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BOCG. Congreso de los Diputados, serie C, núm. 285-2, de 16/04/1999
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie C: 16 de abril de 1999 Núm. 285-2

TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

110/000230 Convenio relativo a la adhesión de la República de

Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia al

Convenio relativo a la supresión de la doble imposición en caso de

corrección de los beneficios de empresas asociadas, hecho en Bruselas

el 21 de diciembre de 1995.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de

la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS

CORTES GENERALES del Dictamen emitido por la Comisión de Asuntos

Exteriores sobre el Convenio relativo a la adhesión de la República

de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia al

Convenio relativo a la supresión de la doble imposición en caso de

corrección de los beneficios de empresas asociadas, hecho en Bruselas

el 21 de diciembre de 1995 («BOCG. Sección Cortes Generales, serie A,

núm. 285, de 8 de febrero de 1999) (núm. expte. 110/000230).


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


Excmo. Sr.:


La Comisión de Asuntos Exteriores, tras el debate acerca de la

autorización prevista en el apartado 1 del artículo 94 de la

Constitución, celebrado con arreglo a lo dispuesto en los artículos

155 y 156 del Reglamento del Congreso de los Diputados, eleva a la

Mesa de la Cámara para su traslado al Pleno el siguiente

DICTAMEN

La Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados ha

acordado proponer al Pleno de la Cámara que conceda la autorización

solicitada por el Gobierno al amparo del artículo 94.1 de la

Constitución, para que el Estado pueda obligarse internacionalmente

por medio del Convenio relativo a la adhesión de la República de

Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia al

Convenio relativo a la supresión de la doble imposición en caso de

corrección de los beneficios de empresas asociadas, hecho en Bruselas

el 21 de diciembre de 1995 («BOCG. Sección Cortes Generales, serie A,

núm. 285, de 8 de febrero de 1999) (núm. expte. 110/000230).


Lo que comunico a V. E. a los efectos previstos en la Constitución y

en el Reglamento del Congreso de los Diputados.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-Javier

Rupérez Rubio, Presidente de la Comisión.- Inmaculada Fernández

Ramiro, Secretaria de la Comisión.


Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados.