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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 167-4, de 27/05/1999
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie A: 27 de mayo de 1999 Núm. 167-4 PROYECTOS DE LEY
ENMIENDAS E ÍNDICE DE ENMIENDAS AL ARTICULADO
121/000167 Por la que se autoriza la participación de España en la
segunda reposición de recursos del Fondo para el Medio Ambiente
Mundial Reestructurado.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES de las enmiendas e índice de enmiendas al articulado
presentadas en relación con el Proyecto de Ley por la que se autoriza
la participación de España en la segunda reposición de recursos del
Fondo para el Medio Ambiente Mundial Reestructurado (número de
expediente 121/000167).
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en
el vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda al
articulado al Proyecto de Ley por la que se autoriza la participación
de España en la segunda reposición de recursos del Fondo para el
Medio Ambiente Mundial Reestructurado.
Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 1999.-Iñaki
Anasagasti Olabeaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).
ENMIENDA NÚM. 1
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)
Enmienda de modificación, al apartado dos del artículo 3, del
Proyecto de Ley por la que se autoriza la participación de España en
la segunda reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial
Reestructurado.
Se propone modificar el apartado dos del artículo 3 del Proyecto, que
pasaría a quedar redactado en los siguientes términos:
«Dos.
Los desembolsos necesarios para el pago de la citada contribución se
realizarán con cargo a las dotaciones presupuestarias que en
aplicación del artículo 27 de la Ley 23/1998, sobre Cooperación al
Desarrollo, consiguen las correspondientes Leyes de Presupuestos
generales, de acuerdo con el calendario de pagos establecido.»
JUSTIFICACIÓN
De acuerdo con los artículos 27 y 28 de la Ley 23/1998, de
Cooperación al Desarrollo, las acciones de cooperación internacional
multilateral (de colaboración y cofinanciación de programas con
Organismos internacionales) se distinguen de las acciones de
cooperación bilateral, en cuanto al régimen de gestión
ecónomicopresupuestaria y en cuanto a las modalidades de
financiación.
Sin perjuicio del análisis de los propios Presupuestos Generales del
Estado para 1999 (de acuerdo con la adicional primera de la ley 23/
1998, el gobierno debió elaborar un informe de acompañamiento que
recogiera de manera integrada los créditos de los distintos
Ministerios destinados a financiar programas de ayuda oficial al
desarrollo), el Fondo de Ayuda al Desarrollo al que se refiere el
artículo objeto de enmienda se circunscribe al régimen del artículo
28.2 (transitoria segunda de la Ley), por lo tanto a un marco
económico de cooperación diferente al que corresponde al presente
Proyecto de Ley.
Aunque estamos también ante una Ley formal, que puede rectificar la
regulación referida de la Ley 23/1998, no resultaría adecuado por su
carácter estructural, a cuya preservación, así como al mantenimiento
de un orden presupuestario mínimo en la disponibilidad de créditos
para acciones de cooperación al desarrollo, se dirige la presente
enmienda.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida presenta las siguientes
enmiendas parciales al Proyecto de Ley por la que se autoriza la
participación de España en la segunda reposición de recursos del
Fondo para el Medio Ambiente Mundial Reestructurado. (núm. expte.
121/000167).
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 1999.-
Presentación Urán González, Diputada.- Felipe Alcaraz Masats,
Portavoz del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.
ENMIENDA NÚM. 2
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida
Enmienda de Modificación
Artículo 3, dos
Se propone una nueva redacción a este apartado, que quedará redactado
de la siguiente forma:
«Para realizar el desembolso necesario y de acuerdo con el calendario
de pagos establecidos al efecto, se habilitará un crédito
extraordinario por el importe preciso que pasará a engrosar las
cantidades dotadas en los Presupuestos Generales del Estado para el
Fondo de Ayuda al Desarrollo.»
MOTIVACIÓN
No detraer de los ya exiguos Fondos de Ayuda al Desarrollo una
cantidad relevante para hacer frente a la contribución española al
Fondo para el Medio Ambiente Mundial Reestructurado, situación que se
debería haber previsto en la tramitación presupuestaria habiendo
incrementado los Fondos de Ayuda al Desarrollo en una cantidad
superior a la realizada y advirtiendo en el trámite parlamentarios de
la Ley de Presupuestos para 1999 de la necesidad de realizar esta
contribución.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de
dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo
110 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentar las siguientes Enmiendas al Proyecto de Ley por
la que se autoriza la participación de España en la segunda
reposición de recursos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial
Reestructurado (núm. expte. 121/167).
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 1999.-María
Teresa Fernández de la Vega Sanz, Portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista.
ENMIENDA NÚM. 3
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Socialista del Congreso
Enmienda a la exposición de Motivos, párrafo sexto
De modificación
Se propone la siguiente modificación:
Donde dice: «12,03 millones de derechos especiales de giro.» Debe
decir: «15,37 millones de derechos especiales de giro.»
MOTIVACIÓN
Elevar nuestra cuota de participación al igual que otros países del
0,8%, al 1%.
ENMIENDA NÚM. 4
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Socialista del Congreso
Enmienda al artículo 2
De modificación
Donde dice: «12,03 millones de derechos especiales de giro.» Debe
decir: «15,37 millones de derechos especiales de giro.»
MOTIVACIÓN
Elevar nuestra cuota de participación al igual que otros países del
0,8%, al 1%.
ENMIENDA NÚM. 5
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Socialista del Congreso
Enmienda a la disposición Adicional (nueva)
De adición
Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, con la
siguiente redacción:
«El Gobierno informará anualmente al Congreso de los Diputados sobre
los proyectos y actividades financiados por el Fondo para el Medio
Ambiente Mundial Reestructurado, así como sobre la participación y
aportaciones de España a dicho Fondo.»
MOTIVACIÓN
De acuerdo con la Resolución número 91-5 por la que se crea el Fondo
para el Medio Ambiente Mundial tiene, entre otros, el objetivo de
asegurar una administración transparente y democrática de dicho
Fondo.
ÍNDICE DE ENMIENDAS ALARTICULADO
TÍTULO DEL PROYECTO
- Sin enmiendas.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- Enmiendas n.o 3, del G.P. Socialista, al párrafo sexto.
ARTÍCULO 1
- Sin enmiendas.
ARTÍCULO 2
o
- Enmienda n. 4, del G.P. Socialista.
ARTÍCULO 3
- Enmienda n.o 1, del G.P. Vasco, al apartado dos.
- Enmienda n.o 2, del G.P. Federal de Izquierda Unida, al apartado
dos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL (NUEVA)
- Enmienda n.o 5, del G.P. Socialista.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
- Sin enmiendas.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
- Sin enmiendas.
APÉNDICE 1
- Sin enmiendas.
ANEXO 1
- Sin enmiendas.