Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 195, de 27/12/1995
PDF





CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1995 V Legislatura Núm. 195
PRESIDENICA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 193
celebrada el miércoles, 27 de diciembre de 1995



ORDEN DEL DIA:



Enmiendas del Senado:



--Proyecto de Ley de protección jurídica del menor y de modificación
parcial del Código Civil. «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Serie A, número 117.1, de 16 de mayo de 1995 (número de expediente
121/000098) (Página 10319)



--Proyecto de Ley por el que se adoptan medidas urgentes para reparar
los efectos producidos por la sequía. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie A, número 121.1, de 26 de junio de 1995 (número de
expediente 121/000105) (Página 10323)



--Proyecto de Ley de creación de determinadas entidades de derecho
público. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
123.1, de 4 de julio de 1995 (número de expediente 121/000107) (Página 10324)



--Proyecto de Ley por el que se adoptan medidas extraordinarias,
excepcionales y urgentes en materia de abastecimientos hidráulicos como
consecuencia de la persistencia de la sequía. «Boletín



Página 10318




Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número 126.1, de 31 de julio
de 1995 (número de expediente 121/000110) (Página 10325)



--Proyecto de Ley del voluntariado. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie A, número 127.1, de 11 de agosto de 1995 (número de
expediente 121/000112) (Página 10330)



--Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el padrón
municipal. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
131.1, de 30 de septiembre de 1995 (número de expediente 121/000116)
(Página 10337)



--Proyecto de Ley sobre medidas de control de sustancias químicas
catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de
drogas. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
139.1, de 21 de octubre de 1995 (número de expediente 121/000123)
(Página 10337)



SUMARIO



Se abre la sesión a las diez y diez minutos de la mañana.




Enmiendas del Senado (Página 10319)



Al proyecto de ley de protección jurídica del menor y modificación
parcial del Código Civil (Página 10319)



Para fijación de posiciones intervienen el señor Mardones Sevilla (del
Grupo de Coalición Canaria); las señoras Alemany i Roca (del Grupo
Catalán, Convergència i Unió); Urán González (del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya); Barrios Curbelo (del Grupo Popular),
y Del Campo Casasús (del Grupo Socialista).




Al proyecto de ley por el que se adoptan medidas urgentes para reparar
los efectos producidos por la sequía (Página 10323)



Para fijación de posición interviene el señor Mardones Sevilla (del
Grupo de Coalición Canaria)



Al proyecto de ley de creación de determinadas entidades de derecho
público (Página 10324)



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Albistur
Marín (del Grupo Mixto), y Mardones Sevilla (del Grupo de Coalición
Canaria).




Al proyecto del ley por el que se adoptan medidas extraordinarias,
excepcionales y urgentes en materia de abastecimientos hidráulicos como
consecuencia de la persistencia de la sequía (Página 10325)



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Carrera i
Comes (del Grupo Catalán, Convergència i Unió); Martínez Blasco (del
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya); Gilet Girart (del
Grupo Popular), y Roncero Rodríguez (del Grupo Socialista).




Al proyecto de ley del voluntariado (Página 10330)



Para fijación de posiciones hacen uso de la palabra el señor Mardones
Sevilla (del Grupo de Coalición Canaria); la señora Alemany i Roca (del
Grupo Catalán, Convergència i Unió); el señor Vázquez Romero (del Grupo
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya); la señora Sainz García
(del Grupo Popular), y la señora Fernández Sanz (del Grupo Socialista).




Al proyecto de ley por el que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local en relación con el padrón
municipal (Página 10337)



Al proyecto de ley sobre medidas de control de sustancias químicas
catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de
drogas (Página 10337)



El señor Presidente informa que respecto a las enmiendas del Senado a
estos dos proyectos de ley no hay solicitudes de palabra, por lo que
se procederá directamente a su votación en el momento oportuno. Se
procede a las votaciones de las enmiendas del Senado a los diferentes
proyectos de ley que integran el orden del día de la sesión.

Se levanta la sesión a las doce y treinta y cinco minutos del
mediodía.




Página 10319




Se abre la sesión a las diez y diez minutos de la mañana.




ENMIENDAS DEL SENADO



El señor PRESIDENTE: Comienza la sesión.

Punto único del orden del día, enmiendas del Senado.

¿Grupos que desean fijar su posición en relación con el proyecto de ley
de protección jurídica del menor y de modificación parcial del Código
Civil? (Pausa.)
¿Grupos que desean fijar su posición en relación con las enmiendas al
proyecto de ley por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los
efectos producidos por la sequía? (Pausa.)
Enmiendas al proyecto de ley de creación de determinadas entidades de
derecho público. ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Enmiendas al proyecto de ley por el que se adoptan medidas
extraordinarias, excepcionales y urgentes en materia de abastecimientos
hidráulicos como consecuencia de la persistencia de la sequía. ¿Grupos
que desean fijar su posición? (Pausa.) Enmiendas al proyecto de ley del
voluntariado. ¿Grupos que desean
fijar su posición? (Pausa.)
Enmiendas al proyecto de ley por el que se modifica la Ley 7/1985, de
2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con
el padrón municipal. ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Enmiendas al proyecto de ley sobre medidas de control de sustancias
químicas catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita
de drogas. ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)



-- AL PROYECTO DE LEY DE PROTECCION JURIDICA DEL MENOR Y DE
MODIFICACION PARCIAL DEL CODIGO CIVIL (Número de expediente 121/000098)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley de
protección jurídica del menor y de modificación parcial del Código
Civil.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, voy a fijar la posición de Coalición Canaria, que va a dar
un voto positivo a todas y cada una de las enmiendas a este proyecto
de ley orgánica de protección jurídica del menor y de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil que nos
remite el Senado.

Valoramos positivamente todo el texto del proyecto, tal como va a
quedar tras la aprobación de estas enmiendas. Consideramos que este
texto viene a cerrar todo un programa de legislación en cuanto a
protección de la infancia, del menor, que se empezó a hacer con el
temprano gobierno parlamentario y democrático de UCD, tanto respecto
a la legislación interna de nuestro país como suscribiendo los
acuerdos... (Rumores.)
El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Mardones.

Señorías, guarden silencio. (Pausa.)
Cuando quiera, señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

Respecto a las enmiendas del Senado --quitando aquellas que son
puramente de corrección técnica y gramatical, que contribuyen a dar un
poco más de claridad a la lectura del texto y su interpretación
jurídica--, queremos destacar las siguientes, a las que, como he dicho,
prestamos nuestro apoyo.

En primer lugar, la enmienda al artículo 7, que introduce que las
asociaciones infantiles y juveniles puedan obligarse civilmente y a las
que se les dice que deben haber nombrado, de acuerdo con sus estatutos,
un representante con plena capacidad de obrar.

Queremos destacar, asimismo, la enmienda al artículo 10, que viene a
admitir el controvertido tema del reconocimiento de los menores
extranjeros, que muchas veces ha dado origen a contenciosos de tipo
judicial en relación con terceros países.

Nos parece oportuna también la enmienda del Senado que crea la nueva
disposición final vigésima al introducir la figura de la tutela del
Ministerio fiscal para las figuras de tutela o de guarda de los menores
como garantía jurídica de los mismos frente a todo tipo de
interpretación, por partes sesgadas, de la legislación procesal.

Como bien he dicho, este proyecto se inspira --de ahí la satisfacción
de Coalición Canaria al poder colaborar con su voto a la aprobación
definitiva del mismo-- en la Declaración de los Derechos del Niño de
las Naciones Unidas de 1989, que esta Cámara convalidó en 1990, con la
ratificación correspondiente del Gobierno. Me consta además --y esto
es para reconocerlo también en el haber del Gobierno-- la labor de
penetración de esta doctrina y de esta ideología que ha venido
realizando la señora Ministra, doña Cristina Alberdi, aquí presente,
y su Departamento. Señora Ministra, tengo que felicitarle por lo que
ha sido una línea constante de cooperación con los grupos
parlamentarios. Creo que en el proyecto de ley de protección del menor,
como anteriormente habíamos hecho en grandes debates sobre modificación
de nuestras leyes en lo relativo a la protección de la infancia (en
televisión, en el cine, en espectáculos, etcétera), ha existido un
espíritu, un ambiente y un clima de convergencia y de coincidencia,
auspiciado por su talante, señora Ministra, para llegar al consenso.

De ahí la naturalidad, sin ningún tipo de polémica, con que



Página 10320




esta ley, incluso con las enmiendas del Senado, llega hoy a la Cámara.

Como bien reconoce el propio preámbulo del proyecto de ley, la Ley 11,
de 1989, estableció el régimen de la patria potestad existente en el
matrimonio, todo un concepto doctrinal que parece que no tiene nada que
ver con lo que ahora estamos tratando (con la tutela, etcétera) pero
que sí lo tiene puesto que con esa Ley 11/1981, por fin, empezamos a
reconocer en nuestro ordenamiento jurídico la supresión de la
distinción entre filiación legítima e ilegítima, porque todavía nos
encontramos con secuelas psicológicas en la adopción de los niños y en
la protección del menor por aquello de ser hijos legítimos o
ilegítimos, ya que parece que el juez daba un tratamiento distinto a
unos y otros cuando se tenía que sacar a un niño o a una niña de una
inclusa para el proceso de adopción. Creo que esto es digno de destacar
puesto que consagra un principio de respeto democrático a lo que es
toda esta doctrina. Y qué decir de las profundas modificaciones que en
este texto se contienen, porque no se trataba de hacer una pura ley
programática y declarativa para su aplicación en un principio de
filosofía del Derecho por los tribunales de Justicia o por los jueces
y fiscales encargados de la cuestión, sino que precisamente lo más
importante de esta ley, junto a su doctrina ideológica, son las
modificaciones instrumentales que hacen del Código Civil y de la Ley
de Enjuiciamiento Civil. Sin esas modificaciones, que este nuevo texto
del proyecto de ley trae, mal hubiéramos podido aplicar esos principios
ideológicos de coincidencia y de consenso a los que hoy hemos llegado.

Por tanto, los tribunales de justicia, los señores jueces-magistrados
y los fiscales van a contar con el instrumento legal ya adaptado en su
técnica procesal para reconocer precisamente todos estos derechos.

Porque para reconocer judicialmente las situaciones de riesgo y
desamparo de un menor era necesario que precisamente el Código Civil
y la Ley de Enjuiciamiento Civil estuvieran al servicio de estas ideas
y no como hasta ahora, que parecía una barrera que hacía que muchos
magistrados dijesen: sí, yo haría esto, pero a mí me está limitando en
este momento la aplicación de la ley, porque yo me tengo que remitir
a lo que dice en su texto articulado tanto el Código Civil como la Ley
de Enjuiciamiento Civil.

Por todas estas razones y por las obviedades que no repito, no por
obviedades sino por su reiteración, ya que prácticamente están todas
recogidas en el texto del proyecto, Coalición Canaria se siente
satisfecha de dar su apoyo a todas las enmiendas y, por tanto, a todo
el espíritu y el texto que trae el proyecto de ley.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones. Por el Grupo Catalán de
Convergència i Unió, tiene la palabra la señora Alemany.




La señora ALEMANY I ROCA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, ante todo quisiera expresar la satisfacción de nuestro Grupo
ante la aprobación del proyecto de ley de protección jurídica del menor
y modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento
Civil, tal como ha quedado denominada después de la aprobación de una
enmienda presentada por nuestro Grupo.

La necesidad de crear un cuerpo legislativo que proporcione asistencia
especial a los menores ha sido insistentemente defendida por nuestro
Grupo Parlamentario. Así constaba en nuestro programa electoral, en el
que, basándonos en la Convención sobre los Derechos de la Infancia,
aprobada por las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, nos
proponíamos que se elaborara una ley para la defensa de los derechos
del menor que permitiese aplicar con mayor eficacia tal convención.

Asimismo, nos proponíamos crear un marco legal que fuera más favorable
para la adopción y el acogimiento familiar. Este proceso lo hemos
llevado a cabo también en Cataluña, donde se aplica la Ley 37/91, de
30 de diciembre, de Protección de los Menores Desamparados y de la
Adopción, posteriormente modificada por la Ley 8/95, de 27 de julio,
de Atención y Protección de los Menores y Adolescentes. En esta ley se
estableció ya lo que en este proyecto se introduce como innovación. Nos
referimos a la figura del acogimiento preadoptivo como paso previo a
la adopción. Así pues, satisfacción del Grupo Catalán de Convergència
i Unió en un doble sentido: por la renovación del ordenamiento jurídico
en materia de menores, consolidando el cumplimiento del mandato
constitucional y, a la vez, por el cumplimiento de nuestro propio
programa.

El proyecto de ley inicial ha sido sustancialmente mejorado durante el
trámite parlamentario con la aportación de los distintos grupos
políticos. A nuestro Grupo le han sido aceptadas la mayoría de las
enmiendas, buena parte de las cuales estaba encaminada a mantener el
respeto de las competencias de las comunidades autónomas en materia de
protección y asistencia a menores y de adopción y acogimiento familiar,
de acuerdo con el Convenio de La Haya, ratificado recientemente por el
Estado español.

La aprobación de este proyecto de ley supone un paso más hacia la
modernización del cuerpo legislativo, adaptándolo a las nuevas
situaciones y necesidades sociales. Este es el caso, por ejemplo, del
incremento de la adopción internacional, lo cual precisa de legislación
al respecto, a fin de evitar el tráfico ilegal de menores y asegurar
sus derechos y su bienestar.

En los últimos meses esta Cámara ha aprobado leyes fundamentales.

A éstas quiero sumar la que hoy se está debatiendo, puesto que un
sistema democrático debe proporcionar ayuda y amparo a los sectores más
desprotegidos de nuestra sociedad. Para legislar acerca de la
protección jurídica de los menores era absolutamente



Página 10321




necesaria la aportación constructiva de todos los grupos políticos de
esta Cámara, poniendo por encima de cualquier otra posible
consideración las verdaderas necesidades y los derechos de los propios
menores.

Esta ha sido la actitud mayoritaria, y la ley que hoy aprobamos es el
producto final de la labor serena, de la labor consciente de los grupos
políticos presentes en esta Cámara.

Señorías, señor Presidente, señora Ministra, el Grupo Parlamentario de
Convergència i Unió votará a favor de este proyecto de ley.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Alemany.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la
palabra la señora Urán.




La señora URAN GONZALEZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, hoy es un día en el que todos los grupos parlamentarios nos
debemos felicitar por haber sido capaces de mejorar hasta tal punto el
proyecto de ley remitido por el Gobierno que casi, casi, es
irreconocible, señora Ministra. El esfuerzo que se ha hecho por parte
de los grupos parlamentarios y, en definitiva, el esfuerzo que hizo el
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya
de presentar una enmienda de totalidad en la que se recogían derechos
de los menores para que se pudieran desarrollar con esta ley, hace que
hoy estemos diciendo que vamos a aprobar unas enmiendas que vienen del
Senado que mejoran el texto remitido por el Congreso y que nos permiten
tener una legislación que desarrolla derechos de los menores que no
estaban bien recogidos en nuestro ordenamiento jurídico. Además, nos
van a permitir regular de una manera muchísimo mejor, no solamente la
adopción nacional, sino también la adopción internacional.

Quiero hacer mención desde esta tribuna a una enmienda que viene del
Senado, que es muy importante, al recogerse en su articulado y no en
una disposición final, según el texto del Congreso, los derechos de los
menores extranjeros, aun estando en una situación de ilegalidad en
nuestro país. Es muy importante que a estos menores, desde la
Administración pública, aunque estén en una situación de ilegalidad,
se les pueda reconocer el derecho a la educación y a la salud, que son
tan importantes como el derecho a la vida.

Por lo tanto, señorías, creo que nos podemos felicitar hoy porque el
Senado, en la disposición adicional vigésima de este proyecto, haya
reconocido al Ministerio fiscal la capacidad de poder resolver en un
mismo expediente todas aquellas situaciones de riesgo que puedan
afectar a un menor. Es necesario que los menores se encuentren el menor
tiempo posible en situación de riesgo y de desamparo y que la
Administración pública sea lo suficientemente ágil para resolver cuanto
antes todas estas situaciones que se pueden dar en diferentes lugares
o momentos.

Por lo tanto, señorías, el voto de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya va a ser favorable a las enmiendas que vienen del Senado, es
favorable ya a esta ley porque, con algunas modificaciones que
introdujo el Grupo Socialista, casi viene a ser la enmienda de
totalidad que presentó el Grupo Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya.

En estos momentos, nuestro ordenamiento jurídico, con respecto a los
menores, ha dado un gran paso. También creo que se ha perdido una buena
oportunidad para haber hecho realmente una ley de derechos del menor,
que recogiera todos los derechos de los menores, pero bien está si no
hemos podido llegar más allá. Bueno es que empecemos a caminar en el
sentido de recoger los derechos de los menores y que nuestra
legislación sea capaz de tener como prioridad el derecho del menor, la
situación del menor, y que toda la legislación que se pueda hacer a
partir de estos momentos tenga en cuenta esta ley, la Convención de los
Derechos del Niño y que los menores son precisamente los que menos
protección tienen, por ser los más débiles, y que, en definitiva,
seamos capaces, señora Ministra, de seguir avanzando en este camino que
ya hemos empezado en este Congreso.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Urán.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Barrios.




La señora BARRIOS CURBELO: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, la acción que llevó al Grupo Parlamentario
Popular a presentar la interpelación urgente, en abril de 1994, fue la
ausencia de un marco jurídico adecuado --ya lo he dicho en anteriores
ocasiones--, regulador de la problemática del menor. No existía una ley
de derechos del menor, a pesar de lo que exigía el artículo 39 de la
Constitución española y el artículo 4 de la Convención de los Derechos
del Niño; no existía tampoco una ley de justicia juvenil para recuperar
a los menores infractores, a los menores que entran en conflicto
social, a pesar de lo que recoge la exposición de motivos de la Ley
4/1992, en la cual se dice que nace como mandato de una sentencia del
Tribunal Constitucional que tiene un carácter transitorio y urgente,
y que se está a la espera de una nueva ley reguladora de los menores
infractores; ley que, por cierto, ni se conoce ni se la espera hasta
este momento.

El Gobierno presenta el proyecto de ley de protección jurídica del
menor y modificación parcial del Código Civil, que hoy vamos a aprobar
definitivamente en esta Cámara, como la ley de derechos del menor que
exigía el Congreso debido a la interpelación a la que antes me he
referido, y a su posterior moción. Nada



Página 10322




más lejos --ya lo he dicho en anteriores intervenciones--, no es la ley
de derechos del menor que esperábamos. La ley de derechos del menor
como texto global regulador de derechos y libertades del menor, en este
momento no existe en España. Este proyecto de ley sólo intenta
modificar y ampliar. Mejora el sistema de adopción del Código Civil,
pero a pesar de que permite, durante su tramitación, adornar este texto
--así lo ha hecho constar la portavoz de Izquierda Unida-- con unas
pequeñas incrustaciones de derechos, no lo convierte, ni mucho menos,
en una ley de derechos del menor. Así lo recogía la propia Ministra de
Asuntos Sociales y la memoria justificativa que acompañaba este
proyecto de ley.

Sufrimos --lo ha dicho la anterior interviniente-- una gran decepción
cuando nos llegó el proyecto de ley, ya que no es una auténtica ley de
derechos del menor. Señora Ministra, ello me lleva a reiterar lo que
dije cuando defendí la interpelación del Grupo Popular: que el
Gobierno, el Grupo Socialista sólo se mueve en base a estímulos
electorales y que si los problemas del menor no se resuelven es porque
el menor no tiene derecho a voto.

Se ha mejorado ostensiblemente este proyecto de ley en el debate y
tramitación en esta Cámara con diferentes enmiendas de los grupos
parlamentarios, puesto que su contenido era muy exiguo. Una primera
parte, con catorce artículos, regulaba determinados aspectos de la
protección del menor y una segunda parte, con veinte disposiciones
finales, modificaba dieciséis artículos del Código Civil, creaba uno
nuevo, el 173 bis, pero siempre en materia de adopción.

En este texto bastante mejorado y que ha sido respetado a su paso por
el Senado, nos sorprenden que dos enmiendas: una presentada por el
Grupo de Convergència i Unió y otra por el Grupo Popular, han sido
modificadas por unas enmiendas del Grupo Socialista que han desvirtuado
y anulado totalmente la finalidad perseguida por nuestras enmiendas.

Me estoy refiriendo a la enmienda número 59, de Convergència i Unió,
que recogía la competencia de las comunidades autónomas en materia de
adopción internacional, añadiendo un párrafo segundo al artículo 14 del
antiguo texto del proyecto de ley, y a la enmienda número 88, del Grupo
Popular, mediante la cual se recogía que cuando la Administración
pública asumiera la tutela de los menores extranjeros abandonados en
territorio español, ello conllevaría la residencia legal.

Sorprendentemente, como digo, dos enmiendas del Grupo Socialista
apoyados por el resto de los grupos del Senado con excepción del Grupo
Popular, han desnaturalizado estas las enmiendas que acabo de
mencionar, de tal manera que si leemos el artículo 10 del actual
proyecto de ley, a pesar de que la portavoz de Izquierda Unida lo ha
alabado bastante, nos encontramos con que los menores extranjeros van
a tener derecho a la educación y a la asistencia sanitaria, que ya se
recogía porque hemos firmado tratados internacionales al respecto, se
les concederá una documentación acreditativa, pero nunca la residencia
legal. Nos parece mentira que esto suceda si tenemos presente los
brotes xenófobos y racistas y la poca integración que en este momento
tienen nuestros inmigrantes en la cultura española.

En el artículo 25 se regula que respecto a la competencia de las
comunidades autónomas en materia de adopción internacional se estará
a lo establecido en el Convenio de La Haya, pero como éste no establece
nada, nos encontramos con que las organizaciones no gubernamentales van
a tener competencias para funcionar como intermediarias en la adopción
internacional, pero no así las comunidades autónomas.

El Grupo Popular considera que esto es una constatación de lo que
siempre ha perseguido el Grupo Socialista: que este proyecto de ley
quedara reducido a su mínima expresión. Ustedes no lo dirán
abiertamente porque, en base a la técnica actual de lo políticamente
correcto, van a decir que lo que sucede es que no es el momento
oportuno, que la expresión jurídica no era la adecuada, que la enmienda
no era perfecta, pero lo cierto es que el enriquecimiento de este
proyecto de ley, en esta materia, ha quedado anulado. Hay un desencaje
histórico, hay un desencaje social, cultural y jurídico en relación al
menor.

Si bien este proyecto de ley mejora todo el sistema de adopción, no es
menos cierto que deviene, ya desde su nacimiento, en un instrumento
inútil para ser una ley de derechos del menor que regule, con una
perspectiva global, la problemática del menor.

El Grupo Popular es consciente de que esta materia es compleja y
delicada, sobre todo en lo que concierne a un conocimiento global de
la misma para buscar vías de solución posibles, realistas y eficaces.

Pero que en 12 años no se haya encontrado una solución certera,
realista y eficaz me angustia. Ello nos lleva, señora Ministra, señoras
y señores Diputados, a denunciar que, a pesar de la existencia de este
proyecto de ley que en materia de adopción es muy positivo, la
situación de indefensión del menor va a continuar.

En estas fiestas navideñas a todos se nos llena la boca deseando a
nuestros niños y niñas paz y felicidad. Personajes ilustres, famosos,
hacen grandes declaraciones al respecto en los periódicos y en las
revistas especializadas, lo que me parece interesante y positivo como
sensibilización de la opinión pública, pero consideramos que lo ideal,
lo eficaz, sería que nos acordáramos de la problemática del menor e
intentáramos solucionarla todos los días; que lo eficaz sería que
existiera una auténtica legislación que solventara el problema del
menor; que lo eficaz sería que existieran unos instrumentos que
acercaran al menor necesitado la ayuda y el cuidado suficientes, porque
existe una total descoordinación y una ausencia de política preventiva
respecto al menor.

Termino, señoras y señores Diputados, en lo que parece que va a ser la
última sesión de esta legislatura, diciendo que llegué a la misma con
la ilusión de que



Página 10323




elaboráramos una ley de derechos del menor. (Un señor Diputado
pronuncia palabras que no se perciben.) Habla S. S. de cuentos. Lo
entiendo perfectamente, ya he dicho antes que su sensibilidad va unida
a los resultados electorales. Lo que está claro, señores Diputados, es
que no me voy desilusionada. Con este proyecto de ley se ha iniciado
un importante camino. Si no hemos sido capaces de elaborar una ley de
derechos del menor en este momento, quienes nos sustituyan en la
próxima legislatura seguro que lo van a hacer. Los revolucionarios que
pensaron en un nuevo régimen democrático estimaban que el Parlamento
iba a ser un órgano central y supremo donde se iban a elaborar leyes
justas y sabias; que los parlamentarios íbamos a ser como las espigas
de trigo: firmes en el suelo, duros en la trilla, flexibles al viento
y que, además, haríamos pan. En esta legislatura no se ha podido hacer
el pan de una ley de derechos del menor, pero estoy segura de que con
este proyecto de ley se ha amasado bien la harina y ha fermentado la
levadura.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Barrios.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra la señora Del Campo.




La señora DEL CAMPO CASASUS: Gracias, señor Presidente.

Señorías, el Grupo Socialista votará favorablemente todas las enmiendas
que ha introducido el Senado en este proyecto de ley. Realmente, el
número de enmiendas no ha sido grande. Y no lo ha sido, señorías,
porque el consenso de los grupos políticos en el Congreso, la gran
flexibilidad de la que tanto se ha hablado hoy aquí, demostrada por
todos, ha introducido ya en esta Cámara un número cualitativa y
cuantitativamente importante de mejoras.

Mejoras que han supuesto un proyecto de ley que necesitaba pocas
alteraciones en el Senado.

Pese a haber recibido este proyecto de ley aportaciones de todos los
grupos, aportaciones numerosísimas en proporción a su volumen -
-posiblemente pocas veces tantas en un proyecto con este número de
artículos--, ha introducido mejoras, unas de carácter técnico,
ajustando la exposición de motivos a las enmiendas del Congreso o
subsanando algunos errores materiales que se habían deslizado en esta
Cámara, y otras de mucho más calado. Mejoras profundas que permiten una
mejor garantía de los derechos y de la protección del niño; mejoras que
en el Senado, lo mismo que sucedió en el Congreso, han venido a
enriquecer esta ley con el consenso y con la aprobación de todos los
grupos políticos.

Es importante señalar aquí cómo mediante una enmienda transaccional
firmada por todos los grupos del Senado se han regulado mejor los
derechos de los menores extranjeros aun cuando no residan legalmente
en España; se ha garantizado su derecho a la educación; el derecho a
la asistencia sanitaria y a las prestaciones sociales de aquéllos que
se encuentran en situación de riesgo o bajo tutela de las
administraciones públicas. Además, se han establecido medidas para
legalizar la situación de estos niños que aún no tienen residencia
legal en España.

También es importante, señorías, la redacción ciertamente más clara que
se ha dado al artículo 25.2 del proyecto, relativo a la adopción
internacional; una redacción que mantiene la plena competencia de las
comunidades autónomas en este campo pero, al mismo tiempo, elimina
obligaciones superfluas de estas comunidades de cara a la
Administración central, y se ajusta escrupulosamente al Convenio de La
Haya, de 29 de mayo de 1993, estableciendo el procedimiento que dicho
Convenio regula para la comunicación entre autoridades competentes en
lo que se refiere a este tipo de adopción.

También es muy interesante resaltar aquí la nueva disposición final por
la que se impone al Ministerio Fiscal la obligación de velar para que
en cualquier procedimiento de reclamación frente a las decisiones de
las entidades públicas, se resuelvan en un mismo expediente todas las
acciones e incidencias que afecten al régimen de tutela o guarda de un
mismo menor.

Son modificaciones escasas, es cierto, pero de gran calado, que han
venido a mejorar lo que todos pretendíamos mejorar, señorías: el
régimen de derechos y de protección de los niños y especialmente de
aquellos que se encuentran en situación de riesgo.

Por ello mi Grupo dará su apoyo a todas estas modificaciones y
manifiesta también su satisfacción de que en este último trámite de la
legislatura hayamos conseguido un objetivo pretendido por toda esta
Cámara desde el inicio de ésta y aun desde antes: el doble objetivo de
mejorar el desarrollo de los derechos de la infancia, de acuerdo con
los principios de la Convención de los Derechos del Niño, y de
perfeccionar los sistemas de protección jurídica del menor en situación
de dificultad, tanto la protección en primera instancia como los
procedimientos de acogimiento y adopción, sea ésta de carácter nacional
o internacional.

Reiterando, pues, esta satisfacción, que creo que todos compartimos en
el día de hoy, manifiesto también nuestro voto afirmativo, señorías.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Del Campo.




-- AL PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES PARA
REPARAR LOS EFECTOS PRODUCIDOS POR LA SEQUIA (Número de expediente
121/000105)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley por el que
se adoptan medidas urgentes para reparar los efectos producidos por la
sequía.




Página 10324




Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente. Coalición
Canaria va a votar favorablemente todas las enmiendas que vienen del
Senado --no son muchas-- a este proyecto de ley por el que se adoptan
medidas urgentes para reparar los efectos producidos por la sequía.

Queremos destacar, señor Presidente, que Coalición Canaria otorga su
apoyo porque la enmienda referida al apartado a) del artículo 6.3 del
proyecto contempla un sustancial incremento sobre los 125 millones de
pesetas que se habían estipulado en los debates que tuvimos en esta
Cámara y que ahora la enmienda del Senado sitúa esta bonificación de
los tipos de interés de los préstamos hasta un máximo de 235 millones.

En ese artículo 6 del proyecto, para aquellas explotaciones cuyos
titulares ejerzan la actividad a título principal, se reconoce y se
mantiene la peculiaridad que, en su caso, contempla el artículo 2 del
Real Decreto 1318/1992, de medidas especiales de carácter estructural
agrario referidas a las peculiaridades de la Comunidad Autónoma de
Canarias. Nuestro voto es coherente precisamente porque este proyecto
de ley mantiene la congruencia con el mencionado Real Decreto del año
1992, que reconoce la competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias.




Este cambio de cifra de 125.000 a 235.000 millones de pesetas, dada la
repercusión que ha tenido esta sequía, nos hace inclinarnos a votar
favorablemente las enmiendas del Senado. Las disposiciones adicionales
quinta, sexta y séptima se refunden en una sola, lo cual contribuirá
también a que los informes sobre las consecuencias de los riesgos
climáticos estén vinculados, en un texto articulado, a los estudios de
viabilidad de los seguros integrales y al plan integral de actuación
urgente por esta sequía.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.




-- AL PROYECTO DE LEY DE CREACION DE DETERMINADAS ENTIDADES DE DERECHO
PUBLICO (Número de expediente 121/000107)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley de
creación de determinadas entidades de derecho público.

Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente. Queremos utilizar
este turno como recordatorio de los diferentes planteamientos que hemos
venido realizando a lo largo del debate de este proyecto de ley. Se
trata de un proyecto de ley que tendría que haber venido a culminar la
política industrial del Ministerio de Industria, una política
industrial sobre la que existen muchas luces y muchas sombras también.

Ha existido un plan ambicioso que tenía la intención de haber dado la
vuelta a una política económica e industrial de los cuatro años
pasados, precisamente en la legislatura anterior a la que ahora estamos
terminando, que fue una legislatura antiindustrial. Si la legislatura
hubiera avanzado más, nos podríamos haber encontrado con la ilusión de
haber entrado en un proceso de industrialización, en un impulso
industrializador desde el propio Parlamento, pero nos encontramos ante
una política que, en sí misma, no por voluntad del Parlamento, queda
inconclusa. Los grandes proyectos están inacabados. Me refiero a los
del sector energético y también en lo que significa la privatización.

Respecto a la privatización, todavía sigue existiendo una excesiva
presencia del Ministerio de Industria en sus previsiones, lo mismo que
en el sector energético; sigue existiendo una enorme presencia del
sector público cuando lo ideal era haber buscado un equilibrio con una
mayor presencia, primero, en la privatización de la gestión y, en
segundo lugar, con una mayor participación privada en la propia gestión
del sector público.

Hoy, que vamos a dar el definitivo carpetazo con la aprobación de este
proyecto de ley, ante los grandes proyectos de crear grupos
industriales, podemos decir que nos encontramos todavía sin haber dado
el primer paso definitivo y orientativo de lo que puede ser la creación
de un sector importante de grandes empresas con participación pública
y privada en todo el Estado. Además, también nos encontramos ante
privatizaciones realizadas, a nuestro modo de entender, con escasa
coherencia. Me refiero, en concreto, a la de Sidenor realizada
últimamente.

Esperamos que la mayor participación de las comunidades autónomas en
cuyo ámbito existe un sector público empresarial potente, introducida
a través de las enmiendas pactadas con el Grupo Catalán y con el Grupo
Socialista, pueda permitir reorientar esta política industrial para
crear los verdaderos objetivos de mayor participación privada, de mayor
gestión privada, lejana a los avatares del cambio político que se pueda
producir tras unas elecciones y, sobre todo, más coherencia con una
mayor industrialización en los temas que todavía quedan pendientes.

Muchísimas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Albistur.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

Coalición Canaria va a votar favorablemente las enmiendas del Senado
a este proyecto de ley de creación de determinadas entidades de derecho
público.




Página 10325




Se han introducido algunas enmiendas de corrección, como, por ejemplo,
la relativa al artículo 9 en su apartado 5, que se correspondía con el
artículo 8.5 del texto que remitió la Cámara, en la que se evita
expresiones coloquiales como hablar de las cláusulas de blindaje y se
utiliza un léxico más acorde con el Derecho y con los textos
legislativos.

Queremos destacar, señor Presidente, que consideramos esta ley
globalmente positiva e interesante y ya tuvimos ocasión de intervenir
sobre la misma apoyando los principios rectores e inspiradores cuando
se debatió aquí. No cabe duda de que también el Senado ha tenido en
consideración sus prerrogativas y algunas de las enmiendas, como las
dirigidas al artículo 12.5 nuevo (que se corresponde con el 11.5
antiguo) o al 15 que salió de la Cámara, hoy 16, que vienen a reconocer
las competencias del Senado para que tenga conocimiento puntual de los
informes que se le remitan.

Posiblemente esto obligará en su día a reformar la composición, porque
no sería lógico duplicar los informes cuando tal vez con una Comisión
Mixta se pudiera resolver, aunque no es el caso de esta ley.

De las enmiendas que ha remitido el Senado queremos destacar, porque
nos parece positivo --y con esto termino, señor Presidente-- , la
relativa al artículo 16.4 nuevo, en la que al hablar de la Agencia
Industrial del Estado y la Sociedad Estatal de Participaciones
Industriales, con este nuevo apartado le señala el compromiso, que no
se había contemplado en esta Cámara en su debate previo, de que deberán
remitir a las Cortes Generales la misma información y en los plazos en
que las sociedades que cotizan en Bolsa están obligadas a presentar
ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Esto es importante,
señor Presidente, señorías, porque si todas las sociedades que cotizan
en Bolsa están obligadas por imperativo legal a remitir a la Comisión
Nacional del Mercado de Valores los informes que señala la legislación,
sería absurdo que ahora la Agencia Industrial del Estado y la Sociedad
Estatal de Participaciones Industriales, en aquellos casos en los que
haya participación pública en sus acciones y, por tanto, tenga
cotización en Bolsa mandasen solamente el informe a la Comisión
Nacional del Mercado de Valores y las Cortes Generales, el Congreso y
el Senado, quedaran ayunos, porque sigue habiendo un grado completo de
responsabilidad estatal que se ha reservado incluso la elección de sus
presidentes y directivos y, por supuesto, el uso de una mayoría
cualificada de acciones para las decisiones más importantes. Por tanto,
no sería oportuno que las Cámaras no tuvieran conocimiento de ello. Por
esta razón nos parece muy adecuada esta enmienda del Senado y nosotros
la vamos a apoyar, como todas las demás, con nuestro voto.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mardones.




-- AL PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS,
EXCEPCIONALES Y URGENTES EN MATERIA DE ABASTECIMIENTOS HIDRAULICOS COMO
CONSECUENCIA DE LA PERSISTENCIA DE LA SEQUIA (Número de expediente
121/000110)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley por el que
se adoptan medidas extraordinarias, excepcionales y urgentes en materia
de abastecimientos hidráulicos, como consecuencia de la persistencia
de la sequía.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor
Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, intervengo para confirmar nuestro voto favorable a las
enmiendas del Senado, muy especialmente a la que hace referencia a la
supresión de los artículos 2 y 3 y también, sin duda, a la disposición
adicional tercera, en la que se dota de mayor estabilidad económica a
los municipios pequeños con centrales de producción eléctrica, con la
correspondiente modificación del IAE, que les va a ayudar --aunque sólo
sea ayudar-- a la urgente y necesaria estabilidad económica y también,
en concreto, las que afectan a la Ley de Contratos introducidas en el
Senado en este proyecto de ley de medidas urgentes para reparar los
efectos producidos por la sequía.

En primer lugar, aceptamos que se hayan introducido las enmiendas
aprovechando este trámite. Nuestro Grupo entiende que no quedaba otro
camino. En segundo lugar, vamos a apoyarlas porque hemos sido uno de
los impulsores, junto a los Grupos Popular y Socialista, de la
introducción de estas modificaciones por considerarlas imprescindibles.

Y, en tercer lugar, porque con la aprobación, en su caso, de las
citadas enmiendas se va a reajustar y a mejorar un proyecto de ley de
suma importancia.

Este proyecto de ley ha tenido una tramitación larguísima, yo diría
incluso farragosa, pero es de una gran trascendencia y, sobre todo, de
un fuerte impacto en su aplicación. Las modificaciones que se nos
plantean hoy son básicamente tres. Una hace referencia a la prohibición
de contratar con el Estado a las empresas con directivos sentenciados,
procesados o acusados dejándolo en que sólo afectará a los directivos
con sentencia en firme. En segundo lugar, la prohibición sólo alcanza
a la persona, es decir, que una empresa podrá contratar si el directivo
sentenciado en firme abandona su puesto. Y, en tercer lugar, la última
modificación afecta a la licitación de obra pública y hace referencia
a las expropiaciones. Las obras de transporte hidráulico quedan fuera
de la necesidad de que no se podrán licitar hasta que no estén
expropiados todos los terrenos a los que afecta.

Hace pocos días comentaba con otro miembro de la Ponencia en Comisión
la valoración de estas modificaciones.




Página 10326




Nos quedaba a los dos cierta duda de si durante todo el proceso
habíamos sido capaces de articular una buena ley ya que ahora nos
llegaban unas enmiendas, sin duda importantes, aunque puntuales. Estoy
convencido de que sí, de que se hizo un gran trabajo, aunque también
lo estoy de que será positiva la aprobación de estas enmiendas.

Un proyecto de ley como el de contratos debe ser estricto y, si se
quiere, reglamentista, pero es necesario al mismo tiempo que tenga un
cierto equilibrio. Con las modificaciones a los artículos 20, 21 y 34
creo que se logra este equilibrio, al tiempo que se evitan graves
repercusiones de índole económica y social y se ajusta más a las
directrices comunitarias sobre contratación pública.

Sin duda, pues, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)
va a votar favorablemente a las enmiendas que nos llegan del Senado.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Carrera.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la
palabra el señor Martínez Blasco.




El señor MARTINEZ BLASCO: Señor Presidente, señorías, en esta sesión
última de legislatura y de año, vamos a asistir a uno de los mayores
despropósitos parlamentarios con este proyecto de ley; un proyecto de
ley fruto de un decreto-ley que trataba de medidas urgentes en materia
hidráulica con motivo de la sequía.

El Senado ha suprimido dos de los tres artículos y ha introducido unas
disposiciones adicionales, tres, en las que modifica, sustancialmente
a nuestro modo de ver, la Ley de Contratos del Estado y el Impuesto de
Actividades Económicas. Por tanto, me atrevo a calificarlo de
despropósito parlamentario, por dos razones: primera, porque este
proyecto de ley ya nada tiene que ver con las medidas en materia
hidráulica y, en cuanto a seguridad jurídica, los ciudadanos se van a
encontrar con que en este título hay temas tan heterogéneos como el
Impuesto sobre Actividades Económicas o la Ley de Contratos del Estado;
y despropósito parlamentario también porque ha sido introducido vía
enmienda en el Senado, con lo que los diferentes grupos de la Cámara
no hemos tenido oportunidad de enmendar este proyecto de ley.

El portavoz del Grupo Catalán (Convergència i Unió) --haciendo su
labor-- ha vuelto a resaltar por qué había que modificar la Ley de
Contratos del Estado. Señorías, después de estar escuchando durante los
últimos días alegatos en favor de la transparencia y de la pureza, en
contra de la corrupción, suena a cinismo que ahora se modifique la Ley
de Contratos del Estado. El artículo 20 de la vigente Ley de Contratos
del Estado --vigente desde mayo pasado-- establece que aquellos
administradores que paguen comisiones, que paguen favores, no sólo se
perjudican a sí mismos, sino también a las empresas a las que
pertenecen, en materia de contratación con las administraciones
públicas, puesto que no pueden contratar con las administraciones
públicas. Pues bien, ahora se introducen, como ha señalado el portavoz
del Grupo Catalán (Convergència i Unió), dos características nuevas.

Primera: ya no es suficiente que estén procesados, no es suficiente que
estén condenados. Tienen que estar condenados por sentencia firme. Esto
supone que todos los Huarte, los Cubiertas, todos los que están en los
procesos de Roldán en el Tribunal Superior de Justicia de Navarra o los
que están en la Audiencia Nacional van a tener que esperar la sentencia
firme del Tribunal Supremo, es decir, dentro de siete, ocho, diez años.

Por tanto, que no se preocupe nadie, que aquí no ha pasado nada. Pero,
además, ya no perjudican a las empresas, porque, del texto del artículo
20, se ha eliminado la frase: aquellas cuyo capital pertenezca
mayoritariamente a personas que se encuentren en las mismas
situaciones. Entonces los administradores corruptos podrían sufrir
condena y aislarse en materia de contratación con las administraciones
públicas, pero las empresas no tienen por qué preocuparse, porque
pueden seguir contratando. La razón que se ha esgrimido para ello --que
no se ha dado aquí esta mañana, pero que la he leído estos días-- es
que no se podía condenar antes del juicio. Según el artículo 20 de la
Ley de Contratos del Estado, no podían contratar con las
administraciones públicas las que estuvieran procesadas y se decía: No
hay que presumir la condena, hay que presumir la inocencia. Pues bien,
señorías, se puede dar la circunstancia de que un empresario corrupto
esté en prisión provisional --que es una medida cautelar-- y, sin
embargo, pueda seguir contratando con las administraciones públicas.

Era simplemente una medida cautelar en materia de contratación pública,
no era que se condenase al empresario antes de la sentencia. No era
eso. El artículo 20 dice que mientras dure esa situación de
procesamiento, no podrá contratar. Por tanto, era una medida cautelar,
tan cautelar como la de la prisión preventiva, y, sin embargo, hasta
eso se les quita. Señorías, lamento decirlo, pero en esta sesión final,
de liquidación y derribo, se está dando un paso atrás gigantesco, se
está yendo por detrás del año 1990, cuando se introdujo esto en la
legislación española. No tienen nada que temer. Hay una nueva amnistía,
como la del delito fiscal, y de nuevo, de la mano de Convergència i
Unió. Los que están procesados por los delitos en los temas de Filesa
o de Roldán no tienen nada que temer, no hay por dónde cogerles, ni a
ellos ni a los empresarios que han delinquido, presuntamente --pero ahí
están todas las pruebas y por eso están procesados-- ni a las empresas.

Nadie tiene absolutamente nada que temer.

La segunda enmienda introducida es que no sea necesario tener los
terrenos. Si la primera enmienda ha sido sugerida textualmente por la
CEOE --nosotros también habíamos recibido el texto--, la segunda
enmienda



Página 10327




lo ha sido por el mismo demonio. Los empresarios están contentísimos
con esta enmienda. Señorías, en la Ponencia de la Ley de Contratos
habíamos observado que una de las razones por las que se incrementaban
los contratos era porque la empresa no podía trabajar al no tener
disponibles los terrenos; es decir, adjudicado el contrato de una
carretera, la empresa se sentaba hasta que la Administración pusiera
a su disposición los terrenos. Todo ese intervalo de tiempo obraba en
su favor para pedir revisiones de precios. Por ello, introdujimos en
la ley esta enmienda: que era necesario tener previamente los terrenos
disponibles. Ahora se vuelve, de nuevo, a la situación anterior y por
ello digo que el mismo demonio ha sugerido esta enmienda al Grupo
Socialista, que es el que la ha introducido en el Senado. Las empresas,
nuevamente, pueden sentarse, tener la adjudicación y, como no tendrán
a su disposición los terrenos, el tiempo correrá a su favor para las
revisiones de precios.

La tercera enmienda que ha introducido el Senado, la tercera adicional,
es una modificación del Impuesto sobre Actividades Económicas. Es
cierto, señorías, que han sido suprimidas las notas comunes cuarta,
quinta y séptima, tal como se pidió en esta Cámara en la primavera y
en el mismo sentido en que nuestro Grupo Parlamentario lo había
presentado en una nueva proposición no de ley. Es cierto que en la
modificación de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas
de las empresas de producción, transporte y distribución de energía
eléctrica era preciso introducir una modificación, pero, miren por
dónde, señorías, hasta en esto se han llevado el gato al agua las
empresas hidroeléctricas en esta sesión final. Se han quitado las notas
comunes que permitían hacer una rebaja a los ayuntamientos. Sin
embargo, no sé si SS. SS. han caído en la cuenta de que se ha rebajado
de 135 pesetas/kilovatio a 120 pesetas. Nadie lo había pedido; nadie.

Es más, el Grupo enmendante en el Senado, el Grupo Catalán
(Convergència i Unió), había mantenido la tarifa de 135 pesetas por
kilovatio. Era una situación pacífica. Desde 1991, en que se aprobaron
las tarifas, era lógico que, en todo caso, en 1995 se revisasen al
alza: si no 135 pesetas, 140 pesetas, al menos. Pues no, señorías. El
Senado, al introducir una enmienda en la que da parcialmente
satisfacción a los ayuntamientos, aprovecha que el Pisuerga pasa por
Valladolid para rebajar las tarifas nada menos que de 135 a 120
pesetas. Es motivo de satisfacción para los pequeños ayuntamientos, que
han visto que, efectivamente, las cortapisas y rebajas van a quedar
suprimidas, pero las tarifas se han reducido, es decir, lo comido por
lo servido. Probablemente, habrá ayuntamientos que van a perder;
aquellos que no habían sufrido decrementos en las liquidaciones van a
perder: en lugar de 135 pesetas por kilovatio, 120 pesetas por
kilovatio. Por ello, señorías, las enmiendas que ha introducido el
Senado a este proyecto de ley son un ejemplo de auténtico desbarajuste
parlamentario; de que en una ley que pasaba por allí se han introducido
modificaciones sustanciales a otras leyes que los demás grupos no hemos
tenido oportunidad de enmendar, porque se ha hecho en el trámite final
del Senado y en este Pleno, de absoluta liquidación, de amnistía para
todas las empresas y empresarios corruptos, que darán las gracias a SS.

SS. si aprueban en este trámite esta amnistía navideña o de los santos
inocentes, para quien se lo quiera creer, porque, después de hablar
durante semanas de que hay que atacar la corrupción, ahora, en este
Pleno, que debería ser Pleno solemne de final de legislatura, se da la
amnistía para todos estos corruptos. Nosotros, señor Presidente, vamos
a votar en contra de estas enmiendas introducidas por el Senado.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martínez Blasco.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Roncero. (El señor
Gilet Girart pide la palabra.)
Perdón, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Gilet.




El señor GILET GIRART: Señor Presidente, señorías, permítanme que mis
primeras palabras de esta mi breve intervención sean para dirigirme al
Presidente de esta Cámara para expresarle como mallorquín la sincera
felicitación por los últimos diez años en los cuales ha ostentado tan
dignamente la Presidencia de las Cortes Generales. Con ello se ha unido
a otro insigne mallorquín, conservador por más señas, al haber
alcanzado las más altas cotas institucionales democráticas de nuestra
nación.

Enhorabona i molta de sort Sr. President.

Entrando ya en la fijación de posiciones de nuestro Grupo en relación
al proyecto de ley que nos ocupa y a las enmiendas incorporadas durante
el trámite en el Senado, por lo que se refiere a las introducidas al
articulado, suprimiendo los anteriores artículos 2 y 3, nuestra
posición ante ellas no puede ser sino la afirmativa. La admisión a
trámite de las enmiendas de supresión de los referidos artículos no ha
hecho sino recoger las tesis del Grupo Parlamentario Popular al
considerar innecesaria la inclusión del artículo 2, ya que las
sanciones no se aplican. Queda suprimido, por tanto, mientras que, por
lo que afecta al anterior artículo 3, también suprimido, de haberse
mantenido el mismo, habría venido a significar una expropiación de los
derechos sin indemnización alguna a los titulares de las concesiones,
de manera absolutamente arbitraria. Se reitera, pues, que, recogidas
las tesis del Grupo Parlamentario Popular en ambos aspectos, nuestro
voto será afirmativo o favorable a ambas enmiendas.

Por lo que se refiere a la disposición adicional tercera, en cuanto a
modificación del Impuesto de Actividades Económicas, nuestro voto
también será afirmativo. Entendemos que, con independencia de haberse
utilizado, con la inclusión de disposiciones adicionales, una técnica
legislativa escasamente ortodoxa, no



Página 10328




por ello antirreglamentaria, en este aspecto y por lo que se refiere
a la disposición adicional tercera se trata de una solución de carácter
provisional que afecta a la financiación de unos municipios muy
concretos, y de ahí que con ese aspecto de provisionalidad y con una
intencionalidad clara de no mantenimiento de la misma, sino de atacar
directa y resueltamente la cuestión, la votemos afirmativamente.

En cuanto a las disposiciones adicionales primera y segunda,
vamos a fijar en este trámite claramente cuál es la posición del
Grupo Parlamentario Popular, y ello en evitación de demagogias
fuera de tono y de tergiversaciones intencionadas.

La primera y necesaria afirmación no puede ser otra sino
reiterar una vez más que la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas no es la ley del Grupo Parlamentario Popular, no es la ley del
Partido Popular. Como ya se ha denunciado en repetidas ocasiones
durante la tramitación parlamentaria, el Grupo Parlamentario Popular
entiende que la ley debe contemplar la integridad de relaciones
contractuales del sector público, circunstancia que consideramos no se
produce en el actual texto legislativo. Nuestra Ley de Contratos
debiera titularse ley de contratos del sector público, y así será en
un futuro inmediato.

Entrando ya en el fondo de las enmiendas y conviniendo, como se ha
dicho antes, en que la vía utilizada no parece que pueda ser
considerada como la más ortodoxa, aunque sí reglamentariamente
correcta, en relación a la modificación del artículo 20 el Grupo
Parlamentario Popular votará afirmativamente. La enmienda incorporada
al artículo 20 pretende recuperar un texto recomendado por la directiva
93/37, según la cual la prohibición de contratar sólo debe alcanzar a
las personas condenadas en virtud de sentencia firme. Con la
eliminación de las referencias al procesamiento, a la apertura del
juicio penal, se pretende evitar una inseguridad jurídica nacida de la
provisionalidad de ambas resoluciones judiciales, modificables en un
futuro, así como afirmar la aplicabilidad de la constitucional
presunción de inocencia. Desde tales pretensiones se mantiene perenne
con el texto resultante, una vez introducidas las enmiendas por el
Senado, el efecto coercitivo de la posible actuación administrativa,
persistiendo la prohibición de contratar como sanción administrativa
para las personas condenadas mediante sentencia firme. No se trata con
esa modificación de ninguna amnistía para nada ni para nadie, ni para
empresa ni para empresarios, ni para personas físicas ni para personas
jurídicas o administradores; se trata, pura y simplemente, de reafirmar
la necesidad de trabajar desde la seguridad jurídica. Señorías, el
Grupo Parlamentario Popular, con esa enmienda, entiende que no es
posible sancionar la sospecha. La sanción se debe aplicar sobre la
realidad fehacientemente probada y firmemente sentenciada. Eso es lo
que ha introducido la enmienda aprobada por el Senado, de mutuo
consenso entre el Grupo Parlamentario Popular, el Grupo Socialista y
Convergència i Unió.

Por lo que se refiere al artículo 129, nuestro Grupo Parlamentario se
va a abstener en la votación de dicha enmienda. Entendemos que en esa
enmienda existen más aspectos económicos que políticos, que su alcance
político es escaso y que las repercusiones serán más de carácter
técnico, administrativo y económico. Téngase en cuenta, señorías, que
la simple tramitación, la simple exigencia, que no se venía produciendo
desde el año 1983, trae consigo un retraso superior al año. Entendemos
que esa modificación lo que hace es agilizar los expedientes de
contratación, pero no abre la transparencia. Con ello entendemos que
la problemática surgida con la aplicación del artículo 129 en estos
últimos meses, junio, julio y agosto, que han impedido sacar a
licitación más de 345.000 millones de pesetas con respecto al año
anterior, será subsanable. Entendemos que una postura de modificación
de ese artículo 129 no es más que una subsanación de un error, y hay
que reconocer que el Gobierno, que fue el que redactó el artículo 129
tal como vino a esta Cámara, en este caso, una vez más ha sido
corregido por el Grupo Parlamentario Socialista. Consecuentemente, en
este caso también hay que reconocer que cuando subsanan los errores es
cuando aciertan.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gilet. He estado a punto de no
darle la palabra, pero puedo asegurarle que no era por ningún
conocimiento anticipado de sus amables manifestaciones.

Muchas gracias.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Roncero.




El señor RONCERO RODRIGUEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, debatimos ahora las enmiendas del Senado
al proyecto de ley por la que se adoptan medidas extraordinarias,
excepcionales y urgentes en materia de abastecimientos hidráulicos,
como consecuencia de la persistencia de la sequía. (El señor
Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)
Como ha sido puesto aquí de manifiesto por los demás portavoces, la
tramitación de este proyecto de ley ha sido accidentada; ya lo fue en
esta Cámara, incluso antes de las modificaciones que se han introducido
en el Senado, en las modificaciones a los artículos 109, en relación
con el 56 y 63 de la Ley de Aguas, cuyos textos fueron recuperados en
los artículos 2 y 3, en Comisión, gracias a los votos del Grupo
Socialista y de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, que tuvieron
en cuenta los problemas planteados y que estos artículos 2 y 3
pretendían resolver.

Además de estas modificaciones se han introducido, como también se ha
puesto de manifiesto,



Página 10329




disposiciones adicionales que afectan a la
legislación de contratos y al IAE de las empresas eléctricas. Como aquí
se ha dicho, creo que había que aprovechar la oportunidad para
introducir estas enmiendas que se referían a contratos y al IAE,
porque, por una parte, son un beneficio para la estabilidad económica
de los ayuntamientos y, por otra, colocan a la legislación de contratos
en un punto de equilibrio por lo que afecta a las prohibiciones de
contratar. Como decía el señor Carrera en la Ponencia en esta Cámara
y en conversaciones más o menos informales, todos éramos en cierta
medida conscientes de que, con el síndrome que se estaba viviendo, se
estaba dando un movimiento pendular quizás exagerado en determinada
dirección. Ya hubo antecedentes con la inclusión de procesados y
posteriormente de acusados en ese movimiento pendular de querer ir lo
más lejos posible en esas garantías, que yo creo que no eran tales,
porque la ley no puede dar garantías absolutas. Lo que hace que la ley
se aplique mal o que tenga lagunas es la arbitrariedad de las personas
que tienen que ejecutarla. En el caso de los contratos, parece que con
estas enmiendas podemos volver a cierto equilibrio en ese péndulo.

Yo llamaría a la reflexión a Izquierda Unida. El señor Martínez Blasco
habla de amnistía. Yo creo que no se puede hablar en ningún sentido de
amnistía ni de que éstas sean enmiendas sugeridas por la CEOE;
sugeridas por la CEOE, sí, y están de acuerdo con estas enmiendas; pero
pregunte a los sindicatos si no están de acuerdo también. Piénsese que
detrás de una persona jurídica, de una empresa, que no es solamente el
directivo o la dirección en su conjunto que pueda hacer prácticas
corruptas, hay a lo mejor miles de trabajadores honrados y eficientes
que hacen su trabajo y que dependen prácticamente en su totalidad de
esa empresa y de la contratación de esa empresa, persona jurídica, con
las administraciones públicas. La responsabilidad de las actuaciones
corruptas de los dirigentes, de las empresas que practican esas
corrupciones no tiene por qué recaer en los trabajadores, que pueden
verse muy afectados. De ahí que los sindicatos hayan pedido una
redacción similar a la que aquí aprobamos hoy, que creemos que
establece un equilibrio razonable en la situación en que nos estamos
moviendo.

Por otra parte, en su intervención sobre la agilización de expedientes
de contratación y la disponibilidad o no de terrenos, creo --y
discúlpeme-- que el señor Martínez Blasco está en un error. Esta
enmienda no se introdujo en Ponencia ni en Comisión ni en ningún
trámite de la Ley de Contratos. Este texto es prácticamente copia
literal de la legislación anterior, pero no de la modificada con
medidas de agilización de expedientes de contratación que estaban
vigentes cuando aprobamos esta ley, que precisamente eximían de la
disponibilidad de los terrenos a las grandes obras. Es decir, que en
el trámite de Ponencia y Comisión en esta Cámara y en el Senado no se
introdujo ninguna enmienda a ese texto, sino que se dio por bueno el
texto de la legislación anterior, pero yo creo que sin percatarnos
nadie de que eso estaba modificado por disposiciones posteriores, creo
recordar que vía ley de presupuestos, para agilizar expedientes de
contratación, que se ha demostrado en la práctica que han paralizado
la contratación de las obras públicas. La disponibilidad o no de
terrenos no era de ninguna manera causa ni de reformados ni de
revisiones de precios, etcétera, porque esos expedientes de agilización
se estaban haciendo ya, porque lo que ahora aquí aprobamos estaba
vigente en la legislación anterior, precisamente para agilizar esos
expedientes de contratación.

Para terminar, señorías, me referiré a las enmiendas del Senado, de
supresión de los artículos 2 y 3, que vienen a reproducir las
presentadas en el Congreso por parte de los Grupos Catalán
(Convergència i Unió) y Popular. Hay que reconocer que en el Senado las
enmiendas sólo han sido del Grupo Catalán (Convergència i Unió) y no
del Grupo Popular, aunque éste las haya apoyado. Desde luego, no
estamos de acuerdo con dicha supresión de los artículos 2 y 3, que
afecta al artículo 109 en relación con el 56 y al artículo 63 de la Ley
de Aguas. A pesar de que ahora estamos sufriendo inundaciones y
catástrofes naturales ocasionadas por las lluvias, no conviene dejar
de lado los instrumentos de previsión para esos ciclos de sequía, de
situaciones extraordinarias y de emergencia, de forma que las
administraciones hidráulicas puedan actuar con mayor facilidad de cara
a solucionar los problemas cíclicos que se plantean en nuestro país.

En ese sentido, en el régimen de infracciones, el artículo 2 que se
suprime (que hace referencia a la modificación del artículo 109 y su
relación con el artículo 56 de la Ley de Aguas) viene a permitir que,
ante la reincidencia de una segunda infracción muy grave, con las
garantías correspondientes, pueda acordarse, previo informe del
Ministerio de Obras Públicas y con acuerdo del Consejo de Ministros,
la caducidad de la concesión. Creemos que ello es razonable porque se
realiza de una forma transitoria, para períodos de emergencia, que
puedan ser dictados por las administraciones hidráulicas y por el
Gobierno, en virtud del artículo 56 de la Ley de Aguas.

La modificación del artículo 63 --artículo 3 del proyecto de ley, que
se suprime mediante las enmiendas del Senado-- consiste en la revisión
de concesiones que de ninguna manera tiene carácter confiscatorio ni
expropiatorio, como se ha querido decir por parte de algunos grupos.

Da mayor capacidad de intervención, con todas las garantías para los
administrados y los concesionarios, de posibilidad de revisión de
concesiones en casos muy concretos --los que ya estaban previstos en
la Ley de Aguas--, incluso se dan más garantías con las enmiendas
presentadas por el Grupo de Izquierda Unida en cuanto a la forma de
comprobación de la modificación de supuestos determinantes de
otorgamiento, etcétera, y se incluyen nuevas posibilidades de revisión
de concesiones adaptadas a los criterios que todos predicamos hoy en
día respecto al uso



Página 10330




racional del agua, al equilibrio de su uso, al ahorro del agua y, en
ese sentido, el texto dice que se realizará con las garantías
correspondientes, que podrán ser revisadas dotaciones para
abastecimientos de poblaciones o de regadíos cuando se demuestre que
pueden ser facilitados los abastecimientos necesarios --sean de
poblaciones o de regadíos-- con menores dotaciones de agua, para
trabajar en la línea del ahorro y del uso eficiente del agua. Por
tanto, señorías, creemos que es muy importante que los artículos 2 y
3 pudieran ser hoy recuperados, porque no atentan contra los derechos
adquiridos, sino que se tienen todas las garantías, y porque, además,
permiten trabajar más eficientemente en la dirección del uso racional
y eficiente del ahorro del agua.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Roncero.




-- AL PROYECTO DE LEY DEL VOLUNTARIADO (Número de expediente
121/000112)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Enmiendas del Senado al
proyecto de ley del voluntariado, que figura como apartado 5 del punto
único del orden del día.

Por el Grupo de Coalición Canaria tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías, en nombre de
Coalición Canaria fijamos nuestra posición respecto a las enmiendas de
este proyecto de ley del voluntariado. Sólo son dos las enmiendas que
vienen del Senado, pero ello no es demérito para que hagamos una
valoración positiva el texto de la ley del voluntariado. Vamos a votar
estas dos enmiendas al artículo 12, así como la presentada a la
disposición adicional segunda en su apartado 2 a). Dichas enmiendas son
complementarias al concepto y filosofía que tiene encerrado el proyecto
de ley del voluntariado y contribuyen, casi como enmiendas técnicas,
a la mejora del texto. Hemos llegado al final de una importante ley
sobre un fenómeno sociológico que se está produciendo en toda Europa
--había comenzado hace muchos años, casi en la época del Presidente
Kennedy en los Estados Unidos--, el movimiento del voluntariado como
una acción exterior, y en España ha tenido su gran culminación conocida
por la opinión pública principalmente con ocasión de conflictos
internacionales, cuando las organizaciones no gubernamentales, sobre
todo del campo asistencial, del campo médico, habían tenido su
protagonismo destacado por los medios de comunicación social en
conflictos como los de Somalia, los de Ruanda, en Africa, y,
finalmente, con su presencia tan activa y llamativa en el conflicto de
la ex Yugoslavia y, concretamente, en la zona de Bosnia-Herzegovina.

El fenómeno sociológico había llegado a tal dinamismo que también era
necesario hacer una ordenación protectora del mismo. La declaración
sobre el voluntariado de las organizaciones no gubernamentales, hecha
en 1990 en París, donde tiene lugar su gran cónclave, donde tantos nos
hemos sentido identificados con este fenómeno social, viene a definir
sus dos condiciones típicas, las dos condiciones que la centran: la
solidaridad y el altruismo; el altruismo, entendido como un valor
personal que hace suyo un colectivo, y la solidaridad expresada desde
una voluntariedad y desde una posición colectiva. Esto es importante
destacarlo, puesto que no son acciones solitarias e individuales, que
precisamente la ley viene a dejar fuera porque serían perturbadoras e
inatendibles. Estos principios de solidaridad y altruismo están
reconocidos como una voluntad de la sociedad civil en el artículo 9.2
de nuestra Constitución, y a ello conduce precisamente el primer
principio de esta ley: el reconocimiento de la protección
constitucional. Por un lado, se garantiza la libertad de los ciudadanos
a formar parte de una organización no gubernamental y la obligación del
Estado, derivada también de este cauce constitucional, de prestarles
asistencia, y éste puede ser uno de los terrenos más conflictivos, en
el que la aplicación de la ley debe ser exquisita y respecto al cual
las Cortes Generales siempre deben reservarse el derecho de controlar
al Gobierno en el uso que haga de los instrumentos de apoyo a estas
organizaciones no gubernamentales para que nunca se caiga en la
tentación de tratar de manipularlas, de tratar de hacer con ellas
clientelismo político. Si no sabemos respetar este altruismo y
voluntariedad de la sociedad civil, mal papel hará un Estado o un
gobierno intervencionista, que querrá cobrar en moneda política o de
influencia proselitista lo que nunca debería tocar a través de las
prestaciones del Estado. Esta es la exquisita y gran delicadeza que se
exige a la Administración del Estado, a la Administración pública, en
el trato de los apoyos a las organizaciones no gubernamentales. La ley
viene a reconocer este principio de voluntad en la libertad, no de
voluntarismo, que, individualmente, puede tener su mérito en acciones
aisladas.

Por otro lado, el Estado debe tener una legislación que incremente la
protección jurídica y el fomento e implantación social de estas
organizaciones no gubernamentales. Nuestro grupo, Coalición Canaria,
no entra en decir si es bueno o malo que haya muchas o pocas
organizaciones no gubernamentales; que haya las que la voluntad popular
y la plena soberanía individual de los promotores quiera. Esto es muy
importante, ¿o es que nos atreveríamos nosotros a poner límite, por
ejemplo, a las organizaciones que prestan asistencia médica en todos
estos conflictos internacionales? Esto debe decirlo la propia práctica,
y en el ejercicio cotidiano tienen que conseguir evitar que haya
desviaciones



Página 10331




atípicas o espurias. Nosotros también consideramos muy positivo que,
junto a esta voluntariedad, altruismo y solidaridad, la ley haya
consagrado un principio de exigencia: que estén regidas por el
principio de la gratuidad. La ley trata de deslindar lo que es una
gratuidad altruista, sin que esto signifique una privación de todos los
medios de intendencia normal, económica, presupuestaria, con los que
funciona toda organización, pero estas organizaciones tampoco tienen
que ser un refugio de desempleados y de gente en paro; cuidado con
esto. Antes criticaba un posible clientelismo político, pero hemos de
evitar que se dé lo que ha ocurrido muchas veces con asociaciones de
consumidores, felizmente desaparecidas, que han sido refugio de unos
pícaros y personas marginales que, en la obtención de unas subvenciones
del Estado a fondo perdido, han visto la ocasión de crearse unos
puestos de trabajo durante el tiempo que sea posible ir obteniendo una
subvención. De ahí que deba deslindarse cualquier forma de prestación
de servicios retribuida de lo que digamos es un principio de gratuidad
de ese servicio, lo cual no quita, vuelvo a repetir, para que la
organización no gubernamental tenga sus reglas de atención a lo que es
la vida normal, familiar y humana de las personas que prestan allí sus
servicios, sin que tenga que adoptar principios de orden religiosa para
el mantenimiento y manutención de sus miembros.

Nosotros creemos que cuando la ley permite organizaciones privadas no
gubernamentales debe tener también exquisito cuidado con las
organizaciones públicas, sin discriminar privadas de públicas porque
entonces estaríamos haciendo un flaco servicio a la propia inspiración
constitucional y a los derechos de equidad.

Finalmente --y termino, señor Presidente--, cuando estas Cortes, a
través de esta Cámara, con su voto final sancionen definitivamente este
importantísimo proyecto de ley, en el que los que militamos en partidos
políticos tenemos que sentirnos reflejados en altruismo pero también
en el tantas veces manido y recurrente principio de solidaridad, la
aportación del Estado va a suponer un incentivo que va a tener su
reflejo en sus propios presupuestos porque el compromiso estatal con
estas organizaciones no gubernamentales debe formar parte de principios
programáticos de asistencia técnica, programas formativos, servicios
de información y campañas de divulgación y reconocimiento de las
actividades del voluntariado, así como reconocer, en la Ley de
Beneficios Sociales, que estas entidades puedan acceder a un
reconocimiento y valoración social de su actuación. Creo que pertenecer
a ellas, como pertenecen muchas personas del pueblo español, es como
para sentirnos satisfechos, de ahí que el voto de Coalición Canaria sea
un voto tan positivo como comprometido. Nuestro voto, como espero que
sea el de todo el Parlamento, es un voto de solidaridad de la clase
política con las organizaciones no gubernamentales, con los que
representan el voluntariado, y con la iniciativa gubernamental, en
particular con el Ministerio de Asuntos Sociales, que es el que va a
desarrollar una labor de tutela del principio que he señalado
anteriormente, pero sobre todo una labor de apoyo y de mutua
colaboración.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra la señora
Alemany.




La señora ALEMANY I ROCA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, la Declaración Universal sobre el Voluntariado, aprobada en
París en el año 1990, dice textualmente: El voluntariado es una
decisión voluntaria que se basa en motivaciones y opciones personales,
es una forma de participación activa del ciudadano en la vida de las
comunidades humanas y de las ciudades. Se manifiesta generalmente en
una acción y en un movimiento organizado en el seno de una asociación,
contribuye a la mejora de la calidad de vida y a crear un mundo más
solidario.

Conceptos clave son aquí motivación, opción personal, participación
activa, asociación y solidaridad. Estas son las palabras clave porque
definen la esencia misma --si se me permite la expresión-- del
voluntariado. El voluntariado se basa en un ideal de generosidad y de
solidaridad en la acción realizada de manera independiente y por
iniciativa propia. Además, esta acción se desarrolla en el marco de una
organización democrática sin ánimo de lucro y comporta un compromiso
de actuación en favor de la sociedad y de la persona.

Partiendo de estas premisas, señorías, entendemos que el marco natural
de encuadre del voluntariado es el mundo asociativo, mientras que el
proyecto que hoy contemplamos de manera paralela exige un voluntariado
de titularidad pública dependiente de los sistemas públicos de
servicios. Entre las virtudes del voluntariado está el sentido
militante al servicio de las causas por las cuales realizan su acción,
el sentido comunitario, la capacidad de respuesta de la propia sociedad
y la capacidad de autoorganizarse. Crear un voluntariado público podría
desvituar en gran medida el sentido de la acción voluntaria,
limitándola a una mera prestación de servicios descontextualizada de
toda intencionalidad comunitaria.

Nuestro grupo entiende que la iniciativa pública en materia de
voluntariado sólo tiene sentido de manera muy esporádica. Fuera de
estos casos, el sistema público debería llegar a un convenio con la
participación de voluntarios a través de entidades especializadas en
cada ámbito o cada sector concreto. Nuestro grupo parlamentario en el
Senado firmó el pasado día 20 dos enmiendas transaccionales a propuesta
del Grupo Socialista, una de las cuales recoge en cierto sentido la



Página 10332




necesidad de establecer convenios con las entidades de voluntariado.

Sin embargo, no se ha modificado lo que impide que esta ley consiga un
consenso social, es decir, el tema del voluntariado público. Numerosas
organizaciones están manifestando su desacuerdo con la introducción en
la ley del voluntariado público. Las implicaciones que conlleva crear
un voluntariado público son muchas y diversas. Por poner sólo algunos
ejemplos, mencionaré la frágil diferenciación que establece entre el
voluntariado y las personas asalariadas. El límite que establece entre
las personas voluntarias y las asalariadas a menudo es impreciso. Aún
así, debemos esforzarnos en garantizar que el voluntariado no sirva
para cubrir puestos de trabajo que deberían corresponder a personas con
trabajo remunerado. El hecho de que el voluntariado esté encuadrado en
el mundo asociativo es una garantía para que en ningún momento, en
ninguna circunstancia, se pueda pervertir el sentido de la acción
voluntaria. Si el voluntariado dependiera directamente de la
Administración pública podría ser difícil determinar si se están o no
sustituyendo incluso puestos de trabajo. El mundo asociativo, las
entidades de voluntariado son una garantía de no perversión del sentido
de fondo de la acción voluntaria. Entre otras cuestiones, porque los
mismos dirigentes son personas voluntarias y porque el mismo
voluntariado de base es consciente de su responsabilidad social.

Otro argumento en contra del establecimiento del voluntariado público
es la homogeneización. El voluntariado se entiende como una respuesta
desde un marco organizado, pero cargada de espontaneidad, creatividad,
agilidad y adecuación al entorno concreto. Una depedencia excesiva de
la Administración generaría una tendencia a la homogeneización, dando
lugar a un prototipo del voluntario funcionarizado. El voluntariado no
sólo es la mera prestación de servicios, sino que se refuerza, gana
sentido a partir de todo aquello que se comparte con los otros
voluntarios. Los voluntarios conjuntamente planifican, organizan,
evalúan y, sobre todo, se autorreconocen como grupo, compartiendo
ilusiones, compartiendo preocupaciones. Establecer un voluntariado
público modifica el concepto de ser voluntario por el de hacer de
voluntario. No se puede hacer de voluntario porque en el fondo de esta
acción hay una fuerte convicción y el compromiso personal. Cuando una
administración aboga para disponer de voluntarios lo hace bajo una
argumentación, por un lado, presuntamente muy técnica, centrada en una
mejor adecuación a los programas, en un seguimiento más directo, pero
en el fondo el debate es absolutamente político.

El voluntariado es una realidad que en todo el mundo occidental va
tomando fuerza progresivamente y consolidando su presencia. Este
resurgimiento del esfuerzo voluntario en todo el mundo es fruto,
lógicamente, de diversos factores, pero existe un sentimiento común de
querer vivir la solidaridad desde la base, desde la acción, y de
recuperar frente a los Estados un espacio de ciudadanía, unos canales
que faciliten un punto de encuentro intermedio entre el individuo
aislado, las estructuras de poder y la sociedad en toda su complejidad.




Promover el voluntariado es, y debe ser, una manera de fortalecer el
tejido asociativo. Todo aquello que se aleja de esta dirección supone
un claro intento de secuestro, permítanme la expresión, de la sociedad
civil encubierto con motivaciones tecnicistas. Si la Administración
crea voluntariado es evidente que está negando oportunidades al mundo
asociativo; oportunidades para fortalecerse, para tener más presencia
pública y, sobre todo, para crecer. En consecuencia, no se favorece,
en absoluto, la pluralidad social que comporta el asociacionismo.

El mundo asociativo es una garantía de fortaleza social, de
vertebración y también de diversidad y de pluralidad. El voluntariado
presupone una intervención en la realidad cultural, social y
comunitaria y, por tanto, no es libre de intencionalidades
transformadoras. Como tal, tiene unos horizontes utópicos hacia donde
se orienta y parte de unas opciones básicas que asume como entidad.

Cada persona que opta por hacerse voluntaria lo hace por unas
convicciones propias. En cambio, el voluntariado controlado por la
Administración es un intento de esterilización de esta realidad y,
sobre todo, es una profunda muestra de desconfianza hacia nuestra
sociedad y hacia todas aquellas personas que quieren, desde su tiempo
libre, desde su manera de concebir la sociedad, aportar su grano de
arena para mejorar la calidad de vida de todos. En el fondo, señorías,
el debate real estriba en qué tipo de sociedad queremos y en qué tipo
de sociedad confiamos. ¿Queremos una sociedad tutelada, frágil,
dependiente, menor de edad, o queremos una sociedad adulta, con
capacidad de acción y de decisión, de autoorganización, crítica pero
solidaria, fuerte pero comprometida? Las sociedades inmaduras son
sociedades que lo esperan todo de la Administración, que quieren ser
tuteladas. Las sociedades maduras son aquellas que reivindican lo que
deben reivindicar, que si han de protestar protestan, pero que buscan
soluciones y saben que, en último término, la mejor solución será no
sólo la que le venga desde arriba, desde la Administración, sino
aquella que sea también el fruto, el resultado de su propia aportación.

Nuestra sociedad, señorías, nos está diciendo que quiere y que puede
ser una sociedad madura. Debemos escucharla, como debemos escuchar a
las organizaciones no gubernamentales que están diciendo que no debe
crearse un voluntariado público. Nuestra sociedad exige y reclama ser
reconocida en su tarea histórica, en su actuación presente y también
en su proyecto futuro. La sociedad reclama el reconocimiento de su
participación independiente, plural y democrática. La tarea de la
Administración, por tanto, debe ser la de apoyar esta sociedad, la de
favorecer y no dificultar



Página 10333




su actuación. Dediquemos, pues, los esfuerzos a la labor de apoyo y no
a la de tutelaje.

Nuestro grupo parlamentario opta por una sociedad fuerte y con
capacidad de iniciativa propia. Creemos en ella y le reconocemos todo
lo que ha hecho, lo que está haciendo y lo que puede hacer en un
futuro. Crear, por tanto, un voluntariado público supone no creer en
estas capacidades y desvirtuar el sentido mismo del voluntariado...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señora Alemany, vaya
concluyendo, por favor.




La señora ALEMANY I ROCA: Por todo ello, señorías, el Grupo
Parlamentario Catalán de Convergència i Unió, coherente con su programa
político, coherente con la política defendida desde el inicio del
trámite parlamentario de este proyecto de ley y escuchando las
reivindicaciones de las personas que son voluntarias, votará a favor
de las enmiendas introducidas en el Senado porque creemos que mejoran
algunos aspectos de la ley, aunque nuestra posición continúa siendo
crítica y estamos en desacuerdo con la filosofía del proyecto de ley.

Por ello, nuestro grupo espera que en el desarrollo reglamentario se
pueda mejorar aún más esta ley.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Alemany.

Por el Grupo parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra el señor Vázquez.




El señor VAZQUEZ ROMERO: Señor Presidente, señorías, voy a intentar
fijar de forma ligera, como nuestro paso por esta Cámara, la posición
de mi Grupo ante este proyecto de ley y las enmiendas introducidas en
el Senado.

El proyecto de ley del voluntariado es, sin duda, un proyecto de ley
de una enorme importancia que intenta regular, encauzar un movimiento
social relevante que se ha ido generando a lo largo de los últimos
tiempos en nuestro país, un movimiento que afortunadamente es cada vez
mayor y que debería ser objetivo de todos intentar agrandarlo. Debemos
intentar que por el cauce de esta creciente toma de conciencia de la
sociedad, llegando hasta sus extremos más capilares, discurran los
parámetros de la solidaridad.

El Senado ha presentado dos enmiendas al trabajo realizado en el
Congreso, una enmienda que añade una coletilla final al artículo 12 en
la que se establece la preferencia de trabajo a través de convenios o
de colaboraciones con entidades sin ánimo de lucro privadas. La
preferencia, no la exclusividad.

La segunda enmienda creo que da una redacción más correcta a lo que
pretendíamos decir en la disposición adicional segunda, cuando
hablábamos de los recursos necesarios para hacer frente a las
necesidades de subsistencia en el país de destino por parte de los
voluntarios que trabajen en países extranjeros.

No comparto en abosoluto, aunque vayamos a votar favorablemente estas
enmiendas, la intervención de la señora portavoz de Convergència i
Unió, que ha hecho un canto al liberalismo a ultranza, demonizando de
paso, también en este terreno, lo que significa público. En este
terreno como en cualquier otro, especialmente en el mundo de la
empresa, no es la titularidad de la misma la que garantiza una buena
o mala gestión, sino la propia calidad de la gestión.

El viejo binomio de empresa pública-organización pública igual a mala
gestión o a supuesta perversidad equiparado o confrontado a empresa
privada-organización privada igual a buena gestión, transparencia y
exaltación de los valores de libertad y solidaridad, me parece que es
un binomio no solamente falso, sino además perjudicial. Creo que ambos
tipos de organización, en función de la calidad de la gestión que
ofrezcan y en función de la transparencia de la misma, pueden ser
mejores o peores, no será la titularidad de las mismas la que lo
determine.

En la exposición de motivos de esta ley se hace referencia a un tema
que ha generado no pocos problemas especialmente por parte de algunas
organizaciones confesionales --organizaciones que, por otra parte,
tienen nuestro respeto--, que daban a entender una serie de suspicacias
cuando se hablaba de la introducción en esta ley de medidas de fomento
del voluntariado. En la exposición de motivos se dice que con el
objetivo de contribuir al fomento del voluntariado la ley contempla una
serie de medidas a través de las cuales se trata de fomentar el
voluntariado sin desvirtuar su naturaleza solidaria, altruista y
gratuita, pero reconociendo al tiempo el valor que tienen las
actividades voluntarias para toda la sociedad en ese intento de
vertebración y de capilarización al que me refería al principio de mi
intervención.

En el artículo 3 se establece claramente cuáles son los conceptos del
voluntariado. Me gusta insistir especialmente en el número 3 de este
artículo, en el que se dice que «La actividad del voluntariado no podrá
en ningún caso sustituir al trabajo retribuido».

Circunstancia que habrá que tener muy presente a la hora de desarrollar
reglamentariamente esta ley y establecer las cautelas necesarias para
evitar que por la vía de esta ley, que todos vamos a apoyar, se entre
en caminos no deseados.

Desde nuestro punto de vista, en esta ley se establecen de forma
adecuada los derechos y las obligaciones de los voluntarios y, gracias
a las enmiendas de mi grupo, se hace mención a los voluntarios de la
cooperación para el desarrollo a través de una disposición adicional
segunda que no pretende suplir el necesario estatuto del cooperante,
que deberá estar contenido en la futura ley de cooperación y ayuda al
desarrollo; ley que debería haber sido presentada en esta Cámara en



Página 10334




el primer semestre de este año y que, obviamente, no lo ha sido ni lo
va a ser. Desgraciadamente, se trata de una ley que va a quedar en el
debe de esta legislatura. En cualquier caso, repito, aunque esta
disposición adicional segunda no pretende suplir el necesario estatuto
del cooperante, entendemos que, a través de los diferentes puntos de
la misma, se contempla la mayor parte de la problemática del cooperante
en misiones de ayuda al desarrollo y, por tanto, generalmente con
trabajos fuera de nuestro país.

Ya decía al principio que en la letra a) de este número 2 es mejor la
redacción propuesta por el Senado relativa a la retribución de los
voluntarios, al decir que recibirán «Los recursos necesarios para hacer
frente a las necesidades de subsistencia en el país de destino».

Finalmente, señor Presidente, mi grupo va a votar favorablemente estas
enmiendas del Senado, así como la totalidad del proyecto de ley, porque
aunque todavía pueden quedar algunos aspectos del entramado social del
voluntariado no demasiado bien definidos en la ley, su redacción actual
es suficiente como para encauzar, dar marco y resolver no pocos
problemas que actualmente tiene planteados la sociedad española en este
tema del voluntariado.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Vázquez.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Sainz.




La señora SAINZ GARCIA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, señora Ministra, con gran satisfacción intervengo, en nombre
del Grupo Popular, en este último trámite del proyecto ley del
voluntariado, en el que es además previsiblemente el último Pleno de
la legislatura. Intervengo con gran satisfacción, y no podía ser de
otra forma, puesto que ésta es una iniciativa instada por mi grupo
parlamentario, consciente de su necesidad.

Efectivamente, en muchas ocasiones nuestro grupo instó al Gobierno a
que presentase la ley del voluntariado y hoy, afortunadamente, vamos
a proceder a aprobarla, después de 13 años de Gobierno socialista y de
otros tantos años de retraso en desarrollar un principio, un artículo
constitucional y en cumplir los acuerdos institucionales suscritos por
España.

El Partido Popular da su apoyo a esta ley claramente inspirada, por
otro lado, en un anteproyecto del Grupo Popular, en la que además - -y
lo decimos con satisfacción-- se han recogido íntegramente las
enmiendas que nuestro grupo ha presentado a la ley.

Por tanto, nuestro voto será afirmativo a esta ley, así como a las dos
únicas enmiendas que se presentaron en el Senado que --como también se
ha dicho en esta Cámara-- son técnicas y fueron apoyadas por el Grupo
Popular y por todos los grupos de la Cámara Alta.

Somos conscientes de que con nuestro voto contribuimos a otorgar el
protagonismo debido a la sociedad civil y, por otro lado, a potenciar
también los recursos humanos que los españoles puedan destinar,
multiplicando sus esfuerzos, a la prestación de algo que para nuestro
grupo es fundamental: la prestación de los servicios sociales y los
servicios cívicos.

Como tantas veces hemos señalado a lo largo de toda esta legislatura,
y en las legislaturas anteriores, en nuestro país era claramente una
asignatura pendiente el reconocimiento del papel, del valor y del
trabajo realizado de manera desinteresada en los últimos años por
muchas personas que por su propia voluntad y --me parece importante
resaltarlo-- de manera altruista participan en la loable acción social.

Nuestro grupo está satisfecho de haber contribuido a impulsar a mejorar
con las enmiendas que hemos presentado, y a sacar adelante, por tanto,
con su voto, desde el primer trámite parlamentario, una ley que
reconoce, que valora y que fomenta el papel fundamental que a la
sociedad presta el movimiento asociativo.

Por otra parte introduce --y tenemos que ser conscientes de ello,
señorías-- diversidad, ayuda a la innovación, y detecta nuevas
necesidades; implica, además, de manera solidaria a todos los
ciudadanos y algo que para el Partido Popular es fundamental,
contribuye a desburocratizar y a flexibilizar las acciones, adaptándose
a los medios y acercando, además, los servicios a los ciudadanos,
porque no en balde los ciudadanos que prestan esos servicios están
inmersos en aquellos a los que va dirigida esa labor; una labor, por
otro lado, claramente humanizada, que da un realce importante y una
sensibilidad especial a los servicios que se prestan. Sabemos que sólo
con ellos, y nada más que con ellos, muchas veces se llega hasta
lugares en donde el Estado con su acción sería imposible que pudiera
acercarse.

La ley, por otra parte, tiene el voto del Grupo Popular porque
garantiza algo fundamental para nuestro grupo, señorías: la libertad
de los ciudadanos a expresar su solidaridad.

Se reconoce en ella y se promueve la acción del voluntariado y, por
otra parte, algo que me interesa también recalcar, porque en algún
momento fue cuestionado por algunos grupos políticos (aunque en estos
momentos no lo he escuchado en la tribuna) es que todo ello ha sido
dentro del reconocimiento de las competencias atribuidas a las
comunidades autónomas. En este sentido, conviene recordar cómo las
comunidades autónomas, adelantándose al Gobierno, han desarrollado ya
leyes similares a la que hoy traemos a este Parlamento.

Nuestro apoyo a esta Ley tiene que ver también con el camino que en
ella se abre para tratar de solucionar un problema importante que hasta
la fecha el Gobierno no había abordado y que afecta a muchos jóvenes.

Me refiero a que la Ley expresa que la prestación social sustitutoria
podrá hacerse en el seno de una organización que tenga convenios
suscritos con el Ministerio de Justicia e Interior. Con ello, señorías,
estaremos además en



Página 10335




el camino de agilizar la incorporación de los objetores a la prestación
social sustitutoria, atendiendo además las recomendaciones que emanaron
de la Comisión Especial de la Juventud que se creó en el Senado y que
dio precisamente directrices en este sentido. Ello me parece
fundamental, dejando en libertad a todas las asociaciones para que, si
así lo consideran oportuno, participen en esta función y firmen el
Convenio con la Administración, pero no desde la imposición -- eso
nunca lo admitiría nuestro grupo-- sino desde la libertad. Señor
Presidente, señorías, a nuestro grupo nos satisface haber contribuido
a sacar adelante una ley con la que damos un paso importante al
contribuir a facilitar el derecho de los ciudadanos y de sus organismos
a participar en la vida social.

Señor Presidente, señorías, se ha mostrado por parte de algunos grupos
políticos cierto recelo a la aplicación de la ley, y una llamada a las
cautelas, a la mejor manera de actuar por parte de la Administración.

Es posible que precedentes de no grato recuerdo, hayan hecho llamar al
orden en este sentido al Gobierno. Lo que sí puedo decir es que
precisamente una de las enmiendas del Grupo Popular iba encaminada a
asegurarnos en todo momento la transparencia. Así, una de las enmiendas
incorporadas al artículo 8.º establece claramente que los distintos
ministerios, dentro de los créditos habilitados a tal fin, puedan
conceder subvenciones o establecer convenios con las entidades de
voluntariado, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la
legislación general sobre subvenciones y se realicen de acuerdo con
criterios de transparencia y de equidad, de la forma que
reglamentariamente se establece. Esa preocupación estaba también
presente en el Grupo Popular.

Termino, señor Presidente, señora ministra, diciendo que avanzaremos
hacia una sociedad más integrada, más comprometida, desde luego más
solidaria, y señalando que el trabajo voluntario que con esta ley
reconocemos, propiciamos e impulsamos, es sin duda una fuerza para
labrar la sociedad del siglo XXI que nuestro grupo desea sinceramente
que sea cada vez más solidaria y más justa.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Sainz.

Por el Grupo Socialista, la señora Fernández tiene la palabra.




La señora FERNANDEZ SANZ: Señor Presidente, señoras y señores
diputados, señora ministra, el Grupo Socialista del Congreso hace suyas
las dos enmiendas que el Senado ha aprobado, con la participación del
Grupo Socialista del Senado, y también con el apoyo de los otros cinco
grupos del Senado, una de ellas a propuesta del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió). La ley no ha sido tratada en el Pleno,
ha sido tratada en la Comisión de Política Social y Empleo, pero esta
Diputada, después de escuchar a los diferentes portavoces que han
entrado en sus artículos y contenido, va a obviar recordar la ley para
hacer una valoración breve de ella.

Estamos, señorías, ante una ley en cuya elaboración se han tenido en
cuenta las legislaciones y recomendaciones internacionales; la
legislación y recomendaciones del Parlamento Europeo, del Consejo de
Europa, la Carta Social Europea, ratificada por este Parlamento y por
el Gobierno, sobre todo en lo que afecta al artículo 14.2 de esta ley,
y la Carta Europea y Declaración Universal de los Voluntarios.

Hay antecedentes internacionales que se han tenido en cuenta. Al
intervenir en primer lugar, el señor Mardones decía que había
antecedentes en diferentes países y citaba, bien citado, a Estados
Unidos; pero en el continente europeo del que formamos parte, no hay
tantos antecedentes, señor Mardones. Vamos a ser el segundo país o el
tercero, pues me queda la duda de que el Parlamento belga haya
trabajado más deprisa que nosotros. Italia es el primer país de Europa
que legisla la ley del voluntariado; el Parlamento belga está
trabajando en ella y esta Diputada no sabe si en este momento ya la han
aprobado; y nosotros somos el tercer país. Por tanto, en el viejo
continente, donde se ha desarrollado el Estado de bienestar, no hay
tantos antecedentes de legislación sobre el voluntariado.

También se han tenido en cuenta todos los antecedentes de la
legislación española: el artículo 9.2 de nuestra Constitución, que nos
recordaba el señor Mardones; el artículo 64 de la Lismi, que reclama
y solicita que se legisle una ley del voluntariado, y como han dicho
otros diputados y diputadas, las leyes de servicios sociales o incluso
la normativa específica para regular el voluntariado de las diferentes
comunidades autónomas; también, los reglamentos que diferentes
corporaciones locales han desarrollado en años anteriores.

Por tanto, ha sido elaborada teniendo en cuenta la legislación, las
recomendaciones internacionales y la legislación nacional. También es
una ley con alto nivel de consenso. La Ministra de Asuntos Sociales
trajo a este Parlamento una ley muy dialogada con la Plataforma del
Voluntariado y con la mayoría de organizaciones que tienen voluntarios
en su seno.

Esta Diputada es consciente de que hay dos artículos que no gustan a
los movimientos sociales, que no gustan a la Plataforma del
Voluntariado. De esos dos artículos uno está bastante neutralizado, es
el artículo 14. Las organizaciones desearían que no hubiera ningún
texto, ningún artículo, ningún párrafo que hiciera mención a
motivaciones indirectas, a estímulos indirectos, a estímulos en
especie, como decíamos en la Comisión, a incentivos indirectos. Este
es un artículo



Página 10336




que a través del diálogo desarrollará el Ministerio de Asuntos Sociales
u otros ministerios, como el de Transporte o el de Cultura, si así lo
deciden, con los movimientos sociales que tienen voluntarios en su
seno. Tampoco les gusta un artículo que ha citado la Diputada del Grupo
Popular, que es el artículo 15, y que la mayoría de los grupos, desde
luego el suyo y el nuestro, veíamos como muy importante. Decían los
movimientos sociales que el artículo 15 supone la contaminación de
otras leyes en la Ley del Voluntariado. En este Parlamento estamos
acostumbrados a contaminar leyes, en el sentido de aprovechar el
nacimiento de una ley para intentar regular, matizar, mejorar y aplicar
un poco más otras leyes. Es verdad que en el artículo 15 nosotros
decimos y recordamos que el trabajo de un voluntario se puede
convalidar con el Servicio Militar cuando se presta en Cruz Roja o se
puede convalidar con la prestación social sustitutoria cuando estamos
hablando de un objetor de conciencia. Este Parlamento ha tenido en
cuenta un problema que tiene el Gobierno, un problema que es fruto del
año tras año creciente número de objetores de conciencia, de hombres,
de jóvenes, que prefieren hacer una prestación social sustitutoria y
no hacer el Servicio Militar.

A pesar de estos dos artículos que no gustan a los movimientos
sociales, ésta --insisto-- es una ley cuyo borrador del Gobierno ha
venido con un alto consenso y nosotros hemos intentado, incluso con las
dos últimas enmiendas del Senado, avanzar en ese nivel de diálogo y en
ese nivel de consenso con la sociedad que se organiza voluntariamente.

Es una ley que, junto con la Ley de Fundaciones y Mecenazgo, que
aprobamos en noviembre del año pasado, y con una ley que queda para la
próxima legislatura, que es la revisión y actualización de la Ley de
Asociaciones, formará una trilogía capaz de hacer frente al desarrollo
del marco adecuado para impulsar una sociedad española cada vez más
participativa, una sociedad que visualiza la necesidad de la
autogestión, en unos casos, y que visualiza también la necesidad de
colaborar para mantener, mejorar y consolidar, el Estado de bienestar
que tenemos.

La ley del voluntariado que hoy vamos a aprobar, es una ley necesaria.

Cuando esta Diputada que les habla pensaba en los motivos por los que
es una ley tan necesaria, pensaba que al menos había tres que tenían
que ser claros para esta Cámara. El primero, porque permite asumir los
servicios de bienestar a través del trabajo voluntario desde las
organizaciones no gubernamentales. En España nos estamos trazando el
objetivo de consolidar, extender y desarrollar un Estado de bienestar
muy ambicioso, un Estado de bienestar que no se basa sólo en los
poderes públicos, en lo que las diferentes administraciones hagan, sino
que, como solemos decir, es un Estado de bienestar mixto; mixto, porque
entendemos que las organizaciones con fin de lucro, las sociedades, el
libre mercado, tienen también un papel que jugar en el desarrollo del
Estado de bienestar y, desde luego, las organización sin fin de lucro,
las organizaciones sociales, las organizaciones de voluntarios. En los
próximos años, si cabe más, para seguir desarrollando el Estado de
bienestar, necesita- remos de esos movimientos voluntarios para hacer
nuevas prestaciones sociales. Algunas veces nos gusta pensar que el
ideal del Estado de bienestar para nuestro país sería un Estado de
bienestar casi a la carta donde las necesidades individuales, grupales
o familiares de personas o grupos podrían ser atendidas en función de
esas reales y concretas necesidades y para eso, para seguir
desarrollando ese Estado de bienestar, se necesita que las
organizaciones sin fin de lucro asuman servicios del bienestar.

Otra finalidad que hace a esta ley necesaria es que sirve (está
sirviendo ya el trabajo de los voluntarios, pero la ley va a contribuir
aún más) para crear un tejido social, a impulsar una sociedad
organizada, a impulsar una sociedad cada vez más participativa, que
sienta que cada tarea que se realice es, de alguna manera, una tarea
propia.

Esa creación de tejido social es una finalidad importantísima a la que
esta ley también va a contribuir. En tercer lugar, destacaría que,
cuando los diferentes grupos hemos trabajado, hemos enmendado y hemos
hecho nuestra esta ley, hemos pensado que es necesario luchar contra
el excesivo individualismo que las sociedades más ricas tenemos.

Nosotros empezamos ya a presumir mucho de que los baremos y en los
«rankings» de Naciones Unidas nos sitúan como noveno país en cuanto a
calidad de vida y a una serie de objetivos de bienestar cubiertos. Si
somos ya uno de esos países que están dentro del grupo de los países
ricos, somos un país con riesgo de avanzar en sociedades con mucho
individualismo. Intentar hacer frente a todos los aspectos negativos
de ese individualismo es también una tarea que puede cumplir y
desarrollar esta ley. También diría, casi para terminar, que esta es
buena, porque va a contribuir a profundizar en la democracia. La
democracia, señorías, es representatividad y, por tanto, Parlamento,
Cámaras, desarrollo del trabajo de la vida parlamentaria,
representatividad por tanto; pero la democracia también es
participación, y participación quiere decir ciudadanía activa,
ciudadanía dinámica. Por tanto, esta ley, al potenciar una ciudadanía
activa, comprometida y dinámica está contribuyendo, sin duda, a la
profundización de la democracia de nuestro país.

El Grupo Socialista no sólo apoya las enmiendas del Senado, sino que
apoya la ley porque, señorías, permítanme decirles que hoy, que
probablemente es el último día de Pleno de esta legislatura, el Grupo
Socialista consigue que dos leyes, la ley de protección del menor y la
ley del voluntariado, que eran dos compromisos del programa electoral
de los socialistas, se vean cumplidos y, por tanto, tengamos dos
motivos más para ahora empezar una precampaña y una campaña diciendo
que



Página 10337




hemos cumplido lo que nos habíamos comprometido con los ciudadanos.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Fernández.




--PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL,
REGULADORA DE LAS BASES DE REGIMEN LOCAL, EN RELACION CON EL PADRON
MUNICIPAL (Número de expediente 121/000116)



--PROYECTO DE LEY SOBRE MEDIDAS DE CONTROL DE SUSTANCIAS QUIMICAS
CATALOGADAS SUSCEPTIBLES DE DESVIO PARA LA FABRICACION ILICITA DE
DROGAS (Número de expediente 121/000123)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): No hay solicitud de palabra
para las enmiendas del Senado referidas a los proyectos de ley que
figuran en el orden del día con los números 6 y 7. En consecuencia,
vamos a pasar ya a las votaciones correspondientes a todos los
proyectos de ley que se han debatido a lo largo de la mañana. (El señor
Presidente ocupa a la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votaciones correspondientes a las enmiendas del
Senado al proyecto de ley de protección jurídica del menor y de
modificación parcial del Código Civil.

Enmienda al artículo 25, apartado 2.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 330;
a favor, 308; en contra, 21; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Restantes enmiendas a este proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 329:
a favor, 329.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas del Senado al proyecto de ley por el que se adoptan medidas
urgentes para reparar los efectos producidos por la sequía.

Enmienda a la disposición derogatoria segunda.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 330;
a favor, 312; abstenciones, 18.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Restantes enmiendas a este proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos 328;
a favor, 327; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas del Senado al proyecto de ley de creación de determinadas
entidades de derecho público.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 328;
a favor, 328.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas del Senado al proyecto de ley por el que se adoptan medidas
extraordinarias, excepcionales y urgentes en materia de abastecimientos
hidráulicos como consecuencia de la persistencia de la sequía.

Enmienda consistente en la supresión de los artículos 2.º y 3.º
Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 330;
a favor, 160; en contra, 169; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda a la disposición adicional segunda.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 330;
a favor,173; en contra, 23; abstenciones, 134.




El señor PRESIDENTE:Queda aprobada la enmienda.

Enmienda a la disposición adicional tercera.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos 330;
a favor, 311; abstenciones, 19.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmienda a la disposición derogatoria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos 330;
a favor, 329; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.




Página 10338




Enmiendas al proyecto de ley del voluntariado. (Un señor Diputado
pronuncia palabras que no se perciben.--Risas.)
Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
327; a favor, 327.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas del Senado al proyecto de ley por el que se modifica la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en
relación con el padrón municipal.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
330; a favor, 327; en contra, uno; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas del Senado al proyecto de ley sobre medidas de control de
sustancias químicas catalogadas susceptibles de desvío para la
fabricación ilícita de drogas.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
330; a favor, 327; abstenciones, tres.

El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Señorías, hemos efectuado la votación separada de algunas enmiendas al
proyecto de ley por el que se adoptan medidas extraordinarias,
excepcionales y urgentes en materia de abastecimientos hidráulicos
como consecuencia de la persistencia de la sequía, pero no la
votación correspondiente a las restantes enmiendas del Senado a
este proyecto de ley. Procedemos a votarlas.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 331;
a favor, 308; en contra, 23.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Señorías, al llegar a este punto del último Pleno del año es obligado,
y por otra parte una satisfacción, desearles a SS. SS. que encuentren
en el año 1996 la felicidad que busquen. Deseo y espero que la busquen
en bienes de los que haya existencias disponibles para todos, porque
de algunos de los bienes en el horizonte del año venidero hay oferta
limitada, por no decir limitadísima, y seguro que si cifran sus
esperanzas de felicidad en bienes que alcancen a todos esa felicidad
será más duradera. Es la que yo les deseo.




Se levanta la sesión y algo más. (Fuertes aplausos de los señores
Diputados puestos en pie.)



Eran las doce y treinta y cinco minutos del mediodía.