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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 125-8, de 04/12/1998
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTAD0S
VI LEGISLATURA
Serie A: 4 de diciembre de 1998 Núm. 125-8 PROYECTOS DE LEY
ENMIENDAS
121/000124 Cooperativas.
Corrección de error.
En la publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, serie
A, núm. 125-7, de 17 de noviembre de 1998, de las enmiendas
presentadas al Proyecto de Ley de Cooperativas (núm. expte. 121/
000124), se ha producido el siguiente error que se subsana a
continuación:
En la página 74 no aparece publicada la enmienda número 89 del Grupo
Parlamentario Socialista (totalidad de devolución al Gobierno).
Por tanto, se adjunta la mencionada enmienda y se ordena su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, para
subsanar el error reseñado.
Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de diciembre de 1998.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de
dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo
110 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar
la siguiente enmienda a la totalidad con devolución al Gobierno del
Proyecto de Ley de Cooperativas (núm. expte. 121/000124).
ENMIENDA NÚM. 89
PRIMER FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Socialista
A la totalidad.
Motivación
El Proyecto de Ley presentado por el Gobierno para la regulación de
las Cooperativas con carácter estatal invade, plenamente, el ámbito
de las competencias atribuidas constitucional y estatutariamente a
las Comunidades Autónomas. La redacción del artículo 2, así como las
disposiciones del Título II y Disposición Adicional Segunda vulneran
preceptos básicos de la articulación del Estado y, por consiguiente,
tachan, con su improcedencia, todo el Proyecto de Ley.
Además de la expuesta, suficiente para la presentación de esta
enmienda de devolución, existen en el Proyecto otras cuestiones
relevantes desde el punto de vista de la censura que se pretende con
esta enmienda:
- Limitación del derecho de información de los socios y, por tanto,
de la democracia interna de la Cooperativa.
- Falta de equilibrio entre el principio de flexibilidad que debe
presidir la regulación de unas entidades que
actúan en el mercado y las normas protectoras que deben presidir un
proyecto de economía social.
Por todo lo anterior, se solicita la devolución del Proyecto de Ley
de Cooperativas al Gobierno.
Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 1998.-Juan
Manuel Eguiagaray Ucelay, Portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista.