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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 192, de 19/12/1995
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1995 V Legislatura Núm. 192
PRESIDENCIA EL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 190
celebrada el martes, 19 de diciembre de 1995



ORDEN DEL DIA:



Toma en consideración de Proposiciones de Ley:



--Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre reforma
de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General 5/1995, y de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

(Orgánica.) «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie B,
número 160.1, de 6 de noviembre de 1995 (número de expediente
122/000137) (Página 10155)



-- Del Grupo Vasco (PNV), reguladora de la tutela cautelar penal.

(Orgánica.) «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie B,
número 113.1, de 3 de marzo de 1995 (número de expediente
122/000091) (Página 10162)



Proposiciones no de Ley:



-- Del Grupo Socialista del Congreso, relativa a los crímenes
contra la humanidad en Ruanda. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie D, número 282, de 20 de octubre de 1995 (número
de expediente 162/000247) (Página 10170)



Página 10152




-- Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la
transparencia del recibo de suministro de energía eléctrica.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie D, número 216,
de 10 de abril de 1995 (número de expediente 162/000182) (Página 10175)



Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes:



-- Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre política
general de consumo y medidas legislativas, administrativas,
económicas y políticas a adoptar para conseguir la homologación
de nuestro sistema de protección al consumidor con el de los
países de nuestro entorno (número de expediente 173/000106)
(Página 10180)



-- Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, sobre política económica y medidas para fortalecer
nuestro tejido productivo y alcanzar tasas de empleo y niveles de
protección social similares a los de los países de la Unión
Europea (UE) (número de expediente 173/000107) (Página 10187)



(Continúa el orden del día en el «Diario de Sesiones» número 193,
de 20 de diciembre de 1995.)



SUMARIO



Se abre la sesión a las cuatro y diez minutos de la tarde.




Toma en consideración de proposiciones de ley (Página 10155)



Del Grupo parlamentario Popular en el Congreso, sobre reforma de
la Ley Orgánica del Régimen Electoral General 5/1995, y de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Orgánica
(Página 10155)



El señor Padilla Carballada defiende la proposición de ley del
Grupo Popular manifestando que la finalidad de la misma es
conseguir una nueva regulación del estatuto jurídico de los
jueces y magistrados en lo que se refiere a los supuestos en los
que, en el ejercicio del derecho fundamental contemplado en el
artículo 23 de la Constitución, pretendan acceder al desempeño de
funciones representativas o desempeño de altos cargos de libre
designación del Gobierno. Añade que si se examina lo sucedido
desde la promulgación de la Ley Orgánica de 1985, que estableció
unas situaciones a medida para las posibles vocaciones políticas
de determinados jueces y magistrados, podrían contemplar
acontecimientos sorprendentes, casi pintorescos, si no fuera
porque originaron un grave perjuicio a los intereses públicos.

Aclara que no les mueven datos particulares, sino hacer un debate
en relación con la conveniencia de que esas previsiones de la Ley
Orgánica del Poder Judicial sean de inmediato dejadas sin efecto,
o modificadas e introducida una regulación más acorde con los
fines que pretende el artículo 70 de la Constitución, cuando
indica la situación en la que se encuentran los jueces y
magistrados que están afectados por una situación denominada
inelegibilidad. Entiende que la Constitución es clara y
contundente y que no se puede interpretar contra el propio texto
expreso de la Constitución.

Afirma que la reforma legislativa de 1985 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial ha conducido a que en los momentos actuales haya
muchos órganos jurisdiccionales con plazas reservadas a jueces y
magistrados que se encuentran desempeñando funciones públicas
representativas o de libre designación del Gobierno, considerando
que debe ponerse fin a dicha situación, permaneciendo los jueces
y magistrados en situación de excedencia voluntaria durante el
tiempo en que desempeñan funciones públicas representativas o
cargos públicos de libre designación. Cree que es la única
solución posible con la Constitución en la mano, y es una
solución coherente con una postura mayoritaria en la doctrina en
estos momentos en España. Asimismo entiende que es la solución
más conveniente para los intereses públicos, evitando una
vacancia reiterada y temporalmente prolongada de numerosos
juzgados y plazas en los tribunales.

Desean también establecer unas cautelas para el regreso a la
carrera judicial, puesto que sin querer privar a los jueces y
magistrados de la posibilidad de participar en las funciones
públicas representativas, ni de ostentar determinados cargos,
entiende que la idea de imparcialidad, independencia y
neutralidad con la que deben regresar al ejercicio de la función
jurisdiccional exige un tiempo en el que, de alguna manera, se
desvanezca su participación inmediata en aquellas
responsabilidades públicas, para lo que proponen un plazo de
cinco años durante



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el que no podrán desempeñar funciones jurisdiccionales
propiamente dichas.

En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Lerma
i López (del Grupo Catalán, Convergència i Unió); López Garrido
(del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya), y
Barrero López (del Grupo Socialista).

Sometida a votación, se rechaza la toma en consideración de la
proposición de ley del Grupo Popular por 135 votos a favor, 151
en contra y tres abstenciones.




Palabras del señor Presidente en recuerdo del Teniente General
Gutiérrez Mellado (Página 10161)



El señor Presidente expresa el sentimiento de la Cámara por la
muerte del Teniente General don Manuel Gutiérrez Mellado, así
como el recuerdo agradecido a quien supo defender con valor y
dignidad ejemplares, precisamente en este mismo Hemiciclo, el
funcionamiento normal de la vida parlamentaria.




Toma en consideración de proposiciones de ley (continuación)
(Página 10162)



Del Grupo Vasco (PNV), reguladora de la tutela cautelar penal
(Orgánica) (Página 10162)



El señor Olabarría Muñoz defiende la toma en consideración de la
proposición de ley del Grupo Vasco (PNV). Comienza aludiendo al
tono de despedida de todas las intervenciones en las postrimerías
de la legislatura y al testimonialismo en el contenido material
de estas iniciativas que se someten a la consideración de la
Cámara, porque no es posible culminar los trámites parlamentarios
que sirvan para la aprobación de las mismas. En todo caso, su
Grupo no entiende que sea sólo testimonialismo lo que está
defendiendo, algo tan atinente a los derechos humanos como es el
problema de la tutela cautelar penal. Aunque no pueda culminar
parlamentariamente la aprobación de la proposición de ley, su
mera toma en consideración va a constituir un compromiso o un
precedente, siquiera sea de naturaleza moral, ya que no jurídico
o reglamentario, para el próximo Parlamento.

Agrega que intentan desarrollar eficientemente derechos humanos,
derechos constitucionales de gran trascendencia, como son los que
proclaman los artículos 10.1, 17, 24 y 25 de la Constitución.

Pretenden desarrollar la Ley de Enjuiciamiento Civil en aquellos
aspectos que menos desarrollo ha tenido su aplicación
jurisprudencial, en concreto en lo atinente a los Libros II y IV
de esta importante Ley, procurando incorporar a nuestro Derecho
los referentes más progresistas y modernos que existen en materia
de tutela cautelar penal, de prisión preventiva o provisional.

Aclara que se trata de posibilitar la eficiente aplicación de
derechos claramente consagrados y desarrollados
constitucionalmente, pero no normativamente, para lo que no
pueden esperar ni a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal ni a ningún otro trámite.

En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Silva
y Sánchez (del Grupo Catalán, Convergència i Unió); López Garrido
(del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya); Gil
Lázaro (del Grupo Popular), y la señora Del Campo Casasús (del
Grupo Socialista).

Sometida a votación, queda aprobada la toma en consideración de
la proposición de ley por 168 votos a favor, 121 en contra y una
abstención.




Proposiciones no de ley (Página 10170)



Del Grupo Socialista del Congreso, relativa a los crímenes contra
la humanidad en Ruanda (Página 10170)



El señor Yáñez-Barnuevo García, defiende la proposición no de ley
del Grupo socialista manifestando que durante la primavera de
1994 decenas de millones de personas en el mundo entero vieron
horrorizadas, a través de las pantallas de televisión, la matanza
de personas en Ruanda como acción de exterminio del Gobierno
hutu. El objetivo de la proposición no de ley es tomar medidas
preventivas que eviten o que contribuyan a impedir que
situaciones como esa vuelvan a producirse, sobre todo cuando la
situación en aquella región del mundo no está pacificada ni
resuelta. El Grupo Socialista considera que la reacción de los
parlamentos y las opiniones públicas no debe circunscribirse al
momento en que las pantallas de televisión nos llevan a nuestras
propias casas las imágenes aterradoras de los crímenes, de las
violaciones de los derechos humanos, de los asesinatos y
torturas, sino que deben actuar preventivamente para que esas
situaciones, en la medida de lo posible, no vuelvan a producirse.




La proposición que ahora defiende trata precisamente de que el
Parlamento y el Gobierno español hagan todo lo posible para
evitar que se repitan esas situaciones, sin esperar a enterarnos
por los



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medios de comunicación de que hay un recrudecimiento de esos
crímenes contra la humanidad. Quieren comprometer a España, a su
Gobierno y al Parlamento a tomar medidas políticas y
diplomáticas, en colaboración con la comunidad internacional y en
particular con las Naciones Unidas, para impedir la repetición de
esas situaciones.

Expone seguidamente el contenido de los cinco puntos que integran
la proposición no de ley, para la que esperan el apoyo de la
Cámara.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Recoder i
Miralles (del Grupo Catalán, Convergència i Unió); Vázquez Romero
(del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya), y Robles
Fraga (del Grupo Popular).

Sometida a votación, se aprueba la proposición no de ley del
Grupo Socialista por 289 votos a favor y dos abstenciones.




Del Grupo Popular en el Congreso, relativa a la transparencia del
recibo del suministro de energía eléctrica (Página 10175)



El señor Gamir Casares defiende la proposición no del ley del
Grupo Popular señalando que a través de la misma intentan que se
cumpla el artículo 17.6 de la Ley de Ordenación del Sistema
Eléctrico, relacionado con la disposición adicional cuarta de
dicha Ley. El contenido de la suma de ambos preceptos es buscar
la transparencia en el recibo de la luz que se recibe en nuestras
casas y en las empresas. Al hablar de transparencia se refiere a
que quede claramente desglosado en el recibo de la luz lo que
pagamos. Reconoce que la búsqueda de esa claridad y transparencia
en el recibo de la luz podría hacerle demasiado extenso, pero
piensa que el que paga debe conocer de manera clara lo que abona
por el servicio eléctrico, por impuestos, por ayuda al carbón o
por la moratoria nuclear.

Expone que se anuncia una resolución de la Dirección General de
Energía en relación con el recibo de la luz, pero muchas veces se
han encontrado con el anuncio de decretos o resoluciones por
parte del Grupo Socialista que luego no aparecen en el «Boletín
Oficial del Estado». Por otra parte, existe un artículo de una
ley que lo lógico es que se desarrolle por Decreto, en lugar de
acudir a ningún tipo de resoluciones de la citada Dirección
General, que por lo que conoce se trata de una chapuza jurídica
que apenas aporta ninguna claridad. En todo caso, si el Grupo
Socialista desea luz en el sector eléctrico debe votar a favor de
la proposición no de ley en lugar de recurrir a resoluciones como
la que se comenta.

El señor Sáenz Lorenzo defiende la enmienda presentada por el
Grupo Socialista a la proposición no de ley.

Para fijación de posiciones hacen uso de la palabra el señor
Nadal i Male (del Grupo Catalán, Convergència i Unió), y la
señora Urán González (del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya).

Sometida a votación la proposición no de ley del Grupo Popular,
es rechazada por 141 votos a favor y 144 en contra.




Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes (Página 10180)



Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre política
general de consumo y medidas legislativas, administrativas,
económicas y políticas a adoptar para conseguir la homologación
de nuestro sistema de protección al consumidor con el de los
países de nuestro entorno (Página 10180)



El señor Burgos Gallego defiende la moción del Grupo Popular
señalando que la presentan con la intención de realizar una
aportación sincera y sólida para mejorar las deficiencias de
nuestro sistema de relaciones de consumo. Formulan con dicho fin
unas propuestas concretas y realistas para poder dar un paso más
en la configuración de ese sistema de relaciones de consumo.

Aclara que no pretenden ser exhaustivos, por lo que se han
limitado a definir algunos aspectos concretos para seguir
avanzando sin dar saltos en el vacío.

A continuación, alude al contenido de las seis propuestas
concretas de la moción que, a su juicio, suponen un importante
paso adelante en la configuración del nuevo sistema, del que tan
necesitados están todos los consumidores europeos, pero
especialmente los españoles, por ser los que con más tardanza nos
hemos incorporado a un mercado fuerte, importante, pero que
provoca fuertes distorsiones para los usuarios últimos de los
bienes y servicios.

La señora Novoa Carcacia defiende la enmienda presentada por el
Grupo Socialista.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Mardones
Sevilla (del Grupo de Coalición Canaria); Turell i Cabrinety (del
Grupo Catalán, Convergència i Unió), y Vázquez Romero (del Grupo
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya).




Página 10155




Sometida a votación la moción del Grupo Popular, en los términos
resultantes de la aceptación de las enmiendas del Grupo
Socialista, con las precisiones resultantes del debate, es
aprobada por 277 votos a favor.




Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, sobre política económica y medidas para fortalecer
nuestro tejido productivo y alcanzar tasas de empleo y niveles de
protección social similares a los de los países de la Unión
Europea (UE) (Página 10187)



El señor Frutos Gras defiende la moción del Grupo de Izquierda
Unida, exponiendo que la misma persigue fundamentalmente
fortalecer el tejido productivo con una serie de medidas y, al
mismo tiempo, fomentar el empleo. La moción consta de seis
puntos, cuyo contenido relaciona.

El señor Montoro Romero defiende la enmienda del Grupo Popular.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Simó i
Burgues (del Grupo Catalán, Convergència i Unió), y Martínez
Noval (del Grupo Socialista).

Sometida a votación la moción debatida, es rechazada por nueve
votos a favor, 259 en contra y dos abstenciones.

Se suspende la sesión a las nueve y diez minutos de la noche.




Se abre la sesión a las cuatro y diez minutos de la tarde.




TOMA EN CONSIDERACION DE PROPOSICIONES DE LEY:



-- DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, SOBRE REFORMA
DE LA LEY ORGANICA DEL REGIMEN ELECTORAL GENERAL 5/1995, Y DE LA
LEY ORGANICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL (ORGANICA)
(Número de expediente 122/000137)



El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.

Punto primero del orden del día: Toma en consideración de
proposiciones de ley. Proposición del Grupo Popular, sobre
reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General 5/1995,
y de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

En nombre del Grupo proponente, tiene la palabra el señor
Padilla.




El señor PADILLA CARBALLADA: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, en nombre del Grupo Popular voy a mantener y defender
la proposición de ley de reforma de la Ley Orgánica del Régimen
Electoral General y de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que
tiene como fin una nueva regulación del estatuto jurídico de los
jueces y magistrados en lo que se refiere a los supuestos en los
que, en el ejercicio del derecho fundamental contemplado en el
artículo 23 de la Constitución, pretendan acceder al desempeño de
funciones públicas representativas o al desempeño de altos cargos
de libre designación del Gobierno.

No nos preocupa solamente, señoras y señores Diputados -- aunque
también-- , respecto a los jueces y magistrados que con arreglo
al artículo 117 de la Constitución tienen la potestad
jurisdiccional atribuida de forma excluyente, la posible
contaminación en que pudieran resultar afectados por el desempeño
de estas funciones, porque bastaría releer, por ejemplo, en la
prensa del domingo pasado, 17 de diciembre, un artículo
denominado El «pascualazo», de un magistrado que fue
parlamentario del Grupo Socialista, en el que dice: «Cuando más
necesaria es la independencia de la Justicia, la hace imposible
la justicia del poder. Si antes de González» -- lo dice el señor
Navarro Estevan-- «todos los tiempos son iguales, antes del
pascualazo también». Y continúa: «Ha conseguido lo que parecía
imposible en este tardofelipismo que nos agobia: una mayor
gonzalización del ruedo celtibérico. Como me temía en mi libro
Manos sucias, las manos del poder, de los delincuentes del poder,
de los ladrones de Estado y de los asesinos de Estado seguirán
manchadas sin remedio por los dineros públicos robados y por la
sangre asesinada. Con la exquisita colaboración de los sayones y
palafreneros del poder, que siempre pululan en los territorios
del mérito y de la adulación». Lo dice un magistrado que fue
parlamentario socialista en varias legislaturas.

Es llamativo -- como el tiempo hace justicia-- que si examinamos
lo sucedido desde la promulgación de la Ley Orgánica de 1985, que
estableció unas situaciones a medida para las posibles vocaciones
políticas de determinados jueces y magistrados, pudiéramos
vislumbrar, contemplar acontecimientos que ciertamente resultan
sorprendentes, casi diría pintorescos, si no fuera porque
originaron un grave perjuicio a los intereses públicos. Al amparo
de las disposiciones del artículo 351 y siguientes de la Ley
Orgánica del Poder Judicial y de lo establecido también en la Ley
Electoral de 1985, se han conocido casos tan pintorescos como el
de un gobernador civil, que fue elegido, en el turno autonómico,
magistrado de una sala de lo civil y penal de un tribunal
superior de justicia y que inmediatamente



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después de tomar posesión de esa plaza de magistrado volvió a ser
de nuevo designado gobernador civil, cargo en el que ha
permanecido durante bastantes años, con la reserva de plaza,
quiere esto decir con la situación de vacancia de esa función
jurisdiccional en ese tribunal superior de justicia.

No nos mueven casos particulares, señoras y señores Diputados,
sino que nos mueve, y creo que de una forma oportuna en estas
vísperas electorales, hacer un debate en relación con la
conveniencia de que esas previsiones de la Ley Orgánica del Poder
Judicial sean de inmediato dejadas sin efecto o modificadas e
introducida una regulación más acorde con la Constitución y más
acorde con los fines que, en definitiva, pretende el artículo 70
de la Constitución cuando indica a la Ley Electoral que los
jueces y magistrados en activo están afectados por una situación
denominada inelegibilidad.

Hay un hecho realmente llamativo. ¿Cómo puede ser que la ley
ordinaria establezca la posibilidad de que los jueces y
magistrados a que se refieren los ar-
tículos 351 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
la propia Ley Electoral, desempeñen cargos públicos de
designación del Gobierno o accedan a los cargos representativos
de elección popular cuando participan en otro poder del Estado y
cuando el artículo 127 de la Constitución establece, sólo para
los integrantes de esta carrera del Estado -- no hay ninguna otra
en la que se contenga esa previsión-- , que mientras se hallen en
activo --y el artículo 70 de la Constitución, cuando habla de la
inelegibilidad, se refiere a los magistrados, jueces y fiscales
en activo--, no podrán desempeñar otros cargos públicos ni
pertenecer a partidos políticos o sindicatos? Otros cargos
públicos, señoras y señores Diputados, «in claris non fit
interpretatio», de manera que la Constitución es aquí clara y
contundente, y entendemos que no se puede interpretar contra el
propio texto expreso de la Constitución.

La Ley 30/1984, de medidas urgentes para la reforma de la función
pública, estableció, como saben SS. SS., las situaciones básicas
en que se pueden encontrar los funcionarios públicos, situación
de actividad, situación de excedencia voluntaria, situación de
servicios especiales. Esta última situación implica que quien
accede a funciones públicas representativas o a cargos públicos
de designación del Gobierno entra en una fase en la que se
preserva íntegramente el estatuto jurídico funcionarial y que
concluye en el momento en que ese funcionario lo desea, y esa
situación cabalmente es la que aplicó en sus propios términos la
Ley Orgánica del Poder Judicial a los jueces y magistrados.

¿Cuál es entonces la consecuencia de la inelegibilidad? ¿Cómo se
depura esa inelegibilidad prevista en la Constitución para
quienes desempeñan otro poder del Estado, para quienes ostentan
la titularidad del ejercicio de la potestad jurisdiccional?
Exclusivamente con una ficción, porque hay que llamarla así,
consistente en que deben solicitar y obtener la declaración de
excedencia voluntaria para poder ser candidatos y que deben
permanecer en esa situación estrictamente el tiempo que dura la
campaña electoral, de tal suerte que si resultan elegidos,
solicitan y obtienen la declaración de servicios especiales igual
que los demás funcionarios, y si no resultan elegidos, se pueden
reintegrar de inmediato a la función jurisdiccional.

Decíamos que la función jurisdiccional no resulta afectada. Sin
embargo, y en palabras de un catedrático, Javier Pérez Royo, sin
duda autoridad para muchos de los integrantes de esta Cámara, se
pone de relieve que esta situación vulnera de forma gravísima, ya
que se trata de un derecho institucional básico, los principios
establecidos en la Constitución para la protección de todos los
derechos de los ciudadanos, porque en el cierre del Estado de
derecho ésa es, en definitiva, la función que tiene encomendada
el Poder Judicial en defensa y garantía de los derechos
fundamentales de los ciudadanos. Por tanto, el retorno del juez
no puede producirse cuando él lo desea a la plaza que le ha sido
reservada, porque conoce los asuntos que allí se encuentran en
tramitación y, en definitiva, elige él el momento de conocer esos
asuntos, de tal suerte que no haya un juez predeterminado por la
ley, sino que lo que habrá será un juez que determina, él mismo,
el momento en que va a conocer de esos asuntos, quebrantando ese
principio que es capital en la organización de un Estado de
derecho y, en definitiva, enormemente trascendente en el ámbito
de la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos,
como había indicado.

Pues bien, en 1985 el entonces Ministro del Gobierno socialista
del señor González, con el apoyo de la mayoría que sustentaba al
Gobierno, aprobó ese texto de la Ley Orgánica del Poder Judicial
que no solamente pone en cuestión sino que, en definitiva,
deteriora todas esas previsiones que de la Constitución abajo
deben ser respetadas por todos los textos legales. Eso ha
conducido a que en estos momentos haya muchos órganos
jurisdiccionales con plazas reservadas a jueces y magistrados que
están en esa situación por encontrarse desempeñando funciones
públicas, representativas o de libre designación del Gobierno, y
que en esa situación también hayan estado otros muchos jueces y
magistrados, el propio Ministro que impulsó, suponemos que
democráticamente en la interpretación de la democracia y del
impulso que tiene el Grupo Socialista, la Ley de 1985, ese
Ministro que fue Diputado de su Grupo durante bastantes años.

Entendemos que debe ponerse fin a esta situación y nosotros
proponemos que los jueces y magistrados depuren su inelegibilidad
de la única manera que pueden hacerlo, que es la de permanecer en
la situación de excedencia voluntaria durante el tiempo a lo
largo del cual desempeñen funciones públicas representativas o
cargos públicos de libre designación. Esa es la única solución,
entendemos, que es posible con la Constitución



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en la mano, ésa es la afirmación que sostiene Pérez Royo -- al
que cité antes y me consta que es autoridad científica muy
importante para ustedes, para los señores de la mayoría-- y, por
tanto, consideramos que es una solución coherente con una postura
mayoritaria incluso de la doctrina del Derecho público en estos
momentos en España. Pero además es que es la única posibilidad
constitucional, porque, vuelvo a repetir, en ningún otro caso, a
nuestro juicio, se produce esa depuración de la inelegibilidad.

Dicho sea de paso, la Ley 17/1989, reguladora del régimen del
personal militar profesional, para el que la Constitución hace
las mismas prevenciones de inelegibilidad, pero que no hay ningún
precepto que señale que no pueden ejercer cargos públicos,
estableció que estos funcionarios militares deberían permanecer
en excedencia voluntaria durante el tiempo que ejercieran
funciones públicas representativas o cargos públicos de
designación del Gobierno. Entendemos, además, que esta solución
es la más conveniente para el servicio, para los intereses
públicos, para evitar esa vacancia reiterada y temporalmente
prolongada de numerosos juzgados y plazas en los tribunales, que
deben ser suplidas con mecanismos no demasiado acertados, desde
un punto de vista de la legalidad y de la idea del juez
predeterminado por la ley, para poder mantener la reserva de
plaza en favor de esos funcionarios.




El señor PRESIDENTE: Señor Padilla, le ruego concluya.




El señor PADILLA CARBALLADA: Termino, señor Presidente.

Además, queremos establecer unas cautelas en el regreso a la
carrera judicial. No hemos querido privar a los jueces y
magistrados de la posibilidad de participar en las funciones
públicas representativas ni de ostentar determinados cargos, pero
la idea de imparcialidad, de independencia y de neutralidad con
la que deben regresar al ejercicio de la función jurisdiccional
exige un tiempo en el que de alguna manera se desvanezca su
participación inmediata en esas funciones, en unos casos
partidistas, en otros de desempeño de responsabilidades públicas
en el ejecutivo; y para eso proponemos un plazo de cinco años, en
el que no podrían desempeñar funciones jurisdiccionales
propiamente dichas. Y solamente hay una prevención más, la de que
no puedan ser elegidos para cargos constitucionales de elección
parlamentaria o de otra suerte de designación, porque es conocida
la idea que algunos tienen del patrimonio del Estado como forma
de premio para los servicios prestados.

Nada más y muchas gracias. (Rumores.-- Aplausos en los bancos del
Grupo Popular.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Padilla.

¿Turno en contra? (Pausa.) ¿Grupos que desean fijar su posición?
(Pausa.) Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, señoría voy a
fijar la posición de nuestro Grupo Parlamentario, el Grupo
Catalán de Convergència i Unió, que va a ser favorable a la toma
en consideración de esta proposición de ley que nos trae esta
tarde el Grupo Parlamentario Popular.

Efectivamente, señorías, la Constitución remite a la Ley
Electoral la determinación, la concreción de las causas de
inelegibilidad e incompatibilidad relativa a Diputados y
Senadores y a otros altos cargos de la Administración. Además,
esa misma Constitución, de una manera muy concreta, muy
particular y, lógicamente, muy imperativa, esa misma
Constitución, digo, lo hace cuando dichas causas de
inelegibilidad y de incompatibilidad deban referirse a fiscales,
jueces y magistrados en activo.

La actual normativa legal, a la que ha hecho referencia el
representante del Grupo Parlamentario Popular y que forma parte
del preámbulo o exposición de motivos que avala la iniciativa
legislativa, fija cómo se hace el paso de militares, jueces y
fiscales a la política activa, en este caso a la función
parlamentaria, y también cómo se produce su retorno a la
profesión inicial después de abandonar esa etapa de actividad
pública, de actividad política; su retorno y, sobre todo, en qué
condiciones administrativas se hace, por lo que se refiere --
repito-- a militares, fiscales, jueces y magistrados.

En el caso de jueces y magistrados, el ejercicio de funciones
públicas representativas o ejecutivas se hace bajo la
consideración de servicios especiales. Esa es la denominación
oficial, que no es exactamente la misma, ni muchísimo menos, que
la que se concede a integrantes de otras carreras funcionariales
del Estado, como por ejemplo, la militar, lo que, al menos desde
nuestra perspectiva, no tiene una justificación constitucional
que avale esa diferenciación entre el tratamiento de acceso de
unas profesiones funcionariales a la actividad pública y el
retorno a las mismas.

¿Qué características se dan en la carrera judicial? Como saben
todos ustedes, la profesionalidad, la independencia, la
inamovilidad y la prohibición de pertenecer a partidos políticos
y sindicatos cuando se hallen en activo. Es decir, se ejerce la
función judicial en un marco legal muy riguroso. Es precisamente
esa rigurosidad la que sustenta, de una manera fundamental, la
función que desempeña y el valor de la independencia con que se
debe actuar. Esa misma rigurosidad y las razones que la obligan
es lo que avala la necesidad, como hoy propone el Grupo Popular,
de reformar la normativa vigente por lo que se refiere a la etapa
inmediatamente posterior al ejercicio de la responsabilidad
política representativa o a la responsabilidad ejecutiva;
necesidad que a su vez viene determinada por el perfil
profesional de jueces, fiscales y magistrados y por el
requerimiento no sólo constitucional -- aunque



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también-- sino, sobre todo, social de que su actuación sea del
todo independiente y neutral.

A esa cuestión, señorías, viene a dar respuesta la iniciativa
legislativa del Grupo Parlamentario Popular, que naturalmente es
susceptible de ser tratada en fase de enmienda desde una
perspectiva de mejora en la cual, llegado el caso -- parece que
difícilmente se va a producir en esta legislatura-- , nuestro
Grupo Parlamentario presentaría las pertinentes enmiendas.

Estamos en una fase de toma de consideración respecto de una
proposición de ley y nuestro voto va a ser favorable porque se
trata de mejorar una normativa que en alguno de sus puntos,
concretamente la que subyace en la propuesta del Grupo Popular,
es francamente mejorable.

Nada más, señor Presidente.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López de Lerma. En nombre del
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la
palabra el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, señorías, intervengo en
nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya en relación con la toma en consideración de la
proposición de ley del Grupo Popular, que establece cuando
accedan a un cargo público, a un cargo político, los jueces y
magistrados no pasarán a una situación de servicios especiales
sino que tendrán que pedir la excedencia voluntaria, así como que
no podrán volver a ocupar la plaza que tenían, una vez que
terminen el mandato en el cargo político de confianza, hasta
cinco años después de haberlo abandonado. Ese es, básicamente, el
contenido de esta proposición de ley.

El efecto de esta proposición de ley, si fuese aprobada por las
Cámaras en un trámite que no parece que estemos en condiciones de
asegurar en este momento, conduciría a que, prácticamente, no
habría jueces que decidieran ir a un cargo público a no ser para
renunciar a la carrera judicial. Ese es el efecto previsible de
esta proposición de ley, ya que si cuando un juez accede a un
cargo público tiene que pasar a una situación de excedencia
voluntaria, es decir, no tiene asegurado el regreso al puesto del
que provenía y, además, después de abandonar el cargo público
tiene que estar cinco años sin ocupar función jurisdiccional,
esto plantea problemas sociales y económicos, a no ser que se
trate de una persona que tenga bienes económicos con
independencia de su carrera, que tenga rentas cuantiosas en la
medida en que le permitan subsistir cinco años a él y a su
familia sin cobrar nada lo que, evidentemente, disuadirá a un
juez o a un magistrado para dedicarse a un cargo público.

Quizá hubiera sido mucho más claro decir en esta proposición de
ley: el juez que quiera ir a un cargo público, a un cargo
político, tiene que abandonar la carrera judicial, porque ése
sería el efecto que tendría con las condiciones draconianas que
se establecen: paso a excedencia voluntaria y cinco años sin
volver al puesto originario. Es equivalente a decirle al juez:
usted tiene que elegir entre cargo público y su carrera. Si elige
pasar a un cargo público, aunque sea por seis meses, tiene que
abandonar su carrera porque las condiciones son de enorme
dificultad.

Nosotros creemos que esta regulación no es aceptable ni desde el
punto de vista político ni desde el punto de vista jurídico-
constitucional. No es aceptable políticamente porque significa
olvidar que el juez, en primer lugar, antes que juez es
ciudadano. Es un ciudadano que, en principio, tiene que tener
derecho a la participación en los asuntos públicos. La
Constitución limita al juez extraordinariamente su participación.

Como usted ha dicho, señor Padilla, la Constitución le prohíbe
pertenecer a partidos políticos y a sindicatos; es decir, hay una
fortísima dificultad para un juez de participar en la vida
pública a través de partidos políticos y sindicatos, pero no le
prohíbe, en principio, que pueda acceder a un cargo público.

Si se adoptase esta proposición de ley, que en la práctica
significa decirle al noventa y nueve por ciento de los jueces que
elijan entre un cargo público o seguir su carrera judicial,
significaría que al juez se le convierte en un ser asexuado
políticamente, porque ya no puede participar en los asuntos
públicos de ninguna forma, ni por partidos, ni por sindicatos, ni
por cargos públicos. Qué duda cabe que eso es, además, una fuente
de potenciación del ya fortísimo corporativismo que existe en la
carrera judicial, como en muchas otras carreras, como en muchas
otras profesiones en nuestro país. Porque si hay un país
corporativo es el nuestro, España. Desde ese punto de vista, no
creemos que sea conveniente políticamente que al juez se le meta
en un carril en el cual no tiene perspectiva alguna de
participación en los asuntos públicos. Eso aísla a ese juez de la
sociedad y, precisamente, de lo que se trata es de lo contrario:
de acercar al juez a la sociedad. Por otro lado, al juez hay que
permitirle la perspectiva, la posibilidad, que puede ejercer o
no, de entrar en un cargo público y no hacerle imposible la
entrada en ese cargo público, no hacérselo completamente
disuasorio.

Nosotros entendemos que no va contra los artículos de la
Constitución que S. S. ha citado, sino que contra el que va
realmente es contra el artículo 23 de la Constitución, que es el
que señala el derecho a la participación en los asuntos públicos.

Si al juez se le ponen estas condiciones de tanta dificultad para
acceder a un cargo público, entendemos que se está vulnerando el
artículo 23 de la Constitución, que consagra el derecho de todos
los ciudadanos y ciudadanas a la participación en los asuntos
públicos. Por tanto, creemos que esta proposición de ley, también
desde el punto de vista jurídico y constitucional, vulnera
nuestra norma fundamental.

Hay que tener en cuenta que lo que afecta al estatuto de una
profesión, en este caso de juez, y a sus derechos,



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en cuanto que haya limitaciones, tiene que ser siempre entendido
de una forma restrictiva. Cualquier limitación que no provenga
directamente de la Constitución tiene que ser interpretada
restrictivamente. De la Constitución proviene directamente «ni
pertenecer a partidos políticos o sindicatos», pero no hay otra
prohibición.

Ha citado usted un trabajo del profesor Pérez Royo que sostiene
la inconstitucionalidad de determinados artículos de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, que son precisamente los que
permiten la vuelta a la carrera judicial; trabajo citado en el
artículo que tengo aquí delante, al hilo de la situación
protagonizada por el juez Baltasar Garzón. En opinión de este
profesor de Derecho Constitucional, el juez Baltasar Garzón
habría instruido indebidamente los sumarios del caso GAL porque,
según ha explicado S. S. en la tribuna, habría escogido el
momento de volver y encargarse de esos sumarios. Como
consecuencia de ello -- dice-- se vulnera el principio del juez
predeterminado por la Ley. Es ésta una polémica suscitada, como
todos sabemos, con motivo de la instrucción de los sumarios del
GAL por el juez Garzón.

Nosotros entendemos que esta opinión es sumamente discutible,
pero en todo caso esta dificultad se podría solucionar muy
fácilmente. Por el momento, no nos parece que sea discutible
constitucionalmente, pero si por su parte se entendiera que es
discutible, sería muy fácil solucionarlo diciendo que los jueces,
cuando vuelvan a su puesto de trabajo, no podrán conocer sumarios
de los que estuvieran entendiendo en el momento en que se fueron,
sumarios en curso, o algo por el estilo; en la Ley Orgánica del
Poder Judicial se podría establecer una causa de abstención para
estos casos; o se podría decir que, en el caso de que el juez,
cuando cese en el desempeño del cargo público, conozca temas que
conoció cuando ejerció un cargo público, debería abstenerse. Se
podrían establecer ese tipo de cautelas en esta proposición de
ley, pero no se hace. Esta proposición de ley es drástica: no
servicios especiales y no volver a la carrera judicial en cinco
años. Pero es evidente que un juez que ha sido Diputado, por
ejemplo, y que vuelve a un juzgado de lo social de La Coruña, no
tiene por qué tener ningún tipo de incompatibilidad ni afecta a
su independencia, y eso pasaría en la inmensa mayoría de los
casos. Esta proposición de ley no distingue entre si se va al
Poder Legislativo o al Poder Ejecutivo, no matiza sino que,
repito, es drástica: no servicios especiales y cinco años sin
volver a la carrera judicial.

Tampoco se entiende por qué no sucedería lo mismo en el caso de
los miembros del Consejo General del Poder Judicial. Quien va al
Consejo General del Poder Judicial, puede volver a su puesto.

¿Pero es que el cargo de vocal del Consejo General del Poder
Judicial no es un cargo de características políticas? Yo creo que
sí lo es. El Consejo General del Poder Judicial ejerce funciones
políticas, funciones públicas y, sin embargo, sus miembros no
tienen esa limitación.

Por la razón principal de que el juez es un ciudadano como otro
cualquiera a quien no se le debe cortar su vinculación con la
sociedad civil, que no debe perder una perspectiva de
participación en los asuntos públicos, no creemos que esta
proposición de ley sea ni política ni jurídicamente adecuada, por
lo que votaremos en contra de su toma en consideración.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López Garrido.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Barrero.




El señor BARRERO LOPEZ: Señor Presidente, señorías, en fijación
de posición, mi Grupo también quiere advertir al señor proponente
que va a votar en contra de la proposición de ley, no sin antes
indicar algunas cuestiones que me parecen fundamentales.

Al margen de lo que se ha dicho en la tribuna que pudiera
resultar un poco más alejado de la exposición de motivos de la
proposición de ley, nosotros, como Grupo, queremos pensar que la
intención de esta proposición de ley es positiva. Yo estoy seguro
de que busca consolidar el camino de la independencia judicial y
dar un paso más para evitar las distorsiones que ocurren,
fundamentalmente en los últimos meses, entre la actuación
judicial y la actuación política propiamente dichas. En ese tipo
de cuestiones, soy de los que piensa, junto con mi Grupo, que la
intención es positiva, por lo que quiero ponerlo de manifiesto
desde el principio de mi intervención. Sin embargo, siendo esta
intención positiva, entendemos que tanto la solución política,
como aquí se ha dicho, como la solución jurídico-constitucional,
son relativamente torpes o, al menos, incorrectas. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Barrero.

Señorías, ruego guarden silencio.

Continúe, por favor.




El señor BARRERO LOPEZ: No es malo, señor Padilla, recordarles,
una vez más, a los parlamentarios que estamos hablando de una
situación especial que se da en determinados funcionarios,
concretamente en los jueces y en los miembros de los tribunales
de Justicia, que acceden a la carrera judicial mediante una
situación administrativa de carácter especial, los servicios
especiales, y que, después de terminar dejarla, abandonar o
renunciar a la carrera política, vuelven recuperando su vacante y
la localidad, lo que ha dado lugar, sin duda alguna, a
determinadas distorsiones basadas, previsiblemente, en
actuaciones personales, sobre las cuales, en lugar de
considerarlas como anécdota, estamos haciendo, a



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través de esta proposición de ley, auténtica categoría
legislativa.

Yo no creo que ésa sea la situación global normal que ocurre en
las relaciones entre Poder Judicial y poder político.

Sencillamente, se trata de cuestiones de carácter anecdótico, que
tienen que tener ese valor y que no pueden llevar a la
consideración permanente de cambio legislativo por parte de los
parlamentarios, máxime cuando este cambio parlamentario
legislativo, que se impulsa mediante su proposición no de ley,
obliga a una situación de tipo administrativo de carácter tan
drástico que lleva, sin duda alguna, a la discriminación.

El hecho de que un ciudadano, sea juez o no (en este caso, juez o
miembro del tribunal colegiado), no pueda, una vez que termina su
compromiso político
-- compromiso legítimo y gallardo, toda vez que está impulsando y
estimulando un compromiso político a través de una representación
popular a la que tiene derecho-- , volver a su acción
jurisdiccional diaria, a resolver asuntos judiciales, en el
término de cinco años, significa que sólo aquellos de entre los
miembros de los tribunales y juzgados que tengan capacidad
económica para permitirse ese lujo, podrán participar
activamente, como dice el artículo 23 de la Constitución, en los
asuntos públicos o en la vida pública. Es decir, sólo
determinados ciudadanos con una enorme capacidad económica, no
pequeña sino importante, podrán ser ciudadanos de primera cuando
tienen interés en estimular y ayudar a un compromiso político
legítimo, que no es otro que el de representar al pueblo con unas
determinadas ideas y proyectos.

No es equiparable a nuestro entender, esta situación a la
situación drástica, sin duda dura, que el parlamentario impuso a
aquellos funcionarios que forman parte de las Fuerzas Armadas. Y
no lo fue -- permítame recordarle que yo fui uno de los ponentes
de la Ley de Régimen del Personal Militar Profesional y alguna
interpretación auténtica puede tener en este sentido mi
intervención-- , no ya por el contexto en el que se movía el
Parlamento a la hora de aprobar normas para regular su situación
administrativa con posterioridad a su vida política, sino por el
hecho fundamental de que la confrontación ideológica --
parlamentaria o no parlamentaria pero, en todo caso, de tipo
político-- , llevada a una situación administrativa que ya tenía,
es decir volver a mandar unidades militares, pudiera tener -- así
lo pensó el parlamentario-- consecuencias no queridas de
ideologización o politización en el mando militar de unidades
militares. Así lo entendió el Parlamento hasta el punto de que
fue considerada de manera positiva esta situación administrativa
de carácter especial por todo el arco parlamentario, si no
recuerdo mal. No he podido ver los textos parlamentarios de
aquella época, pero no creo recordar mal si afirmo desde esta
tribuna que todos los parlamentarios estuvimos de acuerdo a la
hora de legislar de esta manera.

No cabría decir que esto significa una situación discriminatoria
porque, además de que no tiene nada que ver -- es clara su
categoría jurídica, señor Padilla-- , son evidentes las
diferencias entre la independencia judicial y la situación
administrativa de los militares. Tampoco lo sería porque bien
conoce S. S. sentencias del Tribunal Constitucional que nos
recuerdan que no existe discriminación, con referencia al
principio constitucional de igualdad, por el simple hecho de
actuaciones o acciones discriminatorias ante supuestos que no son
equiparables u homologables porque no existe identidad de
criterio o identidad de acción entre ellos, que es, a mi
entender, lo que supone la distinción entre la situación militar
y la situación judicial.

Quizá cabría pensar en la equiparación entre la situación de los
miembros de juzgados y tribunales y la equiparación que se da
también con aquellos funcionarios que forman parte de la
Administración pública, porque también a éstos la Constitución, a
través del artículo 103, si no recuerdo mal, les obliga no a la
independencia sino a la imparcialidad y permite frente a ellos,
cuando existe confrontación de intereses -- por ejemplo, en el
caso político-- , lo que les permite también la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, en el supuesto que se dé, a los jueces y
tribunales, es decir, la abstención y la recusación. Por lo
tanto, existe ya -- insisto en esta idea-- en este momento en
derecho positivo la fórmula para el supuesto, muy minoritario por
otra parte, de que exista confrontación entre la función judicial
y la función política de aquel que abandona sin solución de
continuidad la segunda -- es decir, la política-- y vuelve a
decidir sobre resoluciones judiciales. Yo creo que existe una
solución bastante clara a través de la abstención y la
recusación, contemplados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Ese es el problema que se plantea y que usted leía al citar al
catedrático, señor Pérez Royo. A lo que se refería el señor Pérez
Royo era a la dificultad de entendimiento para la opinión
pública, la posibilidad de alarma frente a la opinión pública de
aquel que no se abstiene y que conoce, sin solución de
continuidad, de asuntos políticos de los que presumiblemente ha
tenido conocimiento y resuelve después sobre ellos.

Yo insisto en que mediante esta proposición no de ley, señor
Padilla -- lo digo con cordialidad-- , estamos en presencia de
una voluntad seria de luchar por la independencia judicial. Yo
quisiera que usted analizara seriamente si no estamos
inculcando -- quiero insistir de nuevo en el tema-- el artículo
23. Todo ciudadano -- se lo recuerdo-- tiene el derecho de
participar activa, directa o indirectamente -- creo que es la
palabra que utiliza la Constitución; directamente a través de la
representación popular-- en los asuntos públicos. En términos
reales no sería posible. Es evidente que no se evita pero, en
términos generales, no sería posible. Esa posición
discriminatoria, no sólo vulneraría el artículo 23, sino que
cabría la posibilidad de que vulnerara también el artículo 14 de
la Constitución, donde se habla



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del principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.

Hay algo que debo recordarle, aunque me parece anecdótico, porque
estoy seguro de que no forma parte de la intención de la
proposición de ley y porque alguien con una lectura menos ingenua
que la que he podido hacer yo seguramente le daría una
interpretación incorrecta. Ustedes regulan la disposición
transitoria de manera tal que la hacen retroactiva sobre
situaciones actuales obligando a aquél que siendo juez o miembro
de tribunal y estando en una situación de actividad política
durante el curso de tres meses, pueda acceder a la excedencia
voluntaria... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, guarden silencio.




El señor BARRERO LOPEZ: Pueda acceder, repito, a la excedencia
voluntaria y, como consecuencia de ello, llevarle a la situación
de no formar parte de la acción jurisdiccional normal durante
cinco años de vocalías, consejerías, etcétera, de miembros del
Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal de Cuentas o
Tribunal Constitucional lo que, sin duda (yo no quiero hacer una
interpretación que me lleve a otros derroteros que no sean los
que estoy seguro que propone, que es la simple independencia
judicial), si este Parlamento aprueba la proposición de ley,
conculcaría el artículo 9.3 de la Constitución que nos recuerda,
bien lo sabe S. S., que las normas no tienen carácter retroactivo
cuando van en contra de derechos individuales de las personas; es
decir, cuando limitan o restringen -- es la palabra exacta que
figura en la Constitución-- derechos individuales de las
personas.

Por tanto, y termino, señor Presidente, nos vamos a oponer aunque
estamos seguros de la buena voluntad de esta proposición de ley.

En segundo lugar, porque este Parlamento no tiene por qué creer
en el extraño perjuicio que lleva consigo para la vida
profesional normal, sea de jueces o de otros colectivos, el hecho
de haber pasado por este Parlamento y haber sido legítima y
gallardamente representante popular. En tercer lugar, porque
existen mecanismos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que ahora
son posibles, como la abstención y la recusación, y bien los
conoce su señoría. Y en cuarto lugar, porque nos parece
discriminatorio, en atención a los artículos 23, 14 y 9.3 de la
Constitución.

No quiero terminar sin decirle, señor proponente, que la
importancia de esta iniciativa, más por la idea que conlleva que
por la iniciativa en sí, nos debe llevar a un análisis a los
grupos parlamentarios, por vía de consenso, en momentos más
dulces para este Parlamento, como serán los posteriores a las
elecciones de marzo, a hacer una auténtica reflexión dentro de la
Comisión de Justicia, a través de alguna iniciativa, que conlleve
determinados cambios legislativos, bien en la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, bien en la Ley Orgánica del Poder
Judicial, además de otros supuestos que todos tenemos «in mente»
y que hemos tenido ocasión de exponer en la presentación de la
Memoria del Consejo General del Poder Judicial, en lo que
coincidíamos cada Grupo; cambios eficaces e importantes para
mediante la disciplina judicial a través del Consejo General del
Poder Judicial, por ejemplo regular, de verdad y con eficacia la
acción jurisdiccional por el camino de la independencia judicial
real.




El señor PRESIDENTE: Señor Barrero, le ruego concluya.




El señor BARRERO LOPEZ: Termino, señor Presidente.

En esa reflexión, objeto de los temas más importantes que se
verán en la Comisión de Justicia e Interior en la próxima
legislatura, nos encontrará a todos nosotros, señor Padilla. Pero
esta proposición de ley, por éste y otro tipo de argumentaciones
que puedan darse, no va a contar con el respaldo de mi Grupo
Parlamentario.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Barrero.

Vamos a proceder a la votación.

Votación para la toma en consideración de la proposición de ley
del Grupo Popular sobre reforma de la Ley Orgánica del Régimen
Electoral General y de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 289; a favor, 135; en contra, 151; abstenciones, tres.




PALABRAS DEL SEÑOR PRESIDENTE EN RECUERDO Y HOMENAJE DEL TENIENTE
GENERAL GUTIERREZ MELLADO:



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la toma en consideración.

Señorías, estoy seguro de que resultaría inexplicable y, en
cualquier caso, una injusticia histórica si esta Cámara no
recordase hoy al Teniente General Manuel Gutiérrez Mellado, no
sólo para expresar nuestro sentimiento por la muerte de quien ha
gozado de un reconocimiento unánime por su excepcional
contribución a la convivencia en paz y en libertad, sino, sobre
todo, para expresar nuestro recuerdo agradecido a quien supo
defender con valor y dignidad ejemplares, precisamente en este
mismo hemiciclo, el funcionamiento normal de la vida
parlamentaria, y dejó escrita en un gesto tan sencillo como
inolvidable una lección de gallardía y de cumplimiento del deber
al servicio del orden constitucional.

Estoy seguro de que el recuerdo y el ejemplo de Manuel Gutiérrez
Mellado enriquecerán durante generaciones la vida de la sociedad
española. Que nuestro



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modesto homenaje de hoy contribuya a mantener vivos en la memoria
colectiva este recuerdo y este ejemplo. (Los señores Diputados
puestos en pie prorrumpen en aplausos.)



TOMA EN CONSIDERACION DE PROPOSICIONES DE LEY (Continuación):



-- DEL GRUPO VASCO (PNV), REGULADORA DE LA TUTELA CAUTELAR PENAL
(ORGANICA) (Número de expediente 122/000091)



El señor PRESIDENTE: Proposición de ley del Grupo Vasco (PNV),
reguladora de la tutela cautelar penal.

Por el grupo proponente, tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, es un honor para mí intervenir en nombre de mi Grupo
Parlamentario por dos razones, en primer lugar, por hacerlo tras
la emotiva referencia personal que ha hecho el señor Presidente a
la figura del General Gutiérrez Mellado y, en segundo lugar,
porque esta intervención se enmarca en un contexto muy especial,
en las postrimerías de la legislatura, ya que éste es el
anteúltimo Pleno que vamos a celebrar en esta legislatura y todas
las intervenciones tienen un tono o característica de despedida,
así como un cierto testimonialismo en el contenido material de
las proposiciones de ley o no de ley o en las iniciativas que se
someten a la consideración de SS. SS., porque materialmente no es
posible agotar o culminar los trámites parlamentarios que se
necesitan para la aprobación de esas iniciativas. En todo caso,
señor Presidente, mi Grupo no entiende que lo que estamos
haciendo o defendiendo, algo tan atinente a los derechos humanos
como es el problema de la tutela cautelar penal, sea sólo
testimonialismo. Yo creo que estamos haciendo algo importante,
señor Presidente. Aunque no podamos culminar parlamentariamente
la aprobación de esta proposición de ley, su mera toma en
consideración va a constituir un compromiso o un precedente
siquiera de naturaleza moral, que no jurídica o reglamentaria,
para el próximo Parlamento, sea cual sea su correlación de
fuerzas, sea cual sea su contenido. Estamos intentando
desarrollar eficientemente derechos humanos, consolidar la
vigencia eficiente de derechos humanos que no han tenido una
aplicación constitucionalmente correcta, en opinión de mi Grupo
Parlamentario; estamos intentando desarrollar eficientemente
derechos constitucionales de gran trascendencia, entre otras
razones por la ubicación sistemática de los preceptos de la
Constitución que los consagran y los proclaman enfáticamente,
intentamos desarrollar eficientemente los derechos que proclaman
los artículos 10.1, 17, 24 y 25 de la Constitución. Estamos
intentando desarrollar la Ley de Enjuiciamiento Civil en aquellos
aspectos que menos desarrollo han tenido, su aplicación
jurisprudencial, en concreto en lo atinente a los libros II y IV
de esta importante ley. (El señor Vicepresidente, Beviá Pastor,
ocupa la Presidencia.) Estamos intentando incorporar a nuestro
Derecho los referentes más progresistas y más modernos que
existen en materia de tutela cautelar penal, de prisión
preventiva o provisional, o como se le quiera llamar, en concreto
los dos últimos códigos procesales aprobados, el Código del
Procedimiento Penal italiano y el Código Procesal portugués de
los años 1988 y 1987 respectivamente. Estamos intentando aplicar
algo que no tendría que exigir esfuerzos de exégesis o de
ilustración a SS. SS. especialmente relevantes o destacados, como
es un jurisprudencia coherente del Tribunal Constitucional en
materia de prisión preventiva, en materia de prisión provisional,
manifestada por múltiples sentencias que se podrían conocer,
algunas de ellas terriblemente novedosas como la 129/95 en
relación con el ex gerente de la PSV, señor Sotos, donde se exige
palmariamente a los jueces, por parte del Tribunal
Constitucional, que dictaminen la prisión preventiva o la prisión
provisional, la motivación detallada y clara en el auto
correspondiente de las razones que justifican esa prisión
provisional, y, por último, múltiples sentencias, tanto del
Tribunal Supremo como del Tribunal Constitucional como las que
prescriben los recursos contra los autos de prisión preventiva,
los que determinan el carácter excepcional que debe tener siempre
la prisión preventiva, los relativos a la audiencia previa del
imputado, la interdicción de la analogía «in peius» en materia de
prisión preventiva, y otras que han ido configurando o
consolidando una jurisprudencia realmente progresista del
Tribunal Constitucional y que, sin embargo, no ha tenido reflejo
en la actuación de los jueces y tribunales a la hora de aplicar
esta medida que debe tener siempre carácter excepcional, que debe
ser una última ratio jurisdiccional, que debe basarse siempre en
razones de proporcionalidad y, sobre todo, que debe servir de
garantía o de fundamento exclusivo a la elusión de la
responsabilidad criminal, en definitiva, a la garantía cautelar,
como el propio nombre indica, de los intereses, valores y
principios que configuran nuestro procedimiento.

Desde esa perspectiva, señor Presidente, queremos indicar que es
algo vinculado a los derechos humanos, no es una proposición de
ley de carácter utilitarista o que tiene pretensiones de
naturaleza material, se trata de posibilitar la eficiente
aplicación de derechos constitucionales claramente consagrados y
desarrollados constitucionalmente, pero no normativamente, y para
ello no podemos esperar ni a las reformas de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, que sabe Dios cuándo las veremos, puesto
que esta legislatura se acaba, veremos qué ocurre en la próxima,
ni podemos esperar la asignación o la atribución de nuevas
funciones en el ámbito



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de la instrucción sumarial al fiscal, ni podemos esperar nada.

También es buen momento, señor Presidente -- y esta era la otra
reflexión de oportunidad temporal que mi Grupo Parlamentario
estaba interesado en hacer-- , porque en esta legislatura no nos
hemos encontrado con ningún momento bueno para aprobar una
proposición de ley de estas características, siempre ha habido
problemas de coyuntura política, hechos escandalosos o
aparatosos, con gran componente mediático y publicitario, que han
impedido la aprobación y el debate sereno, el debate sosegado de
lo atinente a las medidas tutelares, a la tutela cautelar penal,
a los principios que deben inspirar la prisión preventiva o
provisional: cuando no era el señor Vera el que estaba incurso en
problemas de esta naturaleza, era Mario Conde; cuando no era
Mario Conde, era el señor Rubio. No ha habido una coyuntura más
propicia o menos convulsa, menos atribulada que ésta, que
desgraciadamente coincide con el fin de la legislatura, para
aprobar algo tan importante, algo tan constitucionalmente
importante como lo que mi Grupo Parlamentario pretende que se
tome en consideración en este momento.

Las medidas cautelares en el ámbito penal deben fundarse en un
principio fundamental, que es el principio de la intervención
mínima -- así lo propugna esta proposición de ley-- y el
principio de la proporcionalidad de las medidas. Nosotros no
queremos que la prisión preventiva provisional, las medidas
cautelares,
sean un castigo, que el carácter de la prisión preventiva, cuando
inevitablemente, como última ratio, se deba aplicar, tenga un
carácter punitivo, sino sólo cautelar, sólo garantista de que se
impida la elusión de las responsabilidades criminales que en el
futuro y en su caso procedan. Desde esa perspectiva, hemos
buscado una síntesis, una posición ecléctica entre lo que puede
ser un sistema puramente reglado, que exija a los jueces tomar
siempre decisiones de naturaleza puramente automática, o el
sistema contrario a éste, que sería la inexistencia de principios
reglados, de principios normativos claros y la consolidación, por
ello, de una absoluta discrecionalidad judicial a la hora de
imponer medidas cautelares, cualquiera que sea su naturaleza,
incluida la prisión provisional o la prisión preventiva. Nosotros
indicamos claramente y por orden correlativo de aplicación cuáles
deben ser las medidas cautelares cuya aplicación es pertinente
para garantizar los intereses, los valores y los principios del
procedimiento penal para evitar la elusión de la justicia y de la
responsabilidad criminal que proceda, por una parte, pero también
confiriendo cierto ámbito de discrecionalidad al juez en dos
aspectos: en el de las garantías que el juez, de forma
discrecional, respetando los derechos constitucionales, puede
establecer libremente para garantizar la eficiencia del
cumplimiento de las medidas cautelares, e incluso en el de
establecer medidas cautelares novedosas, no prescritas por el
ordenamiento procesal, por esta propia proposición de ley y que
pueden ser las que el juez estime convenientes, siempre que no
contradigan los principios constitucionales o los derechos
fundamentales prescritos por los artículos 10, 17, 23 y 24 de la
Constitución.

¿Cuáles son las medidas que mi Grupo Parlamentario entiende que
se deben aplicar en virtud de estos principios inspiradores de la
proporcionalidad, de la pura garantía cautelar de los intereses,
valores y principios del procedimiento y de la elusión de las
responsabilidades criminales que, en su caso, procedan? Nosotros
regulamos de forma novedosa múltiples medidas cautelares que
pretenden eludir la aplicación de la prisión preventiva que los
jueces aplican casi de forma sistemática, de forma demasiado
general cuando de articular medidas cautelares se trata. En ese
momento, la aplicación de la prisión provisional se hace por los
jueces, basado no en presupuestos jurídicos, sino muchas veces en
presupuestos metajurídicos o en normas demasiado sucintas, en
razones de tipo circunstancial que el ordenamiento jurídico no se
ha encargado ni jurisprudencialmente de precisar, como son la
gravedad, la alarma social, los antecedentes y otras, que no
deben servir de fundamento para algo que se aplica a quien no ha
sido condenado todavía por sentencia firme y a quien todavía le
deben beneficiar los principios derivados de la presunción de
inocencia.

Nosotros intentamos eludir la aplicación de la prisión preventiva
o provisional como medida cautelar cuasi sistemática, que es el
sistema que desgraciadamente están utilizando los jueces en este
momento. No hay más que ver el alarmante y aterrador porcentaje
de población reclusa que constituyen los presos preventivos, los
que todavía no han sido enjuiciados ni condenados por sentencia
firme, el todavía más alarmante porcentaje de estos presos que
luego resultan absueltos por las sentencias. Esto hay que
evitarlo. Por eso, la prisión preventiva tiene que ser una última
ratio, una última medida, y hay que interponer otro tipo de
medidas cautelares de naturaleza diferente, más garantistas y más
congruentes con la jurisprudencia citada del Tribunal
Constitucional y con los preceptos citados de la propia
Constitución, con los artículos 10, 17, 23 y 24.

¿Qué medidas son éstas? Nosotros pretendemos regular de forma
diferente, progresista y moderna, como lo hacen el Código
Procesal Penal italiano y el Código Procesal Penal portugués --
los últimos existentes en el tiempo-- , el arresto domiciliario.

Pretendemos que el arresto domiciliario no sea sólo una fórmula o
institución de prisión atenuada para el supuesto de enfermedad,
sino que sea un eficiente arresto domiciliario en el domicilio o
morada de quien es objeto de medidas cautelares, que se controle
eficientemente el arresto domiciliario y que pueda ser una
eficiente medida de sustitución de la prisión preventiva.

Asimismo, pretendemos establecer, de forma más eficiente que como
lo reconoce actualmente la Ley de



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Enjuiciamiento Criminal, la obligación de comparecencia ante
autoridades públicas. En este momento hay suficientes autoridades
públicas y el Estado tiene suficiente poder administrativo y
estructural para cumplir eficientemente como medida cautelar la
posibilidad de comparecencia obligatoria reglada, controlada por
el juez, que impone la medida cautelar, del procesado o imputado
ante cualquier autoridad pública, ni siquiera tendría que ser,
necesariamente, sólo en el ámbito judicial para que esto fuera
una eficiente medida cautelar.

También pretendemos establecer la posibilidad del decomiso de los
bienes del imputado a quien se imponen o se deben imponer medidas
cautelares, ya estén éstos vinculados al hecho delictivo o no
estén vinculados al hecho delictivo. La posibilidad del embargo
de la fianza, la posibilidad de una mejor regulación de la fianza
que concebimos como medida cautelar complementaria de otras que
se puedan imponer. La posibilidad de impedir o de prohibir
expresamente como medida cautelar expresa la conexión o la
comunicación del imputado al que se impone esta medida cautelar
con otras personas que puedan contribuir a agravar los efectos
del delito o que le puedan ayudar a continuar cometiendo delitos,
incluso la posibilidad de comunicación con su propio letrado, si
el juez presume que la comunicación con su propio letrado, y
previa consulta con el colegio de abogados correspondiente, puede
contribuir a agravar o a eludir la acción de la justicia.

Igualmente, como no puede ser de otra manera, la prisión
provisional como última ratio y con una duración mínima basada en
los principios de proporcionalidad y de mínima intervención y, en
su caso, para una serie de personas que enunciamos, como lo hace
la Ley de Enjuiciamiento Civil, en esta proposición de ley, como
pueden ser los toxicómanos, las mujeres embarazadas, los mayores
de setenta años, las personas con graves psicopatías o graves
enfermedades o discapacidades mentales o físicas. En cuanto a los
mayores de setenta años, la posibilidad de internamiento no en
entidades de privación de libertad, no en prisiones, sino en
centros de reparación, de recuperación como medida también
sustitutiva de la pura privación de libertad.

Hay un principio, que para mi Grupo Parlamentario es
paradigmático, en esta proposición, que es que cuando se aplica
como última ratio, como medida excepcionalísima la prisión
preventiva o la prisión provisional, ésta no se tiene que aplicar
y no se tiene que desarrollar, sobre todo, con las
características de las penas de privación de libertad puesto que
el sentido teleológico de las medidas cautelares nunca es el
castigo, sino la garantía del cumplimiento eficiente de los
intereses y principios del procedimiento. No es el castigo, para
el castigo están las penas que se impongan en la sentencia
condenatoria en su caso.

Desde esa perspectiva -- y con esto acabo señor Presidente-- ,
con esta proposición de ley pretendemos que el incumplimiento de
las medidas cautelares que se impongan no lleve aparejado como
castigo más que la aplicación de otras medidas cautelares
complementarias que garanticen lo que planteamos y entendemos que
se debe garantizar: los intereses del procedimiento y la no
elusión de la justicia, pero que no se apliquen medidas de
privación o de prisión provisional por esta razón, sino otro tipo
de medidas y, si proceden, las de prisión condicional y, en su
caso, para este incumplimiento, la posibilidad de imposición de
multas por el juez o magistrado que vayan desde las cien mil
pesetas hasta los cinco millones de pesetas.

El elemento de cierre de esta proposición de ley es para mi Grupo
Parlamentario importante y merece ser destacado, señor
Presidente. Nosotros pretendemos fórmulas indemnizatorias por la
aplicación irregular de medidas cautelares y éste es el sentido
de esta proposición de ley. Esta es una proposición de ley que
pretende, desde una perspectiva garantista, consolidar la
eficiencia de los derechos humanos fundamentales en el Estado
español, sobre todo aquellos que todavía no son objeto de una
ejecución eficiente de un desarrollo íntegro, en este caso, en el
de las medidas cautelares, por los jueces y tribunales. Y en
virtud de esos principios axiológicos inspiradores de los
derechos constitucionales que hemos citado, no tenemos ningún
tipo de pretensión diferente a las citadas y tenemos por esta
razón -- ya en las postrimerías de la legislatura y con pocas
posibilidades de que el trámite parlamentario se pueda culminar,
señor Presidente-- , la esperanza de que algo tan razonable, algo
tan progresista, algo tan atinente o vinculado a los derechos
humanos sea objeto de la debida consideración por todas sus
señorías.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Olabarría.

¿Turno en contra? (Pausa.) ¿Grupos que quieren fijar su posición
en este debate? (Pausa.)
Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el
señor Silva.




El señor SILVA I SANCHEZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Catalán votará afirmativamente a
esta proposición de ley por entender que existe una coincidencia
absoluta en cuanto a sus fundamentos, si bien, por otra parte,
también entendemos que existen algunas incorrecciones y que se
convierte en una proposición francamente mejorable.

Como ha dicho el Diputado señor Olabarría, el Tribunal
Constitucional ha manifestado que la tutela cautelar forma parte
de la tutela judicial efectiva y que, por lo tanto, no existe
tutela judicial efectiva sin tutela cautelar. Que esta tutela
cautelar, por otra parte, tiene que tener unos límites que
impidan que se conviertan estas medidas cautelares en auténticas
medidas sancionadoras. Desde este punto de vista, bienvenida sea



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una proposición que realiza un desarrollo tanto del régimen
material como del régimen procesal de dichas medidas.

Sin embargo, en el ámbito de los principios hemos de manifestar
que apreciamos alguna discrepancia, alguna discordancia o
contradicción en el propio texto de la proposición. El artículo
2.º establece, como una de sus finalidades básicas, el intentar
eludir cualquier finalidad punitiva y diferenciar, en la medida
de lo posible, las medidas cautelares de la eventual pena que
pudiera imponerse. De ahí que nos resulte obviamente
contradictorio que después, al regular las finalidades típicas de
las medidas cautelares, se establezca como primera finalidad en
el artículo 5.º el proteger la seguridad pública frente a
aquellos riesgos de comisión de nuevos delitos por el imputado,
así como también aquellos riesgos de perturbación del orden
público; finalidades que no son finalidades cautelares, sino que
la primera es una finalidad clara de prevención especial y, por
lo tanto, una finalidad penal típica, y la segunda una finalidad
de prevención general de carácter positivo. Y únicamente en
cuarto lugar, en estas finalidades, se hace referencia a la
garantía del normal y eficaz desarrollo del proceso, evitando la
elusión de la acción penal así como, también, evitando la
desaparición de las pruebas.

En cuanto a otros aspectos del régimen específico que se
establece en la proposición, tenemos que indicar también algunos
problemas que se plantean al regular la fianza en el artículo
8.º. Como saben SS. SS., en el régimen procesal penal se suelen
distinguir en los autos dos piezas: la pieza de situación
personal, en la que se regula o se recoge la fianza de situación
personal que pretende evitar que el imputado eluda la acción de
la justicia, y la pieza de responsabilidad civil, donde se
garantizan las responsabilidades pecuniarias, esto es, tanto la
responsabilidad civil como la multa. En este caso, en la
proposición del Grupo Vasco se realiza una regulación homogénea,
entendemos, de situación personal y de la fianza que pretende
garantizar el pago de la multa, lo cual no resulta del todo
correcto porque se establece la posibilidad de aplicar esta
fianza al pago de la responsabilidad civil, cosa que obviamente
no tiene en modo alguno por qué ocurrir, y se establece, del
mismo modo, la posibilidad o la obligación del juez de acordar el
embargo de bienes si no se presta la fianza, cuando si la fianza
lo que sustituye es a la prisión cautelar puede prestarse o no
puede prestarse. Lo que no tiene ningún sentido es que el juez
imponga el embargo. Si no se quiere salir en libertad que no se
salga, pero no existe esta obligación por parte del juez.

Algunas observaciones tenemos también que realizar al artículo 16
de la proposición, cuando regula la prisión cautelar. Hemos de
decir, en primer lugar, que nos sorprende que se indique
taxativamente que en ningún caso podrá acordarse la prisión
cautelar en los supuestos de la letra d) del artículo 5.º de la
proposición, esto es, en aquellos casos en los cuales se trata de
garantizar el normal y eficaz desarrollo del proceso. Lo decimos
por el planteamiento siguiente. Entiende nuestro Grupo que no
cabe vincular la prisión cautelar a planteamientos, como
indicábamos antes, de prevención general. Si el objeto procesal
no corre riesgos, no debiera acordarse esta prisión cautelar. Por
lo tanto, vincularlo a finalidades o a planteamientos de alarma
social o de prevención general no deja de ser una manera de
desnaturalizar la prisión cautelar en tanto que medida cautelar,
lo cual no implica que pueda satisfacer otros intereses y que,
por lo tanto, incluso debiera regularse fuera del ámbito de las
medidas cautelares penales.

También discrepamos de que únicamente pueda acordarse la prisión
cautelar o el arresto domiciliario por los delitos dolosos.

Señorías, existen delitos imprudentes de gravedad que pueden, por
la pena que acarrean, motivar al imputado a pretender eludir la
acción de la justicia. No entendemos por qué excluir este tipo de
delitos, al menos, del arresto domiciliario. Se nos puede decir
que los delitos imprudentes más graves se han convertido en
delitos dolosos o de peligro. Es un tema que en cualquier habría
que demostrar.

Tenemos que manifestar también dos objeciones: una, respecto del
artículo 26. Entendemos que es un gran avance la indemnización
inmediata. Hay que recordar a SS. SS. que la Ley de
Enjuiciamiento Criminal en el artículo 765, apartado 8.º regula
la imposición de esta obligación de pagar una pensión con
carácter inmediato a las compañías aseguradoras. Pero extender su
posibilidad a todos los imputados, siempre teniendo en cuenta los
perjuicios que el delito causa en la familia de la víctima,
incluso a la propia situación económica del imputado, entendemos
que precisa de un mayor desarrollo, entre otras cosas porque se
indica que se puede imponer esta indemnización inmediata cuando
la familia de la víctima carece de recursos, pero en el apartado
2.º se establece también la posibilidad de exigir una caución
para la devolución de las cantidades, caución que entendemos debe
exigirse cuando se carezca de recursos o exista la posibilidad de
ocultación de esos recursos, de esos bienes para proceder a su
devolución. Entendemos que es un artículo admirable en cuanto a
su fundamento, pero que precisa de otro desarrollo y de otra
construcción.

Finalmente, también queremos indicar que en lo que hace
referencia al artículo 42 -- que es la indemnización por los
perjuicios causados por la adopción de estas medidas cautelares--
se realiza una descripción de cuatro supuestos: que el hecho no
se haya producido, que no se haya tenido participación en él, que
no sea típico. Se utiliza una expresión de contenido jurídico que
no debiera incorporarse a una ley -- la existencia de causas que
excluyen la antijuridicidad-- , por lo que entendemos que dicha
expresión no debiera



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proceder en una disposición del Legislativo. Por otra parte,
tampoco entendemos por qué puede proceder esta indemnización en
un supuesto de estado de necesidad y no en un supuesto de una
causa de exclusión de la culpabilidad, como podría ser el miedo
insuperable o el error de prohibición. En este caso tendría que
ampliarse.

Igualmente quería hacer referencia a algunas expresiones que
entendemos precisarían de un mayor contenido. Cuando en el propio
artículo 16, al regular la prisión cautelar, se dice que ésta
debe adoptarse en unas condiciones y bajo un régimen que lo
diferencien lo más posible del contenido o naturaleza de las
penas privativas de libertad, si se refiere a la existencia de
centros de preventivos, estamos de acuerdo con ello; si lo que se
pretende con ello es la no aplicación de la Ley o el Reglamento
General Penitenciario, no podemos estar de acuerdo, mucho más
cuando posteriormente se puede producir un abono de la prisión
preventiva en relación a la pena privativa de libertad a la que
resulte condenado finalmente.

Por todo ello entendemos, como ha manifestado el señor Olabarría,
que vale la pena adoptar esta proposición de ley, que es bueno
obligar incluso moralmente a la Cámara y que es buena la idea.

Sin embargo, en cuanto al contenido precisa de la corrección y
desarrollo que una tramitación legislativa sin lugar a dudas
produciría.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Silva.

Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, tiene la palabra el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Gracias, señor Presidente.

Nuestro Grupo Parlamentario también aprecia una buena intención
en esta proposición de ley orgánica reguladora de la tutela
cautelar penal, un fondo positivo en cuanto a las pretensiones de
política procesal que la misma contiene.

Efectivamente, en esta proposición de ley se propone, por un
lado, tomar nota de algo que está sucediendo no solamente en el
proceso penal, sino en todos los procedimientos, y es que ante
una justicia tardía, que es una de las características de la
Justicia de nuestro tiempo, a veces la adopción de medidas
cautelares es la única forma de que haya una posibilidad de que
al final se administre justicia. Por tanto, no solamente en el
proceso penal, también en el proceso civil y en otros procesos,
las medidas cautelares -- también en lo contencioso-
administrativo-- se han convertido en un objeto de estudio
detenido, primero a nivel doctrinal y jurisprudencial y vemos que
está llegando poco a poco al interés del legislador. Esta
proposición de ley del Partido Nacionalista Vasco pone de
manifiesto la sensibilidad del legislador para empezar a ocuparse
de las medidas cautelares. Lo hace en el proceso penal, pero
nosotros decimos que también habrá que hacerlo en otros
procedimientos. Desgraciadamente en esta legislatura la
asignatura pendiente en el ámbito de la justicia va a ser la
reforma de los procedimientos, procedimientos que no se han
podido reformar ni en el proceso contencioso-administrativo, que
nos hemos quedado en puertas, ni en el civil ni en el penal.

Todos podemos augurar que esta proposición de ley no va a ser
aprobada, a pesar de que los grupos voten a favor de su toma en
consideración, como lo va a hacer nuestro Grupo Parlamentario.

Nos parece, por tanto, una proposición de ley políticamente
oportuna, sobre todo porque es especialmente sensible al problema
de la prisión provisional e incide en evitar su automatismo. Creo
que algo se avanzó, en su momento, cuando se aprobó en esta
Cámara la Ley del Jurado, que incorporaba una modificación de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que ahora no es posible
dictar prisión provisional, de forma casi automática, por el
juez, si no es a petición de alguna de las partes. Por tanto,
repito, ya ha habido un avance en ese sentido.

Aunque coincidió con acontecimientos o escándalos políticos, de
todos conocidos, nosotros apoyamos en su momento esta reforma,
por entender que es algo que va más allá de la coyuntura y que
obedece a una adecuación al principio de la presunción de
inocencia. La prisión provisional debe ser adoptada de una forma
excepcional, como una medida cautelar excepcional, porque, como
dice el Tribunal Constitucional, la prisión provisional -- y hago
hincapié en esta medida, porque es probablemente la más
importante de las que trata esta proposición de ley-- tiene un
carácter procesal, no sancionador, que tan sólo puede adoptarse
para la preparación y aseguramiento del buen fin de la causa
criminal. Por consiguiente, sólo puede ser adoptada cuando se
considere que es necesario para que no se sustraiga la acción de
la administración de justicia, la acción de los imputados, para
los efectos de asegurar que tales imputados van a comparecer y,
por tanto, para dilucidar las responsabilidades penales que
puedan resultar. Las sentencias 66 y 85, de 1989, del Tribunal
Constitucional, lo señalan con toda claridad.

También destacamos el aspecto modernizador que tiene esta
proposición de ley en cuanto a la apertura de diversas
posibilidades de medidas cautelares. Es una proposición de ley
que abre el abanico de posibilidades a los jueces y que va un
poco en línea -- si se me permite la comparación-- con el sistema
de penas aprobado en el Código Penal. Hemos hecho una ampliación
de las posibilidades del juez en el sistema de penas y parece
lógico que haya una correspondencia de ampliación de las
posibilidades del juez en las medidas cautelares. Se trata de una
especie de voto de confianza a la acción de los jueces para que
escojan las medidas cautelares y, después, las penas más
adecuadas



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para la recta administración de la justicia. Y también nos parece
bien.

Sin embargo, hay algunas objeciones que podríamos presentar a
esta proposición de ley y que seguramente no podremos plasmar en
enmiendas, en el trámite posterior, pero sí aprovechamos la
oportunidad para señalarlas. Primero, no es una buena técnica
legislativa hacer -- como lo hace esta proposición de ley-- todo
un desarrollo articulado de una ley, aparte de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal. Lo lógico hubiera sido llevar a cabo una
reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Naturalmente, lo
necesario sería una nueva ley de enjuiciamiento criminal, de
principio a fin, pero una ley procesal, aparte de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, siempre tiene una enorme cantidad de
problemas técnicos. Esta sería una primera objeción.

También estaríamos de acuerdo con algunas de las manifestaciones
realizadas por el representante del Grupo de Convergència i Unió,
por ejemplo, que la proposición de ley no lleve hasta sus últimas
consecuencias el respeto a lo que se entiende como rasgos
definitorios de las medidas cautelares en el proceso penal, es
decir, la instrumentalidad de esas medidas cautelares, la
jurisdiccionalidad, la proporcionalidad, la urgencia, sumariedad
y contradicción que tiene que haber en esas medidas cautelares,
la homogeneidad, la operatividad de la regla «rebus sic
stantibus» y la sumisión a los principios rectores del proceso.

Esta proposición de ley no se adecua en todo momento a estos
principios básicos, a los rasgos definitorios que hay que
entender que deben tener todas las medidas cautelares del proceso
penal, algo que, sin duda, podría ser mejorado en un hipotético,
que no se dará, trámite posterior.

Tampoco hemos visto en esta proposición de ley algunas medidas
que deben considerarse como cautelares pero que no aparecen en la
proposición de ley. Por ejemplo, la detención, que es una medida
cautelar; por ejemplo, la libertad provisional, que también es
una medida cautelar, y debe entenderse como medida cautelar y
habría que aprovechar la ocasión para regularla.

En definitiva, se trata de una buena proposición de ley, muy
brillantemente defendida por el señor Olabarría, como es habitual
en él, muy trabajada, muy desarrollada; es una proposición de ley
sensible a los problemas de las medidas cautelas, por tanto, es
una proposición de ley a valorar extraordinariamente, con
objeciones que le hacemos en forma constructiva como siempre, y
recordando que, realmente, lo importante a plantearse en la
futura legislatura es, como señala una de las disposiciones
adicionales de la Ley del Jurado, una nueva ley de enjuiciamiento
criminal, que adecue de verdad nuestro proceso penal al principio
acusatorio de nuestra Constitución, quitando los restos
inquisitivos que aún tiene este proceso, dándole al fiscal una
posición más relevante, lo que obligará también a una reforma del
Estatuto orgánico del Ministerio Fiscal, es decir, una gran tarea
de reforma legislativa y procesal que, sin duda, es el gran reto,
el gran desafío desde el punto de vista legislativo de la próxima
legislatura.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor López
Garrido.

Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Señor Presidente, señorías, el Grupo Popular
votará en contra de la toma en consideración de la proposición de
ley orgánica presentada por el Grupo Parlamentario Vasco, PNV,
por dos razones fundamentales: una de ellas -- si se quiere de
carácter instrumental, apuntada por el propio señor Olabarría en
el comienzo de su intervención-- porque en estos momentos no
disponemos de un tiempo de calendario adecuado para poder dar a
este texto la debida articulación técnica desde nuestro punto de
vista y, por tanto, estaríamos incurriendo en una actitud que el
propio señor Olabarría de alguna manera ha calificado como
puramente testimonialista. La segunda razón es mucho más de
fondo, porque aun compartiendo -- y queremos subrayar lo dicho
para que no quede sombra alguna de duda-- los grandes principios
que el señor Olabarría ha enumerado en su brillante intervención,
sin embargo creemos que existe un divorcio muy apreciable entre
lo que ha sido la intervención del señor Olabarría y lo que son
las previsiones concretas del texto y la técnica jurídica que
incorpora.

Creo que es oportuno recordar, como todas SS. SS. conocen, que
las medidas cautelares en el proceso penal persiguen
fundamentalmente una finalidad aseguratoria, tanto de la persona
como de la responsabilidad del inculpado, precisamente para que
no pueda eludir la acción de la Justicia, y determinándose con
carácter previo necesario el hecho de la inculpación como
requisito indispensable para poder acordar la medida. A tenor de
lo que es la articulación específica de este texto, también
conviene recordar que las notas esenciales, los presupuestos
básicos de esa medida cautelar son su jurisdiccionalidad, su
instrumentalidad, su provisionalidad y su homogeneidad.

En la actualidad, las medidas cautelares penales vienen recogidas
en el Libro II, Títulos VI a X de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal. Yo creo que a la hora de formular un análisis de lo que
ha sido la pretensión del Grupo Parlamentario Vasco en orden a la
presentación de esta iniciativa hay dos consideraciones que se
sustantivan de por sí: creemos que el Grupo Parlamentario Vasco,
como de suyo es apreciable, pretende modificar las medidas
cautelares penales al margen de la necesaria reforma global de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal. Por cierto, situación esta que
debe, sin lugar a dudas, anotarse en el debe correspondiente a la
no acción del Gobierno en esta legislatura, a tenor de los
compromisos contraídos, en su primera comparecencia



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ante esta Cámara, por el entonces señor Ministro de Justicia al
comienzo de esta legislatura.

En segundo lugar, esta proposición de ley esencialmente pretende
proceder a una limitación, a dotar de un carácter ciertamente
excepcional a lo que es la aplicación de la medida cautelar de
prisión provisional. Sin embargo, nosotros creemos, insistiendo
en lo dicho anteriormente, es decir, compartiendo la definición
de principios elaborada por el señor Olabarría desde esta
tribuna, que a pesar de eso el Grupo Parlamentario Vasco somete a
la consideración de la Cámara un texto que es asistemático, que
carece de rigor jurídico y que, en determinados aspectos que nos
parecen especialmente importantes, pudiera llegar incluso a
sobrepasar los límites del principio de seguridad jurídica.

Entendemos -- sin tener que hacer una enumeración exhaustiva,
porque algunas de las cuestiones específicas que nos preocupan ya
ha hecho mención de ellas el señor portavoz del Grupo
Parlamentario Catalán-- , no obstante, que el texto que se nos
propone no añade nada nuevo a lo ya previsto en los artículos 530
y 835 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que utiliza
determinados conceptos, como los utilizados en el ar-
tículo 7, que pueden, sin lugar a dudas, merecer una preocupante
consideración, en virtud de su propia naturaleza concursal.

Entendemos que el texto ignora todo lo relativo a la hora de
prefijar y valorar la aplicación de la medida a una cuestión tan
importante como la afectante al «periculum in mora». Creemos que
el texto no incorpora, desde luego, una óptima, una buena
regulación de la fianza. En algunos aspectos muy sustanciales, a
pesar de lo dicho por el señor Olabarría en su intervención en la
tribuna, el texto puede llegar a vulnerar el principio de
intervención mínima, porque desde luego el Derecho Penal tiene
que perseguir hechos, que no presunciones, y hay, desde luego, en
el texto una afirmación de la presunción. Tampoco llegamos a
compartir cómo se puede establecer una medida cautelar sobre
bienes estrictamente ajenos al delito relacionado con el hecho
enjuiciado.

Igualmente, creemos que es un texto incompleto. Por ejemplo, en
cuanto afirma la previsión del arresto domiciliario, a
continuación no establece, ni siquiera menciona, mecanismos para
garantizar su efectividad. Creemos que estamos ante un texto en
algunos extremos contradictorio. Por ejemplo, establece
imperativos distintos sobre una misma cuestión de fondo, en
virtud de lo citado en los artículos 4 y 24.2, en la conexión
entre ambos, a propósito de la apariencia de responsabilidad
penal.

También entendemos que estamos ante un texto impreciso que regula
de manera idéntica cuestiones distintas. Por ejemplo, la
prohibición de expatriación y la obligación de presentarse ante
autoridad pública. Y en este segundo supuesto, además, ni señala
a qué autoridad pública se refiere, ni en qué casos pudiera
proceder dicha presentación.

Pero además, hay cuestiones del texto que en su aplicación
práctica podrían llegar, sin lugar a dudas, a preocuparnos. Se
faculta al juez para que el arresto domiciliario se pueda cumplir
en morada privada distinta del domicilio habitual, porque se
establece la posibilidad de que ese cumplimiento se realice en el
domicilio habitual o en cualquier otra morada privada. Se faculta
al juez para decretar lo que entendemos que pudiera llegar a ser
una preocupante incomunicación absoluta del imputado mientras
dure la aplicación de la medida, en tanto en cuanto la previsión
lo es conforme a la relación con todas aquellas personas que
pudieren llegar a facilitar la huida del inculpado, expresión
ésta que es casi casi omnicomprensiva. Se faculta al juez a
acordar -- y de ello ha hecho referencia también el señor
Olabarría en la tribuna-- la indemnización económica inmediata de
la víctima, con las dificultades que eso comporta sin una
regulación jurídica adecuada, tal y como no realiza el texto de
ley. De la misma forma, y en conexión con el sentido de esta
nuestra preocupación, puede entenderse la que afecta a la
previsión que realiza el texto que se nos propone en cuanto al
acondicionamiento o prohibición del ejercicio de profesión o de
actividad concreta.

Entendemos que en uno y otro caso puede haber principios
sustanciales afectados de permanecer o prevalecer la proposición
de ley en los términos estrictos, en los solos términos que se
nos proponen por parte del Grupo Vasco y desde luego, en el caso
de que esta proposición de ley hubiera tenido trámite
parlamentario, hubiéramos tenido que realizar algunas precisiones
de naturaleza muy sustancial.

Además nos resulta sorprendente que el texto en alguno de sus
extremos quiera hacer garantes del cumplimiento de la medida
cautelar impuesta a los familiares o a terceras personas, lo cual
-- insistimos también-- genera determinadas complicaciones o
riesgos a la hora de su posible aplicación práctica. Nos da la
sensación que en algunos extremos muy concretos de la dicción
literal del texto subyace una cierta confusión entre lo que son
medidas cautelares y lo que son medidas de seguridad y que
también hay una cierta confusión entre lo que es la
responsabilidad material exigible por la vía penal y aquella que
tan sólo puede ser exigida por la vía civil.

A la vista del texto resulta forzoso reiterar algo que
precisamente el señor Olabarría ha señalado en la tribuna y que
en su sentido último nosotros compartimos porque no puede ser de
otra forma, esto es, que las medidas cautelares nunca pueden
tener una finalidad punitiva ni siquiera un fin de prevención
especial o intimidatorio, porque de no ser así se está
sustituyendo, como ya ha quedado dicho, el principio
constitucional de presunción de inocencia por una espuria
prevención de culpabilidad.

En definitiva, nosotros, al oponernos a la toma en consideración
de esta proposición no de ley queremos resaltar, en primer lugar,
que compartimos lo que pudieran ser los grandes principios
generales que inspiran esta iniciativa, pero no podemos compartir
la dicción



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literal, la forma en que la misma ha quedado vertebrada. Desde
luego, denunciamos desde esta tribuna el incumplimiento político
específico realizado, primero, por el Ministerio de Justicia e
Interior y, después, por el conjunto de la acción política del
Gobierno, en lo que ha sido la no verificación del proceso global
de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que sigue siendo,
sin lugar a dudas, una de nuestras urgencias legislativas más
precisas. Insistimos, desde luego, en que a la hora de entender
lo que va a ser la posición de voto de este Grupo se tiene que
comprender que figuras y medidas como las propuestas del arresto
domiciliario, de la comparecencia de autoridades públicas, del
decomiso, de la regulación de la fianza, de la posibilidad de
incomunicación del imputado y muchas otras...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Gil Lázaro, termine
por favor.




El señor GIL LAZARO: Termino, señor Presidente.

... que dan cuerpo a este texto, desde nuestro punto de vista no
gozan de la adecuada regulación, de la adecuada previsión y, en
la medida en que no existe posibilidad material, a través del
oportuno proceso de enmiendas, de poder abrir un debate riguroso
sobre el contenido de lo que sería esta proposición, mi Grupo
Parlamentario va a votar en contra.

No hay ningún recelo ni ninguna actitud en relación con las
cuestiones de principio; hay, simplemente, un desacuerdo profundo
con las cuestiones de procedimiento.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gil
Lázaro.

Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Del Campo.




La señora DEL CAMPO CASASUS: Señor Presidente, señorías,
intervengo para fijar con brevedad la postura del Grupo
Socialista en torno a esta proposición de ley.

En nuestra opinión el texto es oportuno en virtud de los
principios que defiende. Difícil sería oponerse a la pretensión
de regular las medidas cautelares de naturaleza penal de forma
que, junto a los intereses, los valores y los principios
presentes en el proceso penal, se garanticen de la forma más
amplia derechos fundamentales como la presunción de inocencia o
el propio derecho a la libertad.

El Grupo Vasco articula esta pretensión mediante dos elementos
básicos: uno, una nueva regulación, más detallada y que pretende
ser más restrictiva de la prisión provisional, y, otro, un
conjunto de medidas cautelares, algunas nuevas, otras con una
nueva estructura, distinta a la que ahora mismo presentan en la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, que están destinadas también a
reducir la prisión provisional a casos excepcionales y a
confirmar su carácter subsidiario. Nosotros creemos que estos dos
elementos básicos merecen ser tomados en consideración.

Fundamentalmente estamos de acuerdo en la conveniencia de un
desarrollo legislativo que encuadre estrictamente la prisión
provisional en las dimensiones que para ella establece el
artículo 17 de la Constitución. Es cierto que la Ley de
Enjuiciamiento Criminal en la actualidad la configura ya como un
recurso excepcional, que puede ser acordado por el juez tan sólo
en una serie de circunstancias que pretenden ser restrictivas en
su regulación. Es cierto también, señorías, que las últimas
reformas de esta Ley, en concreto la que hemos aprobado hace
menos de un mes al reformar la Ley Orgánica del Tribunal del
Jurado, incrementa estas garantías no sólo en el auto en que se
acuerda la prisión provisional inicialmente sino en su
mantenimiento. Pero también es cierto que la jurisprudencia
constitucional -- y aquí se ha citado abundantemente, y muy en
especial, la sentencia 128/1995, la última sentencia referida al
tema-- insiste en que la legitimidad constitucional de la prisión
provisional exige que se la conciba como una medida de aplicación
excepcional, subsidiaria, provisional y subordinada a la
consecución de fines constitucionalmente legítimos y congruentes
con su naturaleza.

Creemos, y en esto coincidimos con la propuesta del Grupo Vasco,
que cabe precisar el texto legal para adaptarlo con más claridad
a estas exigencias. En este sentido, el Gobierno ya manifestó su
voluntad y su compromiso de cara a la futura reforma de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal. Y creemos que en el mismo sentido,
prescindiendo en este momento de diferencias parciales con la
redacción concreta, avanza la propuesta del Grupo Vasco al
resaltar las notas de subsidiariedad y provisionalidad que deben
caracterizar una medida tan grave como la prisión provisional.

Creemos también que es acertado y posible, dentro del marco
constitucional, ampliar el catálogo de medidas cautelares de
carácter penal, precisar su redacción de forma que se refuerce,
también por esta vía indirecta, el carácter subsidiario que ha de
tener la prisión provisional. Hasta aquí estamos de acuerdo,
señorías.

Mantenemos también desacuerdos, y desacuerdos serios. Algunos han
sido ya mencionados, y por partida múltiple, en las
intervenciones que me han precedido: el método, el procedimiento
elegido para esta reforma. Nosotros también creemos, señor
Olabarría, que esta es una reforma que debería haberse
incardinado en una reforma global de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, una reforma que, efectivamente, el ingente trabajo que
el Ministerio de Justicia y la Comisión de Justicia e Interior de
esta Cámara han tenido durante esta legislatura ha impedido
abordar hasta el momento pero que, sin duda, será una tarea
prioritaria



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del Congreso de los Diputados en la próxima legislatura; o, en
todo caso, debería haberse planteado como una reforma parcial de
esta misma Ley, pero no como un texto aparte.

También creemos que algunas de las medidas cautelares que se
proponen tienen deficiencias en su configuración, en parte, por
un desarrollo excesivamente reglamentista de algún número de
ellas, en parte en algunas, como la prisión provisional porque,
aunque sea inadvertidamente, se eliminan garantías, garantías
como las que se refieren en la vigente Ley de Enjuiciamiento
Criminal al límite máximo de cuatro años y tan sólo en ocasiones
excepcionales que ha de tener la prisión provisional, o garantías
como la de que sólo pueda acordarse prisión provisional ante la
imputación de determinados delitos que tengan prevista una pena
superior a prisión menor. De todas formas, tampoco queremos
incidir excesivamente en los detalles. Muchos han sido ya
mencionados, otros serían objeto de un debate, que efectivamente
en esta Cámara y en esta legislatura no se va a poder producir,
que podría llevarnos a correcciones. Tampoco estamos de acuerdo,
señorías, con la ampliación, a nuestro juicio desmesurada, de la
responsabilidad patrimonial del Estado que plantea la proposición
de ley. En ella, las indemnizaciones se extienden no sólo a
quienes hayan sufrido prisión preventiva y sean absueltos por
inexistencia del hecho que dio lugar a la apertura de la causa,
sino también a quienes resulten absueltos por otros motivos, y no
es sólo a la prisión preventiva sino a cualquier tipo de medida
cautelar. Nos parece, desde todo punto de vista, una ampliación
excesiva, repito, de la responsabilidad patrimonial de la
Administración.

Son diferencias puntuales, unas más serias, otras menos, señor
Olabarría, pero, en conjunto, no impedirán nuestro voto
afirmativo y la toma en consideración de esta proposición de ley,
porque creemos que es positiva. Por tanto, nuestro voto será
afirmativo, pero con una advertencia, señorías. Se ha dicho aquí
repetidamente: cualquier voto, cualquier toma en consideración de
una proposición de ley a estas alturas de la legislatura es
simbólica. Sin duda. En esta ocasión, nuestra toma en
consideración va a ser doblemente simbólica. Servirá,
escuetamente, para manifestar que el Grupo Socialista considera
que las medidas de seguridad de carácter penal deben ser
reformadas en el sentido garantista que el texto pretende, aun
cuando no considera que éste sea el marco idóneo para proceder a
esa reforma ni está de acuerdo en algunas de las propuestas
concretas que en ella se articulan.

Gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Del
Campo.

Vamos a pasar a la votación de la toma en consideración de la
proposición de ley debatida. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.)
El señor PRESIDENTE: Votación para la toma en consideración de la
proposición de ley del Grupo Vasco (PNV), reguladora de la tutela
cautelar penal.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 290; a favor, 168; en contra, 121; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la toma en consideración.




PROPOSICIONES NO DE LEY:



-- DEL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO, RELATIVA A LOS CRIMENES
CONTRA LA HUMANIDAD EN RUANDA (Número de expediente 162/000247)



El señor PRESIDENTE: Punto II del orden del día: Proposiciones no
de ley. Proposición del Grupo Socialista relativa a los crímenes
contra la humanidad en Ruanda.

Para su defensa, tiene la palabra el señor Yáñez-Barnuevo.

(Rumores.)
Señorías, guarden silencio.




El señor YAÑEZ-BARNUEVO GARCIA: Señor Presidente, señorías,
durante la primavera de 1994 decenas de millones de personas en
el mundo entero vieron horrorizadas a través de las pantallas de
televisión la matanza de personas -- de mujeres, de ancianos, de
niños-- en Ruanda como una acción del Gobierno hutu -- entonces--
para exterminar la etnia rival de los tutsis, pero también a gran
número de hutus moderados.

Medio millón de muertos, la mayor parte de ellos a machetazos,
fue la consecuencia de aquella matanza que conmovió a la
humanidad. En aquella guerra civil se impuso el Frente Patriótico
Ruandés de la oposición en julio de 1994, derrotando al Gobierno
responsable del genocidio, cuyos miembros huyeron al vecino
Zaire. Se desencadenó en aquellos meses una impresionante campaña
de solidaridad con los afectados, con los refugiados, con las
víctimas de aquella catástrofe humanitaria.

El objetivo de esta proposición no de ley, como voy a intentar
desarrollar a continuación, es tomar medidas preventivas que
eviten o que contribuyan a impedir que esas situaciones vuelvan a
producirse, porque ni mucho menos la situación en esa región del
mundo está solucionada, pacificada ni resuelta.

Desde hace bastantes meses Amnistía Internacional nos viene
informando de la llegada ilegal de gran cantidad de armas a los
campos de Goma, en el Zaire, a las reorganizadas Fuerzas Armadas
Ruandesas y milicias, autores responsable de aquel genocidio.

Yo creo que en primer lugar hay que agradecer a Amnistía
Internacional el esfuerzo realizado en éste



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como en tantos temas para informar a la opinión pública y para
dotar de elementos de juicio, de información a los parlamentos
para que éstos insten a los gobiernos a actuar en la dirección
correcta.

Las milicias y las Fuerzas Armadas Ruandesas refugiadas en el
Zaire han venido reorganizándose y recibiendo, como digo, gran
cantidad de armas por vías ilegales, con lo cual están
intimidando a civiles refugiados en esos campos, impidiéndoles
regresar a Ruanda y, por tanto, impidiendo el proceso de
repatriación y reconciliación, imprescindible para la
pacificación de la zona, obligando a los refugiados más jóvenes a
encuadrarse en sus milicias -- insisto, las milicias responsables
de las matanzas-- , realizando adiestramiento y entrenamiento
militar y practicando incursiones desde el Zaire a Ruanda con el
corolaria de asesinatos, robos y pillajes.

La información exhaustiva sobre el tráfico ilegal de armas,
además de abrumadora, es de una enorme fiabilidad. Está descrita
con todo detalle en la exposición de motivos de esta proposición
no de ley, cuya fuente fundamental es la documentación
proporcionada por Amnistía Internacional, pero también otras de
las propias Naciones Unidas y de otros organismos. Como esta
información es muy detallada ya que establece qué países han
vendido esas armas, de qué aeropuertos salían y a qué aeropuertos
llegaban, el tipo de armas, etcétera, no me voy a detener porque
está descrita con todo detalle, repito, en la exposición de
motivos de esta proposición. Pero sí quiero recordar que el
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó una resolución
por la que se creaba el Tribunal Internacional sobre Ruanda para
juzgar a los responsables del genocidio, responsables que
aparecen en unas listas con nombres y apellidos. Según la
Resolución 978 del propio Consejo de Seguridad, todos los países
deben contribuir a llevar ante los tribunales a estos criminales
que, hoy por hoy, todavía se mueven en libertad en el Zaire, en
Kenia y en otros países especialmente de Africa.

Señorías, mi Grupo Parlamentario considera que la reacción, la
actitud, lo que tienen que hacer los parlamentos y la opinión
pública no debe circunscribirse a reaccionar cuando las pantallas
de televisión, cuando la CNN nos muestra en nuestras propias
casas las imágenes aterradoras de los crímenes, de las
violaciones de los derechos humanos, de los asesinatos, de las
torturas, etcétera, sino que deben actuar preventivamente para
que esas situaciones, en la medida de lo posible, no vuelvan a
producirse.

Recordemos que en la primavera-verano de 1994 se produjo en
España, como en otras partes del mundo, pero sobre todo en
España, un gran movimiento de solidaridad con unas aportaciones
económicas, personales, humanas y de voluntariado impresionantes.

Pero tenemos que reconocer que eso se produjo por lo que ocurría
en las pantallas de televisión, en las portadas de los periódicos
y en la radio. Está demostrado que cuando disminuye esa
información, disminuyen también paralelamente las aportaciones de
solidaridad. Sin embargo, el que desaparezcan las imágenes no
significa que los problemas hayan quedado resueltos.

Ya entonces hubo críticas, con razón, a que la Comunidad
Internacional, y sobre todo algunos países, no habían
contribuido, cuando podían haberlo hecho, en evitar aquella
masacre. Esta proposición, modesta, pretende que el Parlamento y
el Gobierno español hagan todo lo posible para evitar que esas
situaciones vuelvan a producirse, sin esperar a enterarnos por
los medios de comunicación de que hay un recrudecimiento de esos
crímenes contra la humanidad.

Por tanto, queremos comprometer a España, a su Gobierno y al
Parlamento a tomar las medidas políticas y diplomáticas, en
colaboración con la Comunidad internacional y, en particular, con
las Naciones Unidas, para impedir que esas situaciones vuelvan a
repetirse.

Concretamente, la proposición no de ley en su parte dispositiva
consta de cinco puntos en los que, primero, se insta al Gobierno
a apoyar los trabajos de la Comisión Internacional de
Investigación, que fue propuesta por el Secretario General de las
Naciones Unidas, señor Butros Gali, y aprobada por el Consejo de
Seguridad el 7 de septiembre de 1995, relativa a la venta de
armas a las antiguas Fuerzas Armadas Ruandesas. Segundo, se insta
al Gobierno a que se sume a los llamamientos internacionales al
Gobierno del Zaire para que permita la supervisión internacional
sobre las cargas de armamento que llegan al Aeropuerto de Goma y
a otros aeropuertos. Tercero, se insta a hacer todo lo posible en
las distintas instancias internacionales para que los autores de
estos genocidios comparezcan ante los tribunales, como mandata la
resolución 978 del Consejo de Seguridad.

Las dos últimas propuestas van encaminadas a contribuir a mejorar
la situación interna de Ruanda y de Burundi, tanto en lo que se
refiere al control de armas y a su uso como a la mejora, casi a
la creación, de un poder judicial profesional e independiente y
de una policía civil. Y, por último, insta a la celebración de la
Conferencia de los Grandes Lagos, que puede dar las soluciones
globales de índole política, social y económica en Ruanda y en
Burundi, sobre la base de la reconciliación, porque sin esa base
amplia en el aspecto político, social y económico, las medidas
estrictamente de control de armamento serían insuficientes.

Hasta ahora la Conferencia de los Grandes Lagos, que es impulsada
por el Secretario General de Naciones Unidas y por el Consejo de
Seguridad, no se ha podido celebrar porque existe la oposición de
alguna de las partes, incluido el propio Gobierno de Ruanda. Ha
habido una conferencia -- digamos-- particular, previa, impulsada
por el ex Presidente Carter, que iba en la misma dirección, y
algo ha contribuido a avanzar en la situación de reconciliación.

Pero la situación, señorías, sigue siendo mala, sigue siendo
preocupante y en cualquier momento pueden reproducirse en el
mismo nivel de gravedad los acontecimientos que tuvieron lugar



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en 1994, sin que la situación de hoy sea tampoco tranquilizadora
en lo que se refiere al respeto a los derechos humanos y a la
inviolabilidad de las personas.

Está a nuestra disposición el informe muy reciente del Secretario
General de las Naciones Unidas poniendo al día la situación. Es
un informe del primer día de este mes de diciembre que ha dado
lugar a la resolución del Consejo de Seguridad del 12 de este mes
en el mismo sentido, y que demuestra que la Comunidad
internacional y, en particular, las Naciones Unidas no cejan en
esa actitud.

Siendo como es España el noveno país contribuyente de Naciones
Unidas y un país que en los últimos años ha tenido una
trayectoria ejemplar y progresiva en los procesos de
intermediación en conflictos, en los procesos de promoción de la
paz en tanto países como en la ex Yugoslavia, también en este
terreno debemos estar a la altura de las circunstancias. Es por
eso por lo que el Grupo Socialista presenta esta proposición no
de ley, esperando el apoyo de SS. SS.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Yáñez.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el
señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Muchas gracias, señor Presidente.

Quiero manifestar, en nombre de nuestro Grupo Parlamentario, el
voto favorable a la aprobación de esta proposición no de ley en
relación a unos hechos que conmovieron al mundo en su día, y que
lo siguen conmoviendo, como son los que han acaecido en Ruanda.

Quiero manifestar también nuestra conformidad, no sólo con el
espíritu global que inspira la proposición no de ley, que es el
de resolver el drama que todavía se vive allí a diario, sino
también con cada uno de los puntos que integran dicha
proposición, tanto con los tres primeros, que tienen relación con
todo lo que allí ha sucedido en el último año y medio (como es la
exigencia de responsabilidades a los culpables de crímenes contra
la humanidad, como es el exigir la colaboración del Gobierno del
Zaire para que cese la venta de armas, o como es la exigencia de
responsabilidades a aquellos que deben cargar sobre sus espaldas
la venta de armas a las partes en conflicto), como con los dos
últimos puntos, el cuarto y el quinto, que tienen por objeto
resolver la gravísima situación económica, social, de deterioro
de la sociedad de Ruanda, que entendemos nosotros que está en la
base de los conflictos que se han producido. Por tanto, si no
resolvemos esta situación, difícilmente podremos evitar que en el
futuro se repitan acontecimientos dramáticos como los que hemos
vivido.

Nada más y muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Recoder.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene
la palabra el señor Vázquez.




El señor VAZQUEZ ROMERO: Gracias, señor Presidente.

Mi grupo va a votar favorablemente esta proposición no de ley del
Grupo Socialista, pero quiero hacer alguna reflexión que nos
sugiere lo expresado en la misma.

En primer lugar, cuando asistimos en la primavera-verano del año
1994 al espectáculo dantesco de las matanzas, prácticamente a
cuchillo, en Ruanda, se generó en la sociedad española un gran
movimiento primero de estupefacción y después, quizás, de
solidaridad. Pero no es menos cierto que, haciendo verdad aquella
expresión de la aldea global, cuando dejó de ser centro de
atención de los medios de comunicación la tragedia que se vivía
en esa zona del Africa subsahariana empezó a desaparecer de la
conciencia colectiva la situación de Ruanda, como, por otra
parte, ocurre con cierta frecuencia. Unicamente nos genera
atención aquello que aparece en los diferentes medios de
comunicación. Cuando por diferentes motivos, generalmente ligados
con la comunicación, ese interés decae, también lo hace el nivel
de conciencia en la sociedad.

Por otra parte, esta situación de Ruanda que se pretende poner de
actualidad a través de esta proposición no de ley, intentando
evitar que se pueda repetir una experiencia como la pasada
recientemente, nos sugiere otra reflexión de fondo que ya tuvimos
ocasión de hacer cuando estudiábamos el informe sobre nuevos
retos y reformas de Naciones Unidas en relación con el llamado
derecho de injerencia humanitaria, que por supuesto tiene que ver
con la revisión del concepto de soberanía y por supuesto tendría
que ver con un cambio en el funcionamiento normal de Naciones
Unidas para que pudiera ser aceptado por la mayoría de los países
del Tercer Mundo, que, en caso contrario y manteniéndose el mismo
mecanismo de funcionamiento, ven en ese derecho de injerencia
humanitaria un peligro para sus soberanías porque, no sin razón,
interpretan que podría ser utilizado única y exclusivamente en
defensa de determinados intereses geoestratégicos de los países
más desarrollados.

Es urgente que la Comunidad internacional reflexione sobre el
concepto del derecho de injerencia humanitaria, cuestionándose el
concepto de soberanía, en los términos que hagan posible su
aceptación por el conjunto de la Comunidad internacional. No
debemos aceptar impávidos situaciones como las que vivimos el año
pasado, y podríamos estar viviendo prácticamente cada día, a
través de los medios de comunicación sin que el conjunto de la
Comunidad internacional haga nada eficaz, haga nada más allá de
alguna declaración para intentar evitarlo en el momento en que
está produciéndose



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y en los momentos anteriores a que ese conflicto haya surgido.

La tercera reflexión tiene que ver con el cuarto punto de la
proposición no de ley. Se dice: Contribuir con otros países de la
Comunidad internacional a garantizar que las transferencias de
armas a Ruanda y Burundi no se utilicen para cometer violaciones
contra los derechos humanos. Después se dice: Reconstruir el
poder judicial y crear una policía civil adecuada, objetivos que
compartimos.

La tercera reflexión a la que hacía referencia es la del comercio
de armas, el cual siempre tiene intereses turbios, incluso
bastardos en gran número de ocasiones, que acaban generando
conflictos locales, quizás incluso para estimular el propio
comercio de armamento. Pretender que las armas que se vendan a
países con un nivel de desarrollo como el de Ruanda y Burundi no
se utilicen para violar derechos humanos nos parece una noble
intención, pero difícilmente cumplible. Debería de haberse
marcado en la proposición no de ley con mucho más énfasis -- que,
como decía, vamos a apoyar-- la necesidad de una policía civil
que se ajuste a las normas internacionales, que proteja los
derechos humanos, así como una construcción sólida del poder
judicial en estos países. Sólo a través de estos instrumentos
podríamos conseguir como hipótesis que o bien no fuera necesario
el comercio de armas o, de producirse el mismo, no fuera
utilizado en lo que habitualmente se utiliza, que es en la
violación de derechos humanos.

En cualquier caso, por encima o por debajo de estas
consideraciones, señor Presidente, nos parece que esta
proposición no de ley es adecuada y que plantea un problema que
no por no verlo cotidianamante deja de existir. Por ello va a
merecer nuestro voto afirmativo en la esperanza de que, aunque
muy modestamente, como se dice en el texto de la misma, se ayude
a contribuir en algo a evitar las tragedias que, como la de
Ruanda, por desgracia se siguen produciendo con demasiada
frecuencia en el conjunto de la comunidad internacional.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Vázquez.

Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Robles Fraga.




El señor ROBLES FRAGA: Gracias, señor Presidente.

Esta proposición no de ley del Grupo Socialista sobre crímenes
contra la humanidad en Ruanda plantea, más allá de la reflexión
sobre el olvido de la ciudadanía cuando pasan los meses y los
años después de una grave tragedia humana, algo yo creo que mucho
más importante, sobre todo en una cámara representativa y capaz
de elaborar e indicar líneas de acción de gobierno, no solamente
para el presente sino también para el futuro. En el curso de los
acontecimientos humanos a veces ocurre que el olvido prevalece
sobre la primera impresión de horror como las vividas por tantos
ciudadanos españoles, europeos y de todo el mundo en la primavera
de 1994. Pero no podemos quedarnos ahí porque hacerlo sería
quedarnos en la mera formulación de los buenos sentimientos, en
la mera formulación del horror, y no seríamos capaces de pasar al
terreno de la acción política y en este caso de la acción en
política exterior. Es verdad que vivimos la formulación de un
nuevo orden mundial convulso, un orden en el que la principal
característica en el área geográfica que nos ocupa es la
desaparición de todo orden, y en el que se refuerza no sólo la
responsabilidad de las organizaciones internacionales a las que
pertenecemos sino el que hemos asumido como país europeo un papel
sumamente destacado especialmente en los últimos meses de la
presidencia española.

Naturalmente que compartimos los principales términos y las
propuestas de la proposición no de ley que estamos discutiendo, y
votaremos a favor, pero permítanme que haga alguna reflexión
sobre determinadas consideraciones que en esa proposición no de
ley se efectúan. Para empezar, es curioso que se base en fuentes
de Amnistía Internacional, en medios políticos de la oposición al
Gobierno británico, incluso en medios de información del Reino
Unido. Es sorprendente que en una proposición no de ley en la que
se insta al Gobierno de la nación española no se cite ni un solo
informe del Gobierno español, ni un solo informe de una
organización no gubernamental española presente en la zona -- y
recuerdo a SS. SS. que hay 15 organizaciones no gubernamentales
presentes tanto en Ruanda como en Zaire y Burundi-- , y es
realmente sorprendente que no se citen ni los informes del
Parlamento Europeo ni el informe del Relator de Naciones Unidas
sobre Derechos Humanos en Ruanda, recientemente aparecido y que
este Diputado se ha molestado en leer. Pasaré por encima del
lenguaje un poco arcaico, convulso, impreciso y a veces
contradictorio cuando se citan fuentes fidedignas recogidas por
Amnistía Internacional o voces críticas que censuran a aquellos
países.

Para mí lo más importante y diría que lo más digno de crítica de
algunas de las consideraciones de esta proposición no de ley es
que se parte de un supuesto equivocado. Se dice que el sentido de
esta iniciativa parlamentaria -- cito textualmente-- es
comprometerse, aunque sea modestamente, a que España tome
medidas. ¿Por qué modestamente? ¿Qué razones hay para que el
papel de un país como España, presente en la zona con 15 ONG,
noveno contribuyente en Naciones Unidas y que ha destinado
importantes fondos públicos a la ayuda humanitaria en Ruanda,
Zaire y Burundi, sea modesto? Se puede hablar, en términos de la
acción de política exterior española, si acaso de desinterés,
cuando no de impotencia o directamente de incapacidad. Y me
quiero referir a las visitas, muy mediatizadas, muy desinformadas
y totalmente inoperantes del Secretario de Estado de Cooperación
Internacional para Iberoamérica, señor Dicenta, y de la
Presidenta de la



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Agencia Española de Cooperación, señora Ruiz-Tagle, a Ruanda y a
otros países de la zona a lo largo de este año, en ejercicio de
sus responsabilidades, en tanto que España presidía la Unión
Europea. En aquellas visitas, que sembraron la desolación entre
los cooperantes españoles que tuvieron la suerte de asistir a
aquellas tertulias alrededor de la piscina del hotel de las Mil
Colinas de Kigali, se demostró una falta de interés no solamente
por la situación de los españoles, sino por que hubiera españoles
que desempeñaran funciones de responsabilidad de las Naciones
Unidas y de la Unión Europea en Ruanda. Y no solamente eso, sino
que había una manifiesta falta de interés por que hubiera más
españoles que pudieran desempeñar funciones de control, de mando
y de responsabilidad sobre la ayuda humanitaria que se estaba
financiando en parte con dinero público español y que respondía a
una demanda unánime, clamorosa y rotunda de la sociedad española.




Es verdad que en los últimos tiempos hemos visto cómo las
contribuciones españolas en organismos internacionales sirven
para colocar a determinadas personas pensando en lo que puede
pasar en las próximas elecciones generales. Pero, desde luego,
desde mi punto de vista y desde el punto de vista de todo partido
de oposición responsable, la acción humanitaria y la acción de
España, la acción del Gobierno español, la política exterior que
tiene que ver con la situación en los países de la zona, en
Ruanda, en Burundi y en Zaire no puede quedar al pairo o a la
espera de que algunos se coloquen, sino que debe permitir que
nuestros cooperantes, nuestros funcionarios y nuestros expertos
ejerzan las funciones que les corresponden, de acuerdo con
nuestra contribución a esas organizaciones, en ese esfuerzo de
ayuda humanitaria. Además, me extraña lo de la modestia, porque
se olvida, repito, no sólo la presencia de 15 organizaciones no
gubernamentales sino de numerosos religiosas y religiosos
españoles sobre el terreno que, desde luego, no hacen una
contribución modesta, aunque sea grande la modestia con que la
ejercen. Y es todavía más sorprendente que a estas alturas no
exista un plan de evacuación de españoles en Ruanda. Después de
lo vivido en el momento de mayor emergencia humanitaria, no
solamente no hay plan de evacuación sino que no hay censo y no
hay comunicación del plan a los españoles afectados.

Termino diciendo que es una iniciativa que se ha quedado -- y ya
sé que no es culpa del grupo proponente-- un poco antigua y, por
tanto, incompleta porque no tiene en cuenta la resolución del
Parlamento Europeo sobre esta situación y tampoco tiene en cuenta
los hechos siguientes, muy recientes, que paso a señalar
brevemente. El 6 de diciembre pasado, el actual Gobierno de
Ruanda expulsó a 38 organizaciones no gubernamentales y amenazó
de expulsión a otras 18; afortunadamente, ninguna española, de
momento. Creo que es importante que se haga mención en mi
intervención a la necesidad de instar al Gobierno español para
que, junto con los demás de la Unión Europea, se interese por la
situación de las organizaciones de ayuda humanitaria que operan
en la zona y muy especialmente ante el Gobierno de Ruanda que,
repito, recientemente ha anunciado la expulsión de 38 de ellas,
lo que sin duda constituye un elemento de gran preocupación por
la situación que sufren las poblaciones víctimas de las
violencias gravísimas de origen étnico y tribal. Creo que es
también necesario e imprescindible que desde esta tribuna
agradezca, en nombre del Grupo Popular -- y sé que con ello
recojo el sentimiento unánime de esta Cámara-- a las quince
organizaciones no gubernamentales y a los religiosos españoles
que trabajan en la zona el esfuerzo que realizan en su tarea de
ayuda humanitaria para paliar y aliviar las dramáticas
consecuencias del odio étnico y tribal en Ruanda. Estoy
convencido de que la acción humanitaria no puede sustituir a la
política exterior y que cuando no hay política exterior sólo
puede haber humanitarismo, con toda sus ventajas y todas sus
consecuencias. Pero un gobierno digno de tal nombre, que ejerce
la potestad máxima y exclusiva en materia de relaciones
exteriores, no puede sustituir con dinero la falta de diplomacia,
y no solamente la opinión pública española sino quienes están en
Ruanda, en Burundi y en Zaire no pueden ser dejados de la mano
del Gobierno y no pueden dejar de obtener la atención y el
interés que da relevancia y sentido a la acción de tantos buenos
y buenas españolas y españoles en la zona.

Nuestro grupo votará a favor de esta proposición no de ley, pero
permítame que inste, por último, al grupo proponente para que
comprenda que la política exterior y la política de ayuda y de
cooperación de España no puede ser un sistema de despojos in
artículo mortis y que la permanencia de los valores y objetivos
de la acción exterior de España va más allá de las citas
electorales y, desde luego, va más allá que las meras operaciones
de imagen o la nueva expresión de buenos sentimientos. Estas
políticas se concretan en acciones rigurosas de promoción de los
intereses y los valores fundamentales de la sociedad y de la
Constitución española y, desde luego, tienen poco que ver con
algunos gestos que desmerecen el valor, el heroísmo y la
generosidad demostrada por tantos españoles y españolas en el
gravísimo, impresionante y dolorosísimo conflicto de Ruanda.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Robles.

Vamos a proceder a la votación de la proposición no de ley, del
Grupo Socialista, relativa a los crímenes contra la humanidad en
Ruanda.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 291; a favor, 289; abstenciones, dos.




Queda aprobada la proposición.




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-- DEL GRUPO POPULAR EN EL CONGRESO, RELATIVA A LA TRANSPARENCIA
DEL RECIBO DE SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA (Número de
expediente 162/000182)



El señor PRESIDENTE: Proposición no de ley, del Grupo Popular,
relativa a la transparencia del recibo del suministro de energía
eléctrica.

Por el Grupo proponente tiene la palabra el señor Gamir. (El
señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor GAMIR CASARES: Señor Presidente, señorías, quiero
empezar por destacar que lo que se busca en esta proposición no
de ley es que se cumpla el artículo 17.6 de la Ley de Ordenación
del Sistema Eléctrico Nacional, de la Losen, relacionado con la
disposición adicional cuarta de dicha ley. ¿Cuál es el contenido
de la suma de este artículo y de esta disposición adicional? El
contenido de la suma de ambos es buscar la transparencia en el
recibo de la luz que recibimos todos en nuestras casas, en el
recibo de la luz que se recibe en las empresas. ¿Qué quiere decir
transparencia? Luz en la luz, luz en el recibo de la luz. ¿Qué es
lo que se pide? Que quede claramente desglosado qué es lo que
estamos pagando. Pagamos el servicio. Aparte del servicio pagamos
unos impuestos. Y aparte pagamos, como dice la disposición
adicional, una serie de costes específicos como consecuencia de
la diversificación de las fuentes de energía y de los objetivos
concretos de la política energética. ¿Cuáles son esos costes
específicos relacionados con dicha diversificación y con dichos
objetivos concretos? La ayuda al carbón, la moratoria nuclear, lo
que nos cuesta, que tiene que ver sin duda con los objetivos
concretos de la política energética, Enresa, Red Eléctrica de
España, la Comisión del Sistema Eléctrico Nacional que, dicho sea
de paso, ha tenido un presupuesto claramente desproporcionado,
casi diría desaforado, en este año, hasta el punto de que la
propia Comisión ha tenido que plantear su reducción para el
próximo año, incluso el conocido plan de investigación, que
también está incluido en la tarifa. Como el recibo de la luz, aun
buscando sin duda la claridad, la transparencia, podría
resultar -- seamos sinceros-- demasiado extenso, nosotros lo que
hemos planteado es que el que lo paga por lo menos conozca de
manera clara qué es lo que abona por el servicio eléctrico, qué
es lo que abona por impuestos, qué es lo que satisface por ayuda
al carbón, cuánto paga por la moratoria nuclear, cuánto paga de
manera desglosada y clara por la Comisión del Sistema Eléctrico
Nacional y cuánto tiene que abonar por lo demás. Aunque figure
englobado, debe quedar claro, que es Enresa, Red Eléctrica de
España, el plan de investigación, el resto de las llamadas, unas,
externalidades y, otros, costes relacionados con los objetivos
concretos de la política energética.

Hay que hacer una brevísima mención y una pincelada, sobre los
antecedentes y sobre la necesidad de cumplir este artículo. La
verdad es que -- dicho sea, como siempre, sin ninguna acritud--
se encuentra una resistencia a la transparencia por parte del
Grupo Parlamentario Socialista en este y en otros casos.

Recordemos la casi rocambolesca situación en que se encontró este
artículo de la Losen. Primero, no venía en el proyecto de ley que
envió el Gobierno a estas Cortes. Fue por una enmienda del Grupo
Parlamentario Popular esta búsqueda de la transparencia. Con este
motivo el Ministro de Industria y Energía se puso a la cabeza de
la manifestación y dijo que la apoyaban claramente él y su grupo.

Después de decir eso, el Grupo Parlamentario Socialista votó en
contra de la transparencia en el recibo eléctrico en la Comisión
del Congreso, en el Pleno del Congreso, en la Comisión del Senado
y solamente al final en el Pleno del Senado cambió su posición.

Opuso mucha resistencia a aceptar la transparencia en el recibo
de la luz. Aún más, por parte de un representante del Grupo
Parlamentario Socialista se dijo desde esta tribuna -- y figurará
en el «Diario de Sesiones»-- , que la aceptaron en el último
trámite del Pleno del Senado porque habían llegado a una enmienda
transaccional. No es cierto. Visto el texto de lo que se aceptó,
es exactamente igual al propuesto en su día por el Grupo
Parlamentario Popular. Esta extraña y rocambolesca resistencia
del Grupo Parlamentario Socialista no sabemos si fue vencida al
final por una serie de artículos que se publicaron antes de la
votación en el Senado preguntándonos si el Ministro de Industria
no quería la luz en el sistema eléctrico.

Ahora parece que se anuncia, se habla, de una resolución de la
Dirección General de Energía en relación con el recibo de la luz.

Muchas veces nos hemos encontrado con que se anuncian normas de
decretos o resoluciones por parte del Grupo Parlamentario
Socialista que luego no aparecen en el «Boletín Oficial del
Estado». Aunque en este caso fuera la excepción y acabase
apareciendo, la verdad es que esta resolución de la Dirección
General de Energía es una especie -- perdón por la expresión-- de
chapuza jurídica. Aquí hay un artículo de una ley. Lo lógico es
desarrollarlo por un decreto. Aquí aparece un texto -- me figuro
que el que tenemos no habrá sufrido sucesivos cambios, si no ya
nos lo aclarará el Grupo Parlamentario Socialista-- en el cual no
se menciona en ningún momento dicho artículo de la Losen. Se
reconoce de manera expresa que eso no se desarrolla. Curiosamente
se aduce una disposición transitoria de la Losen, pero se va por
la vía extrañísima de hablar de normas anteriores a la Losen y de
desarrollar un decreto anterior a la misma, a través, repito, de
una disposición transitoria de la Losen. Por ese camino
extrañísimo, reconociéndose explícitamente el incumplimiento de
este artículo que tanto le costó aceptar al Grupo Parlamentario
Socialista, después de haberle costado tanto no quiere
desarrollarlo y hace una cuarta derivada para, en una maniobra de
desplazamiento y por una pura resolución, plantear un tipo de
tarifa que tampoco en el tema de



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fondo cumple los requisitos de este artículo. En él sólo se
plantea -- en esta curiosa chapuza jurídica-- la moratoria y el
tema del carbón. No se incluye ninguno de los demás costes. No da
ejemplo la Administración de transparencia en lo que más depende
de ella. ¿Y qué es lo que más depende de ella? La Comisión del
Sistema Eléctrico Nacional, en la que -- dicho sea de paso-- no
se nos aceptó una enmienda por la cual el presupuesto de la
Comisión debería haber sido aprobado por esta Cámara, y, además,
no aceptaba los costes de la burocracia más cercana a la misma.

No da ejemplo de transparencia, con lo más cercano a sí misma,
esta curiosa resolución de la Dirección General de la Energía.

La verdad es que la postura del Grupo Parlamentario Socialista
ante esta norma encaja, como antes comenté, en la resistencia a
la transparencia, y no sólo aquí. Pondré otro de los muchos
ejemplos que podríamos analizar: las empresas públicas.

Repetidamente, a lo largo de esta legislatura, el Grupo
Parlamentario Popular ha planteado la necesidad de que las
empresas públicas dieran a este Parlamento la misma información
que las empresas que cotizan en Bolsa dan a la Comisión Nacional
de Valores. Repetidamente -- según consta en el «Diario de
Sesiones»-- los portavoces del Grupo Parlamentario Socialista se
han opuesto, a lo largo de esta legislatura, a esa propuesta de
transparencia en la empresa pública. Y ahora, al final de la
legislatura, en una ley relacionada con el INE, INI y INH, parece
que la pueden aceptar. Sin embargo, dejemos claro que en el
decreto-ley que envió el Gobierno a esta Cámara no figuraba, en
absoluto, la transparencia en la empresa pública. Tuvo que
tramitarse como ley y que a la ley hubiera presentada una
enmienda del Grupo Parlamentario Popular que al final, y también
tras una situación claramente rocambolesca, parece que puede ser
aceptada. Vemos, pues, esta resistencia contumaz a la
transparencia. Hablemos del problema del sistema eléctrico,
hablemos del problema de la empresa pública. Resistencia que sólo
a última hora parece que es vencida y que cuando es vencida lo es
a través de curiosas chapuzas jurídicas, como esta extraña
resolución anunciada de la Dirección General de la Energía.

Sin embargo, la resistencia va más allá. En el fondo la
resistencia es a reglamentar y desarrollar las propias leyes que
aprueba este Parlamento, leyes que provienen de proyectos de ley
del Gobierno. En esta legislatura, en los temas de industria y
energía, se han aprobado dos leyes básicas que necesitan
desarrollo por decreto, desarrollo reglamentario, la Losen y la
Ley de Sociedades de Garantía Recíproca, aunque también se aprobó
alguna otra ley que no necesita desarrollo reglamentario.

Pues bien, cojamos la Ley de Sociedades de Garantía Recíproca,
aprobada a principios de 1994. En ella -- y no sólo en la ley
sino curiosamente en el proyecto de ley que envió el Gobierno a
estas Cortes-- se dice que un año después de la aprobación de la
ley se aprobará por decreto el desarrollo reglamentario de la
misma. Sin embargo, ha pasado mucho más de un año desde la
aprobación por el Parlamento de la ley que regulaba las
sociedades de garantía recíproca y el Gobierno no ha sido capaz
de sacar el decreto que desarrolla la ley, con lo cual está
perjudicando gravemente al mundo de las pequeñas y medianas
empresas para las que tan útil sería una ley de sociedades de
garantía recíproca adecuadamente desarrollada por un decreto.

Quizá por discrepancias internas entre los ministros nos
encontramos con la incapacidad del Gobierno, en algo en que
indudablemente tienen mayoría absoluta, como es el propio
Gobierno, de desarrollar los decretos de las leyes que envía este
Parlamento.

Sin embargo, si el caso de la Ley de Sociedades de Garantía
Recíproca es muy claro, lo es aún más en el tema de la propia
Losen, la Ley de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional. Ya
comentamos cuando se aprobó dicha ley que era tremendamente
discrecional, que remitía al Gobierno el desarrollo de lo que
realmente iba a ser el sistema eléctrico. Contamos hasta más de
30 decretos necesarios para desarrollar la Losen. ¿Y qué ha
ocurrido desde la aprobación de la Losen, que fue el año pasado,
hasta la actualidad? Que el Gobierno no ha sido capaz de aprobar
ninguno de esos decretos, ninguno de ellos. En su momento se nos
anunció que iba a aprobarse el que desarrollaba el órgano
consultivo que plantea la Losen. Nunca ha aparecido ni en el
«Boletín Oficial del Estado», ni sabemos nada de su tramitación.

También se nos anunció que iba a haber un decreto sobre el
sistema independiente. Tampoco lo conocemos. Absolutamente nada
de la Losen ha sido implementado, lo que demuestra esta
incapacidad del Gobierno para poner en ejecución sus propias
normas, y ahora, en este tema de la transparencia, a última hora
lo hacen no por la vía jurídica normal del decreto que desarrolla
reglamentariamente la ley, sino que parece ser que intentan
planteárselo por esta vía curiosa de la resolución que, repito,
tanto por razones de forma como por razones de fondo no es
aceptable.

La pregunta al Grupo Parlamentario Socialista es clara: ¿quieren
la luz en el sector de la luz? Si lo quieren, voten a favor de
esta proposición no de ley. Si no lo quieren, recurran a
resoluciones como la que acabo de comentar. El Grupo
Parlamentario Socialista tiene la palabra y tiene la acción.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gamir.

A la proposición no de ley del Grupo Popular se ha presentado una
enmienda por parte del Grupo Socialista. Para su defensa tiene la
palabra el señor Sáenz Lorenzo.




El señor SAENZ LORENZO: Muchas gracias, señor Presidente.




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Señoras y señores Diputados, señor Gamir, nos alegramos de que su
Grupo apoye el contenido de la Ley del sistema eléctrico
nacional. No la apoyó en su conjunto. Se atribuía el artículo 17.

No es el 17, es el artículo 18.6. Esa ley la sacamos adelante con
el apoyo de Convergència i Unió fundamentalmente, con la
colaboración de todos los grupos, y no quiera usted decir que
alguno de los artículos de esa ley han salido en contra de
nuestra opinión, porque sería tergiversar la verdad.

Desde el principio, cuando S. S. planteó en el debate de la ley
su objetivo de transparencia, ese objetivo fue reafirmado por
nuestro Grupo. Desde el primer momento se le dijo que íbamos a
buscar una solución adecuada a las propuestas que S. S. hizo en
el Congreso, y, efectivamente, a lo largo de la tramitación de la
ley -- que, repito, tuvo mayoría suficiente para sacarla
adelante; por tanto, su resultado no es independiente ni mucho
menos, sino que está en relación directa con la posición de este
Grupo y con la posición del Grupo Catalán de Convergència, que
también apoyó el desarrollo de esta ley-- estuvimos de acuerdo
con que se buscara la máxima transparencia y la máxima
información a los consumidores. Tanto es así que, efectivamente,
esa ley se ha cumplido ya. Su señoría reclama en esta proposición
no de ley que se cumpla el artículo 18 en sus números 5 y 6 de la
Losen. Pues ya se ha cumplido, señor Diputado. La pasada semana -
- y salió en los medios de comunicación-- se aprobó una
resolución de la Dirección General de la Energía del Ministerio
de Industria y Energía en la cual se establecían unos nuevos
modelos de recibo para la facturación de la energía eléctrica,
cuyo objetivo fundamental es que los usuarios tengan el máximo
nivel de información, al mismo tiempo que el cumplimiento de la
ley en su artículo 18, al que nos hemos referido. También se
aprobaron las tarifas para el año que viene. Como sabe
S. S., la aprobación de las tarifas se hace siempre en estas
fechas. Por tanto, no se pueden buscar razones espúreas para el
momento de su aprobación. El momento ha sido el de aprobación de
las tarifas, y junto a la aprobación de las tarifas para el
próximo año -- que, como saben SS. SS., se aprobaron el viernes
pasado con un crecimiento del cero por ciento, con un crecimiento
nulo-- , se aprobó esta resolución que le indico.

Por tanto, no tiene sentido. Yo le invitaría a S. S. a que
retirara la propuesta de resolución. Ya se ha cumplido por parte
del Gobierno. No obstante, nuestro Grupo ha presentado una
enmienda para que no pudiera ocurrir que esta Cámara aprobara una
resolución dirigida al Gobierno, una resolución que el Gobierno
ya ha cumplido y que si es diferente de lo que ha cumplido el
Gobierno, que lo es en algunas matizaciones, no en su
planteamiento general, fuera un mandato para el año que viene,
con lo cual sería un mandato poco oportuno desde el punto de
vista político. Por tanto, nuestro Grupo ha presentado una
enmienda que coincide en las líneas generales con el
planteamiento de transparencia que hacen SS. SS., pero, puesto
que la resolución ya está aprobada, trata de adaptar el mandato
de este Congreso de los Diputados a esa resolución de la
Dirección General de la Energía ya aprobada. Dicha resolución se
ha consultado, ha tenido el trámite de audiencia con las
organizaciones de consumidores, con las asociaciones (Unesa,
Aseme, Cide) se han recibido las sugerencias, se ha incluido
buena parte de las mismas en la resolución definitiva, y dicha
resolución responde objetivamente al contenido exacto de ese
artículo 18.6, que voy a recordar. Dice: Que se determinen los
importes correspondientes al coste del servicio, la imputación de
los costes específicos a los que se refiere la disposición
adicional cuarta y los impuestos que graven el consumo de
electricidad.

Efectivamente se dice que este texto aprobado se desarrolle
reglamentariamente. No ha habido todavía desarrollo reglamentario
de la ley y por eso tiene que basarse, por una parte, en la ley
y, por otra, no en el desarrollo reglamentario de la ley, sino en
el Decreto 2550/1994, posterior a la ley, que se aprobó el 29 de
diciembre del año pasado para fijar las tarifas. Ese decreto,
además de fijar las tarifas para el año 1995, decía que con el
fin de que exista una mayor transparencia en los precios de la
energía eléctrica, se resuelva que, por resolución de la
Dirección General de la Energía, puedan modificarse los modelos
oficiales de los recibos. Es decir, ese decreto posterior a la
ley autorizaba que se pudieran modificar los recibos y, en
cumplimiento de ese decreto y bajo la autorización del mismo, no
del desarrollo reglamentario de la ley, que aún no se ha
producido, es como se realiza esta resolución, que tiene informe
de los servicios jurídicos del Estado, de la asesoría jurídica
del Ministerio y de la Secretaría General Técnica del Ministerio.

Es decir, la introducción se hace de acuerdo con la ley, de
acuerdo con la normativa vigente. No puede usarse el desarrollo
reglamentario, que aún no se ha producido, pero se apoya en la
ley, ya que sí que se cita explícitamente el artículo 18 y se
menciona también el Decreto 2550/1994, que acabo de citar. Lo
tengo aquí y explícitamente se señala esta cuestión.

Por tanto, ¿qué es lo que hace esta resolución? Esta resolución
tiene como objetivo fundamental que los ciudadanos tengan toda la
información respecto a las tarifas eléctricas. En primer lugar,
que sepan cuál es el término de potencia; cuál es la tarifa por
potencia; cuál es la tarifa por consumo; qué es lo que
corresponde a alquileres. Que estén bien diferenciados todos los
términos. Que si tienen tarifas especiales de interrumpibilidad o
de cualquier otro tipo también figuren en el recibo. Que aparte
de esto figuren los impuestos y que además se señale, por una
parte, el porcentaje del recibo que se destina al coste de la
moratoria nuclear y, por otra, el coste de la externalidad
principal, que es la política energética de apoyo al consumo de
carbón nacional y el coste de los servicios, como la ley plantea.

No nos parece oportuno, como hace su propuesta, que pida el coste
del transporte pero no el de la distribución.




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¿Por qué? ¿Porque el transporte lo hace una empresa pública y la
distribución la hacen empresas privadas? No. Hay que plantear el
coste del servicio en su conjunto, que incluye transporte,
incluye distribución e incluye también, lógicamente, el coste de
la Comisión. La Comisión del Sistema Eléctrico Nacional es una
institución que aprobamos con el acuerdo de todos los grupos
justamente para que funcione más adecuadamente el sistema y debe
estar incluida, por tanto, en el coste del servicio. Tiene que
haber un coste del servicio, pero si buscamos que efectivamente
el consumidor esté informado sobre el contenido y que haya la
máxima transparencia, nos parece que lo que no podemos hacer es
lo que tendríamos que hacer según el señor Gamir, que es coger el
artículo 16.1, que tiene seis apartados, y si efectivamente vamos
a incluir el coste de la Comisión, tendríamos que incluir también
específicamente cada uno de los seis apartados del artículo 16.1.

Nos parece que eso no contribuiría a informar al consumidor, sino
a introducir dudas respecto al contenido real de la tarifa. Por
tanto, nosotros pensamos que es más adecuado. Estamos de acuerdo
con el fondo de su propuesta. Estamos totalmente de acuerdo con
la transparencia. Lo hemos estado en el debate de la ley, lo
hemos estado a la hora de aprobar las enmiendas, y a la hora de
votar, lo hemos demostrado con nuestros votos. El acuerdo entre
el Grupo Parlamentario y el Ministro ha sido total a lo largo de
toda la tramitación, y en política la posición se fija con los
votos, señor Gamir, y hemos votado esas propuestas, estamos
totalmente de acuerdo con ellas y el Gobierno ha aprobado una
resolución la semana pasada, justamente en el mismo momento en
que aprobó la nueva tarifa.

En esa resolución se dice que las empresas deben modificar el
contenido de los recibos de la luz y se plantea en ella lo que
deben especificar las compañías. Cada una debe luego plantear a
las compañías distribuidoras cuál es su nuevo modelo de recibo,
que tendrá que ser, lógicamente, mucho más amplio, pero en el que
tampoco se puede meter un exceso de datos que pueda introducir
confusión.

Por tanto, señor Gamir, pensamos que no es necesaria la
proposición no de ley. Ya se ha aprobado esa resolución por parte
del Gobierno, ya se ha cumplido lo que dice la ley. Si usted
quiere, nuestra enmienda conduciría a que, por lo menos, coincida
lo que ha aprobado el Gobierno con la resolución de esta Cámara,
porque si no la resolución de esta Cámara, al menos para este
año, no tendría sentido.

Por tanto, señoras y señores Diputados, sugeriría o que se retire
la propuesta o que se admita la enmienda que propone nuestro
Grupo.

Nada más por mi parte. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Sáenz Lorenzo.

¿Grupos Parlamentarios que quieren fijar su posición en el
debate? (Pausa.) Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió,
tiene la palabra el señor Nadal.




El señor NADAL I MALE: Gracias, señor Presidente.

Señor Gamir, efectivamente, la necesidad de que exista claridad y
transparencia en el recibo de la luz es un tema que todos
aceptamos y que todos hemos planteado desde hace mucho tiempo, y
es bueno que S. S. lo recupere en este escenario para que, de una
forma u otra, se vaya avanzando sobre estos extremos.

Creo que dar la información necesaria y explicar en el recibo de
la luz a qué pertenece o cuáles son los parámetros, los índices o
los porcentajes que afectan a cada una de las cosas es muy
positivo. De una forma u otra, creo que la resolución que plantea
el Ministerio ayuda bastante a que esta transparencia se consiga.

Probablemente no se llegará a obtener o no se obtendrá a los
niveles que usted desea, pero la transparencia sí será
suficiente, como mínimo, durante un período de tiempo.

Yo creo, por otra parte, señor Gamir, que, en aras a conseguir la
unanimidad en esta Cámara o un cierto consenso, sería positivo
que usted aceptara la propuesta que le realiza el Grupo
Socialista. Creo que la cuestión en estos momentos ya no es tanto
el recibo de la luz sino el sistema tarifario español o todo lo
que se plantea alrededor de los precios públicos.

Yo recuerdo que en este Congreso de Diputados y en la Comisión de
Industria, y prácticamente volvemos al inicio de lo establecido
en este Parlamento hace mucho tiempo, se discutieron cuáles eran
las tarifas que afectaban a las autoridades portuarias, a los
diferentes puertos de este país. En la Comisión de Industria se
estableció por parte del Grupo Catalán la necesidad de que las
tarifas portuarias se rebajaran en función de las cuentas de
explotación de los diferentes entes portuarios. Se ha de decir
que en aquel momento el Grupo Socialista en la Comisión se opuso
de una manera tajante a la propuesta y que fue a través de una
iniciativa de Convergència i Unió, apoyada por el Grupo Popular,
como se iniciaron las rebajas en las tarifas portuarias de los
diferentes puertos de España, y hoy no existe presidente de
autoridad portuaria que no salga a la prensa cada día para decir
que en los próximos tiempos se irán rebajando las tarifas.

Pues bien, en el proceso de la energía eléctrica se han
conseguido dos años de congelación de tarifas. No obstante, no
hemos entrado en ninguno de los aspectos esenciales que conforman
los precios de la tarifa afrontándolos con el realismo necesario.

Cada vez que hablamos de la necesidad de que Enresa establezca
con claridad cuáles son los elementos de sus gastos que carga en
el recibo de la luz, nos encontramos con que sí aparecen los
costes de la sociedad pública, pero también es más cierto que no
tenemos el valor suficiente para establecer el consenso necesario
entre todas las fuerzas políticas, como se planteó al principio
de la legislatura,



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para determinar cuál tenía que ser el nuevo sitio donde se
guardaran los residuos nucleares. No ha existido consenso en este
tema y se está cargando el recibo de la luz con un coste
adicional, porque no ha existido el valor político necesario para
determinar el lugar donde se tenían que colocar los residuos
nucleares. Cada vez que, al hablar de la energía nuclear, hemos
planteado la necesidad de continuar con la moratoria o no, las
posiciones del Congreso no han estado del todo claras. Mientras
que el Grupo Socialista dice sí, pero, el Grupo Popular intenta
decir no, pero, y, al final, nos mantenemos en una ambigüedad que
quizás es controlada por uno y otro grupo, pero que incrementa el
valor del coste del recibo. Cada vez que, de una forma u otra, se
habla del endeudamiento de las diferentes compañías eléctricas,
se establece que es un endeudamiento necesario y lógico, pero
nadie ha sido capaz de determinar, por ejemplo, una cosa tan
sencilla como cuál ha sido el valor del endeudamiento en función
de la devaluación de la peseta respecto al marco o a otras de las
monedas en las que existía la deuda contraída.

Todos estos elementos son los que conforman la tarifa y podemos
hablar tantas veces como SS. SS. quieran sobre la transparencia
de la misma, pero creo que sería mucho más elemental y mucho más
importante que, en lugar de la transparencia definitiva, viéramos
cuáles son los elementos necesarios para rebajar el importe de
esta tarifa, como se hizo entre el Grupo Popular y el Grupo de
Convergència i Unió respecto al tema de las tarifas portuarias en
las que, tomando como base el análisis de la cuenta de
explotación del Ente Puertos del Estado, se consiguieron unas
sustanciales rebajas. Entre otras cosas, lo que me parece muy
bien es que, a partir del momento en que la oposición establece
unas rebajas en las tarifas portuarias, el Gobierno se ponga al
frente de la manifestación y, cada año a partir de aquel momento,
las tarifas se vayan rebajando.

Bueno sería, pero quizá ya no estamos a tiempo
-- ahora viene el momento de las eternas lamentaciones de que no
estamos a tiempo-- , hacer un planteamiento de cómo, cuándo y en
base a qué consenso se podría intentar la reducción de las
tarifas eléctricas, y nos contentamos con una lógica normativa de
la Dirección General del Ministerio de Industria en la que se
dice: Señores ciudadanos, van ustedes a pagar esto, esto y esto,
en función de que la transparencia así lo indica. Pero no seremos
capaces de decir: Están ustedes pagando una moratoria nuclear
porque en el Congreso de los Diputados no hemos sido capaces de
ponernos de acuerdo sobre los extremos. No seremos capaces de
decirles, como el señor Gamir pedía, que se incluye el coste que
cargamos al carbón para mantener el servicio y no seremos capaces
de decirles cuáles son las medidas que hemos interpuesto para
rebajar estos costes. En cambio, nos conformaremos -- como un
gran éxito parlamentario-- con que en el recibo de la luz se
incorpore una serie de datos para clarificar la información al
contribuyente. Pues bien, en la próxima legislatura, cuando al
contribuyente le haya llegado el recibo con todas y cada una de
las especificaciones, evidentemente, lo primero que va a demandar
es cómo se rebaja la moratoria, cómo se rebaja el coste del
carbón, cómo se rebaja el coste de Enresa y cómo se rebaja el
coste de la energía. En todo caso, tendremos que admitir que no
es mucho éxito que al final de la legislatura nos conformemos con
aclarar el recibo de la luz.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Nadal.

Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra la
señora Urán.




La señora URAN GONZALEZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya va a apoyar favorablemente la
proposición no de ley presentada por el Grupo Popular, porque
consideramos que es necesaria la clarificación para los usuarios
de la tarifa eléctrica, algo que, como se ha dicho desde esta
tribuna, se ha venido demandando asiduamente por todos los grupos
de la Cámara como una necesidad de información a los usuarios y,
además, como una necesidad para que sepamos exactamente qué
sobrecostes de externalidades reales estamos soportando los
consumidores en la tarifa eléctrica.

Es cierto que, como ha dicho el portavoz del Grupo Socialista, el
Gobierno ha aprobado una resolución; pero yo, desde luego, no
comparto que nos tengamos que circunscribir sólo y exclusivamente
a la resolución aprobada por el Gobierno, sino que podemos ir más
allá, por lo que adelanto la posición de nuestro Grupo en cuanto
a la enmienda del Grupo Socialista, formulada al segundo guión de
la proposición no de ley, proponiendo que se suprima que se deba
de especificar en el recibo de la luz el porcentaje que
corresponde a la empresa pública Enresa y a Red Eléctrica de
España, entre otras cosas, porque yo creo que los ciudadanos y
ciudadanas, los consumidores en definitiva, deben de saber qué es
lo que nos cuesta la gestión de la segunda parte del ciclo de
combustible nuclear. Es más, podríamos ir a un recibo en el que
quizás, en estos momentos, todavía los usuarios no estarían
suficientemente preparados como para poder asumir ese tipo de
información. No estaría de más, por ejemplo, que también en el
recibo de la luz se nos pudiera decir de qué manera influyen en
la tarifa todas aquellas inversiones que se están haciendo en
centrales nucleares en estos momentos para tenerlas en
funcionamiento y que están repercutiendo en la tarifa de los
usuarios. Podríamos, por qué no, introducir en el recibo del
consumo energético el porcentaje que va destinado a investigación



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y desarrollo, y podríamos introducir posiblemente muchas más
cosas de las que hasta ahora incluso la propia proposición no de
ley plantea.

Creemos que es importante que se inicie este camino; que lo haya
iniciado ya el Gobierno nos parece que, entre otras cosas, era lo
que le correspondía y, posiblemente, lo hubiera tenido que hacer
antes, pero no creo que esta Cámara, en consecuencia, tenga por
qué circunscribirse sólo y exclusivamente a la resolución del
Gobierno, y si el Gobierno ya ha resuelto para el año que viene
la subida de las tarifas eléctricas, esta resolución puede servir
para que en la próxima resolución se puedan ir incrementando las
informaciones que se transmiten a los usuarios, entre otras cosas
porque podemos utilizar esa información desde los diferentes
grupos parlamentarios en función de nuestros objetivos sobre la
tarifa eléctrica y sobre aquello que consideramos que debe de
repercutir o no. Pero creo que, para que realmente haya ese
debate en la sociedad y podamos generar que la sociedad discuta
si la moratoria nuclear tiene que costearse sólo y exclusivamente
por los abonados, si sólo y exclusivamente por los abonados se
tiene que costear precisamente que se haga la gestión de la
segunda parte del ciclo de combustible nuclear, tendremos,
primero, que facilitar al usuario la información de qué es, de
cómo le está repercutiendo en su tarifa, de cuáles son las
motivaciones y de cómo podemos solucionar toda esta problemática.

Es cierto que quizás haya faltado en esta Cámara un debate sobre
la tarifa eléctrica y sobre qué es aquello que debe de figurar en
la tarifa eléctrica; posiblemente habría que haberlo hecho con
más profundidad, pero yo creo que esto supone un paso hacia
adelante y, por tanto, el Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya va a votar
favorablemente la proposición no de ley y, desde luego,
esperaremos a ver las enmiendas que acepta el Grupo Parlamentario
Popular, para, en caso de que las enmiendas que acepte no sean
las que a nosotros nos parecen las convenientes, reservarnos el
derecho a cambiar de posición y de voto.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Urán.

El señor Gamir tiene la palabra para indicar si acepta o no la
enmienda presentada por el Grupo Socialista a la iniciativa que
ha defendido su señoría.




El señor GAMIR CASARES: Señor Presidente, señorías, aceptando que
la resolución es un paso adelante en relación con la situación
anterior, sin embargo, no podemos aceptar la enmienda que propone
el Grupo Parlamentario Socialista por las razones que muy
esquemáticamente voy a exponer.

En primer lugar, considero que es un puro desliz decir que ya
estaba resuelto el problema cuando una resolución no está
publicada en el «BOE», porque caeríamos, ya que el Grupo
Parlamentario Socialista considera resuelto un problema mediante
una resolución no aprobada, en las resoluciones secretas, no
hechas públicas, y, por tanto, supongo que es un puro desliz
decir que ya estaba resuelto o, simplemente, mencionada en prensa
la resolución. Hasta que no está en el «BOE», no está en el mundo
jurídico, como es lógico; luego no está resuelto.

Aparte de ello, indudablemente, plantea un paso insuficiente; y
al plantear un paso insuficiente, si votáramos a favor, parecería
que quedaba satisfecho el desarrollo del artículo 18.6 y la
disposición adicional cuarta con ese paso, siendo insuficiente,
porque sólo plantea la clarificación en cuanto a los costes
relacionados con la moratoria nuclear y con la ayuda al carbón,
pero no los otros, que son precisamente en los que el Gobierno
debería dar más ejemplo porque son de organismos que dependen del
Gobierno, aunque de algunos fuera de forma separada y de otros de
forma englobada. Por eso votar a favor parecería como si nos
conformáramos con algo que la propia disposición dice, que no
desarrolla el artículo de la Losen y que es un simplemente el
desarrollo de un decreto posterior. Por ello, porque creemos que
la transparencia debe ir más lejos, es por lo que, aceptando que
pueda ser un primer paso, nos parecería contradictorio aceptar la
enmienda, y preferimos que se apruebe el texto tal como estaba
planteado, que se presente a esta Cámara el texto tal como está
planteado por el Grupo Parlamentario Popular.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gamir.

Vamos a pasar a la votación correspondiente. (El señor Presidente
ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votación relativa a la proposición no de ley
del Grupo Popular, sobre la transparencia del recibo de
suministro de energía eléctrica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 285; a favor, 141; en contra, 144.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la proposición no de ley.




MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES:



-- DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, SOBRE POLITICA
GENERAL DE CONSUMO Y MEDIDAS LEGISLATIVAS, ADMINISTRATIVAS,
ECONOMICAS Y POLITICAS A ADOPTAR PARA CONSEGUIR LA HOMOLOGACION
DE NUESTRO SISTEMA DE PROTECCION AL CONSUMIDOR CON EL DE LOS
PAISES DE NUESTRO ENTORNO (Número de expediente 173/000106)



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El señor PRESIDENTE: Punto tercero del orden del día: mociones
consecuencia de interpelaciones urgentes. Moción del Grupo
Popular subsiguiente a interpelación, sobre política general de
consumo y medidas legislativas, administrativas, económicas y
políticas a adoptar para conseguir la homologación de nuestro
sistema de protección al consumidor con el de los países de
nuestro entorno.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Burgos.




El señor BURGOS GALLEGO: Gracias, señor Presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Popular presenta hoy esta
moción, consecuencia de la interpelación que debatimos el pasado
14 de diciembre, con la intención no de hacer un análisis de
propuestas exhaustivo sobre las deficiencias de nuestro sistema
de relaciones de consumo, sino de hacer una aportación sincera y
sólida a la mejora del mismo.

Presentamos, por tanto, propuestas concretas, factibles,
realistas, pero entendemos que fundamentales para dar un paso más
en la configuración de ese sistema de relaciones de consumo. No
pretendemos ser exhaustivos. Nos consta que hay muchos otros
temas que podrían ser objeto de tratamiento en esta moción, pero
hemos querido definir algunos de ellos que nos permitan
consolidar los pasos que vamos dando y no dar saltos en el vacío.

La primera de las propuestas que contiene esta moción hace
referencia a la necesidad, imperiosa y urgente, de desarrollar
las previsiones contenidas en la Ley General para la Defensa de
los Consumidores y Usuarios, de tal manera que se incorporen las
nuevas orientaciones de la Unión Europea.

Ya en la interpelación de la pasada semana pusimos de manifiesto
el cúmulo de cuestiones contenidas en esa ley que, después de
once años de su puesta en vigor, no han sido objeto de desarrollo
reglamentario. La necesidad de una ley modernizada y adaptada a
las nuevas exigencias del mercado europeo, a la nueva ciudadanía
europea, nos supone en estos momentos un reto imprescindible.

Es necesario proceder con urgencia al desarrollo reglamentario de
esta ley en lo que afecta, por ejemplo, a las cláusulas abusivas
de los contratos; al régimen de garantías postventa; a la
regulación de las oficinas de información al consumidor de
titularidad privada; a la falta de desarrollo reglamentario de la
obligación de la Administración de facilitar a los consumidores
información sobre sanciones firmes; a la ausencia de
reconocimiento oficial de los ensayos o los análisis comparativos
de bienes o servicios; al reconocimiento del derecho al acceso a
los medios de comunicación de titularidad pública; a la
regulación del derecho de audiencia y representación de las
asociaciones de consumidores y usuarios; o cuestiones como el
seguro o el Fondo de Garantía ante reclamaciones que puedan
realizar los propios usuarios; aspectos de esta ley que, como
decía, son susceptibles de reglamentación y que el Gobierno no ha
procedido a desarrollar en los ya más de once años de vigencia de
la misma.

El segundo de los aspectos que consideramos fundamental es el que
hace referencia a la necesidad de incorporar urgentemente a
nuestro ordenamiento jurídico aquellas directivas europeas cuyo
plazo de trasposición ha sido ya cumplidamente superado.

Algunos temas, como pueden ser los que hacen referencia a las
cláusulas abusivas de los contratos objeto de la Directiva de la
Unión Europea 93/113; o la conocida vulgarmente como
multipropiedad, contratos de adquisición del derecho de
utilización de inmuebles en régimen de tiempo compartido,
Directiva 94/47, son dos claros ejemplos de hasta qué punto
nuestro país no solamente mantiene una actitud de retraso
conforme al desarrollo de su propia legislación, sino que se
retrasa mucho más allá de lo aceptable en la trasposición de
directivas elaboradas por la Unión Europea.

A nosotros nos gustaría que fuéramos un poco más allá y que
fuéramos capaces de anticiparnos a esa regulación europea con
nuestra propia personalidad, con un ordenamiento en materia de
consumo con personalidad propia en el Estado español; políticas
con personalidad propia anticipándonos a la puesta en vigor de la
directiva de contratos regulados a distancia, de la directiva
sobre servicios defectuosos, o de la propia directiva sobre
publicidad del tabaco.

Es importante que España dé pasos, no solamente a remolque de lo
que la Unión Europea establece, sino también asumiendo nuestros
propios compromisos desde el punto de vista nacional, tratando de
poner coto a muchos desmanes, a muchas irregularidades, a muchos
fraudes que se están produciendo en estos momentos en nuestro
mecanismo de relaciones de consumo.

El tercero de los aspectos que contempla nuestra moción hace
referencia a la necesidad de desarrollar con urgencia en toda la
geografía nacional, sin exclusiones, sin discriminaciones por
razones de nacimiento en unos municipios o en unas comunidades
autónomas, un sistema integrado de información al consumidor y de
acceso al sistema de arbitraje de consumo mediante las oportunas
disposiciones organizativas, mediante las oportunas disposiciones
económicas.

Hay que decir que no todos los consumidores en nuestro país
tienen en este momento los mismos derechos, que no todos los
consumidores en nuestro país tienen acceso a los mismos
servicios. Si entendemos los derechos de los consumidores como
unos derechos políticos en todo el sentido de la palabra, tenemos
que profundizar en la configuración de un sistema homogéneo en el
territorio nacional, donde los derechos positivos de los
ciudadanos sean avalados por las administraciones públicas y esos
servicios nos sean prestados con discrecionalidad o como una
concesión graciosa de esas administraciones.

Esto es especialmente válido, especialmente importante en los
temas que hacen referencia a la información



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al consumidor o a la propia posibilidad que éste tiene de acceder
a ese sistema de arbitraje de consumo.

La exigencia de esta moción hace referencia a las dificultades
objetivas que tienen ahora muchos municipios para mantener esos
servicios de información al consumidor, una vez que la
Administración central ha suprimido las ayudas a las
corporaciones locales, que venía desarrollando en materia de
información y de arbitraje de consumo, en cooperación con las
comunidades autónomas.

A una respuesta parlamentaria de este Diputado en relación con
este problema, el Gobierno respondía algo tan peregrino como lo
siguiente: Los representantes de las comunidades autónomas han
cuestionado la eficacia de este instrumento de colaboración, ya
que las cantidades resultantes para cada una de las comunidades
autónomas son muy reducidas. Evidentemente, lo que las
comunidades autónomas pedían era que se incrementaran las ayudas
para la consolidación de este sistema. Pues bien, la medida que
adopta el Gobierno de la nación no es incrementar esa ayudas,
sino simple y llanamente, como consecuencia de estas críticas,
para 1995 no se incluye ninguna partida. Curiosa manera de
entender la coordinación y la colaboración institucional.

En cuarto lugar, la moción busca adoptar las disposiciones
oportunas para garantizar la previsión legislativa que establece
que las asociaciones de consumidores tendrán acceso y
participación en programas y espacios no publicitarios dedicados
a la educación e información al consumidor en los medios de
comunicación social de titularidad pública, al menos de ámbito
estatal. Esta previsión del artículo 17 de la Ley general,
después de once años no se ha cumplido en absoluto. Poco podemos
hablar de una política de apoyo a los consumidores, de una
política decidida de información, de una política de respaldo al
movimiento asociativo si algo tan importante para esa información
al consumidor, como es la disponibilidad de los medios de
comunicación sociales de titularidad pública no está al alcance
real de estas asociaciones de consumidores, como la propia ley
establecía.

Elaborar, además, un programa específico -- y quiero recalcar lo
de específico-- atendiendo precisamente a los mandatos, a los
requerimientos del programa trienal de la Unión Europea 92-95,
para aquellos sectores de consumidores que están sometidos a una
especial desprotección como es la tercera edad, los niños, o los
minusválidos. Por encima de acciones esporádicas o deslabazadas,
hay que elaborar un auténtico programa específico, sólido,
coherente, en cooperación con todas las instancias que tienen
competencias en materia de consumo.

Para terminar, el último punto, para nosotros importante y en el
que se ha avanzado poco en estos últimos años, es el acceso a la
justicia. Queremos que se refuercen los mecanismos para
conseguir, tanto de la judicatura, como de la abogacía, una mayor
sensibilidad, una mayor formación, un mayor compromiso de
conocimiento de los problemas reales de consumo de nuestro país.

Pretendemos que a través de los consiguientes convenios o de la
acción real y motora de la propia Administración, se convenga con
los órganos representativos de la judicatura, con el Consejo
General del Poder Judicial y con los colegios representantes de
la abogacía, una mayor profundización en el conocimiento de estos
problemas.

Creemos que con estos seis aspectos esta Cámara puede dar un
nuevo impulso, un importante paso adelante en la configuración de
ese nuevo sistema de relaciones de consumo del que tan
necesitados están todos los consumidores europeos, pero
especialmente los consumidores españoles, por haber sido, tal
vez, los que con más tardanza nos hemos incorporado a un mercado
abierto, a un mercado fuerte, a un mercado importante, pero
también a un mercado que provoca grandes distorsiones para los
usuarios últimos de los bienes y servicios.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Burgos.

Por el Grupo Socialista se ha presentado una enmienda a esta
moción. Para su defensa y para fijar la posición del grupo, tiene
la palabra la señora Novoa.




La señora NOVOA CARCACIA: Gracias, señor Presidente.

Señor Burgos, no puedo coincidir con la valoración que hace de
nuestra política de consumo, que subyace en su intervención de
esta tarde y en la efectuada por usted en el debate celebrado la
semana pasada con relación a la interpelación que ha dado origen
a la moción que hoy debatimos. Yo no hago esa valoración
catastrofista porque creo que no se ajusta a la realidad, aunque
también entiendo que nuestros papeles políticos son muy
distintos. Es cierto que ésta es una materia en la que no se
puede hacer triunfalismo porque todo lo que se haga nos parecerá
siempre insuficiente.

El Grupo Parlamentario Socialista presenta una enmienda a esta
moción con el claro objetivo de que, por parte de esta Cámara, se
alcance una votación unánime en una materia en la que la
controversia política favorece poco a los interesados últimos,
que somos todos en cuanto que consumidores y usuarios.

Nuestra Constitución, con un evidente acierto, contempla en su
Título I relativo a los derechos y deberes fundamentales, una
materia, la defensa del consumidor, que nunca había sido abordada
por nuestros textos constitucionales. La ley 26/1984, de 19 de
julio, vino a desarrollar ese mandato constitucional,
instrumentando los mecanismos necesarios para hacer eficaz la
defensa del consumidor. Esta ley, antes de iniciar su trámite
parlamentario, fue altamente consultada con las comunidades
autónomas. asociaciones de consumidores y sectores industriales y
comerciales, y ya en su trámite parlamentario el rasgo que mejor
la definió fue el



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del debate sosegado. Ese debate sosegado permitió, en su día, que
se incorporaran al texto cerca de 200 enmiendas presentadas tanto
en el Congreso como en el Senado.

Este es el espíritu con el que también hoy, sin duda, presenta
esta moción el Grupo Parlamentario Popular, y desde luego lo es
el del Grupo Parlamentario Socialista al presentar la enmienda
que paso a defender.

En relación con el primer punto de la moción del Grupo
Parlamentario Popular, hemos presentado un texto de sustitución.

He de indicar, en primer lugar, señor Presidente, que he
apreciado un error mecanográfico en el inicio de la cuarta línea
puesto que en lugar de «económico» debe decir «armónico»; es
decir «criterios armónicos para el desarrollo de la Ley General
para la Defensa de los Consumidores y Usuarios en aquellos
aspectos pendientes de regulación».

Hecha esta aclaración, he de decir que el texto de sustitución
que proponemos introduce modificaciones en la línea de que su
formulación contemple la competencia legislativa y de desarrollo
normativo que tienen asumidas las comunidades autónomas. Señor
Burgos, desde la aprobación de la ley 9/1992, de 23 de diciembre,
el Estado carece de título competencial para el desarrollo
legislativo en materia de consumo, salvo en lo relativo a las
condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los
españoles en el ejercicio de los derechos y en cumplimiento de
los deberes constitucionales contemplados en el artículo 149.1,
1.ª, 6.ª y 8.ª. Por ello, nos parece que la fórmula y el
procedimiento que mi Grupo Parlamentario propone para desarrollar
aquellos aspectos pendientes de regulación de la Ley General para
la Defensa de los Consumidores y Usuarios se ajusta más a nuestro
ordenamiento administrativo.

A los puntos segundo y tercero de la moción del Grupo Popular no
hemos presentado enmienda alguna puesto que los aceptamos en sus
propios términos en claro gesto de nuestra voluntad de alcanzar
un entendimiento, si bien he de decir que, con relación a la
trasposición a nuestro ordenamiento jurídico de las directivas de
la Unión Europea, de las cinco aún pendientes, cuatro se
encuentran en un trámite muy avanzado y la quinta tiene su plazo
de vencimiento el 29 de abril de 1997.

Con relación al punto tercero de la moción, al que, como he
indicado, no presentamos enmienda, quiero señalar que el
Instituto Nacional de Consumo acordó con las comunidades
autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias los
criterios conforme a los cuales debía diseñarse el mapa nacional
de implantación del sistema de arbitraje del consumo. A partir de
este momento, señor Burgos, son las comunidades autónomas, de
forma coordinada con los ayuntamientos y, en su caso, con las
diputaciones, las responsables de la constitución de las juntas
arbitrales. No obstante, he de decir que en el momento actual
están constituidas todas las juntas arbitrales de ámbito
autonómico, salvo la de Cantabria, y en el ámbito municipal están
53 en pleno funcionamiento, lo que equivale a un 80 por ciento de
las previstas inicialmente. Respecto al desarrollo del sistema
integrado de información al consumidor, debo decir igualmente que
en la actualidad funcionan más de 700 oficinas municipales de
información al consumidor.

En relación al punto quinto, presentamos igualmente una enmienda
con la intención, nuevamente, de ajustarnos a la distribución
competencial, así como de reconocer que en la dirección que marca
la iniciativa del Grupo proponente ya está trabajando el Gobierno
desde distintos ámbitos. Coincidimos con el Grupo Parlamentario
Popular, autor de esta iniciativa, en la necesidad que tienen
determinados colectivos, como tercera edad, minusválidos e
infancia, de una protección específica, y todo lo que se haga en
esta dirección será importante y necesario.

Finalmente, presentamos también una enmienda al punto sexto de la
moción del Grupo Parlamentario Popular, en la que expresamos la
necesidad de establecer mecanismos que potencien la formación de
los jueces y magistrados en materia de consumo, coincidiendo en
este planteamiento en lo fundamental con lo que el punto sexto de
la moción pretende. No obstante, suprimimos la referencia a la
creación de figuras específicas en materia de consumo o de
reformas procesales, por entender que ello vendría a ampliar la
ya de por sí amplia relación de procesos especiales. A nuestro
juicio, el objetivo que cualquier reforma procesal debe perseguir
es precisamente el de reducir y simplificar los procesos.

Esta es, pues, la posición de mi Grupo Parlamentario que espero,
como decía al principio de mi intervención, que satisfaga al
Grupo Parlamentario Popular y a los demás grupos de la Cámara, de
forma que podamos conseguir un amplio apoyo a esta iniciativa,
relativa a un tema que nos interesa y nos afecta a todos. Esta
es, al menos, la voluntad del Grupo Parlamentario Socialista.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Novoa.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

Coalición Canaria ha venido prestando siempre una gran atención
al problema de la defensa de los consumidores y usuarios. Cuando
se aprobó la Ley en 1984, insistimos -- lo hicimos a lo largo de
varias legislaturas-- en que se desarrollaran reglamentariamente
una serie de aspectos que se contemplaban de modo imperativo en
aquella ley.

Las dificultades que se hayan podido encontrar en determinados
contenciosos entre el Ministerio de Sanidad



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y Consumo y las consejerías de las respectivas comunidades
autónomas competentes en materia de consumo y de defensa de los
consumidores, no son óbice para que nosotros, una vez más aquí, y
en nombre de Coalición Canaria, defendamos el interés de que haya
preceptos reglamentarios que corresponden a la esfera de la
Administración General del Estado para que se desarrollen así,
sin perjuicio ni menoscabo de las competencias estatutarias que
tienen señaladas las comunidades autónomas. Por eso, la moción
que ha presentado el Grupo parlamentario Popular nos parece
interesante y nosotros la apoyamos, así como las enmiendas -- muy
razonablemente expuestas por el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista-- que se refieren a la conferencia sectorial del
consumo -- nos parece muy atinada esa referencia-- y el propio
texto de la moción.

Nosotros no tenemos más que mostrar nuestro apoyo a las mismas
como una voluntad de defensa del eslabón más débil de la cadena
comercial, que son los consumidores y usuarios porque, aunque
éstos tienen asociaciones y entidades que les defienden, nos
percatamos de que hay una mejor organización a veces bajo la
figura del lobby que a través de las Cámaras de Comercio, de las
asociaciones de pequeños comerciantes o de grandes superficies
comerciales, ya que tienen más capacidad de influir en decisiones
administrativa y en la opinión pública. Ello es así porque tienen
grandes recursos económicos y posibilidades de acceso a los
medios informativos para crear una opinión más favorable a los
intereses económicos de estos grupos, legítimos por otro lado,
pero que no tienen el contrapunto de basarse más en la defensa de
los consumidores. De aquí que nazca la tendencia de la Unión
Europea, expresada muchas veces a través de directivas, a la
defensa de intereses de todo orden: económicos, sanitarios y
sociales de los consumidores y usuarios de los productos
habituales de consumo, desde cualquier conserva alimenticia hasta
una póliza de seguros.

Hay que reconocer también -- y es la única ausencia que notábamos
en el texto del Grupo Parlamentario Popular-- que su apartado
seis habla de tener contactos oportunos con representantes de la
judicatura y la abogacía, pero sería conveniente conseguir
asimismo el contacto fundamental con las asociaciones de
consumidores y usuarios. Sin entrar en el análisis de quién ha
sido el promotor, es muy oportuna aquí la referencia que hace el
Grupo Parlamentario Popular en el punto primero de su moción
sobre el desarrollo reglamentario de la Ley General para la
Defensa de los Consumidores y Usuarios, sobre todo si se hace en
el ámbito de la conferencia, sectorial del consumo, tanto en las
competencias reservadas a la Administración Central del Estado
como en aquellas que tienen las comunidades autónomas, de las que
nosotros somos defensores, y los ayuntamientos, con el fin de
prestar una especial atención a que se desarrollen reglamentos en
cada uno de los niveles territoriales -- ya que son muy
necesarios, como bien apunta el Grupo Parlamentario proponente--
para incluir en el sistema de consultas a las asociaciones de
consumidores y usuarios. Es fundamental en este momento en España
amparar reglamentariamente y reconocer a las asociaciones de
consumidores y usuarios. Si el Grupo proponente acepta las
enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, nosotros también
las votaremos favorablemente.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Catalán (Convergencia i Unió), tiene la palabra el
señor Turell.




El señor TURELL I CABRINETY: Señor Presidente, señorías, en
primer lugar, quería dar testimonio de que es para mí un honor
poder dirigirme por primera vez a tan cualificado auditorio como
es el que estas Cortes representan.

El Acta Unica Europea incluyó por primera vez en el Tratado de
Roma el objetivo de la protección de los consumidores, limitado a
todas aquellas medidas que en el marco del proceso de realización
del mercado interior pudieran tener una incidencia en el ámbito
del consumo.

En efecto, establecía que la Comisión, en las propuestas para la
consecución del mercado interior, se basaría en un nivel elevado
de protección a los consumidores. Esta innovación permitió a la
Comunidad iniciar numerosas medidas en distintos ámbitos: la
protección de la salud y la seguridad de los consumidores, la
información de los consumidores, la reglamentación de ciertas
prácticas comerciales que afectan a los consumidores.

El Tratado de Maastricht o el Tratado de la Unión fue más
adelante y amplió notoriamente los instrumentos de la Comunidad
para conseguir una mejor protección de los consumidores. A tal
efecto, la Unión pudo desplegar acciones específicas con la doble
finalidad siguiente: dar apoyo y completar la política llevada a
término por los Estados miembros, con el objetivo de obtener la
salud, la seguridad y los intereses económicos de los
consumidores; asegurar una información adecuada a los
consumidores.

Referido a la primera acción, el Tratado de la Unión reiteró lo
que se preveía con anterioridad, es decir, la Comisión de las
Comunidades Europeas había de establecer una protección elevada
de los consumidores en todas las propuestas relativas a la
consecución del mercado interior que presentasen al Consejo de
Ministros -- artículo 100 a) del Tratado de Roma-- en relación
con las acciones específicas que se adoptarán por el Consejo de
Ministros, siguiendo el proceso de codecisión, por el Parlamento
Europeo y con la consulta previa al Comité Económico y Social.

Pasados unos años, y en el marco de la declaración común,
Parlamento Europeo y Comisión, sobre el programa legislativo y
otras actividades para 1995, en el



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capítulo concreto de política de consumidores se dice que la
intensificación de las medidas de información y sensibilización,
la mejora de la representación de los consumidores y la
preparación de un nuevo plan de acción, 1996-1998, serán las
prioridades de la acción de la Comisión en lo que respecta a la
política de los consumidores.

Había unas iniciativas y propuestas legislativas, surgidas del
Libro Verde de la Comisión, como eran: sobre el acceso de los
consumidores a la justicia y a la solución de litigios de consumo
en el mercado único; sobre las garantías de los bienes de consumo
y su seguimiento postventa; introducir una mayor claridad,
simplificación y transparencia en materia de etiquetado de los
productos alimentarios, así como la indicación de los precios de
los productos.

Hay también unas importantes propuestas pendientes: modificar la
directiva sobre la protección de los consumidores en materia de
contratos negociados a distancia; modificar la directiva sobre la
publicidad comparativa, por lo que se modifica la Directiva
84/450 CE, sobre la publicidad engañosa. Había, finalmente, una
apertura de debates: preparación, tras ampliar consultas, de un
nuevo plan de acción de la Comisión para la política de los
consumidores, 1996-1998.

Toda esta relación, que es la política comunitaria de cara a los
consumidores, la he querido exponer aquí para que se viera que,
de alguna manera, la moción del Grupo Popular es muy acertada,
así como también son acertadas las enmiendas presentadas por el
Grupo Socialista, pero hay que tener en cuenta que en Cataluña se
ha seguido una línea de actuación en el ámbito de consumo que se
adapta a las exigencias comunitarias y que algunas o casi la
totalidad de las cosas que se han expuesto en la moción o en las
enmiendas están contempladas y en proceso de verificación por
parte de la Unión Europea. La creación de la Agencia de
Información Europea sobre el Consumo, en Barcelona, el 7 de
noviembre de 1991, con el soporte de la Comisión Europea y con la
colaboración de la Generalidad de Cataluña, a través del Institut
Catalá de Consum, es una muestra.

Nuestro Grupo, teniendo en cuenta todo lo que anteriormente he
dicho, si las enmiendas presentadas por el Grupo Socialista a la
moción del Grupo Popular son aprobadas, aprobará también la
moción del Grupo Popular.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Turell.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene
la palabra el señor Vázquez.




El señor VAZQUEZ ROMERO: Gracias, señor Presidente.

La pasada semana, al fijar la posición de mi Grupo a la
interpelación presentada por el Grupo Popular, decíamos que dicha
interpelación era oportuna y que suscitaba un debate importante
para la sociedad española. Le pedíamos en aquel debate al
portavoz del Grupo Popular que fuera capaz de presentar una
moción que resultara aceptable por todos. Creo que ese objetivo
también se ha cumplido y que la moción que hoy nos ha presentado,
en su conjunto, es aceptable para mi Grupo y, por lo oído hasta
ahora, para la totalidad de los grupos de la Cámara. Si bien es
cierto que las enmiendas que ha presentado el Grupo Socialista a
los puntos 1, 5 y 6 mejoran la redacción del texto del Grupo
Popular y aclaran la competencia legislativa de las comunidades
autónomas. Por ello, si el Grupo Popular las acepta, mejorará
sustancialmente el conjunto de la moción y será más fácil de
votar por parte de todos.

Unicamente queríamos manifestar que en el punto 2 de la moción,
cuando se habla de la trasposición urgente a nuestro ordenamiento
jurídico de las directivas de la Unión Europea, ya señalábamos la
pasada semana que en el «ranking» de incumplidores de
trasposición de directivas estábamos bien y mal situados; éramos
los más incumplidores, aunque bien es cierto que el número de
directivas por trasponer era escaso: de una cifra de 50 en aquel
listado de 1994 únicamente faltaban nueve por trasponer, y en el
transcurso de este año algunas de ellas ya lo han sido. Por
tanto, actualmente son cinco las que quedan por trasponer, todas
ellas de enorme importancia.

En el tercer punto, que es una de las partes más interesantes, se
pide que haya un sistema integrado de información al consumidor.

Decía la portavoz del Grupo Socialista que hay más de 700
oficinas a lo largo y ancho de la geografía española. Aun siendo
cierto, no lo es menos que el nivel de información es heterogéneo
en nuestro país y, por tanto, el nivel de acceso al cumplimiento
de lo que son derechos de los consumidores y usuarios también es
heterogéneo. Nos parece muy interesante y desearíamos que con la
mayor rapidez posible se pudiera conseguir ese sistema integrado
de información.

El último punto que vamos a comentar es el cuarto. Se refiere al
acceso de las asociaciones de consumidores a los medios de
comunicación con el fin de participar en programas, que deberían
ser emitidos a horas adecuadas. Eso está contenido en la Ley
General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, pero nos
parece que es la parte central del tema que nos ocupa. A través
de la Administración pública, a través de los medios de
comunicación, con la participación de las organizaciones de
consumidores y usuarios, el objetivo debe ser conseguir
ciudadanos formados e informados, es decir, autónomos en la
elaboración de sus preferencias, siendo críticos ante su propia
capacidad de consumo y, por tanto, más libres.

El objetivo lo compartimos y esperemos que el instrumento sea
útil, que no se quede todo en buenas palabras y que, finalmente,
se dote a las asociaciones de usuarios y consumidores de los
medios adecuados para poder hacer buenas campañas de información
y de



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formación a través de los medios de comunicación, porque nos
parece que es la mejor vía para conseguir ese objetivo a que
antes me refería.

Acabo, señor Presidente, como decía al principio, señalando que
la moción en su conjunto es aceptable por nuestro Grupo; que las
enmiendas presentadas por el Grupo Socialista mejoran y concretan
algún punto y, por tanto, si el grupo proponente las acepta
nosotros, con mucho gusto, las votaríamos favorablemente.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Vázquez.

Por el grupo proponente tiene la palabra el señor Burgos, para
expresar la aceptación o rechazo de las enmiendas presentadas por
el Grupo Socialista.




El señor BURGOS GALLEGO: Gracias, señor Presidente.

Mi Grupo piensa que el consenso, cuando no supone renuncia a las
propias convicciones, es positivo, incluso deseable. Con ese
espíritu nosotros estaríamos dispuestos a aceptar la primera de
las enmiendas del Grupo Socialista, la que hace referencia al
punto 1 de nuestra moción. La verdad es que nuestra propuesta era
mucho más genérica. No tratábamos de constreñir tanto al
Gobierno. Bastante constreñido está ya de por sí. En todo caso,
si S. S. piensa que la opción más razonable es citar aquí,
textualmente, la frase «la intervención de la conferencia
sectorial de consumo», nosotros no podemos estar en contra de una
propuesta de estas características.

Desde nuestro punto de vista, simplemente quiero señalar que los
temas a los que hace referencia la Ley general para la Defensa de
los Consumidores y Usuarios exceden con mucho el ámbito de
competencia del Ministerio de Sanidad y Consumo y, por lo tanto,
aunque en un primer paso es la conferencia sectorial de consumo
la que tiene que fijar esos criterios de desarrollo, no estaría
de más manifestar nuestra opción favorable al compromiso de otros
ministerios, en general de toda la Administración, puesto que
muchos de los aspectos que trata esta ley son competencia de
otros departamentos ajenos al Ministerio de Sanidad. Eso son
políticas trasversales que, al fin y al cabo, es lo que
entendemos que debe suponer la política de consumo.

La segunda enmienda del Grupo Socialista nos parece un tanto
superflua, porque viene a proponer que instemos al Gobierno a
seguir haciendo lo que ya está haciendo. Creo que las mociones
son fundamentalmente para proponer al Gobierno que haga nuevas
cosas y que haga mejor y con más eficacia lo que viene haciendo.

Y el problema concreto al que hace referencia el punto de nuestra
moción es la necesidad de programas específicos para aquellos
sectores de población que en este momento tienen problemas, pero
la enmienda del Grupo Socialista no contiene esa referencia a
programas específicos. Yo le pediría a la portavoz del Grupo
Socialista que retirara su enmienda, en la seguridad de que
nosotros sabemos que se están haciendo actuaciones concretas para
estos sectores, pero la Unión Europea nos exige, en estos
momentos, la elaboración de un programa específico para los
minusválidos, para la tercera edad y para los niños, precisamente
en aras de garantizar para ellos una necesaria autonomía, una
necesaria libertad y una necesaria información, cuando este país
está corriendo el riesgo de convertirse en el paraíso de la
publicidad engañosa, de los productos milagros o de la economía
sumergida.

Para finalizar, en cuanto a la enmienda que hace referencia al
punto 6 de nuestra moción, después de haber debatido con la
portavoz del Grupo Socialista cuáles eran los aspectos que le
preocupaban, tengo que decir con toda claridad que este punto de
nuestra moción no va en aras de defender figuras especiales de la
judicatura para tratar los temas de consumo. Precisamente,
nuestra preocupación es que en estos momentos estén floreciendo
en algunas comunidades autónomas fiscales especiales en materia
de consumo, sin que esto haya sido convenientemente debatido y
asumido tanto por la Administración como por los órganos
colegiados del Consejo General del Poder Judicial o de los
colegios profesionales que tratan estos asuntos. Estaríamos
dispuestos a suprimir la parte final de nuestra propuesta, la que
hace referencia a la creación de figuras especializadas y a la
reformas procesales oportunas, de modo que sólo hiciéramos
especial hincapié, en esta moción, en la necesidad de profundizar
en unas mejores condiciones para el acceso a la justicia en
materia de consumo, con especial incidencia en la formación de
los profesionales.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Burgos. Señora Novoa.




La señora NOVOA CARCACIA: Señor Presidente, entiendo que el
portavoz del Grupo Parlamentario Popular aceptaría en su
integridad la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista al
punto 1 de su moción; sin embargo, tendrían dificultades en
aceptar la enmienda al punto 5, y, en este sentido, he de
decirle, señor Burgos, que el Grupo Parlamentario Socialista, en
aras de esa voluntad de entendimiento expresada en todo momento,
estaría dispuesto a retirar esta enmienda, porque en lo
sustancial coincide con su propuesta. Nuestra intención no era
otra que clarificar nuevamente lo que significan los repartos
competenciales en materia de política de consumo y hacer
constar -- como decía en mi intervención previa-- que la
propuesta del Grupo Parlamentario Popular no es plenamente
novedosa, desde el momento que acciones políticas en esa
dirección se están desarrollando ya desde distintos ámbitos del
Gobierno. No obstante, repito, no tendríamos inconveniente en



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aceptar la redacción del punto 5 de la moción del Grupo
Parlamentario Popular.

Con relación a la enmienda al punto 6, los elementos realmente
discrepantes entre nuestra enmienda y lo que es el punto 6 de la
moción del Grupo Parlamentario Popular, empiezan cuando se
propone «..., la creación de figuras especializadas...» y hasta
el final del texto. Por tanto, si el Grupo Parlamentario Popular
retira de su propuesta el texto a partir de dicha expresión, la
primera parte de su propuesta sería perfectamente asumible por
parte del Grupo Parlamentario Socialista.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Novoa.

Vamos a proceder a la votación.

Moción del Grupo Parlamentario Popular que se somete a la
votación en los términos resultantes de la aceptación de las
enmiendas del Grupo Socialista con las precisiones resultantes
del debate.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 287; a favor, 287.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la moción.




-- DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA
PER CATALUNYA, SOBRE POLITICA Y MEDIDAS PARA FORTALECER NUESTRO
TEJIDO PRODUCTIVO Y ALCANZAR TASAS DE EMPLEO Y NIVELES DE
PROTECCION SOCIAL SIMILARES A LOS DE LOS PAISES DE LA UNION
EUROPEA (UE) (Número de expediente 173/000107)



El señor PRESIDENTE: Moción del Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, subsiguiente a interpelación, sobre
política económica y medidas para fortalecer nuestro tejido
productivo y alcanzar tasas de empleo y niveles de protección
social similares a los de los países de la Unión Europea.

Tiene la palabra el señor Frutos. (El señor Vicepresidente, Beviá
Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor FRUTOS GRAS: Gracias, señor Presidente.

Señoras Diputadas, señores Diputados, la moción que presenta
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, fruto de la
interpelación de la pasada semana, tiene los siguientes
objetivos: primero, fortalecer el tejido productivo en una serie
de medidas y segundo, aumentar el empleo, atendiendo a algo que
está en todos los informes económicos de estas últimas semanas,
que es que ya no se consigue crear empleo con un determinado tipo
de crecimiento, incluso con el 2,5 por ciento o hasta con el 3
por ciento.

Esta moción tiene seis puntos; en primer lugar, uno sobre
ingresos públicos partiendo de una base, de un análisis, de una
filosofía. Se dice por parte del conjunto de las fuerzas
políticas de esta Cámara -- posición que no compartimos desde
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya-- que hay un elevado
déficit público y que este elevado déficit público se tiene que
subsanar a partir del recorte de los gastos sociales y de los
salarios. Con esta política están de acuerdo todos los organismos
internacionales y así lo han manifestado en la última Cumbre
Europea celebrada en Madrid: salario, fundamentalmente, y
reducción de gastos sociales.

Frente a todo ello, nosotros planteamos otra política en el
conjunto de la moción: potenciar los impuestos directos,
reduciendo con ello, y con otras medidas, la regresividad fiscal
de nuestro sistema; que haya menos exenciones fiscales, ya que no
cumplen con los maravillosos objetivos a los cuales están
destinadas (por ejemplo, la secuencia de que esto permitirá una
capitalización de las empresas, esta capitalización permitirá más
inversiones y rápidamente se creará más empleo, no se cumple, e
incluso el empleo que se crea normalmente es un empleo de baja
calidad); que el IVA pase del cuatro al uno por ciento en su
tramo más bajo, como primera necesidad para ser más justos,
porque ese tramo del cuatro por ciento afecta fundamentalmente a
las rentas más humildes de la sociedad; y, luego, una serie de
impuestos que graven -- no es nuevo en nuestra filosofía ni en
nuestras propuestas programáticas-- a las grandes fortunas y a
las viviendas desocupadas y, además, que haya un impuesto
ecológico. Este impuesto ecológico no pretende que las empresas
paguen por contaminar, sino lo contrario, entendiendo que hay un
nivel de contaminación objetiva en la sociedad que no se podrá
solventar de la noche a la mañana de forma absoluta, se pretende
que las empresas tengan gradualmente más cuidado en el
tratamiento ecológico de los productos que hagan.

Otra de las grandes medidas es combatir el despilfarro. Esto, que
puede parecer un enunciado folclórico, incluso, o poético, se
refiere única y exclusivamente a que no se produzcan procesos
como los que se produjeron anteriormente a 1992; que haya una
gestión transparente, por tanto, de los recursos públicos. Se
debería potenciar en esta misma línea la Intervención General y
Tributaria y el Tribunal de Cuentas. En este sentido se votó una
enmienda de Izquierda Unida de devolución de la Ley General
Presupuestaria en su momento. Pues bien, en esta línea
continuamos planteando nuestra moción. Pretendemos que alrededor
de la creación de puestos de trabajo, fortaleciendo el tejido
productivo, haya una potenciación de la protección social (más
protección social frente a menos protección social, porque
creemos que funcionará mejor el conjunto de la sociedad y también
la economía) y un protagonismo central del sector público, porque
nos parece fundamental en un país como España. No vamos a hablar
de otros países, pero España tiene un tejido productivo, un
tejido industrial, un tejido económico en general bastante débil
, con empresas muy pequeñas que no son capaces



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de tirar del conjunto de la economía. El sector público sí tiene
capacidad, bien gestionado, naturalmente, democratizado y con
todas las reformas que sean necesarias. Son necesarias más
políticas sociales que hagan frente a la situación en que se
encuentra ya más de un 50 por ciento de los parados, con una
reducción en el último año y medio de 20 puntos en relación a lo
que cobraban de subsidio; políticas sociales en relación a la
Seguridad Social, de mejora del conjunto de la Seguridad Social,
no de empeoramiento, y, naturalmente, de las pensiones públicas.

Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya no va a caer en la
trampa de que en la próxima campaña electoral no vamos a hablar
de las pensiones, porque pensamos que en una campaña electoral se
debe hablar de todo, pero fundamentalmente de las cosas más
importantes que afectan al conjunto de los ciudadanos. En
definitiva, planteamos que no haya una regresión social en toda
una serie de aspectos (fiscales, etcétera), sino una mejora como
factor de racionalización económica y equilibrio social.

El segundo gran punto es un nuevo programa económico, entendiendo
que toda la política fiscal que se desarrolla en este país
debería tener un seguimiento permanente. Deberían destinarse más
recursos humanos y técnicos al mismo; se deberían estudiar nuevas
técnicas para controlar nuevos módulos de impuestos que hay, como
el Impuesto sobre Módulos, y que, naturalmente, la campaña de
Mortadelo y Filemón sea una campaña diaria, cotidiana, de control
del Parlamento, de control del conjunto de las instituciones y
que no se convierta, al final de la escapada, en una campaña de
Mortadelo y Filesón. Es decir, en definitiva, tampoco queremos
que haya paraísos fiscales, como el recientemente denunciado por
varios medios de comunicación en relación a Gibraltar y a varios
miles de empresas que tienen un paraíso fiscal muy cerca.

Como segundo punto, plateamos un nuevo programa económico que
tienda a la disminución del desempleo sobre medidas concretas. Yo
creo que en la recién celebrada Cumbre Europea se ha hecho más
poesía que propuestas concretas en relación al desempleo,
propuestas muy genéricas, una visión muy genérica del problema,
pero ninguna medida concreta, ni tan siquiera las referidas a la
reunión de Cannes en la línea de lo que se ha planteado algunas
veces en algunos debates que ha habido en esta Cámara, cada uno
naturalmente con su política. Nosotros hemos defendido nuestra
política de creación de empleo.

En definitiva, proponemos que haya, como nuevo programa
económico, un planteamiento que rectifique fundamentalmente toda
la aceptación acrítica que ha habido del proceso de convergencia
en relación al Tratado de Maastricht, y que la convergencia real
sea algo fundamental para, luego, dar un paso a una convergencia
nominal, equilibrada en lo económico y en lo social.

El tercer punto está destinado a una política de
reindustrialización sectorial y territorial, que sea activa desde
el sector público y, al mismo tiempo, que sea selectiva. A
nosotros nos parece la única forma de que sea, luego, justa,
desde el punto de vista social, y eficaz desde el punto de vista
económico. Se trataría, por tanto, frente a todas las políticas
que se han aprobado últimamente en este Parlamento, de paralizar
el actual proceso de privatizaciones y de que esta política fuera
combinada con el grupo empresarial público para, desde él, dar un
impulso a la creación de sector industrial.

Al mismo tiempo, hay que hacer compatible esta política con el
medio ambiente, porque queda un gran camino por recorrer. Con
todo lo que proponemos en nuestra moción, además de avanzar en la
mejora del medio ambiente, se podría mejorar en la creación de
empleo a través del desarrollo de industrias que contengan un
alto grado de relación con el medio ambiente. Hay posibilidades,
otros países más desarrollados que el nuestro en lo económico y
en lo social lo están haciendo, y creemos que en España hay un
amplio margen de trabajo en todo el sector que afecta al medio
ambiente.

Proponemos eliminar desequilibrios territoriales y crear empleo,
utilizar mejor el conjunto de elementos que hay -- a nivel
territorial, comunidades autónomas, y a nivel general, lo que se
llaman sinergias-- para paliar efectos desastrosos de algunas
formas de centralización económica y, al mismo tiempo, los
efectos desastrosos de multinacionales que vienen aquí, se
instalan, obtienen los beneficios y se marchan, dejando a veces
territorios importantes sin tejido industrial, con gravísimos
problemas de carácter social. Es necesario estimular una
investigación y desarrollo sustentados en la capacidad pública,
implicando al conjunto de las fuerzas productivas, para la
aplicación concreta e inmediata de la investigación posible a
realizar investigación que -- recuerdo a SS. SS.-- hasta el
momento se fundamenta en el sector público y no en el sector
privado.

Como cuarto punto proponemos potenciar una estructura endógena, a
nivel de cada comunidad autónoma, a nivel comarcal, basada en las
pequeñas y medianas empresas y en la economía social. Los últimos
datos que se conocen ponen de manifiesto que la economía social
está facturando en estos momentos más de tres billones de
pesetas. Empieza a ser una economía lo suficientemente importante
-- en torno al 5 por ciento-- como para que tenga un tratamiento
diferente al que ha tenido hasta este momento y hay que reconocer
-- otro aspecto muy ligado al anterior-- a la pequeña y mediana
empresa de forma singular, no en el marco de la CEOE, que tiene
otros intereses, sino en el marco del reconocimiento explícito y
concreto de las organizaciones que representan a la pequeña y
mediana empresa. En esta misma línea, hay que fomentar el
asociacionismo y el cooperativismo.

Como quinto punto, planteamos una nueva redefinición de la
política agraria comunitaria en favor de las explotaciones
familiares. Es obvio, al menos para nosotros,



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que los fonos económicos europeos ayudan más a los sectores
agrarios que más posibilidades tienen, que más tierras y más
recursos tienen. En todo caso, lo que nosotros hemos planteado
reiteradamente, y continuamos haciéndolo, es que se prime a las
explotaciones agrarias porque, en definitiva, es lo fundamental
del tejido agrario de nuestro país. En esta misma línea, es
necesario el desarrollo del mundo rural, para la creación de más
riqueza productiva, para evitar el proceso de desertización que
se está produciendo en determinados ámbitos españoles e incluso -
- si me permiten la expresión-- para crear un poco más de alegría
en el campo, en la medida en que se articulen fórmulas para que
los que viven en el campo no sea únicamente la gente mayor, sino
que en el campo pueda haber una perspectiva de futuro para la
gente joven.

Otra de nuestras propuestas es la relativa a nuevas técnicas de
pesca y cultivos marinos. Es un tema que ha sido muy conflictivo
en los meses pasados, que continúa siendo un potencial
conflictivo, en el cual creo que nosotros tenemos que hacer
grandes cosas, con respecto al medio ambiente, con la creación de
nuevos recursos, etcétera. Aquí hay muchas posibilidades para
crear nuevos recursos.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Frutos, vaya
concluyendo.




El señor FRUTOS GRAS: Estoy concluyendo, señor Presidente.

Como último punto, proponemos una política global de empleo.

Desde las elecciones generales de 1993 nosotros venimos planteado
una serie de medidas en nuestro programa, entre ellas una que fue
el hazmerreir de prácticamente todas las fuerzas políticas y
medios de comunicación, que fue la del reparto del empleo. Pues
resulta que ahora se está debatiendo en Francia y en Alemania,
donde ya hay algunos elementos en esta línea. Esta medida va
ligada muchas veces a la crisis de las empresas, pero es un
principio de debate sobre estos temas. Lo que nosotros planteamos
es la necesidad de que haya un debate en profundidad sobre el
tema del reparto del empleo, porque hay voces bastante
autorizadas y no únicamente de la izquierda, que ya están
diciendo que ese debate no se puede soslayar por más tiempo.

En definitiva, en esta línea, nosotros planteamos la tendencia
inmediata hacia las 35 horas para, posteriormente y de forma
gradual, ir hacia las 30 horas; no horas extraordinarias, sería
un elemento concreto, o, en su caso, que las horas
extraordinarias necesarias fueran compensadas con descanso.

Causalidad en la contratación temporal con los mismos derechos
para contratos en prácticas, en formación, a tiempo parcial, a
relevos, etcétera. En conclusión, toda una serie de medidas que
van en la línea de la creación de una estructura productiva más
sólida como, por ejemplo, reforzar de forma extraordinaria el
sector industrial, para hacer posible que esta reducción tan
drástica -- sobre la que el otro día el Ministro decía que no se
había producido así-- , en la que de los 28 o 29 puntos que
aportaba la producción industrial al producto interior bruto
hemos pasado a 21, esa reducción pueda disminuir fortaleciendo el
tejido industrial y, naturalmente, con ello y con toda una serie
de medidas, crear el empleo necesario en nuestro país.

El señor Montoro decía el otro día, en nombre de su Grupo
Parlamentario, que se alegraba de que ya dos grupos
socialdemócratas estuvieran presentes en esta Cámara y que, en
definitiva, Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya hubiera
abrazado las tesis socialdemócratas; se alegraba de que hubiera
dejado su programa máximo, su programa inalcanzable, quimérico, y
que se sumara al otro grupo socialdemócrata que hay en esta
Cámara. Voy a explicar al señor Montoro lo que dije exactamente.

Dije que nosotros defendíamos un programa económico, social y
laboral que, en lo fundamental, desarrollaba o pretendíamos que
desarrollase los derechos humanos, que son derechos elementales
que vienen en la Constitución: empleo, Seguridad Social,
pensiones, y algunos otros elementos fundamentales para nosotros.

Yo dije que defendíamos en lo económico, social y laboral el
viejo y mejor programa socialdemócrata, al mismo tiempo que
señalaba al banco azul, donde estaba el señor Ministro, y le
decía que ellos, desde el Gobierno y desde el Partido Socialista,
habían abrazado un programa social-liberal y que lo defendían, no
un programa socialdemócrata. No aceptamos nosotros, naturalmente,
en esta misma línea, el neoliberalismo imperante en nuestro país
y combatimos la filosofía y concreción del capitalismo actual, a
través de este neoliberalismo, aunque debemos reconocer, y yo lo
reconozco humildemente, que ahora este neoliberalismo nos está
ganando la partida por goleada; lo reconozco, pero, en todo caso,
como formación política de la izquierda, lo combatimos. En
definitiva, el Gobierno del partido socialista, decía, ha hecho
una política social-liberal, igual que ustedes,...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Frutos, termine,
por favor.




El señor FRUTOS GRAS: Ya termino, señor Presidente.

...pero con tintes sociales, por su tradición, por su composición
social, por su voto, etcétera. Yo me imagino que ustedes van a
hacer la misma, pero sin complejos; o sea, van a ir mucho más
allá.

Para terminar, el señor Homs dijo que si la moción que iba a
presentar Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya la próxima
semana era como la interpelación que yo defendí, no nos votaría,
además de hacer alguna otra descalificación. Yo creo que con la
política económica y laboral que Convergència i Unió ha
suministrado durante estos dos últimos años y medio al partido



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socialista, que el señor Homs o Convergència i Unió nos votase
sería el peor escollo que podría haber para la política de
Izquierda Unida. En definitiva, a mí personalmente, si hubiese
votado la política que proponemos en nuestra moción, nos hubiera
hundido. (Risas.)
Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Frutos.

Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Popular a
esta iniciativa, tiene la palabra el señor Montoro.




El señor MONTORO ROMERO: Gracias, señor Presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Popular ha presentado una
enmienda a la moción elaborada por Izquierda Unida, consecuencia
de la interpelación del debate que sostuvimos el miércoles pasado
en el Pleno de control del Gobierno. En aquella ocasión mi Grupo
Parlamentario, a través de este portavoz, expresó la coincidencia
de objetivos con Izquierda Unida -- es decir, con el correcto
planteamiento de su interpelación-- puesto que realmente es
loable la consecución del triple objetivo de fortalecer el
sistema productivo español, de crear empleo a través de ese
fortalecimiento y, como corolario de ambas premisas, producir un
mayor bienestar social e incluso fortalecer y promover el sistema
público de Seguridad Social en España.

Decíamos entonces y repetimos hoy que el desafío de la moderna
política económica y de la moderna política social -- que, en
definitiva, no son sino las dos caras de la misma moneda-- es la
consecución de este triple objetivo y es realmente el del
conjunto de la sociedad española en este final de siglo. Ocurre,
señorías, que a partir de la expresión de esos objetivos -- la
concreción de los fines-- , tenemos que expresar nuestra
discrepancia -- discrepancia muy profunda-- sobre el modelo de
crecimiento económico que propone Izquierda Unida en su moción y
tenemos también que expresar una discrepancia casi completa con
las medidas que Izquierda Unida pretendería que aplicara el
Gobierno de España para conseguir ese triple objetivo. Esa es la
razón de por qué el Grupo Parlamentario Popular presenta una
enmienda a la moción, que en su estructura constituye una moción
alternativa a la presentada por Izquierda Unida, porque realmente
es importante que los españoles conozcan a través del trabajo
parlamentario de esta Cámara cuáles son las alternativas de
política económica -- no sólo la coincidencia de objetivos sino
también los modelos de crecimiento económico que sustentan esas
alternativas de política económica-- y cuáles son los esquemas
principales de medidas de política económica que aplicarían los
diferentes grupos de esta Cámara en el caso de tener el ejercicio
del Gobierno de España.

La enmienda del Grupo Parlamentario Popular parte de una
justificación y esa justificación pretende ser un balance en
clave económica de lo que ha sido la legislatura en este ambiente
ya de cierre, de clausura de curso que reina en la Cámara en
estos días, en este Pleno. Y si tratamos de hacer el balance
pretendido por nuestra moción alternativa de lo que es el
planteamiento económico de esta legislatura, lo que son los
logros o los resultados económicos, podemos sintetizarlo en dos
aspectos principales.

En primer lugar lo que ha sucedido en esta legislatura es que la
economía española ha experimentado una recuperación que ha
sucedido a la muy dura y grave depresión económica que hemos
sufrido en los comienzos de los años noventa. Esa recuperación es
fruto de la aportación al crecimiento de nuestra economía del
sector exterior y, en definitiva, es fruto del comportamiento
asimétrico en relación con la recuperación de otros países lo que
ha permitido, que nuestra producción pueda ser exportada y,
además, beneficiándose de las sucesivas pérdidas de valor, de las
depreciaciones o devaluaciones de nuestra peseta.

Ocurre que la recuperación económica no es percibida por la
mayoría de los ciudadanos, y esta es una característica que el
Grupo Parlamentario Popular ha resaltado continuamente, porque
esa es la verdad, la verdad que se expresa en la realidad de
nuestro tiempo, de nuestra sociedad. Y en un período de
precampaña electoral conviene que advirtamos a los diferentes
partidos políticos, integrantes del Pleno de esta Cámara, que se
equivocarán si siguen diciendo que los españoles viven mejor,
porque la mayoría de los españoles, desgraciamente, señorías, no
viven mejor; no han experimentado una recuperación de su
bienestar. La mayoría de los españoles siguen preocupados por esa
crisis económica que está presente en sus hogares. En definitiva,
los españoles siguen preocupados por el empleo, por la
inseguridad, por las incertidumbres en relación con su puesto de
trabajo; siguen viendo que su capacidad adquisitiva es mermada
por una elevada inflación y siguen siendo objeto de una política
económica equivocada por parte del Gobierno de la nación que no
cesa en su propósito, en su proyecto, de elevar los impuestos,
como nuevamente ha vuelto a anunciar el Ministro de Economía,
desafortunadamente, en la última cumbre europea, en donde ha
venido a decirnos a los españoles de esa manera tan equivocada
que la solución del déficit público consiste en elevar en 15
pesetas el coste fiscal de la venta de gasolinas, que, en
definitiva, está perjudicando al crecimiento económico, a la
recuperación de nuestra economía y a la creación de empleo.

Lo que sucede, además, es que esa recuperación económica está
siendo amenazada por la permanencia de altos tipos de interés que
están obstaculizando el progreso de la inversión empresarial y la
capacidad adquisitiva o la intención de consumir de buena parte
de las familias españolas.

En cuanto a la política económica que se ha practicado en nuestro
país el balance no puede ser más triste.




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Estamos ante reformas, como la del mercado de trabajo, que se ha
acometido parcialmente, que a lo que ha ayudado es a sembrar más
incertidumbre. El Grupo Parlamentario Popular ya advirtió, en su
día, que esa reforma no era completa y que iba a padecer las
consecuencias de no abordarla de forma completa y coherente. No
se hizo así y hoy pagamos las consecuencias. Ha faltado decisión
y capacidad para acometer las reformas de política económica que
necesita nuestro país para reducir el déficit público, para
llevar adelante una política de privatizaciones que reestructure
el sector de empresas públicas y, en definitiva, para acometer
las reformas estructurales que modernicen nuestro sistema
productivo y den eficacia al funcionamiento de los mercados
básicos de nuestro país.

Por eso el Grupo Parlamentario Popular presenta esta moción que
resume los fundamentos del modelo de crecimiento de nuestro país
en este final de siglo, cuyo objetivo, en primer lugar, es
consolidar la recuperación económica, evitar que se frustre esa
recuperación, fortalecer el crecimiento para el año 1996,
continuar en un crecimiento económico sostenido y fuerte en el
año 1997 y, al mismo tiempo llegar con éxito a la carrera que
supone nuestra integración en la Unión Monetaria Europea. En
realidad, señorías, estos dos objetivos son el mismo. Si
fortalecemos el crecimiento económico llegaremos con éxito, al
final del trayecto, a cumplir con ese desafío que supone integrar
a España en la Unión Económica y Monetaria Europea. Pero, para
eso, tenemos que hacer los deberes domésticos pendientes. Eso
significa reducir la inflación, reducir el déficit público,
acometer los defectos estructurales de nuestro país, de nuestra
economía, capitalizar la economía, fortalecer el ahorro de
nuestro país, flexibilizar nuestro sistema productivo e
incorporar una mayor eficacia a mercados básicos, que, en
definitiva es lo que es el mercado de trabajo, como es la
modernización de las relaciones laborales. Y eso significa
también acometer políticas que procuren un incremento de la
competitividad de nuestro país, puesto que somos un país abierto
frente al resto del mundo, ya que somos miembros no sólo de una
comunidad europea, sino internacional; por tanto, necesitamos
fortalecer nuestra competitividad para que el sector exterior no
actúe como estrangulador de nuestro crecimiento económico.

Para ello, España necesita de una nueva política económica, que
es la política que se propone en esta moción alternativa a la que
hoy presenta Izquierda Unida; de una política acorde con las
recomendaciones de los mejores expertos dentro y fuera de nuestro
país; de una política, en resumen, que consta de una combinación
diferente de política presupuestaria y monetaria, de un «mix» de
políticas de regulación de la demanda interna de la economía que
permita la bajada de tipos de interés y de esa manera se
fortalezca el crecimiento económico y la creación de empleo, de
una política que consta de lo que denominamos reformas
estructurales, que no son más que procedimientos de modernización
de nuestro sistema productivo y de nuestras relaciones
económicas.

La primera reforma estructural es la del sector público en su
triple componente de la reforma del gasto público, la reforma de
los impuestos y la reforma de las empresas públicas. La segunda
gran reforma es la del mercado de trabajo para modernizar el
funcionamiento del mismo, cuyos resultados son insatisfactorios,
en cuanto ofrece una tasa de paro tan elevado que perjudica
especialmente a nuestros jóvenes y a las mujeres. La tercera gran
reforma es la de la liberalización de sectores que son claves
para el buen funcionamiento económico, en general, de nuestro
país, como es el del sector de transportes, el de las
comunicaciones, el de la energía y el financiero.

En definitiva, es la traducción de esas políticas económicas en
políticas efectivas de promoción de las pequeñas y medianas
empresas, porque es en las pequeñas y medianas empresas donde
debemos hacer descansar nuestro proyecto, nuestra esperanza de
creación de empleo en el futuro. Eso significa, a su vez, reducir
el intervencionismo administrativo sobre la pequeña y mediana
empresa; eso significa atender los problemas fiscales y
financieros de esa pequeña y mediana empresa; y eso significa
facilitar, a través de una mayor seguridad jurídica, el tráfico
mercantil en nuestro país, en la sociedad española.

Todas estas políticas de carácter económico y con un fuerte
contenido social necesitan asentarse sobre unos determinados
valores sociales. Sin ellos, señorías, realmente ninguna política
económica es eficaz. Hablo de la honestidad, de la regeneración
de la ética en la vida pública y en el mundo de los negocios;
hablo de la recuperación de la iniciativa individual, y del
estímulo a la asunción de riesgos, como únicos procedimientos
para conseguir un crecimiento económico suficientemente fuerte en
España y, en ese sentido, garantizar también una suficiente
creación de empleo. Esas políticas y esos valores unidos son los
que deben dar luz a un nuevo concepto de solidaridad, una
solidaridad más moderna en su concepción, y una solidaridad que
incluya un tratamiento más justo, más equitativo a todas aquellas
personas que en nuestro país o no encuentran empleo o tienen
inseguridad en sus puestos de trabajo actuales.

Hace falta, señorías...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Montoro, vaya
concluyendo, por favor.




El señor MONTORO ROMERO: Termino en un momento, señor Presidente.

Hace falta, señorías, un reforzamiento de la sociedad civil,
porque es en ella donde realmente prospera la libertad de los
individuos, y una sociedad libre es aquella en donde esa sociedad
civil es fuerte.

Las condiciones para conseguir ese crecimiento economico
requieren, a su vez, una condición política previa,



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una condición política que resume los valores económicos y
sociales a los que me he referido en mi exposición. Esa condición
se llama estabilidad política.

Es importante que España consiga una estabilidad política que sea
el caldo de cultivo donde se afinque el crecimiento económico de
nuestro país y la consiguiente creación de empleo. Esa
estabilidad política no puede ser facilitada si no es por la
confianza de los españoles expresada en las urnas. Pronto los
españoles escogerán, entre las opciones políticas presentes en
esta Cámara, aquéllas que mejor garantizan esa confianza, que
mejor facilitan y despejan el camino para construir una España
próspera, donde el problema del paro encuentre solución.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Montoro.

¿Grupos parlamentarios que deseen fijar su posición en el debate?
(Pausa.)
Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el
señor Simó.




El señor SIMO I BURGUES: Gracias, señor Presidente.

Muy brevemente para anunciar nuestro voto negativo a la presente
moción, presentada por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

También vamos a votar en contra de la moción alternativa del
Grupo Popular.

Quiero decir que a lo largo de la presente legislatura nuestro
Grupo ha presentado diversas iniciativas y enmiendas a proyectos
de ley de carácter económico, que marcan claramente cuál es
nuestra línea de actuación en las diversas materias que aborda la
moción, con cuyo planteamiento no coincidimos.

Por tanto, y en aras de la coherencia con lo que hasta ahora ha
sido nuestra posición, votaremos en contra.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Simó.

Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Martínez Noval.




El señor MARTINEZ NOVAL: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a intervenir con toda rapidez, dado lo avanzado de la hora.

Hemos escuchado dos argumentaciones en torno a iniciativas
parlamentarias que yo quisiera calificar de verdaderos programas
electorales. Tienen una voluntad omnicomprensiva y tratan de
referirse a todas las materias, todos los ingredientes que
caracterizan una política económica y una política social.

Tengo que hacer un distingo entre las dos argumentaciones que he
escuchado. Hay una, la del señor Frutos, fundada en una moción
explícita, clara, donde sus planteamientos pueden ser conocidos
con toda nitidez. El señor Frutos habla de reducir la jornada de
trabajo a 35 horas semanales e ir, posteriormente, a la jornada
de 30 horas. Tengo que decir también que en otra argumentación
que he escuchado en torno a una enmienda a esa moción,
desgraciadamente no hay esa claridad, no hay esa inclinación por
hacer explícitas cuáles son las medidas para desarrollar nada
menos que, como se ha dicho desde esta Cámara, un nuevo modelo de
crecimiento de la economía española.

Tengo que ocuparme reglamentariamente, lo sé, señor Presidente,
de la moción y no de la enmienda, aunque de mejor gana me
ocuparía de la enmienda que de la moción.

Señor Frutos, comienzo diciéndole que no podemos apoyar su moción
porque sería tanto como dar por bueno su programa electoral.

Nosotros tenemos una idea bien precisa de qué es lo que hay que
hacer con la economía española en estos momentos. Y quiero
decirle, porque usted se ha referido a ello desde esta tribuna,
que hay procedimientos para alcanzar los criterios de
convergencia de Maastricht, la convergencia nominal, claro está.

Hace bien en distinguir entre convergencia nominal y convergencia
real. También es verdad que la convergencia real será la
consecuencia ineludible e inevitable de la convergencia nominal.

Ese es nuestro punto de vista. Si alcanzamos la convergencia
nominal sin duda estaremos de verdad en la convergencia real.

Pero decía que hay procedimientos, hay políticas para alcanzar
esos objetivos sin poner en práctica políticas a las que usted se
refirió desde esta tribuna (reducción de gastos sociales,
reducción de los niveles de bienestar). De hecho, el Gobierno
socialista viene adaptando su política, en el marco de un
programa de convergencia, a la consecución de esos criterios. En
el año 1995, y también en el presupuesto de 1996, no hay ningún
elemento de los que usted teme que se puedan poner en juego, que
tenga relación con la reducción de las prestaciones sociales en
términos reales con la reducción de los salarios de los
funcionarios públicos. Nada de eso está presente en lo que
tenemos a nuestra espalda.

Señor Frutos, sobre la base de esa trayectoria podemos garantizar
que en los años venideros el Partido Socialista, el Gobierno
socialista será capaz de alcanzar los criterios de convergencia,
en lo que se refiere a tipos de interés, a deuda acumulada, a
déficit público y a tasa de inflación; será capaz, como ha venido
demostrando en el pasado, de alcanzar esos objetivos sin que
nuestra política pueda ser tildada de una política que reduce el
nivel de bienestar de la nación.

Nosotros no somos de la opinión de los grupos conservadores y
liberales europeos de que para que un país mejore su nivel de
riqueza, una parte de su población tiene que empobrecerse. Esa es
la idea de muchas políticas conservadoras en el Reino Unido, en
los Estados Unidos y también en otros países de la Europa
occidental, especialmente de la Europa comunitaria. Hay quien
piensa que para que una nación progrese y crezca, una



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parte de su población, generalmente la población menos
favorecida, tiene que reducir sus niveles de bienestar, porque no
otra cosa es reducir los gastos sociales que un gobierno lleva a
cabo. No somos de esa opinión, señor Frutos. No tema usted que
nuestras políticas vayan por ahí. Yo le garantizo que sobre la
base de la experiencia vivida estos años, un gobierno socialista
será capaz de alcanzar los objetivos de la convergencia nominal,
tratando que no sean los menos favorecidos, que no sean los
trabajadores, que no sea la mayoría de la población la espalda
sobre la que se cargue la consecución de esos objetivos. Eso se
puede hacer, señor Frutos.

La izquierda ha sostenido siempre que la eficiencia económica y
la cohesión social son posibles a un tiempo, y lo vamos a seguir
sosteniendo sobre la base de nuestra experiencia durante largos
años en el gobierno de esta nación.

Hay muchas cosas de su moción a las que quisiera referirme, señor
Frutos. Hay algunas cuestiones en las que estamos de acuerdo, y
hay otras que ya son realidad, por ejemplo la equiparación entre
la pensión mínima y el salario mínimo interprofesional es un
hecho. Hay otras cuestiones, señor Frutos, que no entiendo cómo
aparecen en su moción puesto que ya no existen; los contratos de
formación ya no existen, no es posible que usted se refiera a
ellos porque el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores
quedó derogado por la modificación del Estatuto del año 1994, y
así sucesivamente, señor Frutos. Hay otras cuestiones que también
están presentes en el Estatuto, por ejemplo cómo se representan
las pequeñas y las medianas empresas. Pues de acuerdo con la
disposición adicional sexta del Estatuto de los Trabajadores. El
Gobierno no puede inmiscuirse en una cuestión que está
perfectamente precisada en la disposición adicional sexta, que
determina claramente quién tiene y quién no tiene
representatividad en el mundo empresarial a efectos de
reconocimiento como parte negociadora.

Hay un conjunto de cuestiones en las que podemos estar de
acuerdo, y hay otro, menor que el anterior, en el que le llamo la
atención porque tengo la impresión, aunque puedo estar
equivocado, de que son asuntos que no necesitan solución puesto
que ya forman parte de la realidad, sin embargo no tienen peso
suficiente, señor Frutos, frente al conjunto de sus propuestas
que, como decía anteriormente, forman parte de un programa
electoral que me parece legítimo que en las fechas en las que
estamos usted airee y publicite desde esta tribuna, pero
entenderá perfectamente --eso espero-- que nuestro Grupo vote de
forma que rechacemos su programa electoral en la seguridad de que
nosotros tenemos el nuestro, tenemos el propio del Partido
Socialista, que en su momento daremos a conocer con mucha mayor
precisión, eso sí, que la que he escuchado en ese supuesto
programa electoral en la enmienda que presentan a su moción.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Martínez
Noval.

Tiene la palabra el señor Frutos, a los efectos de indicar si
acepta o no la enmienda presentada a su moción.




El señor FRUTOS GRAS: ¿De forma tan estricta, señor Presidente?
¿Sin flecos?



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Frutos, no es un
turno en contra de la enmienda ni de la fijación de posiciones.

Puede razonarlo pero muy brevemente, en dos minutos.




El señor FRUTOS GRAS: Muchas gracias, señor Presidente, no
esperaba menos de su benevolencia.

En la enmienda que ha presentado el señor Montoro, en nombre del
Grupo Popular, no hay forma de encuentro porque yo estaba jugando
al póquer y él quiere jugar al mus, por tanto no hay encuentro en
la mesa. El viene aquí y explica su programa, lo cual me parece
muy bien. Pero, aunque en el mundo de la política casi todo es
posible, es difícilmente compatible con el nuestro. Esto es lo
que hay, señor Montoro.

En segundo lugar, señor Martínez Noval, yo creo que las
reducciones sociales en términos reales son la consecuencia de
los objetivos de una política determinada, no vienen por la
perversidad de tal o cual partido sino por las políticas que se
desarrollan.

Señor Presidente, creo que he agotado su benevolencia, por lo que
veo. ¿O no? Pues a votar. (Risas.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias por su
comprensión.

Vamos a pasar a la votación de la moción presentada. (El señor
Presidente ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Moción del Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 270; a favor, nueve; en contra, 259; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la moción.

El Pleno se reanudará mañana a las diez y media de la mañana.

Se suspende la sesión.




Eran las nueve y diez minutos de la noche.