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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 503, de 13/07/1998
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1998 VI Legislatura Núm. 503



ECONOMÍA, COMERCIO Y HACIENDA



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FERNANDO FERNÁNDEZ DE TROCÓNIZ MARCOS



Sesión núm. 48 (extraordinaria)



celebrada el lunes, 13 de julio de 1998



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ORDEN DEL DÍA:



Ratificación de la Ponencia encargada de informar el proyecto de ley
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Número de
expediente 121/000113) ... (Página 14474)



Dictaminar, a la vista del informe emitido por la Ponencia, el
proyecto de ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(Número de expediente 121/000113) ... (Página 14475)



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Se abre la sesión a las cinco y quince minutos de la tarde.




RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA ENCARGADA DE INFORMAR EL PROYECTO DE LEY
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (Número de
expediente 121/000113).




El señor PRESIDENTE: Buenas tardes, señoras y señores diputados.

Vamos a comenzar la sesión de la Comisión de Economía, Comercio y
Hacienda, cuyo punto fundamental es el debate, votación y, en su
caso, aprobación del proyecto de ley del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas, así como del proyecto de ley del Impuesto
sobre la Renta de no Residentes.

Comenzando, por consiguiente, con el orden del día, pasamos en primer
lugar al punto 1, consistente en la ratificación de la ponencia
encargada de informar el proyecto de ley del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas. ¿Se ratifica la ponencia?



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Señor presidente, le he entregado al
letrado y a la Mesa una serie de errores gramaticales que he
detectado en el informe de la ponencia y algunos errores en la
incorporación de algún texto que no se corresponde con lo que
habíamos hablado en dicha ponencia. Son errores técnicos que dejamos
sobre la mesa para que los estudien los letrados.




El señor PRESIDENTE: Señor Martínez-Pujalte, los letrados estudian
las materias técnicas en relación con lo que ustedes acordaron en la
ponencia, pero la ponencia, por el acta que yo he leído, es muy clara
y contundente respecto de las enmiendas cuya incorporación se acepta
y aquellas cuya incorporación no se acepta. Si ustedes admiten en la
ponencia varias enmiendas contradictorias entre sí, bien
contradictorias son, y los serán hasta que ustedes, en función de
la correspondiente enmienda que aúne los diferentes criterios
establecidos en ponencia, lo puedan subsanar en Comisión. Desde
luego, si en ponencia se admiten dos enmiendas contradictorias, allá
ustedes por haberlas admitido indebidamente. No tenemos más remedio
que solucionarlo así, porque, si no, no avanzamos nunca.

Señor Martínez-Pujalte.




El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Señor presidente, aceptando lo que
dice la Presidencia, si son dos contradictorias, habría que
arreglarlo en otro foro, pero también cabe la posibilidad de que sea
complementarias y, en ese caso, se tienen que poner los aspectos de
una y de otra. A lo que yo me refiero es a que hay enmiendas
complementarias y convendría incorporar los extremos de ambas enmiendas.

En ningún caso son enmiendas contradictorias sobre ningún punto, en
eso no hay ninguna duda y el informe de la ponencia está muy bien
elaborado.




El señor PRESIDENTE: En nuestra profusa labor legislativa -no de esta
legislatura, sino de otras y de tiempos pretéritos-, estamos
absolutamente acostumbrados a que las leyes en sí mismas sean
contradictorias, no complementarias, incluso que contemplen
supuestos ni siquiera
previstos en la propia ley a la cual se refieren, con lo cual su
razonamiento -perdóneme que le diga- no tiene sentido real en lo que
se refiere a la discusión que hoy tenemos aquí. Por eso -le reitero-,
independientemente de que sean complementarias algunas de las
enmiendas admitidas, si son admitidas, están admitidas en ponencia, y
bueno es el momento, a la hora de elaborar el dictamen de Comisión,
de que ustedes formulen las correspondientes enmiendas
-transaccionales, de viva voz o lo que fuere menester y preciso- para
intentar solucionar las divergencias, contradicciones o faltas de
complementariedad, errores -técnicos o no técnicos- que usted dice
que están introducidos en ponencia. Desde luego, lo que no podemos
hacer ahora, al principio de un debate de Comisión, es empezar a ver
lo que usted dice que son errores, técnicos o no técnicos, porque
sería repetir la ponencia, lo cual supondría colocar en inferioridad
de condiciones a los demás grupos parlamentarios.




El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Señor presidente, lo que usted
entienda conveniente lo aceptamos. Ahora bien, si quiere que lea los
detalles técnicos, los leo; si quiere que lo deje sobre la mesa, lo
dejo sobre la mesa; pero si hay que especificar en este trámite
parlamentario, en el momento de la ratificación de la ponencia, que
quede claro que no hay contradicción pero si que hay elementos de
enmiendas no incorporados al informe de la ponencia, lo digo, porque
mis enmiendas no están vivas y no están incorporadas. Por tanto, no
las podemos discutir. Señor presidente, si quiere que me refiera a
ellos, los leo uno por uno. Hemos hecho el esfuerzo de leernos el
informe de la ponencia y de leernos las enmiendas, y si el texto de
una enmienda no está incorporado y no está viva la enmienda, en
algún momento procesal lo tenemos que solucionar, y me parece que ese
momento procesal es la ratificación de la ponencia.




El señor PRESIDENTE: Señor Martínez-Pujalte, esto no es un proceso, es
un procedimiento. Independientemente de ello, he de decirle que si
usted ha presentado una enmienda, esa enmienda ha sido recibida e
incorporada en la ponencia y usted dice que no puede enmendar porque
su enmienda ha sido incorporada, enmiende de viva voz, que creo que
aquí estamos absolutamente dispuestos y con criterio completamente
abierto para que se pueda incorporar y solucionar con enmiendas de
viva voz. (El señor Homs i Ferret pide la palabra.)
Señor Homs.




El señor HOMS i FERRET: Señor presidente, quisiera solicitarle al
señor Martínez-Pujalte que nos proporcionara a los grupos un escrito
en el que pudiéramos conocer esos errores o correcciones de errores,
porque a lo mejor no hay ningún problema en que los demás grupos
aceptemos esas propuestas de rectificación de errores sin ningún tipo
de discusión. Por lo tanto, si nos lo puede repartir y nos concede
un plazo de tiempo para que lo podamos ver, los demás grupos nos
pronunciaremos al respecto, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muy bien. Entonces, señor Martínez-Pujalte,
tráiganos el texto completo del informe de ponencia, a los efectos de
que los demás grupos parlamentarios



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puedan conocerlo. En todo caso, mañana por la mañana
veríamos si son efectivamente errores técnicos, no técnicos o de qué
índole pueden ser.

Visto lo cual, ¿ratificamos la ponencia o la semirratificamos?
(Pausa.) Es decir, se semirratifica, lo cual significa que en los
trámites parlamentarios tipo Homs se ratifica la ponencia, salvo lo
que se pueda acordar mañana sobre la posible ratificación o no. (El
señor Eguiagaray Ucelay pide la palabra.)
Señor Eguiagaray.




El señor EGUIAGARAY UCELAY: Si el informe de la ponencia si se somete
a votación en los términos en los que está establecido, es decir, con
el voto en contra de varios grupos parlamentarios, al menos del Grupo
Socialista, supongo que será ratificado en los mismos términos en
los que fue acordado en la ponencia. En todo caso, puesto que no sé
si va a pasar ya al siguiente punto del orden del día, quiero decir
que nuestro grupo está en contra del informe de la ponencia.




El señor HOMS I FERRET: Señor presidente, quisiera que me clarificara
qué significa procedimientos tipo Homs.




El señor PRESIDENTE: Señor Homs, procedimientos tipo Homs significa
la gran riqueza para el acervo parlamentario que supone la enorme
incorporación que usted realiza a lo largo de sus disertaciones,
básicamente en Comisión, porque, sin lugar a dudas, engrandece,
profundiza y enriquece toda la tramitación reglamentaria
procedimental no solamente de los proyectos de ley, sino de las
proposiciones de ley. (Risas.)



El señor HOMS I FERRET: Gracias, señor presiden- te, por su amparo y
benevolencia.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Señor presidente, tendrá usted que comprender
que es muy difícil que cuando se ratifica un informe de ponencia se
nos añadan ahora una serie de precisiones diciendo que unas son
gramaticales y otras son técnicas. Yo recuerdo la discusión en la
ponencia y había enmiendas que se admitían pero, como eran
coincidentes con otras y no tenían el mismo texto, se admitían con el
texto que proponía un grupo; otras se matizaban, etcétera. Trabajando
de esa forma, hoy es muy difícil que el procedimiento sea diferente al
que se estaba diseñando. En todo caso, ratificaremos la composición de
la ponencia. Respecto al informe de la ponencia, nuestro voto fue
contrario, puesto que se admitieron las enmiendas del Grupo
Parlamentario Popular y las coincidentes con las del Grupo Popular de
los grupos de Coalición Canaria y de Convergencia i Unió, y algunas
del PNV, pero todas las demás quedaron vivas para la discusión. Por
eso ese informe es contrario a la propuesta de ratificación, aunque
las precisiones técnicas, cuando las tengamos en la mano, las
podamos estudiar. Con una coma, un punto y coma, una conjunción o una
preposición puede cambiar incluso el sentido de una propuesta.




El señor PRESIDENTE: Evidentemente, el informe de la ponencia es lo
que empezamos a debatir hoy. Es
imprescindible tener un texto absolutamente claro y preciso de qué
se va a debatir. Por eso les digo que si ustedes creen que estos
errores o rectificaciones son mínimos a su buena fe queda si los
podemos acoger en Comisión; pero, desde luego, no más allá de mañana
por la mañana el texto tiene que quedar absolutamente firme y
definitivo.

De acuerdo con lo dicho por los señores diputados, quedaría
ratificado el informe de la ponencia, con los votos en contra -de
igual manera que fueron formulados en la ponencia- del Grupo
Socialista y del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida. (El
señor Zabalía Lezamiz pide la palabra.)
Señor Zabalía.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Señor presidente, y del Grupo Nacionalista
Vasco, que se abstuvo.




El señor EGUIAGARAY UCELAY: Si consta así en el acta, no sé si es
necesario o, por el contrario, lo que procede es votar el informe
de la ponencia. Supongo que la postura en Comisión alrededor de un
informe no puede ser simplemente la aceptación o no, sino la
expresión de la Comisión, que es quien de verdad tiene jurisdicción
sobre el informe que se ha hecho.




El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Señor presidente, Coalición Canaria
presenta una serie de enmiendas in Voce, que serán discutidas a
medida que vayamos viendo el articulado correspondiente.




El señor PRESIDENTE: Evidentemente, señor Gómez.

Por consiguiente, y a efectos de acabar este trámite deratificación
de ponencia, damos por ratificada la ponencia en los mismos términos
en que fue votada por la ponencia correspondiente, sin perjuicio de
que, de acuerdo con lo señalado por el señor Martínez-Pujalte, no más
tarde de mañana por la mañana procederemos, en su caso, a la
corrección de estos errores aducidos por él, pero, desde luego, en
los mismos términos de votación que los señalados en su día por la
ponencia. ¿Les parece a ustedes bien?(Asentimiento.)



DICTAMINAR, A LA VISTA DEL INFORME EMITIDO POR LA PONENCIA, EL PROYECTO
DE LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTADE LAS PERSONAS FÍSICAS (Número de
expediente 121/0001 13).




El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto 2 del orden del día,
consistente en dictaminar, a la vista del informe emitido por la
ponencia, el proyecto de ley del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.

Si les parece a ustedes bien, procederemos a debatir este proyecto de
ley por títulos, excepto el título II, en lo referente a la
determinación de los diferentes elementos de la base imponible de la
renta, que será debatido por secciones en lo relativo a su capítulo
I. Empezaríamos a debatir el título preliminar, a continuación un
bloque de debate por cada título, excepto el título II, en su
capítulo I, y celebraríamos votaciones al fin de cada sesión, sin
que se pueda precisar en este momento la hora a la cual se celebrarán



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estas votaciones. Hoy, en principio, veríamos el titulo preliminar
y el título I, y si antes de las ocho de la tarde hubieran
concluido suficientemente estos dos debates, proseguiríamos con el
debate de la sección 1.a del capítulo I del título II. Una vez que
acaben los debates, siempre y cuando no se inicien con posterioridad a
las ocho de la tarde, procederemos a las correspondientes
votaciones. Por lo cual, pongo en conocimiento de aquellas señoras y
señores diputados que deban ausentarse, por razones de que otras
obligaciones parlamentarias les obliguen a hacerlo, que, sin poder
precisar el momento, la hora ni el lugar -como la muerte-, celebramos
votaciones en esta Comisión.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Espero que el lugar sea esta Comisión.




El señor PRESIDENTE: El lugar, sí.

En lo que se refiere al orden de intervención, seguiremos el que es
tradicional en esta Comisión.

Comenzamos, por consiguiente, el debate del título preliminar. En
primer lugar, para la defensa de sus enmiendas y fijación de posición
en relación con las enmiendas de los demás grupos parlamentarios,
tiene la palabra, en nombre del Grupo Socialista, el señor
Eguiagaray.




El señor EGUIAGARAY UCELAY: Entiendo que en mi intervención tendré que
hacer referencia a todas las enmiendas presentadas por el Grupo
Socialista a todos los artículos que integran el título preliminar,
así como a las presentadas por otros grupos.

Me gustaría empezar diciendo que a lo largo de todo este debate
probablemente se va a poner de manifiesto que no estamos solamente
ante una discusión estrictamente técnica en torno a la articulación
más o menos perfecta de algunos elementos de los que integran la
naturaleza del impuesto, sino ante un debate que tiene bastantes
repercusiones tanto desde el punto de vista de los ingresos del
Estado como eventualmente de la sociedad a la que sirven los ingresos
del Estado. Probablemente también se va a poner de manifiesto en
diferentes intervenciones que hay dos modelos para construir el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. No es este ni el
momento ni la ocasión para hacer una defensa encendida y apasionada
de lo que ha de ser una alternativa completa a una forma de concebir
el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la que
discrepamos de una manera frontal, y lo hacemos por algo que ya en
el artículo 1 del proyecto de ley, sobre la naturaleza del impuesto,
trata de colarse como si fuera una mercancía, como si la mera
afirmación legal que el artículo 1 hace de que es un impuesto basado
en los principios de igualdad, generalidad y progresividad
contribuyera a confirmar aquello que puede ser dudado con muchísima
profundidad.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que el proyecto de
ley del Gobierno trae a la Cámara es un impuesto que no sólo
significa la consolidación de una ruptura que se había empezado a
producir, especialmente desde que el Gobierno que preside el señor
Aznar llegó al palacio de la Moncloa, a través del Real Decreto-ley
7/1996, sino fundamentalmente por las medidas que ya con pretensión
definitiva se adoptan en este proyecto de ley del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas. A saber,
que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas no es un
impuesto progresivo, que no es un impuesto que trate por igual a las
personas, que no es un impuesto que trate con generalidad a todo el
conjunto de rentas. Por el contrario, más que nunca, con este
impuesto, que sirve para consolidar medidas que ya se habían tomado
y para ampliar- las, lo que se da es una ruptura radical con un
impuesto que tenía el carácter de generalidad -no importaba el origen
de las rentas- en el tratamiento de los distintos contribuyentes,
sumando todas las rentas y convirtiéndolo en aquel impuesto sintético
que aprobamos al amparo de la Constitución en la transición
democrática, para convertirlo definitivamente en un impuesto que
grava las nóminas con carácter progresivo, en un impuesto
prácticamente proporcional en relación con todas las demás rentas que
no son las de las nóminas. Creo que esto es una ruptura frontal de
los principios de capacidad de pago que inspiran la Constitución y
que establecen la línea que el legislador debía seguir en esta
dirección.

Lo que los socialistas pensamos del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas es que tiene que configurarse alrededor de un modelo
radicalmente distinto del que luce en el texto del proyecto de ley
del Gobierno, uno en el que de nuevo se restaure no solamente la
progresividad que se ha ido perdiendo sino simultáneamente, y todavía
con más importancia, la generalidad y, al mismo tiempo. el
principio de igualdad en el tratamiento de la situación de las
diferentes personas. Porque lo que es verdad -y esto va a aparecer de
manera flagrante- es que hay una huida, que por otro lado está bien
inspirada en el informe de los expertos que sirve de cobertura
ideológica al planteamiento del proyecto de ley, en virtud del cual
todo lo que se hace en este proyecto de ley sería equivalente al
establecimiento de un tipo proporcional en el entorno del
veintitantos por ciento, que debiera ser uno que diera el mismo
resultado recaudatorio y, al parecer, con los mismos efectos desde
el punto de vista de la distribución de la carga tributaria. Este no
puede ser un impuesto perdurable, y quiero señalar que ciertamente
este impuesto tendrá una vida efímera si este proyecto de ley se
aprueba en los términos en los que está configurado. Efímera porque
merecerá una modificación tan pronto como otra mayoría exprese la
voluntad de los ciudadanos, y tan pronto como un gobierno de
configuración socialista pueda estar al frente de los destinos de
este país.

En segundo lugar, porque por si fuera poco que este no es un impuesto
que pueda ser duradero -que a mi juicio es ya una afirmación
importante-, es un impuesto que viene en un momento particularmente
poco oportuno. Voy a decir algo que tendré que recordar a lo largo de
este debate. Estamos no sólo haciendo frente a los problemas de
distribución de la carga tributaria, sino también a los problemas de
suficiencia del Estado. En un momento en el que desde el punto de
vista económico hay algunos signos que ponen de manifiesto la
necesidad de tener, como mínimo, no diré temor pero sí precaución por
las consecuencias de una evolución económica en la que hay todavía
muchísimos problemas pendientes de resolver, en la que nuestro país
tiene que hacer todavía un descenso de tipos de interés y en la que
se está encontrando con que felizmente, desde algunos puntos de
vista, una demanda interna lanzada



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empieza a generar, con tasas de crecimiento cercanas al 4 por ciento,
algunas preocupaciones como mínimo de futuro y en las que la
consecuencia del impuesto sería no sólo una reducción de los ingresos
sino, al mismo tiempo, atizar una caldera que empieza a estar ya
suficientemente caliente.

Una de las reflexiones prudentes, si esto no hubiera estado concebido
fundamentalmente como una operación político-electoral, sería
ciertamente posponer la entrada en vigor de un proyecto de ley mal
concebido, apresuradamente establecido y fundamentalmente trazado
en términos estrictamente electorales, además de las otras tachas
que ya he señalado de reparto desigual de la carga tributaria.

Quiero aconsejar desde el principio, y en esa dirección trataremos de
argüir en este debate en Comisión, que en función de los datos que
tenemos y de las dificultades no sólo para el presupuesto de 1998,
sino también para la discusión en el ámbito de la Unión Europea de
algunos problemas que son extraordinariamente relevantes para
nuestro país y para hacer posible al mismo tiempo la consolidación de
nuestra presencia en el euro en condiciones razonables, cuando hay
un montón de gastos que están en estos momentos pendientes de ser
financiados por ingresos que en estos momentos no se percibe que
puedan ser suficientes, la posposición de una reforma de esta
naturaleza. No sólo por la falta de consenso que merece y por la
voluntad de modificarla tan pronto como haya una mayoría diferente,
sino por su propia e irresponsable falta de contribución a la
consolidación de los equilibrios económicos básicos, merecería una
reflexión más profunda. Dos elementos, por tanto, que creo que
deben ser tomados en cuenta y que forman parte de una posición
meditada, ante la cual, ciertamente, nosotros oponemos un
planteamiento distinto que implica la rebaja de la presión fiscal
sobre las rentas de trabajo, pero que implica también con igual
claridad el tratamiento de aquellas otras rentas que han sido
desfiscalizadas de acuerdo con los principios constitucionales de
capacidad de pago, que ahora simplemente se derogan de una manera
extraordinariamente evidente.

En esa dirección, señor presidente, comento las tres o cuatro
enmiendas que en relación con el título preliminar el Grupo
Socialista ha presentado. En primer lugar, la definición que hace
el artículo 1 sobre la naturaleza del impuesto es todo un dechado de
lo que no es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de
acuerdo a como se configura en el proyecto de ley. Que es un
tributo de carácter personal y directo probablemente será difícil de
discutir, es un problema de calificación jurídica, pero que éste sea
el resultado de la aplicación de los principios de igualdad,
generalidad y progresividad sí es una definición que pretende
contribuir a eliminar no sólo las dudas sino las evidencias que
existen sobre la falta de respeto de estos principios de igualdad,
generalidad y progresividad. Y un impuesto que, simultáneamente a la
despersonalización que ha producido, tiene el resultado no sólo de
atentar contra la progresividad, sino principalmente de beneficiar
en concreto a aquellos que están en una situación económica mejor, es
simplemente algo que no se puede ni siquiera aceptar como
frontispicio o como artículo primero de una ley que ciertamente
responde a cualquier cosa menos a aquello que predica en su artículo
1.

Para no convertir mi discurso simplemente en un alegato, me parece
que en términos técnicos sería además infinitamente más correcto
hacer una redacción objetiva del precepto y no una definición que
sea una especie de proclama a los cuatro vientos de aquello de lo que
este impuesto no es y pretendería ser. El Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas -debería decir el precepto- es un tributo de
carácter directo y naturaleza personal y subjetiva que grava la renta
de las personas Físicas en los términos previstos en esta ley. Ya
veremos después que esta ley pretende gravarlo en términos
manifiestamente desiguales, en términos de no generalidad y en
términos de pérdida de progresividad, pero eso en todo caso no
impediría definir que es un tributo de naturaleza personal, directa y
con carácter subjetivo.

En relación con el artículo 2, la enmienda que hemos presentado
incide de nuevo en algo que forma parte del corazón de la reforma que
se nos plantea. Se dice en su párrafo 2 que el impuesto gravará la
capacidad económica del contribuyente, entendida ésta como su renta
disponible, que será el resultado de disminuir la renta en la cuantía
del mínimo personal y familiar. Yo creo que pocas contribuciones
como ésta, con pretensión de descubrimiento del Mediterráneo, se han
hecho a la confusión y al mismo tiempo a lo que ciertamente es una
forma de seducir quizás a una parte de la población, obteniendo
resultados contrarios a los que se proclaman formalmente. Pretender
que la renta disponible -o, por así decirlo, la teoría del mínimo
vital, que late detrás de este proyecto, que lo atraviesa
enteramente- es una contribución a un inundo de equidad y a un mundo de
justicia me parece simplemente un disparate y algo profundamente
intolerable. Hemos dicho en muchísimas ocasiones y comparecencias
públicas que pretender la existencia de un mínimo vital y familiar
que sea fundamentalmente el resultado de convertir las deducciones
existentes en la cuota, que naturalmente no atentan al principio de
progresividad sino todo lo contrario, en deducciones en la base, que
significan, por tanto, un tratamiento en términos absolutos igual a
las bases imponibles, pero en consecuencia y por lo mismo, por la
existencia de una tarifa progresiva, un tratamiento profundamente
desigual de los ciudadanos, significa ciertamente un atentado en
toda línea a la igualdad.

Por decirlo con un ejemplo bien concreto, señor presidente, que la
cantidad que se ponga en el tratamiento de los hijos, de los ancianos
dependientes, del cónyuge, de los minusválidos o de cualquier otra
cosa que se entienda que forma parte de los mínimos personales o
familiares, por tanto, la cantidad que se permita deducir de la base
imponible para llegar a la base liquidable, sea la que sea esté
afectada por la tarifa del impuesto, es tanto como decir que aquellas
personas que se ven afectadas por marginales más altos van a tener
mayores deducciones finales en la cuota que aquellos que se ven
afectados por marginales más bajos, lo cual lleva, de una manera
sintética pero me parece que muy gráfica, a decir que no habrá, a
partir de la aprobación de un impuesto de esta naturaleza, una
situación familiar que será tratada objetivamente en función de la
situación familiar, porque una situación familiar será tanto mejor
tratada -una, la que definamos previamente- cuanta más renta tenga el
contribuyente y tanto peor trata- da relativamente cuanta menos renta
tenga el contribuyente,



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y a mi grupo y a mí nos parece un absoluto escándalo que un hijo
valga de distinta forma en términos de contribución a Hacienda en
razón de cuánta renta tienen sus pro- genitores. Y así todos los demás
elementos de lo que significan los gastos necesarios, esto es,
aquellos que están dentro del mínimo personal y familiar.

No es, por tanto, posible aceptar en términos de objetividad un
concepto como el que está no solamente latente, sino muy explícito, y
que no tiene sino el resultado de la despersonalización profunda del
impuesto y al mismo tiempo el tratamiento profundamente desigual de
situaciones que son objetivamente iguales y que merecen, incluso
desde el punto de vista constitucional, un tratamiento en términos de
igualdad.

El concepto de mínimo vital, en los términos en los que aquí se ha
considerado, es un concepto inconstitucional. Es un concepto que
merecerá ser objeto también de revisión por el Tribunal
Constitucional en los términos a los cuales acabo de hacer referencia,
precisamente porque no sólo es una contribución a la pérdida de
progresividad en el sentido técnico del término, sino un
tratamiento profundamente desigual de situaciones objetivamente
iguales, que deben merecer un tratamiento exactamente común en
términos de tributación.

Finalmente, señor presidente, quería decir que el articulo 3, y
especialmente en su párrafo 3, al decir que el Impuesto sobre la
Renta es un impuesto cedido parcialmente en los términos
establecidos en la Ley Orgánica 8/1980,de 22 de septiembre, de
financiación de las comunidades autónomas, comúnmente conocida como
Lofca, dice algo que ciertamente ha sido objeto de decisiones
anteriores y, aunque a mi grupo le encantaría que pudiéramos volver a
un debate sobre la financiación de las comunidades autónomas, nos
parece que este no es exactamente el momento. Pero sí quiero decir
con toda claridad que la confesión que en este y en otros muchos
preceptos existe por el fracaso de lo que ha sido el modelo de
financiación de las comunidades autónomas, que no solamente se
expresa por algunas de las cosas que aquí se dicen -artículo 3-, sino
posteriormente de una manera especialmente palmaria cuando, no
obstante los acuerdos para la cesión del 15 por ciento del
rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y
la permanencia del 85 por ciento del rendimiento para el Estado, se
acude a ese mecanismo que es la negación de la corresponsabilidad
fiscal, por virtud del cual lo que se reparte es el rendimiento
dependiendo de los tramos de renta de los que se trate y, a fin de
garantizar las cantidades que previamente estaban pactadas con
algunas comunidades autónomas, esto hace que en unos casos se ceda no
el 15, sino el 16, el 17 ó más, dependiendo de los tramos de renta de
los cuales estemos hablando.

La confesión de fracaso, la confesión de abandono del concepto de
corresponsabilidad que sirvió de fundamento teórico -proclamado, al
menos- a la financiación de las comunidades autónomas, no puede ser
más palmaria. Al menos yo creo que se debiera hacer por los autores
del proyecto el ejercicio de disimular que lo único que se debiera
mantener del contenido del artículo 3 son los párrafos 1 y 2, en la
medida en que el párrafo 3 ni siquiera tiene un contenido
normativo, puesto que la remisión a la Lofca y a la Ley de Cesión de
Tributos es una referencia absolutamente
innecesaria, ya que es de allí de donde deriva lo que aquí se dice y
no al revés.

En consecuencia, aunque no sea más que una expresión técnica, quisiera
que al menos la corrección técnica presidiera un texto que en sí
mismo no hace sino confesar el fracaso de un modelo que pudo ser
pero que no es y que alguna vez habrá que retomar sobre la base de
un acuerdo serio respecto a la financiación de las comunidades
autónomas y no de este permanente vaivén, en virtud del cual hoy se
hace con una mano lo que mañana se deshará con la otra mano, aspectos
que están rigiendo con demasiada frecuencia el Estado de las
autonomías y desde luego el tema de la financiación de las comunidades
autónomas, generando agravio tras agravio, insuficiencia tras
insuficiencia, a la vez que problemas de abandono de principios que
debieran ser serios, como el de la corresponsabilidad fiscal.

Esto es lo que mi grupo tendría que decir en relación con las
enmiendas presentadas a los artículos del titulo preliminar. En esa
misma dirección quiero expresar algunas coincidencias, al menos en el
tono, con otras enmiendas que he leído presentadas también a ese
título, especialmente una del Grupo Vasco, que tiene una filosofía
seguramente coincidente con la que inspira proyectos que también en
otros ámbitos territoriales están todavía pendientes de ser discutidos
y con los cuales tenemos una sintonía de fondo que me parece que debo
señalar, puesto que simplemente se parte de un concepto del impuesto
radicalmente distinto del que parte el proyecto de ley del Gobierno,
que es el concepto inspirado en la teoría malhadada del mínimo
vital.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida, tiene la palabra el señor Ríos(El Señor Gómez Rodríguez pide
la palabra). Señor Gómez ¿qué desea?



El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Perdón, señor presidente. Como vamos a
presentar enmiendas in voce, por si nos son admitidas y con
objeto de que los diferentes portavoces puedan pronunciarse sobre la
idoneidad o conveniencia de dichas enmiendas, creo que sería
conveniente, salvo mejor opinión, que las expongamos primeramente a
fin de que puedan pronunciarse sobre ellas.




El señor PRESIDENTE: No se preocupe, señor Gómez, sus enmiendas están
siendo objeto de reproducción mecánica a los efectos de que todos
los señores portavoces puedan tenerlas oportunamente. En el momento
de su intervención podrá defenderlas y luego en un turno posterior
los señores diputados podrán fijar su posición al respecto.

Señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Señor presidente, voy a intentar defender la
enmienda que hemos presentado a este título preliminar que obedece
fundamentalmente a la filosofía, a la orientación, a la naturaleza
que nosotros le damos al Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas.

La verdad es que voy a intentar huir de lo que fue el debate de
totalidad, pero me van a permitir que tanto en el artículo 1 como en
el 2, utilice parte de aquella discusión, sobre todo la referencia a
la Constitución, porque el articulado



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del proyecto desmenuza, añade, introduce elementos que corrigen
los criterios constitucionales. Fundamental- mente, el texto
constitucional, en su artículo 31.1, dice que todos contribuirán al
sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad
económica. Sin embargo, el texto del Gobierno añade otros criterios,
como el de circunstancias personales y familiares, criterios que no
están recogidos por este mandato constitucional porque además no es
lógico que se tenga así. Si es criterio de capacidad económica, que
sea con independencia de la situación familiar que tenga uno, el
número de hijos, la situación de esos hijos, las personas mayores que
tenga; su capacidad económica es la que define su declaración de la
renta. Por tanto, deben primar los criterios que continúa diciendo el
artículo 31.1 de la Constitución, mediante un sistema tributario
justo, inspirado en los principios de igualdad y progresividad.

Aquí se añade el criterio que es el de generalidad, que es para dar
cobertura a ese pretendido criterio de neutralidad que recogía el
informe de una serie de técnicos que trabajó en esta propuesta.

No pensamos que este impuesto, un impuesto directo por antonomasia,
tenga un carácter de neutralidad. No puede ser neutral, tiene que
gravar más a los que más capacidad económica tienen y de manera más
progresiva. Se trataría, por tanto, de conseguir un impuesto para que
paguen todos los que tienen que pagar y por todos los conceptos por
los que deben de hacerlo. Por eso debe de primar, por encima de la
situación familiar, la situación económica.

Hay otros argumentos que se han utilizado para defender esta
propuesta, como es que reduce el número de declaraciones que se
hacen de manera innecesaria o que simplifica el impuesto. Creemos
que lo que el artículo 2 introduce, el criterio de renta disponible,
de renta familiar, lo que consigue es trasladar las deducciones que
hoy tenemos en la cuota a la base imponible. Por tanto, los
ciudadanos que tienen una base imponible más grande, que tienen más
capacidad económica, podrán beneficiarse de todos estos efectos
mientras que los ciudadanos de menor base imponible se benefician
menos. No es un criterio positivo a la hora de poder trabajarlo o de
ponerlo encima de la mesa. Por eso, nuestra enmienda va dirigida a
conseguir que se modifique la redacción de este apartado 2 del
artículo 2, sobre el objeto del impuesto.

Nosotros proponemos que se desgrave la renta del contribuyente de
acuerdo con su capacidad económica, que se va a determinar minorando
de lo que pudiéramos llamar ese mínimo exento que en la actualidad
sigue funcionando y que se aplica declarando una cuantía determinada y
una renta que va ajustándose anualmente.

Esta propuesta que nos hace el Gobierno viene a trastocar lo que
son elementos progresivos del impuesto. Podríamos decir si el
impuesto está más o menos agotado, se decía en la discusión que nos
encontrábamos con un impuesto necesario para facilitar la puesta en
manos de la sociedad de recursos para invertir y que había, utilizando
aquella famosa sentencia alemana, una especie de elemento
confiscatorio porque el marginal, en los tramos mayores, estaba en un
56 por ciento, entendiendo que aquella sentencia cifraba que era
confiscatoria a partir del 50 por ciento. Hay que decir que una cosa
es el marginal y otra es el tope
efectivo, el que al final se cotiza, y en ningún caso está por encima
del 43 por ciento. Creemos que ese razonamiento que se da no es
positivo y la introducción de este criterio de renta disponible, de
gravar esa capacidad, mezclado con la situación personal y familiar,
va a introducir elementos que reducen la equidad, que atacan
frontalmente a la progresividad y que reduce lo que pudiéramos
llamar volumen de recursos a ingresar según los recursos de los que
dispone el ciudadano.

Estamos en contra de esta propuesta. Hay enmiendas que han
introducido otros grupos a todos estos títulos, tanto al preliminar
como a los otros, que son enmiendas de precisión o mejora técnica.

No vamos a manifestarnos sobre ellas. En el cuerpo de este título,
que es la cobertura para que después podamos hablar de la sujeción al
impuesto, del hecho imponible y de las exenciones que podamos tener en
el título I y en el II, creemos que todos los componentes deberían
sustentarse de forma totalmente diferente. De ahí que vayamos a votar
a favor las tres enmiendas que presenta el Grupo Socialista al
artículo 1, al artículo 2, apartado 2, y al artículo 3, porque hay
que reconocer que de alguna forma tiene que verse reflejado en esta
ley lo que legalmente está ya impuesto como fruto de los pactos que
bilateralmente se hicieron al comienzo de la legislatura, otra cosa
es si es más o menos efectivo el colocarlo aquí. Creemos que esas
enmiendas van en una línea parecida, aunque después, como veremos en
la discusión de toda esta ley, hay diferencias que no compartimos de
esas propuestas, pero en cuanto a la filosofía que mueven, las
vamos a apoyar.

Hay otras enmiendas que no estaremos en condición de poder apoyar en
el transcurso toda la discusión, tanto las que presenta el Grupo
Mixto como el Grupo Vasco, aunque la enmienda número 100 de éste, si
tuviese alguna precisión, podríamos apoyarla.

En todo caso, señor presidente, acabamos de empezar, estoy convencido
de que la tarde, la mañana y la tarde van a ser positivas para su
discusión, espero que no nos encontremos ante un frontón y que
podamos mejorar la redacción de una propuesta de ley, para evitar
lo que decía antes el portavoz del Grupo Socialista. Hay un mal
ejemplo, y es que cuando manda uno cambia las leyes y cuando manda
otro también las cambia para ajustarlas cada uno a lo que pudiéramos
llamar oportunidad política. Si fuese sobre criterios generales
sería bueno, pero aquí deberíamos entrar a discutir, a converger
sobre el esqueleto básico de la capacidad de un Estado. Estamos
jugándonos muchísimo, estamos hablando del futuro, y que la
capacidad de recaudación de manera progresiva en los impuestos que
aportan los españoles sea suficiente es muy importante. La verdades
que si no se trabaja con ese elemento de suficiencia unido al de
equidad y al de progresividad podremos ir a un camino en el que, no
explicando hoy a lo que renunciamos en cuanto al gasto, mañana, de
facto, nos encontremos teniendo que plantearnos la discusión de
renunciar en cuanto al gasto, y esa discusión debe plantearse en
origen.

Recordaba en el debate de totalidad aquella campaña electoral del
señor Reagan donde decía: voy a bajar los impuestos, voy a quitar este
gasto. Aquí hay que decir, cuando se bajan los impuestos y se
introducen elementos importantes de corrección sobre la suficiencia,
qué gastos



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se van a reducir, para entrar así en los dos elementos de la balanza.

De lo contrario, nos encontraremos con un hecho más antiguo que el del
señor Reagan, que es la multiplicación de los panes y los peces, y
eso ya es más complicado de digerir.




El señor PRESIDENTE: Señor Ríos, usted ha dicho tarde-mañana-tarde, y
a lo mejor es tarde-mañana-tarde-mañana; desde luego 90 artículos
los hace cualquiera, 2.000 no, porque en este país permanece lo que
tiene por lo menos 2.000 artículos.

A continuación, por parte del Grupo Catalán (Convergéncia i Unió),
tiene la palabra el señor Homs.




El señor HOMS I FERRET: ¿A los efectos de qué me da usted la palabra,
señor presidente? (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Lógicamente para defender sus enmiendas fiar
posición en relación con las enmiendas formuladas por o por lo menos
J los demás grupos parlamentarios en el supuesto de que su grupo no
haya formulado enmiendas al título preliminar.




El señor HOMS I FERRET: Señor presidente, es que a este título
preliminar mi grupo no tiene ninguna enmienda, y por eso le
preguntaba que a qué efectos usted me daba la palabra; si es para
defender mis enmiendas, no procede porque no tenemos ninguna, y no
hemos presentado ninguna porque estamos de acuerdo con el texto del
proyecto de ley.

Sus señorías saben que mi grupo se siente en cierta forma coautor de
esa propuesta porque la hemos dado apoyo y hemos participado en su
confección. He escucha- do las intervenciones de los dos portavoces
que me han precedido en el uso de la palabra y no puedo estar más que
en desacuerdo con los razonamientos que han expresado. Yo no sostengo
en ningún momento que este impuesto pueda quebrar el principio de la
progresividad. Creo que el impuesto es progresivo y en ese sentido no
veo sobre qué base se puede justificar que este impuesto rompe los
principios de igualdad, de generalidad y de progresividad. Es más,
yo creo que hay una novedad en ese título preliminar, que es que
refuerza las circunstancias personales y familiares que deben
determinar las obligaciones tributarias de los contribuyentes al
cumplir con su obligación. Señor presidente, mi grupo en cuanto a
la naturaleza del impuesto, que se define en el artículo 1, o el
objeto del impuesto, que se establece en el artículo 2 y en los
siguientes artículos, cuando determinan la configuración como
impuesto cedido parcialmente a las comunidades autónomas, sólo puede
indicar que comparte sus redacciones, que estamos de acuerdo y no
vemos ningún riesgo en los términos que han expresado los portavoces
del Grupo Socialista y de Izquierda Unida. En el trámite de ponencia
hemos hecho algunas correcciones puramente de estilo y se han
perfeccionado algunas redacciones, pero con estos primeros seis
artículos que definen el título preliminar, que es la naturaleza,
objeto y ámbito de aplicación del impuesto, mi grupo está
absolutamente de acuerdo, y por esa razón no tiene ninguna enmienda
planteada al mismo.

Ahora bien, quisiera aprovechar mi intervención para salir al paso de
las observaciones que han razonado los portavoces de los dos grupos
que me han precedido al defender sus enmiendas y justificar una
posición radicalmente contraria a la que contiene el proyecto de ley,
sin ánimo de polémica, porque no lo deseo, señor presidente; es más,
no les invito a que me contesten en la réplica, porque yo creo que no
es necesario. Simplemente quisiera decirles que no alcanza mi
capacidad intelectual a comprender por qué la propuesta del proyecto
de ley rompe la progresividad y las enmiendas que presenta el Grupo
Socialista no la rompen. No entiendo por qué si una escala se sitúa
entre el 18 y el 50 por ciento y otra se sitúa entre el 18 y el 48
por ciento, una quiebra radicalmente -creo que esa ha sido la
expresión- la progresividad del impuesto y la otra no. Es más, quisiera
indicar, señor presidente, que de quince países de Europa ocho ya han
procedido a una revisión de la escala del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas. De los ocho países de Europa que lo han hecho,
hace diez años estos países tenían el tipo máximo situado sobre el 60
por ciento. Actualmente, estos ocho países que ya han procedido a un
ajuste del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas han
situado el tipo máximo entre el 48 y el 50 por ciento. Y
curiosamente, todos estos países -que son Gran Bretaña, Portugal,
Grecia, Finlandia, Irlanda, Noruega Luxemburgo y Austria- en el año
1980 tenían un tipo impositivo por encima del 60 y ahora lo tienen
entre el 48 y el 50, excepto Gran Bretaña, que lo tiene en el 40 por
ciento, incluso por debajo. Además, aunque Margaret Thatcher
modificó el tipo impositivo del IRPF hasta el 40 por ciento, luego el
líder socialdemócrata actual, Tony Blair, no se ha propuesto
modificarlo. Es más, cuando analizamos los planteamientos políticos
que se están debatiendo en estos momentos en la contienda electoral
alemana, el señor Schroder está defendiendo un tipo impositivo al
49 por ciento, y Helmut Schmidt está defendiendo el 50 por ciento, y
es que entre el 49 y el 50, señorías, no hay rotura ni se quiebra la
progresividad del impuesto. Por eso, mi grupo no quiere polemizar en
torno a eso, pero quisiera pedir un poco de sensatez. Puede estar más
justificado el Grupo Socialista en sus enmiendas en cuanto que altera
los criterios en la determinación de la base, pero en cuanto a las
tarifas no hay razón alguna, porque todos los países de Europa están
simplificando y acortando los tramos y están reduciendo los tipos
impositivos marginales. Como digo, de los quince, ocho ya han situado
sus tipos máximos marginales entre el 48 y el 50 por ciento.

Señor presidente, no quiero entrar en polémicas y en discusiones.

Estamos en el título preliminar, que es conceptual. En una pura
redacción de estos preceptos, la verdad es que no veo por qué
tenemos que tener profundas discrepancias, porque no alcanzo a
comprender los matices que se desprenden tan radicalmente opuestos de
la lectura de los cinco artículos que definen el título preliminar.

Simplemente quisiera terminar mi intervención diciendo que mi grupo
se ratifica en la reforma y en los términos que se plantean en ese
título preliminar, y me reservo para argumentar en otros títulos
otros criterios que pudieran definir unas posiciones más contrapuestas
con las que puedan defender los otros dos grupos que me han precedido
en el uso de la palabra.




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El señor PRESIDENTE: Señor Homs, el que usted diga que no repliquen
los demás, dependerá de los demás, no de usted. (Risas.)
Por parte del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra
el señor Zabalía.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Antes de pasar a defender la enmienda de mi
grupo parlamentario a este título preliminar, quisiera dejar
constancia, como ya lo hice en el debate de totalidad, que mi grupo
parlamentario viene a este debate intentando aportar aquellos
aspectos que, desde nuestro punto de vista, pueden mejorar, enriquecer
el texto de la reforma que estamos debatiendo. Es una reforma que,
como todas SS.SS. saben, no afecta a la Comunidad Autónoma del País
Vasco ni a la Comunidad Foral de Navarra, que tendrán que hacer sus
reformas correspondientes. Por tanto, podríamos abstenernos de opinar
o de hacer planteamientos con el fin de que se cambie el texto que
presenta el Gobierno, pero entendemos, como así lo hacemos
habitualmente, que nuestra participación en el Parlamento requiere el
que por lo menos indíquenos algunas cuestiones que vayan en línea con
lo que nosotros pensamos que debería ser la reforma de este importante
impuesto. Por tanto, teniendo en cuenta estas apreciaciones, hemos
presentado una serie de enmiendas a este proyecto de ley, que
fundamentalmente tienen como hechos más destacados algún tratamiento
diferencial con respecto a las rentas netas del trabajo, al
tratamiento que se da al mínimo vital o a las deducciones familiares,
al tratamiento que se da a la vivienda y la propia tarifa del
impuesto. Como digo, simplemente pretendemos ser coherentes y
trasladar lo que nosotros estamos proponiendo en la reforma a nivel
del País Vasco a la reforma a nivel del Estado, siendo perfectamente
conscientes de que cada Administración pública tiene su capacidad
normativa y tiene también una problemática que puede ser distinta en
cada uno de estos territorios. Como digo, nuestro planteamiento es en
principio constructivo y propone una serie de reformas en estas
materias, pero por supuesto vamos a mantener la postura de esa
coherencia con nuestros planteamientos y desde luego con el respeto a
la reforma que quiere establecer el Gobierno.

En concreto, en este título preliminar tenemos una enmienda que hace
referencia precisamente a un tema que se trata en el artículo 40, y
que habla del mínimo personal y familiar. Nosotros hemos creído más
conveniente mantener el sistema actual sabiendo que tal y como está
planteada la tarifa del impuesto, al tratarse de la misma cifra el
efecto del mínimo personal y familiar hace que el tramo exento sea
igual a tarifa cero. Sin embargo nuestra concepción filosófica de
este planteamiento es distinta, entendemos que desde luego habría
que mantener una mayor progresividad en el impuesto y de ahí que
nosotros hayamos preferido mantener la actual estructura de un mínimo
exento al tipo cero y un tratamiento de las deducciones familiares
en la cuota en vez de en la base imponible.

Por eso en este título preliminar y con objeto de ser coherentes con
la enmienda 108 que trata de suprimir el artículo 40, entendemos que
habría que modificar este artículo 2 que habla del objeto del
impuesto eliminando precisamente la referencia que hace al mínimo
personal y familiar.




El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo de Coalición Canaria, el
señor Gómez tiene la palabra.




El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Señor presidente, con toda brevedad.

De las veinticuatro enmiendas presentadas al proyecto de ley nos han
sido admitidas diecisiete, tres están retiradas y quedan cuatro vivas.

A este título preliminar no tenemos presentadas enmiendas, pero hemos
entregado a esa Presidencia una relación de enmiendas casi todas de
estilo. A este artículo 1 proponemos una técnica, con el fin de
utilizar las siglas IRPF, que son de uso popular y profesional,
técnica de aplicación de siglas que se está imponiendo por razón de
economía de dicción.

En resumidas cuentas propondríamos que en el artículo 1, naturaleza
del impuesto, dijera así: El Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, en adelante IRPF, es un tributo de carácter personal y
directo que grava, etcétera, ello afectaría, en caso de aprobarse, a
los artículos 3 y 4 de este título preliminar y sucesivos del texto
legislativo.




El señor PRESIDENTE: Efectivamente ha sido breve de verdad, señor
Gómez.




Por parte del Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Chiquillo.




El señor CHIQUILLO BARBER: Señor presidente, también con la máxima
brevedad intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Mixto para dar
por defendidas las enmiendas presentadas por este grupo en el título
preliminar al artículo 2, en concreto la enmienda 143, y al
artículo3 la enmienda número 17 en los propios términos que aparecen
en la redacción de ambas.




El señor PRESIDENTE: !Qué bárbaro!, me están dejando anonadado.

Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Martínez
Pujalte.




El señor MARTINEZ-PUJALTE LOPEZ: Señor presidente, en esta primera
intervención sobre el título preliminar algunos grupos, aparte de
defender sus enmiendas -a este título hay ocho enmiendas a cinco
artículos- han aprovechado para hacer alguna valoración global del
proyecto, por lo que a mi grupo, al hilo de las enmiendas
presentadas y del texto del proyecto -estamos hablando en el título
preliminar de la naturaleza, objeto y ámbito de aplicación- le
gustaría también hacer algunas valoraciones.

Todos los países de la OCDE -y antes hacía referencia el señor Homs a
eso- han efectuado una reforma del IRPF o la tienen en marcha dentro
de los programas de gobierno o de los programas electorales de los
partidos que compiten en los países donde hay próximamente
elecciones. Todos los países de la OCDE -y aquí tengo unos cuadros
por si SS.SS. quieren consultarlos- han fijado unos márgenes de
reducción en los tipos marginales máximos y mínimos y han cambiado la
estructura del impuesto buscando un impuesto más simplificado y
dando un tratamiento más sencillo a la tributación del ahorro.




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Evidentemente la situación en la que se efectuó la reforma del IRPF
en este país, a finales de los 70 no es la misma, el escenario
económico no es similar al actual. En aquel entonces el crecimiento
estaba garantizado a niveles altos, había ahorro suficiente para la
demanda de formación de capital y España vivía en una posición más
distante de la situación internacional. Hoy el crecimiento no está
garantizado a niveles altos, hay que impulsar el crecimiento
económico, incluso en España en los últimos años ha habido trimestres
no ya de no crecimiento sino de tasas de decrecimiento, de tasas
negativas de crecimiento. El ahorro hay que incentivarlo y hay que
incentivar el ahorro privado. Lo bueno de este debate del IRPF en
Comisión es que vamos a tener tiempo para debatir las filosofías y
los problemas técnicos, porque es muy fácil hablar de filosofías y
es muy fácil hacer eslóganes, pero luego cuando uno estudia las
enmiendas que presentan otros grupos hay que decir: estas filosofías
van acompañadas de unas soluciones técnicas a las que a veces les
falta algo de rigor, y ya tendremos tiempo de ir analizándolas.

Decía que el crecimiento no está garantizado, el ahorro no está
garantizado y el ahorro desde luego tiene dos componentes, el
público y el privado. El candidato socialista, señor Borrell, abogaba
por el ahorro público en un artículo reciente hablando del IRPF, pero
cuando él era ministro de Obras Públicas España tuvo tasas de
desahorro público. En el año 1991, en el libro blanco del señor
Borrell se decía que iban a hacer una reforma del impuesto para
impulsar el ahorro público, sin embargo en 1992 y 1993 el ahorro
público fue negativo porque el impuesto no había colaborado a ello,
y desde luego la situación de integración de España en el contexto
inten1acional no es la misma que la de final de los 70. España empezó
a participar en la Unión Europea, se integró en el sistema monetario
europeo y va a formar parte del euro, y dentro del euro España
necesita un impuesto más moderno, un impuesto que sea más simple, que
se gestione más fácil, que sea más eficiente y que por tanto dé mayor
cumplimiento a los objetivos de política económica española, que dé
mejor solución para incentivar el crecimiento, generar más empleo,
ayudar a la internacionalización, fomentar la inversión de las
empresas y promover el ahorro.

Este es el proyecto que hoy estamos debatiendo que además recoge una
bajada de impuestos importante. Decía el señor Eguiagaray que no
estamos en el momento oportuno, la suficiencia. No sé si ha
valorado económicamente el coste de sus enmiendas, pero si
aprobáramos sus enmiendas dónde se quedaría el discurso de qué va a
pasar con los gastos públicos. El coste de las enmiendas del señor
Eguiagaray es muy equivalente al coste del proyecto. Lo único que,
como diseñan un proyecto que no ayuda al crecimiento y a la
inversión, ese coste tampoco ayudaría en el futuro a la recaudación.

Nosotros hacemos un proyecto moderno que tiene el mismo coste de
entrada, pero es un coste que luego va a compensarse con un mejor
funcionamiento de la economía y por tanto con un mejor comportamiento
de la recaudación.

Sí es el momento oportuno para hacer la reforma, es el momento en el
que España se va a integrar en la Unión Europea. Va a coincidir la
entrada en vigor de este impuesto con la puesta en marcha del euro
y entendemos que eso
es positivo. Lo que no es positivo a veces -y permítanme que haga
esta reflexión- es decir: Oiga, haga usted lo que quiera porque
cuando no sale lo que yo quiero me enfado y, si gano alguna vez, lo
cambiaré. Eso si que no es positivo porque eso envía a los mercados
y a los ciudadanos señales equívocas. Ciertamente aquí llevamos dos
años desde que hemos reformado la tributación de las plusvalías,
y hablaremos de la tributación de las plusvalías. Se nos dijo que eso
era el principio de todos los males. Se nos proclamó el discurso de
los ricos y de los pobres y de que eso iba a hacer caer la
recaudación no se sabe en cuantos miles de millones. Nada de eso ha
pasado. Ha sido una medida que ha ayudado al crecimiento, a la
inversión, que no ha hecho caer la recaudación. Y al cabo de dos años
el ministro de Economía francés, socialista, por más inri, propone
el mismo tipo, el 20 por ciento, tipo fijo, para gravar las
plusvalías. No se puede seguir mirando al pasado, hay que empezar a
mirar al futuro, y yo les recomendaría que hagan ese ejercicio.

Después de algunas declaraciones de algún portavoz socialista
diciendo que iba a cambiar la tributación, nos hemos encontrado con
que otro portavoz, en este caso el secretario del partido, el señor
Almunia, ha dicho que no la iban a cambiar, que no, que lo iban a
dejar igual. La verdad es que en este debate no sabemos a qué
atenernos, ya que unos portavoces dicen unas cosas y otros otras. Y me
parece muy clarificador este debate.

Nosotros opinamos que el IRPF debe gravar la capacidad económica
personal y familiar, y no disponen de la misma capacidad económica,
independientemente del nivel de ingresos, personas con distintas
cargas familiares. Por eso nos parece muy importante que en el
artículo 1 se recoja que el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas es un tributo de carácter personal y directo que grava,
según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, las
rentas de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias
personales y familiares. Nosotros entendemos, como hacen todos los
países modernos, que es un concepto más progresista, más moderno, más
adecuado a la realidad social gravar la renta disponible. Gravando la
renta disponible se da contenido a lo que ha hecho referencia el
señor Ríos, al principio constitucional de capacidad económica fijada
en el artículo 31. La capacidad económica, señor Ríos -y es una
reflexión que podemos hacer al inicio de este debate-, no viene
marcada sólo por los ingresos, no. Hay que tener en cuenta las cargas
que hay que asumir para determinar la capacidad económica de cada
contribuyente. El artículo 31 dice que la contribución a las cargas
públicas ha de realizarse de acuerdo con la capacidad económica
mediante un sistema tributario justo. No dice que la capacidad
económica dependa sólo de los ingresos. La capacidad económica también
depende de las cargas que los contribuyentes tienen que asumir.

Tratar igual situaciones desiguales es injusto y entenderán,
señorías, que una familia con tres hijos y un nivel de ingresos -el
que quieran- de dos, tres o cuatro millones de pesetas no tiene la
misma capacidad económica real que un soltero. Por tanto, no deben
tener la misma progresividad, ya que no manifiestan la misma
capacidad económica en situaciones distintas. No manifiestan la misma
capacidad económica un discapacitado que una persona que no tenga ese
problema. No la manifiesta. Hay que limitar la progresividad



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para situaciones distintas. Hablaremos de ello porque el
Grupo Socialista tiene una enmienda proponiendo un splitting atenuado
para limitar la progresividad en el caso de que uno de los cónyuges no
trabaje. ¿No tiene mucho más sentido limitar la progresividad en el
caso de cargas familiares distintas? ¿No tiene mucho más sentido
hacer contribuir al gasto público a los ciudadanos dependiendo de
su capacidad económica real, de su renta disponible? Una vez
determinada, cada grupo puede poner el tipo impositivo que quiera. El
señor Ríos se aferra al 56; el señor Eguiagaray, al 50; y nosotros, al
48. Nos parece bien. Es verdad que entre el 48 y el 50 no hay mucha
diferencia. (El señor Eguiagaray Ucelay: Sí la hay.) Le pueden
buscar las diferencias ideológicas, estructurales y sociales que
quieran, pero no parece que haya muchas diferencias. Pero el tipo es
el que tiene que marcar la progresividad del impuesto, no la renta
disponible. Los hijos de todas las familias son iguales; todos los
hijos consumen. La renta disponible de cada familia, que será
distinta, tiene que estar gravada a tipos distintos, y ahí se aplica
la progresividad. Se puede venir a este debate a hacer todo tipo de
críticas, a hacer todo tipo de oposición, pero querer pintar lo que
no pone el impuesto no me parece correcto. No es un impuesto de tipo
fijo o de tipo proporcional; no lo es. Es un impuesto que tiene menos
tramos, pero que va a gravar las rentas con mayor progresividad. Los
que más tienen más van a pagar, más van a contribuir
proporcionalmente, y eso es la progresividad.

Yo me sumo a la opinión de un socialista de pro, experto
tributario, ex consejero de Hacienda de una comunidad autónoma
socialista, el señor Martín Delgado, que en un excelente artículo
decía: Cualquiera que sea el concepto que se tenga de la exención del
mínimo de existencia, lo que es incuestionable es que esa riqueza que
debe destinarse a la cobertura de las necesidades vitales no puede
someterse a imposición. No se trata de una discriminación
arbitraria, sino fundamentada en el concepto mismo de justicia.

Señorías, yo me sumo a la opinión del señor Martín Delgado. Me parece
que el señor Martín Delgado avanza más en su planteamiento que los
portavoces socialistas presentes hoy aquí. Yo opino que en la
aplicación de los principios tributarios, en la aplicación del
principio de progresividad, de los principios de igualdad y
generalidad, no hay derecha ni izquierda; hay sentido común. Sentido
común. Nosotros queremos un impuesto que se rija por los principios
de igualdad, generalidad y progresividad. El señor Martín Delgado
manifiesta en su artículo una opinión compartida por nosotros, una
opinión de sentido común, que no se pueden tratar igual situaciones
distintas, que no se puede aplicar la misma progresividad a unos
ingresos de una familia con unas cargas tributarias que a unos
ingresos de otra familia con otras cargas tributarias distintas.

Propongan tipos impositivos, el que quieran, el 70, el 80,el 90 por
ciento, pero después de determinar la renta disponible real de las
familias españolas. Nos parece que el mimo personal y familiar -y
tendremos ocasión de debatirlo en esta Comisión- no sólo es un
principio constitucional, sino que es el principio que da respuesta
a la Constitución española, es el principio que da respuesta al
artículo constitucional de capacidad económica. La introducción del
mínimo personal y familiar la han hecho la
mayoría de los países europeos, creo que sólo queda Grecia con las
deducciones. Es lo que da contenido a nuestra Carta Magna. Nosotros
queremos dar un mejor marco tributario a familias y discapacitados,
y por eso en el título preliminar lo recogemos así. Queremos,
señorías, repartir con mayor equidad la carga tributaria; queremos
que paguen menos todos los ciudadanos, pero que paguen menos sobre todo
los ciudadanos que menos capacidad económica tienen; queremos que
paguen menos las familias; queremos que paguen menos los
asalariados y pensionistas y queremos que paguen menos los
ciudadanos de rentas medias y bajas.

Vamos a discutir el proyecto, artículo por artículo y sección por
sección, vamos a ir viendo las enmiendas del Grupo Socialista, de
Izquierda Unida y del resto de los grupos. Señorías, yo entiendo -y
haremos un balance a lo largo del debate- que las enmiendas de
Izquierda Unida tienen una parte que responde a otra filosofía del
impuesto. Son las enmiendas sobre el ahorro, sobre la familia,
incluso algunas sobre actividades económicas. En otras hay
coincidencias. Hay coincidencias en la lucha contra el fraude, hay
coincidencias en el tratamiento de las rentas del trabajo, hay
coincidencias en algunos puntos de la gestión del impuesto, hay
coincidencias importantes con Izquierda Unida. Estamos intentando
buscar coincidencias con el Grupo Socialista y sus enmiendas, pero es
difícil, porque son enmiendas que plantean responder a unos
principios que del análisis no se desprenden. Nosotros entendemos que
las enmiendas a este título, señor presidente, no pueden ser asumidas
por nuestro grupo; son enmiendas que la verdad es que cambian poco
del proyecto. La enmienda 292, del Grupo Socialista, lo único que
hace es eliminar la referencia a las cargas familiares, es eliminar
la referencia al pago del impuesto de acuerdo con las circunstancias
personales y familiares. Parece que le sabe mal que en el artículo1
del impuesto se diga que la tributación dependerá de las
circunstancias personales y familiares. Señorías, ¿habrá algo más
justo que hacer depender la contribución al gasto público de las
circunstancias personales y familiares? ¿Cómo alguien puede negarse a
que figure ya en el artículo 1 que el impuesto dependerá de las
circunstancias personales y familiares? Desde luego, mi grupo va a
mantener ese texto. No tiene enmiendas de ningún otro grupo. El Grupo
Socialista es el único que quiere quitar la referencia a las
circunstancias personales y familiares para determinar la
contribución al gasto público.

Hay algunas enmiendas de otros grupos, que quieren eliminar el
mínimo personal y familiar. Son las del artículo 2 y hay cuatro.

Nosotros ya hemos explicado que no las vamos a apoyar, porque
entendemos que el mínimo personal y familiar da contenido al
principio constitucional de capacidad económica. Luego hay una
enmienda del PSOE que trata de eliminar la referencia a las
comunidades autónomas. Hablaremos también en el debate de
corresponsabilidad fiscal. Pero nosotros entendemos que es lógico
que en este impuesto, y en sus primeros artículos, se haga referencia
a la configuración de este impuesto como cedido parcialmente a las
comunidades autónomas. Es una realidad después de aprobar el último
modelo de financiación autonómica. Por cierto, el libro blanco del
IRPF del año 1991 ya apuntaba esta dirección; el libro blanco del
señor



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Borrell ya hablaba de que había que caminar por la senda de dar mayor
corresponsabilidad fiscal en el IRPF a las comunidades autónomas. En
el modelo nos acogimos a esta filosofía; en el libro blanco de
financiación autonómica de los expertos, durante el Gobierno
socialista, también se hacía referencia a dar mayor
corresponsabilidad a las comunidades autónomas en este impuesto. Eso
se ha conseguido en esta legislatura. Nos parece que es un buen
camino y nos parece que hay que seguir profundizando para dar una
configuración al IRPF como impuesto cedido parcialmente a las
comunidades autónomas. Por tanto, tampoco aprobaremos estas
enmiendas.

Señorías, yo concluyo. Tiempo tendremos de debatir enmienda por
enmienda. Desde luego, cuando vayamos bajando a los detalles será más
fácil debatir, porque nos iremos de eslóganes, nos iremos de
palabras, de frases ya hechas, de frases manidas y tendremos que
defender técnicamente un impuesto. Creemos sinceramente, señorías,
que este impuesto responde a las necesidades que tenemos como país y
que es un impuesto que va a colaborar a con- seguir los objetivos que
nos hemos trazado: tener un impuesto más simple, un impuesto más
eficiente y que rebaje la carga tributaria a todos, pero
especialmente a familias, a asalariados y pensionistas.




El señor PRESIDENTE: Señor Martínez-Pujalte, he de advertirle que
sospechosamente están hablando por detrás, de una manera muy amistosa,
los señores Homs y Martínez Noval. Hágame caso y téngalo en cuenta
para el futuro del debate.

Señor Eguiagaray.




El señor EGUIAGARAY UCELAY: Yo creo que proceden algunas
consideraciones, después de las intervenciones de los demás grupos
en contestación a mis valoraciones, y proceden, en el mismo ánimo no
de polémica que señalaba el señor Homs y que yo con la misma
amabilidad recojo, para hacer algunas precisiones que me parece que
son importantes, especialmente tomando en cuenta el buen tono de su
intervención y el afán de ilustrar que ha expresado en torno a la
progresividad. Sin duda sería una descortesía por mi parte no
solamente no tomar en consideración sus ilustradas apreciaciones,
sino no ilustrarle igualmente sobre otras consideraciones que he
echado en falta en su discurso.

Al señor Homs le preocupa que nosotros no estemos de acuerdo y yo
entiendo que tiene muy buenas razones para estar preocupado. Sobre
todo porque, como he dicho y reitero, hay normas que, salvo que
cuenten con mayores niveles de apoyo, probablemente definen las
posiciones sociales de los grupos políticos en sus proyectos. Éste
es un proyecto de ley en el que se van configurando posiciones y
formulaciones que me parece que dividen a la sociedad. De ahí que
haya anunciado nuestra voluntad de modificar este proyecto, si se
convierte en ley, tan pronto como tengamos oportunidad. Esto no
significa modificar todos y cada uno de sus puntos, pero sí los
elementos medulares que configuran este proyecto de ley y que a
nosotros nos parece profundamente rechazable.

La discusión sobre la progresividad es una discusión que el señor
Homs, a mi juicio, ha tomado solamente desde una perspectiva parcial
y, por cierto, desde una perspectiva
en la que yo estaría dispuesto a coincidir parcialmente. Si la
discusión de la progresividad es una discusión sobre la tarifa,
podríamos comparar unas tarifas con otras. En economía y en muchas
otras facetas de la vida se suele hablar de las ilusiones, monetarias
o no. En este caso, la ilusión de la tarifa me parece que es una
buena forma de referirse a dos proyectos radicalmente distintos que,
sin embargo, pueden tener tarifas aparentemente parecidas; no desde
luego tan parecidas como para ignorar que efectivamente no es lo
mismo tener un tipo máximo del 56 por ciento que uno del 50, o un tipo
mínimo del 20 por ciento que un tipo mínimo del 17, como los
socialistas estamos propugnando. Uno estaría dispuesto a aceptar,
siendo diferentes, sin duda alguna, y definiendo un distinto
tratamiento a las rentas más altas y a las rentas más bajas y, por lo
tanto, ampliando el tratamiento personalizado de unas rentas y de
otras, que eso se diferencia, aunque no todo es esta diferencia,
respecto de lo que se contiene en el proyecto con una propuesta
del 48 y del 18 para el tipo marginal máximo y el tipo mínimo.

El problema de la tarifa, ¿es el problema principal de este impuesto?
Yo creo que es uno de los problemas y estoy dispuesto a aceptar que
no es el principal. ¿Por qué no es el principal? Porque de lo que
estamos hablando no es de la tarifa, que es importante, sino de la
base. Y cuando se aplican tarifas no sustancialmente diferentes a
bases radicalmente distintas, el resultado es tremendo. Por eso, en
el discurso que hacía el señor Homs yo he echado en falta que se
haya referido a que la configuración de las bases que se hace en el
proyecto y la que se hace en el texto alternativo que nosotros
planteamos, o en la suma de enmiendas que configuran un tratamiento
diferente, radicalmente producen un resultado diferente. No
solamente porque la definición de lo que es la base imponible y la
base liquidable es diferente, sino porque las deducciones en la cuota
son distintas, en un caso integran el mínimo personal y familiar, en
el otro son deducciones en la cuota, que tienen por lo tanto una
importante contribución al esquema de progresividad, sino por algo
que me parece también extraordinariamente importante en este tema,
y es que la base regular cada vez es menor y la base irregular cada
vez es mayor. Este es un proyecto en el que se configura una huida
permanente de la base regular hacia las bases irregulares. Y las
bases irregulares, como recordarán SS.SS., y desde luego el señor
Homs no lo ignora, tributan al 20 por ciento. Esto es, por resumirlo,
sacar de un impuesto progresivo una parte cada vez mayor de la base
para hacer que tribute a un tipo proporcional. El resultado no podía
ser en ese sentido más dispar. Por eso, referirse a lo que ha venido
ocurriendo en algunos países europeos, que no en todos, en relación
con los tipos y con la tarifa, es solamente una parte del problema
y una parte del problema a la que responden perfectamente todas
nuestras enmiendas cuando ya desde el año 1991 habíamos previsto la
reducción de los marginales y ya en el programa electoral de los
socialistas en las últimas elecciones se configuraba y se
comprometía o nos comprometíamos a reducir o a intentar reducir el
marginal máximo del 56 al 50 por ciento. Ésta es, por tanto, una
parte del problema; hay más partes del problema. Incluso en la
tarifa, que sigue siendo importante, resulta que cuando el número de
tramos es menor, sin duda alguna, hay no solamente una



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menor personalización, sino también una pérdida de progresividad.

Por ejemplo, cuando una renta de cuatro millones tributa por el
mismo marginal que una de dos millones, estamos haciendo que alguien
con el doble de capacidad adquisitiva o de poder adquisitivo tribute
por una cuantía notablemente inferior a la que le correspondería de
existir una personalización -por así decirlo- más perfecta con su
nivel de renta.

Señor Martínez-Pujalte, yo quería también corresponder, en el tono
educado al que usted se ha referido, a algunas de sus
consideraciones. Creo que quizás lo que resume mejor su pensamiento
-me temo- es algo con lo que yo tengo que expresar mi absoluta
discrepancia. Decir que alrededor de la configuración del hecho
imponible, de la base, de los tipos, de la personalización, del
tratamiento de la familia, no hay derecha ni izquierda, sino sentido
comunes tanto como ignorar dónde está usted y dónde estoy yo.

Precisamente porque usted, sin duda alguna, actúa con sentido común
(y espero que no quiera privarme a mí total- mente del sentido común)
y yo también mantengo alguno es por lo que usted y yo -o su grupo y
el mío, para no hablar en términos personales- defendemos dos modelos
distintos. No es un problema de sentido común, solamente, señor
Martruez-Pujalte. Sentido común habrá para buscar soluciones técnicas
a los mismos problemas, pero si tenemos distinta concepción de los
problemas -y en eso probablemente su visión ideológica y la mía
difieren-, sin duda alguna, con el mismo sentido común, encontraremos
soluciones técnicas también diferentes. Por eso, usted y yo, o su
grupo y el mío, defendemos hoy soluciones diferentes porque nos
situamos en espectros políticos diferentes, lo cual tiene toda la
lógica del mundo. Hay un enfoque de la derecha y hay un enfoque de la
izquierda, en todos los países del mundo, incluso a pesar de
algunas tendencias que se pueden revelar como relativamente
generales, en la tributación en casi todos los países europeos.

Cuando usted se refiere, por ejemplo, al primer ministro francés,
cuenta una versión de la película que ignora radicalmente qué es lo
que había hecho la derecha francesa hace bien poquito en Francia y
qué es lo que se dispone a hacer, por decisión bien reciente, el
primer ministro francés en relación con la tributación de cosas que
no tributaban anteriormente en Francia. Pero el modelo francés y el
modelo español, incluido el del IRPF, es tan radicalmente distinto
que seguramente la comparación de la tributación francesa y la
española no nos dará demasiadas luces, entre otras cosas, porque en
Francia nunca ha existido nada que pueda compararse con una especie
de impuesto general sobre la renta de las personas físicas. Se parece
notoriamente más a impuestos de producto sobre el trabajo y a
tratamientos singulares sobre otro conjunto de rentas.

Por lo tanto, en esa dirección, yo creo que de muchos países
europeos, a pesar de haber producido modificaciones en su
tributación, en renta y en otras cosas, difícilmente podrá usted
decir, con justeza o con justicia, que hayan adoptado teorías tan
singulares y tan germánicas como es la del mínimo vital o la del
mínimo familiar, salvo que usted crea que la existencia de un mínimo
exento, o la existencia de deducciones en cuota, o la consideración
personalizada del número de hijos, etcétera, no equivalen a un
tratamiento de la familia que puede ser tan bueno o incluso
mejor y probablemente más equitativo. Pero no confundamos, por
favor, la defensa de la familia o la defensa de las situaciones de
carencia con una singular concreción de esos principios que se dice
defender y que tienen el efecto radicalmente regresivo que tiene el
proyecto que usted ha mencionado.

De todas formas, en su intervención hay dos cosas que yo aprecio, y
entiendo de nuevo que le preocupen. Una, que difícilmente puedo
aceptar, que le parezca que la voluntad expresada por el Grupo
Socialista de cambiar tan pronto como sea posible algunas de las
medidas y desde luego lo sustancial de la inspiración de este
proyecto de ley dé señales inadecuadas a los mercados que sean la
responsabilidad de un grupo de la oposición, entre otras cosas,
porque, además de que el argumento me parece digno de mejor causa,
para utilizar una expresión suave, seguramente tendría usted que
hacer un cierto ejercicio de examen de conciencia, teniendo en cuenta
que no solamente ustedes han estado dando señales profundamente
inadecuadas con la legislación existente hasta hace bien poco, sino
que, adoptadas por ustedes algunas medidas por decreto-ley, sin
demasiada paciencia y desde luego sin ninguna coherencia en relación
con las señales que habían dado, se apresura- ron, en la ley de
presupuestos y en la ley de acompañamiento del propio año 1996, a
modificarlas. No contentos con eso, en la ley de acompañamiento de
1998 han vuelto a dar señales radicalmente contrarias en ocasiones e
incoherentes con las anteriores en relación con muchas fórmulas,
incluso de ahorro. Y todavía más. Seguramente deseosos de mantener la
coherencia, han dado y siguen dando nuevas señales de modificación
de medidas anteriores en relación con distintas figuras de ahorro.

El trasvase de depósitos a fondos de inversión y las modificaciones
ulteriores para iniciar o reiniciar un cierto reequilibrio con el
mundo de los depósitos es -me parece- una buena señal de lo que estoy
diciendo y de que el ejercicio ese de las señales equívocas y además
cambiantes es algo que usted debiera pensar.

Y me parece que más importancia tiene su desacuerdo con que este no
sea un momento oportuno. Déjeme que repita -con todo mi respeto
personal, sin duda alguna, por algo de lo que creo que ustedes están
convencidos- una reflexión que antes he hecho y que, en dos palabras,
con permiso del presidente, quería reiterar. Nuestra preocupación no
es solamente la del coste, que lo es. Discutiremos cuando usted
quiera cuál es el coste relativo de su propuesta y de la nuestra.

Ustedes han dado ya no sé cuántas cifras diferentes del coste. Y esto
es como un pájaro, que, si ésta volando, hay que ver en qué momento
del vuelo se produce el disparo para saber exactamente a qué coste se
refiere uno. Hay tres o cuatro cifras diferentes que ustedes han
utilizado: la que se deduce del Programa de Convergencia, la que se
deduce de la propaganda oficial y la que en algunos discursos el
señor Costa y otros ilustres portavoces del Gobierno han establecido.

Hablar de coste refiriéndose a una doctrina oficial es radicalmente
distinto. El profesor Barea -al que ustedes guardan el mismo respeto
que nosotros, sin duda alguna- decía hace unos días que el coste de la
reforma en términos de pérdida de retenciones en el impuesto sobre la
renta estaba evaluado en no menos de 200.000 millones de pesetas.

Pero hay otras estimaciones.




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Algunos documentos que ha producido el profesor Barea, los
documentos que ha reconocido que han salido de su oficina
presupuestaria en recientes declaraciones, llevan a cifras bastante
más preocupantes y sobre todo que no se acaban en el año 1990 sino
que continúan en los años siguientes. Dicho eso, al margen de la
discusión sobre las cifras, yo estoy dispuesto a discutir con usted
que el coste de la reforma que nosotros planteamos es sensiblemente
inferior al de la suya; no es el momento ahora de atizarnos con
cifras.

Hay una reflexión mucho más importante que el coste. Hemos presentado
un proyecto o hemos presentado lo que sería una forma diferente de
entender el impuesto sobre la renta a través de nuestras enmiendas, y
lo que le digo -desde una concepción que, al menos, no podrá usted
discutírmela más que haciendo un juicio de valor sobre el futuro de
este país- es que a nosotros nos parece que, en la situación en la
que estamos viviendo económicamente, quizás lo más razonable, lo más
prudente sería pos- poner la entrada en vigor -fíjese que ni siquiera
le digo la aprobación- de algo que tiene un coste cierto, difícil de
evaluar o, si quiere, discutible en su evaluación, cuando todavía no
sabemos cuál es ni el déficit que vamos a tener ni sobre todo los
nuevos retos que se están planteando. El presidente del Banco Central
Europeo ha pedido a diferentes países que hagan un esfuerzo
adicional de consolidación fiscal. Algunas autoridades monetarias
de nuestro país siguen hablando de cosas parecidas. Expertos que
están en su campo, lo mismo que en el nuestro, siguen hablando de
algo que no es necesario traducir en términos de los agujeros
detectados por el profesor Barea para saber que tenemos algunos
problemas de sostenibilidad en el medio plazo. Y en un momento en el
que la economía está entrando en una fase coyunturalmente positiva,
en términos de evolución de la demanda interna, me parece que no
debiéramos renunciar a algunos ingresos necesarios para los
equilibrios cuando hay un buen número de prestaciones y gastos a
todas luces indispensables que no tienen financiación y cuando
reducir el déficit por encima de lo que estaba inicialmente previsto
obligará a esfuerzos sin cuento en materia de gasto, en aras de un
ideal que, desde el punto de vista político, si quieren ustedes, será
legítimo, pero que no será más que un afán que yo creo que bien puede
tacharse de electoral mucho más que de consolidación de la evolución
de un crecimiento en el medio plazo de nuestra economía.

Sobre la tributación de las plusvalías ya he dicho unas cuantas cosas
antes en mi contestación al señor Homs. Hay muchas cosas de las
cuales tendremos que discutir y en términos más técnicos, señor
Martínez-Pujalte, pero me parece que pensar que esto pueda ser una
reforma duradera y pensar que simultáneamente sea la reforma que
coyunturalmente, en este momento, este país necesita, como mínimo,
es discutible. Probablemente discutir en términos de equidad, en
términos de progresividad, se preste a los juicios de valor que
cada uno de los grupos políticos podamos hacer. Sin embargo, discutir
en términos incluso de oportunidad económica en este momento es
algo en lo que seguramente va a haber muchos más expertos, de su
campo y del nuestro, que piensen que atizar una caldera en 1999 a
través de esa rebaja de retenciones que ustedes están anunciando
como la gran perspectiva electoral y que va a alegrar el
bolsillo de los ciudadanos va a ser una contribución quizás
electoralista, pero no desde luego la que mejor contribuya a
mantener las cifras, ni sobre todo la estabilidad del crecimiento en
un período en el que tenemos que hacer unos cuantos deberes.

Con esto no quería más que tener, señor Martínez-Pujalte, la
cortesía de contestarle a algunas de las valoraciones que usted ha
hecho, esperando que el sentido común, que yo todavía sigo pensando
que usted puede guardarlo, al menos en tan amplia dimensión como yo
lo guardo, no lo haya perdido del todo, a su juicio.




El señor PRESIDENTE: Señor Gómez, habrá apreciado el éxito de sus
proposiciones, por cuanto todo el mundo ya llama a este impuesto el
IRPF.

Señor Ríos, tiene la palabra.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Voy a decir solamente cuatro telegramas a lo
que está siendo la discusión nada más y nada menos que de la
naturaleza, objeto y ámbito de aplicación del IRPF. Hemos hablado de
tarifas, de marginales, de determinadas actuaciones que no venían
en la discusión de las enmiendas, y ha surgido el debate buscando
argumentaciones que, más que contradecir las argumentaciones que
algunos dábamos, iban en la línea de mantener lo que son debates de
frontón. Mal empezamos el debate de esta tarde con esta fórmula de
discusión para ir, unos, a mantener la debilidad de las propuestas
del Gobierno de manera general, y, otros, sus bondades, algunos
situándose en la posición cardenalicia de la verdad divina o de la
ver- dad absoluta y de las maldades de los demás, y así se empiezan a
argumentar y a defender todas y cada una de las posiciones que aquí
han surgido.

Yo no sé si habrá sentido común o común de los sentidos, pero
hablar de que ya no hay propuestas de la derecha o propuestas de la
izquierda, sino sentido común a la horade hablar, me da la impresión
de que es tanto como decir que en este país todos participamos igual
de los beneficios que ha obtenido el país, y no es verdad. En un año
en el que hemos crecido económicamente la distribución de esos
beneficios no ha llegado por igual a unos ciudadanos que participan
en esa creación de riqueza que a otros. Por tanto, como no ha llegado
igual, es lógico que estemos defendiendo propuestas para que en los
gastos a los que dice la Constitución que debemos hacer frente, lo
que son todos los derechos que tenemos como ciudadanos garantizados
por esa Constitución, participen en mayor cuantía los que tienen mayor
capacidad de ingresos.

Se ha utilizado aquí como fórmula constitucional poco más o menos que
una invención que si no estaba es porque hemos sido torpes hasta
ahora, que esta propuesta del mínimo vital y de renta disponible es
la mayor de las argumentaciones constitucionales, que no ha estado
hasta ahora porque en dieciocho años no ha habido ningún espabilado
que haya podido concretar esta propuesta, que es fetén para la
progresividad y para lo que pudiéramos llamar igualdad ala hora de
tributar, como si hasta ahora no se dedujeran en la cuota el número
de hijos, el matrimonio y unas deducciones determinadas. Lo que se
tenía que haber dicho es por qué es mejor colocarlas en la base
imponible en lugar



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de estar donde están ahora en la cuota, porque ha existido hasta ahora
una distribución, una tarifa progresiva, que ha intentado tener unos
marginales en función de unos tramos de ingreso y, aparte, unas
deducciones en la cuota. ¿Por qué es mejor trasladar todo eso a la
base, que es la argumentación que hemos utilizado algunos para no
estar de acuerdo? Se ha utilizado como argumento el tema de que no es
igual, a la hora de hablar de igualdad, la capacidad económica en
función de las cargas de los contribuyentes, entendiendo como cargas
de los contribuyentes lo que es su situación familiar: soltero,
casado, tener abuelo o no, tener minusválido o no. Pero no es lo
mismo tener una carga con un salario base de este país que tener una
carga con uno ingresos de cien millones de pesetas al año. Más que de
cargas, estamos hablando de volúmenes de recursos que destinamos a
eso, y no sale igual, no hay manera de que eso cuadre.

Por tanto, la propuesta de lo que es renta disponible facilita que
las rentas más altas puedan beneficiarse de todas las deducciones y
de la reducción que hacemos de lo que son los distintos tramos y de
los marginales, tanto en el primer tramo, las primeras 600.000, como
en el último tramo, que estamos hablando de 48 por ciento. Se
benefician en dos de las propias actuaciones, al principio y al final.

Es decir, es una reforma que favorece a los que más recursos tienen.

Cuando han utilizado la idea del sentido común y de la renta
disponible real, me gustaría saber si esta reforma va a significar
una reducción de ocho puntos de marginal para unos ciudadanos que
vienen a ser, según la declaración del año 1996, 134.000, en
volúmenes de 100.000 millones de pesetas, mientras que la reducción
para el número de españoles en cifra de 3.500.000 va a significar
bajar del 20 al 18 por ciento. So pena de que utilicemos aquí lo que
llamamos repartir para que paguen menos los asalariados y los
pensionistas, lo que es el conjunto -utilicemos las estadísticas-,
3.500.000, va a disfrutar de unos 80.000 millones de pesetas,
mientras que 130.000 van a beneficiarse de 100.000 millones de
pesetas. Esto significa que los que más ganan se van a beneficiar más,
no que los que menos ganan se van a beneficiar más. Se está jugando
con un truco.

En todo caso, yo creo que nos hemos encontrado, a la hora de discutir
este bloque, con lo que pudiéramos llamar prolongación de la campaña
de propaganda, a la que estamos asistiendo desde el propio
Gobierno y desde los socios que le apoyan, poco más o menos para que
los que ahora mismo tienen unas rentas bajas aplaudan muchísimo para
que, como son más, favorezcan a una minoría a la que le da vergüenza
aplaudir. Aquí hay un círculo de personas que tienen una estructura
muy trenzada en base a lo que son gabinetes, despachos, que favorecen
declaraciones que derivan hacia determinados paraísos o trucos de
evolución, rentas hacia sociedades, etcétera, que les hacen pagar muy
poquita cosa, que no aplauden, que prácticamente están calladitos,
para que los pensionistas y los que pudiéramos llamar asalariados
menores aplaudan eso, que es la propuesta del Gobierno. Me parece
una barbaridad, un contrasentido, un ataque al sentido común. Por
eso nosotros estamos
defendiendo la propuesta de modificación del artículo 2.2 y
toda la discusión del texto del proyecto.

Se ha utilizado en la argumentación algo que ya se produjo en el
año 1988 y es que los marginales altos provocan fraude y no facilitan
el ahorro, por tanto vamos a reducir los margina les altos porque
pondremos a disposición de los ciudadanos una capacidad de ahorro que
generará inversión y empleo, y además, como reduciremos el acoso
casi confiscatorio que tenemos a las gentes que ingresan unos
recursos importantes, superiores a nueve o doce millones de pesetas,
se reducirá el fraude. Eso no ha funcionado en Europa, no ha
funcionado en España en 1988, ni funcionó en 1991, ni funcionará
ahora, porque no es verdad que reducir la presión fiscal vaya a
provocar un ahorro ligado a inversión o a fomento de empleo. No es
verdad. Eso sí, lo que sí puede provocarse es un ahorro ligado a
fondos de inversión, que están multiplicándose progresivamente en
estos últimos años y cuya fiscalidad no va a ser progresiva.

En suma, y termino, señor presidente, en este país algo tan común
como defender que cada millón de pesetas ganado por un español, sea
trabajando; sea en fondos de inversión, pague igual es una locura,
un contrasentido y una barbaridad. Resulta que hay que defender que
un ciudadano que gana un millón o dos, del que tiene que depender su
familia, comer, vestirse y tener su vivienda, debe pagar desde el 18
hasta el 48 por ciento, mientras que si se consigue coger a otro
ganado en otras lides, y está fuera de ese 3,5 billones de pesetas de
fraude que tenemos ilocalizado, ya veremos de qué manera pagará. Ese
discurso es el que lleva a los españoles a tener la sensación de que
en este país pagan los que no se pueden escapar y de que más que en
un Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ligado a la
capacidad económica, nos encontramos ante un impuesto para grabar a
los que trabajan. Estamos ante un impuesto que no se soluciona desde
la óptica de la capacidad económica, estamos ante una propuesta que
es más bien un impuesto por trabajar. De eso es de lo que queríamos
huir, de un impuesto que ahora mismo recauda el 84 por ciento de
rentas del trabajo, mientras que las otras rentas, en su conjunto,
apenas participan en un 16 por ciento. Los fondos de inversión de
este país son 32 billones de pesetas, cuando el Presupuesto General
del Estado asciende a 32 billones de pesetas. Fíjense qué ironía
tiene la discusión de esta propuesta fiscal, que lógicamente debería
ir ligada a la propuesta de suficiencia. Vamos a discutir más
adelante lo relativo a la suficiencia -si es que alguna vez lo
podemos discutir- para que cuando hablemos de ingresar menos (200.000
según una propuesta, 300.000 ó 400.000 según otras) digamos por qué
en un año que crecemos económicamente hay que ingresar menos. Eso
va a significar la mejora de las condiciones generales de todos los
ciudadanos, pero no mantenemos los ingresos para tener mejor
educación, sanidad o prestaciones de desempleo, que están frenadas, o
la mejora en la cobertura de todos los servicios sociales, que ahora
mismo están en proceso de privatización y puesta a disposición de
la gente que tiene más recursos. Ese discurso, desde mi punto de
vista, traza la diferencia entre una propuesta progresista y de
izquierdas frente a una propuesta que es regresiva, que ataca a la
equidad, a la progresividad y que favorece a los de siempre, a los más
privilegiados de esta sociedad.




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El señor PRESIDENTE: Señor Ríos, al principio de su intervención dijo
que iba a darnos cuatro telegramas. Como es miembro de la Mesa de la
Cámara, efectivamente ha cambiado telegrama por telefax, que admite
texto completo.

El señor Martínez-Pujalte tiene la palabra.




El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LOPEZ: Señor presidente, no puedo por
menos de responder a la gentileza del señor Eguiagaray y, tal como ha
dicho, intentar dar respuesta a algunas de las cuestiones que ha
planteado. Bienes verdad que son temas genéricos, por lo que
procuraré hacerlo con la mayor brevedad posible.

El primero es el relativo a si estamos hablando de dos modelos. A mí
me gustaría hablar de dos modelos, pero a voces pienso que no hay dos
modelos, sino un proyecto de ley y un conjunto de declaraciones
dispares de los distintos portavoces del Grupo Socialista. Voy a
poner algún ejemplo. Escribía el señor Borrell en un libro publicado
hace quince días: Hay que suprimir la deducción por sanidad, por los
gastos sanitarios. Enmienda del Grupo Socialista: Inclusión de los
gastos sanitarios. Decía el señor Martínez Noval: No hay que hacer
reformas. Hay un documento del Grupo Socialista diciendo: Hay que
hacer una reforma. Decía el señor Martínez Noval: Cuando lleguemos
vamos a cambiar la tributación de las plusvalías. Dice el señor
Almunia: Cuando lleguemos vamos a respetar la tributación de las
plusvalías. Yo a veces creo -y por eso este debate será muy
esclarecedor- que cuando vayamos enmienda por enmienda sabremos lo
que opina cada uno de los grupos, porque si no a veces es difícil,
porque los eslóganes desvirtúan la realidad de la discusión de un
proyecto concreto. Éste es un proyecto concreto, definido, cerrado,
que da respuesta a unos objetivos que tenemos los ciudadanos y
ciudadanas españoles, a la necesidad de un impuesto más simple, más
eficiente y que reparta con mayor equidad la carga.

Hablaba el señor Eguiagaray de progresividad. Yo no voy a hacer más
discursos de progresividad. Señoría, los ciudadanos españoles que
tributan con rentas de hasta tres millones de pesetas, con la norma
actualmente vigente, que son el 80 por ciento, colaboran en el
impuesto en un 30 por ciento; con la norma nueva, en un 25 por
ciento, cinco puntos menos. Los ciudadanos con rentas de hasta tres
millones de pesetas pierden peso con el nuevo impuesto sobre el
antiguo en cinco puntos. Con las enmiendas del Grupo Socia- lista -y
hay que hacer las cuentas, porque una cosa es predicar y otra dar trigo;
una cosa es hablar y otra hacer números- los contribuyentes con
rentas de hasta tres millones de pesetas aumentan su participación en
tres o cuatro puntos, hasta el 33 ó 34 por ciento. Los
contribuyentes con más de tres millones de pesetas -que son
2.900.000, el 20 por ciento- colaboraban en el impuesto en un 70 por
ciento; con el nuevo proyecto que hoy debatimos colaborarían en un
75 por ciento, con las enmiendas del Grupo Socialista colaborarían
por debajo, en cifras muy cercanas al 70 por ciento, es decir, menos.

Eso es hablar de progresividad, porque una cosa es predicar y otra
dar trigo. Es muy fácil hablar de progresividad, pero cuando se
plantean enmiendas que modifican algunos artículos del proyecto se ve
que el impuesto se hace menos progresivo.




En cuanto a las plusvalías, decía el señor Eguiagaray que en Francia
no tributaban. En el tiempo del PSOE en España tampoco tributaban. El
señor Ríos, en el debate del Pleno, citó un ejemplo: En España hace
poco se enajenó un paquete muy importante de acciones que, en virtud
de las medidas del Partido Socialista, dejaron de tributar. Eran miles
y miles de millones cuya tributación se les perdonó gracias a las
medidas del Partido Socialista, porque el Partido Socialista en la
reforma de 1991 eximía de tributación a las plusvalías con el paso
del tiempo. En España un contribuyente capaz de tener retenido un
tiempo el ahorro al final dejaba de tributar, mientras que los
contribuyentes con menos posibilidades económicas, con rentas más
bajas, con necesidad de usar sus ahorros, eran los que pagaban al
tipo del impuesto. Sin embargo, los grandes contribuyentes, los que
tenían esa posibilidad de retener sus ahorros en un mismo activo, con
el paso del tiempo dejaban de tributar. Eso es una realidad. El
señor Ríos lo explicó y puso un ejemplo. No voy a hablar de
contribuyentes concretos, pero eran miles de millones de pesetas
eximidos del impuesto gracias a las normas del Partido Socialista.

Ahora hablan de otro tipo: Que tributen al tipo efectivo medio. Eso
sería un desastre para los mercados. Lo habla- remos cuando nos
refiramos a este tema, porque hacer tributar las plusvalías al tipo
efectivo medio haría llevar todo el ahorro a productos que se
califiquen como plusvalías para sacarlos del tipo general, eliminar
progresividad y llevarlos al tipo efectivo medio. Sería un
desastre.

El señor Eguiagaray recuerda que en el impuesto de 1991 los intereses
de la compra de vivienda se reducían de la base. ¿Eso era regresivo?
¿Eso era anticonstitucional? ¿Eso era un desastre? Era una manera de
determinar dónde deben ir las deducciones, porque en todos los países
menos en Grecia -señor Eguiagaray, lea la legislación- las cargas
familiares se reducen de la base, porque eso es lo que hace un
impuesto más justo. Dice S.S. que nosotros hemos cambiado, que hemos
dado señales equívocas a los mercados. No ha explicado cuáles.

Nosotros llegamos en junio de 1996 y pusimos el tipo del 20 por
ciento a las plusvalías, que ha ido extraordinariamente bien para el
funcionamiento de la economía. Ha ayudado a la inversión, ha
ayudado al empleo, ha ayudado al crecimiento económico y, además,
están tributando todos los ciudadanos, cuando antes no tributaban los
ciudadanos de rentas altas.

Dice S.S. que ahora damos una señal equívoca con la tributación de los
depósitos como posibles rendimientos irregulares, con una reducción
del 30 por ciento. Nos parece que eso es equilibrar el mercado.

Tiempo tendremos de debatir esta propuesta, pero desde luego hemos
dado coherencia al mantenimiento del marco fiscal del ahorro y por
eso en España está funcionando bien el ahorro privado, está dando
cobertura a las necesidades de formación de capital, está funcionando
bien el ahorro de las familias, el ahorro de las empresas y también el
ahorro público.

Hemos dicho reiteradamente que 550.000 millones es el coste de la
reforma que proponemos. Habrá unos retornos por aumento del IVA,
porque una parte se irá al ahorro, que calculamos en una horquilla
pesimista en 150.000 millones y un ahorro por la gestión más fácil
del impuesto, de 25.000 millones en la Agencia Tributaria; total
175.000 millones. Coste efectivo de la reforma: 375.000 millones,



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que se ajusta a lo que poníamos en el plan de convergencia. No hay
señales inequívocas, lo han dicho todos los portavoces autorizados
del Gobierno. Uno puede coger los 550.000 millones, que es la cifra
bruta, o los 375.000, que es la cifra neta, pero el coste es
inequívoco: 550.000 millones. El coste de la reforma del PSOE sí es
una cifra que está en la nebulosa, porque dice el 35 por ciento
menos. ¿De qué? ¿Si no saben la nuestra, cómo calculan la suya? Hay
una necesidad imperiosa de clarificación, porque ustedes decían que
nuestra reforma iba a costar un billón y la suya un 35 por ciento
menos. Entonces estamos hablando de 650.000 millones, o es que se han
cogido la cifra que decían otros portavoces suyos de 700.000
millones. ¿Si no saben lo que cuesta la nuestra cómo cuesta la suya
el 35 por ciento menos? Es un dilema que alguien tendrá que explicar,
porque desde luego no queda nada claro.

Ahora dicen que la entrada en vigor, por las nubes; las nubes que
vienen de incertidumbre. La entrada en vigor está prevista el 1 de
enero de 1999. Tenemos un compromiso, que es lo que necesita
España. No hay una enmienda del PSOE que retrase la entrada en vigor,
lo que hay son enmiendas de este grupo que ponen más coste a la
reforma y tiempo tendremos de discutirlas. Hablan de nubes y
ustedes hacen una reforma con similar coste. Creo que las nubes en
España que auguraban un mal futuro se fueron cuando se celebraron las
elecciones hace dos años.

Señor Presidente, mi grupo aceptaría gustosísimo las enmiendas in
voce del grupo de Coalición Canaria.




Título I. El señor PRESIDENTE: Concluido el nuevo debate de totalidad
de la ley, consistente en el que hemos tenido con ocasión de las
enmiendas al título preliminar, vamos, a continuación, a debatir las
enmiendas del título I.

En primer lugar, para la defensa de las enmiendas presentadas y
fijación de posición en relación con las enmiendas formuladas por
los demás grupos sobre el título I, tiene la palabra por parte del
Grupo Socialista el señor Fernández Marugán.




El señor FERNÁNDEZ MARUGÁN: Señor presidente, aunque haré una
aproximación a los elementos concretos de esta figura impositiva,
por la propia sistemática del proyecto seguimos estando en un debate
donde se incorporan elementos de globalidad. El título I nos abre el
mundo del hecho imponible, de los contribuyentes, del período
impositivo y hay una serie de circunstancias que a mi grupo le
preocupan esencialmente, sobre las cuales incidiré con alguna
precisión, como la individualización de la renta. Quisiera decir que
no voy a abordar todos los temas exhaustivamente, se plantean por
primera vez con algún grado de concreción en este título pero serán
objeto de estudio en capítulos y títulos posteriores.

Estamos en la determinación del concepto de renta y, como el propio
proyecto señala, se puede hacer como contraprestación o como
imputación. Nosotros vamos a plantear los temas que nos parecen
relevantes porque la contraprestación aparece en el artículo 6 y no
es sino el trasunto de una concepción clásica de la teoría de las
fuentes, donde lo importante no es el origen sino la magnitud de lo
acrecentado y de lo acumulado. Es el momento de señalar unos
hechos que vienen ocurriendo en la política fiscal española en los
últimos años.

Pese a lo que se ha querido decir, estamos ante un problema
evidentemente político como lo pone de relieve el enorme activismo
tributario que ha venido desarrollando el Partido Popular desde que
llegó al Gobierno en 1996. Ese activismo político se ha llevado a
cabo a través de un conjunto de políticas de naturaleza impositiva
cuyo objetivo fundamental es vaciar el circuito de renta-patrimonio
en todas y cada una de sus figuras impositivas. Los portavoces que
han hablado desde las posiciones políticas de la izquierda han
señalado lo hecho para vaciar la base del impuesto detrayendo las
plusvalías, sacándolas de la base regular y sometiéndolas un tipo
impositivo único del 20por ciento. Esas prácticas han ido acompañadas
de medidas tendentes a la reducción de los gravámenes en
sociedades y a un planteamiento en el impuesto sobre el patrimonio y
en el impuesto sobre sucesiones que ha hecho que lo que era un sistema
trabado que podía gravar la capacidad de pago a través de tres
figuras importantes en un sistema de renta que grave la imposición
directa se haya deteriora- do a lo largo de los últimos años. Un
planteamiento similar, una actitud destinada a privilegiar a unos
contribuyentes en detrimento de otros, ha ocurrido con el tratamiento
dado a la legislación sobre rendimientos de profesionales y de
empresarios. (El señor vicepresidente, Martínez Sanjuán, ocupa la
presidencia.)
Nos encontramos ante un hecho que no es en modo alguno técnico.

Estamos ante un hecho eminentemente político que configura de qué
forma y manera quiere en este momento la derecha política española
que se levanten las cargas públicas y se contribuya al sostenimiento
de los gastos del Estado. Hay un juicio de valor muy importante y
se han abierto para ello una serie de vías de escape que constituyen
unos elementos extraordinariamente importantes. Una vez más hemos de
decir que de una figura como ésta, que tiene el valor político y
social que tiene el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
va a depender la valoración que el conjunto de los ciudadanos haga
del sistema tributario español. Este es un gravamen que declaran 14
millones de contribuyentes. La democracia ha hecho que se haya
convertido en un gravamen masivo que debe ir acompañado de algunos
criterios de justicia y de equidad. No solamente hay que plantearse
los problemas de insuficiencia, porque si un impuesto de esta
naturaleza, que afecta a tantos millones de contribuyentes por
tantos actos de naturaleza económica que llevan a cabo cada uno de
ellos, no es equitativo nunca podrá resolver suficientemente los
problemas recaudatorios.

Nos encontramos aquí con una dialéctica que es bastan- te vieja donde
se ha dejado ver el impulso conservador que tiene el actual Gobierno.

Esto se ha traducido fundamentalmente en el deseo de reducir la
progresividad, casi eliminándola a través de la tendencia al
establecimiento de un mínimo exento y de un tipo bastante proporcional
en el conjunto de esta figura. Cualquier persona que haya tenido la
preocupación de acercarse al único elemento doctrinal que han podido
poner en marcha quienes han auspiciado esta reforma podrá recordar
que el criterio que establecía la llamada comisión de funcionarios
expertos, que sirvió de antecedente a este proyecto de ley, era el
deseo de un sistema



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que inspira el proyecto de ley, pero que pudo señalar de una manera
clara que los mismos planteamientos que se recogían en aquel informe
recomendando la modificación del sistema impositivo en un impuesto de
esta naturaleza podrían lograrse si en lugar de fijar una escala,
como hacen los gobernantes del Partido Popular, se hubiera fijado un
tipo único entre el 27 y el 30 por ciento.

No nos encontramos ante un proyecto compatible con lo que viene
ocurriendo en la mayor parte de los países de la OCDE que han
abordado a lo largo de la década de los noventa reformas de su
legislación sobre la renta de las personas físicas. No vale señalar
que hay una búsqueda de unos criterios de eficiencia por encima de
unos criterios de equidad. Para nosotros no vale ese planteamiento. El
proyecto se aproxima sólo en algunas ideas -que no son
precisamente el núcleo fundamental de las reformas auspiciadas en la
última década-, olvidando otras que nos parecen fundamentales. La
extensión de las bases imponibles es un elemento que brilla por su
ausencia. En la eliminación de los tratamientos preferenciales ocurre
lo mismo. Hemos puesto de relieve algunas de las actuaciones llevadas
a cabo en 1996 y 1997, pero lamentablemente he de anticipar que,
a poco que avancemos en el tratamiento de algún tipo de gasto necesario
para la obtención del ingreso, hemos de ver cómo de nuevo la
preferencia se instala en nuestra concepción tributaria y en lugar
de disponer de una normativa que obedezca a un principio de
estabilidad normativa, nos vamos a encontrar con una política
tributaria que quiere ir caso a caso, sector a sector y, por qué no
decirlo, concesiones en favor de lobby a lobby.

Este gravamen camina en una mala dirección, en la dirección de hacer
bases estrechas, y en eso se diferencia de los gravámenes de todos
los países de la OCDE. Camina en la idea de no auspiciar ni
posibilitar la neutralización del sistema fiscal y va a dar origen a
luchas competitivas desde distintos sectores y grupos de interés, con
el fin de encontrar el tratamiento que en cada momento y en cada
circunstancia le pueda resultar más favorable. Mi grupo da por
defendidas las enmiendas a los puntos f) y g) del artículo 7.

Tendremos ocasión de discutir el punto ñ) del citado artículo 7 cuando
hablemos de las competencias incorporadas a las leyes de
presupuesto, pero he de señalar que no somos partidarios de estas
prácticas porque contribuyen ala introducción de bastantes criterios
de inseguridad jurídica a la hora de establecer la programación del
conjunto de instituciones.

Por último, hay un asunto que va a constituir un hecho importante a
la hora de establecer un debate sobre la imputación de una figura
tributaria como ésta. El planteamiento que hace este proyecto de ley
en el artículo 11 requiere ser corregido. Señala que los rendimientos
del trabajo se atribuirán exclusivamente a quien haya generado el
derecho a su percepción, lo cual da origen a una situación que
nosotros deberíamos ser capaces de ir corrigiendo progresivamente. Es
cierto que se ha avanzado desde 1978, pero no es menos cierto que en
este momento este problema no está enteramente resuelto. Nos
encontramos con una situación donde la acumulación que se produce en
la unidad familiar da origen a una sobre imposición que ha dado como
resultado el establecimiento, en toda la Europa continental, de una
serie de criterios destinados fundamentalmente a resolver
esta cuestión. La discriminación entre ambos contribuyentes cuando
trabajan es un problema que ha tratado de resolverse estableciendo
distintas escalas o con sistemas de promediación, de los cuales
hablaremos en este proyecto. Algunas naciones europeas han fijado
también criterios de imputación en virtud de los cuales se añade a la
renta de uno de los contribuyentes un porcentaje procedente de la
renta del otro. Es decir, hay un trasvase que atenúa el impacto que
se produce en la acumulación y que además permite favorecer a
aquellas familias donde sólo existe un perceptor que obtenga renta. En
este terreno he de decir que no hay una solución universal, no hay
una evolución en la realidad europea. La realidad europea es plural y
diferenciada. Es difícil decir que los sistemas tributarios en esta
cuestión o en otras están diseñados de una misma manera. Los sistemas
tributarios en Europa occidental responden a realidades muy concretas
y específicas, y en muchos casos se han producido unos avances
considerables en una determinada dirección. Si se puede decir que
en este momento hay un rechazo de las fórmulas de acumulación y que
esos rechazos han dado origen a distintas acomodaciones. Como
consecuencia de esas acomodaciones, nos encontramos con que quienes
en términos relativos se encuentran más perjudicados son aquellas
unidades familiares donde un solo perceptor de renta de trabajo
obtiene el rendimiento.

La idea que mi grupo va a sostener es que se pueda establecer un
criterio a través del cual una parte de la renta, de forma moderada,
pueda imputarse al otro cónyuge. Si no, nos encontraríamos con una
situación paradójica, y es que habría rendimientos como los del
trabajo que se atribuirían a quien los ha generado y habría otros
rendimientos, como los del capital, patrimoniales o las ganancias de
capital, donde el sistema de gananciales posibilita una imputación al
50 por ciento, que hace funcionar en la práctica un cociente
familiar, mientras que el sistema de atribución de rendimientos en el
trabajo al perceptor del mismo ocasiona un trato diferenciado y
discriminatorio. En ese terreno nos vamos a mover. Anticipo que es
una cuestión que nos parece muy importante, dado que, aunque pueda
parecer poco significativo, en este momento existen más de cinco
millones de familias declarantes españoles en las que solamente hay
un perceptor, que además lo es por rentas de trabajo, que experimenta
una discriminación respecto de otros perceptores y de otro tipo de
ganancias.

Como este planteamiento no es justo ni equitativo y deberíamos
buscarle una solución en este debate, hemos ofertado un criterio que
conlleva un coste moderado que puede ayudar a resolver un gran
problema y que constituye en este momento una de las reivindicaciones
más sentidas por aquellos que quieren hacer del sistema tributario un
sistema poroso, un sistema capaz de tomar en consideración las
demandas y los requerimientos de una parte importante de los
ciudadanos españoles.




El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sanjuán): ¿Señor Homs, estaría en
condiciones de intervenir su grupo parlamentario, dado que el señor
Ríos parece que tiene algunas dificultades?



El señor HOMS I FERRET: Siempre estoy en condiciones, señor
presidente.




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El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Catalán, para la defensa de las
enmiendas 244 y 245, tiene la palabra el señor Homs.




El señor HOMS I FERRET: Este primer título, que hace referencia a la
definición del hecho imponible, contiene un conjunto de artículos a
la mayoría de lo cuales no hay planteadas enmiendas. Quizás el
artículo más sustantivo, en cuanto al debate que podemos mantener
esta tarde, es el 7, que define cuáles son las rentas exentas. Mi
grupo presentó en su momento tres enmiendas a este artículo, de las
que una ya se ha incorporado al texto de la Ponencia y que hace
referencia a introducir en la letra o), donde se definen como exentas
las gratificaciones extraordinarias satisfechas por el Estado, por la
participación en misiones internacionales de paz, las misiones
internacionales de carácter humanitario. Hay actuaciones que promueve
y en las que participa el Estado español que no tienen
estrictamente la finalidad de ser misiones internacionales de paz, sino
que son de carácter humanitario. Con ese fin deberíamos incluir las
gratificaciones y ayudas que reciben las personas que realizan esas
misiones internacionales humanitarias, para que estas rentas que
tienen carácter temporal y esporádico sean declaradas exentas.

Las dos siguientes enmiendas, las números 244 y 245, a este mismo
artículo 7, tienen por finalidad proponer algunas correcciones y
algún otro supuesto de renta exenta. Siguiendo la misma literalidad
del artículo, quisiera, señor presidente, hacer algunas observaciones
a algunos de estos puntos del artículo 7, que define las rentas
exentas. En primer lugar, en cuanto a la letra f), que define las
prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o
por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad
permanente absoluta o gran invalidez, mi grupo entiende que debería
ser objeto de una reflexión, en el bien entendido de que en el marco
general de la Seguridad Social -y que también se recoge en este
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas- se dan algunos
supuestos, recogidos en la Ley de ordenación y supervisión de los
seguros privados, concretamente en la disposición adicional 15 y la
disposición transitoria 5.a, en los que se permite a los ciudadanos
que sean profesionales, que ejerzan por cuenta propia su actividad
y pertenezcan a una mutualidad de un colegio profesional, optar entre
darse de alta en el régimen especial de la Seguridad Social o cubrir
sus prestaciones mediante la mutualidad del colegio profesional.

Debería preverse en esta letra f) que cuando el ciudadano
profesional que trabaja por cuenta propia opta porque su cobertura de
Seguridad Social se la preste la mutualidad del colegio profesional
en los supuestos de prestaciones de incapacidad permanente absoluta
o de gran invalidez, estas prestaciones que percibe de la
mutualidad profesional sustitutoria de la Seguridad Social también
deberían ser contempladas como rentas exentas. Si no, se da la
circunstancia de que la pensión de incapacidad permanente absoluta
o gran invalidez concedida con cargo al RETA está exenta y la que se
concede con cargo a la mutualidad del colegio profesional no lo está.

Yo le ruego al señor Martínez-Pujalte que, si puede, me dé alguna
opinión o sugerencia al respecto, puesto que es una cuestión que nos
preocupa, ya que mantenemos un trato distinto
sobre dos pensiones de incapacidad que son similares. Quizás
deberemos reflexionar en el futuro, en los trámites siguientes, en el
Pleno o en el Senado, para ver cómo terminamos de homologar el mismo
trato fiscal a estas mismas pensiones de incapacidad.

También quisiera hacer un comentario sobre la letra i), que hace
referencia a las cantidades percibidas de instituciones públicas con
motivo del acogimiento de personas con minusvalía o mayores de 65
años. Mi grupo, en varias ocasiones, ha solicitado la corrección de
esta letra que declara exentas las cantidades que se perciben de
instituciones públicas por el acogimiento de personas con
minusvalía o mayores de 65 años. Falta un colectivo, señorías, que
son los menores de edad que se acogen, por vía judicial, y que también
perciben ayudas de las instituciones públicas. ¿Qué sentido tiene que
estas cantidades que se perciben de las instituciones públicas, por
acogimiento de menores, tengan que tributar y no tengan que hacerlo
las que se conceden para mayores de 65 años o personas con minusvalía?
Le invito al señor Martínez Pujalte a reflexionar sobre este punto,
que, como sabe, es de gran interés de mi grupo. Quizás no podamos
tratar esta cuestión ahora puesto que se ha trasladado a próximos
debates, pero es un asunto pendiente sobre el que deberíamos pensar
en el futuro.

Asimismo quisiera comentar la letra n), a la que mi grupo ha
presentado unas enmiendas. Las prestaciones por desempleo reconocidas
en esta letra n), que se declaran exentas, y que hemos mejorado
-digo hemos porque mi grupo ha participado en la definición de este
precepto- elevando el límite de 500.000 pesetas a un millón, deberían
ser objeto de reflexión en un futuro. Invito a los grupos
parlamentarios a reflexionar sobre esta cuestión porque deberíamos
elevar ese límite o proponer un diferimiento, siempre y cuando estas
cantidades se integren en el desarrollo de una actividad económica
productiva o profesional. Es una forma de contribuir a que las
personas sin empleo y con percepción del seguro de desempleo puedan
canalizar esos recursos, cuando se capitalizan, hacia una actividad
profesional o económica.

Quisiera comentar, señor presidente, que las enmiendas de mi grupo
tienen por finalidad añadir una nueva letra a este artículo 7.

Concretamente, solicitamos que las cantidades percibidas de
instituciones públicas, en concepto de subvención, destinadas a la
rehabilitación o reparación de viviendas afectadas por defectos
estructurales de construcción, no sean tampoco sometidas al
impuesto. Se trata, señorías, de que declaremos exentas del IRPF
aquellas subvenciones o ayudas que se perciben de las instituciones
públicas, básicamente del Ministerio de Fomento y de las comunidades
autónomas, que estén destinadas a paliar o a reparar defectos
estructurales en la construcción de las viviendas, como podía ser el
caso de la aluminosis. Mi grupo entiende que estas ayudas o estas
subvenciones que se perciben no deberían estar sometidas al gravamen
del impuesto, como tampoco creemos que deberían estar sometidas al
gravamen del impuesto aquellas prestaciones percibidas por aquellos
beneficiarios de planes de pensiones o de contratos de seguros
concertados con mutualidades de previsión social que sean
discapacitados en el grado que quisiéramos determinar
reglamentariamente. Mediante



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esta enmienda, mi grupo parlamentario propone a la Cámara que
aquellas rentas que se perciban, procedentes de un ahorro
instrumentado en un plan de pensiones, en un contrato de seguros o
en una mutualidad, cuyo ahorro tenga como destino complementar las
rentas de un ciudadano con discapacidades de alto grado, también sean
declaradas exentas. Se trata de estimular por este procedimiento la
constitución de instrumentos de ahorro que puedan permitir
complementar rentas a estas personas con elevados grados de
discapacidad, que básicamente pueden ser personas con disminución
psíquica. Creemos que ésta podría ser una vía para favorecer la
complementariedad de sus rentas mediante el procedimiento de no
someter a fiscalidad estas prestaciones complementarias.

Señor presidente, quisiera indicar que la letra ñ), que hace
referencia a los premios de las loterías, juegos y apuestas del
Organismo Nacional de Loterías, es quizás uno de los preceptos que
también debería ser objeto de alguna reflexión. Mi grupo entiende que
esta salvedad de que la Ley de Presupuestos Generales del Estado
pueda someter a gravamen determinados juegos o apuestas en función de
su cuantía o características debería ser revisado. Invitamos a
considerarlo especialmente al Grupo Parlamentario Popular.

Por último, quisiera indicar que hay una gran novedad en esta
relación de rentas exentas. La letra p) establece como rentas exentas
los rendimientos percibidos por trabajos realizados en el
extranjero. Ésta es una gran novedad que quisiera singularizar,
puesto que en un momento en que la economía se internacionaliza y se
está abriendo a los ámbitos internacionales, es importante ese primer
paso que se da en esta le al reconocer que algunos rendimientos del
trabajo, cuando sean percibidos por ciudadanos españoles en el
extranjero, tendrán, con las condiciones que reglamentariamente se
establezcan, derecho a ser rentas exentas. De esta forma se está
potenciando y ayudando a la movilidad internacional de los
trabajadores que desarrollen trabajos en el extranjero.

Señor presidente, los artículos 8, 9, 1 0 y 11 no tienen enmiendas,
por lo que mi grupo no se tiene que pronunciar sobre ellos.

Simplemente, quiero destacar que el artículo 9, puntos 3 y 4,
introduce también unas importantes novedades en este impuesto que
pueden ser sustantivamente reseñadas, puesto que se establecen unas
cautelas para evitar el fraude cuando los ciudadanos pierden la
condición de contribuyentes por situarse fuera del territorio
español.

Quiero terminar indicando que algunas de las observaciones que he
visto en las enmiendas in voce que propone el Grupo Parlamentario de
Coalición Canaria a nuestro grupo le parecen muy bien y, sin
perjuicio de las opiniones de los otros grupos, podremos dar nuestra
aprobación.




El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sanjuán): Señor Homs, hay que
reconocer que con dos enmiendas de su grupo parlamentario que
permanecen vivas le ha cundido el tiempo.




El señor HOMS I FERRET: Señor presidente, es que de lo que estamos
tratando es importante. Creo que es bueno que nos expliquemos, que los
ciudadanos puedan
conocer cuáles son nuestras posiciones y que sepan qué es lo que
estamos haciendo.




El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sanjuán): Sí, señor Homs, pero
incluso ha llegado casi a equivocarme a mí, porque me hablaba de
enmiendas a los artículos n) y a los puntos n) e i) y no había
encontrado enmiendas de su grupo parlamentario.




El señor HOMS I FERRET: A lo mejor estaba confundido, señor
presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sanjuán): Posiblemente hubiese
querido presentar alguna enmienda más de las que ha presentado.

Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la
palabra el señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: La verdad es que uno no se puede sustraer del
debate de elementos de totalidad cuando discutimos de elementos
concretos, pero voy a intentar argumentar las seis enmiendas que mi
grupo tiene a este título y en concreto a lo relativo a la
declaración de rentas exentas de la tributación.

Cuando discutimos la elaboración de una propuesta como ésta, no se
nos escapa a los grupos parlamentarios que el Gobierno ha barajado
borradores e iniciativa -incluso ha vendido mediáticamente algunas de
ellas- que después, según cómo reacciona el personal (porque este
Gobierno es un artista en esto de lanzar globos sonda), luego ha ido
acomodándose y lo ha ido corrigiendo. En este título relativo al
hecho imponible, en el artículo 6 definimos los rendimientos de
trabajo, los rendimientos de capital, las ganancias y pérdidas
patrimoniales o la imputación de renta que se puedan establecer por
ley -no tiene ninguna enmienda-, y lo cierto es que como declaración
está muy bien y son los componentes de la renta del contribuyente. Lo
malo es que, conforme pasa cada año, estos elementos funcionan de
manera regresiva y el apartado a), rendimientos de trabajo, es el que
va cogiendo cada año, porcentualmente, mayor peso en relación con los
demás. (El señor presidente ocupa la Presidencia.)Yo no quisiera que el
presidente y los portavoces de otros grupos
dijeran que estoy tensando la discusión más allá de donde pudiera
corresponder hoy, pero ¿cuál es el objetivo de nuestras enmiendas? En
primer lugar, que lo que se anuncia en campaña electoral se cumpla
cuando tomamos la palabra para actuar desde la ley. Es decir, cuando
el Gobierno -el Partido Popular y quien le soporta o le
apoya propone la reforma de un impuesto como el IRPF, que cumpla todas
las vertientes. Anunciaron que iban a bajar los impuestos y esta
propuesta baja el volumen de recaudación de los impuestos, pero en el
programa electoral también había otros compromisos, y el señor
presidente me va a permitir que, para defender mis enmiendas 182
y 183, lea textualmente el programa electoral del Partido Popular.

Cuando hablaba de la política fiscal, en cuanto a la equidad y al
incremento de la política fiscal, decía: Tratamiento fiscal de las
pensiones respetando la exención sobre el IRPF que venían disfrutando
las derivadas de incapacidad total y absoluta hasta el año 1994.

Éste era el compromiso



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electoral del Partido Popular, esto es lo que defendieron en
la pasada legislatura cuando cada grupo proponíamos una reforma de
la Ley del IRPF para que se considerase como renta exenta lo que no
es una renta sino una indemnización, y nosotros ahora nos encontramos
en el mismo sitio de entonces, pero con una variación: que el grupo
mayoritario de la oposición defiende ese concepto de indemnización
-y, por tanto, no sea tenido en cuenta como renta- y los que tanto la
defendieron (incluso llevaron al Tribunal Constitucional lo
relativo a los empleados públicos o clases pasivas) ahora dan marcha
atrás y no lo defienden. ¿Qué pretende nuestra enmienda? Nuestra
enmienda pretende que en el texto del artículo 7 se recojan como
exentas las prestaciones por incapacidad permanente reconocidas por
la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan. Por tanto,
aquí cumplimos lo que se dice en la página 199 del programa electoral
del Partido Popular, que coincide con lo que defendíamos todos en los
años 1994 y 95, en aquellas discusiones de los presupuestos y de la
ley de amañamiento del año 1996 y en las sucesivas(Rumores.); he
querido decir acompañamiento. (Risas.)
La segunda enmieda, la número 183, va dirigida a todo lo que son las
administraciones públicas y, por tanto, las clases pasivas, con el fin
de que se recoja lo que una sentencia del Tribunal Constitucional
ha establecido y con su mismo texto, es decir, las pensiones de
inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas.

Eso es lo que pretendemos añadir, como una letra g), para rentas
exentas.

La segunda argumentación que quiero utilizar es la siguiente. Este
Gobierno cuando empieza a hacer una pro- puesta de reducción de
presión fiscal no explica que está utilizando fórmulas para ver cómo
sacamos esos dineros y como nos ahorramos los gastos a los que antes
teníamos que hacer frente -gastos fiscales que trasladamos y que
sumamos con el mínimo vital que antes discutíamos o con la renta
disponible-, y aquí el Gobierno estuvo barajando -por eso hacia la
referencia al principio- algo muy importante y es que se quería
declarar por ley premiado en todos los premios que se que se que a
establecían en este país. Se establecía en un porcentaje.

No se llegó a hablar del 20 por ciento, del 10 por ciento o del 15
por ciento, y hubo una reacción contraria. Decía esta exención que
estaba en el texto anterior que son exentos los premios de lotería,
juego y apuestas del Organismo Nacional de Loterías, tanto del Estado
como de las comunidades autónomas, la Cruz Roja y la Organización
Nacional de Ciegos. Como no ha podido introducir la idea de que iba
a establecerse una especie de impuesto retención, añade un excepto, y
dice: excepto que anualmente las leyes de presupuestos establezcan una
característica para estos juegos. Esta forma de hacer leyes no nos
gusta: esta forma de hacer una ley que dice que no, pero que abre la
puerta para que si, y que el Gobierno, una vez que ha terminado esta
factura y ha actuado, dentro de un año pueda hacer lo que dijo que
iba a hacer cuando haya menos resistencia, no nos parece acertada.

Por tanto, nosotros proponemos suprimir esa propuesta o, en todo
caso, eliminar lo que son juegos diferentes, lo que es la
Organización Nacional de Ciegos o la Cruz Roja por el carácter social
que defienden. Hay un volumen de personas que trabajan en una
actividad relacionada
con ellas, y en todo caso deberíamos dejar exentas a esa
Organización Nacional de Ciegos y a esas actuaciones de la propia Cruz
Roja por esa relación, si es que se quiere actuar sobre ello.

Por último, las dos enmiendas restantes, la 186 y la 187, pretenden
añadir como rentas exentas dos realidades que nos hemos encontrado
que afectan a zonas concretas de nuestro país y que han sido
compromisos que está teniendo la propia Administración. Son los
ciudadanos que se han visto afectados por la aluminosis, que han
recibido subvenciones desde el propio Estado para hacer frente a
esos defectos -ciudadanos de toda corte e índole, ciudadanos que
tienen una renta y que han tenido que hacer frente a la reedificación
de su propia vivienda, del edificio que ha estado afectado por mala
calidad de la construcción o por ese efecto de la aluminosis- y que,
una vez recibida y gastada esa subvención, ahora se entiende que es
una renta y, por tanto, se incrementa la renta de estos ciudadanos
cuan- do es falso, no han tenido una renta, lo que han hecho ha sido
suplir ese esfuerzo que ellos hacían con una subvención de la
propia Administración por algo que no estaba previsto. Nuestras
enmiendas pretenden hacer frente a esta realidad de la política de
rehabilitación mediante actuaciones del Gobierno, reconocidas por el
propio Gobierno en los últimos cuatro años, con una partida
presupuestaria específica dentro de rehabilitación de viviendas
afectadas por la aluminosis, y que cuando se reciban esas
subvenciones en concreto y las que puedan producirse -que es la
enmienda siguiente, la 187- para lo que son las actuaciones en bienes
inmuebles, como pueden ser las dirigidas a contrarrestar el efecto del
descenso del nivel freático, o la inundación de una casa o la
destrucción de una vivienda, sean entendidas no como incremento de la
renta, sino como subvención con carácter finalista para hacer frente
a un gasto ya realizado.

Esa es la idea por la que nosotros pretendemos introducir aquí como
rentas exentas esas indemnizaciones, esas subvenciones que con
carácter compensatorio son satisfechas por las administraciones
públicas para hacer frente a los daños originados en sus propiedades
y que se han producido siempre con un objetivo ajeno al propio
perceptor. Otra cosa es que el Gobierno quiera hacer políticas
activas de fomento a la rehabilitación y subvenciones al ciudadano
que, poniendo parte de su esfuerzo, mejore su vivienda, rehabilite o
actúe por voluntad propia individual, por tener una decisión
determinada. Aquí no estamos hablando de eso, ningún ciudadano tiene
que hacer frente a esta vertiente que estamos diciendo, ni
aluminosis ni los otros hechos, sino que ha sido ajeno a su propia
voluntad, se ha visto forzado por encontrarse sin la vivienda o con
la vivienda en condiciones ínfimas y, por tanto, tiene que acometer
esos esfuerzos inversores que son subvencionados por la propia
Administración.

Ese es el objetivo de nuestras seis enmiendas. Estoy convencido de
que en el curso del debate han surgido muchísimos más elementos, como
el tratamiento que el artículo 7 establece en su letra p), sobre los
rendimientos de trabajo realizados en el extranjero. Es verdad que
dice que reglamentariamente se establecerán -a mí no me gusta el tema
de los reglamentos- y, vuelve a insistir, siempre que hayan tributado
efectivamente en el extranjero



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-ya me dirán cómo lo van a controlar- conforme a un impuesto de
naturaleza similar o idéntica a este impuesto. Esto es una
declaración que está bien, pero ya veremos cómo evoluciona.

Las enmiendas -y con esto termino, señor presidente- que han
presentado otros grupos, en concreto las del Grupo Socialista, las
vamos a votar afirmativamente, algunas porque han sido coincidentes
y otras porque precisan algunas actuaciones que no habíamos recogido,
como son la 301 y la 302, nos vamos a abstener en la enmienda 299, que
pretende suprimir la letra ñ) del proyecto, y vamos a votar en contra
de la 300, no por lo que dice, sino por lo que en el articulo 51
pueda quedar definitivamente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ríos, pero es que como
nunca indica cuándo concluye, debemos imaginárnoslo. No le cuesta nada
decir: he acabado.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Señor presidente, he ten- minado, muchísimas
gracias por la paciencia de su señoría.




E1 señor PRES1DENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco EAJ-RNV), tiene
la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: A este título I mi grupo parlamentario ha
presentado una sola enmienda, que trata sobre las rentas exentas, el
articulo 7. Entendemos que la exención en sí es un mecanismo que
puede acarrear en cierto modo una quiebra del principio de
generalidad cuando estamos hablando de una reforma de un impuesto
como éste. Sin embargo, el Impuesto sobre la Renta pretende gravar
la renta en su sentido más amplio. Por tanto, podríamos pensar que
en una reforma que pretende ir precisamente a ensanchar el ámbito de
la base en cuanto al número de contribuyentes deberíamos plantearnos
la aplicación de las exenciones. Sin embargo, es claro que estas
exenciones se han consolidado porque normalmente atienden a
situaciones que son de cierta precariedad o a personas desfavorecidas,
por lo que hay que entender que tienen un arraigo social importante, y
desde ese punto de vista creo que es conveniente, y mi grupo
parlamentario así opina, el mantenimiento de estas exenciones.

Creemos que, al margen de eso, sería conveniente introducir algunas
simplificaciones, y en concreto en la exención de las
indemnizaciones por despido o cese del trabajador se podría optar
por establecer unos límites más objetivos. Con esto lo que quiero
decir es que en este momento las prestaciones por desempleo en la
modalidad de pago único tienen un límite de un millón de pesetas si se
aportan a empresas de economía social, y si lo que queremos es
precisamente -y eso es lo que parece ser que pretende esta
exención- mantener ese carácter indemnizatorio y favorecer
fundamentalmente el empleo, no entendemos por qué hay que poner el
límite del millón de pesetas que establece el punto n) del artículo
7. ¿Por qué poner el límite del millón de pesetas cuando en estos
momentos esas cantidades están habitualmente desbordadas en las
indemnizaciones cuando se cobra como capital? Si lo que se pretende
con esto es que se reinvierta en este tipo de empresas para crear
puestos de trabajo, lo lógico sería que no estableciéramos ese límite
del millón de pesetas.

Por eso nuestro grupo parlamentario lo que propone con esta
enmienda es suprimir ese límite y dejar abierto que todas aquellas
cantidades que se reinviertan, provinientes de la capitalización
del desempleo puedan ser exentas de acuerdo con lo que establece este
artículo 7.

Por tanto, es lógica la solicitud. No veo por qué el Grupo Popular no
ha querido tener en cuenta este aspecto, por lo menos por lo que
nosotros conocemos hasta ahora. No sé por qué hay que limitar estas
aportaciones al millón de pesetas y no dejarlo abierto a las
indemnizaciones que capitalicen los trabajadores por los cobros por
este desempleo. Esa es nuestra propuesta, eliminar el límite del
millón de pesetas que está establecido, en esta enmienda que hemos
presentado, la 101.




El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo de Coalición Canaria,
tiene la palabra el señor Gómez.




El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Con toda brevedad. Habiéndose admitido la
enmienda 121, vamos a presentar las enmiendas in voce que hemos
entregado por escrito, pero retiramos las que estarán señaladas con
los números 5 y 6, porque su redacción ha sido modificada al
aceptarse el texto propuesto por los servicios jurídicos. La número 3
es muy sencilla, es de redacción, propone añadir dos puntos a
continuación de la expresión hecho imponible. La número 4 pretende que
al hablar de rentas exentas en el título, se incluya en el título del
capítulo primero: hecho imponible y rentas exentas, que son las dos
partes en que se divide este capítulo. Consideramos que lo importante
es la enmienda in voce número 7, que solicitamos se mantenga viva,
porque no se regula aquí, y debiera regularse con claridad, la
obligación tanto del perceptor de la renta como del que la concede,
por cuanto que si se fuesen a acumular todas las rentas, pudiera
cometerse la injusticia de que en un sólo acto tuviera que
tributarse por la escala máxima. En cambio, si se distribuyera por el
número de años equivalentes al número de rentas anticipadas, la
situación sería distinta. Por ello, solicito a la Presidencia que
se mantengan vivas para su defensa en el Pleno.




E1 señor PRESIDENTE: Señor Gómez, de todas maneras me temo mucho que
la enmienda número 7 de las presentadas por usted, de las tildadas de
viva voz, difícilmente puede considerarse como enmienda en cuanto
que usted no propone ningún texto, por lo que tendrá que presentar
una enmienda con el texto completo. Como usted sabe, para ser
admitida en Pleno como enmienda transaccional, requerirá la
anuencia de todos los grupos parlamentarios. Por consiguiente, si
le parece a usted bien, damos por retirada la enmienda in voce número
7, porque no tiene técnicamente la condición de enmienda. En relación
con sus enmiendas in voce 5 y 6, según la nota que me facilitan, ya
están admitidas en el informe de la ponencia, por consiguiente
también quedarían retiradas. ¿Es así?



E1 señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Sí, así es, ya lo he dicho. Muchas gracias.

Aprovecho para decir que apoyo los razonamientos aducidos por el
portavoz de Convergencia i Unió y también apoyo una enmienda de
consenso que ha expuesto el portavoz de Izquierda Unida, que estoy
seguro que va a



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coincidir con lo que va a plantear el portavoz del Grupo Mixto, en
que se refiere a los defectos de aluminosis en las construcciones.




E1 señor PRESIDENTE: Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor
Chiquillo.




E1 señor CHIQUILLO BARBER: Muy brevemente, quiero dar por defendidas
las enmiendas que al título I tiene presentadas el Grupo
Parlamentario Mixto, haciendo mención expresa a las que, en nombre
de Unión Valenciana, hemos presentado a este artículo 7, y doy por
defendidas las del resto de integrantes del Grupo Parlamentario
Mixto.

En primer lugar, quiero defender la enmienda número 5, que se refiere
al artículo 7, letra ñ) -de momento en nuestras leyes sigue
apareciendo al letra ñ)-, en relación con las rentas exentas de los
premios de las loterías, juegos y apuestas del Organismo Nacional de
Loterías y Apuestas del Estado, las organizadas por las comunidades
autónomas, los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y por
la Organización Nacional de Ciegos. La enmienda que línea de suprimir
la redacción actual a partir de la Organización Nacional de Ciegos,
es decir, eliminar la coletilla: excepto aquellos que anualmente pueda
establecer la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función de
su cuantía o de las características del juego o apuesta. Sería una
enmienda de supresión de la segunda parte de esa letra ñ), en su
redacción actual, porque pensamos que las apuestas organizadas
tanto por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado,
como cualquier tipo de sorteo que se esté realizando, ya vienen
gravadas en su origen y carece de sentido y proporción someterlas a
un segundo impuesto, fuera cual fuera la cuantía o el importe del
premio. Por tanto, pensamos que debe suprimirse esa excepción que
deja la puerta abierta a gravar y a sacar de la consideración de
renta exenta los premios de loterías y otros juegos, sea cual sea la
organización que lo patrocine.

En segundo lugar, en cuanto a la enmienda número 16, que coincide con
la presentada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida y
por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió), propone
añadir un nuevo epígrafe entre las rentas exentas aparecidas en ese
artículo 7, que es el referente a las ayudas que tengan por objeto la
rehabilitación estructural especial en edificios construidos entre los
años 1950 y 1980, con riesgo estructural provoca- do por patologías
derivadas del hormigón o por la utilización de cemento aluminoso,
concedidas por las diversas administraciones. Pensamos que la
concesión de esas subvenciones o ayudas para la rehabilitación de
viviendas afectadas por aluminosis en ningún caso deben tributar
como incremento patrimonial. Estas subvenciones o ayudas deben tener
el tratamiento fiscal propio de las indemnizaciones, porque la
responsabilidad de la Administración española, que permitió el uso de
esos cementos defectuosos, incluso prohibidos ya en el año 1943- en
Francia, así como en otros países europeos, obligan a un número muy
importante de ciudadanos en toda la geografía del Estado español a
iniciar unas obras de rehabilitación en sus edificios. No son obras
voluntarias, sino que por el defectuoso estado en el que se
encuentran esos edificios, son obras necesarias, por una negligencia
de un material que entró en su día en el
Estado español y que a lo largo de estos años ha producido esta
situación. En el caso concreto de la ciudad de Valencia
desgraciadamente hay numerosos casos en diversos barrios de la
periferia, que afectan a familias de unos niveles de rentas muy
bajos, y el que se consideren estas indemnizaciones o estas ayudas
como incremento patrimonial es una carga muy lesiva, además de la que
han tenido que soportar para la rehabilitación de sus edificios en
mal estado. Por tanto, doy por defendidas estas enmiendas números 5 y
16.

Respecto a la enmienda número 6 tengo que manifestar que por un error
a la hora de formular la enmienda, porque trabajamos sobre algunos
preceptos del anteproyecto, la retiro por la manera en que fue
planteada en su día por parte de Unión Valenciana, pero coincido en
el fondo, en la forma y en la filosofía de la enmienda número 101 del
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), en el sentido de que se
consideren rentas exentas esas prestaciones por desempleo reconocidas
por las respectivas entidades gestoras cuando se perciba en la
modalidad de pago único, porque pensamos que es muy importante
eliminar trabas y que si consideramos rentas exentas estas
prestaciones, de alguna manera ello puede motivar el autoempleo,
puede suponer una inyección económica y que se creen puestos de
trabajo por esa modalidad del autoempleo. Por tanto, doy por
retirada mi enmienda número 6 y doy por defendidas las enmiendas 5 y
16 de Unión Valenciana y el resto de enmiendas presentadas por el
Grupo Parlamentario Mixto a este artículo 7 del título I referente a
las rentas exentas.




El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el
señor Martínez-Pujalte.




El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Vamos a hablar del título I, sujeción
al impuesto, aspectos materiales, personales y temporales. En primer
lugar, me gustaría señalar que ya hay algún artículo en el que hay
acuerdo, en el artículo 6 hay un acuerdo. Todos los grupos estamos de
acuerdo en el hecho imponible, lo que es un avance, no es todo tan
caótico como parecía. Es verdad es que las enmiendas -y el señor
Fernández Marugán hacía una primera intervención un poco sobre la
totalidad del texto- del Grupo Socialista, y en este artículo luego
hablaremos de algunas, eliminan progresividad y hacen más regresivo
el impuesto. Él hablaba de aumentar las bases. Las enmiendas del
Grupo Socialista en este artículo disminuyen las bases, no las
aumenta. Hablaba también del mínimo exento y de que si esto era un
tipo proporcional. No, no vamos a poner un tipo proporcional. Es un
impuesto progresivo y es un impuesto que tiene un mínimo personal y
familiar adecuado a las circunstancias de cada contribuyente.

Mínimo exento había antes. Ahora lo que hemos hecho es establecer
un mínimo personal y familiar adecuado a cada circunstancia. Las
enmiendas del PSOE no aumentan la equidad del impuesto, la
disminuyen; no aumentan la progresividad, dan más regresividad. Lo
que sí es verdad es que las enmiendas del PSOE son dinámicas, porque
ahora dicen lo contrario de lo que decían hace un año; ahora dicen lo
contrario de lo que decían hace unos meses. Tengo aquí el «Diario
de Sesiones» donde señor Hernández Moltó, entonces portavoz
socialista de Economía, hacia un alegato contra el splitting que no
leo porque les divertiría. Decía



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que era un sistema injusto, que elimina progresividad, que impide que
el cónyuge se incorpore al mercado laboral. Ahora el PSOE viene con
una enmienda del splitting atenuado, pero splitting. El proyecto y
las enmiendas del PSOE se acomodan a las circunstancias, porque hoy
dicen lo contrario de lo que decían en el año 1994; eliminaban unas
exenciones y hoy las quieren restaurar. Nosotros entendemos que es
importante tener un impuesto sintético, pero mirando lo que sucede en
el resto de Europa. El impuesto del IRPF que hoy debatimos tiene ese
carácter sintético, ese carácter progresivo, pero no deja de mirar lo
que pasa en el resto de Europa. Hoy no pasa como en 1978, cuando se
ideó este impuesto, que cualquier país podía plasmar su ideal de
equidad gravando todos los rendimientos con igual tipo, procedieran
de donde procedieran, sin mirar lo que sucedía en Europa. Eso hoy
no es posible. Eso era posible en la redacción de aquel impuesto que
se hizo usando de libro de cabecera el informe Carter, gravar todos
los rendimientos, procedan de donde procedan, con el mismo tipo.

Hoy, con un mercado globalizado, con un mercado sin fronteras, el
dinero se mueve a velocidad de internet y busca las costas más
cálidas para descansar, y la emigración de bases que produciría un
tipo impositivo superior al del resto de los países tendría efectos
desastrosos para la recaudación, la inversión y el empleo. Por tanto,
nosotros entendemos que este impuesto, de carácter sintético pero con
una base general y una base especial, es el adecuado.

Al artículo 7, rentas exentas, se han presentado el mayor número de
enmiendas. Es lógico que los grupos de la oposición, a la hora de
pedir exenciones, se apunten. Hay veintisiete emiendas pidiendo
exenciones. Es lógico, no lo crítico, es una reflexión que hago en
voz alta. Es más fácil. Luego hablan del coste del impuesto. Con las
enmiendas del PSOE -y lo iremos viendo enmienda por enmienda- a este
artículo aumenta el coste del impuesto. Esa es una realidad. Luego
usted hablará del gasto social, del riesgo del gasto social,
etcétera, pero con las enmiendas del PSOE a este título aumenta el
coste del impuesto. Y ya verán cómo, cuando vayamos avanzando en el
debate, esos eslóganes del principio quedan en agua de borrajas
porque a la hora de concretar sucede lo contrario de lo que se
predica. Y esta es una muestra.

Hay cinco grupos esenciales de petición de rentas exentas. Yo me voy
a referir uno por uno a los cinco. E1 primero se refiere a las
exenciones que figuran en los puntos f) y g), las prestaciones
reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las
entidades que la sustituyan, como consecuencia de la incapacidad
permanente absoluta o gran invalidez y las pensiones por inutilidad o
incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que
la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de las mismas
inhabilitare por completo al perceptor de la pensión para toda
profesión u oficio. Sobre este tema podemos hacer una reflexión, qué
tipos de rentas se deben gravar en el impuesto. En un impuesto
subjetivo, en un impuesto que grava el conjunto de rentas de cada
contribuyente ¿es lógico que algunos contribuyentes que perciben
algún tipo de pensiones, aunque tengan otras rentas elevadísimas de
otra fuente, tengan esas rentas exentas? Mi reflexión, que lanzo para
el análisis de todos los grupos, es que algunas rentas,
por su especial significación, pueden quedar totalmente exentas; son
las que figuran en las letras f) y g) del artículo7, que son la gran
invalidez, la absoluta invalidez, en el caso de la Seguridad Social,
o las pensiones que inhabiliten para otro trabajo ,en el caso de las
clases pasivas. Entendemos que esas deben quedar exentas por su
especial significación, porque imposibilitan al ciudadano o
ciudadana para otro cualquier trabajo. Pero aquellas otras rentas que
no impiden otro trabajo ¿no se deben integrar en la base? Es una
reflexión que yo lanzo. Un jugador de fútbol -el caso es real-
internacional y además titular del Real Madrid tiene una lesión y
percibe una pensión, porque no puede ya seguir jugando al fútbol;
¿esa pensión tiene que quedar exenta, aunque esté ahora ejerciendo
otro trabajo como entrenador de primera división? ¿Tiene que quedar
exenta? Es una reflexión que se puede hacer y entiendo que el señor
Ríos me diga que en mi programa electoral lo ponía. Efectivamente,
señor Ríos, lo ponía en mi programa electoral y en mi programa
electoral hemos hecho que estén exentas las pensiones por
incapacidad, porque la situación no es igual, la situación es
radicalmente distinta, para los discapacitados, en este proyecto de
lo que había hasta ahora.

Nosotros, mi grupo parlamentario y los grupos que apoyan al Gobierno,
Convergencia, Coalición Canaria, creo que también el PNV, porque así
lo tiene en su libro blanco para el impuesto en el País Vasco, hemos
tenido una extraordinaria sensibilidad con los discapacitados,
extraordinaria, y espero que esa sensibilidad que hemos demostrado
sea acompañada por el resto de los grupos apoyando nuestros artículos
al tratamiento de los discapacitados. Hemos puesto unas reducciones
en el mínimo personal y familiar que oscilan entre 850.000 y
1.150.000, y además para los discapacitados que ejercen un trabajo
aumentamos la reducción en un 80 por ciento. El PSOE, por cierto,
tiene una enmienda con la que sólo quiere darle a los discapacitados
el 50 por ciento más, ahí muestran una cierta tacañería que espero
que corrijan a lo largo de este debate, porque hay que tener una
especial sensibilidad con este colectivo. Yo les pido que se unan al
consenso en el 80 por ciento.

Además, queremos seguir avanzando en el tratamiento de los
discapacitados y quiero decirle al señor Homs, que tiene una enmienda
viva, la 245, y que ha hablado de un tema muy interesante, que es el
establecimiento de un sistema de previsión social complementario
para discapacitados de alto grado, que mi grupo quiere dar un
tratamiento especial al un sistema específico para previsión social
complementaria de discapacitados de alto grado. Entendemos que las
familias que tienen en su seno discapacitados de alto grado, psíquicos
o no, pero de muy alto grado, tienen un problema y es bueno que
creemos un marco jurídico y fiscal para que esas familias puedan
asegurar un futuro mejor a esos miembros de la unidad familiar. Ahí,
señor Homs, vamos a llegar a un acuerdo en el Pleno, usted lo sabe,
porque entendemos que es bueno. No votaremos la enmienda aquí, porque
estamos trabajando con otros grupos parlamentarios y con el sector
para determinar cuá1 debe ser ese instrumento de previsión social
para discapacitados. Además, vamos a mejorar el marco fiscal para
la adaptación de las viviendas de los discapacitados. Nosotros
pediríamos que el Grupo Socialista, Izquierda Unida y el



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resto de los grupos se unan al consenso generalizado de los grupos
que apoyan al Gobierno. Por tanto, señor Ríos, estaba en nuestro
programa electoral, pero están exentas esas pensiones cuando los
contribuyentes son de bajo poder de renta a través del mínimo familiar
y de las reducciones del trabajo. No hay contradicción, señor Ríos.

Asumimos lo que poníamos en el programa y lo hemos cumplido.

El segundo gran capítulo son las prestaciones por desempleo en pago
único. Señor Zabalía, usted demuestra una gran sensibilidad en este
tema, que hemos compartido en proyectos anteriores. Ya sabe que lo
primero que se hizo en la ley de acompañamiento, que no le gusta al
señor Ríos pero que a veces tiene efectos muy positivos, fue poner
una exención de 500.000 pesetas para facilitar que los desempleados
tuvieran incentivos para incorporarse al mundo laboral a través de
cooperativas, sociedades anónimas laborales, etcétera. Esa exención
nos parecía muy importante y la apoyamos los grupos que sustentan al
Gobierno. Esa exención la aumentamos a un millón de pesetas en la ley
de acompañamiento de 1998 y ahora la mantenemos en el artículo 7.

Por tanto, señor Chiquillo, yo le agradezco que retire la enmienda
y se una al consenso de pasar de medio millón a un millón. Nos parece
que un millón es mejor que medio millón y en ese sentido repito que le
agradezco su unión al consenso. E1 Grupo Socialista no quiere que
figure esta exención, la quiere retirar. A nosotros nos parece muy
importante incentivar la incorporación de los desempleados al mundo
laboral, y por eso les pedimos de verdad, señor Fernández Marugán,
que reflexionen. Nos parece importante que ustedes también se unan a
este consenso. Creo que el señor Vázquez, del Grupo Mixto, propone
elevarla a tres millones. Nosotros entendemos que tres millones
se pasa. La prestación máxima en pago único es de 2.200.000. Pedir
tres millones no es posible, se sale de la realidad. Aveces algunas
enmiendas se salen de la realidad. Dice el señor Zabalía que todo.

Nosotros pensamos que hay que evaluar el efecto que está teniendo
esta medida y luego podremos seguir ampliándola. En concreto, lo
que nosotros establecemos en el proyecto, y me gusta que figure en el
«Diario de Sesiones», para que sirva de interpretación correcta de
la norma, es una exención de un millón de pesetas, que figura en el
artículo 7.n). En el artículo 14, en reglas especiales, punto 2,
letra c), se dice que el exceso del millón de pesetas hasta el
máximo, que pueden ser 2.200.000, se impute en el ejercicio en que
se hubiera percibido en caso de prestación regular. Nos parece que
una exención, señor Zabalía, importante, en el artículo 7,
complementada con una imputación temporal a lo largo de los dos años
en que se hubiera percibido, da un tratamiento muy favorable. Será
bueno seguir reflexionando en el futuro, en sucesivas leyes de
acompañamiento, para poder seguir armonizando este tema y facilitar
la incorporación de los desempleados al mundo laboral.

E1 tercer grupo de exenciones que se pide es la eliminación de la
referencia a que la ley de presupuestos pueda estimar unos premios
sujetos a tributación. Nosotros no queremos gravar los premios. No
vamos a gravar los premios. Entendemos que los premios no deben ser
gravados, pero si podríamos hacer una reflexión conjuntamente. Es
fácil pedir exenciones, sobre todo para la ONCE. Nosotros apoyamos a
la ONCE y a la Cruz Roja. Creemos que contamos
con todos los grupos parlamentarios que están dando soporte al
Gobierno al apoyarlos, para que ni a la ONCE ni a la Cruz Roja les
falte la financiación suficiente para poder cumplir sus finalidades.

Queremos apoyar el cupón y queremos apoyar los sorteos de la Cruz
Roja. No vamos a tomar ninguna medida que vaya en menoscabo de la
financiación de la ONCE y de la Cruz Roja, pero una reflexión sobre
si los contribuyentes que perciben grandes premios tienen que aportar
algo al gasto público es una reflexión que hay que hacer. Reitero que
no vamos a gravar los premios. No se abre una puerta, señor Marugán
y señor Ríos. Abrir una puerta sería dejarlo al arbitrio
reglamentario. Cuando se dice que es el Parlamento el que tiene que
decidir, en sesión plenaria, gravar esos premios no estamos abriendo
ninguna puerta.

E1 cuarto grupo son las subvenciones para la rehabilitación de la
vivienda en el caso de defectos estructurales. Hemos estudiado una
fórmula que facilita que los contribuyentes de rentas medias y
bajas se puedan aprovechar casi de la exención a través de una
atenuación, porque se impute a lo largo de los cuatro años
siguientes. Si un contribuyente de rentas bajas recibe una
subvención para rehabilitar la vivienda, porque tenga un defecto
estructural no imputable al él mismo, sea aluminosis o sea
cualquier otro defecto estructural, con una mano la recoge y con la
otra se la da al constructor, ese contribuyente tiene derecho a la
deducción por mejora de su vivienda. Lo que nosotros queremos es
atenuar el impacto para los contribuyentes de rentas bajas,
planificándolo a lo largo de los cuatro años siguientes. Con eso
creemos que damos una solución al problema que se ha planteado y sería
bueno que la enmienda transaccional que ha presentado mi grupo a una
enmienda de Convergencia i Unió, a dos enmiendas del Grupo de
Izquierda Unida y a otra enmienda -aunque no lo pone en la
transacción- de Unión Valenciana fuera aceptada por la mayoría de la
Cámara.

Señorías, me permitirán una referencia a la enmienda del Grupo
Socialista al artículo 11. Es el único grupo que presenta enmiendas a
este artículo, que es la individualización de las rentas. Quieren
introducir un splitting atenuado. Es un sistema copiado, mal copiado,
porque tiene alguna variación, de la fiscalidad belga. En la
fiscalidad belga está el splitting atenuado para los rendimientos
profesionales y aquí se plantea para los rendimientos del trabajo. Ya
saben sus señorías que esta es otra enmienda que tiene un coste
elevadísimo. Estamos hablando de cientos de miles de millones. Cuando
está en peligro el gasto público, según el Grupo Socialista,
presentan otra de enmienda que aumenta mucho el coste de la reforma,
Mucho. Me preguntan el coste. Yo lo tengo calculado, pero, como
ustedes dicen que es el 35 por ciento del coste de la mía, cuando
ustedes me digan el coste, yo se lo diré, pero lo tengo calculado.

(Risas.) Con esta enmienda benefician a contribuyentes de rentas
medias y altas, y además con regresividad, porque cuantas más rentas
generan, más pueden transferir. Eso encaja mal con los argumentos que
hemos oído en el título preliminar. Por otro lado, desincentivan el
acceso del cónyuge al trabajo, incentivan que uno de los cónyuges
se quede en casa. Si eso les parece progresivo, ¿qué cosas decían y
qué cosas dicen, qué cosas decía el señor Hernández Moltó y qué
cosas hemos tenido que oír del señor



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Fernández Marugán? E1 impuesto que ha diseñado el Grupo Socialista es
más injusto, pero dinámico sí es.

Van cambiando según les parece. Y yo les pregunto, ¿no sería mejor
atenuar la progresividad en el caso de las cargas familiares, en
vez de en el splitting? ¿No sería mejor atenuar la progresividad
cuando hay más cargas familiares? ¿No es mejor atenuar la
progresividad cuando un señor tiene un discapacitado en su familia?
¿No es mejor atenuar la progresividad cuando una familia tiene varios
hijos, cuando una familia tiene personas mayores a su cargo? ¿No sería
mejor que se unieran al consenso de atenuar la progresividad en esos
casos y no empezar ahora con un splitting atenuado?
El Grupo Socialista ha presentado otra enmienda, la 302, que tiene un
sentido importante. Pide la supresión del apartado 4 del artículo 14,
para que, en caso de fallecimiento, las rentas no se imputen al
contribuyente en ese momento si no se han generado. Esa enmienda,
señor Fernández-Marugán, le pido que la considere a la luz de la
enmienda 82, que presentó el Grupo Parlamentario Popular, que se ha
incorporado en ponencia como un apartado 5 al artículo 80, que
permite el diferimiento. Con nuestra enmienda, incorporada en
ponencia, una enmienda que había presentado Coalición Canaria,
Convergencia i Unió y el Grupo Popular, damos solución al tema que
ustedes plantean. Yo les pediría, si lo consideran conveniente, que
retiren esta enmienda, porque ya no ha lugar, y que la entiendan
transaccionada.




E1 señor PRESIDENTE: Señor Fernández Marugán.




E1 señor FERNANDEZ MARUGÁN: Voy a ser breve, señor presidente.




Vamos a empezar por la letra ñ) del artículo 7. El señor
Martínez-Pujalte ha tenido bastante interés, lo ha hecho con
reiteración, en decir que no van a hacer uso de la habilitación que
el proyecto de ley establece en favor de la Ley General de
Presupuestos para regular el tratamiento fiscal de los premios de la
lotería, de la Cruz Roja y de la ONCE. La primera pregunta que se nos
plantea es: Si no va a hacer uso de esa habilitación legal, ¿por qué
este precepto? Aquí caben, en principio, dos posibilidades: una
bastante rígida, que es, producido el escándalo y saltado a la
opinión pública un debate sobre si los premios de la lotería
deberían estar sometidos o no a tributación, se ha querido plantear y
mantener el criterio explicitado en un primer momento por el
Gobierno y por los funcionarios del Ministerio de Hacienda y no dar
el brazo a torcer. A nosotros, que se nos ha acusado aquí de ser
acomodaticios, seamos sinceros, no nos parece en este momento que
deba adoptarse, por parte del Grupo Popular, un criterio tan rígido
como es regular una situación y decir que no se va a hacer uso de esa
regulación. Porque mucho me temo que estamos alimentando una
posibilidad y alimentando que ahí quede ese precepto para que el día
de mañana se pueda hacer uso de él según con- venga ante quienes
tengan la capacidad en este momento de hacer alguna modalidad de
lotería o de juego de azar. Por lo tanto, nosotros nos vamos a
mantener, en ésta y en otras enmiendas, en los criterios que se han
establecido a lo
largo de la exposición referida a los artículos que van del 7 al 14.

De nuevo quisiera señalar algunas ideas que han ido planteándose en
estas intervenciones, que siguen siendo todavía intervenciones de una
cierta totalidad. Yo no tengo ningún prejuicio en reclamarme de
algunos elementos doctrinales. No soy de los que creen que menoscaba
la legislación decir que proceden de algún buen libro o de algún
buen dictamen de la teoría de la Hacienda pública. Hacer aquí, a la
altura de 30 años de literatura de hacienda y de economía política,
un cierto menoscabo del informe Carter es simplemente una actitud
poco solvente. No me gustaría entrar en calificativos de otra manera,
pero no ha habido, en materia de teoría de la hacienda, ninguna obra
que haya tenido la altura intelectual y la influencia política que
tuvo aquel informe que se le ocurrió encomendar a un alto funcionario
a la administración canadiense. Entre otras cosas porque partía de un
principio que a mí me sigue pareciendo, 30 años después, un
principio excelente, que es que a todos los contribuyentes y a todos
los rendimientos, un impuesto como éste los debe tratar por igual. Y
mire usted por donde nos encontramos con un proyecto de ley que ni
trata por igual a todos los contribuyentes ni trata por igual a todos
los rendimientos.




He de decir que estamos ante de un proyecto de ley que culmina la
tercera etapa de un procedimiento de una iniciativa legislativa
destinada fundamentalmente a una cosa: a laminar la progresividad del
sistema tributario español, empezó la operación de laminación con el
decreto-ley de plusvalías, continuó con el tratamiento en favor de
las rentas empresariales y de las rentas profesionales y tiene como
fase más completa este proyecto de ley. En este proyecto de ley ha
llegado el momento de los salarios altos, y eso se nota en el
vaciamiento de la base imponible del tributo, que se hace de
múltiples maneras, con exenciones, con deducciones, con reducciones.

No es un problema de tarifa, no es pasar del 56 al 48 por ciento. Es
que ese 56 o ese 48 por ciento, o el tipo que quiera establecer el
Legislativo a la hora de aprobar esta ley, se aplica a una cantidad
sensible- mente menor. Y hay contribuyentes que verán cómo su base
imponible apenas experimenta una minoración y hay ccontribuyentes que
observarán cómo partes importantes de su base imponible quedan
definitivamente fuera del impuesto.

Tendremos ocasión de analizarlo largamente. Eso y la referencia que
usted ha hecho a los procedimientos en virtud de los cuales
nosotros pretendemos establecer criterios que eviten la
discriminación. Yo lo podría entender en 1978, lo podría entender. Yo
tengo mucho respeto por la reforma de 1978, muchísimo; creo que
cuando veamos los sistemas tributarios con una cierta perspectiva,
veremos un impuesto grande, diseñado hace 20 años, y veremos otra cosa
diseñada en este momento. Son los dos grandes impuestos de la renta
de la segunda etapa o de la segunda parte del siglo XX, pero desde
luego obedecen a distintas concepciones, políticas, tributarias,
inclusive actitudes, de quienes los promovieron en la Unión de Centro
Democrático en aquel entonces y en el Partido Popular hoy día.

Podía entender que en aquel momento se produjera un fenómeno de
acumulación, pero esta sociedad, a la que no



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tengo ningún inconveniente en tratar de acomodarme, ha ido
experimentando una evolución a lo largo del tiempo. Esta sociedad
quiere, en este momento, avanzar en un fenómeno sobre el cual
debatiremos, y es en qué grado y en qué medida pasamos de aquel
gravamen que sujetaba el impuesto a la unidad familiar a este
gravamen que dice que somete al impuesto al contribuyente individual.

Ese gravamen que somete al impuesto a un contribuyente individual se
encuentra con algunos elementos de discriminación, y es que el
régimen de gananciales establece una división en el 50 por ciento en
una parte destacada de los rendimientos, que el sistema de imputación
y determinación de la renta de profesionales y emprearios permite una
atribución mucho más flexible. En este momento, el rendimiento peor
tratado, a través de una pléya de destacada de medidas, es el del
trabajo dependiente. A ese rendimiento, este proyecto de ley ha sido
extraordinariamente insensible, y a esos contribuyentes, que
-insisto- superan los seis millones de declarantes, que sólo tienen
un perceptor, gue son familia prototipo: el cónyuge no tiene actividad
laboral, sus hijos van al colegio y quizás, al cabo de unos años de
fuerte sacrificio, ya hayan pagado la vivienda habitual. ¿Qué mensaje
le da este proyecto de ley a ese tipo de contribuyentes?
Hay una cosa que si diré, lo ha mencionado algún interviniente y lo
repetiremos mañana. En teoría de la hacienda, resulta elemental que
los criterios de la progresividad se mantiene, mejor cuando uno
establece las deducciones en la cuota que cuando establece las
deducciones en la base. Las deducciones en la cuota permiten una idea
de igualdad que en modo alguno se puede establecer con el mecanismo de
deducciones en la base, porque los efectos de una deducción en la
base se extienden a lo largo y a lo ancho de toda la tarifa. Aquí hay
un problema de igualdad, hay un problema de progresividad y hay un
problema de neutralidad.

Seamos sinceros, la derecha española ha aprovechado bien su momento
político, pero dibuja una relación jurídico-tributaría alejada
completamente de los patrones que existían en el momento anterior y,
desde luego, una relación, jurídico-tributaria en la que la víctima
fundamental es la progresividad. Nosotros se lo vamos a decir a los
españoles y les vamos a pedir su apoyo y su confianza para que este
gravamen dure poco tiempo, porque si dura mucho tiempo, hará bastante
daño.




El señor PRESIDENTE: ¡Vaya con la letra ñ) del artículo 7, que era a
lo que estaba replicando! Les ruego, señores diputados, por última
vez, que procuren no reabrir el debate de totalidad porque entonces
podemos estar discutiendo hasta el día del juicio por la tarde y,
sin lugar a dudas, no acabaremos.

Señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Señor presidente, quiero rebatir los tres
paquetes de enmiendas que Izquierda Unida tenía -dos sobre las
exenciones de la incapacidad total y absoluta, dos sobre el juego y
dos sobre la aluminosis- se han utilizado términos que no han sido
solamente -permítanme SS.SS.- para contradecir la argumentación.

Desde mi punto de vista, se han extrapolado de manera exagerada
para favorecer una argumentación política y eso, en el diccionario
de la Real Academia Española se llama demagogia. (Rumores.) Voy a
intentar decir por qué.

Se ha dicho que nuestra propuesta favorecía a un jugador del Real
Madrid que está lesionado, que cobra, pero que entrena. No, la
propuesta de Izquierda Unida favorece a17.000 pensionistas,
fundamentalmente de la minería y del textil, y a funcionarios
públicos. A esos funcionarios públicos y a esos mineros el Partido
Popular les dijo que iría al régimen anterior del año 1994. Pues
bien, o no sabían lo que decían o no lo tenían presupuestado o lo
dijeron para no cumplirlo, porque en el programa se dice
textualmente: Tratamiento fiscal de las pensiones respetando la
exención sobre el IRPF que venía disfrutando la incapacidad total y
absoluta hasta el 1 de enero de 1994. Eso es lo que tienen que hacer,
todo lo demás es furufalla y blea, todo lo demás es rizar el rizo.

Ha utilizado como argumentación la extraordinaria sensibilidad que
tiene el Partido Popular por las deducciones que van a introducir
en la base para los discapacitados. Yo no entiendo nada. El que es
discapacitado no está exento de unos niveles de renta. Uno puede ser
discapacitado y tener coche, chófer, chacha y ocupación, y otro
puede estar en el desempleo. El ser discapacitado no define nada, lo
que define es la renta que tiene en sus manos. Por tanto, la gran
propuesta es ser discapacitado con independencia de la capacidad
económica. Eso es lo regresivo que hace el Partido Popular. Pero
luego dice que lo han metido en el mínimo familiar exento porque han
añadido las deducciones. Esto tiene que ser una innovación
revolucionaria, todo está previsto. Lo vamos a reducir, lo vamos a
colocar ahí y ya están exentos. ¿Por qué no van y se lo explican a
los que lo están manteniendo, porque son, los mismos con los que se
comprometió el Partido Popular; por qué no se lo explican a esos
17.000 ciudadanos? Eso es lo importante para saber de lo que estamos
hablan- do; si no, parece que todo es que queremos defender a ese
jugador del Real Madrid. ¿Por qué, en lugar de poner esto, presentan
una enmienda que excluya esas situaciones de privilegio? Presenten
una enmienda transaccional y la estudiaremos.

En segundo lugar, dice que el Partido Popular y los que soportan, al
Gobierno no quieren introducir un gravamen, al impuesto, que quieren
apoyar a la ONCE y a la Cruz Roja. Si eso es así, ¿por qué no votan
la enmienda que retira del texto del proyecto la frase «excepto
aquellos que anualmente pueda establecer la Ley de Presupuestos
Generales del Estado»? La mejor forma de que no lo hagan es que no lo
pongan. Fíjense en que, aunque no lo pongan, no hay garantía de que no
lo hagan, puesto que estamos hartos de ver cómo la ley de amañamiento
modifica sistemáticamente todos los años todas las leyes, incluida
la del IRPF, incluso ha habido apartados de la Ley de acompañamiento
que ha modificado un mismo articulado de forma contradictoria y
diferente. Hacemos maravillas.

Por último, la aluminosis. En la propuesta que se hace en las
transacciones que se nos han presentado -o bien a Convergencia; o
bien a Convergencia y a Izquierda Unida, o bien a Convergencia, a
Izquierda Unida; y al Grupo Mixto- es verdad que, al distribuirlo
entre cuatro pagos, puede reducirse el efecto de entenderlo como
renta, pero



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no se corrige la mayor, que es no entenderlo como renta; y, sobre
todo y más importante, será para los que ahora la pidan. ¿Y los que
la han tenido hasta ahora? A eso le aplicamos lo de olivica comía,
huesecico al suelo; pero ya la olivica está en su sitio y el
huesecito está en otro lado. (Rumores.) Como eso no solventa la
situación que tenemos, nosotros preferiríamos, señor presidente,
mantener nuestra enmienda con ánimo de escudriñar un poco más otras
vías, con independencia de que no nos parece mal - mas vale una cosa
que ninguna- el que esa transacción a una enmienda del Grupo de
Convergencia i Unió pueda votarse. Nosotros no retiraremos nuestra
enmienda para esa transacción, aunque tendremos una disposición
diferente a una transacción ofertada a la enmienda 244.

Señor presidente, voy a corregir una afirmación que he hecho antes
respecto a la enmienda 299, del Grupo Socia- lista, que vamos a votar
a favor. Vamos a votar a favor de la enmienda 16, del señor Chiquillo,
y de la enmienda 244,del Grupo Catalán, si es que se someten a
votación; si se someten a votación las transaccionales, también las
votaremos.

Señor presidente, nada más. Le agradezco su paciencia.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ríos; y no solamente la
mía, sino la de todo el conjunto de señoras y señores diputados.

(El señor Zabalía Lezamiz pide la palabra.)
Dígame, señor Zabalía.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Quería saber si se puede replicar
levemente.




El señor PRESIDENTE: No, no se puede; pero usted puede.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: ¿Se puede o no se puede?



El señor PRESIDENTE: Se puede, pero poco.




El señor HOMS I FERRET: Señor presidente, supongo que después de mi
intervención, claro está.




El señor PRESIDENTE: Señor Homs, ¿pero usted para qué quiere
intervenir? Señor Homs, ¿acepta o no acepta la enmienda
transaccional a su enmienda 244?



El señor HOMS I FERRET: Señor presidente, yo solamente le pido el
turno de réplica a que tiene derecho todo grupo parlamentario. Si me
lo concede, yo se lo agradezco; si no, mala suerte.




E1 señor PRESIDENTE: Señor Homs, si usted no ha sido replicado en
absoluto en sus argumentaciones, sino alabado; todo lo contrario.

(Risas.) ¿Acepta o no acepta la enmienda 244?



E1 señor HOMS I FERRET: Señor presidente, lo único que le pido...

E1 señor PRES1DENTE: Si, señor Homs, tiene usted la palabra, y
ejérzala como tenga por conveniente.




E1 señor HOMS I FERRET: Señor presidente, yo acepto la enmienda
transaccional del Partido Popular, pero quisiera indicar que en esta
enmienda que nos propone imputar por cuartas partes las ayudas que se
perciban para compensar los defectos estructurales en la construcción
de las viviendas habituales, al situarse por cuartas partes, esta
ayuda pasa prácticamente a quedar desfiscalizada, porque al imputarse
por una cuarta parte la mayoría de los supuestos de niveles de
renta quedan por debajo del mínimo vital exento. Se entenderá que es
renta que da derecho al mínimo exento por percepción de rentas del
trabajo y también por el mínimo vital aplicable a cualquier persona
que perciba rentas. De la combinación de ambas deducciones, la
imputación por cuartas partes prácticamente somete a
desfiscalización esta ayuda. Podría darse algún supuesto en que no
fuera así, pero en este caso sería un supuesto de ele- vado nivel de
renta y de elevada ayuda, por la compensación de defectos
estructurales. Nuestro grupo entiende que si se perciben grandes ayudas
o se tienen elevados niveles de renta no tiene razón de ser conceder
esta exención.

Por último, y termino, señor presidente, quisiera conocer la
opinión del señor Martínez-Pujalte, presente en la Cámara, que está
siguiendo los debates con mucho detalle y atención, y respondiendo
las observaciones de los distintos grupos. Sobre declarar rentas
exentas las pensiones absolutas cuando se perciben por la Seguridad
Social y no saber si quedan exentas cuando se perciben por una
entidad que es sustitutoria de la Seguridad Social, como puede ser el
supuesto que contempla la Ley del seguro privado cuando los
profesionales por cuenta propia optan entre coberturas del RETA o
coberturas de la mutualidad del colegio profesional. En los supuestos
de la mutualidad del colegio profesional la pensión absoluta de
invalidez tendría que tener el mismo régimen fiscal que la del
sistema de la Seguridad Social por autónomos.

Nada más, señor presidente. Deseo agradecerle su atención, su
bondad y su paciencia en concederme la palabra, en escucharme y en
atender mis argumentos.




E1 señor PRESIDENTE: Tiene usted razón en lo de la bondad, porque soy
buenísimo.

Señor Zabalía.




E1 señor ZABALÍA LEZAMIZ: De la contestación que me ha dado el
portavoz del Grupo Popular sobre la propuesta que hacemos en
nuestra enmienda, en el sentido de que las prestaciones por desempleo
estén exentas y desaparezca el límite del millón de pesetas, me daba
la sensación de que estaba de acuerdo por cuanto ha dicho que en
principio puede estar previsto que en el futuro en la ley de
acompañamiento se pueda seguir subiendo este límite. En la Ley de
acompañamiento se estableció un límite de quinientas mil, se ha
pasado al millón, y es posible que en el futuro se siga ampliando
este límite. Lo que pasa es que he creído entender que falta
evaluación. Tendrá que estar evaluado, deberían tener evaluado
cuánto supone este destope del millón de pesetas, por cuanto que
existen unas estadísticas que reflejan cuá1 es la media de
percepción por una



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cantidad cobrada por prestación por desempleo como capital. Existen
las estadísticas, se sabe cuá1 es la media y, por tanto, eso se puede
evaluar.

No entiendo demasiado por qué hay que ir elevando anualmente esta
cantidad. Ya existen limitaciones suficientes. La limitación de la
percepción es clara, no se puede cobrar cualquier cantidad en
prestación capitalizando el desempleo, porque está regulado por la
legislación laboral. Existe una limitación clara en cuanto a la
percepción, y existe una limitación en cuanto a la finalidad que se
va a aplicar. Ya existen limitaciones suficientes. ¿Por qué poner
además una limitación añadida del millón de pesetas? ¿Por qué el
millón y no el millón y medio?
A mí me parece que se está regateando algo que tiene como finalidad
prioritaria el mantenimiento y la creación de empleo. Yo creo que
habría que ser más generosos, por- que sensibilidad parece que existe
y se está de acuerdo con la norma. No entiendo por qué se tiene que
seguir limitando al millón de pesetas cuando en la ley de
acompañamiento, que trataremos en octubre, posiblemente estaremos
viendo el hecho de que se amplíe esta cantidad.

Yo creo que cuando estamos en un proceso de reforma del impuesto
sobre la renta lo que tenemos que evitar es el que permanentemente
todos los años en la ley de acompañamiento estemos regulando el
impuesto sobre la renta. Lo que me llama la atención es que algunos de
los aspectos que no queremos contemplar ahora los dejemos para con-
templarlos en la ley de acompañamiento. A mí me parece que eso no está
bien, por principio. Estar trasladando ahora aspectos de la reforma
del impuesto sobre la renta a la próxima ley de acompañamiento es,
entre otras cosas, improcedente. Algún día tendríamos que acometer
el hecho de que la ley de acompañamiento deje de ser lo que es, un
saco sin fondo para estar permanentemente modificando aspectos
legislativos de todo tipo. Desde luego, no me gustaría que en la ley
de acompañamiento de este año empecemos a reformar el impuesto sobre
la renta que vamos a aprobar en la misma fecha. Esa es una
incongruencia que se debe evitar. Reformemos lo que haya que
reformar ahora, y no lo dejemos para la ley de acompañamiento.

El planteamiento que hacemos de destopar el millón de pesetas tiene
poca repercusión desde el punto de vista de ingreso tributario, daría
seguridad, y sobre todo lo que provocaría es el fin que se persigue
con todo esto. ¿Qué se persigue? No regatear a aquellas personas
que cobran el desempleo como capitalización y lo emplean en invertir
en la empresa quinientas mil pesetas arriba o abajo. Destopar esto es
algo que encaja perfectamente con la filosofía de este impuesto: la
creación de empleo, que es lo que dice la exposición de motivos.




E1 señor PRESIDENTE: Por la cosa del fuero, tiene la palabra el señor
Martínez-Pujalte.




El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LOPEZ: Voy a contestar desde la última
intervención, la del señor Zabalía. Cuando me refería a evaluación no
lo hacía a evaluación económica, sino al impacto de la medida en la
incorpora- ción de desempleados al mundo laboral; evaluación de la
medida.

Señor Zabalía, usted y yo compartimos la misma filosofía en este
tema y hemos votado conjuntamente la introducción de esta renta
exenta a lo largo de las últimas leyes de acompañamiento. Estamos
perfectamente de acuerdo en esta filosofíla. Nos parece apropiado que
facilitemos la incorporación de los desempleados al mundo laboral,
pero, evidentemente, hay que tener un cierto equilibrio entre los
desempleados que cobran una renta regular y no se incorporan al
mundo laboral, a quienes hacemos tributar y cuya prestación por
desempleo no está exenta, y los que la perciben en pago único y la
declaramos exenta. Ese cierto equilibrio nos exige madurar las
decisiones y tomarlas cuando hayamos reflexionado suficientemente
sobre el tema, cuando hayamos meditado profundamente, cuando
hayamos evaluado los impactos que han ido teniendo. Señor Zabalía,
hemos puesto un millón de pesetas exento, y luego en el artículo 14
un diferimiento, que también facilita que no tengan que pagar por algo
que no percibe. Por tanto, señor Zabalía, mi grupo entiende que hemos
avanzado suficientemente y en el futuro, reflexionando y no
desequilibrando el sistema, hay que seguir trabajando.

Al señor Ríos le diré que nosotros vamos a cumplir nuestro programa
electoral siempre y, por tanto, entendemos que la exención a ese
tipo de prestaciones para las personas con baja renta se tiene que
conceder, pero esa exención tiene que ir en la línea del mínimo
personal y familiar; exención repito, pero en la línea del mínimo
personal y familiar. Cumplimos nuestro programa escrupulosamente,
pero vamos en otra línea. En vez de ir por la línea del artículo 7
que usted propone, vamos por la del artículo 40donde se recoge el
mínimo personal y familiar. A los 17.000 afectados por estas
prestaciones les quiero transmitir un mensaje claro: el Partido
Popular cumple lo que está en su programa y, por tanto, vamos a poner
una exención, pero por otra vía, por otro artículo, por la del
artículo del mínimo personal y familiar.

Decía el señor Marugán que le parecía buenísima la reforma de 1978.

A mí, también. Decía también el señor Marugán en un programa de
televisión que tuve ocasión de compartir con él que la reforma de
1991 era un desastre. En eso también coincidimos, señor Marugán. En
un momento del programa afirmó que no me metiera con 1991, porque por
eso habían perdido las elecciones y por otras cosas. Efectivamente, yo
comparto con usted que la de 1978 fue una buena reforma, fue una
reforma bien hecha por la UCD. Comparto con usted que la de 1991 fue
un desastre, que la reforma del señor Borrell fue un desastre, que
sólo trajo perjuicios a España en desempleo, en falta de
crecimiento, en falta de ahorro y en falta de equidad, y eso es una
realidad. La reforma de 1991 dijo: vamos a incentivar el ahorro
público; en 1992 y 1993 desahorro. Vamos a incentivar el empleo;
desempleo. Vamos a incentivar el crecimiento; decrecimiento. Vamos
a incentivar que las rentas del trabajo estén mejor tratadas; el 84
por ciento de la base rentas del trabajo. Es decir, fue un desastre,
lo comparto con usted. La de 1978 fue una buena reforma y la de 1991
un desastre.

En cuanto al informe Carter, yo no discuto este informe sobre el que
se hizo la reforma de 1978. Lo que digo es que el escenario económico
es distinto. Lo que digo, señor Marugán, es que no estamos en 1978,
que han pasado veinte



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años, que España ha cambiado, que estamos en el euro, que nos
integramos en el sistema monetario europeo, que nos integramos en la
Unión Europea, que ahora mismo el ahorro no es suficiente para cubrir
la formación bruta de capital. Hemos cambiado, señor Marugán. Nos
tenemos que adaptar. Usted puede seguir mirando al pasado, se
convertirá en estatua de sal, como la mujer de Lot, pero desde luego lo
que no hacen es avanzar. Dicen que hay una discriminación de unos
rendimientos frente a otros. Discriminación de verdad hubo, señor
Marugán, con la reforma de 1991. Plusvalías por valor de millones de
pesetas no se pagaban, señor Marugán. ¿Era eso lo que usted quería,
discriminación de unos frente a otros? ¿Usted quería que por las
plusvalías no se pagara nada si los contribuyentes tenían suficiente
capacidad económica como para poderla mantener inmovilizada? ¿Era
eso lo que usted quería? Eso sí es discriminación, señor Marugán.

Antes ponía el ejemplo -que no me he inventado yo, que citaba el
señor Ríos en tribuna en el Pleno- de miles de millones de una
plusvalía generada hace escasos meses que no pagaron gracias a la
reforma del señor Borrell; nada ni una peseta. Eso si que es
discriminación, señor Marugán.

Por otro lado, dice usted que algunos contribuyentes van a ver cómo la
base disminuye y otros, no. Efectivamente, señor Marugán. La base
imponible les va a disminuir a unos contribuyentes más que a otros.

¿Sabe usted a cuáles les va a disminuir más que a otros? Se lo voy a
explicar. A los señores que tienen cargas familiares, a los señores
que tienen rentas bajas, a los señores que reciben rendi-mientos del
trabajo; a esos señores la base les va a disminuir más que a otros
contribuyentes de rentas altas, más que a otros contribuyentes que
tienen rendimientos de capital y más que a otros contribuyentes que
no tienen cargas familiares. Por eso, decimos, señor Marugán, que
este impuesto favorece a las rentas del trabajo. Gran parte del coste
del impuesto que hoy estamos discutiendo en esta sala beneficia a los
asalariados y pensionistas. Usted lo sabe, porque no hay que hacer
más que los números. Y en este sentido se han incorporado al consenso
y se lo agradezco (El señor Fernández Marugán: ¿Qué idea tiene del
consenso?) Ustedes tienen una enmienda en la que tratan las rentas
del trabajo como nosotros. Nos parece bien, y nos parece bien además
que las rentas de las familias paguen menos y bajen su base
imponible.

No me hablen más de progresividad -se lo decía antes al señor
Eguiagaray- porque cada vez que me hablen de progresividad les voy a
dar los datos. Señor Marugán, con sus enmiendas los contribuyentes de
más de tres millones de pesetas ven que disminuye su aportación al
impuesto, y los contribuyentes de rentas inferiores a tres millones
de pesetas con sus enmiendas aumentan su aportación al impuesto. Con
las nuestras no, con las nuestras los contribuyentes de rentas más
altas aportan al impuesto un 5 por ciento más y los de rentas más
bajas aportan al impuesto un 5 por ciento menos. Eso es
progresividad, señor Marugán.

Ahora que se ha incorporado el señor Homs, concluyo comentando su
enmienda. Nosotros entendemos que la rentas que preste una mutualidad
que tenga el carácter sustitutorio de la Seguridad Social debe
tener el mismo carácter y la misma consideración que las que presta
la Seguridad Social. Dice el punto f) que las prestaciones
reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las
entidades que la sustituyan deben quedar exentas. En opinión de este
portavoz, en esta expresión entran también las de las mutualidades,
pero si podemos ponerlo más claro en una enmienda, señor Homs, va a
contar con nuestro apoyo.




El señor PRESIDENTE: Dado el ritmo vertiginoso que está adquiriendo el
debate, en la sesión que celebraremos mañana esta Presidencia hará
aplicación rigurosa del artículo 102.1 del Reglamento, en el sentido
de que hemos tenido ocasión de oír tres, cuatro, cinco y hasta seis
veces los mismos debates, las mismas argumentaciones a favor y en
contra de diferentes posiciones, y desde luego no estamos dispuestos
a admitirlo por un simple problema de piedad intelectual hacia los
que tenemos que escucharlos.

Vamos a proceder a las votaciones. Vamos a votar conjuntamente las
enmiendas a los títulos preliminar y I, comenzando por las enmiendas
del señor Chiquillo, del Grupo Mixto; a continuación, por las del
señor Vázquez, y así sucesivamente. Están ordenadas de mayor a menor.

Vamos a ver los efectivos con los que cuenta cada partido para las
votaciones. Grupo Socialista, ¿cuántos están ustedes? (Pausa.) Hay
once diputados presentes. ¿Grupo Catalán?



E1 señor HOMS I FERRET: Somos tres, señor presidente, pero están en
camino.




E1 señor PRESIDENTE: O sea que hay uno.

E1 señor Zabalía está.




E1 señor HOMS I FERRET: Señor presidente, es que hay Comisión de
Infraestructuras y el señor Sánchez i Llibre ha ido a buscar al
señor Sedó, que se incorporará para las votaciones.




El señor PRESIDENTE: Ha sido usted absolutamente esclarecedor, señor
Homs.

Señor Chiquillo, veo que falta un diputado, ¿Va a venir o no?



El señor CHIQUILLO BARBER: No lo sé.




El señor PRESIDENTE: Señor Ríos, ¿sus otros dos compañeros?



El señor RÍOS MARTÍNEZ: Están localizables pero no están aquí.




El señor PRESIDENTE: Señor Gómez a usted le veo presente.




El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Es que soy único.




El señor PRESIDENTE: ¿Están ustedes 17, señor Martínez Pujalte?
(Asentimiento.) Muy bien. Vamos a votar.

Enmiendas del señor Chiquillo. Se mantienen vivas las números 5 y 16.




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El señor RÍOS MARTÍNEZ: Solicito votación separa- da de la número 16.




E1 señor PRESIDENTE: Votamos la enmienda número 5.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
uno; en contra, 20; abstenciones, 13.




E1 señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 16.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 20; abstenciones, una.




E1 señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas del Grupo Mixto, del señor Vázquez Vázquez, números 17, 18
, 19, 20 21 y 22.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
uno; en contra, 20; abstenciones, 13.




E1 señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del grupo Mixto, del señor Saura, números 143, 144 y 145.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 20; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas del señor Saura.

Enmiendas in voce del Grupo de Coalición Canaria números l, 2, 3 y 4.

¿Algún grupo desea votación separa- da? (Pausa.) ¿Modifica usted o no
la enmienda número 2?



El señor GÓMEZ RODRÍGUEZ: Poner IRPF entre paréntesis o dejarla igual,
lo que quiera la Mesa.




El señor PRESIDENTE: La Mesa no quiere nada, señor Gómez, la Mesa no
decide.

Tiene la palabra el señor Martínez-Pujalte.




E1 señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Señor Presidente, mi grupo ha
llegado al cuerdo con el señor Gómez de aceptarle la enmienda poniendo
entre paréntesis la palabra IRPF.




E1 señor PRESIDENTE: Lo que no podemos hacer es modificaciones sobre
las modificaciones de una enmienda in voce. La enmienda está tal
cual, y si quieren, retírenla y preséntenla adecuadamente en el
Senado o en el trámite parlamentario oportuno.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: En ese caso la mantengo.




El señor PRESIDENTE: Votamos entonces las cuatro enmiendas in voce
del Grupo de Coalición Canaria. ¿Alguna votación separada? (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20;
en contra, 11; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan por consiguiente aceptadas las enmiendas 1
a 4 in voce formuladas por el Grupo de Coalición Canaria.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco. Quedan vivas las enmiendas
números 100 y 101 que se votarán separadamente.

Votamos la enmienda número 100.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 101.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 21; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán. En primer lugar
sometemos a votación la número 245, que es la única viva porque la
otra está transaccionada y aceptada la transacción.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cuatro; en contra, 30; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votamos a continuación la transaccional a la enmienda número 244.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. Entiendo, señor
Ríos, que mantiene vivas también las números 186 y 187. ¿Alguna
votación separada?



El señor EGUIAGARAY UCELAY: Votación separada de la número 181.




El señor PRESIDENTE: Votamos la enmienda número 181.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
uno; en contra, 21; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Resto de las enmiendas del Grupo de Izquierda Unida, que son las 182,
183, 184, 185, 186 y 187.




El señor CHIQUILLO BARBER: Votación separada de las números 186 y
187.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas números 186 y 187.




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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 21; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas números 186 y
187.

Votamos el resto de las enmiendas del Grupo de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12;
en contra, 21; abstenciones, dos.




PRESIDENTE:
El señor Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Socialista, que son las números 292 a 302 ambas
incluidas.

Tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Separada la 300, señor presidente.




E1 señor PRESIDENTE: ¿Alguna otra votación separada?



El señor ZABALÍA LEZAMIZ: La 292 y 293



E1 señor PRESIDENTE: Votamos la enmienda número 300.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11;
en contra, 21; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.




Enmiendas números 292 y 293



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 21; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas números 292 y 293
Resto de las enmiendas del Grupo Socialista que son las números 294,
295, 296, 297, 298, 299, 301 y 302



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12;
en contra, 21; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos a continuación a votar el informe de la ponencia. ¿Algún
grupo desea solicitar votación separada? (Pausa.) Son los catorce
primeros artículos.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21;
en contra, 12; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan, por consiguiente, aprobados los catorce
primeros artículos del informe de la ponencia con las modificaciones
derivadas de la introducción de las enmiendas que han sido objeto
de aprobación.

Mañana reanudaremos la sesión a las nueve y media de la mañana.

Se suspende la sesión.




Eran las nueve y quince minutos de la noche.