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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 93-6, de 06/03/1998
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BOLETIN OFICIAL

DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie A:


PROYECTOS DE LEY 6 de marzo de 1998 Núm. 93-6

ENMIENDAS

121/000091 Por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre,

de Demarcación y de Planta Judicial.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la

Cámara, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES de las enmiendas presentadas en relación con el Proyecto de Ley

por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación

y de Planta Judicial (núm. expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 1998.--El Presidente

del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa Martínez-Conde.


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan

las siguientes enmiendas parciales al Proyecto de Ley por el que se

modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta

Judicial (núm. expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de febrero de 1998.--Mariano

Santiso del Valle, Diputado del Grupo Parlamentario Federal IU.--Rosa

Aguilar Rivero, Portavoz del Grupo Parlamentario Federal IU.


ENMIENDA NUM. 1

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Federal IU.


ENMIENDA NUM. 1

De adición.


Se crea un nuevo artículo 3 apartado 1, del siguiente tenor literal: «Se

modifica parcialmente el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre,

de Demarcación y de Planta Judicial, en los siguientes términos:


a) Los Juzgados de lo Social que a continuación se indican

extenderán su jurisdicción a los partidos judiciales que en cada caso se

expresan, quedando las provincias que se modifican con la distribución

siguiente:





Página 14




MOTIVACION

Como consecuencia de errores u olvidos históricos, y debido a que en la

actualidad las poblaciones de Aller, Lena y Quiros pertenecen, en el

orden jurisdiccional Social, al Partido Judicial número 10, de Oviedo, y

dado que geográficamente están mucho más cerca del Partido Judicial de

Mieres, pensamos que por motivos tanto de proximidad geográfica, como de

racionalidad, deben pertenecer al Partido Judicial número 12 de Mieres y

dejar de pertenecer al Partido Judicial número 10 de Oviedo.


ENMIENDA NUM. 2

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Federal IU.


ENMIENDA NUM. 2

De supresión.


Se crea un nuevo artículo 3, apartado 2, del siguiente tenor literal: «Se

modifica parcialmente el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre,

de Demarcación y de Planta Judicial, para lo cual se propone suprimir el

siguiente texto:


*

*

*

*

*

*




Página 15




MOTIVACION

Es consecuencia de la enmienda anterior.


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan

las siguientes enmiendas parciales al Proyecto de Ley por el que se

modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta

Judicial (núm. expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 1998.--Pablo

Castellano Cardalliaguet, Diputado del Grupo Parlamentario Federal

IU.--Rosa Aguilar Rivero, Portavoz del Grupo Parlamentario Federal IU.


ENMIENDA NUM. 3

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Federal IU.


ENMIENDA

De adición.


Se añade un nuevo inciso al artículo 1, apartado 2, del siguiente tenor

literal:


ENMIENDA NUM. 4

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Federal IU.


ENMIENDA

De adición.


Se añade un nuevo inciso al artículo 1, apartado 3, del siguiente tenor

literal.


ENMIENDA NUM. 5

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Federal IU.


ENMIENDA

De adición.


Se añade un nuevo inciso al artículo 2, apartado 1, del siguiente tenor

literal:





Página 16




Al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento del

Congreso de los Diputados, por el Grupo Mixto de la Cámara, el Diputado

Manuel Alcaraz Ramos y la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), formulan las siguientes enmiendas al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial (núm. expte.


121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de febrero de 1998.--Manuel

Alcaraz Ramos, Diputado.--Cristina Almeida Castro, Diputada.--Ricardo

Peralta Ortega, Portavoz del Grupo Mixto.


ENMIENDA NUM. 6

PRIMER FIRMANTE:


Don Manuel Alcaraz Ramos

(Grupo Mixto).


Enmienda que presentan el Diputado Manuel Alcaraz Ramos y la Diputada

Cristina Almeida Castro (Partido Democrático de la Nueva Izquierda),

adscritos al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la que se

modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta

Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«Se crea un nuevo Juzgado de lo Social en Alcoi, con jurisdicción sobre

el partido judicial número 2 de la provincia de Alicante, modificándose,

en este sentido, el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de

Demarcación y de Planta Judicial (provincia de Alicante, Comunidad

Valenciana).»

JUSTIFICACION

Por el elevado número de juicios, debido al carácter industrial de la

comarca alcoyana, con importantes núcleos de población mal comunicados

con Alicante. Se han producido numerosas y persistentes demandas en este

sentido, por colectivos jurídicos, empresariales, sindicales... Con esta

medida, se descongestionarían los Juzgados de Alicante, cuyos asuntos

ingresados suponen un 118,3% en relación con la media estatal.


ENMIENDA NUM. 7

PRIMER FIRMANTE:


Don Manuel Alcaraz Ramos

(Grupo Mixto).


Enmienda que presentan el Diputado Manuel Alcaraz Ramos y la Diputada

Cristina Almeida Castro (Partido Democrático de la Nueva Izquierda),

adscritos al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la que se

modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta

Judicial.


De adición.





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Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«Se crea un nuevo Juzgado de lo Penal en Elx, modificándose, en este

sentido, el Anexo VII de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de

Demarcación y de Planta Judicial (Comunidad Valenciana, provincia de

Alicante, Sede en Partido Judicial número 8).»

JUSTIFICACION

Por el elevado número de sumarios acumulados.


ENMIENDA NUM. 8

PRIMER FIRMANTE:


Don Manuel Alcaraz Ramos

(Grupo Mixto).


Enmienda que presentan el Diputado Manuel Alcaraz Ramos y la Diputada

Cristina Almeida Castro (Partido Democrático de la Nueva Izquierda),

adscritos al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la que se

modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta

Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se extiende la jurisdicción de los Juzgados de lo Social de Elx a los

partidos judiciales número 4 (Orihuela) y 13 (Torrevieja), además de al

número 8.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial (Comunidad Valenciana,

provincia de Alicante).»

JUSTIFICACION

Los Juzgados de lo Social de Elx se encuentran relativamente

infrautilizados; los asuntos ingresados suponen un 63,6% en relación con

la media nacional. Además, los municipios de los partidos judiciales de

Orihuela y Torrevieja (que se crea por la presente Ley) están más

próximos a Elx que a Alicante.


ENMIENDA NUM. 9

PRIMER FIRMANTE:


Don Manuel Alcaraz Ramos

(Grupo Mixto).


Enmienda que presentan el Diputado Manuel Alcaraz Ramos y la Diputada

Cristina Almeida Castro (Partido Democrático de la Nueva Izquierda),

adscritos al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la que se

modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta

Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se crea en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana, una nueva Sala de lo Contencioso-Administrativo, con Sede en

Alicante y jurisdicción sobre toda la provincia, servida por un

Presidente de Sala y cuatro magistrados.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo IV de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Dadas las características socioeconómicas y demográficas de la provincia

de Alicante, hay un enorme número de expedientes atrasados, lo que

justificaría la aplicación del artículo 78 de la Ley Orgánica del Poder

Judicial. Además, existen muchas peticiones en este sentido de

Ayuntamientos, colectivos jurídicos, universitarios, sindicales y

profesionales.


ENMIENDA NUM. 10

PRIMER FIRMANTE:


Don Manuel Alcaraz Ramos

(Grupo Mixto).


Enmienda que presentan el Diputado Manuel Alcaraz Ramos y la Diputada

Cristina Almeida Castro (Partido Democrático de la Nueva Izquierda),

adscritos al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la que se

modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta

Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«Se crea un nuevo Juzgado de lo Social en Denia, con jurisdicción sobre

el partido judicial número 1 de la provincia de Alicante, modificándose,

en este sentido, el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de

Demarcación y de Planta Judicial (provincia de Alicante, Comunidad

Valenciana).»

JUSTIFICACION

Mejorar el servicio público de la Administración de Justicia,

aproximándolo al ciudadano, y en respuesta a la petición,




Página 18




en este sentido, de los principales ayuntamientos de la comarca.


ENMIENDA NUM. 11

PRIMER FIRMANTE:


Don Manuel Alcaraz Ramos

(Grupo Mixto).


Enmienda que presentan el Diputado Manuel Alcaraz Ramos y la Diputada

Cristina Almeida Castro (Partido Democrático de la Nueva Izquierda),

adscritos al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la que se

modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta

Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«Se crea un nuevo Juzgado de lo Penal en la provincia de Alicante, con

Sede en Denia y jurisdicción sobre el partido judicial número 1,

modificándose, en este sentido, el Anexo VII de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial (Comunidad Valenciana,

provincia de Alicante).»

JUSTIFICACION

Por el elevado número de sumarios acumulados.


El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, al amparo de lo establecido

en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes

enmiendas, al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial (núm. expte.


121/000091).


Madrid, 24 de febrero de 1998.--Luis Mardones Sevilla, Diputado del Grupo

Parlamentario de Coalición Canaria.--José Carlos Mauricio Rodríguez,

Portavoz del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.


ENMIENDA NUM. 12

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Coalición

Canaria.


ENMIENDA

De adición en la Exposición de motivos en su párrafo último, entre las

líneas segunda y tercera:


«... de Santa Cruz de Tenerife, Las Palmas y de Alicante...».


JUSTIFICACION

Por ser de aplicación a la provincia de Las Palmas las razones de párrafo

anterior de la exposición de motivos, dado el carácter turístico de

algunos municipios.


ENMIENDA NUM. 13

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Coalición

Canaria.


ENMIENDA

De adición.


Se añadirá al Proyecto un nuevo cuadro de igual grafía a los que figuran

en el mismo, y que se ubicará a continuación del cuadro sobre la

provincia de Santa Cruz de Tenerife e inmediatamente antes de la

referencia a la Comunidad Valenciana.


En consecuencia se añadiría el siguiente cuadro:


JUSTIFICACION

Por coherencia con la sistemática de la Ley al crearse un nuevo Partido

judicial.


ENMIENDA NUM. 14

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Coalición

Canaria.


ENMIENDA

De adición.


Se añadiría un cuadro con igual grafía que los del Proyecto y ubicado

entre el que figura para la provincia de Santa Cruz de Tenerife en la

Comunidad Autónoma de Canarias y la Comunidad Valenciana.


Se propone un cuadro como el que sigue:





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JUSTIFICACION

Por respetar la sistemática del Proyecto que recoge los Municipios que

desaparecen de sus correspondientes Partidos Judiciales cuando se operan

modificaciones sobre los mismos.


ENMIENDA NUM. 15

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Coalición

Canaria.


ENMIENDA

De modificación al artículo 2.1 y primer cuadro del Anexo VI referente a

Canarias, provincia de Santa Cruz de Tenerife.


Añadir un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción al Partido Judicial

número 12. Por ello, el actual número de juzgados que se corresponden con

el partido judicial n.º 12 pasarían de 2 a uno más.


JUSTIFICACION

Por la debida atención que requerirá la tramitación de asuntos del nuevo

Partido Judicial.


ENMIENDA NUM. 16

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Coalición

Canaria.


ENMIENDA

Al artículo 2.1

De adición.


Se crearía un nuevo cuadro con la referencia Anexo VI, Juzgados de

Primera Instancia e Instrucción a continuación del que figura en el

Proyecto para la provincia de Santa Cruz.


La referencia sería Canarias, Las Palmas y se añadiría el nuevo Partido

judicial n.º 8.


JUSTIFICACION

Por coherencia con nuestra enmienda número 2 y por respeto a la

sistemática de la Ley 38/1988 y del Proyecto que nos ocupa.


Al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento del

Congreso de los Diputados, por el Grupo Mixto de la Cámara, las Diputadas

Cristina Almeida Castro (Partido Democrático de la Nueva Izquierda) y

Mercé Rivadulla Gracia (Iniciativa-Els Verds), formulan las siguientes

enmiendas al articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley

38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial (núm.


expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de febrero de 1998.--Cristina

Almeida Castro, Diputada.--Mercé Rivadulla Gracia, Diputada.--Ricardo

Peralta Ortega, Portavoz del Grupo Mixto.


ENMIENDA NUM. 17

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presentan las Diputadas Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda) y Mercé Rivadulla Gracia

(Iniciativa-Els Verds), adscritas al Grupo Mixto, al articulado del

Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir una nueva Disposición Adicional con el siguiente texto:


«En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley,

se constituirán y entrarán en funcionamiento los Juzgados de lo

Contencioso-Administrativo previstos en el Anexo VIII de la Ley 38/1988,

de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

La puesta en marcha de estos órganos jurisdiccionales, además de ser una

previsión legal incumplida, aliviaría de manera importante la congestión

del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.


Al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento del

Congreso de los Diputados, por el Grupo




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Mixto de la Cámara, la Diputada Mercé Rivadulla Gracia, (Iniciativa-Els

Verds), formula las siguientes enmiendas al articulado del Proyecto de

Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de

Demarcación y de Planta Judicial (núm. expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de febrero de 1998.--Mercé

Rivadulla Gracia, Diputada.--Ricardo Peralta Ortega, Portavoz del Grupo

Mixto.


ENMIENDA NUM. 18

PRIMER FIRMANTE:


Doña Mercé Rivadulla Gracia

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Mercé Rivadulla Gracia (Iniciativa-Els

Verds), adscrita al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la

que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de

Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se añade un nuevo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción en el

partido judicial número cinco de Barcelona.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Mejorar la prestación del servicio público de la Administración de

Justicia, mediante la creación de un nuevo Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción en Manlleu.


ENMIENDA NUM. 19

PRIMER FIRMANTE:


Doña Mercé Rivadulla Gracia

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Mercé Rivadulla Gracia (Iniciativa-Els

Verds), adscrita al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la

que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de

Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se crea un nuevo Juzgado de lo Penal en el partido judicial número

seis de Barcelona.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VII de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Mejorar la prestación del servicio público de la Administración de

Justicia, mediante la creación de un nuevo Juzgado de lo Penal en Arenys

de Mar.


ENMIENDA NUM. 20

PRIMER FIRMANTE:


Doña Mercé Rivadulla Gracia

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Mercé Rivadulla Gracia (Iniciativa-Els

Verds), adscrita al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la

que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de

Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se crea un nuevo Juzgado de lo Penal en el partido judicial número

quince de Barcelona.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VII de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Mejorar la prestación del servicio público de la Administración de

Justicia, mediante la creación de un nuevo Juzgado de lo Penal en

Terrassa.


ENMIENDA NUM. 21

PRIMER FIRMANTE:


Doña Mercé Rivadulla Gracia

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Mercé Rivadulla Gracia (Iniciativa-Els

Verds), adscrita al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la

que se modifica la Ley 38/1998, de 28 de diciembre, de Demarcación y de

Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se crea un nuevo partido judicial en la comunidad Autónoma de

Catalunya, provincia de Tarragona, con el número 9, integrado por los

siguientes municipios:





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Código municipio Nombre municipio

086 Montblanc

021 Barberá de la Conca

029 Blancafort

046 Conesa

054 L'Espluga de Francolí

061 Forès

073 Llorac

101 Passanant

105 Les Piles

107 Pira

141 Santa Perpetua-Pontils

130 Rocafort de Queralt

139 Santa Coloma de Queralt

142 Sarral

143 Savallà del Comtat

146 Senan

147 Solivella

158 Vallclara

159 Vallfogona de Riucorb

168 Vilanova de Prades

172 Vilaverd

176 Vimbodí

2. Se modifica parcialmente el anexo I de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, en concordancia con lo

dispuesto en el apartado 1.


3. Se modifica parcialmente el anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, a los efectos de añadir, en

la Comunidad Autónoma de Catalunya, provincia de Tarragona, lo siguiente:


JUSTIFICACION

La creación de un Partido Judicial que agrupe a los municipios de la

Conca de Barberá, que esta enmienda propone, responde a un objetivo de

acercamiento del servicio público de la Justicia al ciudadano.


ENMIENDA NUM. 22

PRIMER FIRMANTE:


Doña Mercé Rivadulla Gracia

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Mercé Rivadulla Gracia (Iniciativa-Els

Verds), adscrita al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la

que se modifica la Ley 38/1998, de 28 de diciembre, de Demarcación y de

Planta Judicial.


De adición.


Añadir una nueva Disposición Adicional, con el siguiente texto:


«En el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente

Ley, se constituirá y entrará en funcionamiento el segundo Juzgado de lo

Social de Lleida, previsto en el Anexo IX de la Ley de Demarcación y de

Planta Judicial.»

MOTIVACION

Estricto cumplimiento de las previsiones legales.


ENMIENDA NUM. 23

PRIMER FIRMANTE:


Doña Mercé Rivadulla Gracia

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Mercé Rivadulla Gracia

(Iniciativa-ElsVerds), adscrita al Grupo Mixto, al articulado del

Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se crea un nuevo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción en el

partido judicial número siete de Girona.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VI de la Ley 38/1998, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Mejorar la prestación del servicio público de la Administración de

Justicia, mediante la creación de un nuevo Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción en Blanes.


ENMIENDA NUM. 24

PRIMER FIRMANTE:


Doña Mercé Rivadulla Gracia

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Mercé Rivadulla Gracia

(Iniciativa-ElsVerds), adscrita al Grupo Mixto, al articulado del

Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.





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Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se incrementa en tres la plantilla de Magistrados de la Audiencia

Provincial de Girona.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo V de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Incrementar la plantilla de Magistrados para hacer posible la creación de

una nueva Sección para asuntos civiles y penales en la Audiencia de

Girona.


ENMIENDA NUM. 25

PRIMER FIRMANTE:


Doña Mercé Rivadulla Gracia

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Mercé Rivadulla Gracia (Iniciativa-Els

Verds), adscrita al Grupo Mixto, al articulado del Proyecto de Ley por la

que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de

Planta Judicial.


De adición.


Añadir una nueva Disposición Adicional, con el siguiente texto:


«En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la

presente Ley, se constituirán y entrarán en funcionamiento todos los

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de la provincia de Barcelona,

previstos en el Anexo VI de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial.»

MOTIVACION

Estricto cumplimiento de las previsiones legales. En Barcelona, la

acumulación de asuntos judiciales está llegando a extremos tan

insostenibles que se puede llegar a crear «listas de espera» para la

presentación de demandas.


Al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento del

Congreso de los Diputados, por el Grupo Mixto de la Cámara, la Diputada

Cristina Almeida Castro (Partido Democrático de la Nueva Izquierda),

formula las siguientes enmiendas al articulado del Proyecto de Ley por la

que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de

Planta Judicial (núm. expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de febrero de 1998.--Cristina

Almeida Castro, Diputada.--Ricardo Peralta Ortega, Portavoz del Grupo

Mixto.


ENMIENDA NUM. 26

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. El Juzgado de lo Social de Mieres (Asturias) extenderá su

jurisdicción a los partidos judiciales números 2 y 12.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

MOTIVACION

Acercar el servicio público de la Administración de Justicia al

ciudadano. En este sentido, los habitantes del partido judicial número 2

de Asturias, con capitalidad en Lena, podrán tramitar sus asuntos en la

cercana población de Mieres, sin necesidad de llegar hasta Oviedo

(pasando por Mieres), y subsanándose así un error de anteriores reformas

de la Ley de Planta.


ENMIENDA NUM. 27

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. El Juzgado de lo Social de Mieres (Asturias) extenderá su

jurisdicción a los partidos judiciales números 2, 12 y 13.»

2. Se modifica, en este sentido, el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Enmienda que se presenta para incluir en la jurisdicción del Juzgado de

lo Social de Mieres al partido judicial




Página 23




de Langreo, con el objeto de acercar el servicio público de la

Administración de Justicia al ciudadano. En este sentido, sirve de

alternativa y complementa la enmienda anterior, teniendo en cuenta el

bajo nivel de asuntos que se residencian en el Juzgado de Mieres y la

cercanía al municipio de Langreo.


ENMIENDA NUM. 28

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se añade un nuevo Juzgado de Instrucción a los existentes en el

partido judicial número 8 (con sede en Gijón) de Asturias.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Facilitar la prestación del servicio público de la Administración de

Justicia.


ENMIENDA NUM. 29

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se crea un nuevo Juzgado de lo Penal en el partido judicial número

ocho (con sede en Gijón) de Asturias, que extenderá su jurisdicción a los

partidos judiciales números 8 y 17.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VII de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Mejorar la prestación del servicio público de la Administración de

Justicia, mediante la creación de un Juzgado de lo Penal en Gijón que

conocería también de los asuntos del partido judicial de Villaviciosa.


ENMIENDA NUM. 30

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«Se modifica parcialmente el Anexo V de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, de la siguiente forma:


JUSTIFICACION

Incrementar el número de Magistrados de la Audiencia Provincial para

hacer posible la creación de Secciones en la ciudad de Gijón, de

conformidad con el acuerdo del Ayuntamiento adoptado el 10 de julio de

1997 por todos los grupos municipales.


ENMIENDA NUM. 31

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley




Página 24




por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación

y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se añade un nuevo Juzgado de Primera Instancia a los existentes en el

partido judicial número 8 (con sede en Gijón) de Asturias.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Posibilitar la creación por parte del Consejo General del Poder Judicial

de un Juzgado de Familia. La constitución de Juzgados de Familia

permitiría resolver judicialmente los conflictos familiares, desde una

doble perspectiva: de una parte, sobre el plano técnico y procesal, los

Juzgados de Familia cuentan con los medios más adecuados, puesto que no

sólo estamos ante un órgano judicial especializado, sino, ante todo, ante

normas de procedimiento especiales; de otra parte, permite dar al Juez un

papel actual, al ser un órgano investido de una misión social encargada

fundamentalmente de resolver problemas humanos.


ENMIENDA NUM. 32

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se crea un nuevo partido judicial en la Comunidad Autónoma de

Extremadura, provincia de Badajoz, con el número 15, integrado por los

siguientes municipios:


Código municipio Nombre municipio

014 Azuaga

003 Ahillones

019 Berlanga

101 Peraleda del Zaucejo

059 Granja de Torrehermosa

077 Malcocinado

144 Valverde de Llerena

029 Campillo de Llerena

076 Maguilla

2. Se modifica parcialmente el Anexo I de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, en concordancia con lo

dispuesto en el apartado 1.


3. Se modifica parcialmente el Anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, a los efectos de añadir, en

la Comunidad Autónoma de Extremadura, provincia de Badajoz, lo siguiente.


JUSTIFICACION

La creación del Partido Judicial de Azuaga, que esta enmienda propone, es

una reivindicación histórica que data de 1854, por ser la población con

mayor número de habitantes de la comarca, además, las poblaciones

limítrofes distan muy poco unas de otras y de su centro, Azuaga, sobre la

que se han ido comercializando servicios correspondientes a las

poblaciones indicadas y, con ello, el acercamiento del servicio público

de la Justicia al ciudadano.


ENMIENDA NUM. 33

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se añade un nuevo Juzgado de Primera Instancia a los existentes en el

partido judicial número 1 de la provincia de Albacete.


2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Posibilitar la creación por parte del Consejo General del Poder Judicial

de un Juzgado de Familia. La constitución de Juzgados de Familia

permitiría resolver judicialmente los conflictos familiares, desde una

doble perspectiva: de una parte, sobre el plano técnico y procesal, los

Juzgados de Familia cuentan con los medios más adecuados, puesto que no

sólo estamos ante un órgano judicial




Página 25




especializado, sino, ante todo, ante normas de procedimiento especiales;

de otra parte, permite dar al Juez un papel actual, al ser un órgano

investido de una misión social encargada fundamentalmente de resolver

problemas humanos.


ENMIENDA NUM. 34

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se añade un nuevo Juzgado de Primera Instancia a los existentes en el

partido judicial número 2 de la provincia de Ciudad Real

2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Posibilitar la creación por parte del Consejo General del Poder Judicial

de un Juzgado de Familia. La constitución de Juzgados de Familia

permitiría resolver judicialmente los conflictos familiares, desde una

doble perspectiva: de una parte, sobre el plano técnico y procesal, los

Juzgados de Familia cuentan con los medios más adecuados, puesto que no

sólo estamos ante un órgano judicial especializado, sino, ante todo, ante

normas de procedimiento especiales; de otra parte, permite dar al Juez un

papel actual, al ser un órgano investido de una misión social encargada

fundamentalmente de resolver problemas humanos.


ENMIENDA NUM. 35

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se añade un nuevo Juzgado de Primera Instancia a los existentes en el

partido judicial número 1 de la provincia de Cuenca

2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Posibilitar la creación por parte del Consejo General del Poder Judicial

de un Juzgado de Familia. La constitución de Juzgados de Familia

permitiría resolver judicialmente los conflictos familiares, desde una

doble perspectiva: de una parte, sobre el plano técnico y procesal, los

Juzgados de Familia cuentan con los medios más adecuados, puesto que no

sólo estamos ante un órgano judicial especializado, sino, ante todo, ante

normas de procedimiento especiales; de otra parte, permite dar al Juez un

papel actual, al ser un órgano investido de una misión social encargada

fundamentalmente de resolver problemas humanos.


ENMIENDA NUM. 36

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se añade un nuevo Juzgado de Primera Instancia a los existentes en el

partido judicial número 1 de la provincia de Guadalajara

2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Posibilitar la creación por parte del Consejo General del Poder Judicial

de un Juzgado de Familia. La constitución de Juzgados de Familia

permitiría resolver judicialmente los conflictos familiares, desde una

doble perspectiva: de una parte, sobre el plano técnico y procesal, los

Juzgados de Familia cuentan con los medios más adecuados, puesto que no

sólo estamos ante un órgano judicial especializado, sino, ante todo, ante

normas de procedimiento especiales; de otra parte, permite dar al Juez un

papel actual, al ser un órgano investido de una misión social




Página 26




encargada fundamentalmente de resolver problemas humanos.


ENMIENDA NUM. 37

PRIMER FIRMANTE:


Doña Cristina Almeida Castro

(Grupo Mixto).


Enmienda que presenta la Diputada Cristina Almeida Castro (Partido

Democrático de la Nueva Izquierda), adscrita al Grupo Mixto, al

articulado del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de

28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


De adición.


Añadir un nuevo artículo con el siguiente texto:


«1. Se añade un nuevo Juzgado de Primera Instancia a los existentes en el

partido judicial número 5 de la provincia de Toledo

2. Se modifica, en este sentido, el Anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.»

JUSTIFICACION

Posibilitar la creación por parte del Consejo General del Poder Judicial

de un Juzgado de Familia. La constitución de Juzgados de Familia

permitiría resolver judicialmente los conflictos familiares, desde una

doble perspectiva: de una parte, sobre el plano técnico y procesal, los

Juzgados de Familia cuentan con los medios más adecuados, puesto que no

sólo estamos ante un órgano judicial especializado, sino, ante todo, ante

normas de procedimiento especiales; de otra parte, permite dar al Juez un

papel actual, al ser un órgano investido de una misión social encargada

fundamentalmente de resolver problemas humanos.


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el

artículo 109 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los

Diputados, presenta las siguientes enmiendas al articulado al Proyecto de

Ley por el que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de

Demarcación y Planta Judicial (núm. expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 1998.--El Portavoz,

Iñaki Anasagasti Olabeaga.


ENMIENDA NUM. 38

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Vasco

(EAJ-PNV).


ENMIENDA

A la Exposición de motivos De modificación.


Intercalar entre los párrafos que comienzan «El carácter turístico de

algunos municipios...» y «Procede, en consecuencia, redefinir la

demarcación judicial...», el siguiente párrafo:


«Asimismo, la relación existente entre determinados municipios de la

Comunidad Autónoma del País Vasco, unida a su proximidad geográfica, dio

lugar a la comarcalización de servicios en el área territorial de

Goierri».


La redacción del último párrafo será la siguiente:


«Procede, en consecuencia, redefinir la demarcación judicial de las

provincias de Santa Cruz de Tenerife, Alicante y Guipúzcoa creando, en

cada uno de ellas, un nuevo partido judicial, con una planta global de 5

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de acuerdo con las

previsiones legales establecidas en el artículo 35 de la citada Ley

Orgánica del Poder Judicial, tenidas en cuenta las propuestas de la

Comunidad Autónoma de Canarias y de la Comunidad Valenciana y previo

informe del Consejo General del Poder Judicial.»

JUSTIFICACION

Derivada de la enmienda que propone la creación de un partido judicial en

la provincia de Guipúzcoa.


ENMIENDA NUM. 39

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Vasco

(EAJ-PNV).


ENMIENDA

Al artículo primero, apartado 2

De adición.


Incluir al final del apartado:


«COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

Provincia de Guipúzcoa

Partido Judicial Código Municipio Nombre Municipio

7 12 Arama

7 15 Ataun

7 19 Beasain

7 35 Ezkio-Itsaso

7 38 Gabiria

7 37 Gainza

7 43 Idiazabal

7 47 Itsasondo

7 49 Lazkao

7 52 Legorreta

7 57 Mutiloa




Página 27




Partido Judicial Código Municipio Nombre Municipio

7 58 Olaberria

7 76 Ordizia

7 62 Ormaiztegi

7 70 Segura

7 78 Zaldibia

7 25 Zegama

7 26 Zerain»

JUSTIFICACION

Se crea un nuevo partido judicial en la provincia de Guipúzcoa para

adecuar la demarcación judicial de dicha provincia a la diferenciación

comarcal existente.


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto

en el artículo 110 y ss. del vigente Reglamento de la Cámara, tiene el

honor de presentar las siguientes enmiendas al Proyecto de Ley por el que

se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta

Judicial (núm. expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 1998.--El Portavoz,

Luis de Grandes Pascual.


ENMIENDA NUM. 40

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Popular.


ENMIENDA

Al artículo 3 (nuevo)

De adición.


Se modifica el artículo 20.1 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de

Demarcación y Planta Judicial, en los siguientes términos:


«El Gobierno podrá modificar el número y composición de los órganos

judiciales establecidos por esta Ley, mediante la creación de Secciones y

Juzgados, sin alterar la demarcación judicial, oído el Consejo General

del Poder Judicial y, en su caso, la Comunidad Autónoma afectada.


Por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Justicia y previo informe

del Consejo General del Poder Judicial, se podrán transformar juzgados de

una clase en juzgados de clase distinta de la misma sede, cualquiera que

sea su orden jurisdiccional.


Cuando el juzgado que se transforme esté en funcionamiento y tenga

procedimientos pendientes, conservará su competencia sobre éstos hasta su

conclusión.»

JUSTIFICACION

Se incorpora mediante enmienda de adición un nuevo artículo para

facilitar la aplicación efectiva y desarrollo de la Ley. Sin ignorar la

necesidad de revisión de la demarcación y planta judicial, prevista en

los artículos 29 y 35.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial --que ha

debido de ser pospuesta como consecuencia de las importantes reformas

procesales pendientes que inciden en la estructura judicial (Ley de

Enjuiciamiento Civil, Ley de Enjuiciamiento Criminal, Proyecto de Ley

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, Proyecto de Ley

Orgánica Reguladora del Procedimiento ante los Juzgados de Vigilancia

Penitenciaria, Anteproyecto de Ley Orgánica Reguladora de la Justicia de

Menores...)--, la aparición de nuevas necesidades judiciales exige de

forma ineludible la continuidad del desarrollo de la planta judicial, no

pudiendo posponerse su cobertura sino a riesgo de aumentar acumulaciones

de carga competencial y en última instancia, comprometer seriamente los

logros habidos hasta el momento. Y todo ello para garantizar la

permanente actualización cualitativa y cuantitativa del diseño orgánico

establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial a las nuevas

necesidades que puedan surgir.


ENMIENDA NUM. 41

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Popular.


ENMIENDA

A la Exposición de motivos De modificación.


Intercalar entre los párrafos que comienzan «El carácter turístico de

algunos municipios...» y «Procede, en consecuencia, redefinir la

demarcación judicial...» el siguiente párrafo:


«Asimismo, la excesiva superficie de algunos partidos judiciales de la

Comunidad Autónoma de Extremadura quebranta el principio del fácil acceso

de los ciudadanos a los Juzgados.»

JUSTIFICACION

Derivada de la enmienda que propone la creación de un nuevo partido

judicial en la provincia de Badajoz.


ENMIENDA NUM. 42

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Popular.


ENMIENDA

A la Exposición de motivos último párrafo




Página 28




De modificación.


La redacción del último párrafo será la siguiente:


«Procede, en consecuencia, redefinir la demarcación judicial de las

provincias de Santa Cruz de Tenerife, Alicante y Badajoz creando, en cada

una de ellas, un nuevo partido judicial, con una planta global de 5

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de acuerdo con las

previsiones legales establecidas en el artículo 35 de la citada Ley

Orgánica del Poder Judicial, tenidas en cuenta las propuestas de la

Comunidad Autónoma de Canarias y de la Comunidad Valenciana y previo

informe del Consejo General del Poder Judicial.»

JUSTIFICACION

Derivada de la enmienda que propone la creación de un nuevo partido

judicial en la provincia de Badajoz.


ENMIENDA NUM. 43

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Popular.


ENMIENDA

Al artículo 1, apartado 2

De adición.


Incluir al final del apartado:


«COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA»

Provincia de Badajoz

Partido Judicial Código Municipio Nombre Municipio

15 14 Azuaga

15 59 Granja de Torrehermosa

15 77 Malcocinado

15 144 Valverde de Llerena

JUSTIFICACION

Se crea un nuevo partido judicial en la provincia de Badajoz para adecuar

la demarcación judicial de dicha provincia a sus características

territoriales en cuanto a superficie, sin perjuicio de que en la

modificación en profundidad y con carácter general de la Ley de

Demarcación y de Planta Judicial se valoren las cargas de trabajo de los

partidos judiciales de la comarca, para redistribuir equitativamente, en

su caso, los términos municipales que los integran.


ENMIENDA NUM. 44

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Popular.


ENMIENDA

Al artículo 1, apartado 3

De adición.


Incluir al final del apartado:


«COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA»

Provincia de Badajoz

Partido Judicial Código Municipio Nombre Municipio

3 14 Azuaga

3 59 Granja de Torrehermosa

3 77 Malcocinado

3 144 Valverde de Llerena

JUSTIFICACION

Los municipios que configurarán el nuevo partido judicial (n.º 15) han de

ser excluidos del que ahora forman parte (n.º 3).


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y

siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,

presentar las siguientes enmiendas al Proyecto de Ley sobre modificación

de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial

(núm. expte. 121/000091).


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 1998.--El Portavoz

del Grupo Parlamentario Socialista, Jesús Caldera Sánchez-Capitán.


ENMIENDA NUM. 45

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista.


ENMIENDA

Al artículo 2, apartado 3 (nuevo)

«3. Se modifica parcialmente el anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial de la forma siguiente:





Página 29




Se crea un nuevo Juzgado de lo Social en la Comunidad Autónoma de

Canarias, con sede en Arrecife, que extenderá su jurisdicción a los

partidos judiciales que a continuación se expresa:


COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS

Provincia de Las Palmas

Arrecife 1

Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 1 y 3.»

MOTIVACION

Dado que la carga de trabajo de los actuales Juzgados de Las Palmas de

Gran Canaria superan la media nacional y los módulos establecidos por

CPGJ en el Libro Blanco, se justifica la creación del Juzgado que se

crea.


ENMIENDA NUM. 46

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista.


ENMIENDA

Al artículo 3 (nuevo)

De adición.


Se propone la adición de un nuevo artículo con el contenido siguiente:


«1. Se modifica parcialmente el Anexo I de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial en los términos siguientes:


Se crea un nuevo Partido Judicial que será el número 15 en el cual se

integrarán los municipios siguientes:


COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA

Provincia de Badajoz

PJ CM Nombre del municipio

15 3 Ahillones

15 14 Azuaga

15 19 Berlanga

15 101 Peraleda de Zaucejo

15 59 Granja de Torrehermosa

15 144 Valverde de Llerena

15 77 Malcocinado

2. Se suprimen los siguientes municipios en los Partidos Judiciales que

se expresan:


COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA

Provincia de Badajoz

PJ CM Nombre del municipio

3 3 Ahillones

3 14 Azuaga

3 19 Berlanga

10 101 Peraleda de Zaucejo

3 59 Granja de Torrehermosa

3 144 Valverde de Llerena

3 77 Malcocinado

3. Se modifica el Anexo VI de la Ley 38/1988, en los términos siguientes:


Provincia Partido Primera Instrucción Primera Instancia

Judicial Instancia e Instrucción

Extremadura:


Badajoz 10 - - 1

15 - - 1»

MOTIVACION

El preámbulo de la Ley de Demarcación y Planta establece como modelo

general lo que debe ser la circunscripción de un Partido recogiendo el

límite de 50.000 habitantes por Partido como máximo.


La población de Azuaga es la que tiene mayor número de habitantes, además

de ser el centro natural de la Comarca.


La Comunidad Autónoma desde hace años viene solicitando la creación del

nuevo Partido Judicial número 15, lo que se ha plasmado en un Acuerdo del

Consejo de Gobierno de la Comunidad de 1994 solicitando la creación del

Partido Judicial número 15 con los Municipios que se relacionan.


De otra parte, la Memoria Anual del Consejo General del Poder Judicial

del año 1993 contempla la propuesta siguiente:


«Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Llerena, con

sede, bien en esta localidad, bien en la próxima de Azuaga, lo que

exigiría la reforma de la actual Demarcación para constituir un nuevo

Partido Judicial con cabecera en esta población.»

La opinión pública en Extremadura y los medios de comunicación avalan la

creación del indicado Partido Judicial.


Por último, el Pleno del Ayuntamiento de la localidad en sesión del día 3

de septiembre de 1992, acordó la cesión gratuita al Ministerio de

Justicia, del inmueble señalado con el número 12 de la calle Llana de la

población para Palacio de Justicia.





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ENMIENDA NUM. 47

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista.


ENMIENDA

Al artículo 4 (nuevo)

De adición.


Se propone la adición de un nuevo artículo con el contenido siguiente:


«Se modifica parcialmente el Anexo VII de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial en los términos siguientes:


Provincia Partido Primera Instrucción Primera Instancia

Judicial Instancia e Instrucción

Cataluña:


Gerona 1 - - 7 Servidos por

Magistrados»

MOTIVACION

De conformidad con el informe reciente emitido por el Consejo General del

Poder Judicial.


ENMIENDA NUM. 48

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista.


ENMIENDA

Al artículo 5 (nuevo)

De adición.


Se propone la adición de un nuevo artículo con el contenido siguiente:


«Se modifica parcialmente el Anexo VII de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial en los términos siguientes:


Provincia Sede en Partido Judicial número Número

de Juzgados

Cataluña:


Tarragona 8Extiende su jurisdicción a los

Partidos Judiciales números 2 y 8 1»

MOTIVACION

El volumen de asuntos penales generados en este Partido requieren la

creación de un nuevo Juzgado de lo Penal con el fin de ofrecer un

servicio de administración de justicia más próximo al ciudadano. Tal

creación ha sido apoyada en una Moción aprobada por el Ayuntamiento de

Reus con los votos favorables del Grupo Socialista, Grupo Popular y Grupo

CiU.


ENMIENDA NUM. 49

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista.


ENMIENDA

Al artículo 6 (nuevo)

De adición.


Se propone la adición de un nuevo artículo con el contenido siguiente:


«Se modifica parcialmente el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial en la redacción dada por la

Ley 3/1992, quedando redactado en los términos siguientes:


Los Juzgados de lo Social que a continuación se indican extenderán su

Jurisdicción a los Partidos Judiciales que se recogen.


COMUNIDAD AUTONOMA DE ANDALUCIA

Provincia de Cádiz

Jerez de la Frontera 4

Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 2, 6, 7, 10, 11 y 15.»

MOTIVACION

El artículo 1 de la Ley 3/1992 crea el Partido Judicial número 15 en la

provincia de Cádiz, segregando Municipios del Partido Judicial número 2,

el cual estaba incluido dentro del ámbito territorial de competencia

jurisdiccional de los Juzgados de lo Social de Jerez de la Frontera, pero

no se incluye expresamente dicho Partido Judicial dentro del ámbito de

competencia de los Juzgados de lo Social de Jerez de la Frontera, lo que

produjo que dicho Partido Judicial quedara enmarcado en el ámbito

jurisdiccional de los Juzgados de lo Social de Cádiz. Con la finalidad de

corregir dicha omisión se incluye expresamente el Partido Judicial número

15 en el ámbito de competencia de los Juzgados de lo Social de Jerez de

la Frontera y dada la carga de trabajo que pesa sobre dichos Juzgados, se

procede a crear uno nuevo para hacer frente




Página 31




a la mayor carga que la inclusión de un nuevo Partido Judicial supone.


ENMIENDA NUM. 50

PRIMER FIRMANTE:


Grupo Socialista.


ENMIENDA

Al artículo 7 (nuevo)

De adición.


Se propone la adición de un nuevo artículo con el contenido siguiente:


«Se modifica parcialmente el Anexo IX de la Ley 38/1988, de 28 de

diciembre, de Demarcación y Planta Judicial en la redacción dada por la

Ley 3/1992, quedando redactado en los términos siguientes:


El Juzgado de lo Social que a continuación se indica extenderá su

Jurisdicción a los Partidos Judiciales que se recogen.


COMUNIDAD AUTONOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Provincia de Asturias

Mieres 1

Extiende su Jurisdicción a los Partidos Judiciales 2

y 12.»

MOTIVACION

La Exposición de Motivos de la Ley 3/1992 recoge expresamente el error

que se cometió en la redacción y tramitación de la Ley 38/1988 y sin

embargo dicha corrección a que se hace mención en la Exposición de

Motivos no fue reflejada en el articulado. Dicho error ya fue apuntado

por el Consejo General del Poder Judicial en sus memorias y la

modificación propuesta recibió en su día el apoyo de la Junta General del

Principado de Asturias y de los Ayuntamientos afectados, a través de

distintas Mociones.


Por lo tanto, el Juzgado de lo Social de Mieres tendrá jurisdicción en el

Partido Judicial número 2 que comprende los Municipios de Aller, Lena y

Quirós y en el Partido Judicial número 12 que comprende los Municipios de

Mieres, Morcín y Riosa.