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BOCG. Congreso de los Diputados, serie C, núm. 290-3, de 04/05/1999
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie C: 4 de mayo de 1999 Núm. 290-3
TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
APROBACIÓN POR EL PLENO
110/000234 Acuerdo de Aplicación Provisional entre determinados
Estados Miembros de la Unión Europea del Convenio, establecido sobre
la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a
la utilización de la tecnología de la información a efectos
aduaneros, hecho «ad referendum» en Bruselas el 26 de julio de 1995.
El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 22 de
abril de 1999, ha concedido la autorización solicitada por el
Gobierno y prevista en el artículo 94.1 de la Constitución, para que
el Estado pueda prestar el consentimiento para obligarse por medio
del Acuerdo de Aplicación Provisional entre determinados Estados
Miembros de la Unión Europea del Convenio, establecido sobre la base
del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la
utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros,
hecho «ad referendum» en Bruselas
el 26 de julio de 1995, publicado en el «BOCG. Sección Cortes
Generales», serie A, núm. 290, de 22 de febrero de 1999 (número de
expediente 110/000244).
Se ordena la publicación en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez Conde.