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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 100, de 15/12/1995
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DIARIO DE SESIONES DE LAS
CORTES GENERALES
COMISIONES MIXTAS
Año 1995 V Legislatura Núm. 100
PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL
DE CUENTAS
PRESIDENTE: DON NESTOR PADRON DELGADO
Sesión núm. 21
celebrada el viernes, 15 de diciembre de 1995,
en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DIA:
Comparecencia de la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas (García
Crespo), para informar sobre:
--Informe de Fiscalización de la Comunidad Autónoma de Aragón relativo al
ejercicio 1992 (Página 1994)
--Informe de Fiscalización de la Comunidad Autónoma de Cantabria relativo
al ejercicio 1992 (Página 1994)
--Informe de Fiscalización de la Comunidad Autónoma de Castilla y León
relativo al ejercicio 1992 (Página 1994)
--Fondo de Compensación Interterritorial Comunidad Autónoma de Castilla y
León, ejercicio 1992 (Página 1994)
--Informe Anual Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 1992
(Página 1994)
--Fondo de Compensación Interterritorial Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha, ejercicio 1992 (Página 1994)
--Informe Anual Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 1992 (Página 1994)



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--Fondo de Compensación Interterritorial Comunidad Autónoma de
Extremadura, ejercicio 1992 (Página 1994)
--Informe Anual Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, ejercicio 1992
(Página 1994)
--Informe de Fiscalización de la Comunidad Autónoma de Madrid relativo al
ejercicio 1992 (Página 1994)
--Informe Anual Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 1992
(Página 1994)
--Fondo de Compensación Interterritorial Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia, ejercicio 1992 (Página 1994)
--Informe de Fiscalización de la Comunidad Autónoma del Principado de
Asturias relativo al ejercicio 1992 (Página 1994)
--Fondo de Compensación Interterritorial Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias (Página 1994)
--Informe Anual Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 1992 (Página 1994)
Dictamen sobre la Cuenta General del Estado referida al ejercicio de 1992
y Declaración definitiva de la Cuenta General del Estado correspondiente
al ejercicio de 1992 y propuestas de resolución sobre la misma. (Número
de expediente Congreso 250/000005 y número de expediente Senado
770/000004) (Página 2014)



Se abre la sesión a las nueve y treinta y cinco minutos de la mañana.




COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (GARCIA
CRESPO) PARA INFORMAR SOBRE:



--INFORME DE FISCALIZACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON RELATIVO AL
EJERCICIO 1992.




--INFORME DE FISCALIZACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANTABRIA RELATIVO
AL EJERCICIO 1992.




--INFORME DE FISCALIZACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y LEON
RELATIVO AL EJERCICIO 1992.




--FONDO DE COMPENSACION INTERTERRITORIAL COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y
LEON, EJERCICIO 1992.




--INFORME ANUAL COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, EJERCICIO 1992.




--FONDO DE COMPENSACION INTERTERRITORIAL COMUNIDAD AUTONOMA DE
CASTILLA-LA MANCHA, EJERCICIO 1992.




--INFORME ANUAL COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA, EJERCICIO 1992.




--FONDO DE COMPENSACION INTERTERRITORIAL COMUNIDAD AUTONOMA DE
EXTREMADURA, EJERCICIO 1992.




--INFORME ANUAL COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES, EJERCICIO 1992.




--INFORME DE FISCALIZACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID RELATIVO AL
EJERCICIO 1992.




--INFORME ANUAL COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA, EJERCICIO
1992.




--FONDO DE COMPENSACION INTERTERRITORIAL COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION
DE MURCIA, EJERCICIO 1992.




--INFORME DE FISCALIZACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PRINCIPADO DE
ASTURIAS RELATIVO AL EJERCICIO 1992.




--FONDO DE COMPENSACION INTERTERRITORIAL COMUNIDAD AUTONOMA DEL
PRINCIPADO DE ASTURIAS.




--INFORME ANUAL COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA, EJERCICIO 1992.




El señor PRESIDENTE: Señorías, buenos días. Vamos a dar comienzo a la
sesión de la Comisión Mixta de Relaciones con el Tribunal de Cuentas,
empezando, en primer lugar, por la exposición que hará la Presidenta del
Tribunal



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de Cuentas de los resúmenes de los informes de fiscalización de las
comunidades autónomas.

La exposición será toda continuada, comunidad por comunidad, y a
continuación tomarán la palabra los diferentes grupos que quieran pedir
explicaciones u opiniones sobre los informes de referencia.

Tiene la palabra para hacer la exposición la señora Presidenta del
Tribunal de Cuentas.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Muchas
gracias, señor Presidente. Buenos días. Voy a intentar ser lo más
esquemática posible, sin perder el rigor necesario en este caso, para
presentar las cuentas de diez comunidades autónomas, que son las que en
el ejercicio 1992 no tenían órgano de control externo propio, y cinco
informes del Fondo de Compensación Interterritorial, que corresponden a
cinco de las autonomías de este grupo que acabo de indicar.

En los informes individuales voy a exponer, fundamentalmente, tres
aspectos, todos ellos intento que tengan la composición más uniforme
posible. En primer lugar, informar si la Cuenta General se ha presentado
adecuadamente, de acuerdo con los principios contables que le son de
aplicación de la legalidad vigente en la gestión de los fondos públicos.

Y en tercer lugar, determinar, si es posible, la racionalidad en la
ejecución del gasto público según los criterios de eficacia y eficiencia.

La primera de las comunidades es Aragón. La Comunidad de Aragón rindió la
Cuenta General y la de las empresas y entes públicos con cuatro meses de
retraso y con carencias en su contenido. Además, los organismos autónomos
Instituto del Suelo y la Vivienda en Aragón y Servicio Aragonés de la
Salud no presentaron sus cuentas de manera independiente, incluyendo los
datos en los de la Administración general. Seis empresas públicas no han
rendido cuentas y ninguna de las empresas presenta sus correspondientes
PAIF. Tampoco se incluyen los presupuestos en la Ley de Presupuestos, me
refiero a los presupuestos de estas comunidades, lo que conculca la Ley
de Hacienda de la Comunidad.

Al hablar de la Administración general debo indicar que se han presentado
algunas limitaciones para su fiscalización. En primer lugar, que no tiene
incluido o no utiliza el Plan General de Contabilidad Pública. En segundo
lugar, que los objetivos y los indicadores son poco explícitos. Y, en
tercer lugar, que no contabiliza de forma independiente los compromisos
de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros.

Los créditos iniciales de gastos ascendieron a 105.616 millones, y supone
un 24 por ciento de aumento sobre los del año anterior. Estos créditos se
han incrementado en más de 26.000 millones de pesetas, lo que significa
un aumento del 25 por ciento. La fórmula más utilizada en la
incorporación de créditos ha sido ésta precisamente. Pese a ello, hay
créditos modificados que luego no se utilizan. Y en la incorporación de
créditos se observa que algunas modificaciones se financian con
remanentes de tesorería que el Tribunal considera inexistentes.

Los resultados del ejercicio por operaciones no financieras determinan un
déficit de 24.131 millones de pesetas, que se incrementaría en otros 412
millones por los ajustes introducidos por el Tribunal.

A 31 de diciembre de 1992, el remanente de tesorería, según las cuentas
rendidas, es de 37.400 millones. Según los ajustes que propone el
Tribunal de Cuentas, el remanente de tesorería sería únicamente de 1.879
millones.

Se han examinado 60 contratos. En el 88 por ciento de los casos los
contratos se adjudicaron por concurso, y en algunos no se garantiza
adecuadamente que se haya realizado la selección objetiva del contratista
porque no se precisan los criterios de selección de una manera adecuada.

Ninguno de los contratos se realizó por subasta.

Respecto a la situación patrimonial, quiero indicar que no existe
inventario general de bienes y derechos; que no se ha podido comprobar
que se haya realizado conciliación de las 169 cuentas restringidas y de
las 103 de provisión de fondos cuyos saldos no constan en la Cuenta
General de Tesorería de la Comunidad.

El endeudamiento a más de un año, que da cobertura a los gastos de
inversión, representa una deuda al cierre de ejercicio de 51.030 millones
de pesetas, de los cuales la mayoría, como en casi todas las comunidades
autónomas, corresponden a operaciones de préstamo y crédito, y muy poco a
operaciones de empréstitos. El aumento del endeudamiento del año 1992 ha
sido de 26.000 millones, es decir, ha más que duplicado el endeudamiento
acumulado anteriormente. De todas maneras, la carga financiera observada
no supera el 9 por ciento, está bastante por debajo de los límites que
marca la LOFCA, pero tiene cuatro puntos más que el año anterior.

En el ejercicio la Comunidad ha otorgado avales por valor neto de 600
millones de pesetas, ascendiendo el riesgo acumulado al cierre a 1.269
millones. De éstos, ya han vencido los plazos de avales por valor de 141
millones.

En cuanto a las empresas públicas, indicar que el subsector público
empresarial está constituido por el Instituto Aragonés de Fomento y doce
sociedades mercantiles. Una de las sociedades está incursa en la causa de
disolución legal que marca el texto refundido de la Ley de Sociedades
Anónimas. No se han emitido los informes de control financiero de las
sociedades que son preceptivos.

La segunda Comunidad Autónoma de las que debo presentar hoy es la
Comunidad de Cantabria.

La Cuenta de la Administración general se rindió con un retraso de cuatro
meses y no incluía las cuentas de las cuatro entidades autónomas y de las
empresas públicas, las cuales se presentaron al Tribunal en mayo de 1994,
salvo tres sociedades, que son Suelo Industrial de Reinosa, Balneario y
Agua de Solares, S. A., y Agua de Solares, S. A. No se ha rendido tampoco
la ejecución de los presupuestos ni los PAIF de ninguna de las empresas
públicas.

Al tratar la Cuenta de la Administración general, debo de decir que las
limitaciones, como en la mayoría de las comunidades que presento, son:
que no han implantado el Plan General de Contabilidad Pública; que no hay
indicadores en presupuesto por programas; que la documentación



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justificativa es insuficiente en cuentas de acreedores
extrapresupuestarios y que falta información de cuentas de pagos a
justificar y cuentas restringidas.

Con estas limitaciones quiero indicar que los presupuestos entraron en
vigor el 10 de marzo (naturalmente, hasta esa fecha se prorrogaron los
del año anterior); que igualmente habría ocurrido en el ejercicio de
1991; que la previsión inicial de gastos de la Comunidad ascendió a
44.701 millones de pesetas, y que este presupuesto inicial experimentó un
aumento de 25.816 millones, es decir el 58 por ciento, a través de las
correspondientes modificaciones, que en su mayoría corresponden --porque
es un 60 por ciento del aumento de presupuesto-- a la incorporación de
remanentes de un crédito extraordinario del año 1991 que se creó para
insuficiencias de actuaciones anteriores. Además, se han incorporado
indebidamente remanentes de créditos de ejercicios anteriores, es decir,
anteriores al año 1991.

Las obligaciones reconocidas suman en total 41.402 millones, con lo cual
el grado de ejecución del presupuesto es del 59 por ciento. Una gran
parte de la baja ejecución de este presupuesto corresponde a que ese
crédito extraordinario que he citado y que se incorporó, al final sólo se
utilizó en un 7 por ciento.

Los resultados no financieros del ejercicio tienen un superávit de 2.826
millones de pesetas, que deben disminuirse en 209 millones tras el ajuste
que introduce el Tribunal de Cuentas. El remanente de tesorería, según
las cuentas rendidas, es negativo por 10.328 millones. Según el Tribunal
de Cuentas será negativo también, pero por 10.705 millones.

Se han examinado 26 contratos, el 69 por ciento del importe total de los
mismos se adjudicó de manera directa por 600 millones de pesetas, y el
resto se adjudicó por concurso.

El endeudamiento suma 46.886 millones de pesetas y se ha reducido
ligeramente con respecto al que existía en el año 1991, un cuatro por
ciento. Probablemente (y aquí hago un juicio de valor ya que la carga
financiera era ya muy alta) porque después de haber disminuido un 4,3
alcanza el 20 por ciento. Lo que ocurre que, como ustedes saben, los
límites de la LOFCA son del 25 por ciento.

En el ejercicio se han concedido dos avales por 240 millones de pesetas.

Uno de estos dos, de 200 millones, garantizaba una operación de préstamo
por el mismo importe realizado por una sociedad pública a una empresa que
estaba incursa en el supuesto de disolución del artículo 260 del texto
refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. El riesgo por avales
concedidos suma 2.323 millones de pesetas. De estos avales ya están
vencidos por valor de más de 700 millones.

El sector público empresarial está constituido por diez empresas, de las
cuales, Gestión de Magefesa en Cantabria, S. A., Gran Casino del
Sardinero, S. A., Empresa de Residuos de Cantabria, S. A. y Sociedad
Regional para la Gestión y Promoción de Actividades Culturales del
Palacio de Festivales se encontraban en el mismo supuesto de disolución
previsto en el artículo 260 de la Ley de Sociedades Anónimas que he
citado para otros casos.

En el sector empresarial, el resultado global del ejercicio es negativo
por 1.454 millones de pesetas. Las subvenciones que se aplicaron este año
sumaban 163 millones.

La tercera comunidad autónoma cuya cuenta de 1992 voy a presentar a
ustedes brevemente es la Comunidad de Castilla y León.

Las cuentas se rindieron en plazo al Tribunal --las cuentas de la
Administración general--, no así las cuentas de las catorce empresas del
Consejo Económico y Social y de las Cortes de Castilla y León, que lo
hicieron posteriormente.

En el examen de la Cuenta de la Administración general las limitaciones
han sido, en primer lugar, que no está implantado el Plan General de
Contabilidad Pública, y, en segundo lugar, la falta de precisión y
definición en objetivos e indicadores del presupuesto por programas.

Los presupuestos se aprobaron con unas previsiones de gasto de 186.792
millones, lo que representaba un aumento del 15 por ciento respecto al
año anterior.

El total de las modificaciones de crédito fue de 74.147 millones, es
decir, el 40 por ciento de los créditos aprobados inicialmente. Para esta
incorporación de créditos, la figura más utilizada, según afirma la
Comunidad Autónoma, fue ésta, la incorporación de créditos. Y decimos
según afirma la Comunidad Autónoma porque en la liquidación rendida no se
indica cuáles son los tipos de modificación.

Las obligaciones reconocidas en el ejercicio sumaron 189.015 millones,
con un grado de ejecución del presupuesto de gastos del 72 por ciento.

El resultado no financiero del ejercicio tiene un déficit de 20.542
millones, que debe disminuirse --según opinión del Tribunal de Cuentas--
en 385 millones.

El remanente de tesorería, según las cuentas rendidas, es de 64.737
millones, y según el Tribunal de Cuentas, tras los ajustes introducidos,
quedaría un remanente de 7.083 millones.

En la ejecución, en 79 de los 278 contratos que se han examinado se han
producido retrasos sin que se justifiquen las causas de los mismos. De
ellos, de los 79, 36 habían gozado del trámite urgente.

El endeudamiento de la Comunidad al final de ejercicio suma 57.481
millones de pesetas, con un incremento en el año del 72 por ciento. La
carga financiera, no obstante, es baja: alcanza el 6 por ciento en los
términos que indica la LOFCA. En el ejercicio no se han otorgado avales,
ascendiendo el riesgo vivo a 2.582 millones, de ellos ya vencidos 144.

En el sector público empresarial, las empresas públicas han generado
pérdidas por un importe total de 66 millones, a pesar de haber recibido
subvenciones por 2.413 millones. El endeudamiento de estas empresas con
entidades financieras al cierre del ejercicio es de 2.029 millones de
pesetas, la mayoría avalados por la Administración de la Comunidad.

De las comunidades autónomas que hoy presento, y por el orden en que
están en la convocatoria, ésta es la primera Comunidad que ha tenido
acceso al Fondo de Compensación Interterritorial. En ellas, como les he
dicho, que



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son cinco, hay unas cuestiones que prácticamente se dan en todas.

Buscando esta similitud, lo cual facilitará más la exposición concreta de
cada una, les diré que en casi todas se pone de manifiesto la tendencia a
formular proyectos genéricos e indeterminados. Esto les permite
posteriormente fraccionar la utilización del fondo, o sustituirlo incluso
por otros proyectos, y en muchos casos estas modificaciones o estas
sustituciones o fraccionamientos sólo obedecen a fines recaudatorios o a
fines coyunturales, de tal manera que la sustitución de proyectos no se
ampara en los motivos imprevistos a que se refiere la ley. Y luego es
general el incumplimiento de la exigencia legal de contabilizar
analíticamente los costes de los proyectos. También se observa que en las
subvenciones a terceros por parte de las comunidades autónomas que
reciben este fondo es una posibilidad de destino que va en incremento
progresivo.

Dicho esto, añadiré que el Fondo de Compensación Interterritorial de
Castilla y León tenía una dotación inicial de 8.294 millones, que se
incrementaron en 4.612 procedentes de dotaciones no dispuestas de fondos
anteriores. Los proyectos que se financian con estas dotaciones no son
concretos y corresponden a líneas generales de actuación. Se ve, como he
dicho antes que ocurre en casi todas, la inexistencia de un sistema de
contabilidad analítica y ello hace que se limite el alcance de la
fiscalización que se ha podido efectuar sobre el fondo.

Los derechos la Comunidad los reconoce por el mismo importe al que
asciende la dotación anual, lo que se opone a los principios contables
públicos. Las obligaciones reconocidas suman 8.031 millones de pesetas,
lo que significa una ejecución global del 62 por ciento. La distribución
de las inversiones se contabiliza por provincias y atienden básicamente
al sector de obras públicas.

La siguiente Comunidad Autónoma, continuando con el orden del día, es la
Comunidad de Castilla-La Mancha, la cual rindió cuentas al Tribunal en
plazo. El ente público Consejo Regional de la Juventud rindió cuenta
fuera de plazo, el plazo que fijaba su propia ley de creación.

De las dos empresas públicas que integran este subsector y que rindieron
cuenta en plazo, una de ellas, Gestur Toledo, no remite el PAIF.

La Comunidad de Castilla-La Mancha es la única que en su administración
general tiene implantado el Plan General de Contabilidad Pública, sin
embargo, no tiene contabilidad analítica.

El presupuesto tiene unas previsiones iniciales de gastos de 168.610
millones de pesetas, con un incremento del 14 por ciento respecto al
ejercicio anterior. Las modificaciones de crédito sumaron 34.684
millones, equivalente a un 21 por ciento del crédito.

En opinión del Tribunal de Cuentas, algunas modificaciones se financiaron
con remanentes de tesorería del año anterior que eran inexistentes. Las
obligaciones reconocidas sumaron 172.426 millones, siendo el grado de
ejecución del 85 por ciento.

Los resultados no financieros del ejercicio tienen un déficit de 18.161
millones de pesetas. Este déficit tendría que disminuir en 6.129 millones
debido a los ajustes introducidos por el Tribunal, de tal manera que el
déficit ajustado quedaría en 12.032 millones de pesetas.

El remanente de tesorería, según cuentas rendidas, es de 12.926 millones.

Según el Tribunal de Cuentas, ascendería a 19.702.

Se han examinado 172 contratos. El 82 por ciento del importe de estos
contratos se adjudicó por concurso, y en la mitad de ellos
aproximadamente no se garantiza la selección objetiva de los contratistas
más idóneos, porque no se ha precisado en los pliegos correspondientes
los criterios de forma adecuada, o por haberse apoyado a veces en
informes incompletos.

La situación patrimonial se puede resumir diciendo que la deuda sumaba, a
final del año 1992, 39.772 millones, lo que supone un incremento de
23.712 respecto al ejercicio anterior, y que, sin embargo, la carga
financiera solamente alcanza el cuatro por ciento.

La Comunidad, en los últimos tres años, no ha otorgado avales, no
obstante lo cual el riesgo por avales concedidos en ejercicios anteriores
asciende a 120 millones. De esos 120 millones, 92 ya están vencidos.

Una de las dos empresas públicas de la Comunidad, Gestur Guadalajara, S.

A., no ha tenido actividad empresarial, lo mismo que ocurrió durante los
dos ejercicios anteriores.

Respecto al Fondo de Compensación Interterritorial de Castilla-La Mancha,
quiero indicar que la dotación inicial asciende a 10.283 millones de
pesetas, a los que se añaden 3.198 de remanentes de ejercicios
anteriores; que los proyectos financieros con estas dotaciones están
definidos de forma genérica e indeterminada, lo que, unido a la falta de
sistema de contabilidad analítico, no permite conocer las unidades
físicas de realización de los proyectos ni las causas que puedan
justificar sus modificaciones posteriores.

Esta Comunidad Autónoma reconoce los derechos conforme a los principios
contables públicos. Las obligaciones reconocidas ascienden a 11.170
millones de pesetas, resultando una ejecución global del 83 por ciento.

La distribución de las inversiones se hace por provincias y se atiende
fundamentalmente con ella a los sectores de agricultura, pesca y
ganadería, vivienda, educación y transportes.

La Comunidad Autónoma de Extremadura ha rendido la cuenta en plazo al
Tribunal, salvo la de la empresa pública Artes Populares
Extremeño-Iberoamericanas, que no lo ha hecho desde su creación en 1989,
y del ente público Consejo de la Juventud.

Al examinar las cuentas de la administración general se han observado las
siguientes limitaciones: no está implantado el Plan General de
Contabilidad Pública; no existen indicadores en el presupuesto por
programas; hay deficiencias en la gestión y en la contabilización de
nóminas, y no se detallan los saldos de deudores extrapresupuestarios.

En las cuentas rendidas no se incluyen parte de los saldos de tesorería.

Los presupuestos tienen unas previsiones de gastos de 112.672 millones de
pesetas, lo que representa un aumento del 13 por ciento respecto al
ejercicio anterior.

Las modificaciones de crédito sumaron 30.368 millones, lo que representa
un 27 por ciento de los créditos iniciales.




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Su inmensa mayoría, el 95 por ciento, son incorporaciones de créditos.

Las obligaciones reconocidas sumaron 106.683 millones, por tanto, el
grado de ejecución fue del 75 por ciento.

El resultado no financiero del ejercicio es deficitario en 36.356
millones de pesetas, que en opinión del Tribunal debiera de aumentar en
5.000 millones tras los ajustes que introduce. El remanente de tesorería,
según cuentas, es de 1.679 millones. Según el Tribunal de Cuentas debe
ser negativo por 4.376 millones.

Se han examinado 134 contratos, de los cuales el 78 por ciento del
importe global se adjudicó mediante concursos. El procedimiento seguido
no puede garantizar totalmente la selección objetiva de los contratistas
y un 40 por ciento de los contratos tienen retrasos en la ejecución sin
que haya causas suficientemente justificadas.

Respecto a la situación patrimonial de la Comunidad Autónoma, indicar que
la deuda suma 39.885 millones de pesetas, aumentando respecto al año
anterior en 32.102 millones, y que la carga financiera analizada en los
términos que marca la LOFCA representa el seis por ciento. No se efectúa
un adecuado seguimiento y control de los avales, y esto ha imposibilitado
la valoración objetiva de la situación y el riesgo asumido por avales por
la Comunidad. No obstante, a lo largo del ejercicio 1992 no se han
otorgado avales. El riesgo vivo contabilizado es de 2.462 millones, de
los cuales hay ya vencidos 1.046. Pero dada la limitación que afecta a
este área de la fiscalización, no asume el Tribunal que ésta sea la cifra
exacta. El estado de los gastos comprometidos con cargo a ejercicios
futuros no incluye los compromisos de ejercicios anteriores ni tampoco
los derivados de las cargas financieras.

Referente a las empresas públicas, los presupuestos de las trece empresas
que conforman el sector no se aprueban con los presupuestos generales de
la Comunidad Autónoma, lo que está en contra del artículo 61 del Estatuto
de Autonomía de la Comunidad. Los resultados agregados tienen una pérdida
de 1.603 millones de pesetas después de haber aplicado 1.057 millones de
subvenciones. Las empresas públicas Iniciativas Agrícolas Extremeñas,
COFICASA, y Fomento y Distribución, S. A., se encuentran incursas en el
supuesto de disolución del artículo 260 de la Ley de Sociedades Anónimas.

El Fondo de Compensación Interterritorial de la Comunidad de Extremadura
tenía una dotación inicial de 9.791 millones, a los que hay que añadir
una incorporación de remanentes de ejercicio anterior por 4.389 millones.

La Comunidad Autónoma considera el Tribunal que incrementa indebidamente
la dotación inicial en 1.945 millones de pesetas, que corresponden al
crédito extraordinario habilitado por la ley.

La Comunidad de Extremadura no formula proyectos concretos de inversión,
sino líneas generales de actuación inversora, lo que no permite seguir
rigurosamente las aplicaciones presupuestarias a unidades físicas
concretas de realización. Tampoco, como en el resto de las comunidades
que tienen fondo, se aplica un sistema de contabilidad analítica. Los
derechos se reconocen por el total de dotación anual asignada, sin
ajustarse a los principios contables públicos.

Las obligaciones reconocidas suman 11.605 millones de pesetas,
presentando una ejecución del 72 por ciento, que debe de ajustarse en
función del correcto importe de los créditos finales. Las inversiones se
concentran fundamentalmente en obras públicas.

Las Islas Baleares rindieron en plazo la Cuenta General de la
Administración y de los cuatro organismos autónomos de carácter
administrativo, aunque lo hicieron de tal manera que los organismos
autónomos aparecían integrados en la cuenta sin respetar la autonomía
contable de estos entes con personalidad jurídica independiente. Los PAIF
del sector público empresarial y las cuentas anuales de Isba Servicios,
S. A., se rindieron en el mes de mayo de 1994.

Al examinar la cuenta de la Administración general, la principal
limitación es que no se ha implantado el Plan General de Contabilidad
Pública.

Los créditos iniciales consolidados ascienden a 46.674 millones y el
volumen neto de modificaciones de créditos a 7.693, es decir, el 16 por
ciento de los créditos iniciales. De ellos, 3.380 millones no tienen
cobertura financiera.

Las obligaciones reconocidas suman 47.090 millones, con un grado de
ejecución, por tanto, del 87 por ciento.

Los resultados no financieros del ejercicio tienen un déficit de 10.569
millones y el remanente de tesorería, según las cuentas rendidas por la
Comunidad, es negativo por 3.461 millones, y según estimaciones del
Tribunal de Cuentas continúa siendo negativo, pero por 3.821 millones.

En 26 de los 33 contratos examinados se observa que se ha realizado la
adjudicación por el procedimiento de contratación directa. En la
ejecución del 30 por ciento de los contratos examinados se han producido
retrasos que no están suficientemente justificados.

La deuda de la Comunidad a finales del año 1992 sumó 28.804 millones de
pesetas, con un aumento del último ejercicio del 30,6 por ciento, de tal
manera que la carga financiera representa el 11 por ciento. Se han
otorgado avales por 3.950 millones de pesetas, ascendiendo el riesgo vivo
al final del ejercicio a 12.147 millones, todos ellos a plazos no
vencidos todavía.

El sector empresarial público está constituido por siete sociedades y
cinco entidades de derecho público. De las pérdidas globales, que suman
320 millones de pesetas, la mitad corresponde al Instituto Balear de la
Vivienda, y el 37 por ciento a Foment Industrial, S. A. El total de
subvenciones que se aplicó este año sumó 3.081 millones y una sociedad
está inmersa en causa de disolución.

La Comunidad Autónoma de Madrid envió la Cuenta de la Administración
general al Tribunal de Cuentas dentro de plazo, mientras que lo hicieron
con retraso trece empresas públicas, algunas de ellas con deficiencias
documentales. El ente público Consejo de la Juventud no ha rendido
cuentas desde su creación en 1986, pese a los requerimientos del
Tribunal.

Al examinar la Cuenta de la Administración general, las limitaciones
observadas son: que no está instaurado el



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Plan General de Contabilidad Pública; que no se aportan registros
auxiliares del inmovilizado financiero; que no se incluyen saldos de
tesorería de algunas cuentas, y que no hay indicadores de presupuestos
por programas.

Los presupuestos se aprobaron el 30 de abril de 1992, de forma que
durante el primer cuatrimestre del ejercicio estuvieron prorrogados los
de 1991.

Los créditos iniciales sumaron 286.911 millones de pesetas, con un
incremento del 11 por ciento sobre el año anterior. Las modificaciones
netas de los créditos presupuestarios fueron de 21.994 millones, el ocho
por ciento de los créditos iniciales, de los que el 85 por ciento fueron
incorporaciones de crédito. Las obligaciones reconocidas sumaron 257.629
millones, siendo el grado de ejecución, consecuentemente, el 89 por
ciento.

Los resultados no financieros del ejercicio tienen un déficit de 55.294
millones de pesetas, debiendo incrementarse en 11.389 millones de acuerdo
con los ajustes introducidos por el Tribunal.

El remanente de tesorería, según las cuentas de la Comunidad, suma 25.587
millones, mientras para el Tribunal de Cuentas este remanente debe
reducirse en 67.813 millones, pasando a tener, por tanto, un valor
negativo de 42.226.

En la contratación, el 64 por ciento del importe total de los 184
contratos examinados, que sumaron más de 23.000 millones de pesetas, se
adjudicó mediante concurso. En esta adjudicación no queda totalmente
garantizada la selección objetiva de los contratistas al no haberse
establecido criterios adecuados en la mitad, al menos, de los pliegos. En
el 48 por ciento de los expedientes de contratación directa faltan los
informes de valoración de las ofertas presentadas. Los contratos de obra
han tenido retrasos en su iniciación o en su ejecución, sin que se hayan
justificado adecuadamente sus causas ni acreditado la concesión de
prórrogas o declarado la suspensión en las mismas.

En las líneas de subvención examinadas se aprecia la falta de la
documentación de la justificación exigible por la normativa reguladora, y
la existencia de vinculación entre las empresas subvencionadas y de éstas
con las empresas emisoras de las facturas justificativas. En ocho
subvenciones de asistencia técnica, los informes que justifican la
subvención tienen textos idénticos, en varios casos, el objeto social de
la empresa subvencionada no es adecuado al ámbito de la concesión.

La deuda viva al cierre del ejercicio es de 237.473 millones de pesetas,
lo que significa un 29 por ciento más que el año anterior. Y la carga
financiera, en términos del artículo 14.2 de la LOFCA, se sitúa en el
siete por ciento. El riesgo de avales concedidos es de 33.869 millones de
pesetas. Todos estos avales corresponden a plazos no vencidos.

Existen cuatro organismos autónomos de carácter administrativo y otros
tantos de carácter comercial, industrial, financiero o análogos. Se ha
asumido por parte de la comunidad, a juicio del Tribunal indebidamente,
la competencia para ordenar pagos por el tesorero de la comunidad, contra
lo dispuesto para la administración institucional. Existen incertidumbres
en los derechos pendientes de cobro del Servicio Regional de la Salud, de
la Agencia del Medio Ambiente y del Instituto de la Vivienda de Madrid.

En el sector empresarial, está constituido por un conjunto de doce
empresas agrupadas en torno a tres entes públicos y una sociedad, que son
las matrices de esos grupos. Se trata de IMADE, Radiotelevisión Madrid,
Canal de Isabel II y Areas de Promoción Empresarial, Sociedad Anónima. La
comunidad participa mayoritariamente en otras siete sociedades, entre las
que destaca el Metro de Madrid; y de ellas dependen otros dos entes: El
Instituto para la Formación y el Consejo de la Juventud.

El resultado agregado del sector público empresarial es negativo en 9.602
millones de pesetas, después de haber aplicado subvenciones por 26.599
millones.

En términos generales, el subsector tiene una situación financiera
inestable, con fondos propios inferiores a la cifra del capital social en
tres empresas; patrimonio neto negativo en el ente público
Radiotelevisión Madrid y sus dos sociedades y en el Instituto para la
Formación; fondo de maniobra negativo en dos empresas y en los grupos
consolidados de Radiotelevisión Madrid y Canal de Isabel II y en el ente
público Instituto Madrileño para la Formación.

Región de Murcia. La cuenta general fue rendida al Tribunal con nueve
días de retraso con algunas deficiencias en la documentación aportada. No
ha rendido cuentas la empresa Agrovial, S. A.

En la cuenta de Administración general, las limitaciones para la
fiscalización han sido: la no implantación del Plan General de
Contabilidad Pública, la indefinición de objetivos e indicadores en el
presupuesto por programa, la falta de relaciones nominales de deudores y
acreedores y la inadecuada contabilización de compromisos de gastos
futuros.

El presupuesto inicial suma 70.854 millones de pesetas, lo que significa
un aumento del seis por ciento respecto al año anterior. Las
modificaciones presupuestarias lo son por un importe de 10.303 millones,
el 15 por ciento de los créditos iniciales, y, de las incorporaciones de
crédito que se han realizado, 2.057 millones carecen de cobertura
financiera. Las obligaciones reconocidas suman 69.429 millones, el 86 por
ciento de ejecución.

Los resultados no financieros del ejercicio tienen un déficit de 10.757
millones de pesetas, el cual debería incrementarse en 2.083 millones de
acuerdo con los ajustes formulados por el Tribunal. Por su parte, el
remanente de tesorería, según las cuentas rendidas por la comunidad, es
de 2.767 millones, y, de acuerdo con las estimaciones del Tribunal de
Cuentas, sería negativo por 5.433 millones.

Respecto a la contratación, se han examinado 37 contratos, de los cuales
el 61 por ciento del importe total se adjudicó por concurso. No se ha
garantizado adecuadamente en todos los casos la selección de los
contratistas. En 15 contratos se observan retrasos injustificados en la
ejecución de las obras y en los que han sido reformados no se justifica
la imprevisibilidad en el 33 por ciento de los casos.

La deuda de la comunidad al final del ejercicio sumaba 64.675 millones de
pesetas, con un 54 por ciento de aumento sobre la del anterior y de tal
manera que la carga financiera



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es del 22 por ciento, la mayor del conjunto de comunidades autónomas.

El sector público empresarial está constituido por diez entidades. La
Sociedad para la Promoción Turística del Noroeste, S. A., tiene un fondo
de maniobra negativo de 203 millones de pesetas y Murcia Cultural, S. A.,
está incursa en supuesto legal de reducción de capital. Los resultados
agregados son negativos por 152 millones de pesetas, después de haber
aplicado 3.240 millones de subvenciones, el 67 por ciento de ellas al
Instituto de Fomento.

El Fondo de Compensación Interterritorial de la Comunidad de Murcia tiene
una dotación inicial de 3.863 millones. No hay remanentes incorporables
de ejercicios anteriores, porque la comunidad autónoma reajusta las
dotaciones en función de la ejecución de los proyectos.

Los proyectos formulados no son concretos, sino que se corresponden con
líneas de actuación inversora muy generales e indeterminadas, cuyo
posterior seguimiento limita el alcance de la fiscalización. Tampoco
aplica la contabilidad analítica. Los derechos se reconocen por el total
de lo consignado como dotación del ejercicio, en contra de lo dispuesto
en la Ley del Fondo y los principios de contabilidad pública.

Las obligaciones reconocidas suman 4.630 millones de pesetas, lo que
representa un grado de ejecución del 100 por cien, en coherencia con lo
que he dicho al principio. Las inversiones se concentran en obras
públicas.

Principado de Asturias. La cuenta general y las correspondientes a las
empresas públicas, salvo la de la sociedad mixta Centro de Transportes de
Gijón, que lo hizo con retraso, se han rendido dentro de plazo. El
subsector empresarial no incluye la liquidación de los presupuestos ni la
de los PAIF. Los entes públicos Consorcio de Extinción de Incendios,
Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias, Instituto de
Estudios Asturianos y Consorcio para la Gestión del Museo Etnológico de
Grandas de Salime no han rendido cuentas.

En la cuenta de la administración general, las limitaciones habidas para
la fiscalización han sido: la no implantación del Plan General de
Contabilidad pública, que el presupuesto por programas carece de
indicadores y que no existe una relación detallada de deudores. Los
créditos iniciales sumaron 86.563 millones de pesetas, con un incremento
de 37.612 por modificaciones de crédito, es decir, 43 por ciento de
modificación de créditos iniciales, que se han realizado fundamentalmente
por ampliaciones de crédito. Las obligaciones reconocidas, 103.856
millones, significan un 84 por ciento de ejecución.

Los resultados no financieros del ejercicio tienen un déficit de 15.333
millones, que debería disminuir en 488 tras los ajustes introducidos por
el Tribunal.

El remanente de tesorería, según las cuentas rendidas, es de 12.669
millones, y, según el Tribunal, debería ser de 7.716.

Se han examinado 84 contratos, del importe total de los cuales un 65 por
ciento se adjudicó por concurso, sin que el procedimiento garantice
totalmente la objetiva selección de los contratistas. En 70 contratos no
consta el informe preceptivo de fiscalización previa del gasto.

La deuda suma 44.565 millones, un 53 por ciento más que el año anterior.

La carga financiera representa el 12 por ciento. Los avales concedidos
por la comunidad suman 2.057 millones de pesetas en el año y el riesgo
vivo por este concepto, 3.679. Están vencidos y pendientes por valor de
79 millones.

Los siete organismos autónomos del Principado tienen un escaso desarrollo
de actividades y un total de 2.108 millones de pesetas de obligaciones.

El sector empresarial está integrado por 14 empresas que han obtenido
beneficios por 204 millones, después de aplicar 197 millones de
subvenciones.

El Fondo de Compensación Interterritorial de la Comunidad tuvo una
dotación inicial de 2.213 millones y una incorporación de 75 millones de
remanentes de ejercicios anteriores. Los proyectos para esta
financiación, todos en el sector de obras públicas, y en número de tres,
están perfectamente determinados, permitiendo, en consecuencia, su
seguimiento y fiscalización sin ninguna limitación. Las obligaciones
reconocidas, por importe de 2.114 millones de pesetas, significan una
ejecución del 92 por ciento.

Esta Comunidad también se aparta de lo previsto en los principios
contables públicos relativos al conocimiento de derechos, en la medida en
que reconoce el importe total de la consignación anual y no tiene un
sistema de contabilidad analítica aplicado a los costes de cada proyecto.

Finalmente, la Comunidad Autónoma de La Rioja. Rindió la Cuenta General
en plazo y las del subsector empresarial con más de dos meses de retraso.

La rendición de cuentas de las empresas tienen deficiencias documentales.

El ente público Consejo de la Juventud, constituido en el año 1986, no ha
rendido cuentas desde su creación.

La cuenta general de la administración tiene las siguientes limitaciones:
no haber implantado el Plan General de Contabilidad pública; las
incorporaciones de crédito no se corresponden con las de los expedientes
por haberse producido un cambio en la clasificación presupuestaria; la
previsión inicial de gastos suma 25.930 millones de pesetas y las
modificaciones de crédito tienen un volumen neto de 5.948 millones, el 23
por ciento de los créditos iniciales, de los que el 89 por ciento
corresponde a incorporaciones de crédito. Las obligaciones reconocidas
sumaron 26.087 millones; por tanto, el grado de ejecución fue del 82 por
ciento.

Los resultados no financieros del ejercicio tienen un déficit de 3.752
millones de pesetas, que deben aumentar en 31 millones por los ajustes
introducidos por el Tribunal.

El remanente de tesorería, según las cuentas rendidas, fue negativo por
3.859 millones. Según el Tribunal, debe ser negativo por 7.021 millones.

Se han examinado 17 contratos; en un 41 por ciento de ellos se observan
retrasos en la ejecución, sin causas que lo justifiquen. De los
modificados, en contratos de obra, la mitad está sin determinar las
causas de la modificación.

La situación patrimonial de la comunidad es la siguiente: la deuda al
cierre del ejercicio suma 16.411 millones y prácticamente corresponde a
operaciones de préstamo. El volumen es ligeramente inferior al del año
anterior. La carga financiera representa el 16 por ciento. No



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está contabilizada una operación de afianzamiento de crédito a una
sociedad pública por 233 millones de pesetas.

El sector empresarial público está formado por cuatro sociedades que, en
conjunto, tienen unas pérdidas de 1.059 millones de pesetas, después de
haber aplicado subvenciones por 60 millones a resultados. De éstos, 1.036
millones corresponden a la sociedad La Rioja 92, S. A. La sociedad
Valdeazcaray, S. A., se encuentra incursa en el supuesto de reducción de
capital previsto en la Ley de Sociedades Anónimas.

Con esto, Señorías, termino esta larga intervención, repetitiva por razón
de que he utilizado los mismos argumentos y las mismas líneas en diez
casos. Espero de su comprensión que entiendan que era imposible hacerlo
de una manera más atractiva.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Presidenta.

¿Grupos que desean intervenir?
Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Jordano y creo que, para
el informe de Castilla-León, el señor García Royo.




El señor JORDANO SALINAS: Señor Presidente, voy a intentar hacer un
comentario global a la presentación de los distintos informes que ha
realizado la presidenta del Tribunal de Cuentas, evidentemente reflejo de
un laborioso trabajo realizado por el Tribunal, sobre todo por la
dispersión de las cuentas a analizar. Haciendo una valoración global, se
puede prestar a un discurso fácil de distinguir entre buenos y malos y
tratar de destacar ventajas de gobernantes afines, del mismo partido, o
defectos de los de otros partidos. Y quiero huir de este tipo de
discurso, entre otras cosas porque realmente las responsabilidades
políticas que puedan dimanarse de estos informes serán exigidas, en su
caso, por los distintos Parlamentos autonómicos. Creo que un análisis
global de todos los informes de las comunidades autónomas que no tienen
un órgano específico de control nos puede permitir marcar ciertas líneas
de modificación de algunas leyes, puesto que se observan bastantes
defectos comunes en las distintas comunidades.

Hay algo que sí hay que resaltar, como concepto global, que es el sector
público empresarial de las distintas comunidades autónomas. Realmente es
un sector público muy deficitario en su conjunto y en muchos casos no
parece estar justificada la pluralidad de sociedades que existen en
algunas comunidades autónomas. En la misma forma, y en esa relación de
las comunidades autónomas con el sector público o privado productivo, no
parece que el sistema de avales que se viene aplicando por las distintas
comunidades sea el adecuado para generar proyectos de futuro, para
generar empleo, puesto que, casi en su totalidad, se aplica a operaciones
de salvamento de empresas en crisis y en la mayoría de los casos la
acción de salvamento se produce pero la crisis no se resuelve.

Y voy a dejar también un poco al margen los gastos en relación con la
Exposición Universal del 92 realizados por todas las comunidades, ya que
si bien, en algunas, vienen ya fijados lo que podríamos llamar pérdidas
que se produjeron por la participación de esas comunidades en la
Exposición Universal, en otras se aplaza el análisis de estos conceptos
al informe sobre el que está trabajando el Tribunal de Cuentas.

La primera observación global, de la que sólo se salva Castilla-La
Mancha, sería la inexistencia de un Plan General de Contabilidad pública;
podríamos decir que parece que hay algunas comunidades que tienen
voluntad de aplicarlo, pero algunas otras manifiestan su disconformidad,
incluso con la obligación de aplicar ese sistema de contabilidad.

Evidentemente, es muy difícil aceptar la existencia de una contabilidad
con partida simple, como la de Aragón, puesto que realmente no es
explicativa de nada. Y compartimos el concepto que reiteradamente expone
la presidencia del Tribunal de que no existen datos suficientes para
poder evaluar la eficiencia del gasto que han realizado las distintas
comunidades.

En cuanto a los retrasos, sí quisiera destacar que no parece que sea
asumible, aunque ya he dicho que no es nuestra labor exigir
responsabilidades, con los retrasos de las distintas sociedades. Quizá
Aragón se distingue más que ninguna otra por los retrasos en la
presentación de cuentas de sociedades, y, sobre todo, las sociedades que
no presentan ni siquiera cuentas: Aragón, Extremadura, Madrid y Murcia.

Llama también la atención, y no sé por qué, no sé cuál es la razón de que
esto sea así, que los Consejos de la Juventud de Madrid, La Rioja,
Castilla y Extremadura nunca hayan presentado cuentas desde su creación.

Y habría que preguntarse a qué se debe esta concurrencia en el concepto
Consejo de la Juventud, en las distintas comunidades, para no presentar
cuentas desde su creación.

El resultado global negativo de las empresas del sector público creemos
que es algo sobre lo que hay que reflexionar, así como la escasísima
rentabilidad de las empresas que presentan un resultado positivo. Por
volver a señalar Aragón, si con un capital de 6.470 millones sólo se
obtienen unos dividendos de cuatro millones, no parece que el esquema de
empresa pública que está funcionando en la mayoría de las comunidades sea
el adecuado. Quizá tendríamos que hablar de otros conceptos y no de
empresas con forma de sociedad anónima.

Hay algo común en la mayoría de las comunidades autónomas, que es una
discrepancia --en algunos casos muy seria-- de criterios con el Tribunal
respecto al tratamiento de los remanentes de tesorería, puesto que creo
que en todos los casos el Tribunal corrige, y sustancialmente, los
remanentes de tesorería. Y ahí sí me gustaría, si pudiera ser, que la
presidenta se detuviera un momento para explicar, no partida a partida,
pero sí el concepto básico de esa discrepancia en los remanentes de
tesorería.

En las contrataciones, que es asimismo también uno de los elementos
comunes en la mayoría de los informes, parece ponerse de manifiesto que,
en la práctica, del procedimiento de subastas huyen las comunidades; es
lo que parece deducirse de los informes. Y habría que preguntarse
¿realmente tenemos que plantearnos una modificación sustancial de las
formas de contratación pública, en especial



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de las subastas, ya que no puede deberse a un capricho que todas las
comunidades utilicen reducidamente el concepto de subasta y se vayan al
concurso? Evidentemente, no estamos de acuerdo con huir tanto de las
subastas y el concurso, como hace la Comunidad de Cantabria, y
prácticamente limitarse a adjudicaciones directas. Y llama la atención en
este informe de Cantabria que el 88 por ciento de las contrataciones
respondan al concepto de emergencia. Da la impresión de que durante todo
el año 1992 hubo una emergencia continuada en Cantabria que provocó el
acogerse a esta modalidad de contratación, teóricamente
superextraordinaria.

Desde el punto de vista del control de la realización de las obras, y es
un defecto común a la mayoría de las comunidades, o a todas, vemos los
retrasos en la ejecución de los proyectos, retrasos que normalmente
llevan consigo, y así se marca en los distintos informes, un incremento,
bien por la vía de las modificaciones, bien por la vía de obras
complementarias, de los presupuestos de cada obra.

Y también llama la atención el concepto, común a la mayoría de las
comunidades, de la existencia de defectos graves en los proyectos que
conllevan modificaciones continuadas de ellos. Es común también a todas
las comunidades el no exigir responsabilidades ni penalizaciones por los
retrasos, lo cual entendemos que perjudica a los habitantes de todas las
comunidades.

Hay un punto en el que se destacan algunas comunidades respecto a otras:
las cuentas bancarias. Y quisiera resaltarlo, por lo que pudiéramos
llamar descontrol que se puede producir en el manejo de cuentas bancarias
en distintas comunidades autónomas. El hecho de que, en Castilla-La
mancha, 172 cuentas no estén integradas en la Tesorería general parece
revelar que hay una mala gestión de tesorería, y, cuando estamos hablando
de comunidades autónomas que tienen, todas, un endeudamiento y un
endeudamiento a corto plazo importante, sería interesante saber qué
modificación habría que hacer en los marcos legales en que se mueven las
comunidades respecto al manejo de tesorería para que fuera un manejo de
tesorería eficiente y no hubiera esa dispersión.

Es grave, y queremos resaltarlo, como lo hace el Tribunal, que en
Extremadura, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, existan dos cuentas
con una sola firma. Creemos que es un caso inaudito dentro del sector
público que se puedan producir cuentas en el sector público con una sola
firma. De la misma forma que tampoco entendemos muy bien por qué en
Extremadura las cuentas de las Consejerías no están incluidas en la
cuenta general de la Comunidad; daría la impresión de que funcionan a su
vez también las Consejerías como organismos autónomos dentro de la propia
autonomía, lo cual no parece que sea muy adecuado a la legislación.

Llama también la atención un hecho grave: hay una serie de comunidades en
que coincide la relación de cuentas que la comunidad facilita con las
cuentas reales que existen y se encuentran conciliadas, como es el caso
de Castilla y León. Pero llama la atención que, en una Comunidad como la
de Madrid, el Tribunal detecte, después de mandar una circular a las
distintas entidades de crédito, 17 cuentas que no constaban en la
relación facilitada por la comunidad; denota un descontrol grave en el
manejo de los fondos.

De la misma forma, y no realmente por descontrol en el manejo de los
fondos, pero sí por mala gestión de tesorería, no se entiende que en la
Comunidad de Murcia las cuentas de recaudación no estén disponibles por
la propia Comunidad y que, además, no estén conciliadas.

En los endeudamientos, realmente ninguna Comunidad supera el máximo
legal, algunas se acercan peligrosamente a ese máximo legal, otras se
alejan bastante, considerablemente, de ese marco. Pero sí nos ha llamado
la atención una observación continuada del Tribunal sobre la existencia
de endeudamientos a largo plazo que no están vinculados a inversión.

Llama también la atención, y comprendemos que dificulta enormemente la
labor de control, la inexistencia de inventarios en las Comunidades de
Aragón y Murcia, o la inexistencia de una relación de deudores en otras
comunidades, como la de Asturias.

Y respecto a un concepto que sólo se contiene en la observación en la
Comunidad de Cantabria, sí quisiera preguntar, porque sería interesante,
por el concepto de subvenciones, la no existencia de una normativa
general que regule las adjudicaciones y control de las subvenciones. Se
ha puesto de manifiesto este hecho en la Comunidad de Cantabria, pero
sería interesante conocer del Tribunal si ha observado también en otras
comunidades la inexistencia de un sistema de control de subvenciones y de
adjudicación de esas subvenciones o el escaso funcionamiento de este
sistema de control de subvenciones.

Estas serían las observaciones generales al conjunto de los informes
anuales de las comunidades. Habría que decir que, salvo excepciones, la
valoración global que se puede hacer del funcionamiento de la mayoría de
las comunidades autónomas, con las distintas observaciones que se han
realizado, es casi globalmente positiva, quizá con la exclusión de la de
Murcia y la de Cantabria y --sobre todo-- de la de Madrid. Porque cuando
se entra en el detalle de una a una de las distintas Comunidades, hay
conceptos que sí exigirían que nos detuviéramos. Por ejemplo, los
mandamientos de pago a justificar en la Comunidad de Aragón, por un
importe total de 9.000 millones de pesetas. En la Comunidad de Cantabria,
la proliferación de sociedades; llama la atención respecto a una
comunidad uniprovincial esa proliferación de sociedades que existe. Hay,
evidentemente, en la Comunidad de Castilla y León una discrepancia muy
grave en el tratamiento de los remanentes de tesorería y del tratamiento
de las modificaciones de crédito, aunque bien es verdad que su carga
financiera es muy baja.

En la Comunidad de Madrid llama poderosamente la atención la
concentración excesiva de riesgos de la Comunidad en el sector de
radiotelevisión pública. Hay algo que el Tribunal destaca pero que, sin
embargo, no entra en una valoración, y que nos ha llamado mucho la
atención, y es que se efectúen inversiones de tesorería por un importe de
algo más de 10.000 millones de pesetas por esta Comunidad, cuando
curiosamente mantiene un endeudamiento a corto plazo de 48.000 millones,
lo cual no justificaría



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la inversión en tesorería. Sobre todo, llama la atención que esa
inversión en tesorería se realice sobre pagarés emitidos por
Radiotelevisión Madrid, porque realmente no sería una inversión de
Tesorería, ya que es el mismo sector público, la misma Comunidad la que
está autoinvirtiendo su dinero, y daría la impresión de que estamos con
una subvención encubierta que la Comunidad Autónoma de Madrid realiza en
el ente público Radiotelevisión Madrid. No parece que el concepto de
emitir pagarés por las distintas empresas públicas o los distintos entes
públicos sirva para que la propia comunidad autónoma que tutela ese ente
público suscriba pagarés. No logramos entender que esto se pueda hacer
así. Igual que una observación que hace el Tribunal en relación a la
Comunidad de Madrid en la página 146 del informe, sobre replantear la
existencia de organismos autónomos que, por su funcionamiento, no
requieran escisión de la Administración central; no hemos llegado a
entender claramente qué es lo que quiere decir el Tribunal con esta
observación. También llama la atención que, en la Comunidad de Madrid, no
aparezca en su informe ninguna partida específica sobre los gastos de la
Expo 92.

En la Comunidad de Murcia (por destacar algo que nos llama la atención y
que no le encontramos realmente ningún sentido) no vemos una razón para
que aparezcan sin depurar saldos de la antigua Diputación Provincial
desde el año 1983. En cualquier modelo de gestión que se aplique, daría
la impresión de que no es posible mantener, sin depurar, estos saldos y
mantener, en definitiva, como activos unos saldos que probablemente no
sea posible realizarlos, ni mucho menos obtener algo positivo de ellos.

En la Comunidad de Asturias, las observaciones son realmente globales con
todo lo que ya hemos expuesto. Sí llama la atención también en esta
Comunidad que cuatro entes públicos no rindan cuentas, porque no parece
que haya ninguna justificación para ello.

Esta es la valoración global que haríamos sobre los distintos informes de
las comunidades. Y cedo la palabra al senador García Royo, en relación a
los Fondos de Compensación Interterritorial.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor García Royo, para
intervenir en relación con el Fondo de Compensación Interterritorial de
Castilla y León.




El señor GARCIA ROYO: Voy a hacer una intervención que afecta al aspecto
jurídico del Fondo de Compensación Interterritorial del ejercicio 1992.

Podíamos denunciar en este momento, señora Presidenta y señor Presidente
de la Comisión, la inoperancia de la conocida Comisión del Seguimiento
del Fondo de Compensación Interterritorial, que sólo una vez se reunió,
lo que ha podido, posiblemente, generar esta falta de control en los
proyectos que venían desde los Presupuestos Generales del Estado como
transferencias finalistas.

La dotación de 1992 para la Comunidad de Castilla y León fue de 8.294
millones. Efectivamente, el artículo séptimo de la Ley 29/1990, del Fondo
de Compensación, permitía que los remanentes del ejercicio se aplicaran
al ejercicio siguiente en el mismo proyecto y en otros. Y así se dio,
señora Presidenta, y la ha llamado la atención, que sólo 20 proyectos se
hayan dividido en nada menos que en 162 subproyectos, con una ejecución
trasparente y ágil, y ha tenido fama por este aspecto.

Por ejemplo, después de recoger todos los remanentes que existían del
Fondo, señora Presidenta, señor Presidente y compañeros, de una dotación
de 8.224 millones, ha pasado la Junta de Castilla y León a una inversión
total de 23.388 millones. Lo voy a decir en el aspecto orgánico; en medio
ambiente pasaron, de 8.294, a 18.000, ciertamente con financiación de la
Comunidad Económica Europea y con fondos propios; fomento pasó, con 69
proyectos, de 4.994, a más de 8.655; y en agricultura, con un proyecto de
2.142, pasó a 3.474.

Podemos decir, con un aspecto financiero, que con el Fondo de
Compensación, con los remanentes del ejercicio anterior, pero
perfectamente gestionados en el año 1992 por la Junta de Castilla y León,
se eleva a 11.693. La Comunidad Europea aporta 7.628 millones y de
financiación propia se aportan 4.067 millones, una espléndida ejecución
del Fondo de Compensación. Y este Senador, cuando pertenecía a la antigua
y extinta Comisión de Seguimiento del Fondo, llegó hasta una cifra de
23.388 millones. Creo que es la primera vez que se da, señora Presidenta
y señor Presidente, esta ejecución por los remanentes del ejercicio
anterior del Fondo, que está amparado, efectivamente, por la Ley 29/1990,
pero además, por la dotación anual de los Presupuestos Generales del
Estado en concepto de transferencias finalistas, siempre --señora
Presidenta y señor Presidente-- por criterio de devengo.

Y, una vez terminada esta breve exposición, si me lo permiten, señora
Presidenta y señor Presidente, me despido hoy de la Comisión. Quiero
decirles que me he encontrado muy bien en esta Comisión Mixta, pero me
marcho. Muchas gracias a todos. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor García Royo. En ésta su última
intervención y despedida, señor García Royo, quiero expresarle, yo creo
que es sentimiento general de la Comisión y, desde luego, de la Mesa y de
este Presidente, el agradecimiento por su labor y por su trabajo,
deseándole que, en su actividad y en su vida, tenga el merecido descanso
y los frutos que conllevan su esfuerzo y su dedicación a la política y en
esta Comisión.

Pasando a otro tema, voy a continuación a dar la palabra al señor Gimeno.




El señor GIMENO MARIN: Por razón obligada, señor Presidente, quiero
manifestar al señor García Royo la satisfacción que ha sido para mí y
para mi grupo, sin ninguna duda, haber estado con él en esta Comisión,
trabajando durante todo este tiempo. Le deseamos lo mejor en sus tareas y
en sus actividades normales.

Dos cosas más, señor Presidente. Como cuestión de orden, quería decirle
que me ha pedido un compañero de mi grupo, en el informe de Castilla-La
Mancha, intervenir antes. Le pediría que cambiara el orden, si es
posible, para las intervenciones de los distintos miembros de mi grupo
que



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van a intervenir. Y una referencia muy genérica respecto a los informes
que se presentan por el Tribunal de Cuentas.

Es indudable que con las comunidades autónomas, lo hemos manifestado ya
--no es la primera vez-- en esta Comisión el Grupo Socialista, y también
me consta que el propio Presidente, como administraciones autónomas que
son, el papel que tiene esta Comisión, respecto a esos informes, es
conocerlos, tener una información de ellos. Para esta Cámara, para las
consecuencias que se pueden derivar de ese conocimiento, en el sentido de
que esta Cámara tiene competencias legislativas que afectan a todas las
comunidades autónomas, tener esa información es positivo.

En cualquier caso, al margen de las intervenciones y de los aspectos que
se debatirán, sin ninguna duda, en las comunidades autónomas
correspondientes, y también en esta Comisión, como acabamos de ver, yo
haría una valoración en el sentido de que las comunidades autónomas son
administraciones jóvenes, muy jóvenes. A mí me parece que ése es un
aspecto que hay que tener en cuenta y hay que valorar con carácter
positivo, en mi opinión, la evolución en lo que es la gestión de las
comunidades autónomas. A mí me parece de enorme interés, aunque
preocupación también tenemos todos, sin ningún tipo de duda, por algunos
problemas, entre ellos el importante crecimiento y rapidez en el
crecimiento de la deuda por parte de las comunidades autónomas. Pero ése
es otro problema parcial.

Con esto termino mi intervención, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gimeno, porque, teniendo en cuenta
que van a intervenir diversos portavoces por el Grupo Socialista, cada
uno dirá lo que tenga que decir. Y parece que pretende que sea primero el
señor López, en representación de Castilla-La Mancha, quien tome la
palabra. Tiene la palabra el señor López.




El señor LOPEZ CARRASCO: El Tribunal de Cuentas ha llevado a cabo la
labor de fiscalización de la Cuenta, poniendo de manifiesto sus opiniones
respecto a la gestión económica y financiera desarrollada a través del
informe que ha sido remitido a esta Cámara y que es objeto de esta
sesión.

Ya la Comunidad Autónoma presentó las alegaciones a este informe en su
momento, y se incorporan como anexo al mismo. Dado que las alegaciones
contestan con detalle a las observaciones formuladas por la Comunidad y
aclaran y explican de forma pormenorizada aquellos criterios adoptados
que son objeto de salvedades u observaciones por parte del Tribunal en
los correspondientes apartados del citado informe, es preciso remitirnos
a las alegaciones para hacer una valoración, ya que difícilmente
podríamos introducir criterios o aspectos nuevos que no hayan sido
indicados en su momento.

Con carácter general, en lo que sería el análisis de los resultados de la
Cuenta, las observaciones recogidas en las conclusiones del informe
proponen la adopción de criterios de naturaleza técnico-contable que
pueden ser considerados igualmente válidos a los aplicados por la
Comunidad en la confección de las cuentas. En cualquier caso, este tipo
de criterios no afecta a la certeza de los datos presentados ni a la
transparencia de las cuentas, que es sin duda el aspecto verdaderamente
importante en este asunto.

Las cuentas presentadas recogen correctamente las operaciones económicas
y financieras desarrolladas durante el Ejercicio y reflejan adecuadamente
la situación patrimonial de la Administración de la región de Castilla-La
Mancha que, por otro lado, debemos de calificar de muy saneada, a juzgar
por los comentarios realizados por el propio Tribunal en relación con la
carga financiera derivada de la deuda, la inexistencia de déficit, la
inmediata ejecución y pago de las obligaciones reconocidas, la existencia
de remanente positivo de tesorería, etcétera.

Por tanto, en los aspectos básicos, el Tribunal de Cuentas ha considerado
correcta la liquidación presupuestaria y la gestión y situación
económico-financiera analizada. No obstante, el Tribunal pone de
manifiesto ciertas salvedades u observaciones que deben ser tenidas en
consideración.

Podríamos destacar algunos de los aspectos que se han puesto de
manifiesto en las conclusiones del informe, como es la no inclusión en
las cuentas de las Memorias del coste y rendimiento de los servicios
públicos. Entiendo que ésta es una observación generalizada y que refleja
patentemente la dificultad que representa cumplir con este precepto de
una manera rigurosa y formal, aunque no cabe duda de que se pueden ir
adoptando progresivamente medidas para que sea aplicable en un futuro. Me
remito también a la última intervención respecto a que las comunidades
autónomas son administraciones jóvenes que cada vez tenemos que ir
perfeccionando y que en este recorrido de apenas una docena de años se
pueden ir corrigiendo estas observaciones que apunta el Tribunal.

En segundo lugar, la inclusión en los Presupuestos del Fondo Nacional de
Cooperación Municipal, sobre lo cual la Comunidad Autónoma se ha
manifestado en el sentido de que va a seguir haciéndolo por imperativo
legal emanado del artículo 48 del propio Estatuto de Autonomía, que así
lo recoge. La justificación de la aplicación del endeudamiento a la
financiación de las inversiones queda de manifiesto en el informe y en
las alegaciones sobre que la afectación del endeudamiento a las
inversiones es fácilmente deducible, del análisis de las cifras, que el
ahorro que la administración de Castilla-La Mancha obtiene en las
operaciones corrientes le permiten asegurar en todo caso éstas, que son
financiadas sobradamente con los recursos corrientes, observándose que el
endeudamiento es exclusivamente necesario para gastos de inversión.

La utilización sobre el criterio de Caja se trata sin duda de una
apreciación de técnica contable, pero pone de manifiesto la prudencia por
parte de la Comunidad en el registro de hacer determinadas operaciones de
ingreso.

El resto de conclusiones a que estos temas se refieren, como decía
anteriormente, es sobre estos aspectos de técnica contable en los que la
Comunidad ha manifestado su opinión, sin perjuicio de que las
observaciones que realiza el Tribunal deban de ser tenidas en cuenta para
ir incorporándolas en la medida en que sea posible a los procesos y
sistemas contables que se vayan desarrollando en el futuro.

También se reflejan en el informe los resultados de la fiscalización
realizada por el Tribunal sobre la contratación



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administrativa. Señala el Tribunal que el 82 por ciento de los contratos
son adjudicados por concurso, siendo ésta una de las formas habituales y
que garantizan la concurrencia en la licitación. No obstante, la crítica
va más bien dirigida hacia la determinación previa de la ponderación de
criterios de selección del contratista. Este asunto proviene en su mayor
parte de una diferencia de criterio, más formal que real, en cuanto a la
necesidad o no de ponderar los criterios para la selección de los
adjudicatarios.

Sin perjuicio de las alegaciones que ya figuran recogidas en el texto,
sólo indicaré a este respecto que la nueva Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas recoge y resuelve este aspecto de la
contratación, con lo cual se evitará en lo sucesivo esta polémica.

También se refiere el Tribunal a retrasos producidos en la realización de
las obras. Sobre este asunto, yo he de manifestar mi opinión de que deben
de ser los órganos de contratación de las Administraciones públicas los
primeros interesados en que tales retrasos no se produzcan, aunque sólo
sea por el interés político de que las obras finalicen en su momento, por
lo que el Tribunal observa algo en lo que la Administración es, sin duda,
también la primera interesada en evitarlo. No obstante, en determinados
tipos de obras condicionadas a climatología, estas demoras en la
ejecución son inevitables, fundamentalmente en obras relacionadas con
agricultura y medio ambiente, pero esos retrasos se indican con todo
detalle en el informe. También me parece observar que el Tribunal ha sido
en este sentido quizá un poco severo en sus juicios, ya que la
prolongación de los plazos de ejecución de las obras no constituye
tampoco en ningún caso una irregularidad, en la medida que la propia
legislación contractual recoge esta posibilidad.

También se critica en el informe la realización de obras adicionales.

Siendo ajustada esta crítica, no obstante en las alegaciones quedan
aclaradas las circunstancias técnicas que recomendaban hacer éstas. Estos
extremos, por tanto, han sido recogidos y explicados en las alegaciones
formuladas.

En definitiva, el informe realizado por el Tribunal es minucioso, de gran
rigor y permite conocer con detalle la gestión económica y financiera
realizada durante el año 1992 por parte de la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha. Las observaciones que el mismo realiza han sido
objeto de reflexión y de fundadas alegaciones por parte de la Comunidad,
en las que se ponen de manifiesto los criterios seguidos en cada uno de
los procesos obtenidos. Por tanto, podíamos decir que el informe ha
cumplido con su importante misión de poner de manifiesto los aspectos
susceptibles de ser mejorados en la gestión presupuestaria y debe tender
a que se vayan incorporando progresivamente las mejoras que indica el
informe. La adopción de aquellas medidas que se consideran de interés,
así como el compromiso firme de que todos los gestores participen en la
tarea de administrar los recursos públicos, permitirá dar respuesta a una
mayor calidad de la información y a la más elevada exigencia de eficacia
y transparencia que demanda nuestra sociedad.

Por último, indicar que, cada año, ya se han ido incorporando por parte
de la Comunidad Autónoma las observaciones del Tribunal y se observa,
precisamente en el año 1992, que se ha dado solución a buena parte de las
críticas o comentarios del Informe del año 1991. Y así ha sucedido con
respecto a los años anteriores.

Terminar manifestando a esta Comisión que ayer, día 14, en las Cortes de
Castilla-La mancha se votó este informe del Tribunal de Cuentas del año
1992, aprobándose sin ningún voto en contra, con los votos favorables del
Partido Socialista Obrero Español y con la abstención del Partido popular
y de Izquierda Unida.




El señor PRESIDENTE: Yo ruego a los intervinientes que intenten abreviar
en la medida de lo posible, dado el gran número de comunidades que hay
que observar.

Tiene la palabra a continuación, para pedir aclaraciones y expresar
criterios referidos al informe de la Comunidad Autónoma de Aragón, el
señor Alegre.




El señor ALEGRE ESCUDER: Tengo aquí el «Diario de Sesiones»
correspondiente a la sesión de la Comisión que estudió el informe de
fiscalización de la Comunidad Autónoma de Aragón del año 1990 y, si se me
ocurriera leer mi intervención de aquella ocasión, valdría exactamente
para hoy. Esto quiere decir que el informe del Tribunal vuelve a hacer
hincapié en los mismos defectos, lo que, al paso de los años, resulta un
tanto incomprensible.

Vuelve a aparecer lo de las cuentas rendidas fuera de plazo, cuestión por
la que destacamos precisamente en Aragón. No se rinden las de seis
empresas públicas, y entre ellas sí me gustaría hacer algún hincapié y
detalle sobre la correspondiente al Pabellón de Aragón. No ha sido
presentada y no sé si en estos momentos, y le pregunto a la señora
Presidenta, obra ya en poder del Tribunal. Es la cuenta de una empresa
modelo de ineficacia, de mala gestión y de poca racionalidad del gasto
público. Espero que algún día se pueda rendir la cuenta del Pabellón de
Aragón.

Siguen sin un sistema integrado de contabilidad. Tampoco aplican el Plan
General de Contabilidad Pública. Piensen que estamos hablando de 1992 y
muchos, muchísimos de los pueblos, pueblos insignificantes de Aragón, ya
contábamos con el sistema. Coincido en esto con la intervención del
portavoz del Grupo Popular, señor Jordano, que también lo ha destacado.

Asimismo, volvemos a destacar en el aumento de las modificaciones de
crédito, tenemos un porcentaje del 25 por ciento, superior a la media de
otras comunidades autónomas. Vuelve a parecer, en cuestión de la nómina
de personal, la contabilidad extrapresupuestaria de las nóminas de los
funcionarios. ¿Tan difícil es contabilizar correctamente las nóminas de
los funcionarios, señora presidenta?
En cuanto a personal, en la Dirección General de la Función Pública
también hay que resaltar que no han podido determinar las altas y bajas
habidas a lo largo de todo el año, lo cual es un detalle de descontrol.

Igualmente coincido con el señor Jordano, quien también ha destacado que
las cuentas que no forman parte de la Tesorería son las cuentas
restringidas de recaudación --169 por 273 millones-- y, sobre todo, las
de pagos a justificar,



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que alcanza la cifra, creo que excesiva, de 1.225 millones.

Con respecto a la contratación, hay una serie de deficiencias
tremendamente pintorescas, como aquella en que la fecha de la
adjudicación es anterior a la fecha de elaboración de las ofertas. Yo no
sé eso qué quiere decir ni adónde nos puede llevar, o sea, ahí puede
pensar cada uno lo que quiera. Fianzas constituidas igualmente con
anterioridad a la adjudicación. Obras complementarias que no responden en
modo alguno a proyectos definidos o concretos, sino que, por más que en
las alegaciones se quieran justificar, entiendo yo que son deficiencias
correspondientes a las obras ejecutadas con anterioridad y no a nuevas
necesidades de las mismas, que en algún caso sería preciso conocer y
respecto a las cuales no sé si el Tribunal puede facilitar los nombres de
las empresas que han concurrido en esas actuaciones. Hay un contrato en
particular del que, por largo, es imposible hacer un análisis, pero sí
que invito a todos los miembros de la Comisión a que lo lean. Está en la
página 42 del Informe de Fiscalización de la Comunidad Autónoma de Aragón
y hace referencia a la obra de la estación de autobuses de Teruel. Yo
creo que esta página es todo un poema, de aquí se pueden sacar todas las
conclusiones que uno quiera. Invito a su lectura a los miembros de la
Comisión, como digo.

Igualmente, cabe destacar el porcentaje elevadísimo de contratación por
el sistema de concurso y contratación directa. No es lo malo que sea
común a todas las comunidades autónomas, es que allí vamos en aumento: el
84 por ciento eran en 1990 y en 1992 es el 88, o sea, vamos al revés: en
lugar de mejorar hacemos como el cangrejo.

Destacamos igualmente por la bajísima ejecución presupuestaria, al margen
de que habría que preguntar si el presupuesto final de la Comunidad se
parece algo al inicial, a la vista del número de modificaciones habidas.

Aparte de las recomendaciones obligadas que hace el Tribunal, yo le
preguntaría si tiene alguna otra medida para evitar la repetición de este
cúmulo de deficiencias e irregularidades o si hay forma de averiguar
quién o qué impide que se puedan hacer las cosas un poco mejor y más a
tiempo.

En cuanto a las alegaciones, aparte de que --no sé si por no haber
recibido el informe completo-- no dispongo de ellas, en otras ocasiones
sí que ha podido ser, yo preguntaría o más bien afirmaría que creo que
son meras excusas sin apenas justificación. ¿Responde el Tribunal a las
alegaciones presentadas?
No he visto en todo el informe nada que haga referencia a los intereses
de los depósitos, en otras ocasiones sí que las hubo, y es un tema
interesante a poder tratar. Si tuviese algún dato al respecto la señora
Presidenta, se lo agradecería, porque, por otra parte, veo que respecto
al Instituto Aragonés de Fomento, al cual, con diferencia de las otras
empresas públicas, le aplican una buena valoración en cuanto a resultados
--dice así el informe, «extraordinariamente positivos»--. Sin embargo, me
temo que parte de esos extraordinarios resultados vengan de los intereses
de sus depósitos, que tienen una contrapartida evidente y nefasta en las
necesidades de los Ayuntamientos, ya que vemos el retraso inexorable en
sus pagos y, a su vez, en los de los empresarios que nos trabajan.

En definitiva, ¿para cuándo cree (es una pregunta difícil de contestar)
la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas que Aragón cumplirá con las
recomendaciones del Tribunal de Cuentas? Posiblemente se la pueda
contestar yo.

Quiero terminar, señor Presidente, pero no puedo pasar por alto una
cuestión sobre la que, aunque entiendo que es ajena a la función del
Tribunal de Cuentas, permítaseme hacer una brevísima referencia. En el
Apéndice número 2, en el cual aparece la relación de contratos examinados
por el Tribunal hay algo que llama poderosísimamente la atención. A un
alcalde, como es mi caso, obviamente de Aragón, le resulta tan doloroso
como indignante, contemplar que todos los contratos examinados por el
Tribunal de Cuentas y lo que ello lleva consigo, es decir, las
inversiones correspondientes, se realizan en pueblos cuyo alcalde es del
signo político del titular de la cartera correspondiente, sobre todo
ordenación del territorio. Esto es así lamentablemente y yo preguntaría
si esto es ordenar el territorio como debiera ordenarse, si este sistema
es el que debería aplicarse.

Al margen de que evidentemente esto no es competencia del Tribunal, sí
quiero volver a señalar, como lo he hecho en anteriores ocasiones, que se
destaca, es palpable, es manifiesta una diferencia de comportamiento en
un Gobierno bipartito, por los componentes de ese Gobierno, según a qué
formación política corresponda, lo que es evidente y está aquí a la
vista, concretamente, en esta página de la contratación. A uno de esa
parte de ese Gobierno yo no tengo inconveniente en darle un aprobado; a
la otra, el cero más absoluto. Ese Gobierno actual está formado por las
mismas fuerzas políticas lamentablemente para mí, no es el Gobierno que
yo desearía que fuese, pero sí quiero decir que afortunadamente ha
cambiado la correlación de fuerzas y, sobre todo, ha cambiado el
Presidente. Eso me permite esperar una cierta mejoría, que sean más los
que lo hagan mejor y menos lo que lo hagan como ha venido ocurriendo
hasta ahora, y que en próximos ejercicios, cuando tengan entrada en esta
Comisión, se vea la mejora correspondiente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Blanco.




El señor BLANCO GARCIA: Señorías, atendiendo a la recomendación de la
presidencia, voy a intentar ser breve.

Si nos atenemos a los criterios que la señora Presidenta manifiesta
reiteradamente en esta Comisión sobre la metodología a seguir para saber
cómo ha sido la fiscalización de unas cuentas determinadas, es decir, si
se entregan en plazo, si hay coherencia y homogeneidad en las cuentas, si
se atienen a los principios de legalidad, eficacia y economía y, además,
si los estados financieros se ajustan a los principios de contabilidad
pública, a esos cuatro criterios, yo creo que podemos resumir que
Cantabria es la única comunidad autónoma que no cumple ninguno de los
cuatro.




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Me da esa impresión, pero en todo caso, la Presidenta me podría corregir.

Yo voy a intentar ser breve, resaltando dos o tres aspectos del informe.

En primer lugar, llama la atención que se haya reiterado, y es verdad que
el Tribunal de Cuentas lo ha venido reiterando año tras año a la
comunidad autónoma, que el Fondo Nacional de Cooperación Municipal no
puede tener un carácter presupuestario y que no se puede incluir en la
partida de ingresos y gastos.

Pues bien, yo le quiero decir a la señora Presidenta que se ha acabado ya
con ello, pero qué duda cabe que ha tenido una medida traumática. Medida
traumática porque lo que se hacía con este Fondo Nacional al incorporarle
era retener esa participación en los ayuntamientos en función de las
deudas que los ayuntamientos tenían por otros conceptos con la Diputación
Regional. Y ha acabado en una situación traumática porque los
Ayuntamientos iniciaron una vía penal contra el consejero y el Tribunal
Supremo le condenó a unos cuantos años de inhabilitación por
prevaricación y a 25 millones de multa. Por lo tanto, con esa salvedad de
cómo ha acabado el asunto, yo creo que hubiese acabado mucho mejor si se
hubiesen atendido los requerimientos del Tribunal, aunque afortunadamente
algo se ha corregido.

En segundo lugar, algo que también llama poderosamente la atención y que
lo ha dicho otro preopinante, el señor Jordano, por parte del Grupo
Popular, es cómo se adjudican las obras y cómo se ha utilizado la
fórmula, que no ha sido de la subasta ni la del concierto, sino que se ha
ejecutado mediante procedimientos de emergencia en un 88 por ciento. Yo
creo recordar, señora Presidenta, se lo pregunto por si me puede
contestar a ello, que el Tribunal tenía pendiente hacer una fiscalización
de las adjudicaciones realizadas por esa comunidad autónoma. Si me puede
responder en qué fase está ello, si se ha iniciado o no, si tiene medios
el Tribunal para llevarlo a efecto, etcétera.

Es verdad que se ha hecho así y yo coincido con el señor Jordano en que
da la impresión de que en el año 92 en esa comunidad autónoma se estaba
en una emergencia continuada. Con un matiz, yo creo que la emergencia,
política en este caso, venía desde el año 1990, cuando una insigne
Diputada de su Grupo dio una llamada de atención muy importante a sus
Diputados regionales allí y les dijo que no votasen el presupuesto del
propio Gobierno, de su Gobierno, porque había un endeudamiento de más
allá de 90.000 millones de pesetas. Esa emergencia política siguió. En un
lapso de tiempo se intentó corregir, pero luego se rectificó y quiero
recordarle que en el año 1992, que nos ocupa, el Gobierno era un Gobierno
de mayoría absoluta con siglas Partido Popular.

En fin, al margen de buenos y malos, como dice el señor Jordano, yo creo
que es verdad que eso se ha llevado así, lo dice el propio Tribunal, yo
creo que se ha estado en esa emergencia política. El problema que yo
quiero manifestar aquí a las señoras comisionadas y a los señores
comisionados es que esa emergencia política ha ido «in crescendo». Los
miembros de la Comisión que estén para fiscalizar las cuentas del 1993 y
1994 probablemente me tengan que dar la razón cuando vean o cuando les
comente a SS. SS. que, por ejemplo, por darles un dato, los Presupuestos
del año 1994 fueron aprobados en marzo del 1995, es decir, con dieciocho
meses de retraso; que los Presupuestos del 95 se han aprobado antes de
ayer, por decirlo de alguna manera, hace dos meses; y afortunadamente,
con el nuevo Gobierno salido de las elecciones, los Presupuestos han
entrado por primera vez en tiempo y forma en la Asamblea Regional de
Cantabria, en el mes de octubre, y se están discutiendo en estos momentos
para aprobarlos antes de finalizar el año. Sin embargo, me preocupa,
porque se va a ver todavía mucho más en los años 1993 y 1994 que la
comunidad de Cantabria no cumple ninguno de los parámetros establecidos
por el Tribunal de Cuentas o por la contabilidad general.

También quiero responder quizá a algunas preguntas que se han hecho y
sobre las que yo creo que puedo aportar algunas respuesta, si me permite
la Presidenta.

Es verdad que en Cantabria ha habido muchas subvenciones y además sin
ningún control, como manifiesta el Informe del año 1992. Yo quiero decir
al respecto que en el año 1991 sí se hizo una normativa para aplicar
subvenciones que fue derogada en el año 1992. Además, efectivamente, hay
una gran proliferación de sociedades públicas. Algunas pueden tener una
justificación: ante un endeudamiento tan brutal como el que tenía la
comunidad autónoma, en un momento determinado se nos ocurre hacer algo
para que los servicios públicos se autofinancien o al menos intenten no
tener pérdidas, y se constituyen sociedades como la del Palacio de
Festivales o como la Sociedad de Gestión de Residuos Sólidos. Pero,
naturalmente, hay otras que no tienen ningún sentido, desde mi punto de
vista, como puede ser que una comunidad autónoma pues participe en un 50
por ciento en un casino. Yo creo que eso debería desaparecer, es una
antigualla, me da la impresión, no lo sé. No tiene ningún sentido que la
comunidad autónoma sea la propietaria del 50 por ciento del club de
fútbol Real Racing Club, que no es el club sino una sociedad anónima en
estos momentos. Es decir, que no solamente ya había muchas, sino que se
han seguido aumentando.

En la medida en que algunos comisionados en esta Comisión puedan hacer
alguna sugerencia, yo sí estaría de acuerdo con el señor Jordano en que
se vayan disminuyendo esas sociedades públicas, que no tienen ningún
sentido en una comunidad autónoma, como es tener propiedad de un equipo
de fútbol o de un casino o bien de una sociedad de construcción de
viviendas que a la vez tiene en sus estatutos la posibilidad de construir
buques mercantes. Yo creo que se debería de acabar con este tipo de
cosas, normalizar de una vez la situación y hacer entrar a la comunidad
de Cantabria no ya por la excepcionalidad que ha sido hasta ahora, sino
por la senda de una cierta normalidad, de una normalidad institucional y
de una normalidad política.

Yo creo que está dicho todo porque realmente no hay por dónde coger no la
fiscalización en sí misma, que se ha hecho, sino la situación contable de
la Comunidad. La fiscalización yo creo que es bastante certera y adecuada
a la situación política que se ha vivido. Se trata simplemente de aportar
estas apreciaciones mías si es que sirven para despejar



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algunas dudas y reiterar a la Presidenta la petición o la pregunta de si
es verdad que se están fiscalizando las adjudicaciones en sí mismas.




El señor PRESIDENTE: A continuación tiene la palabra el señor Agudíez.




El señor AGUDIEZ CALVO: Quiero que mis primeras palabras sean de
felicitación a la Presidenta del Tribunal de Cuentas y al propio Tribunal
por los excelentes trabajos de fiscalización que nos ha presentado de las
distintas comunidades autónomas. Dicho esto, paso a analizar brevemente,
en nombre del Partido Socialista, el informe de fiscalización de las
cuentas de la Comunidad de Castilla y León en sus aspectos más
importantes, para, a la vez, solicitarle una aclaración y hacer alguna
sugerencia al propio Tribunal.

El informe del Tribunal parte inicialmente ya de unas limitaciones
importantes, como se recoge en el mismo informe, al no tener la Comunidad
de Castilla y León el sistema general de contabilidad pública, lo que
lógicamente incapacita al propio Tribunal para hacer el análisis de la
eficacia y la rentabilidad de la gestión, tanto del patrimonio como de
los servicios, al no hallarse definidos los objetivos por programas.

Analizando el Presupuesto de la Comunidad de Castilla y León, vemos que
hay unas modificaciones presupuestarias de crédito que suponen el 40 por
ciento de lo inicialmente presupuestado. Esto quiere decir que se han
modificado 239 expedientes, por un importe de más de 74.000 millones de
pesetas. Esto, obviamente, denota una falta de planificación o de
previsiones en el conjunto del Gobierno de la Comunidad y básicamente en
las consejerías más inversoras, como son las de Fomento y Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio o una clara intencionalidad política de optar
por la discrecionalidad, el clientelismo o el amiguismo, a la hora de
ubicar las distintas inversiones, por otra parte cuestión a la que nos
tienen sobradamente acostumbrados en la Comunidad de Castilla-León, ya
que lo permite un presupuesto cuya principal virtud es la ausencia de
planificación presupuestaria.

Estos Presupuestos presentan también, en contra de lo que a veces se
dice, un déficit en torno a los 20.000 millones de pesetas, un
endeudamiento de más de 57.000 millones de pesetas y un incremento con
respecto al año 91 de más del 72 por ciento.

En la ejecución presupuestaria llama la atención un dato: mientras en
gastos corrientes la ejecución se eleva al 97 por ciento, en inversiones
únicamente llega al 57 por ciento. Quiere decir que esta Comunidad deja
de invertir más de 68.000 millones de pesetas en su propio detrimento,
cuando es una comunidad tan extensa y está tan necesitada de inversiones
y de infraestructuras. También llama la atención dentro de los gastos
corrientes y gastos de personal cómo las retribuciones de altos cargos,
según el Anexo Segundo 11 del propio Tribunal, se incrementan en torno al
30 por ciento. Es curioso, porque aquí nada más pueden ocurrir dos cosas,
en contra de lo que se dice: o se incrementa el número de altos cargos o
se incrementan bárbaramente las retribuciones de los mismos.

Dentro también del apartado de control en cuentas, llama la atención que
aparezcan nada más y nada menos que 91 cuentas de gastos a justificar por
importe de varios miles de millones de pesetas y otras 179 restringidas,
exclusivamente para la recaudación y que salen del control de la Cuenta
General de Tesorería.

Respecto a la contratación de obras, bienes y servicios, el Informe del
propio Tribunal, como habrán observado los que han leído el mismo, es
demoledor. Se han fiscalizado 278 expedientes de contratación, por
importe de más de 30.000 millones de pesetas. De estos expedientes de
contratación, gran parte adolece de los siguientes defectos o presenta
numerosas irregularidades. He aquí sólo algunas de ellas: no se
justifican ni razonan las urgencias para contratar, según prevé el
artículo 26 de la Ley de Contratos del Estado; no figuran, ni se han
remitido, informes técnicos de valoración de ofertas, a pesar de que este
Tribunal ha solicitado reiteradamente su presentación; se han adjudicado
contratos a favor de empresas que no presentaron las propuestas más
ventajosas, teniendo en cuenta que las otras empresas no adjudicadas
--conviene matizarlo-- no incurrían en las llamadas bajas temerarias; no
se ha promovido una concurrencia mínima de ofertas, ya que no se ha
publicado, ni se ha invitado por otros medios a participar en los
contratos, bien sea de adjudicación por concurso o adjudicación directa;
en el 28 por ciento de las obras se han producido retrasos injustificados
sin que a los adjudicatarios se les haya apercibido ni se les haya
sancionado. Me imagino que por estas anomalías u otras de mayor calado no
se han enviado a este Tribunal 45 contratos adjudicados directamente, por
un importe de más de 2.000 millones de pesetas, a pesar de las reiteradas
peticiones que a tal efecto ha hecho el Tribunal de Cuentas a la Junta de
Castilla y León.

Pero siendo todo esto grave, yo creo que lo más grave aún, a pesar de
todas las irregularidades detectadas por el Tribunal, es que desoyendo
las recomendaciones de años anteriores del propio Tribunal, de los 278
expedientes de contratos fiscalizados, únicamente seis han sido
adjudicados por subasta, 93 por concurso, por importe de más de 20.500
millones de pesetas, y 179, por importe de más de 8.000 millones de
pesetas, han sido adjudicaciones directas. Si extrapolamos las bajas que
ha habido de una forma de contratación a otra, esto ha supuesto un
quebranto a las arcas regionales, en definitiva a todos los ciudadanos
castellano-leoneses, de más de 6.000 millones de pesetas. No le extraña a
uno que, ante este panorama, al Tribunal de Cuentas no le haya quedado
más remedio que afirmar, en la conclusión novena, con respecto a la
contratación de la comunidad a la que yo pertenezco, la Comunidad de
Castilla y León, que «el 68 por ciento del importe total de los contratos
examinados se adjudicó mediante el sistema de concurso, sin que se hayan
acreditado adecuadamente las causas de utilización de dicho sistema en el
72 por ciento de los contratos de obra. Asimismo, mediante este
procedimiento, no se ha garantizado adecuadamente la selección objetiva
de los contratistas más idóneos para los intereses



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públicos, al no haberse establecido, en el 47 por ciento de los pliegos
de cláusulas administrativas y particulares, criterios de selección
objetivos.»
Viendo estas cosas, yo sugeriría, porque a lo mejor serviría para que
tengamos alguna aclaración, que el Tribunal de Cuentas, si es posible,
nos adjuntase la relación de las empresas adjudicatarias y la liquidación
final de las otras adjudicadas. La gente del Partido Popular llama a esto
eficacia y transparencia, cuando de eficacia poco, despilfarro mucho y de
transparencia lo que más brilla es la opacidad. No se puede uno basar
permanentemente en las apariencias, no sea que pueda ocurrir,
metafóricamente hablando, lo que decía el poeta respecto a una joven que
era preñadita en Valencia y un año después doncella en Valladolid.

Para concluir, quiero instar al Tribunal de Cuentas a que siga
trabajando, a pesar de la insatisfacción que le tiene que producir que
todos los años, desde el año 1990, a la Junta de Castilla y León la tenga
que reiterar literalmente las mismas conclusiones y las mismas
recomendaciones. Cualquiera que analice recomendaciones y conclusiones de
los años 1990 y 1991, verá que son prácticamente las mismas que las del
año 1992, lo que significa, obviamente, una falta de respeto por parte de
la Junta a las recomendaciones del Tribunal, agravadas mucho más en este
caso por la ausencia, incluso legal, de publicación del informe de dicho
Tribunal en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León».




El señor PRESIDENTE: Con respecto a la Comunidad Autónoma de Extremadura,
tiene la palabra la señora Fernández.




La señora FERNANDEZ RABANAL: Señora Presidenta, quiero agradecerle su
presencia en esta Comisión además de la información que nos ha facilitado
relativa a los dictámenes del Tribunal de Cuentas de las diferentes
comunidades autónomas. Me voy a centrar en el informe que hace referencia
a los resultados de la fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad
Autónoma de Extremadura correspondiente al Ejercicio que hoy nos ocupa,
sobre la que me va a permitir que de una forma muy breve le haga algunas
consideraciones y reflexiones.

Las principales observaciones que formula el Tribunal de Cuentas se
pueden agrupar en cinco epígrafes, que son: el sistema contable, nóminas,
tesorería, financiación y contratación administrativa.

Respecto al sistema contable, entendemos, señora Presidenta, que toda
organización, y la Administración lo es en grado extraordinariamente
complejo, ha de tener una permanente preocupación por mejorar sus
sistemas de información. En este sentido, creemos que la Junta de
Extremadura está avanzando considerablemente por ese camino, como lo
demuestra el hecho de que desde el año 1991 tiene implantado el mismo
sistema contable que la Administración del Estado, lo que permite tener
perfectamente desarrollado el sistema de contabilidad presupuestaria.

En cuanto a la contabilidad financiera, no podemos perder de vista,
señora García Crespo, las limitaciones externas, ni debemos analizar la
situación sin comparar con el resto de las administraciones públicas, y
más concretamente de las comunidades autónomas.

Debemos recordar, señora Presidenta, que el nuevo Plan Contable se ha
publicado en 1994, aunque mucho antes ya eran conocidos los estudios que
se venían realizando para su modificación, lo que sin duda frenó la
puesta en marcha del antiguo, como pone de manifiesto el acuerdo adoptado
por el Consejo de Política Fiscal y Financiera para que las comunidades
autónomas tengan la implantación a partir de 1996.

Por lo que se refiere a la contabilidad analítica, estamos convencidos
que la Comunidad Autónoma de Extremadura comprende y comparte la idea del
Tribunal de Cuentas de insistir sobre su impulso, pero esto no es un
objetivo de consecución a corto plazo por razones conocidas sobradamente
por todos.

En cuanto al epígrafe de nóminas, las diferencias formales que se
pusieron de manifiesto en el año 1992 entendemos fueron consecuencia de
la implantación de un nuevo sistema de gestión de personal que produjo
algunos desajustes funcionales y que hoy están ampliamente superados, sin
perjuicio --claro está-- de que permanentemente se intente perfeccionar
el sistema.

Respecto al apartado de tesorería, y en lo referente a la depuración de
saldos extrapresupuestarios, es evidente que la carencia hasta 1991 de un
eficaz sistema contable trajo como consecuencia la existencia de algunos
saldos deudores y acreedores en las cuentas de tesorería que carecían de
justificación; unas derivadas de errores contables y otras derivadas de
diferencias de criterio entre los distintos centros que tenían atribuidas
las competencias de contabilizarlos. En cualquier caso, estos saldos han
sido regularizados a lo largo de los ejercicios 1992,1993 y 1994.

Dentro del apartado de tesorería y sobre el control de fondos en poder de
las consejerías, cuando la Junta de Extremadura fue consciente de la
existencia de una cierta debilidad del sistema en este punto, tomó las
medidas oportunas con la aprobación del Decreto 25/1994, de 22 de
febrero, por el que se desarrolla el régimen de la tesorería y pagos de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuyo preámbulo dice
textualmente: «En la elaboración de la presente norma se ha tenido en
cuenta la experiencia acumulada en los años transcurridos, las
observaciones del Tribunal de Cuentas y los informes emitidos en
colaboración con órganos de administraciones públicas.»
Por último, y sobre el apartado de contratación administrativa, del
examen que hace el Tribunal de Cuentas de todos y cada uno de los
expedientes se desprenden dos conclusiones esenciales: una, que debe
primar la subasta sobre el concurso, y, otra, que se debe ser más
exigente en los plazos de ejecución de las obras.

Por lo que se refiere al primer punto, y sin entrar a valorar cuál de los
dos sistemas de adjudicación es más rentable, es indiscutible que ni la
anterior Ley de Contratos del Estado ni la novísima de Contratación de
las Administraciones Públicas anteponen la subasta al concurso, sino que
ambas se encuentran al mismo nivel, teniendo en cuenta que el artículo 76
dice que los órganos de contratación



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utilizarán normalmente la subasta y el concurso como formas de
adjudicación, y en todo caso deberá justificarse en el expediente la
elección del procedimiento y formas utilizadas. Por tanto, todos los
sistemas de licitación son igualmente legales si se realizan cumpliendo
los requisitos establecidos en la legislación de contratos.

En cuanto al segundo punto, estamos de acuerdo en que las obras han de
terminarse en los plazos previstos, pero no se puede desconocer la
cantidad de imponderables que juegan en los normales largos plazos de
ejecución.

En conclusión, señora Presidenta, y para terminar, estamos convencidos
que la Junta de Extremadura concede una extraordinaria importancia a los
informes del Tribunal de Cuentas e intenta cumplir todas sus
recomendaciones, si bien es cierto que no en todos los casos es posible
de manera inmediata.

Reconoce, asimismo, el esfuerzo del Tribunal de Cuentas por ponerse al
día en los informes acercando las acciones al ejercicio corriente, lo que
sin duda habrá de redundar en una mejora de los sistemas de gestión de la
propia Comunidad Autónoma.




El señor PRESIDENTE: Quedan todavía tres comunidades autónomas por
examinar. A continuación está la de Madrid. Tiene la palabra don Luis
Pérez.




El señor PEREZ GONZALEZ: Señor Presidente, también seguiré, como hago
habitualmente, sus orientaciones para la buena marcha de los tiempos y
trabajos.

Nuevamente me parecen de gran interés los trabajos que ha efectuado el
Tribunal de Cuentas. Como en años anteriores, lo decía otro interviniente
con anterioridad, se repiten algunas cuestiones. A mí me parece que, dado
el esfuerzo que despliega el Tribunal, conviene hacer un llamamiento a
las comunidades autónomas, a los consejos de gobierno, para que con la
mayor celeridad traten de dar todas las explicaciones pertinentes que se
les piden y aplicarse en la corrección de aquellas cuestiones que se van
suscitando una y otra vez.

Yo he recabado información sobre la Comunidad y he leído las alegaciones.

Particularmente me parece que debe darse ya trámite y cauce a la petición
del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, que con otros dos,
si no recuerdo mal, no presenta cuentas, sí lo hace a la Intervención, a
la Consejería de Hacienda, y a mí me parece que con un paso más
estaríamos en situación de rendir cuentas donde se debe legalmente, que
es ante el Tribunal. Si mis informaciones son ciertas, parece que esto ya
se ha corregido, y que en los últimos ejercicios, o sea 1994 y 1995, se
procede a actuar en esta dirección. Espero que aunque sea con desfase
llegue esta corrección al Tribunal de Cuentas.

Se repite este año que se carece de indicadores del Plan de Contabilidad.

Aquí también la respuesta que dan en la Comunidad Autónoma de Madrid es
que, respecto de esos indicadores, no todos pueden desagregarse
convenientemente para facilitar información significativa. No obstante,
en aquellos supuestos en los que están individualizados los objetivos, se
desarrollan los correspondientes indicadores. También la Consejería de
Hacienda, a través de la Dirección de Presupuestos, pone de manifiesto
que ya en el ejercicio 1994, con un plan contable adecuado, tratarán de
desenvolverse dentro del Plan General de Contabilidad Pública y hacer un
sistema de indicadores que permita la medición adecuada.

Por lo demás, en la Comunidad de Madrid, y en lo que hace referencia a la
racionalidad en el gasto público, creo que se desenvuelve dentro de
parámetros de normalidad, yo diría, incluso teniendo en cuenta que es, de
los diez, el presupuesto que tiene cifras absolutas considerablemente más
altas, que sus valores relativos están en la banda alta. He estado
comparando a Madrid con las otras comunidades y me parece que la
desviación en créditos iniciales es de las más bajas; las modificaciones
netas, igual; el grado de ejecución del presupuesto, si mis cuentas me
salen, es el más alto de los diez, puesto que alcanza el 89 por ciento, e
incluso su carga financiera, dentro de una deuda viva que es la mayor de
todas las comunidades, pues asciende a 260.000 millones, está en el siete
por ciento, que me parece que también es de las más bajas. Por tanto,
aquí hay un grado de eficacia del cual yo me congratulo y espero que sea
mejorado, si cabe, todavía más.

Ha hecho algunas observaciones el señor Jordano respecto de, digamos,
inversiones en tesorería o utilización de cuentas en la Comunidad de
Madrid que lleva al descontrol o lleva a subvenciones encubiertas. Yo no
sé exactamente las razones, porque no las he encontrado en las
alegaciones. Me parece que, con buen criterio, en el punto quinto de las
recomendaciones del Tribunal se dice que en las leyes de presupuestos
debería fijarse un límite cuantitativo a las operaciones financieras a
corto que tengan por objeto cubrir necesidades transitorias de tesorería,
para facilitar el debido control de las operaciones de endeudamiento y de
esta manera financiar los gastos de inversión. Quizás, y dentro de la
laxitud que permiten las leyes y porque algunos entes han podido nacer
con una capitalización insuficiente, se ha podido producir esto en el año
1992. Tengo también la seguridad de que se ha ido corrigiendo
posteriormente, y yo creo que, dando cumplida cuenta de la recomendación
del Tribunal, el señor Jordano y yo estaríamos de acuerdo en que estas
cuestiones quedarían perfectamente arregladas.

Y como le prometí al Presidente que me iba a ceñir a sus instrucciones,
acabo aquí.




El señor PRESIDENTE: Muy bien, Luis Pérez, y además le agradezco ese
esfuerzo de síntesis que ha hecho, que ojalá se cumpla en el resto de los
informes que nos quedan por ver.

A continuación, para ver el informe de Murcia, tiene la palabra el señor
Gallego.




El señor GALLEGO LOPEZ: Señor Presidente, perdón por la voz. Voy a ser,
por tanto, breve por varios motivos. Pero no quiero dejar pasar la
ocasión sin dar las gracias a la Presidencia del Tribunal de Cuentas por
lo que respecta al informe relativo a mi Comunidad Autónoma, cuyas
relaciones con ese Tribunal han sido muy fluidas,



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precisamente a partir de 1993 y hasta mayo de 1995. Por consiguiente, mi
intervención sobre la Cuenta General de 1992 va a señalar un antes y un
después de esa fecha.

Como estamos en 1995, nosotros sabemos que desde 1993 las indicaciones,
las recomendaciones del Tribunal de Cuentas han sido seguidas en mi
Comunidad Autónoma con más rigor. Incluso, dentro de estas mismas cuentas
de 1992, las alegaciones que presentó la Comunidad Autónoma han producido
catorce modificaciones del cuerpo del informe y otras once alegaciones
han repercutido en las conclusiones y recomendaciones. Se inicia, pues, a
partir de ese año una mayor y mejor sintonía con las recomendaciones del
Tribunal de su digna presidencia. Sintonía que se manifiesta en la
utilización de las recomendaciones para ejercicios posteriores, como
demuestran los diversos acuerdos tomados por el órgano legislativo
autonómico, la Asamblea Regional, y también desde el Consejo de Gobierno.

Voy a señalar solamente algunos de estos acuerdos, como la publicación y
entrada en vigor del Plan General de Contabilidad Pública; la depuración
de saldos de acreedores y deudores hasta 1985; aprobar la contabilidad de
gastos de ejercicios futuros; no renovar la vigencia temporal de
autorizaciones de endeudamiento al haber autorizado la Cámara máximos de
endeudamiento neto, al utilizar preferentemente como forma de
adjudicación de los contratos de obra y suministro la subasta y al ver
que desde ejercicios posteriores se está efectuando un control financiero
sobre las subvenciones y ayudas que por los diferentes conceptos concede
la Administración regional.

Por todo ello, estamos seguro que cuando se traigan a esta Comisión las
cuentas de los ejercicios posteriores a 1992, el informe y sus
conclusiones y recomendaciones, que siempre las habrá, no serán de la
misma manera.

Muchas gracias, señor Presidente, y perdón por la afonía.




El señor PRESIDENTE: Señor Gallego, no tiene que disculparse, ya que
usted no es culpable de ese catarro que tiene. En todo caso, le agradezco
también el esfuerzo de síntesis que ha hecho.

Por último, tiene la palabra don Ignacio Díez para pedir aclaraciones o
expresar criterios con respecto al informe de la Comunidad Autónoma de La
Rioja.




El señor DIEZ GONZALEZ: Señor Presidente, muchas gracias a la presidenta
del Tribunal de Cuentas por su presencia y por el informe y el trabajo
que ha desarrollado en relación al informe de la Cuenta General de la
Comunidad Autónoma de La Rioja del año 1992. Creo que es un informe
satisfactorio y, por tanto, vaya por delante mi satisfacción como Senador
por esa Comunidad Autónoma en cuanto que este informe globalmente se
puede calificar como enormemente positivo. Y voy a pasar a estudiar
algunos aspectos del mismo con la brevedad que nos pedía el señor
Presidente, en el que además hay una serie de valoraciones que comparto
con el Tribunal de Cuentas, y me felicito, como decía antes, por esos
aspectos esenciales del mismo.

Se reconoce que en 1992 se implanta el Plan General de Contabilidad
Pública. La Cuenta General se rindió dentro del plazo establecido en los
artículos 136 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, y 35
de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. En la liquidación de
los presupuestos, que se expresa en la página 6 del informe, se habla,
como si fuese extraño, de modificaciones de crédito por 5.948 millones de
pesetas; se refiere --claro está-- a los remanentes de años anteriores,
que se incorporan como siempre al presupuesto correspondiente. Así y
todo, hay muchos menos remanentes que en años anteriores, luego creo que
ha habido una mejora notable en la gestión.

El grado de ejecución en obligaciones reconocidas es bueno, y así se dice
--un 82 por ciento-- en la página 11. También es buena la gestión de los
ingresos desde la Comunidad Autónoma. Esto se valora en las páginas 13 y
14, y se concreta que ha habido una mejora del 34 por ciento; por tanto,
es un aspecto enormemente positivo.

Se reconoce también, en varias páginas del informe, que se han corregido
distintas recomendaciones contables hechas en ejercicios anteriores, lo
que demuestra también que se han seguido muy de cerca las recomendaciones
y aquellas tutelas que el Tribunal de Cuentas ha hecho en los ejercicios
anteriores, lo cual viene a dejar muy claro cuál ha sido la simbiosis y
la cercanía entre la Administración de la Comunidad Autónoma y el propio
Tribunal de Cuentas.

El siguiente reconocimiento que hace el informe yo lo califico como muy
importante, está en las páginas 23 y 24, ya que se dice que no se ha
utilizado todo el endeudamiento que legalmente tiene autorizado la
Comunidad Autónoma de La Rioja. El grado de endeudamiento es del 14 por
ciento, 11 puntos menos que el máximo del 25 por ciento. Se ha pasado,
por tanto, de un déficit, en el año 1991, de 9.263 millones de pesetas, a
un déficit, en el año 1992, de 3.752 millones, lo que demuestra una muy
buena gestión y una mejora notable en el endeudamiento.

Finalmente, de los gastos comprometidos de ejercicios anteriores, que se
valoran en las páginas 25 y 26, se deduce, en general, un alto grado de
ejecución de los proyectos, y éstos son los términos textuales que
utiliza el propio Tribunal en su valoración, lo que indica la bondad de
la gestión de la Comunidad Autónoma.

Por lo que respecta a otras cuestiones, ahorro mi argumentación a la
sala, porque creo que el informe de alegaciones del Gobierno de La Rioja
da cumplida respuesta a todas esas observaciones.

Reitero, finalmente, mi satisfacción con el informe global y con el
comentario que hace el propio Tribunal de Cuentas y doy las gracias a la
Presidenta y al señor Presidente.




El señora PRESIDENTE: Para contestar las solicitudes de aclaración, tiene
la palabra la señora Presidenta del Tribunal de Cuentas.




La señor PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Tomo
nuevamente la palabra



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para agradecer a todos los señores parlamentarios que han tenido a bien
manifestarse en un sentido u otro en relación con el trabajo que sobre
comunidades autónomas ha realizado el Tribunal de Cuentas.

Probablemente, mi respuesta más completa, más larga, sea dirigida al
señor Jordano, porque él ha hecho un análisis global de la tarea del
Tribunal respecto a comunidades autónomas. Procuraré responder a todo lo
que me ha indicado en la medida en que estoy en este momento capacitada
para hacerlo.

Pregunta, en primer lugar, qué se puede hacer sobre la falta de rendición
de cuentas de las empresas públicas. Pues el Tribunal de Cuentas está
decidido a aplicar la normativa vigente. No obstante eso y estar
decidido, el Tribunal creería interesante que el Parlamento desarrollara
legislativamente el artículo 42 de la Ley Orgánica del Tribunal de
Cuentas sobre imposición de multas coercitivas; el Tribunal de Cuentas lo
vería muy positivamente.

En segundo lugar, hace una consideración sobre la corrección de las
cifras de remanente de tesorería que dan casi todas las comunidades
autónomas y la corrección, en mayor o menor importancia, que según los
casos ha hecho el propio Tribunal. Pues bien, el remanente de tesorería
se obtiene por parte del Tribunal del conjunto de saldos, que son, por un
lado, los derechos pendientes de cobro y, por otro lado, las obligaciones
pendientes de pago. Y lo son del propio ejercicio que se está analizando,
en este caso el de 1992, como de los ejercicios anteriores y que todavía
estaban pendientes. También se incluyen saldos por cobros y pagos, pero
correspondientes a operaciones extrapresupuestarias. En cada uno de los
informes tiene usted, en las últimas páginas, una explicación en lo que
atañe a cada comunidad autónoma concreta y a los ajustes que ha
verificado el Tribunal y que dependen de la propia estructura
presupuestaria y del propio desarrollo de esas cantidades pendientes de
cobro o de pago, que no tienen por qué coincidir entre todas; podríamos
fijar una línea de conducta que sirviese para todas ellas, pero ésta es
la forma en que se hace. Y es el total de estos ajustes el que modifica
el remanente de tesorería que he indicado en mi exposición para las diez
comunidades autónomas que aquí se han contemplado.

Otra de las cuestiones sobre las que dirigía su preocupación al Tribunal
de Cuentas es la inexistencia de control de subvenciones por encima de la
posibilidad de lo que ocurría en Cantabria, que probablemente sea el caso
más llamativo. El volumen de las subvenciones por destinatarios, por
capítulos y por secciones, en 17 comunidades autónomas es enorme, y el
control de esas subvenciones desde el Tribunal sería una tarea muy
fuerte, y tal vez no compensaría globalmente la dedicación de tanta gente
a ese tipo de control. Por esa razón, en el Tribunal solamente se hace el
control de aquellas subvenciones en las que, de entrada, se ve que hay un
control deficiente. Me explico. El otro día hablábamos de la relación
entre la eficacia del control interno y la importancia que la existencia
de un control interno eficaz tiene para el auditor, en este caso para el
Tribunal de Cuentas, porque cuando se sabe que el control interno está
bien hecho, la insistencia desde el Tribunal en controlar lo mismo puede
ser menor; los porcentajes de muestreo aplicados pueden ser más suaves,
etcétera. Por eso, el control de las subvenciones se hace en aquellos
casos en que se detecta que el control interno no es el suficiente, no es
el adecuado: ahí es donde se profundiza.

Además de Cantabria, nosotros hemos expuesto problemas de este tipo en la
Comunidad Autónoma de Madrid. Y yo quiero añadir que respecto al control
de subvenciones, ustedes saben que las hay finalistas y las hay
genéricas. Si la subvención es genérica, el control es mucho menos
importante. El control es más importante y el grado de incumplimiento
será mayor cuando la subvención sea finalista. No obstante, sí les puedo
decir que el Tribunal de Cuentas tiene previsto, para años futuros,
realizar una fiscalización más en profundidad de este punto que usted ha
indicado.

La cuarta pregunta se refería concretamente a la Comunidad Autónoma de
Madrid. Yo le diré que la recomendación número 3 del informe del Tribunal
de Cuentas indica qué organismos autónomos de los que hay no tienen
justificado que puedan existir con naturaleza jurídica independiente,
porque su gestión y su forma de actuar parece que son de la
Administración general. Naturalmente que no son todos, y habría que
contemplar en cada caso la naturaleza del organismo del que se está
hablando.

Respecto a que no se ha incluido el tema de la Expo, que creo que lo ha
citado, ustedes saben, y por ahí contesto a más parlamentarios que desde
el Grupo Socialista han intervenido en el caso de comunidades autónomas
concretas; ustedes saben, decía, que está en marcha una fiscalización
sobre los gastos de las comunidades autónomas con motivo de la Exposición
Universal de Sevilla del año 1992, y que se hace independientemente de la
fiscalización anual, porque los equipos que hacen la fiscalización anual
no pueden entretenerse en una investigación de bastante envergadura si
queremos entregar a tiempo lo que la ley nos marca con carácter
normativo, y no una fiscalización que es optativa por parte del Tribunal,
aunque creo que todos somos conscientes del interés que tiene. Entonces,
la parte correspondiente a la Exposición se está realizando y, según el
conocimiento de cómo está el tema, creo que está muy avanzada. Todas las
comunidades autónomas --ustedes tienen contactos con la Administración--
sabrán que eso ya está, repito, muy avanzado.

Creo que he contestado a la mayor parte de lo que usted me preguntaba. Si
me he dejado algo, pues me lo dice.

Antes de continuar adelante quiero expresar de una manera muy sentida mi
despedida al señor García Royo. Todavía no llevo un año ante ustedes;
creo que es prácticamente un año lo que llevo de presidente del Tribunal
de Cuentas, me faltan unos días, pero en todas mis comparecencias, y han
sido numerosas, he tenido a mi derecha la presencia de un caballero, y se
lo agradezco muy de veras, señor García Royo.

Paso a las intervenciones del resto de los señores parlamentarios.

Debo decir al señor Gimeno, en su brevísima intervención, que tiene mucha
razón en que las comunidades autónomas



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son administraciones jóvenes, pero también hay que decir que cuando un
arbolillo es joven hay que ponerle un testigo para que no se tuerza desde
el principio, porque luego no hay quien lo enderece. Es una pena, y lo
digo a título personal, que en general las administraciones autonómicas
hayan participado de problemas de gestión administrativa tan arraigados
en la Administración española. Pero estamos de acuerdo todos en que hay
que corregirlo.

Muchas de las manifestaciones de los parlamentarios que han intervenido
van en la línea de decir que los informes del Tribunal de Cuentas sirven
para ir corrigiendo problemas que van surgiendo, y tal vez en ese sentido
sería interesante que algún día pudiéramos ver en batería una serie de
informes de comunidades autónomas para comprobar, efectivamente, cómo el
Tribunal cada vez tiene que ir hablando de incumplimientos de menos
importancia. Eso sería lo importante. El incumplimiento total yo creo que
es imposible, pero que el grado de ese incumplimiento pudiera ser cada
vez menos grave, digamos así, aunque a mí no me gusta utilizar la palabra
grave.

El señor Alegre me ha hecho algunas preguntas que en general me parece
que eran unas preguntas retóricas. No creo que él pretendiera que yo le
contestara, porque haciendo uso --pienso-- de su derecho realizado ha
hecho una interpretación política del informe de la Cuenta de Aragón del
año 1992. Creo que está, no solamente en su derecho, sino en su
obligación de hacerla también, pero que el Tribunal no debe salirse de
los puntos técnicos que le han guiado en la elaboración.

Cuando me habla del Pabellón de Aragón, pues le doy la respuesta general
que he dado. Una pregunta que yo puedo responder es la que me ha hecho
respecto a qué dice el Tribunal referente a las alegaciones que la
Comunidad Autónoma envió en su día. Lo mismo en este caso que en el resto
de informes, la Comunidad Autónoma contrasta las alegaciones que envía
cada comunidad respecto a los datos que el propio Tribunal ha asumido en
la elaboración original del informe. Y en aquello en que la alegación
está suficientemente justificado, bien porque puede haber una
interpretación no exacta por parte del Tribunal, o bien porque pueden
darse aportaciones posteriores de justificantes que permitan cambiar de
opinión; cuando así ocurre, eso ya está incorporado en el informe
definitivo, aunque permanezca la alegación como tal.

Algunos de ustedes conocen que una de las cuestiones que he manifestado
como Tribunal de Cuentas que nos gustaría que se aclarasen en una futura
ley es el tratamiento final de las alegaciones, porque mi opinión
personal es que se produce una inconsistencia entre mantener el bloque de
alegaciones tal como envía el ente auditado, cuando en algunos puntos se
les ha atendido y se ha introducido esa alegación. De tal manera que al
lector que no conoce el procedimiento exactamente le puede producir
cierta perplejidad ver que la alegación mantiene cuestiones que luego no
aparecen en el informe. Esa es mi opinión; la he contrastado con
bastantes miembros del Tribunal, y, en general, creo que este tipo de
modificaciones serían muy bienvenidas.

El señor Blanco me hace una pregunta concreta que tengo mucho gusto en
responder. Se refiere a cómo está el informe específico sobre la
contratación de Cantabria me parece que era de dos años consecutivos.

Todavía está dentro del Departamento de comunidades autónomas. Conozco
que se ha concluido hace tiempo la investigación de campo, que se han
observado todos los contratos tal como se indicaba en el proyecto, pero
no ha sido repartido al resto de los miembros del Tribunal después de
alegaciones. Una vez que el consejero responsable del departamento de
comunidades autónomas lo distribuya, el resto de los miembros del pleno
manifestaremos la opinión total o parcial sobre el mismo y pasará para su
aprobación al pleno y después, inmediatamente, enviado aquí. Tampoco me
consta que se haya enviado el proyecto, todavía proyecto, de informe, al
fiscal y al servicio jurídico del Estado para que emitan, a su vez, los
informes preceptivos. No obstante, yo creo que está prácticamente
concluido, a falta de este procedimiento interno, que es relativamente
largo y minucioso.

El señor Agudíez, respecto a Castilla y León, hace una sugerencia en el
sentido de si se pudiera facilitar información sobre las empresas
adjudicatarias y demás. Mi opinión, no conozco en este momento lo que
pudiera decir la asesoría jurídica, mi opinión es que, sobre empresas
privadas, en general, el Tribunal de Cuentas no debe de dar información.

Es un avance que doy, usted sabe que yo no soy jurista, soy economista,
pero creo que la cosa iría por ahí. Eso no quiere decir que en sus
respectivos Parlamentos y en determinadas comisiones de control, por
supuesto, se pudieran pedir, como ocurre también en el Parlamento
nacional.

No he entendido a la señora Fernández, perdóneme, cuando me dice que han
aplicado el mismo sistema contable, desde el año 1991, que tiene la
Administración del Estado y que no pueden aplicar todavía el nuevo, que
es obligatorio, a partir de 1996. Naturalmente, nosotros no hablamos del
nuevo. Pero, respecto al informe, sí me sorprende que haya dicho usted
que desde el año 1991 se aplica el mismo sistema contable a la
Administración del Estado, porque eso sí que no lo decimos nosotros en el
informe; no sé si hay algún error de ese tipo; no lo sé.

Cuando hacen referencia a la contratación, indican que es posible no
hacerlo por subasta, que la contratación puede tener todas las formas y
que ninguna es ilegal. Yo estoy absolutamente de acuerdo con ustedes,
porque, de lo contrario, si fuese ilegal, nosotros lo hubiéramos pasado a
la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal. Parte de los informes, parte
de todos los informes son eso, una información de cuál es la situación;
en parte es información y en parte es recomendación. Y no decimos nunca
que sea ilegal un tipo u otro de contratación, constatamos cómo se
distribuyen las distintas formas de contratación entre las distintas
modalidades y lo decimos.

Del resto de los señores que han intervenido, el señor Pérez, de Madrid,
el señor Gallego, de Murcia, el señor Díez, de La Rioja, no he tenido la
impresión de que me hacían preguntas concretas.




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Agradezco mucho a todos la opinión que tienen sobre el Tribunal de
Cuentas y estoy a su disposición, como siempre.




El señor PRESIDENTE: Habiendo concluido la primera parte del orden del
día de esta Comisión, despedimos a la señora Crespo y le agradecemos su
información. Aparte de la despedida que ha hecho el señor García Royo,
parece firme la convicción de que también todos nosotros nos despedimos.

Y esperamos que en la nueva etapa de la nueva Comisión correspondiente la
labor y la información lleven a una mejora en la gestión de todas las
administraciones públicas. Muchas gracias, Señora Crespo.




La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (García Crespo): Muchas
gracias, señor Presidente, muchas gracias a todos.




--DICTAMEN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO REFERIDA AL EJERCICIO DE
1992 Y DECLARACION DEFINITIVA DE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 1992 Y PROPUESTAS DE RESOLUCION SOBRE LA
MISMA. (Número de expediente Congreso 250/000005. Número de expediente
Senado 770/000004.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al punto segundo del orden
del día, que es: debate y votación del informe de la Ponencia relativo a
la cuenta del año 1992 y de las propuestas de resolución presentadas.

En primer lugar, tiene la palabra, para la defensa del informe, entiendo,
y de sus propuestas, el señor Jordano.




El señor JORDANO SALINAS: Los representantes de nuestro Grupo
Parlamentario no votamos a favor el informe de la Ponencia y hemos
planteado formalmente el rechazo de las cuentas presentadas por el
Gobierno en relación al ejercicio de 1992. Este rechazo se basa en dos
puntos generales: de un lado, que las cuentas del Estado, presentadas por
el Gobierno respecto al año 1992, no se parecen en nada a los
Presupuestos Generales del Estado aprobados para ese año por este
Parlamento. Y, en segundo lugar, como elemento global, que se presentan
defectos graves, no sólo de contabilización, no sólo de errores
contables, y que la corrección de estos errores alteraría sustancialmente
el resultado final.

A nuestro Grupo Parlamentario le complace coincidir plenamente con el
Grupo Socialista en el rechazo a las cuentas del ejercicio 1992, con una
ligera diferencia: el Grupo Socialista rechaza a plazos las cuentas y
nuestro Grupo rechaza las cuentas al contado. Es la única diferencia
entre la larga relación de propuestas de resolución presentadas por el
Grupo Parlamentario Socialista, que conllevaría necesariamente a una
valoración de rechazo global de las cuentas. Nosotros sí hemos ido a ese
rechazo global de las cuentas.

La opinión que el Tribunal de Cuentas da respecto al ejercicio 1992 y que
se manifiesta en la declaración definitiva coincide con las opiniones
manifestadas en ejercicios anteriores. Se llega prácticamente a la misma
conclusión de los ejercicios anteriores: que la actividad
económico-financiera llevada a cabo por el Gobierno y sus organismos
autónomos aparece extremadamente limitada por las salvedades e
infracciones que se señalan en la declaración definitiva. Y es de
destacar que el mantenimiento de esa representatividad limitada un
ejercicio detrás de otro demuestra que se repiten los errores de un año
al siguiente.

Por otra parte, es de destacar que la evolución del déficit
presupuestario pendiente de incorporar y reconocer en futuras
liquidaciones presupuestarias, así como los resultados económicos de la
contabilidad financiera pendientes de registrar, confirman las razones de
mantener una opinión negativa sobre las cuentas de 1992. Persisten
organismos autónomos, 2 administrativos y 11 de carácter comercial, cuyas
cuentas no se han rendido a tiempo y no se han incorporado a los estados
agregados analizados.

De evaluarse las repercusiones cuantitativas de las distintas cuentas en
las que hace observaciones el Tribunal, entendemos que se llegaría a un
mayor déficit presupuestario de 3 billones 425.462 millones, y a un mayor
resultado económico negativo de 4 billones 88.794 millones de pesetas,
partidas que habrán de soportar las cuentas generales de ejercicios
futuros. Y este conjunto de operaciones conlleva un mayor volumen de
endeudamiento. Si se observa la variación de pasivos financieros, se
confirma un incremento neto de endeudamiento en el ejercicio de 1992 de 2
billones 343.758 millones de pesetas.

Se ha alegado reiteradamente por los representantes del Grupo
Parlamentario Socialista y por el propio Gobierno en sus alegaciones que
va corrigiendo los defectos y los problemas que se plantean y que en
ejercicios posteriores se va absorbiendo el déficit, si no lo queremos
llamar oculto, realmente aparece de las propias cuentas, el déficit
desplazado o el déficit minorado de un ejercicio para otro. Pero cuando
se analiza el informe del Tribunal del año 1993, que ya ha llegado a esta
Cámara, encontramos que, efectivamente, en el ejercicio 1993 se han
imputado operaciones de ejercicios anteriores no contabilizadas o
contabilizadas extrapresupuestariamente. De modo que ese desplazamiento
de déficit de ejercicios anteriores ha servido para incrementar el
déficit del ejercicio de 1993. Pero también es cierto que la cifra global
que nos aparece como desplazada en 1993 hacia ejercicios posteriores
supondría una cifra superior a los dos billones de pesetas, que se
desplazarían desde el ejercicio 1993 al ejercicio 1994 y posteriores.

Cuando planteamos el rechazo claro a las cuentas, queremos también dejar
constancia en la Cámara de que el nuevo Gobierno que se constituya
después de las próximas elecciones generales no puede, con cargo a los
primeros presupuestos de su gestión y excediendo claramente de los
límites marcados inicialmente por el Parlamento para los créditos
extraordinarios y suplementos de crédito, aflorar déficit desplazados u
ocultos de ejercicios anteriores ni asumir responsabilidades de gestión
que no ha generado, por lo que, para responsabilizar al nuevo Gobierno
únicamente



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de los déficit de su gestión, sin confundir con déficit de ejercicios
anteriores, probablemente no quepa otra opción en su día que habilitar, a
través de una ley especial, los créditos necesarios para, a partir de la
cuantificación que se efectúe, hacer frente a la situación creada en
estos años, sin que sea preciso hipotecar la gestión de futuros
gobiernos.

Por eso es la llamada de atención, que comprendo que es fuerte, que hace
nuestro Grupo Parlamentario al proponer al resto de los grupos el rechazo
de las cuentas presentadas por el Gobierno respecto a 1992. El rechazo a
las cuentas no supone rechazar el informe que ha formulado el Tribunal y
por ello la primera de las propuestas de resolución que formula nuestro
Grupo es la de valorar positivamente el trabajo realizado por el Tribunal
y el informe remitido por el Tribunal, si bien a la conclusión política
que nuestro Grupo llega, una vez analizadas detenidamente las cuentas y
todas y cada una de las partidas y, sobre todo, una vez analizada
detenidamente la gestión realizada por el Gobierno respecto al ejercicio
de 1993, es proponer este rechazo.

Decía al principio que, en cierta forma, o en buena forma, coincidíamos
con las propuestas del Grupo Parlamentario Socialista. Y quiero ratificar
esta opinión. Si se lee detenidamente el conjunto de propuestas que
presenta el Grupo Parlamentario Socialista, un total de doce, y se ve a
los distintos apartados que van refiriendo estas propuestas (a medidas
sancionadoras, a la necesidad de aplicar medidas sancionadoras a los
responsables de organismos autónomos que no han rendido a tiempo o
adecuadamente las cuentas, a proceder a una definición normativa clara y
precisa sobre el momento y cuantía en que, una vez aprobados los créditos
de transferencia, se producen las obligaciones de pago, relativas a las
ampliaciones de crédito, relativas al inmovilizado material de los
organismos autónomos, relativas al inmovilizado financiero del ICO,
relativas a las cuentas abiertas en el extranjero por las agregadurías
militares, relativas a los gastos de publicaciones, relativas a las
sociedades estatales, a los gastos de publicidad-propaganda, a la
contratación administrativa), realmente estamos con un conjunto de
medidas, y, como decía, a plazos, reprobando las cuentas de 1992 también.

Y, en definitiva, creo que, para no desplazar a ejercicios posteriores un
rechazo parcial de las cuentas, debemos entrar definitivamente en una
seria y clara llamada de atención al Gobierno para que vuelva a redactar
las cuentas de 1992 de acuerdo con los criterios previstos y exigidos en
el dictamen remitido por el Tribunal de Cuentas, para definir muy
claramente cuál es el volumen real del déficit del Estado, el volumen
real de la gestión realizada y permitir una libertad de acción a los
nuevos gobiernos, no hipotecándolos con continuos desplazamientos de
déficit.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa del informe de la Ponencia y de las
propuestas de resolución presentadas, tiene la palabra, por el Grupo
Socialista, el señor Gimeno.




El señor GIMENO MARIN: He escuchado con interés la intervención del señor
Jordano, en nombre del Partido Popular, y le quiero decir que, en
principio, yo tengo la impresión de que el Partido Popular va
modificando, va mejorando sus intervenciones en lo que se refiere a los
debates sobre las cuentas generales del Estado, concretamente estamos
hablando de 1992, pero yo sigo pensando, y lo entiendo, que todavía se
siente un poco arrastrado el portavoz del Grupo Popular por las
afirmaciones tan fuertes que han venido efectuando a lo largo de los
distintos ejercicios en esta Cámara y en el Pleno. Es más, yo diría que
en el último Pleno, o en el que hemos tenido esta semana, en nombre del
Grupo Popular alguien hizo una pregunta al presidente del Gobierno y
seguía introduciendo ese lastre de confusión que a veces se introduce
cuando se debate los temas presupuestarios, y en este caso concreto la
cuenta de 1992.

La primera afirmación tajante que quiero dejar bien clara, para que no
haya ningún tipo de confusión (y, además, yo creo, de su intervención,
señor Jordano, que usted lo entiende perfectamente), primero, no es
cierto la idea que se ha suscitado durante todo este mes último, yo diría
casi durante los últimos seis meses, de que el Estado haya gastado más de
4,5 billones de lo que tenía previsto. Yo creo que usted lo sabe, de su
intervención deduzco que lo sabe, lo ha dicho con mucho cuidado; no sé si
lo sabía la portavoz del Grupo Popular en el Pleno de esta semana; usted
sí. Y lo quiero dejar bien claro por lo siguiente: porque el único
déficit económico existente en 1992 conocido y que se traduce en la
necesidad que el Estado tiene de acudir al mercado, a los mercados
financieros, para financiarse en dinero que no ha ingresado, que eso es
la necesidad de financiación y eso es el déficit económico, que es el que
importa desde el punto de vista económico, ese déficit es de 1,3 billones
del Estado y de 2,4 del conjunto de las administraciones públicas. Lo
digo para que no exista ningún tipo de dudas. A partir de allí, ya
podremos discutir con mucha más tranquilidad usted y yo la intervención
que ha presentado. Si no, se generará mucha confusión. Debe saber la
opinión pública, debe saberse, que el déficit, y no hay otro, es de 1,3
billones, en términos económicos.

Y ahora sí que vamos a hablar de gestión presupuestaria, que es una cosa
totalmente distinta, pero que, tal como lo dice, a veces se genera algún
tipo de dudas en su intervención. Por ejemplo, yo le veo a usted muy
confiado en decir «vamos a presentar una ley». Doy por supuesto si
gobiernan, que creo que todavía está mucho por ver, que van a presentar
una ley; la podían presentar como proyecto de ley ya, como proposición de
ley, lo podían haber hecho ustedes. Pero, al margen de eso, al margen de
eso, le digo una cuestión: ¡si no es posible, si no va a ser ni siquiera
posible esa propuesta que usted hace! Y se lo voy a explicar o a intentar
explicar por qué.

En principio, vamos a dejar las cosas bien claras, si estamos hablando
del ejercicio 1992, analicemos el ejercicio 1992; luego, si quiere, ya
hablaremos de lo que queda todavía por aplicar presupuestariamente. Pues
bien, aplicando y dejando bien claro lo que ha dicho el Tribunal
deCuentas, puesto que es un instrumento de autoridad, aunque existen
discrepancias hasta en eso, entre lo que dice el Tribunal de Cuentas y lo
que dice el Gobierno y posiblemente



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incluso en lo que pueda pensar yo, tanto respecto a unos como respecto a
otros, la única diferencia que existe es que el Tribunal de Cuentas
establece que el Estado ha dejado de imputar a 1992 700.000 millones de
pesetas, que corresponden a 1992, aproximadamente, pero, al mismo tiempo,
el Estado ha imputado a 1992 600.000 aproximadamente que no corresponden
a 1992. Eso dice el Tribunal de Cuentas para 1992, porque estamos
analizando la gestión presupuestaria de 1992. Porque, en la técnica que
ustedes siguen desde hace ya mucho tiempo, todos los años reproducen en
el mismo ejercicio los problemas de los años anteriores y los acumulan.

En cualquier caso, lo que le quiero decir es que la diferencia entre el
Tribunal de Cuentas y el Gobierno es de ciento veintitantos mil millones,
diferencia en cuanto a la gestión presupuestaria de 1992. Dicho eso,
ahora empezamos a discutir de más cosas, por supuesto, sin ningún tipo de
problema y sin ningún tipo de duda.

Usted sabe que, desde ese otro punto de vista, hay créditos que pueden
faltar por aplicar presupuestariamente, pero dejando bien claro que esos
créditos no suponen ningún tipo de gasto más, ningún tipo de gasto más.

Insisto mucho, porque puede ser que hasta miembros de esta Comisión
tengan todavía la duda. Aunque no esté aplicado presupuestariamente, no
hay que gastarlo más. ¿Puede ser criticable o no criticable que no se
haya aplicado presupuestariamente? Si ahí me puedo aproximar con usted y
estar de acuerdo, totalmente de acuerdo. Yo creo que hay un límite; ha
habido ejercicios económicos en que ha habido un problema, porque aquí,
cuando hablamos sólo de la técnica contable presupuestaria o técnica
contable económica, nos olvidamos de realidades. ¿Ha habido una crisis
económica muy profunda y muy fuerte, con consecuencias en las
desviaciones presupuestarias respecto a lo que ha sido prestaciones por
desempleo, respecto a lo que han sido prestaciones sanitarias? Sí. Claro
que sí. De desempleo, altísimas, altísimas; sanitarias, también, aunque
afectan a todas las comunidades autónomas; una parte, la mitad del
Estado, la mitad de las comunidades autónomas. Y eso hay que dejarlo bien
claro que ha sido así. Y, para resolver el problema ése, hay que adoptar
medidas económicas y medidas presupuestarias, sin ninguna duda; la
fundamental presupuestar con más acierto; la fundamental: presupuestar
con más acierto en lo que son prestaciones sociales.

Yo quiero con esto ver si introducimos dosis de claridad ante la opinión
pública. Es cierto que se ha gastado prestaciones por desempleo por
encima de lo presupuestado y eso es lo que se ha venido arrastrando. Como
usted bien dice, en la cuenta de 1993 se han aplicado muchos de esos
déficit de gestión presupuestaria, pero que se había gastado y se había
contabilizado clarísimamente. Yo le digo que no se preocupe usted; cuando
se analice la de 1994... y ya se puede discutir incluso, porque se ha
discutido en esta Cámara, no lo del Tribunal de Cuentas, se ha discutido
la liquidación que presenta el Gobierno, a través de la Secretaría de
Estado correspondiente, en la Comisión de Presupuestos que presenta la
liquidación de cada ejercicio presupuestario, para debatirlo desde otro
punto de vista, sin ningún tipo de dudas.

En 1994, ¿modificaciones crediticias? 4,1, en las que son no financieras;
si digo las financieras: 18,7; y si digo las totales, el 6,1. En
cualquier caso, ya sabe usted que no hay que mezclar lo financiero con lo
no financiero para no equivocarnos excesivamente, como ha pasado en las
últimas semanas. Y con esto quiero dejar bien claro ese tipo de posición.

Vuelvo a insistir: nosotros creemos que, tanto por lo que ha hecho el
Tribunal de Cuentas como por lo que ha hecho esta Comisión, que se han
aprobado no sólo las cuentas, se han aprobado propuestas de resolución,
se han introducido modificaciones sustanciales en los temas de gestión
presupuestaria, pero algunos sólo son aplicables desde el 1 de enero de
1995. Y usted lo sabe, lo sabe. No sé si lo saben los demás, usted tiene
que saberlo, porque se ha aplicado un nuevo plan general contable para
las administraciones públicas, para el Estado. Y ese nuevo plan general
contable establece, por fin, las propuestas que esta Comisión ha hecho
permanentemente al Gobierno durante los dos últimos ejercicios: que
aplique el criterio de devengo y no el criterio de caja en determinadas
gestiones contables.

¿Todavía existen discrepancias? Sí, todavía existen y existirán a partir
de 1995, porque no en todos los supuestos encajan todavía las
discrepancias. En cualquier caso, el Gobierno y esta Cámara tienen que
aprobar las modificaciones legales que consideren convenientes, porque el
Gobierno, al final, o la Intervención General del Estado, lo único que
hace es aplicar las normas que se aprueban aquí. Con lo cual, este Grupo
claro que se siente muy responsable de lo que ha hecho el Gobierno, y aun
así hace propuestas para que se modifiquen determinado tipo de
cuestiones. Algunas, desgraciadamente, no han sido aprobadas, porque con
sus votos, apoyando una propuesta de Izquierda Unida, se devolvió al
Gobierno la ley general presupuestaria. Muchas de las propuestas que
ustedes hacen sobre modificaciones crediticias en los presupuestos están
recogidas.

Hay otro debate político, que yo no quiero reproducir, que ése es otro
tipo de cuestión. Y eso es así y ésa es la cuestión. Desde ese punto de
vista, mi Grupo considera, una vez que se clarifiquen las cuestiones, que
en los matices claro que podemos discutir, incluso tener discrepancias y
ponernos de acuerdo.

Propuestas de resolución. Dos propuestas tiene usted. La exposición de
motivos de sus propuestas no las puedo compartir bajo ningún concepto; de
sus dos propuestas. Una sí, la valoración positiva del informe del
Tribunal de Cuentas. La otra es decir que no a la aprobación de las
Cuentas del Estado de 1992 y como puede suponer, y ya sabía usted, le iba
a decir que no. Las demás propuestas que presentan, hay tres propuestas
presentadas, tres grupos han presentado propuestas, no tiene ningún
inconveniente este Grupo en presentarlas; si es que las nuestras las
hemos presentado en distintas ocasiones y al final han encontrado
traducción. Yo le digo que en el ejercicio 1994 y en el ejercicio 1995
muchos de sus problemas los tiene resueltos. Y le digo: muchas de las
preocupaciones que usted tiene han sido aprobadas por esta Cámara y no
tendrá necesidad en el año o ejercicio 1996



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ni el Partido Popular ni el Partido Socialista o el Grupo Socialista de
presentar leyes para créditos extraordinarios, nada más que los justos y
adecuados, de acuerdo con las necesidades reales que se hayan producido,
porque no hace falta. Porque no es que no haya oculto ningún déficit
presupuestario, que ya dice que a lo mejor no es el término adecuado
porque no es oculto. No, no, es que ni siquiera en gestión presupuestaria
necesitará hacer propuestas importantes respecto a leyes para créditos
extraordinarios.

Señor Presidente, con eso he fijado posición sobre la cuenta y también
sobre las enmiendas.




El señor PRESIDENTE: ¿Va a intervenir, señor Jordano?
Hay propuestas presentadas por el Grupo Catalán de Convergència i Unió
que, como no han sido defendidas, se dan por decaídas.

Vamos, entonces, en primer lugar, a votar el informe de Ponencia, en el
sentido de que votar el informe de Ponencia se entendería, si sale
positivo, rechazada la propuesta número dos del Grupo Popular, que pide
el rechazo de las cuentas del ejercicio 1992. O sea, se vota el informe
de Ponencia y la propuesta número dos del Grupo Popular.

¿Votos a favor del informe elaborado por la Ponencia relativo a la
aprobación de la Cuenta General del Estado, de organismos autónomos y de
la Seguridad Social?
¿Votos en contra? Queda aprobado el informe de la Ponencia por 17 votos a
favor y 13 en contra.




El señor GIMENO MARIN: Señor Presidente, una cuestión de orden y sin
ninguna duda posiblemente fuera de tiempo.

Tanto al Grupo Popular como a la presidencia le he entregado una
aclaración técnica de la parte última del informe de Seguridad Social.

Podría considerarse que está introducido, porque no es ninguna
modificación de la propuesta que se ha hecho, sino precisiones técnicas
para evitar que se suscitaran dudas.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias por recordármelo, porque,
efectivamente, se trata de una corrección técnica a la última propuesta
relativa a las cuentas de la Seguridad Social. Por tanto, se da por
admitida y esa votación se entenderá con la corrección que usted ha
propuesto.

Votamos ahora la propuesta número uno del Grupo Popular, que se refiere a
una valoración positiva del trabajo realizado por el Tribunal de Cuentas
y que sería, en caso de aprobarse, la última del total de las propuestas
aprobadas, o la primera, aunque ésta se refiere al Tribunal de Cuentas y
el resto de las propuestas del Grupo Socialista son recomendaciones o
peticiones al Gobierno. Ya se encajará.

Propuesta de resolución número uno del Grupo Popular. ¿Votos a favor? No
hay votos en contra. Queda aprobado por unanimidad.

¿Votos a favor de las propuestas presentadas por el Grupo Socialista, con
la corrección que he anunciado?
Se entienden aprobadas por unanimidad.

Habiéndose terminado los puntos del orden del día, antes de levantar la
sesión doy las gracias a todos por facilitar las tareas de esta
presidencia, agradeciéndoles la atención prestada y despidiéndonos,
puesto que, efectivamente, de esta legislatura, ésta es la última sesión
de esta Comisión de Relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Se levanta la sesión.




Eran las doce y treinta minutos del mediodía.