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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 215-6, de 04/11/1998
BOLETÍN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
VI LEGISLATURA
Serie B: 4 de noviembre de 1998 Núm. 215-6
PROPOSICIONES DE LEY
ENMIENDAS
127/000011 Propuesta de reforma del Estatuto de
Autonomía de Extremadura.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del
Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de las
enmiendas presentadas en relación con la Propuesta de
Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura
(núm. expte. 127/000011).
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de octubre
de 1998.-El Presidente del Congreso de los Diputados,
Federico Trillo-Figueroa Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la
Cámara, el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida presenta
las siguientes enmiendas parciales a la Propuesta
de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura
(núm. expte. 127/000011).
Palacio del Congreso de los Diputados Madrid, 21 de
octubre de 1998.-José Luis Centella Gómez, Diputado.-
Rosa Aguilar Rivero, Portavoz del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida.
ENMIENDA NÚM. 1
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
A la Exposición de Motivos
De sustitución
Debe decir:
«EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Transcurridos quince años desde la aprobación de la
Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de
Autonomía de Extremadura, desarrollada en este período
una experiencia en la organización y funcionamiento de
sus Instituciones de autogobierno, en la asunción y ejercicio
de competencias previstas en el propio Estatuto,
tanto en su texto original como en la Reforma derivada
del pacto autonómico de 1992.
Parece oportuno y conveniente proceder a una nueva
Reforma de la Ley institucional básica de Extremadura
en la que se trata de conseguir avances sustanciales en
las siguientes direcciones:
La primera, apostar por una concepción de un Estado
solidario donde todas las Comunidades Autónomas tengan
el mismo derecho a unos niveles políticos, financieros
y competenciales.
La segunda, clarificando las esferas correspondientes
a los poderes Legislativo y Ejecutivo, de manera que la
Asamblea de Extremadura ocupe el papel central donde
el pueblo extremeño pueda ejercer la soberanía popular a
través de sus representantes, de manera que permita un
funcionamiento más correcto y mejor visualizado por los
ciudadanos y ciudadanas de la división de poderes en que
se basa nuestro sistema democrático.
Tercera, dando pie a la creación de un modelo de financiación
solidario que permita, a nuestra Comunidad Autónoma
tener suficiencia y autonomía financiera, al mismo
tiempo que se precisa, aún más, la obligación del Estado a
satisfacer la 'deuda histórica' con Extremadura.
Cuarta, ampliando el techo competencial, que nos
permita equipararnos con las llamadas 'comunidades
históricas'. Asumiendo competencias nuevas como planificación
de la economía, Inem, Confederaciones
Hidrográficas, Sanidad, Instituciones Penitenciarias, Instituciones
de Crédito Cooperativo, público y territorial,
Programas de actuación referidos a comarcas deprimidas,
ordenación farmacéutica.
Quinta, la Ordenación del Territorio, en Provincia
Única, Zonas y Comarcas, sin perjuicio de lo establecido
en nuestra Carta Magna.
Sexta, conseguir una Extremadura ecológicamente
avanzada, sin nucleares, con una protección ambiental
eficaz, donde primen los nuevos valores de la solidaridad
y austeridad.
Asimismo, se permite la ampliación de competencias
locales a través de la transferencia o delegación de competencias
a municipios y comarcas.
En definitiva, se ha abordado una Reforma en profundidad
que, recogiendo la experiencia acumulada, tanto
desde el Gobierno como desde los Grupos Parlamentarios,
trata de racionalizar e introducir mejoras técnicas en
diversos preceptos que tenían escasa aplicación o habían
perdido vigencia por el cumplimiento de plazos previstos
en la Constitución, o en el propio Estatuto.
Por todo ello y en conclusión se propone una Reforma
del Estatuto de Autonomía de Extremadura, que permita
profundizar en la capacidad de autogobierno en
orden a la homologación y consolidación del Estado de
las Autonomías previsto en la Constitución, asumir un
mayor número de competencias, reformar el funcionamiento
y papel tanto de la Junta de Extremadura como
de la Asamblea.»
MOTIVACIÓN
En consonancia con otras enmiendas.
ENMIENDA NÚM. 2
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 1, en lo referido al artículo 2,
punto 2
De sustitución
Debe decir:
«2. Extremadura se estructura en una provincia
única, ordenando su territorio en Municipios, Comarcas
y Zonas, de acuerdo con la Constitución Española».
MOTIVACIÓN
La provincia constituye una organización desfasada
que tiende más a crear ínsulas de poder que a mejorar la
gestión.
ENMIENDA NÚM. 3
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6
De sustitución
Se sustituye la letra a) del punto 2
Debe decir:
«a) La mejora de las condiciones de vida, elevación
del nivel cultural y trabajo de la ciudadanía extremeña.»
MOTIVACIÓN
Precisar más el contenido de esta actuación.
ENMIENDA NÚM. 4
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU.
Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2,
apartado d)
De sustitución
Debe decir:
«d) Adoptar las medidas que promuevan la inversión
y fomenten el progreso económico y social de
Extremadura, propiciando el pleno empleo, con especial
hincapié en el reparto del trabajo y la especial garantía
de puestos de trabajo estables para los jóvenes y mujeres
de Extremadura, extendiendo la protección social y
cobertura al desempleo a los trabajadores en paro, y la
corrección de los desequilibrios territoriales en la
Comunidad.»
MOTIVACIÓN
Mejora de la definición.
ENMIENDA NÚM. 5
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2.j)
De adición
Debe decir:
Se añade después de «Español»:
«A tal efecto, la Deuda Histórica que tiene contraída
el Estado con Extremadura se resolverá mediante transferencia
anual de fondos extraordinarios hasta que se
nivele efectivamente el nivel de servicios públicos y el
tejido productivo.»
MOTIVACIÓN
En consonancia con otras enmiendas.
ENMIENDA NÚM. 6
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo
6.2.k)
De sustitución
Debe decir:
«k) La transformación de la realidad económica de
Extremadura, mediante la industrialización y la realización
de una Reforma Agraria, entendida como un proceso
de transformación, modernización y desarrollo de las
estructuras agrarias, en el que se garantice que la tierra
cumple una función social y de la que constituya un elemento
esencial, una política de desarrollo y de fomento
del empleo, en el marco de una política general de respeto
y conservación del medio ambiente.»
MOTIVACIÓN
Este aspecto fundamental de la vida económica y social
de la Comunidad debe quedar expresamente regulado.
ENMIENDA NÚM. 7
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2
De adición
Se añade un nuevo punto n) con el siguiente texto:
«n) Promover una política basada en los principios
del desarrollo sostenible, y los valores de austeridad y
solidaridad, garantizando la conservación ecológica del
rico patrimonio natural y cultural de Extremadura.
En este sentido, los poderes públicos abogarán por
una Extremadura desnuclearizada y sin cementerios
radiactivos.»
MOTIVACIÓN
La defensa de la calidad de vida mediante la defensa
del medio ambiente debe ser recogida expresamente.
ENMIENDA NÚM. 8
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2
De adición
Se crea un nuevo punto ñ) con el siguiente texto:
«ñ) Realizar una política tributaria basada, en la fiscalidad
progresiva, que persiga el fraude y garantice que
la aportación de los ciudadanos es inversamente proporcional
a su nivel de renta.»
MOTIVACIÓN
Por evidente justicia fiscal y de reparto de la riqueza.
ENMIENDA NÚM. 9
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6.2
De adición
Se crea un nuevo punto o) con el siguiente texto:
«o) Promover una actitud ética en la actividad política,
persiguiendo las practicas viciadas, la corrupción, el
tráfico de influencias y la adjudicación irregular de obras
o servicios.»
MOTIVACIÓN
Como garantía de control democrático.
ENMIENDA NÚM. 10
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 2, en lo referido al artículo 6
De adición
Se añade un nuevo punto 3:
«3 Anualmente, se celebrará un debate de política
general en la Asamblea de Extremadura, en el que se analizará,
partiendo de una Comunicación de la Junta de
Extremadura, el grado de consecución de los objetivos
básicos expresados en este artículo.»
MOTIVACIÓN
Mejora del control parlamentario de la actividad del
Gobierno.
ENMIENDA NÚM. 11
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo
7.1.10
De sustitución
Debe decir:
«10. La planificación de la actividad económica y
fomento del desarrollo económico de la Comunidad
Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política
económica nacional. La creación y gestión de un sector
público regional propio de la Comunidad, y la participación
en la gestión del sector público estatal en los
casos y actividades que procedan.»
MOTIVACIÓN
Reconocimiento y defensa de la participación de
las instituciones en el desarrollo y la planificación
económica.
ENMIENDA NÚM. 12
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7,
punto 26
De sustitución
Debe decir:
«26. Fundaciones y asociaciones de ámbito territorial
de la Comunidad Autónoma.»
MOTIVACIÓN
La extensión de competencias a estas personas jurídicas
es consecuente con su regulación y ámbito.
ENMIENDA NÚM. 13
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7
punto 27
De supresión
Se suprime todo el texto.
MOTIVACIÓN
Supone una mera superposición de administraciones
y competencias.
ENMIENDA NÚM. 14
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7,
punto 28
De supresión
Se suprime el texto que aparece después de «Autónoma».
MOTIVACIÓN
Es redundante.
ENMIENDA NÚM. 15
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7,
punto 30
De supresión
Se suprime todo el texto.
MOTIVACIÓN
Supone una mera superposición de administraciones
y competencias.
ENMIENDA NÚM. 16
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7
De adición
Se añade un nuevo punto 36:
«36. Programas de actuación referidos a comarcas
deprimidas o en crisis.»
MOTIVACIÓN
La especificidad de estas zonas es análoga a las del
punto 35.
ENMIENDA NÚM. 17
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7
De adición
Se añade un nuevo punto 37:
«37. Montes, aprovechamiento y servicios forestales,
vías pecuarias, lagunas, pastos, espacios naturales
protegidos y tratamiento especial de zonas de montaña.»
MOTIVACIÓN
La especificidad de estas zonas es análoga a las del
punto 35.
ENMIENDA NÚM. 18
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7
De adición
Se añade un nuevo punto 38:
«38. Ordenación farmacéutica, sin perjuicio de lo
establecido en el artículo 149 de la Constitución.»
MOTIVACIÓN
Con arreglo a la especificidad demográfica de la
comunidad.
ENMIENDA NÚM. 19
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 3, en lo referido al artículo 7
De adición
Se añade un nuevo punto 39:
«39. Los servicios de colocación y demanda de
empleo.»
MOTIVACIÓN
La Comunidad debe asumir plena responsabilidad,
participación y gestión ante el problema del paro.
ENMIENDA NÚM. 20
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.1
De sustitución
Debe decir:
«1. Consultas populares por vía de Referéndum en
el ámbito de Extremadura sobre cuestiones de especial
trascendencia y consultas locales en el ámbito de la
Comunidad Autónoma.»
MOTIVACIÓN
Garantizar la participación de los ciudadanos en cuestiones
de especial relevancia favoreciendo la democracia
directa.
ENMIENDA NÚM. 21
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.2
De sustitución
Debe decir:
Artículo 8.2 «Penitenciarias».
MOTIVACIÓN
Coparticipar en la gestión y ubicación de centros.
ENMIENDA NÚM. 22
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.3
De sustitución
Debe decir:
Artículo 8.3 «Ordenación del crédito, banca y
seguros».
MOTIVACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 23
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.5
De sustitución
Debe decir:
«5. Asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Gestión del régimen económico de la Seguridad Social.»
MOTIVACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 24
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8.12
De supresión
MOTIVACIÓN
En consonancia con otras enmiendas.
ENMIENDA NÚM. 25
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 4, en lo referido al artículo 8
De adición
Se crea un punto 13 nuevo.
«13. Administración de Justicia, exceptuada la
jurisdicción militar, policial, judicial y fijación de las
demarcaciones territoriales y los órganos judiciales.»
MOTIVACIÓN
Participar en la organización de la Administración de
Justicia.
ENMIENDA NÚM. 26
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 5, en lo referido al artículo 9.2
De sustitución
Debe decir:
Artículo 9.2 «Nombramiento de registradores de
la propiedad y mercantil, notarios, agentes de cambio
y bolsa y corredores de comercio. Participación en la
demarcación y planta correspondiente a notarías y
registros».
MOTIVACIÓN
En consonancia con otras enmiendas.
ENMIENDA NÚM. 27
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 5, en lo referido al artículo 9.11
De sustitución
Debe decir:
«11. Laboral. De conformidad con el número 7 del
apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.»
MOTIVACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 28
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 5, en lo referido al artículo 9
De adición
Se añade un nuevo punto:
«14. Gestión concertada con el Estado de las Confederaciones
Hidrográficas del Tajo y del Guadiana.»
MOTIVACIÓN
La gestión de los recursos hídricos es un aspecto
fundamental para el desarrollo económico de la comunidad.
ENMIENDA NÚM. 29
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 5, en lo referido al artículo 9.14
De supresión
Se suprime todo el texto de este punto.
MOTIVACIÓN
Debe ser una competencia de desarrollo legislativo y
de ejecución.
ENMIENDA NÚM. 30
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 12, en lo referido al artículo
16.3
De sustitución
Debe decir:
«3. Una Ley de la Asamblea de Extremadura establecerá
la ordenación del territorio extremeño. Dicha Ley
irá precedida de un proceso de participación de la sociedad
extremeña.»
MOTIVACIÓN
Garantizar la transparencia y la democracia directa en
aspectos tan relevantes.
ENMIENDA NÚM. 31
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 12, en lo referido al artículo
16.4
De sustitución
Debe decir:
«4. La Comunidad Autónoma podrá transferir o
delegar en las Comarcas, Zonas y Municipios,
mediante Ley aprobada por mayoría absoluta, facultades
correspondientes a materias de su competencia.
Esta Ley preverá en cada caso la correspondiente
transferencia de medios financieros, así como la
forma de dirección y control que se reserva la Comunidad.»
MOTIVACIÓN
Garantizar la corresponsabilidad entre administraciones.
ENMIENDA NÚM. 32
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 14, en lo referido al artículo 19.2
apartado b)
De adición
Añadir «orientar» después de «promover».
MOTIVACIÓN
Mejora del propósito del artículo.
ENMIENDA NÚM. 33
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 14, en lo referido al artículo 19.2
apartado c)
De adición
Se añade después de «Autónoma.» el texto siguiente:
«, así como autorizar las operaciones de endeudamiento
y los avales. Una oficina de seguimiento presupuestario
creada en el seno de la Asamblea facilitará a
los Grupos Parlamentarios puntual información acerca
de la ejecución del Presupuesto.»
MOTIVACIÓN
Garantizar el control presupuestario.
ENMIENDA NÚM. 34
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 14, en lo referido al artículo 19.2
De adición
Se añade una letra 1).
«l). La Asamblea aprobará los planes económicos y
las propuestas de programa de desarrollo regional.»
MOTIVACIÓN
Debe recogerse este mecanismo fundamental.
ENMIENDA NÚM. 35
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 14, en lo referido al artículo 19.2
De adición
Se añade un nuevo apartado m) con el siguiente texto:
«m). La Asamblea aprobará las propuestas de proyectos
de planificación que regula el artículo 131 de la
Constitución Española para elevarlos al Gobierno del
Estado.»
MOTIVACIÓN
Participación de la Comunidad en aspectos fundamentales.
ENMIENDA NÚM. 36
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 14, en lo referido al 19.2
De adición
Se añade un nuevo apartado n).
«n). La Asamblea conocerá y aprobará las resoluciones
correspondientes sobre el Informe Anual del Consejo
Económico y Social.»
MOTIVACIÓN
Garantizar la transparencia y el control democrático.
ENMIENDA NÚM. 37
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 14, en lo referido al 19.2
De adición
Se añade un nuevo apartado ñ).
«ñ). La Asamblea de Extremadura participará en la
Asamblea General de las Cajas de Ahorro Extremeñas,
así como en el Consejo Social de la Universidad de
Extremadura.»
MOTIVACIÓN
Garantizar la transparencia y el control democrático.
ENMIENDA NÚM. 38
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 14, en lo referido al 19.2
De adición
Se añade un nuevo apartado o).
«Artículo 19.2.o). Y cualquier otra facultad o función
que se derive de la Constitución, del presente Estatuto
y del ordenamiento jurídico vigente, instando especialmente
por el cumplimiento del principio de
solidaridad nacional, expresado en los artículos 2.o y 138
de la Constitución.»
MOTIVACIÓN
Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 39
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 14, en lo referido al 19.2
De adición
Se añade un nuevo apartado p).
«p). La Asamblea aprobará la ordenación básica de
los órganos y servicios de Extremadura.»
MOTIVACIÓN
Mayor transparencia y participación de los ciudadanos
a través de sus representantes.
ENMIENDA NÚM. 40
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 16, en lo referido al artículo
21.1
De sustitución
Debe decir:
«1. Los miembros de la Asamblea de Extremadura
serán elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo
y secreto, de acuerdo con los criterios de representación
proporcional, en número máximo de 71, por un período
de cuatro años, sin perjuicio de los supuestos de disolución
anticipada.
Una Ley de la Comunidad, aprobada por mayoría
cualificada de cuatro quintas partes de la Cámara, regulará
el procedimiento de elección.»
MOTIVACIÓN
Mejorar las garantías de representación democrática.
ENMIENDA NÚM. 41
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 16, en lo referido al artículo
21.2
De sustitución
Debe decir:
«2. La circunscripción electoral es la Comunidad
Autónoma.»
MOTIVACIÓN
En consonancia con otras enmiendas.
ENMIENDA NÚM. 42
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 18, en lo referido al artículo
23.2
De sustitución
Se sustituye «5 por ciento» por «2 por ciento.»
MOTIVACIÓN
Favorecer el uso de este derecho constitucional.
ENMIENDA NÚM. 43
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 20, en lo referido al artículo
27.2
De sustitución
Debe decir:
«2. Los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea
de Extremadura no podrámser inferiores a diez
meses al año.»
MOTIVACIÓN
La responsabilidad de la Cámara para con los ciudadanos
exige un mayor esfuerzo de trabajo.
ENMIENDA NÚM. 44
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 23, en lo referido al artículo 34.2
De sustitución
Debe decir:
«2. El acuerdo de disolución no podrá adoptarse
cuando esté en trámite una moción de censura, ni acordarse
durante el primer período de sesiones, ni antes de
que transcurra un año desde la anterior disolución o reste
menos de un año para extinguirse el mandato de la electa.
Asimismo, tampoco podrá aprobarse la disolución de
la Asamblea cuando se encuentre convocado un proceso
electoral de ámbito estatal.»
MOTIVACIÓN
Como garantía de control democrático.
ENMIENDA NÚM. 45
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 30, en lo referido al artículo 43.b)
De adición
Se añade después de «Justicia» el texto siguiente:
«...necesitando para su aprobación el voto favorable
de las cuatro quintas partes de la Cámara.»
MOTIVACIÓN
Garantizar el consenso, el respaldo y la transparencia.
ENMIENDA NÚM. 46
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 32, en lo referido al artículo 45
De sustitución
Debe decir:
«Artículo 45. En Extremadura se propiciará el ejercicio
de la acción popular y la participación en la Administración
de Justicia mediante la institución del jurado,
en la forma que las leyes determinen, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 125 de la Constitución.
Los poderes públicos adoptarán las medidas para conseguir
el acceso gratuito a la justicia de todos los ciudadanos.
Asimismo, adoptarán las medidas necesarias
para la persecución de los delitos ecológicos, de tráfico
de influencias, sociales, sexuales, xenófobos o racistas.»
MOTIVACIÓN
Mejora de la definición.
ENMIENDA NÚM. 47
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 39, en lo referido al artículo 57.1. g)
De adición
Se añade después de «Estado» lo siguiente:
«y expresamente las correspondientes al pago de la
Deuda Histórica.»
MOTIVACIÓN
Recoger, de modo expreso, este aspecto.
ENMIENDA NÚM. 48
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 41, en lo referido al artículo 60.a)
De supresión.
Suprimir desde «cuyo...» hasta «aquel.»
MOTIVACIÓN
No hay motivos que amparen dicha limitación.
ENMIENDA NÚM. 49
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 41, en lo referido al artículo 60.a)
De sustitución
Debe decir:
Artículo 60. a): Sustituir« 15 de octubre» por« 1 de
octubre.»
MOTIVACIÓN
Ampliar el plazo disponible para su estudio.
ENMIENDA NÚM. 50
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 41, en lo referido al artículo 60.b)
De adición
Se añade después de «presupuestarios» lo siguiente:
«Dicha potestad será ejercida por la Junta en los términos
regulados por la Asamblea de Extremadura.»
MOTIVACIÓN
Reglar dicha potestad.
ENMIENDA NÚM. 51
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61.1
De adición
Se añade a continuación de «ganadería» lo siguiente:
«En este sentido, velará por un reparto justo de todas
las subvenciones de la Comunidad, del Estado o de la
Unión Europea, a la agricultura y la ganadería, primando el
mantenimiento de la renta de los pequeños agricultores.»
MOTIVACIÓN
Garantizar la transparencia y la buena administración.
ENMIENDA NÚM. 52
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61.5
De adición
Se añade después de «regional» lo siguiente:
«En este sentido, los poderes públicos de la Comunidad
Autónoma promoverán la fusión de las Cajas de
Ahorro extremeñas.
Asimismo, se propiciará la constitución de un Banco
Público de Extremadura.» ganadería«
MOTIVACIÓN
Adoptar medidas para lograr los objetivos del artículo.
ENMIENDA NÚM. 53
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61
De adición
Se añade un nuevo punto 8.
«8. Los Presupuestos de la Comunidad Autónoma
recogerán anualmente el destino del 0,7 por 100 de su
cuantía a proyectos y programas de solidaridad con el
Tercer Mundo.»
MOTIVACIÓN
Por evidentes motivos de solidaridad.
ENMIENDA NÚM. 54
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61
De adicion
Se añade un nuevo punto 9.
«9. La Comunidad Autónoma podrá dotarse de una
agencia de recuperación y reciclaje de residuos.»
MOTIVACIÓN
Participación activa en la defensa del medio ambiente
y de la calidad de vida.
ENMIENDA NÚM. 55
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 42, en lo referido al artículo 61
De adición
Se añade un nuevo punto 10.
«10. Los poderes públicos de Extremadura adoptarán
las medidas necesarias para evitar la precariedad
laboral, la existencia de Empresas de Trabajo Temporal y
la consumación de políticas económicas y sociales lesivas
para los trabajadores.
Asimismo, adoptarán las medidas para conseguir una
adecuada protección social y cobertura a todos los parados.
En este sentido, promoverán las medidas necesarias
para equiparar la protección de los trabajadores del
campo.
Asimismo, promoverán las iniciativas necesarias para
conseguir que la pensión mínima se equipare al Salario
Mínimo Interprofesional.»
MOTIVACIÓN
Promover la actuación pública en defensa del empleo
y contra la precariedad y explotación.
ENMIENDA NÚM. 56
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 45, en lo referido a la Disposición
Adicional Cuarta
De adición
Se añade después de «transferencia» lo siguiente:
«Asimismo, el Estado garantizará la efectiva nivelación
de los servicios transferidos, presupuestando las cantidades
necesarias para conseguir la equiparación de los
mismos a las dotaciones medias existentes en España.»
MOTIVACIÓN
Garantizar el buen fin y aprovechamiento de las
transferencias.
ENMIENDA NÚM. 57
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Federal IU
Al artículo único, punto 46, en lo referido a la Disposición
Adicional Quinta
De sustitución
Debe decir:
«Disposición Adicional Quinta. El Estado otorgará
en régimen de concesión a la Comunidad Autónoma la
utilización de un tercer canal múltiple o simple de TV de
titularidad estatal, que deberá crearse específicamente
para su emisión en el territorio de Extremadura, en los
términos que prevea la citada concesión. Dichos canales
deberán explotarse directamente por la Comunidad Autónoma,
ya sea por medio de Organismo Autónomo o por
una Empresa Pública de carácter regional.»
MOTIVACIÓN
Dotar a la Comunidad de este servicio público.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo
el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo
establecido en el artículo 110 y siguientes del vigente
reglamento del Congreso de los Diputados, presentar las
siguientes enmiendas a la Proposición de Ley de Propuesta
de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura
(núm. expte. 127/000011).
Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre
de 1998.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
ENMIENDA NÚM. 58
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Socialista
Al artículo único, apartado 3 (artículo 7)
De modificación
Se propone la modificación del número 9 del apartado
1, que tendrá la siguiente redacción:
«9. Ferias y mercados interiores. Establecimiento
de bolsas de valores y establecimiento y regulación de
centros de contratación de mercancías, conforme a la
legislación mercantil.»
Se propone la adición de un nuevo número 36 en el
apartado 1, que tendrá la siguiente redacción:
«36. Cajas de Ahorros e instituciones de crédito
cooperativo público y territorial, en el marco de la ordenación
general de la economía y de acuerdo con las disposiciones
que en uso de sus facultades dicte el Estado.»
MOTIVACIÓN
Precisar con mayor claridad las competencias exclusivas
de la Comunidad Autónoma. Coherencia con la
enmienda posterior.
ENMIENDA NÚM. 59
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Socialista
Al artículo único, apartado 4 (artículo 8)
De modificación
Se propone la supresión del apartado 3.
Se propone la modificación del apartado 9, que tendrá
la siguiente redacción:
«9. Protección del medio ambiente. Normas adicionales
de protección.»
Se propone la adición de un nuevo apartado, que tendrá
la siguiente redacción:
«Sistema de consultas populares en el ámbito de
Extremadura, de conformidad con lo que disponga la Ley
a que se refiere el apartado 3 del artículo 92 de la Constitución
y demás leyes del Estado, correspondiendo a éste
la autorización de su convocatoria.»
MOTIVACIÓN
En coherencia con la enmienda anterior. Precisar con
mayor claridad las competencias de desarrollo legislativo
y de ejecución que corresponden a la Comunidad
Autónoma.
ENMIENDA NÚM. 60
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Socialista
Al artículo Único, apartado 5 (artículo 9).
De modificación
Se propone la modificación de los apartados 4 y 11,
que tendrán la siguiente redacción:
«4. Gestión de las prestaciones y servicios sociales
del sistema de Seguridad Social: Inserso. La determinación
de las prestaciones del sistema, los requisitos para
establecer la condición de beneficiario y la financiación
se efectuará de acuerdo con las normas establecidas por
el Estado en el ejercicio de sus competencias, de conformidad
con lo dispuesto en el número 17 del apartado 1
del artículo 149 de la Constitución.
11. Laboral. De conformidad con el número 7 del
apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, corresponde
al Estado la competencia sobre legislación laboral
y la alta inspección. Quedan reservadas al Estado todas
las competencias en materia de migraciones interiores y
exteriores, fondos de ámbito nacional y de empleo, sin
perjuicio de lo que establezcan las normas del Estado
sobre estas materias.»
Se propone la adición de un nuevo apartado 14, que
tendrá la siguiente redacción:
«14. Crédito, banca y seguros, de acuerdo con las
previsiones de las reglas 6, 11 y 13 del apartado 1 del
artículo 149 de la Constitución.»
MOTIVACIÓN
Precisar con mayor claridad las competencias de ejecución
de la Comunidad Autónoma.
ENMIENDA NÚM. 61
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Socialista
Al artículo único, apartado 31 (artículo 44)
De modificación
Se propone la modificación del artículo 44, que tendrá
la siguiente redacción:
«1. Corresponde a la Junta de Extremadura, de conformidad
con lo dispuesto en las leyes orgánicas y procesales
del Estado:
a) Ejercer las facultades que la Ley Orgánica del
Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del
Estado.
b) Participar en la fijación de las demarcaciones
judiciales extremeñas.
2. Los notarios, registradores de la propiedad y
mercantiles y otros fedatarios públicos serán nombrados
por la Junta de Extremadura de conformidad con las
leyes del Estado.
La Comunidad Autónoma participará en la fijación de
las demarcaciones correspondientes a los Registros de la
Propiedad y Mercantiles. También participará en la fijación
de las demarcaciones notariales y del número
de notarios, de acuerdo con lo previsto en las leyes del
Estado».
MOTIVACIÓN
Introducir la competencia autonómica respecto de las
demarcaciones registrales y notariales y del nombramiento
de registradores, notarios y otros fedatarios públicos.
ENMIENDA NÚM. 62
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Socialista
Al artículo único, apartado 46 (Disposición Adicional
Quinta)
De modificación
Se propone la modificación de la Disposición Adicional
Quinta, que tendrá la siguiente redacción:
«El Estado otorgará, en régimen de concesión a la
Comunidad Autónoma, la utilización de un tercer canal
de TV de titularidad estatal, que deberá crearse específicamente
para su emisión en el territorio de Extremadura,
en los términos que prevea la citada concesión. Dicho
canal se gestionará en los términos que prevea la legislación
básica estatal.»
MOTIVACIÓN
Mejora técnica.
A la Mesa de la Comisión Constitucional
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al
amparo de lo dispuesto en los artículos 126 y siguientes
del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar
las siguientes enmiendas a la Propuesta de Reforma del
Estatuto de Autonomía de Extremadura.
Madrid, 27 de octubre de 1998.-Luis de Grandes
Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular.
ENMIENDA NÚM. 63
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Popular
Al artículo único, apartado 3
De modificación
Se proponen las siguientes modificaciones del
artículo 7:
- Apartado 9
Redacción:
«Ferias y mercados interiores. Establecimiento de
bolsas de valores y establecimiento y regulación de centros
de contratación de mercancías, conforme a la legislación
mercantil.»
- Incorporación de un nuevo apartado 36
Redacción:
«Cajas de ahorro e instituciones de crédito cooperativo
público y territorial, en el marco de la ordenación
general de la economía y de acuerdo con las disposiciones
que en uso de sus facultades dicte el Estado.»
JUSTIFICACIÓN
Precisar con mayor claridad las competencias exclusivas
de la Comunidad Autónoma. Coherencia con la
enmienda posterior.
ENMIENDA NÚM. 64
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Popular
Al artículo único. Apartado 4
De modificación
Se proponen las siguientes modificaciones del
artículo 8:
- Apartado 3
Se propone la supresión de este apartado.
- Apartado 9
Redacción:
«Protección de medio ambiente. Normas adicionales
de protección.»
- Incorporación de un nuevo apartado 13
Redacción:
«Sistema de consultas populares en el ámbito de
Extremadura, de conformidad con lo que disponga la Ley
a que se refiere el apartado 3 del artículo 92 de la Constitución
y demás Leyes del Estado, correspondiendo a éste
la autorización de su convocatoria.»
JUSTIFICACIÓN
Precisar con mayor claridad las competencias de
desarrollo legislativo y ejecución que corresponden a la
Comunidad Autónoma. Coherencia con la enmienda
anterior.
ENMIENDA NÚM. 65
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Popular
Al artículo único, apartado 5
De modificación
Se proponen las siguientes modificaciones del
artículo 9:
- Apartado 4
Redacción:
«Gestión de las prestaciones y servicios sociales del
sistema de Seguridad Social: Inserso. La determinación
de las prestaciones del sistema, los requisitos para establecer
las condiciones del beneficiario y la financiación
se efectuará de acuerdo con las normas establecidas por
el Estado en el ejercicio de sus competencias, de conformidad
con lo dispuesto en el número 17 del apartado 1
del artículo 149 de la Constitución.»
- Apartado 11
Redacción:
«Laboral. De conformidad con el número 7 del apartado
1 del artículo 149 de la Constitución, corresponde al
Estado la competencia sobre legislación laboral y la alta
inspección. Quedan reservadas al Estado todas las competencias
en materia de migraciones interiores y exteriores,
fondos de ámbito nacional y de empleo, sin perjuicio
de lo que establezcan las normas del Estado sobre estas
materias.»
- Se propone la incorporación de un nuevo apartado 14
Redacción:
«Crédito, banca y seguros, de acuerdo con las previsiones
de las reglas 6, 11 y 13 del apartado 1 del artículo 149
de la Constitución.»
JUSTIFICACIÓN
Precisar con mayor claridad las competencias ejecutivas
de la Comunidad Autónoma.
ENMIENDA NÚM. 66
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario
Popular
Al artículo único, apartado 31
De modificación
Se propone la modificación del artículo 44:
Redacción:
«1. Corresponde a la Junta de Extremadura, de conformidad
con lo dispuesto en las leyes orgánicas y procesales
del Estado:
a) Ejercer las facultades que la Ley Orgánica del
Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del
Estado.
b) Participar en la fijación de las demarcaciones
judiciales extremeñas.
2. Los notarios y registradores de la propiedad y
mercantiles y otros fedatarios públicos serán nombrados
por la Junta de Extremadura de conformidad con las
leyes del Estado. La Comunidad Autónoma participará
en la fijación de las demarcaciones correspondientes a
los Registros de la Propiedad y Mercantiles. También
participará en la fijación de las demarcaciones notariales
y del número de notarios, de acuerdo con lo previsto en
las leyes del Estado.»
JUSTIFICACIÓN
Introducir la competencia autonómica respecto de las
demarcaciones registrales y notariales, y del nombramiento
de registradores y notarios.
ENMIENDA NÚM. 67
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular.
Al artículo único. Apartado 40
De modificación
En la letra d) del artículo 58 debe sustituirse el término
«concretar» por el de «concertad».
JUSTIFICACIÓN
Mejora técnica.
A la Mesa de la Comisión Constitucional del Congreso
de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el artículo 110 del
Reglamento de la Cámara, la Diputada adscrita al Grupo
Mixto, Cristina Almeida Castro (Nueva Izquierda) presenta
las siguientes enmiendas a la Propuesta de Reforma
del Estatuto de Autonomía de Extremadura (núm.
expte. 127/000011).
Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre
de 1998.-Cristina Almeida Castro, Diputada.-Joan
Saura Laporta, Portavoz Adjunto del Grupo Mixto.
ENMIENDA NÚM. 68
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 1 (artículo 2 del Estatuto)
De supresión
MOTIVACIÓN
Nueva Izquierda propone la supresión de este apartado
para mantener el texto del Estatuto vigente.
ENMIENDA NÚM. 69
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único
De adición
Añadir un nuevo apartado 1 bis (para la modificación
del artículo 4.2 del Estatuto), con el siguiente texto:
«1 bis.
En el apartado 2 del artículo 4 del Estatuto, se añade
detrás de «... himno...», lo siguiente: «... y el Día de
Estremadura...».
MOTIVACIÓN
Nueva Izquierda propone la adición de esta modificación
para que el Día de Extremadura sea instituido por
una ley de la Comunidad Autónoma.
ENMIENDA NÚM. 70
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único
De adición
Añadir un nuevo apartado 1 ter (artículo 5).
Se propone añadir dos nuevos apartados al artículo 5
del Estatuto con la siguiente redacción:
«2. La ubicación de los órganos de gobierno de la
Junta de Extremadura en Mérida se realizará sin perjuicio
del establecimiento de sus organismos, dependencias
y servicios en las principales localidades del territorio de
la Comunidad, de acuerdo con criterios de desconcentración,
descentralización y coordinación de funciones.
3. Mediante Ley de la Asamblea de Extremadura,
cuya aprobación requerirá mayoría absoluta se regularán
las especificidades derivadas de la atribución del Estatuto
de Capitalidad a la ciudad de Mérida, debiendo ser
oídos a tal efecto los órganos de gobierno municipal.»
ENMIENDA NÚM. 71
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 2
Sustituir la redacción propuesta del artículo 6 del
Estatuto por la siguiente:
«1. Los derechos, libertades y deberes fundamentales
de los extremeños son los establecidos en la Constitución.
La Comunidad Autónoma garantiza el respeto a las
minorías étnicas y culturales que residen en Extremadura
para el libre ejercicio de sus tradiciones, lenguas y culturas,
dentro del respeto a los derechos de las personas.
2. La Comunidad Autónoma de Extremadura promoverá
las condiciones para que la libertad y la igualdad
del individuo y los grupos en que se integra sean reales y
efectivas, removerá los obstáculos que impidan o dificulten
su plenitud y facilitará la participación de todos los
extremeños y en particular de los jóvenes y las mujeres,
en la vida política, económica, cultural y social en un
contexto de libertad, justicia y solidaridad.
3. La Comunidad Autónoma propiciará la efectiva
igualdad del hombre y la mujer extremeños promoviendo
la plena incorporación de ésta en la sida social y superando
cualquier discriminación negativa de carácter
laboral, cultural, social, económica y política, garantizará
la protección de los derechos y dignidad de los menores,
así como de las personas que integran la denominada
tercera edad.
4. Para cuanto se establece en los anteriores apartados
las instituciones de la Comunidad Autónoma, dentro
del marco de sus competencias, ejercerá sus poderes con
los siguientes objetivos básicos:
a) La promoción de las condiciones más favorables
para el progreso socioeconómico de Extremadura, velando
por la consecución de un equilibrio económico adecuado
y justo respecto al resto de las Comunidades Autónomas
reflejado en un nivel de prestación de servicios
públicos, calidad de vida, empleo y condiciones de trabajo
para quienes viven y trabajan en Extremadura equiparable
a los valores medios alcanzados en el conjunto de
España.
b) E1 aprovechamiento y potenciación de los recursos
económicos de Extremadura, su agricultura, ganadería,
minería, industria, turismo y servicios, promoviendo
la inversión pública y privada, así como la justa distribución
social y territorial de la renta y de la riqueza.
c) E1 desarrollo industrial como fundamento del
crecimiento armónico de Extremadura.
d) La Reforma Agraria entendida como la transformación,
modernización y desarrollo de las estructuras
agrarias, en cuanto elemento esencial para una política
de desarrollo y fomento del empleo en el marco de una
política de crecimiento autogenerado, y autosostenido
respetuosa con la conservación y recuperación del medio
ambiente.
e) La realización de un eficaz sistema de comunicaciones
que potencie los intercambios humanos, culturales
y económicos dentro de Extremadura y con los territorios
y poblaciones vecinos de Castilla la Mancha,
Andalucía, Castilla-León y regiones fronterizas de Portugal.
f) La protección y realce de la naturaleza y el medio
ambiente, así como del patrimonio histórico, artístico,
etnológico y ecológico de Extremadura.
g) E1 fomento del bienestar socio-económico del
pueblo extremeño, en especial de las capas sociales más
desfavorecidas, a través de la extensión y mejora de equipamientos
sociales y servicios colectivos con especial
atención al medio rural.
h) La superación de los desequilibrios económicos,
sociales y culturales entre las distintas zonas de Extremadura
fomentando el principio de solidaridad.
i) Potenciar las peculiaridades del pueblo extremeño
y afianzar la identidad extremeña a través de la investigación,
difusión, conocimiento y desarrollo de los valores
históricos y culturales del pueblo extremeño en toda
su variedad, singularidad y riqueza.
j) Propiciar el pleno empleo y la especial garantía
de puestos de trabajo para los jóvenes y las mujeres.
k) El acceso de todas las extremeñas y todos los
extremeños a los niveles educativos, culturales que les
permitan su realización personal y social.
l) Promover la solidaridad entre los municipios,
comarcas y provincias de la Región y de ésta con las
demás Comunidades Autónomas, de acuerdo con la
Constitución, el presente Estatuto y las leyes.
m) Impulsar el estrechamiento de vínculos humanos,
culturales y económicos con la nación vecina de
Portugal y con los pueblos de Hispanoamérica, sin perjuicio
de las atribuciones que corresponden al Estado y
del interés general de los españoles.
n) Asumir como principal actuación la defensa del
derecho de las extremeñas y extremeños a vivir y trabajar
en su tierra y crear las condiciones que faciliten el
retorno de los emigrantes.»
ENMIENDA NÚM. 72
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 3
Añadir en el número 10 del apartado 1 del artículo 7,
después de «... económica nacional...», lo siguiente:
«...mediante la ordenación y planificación de la actividad
económica...».
ENMIENDA NÚM. 73
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 4
Añadir en el apartado 5 del artículo 8 lo siguiente:
«Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 149.1.17 de la Constitución,
reservándose al Estado la alta inspección conducente
al cumplimiento de la función a que se refiere este
precepto.»
ENMIENDA NÚM. 74
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 4
Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente
texto:
«Asistencia , bienestar social y desarrollo comunitario.
Prestaciones y servicios sociales del sistema de la
Seguridad Social: INSERSO. La determinación de las
prestaciones del sistema, los requisitos para establecer la
condición de beneficiario y la financiación se efectuará
de acuerdo con las normas establecidas por el Estado en
el ejercicio de sus competencias, de conformidad con lo
dispuesto en el número 17 del apartado 1 del artículo 149
de la Constitución.»
ENMIENDA NÚM. 75
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 4
Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente
texto:
«Ordenación del crédito, banca y seguros.»
ENMIENDA NÚM. 76
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 4
Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente
texto:
«Expropiación forzosa. Contratos y concesiones administrativas,
sistema de responsabilidad de la Administración
de la Comunidad Autónoma...».
ENMIENDA NÚM. 77
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
(Grupo Mixto).
Al artículo único, apartado 4
Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente
texto:
«Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales
especialmente en caso de monopolio e intervención
de empresas cuando así lo exija el interés general.»
ENMIENDA NÚM. 78
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 4
Añadir un nuevo apartado al artículo 8 con el siguiente
texto:
«Seguridad Social, salvo las normas que configuran
el régimen económico.»
ENMIENDA NÚM. 79
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 5
Añadir en el apartado 1 del artículo 9 el siguiente texto:
«Servicios públicos de empleo y acción formativa
ocupacional.»
ENMIENDA NÚM. 80
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 5
Añadir un nuevo apartado al artículo 9 con el siguiente
texto:
«La gestión del régimen económico de la Seguridad
Social, sin menoscabo del sistema de Caja Unica.»
ENMIENDA NÚM. 81
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
(Grupo Mixto).
Al artículo único, apartado 6
Añadir al artículo 10 lo siguiente:
«Los poderes públicos extremeños ajustarán el ejercicio
de las competencias que asuman en materia de
Seguridad Social y Asistencia Social. Empleo, Enseñanza
y otras de similar alcance, a criterios de participación
democrática de todos los sectores afectados, así como de
los Sindicatos de trabajadores y Asociaciones empresariales
en los términos que la Ley establezca.»
ENMIENDA NÚM. 82
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 8
En el apartado 3 del artículo 12, sustituir:
Donde dice: «fomentando... Comunidad Autónoma»;
debe decir: «fomentando y velando porque los contenidos
de la enseñanza y la investigación guarden una esencial
conexión con la realidad, tradiciones, problemas y
necesidades del pueblo extremeño.»
ENMIENDA NÚM. 83
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 9
Añadir un nuevo apartado 3 al artículo 13 con el
siguiente texto:
«3. La Comunidad Autónoma considerará con carácter
prioritario el establecimiento de convenios y acuerdos
de cooperación con Castilla-La Mancha, Andalucía y Castilla-
León para fortalecer los vínculos de vecindad.»
ENMIENDA NÚM. 84
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 12
Sustituir el apartado 4 por el siguiente:
«4. La Comunidad Autónoma podrá transferir o
delegar en los municipios y otras entidades locales, conforme
a criterios de máxima descentralización. La Ley
preverá en cada caso la correspondiente transferencia de
medios, así como la forma de dirección y control que se
reserva la Comunidad.»
ENMIENDA NÚM. 85
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 14
En la letra d) del apartado 2 del artículo 19, se propone
añadir al final el siguiente texto:
«... elaborar, aprobar y ejecutar autónomamente su
presupuesto, y regular el Estatuto del personal al servicio
de la Cámara.»
ENMIENDA NÚM. 86
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 14
En la letra h) del apartado 2 del artículo 19, se propone
sustituir el texto en los siguientes términos.
«h) Regular mediante Ley en el marco de las normas
básicas de prensa, radio y televisión, la organización
y el control parlamentario de los medios de comunicación
social dependientes de la Comunidad Autónoma y
la garantía del acceso a dichos medios de los grupos
sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo
de la sociedad.»
ENMIENDA NÚM. 87
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda).
Al artículo único, apartado 14
En la letra k) del apartado 2 del artículo 19:
Donde dice: «... instando especialmente... Constitución»;
debe decir: «... instando especialmente al Estado
la realización efectiva del principio de Solidaridad
mediante un equilibrio económico adecuado y justo entre
las Comunidades Autónomas, en cumplimiento de lo
expresado en los artículos 2 y 138 de la Constitución.»
ENMIENDA NÚM. 88
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 16
En el apartado 1 del artículo 21:
Donde dice: «... en número máximo de 65»; debe
decir: «... en número mínimo de 65 y máximo de 73»
ENMIENDA NÚM. 89
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 16
Sustituir el apartado 2 del artículo 21 por el siguiente
texto:
«2. La Ley Electoral establecerá las circunscripciones
para las elecciones a la Asamblea de Extremadura,
asegurando la representación de las diversas zonas del
territorio. Dicha Ley distribuirá el número total de miembros
de la Asamblea, asignando una representación mínima
inicial a cada circunscripción y distribuyendo los
demás en proporción a la población.»
ENMIENDA NÚM. 90
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 18
Sustituir el apartado 2 del artículo 23 por el siguiente
texto:
«2. Una Ley de la Comunidad, aprobada por mayoría
absoluta, regulará en el marco de la Ley Orgánica dictada
en desarrollo del artículo 87.3 de la Constitución, la
iniciativa popular para la presentación de proposiciones
de ley que hayan de ser tramitadas por la Asamblea, las
cuales habrán de ser avaladas por un número de firmas
acreditadas no inferior a 15.000.»
ENMIENDA NÚM. 91
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 19
Sustituir el apartado 2 del artículo 24 por el siguiente
texto:
«2. Los miembros de la Asamblea, que representan
como Diputados al conjunto de Extremadura, y del pueblo
extremeño, no estarán sujetos a mandato imperativo.»
ENMIENDA NÚM. 92
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único
Añadir un nuevo apartado 19 bis para la reforma del
artículo 29 del Estatuto, en el siguiente sentido
Donde dice: «El Reglamento... grupos parlamentarios...»;
debe decir: «El Reglamento de la Asamblea de
Extremadura establecerá las reglas para la constitución
de los grupos parlamentarios...».
ENMIENDA NÚM. 93
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 22
En el apartado 1 del artículo 31, se propone como
corrección técnica eliminar la frase:
«El candidato deberá... Asamblea.»
ENMIENDA NÚM. 94
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 22
Sustituir los apartados 3 y 4 del artículo 31 por el
siguiente texto:
«3. Para ser proclamado Presidente de la Junta de
Extremadura, el candidato deberá obtener la mayoría
absoluta. De no obtenerla se procederá a una nueva votación
cuarenta y ocho horas después de la primera y la
confianza se entenderá otorgada si obtuviera la mayoría
simple.
4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase
la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas
propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
5. Si transcurrido el plazo de dos meses a partir de
la primera votación ningún candidato hubiera obtenido la
confianza de la Cámara, la Asamblea quedará disuelta y
su Diputación Permanente procederá a convocar nuevas
elecciones.
6. El mandato de la nueva Asamblea durará, en todo
caso, hasta la fecha en que debiera concluir el de la primera.»
ENMIENDA NÚM. 95
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único
Añadir un nuevo apartado 22 bis para la reforma del
apartado 4 del artículo 35 del Estatuto, en el siguiente
sentido:
Donde dice: «... 15 por ciento...»; debe decir: «... 10
por ciento...»
ENMIENDA NÚM. 96
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
(Grupo Mixto).
Al artículo único, apartado 34
Añadir al texto del artículo 47, que quedaría como
apartado 1, lo siguiente:
«2. Corresponde a la Comunidad Autónoma la
creación, organización y regulación de su propia Administración
pública, de acuerdo con los principios generales
del presente Estatuto y la legislación básica del
Estado, conforme a los siguientes principios:
a) La estructura y funcionamiento de la Administración
de la Comunidad Autónoma sirve con objetividad
los intereses generales, respondiendo a los principios de
legalidad, jerarquía, eficacia, objetividad y economía, así
como a los de coordinación, subsidiariedad, descentralización
y desconcentración.
b) En aplicación de los principios de coordinación,
subsidiariedad, desconcentración y descentralización,
los organismos, servicios y dependencias de la
Junta de Extremadura se establecerán en los lugares
del territorio que propicien su máxima proximidad a
los ciudadanos.
c) En desarrollo del principio de economía y sin
perjuicio de la eficacia, la Administración de la Comunidad
Autónoma se organizará sobre la base de evitar la
duplicidad de cargos o funciones y la proliferación de la
burocracia.
d) No existirá en la Comunidad Autónoma más personal
libremente designado que el estrictamente preciso
para el apoyo inmediato de los órganos políticos.»
ENMIENDA NÚM. 97
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 42
Añadir al apartado 4 del artículo 61 lo siguiente:
«El Consejo de Gobierno elaborará los proyectos de
planificación de acuerdo con las previsiones que le sean
suministradas por las corporaciones locales y con el asesoramiento
y colaboración de las organizaciones sindicales,
profesionales, empresariales, económicas y sociales.
A tal fin se constituirá un Consejo cuya composición y
funciones se desarrollarán por ley.»
ENMIENDA NÚM. 98
PRIMER FIRMANTE:
Cristina Almeida Castro
Grupo Mixto
(Nueva Izquierda)
Al artículo único, apartado 47
En el apartado 1 de la Disposición Adicional Sexta,
se propone , como corrección técnica, eliminar en el primer
párrafo la expresión: «otra».