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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 779, de 20/10/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1999 VI Legislatura Núm. 779



JUSTICIA E INTERIOR



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JULIO PADILLA CARBALLADA



Sesión núm. 82



celebrada el miércoles, 20 de octubre de 1999



ORDEN DEL DÍA:



Continuación de la comparecencia del señor fiscal general del Estado
(Cardenal Fernández) para informar sobre:



- La memoria de 1998 de la Fiscalía General del Estado elevada al
Gobierno de Su Majestad. Asolicitud del Grupo Socialista del
Congreso. (Número de expediente 212/001518.) ... (Página 23098)



- La valoración del Ministerio Fiscal de la memoria correspondiente
al año 1998. A solicitud del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso. (Número de expediente 212/002123.) ... (Página 23098)



- El contenido de la última memoria de la Fiscalía General del
Estado, así como de las valoraciones que en ella se expresan. A
solicitud del Grupo Parlamentario Mixto. (Número de expediente 212/
002381.) ... (Página 23098)



- La memoria anual de la Fiscalía, en lo referente principalmente a las
causas por delitos sexuales y aborto. Asolicitud del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida. (Número de expediente 212/002120.) ...

(Página 23098)



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Se abre la sesión a las once y cincuenta minutos de la mañana.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Señorías, se reanuda la
sesión como continuación de la de ayer. (El señor Ollero Tassara pide
la palabra.)
Señor Ollero.




El señor OLLERO TASSARA: Señor presidente, quisiera utilizar un
brevísimo turno previo en relación con un pequeño incidente que se
produjo en la sesión de ayer, cuando el portavoz socialista me
reclamaba una aclaración. Concretamente, el señor Belloch aseguró que
una de mis afirmaciones no se ajustaba a la verdad y que esperaba de
la caballerosidad del señor Ollero que rectificara. La verdad es que
en esos momentos yo no estaba en condiciones de recordar el tenor
literal de lo que había dicho y como, por supuesto, me considero en
conciencia obligado a rectificar cualquier afirmación que no se
ajuste a la verdad, he ido al borrador del 'Diario de Sesiones', ya
disponible, y de ahí se deriva que el tenor de mi intervención era el
siguiente. El tema al que se aludía era que el Grupo Socialista tiene
pedida una comparecencia hace mucho tiempo, pero en las reuniones de
la Mesa dice que no tiene interés en que se sustancie. En relación
con esta afirmación, y haciendo una reflexión que me recuerda las
llamadas sentencias interpretativas, debo afirmar que, desde luego,
si se entendiera de esta afirmación que reiteradamente el Grupo
Socialista ha mostrado no tener interés, y de manera expresa, en que
se sustancie la iniciativa, se faltaría a la verdad. Como ya aclaró
el señor presidente, eso ocurrió solamente en una ocasión y, según se
me ha aclarado, porque yo no lo sabía, la razón -que quiero que quede
así en el 'Diario de Sesiones'- era que el portavoz que debía
intervenir en nombre del Grupo Socialista en esa iniciativa no
estaría en condiciones de hacerlo en la fecha a la que se refería el
citado orden del día. Por tanto, en esos términos, creo que se podría
admitir mi afirmación sin faltar a la verdad.

Por otra parte -y esto me preocupa más-, algún miembro del Grupo
Socialista y de la Mesa me hizo notar su malestar porque entendía que
había utilizado en el debate político alguna información relativa más
bien a la relación espontánea, cordial y no formal que, como es
lógico, se produce en el seno de las reuniones de la Mesa y
portavoces. Sin duda, la reunión de la Mesa y portavoces es un acto
oficial, no privado ni íntimo, se hace un acta, pero también es obvio
que, afortunadamente, la relación entre nosotros se produce en un
tono de espontaneidad que se vería traicionado, sin duda, si se
trasladara a un debate público. Yo no soy consciente de haberlo
hecho, pero, en la medida en que eso hubiera ocurrido siquiera
remotamente, pido sinceramente disculpas por ello y dejo bien claro
que nunca sacrificaré esa cordial espontaneidad y confianza a ninguna
ventaja dialéctica ocasional en un debate. (El señor presidente ocupa
la Presidencia.) Por otra parte, como la alusión era absolutamente
tangencial y parece haber molestado personalmente, no tengo ningún
inconveniente, al contrario, en rogar que se entienda por retirada.

(El señor Belloch Julbe pide la palabra.)
El señor PRESIDENTE: Señor Belloch.




El señor BELLOCH JULBE: Sólo queremos mostrarnos absolutamente
satisfechos por la explicación y dar personal y políticamente las
gracias al señor Ollero.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Belloch. Sin duda, ambos
han abundado en su capacidad de diálogo y profundizado en su
cortesía.

El señor fiscal del Estado tiene la palabra para contestar a las
peticiones formuladas en el curso de la sesión de la mañana de ayer
por los señores portavoces.




El señor FISCALGENERALDELESTADO (Cardenal Fernández): Señor
presidente, señoras y señores diputados, quiero agradecerles
sinceramente el interés que todos ustedes han puesto de manifiesto en
el contenido de la memoria correspondiente a este año, que se
presentó el 13 de septiembre, la fecha de la solemne apertura de los
tribunales. Con independencia de las valoraciones que les hayan
merecido estos u otros extremos, que, como es lógico, están en su
perfecto derecho de poner de manifiesto, por mi parte quiero mostrar
mi sincero agradecimiento ya que muchas de las observaciones que SS.

SS. hicieron son muy valiosas y se tendrán en consideración para la
confección de futuras memorias. No sólo, como se puso ayer de
manifiesto, se recoge la petición que nos hizo hace dos años don
Pablo Castellano respecto a hacer constar en la memoria las
comparecencias previas a las peticiones de prisión preventiva, sino
también otras sugerencias que se hicieron en aquella ocasión. Lo
mismo haremos, como podré decirles a lo largo de esta exposición, con
las contestaciones o respuestas a las preguntas que formularon SS.SS.

Comenzando por la primera observación, respecto a si es o no correcto
hablar de la memoria que se presenta al Gobierno de Su Majestad, le
decía yo ayer a don Pablo Castellano que lo estudiaremos a fondo,
porque, como él me decía, y con razón, no es una cuestión de
palabras, no es lis de verbo, que dirían los clásicos. Es una
cuestión de fondo, al menos para él, y merece todo el respeto y toda
la consideración, aparte de que, en alguna ocasión, lo mismo que se
habla del fiscal general del Estado, puede hablarse de la memoria que
se presenta al Gobierno del Estado o al Gobierno de la nación.

De la segunda observación discrepamos. Nos decía que la memoria no
respondía al contenido que le asigna el Estatuto orgánico del
ministerio fiscal. El Estatuto orgánico del ministerio fiscal, en su
artículo 9, da unas pautas que hay que seguir para el desarrollo de
la memoria, y nosotros creemos que, si no literalmente, en buena
medida sí se ha respondido a las pautas que establece dicho artículo.

En primer lugar, se habla de la actividad del ministerio fiscal, y a
ella se dedican en toda su extensión los capítulos I y III de la
memoria. A la evolución de la delincuencia, que es otro de las
menciones expresas de este artículo, se dedica todo el capítulo II,
donde se recoge la exposición, brevísima, claro está, de las memorias
de los fiscales jefes de los tribunales superiores de justicia,
recogiendo, a su vez, no solamente lo que corresponde a su provincia,
sino también a las provincias que integran la comunidad autónoma
respectiva. Por otra parte, en los



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anexos se contiene una exposición muy detallada y minuciosa de la
evolución de la delincuencia.

En cuanto a la, digámoslo así, consideración de hacer algo que sea
más novedoso, nosotros, como decía antes, tenemos intención de que el
capítulo IV, se dedique a las reformas que se estiman procedentes. Lo
consideramos con otros representantes portavoces de otros grupos
parlamentarios, que no solamente han dado su aprobación a las
referencias que se hacen, sino que incluso nos piden que seamos, en
la medida de lo posible, más explícitos todavía o que reflejemos con
mayor extensión las sugerencias que en este apartado hacen los
fiscales jefes en sus respectivas memorias. También nos decía alguno
de los diputados que intervinieron ayer que estas sugerencias deben
ser asumidas como propias por la Fiscalía General de Estado y no
transmitirlas como un relata refero. Me dice el fiscal jefe, y yo se
lo transmito a usted, que en la medida en que sean acertadas y
corresponda que la Fiscalía General del Estado las asuma, se
expondrán como propias, aunque naturalmente indicando cuál ha sido su
origen. De ordinario, estas sugerencias son hechas por los fiscales
que hacen el trabajo de calle, que se dice en otros órdenes
laborales, es decir, los que están a pie de obra, como también se
dice; los fiscales que día a día están en los tribunales o ante los
tribunales ejerciendo las acciones correspondientes.

Se hacen algunas referencias a lo largo del texto sobre los juicios
rápidos. Al portavoz del Grupo Socialista, don Juan Alberto, le
parecía muy oportuna esta observación que se hacía de que en los
delitos contra el medio ambiente, al haber disminuido o al haberse
reducido la gravedad de la pena, la competencia es de los jueces de
lo Penal. Al no ir a las audiencias provinciales, difícilmente
tendremos luego unos pronunciamientos de la Sala Segunda del Tribunal
Supremo y consiguientemente unos criterios uniformes en la
interpretación de éste y de otros deliltos.

Se habla también de la necesaria informatización no solamente para el
buen funcionamiento de todo el control de la Fiscalía, de los
juzgados y de los tribunales, sino para otras cuestiones más
puntuales. En concreto, S.S. decía que convendría reflejar en la
memoria la actividad de los fiscales adscritos a los juzgados de
Vigilancia Penitenciaria. Tomamos buena nota de ello y procuraremos
-y así se lo indicaremos a los fiscales jefes, antes de que
confeccionen la próxima memoria- que nos den el mayor número posible
de datos respecto a delitos cometidos por personas que se hallan en
el tercer grado o que están disfrutando de un permiso carcelario y
que en estos períodos de tiempo pueden haber cometido, como no es
raro, desgraciadamente, delitos como el que hace unos días ha
conmovido a la sociedad española y en particular a la de Madrid. Esta
estadística quizás pueda servir para, a efectos de la reforma
correspondiente en las disposiciones legales oportunas, no digo
eliminar, pero sí limitar esos riesgos que se corren en determinadas
situaciones.

Tengo que añadir, en cuanto a la actuación de los fiscales de
vigilancia penitenciaria, que algunas referencias sí se hacen, aunque
no sea completa ni se haya recogido como algo sistemático. Es
conocida la actuación puntual, profesional, seria, no sólo en este
caso al que me he referido tan reciente, en el que el fiscal adscrito
a Vigilancia Penitenciaria de Madrid tomó las medidas oportunas, en
el sentido de
interesar del juez, primero, que no se le concediera el tercer grado;
segundo, cuando se concedió el tercer grado, informó en un sentido
negativo y luego recurrió la resolución concediéndole el tercer
grado. Lo que pasa es que son recursos que se ven no inmediatamente.

Una reforma oportuna sería establecer un plazo corto de duración para
la resolución de estos recursos y además que el recurso tuviera
carácter suspensivo, de manera que el preso no saliera en libertad
hasta que no se hubiera resuelto el recurso. Además, como es sabido,
el fiscal, cuando tuvo conocimiento de la denuncia presentada por la
mujer, interesó nuevamente el ingreso en prisión.

Querría recordarles también el caso, yo diría que heroico, de la
fiscal doña Mercedes Bujanda, del Tribunal Superior de Justicia del
País Vasco, que, como saben ustedes, fue objeto de amenazas,
insultos, etcétera, por parte de organizaciones radicales conocidas
del País Vasco, gestoras pro amnistía, Harrai, etcétera, pura y
simplemente porque recurrió dos o tres autos de la juez de Vigilancia
Penitenciaria de Bilbao oponiéndose a que se le concediera libertad
cuando todavía no había sido clasificado en el tercer grado. Además,
le daba una salida, digamos, normal y facilísima. Como se le había
negado el tercer grado por parte de la autoridad administrativa o
gubernativa, como ustedes quieran, lo tenía facilísimo porque con que
hubiera recurrido esa resolución, la juez le iba a dar la razón. Se
hubiera cumplido el requisito del tercer grado y no hubiera habido
recurso. Sin embargo, allí estuvo el tiempo que su estado psicológico
se lo permitió, porque desgraciadamente -y digo desgraciadamente
porque es una vacante más que se produce en el País Vasco- pidió
traslado y está ahora en Palma de Mallorca. En cuando al otro fiscal
que llevaba vigilancia penitenciaria y que la sigue llevando, hubo
que pedir protección para él; se le está dando y sigue trabajando con
normalidad.

Otro punto que preocupaba no solamente a don Pablo Castellano sino
también al señor López Garrido es el de la siniestralidad laboral.

Este tema preocupa a la Fiscalía General del Estado. Se abordó en la
reunión de fiscales jefes celebrada en Madrid y tengo que decirles
que se ha creado un grupo de trabajo de la Fiscalía y del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, cuya primera reunión se celebró
precisamente anteayer. En concreto, en la reunión de fiscales jefes,
que tuvo lugar en Madrid, entre los días 24 y 26 de febrero de este
año 1999. Es verdad que no es una actividad de 1998, pero se preparó
en él. Una de las ponencias -de ello hablaremos con un poco de
detenimiento más adelante- se refiere a los derechos de los
trabajadores, concretamente, delitos contra los dererechos de los
trabajadores, desarrollada por doña María Dolores Espedal García,
secretaria general técnica o algo así del Ministerio de Trabajo;
algunas cuestiones sobre la autoría en relación con los resultados
lesivos a la actividad laboral, que entra claramente dentro de la
siniestralidad laboral; delitos contra la seguridad e higiene en el
trabajo o de previsión del riesgo laboral, que entra plenamente
dentro de la preocupación que mostraba S.S., y delitos contra los
derechos de los trabajadores. Estas cuatro ponencias, expuestas cada
una de ellas por un fiscal, han sido objeto de esa reunión de
fiscales jefes y se han recogido después en la revista



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Derecho Fiscal para que todos los fiscales de España tengan
conocimiento de ello.

Otra observación que S.S. nos hizo se refería al tratamiento que se
hacía en la memoria del Tribunal del jurado. En nuestro ánimo desde
luego no está dar una visión negativa o sesgada del jurado. Se ha
tratado de recoger las opiniones de los fiscales y, de hecho, la
valoración general es bastante positiva. Ayer remitíamos a unas
determinadas páginas de la memoria en las que se trata el tema con
una cierta mayor extensión. En concreto, en la página 277, apartado
2, Aproximación valorativa a la vista de las respectivas experiencias
prácticas, en las primeras líneas -no se las voy a leer, porque es
innecesario- se habla de la consolidación del procedimiento de la Ley
del Tribunal del jurado.

Pasamos a las preguntas que nos hizo don Juan Alberto Belloch,
portavoz del Grupo Socialista. Decía, en primer lugar: Reproduzco las
cuestiones planteadas por el señor Castellano. Pues a las
contestaciones que hemos dado nos remitimos.

Decía S.S. que la memoria era mejor antes. Esto es una cuestión de
apreciación, evidentemente. Con cierto grafismo, de alguna forma
respondía a ello don Andrés Ollero, portavoz del Grupo Parlamentario
Popular, diciendo que es cierto que no hemos visto grandes
aglomeraciones de interesados por comprar la memoria de la Fiscalía
General del Estado, que no hemos visto colas en las librerías para
ver qué dice el fiscal general del Estado. No es un best seller,
efectivamente; pero sí tengo que decirle que es un trabajo muy
apreciado y que, si lo era en el siglo pasado o a principios de este
siglo o en los años cincuenta, lo sigue siendo igual o más. De hecho,
se reciben peticiones de los lugares más dispares y tenemos
conciencia, seguridad y testimonios, de que cada día se aprecia más.

No se apreciaba sólo antes -que no digo que no se apreciase-, sino
que se aprecia tanto más ahora. De todas maneras, esto no requiere
demostración, basta una simple comprobación. Coja S.S. cualquiera de
las memorias de diez años para acá y verá que cualquiera de ellas,
incluido la que estamos valorando ahora, a simple vista, es algo que
no tiene, digamos, punto de comparación. Su opinión es que la memoria
es una simple amalgama; en cambio, la del señor Mardones no era ésa.

Le gustaba mucho la sistemática, la exposición, los razonamientos,
etcétera. La señora Uría, aparte de algunos reparos en otro punto, en
cuanto al contenido, a la sistemática y a la exposición no sólo daba
su aprobación, sino que la consideraba muy positiva y muy acertada.

De manera que entre ustedes queda el asunto. Nosotros procuraremos,
como es lógico, mejorarla cada día en la medida de lo posible.

Otro tema que preocupaba a don Juan Alberto son las vacantes en las
fiscalías, concretamente en la Fiscalía del Tribunal Superior de
Justicia del País del Vasco. No sé si tiene conocimiento de ello,
pero doña Margarita Uría, portavoz del Grupo Parlamentario Vasco,
hace un año o año y medio, formuló una pregunta para que fuera
contestada por escrito. Efectivamente se contestó y se envió un
informe -creemos que lo suficientemente extenso y razonado- de por
qué no salía a concurso la plaza del fiscal jefe del Tribunal
Superior de Justicia de Bilbao, de la que yo soy titular. A ese
informe me remito, pero en dos palabras le
diría que las ventajas de que saliera la plaza a concurso son menores
que los inconvenientes que produce porque estas situaciones de
servicios especiales no están reguladas en el Estatuto. El Estatuto
sí dice expresamente que, cuando sea designado fiscal general del
Estado un miembro de la carrera fiscal, pasará a servicios
especiales; pero luego, cuando se trata de la regulación de esos
servicios especiales, se dice: Esto se hará mediante la
correspondiente norma reglamentaria. Y no se ha hecho, no existe.

Entonces, ¿qué se procura hacer en estos casos? Acudir a la Ley
Orgánica del Poder Judicial como subsidiaria, a la que nos remite con
carácter general el propio Estatuto orgánico. Es decir, sería de
aplicación al caso el artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, pero quiero hacer aquí una matización por la que me parece
que no es del todo aplicable, que es la siguiente. Este artículo
empieza refiriéndose a los que se hallen en esta situación y que
tengan un destino con una duración fija, presupuesto que no reúne la
plaza de fiscal general del Estado, porque, como saben ustedes, puede
durar un día, un mes, un año o cinco; ha habido de todo. En segundo
lugar, si se nombrara otro jefe, en un momento dado, cuando se
incorpore el jefe originario, que no ha perdido su condición de jefe
porque está en situación de servicios especiales, ¿quién de los dos
ejerce la jefatura, qué hacemos con el jefe nombrado, digámoslo así,
supletoriamente? Ni siquiera puede hacer las funciones de teniente
fiscal, porque el que es teniente fiscal lo es por nombramiento
publicado en el Boletín Oficial del Estado. Este problema no se
plantearía, o por lo menos no con la misma agudeza, si se tratase de
un fiscal, sin más. ¿Por qué? Porque nada cuesta agregarle a la
plantilla, como ocurrió con mi antecesor, don Juan César Ortiz
Úrculo, fiscal de la Fiscalía del Tribunal Constitucional. Se
incorporó a su puesto y el que había venido a ocupar su lugar se
quedó allí adscrito y no pasó nada. Pero no había problema de
jefatura, que es a nuestro juicio lo que hace realmente difícil
cubrir la plaza. Por otra parte -es obvio, no hace falta mentarlo-,
el que nosotros estuviéramos allí o el que estuviera otro, un fiscal
nombrado, supondría cubrir una plaza, no quince y de lo que se
quejaba la Fiscalía en la memoria es de que hay quince vacantes. Se
habría cubierto una, pero no las quince.

Hablaba usted de dos omisiones en la memoria. Una respecto del caso
Pinochet y otra, el caso Gómez de Liaño. En cuanto al caso Pinochet
tengo que decirle, brevísimamente, que la memoria no es un lugar para
hacer valoraciones sobre asuntos o casos que están sub iudice. Y está
sub iudice. Aparte, debo añadir que hay que respetar el secreto del
sumario, que está declarado expresamente y el artículo 302 de la Ley
de Enjuiciamiento Criminal -de sobra conocido por S.S.- no me
permitiría hacer aquí uso de ello. El extenso informe de los
servicios jurídicos de esta Cámara -lo tengo aquí, pero no lo voy a
leer porque le correspondería hacerlo al presidente- dice que al
fiscal general del Estado, en sus comparecencias, no se le deben
hacer preguntas o no tiene que contestarlas cuando afecten al secreto
del sumario.

Por otra parte, tenemos ejemplos en los que queda patente y claro que
no tendría justificación que en la memoria se hiciera una exposición
o una valoración del llamado caso Pinochet, desde el punto de vista
de la Fiscalía. Tenemos



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ejemplos clarísimos, importantísimos, de una trascendencia enorme
dentro de España, a los que no se hace absolutamente ninguna mención
en la memoria. Léase, por ejemplo, el caso Banesto. El caso Banesto
es el récord judicial de duración en la justicia española. Llevan
celebrando el juicio algo así como un año y están aún en los
informes, es decir, todavía les quedan días por delante. Y no se hace
absolutamente ninguna referencia a él en la memoria. Otro caso
paradigmático es el caso Marey, que es el de mayor relevancia
política de este país, y se le dedican cinco líneas para decir,
simplemente, que se ha celebrado el juicio y que ha recaído sentencia
condenatoria; ni siquiera se citan los nombres de las personas
condenadas. La conclusión es: Si no se hace referencia a estos casos,
uno paradigmático en cuanto a duración dentro de la justicia
española, aparte de importante y trascendente por otros muchos
motivos, y prácticamente no se menciona este otro -se le dedican
cinco líneas-, que desde otro punto de vista es, sin duda alguna, el
que más relevancia ha tenido en España, no digo en este año o en el
anterior sino que habría que remontarse muchos años antes, no se ve
la razón de por qué se vaya a hacer mención a éste, que además está
sub iudice. Sí se le dedican cinco o seis líneas, pero es como si no
se le dedicara ninguna. Y creemos que esto es suficiente.

En cuanto al caso Gómez de Liaño, ayer, el señor presidente dijo que
no era procedente hablar de este punto porque no entraba dentro
-digámoslo así, propiamente hablando- de lo que era objeto de la
comparecencia y, por consiguiente, vamos a pasarlo por alto. (El
señor Belloch Julbe pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Belloch, no tiene S.S. el uso de la
palabra.

Continúe, señor fiscal.




El señor BELLOCH JULBE: Es una cuestión de orden. Porque ha hecho una
afirmación que -puedo estar equivocado- no coincide con la que yo
recuerdo. Usted, como presidente, intervino en relación con el caso
Pinochet, diciendo que no procedía, pero no recuerdo yo que se
planteara respecto del caso Gómez de Liaño.




El señor PRESIDENTE: Creo que fue después de varias citas de S.S. en
relación con determinados procesos en curso. Este es un proceso que
en este momento tendría alguna consideración personal, que una vez
concluido podría ser incluso objeto de alguna iniciativa, y lo que
dije fue que entendía que esas consideraciones particulares
desbordaban el objeto de esta comparecencia. Como elementos
dialécticos podían haber sido citados por S.S. o por cualquier otro
diputado, también por el señor fiscal si lo estimara oportuno, pero
la Presidencia entendía que no debía hacerse un análisis
pormenorizado en su contestación, ni de ese ni de ningún otro asunto
particular que hubiera podido ser interesado por alguna de SS.SS. en
el curso de sus intervenciones.

Ese es el criterio de la Presidencia, lo mantuve ayer y lo mantengo
hoy. Como el presidente también está escuchando al señor fiscal, si
entendiera que no se está ateniendo a la decisión de esta Presidencia
en cuanto al desarrollo del
debate, señor Belloch, sería la Presidencia la que se lo habría
puesto de relieve al señor fiscal.




El señor BELLOCH JULBE: En ese caso, necesariamente tengo que
manifestar la protesta de mi grupo por cuanto, por un lado,
consideramos que es una interpretación extensiva la que está
realizando el fiscal y, en segundo término, porque yo creo que le
está privando al propio fiscal de contestar a temas fundamentales.

Protestamos no sólo por la limitación de los derechos de mi grupo,
sino también por la injustificada limitación que se produce a la
posibilidad de contestar las críticas.




El señor PRESIDENTE: El compareciente también está sujeto a las
limitaciones que la Presidencia establezca.




El señor BELLOCH JULBE: Por eso formulamos la protesta.




El señor PRESIDENTE: No son limitaciones al debate, sino al
desarrollo de este concreto debate en aquello que es extraño al
contenido del mismo, sin perjuicio de poderlo plantear en cualquier
otra ocasión, siempre que ese sea el objeto del debate, porque, si
no, no discutimos sobre la memoria del fiscal general del Estado, que
es lo que nos convoca, sino sobre un determinado asunto judicial. La
Presidencia prácticamente en trance de concluir la legislatura, desea
que este tipo de debates tengan un objeto concreto para que los
señores diputados presentes y ausentes puedan conocer, cuando hay un
orden del día y una convocatoria, de qué se va a debatir, porque
creemos en el rigor de la actividad parlamentaria y porque el
Reglamento establece cómo debe desarrollarse un debate para que tenga
un seguimiento razonable y pueda ser ya conocido de antemano a la
vista de un orden del día y, aunque sea un debate en Comisión -en el
caso del fiscal general del Estado no puede serlo en ningún otro
lugar-, pueda ser perfectamente interpretado por los propios miembros
de la Cámara sin necesidad de concurrir aquí para saber qué es lo que
puede suceder o de qué se puede hablar.

Sabe el señor Belloch que lo intento hacer ateniéndome a mis propios
compromisos, puestos de relieve siempre, y en este caso no estamos
propiamente en el debate político. He de decir -en este punto no es
que yo discrepe, sino que discrepan el Reglamento y la Constitución-
que la comparecencia del fiscal general del Estado no es un acto de
control político -discrepo en este punto de lo que algún señor
diputado manifestó en el curso de la sesión de ayer- sino de
información por el mecanismo establecido por el propio artículo 44
del Reglamento, que hace una precisión en sus apartados 2 y 3, y por
la propia Constitución, que establece quién tiene responsabilidad
política ante el Congreso de los Diputados y el Senado y quién puede
ser convocado para exigirle la explicación de esa responsabilidad
política, y entre esas autoridades no está el fiscal general del
Estado. Si me lo permite S.S., yo creo que puede ser preguntado sobre
el qué, pero no sobre el porqué. El problema de este tipo de debates
es que transcurren para que el fiscal comparezca e informe de todo lo
que ha pasado, incluso de por qué ha pasado, en la medida de la
objetividad de que eso es parte del qué, pero pretender que el fiscal



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general del Estado responda del porqué de su propia decisión o de la
decisión de un determinado fiscal, sería adentrarnos en una
comparecencia similar a la del control político del Gobierno y de las
demás autoridades que tienen responsabilidad política ante el
Congreso de los Diputados y, en definitiva, establecer un debate
político.

Yo lo digo con la mayor humildad, porque puedo estar equivocado, pero
quiero atenerme en este punto -lo sabe S.S.- a mi compromiso de que,
mientras tuviera la responsabilidad de presidir esta Comisión, que
todas SS.SS. me han confiado, lo haría ateniéndome al Reglamento, por
supuesto a la mayor amplitud en la interpretación del mismo que yo sé
hacer, pero no cumpliría mi papel como presidente de este órgano
parlamentario si estos debates se convierten en un totum revolutum en
el que al final se termina, como ha sucedido alguna vez, quebrantando
los principios generales que deben presidir el desarrollo de estas
sesiones. Esa es mi interpretación. Lo he meditado mucho para buscar
mi aportación como presidente de esta Comisión, que tiene atribuida
la comparecencia de dos personas, como son el fiscal general del
Estado y el presidente del Consejo General del Poder Judicial, y
otras de la misma naturaleza que podrían ser convocadas y creo que es
bueno, para la práctica parlamentaria y para el futuro, que queden
perfectamente deslindadas.

Ayer el señor Ollero pedía unas precisiones en relación con las
resoluciones que se han producido en tribunales extranjeros sobre
actos procesales promovidos por el ministerio fiscal. Como se refería
a un proceso concreto, llevaba razón. Si estuviésemos en eso, si
hubiéramos tenido interés en que el fiscal general del Estado nos
informara sobre cómo la actividad del ministerio fiscal español ha
tenido respuesta judicial en los tribunales de justicia extranjeros
con ocasión de procedimientos de extradición o de cualquier otro esa
cita tendría lógica, e incluso tendría lógica el examen. Ahora bien,
si estamos hablando de la memoria y queremos profundizar en un asunto
concreto, entonces no estamos hablando de la memoria, sino que, a
través de esta comparecencia, hacemos un debate sobre las
circunstancias de un determinado proceso o sobre las decisiones del
ministerio fiscal en un determinado proceso.

Si S.S., su grupo o cualquier otro grupo o diputado hubiera planteado
la cuestión en el sentido de con qué criterios el ministerio fiscal
ha dado instrucciones, en el curso del año judicial de 1998, en todas
aquellas ocasiones en que haya sido el fiscal general del Estado el
que lo haya hecho y a qué criterios generales se ha atenido, eso
estaría dentro del contenido de este debate. Si el debate es: ¿Por
qué usted, en ese caso concreto, dio esa instrucción concreta para
que se recurriera ese auto concreto?, entonces -puedo estar
equivocado, espero y deseo que no, como es natural, y estoy
convencido de ello porque, si no, no adoptaría esta decisión- no es
ese el debate que autoriza el Reglamento ni tan siquiera el que la
Constitución prevé para la comparecencia del fiscal general del
Estado en la Cámara, porque eso sería lo mismo que si el fiscal
general del Estado tuviera que responder en los mismos términos en
que lo tuviera que hacer un ministro, un secretario de Estado o un
subsecretario en esta Comisión.

Yo vuelvo a repetir que es fruto de una reflexión y obedece a un
deseo de encauzar y dirigir estas sesiones en los
mejores términos posibles. Con eso, señor Belloch -con la cortesía,
el aprecio y el respeto personal que muy singularmente le tengo a
usted-, creo haber dado cumplida explicación de mi decisión. Confío
también en este punto que, tan exhaustivamente aclarado, merezca el
acatamiento de S.S., aunque naturalmente -he de respetarlo y
admitirlo-, acaso su discrepancia.




El señor BELLOCH JULBE: Señor presidente, no sólo acatamos
formalmente, sino que respetamos siempre sus decisiones, como le
consta a lo largo de todas sus intervenciones. Sin embargo, en este
caso -porque nos parece importante-, quiero hacer constar sólo dos
cosas. La primera, que lo que solicitamos es por qué se ha omitido de
la memoria el caso Gómez de Liaño, antiguamente caso Sogecable. Me
parece poco lógico que se le haya permitido al fiscal explicar por
qué ha omitido la referencia al caso Pinochet y, sin embargo, no se
le permita explicar por qué ha omitido la referencia al caso Gómez de
Liaño en la memoria. Primera afirmación.

Segunda afirmación, el criterio más de fondo que plantea S.S., para
que quede constancia en acta. Si resulta que no se puede controlar
políticamente al fiscal general del Gobierno, del Estado, en esta
Comisión y, a continuación, quien debería responder políticamente,
según esa interpretación, la ministra de Justicia, afirma que el
fiscal general del Estado actúa independiente y al margen de
cualquier directiva, instrucción o criterio porque es autónomo e
independiente, estamos descubriendo la única figura institucional no
controlada democráticamente de nuestro sistema. No lo digo para
polemizar, sino para que quede constancia en acta, acatando y
respetando la decisión del presidente.




El señor PRESIDENTE: Sin afán de entablar polémica con S.S., que no
sería correcto por mi parte ni la función del presidente en este
punto, he decir que he hecho la cita expresa de que la Constitución y
el Reglamento, a juicio de la Presidencia, establecen dos
comparecencias que deben desarrollarse en iguales circunstancias -dos
que se producen, porque hay otras que se pueden producir y no se
producen, pero estas dos se producen- que son la del presidente del
Consejo General del Poder Judicial y la del fiscal general del
Estado. Señor Belloch, no porque sea mi deseo, sino porque es el
deseo de la Constitución y del Reglamento de la Cámara, no responden
políticamente ante esta Cámara. Podemos hacer todas las reflexiones
constitucionales que queramos, pero eso es así. De esa puntualización
que S.S. ha hecho, estaría dentro del ámbito de esta comparecencia
-si usted lo desea, y así invito al señor fiscal general del Estado-
el que hiciera alguna consideración, -si es que está en condiciones
de hacerlo- de por qué no hay una mención especial en la memoria del
sumario que afecta a don Javier Gómez de Liaño. Estrictamente al
aspecto de recoger o no en la memoria esa causa y no otras, o unas sí
y otras no, o todas las que se tramitan en el país o ninguna o en qué
circunstancias.

Tiene la palabra el señor fiscal para continuar con su exposición.




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El señor FISCALGENERALDELESTADO (Cardenal Fernández): Respecto de las
preguntas que hizo la señora Alberdi, tenemos que agradecerle
sinceramente...




El señor PRESIDENTE: Señor fiscal, le decía que, sin perjuicio de que
se mantengan las prevenciones que hice en relación con estos casos
particulares, el señor Belloch querría saber si hay alguna razón -si
el señor fiscal las conoce- para que en la memoria se haga mención o
no de una determinada causa, y eso sí estaría dentro de la
comparecencia. Lo dice porque sí se hace referencia a una extradición
determinada, la que afecta al ex jefe del Estado de Chile y, sin
embargo, la causa que ha designado del magistrado señor Gómez de
Liaño no está contemplada en la memoria. Si el señor fiscal conoce la
razón por la cual no se contempla, si se contemplan todas las causas
que se tramitan o cualquier otra circunstancia, le rogaría que
hiciera una apreciación.




El señor FISCALGENERALDELESTADO (Cardenal Fernández): No ha habido
ninguna previsión en este sentido. No he omitido intencionadamente
nada que hiciera referencia a este respecto. Como saben SS.SS., la
memoria del fiscal general del Estado se confecciona con las memorias
y los informes que hacen los respectivos fiscales jefes. Pues bien,
el fiscal-jefe de la Sala Segunda del Supremo, que es quien ha
llevado el asunto, no ha hecho ninguna referencia a ello y, por
consiguiente, ha pasado inadvertido. No ha habido ningún propósito de
no traerlo.

Ala señora Alberdi le agradecemos la preocupación por el tema que fue
objeto de la circular 1/1998, respecto de los malos tratos en el
ámbito familiar doméstico. Estamos totalmente en la línea que ella
apuntaba en sus observaciones respecto a que lo que realmente era
valioso era el contenido de la Ley 14/1999. Podíamos felicitarnos por
cuanto la circular venía a coincidir, aunque fuese anterior en la
fecha, a lo que después se recogió en esta ley, y a la conveniencia
de las relaciones que debe mantener el juez, el fiscal, la policía y
todos los servicios para prevenir, en la medida de lo posible, este
tipo de actuaciones. Nos congratulamos y lo deseamos sinceramente.

Nos hemos movido en esa línea durante todo el año. Tenemos que añadir
algo. Esta misma mañana, a las diez, teníamos prevista una reunión
con doña Amalia Gómez, secretaria de Estado para Asuntos Sociales,
con la finalidad de tratar este tema y de arbitrar los procedimientos
que entendamos, no digo ya necesarios, sino convenientes para
prevenir y, en la medida de lo posible, evitar todo lo que hace
referencia a los malos tratos en el ámbito familiar. Respecto de la
actuación del fiscal de Madrid en el desgraciado caso al que me
refería antes, no vamos a repetir cuál ha sido, porque ha estado muy
en la línea del ministerio fiscal.

Don Andrés Ollero, portavoz del Grupo Parlamentario Popular, se
preguntaba qué es una memoria. No vamos a repetir lo que decíamos
antes. Estamos de acuerdo en que la memoria del fiscal general del
Estado no es un best seller que se lo dispute la gente y que vayan
corriendo a la librería o a la editorial para pedirlo, pero es un
instrumento de trabajo muy aprovechable. Estamos recibiendo, no sólo
felicitaciones, sino, sobre todo, y lo que es la más importante,
peticiones. Todos los años llegamos al final necesitando algún
ejemplar más porque continúan pidiéndolo. ¿Qué se puede añadir a la
memoria? Hacía referencia a la del Consejo General del Poder
Judicial, a la de su Universidad de Granada, pero podríamos hacer
referencia también a otras memorias que recibimos, como la del
Defensor del Pueblo o del Consejo de Estado. Con las particularidades
propias de cada institución, no creemos que la nuestra desmerezca en
absoluto respecto de cualquiera de ellas. Como estas memorias salen a
la luz del día, cualquiera que quiera comprobarlo, que coja una y
otra y vea cómo se refleja mejor o peor la actuación, el desarrollo,
la actividad, etcétera, de la institución respectiva, para nosotros,
del ministerio fiscal.

Su señoría hacía una observación respecto a las disconformidades,
probablemente porque alguien de los que le han precedido en el uso de
la palabra se había extrañado de alguna disconformidad y decía que
había un 23 por ciento de disconformidades, según los datos que
aparecen en la memoria. No es algo aislado el que se produzca una
disconformidad entre las sentencias y las peticiones del fiscal. Esto
lo entiende cualquiera, pero mucho mejor S.S., don Juan Alberto, por
su profesión ya que usted ha sido juez y magistrado, ha estado en una
sala y sabe que esto ocurre todos los días. Es más, en todas las
estadísticas se piden sentencias condenatorias conformes, sentencias
condenatorias disconformes, sentencias absolutorias conformes y
sentencias absolutorias disconformes. No este año, ni el año pasado,
en todos. Es algo que está dentro del programa informático de
aplicación en las fiscalías. Esto no puede dar lugar a otra
consecuencia más que la de ver el grado de aproximación y en qué
medida se ciñe el fiscal en cada caso a los principios de legalidad y
de imparcialidad, que son los que rigen y vertebran su actuación
desde este punto de vista.

Nos preguntaba qué es una consulta, porque uno de los intervinientes,
el señor López Garrido, ha hablado de las consultas, circulares y
demás. Les he traído aquí una publicación del boletín de información
del Ministerio de Justicia, el suplemento 1821, de 15 de mayo de
1998, que tiene una selección de circulares, consultas e
instrucciones de la Fiscalía General del Estado, desde 1883 a 1997.

En la introducción explica qué es una consulta, qué es una memoria y
qué es una circular. Si me permiten, les voy a leer las cuatro líneas
que vienen respecto de la consulta. Dicen: También son -lo mismo que
las circulares- normas o criterios de interpretación de un precepto
legal o cualquier otra disposición dictados por el fiscal general del
Estado, previo asesoramiento preceptivo, aunque no vinculante, de la
junta de fiscales de Sala del Tribunal Supremo, a las que han de
acomodarse los fiscales, provocadas por una consulta -entre comillas-
elevada por un órgano subordinado. La contestación de la consulta
tiene el mismo valor vinculante de la circular. Su elaboración,
proyecto de contestación y documentación están encomendadas a la
secretaría técnica de la Fiscalía General del Estado. La mecánica es
la siguiente: Cuando en una fiscalía se plantea un problema de
interpretación o aplicación de una norma en un caso determinado, se
lleva a la junta de esa fiscalía; todas las fiscalías celebran
periódicamente juntas. El fiscalque se ha encontrado con ese problema
lo expone, y los



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demás fiscales dan su opinión. Una vez terminado el debate, se somete
a votación y cada uno emite su voto. Si la mayoría está con la
opinión del fiscal-jefe no hay más, se sigue adelante y se aplica con
esa interpretación; si fuera al revés, es decir que el fiscal-jefe
está con la minoría, éste está obligado a elevar consulta a la
Fiscalía General del Estado. La consulta debe contener no solamente
el problema, sino también la exposición de las razones o argumentos
de una y otra tesis, porque, evidentemente, si se eleva a consulta es
porque no hay uniformidad, y no solamente eso, sino porque el fiscal-
jefe se ha quedado en minoría, y tanto unos como otros habrán tenido
unos argumentos o unas razones para mantener su postura. Así se eleva
a la Fiscalía General del Estado y ésta contesta de la manera que les
acabo de leer. Únicamente debo aclararles que la contestación no se
envía solamente a la fiscalía que ha hecho la consulta, sino a todas
las demás. Simplemente les quiero hacer la precisión de que no se
indica qué fiscalía ha hecho la consulta, sino simplemente en qué ha
consistido el problema, cuáles son las razones que daban unos y otros
y cuál es la solución que da la Fiscalía General del Estado.

También se refería el señor diputado a los estudios finales y a las
propuestas de los fiscales. A este respecto tenemos que decir que no
se incluyen todas. Todos los fiscales, cuando confeccionan la
memoria, suelen incluir algún estudio doctrinal; si no un estudio
doctrinal propiamente dicho, un informe de algún asunto
particularmente extenso o complejo que ha obligado a un especial
esfuerzo por parte del fiscal que lo haya llevado, que no
necesariamente es el jefe. El fiscal general del Estado considera que
es bueno incluirlo en la memoria de la Fiscalía General del Estado
para conocimiento de todos los demás fiscales. Hasta hace dos años
había unos llamados temas de obligado tratamiento, unos 15 ó 20,
respecto de los cuales tenían que pronunciarse. Se entendió que eran
excesivos y se han reducido a 4 ó 5, referidos a cuestiones de más
actualidad, más puntuales, que interesen más, etcétera, dejando otros
10, 12 ó 15 para que se expongan, si lo tiene a bien el fiscal-jefe
en cuestión, pero son más bien trabajos para incluir en una revista
que para la memoria que perdería un poco su carácter de memoria.

Me preguntaba S.S. asimismo por las posibilidades del Gobierno de
dirigirse al fiscal general del Estado. Efectivamente, sí las tiene.

Quizás sea bueno leer el artículo del estatuto que se refiere a esto,
porque con frecuencia, cuando se atribuye al fiscal general del
Estado un carácter político, se entiende que hay una especie de
permanente comunicación del fiscal general del Estado con el Gobierno
de una manera abierta o soterrada. El artículo 8 del estatuto dice:
1) El Gobierno podrá interesar del fiscal general del Estado que
promueva ante los tribunales las actuaciones pertinentes en orden a
la defensa del interés público. 2) La comunicación del Gobierno con
el ministerio fiscal se hará por conducto del ministro de Justicia, a
través del fiscal general del Estado. Cuando el presidente del
Gobierno lo estime necesario, podrá dirigirse directamente al mismo.

El fiscal general del Estado, oída la Junta de fiscales de Sala del
Tribunal Supremo, resolverá sobre la viabilidad o procedencia de las
actuaciones interesadas y expondrá su resolución al Gobierno en forma
razonada. En todo caso, el acuerdo adoptado se notificará a quien
haya formulado la
solicitud. Por tanto, ¿puede dirigirse el Gobierno al fiscal general
del Estado? Siempre que lo considere necesario, conveniente u
oportuno. ¿Cómo? Lo puede hacer el presidente del Gobierno
directamente o a través del ministro de Justicia. ¿Qué debe hacer el
fiscal general del Estado? Estudiar el asunto. ¿Y qué más? Someterlo
a la Junta de fiscales de Sala. ¿Y luego? Actuar con libertad de
criterio y contestar al Gobierno diciendo: se actúa definitivamente o
no se actúa por éstas o las otras razones. Esta es la mecánica y esto
es lo que dice el estatuto.

Se me ha preguntado: ¿En algún caso el fiscal general del Estado ha
sido preguntado o se le ha interesado -que no ordenado, porque esta
palabra no está en el estatuto, está la palabra interesar, no
ordenar-? ¿En algún tema se ha dirigido al fiscal general del Estado?
Pues sí, efectivamente, en uno, a propósito de los malos tratos a las
mujeres. Este era un fenómeno respecto del cual había una gran
sensibilidad dentro de la sociedad, los medios de comunicación se
hacían eco diariamente de acontecimientos desgraciados, lamentables,
dolorosos, y el Gobierno entendió que no sólo era de interés para
unos pocos ciudadanos, sino que reunía el requisito al que se refiere
el estatuto de que convendría tomar en consideración el asunto en
orden a la defensa del interés público, es decir, que había un
interés público en ello. ¿Qué hizo la Fiscalía General del Estado?
Algo de lo que ya hemos hablado muchas veces: confeccionar una
circular, mandarla a todas las fiscalías de España y ordenar que se
procediera de una determinada manera en este orden de cosas. ¿Y qué
se le dijo al Gobierno? Que se había mandado la circular, y se le
mandó una copia para que supiera lo que se había contestado a lo que
él había interesado. Esta ha sido la única vez en que el Gobierno se
ha dirigido al fiscal general del Estado que les está dirigiendo
a ustedes ahora la palabra.

También mostraba alguna preocupación S.S. por las retribuciones. El
artículo 33.1 del Estatuto orgánico dice que la carrera fiscal está
equiparada en retribuciones a la carrera judicial, también en
honores, consideraciones, etcétera. El artículo 34.1 dice que los
fiscales de Sala están equiparados a los magistrados del Tribunal
Supremo. Efectivamente, hablaba de la elaboración de un estatuto del
magistrado del Tribunal Supremo que se ha querido producir. Nosotros
no vamos a entrar aquí en ello, pero ha traído como consecuencia que
al elevarse las retribuciones de los magistrados del Tribunal
Supremo, dada esa equiparación que el artículo 34.1 establece entre
los fiscales de Sala y los magistrados del Tribunal Supremo, se han
elevado en la misma medida, en la misma proporción y en la misma
cantidad, las retribuciones de los fiscales de Sala del Tribunal
Supremo.

También preguntaba por las retribuciones de los fiscales no de Sala,
es decir, de los fiscales a secas del Tribunal Supremo. En este punto
queremos dar la siguiente explicación. Los fiscales del Tribunal
Supremo -repito, no los fiscales de Sala- tenían pendiente la
reclamación de un complemento que creían que les correspondía,
interpretando de una determinada manera algunos artículos del Real
Decreto del año 1989 en el que se establecen las retribuciones de
jueces y fiscales, y además citaban el artículo 27, números 1 y 2, de
la Ley de Presupuestos y decían que esta era una reivindicación que
se venía interesando desde el año 1990-



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1991. Por otro lado, estos señores decían: si esto no prosperase,
está claro que nosotros, fiscales del Tribunal Supremo, vemos en
casación los asuntos que se tramitan en la Fiscalía de la Audiencia
Nacional, de la Anticorrupción y de la Antidroga. ¿Por qué se les da
a ellos un complemento que a nosotros no se nos da? Pues bien, se
hicieron las gestiones oportunas, se elevaron los correspondientes
escritos y, en diciembre del año pasado, el Ministerio de Justicia
contestó que se daba el complemento que habían pedido los fiscales
del Tribunal Supremo. Queremos que tomen nota de esto por el interés
que tiene para la valoración de las intervenciones del fiscal general
del Estado interesando que se hagan realidad las peticiones que hacen
los fiscales, en este caso los del Tribunal Supremo porque algo que
venían reclamando desde hace ocho años, se consiguió por fin.

Inicialmente, no se consiguió más que para los fiscales de la Sala
Segunda; naturalmente, lo reclamaron los otros ocho o diez, los que
están en la Sala Primera, en la Tercera y en la Cuarta -los de la
Quinta son militares y no entran en este régimen retributivo-. El
fiscal general del Estado volvió a hacer las mismas gestiones para
que prosperase esta petición y, en el mes de marzo de este año, nos
contestó el Ministerio de Justicia diciendo que se concedía este
complemento.

Ello enlaza con la pregunta que se me ha hecho a continuación:
retribuciones del fiscal general del Estado. El artículo 31.2 dice:
El régimen retributivo del fiscal general del Estado -lo vamos a leer
como hemos leído los demás- será idéntico al del presidente del
Tribunal Supremo. Queremos deshacer un malentendido: no ha existido
una petición de subida de sueldo del fiscal general del Estado; ha
habido un recordatorio de este artículo del Estatuto orgánico del
ministerio fiscal producido no por el fiscal general del Estado, sino
por los demás fiscales de Sala. Estos fiscales, cuando en el mes de
enero vieron en el Boletín Oficial del Estado -en la ley de
presupuestos- sus retribuciones, se molestaron un poco porque al
fiscal general del Estado no solamente no le alcanzaban las
retribuciones del presidente del Tribunal Supremo, sino que tampoco
percibía la retribución de ellos mismos. Por ello, se dirigieron en
un escrito al Ministerio, escrito que dice lo siguiente:
Excelentísima señora -va dirigido a la señora ministra de Justicia-,
el propósito de este escrito -que firman el teniente fiscal del
Tribunal Supremo y fiscales de Sala- es hacer llegar a V. E. una
situación a todas luces injusta que estimamos que debe ser corregida
en cuanto sea posible. Se trata de las remuneraciones señaladas al
fiscal general del Estado en la última Ley de Presupuestos Generales
del Estado. El artículo 30.2 de la ley en cuestión -acabo de leer el
Estatuto orgánico- las fija en la cuantía de 11.074.938 pesetas, en
tanto que las del presidente del Tribunal Supremo -artículo 25.1- las
fija en 20.022.722 pesetas, y las de los fiscales de Sala -de ellos-,
según los casos, 16.573.824 ó 16.358.370 pesetas -artículo 30.2-. La
diferencia desfavorable en porcentajes es: del 80 por ciento en el
primer caso, respecto del presidente del Tribunal Supremo, y de un 50
por ciento en los segundos, es decir, respecto de los fiscales de
Sala. No tiene explicación legal alguna este estado de cosas, pues el
artículo 31 de la Ley 50/1981 de 30 de diciembre, que regula el
Estatuto orgánico del ministerio fiscal, dispone que el régimen
retributivo del fiscal general del Estado será idéntico al del presidente
del Tribunal Supremo. Tampoco lógica, pues no es posible
encontrar razón para que los emolumentos de quien ostenta la jefatura
del ministerio fiscal y está sometido al mismo régimen de
incompatibilidades que sus miembros sean inferiores, y en tal
magnitud, a los de quienes le están funcional y estatutariamente
subordinados. La situación no tiene justificación imaginable y
supone, además de una desatención hacia la persona del fiscal general
del Estado, un agravio institucional para la propia carrera fiscal,
que hace entendible nuestra reivindicación. Son razones las expuestas
que obligan a tomar medidas, donde quiera que haya lugar, para la
rectificación. No se pretende que se resuelva en estos momento,
aunque sería de justicia, pero sí que desde un principio se tenga
conciencia de la situación y esté presente en la elaboración de los
próximos presupuestos. Queremos añadir que este escrito ha sido
redactado sin intervención ni inicialmente conocimiento de quien en
estos momentos ocupa honrosamente la jefatura de la carrera fiscal.

Madrid, 22 de marzo de 1999. A continuación, lo firman todos los
fiscales de Sala. Está a su disposición. Entendemos que con esta
lectura queda suficientemente claro que no se trata de pedir un
aumento de sueldo, sino de otra cosa.

Preguntaba también S.S. por mi apreciación respecto de las
oposiciones para el ingreso en la carrera fiscal. Se trata de un tema
que está en boca de los fiscales y de los jueces. Para dar un dato
reciente sobre este particular, les leo algunas de las conclusiones
que se obtuvieron en el último congreso de la Asociación de fiscales,
que se celebró la semana pasada en Santander. Entre sus conclusiones,
en la ocho dicen: la Asociación de fiscales insta con carácter
urgente a la Fiscalía General del Estado, al Consejo General del
Poder Judicial, al Ministerio de Justicia y a los grupos
parlamentarios, a la inclusión, en el más próximo proyecto de ley
orgánica de alcance, de la disposición legal pertinente que asegure
la celebración de oposiciones conjuntas, integración de los fiscales
y jueces en una escuela judicial única con reforma del sistema de
oposiciones, volviendo a una única oposición con posibilidad de optar
por uno u otro destino, integrados ambos dentro del marco del Poder
Judicial. Esto es lo que opinan estos fiscales y yo se lo transmito
a ustedes como petición que hace una asociación.

En cuanto a la unificación de la oposición, ya lo puso de manifiesto
públicamente el presidente del Consejo General del Poder Judicial el
día de la apertura de tribunales, está en el libro blanco nuestro y
en el Libro Blanco de la Justicia. La escuela única sería algo que se
somete a la consideración de SS.SS., como todo lo demás, porque se
entiende que es muy positivo para las dos carreras, tanto para la
judicial como para la fiscal. Respecto a la unificación de carreras,
como bien saben SS.SS., hasta el año 1926, de publicación del primer
estatuto orgánico, las carreras estaban unidas. Es algo que
convendría plantearse porque, ya que se habla tanto de las
modificaciones que hay que introducir, incluso la elaboración de un
estatuto nuevo ha sido objeto de mención en varias ocasiones, tal vez
fuera oportuno que SS.SS. tomaran en consideración estos puntos a que
me acabo de referir para una próxima o lejana modificación del
Estatuto orgánico del ministerio fiscal. Por otra parte, como saben
muy bien SS.SS., los sistemasde los países vecinos van por este
camino; no es literalmente



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el italiano ni el francés, pero tampoco sería un caso aislado y
completamente fuera de lugar porque tanto el francés como el
italiano, siendo muy distintos entre sí y del nuestro, podrían tener
alguna cosa aprovechable.

En cuanto a la situación del fiscal general del Estado, ya he
explicado cuál es nuestra situación de servicios especiales -el
Estatuto orgánico lo establece así- y los problemas que crea la
aplicación del artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En
cualquier caso, está en la contestación que se dio por escrito a la
pregunta que formuló doña Margarita Uría.

Vamos a tratar de responder ahora, en la medida que nos sea posible,
a las preguntas que nos hizo don Diego López Garrido. En primer
lugar, tengo que decirle, señoría, que le estoy muy agradecido porque
sus preguntas dan lugar a hacer públicos determinados datos y
circunstancias que de otra forma no se conocerían y que quizá no han
sido suficientemente ponderados, aunque estén en la memoria, porque
no hice referencia a ellos ayer aquí en mi corta exposición y porque
normalmente no se han cuestionado nunca.

Afirma S.S. que esto es un acto de control parlamentario. No vamos a
entrar en ello porque el señor presidente de la Comisión durante esta
sesión ha expuesto, a nuestro juicio con una correcta interpretación
de la Constitución en el ordenamiento jurídico nuestro, que esto no
es un acto de control parlamentario. Aparte de las citas que ha hecho
el señor presidente, le indico modestamente que los servicios
jurídicos de Las Cortes Generales publicaron unos informes, uno de 26
de septiembre y otro complementario de 28 de septiembre de 1988,
respecto a qué es lo que se puede preguntar y qué no se puede
preguntar al fiscal general del Estado en sus comparecencias. Como es
muy largo el informe le voy a leer sólo cuatro líneas, que dicen: La
práctica parlamentaria confirma, pues, el criterio de que la
finalidad de la comparecencia del ministerio fiscal es la
información, sin que los miembros de la Comisión deban enjuiciar
políticamente sus manifestaciones. En el informe complementario se
viene a decir lo mismo: La Mesa de la Cámara debería admitir a
trámite la solicitud y trasladarla a la Comisión de Justicia,
recordando a ésta que la finalidad de la comparecencia es simplemente
la de informar y no la de responder políticamente, y que la
comparecencia acordada por la Comisión no releva al fiscal de
informar, etcétera. Por tanto, respecto a este punto no voy a decir
más porque creo que la contestación está suficientemente clara.

Respecto a la pasividad del ministerio fiscal, señoría, entiendo que
el ministerio fiscal no solamente no está pasivo sino que tiene su
actividad. Hacía antes referencia a la reunión de fiscales jefes. No
es fácil, se hizo en el mes de febrero de este año pero se preparó
prácticamente el año anterior. Vinieron a Madrid todos los fiscales
jefes de España, no los de los tribunales superiores sino todos,
aparte de los jefes de las fiscalías que tienen su sede en Madrid.

Esta reunión duró desde el día 24 que se inauguró, por cierto con la
presencia de Su Majestad el Rey, hasta el día 26, con la señora
ministra de Justicia como es natural, y se trataron temas como el de
los juicios rápidos, en el que intervinieron la excelentísima señora
doña Manuela Carmena Castillo, vocal del Consejo General del Poder
Judicial, y los señores fiscales jefes de Valencia, Sevilla,
Barcelona y
Madrid; y el de la inmigración ilegal, en el que fueron ponentes el
director general de Política Interior del Ministerio de Justicia se
procuró que en todas las ponencias hubiera, aparte de los fiscales,
un alto funcionario o una alta representación del Ministerio al que
pudiera afectar; en este caso el de Interior y los fiscales jefes de
Cádiz, Canarias y Girona, fiscalías que han tenido problemas o
dificultades y donde han sido frecuentes los casos de inmigración
ilegal por su situación geográfica, como es obvio.

Respecto al contenido de la memoria, ya que aquí se está hablando de
cuál debe ser su contenido, en la reunión la moderación corrió a
cargo del excelentísimo señor teniente fiscal del Tribunal Supremo,
don José Aparicio Calvo Rubio, y la ponencia a cargo del fiscal jefe
de la Secretaría Técnica, excelentísimo señor don Eduardo Torres-
Dulce Lifante, y en ella se pone de manifiesto la importancia, el
valor y la transcendencia que tiene el contenido que de hecho se da a
la memoria. Debo repetir, porque ya lo dije al principio, que tomé
nota de las observaciones que se me hicieron en mi comparecencia del
año 1997, que con el «Diario de Sesiones» en la mano se puntualizaron
algunas cosas y cuando se les dio instrucciones a los fiscales para
la confección de la nueva memoria se reflejaron no digo que todas
pero sí bastantes de las observaciones que se hicieron, como se hará
este año, y por eso he comenzado dándoles las gracias a SS.SS. por lo
útil y lo provechoso que es para nosotros la inmensa mayoría de las
observaciones que se hacen, en orden a subsanar vacíos, deficiencias,
lagunas, etcétera.

En estas jornadas se trató también de los menores, algo que a S.S. le
preocupa; luego hablaremos de ello. Por el Ministerio de Justicia
intervino don Francisco Bueno Arús, que como sabe S.S. es secretario
general técnico del Ministerio, porque nos interesaba mucho su
opinión sobre el ya proyecto de ley del menor, y también el fiscal
jefe de Cáceres, el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de
Granada, el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de
Asturias, el fiscal jefe de Ciudad Real y el fiscal jefe de Lleida.

Todos ellos expusieron distintos puntos y problemas en relación con
el menor. Les decía antes que en esta revista número 6 del ministerio
fiscal, correspondiente al primer semestre de este año, están
recogidas todas estas ponencias. No es cuestión de que les lea cuál
fue el título de la intervención de cada uno de estos señores, pero
cada uno de ellos enfocó, lo mismo que dijimos antes respecto de la
siniestralidad laboral, el tema de los menores desde distintos
ángulos. Luego, si S.S. quiere, tendré ocasión de leérselo.

También se trató sobre el plan de informatización de las fiscalías,
que es un tema que realmente nos tiene muy preocupados y respecto del
cual hablaremos luego con un poco más de detenimiento si SS.SS. lo
desean. En este tema intervinieron el teniente fiscal de la
Inspección y don Juan Carlos Garcés Pérez, subdirector general de
informática del Ministerio de Justicia. Se habló de la necesidad de
una reforma de la estadística judicial, sobre lo que me extendí en mi
intervención de ayer. Trajimos como ponente nada menos que a la
ilustrísima señora doña Pilar Martín Guzmán, presidenta del Instituto
Nacional de Estadística. Se trató también de los delitos contra los
derechos de los trabajadores, que no voy a repetir, así como del ADN,
la



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investigación penal y civil y sus problemas por don Antonio Alonso
Alonso, facultativo del Instituto Nacional de Toxicología, e
intervinieron el fiscal jefe de la Sección de lo Social del Tribunal
Supremo, el fiscal jefe de la Fiscalía Antidroga y el fiscal jefe de
la Fiscalía Provincial de Salamanca, que es un experto en la materia.

Asimismo se trató de la cooperación jurídica en el marco de la Unión
Europea, un problema que también preocupa a SS.SS. Para tratar este
tema la ponencia corrió a cargo del ilustrísimo señor don FranÁois
Badie, magistrado francés que, como saben ustedes, reside en España y
sirve de enlace de los organismos judiciales españoles con los
franceses. Se trató el tema de las transferencias autonómicas, es
decir, autonomías que tienen transferidas las competencias en medios
materiales de fiscalías, juzgados, etcétera -aunque a nosotros nos
interesan las fiscalías-, y sobre el mismo hablaron el fiscal jefe de
la Inspección, el director general de Relaciones con la
Administración de Justicia, que es la persona a quien incumbe, desde
el punto de vista del Ministerio, atender a todos estos menesteres.

No voy a leer el objetivo, la finalidad y demás cuestiones de esta
reunión, pero sí quiero decirles que constituyó un verdadero éxito
por lo que toca a los intervinientes y a los resultados de su
trabajo, que como he dicho están recogidos todos en este número de la
revista del ministerio fiscal.

Preguntaba S.S. por el número de denuncias y querellas que interpone
el ministerio fiscal, y puedo decirle que las hemos contado y que han
sido 260 las querellas que interpuso el año pasado y además formuló
3.346 denuncias. Naturalmente no puedo referirme sólo a las querellas
del Tribunal Supremo; me estoy refiriendo a las querellas que
presentan los fiscales porque, como es obvio, los hechos que dan
lugar a la querella se producen en un lugar determinado. ¿Quién es el
competente para presentar la querella? No lo es, evidentemente, el
fiscal del Tribunal Supremo, el fiscal general del Estado; lo es el
fiscal de aquel lugar, el fiscal jefe o no jefe, al que corresponda,
según la materia, de la fiscalía o del lugar donde se hayan producido
los hechos. Incluso aunque los hechos se produjeran en Madrid, la
querella la presentará el fiscal jefe del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid o, si es de alguna especialidad, de alguna de las
fiscalías especiales. Debe comprender que sea muy escaso el número de
las querellas o denuncias que se presentan en la fiscalía del
Tribunal Supremo por la sencilla razón de que el Tribunal Supremo
sólo es competente para instruir causas de aforados, y las causas de
aforados son menos y además normalmente las preparan particulares,
pero nosotros, como es lógico, conocemos de esas querellas.

Concretamente, el año pasado se interpusieron 22 querellas; de todas
ellas, lógicamente, se da vista al fiscal para que informe sobre
competencia y sobre el contenido de la querella, y a todas ellas se
contesta, como es lógico, por los fiscales de la Sala Segunda del
Tribunal Supremo.

Preguntaba usted cuántos recursos de amparo ha interpuesto el fiscal
general del Estado, la Fiscalía, y puedo decirle que me informan, a
la vista de las estadísticas, que no solamente no hay ningún recurso
sino que no está legitimado el fiscal general para interponer
recursos de amparo, a través de la Fiscalía, ante el Tribunal
Constitucional. En todo caso, según las estadísticas, el fiscal apoya
el amparo
en más de dos terceras partes de los que se interponen e incluso,
dicen, la postura del fiscal apoyando esos recursos de amparo va más
allá de las sentencias que al final estiman los amparos. Por lo
tanto, la Fiscalía no es ajena, pero no está legitimada para preparar
e interponer esos recursos.

Preguntaba S.S. por el número de circulares y consultas y decía que
le parecen pocas las circulares. Las circulares normalmente se hacen
para dar criterios en orden a la interpretación de normas o
situaciones nuevas o muy nuevas. Si S.S. examina las memorias de años
anteriores, porque en todas las memorias van como anexo las
circulares, verá usted que el número de circulares no es de 10, 12,
15 ó 20. ¿Por qué? Pues porque realmente no hay materia para ello. En
cuanto a las consultas, en el año 1997 se despacharon 17; este año
han sido menos, pero, en todo caso, por la mecánica que les explicaba
antes, no depende de la Fiscalía General del Estado que se despachen
más o menos, sino que depende de las consultas que hagan los fiscales
respectivos. A todas ellas se contesta. Le puedo decir que este año,
aparte de las que se han contestado, tenemos en elaboración en la
secretaría técnica varias consultas, lo que pone de manifiesto el
interés de los fiscales, es decir, la preocupación, la presencia de
los fiscales en los intereses sociales. Una de ellas versa sobre
delitos de ordenación del territorio. Otra versa sobre intervenciones
telefónicas. Otra, sobre en qué calidad declara el ya juzgado cuando
son juzgados los que habían sido coacusados pero a quienes se trae al
juicio porque no habían estado presentes cuando se celebró el juicio
la primera o la segunda vez: ¿es un testigo o sigue siendo un
coacusado? Otra cuestión es qué tratamiento hay que dar al enajenado
cuando cae en estado de enajenación durante el cumplimiento de la
condena. Otra versa sobre la falsedad documental en el extranjero y
sobre si son competentes los tribunales españoles para el
conocimiento de estos casos. Otra trata sobre la conversión del
arresto sustitutorio en arresto de fin de semana. Otra es la medida
cautelar de prisión preventiva en los procedimientos de extradición:
¿quién debe pedir la prisión? ¿Debe hacerse desde el lugar donde se
ha detenido al extraditado o en la Audiencia Nacional, que es la
fiscalía y es el tribunal competente para la tramitación de las
extradiciones? Crea sus problemas, evidentemente, porque si al
ciudadano respecto del cual se pide la extradición se le detiene en
Santa Cruz de Tenerife, hasta que llega a la Audiencia Nacional
pueden tardar horas o días y ¿qué se hace con este señor? ¿Se le
detiene? ¿Se le pone a disposición del juez de Tenerife, del juez de
la Audiencia Nacional? ¿Quién tiene que pedir la prisión? Porque hay
que asegurar la presencia de este señor. Por último, otra versa sobre
si el incumplimiento del arresto domiciliario es forma agravada en
cuanto al delito de quebrantamiento de condena. Estas son las que
están en elaboración, aparte de las que se han despachado,
correspondientes al año en curso.

Respecto a la cuestión de menores, tengo que decir en primer lugar
que es un tema tratado en la reunión de fiscales, como le decía
anteriormente. En cuanto a las previsiones de la Fiscalía para la
posible futura entrada en vigor de la Ley del Menor, se ha hecho una
petición en el mes de mayo o junio al Ministerio de un aumento en la
plantilla de 190 fiscales. Y tengo que añadir que la labor de los
fiscales que en cada fiscalía se ocupan de menores es destacadísima.




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En el 90 por ciento de las fiscalías -en otras no porque el número de
asuntos no da para ello- hay normalmente uno, dos o tres fiscales con
dedicación exclusiva o casi exclusiva a menores, de manera que, a
pesar de las deficiencias informáticas y de que un correcto
funcionamiento del sistema informático facilitaría mucho el trabajo,
se llevan ficheros manuales o de otro tipo, pero se procura llevar un
gran control; otra cosa es que se consiga, a veces no. Le puedo
transmitir mi experiencia en el País Vasco. En Bilbao había, o hay,
dos fiscales que despachan exclusivamente asuntos de menores, uno en
el juzgado de menores y otro para los menores en situación de
desamparo, cuya tramitación compete a la diputación -estos asuntos
corresponden en el País Vasco a las diputaciones-; no es su
dedicación exclusiva porque entran en juicios, etcétera, pero el
despacho de papel, que decimos nosotros, es exclusivamente de
menores. De ahí para arriba. En cualquier fiscalía de importancia en
la que pregunte usted, de Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, la
que quiera usted, hay fiscales que se dedican exclusiva o
preferentemente a menores. Pero, si S.S. quiere, le puedo hacer
después un recorrido por los temas que se trataron en esa reunión de
fiscales jefes.

Preguntaba también S.S. por visitas, inspecciones, expedientes, y
puedo decirle que el fiscal general del Estado, en el tiempo que
lleva al frente de la Fiscalía General, ha visitado numerosas
fiscalías y ha podido ver y palpar in situ la situación y los
problemas de los fiscales. Estas fiscalías han sido la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en este caso dos veces,
la segunda el año pasado cuando se produjeron las amenazas contra la
fiscal doña Mercedes Bujanda; la Fiscalía del Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña, que es la de Barcelona; la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias, pero estuve no solamente
en la de Santa Cruz de Tenerife sino también en la de Las Palmas de
Gran Canaria; en la de Cantabria; en la de Galicia, es decir, en La
Coruña, visitando también las adscripciones permanentes de Santiago
de Compostela, etcétera; en La Rioja, en Pamplona, en Aragón, en
Madrid, donde además he visitado las adscripciones permanentes de
Móstoles y Getafe; en Valencia; en Andalucía he visitado las sedes de
Granada, Sevilla, Málaga y Córdoba, aparte de que me reuní con todos
los fiscales jefes en unas jornadas que celebran cada año en un
lugar, el año pasado las celebraron en Baeza y allí pasé dos días con
ellos; en Murcia; en Extremadura he estado en las fiscalías de
Cáceres, de Badajoz y de Mérida y en Castilla y León he estado en la
Fiscalía de Valladolid y tengo previsto visitar para un futuro
inmediato, si me es posible, las Baleares, otra vez Valencia,
Asturias y Castilla-La Mancha. En cualquier caso, si S.S. quiere
valorar o ponderar la importancia que esto tiene, debe auscultar, por
decirlo de alguna manera, a estas fiscalías. En todo caso, si se
quiere hacer una valoración comparativa, le puedo asegurar, señoría,
que los fiscales que me han precedido estoy seguro de que no han
hecho visitas a tantas fiscalías en tan poco tiempo. Yo he sido
fiscal en una fiscalía durante 37 años y no he recibido la visita de
más de tres o cuatro fiscales generales, como mucho.

Pregunta S.S. también por qué no se hace referencia a los asuntos que
se tramitan en la Fiscalía anticorrupción, y con ello vamos a lo que
también se dijo antes sobre este
tema. ¿Por qué? Porque en todas las fiscalías se llevan asuntos
importantes, unos más, otros menos, unos de una trascendencia mayor y
otros menor, y el fiscal general del Estado es informado por los
respectivos fiscales motu proprio o porque el fiscal general le pide
información sobre esos asuntos y no se recogen en la memoria. Es
decir, no es que no se recoja sólo de ésta, de algunas se recogen y
quizás de ésta se recojan también algunas, pero no es objeto ni
objetivo de la memoria recoger el contenido de todas las denuncias,
querellas, diligencias informativas, de investigación, que se
tramitan en las fiscalías.

Preguntaba S.S. también si los informes semestrales de esta Fiscalía
se llevan a la Junta de Fiscales de Sala y al Consejo Fiscal. Mi
contestación es sí. Al último Consejo Fiscal, que se celebró el día 5
de este mes, se llevó el informe del primer semestre de este año y a
la última Junta de Fiscales de Sala, que se celebró, creo recordar,
en julio se llevó el mismo informe.

En cuanto a las cesiones de crédito del Banco de Santander, es una
cuestión que está sub iudice y, por consiguiente, me atengo a lo que
ya se ha dicho antes. En todo caso, si quiere una información mayor
se la podría dar, pero es un caso que no está resuelto y, salvo que
fuera, como ha dicho muy bien el señor presidente, objeto de una
comparecencia específica para tratar del tema, considero que se ha
procedido de acuerdo con las previsiones del estatuto. Lo que sí le
puedo decir es que se dio cuenta al Consejo Fiscal de lo que se había
hecho en este asunto.

Nombramientos de fiscales jefes. Parece que el Consejo Fiscal -dice
usted- es como una agencia de colocación, que los nombramientos de
los jefes se hacen fundamentalmente en beneficio o a favor de
fiscales que pertenecen a la Asociación de Fiscales. Le voy a dar
unos datos. Preguntaba en particular por los de Badajoz y Zamora. El
propuesto y nombrado fiscal jefe de Badajoz no pertenece a ninguna
asociación; desde luego no a la de fiscales. En Zamora, los tres que
pidieron la jefatura de la Fiscalía pertenecían a la asociación. Por
tanto, difícilmente se podía nombrar a uno que no fuera de la
asociación. Se nombró a aquel que se consideraba que era más
competente, más idóneo. Yle voy a dar un dato: en el Consejo Fiscal
hay un vocal que pertenece a la otra asociación. También tuvo el voto
de este vocal. No tuvo dos votos de vocales de su asociación. Salvo
estos dos votos, todos los demás fueron a favor. Sí le quiero
resaltar este dato: que un vocal que no es de su asociación le votó.

¿Qué nombramientos más han sido importantes? Ha habido uno muy
importante de fiscal de Sala, que ha recaído en don Jesús Bernal, a
la sazón, cuando fue nombrado, teniente fiscal de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias. No
pertenece a ninguna asociación. Que conste que el siguiente
peticionario más cualificado de los tres que había era un señor de la
asociación, pero el fiscal propuso al que fue más votado en el
Consejo. El más votado fue este señor, que no pertenece a ninguna
asociación, fue propuesto y fue nombrado.

Viene a decir que el Consejo Fiscal es un poco una agencia de
colocación. La verdad es que no es así porque entre fiscales
pertenecientes a la secretaría técnica en épocas anteriores hubo
nombramientos muy interesantes. Por ejemplo, de la jefatura de la
secretaría técnica pasó a teniente fiscal del Tribunal Supremo el que
lo es ahora y lo



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fue con un fiscal anterior a mí y a mi predecesor. El inspector
fiscal jefe también pasó de jefe de la secretaría técnica a jefe de
la inspección. El fiscal jefe de León pasó de la secretaría técnica a
la Jefatura de León. El teniente fiscal de la Fiscalía del Tribunal
de Cuentas también pasó de la secretaría técnica a este nombramiento.

En mi mandato, el Consejo Fiscal ha procedido con absoluta libertad y
yo he seguido prácticamente en todos los casos lo que ha opinado la
mayoría; no digo la unanimidad porque nunca la ha habido, pero la
mayoría sí. Tengo que decirle con cierto pesar que anteriores
nombramientos como los que me he referido antes, incluso de algunas
jefaturas importantes, se han hecho con cero votos en el Consejo
Fiscal, no con uno, con dos, o con tres; con cero votos han pasado a
jefaturas importantísimas o a algunos de los puestos a los que me he
referido antes. Eso se ha hecho en secretarías técnicas anteriores
a ésta. Cuando yo llegué, en la secretaría técnica había algunos que
pertenecían a la asociación, otros no pertenecían a ninguna y había
uno que pertenecía a la otra asociación; es decir, que había de las
dos.

Me pregunta S.S. cuándo se van a celebrar las elecciones al Consejo
Fiscal. Vamos a seguir la normativa, es decir, lo que se ha hecho en
los consejos anteriores. Me pregunta cuándo las voy a convocar porque
tienen que tomar posesión el día 20 de diciembre ya que el día 19
termina el mandato. Le anticipo -luego le daré más detalles, si
quiere- que en los consejos fiscales de los años 1989, 1993 y 1995
transcurrieron, desde el vencimiento del mandato del anterior
consejo, hasta la toma de posesión del siguiente, en uno 73 días, en
otro 42 y en otro 42; datos que me ha facilitado la inspección. Tengo
las fechas, no voy a cansar a los demás señores diputados, pero si
tiene interés luego se lo podría explicar.

En cuanto a la responsabilidad política del fiscal general del Estado
ya se ha dicho prácticamente todo lo que correspondía decir, no por
mí sino por el señor presidente, por lo que no tengo absolutamente
nada que añadir.

Paso a contestar a las preguntas planteadas por doña Begoña
Lasagabaster, del Grupo Mixto. Algún portavoz más le ha parecido que
la opinión, el parecer que se recoge en la memoria en cuanto a la
reforma del estatuto no es coincidente con la conclusión a la que
llegó el pleno del día 27 de mayo de 1997. Es una opinión. Ustedes,
en algunos puntos, han dicho: ¿Por qué no da su opinión o el fiscal
general del Estado no hace suyas las opiniones de los fiscales? Esta
es una opinión de la carrera, porque podemos decir que es el
resultado del parecer de todas las fiscalías de España, cuando menos
de la mayoría. En definitiva, ustedes son los que van a decidir en un
sentido o en otro, pero encontramos una cierta contradicción en que
respecto de unas propuestas se nos diga que por qué no las hacemos
nuestras y respecto de éstas se quejen porque hacemos una valoración.

Evidentemente, hacemos una valoración a los efectos de que SS.SS. la
ponderen y resuelvan lo que les parezca procedente, porque la
soberanía para la potestad legislativa reside en ustedes.

Habla del aumento de los delitos contra la integridad. Son los datos,
quizá no sea muy fiable la estadística. Ayer, yo procuré poner de
manifiesto las enormes dificultades que hay para que tengamos una
estadística lo más parecida posible, aunque mejor sería idéntica, el
Consejo General
del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, el Ministerio del
Interior y el Instituto Nacional de Estadística. Es una labor
difícil, pero estamos en camino de conseguirlo. Ya se ha creado una
comisión para estudiar todo este tema de la informática, de la que
forman parte un fiscal de la Secretaría Técnica, un fiscal de la
Fiscalía del Tribunal Constitucional, un fiscal del Tribunal Supremo,
un fiscal de la Inspección Fiscal. Nos hemos reunido con los
responsables de justicia del País Vasco, de Cataluña, de Andalucía y,
en particular, con el de Valencia y el de Galicia. Es un grupo que
seguirá trabajando. De todas maneras, creemos que la buena situación
en la que se encuentra la informática en el País Vasco (evidentemente
es puntero y es de lo mejor que hay, sin duda ninguna) nos permite
entender que los datos que se refieren al País Vasco sean de los más
fiables, por ejemplo, en cuanto a que la delincuencia en general ha
descendido un 7 por ciento en Vizcaya y otro 7 por ciento en
Guipúzcoa, precisamente porque allí se han obtenido los datos de la
informática y, por esta circunstancia de estar bastante bien
implantada, los hace más fiables.

En cuanto al delito de aborto y si la diferencia es de 14 a 28 o no,
la verdad es que el fiscal, en tanto el aborto esté tipificado en
determinados supuestos o lo esté en general y despenalizado en otros,
si no concurre alguno de esos supuestos en los que está
despenalizado, es lógico que, con arreglo al principio de legalidad,
ejercite las acciones correspondientes.

Que no se crea que por nuestra parte hay ninguna valoración
o minusvaloración de lo que es un grupo político o un partido político
con la expresión aquella de histeria nacionalista, porque eso de la
histeria era para los radicales, a los que ustedes reprueban tanto o
más que los demás. (Rumores.)
Respecto al problema de nuestra relación con la información de la
Unión Europea, ayer ya dije a qué foros internacionales han acudido
nuestros fiscales y qué puntos de contacto tenemos. Podría añadir que
el año pasado asistimos a una reunión de los fiscales generales y de
los presidentes de los tribunales supremos que se celebró en
Estocolmo, a otra que se celebró en el mes de junio en Holanda, y la
semana que viene vamos a asistir a otra que se celebra en Francia. En
este camino estamos en la mejor de las disposiciones.




Cuando se habla de que en la memoria no somos muy optimistas, no es
que no seamos muy optimistas con el sistema o con el invento -valga
la expresión-, con lo que no estamos muy optimistas es con el escaso
impulso que recibe de parte de las autoridades a quienes corresponde
impulsarlo. Es decir, en todo caso, los fiscales necesitan el mayor
impulso posible en esta materia.

Pasamos a contestar las valoraciones que hacía ayer el señor
Mardones, portavoz del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.

Tenemos que agradecerle particularmente a él las manifestaciones de
aprobación que hizo, tanto de la memoria en su conjunto como de la
distribución, la sistemática y cada uno de sus apartados, y le
agradecemos también, en nombre de los fiscales que han trabajado en
la elaboración de la memoria y de los demás funcionarios, la
felicitación que él nos transmitió ayer.

Nos habla de que hay una distinta sistemática en las dos fiscalías de
Canarias. Procuraremos que no vuelva a ocurrir



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así. Nos pondremos en contacto con los fiscales jefes respectivos de
las dos fiscalías y procuraremos que los dos reflejen la estadística
y los demás datos con una sistemática idéntica, como es natural.

En cuanto a la presencia y la atención del fiscal a posibles mafias
que puedan asentarse en aquel territorio, no le quepa la menor duda
de que estaremos en ello desde el primer momento. Lo que pasa es que
hasta ahora no se ha producido ninguna manifestación, al menos
relevante, de estas mafias en aquellos territorios.

Se quejaba de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia anulase con frecuencia las multas que
imponían los agentes de tráfico. No es una materia en la que
nosotros, como fiscales, tengamos mucha intervención, pero
procuraremos estudiar el asunto y ver de qué manera podemos influir
para que esto no suceda. Si los boletines de denuncia no están
fundamentados, y por esta razón la Sala de lo Contencioso anula esas
multas, se comprende perfectamente que en ese iter no intervenimos,
pero si en nuestra mano está hacer algo, procuraremos hacerlo.

Nos felicitaba en la materia de ejecución de sentencias y, al mismo
tiempo, mostraba su asombro porque uno de los fiscales se quejara de
que los jueces y magistrados de los tribunales no mostrasen empeño y
dedicación a las ejecutorias. Lo sentimos, pero esto no ocurre sólo
en Canarias. Una de las primeras cosas que a mí me enseñaron cuando
llegué a la fiscalía donde he estado tantos años era la de vigilar
las ejecutorias, hasta tal punto que en las juntas de fiscalía, al
hacer el acta, siempre se terminaba diciendo: Exhortación,
recomendación, orden del fiscal jefe de vigilar las ejecutorias.

Realmente serían piezas de museo algunos de aquellos ficheros de
penados que nosotros llevábamos, donde íbamos anotando la fecha de la
sentencia, fecha de la firmeza, fecha de la suspensión de condena,
fecha del cumplimiento de la suspensión de condena, indemnización,
fecha del cumplimiento, víctima, etcétera. Esto se hace en todas las
fiscalías de una manera o de otra. Ahora, evidentemente, se trata de
incorporar esto a la informática. Es muy costoso y difícil, porque
hacer un buen programa que recoja todo esto es difícil.

El señor Mardones nos decía ayer que le extrañaba que un fiscal de su
territorio reflejara en su memoria la no gran preocupación por parte
de jueces y tribunales en la ejecutoria de las sentencias, y les
decía a SS.SS. que esta es una preocupación que yo como fiscal he
advertido en las fiscalías desde hace cuarenta años que soy fiscal,
que lo primero que a uno le enseñaban era la vigilancia que había que
tener de las ejecutorias, porque de poco sirve dictar una sentencia
si luego no se vigila su cumplimiento. Es evidente que las penas
privativas de libertad se vigilan, es elemental, pero al pago de las
indemnizaciones, por ejemplo, se le da una importancia secundaria.

Tan es así que el Consejo General del Poder Judicial ha tomado
conciencia de la gravedad de este asunto y no es raro, y
probablemente se multiplicará, la dedicación de un juez a
ejecutorias. Ya en algunos tribunales superiores de justicia hay un
juez que se llama así, juez de ejecutorias, cuyo quehacer, por
decirlo de alguna manera, es precisamente llevar a cabo la ejecución
de las sentencias que han dictado los demás, los compañeros suyos,
los colegas de juzgados o de tribunales. Esto
pone de manifiesto que ahí existía un vacío, que no se vigilaba, pero
ha sido algo que hemos llevado siempre en las fiscalías, y por eso
este colega nuestro de su territorio ha podido hacer esa observación
-si no, no la hubiera hecho- de que la fiscalía se preocupe
continuamente y que no encuentre un eco idéntico entre los miembros
de los tribunales.

Estamos totalmente de acuerdo en que los jueces sean más sensibles a
las posturas de los fiscales cuando se oponen a la libertad de
quienes han sido internados por delitos de malos tratos a las
mujeres. Esta sensibilidad no solamente brilló por su ausencia en
este caso lamentable y tristísimo de Madrid, sino que yo les puedo
relatar algo que ocurrió en Zamora en este mismo año. Un preso pidió
un permiso y, en contra del dictamen del fiscal, porque estaba preso
por malos tratos, se le concedió un permiso, pero se le concedió a
disfrutar en dos momentos distintos, primero dos días y luego otros
dos. Tan pronto como se hizo público que este señor, al salir de la
cárcel, había dicho que iba a buscar a su mujer donde estuviera,
rápidamente nos pusimos en contacto con ese fiscal para decirle: si
ha disfrutado ya ese medio permiso y no ha matado a su mujer, hay que
pedir inmediatamente al juez que no le deje disfrutar la otra mitad.

Así fue, se pidió que se dejara sin efecto esa segunda parte del
permiso. Es una muestra más de la sensibilidad de los fiscales y que
se quiere transmitir, como es lógico, a los jueces.

Usted ha valorado muy positivamente lo que se ha reflejado en la
memoria respecto del tribunal del jurado. Estamos totalmente de
acuerdo y le agradecemos esa coincidencia de pareceres.

También ha destacado usted, y le parece muy positivo -incluso nos lo
pide, lo que honra a la carrera-, los estudios doctrinales que se
contienen. Tomamos nota de ello a ver si el año próximo podemos darle
la satisfacción de incluir más estudios que merezcan la pena, que
tengan altura científica.

Destaca S.S. el informe del Tribunal de Cuentas, porque realmente es
muy bueno y es una materia poco conocida.




En cuanto a estimular por nuestra parte el apartado relativo a la
reforma legislativa, depende de las reformas que se hayan producido,
porque -es algo que decíamos ya al señor López Garrido- las
circulares normalmente van a continuación de alguna reforma legal
para impartir criterios en la interpretación y aplicación de esa
norma nueva. La verdad es que esto depende ya de la actividad o la
productividad de ustedes en cuanto a nosotros pueda afectar.

En cuanto a la ampliación de plazas de la carrera fiscal, hay
prevista para los próximos presupuestos la dotación de otras 34 -se
pidieron 36- plazas nuevas, aparte de las 190 que se han pedido para
cuando se apruebe la ley del menor, que está ahora en fase
parlamentaria.

Repito nuevamente que agradecemos sus elogios y su aprobación del
contenido de la memoria.

Doña Margarita Uría dice que no está de acuerdo con la memoria en
cuanto que no se cumplen las previsiones del artículo 9.o. Nos
remitimos a lo que dijimos a este respecto en cuanto a la valoración
que hacían también don Pablo Castellano y don Juan Alberto Belloch.




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Hace usted una valoración positiva de ciertas modificaciones legales
o de las aportaciones que se hacen en este sentido. Se lo agradecemos
y en la medida de lo posible, como le decíamos ahora mismo al señor
Mardones, si se producen nuevas reformas legislativas, incorporaremos
a la memoria las sugerencias que nos hagan los fiscales, no todas,
sino las que consideremos que merece la pena incorporar.




Respecto de las carencias de fiscales y mi puesto de fiscal jefe del
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ya he contestado a esta
pregunta. En cuanto a la evolución de la delincuencia, es evidente
que la presencia de la policía en la calle es muy importante porque
disuade -es incuestionable, esto es verdad- al delincuente, y esto
explica no los delitos que no se han cometido, que no los sabremos
nunca, pero sí los delitos frustrados. Con frecuencia, al hacer las
estadísticas, dicen: ¿cómo han salido tantos delitos frustrados? Por
la eficaz actuación de la policía, normalmente, no siempre, pero
sobre todo en los delitos que se cometen en el ámbito urbano es por
la eficacia de la presencia de la policía, y creemos que en este
sentido es ejemplar, como los es -y es la experiencia que conozco, la
de Bilbao, supongo que será lo mismo en Vitoria y en San Sebastián-
en los pueblos o municipios que tienen policía municipal.

En cuanto al punto que toca de si se vincula el acercamiento de
presos con la tregua o si no tiene nada que ver con ella, nosotros
creemos que esto debe ser desvinculado. Nuestra contestación a esta
pregunta es que la memoria no cuestiona la campaña de acercamiento,
sino que se limita a constatar que esa campaña ha sido utilizada por
grupos violentos para justificar sus acciones, no los acercamientos.

La memoria reprueba la violencia y no la posición de quienes, desde
la no violencia, defienden el acercamiento de presos de ETAal País
Vasco.

Respecto a la proximidad o no, el trato o las relaciones de la
Fiscalía con la policía autonómica, recuerdo esa visita que hizo aquí
a Madrid el consejero de Interior del Gobierno vasco y la
conversación que tuvimos respecto de un asunto muy puntual, que no es
del caso, pero entendemos que la queja -digámoslo así- de la memoria
del fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco se
refiere más quizá al día a día, a ese trato frecuente o a esa
disponibilidad más o menos próxima de los funcionarios de la
Ertzaintza con la Fiscalía.

Con relación a aquellos artículos de Deia, le contestamos con cierta
extensión al primero por aquello de que es un amigo, un antiguo
compañero del País Vasco y demás, pero con el segundo nos parecía que
era meternos en una polémica, en un debate todo lo legítimo que S.S.

quiera, pero que no es propio del fiscal general del Estado. Por eso
dijimos que no contestábamos y en todo caso que no entrábamos en
política, por muy político que le parezca a S.S. el fiscal general
del Estado, hay que distinguir. Nosotros consideramos que no lo es y
no íbamos a entrar en un debate político; no entramos aquí, cuanto
menos en un periódico, que puede interesar a los lectores de ese
periódico, pero no al resto de los ciudadanos, y el fiscal general es
fiscal general del Estado.

Hace usted referencia también, con un cierto retintín, doña
Margarita, a que estuvo usted en mi despacho y me
pidió que yo interviniera en un determinado asunto. No recuerdo muy
bien, creo que se trataba de un preso de ETA, o de un detenido, cuyo
abogado había hecho unas manifestaciones injuriosas referidas al
consejero de Interior, don Juan María Atutxa, y si es aquel asunto
creo que le dije: se trata de unas manifestaciones que ha hecho un
abogado que defiende a un detenido, que efectivamente se pueden haber
salido del ámbito de lo que es propio, considero que no es necesario
que nosotros actuemos, pero como es el consejero de Interior del
Gobierno vasco (usted a la sazón era directora general de los
Servicios Jurídicos del Gobierno vasco), me parece muy bien que usted
interponga la querella que considere pertinente, o la denuncia, o lo
que sea, o petición de deducción de testimonio, y puede estar segura
de que si hay contenido delictivo el fiscal al que corresponda irá
adelante. No recuerdo si es este asunto, creo que ha sido una de las
veces en que hemos podido hablar y que yo no haya estado de acuerdo
con usted. Después si quiere me lo recuerda con más detalle, por si
acaso.

Lo que sí le puedo decir, doña Margarita, es que en ese tipo de
actuaciones, en cuanto que eran competencia de la Fiscalía, no hemos
dado nunca un paso atrás, ni una sola vez. Otra cosa es que,
tocándoles muy de cerca, a usted por ser la directora de los
Servicios Jurídicos, y a un miembro del Gobierno, le pareciera que
era urgentísimo y gravísimo el tratar aquello, pero le puedo decir de
actuaciones nuestras, de querellas presentadas ante el Tribunal
Superior de Justicia del País Vasco que nos han sido desestimadas, ni
siquiera se nos han admitido a trámite. Si quiere le puedo dar con
pelos y señales los datos, porque a mí me parece que aquello sí era
por lo menos para admitirlo a trámite y tomar declaración a aquellos
señores; ni a trámite. Y no digamos ya de denuncias y de otras
querellas que se han quedado en nada, y cuando han sido algo no ha
habido ningún problema, el juicio se ha celebrado, precisamente en
este tipo de entraba, y no ha pasado nada; lo que pasaba por dentro
era otra cosa, pero eso me incumbía a mí nada más.

Dice usted que su valoración de conjunto de la memoria es muy
positiva. Yo se lo agradezco de verdad, y tengo que resaltarlo por
cuanto supone de reconocimiento de un trabajo y por cuanto es
también, de alguna manera, el parecer distinto, incluso opuesto, al
de otros parlamentarios, lo cual para nosotros, digámoslo así, a
nivel de portavoces quedaría en tablas.

Al señor Silva, por CiU, le tengo que decir que lo que pueden ser
temas de comparecencias específicas no parece que tengan que ser
necesariamente tratados en la presentación de la memoria o en la
dación de cuentas de la misma. Dice que puede haber algunas cosas que
merezcan un retoque pero que, en cualquier caso, en general le parece
que la memoria estaba suficientemente construida, con un contenido
aceptable. En cuanto al título coincidía con don Pablo Castellano en
que debía de ser al Gobierno del Estado, no al Gobierno de Su
Majestad, y me remito a lo que dije antes. Le interesa que los temas
doctrinales se traten incluso con más extensión, esto lo han dicho
también algunos, procuraremos hacerlo así en la medida de lo posible.

En cuanto a los esfuerzos que ha hecho Cataluña en orden a la
informatización de la Fiscalía, tenemos que reconocerlo y agradecerlo
por la parte que a nosotros nos toca, porque las estadísticas están
ganando en fiabilidad, el trabajo



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de las fiscalías se hace mucho mejor, en el sentido de que se
controla mucho mejor, y estamos totalmente de acuerdo en las
sugerencias que él hacía en este punto.

Por lo demás, él hacía una valoración positiva del tratamiento del
jurado, de los malos tratos a la familia, de los delitos de medio
ambiente, de la red europea, etcétera. Le agradecemos esa aprobación
que hace de los contenidos de la memoria en este punto.

En cuanto al procedimiento contencioso-administrativo, decía que por
qué no una circular para unificar criterios, sobre todo en temas de
competencia. Se impartió una circular, quizá no sea suficiente. Ya
nos pondremos en contacto con los fiscales, quizá será necesario, y
es bueno que se diga aquí precisamente para esto, para tomar en
consideración esos puntos que merecen una atención especial.

Respecto a los menores, me remito a lo que he mencionado
anteriormente. En cuanto a las medidas que se van a adoptar, es puedo
anticipar que tengo prevista una reunión con la secretaria de Estado
de Asuntos Sociales, para el mes de noviembre, y que, a partir de
ahí, posiblemente se organice algún curso sobre determinados temas
puntuales de los menores, sin esperar a que salga la non nata ley del
menor, que en su proceso parlamentario todavía no es ley, es proyecto
de ley. Cuando se apruebe la ley se adoptarán las medidas que nos
correspondan que, por otra parte, serán medidas de competencia de las
autoridades no judiciales, sino administrativas, aquellas que tengan
a su cargo la atención de estos menores delincuentes o de los menores
maltratados, menores en situación de desamparo, etcétera.

Por mi parte, nada más. Muchísimas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor fiscal por su exhaustiva
contestación a las cuestiones planteadas en esta sesión y en la de
ayer.

Si lo desean, abriremos un turno breve, siempre que alguna de SS.SS.

desee intervenir. Como anuncié, en este turno intervendrán de menor a
mayor. En primer término, tiene la palabra la señora Lasagabaster.




La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Centrándome en una de las cuatro
cuestiones que le había planteado y en relación al tema de las
valoraciones que se vertían en la memoria relativas a determinados
pensamientos políticos, me dice el fiscal general que no había
intención de llevarlo a ese término. Sin embargo resulta curioso,
porque la frase (una frase sobre la que, por cierto, formulé por vía
parlamentaria una pregunta a la propia ministra de Justicia para
saber si la compartía, porque el informe era de la Fiscalía de la
Audiencia Nacional, y volveré a preguntar, porque no se me ha
contestado) hace referencia -no sé si leérsela literalmente- a que la
violencia que se produce en el territorio de la Comunidad Autónoma
del País Vasco tiene la complacencia de los rectores de la sociedad
del País Vasco. Es evidente que los rectores de la sociedad del País
Vasco son unas determinadas personas, con nombre y apellidos, y que
pertenecen, en este caso concreto, a dos partidos nacionalistas, el
Partido Nacionalista Vasco y Eusko Alkartasuna. Por tanto, no puedo
admitir la justificación que me hacía el fiscal general en estos
momentos, porque está tan claro lo que quería decir que realmente no
se puede aceptar.

Además, esa complacencia (venía incluso a explicar por qué) era por
la histeria separatista, y curiosamente el fiscal general, supongo
que en un lapsus, ha hablado de histeria nacionalista. En fin, huelga
decir que todo ello es una cuestión francamente reprobable, desde
nuestro punto de vista, en la medida en que se están no ya
injuriando, porque no sé si raya en la calumnia, determinados
pensamientos políticos, a determinadas personas en concreto, que en
ningún caso y nunca han tenido comportamiento alguno que pueda ser
determinado como ajeno o contrario a las normas y al ordenamiento
jurídico. La literalidad de la frase es esa, no me la estoy
inventando yo, ya formulé una pregunta en el mes de mayo y volveré a
hacerla, porque creo que no es admisible ni en la memoria ni en
ningún tipo de declaración por parte de ningún fiscal y tampoco del
fiscal general.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Lasagabaster.

Señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Me ha sorprendido la lectura que hizo de
mi intervención el excelentísmo señor fiscal general del Estado,
porque en algunas cuestiones creo que no me entendió suficientemente.




El señor PRESIDENTE: Perdón, señora Uría, he tenido un lapsus en el
orden de intervenciones. Había olvidado la presencia del señor López
Garrido. ¿Le importa a S.S. que intervenga él, para seguir el orden
establecido?



La señora URÍA ECHEVERRÍA: No me importa en absoluto, señor
presidente.




El señor PRESIDENTE: Entonces tiene la palabra el señor López
Garrido.




El señor LÓPEZ GARRIDO: A mí tampoco me importa que hable delante de
mí la señora Uría.




El señor PRESIDENTE: Perdone, pero la proximidad entre el Grupo Mixto
y el Grupo Vasco quizás ha producido el lapsus.




El señor LÓPEZ GARRIDO: Será un lapsus freudiano.




El señor PRESIDENTE: Además, su genio notable hace que no se le
encuadre en el Grupo Mixto.

Continúe S.S.




La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Señor presidente, no sé si lo del
genio quiere decir que el genio no está en el Grupo Mixto.




El señor PRESIDENTE: No, sólo lo decía por pura simpatía, señora
Lasagabaster.




El señor LÓPEZ GARRIDO: Existe una cierta manía persecutoria del
Partido Popular sobre este diputado, que agradezco enormemente,
porque no me merezco esa persecución, no soy tan importante. (Risas.)
Pero cada cosa y cada momento siempre es aprovechado por el Partido



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Popular adecuadamente, además con una inventiva enorme, porque
últimamente se me compara con futbolistas, cualquier cosa con tal de
intentar limitar o amedrentar mis posibilidades de intervención
política, cosa que agradezco, como digo, al Partido Popular.




El señor PRESIDENTE: Señor López Garrido, creo que en la intervención
del presidente, en primer lugar -no tengo yo esa osadía-, no ha
habido el ejercicio de ninguna representación del Partido Popular,
porque justamente aquí tengo otra; en segundo lugar, sencillamente he
querido expresarle la simpatía que sabe que le tengo. Su rebeldía va
justamente en dirección contraria a la expresión que yo le he
manifestado.




El señor LÓPEZ GARRIDO: Eso ahora ya me preocupa; me preocupa más
todavía. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: Continúe, señor López Garrido.




El señor LÓPEZ GARRIDO: Muchas gracias, señor presidente por esa
puntualización, que acepto. También acepto con mucha gratitud el
agradecimiento, al comienzo de su intervención, del señor fiscal
general del Estado, aceptando deportivamente las críticas que ha
recibido en su comparecencia de ayer. Además, creo que así debe ser;
son siempre críticas constructivas y esa es la obligación que tenemos
en este Parlamento. Pienso que esa obligación sí que ha sido mal
captada por el señor fiscal general del Estado y, si me lo permiten,
también por el señor presidente, que ha consumido una especie de
turno especial sobre el sentido de estos debates, del control
político que se ejerce, y, dado que ha sido recogido por el fiscal
general del Estado en su intervención referida a este diputado, tengo
que descender necesariamente a ello.

Esta comparecencia sobre la memoria del fiscal general del Estado no
puede ser nunca una comparecencia meramente informativa. Y desde
luego, no es ninguna autoridad política a este respecto que haya
algunos escritos de algunos juristas eminentes que opinen sobre lo
que son o deben ser estas comparecencias. Además, los efectos
políticos de una comparecencia no se pueden meter en normas
jurídicas. El objeto del debate es la comparecencia del fiscal
general del Estado, la más abierta, la más amplia de todas, que es la
presentación de su memoria, que es el trabajo de esa institución. Lo
lógico es que si esa memoria se lleva al Parlamento, los diputados
cumplan con la obligación que tienen en el mismo, que es velar por
los intereses de los ciudadanos y, por tanto, hacer la crítica
política, en el sentido más noble de la palabra, que es reflexionar
sobre si lo que está haciendo la Fiscalía General del Estado va a
favor o no de los intereses de los ciudadanos. En definitiva, eso es
la política. La política no es una cosa nefanda a la que se dedican
determinadas personas que pertenecen a una clase vituperada. La
política democrática es la forma de lograr que en un país se viva lo
mejor posible y que se respeten los derechos de los ciudadanos. Ésa
es la obligación que tiene este Parlamento y estos diputados. No
podemos dejar de hacer lo que hacemos y tenemos que considerar que
esto es un control político del fiscal general del Estado; no es
meramente informativo. El hecho de que el Parlamento no pueda
derribar al fiscal general del Estado no significa que no haya un
control político sobre lo que hace. Es lo mismo que cuando un
secretario de Estado o un subsecretario comparece en esta Cámara;
tampoco le podemos derribar o hacer una moción de censura, pero se
está haciendo un control político. Ni siquiera hay censuras sobre
ministros concretos. Hay una censura sobre un Gobierno, incluso casi
más, sobre un presidente de Gobierno. ¿Es que los ministros no
responden ante este Parlamento? Claro que responden políticamente.

Aquí se hace control político y se habla de política en el sentido
más noble de la palabra.

Por tanto, sigo reivindicando el sentido de esta comparecencia como
una comparecencia de control político. No podía ser de otra forma,
porque si no, como dije ayer, nos envían el libro a nuestra casa, nos
lo leemos y se acabó. El control no es algo que podamos dejar de
hacer. Tenemos que enjuiciar, enjuiciar políticamente, no
administrativamente, no jurisdiccionalmente. Lo enjuiciamos
políticamente, no de otra forma. Lo que aquí se vierten son juicios.

Todas las personas que han intervenido aquí emiten juicios -usted
también, señor Cardenal-, opiniones sobre lo que va bien, lo que va
mal, lo que consideremos que debe mejorar. Eso es un enjuiciamiento
político. No depende del presidente de la Comisión el que eso sea así
o no. Esto tiene un efecto político, se quiera o no se quiera. Se
puede intentar yugular el debate y se puede intentar que no se hable
de Gómez de Liaño ni del caso Pinochet; se le puede dar una licencia,
entre comillas, al señor fiscal general del Estado para que,
apoyándose en determinadas indicaciones, no quiera hablar de eso,
pero el silencio sobre eso es una posición política también. Su
silencio sobre su actitud en el caso Gómez de Liaño, sobre su apoyo a
los fiscales que han llevado este asunto y sobre su apoyo a Gómez de
Liaño antes de ser considerado prevaricador por el Tribunal Supremo,
es una posición política también. Yo le invitaría a que usted hablase
de eso. Nosotros hemos hablado aquí y usted tiene todo el derecho a
poder hacerlo, a poder opinar, a poder decir lo que le parece, por
qué hizo aquello, por qué piensa seguir en la misma línea que parece
que va a seguir la Fiscalía. Porque también ha habido un silencio
clamoroso sobre lo que la Fiscalía está haciendo en el caso Pinochet,
un silencio clamoroso, que es una posición política, que el que calla
otorga, y sobre todo en política. Nosotros no le decimos que desvele
aspectos, expedientes con nombres y apellidos de lo que hay dentro de
un sumario. No es ésa la pregunta, que no tendría ningún sentido y
además tampoco nos compete. Lo que le estamos diciendo es que la
Fiscalía adopta una determinada actitud, una determinada política en
el sentido más amplio de la palabra, que es intentar que Pinochet no
sea juzgado en España. Ésa es la actitud de la Fiscalía de la
Audiencia Nacional contra lo que hace la Fiscalía británica, contra
lo que dice que hace el Gobierno español. Ésa es la actitud de la
Fiscalía, que no se cita para nada en la memoria, y eso requiere ser
enjuiciado cuando el fiscal general del Estado nos viene a hablar de
lo que ha hecho. Eso es parte de lo que ha hecho y eso es parte de
una actitud de esa Fiscalía, de una política criminal que desarrolla
la Fiscalía General del Estado y sobre la cual nosotros aquí,
lícitamente, tenemos que hablar.




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Nosotros reivindicamos -y lo reitero, señor presidente- este sentido
político, y por eso ayer terminamos diciendo que lo normal, lo lógico
y lo que debeía usted hacer es dimitir. Ya sabemos que esto no tiene
por qué hacerlo si el Gobierno le mantiene. Ya sabemos que en última
instancia hay una responsabilidad política del Gobierno; lo sabemos.

Un fiscal general del Estado que depende cada viernes en un Consejo
de Ministros de si le cesan o no le cesan, sabemos que tiene una
vinculación determinada con un gobierno, aunque hay actitudes, hay
atmósferas distintas, hay decisiones, hay talantes distintos, y
sabemos que en última instancia es el Gobierno el responsable de todo
ello, lo sabemos. Por tanto, y en consecuencia con lo que usted
señala, también el Gobierno es responsable de la actitud que se está
tomando en el caso Pinochet por la Fiscalía. En última instancia lo
es, claro que lo es, el Gobierno.

Pero yo me resisto a considerar al fiscal general del Estado como un
funcionario, un mero funcionario que depende del Gobierno y que cada
día recibe, implícita o explícitamente, instrucciones de ese
Gobierno. Yo me resisto a considerarlo así. El fiscal general del
Estado, aunque sea nombrado y cesado por un gobierno, tiene una
especial dignidad personal -usted personalmente la tiene, y la
institución la tiene- y eso no le convierte en una institución que
pueda ser cambiada, manejada, manipulada, instrumentalizada, ni
siquiera por el gobierno que le nombra. Por eso nosotros hemos
hablado con usted de política y le hemos hablado de sus actitudes, de
su orientación, porque no le consideramos un funcionario, le
consideramos una persona que tiene una autonomía de funcionamiento y
que tiene, por tanto, un ámbito propio de responsabilidad y nosotros
intentamos destacar ese ámbito propio de responsabilidad y hacer un
control político de usted. No queremos hacer un control sobre un mero
funcionario técnico. Eso le devaluaría a usted y a la institución. La
institución no es eso, es un gran órgano constitucional en España y
merece que en este Parlamento se le trate como tal, se le critique
como tal y se le valore y se le controle como tal, a pesar de que
sabemos que la última responsabilidad política depende del Gobierno.

Nosotros, por ello, hicimos estas preguntas, muy detenidas, ayer,
sobre la acción del fiscal general del Estado. Usted me ha agradecido
-y yo saludo esa actitud suya- que le hiciera determinadas preguntas,
porque ha permitido, decía usted en su intervención, que se conozcan
algunos extremos que ayer no salieron suficientemente en su
intervención. Pero yo, sinceramente, no me siento satisfecho con la
contestación que usted me da a esas preguntas. Por ejemplo, en cuanto
a las querellas. No le he preguntado exactamente por las querellas
que ha interpuesto la Fiscalía. Por cierto, bastante pocas, dado que
se trata de 1.400 fiscales y me parece que son entre cuatro y cinco
millones de actos jurídicos los que se producen en los tribunales en
España en un año. Le he preguntado por las querellas impulsadas por
la Fiscalía General del Estado, que creo que han sido cercanas a
cero. Por eso le he preguntado, para salir de la impresión que nos da
una memoria, y efectivamente usted lo ha corroborado aquí esta
mañana, memoria que es la recopilación de memorias de otras
fiscalías. Lo ha dicho usted así literalmente: Esto es la
recopilación de memorias de otras fiscalías. Me imagino que habrá
cierto
criterio en la Fiscalía General del Estado para cortar algunos
excesos de páginas en estas memorias. Por ejemplo, claramente se ha
podado la memoria de la Fiscalía anticorrupción y no se incluye
ningún tipo de asunto que lleve esa Fiscalía anticorrupción, que es
una forma de poda. Usted dice: Son las memorias de todas las
fiscalías que las reunimos, una especie de recopilación, de refrito
que se mete ahí.

Ahí vuelve a aparecer otra vez la gran ausente de esta memoria, que
es la Fiscalía General del Estado, es la memoria de todas las
fiscalías, pero no está por ningún lado la Fiscalía General del
Estado, no aparece ahí, no aparece con sus posiciones. Fíjese lo
importante que es eso en un órgano que está sometido al principio de
jerarquía, unidad de jerarquía que dice la Constitución. Algo tendrá
que ver el fiscal general del Estado con todo eso.

En cuanto al tema de las circulares, dice que...




El señor PRESIDENTE: Le ruego concluya, señor López Garrido.




El señor LÓPEZ GARRIDO: En cuanto al tema de las circulares y de las
consultas es muy notorio. Tres circulares en un año, cuatro
consultas, cuando está en práctica el nuevo Código Penal. Es muy
sorprendente realmente. El Código Penal, que es el gran instrumento
de referencia de los fiscales. ¿No ha habido más consultas sobre el
Código Penal y su puesta en práctica? Sé que son consultas que vienen
de los fiscales jefes, que no es una cosa que se la tenga que
inventar la Fiscalía General del Estado, pero es para preguntarse si
la aplicación del Código Penal, una norma muy compleja, no ha dado
lugar a más consultas. ¿No ha dado lugar a más circulares, que esas
sí que provienen de la Fiscalía General del Estado? Es algo creo que
para reflexionar. En los expedientes disciplinarios, no me ha
corroborado una pregunta que yo le hice ayer sobre cuántos
expedientes disciplinarios ha hecho, cómo funciona la responsabilidad
disciplinaria dentro de la Fiscalía.

Ya me he referido a los temas de Liaño, Pinochet y Banco de
Santander. Evidentemente, ha habido una limitación clara de este
debate. Está prohibido hablar de ello y no estábamos hablando de nada
que tenga que ver con estar sub iudice o no, sino con una política
determinada de la Fiscalía. No pedíamos ningún documento que esté
bajo el secreto del sumario, para nada, ni podemos hacerlo. Respecto
a los nombramientos, se ha corroborado algo que creo que es muy
notorio, y es que en los últimos años no ha habido ni un nombramiento
de fiscal jefe o fiscales en puestos importantes pertenecientes a la
asociación llamada Unión Progresista de Fiscales. No ha habido
ninguno. Ha habido algún caso, muy pocos, de fiscales que no están en
las asociaciones, ha habido muchos de la asociación Conservadora,
pero de la Unión Progresista de Fiscales, ninguno.

En cuanto al Consejo Fiscal, me preocupa lo que me ha dicho. Me dice:
cumpliremos la normativa en el Consejo Fiscal. Por cierto, dice que
ha habido muchos nombramientos con cero votos. Creo que uno de ellos
fue Fungairiño. Usted dice: no, en el Consejo Fiscal seguiremos el
procedimiento. El procedimiento está clarísimo, el 19 de diciembre
acaba el mandato y el 20 de diciembre tienen que estar



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otros. Ese es el procedimiento. Usted no me dice si lo va a conseguir
o no. Me dice que ha habido 73 días, en 1989; 42 días, desde su
vencimiento hasta la toma de posesión. Muy mal. Eso no significa
nada. Tienen que estar en su lugar en su momento. Y se lo digo porque
hay nombramientos a la vista importantes de fiscales. Quería
señalarle el caso del teniente fiscal del Tribunal Supremo, que acaba
su mandato en diciembre de este año. Y en abril me parece que le toca
al fiscal del Tribunal de Cuentas. Nombramientos importantes. Quiero
pensar que, si hay un retraso en el Consejo Fiscal, no tiene que ver
con eso. Desde luego, la prueba del algodón será que el 20 de
diciembre estén en sus puestos los nuevos miembros del Consejo
Fiscal. Eso es lo que nosotros le pedimos, lo que nosotros le
exigimos lícitamente en cuanto a las funciones propias del ministerio
fiscal.




El señor PRESIDENTE: Ahora sí, la señora Uría tiene la palabra.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Agradezco al fiscal general su prolija
intervención, muy documentada pero ciertamente disuasoria de otras
posteriores.




El señor PRESIDENTE: Perdón, señora Uría, me dice el señor fiscal que
no se oye bien.




La señoría URÍA ECHEVERRÍA: Bien, señor presidente.




Me limitaré a las puntualizaciones respecto a los casos en los que he
sido aludida o mencionada. En varias ocasiones se ha referido el
fiscal general del Estado a que a mí se me contestó respecto de la
posibilidad de cobertura de la plaza de Bilbao. Y debo manifestarle
que esto no es así. Yo solicité, no por vía de preguntas sino por vía
de petición de documentación, como permite el reglamento, un supuesto
informe de la Secretaría Técnica, que había sido aludido y hasta
entrecomillado en el diario El País, para que me fuese entregado. No
se me entregó el informe ni me quedó nunca claro si existe o no.

Supongo que si el diario El País lo entrecomillaba es que existía.

Sin embargo, se me contestó con un informe hecho ad hoc por el propio
fiscal general del Estado. Cuando me quejé por esto a la Cámara se me
dijo que, aunque no había tenido la contestación solicitada, sí había
tenido al fin y al cabo una contestación, y me tuve que conformar con
decir al presidente que consagraba el manzanas traigo como práctica
parlamentaria. En todo caso, respecto de ese informe hecho ad hoc por
el propio fiscal general, debo manifestarle que siempre me pareció
que se primaba la legalidad burocrática sobre el interés público.

Pienso que la propia normativa vigente es interpretable desde la
óptica distinta, el interés público que exige la cobertura de esa
plaza en Bilbao, que podría perfectamente adecuarse. Los factores
deben ir al contrario. Todos sabemos que las normas son
interpretables y de ahí mi interés en conocer el supuesto informe de
la Secretaría Técnica, que, al parecer, se pronunciaba a favor de la
posibilidad de cobertura. Además, y como he manifestado tantas veces,
siempre está abierta la posibilidad de que sea el propio fiscal
general quien renuncie a su plaza de Bilbao. Es decir, no tuve
contestación a lo que yo preguntaba, que
no era exactamente una pregunta, sino una petición de informe, que
jamás he logrado tener.

En cuanto al tan traído y llevado asunto de la histeria separatista,
debo puntualizar al fiscal general del Estado que en la memoria se
imputa no al entorno del mundo de ETA, sino que se predica de los
actuales rectores vascos, como ha dicho la señora Lasagabaster. Como
Eusko Alkartasuna y PNV compartimos Gobierno, lo que ayer le quería
decir al referirme a los artículos de Deia -no pretendía polemizar
sobre ellos- es que, si en esos artículos usted se manifestaba
siempre partidario de opiniones sólo jurídicas, a mí me parece que
incluir en la memoria de la Fiscalía una expresión de este estilo es
una valoración política, que no jurídica y, desde luego, una
valoración política muy poco respetuosa con el pluralismo político y
las soluciones que otros sostenemos. Histeria, que aquí se dice que
es separatista; usted ha calificado así a los nacionalismos.

Finalmente, respecto al asunto que ayer le mencione -no es el que
usted ha mencionado, es otro-, le diré que fue con ocasión de un
enfrentamiento armado entre un comando de ETAy la Ertzantza en el que
muere un miembro de la Ertzantza y un miembro de ETA, el denominado
Turco, para que quede mejor situado. Son dos miembros de la Mesa
nacional y no los abogados de los miembros del comando quienes
afirman en días sucesivos y en medios públicos que no había sido un
enfrentamiento como tal, sino que había sido algo planificado y que
el consejero Atutxa había dado órdenes de rematar en el suelo. Fue
así literalmente; tampoco ahora hace al caso. Simplemente digo que me
sorprendió que, ante una acusación de asesinato tan cruda al
responsable de la policía del Gobierno vasco, no hubiese una
respuesta eficaz de la Fiscalía. Lo digo ahora, a posteriori, cuando
se proclama un día y otro -no sé si es cierto, simplemente me hago
eco de lo que recogen los medios de comunicación- que la Fiscalía
General del Estado parece tan abierta a la posibilidad de querellarse
constantemente frente al mundo nacionalista. En concreto, basta que
se filtre a la prensa un documento recogido a un militante de ETA,
Kantauri, en el mes de marzo, y se diga que es un pacto entre ETA, el
PNV y Eusko Alkartasuna, para que -según se dice en la prensa, no me
consta que sea cierto- se diga que va a haber una querella de la
Fiscalía General del Estado, cosa que me parece un despropósito de
todo punto. Esto es lo que quería poner de manifiesto: el distinto
ritmo de actividad o grado de afectación respecto de unas cuestiones
entonces y ahora.

No emplearé más tiempo. El tono general de mi intervención de ayer,
valorando el contenido de la memoria y la actuación del ministerio
fiscal siempre y en todo caso, era la crítica por el gran número de
valoraciones políticas y, sobre todo, de valoraciones políticas
sesgadas en relación con la situación vasca o con la situación del
terrorismo, que resultaban de todo punto reprobables, desde la óptica
del partido al que represento, para ser incluidas en una memoria que
pretende responder al contenido del artículo 9 del Estatuto orgánico
del ministerio fiscal.




El señor PRESIDENTE: Señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: No le extrañará a usted, señor
fiscal general del Estado, que, al



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margen de la memoria, se haya suscitado una discusión acerca de cuál
es el carácter de esta comparecencia, porque ello pone de manifiesto
precisamente que la indefinición del modelo del fiscalía, contra lo
que algunos estamos reclamando, evidentemente, predicando en el
desierto, puede conducir a que se mantengan tesis tan coherentes como
las que acaba de mantener el señor López Garrido. Si usted es
nombrado por un Gobierno, cesado por un Gobierno, dependiendo de un
Gobierno, es de una lógica aplastante que a usted, porque no es el
modelo de fiscal independiente -lo cual no quiere decir que sea un
fiscal no imparcial- se le puedan pedir cuentas. Éstas son unas tesis
que nosotros mantenemos hace tiempo; la responsabilidad que tiene
usted con el Gobierno es la misma que tenían -a algunos a lo mejor no
les va a gustar- don Eligio Hernández, don Leopoldo Torres, el señor
Granados, con sus gobiernos. Evidentemente. Lo que no podemos hacer
ahora es aplicar una doble vara de medir y que cuando se trataba de
aquellas situaciones los fiscales eran independientes y no respondían
ante esta Cámara y ahora los fiscales sí responden.




Nosotros queremos que los fiscales, mientras perviva este modelo de
fiscal dependiente del Gobierno en su nombramiento y en su cese, sean
considerados, qué duda cabe, como lo que son, como un apéndice -en el
mejor sentido de la expresión- del Gobierno. Por eso es absolutamente
coherente que pueda caber al menos la confusión de que esta es una
sesión de control. Precisamente para corregir eso llevamos empeñados
en una pelea que le hará a usted comprender ahora por qué es bueno de
una vez por todas que un nuevo estatuto del ministerio fiscal defina;
nosotros nos hemos definido muy claramente por un modelo de fiscal
parlamentario. Nos aterra esta situación, porque la estamos sufriendo
desde hace mucho tiempo, de fiscales politizados y de una institución
politizada. Pero no de usted, sino desde hace muchísimo tiempo, tanto
tiempo que se pierde en la noche de los tiempos, porque el modelo de
fiscal franquista no ha desaparecido, es más, ha sido
constitucionalizado como fiscal dependiente de un Gobierno y al
servicio de un Gobierno. Ahora, repito, no en usted, sino también en
los que a usted le han precedido, que tienen el mismo estigma de
politización al servicio de su Gobierno y de su partido que lo pueda
tener usted o lo puedan tener otros. Esto, para que las cosas sean
mínimamente equidistantes y para que no interpretemos o vayamos al
viejo refrán de ver la paja en el ojo ajeno y no ver la viga en el
propio. Hemos mantenido esta coherencia en discusiones muy serias y
muy profundas, además muy agradables. Yquiero recordar las que ha
mantenido una persona para mí absolutamente entrañable, Francisco
Granados, que hizo una obra sobre el concepto del fiscal y la
instrucción del fiscal. Ydiscrepábamos. Él mantenía unas tesis, pero
esas tesis conducen a que haya discusiones como las que ha habido
hoy. Nosotros mantenemos otras y querríamos evitarlo. Esto, en primer
lugar.

En segundo lugar, bajo ningún concepto va a consentir mi grupo
parlamentario que quede por ahí la especie de que no tenemos el menor
aprecio a la memoria del fiscal general del Estado. Nos parece un
documento fundamental, extraordinario. Hemos querido contribuir a la
mejora en su confección y lógicamente a la mejora en su sentido
finalista de instrumento para poder llevar adelante el
perfeccionamiento de algo tan importante como el servicio público de
la justicia. Yle agradecemos la receptividad que tiene usted. La que
ha tenido en anteriores comparecencias y la que hoy ha manifestado.

Creo sinceramente que podrá salir una memoria que siga siendo muy
útil, que lo va a ser. Evidentemente, no será nunca un best seller.

Dentro de la receptividad que usted tiene en esta comparecencia, le
voy a sugerir que puede ser un best seller. Puede serlo
perfectamente. Tenga usted la amabilidad, en la próxima memoria, de
reflejar seriamente el asunto Pinochet, para que nadie crea que
algunos tenemos miedo a los temas. No, no. Pero refléjelo usted con
toda exactitud y diga que la única fuerza política que está personada
en el sumario contra Pinochet es Izquierda Unida. Refléjelo. Refleje
usted clarísimamente ese asunto. Sí señor. Y refleje usted el asunto
del señor Gómez de Liaño. Refléjelo con toda su intensidad, pero
refleje también que, en el asunto del señor Gómez de Liaño, algunos,
y nuestra fuerza política, han puesto muy en tela de juicio no
solamente cuál pueda ser el comportamiento del señor Liaño, que deben
juzgar los tribunales, sino el comportamiento del señor García Ancós,
magistrado secretario general técnico del Ministerio de Defensa en
gobiernos del señor Narcís Serra. Del señor García Ancós,
responsable, también con el señor Narcís Serra, de un asunto sobre el
que le rogamos que, si se va usted a referir a él, lo haga en la
próxima memoria, el Cesid. Refléjelo usted. Porque no le quepa la
menor duda de que, si refleja asuntos como pueden ser los de la
construcción en Zamora, o en Burgos; o refleja usted además el asunto
del señor Marey o el de Lasa y Zabala y refleja usted los episodios
del señor Roldán y refleja usted todo lo que está ocurriendo, la
memoria será un best seller. Será una extraordinaria radiografía de
la corrupción en la transición política, que a algunos de verdad nos
gustaría ver de una vez perfectamente compilada. Porque, entre otras
cosas, no tenemos nada que temer y no podemos salir en ella más que
de una sola forma: condenados en sentencia firme por haber dicho un
día que en la justicia española había corrupción. Y, cuando esto
dijimos, a algunos les molestó enormemente; y hemos sido condenados
por ello. Sabemos, por lo tanto, lo que son sentencias injustas.

Porque yo creo que no es la mejor contestación ante los que tenemos
una preocupación por la justicia. Pero refléjelo y tengamos un best
seller en el que salga todo a relucir, incluidas las historias de
ciertos medios de comunicación que dan hoy lecciones de moral y de
costumbres; que salga absolutamente todo, no tenemos ningún problema.

Por lo tanto, acepte usted la sugerencia, señor fiscal general del
Estado, porque además va a contribuir a que la memoria sea mucho más
atractiva y a que, de verdad, haya cola en las librerías para
comprarla, pero no excluya ni un solo asunto, métalos todos; le
repito que a esta fuerza política y a este diputado es lo que menos
le preocupa. Puede ser que otros, a lo mejor, con estas peticiones
estén pura y simplemente tirando piedras contra su propio tejado.

Lógicamente, le agradecemos también el que acepte la sugerencia del
posicionamiento de unos fiscales, que para nosotros son absolutamente
dignos de todo elogio, por el cumplimiento de su función. No surgirá
desde luego de este grupo parlamentario ninguna crítica a los
miembros



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de la carrera fiscal, porque son problemas estructurales y no
personales aquellos con los que nos enfrentamos. Le agradecemos que
usted haya hecho una alusión muy seria, en materia de vigilancia
penitenciaria, a la necesidad de una reforma en materia de las
concesiones de libertad y el efecto suspensivo. Lamentamos, pero
dígaselo usted a su Gobierno, que esté en esta Cámara absolutamente
aparcada una ley fundamental, que no va a ver la luz en esta
legislatura y que tenía que verla, que es la ley del procedimiento de
vigilancia penitenciaria. Éste es un tema en el que, si hablamos de
juzgar y ejecutar lo juzgado, llegado ese momento, las deficiencias
afloran de una forma muy notable.

Resumo, señor fiscal general del Estado. Por el aprecio que tiene a
su propia institución como miembro de la carrera, por el aprecio que
tiene que tener al resto y, sobre todo, a instituciones del Estado,
no se coloque en actitud defensiva ante una reforma del Estatuto del
ministerio fiscal; impúlsenla ustedes desde su propia institución
porque hay que salir de esta situación de confusión. Comprenderá que
mientras usted sea fiscal general del Estado (pero, siguiendo una
vieja tradición que no arranca en usted, fiscal general del Gobierno,
no se engañe) por encima de su propia voluntad, algunos debamos tener
reticencias absolutas a la función instructora del fiscal, incluso en
eso que usted ha valorado tan positivamente como es la llamada Ley de
responsabilidad penal del menor. Porque, sinceramente, el principio
de jerarquía y de dependencia no se cohonestan con un sentido de
auténtica imparcialidad si están sometidas, evidentemente, ni más ni
menos, que a la disciplina del propio cuerpo. Ycomo queremos otro
modelo de fiscal, le excitamos a usted, no en esa vieja frase tan
utilizada del celo, porque eso cada uno que se lo administre como
buenamente pueda, pero sí le interesamos, con arreglo a como dice el
Estatuto del ministerio fiscal, a que nazca de las propias fiscalías
una profunda reforma. Pero una profundad reforma de verdad está, en
nuestra opinión, en la búsqueda de un fiscal parlamentario. Y si ha
decidido, por fin, entrar en la cuotificación de los nombramientos,
que se ha puesto de moda en el Tribunal Constitucional, en que se
reparten los magistrados no por los méritos, idoneidad o capacidad,
sino por el color de los carnés de los que les apoyan; si ha decidido
seguir en la línea de la cuotificación del Tribunal de Cuentas o del
Consejo de Estado o de las Salas del Tribunal Supremo o en la
cuotificación hasta de los magistrados suplentes y va a hacer una
cuotificación en el nombramiento de los fiscales, tenga la amabilidad
de reflejar en la memoria la biografía de cada uno de ellos, para que
así podamos un día manifestar lo que dijo aquél cuando acabó el
juicio: la próxima vez, en vez de defenderme uno de oficio, que me
defienda uno de carrera, pudiendo pedir que la próxima vez en vez de
defenderme un fiscal de este color o del otro me defienda uno que
tenga preocupación por la legalidad, pura y sencillamente, y, eso sí,
que hasta haya unos jueces que han accedido al tribunal y se ponen la
toga para estar al servicio del Estado de derecho y no al del grupo
de presión de turno.

Nada más.




El señor PRESIDENTE: Les hago patente a SS.SS. que quedan escasos
cuarenta minutos para el comienzo del
Pleno, de manera que administren el tiempo para que el fiscal general
del Estado pueda contestar.

Señor Cuesta.




El señor CUESTA MARTÍNEZ: Señor fiscal general del Estado, no estamos
ante ninguna comparecencia atípica porque los precedentes que ha
habido en esta Cámara son plenamente acordes con lo que es el estatus
y la situación del ministerio fiscal y del fiscal general del Estado,
tal como aparece recogido en la regulación constitucional y en el
Estatuto orgánico del ministerio fiscal; precedentes donde se han
valorado y analizado las memorias y el comportamiento que, en su
condición de responsable y jefe de todo lo que ocurre en la Fiscalía,
tiene el fiscal general del Estado.

En esta Cámara hay innumerables precedentes. Voy a excusarles de su
lectura, pero permítanme recordarles que aquí se han pedido cuentas a
un fiscal general del Estado por la posición específica de la
Fiscalía, por poner un ejemplo, en la causa conocida como el caso
Naseiro. Nos parece correcto que se pida también explicaciones a la
Fiscalía sobre su comportamiento, o sobre sus responsabilidades, o
sobre las instrucciones que ha dado en relación con determinados
asuntos de interés general, y nadie se rasgó las vestiduras. Por
tanto, que nadie en la mañana de hoy se rasgue las vestiduras por
entrar en el análisis de las responsabildiades concretas de este
fiscal general del Estado.

Una primera reflexión que quisiera hacerle es que, a lo largo de su
comparecencia y de la lectura de su memoria, no nos ha quedado claro
cuáles son las objetivas necesidades de la Fiscalía. Es más, es
verdad que ha venido hablando de algunos aspectos de manera muy
parcial, pero en la memoria no aparece un catálogo concreto. Le
vuelvo a recordar un tema, fruto de una resolución de este
Parlamento, que dice así: Los Presupuestos Generales del Estado
contemplarán partidas presupuestarias específicas para atender las
necesidades funcionales del ministerio fiscal, previamente evaluadas
por el fiscal general del Estado, oído el Consejo Fiscal.

No hemos apreciado una relación circunstanciada de necesidades, no
hemos oído nada sobre la evidente desproporción entre fiscales y
número de magistrados; no hemos oído nada en torno a si usted y el
Consejo Fiscal han cumplido con esas competencia o le han dado
oportunidad de cumplir con esa competencia de audiencia para evaluar
las plasmaciones y necesidades presupuestarias de la Fiscalía
general. Es más, señor fiscal, el único tema que ha trascendido, del
que se ha hecho eco el Ministerio de Justicia en relación con los
presupuestos del ministerio fiscal, se refiere a las retribuciones
del fiscal general del Estado. Ése es el único pronunciamiento
expreso del que hemos tenido conocimiento.

Yo quisiera conocer si, aparte de las retribuciones del fiscal
general del Estado y de su análisis, ha habido una evaluación de las
necesidades presupuestarias de la Fiscalía, porque usted ha hablado
de que han pedido 190 fiscales para cubrir las necesidades que ponga
de manifiesto la aplicación de la ley orgánica de responsabilidad
penal de los menores. Este año en los presupuestos se habla de 36
nuevas plazas de fiscales para el año 2000. ¿Qué destinos tendrán
esas nuevas plazas? ¿En qué medida las previsiones



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que existen son concordantes con esas necesidades objetivas? Como
digo, el único pronunciamiento presupuestario que ha habido por parte
del Ministerio de Justicia sobre la Fiscalía general del Estado ha
sido el relativo a su retribución.

Una segunda cuestión que también nos preocupa y que no ha sido
suficientemente respondida es el papel de las inspecciones que se
plantean en el ámbito de la Fiscalía General del Estado. ¿Cuál es el
resultado de las inspecciones realizadas? En la memoria se dice: 59
denuncias, la mayoría archivadas de plano; seis diligencias
informativas, de las que cuatro se archivaron. Se inició un
expediente sancionador a un fiscal que acabó con una sanción leve y
otro a un oficial de la Administración de justicia ¿Ése es todo el
balance? La única sanción grave es la referida a un oficial de la
Administración de Justicia. A lo mejor, esos expedientes y esas
inspecciones han puesto de manifiesto que no hay razón para
establecer ninguna ulterior consecuencia del papel de la Fiscalía y
de los fiscales, pero por eso me gustaría que fuera más preciso en
torno al resultado y el papel de las inspecciones.

Una tercera cuestión que nos preocupa es la Fiscalía del Tribunal de
Cuentas y, sobre todo, su acción de fiscalización de las
corporaciones locales. De esto se habla en la memoria, pero sin
darnos una serie de datos. La propia Fiscalía del Tribunal de Cuentas
cuando habla de las auditorías a las corporaciones locales se centra
en la política de contrataciones públicas y dice: el 64 por ciento de
la contratación de las corporaciones locales es contratación directa.

Es más, en muchas de esas fiscalizaciones, ya no lo dice la Fiscalía
del Tribunal de Cuentas, lo que se pone de manifiesto, y ahí están
los informes del Tribunal de Cuentas, son importantes irregularidades
en algunas corporaciones locales. Y yo añado: el propio fiscal
anticorrupción lo ha llegado a denunciar públicamente, y excuso las
denuncias que se vierten en algunos lugares sobre el papel y el
comportamiento en relación con ayuntamientos por parte de las
fiscalías en el ámbito de determinados territorios; pero lo que
quiero dejarle claro es que el propio fiscal anticorrupción ha
llegado a denunciar la existencia de casos de incompatibilidad seria
de alcaldes en el ejercicio de sus funciones.

La pregunta que le hago, que no aparece en la memoria, es: ¿Qué
medidas se han adoptado por parte de la Fiscalía del Tribunal de
Cuentas para ir más allá de lo que es la fiscalización contable de
supuestos graves de irregularidad, que el propio Tribunal de Cuentas
denuncia en sus fiscalizaciones y que remite a esta Cámara? ¿Qué
medidas se han adoptado para perseguir desde la propia Fiscalía del
Tribunal de Cuentas comportamientos presuntamente delictivos en los
casos en que exista? ¿Hay una acción clara? No está cuantificado. Se
cuantifican muchas intervenciones, pero no las medidas que se han
adoptado por parte de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas para la
exigencia de la responsabilidad penal por irregularidades detectadas
en fiscalizaciones de algunos organismos públicos y, en concreto, de
las fiscalizaciones de las corporaciones locales.




El señor PRESIDENTE: Le ruego concluya, señor Cuesta.

El señor CUESTAMARTÍNEZ: Esto se pone en relación con la problemática
de la Fiscalía anticorrupción. Varios fiscales de la Fiscalía
anticorrupción han denunciado públicamente la falta de apoyo
institucional por parte del fiscal general del Estado a la tarea que
desarrollan los fiscales anticorrupción. Yo quisiera que en la mañana
de hoy nos diera una explicación de por qué se han producido esas
graves omisiones en el apoyo institucional, de amparo a la tarea de
los fiscales de la Fiscalía anticorrupción.

Por cierto, en una delirante entrevista usted habla con relación al
delito de prevaricación llegando a afirmar en un medio de
comunicación lo siguiente (lo que me lleva a expresarle mi
preocupación): se ven muchos casos de prevaricación administrativa
que a pesar de su complejidad son más normales. No sé que quiere
decir usted con esa afirmación, pero pudiera desprenderse que está
apreciando que la prevaricación administrativa es normal y que
también lo es que no se persiga. Esas afirmaciones me parecen un
tanto peligrosas.

No vamos a entrar ya en los temas que se han hablado de Pinochet o
Gómez Liaño, aunque están relacionados con la memoria ¿Sabe por qué
están relacionados con la memoria? Porque aquí estamos hablando de la
defensa del orden constitucional, de la misión que tiene la Fiscalía
General del Estado en la defensa del orden constitucional. La propia
memoria habla de la preocupación por el ser del ministerio fiscal,
que no ha cesado desde entonces en las reflexiones de la Fiscalía
general del Estado. Por supuesto, el ser de la Fiscalía General del
Estado, es objeto de la memoria, y dentro del ser la defensa del
orden constitucional. Son casos que usted dice que están sub iudice,
sí, pero en una revista ha llegado a decir directamente y de manera
expresa: a mí me parece que se han aceptado las cosas por parte del
instructor sin depurarlas mucho; a mi juicio, se ha dejado llevar por
la facilidad en el suministro de datos. Yo creo que ahí existe un
pronunciamiento que contribuye aún más, en este caso expreso de una
entrevista suya en un medio de comunicación, a esa imagen del papel
que tiene la Fiscalía General del Estado en el caso Pinochet.

En el caso Gómez de Liaño las omisiones son importantísimas, porque,
con todos los respetos, señor fiscal general del Estado, usted es
nombrado cuando el fiscal anterior entra en crisis con el Gobierno
por no hacerle el juego al Gobierno en su maniobra de persecución a
un medio de comunicación y a un grupo de comunicación muy determinado
que era discrepante o crítico con el Gobierno.




El señor PRESIDENTE: Señor Cuesta, yo lo lamento pero debe concluir
ya, porque, si no, imposibilita la propia contestación del fiscal.




El señor CUESTAMARTÍNEZ: Voy a finalizar.

El Gobierno está implicado en una trama que pretendía encarcelar a un
adversario, y usted fue nombrado en un momento determinado para
introducir los no recuerdos, las omisiones o los apoyos indirectos
que el anterior fiscal general del Estado estaba dando al
comportamiento de la Fiscalía, que por cierto servía en el fondo,
desde nuestro punto de vista, de soporte para intentar usarlo
posteriormente como coartada por parte de aquel que pudiera ser



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denunciado por ser autor de un delito de prevaricación. La Fiscalía,
desde ese punto de vista, animó conductas inconstitucionales.




Acabo. Este tema está relacionado con el papel del ministerio fiscal;
pues claro que lo está, porque, según la propia Constitución y el
propio Estatuto orgánico del ministerio fiscal, una de las misiones
fundamentales es la defensa del orden constitucional, y yo no voy a
entrar en el fondo de la causa del señor Gómez de Liaño, sólo voy a
entrar en un aspecto, y es el de que se han intentado restringir
derechos fundamentales de nuestra Constitución, y la Fiscalía no fue
contundente en la defensa del orden constitucional y en la
interpretación extensiva de los derechos fundamentales de la persona.

Usted, desde nuestro punto de vista, no ha defendido adecuadamente el
orden constitucional.




Finalizo, señor presidente, señorías, reiterándome, en nombre del
Grupo Parlamentario Socialista, en la petición de dimisión, y además
se lo vamos a pedir también al propio Gobierno, porque, conforme a
los artículos 22 y 25 del Estatuto orgánico del ministerio fiscal,
usted ostenta la jefatura superior del ministerio fiscal; porque
además usted puede impartir órdenes e instrucciones; porque usted
puede conocer, los miembros del ministerio fiscal tienen una
obligación de poner en su conocimiento, y en el Estatuto orgánico del
ministerio fiscal se reconoce que el Gobierno podrá interesar. Aquí
hay responsabilidades claras en lo que ha sido su papel por parte del
Gobierno y por parte de usted. Usted, señor fiscal general del Estado
(lo digo con todos los respetos), es responsable de la Fiscalía, la
ministra es responsable de usted y el Gobierno lo es de la ministra.

Yo le animo a que, por decoro y por aplicación del propio estatuto
orgánico del ministerio fiscal, ahorre a esta Cámara seguir pidiendo
su dimisión ante la ministra y la presente usted voluntariamente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Ollero.




El señor OLLERO TASSARA: Llevamos ya seis horas y media de debate
gracias a la voluntad expresa, en buena medida, del propio señor
fiscal general, que, pudiendo haber dado fin ayer a este debate,
dadas las circunstancias, facilitó su prórroga al día de hoy, lo cual
demuestra que, si es, sin duda, un paladín político, como aquí se
pretende (hay que reconocerlo), utiliza usos políticos un tanto
atípicos e insólitos.

Le quiero agradecer las respuestas que ha dado a mis preguntas, que
me haya aclarado lo que es una consulta, cosa que hubiera venido bien
que hubiera oído alguno de los portavoces, porque se hubiera ahorrado
una pregunta que ha hecho, demostrando que no se ha enterado de que
la consulta es cuando el fiscal jefe se queda en minoría; por tanto,
no es extraño que se dé más o menos, depende del juego mayorías/
minorías dentro de la Fiscalía y no de que el Código Penal sea de
hace cinco o de cincuenta años.

Me alegra también además la actitud que ha demostrado aquí, que me
lleva a pensar que, desde luego no va a responder a determinados
entusiasmos por cierta asociación minoritaria suplantando la voluntad
de los electores, que son los que cuando se celebren las elecciones
decidirán
si tendrá más o menos representación; desde luego, yo no le
perdonaría que bordeara la prevaricación ajustando la Ley Electoral,
que creo que es supletoria en el caso de las elecciones de la
Fiscalía, al hecho de que haya tales o cuales nombramientos
pendientes. Eso sería una prevaricación como la copa de un pino, sin
llegar al celo con que se está entendiendo ese tipo penal en épocas
más recientes.

Indudablemente su comparecencia ha suscitado, como no podía ser de
otra manera, un interesantísimo debate sobre cuál debe ser la
modalidad y el alcance del control de la responsabilidad política de
la Fiscalía, polémica que no sería menor si nos planteáramos (lo que
pasa es que hay menos interés político en ello, pero doctrinal sí que
lo hay, y mucho) cuál sería la modalidad para establecer el control
de la responsabilidad política de los miembros del Poder Judicial,
donde por cierto se integra el ministerio fiscal; por eso, la
analogía entre la comparecencia del fiscal general y la del
presidente del Consejo General del Poder Judicial creo que es
bastante acertada. Hoy por hoy las comparecencias del presidente del
Consejo General del Poder Judicial no tienen nada de control, más
bien es un trámite de mutua audiencia. Oímos con gran interés al
presidente del Consejo General del Poder Judicial, porque entendemos
que puede transmitirnos detalles que a nosotros nos sean útiles en
nuestra tarea, y él también oye lo que los grupos parlamentarios
tienen a bien plantear, y seguro que le es muy útil para la suya,
pero en modo alguno nadie puede establecer que ése es un trámite de
control parlamentario en el sentido estricto, si de verdad conoce
algo esa materia.

En su caso se da alguna circunstancia distinta de la del presidente
del Consejo General del Poder Judicial, pero no es tanto el hecho de
que usted sea nombrado por el Gobierno, que sin duda lo es, y eso,
como ya este mismo portavoz ha dejado claro en más de una ocasión,
complica enormemente su existencia y su trayectoria. Pero a eso hay
que añadir algo más, y es la voluntad, perfectamente legítima, de
determinados grupos políticos de utilizar esa circunstancia para
deteriorar al Gobierno. Por ejemplo, creo que no es ocioso recordar
que dos magistrados del Tribunal Constitucional son nombrados por
designación directa del Gobierno, y a nadie se le ha ocurrido
llamarlos a esta Comisión para que comparezcan y someterlos a
control. Es más, si me preguntaran a mi cuáles son de los actuales,
yo no lo sé, no me acuerdo, porque no hay ninguna voluntad política,
ni la ha habido nunca, por parte de ningún grupo político de someter
a especial control a esos dos magistrados respecto al resto de los
miembros de ese alto tribunal, que por otra parte no sé si habría que
someterlo también al control político aquí, dentro de esta especie de
dimensión expansiva del Parlamento que en algunas ocasiones se oye
defender.

Es curioso que, si usted hubiera venido aquí ateniéndose a un
documento de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General sobre cómo
entiende dicha Secretaría que debe ser controlado el fiscal general,
el asunto podría ser bastante más discutible, pero aquí de lo que se
habla es de un documento que han hecho letrados de esta Cámara. Me
llama la atención que alguien que pertenece a ese cuerpo trate con
tanto desahogo el alcance de esos dictámenes, que sin duda no son
vinculantes, pero cuando son pacíficos (y que yo sepa ninguna
autoridad de esta Cámara -la Mesa, etcétera-



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ha cuestionado ese informe y ha pedido otros más exactos o más llenos
de precisión) parece razonable atenernos a ellos a la hora de
desarrollar esta tarea.

Indudablemente aquí se le piden a usted responsabilidades políticas,
y la verdad es que no entiendo muy bien basándose en qué. Ya hemos
visto que los dictámenes intentan expresar cuáles serían las
exigencias de la legalidad, que no de la política, y queda bien claro
que los derechos humanos y su protección en todo aquello que no ha
sido aún positivado pertenece desgraciadamente a la esfera del deber
ser político, pero no a la esfera de la legalidad, que es algo que
por mi asignatura conozco bien; por tanto, los fiscales se atienen a
la legalidad y dan dictámenes con arreglo a ella. Según usted mismo
nos dice, en una de cada cuatro sentencias se da una disparidad en la
interpretación de la legalidad entre el fiscal y el juez, lo cual nos
recuerda algo que los juristas sabemos muy bien, y es en qué medida
las interpretaciones jurídicas son enormemente discutibles. Ahora
bien, en ningún caso eso justifica una responsabilidad política por
parte del fiscal, simplemente es una disparidad de interpretación de
la legalidad. En todo caso, se podría entender que habría otro tipo
de responsabilidades, pero nunca políticas.

Si a todo un juez, contraviniendo a un fiscal a la hora de
interpretar el ordenamiento jurídico, no le genera ninguna
responsabilidad política, resulta pintoresco que algún jurista
político o algún político que ni siquiera sea jurista pretenda que
sus dictámenes vayan a generarla. Es un asunto llamativo a la hora de
exigirles esas responsabilidades políticas, pero lo que es más
curioso todavía es que se hable de responsabilidad política del
Gobierno. Porque ha quedado claro por una pregunta intencionada que
le he formulado cuáles han sido las ocasiones en las que el Gobierno
ha promovido actuaciones o las ha interesado por parte de la Fiscalía
general y ha sido en una sola ocasión con motivo de los malos tratos
a la mujer.

Obviamente, si se parte de un prejuicio por el cual hay que atacar al
Gobierno venga o no a cuento, determinados grupos parlamentarios
están obligados a no creerle y a dar por hecho que usted miente
cuando dice eso. Por el contrario, el escenario habitual es el que
usted ha descartado: el de la comunicación diaria y fluida con el
Gobierno, que le da toda serie de instrucciones que usted cumple
dócilmente. Por tanto, usted es un mentiroso para esos grupos
parlamentarios, porque lo necesitan para su munición, y usted falta a
la verdad cuando nos explica cuáles son sus relaciones con el
Gobierno.

Responsabilidad política del Gobierno respecto al ministerio fiscal,
cuando un Gobierno de verdad quiere respetar su imparcialidad, se
puede dar en dos situaciones: una, cuando no cumple la ley en lo
relativo al funcionamiento de la Fiscalía (eso ha ocurrido en época
anterior, cuando un gobierno ha mantenido hasta un día antes a un
fiscal general ilegalmente nombrado; eso sí que es responsabilidad
política). O, dos, si hubiera habido realmente un desconocimiento de
la legalidad en el nombramiento de determinado fiscal jefe. Pero da
la casualidad de que la Sala Tercera, que algo tiene que decir sobre
esto, manifestó que el nombramiento había sido perfectamente legal,
después de que en esta sala se explayaron (y ahí están los «Diarios
de Sesiones») una serie de autoridades jurídicas, que siempre la hay
en esta
sala, que pontificaron por encima de cualquier tribunal y de
cualquier sala para establecer qué es lo que el derecho decía;
y punto. Es lo que hoy han hecho otra vez.

Otras responsabilidades políticas se generarían si el Gobierno diera
paso a actuaciones atípicas al margen del estatuto, al margen de
promover actuaciones o interesarlas, como, por ejemplo, el pactar con
presuntos criminales fórmulas para evitar que determinados documentos
(que como muy bien se ha recordado aquí habían sido fruto de la
política criminal del gobierno, o sea, de los crímenes cometidos por
un gobierno en el ejercicio de su gestión) llegaran a la opinión
pública por un procedimiento de auténtico chantaje, y que hasta un
ministro se preste a ese tipo de negociaciones y, por supuesto, un
fiscal general. Eso sí que es responsabilidad política de un gobierno
en el manejo de la Fiscalía y eso con usted no ha ocurrido. Usted no
se ha metido en ningún maletero de ningún coche ni ha metido a nadie
para hacer ningún tipo de gestión propia de una película de
gángsters. Nunca, nadie le ha dicho que lo haga ni usted lo
toleraría. Ésa es la diferencia entre situaciones anteriores y la
actual.

Además, resulta chistoso en esta misma Comisión que ha oído cómo se
vapuleaba a su antecesor, el señor Úrculo, que ha oído cómo se pedía
su dimisión y que, además, en aquella época el señor Úrculo era la
voz de su amo, del Gobierno, todos los santos días. Porque el señor
Úrculo en unas declaraciones recientes ha desvelado (nadie lo sabía)
que casualmente la misma mañana en que a él lo cesaron había
reconvenido al señor Gordillo por un trámite de uno de los casos aquí
explicado (por cierto, nunca el señor Úrculo ha sugerido ni
remotamente que atribuyera su cese a ese motivo. Pero aquí ya se
había convertido en doctrina, pero en doctrina establecida por dos
portavoces del Grupo Socialista, que al señor Úrculo no le cesaron
por eso, porque resulta que por lo visto a la empresa que ellos
defienden le viene bien esa teoría; asunto realmente original.

Ahora bien, quédele a usted un consuelo y es que el día menos pensado
usted será un santo si resulta que por cualquier cuestión el Gobierno
le cesa y esa cuestión tiene algo que ver con los intereses
empresariales que defiende el Grupo Socialista. Entonces usted pasará
a ser un santo, como el señor Úrculo. No pierda las esperanzas. Todo
puede ocurrir todavía. Así entienden algunos la responsabilidad
política del Gobierno sobre la Fiscalía.

Por último, para dar algún motivo a lo que ha dicho alguna vez el
señor Belloch de que yo soy el principal crítico de la Fiscalía -lo
ha dicho, no aquí, pero sí en un Pleno-, sería interesante que
asumiera cierta responsabilidad sobre las consecuencias políticas de
lo que hace la Fiscalía para evitar que en cualquier actuación de la
Fiscalía que usted controla -porque es parte de su misión- se
utilicen de modo innecesario argumentos o expresiones claramente
prescindibles, que hasta el más lerdo detectaría que van a tener
consecuencias políticas negativas y, por tanto, van a erosionar a la
Fiscalía. Yo no sé si es el fiscal jefe del País Vasco el que habla
de la histeria separatista, o si es algún lúcido escritor de su
entorno, pero eso no debe figurar si no es imprescindible -y no
parece serlo- en una memoria como ésta. Al igual que en determinados
dictámenes que se han dado, muy acertados jurídicamente según el
propio Poder Judicial inglés ha corroborado, sobraban



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absolutamente determinados obiter dicta sencillamente demenciales y
fácilmente sujetos a lapidación política, como no puede ser de otra
manera. Yo le rogaría que, dentro de sus responsabilidades, asuma la
de evitar que la Fiscalía se resienta innecesariamente. No le voy a
decir en modo alguno, como se ha sugerido aquí, que sus hechos o sus
dichos vayan a supeditarse a las consecuencias políticas que puedan
tener, favorables o desfavorables para unos o para otros, pero en la
medida en que determinado argumento no sea jurídicamente
imprescindible, a lo mejor cabe prescindir de él si va a generar unos
problemas políticos indeseables para todos.




El señor PRESIDENTE: Antes de dar la palabra al fiscal general del
Estado, quiero hacer patente que la Presidencia no quiere en modo
alguno restringir, ni lo ha intentado en el curso de esta
comparecencia, la amplitud del debate, ni los planteamientos de los
grupos ni, desde luego, cuantas citas se estimaran oportunas para
establecer sus conclusiones en contraste con aquellas que el fiscal
general del Estado, como representante del ministerio público,
pudiera haber hecho. Además, alguien como yo que, como es natural
también, lleva años en esta Cámara y en cualquier otro ámbito
parlamentario, sabe que la ley es poderosa pero que la necesidad
siempre lo es más. En la tendencia lógica de un debate parlamentario
está que no exista ningún confín o que exista el menor número de
confines posibles que puedan establecerse como límite. Lo digo
solamente para hacer dos indicaciones, porque los que han estado en
esta legislatura, en esta Cámara, saben que pocas veces he
participado en las intervenciones de los señores diputados.

Probablemente será un esfuerzo de todos llegar a modular cómo debe
ser este debate con el fiscal general del Estado. Señor Cuesta, yo sí
creo haber estado en la línea del precedente. Es un compromiso que
adopté cuando me hice cargo de la Presidencia de la Comisión. Yo, que
he estado en sesiones con otros fiscales generales del Estado
presididas por diputados de otros grupos parlamentarios, he de decir
que habré podido ser mal intérprete del precedente, pero he querido
seguirlo. El precedente es ése y la norma también es ésa: el artículo
44 del Reglamento, que tiene unos distintos planteamientos de
comparecencia, y los artículos 109, 110 y 111 de la Constitución, que
dicen lo que dicen. Naturalmente, puede ser que sea un desiderátum
que algún día la Cámara pudiera discutir una interpelación al fiscal
general del Estado, pero lo cierto es que no es así. Una
comparecencia que tiene también algo de control y que es razonable
que se produzca -yo creo que se ha producido incluso esa idea de
transmisión de censura de alguna de las manifestaciones del fiscal
general del Estado atinentes al ejercicio de su responsabilidad-, no
puede conducir nunca al examen de un proceso en curso en el que lo
que podría concluirse es que al final el Parlamento -ésta es una
opinión del presidente- da una instrucción al fiscal, pudiera
entenderse esa forma de interesarse por un asunto en curso como una
instrucción, o pudiera hacerse alguna lectura del propio resultado
del debate. Eso ha sido lo que ha orientado mi intervención en las
dos ocasiones en que lo he hecho y, desde luego, quedaría muy
confortado si SS.SS. entendieran que ésa ha sido la intención que me
ha guiado.

También quiero decirles que me parece que este debate con el fiscal
general del Estado ha sido más fructífero, en cuanto a amplitud, que
el que podría haberse producido, como en alguna otra ocasión ha
sucedido, al ceñir un debate largo como éste a una disputa dialéctica
sobre la postura del fiscal en un determinado asunto, cosa que, por
más que pueda ser fruto de satisfacción para la curiosidad, desde la
perspectiva del Parlamento es menos interesante.

Con esas expresiones que yo les transmito con mi mayor consideración,
para la contestación de estas últimas puntualizaciones, tiene la
palabra el señor fiscal.




El señor FISCALGENERALDELESTADO (Cardenal Fernández): En primer
lugar, quisiera reconocer a doña Begoña Lasagabaster que si
efectivamente se ha expresado de esta manera en la memoria el rechazo
a la violencia, incluyendo a los partidos nacionalistas en términos
generales, entre los cuales estarían el suyo, Eusko Alkartasuna, y el
Partido Nacionalista Vasco, el término es injusto e incorrecto. Tiene
razón S.S. y habrá que procurar que no se vuelva a repetir. Con ello
recojo la última sugerencia que me hacía don Andrés Ollero, portavoz
del Grupo Popular. Hay que evitar a toda costa aquellos términos, por
una parte, absolutamente innecesarios y, por otra, que, además de ser
injustos, crean dificultades y pueden dar lugar - como ha dicho sobre
la marcha- a la lapidación del fiscal general del Estado.

Por lo que se refiere al señor López Garrido, admito su parecer, su
opinión, su postura, su tesis -como usted quiera llamarlo- respecto
del carácter o la naturaleza política o no política de las
comparecencias del fiscal general del Estado. Me remito a lo que dije
antes. Respeto su opinión, pero a la hora de optar entre una y otra,
atendiendo a lo que dicen la Constitución, el estatuto y el informe
de la Cámara, que, como decía muy bien don Andrés Ollero, no es de mi
secretaría técnica sino que es de la secretaría técnica del
presidente del Congreso de los Diputados, es muy atendible. En la
duda, por tanto, me voy a lo que entiendo que es seguro: que este
debate no es político.

En cuanto a Pinochet, este asunto se ha tratado donde el fiscal trata
estos temas. Por un lado, se trató en la Junta de fiscales de Sala:
se celebró una en la época de don Carlos Granados y se ha celebrado
otra siendo ya fiscal general, y la Junta de fiscales de Sala por
mayoría abrumadora dijo lo que dijo: que no eran competentes los
tribunales españoles. En segundo lugar, el fiscal se pronuncia en
temas que están sub iudice en los tribunales. Tengo que añadirle
-porque me parece que entonces usted no pertenecía a esta Comisión-
que durante varias horas, en una comparecencia monográfica sobre este
tema, creo que fue el 5 de febrero del año 1998, se expuso todo lo
que al respecto había. Decimos todo lo que al respecto había y es
prácticamente lo que hay hasta ahora tramitado en España; por tanto,
no tenemos más que añadir. Si hubiera lugar y ustedes lo entendieran
así, sería cuestión de que fuera objeto de una comparecencia
específica para ver qué ha pasado después o cuál ha sido la postura
posterior del fiscal. La postura de la Fiscalía General del Estado y
de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, siguiendo las pautas
establecidas, se ha acordado en el lugar en que se debe acordar: en
la Junta de los fiscales de Sala y en los tribunales.




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En cuanto a querellas, le parecen pocas. Mire, señoría, las querellas
-como decía antes- las presentan los fiscales que están en el lugar
donde se producen los hechos que dan lugar a ellas. Por lo que se
refiere a querellas que tenga que presentar el fiscal general del
Estado, ya le decía antes que en el Tribunal Supremo solamente son
querellados los aforados de la Sala Segunda y, evidentemente, los
aforados no cometen todos los días delitos. Incluso en el supuesto de
que los cometieran, tendrían que formularse en el tribunal del lugar
donde residen para que luego el tribunal lo remitiera, como ha
ocurrido en algún caso, a la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

No son pocas 280 querellas y tres mil no sé cuántas denuncias, habida
cuenta de que quienes están próximos al lugar de los hechos son los
policías, las víctimas o la Guardia Civil, que son los que levantan
los atestados que dan lugar a los procedimientos. Por tanto, que haya
millón y pico de procedimientos y sólo 280 querellas y tres mil
denuncias es perfectamente normal; ha ocurrido este año, ocurrió el
anterior y seguirá ocurriendo porque nuestra dinámica de proceder es
esa. Voy a poner un ejemplo, S.S. va a coger ahora el coche para
marcharse a casa y se lo han robado. Usted no va al fiscal, va a la
policía; la policía manda el atestado al juzgado de guardia y ¿quién
ha comenzado aquello? Usted con su denuncia, el atestado de la
policía y el juez de guardia que ha empezado a actuar. Luego el
fiscal verá la denuncia que podría ser una querella porque usted ha
sido objeto de una estafa, pero yo no lo sé, usted es quien lo
conoce. ¿Ante quién presenta usted la querella? Ante el fiscal no,
porque no le va a contar el caso al fiscal para que éste se querelle;
va usted a la policía o a un abogado para que le redacte un escrito
de querella y la presenta. Lo que hace el fiscal en el 99 por ciento
de los casos es adherirse luego a la querella, seguir adelante y
formular acusación en su momento, una vez que se haya verificado la
instrucción. En algún caso no sigue la querella porque entiende que
no es constitutivo de delito y formula las conclusiones absolutorias.

Dice usted que la memoria de la Fiscalía General del Estado no
contiene más que una leve referencia a los expedientes
disciplinarios; es que no hay más. Si me lo permite, tengo que
decirle que me siento orgulloso de que no tengamos que abrir
expediente a los fiscales todos los días, de que sólo haya unas
cuantas diligencias informativas y, luego, todo se reduzca a uno, dos
o tres expedientes disciplinarios. ¿Quiere eso decir que los fiscales
son irreprochables? No, quiere decir que no se han detectado
comportamientos que den lugar a un expediente disciplinario. En todo
caso, cualquier ciudadano -usted, por supuesto, sobradamente- tiene
derecho a dirigirse al fiscal general del Estado o al fiscal del
lugar donde resida diciéndole lo que le ha pasado con un fiscal
determinado, que se le abran unas diligencias y se le seguirá un
expediente si hubiera lugar a ello.

Habla usted de los nombramientos de la Unión Progresista de Fiscales,
que no han existido en no sé cuántos años de la vida de nuestro país.

Señoría, no hace muchos años se nombró, entre los fiscales de la
Unión Progresista de Fiscales, al fiscal jefe de Madrid, al fiscal-
jefe de la Fiscalía Anticorrupción, al fiscal-jefe de la Inspección y
al fiscaljefe de Barcelona. ¡Si le parece poco! Cuando se nombró a
estos señores pertenecían a la Unión Progresista de Fiscales. Cuatro
puestos claves. (El señor López Garrido: ¿En qué fecha?) El de
Madrid, en el año 1990 ó 1992; el de Anticorrupción en el año 1995-
1996, que es cuando se creó esta Fiscalía; el jefe de la Inspección
en el año 1993 ó 1994, y el fiscal-jefe de Barcelona hace tres años;
cuando se creó la Anticorrupción y vino aquí don Carlos Jiménez
Villarejo, a los dos meses, cinco, medio año, se eligió al fiscal
jefe de Barcelona, que también pertenece a la Unión Progresista de
Fiscales, lo cual no es ningún demérito pero, ya que lo ha preguntado
usted, no tengo más remedio que decírselo. Esto a vuelapluma porque
si nos sentásemos a indagar en los últimos nombramientos, a lo mejor
salían otros. ¿Qué tiene de particular que sean de la Unión
Progresista de Fiscales? No tiene nada de particular. Los hay de una
asociación, los hay de otra, lo que importa son sus méritos. No hay
más. Lo digo porque usted me lo ha preguntado, si no, no tendría
ningún sentido.

En cuanto a la plaza de jefe del País Vasco, a la diputada doña
Margarita Uría no la satisface nuestra explicación. ¡Qué se le va a
hacer! Los hechos son así. Por lo que se refiere a ese maridaje que
se ha hecho entre el Partido Nacionalista y lo que decíamos antes
-aprovecho para contestar a doña Begoña Lasagabaster-, procuraremos
que no se confunda ambas cosas pues unos son los que practican una
histeria nacionalista y otros son los nacionalistas perfectamente
legítimos y tienen los mismos derechos que los demás para que un
Estado plural de derecho se los reconozca. Si algo se hizo
incorrectamente o se utilizó un término de forma inadecuada, tomamos
nota de ello para evitar que en lo sucesivo se vuelva a producir.

En cuanto al caso concreto que la señora diputada refería, quizás el
fiscal no se comportó como ella quería, pero yo recordaría que en
aquellos tiempos era frecuente que estos mandatarios de Herri
Batasuna lanzaran venablos -no se les puede dar otro nombre- contra
el presidente del Gobierno o contra los ministros que había entonces,
contra los mandatarios de la policía, de la Guardia Civil, etcétera,
y no se presentó ni una sola denuncia, no digo querella. El fiscal
presentó muchas denuncias y querellas de las que guardamos copias,
pero no sé que los servicios jurídicos del Gobierno vasco dieran un
solo paso y eran calificativos delictivos, igual que lo pudieron ser
los que estos individuos dirigieron a don Juan María Atutxa, al que
aprecio, respeto y considero en el más alto valor.

Con don Pablo Castellano estoy totalmente de acuerdo en que existe el
riesgo permanente de que politicen al fiscal general del Estado
porque la forma en que está configurado su nombramiento en el
estatuto da lugar a ello y ofrece esta apariencia. De manera que
usted viene a decir lo que opinan desde hace tiempo los propios
fiscales: que no solamente hay que ser independiente, sino parecerlo.

Es cierto también que, siguiendo esta línea y a propósito de una de
las conclusiones que se obtuvieron en aquel Pleno del 27 de mayo de
1997, en ese informe que nos encargó el Ministerio de Justicia, la
mayoría, por no decir todos los fiscales, se pronunciaron a favor de
que el nombramiento del fiscal general del Estado tuviera una
duración determinada y solamente pudiera ser cesado por causas
tasadas. Por ahí va la búsqueda de la independencia no solamente de
hecho, sino también de derecho, en su apariencia respecto de los



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demás fiscales y, naturalmente, de la sociedad. Comprendo que no es
tanto una cuestión de personas, de todas las personas que hemos
ocupado este cargo, cuanto de la configuración. En este tema, como no
tengo ninguna facultad porque pertenece a los legisladores, SS.SS.

harán lo que les parezca procedente. Lo único que hago es
transmitirle la opinión prácticamente unánime de la carrera en cuanto
a ese acuerdo de los cuatro que se adoptaron en aquella comparecencia
de 27 de mayo de 1997. Como ha dicho antes también don Andrés Ollero,
puestos a pedir responsabilidades políticas porque uno ejerce
determinadas funciones, habría que pedírselas a una serie de personas
que ni siquiera se nos ha pasado por la cabeza que puedan actuar
políticamente.




Ayer le entendí mal. He visto que efectivamente usted aprecia la
memoria y agradece nuestra receptividad; nosotros también le
agradecemos ese reconocimiento que hace y procuraremos reflejar, como
usted decía, que o todos o ninguno, que es lo que nos venía a decir.

Mejor todos - porque entonces tendríamos un best seller que ninguno,
ya que entonces sería aburridísima. Depende del tamaño que se pueda
dar a una memoria porque vienen detrás de nosotros otra serie de
señores a los que no hemos mentado aquí pero que también querrían que
su asunto saliera en la memoria y nos vendrían preguntando: ¿Qué es
de lo mío? ¿Por qué no sale en la memoria? Tenemos que ser muy
moderados, sobre todo por lo que decía antes, que el fiscal habla,
cuando tiene que emitir opiniones sobre esto, en la Junta de fiscales
de Sala y ante los tribunales.

Lo de la ley de vigilancia penitenciaria es cosa de ustedes.

Nosotros, por nuestra parte, pondremos todo lo que sea necesario para
que los fiscales adscritos al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nos
den datos sobre estos casos lamentables a que nos hemos referido
antes.

Diré a don Álvaro Cuesta que, efectivamente, esta es una
comparecencia típica, claro que sí. Está en el estatuto, lo hemos
leído y, por tanto, no tiene nada de particular. Habla S.S. de pedir
explicaciones sobre instrucciones que haya dado a los fiscales en
determinado asunto. Pueden ustedes pedirlas, pero tengo que decirles
que no he dado absolutamente ninguna instrucción que haya recibido
del Gobierno, pueden haber sido instrucciones que me han salido a la
vista del asunto como fiscal general, pero ni una sola que haya
recibido del Gobierno, porque no las he recibido. Que quede claro. Si
usted quiere creerme, me cree, si no, lo siento, pero se lo repetiría
no una sino mil veces o un millón, porque no he recibido más
instrucciones que la que hemos dicho antes respecto de las mujeres
maltratadas, que se llevó a junta y de la que salió una circular. No
se han dado más instrucciones que yo haya recibido. ¿Que yo doy
instrucciones a los fiscales? Efectivamente, es mi obligación y si un
señor me consulta y me pregunta qué es lo que hace ante un asunto,
tengo que darle una contestación. Y si es de más extensión, de mayor
profundidad, entonces la instrucción se hace por escrito, que es otro
de los canales. Son tres los canales a través de los cuales el fiscal
general del Estado imparte criterios para que haya una uniformidad,
porque nuestro principio es el de unidad de actuación. ¿Cómo se
consigue esa unidad de actuación? A través de circulares, a través de
consultas y a través de las instrucciones, de las que no hemos
hablado, pero que todos los años
hay a lo mejor una, dos, tres o ninguna porque a lo mejor no ha lugar
a ello; pero instrucciones verbales, un poco sobre la marcha, porque
incluso a veces se dice por teléfono qué se puede hacer, claro que se
dan, es responsabilidad mía y no rehuyo esta responsabilidad porque
es imposible, todos los fiscales dependen del fiscal general del
Estado cuando se mueven en el ejercicio de sus funciones. Como soy
fiscal de carrera y he ejercido de fiscal muchos años, me gusta
respetar un ámbito de autonomía de manera que cada fiscal-jefe
pondere una serie de circunstancias que no puede ni tiene que por qué
someter al fiscal general del Estado, porque muchas veces no es fácil
transmitir esas determinadas circunstancias. Por tanto, hay que darle
un cierto ámbito de autonomía. Ahora, bien, si ello le acarrea algún
disgusto, eso es cosa suya; en la autonomía van la responsabilidad y
las consecuencias, el mérito o el demérito, lo que usted quiera, va
todo, siempre que no se infrinja con eso algún precepto legal o que
yo tenga conciencia de que se infrinja un precepto legal, porque
entonces mi obligación grave sería decir: por ahí no, y se lo diría
por escrito si hiciera falta.

Dice usted que no he hablado en absoluto de los objetivos, de las
necesidades materiales y demás. En el capítulo I se habla de
necesidades materiales. En concreto, habla usted de nuevos fiscales.

Si hay 34, son 34 nuevos fiscales de la segunda categoría, con lo
cual se va buscando la proporcionalidad entre la carrera judicial y
fiscal, no sólo en el número sino sobre todo en la categoría. Por eso
las dos o tres últimas ampliaciones y la que va a haber al año que
viene han sido todas de la segunda categoría, para que se guarde la
proporcionalidad. Añade S.S. que sólo se ha hablado aquí de la
retribución del fiscal general del Estado. El fiscal general del
Estado no hubiera hablado de su retribución si no hubiera sido porque
ha sido objeto de una pregunta por parte del portavoz del Grupo
Popular y, como usted ha podido oír perfectamente, he hablado de ella
a propósito de la petición de los fiscales de Sala. No es que haya
pedido un aumento. Como decía un fiscal en una ocasión, esto no es
pedir aumento de sueldo, sino que se cumpla la ley, y que se
reconozca que legalmente en el Estatuto hay otra cosa. Si como
diputado perteneciente a esta Comisión cobrase menos que el señor que
tiene usted a su espalda, que es también diputado de esta Comisión y
pide que le igualen, no pide un aumento de sueldo sino que le
retribuyan como corresponde. No digo al revés porque a lo mejor ahí
sí que está justificada una diferencia, porque usted es portavoz y el
otro diputado, no; pero eso está en la ley, está reconocido
legalmente y, por tanto, no habría nada que decir.

Con respecto a las inspecciones y a su resultado, están en la memoria
los datos sobre diligencias y el número de inspecciones que se han
hecho. Tengo que decirle, don Álvaro, que cuando la Inspección hace
una visita, siempre confecciona un informe detalladísimo del que hace
un resumen y lo remite a la Fiscalía en cuestión. Esos informes, como
es lógico, los hace la Inspección para el fiscal general. El fiscal
general puede estar perfectamente informado a través de la Inspección
de lo que pasa en cada fiscalía. Si hubiera sabido que me iba a hacer
esta pregunta, le hubiera traído un informe de ésos, que son
detalladísimos. Yo he estado muchos años en la Fiscalía, he sido
sujeto pasivo y,



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siendo jefe, además, eres particularmente inspeccionado. Mire usted,
los inspectores levantan hasta la última carpetilla -no digo las
alfombras porque normalmente no las hay- y luego hacen un informe.

Cuando uno se pregunta de dónde han sacado los datos, es porque han
leído la carpetilla, han visto una nota, un informe y pueden hacer
esta valoración.

Respecto a la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, ha hecho un magnífico
informe que quizá no se ha recogido completo. En cuanto a por qué no
ha recogido otras cosas, debo contestar que porque es materialmente
imposible transcribir todo. Habla usted de la Fiscalía anticorrupción
y de falta de apoyo por parte del fiscal. No le voy a contestar
ahora, pero traigo aquí un dossier de escritos míos dirigidos a estos
fiscales que se han quejado de haber sido maltratados verbalmente por
determinadas personas. El primer punto es que el Estatuto orgánico
del ministerio fiscal no prevé una forma en la que el fiscal general
del Estado pueda salir, de una manera típica -término que ha empleado
usted para empezar la comparecencia-, en defensa de los fiscales que
hayan sido ofendidos o maltratados. El segundo punto es que a todos
les he dirigido una carta solidarizándome con ellos; no se la voy a
leer, como es lógico, pero están aquí las copias, las había traído
por si acaso. Y, el tercer punto es que un día, ustedes, señores
legisladores, entendieron que el derecho a la libertad de información
y de expresión podía incluso entrar en el ámbito de actuación de
jueces y fiscales. Es una opción que han hecho ustedes, los
legisladores, y bendita sea, pero las consecuencias las tenemos que
aceptar, como lo hacemos con todos nuestros actos. ¿Que hemos
suprimido el delito de desacato? Pues le atamos de pies y manos al
fiscal o al juez, que es objeto de un varapalo. ¿Sabe por qué,
señoría? Lo sabe perfectamente, pero se lo recuerdo: porque si
presenta una denuncia o querella tiene que abstenerse. Es decir,
puede presentar una denuncia contra el que le ha maltratado
verbalmente pero le va a obligar a abstenerse, y al juez le pasa lo
mismo. Por consiguiente, hacemos una opción que considero que es
justísima, dignísima y respetabilísima, pero tenemos que aceptar las
consecuencias, y una es ésta. Señoría, no es una opinión particular
mía, es un clamor y, además, creo que está recogido en el último
informe que ha mandado el Consejo General del Poder Judicial para
futuras e inmediatas reformas del Código Penal: que se haga algo.

¿Qué? No lo sé, tampoco digo que se vuelva a incorporar el delito de
desacato. Digo lo que señala el Consejo: que se adopte un remedio, el
que sea, porque que yo les mande una carta consolándoles no es
suficiente, pero no tengo otra arma a mi disposición.

En cuanto a aquello de la revista Época (para qué vamos a andar aquí
con subterfugios) de que hay prevaricaciones
administrativas, está mal recogido. Lo que le dije a la
periodista, o lo que le quise decir, es que había muchísimas más
resoluciones administrativas que judiciales. Creo que le dije que
cada día en España se pueden adoptar cientos, miles de resoluciones
administrativas, lo hace desde un alcalde del último pueblo en un
bando o un acuerdo. En cambio, resoluciones judiciales hay muchas
menos. Es más sencillo entender que haya prevaricaciones de carácter
administrativo por esto, porque se dan muchísimas más. Por decirlo de
alguna manera, estadísticamente es mucho más explicable que haya
prevaricaciones administrativas que judiciales; no es que no las
pueda haber en un sitio o en otro o que las haya porque sí, no,
simplemente es una cuestión de estadística: a más número, más
posibilidades de equivocarse, de errar o de cometer una
prevaricación. Probablemente no se recogió bien porque lo que yo
quise decir no lo dije con suficiente claridad o no dí una
explicación clara para que pudiera recogerse, pero este es el sentido
que tiene.

No vamos a hablar otra vez de Sogecable, pero le decía antes -y lo
decía a propósito de lo de Pinochet- que sobre Sogecable tuvimos una
sesión desde las 4 de la tarde hasta las 10 de la noche el día 30 de
junio del año pasado. Se habló de todo lo que se había hecho hasta
entonces sobre Sogecable. Si SS.SS. quieren que sigamos hablando de
lo que ocurrió desde entonces para acá, pidan una comparecencia y se
les dirá lo que hay o lo que ha habido. Entonces se habló hasta la
extenuación de toda esa fase a la que usted se ha referido, hasta la
extenuación. Probablemente lo recuerda, si estuvo en la Comisión
aquel día. En cualquier caso, tiene usted a su disposición, como es
lógico, el «Diario de Sesiones» y verá usted que allí se dan
explicaciones. Que convenzan o no, usted es libre de convercencerse o
no, pero explicaciones se dan hasta la extenuación. Queda contestado
el tema de Gómez de Liaño.

Señor Ollero, con todo lo que usted ha dicho estoy totalmente de
acuerdo. Ha explicado cuál es la postura del fiscal, por qué no es
una postura política, por qué no se le pueden hacer determinadas
preguntas, por qué no puede dar determinadas contestaciones, y le
agradezco la sugerencia que ha hecho al final de que debemos cuidar
mucho los términos, porque algunas veces una palabra nos puede crear
un conflicto. Esto no es difícil de adivinar cuando se trata de temas
tan delicados y tan espinosos.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Terminada la comparecencia del señor fiscal
general del Estado, al que agradecemos su presencia, se levanta la
sesión.