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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 493, de 16/06/1998
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1998 VI Legislatura Núm. 493



DE RÉGIMEN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. GUSTAVO SUÁREZ PERTIERRA



Sesión núm. 18



celebrada el martes, 16 de junio de 1998



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ORDEN DEL DÍA:



Ratificación de la Ponencia designada para informar el proyecto de
ley de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (Número de expediente 121/000107) ... (Página 142143
)




Comparecencia del señor secretario de Estado para las
Administraciones Territoriales (Fernández Díaz), para informar sobre:



- Criterios del Gobierno, así como del proceso de negociación con la
Federación Nacional de Municipios, sobre el modelo de financiación
de las Corporaciones Locales para el próximo quinquenio.

A solicitud del Grupo Socialista del Congreso (Número de expediente
213/000632) ... (Página 14214)



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Se abre la sesión a las nueve y cuarenta y cinco minutos de la
mañana.




El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías. Se abre la sesión.

Deseo informar a sus señorías que el Gobierno ha solicitado el
aplazamiento de la comparecencia que figura en el punto 3 del orden
del día del gerente de Patrimonio Nacional, a causa de compromisos
institucionales que no ha sido posible obviar por parte de los
comparecientes.




RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR DEL PROYECTO DE LEY
DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN
JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO COMÚN (Número de expediente 121/000107)



El señor PRESIDENTE: Punto primero del orden del día, ratificación de
la ponencia del proyecto de ley de modificación de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas
y del Procedimiento Administrativo Común. Voy a someter a
ratificación por asentimiento el nombramiento de esta ponencia.

¿Están de acuerdo sus señorías? (Asentimiento.)Queda aprobado por
asentimiento.




COMPARECENCIA DEL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO PARA LAS ADMINISTRACIONES
TERRITORIALES (FERNÁNDEZ DÍAZ) PARA INFORMAR SOBRE:- CRITERIOS
DEL GOBIERNO, ASÍ COMO DELPROCESO DE NEGOCIACIÓN CON LA FEDERACIÓN
NACIONAL DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS, SOBRE EL MODELO DE
FINANCIACIÓN DE LAS CORPORACIONES LOCALES PARAEL PRÓXIMO QUINQUENIO.

A SOLIC1TUD DEL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO (Número de expediente
213/000632)



El señor PRESIDENTE: Punto segundo del orden del día, comparecencia
del señor secretario de Estado de Administraciones Territoriales.

Damos la bienvenida al secretario de Estado y tiene la palabra para
informar acerca de la cuestión.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
(Fernández Díaz): Muchas gracias, señor presidente, por sus
amables palabras de bienvenida.

Tal como ha dicho el presidente y reza el orden del día, comparezco a
petición del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso para informar
de los criterios del Gobierno, así como del proceso de negociación con
la Federación Nacional de Municipios y Provincias, sobre el modelo de
financiación de las corporaciones locales para el próximo quinquenio.

Me voy a referir, dado el texto literal de la solicitud de
comparecencia, no exclusivamente a la participación de las entidades
locales en los tributos del Estado, sino también a la estructura de
la financiación local y a los criterios del Gobierno con respecto a
la misma, tal como solicita el Grupo Socialista.

Antes de entrar en una explicación más pormenorizada de los trabajos
que hasta la actualidad se han llevado a cabo en coordinación con la
Federación Española de Municipios y Provincias y posteriormente
referirme a determinados aspectos de la financiación local, he de
manifestarles que el Gobierno está siendo enormemente receptivo
respecto a las demandas que provienen de la representación de los
entes locales de la Administración local y que, en este sentido,
tanto desde el Ministerio de Administraciones Públicas como desde el
Ministerio de Economía y Hacienda se está trabajando intensamente en
la posible modificación -como intentaré demostrar a lo largo de mi
comparecencia de esta mañana- de un conjunto de aspectos referentes
a las entidades locales, aspectos que deberían afectar a la autonomía
y a la suficiencia financiera de las mismas. En primer lugar, quiero
decirles, señorías, que el proceso de trabajos conjuntos entre la
representación del Gobierno, concretamente el Ministerio de Economía
y Hacienda y el Ministerio de Administraciones Públicas y la
Federación Española de Municipios y Provincias, arrancó con ocasión
de una reunión que mantuvo el vicepresidente segundo del Gobierno y
ministro de Economía y Hacienda con la Comisión ejecutiva de la
Federación Española de Municipios y Provincias, el 3 de abril del
pasado año 1997. A raíz de esa reunión, se determinó constituir un
grupo de trabajo para el estudio de una posible reforma de la Ley de
Haciendas Locales, Ley 39/1988, de 28 de diciembre. Este grupo está
formado por representantes de la Administración del Estado, de los
dos ministerios que he citado, así como del Instituto de Estudios
Fiscales, catedráticos y especialistas en materia de Derecho
financiero y tributario y Derecho local, así como representantes de
la FEMP, de los ayuntamientos y de las diputaciones, teniendo, como
es lógico, dado su composición, un carácter eminentemente técnico,
para que sus trabajos y conclusiones pudieran servir de base para la
negociación política en el nivel que correspondiera.

En el seno de ese grupo de trabajo se determinó constituir dos
subgrupos: uno, tributario, para analizar la reforma de las figuras
tributarias locales, y, otro, financiero, que está ultimando los
estudios tendentes a analizar la reforma del sistema financiero
local. El primero de ellos -me estoy refiriendo al subgrupo
tributario- estableció un orden de trabajo para el estudio de las
posibles reformas de las diversas figuras tributarias locales.

Anticipo que ese grupo ha finalizado ya sus trabajos el pasado 20 de
mayo. Y aquí tengo precisamente el documento que contiene las
conclusiones para el estudio de la reforma del sistema tributario local.

Ha ido analizando en particular lo siguiente: tasas y precios públicos
locales; cuestiones generales del procedimiento tributario;
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, así como
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica; Impuesto sobre
bienes inmuebles; Impuesto sobre el incremento del valor de los
terrenos urbanos, conocido comúnmente como Impuesto de plusvalías,
y, finalmente, el Impuesto sobre actividades económicas.




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Han sido muchas las reuniones que realizó ese subgrupo en las que
se han ido definiendo, decantando y consensuando los diferentes
problemas y diagnósticos correspondientes sobre los que pudiera
resultar conveniente la reforma del marco jurídico actual y que
básicamente se concretan de la manera siguiente: En primer lugar, en
lo relativo a las tasas y precios públicos locales, quiero recordar
a sus señorías que los ingresos procedentes de estas figuras alcanzan
en promedio un total del 15 por ciento de los ingresos locales. Se
realizaron una serie de observaciones al proyecto de ley de tasas y
precios públicos que se ha presentado como consecuencia de la
doctrina sentada por el Tribunal Constitucional fallando los recursos
que se interpusieron en su día contra la Ley de Haciendas Locales
y contra la Ley de Tasas y Precios Públicos; en particular, la
sentencia afectaba a esta segunda ley y, lógicamente, se recogió en
ese proyecto de ley la doctrina sentada por el Tribunal
Constitucional. Precisamente se pactó con la Federación Española de
Municipios y Provincias las enmiendas que a ese proyecto de ley tenían
que presentarse y fueron efectivamente presentadas e incorporadas al
proyecto de ley durante su tramitación parlamentaria en esta Cámara,
el Congreso de los Diputados, sin perjuicio de que alguna otra
adicional se haya incorporado también en su tramitación actual en el
Senado.

En segundo lugar, en lo relativo a los aspectos genera- les de los
tributos locales, se han asumido por el subgrupo de trabajo un
conjunto de criterios fundamentales a tener en cuenta para la reforma,
tales como la conveniencia o no de restaurar la vía
económico-administrativa para los tributos locales o la adaptación
de ciertas normas de gestión.

Como saben sus señorías, la vía económica administrativa fue
suprimida para el mundo local a partir de la Ley Reguladora de las
Bases de Régimen Local, la Ley 7/1985, y constituía la posibilidad de
los ciudadanos de acudir en vía administrativa con carácter previo a
la vía jurisdiccional, teniendo la característica además de que, por no
ser necesaria la representación de abogado y procurador, en la
práctica, la impugnación de los actos de contenido económico
procedente de los entes locales se facilitaba enormemente, tanto
desde el punto de vista de su coste como de su agilidad en cuanto a la
resolución. Ha parecido, por tanto, conveniente que, dentro de ese
estudio, se analice en profundidad, insisto, y se ha llegado ya a
conclusiones en cuanto a esa posibilidad de la restauración de los
tribunales económicos-administrativos, sin perjuicio de que haya
diversas alternativas de que fueran específicamente local, o de crear
secciones dentro del Tribunal Económico Administrativo estatal. Ésa es
una decisión que lógicamente corresponde a los políticos en el
proceso a que luego me referiré y que debemos iniciar ya formalmente,
sobre las conclusiones del subgrupo de trabajo, entre la
representación de la FEMP y la del Gobierno.

En tercer lugar, en cuanto al Impuesto sobre vehículos de tracción
mecánica, constituye esta figura tributaria aproximadamente el 4,7
por ciento del total de los ingresos municipales. Se ha determinado un
conjunto de problemas que afectan a la elasticidad que, por otra
parte, es una característica común de los impuestos locales. Quiero
decir que, en general, las diversas figuras tributarias locales son
poco elásticas, responden con demasiada rigidez a las variaciones
de la coyuntura y de manera especial en este impuesto eso se pone
de manifiesto. También se puso de manifiesto que hay otros problemas
de gestión de ese impuesto, como, por ejemplo, el incumplimiento del
deber de modificar el domicilio en el permiso de circulación del
vehículo cuando se cambia de residencia, lo que origina en la
práctica la dificultad para el cobro de sucesivos ejercicios, entre
otros ejemplos que podríamos citar.

Tengo que señalar que algunos de estos problemas de gestión que el
subgrupo de trabajo ha puesto de manifiesto podrían resolverse si
hubiera acuerdo político mediante una modificación, una enmienda, que
pudiera introducirse en el anteproyecto de ley de modificación de la
ley de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial,
que, como consecuencia del acuerdo para el desarrollo del Gobierno
local, próximamente tendrá entrada en el Congreso de los Diputados,
tras ser apoyado por el Consejo de Ministros.

En cuarto lugar, Impuesto de construcciones, instalaciones y obras.

Les recuerdo que significa aproximadamente un 3 por ciento de los
ingresos municipales totales. El subgrupo de trabajo ha analizado la
posibilidad de su sustitución o, en su caso, el desarrollo de
alguno de los conceptos tributarios de la Ley, como es el hecho
imponible. No es ésta una cuestión baladí. Actualmente, los
tribunales de justicia han entendido que el hecho imponible, a efectos
de la exacción de este tributo, es el coste real de la construcción,
instalación u obra y que está constituido exclusivamente por
el coste de ejecución, que incluye la mano de obra y materiales y se
ha solicitado por los representantes de la FEMP y de los
ayuntamientos y diputaciones que han participado en este subgrupo que
se ampliara este coste de ejecución a los honorarios técnicos y al
beneficio industrial, lo que sin duda redundaría en una mayor
capacidad de ingreso para los entes locales.

En quinto lugar, el IBI, el Impuesto sobre bienes inmuebles. Aquí
estamos ante la figura tributaria de mayor potencia recaudatoria. El
15,6 por ciento de los ingresos municipales totales y más del 30 por
ciento de los ingresos tributarios, lo cual ha significado en cifras
absolutas -por darles a ustedes una idea de lo que estamos hablando,
aun- que ya sé que lo saben- en el ejercicio 1997, para las arcas
municipales, algo más de 800.000 millones de pesetas. Se ha estudiado
la posibilidad de que fueran asumidas por los municipios todas las
funciones de gestión catastral. Les anticipo que el Gobierno es
partidario en este punto de la delegación de competencias en los
municipios previa la celebración de los correspondientes convenios
que faciliten la coordinación y cooperación en esta materia.

En sexto lugar, Impuesto sobre el incremento del valor de los
terrenos urbanos, Impuesto de plusvalía. Significa en torno al 2 por
ciento de los ingresos municipales totales y se plantea básicamente
la introducción de determinadas correcciones técnicas, debido,
fundamentalmente, a razones que dificultan su gestión.

En séptimo lugar, Impuesto sobre actividades económicas, 6,4 por
ciento de los ingresos municipales totales. Durante los últimos años
se ha potenciado la asunción municipal de todas las funciones de
gestión censal y así los municipios mayores de 50.000 habitantes y
las diputaciones provinciales y comunidades autónomas uniprovinciales



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están asumiendo cada día más estas funciones -funciones de
gestión censal- sin que se estén ejerciendo adecuadamente y, por lo
tanto, dejando de utilizar unos recursos de un enorme potencial
recaudatorio. Se ha constatado que es preciso realizar algunas
correcciones técnicas que sin duda deberían ir por la vía de la
reforma de la Ley de Haciendas Locales.

Como anteriormente decía, como resultado de todas las reuniones que
ha mantenido este subgrupo de trabajo, ya se ha elaborado un documento
de fecha 20 de mayo, en el que se desarrollan cada una de las
propuestas antes expuestas incorporando al mismo los estudios
realizados por los componentes del subgrupo, inclusive los
especialistas, catedráticos y miembros del Instituto de Estudios
Fiscales, que sirven de fundamentos teóricos para la reforma
propuesta.

En lo que se refiere al segundo subgrupo a que aludí, el financiero,
tiene como contenido esencial el análisis y pro- puesta de las
reformas necesarias en los aspectos financieros de la Ley de
Haciendas Locales, y especialmente de la participación en los
tributos del Estado, ya que, y a eso atiende muy especialmente la
petición de comparecencia, nos encontramos en el último ejercicio de
vigencia del actual quinquenio de financiación de las corporaciones
locales.

Quisiera informales, señorías, sobre el estado actual de esta materia,
debiendo distinguir entre la participación de los municipios y la
participación de las provincias, debido a que las diferencias que
existen entre ambas son muy notables y en consecuencia exigen un
tratamiento claramente diferenciado.

Las labores del grupo se iniciaron por el trabajo de captura de los
datos que pudieran manifestar las disfunciones del sistema vigente y
así se está manejando la siguiente información. En primer lugar,
resultaba enormemente útil establecer una comparación entre los
incrementos del PIB y de los ITAE, ingresos tributarios ajustados
estructuralmente, en el horizonte de la serie estadística
1989-1996; los ITAE están formados fundamentalmente por los ingresos
tributarios del Estado, impuestos directos e indirectos no cedibles a
las comunidades autónomas más las cotizaciones a la Seguridad Social
y las cotizaciones por desempleo, y hay que restarle alguna
componente, como la aportación a la Unión Europea, el 2 por ciento
del IVA.

Otra información que está manejando el subgrupo y que es decisiva y
determinante a la hora de poder elevar una propuesta debidamente
razonada a los representantes políticos, en orden a la fijación de
ese nuevo acuerdo en cuanto a la financiación de las corporaciones
locales, basada, en este caso concreto, en la participación de los
entes locales en los ingresos tributarios del Estado. Se ha analizado
la evolución de la participación municipal entre 1989 y 1996, en
comparación con la evolución registrada por el IPC.

A los efectos de poder utilizar un parámetro más realista y
equitativo en cuanto al cálculo de esfuerzo fiscal, se está
determinando la inversa de los valores catastrales unitarios como
una posible alternativa en tanto que parámetro a utilizar en el
cálculo del esfuerzo fiscal. Se ha analizado también la estructura de
la población residente en los municipios distribuida por estratos,
estratos de población de municipios, hasta 5.000 habitantes, hasta
20.000 habitantes, de más de 50.000 habitantes, etcétera.

Finalmente, las
desviaciones existentes en las cantidades asignadas por
unidad residente, dentro de unos tramos de población definidos con
mayor amplitud de lo que sirve actualmente para el reparto de fondos.

Asimismo, en el seno de la ponencia o subgrupo de trabajo se han
planteado posibles criterios para la distribución de los fondos.

Entrando ya en la explicación del sistema de participación de las
corporaciones locales en los tributos del Estado, a mi juicio, hemos
de partir de dos premisas básicas: primero, como es obvio, la
cantidad inicial a considerar para el próximo quinquenio, que se
inicia el 1 de enero del próximo año 1999, deberá ser fijada mediante
la negociación entre la Administración del Estado y los representantes
locales, entre el Gobierno y la representación de la Federación
Española de Municipios y Provincias; segundo, deberá determinarse la
fórmula de evolución anual automática de dicha participación,
asegurando el incremento sin necesidad de posteriores revisiones a lo
largo del quinquenio.

En lo que se refiere a la participación municipal, para distinguirlo
de la participación provincial, como saben SS. SS., fijada una
cantidad inicial, la participación evoluciona anualmente como lo
hagan los ITAE -me estoy refiriendo al quinquenio actual-,
asegurando un incremento mínimo, que es el IPC del período, y
determinando un incremento máximo, que es el PIB nominado. Posterior-
mente, esa cuantía así determinada se distribuye de la forma
siguiente: el 70 por ciento en función de la población residente
ponderada por tramos, el 25 por ciento en función de la población
ponderada por el esfuerzo fiscal en el período anterior; el 5 por
ciento en función del número de unidades escolares de educación
general básica, primaria, preescolar, infantil y especial y de
primer ciclo de educación secundaria existentes en centros públicos
cuyo mantenimiento, conservación y vigilancia corresponda a los
municipios, de acuerdo con lo dispuesto en la Logse y posteriormente
en la ley de acompañamiento última, así como en la Ley de Haciendas
Locales.

Este sistema fue consensuado en el año 1994, en particular en el
protocolo que firmó por parte del Gobierno el ministro de Economía de
la época, señor Solbes, y el Presidente de la FEMP del momento, don
Francisco Vázquez, el 1 de agosto de 1994, y ha venido funcionando con
normalidad y corrección durante los cuatro años largos que tiene de
vigencia.

Actualmente, en el horizonte de la perspectiva de la renovación o
renegociación y determinación de un nuevo quinquenio de participación
en los ingresos tributarios del Estado por parte de las corporaciones
locales, a juicio del Gobierno son tres las cuestiones fundamentales
a considerar en cuanto a la financiación municipal.

Primero, determinar la base de cálculo; ya les dije que esto ha de
ser objeto de negociación política. Segundo, fijarlas variables que
determinan el incremento anual. Tengo que decir aquí que pueden
mantenerse las variables actuales en las que cada año resulta
necesario obtener el índice prevalente de los tres posibles, es
decir, el IPC, el PIB nominal o los ITAE, o bien fijar un índice
único y automático; ambos sistemas ya saben que tienen ventajas e
inconvenientes, no hay ninguno que sea absolutamente positivo o que
no tenga ningún inconveniente ni lo contrario. En todo caso, quiero
dejar sentado que es opinión del Gobierno



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que resulta imprescindible dejar absolutamente clara la fórmula de
cálculo, para evitar cualquier problema posterior de
interpretación. Esto lo digo porque hemos visto cómo esa posible
diferente interpretación se ha dado en la fórmula de cálculo del
incremento del PIB nominal con respecto a la liquidación de la
participación de los ayuntamientos en 1996, en los ingresos
tributarios del Estado, ya que, mientras el Ministerio de Economía y
Hacienda ha aplicado el PIB nominal al coste de los factores, los
representantes locales -porque en este año el PIB nominal a los
precios del mercado era superior al coste de los factores- demandaban
la aplicación mediante este criterio, aunque es cierto que en 1995
fue al contrario, es decir, que creció más el PIB nominal al coste de
los factores que el PIB nominal a los precios del mercado. Por lo
tanto, lo que queremos dejar sentado es que, para evitar que se pueda
reproducir este fenómeno y sin perjuicio de que haya dado unas
diferencias que no son de mucha cuantía, estamos hablando de una
cuantía para todas las corporaciones locales, para el año 1996, que, en
cuanto a su liquidación, representa entorno a 4.000 millones de
pesetas, lo cual, distribuido entre 8.000 entes locales, tampoco es
como para tirar cohetes, si me permiten la expresión. Convendría que
quedara muy claro cuál es el criterio que establecemos.

En unos ejercicios, la evolución del PIB nominal al coste de los
factores ha sido superior al PIB nominal a precios del mercado y en
otros a la inversa; les he puesto el caso del año 1995 y de 1996, que
se han dado supuestos claramente diferentes.

El tercer criterio que a juicio del Gobierno debe tenerse muy claro, a
la hora de determinar -insisto- la participación de los municipios
en los ingresos tributarios del Estado para el quinquenio 1999-2003.

Hay que fijar los criterios redistributivos para la asignación
individualizada de la cuantía que corresponde a cada municipio. Ya
dijimos antes cuáles son los criterios, pero es claro en estos
momentos que debe seguir siendo la población el principal indicador de
la necesidad del gasto y, por ello, sin duda debe seguir siendo
incluido como el criterio principal, aunque también es bien cierto, a
nuestro juicio, que podrían revisarse los coeficientes de ponderación,
a la vista de los estudios realizados por el subgrupo de trabajo
que he mencionado.

En particular, el criterio del esfuerzo fiscal puede replantearse,
tratando de recoger, en sustitución y siguiendo las principales
aportaciones doctrinales en materia de Hacienda pública, un índice de
capacidad a través del que se tratase de favorecer a aquellos
municipios que se encuentren con menos capacidad tributaria en
relación con la demanda de servicios obligatorios que establece el
artículo 25 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. Y,
desde luego, señorías, a juicio del Gobierno sería conveniente
revisar el índice que afecta a las unidades escolares, ya que, junto
a la dificultad para la obtención de datos, debido a la introducción
de nuevos programas educativos, hay que añadir nuevas prestaciones
realizadas por los municipios, como pueden ser el transporte o la
manutención, servicios que no están contemplados en la
cuantificación de la variable. Junto a ello no hay que descartar la
utilización de otros criterios complementarios, siempre, por
supuesto, que los escenarios planteados demuestren su viabilidad.

Por último, en este capítulo, me parece oportuno recordarles que el
contenido del artículo 142 de la Constitución Española establece que
las entidades locales deberán contar con medios financieros
suficientes, a través de tributos propios y participación en los del
Estado y en los de las comunidades autónomas. Ese artículo garantiza,
para las corporaciones locales, la suficiencia financiera, pero la
suficiencia financiera sobre la base de los tributos propios de los
entes locales y de su participación en tributos del Estado y en
tributos de las comunidades autónomas. Quiero decir que en
ocasiones, y estamos hablando con carácter general, las comunidades
autónomas a través de sus planes sectoriales imponen obligaciones
financieras a las corporaciones locales, por lo que la financiación
de las mismas se debería realizar mediante el establecimiento de las
fórmulas de participación en los correspondientes tributos
autonómicos.

Saben que en paralelo estamos trabajando para la consecución de un
acuerdo en torno al desarrollo del Gobierno local, en cuyo proceso de
desarrollo las comunidades autónomas también han de jugar un papel
fundamental en la medida en que muchas de las demandas competenciales
que establecen los ayuntamientos a través de su representación a
nivel estatal, que es la Federación Española de Municipios y
Provincias, se concreta en competencias que son de titularidad
autonómica, de tal manera que corresponde a ellas impulsar el
proceso de denegación o transferencia de competencias a las
corporaciones locales. Sin duda, en ese proceso que pudiéramos
denominar de pactos locales de ámbito autonómico, los procesos de
transferencia financiera, mediante la participación en sus ingresos,
deben acompañar a los correspondientes procesos de transferencia o
delegación de competencias.

Hasta ahora, he hablado básicamente de la participación de los
municipios en los tributos del Estado. Voy a hablar ahora de la
participación de las provincias, comunidades autónomas
uniprovinciales no insulares, e islas en los tributos del Estado. En
este caso, las modificaciones que tanto el subgrupo de trabajo como
el Gobierno al día de hoy consideran necesarias son más leves o más
atenuadas de las que consideramos tanto, desde el punto de vista
técnico, los integrantes del subgrupo de trabajo como los
representantes políticos para lo que hace referencia a la
participación municipal.

Las reformas que parecen convenientes en este ámbito de la
participación provincial en tributos del Estado podrían resumirse
en las siguientes. Primero, necesidad o no de extraer de la
participación el fondo para la asistencia sanitaria, creando una
partida al efecto que estaría dotada con la cantidad actual y que se
iría extinguiendo a medida que las comunidades autónomas
uniprovinciales fuesen adquiriendo las competencias de sanidad. Sus
señorías saben que está en pleno desarrollo un proceso de reforma
estatutaria de los estatutos correspondientes a las comunidades
autónomas del artículo 143; en esta legislatura las Cortes Generales
ya han aprobado la reforma de los estatutos de Aragón, Castilla-La
Mancha y están en una fase muy avanzada de aprobación o de
tramitación parlamentaria otros tantos estatutos y es previsible que
antes de las próximas elecciones autonómicas, dado el calendario en
el que nos encontramos, todos esos estatutos hayan sido reformados,



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aprobados por estas Cortes Generales, y todos, entre otras cosas,
contemplan un incremento del contenido competencial de esas
comunidades que fundamentalmente, aunque no exclusivamente, pasa por
la asunción de la competencia de la gestión de la asistencia
sanitaria de la Seguridad Social que actualmente gestiona el Estado a
través del Ministerio de Sanidad, con el Insalud como entidad gestora
de esa prestación de la Seguridad Social.

Pues bien, las comunidades autónomas uniprovinciales, que son del
artículo 143, van a ser titulares de la competencia de Sanidad y,
en la medida en que esas comunidades autónomas uniprovinciales
subsumen o integran en su seno las diputaciones provinciales con sus
competencias y sus recursos, parece razonable una fórmula como la que
acabo de exponer. En todo caso, quiero decir que el Gobierno sería
partidario, si hay el acuerdo político correspondiente, de una
fórmula de las características que acabo de comentar.

Segunda reforma que a nuestro juicio debería acometerse en este
ámbito: los criterios redistributivos. Actual- mente, éstos son los
siguientes: el 70 por ciento de los recursos se distribuye en función
de la población de la provincia; el 12,5% en función de la
superficie provincial; el 10 por ciento en función de la población
residente en municipios de menos de 20.000 habitantes; el 5 por
ciento en función de la inversa de la relación entre el valor añadido
bruto provincial y la población de derecho, y el 2,5 por ciento en
función de la potencia instalada en régimen de producción de energía
eléctrica. A1 Gobierno le parece que puede estudiarse, al igual que
en el caso de la participación municipal en los tributos del Estado,
la modificación de alguno de estos criterios o la introducción de
alguno nuevo, siempre claro está que, al igual que hablábamos cuando
aludíamos a los municipios, de los escenarios planteados resulte su
viabilidad.

En definitiva, señorías, les he tratado de exponer los principales
aspectos sobre los que ha de producirse la negociación. Desde el
Ministerio de Economía y Hacienda ya se ha dirigido una carta a la
presidenta de la Federación Española de Municipios y Provincias
-tengo una copia, por si la desean- de hace diez días, manifestándole
la disposición de la Administración General del Estado para el
inicio de las negociaciones a nivel político, una vez que están ya
básicamente culminados -como he puesto de manifiesto- los trabajos de
tipo técnico que se iniciaron hace quince meses. Las negociaciones
deberán culminar en el acuerdo necesario para la aprobación de la
participación de los entes locales en los tributos del Estado para el
quinquenio 1 999-2003. El Gobierno desea que el acuerdo pueda
alcanzarse con tiempo suficiente para la incorporación de ese
acuerdo al proyecto de ley de presupuestos del Estado para 1999 y en
la ley de acompañamiento, y que pueda ser aprobado, en consecuencia,
por las Cortes Generales.

En lo que se refiere a los criterios del Gobierno con respecto al
sistema financiero local, que entiendo que también va implícito en la
solicitud de comparecencia del Grupo Parlamentario Socialista, quiero
trasladar una serie de consideraciones del Gobierno en torno a lo
que ha presidido la actuación del mismo hasta este momento -estoy
hablando del sistema financiero local- y que nos ha de servir de
base para el planteamiento de cualquier actuación en esta materia,
cara al futuro.

La primera consideración que quiero trasladarles en nombre del
Gobierno, es que hay que tener en cuenta que el Título VIII de la
Constitución recoge el principio de suficiencia financiera de las
corporaciones locales -ya me he referido antes al artículo 142-, que
es un concepto distinto del de autonomía financiera, que proclama
la Constitución, no para los entes locales y sí para las
comunidades autónomas. La suficiencia financiera se entiende como la
necesidad de que tengan los recursos suficientes para la prestación
de los servicios que les son propios, mediante tributos propios y
participación, tal como reza la Constitución, en los del Estado y
en los de las comunidades autónomas, mientras que el segundo
principio, el de la autonomía financiera y que la Constitución remite
a las comunidades autónomas, se entiende como la capacidad de
gestionar deforma integral los propios ingresos de las comunidades
autónomas.

Como idea general, el sistema financiero local debe estar configurado
de tal manera que permita a las entidades locales, ayuntamientos,
diputaciones, cabildos, consejos insulares, etcétera, ejercer
adecuadamente el conjunto de competencias que les vienen asignadas
por la legislación básica sobre régimen local, así como por la
legislación sectorial del Estado y de las comunidades autónomas.

Además, hay que tener en cuenta a estos efectos la enorme diversidad
de las corporaciones locales en España y sus diferentes
características.

Estas premisas manifiestan y ponen de relieve dos circunstancias:
primero -y recuerdo que estoy hablando del sistema financiero local-,
debe existir una correlación entre los recursos disponibles por las
corporaciones locales y las competencias a ellas asignadas, de tal
forma que una reforma en profundidad del sistema financiero local
sólo puede darse en el marco de una nueva situación competencial. En
la medida en que se asuman mayores competencias por parte de las
corporaciones locales, será necesario, lógicamente, establecer una
ampliación de los mecanismos de financiación sobre la base del
principio constitucional de la suficiencia financiera.

A estos efectos, puedo recordar cómo en estos momentos tenemos ya
una distribución territorial del gasto público entre los tres niveles
de Administración y vemos cómo se va incrementando en términos
relativos y absolutos la participación en el gasto público de las
comunidades autónomas, con ocasión y por consecuencia del proceso de
desarrollo autonómico, del Título VIII de la Constitución y de la
asunción de las funciones y servicios para ejercer las competencias
reconocidas en sus estatutos de autonomía por parte de las
comunidades autónomas, a la par que va disminuyendo, lógicamente, en
cifras absolutas y en términos relativos, la participación en el
gasto público total del subsector Estado, mientras que permanece en
una determinada estabilidad, aunque ligeramente creciente, la
participación total en el gasto público por parte de las
corporaciones locales. A juicio del Gobierno no tiene sentido
plantearse, si no es en el marco de una redistribución
competencial, una reforma de la financiación local que en la práctica
se concrete en una asignación indiscriminada de mayores recursos.




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El sistema financiero local en su conjunto debe gozar de la
suficiente flexibilidad para que cada corporación local pueda
adoptar, en uso de la autonomía reconocida constitucionalmente para
la gestión de los intereses que le son propios y de la garantía
institucional de la autonomía local, es decir, de las instituciones,
ayuntamientos, diputaciones, cabildos y consejos insulares que tienen
reconocida constitucionalmente su autonomía, los acuerdos
necesarios para ajustar los ingresos a sus necesidades de gasto, lo
que implica el reconocimiento de dicha capacidad. Y en este sentido
hemos de manifestar que el sistema vigente está permitiendo una gran
diferencia en términos de ingreso y gasto por habitante, lo que
demuestra su gran flexibilidad. Por ejemplo, existen municipios con
50.000 pesetas de gasto y, por tanto, de ingreso, dada la necesidad de
equilibrio presupuestario por habitante, mientras que hay otros
municipios que llegan a un ingreso y gasto por habitantes de hasta
200.000 pesetas; esto demuestra la enorme flexibilidad de nuestro
sistema financiero local.

Además, las corporaciones locales disponen de una amplia capacidad
para decidir sobre sus propios ingresos, por lo que sin duda podemos
concluir que el sistema en su conjunto está facilitando la
suficiencia. Hay algunos datos que lo avalan como, por ejemplo, según
los datos del último boletín estadístico del Banco de España, hemos
visto que la deuda de las corporaciones locales ha bajado en el año
1997 en relación con el año 1996 y que los escenarios de contención
del déficit los está cumpliendo globalmente la Administración local,
que de esta manera ha contribuido claramente a que el objetivo de
déficit que el conjunto del Estado debía cumplir para poder ingresar
en la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria se ha cumplido
satisfactoriamente.

Pensemos en todas las figuras tributarias de carácter potestativo; hay
tres tributos locales obligatorios: el Impuesto sobre los vehículos
de tracción mecánica; el Impuesto de bienes inmuebles, y el Impuesto
de actividades económicas, y que los demás impuestos son potestativos,
incluidas las tasas, los precios públicos y las contribuciones
especiales. Pensando en esas figuras tributarias de carácter
potestativo, de manera muy especial me quiero referir a las tasas, o a
las contribuciones especiales, o al Impuesto sobre construcciones, o
al Impuesto de plusvalía, que ponen de manifiesto la discrecionalidad
que tienen las corporaciones locales para actuar dentro del marco
jurídico que define la Hacienda local en nuestro país. También con-
viene recordar -porque eso es oportuno decirlo- que no se puede
solicitar de manera indiscriminada y generalizada mayores recursos
cuando muchas de las figuras tributarias de carácter potestativo hay
muchos ayuntamientos que no las ejercen. Y si tenemos que poner
ejemplos, sin nombre y apellidos, obviamente, los pondremos. Tampoco
es razonable venir al Ministerio de Economía y Hacienda a pedir una
renegociación de la liquidación correspondiente a la participación de
los tributos del Estado en ejercicio cuando a lo mejor se tienen dos
polideportivos y no se cobra tasa de basuras. Un ejercicio de
responsabilidad compartida la hemos de ejercer todos. Por ello, la
suficiencia financiera de los entes locales no es sólo una cuestión
de Estado -me refiero al subsector Estado en el sentido del 149.1 de
la Constituciónsino que han de ser también las corporaciones
locales las que han de adoptar una posición activa con respecto a
sus ingresos y deben corresponsabilizarse, como la inmensa mayoría lo
está haciendo de manera muy positiva, en la exigencia de los
tributos e ir evolucionando en la medida en que lo hacen también sus
costos.

Son todavía demasiados, para lo que sería deseable, los municipios en
España que no hacen uso plenamente de su capacidad en relación con
los tributos potestativos e inclusive en relación con los
obligatorios, que no revisan sus tarifas y que no ejercen las
facultades de gestión de las que disponen. Les aseguro que desde el
Gobierno tenemos la voluntad de favorecer cualquier medida que
contribuya a la mejora de los ingresos, pero necesitamos la
colaboración local que mayoritariamente tenemos y, por supuesto,
necesitamos a esos efectos, la colaboración de sus señorías,
dentro de la función de control e impulso de la labor del Gobierno y,
en este caso concreto, en orden a la negociación con las corporaciones
locales de los recursos de los que deben estar dotados para el
próximo quinquenio. No es admisible para el Gobierno demandar
indiscriminadamente un incremento de la participación en los
tributos del Estado cuando anualmente no se actualizan las tarifas o
cuando no se explotan determinadas facultades tributarias.

Los ayuntamientos son Estado, todas las administraciones públicas
son Estado. Cuando hablamos en esta Cámara del Estado normalmente
hablamos del Estado en el sentido del 149.1 de la Constitución, el
subsector Estado que gestiona el Gobierno.

Durante los últimos años, como consecuencia de la aplicación de los
criterios de convergencia, ha realizado un enorme esfuerzo por la
contención del gasto, del déficit y del endeudamiento, pero ha
mantenido constante la evolución de las partidas de gasto
destinadas a la participación de las entidades locales en sus
ingresos. El Estado ha reducido considerablemente una gran parte de
las partidas de gasto de sus presupuestos, pero no ha reducido en
absoluto las de las corporaciones locales en cumplimiento del acuerdo
al que llegó el Gobierno de la época con la Federación Española de
Municipios y Provincias, 1 de agosto de 1994, acuerdo que por lo
demás -dije antes y ratifico ahora- que ha venido funcionando con
corrección y con normalidad y que, sin duda, respondía a las
necesidades del momento. Otra cosa es que nos planteemos si ese mismo
acuerdo, cinco años después, es el que requieren las entidades
locales y es el que, en definitiva necesita nuestro país en estos
momentos.

Durante los últimos ejercicios, las entidades locales han recibido
una aportación en tributos del Estado que ha evolucionado como lo
ha hecho el PIB. Incluso si añadimos otras aportaciones, como es la
cooperación económica local, la evolución real ha sido muy superior,
lo que significa que el esfuerzo que se ha hecho desde la
Administración del Estado es aún mayor en la medida en que los
recursos de que dispone para la prestación de sus propias competencias
han disminuido. Quiero decir que si, por ejemplo, el presupuesto
del Estado de este año se ha incrementado un 3,4 por ciento y las
transferencias a Administraciones Territoriales han crecido a PIB
nominal, si el promedio es 3,4 y una gran parte de esas partidas
presupuestarias que son transferencias a Administraciones
Territoriales han crecido al 5,7, pueden ustedes imaginarse lo que han
crecido las



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partidas destinadas a gestionar las competencias que ejerce el propio
Estado. Y es evidente que ésa es una reflexión que en este escenario
nos tenemos que plantear puesto que estamos hablando de una
participación en tributos del Estado que para 1998 está por encima
de los 1,3 billones de pesetas. Y estoy hablando sólo de
participación en tributos del Estado; quiero decir que no hablo ni de
subvenciones, ni hablo de contratos programas, ni de otro tipo de
transferencias que obtienen las corporaciones locales procedentes
del Estado.

Quiero manifestar públicamente, ante esta Comisión del Régimen de las
Administraciones Públicas del Congreso, que la voluntad del
Gobierno es mantener la línea actual, así como adoptar, previa
negociación con la Federación Española de Municipios y Provincias,
las medidas legislativas que favorezcan la eliminación de las
rigideces existentes en determinadas figuras, favoreciendo la
capacidad de gestión de las mismas por parte de los entes locales,
en la línea de lo que someramente expuse en la primera parte de mi
intervención y siguiendo las conclusiones y recomendaciones del
subgrupo de trabajo de los técnicos y especialistas que han elaborado
esos estudios. En ese sentido también quisiera hacer mención de la
labor que se está desarrollando desde la Dirección General del
Catastro, en la que, a través de la coordinación con los municipios,
Se está favoreciendo claramente que se pueda disponer de una
información adecuada para la gestión más importante dentro de la
financiación local, que es el Impuesto sobre bienes inmuebles que,
como les dije, es la figura tributaria local de mayor potencia
recaudatoria.

Para ir terminando quisiera referirme a dos aspectos de gran
importancia. Uno es el que se refiere a la influencia en las finanzas
locales de la evolución general del sistema financiero y otro el de
las actuaciones llevadas a cabo en este ámbito desde el Ministerio de
Economía y Hacienda. En cuanto al primero, la bajada de los tipos de
interés de los préstamos y créditos operada durante los últimos
ejercicios, ha producido unos efectos altamente beneficiosos para
las entidades locales, les ha permitido la renegociación de la
deuda, liberando un conjunto de recursos con los que pueden atender
sus obligaciones ordinarias o financiar parte de las inversiones a
realizar; asimismo, ha supuesto una disminución del nivel de
endeudamiento -ya lo comentamos antes- y está ahora por debajo de los
3 billones de pesetas, al influir sobre la carga financiera, lo que
supone que, estando el límite general establecido por la Ley de
haciendas locales en el 25 por ciento de sus recursos liquidados
por obligaciones corrientes, aumentan sus posibilidades de acudir a
la financiación de inversiones vía endeudamiento.

En cuanto al segundo aspecto, el Ministerio de Economía y Hacienda,
mediante la introducción de un conjunto de medidas en las leyes de
acompañamiento a las leyes de presupuestos para cada año, ha
favorecido el saneamiento de las haciendas locales. Así se ha
permitido, por ejemplo, y creo que es un dato de interés para sus
señorías, la consolidación a medio y largo plazo del 58 por ciento de
las operaciones de tesorería concertadas a corto plazo, lo que
igualmente ha favorecido la liberación de recursos financieros y se
ha regulado la posibilidad de elaboración de planes de saneamiento
financiero para la asunción de
los déficit permitiendo la planificación a medio plazo para la
consecución del equilibrio financiero de los entes locales.

Señor presidente, señorías, en definitiva, y como resumen de todo
lo que en esta mañana les he expuesto, que es lo que ustedes me han
solicitado en su comparecencia, les puedo mencionar los siguientes
puntos a modo de resumen y de conclusión de ésta mi primera
intervención. Primero, están culminados los trabajos técnicos con
respecto a las posibles reformas en los tributos locales y muy
adelantados y próximos a ultimarse los trabajos con respecto al
sistema financiero local, sin perjuicio de que les haya adelantado
algunos criterios del Gobierno al respecto, con propuestas ya
concretas en materia de la participación local en los tributos del
Estado. Segundo, hemos solicitado formalmente y estamos en situación
de iniciar ya desde el Gobierno la negociación política con la
Federación Española de Municipios y Provincias para la aprobación
de las reformas en el sistema financiero local. Tercero, es criterio
del Gobierno favorecer la autonomía local y reforzar la capacidad de
las entidades locales para gestionar sus propios ingresos, pero además
debemos exigir un compromiso de gestión para los recursos por ellas
administrados. Y cuarto, debemos establecer coeficientes de reparto
adecuados para la participación local en los tributos del Estado,
remediando las posibles disfunciones que hayan podido existir en el
pasado y aprobar un modelo que posibilite la continuación automática
durante el próximo quinquenio.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario de Estado.

A continuación, por el Grupo Socialista del Congreso, solicitante de
la comparecencia, tiene la palabra el señor Perales Pizarro.




El señor PERALES PIZARRO: Señor presidente, después de la prolija
intervención del señor secretario de Estado, quería agradecer su
presencia y su exposición, lamentando que no hayamos tenido la
oportunidad de tener hoy aquí con nosotros al señor ministro, que sin
duda no hubiera tenido una mejor intervención pero es el titular y,
desde luego, nos hubiera llenado de satisfacción poder conocer sus
criterios.

En primer lugar, no he oído ni una sola cifra que pudiera anotar,
he estado atento a toda la intervención a ver si conseguía oír una
cifra con la que me pudiera referenciar. Es verdad que he oído
muchísimos criterios generales, muy respetables y probablemente muy
acertados la mayoría, pero no he oído ni una sola cifra con la que
referenciar mi intervención.

Como primera reflexión quería decir que hace poco, el día 1 de abril
de 1998, el Grupo Parlamentario Socialista presentó una proposición
no de ley en esta Comisión para que desde el Gobierno se iniciaran
conversaciones políticas con la Federación Española de Municipios y
Provincias para negociar este sistema. Fuimos vapuleados política-
mente por algunos grupos y se nos dijo que de ninguna manera, que era
un brindis al sol, y cuál ha sido nuestra sorpresa cuando hace sólo
diez días, según dice el señor secretario de Estado, el Gobierno
envió una carta a la FEMP para iniciar las negociaciones políticas que
terminen



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en un acuerdo. Por tanto, el Grupo Parlamentario Socialista no estaba
haciendo el día 1 de abril un brindis al sol, estaba sencillamente
pidiendo, rogando y exigiendo al Gobierno que se iniciara esa
negociación absolutamente elemental.

Por ello algunos grupos deberían ser más prudentes a la hora de
criticar al Partido Socialista, al menos tener más información o
conectar bien con su Gobierno para tenerla.

A nosotros todos los aspectos tributarios nos parecen muy
interesantes. Estudiaremos con dedicación ese documento, cuando lo
conozcamos porque no tenemos el gusto de conocerlo, y aprovechamos
para felicitar a las personas que han trabajado con santísima
dedicación para conseguir ese documento que podremos discutir con
tranquilidad la comparecencia que pediremos de alguna de las
autoridades del Gobierno.

La segunda reflexión que hago es que probablemente sea innecesaria mi
intervención y la de los demás grupos porque, como usted describe, la
situación de los ayuntamientos es sencillamente ideal. Desde el
punto de vista tributario y financiero es casi ideal. Es innecesaria
esta intervención y todas las demás porque, en realidad, salvo
retoques muy menores, no habría ningún problema que atender en los
ayuntamientos. Nosotros hemos pedido esta comparecencia porque, como
usted bien ha dicho, está próximo a extinguirse el quinquenio
1994-1998 y el Gobierno, hasta hoy, no había dado muestra de tener
ninguna pro- puesta para negociar con la FEMP y con los grupos
parlamentarios, por lo menos a efectos de debates parlamentarios.

Parece que hace diez días el Ministerio de Economía y Hacienda
remitió una carta a la Federación Española de Municipios y Provincias.

Por otra parte, como sucede en otras ocasiones, la Administración
central del Estado tiene un marco de referencia por el que establece
su política de gasto público y de ingresos. Las comunidades autónomas
tienen también un marco que 31 nosotros no compartimos, como saben
perfectamente en el que referenciar su política de gastos, su
política de ingresos y toda su política presupuestaria. Pero hasta
la fecha, muy cerca del día 30 de junio, cuando se supone, según la
Ley General Presupuestaria, que se cierra el anteproyecto de
Presupuestos Generales del Estado para 1999 -si es que no ha
cambiado- y la Ley de acompañamiento, todavía no conocemos ni una sola
cifra para los ayuntamientos y para las provincias. Por tanto, que
duda cabe que el nuevo modelo y la previsión para próximos ejercicios
deben recogerse, como usted mismo acaba de decir, en ambas leyes.

Nosotros nos preguntábamos, cuando no teníamos ninguna noticia del
Gobierno, si es que no sabia cómo afrontar este nuevo quinquenio; si
al Gobierno le preocupaba que la disminución de ingresos que se prevé
con la reforma del IRPF pudiera afectar a ese capitulo, si no están
ustedes en condiciones de garantizar ni siquiera la financiación
actual, aunque lo más concreto que le oído a usted sobre el tema
financiero y la participación de los ayuntamientos en los tributos del
Estado ha sido que hay que mantener la línea actual en la negociación
con la Federación Española de Municipios y Provincias. Por otro lado,
tenemos la preocupación de que el Gobierno no pueda responder a las
expectativas de las corporaciones locales en un momento en el que
todo el mundo quiere presentar este año como importante
para los incrementos. El propio Gobierno -usted lo ha
mencionado- está elaborando algunas modificaciones legales, que no
son el pacto local, que naturalmente, estarán generando unas
expectativas interesantes en los ayuntamientos. Le rogaría que si
fuera posible y el presidente lo tiene a bien nos concretara alguna
referencia que nos permitiera situarnos en este momento, porque los
criterios generales casi los podemos compartir len su mayoría pero
necesitamos saber cuál es la voluntad del Gobierno. Lo más concreto
que usted ha dicho ha sido que la posición del Gobierno es mantener
la línea actual (no sabemos si eso significa las mismas cantidades,
los mismos criterios o qué) y la negociación con la FEMP. Por tanto,
si usted desarrolla ese punto nos sentiríamos muy satisfechos.

Sobre el modelo de financiación que propone el Gobierno y que
proponemos nosotros, señor secretario de Estado, pienso que nadie
solicita de manera indiscriminada un crecimiento de los ingresos de
los ayuntamientos; creo que no existe esa petición indiscriminada que
sería también injusta. Según voluntad del Gobierno reiteradamente
manifestada por su presidente en el discurso de investidura, por
las comparecencias del ministro de su departamento de usted mismo y
de otros altos cargos y de dirigentes del Partido Popular, todas estas
personalidades políticas insisten en que los ayuntamientos tienen que
tener más competencias, tienen que tener más recursos económicos y,
naturalmente, tienen que juzgar un papel mucho más importantes en el
gasto público y en la vida de las personas. Qué duda cabe que tenemos
que buscar un sistema de financiación que vaya en esa dirección
política, un modelo de financiación que sea suficiente y estable, sin
sobresaltos para las corporaciones locales y que tenga en cuenta
las tres variables esenciales de un sistema de financiación: la
cuantificación del importe inicial; el establecimiento de los índices
de evolución y la determinación de los criterios de reparto para
ayuntamientos y diputaciones.

Sobre el importe inicial señor secretario de Estado, en la negociación
del quinquenio que ahora termina se acordó un importe global de un
billón 35.000 millones. De acuerdo con dicha negociación, la cifra
inicial debía evolucionaren función del ITAE, que efectivamente son
los ingresos del Estado definidos como la suma de la recaudación
líquida de los capítulos 1 y 2 más las cotizaciones de Seguridad
Social y de desempleo, restando lo que se ha aportado a las
comunidades autónomas y a la Unión Europea. Nosotros creemos que ese
no es un buen sistema. La previsión inicial del ITAE nunca se ha
cumplido y en los tres años, en 1994,1995 y 1996, siempre se ha
alcanzado el techo máximo, el PIB. El ITAE tenía dos niveles de
garantía; uno mínimo que era el IPC. Los ayuntamientos no podían
crecer menos que el IPC ni más que el PIB, que es la suma del
crecimiento de la economía más la inflación nominal. Nunca se ha
aplicado el ITAE porque siempre era superior al PIB; se ha aplicado
siempre el PIB en 1994, 1995 y 1996. ¿Qué supone eso? Si el ITAE son
los ingresos del Estado ajusta- dos estructuralmente, ¿qué supone que
los ayuntamientos no hayan crecido nunca el ITAE y a lo máximo que hayan
llegado haya sido al PIB? La consecuencia inmediata es que el gasto de
las corporaciones locales ha crecido menos que el subsector Estado.

Si el ITAE es un medidor del crecimiento de los ingresos del Estado
y las corporaciones



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locales nunca han llegado al ITAE, sólo se han quedado en el PIB
porque era el límite máximo a que podían llegar, la consecuencia
evidente es que las corporaciones locales han crecido menos que el
Estado en 1994, 1995 y 1996. Tenemos que buscar, por tanto, un
monto inicial para el próximo quinquenio -que usted no ha
mencionado, ni siquiera nos ha anunciado por dónde podría ir-, y
tenemos que partir de una cantidad mínima para construir todo el
sistema. Si aplicáramos sistema que se está aplicando ahora para el
año 1999, hablaríamos de una cantidad inicial para ese año de
alrededor de 900.000 millones para los ayuntamientos y de 400.000
millones para el conjunto de las diputaciones; un billón 380.000
millones si aplicáramos el mismo sistema. Nosotros no estamos de
acuerdo en que se aplique esa cantidad. Creemos que existen fundadas
razones para solicitar una cantidad inicial algo superior y que
ascendiera a un billón para los ayuntamientos y 500.000 millones de
pesetas para las diputaciones. No es una petición indiscriminada;
hay razones suficientes. La primera es que el crecimiento moderado
que ha experimentado en la última PE, producto de consolidación de un
sistema que no se sabía ni siquiera medir (no sabía ni siquiera medir
el crecimiento del ITAE), ha hecho que no se crezca de manera
regular en algunos años. La segunda es el rigor presupuestario que
han acreditado las 35 corporaciones locales frente al resto de
administraciones y la necesidad que tienen de afrontar nuevas
inversiones para atender los servicios que reclaman con mayor
intensidad los ciudadanos. Usted sabe que uno de los descubrimientos
más novedoso, pero no por nuevo sino porque ahora se destaca, es que
aunque los ayuntamientos no tienen las competencias es que los
ciudadanos se dejan acompañar por ellos en todas las reivindicaciones,
lo que comporta que los ayuntamientos atiendan iniciativas y
actividades que no están recogidas en el soporte ni en ninguna de
las referencias de competencia de los ayuntamientos.

En efecto, las corporaciones locales han cumplido desde el principio
las exigencias de convergencia de la Unión Europea. Esta convergencia
que debe mantenerse requiere unas economías saneadas de las haciendas
locales, que las están teniendo, pero las corporaciones locales
tienen dificultades para acudir al endeudamiento. El Gobierno al que
usted pertenece en cada ley de acompañamiento y en cada decisión
económica endurece muchísimo más el acceso al endeudamiento de las
corporaciones locales, en una actitud completamente discriminatoria e
injusta para los ayuntamientos; lo ha hecho en la Ley de
acompañamiento de 1997 y lo ha hecho en la Ley de acompañamiento de
1998. Endurecen las condiciones de endeudamiento a los ayuntamientos,
como si fueran administraciones menores de edad que no tuvieran
capacidad para decidir. Además de ese endurecimiento con las
corporaciones locales, que no se tiene con otros sectores o subsectores
de la Administración, los ayuntamientos sólo pueden financiarse a través
del ahorro neto, cosa que únicamente se puede conseguir a través de
dos vías: bien reduciendo el gasto corriente (lo cual es difícil
porque la mayor parte del gasto corriente de los ayuntamientos es
estructural, corresponde a los capítulos 1 y 2 en gran mayoría y
desde luego viene disminuyen- do el gasto y la aportación al déficit
público de las administraciones la han reducido las corporaciones
locales), bien
generando ingresos corrientes que supondrían más impuestos o mayor
presión fiscal. No es posible ninguna de las dos cosas por parte de
los ayuntamientos, que no están dispuestos a incrementar la presión
fiscal ni a aumentar los impuestos locales y tienen dificultades para
reducir el gasto corriente porque corresponde a la estructura del
funcionamiento de las corporaciones. También es verdad que los
tributos locales son bastante inflexibles a la evolución de la economía
y la única solución que tienen es dar un impulso al crecimiento de la
PIF en los términos expuestos. Pueden mejorar la gestión tributaria,
hay margen para mejorarla, pero los ayuntamientos no pueden subir los
impuestos ni pueden incrementar la presión fiscal y tienen
dificultades reales para reducir el gasto corriente de estas
corporaciones, entre otras cosas, porque lo han hecho durante varios
años y otras administraciones lo han hecho con mayor lentitud y con
menos dedicación.

Por tanto, creemos que la cifra de un billón de pesetas para los
ayuntamientos no es indiscriminada, es una cifra que puede recoger
perfectamente las necesidades de los ayuntamientos en estos momentos
y, desde luego, nuestra actitud política es la de proponer al Gobierno
esa cifra y si lo tiene a bien estamos dispuestos a oír sus razones,
a discutir sobre ésa u otra cifra, pero desde luego no estamos
dispuestos -y se lo anuncio sin solemnidad pero con seriedad- a
aceptar el mantenimiento del sistema actual en las condiciones que
usted no anuncia o de lo que acaba de decir podemos deducir que
quiere mantener la línea actual. Si eso es así, nosotros no estaremos
de acuerdo y lo tenemos que decir no con alegría pero sí con
responsabilidad. Nuestra posición es que los ayuntamientos tienen que
recibir un billón de pesetas como cifra inicial y si no es así hay
que cuantificarla.

Ya se ha señalado que el criterio es el coeficiente del ITAE; sin
embargo, todos somos conscientes de que con las últimas
modificaciones de los tributos del Estado y con la cesión parcial de
éstos a las comunidades autónomas ahora mismo no sabemos cómo
medirlo. Ya el ITAE no es como era antes de que se cedieran a las
comunidades autónomas unos impuestos que no menciono para no
detenerme. Por tanto, hay una serie de ingresos que eran del Estado
y han sido cedidos a las comunidades autónomas y que ya no integran
el ITAE, al menos como nosotros lo entendemos. Creemos que es más
sencillo hablar de un monto inicial del quinquenio y de un índice de
evolución y olvidarnos de lo que es una referencia a la evolución
de los ingresos del Estado de un magnitud no fácilmente identificable
en estos momentos. Sabemos que la financiación es una participación
en tales ingresos, pero no debemos intentar cuantificar el
coeficiente que representa porque constituye una base difícil de
medir en cada caso. Para nosotros es más sencillo determinar un monto
inicial, un billón de pesetas para los ayuntamientos. y prever cómo va
a evolucionar el mismo. Se pretende evitar con eso que la ley de
presupuestos generales del Estado, en función de la cesión de
tributos a la comunidades autónomas, tenga que rectificar el
coeficiente, porque eso dificulta la suficiencia y la estabilidad de
las corporaciones locales. ¿Qué índice proponemos nosotros?
Proponemos como monto inicial un billón de pesetas para los
ayuntamientos. ¿Y qué índice de referencia? Nosotros no proponemos el
ITAE con el techo



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máximo del PIB y el mínimo del IPC. Ala vista de que el PIB ha
funcionado como norma de evolución y que el ITAE puede generar los
problemas que usted y yo hemos mencionado, proponemos que la cantidad
inicial deba evolucionar con arreglo al PIB. Queremos, por tanto,
un billón de monto inicial y la evolución en los cinco años en
relación con el PIB. ¿Qué PIB debe utilizarse? Usted decía que los
ayuntamientos, socarrones ayuntamientos, cuando les convenía pedían
precios de mercado y cuando no les con- venía pedían coste de
factores. Yo no lo comparto. ¿Qué ha sucedido? Nosotros pensamos que
en los años 1995 y 1996 se ha empleado el PIB al coste de los
factores, es verdad. Sin embargo, este PIB al coste de los factores
presenta problemas de gestión que deben evitarse. Esta magnitud al
coste de los factores la publica el Instituto Nacional de Estadística
en los meses de octubre o noviembre del año siguiente al que se 39 va
a aplicar la liquidación, lo que provoca situaciones tan kafkianas
como la que usted acaba de mencionar: que hay 4.200 ayuntamientos que
tienen que devolver dinero, y naturalmente ese dinero ya se lo han
gastado. Si tienen que devolver a esta fecha dinero del año 1996 que
se han gastado, no es posible que se les aplique un criterio de
liquidación definitiva ocho o nueve meses después de la terminación
del ejercicio presupuestario del que tienen que devolver dinero. Es
más la ley de presupuestos establece que si no se ha producido la
liquidación del año correspondiente al 30 de junio se eleva, al 99
por ciento las cantidades entregadas a cuenta del año anterior. Ese es
un conflicto que todos tenemos, el Gobierno también con los
ayuntamientos, y no faltan razones jurídicas a los ayuntamientos para
plantear un problema en la devolución de esos recursos. Nosotros lo
que proponemos es que el PIB se mida a precios del mercado porque
este indicador se publica en el primer trimestre de cada ejercicio. Es
tal la magnitud que debe considerarse porque es la que se conoce con
mayor proximidad al ejercicio que se cierra. En consecuencia, para
no extenderme más sobre este asunto, nosotros proponemos utilizar
el PIB a precios de mercado, que se conoce en el primer semestre, y
elevar esta cantidad definitiva para todo el quinquenio, de tal forma
que en el primer semestre se pueda conocer ya cómo va a evolucionar
y poder practicar las liquidaciones correctamente dentro del primer
semestre siguiente al ano a que corresponda.

Sobre los criterios de reparto, usted ya ha dicho cómo se reparten en
la actualidad los recursos para los ayuntamientos. Nosotros
proponemos mantener el 70 por ciento del dinero de los recursos
económicos en función de la población de derecho, según las cifras de
población aprobadas por el Gobierno y vigentes al 31 de diciembre
del año en que se practica la liquidación. Esto lo hacemos, señor
secretario de Estado, porque todavía el Gobierno no utiliza, en las
liquidaciones, las cifras de los padrones municipales. Usted sabe que
ya funciona un padrón continuo y se trata de utilizar las cifras más
actualizadas. En ese sentido hay que pedir a la Administración un
ejercicio de celeridad y, como ya funciona el padrón continuo, cuando
se hagan las liquidaciones a los ayuntamientos que se apliquen las
cifras de población más cercanas y reales que serán, sin duda, las
últimas que haya dado este padrón continuo para cada ayuntamiento.

En cualquier caso, 70 por ciento en función de la población de
derecho, 30 por ciento
en función de derecho ponderado por el esfuerzo fiscal medio y en
cuanto a éste queremos modificar su concepto porque en realidad sólo
se mide el IBI y el IAE, ya que los impuestos de vehículos y de
construcciones se pueden obviar. Queremos medir la capacidad
tributaria, el esfuerzo de cada municipio. Creo que no ha habido gran
diferencia con lo que usted ha planteado. Pensamos que se puede
suprimir el 5 por ciento destinado a las unidades escolares, de lo que
es partidaria la FEMP. Parece que el Ministerio de Administraciones
Públicas no tendría inconveniente ya que la educación está
transferida a los ayuntamientos.

Por último, queríamos hacer un ruego al Ministerio de Administraciones
Públicas. El Gobierno ha aprobado un tratamiento especial con el
apoyo del Partido Socialista para el Ayuntamiento de la Línea de la
Concepción; el Gobierno ha aprobado un tratamiento especial para el
Ayuntamiento de Cádiz; y el secretario de Estado de Defensa, señor
Morenés, acaba de decir que el Ayuntamiento de Rota tiene derecho a
cobrar todas las obras que se ejecuten en la base naval de Rota, el
IBI, incluso el IAE y, desde luego, el impuesto de construcciones, de
manera que ahí hay una fuente de financiación extraordinaria para los
ayuntamientos. Naturalmente nosotros hemos dicho a todos los
ayuntamientos que se apresten a pedir esas mismas condiciones. Pero
nosotros queremos referirnos a los casos excepcionales que tienen
prevista una financiación especifica en la Ley de Haciendas Locales,
porque el Gobierno aprueba una ayuda especial para el Ayuntamiento
de La Línea pero no la saca de un fondo suyo, no es una aportación
más del Gobierno, sino que utiliza la solidaridad del resto de los
ayuntamientos para darle al Ayuntamiento de La Línea 1.800 millones
de pesetas de ayuda. Nosotros estamos de acuerdo con la ayuda, la
hemos pedido incluso con el Gobierno socialista. Lo que no nos
parece bien, señor secretario de Estado, es que la financie el resto
de los ayuntamientos, porque si hay que ayudar al Ayuntamiento de La
Línea o al de Cádiz lo lógico es que sea el Gobierno, de acuerdo con
el artículo 116 de la Ley de Haciendas Locales, quien se acoja a esa
vía, y de sus recursos propios, de otros conceptos presupuestarios,
ayuda a esos ayuntamientos, porque si todos los tratamientos
especiales se tienen que hacer con la solidaridad del resto de los
ayuntamientos no tendría mucho sentido; estaría bien porque sería
una actitud bondadosa la de los ayuntamientos reparar entre todos,
pero no estaríamos arreglando el problema. Si hay ayuntamientos que
tienen una situación especial que el Gobierno atienda esa situación
especial; estamos de acuerdo en que lo haga, pero que lo haga no con
recursos de los ayuntamientos, que no están tan escasos como usted
nos quiere hacer creer en una parte de su intervención, sino con
recursos del ayuntamiento de acuerdo con el artículo 116 de la Ley de
Haciendas Locales. Todos estos ayuntamientos están gobernados por el
Partido Popular. No queremos ni siquiera sospechar que para acceder
al tratamiento especial haya que estar gobernados por el Partido
Popular, aunque un miembro muy importante del Gobierno hace poco no lo
decía abiertamente pero era sospechosa esa declaración. Por tanto,
no es posible que ustedes concedan tratamientos singulares que son
necesarios, que nosotros apoyamos como partido, sin ninguna duda,
pero que lo hagan financiados por la solidaridad del resto



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de los ayuntamientos; y es de lamentar que la propia Federación
Española de Municipios y Provincias no haya levantado la voz en ese
caso. Estamos de acuerdo con los tratamientos especiales y los
vamos a apoyar cada vez que ustedes los traigan aquí, pero lo que
pedimos es que sea con recursos de la Administración central del
Estado y no con los escasos recursos de las corporaciones locales.




El señor PRESIDENTE: La señora Uría tiene la palabra.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Señor secretario de Estado, tomo la palabra
para una muy escueta intervención porque he sentido a lo largo de
esta comparecencia que venía sólo de oyente, y me explico. De oyente,
en primer lugar, por deferencia personal al compareciente y a su
cometido institucional en relación con las administraciones
territoriales, pero además, porque me ha servido para enterarme de
importantísimas informaciones a las que hasta ahora no habíamos
tenido acceso.

De los dos aspectos de los que habla el artículo 142 constitucional,
cuando se refiere a la suficiencia de la financiación local, el
referido a la participación en tributos del Estado o en los de las
comunidades autónomas queda apartado en las inquietudes del grupo
al que represento puesto que es de todos conocido que sólo tenemos
implantación en territorios de régimen foral. No obstante, he
escuchado con mucha atención qué está previsto hacer con la
financiación de los ayuntamientos de territorio común.

Respecto a la otra cuestión, la que se refiere a la composición
propia local, he oído -con sorpresa por mi partetodo lo que hacía
referencia a las posibles modificaciones del marco jurídico en
tasas y precios públicos locales, a la posible restauración de la vía
económico-administrativa no local, a qué se piensa hacer con el
impuesto de circulación de vehículos, los impuestos de instalaciones
y obra, el IBI, la plusvalía, en fin, todo lo que hace referencia
a lo que se da en llamar imposición local. Se ha aludido a la
existencia de una subcomisión o grupo de trabajo técnico en el seno
de la FEMP, pero como conoce el señor secretario de Estado la mayor
parte de los ayuntamientos vascos, por no decir todos, no se integran
en la FEMP, y por lo tanto están ajenos a cuanto en ella se haga, sino
que forman parte de una asociación de municipios local que se
denomina Eudel. Por tanto, nos gustaría -y se lo pido aprovechando la
publicidad de este acto tener acceso a esa información técnica cuando
menos, ya que además de la representación municipal ha indicado que
han colaborado importantes expertos y nos gustaría conocerlos.

Ha comentado usted que se daba por concluida la parte técnica y que
se iniciaban ahora las negociaciones políticas. Le hago, por tanto,
una petición respecto de este aspecto. Como colaboradores que somos
y participantes leales en las tareas del Estado, nos gustaría estar
presentes y opinar sobre este fundamental aspecto que es el de la
financiación local, sobre la que hasta ahora no hemos tenido
información suficiente.




El señor PRESIDENTE: La señora Gil i Miró tiene la palabra.

La señora GILI MIRÓ: Señor presidente, quería hacer un apunte sobre el
sistema de financiación y una reflexión sobre lo que es un municipio y
lo que es una comunidad autónoma; no podía ser de otra manera dado mi
compromiso con mi partido y con mi país, Cataluña.

Respecto a los métodos de financiación de los municipios está claro
que la suficiencia de recursos debe estar ligada al desarrollo de
competencias propias, como dice la ley, pero yo diría que no puede ser
sólo de competencias propias sino éstas no pueden contundirse con
todos aquellos servicios que debe prestar un municipio. Un municipio
presta servicios, da respuestas a necesidades nuevas que no se han
entendido como competencias propias pero que las tienen asumidas como
tales. Por tanto, la entidad municipal está al servicio de la
población y su financiación debe tenerlo en cuenta. Desearía hacer
unos apuntes sobre algunos de los criterios de participación de
financiación de los municipios en los ingresos del Estado. Primero, en
relación con la preocupación que pueden sentir los municipios sobre
las consecuencias del proyecto de reforma del IRPF, que podría
comportar que la participación municipal en los ingresos del Estado
creciese en una proporción inferior al crecimiento del PIB nominal.

Por ello nosotros creemos que se debería vincular el crecimiento de la
participación ante la financiación al crecimiento global de la
economía del Estado español, o sea, al PIB nominal. También estoy de
acuerdo, como ha dicho el portavoz del Grupo Socialista, en que
además del criterio de cómo se calcula el PIB nominal, usted sabe muy
bien que hay otro y que el del precio de mercado tiene un
crecimiento superior al del coste. Otro criterio existente ahora es
el número de habitantes que se llama de derecho. Debería también
tenerse en cuenta y haber un índice corrector sobre aquellas
poblaciones turísticas que tienen una población de hecho durante
meses muy superior a la de derecho y a la que les deben prestar unos
servicios muy superiores, pero hay impuestos sobre los que no van a
tributar ni se puede exigir a esta población de hecho. Por tanto,
esto también debería tenerse en cuenta. También existe en la
legislación actual como criterio las unidades escolares. Con el nuevo
sistema educativo y sobre todo con el decrecimiento terrible de la
demografía que implica un decrecimiento de la población escolar, el
número de unidades escolares también decrecerá este criterio de
financiación forzosamente. Por tanto, también debería ponerse en
revisión.

A partir de aquí querría hacer la reflexión de qué es el municipio,
qué es la comunidad autónoma y qué es el Estado. Para hablar de la
financiación de los municipios se debe pensar en el principio de
solidaridad del artículo 2 constitucional entre las diversas partes
del Estado español, que debe garantizarse con el establecimiento de
un equilibrio económico adecuado y justo. Yo entiendo este equilibrio
económico no sólo entre los municipios sino sobre todo entre las
comunidades autónomas, porque de la lectura del título VIII de la
Constitución está claro que el Estado está integrado por comunidades
autónomas. Y los municipios ¿qué son? Un municipio es un concepto sólo
administrativo, es un conjunto de órganos que sirven para dirigir
unos servicios y para prestarlos, pero es una imagen absolutamente
virtual, podríamos decir. Cuando se traduce en la realidad un
municipio es un espacio geográfico-poblacional,



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es un espacio geográfico y una población limitados por otros
espacios geográfico-poblacionales que son exacta- mente iguales que
el municipio. Y no hay ningún municipio fuera de una comunidad
autónoma, no existe el municipio fuera de una comunidad autónoma;
unos que existían los han convertido en comunidades autónomas. Eso
quiere decir que el municipio es parte integrante e integradora de la
comunidad autónoma, y la comunidad autónoma es la parte integrante e
integradora del Estado español. El municipio no tiene existencia
fuera de la comunidad autónoma. Si usted y su Gobierno estuvieran
atentos a escuchar siempre o a hacerse una pregunta con la
conjunción sí abrirían una puerta a la imaginación, una puerta a la
reflexión y quizás a un proceso dinámico distinto. Porque si el
municipio es parte integrante e integradora de las comunidades
autónomas ¿cómo se establece su financiación sin el concurso de los
gobiernos de éstas? ¿Si el principio de solidaridad entre las
diversas partes del Estado, suponiendo que ahora los municipios sean
distintas partes del Estado, se garantiza por el establecimiento de
un equilibrio económico adecuado y justo, qué Gobierno puede
garantizar con mayor conocimiento el equilibrio económico adecuado y
justo de sus municipios, que quiere decir de sus espacios
poblacionales. Si no es así, yo me preguntaría ¿qué es una comunidad
autónoma? No es una entelequia, no es simple geografía, no es un
espacio boscoso deshabitado, no es un desierto sin personas. Una
comunidad autónoma es un espacio reticular formado por municipios, y
fuera de la comunidad autónoma no existe el municipio como tal. Por
tanto, creo que para la financiación de los municipios debe hablarse
con las comunidades autónomas, incluso más, debería distribuirse
entre sus municipios, entre aquella población y espacios que la
conforman, se debería hablar con el gobierno de la comunidad
autónoma. En realidad ustedes hablan (es así, y lo dice la ley, y
ustedes están cumpliendo una ley que no hicieron pero sí votaron)
de que se debe negociar con la Federación Española de Municipios y
Provincias me parece correcto. Pero cuando traducimos la Federación
Española de Municipios y Provincias en comunidades autónomas, nos
podemos encontrar con comunidades autónomas que sí que son
representativas, por lo menos en Cataluña, del número más alto de
población, más del 80 por ciento de la población, pero no de los
municipios como concepto, de los municipios como institución, porque
en Cataluña la asociación que representa a mayor número de municipios
es la Asociación Catalana de Municipios. Por eso nosotros reclamamos
que también se negocie con esta asociación porque no estamos hablando
de individuos que forman población sino de municipios, de espacios
limitados. Por tanto, la Asociación Catalana de Municipios es quien
representa más municipios, ya digo que no más población, y no son la
pluralidad y la diversidad de asociaciones o de federaciones
conceptos antónimos de la equidad, ni mucho menos, sí lo son de la
uniformidad. Por tanto, reclamo que la Asociación Catalana de
Municipios y otras asociaciones que se encuentren en este caso sean
también escuchadas, porque no sólo representan sumas de individuos
sino que los individuos sólo tienen sentido cuando hablamos de
municipio dentro del concepto municipal.

Desearíamos que se pensara en las propuestas de corrección de algunos
de los criterios que hemos dicho,
que se pensara qué significa el título VIII y si es o no el Estado el
integrado por las comunidades autónomas y los municipios integrados en
cada comunidad autónoma. Con esto nosotros ya saben que lo que
desearíamos es que no contundieran este viento político de la nueva
Europa, que es el centro radical, con una posición radicalmente
centra- lista.




El señor PRESIDENTE: Por el grupo parlamentario de Izquierda Unida
tiene la palabra el señor Fernández Sánchez.




El señor FERNÁNDEZ SÁNCHEZ: Señor presidente, en primer lugar quiero
manifestar nuestro malestar por no haber comparecido hoy en esta
Comisión el gerente de Patrimonio Nacional, como estaba previsto según
el acuerdo de Mesa y portavoces de la sesión de la semana pasada.

Creemos que no es válida la excusa que ha puesto teniendo una
semana de tiempo para poder ajustar su agenda a la necesidad de
comparecer en esta Comisión.

Bienvenido, señor secretario de Estado, a esta comparecencia.

Quiero empezar haciendo la afirmación de que el Estado de las
autonomías estará inconcluso mientras los entes locales no tengan una
autonomía real, tanto financiera como competencial. Mientras las
competencias y la financiación de los entes locales no esté
completamente definida, seguimos manteniendo ayuntamientos tutelados
(creo que esta apreciación la comparten muchísimos alcaldes y
concejales), situación que creo que en el tiempo va siendo necesario
poner los medios para subsanar.

Nos ha dado algunas informaciones interesantes. Nos ha hablado sobre
el subgrupo de trabajo para la reforma de los tributos locales y me
gustaría, si es posible, que me enviara la documentación sobre sus
conclusiones. La mayor parte de su intervención la ha centrado
precisamente en las medidas que se pueden adoptar en relación con las
conclusiones de este grupo. Otra parte de su intervención la ha
centrado en cómo mejorar la gestión tributaria de los ayuntamientos,
cosa que podemos compartir. Desde nuestra filosofía política creemos
que no se trata solamente de mejorar la gestión tributaria, que es
posible, pero entendemos que no es la solución si lleva aparejada
la idea de que los ayuntamientos tienen que aumentar la presión en
los tributos locales. Es decir, que para cubrir los déficit
financieros de la corporaciones, que por otra parte son estructurales,
no basta solamente con mejorar la gestión tributaria ni pasaría por
aumentar la presión en los tributos locales. Creemos que es una idea
interesante que hay que explorar y que habrá que analizar con
detenimiento, pero que se trata única y exclusivamente de una medida.

Por otra parte, lo mismo que decía el portavoz socialista, no he
oído que nos dé cantidades. En su intervención no ha precisado en
absoluto cuál va a ser la futura financiación de las corporaciones
locales. No sé si he escuchado con suficiente atención pero creo que
no ha dicho nada al respecto. Después de trece meses de negociación
entre la FEMP, los entes locales y el Gobierno, la verdad es que nos
parece muy pobre el resultado que ha traído a esta Cámara, porque no
tener todavía claro por dónde va a ir la financiación, qué recursos
económicos va a aportar el Estado a las



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haciendas locales, no nos parece que sea motivo de alegría en este
momento.

Ha manifestado algunos criterios de reparto y me sorprende que el
mayor índice se haga por base poblacional. Nosotros entendemos que no
es válido teniendo en cuenta que el 92,3 de los municipios españoles
tienen menos de 10.000 habitantes, con lo cual, si entramos en un
reparto alto en cuanto a los recursos económicos a los ayuntamientos
teniendo como base fundamental y principal este criterio, estos
municipios pueden verse perjudicados porque, lógicamente, si el 92,3
por ciento de los municipios tiene menos de 10.000 habitantes
aquellas poblaciones con un nivel poblacional alto posiblemente
saldrán beneficiadas. Entendemos que hay que utilizar otras
variables, hay que ver también cómo están los municipios, cuál es su
nivel de infraestructuras, cuál es su nivel de servicios y, cómo no,
cuál es el esfuerzo fiscal medio que hacen en su poblaciones. Por
mi experiencia personal en el mundo municipal tengo constancia de que
en ocasiones medidas uniformes en este sentido no sirven, ya que en
España, existen bastantes municipios que tienen una alta capacidad
Financiera debido a sus propios recursos, incluso existen municipios
que tienen superávit presupuestario, con lo cual las fórmulas que
se apliquen no pueden ser uniformes.

Quiero recordarle que a pesar de que ha transcurrido mucho tiempo
desde la constitución de la Federación Española de Municipios y
Provincias, allá por el año 1985, cuando se hablaba del nuevo modelo
de financiación de las administraciones y de la distribución del
gasto público ya se establecía el famoso criterio del 50/25/25. Aquel
objetivo la verdad es que no se ha desarrollado, no se ha venido
cumpliendo, no se acerca ni por asomo, ya que en la actualidad
estamos en torno a un 13 por ciento de lo que es la financiación que
tienen las entidades locales a través de los ingresos provenientes del
Estado. Creemos que habría que establecer un modelo que se acercara
mucho más al estándar europeo, en la que la financiación es bastante
mayor. El desequilibrio económico de los ayuntamientos, como decía
antes, es estructural y consecuencia fundamental de dos factores; por
un lado, la rigidez de las bases de los impuestos y las tasas
municipales que no evolucionan al ritmo de la actividad económica,
que como decía antes está en fase de estudio en esta subcomisión de
reforma tributaria; y por otro lado, la insuficiencia de los recursos
que los gobiernos central y autonómico destinan a las corporaciones
locales en forma de participación en los tributos del Estado y
transferencias. Creemos que es el momento de reconsiderar el peso y el
papel de los ayuntamientos, el denominado pacto local. Habría que
plantearse este doble proceso de transferencias y competencias de
recursos económicos, y 1998 es el año propicio debido a que ha
concluido el ciclo 1994-1998 y que iniciamos el nuevo ciclo
1999-2003. Nosotros proponemos un salto cualitativo respecto a la
actual situación. Las previsiones presupuestarias del conjunto de
las administraciones para el año en curso sitúan bajo el control de
las entidades locales unos recursos en torno al 13,61 por ciento del
gasto público, porcentaje que se ha venido manteniendo inalterable
durante la última década. Por tanto, ya va siendo hora de modificar
al alza este parámetro. Seguimos defendiendo que durante todo este
proceso de negociación entre Gobierno, comunidades autónomas y
municipios
nos vayamos acercando a ese famoso 50/25/25, aunque vemos que
las posibilidades son escasas por las posturas políticas que se
están defendiendo. Quizás esto sea difícil nosotros entendemos que
presupuestariamente es difícil conseguir este objetivo- pero
desearíamos que en este nuevo ciclo que se abre, 1999-2003, nos
acercáramos al menos al nivel del 17 por ciento. Hay que tener en
cuenta que las corporaciones locales por vía de ingresos propios,
impuestos y tasas tan sólo aportan a las arcas municipales en tomo
a un 54 por ciento de su presupuesto, lo que quiere decir que los
ayuntamientos no tienen recursos económicos suficientes ni para
elaborar sus propios presupuestos.

El criterio fundamental que manejamos es eliminar la dependencia
financiera que tienen los ayuntamientos, tanto de las comunidades
autónomas como del Estado. Nos da la impresión de que en todo este
proceso negociador que se está efectuando en este momento entre la
FEMP y el Gobierno hay acuerdos en cuanto a modificación de
distintas leyes que son importantes para los ayuntamientos, como puede
ser la Ley de Aguas, la Ley de tráfico, circulación de vehículos o
seguridad vial y otras cuantas, en lasque parece ser que hay acuerdo
por lo menos del grupo del Gobierno, pero tengo que recordar que
otras fuerzas políticas que conforman la mitad de los ayuntamientos
españoles si no están quedando fuera de la negociación, están
contando poco a la hora de que sean aceptados algunos de sus criterios.

Me refiero al Partido Socialista y a Izquierda Unida, que por lo que
estoy viendo en los acuerdos de la Federación Española de Municipios y
Provincias no estamos teniendo mucho éxito en esta negociación. Hay
En estas negociaciones una falta de consensos en materias que creemos
importantes. Quizás la fundamental es la financiación de los entes
locales, que de momento se está aparcando, no se ha llegado a
ningún tipo de acuerdo, mientras en la modificación de leyes que serán
tramitadas en este Congreso parece ser que sí está habiendo
acuerdos. También hay desacuerdos importantes en cuanto al acceso de
las corporaciones locales al Tribunal Constitucional. Entendemos que
es una cuestión importante porque las corporaciones locales se ven
afectadas en multitud de ocasiones por leyes que hacemos y si
tuvieran posibilidad de acceder al Constitucional quizá se actuaría
de otra manera. Nosotros somos pesimistas en cuanto al futuro de la
financiación local teniendo en cuenta las distintas declaraciones que
se vienen produciendo. Me horrorizo cuando veo que la presidenta de
la FEMP dice que no quiere más fondos, que el objetivo de la FEMP no
es conseguir más fondos para los ayuntamientos sino hacer un mejor
reparto del dinero. La verdad es que personas que tienen un puesto
importante y relevante en la defensa de los municipios y las
comunidades el hecho de que hagan este tipo de declaraciones, nos
parece increíble. Hay que destacar que hay otras personas en alcaldías
importantes que están en la FEMP que no siguen esta tesis. Reitero
que me parece una mala base la información que usted nos ha dado
aquí, que no haya concretado en absoluto ningún tema de financiación
y que la presidenta de la FEMP esté en una tesis que no sea la de
mejorar este aspecto de los entes locales.

Le reitero nuevamente nuestro agradecimiento por su presencia aquí y,
si es posible, que en su siguiente intervención



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clarifique por lo menos el aspecto que más nos preocupa a
nosotros.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular la señora Montseny Masip
tiene la palabra.




La señora MONTSENY MASIP: Señor presidente, quiero agradecer también
la presencia del secretario de Estado y la disertación que nos ha
hecho para poder tener un conocimiento profundo de lo avanzado que
está el pacto local. Nos ha dado un detalle pormenorizado de las
áreas de trabajo de las dos subcomisiones en relación a la reforma
de las entidades locales, en la ley, tanto en el aspecto financiero
como en cuanto a la nueva distribución de los tributos cedidos a las
corporaciones locales. Creo sinceramente que el trabajo ha sido muy
importante. No sólo se ha ultimado en los dos años de vigencia del
Ejecutivo un pacto autonómico que ha ido avanzado con los acuerdos
que se han ido sustanciando en esta Cámara y con el compromiso
adquirido en el debate de investidura por el presidente de Gobierno,
sino que el pacto local, esa administración tan próxima al
administrado, esa célula tan importante en el orden de gobierno del
ciudadano porque es la administración que tiene más próxima, creo
que es importante tal y como se ha enfocado los trabajos
preparatorios de cara al próximo quinquenio.

Como no podía ser de otra manera, me gustaría también agradecer el
tono de las reflexiones que se han venido suscitando por los
distintos grupos que han intervenido en la comparecencia del señor
secretario de Estado de Administraciones Territoriales porque no se
ha hecho catastrofismo. El tono ha sido constructivo y se han dado
criterios alternativos que siempre es agradable escuchar porque
todo lo que se promueva con una base constructiva se puede estudiar.

Como es lógico, el Grupo Parlamentario Popular que sustenta al
Gobierno no comparte cada uno de los criterios alternativos que se
han dado aquí, pero hablar de ese tono de reflexión nos parece
constructivo habida cuenta de que muchas veces los debates se
producen con mayor crispación. Me hubiera gustado este debate
cuando se estudió el nuevo modelo autonómico, cuando se debatió la
Ley de reforma de la Lofca y de la cesión de tributos del Estado a las
comunidades autónomas; este hubiera sido el debate que me hubiera
gustado oír en aquella ocasión.

Se han dicho aquí muchas cosas ciertamente importantes. Se ha dicho
por parte de alguno de los intervinientes que no se han dado cifras
concretas. Creo que sí se han dado cifras concretas, se han dado
porcentajes en cuanto a la implicación de los recursos y de los
tributos que tienen la corporaciones locales en los ingresos de las
arcas tributarias del Estado. También se han dado otras cifras muy
importantes, por ejemplo, cuando se ha hablado de que el IBI es el
impuesto fundamental en la propia competencia obligatoria que tienen
las corporaciones locales, que asume un 15,6 del porcentaje de estos
ingresos de los ayuntamientos y que asciende a una globalidad de
800.000 millones de pesetas al año, cifra que en absoluto es baladí,
y que el Impuesto de Actividades Económicas ronda el 6,4 por ciento.

Por tanto, creo que se han dado estas cifras que pueden rondar en
la célula de la Administración local que tan importante es para los
ciudadanos.

Se ha pedido por alguno de los intervinientes que se aumenten las
partidas presupuestarias de cara a una mejor financiación de los
ayuntamientos; se ha pedido que en lugar de los 900.000 millones con
destino a recursos de los ayuntamientos se aumente a un billón y que
la cifra de los recursos destinados a los entes locales provinciales,
que ronda los 400.000 millones de pesetas, también sufra un aumento
importante que va a ser de 500.000 millones. En relación a este punto
concreto, me gustaría decir que no se trata ya de pedir más recursos
de forma alternativa y sin suficiente razón, sino de asumir los
compromisos de nuestra entrada en la unión monetaria. Es bueno que
haya una agilización en el ahorro de los recursos que debe gastar
cada una de las partes del Estado, es bueno que se aún en todos los
principios de convergencia para reducir los déficit que debe asumir
cada una de las administraciones del Estado, ya sea el central, las
comunidades autónomas o los ayuntamientos para poder cumplir todos y
cada uno de los criterios que debemos seguir teniendo para estar
presentes en la unión monetaria.

También se ha dicho aquí una cosa muy importante en relación al
posible déficit de las corporaciones locales. Creo que se ha
demostrado que la bajada de los tipos de interés no sólo ha reducido
el déficit de los ejercicios corrientes en los últimos años, sino que
ha redundado en una menor deuda pública por parte de la
Administración local, lo cual es importante. Por eso quizá no haría
una crítica de la frase que se ha atribuido a la PEMP sobre que no
quiere más fondos sino mejor administración de los recursos, porque
creemos que este es uno de los temas con los cuales la fuerza
política a la que represento concurrió a las pasadas elecciones y
porque, en definitiva, no se trata de gastar más sino de gastar menos
y tener mejores rendimientos, mejor administración y que el
ciudadano se beneficie de ella.

Me gustaría hacer una reflexión en base a algún que otro criterio que
se ha manifestado por distintos grupos parlamentarios. Entiendo que
el querer tener ideas distintas sobre lo que es el modelo que los
españoles nos hemos dado en cuanto al Estado de autonomías, Estado
central y corporaciones locales, no puede ir más allá de lo que la
propia Constitución establece para las corporaciones locales en el
artículo 142; y en el artículo 142 de la Constitución se dice que el
Estado deberá tener y destinar recursos suficientes a las
corporaciones locales y dotarles de autonomía financiera.

Pretender ahora que las corporaciones locales ya no son una parte de
la Administración del Estado con la misma fuerza que lo pueda ser una
comunidad autónoma porque las tres áreas forman parte del modelo
estatal que gracias al consenso y a la grandeza de la democracia nos
hemos dado los españoles, sería quizá desvirtuar ese espíritu
plasmado en la Constitución. Por ello, entiendo que puede ser
constructivo escuchar que algunos ayuntamientos no forman parte de la
Federación Española de Municipios y Provincias y que puedan tener
alguna aportación que hacer cuando se discute el nuevo modelo local,
pero pretender cambiar el sentido de la Constitución -y más en una
comparecencia como la presente- nos parecería ir un poco más allá de
lo que la propia comparecencia presupone.




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Creo que hay que felicitar al Gobierno, creo que en el área de
administraciones territoriales se ha hecho un trabajo fructífero y
bueno, que ha contribuido enormemente a clarificar la competencia y
la gestión de las distintas administraciones que conforman el
Estado español; también me gustaría decir que no queda ya tan lejos
el modelo español de lo que son distintos modelos europeos, puesto que
las áreas de competencia, por ejemplo, en Alemania, rondan el55 por
ciento de los recursos económicos y financieros para el Estado
federal, el 25 para los Länder y el 20 por ciento para las
corporaciones locales.

La discusión de ese nuevo modelo del pacto local será clarificadora y
España no está ya muy lejos de los modelos distintos que se han dado
en otros países de la Unión Europea; en ese sentido, felicitamos al
Gobierno porque ese debe ser el camino a seguir: el consenso, la
discusión constructiva, agradecer de nuevo el tono con que se ha
venido suscitando esta comparecencia y que debería imperar en las
comparecencias de cualquier miembros del Gobierno para dar
explicaciones de la labor del Ejecutivo.




El señor PRESIDENTE: El señor secretario de Estado tiene la palabra.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
(Fernández Díaz): Muchas gracias a todos los portavoces de los
diferentes grupos parlamentarios comenzando por el señor Perales,
portavoz, del grupo parlamentario que ha solicita- do mi
comparecencia, porque reconozco que, a pesar de las discrepancias, ha
tenido una intervención seria, con intención de llegar a acuerdos y
hacer un diagnóstico que no necesariamente es compartido en su
totalidad con el Gobierno pero que, ciertamente, está basado en un
diagnóstico serio de la situación que atraviesan en estos momentos
las corporaciones locales en el contexto de la necesidad de reforma
del sistema financiero local y del establecimiento de un acuerdo para
determinar cuál es el volumen global de recursos que han de tener las
corporaciones locales procedentes de los tributos del Estado en
base a su participación en los mismos, a lo largo del próximo
quinquenio 1999- 2003.

Dijo el señor Perales que yo no había dado cifras, no las he dado en
relación a cuál es la base. Hay tres cuestiones básicas: la base; el
criterio de evolución de esa cifra tomada como base para el
quinquenio, y los criterios de redistribución. Asimismo, creo que
apunté en mi intervención que ésas eran las tres cuestiones básicas
sin perjuicio de que hiciera una distinción, evidente, por otra
parte, y que sin duda comparten SS. SS., entre lo que hace referencia
a la financiación de los municipios y lo que hace referencia a la
financiación de las provincias.

No he dado la base por una razón a mi juicio evidentemente, y es
que la base ha de ser fruto de la negociación entre el Gobierno y la
Federación Española de Municipios y Provincias. Aceptarán ustedes que
si yo viniera aquí diciendo que la base del Gobierno es ésta, la
negociación del Gobierno es ésta, aparte de ser un irresponsable
político creo que habría cometido una gravísima falta de cortesía
institucional en relación con la Federación Española de Municipios y
Provincias puesto que el interlocutor del
Gobierno a estos efectos es la Federación Española de Municipios y
Provincias, y eso sin perjuicio de que la última palabra la tienen
las Cortes Generales, porque, en todo caso, lo que se pacte está
sometido a la última y soberana decisión de las Cortes Generales que
deben aprobarlo en la Ley de Presupuestos ya que esos criterios se
deben trasladar a esta ley, en su caso, otros criterios adicionales
a la ley de medidas o de acompañamiento, o, también a una eventual
reforma de la Ley de Haciendas Locales; pero si hemos de negociar con
la FEMP lógicamente esa base ha de ser fruto de tal negociación.

Sí hay un criterio que le aporta adicionalmente en estos momentos,
señor Perales, a usted y a todos los porta voces que han intervenido en
esta comparecencia, y es que hemos de pensar en la restricción
inicial del sistema que, en definitiva, debe significar como tal que
los recursos que por el actual modelo obtienen las corporaciones
locales en este año último de vigencia del quinquenio, han de ser los
mismos que por el nuevo modelo obtendrían también para este
ejercicio económico. Ésa es la restricción inicial del sistema.

Quiero recordarles, sin querer establecer ningún paralelismo porque
son supuestos distintos, que en la restricción inicial del sistema
cuando negociamos con las comunidades autónomas el nuevo modelo de
financiación la base fue la misma; la base de negociación fue la
misma y también los recursos que las comunidades autónomas obtuvieron
en el año base, 1996. No quiero decir con eso que tengamos que aplicar
lo mismo, lo que quiero decir es que ha habido un criterio en relación
con la financiación de las comunidades autónomas que fue fruto del
acuerdo mayoritario, porque es verdad como todos sabemos que tres
comunidades autónomas no aprobaron ese criterio en el Consejo de
Política Fiscal y Financiera, pero no es menos cierto que doce
comunidades autónomas asumieron ese criterio.

En todo caso, el criterio deberá basarse en la restricción inicial
del sistema y la base será fruto de la negociación. No se me oculta
que el Gobierno evidentemente quiere cumplir y está con voluntad
política de cumplir, el criterio de la suficiencia financiera que
establece la Constitución, por supuesto, y estamos seguros que
llegaremos a un acuerdo que ojalá sea unánime o subsidiariamente
muy mayoritario en cuanto a lo que han de ser los recursos que el
Estado pone encima de la mesa para que se financien las corporaciones
locales en lo que hace referencia a su participación en tributos
del Estado.

Como se ha hablado en algunas intervenciones de la dependencia o de
la tutela a que estaban sometidos los entes locales en relación con
el subsector Estado y las comunidades autónomas, quiero decir que
todo el mundo tiene dependencias, el Estado tiene dependencias y,
desde luego, las dependencias europeas en estos momentos del Gobierno
de España todos las conocemos. Es evidente que España no se hubiera
incorporado a la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria no
hubiéramos ingresado en el euro si no hubiéramos cumplido con un
objetivo de déficit, un objetivo de deuda, un objetivo en relación
con los tipos de inflación, con los tipos de interés en relación a la
inflación, etcétera. Es decir, dependencias las tenemos todos en un
mundo absolutamente globalizado e interrelacionado,



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y sobre todo, cuando España se ha incorporado a una
estructura supranacional como es la Unión Europea.

Por tanto, el Gobierno de España ¿es soberano y no tiene
dependencias? Tiene dependencias de la Unión Europea; en el año 1997
aportaba como máximo, para el conjunto de las administraciones
públicas un déficit del 3 por ciento o, de lo contrario, si no se ha
cumplido y ahora tendría las consecuencias que todos sabemos. Lo
mismo respecto a si no se hubiera invertido la tendencia en
relación con el porcentaje que la deuda supone sobre el PIB, o en
relación con los tipos de interés, o en relación con la inflación.

Dependencias tenemos todos. ¿Las comunidades autónomas en relación
con el Estado? también las tienen. Aunque se dijo que los
ayuntamientos tienen esa dependencia y las comunidades autónomas no
quiero recordarles que eso no es cierto. La Lofca establece unos
controles del Estado en relación con el endeudamiento de las
comunidades autónomas, y no sólo eso, sino que después se pactan
bilateralmente entre las comunidades autónomas y el Gobierno los
escenarios de consolidación presupuestaria; y además se llega a un
acuerdo global en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera
con el conjunto de las comunidades autónomas. Por tanto, la Lofca
establece restricciones para acceder al endeudamiento por parte de
las comunidades autónomas y si quieren ustedes, en ese sentido
tienen una dependencia del Estado. Hay un mandato constitucional,
hay una competencia del Estado en el artículo 149.1 que es la
coordinación de la hacienda central con las haciendas territoriales,
y el título competencial de coordinación establece -como ha dicho
el Tribunal Constitucional- cierta relación de superioridad del que
coordina en relación con el coordinado; eso es así lo dice la
Constitución, y no está funcionando mal el cumplimiento de ese
mandato constitucional. Por tanto, hay esa restricción y esa
dependencia por parte de las comunidades autónomas.

Se establecen además, globalmente y en un segundo paso, en el Consejo
de Política Fiscal y Financiera, los criterios de limitación del
endeudamiento y déficit de las comunidades autónomas, y después, eso
se traduce a nivel bilateral en unos escenarios de consolidación
presupuestaria. Por tanto, dependencias del Estado, entre otras
cosas, en relación con la Unión Europea, por no hacer referencia a
esas dependencias que serían más atípicas de los mercados que, al
final, penalizarían si el Gobierno no aportara unas cuentas públicas
saneadas y los presupuestos no dieran lugar a unas variables
macroeconómicas suficientemente definidoras de unas cuentas públicas
saneadas, pero es que lo penaliza la Unión Europea; también las
comunidades autónomas en relación con el Estado, y por supuesto, dado
el carácter bifronte en las corporaciones locales, tal como ha
señalado el Tribunal Constitucional, hay una dependencia también de
las corporaciones locales en relación con el Estado y en relación con
las comunidades autónomas. En relación con el Estado esas
dependencias tienen unos límites; hay unos límites al endeudamiento
que se establecen en la normativa porque, a diferencia de las
comunidades autónomas donde se pude pactar bilateralmente un escenario
de consolidación presupuestaria porque hablamos de 17 comunidades
autónomas, la verdad es que sería mucho más complicado aparte de que,
jurídicamente, se nos da el marco en que nos movemos, pero sería
mucho más difícil
pactar ocho mil y pico escenarios de consolidación presupuestaria
con otros tantos ayuntamientos.

Por tanto, aquí, en este mundo nadie es independiente, todo el mundo
tenemos dependencias y no creo honradamente y con todo respeto, que
se pueda argumentar en contra de un eventual control económico y
financiero del Estado en relación con las corporaciones locales
porque ese es un mandato constitucional y porque, por otra parte,
todas las administraciones públicas están sometidas a ese tipo de
controles. Es cierto que, al final, el resultado no es malo porque
estamos viendo que España ha podido presentarse ante la Unión Europea
con un nivel de déficit y un nivel de endeudamiento del conjunto de
las administraciones públicas que han cumplido los parámetros
deseados y exigibles.

Señor Perales, la cifra no la he dado por las razones que he
mencionado y, en cuanto al criterio de evolución, tomo buena nota de
lo que sería la posición del Partido Socialista al que usted
representa en este trámite parlamentario de que la base debería pasar
de, aproximadamente, 1,3 billones a 1,5 billones distribuido entre
un billón para ayuntamientos y 0,5 billones para diputaciones,
consejos y cabildos insulares.

En cuanto al criterio de evolución, usted ha señalado un criterio de
evolución que si no he tomado nota mal quería decir que fuera el PIB
nominal a los precios del mercado. Me remito a lo que dije antes, creo
que eso ha de ser fruto de la negociación. En todo caso sí quiero
decir al señor Perales que, técnicamente, refleja mucho mejor lo que
debe ser el crecimiento de la económica el PIB nominal al coste de los
factores que a los precios del mercado que aparecen distorsionados
por subvenciones y algunas imposiciones indirectas, entre otras cosas,
de las haciendas forales. Por tanto, sin perjuicio de que ese tema ha
de ser fruto de la negociación y del acuerdo político, técnicamente,
parece más correcto el criterio del PIB al coste de los factores.

Introduzco una nueva reflexión: ¿Qué pasaría, señor Perales, el año
en que el PIB nominal a precios del mercado fuera inferior al coste
de los factores? ¿Pediríamos que se aplicara el otro? Ha habido años
de todos los colores; por aludir a los dos más recientes, en 1995 PIB
nominal a precios del mercado por encima del PIB nominal al coste
de factores y al revés en el año 1996. Creo que técnicamente es mejor
-insisto-, más adecuado y correcto el coste de los factores, pero
quiero decir que el Gobierno tampoco está cerrado a una posición
intransigente en cuanto a que fruto de la negociación pudiera
establecerse un criterio distinto de evolución. Sí compartimos al
parecer, y me parece positivo que establezcamos un criterio muy
claro.

Le voy a decir una cosa, lo razonable sería, efectivamente, como ha
señalado S.S., que el criterio de evolución fuera el de los ITAE; ese
sería el criterio razonable, pero en el modelo vigente que pactó el
anterior Gobierno con la Federación Española de Municipios y
Provincias y que no criticamos, estableció esas dos restricciones de
un mínimo y de un máximo. El mínimo tiene sentido porque se trata de
no penalizar a las corporaciones locales por un decrecimiento de los
ITAE, de la recaudación tributaria del Estado del que no fueran
responsables las corporaciones locales, y, por tanto, hay que
establecer una garantía de mínimos que es precisamente el IPC; pero,
al mismo tiempo también hay que establecerle una limitación por
arriba, una cota máxima



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al crecimiento para evitar lo que pudiéramos denominar el
parasitismo fiscal, es decir, que las corporaciones locales se
beneficiaran injustamente de una política fiscal del Estado muy
activa para aumentar sus ingresos tributarios. Ése fue el motivo
por el que el anterior Gobierno estableció tal criterio de
evolución, el de los ITAE con esas restricciones, una cota mínima
que es el IPC para no penalizar injustamente a las entidades locales
y una cota máxima al PIB nominal para que tampoco se beneficiaran
injustamente de una política fiscal más activa por parte del
Estado. Creo que el anterior Gobierno actuó correctamente en ese
sentido. Si ahora, en lugar de actuar con esos criterios de
prevalecida establecemos un único que fuera el PIB nominal a
decidir coste-factores/precio-mercado,`vamos a negociarlo con la
FEMP y ya le digo que no estamos cerrados aunque la posición de
partida del Gobierno sería que fuéramos por el PIB nominal al coste
de los factores.

Ha dicho el señor Perales que en una comparecencia parlamentaria, el
día 1 de abril de 1998, aludió al inicio de las negociaciones con la
Federación Española de Municipios y Provincias y que ahora hace
diez días que hemos enviado a dicha Federación Española de Municipios
y Provincias una comunicación solicitando el inicio formal de las
negociaciones. Creo que tengo que explicar exactamente qué está
sucediendo.

Ha habido dos negociaciones en paralelo, la del denominado -para
entendernos- pacto local estricto sensu, que también incide
lógicamente en la Administración Local, la relativa a lo que es
objeto de esta comparecencia, el nuevo quinquenio de financiación y
la reforma del sistema financiero local.

Se decidió de común acuerdo con la FEMP separar ambos ámbitos de
negociación por entender, entre otras cosas, que el quinquenio había
que negociarlo como es evidente el año en que estamos, mientras que
aquella otra negociación la comenzamos el año 1996 y porque, por otra
parte, acometer una eventual reforma del sistema financiero local
requería previamente de unos estudios técnicos muy rigurosos que es
lo que se hizo. En mi primera intervención aludí a una entrevista
del vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía, con la
Comisión ejecutiva de la Federación Española de Municipios y
Provincias el 3 de abril del año pasado, y ya en esa fecha se
iniciaron los trabajos técnicos relativos a esos dos subgrupos: el
tributario y el financiero, a que he hecho referencia. Uno de ellos
ha terminado recientemente ya sus trabajos; el otro los tiene muy
avanzados. Por el momento político en que nos encontramos es por lo
que ahora ya el Gobierno se ha dirigido a la Presidencia de la FEMP
diciendo que estando muy avanzados los trabajos correspondientes al
subgrupo que estudia los aspectos financieros que eventualmente habrían
de reformarse del sistema financiero local y la determinación del
quinquenio en cuanto a la participación de los tributos del Estado y
los entes locales, y cuando ya se han terminado -hace escasamente
quince días- los trabajos correspondientes a la reforma del sistema
tributario local, estamos en condiciones técnicas de acometer ya
políticamente la negociación. No hemos empezado ahora sino que creo
que he podido demostrar llevamos muchos meses trabajando lo que pasa
es que esos trabajos llevaban su ritmo.

Creo que he contestado en cuanto a la imputación que me hacía el
señor Perales de que no había voluntad de negociar, había voluntad de
negociar, lo que pasa es que el momento político para negociar, a
juicio del Gobierno, es a partir de ahora.

Me decían que no sabíamos cómo afrontar el quinquenio. Creo que lo
he contestado, pero nos ha parecido que para afrontar el quinquenio
de financiación lo teníamos que hacer sobre unas bases sólidas y
técnicas, es decir tras un diagnóstico de cómo está la financiación
de las corporaciones locales, y los resultados de la financiación
de las haciendas locales en el quinquenio que finaliza su vigencia en
31 de diciembre de este año, porque yo creo que hubiera sido un
ejercicio de irresponsabilidad política y en eso podemos estar todos
de acuerdo, que sin más dijéramos: Ahora hemos acabado este quinquenio
y para el quinquenio próximo vamos a poner tanto dinero más y lo
vamos a distribuir así. Creo que hubiéramos hecho un mal favor, sobre
todo a las corporaciones locales. Se trata de analizarlos efectos
positivos, los efectivos negativos del modelo quinquenio y qué
reformas, desde la experiencia, exige el sistema de financiación
local. Luego ya hablaremos de las cuestiones que hay que negociar, la
base, el criterio de evolución y los criterios de distribución de
esos recursos, pero el momento político lo he podido demostrar; esa
éste y, hasta ahora, no hemos estado parados, sino que hemos estado
trabajando en el ámbito que había que trabajar, fundamentalmente,
en el ámbito técnico y en el profesional y doctrinal.

Como algún otro portavoz, la señora Uría, o el señor Fernández
Sánchez, o la señora Carme Leura Gil han hecho referencia a ese
trabajo, evidentemente, a través del presidente de la Comisión estoy
dispuesto a hacerles llegar esa documentación. En todo caso sí quiero
decirles que además de los técnicos del Instituto de Estudios
Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda y del Ministerio de
Administraciones Públicas, han participado técnicos de la FEMP y
técnicos de diversas corporaciones locales que están gobernadas por
diferentes partidos políticos.

En cuanto al subgrupo que ha dictaminado ya los trabajos
correspondientes al sistema tributario local, les puedo citar, por
ejemplo, que, entre otros ha estado por parte de la Federación
Española de Municipios y Provincias el Secretario de la Comisión de
Función Pública de dicha federación, el Secretario de la Comisión
de Haciendas Locales de la Federación Española de Municipios y
Provincias, el jefe del área financiera del Ayuntamiento de Alicante,
la jefa de impuestos del Ayuntamiento de Gijón, el consejero técnico
del Ayuntamiento de Madrid, el subdirector de tributos del
Ayuntamiento de Barcelona, el gerente del organismo autónomo local
de gestión tributaria de la diputación de Barcelona, el
viceinterventor del Ayuntamiento de Valencia, el interventor del
Ayuntamiento de Lorca, es decir, han participado técnicos de
diversos ayuntamientos que, como han podido ver, son de coloración
política diversa, y de hecho ahí están representados tanto el Partido
Popular como Izquierda Unida o el Partido Socialista.

Es verdad -y perdóneme señor Perales que entre por esta vía
tangencialmente a las referencias de la señora Gil y de la señora
Uría- que no hay en este caso una representación del Partido
Nacionalista Vasco ni de Convergencia i



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Unió, pero estamos en lo de siempre, y con eso aprovecho, si me lo
permite el señor Perales, para contestar a sus intervenciones.

La Ley reguladora de las Bases de Régimen Local establece que el
interlocutor del Estado, del Gobierno a estos efectos, es la
asociación representativa del municipalismo español de mayor
implantación en el territorio nacional, y esa representación
establecida por ley es la Federación Española de Municipios y
Provincias. Sé perfectamente que Eudel es muy importante en el País
Vasco, y sé muy bien que la Associació Catalana de Municipis es muy
importante en Cataluña -por cierto, señora Gil, que tiene el mayor
número de municipios pero, ni de lejos, la mayor parte de la
población. (La señora Fil i Miró: No lo he dicho). No he tomado nota
para no entrar en polémica, pero quiero decir que la Federació de
Municipis de Cataluña está integrada en la FEMP y que la Federación
de Municipios de Cataluña tiene, si no el mayor número de municipios
de Cataluña, sin duda, de lejos y de largo, la mayor parte de la
población. Lo bueno sería que tanto la Associació Catalana de
Municipis como la Federación Catalana de Municipios que ya está
indirectamente a través de la Federación Española de Municipios y
Provincias, llegaran a un acuerdo entre ellas y no nos encontráramos
con estos problemas que desde el Gobierno no podemos resolver, porque
nosotros hemos de cumplir la ley y ustedes no me cuestionarán
que el Gobierno cumpla y haga cumplir la ley; si la Ley reguladora de
Bases de Régimen Local dice que nuestro interlocutor es la Federación
Española de Municipios y Provincias pues nosotros no lo podemos
saltar.

Eso crea problemas, efectivamente, que luego Eudel no está ahí, que
después la Associació Catalana de Municipis no está ahí pero sí que
están aquí el Partido Nacionalista Vasco y Convergencia i Unió que
tienen la última palabra y, por tanto todo lo que nosotros
convengamos, al final lo van a tener que aprobar ustedes y de nada
valdrán los acuerdos a que lleguemos si después las Cortes Generales
no lo aprueban, y ustedes, a través de sus grupos parlamentarios,
tienen alguna capacidad de influencia en el Gobierno. Eso sin
perjuicio de que es evidente que sin tener esas negociaciones
institucionales sí hemos tenido con mayor intensidad con unas
asociaciones que con otras, algunas conversaciones no oficiales ni
institucionales porque la ley no nos lo permite. pero he querido
poder demostrar que ese grupo de trabajo es un grupo que ha hecho su
labor rigurosamente y con criterios estrictamente técnicos y con
aportaciones de técnicos que prestan sus servicios en distintos
tipos de entes locales, que como han podido ver a titulo de ejemplo,
están gobernados por todo tipo de partidos de los que integran la
Federación Española de Municipios y Provincias como garantía de
pluralidad y de rigor a la hora de establecer el diagnóstico que ha
de servir de base para la negociación política.

Me preguntaba el señor Perales ¿podemos garantizar la financiación
actual? Mire, señor Perales, para mi seria muy fácil decir si o no, y
repito que no debo hacerlo porque eso ha de ser objeto de la
negociación. Si que he hablado de la restricción inicial porque es
evidente que eso se va a plantear y es lógico que exista una
restricción inicial en los términos que antes comenté.

Ya sé que usted no ha pedido indiscriminadamente más recursos -y yo se
lo agradezco; tampoco me sorprende- y que usted quiere que la
financiación sea suficiente, y sobre todo, que sea estable. Sobre ese
supuesto nos ha pro- puesto una base en los términos que antes
comentó para ayuntamientos y para diputaciones o para municipios y
provincias y una estabilidad basada en un criterio de evolución
como el que ha marcado.

Comparto el criterio de que evidentemente hemos de llegar y le puedo
asegurar que el Gobierno no cerrará un acuerdo que no garantice el
principio establecido en el artículo 142 de la Constitución, la
suficiencia financiera, y que, evidentemente, despeje cualquier tipo
de inseguridad jurídica y económica para las corporaciones locales en
cuanto a cuáles van a ser las entregas a cuenta que van a percibir
sobre la base del acuerdo de financiación al que se ha llegado en lo
relativo a su participación en los tributos del Estado.

Me decía usted además que el rigor presupuestario de los entes locales
lo merecen. Aludía a que en la medida de que los ayuntamientos son la
administración más próximo al ciudadano en muchas ocasiones, y más
allá de los servicios que obligatoriamente deben prestar del
acuerdo con el artículo 25 de la Ley de Bases de régimen Local, tienen
que dar respuesta a la presión ciudadana, y que desde esa perspectiva
les parecía injusto que el Gobierno endureciera el acceso al
endeudamiento de los entes locales en las leyes de acompañamiento
cuando no lo hace con otros subsectores. Creo que ya le he
contestado a eso: no es verdad, por las razones que expuse, que no lo
haga con otros subsectores. Las comunidades autónomas se someten en
los escenarios de consolidación presupuestaria a claras
restricciones en cuanto al acceso a la deuda que requiere la
autorización del Ministerio de Economía y Hacienda y del Banco de
España, y evidentemente, en cuanto a los déficits los pactan con el
Gobierno en sus escenarios de consolidación presupuestaria, por
tanto, están absolutamente sometidos como el Gobierno está sometido a
los criterios de la Unión Europea y mucho más en el escenario de la
Unión Económica y Monetaria en que nos encontramos en estos
momentos. Quiero decir que no hay un agravio comparativo en
relación con los entes locales; lo que se hace es que esos límites,
en cuanto al acceso de endeudamiento, los hacemos con una
modificación del marco normativo porque no hay otra manera de
hacerlo.

También le tengo que decir que aquellos ayuntamientos que tienen sus
cuentas saneadas no se ven perjudicados en absoluto por ese presunto
endurecimiento en cuanto a las condiciones para acceder al crédito o
al endeudamiento, le puedo asegurar que no, sino que más bien eso va
en la línea de evitar que los ayuntamientos que no tienen sus cuentas
saneadas se endeuden de manera que ponga en riesgo o que ponga en
gestión la viabilidad de esa corporación, porque al final, nos
podemos encontrar con que sin tener ningún tipo de ahorro neto se
vaya indiscriminadamente incrementando el endeudamiento y al final,
la corporación entre en una situación de crisis no coyuntural sino
estructural. Con eso le puedo contestar a la referencia que ha hecho
a los ayuntamientos de La Línea de la Concepción, de Rota y de Cádiz.

Esos ayuntamientos ahora los gobierna el Partido Popular, pero antes
les han gobernado otros partidos. Le



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puedo asegurar, y le rogaría que no tuviera dudas al respecto, que
sería de una irresponsabilidad rayana en la temeridad en que ahí el
Gobierno hubiera actuado por criterios políticos, pero le voy a dar
algunos datos más allá de lo que puedan ser mis palabras que acepto
perfectamente que pueden ser respetadas pero no creídas.

En el Ministerio de Economía y Hacienda, mucho antes de que el
Partido Popular accediera al Gobierno, existían ya auditorías de la
Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales
poniendo de manifiesto la situación que yo me atrevería a decir de
quiebra estructural del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción. La
segregación del municipio de San Roque ha dejado al municipio de La
Línea de la Concepción en situación tal que le es materialmente
imposible cubrir sus gastos corrientes si no era con una medida como
la que hemos puesto en marcha consistente no en darle 1.800 millones
de participación en tributos del Estado, lo que hemos hecho ha sido
darle 800 más porque ya tenía 900 millones de participación en
tributos del Estado. Y es verdad que es una medida excepcional porque
la situación de La Línea de la Concepción es absolutamente
excepcional, y porque, además en La Línea de La Concepción se da una
situación que todos estaremos de acuerdo en que hay que atender
singularmente, ya que es un municipio fronterizo con la última y
única colonia que hay en Europa y que lamentablemente está en nuestro
país, de tal manera que no teniendo en absoluto ese ayuntamiento
terreno disponible y por otra serie de razones, o se acometía una
medida como la que hemos acometido o la inviabilidad de ese
ayuntamiento era evidente; no tenía recursos ni siquiera para cubrir
sus gastos corrientes capítulo 1 y capítulo 2. Lo hicimos, como sabe,
en el seno de una Comisión institucional en la que yo mismo
presidía la representación de la Administración del Estado y en la
que estaba la Junta de Andalucía presidida su representación por la
consejera de Gobernación y Justicia, señora Hermosín y el
Ayuntamiento de La Línea de la Concepción no representado sólo por
su alcalde, sino por los portavoces de todos los grupos
parlamentarios, ahí estaba el portavoz socialista, el de Izquierda
Unida-Convocatoria por Andalucía y el Partido Andalucista para dar
el mayor sentido institucional posible. Dijimos claramente que una
decisión de esas características sólo podía acometerse en la medida
que hubiera un consenso entre todas las fuerzas políticas de
considerar que, efectivamente, la situación del Ayuntamiento de La
Línea de la Concepción requería una respuesta de esas
características.

A partir de ahí dice: Muy bien, pero hágalo usted no detrayéndolo del
fondo global de recursos destinados a las corporaciones locales. Es
cierto, podía haberse hecho así, pero de la misma manera que también
tradicionalmente en la Ley de Presupuestos aparecen con carácter
singular dos municipios, Madrid y Barcelona, y ahora aparecen tres,
pues podíamos remontarnos a esa situación ¿por qué Madrid y Barcelona
históricamente han tenido un tratamiento singular? Creo que además
lo han tenido razonable y justificadamente. podríamos plantearnos por
qué no le damos a La Línea de la Concepción, en otra vertiente y con
otras consecuencias, un tratamiento equivalente al que históricamente
se ha dado a Madrid y a Barcelona considerando que eran dos
municipios en los que concurrían circunstancias
muy excepcionales, no afortunadamente de las
características de La Línea de La Concepción.

Le daré un último argumento, señor Perales, que sin duda entenderá,
no le digo que me lo acepte pero lo entenderá: 800 millones entre
8.000 municipios no significa un importante esfuerzo de solidaridad
individualmente considerado, mientras que seguramente para el
Gobierno no hubiera sido fácil un decreto ley para aprobar un crédito
extraordinario destinado única y exclusivamente a ese ayuntamiento
porque, por desgracia, de los más de 8.000 ayuntamientos en España,
en la situación del de La Línea de la Concepción no hay muchos, pero
le puedo asegurar que ayuntamientos con situaciones difíciles hay
muchos, y hubiera sido muy difícil explicar en un debate parlamentario
monográfico y singular para un ayuntamiento un tratamiento de
estas características.

Le he dado honradamente todas las explicaciones que motivan esa
decisión y creo de verdad que más allá de valoraciones absolutamente
legitimas se puede entender que la posición del Gobierno ni de lejos
ha tenido nada que ver con criterios partidistas.

Del Ayuntamiento de Rota le puedo decir algo parecido, si el
secretario de Estado de Defensa ha dicho que tiene derecho a cobrar
los impuestos correspondientes a las obras que se realicen en la base
de Rota, pues lo hará con pleno conocimiento de causa. Yo le puedo
decir que a las dos o tres semanas de haber tomado posición de mi
cargo en mi despacho estaba el alcalde de Rota, a quien yo no tenía el
gusto de conocer, y me dijo que tradicionalmente, en cuanto se
constituya un nuevo Gobierno, él estaba allí para plantear la
situación de su municipio; con la singularidad efectivamente,
derivada de la base de Rota tenía una situación muy complicada. Eso es
lo que se ha hecho, si al final, el Ministerio de Defensa entiende
que efectivamente, tienen derecho a cobrar esos impuestos me alegro
muchísimo porque eso permitirá que el Ayuntamiento de Rota pueda
funcionar con parámetros razonables.

En cuanto al Ayuntamiento de Cádiz (curiosamente los tres son
andaluces, no creo que al señor Perales eso le sepa mal, sobre todo
habiendo sido Presidente de la Diputación de Cádiz y esos
ayuntamientos están por ahí) le digo que del Ayuntamiento de Cádiz
seguro que conoce usted, inclusive mejor que yo, su problemática y
la problemática del Ayuntamiento de Cádiz no creo que sea ajena a
otros ayuntamientos con una problemática equivalente, pero, desde
luego, era una situación muy delicada. Estoy convencido de que esa
respuesta se hubiera dado cualquier que hubiera sido el alcalde que
en estos momentos gobernara esos municipios, entre otras cosas,
porque eso queda ya resuelto, cuando menos, durante mucho tiempo y
quien se va a beneficiar de eso van a ser los ciudadanos de esos
municipios y esas instituciones, los ayuntamientos respectivos de
Cádiz, Rota y de La Línea de la Concepción. Por cierto, le digo que
ya tengo cola de peticiones de ayuntamientos que piden tratamientos
equivalentes, de todos los colores políticos y por eso, señor
Perales, conjuntamente con el Ministerio de Economía y Hacienda, en
particular la Secretaría de Estado de Hacienda, la Dirección General
de Coordinación con las Haciendas Territoriales y el Ministerio de
Administraciones Públicas, estamos ultimando un estudio que nos
permita establecer algo así como un modelo al que ajustarnos



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para dar respuesta a peticiones equivalentes de otros
ayuntamientos. Al final hay demasiados ayuntamientos que se
encuentran en situaciones de extrema dificultad, y para alejarnos lo
más posible del subjetivismo y de la discrecionalidad -ya no digo
de la arbitrariedad- es bueno que tengamos un modelo al que podernos
acoger, una especie de plantilla de tal manera que podamos dar la
respuesta que más convenga en cada caso.

También le digo, señor Perales, que algún ayuntamiento que no voy a
citar, ha venido a pedir una respuesta extraordinaria desde el
Gobierno -y antes lo dije de pasada- pero no cobra ni tasa de
basuras, no cobra ni una sola contribución especial, y me atrevo a
decir que usted estará de acuerdo conmigo en que un ayuntamiento que
no cobra ni una sola tasa -incluida la de basuras-, que no cobra ni
una sola contribución especial y que tiene un margen de recorrido
bastante importante, en cuanto al IBI y al IAE que venga a pedir un
esfuerzo extraordinario por parte del Gobierno pues no se lo merece.

El Gobierno debe ayudar a quien evidentemente se ayuda y ese es el
criterio con que estamos actuando. En esos tres ayuntamientos no se
cumplían estos requisitos dichos, de que no cobraran las tasas, de que
no cobraran contribuciones especiales, etcétera. Si hay una
injusticia clarísima en el mundo municipal es que, como ustedes saben,
se produzcan plusvalías en bienes inmuebles derivados de unas obras
que realiza el ayuntamiento y que no se cobren contribuciones
especiales. Eso está pasando en algunos ayuntamientos, algunos
ayuntamientos que piden ayudas, no estoy generalizando; pero la
pluralidad, la diversidad, la multiplicidad del mundo locales tan
rico que hay que estudiar en muchas ocasiones casuísticamente las
soluciones que requieren.

Me dijo el señor Perales que como consecuencia del rigor
presupuestario, de cómo están actuando los municipios en relación
con los tributos obligatorios, Impuestos de vehículos, IBI, IAE y de
los potestativos, la única posibilidad de incrementar sus recursos
es incrementar la PIE. Con carácter general, no estoy de cuerdo con
esa afirmación -y he puesto algún ejemplo, con carácter general- lo
cual no quiere decir que evidentemente, hemos de cumplir y cumpliremos
el principio constitucional de la suficiencia financiera, pero yo le
podía devolver la pelota, cosa que no voy a hacer en estos momentos, y
decirle. ¿Sobre qué criterios, señor Perales usted me dice que ha
de ser 1,5 billones la base y no 2 billones o 1,3? Usted me dice que
es un criterio político» pero 1,5 billones son 200.000 millones más
y eso ya son unas décimas de déficit y esas cosas, cuando estamos en
la situación que estamos en el ámbito de la Unión Europea, pues
aunque podamos tener a lo mejor la voluntad política compartida,
resulta que hay que cuadrar las cifras, si no eso hay que quitárselo
a otras partidas presupuestarias que seguramente t tienen los
mismos títulos de legitimidad, de reclamación que los ayuntamientos
para solicitar ese incremento de la financiación. Sin perjuicio de
eso me reafirmo en lo que dije antes de que la base será fruto de la
negociación.

En cuanto a los criterios de reparto, habló de mantener el 70 por
ciento en función de la población de derecho a 31de diciembre del año
de la liquidación; eso no sería operativo, señor Perales. Ahora es
la población de derecho a 1 de enero del ejercicio presupuestario,
precisamente porque
como usted muy bien señalaba, el padrón es continuo y eso nos
llevaría a que las entregas a cuenta se tendrían que estar
modificando permanentemente y ahora ¿qué tenemos? ¿le damos una
entrega a cuenta de acuerdo con la población de derecho a 1 de enero
del ejercicio presupuestario correspondiente y en la liquidación
será el momento para que en función de la población de derecho real
podamos tener en cuenta ese factor; si aplicáramos el criterio que
usted nos dice, como el padrón se modifica ahora continuamente, nos
llevaría a que cada mes tendríamos que estar modificando las entregas
a cuenta y obviamente eso no creo que fuera operativo. Lo importante
es que en el momento de la liquidación, de la entrega a cuenta, sí
operemos, lógicamente con la población de derecho realmente
existente.

Y en cuanto al 5 por ciento de las unidades escolares que usted dice
se podría suprimir, eso nos lo pide la FEMP pero si lo podemos
suprimir ¿qué quiere decir? ¿que suprimiríamos esa financiación?
(Rumores), ese es el tema, porque eso puede suponer 60.000 millones
de pesetas aproximadamente. y las comunidades autónomas que son
ahora la administración educativa competente pues dicen: Mire usted,
no me varíe ahora el marco competencial de distribución de
competencias en el ámbito educativo sin contar conmigo. Tienen toda
la razón y todo el derecho. La conservación, mantenimiento y
vigilancia de los centros escolares públicos radicados en el
municipio corresponden al ayuntamiento y conlleva un gasto, eso está
previsto en la Ley de Haciendas Locales con el 5 por ciento. Se les
quita la obligación, sin contar con las comunidades autónomas; no
podemos hacerlo; se les mantiene, es una manera indirecta de
incrementar la financiación; es una manera indirecta de incrementar
la base porque esos 50.000, 60.000 ó 70.000 millones de pesetas ahora
ya no deberían estar destinados a cumplimentar esa función de
conservar, mantener y vigilar los centros públicos.

Puedo estar de acuerdo en que una distribución competencial en base
a la cual las leyes básicas las dicta el Estado y que el desarrollo
legislativo, la ejecución para todos los grados, niveles y
especialidades corresponden a las comunidades autónomas y que queda
un apéndice de conservación, mantenimiento y vigilancia a los entes
locales, quizás no sea el más adecuado, pero eso el Estado no puede
unilateralmente modificarlo; ése va a ser uno de los temas de
negociación, pero ahí no podremos tomar una decisión, sin contar con
las comunidades autónomas en la medida que o ya son administración
educativa competente o lo van a ser cuando se transfieran las
competencias de educación que ya tienen reconocidas en sus estatutos
de autonomía.

Termino ya la referencia al señor Perales diciéndole que no es verdad
que la Federación Española de Municipios y Provincias -aunque yo no
estoy aquí en representación de la Federación Española de Municipios
y Provincias- no haya levantado la voz en relación con estas
cuestiones, puesto que le puedo asegurar que en relación al pacto
local llevamos muchos meses negociando y en relación a estas
cuestiones específicas de la financiación local y del quinquenio,
como he podido creo acreditar, lleva mucho tiempo trabajando y
hablando con el Gobierno y esta carta a que he aludido no hace más
que oficializar el momento procesal político oportuno en el que ya
comenzamos la



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recta final de la negociación política una vez culminados los
trabajos técnicos.

Señor Uría, algo ya le he contestado. Con mucho gusto y a través del
presidente de la Comisión les haré llegar el documento
correspondiente; ni decir tiene que en lo que hace referencia a la
negociación del conjunto de leyes que conforman el denominado pacto
local con su grupo parlamentario y con su partido hemos negociado
intensamente; en el ámbito de la financiación local y del quinquenio
de participación, la política del Gobierno, como ha sido tradicional
en gobiernos anteriores, es negociar bilateralmente con la Federación
Española de Municipios y Provincias, el acuerdo lo llevaremos a la
Ley de Presupuestos y ese será el momento en que su grupo
parlamentario, como los demás, podrán lógicamente manifestar su
oposición, su reparo como es tradicional en el debate parlamentario de
cualquier proyecto de ley.

Ala señora Gil, comienzo por decir una cosa con toda cordialidad:
léase el Articulo 137 de la Constitución, porque no dice lo que
usted manifiesta en relación con lo que es el Estado. Si no, yo se lo
recuerdo: el Estado se organiza territorialmente en municipios,
provincias y comunidades autónomas; no dice que el Estado se organiza
en comunidades autónomas y que los municipios sean eso que usted
definía. El Artículo 137, primer artículo del Título VIII de la
Constitución, organización territorial del Estado -Capítulo primero,
principios generales dice: «El Estado se organiza territorialmente
en municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se
constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión
de sus respectivos intereses.» Por tanto, como es lógico me atengo
a la Constitución. Usted me ha hecho una reflexión- si no he tomado
nota mal en cuyo caso le pido disculpas- en cuanto a qué es el
municipio, diciendo que es una imagen virtual y le puedo decir que
para mí Barcelona no es una imagen virtual, no sé si el señor Joaquín
Molins lo es, pero estoy seguro que no es una imagen virtual, ni es
un concepto administrativo.

Por tanto, eso de que el Estado está integrado por comunidades
autónomas y que los municipios son otras cosas no es lo que dice la
Constitución, como yo le acabo de mostrar leyéndole simplemente el
Artículo 137 de la misma. Tampoco es verdad que no haya un solo
municipio fuera de una comunidad autónoma, Ceuta y Melilla no
pertenecen a ninguna comunidad autónoma y tampoco son comunidad
autónoma, son ciudades dotadas de estatuto de autonomía, que no es lo
mismo. Como en aquella época yo era diputado de la oposición fue
precisamente ponente parlamentario del debate de las leyes orgánicas
que aprobaron los estatutos de Autonomía de Ceuta y Melilla, por
tanto, tengo la modesta obligación de conocer el tema y le digo que
Ceuta y Melilla son ciudades dotadas de estatuto de autonomía que no
tienen capacidad de producción legislativa, que es entre otras cosas
lo que define claramente lo que es un par- lamento, un parlamento que
no puede elaborar leyes no es parlamento y Ceuta y Melilla no tienen
capacidad de producción legislativa; son ciudades con atributos
jurídicos formales propios de comunidad autónoma y son ciudades dotadas
de estatuto de autonomía, en ningún caso son comunidades autónomas.

Por tanto, Ceuta y Melilla que no
están integrados en ninguna comunidad autónoma rompen el
planteamiento que usted ha dicho.

Se lo digo con toda cordialidad, pero creo que el discurso de S.S.

que respeto pero que no comparto, nos pudiera llevar a considerar que
los municipios son meros entes administrativos, que el Estado sólo se
organiza sobre la base de comunidades autónomas y que los municipios,
imágenes virtuales y conceptos administrativos para que el Estado se
entienda con ellos inclusive con la financiación, lo tiene que hacer
hablando con las comunidades autónomas porque ellos son imágenes
virtuales y conceptos administrativos. Ése no es el planteamiento
constitucional ni es el planteamiento del Gobierno; pero también le
digo que la participación en tributos del Estado para los
ayuntamientos catalanes el Estado se los pasa a la Generalitat y es
la Generalitat quien los distribuye entre los ayuntamientos. Bien
es cierto que esas transferencias tienen carácter finalista, pero
quiero decir que es el marco constitucional y estatutario, es lo que
dice el Estatuto de Cataluña. Por tanto, la participación en
tributos del Estado de los ayuntamientos catalanes, también de las
diputaciones catalanas, el Estado lo transfiere a la Generalitat de
Cataluña y la Generalitat, con carácter finalista hace esa
transferencia y se lo traslada a los ayuntamientos. Decir que el
Ayuntamiento de Barcelona, el de Tarragona, el de Lleida, el de
Girona, los más de 900 ayuntamientos de Cataluña, en orden a su
financiación no pueden hablar directamente con el Gobierno, creo que
eso no es lo que dice la Constitución; no es la voluntad política del
Gobierno, pero es que, además no es lo que dice la Constitución.

En cuanto a la Associació Catalana de Municipis y la Federación, ya
le he contestado, nosotros hemos de negociar con la FEMP porque es
lo que dice la ley y el Gobierno ha de cumplir y hacer cumplir la
ley. Ojalá algún día, la Associació Catalana de Municipis y la
Federación se fusionaran -es mi posición particular y política- en
beneficio del municipalismo catalán y hubiera un interlocutor con
capacidad de interlocución y de representación suficiente para el
conjunto del municipalismo catalán en beneficio del municipalismo
catalán. En eso el Gobierno, lamentablemente, no puede hacer nada
más.

Sin perjuicio de eso, sabe S.S. que en relación con el tema del pacto
local, hemos tenido numerosas reuniones en Madrid y en Cataluña, en
las que han participado entre otros el propio presidente de la
Associació Catalana de Municipis, presidente de la Diputación de
Lleida, señor Grau, por ejemplo, como ha participado el Alcalde de
Mataró, señor Más, que preside la Federación de Municipios de
Cataluña. Más allá de lo institucional y lo oficial hemos mantenido
muchísimos contactos y conocemos muy bien cuáles son los
planteamientos concurrentes con los del Gobierno o divergentes de los
del Gobierno.

No hemos hablado nunca de centro radical; hemos hablado de centro
reformista (Rumores), o sea que ese juego de palabras afortunado o no
de que una cosa es el centro radical y otra cosa es ser radicalmente
centralista, en todo caso a este Gobierno se le podrá acusar de mucho,
pero de ser radicalmente centralista no, porque en definitiva está
aplicando el modelo constitucional y está desarrollando el bloque
de la constitucionalidad; estamos reformando en pleno consenso con
el Partido Socialista los



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estatutos de autonomía de las comunidades autónomas del 143 y estamos
desarrollando los estatutos del 151 y del 143 a un ritmo que como
mínimo, creo que, en absoluto, puede tildarse de cicatero y la prueba
está en los traspasos que a lo largo de esta legislatura se han
venido desarrollando.

Señor Fernández Sánchez del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida,
le agradezco su intervención, comparto con S.S. la afirmación de que
nuestro modelo de Estado no estará concluso mientras las competencias
y la financiación de los entes locales no estén perfectamente
definidos. Otra cosa es si algún día el modelo de Estado puede estar
definitivamente concluso, porque por encima tenemos un proceso
constituyente a nivel europeo, y por tanto, a lo mejor resulta que
vamos a llegar a la conclusión de que terminado, en el sentido de
cerrado, definido o absolutamente acotado no lo estará nunca. Otra
cosa es que tenga un grado de estabilidad suficiente y eso sí creo
que lo tiene en estos momentos. Sin duda el modelo de Estado
autonómico tiene un elevadísimo grado de estabilidad en estos
momentos, pero es verdad que el modelo jurídico todavía se está
reformando porque estamos reformando estatutos de autonomía y el
papel que la Administración local ha de jugar en el conjunto de las
administraciones públicas y en el conjunto de la organización
territorial del Estado así como su financiación, como es evidente
lo estamos reformando. Si eso quiere decir que se tiene sensación
de estabilidad no, creo que eso forma parte de la estabilidad, forma
parte de su desarrollo normal porque afortunadamente la vida sigue,
las sociedades demandan cada día nuevos servicios al Estado y a las
administraciones públicas, y lógicamente las administraciones
públicas han de dar respuesta permanente a esas demandas cada vez más
intensas y novedosas que en todo caso proceden de la sociedad. Pero
no estoy de acuerdo -y antes me refería a ello- con su afirmación
de que no es positivo que estén tutelados financieramente; creo que ya
le di respuesta a eso; es lo que dice la Constitución y como ya antes
respondí con carácter general hago gracia de no volver a repetirlo.

En cuanto a la documentación me remito a lo dicho respecto a su
remisión a través del presidente de la Comisión.

Ha dicho el señor Fernández Sánchez que no sólo hay que mejorar la
gestión tributaria pero que no puede incrementarse la presión
fiscal local. Yo he puesto algunos ejemplos. Hay ayuntamientos en
los que no se puede incrementar la presión fiscal local; hay
ayuntamientos en los que sería muy deseable incrementar la presión
fiscal local porque creo que no es de recibo a estas alturas que un
ayuntamiento no cobre tasa de basuras, o que no cobre ni una sola
contribución especial. Estoy seguro que usted comparte mi afirmación
basada en razones de equidad y solidaridad, sobre todo las plusvalías
que se producen en bienes inmuebles privados, con ocasión de unas
obras que realizo el municipio en una zona determinada de la ciudad,
que repercute en unas plusvalías muy directas sobre los privados que
los pagan el conjunto de los ciudadanos y que no repercuta sin embargo
sobre los directamente beneficiados, es una muestra clara de ausencia
de equidad y de solidaridad. Que no se cobren tasas ni precios
públicos para determinados servicios, creo que tampoco es de recibo
a estas alturas; por tanto en estos municipios seguro que hace falta
incrementar la presión fiscal local.

Ya le he dicho que en España tenemos ingresos y gastos por habitante
que va desde 50.000 pesetas por habitante y año hasta 200.000
pesetas; Fíjese si es flexible nuestro sistema financiero local,
fíjese si es flexible que permite eso. Seguramente en los
ayuntamientos que tienen unos ingresos y gastos de 200.000 pesetas
por habitante y año no es recomendable incrementar la presión fiscal;
a lo mejor nos lo podemos replantear en los que tienen 50.000 pesetas
por habitante y año. Por eso es tan plural, tan diversa, tan enorme
la riqueza de nuestro mundo local que afirmaciones generales no se
pueden plantear y hay que hacerlas y analizarlas casuísticamente,
sin perjuicio de que es justo y necesario reconocer que ha habido
una mejora de la gestión local, que se ha hecho un esfuerzo en general
importante, pero que no está uniformemente distribuido.

Ha dicho también el señor Fernández Sánchez que el criterio de
población no puede ser mayoritario a la hora de establecer la
distribución de los recursos entre los municipios, puesto que ha
manifestado que el 92,3 por ciento de municipios españoles tienen
menos de 10.000 habitantes; la población pesa con un 70 por ciento,
pero estará de acuerdo en que la población debe ser el determinante
por- que no puede recibir los mismos recursos el municipio de Madrid
que un municipio de 1.000 habitantes la población, pesa con el 70 por
ciento, 25 por ciento esfuerzo fiscal, 5 por ciento unidades
escolares. Podremos revisarlo o no pero lo que no podemos hacer es un
invento en base al cual la población no sea el criterio determinante,
eso sin duda porque estaremos de acuerdo en que es así. Fíjese que en
el caso de la financiación autonómica estamos hablando del 94 por
ciento para la comunidades que han asumido la educación y el 56 por
ciento para las que no tienen asumida la educación. En el caso de las
corporaciones locales el 70 por ciento. Podremos discutir si puede
ser el 75, el 73 o el 69, pero desde luego el determinante, tiene que
ser el coeficiente de ponderación de la variedad de población, en
eso no hay ningún género de dudas.

Criticaba que no sirven medidas uniformes. Estoy de acuerdo con él y
por eso lo he dicho. No sirven medidas uniformes porque la pluralidad
y la variedad del mundo local es evidente, pero frente a eso tenemos,
efectivamente, un sistema financiero local que ha demostrado -y he
dadodatos- una enorme flexibilidad, y eso es junto a una excesiva
rigidez de las figuras tributarias locales. Pero el sistema
financiero en su conjunto es tan flexible que permite respuestas de
uno a cuatro en cuanto a ingreso y gasto por habitante y año.

Termino contestando al señor Fernández Sánchez en relación con lo que
ha dicho de la distribución territorial del gasto público, ese
referente utópico o deseable del comienzo de los años 1980, el 50, 25
y 25. Nuestra opinión es que la financiación ha de ir después de las
competencias; si decimos 50, 25 y 25 eso tiene que significar, para
entendernos, que las competencias tienen que estar distribuidas
también 50, 25 y 25 porque, si no, habrá una administración que
estará sobrefinanciada y otra administración que estará
infrafinanciada. En estos momentos lo que sí puedo asegurar es que en
el marco jurídico que tenemos y en el que tendremos una vez
reformados los estatutos y consumados los procesos de traspasados, el
Estado va a cumplir su parte porque va a estar muy poco por encima



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del 50, estará en torno al 52 por ciento, sobre todo si seguimos
con el ritmo presupuestario de los últimos años en cuya virtud la
financiación de las competencias propias del Estado crecen muy por
debajo de la financiación de las administraciones territoriales, y
sobre todo las partidas que conforman básicamente el Estado de
bienestar, pensiones, sanidad y educación, especialmente sanidad y
educación crecen al ritmo que están creciendo últimamente y son
competencias de titularidad autonómica, sin duda nos va a llevar más
cerca del 50 o del 49 por ciento para el Estado que del 52 ó 53. Y
eso ¿qué quiere decir? que en todo caso el esfuerzo descentralizador
deberá seguir aguas debajo de las comunidades autónomas y a favor de
los entes locales, porque el esfuerzo descentralizador del Estado se
habrá consumado.

Les puedo asegurar que en el conjunto de iniciativas legislativas que
conforman el llamado pacto local, el Estado ha dado de sí todo lo
que podía dar. A partir de ahí, si tienen que haber descentralización
de competencias de titularidad autonómica en lo que hace referencia
a su gestión en favor de los entes locales, de manera discriminada
por- que no todos los ayuntamientos pueden asumir determinada
gestión de algunos servicios públicos, eso es una decisión que han
de tomar, sobre todo en el ámbito de las comunidades autónomas, los
gobiernos autonómicos, los parlamentos autonómicos, las asociaciones
representativas del municipalismo autonómico y las fuerzas políticas
representadas en esos parlamentos autonómicos, dando lugar a un
sistema global de pactos locales de ámbito autonómico.

El Estado evidentemente no va a decir a la Junta de Andalucía si
tiene que delegar o no en los ayuntamientos esta competencia, o en la
Generalitat de Cataluña o al Gobierno Vasco, y ese es el motivo por
el que ha sido imposible conceptualmente articular un pacto local de
esas características. El Estado ha hecho, o pretende hacer el
Gobierno, el pacto local que puede y debe hacer y está convencido de
que genera una dinámica política que va a llegar a ese sistema
global de pactos locales de ámbito autonómico, sobre todo si
finalmente y una vez que venga el dictamen del Consejo de Estado,
tiene entrada en esta Cámara como esperamos próximamente, el proyecto
de ley de reforma de la ley orgánica del Tribunal Constitucional, que
va a permitir una definición constitucional de la garantía
institucional de la autonomía local. El sistema constitucional
establece un listado de competencias que las comunidades autónomas
pueden asumir si están en sus estatutos de autonomía; un listado de
materias de competencia exclusiva del Estado en el 149, pero no hay
un lista- do de materias sobre las que necesariamente han de ejercer
competencias los entes locales, eso queda a disposición del
legislador ordinario que lo ha hecho en la Ley reguladora de las
Bases de Régimen Local y, después, el legislador sectorial estatal y
autonómico han de atribuir competencias en cada una de las materias a
esos entes locales. Por tanto, una definición constitucional de la
garantía institucional de la autonomía local es conveniente para
reformar los entes locales, y sobre todo para proteger esa autonomía
local frente al legislador sectorial estatal y el legislador básico
estatal. Por ese el motivo el Gobierno ha impulsado de común acuerdo
con la Federación Española de Municipios
y Provincias y con la mayoría -por no decir la totalidad- de grupos
políticos, una iniciativa legislativa que va a significar un punto
de inflexión claro en la definición del papel que ha de jugar la
Administración local en el conjunto de la Administración
territorial del Estado.

Termino con la señora Montseny agradeciéndole sus palabras de apoyo.

No es extraño que el grupo que mayoritariamente da apoyo al
Gobierno manifieste su concurrencia de criterios y voluntades, pero
no por eso deja de ser de agradecer sobre todo, que haya reconocido,
desde su punto de vista, que este debate puede resultar clarificador
en orden a saber dónde estamos y hacia dónde vamos en cuanto a la
definición del quinquenio de participación en los tributos del
Estado de las corporaciones locales y de las eventuales reformas
del sistema financiero local. (El señor Perales Pizarro pide la
palabra).




El señor PRESIDENTE: Señor Perales, tan sólo puedo concederle un turno
brevísimo.




El señor PERALES PIZARRO: Desde luego, con muchísimo más brevedad que
el señor secretario de Estado.




El señor PRESIDENTE: Con mucha más, señor Perales, tiene un turno
muy breve según la práctica de esta Comisión para formular algún
escueto argumento o pedir alguna aclaración.




El señor PERALES PIZARRO: Señor Presidente, si usted me lo pone así,
quería decir,en primer lugar, que no estamos de acuerdo con la
restricción inicial del sistema para las corporaciones locales.

Nosotros esperamos del Gobierno -usted ha repetido las palabras pacto
local muchísimos veces en esta comparecencia- que a las
corporaciones locales les concediera la prima política que se
corresponda con la literatura política que todos hacemos,
especialmente ahora el Gobierno. Por tanto, no compartimos que se
aplique la restricción inicial del sistema; creemos que la base
tiene que incrementar la participación respecto a 1998.

Sea nuestra cifra -hablábamos de un billón de pesetas para los
ayuntamientos- sea otra, nuestra posición es en ese sentido distinta
de la del Gobierno, es diferente y no la compartimos; creemos que hay
que incrementar la participación inicial sobre lo que han percibido
los ayuntamientos en el año 1998. ¿Por qué? En primer lugar, usted ha
habla- do del pacto local. He estado en varias reuniones que he tenido
el placer de compartir con usted y con el señor ministro, y no sabía
que estuvieran negociando el pacto local; creí que estaban negociando
una medida para el desarrollo del Gobierno local, pero no sabía que
estuviera hablando del pacto local porque el pacto local que es un
proyecto estratégico que se aprueba en la Asamblea de la FEMP el año
1993, tiene dos requisitos fundamentales: uno, que haya un acuerdo de
financiación; dos, que haya nuevas competencias y naturalmente esas
nuevas competencias tienen que ser con la implicación de todos los
partidos políticos, de todas las comunidades autónomas que
participen, y es verdad que no es fácil; el Gobierno socialista no
lo pudo hacer y, por tanto, sabemos que no es fácil, pero el Gobierno
no ha tenido ningún interés en sumar a



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este proyecto a partidos que tienen mucho que decir en la política
territorial; aunque no es el debate de esta comparecencia. Nunca he
estado negociando el pacto local; al menos, hasta hoy, no sabía que
lo hubiera estando negociando, sabía que estaba participando en un
documento que se llamaba medidas para el desarrollo del gobierno
local, y en el pacto local no hay que hablar de financiación ni
acordar la financiación; hay que hablar de las nuevas competencias y
naturalmente implicar a las comunidades autónomas. Es verdad que el
Gobierno no lo puede hacer, pero lo puede hacer el partido que
sustenta al Gobierno y su portavoz se encuentra aquí con nosotros.




El señor PRESIDENTE: Señor Perales, vaya terminando, por favor.




El señor PERALES PIZARRO: En segundo lugar, señor secretario de
Estado, la Federación Española de Municipios y Provincias, a nivel de
su máxima representación está en huelga de actividad, no en huelga
de celo, en huelga de actividad, porque yo no he tenido la
oportunidad de conocer ni una sola posición de la Federación Española
de Municipios y Provincias que se oponga a las medidas del Gobierno.

He conocido propuestas que complementan: se han aprobado la Ley del
Suelo y las leyes de acompañamiento, o el silencio de la Federación
Española de Municipios y Provincias respecto del reglamento de
envases y de residuos. En este caso, que es el más importante de
todos, tengo que denunciar que la Federación Española de Municipios
y Provincias está en huelga de actividad y no me parece bien, me
parece que no es el papel de la Federación Española de Municipios y
Provincias aunque se comparta la misma ideología y el mismo proyecto
político de quien gobierna en cada caso.

Francisco Vázquez, Alcalde de La Coruña, fue presidente de la
Federación Española de Municipios y Provincias y discutió
agriamente con un Gobierno del mismo color político al que él
pertenecía. Y el tiempo no juega a favor de la FEMP, el tiempo juega
en contra de la FEMP y todo lo que se retrase irá en contra de la
FEMP.

Sobre el índice de evolución, nosotros pensamos que el PIB a precio
de mercado da más seguridad y estabilidad ala financiación. En
cualquier caso, ya tendremos tiempo de discutirlo.

En cuanto al rigor presupuestario; no se les exige igual a todos los
subsectores de la Administración. Señor secretario de Estado, usted
lo conoce mejor que yo. Alas corporaciones locales se les establece
en la Ley de acompañamiento las condiciones de endeudamiento; a las
comunidades autónomas se les discute y se pacta en el Consejo de
Política Fiscal y Financiera. Fíjese usted si hay diferencia entre el
tratamiento institucional que se le da a un sector de la
Administración y a otro. A uno se le reúne en el Consejo de Política
Fiscal y Financiera y se pacta, se acuerda y se discute; otros se lo
encuentran en la Ley de acompañamiento de los Presupuestos Generales
del Estado sin haber participado en la elaboración de ambos
instrumentos.




El señor PRESIDENTE: Señoría, ya debe terminar.

El señor PERALES PIZARRO: Termino diciendo, señor presidente, en
cuanto a los tratamientos específicos, que estamos de acuerdo en el
caso de La Línea, de acuerdo en el caso de Cádiz y de acuerdo en todos
los tratamientos específicos que ustedes traigan, pero ponemos dos
condiciones: una, que no lo pague la solidaridad del resto de los
ayuntamientos, lo tiene que pagar el Estado porque la Ley de Haciendas
Locales así lo establecía en el artículo 116.En segundo lugar, no sé
los ayuntamientos que usted conoce, pero la Isla de León, que es
una porción de tierra de la provincia de Cádiz que no pudo tomar
Napoleón, está integrada por dos municipios: Cádiz y San Fernando;
los dos tienen las mismas circunstancias pero a uno se le concede el
tratamiento especial y al otro se le manda sencillamente a paseo
cuando lo ha planteado en esta Comisión y en la Comisión de Hacienda;
sencillamente, nos hemos encontrado con la oposición cerril del
Partido Popular.




El señor PRESIDENTE: La señora Gil tiene la palabra.




La señora GILI MIRÓ: El señor secretario de Estado ha hecho una
interpretación selectiva, no del contenido sino de imágenes. Supongo
que le ha seducido una imagen tan postmoderna como hablar de concepto
virtual, pero quiero explicarle que municipio es un concepto
administrativo; no me hable usted de la ciudad de Barcelona porque
usted mismo ha dicho ciudad. La traducción real de municipio es lo
que he dicho yo, es una unidad territorial poblacional, es decir, es
una sociedad. El municipio significa simplemente tomar una carga,
munus cápere -yo sé latín y quizás por eso no tendré buen fin-, pero
de este concepto hablo. Y por esto he dicho que era un órgano de
dirección y de prestación de servicios, no me confunda usted y no
hagamos titulares diciendo que o mi grupo o yo consideramos que el
municipio es algo virtual; he dicho que es un concepto administrativo
y por lo tanto tiene una imagen virtual y que su traducción real era
otra cosa.

Asimismo, quería decirle que también he leído alguna vez, y releído,
la Constitución española -no tantas como usted, seguramente; quizás
soy mayor pero el número de años para leerla son los mismos. Lo que
he dicho, y usted ha leído con voz clara y muy bien, es que la misma
Constitución dice, en el articulo de referencia «y las comunidades
autónomas que se constituyan», porque aquellos que establecieron
este artículo en la Constitución jamás pensaron, seguramente, que todo
el Estado español se constituiría en comunidades autónomas. Y por eso
dijeron «que se constituyan», quizás entonces se pensaba que sólo
habría cuatro, y usted sabe cuál es la cuarta a la que me refiero; no
quiero que hagamos titular, simplemente esto. Y espero también que
otra vez escuche el contenido y no solamente ciertas imágenes de mi
discurso.




El señor PRESIDENTE: El señor Fernández Sánchez tiene la palabra.




El señor FERNÁNDEZ SÁNCHEZ: Señor secretario de Estado, no ha habido
modo de sacarle ninguna cifra, se ha escudado usted en la negociación
entre la Federación Española de Municipios y Provincias y el
Gobierno, pero



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no ha sabido usted situarse bien hoy; debo recordarle que está en el
Parlamento, y como está en el Parlamento, si tiene cifras está
obligado a dárnoslas, no nos puede remitir a esa hipotética
negociación o a esa futura negociación entre la Federación Española de
Municipios y Provincias y el Gobierno. Usted hoy aquí está negando
información al Parlamento, y no lo estoy diciendo yo, lo ha dicho
usted y en el «Diario de Sesiones» va a constar. Yo creo que ha
cometido un error. Bueno, ha cometido varios errores, ha tenido una
primera parte expositiva tranquila y serena y una segunda parte donde
no sé por qué motivo creo que ha estado descortés con esta Comisión.

Por lo menos esa es la imagen que me voy a llevar de esta
comparecencia, y la verdad es que hasta esta segunda parte todo había
transcurrido con normalidad, como han reconocido tanto usted como la
portavoz del Grupo Popular.

Quiero hacer referencia a lo que le había dicho en principio en
cuanto a la dependencia de los ayuntamientos del Estado y de las
comunidades autónomas, y me reafirmo en esa idea. Creo que es usted
un hombre que tiene buena información, que conoce el asunto, pero
también me hadado la impresión que desconoce cuál es la realidad de
los ayuntamientos, no ha gobernado en ningún ayuntamiento, me ha dado
la impresión de que los conoce pero de lejos. Me reafirmo en la idea
de la dependencia económica o de la dependencia política que tienen
los ayuntamientos teniendo en cuenta un dato oficial: que la media de
los ayuntamientos, en cuanto a financiación propia, se sitúa en el 54
por ciento; hay un 36 por ciento de financiación que tienen que buscar
fuera, y eso crea dependencias; si hubiese gobernado algún
ayuntamiento lo conocería, porque es un hecho evidente y real.

En cuanto a la financiación local, se ha referido a que está
supeditada al rigor presupuestario, a la moneda única, con lo cual
está reconociendo taxativamente...




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández Sánchez, vaya terminando.




El señor FERNÁNDEZ SÁNCHEZ: Para finalizar, el señor Fernández ha
reconocido que la financiación de los ayuntamientos está supeditada a
cuestiones ajenas a los mismos, es decir, que no tienen en cuenta si
los ayuntamientos necesitan tener una mayor financiación por parte
del Estado o no tienen esa necesidad, y creo que la reflexión que
hay que hacer es esa, no es otra. Veremos como enfocamos los
presupuestos, pero creo que, en primer lugar, hay conocer cuáles son
las necesidades presupuestarias de nuestros ayuntamientos para
poder definir su financiación.




El señor PRESIDENTE: La señora Montseny tiene la palabra. Brevemente,
por favor.




La señora MONTSENYMASIP: Muy brevemente, señor presidente, pero no con
más brevedad que han utilizado otros grupos.




El señor PRESIDENTE: Con la misma, señora Montseny.

La señora MONTSENY MASIP: Con la misma, señor presidente, muchas
gracias.

Yo quería seguir ahondando en lo que ha dicho en la respuesta el
compareciente. Creo que ha dado gran cantidad de datos y ha
aportado una mayor profundización en el conocimiento de lo avanzado
que está el pacto local, motivo de la comparecencia, y es evidente
que algunas de las afirmaciones que se han hecho no se corresponden
con la realidad, aunque el propio señor secretario de Estado ha
coincidido en muchos de los planteamientos que han hecho los
distintos portavoces políticos que integran esta Comisión.

Entendemos que no ha habido restricciones al pacto local, ninguna en
absoluto, que las restricciones que se puedan derivar de las
negociaciones y de los acuerdos en ese pacto local no van más allá de
lo que impone la unión monetaria, a la cual pertenecemos ahora. Y como
también ha habido una discusión doctrinal, en el que no quiero
profundizar sobre la entidad de las corporaciones locales y las
comunidades autónomas, tenemos que decir que el propio Estado tiene
que ceder soberanía a la Unión Europea, puesto que cuando se pasa a
depender de una realidad supranacional es evidente que las
competencias que pasan a esa realidad supranacional lo hacen en
detrimento de los Estados que la conforman.

Tampoco creemos, señor presidente, que la Federación Española de
Municipios y Provincias esté en huelga de actividad, ni siquiera en
huelga de celo, por cuanto esta diputada tiene conocimiento de
algunas de las reivindicaciones que ha hecho al Ministerio de
Administraciones Públicas y, por tanto, a la Secretaría de Estado de
Administraciones Territoriales sobre mayores dotaciones en
algunos aspectos para las corporaciones locales. Pero también tenemos
que decir que el Gobierno popular, como figura en el programa electoral
de la formación política a la que represento, tiene plena conciencia
de que no por gastar más recursos económicos se cuida mejor de la
gestión, que lo que hay que hacer muchas veces es gestionar mejor y
de una forma más sostenida con arreglo al control del déficit de las
corporaciones locales.




El señor PRESIDENTE: Señora Montseny, vaya terminando, por favor.




La señora MONTSENYMASIP: Para terminar, señor presidente, se ha dicho
-y ahí sí que tengo que hacer un especial hincapié- que el secretario
de Estado, en sus respuestas, ha negado información. Llevamos tres
horas en esta comparecencia y no creo que el secretario de Estado se
caracterice por ser una persona que al hablar no transmita el
profundo conocimiento de los temas que se trae entre manos, y tengo
que decir que se le puede considerar como un claro conocedor del
tema, por cuanto no sólo no conoce la Administración local de lejos
-eso se lo dejo para él-, sino que el secretario de Estado ha tenido
en su vida política un conocimiento muy cercano de la Administración
local.




El señor PRESIDENTE: El señor Secretario de Estado tiene la palabra.




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El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
(Fernández Díaz): En primer lugar, quiero decir que no tengo con-
ciencia en absoluto de haber faltado a la cortesía institucional; en
todo caso, si lo hubiera hecho, pido disculpas. Además, no tengo
ningún obstáculo ni reserva mental en pedirlas, pero honradamente
tengo que decir que no tengo conciencia de haber faltado a la
cortesía institucional. Insisto, si el señor Fernández Sánchez
considera que he faltado a esa cortesía, le pido disculpas.

En cuanto al señor Perales; estoy de acuerdo en que estamos hablando
del desarrollo del gobierno local, no quisiera yo ahora que por una
cuestión de nominalismo dejáramos inconclusa una labor en la que el
PSOE, -y usted a través suyo, como secretario federal de política
municipal- ha colaborado muy activamente, en la gestación de una
serie de iniciativas legislativas que le puedo asegurar que van a
reforzar desde una visión global la posición política institucional
del mundo local en el conjunto de las administraciones públicas. Y
podría aludir de manera muy singular a la reforma de la Ley de Bases
de Régimen Local, sobre todo, señor Perales, como usted sabe, porque
está costando mucho y hay muchas trabas para que salga adelante una
iniciativa tan trascendente para el futuro de nuestros
ayuntamientos y de nuestras diputaciones como es la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional. No quisiera -insisto- que por un problema de
nominalismo malbaratáramos esa operación política que, más allá de
colores políticos, es buena para el mundo local. Efectivamente,
estamos negociando un conjunto de iniciativas que tienden -por lo
menos ese es su objetivo- a mejorar y hacer más eficiente el gobierno
local.

Yo no represento a la Federación Española de Municipios y
Provincias, obviamente, pero si tengo que decirle que trabajo muy
activamente, por razón de mi responsabilidad, con la Federación
Española de Municipios y Provincias y hay una representación
institucional de la FEMP en el seno de la Comisión Nacional de
Administración Local, que es el órgano institucional de colaboración
entre el Estado y la Administración local. Me remito, señor Perales,
a las actas de la CNAL. En lo que llevemos la legislatura, no ha
habido ni una sola -con la excepción, que confirma la regla, de las
primeras iniciativas legislativas del Gobierno- iniciativa
normativa, legislativa o de rango inferior del Gobierno que afectara
a la Administración local y que no haya pasado por la Comisión
Nacional de Administración Local. Las comparaciones son odiosas,
pero usted me ha hecho referencia a ellas. Yo le pongo sobre la mesa
las actas de la CNAL en la legislatura anterior y las actas de la
CNAL en lo que llevamos de legislatura y creo que esas actas hablarán
por sí mismas. Por lo tanto, creo que es injusto aludir a esa huelga
de actividad porque nunca había trabajado tanto como hasta ahora la
Comisión Nacional de Administración Local, por quien están pasando
todas las iniciativas del Gobierno, normas con fuerza de ley o
disposiciones de rango inferior a la ley que afectan al mundo local.

Y le tengo que decir también que, como es evidente, no todas las
posiciones de la FEMP manifestadas en el seno de la CNAL son asumidas
por el Gobierno, como es lógico, pero le puedo asegurar que muchas
sí, y muchas, fruto de negociación, después han modificado los
anteproyectos
de ley del Gobierno. Ha habido conversaciones muy fructíferas en
relación con muy diversos anteproyectos de ley que fruto de esas
negociaciones con la FEMP, han tenido como resultado que el proyecto
de ley remitido al Congreso fuera distinto del que inicialmente se
había planteado el Gobierno, porque ha acogido muchas de las
peticiones y muchos de los puntos de vista de la Federación Española
de Municipios y Provincias. Creo que es justo, y documentalmente se
puede acreditar y por eso, aunque yo no represento a la FEMP, en la
medida en que soy contraparte de la representación institucional en
la Comisión Nacional de Administración Local, debía decirlo ante la
imputación que S.S. ha hecho en estos momentos.

En relación con la referencia que ha hecho a La Línea de la
Concepción, quiero decirle, señoría, que al final eso lo aprobaron
las Cortes Generales. Por tanto, cuando ha habido un acuerdo en toda
la etiología del proceso que sucintamente he explicado desde el
principio hasta el final, con votación unánime de todos los grupos
parlamentarios, no me parece correcto que se le eche en cara al
Gobierno, porque le puedo asegurar, señor Perales, que si no hubiera
habido ese acuerdo no se hubiera dado ese tratamiento al Ayuntamiento
de La Línea de la Concepción.

Señora Gil, yo no quiero molestarla, pero me remito al «Diario de
Sesiones» en cuanto a ser interpretado bien o mal, y no pretendo
hurgar en la herida. Usted me dice que el artículo 137 alude a las
comunidades autónomas que se constituyan, claro, porque estábamos en
el año 1978 y evidentemente lo que hacía la Constitución era
convalidar los plebiscitos estatutarios durante la Segunda República
y definir un marco en el cual, de acuerdo con el procedimiento del
151 o del 143, los titulares de la iniciativa autonómica
correspondiente pudieran dar lugar a que se constituyeran en
comunidades autónomas. Hoy en día ya hay 17 comunidades autónomas y
dos ciudades dotadas de estatuto de autonomía Y es verdad, no se lo
voy a discutir porque lo ha dicho el Tribunal Constitucional: la
autonomía política de las comunidades autónomas es superior a la
autonomía que para la gestión de sus intereses tienen las
corporaciones locales, eso sí es verdad. Precisamente ahora lo que
pretendemos es una definición constitucional más concreta de la
garantía institucional de la autonomía local, pero no le discutiré que
la autonomía política de las comunidades autónomas es de superior
grado a la de los entes locales porque lo ha dicho el Tribunal
Constitucional.

En cuanto al señor Fernández Sánchez, ha dicho que el Gobierno no
tiene cifras, que no he aportado cifras y que he ocultado información
al Parlamento; yo no lo acepto que haya ocultado información al
Parlamento, otra cosa es que la verdad es un bien escaso y muy
importante y hay que administrarlo con rigor. Evidentemente, he dado
toda la información que en estos momento yo, en representación del
Gobierno, puedo dar al Parlamento, porque si le dijera que el
Gobierno tiene una cifra le mentiría. Yo le podría dar la cifra que
piensa el Ministerio de Administraciones Públicas o que piensa el
Ministerio de Economía y Hacienda o que piensa este secretario de
Estado, pero el Gobierno como tal no se ha definido en Consejo de
Ministros en relación con cuál ha de ser la cifra base de negociación
con la Federación Española de Municipios y Provincias. Por tanto, yo
no le he ocultado ninguna información;



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le puedo dar una opinión personal, pero creo que eso tendría
una importancia descriptible. O sea, no le he ocultado información, le
he dado toda la información que en estos momentos podía darle.

En lo que respecta a los recursos, le voy a decir una cosa, señor
Fernández Sánchez, que antes no dije -y no quiero reabrir debate,
pero me parece muy importante como elemento de reflexión-. Que
crezcan los recursos a PIB nominal es muy importante cuando el
deflactor del PIB es uno o es otro, quiero decir que si en el año 1989
teníamos un PIB nominal del 12,2, pero el PIB real era un 4,7 y el
componente inflacionario era el 7,1, quiere decirse que para
capítulos I, II y III tenía un 7,1, porque el capítulo I,
retribuciones, normalmente está a nivel del IPC; capítulo II,
compra de bienes y servicios, normalmente está al IPC; y capítulo
III, intereses de la deuda, normalmente está a nivel del IPC. Por
tanto, el diferencial que le quedaba para proveer otros bienes y
servicios a las corporaciones locales, a sus ciudadanos o para
inversiones, era el que era. Si ahora tiene usted un PIB nominal del
5,7 con una inflación del 2, ese 2 le va a influir en los capítulos
I, II y III, y levan a quedar más de cuatro puntos para proveer con
más eficiencia y eficacia mayores y mejores bienes y servicios
y mayores recursos para la inversión. creo que este es un
dato muy importante, dato tan importante que, como he dicho antes, la
deuda de las corporaciones locales, precisamente porque ha bajado
la inflación y se mantienen a PIB nominal las transferencias, está
siendo renegociada y está bajando en cifras absolutas el nivel de
endeudamiento de las corporaciones locales.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario de Estado,
por su comparecencia. Queda esta Presidencia a la espera de la
recepción de la documentación que se ha comprometido a enviarnos.




Señorías, muchas gracias por sus intervenciones y por su presencia.

Se levanta la sesión.




Eran las doce y cincuenta y cinco minutos del mediodía.




NOTA: El presente «Diario de Sesiones», de la Comisión de Régimen
de las Administraciones Públicas, del martes, 16 de junio de 1998, no
guarda la relación cronológica habitual, con el fin de no retrasar la
publicación de los «Diarios de Sesiones» ya elaborados.