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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 125-8, de 04/12/1998
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTAD0S

VI LEGISLATURA

Serie A: 4 de diciembre de 1998 Núm. 125-8 PROYECTOS DE LEY

ENMIENDAS

121/000124 Cooperativas.


Corrección de error.


En la publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, serie

A, núm. 125-7, de 17 de noviembre de 1998, de las enmiendas

presentadas al Proyecto de Ley de Cooperativas (núm. expte. 121/

000124), se ha producido el siguiente error que se subsana a

continuación:


En la página 74 no aparece publicada la enmienda número 89 del Grupo

Parlamentario Socialista (totalidad de devolución al Gobierno).


Por tanto, se adjunta la mencionada enmienda y se ordena su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, para

subsanar el error reseñado.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de diciembre de 1998.-El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de

dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo

110 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar

la siguiente enmienda a la totalidad con devolución al Gobierno del

Proyecto de Ley de Cooperativas (núm. expte. 121/000124).


ENMIENDA NÚM. 89

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Socialista

A la totalidad.


Motivación

El Proyecto de Ley presentado por el Gobierno para la regulación de

las Cooperativas con carácter estatal invade, plenamente, el ámbito

de las competencias atribuidas constitucional y estatutariamente a

las Comunidades Autónomas. La redacción del artículo 2, así como las

disposiciones del Título II y Disposición Adicional Segunda vulneran

preceptos básicos de la articulación del Estado y, por consiguiente,

tachan, con su improcedencia, todo el Proyecto de Ley.


Además de la expuesta, suficiente para la presentación de esta

enmienda de devolución, existen en el Proyecto otras cuestiones

relevantes desde el punto de vista de la censura que se pretende con

esta enmienda:


- Limitación del derecho de información de los socios y, por tanto,

de la democracia interna de la Cooperativa.


- Falta de equilibrio entre el principio de flexibilidad que debe

presidir la regulación de unas entidades que




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actúan en el mercado y las normas protectoras que deben presidir un

proyecto de economía social.


Por todo lo anterior, se solicita la devolución del Proyecto de Ley

de Cooperativas al Gobierno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 1998.-Juan

Manuel Eguiagaray Ucelay, Portavoz del Grupo Parlamentario

Socialista.