 1997.--El Portavoz, Luis de Grandes Pascual.


ACUERDO DE LA SUBCOMISION PARA AVANZAR EN LA CONSOLIDACION DEL SISTEMA

NACIONAL DE SALUD MEDIANTE EL ESTUDIO DE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA

GARANTIZAR UN MARCO FINANCIERO ESTABLE Y MODERNIZAR EL SISTEMA SANITARIO

MANTENIENDO LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD Y EQUIDAD EN EL ACCESO

(154/000003), APROBADO A SU VEZ POR LA COMISION DE SANIDAD Y CONSUMO EN

SU SESION DEL 21 DE OCTUBRE DE 1997

El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 11 de junio

de 1996, acordó, con motivo de una proposición no de ley presentada por

el Grupo Parlamentario Popular, constituir, en el seno de la Comisión de

Sanidad y Consumo, una Subcomisión para el estudio de las reformas

necesarias para modernizar el sistema sanitario y garantizar su

viabilidad futura.


Tras un amplio período de tiempo, en el que se han sucedido numerosas

comparecencias y se han desarrollado, al hilo de las mismas, debates

internos entre sus miembros, la Subcomisión ha acordado elevar al Pleno

de la Cámara, para su debate y aprobación definitiva, las propuestas que

a continuación se recogen.


Estas propuestas se articulan en torno a los cuatro grandes capítulos

sobre los que se ha centrado el trabajo de la Subcomisión, esto es (I)

aseguramiento y prestaciones, (II) financiación, (III) organización y

gestión y (IV) coordinación territorial. Las propuestas, que adoptan la

forma de trece recomendaciones generales, desarrolladas, a su vez, en una

serie de medidas concretas, son las siguientes:


I. ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES

1. Consolidar el aseguramiento sanitario universal.


2. Garantizar las prestaciones sanitarias.





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3. Instrumentar alternativas para la asistencia socio-sanitaria.


4. Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación

farmacéutica.


II. FINANCIACION SANITARIA

5. Asegurar un marco financiero estable.


6. Garantizar la suficiencia financiera y la equidad territorial.


III. ORGANIZACION Y GESTION

7. Orientar el sistema sanitario a las necesidades de salud.


8. Impulsar la autonomía de gestión.


9. Atender las preferencias de los usuarios.


10. Potenciar el protagonismo de los profesionales.


IV. COORDINACION TERRITORIAL

11. Completar la descentralización territorial.


12. Promover la cooperación y la coordinación territorial.


13. Reforzar el Consejo Interterritorial.


I. ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES

1. Consolidar el aseguramiento sanitario universal

El sistema sanitario público, resultado del esfuerzo colectivo de varias

generaciones, es un importante elemento de justicia redistributiva y de

cohesión social que se ha de consolidar atendiendo a los principios

básicos de universalidad, equidad, solidaridad y aseguramiento público y

único.


La Subcomisión manifiesta la necesidad de redefinir y consolidar el

aseguramiento sanitario público como mecanismo de cobertura social frente

al riesgo ordinario de los ciudadanos en relación con su salud, mediante

la reforma legal adecuada, que permita:


a) Fijar los contenidos y el carácter del derecho a la asistencia

sanitaria como derecho público subjetivo, personal y no contributivo, y

garantizar tanto la igualdad del contenido del derecho de cada uno de los

ciudadanos, sin que existan discriminaciones por razones personales,

profesionales o territoriales, como el acceso equitativo a sus contenidos

materiales.


b) Llevar a cabo la universalización efectiva del derecho a la

asistencia sanitaria, extendiéndolo a todos los grupos sociales, y

desvinculándolo de los regímenes de afiliación de la Seguridad Social.


c) Precisar --en el marco del aseguramiento público-- el papel a

desarrollar por las distintas entidades, especialmente por las actuales

mutualidades administrativas, en la gestión y provisión del aseguramiento

y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la pluralidad de formas

existentes.


d) Habilitar instrumentos efectivos de acreditación individual

sanitaria (tarjeta sanitaria personal), estableciendo mecanismos de

identificación compatibles en todo el Sistema Nacional de Salud, y

conferir a las Administraciones sanitarias las funciones que actualmente

se desarrollan en el marco de la Seguridad Social en materias

relacionadas con el aseguramiento sanitario y la asistencia a ciudadanos

extranjeros sujetos a convenios internacionales en materia sanitaria.


2. Garantizar las prestaciones sanitarias

La Subcomisión considera necesario profundizar en la estrategia de

ordenación normativa de las prestaciones, concebida como un elemento

fundamental de determinación de los contenidos del derecho a la

asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.


La ordenación de prestaciones ha de ser más que un mandato normativo fijo

en el tiempo, un proceso participativo y dinámico que defina los

contenidos y las garantías de la asistencia sanitaria, y contribuya a

racionalizar la oferta asistencial.


La ordenación de prestaciones deberá realizarse por ley, previo informe

del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que determine,

entre otros, los siguientes contenidos:


a) Las competencias de ordenación de manera que, en el nivel

central, y previo acuerdo del Consejo Interterritorial, se fijará el

catálogo de prestaciones comunes en el conjunto del Sistema Nacional de

Salud, y expresamente se detallarán las prestaciones asociadas a nuevas

tecnologías, las ligadas a facturación entre servicios, y aquéllas cuya

indefinición pudiese generar graves desigualdades en su utilización. Las

Comunidades Autónomas con competencias sanitarias plenas podrán

complementar este catálogo estableciendo prestaciones adicionales con

cargo a sus fondos propios.


b) Las garantías básicas de las prestaciones relativas a equidad en

el acceso, libre elección, información, derechos de reclamación y

reintegro, calidad y tiempos de espera.


c) La financiación selectiva de prestaciones con cargo al Sistema

Nacional de Salud, que deberán diferenciarse según criterios de

necesidad, utilidad asistencial y social, y coste/efectividad.


En todo caso la incorporación de nuevas prestaciones se vinculará a

fondos específicos, como garantía futura de suficiencia financiera.


La Subcomisión estima que deben elaborarse y ponerse a disposición de los

ciudadanos unas Cartas de Servicios sanitarios que traduzcan a un

lenguaje no tecnificado los contenidos de los catálogos de prestaciones.


Las Cartas deberán precisar cuáles son las prestaciones a que tiene

derecho el usuario y qué mecanismos pueden arbitrarse para exigirlas; con

ello se conseguirán nuevas prácticas de información y transparencia, que

evitarán errores en la práctica de las prestaciones y clarificarán

objetivos de calidad en relación a las mismas.


Los usuarios deberán participar en la confección de las Cartas, a fin de

desarrollar su papel propio en la selección de los servicios.





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En el ámbito de la ordenación de prestaciones la Subcomisión recomienda

al Consejo Interterritorial el establecimiento de un programa de

evaluación de tecnologías sanitarias que defina, con carácter anual, las

prioridades que se han de seguir sobre esta última cuestión.


Este programa se hará efectivo contando con la participación de los

diferentes organismos o agencias de evaluación de tecnologías sanitarias

dependientes de las distintas Administraciones competentes. A este

respecto, es necesario recabar también la colaboración de las sociedades

científicas que agrupan a los profesionales especialistas en cada

materia.


Las tecnologías en proceso de evaluación se considerarán en fase de

experimentación, financiándose por vías alternativas a la de la atención

sanitaria, en concepto de investigación clínica.


En cuanto a la garantía de los tiempos de espera, la Subcomisión

recomienda la constitución, en el seno del Consejo Interterritorial, de

una comisión de prioridades, encargada de indicar, para aquellos

procedimientos diagnósticos o terapéuticos que se consideren prioritarios

--por resolver o paliar situaciones de incapacitación, de especial

gravedad y/o urgencia, o condicionar graves penalidades o sufrimientos--,

tiempos máximos de espera, superados los cuales, el paciente tendrá

derecho a ser inmediatamente asistido en el centro donde determine el

correspondiente Servicio de Salud/Insalud.


3. Instrumentar alternativas para la asistencia socio-sanitaria

Ante los significativos cambios demográficos --derivados del aumento de

la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad--, y los patrones de

morbilidad que se observan en España, la Subcomisión considera necesario

impulsar, en coordinación con los responsables de la política social,

iniciativas para la asistencia sociosanitaria, que, entre otras se

concretan en:


a) Diferenciar las prestaciones sanitarias de las actividades

asistenciales de carácter estrictamente social. La Subcomisión recomienda

la fijación, por ley, de los criterios de diferenciación, considerando

sociales --y no sanitarias-- aquellas prestaciones que supongan la

sustitución o colaboración del apoyo familiar y/o en el autocuidado, las

de carácter residencial, y las paliativas de dificultades económicas.


b) Promover el desarrollo de una red de asistencia sociosanitaria

específica que, bajo los principios de descentralización administrativa,

participación social y contribución económica de los usuarios a la

asistencia --en función de la capacidad económica y del tipo de

asistencia que se preste-- está dotada de unidades especializadas de

asistencia en régimen abierto, y de media y larga estancia, y fomente la

creación de nuevas alternativas asistenciales de acogida familiar y ayuda

a domicilio.


c) Coordinar a las Administraciones sanitarias y sociales en la

organización y mantenimiento de esta red socio-sanitaria.


d) Estructurar una red de centros y servicios para la asistencia a

pacientes psiquiátricos de larga duración, complementaria de la

asistencia pública.


La Subcomisión entiende necesario involucrar a la sociedad, en su

conjunto, y a las familias, en particular, en la atención sociosanitaria.


En este sentido, la Subcomisión insta al Gobierno a:


e) promover incentivos para las asociaciones de pacientes y las

organizaciones de voluntariado social,

f) fomentar la iniciativa social en el sector --mediante la apertura

de líneas de créditos blandos para infraestructuras, planificación de la

intervención pública y apoyo a la gestión de los centros--, y

g) reconocer de forma efectiva el papel asistencial de las familias

en la dedicación personal que prestan sus miembros a los enfermos

crónicos y a los ancianos.


4. Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación

farmacéutica

Como respuesta al elevado ritmo de crecimiento del coste de la prestación

farmacéutica, que representa aproximadamente una quinta parte del gasto

sanitario total, la Subcomisión considera necesaria la implantación de

nuevos instrumentos de racionalización y control de la prestación

farmacéutica, que, manteniendo sus altos niveles de calidad y

accesibilidad, hagan partícipe de la evolución de la misma a todos los

sectores y agentes implicados, incluidos los usuarios, y que se orienten,

entre otros, hacia los siguientes objetivos:


a) Establecer la progresiva separación entre registro y financiación

por el Sistema Nacional de Salud de las nuevas especialidades

farmacéuticas y regular la posibilidad de financiación selectiva --en

algunos medicamentos-- tan sólo de determinadas indicaciones.


b) Promover los medicamentos genéricos e implantar precios de

referencia. En esta línea, además de regular el régimen de registro y

autorización de medicamentos genéricos, se habrán de impulsar las

autorizaciones administrativas de estas especialidades y promover su

implantación en los hábitos de prescripción y dispensación del sistema.


Todo ello debe hacerse velando para mantener el equilibrio que haga

posible la inversión a los laboratorios que desarrollan patentes, ya que

estas empresas son las principales protagonistas en la investigación de

nuevos medicamentos, que las Administraciones sanitarias deben fomentar.


c) Mejorar los instrumentos de gestión de la prestación,

especialmente, mediante la identificación de los datos del paciente y la

mecanización de los mismos en la facturación de las recetas, y la mayor

participación de los profesionales, que han de contar con una información

rigurosa sobre medicamentos y con incentivos e instrumentos de gestión

tales como el establecimiento de presupuestos farmacéuticos en cada

unidad asistencial, entre otros.


La Subcomisión recomienda al Gobierno, asimismo, que promueva la

modificación de la Ley del Medicamento,




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regulando la facultad de sustitución de especialidades por los

farmacéuticos, teniendo en cuenta los precios de referencia y la libertad

de prescripción facultativa sobre principios activos y no sobre

especialidades, a fin de que las Administraciones Sanitarias dispongan de

instrumentos adecuados para aplicar la política de medicamentos genéricos

y precios de referencia que establezca el Gobierno.


La Subcomisión estima necesario promover una mayor participación de las

Oficinas de Farmacia en las actividades sanitarias complementarias de sus

zonas de salud respectivas, y un mayor compromiso de las mismas en los

programas de uso racional del medicamento y control del gasto

correspondiente.


Por último, por lo que se refiere a la participación de las Oficinas de

Farmacia en el coste de la prestación, la Subcomisión estima que los

márgenes del sector de Oficinas de Farmacia deberían, en el futuro,

escalonarse según el precio del medicamento, tendiendo a fijar --con la

participación del sector-- dentro de estos márgenes una cuantía

atribuible al acto profesional de la dispensación.


II. FINANCIACION SANITARIA

5. Asegurar un marco financiero estable

La elevada tasa de crecimiento del gasto sanitario es un motivo de grave

preocupación en España y en otros países occidentales por la dificultad

de adaptar la capacidad de financiación pública al crecimiento del propio

gasto sanitario.


Por una parte, el control del crecimiento del gasto exige la adopción de

mejoras en la gestión de los recursos destinados a Sanidad. Por otra

parte, el crecimiento del gasto se debe a factores exógenos a la gestión,

tales como el envejecimiento de la población, cambios en los patrones de

morbilidad y mortalidad, crecimiento de las expectativas de los

ciudadanos en cuanto a las prestaciones sanitarias y demanda de cuidados

sanitarios y mayores posibilidades de curación, incorporación de nuevas

tecnologías que no siempre tienen carácter sustitutivo, entre otros.


Estas presiones estructurales sobre el gasto sanitario exigen la adopción

de medidas igualmente estructurales para hacer viable financieramente el

sistema sanitario público a largo plazo. Estas medidas revisten una

especial importancia en un contexto de interdependencia económica en el

plano internacional que, en nuestro caso, se concreta en la necesidad de

cumplir los criterios de convergencia establecidos en el Tratado de

Maastricht. Sin embargo, la convergencia con Europa debe atender, no sólo

a los indicadores económicos, sino también a la necesidad de equiparación

en términos de bienestar y de cohesión social.


En consecuencia, tanto desde el punto de vista de creación de empleo,

dinamización de la economía y racionalidad en la cobertura financiera del

gasto público, como desde el punto de vista de su contribución a la

cohesión social y a la salud de la población, es necesario dotar al

presupuesto sanitario con cifras realistas que cubran la financiación de

las prestaciones y servicios que ofrece el sistema sanitario.


En este contexto, la Subcomisión considera necesario:


a) Establecer una base presupuestaria adecuada y realista, tanto

como punto de partida para el próximo cuatrienio como en lo relativo a

los criterios de crecimiento interanual. En virtud de la mayor dotación

de esta nueva base financiera --proporcional a las necesidades presentes

y realista de cara a la evolución futura-- el Presupuesto sanitario, a lo

largo del próximo cuatrienio, experimentará un incremento en términos de

su participación en el PIB nominal.


b) Instar al Gobierno para que en el Consejo de Política Fiscal y

Financiera, con anterioridad a la aprobación del nuevo Acuerdo financiero

para el cuatrienio 1998-2001 y a partir de las propuestas iniciales

expuestas por el Gobierno, se determinen los recursos adicionales a

aportar al Sistema Nacional de Salud en el ejercicio de 1998 y

siguientes, para alcanzar una base presupuestaria adecuada y realista, y,

en su caso, las fuentes de financiación que procedan.


c) Hacer explícitas las fuentes de financiación de las variaciones

de gasto, con carácter previo a la adopción de cualquier medida de

definición de nuevas coberturas y prestaciones con el fin de evitar, en

el futuro, la conculcación del principio de suficiencia financiera.


6. Garantizar la suficiencia y la equidad en la distribución territorial

El Acuerdo de financiación vigente (1994-1997), siguiendo lo establecido

en la Ley General de Sanidad, contempla un reparto basado en el criterio

de población protegida, tomando como referencia la población de derecho

del censo de marzo de 1991, a la que se resta el número de personas

integradas en los colectivos del mutualismo administrativo que reciben

asistencia sanitaria a través de entidades de seguro libre.


Cualquier esquema de financiación ordinaria sin un núcleo capitativo

tiene difícil justificación teórica en un servicio asistencial que se

reconoce universal. Por lo tanto y con independencia de cualquier otro

criterio que pudiera estimarse conveniente para contemplar las

diferencias de coste entre Comunidades Autónomas (la estructura

demográfica, los desplazamientos de población, la insularidad o la

dispersión geográfica, por ejemplo), el modelo de financiación

territorial debe mantener como núcleo básico el criterio de población

protegida, considerando las modificaciones del último padrón, a fin de

corresponder con la realidad poblacional.


Por otra parte, el nuevo Acuerdo de financiación deberá adaptarse al

horizonte, necesariamente cercano, de cierre del modelo asistencial

recogido en la Ley General de Sanidad. Así, la distribución territorial

de recursos debe contemplar y hacer posible las transferencias

pendientes, y considerar a largo plazo la integración y homologación

progresiva de la sanidad en la financiación autonómica.


Teniendo en cuenta estas orientaciones generales, la Subcomisión acuerda:





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a) Emplazar a las autoridades financieras del Estado y de las

Comunidades Autónomas, y al Consejo de Política Fiscal y Financiera, a

abordar de inmediato las bases de un nuevo Acuerdo de financiación

cuatrienal para el período 1998/2001, en el cual, respetando los

principios de suficiencia y estabilidad financiera, se deberán establecer

instrumentos para lograr una mayor disciplina presupuestaria.


b) Mantener, en el nuevo modelo de financiación para el próximo

cuatrienio, el criterio de capitación como regla de distribución,

perfeccionado, en su caso, por otros criterios, pudiendo incluir fondos

específicos para financiar los gastos por desplazados, docencia u otros

factores que determinan la variabilidad de costes entre Comunidades

Autónomas.


En todo caso, continuará siendo de aplicación para las Comunidades

Autónomas del País Vasco y Navarra lo previsto en la Disposición

Adicional Primera de la Ley General de Sanidad.


c) Instar al Consejo de Política Fiscal y Financiera a abordar,

durante el período de vigencia del nuevo Acuerdo, la incorporación

posterior de la financiación sanitaria en la financiación autonómica,

sobre la base de criterios de integración progresiva y corresponsabilidad

fiscal.


III. ORGANIZACION Y GESTION

7. Orientar el sistema a las necesidades de salud

La Subcomisión es consciente de las presiones a que están sometidas las

organizaciones sanitarias y de la necesidad de modernización y

flexibilización del sistema. En este sentido considera necesario orientar

la provisión de servicios a las necesidades de salud reales y

prioritarias de la sociedad, a partir de la identificación de las mismas,

mediante los planes de salud de cada Comunidad Autónoma.


8. Impulsar la autonomía de gestión

La modernización organizativa del Sistema Nacional de Salud exige

racionalizar los programas de gasto sanitario público, adoptar modos

organizativos y sistemas de pago que fomenten la eficiencia y la

responsabilización sobre actuaciones y resultados, y procurar altos

niveles de calidad debidamente evaluados y controlados. En esta

dirección, la Subcomisión recomienda:


a) Proseguir en los esfuerzos por separar las funciones de

planificación, financiación, compra y provisión de servicios,

configurando los centros asistenciales como organizaciones autónomas, con

facultades de decisión efectivas y responsables en cuanto a la gestión, y

dotar a los centros de órganos de gobierno operativos y participativos,

independientes de las entidades compradoras y/o financiadoras.


b) Facilitar la extensión de las nuevas formas de gestión a toda la

red asistencial pública, abordando en el seno del Consejo

Interterritorial, con pleno respeto a las competencias en materia

organizativa de las Comunidades Autónomas, la definición de unas

características comunes de la organización interna de los entes o

empresas públicas sanitarias en todas aquellas materias que se consideren

necesarias, atendiendo a las características del servicio que tales

instituciones prestan.


Estas características propias de las organizaciones sanitarias públicas

deben permitir compatibilizar el establecimiento de garantías en la

correcta prestación del servicio público (en materia de equidad en el

acceso de los usuarios a los servicios y garantías en la prestación de

los mismos, régimen presupuestario y económico-financiero, control

patrimonial y régimen de personal) con la aplicación de mayores cotas de

autonomía (dotación de órganos de gobierno propios, vinculación de los

ingresos mediante contratos de los servicios, gestión de flujos de

tesorería y capacidad de autoorganización, entre otros).


c) Controlar la calidad en la asistencia e impulsar su mejora

continua, a través de un sistema general de acreditación de centros y

servicios sanitarios consensuado en el seno del Consejo Interterritorial,

respetando el marco competencial vigente en la materia. La acreditación

debe permitir verificar el cumplimiento por parte de cada institución de

un conjunto de requisitos previamente establecidos.


d) Impulsar la competencia entre proveedores en el marco de un

mercado sanitario regulado, con el soporte de un sistema integrado de

información, fomentando relaciones estables y duraderas entre los agentes

del sistema, instrumentado a través del control y evaluación de los

resultados obtenidos.


9. Atender las preferencias de los usuarios

El Sistema Nacional de Salud debe acomodar las crecientes expectativas de

soberanía individual y participación que acompañan al desarrollo

económico, social y cultural, otorgando a los ciudadanos un mayor

protagonismo del que disfrutan en la actualidad y promoviendo una

organización de los procesos asistenciales --en sus vertientes técnica, y

de servicio y confort-- más acorde con sus preferencias. La Subcomisión

estima necesario:


a) Profundizar en los esfuerzos ya iniciados para reconocer el

derecho a la elección de proveedor, y acometer las reformas organizativas

que lo hagan efectivo (tanto en lo que afecta al paciente como a la

financiación de las instituciones sanitarias).


A este respecto, deberán modificarse las disposiciones de la Ley General

de Sanidad, para establecer la libre elección de médico y centro, ambas

con las limitaciones que la organización de los Servicios imponga y

referidas al ámbito de los Servicios de Salud correspondientes.


Asimismo, se deberá regular el derecho a la información asistencial

comparada y establecer, a este fin, la información sobre calidad

asistencial que estarán obligadas a aportar las instituciones sanitarias

como derecho del usuario y requisito para la provisión de la asistencia

sanitaria en el sector público.


b) Lograr una mayor participación social en todas las instituciones

asistenciales del sistema, fomentando los movimientos asociativos y del

voluntariado, impulsando




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las comisiones de participación ciudadana, y mejorando los procedimientos

de información y de reclamación.


10. Potenciar el protagonismo de los profesionales

Los profesionales sanitarios constituyen el principal activo del Sistema

Nacional de Salud. Su motivación y compromiso con la gestión son, sin

lugar a dudas, retos históricos pendientes de resolver en el sistema

público.


Dos factores pueden considerarse el origen de esa situación: la falta de

un adecuado sistema de incentivos y la burocratización y rigidez de las

relaciones profesionales. Para abordar la resolución de este problema, la

Subcomisión considera imprescindible el establecimiento, por ley básica,

de un nuevo modelo de relación laboral para el personal estatutario de

los servicios de salud.


Respetando las competencias en materia sanitaria de las Comunidades

Autónomas es preciso abordar un nuevo régimen de personal compatible con

la autonomía de gestión de los centros, al objeto de alcanzar los

siguientes fines:


a) Regular las peculiaridades del personal estatutario de las

instituciones sanitarias públicas mediante un Estatuto profesional

propio, de carácter básico para todo el sistema, sin perjuicio de su

desarrollo por las Comunidades Autónomas.


b) Fomentar la descentralización de los procesos de selección y

promoción profesional en el plano de las organizaciones proveedoras y

garantizando con criterios objetivos la calidad de los servicios y el

mantenimiento permanente de la motivación personal.


c) Flexibilizar el régimen de dedicación, mediante una mayor

personalización de las condiciones de trabajo, promover nuevas fórmulas

retributivas en las que realmente se prioricen los incentivos a la

actividad y a la calidad, y hacer efectiva la participación de los

profesionales en la toma de decisiones de los centros.


d) Adecuar las plantillas a las necesidades efectivas de las

instituciones, y promover soluciones legales para el ajuste por los

centros de las mismas y regular la negociación colectiva a nivel de

centro, bajo pautas comunes a todo el sistema, por lo que se refiere al

volumen total de empleo en el sector y a las condiciones salariales

básicas.


e) Profesionalizar la función directiva y establecer mecanismos

consecuentes de evaluación de los equipos de dirección.


En el ámbito de la regulación de las profesiones sanitarias, la

Subcomisión considera conveniente:


f) Promover, por ley, una ordenación específica de las profesiones

sanitarias con amplia participación de colegios, sociedades científicas y

asociaciones profesionales.


g) Instar al Gobierno a resolver urgentemente el problema de las

titulaciones pendientes así como adecuar las especialidades sanitarias a

las necesidades asistenciales, profundizando en el sistema de formación

especializada (residencia), a través de criterios de troncalidad dando

paso a especialidades emergentes, y promoviendo las áreas de capacitación

específica. Las Comunidades Autónomas deben participar en este proceso de

forma efectiva, en el seno del Consejo Interterritorial.


IV. COORDINACION TERRITORIAL

11. Completar la descentralización territorial

La implantación efectiva del modelo sanitario de la Ley General de

Sanidad exige la definitiva transferencia de la gestión de la asistencia

de la Seguridad Social, y su red de centros, a todas las Comunidades

Autónomas. La Subcomisión considera necesario dar un impulso político que

cierre el modelo de descentralización territorial, transfiriendo la

asistencia sanitaria a las Comunidades Autónomas del artículo 143 de la

Constitución, y promoviendo un pacto con las corporaciones locales para

que éstas asuman en el futuro un mayor protagonismo asistencial.


Con tales objetivos en perspectiva, la Subcomisión propone:


a) Promover las iniciativas institucionales que sean necesarias para

equiparar las competencias de las Comunidades Autónomas del artículo 143

de la Constitución en materia de asistencia sanitaria.


b) Hacer efectivos los traspasos de los servicios del Insalud,

fijando un plazo para el cierre final del modelo sanitario territorial.


c) Desarrollar, mediante el acuerdo interinstitucional que

corresponda, una mayor presencia en la actividad asistencial de las

corporaciones locales.


La Subcomisión considera que los procesos de descentralización sanitaria

no deben limitarse a la transferencia de la red asistencial actualmente

gestionada por la Administración General del Estado a las Comunidades

Autónomas. Es preciso, además, que el impulso a la descentralización

administrativa se lleve a cabo también en el ámbito de cada una de las

Comunidades Autónomas, en un proceso abierto de participación local y

social y de autonomía creciente de las instituciones en la toma de

decisiones que les conciernen.


12. Promover la cooperación y coordinación territorial

La culminación del proceso de transferencias debe permitir una

reconsideración a fondo del ejercicio efectivo de la función de

coordinación del sistema que corresponde al Ministerio de Sanidad y

Consumo. En un escenario de plena descentralización la dirección del

Sistema Nacional de Salud ha de desarrollarse fundamentalmente en la

búsqueda del consenso y la participación de las Comunidades Autónomas.


Estas, a su vez, han de contribuir al mantenimiento de la identidad común

del sistema de acuerdo a los principios de lealtad institucional y

cooperación recíproca.


Con ese objetivo, el Ministerio deberá potenciar el desarrollo de sus

funciones de coordinación principalmente a través del Consejo

Interterritorial, más por la vía de generación de valor como unidad

central y arbitral del




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sistema, que a través del ejercicio unilateral de su posición jerárquica

o de sus competencias privativas.


El cierre del modelo territorial obliga no sólo al Estado sino a todos

los agentes del sistema sanitario a avanzar en la configuración de un

Sistema Nacional de Salud que, sin perjuicio de la autonomía de gestión

de las Comunidades Autónomas, garantice unos elementos básicos comunes:


financiación, planificación integrada e información recíproca.


En este sentido, la Subcomisión considera necesario, al margen de las

iniciativas específicas de coordinación recogidas en los capítulos

anteriores, abordar los siguientes retos:


a) Perfilar el contenido de la función financiera, especialmente en

lo que se refiere, a la definición de criterios de financiación de la

sanidad pública y al establecimiento de los sistemas de información y

estadísticas económico-sanitarias comunes.


b) Poner en marcha, en el seno del Consejo Interterritorial,

instrumentos de coordinación normativa entre el Estado y las Comunidades

Autónomas para el desarrollo jurídico armónico de los aspectos

fundamentales del Sistema Nacional de Salud.


c) Renovar, bajo las directrices del Consejo Interterritorial, los

contenidos de la planificación integrada y dotar de medios específicos a

la misma, así como potenciar los programas sectoriales conjuntos,

orientando estas actividades hacia nuevos enfoques en materia de salud

pública, mediante iniciativas compensatorias y actuaciones conjuntas

sobre los grupos sociales más vulnerables y los mayores factores de

riesgo.


d) Definir el modelo central de información, con participación,

financiación y control común, de la Administración General del Estado y

de las Comunidades Autónomas.


e) Redefinir la Alta Inspección Sanitaria, que deberá ser

fundamentalmente el instrumento específico de garantía de la equidad en

el acceso a las prestaciones y de la inexistencia de discriminaciones,

instando al Gobierno a que regule reglamentariamente el ejercicio de sus

funciones, de acuerdo a las directrices del Consejo Interterritorial.


La Subcomisión sugiere al Gobierno que aborde, en el seno del Consejo

Interterritorial, nuevas iniciativas para el desarrollo del mandato

constitucional de «coordinación general de la Sanidad», entre otros

sectores, en materia de aseguramiento, política de personal, acreditación

y evaluación, ordenación de prestaciones, investigación

científico-técnica, y, especialmente, en salud pública.


La Subcomisión parlamentaria sugiere al Gobierno avanzar en la encomienda

a las Comunidades Autónomas, dentro de su ámbito territorial respectivo,

de la prestación de los servicios y el desempeño de las actuaciones

ejecutivas y de inspección y control que en materia sanitaria

corresponden al Estado con el fin de optimizar los recursos y conferir

mayor eficiencia al sistema.


13. Reforzar el Consejo Interterritorial

La descentralización del sistema sanitario y los avances en la

cooperación y coordinación territorial requieren un reforzamiento del

papel del Consejo Interterritorial en el futuro. En esa línea será

necesario promover, mediante la iniciativa legislativa y la acción

política, un importante salto cualitativo en la configuración de las

funciones y en la capacidad de aunar voluntades que ha de corresponder al

Consejo, cuya función, como órgano de intercambio, de información

recíproca y de puesta en común ha de incrementarse en el futuro.


La Subcomisión manifiesta, pues, la necesidad de fortalecer el papel de

este órgano como el instrumento esencial de vertebración del sistema

sanitario.


En este espíritu, las iniciativas fundamentales que deberán abordarse,

mediante las reformas legales o institucionales que correspondan, son las

siguientes:


a) Revisar su naturaleza jurídica y configuración administrativa,

otorgándole mayores facultades de decisión, y ampliar sus funciones como

órgano a través del cual se ha de instrumentar, preferentemente, la

fijación de las bases --sin perjuicio de su formal establecimiento por

ley--, la coordinación general sanitaria y los criterios generales de la

Alta Inspección.


b) Modificar su composición, suprimiendo su carácter paritario, y

establecer un nuevo régimen de acuerdos, --incluida la posibilidad de

introducir el voto ponderado según los casos-- que vincule de un modo más

operativo a todos sus miembros, utilizando, entre otros instrumentos, la

figura de los Convenios de Conferencia Sectorial.


c) Promover la participación en el Consejo de los diferentes agentes

que concurren en el sistema sanitario (organizaciones sindicales y

empresariales, de consumidores y usuarios, corporaciones profesionales

sanitarias, universidades y entidades científicas) mediante la

modificación, por ley, del Comité Consultivo.


d) Y, por último, dotar al Consejo Interterritorial y a todos sus

órganos de una estructura de soporte operativa que cuente con los medios

personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus cometidos y

el seguimiento de sus acuerdos.


Es voluntad de los grupos parlamentarios firmantes de este Acuerdo que

las iniciativas y las medidas que aquí se proponen propicien el más

amplio consenso institucional posible, en el mismo espíritu que ha

inspirado, recientemente, los pactos parlamentarios y sociales de

pensiones y empleo.


El objetivo de los trabajos de esta Subcomisión no ha sido otro que el de

favorecer un clima de entendimiento entre todos los grupos parlamentarios

--representantes de la soberanía popular-- a fin de superar

confrontaciones partidistas sobre el futuro de la sanidad, evitando que

se transmita a la población inquietud alguna sobre el mantenimiento de

los niveles alcanzados en la asistencia sanitaria española.


Estas propuestas, que habrán de ser consideradas y debatidas en la

Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados --y para las

que los integrantes de esta Subcomisión solicitan el apoyo de los

restantes grupos parlamentarios presentes en la citada Comisión--,

pretende ser un programa realista de futuro que ha de inspirar la

evolución de nuestro Sistema Nacional de Salud, elemento fundamental de

justicia y cohesión




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social, cuyos principios de aseguramiento, financiación, organización y

gestión, y cuyo modelo territorial deben consolidarse y modernizarse con

el apoyo de todos los agentes y grupos sociales, la participación de los

profesionales y de la ciudadanía, como seña de identidad común de nuestro

Estado democrático y autonómico de derecho.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 1997.--El

Presidente de la Comisión, Feliciano Blázquez Sánchez.--La Secretaria de

la Comisión, Blanca García Manzanares.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 117 del

vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, mantener para su debate

en Pleno el voto particular a las conclusiones de la Subcomisión para

avanzar en la consolidación del Sistema Nacional de Salud mediante el

estudio de las medidas necesarias para garantizar un marco financiero

estable y modernizar el Sistema Sanitario Público manteniendo los

principios de universalidad y equidad en el acceso (núm. expte.


154/000003).


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 1997.--El

Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Jesús Caldera

Sánchez-Capitán.


Al Presidente del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento de la Cámara,

se comunica el mantenimiento, para su defensa en el Pleno, del voto

particular presentado al Informe de la Subcomisión para avanzar en la

consolidación del Sistema Nacional de Salud (núm. expte. 154/000003).


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 1997.--Cristina

Almeida Castro, Diputada del Partido Democrático de la Nueva

Izquierda.--Manuel Alcaraz Ramos, Diputado del Partido Democrático de la

Nueva Izquierda.--Ricardo Peralta Ortega, Diputado del Partido

Democrático de la Nueva Izquierda.--Begoña Lasagabaster Olazábal,

Portavoz del Grupo Mixto.


A la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados

Por medio del presente escrito, ante la imposibilidad sobrevenida de

asistir a la sesión de esa Comisión que se celebrará el martes 21 de

octubre de 1997, se solicita que se tenga por defendido y mantenido en su

totalidad el voto particular presentado por la diputada y los diputados

del Partido Democrático de la Nueva Izquierda, integrados en el Grupo

Mixto, al Informe de la Subcomisión para avanzar en la consolidación del

Sistema Nacional de Salud (núm. expte. 154/000003), a los efectos de su

votación en dicha sesión y, en su caso, de lo dispuesto en el artículo

117 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 1997.--Cristina

Almeida Castro, Diputada del Partido Democrático de la Nueva

Izquierda.--Manuel Alcaraz Ramos, Diputado del Partido Democrático de la

Nueva Izquierda.--Ricardo Peralta Ortega, Diputado del Partido

Democrático de la Nueva Izquierda.--Begoña Lasagabaster Olazábal,

Portavoz del Grupo Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, al amparo de lo establecido

en el Reglamento del Congreso, mantiene para su defensa ante el Pleno de

la Cámara, los votos particulares presentados por este Grupo al texto de

la Subcomisión de modernización y reforma del Sistema Sanitario, los

cuales fueron votados y rechazados por la Comisión.


Madrid, 23 de octubre de 1997.--El Portavoz del Grupo Parlamentario de

Coalición Canaria, José Carlos Mauricio Rodríguez.