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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 113-8, de 01/06/1998
BOLETIN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie B:
PROPOSICIONES DE LEY 1 de junio de 1998 Núm. 113-8
ENMIENDAS
122/000095 Creación del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación
Comercial.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la
Cámara, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES de las enmiendas presentadas en relación con la Proposición de
Ley sobre creación del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación
Comercial (núm. expte. 122/000095).
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 1998.--El Presidente
del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa Martínez-Conde.
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes enmiendas parciales a la Proposición de Ley de creación
del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (núm. expte.
122/000095).
Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de mayo de 1998.--Julián
Fernández Sánchez, Diputado del Grupo Parlamentario Federal IU.--Rosa
Aguilar Rivero, Portavoz del Grupo Parlamentario Federal IU.
ENMIENDA NUM. 1
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Federal IU.
ENMIENDA
Al artículo primero
De modificación.
Se propone sustituir el término: «obligatorio», por el de: «voluntario».
JUSTIFICACION
Que sean los pilotos los que decidan inscribirse en dicho Colegio, pero
que no sea algo inexcusable para el desempeño de la profesión, puesto que
ya cuentan con su título que les habilita para pilotar aeronaves.
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme
a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentar las siguientes enmiendas a la Proposición de Ley sobre creación
del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (núm. expte.
122/000095).
Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 1998.--El Portavoz
del Grupo Parlamentario Socialista, María Teresa Fernández de la Vega
Sanz.
ENMIENDA NUM. 2
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Socialista.
ENMIENDA
A la Exposición de motivos
De modificación.
Se propone la modificación del párrafo tercero y la adición de un nuevo
párrafo cuarto, con la siguiente redacción:
«Los pilotos de aviación comercial han venido defendiendo todos estos
intereses por intermedio de la Asociación
que los citados pilotos tienen constituida, la cual, en representación de
sus asociados, ha solicitado la creación de un Colegio Oficial de Pilotos
de la Aviación Comercial.
No obstante, la Ley, en uso de la amplia libertad de configuración
normativa que permite el artículo 36 de la Constitución, establece
expresamente que el ejercicio de la profesión a que habilitan los títulos
de Piloto Comercial y Piloto de Transporte de Línea Aérea, por sus
especiales características, no requiere la colegiación obligatoria.»
MOTIVACION
En coherencia con la enmienda presentada.
ENMIENDA NUM. 3
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Socialista.
ENMIENDA
Al artículo primero
De modificación.
Se propone la modificación del artículo primero, con la siguiente
redacción:
«1. Se crea el Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial, como
Corporación de derecho público reconocida por el Estado, con personalidad
jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, al
que se incorporarán con carácter voluntario los profesionales que se
encuentren en posesión de los títulos aeronáuticos civiles de Piloto
Comercial y de Piloto de Transporte de Línea Aérea, en sus modalidades de
avión y helicóptero.
2. En ningún caso será requisito para el ejercicio de las atribuciones
correspondientes a los citados títulos la incorporación al Colegio
Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial.»
MOTIVACION
Establecer expresamente que la colegiación es voluntaria para los pilotos
comerciales y pilotos de transporte de líneas aéreas.