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BOCG. Congreso de los Diputados, serie C, núm. 290-3, de 04/05/1999
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie C: 4 de mayo de 1999 Núm. 290-3

TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES

APROBACIÓN POR EL PLENO

110/000234 Acuerdo de Aplicación Provisional entre determinados

Estados Miembros de la Unión Europea del Convenio, establecido sobre

la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a

la utilización de la tecnología de la información a efectos

aduaneros, hecho «ad referendum» en Bruselas el 26 de julio de 1995.


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 22 de

abril de 1999, ha concedido la autorización solicitada por el

Gobierno y prevista en el artículo 94.1 de la Constitución, para que

el Estado pueda prestar el consentimiento para obligarse por medio

del Acuerdo de Aplicación Provisional entre determinados Estados

Miembros de la Unión Europea del Convenio, establecido sobre la base

del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la

utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros,

hecho «ad referendum» en Bruselas

el 26 de julio de 1995, publicado en el «BOCG. Sección Cortes

Generales», serie A, núm. 290, de 22 de febrero de 1999 (número de

expediente 110/000244).


Se ordena la publicación en cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 1999.-El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez Conde.