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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 711, de 15/06/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1999 VI Legislatura Núm. 711



POLÍTICA SOCIAL Y EMPLEO



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JERÓNIMO SAAVEDRA ACEVEDO



Sesión núm. 46



celebrada el martes, 15 de junio de 1999



ORDEN DEL DÍA:



Proposiciones no de ley:



- Sobre establecimiento de la compatibilidad entre la percepción del
incremento de la pensión de incapacidad con la realización de las
prestaciones de servicios marginales que consistan en la realización
de trabajos de duración inferior a 12 horas a la semana o 48 al mes.

Presentada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.

(Número de expediente 161/001038) ... (Página 20390)



- Sobre cesión por la Tesorería General de la Seguridad Social del
uso del inmueble situado en la calle Placeta de la Cruz a favor del
Ayuntamiento de Berja (Almería). Presentada por el Grupo Socialista
del Congreso. (Número de expediente 161/001378) ... (Página 20394)



- Por la que se insta al Gobierno a la elaboración de un proyecto de
ley que resuelva los problemas de las pensiones de jubilación de los
prejubilados del grupo de empresas ITT España. Presentada por el
Grupo anterior. (Número de expediente 161/001517) ... (Página 20395)



- Sobre dotación a la provincia de Alicante de un número adecuado de
autorizaciones para el empleo de trabajadores extranjeros no
comunitarios. Presentada por el Grupo Parlamentario Mixto. (Número de
expediente 161/001473) ... (Página 20400)



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- Sobre criterios a seguir en la modificación del Real Decreto 358/
1991, de 15 de marzo, sobre reordenación de la Organización Nacional
de Ciegos Españoles (ONCE). Presentada por el Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida. (Número de expediente 161/001518)
... (Página 20402)



- Sobre inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social y en
la acción protectora por desempleo de los liberados o dirigentes de
organizaciones sindicales. Presentada por el Grupo Socialista del
Congreso. (Número de expediente 161/001537) ... (Página 20405)



- Sobre inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social y en
la acción protectora por desempleo de los liberados o dirigentes de
organizaciones sindicales. Presentada por el Grupo Parlamentario
Mixto. (Número de expediente 161/001586) ... (Página 20406)



- Sobre normas de cotización aplicables a los trabajadores en
supuestos de convenio especial y otras situaciones asimiladas a la de
alta. Presentada por el Grupo Socialista del congreso. (Número de
expediente 161/001577) ... (Página 20409)



Se abre la sesión a las diez y cuarenta minutos de la mañana.




PROPOSICIONES NO DE LEY:



- SOBRE ESTABLECIMIENTO DE LA COMPATIBILIDAD ENTRE LA PERCEPCIÓN DEL
INCREMENTO DE LA PENSIÓN DE INCAPACIDAD CON LA REALIZACIÓN DE LAS
PRESTACIONES DE SERVICIOS MARGINALES QUE CONSISTAN EN LA REALIZACIÓN
DE TRABAJOS DE DURACIÓN INFERIOR A 12 HORAS A LA SEMANA O 48 AL MES.

PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA.

(Número de expediente 161/001038.)



El señor PRESIDENTE: Se inicia la sesión con el orden del día que
tienen ustedes y que supone el debate y votación de varias
proposiciones no de ley. En primer lugar, proposición no del ley del
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida sobre establecimiento
de la compatibilidad entre la percepción del incremento de la pensión
de incapacidad con la realización de las prestaciones de servicios
marginales que consistan en la realización de trabajos de duración
inferior a 12 horas a la semana o 48 horas al mes.

Para su defensa, tiene la palabra el señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Señor presidente, recuperando la actividad
parlamentaria después de las elecciones del 13 de junio, desearía
iniciar mi intervención felicitando a los diputados y diputadas que
se dieren por aludidos y, por tanto, a aquellos que estimen que
puedan ser felicitados por los resultados de las mismas.

En cuanto a esta proposición no de ley tengo que comentarles,
señorías, que el Real Decreto 489/1998, de 27 de marzo, como ustedes
saben, lo que hizo fue recuperar
determinados derechos sociales respecto de los titulares de los
contratos a tiempo parcial llamados marginales, es decir, aquellos
que cubren la actividad de menos de 12 horas a la semana o 48 horas
al mes. La situación previa que tenían estos trabajadores era la de
que se les otorgaban determinados derechos; por ejemplo, se incluía
la protección frente a las contingencias por accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales, la asistencia sanitaria por contingencias
comunes, la prestación económica correspondiente a los períodos de
descanso por maternidad y el Fondo de garantía salarial, pero no
existían para ellos la cobertura por la incapacidad permanente y el
desempleo, que fueron objeto de la reforma laboral de 1994. Ante esta
situación hubo una disposición por parte del Ministerio, y en
concreto de los servicios jurídicos del INSS, en la que se preveía la
compatibilidad de la incapacidad permanente total cualificada y de la
pensión de jubilación, con la prestación de este tipo de servicios
marginales, es decir, trabajos parciales de duración inferior a las
12 horas a la semana o 48 al mes. Esto se realizó en función del
criterio número 98 de aplicación en el documento régimen jurídico de
las prestaciones, criterio de aplicación en supuestos consultados
correspondientes a los años 1995 y 1996. Con este criterio, que se
adoptó, además, sin un soporte normativo específico por parte de la
Subdirección General de Asistencia Jurídica del Instituto Nacional de
la Seguridad Social, se pretendió paliar los efectos de desprotección
que tenían los trabajadores en dicha situación, al menos
parcialmente. Obviamente esto funcionó durante este periodo, es decir
de 1994 a 1998; sin embargo, una vez que se produce la entrada en
vigor del Real Decreto 489, la Subdirección General del INSS
interpreta la nueva situación de forma restrictiva, entendemos
nosotros, mediante un escrito de dicha Subdirección General, con
registro de salida número 28709, que ordena a las direcciones
provinciales del INSS que a partir del día 1 de mayo de 1989 el
percibo de la pensión de jubilación y el incremento de la pensión de
incapacidad, es decir, ese 20 por ciento que suplementa el 55 por
ciento que cobran las totales, es incompatible con la realización



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de trabajos de duración inferior a las 12 horas a la semana o 48 al
mes, porque entiende la Subdirección General que, una vez que se han
recuperado los derechos sociales para estos trabajadores, corresponde
restablecer la situación de incompatibilidad. En el mismo escrito,
además, se da un plazo perentorio para que aquéllos que estaban en la
situación de compatibilizar ambas cuestiones, la prestación y el
servicio marginal, se pongan al día porque si no podrían incurrir en
esa incompatibilidad y, por tanto, en la necesidad de devolver
aquello que hubieran percibido como una prestación indebida por parte
de la Seguridad Social. Es, por tanto, una rápida acción
administrativa para recortar situaciones beneficiosas de los
trabajadores que en la práctica, desde nuestro punto de vista, están
semiexcluidos del mercado de trabajo. No olvidemos que muchos de
ellos, ya que se trata de una situación cualificada según el término
de la propia ley, son mayores de 50 años y que según los datos la
media de las prestaciones en la inmensa mayoría no llega a 90.000
pesetas al mes, ya que se quedan por debajo del salario mínimo
interprofesional precisamente por la tipificación de este tipo de
trabajos de los que estamos hablando. Por tanto, están semiexcluidos
del mercado de trabajo, la inmensa mayoría del colectivo afectado
tienen una edad avanzada y, al mismo tiempo, se ven, en función de
esta interpretación, excluidos de la posibilidad de compatibilizar
esa pequeñísima, esa ínfima pensión -diría yo- con un trabajo que
también es ínfimo, pero que en cualquier caso podría servir para
paliar una situación de necesidad social.

Por tanto, con esta interpretación de los servicios jurídicos del
INSS, se produce una situación no deseable. Yo no voy a encomiar ni
calificar esa situación, pero yo creo que es injusta. (El señor
Griñán Martínez: La has calificado.) Es evidente que se trata de una
calificación, sobre todo cuando la sensibilidad social la impone a
bote pronto. No es una contradicción mía, la contradicción viene de
la situación misma. Por tanto, mediante esta proposición no de ley
planteamos el siguiente texto: Que la Comisión de Política Social y
Empleo del Congreso de los Diputados inste al Instituto Nacional de
la Seguridad Social a que proceda a anular el escrito del subdirector
general de Ordenación y Asistencia Jurídica dirigido a las
direcciones provinciales del INSS, con registro de salida número
28709, y asimismo proceda a emitir las instrucciones oportunas, a fin
de establecer la compatibilidad entre la percepción de la pensión de
incapacidad con la realización de las prestaciones de servicios
marginales, que consista en la realización de trabajos de duración
inferior a 12 horas a la semana o 48 al mes.

Estas son cuestiones que aparecen permanentemente en la dinámica de
la legislación, vía instrucción, a la hora de concretar, de
reglamentar la aplicación de la ley, aunque como éste hay otros
muchos casos que quizás tengamos ocasión de verlos en sucesivas
proposiciones no de ley, pero creo que éste es uno de los más más
significativos por tener una interpretación que consideramos lesiva
para los titulares de determinados tipos de prestación de la
Seguridad Social y, por tanto, debería mejorarse en función de
nuestra acción parlamentaria. Por ello, sometemos esta proposición no
de ley a la consideración de SS.SS., que espero sea tenida en cuenta
de forma favorable.

El señor PRESIDENTE: No se ha presentado ninguna enmienda a esta
proposición no de ley. ¿Grupos que deseen fijar su posición? (Pausa.)
En primer lugar tiene la palabra el señor Peralta, por el Grupo
Mixto.




El señor PERALTA ORTEGA: De todas SS.SS. es conocido que en la actual
regulación de la invalidez en nuestro país existen distintos grados,
y uno de ellos es el de incapacidad total para la profesión habitual,
que da derecho a una prestación del 55 por ciento de la base
reguladora. Esa prestación, cuando el afectado de invalidez tiene más
de 55 años de edad y en la medida en que no trabaje, se incrementa en
un 20 por ciento. Por tanto, pasa a ser la prestación del 75 por
ciento, si bien -es importante recordarlo- hay un 55 por ciento que
trata de indemnizar, de compensar una determinada enfermedad o
lesión, minusvalía en definitiva, que sufre el trabajador, y un 20
por ciento es un complemento que intenta compensar en la medida en
que ese trabajador no desempeña trabajos, sea normalmente en
profesión distinta o incluso en su misma profesión. Por tanto, ese
complemento del 20 por ciento se percibe de acuerdo con la
legislación vigente sólo en la medida en que no se realiza ningún
tipo de trabajo y es incompatible con la realización de cualquier
trabajo. Esta es la situación legal. Es verdad que en nuestro país
cuando se introduce y se regula en un momento determinado la
posibilidad de trabajo por menos de 12 horas a la semana o 48 al mes,
se estableció un régimen jurídico específico para ese tipo de
trabajo, régimen que hizo que por parte de la Seguridad Social se
dictaran algunas normas de adaptación como las que se recogen en el
preámbulo de esta proposición no de ley. Algunas de estas normas, en
concreto ese régimen jurídico de prestaciones, los criterios de
aplicación, efectivamente no carecían de base legal, e incluso
podríamos llegar a la conclusión de que la posibilidad de hacer
compatible el complemento del 20 por ciento en los casos en que no se
trabajaba con la realización de trabajos de jornadas inferiores a 12
horas a la semana o 48 horas al mes, contradecía frontalmente el
tenor de la ley. Sin embargo, ahí está y se dictó esa resolución que
lo disponía. Esa ha sido la situación que ha venido funcionando hasta
que recientemente se ha establecido, en mi opinión, una cierta
regularización de ese tipo de trabajo inferior a 12 horas a la semana
o 48 horas al mes, equiparándolo al trabajo normal y corriente. Al
producirse esta equiparación la Seguridad Social ha llegado a la
conclusión de que, en la medida en que era un trabajo normal y
corriente, le debía afectar la incompatiblidad con el complemento del
20 por ciento, puesto que el complemento del 20 por ciento se paga en
la medida en que no se trabaja. Si se hace un trabajo normal y
corriente, aunque sea inferior a 12 horas, es incompatible.

Ese es el problema que se ha planteado recientemente en base a toda
esta historia a la que he hecho referencia, al que en la proposición
no de ley del Grupo Federal de Izquierda Unida se intenta encontrar
una solución. Yo me permitiría, señor presidente, señorías, decir que
la proposición no de ley que presenta el Grupo de Izquierda Unida
hace referencia a una situación ciertamente excepcional. Estamos
hablando de supuestos de invalidez en grado de incapacidad total con
más de 55 años de edad, que por tanto



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cobran un complemento y que tienen la posibilidad de encontrar un
trabajo de muy escasa duración. Estamos hablando, por tanto, insisto,
de una situación excepcional y quizás podríamos buscar soluciones
excepcionales. La que plantea el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya es verdad que contradice la sistemática general de la
ley, puesto que el complemento es incompatible con el trabajo, y se
pretende hacerlo compatible. Por tanto, contradice en alguna medida
la estructura general de la actual regulación. Nosotros estaríamos de
acuerdo en que la situación excepcional que estamos previendo pudiera
tener alguna solución excepcional, pero me permitiría -y en esto
pediría la venia, en la medida en que no sé si se ajusta exactamente
al Reglamento- complementar la proposición no de ley del Grupo de
Izquierda Unida con una enmienda in voce que dijera, puesto que se
pretende hacer compatible el complemento con la percepción de la
retribución por ese trabajo de menos de 12 horas; lo siguiente: Sin
perjuicio de la deducción de la retribución que se perciba en
relación con la cuantía del complemento. ¿Por qué? Porque cabe que la
jornada que se realice sea tan pequeña y la retribución que se
perciba sea tan pequeña, que sea inferior al complemento del 20 por
ciento, con lo cual nos encontraríamos con que legalmente estaríamos
obligando a que no se hiciera esa jornada, cuando yo creo que sería
bueno que se pudiera hacer y que se pudiera llevar a cabo esa
actividad, que genere todos los derechos que genera una actividad en
la Seguridad Social y que no se perjudique a un trabajador y se le
obligue en alguna medida. En la medida en que se contemplara la
adición de «sin perjuicio de la deducción», estaríamos dando una
solución excepcional y distinta de la normativa, del criterio
general, a una situación, sin lugar a dudas excepcional, que yo creo
que sería un paso adelante en relación con la situación en la que nos
encontramos ahora. Se posibilitaría que esas personas se
reincorporaran, participaran en la vida activa, pudieran a lo mejor
demostrar capacidad, que se les ampliara su jornada, que cobraran más
del complemento y que, por tanto, tuvieran mejores condiciones de
vida, que estoy convencido que es el objetivo prioritario que
persigue el grupo proponente y que, desde luego, nosotros compartimos
plenamente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la
palabra el señor Caballero.




El señor CABALLERO BASAÑEZ: Estamos debatiendo esta proposición no de
ley del Grupo Federal de Izquierda Unida para establecer
compatibilidad entre la percepción del incremento de la pensión de
incapacidad con la realización de prestaciones en servicios
marginales en trabajos de duración inferior a 12 horas a la semana o
48 al mes. La situación previa de la que se partía antes de este
escrito de la Subdirección General del Instituto Nacional de la Salud
adoptaba una serie de medidas beneficiosas para el grupo de
trabajadores afectados por este tipo de contratos de prestación
marginal de servicios. Realmente, como ya se ha aludido
anteriormente, nos estamos refiriendo a un colectivo concreto,
fundamentalmente entre 55 y 60 años, bastante minoritario, es decir,
a un grupo excepcional, y ciertamente parece un caso de cicatería lo
expuesto y lo que se deduce a partir de este escrito del 4 de mayo
de 1998 de la Subdirección General del INSS. Por ello y resumiendo,
vamos a apoyar esta proposición no de ley de Izquierda Unida puesto
que nos parece de justicia en relación al colectivo aludido, y
estaríamos también de acuerdo con la matización que introduce el
portavoz del Grupo Mixto.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el
señor Gimeno.




El señor GIMENO MARÍN: Este es uno de los diversos supuestos en el
que nos encontramos con aparentes contradicciones dentro de nuestro
sistema de protección social respecto a la coherencia de determinados
principios que se establecen. Es cierto que eso lleva a problemas muy
concretos que a veces dan la sensación de confrontación con una
situación definida en sí misma como posible injusta y una situación
general de coherencia con los principios generales. Esos problemas
están ya en contradicción en la propia ley, cuando se establece una
distinción entre la incompatibilidad con el trabajo de determinados
sistemas de pensiones o prestaciones, como puede ser el caso al que
se refería uno de los intervinientes anteriores de la incapacidad
permanente total en el recargo correspondiente, que es incompatible
con el trabajo, o cuando hablamos, por ejemplo, del supuesto de la
invalidez absoluta o gran invalidez que en estos casos sí que es
compatible con el trabajo. Es decir, nos encontramos con principios
diferenciados respecto a supuestos que la propia ley establece que en
un caso piensa que por factores psicológicos o por factores de salud
parece que un gran inválido o un invalido absoluto puede trabajar,
que de hecho se dan casos -a pesar de su situación definida como de
imposibilidad de trabajar, eso es compatible-, y nos encontramos con
otros supuestos que la ley define también con una cierta lógica,
criterios de incompatibilidad, como es el caso del recargo de la
incapacidad permanente.

Hay otros supuestos bastante contradictorios, algunos regulados
incluso con acuerdos con sindicatos, en este caso con el Gobierno; el
mismo decreto regulador de la prestación de los contratos a tiempo
parcial establece una diferenciación, una correlación entre
obligaciones sociales de cotización y derechos a prestaciones
sociales diferente, pero que correspondería al conjunto de los
trabajadores porque se da una prima, aun en el supuesto de más
marginalidad, respecto al resto de los trabajadores. Yo recuerdo que
uno de los debates que tuvimos en su momento fue quién financiaba el
exceso de prestaciones sobre las cotizaciones que se regulaban en
este nuevo decreto. En aquel caso el Gobierno no era partidario de
tener que hacer las aportaciones correspondientes para no afectar al
sistema financiero de la Seguridad Social, pero en cualquier caso sí
había una prima de algunos trabajadores respecto al conjunto de los
mismos. Quiero decir con esto que hay situaciones contradictorias
dentro del sistema y de la regulación. En ese contexto, ya en este
caso concreto, específico, hablando sobre el tema de la
incompatibilidad, incluso hablando sobre los criterios
interpretativos de la propia Administración, también nos hemos
encontrado con criterios interpretativos discriminatorios respecto a
situaciones anteriores y respecto a situaciones posteriores.




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En ese contexto, se debe analizar el problema de la coherencia global
o analizar el problema de la situación específica del caso concreto.

Normalmente, cuando nos metemos en la situación específica del caso
concreto todos tenemos una cierta tendencia a estimar una especial
protección a ese caso concreto, porque es esa la situación y es
cierto que en los casos de contratos a tiempo parcial marginales de
estas características, de menos de 12 horas, uno se plantea que
evidentemente es una situación tan marginal que difícilmente se puede
defender un principio distinto, que la Administración aplique
criterios distintos de los que aplicaba, es decir, no parece, en mi
opinión, que sea uno de los casos en los que habría que primar la
coherencia especial en este caso con el principio de la protección
que hasta ahora venía ejerciendo la propia Administración. En
cualquier caso, si el Grupo de Izquierda Unida aceptara la enmienda
que se ha planteado, nosotros también la admitiríamos y si no
votaríamos a favor de la proposición no de ley que se ha propuesto.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra, el señor
Martínez-Villaseñor.




El señor MARTÍNEZ-VILLASEÑOR GARCÍA: En relación con el contenido de
la proposición no de ley que presenta Izquierda Unida, por parte del
Grupo Popular he de manifestar lo siguiente. La Ley 10/1994 procedió
a modificar el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores,
estableciendo que en los casos de contratos a tiempo parcial cuando
la jornada realizada fuese inferior a 12 horas a la semana o 48 horas
al mes, el ámbito de protección de la Seguridad Social quedaba
limitado a las prestaciones derivadas de contingencias profesionales
y al subsidio por maternidad. Consecuentemente, en estos contratos el
interesado carecía de protección a efectos de pensiones e incapacidad
temporal cuando todas ellas derivaban de contingencias comunes. Dado
el ámbito reducido de protección dispensada en los contratos
indicados, surgió el problema... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Perdón señor Martínez-Villaseñor. Ruego a los
señores diputados que faciliten el trabajo de transcripción de los
debates y respeten a quien está en el uso de la palabra.

Continúe, señor Martínez-Villaseñor.




El señor MARTÍNEZ-VILLASEÑOR GARCÍA: Gracias, señor presidente.

Surgió el problema, repito, de si la realización de los mismos
permitía o no compatibilizar su ejercicio con la percepción de
determinadas prestaciones sociales y en especial la de jubilación,
así como el incremento del 20 por ciento en los casos de incapacidad
permanente total. Ante esta problemática se estimó, en una
interpretación racional del ordenamiento jurídico de la Seguridad
Social, que era posible esa compatibilidad en cuanto que el
interesado no tenía derecho, en función de las cotizaciones
realizadas en el contrato a tiempo parcial, a la protección por
dichas contingencias. (Rumores.) En tal sentido, y frente a la regla
general de incompatibilidad entre la percepción de la pensión de
jubilación y la realización de trabajos, se estimaba
que dado que el trabajo desarrollado no generaba derecho a jubilación
era posible que el pensionista de jubilación pudiera seguir
percibiendo la pensión aunque desarrollara un trabajo a tiempo
parcial, puesto que por ese trabajo no quedaba incluido en el sistema
de la Seguridad Social precisamente a efectos de la pensión de
jubilación. Por los mismos razonamientos se consideró compatible la
percepción del complemento del 20 por ciento en la pensión de
incapacidad permanente total cuando el beneficiario tuviera 55 o más
años, aunque desarrollase una actividad a tiempo parcial con jornada
inferior a 12 horas semanales o 48 horas al mes. (Rumores.)
La situación anterior ha devenido modificada por la entrada en vigor
de la Ley 63/1997, de 26 de diciembre, así como por el Real Decreto
489, de 1998, de 27 de marzo, que desarrolla la anterior en materia
de contratos a tiempo parcial. De acuerdo con la normativa señalada,
todos los contratos a tiempo parcial, cualquiera que sea la fecha de
efectos del contrato, tendrán derecho, desde el 1 de mayo de 1998, a
la totalidad de la acción protectora, con independencia de la
duración de la jornada. La nueva regulación implica que las personas
contratadas a tiempo parcial desde el 1 de mayo de 1998 tienen
derecho también a las prestaciones de incapacidad temporal, así como
a las pensiones cuando deriven de contingencias comunes. La
ampliación de la acción protectora de las personas contratadas a
tiempo parcial con jornada inferior a 12 horas a la semana o 48 horas
al mes trae consigo que resulten asimismo modificados los criterios
administrativos en que se sustentaba la compatibilidad entre la
percepción de una pensión de jubilación o el incremento del 20 por
ciento de incapacidad permanente total cuando el perceptor de las
mismas efectúe una actividad lucrativa mediante contrato a tiempo
parcial con jornada similar a las indicadas. Ya no puede sustentarse
que es posible compatibilizar el percibo de la pensión de jubilación
y el desarrollo de una actividad en los términos indicados, en cuanto
que los períodos cotizados en ese contrato tienen efecto para el
reconocimiento de la pensión de jubilación y por tanto, en razón de
la realización de tal actividad, el interesado queda incluido en el
sistema de la Seguridad Social a todos los efectos, incluida la
pensión de jubilación. Razonamientos similares imposibilitan, de
acuerdo con la normativa de la Seguridad Social aplicable, el que
pueda mantenerse la compatibilidad entre la realización de un
trabajo, aunque sea jornada reducida, y la percepción del incremento
del 20 por ciento de la pensión de incapacidad permanente total,
cuando este incremento está subordinado, entre otros requisitos, a
que el interesado no realice un trabajo por cuenta ajena o una
actividad por cuenta propia.

En función de lo anterior y a fin de acomodar los criterios
administrativos de gestión al ordenamiento jurídico de la Seguridad
Social vigente en cada momento, la Subdirección General de Ordenación
y Asistencia Jurídica del Instituto Nacional de la Seguridad Social
procedió a dictar instrucciones a las respectivas direcciones
provinciales en el sentido indicado, a fin de unificar la actuación
de los distintos servicios de la Seguridad Social. En consecuencia,
el escrito de la Subdirección General de Ordenación y Asistencia
Jurídica del Instituto Nacional de la Seguridad Social no puede ser
interpretado como un recorte de situaciones



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beneficiosas o una merma de derechos de los trabajadores, sino en
todo caso como una aplicación en el ámbito de la gestión del
ordenamiento de la Seguridad Social. La aplicación del contenido de
la proposición no de ley presentada puede conducir a situaciones
paradójicas, cuando no discriminatorias, si se permite la
compatibilidad de la percepción de determinadas prestaciones con la
realización de un trabajo a tiempo parcial aunque sea en jornada
reducida, y todo ello en función de la cuantía de las prestaciones
señaladas o de los menores ingresos que puedan obtenerse en la
actividad a tiempo parcial, por pura coherencia habría que ampliar
ese régimen de compatibilidad no sólo en los supuestos de trabajo a
tiempo parcial con jornada reducida, sino a cualquier supuesto de
desarrollo de trabajo o actividad cuando los ingresos obtenidos a
través de los mismos no superasen un determinado límite de ingresos.

Por último, quiero indicar que la posibilidad de permitir la
compatibilidad de prestaciones con el desarrollo del trabajo en los
términos indicados en la proposición no de ley, no puede efectuarse
mediante la anulación del escrito de la subdirección general de
ordenación y asistencia jurídica del Instituto Nacional de la
Seguridad Social o a través de instrucciones internas del INSS, sino
que requeriría la aprobación de disposiciones reglamentarias con
rango mínimo de real decreto, que previesen ese régimen de
compatibilidad, modificando la regulación actual, que se recuerda en
el tan señalado escrito de la subdirección general de ordenación de
asistencia jurídica del INSS, del que se deduce claramente que las
prestaciones de jubilación o el incremento del 20 por ciento de la
pensión de incapacidad permanente total son incompatibles con la
realización de actividades que den lugar a la inclusión en el sistema
de la Seguridad Social, circunstancia que concurre cuando una persona
desarrolla una actividad mediante contrato a tiempo parcial, aunque
la jornada desarrollada a través del mismo sea inferior a las tan
citadas 12 horas a la semana o las 48 horas al mes.

Por todo ello, el Grupo Popular se va a oponer a esta proposición no
de ley de Izquierda Unida.




El señor PRESIDENTE: ¿Quiere fijar su posición el grupo proponente
respecto a la enmienda de adición in voce?



El señor VAQUERO DEL POZO: Aceptamos la enmienda in voce porque
entendemos que efectivamente no es contradictoria con lo que nosotros
planteamos. Se trata de resolver una situación que consideramos
marginal, y esta enmienda procuraría no contradecir los principios
generales del sistema, por lo menos de forma muy gravosa para el
mismo. (El señor Martínez-Villaseñor García pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Martínez-Villaseñor.




El señor MARTÍNEZ-VILLASEÑOR GARCÍA: Señor presidente, consideramos
que reglamentariamente, salvo que haya unanimidad de los grupos, no
hay trámite para la admisión de esta enmienda in voce puesto que no
trata de aproximar el texto con el de alguna enmienda presentada en
su momento, reglamentariamente en tiempo
hábil. No obstante, como mi grupo parlamentario quiere dar
facilidades para una mejor tramitación y que todos los grupos puedan
aportar sus planteamientos, en este caso -y sin que sirva de
precedente- va a aceptar que se admita esta enmienda in voce aunque
reglamentariamente no ha lugar a la misma.

Para terminar mi intervención, quiero señalar que este tema no es
nuevo, se ha planteado con anterioridad a través de varias
iniciativas de Izquierda Unida que ya han sido rechazadas no sólo por
la Comisión, sino también...




El señor PRESIDENTE: Perdón, señor MartínezVillaseñor, no proceda a
realizar una nueva intervención, le he concedido la palabra
únicamente para fijar su posición en relación con la aceptación o no
de la enmienda.




El señor MARTÍNEZ-VILLASEÑOR GARCÍA: Señor presidente, muchas
gracias, pero como estamos en ese trámite de flexibilidad que mi
grupo facilita (Risas.), quería únicamente decir -y con esto termino-
que este tema ya ha sido rechazado por el Pleno de la Cámara en un
debate anterior.




El señor PRESIDENTE: La votación de todas las proposiciones no de ley
tendrá lugar a partir de las 13,30 horas.




- SOBRE CESIÓN POR LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEL
USO DEL INMUEBLE SITUADO EN LA CALLE PLACETA DE LA CRUZ A FAVOR
DEL AYUNTAMIENTO DE BERJA (ALMERÍA). PRESENTADA POR EL GRUPO
SOCIALISTA DEL CONGRESO. (Número de expediente 161/001378.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día,
que es la proposición no de ley presentada por el Grupo Socialista
sobre cesión por la Tesorería General de la Seguridad Social del uso
del inmueble situado en la calle Placeta de la Cruz, a favor del
Ayuntamiento de Berja (Almería).

Para su defensa tiene la palabra la señora Salinas.




La señora SALINAS GARCÍA: Señor presidente, señorías, intervengo en
nombre del Grupo Parlamentario Socialista para la defensa de esta
proposición no de ley que mi grupo ha presentado ante lo que
consideramos una manifiesta injusticia y un atropello por parte de la
Tesorería General de la Seguridad Social en el municipio almeriense
de Berja.

Señorías, el 21 de diciembre del año 1992 el Pleno del Ayuntamiento
de Berja, por unanimidad, solicitó la cesión gratuita del uso del
edificio que estaba situado en la calle Placeta de la Cruz que era
propiedad del Estado, del antiguo Instituto Nacional de la Seguridad
Social, con el fin de establecer en el edificio una escuela-taller,
ya que el edificio se encontraba desocupado y el Ayuntamiento de
Berja se comprometía a su rehabilitación. El mes de mayo de 1993, el
antiguo instituto nacional informa favorablemente la cesión del uso
de la parte de inmueble no utilizada por el Instituto a favor del
Ayuntamiento, pero manifestó que la



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solicitud debía ser presentada ante la Tesorería General de la
Seguridad Social por ser ésta la titular del inmueble.

El Ayuntamiento de Berja cumple todos los trámites solicitados para
tal fin. Además, la Tesorería General para ceder definitivamente el
uso del inmueble al Ayuntamiento solicita a la Junta de Andalucía la
retrocesión del uso de la planta baja del edificio que estaba
destinada a un fin sanitario. Por su parte -y yo creo que con
demasiada buena fe- la Junta de Andalucía, como se encontraba con el
informe favorable de la Tesorería, el 25 de junio del año 1996
acuerda la retrocesión del uso del citado inmueble, con el fin de que
el Servicio Andaluz de Salud informe la retrocesión de la planta baja
que estaba destinada al servicio sanitario a favor de la Tesorería
General, siempre y cuando todo el edificio, tal y como se nos pedía,
pudiera ser cedido al Ayuntamiento de Berja para crear un centro de
servicio de carácter comarcal y un centro de día de atención a
mayores.

Pues bien, sorprendentemente y ante una situación que creemos no ha
tenido precedente en la provincia de Almería, cuando el inmueble se
queda sin gravamen de uso por parte de la Junta de Andalucía en su
planta baja y ya con el gobierno del Partido Popular, el 12 de junio
de 1998, se contesta, por parte del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, una vez que la Junta concede la retrocesión de la planta
baja, que el Ministerio tiene previsto llevar a cabo un plan de
enajenaciones que no contempla la cesión del edificio, pero que si el
Ayuntamiento está interesado en la adquisición del mismo, eso cuesta
44 millones de pesetas. Es decir, primero se engaña al Ayuntamiento y
luego a la Junta de Andalucía para que ceda la retrocesión de la
planta baja, y una vez que todo está en manos de la Tesorería dicen
al Ayuntamiento que lo pueden comprar por 44 millones de pesetas.

Señorías, esto que parece mentira es cierto. Quizás por estas
cuestiones y otras muchas formas de actuar del Partido Popular en
Berja, el PSOE y los compañeros del partido han aumentado sus
concejales con una muy amplia mayoría absoluta. Ante esta situación,
que cualquier persona coincidirá con mi grupo en que es injusta a
todas luces, hemos presentado esta proposición no de ley en la que se
solicita que el Gobierno, a través de la Tesorería General de la
Seguridad Social, dicte la resolución que permita la cesión del uso
del inmueble a favor del Ayuntamiento de Berja, con el fin de poder
destinar su uso a un fin social, como es un centro social comarcal.

No es de recibo que se solicite a la Junta de Andalucía la
retrocesión de la planta baja, para que el Ministerio, que es el
dueño de todo a través de su Tesorería, diga al Ayuntamiento de Berja
que lo puede comprar por 44 millones de pesetas.

Por todo ello, ante lo que consideramos un robo a mano armada y un
engaño, solicitamos la sensatez de SS.SS. para que al final el uso de
ese edificio pueda ser destinado a un fin social por parte de este
Ayuntamiento.




El señor PRESIDENTE: No hay ninguna enmienda presentada a esta
proposición no de ley. ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida tiene la
palabra el señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Muy brevemente para apoyar esta
proposición no de ley, entendiendo que
por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social deberían
existir criterios no de carácter especulativo o lucrativo a efectos
de resolver situaciones como ésta, sino más bien criterios de tipo
social con el fin de que todos los medios que los trabajadores y los
empresarios ponen en sus manos sean gestionados a los efectos de un
uso social y de las necesidades para las que están sirviendo.

Nosotros entendemos que es ciertamente ilustrativo el caso que se nos
ha planteado, así como la solución que propone la proposición no de
ley, que por supuesto vamos a apoyar, esperando que no se repitan
estas situaciones en el futuro.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la
palabra don Damián Caneda.




El señor CANEDA MORALES: La portavoz del Grupo Socialista ha hecho un
planteamiento yo creo que un tanto fruto de que todavía está con el
ambiente electoral ya que no creo que el tema sea para tanto. La
cuestión es que desde el año 1996 la Tesorería General de la
Seguridad Social ha cambiado su sistema de gestión y de pensar que lo
público no es de nadie se ha pasado a pensar que lo público es de
todos y hay que defenderlo. La Tesorería General de la Seguridad
Social tiene la obligación de gestionar bien su patrimonio, de darse
cuenta de que no es coleccionista de inmuebles que se van quedando
hasta que venga alguien a pedírselos sino que ha de tener en cuenta
que al ser de todos, a lo público tiene que sacarle el mejor
rendimiento y cuidarse de que tenga la utilización adecuada.

Dicho esto, también es cierto que en este caso existen unos
antecedentes que lo hacen ser peculiar y uno de ellos es precisamente
que desde el año 1992 en que se aprueba, hasta el año 1996 en que la
Junta de Andalucía aprueba la retrocesión pasan cuatro años, y en
consecuencia hay un periodo largo anterior a este criterio de no
cesión de inmuebles. Por todo ello y a pesar de nuestro criterio
general de defensa del patrimonio de la Tesorería General de la
Seguridad Social como de todo el patrimonio público en este caso
vamos a votar favorablemente la cesión para su uso como escuela-
taller, como en su día aprobó el Ayuntamiento en un pleno celebrado
el año 1992.




El señor PRESIDENTE: Concluido el debate sobre la proposición no de
ley del Grupo Socialista, pasamos al punto 3 del orden del día, que
es la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario
Mixto sobre dotación a la provincia de Alicante de un número adecuado
de autorizaciones para el empleo de trabajadores extranjeros no
comunitarios.

No se encuentra presente ningún miembro del Grupo Mixto, por tanto
dejamos pendiente este punto.




- POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE
LEY QUE RESUELVA LOS PROBLEMAS DE LAS PENSIONES DE JUBILACIÓN DE LOS
PREJUBILADOS DEL GRUPO DE EMPRESAS ITT ESPAÑA. PRESENTADA POR EL
GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO. (Número de expediente 161/001517.)



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El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto, que es la
proposición no de ley del Grupo Socialista por la que se insta al
Gobierno a la elaboración de un proyecto de ley que resuelva los
problemas de las pensiones de jubilación de los prejubilados del
grupo de empresas ITT España.

Para su defensa, tiene la palabra doña Isabel López i Chamosa.




La señora LÓPEZ I CHAMOSA: Esta proposición no de ley trata un
problema que todos los grupos parlamentarios aquí presentes conocemos
bien, conocemos sus objetivos, conocemos su problemática, y el ánimo
que nos trae es dar solución definitiva a un problema que viene de
lejos relativo a un colectivo con el que nos reunimos todos los
grupos y al que decimos más o menos, que tiene razón, que estamos de
acuerdo, que muy bien, unos con estas palabras y otros con palabras
diferentes, pero el problema sigue sin solucionarse, y a pesar de la
unanimidad de aquella resolución del año 1995 seguimos igual.

Tengo en mis manos un informe que me ha hecho llegar la asociación de
estos afectados que recoge todas las medidas que se han tomado, es
decir todas las resoluciones que se han hecho en los parlamentos
autonómicos, como la propia resolución elaborada en este Parlamento y
en esta Comisión en diciembre de 1995, así como las cartas de los
líderes políticos de todos los grupos aquí presentes, donde vienen a
decir que hay un problema, que es cierto que tienen razón pero que
como ellos no tienen en aquel momento la mayoría para solventar el
problema que en su caso lo apoyarán.

Hablamos de un grupo de empresas que empezó su reconversión en 1984,
que alcanzó un acuerdo básico entre el sindicato, la empresa
(Telefónica y demás), que luego se adecuó a un Real Decreto de 1983,
y posteriormente fue sustituido por la Ley de 20 de junio, que es la
ley de reconversión, que legalizó o dio carácter de legalidad al
acuerdo suscrito. Posteriormente, hubo dos expedientes de regulación
de empleo acordes con aquellos acuerdos y fruto de ello son los
afectados que hoy se encuentran en las siguientes condiciones. Es un
colectivo de gente que se jubiló obligatoriamente, porque aunque sea
jubilación voluntaria es consecuencia de un expediente y por
consiguiente no es nada voluntario, a los que no se les aplicó lo que
en las reconversiones se estaba aplicando en aquellos momentos, que
era poder jubilarse a los 60 años como si tuvieran 65. Son personas
que desde entonces hasta aquí ya superan los 65 o más años, algunos
ya están en los setenta y tantos, se ha reducido el colectivo pues
algunos ya no están entre nosotros, y ellos mismos han hecho un
estudio y defienden que a partir de los 73 años tienen un coste para
la Seguridad Social inferior al que tendrían si se hubieran jubilado
a los 65 años con el cien por cien.

No es fácil dar solución a este problema porque se trata de a quién
realmente se le aplica el coste de esas jubilaciones o de esas
diferencias, pero realmente nuestro interés al traer este problema
aquí es para que nos enfrentemos con él definitivamente todos los
grupos y para decir de una vez a este colectivo si les vamos a dar
una solución o no tiene solución en esta línea. ¿Qué hemos hecho al
redactar esta proposición no de ley? Hemos copiado prácticamente de
forma literal la que
el Grupo Popular presentó en esta Cámara y ante esta Comisión el 23
de junio de 1992. ¿Por qué lo hemos hecho? Por entender que si en
1992 el Grupo Popular estaba de acuerdo en solventar este problema y
el Grupo Socialista era evidente que no lo estaba, hemos reconocido
nuestro error y estamos de acuerdo en solventarlo, apelando al grupo
que entonces presentó esa iniciativa, para de común acuerdo dar
solución al problema.

Creo -y así se lo he manifestado a los afectados- que si la ley de
1984, de reconversión, y su decreto, prácticamente no contemplan el
artículo 23, que era el que entonces reconocía la posibilidad de
jubilarse a los 60 años con el cien por cien, no fue fruto de un
olvido de ese artículo 23 sino que fue fruto de la voluntad del
legislador o del Gobierno en aquellos momentos y de la empresa en su
día. Creo que fue una injusticia porque no recogía lo que en aquellos
momentos se estaba aplicando a las reconversiones en su conjunto, y
por tanto estimo de justicia que todos los grupos diéramos solución a
este problema.

He leído la enmienda del Grupo Parlamentario Popular y no me parece
mal, pues preferimos sacar adelante el problema aunque no se apruebe
la proposición como textualmente nosotros la hemos planteado. Sí
pediría al Grupo Popular que se eliminara la expresión «en su caso»,
cuando dice que el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que
estudie y en su caso… Eliminar «en su caso» y quedase que el Congreso
de los Diputados insta al Gobierno a que estudie en uso de sus
facultades y solvente; todo esto con el fin de que realmente se ponga
voluntad en solventar el problema a estos trabajadores en esos
términos.

Pediría que tuvieran en consideración esto porque solventaría el
problema y les trasladaríamos a estas personas nuestra voluntad de
resolverlo. El problema, repito, es de dónde se saca el dinero, pero
estas personas se merecen el respeto por nuestra parte, y les digamos
que lo vamos a solucionar, que el Parlamento les da una respuesta en
un sentido o en otro.

Nada más, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
En primer lugar, tiene la palabra el señor Caballero, por el Grupo
Vasco (PNV).




El señor CABALLERO BASÁÑEZ: Estamos debatiendo la situación de unos
prejubilados del grupo de empresas ITT y los problemas relativos a
sus pensiones de jubilación, grupo afectado por la política de
reconversión y reindustrialización, y por consiguiente sometidos a la
Ley 27/1984, sobre reconversión y reindustrialización y al decreto
correspondiente a la reconversión de carácter sectorial y específico.

Como se señala en la exposición de motivos, con este grupo de
trabajadores se produce una doble injusticia. Una de carácter
general, puesto que su jubilación anticipada, aunque se califica
técnicamente de voluntaria, fue consecuencia obligada de un plan de
reconversión; otra como se especifica en la exposición de motivos,
porque cuando otros trabajadores que han sido sometidos también a
procesos de reconversión han podido disfrutar de los 60 a los 65 años
de una situación asimilada al alta a efectos de Seguridad Social y al
llegar a los 65 años alcanzar una pensión de



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jubilación similar a la que les hubiese correspondido de haber
seguido su vida laboral normal. Desgraciadamente, después de haber
tenido contacto con los representantes de este grupo y al paso que
vamos, puede que este problema pueda llegar a tener solución, puesto
que poco a poco los afectados van falleciendo, lo cual nos parece
todavía más injusto.

Estamos de acuerdo con la proposición no de ley que presenta el Grupo
Socialista para tratar de solucionar este tema. De ahí que nos
parezca importante, además del contenido, la puntualización que se
hace de que el Gobierno remita al Congreso de los Diputados antes de
finalizar 1999, es decir poniendo un plazo, porque como he dicho
antes si no este tema va a tener solución desgraciadamente por otros
caminos.

Por todo ello, y sin alargarme más, nuestro grupo va a apoyar esta
proposición no de ley.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió),
tiene la palabra el señor Campuzano.




El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Esta proposición no de ley que nos
plantea el Grupo Socialista aborda un tema que no es ni mucho menos
novedoso en el seno de esta Comisión ni seguramente en la agenda del
conjunto de los grupos parlamentarios. De hecho, todos los procesos
de reconversión industrial producidos en los años ochenta como
resultado de la crisis económica del momento y de la transformación
del tejido industrial de nuestra sociedad, provocaron profundas
inquietudes sociales tanto de los grupos políticos como de las
organizaciones representativas de los trabajadores. En el caso
concreto del grupo de empresas ITT, provocó incluso que en la
anterior legislatura, y después de diversas iniciativas
parlamentarias planteadas por los grupos de la oposición y por el
Gobierno, a finales de diciembre del año 1995 se aprobase una
proposición no de ley que instaba al Gobierno a elaborar un estudio
de posibles medidas para solventar lo que entonces se reconocía como
un problema; el hecho de que las pensiones de jubilación que cobraban
aquellos trabajadores se situaban muy por debajo de las que cobrarían
si se hubiesen jubilado en su tiempo.

Más allá de las consideraciones sobre la existencia o no de
jubilaciones forzosas, más allá de las consecuencias de este tipo de
medidas que en el año 1995 planteó el Congreso de los Diputados sobre
otros supuestos de reconversión, más allá de las implicaciones
económicas concretas que pueda tener este problema, creo que todos
los grupos, a lo largo de estos años y como mínimo desde diciembre de
1995, hemos aceptado la existencia de una situación de injusticia;
incluso la comparecencia del ministro de Trabajo, señor Pimentel, en
su momento coincidía en que existe un problema.

Seguramente a lo largo de estos años, desde que se aprobó aquella
proposición no de ley, no hemos encontrado el hilo que nos permita
coser una solución que vaya en la línea de solventar los problemas de
las pensiones que reciben los trabajadores de este grupo de empresas,
que al mismo tiempo no abra de manera generalizada y descontrolada un
proceso que afecte al conjunto de reconversiones industriales
producidas en los años ochenta. La proposición
no de ley que nos plantea el Grupo Parlamentario Socialista en
su literalidad, y creo que la señora López i Chamosa coincidirá
conmigo, tiene dificultades para poder implementarse en nuestro
ordenamiento jurídico, a pesar -y entre paréntesis- de que coincide
en su literalidad con un texto que presentó el Grupo Popular en la
oposición en la anterior legislatura.

Nuestro grupo parlamentario ha elaborado una enmienda in voce, en la
que además hemos estado trabajando con el Grupo Popular, que parte de
un doble hecho: del reconocimiento de que existe un problema y sería
bueno que el Gobierno fuese capaz de poner en marcha los mecanismos
que están a su alcance para poder encontrar alguna solución.




La enmienda in voce que plantea el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) sería del siguiente tenor: El Congreso de los
Diputados insta al Gobierno a que inicie un proceso de negociaciones
con todas las partes implicadas, al objeto de acabar o reducir las
insuficiencias en las pensiones de jubilación de los trabajadores del
grupo de empresas ITT España afectados por el plan de reconversión
del mismo.

Sobre esta enmienda in voce, el Grupo Popular nos ha planteado
algunas matizaciones que al entender del Grupo Parlamentario Catalán
son perfectamente aceptables y nos gustaría que el Grupo Socialista
las pudiese también aceptar.

En definitiva, se trataría de trasladar al Gobierno la
responsabilidad de iniciar un proceso de negociaciones con los
sindicatos, con el comité de empresa, con el grupo de trabajadores
afectados, con la dirección de la empresa y con las instituciones de
la Administración implicadas en este supuesto para intentar que en
todo aquello que coincidimos, que estamos ante una situación injusta,
pueda encontrar soluciones. Creo que los grupos parlamentarios hemos
mostrado a lo largo de estos años nuestra sensibilidad, nuestra
voluntad de llegar a acuerdos y esta mañana, gracias a esta
iniciativa del Grupo Socialista, podemos tener la oportunidad de
mandatar al Gobierno la necesidad de buscar algún tipo de solución.

Nos parecería importante que fuésemos capaz de llegar al
correspondiente acuerdo.

Nada más.




El señor PRESIDENTE: Señor Peralta, con la promesa de que no nos
abandone a lo largo de la sesión (Risas.), ¿quiere intervenir en
relación con esta proposición no de ley? (Asentimiento.)
Tiene la palabra.




El señor PERALTA ORTEGA: Señor presidente, disculpe por tener que
estar en distintos sitios dando saltos de un lado a otro.

Efectivamente, señor presidente, el problema de los trabajadores del
grupo de empresas ITT, en su día afectados por un proceso de
reconversión, es antiguo en esta Comisión -el presidente lo conoce
perfectamente porque ha tenido ocasión de seguirlo de cerca-;
problema en el que los grupos parlamentarios y algunos de nosotros
personalmente hemos tenido participación de antiguo. En este sentido,
me reconozco defensor de la proposición no de leyque en su día se
aprobó intentando encontrar una solución



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a este problema. Tenemos que reconocer que desgraciadamente esa
proposición no de ley al día de hoy no ha producido una práctica que
haya conllevado la solución del problema. El tema sigue pendiente,
creo que los trabajadores hacen bien en pedirnos una solución y los
grupos parlamentarios también hacemos bien en intentar encontrarla.

El Grupo Socialista es el autor de esta proposición no de ley y el
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ha presentado una
enmienda que entiendo va en la línea de concretar los esfuerzos para
un tema ciertamente complejo, que no es fácil de resolver, y nos va a
costar encontrar la solución adecuada. En ese sentido la enmienda del
Grupo Catalán (Convergència i Unió), que según entiendo va a ser
aceptada por el Grupo Socialista, me parece razonable. Sólo me
permitiría, si lo estiman oportuno tanto el Grupo Socialista como el
de Convergència i Unió, que, habida cuenta del tiempo que llevamos
con el problema, se añadiera la palabra inmediatamente; es decir, se
insta al Gobierno a que inmediatamente inicie las negociaciones. Este
adverbio -creo que es así gramaticalmente, aunque tengo dudas-
responde a la necesidad de encontrar solución, habida cuenta del
tiempo transcurrido y la poca efectividad de la práctica consecuente
a la proposición no de ley que ya aprobó en su día por unanimidad
esta Comisión de Política Social y Empleo. Por tanto, haría esta
pequeña enmienda in voce y pediría su aceptación.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida, tiene la palabra el señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Para el Grupo Federal de Izquierda Unida
es una satisfacción haber encontrado la aquiescencia que se ha
manifestado por parte de todos los grupos políticos hasta ahora en
torno a la proposición no de ley del Grupo Socialista, entre otras
cosas porque Izquierda Unida reivindica la paternidad de esa
proposición no de ley del año 1995, que efectivamente planteó la
solución, pero hasta ahora no se ha puesto en práctica esa solución
del problema, sino que más bien parece como si se interpretase que a
lo que en último término comprometía al Gobierno esa proposición no
de ley era a hacer un informe. De alguna forma, eso está hecho ya,
pero todo eso no satisface puesto que el problema sigue ahí y todos
nos reconocemos deudores de esa situación.

Estoy convencido de que a SS. SS. les embarga la misma sensación; la
impotencia que a veces se siente en la acción legislativa y de
control del Gobierno cuando pasan los años y los años y no se
resuelve un problema, tan nimio en principio, de un colectivo tan
concreto que requiere una solución para lo cual, además, ese
colectivo está dispuesto a realizar los sacrificios que sean
necesarios. En una visión que a mí me parece muy acertada y generosa
de la realidad y del devenir histórico de sus derechos, están
dispuestos a negociar con el Gobierno algo que ni siqueira tendrían
que negociar, porque incluso ha habido informes jurídicos proclamando
que tienen todo el derecho del mundo a reivindicar lo que están
reivindicando. Entonces, lo que hace falta es voluntad política.

Si esta proposición no de ley, con los términos de enmienda que se
quieran plantear, sirve para mover esa
volunta política me parecerá muy bien; si no será de nuevo una
tomadura de pelo. Lo digo con todo respeto, no con el lenguaje
parlamentario al uso sino con el lenguaje más llano y más sencillo
que entienda toda la gente, será de nuevo una tomadura de pelo a este
colectivo. Por nuestra parte, creo que corresponde no marear más la
perdiz y mover al Gobierno.

Las palabras son lo de menos, aunque ciertamente tienen su
importancia. Me parece que el matiz que introduce el señor Peralta es
importante. Creo fundamental que se inicien negociaciones
inmediatamente, que no se deje sine die la solución de este problema.

Además, estoy convencido de que aunque dar la solución al problema
sea gravoso para la Seguridad Social, no lo es tanto porque este
colectivo de pensionistas busca no solamente una reparación de tipo
económico o material sino fundamentalmente una reparación de tipo
espiritual colectivo, es decir reconocimiento de que realmente tienen
ese derecho y que de alguna forma lo recuperan, supuesto que se les
había sustraído por las causas que fueren.

Por tanto, creo que el Gobierno está en condiciones de hacerlo y
debería hacerlo, y si los grupos que sustentan al Gobierno de verdad
le quieren mover creo que estamos en condiciones de acertar con una
resolución de la proposición en los términos más convenientes. El que
se acepte la palabra inmediatamente será un test, pero en cualquier
caso Izquierda Unida va a aprobar la resolución resultante. Animaría
al portavoz del Grupo Popular y al de Grupo Catalán a que acepten el
término inmediatamente porque es de justicia elemental que se ponga
fin a un plazo de 13 ó 14 años que son los que este colectivo de
trabajadores lleva soportando esta situación.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra don
Gerardo Camps.




El señor CAMPS DEVESA: Señor presidente, con absoluta brevedad por
compartir la mayor parte de las afirmaciones que se han realizado por
los distintos portavoces de los grupos parlamentarios en relación a
este tema que ha preocupado a esta Cámara en anteriores legislaturas
y también en la que nos encontramos. Yo sé que ha sido motivo no sólo
de preocupación sino también de atención y de constantes reuniones
entre los distintos miembros de los grupos parlamentarios,
principalmente con el grupo de afectados por todo el proceso de
reconversión de la empresas ITT España.

Todos los antecedentes expuestos con anterioridad son absolutamente
ciertos y además constatan los cambios de posición, en concreto del
grupo proponente de la iniciativa, que reconce el error cometido en
su momento, cuando eran Gobierno y no adoptaron las medidas que hoy
consideran justas y necesarias. Reconocen el error intentando
repararlo cuando ha pasado mucho tiempo, tal como se ha dicho por
algún otro portavoz. Señorías, permítanme romper una lanza a favor
del grupo proponente. Si el error se reconoce ahora, como ha dicho
muy acertadamente el señor Peralta, es por la propia complejidad del
asunto que estamos tratando, porque no tenía en su momento ni tiene
ahora una fácil y pronta solución. Es justamente la complejidad del
asunto y la solución que se tenga que adoptar, así como las reper
cusiones



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que pueda tener sobre las partes implicadas o el sistema público de
protección social, lo que hizo que en su momento se adoptara una
norma que a todas luces -y así ha sido manifestado por todos los
portavoces- era claramente injusta en relación al grupo al que iba
dirigida, pero evidentemente en su momento fue legal y las
consecuencias las tenemos hasta este momento en que nos encontramos
discutiendo la medida. Evidentemente, la complejidad hacía que se
adoptaran determinadas medidas en orden a las circunstancias que sin
duda existían, que hoy han devenido injustas pero siguen siendo
completamente legales y su modificación exige un proceso de reflexión
no sólo de los poderes públicos, no sólo de los grupos parlamentarios
sino también de todas las partes implicadas en el asunto. Por eso,
nos parece muy acertado el comienzo de la enmienda in voce del Grupo
Parlamentario Catalán cuando llama a que se inicie un proceso de
negociaciones con todas las partes implicadas, porque será con todas
ellas, y han sido enumeradas, como se tenga que llegar a una posible
solución del asunto.

La introducción del término inmediatamente nos parece en este caso
absolutamente adecuada porque aquí lo importante es dar la solución
lo más pronto posible y con todas las partes que tengan que estar
sentadas en la mesa. Aestos efectos y mejorando el texto que ha sido
presentado como enmienda in voce por el Grupo Catalán (Convergència i
Unió), nos parecería bien que después de las palabras: al objeto,
debería introducirse para mayor clarificación lo siguiente: de
valorar las distintas alternativas, así como las posibles medidas a
adoptar, continuando ya con el texto: en orden a recabar o mejorar
las prestaciones de los trabajadores del grupo ITT de España
afectados por la reconversión y la industrialización.

En estos términos el Grupo Popular apoya la proposición no de ley
porque, señor presidente, seguimos estando en la misma posición que
cuando en 1995 presentamos la proposición no de ley que se aprobó por
esta Cámara y seguimos queriendo llegar a una solución del problema.

Decir lo más pronto posible dado el tiempo transcurrido me parecería
hasta una falta de respeto para el colectivo, pero insistimos en que
estamos a favor de la búsqueda de soluciones que hagan posible que lo
justo se acomode a lo legal y en este caso todos hemos manifestado ya
que se cometió una injusticia con este grupo de trabajadores.




El señor PRESIDENTE: Por el grupo proponente, para fijar su posición
en relación con las enmiendas in voce que han presentado, tiene la
palabra la señora López i Chamosa.




La señora LÓPEZ I CHAMOSA: Quiero decir un par de cosas, porque el
señor Camps acaba de decirnos algo que no es correcto ni verdad. Si
realmente estuvieran en la misma posición que en 1992 (El señor Camps
Devesa: No, en 1995). No, en 1992 cuando don Rodrigo Rato presentó
una iniciativa en este Parlamento que es textualmente igual que la
que he defendido hoy, con objeto de encontrar los votos del Partido
Popular en el mismo sentido que el nuestro. No es la misma posición y
no se trata hoy aquí de hablar de que entonces el Grupo Socialista
cometió un error. No es lo mismo juzgar un hecho en 1984 con
una situación generalizada de expedientes de desempleos y
reconversiones que hablar hoy, en un momento en que España va bien,
aunque vaya bien sólo para algunos.




El señor PRESIDENTE: Señora López i Chamosa, no estamos en fase de
debate, sino en turno de fijación de posiciones.




La señora LÓPEZ I CHAMOSA: Sí, pero se dicen algunas cosas que no se
pueden dejar de cualquier manera.




El señor PRESIDENTE: Ya tendrá otra oportunidad de manifestarlo.




La señora LÓPEZ I CHAMOSA: No sé cuándo, ya que siempre aprovechan el
último minuto.




El señor PRESIDENTE: Concluya, entonces.




La señora LÓPEZ I CHAMOSA: Aceptamos todas las enmiendas, de hecho
incluso he redactado la del Grupo Catalán, con el añadido del Partido
Popular y con el del Grupo Mixto. Estamos de acuerdo con ella, en la
esperanza de que en este momento en que España va bien, que hay
dinero, cumplamos y no sea un engaño más para estos trabajadores. (El
señor Camps Devesa pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Camps, ¿cuál es el motivo de su petición
de palabra? (Risas.)



El señor CAMPS DEVESA: Señor presidente, la intervención de la señora
López i Chamosa no ha sido una fijación en orden a las enmiendas
presentadas, sino una reapertura de debate.




El señor PRESIDENTE: Tiene razón; medio minuto de tiempo para usted.




El señor CAMPS DEVESA: Incluso menos.

Quiero recordar que tenemos que ser coherentes con nuestro pasado y
nuestra historia, que fue de oposición en su momento y en el tiempo
en que la vivimos, como otros tienen que ser coherentes en estos
momentos con su pasado y su historia que fue de Gobierno en el tiempo
en que estuvieron. Hoy no pretendemos más que ser el Gobierno
y ayudar a que se tomen soluciones que no se pudieron adoptar en el
pasado. A otros les pido también que simplemente se limiten ahora a
ser oposición y no sean los defensores de pasadas actitudes que se
tomaron ni critiquen pasadas actitudes que se adoptaron por quienes
entonces eran oposición, sino que ayuden también a solucionar los
problemas y cumplan con ese deber de oposición.




El señor PRESIDENTE: Me alegra que su actitud sobre las enmiendas in
voce no sea compartida por el señor Martínez Villaseñor y que
demuestra que el portavoz está en línea con la Presidencia y con el
Reglamento en cuanto a flexibilidad.




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- SOBRE DOTACIÓN A LA PROVINCIA DE ALICANTE DE UN NÚMERO ADECUADO DE
AUTORIZACIONES PARA EL EMPLEO DE TRABAJADORES EXTRANJEROS NO
COMUNITARIOS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO. (Número de
expediente 161/001473.)



El señor PRESIDENTE: Concluido el debate del punto 4 del orden del
día, volvemos al punto 3 aún pendiente: proposición no de ley
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre dotación a la
provincia de Alicante de un número adecuado de autorizaciones para el
empleo de trabajadores extranjeros no comunitarios.

Para su defensa, tiene la palabra don Ricardo Peralta.




El señor PERALTAORTEGA: Voy a ser muy breve y debo comenzar
reiterando otra vez el agradecimiento por que se me ha permitido
defender esta proposición no de ley, fuera del orden inicialmente
previsto.

El contingente para trabajadores no comunitarios es un tema
importante que tiene como objetivo permitir el trabajo en nuestro
país de una serie de ciudadanos de fuera del ámbito comunitario.

Demuestra la solidaridad de España con trabajadores de otros países
del mundo y también contribuye, señorías, a que trabajadores que se
encuentran en nuestro país puedan regularizar su situación
acogiéndose a las previsiones de ese contingente.

Bien cierto es que las previsiones fijadas por el Gobierno en 1999 en
nuestra opinión, y así ha sido expresado por distintas
organizaciones, son cortas y que debería procederse a una
reconsideración de las mismas, especialmente en aquellas provincias y
territorios más sensibles por razones diversas, muy posiblemente por
razones de contacto y conexión con otros países del ámbito no
comunitario. Es el caso de la provincia de Alicante que, como conocen
perfectamente, tiene un tráfico marítimo fluido con países del Magreb
que ocasiona una presencia significativa de ciudadanos no
comunitarios que aspiran a encontrar un permiso de trabajo en nuestro
país.

Con esta proposición no de ley pretendemos que se revise por el
Gobierno hoy, porque aun cuando ya está cerrado ese tema todavía es
posible hacerlo durante 1999, que no ha terminado, para conseguir que
los objetivos que se persiguen con el contingente se lleven a cabo
más adecuadamente. Por eso, señorías, pedimos el voto de todos
ustedes a esta proposición no de ley.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que deseen intervenir?



Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra la señora Amorós.




La señora AMORÓS I SANS: Señorías, este problema conlleva una gran
connotación social: las autorizaciones para el empleo de trabajadores
y trabajadoras extranjeros no comunitarios. Son de todos y todas
conocidas las dificultades personales que acompañan a estas personas
que por necesidad deben buscar recursos en países lejos de su entorno
familiar.




Al Grupo Parlamentario Catalán nos preocupa esta problemática social
y nos preocupa mucho la precariedad legal de este colectivo, siendo
éste el motivo que nos ha impulsado a promover una reforma de la Ley
de Extranjería. Hemos de tener en cuenta que la autorización de
permisos de trabajo está o debería estar de acuerdo con la demanda
real de trabajo existente. Esto sólo es posible hacerlo de un modo
globalizado.

Por este motivo, en esta ocasión, aunque entendemos y comprendemos la
preocupación que por este colectivo manifiestan tanto el compañero
del Grupo Mixto como también las ONG alicantinas, el sentido común y
la importancia de encontrar unas soluciones definitivas y reales a
esta problemática nos hacen votar negativamente esta proposición no
de ley a la espera de que entre todos y todas en esta Cámara podamos
llegar a acuerdos legales con la reforma de la Ley de Extranjería.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida, tiene la palabra el señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Vamos a apoyar esta proposición no de ley
porque entre tanto no se haga una reforma profunda de la Ley de
Extranjería e incluso al margen de que se realice o no, en cualquier
caso los criterios de aplicación siempre son de carácter político y,
por tanto, va a depender de las pautas de comportamiento del Gobierno
el que se vayan regularizando las situaciones de los inmigrantes o no
y el ritmo en que se vayan realizando.

Hay una cierta hipocresía social, permítanme que les enfatice esta
calificación, sin aludir ni intentar ofender a nadie con respeto a
todo al mundo, porque todos conocemos la existencia de ilegales y de
alguna forma nuestra economía reconoce la necesidad de darles mano de
obra incluso para abaratar los costes de producción de determinadas
tareas fundamentalmente estacionales. El BBV planteaba en su día que
era insuficiente el flujo de inmigrantes para nuestra economía y que
hacían falta 90.000 trabajadores inmigrantes al año, cosa que está
lejana de las regularizaciones reales.

Obviamente todo parece indicar que es insuficiente el número de
legalizaciones que se produce en estos momentos. Más allá, por tanto,
de la reforma que tenga que producirse de la Ley de Extranjería, que
bajo nuestro punto de vista, como Izquierda Unida, tiene que ser en
profundidad, entendemos que proposiciones no de ley de este tipo, que
provienen, sin duda alguna, de la conciencia social de las ONG y de
otros colectivos, y hasta de las necesidades económicas de nuestro
país, son oportunas y van al hilo de lo que es nuestra tarea. Más
allá de hacer oídos sordos a estas iniciativas, por parte del
Gobierno y de los grupos que lo sustentan se tendrían que recibir de
buen grado y apoyarlas, porque en último término están poniendo el
dedo en la llaga respecto a situaciones que, o las resolvemos entre
todos, o al final se nos pueden volver en contra, como ya está
sucediendo en algunos países de nuestro entorno, de la Unión Europea,
donde se generan situaciones conflictivas muy importantes por la
marginalidad, la ilegalidad y la acumulación de problemas este tipo
de situaciones no deseables comportan desde un punto de vista
jurídico.




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El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra la
señora Bartolomé.




La señora BARTOLOMÉ NÚÑEZ: Es obvio, tal como se ha comentado
anteriormente, que la situación de los inmigrantes en nuestro país, y
más concretamente en la provincia de Alicante, es preocupante por el
número tan elevado de personas que viven en nuestra provincia en unas
condiciones realmente lamentables y además sin tener regularizada su
situación. Se calcula que sólo en la provincia de Alicante podría
haber unos 6.000 inmigrantes que residen ilegalmente, procedentes la
mayoría de ellos de los países del Magreb, Latinoamérica, China y
Europa del Este.

Las causas por la que estos inmigrantes caen en la ilegalidad son muy
diferentes y variadas, pero los motivos principales son el entrar con
un visado de turista y sobrepasar los límites de estancia
autorizados, haberles sido cursada una orden de expulsión sin que
abandonen el territorio español o haberse acogido al proceso de
regularización de 1991 y al proceso de documentación de 1996, sin
haber podido obtener el correspondiente permiso de trabajo o
residencia. Esto hace que las solicitudes se acumulen de un año para
otro al existir un número muy bajo de autorizaciones para el empleo
de trabajadores extranjeros no comunitarios.




Está claro que la situación de España con respecto a la inmigración
ha sufrido una gran transformación. Hemos pasado de ser un país
emisor en la década de los años cincuenta y sesenta a ser un país
receptor en los ochenta, llegando a representar en 1991, cuando se
puso en marcha el proceso extraordinario de regularización, el 1,2
por ciento de la población española, ascendiendo en estos momentos
a más de 600.000 los extranjeros, incluidos los comunitarios,
residentes legalmente en nuestro país. De estos, unos 65.000 en la
comunidad valenciana, y de éstos, a su vez, 42.500 en la provincia de
Alicante, siendo la de más concentración de extranjeros residentes.

Aesto hay que añadir, como he dicho anteriormente, unos 6.000
residentes ilegales en la provincia, que acuden a nuestro país por
muy diversas razones, pero básicamente por un mayor crecimiento
demográfico en los países de origen y en vías de desarrollo frente al
déficit demográfico en los países receptores, por la situación a la
que están sometidos de explotación, pobreza, marginación y por las
grandes diferencias socioeconómicas provocadas por el desequilibrio
entre países desarrollados y países del tercer mundo, y también por
las persecuciones que sufren por motivos políticos, étnicos,
sindicales, así como los conflictos bélicos.

Estas causas lógicamente originan un flujo creciente de solicitudes
de asilo y refugio, por lo que acuden a nuestro país en busca de
empleo y de un futuro mejor. La mayoría de ellos son hombres con unas
edades que pueden oscilar entre los 18 y 45 años, aunque el número de
mujeres inmigrantes está aumentando de una forma considerable,
ascendiendo ya en la provincia de Alicante al 36,4 por ciento del
total de la población inmigrante.

Son muchos los factores que caracterizan la situación laboral de los
extranjeros en nuestra provincia, entre los que podemos destacar que
los puestos de trabajo a los que acuden los trabajadores inmigrantes
se caracterizan en su
mayoría por su baja cualificación, sin acceso a formación o
especialización, lo que les lleva a un estancamiento y a la
imposibilidad de acceder a un empleo en mejores condiciones que las
que tienen.

La movilidad caracteriza a estos trabajadores, que se desplazan con
mucha facilidad a aquellos lugares donde existe la posibilidad de
obtener una oferta de empleo sin importarles demasiado cómo son las
condiciones laborales, económicas y sociales con las que se van a
encontrar, convirtiéndose así en trabajadores sin estabilidad alguna.

Es evidente que la situación de estos inmigrantes es preocupante, que
el número de inmigrantes que aspira a los 30.000 permisos de empleo
este año duplica al del año pasado, ascendiendo a unos 95.000 y que
este sistema de cupos está totalmente desbordado. Además, en la
provincia de Alicante concretamente el cupo no se ha aumentado en
absoluto, sino que se ha congelado; en el año 1998 fueron 3.400 las
solicitudes y este año se han presentado alrededor de 5.500, y de
estas sólo se han notificado hasta el momento 60 resoluciones. Queda
claro, pues, que el cupo para la provincia de Alicante es
insuficiente, pero realmente lo es en general en el resto de las
provincias.

La avalancha de solicitudes de extranjeros no comunitarios triplica
este año las previsiones del Gobierno. Por tanto, al Grupo Socialista
le parece que éste es un debate que tiene que afectar a todas las
provincias, tiene que tener un alcance más general, y en este sentido
proponemos una enmienda in voce de adición, cuyo texto añadiría a la
proposición no de ley, después de extranjeros no comunitarios, la
frase siguiente: sin perjuicio de la posible ampliación del
contingente a nivel nacional.

Nuestro grupo parlamentario tiene la intención de formular una
iniciativa en este sentido para llevar a cabo un debate donde se
plantee de una forma general el aumento del contingente de permisos
laborales a inmigrantes extranjeros no comunitarios, relacionado
también con el aumento de solicitudes.

Es verdad que la comunidad valenciana y la provincia de Alicante en
concreto está viviendo una situación especial por el gran número de
residentes ilegales y de solicitudes por ser una zona con mucho
movimiento, con una gran oferta de empleo en el sector de la
construcción, en la agricultura y en el sector servicios y donde
existe una línea marítima que une Alicante-Orán que favorece el
tránsito de inmigrantes del Magreb. Esto hace que se desborde el
número de inmigrantes que quiere quedarse en nuestra provincia, por
lo que hay que revisar el cupo. Por eso vamos a apoyar la iniciativa,
aunque también es verdad que otras provincias del Mediterráneo y del
resto del país deberían tener un aumento de dicho cupo.

Esperamos que sea admitida nuestra enmienda.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora
Seller.




La señora SELLER ROCADE TOGORES: He escuchado atentamente, desde la
representación de mi grupo, las intervenciones de los portavoces de
los diferentes grupos políticos. Advierto en ellas coincidencias que
pueden ser interesantes y algunas posiciones encontradas que
intentaré esbozar.




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Coincidimos en que fue a partir del año 1985 cuando se produjo la
presencia paulatina de grupos de inmigrantes en nuestro país; ello se
debía, probablemente, a ese talante hospitalario y solidario que a lo
largo de estos años han demostrado nuestros conciudadanos. Además,
diversos factores han hecho también posible la presencia de hombres
y mujeres inmigrantes en nuestro país: al crecimiento económico se
añaden las relaciones cada vez más estrechas con países
iberoamericanos y la incorporación a la Unión Europea. Todo ello hace
que en nuestro país se produzca un acogimiento siempre favorable de
estos hombre y mujeres, algunos de los cuales vienen de otras
latitudes.

Hay algunas afirmaciones, sin embargo, que desde el Grupo
Parlamentario Popular no compartimos, quizá porque vemos la realidad
desde diferentes ángulos aun estando de acuerdo con lo sustancial de
la proposición no de ley.

Estamos llevando a término una reforma integral de la Ley de
Extranjería, una ley que en ningún caso debe perfilarse como de
policía de control, como en anteriores años, sino que tiene que ir
orientada a la integración real en nuestro país de las personas
procedentes de países no comunitarios.




En cuanto a la provincia de Alicante, se ha dicho que puede existir
un criterio político a la hora de hacer la selección o elegir el cupo
o número de contratos que se autorizan. Esta afirmación no se
corresponde con la realidad puesto que todos sabemos que existe una
Comisión de flujos migratorios que fija el contingente, número o cupo
de autorizaciones de trabajo en nuestras comunidades y provincias. No
son criterios azarosos ni políticos los que se dan en esta selección.

A lo dicho hay que añadir la realidad que se va constatando a lo
largo del tiempo; se tienen en cuenta las ofertas reales de trabajo
habidas en los años anteriores, punto de partido objetivo para
adjudicar un número determinado de autorizaciones.Naturalmente, hay
que atender a la situación del mercado de trabajo de cada provincia y
para ello se analiza la demanda y los sectores que ofrecen trabajo,
bien sea servicios o agricultura. En Alicante, por ejemplo, hay más
autorizaciones relacionadas con servicios. Eso no quiere decir que no
las haya para agricultura, pero se trata de contratos temporeros que
ocasionan un mayor desplazamiento hacia provincias limítrofes o hacia
comunidad murciana donde, por el sistema latifundista y el tipo de
cultivos, se recolecta a lo largo de todo el año.

Además, como ha dicho la portavoz del Grupo Socialista, en la
provincia de Alicante somos receptores por vía marítima de muchísimos
inmigrantes argelinos que perfilan Alicante como lugar fronterizo o
incluso de paso para irse a otras zonas -provincia de Castellón,
Valencia, o puntos específicos de Murcia como Cartagena-, o a otros
países comunitarios como Francia.

Ciertamente de las 2.938 solicitudes que en el año 1998 se llevaron a
término en nuestra provincia, 1.789 fueron las autorizaciones
emitidas, pero también es cierto que esto está por encima de lo que
es la media nacional en un 25 por ciento y supone un factor global de
un 71 por ciento, aproximadamente, en cuanto a ese número de
autorizaciones referente a las solicitudes presentadas.

En última instancia quiero decir que efectivamente desde el Grupo
Parlamentario Popular entendemos la solidaridad
también desde el ámbito de la constatación de la realidad.

Por eso abogamos por una reforma en profundidad de la Ley de
Extranjería y quedamos a la espera de lo que desde la Comisión de
flujos migratorios se establezca al respecto. También tendremos que
insistir en que este mecanismo se introduce como instrumento de
ajuste al mercado laboral, algo que ha apuntado con gran razón el
representante de Izquierda Unida y que, naturalmente, compartimos.

Termino diciendo que vamos a votar en contra de la proposición no de
ley presentada por Izquierda Unida y que no nos pronunciamos
favorablemente respecto de la misma.




- SOBRE CRITERIOS ASEGUIR EN LA MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 358/91,
DE 15 DE MARZO, SOBRE REORDENACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN NACIONAL DE
CIEGOS ESPAÑOLES (ONCE). PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO
FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA (Número de expediente 161/001518.)



El señor PRESIDENTE: Concluye así el punto relativo a la proposición
no de ley del Grupo Parlamentario Mixto y pasamos al punto 5 del
orden del día, proposición no de ley del Grupo Parlamentario Federal
de Izquierda Unida, sobre criterios a seguir en la modificación del
Real decreto 358/91, de 15 de marzo, sobre reordenación de la
Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).

Para su defensa tiene la palabra doña Inés Sabanés.




La señora SABANÉS NADAL: La proposición no de ley que hoy presentamos
fue registrada ya hace meses, aunque posteriormente ha sido adecuada
y modificada por los acuerdos entre el Gobierno y ONCE del 5 de
marzo, porque entendemos que los propios acuerdos de esa fecha del
Consejo de Ministros son importantes por lo que se refiere al
desarrollo de esta proposición no de ley.

Estos acuerdos del 5 de marzo recogen una serie de modificaciones,
con el objetivo de dotar de estabilidad a la ONCE y se basan en un
informe y unas peticiones de la propia Organización en su momento
dirigidas al Gobierno. Entre otras cuestiones solicitan la mejora de
la capacidad recaudatoria con nuevos productos y una nueva línea de
actuación en el juego, un mayor protagonismo en el liderazgo de
discapacitados y una reducción de cuotas a la Seguridad Social para
los nuevos trabajadores.

Desde Izquierda Unida hemos considerado que los objetivos que se
plantean en ese acuerdo de 5 de marzo, el compromiso de acuerdo de
ONCE con el Gobierno, pueden efectivamente incidir en las necesidades
de la propia ONCE, su estabilidad y su futuro. De la misma forma
consideramos que las nuevas ventajas -que en definitiva en eso
consisten los acuerdos- comerciales y económicas deberían, cuando
menos, ir acompañadas de una serie de medidas que garantizaran tanto
la gestión como el control público de la ONCE. Lo que queremos
plantear, por tanto, es la necesidad de valorar la nueva dimensión de
ONCEmediante medidas de mayor consulta, consenso y control



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de la propia Administración, dado que tiene delegada por el Estado
una función social que es de una enorme importancia y que, como decía
el propio acuerdo del Consejo de Ministros del 5 de marzo, se ha
modificado significativamente el estatus de la ONCE dotándolo de una
mayor capacidad económica, financiera, permitiéndole incluso la
explotación de juegos distintos a su tradicional cupón prociegos;
también se han suprimido mecanismos de control y se otorga mayor
protagonismo respecto al liderazgo y control de discapacitados en
general. Por tanto, en ese acuerdo hay un compromiso de modificar el
Real decreto 358/91 y la composición del Consejo del protectorado, y
de flexibilizar las disposiciones de estructura orgánica de la ONCE
contenidas en el citado real decreto para que dispusiera de una mayor
capacidad de autoorganización.

En ese sentido, entendemos, por lo que significa la ONCE, por el
nivel presupuestario, por las funciones que tiene delegadas y por la
función de cooperación social hacia otras discapacidades mediante la
propia Fundación ONCE, que se dota del 3 por ciento de los ingresos
anuales procedentes del cupón y que dispone de un importante grupo
empresarial que abarca un abanico amplio de actividades, que se
necesita una mayor precisión o, cuando menos, un mayor debate y
consenso en lo que va a significar el proceso de reforma del real
decreto de 1991. Es importante esa adaptación del decreto, con
independencia de lo que puedan valorar los grupos sobre todos los
elementos que desde Izquierda Unida entendemos que deberían de
situarse en el ámbito de la futura modificación del real decreto. En
todo caso, lo esencial para nosotros es entender que esa nueva
adaptación del real decreto supone un redimensionamiento de la ONCE y
que la base de acuerdos del Consejo de Ministros tendría que
significar un proceso más consensuado, de mayor consulta, para una
mayor garantía y compromiso de todos los grupos políticos en lo que
va a significar una reforma que no es de menor importancia.

Nosotros planteamos cinco puntos que nos parecen interesantes en el
ámbito de lo que va a suponer, en el plazo de tres meses, la reforma
del propio real decreto. El primer punto, con las enmiendas que
puedan formular los demás grupos, tiene como objetivo esencial que no
se proceda simple y llanamente a una modificación del decreto, sino
que se abra un proceso de consulta más importante, que permita
mayores niveles de consenso para esa modificación y que las consultas
comprometidas con la ONCE incluyan la opinión de los grupos
parlamentarios, de los sindicatos representativos y de los grupos
constituidos en el seno de la misma organización para buscar un mayor
consenso en lo que va a significar el futuro de la ONCE.

El segundo y tercer punto tienen un mismo objetivo, tratan de
plantear un mayor nivel de control sobre el ejercicio de los fines de
la ONCE y que el órgano de tutela, con la participación de la
Administración, realmente signifique adecuar y mejorar todos los
procesos de garantía de los derechos de afiliados, así como garantía
del proceso de normativa electoral y posibilitar la representación de
los trabajadores en los órganos de gobierno. Sin embargo, lo más
importante para nosotros en ese caso sería que el órgano de tutela
tenga las suficientes competencias y la participación de la
Administración para que pueda garantizar tanto los derechos de los
afiliados como los procesos electorales. El
primer proceso electoral que se celebró en la ONCE se hizo así, a
través de orden ministerial y con mayor participación de la
Administración.

El cuarto punto trata de que el órgano de tutela que finalmente se
derive de esa modificación del decreto esté integrado al menos por
representantes de la Administración, de los grupos parlamentarios, de
los sindicatos representativos, y no estamos hablando ahora de los
sindicatos en el interior de la ONCE sino de los más representativos
y de la propia organización. Desde esa perspectiva el órgano de
tutela sería más plural con la composición no sólo de la
Administración y de la propia organización, sino también de los
grupos parlamentarios y garantizaría mejor el dimensionamiento, que
creo que no ha tenido la trascendencia informativa suficiente, del
que a través de esta modificación se dota a la propia organización.

Por tanto, la Administración con los grupos parlamentarios y la ONCE
afrontarían mejor, con mayores niveles de consenso y participación,
esta nueva etapa de la ONCE.

El último punto va relacionado con lo que decía anteriormente de que
en el seno del acuerdo se da un mayor protagonismo al liderazgo de
discapacidades. Nosotros planteamos que en la composición del
patronato de la Fundación ONCE para la cooperación con otras
minusvalías la ONCE no contara con la mayoría absoluta y que deberían
estar representadas el resto de las diferentes discapacidades, en pie
de igualdad.

Para terminar quiero decir que ésos son los elementos que nosotros
planteábamos. Nuestro grupo ha estado y está dispuesto a apoyar esta
nueva situación, cuyo objetivo es llevar a cabo esa reforma
importante que precisa un mayor nivel de consulta y participación. En
este sentido creemos que el debate en el seno parlamentario es de
enorme importancia porque afecta a una organización que tiene
delegadas funciones sociales muy importantes y que afecta a
colectivos también de una enorme importancia.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que quieran hacer uso de la palabra?
(Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra el señor
Caballero.




El señor CABALLERO BASAÑEZ: Mediante esta proposición no de ley se
insta al Gobierno a la modificación del Real Decreto de 15 de marzo
sobre reorganización de la Organización Nacional de Ciegos, a través
del acuerdo que ya estaba establecido entre la ONCE y el Ministerio
de Trabajo. En el acuerdo suscrito entre el Gobierno de la nación y
la Organización Nacional de Ciegos se aprobaba la cooperación,
solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la
ONCE, en cuyo punto 27 se hacía referencia a la adaptación del Real
Decreto 358/91.

Dicho acuerdo consta de cinco puntos, pero parece bastante necesario,
teniendo en cuenta que se va a adaptar al real decreto, modificar la
composición del Consejo de protectorado y flexibilizar las posiciones
de estructura orgánica de la ONCE, que hubiera un debate
parlamentario que clarificara cuál es la voluntad de los
representantes del pueblo respecto al procedimiento, seguimiento y
control de esta importante función que desarrolla este organismo. Por
ello los cinco puntos que se contemplan nos parecen interesantes,



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aunque en el punto tercero nos parece un poco repetitivo que se diga:
...y se ajuste escrupulosamente a principios democráticos...,
eliminando toda discriminación derivada de pertenencia política o
sindical de los mismos, puesto que, si se ajusta a principios
democráticos, no sería necesario repetirlo.

Particularmente nos parece interesante el punto quinto, referido a la
composición del patronato de la Fundación ONCE para cooperación con
otros minusvalías, por el hecho de que no haya ninguna mayoría
absoluta en su representación por parte de la ONCE. Creemos que deben
estar en pié de igualdad representadas las distintas minusvalías.




Por todo ello, vamos a apoyar esta proposición no de ley, aunque, en
aras al consenso, si hubiese otras intervenciones también estaríamos
dispuestos a sumarnos a ellas.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia
i Unió), tiene la palabra el señor Campuzano.




El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Señor presidente, la señora Sabanés ha
terminado su intervención enfatizando la importancia que tiene la
ONCE en relación a aquellas actividades que el Estado le ha delegadoy
su incidencia en un sector de una especial trascendencia social, como
es el sector de las minusvalías. Creo que estas afirmaciones son
compartidas por todos los grupos parlamentarios, compartidas por el
conjunto de la sociedad y posiblemente justifican que en el seno de
esta Comisión se planteen iniciativas que afecten al funcionamiento
de la ONCE. Cuando además resulta que está en marcha un proceso de
modificación de parte del marco normativo de la ONCE, no deja de ser
normal que algún grupo parlamentario plantee iniciativas destinadas a
orientar esta modificación. Hago estas afirmaciones por entender que
es perfectamente legítimo que el Grupo de Izquierda Unida nos plantee
hoy esta proposición no de ley.

Dicho esto, hay que decir también que nos parece que, más que una
proposición no de ley en el sentido en el que la ha planteado el
Grupo de Izquierda Unida, quizá hubiese sido interesante -y todos los
grupos tenemos responsabilidad por no haberlo planteado- que el
Gobierno hubiese comparecido para valorar el acuerdo al que en su día
llegó con la ONCE, del cual se deriva la reforma de parte del marco
normativo. Porque en los últimos años en el sector de los
discapacitados se ha producido una presencia hegemónica de la ONCE
que yo creo que debería obligarnos a hacer algunas reflexiones, como
la elaboración en su momento del Plan Cermi u otros instrumentos
vinculados a la ONCE o, desde hace más tiempo incluso, la expansión
de la ONCE y su entorno en otras realidades económicas. Además,
seguramente todos nosotros, empezando por el Gobierno, pero también
el Parlamento y esta misma Comisión de Política Social y Empleo,
deberíamos evaluar las políticas de la ONCE en esta materia desde la
perspectiva de la igualdad de oportunidades y de la superación de los
problemas sociales que tiene el amplísimo colectivo de los
minusválidos, y especialmente el colectivo de las personas ciegas.

Estos elementos a nuestro grupo nos hacen pensar que quizá valdría la
pena tener la oportunidad de mantener
un debate a fondo con el ministro sobre la política del Gobierno en
relación con la ONCE, y en ese marco global quizá algunas de las
reflexiones que nos plantea Izquierda Unida deberían ser encajables.

Hoy, señorías, el planteamiento de la proposición no de ley de
Izquierda Unida nos parece que no corresponde a la realidad del
proceso de modificación del marco normativo, por lo que difícilmente
puede contar con nuestro apoyo. No obstante, agradecemos que se haya
planteado la proposición no de ley porque nos permite abordar
mínimamente este debate y al menos al Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) le va a motivar previsiblemente a plantear una
petición de comparecencia del Gobierno para informar sobre el acuerdo
al que en su día se llegó con la ONCE y sobre las previsiones de
modificación del correspondiente real decreto. Quizá cuando se
produzca la comparecencia las modificaciones ya se hayan producido,
pero seguro que a todos nos permitirá entrar en un debate más a fondo
sobre el papel que juega la ONCE en el escenario público de acciones
en relación con los minusválidos.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra doña Elvira Cortajarena.




La señora CORTAJARENAITURRIOZ: En relación con la proposición no de
ley presentada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida,
nuestro grupo, que ha seguido atentamente las intervenciones de todos
los componentes y de todos los grupos de esta Comisión, quiere
resaltar un par de cuestiones que son, a nuestro entender,
importantes.

En primer lugar, se nos ha pedido una cierta coherencia y un cierto
compromiso con nuestra historia durante la etapa de Gobierno
socialista, y yo creo que este es un juego un poco absurdo en tanto
en cuanto cuando uno gobierna desarrolla una serie de medidas con el
objetivo de proporcionar soluciones al momento y a las coyunturas que
en cada etapa y transición tienen que ver con determinados
colectivos.

Por lo tanto, cuando se nos exige un cierto compromiso también
tenemos que reivindicar nuestra capacidad de flexibilidad ante
determinados hechos, y sobre todo acomodarnos a los cambios que se
producen en la sociedad, ya que las necesidades de los colectivos, y
especialmente de los discapacitados, se manifiestan en constante
evolución y cambio. Es imprescindible e importante tener esto
presente.

Esta iniciativa, que reúne una serie de condicionantes como son la
buena voluntad y la buena intención del Grupo de Izquierda Unida para
conseguir un cambio drástico en las medidas de protección de la ONCE
y de la Fundación ONCE, en cambio, adolece en cierta medida de un
voluntarismo importante. Voy a decir por qué. Si siguiésemos la
iniciativa presentada por Izquierda Unida no se hubieran producido
las liberalizaciones y la venta de empresas públicas que también
tienen que ver con necesidades y consumos directos cotidianos de las
personas, léase Telefónica y otras muchas. Desde la etapa
democrática, la ONCE ha demostrado su capacidad de innovación, de
gestión y de compromiso con todos los colectivos de discapacitados en
nuestro país. Yo recuerdo cuando se hacían los sorteos a 50 pesetas
el boleto, que además eran de carácter provincial.




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El gran reto supuso imaginarnos que se iba a hacer un sorteo con
carácter autonómico, llegando entre todos los colectivos a la
conclusión de que era importante hacer un sorteo de ámbito estatal
para garantizar que fuera un acicate para que las personas comprasen
el cupón, permitiendo así mejorar las condiciones de vida y las
expectativas de un colectivo como los discapacitados visuales, los
amblíopes y otras personas que están siendo protegidas por la
Organización.




Creo que hay dos aspectos importantes en esta iniciativa. Por una
parte, la petición que se hace en los apartados 2 y 3 respecto de
toda discriminación derivada de la pertenencia política o sindical en
la gestión de la ONCE y en sus órganos de representación. Es un poco
absurdo. La pertenencia a los partidos y a los sindicatos no la vamos
a negar nosotros, que estamos defendiéndola y que estamos aquí en
representación de organizaciones políticas. Esto, por tanto, habría
que eliminarlo.

Sí nos parece interesante tener en cuenta que el presupuesto que
maneja la Organización Nacional de Ciegos Española es muy superior al
de muchos Ministerios. Estamos hablando de una entidad financiera muy
importante y trascendental en nuestro país. Nosotros, como iniciativa
y a pesar de que vamos a llegar tarde, vamos a solicitar la
comparecencia del ministro ante esta Comisión de Política Social y
Empleo previa a la promulgación o modificación del real-decreto, con
la finalidad de conocer a qué compromiso se va a llegar. Porque la
ONCE no atiende sólo a los discapacitados visuales, sino que también
se ve involucrada en el desarrollo de políticas para la inserción
laboral de otros colectivos de discapacitados y nos parece que sería
muy cicatero y una carencia democrática que por parte del Gobierno se
negara a esta Comisión y a todos los grupos parlamentarios que
estamos representados en la misma la capacidad de conocer a fondo
cuáles son los compromisos, cuáles van a ser las modificaciones y
poder estudiar y aportar entre todos una mejora que no beneficie
solamente a la Fundación ONCE sino a toda la política de atención de
las necesidades sociales del colectivo de discapacitados físicos,
psíquicos y sensoriales.

Nuestra posición va a ser votar en contra de la iniciativa presentada
por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida,
comprometiéndonos a solicitar hoy mismo la comparecencia del ministro
ante la Comisión.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la
palabra el señor Caneda.




El señor CANEDA MORALES: Después de oír a los portavoces de los
distintos grupos, creo que hay unanimidad en cuanto a que ha sido un
acierto y hay buena voluntad por parte de Izquierda Unida al
preesntar esta iniciativa. Creo que es necesario, dada la entidad de
la ONCE y de los colectivos a los que fundamentalmente se dirigen sus
actuaciones, que exista un debate, una puesta en común y una búsqueda
de cuáles deben ser los mecanismos de control y de funcionamiento de
esta organización. La modificación de la normativa por la que se
regula la ONCE está prevista en el apartado 27 de este acuerdo, que
se aprobó en el Consejo de Ministros del 5 de enero, entre el
Gobierno y la Organización Nacional de Ciegos en materia de
cooperación, solidaridad y competitividad, que persigue la
estabilidad y el futuro de esta organización. ¿Qué suponen estos
cambios? Estos cambios van dirigidos a lo que también han dicho todos
los grupos: hay que afrontar los cambios jurídicos, organizativos, de
financiación que a medida que va pasando el tiempo se van imponiendo
a esta entidad. Esto ya ha sucedido con anterioridad. Hay decretos de
1981, de 1985 y de 1991 que afrontaron en su momento esta situación
para poder dar continuidad a esta entidad y que pueda ir adaptándose
sin menoscabo del mantenimiento de sus raíces y de sus señas de
identidad histórica. El Gobierno está trabajando, en cumplimiento de
este acuerdo, en la modificación parcial del Real Decreto 358/1991,
para la adaptación del citado acuerdo, de forma que el decreto
resultante permita cumplir los fines y la naturaleza para los que la
entidad fue creada y seguir garantizando el protectorado del Estado,
manteniendo a su vez los principios de democracia interna. Esto se
quiere hacer, como se ha señalado por algún portavoz, avanzando en la
independencia de gestión y en la autonomía administrativa y
financiera que reconocen sus propios estatutos.

En todo caso, señalaré que el artículo 26 del acuerdo, al que la
portavoz de Izquierda Unida ha hecho mención, determina que se
constituirá una comisión mixta de seguimiento, que estará integrada
por tres representantes del Gobierno, con rango mínimo de director
general, y tres designados por el consejo general de la ONCE. Creo
que algunas de las cuestiones que plantea la iniciativa podían estar
recogidas en este órgano, por las funciones que el acuerdo asigna a
esta comisión.

En cuanto a la referencia que ha hecho el portavoz al patronato,
tenemos que recordar que es una entidad privada que está registrada
como tal en el protectorado de fundaciones del Ministerio de Trabajo
y que está sometido a una ley. El patronato tiene sus estatutos, que
ellos aprueban y por los cuales se rigen. Están representados, aparte
de la ONCE, FIAPAS, COCEMFE, la Confederación Nacional de Sordos,
etcétera, en la manera en que aprobó en su día este patronato. Para
cambiarlo tendrían que modificarse estos estatutos de forma autónoma.

Parece lógico, por el devenir que está persiguiendo esta fundación,
que se haga con una presencia cada vez mayor de los representantes de
sectores de otras minusvalías, puesto que en los últimos años están
teniendo, de forma acelerada, más presencia en el mundo de esta
fundación.

En definitiva, se esta preparando la modificación del Real Decreto
358/1991 para adaptarlo al acuerdo al que la ONCE llegó con el
Gobierno, incrementando la capacidad de autoorganización y
otorgándole mayor flexibilidad, pero en todo caso manteniendo las
líneas fundamentales del decreto de 1991.

En consecuencia, votaremos negativamente la proposición no de ley de
Izquierda Unida.




- SOBRE INCLUSIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EN
LA ACCIÓN PROTECTORAPOR DESEMPLEO DE LOS LIBERADOS O DIRIGENTES DE
ORGANIZACIONES SINDICALES. PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIALISTA DEL
CONGRESO. (Número de expediente 161/001537.)



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- SOBRE INCLUSIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EN
LA ACCIÓN PROTECTORAPOR DESEMPLEO DE LOS LIBERADOS O DIRIGENTES DE
ORGANIZACIONES SINDICALES. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO
MIXTO. (Número de expediente 161/001586.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la defensa y discusión conjunta de los
puntos 6 y 8, porque se refieren a una misma cuestión. Se trata de la
proposición no de ley presentada, en primer lugar, por el Grupo
Socialista y la posteriormente presentada por el Grupo Parlamentario
Mixto, relativa a la inclusión en el Régimen General de la Seguridad
Social y en la acción protectora por desempleo de los liberados o
dirigentes de organizaciones sindicales.

Para su defensa, y según el orden de presentación, tiene la palabra,
en primer lugar, por el Grupo Socialista, doña Isabel López i
Chamosa.




La señora LÓPEZ I CHAMOSA: Esta proposición no de ley pretende dar
solución a un problema que sufre un sinfín de sindicalistas, que son
elegidos en un congreso o una asamblea de su organización, en función
de los reglamentos o estatutos por los cuales se rigen, lo que les
convierte en dirigentes y a la vez, lógicamente, en casi patronales
del propio sindicato. Éste es el motivo por el que cuando esa misma
organización les retira la confianza y, acabados sus trabajos y sus
tareas, tienen que volver a la vida laboral y por diversos problemas
no tienen trabajo, el INEM, en su función, no les reconoce el derecho
al desempleo, aunque durante los años que hayan estado trabajando en
dedicación exclusiva para el sindicato hayan cotizado a la Seguridad
Social por todas las contingencias, incluido el seguro de desempleo.

El argumento es que no se trata de un despido, porque no hay despido.

Es un argumento discutible, pero en la realidad nos encontramos con
que estas personas se quedan realmente desprotegidas y en una
situación muy difícil.

En nuestra sociedad, a veces, se oyen críticas destinadas al quehacer
sindical. Hay una crítica muy generalizada, pero también muy injusta,
la de que los sindicatos están dirigidos por personal de grandes
empresas y que no se presta tanta consideración o no hay tantos
dirigentes de empresas pequeñas. Uno de los motivos, entre otros
muchos, es el que hoy nos trae aquí, porque los sindicalistas con
plena dedicación, aquéllos que pueden tener la absoluta tranquilidad
de que el día que sus compañeros estimen oportuno retirarles su
confianzase van a poder volver a incorporar a su puesto de trabajo,
son los de las grandes empresas.

La realidad es que aquéllos que trabajan en una empresa pequeña o
mediana tienen dos problemas; uno de ellos es que, a veces, al ser
una empresa pequeña, con un personal muy justo, después de estar
varios años fuera de la empresa es muy difícil que ésta vuelva a
admitirlos y reincorporarlos. En muchos casos hay que acudir a la
Magistratura para que se aplique realmente la legislación vigente.

Pero también en muchos casos, cuando estas personas intentan
reincorporarse a su vida laboral se encuentran con que su empresa,
con que su puesto de trabajo ha desaparecido,
no existe y no tienen dónde incorporarse. Y si, además, a pesar
de todos los años que hayan estado en el sindicato cotizando con
todas las contingencias, repito, incluido el desempleo, luego llega
el INEM y les deniega la prestación por desempleo, se encuentran en
una situación complicada.




También quiero decir, sin ningún rubor, que a los grandes dirigentes,
los de nivel estatal, se les encuentra fácil solución, porque son
personas conocidas y tienen más facilidades para recolocarse o
reiniciar su vida laboral en otras tareas o en otras empresas. Sin
embargo, los cientos de compañeros que existen a nivel provincial o
local, a los que se da el mismo tratamiento a través del INEM, no
tienen esas posibilidades, y eso pesa mucho a la hora de que los
sindicatos encuentren personas, compañeros o compañeras, dispuestas a
asumir una tarea de por sí muy difícil.

A veces decimos que las tareas políticas son difíciles, pero yo que
he vivido las dos -ahora estoy viviendo la política y que he vivido
la otra- tengo que decir que no hay punto de comparación, porque la
labor de un sindicalista es mucho más dura en cualquier tipo de
negociación, bien sea colectiva bien en un expediente, aun cuando te
salgan bien las cosas y consigas mejorar condiciones de trabajo
o condiciones de expediente, porque la pura y dura realidad es que
estás dejando a gente en la calle, estás viendo que lo que estás
firmando no resuelve los problemas, pero que no puedes ir más allá, y
no tienes la compensación, por lo menos, de que has avanzado, porque
no has resuelto el problema aunque has hecho un trabajo que es duro y
muy difícil. Además, como generalmente están sujetos a normas de
funcionamiento propias de las organizaciones sindicales, sea cual
sea, a veces la labor y los cambios de dirección se hacen de forma
poco ortodoxa, de manera brusca, generando situaciones complicadas.

Señorías, creo que estamos ante un problema y deberíamos encontrar
una solución para que estas personas puedan tener protección social
cuando se quedan sin trabajo, igual que cualquier otro trabajador, si
bien es cierto que también hay otros colectivos de trabajadores que
se pueden encontrar en la misma situación, por ejemplo, un concejal
de un municipio pequeño. En el Grupo Socialista, cuando trajimos esta
iniciativa, pensábamos en un colectivo que conocemos y que nos había
traído su problema, pero no estamos cerrados a que esto pueda
extenderse a otros colectivos. La enmienda que el Grupo Parlamentario
Popular ha presentado en este sentido nos parece adecuada y la
aceptaríamos.

Lógicamente, hay iniciativas que pueden ser más o menos populares,
por así decirlo, porque ésta, según cómo fuese tratada, a lo mejor no
tendría todos los parabienes, sobre todo de los medios de
comunicación, pero no hay que olvidar que nos encontramos ante un
problema de primera magnitud que afecta a personas que realmente
quedan en situación de desprotección total, igual que otros
colectivos cuando cierra una empresa y no tienen nada más. En ese
contexto y para no alargarme más, les pediría que, siendo conscientes
de esta situación, apoyaran esta iniciativa, con la enmienda que
estamos aceptando. Creo que sería interesante solventar este
problema, y hacerlo por unanimidad de esta Cámara, lo que supondría
reconocer no sólo la labor de los sindicalistas, sino que somos
sensibles a los problemas que ellos tienen.




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El señor PRESIDENTE: Como segundo proponente, el señor Peralta tiene
la palabra.




El señor PERALTA ORTEGA: Señor presidente, señorías, quiero comenzar
mi intervención diciendo que el tenor de la proposición no de ley que
he firmado en nombre de Nueva Izquierda es copia literal de la del
Grupo Socialista. Quiero manifestarlo con absoluta claridad y sin
ningún rubor porque es la realidad, y me parece que es legítimo decir
-y además debe ser orgullo para quien lo hizo- que es una proposición
no de ley trabajada. Creo que es oportuno comenzar diciendo esto para
que la paternidad de esta iniciativa concreta la asuma quien la ha
hecho realmente.

Hay un tema que me preocupa personalmente y que preocupa a nuestro
grupo, Nueva Izquierda, desde hace tiempo, especialmente en los
últimos meses porque en nuestra comunidad, en el País Valenciano, se
ha planteado, en concreto con quien era secretario general de
Comisiones Obreras del País Valenciano, Antonio Montalbán, buen
sindicalista y buen amigo, a quien el INEM le denegó el desempleo
alegando las razones que todos conocemos, en definitiva, que no se
trata de una relación de carácter laboral y que, por lo tanto, queda
excluida de la protección por desempleo. Precisamente a raíz de esa
situación, el 9 de diciembre pasado -antes, por tanto, de que se
presentara la iniciativa del Grupo Socialista- tuve ocasión de
presentar una pregunta oral en esta Comisión respecto a si el
Gobierno consideraba necesario modificar esa situación. Pregunta oral
que, desgraciadamente, no ha tenido ocasión todavía de sustanciarse y
que en algún momento determinado vendrá su resolución. Confío en que
la resolución venga hoy, porque si la paternidad de esta iniciativa
es de quien es, sería bueno que la paternidad de la solución fuera de
todos y, por tanto, fuéramos capaces de alumbrar una resolución
unánime de este tema.

En definitiva, daría por reproducida la proposición del Grupo
Socialista, que es sustancialmente la que hemos planteado, pero
quisiera decir brevemente que en el ámbito de nuestra comunidad este
tema ha sido debatido últimamente. Me permitiría leer aquí unos
párrafos de un artículo que publicaba en un medio de comunicación un
destacado, un ilustre profesor de derecho del trabajo de la
Universidad de Valencia y un buen amigo, Carlos Alfonso Mellado, que
bajo el título de Trabajador de los Sindicatos y Desempleo decía: Hoy
el trabajo en los sindicatos no puede verse como hace muchos años.

Estos trabajadores realizan multitud de funciones y los sindicatos
por el papel que juegan, que no conviene olvidar que se lo atribuye
expresamente nuestra Constitución, artículo 7, se han convertido en
entidades muy complejas con múltiples terrenos de actuación y
funciones adaptadas a cada uno de ellos. Cada vez más quienes
trabajan en los sindicatos en la función que sea lo hacen
profesionalmente, no en el sentido de que se olviden del referente
sindical y presten servicios allí como en cualquier otro lugar, sino
en el sentido de que su actuación requiere cada vez más dedicación y
formación y se sujeta a unas condiciones de jornada y actividad que
impiden cualquier otra ocupación. Decía: Un sindicalista pues, se
dedica profesionalmente a sus tareas. Pues bien, ¿por qué entonces no
goza de esa misma protección social que cualquier otro trabajador?
Ya es bastante difícil encontrar sindicalistas como para que
se les ponga este obstáculo, porque, además, si las cotizaciones no
les sirve para el desempleo -ésta es una reflexión importante que
sería bueno que hiciéramos-, ¿les valen para la jubilación, para la
enfermedad y la invalidez? Porque si el problema de fondo es que no
es una relación laboral, ¿cómo se explica esta situación?
Es un artículo importante en el que se citan razones de fundamento
constitucional, de protección de la labor de los sindicatos, de la
libertad sindical, en definitiva, y también criterios de aplicación
del Código Civil y de la necesidad de interpretar las leyes de
acuerdo con la realidad social. Dice, por ejemplo, y me permito
citarlo: Es tan irreal el argumento que da el INEM que llega al
absurdo de que en nuestra sociedad se pueda considerar como
trabajador a Mijatovic, a Rivaldo o a Camacho, el seleccionador
nacional, y todo ello con plenitud de derechos, pero no a cualquier
sindicalista que al parecer, o al menos eso entiende el INEM, están
mucho menos necesitados de protección social que los anteriores.

Son reflexiones que es bueno que nos planteemos, porque comparto la
opinión de que el desarrollo de la libertad sindical y la protección
de los sindicatos requiere se de quienes trabajen en esos sindicatos.

No olvidemos que los sindicatos negocian los derechos de los
trabajadores y resulta que sus propios trabajadores no tienen
derechos. Es una situación absurda. Hace falta que estas personas que
trabajan allí tengan reconocido este derecho mínimo, como es el
derecho al desempleo.

Comparto plenamente la afirmación con la que terminaba este artículo
al que me he permitido hacer referencia. Dice: El problema es la
protección social de los sindicalistas y con ello el fomento de la
actividad sindical, removiendo un obstáculo importante para su
desarrollo. No es, pues, un problema personal de determinadas
personas concretas, es un problema de todos y de derechos, incluso
constitucionales, de exigencia de derechos. Comparto plenamente esta
afirmación, en este sentido son las modificaciones pequeñas que había
introducido al tenor literal de la propuesta del Grupo Socialista y
termino pidiendo a SS.SS. que voten esta resolución o cualquier otra
en la que podamos ponernos de acuerdo y encontremos una solución
necesaria -hay que decirlo sin ningún rubor-, digan lo que digan los
medios de comunicación. Estas personas necesitan protección y hace
falta que lo digamos con claridad. Los medios de comunicación que
digan lo que entiendan oportuno, pero estamos pretendiendo
desarrollar adecuadamente valores constitucionales y dar cumplimiento
a exigencias constitucionales.




El señor PRESIDENTE: Hay una enmienda presentada por el Grupo
Popular.

Para su defensa, tiene la palabra el señor Moreno.




El señor MORENO BUSTOS: Señorías, las proposiciones no de ley que hoy
presentan los Grupos Socialista y Mixto, referentes a la inclusión en
el régimen general de la Seguridad Social y en la acción protectora
por desempleo de un determinado colectivo que aunque la paternidad se
la atribuyan al Grupo Socialista la maternidad la tendrá elGrupo
Mixto y que sólo difieren en el hecho de la retroactividad



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del cobro de la prestación, ya vienen precedidas por una pregunta
escrita -y no es a la que se refería el señor Peralta- que presentó
durante este año en base a los criterios objetivos y justos que
evitaran por parte del Inem la denegación de la prestación por
desempleo de ese mismo colectivo y que fue contestada por el Gobierno
en fecha 28 de enero del presente año. En su respuesta el Ministerio
ya adelantaba al señor Peralta que la inclusión de determinados
colectivos en el régimen de la Seguridad Social no lleva en este caso
aparejada, por sí sola, necesariamente, la inclusión en el ámbito de
aplicación del sistema de protección por desempleo, ya que para que
esto ocurra los distintos colectivos deben atender a los preceptos
que establece el título III del texto refundido de la ley General de
la Seguridad Social, fundamentalmente el de tratarse de trabajadores
por cuenta ajena o encontrarse en alguno de los supuestos de personas
protegidas a los que se refiere el artículo 205 de dicho cuerpo
legal. Esto, señorías, no es porque nosotros lo digamos, ni porque el
propio Ministerio así lo informe, sino porque tanto el Tribunal
Central de Trabajo como los tribunales superiores de Justicia,
incluso el propio Tribunal Supremo, señalan que este colectivo no
ostenta la condición de trabajadores por cuenta ajena.

Dicho esto, todos estaremos de acuerdo en que una posible ampliación
de la protección por desempleo ha de ser estudiada y comparada en un
contexto global y ante unas situaciones de necesidad de los distintos
colectivos que en la actualidad no se encuentran protegidos. Cuando
hablamos de colectivos, nos referimos tanto a trabajadores por cuenta
ajena que nunca han tenido acceso a la protección, es decir,
eventuales agrarios, empleados de hogar, etcétera o de aquellos que
han sido excluidos de dicho ámbito, por ejemplo, los contratos para
la formación, o los que no tienen la consideración de trabajadores
por cuenta ajena y a los que antes se han referido como alcaldes,
concejales, parlamentarios, altos cargos de la Administración que no
son funcionarios, cargos sindicales, etcétera. Bien es cierto que en
estos últimos la situación de desprotección es menor. Me explico.

Todos estos cargos electos o por designación se encuentran en su
mayoría en excedencia forzosa, lo que les permite que al terminar con
estas responsabilidades se reincorporen a sus puestos de trabajo o
bien accedan a la protección por desempleo si se extingue su relación
laboral o ha desaparecido su propia empresa. Puede ocurrir que haya
casos en los que por distintas circunstancias se produzcan
situaciones de desprotección, bien por el largo tiempo transcurrido
en posesión de la responsabilidad o por no existir posibilidad de
reincorporación al puesto de trabajo. Ante estas situaciones sería
comprensible que, ya que jurídicamente es posible incluir la
protección por desempleo a colectivos distintos a los trabajadores
por cuenta ajena al amparo de lo previsto en la disposición final
quinta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
se realizara un amplio estudio, como determinamos en nuestra
enmienda, que considerase las repercusiones de esta medida en el
sistema de protección, teniendo en cuenta sobre todo que los
criterios actuales de la política de empleo que está desarrollando
este Gobierno tratan de potenciar las políticas activas de empleo
frente a las pasivas y que, a su vez, como hecho muy importante,
valorase la situación de todos -y digo todos, no sólo unos- los
colectivos que no estén protegidos.

Por todo ello, señor presidente, en aras a intentar conseguir un
consenso que beneficie a la mayoría, proponemos una enmienda que
estamos seguros favorecerá a los colectivos que, exigiéndoseles el
cumplimiento de determinadas obligaciones, no tienen en estos
momentos el acceso al disfrute pleno de la acción protectora, ya que
en tanto en cuanto no se lleve a cabo el estudio que proponemos no
podríamos apoyar unas proposiciones que instarían al Gobierno a
modificar en estos momentos el sistema de protección sin analizar
apropiadamente sus repercusiones. Por todo ello, en aras a un
consenso, en la enmienda que hemos presentado, suprimiríamos el
término «en su caso», dejando el resto tal y como se ha presentado.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que desean hacer uso de la palabra? Por
el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra la señora Amorós.




La señora AMORÓS I SANS: Con mucha brevedad voy a fijar la posición
del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) . Señorías,
ante el acercamiento de los grupos parlamentarios proponentes y de
los demás grupos parlamentarios, de lo cual nos alegramos por lo
beneficioso del resultado, daremos nuestro voto afirmativo a las
iniciativas que van a dar solución a una problemática largamente
demandada por las organizaciones sindicales y que permitirán adoptar
las medidas normativas necesarias para dar cobertura protectora total
a las personas que tienen dedicación exclusiva a las tareas de
defensa de los derechos de los trabajadores. Por este motivo el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) votará afirmativamente, y
más estando en completa sintonía con la enmienda que ha presentado el
Grupo Parlamentario Popular, que no sólo va dirigida a dar solución a
este colectivo sindical sino también a otros. Entre ellos no me
gustaría dejar de mencionar al de los autónomos, que tampoco tienen
derecho a una cobertura por desempleo, y que sin embargo, hoy en día,
con toda la normativa y con todas las medidas que hay de promoción
para este colectivo, hay que estudiar una cobertura total y real para
muchos trabajadores y trabajadoras que como única solución laboral
tienen el de la autoocupación.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida tiene la palabra el señor Vaquero.




El señor VAQUERO DELPOZO: Señorías, Izquierda Unida considera que el
problema es real. Uno de los proponentes ha mencionado el caso del
sindicalista del sector crítico de Comisiones Obreras Antonio
Montalbán. Yo mencionaría otro que fue mucho más sonado y que tuvo
más repercusión en la opinión pública, el de Agustín Moreno, del
mismo sector sindical. En la medida en que el trabajo de sindicalista
es temporal, existe la posibilidad de que se produzcan estas
situaciones y es pertinente que se dé una solución a este tema. Es
evidente que no es el único colectivo que está desprotegido a la hora
de encontrarse sin trabajo o de ser despedido. Por tanto, el problema
hay que



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estudiarlo en profundidad integrando en su solución a los distintos
colectivos. Sinceramente no me convence la solución que se propone en
la enmienda englobando este tema en el conjunto de colectivos. El
problema que se ha suscitado con las proposiciones no de ley que
contemplamos tendría que haberse tratado más en la vertiente de
dignificar el trabajo de los agentes sociales, por tanto la tarea de
los sindicatos, como un cauce constitucional de expresión de los
intereses colectivos de los trabajadores más que como la cobertura de
un colectivo de trabajadores sin más. Planteándolo en el ámbito de la
dignificación del trabajo de los sindicatos se podría contemplar
mejor la cuestión e integrarse en otro tipo de problemas. Tenemos
pendiente una asignatura, no sólo no aprobada sino ni siquiera
planteada, que es la dignificación del trabajo sindical, la
dignificación de los sindicatos en nuestro país. Falta una ley de
financiación de los mismos y la promoción de una serie de medidas de
incentivación de la cuota sindical por parte de los trabajadores.

Estos elementos, junto con el de la cobertura por desempleo de los
sindicalistas, es decir, la expansión de los derechos sociales para
los sindicalistas, quedan pendientes de legislar en este país después
de 20 años de democracia. Ahí es donde debería insertarse el
problema, no en la extensión de las medidas protectoras a un conjunto
de colectivos de trabajadores, entre ellos los sindicalistas. Estoy
convencido de que el grupo enmendante no pretende dar una larga
cambiada al problema, pero a este grupo le hubiera satisfecho mucho
más que encontrase la solución en el ámbito de la dignificación del
sindicalismo en nuestro país, que sigue siendo una asignatura
pendiente.




- SOBRE NORMAS DE COTIZACIÓN APLICABLES ALOS TRABAJADORES EN
SUPUESTOS DE CONVENIO ESPECIAL Y OTRAS SITUACIONES ASIMILADAS A LA DE
ALTA. PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO. (Número de
expediente 161/001577.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto último del orden del día:
proposición no de ley, presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a las normas de cotización aplicables a los
trabajadores en supuesto de convenio especial y otras situaciones
asimiladas a la de alta. Para su defensa, tiene la palabra el señor
Gimeno.




El señor GIMENO MARÍN: Señor Presidente, la proposición no de ley que
presenta el Grupo Parlamentario Socialista tiene que ver con un
problema importante que afecta a miles de trabajadores y de personas
que se encuentran en situaciones normalmente difíciles. Cuando
alguien tiene que efectuar un convenio especial con la Seguridad
Social es porque, por distintas circunstancias, ha dejado de mantener
una relación laboral dependiente o autónoma, lo que le coloca en una
situación problemática respecto a su futuro como posible pensionista
o perceptor de determinadas prestaciones de la Seguridad Social. Todo
esto da lugar a un conjunto de problemas que deben ser abordados
desde el punto de vista de la Seguridad Social con la racionalidad de
lo que significa la financiación del conjunto de las prestaciones
y como consecuencia de los ingresos que se deben percibir por esos
convenios especiales. Sin embargo, en lo
que se refiere a las personas afectadas por la firma de un convenio
especial, hay que buscar criterios para la consecución del principio
de igualdad entre todas ellas.

En la regulación de este tipo de fenómenos se han producido ciertas
contradicciones. En la orden de cotizaciones para 1997, con un
criterio razonable en cierto modo, se plantea la elevación de los
coeficientes aplicados a los convenios especiales, lo que significaba
buscar una equiparación financiera entre las prestaciones que se
perciben y las cotizaciones que se pagan. Ese año 1997, quizá porque
el Gobierno llevaba todavía poco tiempo gobernando, se produjeron
unos incrementos del 25 por ciento que, ante la lógica contestación
social que se produjo como reacción a un incremento muy importante de
los costes de financiación, se modificaron de forma extraordinaria
-como a veces se hace- mediante la corrección de errores en el
Boletín Oficial del Estado: no se quería tanto, se quería menos. Como
era de esperar, a partir de 1997 la obsesión y la presión del
Gobierno siguió en la misma dirección. Esa presión consistía en
establecer unos costes para la financiación de los convenios
especiales que permitieran compensar las prestaciones. El problema es
que a partir de ese momento se estableció, no se sabe por qué, una
diferencia contradictoria entre quienes habían firmado los convenios
antes de una fecha y quienes los firmaban a partir de ella, y eso es
lo que no se entiende. No se entiende ese tipo de discriminación
entre unos casos y otros y tampoco el problema que se deriva del
tratamiento diferente en el tiempo y en los hechos de las mismas
situaciones. A partir de ese momento se inicia una dinámica que el
Gobierno ha mantenido en 1999. Simplemente como ejemplo diré que la
diferencia de subida en 1998 entre los que firmaban convenios
a partir del 1 de enero de 1998 y los que los habían firmado antes fue
del orden de un 37 por ciento, lo cual es mucho. En 1999 se mantiene
una diferencia injustificada y se consolidan situaciones que ya
empezaban a denunciarse en 1998. Voy a poner ejemplos. En el caso de
trabajadores contratados a tiempo parcial o con reducción de jornada
para cuidado de menores o minusválidos, si el convenio especial se
firmó antes de 1998 la subida es del 26 por ciento y si se firmó
después es del 54 por ciento. En caso del mantenimiento de la
situación de cotización con asistencia sanitaria y sin asistencia
sanitaria se establece un rasero en un momento, además, en el que la
financiación de la asistencia sanitaria corresponde prácticamente al
Estado por posicionamiento político y en aplicación de los pactos de
Toledo, etcétera; sin embargo, se busca una mecánica de subida que
tiene que ver con los niveles más altos, que tampoco acaba de
entenderse. O el caso de los trabajadores en situación de huelga
legal o cierre patronal, que puede sorprender mucho este tipo de
situaciones de convenio especial, pero es que la gente a veces se
encuentra con que no llega a los tiempos mínimos para tener
cotización para poder tener derecho a una prestación o pensión, y es
razonable que se produzcan esos casos, máxime cuando de vez en cuando
se ha reforzado el tiempo necesario para tener derecho a las
pensiones. Son situaciones agobiantes que se producen. Pues bien,
¿qué sentido tiene que se marque un 24 por ciento de diferencia entre
los que suscriben antes y los que suscriben después de una
determinada fecha? No acaba de entenderse mucho la situación. O el
caso más llamativo



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de los perceptores de subsidios de desempleo con derecho a cotización
por jubilación, situación dramática para mucha gente que se encuentra
con que llega en una edad temprana a la situación de paro y sin
perspectivas claras de poder trabajar, que lógicamente se encuentran
en la necesidad de tener que cotizar, pues se les incrementa un 40
por ciento más a unos que a otros según cuando se haya firmado el
convenio, con anterioridad o con posterioridad a una determinada
fecha. No es entendible que se produzcan discriminaciones en el
tiempo, incluso también es discutible, pero en cualquier caso nuestro
planteamiento sería simplemente que son discutibles determinadas
situaciones en su conocimiento concreto del caso y si no se deberían
plantear de otra forma.

Nosotros exponemos en la proposición no de ley puesto que no
entendemos ese tipo de planteamientos, que el Congreso de los
Diputados inste al Gobierno a que derogue la subida experimentada por
los coeficientes aplicables para determinar la cotización en los
supuestos de convenio especial y otras situaciones asimiladas a la de
alta, así como en el supuesto de desempleo a nivel asistencial,
manteniendo en vigor para el año 1999 el contenido -y esto es lo
importante- y los coeficientes que se aplicaron en 1997. No
entendemos por qué la diferenciación en cuanto a criterios de 1997 a
los años posteriores y por eso pedimos que se mantengan los criterios
de 1997. Esta es nuestra propuesta, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que deseen hacer uso de la palabra? Por
el Grupo Mixto tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Señor presidente, la proposición no de ley
del Grupo Socialista hace referencia a las modificaciones que se han
producido últimamente en cuanto a la cotización en los supuestos de
suscripción de convenio especial. Todas SS.SS. conocen perfectamente
que el convenio especial está regulado de antiguo en nuestro país y
que con él se pretende dar solución en el sentido de continuidad en
la vida en la Seguridad Social de toda una serie de personas que en
un momento determinado ha visto interrumpida la actividad que
justificaba su permanencia en la Seguridad Social. Entendiendo que
esa interrupción puede ocasionar graves daños, se arbitró la fórmula
del convenio especial para que se pudiera continuar con la vida en la
Seguridad Social completando una carrera de cotización que en su día
les permitiera acceder a las prestaciones de la Seguridad Social o
que les dieran un mínimo de cobertura y de garantía ante las
contingencias y los riesgos que conlleva la vida cotidiana. Como se
dice en la proposición de no de ley del Grupo Socialista, se han
producido modificaciones prácticamente coincidiendo con la llegada
del Partido Popular al Gobierno. Me gustaría plantear unas preguntas
en mi intervención. ¿En base a qué apartado concreto del Pacto de
Toledo o de los acuerdos que ha habido entre todas las fuerzas
parlamentarias se han producido esas modificaciones? ¿Qué
explicaciones ha dado el Gobierno de estas modificaciones? ¿Qué
consenso, que acuerdos ha habido para llevar a cabo estas
modificaciones? Creemos que ninguna, señoría. Es una interpretación
legítima y particular del Gobierno, en todo caso del Grupo
Parlamentario Popular, con el respaldo
que tiene democráticamente, pero que afecta a un ámbito como es
la Seguridad Social y a unas personas que son las que tienen derecho
a suscribir convenio especial - insisto en que está regulado
específicamente de quiénes se trata-, porque no cualquier persona
puede suscribir un convenio especial. No cabe en nuestro derecho la
compra de pensiones. El convenio especial requiere estar en
determinadas situaciones y tener unos antecedentes. Por tanto, ¿por
qué esas personas se ven gravemente sancionadas por este tipo de
medidas adoptadas por el Grupo Popular? Creemos que tenemos derecho,
como firmantes del Pacto de Toledo, como corresponsables del mismo, a
saber cuál es el fundamento, y si no hay fundamento lo lógico y lo
normal es lo que se plantea en la proposición no de ley del Grupo
Socialista. Volvamos a la situación de 1997 y, si hay razones que
justifiquen cambios, discutámoslas porque seguro que las acordaremos,
ya que cuestiones más importantes, y de ellas se contienen muchas en
el Pacto de Toledo, fueron objeto de acuerdo y de consenso entre
todos. Por todo ello, señorías, desde Nueva Izquierda vamos a apoyar
esta proposición no de ley.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Federal de Izquierda Unida tiene la
palabra el señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Señorías, el 23 de marzo de 1998 tuvimos
ocasión de discutir la proposición no de ley que planteó mi grupo, la
161/895, y que siendo apoyada por los grupos Socialista y Mixto que
tenía por objeto la misma materia, los convenios especiales y los
coeficientes reductores, fue rechazada por esta Comisión. El Gobierno
ha dado marcha atrás en una ocasión respecto a este tema,
precisamente cuando la prensa se hizo eco de esta situación que se
generaba; ante la impopularidad de la medida tuvo que dar marcha
atrás el Gobierno, y volvió de nuevo a las andadas con una nueva
medida de este mismo tipo más contradictoria, como ya ha señalado el
señor Gimeno. Nosotros entendemos que no debería ser así. No hay
lugar a la compra de pensiones. No se nos alcanza cuáles son los
motivos si no es pura y simplemente una cierta política de
restricción de la extensión de las posibilidades de que finalmente
haya una carga al sistema financiero de la Seguridad Social. Si ha
habido previamente una financiación por parte de los sujetos, no
entendemos por qué no puede existir ese incremento de la carga de las
pensiones. Por tanto, a nosotros no se nos antojan cuáles puedan ser
las razones en las que se fundamenten estas medidas. En cualquier
caso, nosotros vamos a votar favorablemente esta proposición no de
ley porque ha sido uno de los motivos de la acción parlamentaria de
Izquierda Unida, tanto en la proposición no de ley que he mencionado
como en enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado, de forma
reiterada en los últimos años.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la
palabra el señor Pérez Corgos.




El señor PÉREZ CORGOS: Mi grupo parlamentario va a votar en contra de
la toma en consideración y de la aprobación de esta proposición no de
ley por cuanto entendemosque aprobarla supondría desvirtuar la Ley de
consolidación



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y racionalización del sistema de la Seguridad Social e incluso el
Pacto de Toledo. Quiero recordar que el artículo 86.2 del texto
refundido de la Ley general de la Seguridad Social, tal y como ha
quedado redactado como consecuencia de la Ley de consolidación y
racionalización del sistema de Seguridad Social, prevé la separación
y clarificación de las fuentes de financiación de la Seguridad
Social, una separación de fuentes que nos llevará a que las
prestaciones de naturaleza no contributiva se financien con
aportaciones del Estado y las contributivas con cotizaciones de las
empresas y de los trabajadores. Por su parte, la misma ley en su
disposición transitoria decimocuarta establece que esta separación de
fuentes se realizará paulatinamente, culminando este proceso en el
ejercicio económico del año 2000. El apartado 2 del artículo 62 del
Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos
de la Seguridad Social establece que los coeficientes a aplicar
cuando los sujetos obligados a cotizar están excluidos de alguna
contingencia se determinarán teniendo en cuenta la relación existente
entre el importe del gasto presupuestado para las prestaciones a que
afecte la exclusión o la colaboración y el importe del total previsto
que en ambos casos hayan de ser financiados con cotizaciones y demás
recursos distintos de las aportaciones del Estado. Esta previsión
normativa es aplicable al convenio especial en virtud de la remisión
que efectúa al mismo el artículo 71 del citado Reglamento general.

Nos encontramos, pues, en esa fase de acomodación paulatina a la que
me refería anteriormente y de ahí las modificaciones operadas en las
cuantías de los coeficientes respecto de los años 1997 y 1998 y las
que sufrirán en el futuro hasta alcanzar el objetivo de separación de
fuentes. De este modo, la adaptación a la nueva estructura
financiera, que ya se plasmó en la Orden de 28 de enero de 1998, se
mantiene en la vigente Ley 15, de enero de 1999, respetando las
situaciones creadas con anterioridad a su entrada en vigor, de manera
que la reforma de la financiación tenga lugar de forma paulatina
hasta su total implantación, aunque con el objetivo de que las
situaciones transitorias tengan un corto período de duración. Por
tanto, se trata de introducir modificaciones que tiendan a
homogeneizar la cotización del colectivo de suscriptores del convenio
especial con la del conjunto de los trabajadores en activo, así como
de reforzar el carácter contributivo del sistema a que nos conduce la
recomendación novena del Pacto de Toledo. Esta recomendación propone
-quiero recordarlo- que a partir del año 1996 las prestaciones
guarden una mayor proporcionalidad con el esfuerzo de cotización
realizado, evitándose situaciones de falta de equidad en el
reconocimiento de las mismas.

No comparto que el incremento del coste del convenio especial general
sea del 37 por ciento para los que suscriban el convenio con
posterioridad al 1 de enero de 1998. El artículo 21 de la Orden de 15
de enero de 1999 fija los coeficientes aplicables para determinar la
cotización durante ese ejercicio, distinguiendo los suscritos con
posterioridad a enero de 1998. Alos convenios suscritos con
anterioridad que tuvieran por objeto la cobertura de todas las
prestaciones derivadas de contingencias comunes, a excepción de los
subsidios por incapacidad temporal y maternidad, es decir, el ámbito
de cobertura que con carácter general tiene
esta institución desde el 1 de enero de 1998, se les aplicará durante
1999 el mismo coeficiente que durante 1998, es decir, el 0,94 por
ciento, por lo que no existe incremento de coste alguno. Cuando los
convenios únicamente tuviesen por objeto la cobertura de las
prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y
supervivencia derivada de contingencias comunes y servicios sociales,
el coeficiente a aplicar es el 0,77, cuando el vigente durante 1998
era el 0,758. Por tanto, el incremento es del 1,58 por ciento
respecto a 1998. Respecto a los convenios suscritos con posterioridad
al 1 de enero de 1998, en la proposición no de ley se afirma que se
incrementa el coste en un 37 por ciento respecto del coste del
convenio durante 1997. Si como parece se ha comparado el coeficiente
0,94 con el correspondiente al convenio especial de ámbito protector
reducido vigente en 1997, y que sería el 0,73, el resultado sería un
incremento del 28,76 por ciento, pero nunca del 37 por ciento. En
cualquier caso hay que señalar que, tras las modificaciones que he
apuntado en la estructura financiera del sistema, no cabría admitir
estos términos de comparación al estar basados en situaciones que no
son homogéneas. Para finalizar, quisiera hacer especial hincapié en
los incrementos que, según se dice en la proposición no de ley, se
producen en los convenios suscritos por perceptores del subsidio de
desempleo con derecho a cotización por jubilación, por cuanto el
coste del mismo no se incrementa un 40 por ciento en relación a
quienes lo hubieran suscrito con anterioridad al 1 de enero de 1998
ni es cierto que en todas las situaciones se produzca incremento
alguno, sino que dependerá en todo caso de la cuantía de la base que
complemente el trabajador a su cargo.

Por todas estas razones nos vamos a oponer a la aprobación de esta
proposición no de ley, puesto que la derogación de los coeficientes
aplicables a los supuestos indicados contravendría no solamente el
necesario reforzamiento del carácter contributivo del sistema,
expresamente establecido en la recomendación novena del Pacto de
Toledo, sino también la propia Ley General de la Seguridad Social,
tras la modificación que efectuó la Ley de 15 de julio de 1997, que
establece esa separación financiera del sistema, ya que iría en
contra de la progresiva adecuación de las fuentes de financiación de
las obligaciones de la Seguridad Social a su verdadera naturaleza,
contraviniendo además el Real Decreto 2.604 ,de 1995, que establece
el procedimiento de cálculo de estos coeficientes y que ha sido
objetivo de una estricta aplicación por las correspondientes órdenes
de cotización a la Seguridad Social.




El señor PRESIDENTE: Concluido el debate de los distintos puntos del
orden del día, vamos a proceder a la votación de las proposiciones no
de ley.

Doy por supuesto que todas las enmiendas in voce, adicionales o como
las queramos calificar, fueron asumidas por los proponentes, incluida
la relativa a la proposición del seguro de desempleo para liberados o
dirigentes de organizaciones sindicales.

Sometemos a votación la proposición no de ley del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida, relativa al establecimiento de
compatibilidad entre la percepción del incremento de la pensión de
incapacidad con la realización de las prestaciones de servicios
marginales que consistan



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en la realización de trabajos de duración inferior a 12 horas a la
semana o de 48 horas al mes.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18;
en contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votación de la proposición no de ley del Grupo Socialista sobre
cesión por la Tesorería General de la Seguridad Social del uso del
inmueble situado en la calle Placeta de la Cruz a favor del
Ayuntamiento de Berja (Almería).




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Votación de la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Mixto,
sobre dotación a la provincia de Alicante de un número adecuado de
autorizaciones para el empleo de trabajadores extranjeros no
comunitarios.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos a votación la proposición no de ley del Grupo Socialista,
por la que se insta al Gobierno a la elaboración de un proyecto de
ley que resuelva los problemas de las pensiones de jubilación de los
prejubilados del grupo de empresas ITT España conforme al texto
finalmente presentado, que es el que paso a leer: El Congreso de los
Diputados insta al Gobierno a que inmediatamente inicie un proceso de
negociaciones con todas las partes implicadas al objeto de valorar
las distintas alternativas, así como las posibles medidas a adoptar
para acabar o reducir las insuficiencias en las pensiones de
jubilación de los trabajadores del grupo de empresas ITT España
afectados por el plan de reconversión de la misma.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida, sobre criterios a seguir en la modificación del Real Decreto
358/1991, de 15 de marzo, sobre reordenación de la Organización
Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
tres; en contra, 35.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votación conjunta de las proposiciones no de ley presentadas por el
Grupo Socialista y por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre inclusión
en el régimen general de la
Seguridad Social y en la acción protectora por desempleo de los
liberados o dirigentes de organizaciones sindicales, conforme a la
enmienda presentada por el Grupo Popular, en la que se suprimen a su
vez las palabras «en su caso».




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.




Finalmente, proposición no de ley del Grupo Socialista, sobre normas
de cotización aplicables a los trabajadores en supuestos de convenio
especial y otras situaciones asimiladas a la de alta.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18;
en contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada. (Los señores Griñán Martínez y
Peralta Ortega piden la palabra).




Como ustedes saben, como consecuencia de los resultados de los
comicios celebrados el pasado domingo, este presidente que les habla,
tras haber sido elegido previamente, ha decidido pasar a formar parte
del Parlamento de Canarias, por lo que de esta manera vuelve a la
vida autonómica. Mi vida política ha transcurrido tanto en el plano
autonómico como nacional conforme a la visión del Estado de las
autonomías plasmado en nuestra Constitución, lo que hace que deba
renunciar a mi condición de diputado de esta Cámara, algo que llevaré
a cabo en las próximas semanas. Siendo ésta la última sesión prevista
de esta Comisión, quería anunciarles que es la última ocasión en que
tengo el placer de presidirles. Alo largo de estos más de tres años
de legislatura que llevamos he permitido a todos el uso de la
palabra, nunca la he reprimido y el Reglamento ha sido interpretado
exactamente igual para la minoría que para la mayoría. Pienso que he
cumplido con el papel que me corresponde presidiendo esta Comisión de
Política Social y Empleo y guardo un gratísimo recuerdo de todos, en
particular de los portavoces, pero también de los diputados y
diputadas que han pertenecido y siguen perteneciendo a esta Comisión.

Saben SS. SS. que me tendrán siempre como amigo de todos ustedes
desde el plano de la política autonómica al que voluntariamente he
decidido retornar.

Muchísimas gracias. (Aplausos.)
El señor Griñán había pedido la palabra.




El señor GRIÑÁN MARTÍNEZ: Había pedido la palabra, en nombre de mi
grupo, consciente de este dato del que usted nos informa. Quería
expresarle, en nombre del Grupo Socialista, la gratitud de todos
nosotros por la moderación y el saber hacer con que ha llevado la
Presidencia; desearle los mayores éxitos; como dice Isabel López i
Chamosa, expresarle la tristeza de no tenerle entre nosotros, pero
también la alegría de saber que usted va a desempeñar en Canarias,
como ya hizo en otras ocasiones, una buena labor, como lo ha hecho
también en la Cámara.

Muchas gracias por todo, señor presidente.




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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Griñán.

Señor Campuzano.




El señor CAMPUZANO I CANADÈS: La petición de palabra del señor Griñán
le permite también al Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió) agradecer su Presidencia en estos tres años. En el terreno más
personal he de decir que estoy muy contento de haber sido diputado
bajo la Presidencia de S.S., que me ha servido, -creo que a las
compañeras de mi grupo también-, para conocer a una persona
inteligente, interesante y ecuánime. Estoy seguro de que en sus
nuevas responsabilidades en Canarias va a tener el mismo respeto,
admiración y amistad que tiene del conjunto de las diputadas y los
diputados de esta Comisión.

Mucha suerte.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Campuzano.




Señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Por parte de mi grupo, quiero reiterar las
felicitaciones y el reconocimiento a la labor que ha prestado a esta
Comisión. Creemos que ha sido una labor con un talante muy ecuánime,
ha sido un auténtico placer a la recíproca el haber contado con su
Presidencia y con su ayuda. Cuente con la amistad personal de este
portavoz.

De cualquier forma, este no es un adiós, sino un hasta luego porque
nos encontramos todos en la misma tarea, en función de ese marco
constitucional, al que usted hacia referencia.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Vaquero.

Señor Caballero.




El señor CABALLERO BASAÑEZ: Con la brevedad que me suele
caracterizar, quiero agradecerle el trabajo que ha realizado y
felicitarle por su nueva labor.

Eskerrik asko.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Caballero.




Señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: En nombre del grupo más pequeño, quiero
decirle que no es precisamente el que se siente menos satisfecho por
su trabajo como presidente de esta Comisión, en el que ha demostrado
no sólo las virtudes personales, sino también una gran competencia
profesional en el ámbito de la política social y el derecho laboral.

En la trayectoria que voluntariamente y para la que los ciudadanos le
han elegido, le deseo que deje la misma huella que aquí.

Gracias y suerte.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Peralta.

Señor Camps.




El señor CAMPS DEVESA: En este caso desde el grupo mayoritario quiero
decirle, utilizando las mismas expresiones que el resto de compañeros
diputados, que, a juicio del portavoz de este grupo, la Presidencia
no ha podido ser realizada durante estos años con mayor ecuanimidad,
imparcialidad y profesionalidad -si se me permite la expresión-, por
ser un amplio conocedor de la materia justamente en la que tocaba
presidir los distintos debates. A veces cuando ha habido algunas
tensiones entre los portavoces de los distintos grupos o en la
Presidencia de la Comisión siempre ha sido debido -en mi caso, lo doy
por sentado- más al ímpetu propio de la portavocía que a la
ecuanimidad del presidente de la Comisión. Por todo ello, quiero
reafirmar, junto con otros portavoces, la gratitud de este grupo por
cómo se ha ejercido la misma durante este período y desear lo mejor
en lo personal, desde luego, y también en lo político y en lo
profesional, aunque venga de distinto grupo al que pertenece S.S., en
sus nuevos ejercicios o responsabilidades políticas allende los
mares, que diría un clásico. Reitero la gratitud de mi grupo, la
gratitud personal y hasta el reconocimiento doctrinal que, según este
portavoz, merece su señoría.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Camps. Quería únicamente extender
mi agradecimiento de manera especial a los miembros de la mesa y al
letrado que también nos ha ayudado a lo largo de los duros trabajos
de esta Comisión.

Se levanta la sesión.




Era la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde.