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DS. Senado, Comisiones, núm. 103, de 04/05/1994
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Año 1994 V Legislatura
Comisiones. Núm. 103



CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
SENADO



COMISION DE ECONOMIA Y HACIENDA
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO IGNACIO GONZALEZ LAXE
Sesión celebrada el miércoles, 4 de mayo de 1994



ORDEN DEL DIA:
Dictaminar:
--Proyecto de Ley de autonomía del Banco de España. (Número de expediente
621/000024.)
--Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 20/1991, de 7 de junio,
de modificación de los aspectos fiscales del régimen económico de
Canarias. (Número de expediente 621/000030.)



Se abre la sesión a las doce horas y cuarenta minutos.




El señor PRESIDENTE: Buenos días, se abre la sesión.




--PROYECTO DE LEY DE AUTONOMIA DEL BANCO DE ESPAÑA. (621/000024.)



El señor PRESIDENTE: Vamos a dar comienzo a la Comisión de Economía y
Hacienda, que en el día de hoy tiene como puntos del orden del día
dictaminar dos proyectos. El primero es el proyecto de ley de autonomía
del Banco de España y, el segundo, el proyecto de ley por el que se
modifica la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos
fiscales del régimen económico de Canarias.

Ruego al señor Secretario que compruebe la asistencia de los señores
Senadores.




Por el señor Secretario se procede a la comprobación de las señoras y de
los señores Senadores presentes y representados.




El señor PRESIDENTE: Comprobado que hay quórum, a continuación, vamos a
comenzar el orden del día.

En primer lugar, debatiremos el dictamen del proyecto de ley de autonomía
del Banco de España.




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Hay un sinfín de enmiendas que podemos dividir en dos grandes bloques:
por un lado, los Capítulos I y II y, por otro, el Capítulo III y las
Disposiciones Adicionales, Transitorias y Finales, tal como ha sido
propuesto por los ponentes, a no ser que los portavoces de los Grupos
quieran hacer el debate conjunto de la Ley. Lo dejo a su elección. En
todo caso, así lo podrán exponer los miembros de los respectivos Grupos
Parlamentarios cuando hagan uso de la palabra.

Han presentado enmiendas el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del
Senado, el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, el
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, el Grupo
Parlamentario Mixto, Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, el Grupo
Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Socialista.

En primer lugar, el Senador Cuevas tiene la palabra para defender sus
enmiendas, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto.




El señor CUEVAS GONZALEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

El Grupo Parlamentario Mixto, Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
ha presentado varias enmiendas a este proyecto de ley, con el fin de
tener aún mayor control sobre la gestión del Banco de España. Los hechos
sucedidos vienen a ratificar aún más el sentido de nuestras enmiendas
números 30 a 34. Por eso espero que tengan buena recepción en esta
Comisión y en este momento las doy por defendidas para dar más
explicaciones en el debate en Pleno.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

El señor Armas Rodríguez tiene la palabra por el Grupo Parlamentario de
Coalición Canaria del Senado.




El señor ARMAS RODRIGUEZ: Muchas gracias, señor Presidente. Nosotros
hemos presentado ocho enmiendas a este proyecto de ley, a la Exposición
de motivos y a una serie de artículos.

La enmienda número 1, a la Exposición de motivos, propone añadir al final
del párrafo quinto el siguiente texto: «... las posibles causas del cese.

Igualmente, se incorpora al sistema funcional del Banco de España los
Bancos Regionales de capital público al objeto de garantizar la
estabilidad del sistema financiero.»
La justificación es evitar la disfuncionalidad del sistema y facilitar la
incorporación de los Bancos Regionales en el contexto del Estado de las
Autonomías.

La enmienda número 2 es de adición al artículo 4.2, segundo párrafo. Se
propone después de la frase: «... remitidos a las Cortes Generales para
su conocimiento...», añadir lo siguiente: «... y control».

La justificación es garantizar el control parlamentario del Banco de
España.

La enmienda número 3 es de modificación al artículo 7.2. Se propone el
siguiente texto: «2. El Banco de España, en coordinación con los Bancos
Regionales que, con autorización del Gobierno del Estado, se establezcan
con capital público por las comunidades Autónomas, definirá y ejecutará
la política monetaria. Sin menoscabo de ese objetivo, la política
monetaria apoyará la política económica general del Gobierno.»
La justificación es la mejora técnica e incorporación de la figura de los
Bancos Regionales.

La enmienda número 4 es de adición al artículo 7.3 g). Se propone la
inclusión de un apartado g) nuevo, pasando el actual apartado g) a ser
h), se propone: «g) Coordinar tales actuaciones con los Bancos
Regionales.»
La justificación es incorporar a los Bancos Regionales.

La enmienda número 5 es de adición al artículo 7.6. El Texto propuesto
es: Añadir al final del punto 6, la siguiente frase: «..., previo
conocimiento y autorización de las Cortes Generales.»
La justificación es evitar la asignación de competencias internacionales
al Banco de España, en clara contravención de la Constitución Española.

La enmienda número 6 es de adición al artículo 9.3. Pretende añadir al
final del párrafo la siguiente frase: «... De tales autorizaciones se
dará conocimiento a las Cortes Generales.»
La justificación es garantizar el control de las Cortes Generales.

La enmienda número 7 es de adición al artículo 18 b). Se propone añadir
un nuevo apartado b), del siguiente tenor: «b) Presidir de forma
extraordinaria los Consejos de Bancos Regionales.»
La justificación es incorporar a los Bancos Regionales.

La enmienda número 8 es de adición al artículo 20.1.b). Se propone la
adición de un apartado b) nuevo, del siguiente tenor: «b) Un
representante de los Bancos Regionales, nombrado de entre sus
presidentes, previa propuesta del Consejo de Bancos Regionales, por el
Gobierno de la Nación. Dicho representante será renovado por períodos
bianuales.»
La justificación es incorporar a los Bancos Regionales.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Armas.

El señor Torrontegui tiene la palabra en nombre del Grupo Parlamentario
de Senadores Nacionalistas Vascos.




El señor TORRONTEGUI GANGOITI: Muchas gracias, señor Presidente. Voy a
defender prácticamente todas las enmiendas, aunque tarde un poco más, si
no hay inconveniente.

En el informe de la ponencia, que se realizó ayer, estábamos de acuerdo
con el contexto general porque se introducían temas que mejoraban la
seguridad del «status» de autonomía del Banco de España, pero tenemos que
discrepar en una enmienda que fue aprobada en el Congreso de los
Diputados, referente al artículo 7.2, en la que se vuelve al texto
anterior, con lo cual vamos a formular un voto particular en el Pleno
para que se introduzca el texto remitido por el Congreso de los Diputados
en lugar del informe de la Ponencia.

Dicho esto, voy a empezar defendiendo nuestra enmienda número 9, de
sustitución, en lo que se refiere a la



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definición de la naturaleza del Banco de España. Es muy sencillo definir
lo que es una institución frente a lo que es entidad. Entendemos que el
Banco de España es una institución y no una entidad. Una entidad es una
empresa, una corporación, un ente o una firma, pero el Banco de España es
una organización fundamental dentro de los organismos del Estado.

Entendemos, por tanto, que la palabra entidad no queda bien en el
contexto de este proyecto de ley.

Lo mismo decimos en cuanto al sometimiento del Banco de España al
ordenamiento jurídico. Es más, una de las cosas que nosotros pretendemos
sustituir también se menciona en la enmienda número 67 del Grupo
Parlamentario Socialista en cuanto que solicita la sustitución de la
segunda frase del artículo 1.1 del proyecto de ley que dice: «con arreglo
a lo previsto en la Constitución española», por lo siguiente: «con
arreglo a lo previsto en esta ley y en el resto del ordenamiento
jurídico». Nos parece bien que se modifique esto aunque nuestra enmienda
no sea aceptada. En cualquier caso, nosotros seguimos diciendo que
nuestra propuesta mejora el texto del proyecto.

Con nuestra enmienda número 10, relativa al artículo 6.3, proponemos que
se sustituya el texto del proyecto que dice: «El acceso del Congreso de
los Diputados a la información sometida al deber de secreto...»
Entendemos que la misma posibilidad de acceso a la información sometida
al deber de secreto tiene el Congreso que el Senado. Por eso, nos
remitiríamos a las Cortes Generales para acceder a esta información.

Incluso decimos en nuestra enmienda que cualesquiera de las Comisiones
del Congreso o del Senado o Mixtas de ambas Cámaras deberán tener esa
opción. Con esto no añadimos sino lo que ya aparece, por ejemplo, en el
artículo 10, en el que se hace clara alusión a esto. Se trata, pues, de
una corrección tanto formal como de fondo.

En cuanto a nuestras enmiendas números 11, 12, 13, 14 y 15 al artículo 9,
creemos que algunas de ellas pueden mejorar el texto del proyecto.

Pensamos que hay material suficiente como para que se acepte alguna de
las dos opciones que damos en nuestras enmiendas números 13 y 14 en lo
que al tema de inmovilizados y coeficiente de caja se refiere. Entendemos
que a través de nuestra enmienda número 15 se proporciona una mejor
distribución competencial entre el Estado y las Comunidades Autónomas en
cuanto al diseño y ejecución de la política monetaria.

Nuestra enmienda número 16 está en coherencia con nuestra enmienda número
9 al artículo 1.1.

Nuestra enmienda número 17, de sustitución parcial, se refiere al
artículo 20. En ella solicitamos, por ejemplo, que el Gobernador del
Banco de España actúe como Presidente y que en lugar de que haya seis
Consejeros haya ocho --luego explicaré el motivo.

También proponemos que se diga en dicho artículo que el Director General
del Tesoro y Política Financiera y el Vicepresidente de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores carecerán de voto cuando el Consejo se
pronuncie sobre asuntos referentes a las materias que regulan la Sección
Primera y el artículo 15 del Capítulo II de esta ley. Asimismo,
proponemos que se diga que el Ministro de Economía y Hacienda o el
Secretario de Estado de Economía podrán asistir, sin derecho a voto y
nunca simultáneamente, a las reuniones del Consejo. Creemos, pues, que
todo ello supone una composición más adecuada a los principios rectores
del Banco de España.

Con nuestra enmienda número 18 pretendemos una simple corrección. En el
apartado 3 del texto del proyecto aparece «2 veces al año»; creemos que
ese «2» debe escribirse con letra.

Nuestra enmienda número 19 pretende cambiar la composición de la Comisión
Ejecutiva. En el texto se habla de dos Consejeros y nosotros proponemos
que sean tres.

A este respecto, nosotros tratamos de introducir un artículo 25 nuevo a
través de nuestra enmienda número 21. Creemos que las Comunidades
Autónomas deben tener un foro de audiencia por derecho propio en el Banco
de España puesto que las decisiones de éste tienen repercusiones
presupuestarias, fiscales, de política económica y autonómica e incluso
otras. En nuestra opinión, debería existir un Comité Consultivo dentro
del Banco de España como órgano rector propio. Ya en el Congreso de los
Diputados no aceptamos que se nos remitiera al Director de Política
Financiera. Creemos que eso, ni es de recibo, ni tiene nada que ver con
algo que debe ser puramente autónomo y que debe tener independencia
respecto del Banco de España. En cambio, adaptando todas las
circunstancias a las del Estado español, creemos que esta misión debe
cumplirla el Comité Consultivo del Banco de España. La adición de este
artículo 25 nuevo nos parece algo muy importante dentro de una futura
concepción de lo que debería ser la España de las Autonomías.

Nuestra enmienda número 22 al artículo 27 hace referencia a las
retribuciones. Pensamos que no tiene por qué existir una diferenciación
entre los Consejeros natos y los nonatos, de ahí que pidamos se haga una
sustitución en el texto. Nuestra enmienda contiene un matiz importante.

Proponemos que el texto diga: La retribución y demás condiciones de
empleo del Gobernador, del Subgobernador y de los Consejeros serán
fijadas por el Consejo de Gobierno y comunicadas al Ministro de Economía
y Hacienda, mientras que el texto del proyecto dice que la retribución y
demás condiciones de empleo serán fijadas por el Ministerio de Economía y
Hacienda. Creemos que tiene mucho más conocimiento del Banco de España el
Consejo de Gobierno para fijar estas retribuciones y las demás
condiciones relativas al empleo.

Nuestra enmienda número 23 es idéntica a la número 29 que presenta el
Grupo Parlamentario de Convergència i Unió. Se trata de una enmienda de
adición de una disposición adicional quinta que diría lo siguiente: «Las
Instituciones Financieras Públicas que bajo cualquier forma jurídica
puedan existir en las Comunidades Autónomas coadyuvarán y ejecutarán la
política monetaria formulada por el Banco de España bajo la dirección de
éste en los términos y condiciones que libremente puedan pactar. En
especial, ayudarán a que la instrumentación de la política monetaria
pueda darse a través de mecanismos e instrumentos de cooperación mutua a
cuyos efectos podrán propiciar la creación de cauces específicos de
entendimiento.» Creo que no debo ahondar en la justificación de nuestra
enmienda. Pensamos que una fórmula como ésta o similar



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dejaría claro el Estado de las Autonomías tanto en su parte política como
en la cuestión económica que se le quiere proporcionar en relación con la
autonomía del Banco de España.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Torrontegui.

Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador don David Marca.




El señor MARCA I CAÑELLAS: Muchas gracias, señor Presidente.

En la línea del Tratado de la Unión Europea y de nuestra incorporación al
Sistema Europeo de Bancos Centrales, este proyecto de ley que debatimos,
de autonomía del Banco de España, llenará de contenido la gestión del
Banco sin apartarse ni un ápice de lo dispuesto por nuestra Constitución.

Que el Banco de España deje de estar sometido a las instrucciones
directas del Gobierno nos parece importantísimo, funcional y totalmente
positivo. Que el Tesoro ya no pueda incurrir en descubiertos en su cuenta
con el Banco de España nos parece muy acertado.

El equilibrio que encuentra el texto que vamos a aprobar, según espero,
con respecto al Tratado de la Unión Europea y nuestra Constitución es
fundamental. La política monetaria y su relación directa con la
estabilidad de los precios está bien descrita en la Ley y es, a nuestro
entender, un objetivo muy importante. La participación de las Cortes
Generales en el seguimiento de la actuación del Banco de España en la
administración de la política moneraria y en las actuaciones específicas
internas será, desde el momento en que se promulgue la Ley, funcional y
totalmente operativa. No voy a continuar ensalzando la Ley; creemos que
es y representa el resultado de un largo debate en el que se ha hecho un
buen trabajo de conjunto.

De las seis enmiendas que nuestro Grupo mantiene vivas, dos fueron
incorporadas ayer en el trámite de Ponencia, las números 24 y 26. Queda
todavía la número 25, que se refiere a los fondos inmovilizados que,
según el texto, deberán ser «emitidos» por el Banco de España. Nosotros
propugnamos sustituir la palabra «emitidos» por la de «autorizados», de
acuerdo con la normativa europea. Con ello daríamos opción a las posibles
variantes autonómicas de inmovilización de los fondos. En esto estamos de
acuerdo con una enmienda parecida del PNV, descrita hace unos momentos
por el Senador Torrontegui.

En la misma línea, presentamos la enmienda número 29, que hace referencia
a este mismo papel que pretendemos jueguen las Comunidades Autónomas en
los fondos, también de acuerdo con las normas europeas. Pensamos que las
Comunidades Autónomas deben jugar un papel más activo en la
instrumentación y ejecución de la política monetaria, aunque sea como
simples ejecutores de la misma.

Con la enmienda número 27 tratamos de mejorar las garantías de control
para asegurar la debida transparencia y no utilización de información
confidencial por parte de los miembros del Consejo de Gobierno. No voy a
ser oportunista, pero si alguna enmienda viene en un momento preciso es
esta que se va a discutir aquí en el justo momento en el que personas
importantísimas están debatiendo algo tan sabido como es el caso Roldán.

No voy a hincar las uñas en la herida, pero me parece que todo el mundo
es consciente de ello. Por ello damos importancia a esta enmienda que
creemos que podría dejar en mejor posición la transparencia de los
miembros que intervengan en la gestión del Banco de España.

En último lugar tenemos la enmienda número 28, que trata de lo mismo. Se
extienden expresamente las reglas sobre información privilegiada que
deben ser secreto a quienes, sin ser técnicamente consejeros del Banco,
participen regularmente en las reuniones del Consejo de Gobierno, porque
no sólo los empleados del Banco sino los Consejos de Gobierno también
suelen enterarse de futuras bajas y altas de precios de acciones o de
movimientos de papel en cualquier parte del mundo. Por tanto, nosotros
extendemos el área de justificación y de responsabilidad a estas
personas.

Esto es todo lo que nuestro Grupo pretende en este trámite de Comisión.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Marca.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Francisco
Utrera.




El señor UTRERA MORA: Muchas gracias, señor Presidente.

Al igual que el Senador Marca, del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado de Convergència i Unió, nuestro Grupo Parlamentario se felicita
del contenido de este proyecto de ley, tanto de su oportunidad en el
tiempo como de las nuevas expectativas que abre, dentro de la Unión
Económica y Monetaria, a nuestro país en orden a regular de forma
eficiente su política monetaria. Por tanto, el Grupo Parlamentario
Popular no ha presentado enmienda de totalidad al proyecto de ley de
Autonomía del Banco de España.

Consideramos que, en sus términos actuales, este proyecto de ley es
bastante satisfactorio, pero sí hemos decidido la presentación de 32
enmiendas particulares que pensamos que lo mejorarían sustancialmente, de
forma parcial en algunos aspectos. Voy a resumir estas 32 enmiendas
presentadas por el Grupo Parlamentario Popular --que, si los cálculos no
me fallan, equivalen al 40 por ciento de las que se han presentado por
todos los grupos a este proyecto de ley-- en cinco o seis apartados y de
forma muy breve, si se me permite.

En primer lugar, es una preocupación de nuestro grupo delimitar
perfectamente las actuaciones del Banco de España que corresponden al
ámbito de autonomía que se le está otorgando por este proyecto de ley, es
decir, la regulación, la instrumentación de la política monetaria,
separándolo de otras actuaciones que tradicionalmente tiene conferidas el
Banco de España, en las que tal autonomía no se



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postula y que deben ser objeto de nueva regulación, para lo que nosotros
proponemos un plazo de dos años. Porque obsérvese que estamos aprobando
unos órganos rectores pensados para mantener esa autonomía en política
monetaria que, según el proyecto de ley, se postulan también para el
resto de actividades o actuaciones del Banco de España que, por tanto,
deberían ser objeto de una nueva regulación legal para adaptarlos
precisamente a este proyecto de ley que, presumiblemente, vamos a
aprobar. Por tanto, en una de nuestras más importantes enmiendas nosotros
pedimos que en el plazo de dos años el Gobierno remita al Parlamento un
proyecto de ley en el que se regulen las competencias, sobre todo en
materia de intervención, sobre entidades financieras, y que entonces se
decida quién ha de realizar materialmente aquella función y además que se
actualice la normativa existente en la materia.

La delimitación de autonomía en política monetaria y el resto de
actuaciones del Banco de España nos han llevado a proponer que el
servicio de Tesorería que presta el Banco de España al Estado y a las
Comunidades Autónomas, y que se refrenda en este proyecto de ley, se
extienda también a las corporaciones locales que lo soliciten. Pensamos
que estas Administraciones públicas pueden acceder perfectamente a estos
servicios sin coste alguno para el funcionamiento eficaz del Banco de
España.

En segundo lugar, en cuanto al régimen presupuestario, creemos que este
proyecto de ley, de forma poco convincente, resulta excesivamente laxo en
materia de control presupuestario del Banco de España. Bien está que sea
autónomo en la instrumentación de la política monetaria, pero también es
un Ente Público que, como tal, tiene que incurrir en gastos conocidos y
previsibles: gastos de personal, determinadas inversiones, en unos casos,
en activos materiales o en inmuebles y, en otros casos, inversiones
relativas a operaciones de política monetaria. Y lo que nosotros
señalamos en nuestras enmiendas es que todas aquellas actuaciones de
política monetaria que queden fuera del ámbito de la Ley General
Presupuestaria, del ámbito de la Ley de Contratos del Estado, en
definitiva, no sean objeto de restricción normativa, puesto que esas
intervenciones han de ser flexibles por definición, pero que, en todo lo
demás, el régimen presupuestario del Banco de España sea, si no similar,
sí asimilable al del resto de entidades públicas. Es por eso por lo que
pedimos que los presupuestos del Banco de España sean aprobados por las
Cortes. Ciertamente serán unos presupuestos indicativos, no tendrán la
naturaleza de presupuestos administrativos puros, como es el caso de los
del Estado o de sus organismos autónomos, pero han de ser aprobados por
las Cortes y no por el Gobierno, como propone el proyecto de ley.

Asimismo las cuentas del Banco de España, una vez realizado el ejercicio
presupuestario, también han de ser aprobadas por las Cortes y no por el
Gobierno. Al mismo tiempo, nosotros propusimos en el Congreso y
mantenemos en el Senado --parece ser que en este trámite con mejor
recepción por parte del resto de los grupos y, concretamente, del Grupo
Socialista y del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència
i Unió-- la necesidad de distinguir dentro del balance del Banco de
España las operaciones que son consecuencia --ya sea de sus
intervenciones en política monetaria, ya sea del resto de sus
actuaciones-- de aquellas otras que pueden implicar un lucro cesante, es
decir, operaciones de salvamento u operaciones de intervención, que en
determinadas ocasiones, en casi todas ellas, pueden suponer un coste en
términos de recursos públicos; coste que ha de ser explícito y que ha de
poderse comprobar en los balances del Banco de España. En ese sentido
parece ser que esta enmienda, aunque no en la literalidad de la que
presenta nuestro Grupo, será aprobada por otros grupos, de lo cual nos
felicitamos.

En tercer lugar, y también parece que este es un punto en el que hay
receptividad por parte de los otros grupos, proponemos, por claridad
expositiva, que las obligaciones en cuanto a la reserva informativa, en
cuanto al régimen de incompatibilidades y en cuanto a que el patrimonio
de los miembros de los órganos rectores o de quienes participan en las
decisiones o, al menos, en las reuniones de esos órganos rectores sean
gestionados por una entidad financiera independiente --que son
obligaciones que establece el proyecto de ley de forma taxativa para los
miembros de esos órganos rectores-- se amplíen también a todas aquellas
personas o miembros natos, es decir, aquellas personas que por sus cargos
participan de las decisiones de los órganos de dirección del Banco de
España. En definitiva, el deber de sigilo, el deber de independizar la
gestión del propio patrimonio y, desde luego, el régimen de
incompatibilidades puede postularse no sólo del Gobernador, del
Subgobernador y de los seis consejeros que son miembros de los órganos
rectores, sino también de los otros miembros adheridos que prevé este
proyecto de ley.

En cuarto lugar, es importante para nosotros, y en este sentido hemos
formulado tres enmiendas al texto articulado y una a la Exposición de
Motivos, que se consulte a las Cortes Generales para el nombramiento del
Gobernador, del Subgobernador y de los seis Consejeros que constituyen
los órganos rectores del Banco de España. Esa consulta ha de ser previa a
su nombramiento, ha de recabarse la opinión del Parlamento puesto que el
Parlamento ha de emitirla necesariamente para constituir órganos rectores
de entidad tan esencial en nuestro sistema como es el Banco de España.

Creemos que la justificación de esta propuesta va de suyo y no hace falta
argumentar más en este sentido. Pensamos que sería contraproducente desde
el punto de vista de la autonomía de los órganos rectores del Banco de
España que no hubiese esta consulta previa a las Cortes Generales de cada
uno de los ocho miembros mencionados.

En quinto lugar, y también referidas a estos miembros de los órganos
rectores, nuestras enmiendas proponen que, precisamente para garantizar
la plena independencia en las decisiones adoptadas en los órganos
rectores del Banco de España, el mandato de los Consejeros no sea
renovable, por tanto, que se trate de un mandato único, aunque, eso sí,
se amplíe de los cuatro años previstos en el proyecto de ley a seis años
y sea un mandato único y no renovable. Para no hacer coincidir en el
tiempo la renovación del Gobernador y Subgobernador con la renovación de
los Consejeros, proponemos que se amplíe por un año el mandato del
Gobernador



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y Subgobernador, que pasaría a siete años y no seis como prevé el
proyecto de ley.

Por último, con una importancia mucho más reducida, proponemos que la
compensación a percibir por los miembros de los órganos rectores del
Banco de España, una vez finalizados sus períodos de mandato
--compensación monetaria por dos años y que con determinadas condiciones
podrían recibir por importe de hasta el 80 por ciento de sus
retribuciones--, solamente se produzca cuando dichos miembros de los
órganos rectores no realicen actividad retribuida alguna, ni por cargo
público ni tampoco por trabajo de carácter privado, con la excepción, eso
sí --mantenemos esta regla de excepcionalidad--, de las actividades
correspondientes a la docencia, ya sea en instituciones públicas o
privadas.

En definitiva, creemos que el proyecto de ley puede mejorarse, bien en
este trámite o bien en el de Pleno y, en ese sentido, mantendremos todas
nuestras enmiendas en espera de las transaccionales que se nos puedan
ofrecer por los otros grupos.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Utrera.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador
Maximino Valle.




El señor VALLE GARMENDIA: Muchas gracias, señor Presidente.

Primero defenderemos dos enmiendas, las números 80 y 81, del Grupo
Socialista, para pasar posteriormente a responder a las enmiendas
presentadas por el resto de los Grupos.

El Grupo Parlamentario Socialista mantiene viva la enmienda número 80,
que es una modificación al artículo 29, sobre régimen sancionador. La
razón de presentar esta enmienda es porque, salvo lo establecido en la
Ley 9/1991 en cuanto a incompatibilidades y deber de inhibición, cuya
infracción se sanciona exclusivamente mediante la publicidad de las
infracciones, no existen todavía normas administrativas específicas que
regulen con carácter general para los altos cargos la infracción de los
deberes mencionados en el artículo 29 de la Ley, si bien es cierto que
algunas de tales conductas pueden entrañar infracciones penales como, por
ejemplo, el deber de secreto, o administrativas, como es la utilización
de información privilegiada en el mercado de valores. Entendemos que en
tanto no se dicten tales normas y presumiblemente se endurezcan las
sanciones en caso de incompatibilidades, parece recomendable que se
establezca un régimen sancionador provisional y específico para los altos
cargos del Banco susceptible de aplicación a eventuales infracciones que
se cometan con posterioridad a la entrada en vigor de la ley. En este
sentido, en la enmienda que presenta el Grupo Socialista se establece que
serán sancionables con multa de hasta 20 millones de pesetas. Esta no es
una cifra mágica, y si el resto de los grupos lo tuviera a bien, el Grupo
Socialista no tiene inconveniente en que esa cifra se eleve hasta los 50
millones de pesetas, dado que tendríamos como percha para poner los 50
millones la Ley de Trasposición de la Segunda Directiva Bancaria, que
modificó el artículo 105 de la Ley de Mercado de Valores, donde se
contempla la multa de 50 millones de pesetas. Y quiero aclarar, señor
Presidente, que por un error del Grupo Socialista, en la enmienda aparece
la cifra entre paréntesis, por lo que solicitamos que desaparezca dicho
paréntesis. Y si los demás Grupos Parlamentarios estuvieran de acuerdo en
elevarlo a 50 millones, presentaríamos ahora una enmienda transaccional
en el sentido de pasar de 20 a 50 millones.

La enmienda 81 pretende la adición de un nuevo artículo 30, que paso a
leer: «Lo dispuesto en los artículos 6, 26.2, 28 y 29 será también
aplicable al Secretario y Directores Generales del Banco, y al
representante del personal al que se refiere el artículo 20.2. Para todos
ellos el régimen sancionador establecido para el personal del Banco en su
Reglamento interno tendrá carácter supletorio.» La justificación de esta
enmienda está en el compromiso ya adquirido en el Congreso por el Grupo
Parlamentario Socialista cuando se plantea poner algún tipo de sanción a
los miembros que no son Consejeros del Banco pero que están dentro de las
deliberaciones, como es el caso del Secretario, los Directores Generales
y el representante de personal. Respetando aquel compromiso que
adquirimos en el Congreso, presentamos esta enmienda en el trámite del
Senado.

Señor Presidente, para responder al resto de las enmiendas haremos dos
turnos. La Senadora Zabaleta responderá a los dos primeros Capítulos y yo
al resto de la ley.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: La Senadora Zabaleta tiene la palabra.




La señora ZABALETA ARETA: Muchas gracias, señor Presidente.

En primer lugar, al igual que el resto de los portavoces de los grupos
parlamentarios, quiero indicar la satisfacción por la aprobación y
presentación de este proyecto de ley, en la medida en que entendemos que
nos acerca y que da un paso más en todo lo que significa la homologación
en los comportamientos y funcionamiento de las instituciones al
desarrollo de los Tratados de la Unión Europea y, en este caso, en la
política monetaria y la autonomía del Banco de España.

También queremos felicitarnos por el alto grado de debate que ha habido
en torno a las propuestas acerca de este proyecto de ley en todo el
trámite parlamentario, tanto en la anterior legislatura, donde se inició
el debate de este proyecto de ley, como en ésta, en la que,
afortunadamente, lo vamos a culminar.

En ese sentido, y sin más dilación, voy a responder a algunas de las
enmiendas que se han presentado por parte de los portavoces, comenzando
por la Exposición de Motivos, a la cual se presentan dos enmiendas: la
número 1, del Grupo de Coalición Canaria, y la número 35, del Grupo
Parlamentario Popular. El Grupo Parlamentario Socialista va a rechazar,
en primer lugar, la enmienda de Coalición Canaria, que ahonda en la misma
filosofía y principio que



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las enmiendas a los artículos 7.2, 7.3, 7.4, etcétera, porque el espíritu
y el concepto de los bancos regionales no encaja con el espíritu y con la
filosofía de este proyecto de ley. En consecuencia, vamos a rechazar esta
enmienda, así como las otras que tienen la misma tónica y que ahondan en
el mismo principio.

En cuanto a la enmienda número 35, del Grupo Parlamentario Popular,
pensamos que es más idóneo, más ajustado y encaja mejor el texto del
proyecto de ley cuando dice: «podrá informar», en lugar de «informará»,
en la medida en que si continuamos la lectura del mismo proyecto de ley,
en el artículo 10.2, al que alude esa enmienda, el deber de información
está también matizado con la expresión: «en su caso».

En cuanto a las enmiendas al capítulo I, vamos a rechazar la enmienda
número 9, del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, por
entender que en los ámbitos que son distintos del monetario, el Gobierno
y el Ministerio de Economía y Hacienda pueden establecer directrices
vinculantes para el Banco de España. No así --el texto del proyecto de
ley lo especifica muy bien-- en todo lo que son objetivos de la política
monetaria. En ese sentido, rechazamos la enmienda número 36, del Grupo
Parlamentario Popular. Nos parece que redunda en un concepto explícito
claramente en la ley. Y en el artículo 10.2, al que aludía con
anterioridad, vamos a rechazar también la enmienda número 37, del Grupo
Parlamentario Popular, ya que nos parece que restringe la competencia de
supervisión financiera del Banco de España. Creemos que ésta es una
actividad que debe desarrollar el Banco de España. Coherentemente con
esto, rechazaremos también todas aquellas enmiendas que el Grupo
Parlamentario Popular va a presentar con respecto a esta tarea de
supervisión.

Nos parece que el Banco de España debe seguir dictando circulares con
carácter de normas reglamentarias, tanto en el campo de la política
monetaria como en el de la supervisión financiera. Incluso, la
experiencia de los últimos años pone de manifiesto la utilidad práctica
de este eslabón normativo y, por ello, votaremos en contra de la enmienda
número 38, del Grupo Parlamentario Popular.

Lo mismo va a ocurrir con la enmienda número 4, del Grupo Parlamentario
de Coalición Canaria del Senado, por los mismos argumentos que hemos
establecido antes en cuanto a la filosofía de los bancos regionales.

No vamos a aceptar la enmienda número 39, del Grupo Parlamentario
Popular, porque nos parece que no es posible escindir el Banco de España
en cuanto que es un ente público en razón de sus funciones, aplicando en
cada caso un régimen jurídico diferente. Incluso, creemos que esto podría
ser entendido como un retroceso frente a la vigente Ley de Organos
Rectores.

Tampoco estamos de acuerdo con la enmienda número 43, del Grupo
Parlamentario Popular, por las mismas razones en cuanto a la tarea de
supervisión. Asimismo, vamos a rechazar la enmienda número 37, que
presenta dicho grupo.

En cuanto a la enmienda número 42, del Grupo Parlamentario Popular, se
acepta el sentido y el contenido de la misma a través de la enmienda
número 81, cuyo texto ha sido defendido anteriormente por mi compañero.

En ese sentido, pensamos que es una redacción que puede acomodarse a las
expectativas de la enmienda número 42, del Grupo Parlamentario Popular.

En otro orden de cosas, y con respecto a este Capítulo I, vamos a seguir
estudiando la enmienda número 2, del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria del Senado, donde se introduce el concepto de control, respecto
del cual pensamos que todavía debemos intentar buscar hasta el trámite
del Pleno --si es posible-- una redacción más precisa. Entendemos que el
propio texto ya habla de la fiscalización del Tribunal de Cuentas, pero
al Grupo Parlamentario Socialista le interesa que en este proyecto de ley
aparezcan definidas, lo más perfectamente posible para todos los grupos,
estas medidas de control. Por ello, creo que la transacción que
proponemos al Grupo Parlamentario Popular con respecto a su enmienda
número 40 tal vez pueda ser satisfactoria no solamente para esas
expectativas del Grupo Parlamentario Popular en esta enmienda, sino
también para las del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del Senado.

La propuesta de enmienda transaccional que hacemos a la enmienda número
40, del Grupo Parlamentario Popular dice: El presupuesto de gastos de
funcionamiento e inversiones del Banco de España, una vez elaborado por
su Consejo de Gobierno, según el artículo 21, será remitido al Gobierno,
que lo trasladará a las Cortes Generales para su aprobación. El
presupuesto del Banco de España tendrá carácter estimativo y no será
objeto de consolidación con los restantes presupuestos del sector público
estatal.

Con respecto a la enmienda número 10, del Grupo Parlamentario de
Senadores Nacionalistas Vascos, entendemos perfectamente su espíritu y,
por tanto, también planteamos un texto transaccional que sustituya el
actual texto donde dice: «Congreso de los Diputados», por «Cortes
Generales» y «Reglamento de la Cámara», por «Reglamentos parlamentarios».

Después de esta intervención, la transacción de dicho texto será
inmediatamente comunicada a la Presidencia y a la Mesa.

En este Capítulo I el Grupo Parlamentario Socialista presenta cuatro
enmiendas: las números 67 a la 70. En la enmienda 67 se sustituye: «con
arreglo a lo previsto en la Constitución Española», por: «con arreglo a
lo previsto en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico», porque
nos parece que es una precisión técnica más ajustada.

Las enmiendas números 68 y 69 están recogidas en el Informe de la
Ponencia.

La enmienda número 70 es una mejora técnica para dar una mayor
transparencia a las cuentas del Banco de España, ya que obliga al
desglose de operaciones. Pensamos que puede ser satisfactoria ya que
coincide con la número 41, del Grupo Parlamentario Popular, y con la
número 24, del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió.

En cuanto al Capítulo II, vamos a votar en contra de las enmiendas
números 2, 4 y 5, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del
Senado, por las mismas razones que he expuesto con anterioridad.

Rechazamos la enmienda número 45, del Grupo Parlamentario Popular, porque
elimina de nuevo el concepto de



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relación del Banco de España con otras entidades de supervisión.

Rechazamos la enmienda número 6, del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria del Senado, porque nos parece que en el texto del Congreso ya se
contempla el que una norma reglamentaria determine cómo se podrán imponer
las obligaciones de las que habla el proyecto a personas que no sean
entidades de crédito.

También votaremos en contra de la enmienda número 11, del Grupo
Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, porque nos parece que no
es bueno que la ley especifique la necesidad de que los préstamos estén
debidamente garantizados.

Rechazamos las enmiendas números 12, 13, 14, 15 y 25, del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, porque
entendemos que los coeficientes de caja constituyen un instrumento de
política monetaria y creemos que conviene que la ley fije las líneas
generales de dicho coeficiente. De ahí nuestro acuerdo de fondo con la
manera en que están redactados estos artículos.

Rechazamos también la enmienda número 46, del Grupo Parlamentario
Popular, por las mismas razones que he expuesto en las enmiendas números
37 y 45.

Rechazamos la enmienda número 16, del Grupo Parlamentario de Senadores
Nacionalistas Vascos. Nos parece mejor la redacción del texto, ya que en
este artículo 10.2 es más conveniente que se cite la prohibición de que
el Gobierno dé instrucciones en política monetaria.

Rechazamos la enmienda número 30, de Izquierda Unida, por establecer un
sistema de moción de censura que no encaja en la filosofía del proyecto
ni en el Tratado de la Unión Europea y la enmienda número 47, del Grupo
Popular, ya que nos parece excesivo que se haga referencia a las
corporaciones locales en este artículo. Tendríamos que introducir
criterios discriminatorios entre los propios ayuntamientos.

Rechazamos la enmienda número 49 porque nos parece conveniente que el
Banco de España siga manteniendo la central de anotaciones, siendo
titular de las cuentas y entidad gestora del mercado de la Deuda Pública.

Con respecto a la enmienda número 44, del Grupo Parlamentario Popular,
pensamos que damos una redacción más idónea en la enmienda 73 que plantea
el Grupo Parlamentario Socialista, junto con la 71, 72 y 74, que están ya
admitidas en Ponencia.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Valle Garmendía.




El señor VALLE GARMENDIA: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a contestar Grupo por Grupo, por lo que posiblemente termine antes.

Al Grupo Parlamentario Mixto no le puedo responder, porque no sabemos la
argumentación. Pero sí quiero decirle que la segunda parte de la enmienda
número 33 plantea un tema que el Grupo Parlamentario Socialista no tiene
cerrado y que posiblemente en el Pleno estaremos en condiciones de
ofrecer una transaccional. En cuanto al resto de las enmiendas, también
las contestaremos en el Pleno.

En cuanto a Coalición Canaria, que tiene dos enmiendas a esta parte, las
números 7 y 8, tengo que decir, con la misma argumentación que daba mi
compañera, que no se contempla en la filosofía de este proyecto, por lo
que votaremos en contra.

En cuanto a las enmiendas 17, 19 y 20, del Grupo Parlamentario de
Senadores Nacionalistas Vascos, que son de sustitución y modificación,
nosotros entendemos que la composición de los órganos del Banco quedó
adecuadamente definida en el proyecto aprobado en el Congreso. Por tanto,
no vamos a votar a favor de las enmiendas que presentan por mantener lo
que se aprobó, prácticamente por unanimidad, en el Congreso.

En lo referente a la enmienda número 18, no sé si la mantendrán o no,
dado que la enmienda 76, del Grupo Parlamentario Socialista, que está
admitida en Ponencia marca que sean diez reuniones del Consejo al año. Lo
que no sé es si mantendrá el hecho de que en vez de número sea letra. Si
es en este sentido, que se pongan los diez en letra, presentaríamos una
transacción.

La enmienda número 21 solicita la creación de un comité consultivo.

Nosotros creemos que la creación del comité que proponen los Senadores
Nacionalistas Vascos no encaja con la filosofía del proyecto, por lo que
vamos a votar en contra.

A la enmienda número 22, señor Torrontegui, le presentamos una
transaccional del siguiente tenor: La tributación y demás condiciones de
empleo del Gobernador, del Subgobernador y de los consejeros serán
fijadas por el Ministro de Economía y Hacienda a propuesta del Consejo de
Gobierno del Banco. Las Cortes Generales serán informadas de dicho
régimen retributivo y de empleo.

¿Por qué la presentamos así? Nosotros entendemos que debe mantenerse el
régimen del Congreso, que fue fruto de una enmienda de Izquierda Unida,
por la cual es el Ministro quien fija las retribuciones, previa propuesta
del Banco. Pensamos que tras los cambios introducidos en el Congreso no
tiene sentido la diferenciación de régimen aprobatorio entre consejeros
natos y nonatos, sin perjuicio, obviamente, de que el Ministro, al fijar
las retribuciones, pueda decidir distinguir entre unas y otras. Y
entendemos que la información a las Cortes debe referirse a la totalidad
del régimen de empleo, no sólo a los aspectos estrictamente retributivos.

Por eso ofrecemos esta transaccional, que también puede servir a la
enmienda número 62, del Grupo Parlamentario Popular, si lo entienden como
yo.

En cuanto a la enmienda número 23, que es una nueva disposición adicional
quinta, creo que en cierta medida se olvida de que la política monetaria
es competencia exclusiva del Estado. Es lo mismo que la enmienda número
29 de Convergència. Nosotros pensamos que eso es competencia exclusiva
del Estado, por lo que votaremos en contra de ambas enmiendas.

En lo relativo a las enmiendas defendidas por el señor Marca, de
Convergència i Unió, tengo que decir que la número 26 entró en Ponencia y
que estamos de acuerdo con la número 27, por lo que votaremos a favor,
pero solicitando



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al señor Marca que retirara, en tal caso, el segundo párrafo de la
enmienda, porque entendemos que es una especie de residuo de una antigua
enmienda de Convergència en el Congreso y que es anterior a una enmienda
que prosperó en el Congreso, presentada por el Partido Popular, sobre el
«blind trust» y una vez admitida esa enmienda no tiene razón de ser ese
segundo párrafo. Votaríamos a favor de la enmienda 27 de Convergència sin
ese segundo párrafo.

En cuanto a la enmienda número 28, le invitaría a retirarla, dado que nos
parece que tiene mejor redacción la enmienda número 81, presentada por el
Grupo Parlamentario Socialista, que defendí con anterioridad.

En lo referente a la enmienda número 29, digo lo mismo que he dicho antes
al Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos con respecto a
la adicional nueva.

Entro brevemente en las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario
Popular.

En cuanto a la enmienda número 50, que sería una modificación del
apartado 1.d) y no del 1.b), ya que éste es del Subgobernador y ustedes
pretenden la modificación relativa al Director General del Tesoro,
nosotros entendemos que las normas deben hacer referencia a los cargos
vigentes y en caso de reorganización de las normas, ya se hará la
oportuna atribución de funciones. Por tanto, debe mantenerse el texto tal
y como está.

En lo referente a la enmienda número 51, que es de modificación al
artículo 21.1, yo creo que vale lo mismo que ha dicho mi compañera para
la enmienda 37, es decir, que el Banco de España debe retener sus
competencias de supervisión financiera. Por tanto, votaremos en contra de
esta enmienda.

En cuanto a la enmienda número 52, nosotros ya hemos presentado la 76,
donde introducimos las diez reuniones al año. No sé si ustedes mantendrán
la enmienda. De todas formas, entendemos que la importancia que va a
tener el Consejo de Gobierno y la necesidad de que se mantenga un cierto
equilibrio de poder con la Comisión Ejecutiva justifica que en la ley se
establezca el número mínimo de reuniones, que es lo que ustedes no marcan
y dicen que se debe hacer a propuesta del Gobernador. Nosotros creemos
que el criterio que se mantiene en el Tratado de la Unión Europea es el
de marcar específicamente el número de reuniones anuales.

La enmienda número 53 es de supresión y le contesto lo mismo que a la de
antes en cuanto a la competencia financiera.

En lo relativo a las enmiendas números 54, 55 y 56, quiero recordarle que
tal y como está en el texto es una transaccional que se aprobó por
unanimidad en el Congreso, que ustedes también votaron, aunque dijeron
entonces que mantenían estas enmiendas. Nosotros, evidentemente, vamos a
mantener el texto que viene del Congreso, dado que es fruto del consenso
de todos los grupos parlamentarios.

En lo referente a las enmiendas números 57 y 58, nosotros entendemos que
se deben mantener los plazos establecidos de seis años y no aumentar un
año más, como ustedes pretenden.

En cuanto a la enmienda número 59, que es una modificación al artículo
25, consideramos fundamental para el buen funcionamiento de la Comisión
Ejecutiva que el mandato específico de sus miembros coincida con su
mandato ordinario como consejeros. La renovación anticipada, como
pretenden ustedes, de la Ejecutiva iría en contra del carácter técnico y
ejecutivo que se quiere dar a este órgano. Por tanto, también votaremos
en contra.

La enmienda número 60, no sería de modificación, sino de adición, por lo
que yo he visto, y nos parece más adecuada la enmienda 80 del Grupo
Parlamentario Socialista. De ahí que le invitemos a retirarla.

En cuanto a la enmienda 61, le decía ayer que no lo tenemos muy claro,
por lo que lo dejaremos abierto hasta el Pleno, aunque sí es cierto que
su enmienda nos parece excesivamente rigurosa porque, al eliminar usted
la posibilidad de la compensación tanto en el sector público como en el
privado, parece que mantienen esa indemnización como si fuera una
prestación por desempleo, lo que no responde a la naturaleza del 80 por
ciento que cobrarían una vez que dejaran de realizar su trabajo habitual.

La filosofía es dar esa indemnización, dado que se les prohíbe ejercer su
trabajo habitual durante dos años, pero no considerarlo como una
prestación por desempleo. No obstante, seguimos estudiando su enmienda y
no la damos por cerrada.

En cuanto a la enmienda número 62, creo si estudian la transaccional que
se ha ofrecido al Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos,
podremos llegar a un acuerdo en cuanto a la modificación del artículo 27.

En cuanto a la enmienda número 63, creo que la enmienda de modificación
que ustedes presentan al artículo 28 está mejor tratada en la enmienda
número 81 presentada por el Grupo Socialista.

En cuanto a la enmienda número 64, al igual que en otras enmiendas,
entendemos que el Banco de España tiene que seguir manteniendo sus
competencias de supervisión financiera, por lo que votaremos en contra de
la misma.

En lo que respecta a las enmiendas números 65 y 66, que están ligadas y
que proponen una modificación de una disposición transitoria, nosotros
entendemos que lo que pretenden está mejor resuelto en la disposición
final segunda que en la modificación de la transitoria primera. Por
tanto, vamos a votar en contra y, como consecuencia, lógicamente,
rechazaremos también la enmienda número 66, por la que ustedes solicitan
la supresión, en coherencia con la número 65, de la disposición final
segunda.

Señor Presidente, con esto terminamos y quedamos a disposición de los
grupos en cuanto a las transaccionales que hemos ofertado.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Si tienen la bondad de pasarlas a la Mesa, ésta podrá seguir con mayor
detenimiento el posicionamiento de los grupos.




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Se abre un turno de portavoces. Empezamos por el portavoz del Grupo
Mixto, don Andrés Cuevas.




El señor CUEVAS GONZALEZ: Gracias, señor Presidente.

En el Grupo Mixto y en Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya
entendemos que ésta es una ley que se ha tramitado por el procedimiento
de urgencia, y yo creo que muchas veces los reglamentos nos condicionan,
así como lo que sucede en este tiempo político, pero aunque creemos que
esta urgencia es necesaria, me parece que habría que introducir algún
elemento corrector porque los miembros de esta Comisión que no
pertenecemos a la Ponencia jugamos con desventaja. Podemos decir en tono
coloquial que algunos lo cuecen y otros nos lo comemos, y yo creo que
temas tan importantes como éstos deberíamos cocerlos entre todos. Esta es
una cuestión puramente de método, con el fondo político que debe tener y
que tiene.

Nosotros hemos planteado un bloque de enmiendas, pocas, porque esta ley
ha tenido un amplio consenso en el Congreso de los Diputados, de lo que
nos felicitamos, pero creemos que, sobre todo en cuanto a la elección de
algunos miembros del Banco de España y a la cuestión del control, el
resultado no ha sido bueno, y a las pruebas me remito. Por eso
entendíamos nosotros que, al igual que en el sistema parlamentario que
tenemos las Cortes Generales eligen al Presidente del Gobierno y a otras
instancias, no veíamos, ni vemos, ningún inconveniente para que al
Gobernador del Banco de España lo elijan las Cortes Generales. Lo digo
porque el método que se ha empleado hasta ahora parece que no ha dado muy
buen resultado, y sería oportuno y bueno cambiarlo.

En segundo lugar, en cuanto al tema del control, nosotros no hemos
planteado nuestra enmienda número 30 como una moción de censura, sino que
pensamos que en algún sitio habrá que sustanciar las posibles
responsabilidades de los directivos por la mala marcha del Banco de
España, y creemos que en el sistema parlamentario que tenemos, además del
Gobierno, existen las Cortes Generales, en las que reside, sin apelar a
la demagogia, porque es la realidad, la soberanía de los ciudadanos
españoles. Por tanto, al igual que el Gobierno rinde cuenta, o al menos
debería rendirla, ante las Cortes Generales, creemos que una entidad tan
importante como es el Banco de España, que tiene una importancia
fundamental en la política económica, también debería dar cuenta pública
y abiertamente ante los representantes soberanos. Los controles secretos
parece que también han dado mal resultado, por lo que creemos que no es
malo que el Gobernador del Banco se someta a un control parlamentario, y
por ello hemos pedido votación cualificada, para que no se produzcan
elementos de tensiones partidistas y de coyunturas de alianzas. Por eso
creemos que nuestras enmiendas son bastante razonables y que van en la
línea de lo que todos decimos en estos días en cuanto a que hay que ser
transparentes como el cristal. Lo único que hace falta es practicarlo, y
nosotros pretendemos que se ponga en práctica a través de esta enmienda.

En cuanto a la enmienda transaccional que nos ha ofrecido el portavoz del
Grupo Parlamentario Socialista, como siempre, y en nuestro ánimo de
colaborar en una oposición reducida pero constructiva, estamos abiertos a
lo que digan los compañeros, que son los que tienen la mayoría.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Cuevas.

Tiene la palabra el Senador Armas.




El señor ARMAS RODRIGUEZ: Gracias, señor Presidente.

Nosotros vamos a mantener nuestras enmiendas para su posterior defensa en
Pleno.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias.

El Senador Torrontegui tiene la palabra.




El señor TORRONTEGUI GANGOITI: Muchas gracias, señor Presidente.

Agradecemos el tono y la disposición de los Senadores socialistas. Sin
embargo, tenemos que hacer algunas aclaraciones.

En principio, nosotros tampoco hemos presentado ninguna enmienda de veto
porque estamos de acuerdo en el concepto general de autonomía del Banco
de España. Sin embargo, en otros temas que parece que tenemos que
defender siempre, como las competencias de los Estatutos en cuanto a
ordenación de crédito, banca y seguros, creemos que debemos tener una
mayor participación que la que nos otorga este proyecto de ley.

Nosotros sabemos lo que es una autonomía y una independencia, y también
entendemos de consensos, por lo que creo que podemos llegar a conseguir
unas ampliaciones del tema que nos ocupa y nos preocupa. Creemos también
que en estos momentos estamos adaptando una ley europea a nuestro
contexto político.

En cuanto a las enmiendas transaccionales que se nos ofrecen, y
concretamente la enmienda número 10, no entendemos una vez más la manía
del Grupo Parlamentario Socialista de no aprobar la totalidad de la
enmienda que nosotros proponemos. Creemos que se trata de algo muy
sencillo, pero no entendemos qué rubor existe y no sé quién es el técnico
de turno que tiene que oponerse a algo tan simple.

Se aprueba nuestra enmienda, excepto un trozo que dice: A cualesquiera de
las Comisiones del Congreso o del Senado o mixtas de ambas Cámaras...,
cuando realmente de forma idéntica aparece en el artículo 10, apartado 2.

Y yo no entiendo por qué no se deba poner. ¿Quizá porque es suficiente
que aparezca en los Reglamentos parlamentarios? Si esto fuera así, yo
estaría de acuerdo con la enmienda transaccional, pero, de otra forma, me
gustaría que la Comisión decidiera entre nuestra enmienda o la
transaccional que se nos propone. Yo creo que, desde luego, la
transaccional mejora el texto de la ley, por lo que nosotros estaríamos
de acuerdo en aceptarla, pero me gustaría que



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alguna vez se aceptara la enmienda completa, que no pasa nada.

En cuanto a la otra enmienda transaccional ofrecida por el Grupo
Socialista, diré que hay una cuestión de fondo un poco distinta. Nuestro
Grupo siempre se preocupa de la calidad con la que debe salir una ley,
por tanto, se agradece que al menos se nos tenga en consideración y,
además, que seamos útiles a la hora de colaborar en la mejora técnica.

Este artículo mejoraba con nuestra redacción y el Grupo Parlamentario
mayoritario ha creído oportuno enmendarlo a través de una propuesta
nuestra, y creemos que el resultado es favorable y que también mejora el
contenido de la ley. La cuestión de fondo es que nosotros pretendíamos
que fuese el Consejo de Gobierno y no el Ministerio de Hacienda el que
fijara estas retribuciones, pero creo que tampoco es una cosa
excesivamente importante. En principio, estaríamos de acuerdo con admitir
esta transaccional puesto que, en el fondo, nuestra justificación era la
diferencia entre los natos y los nonatos, y esto se elimina.

También retiramos la enmienda número 18 porque creemos que es mucho mejor
la que propone ahora mismo el Grupo Parlamentario Socialista.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Torrontegui.

Tiene la palabra el Senador Marca.




El señor MARCA I CAÑELLAS: Gracias, señor Presidente.

No sé si será correcto o no el hecho de que se pueda adaptar al texto
nuestra enmienda número 27 si digo en este momento que retiramos el
último párrafo, o si tiene que hacerse mediante una enmienda
transaccional.




El señor PRESIDENTE: Tiene que presentarse una enmienda transaccional a
la Mesa. Pero si usted lo dice, y después lo escriben entre los dos
ponentes, es mucho más fácil.




El señor MARCA I CAÑELLAS: Sí, señor Presidente, estamos de acuerdo en
retirar este último párrafo que empieza en: «Las limitaciones
aplicables...» y que acaba en: «... Comisión Nacional del Mercado de
Valores.»
Una vez analizado, verdaderamente tienen razón en que puede que sea mejor
la redacción de la enmienda del Grupo Socialista y, por tanto, retiramos
también en este momento la enmienda número 28.

Mantenemos vivas, para su defensa en el Pleno, las enmiendas números 25 y
29.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Marca.

Tiene la palabra el Senador Utrera.




El señor UTRERA MORA: Gracias, señor Presidente.

A la enmienda número 40, presentada por nuestro Grupo, se le ofrece una
transacción que, aunque no sea del todo satisfactoria, estamos dispuestos
a aceptar.

Retiramos las enmiendas números 41 y 42, puesto que se han incorporado
enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
Unió y algunas nuevas del Grupo Parlamentario Socialista que insisten en
los mismos aspectos. En cuanto a la redacción, es cuestión de opinión qué
enmienda es mejor, pero estamos hablando de matices y, por tanto, las
retiramos en favor de las enmiendas ya incorporadas al informe de la
Ponencia o que se van a transaccionar en este acto.

Retiramos también la enmienda número 63 por la misma razón que la
enmienda número 42, porque los criterios de esta enmienda ya han sido
incorporados en una de las enmiendas del Grupo Socialista.

Por lo demás, y haciendo una valoración de la intervención en contra de
las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular por parte de
los portavoces socialistas, creo que en algunos aspectos no se han
mencionado los objetivos de nuestras enmiendas. Por ejemplo, no se ha
mencionado --y es importante decirlo, porque si no nuestras enmiendas
carecen de valor-- que no es una cuestión de plazos lo que nosotros
establecemos en nuestras enmiendas para los consejeros de los órganos
rectores del Banco de España, sino sencillamente el hecho de que no
admitimos la renovación, porque pensamos que quien esté pendiente de una
renovación deja de ser independiente o, al menos, absolutamente
independiente en su participación en los órganos rectores del Banco de
España. Así podríamos hablar de algunas otras enmiendas. Seguimos
pensando que son enmiendas apropiadas para mejorar ese texto. Por tanto,
con la excepción de las cuatro enmiendas mencionadas, mantenemos todas
las demás para el debate en el Pleno.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Utrera.

Tiene la palabra el Senador Valle.




El señor VALLE GARMENDIA: Gracias, señor Presidente.

Deseo contestar a lo que ha dicho el Senador Cuevas, con la gracia que
siempre le caracteriza. No creo que venga aquí a trabajar de oído, aquí
nadie «cuece y otros tragan». Su Grupo fue capaz de incorporar muchas
enmiendas en el Congreso. Yo creo que éste es un proyecto que viene de
muy atrás, que ya se debatió en la anterior legislatura, y en el nuevo
proyecto presentado por el Gobierno ya venían introducidas muchas
enmiendas; se ha hecho un esfuerzo importante en el Congreso con la
admisión de enmiendas, se ha llegado a acuerdos a través de enmiendas
transaccionales, y aquí volvemos a hacer otra vez el esfuerzo.

Evidentemente, ninguna ley va a quedar a gusto de todo el mundo, pero
creo que se ha hecho un esfuerzo importante en esta ley por parte de
todos los grupos. Yo pienso que su Grupo puede estar contento de lo que
ha aportado a esta ley. Me ha llamado la atención que usted no defendiera
previamente las enmiendas y que lo hiciera con posterioridad. Por tanto,
yo seguiré diciéndole que le contestaré en el Pleno.




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El Senador Armas mantiene sus enmiendas, también le contestaremos en el
Pleno.

El Senador Torrontegui sigue con su discurso autonómico. Creo que este
discurso ya fue respondido en el Congreso. No voy a contestarle ahora,
porque no quiero ser más autonomista o más nacionalista que usted, pero
ésta es la ley de autonomía del Banco de España. No estaría mal que, al
menos, diéramos a las palabras el significado que tienen, y España es
España. Todavía estamos en un Estado autonómico, no estamos en los
«länder» alemanes. No sé cómo quiere que se lo expliquemos, señor
Torrontegui.

En cuanto a que admitamos las enmiendas por partes y podamos
transaccionar, le diré que usted sabe que ésa es una técnica
parlamentaria. La utilizan ustedes mucho en el País Vasco también.

Me congratula que admita la enmienda transaccional. Ha retirado la
enmienda número 18. No obstante, hemos presentado también una transacción
a la Presidencia a efectos de que desaparezca el diez en número y que
aparezca el diez en letra.

Senador Marca, gracias por el tono y por retirar la enmienda número 28 y
el último párrafo de la enmienda número 27. En el Pleno contestaremos a
las dos enmiendas que mantiene vivas.

También agradezco al Senador Utrera el tono que ha empleado. Dice que no
hacemos mención de los objetivos. En las Comisiones siempre intento
contestar una a una a las enmiendas y, por tanto, a lo mejor caigo en la
trampa de entrar en el detalle de la enmienda y no contestar a la
globalidad. En tal caso, el discurso del Pleno está para entrar en la
globalidad. He querido contestar una a una a sus enmiendas porque muchas
veces se dice que no se contestan. En tal caso, en la discusión en el
Pleno entraremos en los objetivos de sus enmiendas y en un debate más
globalizado y no tan pormenorizado de las enmiendas.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: La Senadora Zabaleta tiene la palabra.




La señora ZABALETA ARETA: Muchas gracias, señor Presidente.

Intervengo solamente para responder al Senador Torrontegui con respecto a
la enmienda número 10. Venía a decir su señoría que sospechaba que era
una respuesta más o menos caprichosa el decir que sólo admitíamos una
parte de la enmienda, y además hablaba del artículo 6, que trata del
deber de secreto, en comparación con el artículo 10, que trata de la
información y control en materia de política monetaria. A nosotros nos
parecen cualitativamente diferentes ambos artículos. En uno se habla de
la información y control en materia de política monetaria, por tanto,
información general, y nos parece bien que la ley especifique y hable de
los reglamentos parlamentarios y de cualquiera de las Comisiones del
Congreso o del Senado o mixtas de ambas Cámaras. Otra cosa es el
tratamiento del deber de secreto, que si bien entendemos y admitimos la
propuesta que hace el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas
Vascos de que el Senado debe ser una parte actuante en esta materia, es
decir que no solamente el Congreso sino que también el Senado debe tener
la posibilidad de conocer información sometida al deber de secreto, nos
parece mejor que la ley no hable de reglamentos parlamentarios y que, por
una razón de cautela, se tome en cada momento la decisión de en qué
Comisión debe llevarse a cabo esa tarea; es decir, que sea una elección
de ese momento o de esa circunstancia y sin que tenga que estar
especificado en el texto de la ley. Por eso, nos parece mejor esta
redacción, pero no es ni una intención caprichosa ni tampoco una
intención de sesgar políticamente las aportaciones de otros Grupos
parlamentarios, en este caso de los Senadores Nacionalistas Vascos.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Finalizado ya el turno de defensa de enmiendas y turno de portavoces,
vamos a proceder al dictamen definitivo en Comisión de este proyecto de
Ley. Siguiendo la posibilidad que ofrece el Reglamento, pregunto a los
miembros de la Comisión si aceptan las transaccionales que se han
discutido y debatido en el día de hoy que, a modo de recordatorio, si no
me he equivocado en el seguimiento de los debates, son las siguientes:
Hay una autotransaccional del Grupo Socialista a la enmienda número 80,
que propone sustituir: «con multas de hasta 20 millones», por: «con
multas de hasta 50 millones». Hay una transaccional a la enmienda número
40, del Grupo Parlamentario Popular. Hay una transaccional a la enmienda
número 10, del Partido Nacionalista Vasco. Hay una transaccional a la
enmienda número 22, también del Partido Nacionalista Vasco, y una
transaccional a la enmienda 27, párrafo segundo, de Convergència i Unió,
más las enmiendas números 80 y 81, del Grupo Socialista. Este es el
sucinto esquema del debate que se ha producido anteriormente.

Pregunto a la Comisión, en consecuencia, si acepta incorporar estas
transaccionales al dictamen de la Comisión. (Pausa.)
El Senador Utrera tiene la palabra.




El señor UTRERA MORA: Muchas gracias, señor Presidente.

Aunque no tenga mayor eficacia práctica, nosotros aceptamos todas ellas,
excepto la transaccional a la enmienda número 22.




El señor PRESIDENTE: Tomamos nota.

El Senador Valle tiene la palabra.




El señor VALLE GARMENDIA: Muchas gracias, señor Presidente.

El Grupo Socialista admite todas las transaccionales y las enmiendas
números 80 y 81.




El señor UTRERA MORA: Obviamente se me ha pasado comentar antes que vamos
a aceptar las enmiendas números 80 y 81, del Grupo Socialista.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, Senador Utrera.




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Senador Marca, ¿está usted de acuerdo también con las transaccionales y,
en consecuencia, su voto como ponente es positivo?



El señor MARCA I CAÑELLAS: Sí, totalmente, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo. Una vez admitidas por la Comisión estas
enmiendas transaccionales y la incorporación de las enmiendas números 80
y 81, sólo resta someter a votación, para conocer si la Comisión vota
favorablemente, en contra o se abstiene, el dictamen de la Comisión con
estas incorporaciones. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 16; en
contra, 12; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Solamente cabe preguntar a la Comisión la designación de la persona que
presentará este dictamen ante el Pleno de la Cámara. ¿Algún Grupo
Parlamentario o algún portavoz quiere proponer a alguien? (Pausa.) Si no
es así, la Presidencia propone que sea el Vicepresidente. ¿Es aceptada?
(Asentimiento.) El Vicepresidente lo presentará.




--PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 20/1991, DE 7 DE JUNIO,
DE MODIFICACION DE LOS ASPECTOS FISCALES DEL REGIMEN ECONOMICO FISCAL DE
CANARIAS. (621/000030.)



El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al segundo punto del orden
del día, que es el proyecto de ley sobre la modificación de los Aspectos
Fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. También hay
presentadas enmiendas, aunque en menor número que el que acabamos de
dictaminar.

En consecuencia, le doy la palabra al Senador Brito, del Grupo de
Coalición Canaria, para que defienda sus enmiendas.




El señor BRITO GONZALEZ: Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Perdón, Senador Brito. Ruego un poco de silencio
para que el Senador Brito pueda explicar y defender las enmiendas.




El señor BRITO GONZALEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Después del rápido desalojo operado en la Comisión, seguramente para
obtener un respiro en el trámite de la misma, paso a defender nuestras
tres enmiendas que básicamente coinciden, y esto quiero resaltarlo, con
lo que se aprobó por unanimidad en el propio Parlamento de Canarias, en
la lógica de que el Impuesto General Indirecto Canario y, en definitiva,
la propia normativa fiscal corresponde en su gestión, liquidación,
recaudación, inspección y revisión de los actos aplicados a la propia
Comunidad Autónoma, así como la interpretación de la normativa reguladora
del impuesto. Es una cuestión, sin duda, importante ya que, dadas las
características de este tipo de impuesto específico canario, lógicamente
deben de ser contempladas las propias experiencias que particularmente
desde el punto de vista de mejora técnica del proceso de funcionamiento
en la aplicación del impuesto aporta el propio Parlamento Canario y la
experiencia desarrollada también por el propio Gobierno de la Comunidad
que, en todo caso, es el gestor y responsable de la actuación en esta
materia.

En este sentido, nuestras enmiendas números 11 y 12 tratan de resolver un
problema eminentemente de carácter técnico en el caso del arrendamiento
financiero, donde la no aplicación de los criterios que han sido
sugeridos por el propio Parlamento de Canarias en esta materia hará
perder los atractivos que ya establece el régimen general para similares
sistemas de arrendamiento financiero. Lo que no tiene sentido es que la
no inclusión de esta posibilidad dentro del régimen del Impuesto General
Indirecto Canario sitúe el funcionamiento de la economía canaria en una
perspectiva de pérdidas de posibilidades o de atractivos en comparación
con el régimen general. En segundo lugar, en la enmienda número 12, se
plantea la necesidad de la equiparación de los operadores económicos en
el tráfico exterior, cuestión que se ha detectado como un problema que
plantea disociación en el funcionamiento de estos operadores en el
tráfico exterior.

Las enmiendas números 13, 14 y 15 presentan una mejora técnica e
instrumental del reglamento sancionador, en virtud de la propia
experiencia de la gestión del Impuesto por la Comunidad Autónoma; al
igual que la enmienda número 16, que plantea una mejora de tipo
conceptual que también permita una mayor precisión en el funcionamiento
de la gestión y liquidación del impuesto.

La enmienda número 17 traslada al ámbito de la gestión y liquidación del
impuesto lo que es un criterio que se aplica ya en el Reglamento
específico de la Unión Europea a Canarias. Por tanto, entendemos que se
trata en la práctica de una aplicación de un concepto y de un
planteamiento de funcionamiento del sistema ya aplicado por Reglamento
comunitario a la propia Comunidad Autónoma.

La enmienda número 18 pretende establecer un sistema de coordinación
Comunidad Autónoma-Estado, que ya se aplica en otros regímenes
específicos de carácter fiscal, como es el caso del sistema foral navarro
o el sistema vasco, pero que también es propio de una situación
claramente diferenciada en el funcionamiento del Régimen Fiscal Canario.

En esa perspectiva nos parece que es algo de carácter instrumental
intentar mejorar las funciones de coordinación entre la Administración
tributaria del sistema general de la Administración del Estado y lo que
es el de la propia Comunidad Autónoma, criterio que, por tanto, trata de
abundar en la mejora y perfeccionamiento del sistema de coordinación en
la política general fiscal del Estado.

La enmienda número 19 es también de carácter técnico.

La enmienda número 20 pretende un ajuste en torno a un vacío que se
detecta en la aplicación del Fondo de Previsión



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para Inversiones con respecto a 1991; ajuste que, si no se plantea en
conexión con la próxima tramitación de la Ley de bases económica en esta
Cámara, va a crear una situación de vacío y de falta de normativa
reguladora entre el sistema actualmente vigente de Fondo de Previsión
para Inversiones y lo que se plantea en la Ley de bases económica sobre
el sistema nuevo de previsión de inversiones planteado en el dictamen que
nos llega del Congreso.

Las enmiendas números 21, 22 y 23 pretenden ajustar dos situaciones
específicas. Las dos primeras se refieren a la situación de no previsión
de los problemas que afectan a la pesca y al avituallamiento de buques,
cuestiones vitales para una economía como la Canaria, donde el tema de
carácter portuario y pesquero resulta vital, a pesar de la pérdida de la
actividad pesquera que se ha ido detectando en los últimos tiempos.

Hay algo que también nos parece una mejora exclusivamente de carácter
técnico, y es que el artículo 76.1.i) del propio proyecto y del dictamen
que nos viene del Congreso plantea la exención de productos, de prótesis
y demás materiales para minusválidos, y excluyen de esta circunstancia
las gafas graduadas. Esto supone una situación discriminatoria para
Canarias, porque, mientras la aplicación del IVA en la península es del 6
por ciento, la combinación de dos impuestos concretos en Canarias, el
IGIC y el APIC, les sitúa en el 9 por ciento. Nos parece que si hay un
criterio de exención de productos, de prótesis y demás materiales, las
gafas graduadas deben tener esta consideración. Por tanto, la proponemos
como una mejora de carácter técnico.

Finalmente, quiero recordar que estamos en un conjunto de propuestas, que
en el debate en el Congreso de los Diputados se señaló que en el trámite
del Senado se perfeccionaría en la línea apuntada por el propio acuerdo
del Parlamento Canario y la experiencia derivada de la gestión y
actuación del Gobierno de la Comunidad en la materia que le corresponde
como competencia de gestión, liquidación e interpretación de la normativa
reguladora del Impuesto.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

La señora Luzardo tiene la palabra para defender sus enmiendas en nombre
del Grupo Parlamentario Popular.




La señora LUZARDO ROMANO: Muchas gracias, señor Presidente.

El Grupo Parlamentario Popular ha presentado cinco enmiendas a este
proyecto de ley por el que se modifica la Ley 20/1991, de 7 de junio, de
modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de
Canarias.

Es conveniente resaltar que este proyecto de ley viene consensuado desde
el Congreso de los Diputados, que fue aprobado por unanimidad y me
imagino que ése es también el sentir de esta Cámara del Senado.

El Grupo Parlamentario Popular ha presentado unas enmiendas específicas
del sector del automóvil que, según los datos que voy a exponer, está en
una situación de crisis. También fueron aceptadas algunas enmiendas en el
Congreso de los Diputados que, en definitiva, lo que hacen es beneficiar
al consumidor canario y que, como conocen los componentes canarios que
vamos a intervenir en esta fase de la Comisión, la recaudación del
Impuesto General Indirecto Canario ha superado con creces las cotas que
se esperaban. Por tanto, a nuestro entender, justifica el establecimiento
de unas exenciones que repercuten en los consumidores.

Voy a defender cinco enmiendas.

La enmienda número 1 propone que se modifiquen de 10 a 12 cv. fiscales
para estar sometido al 12 por ciento del tipo incrementado en cuanto a
los automóviles.

La enmienda número 2 se refiere a los vehículos tipo «jeep», cuyos
modelos, por estar considerados de aplicación industrial, comercial o
agrícola, cuando su precio final de venta al público, excluidos los
impuestos, no exceda de los 3.893.000 pesetas, dado que el límite actual
está ahora mismo en 2.500.000 para no tributar, nosotros, al igual que
hizo en su momento el propio Parlamento de Canarias, que propuso aumentar
dicho límite a tres millones de pesetas, consideramos que es importante
este nuevo límite fijado en 3.893.000 pesetas, que es el que rige en la
península para aplicación del IVA.

Respecto a la enmienda número 3, en fecha reciente se produjo una
reducción en cuanto al Arbitrio de la Producción e Importación en
Canarias del 30 por ciento en los turismos hasta 9 plazas. Entendemos que
esta reducción también se debe extender a unos vehículos específicos
industriales.

Por último, las enmiendas números 4 y 5 se refieren, en primer lugar, a
ciclomotores y «scooters» de cilindrada inferior a 50 centímetros
cúbicos. Proponemos que tributen al tres por ciento del Arbitrio a la
Producción e Importación en Canarias. Los vehículos que estén destinados
al uso de transporte de personas también tributarán al tres por ciento
del mismo Arbitrio.

Según los datos que nos ha facilitado la Asociación de Importadores y
Vendedores, la reducción en el mercado de matriculación ha sido del 22,45
por ciento. Los datos referidos a la provincia de Las Palmas señalan que
el total de matriculaciones ha descendido de forma considerable desde el
año 1990 que estaba fijado en 16.609 vehículos, al año 1993 que son
9.160. Si bien es verdad --y ése fue uno de los temas que tratamos en la
ponencia-- que la matriculación en «rent a car» ha subido
considerablemente, entendemos que esta subida es simplemente una especie
de reexportación que se está llevando a cabo tanto a los países del Este
como a Sudamérica. Sin embargo, esto ha desvirtuado la realidad sin que
ello suponga una reactivación de este mercado.

Por todo lo expuesto, consideramos adecuadas estas enmiendas que, sin
duda, van a repercutir en un sector importante para la economía canaria y
que aliviará la crisis en la que está sometido.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

El señor Segura tiene la palabra por el Grupo Parlamentario Socialista.




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El señor SEGURA CLAVELL: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, soy consciente de que son las dos y cuarto del mediodía y todos
estamos preocupados, no por el retraso que ha llevado esta Comisión, sino
por la propia dinámica vital que nos incita a dedicarnos a otros
menesteres.

No obstante, consideramos que, dado que el Grupo Parlamentario Socialista
presentó cuatro enmiendas a este proyecto de ley, que fueron incorporadas
al dictamen de ponencia, es conveniente que nos extendamos un poco, dada
la importancia que esta ley tiene para esa parte tan importante del
Estado español que es la Comunidad Canaria, recogida específicamente por
primera vez en su historia en el Tratado Internacional de la Unión
Europea como región ultraperiférica de la Unión Europea.

Por consiguiente, es menester que tanto los poderes públicos nacionales
como los poderes públicos globales de la Comunidad Europea miren con
interés todos los mecanismos no sólo fiscales, sino económicos, de
desarrollo, de generación de empleo, de creación de infraestructuras, de
aproximación desde la perspectiva de la cohesión económica y social de
las zonas periféricas del Estado español al centro. Por tanto, nos
encontramos con un texto que tiene una importancia notable y que viene a
constituir como una primera pieza de un «puzzle» cuya segunda pieza
también se encuentra en tramitación en esta Cámara.

Nos encontramos con un proyecto de ley por el que se modifica la Ley
20/91, de 7 de junio, de modificación de los Aspectos Fiscales del
Régimen Económico Fiscal de Canarias. Precisamente en esta Comisión hay
varios Senadores que fueron ponentes de esta Ley e intervinieron en su
tramitación en la IV Legislatura, en la Legislatura anterior, cuando en
el primer cuatrimestre del año 1991 se produjo la tramitación de esa Ley
20/91 en esta Cámara. En ese momento, los distintos grupos parlamentarios
logramos introducir distintas enmiendas que aportaron el ajuste fino que
requería la ley.

Esa era la Ley Fiscal que tenía que ser complementada con otra. El
transcurso del tiempo ha hecho que casualmente la modificación de esta
ley, que ya fue modificada a su vez en el año 1992 seis o siete meses
después de producida su publicación, se encuentre hoy en el Senado con la
Ley Económica que se está tramitando. De aquí que la posición política
del Grupo Parlamentario Socialista, dado que la Ley Económica del REF,
aunque no se denomina de esta manera pero es la terminología coloquial
que se le ha dado, se ha publicado el 30 de abril pasado y se ha remitido
a la Comisión de Economía y Hacienda de esta Cámara. Además, el plazo de
presentación de enmiendas permanece abierto hasta el próximo día 13 de
mayo. Y según me comunica el ponente de esta ley del Grupo Parlamentario
Socialista, don José Juan Rodríguez, que es parlamentario por la
Comunidad Canaria, precisamente hoy tres de mayo, mañana cuatro y pasado
mañana cinco... perdón, hoy cuatro de mayo, no pido excusas porque a
efectos de la carencia temporal es oportuno que quede recogido en el
«Diario de Sesiones», mañana cinco y pasado mañana seis, el parlamento
regional, a través de la Comisión y de la Ponencia correspondiente, está
ultimando los estudios que elevarán el próximo 10 de mayo, es decir, la
semana próxima, tres días antes de cerrarse el plazo de presentación de
enmiendas en esta Cámara a esa ley económica, para que el Pleno del
parlamento regional se pronuncie.

Hay una serie de mecanismos legislativos dispuestos para dar a esta
Cámara la mayor información posible. De aquí que les adelante que la
posición del Grupo Parlamentario Socialista en el debate de este proyecto
de ley es la de no modificar el dictamen procedente de Ponencia y de esta
forma, como este proyecto de ley se incluye en el orden del día de la
próxima sesión plenaria, el miércoles de la semana próxima, que me parece
que es 11 de mayo, tendremos los elementos informativos suficientes para
que se pueda producir el ajuste, es decir, la aceptación total o parcial
de determinadas enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular
o por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; habida cuenta de que
hay algunas del Grupo de Coalición Canaria del Senado, por ejemplo, las
enmiendas 10 y 11 referidas al sistema de arrendamiento financiero, a un
sistema que intente posibilitar la aplicación previa del sistema de
deducción por inversiones con una mejora que estimule la inversión y,
consiguientemente, la generación de empleo, y otras del Grupo
Parlamentario Popular que son de interés para el Grupo Parlamentario
Socialista, pues podría ajustarlas o introducirlas en esta ley o bien en
el organigrama de la Ley Económica.

Una vez hecho este razonamiento como cuestión previa, permítanme sus
señorías que les recuerde que este Grupo Parlamentario se siente
satisfecho de que esta tramitación legislativa se produzca, aunque es
cierto que se produce con cierto retraso en el tiempo. Así lo pusimos de
manifiesto cuando el Grupo Parlamentario Socialista del Senado dio
entrada en el registro de la Cámara a una moción que no ha sido debatida
en el Pleno, ni lo será ya, porque la dinámica del tiempo la ha rebasado.

En esa moción nosotros decíamos, después de una primera parte de
introducción en la que argumentábamos que la Ley 20/1991 de siete de
junio de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico
Fiscal de Canarias y el Reglamento comunitario número 1.911/91 del
Consejo de 26 de junio de ese año, relativo a la aplicación de las
disposiciones del derecho comunitario en las islas Canarias, determinaron
la creación de una nueva estructura de la fiscalidad indirecta en la
Comunidad Autónoma Canaria, que tal reestructuración de dicha fiscalidad
motivada por la modificación del Protocolo dos del Acta de adhesión de
España a la Comunidad Europea, hoy Unión Europea, supuso la sustitución
de los antiguos arbitrios creados por la Ley 30/72 del Régimen Económico
Fiscal y la sustitución por el arbitrio sobre la producción e importación
y por el Impuesto General Indirecto, aunque el Reglamento de 1.911/91 del
Consejo declaraba que la integración de las islas Canarias en la
Comunidad no resultaba incompatible con el mantenimiento de una
fiscalidad indirecta específica de las islas Canarias, y especialmente el
mantenimiento de la exclusión de las islas Canarias del ámbito de
aplicación territorial de las directivas que se refieren a los tabacos
manufacturados, etcétera.




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Señorías, una vez publicada la Ley 30/91 se vio, por la propia dinámica
legislativa del Estado español, sometida a una disfuncionalidad como
consecuencia de la publicación del nuevo Reglamento del IVA que entró en
vigor el uno de enero de 1993 y de la nueva Ley de Impuestos Especiales.

Todos esos mecanismos legislativos de ámbito estatal hicieron que la
fiscalidad canaria, que tenía que regularse por la Ley 20/91 que entró en
vigor en junio de ese año, justamente un año después experimenta una
distorsión que era menester tener en cuenta. De ahí la moción que
presentó el Grupo Parlamentario Socialista el 23 de noviembre, publicada
en el correspondiente boletín de esta Cámara, que no ha sido objeto de
debate, pero que sí trajo consigo la publicación de un Real Decreto Ley
del 29 de diciembre que, una vez convalidado por el Congreso de los
Diputados, originó el proyecto de ley que hoy estamos debatiendo.

Señorías, quisiéramos, en esta tercera parte de la intervención que será
la recta final de la exposición de este interviniente socialista, decirle
al Grupo Parlamentario Popular, sin que ello constituya un dogma cerrado,
que dejamos abierta la posibilidad, bajo la responsabilidad de los
propios grupos a quienes les pedimos que mantengan vivas sus enmiendas
para el debate en el Pleno, de producir la transacción o el acuerdo en
alguna de las enmiendas. No obstante, hemos de decir que las cinco
enmiendas que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular están
vinculadas a un solo aspecto tributario. En las cinco se plantea, y
concretamente en la primera, la modificación del tipo impositivo
incrementado del 12 por ciento del IGIC para determinadas operaciones.

Hacen ustedes referencia a los vehículos accionados a motor con potencia
superior a 12 caballos fiscales, planteamiento que justifican basándose
en el incremento notable experimentado en el último año y medio por el
Impuesto General Indirecto Canario, consecuencia del cual es necesario
que se acepte la enmienda que plantean. Señorías, el incremento de
recaudación era razonable. En Canarias existían, antes de la Ley 20/91,
importantes deficiencias en los mecanismos tributarios que hiciesen
aflorar determinadas economías. Al haber aparecido esta nueva
instrumentación tributaria --el Impuesto General Indirecto Canario--
efectivamente, han aflorado caudales tributarios teóricos, con lo que se
ha comenzado una tributación real que, consiguientemente, ha hecho que se
incrementen los rendimientos económicos de este Impuesto, cuya
titularidad y rendimiento pertenecen a la Comunidad y a las
administraciones públicas canarias, y del que se nutren fundamentalmente
las administraciones locales e insulares.

Nosotros pensamos que éste no es el momento procesal para ninguna de las
enmiendas presentadas. Probablemente propondremos una transaccional por
cuanto que en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1994 se
dice textualmente --y aquí hay varios ponentes de dicha ley, pero me
dirijo especialmente al Senador Utrera ya que fue ponente de dicha Ley y
porque estamos tratando en este momento de enmiendas presentadas por su
Grupo-- que es competencia de la Ley de Presupuestos Generales del Estado
la modificación de los tipos de gravamen regulados en el apartado
anterior dentro de los límites previstos en el artículo 27 de la Ley.

Es decir, la disposición adicional octava, apartado 2, de la Ley 20/1991
lo dice expresamente. Si nuestra Ley de Modificación de los Aspectos
Fiscales dice expresamente que compete a las leyes de presupuestos
generales del Estado la modificación de los tipos de gravamen, es
precisamente ahí donde debe producirse. Por tanto, repito que éste no es
el momento procesal oportuno.

En cuanto a las restantes enmiendas del Grupo Popular, podría aducir
razonamientos equivalentes, pero soy consciente de que he consumido un
tiempo razonable en representación del Grupo Parlamentario Socialista
gracias a la generosa actitud del Presidente y de la Mesa. Me agradaría
mucho poder analizar una por una, en función del respeto parlamentario
que nos merecen estos temas precisamente a los socialistas canarios, las
enmiendas que ha defendido el Senador Brito en representación de su Grupo
Parlamentario. Y quiero que quede clara en el «Diario de Sesiones» la
voluntad de mi Grupo Parlamentario de intentar llegar a acuerdos a través
de algunas de las enmiendas planteadas por el Grupo de Coalición Canaria
que pueden tener su encaje con iniciativas equivalentes que el Grupo
Parlamentario Socialista tiene previsto introducir en la ley económica.

Pero, además, es intención de nuestro Grupo pedir, una vez culminado este
proyecto de ley fiscal y aprobada la proposición de ley en materia
económica del Parlamento regional, que se produzca la refundición de
ambos textos legislativos en una sola norma. En qué momento procesal se
produzca ese acuerdo, creo que es algo accesorio frente al tema
fundamental. La pesca de altura nos motiva de modo notable, en lo que se
refiere a la generación de puestos de trabajo e incentivación para atraer
empresas que radiquen en los puertos canarios y que puedan producir la
comercialización de las capturas que realicen en aguas internacionales.

Les aseguro que el Grupo Parlamentario Socialista está trabajando en
coordinación con el Gobierno --ustedes lo entenderán-- a los efectos de
dar satisfacción en esta Cámara a ese ajuste fino de estos dos textos
legislativos en los que se ha avanzado mediante un notable consenso
global en el Congreso de los Diputados. Por tanto, no podemos renunciar a
que ese consenso tenga también su reflejo en esta Cámara y sea eco de las
preocupaciones autonómicas que la misma tiene.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Segura.

Se abre un turno de portavoces. Ruego a sus señorías que sean breves en
sus intervenciones.

Tiene la palabra el Senador Brito.




El señor BRITO GONZALEZ: Gracias, señor Presidente.

Estimulado gastronómicamente --mis jugos gástricos se han activado con la
intervención de mi amigo el Senador Segura--, estoy esperando ese ajuste
fino que nos estamos planteando desde esa perspectiva de una honda y
«Toyota» preocupación respecto de algunas cosas sugeridas en algunas de
las enmiendas.




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Quisiera hacer tan sólo dos precisiones. En primer lugar, se está
haciendo una afirmación sobre la recaudación del IGIC que no coincide con
los datos oficiales que hoy mismo se están ofreciendo en la Cámara
regional sobre los ingresos procedentes de dicho Impuesto. Esa
recaudación no es la que se ha anunciado. En este sentido, lamento que
algunos de ustedes no tengan los datos oficiales. La recaudación del IGIC
se sitúa en los mismos niveles, incluso en niveles inferiores a los que
se produjeron en anteriores ejercicios, entre otras cosas, por la
combinación de los impuestos, señalada antes por el Senador Segura y que
no voy a reiterar por no cansarles.

En segundo lugar, quisiera decir que los temas que se han expuesto aquí,
y fundamentalmente los que se han propuesto a través de enmiendas de
nuestro Grupo --y aquí también hay que hacer un esfuerzo de ajuste
fino--, son temas que se han aprobado en el Parlamento de Canarias por
unanimidad. En nuestro Parlamento, fuerzas como el propio Partido
Socialista Obrero Español o el Partido Popular han apoyado también
cuestiones como éstas, cuestiones que han sido sugeridas por quienes
tienen en este momento la responsabilidad de la gestión del Impuesto y
por quienes conocen perfectamente los desajustes y problemas que suponen
su instrumentación.

Gracias, señor Presidente, por su amabilidad.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Brito.

Tiene la palabra el Senador Torrontegui.




El señor TORRONTEGUI GANGOITI: Gracias, señor Presidente.

Voy a emplear tan sólo un minuto para decir que nuestro Grupo
Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos no ha presentado enmienda
alguna a este proyecto de ley.

Nuestro Grupo respeta los acuerdos tomados por el Parlamento canario y
los hace suyos. Vamos a apoyar las enmiendas que ha presentado el Grupo
de Coalición Canaria a fin de que se mejore, dentro de lo posible, el
actual texto remitido por el Congreso de los Diputados.

Por otra parte quiero decir que observamos que hay una buena voluntad en
esta Cámara para llegar a conseguir un buen proyecto de ley.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Torrontegui.

¿Desea hacer uso de la palabra el señor Marca por el Grupo de
Convergència i Unió? (Pausa.)
Tiene la palabra la Senadora Luzardo por el Grupo Parlamentario Popular.




La señora LUZARDO ROMANO: Gracias, señor Presidente.

Como ha manifestado el Portavoz del Grupo Socialista, todos coincidimos
en la notable importancia de este proyecto de ley.

Yo vuelvo a resaltar el consenso que se alcanzó en el Congreso de los
Diputados así como la referencia que se ha hecho al respecto del
Parlamento de Canarias. Espero que ese ajuste fino del que hablaba el
representante del Grupo Socialista pueda materializarse en las
correspondientes enmiendas transaccionales.

Para nosotros este tema ha supuesto algo tan importante, que hemos
presentado un texto alternativo a esa proposición de ley económica además
de casi un centenar de enmiendas parciales. Por tanto, probablemente
tendremos oportunidad dentro de pocas semanas de defender esta
proposición.

Quiero decir también que no tenía intención de levantar polémica en lo
que se refiere al Impuesto General Indirecto Canario. Tan sólo quiero
decir que mientras otros grupos parlamentarios, concretamente el Grupo
Popular, había pedido una rebaja de los tipos, hubo otro grupo político
que pidió una disminución, por ejemplo, para la gasolina.

Mantenemos nuestras enmiendas para su defensa en el Pleno.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senadora Luzardo.

Tiene la palabra el Senador Segura.




El señor SEGURA CLAVELL: Gracias, señor Presidente.

En correspondencia con la generosidad de la Mesa y miembros de la
Comisión, interpreto que este portavoz socialista ya ha consumido ambos
turnos en su intervención inicial.

Nos reiteramos en nuestra firme voluntad --y en esa línea trabajamos-- de
respeto y defensa de los intereses de nuestro pueblo. En ese sentido,
pactaremos determinadas enmiendas.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Vamos a votar el informe de la Ponencia que creo ya tienen en su poder
los portavoces de los grupos parlamentarios. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 16;
abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda, por tanto, dictaminado y aprobado este
proyecto de ley.

Nos resta designar al Senador que presente el dictamen de la Comisión.

Si lo desea, puede hacer uso de la palabra el Senador Segura.




El señor SEGURA CLAVELL: Si no existe inconveniente, proponemos a don
José Juan Rodríguez.




El señor PRESIDENTE: ¿Hay alguna objeción? (Pausa.)
En ese caso, don José Juan Rodríguez Rodríguez será el Senador que
presente en Pleno el dictamen de la Comisión.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.




Eran las catorce horas y cuarenta y cinco minutos.