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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 275-6, de 16/11/1999
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie B: 16 de noviembre de 1999 Núm. 275-6 PROPOSICIONES DE LEY

ENMIENDAS

122/000243 Por la que se extiende la cobertura del Sistema Nacional

de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de

la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS

CORTES GENERALES de las enmiendas presentadas en relación con la

Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura del Sistema

Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España

(núm. expte. 122/000243).


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 1999.-El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


Ala Mesa de la Comisión de Sanidad y Consumo

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo

dispuesto en los artículos 126 y siguientes. del Regla mento de la

Cámara, tiene el honor de presentar las siguientes enmiendas a la

Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura del Sistema

Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España

(núm. expte. 122/000243).


ENMIENDA NÚM. 1

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al artículo 1.


De modificación.


El texto quedará redactado de la siguiente forma:


«Artículo 1.


Los extranjeros que se encuentren en España, inscritos en el padrón

del municipio en el que residan habitualmente, y carezcan de medios

económicos, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas

condiciones que los españoles.»

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 2

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al artículo 2.


De modificación.


El texto quedará redactado de la siguiente forma:


«Artículo 2.


Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la

asistencia sanitaria pública de urgencia ante la contracción de

enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa, y a la

continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica.»




Página 12




JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 3

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al artículo 3.


De modificación.


El texto quedará redactado de la siguiente forma:


«Artículo 3.


Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en España

tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones

que los españoles.»

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 4

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al artículo 4.


De modificación.


El texto quedará redactado de la siguiente forma:


«Artículo 4.


Las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tendrán

derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y

postparto.»

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 5

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al artículo 5.


De supresión.


Queda suprimido el artículo 5.


JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 6

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al artículo 6.


De supresión.


Queda suprimido el artículo 6.


JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 7

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al artículo 7.


De supresión.


Queda suprimido el artículo 7.


JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.





Página 13




ENMIENDA NÚM. 8

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al artículo 8.


De supresión.


Queda suprimido el artículo 8.


JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 9

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Disposición Final Primera.


De supresión.


Queda suprimida la Disposición Final Primera.


JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM.10

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Disposición Final Segunda.


De supresión.


Queda suprimida la Disposición Final Segunda.


JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


Madrid, 10 de noviembre de 1999.-Luis de Grandes Pascual, Portavoz

del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Don Josep López de Lerma i López, en su calidad de Portavoz del Grupo

Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), de acuerdo con los

artículos 194 y siguientes. del Reglamento de la Cámara, presenta dos

enmiendas a la Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura

del Sistema Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en

España (núm. expte. 122/000243).


ENMIENDA NÚM. 11

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Que presenta el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) a

la Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura del Sistema

Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España

(núm. expte. 122/000213), a los efectos de modificar el artículo 1.


Redacción que se propone:


«Artículo 1.


1. Los extranjeros residentes y los que se encuentren en España

inscritos en el padrón del municipio en el que residan habitualmente

tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones

que los españoles.


2. Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la

asistencia sanitaria pública de urgencia ante la contracción de

enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa, y a la

continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica.


3. Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en

España tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas

condiciones que los españoles.


4. Las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tendrán

derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y

postparto.»

JUSTIFICACIÓN

Por considerar que el precepto de la Proposición de Ley debe

sustituirse por el texto redactado por la Ponencia encargada de

redactar el Informe sobre las distintas Proposiciones de Ley Orgánica

de reforma de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre Derechos y

Libertades de los Extranjeros en España, elevada a la Comisión

Constitucional el pasado día 27 de octubre de 1999, y cuyo texto se

alcanzó con el consenso de todos los Grupos Parlamentarios.





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ENMIENDA NÚM. 12

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Que presenta el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) a

la Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura del Sistema

Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España

(núm. expte. 122/000213), a los efectos de suprimir los artículos 2,

3, 4, 5, 6, 7 y 8.


JUSTIFICACIÓN

En coherencia con la enmienda anterior.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 1999.-Josep

López de Lerma i López, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán

(Convergència i Unió).