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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 275-6, de 16/11/1999
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie B: 16 de noviembre de 1999 Núm. 275-6 PROPOSICIONES DE LEY
ENMIENDAS
122/000243 Por la que se extiende la cobertura del Sistema Nacional
de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES de las enmiendas presentadas en relación con la
Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura del Sistema
Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España
(núm. expte. 122/000243).
Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Ala Mesa de la Comisión de Sanidad y Consumo
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo
dispuesto en los artículos 126 y siguientes. del Regla mento de la
Cámara, tiene el honor de presentar las siguientes enmiendas a la
Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura del Sistema
Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España
(núm. expte. 122/000243).
ENMIENDA NÚM. 1
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Al artículo 1.
De modificación.
El texto quedará redactado de la siguiente forma:
«Artículo 1.
Los extranjeros que se encuentren en España, inscritos en el padrón
del municipio en el que residan habitualmente, y carezcan de medios
económicos, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas
condiciones que los españoles.»
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 2
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Al artículo 2.
De modificación.
El texto quedará redactado de la siguiente forma:
«Artículo 2.
Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la
asistencia sanitaria pública de urgencia ante la contracción de
enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa, y a la
continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica.»
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 3
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Al artículo 3.
De modificación.
El texto quedará redactado de la siguiente forma:
«Artículo 3.
Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en España
tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones
que los españoles.»
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 4
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Al artículo 4.
De modificación.
El texto quedará redactado de la siguiente forma:
«Artículo 4.
Las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tendrán
derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y
postparto.»
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 5
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Al artículo 5.
De supresión.
Queda suprimido el artículo 5.
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 6
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Al artículo 6.
De supresión.
Queda suprimido el artículo 6.
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 7
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Al artículo 7.
De supresión.
Queda suprimido el artículo 7.
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 8
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Al artículo 8.
De supresión.
Queda suprimido el artículo 8.
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 9
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
A la Disposición Final Primera.
De supresión.
Queda suprimida la Disposición Final Primera.
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM.10
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
A la Disposición Final Segunda.
De supresión.
Queda suprimida la Disposición Final Segunda.
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
Madrid, 10 de noviembre de 1999.-Luis de Grandes Pascual, Portavoz
del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Don Josep López de Lerma i López, en su calidad de Portavoz del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), de acuerdo con los
artículos 194 y siguientes. del Reglamento de la Cámara, presenta dos
enmiendas a la Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura
del Sistema Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en
España (núm. expte. 122/000243).
ENMIENDA NÚM. 11
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).
Que presenta el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) a
la Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura del Sistema
Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España
(núm. expte. 122/000213), a los efectos de modificar el artículo 1.
Redacción que se propone:
«Artículo 1.
1. Los extranjeros residentes y los que se encuentren en España
inscritos en el padrón del municipio en el que residan habitualmente
tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones
que los españoles.
2. Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la
asistencia sanitaria pública de urgencia ante la contracción de
enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa, y a la
continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica.
3. Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en
España tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas
condiciones que los españoles.
4. Las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tendrán
derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y
postparto.»
JUSTIFICACIÓN
Por considerar que el precepto de la Proposición de Ley debe
sustituirse por el texto redactado por la Ponencia encargada de
redactar el Informe sobre las distintas Proposiciones de Ley Orgánica
de reforma de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre Derechos y
Libertades de los Extranjeros en España, elevada a la Comisión
Constitucional el pasado día 27 de octubre de 1999, y cuyo texto se
alcanzó con el consenso de todos los Grupos Parlamentarios.
ENMIENDA NÚM. 12
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).
Que presenta el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) a
la Proposición de Ley por la que se extiende la cobertura del Sistema
Nacional de Salud a todos los ciudadanos que se hallen en España
(núm. expte. 122/000213), a los efectos de suprimir los artículos 2,
3, 4, 5, 6, 7 y 8.
JUSTIFICACIÓN
En coherencia con la enmienda anterior.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 1999.-Josep
López de Lerma i López, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió).