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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 590, de 16/12/1998
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1998 VI Legislatura Núm. 590



DE RÉGIMEN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. GUSTAVO SUÁREZ PERTIERRA



Sesión núm. 23



celebrada el miércoles, 16 de diciembre de 1998



ORDEN DELDÍA:



Comparecencia urgente del señor ministro de Administraciones Públicas
(Rajoy Brey) para explicar los criterios que sustenta la resolución
por la que se declara la compatibilidad del ex secretario de Estado
don Miguel Ángel Rodríguez Bajón. Asolicitud del Grupo Socialista del
Congreso. (Número de expediente 213/000869) . . 17222



Comparecencia del señor secretario de Estado para la Administración
Pública (Villar García-Moreno), para informar sobre las medidas que
está adoptando 2000». Apetición propia. (Número de expediente 212/
001490)



Preguntas:



- Del señor Rodríguez Zapatero (Grupo Socialista del ha denegado la
autorización de compatibilidad al presidente de origen «Queso
zamorano». (Número de expediente
el Gobierno en relación con el «efecto ... (Página 17234)



Congreso), sobre las razones por las que se del Consejo Reguladorde
la denominación 181/001697) ... (Página 17243)



Página 17222




Comparecencia del señor gerente del Patrimonio Nacional (Recio
Crespo), para explicarlas contrataciones con carácter laboral
indefinido autorizadas, por libre designación, a personal no pertenec
iente a Patrimonio Nacional. A solicitud del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida. (Número de expediente 212/001774) ... 172
47



Proposiciones no de ley:



- Sobre publicación gratuita en Internet del Boletín Oficial del
Estado. Presentada por el Grupo Socialista del Congreso. (Número de
expediente 161/001043) ... 17258



- Por la que se insta al Gobierno a proceder al cese del delegado del
Gobierno en la Comunidad Foral de Navarra, don Francisco
JavierAnsuátegui. Presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-
PNV). (Número de expediente 161/001074) ... 17260



- Por la que se insta al Gobierno a la adopción de medidas para la
recuperación por el Estado del Hipódromo de la Zarzuela, para la
elaboración de una normativa específica del sector hípico. Presentada
por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida. (Número de
expediente 161/001303) . . . 17267



Se abre la sesión a las nueve y cuarenta minutos de la mañana.




El señor PRESIDENTE: Buenos días, señoras y señores diputados; buenos
días, señor ministro.

Comenzamos la sesión de la Comisión de Régimen de las
Administraciones Públicas, nuestra sesión número 23, para desarrollar
un orden del día amplio. Ya desde ahora quisiera advertir a SS.SS.

que las votaciones correspondientes a las proposiciones no de ley que
integran los puntos 5, 6 y 7 del orden del día, los tres puntos
finales, las vamos a agrupar, todas ellas, al final de la sesión,
según nuestro cálculo no antes de la una de la tarde; es decir, que
cuando acabemos el contenido del orden del día de la Comisión y, en
cualquier caso, no antes de la una de la tarde, procederemos a las
votaciones correspondientes a las proposiciones no de ley.




COMPARECENCIA URGENTE DEL SEÑOR MINISTRO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
(RAJOY BREY) PARA EXPLICAR LOS CRITERIOS QUE SUSTENTA LARESOLUCIÓN
POR LA QUE SE DECLARA LA COMPATIBILIDAD DEL EX SECRETARIO DE ESTADO
DON MIGUEL ÁNGELRODRÍGUEZ BAJÓN. ASOLICITUD DEL GRUPO SOCIALISTA DEL
CONGRESO. (Número de expediente 213/000869)



El señor PRESIDENTE: Señorías, sin más, entramos ya en el orden del
día, cuyo primer punto es la comparecencia urgente del ministro de Ad
ministraciones
Públicas, solicitada por el Grupo Socialista del Congreso, para
explicar los criterios que sustenta la resolución por la que se
declara la compatibilidad del ex secretario de Estado don Miguel
Ángel Rodríguez Bajón.

El señor ministro tiene la palabra.




El señor MINISTRO DE ADMINISTRACIONES P ÚBLICAS (Rajoy Brey): Muchas
gracias, señor presidente.




Buenos días a todos, señoras y señores diputados. Voy a intentar, de
una manera resumida y entendible para todos ustedes, explicar cuáles
son las razones por las cuales se ha declarado la compatibilidad del
ex secretario de Estado de la Comunicación don Miguel Ángel
Rodríguez, respondiendo así a la petición de comparecencia que me
hace el Grupo Socialista.

Quisiera comenzar mi intervención con dos afirmaciones generales,
para enmarcar en dónde se sitúa mi respuesta. La primera es que,
tanto en el supuesto que hoy nos ocupa como en el de otros ciudadanos
que han cesado en un puesto de alto cargo desde la entrada en vigor
de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los
miembros del Gobierno de la nación y de los altos cargos de la
Administración general del Estado, lo que se pretende es determinar
si la actividad privada a la que se van a dedicar conculca o no el
régimen general de incompatibilidades previsto en dicha norma. Es la
primera afirmación. En segundo lugar, como segunda afirmación, diré
que se trata de un análisis eminentemente técnico donde, al igual que
en el resto de la actuación administrativa, se intenta dilucidar si
los supuestos de hecho son o no subsumibles en los preceptos de la
norma y no de hacer un juicio sometido a valoraciones de distinta
índole.




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He de dejar claro que hay una ley y un reglamento que determinan qué
actividades privadas pueden ser realizadas por un ex alto cargo y
cuáles no, y este análisis se ha abordado siempre desde una óptica
jurídica, obviando consideraciones de oportunidad política. Me
interesa hacer esta afirmación porque durante el tiempo que llevo
siendo ministro de Administraciones Públicas, se han tenido, no yo,
los servicios jurídicos del Ministerio, que analizar si las
actividades privadas que realizaban todos los altos cargos que
cesaron, que fueron muchos desde que yo soy ministro, incurrían o no
en incompatibilidad y el análisis siempre se ha hecho desde una
óptica jurídica, porque no hay otra óptica desde la cual estudiar
estos asuntos, obviando, como he dicho antes, cualquier consideración
de oportunidad política. Éstas son las dos afirmaciones generales
pero que me parecía importante recordarlas al principio de mi
intervención.




Dicho esto, la ley que regula la incompatibilidad del ex alto cargo
distingue dos supuestos: que el ex alto c argo perciba una retribución
compensatoria como consecuencia de su cese o que no la perciba. Sobre
esta base, tanto los ex altos cargos que no la perciben, que son la
mayoría, subsecretarios, directores generales, etcétera, como los que
la perciben no pueden realizar actividades privadas relacionadas con
expedientes sobre los que hayan dictado resolución en el ejercicio de
su c argo y tampoco celebrar contratos de asistencia técnica de
servicios o similares con las administraciones públicas. La ley es
más exigente en el caso de aquellas personas que perciben
retribuciones, indemnizaciones o cualquier otro tipo de prestación
compensatoria como consecuencia de su cese. Para éstos la ley,
además, prohibe la intervención en actividades privadas directamente
relacionadas con las competencias del cargo desempeñado, sin que esta
obligación se extinga por la renuncia a la prestación económica. Es
decir, la ley no impide el ejercicio de toda actividad privada, ni
siquiera de aquellas que tuvieran algún tipo de relación con el c a
rgo. Lo que la norma establece, de forma clara e indubitable, es que
la prohibición sólo afecta a las actividades directamente
relacionadas. Ésa es la expresión que utiliza la ley.

Yo podría hacer aquí un análisis jurídico y entrar en disquisiciones
variadas y diversas sobre lo que se entiende por la expresión
directamente relacionadas, pero como todos estos asuntos y todas
estas expresiones en derecho son susceptibles de interpretaciones muy
variadas, sólo voy a hacer dos comentarios. El primero que, según
abundante jurisprudencia, la expresión directamente ha de entenderse
en el sentido de que haya una vinculación, una conexión muy próxima a
las competencias del cargo público que se desempeñó, sin que quepa
interpretar extensivamente este precepto de manera que la prohibición
afectara a todas aquellas actividades que de una forma u otra
hubieran tenido alguna relación con el puesto en cuestión. El segundo
principio general del derecho que han utilizado los servicios
jurídicos, tantas veces recogido también por la jurisprudencia, exige
que las normas que son limitativas de derecho, como es ésta a la que
nos estamos refiriendo, han de ser interpretadas
restrictivamente, sin que esté permitido hacer una interpretación
extensiva de su contenido.

Sobre estas bases, las funciones del secretario de Estado de
Comunicación, según establece el Real Decreto 1891/1996, de 2 de
agosto, son las de coordinar la política informativa y de
comunicación del Gobierno y, en especial, el ejercicio de las
siguientes funciones -y aquí se cita una serie de funciones que voy a
recordar-: la elaboración de los criterios para la fijación de la
política informativa del Gobierno, conforme a las directrices
establecidas por el titular del departamento; la realización
y difusión de los comunicados del Gobierno y su Presidencia; la
información sobre las actividades del Consejo de Ministros y la
Presidencia de Gobierno; la coordinación de los servicios
informativos de la Administración del Estado en España y en el
extranjero; las relaciones con los medios informativos nacionales y
extranjeros, la cobertura informativa de los viajes y visitas de
Estado y el apoyo al titular del Departamento en la coordinación de
la política informativa del Gobierno; la asistencia a las actividades
y comparecencias públicas del presidente del Gobierno y la política
editorial de la Administración general del Estado, así como la
aprobación de los planes editoriales del Departamento. En definitiva,
todas las funciones están encaminadas a la difusión de la actividad
del Gobierno y a la coordinación de la política informativa
gubernamental. Es decir, las funciones de un secretario de Estado no
van referidas a la comunicación en general, sino que se desenvuelven
única y exclusivamente en el ámbito interno de la actividad
gubernamental y sus relaciones con los diferentes medios de
comunicación se circunscriben a estos extremos que son estrictamente
públicos.

Estas funciones nada tienen que ver con la actividad publicitaria ni
con cualquier otra actividad en el mundo de la comunicación, que se
realice al margen de la política del Gobierno. A la vista de todo
ello, el Gobierno entiende que no hay relación directa alguna entre
estas funciones que atribuye la ley a quien ostente la competencia de
la Secretaría de Estado de Comunicación y la actuación publicitaria,
por lo que se ha entendido por los servicios competentes que no hay
incompatibilidad del señor Rodríguez.

También quisiera utilizar un argumento. Fundamentalmente, ¿qué es lo
que pretende a Ley de Incompatibilidades? Que nadie se aproveche de
un cargo público para tener luego una salida privada. Un ejemplo
perfectamente entendible es el de un director general de Carreteras
que, en el ejercicio de su cargo, tenga que adjudicar carreteras, que
se las adjudique a distintas empresas y que, a renglón seguido, acabe
siendo nombrado presidente de una empresa de carreteras. Es un caso
bastante claro. En segundo lugar, pretende que nadie se aproveche
para luego contratar con la Administración. Esto hay que tenerlo muy
en cuenta a la hora de juzgar este asunto. Yotra cosa voy a decirles,
en el tiempo que llevo siendo ministro de Administraciones Públicas
yo no he declarado la incompatibilidad de nadie, habiendo casos mucho
más dudosos que éstos, si bien hemos entendido -no yo, porque no me
he dedicado a estudiar, como es natural, todas las actividades que
realizan todas las personas



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que dejan la Administración- han entendido los servicios, que me han
planteado alguno de los casos más dudosos, que no era procedente
declarar la incompatibilidad, precisamente utilizando los mismos
principios y criterios generales que hemos utilizado en este asunto.

Señor presidente, es todo lo que tengo que decir sobre este tema.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro.

Por el grupo autor de la iniciativa, tiene la palabra el señor
Rodríguez Zapatero.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Gracias, señor ministro, por su
comparecencia, por su celeridad y por su disponibilidad para celebrar
esta sesión.

Es verdad -y usted lo ha dicho- que estamos ante una comparecencia
que trata de delimitar o de definir y de pedir explicaciones de por
qué se ha producido una declaración de incompatibilidad o al menos
-para ser más rigurosos con el espíritu y la letra de la ley y el
reglamento que regulan esta materia- por qué no se ha abierto un
posible expediente de incompatibilidad, porque es curioso que el
procedimiento no aboca a una declaración formal de compatibilidad,
sino que únicamente, después de la comunicación que el ex alto cargo
realiza, si hay, por parte de la inspección, indicios de que puede
haber incompatibilidad, se abre todo un expediente.

En primer lugar, yo quiero hacerle la consideración de que hay una
serie de cuestiones que me parece obligado poner de manifiesto en
función de lo que establece nuestro ordenamiento jurídico en este
caso concreto. La primera de ellas es el contenido de la comunicación
que ha aportado el ex alto cargo, es decir, si la comunicación que ha
hecho el ex alto cargo responde a las exigencias que establecen la
ley y el reglamento: la delimitación del objeto social de la empresa,
la actividad que va a realizar en esa parcela y, por consiguiente, en
su vertiente privada. Habría, por tanto, que preguntarse si la
inspección disponía de los datos necesarios para emitir un juicio
favorable a la compatibilidad. También, lógicamente, nos gustaría c on
ocer, si es posible -o, en su caso, que el ministro nos lo
remitiera-, los informes jurídicos que se han realizado para
determinar la compatibilidad. Eso como cuestión previa en relación
con preguntas concretas sobre el caso.

Usted ha hecho una intervención inicial en la cual ha planteado dos
cuestiones y básicamente estamos de acuerdo en el análisis, como no
podía se de otra manera, cuando se conculca una situación de
compatibilidad, que el régimen de los ex miembros del Gobierno y
secretarios de Estado es un régimen ciertamente más rígido, un
régimen distinto al del resto de los altos cargos y que,
evidentemente, hay incompatibilidad cuando la actividad privada que
va a desarrollar el ex alto cargo -que cobra pensión indemnizatoria,
evidentemente- está directamente relacionada con las competencias que
tenía en el c argo que ejercía; es decir, conforme ha precisado la
jurisprudencia, si hay esa vinculación y esa conexión próxima.

Nosotros estamos de acuerdo en que no se puede hace una
interpretación extensiva por muchas razones, entre otras, porque
tenemos una ley que yo creo
que está bien pensada, es estricta, es rígida, es seguramente fruto
de un contexto determinado, pero también es verdad que es la ley y
que el aforismo tan conocido de dura lex, sed lex puede venir en este
caso muy a colación. Le recuerdo, señor ministro, que, al margen de
que éste es un debate jurídico, usted, como ministro de
Administraciones Públicas, como miembro del Gobierno de la nación,
tiene una función primordial, esencial, que es la aplicación de la
ley, el respeto a la ley y la sujeción al Estado de derecho.

La pregunta clave, por tanto, es si el señor Miguel Ángel Rodríguez,
como secretario de Estado de Comunicación, tenía competencias
directamente relacionadas con la publicidad. Yo creo que ésa sería la
gran pregunta, porque hasta ahí podemos estar de acuerdo en la
delimitación de la situación que nos ocupa. Es verdad que el decreto
de competencias (al que el señor ministro ha hecho referencia y que
seguramente ha fundamentado buena parte de la posición que nos ha
explicitado, bien es verdad que de manera muy sucinta) no atribuye
una competencia genérica de publicidad en materia de lo que es el
conjunto de funciones del secretario de Estado de Comunicación.

También es verdad, señor Rajoy -seguramente a usted no se le escapa-,
que no hay ningún alto cargo ni ningún centro directivo de la Adminis
tración general del Estado que tenga la competencia explícitamente
recogida en materia de publicidad. Eso es más que evidente. Ningún
secretario de Estado ni ningún órgano de la Administración general
del Estado. Por tanto, hay que ir a un análisis interpretativo para
delimitar si, en efecto, el secretario de Estado de Comunicación
tenía competencias en materia de publicidad.

Tengo que empezar por decir que hay diversos elementos y diversos
argumentos que profundizan en la duda que usted ha expuesto hoy sobre
esta compatibilidad; profundizan y de manera muy seria, tan seria
que, cuando usted los escuche, comprenderá que nuestra petición en
este caso va a ser que el señor ministro reconsidere su decisión.

Fíjese que no le estoy pidiendo -se lo digo de antemano-, ni nosotros
vamos a afirmarlo desde aquí, la incompatibilidad manifiesta del
señor Rodríguez. Sería, seguramente, una pretenciosidad por nuestra
parte. No es nuestro objetivo establecer una polémica de sangría
política, en absoluto -quiero que quede esto muy claro-, ni, por
supuesto, perjudicar el futuro laboral del señor Rodríguez, aunque,
por otro lado, es evidente que toda la opinión pública conoce o
comprende que no tendría muchos problemas, dada la cercanía del cargo
que ha ocupado con el presidente del Gobierno y las cosas que durante
tantos años hemos oído a ese respecto, y las cualidades personales
del señor Rodríguez, que en determinadas tareas no son discutibles.

Evidentemente, ésa es una cuestión que no nos compete a nosotros.

El propio Gobierno ha tomado decisiones de diverso alcance y el
propio señor Rodríguez -como veremos dentro de un momento- ha
explicitado y desarrollado una intensa actividad en el campo de la
publicidad institucional, porque, lógicamente, la publicidad que
desarrollan las administraciones públicas, y en este caso la
Administración del Estado, está siempre vinculada a lo



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que se conoce como publicidad institucional. En primer l ugar, le
tengo que decir que los Presupuestos Generales del Estado para 1999,
los que se han aprobado en esta Cámara y cuyo trámite final todavía
queda, han dado una pista muy evidente. El Gobierno ha decidido que
una cuestión en materia publicitaria es competencia del secretario de
Estado de Comunicación. El Gobierno, en los presupuestos, ha imputado
a la Secretaría de Estado de Comunicación la obligación del pago por
las sentencias indemnizatorias en relación con El Alcázar y Egin, por
un tema de publicidad institucional. Le quiero recordar que la orden
que regula la elaboración de los presupuestos, en su apartado 3.2.b)
dice textualmente -y paso a leer-: Estructura orgánica. Las
dotaciones consignadas en los programas de gasto se distribuirán por
centros gestores, que son aquellas unidades orgánicas, con
diferenciación presupuestaria, con responsabilidad en la gestión de
los mismos. Es decir -como parece, por otra parte, muy lógico-, las
cuestiones que afectan al presupuesto, a la imputación de gastos que
ha de desarrollar la Administración del Estado se ubican en los
centros gestores que tienen la responsabilidad de la materia, y
ustedes, señor Rajoy, han ubicado en la sección 25, Ministerio de la
Presidencia, Secretaría de Estado de la Comunicación, capítulo 4,
transferencias corrientes, el pago de un total de 3.390 millones,
como consecuencia de una sentencia cuyo objeto de litigio era la
publicidad institucional. Lo han hecho ustedes, el Gobierno es el que
ha elaborado ese presupuesto.

Segundo elemento que yo le aporto -quiero insistir-, señor Rajoy,
para que usted y su Ministerio reestudien el caso y vuelvan a hacer
un análisis, si es posible más en profundidad, con los elementos que
yo le aporto ahora y que me parece que son sustanciales. Es verdad,
señor Rajoy, que en el decreto de las competencias se especifican
muchas cosas. No las competencias en publicidad, pero usted conoce
que ese decreto atribuye la dependencia funcional del secretario de
Estado de Comunicación de todos los órganos o departamentos de prensa
de la Administración del Estado, organismos autónomos y demás que
existan, en su caso, en el conjunto de lo que es la Administración
general del Estado. Pues bien, yo le tengo que decir que hay órganos
de prensa que han tramitado expedientes de publicidad y que ha habido
adjudicaciones importantes, dependiendo funcionalmente del secretario
de Estado de Comunicación. Me voy a referir simplemente a una para
que sus servicios y la inspección puedan disponer de un segundo
elemento de juicio que a mí me parece significativo. El Boletín
Oficial del Estado del martes 17 de diciembre de 1996 publica la
resolución del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado
de la adjudicación de un contrato de servicios de publicidad, por un
importe de 1.750 millones de pesetas. Según aparece en el propio
boletín, la dependencia que ha tramitado el expediente es el área de
comunicación y relaciones con la prensa, dependiente, funcionalmente,
como todas, del secretario de Estado de Comunicación. La
adjudicación, por 1.750 millones de pesetas, ha sido a la empresa
Carat España, sociedad anónima. No hago ninguna valoración, pero es
evidente que el ejemplo es significativo,
que tiene peso y que ya en este caso estamos, no en una cuestión de
actividad directamente relacionada, sino que órganos funcionalmente
dependientes del secretario de Estado de la Comunicación han
tramitado expedientes de adjudicación de publicidad por un importe
elevadísimo de dinero. Y además, la adjudicación en este caso, como
no se le escapa al señor ministro, coincide con la empresa en la que
ha sido nombrado presidente el ex secretario de Estado de
Comunicación, que creo que es en efecto Carat España, sociedad
anónima. Simplemente me remito a lo que ha aparecido en los medios de
comunicación.

Y hay más elementos, señor ministro, que no pueden pasar
desapercibidos a la hora de este análisis. Porque el señor secretario
de Estado de Comunicación en sus funciones desarrolló una amplia
tarea pública, como era conocida -lógicamente era portavoz del
Gobierno-, pero además -como sabe el señor ministro- mantuvo
reuniones y constituyó comisiones para abordar determinadas
cuestiones. Le voy a dar tres referencias de prensa, donde el señor
secretario de Estado de la Comunicación, don Miguel Ángel Rodríguez,
explica a los medios de comunicación lo que piensa hacer en materia
de publicidad institucional. Si un alto cargo expone y mantiene
reuniones con asociaciones privadas donde se debate la cuestión
relativa a la publicidad institucional, es difícil pensar que no haya
una vinculación de esa actividad relacionada a la que se refiere la
ley. Por ejemplo, El País, miércoles 20 de noviembre de 1996, noticia
de prensa que aparece referida también en la misma fecha en el diario
El Mundo, que recoge una reunión del secretario de Estado de
Comunicación, don Miguel Ángel Rodríguez -voy a leer textualmente-,
en la que se comprometió ayer ante los editores de periódicos,
reunidos en Burgos, para estudiar ayuda para las empresas
periodísticas. El compromiso que fue bien recibido por directivos de
la Asociación de Editores de los diarios españoles, AEDE, se
concretará en la próxima creación de una comisión integrada por
empresarios del sector y responsables de los Ministerios de
Presidencia, Cultura y Fomento, comisión que, se anuncia en las
referencias de prensa, estará presidida por el secretario de Estado
de Comunicación, Miguel Ángel Rodríguez.

El señor Rodríguez apuntó las siguientes posibilidades, derivadas de
dicha reunión, que daba lugar a la creación de esa comisión, supongo
que informal: Rebajas del IVA, ayudas por la compra de papel prensa,
un nuevo reparto de la publicidad institucional, la aplicación por
Telefónica de tarifas reducidas en las comunicaciones vía satélite y
en el empleo de tecnologías digitales y mejora en el servicio de
Correos. El secretario general de la AEDE, Pedro Crespo de Lara,
planteó a Miguel Ángel Rodríguez la necesidad de que el Gobierno
repare el perjuicio que ocasiona a las empresas periodísticas la
competencia desleal de las televisiones públicas que asuman una parte
del mercado publicitario. La misma referencia, con el sesgo
lógicamente de cada medio de comunicación, aporta el otro periódico
al que me refería, el diario El Mundo.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez Zapatero, vaya terminando.




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El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Voy terminando, señor presidente.

Según el diario mencionado, el secretario de Estado de Comunicación,
Miguel Ángel Rodríguez, recogió ayer de forma positiva y encomiable,
el guante que lanzaba Pedro Crespo de Lara, secretario general de la
Asociación de Editores de diarios españoles en torno a la ayuda del
Estado a la prensa; anunció la creación de una comisión que estudiará
el posible restablecimiento de ayudas a las empresas periodísticas,
tan vulnerables ante altibajos de la publicidad o del precio del
papel prensa. Rodríguez habló de posibles rebajas del IVA, de
subvenciones al papel y de una distribución equitativa de la
publicidad institucional. Lo dijo el señor Rodríguez. Se olvidó de
las tarifas postales, etcétera, que siguen siendo mucho más altas que
en el resto de Europa.

Señor ministro, en primer lugar, le he aportado diversos elementos de
juicio, diversos aspectos, algunos aparecen en los Presupuestos
Generales del Estado sobre la asignación de un tema relacionado con
la publicidad a la Secretaría de Estado de Comunicación, me parece
que hay más de 200 programas en el presupuesto y el Gobierno ha
entendido que quien tenía la competencia para pagar estas sentencias
era la Secretaría de Estado de Comunicación. En segundo lugar, le he
aportado expedientes de adjudicación de publicidad, donde han
participado órganos que dependían funcionalmente del secretario de
Estado de Comunicación y, en tercer lugar, le he referido las
expresiones, manifestaciones públicas, reuniones, comisiones, que
sobre la materia el secretario de Estado de Comunicación parece que
ejercía en sus funciones.




Termino reiterándole que no hago ningún juicio de valor más allá de
lo que es o debe ser el lógico debate parlamentario. Después de mi
intervención el señor ministro comprenderá que las dudas del Grupo
Socialista son más que razonable, que están seriamente fundadas y que
no queremos convertir este debate en una trinca política, que, por
otro lado, sería ciertamente fácil. Porque usted debe conocer que hay
un malestar notorio en el sector de la publicidad, que sí ha llegado
al Grupo Socialista, y yo le insto, le emplazo, con toda cordialidad,
a que reestudie la situación, a que vuelva a haber un conjunto de
informes jurídicos -obviamente, yo reconozco que el campo jurídico es
importante, pero también lo es la voluntad política de aplicar la
ley- y que en una fecha posterior, en la que usted estime
conveniente, comparezca nuevamente ante esta comisión y nos aclare si
la resolución sigue siendo la que usted ha expresado ahora o hay
algún cambio de opinión.

Creo, señor ministro -y con esto termino, de verdad, señor
presidente, y perdone, pero la cuestión era un poco complicada-, que,
más allá del caso concreto, usted ha hecho referencia a los casos de
atrás. Yo no lo he interpretado como un intento de juego en el
sentido de que vamos a hablar de unos o de otros, pero es evidente
que la aplicación de esta ley tiene una cierta importancia para la
salud democrática de nuestra convivencia y que en ella hay implícitos
valores sustanciales que tienen que ver con la imparcialidad, con la
neutralidad, con la buena imagen en definitiva de un sistema
democrático, imagen
por la que todos hemos apostado, y no tengo ninguna duda de que el
señor ministro también. Creo honradamente que hay que hacer una
demostración mucho más en profundidad de que se está en esa línea,
porque este es simplemente un hecho más, un caso más, habrá casos
futuros, habrá casos complejos, de distintos gobiernos, y la ley está
ahí para que se cumpla y si cuando se aplica, como en este caso,
genera tantas dudas, habrá que hacerlo con mucha más diligencia, con
mucha más seriedad. A eso le insto y espero que el señor ministro
comprenda la seriedad de nuestra posición, alejada de cualquier
intento de provocar un debate que en algunos momentos a otros tanto
les ha gustado y que a nosotros no nos produce ninguna pasión.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor ministro.




El señor MINISTRO DE ADMINISTRACIONES P ÚBLICAS (Rajoy Brey): Voy a
intentar contestar a las afirmaciones que ha hecho el señor Rodríguez
Zapatero y al mismo tiempo, con la intención de no molestar a nadie
-porque creo que estas cosas hay que tratarlas con la diligencia y la
seriedad debida-, voy a intentar explicarle, para que puedan hacerse
un juicio las señoras y señores diputados, cómo ha actuado el
Ministerio de Administraciones Públicas en relación con los múltiples
casos que se nos han planteado por actividades de personas que
dejaron la responsabilidad de alto cargo.

Los informes jurídicos a que se refiere el señor Rodríguez Zapatero y
que haya podido hacer el Ministerio de Administraciones Públicas, yo
no los he visto ni, por lo que luego diré, creo que sean necesarios
más. Lo que se trata de debatir fundamentalmente es si hay o no una
relación directa entre lo que era la actividad del señor Rodríguez,
como secretario de Estado de Comunicación, y su actividad como
presidente de una empresa publicitaria, que es exactamente lo que hay
que estudiar en relación con todos los altos cargos, con todos. Esto
es una decisión evidentemente administrativa, pero, al final, como
ocurre en cualquier sentencia judicial, todo es opinable. Usted ha
dicho que usted no afirma la incompatibilidad y que no quiere hacer
sangría política. Luego haré un comentario sobre este asunto. Usted
no afirma la incompatibilidad y pide que se reconsidere. El problema
es que yo tengo que decidir si hay o no incompatibilidad, y lo que no
puedo hacer es mantener abierta toda esta cuestión ni organizar otro
debate dentro de quince días o dentro de un mes sobre este mismo
asunto.

Yo he tomado una decisión y es que creo que no hay incompatibilidad,
por las razones a las que me he referido antes. Ahora apuntaré alguna
otra idea. Naturalmente, yo puedo estar equivocado, pero también lo
puede estar usted. Cualquiera de los dos podemos estar equivocados,
como cuando alguien, que tiene que decidir sobre un asunto, toma una
decisión. En este momento, la decisión la tengo que tomar yo y usted
es muy libre, y hace muy bien si así lo entiende, de afirmar que mi
decisión es equivocada, incluso que tiene connotaciones políticas,



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que no lo ha dicho, o que yo quiero hacer un favor al señor
Rodríguez.

Yo quiero explicarle cómo se ha comportado el Ministerio de
Administraciones Públicas en relación con todos estos asuntos.

Primero, las declaraciones generales sobre aplicar la ley, respeto a
la ley y sujeción al Estado de derecho, yo las comparto
absolutamente, como no podía ser menos, pero yo creo que estoy
aplicando la L ey, respetando la Ley y sometiéndome al Estado de
derecho. Ya digo que es opinable y entiendo que haya quién vea las
cosas de otra forma distinta.

La pregunta que hay que hacerse es si el señor Rodríguez tiene o no
competencias en materia de publicidad. Yo creo que no, y luego le
daré algunos datos. Dice, y es verdad, que nadie tiene atribuida la
competencia de la publicidad. Es verdad, no hay ningún órgano de la
Administración que tenga la competencia de publicidad. Tampoco tiene
nadie la adjudicación de contratos, obras y su ministros; cada uno
adjudica sus propias campañas de publicidad. Las campañas de
publicidad del euro las adjudica el Ministerio de Hacienda; las
campañas de publicidad de los productos agrícolas las adjudica el
Ministerio de Agricultura y las campañas de publicidad del Ministerio
de Administraciones Públicas no las adjudica el señor Rodríguez. Por
cierto, no sé si hemos adjudicado alguna campaña el Ministerio de Adm
inistraciones Públicas, pero yo puedo asegurarles a ustedes que todas
las campañas de publicidad las adjudican los departamentos de que se
trate. De eso tenga usted la absoluta seguridad, igual que las obras
de Fomento las adjudica el Ministerio de Fomento, las de Medio
Ambiente el de Medio Ambiente y los institutos el Ministerio de
Educación.

Ha aportado usted tres argumentos. El primero es que, como
consecuencia de unas sentencias, hay que abonar unas cantidades, en
concepto de publicidad institucional, a dos periódicos, el diario El
Alcázar y el diario Egin, a los cuales en su día, por razones que
desconozco, no se adjudicó la publicidad. Se han situado en una
partida presupuestaria; se han situado en la partida presupuestaria
de la Secretaría de Estado de Comunicación, como podía haberse hecho
en otra; en algún sitio habría que situarlas. O las situaban ahí o
podían situarlas en el Ministerio de Hacienda. A mí la verdad es que
no se me ocurre otro sitio. Podían también haberlo situado en el
Ministerio de Administraciones Públicas. Pero la pregunta que hay que
hacerse es si el secretario de Estado de Comunicación ha pagado una
sola peseta en concepto de publicidad a alguien, si había una sola
peseta en los presupuestos del secretario de Estado de Comunicación
para hacer campañas publicitarias. No la había, señor Rodríguez
Zapatero. Pagar al Egin y a El Alcázar no es hacer una campaña
publicitaria, es que hay una sentencia judicial y alguien tendrá que
pagarles. Usted dice que es que se ha situado en la partida del
secretario de Estado de Comunicación, pero eso no quiere decir que el
secretario de Estado de Comunicación se dedique a adjudicar campañas
publicitarias. Se tiene que pagar y, como digo, se situó ahí porque
se le ocurriría al director general de Presupuestos, a quien sin duda
alguna se le habría podido ocurrir otra cosa. Tenga usted la absoluta
certeza de que yo no tenía
ni la más remota idea de que esto del Egin y El Alcázar se colocaba
en el presupuesto de 1999 al secretario de Estado de Comunicación.

Pero lo que yo creo que es relevante es que el secretario de Estado
de Comunicación no había adjudicado ninguna campaña publicitaria, al
menos que yo sepa, ni creo que tuviera dinero para adjudicar campañas
publicitarias.

Ha utilizado otro argumento también, y su intervención ha sido
enormemente moderada, y así lo tengo que r econocer, pero usted lo que
ha ido buscando, dicho con todos los respetos, es a ver si podía
coger a Rodríguez en alguna. Yo he ido buscando, siempre que tengo
que interpretar estas normas, porque son limitativas de derecho, una
interpretación más favorable para la persona de que se trate, y luego
le daré algunos datos. Decir que hay una dependencia funcional de las
personas de prensa de los distintos ministerios del señor secretario
de Estado de la Comunicación supongo que será cierto -no sé si lo
dice el decreto, pero si usted lo dice no tengo por qué no creerl
-e , pero será una dependencia funcional en el ámbito de las funciones
del secretario de Estado de Comunicación, que son las que yo he dicho
antes, la comunicación, porque las adjudicaciones de publicidad no
las adjudican, que yo sepa, las oficinas de prensa; las
adjudicará..., no sé, será el subsecretario o quien tenga esta
decisión. Yo no veo que, porque haya una dependencia funcional en las
funciones que son propias de la comunicación, haya que decir que el
señor Rodríguez adjudica asuntos de publicidad. Usted ha dicho que
hay una adjudicación a una empresa que se llama Carat. Yo tampoco sé
a quién ha adjudicado campañas de publicidad el Gobierno, pero
supongo que a lo largo de estos años se habrá adjudicado a lo mejor
cientos de campañas o por lo menos decenas de campañas y le habrá
adjudicado... tampoco sé a qué empresas. Carat creo que es una
empresa muy conocida, pero supongo que habrá adjudicado empresas a un
porrón de personas, y a mí no me consta que el señor Rodríguez haya
adjudicado ninguna campaña de publicidad a nadie, ni a Carat ni a
ningún otro. No me consta, y no hay ningún papel que diga eso. Ahora,
si empezamos a hilar tan fino y a decir que, como hay una dependencia
funcional de las oficinas de prensa, el señor Rodríguez y la oficina
de prensa de Loterías ha adjudicado tal. Muy bien, es un a rgumento
que yo entiendo que usted lo utilice, pero que a mí no me puede
llevar al ánimo que el señor Rodríguez se dedicaba a estas cosas,
para declarar su incompatibilidad.

El tercer argumento que usted utiliza es que se ha reunido el señor
Rodríguez con una serie de gente y que habló del IVA y de otros
asuntos. Yo no sé si el señor Rodríguez tenía competencias sobre el
IVA y sobre todas esas cosas. No sé, no, me consta que exactamente no
las tenía. Le voy a poner algunos ejemplos. Yo entiendo que usted dé
sus argumentos, pero yo tengo que dar los míos. No voy a citar un
solo nombre, porque hay una cosa a la que yo no estoy dispuesto, a
ser inquisidor de nada ni de nadie. Ni un solo nombre voy a citar.

Pero hay cuarenta y seis personas que no han declarado su actividad
después de irse de la Administración. Me puedo dedicar a buscarlos
por ahí y a enterarme de lo que hacen, sin duda alguna. Y hay casos
en los que nosotros hemos dado la compatibilidad. No yo, que no me
dedico a dar declaraciones



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de compatibilidad, aunque naturalmente soy el responsable de todo lo
que se hace en el Ministerio. Hay hasta ministros que han presentado
una declaración y luego aparece en el periódico, que tampoco lo saco
yo, que se dedican a una actividad relacionada con su Ministerio.

Voy a poner un ejemplo, sin otro ánimo distinto de ver cómo ha
interpretado estas cosas el Ministerio de Administraciones Públicas,
además diciendo que yo creo que hay que hacerlo aquí. El anterior
ministro de Agricultura. Ya digo que yo fallo -entiéndaseme la
expresión- del anterior ministro de Agricultura. Tiene una bodega con
otra serie de señores, según leí en un periódico; es decir, yo no me
dedico a investigar lo que hace el anterior ministro de Agricultura.

El Gobierno entiende que a un señor, y supongo que se dedicará a
estas cosas, no se le puede privar de tener una bodega con otros
socios. Podía argumentar en contra diciendo que tiene una bodega y ha
sido ministro de Agricultura durante dos años, pero es que me parece,
señor Rodríguez Zapatero, un planteamiento inquisitorial -perdón por
la expresión-, pero me parece así.

Si es un director general de Carreteras, como he dicho antes, que se
hace presidente de una empresa de carreteras a la que ha adjudicado
veinte obras, diría que esto es una incompatibilidad. Pero decir al
señor ministro de Agricultura esto, no. Por tanto, yo declaro la
compatibilidad al señor ministro de Agricultura.

Hay otros muchos ejemplos. Un consejero de Seguridad Nuclear, ¿puede
estar en Iberdrola? Sí le hemos declarado la compatibilidad. Al
director general de Política Ambiental le hemos declarado la
compatibilidad como jefe del departamento de planificación
medioambiental en Repsol, porque yo creo que es compatible, aunque a
lo mejor estoy equivocado. Al presidente de la Confederación
Hidrográfica del Tajo la de presidente de Aguas del Añarbe, Añarbeko,
Urak, S.A.; yo creo que es compatible. Al subsecretario de Comercio y
Turismo la presidencia de varios consejos de administración
relacionados con el comercio y con el turismo, porque no creo que sea
incompatible. Hay otras que tampoco creo que sean incompatibles y por
eso no las he declarado incompatibles, que mejor me olvido de
citarlas.

Lo que sí quiero decir es una cosa, señor Rodríguez Zapatero, usted
lo ha dicho en su intervención. La Ley de Incompatibilidades que se
aprobó en el año 1995, producto de una circunstancia política que no
hace al caso en este momento, fue una ley enormemente dura. Las leyes
hay que interpretarlas -eso lo dice el propio Código Civil y todas
las personas que conocen el derecho, teniendo en cuenta los
antecedentes, la realidad social, etcétera- y sobre todo las leyes
limitativas de derecho en ningún caso pueden aplicarse
extensivamente. Es un principio general del Derecho. Este Gobierno
hasta ahora ha tenido la suerte, probablemente para otros no sea una
suerte sino una desgracia y es lamentable, de no haber declarado la
incompatibilidad a ningún alto cargo, utilizando esos principios
generales. Yo puedo asegurarle a usted que si declaro la
incompatibilidad al señor Rodríguez creo que estoy cometiendo una
injusticia, y por eso no lo hago; igual que no he declarado la
incompatibilidad a otras personas que tienen color distinto al del
señor Rodríguez.

Todo esto sin duda es opinable y cada uno puede hacer el discurso que
estime oportuno y conveniente. Ahora, mientras yo sea ministro de Adm
inistraciones Públicas, sin duda alguna respetaré la ley, pero no
haré planteamientos inquisitoriales en relación con ninguna persona.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro.

Muy brevemente, señor Rodríguez Zapatero.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Con mucha brevedad, señor Rajoy. La
verdad es que su contestación me deja alguna duda más que razonable.

Simplemente le reitero que le he pedido -seguramente no me escuchó
porque estaba hablando con el presidente, y no es que le critique
-que nos explicitara cuál había sido la declaración del ex alto cargo
y si los términos de la misma se habían ajustado a Reglamento.

No sabe la satisfacción que nos produce oír de un alto representante,
en este caso, más que del Gobierno, también del Partido Popular, y
que llegue a la opinión pública, que lo que antes era tráfico de
influencias por todos los sitios, corrupción, ahora se ha convertido
en un debate sobre el carácter inquisitorial o no de la actividad
política. Eso nos produce ciertamente una gran satisfacción. ¿La ley
es dura? Seguramente, pero lo es porque en este país han pasado
cosas, y nosotros creemos que debe seguir siendo esa ley, a no ser
que el Gobierno tenga la intención de modificarla. Usted comprenderá
que el a rgumento de que otros casos han podido estar en el terreno de
la duda no puede ser suficiente para desvelar las dudas que tenemos
sobre este caso concreto. De todas formas, usted lo ha dicho, es su
responsabilidad y en eso ha tenido la claridad política que aconseja
una intervención parlamentaria, pero no me diga usted que hemos
estado intentando coger al señor Rodríguez, porque hay que ver lo que
ustedes han hurgado en el Ministerio y en todo los casos, a tenor de
lo poco que nos ha contado que, por lo que he visto, me parece que de
papeles y de casos venía usted bien servido.

Le quiero recordar, señor Rajoy, que estamos hablando, conforme a la
ley y al Reglamento, de actividades y de datos que son reservados, y
a los cuales ni usted puede acceder si no es con petición expresa,
porque el carácter de reservado supone toda esa situación. Tanto es
así que la parte de lo que es el procedimiento administrativo no es
público. Se lo recuerdo porque de aquí han salido informaciones que
sólo se pueden conocer con petición nominal expresa de un ciudadano.

Lo digo porque yo creo que, desde el punto de vista de lo que unos y
otros han trabajado y han hurgado -entre comillas-, usted se ha
llevado la palma en este caso y quiero dejar constancia de ello.

El artículo 23.2...




El señor PRESIDENTE: Brevemente, por favor, señor Rodríguez Zapatero.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: El artículo 23.2 del Reglamento
establece que cuando la Inspección



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general de Servicios de la Administración pública tenga conocimiento,
a través de una denuncia o de otros medios, de la presunta infracción
de la ley que nos ocupa, de 11 de mayo de 1995, realizará en su caso
y habiendo requerido previamente al interesado para que alegue lo que
estime conveniente, las actuaciones previstas en el artículo 14 de la
citada ley.

Créame, señor Rajoy, y mantengo el tono de moderación que usted me
reconocía, que después de esta comparecencia, y a través de esa vía
que establece el propio Reglamento, a través de otros medios, se han
conocido elementos que pueden poner en cuestión la vinculación de la
actividad directa que tenía el secretario de Estado de Comunicación.

Por tanto, le sigo insistiendo en que abra una nueva consideración de
este proceso, que se estudie en profundidad por los servicios de la
Inspección y que podamos conocer un informe jurídico. Usted decía que
no le parecía importante, pero le puedo asegurar -y estoy convencido
de que el señor ministro no me va a hacer utilizar las vías
parlamentarias que son bastante lentas en cuanto a petición de
documentación- que nosotros nos sentiríamos enormemente reconfortados
si a partir de esta comparecencia hubiera un nuevo análisis serio y
en profundidad del alcance de esta compatibilidad, de la
interpretación de la ley y del sentido que de alguna manera hay que
dar a lo que significa hoy la Ley de incompatibilidades de altos
cargos, porque quizá para eso, a tenor del fondo que subyacía en su
intervención, será mejor que la derogue ustedes o el Parlamento, que
propongan su reforma aquí, porque me parece que es una tomadura de
pelo al ordenamiento jurídico, en su caso, y desde luego a la
ciudadanía.

Cómo vamos a explicar cuando salgamos hoy de aquí después de la
Comisión, que el mismo Ministerio, el mismo Gobierno ha declarado
incompatible a un funcionario del Ministerio de Agricultura con la
posibilidad de presidir el Consejo regulador de una denominación de
origen, que es en este caso el queso zamorano, que por cierto es un
gran queso. Y le ha declarado incompatible.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez Zapatero, termine, por favor.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Sin embargo, salimos de aquí diciendo
que un ex alto cargo, muy ex alto cargo, en este caso sí es
compatible con presidir una empresa de publicidad. Como usted decía,
la ley no puede conducir al absurdo y hay que interpretarla conforme
a la realidad social. Porque hoy, a un simple funcionario del
Ministerio de Agricultura, con un nivel 26 ó 27, no sé cuál será, se
le declara incompatible con una labor honorífica, no retribuida, que
va a suponer dedicación, trabajo y esfuerzo de apoyo a su tierra a
una denominación de origen, y resulta que le han declarado
incompatible. Comprenda que esto ni el jurista más brillante, ni el
exegeta más destacado podría explicarlo en términos de realidad
social, que al final es lo que está detrás del derecho, del
ordenamiento jurídico y del Gobierno al que usted constitucionalmente
representa.




El señor PRESIDENTE: Señor ministro.

El señor MINISTRO DE ADMINISTRACIONES P ÚBLICAS (Rajoy Brey): Sólo un
breve comentario sobre una de las afirmaciones que ha hecho el señor
Rodríguez Zapatero.

Usted me imputa el haber utilizado datos de otros altos cargos y ha
dicho que esos datos son reservados; luego ha afirmado que yo he
hurgado en lo que son las actividades de los altos cargos. Sobre ese
particular quiero decirle solamente tres cosas: primero, los datos
son públicos; los datos sobre las actividades que realiza un ex alto
cargo los puede solicitar cualquier contribuyente español; son
públicos. Segundo, yo no he dado ningún dato que no se haya
publicado; no he dado datos, señor Rodríguez Zapatero. Tengo los
datos de todos, pero no he hurgado; yo me he enterado de los datos de
todos a raíz de esa pregunta del señor Rodríguez, porque el único
criterio que yo di en su día es el que he manifestado aquí: tengamos
una cierta flexibilidad y una cierta inteligencia a la hora de
aplicar la ley. Comprenderá usted que yo no me dedico a analizar los
expedientes de todos los señores que son ex altos cargos y, por
tanto, todo esto lo he conocido ahora. Efectivamente, ahora he
conocido cuál es el criterio y cómo hemos actuado no declarando ni
una sola incompatibilidad de actividad durante nuestro mandato. Pero
¿por qué he apuntado aquí algunos datos? Para que se viese cuáles
eran los criterios interpretativos que nosotros utilizábamos.

Nosotros hemos declarado compatibles a personas que yo creo que lo
son, y por eso lo digo, pero que desde luego era bastante más dudosa
su compatibilidad que la del señor Rodríguez, aún entendiendo yo que
lo son y por eso, repito, los he declarado compatibles.

A partir de ahí, señor Rodríguez Zapatero, los asuntos de estas
características ya se sabe cómo funcionan. Someterse aquí a un
criterio jurídico es imposible. Al señor que le caiga mal el señor
Rodríguez o el señor Rajoy les dará un castañazo descomunal, y al
señor que le caiga bien el señor Zapatero dirá que tenía toda la
razón, ya sabemos cómo son estas cosas. Esto es como las sentencias
de los tribunales, ya lo he dicho antes. Yo tengo la responsabilidad.

Creo que el señor Rodríguez -y por eso no voy a reconsiderar mi
postura- no es incompatible, como creo que no eran incompatibles
todas aquellas personas que presentaron sus declaraciones de
actividades desde el año 1996 en que yo soy ministro, que son todos
los ex altos cargos del Gobierno socialista.

Dice usted que hay que ser serios y que hay que aplicar la ley. Es
que yo creo que hemos sido serios y que hemos aplicado la ley. A
partir de ahí, lo que yo diga es absolutamente discutible, como
tantas cosas en esta vida. Pero lo que sí me gustaría que quedara
claro es que el Gobierno no ha sido arbitrario al tomar esta
decisión, no ha utilizado criterios distintos de los que le ha
aplicado al resto de los altos cargos, y desde luego, puedo
asegurarle que tengo la conciencia muy tranquila por haber tomado esa
decisión, cosa que no la tendría si hubiera tomado la contraria, se
lo digo con absoluta franqueza. A partir de ahí, todo es opinable,
todo es subjetivo, pero me gustaría que estos asuntos se tratasen,
como usted ha dicho, con la seriedad y con la objetividad debida. Yo
creo que un



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secretario de Estado de Comunicación puede presidir una empresa de
publicidad, como no creo que sea posible en el caso del director
general de Carreteras a que antes he hecho referencia, o como el caso
-publicado en el periódico- del ministro de Agricultura, que tiene
unas bodegas, que sí está relacionado y por eso lo hemos declarado
compatible. Y ese caso lo he sacado aquí, a la luz pública, porque ha
salido publicado en el periódico, no porque yo me dedique a hurgar ni
a hacer otro tipo de actuaciones.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos parlamentarios que desean intervenir?
(Pausa.)
Por el Grupo Vasco (EAJ-PNV), la señora Uría Echevarría tiene la
palabra.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Señor ministro, bienvenido, como siempre,
a esta Comisión, en nombre del grupo al que represento. Debo
manifestarle que soy bastante proclive a que sus explicaciones me
convenzan, pero en el caso de hoy no lo ha conseguido. Ha
circunscrito su explicación, voluntariamente, a lo jurídico, y yo
creo que estamos hablando de incompatibilidades donde lo político y
lo ético, y hasta lo estético, tienen mucho que decir. Estamos,
además, hablando de incompatibilidades no de un funcionario, sino de
un altísimo cargo del Gobierno del Partido Popular, de un secretario
de Estado para la Comunicación, cargo de una extraordinaria
relevancia, importancia interna y también externa.

Siempre que se habla de ética pública -me han oído decirlo en esta
Comisión muchas veces- parece que se quiere circunscribir a las
conductas exigibles a los funcionarios públicos. Desde la perspectiva
del grupo al que represento, la ética pública debe vincularse sobre
todo a los comportamientos de quienes tenemos responsabilidades
políticas. Incluso en la explicación ceñida a lo jurídico tampoco ha
llegado a convencerme, porque se ha circunscrito a comparar el
catálogo de lo que son los cometidos o las responsabilidades, según
la norma que lo regula, de un secretario de Estado para la
Comunicación con las supuestas actividades que tiene como objeto
social la empresa en la que el señor Miguel Ángel Rodríguez va a
prestar ahora o presta ya sus servicios. Desde nuestra perspectiva,
esto no es suficiente. Lo que hay que contrastar es lo que realmente
realizaba el señor don Miguel Ángel Rodríguez. Todos sabemos que los
cargos públicos muchas veces no son sólo su contenido manifestado en
una disposición, sino también el contenido concreto, la actividad
concreta que políticamente un Gobierno decide que se le dé a un
determinado cargo o lo que este mismo cargo, dada su particular
personalidad o capacidad emprendedora, viene realizando dentro de ese
mismo puesto. Personas distintas desempeñan de manera muy distinta y
con cometidos muy distintos un mismo c argo, sobre todo cuando estamos
hablando no de una labor funcionarial, sino de un cargo con contenido
político, como ha sido el caso del puesto desempeñado por el señor
Miguel Ángel Rodríguez.

Además, dudo que sea cierta otra afirmación por usted realizada, en
cuanto a que en materia de incompatibilidades, puesto que se trata de
restricción de derechos,
debe interpretarse siempre con el carácter más favorable al ejercicio
de la actividad que se pretende realizar. No debe ser así del todo
cuando estamos hablando de puestos de la extraordinaria relevancia
política, repito, como el que desempeñó el señor don Miguel Ángel
Rodríguez. Lo de la mujer del cesar rige en este tipo de supuestos, y
debe evitarse toda suspicacia en la opinión pública. Las normas de
incompatibilidades deben interpretarse conforme a lo que es su
espíritu y lo que pretenden, que es garantizar la independencia, la
imparcialidad y que no va a poder beneficiarse del desempeño de un
determinado puesto público en un quehacer posterior privado una
determinada persona.

No voy a afirmar yo tampoco, como así lo ha hecho el diputado del
Grupo Socialista, señor Rodríguez Zapatero, que sea incompatible don
Miguel Ángel Rodríguez, pero sí puedo afirmar que cuando menos
políticamente el Gobierno no ha actuado con la corrección que
debiera. Si se piensa que es compatible, debió adelantarse el
Gobierno a dar las explicaciones exhaustivas, no ir a contrapié
cuando ya se ha suscitado en la opinión pública y por determinados
grupos políticos la duda respecto de si es ético el desempeño de este
puesto de trabajo por el indicado ex alto cargo público. Creemos que
la comparación de lo que hace y de lo que hizo y si esto supone o no
contradicción con las notas de independencia y de imparcialidad que
decían deben predicarse respecto del desempeño de los cargos
públicos, debió ser el Gobierno quien intentara explicarlo a la
opinión pública para evitar estas suspicacias.

Nuestra valoración política es, por tanto, negativa respecto a esta
cuestión por cómo se ha actuado, no porque afirmemos taxativamente
que exista la incompatibilidad. No se trata tampoco, por supuesto, en
ningún caso, de negarle un futuro profesional a una persona porque
haya desempeñado un determinado cargo político. Evidentemente, Miguel
Ángel Rodríguez tiene preparación personal y capacidad para lograr
abrirse camino en el mundo de lo laboral y creemos que durante el
tiempo que la ley marca, cuando menos, debió evitarse el que se
pudieran suscitar este tipo de suspicacias, y el Gobierno en todo
caso debió dar antes explicaciones y explicaciones más fundamentadas
que las que hasta ahora se han dado.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene
la palabra el señor Ríos Martínez.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: La verdad es que esta mañana yo venía con el
objetivo de que se explicaran las razones de la decisión de
compatibilidad en base a la legislación que tenemos y no en base a
una interpretación de la legislación más o menos benévola porque la
ley es excesivamente dura. Eso me da la impresión que se solventa
reformando la normativa. En todo caso voy a hacer algunas precisiones
previas y algunas peticiones, porque quien hoy nos ha hablado, usted,
señor ministro, vino al Gobierno anunciando regeneración y exigencia
en el funcionamiento y aplicación de la norma. Precisamente en estos
casos en los que podría haber abusos la regeneración no se produce
porque sea usted el que interprete la norma y sea benévolo, lo pida
quien lo pida, porque



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toda su justificación es que usted ha sido benévolo con los de antes
y con los de ahora. Amí no me tranquiliza eso. Permítame que le diga
que eso no solventa cómo se han aplicado.

Usted venía con una artillería y decía: ojo, que vengo con una
artillería y que la puedo sacar. Sáquela usted. Usted ha dicho que
hay 46 altos cargos que no han cumplido el artículo 10 de la Ley de
incompatibilidades de altos cargos, que decía que el alto cargo tiene
que hacer una declaración sobre sus causas de posible
incompatibilidad y cualquier actividad, y además también sobre sus
bienes patrimoniales. ¿Ha cumplido usted con su obligación en el
artículo 11, que dice que cuando no se realiza eso, previo expediente
contradictorio de la inspección de servicios, el Consejo de Ministros
ordenará que se inscriba en el registro de intereses y que se hagan
públicas las infracciones dispuestas en esta ley? ¿A cuántas personas
se les ha aplicado algún tipo de infracción, si hay 46 que no han
cumplido con esta norma de incompatibilidad? Señor ministro, la
sensación que hay no es ya la que decía la portavoz del Grupo
Parlamentario Vasco, de que la mujer del cesar no sólo debe ser
honrada sino parecerlo, sino que quien tiene padrino se le bautiza,
la facilidad que pueden tener algunas personas por haber disfrutado
de un alto cargo.

Lo que aquí discutimos hoy o lo que le han pregunta do, si he
entendido bien, es si hay compatibilidad para que un secretario de
Estado que ha estado ejerciendo y actuando en un cargo determinado,
hoy, una vez dejado ese cargo, esté actuando en una empresa. Pues a
la relación hay que ponerla además un añadido. ¿Hay una pensión
indemnizatoria que este alto cargo esté cobrando? ¿Por qué? Porque la
pensión indemnizatoria se le da al alto cargo, sea ministro o
secretario de Estado, en función de que durante dos años se le ponen
unas condiciones para que no ejerza una actividad y se le da una
indemnización para que pueda tener una facilidad de inserción en la
vida laboral, es decir, se le da una indemnización para unas
condiciones determinadas y para eso tiene que pedir la
compatibilidad; si hubiesen pasado los dos años, no se hubiese
producido esa necesidad de incompatibilidad.

Usted dice que entre las funciones del secretario de Estado no estaba
la publicidad y yo creo que eso es formalmente posible. Ahora bien,
conocemos a la persona de la que estamos hablando, conocemos la forma
en que ha ejercido su puesto de trabajo durante los dos años que lo
ha hecho, conocemos su notable protagonismo en toda la relación
pública con los medios de comunicación y conocemos cómo funciona el
Gobierno, porque yo sé muy bien cómo funciona el Gobierno y no eso
que ha explicado usted aquí, que son cosas que da un ministerio; aquí
se negocia una cosa y después viene a través del ministerio que
corresponda, y este secretario de Estado está ubicado en Presidencia,
trabajaba en la Moncloa y no es un ministerio. No estamos hablando
del secretario de Estado de la Función Pública que después puede
tener una relación con una determinada empresa cuando finalice su
trabajo, no estamos hablando de ese, sino del secretario de Estado de
Comunicación y portavoz del Gobierno.

Por tanto, sería bueno que, en relación con la regeneración que
ustedes anunciaron, la aplicación del sistema de incompatibilidad de
los altos cargos, aquello que ustedes estuvieron diciendo mientras
eran oposición, ahora, cuando están en el Gobierno, hicieran una
cosa. Si la ley la ven excesivamente dura, propongan su reforma, sean
valientes y digan que este sistema de incompatibilidades lo exigieron
cuando estaba en la oposición, pero que ahora, cuando ya está
establecido en una ley, piensan que no se debe aplicar. Díganlo,
porque si no lo hacen y luego lo que dicen es que hay una
interpretación blanda y benévola de la ley, esto no lo entiende
nadie. ¿Se aplican igual todas las leyes para todos los ciudadanos?
Porque ese es el problema que estamos discutiendo.

En cuanto a la actuación, la verdad es que puede usted jurarme hasta
en arameo que el señor Rodríguez no tenía ninguna relación con medios
de comunicación o con publicidad y yo se le tendré que aceptar, pero
la verdad es que veo muy difícil que campañas institucionales,
conociendo cómo funcionan, cómo pasaron las generales, las globales
de su Gobierno, no las de cada ministerio, sino las globales, no
estuvieran influidas por el secretario de Estado de Comunicación y
portavoz del Gobierno en la etapa correspondiente, porque la forma de
funcionar y actuar ha tenido un devenir en el tiempo de roce y de
relación permanente con distintos miembros del Gobierno y con
proyección externa de carácter notable. Por tanto, yo no creo que sea
compatible. O es muy liviano o es excesivamente flexible que usted
interprete que es compatible haber estado actuando y presidir hoy una
empresa que puede licitar con la Administración central, que alguna
facilidad encontrará o bien este señor le dará facilidades, porque,
lógicamente, no le colocan ahí solamente por el dominio de su
experiencia en la publicidad adquirida en los dos años o con
anterioridad, sino que le colocan porque es rentable para la empresa,
y me parece legítimo. Yo no critico que este señor no pueda hacerlo,
sino el que usted le declara compatible, y por eso interpreto que es
una mala decisión la que usted ha tomado. No es bueno que se diga que
se está siendo benévolo con todos los altos cargos, con los de antes
y con los de ahora, para interpretar esto, y no es bueno que pueda
mantenerse esa incompatibilidad de indemnización con la actividad.

En relación con lo que usted decía en su primera intervención de que
iba a realizarla resumida y entendible para todos nosotros, tengo que
decirle que yo no la he entendido conforme usted la ha realizado, se
ve que soy un poquitín más torpe, porque resumida sí que ha sido y
torpe puedo ser, pero la torpeza, amigo mío, es de ida y vuelta.

Después ha dicho usted que so pena de que primen criterios de
oportunidad política. Pues sí, señor ministro, yo le acuso a usted de
oportunidad y de decisión política, que es la que toma usted como
ministro y, si no, justifíqueme con qué informe jurídico ha tomado
usted esa decisión, porque no venga usted a decirme, como responsable
político del Gobierno, que no quiere hacer política y que estamos
haciendo política los que podemos tener otra opinión. No es que usted
sea torpe, es que es malintencionado, porque la posición no puede ser
aplicada con una especie de embudo, lo ancho para



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usted y lo estrecho para los demás. Pues, con toda la prudencia de la
que soy capaz ahora, tengo que decirle que no solamente no me ha
convencido, sino que no creo que usted haya aplicado la ley con
rigor. Pero fíjese qué cosa más distinta, si usted no hubiera
permitido la compatibilidad, a mí me hubiera dado gusto ver cómo
recurre la persona que se ve perjudicada y cómo la justicia
interpreta si es justo o no. Puesto que la separación de poderes está
así, la aplicación de la justicia se hubiese dado si una persona
perjudicada con la decisión de la Administración recurre a la
justicia, la justicia le hubiera dado la razón y entonces yo le diría
a usted que estamos en un momento de aplicar una interpretación
jurídica, puesto que hay una decisión jurídica, pero aquí hay una
decisión política que evita que haya un recurso. Tendría yo que
recurrir por una decisión injusta de usted, lo que no voy a hacer y
mi provisión será exigir que cumpla la ley. En todo caso, lo que sí
le digo es que vamos a ser exigentes con toda la aplicación.

Termino diciéndole que usted ha dicho que hay 46 c argos que no han
cumplido con el artículo 10 de la Ley de incompatibilidades de altos
cargos. ¿Me podría decir si entre esos 46 está el señor Rodríguez, es
decir, si el señor Rodríguez cumplió con su obligación de a los tres
meses de tomar posesión y a los tres meses de irse hacer declaración
de bienes y de petición? Pues si no está entre esos 46, no sé por qué
habla usted de ellos.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor
López-Medel.




El señor LÓPEZ-MEDEL BASCONES: Quisiera comenzar recordando que la
Mesa y portavoces de esta Comisión habían acordado ya hace un par de
meses que en la sesión que se iba a celebrar el día 16 de diciembre
las comparecencias del ministro fuesen para otros asuntos
relacionados en general con temas autonómicos. No obstante, cuando el
Grupo Socialista presentó la solicitud de comparecencia, quisiera
recordarlo y hacerlo público porque así se acordó en la reunión de
Mesa y portavoces, el portavoz del Grupo Popular apoyó de una manera
firme que se sustituyese a fin de que el Gobierno, como así deseaba
el ministro de Administraciones Públicas, compareciese cuanto antes
para dar las explicaciones oportunas a esta Comisión. Y desde esa
manifestación de transparencia de que no hay nada que ocultar, sino
al contrario, dar información objetiva y sin ningún tipo de
apasionamiento, se ha celebrado esta comparecencia.




En primer término, yo quisiera destacar que aquí no estamos juzgando
comportamientos estéticos o de otro tipo, sino valorando si el
Gobierno ha cumplido o no la l ey. El señor Rodríguez Zapatero lo
reconocía, es un debate de un indudable calado técnico y jurídico y
sobre el cual hay que tener en cuenta que el Gobierno lo que puede
decidir es sobre la base de la información de la que dispone, no
sobre otro tipo de actuaciones o informaciones que ha manifestado el
señor Rodríguez Zapatero y a las cuales haré una alusión, quizás sin
duda porque afecta a uno de los ex secretarios de Estado más conocido
por su presencia en los medios de comunicación, qui zás
por eso ha tenido especial incidencia, pero quiero que
comprendan, señorías, que aquí únicamente se pueden realizar
reflexiones jurídicas y creo que ningún grupo, ni siquiera el que ha
solicitado la comparecencia del ministro ha aseverado en modo alguno
que el Gobierno no haya cumplido la ley.

Quisiera recordar que esta ley es fruto de un contexto determinado
que nace a raíz de una resolución aprobada en el debate sobre el
estado de la Nación del año 1994 en un ambiente de corrupción
bastante generalizado, por lo menos también con un reflejo en los
medios. Yo no voy a juzgar la bondad o la contrariedad respecto a la
ley vigente, pero lo cierto es que el Gobierno lo que tiene que hacer
es actuar conforme a la ley y es indudable que esta ley lo que
prohibe a las personas que hubieran ocupado altos cargos y que se
reincorporan a la vida civil son las actividades, quiero subrayarlo,
directamente relacionadas con las competencias propias del cargo. La
ley no impide que un ex alto cargo se dedique a cualquier actividad
privada, ni siquiera le impide que pueda dedicarse a una actividad
que pueda haber tenido alguna relación con lo mismo, sino que se
exige que sea una relación directa.

El ministro, en su intervención, ha destacado las funciones o las
competencias que tiene la Secretaría de Estado de Comunicación, que
fija el Real Decreto de 2 de agosto del año 1986, pues bien,
absolutamente ninguna tienen que ver con lo que es la publicidad, se
reducen al ámbito precisamente interno de la difusión de la actividad
gubernamental sin tener que ver propiamente con lo que es la
publicidad. Ciertamente puede haber una franja borrosa entre lo que
pudiera ser la publicidad y la comunicación, pero desde luego no son
conceptos idénticos, no son conceptos absolutamente asimilables. En
ese sentido, se afirmaba que como nadie tiene la competencia en
materia de publicidad, la tiene que tener una secretaría de Estado.

Eso es buscar simplemente un hueco para ver dónde se puede encajar.

Las competencias son las que dice la ley, en este caso el real
decreto que he citado, donde no se habla en modo alguno sobre la
publicidad, y no se puede juzgar a nadie, y menos aún al Gobierno,
por conjeturas.

Se ha afirmado que en el presupuesto del próximo año aparece una
imputación de pagos de sentencias de hace ya bastantes años. Quiero
decir que nada tiene que ver que para el próximo año, en el cual no
está ocupando la Secretaría del Estado el señor Rodríguez, aparezcan
unas cantidades destinadas a pagar -y quiero subrayarlo- a empresas
periodísticas, no a empresas de publicidad; empresas, además, de unos
medios, como son Egin y A lcázar, pero que insisto que son empresas
periodísticas y no de publicidad.

En segundo lugar, en cuanto al anuncio de una convocatoria de
licitación del Organismo de Loterías y Apuestas del Estado, la
adjudicación la realiza ese organismo, no realizó la adjudicación la
Secretaría de Estado de Comunicación. El Estado indudablemente
contrata con distintas empresas publicitarias, pero contratan, como
ha dicho bien el ministro, los ministerios correspondientes.

Se ha aludido también a informaciones aparecidas enalgunos medios de
comunicación respecto a alguna reunión



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que haya podido tener el señor Rodríguez con editores de prensa y
quiero subrayar lo mismo, se trata de editores de prensa, no eran
reuniones ni siquiera con empresas de publicidad, eran empresas
periodísticas, y desde luego eso sí que tiene que ver con lo que son
las funciones de una secretaría de Estado de comunicación, que es
informar de la actividad gubernamental y en sus líneas generales,
pero no de los contratos publicitarios.

El Gobierno del Partido Popular apuesta por el cumplimiento de la
ley. Quiero decir también que desde nuestro grupo no somos
partidarios de cambiar la ley, aun cuando sea hija de un contexto
determinado los años 1993, 1994, 1995. Somos partidarios precisamente
de cumplirla, pero con objetividad, sin apasionamientos, no
condicionada, como parece este el caso, por el hecho de que el señor
Rodríguez hubiera sido una persona que durante el tiempo en que
ejerció su actividad política apareciera constantemente en los medios
de comunicación. Desde luego no tiene nada que ver -lo subrayo- la
actividad que realizaba como alto cargo con lo que son las empresas
publicitarias; sí que tendrían que ver -porque además han aparecido
en medios de comunicación- las actividades de otros miembros del
Gobierno anterior, que habiéndose dedicado -como es el caso de la
Secretaría General nada menos que del portavoz del Gobierno- a estos
temas, han sido, después de cesar en su actividad como secretario
general del portavoz del Gobierno, contratados por empresas
periodísticas. Esto ha aparecido en los medios de comunicación e
indudablemente sí que tiene que ver. Pero en todo caso no quiero
echar la vista atrás, queremos precisamente que se valore en ese
sentido la actitud del Gobierno al realizar un cumplimiento creo que
correcto de la ley.

Valoro también el esfuerzo del Grupo Socialista, que lleva dedicado
mucho tiempo a rebuscar algún papel por el cual se pudiera pillar al
señor Rodríguez. Aquí no voy a hacer -y no me corresponde- la defensa
del señor Rodríguez, pero les aseguro que no han podido encontrar ni
podrán encontrar, y manifestación de ello es la prontitud del
Gobierno y la del grupo que represento al celebrar rápidamente esta
comparecencia, ninguna información que pueda poner en tela de juicio
la objetividad y el rigor del Ministerio de Administraciones
Públicas. En ese sentido, desde la apuesta también de seguir con esa
regeneración, pido a los demás grupos que no intenten distorsionar
o amplificar supuestos que puedan tener alguna incidencia en los
medios. Esto es comprensible por las razones que antes he dicho, pero
pediría a otros grupos, especialmente, repito, al que ha solicitado
la comparecencia, que las energías que dedican a buscar papeles,
papeles y papeles las dediquen a presentar iniciativas que realmente
beneficien a la calidad de vida de los españoles.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor ministro.




El señor MINISTRO DE ADMINISTRACIONES P ÚBLICAS (Rajoy Brey): Una
afirmación final sin réplica a nadie.

Quiero decir lo siguiente. Primero, el Gobierno cree que ha cumplido
la ley, y así lo reitero yo ahora, y no me parece
serio decir que debíamos haber hecho otra cosa para que se fuera a
los tribunales y éstos interpretaran. Cualquiera puede acudir ante
los tribunales con esta resolución del Gobierno. Quien crea que el
señor Rodríguez es incompatible, insisto, puede ir a los tribunales,
y éstos dirán lo que estimen oportuno y conveniente, pero como tengo
que tomar una decisión, que es declararlo compatible o incompatible,
creo que cumplo la ley declarándolo compatible.

Segundo, ni tengo artillería ni la voy a usar, entre otras razones
porque yo he declarado compatibles a todas esas personas. Los 46 que
no han presentado sus declaraciones es que no establece la ley un
plazo para hacerlo ya transcurrido el de dos años, me refiero a sus
declaraciones de actividades, no las de bienes u otras; para la
declaración de actividades no hay ningún plazo establecido en la ley.

Evidentemente puedo dedicarme a buscar a esos 46 no sé si con unos
inspectores o con unos guardias civiles, pero entiendo que si no
presentan declaración es que no están haciendo ninguna actividad.

Hablo de los 46 y de otras muchas personas a las que se le ha
declarado la compatibilidad para decir que el Ministerio utiliza
siempre el mismo criterio y el Ministerio interpreta la ley, porque
todas las leyes se interpretan, no hay ninguna ley que no se
interprete; un juez cuando dicta una sentencia está interpretando la
ley, donde ha oído a un señor abogado que la ha interpretado de una
forma y a un señor fiscal o a otro abogado acusador que la ha
interpretado de otra forma. Aquí es exactamente lo mismo, claro que
se interpreta la ley, y yo la he interpretado siempre con el mismo
criterio, que no es un criterio benévolo o malévolo, sino que es el
criterio que creo que hay que utilizar.

Hay una cosa que me gustaría decir. Cuando oigo afirmaciones como que
formalmente es posible que no sea compatible, pero que algunas
campañas podrían estar condicionadas por el secretario de Estado, a
mí nunca me gustaría que se condenara a nadie -naturalmente en un
juicio, pero tampoco en una decisión administrativa- porque se
pudiera pensar que algunas cosas podrían estar condicionadas. No me
gustaría que se aplicase así la ley, sinceramente, y desde luego
mientras tenga alguna responsabilidad nunca la voy a aplicar así.

Por tanto, resumo lo que creo que he intentado decir sobre este
asunto. Probablemente sea discutible, pero yo he utilizado siempre el
mismo criterio y desde luego mientras sea ministro no lo voy a
modificar salvo que los tribunales efectivamente me digan lo
contrario. Creo que cumplo la ley, no soy benévolo sino que hago la
interpretación que me parece la más correcta, la más justa, ética
y equitativa; naturalmente puedo no tener razón y pueden tenerla los
demás, pero alguien tiene que tomar la decisión y en este caso me
toca a mí. (El señor Ríos Martínez pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Ríos, el tema está suficientemente
debatido, pero tiene usted un minuto.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Menos, señor presidente.




Cuando he dicho benévolo y flexibilidad he utilizado las palabras que
ha usado el señor ministro en su réplica al señor Rodríguez Zapatero,
no me las he inventado.




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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias por su aclaración.

Gracias, señorías, hemos concluido el primer punto del orden del día.




COMPARECENCIA DEL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN
PÚB L ICA (VILLAR GARCÍA-MORENO), PARA INFORMAR SOBRE LAS MEDIDAS QUE
ESTÁ A DOPTANDO EL GOBIERNO EN RELACIÓN CON EL «EFECTO 2000». A
PETICIÓN PROPIA. (Número de expediente 212/001490)



El señor PRESIDENTE: Señorías, continuamos el orden del día con la
comparecencia del secretario de Estado para la Administración
Pública, -sea bienvenido a la Comisión, señor secretario de Estado-
para informar sobre las medidas que está adoptando el Gobierno en
relación con el efecto 2000, comparecencia que está solicitada a
petición propia por el Gobierno.

Señor secretario de Estado, tiene usted la palabra.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Villar
García-Moreno): Señor presidente, señorías, efectivamente, la
comparecencia está solicitada a petición propia, pero existía una
comparecencia previa solicitada y por eso a nosotros, que habíamos
esperado a tener una información suficiente, nos interesó la
petición. Pero trataré de ir acortando la intervención, porque sobre
todo por el Grupo Socialista el señor Estrella ha sufrido la
exposición el día 3 de noviembre, la misma comparecencia del ministro
en la Comisión Mixta Congreso-Senado y evidentemente no puedo traer
una información distinta a la que hizo el ministro el día 3 de
noviembre, y además dado lo larga que ha sido la primera parte de la
Comisión trataré de ir simplificando la intervención.

Como SS.SS. saben, el ámbito del problema del efecto 2000 ha
producido en todos los países cambios muy significativos en lo que se
refiere a la comprensión y alcance del problema, así como la
responsabilidad de los gobiernos y administraciones en su resolución.

Inicialmente se consideró que se trataba de un problema técnico, que
afectaba a las aplicaciones informáticas y que correspondía
solucionar a los profesionales de este sect o r, y posteriormente se
ha visto que afecta no sólo a las aplicaciones sino también a los
equipos físicos y lógicos. En este punto sabemos que hasta bien
entrado 1997 los suministradores de ordenadores personales, incluidos
algunos líderes del sector, han estado entregando a sus clientes
productos todavía no preparados para el año 2000. Hay un programa
británico que dice que el alcance es del 47 por ciento en el primer
semestre y que desciende al 21 en el segundo semestre, esto como dato
sobre todo en lo que se refiere a ordenadores personales.

Hay otro elemento al que se le debe prestar atención, que son los
sistemas empotrados o automatizados, aquellos que están ubicados
fuera de los centros informáticos convencionales y que están
afectados por este problema. Todos ellos pueden ser víctimas del
efecto 2000 y presentar fallos el 1 de enero de 2000, alterando el
funcionamiento
de infraestructuras críticas y servicios públicos, tales como
las comunicaciones, el suministro de energía eléctrica, transportes,
etcétera.

Llegados a este punto hay que hacer una pregunta: ¿cuál es el papel
que le corresponde desempeñar a las administraciones públicas, a los
gobiernos en este problema? A lo largo del tiempo los expertos han
ido cambiando de opinión. Inicialmente a la Administración se la
situó como un mero papel de usuario de la tecnología y se pusieron en
marcha programas para resolver este problema. Actualmente se reconoce
la prioridad de estas actuaciones, pero se entiende que la
responsabilidad de resolver el tema corresponde a proveedores y
usuarios y las administraciones deben jugar un papel esencial en la
concienciación y estímulo de la acción cara al sector privado,
especialmente en algunos sectores como pueden ser las
infraestructuras críticas y sobre todo las pymes y la protección a
los consumidores.

Voy a hacer un breve apunte de qué ocurre en otros lugares. El
proceso de adaptación al efecto 2000 se está llevando a cabo en todos
los países, como es lógico, del mundo. Estados Unidos y Canadá van
por delante de las demás regiones. Europa se encuentra todavía
ligeramente retrasada con respecto a Estados Unidos y Canadá y según
el Garner Group las previsiones de fallos más elevados se encuentran
en Latinoamérica y en las econom ías emergentes de Oriente Medio. En
el ámbito de la Unión Europea sólo el Reino Unido y algún país
nórdico va ligeramente por delante y el resto va más o menos en la
misma línea.

Nosotros, de la experiencia de otros países, hemos obtenido algunas
orientaciones. Primero, en la mayoría de ellos se ha creado una
organización específica, con participación conjunta del sistema
público y privado y con la misión de disminuir los riesgos del efecto
2000, y aunque existe una tendencia inicial a poner sobre la mesa la
cuestión de la responsabilidad de los suministradores, se recomienda
en todos los países que esta cuestión no forme parte de la Agenda por
entender que ello podría retrasar el proceso de adaptación, buscando
la cooperación y la transparencia de los suministradores para
resolver los problemas.

Vamos a hacer una pequeña referencia a qué hemos hecho en nuestro
país. Primero, antes del acuerdo del Consejo de Ministros del 12 de
junio, desde hace más de dos años el Consejo Superior de Informática
se ha ocupado de este problema que supone el cambio de fecha en el
año 2000. Como saben SS.SS., el Consejo Superior de Informática
depende del Ministerio de Administraciones Públicas y es el órgano
responsable de la elaboración y desarrollo de la política informática
del Gobierno, y en la sesión del 23 de mayo se sistematizó y aprobó
un programa para el euro y año 2000 que incluye una serie de acciones
de sensibilización y difusión.

Como consecuencia del seguimiento de estas acciones para cumplir
dicho programa y también como consecuencia de las directrices
impartidas por la Comisión Europea, en el primer trimestre se llegó a
la conclusión de que era preciso reforzar el proceso de adaptación al
año 2000 y darle un nuevo impulso mediante la implicacióndel más alto
nivel gubernamental. Para dar este



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paso, el 22 de mayo pasado el ministro de Administraciones Públicas,
en su condición de presidente del Consejo Superior de Informática,
hizo un informe al Consejo de Ministros sobre el efecto 2000. El
informe se refería tanto a los aspectos generales, como origen de
problema, ámbito, etcétera, y también se incluía la necesidad de
otorgar prioridad a esta solución, y para ello se presentaban una
serie de propuestas entre las cuales sólo quería nombrar algunas,
como garantizar la coordinación única de las actuaciones en la
Administración general del Estado y reforzar la atención y actuación
en los sectores más sensibles; establecer mecanismos permanentes de
cooperación con las demás administraciones públicas; establecer
mecanismos de colaboración con el sector privado y, como consecuencia
de dicho informe, se presentó un acuerdo el 12 de junio al Consejo de
Ministros con la siguiente estructura: el acuerdo se divide en dos
grandes apartados, por un lado, el referido a medidas dirigidas al
sector público y, por otro, medidas en colaboración con el sector
privado. En el primer apartado se establece la responsabilidad de los
subsecretarios de los departamentos en la adaptación de los sistemas
de información de esos departamentos y organismos vinculados o
dependientes bajo la coordinación del ministro de Administraciones
Públicas; se determina la necesidad de ampliar el programa sobre el
efecto 2000, aprobado por el Consejo Superior de Informática; se
establece el calendario para la culminación de las principales fases
de adaptación, el intercambio de datos con entidades externas y la
elaboración de planes de contingencia; se establece la necesidad de
que cada departamento ministerial efectúe previsiones presupuestarias
para 1999 y se encomiendan distintas misiones de acuerdo con sus
respectivas competencias a diferentes organismos del Estado; se
dispone la creación de una comisión nacional para el efecto 2000, con
representantes del sector público y del sector privado; se establece,
con carácter general, que los órganos con competencias de regulación
y supervisión sobre el sector privado colaborarán con éste; se
encomiendan distintas misiones, de acuerdo con sus respectivas
competencias, a órganos responsables de determinadas infraestructuras
y sistemas críticos, y, por último, se establece que el ministro de
Administraciones Públicas informará periódicamente al Consejo de
Ministros de cómo ha ido la a ctuación.

Inmediatamente después de la aprobación del acuerdo, la
Administración general del Estado comenzó a aplicar las distintas
medidas que contenía el mismo. La primera fue la asunción por parte
de los subsecretarios de la dirección de las operaciones de
adaptación del efecto 2000 dentro de cada departamento. El pasado 16
de julio se celebró, presidida por el ministro de Administraciones
Públicas, la primera reunión de coordinación de los subsecretarios;
la segunda reunión fue el 24 de septiembre, y ha habido una tercera,
que ha tenido lugar el 9 de diciembre, en la que, además de hacer el
seguimiento general, se ha prestado especial atención a los sistemas
críticos y a los planes de contingencia.

La ampliación y reforzamiento del programa del Consejo Superior de
Informática se ha hecho en relación con la sensibilización y
difusión, política de adquisiciones,
elaboración de métodos comunes, formación, normalización, etcétera.

En materia de sensibilización y difusión, y para no ser muy extenso,
sólo diré que se han celebrado jornadas destinadas a las
administraciones públicas, se ha editado una obra divulgativa que se
titula El problema del año 2000 en los sistemas de información de las
administraciones públicas, de las que se ha hecho una amplia
distribución en todas las administraciones. En mayo de 1997 ha
comenzado a funcionar -y esto sí que es importante- el Centro de
Servicios de Información 2000- Euro, que es accesible en Internet y
que se actualiza todos los días. En este centro se incluyen servicios
de información sobre todo lo relacionado con el año 2000 y que no voy
a enumerar. Por otra parte, se ha elaborado un vídeo, que tiene una
finalidad sensibilizadora y de concienciación. Asimismo, se ha
editado un CD ROM sobre el efecto 2000, Guía y recurso de apoyo, que
contiene información general y formación para los responsables de
adaptación, además de consejos útiles para hacer frente a los
problemas y tengo que decirles que, si SS.SS. quieren, antes de que
se vayan les entregaremos bien el CD ROM o bien la publicación.

En lo que concierne a la política de adquisiciones, se ha continuado
aplicando, aunque actualizando su contenido, la cláusula de
conformidad con el 2000, que se viene aplicando desde febrero de 1997
por el Consejo Superior de Informática y que tiene como consecuencia
que la Administración general del Estado esté protegida en el caso de
las nuevas adquisiciones, que ya tienen que cumplir con los
requisitos del efecto 2000.

En lo que se refiere a la elaboración de métodos comunes, se ha hecho
ASI-2000, que es una guía para la adaptación de los sistemas de
información de las administraciones públicas al año 2000, que
constituye el principal instrumento de ayuda metodológica que hemos
elaborado para abordar proyectos de preparación al cambio de milenio.

Esta publicación se encuentra disponible en la página web del
Ministerio de Administraciones Públicas y también ha sido editada
como libro y distribuida a los afectados, tanto en España como en
otros países de lengua española, a través de la Conferencia de
Autoridades Iberoamericanas de Informática. Tanto esta publicación
ASI-2000, como El problema del año 2000 en los sistemas de
información de las administraciones públicas, constituyen unos
recursos básicos en español que pueden utilizar los usuarios
afectados por este problema. Por ejemplo, así lo ha entendido el
Banco Interamericano de Desarrollo, que nos ha pedido 900 ejemplares
de estas dos publicaciones para su distribución.

También hemos elaborado otra herramienta que es muy útil, que
nosotros llamamos RISK-2K, que permite realizar un análisis de
riesgos en todos los proyectos del año 2000, así como preparar los
planes de contingencia. Esto también se va a distribuir -tenemos un
CD ROM para dar a SS.SS.- en toda la Administración. Con esto se
pretende facilitar la preparación de los planes de contingencia
y disponer de un conjunto de sistemas y procedimientos orientados a
minimizar los problemas del llamado efecto 2000. Ha entrado en
funcionamiento -y esto también es muy importante- un centro de
soporte



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técnico del efecto 2000, que se encuentra operativo para atender
consultas de todas las administraciones.

Otro aspecto importante del acuerdo del Consejo de Ministros son los
encargos que se hicieron a los distintos órganos de la
Administración; por ejemplo, la Dirección General del Servicio
Jurídico ha realizado el análisis de las cuestiones jurídicas y
contractuales con relación al efecto 2000. Otro aspecto a tener en
cuenta es la agilización de la contratación administrativa. En este
sentido, el Ministerio de Economía y Hacienda, de acuerdo con las
posibilidades establecidas en la ley de contratos ha declarado la
adquisición y contratación centralizada, la compra y adquisición de
bienes y servicios asociados a la adaptación al año 2000 mediante una
orden del 30 de julio. Esta medida, que entrará en funcionamiento el
1 de enero de 1999 es un instrumento esencial para agilizar la
contratación administrativa de bienes y servicios, que acortará los
plazos en un 50 por ciento.

Desde el Ministerio de Administraciones Públicas hemos puesto en
marcha todo un conjunto de medidas, también de cooperación con las
administraciones territo riales; destaca la colaboración con la FEMP
y unas jornadas que se hicieron de Administración local, que se l l
amaban GIAL-98, así como diversas actuaciones concernientes a la
Administración local; otro acto conjunto entre el Ministerio de
Administraciones Públicas y la FEMP el 22 de septiembre, se hacen
inserciones periódicas dedicadas al efecto 2000 en las revistas de la
FEMP, en octubre se han realizado las V Jornadas de tecnologías de la
información para la modernización de las administraciones públicas
-Tecnimad 98-, que tuvieron lugar en Salamanca y se llamaron Las
administraciones públicas ante los desafíos del nuevo milenio.

También se han hecho una serie de actuaciones en cuanto a formación
de empleados públicos, como es el desarrollo de una serie de cursos.

En el terreno internacional participamos en las actividades
relacionadas con el efecto 2000 en marcha en la Unión Europea, en la
OCDE y en las Naciones Unidas, o rganizaciones que están efectuando un
seguimiento muy estrecho de cómo han ido los avances. Asimismo, en
esta vertiente internacional, en la Conferencia de Autoridades
Iberoamericanas de Informática, que se reunió en Lisboa del 22 al 25
de septiembre, el efecto 2000 fue uno de los temas importantes de
dicha conferencia, y fue precisamente a propuesta de la delegación
española, que, como SS.SS. saben, tiene atribuida la Secretaría
ejecutiva. Allí se puso de manifiesto que diversos países de habla
hispana, como Perú, Argentina y Panamá, han adoptado el modelo
español y todas las estrategias desarrolladas por nosotros. Por
último, tengo que decirles que el Consejo directivo del Centro
Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, que se reunió
en Madrid el 14 de octubre, también ha acordado convertir el tema de
la innovación tecnológica aplicada al sector público en uno de los
ejes de trabajo de dicha o rganización.

La constitución y funcionamiento de la Comisión Nacional del Efecto
2000 era un paso imprescindible para concienciar y apoyar a los
usuarios en la resolución de este problema, dado que en ella están
representados
los principales agentes del sector privado, no voy a citarlos todos,
pero ahí está la COE, EBB, Cepyme, el Consejo Superior de Cámaras, el
Consejo de Consumidores y Usuarios, etcétera, y por parte de las
administraciones públicas están diversos ministerios, así como la Adm
inistración local y la Administración autonómica. La primera sesión
fue el 9 de septiembre, después de proceder a su constitución formal,
que fue presidida por el vicepresidente segundo del Gobierno. La
Comisión examinó la situación del proceso de adaptación, tanto en el
sector público como en el privado, y se sacaron una serie de
conclusiones, entre ellas solicitar a todos los representantes del
sector privado información sobre la marcha del proceso de adaptación
en sus respectivos ámbitos de actividad, cosa que también se hizo con
las administraciones autonómicas y locales. A estas dos
administraciones se les pidió que adoptaran, en la medida de lo
posible, el calendario aprobado para la Administración general del
Estado en el acuerdo del Consejo de Ministros y también aprobó
constituir, en el mes de septiembre, un grupo de trabajo técnico
encargado de desarrollar las cuestiones que le encomiende la comisión
nacional. Este grupo de trabajo comenzó sus tareas el 30 de
septiembre, fecha en que celebró su primera reunión, y ha continuado
hasta la fecha.

También hay que decir que a pesar de que la constitución se efectuó
el 9 de septiembre, tanto en el sector público como en el privado ya
se había comenzado a trabajar antes de la constitución formal de la
comisión nacional. Por citar algún ejemplo, el pasado 24 de junio el
ministro de Administraciones Públicas presidió una jornada de
sensibilización sobre el efecto 2000 para empresas, administraciones
públicas y usuarios de tecnologías de la información, en la que
participaron representantes cualificados del sector privado, desde la
CEOE, el Consejo de Consumidores y Usuarios y diferentes sectores de
la Administración pública.

Siguiendo con un repaso de acciones específicas, e ncargadas también
por el Consejo de Ministros, en materia de supervisión de
infraestructuras y sistemas críticos el Consejo de Seguridad Nuclear
hace un seguimiento del programa de actuación de las centrales nuc l e
ares españolas, ha solicitado confirmación de cómo está la situación
y nos aseguran que antes del 1 de julio del año que viene estará
terminada la adaptación al año 2000. Por otra parte, la Secretaría de
Estado de Industria y Energía, en colaboración con la patronal Unesa,
ha hecho lo mismo en el sector eléctrico. Y el sector de
hidrocarburos, sin querer ser exhaustivo, también muestra que se han
hecho los contactos necesarios y parece ser que las empresas están en
disposición de tenerlo acabado. Como ejemplo, Repsol nos ha
comunicado que ya tiene modificado el 30 por ciento de su
equipamiento, y no modificado sino que está en fase de pruebas, lo
cual técnicamente es un avance importante, porque no significa que
estén sólo adaptadas, sino que ya ha empezado a probarlos.

Otro encargo específico del Consejo de Ministros está dirigido al
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. El pasado 20 de
julio adoptó ya una resolución, que se publicó en el BOE el 28 de
julio, sobre la información



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de las cuentas anuales relativas al efecto 2000, en la que se
establecen criterios de imputación de los gastos de las operaciones
derivadas de la adecuación de estas aplicaciones al efecto 2000 y se
determina la información a incluir en la memoria.

Por su parte, la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y Pyme ha
puesto en marcha un plan de sensibilización para pequeñas y medianas
empresas que incluye envíos por correo, campaña de medios, jornadas,
seminarios, reuniones e información directa a las pyme, con material
divulgativo y realización de todo tipo de apoyo. Sobre esto tenemos
que destacar también la iniciativa pyme de desarrollo empresarial
1998-1999, en la que se integran recursos por un montante de 25.000
millones de pesetas, que tiene como uno de los objetivos ayudar a las
pequeñas y medianas empresas a afrontar los restos del nuevo milenio,
contribuyendo así a la adaptación de sus equipos y sistemas al salto
al año 2000. También me gustaría subrayar en este punto que se está
haciendo un importante esfuerzo para lograr la colaboración de todos
los agentes implicados. Así, por ejemplo, la colaboración del
Ministerio de Administraciones Públicas con la Secretaría de Estado
de Comercio y Turismo y Pyme y dos empresas suministradoras de
informática ha permitido la publicación, por el diario económico
Cinco Días, el 28 de julio, de la guía práctica para la adaptación de
los sistemas, de la que hablábamos antes, de información al año 2000,
con una tirada superior a los 40.000 ejemplares. Esta guía está
basada en el ASI-2000 editada con anterioridad por el Ministerio y el
BOE.

En esta misma línea, y en colaboración con otro diario -me parece que
pasado mañana sale la publicación-, en esta ocasión Expansión, se ha
acordado la edición y distribución de 80.000 ejemplares del CD ROM,
que luego les vamos a entregar, del efecto 2000, Guía y recursos de
apoyo, que, como digo, me parece que se distribuye pasado mañana.

Otra de las actuaciones de algún órgano del Gobierno, la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera está llevando a cabo una
serie de acciones para sensibilizar sobre la necesidad de preparar
los sistemas de información. Se incluye, dentro del boletín noticias
euro, una sección fija de cómo va avanzando y qué problemas tiene la
adaptación al efecto 2000. También en la edición de los manuales de
aplicación para las empresas, con vistas a facilitar su introducción
al euro, que están elaborando en colaboración con el Consejo Superior
de Cámaras, se aborda conjuntamente la adaptación de los sistemas de
información al cambio de moneda y al año 2000.

En cuanto al sector de la salud, que es otro sector de importante
preocupación, ha evaluado el impacto de la llegada en el año 2000 de
los equipos de electromedicina e instalaciones generales. El
resultado señala que el 13,4 por ciento de estos equipos son
susceptibles de estar afectados en distinta medida y el Insalud ya ha
puesto en marcha un plan de acción para resolver este problema.

Acabo la cita de la exposición concerniente a los e ncargos
específicos del Consejo de Ministros diciendo que la Comisión
Nacional del Mercado de Valores ha tomado, entre otras, las
siguientes iniciativas, que yo creo que son importantes: el director
general de Supervisión
se ha dirigido a los presidentes de las entidades de valores, de
las instituciones de inversión colectiva, de los mercados de valores
y del servicio de competencia y liquidación solicitándoles la
preparación y, en su caso, remisión de los correspondientes planes.

Se ha creado una comisión interna, encargada del seguimiento del
efecto 2000 en los mercados de valores, se ha mandado a todas las
sociedades emisoras de valores una circular en que se indican las
necesidades de dar publicidad a los inversores sobre este tipo de
actuaciones y se ha programado para el primer trimestre del año que
viene -y esto es importante- una prueba conjunta de todos los
mercados de valores.

Voy a ver si, acabada esta parte, trato de hacer una visión resumida
de cómo está la situación global en la Administración general del
Estado. En primer lugar, me voy a referir al cumplimiento de los
plazos. La información de que disponemos señala que se ha producido
un avance notable en el proceso, con relación a la situación que
teníamos a principios de este año. Este avance es más significativo
en las primeras fases del proceso de adaptación. En cualquier caso,
consideramos que hay que mantener el impulso y que es preciso
intensificar el ritmo en determinados aspectos del trabajo.

En las fechas en que nos encontramos, la mayor parte de los órganos
de la Administración general del Estado ha terminado el análisis del
impacto, que era el objeto de la primera fase del proceso de
adaptación, si bien la complejidad de algunos de los sistemas está
llevando algún tiempo más del previsto inicialmente por ellos.

Prácticamente, la totalidad de los responsables de ministerios y
organismos considera que la fase de conversión y la fase de prueba,
que va a ser durante los primeros seis meses del año que viene, van a
estar en los plazos que se habían acordado, y actualmente nosotros
estamos poniendo el énfasis en la revisión de los sistemas
automatizados y en la elaboración de los planes de contingencia.

Todo esto es muestra de que el proceso ha experimentado un notable
impulso en los últimos meses y esperamos que ese impulso se siga
consolidando conforme se vayan viendo los resultados del amplio
abanico de acciones que acabo de presentar en esta comparecencia.

En cuanto al coste de la adaptación, aunque es bastante difícil de
evaluar, nosotros hicimos una valoración inicial, que fue alrededor
de 15.000 millones de pesetas para el conjunto de la Administración
general del Estado. Actualmente, la valoración que tenemos es
aproximadamente de 19.000 millones lo que nos va a costar la
adaptación, pero hay que señalar que aplicaciones y equipos afectados
por el efecto 2000 habrían sido reemplazados por otros, como
consecuencia de la renovación natural del parque informático, aun en
el supuesto de que no se hubiera producido este efecto. Por ello, el
criterio que adoptemos a la hora de identificar un gasto como causado
por el efecto 2000 siempre puede ser objeto de polémica técnica, de
la misma manera que son diversos los criterios de estimación que se
han venido utilizando.

Lo que sí les puedo dar a SS.SS. como dato es que esta cifra que
dábamos de 19.000 millones supone el 12,1por ciento del gasto anual
que la Administración general



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del Estado hace en las tecnologías de la información, que ha
ascendido en este año en curso a 155.000 millones de pesetas.

En cuanto a los sistemas automatizados, la valoración alcanza
alrededor de 4.000 millones, de los cuales 2.500 van a corresponder
al Instituto Nacional de la Salud.

Como conclusión y para no alargarme más, quería manifestar que, de
modo inequívoco, el acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de junio
ha supuesto un impulso importante a la acción por parte de todos los
agentes implicados, tanto públicos como privados. Una buena parte de
estos agentes ya ha desarrollado acciones significativas para
minimizar los riesgos del efecto 2000 en el plazo que ha transcurrido
desde la aprobación del acuerdo. En segundo término, hay que convenir
que, como era previsible, ante el esfuerzo exigido a la sociedad en
general, esta respuesta es todavía desigual.

Entre los logros más destacables en el ámbito de la colaboración con
el sector privado cabe citar la puesta en marcha de la Comisión
nacional del efecto 2000, el Plan de sensibilización de las pymes,
las medidas relacionadas con la contabilidad y auditoría o las
actuaciones en relación con el Mercado de Valores.

En el sector privado, los sistemas de información de las áreas de
seguros, finanzas, comunicaciones y grandes empresas en general
parecen seguir un ritmo adecuado en el proceso de adaptación pero,
junto a éstas, hay otros sectores que están reaccionando más
lentamente o en los que ha calado menos el mensaje de sensibilización
y de llamada a la acción lanzado por la Administración. Este sería el
caso de las pequeñas y medianas empresas, que es uno de los sectores
que más nos preocupa y en los que la sensibilización es más difícil.

En cuanto al grado de preparación de los sistemas propios de la
Administración general del Estado, creemos que la práctica totalidad
de los órganos de la Administración del Estado está cumpliendo con
las fechas señaladas para la adaptación; ha finalizado ya el análisis
del impacto, los sistemas automatizados constituyen un tema en el que
se está avanzando, pero nosotros creemos que debe ser objeto de una
atención más específica a lo largo del tiempo que nos queda.

Otra preocupación es los planes de contingencia que, a nuestro
entender, constituyen una tarea clave. Hay que tener en cuenta que,
aunque hayamos sido muy rigurosos en la conversión, siempre existirá
una probabilidad de que se produzcan errores, por lo que los órganos
necesitan planificar la gestión del impacto de fallos no previstos.

En este punto debemos aplicar el principio de prepararnos para el
peor de los escenarios posibles, pero trabajando siempre para lograr
el mejor escenario de los deseables. En relación con los planes de
contingencia, en la última reunión que hubo con los subsecretarios de
los distintos departamentos se les pidió que cada uno elaborara un
plan de contingencia y que se creara un grupo específico en cada
departamento.

Asimismo, hay otro sector de especial preocupación que no es sólo
para este país, pues parece que en casi todos los países tenemos el
mismo problema, el de las administraciones locales. Es la parte que
quizá más nos preocupa pero a lo mejor es donde vamos a tener menos
problemas -en el debate lo podremos manifestar- porque la dotación
informática en la mayor parte de los municipios, sobre todo en los
pequeños, no es importante y tampoco van a tener excesivas
dificultades en resolver el problema modificando o cambiando la
infraestructura informática que tengan. Nos preocupan más los
municipios medianos.

Como conclusión, creemos que es muy importante mantener la presión
administrativa y reforzar las acciones de concienciación. Por eso
teníamos interés en venir a esta Comisión y pedir a todos los grupos
parlamentarios la colaboración en la sensibilización y
concienciación, dentro de las posibilidades de cada uno, para lograr,
tanto en el sector público como en el privado, adaptarnos lo mejor
posible al llamado efecto 2000.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor secretario de Estado, por su
información y por el esfuerzo de síntesis que ha acreditado.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Gómez
Rodríguez.




El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor secretario de Estado,
por su comparecencia y por el contenido de su informe, porque me ha
ahorrado muchas preguntas, lo que también agradecerán SS.SS. Ha
explicado perfectamente todo ese gran esfuerzo que está haciendo el
sector público para contrarrestar el efecto 2000 y es loable todo lo
que se está haciendo en las diversas fases del proceso.

Voy a formular directamente tres preguntas muy concretas, que se
refieren a lo siguiente. Primero, en las corporaciones locales, como
ha dicho, constituye un gran problema por sus circunstancias de
carencia incluso de personal técnico. Muchas veces, el interventor no
puede llevar él sólo las cuestiones de los presupuestos, de los
libros, y ahora llega el proceso necesario para hacer frente al
efecto 2000, con las necesidades financieras a la hora de tomar la
decisión de modificar o sustituir. Mi pregunta es: dentro de la cifra
presupuestada de 19.000 millones de pesetas, ¿está incluido el
posible costo de adaptación de las corporaciones locales? Repito que
otras cuestiones que iba a someter a su consideración ya no las
formulo porque usted las ha explicado perfectamente.




Respecto al mundo del sector privado, ¿cómo se va a compensar a las
empresas, qué criterios van a regir? Quizás ya esté legislado, pero
es tanta la variedad del mundo empresarial que creo que va a
constituir un gran problema. Por último, ¿cree que las fases
señaladas se cumplirán tanto por el sector público como por el
privado?
Vuelvo a agradecerle su comparecencia y también la contestación a mis
breves preguntas.




El señor PRESIDENTE: Señor Ríos Martínez.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Seré muy breve también.




Creo que esta es la reiteración de una comparecencia celebrada el 3
de noviembre. Como la explicación ha sido exhaustiva, no en lo
indicativo pero sí en todas las



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materias pues ha enunciado todos los trabajos que se están haciendo,
me va a permitir que, más que preguntas, le haga tres reflexiones
sobre los tres grandes bloques en los que, para mí, está planteado el
problema: los contenidos o tareas que se están acometiendo, los
plazos que se han fijado y el coste.

El coste inicial sobre el efecto 2000 y el problema informático para
la Administración central era de 10.000 millones. Cuando llega el 3
de noviembre y se pone en marcha la Comisión nacional del efecto
2000, se habla de 17.000 millones; ahora, usted ha hablado de 19.000
más 4.000. Me da la sensación de que el costo final es imprevisible.

Por tanto, son valoraciones estimativas en función de los dos grandes
programas que usted ha anunciado, por un lado, los sistemas
automatizados y, por otro, planes de contingencia; según van llegando
a todos los servicios, se irá detectando.

Mi primera consideración era si no nos estará sucediendo que
solamente vemos el toro cuando lo tenemos muy cerca, es decir si no
hemos empezado con fuerza y vigor demasiado tarde en el tiempo y se
puede estar mezclando, a la hora de hacer frente al problema, por un
lado, la adaptación y, por otro lado, la renovación. Me explico.

Muchas veces, se prefiere sustituir los equipos que adaptarlos y, por
eso, me imagino que estamos mezclando en el coste valores difíciles
de separar a la hora de hacer una previsión global. Traslade usted a
la vida cotidiana esa sensación de que estamos llegando un poquitín
tarde en la Administración. Usted ha puesto el ejemplo de los
municipios, pero no se pueden medir todos por igual, hay municipios
chicos y municipios medios; los municipios medios, los de 20.000
habitantes, tienen una complicación enorme y tienen visto el problema
todavía muy por encima. Y sin dejar el tema de los municipios, fíjese
en la atomización de empresas. Los datos nos decían que solamente un
40 por ciento de las empresas se han puesto en marcha. Las grandes
empresas y las grandes entidades financieras ya se lo agencian y lo
ponen en marcha de forma resuelta, el problema es esa pequeña
atomización.

En cuanto al contenido dentro de la Administración central, nuestra
preocupación se fija en el tema relativo a la Seguridad Social. ¿Cómo
se va a manifestar en los entes públicos, que gestionan hoy -y cada
vez más- una serie de servicios después de la reforma de la Lofage,
el tema de las comunicaciones, puertos, aeropuertos, etcétera? Hay
ejemplos con la telefonía móvil. En Estados Unidos, debido a la
dificultad de un chip, se ha producido el fallo de un sistema ligado
a un satélite que ha provocado una caída del sistema de telefonía
móvil. Fíjese qué tontería, pero nosotros tenemos unificada toda la
información de protección civil a través de una serie de
comunicaciones que puede verse afectada. El problema no está en lo
que denominan el salto de las fechas, sino en que tenemos
microprocesadores con dos dígitos y si se actúa así, pueden aparecer
múltiples efectos que no están previstos.

Paso a la segunda de las reflexiones o preguntas. Respecto a las
fases, usted ha dicho que la Administración central está ultimando la
fase de conversión y -si he entendido bien- que en el primer semestre
de 1999 iremos a una fase de prueba, una fase para valorar la
experiencia, para conocer cómo está funcionando. Todo ello va unido a
la primera reflexión, es decir, no sabemos si no hubiera sido mejor
haber realizado estas dos fases anteriormente. Realizar la fase de
prueba en el año 1999 nos puede llevar a la complicación de que
algunos elementos se solucionen en el segundo semestre de 1999,
porque cuando se está en fase de prueba pueden surgir nuevos
problemas que no hemos detectado. Le agradecería que me confirmara
las dos fase -según la información que he recibido de su
intervención-, que la fase de conversión se ultima en la
Administración central y en toda su estructura este año 1998 y que
entramos en fase de prueba en el primer semestre, si puede que en el
primer semestre de 1999 también estemos en fase de conversión, porque
lo que ocurriría es que en el segundo semestre algunos elementos
estarían en la fase de prueba, con lo cual nos colocaríamos en la
frontera del tiempo, porque los mayores efectos los veremos el 1 de
enero del año 2000 o en el primer semestre de dicho año y también
estaremos en prueba. Yo creo que se va a proyectar el efecto al año
2000. Todo esto respecto al tema de los plazos.

En cuanto al tema del coste, en la medida que sea posible, nos
gustaría conocer qué parte es de adaptación y qué parte de
renovación. Porque si ustedes tienen anticuados unos servicios de
informática, pueden estimular, acrecentar e incrementar la renovación
de un parque comprando equipos nuevos mejor que sustituyendo o
adaptando. Quisiera saber si ustedes han valorado el incremento de la
renovación, aunque se incorporen a la valoración definitiva los
planes de contingencia y los sistemas automatizados, los 18.000 y
4.000 millones respectivamente, si hay una mínima valoración. En todo
caso, me queda la tranquilidad de que se está acelerando el proceso y
la parte que a nosotros nos compete de crítica entiéndala más bien de
aprendizaje porque nosotros también podemos incentivar y estimular
nuestro propio funcionamiento y nuestra realidad siguiendo los marcos
que haya podido tener la Administración; no lo entienda en tono de
crítica destructiva, sino como una valoración. Porque muchas veces
los que más miedo tenemos somos más indiferentes en porcentaje, somos
así de nacencia y, lógicamente, luego lo proyectamos. Pero es bueno
que quien administra el mayor porcentaje de gasto público, que es la
Administración central, estimule y promueva para que las
administraciones que mueven menos recursos, como pueden ser las
municipales o las autonómicas, y la iniciativa privada atomizada, la
más pequeña, reciban el mismo estímulo y apoyo para esa renovación.

Termino, señor Presidente. Yo creo que además de que es verdad este
efecto, hay también un negocio puesto en marcha que controla, porque
lo lógico sería que las mismas empresas que le han dotado a uno de un
aparato hagan la renovación, la adaptación, pero la especialización
o la investigación va a ser una especie de nueva vertiente del negocio,
aunque sea coyuntural, que van a liderar determinados sectores
económicos. La vida es así y aquí, el que no corre, vuela. En todo
caso, espero que ese efecto sea más reducido y que impliquemos
también a laindustria que nos ha suministrado en ese compromiso de



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renovación. No vayamos todos a nueva adjudicación, a nueva relación
contractual.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Estrella Pedrola.




El señor ESTRELLA PEDROLA: Gracias, señor secretario de Estado, por
su intervención, que no es ociosa, porque algo diferente ha aportado
usted con relación a la comparecencia del ministro hace poco más de
un mes. Hay más información, por una parte, yo creo que hay mayor
reflexión y que se ha profundizado en el último mes bastante en la
reflexión, fruto del trabajo en la Comisión Interministerial, del
trabajo en la Comisión nacional.

Hace poco leía yo que el Gobierno chino había dicho que tenía la
completa seguridad de que podía garantizar que iba a tener resuelto
el problema del 2000 porque habían dado instrucciones de que así se
hiciera y el que no siguiese esas instrucciones sería castigado, y ya
sabemos cómo castigan en China. (Risas.) Esto viene a cuento de una
información paradójica que es la siguiente. Usted ha dicho que países
como Estados Unidos están a la cabeza a la hora de abordar el
problema y que en Europa vamos más retrasados, con alguna excepción
como el Reino Unido o algunos países nórdicos. Resulta que en Estados
Unidos un 83 por ciento de las empresas confían en tenerlo resuelto a
tiempo; en Europa esa confianza se eleva al 95 por ciento. En Europa,
un tercio de las empresas creen que existen riesgos reales de que los
fallos generales de los sistemas, incluso de sus propios proveedores
de energía eléctrica, etcétera, les creen problemas; en Estados
Unidos, a pesar de ir tan avanzados, dos tercios de las empresas
creen que pueden tener problemas, lo cual está indicando que en
Estados Unidos han conocido la magnitud del problema porque están más
avanzados en su tratamiento y están viendo ya todas las interre
laciones.




Sería importante que ese impulso y ese pulso que usted ha manifestado
en su intervención no se perdiera. No hace mucho, yo tenía ocasión de
hablar con uno de los subsecretarios, y me decía: nosotros no tenemos
ningún problema. Lo tienen y, si no lo tienen, tienen que garantizar
que no lo tienen, tienen que asegurarse, tienen que comprobar todos
los sistemas.

Me ha parecido importante que en su intervención haya destacado ese
giro de la visión del papel del Gobierno, porque aunque arreglar los
problemas de las empresas corresponde a las empresas, el Gobierno,
ante este problema, no es sólo un usuario sino que debe ser un
catalizador.

Usted habla de sensibilizar. Yo creo que el Gobierno tendría que
pasar ya a la fase de movilizar; no sólo sensibilizar, sino
movilizar. Estamos viendo la dimensión que tiene el problema a nivel
mundial en una economía globalizada que tiene sus partes buenas y sus
partes malas, una de las partes malas es que lo que se haga o no se
haga en Marruecos o en México nos está afectando también en nuestras
interrelaciones con esos países y con sus mercados. La Unión Europea
está intentando abordarlo de una manera global, coordinada,
intentando impulsar y conc
ienciar, y también Naciones Unidas acaba de celebrar hace dos o tres
días una reunión de los coordinadores. Hablo de movilizar porque, sin
querer ser alarmista -y nada más lejos de nuestra intención-, va a
haber un aluvión de informaciones, lo está habiendo ya y va a ir
creciendo en los próximos meses. Si un ciudadano está desinformado,
como la inmensa mayoría de los ciudadanos españoles, esa información
le va a llevar a la alarma. Entonces, es preferible movilizar a los
ciudadanos. Por ejemplo, en el Reino Unido, veinticinco millones de
familias han recibido en sus casas información sobre qué sistemas
pueden fallarles en su propia casa. El 80 por ciento de los
empresarios han visto al menos tres veces y media spots televisivos
informándoles que tienen un problema y que tienen que abordarlo.

Estamos viendo noticias del tipo de la siguiente: Reino Unido: «El
ejército ayudará a la policía contra la bomba del milenio».

«Movilización en Francia». Estados Unidos: «Agencia nuclear falló en
un chequeo de sus sistemas». «Regiones de Canadá abordan el problema
del efecto 2000». «El ejército de Canadá aconseja a sus soldados no
viajar en las fechas clave del 31 de diciembre-1 de enero». Una
noticia generada en Francia pero que trata el problema global:
«Probable suspensión de todos los vuelos el 31 de diciembre de 1998».

No ya porque las compañías francesas, españolas o suecas no hayan
comprobado sus sistemas, sino porque no tienen las garantías de que
van a funcionar los radares, los centros de tráfico aéreo, los
aeropuertos de terceros países, etcétera.

Ha hecho usted referencia al sector salud. Hay varias noticias que
están apareciendo ya. Tengo el titular de un periódico muy moderado
como es el Telegraph, no es de los tabloides escandalosos británicos,
que dice: «La bomba del milenio podría matar pacientes». Porque el
que haya un fallo en los sistemas de bases de datos y a un señor de
80 o 90 años lo manden a pediatría, al final se puede tomar como una
broma; pero que eso suceda en un sistema de un microchip que regula
un aparato de radiaciones, puede tener consecuencias terribles. Este
tipo de informaciones están apareciendo. Hace unos cuantos meses el
informe que hizo la CIAy los consejos que daba a sus agentes de hacer
acopio de dinero y de mantas por si acaso fallaban los sistemas de
calefacción movían a la risa, pero esa noticia volverá a recordarse
en el segundo semestre del año que viene. Veíamos también cómo en
algunos otros países se está planteando una visión integrada. He
tenido recientemente la ocasión de reunirme con un grupo muy amplio
de directores de hoteles de la Costa del Sol e hicimos un análisis de
todo lo que les podía afectar, no sólo en sus propios sistemas, sino
en los sistemas de los que dependen: de distribuidores, de suministro
energético, telefónico, etcétera, y era enormemente preocupante.

Reconozco el esfuerzo que se está haciendo, pero me ha preocupado
enormemente el informe reciente de uno de las dos grandes consultoras
con más credibilidad en este problema que es Cap Gémini. El informe
se hizo público a comienzos de noviembre y decía: En la Unión Europea
España aparece como el país menos preparado en el estudio, que
encontró que el coste de abordar el problemadel efecto 2000 se
elevaría a 11.000 millones de



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dólares, un poco más de un billón y medio de pesetas, equivalente al
gasto anual de investigación y desarrollo de España. Según el
estudio, esto supondrá que un tercio de todas las compañías españolas
no estarán preparadas el 1 de enero del 2000. Esto es lo que dice el
informe de Cap Gémini y es enormemente preocupante. Los costes se han
ido elevando porque, por ejemplo, los costes de software han subido
un 12 por ciento los últimos meses.

Usted ha hablado, centrándome en la Administración, de un coste de
18.000 millones. Yo no le voy a discutir esa cifra, pero pienso que
va a ser más elevada. Hay una primera estimación, no la había hace un
mes cuando vino el ministro, sobre el coste en los sistemas
automatizados -no me gusta la expresión sistemas empotrados-. Nos
referimos a los sistemas que están regidos por microchips y que sólo
fallan en un 5 por ciento de media. En determinados sistemas, como
los hospitales, se calcula que un 15 por ciento -usted ha dicho en
torno al 13 y pico-, pero hay que comprobarlos todos para saber cuál
falla y cuál no. En el mundo hay 7.000 millones de microchips
instalados cumpliendo distintas funciones, desde los ascensores de
esta casa hasta 50.000, por ejemplo, en todos los oleoductos de
British Petroleum, y hay que comprobar todos y cada uno de ellos.

Habla usted, como lo hizo el ministro, de los 25.000 millones de las
pymes. El decreto de los 25.000 millones, que son fondos europeos, no
habla para nada del efecto 2000, habla de poder acogerse a ayudas
hasta un 80 por ciento para inversión inmobiliaria (tecnológica,
aproximadamente un 20 por ciento). No digan ustedes que esto va para
el efecto 2000, porque ni aparece en el texto ni va a ser todo para
eso. Podrá dedicarse parte, pero no todo. Tampoco existe un
presupuesto en la Administración para abordar el efecto 2000. De
hecho, lo que dice el acuerdo del Consejo de Ministros es que tendrán
que destinar el presupuesto ya existente para tecnología y que, si
necesitan más, tendrán que detraerlo de otras partidas. No hay
previsión de aumentos. Como se ha dicho antes, vamos con retraso.

En cuanto al coste, sea ese billón y medio o sean los 400.000
millones que estimaban hace unos meses, que suponen, aproximadamente,
medio punto del PIB de este país, España va a tener que hacer el
esfuerzo en año y medio o dos años. Otros países como el Reino Unido
o Estados Unidos lo van a hacer en un período de cuatro años.

Nosotros vamos a tener que concentrar mucho más el esfuerzo. Quería
preguntarle, primero, si la cifra que da de 2.400 millones se refiere
exclusivamente al territorio Insalud. Segundo, en algunos países se
está planteando la posibilidad de imponer sanciones a empresas de
sectores considerados críticos cuyos sistemas certifiquen que cumplen
y produzcan fallos, sanciones que derivarían en responsabilidades
civiles. ¿Se está contemplando aquí algo parecido? En bastantes
países (Reino Unido y Estados Unidos) se ha instalado una pauta que
es lo que en Estados Unidos llaman la política del buen samaritano,
avalada por una ley del Congreso, que permite que las empresas del
mismo sector, por ejemplo, intercambien información sobre sus
sistemas, los fallos que han detectado, etcétera, lo cual abarata
costes y permite afrontar el problema. Nadie va a salir ganando con
que
dos empresas del mismo ramo una falle y la otra no, porque no sabemos
cuál va a fallar. Con lo cual se establece una política de buen
samaritano en la que pueden intercambiar información sin que esa
información, en el caso de no corresponder a la realidad, pueda tener
consecuencias en los tribunales, por ejemplo.

Habla usted del ámbito judicial. Se está planteando, cada vez más, la
necesidad de establecer mecanismos de acuerdos previos entre las
empresas para proceder a indemnizaciones sin tener que ir a elevados
gastos judiciales. Los planes de contingencia son esenciales. He
citado antes los del Reino Unido, donde van a involucrar incluso al
ejército ante la eventualidad de que se produzcan problemas graves.

Porque, como decía usted, hay que situarse en el peor escenario.

Es importante lo que usted ha dicho del Mercado Nacional de Valores.

Imagino que el Banco de España hará lo mismo con el conjunto de la
Banca, como ha hecho la Reserva Federal. Yo creo que la
Administración más o menos va bien, pero falta concienciarla, y no
sólo a un subsecretario. Tengo aquí la comunicación a un instituto
que se produce el 14 de octubre. Ese instituto, según el acuerdo del
Consejo de Ministros, tenía que haber hecho su evaluación a finales
de julio, y hasta el 14 de octubre no le llega al director la
notificación desde la dirección del Consejo Superior de
Investigaciones Científicas. Falta mucho por concienciar y hay que
prever el efecto dominó, sobre todo en un país como el nuestro, con
una estructura territorial y administrativa compleja. Lo ha
manifestado en su exposición. No basta con resolver el problema de la
Administración central del Estado, hay que resolver el problema del
conjunto de España.

También quería preguntarle si se han producido ya manifestaciones
anticipadas. Hay una serie de operaciones, por ejemplo, un crédito
con unos vencimientos, aparatos que pueden fallar el 9 del 9 de 1999,
porque muchos ordenadores no reconocen eso como dato. ¿Se han
producido fallos sustanciales avanzados en los sistemas de la
Administración?
Termino dándole las gracias por su comparecencia y también por algo
que el otro día le comentaba al ministro y que agradezco en lo
personal y en lo que pueda significar de contribución en lo político,
y es que hayan incorporado entre las páginas del efecto 2000 del
Ministerio los enlaces, que yo también pongo a disposición de los
usuarios.




El señor PRESIDENTE: Señora Montseny Masip.




La señora MONTSENY MASIP: Mi grupo también quiere felicitar al
compareciente, el secretario de Estado de Administraciones Públicas,
por la exposición.

Este es un tema apasionante. Esta diputada, que es funcionaria, ha
vivido los procesos de transformación en el terreno informático y
recuerda muy bien cuándo empezó la Agencia Tributaria a informatizar.

Se hicieron grandes inversiones en ese campo tecnológico en la
Agencia y en la Gerencia de Informática de la Seguridad Social. Con
el tiempo, fue descendiendo a que el funcionario tuviera un ordenador
para el cumplimiento de su cometido. Recuerdo que el lema en ese
momento, hace



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escasamente cinco o seis años, era: el funcionario, en lugar de un
lápiz, tiene que tener un ordenador.

Pues bien, en este momento entramos a analizar el año 2000 y se ha
previsto con tiempo suficiente: el 12 de junio de 1998 se aprueba por
el Consejo de Ministros el análisis de un efecto que tiene que tener
su traducción virtual el 1 de enero del año 2002. Creo que en esta
ocasión el Gobierno, la Administración, ha tenido en cuenta este
hecho con la antelación suficiente para ir haciendo la importante
transformación que nos situará en Europa a todos los efectos y que
llevará consigo la desaparición de la peseta y la entrada en vigor
del euro.

Entendemos que hay puntos que deben ser estudiados, como todo lo que
pueda tener incidencia en el mundo privado o en el terreno de las
pequeñas y medianas empresas; quizá en las pequeñas empresas sea más
difícil llevar a cabo esa transformación. Hablamos de los procesos
informáticos que tienen incidencia en el mundo, de planes de
contingencia, y hay que felicitar a la Comisión Interministerial y
saludar la creación de las distintas comisiones ministeriales, de la
comisión especial para estudiar la adaptación del euro, y la
complejidad de nuestro Estado debida a la transformación que en 20
años ha tenido desde el punto de vista territorial: comunidades
autónomas y Federación de Municipios y Provincias, donde va a tener
una especial incidencia el efecto 2000.

Queremos felicitar al Gobierno por su previsión, por el calendario y
por la trascendencia del evento, y nos ponemos a su disposición desde
esta Cámara para cuanto pueda facilitar y ayudar en el cumplimiento
de los planes en el tiempo y términos previstos.




El señor PRESIDENTE: Señor secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Villar
García-Moreno): Antes de contestar a las cuestiones puntuales, me
gustaría hacer una reflexión general porque, sobre todo por parte del
portavoz socialista, se ha hecho hincapié, creo que de forma un poco
exagerada, en la alarma. Nuestra obligación es mantener una actitud
de concienciación, de sensibilización y de preocupación, pero no de
alarma porque creo que no está justificado. Hay múltiples informes
alarmistas, desde el de la CIA, que creo que es el que más ha
alarmado, hasta el caso de Francia o el de cualquier ejército. Creo
que no debemos entrar en esa dinámica; nuestra obligación es tratar
de que lo que ocurra el 1 de enero del año 2000 tenga las menores
consecuencias posibles y procurar sobre todo que la sociedad se
conciencie del problema, pero sin crear una alarma que creo que no
está justificada, aunque sí es cierto que existen una serie de
sectores que son críticos en los cuales estamos haciendo especial
incidencia para que se solucione o se hagan las pruebas lo antes
posible y se procure disponer de unos planes de contingencia para el
caso de que no tenga posibilidad de solución.

En cuanto a la situación internacional, creo que no vamos a discutir
si Estados Unidos está por delante o si son las empresas más
sensibles; creo que son datos que dependiendo de cómo se tomen y de
quién partan a veces incluso son contradictorios. Hace tres semanas
estuve en
Viena, justo un poquito antes de la última cumbre que se celebró este
mes, y se trató este tema con los distintos países. En cuanto a lo
que decía el señor Estella, creo que este país no está por detrás del
común de los países de Europa; no digo que no se haya podido empezar
antes, tanto aquí como en el resto de los países de Europa, siempre
se puede empezar antes y siempre es mejor empezar antes que después,
pero al menos no estamos en una posición de partida peor.

En cuanto a las ayudas concretas, no es que el dinero que se da a las
pymes tengan que destinarse explícitamente para el efecto 2000 sino
que cabe la posibilidad de que las pymes puedan emplear este dinero
para esto, igual que los planes que tiene el Ministerio de Admini
straciones Públicas para las diputaciones y para los ayuntamientos.

Se ha mandado un escrito a las diputaciones para que fomenten que los
ayuntamientos puedan solicitar este dinero sin tener algún problema
de adaptación al efecto 2000.

En cuanto al coste, es muy difícil de calcular. Lo normal es que
vayamos subiendo los costes, pero insisto en la cifra que daba del
porcentaje que esto supone con respecto al gasto total en
informática, en que la mayor parte o muchos de los gastos que aquí se
prevén están incluidos en los gastos que cada departamento tiene en
la adaptación y muchos de ellos a lo mejor se hubieran hecho si no
hubiera existido el efecto 2000 y otros se hacen como consecuencia de
ello. Si se profundiza en el problema y se analiza la situación que
tiene cada departamento a lo mejor se llega a la conclusión de que
compensa más renovar unos equipos que adaptarlos, incluso, como muy
bien decía S.S., los costes de la mano de obra necesaria para la
adaptación de todos estos programas se está poniendo en unos niveles
tales que el organismo correspondiente prefiere renovar el equipo y
no ir a la adaptación. A mí me interesa, yo creo que como a todos,
transmitir que es importante la sensibilización, que cuanto más
tiempo tarde, llegará un momento, no dentro de muchos meses, en el
que será muy difícil conseguir que una empresa de informática tenga
capacidad de darnos el trabajo suficiente para la adaptación.

Entiendo que no es un problema de España, sino de todo el mundo.

Cuanto más cerca tenemos el problema, mejor lo vemos. No es un
problema de falta de previsión, sino que se afronta conforme llegan
las fechas.

En cuanto al dinero del Insalud, los 2.500 millones era el dinero que
tenía calculado el Insalud, lo que se llama territorio Insalud, no
las comunidades autónomas, con las cuales hemos tenido ya varias
reuniones, sobre todo en la comisión de informática, donde están las
administraciones locales, la FEMP, y las administraciones públicas.

Si quiere que le diga la verdad, hay comunidades autónomas, como sabe
S.S. perfectamente, que tienen un grado de adaptación muy bueno y
otras que van un poco por detrás. Ha habido bastantes reuniones con
ellos. Se está tratando de sensibilizar y de que lo hagan lo antes
posible. Esta es la situación. Este dinero era sólo del territorio
Insalud.

En lo referente a la responsabilidad civil para empresas que no
cumplan, en este momento no se ha pensado en ninguna norma de este
tipo. Ya he dicho en mi intervención



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que casi todos los países han llegado a la conclusión, y el otro día
en Viena se confirmaba así, de dejar un poco postergado el problema
judicial para no distraer los esfuerzos, que actualmente deben estar
basados en lograr que los trastornos que se ocasionen sean los menos
y en tener la mejor adaptación posible.

Yo no sé si va a haber algún problema determinado. Su señoría hablaba
de los planes de contingencia. Como ya le he dicho en la
intervención, se ha manifestado a todos los departamentos que hagan
un grupo especial de contingencias a partir de ahora, aunque van a
tener que trabajar durante todo el año para prepararse por si el 1 de
enero del 2000 hay algún problema. Esto va a estar coordinado por la
Dirección General de Protección Civil; nosotros consideramos que es
la idónea, por las funciones que tiene, para coordinar el grupo de
contingencias que tenga cada departamento.

Me preguntaba si había algunos datos de la Banca en lo que a los
créditos se refiere. Yo he tratado de acortar la intervención, porque
si no hubiésemos estado aquí dos horas, pero la Banca ha hecho las
pruebas. Amí me consta que la Banca no ha tenido problemas en cuanto
a los créditos. Ha hecho pruebas piloto de los créditos a largísimo
plazo y las pruebas han dado buen resultado. No ha tenido problemas.

Como sabe S.S., uno de los problemas que puede existir, porque todos
tenemos un crédito más allá del año 2000, es que tengamos que pagar
menos -lo que nos encantaría-, pero sobre todo que no tengamos que
pagar más.

En cuanto a las preguntas que me hacía el portavoz de Coalición
Canaria, no está incluido en los 19.000 millones el dinero de la
Administración local. Nosotros no podemos presupuestar el dinero que
se va a gastar la Administración local, lo que podemos poner a su
disposición son ciertas ayudas. Dependiendo del tipo de
Administración local que sea, va a tener unos costes determinados,
dependiendo del nivel de informatización que tenga esa Administración
local, lo cual -como decía antes y también el portavoz del Grupo
Socialista- supone más problemas para el mediano municipio que para
el pequeño, porque tiene poca informatización que para el grande,
porque se ha preocupado más en su adaptación.

En lo relativo a la compensación a las empresas del sector privado,
no tenemos nada previsto. Yo creo que cada empresa tendrá que pedir
responsabilidades al sector informático por aquellos aparatos o
aquellas dotaciones informáticas que le haya suministrado en una
situación irregular -entre comillas-. Yo insisto en que en este
momento todas las administraciones estamos de acuerdo en que no
debemos incidir demasiado en este tema, aunque es importante. Desde
luego, nosotros hemos exigido a la Asociación de Empresarios de
Informática que colabore con la Administración general del Estado y
con el resto de las administraciones y, respecto al sector privado,
será dicho sector el que tenga que dilucidar esto.

En cuanto al cumplimiento de las fases que se han establecido -y
aprovecho para contestar al portavoz de Izquierda Unida, que veo que
no está-, diré que las fases son: finalización del análisis del
impacto, el 31 de julio; finalización de la conversión, el 31 de
marzo; finalización
de las pruebas, 30 de junio, y dejamos el último semestre de
1999 para el intercambio de datos entre entidades externas y para
alguna contingencia que se presente. Pienso que, en lo que
corresponde a la Administración general del Estado, vamos a ser
capaces de cumplir los tiempos, pero del resto ya no me puedo
responsabilizar. La labor nuestra es la de concienciación y
sensibilización del resto de los sectores, tratando de que se haga lo
mejor posible.

También preguntaba el portavoz de Izquierda Unida, en cuanto a la
Administración general del Estado, por los sistemas críticos, entre
ellos la Seguridad Social, la comunicación, los puertos y
aeropuertos. En la Comisión hemos identificado varios sectores
críticos, 120 sectores críticos, y a ellos les estamos dedicando
mucha más atención y exigiendo un seguimiento mucho más exhaustivo.

En concreto, la Seguridad Social, dado el tamaño, la gran gestión, el
gran aparato informático, tengo la seguridad de que está
prácticamente adaptada.

Me preguntaban si habíamos valorado por separado la parte de
renovación y la de adaptación. No; no tenemos valorado exactamente
qué parte es renovación y qué parte adaptación. Y respecto a lo del
negocio informático, tengo que decir que esto, efectivamente, va a
ser un negocio para todas las empresas informáticas, no cabe duda de
que, aparte de la adaptación, va a obligar a una renovación del
parque tecnológico de una forma importante.




Para terminar, quiero decir que agradezco a todos los que han
intervenido su colaboración. Además, una de las razones fundamentales
de venir aquí es precisamente ésa: sensibilizar a la sociedad lo más
posible de que este problema existe, de que lo vamos a tener y, entre
todos, tratar de minimizarlo todo lo posible.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario de Estado.

Tendrá usted toda la colaboración de esta Comisión y de los grupos
parlamentarios.




PREGUNTAS:



- DEL SEÑOR RODRÍGUEZ ZAPATERO, DEL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO,
SOBRE LAS RAZONES POR LAS QUE SE HA DENEGADO LA AUTORIZACIÓN DE
COMPATIBILIDAD A L PRESIDENTE DEL CONSEJO REGULADOR DE LADENOMINACIÓN
DE ORIGEN «QUESO ZAMORANO». (Número de expediente 181/001697)



El señor PRESIDENTE: Concluido el punto segundo del orden del día,
pasamos al punto tercero, una pregunta, que será contestada por el
señor secretario de Estado, de la que es autor el Grupo Parlamentario
Socialista. Para formularla, tiene la palabra el señor Rodríguez
Zapatero.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Volvemos al tema de las
incompatibilidades. No sé si usted conoceque en materia autonómica
-no le voy a intentar despistar-



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se cita por la doctrina uno de los artículos más brillantes, artículo
de Pedro Cruz Villalón, catedrático de derecho constitucional, que se
publicó poco tiempo después de que se pusiera en marcha el título
VIII de la Constitución, y cuyo título rezaba algo parecido a lo
siguiente: La estructura del Estado de las autonomías o la curiosidad
del jurista persa. El argumento era qué pensaría un jurista persa al
analizar nuestro complejísimo título VIII. Me venía a la memoria qué
pensaría un jurista persa -nórdico, en este caso- si asistiera a esta
sesión parlamentaria y viera un ordenamiento jurídico, que sin duda
usted va a defender en esa interpretación, por el que se declara
compatible a un ex secretario de Estado, con una pensión
indemnizatoria durante dos años del 80 por ciento, para realizar una
actividad en el sector privado como la que hemos visto y seguramente
con una remuneración importante, y a la vez, por el mismo Ministerio,
con el mismo ordenamiento jurídico, se declara incompatible a un
funcionario del Ministerio de Agricultura porque es elegido por
unanimidad como presidente del Consejo Regulador de la Denominación
de Origen. Quiero matizar que ese es un cargo honorífico y sin
retribución y que para esa persona, a la sazón funcionario del
Ministerio de Agricultura, supondría esfuerzo, trabajo y dedicación.

Insisto en que esta persona ha sido elegida por unanimidad, en su
día, por el sector. Resulta que, a diferencia de lo que ha pasado en
otros casos, esta persona, como funcionario honesto, presenta su
declaración de incompatibilidad y el Ministerio le declara
incompatible, como decía el señor Rajoy, haciendo la interpretación
que legalmente, en cada momento, hacen los servicios del Ministerio y
usted mismo, porque la resolución está firmada por usted, aunque no
haya sido comunicada por usted.

Señoría, con el caso anterior y con éste, con esos dos casos en la
mano, y sin que pretendamos entrar en un debate de naturaleza
jurídica sobre los perfiles o los límites, porque obviamente no es
éste el foro adecuado ni seguramente usted tiene por qué entrar en
él, no puede haber un ordenamiento jurídico que conduzca a la
aplicación del derecho de una manera tan poco equitativa. Recuerdo
que hay valores constitucionales que presiden la interpretación de
las normas y que en primer lugar abocan a la interdicción de la
arbitrariedad. Y hay otro valor esencial constitucional que preside
cualquier interpretación o aplicación de la ley y es el valor de la
justicia, y la propia racionalidad de la aplicación de una ley y de
una norma. Porque, cuando usted ha declarado incompatible al señor
Petisco en su condición de funcionario y electo presidente de un
consejo regulador de una denominación de origen, en este caso del
queso zamorano, ¿dónde está la zona de conflicto? ¿Dónde está la zona
de intereses? ¿Dónde está la afectación que puede haber al interés
público? Esta sería la última racionalidad de la incompatibilidad,
porque, por supuesto, no estamos hablando de cuestiones pecuniarias
ya que, como todo el mundo sabe y ha quedado claro, no habría ningún
problema porque el cargo no tiene ninguna retribución.

Usted puede entender que haya muchos ciudadanos que consideren que
ésta es una decisión injusta, y se lo digo con todas las letras y con
todo lo que eso supone.

Lo han dicho los propios miembros del consejo regulador: no se puede
entender cómo es posible que en nuestra región la Ley de
incompatibilidades se aplique para unos y para otros no. Esto es así,
y le cito los casos de presidentes de consejos de denominación de
origen, funcionarios, que han ejercido: Ángel Carbajosa, en el caso
del vino de Toro, o Pedro Llorente, en el caso del Ribera del Duero.

Seguramente -no lo sé, porque desconozco los casos- no presentaron su
declaración de incompatibilidad. Pero es absolutamente increíble que
sea ésta la decisión sobre un funcionario que es honesto y que
presenta su declaración de incompatibilidad frente a otros casos
-seguramente en otras comunidades autónomas también los hay- de
funcionarios que han ejercido como presidentes de los consejos
reguladores de denominación de origen.

No se le puede ocultar que detrás de todo esto lo que ha habido -y no
lo digo yo, sino que lo dicen los sindicatos y las organizaciones que
están integradas en el Consejo Regulador- ha sido una batalla
política. Ha habido una batalla política, porque para este consejo
regulador hubo elecciones y ganó una determinada fuerza sindical,
concretamente la COAG, Unión de Campesinos COAG, frente a Asaja, que
era la otra fuerza rival en esta pelea. El resultado final es que,
por una u otra vía, las personas que habían obtenido esa
representatividad han visto cómo el objetivo -no digo que se haya
producido por ello, lo subrayo- de algunas fuerzas en la provincia de
Zamora ha sido que el señor Petisco no acabara siendo presidente del
consejo regulador. Sinceramente, la decisión ha sido injusta.

Hay argumentos jurídicos, dada la especialísima naturaleza jurídica
de los consejos reguladores, que son unos órganos desconcentrados de
la Administración. Por cierto, en la resolución que usted ha firmado
dice que son órganos desconcentrados del Ministerio de Agricultura;
hoy ya no lo son, son órganos desconcentrados de la comunidad
autónoma. Yhasta ahí su resolución, desde el punto de vista jurídico,
es bastante pobre, despacha en cinco líneas e incluso comete el error
de no darle traslado al funcionario de lo que es, lo cual es un
argumento bastante consistente para interponer el recurso
contenciosoadministrativo que ha anunciado el afectado.

Usted ha tomado la decisión, sé que es irrevocable, pero ni la ley ni
el derecho puede producir resultados tan insólitos como los que se
han derivado comparativamente de la aplicación que usted ha hecho en
este caso.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez Zapatero, debe terminar porque
de otro modo no tendrá tiempo para la réplica.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Termino.

Por tanto, le pregunto cuáles han sido los criterios conforme al
texto de la pregunta que reza por escrito.




El señor PRESIDENTE: Señor secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Villar
García-Moreno): Antes de contestar a la pregunta del señor Rodríguez



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Zapatero, quisiera manifestar su utilización -llamémosle- demagógica,
cosa que ha permitido la Mesa, al unir los dos casos en la misma
comparecencia. Querer hacer una comparación entre el pobriño hombre
que no cobra y que pide una compatibilidad con la del alto
funcionario que cobra además retiro no deja de ser una demagogia
absoluta. Yo no soy jurista, pero S.S. sí y debe saber que la
resolución que yo firmo está basada en derecho. Intentar hacer una
comparación de dos casos distintos tiene el sentido de la venta cara
al exterior o a la prensa, pero no deja de ser nada más que eso,
porque en el aspecto jurídico la Inspección general de servicios que
de mí depende ha decidido, basada en derecho, no conceder la
compatibilidad. Esto es lo que deberemos analizar y no comparar este
caso con el del señor Miguel Ángel Rodríguez, que no viene a cuento.

Su señoría está en todo el derecho de hacerlo y yo de manifestar que
no deja de ser una utilización demagógica de dos comparecencias que
sólo tienen que ver en la petición de la comp a tibilidad.

En cuanto a la pregunta que formula, tengo que manifestar que incide
en uno de los aspectos que componen -como saben SS.SS.- el estatuto
de los funcionarios públicos, que es el régimen de
incompatibilidades. En este sentido, quiero recordar que los
empleados públicos están sujetos a un régimen de incompatibilidades,
nos guste o no, cuya finalidad es la de garantizar la plena
dedicación de éstos a la Administración. Este régimen se contiene en
la Ley 53/1984, que es la aplicable a don Emilio Petisco, que ocupa
el cargo de jefe de servicio de la dependencia de Agricultura, Pesca
y Alimentación. Uno de los principios generales sobre los que gravita
dicha norma está en el artículo 1, que dice que el personal
comprendido en el ámbito de aplicación no puede compatibilizar su
actividad principal en la Administración con el desempeño por sí o
mediante sustitución de un segundo puesto de trabajo, cargo o
actividad en el sector público, salvo en determinadas excepciones que
se prevén en la norma con carácter cerrado, como es el supuesto de
los profesores asociados, las actividades de investigación no
permanente o de asesoramiento, con determinadas limitaciones.

Es claro que, cuando se elaboró la norma, se quería impedir el
desempeño de más de un puesto público por un funcionario para evitar,
como he dicho antes, que el desempeño del segundo puesto pueda
perjudicar el pleno desempeño del primero, así como para huir de la
acumulación de empleos públicos por una persona.

Actualmente, y de acuerdo con la ley, un empleado público sólo puede
desempeñar -insisto en que esto es de acuerdo con la ley- una
actividad pública y, en consecuencia -en este caso se cumple-, sólo
se puede cobrar una remuneración. Los únicos supuestos en los que
excepcionalmente se autoriza el desempeño de más de un puesto son los
que he dicho anteriormente.

En definitiva, con la norma en la mano, no es posible autorizar a un
funcionario que presta sus servicios en un órgano administrativo a
desempeñar un segundo puesto en un consejo regulador, ya que esta
actividad en ningún modo está prevista en la Ley 53/1984 como una de
las posibles excepciones. En este sentido, hay que señalar
que los consejos reguladores son órganos dependientes -efectivamente
es un error de transcripción-, desde el año 1994, de la Consejería de
Agricultura del Gobierno de Castilla y León, con atribuciones
decisorias y cuyo objeto es representar los intereses del sector.

Se podría argumentar la posibilidad de considerar que la
participación en dicho órgano estaría permitida a tenor de lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley 53/1984, que se refiere a la
participación en consejos de administración u órganos de gobierno de
entidades públicas o privadas. Esa solución se examinó en este caso
como posible para dar la compatibilidad, pero tuvo que ser desechada
porque el artículo 8 sólo es aplicable cuando la participación en
dichos consejos de administración u órganos de gobierno se realiza en
representación del sector público, cuestión ésta que en ningún
momento se desprende de la documentación del expediente. Si existe
otra documentación, estaríamos encantados de rectificar.

Es importante señalar que el objetivo del artículo 8 de la ley no es
permitir que los empleados públicos puedan asistir a los consejos de
administración u órganos de gobierno por su propia voluntad; todo lo
contrario, este artículo 8 lo único que hace es autorizar la
asistencia de éstos a dichos órganos cuando esta participación sea en
representación del interés público. En este sentido, se recuerda que
los consejos reguladores están integrados mayoritariamente por
personas que ostentan una defensa de intereses que no tienen por qué
coincidir con los de la Administración, ya que representan al sector
interesado, que está regulado. No hay ningún dato que afirme que la
participación como presidente en dicho consejo sea en representación
de la Administración, por lo que queda claro que el interesado ocupa
dicho puesto en representación propia.

Por todo esto, la presidencia de dicho consejo, aunque se designe por
la comunidad autónoma a propuesta del consejo regulador, no se
encuentra amparada en la Ley 53/1984 porque la participación en este
consejo no es en representación del sector público. En resumen, la
denegación de la autorización solicitada estriba en la imposibilidad
de desempeñar más de una actividad pública, salvo en los supuestos
que se prevén en la ley.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez Zapatero.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Comprenderá que la demagogia es difícil
de asumir porque los hechos son los que son y las comparaciones son
inevitables, en este caso extraordinariamente llamativas.

No he pedido la comparecencia para que haga de transmisor de datos
jurídicos, porque le recuerdo que usted es un alto cargo del Gobierno
y ésta es una Cámara política donde se rinde gestión desde esa
perspectiva. Sería imposible entrar en el debate jurídico. Yo le
afirmo desde aquí -y seguiré con interés el proceso contencioso-
administrativo- que el tema, como casi todo en derecho, es discutible
jurídicamente, porque creo que en ningún caso la interpretación de la
ley puede abocar a un resultado tan absurdo y desproporcionado como
el caso que nos ocupa. Cuando la ley habla de que solamente se
permite en representación, es una especie de garantía,



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pero no una imposibilidad cerrada a que sea en otro tipo de
representación.

Por cierto, sería extraordinariamente discutible (dado que los
consejos reguladores son órganos de la Administración pública y, por
tanto, quienes votan y eligen actúan como Administración, en esa
híbrida y compleja naturaleza jurídica que tiene esa institución) si
no estaría actuando en representación de la Administración. El tema
es discutible. ¿El consejo regulador es Administración pública? Sí.

¿Es un órgano desconcentrado? Sí. Cuando sus miembros votan, ¿actúan
en función de Administración pública? Yo le formulo esta pregunta,
porque jurídicamente -ya le he dicho que no quiero entrar en debate
jurídico, porque además el tema es interesante- le podría construir,
seguro que con fortaleza jurídica, la argumentación contraria.

Siendo el tema discutible, si su ministro ha hablado de una
aplicación benévola, en el caso de los altos cargos, de la ley de
incompatibilidades, que también es dura para los funcionarios, que en
este caso no se haya podido ir a la interpretación más benévola
levanta las sospechas, que no las pongo yo encima de la mesa, las han
puesto, insisto, los sindicatos que tienen la representación en ese
consejo regulador. Eso es lo que no es permisible, porque estamos
haciendo una aplicación de la ley que conduce, querámoslo o no, a la
pura arbitrariedad y a la sinrazón de que una persona a la que se
elige sin retribución para que desempeñe un trabajo porque es
conocedor del sector no pueda apoyar desde su presidencia el futuro
de una denominación de origen, que para nada implica sus ámbitos
funcionariales, ni hay zonas de concurrencia, ni sombras extrañas ni
nada de nada. No puede la aplicación de la ley, por muy rígida y dura
que sea, llevar a este resultado tan absurdo. Esa es la reflexión a
la que le llamo, señor secretario de Estado, porque además, si hay
contencioso, ustedes hasta pueden allanarse. Ya sé que es difícil y
complicado, pero no vamos a conducir al ordenamiento jurídico español
a esta situación, que es realmente insostenible, se mire desde donde
se mire.

Usted tiene unos buenos servicios de la inspección -nadie los ha
discutido, ni en el caso anterior ni en éste- y un buen director
general, y estoy plenamente convencido de que serían capaces de hacer
una fundamentación jurídica incluso brillante, desde luego mucho más
brillante que la que han hecho en la resolución que usted ha firmado,
porque ni siquiera han puesto, que es un fallo considerable
-admítamelo, señor secretario de Estado-, que este órgano ya no es de
la Administración del Estado, sino que es desconcentrado de la
comunidad autónoma, pero podrían hacer una argumentación jurídica
igualmente brillante. Le llamo a esta reflexión. Yo se la he hecho
seguramente pobre desde el punto de vista jurídico, pero sus
servicios la podrían haber hecho brillante. Yo a usted le pido la
responsabilidad en este sentido, como está aquí, como responsable
político, y no como mero transmisor, porque para eso que venga el
inspector o quien haya hecho el informe. Aquí estamos para otra cosa.

Y en esa otra cosa usted, como Gobierno que aplica las leyes, tiene
que tener todos los elementos y ver a qué conduce la aplicación de
una ley en un sentido o en otro, y eso es lo que no ha hecho ni
quiere hacer. Ojalá,
que es muy probable, pierda el contencioso, y luego le tendremos que
exigir a usted, lógicamente, ahí sí, la responsabilidad política ya
en toda regla, porque éste es un tema llamativo y emblemático, sobre
todo cuando está produciéndose una aplicación de la ley de
incompatibilidades de altos cargos como la que nos ha descrito, y
consta en acta, el señor ministro.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Villar
García-Moreno): Yo vengo aquí a contestar una pregunta y tengo que
hacerlo en los términos jurídicos en que está, pero ya he hecho
alguna interpretación política al principio y vuelvo a insistir en la
utilización demagógica de las dos comparecencias mezcladas. Digo que
es una utilización demagógica juntar las dos, por varias cosas. No
quería entrar en ello pero, si S.S. me habla de Miguel Ángel
Rodríguez, le tengo que decir una cosa que me llama la a tención.

Como S.S. bien sabe, yo firmo los expedientes de incompatibilidad. En
este último año he firmado 5.500, de los cuales he denegado la
compatibilidad a 970, pero es que desde que llevo ejerciendo el cargo
de secretario de Estado he firmado 18.500, de los cuales he denegado
5.531. ¿Por qué me pregunta S.S. por éste? ¿Porque fue gobernador
civil? ¿Porque es candidato a la presidencia de la diputación? Su
señoría tiene que responder de estas cosas, no yo. No me diga que
utilizo esto demagógicamente. ¡Por favor! Esto lo ha contestado la
inspección de servicios. Usted le echa un piropo a la inspección. Yo
creo que ha perdido cinco votos ahí, por lo del artículo del otro día
de Tiempo, en el que dice que nosotros presionamos a la inspección.

Yo creo que ni al Gobierno ni a ninguno de nosotros se nos podría
ocurrir -S.S. lo sabe perfectamente y estoy seguro que a usted
tampoco se le ocurriría- decir a un órgano de la Administración que
haga un informe de una manera o de otra. La gente que hace informes
de incompatibilidad (llevamos 18.500 en dos años y medio; imagínese
los que llevan desde el año 1995) son los mismos, nombrados por
ustedes, los mismos; yo no he cambiado a ninguno, a excepción del
director general, pero evidentemente el director general no hace este
informe; el resto son funcionarios de libre designación nombrados por
ustedes. El responsable de esa unidad es una persona de libre
designación nombrada por ustedes. Por favor, no me diga que actúa de
forma sesgada, no me lo diga. De 18.500 informes ¿por qué se interesa
usted por éste? Yo tengo que contestarle jurídicamente.




Le voy a destrozar los argumentos jurídicos. No pretenderá usted,
como decía antes, que esto va en contra de la salud democrática, no
creerá usted que yo prevarique. No creo que S.S. pretenda decir que
yo prevarique. Éste no es el primer caso, tenemos otro exactamente
igual. Se lo voy a contar. Tres de septiembre de 1990, el presidente
de un consejo regulador -no de un queso, de otra cosa, pero S.S.

estará conmigo en que es lo mismo- pide la compatibilidad y la misma
inspección de servicios



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que había con el Gobierno socialista se la deniega. Esto va al
Tribunal contencioso-administrativo -ése con el que tanto me amenaza,
lo cual me encanta porque los procesos administrativos los podremos
perder los que queramos-, que dicta una sentencia el 30 de enero de
1996 (todavía estaban ustedes, todavía estaban en la inspección los
mismos), en la que se desestima la pretensión del recurrente, dando
la razón a la resolución de la Inspección General de Servicios de la
Administración pública y donde fundamentalmente se dice lo siguiente.

En primer lugar, que los consejos reguladores son entidades públicas
-estamos todos de acuerdo-, aunque se sujeten en su actividad al
derecho privado. Por ello la actividad en un consejo regulador se
halla prevista en el artículo 1.º1 de la Ley 53/1984, cuando dice que
considera actividad en el sector público, entre otras, las
desarrolladas en los entes, organismos y empresas dependientes de la
Administración pública puesto que, como dice literalmente la
sentencia, nos encontramos en presencia de un organismo dependiente
de la Consejería de Agricultura de Castilla y León. Por consiguiente
-continúa la sentencia-, dado que el artículo 1.º1 de la citada norma
prohíbe el desempeño de un segundo puesto, c argo o actividad en el
sector público, salvo en los supuestos previstos en las mismas, se
desestima el recurso del interesado, considerando además que la
naturaleza honorífica que el mismo alega no es relevante en cuanto al
fondo del asunto.

En resumidas cuentas, además de todos los argumentos técnicos y
jurídicos que he expuesto en mi intervención, insisto en que la
presidencia de un consejo regulador de una denominación de origen es
incompatible con el desempeño de otra actividad pública. La citada
sentencia de la Audiencia Nacional, que viene a confirmar el criterio
mantenido por esta Secretaría de Estado ya desde el año 1990, es el
mismo que se ha aplicado a este señor. Le puedo dar una copia de la
sentencia a S.S., aunque creo que ya se ha explicitado, pero tiene a
su disposición la resolución literal.

Creo que es obvio seguir, no tiene mucho sentido. Voy a dejar de
contestar más argumentos, resumiendo que, jurídica y técnicamente,
esta sentencia sobre un caso similar, dictada hace menos de dos años,
da la razón a la Inspección General de Servicios y a esa Secretaría
de Estado en la aplicación de la incompatibilidad. De lo expuesto se
deduce que este señor no puede compatibilizar su cargo de jefe de
servicio del Ministerio de Agricultura con la presidencia del consejo
regulador, como o rganismo público, porque no ha sido elegido. En los
otros casos que S.S. contaba probablemente hayan sido elegidos o por
el Ministerio o por la comunidad autónoma, en cuyo caso podría
perfectamente compatibilizar su puesto.

Tampoco lo podría compatibilizar este señor, aunque S.S. no lo ha
dicho pero se lo aclaro, con la actividad privada. ¿Por qué? Porque
la ley se lo prohíbe a todo aquel funcionario que cobre más del 30
por ciento del complemento específico con respecto a su sueldo. El
jefe de servicio de Agricultura tiene un complemento específico de
1.111.000 pesetas, por lo que sobrepasa con creces ese 30 por ciento
de su sueldo. Por tanto, legalmente no
se le puede dar la compatibilidad en el sector público y en el sector
privado. Lo coja por donde lo coja no tiene solución.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario de Estado.

Señorías, damos por concluido el punto tercero del orden del día.




COMPARECENCIA DEL SEÑOR GERENTE DE PATRIMONIO NACIONAL (Recio
Crespo), PARA EXPLICAR LAS CONTRATACIONES CON CARÁCTER LABORAL
INDEFINIDO AUTORIZADAS, POR LIBRE DESIGNACIÓN, A PERSON A L NO
PERTENECIENTE A PATRIMONIO NACIONAL. A SOLICITUD DEL GRUPO PARLAM E N
TARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA. (Número de expediente 212/001774)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto 4 del orden del día.

Comparecencia del señor gerente de Patrimonio Nacional, a petición
del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, para explicar las
contrataciones con carácter laboral e indefinido autorizadas, por
libre designación, a personal no perteneciente a Patrimonio Nacional.

El señor gerente tiene la palabra para iniciar su comparecencia.




El señor GERENTE DE PATRIMONIO NACION A L (Recio Crespo): Tengo la
satisfacción de encontrarme ante esta Comisión para aclararles de
manera directa, como gerente de Patrimonio Nacional, unos
nombramientos de personas de confianza y de alta dirección, así como
determinadas retribuciones de personal, cuya legalidad y oportunidad
han sido cuestionadas. (El señor Vicepresidente, Soriano Benítez de
Lugo, ocupa la Presidencia.)
Respecto a los nombramientos aludidos, el convenio colectivo vigente
en Patrimonio Nacional de 1992 establece en sus artículos 13 y 16 los
supuestos en los que puede nombrarse personal mediante el
procedimiento de libre designación.

El artículo 13.2 se refiere fundamentalmente a la designación de
quienes hayan de prestar servicio en zonas de alta seguridad en los
Reales Sitios. En estos supuestos, al margen de la categoría o
características profesionales de los puestos de trabajo, el personal
es designado libremente sin convocatoria pública, celebración de
pruebas selectivas o cualquier otro condicionamiento. Se trata, pues,
de una designación libre por el hecho de asumir responsabilidades en
puestos de alta seguridad.

Por otro lado, el artículo 16 reconoce la libre designación para
cubrir ciertas categorías o puestos, cuya provisión ha de efectuarse
siempre que sea posible entre el personal de la plantilla del
organismo. En este caso, se trata de nombramientos de libre
designación en razón de la categoría o naturaleza de los puestos de
trabajo.

En todos los supuestos en que los nombramientos se han producido en
zonas de alta seguridad, la designación se ha efectuado conforme a
las prescripciones legales, cuyo procedimiento es el siguiente:
Primero, propuesta



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previa del gerente de Patrimonio Nacional, solicitando la
autorización del Ministerio de la Presidencia para proceder a la
contratación de una persona. Segundo, tramitación de la propuesta, a
través de la Subsecretaría del departamento, previa comprobación de
la legalidad y oportunidad del nombramiento. Tercero, autorización
por el ministro de la Presidencia, al amparo del artículo 13.7 de la
Ley 6/1997, de Organización y funcionamiento de la Administración
general del Estado. Cuarto, contratación de la persona propuesta
mediante el procedimiento de libre designación y sin convocatoria
pública previa, según lo dispuesto en los artículos 13.2 ó 16, en su
caso.

Hasta ahora tal proceder no había suscitado ninguna objeción desde la
entrada en vigor del convenio colectivo de 1992, y esto es importante
a pesar de haber sido utilizado con total normalidad entre 1992 y
1998. Sólo a partir de mayo de 1997 se han suscitado o bjeciones.

Sin embargo, los nombramientos han sido además objeto de una
impugnación ante la Audiencia Nacional, que dictó sentencia el 22 de
octubre del presente año. En resumen, la Audiencia viene a decir: en
primer lugar, que los supuestos contemplados en el artículo 13.2 del
convenio quedan fuera del ámbito de la sentencia, o sea que no son
cuestionados; en segundo lugar, que la sentencia se circunscribe
expresamente a los casos regulados en el artículo 16, exigiéndose en
tales supuestos la convocatoria pública y la provisión entre personal
fijo de la plantilla del organismo; y, en tercer lugar, que el fallo
tiene carácter interpretativo y no afecta a las designaciones
anteriormente realizadas.

Puedo asegurarles que, con independencia de que la sentencia haya
sido recurrida ante el Tribunal Supremo con fecha 12 de noviembre de
1998, Patrimonio Nacional se atendrá, como es lógico, al nuevo
criterio que se nos impone. En conclusión, los nombramientos
efectuados en Patrimonio Nacional son perfectamente válidos y no se
encuentran cuestionados por el fallo judicial, ya que se ha utilizado
en ellos el artículo 13 del convenio referido a zonas de seguridad.

Permítanme una breve reflexión sobre el importante puesto de delegado
de Patrimonio Nacional en los Reales Sitios, al que se refieren los
principales nombramientos. Hasta marzo de 1987 el delegado se
denominaba administración, porque su función primera era gestionar
los arrendamientos de naturaleza rústica o urbana, y luego,
secundariamente, actuar como jefe de personal y tesorería de los
museos.

A partir de la Ley de 1982, Patrimonio Nacional se desprende de la
mayor parte de los bienes que carecen de interés cultural. Esto crea
una nueva situación a la que corresponde un tipo de delegado también
diferente. Como representante del consejo de administración, el
delegado debe ser: gestor cultural y, por tanto, con una formación
académica en historia, arte, humanidades, bellas artes o derecho, por
citar algunos ejemplos; además, tiene que ser una persona con
capacidad para relacionarse con el mundo cultural, con las
instituciones y en general con la sociedad; y además, a ser posible,
conocedor al menos de una lengua extranjera.

En este modelo se ha inspirado la política de personal en que se
basan tales nombramientos. Hace un año ninguno de los delegados en
los Reales Sitios poseía titulación académica superior. Hoy sólo uno
carece de ella.

A las razones que he dado debo añadir otras de gestión. De los
nombramientos cuestionados, tres corresponden a personas que estaban
trabajando en Patrimonio Nacional, no fijas en la plantilla, aunque
con años de servicio, y sólo se ha recurrido a personas ajenas en dos
casos.

Otros supuestos de gran importancia a los que quiero referirme son
los que se ocupan de programas culturales y de actos oficiales. Ambos
han sido encomendados a personas con titulación académica superior y
un curriculum adecuado para cada puesto. Actos oficiales se organizan
en Patrimonio Nacional en torno al centenar cada año, cada uno con su
particularidad propia; y el contenido de los programas culturales
puede resumirse en 68 conciertos, cinco exposiciones, dos tan
complejas como las de Felipe II en El Escorial y en Aranjuez; la
edición de una revista y el mantenimiento de un departamento de
publicaciones.

Como he dicho al inicio de estas palabras, se ha cuestionado también
la legalidad de unas gratificaciones al personal por la realización
de actos oficiales. Deseo aclarar este punto. Como ente público,
Patrimonio Nacional cuenta con los mismos instrumentos que cualquier
Ministerio para conceder gratificaciones a su personal funcionario,
cumpliendo los requisitos legales de premiar un trabajo
extraordinario y de que no sea periódico su devengo. Respecto al
personal laboral, la Ley de presupuestos concede a Patrimonio
Nacional una cantidad para gratificar a quienes participan en la
realización, preparación y apoyo de los actos oficiales, de los que
cada año se produce una cifra en torno a cien.

No se les escapará a SS.SS. ni la importancia ni la naturaleza de
Estado de tales actos oficiales; ni tampoco que con frecuencia se
realizan fuera de horario, en fechas señaladas o de carácter
familiar, y siempre con apuros y premuras, lo que supone un esfuerzo
extraordinario; ni, finalmente, que para un buen resultado, los actos
oficiales requieren planificación y apoyo, y por ello el concurso de
personas de variadas categorías y situaciones. Sería injusto no
reconocer tal esfuerzo. Respondiendo a estos criterios, Patrimonio
Nacional ha concedido a lo largo del presente año, como en ejercicios
anteriores, gratificaciones sin llegar a utilizar, a fecha de 30 de
noviembre, más que el 57 por ciento del total asignado, y cuidando
evitar discriminaciones entre el personal laboral y el personal
funcionario. Las cantidades se asignan en función de criterios
objetivos cuantificables, cuando es posible medir las horas de
participación efectiva de quienes actúan directamente en los actos
oficiales, o valorando la aportación extraordinaria de trabajo que el
desarrollo, preparación y apoyo de tales actos requiere.

De todo lo anterior fueron informados lo sindicatos con
representación en Patrimonio Nacional el 10 de septiembre de 1998,
explicándose los criterios utilizados, que cumplen todos los
requisitos legales y que no constituyen masa salarial. Así lo ha
reconocido la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, que
ante una



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reclamación de una representación sindical el inspector actuante no
ha procedido a adoptar medida alguna, reconociendo, por tanto, la
legitimidad de la decisión.

Quiero ahora mencionar expresamente que, aunque esta comparecencia
tiene lugar a petición del Grupo de Izquierda Unida, el Gobierno ha
solicitado una comparecencia del presidente del consejo de
administración de Patrimonio Nacional con fecha 30 de noviembre,
recogida en el correspondiente registro e incluso en alguna noticia
de prensa, y que había motivado una pregunta parlamentaria en la que,
por parte de Izquierda Unida, se pregunta si existía alguna
comparecencia a petición propia del gerente de Patrimonio Nacional.

La respuesta era afirmativa referida al presidente del consejo de
administración de Patrimonio Nacional. Pero teniendo en cuenta que
esa comparecencia queda subsumida en la presente, y ya que tengo el
honor de estar ante ustedes, me permitirán aprovechar esta
comparecencia para exponer a la Comisión la filosofía en la que se
encuandran las explicaciones dadas en primer lugar. (El señor preside
nte ocupa la Presidencia.)
Debo decir que, lamentablemente, no es Patrimonio Nacional un
organismo muy conocido por su nombre, incluso en el ámbito de
personas familiarizadas con la Administración, con el agravante de
que otros tres organismos homónimos tienden a agregar, sobre el
desconocimiento, además confusión. Y ello a pesar de que, en
conjunto, somos el primer gestor cultural de España, por delante de
cualquier otro, con unos tres millones de visitantes anuales. Pero es
como si El Escorial, el Palacio Real, Aranjuez, Huelgas o las
Descalzas y 153.000 obras de arte y objetos históricos estuvieran ahí
un poco como por arte de magia, sin una activa organización detrás
que cuida, conserva y mantiene continentes, contenidos y entornos, y
desconectados de un nexo contextual, que les da sentido como unidad,
que es el antiguo patrimonio de la Corona. Entre otros efectos, el
insuficiente conocimiento de Patrimonio Nacional lleva a que sus
peculiaridades no sean adecuadamente tenidas en cuenta, lo que
produce conflictos que de otra manera no ocur r irían.

Como punto de partida, me parece oportuno recordar a SS.SS. que
Patrimonio Nacional es una institución cuya existencia acoge y
reconoce el artículo 132 de la Constitución, y cuya actividad regula
la Ley 23/1982 y su reglamento de 1987, ambos modificados
parcialmente en el año 1995. Esta mención de la Constitución y su
desarrollo legislativo consiguiente tienen, a mi entender,
extraordinaria relevancia. En primer lugar, porque con ella el
legislador constitucional quiso que los bienes públicos identificados
como tradicionalmente pertenecientes al patrimonio de la Corona y el
organismo que los administra, sean reconocidos y queden insertos en
el orden jurídico y político democrático que la Constitución de 1978
consagra.

En segundo lugar, entiendo que lo anterior obliga a Patrimonio
Nacional a tener siempre presente un espíritu de consenso y de
entendimiento con la sociedad y con sus instituciones, derivado de su
servicio a la Corona y, subsidiariamente, a la cultura, la docencia y
la i nvestigación.

En tercer lugar, la referencia constitucional creo que exige también
un cuidadoso sentido nacional y de apertura y disponibilidad a todos
sin preferencias y demanda dejar a Patrimonio Nacional al margen de
los legítimos disensos políticos para conseguir que lo sea de todos y
para todos.

Hasta 1975 Patrimonio Nacional era un instrumento más del poder del
jefe del Estado; hoy, por el contrario, es una entidad estatal al
servicio y disposición de Su Majestad el Rey y subsidiariamente al
servicio de la cultura, la docencia y la investigación. La necesidad
de adaptarse al espíritu constitucional ha sido paralela a la de
ponerse al día y estar en sintonía con los tiempos en cuanto a la
gestión de los bienes culturales que tiene encomendados. Quienes me
han antecedido en la dirección de este organismo a partir de 1981 han
realizado una encomiable labor.

Al finalizar el decenio de 1970 había un único conservador en
Patrimonio Nacional, en la actualidad hay diecisiete que es una
cantidad que empieza a ser razonable, pero todavía faltan ayudantes
de museos y apoyo administrativo. Antes o después habrá que afrontar
este problema, el de las diferentes categorías de personal
facultativo y sus retribuciones descompensadas de las que se
perciben, por ejemplo, en fundaciones culturales privadas.

Por otra parte, una vez ordenadas y transferidas las propiedades se
ha formado un inventario actualizado de los bienes histórico-
artísticos de Patrimonio Nacional, más de 153.000, recogiendo con
criterios de colección en una misma base de datos los antiguos
repertorios dispersos e insuficientemente ordenados. Gracias a lo
anterior el consejo de administración en el que desde diciembre de
1997 tengo el honor de ser consejero gerente ha podido dedicarse a la
tarea de poner al día la proyección cultural de Patrimonio Nacional.

Somos, sin ningún género de dudas, uno de los primeros, si no el
primer gestor cultural de España y posiblemente también uno de los
primeros de Europa por la cantidad, calidad, variedad y autenticidad
de los bienes históricos y artísticos que gestionamos producto del
mecenazgo cultural de la Corona.

No me hace falta enumerar los cinco palacios reales abiertos a la
visita pública, ocho monasterios y conventos de fundación real,
cuatro patronatos docentes o asistenciales y otros dos
establecimientos de diferente naturaleza, además del Palacio Real de
la Zarzuela, residencia de Su Majestad el Rey. Todos estos monumentos
y los bienes que contienen, como SS.SS. tienen muy presente, son
imprescindibles para entender la identidad cultural de España y su
proceso de formación, tanto como la de Hispanoamérica y buena parte
de la historia de Europa.

En cuanto a la gestión Patrimonio Nacional debe moverse sin reservas
hacia el futuro, pero sin perder el sentido de la historia y del
pasado. El impulso modernizador puede sintetizarse, por un lado, en
reabrir nuevos museos y me refiero con esta palabra a los espacios
visitables. En los dos últimos años se ha puesto de nuevo a
disposición del público el museo de la vida en el Palacio de
Aranjuez, la galería de pinturas del Palacio Real, los aposentos del
siglo XVIII del Monasterio de El Escorial,



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el claustro bajo, la escalera principal y la biblioteca también de El
Escorial.

Además, este impulso modernizador supone mejorar la calidad de la
oferta museística afrontando los problemas de conservación que una
excesiva afluencia de visitantes producía en determinados días y
lugares. Con una mejor ordenación de horas y de grupos se ha
conseguido hasta septiembre de este año un incremento de visitantes
del 6 por ciento, tanto en el Palacio Real de Madrid como en el
Monasterio de El Escorial. Además este impulso modernizador debe
promover una acción cultural de más nivel en sintonía con las
propuestas de otros organismos nacionales, superar la incomunicación
o ausencia de relación con las grandes instituciones culturales
extranjeras y llegar más a la sociedad a través de los medios de
comunicación.

Por último, superar la insuficiencia presupuestaria para planear
proyectos de gran envergadura que permitan en un futuro exhibir
fondos de las colecciones reales que no pueden contemplarse en la
actualidad. Se trata en este caso de un proyecto aún en fase muy
inicial pendiente de calas arqueológicas en el terreno, desarrollo
del plan museístico, concurso de arquitectura, presupuestos,
etcétera. Como SS.SS. no ignorarán y gracias al voto de la mayoría de
los presentes para el ejercicio de 1999 nuestro presupuesto destinado
a inversiones aumentará en un 50 por ciento.

Señor presidente, señorías, concluyo. He querido comparecer ante
ustedes con la sincera intención de informarles directamente sobre la
legalidad en cuanto al procedimiento y sobre la política de personal
y retribuciones adoptadas. También me ha parecido oportuno, para que
puedan juzgar con ecuanimidad, que tengan un conocimiento de la
realidad de Patrimonio Nacional, organismo que no es muy conocido y
que, como he dicho antes, tiene peculiaridades propias que le hacen
diferente de otros entes públicos. Tendría sumo interés en poner
marco al cuadro y poder recibir a SS.SS. un día, en la forma que
decidan, para que mis palabras tengan el complemento de una realidad
vista por ustedes mismos y comprueben cómo vamos cumpliendo la
función que la ley nos encomienda.




El señor PRESIDENTE: A continuación, tiene la palabra, por el grupo
peticionario de la comparecencia, la señora Sabanés Nadal.




La señora SABANÉS NADAL: Gracias señor gerente de Patrimonio Nacional
por su comparecencia hoy aquí para aclarar una serie de temas que han
saltado a la luz y a la opinión pública. Con independencia de esto,
cuando menos por parte de esta diputada, se viene trabajando desde
hace ya tiempo cuando se pidieron, por pregunta escrita al Gobierno,
las condiciones de contratación del delegado de La Granja de San
Ildefonso. La contestación fue autorizada por el vicepresidente
Álvarez- Cascos y además alegaba la no necesidad de convocatoria
pública por ser personal de libre designación, basándose en los
artículos 13.2 y 16 del convenio colectivo.




Una primera mención que debo hacerle es que la función de control
parlamentario precisa de una cierta unificación
en los criterios a la hora de abordar las respuestas. Esa
contestación del Gobierno alega tanto el artículo 13.2, de libre
designación, como el 16 en el primer contrato del que estamos
hablando, si bien es cierto que el contrato en sí mismo sólo alega el
13.2. No quiero entrar en un debate concreto que pudiera ser
incomprensible para el resto de las personas, pero para que quede
reflejado en el «Diario de Sesiones», quisiera manifestarle dos
cuestiones esenciales. Hablamos del artículo 13.2. Quedaría fuera del
marco de la sentencia, porque hace referencia concreta a la
posibilidad de personal de libre designación por tener tareas
encomendadas en funciones de alta seguridad de SS.MM.; está claro que
no responde a las necesidades de ninguno de los contratos de los que
aquí estamos hablando: ni de las guías ni de los delegados ni de su
jefe de gabinete. Quedaría fuera del marco de la sentencia. Ellos no
son trabajadores que se enmarquen en el propio espíritu del convenio
colectivo. En un acta se explicita con toda claridad el compromiso de
todas las partes negociadoras a que se haga uso con carácter
exclusivo para aquellos puestos de trabajo de absoluta confianza para
la seguridad de la familia real. Es obvio que ninguno de los
contratos de los que estamos hablando responde a estas
características.

Otra cuestión es la sentencia y lo que queda dentro y fuera de su
marco. Una parte de los contratos queda en el marco de la sentencia,
cuando se explicita que no se puede proceder a la contratación con
personal sin convocatoria pública y con personal ajeno al Patrimonio
Nacional; una parte de ellos está afectada por una sentencia que
ustedes recurrirán. No se puede introducir como un elemento
sistemático y reiterativo el incumplimiento del fondo de la cuestión
en lo que afecta ni más ni menos que al personal de absoluta
confianza para la seguridad de la familia real con unos criterios que
usted ha expresado, que no niego, de necesidad de renovación en la
política de personal de Patrimonio Nacional. Eso tiene su marco de
negociación, de aplicación y no se puede contravenir ni las normas ni
los convenios, como queda perfectamente reflejado en la sentencia de
la Audiencia alegando una cuestión de necesidad de reforma de la
política de personal de Patrimonio Nacional, que se tendrá que ver en
su momento; yo ni la quito ni la pongo, no niego esa necesidad de
reforma. A lo que sí me atengo, es a que me parece que hay una
actuación absolutamente fuera del marco legal de Patrimonio Nacional
y a que hay una distorsión clara en la interpretación de las
posibilidades de libre designación; además, no hace ningún favor a
Patrimonio Nacional utilizar estos recursos para solucionar posibles
necesidades. Yo tampoco planteo ninguna cuestión sobre la tarea de
Patrimonio Nacional, si bien sabe usted que sí que tengo alguna
objeción en lo que afecta al Hipódromo de la Zarzuela. En todo caso,
en términos generales, esta diputada no pretende poner encuestión la
tarea de Patrimonio Nacional ni su dimensionamiento ni su futuro ni
su crecimiento, pero sí la política de personal, que está suponiendo
una distorsión de la normativa vigente y del propio convenio
colectivo, que es el único marco que regula las relaciones laborales
hoy de personal laboral fijo o de personal laboral de Patrimonio
Nacional. Por tanto, pongo en cuestión todas y cada



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una de estas contrataciones. Por otro lado, pongo políticamente en
tela de juicio lo que ha venido siendo un compromiso del propio
Partido Popular de una administración independiente y de absoluta
transparencia en los procesos de acceso a la Función pública. Por
tanto, nos encontraríamos ante un grave problema de una mala
utilización, reflejada ni más ni menos en una primera sentencia.




Vuelvo a insistir en que se va a recurrir esa sentencia, a rgumento ya
conocido por esta diputada. Me parecería mejora aceptar que haya un
planteamiento global y particular en la propia interpretación, que
sería bueno corregir ahora para no interferir en lo que significa
personal de alta seguridad y de alta confianza de SS.MM. y en lo que
son algunos contratos de los que estamos hablando. Por lo tanto, me
parece que hay una actuación no ajustada a derecho por parte de
Patrimonio Nacional, no ajustada a convenio colectivo, que debe de
corregirse con carácter inmediato.

Yo he pedido su comparecencia y usted la aceptó pero la autorización
la da el vicepresidente del Gobierno, el señor Álvarez-Cascos, y la
da a posteriori. En la primera solicitud de esta diputada le pregunté
una serie de datos: cómo la autorizó, en qué condiciones..., es
decir, no es un ataque frontal al hecho que ya conocíamos, sino una
petición de información, por si acaso al vicepresidente del Gobierno
en la comprobación del expediente se le hubiera pasado verificar de
forma exhaustiva el asunto del que estábamos hablando. Y cuando se
producen nuevas situaciones parecidas a lo largo del tiempo, tiene
una responsabilidad política en lo que se deriva de las
condicionantes de esta sentencia y de la reiteración de estas
actuaciones en lo que respecta a personal de Patrimonio Nacional.

Usted me dice que en su momento recurrirán la sentencia, pero le
quiero indicar -usted lo ha dicho y yo le quiero reiterar- que ahí
existen unos condicionantes nuevos que Patrimonio ha de tener en
cuenta; a mí jurídicamente me da igual que no afecten a los contratos
anteriores, pero sabe usted que en lo que respecta al vicepresidente
del Gobierno y a Patrimonio Nacional sí afectan políticamente. Por
tanto, es una actuación fuera de la lógica, fuera de la ética y fuera
de lo que debe de regir la Administración y la política de personal
de Patrimonio Nacional.

Izquierda Unida no había pedido la comparecencia sobre el asunto de
gratificaciones, aunque sí va a formular preguntas o realizar
actuaciones concretas. Yo le agradezco su información, que tendré en
cuenta, porque es verdad que es un tema sobre el que también mi grupo
está trabajando. En este momento no me voy a referir a ello porque no
era el objeto de esta comparecencia.

Yo agradezco su oferta de visita para un mayor conocimiento de
Patrimonio Nacional. No cuestionamos en ningún caso el trabajo de
Patrimonio Nacional, pero hay un grave error en estas actuaciones de
personal que evidentemente debe de corregirse y cuya responsabilidad
debe de asumir aquel a quien le corresponda. También deberíamos
aclarar el contrato del jefe de gabinete de Presidencia, que también
es de libre designación y sobre el que no nos ha dado ninguna
explicación. Podría profundizar en ello en esta segunda intervención.

El señor PRESIDENTE: ¿Grupos parlamentarios que desean intervenir?
(Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor
Sáenz Cosculluela.




El señor SÁENZ COSCULLUELA: Señor presidente, señorías, ante todo
expreso el agradecimiento del Grupo Parlamentario Socialista al
gerente de Patrimonio Nacional por su comparecencia voluntaria, así
como por el contenido de la información que ha facilitado.

El Grupo Parlamentario Socialista no había pedido comparecencia
alguna sobre esta materia, pero tiene la obligación de efectuar un
pronunciamiento, como corresponde al contenido de las competencias de
esta Comisión, a la vista de las explicaciones que se han ofrecido;
la primera precisión que debe hacer el Grupo Parlamentario Socialista
es la de pedir aclaraciones.

El artículo 13 del convenio, que es concordante con la legislación,
tanto por ley formal como por decreto de desarrollo, que regula
Patrimonio Nacional, establece una serie de puestos de trabajo que no
requieren el sometimiento a las normas generales, precisamente por
constituir trabajos de una delicadeza especial, como son los que
establece el párrafo 2 del artículo 13: personal que ha de prestar
servicios en el área restringida de la zona de alta seguridad de la
residencia de SS.MM. los Reyes, de los miembros de su familia y
también aquel que preste servicios en el interior de los conventos de
clausura con patronazgo ejercido por Patrimonio Nacion a l.

Desde luego, cualquier nombramiento que se haya hecho al amparo de
esta disposición, y que se corresponda con ella, no va a suscitar
comentario alguno del Grupo Parlamentario Socialista. Nosotros
respetamos la norma; si efectivamente hay contrataciones que
responden a estos conceptos, para eso hemos hecho la norma y para eso
se ha hecho el convenio: para que se respeten por todos. Por tanto,
ningún comentario que hacer, pero sí quiero pedir al señor gerente
que haga una precisión sobre cuántos de estos nombramientos -no le
pido los nombres de los cargos, porque no hace falta- se corresponden
exactamente con las funciones del artículo 13; insisto, aquellos que
se corresponden no solamente con la seguridad de SS.MM., sino también
con lo que podíamos llamar el área restringida, tal y como he leído
citando el convenio. De esos nombramientos que se correspondan
realmente con la definición del puesto de trabajo no haremos el más
mínimo comentario. Si se establecen excepciones en la ley, ahí existe
una motivación, y nosotros la vamos a respetar. Ahora bien, si
hubiera entre esas personas teóricamente adscritas a los cometidos
del artículo 13.2 del convenio otras que en realidad realicen
cometidos que no son adscribibles a esas funciones del artículo 13.2,
en ese caso tendremos que formular un reproche, pero no a la norma,
sino a la forma en que ella se ha aplicado, que, naturalmente,
comporta la responsabilidad política del gestor que tiene la
titularidad competencial de los servicios de Patrimonio Nacional. Ahí
está el Ministerio de Relaciones con las Cortes, si no recuerdo mal,
y la Vicepresidencia que coordina estas f unciones.




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En la respuesta del señor compareciente se ha hecho mención a otras
personas que parece ser que han sido afectadas por la sentencia de la
Audiencia Nacional -yo no conozco el texto; no me ha dado tiempo a
leerlo, a pesar de que me he tomado unos segundos de respiro cuando
el presidente me ha dado la palabra- y se acogen a lo previsto en el
artículo 16 del convenio. En ese caso las precisiones tienen que ser
mayores, porque, efectivamente, el artículo 16 prevé designaciones
libres, pero entre el personal que forma parte de la plantilla del
Patrimonio Nacional. Ahí la norma es menos generosa porque se trata
de puestos de libre designación que cubren funciones ordinarias de
Patrimonio Nacional. Nos gustaría saber qué funciones son las que han
sido afectadas por esos nombramientos de libre designación para ver
si tenemos que formular algún reproche o no, porque lo que no cabe es
interpretar con criterios aleatorios lo previsto en el artículo 16.

Es d ecir, los puestos de libre designación son para determinadas
funciones y en determinadas condiciones. Nos gustaría saber cuántas
de estas personas que han sido mencionadas teóricamente en la
comparecencia del gerente están en este supuesto; posteriormente
valoraremos la opinión que merece para el Grupo Socialista. No
tenemos ningún perjuicio. Si las cosas se han hecho bien, daremos la
callada por respuesta y no haremos cuestión de estas materias; si no
es así, evidentemente emitiremos un juicio político, que es lo único
que podemos hacer en este momento en la Comisión de Administraciones
Públicas.

Termino mi intervención, señor presidente. Puedo admitir que las
normas hechas en un momento se han quedado estrechas para las
necesidades actuales. Esto se puede admitir, pero para eso tenemos la
capacidad normativa en el Parlamento, y la Administración tiene las
facultades discrecionales que como desarrollo reglamentario le
atribuye la ley. Lo que no puede hacerse es incumplir la norma. Es
decir, si la ley pone unos límites, hay que respetarlos. Si esos
límites no son correctos para las necesidades de hoy, cámbiese la
norma; pero hágase por este orden: primero se cambia la norma y
después uno utiliza esos nuevos cauces administrativos creados. Pero
la ley la tiene que respetar todo el mundo, también Patrimonio
Nacional que, además, hasta ahora ha mostrado un funcionamiento
normativo bastante ejemplar, no solamente por la mención
constitucional que establece las funciones del Patrimonio Nacional
muy definidamente y su rango, prestigio y funciones, sino también por
la ley reguladora y el decreto de desarrollo reglamentario. Aquí
todos tenemos que dar ejemplo, también el Patrimonio Nacional, de
cumplir adecuadamente las normas.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la
palabra la señora Montseny Masip.




La señora MONTSENY MASIP: Quiero agradecer la comparecencia del
gerente de Patrimonio Nacional, señor Recio, por la magnitud de los
datos que nos ha aportado y porque ha esclarecido algo que luego
examinaremos con más detalle, el fondo de una sentencia que
tiene unos efectos eminentemente interpretativos, como se pone de
manifiesto en sus fundamentos jurídicos. Pero, al mismo tiempo, señor
presidente, quiero agradecer el tono de las señorías que han hecho
uso de la palabra en representación del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida y del Grupo Socialista.

El problema que se debate en este momento es meramente de
interpretación. Como he puesto de manifiesto, la sentencia que
analiza la demanda interpuesta por una central sindical y que impugna
determinadas propuestas en cuanto a nombramientos dice que para el
futuro tiene un carácter que debería ser respetado y aplicado, pero
que en cuanto al fondo del asunto la interpretación de la norma tiene
justo esos efectos jurídicos, no tiene un orden material sino un
efecto interpretativo. Entendemos que, desde ese punto de vista,
procede una moderación en cuanto a las exposiciones de las palabras
formuladas por los restantes grupos intervinientes, porque se trata
de la aplicación del convenio colectivo que rige desde 1992 y que
afecta en distintas áreas al personal de plantilla laboral que está
integrado en el consejo de administración del Patrimonio Nacional.

Es cierto que es el primer ente gestor del patrimonio cultural del
Estado español y, por lo tanto, tiene unas funciones muy diversas,
afectando a la esfera de la interpretación del artículo 13, que, como
ha dicho muy bien el representante del Grupo Parlamentario
Socialista, es concordante con la propia legislación por la cual se
debe regir la actuación de Patrimonio Nacional. Afecta, pues, a
cometidos de alta seguridad de las personas que deben plasmar su
función, que es la seguridad de la familia real.

Asimismo, tiene un contenido cultural muy amplio. Cuando el gerente
de Patrimonio Nacional ha expuesto algunas de las razones por las
cuales fueron propuestos los nombramientos, ha dicho que el personal
muchas veces no tenía la idoneidad requerida para el puesto para el
cual se le proponía. Está la fase de la propuesta previa, la
tramitación de la propuesta, la autorización por parte del ministro
pertinente y, finalmente, la contratación. Parece lógico, como ocurre
en otras áreas de la Administración central, que un jefe de gabinete
del consejo de administración de Patrimonio Nacional, si las personas
que están al servicio de Patrimonio Nacional no tienen la idoneidad
requerida, pueda proponer un nombramiento de libre designación, como
ocurre en otras áreas de la Administración. Así pues, en este momento
rige el convenio y las normas tienen tres clases de interpretación,
lo dice el propio Código Civil: una literal, una restrictiva y otra
extensiva. En este caso concreto que acabo de menc i onar, creo que es
evidente que procede la interpretación de la libre designación,
porque es una persona de total confianza del presidente del consejo
de administración de Patrimonio Nacional.

Por lo tanto, como estamos en fase previa a las elecciones
sindicales, recomiendo al gerente de Patrimonio Nacional que quizá
revisara ese convenio colectivo, tal vez sería conveniente porque
éste tiene sus efectos de aplicación desde 1992. Han transcurrido ya
muchos años y, evidentemente, podría ser susceptible de mejora. No



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podemos decir que la norma haya planteado que los nombramientos
efectuados, propuestos y tramitados por el consejo de administración
de Patrimonio Nacional fueran contrarios a lo que establecía el
convenio o la norma jurídica, pues en ningún momento la sentencia ha
dicho tal cosa, sino que ha indicado que procede otro carácter
interpretativo.

Quiero también resaltar, aunque yo creo que ha sido dicho como un
mero trámite y tampoco ha tenido una gran incidencia, que si bien la
competencia y el propio compareciente ha manifestado que la propuesta
de los nombramientos fue efectuada por el gerente de Patrimonio
Nacional al órgano pertinente, que era el ministro de la Presidencia,
en modo alguno el vicepresidente primero del Gobierno y ministro de
la Presidencia había hecho una delegación de competencias, cosa que
sí se efectúa para órganos similares en otras áreas de otros
departamentos ministeriales. Simplemente, quiero poner de manifiesto
que no hay que llevar las cosas más allá de donde estamos, puesto que
lo que hizo el vicepresidente primero del Gobierno y ministro de la
Presidencia fue ratificar las propuestas que le había presentado
Patrimonio Nacional, ya que en modo alguno conocía a las personas que
se le proponían. Por lo tanto, fue un mero trámite de firma.

Finalmente, estamos de acuerdo con lo que ha expuesto el
compareciente en cuanto a que ha dicho que el criterio de la
sentencia será tenido en cuenta en tanto esté en vigor y rija el
convenio colectivo de 1992. Ello no obsta para que -siempre que una
sentencia sea recurrible, y en este caso lo es con la interposición
de un recurso extraordinario de casación ante el Tribunal Supremo,
Sala Segunda de lo Social- se pueda decir que, en caso de que este
alto órgano de justicia optara por interpretar la sentencia de otra
forma o instituyera otro criterio, se estaría abierto a lo que dijera
la nueva sentencia, que por algo hace que los recursos interpuestos
ante el Tribunal Supremo sean los que casen ya una demanda planteada
ante los órganos jurisdiccionales. Quiero poner de manifiesto que
esta sentencia no es en modo alguno ni firme material ni firme
formal. Por lo tanto, es posible efectuar una nueva interpretación de
los preceptos que acabamos de analizar en esta interv e nción.

Por último, quiero agradecer la comparecencia que hoy se efectúa a
solicitud del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. Como muy bien
ha dicho el compareciente, el presidente del consejo de
administración de Patrimonio Nacional fue el que solicitó la misma y
consta en el libro de Registros del Congreso. Seguramente ya no
tendrá sentido efectuarla, puesto que -y así lo considera el grupo
parlamentario al que represento-, con la exposición que se ha
efectuado, hoy han quedado saldadas todas las posibles dudas que
pudieran tener los distintos grupos que integran esta Cámara.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor gerente.




El señor GERENTE DE PATRIMONIO NACIONAL (Recio Crespo): Yendo a las
cuestiones que ha suscitado
la señora Sabanés -el intercambio de correspondencia con S.S.

es constante y permanente por este tema de nombramientos y hemos
tenido otra comparecencia aquí, a petición de Izquierda Unida, por el
asunto del hipódromo-, es evidente que Patrimonio Nacional quiere
ofrecer una transparencia absoluta en la gestión de todos sus campos:
los culturales, los de la seguridad hasta donde ello lo permite, o
los del hipódromo y, por lo tanto, estamos interesados en continuar
dando toda esa información lo más congruente y lo mejor que sabemos
hacer. Quiero destacar el hecho de que esta comparecencia es a
petición del Grupo de Izquierda Unida, pero supongo que ha habido
algún problema de fechas o de cambio de Comisión. Creo recordar que
había sido solicitada la comparecencia del presidente de Patrimonio
Nacional en la Comisión Constitucional, que luego se ha remitido a
esta Comisión de Administraciones Públicas y, en ese transcurso de
tiempo, no sé si se ha adelantado -por decirlo de alguna manera- la
petición del Grupo de Izquierda Unida. Aunque ha habido algunos
comentarios más allá de los que esta petición de comparecencia
recogía, supongo que han sido aceptados de buen grado en la medida en
que pretende explicar abiertamente toda la gestión de Patrimonio
Nacional; toda no, en la medida en que esta Cámara tiene su
limitación de tiempo, como todos, pero explicaré hoy lo que sea
posible.

Yendo ya en concreto a otras preguntas que se habían producido por
escrito, en relación exactamente con el delegado de La Granja de San
Ildefonso, aunque en las respuestas parlamentarias por escrito que se
habían dado se hacía referencia a ese nombramiento, lo cierto es que
nunca se ha cuestionado la idea de que también pueda ser utilizado el
artículo 13 del convenio. En aquella respuesta se explicó cuál es el
procedimiento para el nombramiento de estas personas. En concreto, el
nombramiento de este delegado se hace por libre designación, lo que
no es incompatible con que esa libre designación se produzca vía
artículo 13 del convenio y, por lo tanto, no existe necesidad de
convocatoria pública ni que sea personal fijo de Patrimonio Nacional.

En este caso en particular hay una cierta casualidad, y es que esta
persona no es personal fijo de Patrimonio Nacional, no por una falta
de interés de Patrimonio, que lo ha intentado y que está inmerso en
un procedimiento para que esta persona adquiera la condición de fijo;
los trámites administrativos son complicados, por lo que varias
personas de Patrimonio Nacional que llevan más de ocho años
trabajando en Patrimonio no han conseguido todavía esa fijeza. El
propio Patrimonio lo está intentando a través del Ministerio de
Administraciones Públicas, por un procedimiento complejo que recoge
los principios legales de concurrencia, legalidad y convocatoria
pública, cuando sea preciso realizarla.

Por lo que se refiere a la legislación aplicable en estos
nombramientos, no olvidemos que no solamente se aplica el convenio
colectivo de Patrimonio Nacional. El convenio, en su artículo 13.1,
que es el primero que hace mención a ingresos, traslados y
reingresos, dice en su capítulo IV que el acceso a los puestos de
trabajo seajustará a las normas que en este capítulo se establecen,



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sin perjuicio de las disposiciones de general aplicación en la
materia, de acuerdo con la legislación vigente, es decir no solamente
hemos de tener en cuenta el convenio colectivo, sino toda la
legislación sobre nombram i entos.

Por lo que se refiere a la calificación de zonas de alta seguridad,
he de decir que estamos hablando de lo que en términos jurídicos se
denomina un concepto jurídico indeterminado. La interpretación de
hasta dónde llegamos en una zona de alta seguridad es difícil de
explicar. Lo que no podemos utilizar son criterios restrictivos para
unas cosas y criterios más amplios para otras. En el intento de
explicar qué son zonas de alta seguridad, debo señalar que en efecto,
un delegado de Patrimonio Nacional es el representante máximo de
Patrimonio Nacional en un real sitio, no solamente en el aspecto
cultural -ya les he dicho que está retomando una actividad más
importante, lo digo por la titulación-, sino en otros aspectos
también. Representa todas las directrices que la Dirección de
Patrimonio tiene que establecer para que, en caso de presencia de SS.

MM. los Reyes, todo se haga de acuerdo con sus criterios. Es, por
tanto, la persona que está vinculada a las zonas de seguridad de los
Reales Sitios.

No olvidemos que todos los Reales Sitios en un momento dado pueden
convertirse en residencias. Incluso hay zonas que son consideradas
residencias privadas de los Reyes. Evidentemente, estas son zonas de
alta seguridad. Cuando hablamos de los delegados del máximo
representante en esas zonas de residencia de SS.MM. los Reyes,
evidentemente hay un criterio de seguridad. Si además hablamos de
otras personas, como se ha mencionado por parte de la señora Sabanés,
como son las guías de Palma, hemos de tener en cuenta que la
actividad que realiza el personal contratado en Palma no es sólo la
de una guía ordinaria en los momentos en los que no hay ninguna
presencia de SS.MM. los Reyes; que así lo es -hoy, posiblemente,
estén enseñando el Palacio de La Almudaina a algún grupo de
turistas-; es que, además, tal y como reconoce el convenio, ese
personal participa en lo actos de Estado de Patrimonio Nacional. Teni
endo en cuenta que en el caso de Palma hay una clara vinculación con
el Palacio de Marivent -no sólo por el Palacio de Marivent, sino por
los actos oficiales que tienen lugar en el Palacio de La Almudaina y
porque en él hay una zona reservada a residencia privada-, estas
personas también cumplen en determinadas horas actividades
directamente vinculadas a la familia real. Por tanto, tam bién en el
caso de Palma hay una actividad directamente relacionada con la
seguridad.

Volviendo a la sentencia, he de decir que establece claramente un
criterio interpretativo. Patrimonio Nacional reconoce esa sentencia,
la asume e incluso la interpreta también para poder cumplirla. No es
que la cambiemos, sino que la vamos a utilizar para cumplirla. Qué
más facilidad se nos puede dar ahora que, además del convenio
colectivo, hay una sentencia de la Audiencia Nacional que nos sirve
para interpretar el convenio. Cuando estamos hablando del artículo
16, no tenemos que olvidar que en ningún momento ese artículo dice
expresamente lo que indica la sentencia. La sentencia
introduce unos términos nuevos que el artículo 16 no recogía, como es
que el personal tendrá que ser necesariamente contratado con personal
fijo de plantilla de Patrimonio Nacional. Eso es algo completamente
nuevo. El artículo 16 no lo hace. La sentencia interpreta el artículo
16 cuando recoge una serie de protecciones para que cuando haya
alguna persona de Patrimonio Nacional designada mediante libre
designación pueda volver a su puesto de origen. En una interpretación
extensiva se deduce que todo el mundo debe proceder, para una libre
designación, del personal fijo de Patrimonio Nacional. Aun cuando
Patrimonio Nacional no hubiera considerado que fuera personal fijo
-que lo ha considerado-, era una interpretación que ahora los
tribunales vienen a matizar y que es tajantemente recogida por la
Dirección de Patrimonio Nacional. Les puedo asegurar que desde
octubre, que es cuando se dicta la sentencia, no se ha producido ni
se va a producir ningún nombramiento en Patrimonio Nacional que
contravenga estos criterios, que son los de personal fijo de
Patrimonio Nacional y convocatoria pública. No se va a producir en
tanto en cuanto no haya otra norma que interprete la fórmula de
ingreso en Patrimonio N acional.

Hemos de tener en cuenta que la sentencia y otra serie de
circunstancias nos van a obligar a replantear -y por eso toda mi
explicación sobre la política de personal de Patrimonio Nacional-
cómo se producen estos ingresos de personal. En los últimos meses,
Patrimonio Nacional no sabía -y tampoco he tenido constancia por
escrito hasta el mes de noviembre de este año- si su personal iba a
ser incluido dentro del convenio único que rige para toda la
Administración o si, finalmente, como ha sido el caso, quedaba
excluido. Por tanto, hasta ahora no había momento para modificar
ninguna fórmula de ingreso del personal. En noviembre sabemos que
Patrimonio Nacional ha quedado excluido del convenio único y, una vez
sabido, ha denunciado el convenio colectivo actualmente en vigor,
porque, evidentemente, un convenio del año 1992 no puede mantenerse
adecuado, cerca ya del año 2000, existen criterios distintos en
cuanto a cultura y a potenciación de actividades culturales en
Patrimonio Nacional. Existen incluso criterios distintos en el ámbito
de la Administración en general, que se recogen en ese convenio
único, por lo que no podemos mantener todavía un convenio del año
1992. Recogeremos no solamente los principios generales del convenio
único, que tiene evidentemente cosas muy interesantes, sino, además,
esta sentencia para unirla a todo el tema de ingreso en Patrimonio
Nacional.

Me alegro de que la señora diputada de Izquierda Unida no haya
cuestionado temas puntuales, vamos a ir más en esa vía de
interpretación, como hace la sentencia. También me alegro de que de
toda la actividad de Patrimonio Nacional sólo se cuestione el
hipódromo. Evidentemente Patrimonio Nacional es muy grande. He
enumerado una serie de palacios, de conventos, 153.000 piezas, museos
donde entran más de tres millones de personas y, además, tenemos la
chinita -por llamarlo de alguna manera- del hipódromo de Madrid. Es
una cuestión que muy directamente estoy



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asumiendo, recientemente he mantenido conversaciones con la Sociedad
de Fomento de Cría Caballar y con los representantes del personal del
hipódromo, y ojalá obtengamos una solución. Creo que la solución más
rápida para todos es la vía que se ha emprendido, una demanda que va
por buen camino y esperamos tenga solución en los tribunales,
solución que todos deberemos acatar.

En cuanto al acceso a la Función pública, tengo que recordar que
Patrimonio Nacional no sólo cuenta con personal laboral sino también
con personal funcionario, por lo que quedan a la libre información
todos los procesos de acceso de ese personal que, repito, cumple con
todos los requisitos legales que son necesarios.

Vuelvo otra vez a la sentencia. En efecto, la sentencia es
interpretativa, pero el derecho que tenemos para recurrirla se ha
ejercido por una razón, porque puede llevar a Patrimonio Nacional a
una gestión imposible en algún caso. Si para uno de los puestos del
artículo 16, que recoge los de jefe de departamento o jefes de
servicio -y vuelvo a esa política de Patrimonio Nacional en temas de
personal cultural-, por ejemplo, para un jefe de servicio se
necesitase una persona licenciada en arqueología, ya que vamos a
tener actividades de arqueología, Patrimonio Nacional no podría
nunca, de acuerdo con esta sentencia, nombrar a esta persona. (La
señora Sabanés Nadal: Con convocatoria pública.) No, la convocatoria
pública es sólo uno de los requisitos pero, además, está el de ser
personal fijo de Patrimonio. Decía que no se podría nombrar porque en
Patrimonio Nacional hoy no existe ninguna persona licenciada en
arqueología. Del personal de Patrimonio Nacional sólo un 5 por ciento
son licenciados, es decir, vamos a reducir a ese 5 por ciento la
posibilidad de acceder a los puestos de titulación super i or. Entre
ese 5 por ciento -evidentemente son muy pocas personas- no están
todas las titulaciones que quizás en el futuro se requieran. La
sentencia puede llevar aparejado que si mañana un puesto de jefe de
servicio se tiene que cubrir, mediante convocatoria pública por
supuesto, pero si se exige una titulación y esa titulación no se
cumple, al no cumplir el segundo requisito, que es ser personal fijo
de plantilla, será imposible cubrir ese puesto.

Evidentemente, acatamos la sentencia, la vamos a asumir y lo
reconduciremos de la manera mejor posible, pero, hoy por hoy, puede
producir esa situación absolutamente sin salida.

Por lo que se refiere a la responsabilidad política del señor
Álvarez-Cascos en estos nombramientos -sigo el criterio que también
ha empleado la señora Montseny Masip-, no es una actividad política
la del nombramiento del personal de un Ministerio, porque en todos
los Ministerios se realiza. En este caso lo que sucede es que no
existe una delegación de competencias, es el propio ministro quien
tiene -porque el artículo 13.7 de la Lofage establece como competente
en temas de personal al propio ministro- que autorizar los
nombramientos. Es un trámite administrativo establecido por la ley,
que se cumple, pero en la mayoría de los casos ha sido denegada esa
competencia; lo ha sido en Patrimonio Nacional en fechas anteriores y
posiblemente lo sea en el futuro. La firma del vicepresidente del
Gobierno quizá no intervenga en otros n ombramientos.

También se ha hecho mención al caso del jefe de gabinete de
Presidencia. Con independencia de que también pueda ser utilizable en
este caso la idea de seguridad -ya digo que, en un momento dado, el
tema de seguridad en las zonas de Patrimonio Nacional es
interpretable, pero tanto con un criterio amplio como restrictivo,
podríamos incluir este caso-, tenemos que mencionar que no solamente
se utiliza la legislación del convenio colectivo de Patrimonio
Nacional para los nombramientos, sino que en cuanto a altos jefes de
gabinete también sirve la normativa en los casos similares de altos
cargos de la Administración. Evidentemente, en esos casos, en el
resto de la Administración, se está utilizando también la vía de
personal eventual. Pueden ser muy interpretables todos estos
nombramientos, lo es por la sentencia, pero lo es incluso porque los
procedimientos que se utilizan no son solamente bajo el paraguas del
convenio colectivo.

La idea de que esta sentencia interpreta el convenio colectivo va a
suponer también, en la relación habitual entre los representantes de
los sindicatos y la dirección de Patrimonio Nacional, que el convenio
colectivo denunciado permita aclarar cuestiones que ahora no lo
estaban como, por ejemplo, qué es zona de alta seguridad o cómo se
producen nombramientos de jefes de gabinete, que hasta ahora ni
siquiera viene expresamente mencionado en el convenio colectivo. Para
ese nombramiento hay que tener en cuenta la palabra análogos del
convenio, porque ni siquiera el propio convenio supo tener en cuenta
esta necesidad. Existe una serie de cuestiones todavía abiertas que
la negociación del convenio colectivo con los representantes
sindicales permitirá a clarar.

Por lo que se refiere a las preguntas del señor Sáenz Cosculluela
sobre qué es zona de seguridad, vuelvo a esa idea de que un criterio
interpretativo amplio implicaría que existe un gran número de
nombramientos que se han producido en los que se puede haber
utilizado este criterio. Puedo dar datos exactos en cuanto al número
de personas desde el año 1992, creo recordar. Tengo algunos datos de
nombramientos, evidentemente son listados, no he hecho la suma, pero
entre los años 1992 y 1998 se han producido más de 80 nombramientos
en zonas de seguridad de Patrimonio Nacional. En casi todos los
casos, el criterio ha sido la utilización del artículo 13. Tampoco
pensemos que se trata de un personal indefinido, se trata de personas
que realizan actividaes de ayudantes, de peones, de limpiadoras y, en
el caso de los conventos, un nombre bonito para la categoría, el de
mandadera, utilizando viejos nombres; son oficios habituales en la
zona de seguridad de los Reyes, por lo que utilizamos ese criterio.

Como digo, se han realizado cerca de 81 nombramientos desde el año
1992 hasta hoy. Si quieren más información, con mucho gusto la
podremos aportar e incluso lo haremos porque ha habido una pregunta
parlamentaria del Grupo de Izquierda Unida que hace mención a esos
casos referidos solamente a los años 1997 y 1998, pero podemos



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hacerlo extensivo a los años anteriores si lo estiman conv e niente.

Por lo que se refiere al artículo 16, tendríamos que evaluar
nuevamente esa interpretación. En el listado que tengo son incluibles
los delegados porque, a veces, cuando se hace el nombramiento, el
contrato recoge el artículo 16, como ha dicho la señora diputada doña
Inés Sabanés. Sin embargo, en los criterios para el nombramiento se
ha utilizado también el artículo 13, y así consta en todos los
documentos que se han aportado a la vicepresidencia. Que finalmente
sólo se recoja el artículo 16 se debe a que son personas que aparecen
mencionadas expresamente en ese artículo -jefes de departamento,
jefes de servicio, delegados, etcétera-, pero en muchas ocasiones hay
que combinar los dos artículos: el 16, por razón del puesto, y el 13,
por razón de la función. Por lo tanto, esa delimitación no va a ser
siempre fácil, sobre todo de cara al artículo 16.

En cuanto a que las normas pueden ser estrellas, cámbiese la norma;
es lo que acabamos de indicar. Ojalá se cambie la norma -no porque
sean estrechas, sino porque sean más claras- y nos permita que los
nombramientos se hagan con toda claridad. Si el convenio colectivo no
recoge expresamente figuras como la de jefe de gabinete; si el
convenio colectivo no hace referencia a la fijeza del personal de
Patrimonio para ser nombrado por libre designación, tendremos que
recogerlo. Vuelvo a decir que el convenio colectivo y su negociación
será el camino para hacerlo, con independencia de lo que el recurso
de casación interpuesto contra la sentencia nos aclare, porque
posiblemente también pueda aclararnos algo más.

Para terminar, señor presidente, haré sólo una alusión a la
intervención de la señora Montseny Masip, con quien coincido respecto
a ese efecto interpretativo de la sentencia -que, por supuesto,
acatamos- y a ese trámite de mera autorización que hace el
vicepresidente del Gobierno; un trámite administrativo más y, por lo
tanto, difícil de considerar político en este caso.

Por lo que se refiere a esa recomendación sobre la revisión del
convenio colectivo, la recogemos, por supuesto, y ojalá podamos
plasmar las funciones diversas que realiza Patrimonio Nacional, donde
hay que combinar esa función de servicio a Su Majestad el Rey con la
función cultural. Eso, que aparentemente nuestra ley recoge de forma
clara y así lo es en cuanto a funciones, no siempre es fácil de
plasmar en normas y en actividad administrativa y por eso hay
conceptos jurídicos indeterminados cuya interpretación, sea de
tribunales, sea de esta Cámara, sea -también, por qué no- de los
órganos de dirección, permite -sobre todo en la buena confianza en el
funcionamiento de las instituciones- que siga funcionando Patrimonio
Nacional.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor gerente.

Señorías, damos por concluido... (Rumores. Varios señores diputados
piden la palabra.)
Señores portavoces, muy brevemente, por favor.

Señora Sabanés.

La señora SABANÉS NADAL: Con toda brevedad, señor Presidente, porque
soy consciente del tiempo y de los asuntos que nos quedan todavía por
tratar.

Para que quede constancia, quiero manifestar que no estoy en absoluto
de acuerdo con las explicaciones que se han dado y con la
interpretación que se está haciendo de la sentencia y del concepto
indeterminado de alta seguridad. La aplicación reiterada de lo que ha
expuesto el señor gerente de Patrimonio Nacional nos podría llevar
a pasar a la libre designación generalizada, por esa misma
indeterminación. Yo creo que si está determinado, tanto en el
convenio como en las propias actas de negociación.




Por otro lado, algo muy importante: la sentencia habla de los
procesos de selección una vez planteados el concurso de traslado, el
de ascenso y el de ascenso libre. Por tanto, sí hay turno de nuevo
ingreso en Patrimonio Nacional. El gran problema es que se está
haciendo sin convocatorias públicas. Suponiendo que pudiéramos llegar
a la conclusión de que hay puestos no contemplados en plantilla
susceptibles de una libre designación, quedaría el requisito de
convocatoria pública y de que no pueden ser contratos fijos
laborales, como lo son todos y cada uno de los que estamos hablando,
diferencia sustancial que marca la legalidad o la ilegalidad, en
nuestra opinión, de las actuaciones.

Por último, yo tengo la autorización directa del señor Cascos para el
delegado de La Granja, con arreglo al artículo 13.2 y a las zonas de
alta seguridad. No comparto el criterio de que el personal delegado
sea personal de alta seguridad en el concepto y en las diversas
interpretaciones del convenio colectivo.




El señor PRESIDENTE: Señor Sáenz de Cosculluela, con toda brevedad,
por favor.




El señor SÁENZ COSCULLUELA: Con toda brevedad, señor presidente,
quiero decir, en nombre del Grupo Socialista, que nos reservamos el
tomar una iniciativa parlamentaria que saque conclusiones políticas
de lo que ha ocurrido en esta comparecencia. El artículo 13 no se
puede interpretar como la forma de eludir el cumplimiento del
artículo 16 del convenio. Primera conclusión.

Segunda conclusión. La sentencia no solamente interpreta el convenio,
como ha señalado el señor compareciente, sino que lo hace teniendo en
cuenta lo dispuesto en el Real Decreto de 18 de marzo de 1987, que
desarrolla la Ley de Patrimonio. Ese decreto establece taxativamente
la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad y la
necesidad, en el artículo 95, de que la contratación de los puestos
reservados a personal funcionario y a personal laboral se haga con
arreglo a las relaciones de puestos de trabajo y se tramite conforme
a las disposiciones ordinarias en materia de contratación pública.

Por tanto, la sentencia no se limita a interpretar el convenio; hace
algo más, hace una interpretación de la legislación aplicable, que en
este caso no se ha cumplido, razón por la que, en aras de la
brevedad, me limito a ratificar el deseo, que estudiará el Grupo
Parlamentario Socialista, de tomar iniciativas relacionadas con esta
cuestión.




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El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Montseny, con toda
brevedad, por favor.




La señora MONTSENY MASIP: Con toda brevedad, pero no puedo dejar de
intervenir para responder a lo que los portavoces del resto de los
grupos parlamentarios han añadido. Es evidente que los criterios
interpretativos pueden ser distintos, ya lo hemos mencionado en la
primera intervención que he efectuado en nombre del Grupo
Parlamentario Popular. También es evidente que los grupos
parlamentarios pueden presentar ante esta Cámara todas las iniciatvas
que tengan por conveniente y que para eso está el debate
parlamentario, pero otra cosa muy distinta es que todos los grupos
parlamentarios deban coincidir en los criterios de aplicación
política para llevar a cabo un determinado comet i do.

Yo creo que el señor Recio ha estado minucioso y riguroso en cuanto a
los fines que tiene encomendados el Patrimonio Nacional, que se le
han asignado y añadido, y en cuanto a la magnitud del consejo de
administración de Patrimonio Nacional en las distintas áreas, tanto
en los fines de persecución de la alta seguridad de los miembros de
la Casa Real como en el ámbito cultural. Nos ha detallado, de una
forma minuciosa también, la amplia magnitud: 153.000 obras, museos,
ocho conventos, cinco palacios reales, además del de la Zarzuela y
otros que no es necesario mencionar otra vez.

No sólo creo que el criterio que ha aplicado la gerencia de
Patrimonio Nacional y el consejo de administración es idóneo y
riguroso, sino que se ha mejorado notablemente con arreglo a
actuaciones de años anteriores, puesto que es evidente, cuando dentro
de la plantilla, sea de funcionario o de personal laboral, no existen
personas idóneas para llevar a cabo los cometidos que le son
encomendados, que hay que mejorar esos fines, esas competencias y esa
gestión. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, guarden silencio, por favor.




La señora MONTSENY MASIP: Cuando no hay otra forma posible de
solucionarlo hay que requerir, en virtud de la aplicación de ese
artículo 13 que tan largamente hemos debatido, que los fines que se
persiguen sean los adecuados, mejorarlos y se pueda llevar a cabo esa
finalidad que tiene encomendada Patrimonio Nacional.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor gerente, al que ruego
brevedad.




El señor GERENTE DE PATRIMONIO NACION A L (Recio Crespo): La señora
Sabanés indica que no está de acuerdo en que se utilice el criterio
de alta seguridad para nombrar al delegado en La Granja o en Palma.

Tenemos que tener en cuenta que el delegado es el máximo
representante y el máximo responsable del adecuado funcionamiento de
los palacios y de residencias privadas de SS.MM. los Reyes. Si el
responsable de que una residencia privada de Su Majestad el Rey no es
un personal
vinculado directamente a una zona de seguridad, es un criterio
interpretativo que yo respeto pero que no puedo compartir.

En cuanto a la referencia al turno de libre ingreso, esta mañana
estamos debatiendo sobre todo el tema de libre designación. Yo no
entro en el sistema de funcionarios, como hemos mencionado, que
respeta los turnos de oposición, traslados, concursos, etcétera, ni
tampoco cuestiono todos los temas que recoge el artículo 15 del
convenio colectivo sobre el sistema de ingreso, que previamente tiene
que haber un concurso de traslado, turnos de ascenso, acceso libre o
turno de nuevo ingreso, porque se trata de vacantes que, en efecto,
sí están recogidas en una relación de puestos de trabajo -respondo
a otra referencia anterior-, cumplen esos criterios y objetivos y, por
supuesto, los criterios de mérito y capacidad. Hay pruebas selectivas
constantemente para puestos habituales, como por ejemplo, la persona
que se ocupa del archivo o la biblioteca de Patrimonio Nacional.

Vuelvo a repetir que tenemos que distinguir y que, por un lado, están
esos puestos, que no hemos cuestionado en ningún momento. Vamos a
tratar los de libre designación que sí se cuestionan y, por lo tanto,
ahí está la sentencia interpretando. No está interpretando respecto
a los puestos de personal laboral fijo en otros niveles. (Rumores.)
Porque el artículo 16 establece una libre designación, pero ¡ojo!,
muy limitada a una serie de conc e ptos.




El señor PRESIDENTE: Señorías, por favor, guarden silencio.




El señor GERENTE DE PATRIMONIO NACION A L (Recio Crespo): A estos
puestos es a los que nos estamos refiriendo. Por lo tanto, cuando de
utiliza el artículo 13 -y con esto quiero responder al señor Sáenz de
Cosculluela- no quiere decir que estemos eludiendo el artículo 16.

Cuando estamos hablando de figuras como, por ejemplo, jefe de
servicio, que establece el artículo 16, le puedo asegurar que los
jefes de servicio, en efecto, van por una vía que no es el argumento
del artículo 13, es la vía del artículo 16. Cuando hablamos de jefes
de departamento ocurre lo mismo. Solamente se aplica en aquellos
casos que pueden coincidir con el artículo 13 por ser zonas de
seguridad, en este caso son más limitados, se refieren, sobre todo,
al caso de delegados, como aquí se hace referencia. Este es uno de
los puntos en los que coinciden el artículo 16 y el artículo 13, pero
ello no significa que estemos eludiendo el artículo 16, sino que
estamos utilizando los dos criterios en cuanto a nombramiento.

Cualquier idea de mérito y capacidad que reconoce el reglamento
vuelvo a repetir que sí se está aplicando, pero está referenciada
especialmente a todo el personal y, evidentemente, cuando hablamos de
personal de libre designación es muy poco en comparación con los
1.500 empleados que pertenecemos al Patrimonio Nacional.

Cualquier información más amplia, a través de preguntas
parlamentarias o cualquier otra iniciativa que se plantee desde esta
Comisión o desde esta Cámara, con mucho gusto se responderá a través
de los cauces habituales



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en los que la colaboración desde Patrimonio Nacional es constante y
está abierta.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor gerente.

Ahora sí, señorías, damos por concluido el debate del punto 4.º del
orden del día.




PROPOSICIONES NO DE LEY:



- SOBRE PUBLICACIÓN GRATUITAEN INTERN E T DEL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTA
DO. PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIAL I STA DEL CONGRESO. (Número de
expediente 161/1043)



El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a continuar con el debate de las
proposiciones no de ley. Dado lo avanzado de la hora, ruego a SS.SS.

que hagan sus intervenciones procurando la mayor síntesis posible.

Esta Presidencia procurará ser rigurosa con los tiempos concedidos.




El punto 5.º del orden del día se refiere a la proposición no de ley
sobre publicación gratuita en Internet del Boletín Oficial del
Estado, a iniciativa del Grupo Socialista del Congreso.

Para exponer la iniciativa, tiene la palabra el señor Caballero
Serrano. (El señor Vicepresidente, Soriano Benítez de Lugo ocupa la
Presidencia.)



El señor CABALLERO SERRANO: Señoras y señores diputados, como ustedes
saben el Boletín Oficial del Estado es una publicación oficial en la
que se publican las disposiciones emanadas del Estado, normas, o p
osiciones y concursos de las administraciones, nombramientos,
anuncios, subastas. Por este medio son difundidos para su
cumplimiento, conocimiento y notificación a los administrados. Hay
que señalar que el texto de las disposiciones, resoluciones y actos
publicados en el Boletín tienen la consideración de oficial y
auténtico y a los ciudadanos se les exige el cumplimiento de las
normas ahí recogidas. Mediante el BOE conocen sus deberes
y obligaciones, saben de las iniciativas del Gobierno como, por
ejemplo, oposiciones y concursos, tan importantes para los
ciudadanos, incluso en ocasiones el Boletín Oficial del Estado es
utilizado por el Estado y la Administración de justicia para
determinadas comunicaciones con los ciudadanos; parece, por tanto,
lógico que si la información ahí recogida es de absoluto carácter
público, el acceso a esta información debe ser sencilla, clara y,
sobre todo, económica.

En la actualidad sólo los sumarios del BOE son de acceso libre y
gratuito a través de Internet y desde hace algunas semanas, a modo de
prueba, también la sección segunda, relativa a autoridades y
personal. La decisión de publicar gratuitamente y de forma completa
la sección segunda relativa a nombramientos, situaciones e
incidencias, así como oposiciones y concursos, además de la oferta de
empleo y las convocatorias de cursos de funcionarios, no viene si no
a justificar la petición que
hoy presentamos en el sentido de que el BOE puede y debe aparecer
completo y gratuito en Internet, porque es posible en términos
técnicos y económicos. Si ya se ha dado un primer paso publicando los
sumarios y la sección segunda, no hay ninguna justificación para que
no se proceda a la publicación completa y gratuita del resto del
Boletín.

El Boletín Oficial del Estado, como publicación oficial, no debe
perseguir un objetivo económico, al contrario, su objetivo es el
conocimiento por parte de los ciudadanos de las normas y demás
disposiciones de las administraciones. Por ello parece lógico que se
eliminen los impedimentos que dificultan el acceso no sólo de
profesionales y empresas sino, lo que es más importante, de
particulares, estudiantes, organizaciones sociales... Hoy el coste de
adquisición para todos estos colectivos es absolutamente prohibitivo.

La situación actual del BOE no tiene mucho sentido porque distintas
publicaciones oficiales ya están en Internet. Así, es libre y
gratuito acceder a boletines similares de algunas comunidades
autónomas y países de nuestro entorno; es más, todos los ciudadanos
pueden acceder al «Diario de Sesiones» de esta Cámara sin necesidad
de tener que pagar una cuota. Igualmente, el Senado ya ha puesto en
marcha un parlamento virtual, por el cual los ciudadanos no sólo
podrán conocer de manera completa y gratuita los asuntos que allí se
debaten y que les conciernen de manera directa, sino, lo que es
mejor, que podrán opinar sobre los mismos. De nada sirven las web, y
los servidores de instituciones y organismos públicos si sólo tienen
un fin propagandístico, si no son realmente útiles para el interés
general que tanto dice defender este G obierno.

El desarrollo y extensión de las nuevas tecnologías de la
información, especialmente las destinadas a la comunicación entre los
ciudadanos, permiten hoy en día un conocimiento más sencillo, útil e
inmediato de las normas, disposiciones y comunicaciones emanadas del
Estado. En el pasado, para conocer el contenido del BOE era
imprescindible su difusión exclusiva mediante papel, con los
consiguientes costes de impresión, materiales, infraestructura,
distribución, etcétera. Hoy, la red de Internet permite su difusión
de manera sencilla, rápida y económica. La publicación del BOE en
Internet es más barata y ecológica que en papel y permite su acceso
a personas con determinadas discapacidades visuales o de otro tipo;
asimismo, favorece el acceso al mismo a los ciudadanos de zonas
rurales que no reciben en tiempo adecuado el Boletín Oficial.

Igualmente, permitiría acabar con la actuación de determinadas
entidades que tratan de captar clientes e incluso que reciben
prestaciones económicas por ofrecer el acceso a la información del
BOE después de haberlo sometido a un simple tratamiento informático,
haciendo negocio con un servicio público, compitiendo a un precio
inferior al que ofrece el organismo encargado de la gestión del m ismo
.

Termino ya, solicitando el voto de SS.SS. para una iniciativa que, en
estos momentos, ya ha conseguido la adhesión de más de 7.000
internautas, la mayoría de ellos en representación de organizaciones
y colectivos sociales.




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Esta es una medida que terminará imponiéndose necesariamente y no hay
argumentos para dilatarla más. Parece por tanto lógico que, desde
esta Cámara, contribuyamos, votando a favor la proposición de ley que
hoy presenta el Grupo Socialista para beneficio de los ciudadanos
y para cumplir el objetivo de la Administración de acercar la misma a
los administrados.




El señor VICEPRESIDENTE (Soriano Benítez de Lugo): ¿Grupos que desean
intervenir? (Pausa.)
Tiene la palabra don Julián Fernández Sánchez.




El señor FERNÁNDEZ SÁNCHEZ: Con mucha brevedad, señor presidente,
dado la hora.




Creo que hay que reconocer que, desgraciadamente, el Boletín Oficial
del Estado cuenta con escasos lectores y que por tanto su divulgación
se circunscribe a organismos oficiales y profesionales que necesitan
de esta publicación para el ejercicio de su profesión pero, por otro
lado, también hay que convenir que estamos obligados a conocer las
normas y resoluciones que emanan de esta publicación oficial. La
justicia, en todo caso, no nos exime a los ciudadanos del
conocimiento de las resoluciones que se publican en los boletines
oficiales; por tanto, entendemos que es correcta esta posición de
intentar que se divulgue de una forma más amplia el Boletín Oficial
del Estado a través de los mecanismos tecnológicos con los que hoy
podemos contar.

También coincidimos plenamente con el criterio expuesto por el
portavoz socialista en cuanto a que el Boletín Oficial del Estado,
como publicación oficial, no debe perseguir objetivos económicos sino
objetivos de mayor difusión para que los ciudadanos puedan tener un
mayor conocimiento de las disposiciones administrativas. También hay
un motivo que creemos que es importante resaltar, y es que el uso
indiscriminado de papel contribuye notablemente a la deforestación,
por lo que se va haciendo imprescindible usar razonablemente los
recursos naturales para evitar efectos perversos sobre la naturaleza.

Afortunadamente hoy las nuevas tecnologías nos permiten ahorrar estos
recursos. Por tanto, saludamos y damos la bienvenida a esta
iniciativa del Grupo Socialista, que vamos a apoyar.




El señor VICEPRESIDENTE (Soriano Benítez de Lugo): Tiene la palabra
la señora Faraldo Botana.




La señora FARALDO BOTANA: Señorías, intervengo para fijar la posición
del Grupo Popular en relación con la proposición no de ley del Grupo
Socialista que hoy trae a esta Comisión de Administraciones Públicas,
en la que insta al Gobierno a que proceda a la publicación completa y
gratuita en Internet del Boletín Oficial del Estado. El diario
oficial se ordena por Real Decretoley 1511/1986, en el que se
diferencian las normas reguladoras del diario oficial propiamente
dicho de las que afectan a la organización, funcionamiento y
financiación del organismo autónomo del Boletín Oficial del Estado,
facultándole para que con carácter ordinario realice la impresión,
distribución y venta del diario oficial,
venta a través de la cual se financia dicho organismo que hoy,
cosa no muy frecuente, cuenta con un presupuesto saneado.

Señorías, recientemente este organismo autónomo ha sido remodelado,
se le ha dotado de unas nuevas instalaciones y su imprenta se ha
reconvertido en una imprenta supermoderna cuya inversión ha ascendido
a 4.000 millones. Es una decisión que ustedes adoptaron en su última
etapa de Gobierno socialista y que aplaudimos en aquel momento y
seguimos aplaudiendo porque consideramos que se debe poder ofrecer un
servicio al público de calidad y adecuado a las necesidades derivadas
del incremento de la actividad normativa del Estado y de las
comunidades autónomas.

En la motivación de la justificación de esta proposición no de ley se
recoge la necesidad del acceso al Boletín Oficial del Estado, acceso
que mi grupo considera garantizado porque el mismo se encuentra en
todos los o rganismos públicos, pudiendo ser consultado por cualquier
ciudadano, así como por las facultades universitarias, centros de
enseñanza, bibliotecas, puntos de i nformación juvenil, etcétera, por
lo que su acceso es económico como pide su proposición no de ley.

Además, el acceso a través de Internet no es posible para todos los
ciudadanos, si tenemos en cuenta que no es tan económico como el de
la consulta sobre el papel, ya que requiere estar contectado a la red
Internet. Como sucede en la mayoría de los países europeos que
publican su diario oficial en Internet, el cliente necesita tener un
ordenador específico para el sistema con el que se recoge dicho
boletín.

No partimos, señorías, de la situación que recoge esta proposición no
de ley. No cabe duda de que la Administración del Estado se reforma
continuamente y en aras de ofrecer un mejor servicio para los
usuarios de Internet y menos costoso, desde el 1.º de julio de este
mismo año se modificó la tarifa de suscripción a Internet y se puso
en marcha una nueva línea de acceso que permite una mayor rapidez.

Este nuevo gestor de base de datos admite también el acceso gratuito
a unas determinadas páginas del Boletín Oficial del Estado como son
las de becas y ayudas desde su publicación en el Boletín hasta la
fecha en (El señor presidente ocupa que ha de ser presentada. la P res
idencia.) Hay además páginas con información de los sumarios
completos del diario oficial desde 1995 y no sólo del sumario diario,
como ocurría. Asimismo, se puede acceder a determinadas leyes; por
ejemplo, esta semana ya podemos ver gratuitamente la Ley del impuesto
sobre la renta de las personas físicas, pero si publicáramos
íntegramente el Boletín Oficial del Estado con las infraestructuras
con las que cuenta este organismo autónomo, nos encontraríamos con
que el ordenador quedaría bloqueado, por lo que hay que dotarle de
nuevas instalaciones, adecuarlas a lo que sería esa publicación
gratuita, cuando hemos hecho recientemente ese desembolso de 4.000
millones de pesetas en una modernización de la imprenta. Además el
acceso que se tendría a través de Internet, como he expuesto, no
sería para todos los ciudadanos, sino de un número limitado desocios
de Internet.




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El señor PRESIDENTE: Señora Faraldo, vaya terminando.




La señora FARALDO BOTANA: Sí, señor presidente.

La postura de mi grupo es de descartar esta proposición no de ley que
hoy presenta el Grupo Socialista.




El señor PRESIDENTE: La señora Uría nos ha pedido medio minuto de
tiempo que es lo que de damos.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Más que una intervención es una
explicación del sentido del voto que sostendré en nombre del Grupo
Vasco. Creo que cada opción política debe ser coherente en relación
con cuál es su actuar político, allí donde tiene responsabilidades de
gobierno. Con relación con el objeto concreto de la iniciativa que
ahora se está viendo en esta Comisión, consultado qué es lo que hace
el grupo al que pertenezco en la Administración vasca, se me dice que
allí, desde octubre del año 1986, existe gratuitamente el acceso a
través de Internet a la totalidad de los contenidos del Boletín
Oficial del País Vasco. Igualmente se me manifiesta que se ha hecho
extensivo este acceso a todas las bibliotecas públicas y que se está
manejando ahora el hacer público el acceso a las bases de datos,
incluso a los métodos de busca. Lo que sí quería poner en
conocimiento de la Comisión en relación con la intervención que se ha
efectuado desde el grupo mayoritario es que me dicen que ello está
suponiendo un notable ahorro en relación con los tiempos en los que
la distribución se hacía a través de papel. Únicamente creemos que lo
que se está haciendo, lo que el partido al que represento hace allí
donde gobierna, podemos exigirlo respecto de otros, y por lo tanto
nuestro voto tiene que ser forzosamente favorable a la iniciativa que
presenta el Grupo Socialista.




- POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A PROCEDER AL CESE DEL DELEGADO DEL
GOBIERNO EN LA COMUNIDAD FORAL DE N AVARRA, DON FRANCISCO JAVIER A
NSUÁTEGUI. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO VASCO (EAJ-PNV).

(Número de expediente 161/001074)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate del punto 6. Proposición no de
ley por la que se insta al Gobierno a proceder al cese del delegado
del Gobierno en la Comunidad Foral de Navarra, don Francisco Javier
Ansuátegui, presentada por el Grupo Parlamentario Vasco.

Para su defensa, la señora Uría Echevarría tiene la palabra.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Intentaré ser si no tan breve sí bastante
rápida en la exposición dado lo avanzado de la hora, y quiero empezar
manifestando el por qué de la elección de esta Comisión para debatir
el asunto que hoy traemos cuando podría parecer ab initio que, si
estamos hablando de un exceso policial, el lugar adecuado hubiera
sido la Comisión de Justicia e Inter
ior. Sin embargo, creo que el enfoque que daré a la iniciativa que
traigo está más vinculado al talante o al comportamiento de un
representante de la Administración del Estado en la Comunidad Foral
de Navarra, está más unido a los temas debatidos en esta Comisión
puesto que se trata de un comportamiento -repito- de un alto
funcionario de la Administración general del Estado dentro de lo que
es el cometido de esta Comisión. Puesto que en todos los temas hoy
debatidos se está tendiendo a explicar que en esta Cámara las
cuestiones se debaten y se deciden conforme a derecho, huiré de hacer
valoraciones o juicios políticos y casi voy a utilizar la sistemática
que se suele emplear en demandas y contestaciones, hechos y
fundamentación jurídica de los mismos.

Los hechos sintéticos son que un colectivo que existe en el ámbito de
la Comunidad Navarra, que se llama Sortzen, vinculado a la idea de la
escuela pública vasca o a la defensa del euskera en la comunidad
autónoma, comunicó a la delegación del Gobierno su intención de
llevar a cabo una manifestación con determinadas reivindicaciones
para solicitar más plazas del modelo D, el modelo de educación
íntegramente en euskera, en el ámbito de la Comunidad Foral de
Navarra. La presentación de esta comunicación se hizo el día 21 de
mayo en la Delegación del Gobierno, y contenía los requisitos en
cuanto a cuál era el objeto, pedir más plazas del modelo D -repito-;
se decía dónde se iba a celebrar la concentración, que era en el
aparcamiento que se encuentra justo enfrente de la delegación que el
departamento de Educación tiene en la calle Santo Domingo, de
Pamplona, y se manifestaba además que los propios convocantes se
responsabilizaban de que habría un servicio de orden propio en la
manifestación. No se respetaba uno de los requisitos que contiene la
Ley reguladora del derecho de reunión en cuanto a que debe producirse
el preaviso o la comunicación en un plazo cuando mínimo de 10 días,
pero se acogían a lo que también se incluye en el texto de la propia
Ley, es decir, se respetaba la excepción que la propia Ley contempla,
manifestando que no era posible efectuar el preaviso con este plazo
puesto que había habido reuniones de delegados y de inspectores de
Educación en los días precedentes y que era imprescindible que la
manifestación o el acto público se produjese antes de la semana
siguiente puesto que era en ese momento cuando se iba a tomar la
decisión política que se consideraba relevante frente a la cual la
manifestación quería reaccionar, es d ecir, se acogían a una de las
excepciones que la propia Ley prevé.

Esta comunicación, dirigida a la delegación del Gobierno, no tuvo
contestación alguna, por lo cual es lícito pensar que los convocantes
pensaban que no había impedimentos en los términos que la Ley
reguladora del derecho de reunión establece y se produjo la
concentración el día 27 a la una del mediodía conforme a lo que se
había establecido en la comunicación. En el mismo momento en que se
produce la concentración es cuando por parte de la Delegación del
Gobierno se les manifiesta que no está autorizada. Me interesa hacer
hincapié eneste aspecto puesto que, cuando hable de la fundamentación



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jurídica, tiene especial relevancia el momento en el cual la
Delegación del Gobierno comunica que tiene impedimentos a la
celebración de la concentración de que se trata. Manifestaré también
un dato que resultó sorprendente para los convocados y es que cuando
la dependencia oficial, frente a la cual se producía la
concentración, siempre está custodiada por la Policía foral, en aquel
día apareció custodiada por la Policía nacional, lo cual indica una
cierta idea respecto a lo que se pretendía organizar por parte de la
propia Delegación del G obierno.

Fundamentación jurídica aplicable a estos hechos. En primer lugar,
empezando de mayor a menor, la Constitución reconoce el derecho de
reunión pacífica en reivindicación de cualesquiera objetivos, con el
único impedimento de que sea sin armas. Creo que en una concentración
de padres y niños reivindicando un modelo escolar determinado es
obvio que así se producía. Se dice que no está sujeta a autorización
previa, es d ecir, sólo a comunicación, que es lo que antes decía, y
que sólo se podrá prohibir cuando existan razones fundadas de
alteración del orden público, con peligro para personas y bienes.

Decía que he traído esta cuestión a la Comisión de Administraciones
Públicas, porque se trata de la conducta de un delegado del Gobierno
en la Comunidad Foral de Navarra. Digo que lo traía puesto que la
Lofage, recientemente aprobada en esta misma legislatura, establece
en su artículo 23.3 que es competencia del delegado del Gobierno en
las comunidades autónomas, de igual manera en la Comunidad Foral,
proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar
la seguridad ciudadana. Ocurre que entre los derechos y libertades
que tienen reconocidos los ciudadanos navarros está el artículo 9 de
la Ley Orgánica 13/1982, por la que se aprueba la reintegración y
amejoramiento foral, reconoce que el vascuence tiene también carácter
de lengua oficial en las zonas vascoparlantes de Navarra e incluso
tienen posteriormente normativa de desarrollo, articulando el
vehículo a través del cual se produce la escolarización o la
implantación de la enseñanza en euskera en las zonas vascoparlantes.

He hecho antes hincapié en cada uno de los trámites que se produjeron
a partir de la comunicación del colectivo a la delegación del
Gobierno y me gustaría volver a incidir, puesto que esta es una
materia respecto de la cual existe jurisprudencia constitucional, que
creo que es interesante que SS.SS. conozcan. La Ley reguladora del
derecho de reunión establece efectivamente lo que antes he indicado,
que debe procederse a comunicar que se va a producir una
manifestación y que existe la posibilidad de que haya causas
extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia en la
convocatoria. Los convocantes manifestaban éstas, que pueden merecer
el criterio que se quiera, pero que, a su juicio, impedían el hecho
de haber podido avisar con 10 días de anticipación. Este plazo no
convierte en ilegal, ni en imposible, la convocatoria, sino que el
plazo relevante, desde la perspectiva de la ley, y desde la
perspectiva constitucional, es el plazo del artículo 10 de la Ley
reguladora del derecho de reunión. Es decir, el plazo en el que la
autoridad gubernativa
tiene que manifestar que autoriza o no la celebración de la reunión o
manifestación. Y decimos a qué efectos tiene relevancia
constitucional este plazo. La autoridad gubernativa lo debe comunicar
con anterioridad suficiente para que sea posible la celebración del
procedimiento judicial contencioso-administrativo, especialmente
previsto para estos casos. En este caso, la indefensión que se causa
al colectivo es evidente, puesto que, notificándoles la imposibilidad
de reunirse en el mismo momento en el que se produce la convocatoria,
quedan privados del derecho a la tutela judicial efectiva en relación
con la valoración que de esta convocatoria había hecho la Delegación
del Gobierno. Repito, existen sentencias numerosas, la práctica de
los tribunales de justicia así lo acredita, que el plazo relevante es
el del artículo 10, que debe ser el suficiente para comunicarles la
decisión razonada que permita que quien quiere hacer ejercicio de un
derecho -derecho que tiene el reconocimiento de derecho fundamental
en la Constitución- tenga la posibilidad de valorar si la actuación
administrativa se ha ajustado a esos parámetros. En este momento, no
hay vía alguna de posibilidad de acceso a los tribunales por parte de
los manifestantes.

Creemos que esta circunstancia de la actuación de la Delegación del
Gobierno enerva cualquier posibilidad de calificar de ilegal o
ilícita la manifestación, puesto que, si nos atenemos a la regulación
penal, no encaja ni mínimamente en los contenidos típicos, pero
tampoco encaja en el régimen sancionador de la Ley de Seguridad
Ciudadana, es decir, ni siquiera hay infracción administrativa,
puesto que el artículo 23 de la Ley de Seguridad Ciudadana dice que
es ilícita y tendrá el carácter de falta, la celebración de reuniones
en lugares de tránsito público o manifestaciones, incumpliendo lo
preceptuado en la Ley o rgánica que regula el derecho de reunión. Pero
es que en este caso el incumplimiento de lo preceptuado en el
artículo 8 queda al arbitrio del propio delegado del Gobierno, que no
permite que sea revalidado por los tribunales. Cualquier sanción que
se hubiese querido imponer a los convocantes al amparo de este
artículo hubiese estado abocada al fracaso, porque no existe
incumplimiento del artículo 8, repetimos, que haya sido judicialmente
constatado, que es lo que el procedimiento que se articula para la
autorización del derecho de reunión exige con el rango de exigencia
constitucional, según tiene establecido el Tribunal Constitucional.

Creemos que, al revés, podría incluso decirse que con este proceder,
al autorizar con este carácter las manifestaciones, o con esta trampa
procesal de notificar demasiado tarde el permiso, quien ha incurrido
en conducta delictiva es el propio delegado del Gobierno. Si cogemos
el artículo 540 del Código Penal en él se establece que la autoridad
o funcionario público que prohíba una reunión pacífica o la disuelva
fuera de los casos expresamente permitidos por las leyes será
castigado con una pena de inhabilitación. Podría incluso sostenerse
que se ha cometido delito, puesto que la prohibición o el intentar
disolver la manifestación se ha hecho fuera de los casos legalmente
permitidos, puesto que indicamos que no ha habido constatación
judicial de que haya habido incumplimiento de la Ley reguladora del
derecho de reunión, que es la querencia



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de la regulación constitucional del ejercicio de este derecho
fundamental.

Para concluir, quiero volver a referirme a lo que con anterioridad
manifestaba. Me he referido a un suceso puntual, pero creo que las
intervenciones sucesivas de los diputados por la circunscripción
navarra me darán ocasión para manifestar que este proceder es
genérico y habitual en la persona del delegado del Gobierno al que me
estoy refiriendo, y quiero insistir en que no encaja con el carácter
que la Lofage da de la figura de los delegados del Gobierno en cuanto
a su misión de protección del libre ejercicio de los derechos y
libertades.

Si tenemos en cuenta que desde la Administración, desde el Gobierno,
se están haciendo esfuerzos tremendos por conseguir una
Administración clara, transparente, tuteladora de los derechos y
libertades, y sobre todo, así hay que reconocerlo, a la cabeza de la
Admin i stración...




El señor PRESIDENTE: Vaya terminando, por favor.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Sí, señor presidente.




Quería referirme en este momento a la labor que desde el Ministerio
de Administraciones Públicas se está haciendo por todo el equipo para
dignificar o permitir que se pueda creer que esto se cumple así.

Creemos que actuaciones como las que atribuimos al delegado del
Gobierno en Navarra permiten pensar que no es así, o por lo menos no
lo es en el caso navarro.

Todo el mundo tiene derecho a evolucionar en sus biografías y a
moverse hacia posturas más democráticas, pero me parece que no es
ocioso recordar que el delegado del Gobierno... (El señor Cámara
Rodríg u ez-Valenzuela pronuncia palabras que no se perc i ben.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, guarden silencio, por favor.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: ...en Navarra, en los tiempos en los que
fue gobernador civil, de los años 1980-1982 hasta que fue también
delegado del Gobierno, se le atribuyen actuaciones -y así está en las
hemerotecas- tales como haber cargado en una ocasión contra el
olentzero, que para las señorías que no son vascas diré que es un
personaje de la tradición popular vasca vinculado a la Navidad (El
señor Cámara RodríguezValenzuela: Esto es una tomadura de pelo), que
sale la tarde del 24 con niños cantando villancicos, y en una ocasión
hubo una carga contra el olentzero ordenada desde el Gobierno Civil.

Igualmente, también en tiempos ya democráticos, es decir en los años
ochenta, ordenó la disolución de una reunión en el Baztán de la
cúpula del Partido Nacionalista Vasco, al que represento, procediendo
a la detención de uno de sus miembros.

Creo que ha podido evolucionar en sus planteamientos, pero creo que
las conductas...

El señor PRESIDENTE: Señora Uría, debe terminar.




La señora URÍAECHEVARRÍA: El proceder al que me he referido le hacen
merecedor de una reconsideración por parte del Gobierno que le ha
nombrado para este puesto, y por eso nosotros nos manifestamos en
términos de pedir que sea cesado. Aceptaremos las transacciones que
los grupos nos ofrezcan en el sentido de que se pueda proceder a
hacer averiguaciones... (El señor Cámara R odríguez-Valenzuela
pronuncia palabras que no se perciben.)
Me ceñiré a contestar las intervenciones de quienes intervienen
oficialmente en nombre del grupo, no los gritos que desde la clac se
vayan manifestando.




El señor PRESIDENTE: Señora Uría, concluya ya.




URÍAECHEVARRÍA:
La señora Creo que he intentado argumentar, no sé si lo he
conseguido, con la normativa vigente en la mano, un comportamiento
contrario al respecto a los derechos fundamentales por parte del
delegado del Gobierno en Navarra. He dicho que quizá incluso podría
estar incurso en delito y creo que estoy en el legítimo derecho a
manifestar, en nombre del grupo al que represento, el deseo de que
fuese revisada esta actuación y a ser posible cesado.




El señor PRESIDENTE: A esta proposición no de ley han sido
presentadas enmiendas por parte de dos grupos parlamentarios. Para la
defensa de las suyas el señor Fernández Sánchez, que seguro que lo
hará con brevedad, tiene la palabra.




El señor FERNÁNDEZ SÁNCHEZ: Señor presidente, intentaré ser breve. No
quisiera en mi intervención reiterar los argumentos que ha expuesto a
esta Comisión la señora Uría, en nombre del Partido Nacionalista
Vasco, pero me va a ser muy difícil poder sustraerme a hacer mención
expresa de los hechos que ocurrieron en Pamplona el 27 de mayo del
presente año. Los hechos son que ese día un centenar de padres de
alumnos, con sus hijos de la mano, estaban ejerciendo un derecho
reconocido y amparado por la Constitución; estaban diciendo que la
implantación del modelo de la enseñanza educativa en varios centros
educativos de Pamplona estaba impidiendo que se ampliara el número de
plazas en ellos. El deseo de los padres era y sigue siendo que el
Gobierno de Navarra, en virtud de las competencias que tiene en
materia educativa, facilite las suficientes plazas para estos
alumnos. En Pamplona y su comarca hay 40.000 vascoparlantes de una
población aproximada de 240.000 personas. Un dato muy interesante de
reseñar es que el 42 por ciento del alumnado infantil y primaria, en
este momento, está optando por este modelo de enseñanza educativa. El
modelo D es enseñanza en euskera con una asignatura en castellano.

Por tanto, los concentrados sólo estaban poniendo de manifiesto la
insuficiencia de plazas escolares para este modelo educativo previsto
en el sistema de Navarra y en consonancia con la Ley Foral que
desarrolla el artículo 9 de la Ley del Amejoramiento del Fuero.




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Los padres de alumnos se habían concentrado al amparo del artículo 21
de la Constitución, que permite el derecho de reunión y manifestación
en la vía pública, sin que existieran razones, por lo menos razones
fundadas objetivas, para que el delegado del Gobierno prohibiera esta
reunión. De hecho, la propia Constitución reconoce que siempre que no
haya razones fundadas de alteración del orden público este tipo de
concentraciones, reuniones y manifestaciones son totalmente lícitas.

El resultado de la concentración fue que los padres de alumnos,
después de reunirse en la vía pública, comenzaron a disolverse
pacíficamente y la policía cargó contra un grupo que intentaba
manifestarse con una pancarta en la plaza del Castillo. Esta carga
policial trajo consigo el que al menos cinco personas tuvieran que
ser atendidas en el hospital con lesiones de diversa índole. Creemos
sinceramente que la actuación de las Fuerzas de Seguridad fue
desproporcionada e injustificada al tratarse de padres que no
ejercieron en ningún momento actos de violencia que alteraran el
orden público. No queremos responsabilizar de este acto a las Fuerzas
Armadas. Quien da las órdenes es el delegado del Gobierno, en este
caso el delegado del Gobierno de Navarra, que es el único responsable
de este hecho. Esta carga policial ha sido condenada unánimemente por
todas las fuerzas políticas de Navarra, con excepción de Unión del
Pueblo Navarro, también por colectivos de la enseñanza, sindicatos y
partidos políticos; incluso el consejero de Educación del Gobierno de
Navarra ha calificado la actuación policial de desgraciada
y desagradable. Creemos que el delegado del Gobierno en Navarra ha
exteriorizado su talante personal, al igual que en otras ocasiones
-esto se viene reiterando- y que ha actuado como sólo sabe hacerlo:
reprimiendo las libertades públicas de los ciudadanos. Este delegado
es el que recientemente permitió que el ultraderechista Sáenz de
Ynestrilla se concentrará en un pueblo de Navarra, exactamente en
Tudela, concentración que permitió, amparó y protegió, y lo que hizo
fue detener a varios ciudadanos tudelanos simplemente porque
exteriorizaban su malestar por la presencia de este ultraderechista
en su población.

En esta Comisión, a través de la proposición no de ley que ha
presentado el Grupo Vasco, aparte de que sea debatido este asunto
queremos salir con resultados. Los resultados no son simplemente que
se produzca una votación que se quede aquí y que no conduzca
absolutamente a nada. Por eso, nuestro grupo parlamentario ha
presentado un texto de modificación a la proposición no de ley en el
que pedimos el esclarecimiento de los hechos ocurridos en Pamplona,
esclarecimiento al que nadie se debiera oponer, ni siquiera el grupo
del Gobierno. Pedimos que si ha habido conculcación de derechos
constitucionales se determinen. También proponemos en esta enmienda
de sustitución que las fuerzas representadas en el Parlamento de
Navarra participen de este proceso que pueda llegar a esclarecer este
asunto. No obstante, como hemos observado que puede haber
dificultades para la aprobación de un texto de modificación
alternativo, y en aras a hacer un esfuerzo por conseguir el consenso,
al final hemos llegado a un acuerdo entre varios grupos
parlamentarios para presentar una enmienda transaccional
tanto a la enmienda presentada por Izquierda Unida como a la
presentada por el Grupo Socialista. Es una enmienda transaccional que
suscriben tres fuerzas políticas: Izquierda Unida, Partido Socialista
Obrero Español y Convergència i Unió, que esperamos cuente con la
mayoría de esta Cámara para que se pueda facilitar el esclarecimiento
y las circunstancias que motivaron la c arga policial y la actuación,
que nosotros consideramos indebida, del Gobierno de Navarra.

Facilitaremos a la Mesa la transaccional para que le dé lectura,
esperando, como decía anteriormente, que cuente con el máximo apoyo
de sus señorías.




El señor PRESIDENTE: Le ruego haga llegar la enmienda como ha
indicado.

Por el Grupo Socialista, para la defensa de su enmienda tiene la
palabra el señor Chivite.




El señor CHIVITE CORNAGO: Intervengo en nombre del Grupo
Parlamentario Socialista para defender nuestra enmienda y, a la vez,
establecer nuestra posición en relación con la proposición no de ley
que trae aquí hoy el Grupo Parlamentario Vasco. Justifica su petición
el grupo proponente en la actuación de la policía al reprimir una
concentración convocada por el colectivo Zortzen en reivindicación de
la enseñanza en euskera. A nuestro juicio, de los hechos conocidos
hasta el momento se deduce que la carga policial fue desproporcionada
en relación con la dimensión de la concentración, compuesta de
padres, madres, niños y niñas, profesores y representantes
sindicales, e injustificada en función de los fines que perseguía, ya
que se manifestaban para exigir su derecho reconocido a la educación
en euskera. Estos hechos fueron públicamente condenados por todas las
fuerzas políticas, con excepción del Partido Popular, en su versión
navarra, versus UPN. (Rumores.) Fue también condenada por varios
ayuntamientos, los de Pamplona y Tudela, y por todas las
organizaciones sindicales y sociales de la comunidad foral. Incluso
fue condenada por el Consejo Escolar de Navarra, que se pronunció
calificando la carga de brutal y añadiendo que actos de este tipo no
conducen por los caminos de la paz el diálogo educativo y social.

La actuación del señor Ansuátegui viene a sumarse a otras similares
que nuestro grupo quiere traer al Congreso de los Diputados, guardián
y garante de los derechos fundamentales contenidos en nuestra Carta
Magna, para que puedan servir de elemento de evaluación del talante
del delegado del Gobierno que nos toca padecer en Navarra
y contribuir a la toma de posición de SS.SS. en relación con la
iniciativa que nos ocupa. Les relataré incidentes como los del día 24
de abril de 1998, cuando policías de paisano esgrimieron sus armas
reglamentarias en medio de una manifestación sindical a favor de la
jornada de 35 horas; los de los días 6, 8 y 11 de julio, en plenos
sanfermines, en los que a pesar del acuerdo previo de que durante los
días festivos el orden público fuese garantizado en exclusiva por la
policía local, el delegado del Gobierno ordenó a la Policía Nacional
salir a la calle y se produjeron diversas cargas policiales que
hicieron en algún momento rememorar los luctuosos



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sucesos de los sanfermines de 1978. El alcalde de Pamplona criticó
públicamente con dureza la actuación del señor Ansuátegui. Recordaré
la carga policial a la que ha hecho mención el portavoz del Grupo
Federal de Izquierda Unida, la del 28 de junio de 1998, contra una
concentración de protesta por la manifestación del ultraderechista
Ricardo Sáenz de Ynestrilla que se saldó con 28 detenidos y dos
heridos. Mientras los ultras, pertrechados con bates de béisbol -como
es habitual- enarbolando banderas inconstitucionales y lanzando
consignas y arengas en plan provocador, incitando a la involución,
a la revolución y a la reconquista de España, mientras estos eran
protegidos por la policía, los concentrados para protestar
pacíficamente por esta escenificación fascistoide eran duramente
dispersados. El alcalde de Tudela, eurodiputado del Grupo
Parlamentario Popular, y el pleno de su corporación responsabilizaron
directamente al señor Ansuátegui.

Otros hechos vienen a sumarse a esta larga serie: la actuación de la
policía en Estella el 24 de octubre de este mismo año, con motivo
también de una visita de Ynestrilla que, si bien no autorizó el
delegado del Gobierno para evitar incidentes, no por ello impidió las
c argas policiales. La normalidad llegó una vez más gracias a la
intervención del alcalde de esa ciudad y de varios concejales,
demócratas por convicción y por elección, cosa que no es el señor
Ansuátegui; también la toma policial, a finales de noviembre, para
impedir la celebración de una concentración pacífica contra las
maniobras militares del polígono de tiro de Las Bardenas. Estas
manifestaciones se vienen sucediendo desde hace más de quince años y
cuentan con el apoyo político de la práctica totalidad de los
ayuntamientos afectados por el polígono y de las fuerzas políticas
presentes en el Parlamento de Navarra, que en reiteradas ocasiones
-la última hace escasos días- han manifestado su voluntad de que
cesen las actividades militares en Bardenas. Una vez más, la
actuación del delegado dio lugar a una protesta formal aprobada por
mayoría en el pleno del Ayuntamiento de Tudela el pasado día 30. En
esta serie de sucesos no ocurrió nada especialmente grave, pero no
fue precisamente gracias a la prudencia del señor delegado sino al
talante paciente y tolerante de los ciudadanos y a la intervención y
mediación de algunos alcaldes y concejales.

A sabiendas, señorías, de la animadversión que generan en una parte
de la sociedad navarra, sobre todo en la derecha, algunas
organizaciones convocantes de las reivindicaciones laborales,
educativas, antimilitaristas e incluso ecologistas, en especial si
surgen del llamado entorno vasco, los auténticos demócratas no
podemos permanecer impasibles ante unas actuaciones del delegado del
Gobierno que se caracterizan por el uso de la fuerza y que pueden
atentar -y de hecho lo hacen- contra la libertad de educación, la
libertad sindical, la libertad de reunión y la libertad de expresión.

Dichas actuaciones pueden derivar en el recrudecimiento de la
violencia en la calle -esa que Piqué llama ahora de baja intensidad-
y conducir al enfrentamiento ciudadano y a la división de la sociedad
navarra, lo que, lejos de contribuir a normalizar la convivencia en
Navarra desde el respeto a su diversidad,
no haría sino encrespar los ánimos y provocar el frentismo
navarrismo-vasquismo o castellanoparlantevascoparlan` Quienes dicen
amar la lengua vasca tratan a veces de confundir el euskera con
nacionalismo; quienes odian el euskera tratan de identificarlo con
violencia y separatismo vasco. A mi juicio señorías, ni los unos ni
los otros parecen entender o quieren comprender que en nuestra tierra
es perfectamente posible la convivencia pacífica desde el respeto a
la diversidad y a la pluralidad social, cultural y lingüística.

Nos da vergüenza democrática comprobar de manera intermitente cómo
comportamientos que creíamos superados y olvidados hace años son
actualizados por quienes, como el señor Ansuátegui, bajo la
apariencia de demócratas, se encargan de recordar quién manda ahora.

Sus medidas se caracterizan por ser más efectistas que efectivas y,
además, conllevan efectos secundarios nocivos para la democracia y la
convivencia en Navarra. No es aceptable, desde una perspectiva y un
comportamiento democrático, contestar a la manifestación pacífica con
la represión policial. El hecho de no cumplir con un formalismo
administrativo puede ser criticable, pero no es motivo para utilizar
la fuerza pública para reprimir un acto pacífico. No estamos
criticando ni cuestionando la labor y la función de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado; su función es la de velar por el
libre ejercicio de los derechos y libertades ciudadanas, no
obstaculizarlas y mucho menos reprimirlas sin motivo. No cuestionamos
-repito- su labor. Los socialistas siempre hemos defendido y apoyado
y hemos reconocido públicamente su dedicación, entrega y sacrificio.

Pero, como afirma el propio delegado del Gobierno, las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado -y lo pongo en su boca porque son
palabras suyas- no hacen más que cumplir con su d eber, obedecer las
órdenes de sus superiores, es decir, sus propias órdenes, como único
y máximo responsable de sus actuaciones. A quien cuestionamos,
señorías, es al señor Ansuátegui y ponemos en tela de juicio la
interpretación y el uso que hace de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado y el papel que desde sus propios criterios -como
él mismo afirma- les asigna, que las hace aparecer ante una parte de
la sociedad navarra como fuerzas represoras al exclusivo servicio de
los intereses políticos del partido al que pertenece el señor
Ansuátegui. No obstante, señorías, nos parecía desproporcionado
exigir de facto la dimisión del delegado del Gobierno, pues aunque el
señor Ansuátegui no se caracterice precisamente por sus suaves
maneras, en especial en todo aquello que hace referencia al euskera,
y opte en muchas ocasiones por la represión en lugar del diálogo y la
persuasión...




El señor PRESIDENTE: Señor Chivites, vaya terminando, por favor.




El señor CHIVITE CORNAGO: Voy terminando, señor presidente.

Decía que le reconozco como demócrata su derecho a la presunción de
inocencia. De ahí que hemos considerado necesario presentar una
enmienda de sustitución en la que abogamos por una investigación y
por la depuración,en su caso, de responsabilidades. Queremos que se



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conozcan los hechos para determinar la actuación y responsabilidad
del delegado del Gobierno y ver si fue proporcionada, oportuna y
necesaria. Los navarros y las navarras, reconociendo nuestra
diversidad, ansiamos vivir en paz y libertad desde el respeto mutuo y
la tolerancia que hace más fácil la convivencia. En cualquier caso,
señorías, dentro de la estrategia aznariana en su búsqueda del
centro, la prudencia aconsejaría sustituir al delegado en Navarra por
una persona con más talante democrático, más tolerante y con un poco
más de mano izquierda, aunque desde luego dudo que este señor sepa
dónde tiene ese lado de su mano. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: ¿Grupos parlamentarios que deseen intervenir? En
primer lugar la señora Lasagabaster, brevemente, se lo ruego.




La señora LASAGABASTER OLAZABAL: Señor presidente, seré breve. A
finales del pasado mes de mayo, un grupo de más de cien personas,
padres, madres y niños, como se ha relatado anteriormente, que
demandaban respuesta a su derecho a recibir educación en euskera fue
disuelto a porrazos por la Policía Nacional. En contra de lo que se
afirmó en un primer momento por la Delegación del Gobierno no hubo ni
insultos ni amenazas ni se arrojaron piedras contra los agentes. El
hecho de que la concentración, que transcurrió de forma pacífica en
todo momento, no estuviera autorizada, es decir, que los convocantes,
un colectivo en favor de la enseñanza pública en euskera, no hubiera
cumplido los requisitos administrativos pertinentes de conformidad
con las peculiaridades jurídicas que la diputada Uría les ha
comentado, no sirve en ningún caso de aval para que la Delegación del
Gobierno ordene usar la f uerza.

El hecho no ha pasado ni mucho menos, como aquí se puede comprobar,
desapercibido para la sociedad navarra. El gran número de
comunicaciones de rechazo y exigencia del esclarecimiento de los
hechos y asunción de responsabilidades que ha originado la carga
policial desde todo tipo de colectivos sociales y políticos -y es
significativo que hasta el Ayuntamiento de Pamplona por la unanimidad
de sus concejales, 27, así lo demandara-, pone de manifiesto que el
concepto de la convivencia social y de las libertades democráticas
que tiene la mayor parte de la sociedad civil de Navarra está
francamente lejos del punto de vista que sobre estas cuestiones
mantiene el delegado del Gobierno, señor Ansuátegui. Su nombramiento,
hace un tiempo, ya nos supuso el terrible presagio de la política que
iba a llevar, una política involucionista y ciertamente de
endurecimiento de los derechos y libertades fundamentales. Las
experiencias que se han sucedido en tan poco tiempo, como han sido
relatadas por los compañeros de distintos grupos parlamentarios que
me han antecedido, que es importante señalar, como las
manifestaciones de Ynestrillas, las manifestaciones sindicales, las
manifestaciones en Las Bardenas, los acontecimientos de los
sanfermines y otros muchos, dan pie a que los presagios que teníamos
se hayan hecho realidad. Es admisible que la gente evolucione, pero
en este caso no estamos viendo otra cosa que su pasado
franquista choca una y otra vez, constantemente, con la realidad
democrática. El señor Ansuátegui haría un favor al Grupo Popular y al
Gobierno simplemente dimitiendo. En cualquier caso, en el viaje del
Partido Popular al centro no le vendría mal llevar en su maleta el
cese del señor Ansuátegui.




El señor PRESIDENTE: Señora Gil i Miró, le ruego brevedad.




La señora GILY MIRÓ: Alos solos efectos de publicar que mi grupo, con
su apoyo a la redacción transaccional conjunta de la mayoría de los
grupos aquí presentes, considera imprescindible el esclarecimiento
riguroso por parte del Gobierno de los hechos expuestos como
respuesta a su explícita gravedad y espera que el ministro
correspondiente dé en su momento, ante esta Cámara, cumplida razón de
los resultados de aquél.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, el señor Del Burgo tiene
la palabra.




El señor DEL BURGO TAJADURA: Señor presidente, comprendo que SS.SS.

estén muy agotados después de esta larga sesión y pido benevolencia
al presidente porque me veo obligado a rebatir algunas afirmaciones
que se han hecho por varios grupos proponentes en relación al buen
nombre y al honor de una persona de la que tengo que decir que, desde
que está al frente de la Delegación del Gobierno, los derechos y
libertades de los ciudadanos navarros son infinitamente más
garantizados que en épocas anteriores, cuando la violencia callejera
hacía estragos en nuestras calles. Por tanto, lo primero que tengo
que decir es que el delegado del Gobierno en Navarra es una persona
cumplidora de la ley y que la aplica con rigurosidad y con todos los
requisitos y pronunciamientos con que debe hacerse en un Estado
democrático.

Dicho esto, tengo que empezar por contestar a la señora Uría
manifestando mi sorpresa por la defensa que ha hecho de su
proposición. La señora Uría no ha hecho referencia ninguna, como dice
en su escrito, a que la intervención policial fuera de forma
sorpresiva y a todas luces desproporcionada. Se ha limitado a
explicar una serie de hechos a los que ha aplicado unos fundamentos
de derecho, llegando increíblemente a calificar los hechos del señor
Ansuátegui como delictivos. En estos veinte años de vida
parlamentaria es la primera vez que veo tal perversión en un
parlamento democrático y me siento absolutamente asombrado. Lo que
dice la exposición de motivos de esta proposición es que el día 27 de
mayo el colectivo Sortzen, defensor de la escuela pública vasca,
convocó una concentración y que la Delegación del Gobierno,
amparándose en razones poco convincentes de incumplimiento de la
normativa reguladora del derecho de manifestación, envió una dotación
policial que actuó de forma sorpresiva y a todas luces
desproporcionada, teniendo en cuenta que los concentrados eran
padres, madres y niños y no se daba ninguna circunstancia de
alteración del orden público. Pues bien, esta premisa mayor,
probablemente derivada de la falta de conocimiento



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que el Partido Nacionalista Vasco tiene de las cuestiones de Navarra,
habida cuenta su carácter prácticamente extraparlamentario en nuestra
comunidad, es falsa; este planteamiento de la cuestión es falso. No
es cierto que la policía disolviera una manifestación celebrada en
los términos en que la asociación convocante la había planteado. La
asociación convocante -tengo aquí su solicitud- dice que intenta
manifestarse en un acto a las 13 horas del día 27 de mayo, con una
duración de aproximadamente media hora, y que el acto se celebrará en
el aparcamiento que se encuentra frente al departamento de Educación,
junto a la calle Santo Domingo de Pamplona. La carga tan brutal, o
supuestamente brutal de la policía no se produjo en el aparcamiento
de la calle Santo Domingo de Pamplona, sino después de que habían
conseguido su objetivo, que era concentrarse, después de
informárseles de que esa manifestación se había convocado de manera
irregular puesto que no se habían cumplido -y esta es una cuestión de
apreciación- los requisitos legales. Apesar de todo eso se les
permitió entrar en el departamento de Educación y presentar un
escrito, con lo cual cumplían sobradamente los objetivos de su
manifestación. Fue después, una vez que un pequeño grupo de personas
pertenecientes a esa manifestación se dirigió por las calles de
Pamplona -contraviniendo totalmente los compromisos que ellos mismos
habían establecido en su petición de manifestación o en su escrito de
comunicación, para ser exactos y rigurosos-, con la pretensión de
llegar hasta la plaza del Castillo, cuando se les requirió para que
se disolvieran. No lo hicieron, hubo un altercado y se gritó: Policía
asesina y ETA mátalos, lo cual es bastante habitual. De no ser porque
un concejal de HB resultó contusionado como consecuencia de un
porrazo de la policía, probablemente el asunto no hubiera pasado
a mayores. Desde luego, en la calle Chapitela, la cantidad de testigos
que luego ha habido es imposible que se puedan contabilizar, puesto
que es una pequeña calle de Pamplona, pero el grupo de la
manifestación no sobrepasaba las 50 o 60 personas y en unos segundos
se disolvieron. Por tanto, los hechos que aquí nos han congregado,
expuestos por el Partido Nacionalista Vasco en su proposición, son
radicalmente falsos. Izquierda Unida hace el mismo planteamiento
respecto a los hechos que figuran en la proposición no de ley, y esta
proposición no de ley se basa en unos hechos absolutamente falsos.

No puedo pasar por alto las afirmaciones que ha realizado el diputado
del Partido Socialista, señor Chivite. Tengo que deplorar
profundamente que se hayan vertido tales afirmaciones, en primer
lugar, porque aquí no estamos para hacer una causa general contra el
delegado del Gobierno, sino para pronunciarnos sobre si en una
manifestación que fue disuelta por la policía se había producido una
actuación a todas luces desproporcionada y sorpresiva. Ese era el
objeto de la cuestión. Hablar aquí de toda la actuación negativa, a
juicio del señor Chivite, tan derivada además de esa obsesión que al
parecer el señor Ansuátegui tiene contra todo lo que se refiera al
euskera, la verdad es que está absolutamente fuera de lugar.

Establecer aquí distinciones entre navarrismo y nacionalismo como si
en UPN, partido al que represento, fuéramos contrarios totalmente a
las manifestaciones de la cultura
vasca en Navarra, cuando somos los primeros en proteg e r, amparar y
promover, la verdad es que está fuera de discusión. En este caso se
dan una serie de circunstancias que probablemente SS.SS. no conocen
pero que yo tengo que decir. Esta misma asociación -estamos hablando
de un hecho ocurrido el 27 de mayo- el día 25 de abril de 1998 se
concentró ante las oficinas del departamento de Educación en una
manifestación que se les dijo que no había sido comunicada de acuerdo
con la Ley del derecho de reunión y se produjo una disolución
totalmente pacífica de la misma, sin que hubiera ningún incidente.

Pero el día 15 de mayo, es decir, 12 días antes, la organización
Sortzen celebró una manifestación que recorrió las calles de Pamplona
sin ninguna dificultad y con toda paz, puesto que había sido
comunicada y se celebró con toda normalidad. Esta manifestación del
27 de mayo, al no cumplir el plazo de 10 días -que a la señora Uría
le parece irrelevante-, se intentó comunicar al firmante de la misma
por los servicios policiales la resolución de la Delegación del
Gobierno y no fue posible porque no se le encontró ni en el domicilio
de la asociación ni en el suyo propio. Posteriormente, el día 12 de
junio, esta misma organización celebró otra manifestación sin que se
produjera ningún incidente en la medida en que fue perfectamente
comunicada y su celebración se realizó con total paz.

Quisiera que esta Comisión, cualquiera que sea la decisión que
adopte...




El señor PRESIDENTE: Señor del Burgo, vaya terminando, por favor.




El señor DEL BURGO TAJADURA: Voy a terminar, señor presidente.

En primer lugar, al Grupo Popular ni al Gobierno nos asusta ningún
tipo de investigación ni de información, todo lo contrario, porque
nuestra actuación es siempre transparente. Por supuesto que estamos
dispuestos a que se abra la investigación o la información que
permita el esclarecimiento de los hechos. Pero, señor presidente,
quiero decir -y con esto termino- que en el Parlamento de Navarra se
propuso por diversas entidades y grupos que se reuniese la Comisión
de derechos humanos para tratar este asunto. Hubo cuatro propuestas,
una para que comparecieran los representantes de Sortzen, otra para
que compareciera don Javier Ansuátegui, otra a propuesta de los
sindicatos ELA, LAB, etcétera, y otra a propuesta de Eusko Alka
rtasuna. La Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra las
rechazó, ¡oh casualidad!, con el voto a favor del rechazo del Grupo
Socialista, que argumentó que precisamente lo hacía porque a lo largo
de esta semana ya tenía la información suficiente.




El señor PRESIDENTE: Termine, por favor, señor Del Burgo.




El señor DEL BURGO TAJADURA: Es decir, el Partido Socialista en el
Parlamento de Navarra, con la información que tenía, rechazó todas
esas propuestas que se formularon en relación con este asunto.




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Por tanto, y con esto quiero terminar, el Grupo Popular y el Gobierno
amparan en todo momento la actuación del delegado del Gobierno, que
merece el plácet del conjunto de la sociedad navarra, porque
afortunadamente y desde que él se ha hecho cargo de las cuestiones de
seguridad ciudadana, los navarros podemos vivir mucho más libres y
mucho más tranquilos que en épocas anteriores. (La señora Uría
Echevarría pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Se han tachado de falsedad algunas de mis
manifestaciones.




El señor PRESIDENTE: Señora Uría, le concedo medio minuto. Aproveche
también, por favor, para expresar si acepta o no la enmienda que se
le ha ofrec i do.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Lo haré todo junto, señor presidente.

Quiero manifestar, en cuanto a la falsedad de los hechos que motivan
esta iniciativa, el dato de que el señor Del Burgo sabe consultar las
hemerotecas, y los periódicos de esos días son coincidentes
absolutamente con el contenido de lo que ha motivado esta petición
ante la Cámara. En segundo lugar, y para tranquilizar al Grupo
Popular, quisiera decir que en modo alguno he puesto en duda el
funcionamiento de la Administración del Estado, a cuya cúpula, en la
persona del ministro de Administraciones Públicas, quiero manifestar
todos mis respetos. Mis palabras iban dirigidas a una persona
concreta, cuyo quehacer creemos que no beneficia nada el buen nombre
de la Administración del E stado.

En cuanto a que ha habido distinto contenido entre la iniciativa y lo
luego sostenido ante esta Cámara, le debo indicar que el señor Del
Burgo ha hecho trampa manifestando sólo uno de los párrafos de la
iniciativa, puesto que si la actuación fue sorpresiva y
desproporcionada creo que se deduce ampliamente de cuanto he
manifestado, primero en el dato de que estaba la Policía nacional y
no la Policía foral y fue desproporcionada si tenemos en cuenta que
he justificado sobradamente que no había nada de ilícito en la
actuación de los manifest a ntes.




El señor PRESIDENTE: Termine ya, señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: No he calificado de delictiva la actuación
del delegado del Gobierno. He dicho, para el supuesto de que
quisiesen calificar de delictiva la actuación de los manifestantes,
que podría decirse a la contra que a lo mejor sí incurría en delito
la actuación del delegado del Gobierno. No me permito suplantar a los
tribunales. Únicamente quería decir que hay unos comportamientos,
éste y los que han sido manifestados por otros portavoces, que
pensamos tienen relevancia constitucional y deben ser objeto de
examen y análisis.




El señor PRESIDENTE: Señora Uría, su postura está perfectamente
clara. Exprese, por favor, la aceptación o no de la enmienda, y
finalice.




La señora URÍAECHEVARRÍA: Ya estaba llegando.

Optábamos por pedir el cese. Visto que desde los demás grupos se
propone que haya una investigación sobre los hechos, nos parece
bastante que este Congreso de los Diputados considere que hay motivo
para que la actuación de un delegado del Gobierno sea objeto de
revisión y análisis, y aceptamos la transacción en los términos que
se propone.




El señor PRESIDENTE: En estos términos, señorías, votaremos en su
momento la proposición no de ley.




El señor DEL BURGO TAJADURA: Nos gustaría que se leyera esa
transacción.




El señor PRESIDENTE: Por supuesto. Se propone una transacción en los
siguientes términos:
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas
necesarias para llegar al esclarecimiento de los hechos ocurridos en
Pamplona el 27 de mayo, y exigir en su caso las responsabilidades a
que pudieran dar lugar. ¿Coincide, señor Del Burgo?



El señor DEL BURGO TAJADURA: Sí, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muy bien.




- POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARALA
RECUPERACIÓN POR EL ESTADO DELHIPÓDROMO DE LAZARZUELA, PARALA
ELABORACIÓN DE UN PLAN DE VIABILIDAD DEL MISMO Y PARA LA ELABORACIÓN
DE UNA NORMAT I VA ESPECÍFICA DEL SECTOR HÍPICO.

PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA.

(Número de expediente 161/001303)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al debate de la
proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Federal
de Izquierda Unida sobre determinadas medidas en relación con el
hipódromo de la Zarzuela. Reclamo la mayor brevedad a quienes
intervengan en esta proposición, comenzando por la señora Sabanés,
para defenderla. (Rumores.) Silencio, señorías, por favor. ¡Silencio!



La señora SABANÉS NADAL: Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida para defender una proposición no de ley
que trata esencialmente de tomar medidas para la recuperación y
puesta en funcionamiento del hipódromo de la Zarzuela de Madrid.

Empezaré por decir que mi grupo lleva trabajando en iniciativas y en
preguntas sobre el tema del hipódromo desde noviembre de 1997 y nos
resulta francamente



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asombroso en uno de los bienes que tiene una mayor protección, una
protección excepcional. Por un lado, tenemos la declaración del Monte
de El Pardo como zona de especial valor ecológico en función de las
directivas comunitarias. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, si guardan silencio podemos resolver
esta proposición no de ley rapidísimamente. Guarden silencio, por
favor.




La señora SABANÉS NADAL: Por otro lado, las exigencias específicas
para su protección en las leyes de patrimonio nacional y reglamento
derivado y por su declaración como monumento histórico-artístico. Ta
mbién está protegido por la regulación urbanística del Plan general
de ordenación urbana de Madrid con carácter deportivo singular; por
otro lado, por la ordenanza de parques y jardines y por las
disposiciones vigentes de la Comunidad de Madrid en materia de medio
ambiente, de protección del entorno, así como de protección de
patrimonio de la Comunidad de Madrid.

Esta es la situación actual. Sin embargo y pese a todo el nivel de
protección, nos encontramos ante una compleja batalla jurídica sin
que ningún elemento de los que he denominado de protección pueda
operar, ni siquiera una denuncia pueda tener efecto razonablemente
aceptable para el futuro del hipódromo. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, les pido silencio. Aguanten diez
minutos más.




La señora SABANÉS NADAL: Nuestro grupo después de muchas actividades
sobre este tema debe precisar que no existe voluntad política clara
por parte de Patrimonio Nacional ni por parte del conjunto de las
administraciones afectadas para buscar una solución viable al tema
del hipódromo.

La historia del contrato del señor Sarasola hasta el año 2015, los
incumplimientos de la gestión y los diversos avatares como la
regulación de empleo, la suspensión de pagos y las demandas, todo
esto ya lo hemos visto en la última comparecencia. Por tanto, nuestro
grupo trata hoy de aportar elementos nuevos que pudieran desbloquear
un conflicto, que como todos convenimos supone una losa para la
ciudad de Madrid, para la comunidad, pero que además tiene un efecto
de arrastre hacia un sector potencialmente generador de empleo y
hacia el resto de los hipódromos.

Primer punto de la proposición no de ley. Antes de que me planteen el
resto de los grupos que está en marcha el proceso jurídico
correspondiente, quisiera advertir que el gerente de Patrimonio dijo
en la comparecencia del 10 de septiembre que existía una demanda
aceptada, que se tramitaría de acuerdo con las condiciones de juicio
de menor cuantía. Mi información es que existe en estos momentos una
primera demanda de Patrimonio de 17 de junio de 1998 archivada por
defectos de forma; una segunda demanda de desahucio, de 25 de
septiembre de 1998, que no tiene señalado juicio y que podría ser
rápidamente solventada o archivada por referirse a la Ley de
Arrendamientos Urbanos y a la posibilidad de que hipódromo
retirara las cantidades que debía de abonar; finalmente, una
tercera demanda de 19 de noviembre de 1998 de menor cuantía, todavía
no notificada a fecha de hoy a Hipódromo de Madrid, Sociedad Anónima.

Vistos todos estos antecedentes, habría que comprobar realmente las
diferentes formulaciones para saber exactamente cuál es la pretensión
de Patrimonio Nacional. De momento es obvio que no facilita la
información completa a la Cámara, si bien es cierto que nuestro grupo
le ha presentado preguntas por escrito para que explique la verdadera
situación, pero precisamente por la actitud de Patrimonio Nacional y
por un encadenamiento de demandad, que no podemos prever su
situación, ni siquiera podemos saber en qué términos se están
formulando estas demandas aunque se están archivando, el primer punto
de la proposición tiene virtualidad para que los servicios jurídicos
del Estado actúen con todo rigor valorando todas y cada una de las
posibilidades. Recuerdo aquí que la propia Ley de Patrimonio ante los
incumplimientos indica incluso la posibilidad de vía penal, y que
además se puede actuar con mayor contundencia en función de la
legislación sobre patrimonio artístico nacional, que tiene
establecidos mejores posibilidades de actuación.

El segundo punto de la proposición trata de buscar no sólo una
solución técnico-jurídica, sino política. Por tanto, el Congreso de
los Diputados instaría al Gobierno para que impulsara la creación de
una comisión entre Patrimonio, comunidad, ayuntamiento y demás
elementos afectados como la Sociedad de fomento de cría c aballar,
asociaciones de entrenadores y comité de empresa para ultimar un plan
de viabilidad del hipódromo en el que se recojan posibles fórmulas de
gestión y participación y que garanticen el control y cumplimiento de
los objetivos de actividades, así como la protección medioambiental.

A partir de ahí no sólo se crearía la comisión sino que nuestro grupo
pretende que ésta actúe como mediadora para el establecimiento de un
proceso de negociación política con el objetivo de proceder en el
menor tiempo posible al rescate de ese contrato, imprescindible para
la puesta en marcha o funcion a miento.

El tercer punto plantea que entre las fórmulas de gestión
y participación no figuren aquellas que nada tengan que ver con el
mundo de la hípica, tal como ocurría en los últimos años. Recuerdo
que en un informe y en las alegaciones presentadas por Hipódromo de
Madrid al Plan general de ordenación urbana, se planteaba obtener una
superficie rectangular de 60.000 metros cuadrados para uso comercial,
una localización de edificación en zona posterior a la franja
descrita para actividad comercial, ocio o reuniones en edificación
cerrada, y la posibilidad de acceso al interior del anillo de pistas
por paso subterráneo y utilización del espacio para estos usos o para
usos comerciales. Por tanto, y desde la perspectiva de que todavía
estamos analizando la situación actual del nuevo Plan de ordenación
urbana de Madrid en lo que pudiera plantearse de afectación al
conjunto del hipódromo, planteamos este punto.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés, le ruegoque vaya terminando.




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La señora SABANÉS NADAL: Estoy terminando, señor presidente.

Finalmente, planteamos que Patrimonio Nacional (y en este caso he de
decir que posiblemente no le correspondiera a Patrimonio Nacional,
sino a Administraciones Públicas en coordinación con las comunidades
autónomas) elabore una normativa específica para el funcionamiento
del sector hípico que pudiera producir mayor estabilidad y que
realmente planteáramos la situación del hipódromo en términos
razonables. Sólo desde esta perspectiva se puede dar una solución
global al funcionamiento del hipódromo, y con la aceptación de esta
proposición no de ley se puede ver si realmente existe voluntad de la
Administración, del conjunto de las administraciones para solucionar
esto.

Por tanto, propongo la aceptación de esta proposición no de ley como
vía de desbloquear un conflicto que afecta a parte importante de la
Comunidad de Madrid, pero también al conjunto del Estado.




El señor PRESIDENTE: No sé si algún grupo parlamentario quiere
intervenir. (Pausa.) Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV) tiene la
palabra la señora Uría, excuso decir que con la mayor brevedad.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Intervengo a los solos efectos de que la
señora Sabanés no se sienta sola en su defensa del hipódromo, puesto
que la iniciativa que ha presentado como proposición no de ley es
coincidente en parte con lo que en una intervención producida en la
Cámara con ocasión de la comparecencia del gerente del Patrimonio
Nacional tuve ocasión de exponer el día 16 de septiembre de 1998.

Creemos que efectivamente la salvación de un patrimonio que es
público y la salvaguarda de un importante número de puestos de
trabajo requiere por parte de los poderes públicos iniciativas más
activas que las que hasta ahora se han estado llevando a efecto.

Manifesté entonces, y lo vuelvo a repetir ahora, que además existe un
interés propio del grupo al que pertenezco, puesto que la relevancia
internacional de los hipódromos del Estado español depende de que los
tres puedan funcionar bien; el funcionamiento del hipódromo de
Lasarte, el de Madrid y el de Sevilla son condición imprescindible
para que podamos entrar en los circuitos europeos.

Creemos que lo que pretende la iniciativa es sensato, y aún más nos
hubiese gustado que se rogase al Estado que proceda al rescate de la
concesión y articular alguna otra forma de personificación que
permitiese seguir con la explotación y la salvaguarda del hipódromo
en la forma que sosteníamos en septiembre, cuando nos manifestamos.

Con esto quiero concluir que, como es obvio, apoyaré la iniciativa de
la señora S abanés.




El señor PRESIDENTE: Brevemente, el señor Sáenz Cosculluela tiene la
palabra.




El señor SÁENZ COSCULLUELA: Atendiendo al ruego de la Presidencia,
fijaré la posición del Grupo
Socialista muy escuetamente, advirtiendo que esta brevedad no supone
en absoluto que no tengamos deseos de explayarnos en algunas
consideraciones.

La proposición de Izquierda Unida admite alguna mejora, pero como no
se trata de establecer aquí un texto jurídico, sino tan solo de
señalar un mandato político, vamos a dar la conformidad, pero en el
bien entendido de que el apartado uno comprende, al menos
espiritualmente, un mandato para tratar de obtener la rescisión o la
resolución de los contratos vigentes, o en el caso de que sea una
concesión el rescate oportuno.

El asunto tiene importancia, señor presidente -e insisto en que voy a
ser breve- en términos de empleo, en términos de medio ambiente y en
términos de promoción de una actividad que aunque a algunos pueda
parecerles nimia tiene bastante calado. Por tanto, el Grupo
Socialista, consecuente con iniciativas que ya ha adoptado en el
propio Ayuntamiento de Madrid y en la Asamblea legislativa de la
Comunidad Autónoma de Madrid, apoyará con sus votos la iniciativa
propuesta por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor
Bardisa, por favor brevemente.




El señor BARDISA JORDÁ: El asunto del hipódromo de Madrid ya lo hemos
visto en una comparecencia del señor gerente de Patrimonio, pero yo
voy a tratar de explicar muy brevemente la postura del Partido
Popular, como ya hice en dicha comparecencia.

Como todos sabemos, el hipódromo de Madrid tiene actualmente un
contrato de arrendamiento con una sociedad del señor Sarasola que se
hizo en el año 1993, exactamente el 25 de febrero, y por tanto hay
que resolver ese contrato de arrendamiento para lo cual ya hay
interpuesta una demanda de juicio declarativo ante los tribunales de
justicia, y son éstos los que tienen que resolver dicho contrato de
arrendamiento. Está claro que actualmente la posesión del hipódromo
la tiene esa sociedad, y por tanto no se puede hacer otra cosa que
esperar a que resuelvan los tribunales de justicia. Lo que no va a
hacer Patrimonio Nacional en ningún momento es negociar con el señor
Sarasola, que quiere una indemnización por resolver el contrato de
arrendamiento. Eso nunca lo debe hacer ni lo va a hacer Patrimonio
Nacional.

La voluntad política del Partido Popular, tanto en el Ayuntamiento de
Madrid como en la Comunidad de Madrid, gobernados por el Partido
Popular, es que se resuelva esta situación jurídica lo antes posible.

(Rum o res.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, guarden silencio, por favor.




El señor BARDISA JORDÁ: Desde luego lo mejor sería que los grupos
políticos o algún grupo político convenciese al señor Sarasola de
desistir de este tema. (El s eñor Sáenz Cosculluela: ¡Eso es una
impertinencia.) Puede ser cualquier grupo político, no digo cuál,
sino que



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cualquier grupo político que tenga acceso al señor Sarasola podría
convencerle para que se resolviese este contencioso.




Desde luego nunca se puede decir que esto es responsabilidad del
Partido Popular, porque en el año 1995 no gobernaba el Partido
Popular, y no quiero ampliar este tema, sobre el que podíamos hablar
más tiempo, ni seguir hablando del contrato de este s eñor.

Nosotros estamos de acuerdo con el fondo de la proposición no de ley
de Izquierda Unida y estaríamos dispuestos a votar favorablemente el
apartado 1 de la proposición no de ley, porque precisamente los
servicios jurídicos del Estado están buscando la figura más adecuada
para lograr que la posesión del hipódromo de la Zarzuela vuelva al
Estado. Ésa es además la función de los servicios jurídicos del
Estado: buscar la figura más adecuada, y en ello están los abogados
del Estado trabajando en este tema.

En segundo lugar, estaríamos de acuerdo en que hubiese conversaciones
-que ya las hay- con la Comunidad de Madrid, con el Ayuntamiento de
Madrid, con la Sociedad de fomento y cría caballar, con las
asociaciones de entrenadores y con el comité de empresa del hipódromo
de la Zarzuela, pero en ningún momento se puede establecer una
comisión, puesto que Patrimonio Nacional es propietario del hipódromo
de la Zarzuela, y ni el Ayuntamiento de Madrid ni la Comunidad de
Madrid tienen competencias en la materia. Patrimonio Nacional de
acuerdo con su ley constitutiva tiene la obligación de preservar el
destino de los bienes inmuebles que administra. Por tanto, sí tiene
objeto que haya reuniones, y propongo a la señora Sabanés que se
suprima impulsar la creación de una comisión y se diga que se
mantengan reuniones entre Patrimonio Nacional, la Comunidad de
Madrid, el Ayuntamiento de Madrid, la Sociedad de fomento y cría
caballar; y se mantenga el resto del texto, suprimiendo el último
párrafo que dice: Sin perjuicio del apartado anterior, esta Comisión
actuará como mediadora para el establecimiento de un proceso de
negociación política. También se deben suprimir -y con esto termino-
los apartados 3 y 4 de la proposición no de ley, porque todos
queremos que vuelvan las carreras de caballos al hipódromo, que sigan
siendo lo que eran, y que Madrid tenga carreras de caballos; pero
está claro que si hay carreras de caballos puede haber también una
serie de servicios adyacentes, y el objetivo fundamental son las
carreras de c aballos.

Tal como está redactado el punto 3 no podemos aceptarlo, y tampoco el
punto 4, porque Patrimonio Nacional no tiene competencias para hacer
una normativa específica de funcionamiento del sector hípico. Desde
el punto de vista de distribución de competencias del Estado y las
comunidades autónomas este apartado no podemos aprobarlo en ningún
caso puesto que las actividades que corresponden al Estado y a las
comunidades sobre lo que se denomina sector hípico vienen
determinadas por los diferentes títulos competenciales que pueden
estar vinculados a la actividad hípica. (Rumores.)
El señor PRESIDENTE: Señorías, guarden silencio un minuto más, por
favor.




El señor BARDISA JORDÁ: Por tanto, señor presidente, dejando bien
claro que el Partido Popular, que gobierna el Ayuntamiento de Madrid
y la Comunidad Autónoma de Madrid, es el primer interesado en que los
caballos vuelvan a Madrid, que los caballos vuelvan al hipódromo de
la Zarzuela; pero actualmente el hipódromo está atado por un contrato
de arrendamiento que está en los tribunales, y los tribunales tienen
que resolver la cuestión. No se puede buscar otra fórmula; si la hay,
me gustaría que se dijese cuál es. La voluntad política de estos
grupos es devolver el hipódromo de la Zarzuela a los madrileños y en
ello vamos a estar; en ello está el Partido Popular.




El señor PRESIDENTE: Señor Bardisa, ¿ha presentado o piensa presentar
alguna enmienda in voce y pasarla por escrito a esta Mesa?



El señor BARDISA JORDÁ: La oferta que hacemos al Grupo de Izquierda
Unida es mantener el apartado 1 de su proposición no de ley y
rectificar, como sabe la señora Sabanés y ya le he comentado, el
punto 2. (La señora Sabanés Nadal: Y suprimir los puntos 3 y el 4.)



El señor PRESIDENTE: ¿Acepta la señora Sabanés?



La señora SABANÉS NADAL: No, señor presidente. En primer lugar es una
cuestión de voluntad política, y efectivamente, no nos podemos
remitir al pasado y a lo que se ha dicho. Yo he hecho una exposición
de cómo están las demandas, que ni siquiera coinciden con la
información que dio Patrimonio Nacional en su mom e nto.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés, no reabra el debate.




La señora SABANÉS NADAL: Por tanto, tal y como me proponen que
quedaría la proposición no de ley, sería el punto 1 y un punto 2,
indicando que haya conversaciones, que ustedes dicen que ya hay.

Voy a mantener el texto tal y como está, entendiendo que la Comunidad
de Madrid y el Ayuntamiento tienen, entre otras, capacidad y
competencia de protección y tutela sobre el hipódromo, y la única
solución política es crear una comisión que actúe como mediadora.

Mantengo el texto en sus estrictos términos y pido votación separada
de los diferentes puntos de la proposición no de ley. (El señor
Bardisa Jordá pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: ¿Pide la palabra para esta cuestión, señor
Bardisa?



El señor BARDISA JORDÁ: Señor presidente, nosotros pediríamos
votación separada... (Protestas.




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R umores.) En ese caso, votaríamos en contra de la totalidad de la
proposición no de ley.




El señor PRESIDENTE: Muy bien, señor Bardisa.

Señora Sabanés, ¿ha pedido votación separada?



La señora SABANÉS NADAL: Votación separada de cada uno de los puntos
de la proposición no de ley.




El señor PRESIDENTE: Muy bien, señora Sabanés. Así se hará. (El señor
Sáenz Cosculluela pide la p alabra.) Señor Sáenz Cosculluela.




El señor SÁENZ COSCULLUELA: Señor presidente, aunque no se ha
dirigido a ningún grupo en concreto, el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular en su l argo viaje al centro parece que no ha
excluido hacer de la impertinencia una utilización política.

Impertinencia por impertinencia, me dirijo también al grupo que se
sienta aludido a fin de rogarle que haga las gestiones oportunas para
que quienes cedieron a Hipódromo de Madrid los derechos de
utilización en nombre de la Sociedad de fomento de la cría caballar
de España colaboren a la solución.

Insisto, no debería haber utilizado términos impertinentes el
portavoz del Grupo Parlamentario Popular. Lo lamento.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cosculluela. (El señor Bardisa
Jordá pide la palabra.)
Señor Bardisa.




El señor BARDISA JORDÁ: Señor presidente, yo no he dicho ninguna
impertinencia, he dicho que la mejor solución para el problema del
Hipódromo de Madrid es que alguien de esta Comisión, algún diputado,
haga alguna gestión ante el señor Sarasola. El que se ha dado por
aludido es que posiblemente tenga más posibilidades de hacer esa
gestión. (Rumores y protestas. El señor Sáenz Cosculluela pide la
palabra. La señora Sabanés y Nadal: Un inciso, por favor.)



El señor PRESIDENTE: Silencio, señoras y señores diputados.

Señor Cosculluela, esta Presidencia considera concluido el incidente.

¡Silencio, señoras y señores diput a dos!
Señora Sabanés.




La señora SABANÉS NADAL: Sólo quiero manifestar que la proposición no
de ley establece quién tiene que hacer esa mediación.




El señor PRESIDENTE: Pues vamos a votarla, señora Sabanés.

Señorías, vamos a proceder a las votaciones.

Sustituciones.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: En el Grupo Socialista, doña Elvira
Cortajarena sustituye a don José María Benegas; el señor Chivite
sustituye a doña Inmaculada Fernández Ramiro; doña María Jesús-Arrate
Varela sustituye a doña Margarita Pin Arboledas; don Joaquín Íñiguez
sustituye a doña Amparo Rubiales; don Julián Simón a don Javier
Sabaté; doña Amparo Valcarcel a don Josep Sanus Tormo y don Javier
Sáenz Cosculluela a don Francisco Vázquez.




El señor PRESIDENTE: Muy bien, señor Rodríguez Zapatero.

Señora Montseny.




La señora MONTSENY MASIP: Don Neftalí Isasi sustituye a don Fernando
Coquillat; don Jaime Ignacio del Burgo a don Jesús López-Medel y el
señor Bardisa sustituye a doña Sandra Moneo.




El señor PRESIDENTE: Señora Gil i Miró.




La señora GIL I MIRÓ: La señora Mercè Amorós sustituye al señor
Silva.




El señor PRESIDENTE: Señora Lasagabaster.




La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: El señor Chiquillo y la señora
Lasagabaster sustituyen a la señora Rahola y a la señora Rivadulla.




El señor PRESIDENTE: Ya había tomado nota, señora Lasagabaster.

¿Señor Mardones, había solicitado la palabra?



El señor MARDONES SEVILLA: No, simplemente era para manifestar que
Coalición Canaria está presente.




El señor PRESIDENTE: Señorías, pasamos a las votaciones. Por favor,
les ruego un minuto más de silencio.

Proposición no de ley sobre publicación gratuita en Internet del
Boletín Oficial del Estado.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor 18;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votación correspondiente a la proposición no de ley por la que se
insta al Gobierno a proceder al cese del delegado del Gobierno en la
Comunidad Foral de Navarra, don Francisco Ansuátegui, en los términos
de la enmienda transaccional aceptada.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Proposición no de ley por la que se insta al Gobierno a la adopción
de medidas para la recuperación por el



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Estado del hipódromo de la Zarzuela. Se ha solicitado votación
separada de cada uno de los cuatro puntos de que consta la
proposición no de ley.

Punto primero.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Punto segundo de la misma proposición no de ley.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Punto tercero.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Igualmente, queda rechazado.

Finalmente, punto cuarto.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Señorías, hemos concluido el orden del día. Gracias por su paciencia
y también muchas gracias a los funcionarios y funcionarias de la
Cámara.

Se levanta la sesión.




Eran las tres y treinta y cinco minutos de la tarde.