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BOCG. Congreso de los Diputados, serie C, núm. 107-2, de 14/03/1997
BOLETIN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie C:
TRATADOS Y CONVENIOS
INTERNACIONALES 14 de marzo de 1997 Núm. 107-2
DICTAMEN DE LA COMISION
110/000085 Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3 del
Tratado de la Unión Europea, relativo a la interpretación con carácter
prejudicial por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas del
Convenio por el que se crea una Oficina Europea de Policía y
Declaraciones anejas, firmado en Bruselas el 24-07-96.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la
Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales del Dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Exteriores
sobre el Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado
de la Unión Europea, relativo a la interpretación con carácter
prejudicial por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas del
Convenio por el que se crea una Oficina Europea de Policía y
Declaraciones anejas, firmado en Bruselas el 24-07-96 («BOCG. Sección
Cortes Generales», serie A, núm. 46, de 12 de febrero de 1997) (núm.
expte. 110/000085).
Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de marzo de 1997.--P. D., El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Emilio Recoder de
Casso.
Excmo. Sr.:
La Comisión de Asuntos Exteriores, tras el debate acerca de la
autorización prevista en el apartado 1 del artículo 94 de la
Constitución, celebrado con arreglo a lo dispuesto en los artículos 155 y
156 del Reglamento del Congreso de los Diputados, eleva a la Mesa de la
Cámara para su traslado al Pleno el siguiente
DICTAMEN
La Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados ha
acordado proponer al Pleno de la Cámara que conceda la autorización
solicitada por el Gobierno al amparo del artículo 94.1 de la
Constitución, para que el Estado pueda obligarse internacionalmente por
medio del Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3 del
Tratado de la Unión Europea, relativo a la interpretación con carácter
prejudicial por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas del
Convenio por el que se crea una Oficina Europea de Policía y
Declaraciones anejas, firmado en Bruselas el 24-07-96 («BOCG. Sección
Cortes Generales», serie A, núm. 46, de 12 de febrero de 1997) (núm.
expte. 110/000085).
Lo que comunico a V. E. a los efectos previstos en la Constitución y en
el Reglamento del Congreso de los Diputados.
Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de marzo de 1997.--El
Presidente de la Comisión, Javier Rupérez Rubio.--El Secretario de la
Comisión, Tomás Rodríguez Bolaños.
Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados