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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 215-6, de 04/11/1998
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BOLETÍN OFICIAL

DE LAS CORTES GENERALES

VI LEGISLATURA

Serie B: 4 de noviembre de 1998 Núm. 215-6

PROPOSICIONES DE LEY

ENMIENDAS

127/000011 Propuesta de reforma del Estatuto de

Autonomía de Extremadura.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del

Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en

el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de las

enmiendas presentadas en relación con la Propuesta de

Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura

(núm. expte. 127/000011).


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de octubre

de 1998.-El Presidente del Congreso de los Diputados,

Federico Trillo-Figueroa Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la

Cámara, el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida presenta

las siguientes enmiendas parciales a la Propuesta

de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura

(núm. expte. 127/000011).


Palacio del Congreso de los Diputados Madrid, 21 de

octubre de 1998.-José Luis Centella Gómez, Diputado.-

Rosa Aguilar Rivero, Portavoz del Grupo Parlamentario

Federal de Izquierda Unida.


ENMIENDA NÚM. 1

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

A la Exposición de Motivos

De sustitución

Debe decir:


«EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Transcurridos quince años desde la aprobación de la

Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de

Autonomía de Extremadura, desarrollada en este período

una experiencia en la organización y funcionamiento de

sus Instituciones de autogobierno, en la asunción y ejercicio

de competencias previstas en el propio Estatuto,

tanto en su texto original como en la Reforma derivada

del pacto autonómico de 1992.


Parece oportuno y conveniente proceder a una nueva

Reforma de la Ley institucional básica de Extremadura

en la que se trata de conseguir avances sustanciales en

las siguientes direcciones:


La primera, apostar por una concepción de un Estado

solidario donde todas las Comunidades Autónomas tengan

el mismo derecho a unos niveles políticos, financieros

y competenciales.


La segunda, clarificando las esferas correspondientes

a los poderes Legislativo y Ejecutivo, de manera que la

Asamblea de Extremadura ocupe el papel central donde

el pueblo extremeño pueda ejercer la soberanía popular a

través de sus representantes, de manera que permita un

funcionamiento más correcto y mejor visualizado por los

ciudadanos y ciudadanas de la división de poderes en que

se basa nuestro sistema democrático.


Tercera, dando pie a la creación de un modelo de financiación

solidario que permita, a nuestra Comunidad Autónoma

tener suficiencia y autonomía financiera, al mismo

tiempo que se precisa, aún más, la obligación del Estado a

satisfacer la 'deuda histórica' con Extremadura.


Cuarta, ampliando el techo competencial, que nos

permita equipararnos con las llamadas 'comunidades

históricas'. Asumiendo competencias nuevas como planificación

de la economía, Inem, Confederaciones

Hidrográficas, Sanidad, Instituciones Penitenciarias, Instituciones




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de Crédito Cooperativo, público y territorial,

Programas de actuación referidos a comarcas deprimidas,

ordenación farmacéutica.


Quinta, la Ordenación del Territorio, en Provincia

Única, Zonas y Comarcas, sin perjuicio de lo establecido

en nuestra Carta Magna.


Sexta, conseguir una Extremadura ecológicamente

avanzada, sin nucleares, con una protección ambiental

eficaz, donde primen los nuevos valores de la solidaridad

y austeridad.


Asimismo, se permite la ampliación de competencias

locales a través de la transferencia o delegación de competencias

a municipios y comarcas.


En definitiva, se ha abordado una Reforma en profundidad

que, recogiendo la experiencia acumulada, tanto

desde el Gobierno como desde los Grupos Parlamentarios,

trata de racionalizar e introducir mejoras técnicas en

diversos preceptos que tenían escasa aplicación o habían

perdido vigencia por el cumplimiento de plazos previstos

en la Constitución, o en el propio Estatuto.


Por todo ello y en conclusión se propone una Reforma

del Estatuto de Autonomía de Extremadura, que permita

profundizar en la capacidad de autogobierno en

orden a la homologación y consolidación del Estado de

las Autonomías previsto en la Constitución, asumir un

mayor número de competencias, reformar el funcionamiento

y papel tanto de la Junta de Extremadura como

de la Asamblea.»

MOTIVACIÓN

En consonancia con otras enmiendas.


ENMIENDA NÚM. 2

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 1, en lo referido al artículo 2,

punto 2

De sustitución

Debe decir:


«2. Extremadura se estructura en una provincia

única, ordenando su territorio en Municipios, Comarcas

y Zonas, de acuerdo con la Constitución Española».


MOTIVACIÓN

La provincia constituye una organización desfasada

que tiende más a crear ínsulas de poder que a mejorar la

gestión.


ENMIENDA NÚM. 3

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6

De sustitución

Se sustituye la letra a) del punto 2

Debe decir:


«a) La mejora de las condiciones de vida, elevación

del nivel cultural y trabajo de la ciudadanía extremeña.»

MOTIVACIÓN

Precisar más el contenido de esta actuación.


ENMIENDA NÚM. 4

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU.


Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2,

apartado d)

De sustitución

Debe decir:


«d) Adoptar las medidas que promuevan la inversión

y fomenten el progreso económico y social de

Extremadura, propiciando el pleno empleo, con especial

hincapié en el reparto del trabajo y la especial garantía

de puestos de trabajo estables para los jóvenes y mujeres

de Extremadura, extendiendo la protección social y

cobertura al desempleo a los trabajadores en paro, y la

corrección de los desequilibrios territoriales en la

Comunidad.»

MOTIVACIÓN

Mejora de la definición.


ENMIENDA NÚM. 5

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2.j)




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De adición

Debe decir:


Se añade después de «Español»:


«A tal efecto, la Deuda Histórica que tiene contraída

el Estado con Extremadura se resolverá mediante transferencia

anual de fondos extraordinarios hasta que se

nivele efectivamente el nivel de servicios públicos y el

tejido productivo.»

MOTIVACIÓN

En consonancia con otras enmiendas.


ENMIENDA NÚM. 6

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo

6.2.k)

De sustitución

Debe decir:


«k) La transformación de la realidad económica de

Extremadura, mediante la industrialización y la realización

de una Reforma Agraria, entendida como un proceso

de transformación, modernización y desarrollo de las

estructuras agrarias, en el que se garantice que la tierra

cumple una función social y de la que constituya un elemento

esencial, una política de desarrollo y de fomento

del empleo, en el marco de una política general de respeto

y conservación del medio ambiente.»

MOTIVACIÓN

Este aspecto fundamental de la vida económica y social

de la Comunidad debe quedar expresamente regulado.


ENMIENDA NÚM. 7

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2

De adición

Se añade un nuevo punto n) con el siguiente texto:


«n) Promover una política basada en los principios

del desarrollo sostenible, y los valores de austeridad y

solidaridad, garantizando la conservación ecológica del

rico patrimonio natural y cultural de Extremadura.


En este sentido, los poderes públicos abogarán por

una Extremadura desnuclearizada y sin cementerios

radiactivos.»

MOTIVACIÓN

La defensa de la calidad de vida mediante la defensa

del medio ambiente debe ser recogida expresamente.


ENMIENDA NÚM. 8

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2

De adición

Se crea un nuevo punto ñ) con el siguiente texto:


«ñ) Realizar una política tributaria basada, en la fiscalidad

progresiva, que persiga el fraude y garantice que

la aportación de los ciudadanos es inversamente proporcional

a su nivel de renta.»

MOTIVACIÓN

Por evidente justicia fiscal y de reparto de la riqueza.


ENMIENDA NÚM. 9

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2

De adición

Se crea un nuevo punto o) con el siguiente texto:


«o) Promover una actitud ética en la actividad política,

persiguiendo las practicas viciadas, la corrupción, el

tráfico de influencias y la adjudicación irregular de obras

o servicios.»

MOTIVACIÓN

Como garantía de control democrático.





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ENMIENDA NÚM. 10

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6

De adición

Se añade un nuevo punto 3:


«3 Anualmente, se celebrará un debate de política

general en la Asamblea de Extremadura, en el que se analizará,

partiendo de una Comunicación de la Junta de

Extremadura, el grado de consecución de los objetivos

básicos expresados en este artículo.»

MOTIVACIÓN

Mejora del control parlamentario de la actividad del

Gobierno.


ENMIENDA NÚM. 11

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo

7.1.10

De sustitución

Debe decir:


«10. La planificación de la actividad económica y

fomento del desarrollo económico de la Comunidad

Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política

económica nacional. La creación y gestión de un sector

público regional propio de la Comunidad, y la participación

en la gestión del sector público estatal en los

casos y actividades que procedan.»

MOTIVACIÓN

Reconocimiento y defensa de la participación de

las instituciones en el desarrollo y la planificación

económica.


ENMIENDA NÚM. 12

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7,

punto 26

De sustitución

Debe decir:


«26. Fundaciones y asociaciones de ámbito territorial

de la Comunidad Autónoma.»

MOTIVACIÓN

La extensión de competencias a estas personas jurídicas

es consecuente con su regulación y ámbito.


ENMIENDA NÚM. 13

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7

punto 27

De supresión

Se suprime todo el texto.


MOTIVACIÓN

Supone una mera superposición de administraciones

y competencias.


ENMIENDA NÚM. 14

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7,

punto 28

De supresión

Se suprime el texto que aparece después de «Autónoma».


MOTIVACIÓN

Es redundante.


ENMIENDA NÚM. 15

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7,

punto 30




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De supresión

Se suprime todo el texto.


MOTIVACIÓN

Supone una mera superposición de administraciones

y competencias.


ENMIENDA NÚM. 16

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7

De adición

Se añade un nuevo punto 36:


«36. Programas de actuación referidos a comarcas

deprimidas o en crisis.»

MOTIVACIÓN

La especificidad de estas zonas es análoga a las del

punto 35.


ENMIENDA NÚM. 17

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7

De adición

Se añade un nuevo punto 37:


«37. Montes, aprovechamiento y servicios forestales,

vías pecuarias, lagunas, pastos, espacios naturales

protegidos y tratamiento especial de zonas de montaña.»

MOTIVACIÓN

La especificidad de estas zonas es análoga a las del

punto 35.


ENMIENDA NÚM. 18

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7

De adición

Se añade un nuevo punto 38:


«38. Ordenación farmacéutica, sin perjuicio de lo

establecido en el artículo 149 de la Constitución.»

MOTIVACIÓN

Con arreglo a la especificidad demográfica de la

comunidad.


ENMIENDA NÚM. 19

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7

De adición

Se añade un nuevo punto 39:


«39. Los servicios de colocación y demanda de

empleo.»

MOTIVACIÓN

La Comunidad debe asumir plena responsabilidad,

participación y gestión ante el problema del paro.


ENMIENDA NÚM. 20

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.1

De sustitución

Debe decir:


«1. Consultas populares por vía de Referéndum en

el ámbito de Extremadura sobre cuestiones de especial

trascendencia y consultas locales en el ámbito de la

Comunidad Autónoma.»

MOTIVACIÓN

Garantizar la participación de los ciudadanos en cuestiones

de especial relevancia favoreciendo la democracia

directa.





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ENMIENDA NÚM. 21

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.2

De sustitución

Debe decir:


Artículo 8.2 «Penitenciarias».


MOTIVACIÓN

Coparticipar en la gestión y ubicación de centros.


ENMIENDA NÚM. 22

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.3

De sustitución

Debe decir:


Artículo 8.3 «Ordenación del crédito, banca y

seguros».


MOTIVACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 23

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.5

De sustitución

Debe decir:


«5. Asistencia sanitaria de la Seguridad Social.


Gestión del régimen económico de la Seguridad Social.»

MOTIVACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 24

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.12

De supresión

MOTIVACIÓN

En consonancia con otras enmiendas.


ENMIENDA NÚM. 25

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8

De adición

Se crea un punto 13 nuevo.


«13. Administración de Justicia, exceptuada la

jurisdicción militar, policial, judicial y fijación de las

demarcaciones territoriales y los órganos judiciales.»

MOTIVACIÓN

Participar en la organización de la Administración de

Justicia.


ENMIENDA NÚM. 26

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 5, en lo referido al artículo 9.2

De sustitución

Debe decir:


Artículo 9.2 «Nombramiento de registradores de

la propiedad y mercantil, notarios, agentes de cambio

y bolsa y corredores de comercio. Participación en la

demarcación y planta correspondiente a notarías y

registros».





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MOTIVACIÓN

En consonancia con otras enmiendas.


ENMIENDA NÚM. 27

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 5, en lo referido al artículo 9.11

De sustitución

Debe decir:


«11. Laboral. De conformidad con el número 7 del

apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.»

MOTIVACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 28

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 5, en lo referido al artículo 9

De adición

Se añade un nuevo punto:


«14. Gestión concertada con el Estado de las Confederaciones

Hidrográficas del Tajo y del Guadiana.»

MOTIVACIÓN

La gestión de los recursos hídricos es un aspecto

fundamental para el desarrollo económico de la comunidad.


ENMIENDA NÚM. 29

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 5, en lo referido al artículo 9.14

De supresión

Se suprime todo el texto de este punto.


MOTIVACIÓN

Debe ser una competencia de desarrollo legislativo y

de ejecución.


ENMIENDA NÚM. 30

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 12, en lo referido al artículo

16.3

De sustitución

Debe decir:


«3. Una Ley de la Asamblea de Extremadura establecerá

la ordenación del territorio extremeño. Dicha Ley

irá precedida de un proceso de participación de la sociedad

extremeña.»

MOTIVACIÓN

Garantizar la transparencia y la democracia directa en

aspectos tan relevantes.


ENMIENDA NÚM. 31

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 12, en lo referido al artículo

16.4

De sustitución

Debe decir:


«4. La Comunidad Autónoma podrá transferir o

delegar en las Comarcas, Zonas y Municipios,

mediante Ley aprobada por mayoría absoluta, facultades

correspondientes a materias de su competencia.


Esta Ley preverá en cada caso la correspondiente

transferencia de medios financieros, así como la

forma de dirección y control que se reserva la Comunidad.»




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MOTIVACIÓN

Garantizar la corresponsabilidad entre administraciones.


ENMIENDA NÚM. 32

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 14, en lo referido al artículo 19.2

apartado b)

De adición

Añadir «orientar» después de «promover».


MOTIVACIÓN

Mejora del propósito del artículo.


ENMIENDA NÚM. 33

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 14, en lo referido al artículo 19.2

apartado c)

De adición

Se añade después de «Autónoma.» el texto siguiente:


«, así como autorizar las operaciones de endeudamiento

y los avales. Una oficina de seguimiento presupuestario

creada en el seno de la Asamblea facilitará a

los Grupos Parlamentarios puntual información acerca

de la ejecución del Presupuesto.»

MOTIVACIÓN

Garantizar el control presupuestario.


ENMIENDA NÚM. 34

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 14, en lo referido al artículo 19.2

De adición

Se añade una letra 1).


«l). La Asamblea aprobará los planes económicos y

las propuestas de programa de desarrollo regional.»

MOTIVACIÓN

Debe recogerse este mecanismo fundamental.


ENMIENDA NÚM. 35

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 14, en lo referido al artículo 19.2

De adición

Se añade un nuevo apartado m) con el siguiente texto:


«m). La Asamblea aprobará las propuestas de proyectos

de planificación que regula el artículo 131 de la

Constitución Española para elevarlos al Gobierno del

Estado.»

MOTIVACIÓN

Participación de la Comunidad en aspectos fundamentales.


ENMIENDA NÚM. 36

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 14, en lo referido al 19.2

De adición

Se añade un nuevo apartado n).


«n). La Asamblea conocerá y aprobará las resoluciones

correspondientes sobre el Informe Anual del Consejo

Económico y Social.»

MOTIVACIÓN

Garantizar la transparencia y el control democrático.





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ENMIENDA NÚM. 37

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 14, en lo referido al 19.2

De adición

Se añade un nuevo apartado ñ).


«ñ). La Asamblea de Extremadura participará en la

Asamblea General de las Cajas de Ahorro Extremeñas,

así como en el Consejo Social de la Universidad de

Extremadura.»

MOTIVACIÓN

Garantizar la transparencia y el control democrático.


ENMIENDA NÚM. 38

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 14, en lo referido al 19.2

De adición

Se añade un nuevo apartado o).


«Artículo 19.2.o). Y cualquier otra facultad o función

que se derive de la Constitución, del presente Estatuto

y del ordenamiento jurídico vigente, instando especialmente

por el cumplimiento del principio de

solidaridad nacional, expresado en los artículos 2.o y 138

de la Constitución.»

MOTIVACIÓN

Mejora técnica.


ENMIENDA NÚM. 39

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 14, en lo referido al 19.2

De adición

Se añade un nuevo apartado p).


«p). La Asamblea aprobará la ordenación básica de

los órganos y servicios de Extremadura.»

MOTIVACIÓN

Mayor transparencia y participación de los ciudadanos

a través de sus representantes.


ENMIENDA NÚM. 40

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 16, en lo referido al artículo

21.1

De sustitución

Debe decir:


«1. Los miembros de la Asamblea de Extremadura

serán elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo

y secreto, de acuerdo con los criterios de representación

proporcional, en número máximo de 71, por un período

de cuatro años, sin perjuicio de los supuestos de disolución

anticipada.


Una Ley de la Comunidad, aprobada por mayoría

cualificada de cuatro quintas partes de la Cámara, regulará

el procedimiento de elección.»

MOTIVACIÓN

Mejorar las garantías de representación democrática.


ENMIENDA NÚM. 41

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 16, en lo referido al artículo

21.2

De sustitución

Debe decir:


«2. La circunscripción electoral es la Comunidad

Autónoma.»

MOTIVACIÓN

En consonancia con otras enmiendas.





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ENMIENDA NÚM. 42

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 18, en lo referido al artículo

23.2

De sustitución

Se sustituye «5 por ciento» por «2 por ciento.»

MOTIVACIÓN

Favorecer el uso de este derecho constitucional.


ENMIENDA NÚM. 43

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 20, en lo referido al artículo

27.2

De sustitución

Debe decir:


«2. Los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea

de Extremadura no podrámser inferiores a diez

meses al año.»

MOTIVACIÓN

La responsabilidad de la Cámara para con los ciudadanos

exige un mayor esfuerzo de trabajo.


ENMIENDA NÚM. 44

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 23, en lo referido al artículo 34.2

De sustitución

Debe decir:


«2. El acuerdo de disolución no podrá adoptarse

cuando esté en trámite una moción de censura, ni acordarse

durante el primer período de sesiones, ni antes de

que transcurra un año desde la anterior disolución o reste

menos de un año para extinguirse el mandato de la electa.


Asimismo, tampoco podrá aprobarse la disolución de

la Asamblea cuando se encuentre convocado un proceso

electoral de ámbito estatal.»

MOTIVACIÓN

Como garantía de control democrático.


ENMIENDA NÚM. 45

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 30, en lo referido al artículo 43.b)

De adición

Se añade después de «Justicia» el texto siguiente:


«...necesitando para su aprobación el voto favorable

de las cuatro quintas partes de la Cámara.»

MOTIVACIÓN

Garantizar el consenso, el respaldo y la transparencia.


ENMIENDA NÚM. 46

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 32, en lo referido al artículo 45

De sustitución

Debe decir:


«Artículo 45. En Extremadura se propiciará el ejercicio

de la acción popular y la participación en la Administración

de Justicia mediante la institución del jurado,

en la forma que las leyes determinen, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 125 de la Constitución.


Los poderes públicos adoptarán las medidas para conseguir

el acceso gratuito a la justicia de todos los ciudadanos.


Asimismo, adoptarán las medidas necesarias

para la persecución de los delitos ecológicos, de tráfico

de influencias, sociales, sexuales, xenófobos o racistas.»

MOTIVACIÓN

Mejora de la definición.





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ENMIENDA NÚM. 47

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 39, en lo referido al artículo 57.1. g)

De adición

Se añade después de «Estado» lo siguiente:


«y expresamente las correspondientes al pago de la

Deuda Histórica.»

MOTIVACIÓN

Recoger, de modo expreso, este aspecto.


ENMIENDA NÚM. 48

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 41, en lo referido al artículo 60.a)

De supresión.


Suprimir desde «cuyo...» hasta «aquel.»

MOTIVACIÓN

No hay motivos que amparen dicha limitación.


ENMIENDA NÚM. 49

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 41, en lo referido al artículo 60.a)

De sustitución

Debe decir:


Artículo 60. a): Sustituir« 15 de octubre» por« 1 de

octubre.»

MOTIVACIÓN

Ampliar el plazo disponible para su estudio.


ENMIENDA NÚM. 50

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 41, en lo referido al artículo 60.b)

De adición

Se añade después de «presupuestarios» lo siguiente:


«Dicha potestad será ejercida por la Junta en los términos

regulados por la Asamblea de Extremadura.»

MOTIVACIÓN

Reglar dicha potestad.


ENMIENDA NÚM. 51

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61.1

De adición

Se añade a continuación de «ganadería» lo siguiente:


«En este sentido, velará por un reparto justo de todas

las subvenciones de la Comunidad, del Estado o de la

Unión Europea, a la agricultura y la ganadería, primando el

mantenimiento de la renta de los pequeños agricultores.»

MOTIVACIÓN

Garantizar la transparencia y la buena administración.


ENMIENDA NÚM. 52

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61.5

De adición

Se añade después de «regional» lo siguiente:


«En este sentido, los poderes públicos de la Comunidad

Autónoma promoverán la fusión de las Cajas de

Ahorro extremeñas.


Asimismo, se propiciará la constitución de un Banco

Público de Extremadura.» ganadería«




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MOTIVACIÓN

Adoptar medidas para lograr los objetivos del artículo.


ENMIENDA NÚM. 53

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61

De adición

Se añade un nuevo punto 8.


«8. Los Presupuestos de la Comunidad Autónoma

recogerán anualmente el destino del 0,7 por 100 de su

cuantía a proyectos y programas de solidaridad con el

Tercer Mundo.»

MOTIVACIÓN

Por evidentes motivos de solidaridad.


ENMIENDA NÚM. 54

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61

De adicion

Se añade un nuevo punto 9.


«9. La Comunidad Autónoma podrá dotarse de una

agencia de recuperación y reciclaje de residuos.»

MOTIVACIÓN

Participación activa en la defensa del medio ambiente

y de la calidad de vida.


ENMIENDA NÚM. 55

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61

De adición

Se añade un nuevo punto 10.


«10. Los poderes públicos de Extremadura adoptarán

las medidas necesarias para evitar la precariedad

laboral, la existencia de Empresas de Trabajo Temporal y

la consumación de políticas económicas y sociales lesivas

para los trabajadores.


Asimismo, adoptarán las medidas para conseguir una

adecuada protección social y cobertura a todos los parados.


En este sentido, promoverán las medidas necesarias

para equiparar la protección de los trabajadores del

campo.


Asimismo, promoverán las iniciativas necesarias para

conseguir que la pensión mínima se equipare al Salario

Mínimo Interprofesional.»

MOTIVACIÓN

Promover la actuación pública en defensa del empleo

y contra la precariedad y explotación.


ENMIENDA NÚM. 56

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 45, en lo referido a la Disposición

Adicional Cuarta

De adición

Se añade después de «transferencia» lo siguiente:


«Asimismo, el Estado garantizará la efectiva nivelación

de los servicios transferidos, presupuestando las cantidades

necesarias para conseguir la equiparación de los

mismos a las dotaciones medias existentes en España.»

MOTIVACIÓN

Garantizar el buen fin y aprovechamiento de las

transferencias.


ENMIENDA NÚM. 57

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Federal IU

Al artículo único, punto 46, en lo referido a la Disposición

Adicional Quinta

De sustitución




Página 33




Debe decir:


«Disposición Adicional Quinta. El Estado otorgará

en régimen de concesión a la Comunidad Autónoma la

utilización de un tercer canal múltiple o simple de TV de

titularidad estatal, que deberá crearse específicamente

para su emisión en el territorio de Extremadura, en los

términos que prevea la citada concesión. Dichos canales

deberán explotarse directamente por la Comunidad Autónoma,

ya sea por medio de Organismo Autónomo o por

una Empresa Pública de carácter regional.»

MOTIVACIÓN

Dotar a la Comunidad de este servicio público.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo

el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo

establecido en el artículo 110 y siguientes del vigente

reglamento del Congreso de los Diputados, presentar las

siguientes enmiendas a la Proposición de Ley de Propuesta

de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura

(núm. expte. 127/000011).


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre

de 1998.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


ENMIENDA NÚM. 58

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Socialista

Al artículo único, apartado 3 (artículo 7)

De modificación

Se propone la modificación del número 9 del apartado

1, que tendrá la siguiente redacción:


«9. Ferias y mercados interiores. Establecimiento

de bolsas de valores y establecimiento y regulación de

centros de contratación de mercancías, conforme a la

legislación mercantil.»

Se propone la adición de un nuevo número 36 en el

apartado 1, que tendrá la siguiente redacción:


«36. Cajas de Ahorros e instituciones de crédito

cooperativo público y territorial, en el marco de la ordenación

general de la economía y de acuerdo con las disposiciones

que en uso de sus facultades dicte el Estado.»

MOTIVACIÓN

Precisar con mayor claridad las competencias exclusivas

de la Comunidad Autónoma. Coherencia con la

enmienda posterior.


ENMIENDA NÚM. 59

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Socialista

Al artículo único, apartado 4 (artículo 8)

De modificación

Se propone la supresión del apartado 3.


Se propone la modificación del apartado 9, que tendrá

la siguiente redacción:


«9. Protección del medio ambiente. Normas adicionales

de protección.»

Se propone la adición de un nuevo apartado, que tendrá

la siguiente redacción:


«Sistema de consultas populares en el ámbito de

Extremadura, de conformidad con lo que disponga la Ley

a que se refiere el apartado 3 del artículo 92 de la Constitución

y demás leyes del Estado, correspondiendo a éste

la autorización de su convocatoria.»

MOTIVACIÓN

En coherencia con la enmienda anterior. Precisar con

mayor claridad las competencias de desarrollo legislativo

y de ejecución que corresponden a la Comunidad

Autónoma.


ENMIENDA NÚM. 60

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Socialista

Al artículo Único, apartado 5 (artículo 9).


De modificación

Se propone la modificación de los apartados 4 y 11,

que tendrán la siguiente redacción:


«4. Gestión de las prestaciones y servicios sociales

del sistema de Seguridad Social: Inserso. La determinación

de las prestaciones del sistema, los requisitos para

establecer la condición de beneficiario y la financiación




Página 34




se efectuará de acuerdo con las normas establecidas por

el Estado en el ejercicio de sus competencias, de conformidad

con lo dispuesto en el número 17 del apartado 1

del artículo 149 de la Constitución.


11. Laboral. De conformidad con el número 7 del

apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, corresponde

al Estado la competencia sobre legislación laboral

y la alta inspección. Quedan reservadas al Estado todas

las competencias en materia de migraciones interiores y

exteriores, fondos de ámbito nacional y de empleo, sin

perjuicio de lo que establezcan las normas del Estado

sobre estas materias.»

Se propone la adición de un nuevo apartado 14, que

tendrá la siguiente redacción:


«14. Crédito, banca y seguros, de acuerdo con las

previsiones de las reglas 6, 11 y 13 del apartado 1 del

artículo 149 de la Constitución.»

MOTIVACIÓN

Precisar con mayor claridad las competencias de ejecución

de la Comunidad Autónoma.


ENMIENDA NÚM. 61

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Socialista

Al artículo único, apartado 31 (artículo 44)

De modificación

Se propone la modificación del artículo 44, que tendrá

la siguiente redacción:


«1. Corresponde a la Junta de Extremadura, de conformidad

con lo dispuesto en las leyes orgánicas y procesales

del Estado:


a) Ejercer las facultades que la Ley Orgánica del

Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del

Estado.


b) Participar en la fijación de las demarcaciones

judiciales extremeñas.


2. Los notarios, registradores de la propiedad y

mercantiles y otros fedatarios públicos serán nombrados

por la Junta de Extremadura de conformidad con las

leyes del Estado.


La Comunidad Autónoma participará en la fijación de

las demarcaciones correspondientes a los Registros de la

Propiedad y Mercantiles. También participará en la fijación

de las demarcaciones notariales y del número

de notarios, de acuerdo con lo previsto en las leyes del

Estado».


MOTIVACIÓN

Introducir la competencia autonómica respecto de las

demarcaciones registrales y notariales y del nombramiento

de registradores, notarios y otros fedatarios públicos.


ENMIENDA NÚM. 62

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Socialista

Al artículo único, apartado 46 (Disposición Adicional

Quinta)

De modificación

Se propone la modificación de la Disposición Adicional

Quinta, que tendrá la siguiente redacción:


«El Estado otorgará, en régimen de concesión a la

Comunidad Autónoma, la utilización de un tercer canal

de TV de titularidad estatal, que deberá crearse específicamente

para su emisión en el territorio de Extremadura,

en los términos que prevea la citada concesión. Dicho

canal se gestionará en los términos que prevea la legislación

básica estatal.»

MOTIVACIÓN

Mejora técnica.


A la Mesa de la Comisión Constitucional

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al

amparo de lo dispuesto en los artículos 126 y siguientes

del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar

las siguientes enmiendas a la Propuesta de Reforma del

Estatuto de Autonomía de Extremadura.


Madrid, 27 de octubre de 1998.-Luis de Grandes

Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular.


ENMIENDA NÚM. 63

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Popular

Al artículo único, apartado 3

De modificación

Se proponen las siguientes modificaciones del

artículo 7:





Página 35




- Apartado 9

Redacción:


«Ferias y mercados interiores. Establecimiento de

bolsas de valores y establecimiento y regulación de centros

de contratación de mercancías, conforme a la legislación

mercantil.»

- Incorporación de un nuevo apartado 36

Redacción:


«Cajas de ahorro e instituciones de crédito cooperativo

público y territorial, en el marco de la ordenación

general de la economía y de acuerdo con las disposiciones

que en uso de sus facultades dicte el Estado.»

JUSTIFICACIÓN

Precisar con mayor claridad las competencias exclusivas

de la Comunidad Autónoma. Coherencia con la

enmienda posterior.


ENMIENDA NÚM. 64

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Popular

Al artículo único. Apartado 4

De modificación

Se proponen las siguientes modificaciones del

artículo 8:


- Apartado 3

Se propone la supresión de este apartado.


- Apartado 9

Redacción:


«Protección de medio ambiente. Normas adicionales

de protección.»

- Incorporación de un nuevo apartado 13

Redacción:


«Sistema de consultas populares en el ámbito de

Extremadura, de conformidad con lo que disponga la Ley

a que se refiere el apartado 3 del artículo 92 de la Constitución

y demás Leyes del Estado, correspondiendo a éste

la autorización de su convocatoria.»

JUSTIFICACIÓN

Precisar con mayor claridad las competencias de

desarrollo legislativo y ejecución que corresponden a la

Comunidad Autónoma. Coherencia con la enmienda

anterior.


ENMIENDA NÚM. 65

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Popular

Al artículo único, apartado 5

De modificación

Se proponen las siguientes modificaciones del

artículo 9:


- Apartado 4

Redacción:


«Gestión de las prestaciones y servicios sociales del

sistema de Seguridad Social: Inserso. La determinación

de las prestaciones del sistema, los requisitos para establecer

las condiciones del beneficiario y la financiación

se efectuará de acuerdo con las normas establecidas por

el Estado en el ejercicio de sus competencias, de conformidad

con lo dispuesto en el número 17 del apartado 1

del artículo 149 de la Constitución.»

- Apartado 11

Redacción:


«Laboral. De conformidad con el número 7 del apartado

1 del artículo 149 de la Constitución, corresponde al

Estado la competencia sobre legislación laboral y la alta

inspección. Quedan reservadas al Estado todas las competencias

en materia de migraciones interiores y exteriores,

fondos de ámbito nacional y de empleo, sin perjuicio

de lo que establezcan las normas del Estado sobre estas

materias.»

- Se propone la incorporación de un nuevo apartado 14

Redacción:


«Crédito, banca y seguros, de acuerdo con las previsiones

de las reglas 6, 11 y 13 del apartado 1 del artículo 149

de la Constitución.»




Página 36




JUSTIFICACIÓN

Precisar con mayor claridad las competencias ejecutivas

de la Comunidad Autónoma.


ENMIENDA NÚM. 66

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario

Popular

Al artículo único, apartado 31

De modificación

Se propone la modificación del artículo 44:


Redacción:


«1. Corresponde a la Junta de Extremadura, de conformidad

con lo dispuesto en las leyes orgánicas y procesales

del Estado:


a) Ejercer las facultades que la Ley Orgánica del

Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del

Estado.


b) Participar en la fijación de las demarcaciones

judiciales extremeñas.


2. Los notarios y registradores de la propiedad y

mercantiles y otros fedatarios públicos serán nombrados

por la Junta de Extremadura de conformidad con las

leyes del Estado. La Comunidad Autónoma participará

en la fijación de las demarcaciones correspondientes a

los Registros de la Propiedad y Mercantiles. También

participará en la fijación de las demarcaciones notariales

y del número de notarios, de acuerdo con lo previsto en

las leyes del Estado.»

JUSTIFICACIÓN

Introducir la competencia autonómica respecto de las

demarcaciones registrales y notariales, y del nombramiento

de registradores y notarios.


ENMIENDA NÚM. 67

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Popular.


Al artículo único. Apartado 40

De modificación

En la letra d) del artículo 58 debe sustituirse el término

«concretar» por el de «concertad».


JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.


A la Mesa de la Comisión Constitucional del Congreso

de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el artículo 110 del

Reglamento de la Cámara, la Diputada adscrita al Grupo

Mixto, Cristina Almeida Castro (Nueva Izquierda) presenta

las siguientes enmiendas a la Propuesta de Reforma

del Estatuto de Autonomía de Extremadura (núm.


expte. 127/000011).


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre

de 1998.-Cristina Almeida Castro, Diputada.-Joan

Saura Laporta, Portavoz Adjunto del Grupo Mixto.


ENMIENDA NÚM. 68

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 1 (artículo 2 del Estatuto)

De supresión

MOTIVACIÓN

Nueva Izquierda propone la supresión de este apartado

para mantener el texto del Estatuto vigente.


ENMIENDA NÚM. 69

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único

De adición

Añadir un nuevo apartado 1 bis (para la modificación

del artículo 4.2 del Estatuto), con el siguiente texto:


«1 bis.


En el apartado 2 del artículo 4 del Estatuto, se añade

detrás de «... himno...», lo siguiente: «... y el Día de

Estremadura...».





Página 37




MOTIVACIÓN

Nueva Izquierda propone la adición de esta modificación

para que el Día de Extremadura sea instituido por

una ley de la Comunidad Autónoma.


ENMIENDA NÚM. 70

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único

De adición

Añadir un nuevo apartado 1 ter (artículo 5).


Se propone añadir dos nuevos apartados al artículo 5

del Estatuto con la siguiente redacción:


«2. La ubicación de los órganos de gobierno de la

Junta de Extremadura en Mérida se realizará sin perjuicio

del establecimiento de sus organismos, dependencias

y servicios en las principales localidades del territorio de

la Comunidad, de acuerdo con criterios de desconcentración,

descentralización y coordinación de funciones.


3. Mediante Ley de la Asamblea de Extremadura,

cuya aprobación requerirá mayoría absoluta se regularán

las especificidades derivadas de la atribución del Estatuto

de Capitalidad a la ciudad de Mérida, debiendo ser

oídos a tal efecto los órganos de gobierno municipal.»

ENMIENDA NÚM. 71

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 2

Sustituir la redacción propuesta del artículo 6 del

Estatuto por la siguiente:


«1. Los derechos, libertades y deberes fundamentales

de los extremeños son los establecidos en la Constitución.


La Comunidad Autónoma garantiza el respeto a las

minorías étnicas y culturales que residen en Extremadura

para el libre ejercicio de sus tradiciones, lenguas y culturas,

dentro del respeto a los derechos de las personas.


2. La Comunidad Autónoma de Extremadura promoverá

las condiciones para que la libertad y la igualdad

del individuo y los grupos en que se integra sean reales y

efectivas, removerá los obstáculos que impidan o dificulten

su plenitud y facilitará la participación de todos los

extremeños y en particular de los jóvenes y las mujeres,

en la vida política, económica, cultural y social en un

contexto de libertad, justicia y solidaridad.


3. La Comunidad Autónoma propiciará la efectiva

igualdad del hombre y la mujer extremeños promoviendo

la plena incorporación de ésta en la sida social y superando

cualquier discriminación negativa de carácter

laboral, cultural, social, económica y política, garantizará

la protección de los derechos y dignidad de los menores,

así como de las personas que integran la denominada

tercera edad.


4. Para cuanto se establece en los anteriores apartados

las instituciones de la Comunidad Autónoma, dentro

del marco de sus competencias, ejercerá sus poderes con

los siguientes objetivos básicos:


a) La promoción de las condiciones más favorables

para el progreso socioeconómico de Extremadura, velando

por la consecución de un equilibrio económico adecuado

y justo respecto al resto de las Comunidades Autónomas

reflejado en un nivel de prestación de servicios

públicos, calidad de vida, empleo y condiciones de trabajo

para quienes viven y trabajan en Extremadura equiparable

a los valores medios alcanzados en el conjunto de

España.


b) E1 aprovechamiento y potenciación de los recursos

económicos de Extremadura, su agricultura, ganadería,

minería, industria, turismo y servicios, promoviendo

la inversión pública y privada, así como la justa distribución

social y territorial de la renta y de la riqueza.


c) E1 desarrollo industrial como fundamento del

crecimiento armónico de Extremadura.


d) La Reforma Agraria entendida como la transformación,

modernización y desarrollo de las estructuras

agrarias, en cuanto elemento esencial para una política

de desarrollo y fomento del empleo en el marco de una

política de crecimiento autogenerado, y autosostenido

respetuosa con la conservación y recuperación del medio

ambiente.


e) La realización de un eficaz sistema de comunicaciones

que potencie los intercambios humanos, culturales

y económicos dentro de Extremadura y con los territorios

y poblaciones vecinos de Castilla la Mancha,

Andalucía, Castilla-León y regiones fronterizas de Portugal.


f) La protección y realce de la naturaleza y el medio

ambiente, así como del patrimonio histórico, artístico,

etnológico y ecológico de Extremadura.


g) E1 fomento del bienestar socio-económico del

pueblo extremeño, en especial de las capas sociales más

desfavorecidas, a través de la extensión y mejora de equipamientos

sociales y servicios colectivos con especial

atención al medio rural.


h) La superación de los desequilibrios económicos,

sociales y culturales entre las distintas zonas de Extremadura

fomentando el principio de solidaridad.


i) Potenciar las peculiaridades del pueblo extremeño

y afianzar la identidad extremeña a través de la investigación,

difusión, conocimiento y desarrollo de los valores

históricos y culturales del pueblo extremeño en toda

su variedad, singularidad y riqueza.





Página 38




j) Propiciar el pleno empleo y la especial garantía

de puestos de trabajo para los jóvenes y las mujeres.


k) El acceso de todas las extremeñas y todos los

extremeños a los niveles educativos, culturales que les

permitan su realización personal y social.


l) Promover la solidaridad entre los municipios,

comarcas y provincias de la Región y de ésta con las

demás Comunidades Autónomas, de acuerdo con la

Constitución, el presente Estatuto y las leyes.


m) Impulsar el estrechamiento de vínculos humanos,

culturales y económicos con la nación vecina de

Portugal y con los pueblos de Hispanoamérica, sin perjuicio

de las atribuciones que corresponden al Estado y

del interés general de los españoles.


n) Asumir como principal actuación la defensa del

derecho de las extremeñas y extremeños a vivir y trabajar

en su tierra y crear las condiciones que faciliten el

retorno de los emigrantes.»

ENMIENDA NÚM. 72

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 3

Añadir en el número 10 del apartado 1 del artículo 7,

después de «... económica nacional...», lo siguiente:


«...mediante la ordenación y planificación de la actividad

económica...».


ENMIENDA NÚM. 73

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 4

Añadir en el apartado 5 del artículo 8 lo siguiente:


«Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social, de acuerdo

con lo previsto en el artículo 149.1.17 de la Constitución,

reservándose al Estado la alta inspección conducente

al cumplimiento de la función a que se refiere este

precepto.»

ENMIENDA NÚM. 74

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 4

Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente

texto:


«Asistencia , bienestar social y desarrollo comunitario.


Prestaciones y servicios sociales del sistema de la

Seguridad Social: INSERSO. La determinación de las

prestaciones del sistema, los requisitos para establecer la

condición de beneficiario y la financiación se efectuará

de acuerdo con las normas establecidas por el Estado en

el ejercicio de sus competencias, de conformidad con lo

dispuesto en el número 17 del apartado 1 del artículo 149

de la Constitución.»

ENMIENDA NÚM. 75

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 4

Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente

texto:


«Ordenación del crédito, banca y seguros.»

ENMIENDA NÚM. 76

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 4

Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente

texto:


«Expropiación forzosa. Contratos y concesiones administrativas,

sistema de responsabilidad de la Administración

de la Comunidad Autónoma...».


ENMIENDA NÚM. 77

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Al artículo único, apartado 4




Página 39




Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente

texto:


«Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales

especialmente en caso de monopolio e intervención

de empresas cuando así lo exija el interés general.»

ENMIENDA NÚM. 78

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 4

Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente

texto:


«Seguridad Social, salvo las normas que configuran

el régimen económico.»

ENMIENDA NÚM. 79

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 5

Añadir en el apartado 1 del artículo 9 el siguiente texto:


«Servicios públicos de empleo y acción formativa

ocupacional.»

ENMIENDA NÚM. 80

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 5

Añadir un nuevo apartado al artículo 9 con el siguiente

texto:


«La gestión del régimen económico de la Seguridad

Social, sin menoscabo del sistema de Caja Unica.»

ENMIENDA NÚM. 81

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Al artículo único, apartado 6

Añadir al artículo 10 lo siguiente:


«Los poderes públicos extremeños ajustarán el ejercicio

de las competencias que asuman en materia de

Seguridad Social y Asistencia Social. Empleo, Enseñanza

y otras de similar alcance, a criterios de participación

democrática de todos los sectores afectados, así como de

los Sindicatos de trabajadores y Asociaciones empresariales

en los términos que la Ley establezca.»

ENMIENDA NÚM. 82

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 8

En el apartado 3 del artículo 12, sustituir:


Donde dice: «fomentando... Comunidad Autónoma»;

debe decir: «fomentando y velando porque los contenidos

de la enseñanza y la investigación guarden una esencial

conexión con la realidad, tradiciones, problemas y

necesidades del pueblo extremeño.»

ENMIENDA NÚM. 83

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 9

Añadir un nuevo apartado 3 al artículo 13 con el

siguiente texto:


«3. La Comunidad Autónoma considerará con carácter

prioritario el establecimiento de convenios y acuerdos

de cooperación con Castilla-La Mancha, Andalucía y Castilla-

León para fortalecer los vínculos de vecindad.»

ENMIENDA NÚM. 84

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 12

Sustituir el apartado 4 por el siguiente:





Página 40




«4. La Comunidad Autónoma podrá transferir o

delegar en los municipios y otras entidades locales, conforme

a criterios de máxima descentralización. La Ley

preverá en cada caso la correspondiente transferencia de

medios, así como la forma de dirección y control que se

reserva la Comunidad.»

ENMIENDA NÚM. 85

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 14

En la letra d) del apartado 2 del artículo 19, se propone

añadir al final el siguiente texto:


«... elaborar, aprobar y ejecutar autónomamente su

presupuesto, y regular el Estatuto del personal al servicio

de la Cámara.»

ENMIENDA NÚM. 86

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 14

En la letra h) del apartado 2 del artículo 19, se propone

sustituir el texto en los siguientes términos.


«h) Regular mediante Ley en el marco de las normas

básicas de prensa, radio y televisión, la organización

y el control parlamentario de los medios de comunicación

social dependientes de la Comunidad Autónoma y

la garantía del acceso a dichos medios de los grupos

sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo

de la sociedad.»

ENMIENDA NÚM. 87

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda).


Al artículo único, apartado 14

En la letra k) del apartado 2 del artículo 19:


Donde dice: «... instando especialmente... Constitución»;

debe decir: «... instando especialmente al Estado

la realización efectiva del principio de Solidaridad

mediante un equilibrio económico adecuado y justo entre

las Comunidades Autónomas, en cumplimiento de lo

expresado en los artículos 2 y 138 de la Constitución.»

ENMIENDA NÚM. 88

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 16

En el apartado 1 del artículo 21:


Donde dice: «... en número máximo de 65»; debe

decir: «... en número mínimo de 65 y máximo de 73»

ENMIENDA NÚM. 89

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 16

Sustituir el apartado 2 del artículo 21 por el siguiente

texto:


«2. La Ley Electoral establecerá las circunscripciones

para las elecciones a la Asamblea de Extremadura,

asegurando la representación de las diversas zonas del

territorio. Dicha Ley distribuirá el número total de miembros

de la Asamblea, asignando una representación mínima

inicial a cada circunscripción y distribuyendo los

demás en proporción a la población.»

ENMIENDA NÚM. 90

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 18

Sustituir el apartado 2 del artículo 23 por el siguiente

texto:


«2. Una Ley de la Comunidad, aprobada por mayoría

absoluta, regulará en el marco de la Ley Orgánica dictada




Página 41




en desarrollo del artículo 87.3 de la Constitución, la

iniciativa popular para la presentación de proposiciones

de ley que hayan de ser tramitadas por la Asamblea, las

cuales habrán de ser avaladas por un número de firmas

acreditadas no inferior a 15.000.»

ENMIENDA NÚM. 91

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 19

Sustituir el apartado 2 del artículo 24 por el siguiente

texto:


«2. Los miembros de la Asamblea, que representan

como Diputados al conjunto de Extremadura, y del pueblo

extremeño, no estarán sujetos a mandato imperativo.»

ENMIENDA NÚM. 92

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único

Añadir un nuevo apartado 19 bis para la reforma del

artículo 29 del Estatuto, en el siguiente sentido

Donde dice: «El Reglamento... grupos parlamentarios...»;

debe decir: «El Reglamento de la Asamblea de

Extremadura establecerá las reglas para la constitución

de los grupos parlamentarios...».


ENMIENDA NÚM. 93

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 22

En el apartado 1 del artículo 31, se propone como

corrección técnica eliminar la frase:


«El candidato deberá... Asamblea.»

ENMIENDA NÚM. 94

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 22

Sustituir los apartados 3 y 4 del artículo 31 por el

siguiente texto:


«3. Para ser proclamado Presidente de la Junta de

Extremadura, el candidato deberá obtener la mayoría

absoluta. De no obtenerla se procederá a una nueva votación

cuarenta y ocho horas después de la primera y la

confianza se entenderá otorgada si obtuviera la mayoría

simple.


4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase

la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas

propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.


5. Si transcurrido el plazo de dos meses a partir de

la primera votación ningún candidato hubiera obtenido la

confianza de la Cámara, la Asamblea quedará disuelta y

su Diputación Permanente procederá a convocar nuevas

elecciones.


6. El mandato de la nueva Asamblea durará, en todo

caso, hasta la fecha en que debiera concluir el de la primera.»

ENMIENDA NÚM. 95

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único

Añadir un nuevo apartado 22 bis para la reforma del

apartado 4 del artículo 35 del Estatuto, en el siguiente

sentido:


Donde dice: «... 15 por ciento...»; debe decir: «... 10

por ciento...»

ENMIENDA NÚM. 96

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Al artículo único, apartado 34

Añadir al texto del artículo 47, que quedaría como

apartado 1, lo siguiente:





Página 42




«2. Corresponde a la Comunidad Autónoma la

creación, organización y regulación de su propia Administración

pública, de acuerdo con los principios generales

del presente Estatuto y la legislación básica del

Estado, conforme a los siguientes principios:


a) La estructura y funcionamiento de la Administración

de la Comunidad Autónoma sirve con objetividad

los intereses generales, respondiendo a los principios de

legalidad, jerarquía, eficacia, objetividad y economía, así

como a los de coordinación, subsidiariedad, descentralización

y desconcentración.


b) En aplicación de los principios de coordinación,

subsidiariedad, desconcentración y descentralización,

los organismos, servicios y dependencias de la

Junta de Extremadura se establecerán en los lugares

del territorio que propicien su máxima proximidad a

los ciudadanos.


c) En desarrollo del principio de economía y sin

perjuicio de la eficacia, la Administración de la Comunidad

Autónoma se organizará sobre la base de evitar la

duplicidad de cargos o funciones y la proliferación de la

burocracia.


d) No existirá en la Comunidad Autónoma más personal

libremente designado que el estrictamente preciso

para el apoyo inmediato de los órganos políticos.»

ENMIENDA NÚM. 97

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 42

Añadir al apartado 4 del artículo 61 lo siguiente:


«El Consejo de Gobierno elaborará los proyectos de

planificación de acuerdo con las previsiones que le sean

suministradas por las corporaciones locales y con el asesoramiento

y colaboración de las organizaciones sindicales,

profesionales, empresariales, económicas y sociales.


A tal fin se constituirá un Consejo cuya composición y

funciones se desarrollarán por ley.»

ENMIENDA NÚM. 98

PRIMER FIRMANTE:


Cristina Almeida Castro

Grupo Mixto

(Nueva Izquierda)

Al artículo único, apartado 47

En el apartado 1 de la Disposición Adicional Sexta,

se propone , como corrección técnica, eliminar en el primer

párrafo la expresión: «otra».