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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 167-4, de 27/05/1999
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie A: 27 de mayo de 1999 Núm. 167-4 PROYECTOS DE LEY

ENMIENDAS E ÍNDICE DE ENMIENDAS AL ARTICULADO

121/000167 Por la que se autoriza la participación de España en la

segunda reposición de recursos del Fondo para el Medio Ambiente

Mundial Reestructurado.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de

la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS

CORTES GENERALES de las enmiendas e índice de enmiendas al articulado

presentadas en relación con el Proyecto de Ley por la que se autoriza

la participación de España en la segunda reposición de recursos del

Fondo para el Medio Ambiente Mundial Reestructurado (número de

expediente 121/000167).


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 1999.-El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en

el vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda al

articulado al Proyecto de Ley por la que se autoriza la participación

de España en la segunda reposición de recursos del Fondo para el

Medio Ambiente Mundial Reestructurado.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 1999.-Iñaki

Anasagasti Olabeaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


ENMIENDA NÚM. 1

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)

Enmienda de modificación, al apartado dos del artículo 3, del

Proyecto de Ley por la que se autoriza la participación de España en

la segunda reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial

Reestructurado.


Se propone modificar el apartado dos del artículo 3 del Proyecto, que

pasaría a quedar redactado en los siguientes términos:


«Dos.


Los desembolsos necesarios para el pago de la citada contribución se

realizarán con cargo a las dotaciones presupuestarias que en

aplicación del artículo 27 de la Ley 23/1998, sobre Cooperación al

Desarrollo, consiguen las correspondientes Leyes de Presupuestos

generales, de acuerdo con el calendario de pagos establecido.»




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JUSTIFICACIÓN

De acuerdo con los artículos 27 y 28 de la Ley 23/1998, de

Cooperación al Desarrollo, las acciones de cooperación internacional

multilateral (de colaboración y cofinanciación de programas con

Organismos internacionales) se distinguen de las acciones de

cooperación bilateral, en cuanto al régimen de gestión

ecónomicopresupuestaria y en cuanto a las modalidades de

financiación.


Sin perjuicio del análisis de los propios Presupuestos Generales del

Estado para 1999 (de acuerdo con la adicional primera de la ley 23/

1998, el gobierno debió elaborar un informe de acompañamiento que

recogiera de manera integrada los créditos de los distintos

Ministerios destinados a financiar programas de ayuda oficial al

desarrollo), el Fondo de Ayuda al Desarrollo al que se refiere el

artículo objeto de enmienda se circunscribe al régimen del artículo

28.2 (transitoria segunda de la Ley), por lo tanto a un marco

económico de cooperación diferente al que corresponde al presente

Proyecto de Ley.


Aunque estamos también ante una Ley formal, que puede rectificar la

regulación referida de la Ley 23/1998, no resultaría adecuado por su

carácter estructural, a cuya preservación, así como al mantenimiento

de un orden presupuestario mínimo en la disponibilidad de créditos

para acciones de cooperación al desarrollo, se dirige la presente

enmienda.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo

Parlamentario Federal de Izquierda Unida presenta las siguientes

enmiendas parciales al Proyecto de Ley por la que se autoriza la

participación de España en la segunda reposición de recursos del

Fondo para el Medio Ambiente Mundial Reestructurado. (núm. expte.


121/000167).


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 1999.-

Presentación Urán González, Diputada.- Felipe Alcaraz Masats,

Portavoz del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.


ENMIENDA NÚM. 2

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida

Enmienda de Modificación

Artículo 3, dos

Se propone una nueva redacción a este apartado, que quedará redactado

de la siguiente forma:


«Para realizar el desembolso necesario y de acuerdo con el calendario

de pagos establecidos al efecto, se habilitará un crédito

extraordinario por el importe preciso que pasará a engrosar las

cantidades dotadas en los Presupuestos Generales del Estado para el

Fondo de Ayuda al Desarrollo.»

MOTIVACIÓN

No detraer de los ya exiguos Fondos de Ayuda al Desarrollo una

cantidad relevante para hacer frente a la contribución española al

Fondo para el Medio Ambiente Mundial Reestructurado, situación que se

debería haber previsto en la tramitación presupuestaria habiendo

incrementado los Fondos de Ayuda al Desarrollo en una cantidad

superior a la realizada y advirtiendo en el trámite parlamentarios de

la Ley de Presupuestos para 1999 de la necesidad de realizar esta

contribución.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de

dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo

110 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los

Diputados, presentar las siguientes Enmiendas al Proyecto de Ley por

la que se autoriza la participación de España en la segunda

reposición de recursos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial

Reestructurado (núm. expte. 121/167).


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 1999.-María

Teresa Fernández de la Vega Sanz, Portavoz del Grupo Parlamentario

Socialista.


ENMIENDA NÚM. 3

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista del Congreso

Enmienda a la exposición de Motivos, párrafo sexto

De modificación

Se propone la siguiente modificación:


Donde dice: «12,03 millones de derechos especiales de giro.» Debe

decir: «15,37 millones de derechos especiales de giro.»

MOTIVACIÓN

Elevar nuestra cuota de participación al igual que otros países del

0,8%, al 1%.





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ENMIENDA NÚM. 4

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista del Congreso

Enmienda al artículo 2

De modificación

Donde dice: «12,03 millones de derechos especiales de giro.» Debe

decir: «15,37 millones de derechos especiales de giro.»

MOTIVACIÓN

Elevar nuestra cuota de participación al igual que otros países del

0,8%, al 1%.


ENMIENDA NÚM. 5

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista del Congreso

Enmienda a la disposición Adicional (nueva)

De adición

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, con la

siguiente redacción:


«El Gobierno informará anualmente al Congreso de los Diputados sobre

los proyectos y actividades financiados por el Fondo para el Medio

Ambiente Mundial Reestructurado, así como sobre la participación y

aportaciones de España a dicho Fondo.»

MOTIVACIÓN

De acuerdo con la Resolución número 91-5 por la que se crea el Fondo

para el Medio Ambiente Mundial tiene, entre otros, el objetivo de

asegurar una administración transparente y democrática de dicho

Fondo.


ÍNDICE DE ENMIENDAS ALARTICULADO

TÍTULO DEL PROYECTO

- Sin enmiendas.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

- Enmiendas n.o 3, del G.P. Socialista, al párrafo sexto.


ARTÍCULO 1

- Sin enmiendas.


ARTÍCULO 2

o

- Enmienda n. 4, del G.P. Socialista.


ARTÍCULO 3

- Enmienda n.o 1, del G.P. Vasco, al apartado dos.


- Enmienda n.o 2, del G.P. Federal de Izquierda Unida, al apartado

dos.


DISPOSICIÓN ADICIONAL (NUEVA)

- Enmienda n.o 5, del G.P. Socialista.


DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

- Sin enmiendas.


DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

- Sin enmiendas.


APÉNDICE 1

- Sin enmiendas.


ANEXO 1

- Sin enmiendas.