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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 155, de 20/06/1995
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1995 V Legislatura Núm. 155
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 153
celebrada el martes, 20 de junio de 1995



ORDEN DEL DIA:



Toma en consideración de Proposiciones de Ley:



-- Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre
modificación de la Ley 2211988, de 28 de julio, de Costas.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número 77.1,
de 17 de junio de 1994. (Corrección de errores en «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número 77.2, de 24 de
febrero de 1995) (número de expediente 1221000060) (Página 8158)



Ampliación de plazos de Ponencias (Página 8168)



Modificaciones en el orden del día (Página 8168)



Toma en consideración de Proposiciones de Ley. (Continuación.):



-- De los Grupos Parlamentarios Socialista del Congreso, Catalán
(Convergència i I Unió) y Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, por la que se modifica la Ley Orgánica 511995, de
22 de mayo, del Tribunal del Jurado (Orgánica). «Boletín Oficial
de las Cortes Generales», Serie B, número 134.1, de 9 de junio de
1995 (número de expediente 1221000112) (Página 8169)



Página 8154




Proposiciones no de Ley:



-- Del Grupo Socialista del Congreso, sobre redes de enmalle a la
deriva. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie D,
número 239, de 2 de junio de 1995 (número de expediente
1621000205) (Página 8174)



-- Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas
a adoptar para mejorar la situación por la que están atravesando
los pescadores españoles de túnidos. «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Serie D, número 243, de 9 de junio de 1995
(número de expediente 1621000210) (Página 8174)



--Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la
adopción de medidas urgentes para paliar las gravísimas
consecuencias producidas por la expulsión del caladero marroquí
de la flota española. «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Serie D, número 239, de 2 de junio de 1995 (número de expediente
1621000206) (Página 8181)



Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes:



--Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, sobre política del Gobierno en relación con el
traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas, la
situación de este proceso, la valoración y recursos de las
transferencias, así como los diferentes ámbitos competenciales de
las distintas Comunidades (número de expediente 1731000088)
(Página 8188)



-- Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, respecto de
los museos, archivos y bibliotecas de titularidad estatal (número
de expediente 1731000089) (Página 8189)



(Continúa el orden del día en el «Diario de Sesiones» número 156,
de 21 de junio de 1995.)



SUMARIO



Se abre la sesión a las cuatro de la tarde



Juramento o promesa de acatamiento de la Constitución por nuevos
señores Diputados (Página 8158)



Toma en consideración de proposiciones de ley (Página 8158)



Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre
modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas (Página 8158)



El señor Recoder i Miralles defiende la proposición de ley del
Grupo Catalán (Convergència i Unió). Expone que la Ley de Costas
es una ley polémica, y así quedó de manifiesto durante su
tramitación parlamentaria en el año 1988, con un intenso y
enfrentado debate en la Cámara y el posterior paso de la Ley por
el Tribunal Constitucional, lo que representa una buena prueba de
que el consenso parlamentario estuvo muy lejos de ser alcanzado.

Siendo de diversa índole las discrepancias de los distintos
grupos en relación con el proyecto de ley, existía, en cambio,
una amplia coincidencia entre los grupos de la oposición acerca
del carácter marcadamente centralista de la misma. Algunos eran
de la opinión de que determinadas competencias, meramente de
gestión o ejecución, era conveniente al Estado autonómico, e
incluso más eficaz, ejercerlas desde las administraciones más
próximas al ciudadano, como son la local o la autonómica.

Añade que los siete años transcurridos desde la aprobación de la
Ley han servido para evidenciar aquellos aspectos en que es
mejorable y, en este sentido, la proposición que hoy defiende
tiene dos objetivos muy claros. El primero es el de dar un
carácter más descentralizado a la gestión y protección de
nuestras costas, garantizando en todo momento el cumplimiento de
las normas de protección que contiene la Ley vigente, que pasan a
tener un carácter mínima y protector que nunca podrá ser
reducido. Estrechamente vinculado con ese primer objetivo hay un
segundo, que es el de mejorar el texto legal en su aspecto
medioambiental, introduciendo una serie de preceptos que
refuerzan dicho carácter.

En relación con la gestión y ejecución de cualquier acto o
concesión en nuestras costas, señala que es necesaria la
autorización del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y
Medio Ambiente en la mayoría de los casos, situación que su Grupo
Parlamentario pretende corregir dotando de un mayor protagonismo
en la gestión de las costas a las administraciones



Página 8155




más cercanas y mejor conocedoras del problema, sin disminuir un
ápice el estándar protector de la Ley. La proposición refuerza,
además, el contenido medioambiental del texto legal que desean
reformar, y anuncia la mejor disposición al diálogo por parte de
su Grupo en el debate que hoy inician sobre la necesidad de
mejorar la Ley de Costas de 1988 y adaptarla a la realidad
descentralizada que la Constitución diseñó para nuestro Estado.

En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Rahola i
Martínez y el señor Chiquillo Barber, del Grupo Mixto; los
señores Gatzagaetxebarría Bastida, del Grupo Vasco (PNV), y
Alcaraz Masats, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya; la señora Martínez Saiz, del Grupo Popular, y el señor
García-Arreciado Batanero, del Grupo Socialista.

Sometida a votación, se rechaza la proposición de ley del Grupo
Catalán (Convergència i Unió), por 26 votos a favor, 134 en
contra y 131 abstenciones.




Página



Ampliación de plazos de Ponencias (Página 8168)



El señor Presidente somete a la Cámara la solicitud formulada por
la Comisión de Política Social y Empleo de ampliación, hasta la
conclusión del próximo período de sesiones, del plazo establecido
para que la Ponencia encargada de elaborar un informe acerca de
la pobreza en el Estado español, sobre sus causas y
consecuencias, así como sobre las medidas de todo tipo que es
preciso adoptar, elabore dicho informe.




Se aprueba por asentimiento la ampliación de plazo solicitada.




Asimismo somete a la Cámara la solicitud formulada por la
Comisión de Política Social y Empleo de ampliación, hasta la
conclusión del próximo período de sesiones, del plazo establecido
para elaborar el informe por la Ponencia encargada de estudiar la
situación actual de la familia en España y proponer actuaciones
al Gobierno con motivo del Año Internacional de la Familia.




Se aprueba por asentimiento la solicitud de ampliación del plazo.




Página



Modificaciones en el orden del día (Página 8168)



El señor Presidente somete al Pleno, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 68.1 del Reglamento, la exclusión del
orden del día de la presente sesión de la comunicación del
Gobierno sobre la política del sector público empresarial, que
figura como puntos 8 y 33 del orden del día.




Se aprueba por asentimiento.




Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el articulo citado
anteriormente, somete al Pleno la inclusión en el orden del día
de la presente sesión de la comparecencia del Gobierno, a
petición propia, para dar cuenta en relación con las
informaciones referidas a actividades del Centro Superior de
Información de la Defensa (Cesid).




Se aprueba por asentamiento.




Página



Toma en consideración de proposiciones de ley. (Continuación.)
(Página 8168)



Página



De los Grupos Parlamentarios Socialista del Congreso, Catalán
(Convergència i Unió) y Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, por la que se modifica la Ley Orgánica 511995, de 22
de mayo, del Tribunal del Jurado (Orgánica) (Página 8169)



El señor Cuesta Martínez, en nombre del Grupo Socialista,
defiende la proposición de ley. Expone que la Ley Orgánica del
Tribunal del Jurado ha sido uno de los avances más importantes
aprobados en esta legislatura. Supone un desarrollo de los
principios constitucionales fundamentales, dando cuerpo, a través
de un texto normativo, a los artículos 9, 23 y 125 de nuestra
Constitución. Se trata de una ley de gran catado, pero respecto
de la que esta Cámara, al igual que los grupos que sustentan la
proposición, no quieren desoir lo que han sido criterios de
perfeccionamiento legal expresados por el Senado a través de
enmiendas que merecieron, en su día, una valoración positiva por
parte de la Cámara, pero que en la votación de globalidad no
recibieron el apoyo que garantiza la mayoría absoluta para
incorporarlas como texto concreto de la Ley Orgánica del Tribunal
del Jurado. Es cierto que las enmiendas del Senado recibieron el
apoyo casi unánime de la Cámara en la sesión del 11 de mayo, a
pesar de lo cual en la votación de globalidad no alcanzaron la
mayoría absoluta, quizá por encontrarse en vísperas electorales y
producirse en todos los grupos de la Cámara un nivel
significativo de ausencia de Diputados.

Por consiguiente, el contenido de esta iniciativa se limita a
incorporar en sus aspectos más significativos la práctica
totalidad de las enmiendas del Senado. Destaca alguna de las
innovaciones más importantes que se contienen en la proposición y
termina manifestando que a través de ellas se contribuye de
alguna forma, por una vía urgente, a subsanar un fallo que
consistió en desoir por falta de mayoría suficiente el criterio
del Senado a la hora



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de mejorar la redacción de la Ley Orgánica del Tribunal del
Jurado.




Para fijación de posiciones hacen uso de la palabra los señores
Mardones Sevilla, del Grupo de Coalición Canaria; Olabarría
Muñoz, del Grupo Vasco (PNV); la señora Alemany i Roca, del Grupo
Catalán (Convergència i Unió), y los señores López Garrido, de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, y Pillado Montero, del
Grupo Popular.




Sometida a votación, se aprueba la toma en consideración de la
proposición de ley debatida por 280 votos a favor y uno en
contra.




Proposiciones no de ley (Página 8174)



Página



Del Grupo Socialista del Congreso, sobre redes de enmalle a la
deriva (Página 8174)



Página



Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas a
adoptar para mejorar la situación por la que están atravesando
los pescadores españoles de túnidos (Página 8174)



La señora Gorostiaga Saiz defiende la proposición no de ley del
Grupo Socialista para que por la Cámara se inste al Gobierno a
recabar de la Unión Europea el cumplimiento del Reglamento
345/92, que impide la utilización de redes de enmalle a la deriva
a 2,5 kilómetros, así como a continuar defendiendo ante dicha
organización la prohibición de estas redes en el más breve plazo
posible e intensificar la colaboración con las comunidades
autónomas para garantizar el cumplimiento de la normativa
española y comunitaria sobre tallas y condiciones sanitarias.

Se refiere a continuación a los importantes conflictos producidos
en las pasadas campañas de costera del bonito, fundamentalmente
por el incumplimiento del Reglamento 345/92 por parte de las
flotas francesa, británica e irlandesa, y a las iniciativas
aprobadas en esta Cámara y en el Parlamento Europeo orientadas a
la definitiva erradicación del uso de volantas, para lo cual el
Gobierno español está realizando los máximos esfuerzos,
considerando el Grupo Socialista que esta proposición, que puede
parecer reiterativa, servirá, sin embargo, para apoyar y
ratificar la gestión del Gobierno ante las instituciones de la
Unión Europea y respaldar la labor inspectora desarrollada por el
Ejecutivo en materia de tallas y condiciones sanitarias de las
capturas. Concluye fijando la posición del Grupo Socialista en
relación con la proposición no de ley del Grupo Popular, que se
debate simultáneamente.

El señor Mantilla Rodríguez defiende la proposición no de ley del
Grupo Popular, aludiendo en primer lugar a la guerra de la
anchoa, en la que se está luchando con las mismas armas, mientras
que en el tema del bonito, el atún blanco, que es totalmente
distinto al de la anchoa, las armas son totalmente dispares. A
los españoles y portugueses, con el Tratado de Adhesión se les
obliga a la prohibición de las redes de enmalle a la deriva,
mientras los barcos ingleses, irlandeses y franceses están
utilizando las famosas volantas.

El Grupo Popular, a través de la iniciativa que ahora defiende,
propone fundamentalmente un control o seguimiento estricto del
Reglamento 345/92 de la Unión Europea, que condiciona estas redes
de enmalle a varias circunstancias, como estar, en primer lugar,
unidas a un barco, con lo que se debería suprimir lo de la
deriva, y, en segundo lugar, a que sólo puedan llevar un aparejo
por barco. En tercer lugar, proponen que se inste a la Unión
Europea para que prohíba la comercialización de tallas mínimas e
inmaduras de atún blanco en toda la Comunidad Europea y, por
último, dan un plazo de un mes para que el Gobierno informe del
grado de cumplimiento del acuerdo de 20 de octubre de 1993.




En defensa de la enmienda presentada por el Grupo Vasco (PNV) a
ambas proposiciones no de ley interviene el señor
Gatzagaetxebarría Bastida.




Para fijación de posiciones hacen uso de la palabra los señores
Mardones Sevilla, del Grupo de Coalición Canaria; Vidal i Sardó,
del Grupo Catalán (Convergència i Unió), y Andreu Andreu, del
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




Sometida a votación la proposición no de ley del Grupo
Socialista, es aprobada por 282 votos a favor y una abstención.




Asimismo es aprobada la proposición no de ley del Grupo Popular
por 281 votos a favor y dos en contra.




Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la adopción
de medidas urgentes para paliar las gravísimas consecuencias
producidas por la expulsión del caladero marroquí de la flota
española (Página 8181)



El señor Fernández de Mesa Díaz del Río defiende la proposición
no de ley del Grupo Popular, manifestando que cuando se cumplen
50 días del amarre de la flota pesquera española que faenaba en
el caladero marroquí, y ante el grave y progresivo deterioro de
la situación del sector pesquero español, el Grupo Popular
plantea hoy a la Cámara una proposición no de ley similar a la
que vieron hace



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unos días en la Comisión de Agricultura y Pesca, pero que
considera imprescindible traer ante el Pleno porque el Gobierno
ni comparece ante la Cámara ni ofrece una salida a la crisis, ni
pone remedio al boicot que se está produciendo, todo lo cual
significa realmente que el Gobierno no quiere, no sabe o no puede
resolver la situación por la que estamos atravesando, sobre todo
en los puertos andaluces. Recuerda que el acuerdo de 13 de
octubre de 1994 entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos
decía claramente que ambas partes convenían iniciar las
negociaciones para la conclusión de un nuevo acuerdo con una
reducción del esfuerzo pesquero, y el Grupo Popular quiere poner
de manifiesto que esas reuniones no se han producido, que tienen
lugar justamente cuando termina el plazo y, lo que es más grave,
todo lo que se nos propone no es sólo reducir el esfuerzo
pesquero sino unas condiciones inaceptables para el sector
pesquero español.

A la vista de ello, cree que ha llegado el momento de que el
Gobierno español tome las riendas en este asunto, porque si hay
alguien responsable de la situación actual ése es el Gobierno
español y cada uno de los ministros que tienen responsabilidades
en el sector pesquero. De ahí que el Grupo Popular plantee de
forma concisa cuatro puntos por los que pide, en primer lugar,
que se realicen las gestiones oportunas a fin de que, mientras se
produzca la prórroga o la negociación del nuevo acuerdo, nuestra
flota pueda volver al caladero marroquí para seguir faenando En
segundo lugar, que se adopten las medidas necesarias para que
desde la Administración central, en combinación con las
comunidades autónomas, se pongan en funcionamiento todos los
mecanismos que garanticen y refuercen las inspecciones
sanitarias, portuarias, fronterizas y de tránsitos, tomando las
medidas oportunas para que se solucione el problema actual. En
tercer lugar, solicitan que se realice la oportuna propuesta ante
la Unión Europea, para que, mediante una modificación de créditos
en el presupuesto comunitario, las ayudas que llegan al sector
pesquero lo hagan a través de los fondos que la Unión Europea ha
estado pagando al Reino de Marruecos por la utilización de
aquellos caladeros. Por último, que se remita el oportuno
memorándum a la Comisión Europea en el que se refleje la
situación actual general de la pesca en España y para que se
estudien y adopten las medidas que se consideren oportunas.

Termina reiterando la petición de que el Gobierno comparezca ante
la Cámara y explique lo que tiene que explicar.

Para fijación de posiciones intervienen los señores
Gatzagaetxebarría Bastida, del Grupo Vasco (PNV); Tubert i
Alsina, del Grupo Catalán (Convergència i Unió); Andreu Andreu,
de Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, y Moragues
Gomila, del Grupo Socialista.




Sometida a votación la proposición no de ley del Grupo Popular,
se aprueba por 281 votos a favor y una abstención.




Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes (Página 8188)



Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, sobre política del Gobierno en relación con el
traspaso de competencias a las comunidades autónomas, la
situación de este proceso, la valoración y recursos de las
transferencias, así como los diferentes ámbitos competenciales de
las distintas comunidades (Página 8188)



El señor Ríos Martínez defiende la moción del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya. Menciona el contenido de cada uno
de los siete puntos que integran la moción, afirmando que el
objetivo de la misma es que los pactos autonómicos, que en un
momento determinado sólo concitaron el encuentro de algunas
fuerzas políticas, abran paso hoy a un nuevo pacto que amplié la
dimensión competencial que en aquel momento se ponía en marcha.

Se trata, en resumen, de conseguir un mayor protagonismo de las
comunidades autónomas en la vida política, económica y social del
Estado, así como un mayor protagonismo también al fijar la
posición política de nuestro país en la Unión Europea y en las
políticas de las comunidades europeas. En definitiva, un impulso
económico que equipare la capacidad de gobierno y autogobierno de
las comunidades, un nuevo modelo de financiación solidaria y un
mayor protagonismo de las comunidades en la voluntad del Estado y
en las comunidades europeas.




En defensa de las enmiendas presentadas intervienen los señores
Fernández Díaz, en nombre del Grupo Popular, y Marcet i Morera,
en nombre del Grupo Socialista.




Para fijación de posiciones intervienen los señores
Gatzagaetxebarria Bastida, del Grupo Vasco (PNV), y López de
Lerma i López, del Grupo Catalán (Convergència i Unió).




Sometida a votación, se rechaza la moción debatida por 10 votos a
favor, 148 en contra y 122 abstenciones.




Página 8158




Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, respecto de los
museos, archivos y bibliotecas de titularidad estatal 8199



El señor Cortés Martín defiende la moción del Grupo Popular,
manifestando que está en la línea constructiva y clanficadora de
la interpelación debatida el miércoles anterior, lamentando que
la señora Ministra no aproveche esta ocasión para clarificar la
posición del Gobierno en lo que ella misma había sido la causante
de la confusión creada, que había producido bastante inquietud en
muchos sectores profesionales de los museos, de los archivos y de
las bibliotecas y entre las personas que consideran que estas
instituciones son de la más alta importancia cultural y simbólica
en nuestro país.

Expone acto seguido el contenido de los cinco puntos que integran
la moción, deseando sinceramente que el Grupo Socialista
clarifique su posición y termine con la incertidumbre que él
mismo ha abierto sobre un asunto de enorme relevancia jurídica y
de una importancia cultural y simbólica que a nadie escapa. Se
trataba de recuperar un acuerdo explícito desde tiempos tan
viejos como la redacción de la Constitución. Considera que si el
Grupo Socialista y, por supuesto, los demás grupos de la Cámara
apoyan la moción, todos habrán ganado, porque la claridad a todos
interesa. En otro caso, quedará clara al menos la postura del
Grupo Popular y su compromiso con las prescripciones de la
Constitución, de los estatutos de autonomía que forman parte del
bloque de constitucionalidad y su mantenimiento del acuerdo al
que llegaron a la hora de elaborar la Ley del Patrimonio
Histórico Español.




El señor Alcaraz Masats defiende la enmienda presentada por el
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




En turno de fijación de posiciones intervienen los señores
Mardones Sevilla, del Grupo de Coalición Canaria; Baltá i
Llopart, del Grupo Catalán (Convergència i Unió), y Ballesteros
Durán, del Grupo Socialista.




Sometida a votación, se rechaza la moción por 115 votos a favor,
150 en contra y dos abstenciones.




Se suspende la sesión a las nueve y treinta y cinco minutos de la
noche.




Se abre la sesión a las cuatro de la tarde.




JURAMENTO O PROMESA DE ACATAMIENTO DE LA CONSTITUCION POR NUEVOS
SEÑORES DIPUTADOS



El señor PRESIDENTE: Comienza la sesión.

Con carácter previo al orden del día de esta sesión plenaria,
vamos a proceder al juramento o promesa de acatamiento a la
Constitución por diversos diputados proclamados electos por la
Junta Electoral Central.

Don Eduardo García de Sola, Diputado proclamado electo en
sustitución de don José Cholbi Diego, ¿jura o promete S. S.

acatar la Constitución?



El señor GARCÖA DE SOLA: Sí, juro.




El señor PRESIDENTE: Don José Miguel Saval Pérez, Diputado
proclamado electo en sustitución de don Diego Such Pérez, ¿jura o
promete S. S. acatar la Constitución?



El señor SAVAL PEREZ: Sí, juro.




El señor PRESIDENTE: Don Manuel Seco Gordillo, Diputado
proclamado electo en sustitución de doña Soledad Becerril
Bustamante, ¿jura o promete acatar la Constitución?



El señor SECO GORDILLO: Sí, juro.




El señor PRESIDENTE: Doña María del Carmen Díaz Villanueva,
Diputada proclamada electa en sustitución de don Luis Fernando
Cartagena Travesedo, ¿jura o promete S. S. acatar la
Constitución?



La señora DIAZ VILLANUEVA: Sí, juro.




El señor PRESIDENTE: Don Eduardo García de Sola, don José Miguel
Saval Pérez, don Manuel Seco Gordillo y doña María del Carmen
Día# Villanueva han adquirido la condición plena de Diputados.

Bienvenidos todos a la Cámara. (Aplausos.)



TOMA EN CONSIDERACION DE PROPOSICIONES DE LEY:



DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALµN (CONVERGENCIA I UNIO), SOBRE
MODIFICACION DE LA LEY 2211988, DE 28 DE JULIO, DE COSTAS (Número
de expediente 1221000060)



El señor PRESIDENTE: Punto I del orden del día: Toma en
consideración de proposiciones de ley. Proposición del Grupo
Catalán (Convergència i Unió), sobre modificación de la Ley
22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Tiene la palabra el señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Gracias, señor Presidente.




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Señorías, la Ley de Costas es una ley polémica. Así quedó de
manifiesto en su tramitación parlamentaria allá por el año 1988.

El intenso y enfrentado debate que produjo en la Cámara,
evidenciado por la gran cantidad de enmiendas de totalidad y al
articulado y su posterior paso por el Tribunal Constitucional
constituyen una buena prueba de que el consenso parlamentario
estuvo muy lejos de ser alcanzado. Las discrepancias de las
distintas fuerzas del arco parlamentario con el proyecto de ley
del Gobierno fueron de diversa índole, pero existía una amplia
coincidencia entre los grupos de la oposición acerca del carácter
marcadamente centralista del mismo. En algunos supuestos, porque
el proyecto se alejaba de la distribución competencial definida
por el texto constitucional. (Rumores.) En otros, éramos de la
opinión que determinadas competencias, meramente de gestión o
ejecución, era conveniente...




El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Recoder. (Pausa.)
Cuando quiera.




El señor RECODER I MIRALLES: Gracias, señor Presidente.

Decía que en otros aspectos de este proyecto de ley éramos de la
opinión que determinadas competencias, meramente de gestión o
ejecución, era conveniente, adecuado al Estado autonómico e
incluso más eficaz, ejercerlas desde las administraciones más
próximas al ciudadano, como son la local o la autonómica.

Han transcurrido ya siete años desde la aprobación de la ley.

Durante este tiempo el Tribunal Constitucional ya se ha
pronunciado sobre su constitucionalidad. También estos años han
servido, por qué no, para evidenciar aquellos aspectos en que es
mejorable, tanto en lo que respecta a su normativa como a la
aplicación práctica sobre nuestras costas.

La proposición de ley que presentamos tiene dos objetivos muy
claros. El primero de ellos es el de dar un carácter más
descentralizado a la gestión y protección de nuestras costas,
garantizando en todo momento el cumplimiento de las normas de
protección que contiene la ley vigente. Estas normas pasan a
tener un carácter mínimo, por lo que en todo momento pueden ser
implementadas por la comunidad autónoma pero, en ningún caso, su
carácter protector podrá ser reducido.

Estrechamente vinculado con el objetivo anterior, el segundo
objetivo de la proposición de ley que defiendo es el de mejorar
el texto legal en su aspecto medioambiental, por lo que se
introducen toda una serie de preceptos que refuerzan dicho
carácter. Como señalaba hace un momento, nuestra iniciativa
pretende dar un carácter más descentralizado a la gestión de
nuestras costas. La ley, en su redactado vigente, hace
responsable al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio
Ambiente de la ejecución y cumplimiento de lo establecido en la
mayoría de sus artículos.




Ello lleva a menudo a situaciones absurdas, o cuando menos
ilógicas, en un Estado que se pretende altamente descentralizado.

Les voy a poner, señorías, algunos ejemplos que evidencian que
dicha manifestación no es en absoluto exagerada, sino más bien
cauta. De acuerdo, por ejemplo, con la actual Ley de Costas,
cualquier actividad que suponga la utilización del dominio
público marítimoterrestre y reúna unas determinadas
características debe ser autorizada por el Ministerio de Obras
Públicas, Transportes y Medio Ambiente, a través de la
correspondiente demarcación de costas del Estado. Ello supone en
la práctica que es el Ministerio el que concede o deniega la
autorización para realizar, por ejemplo, una exhibición de fuegos
artificiales en Blanes durante el mes de julio, coincidiendo con
la fiesta mayor de esta población, la tradicional cantada de
habaneras de Calella de Palafrugell, que es autorizada también
por el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio
Ambiente, una sardinada en Santa Pola o una competición de
voleibol en la playa del Sardinero.

Y si esta actividad, además, señorías, comporta la ocupación con
instalaciones desmontables o bienes muebles, dicha ocupación
temporal también debe ser autorizada por el Ministerio de Obras
Públicas, Transportes y Medio Ambiente de forma expresa, tanto,
por ejemplo, si se trata del rodaje de una película durante dos
días en la cala Trons de Lloret de Mar, como de la celebración de
unas pruebas de trial durante un fin de semana en cualquier
población costera y que suponga la ocupación temporal del dominio
público marítimoterrestre.

Vayamos a situaciones aún más cotidianas y habituales. Comienza
por ejemplo, señorías, una larga temporada estival que esperamos
y deseamos muy fructífera para la economía de nuestro país. Todos
los municipios turísticos del litoral están preparando sus planes
de uso de la playa--o ya los han preparado--, que serán
inicialmente aprobados por la comunidad autónoma como paso previo
a su remisión al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y
Medio Ambiente, que es el que, de acuerdo con el artículo 53 de
la vigente Ley de Costas, autoriza los servicios de temporada con
instalaciones desmontables; es decir, la ubicación de los
parasoles, las hamacas, los patines a pedales, las boyas de
fondeo, los toldos, el puesto de socorro de la Cruz Roja, las
planchas de windsurfing o los chiringuitos que alegran nuestras
playas. En definitiva, es el Ministerio de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente el que diseña, en última instancia,
el paisaje veraniego de la totalidad de las playas españolas.

Ello, además de innecesario, nos parece contrario no ya al más
elemental principio de subsidiariedad, sino incluso al más
elemental concepto de lo que es la descentralización
administrativa.

Hasta ahora, señor Presidente, señorías hablaba de
autorizaciones, pero exactamente lo mismo sucede en



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el caso de las concesiones. Por ejemplo, cualquier ocupación de
la playa o resto del dominio público marítimo-terrestre con obras
fijas o instalaciones no desmontables, como son los servicios
sanitarios, los bares, los restaurantes, las casetas de la Cruz
Roja, los embarcaderos o el local social del club náutico la ha
de otorgar el Ministerio a través de la Dirección General de
Costas. Incluso cuando es el propio ayuntamiento o la comunidad
autónoma los que pretenden ejecutar unas obras, como podría ser
la construcción de un paseo marítimo, también en este caso
necesita la oportuna y preceptiva concesión ministerial Sin
embargo, a sensu contrario, cuando es el propio Ministerio el que
realiza esas obras, sean de cualquier clase, en esta zona de
dominio público marítimo-terrestre, lo que sucede bastante a
menudo, entonces el Ministerio no tiene necesidad de solicitar
absolutamente nada, ni tan sólo al ayuntamiento afectado, como
está sucediendo, por ejemplo, cuando se están realizando las a
veces polémicas actividades de regeneración de playas. En
definitiva, son el ayuntamiento y la comunidad autónoma los que
planifican los usos de la playa El Ministerio interviene en dicho
proceso de planificación a través de un informe que con carácter
preceptiva se fija en la legislación, pero también es el que
otorga las autorizaciones o concesiones.

Pues bien, el esquema competencial de la Ley de Costas que
ilustra estas disposiciones, que ilustra estos ejemplos, es el
que nuestro Grupo Parlamentario pretende corregir a través de
esta proposición de ley, dotando así de un mayor protagonismo en
la gestión de las costas a las administraciones más cercanas y
mejor conocedoras del problema, todo ello sin que disminuya ni un
ápice el estándar protector de la ley, que establecemos
expresamente podrá ser ampliado o incrementado por el
planeamiento urbanístico o por las comunidades autónomas, pero no
disminuido, como se dispondrá expresamente en varios de los
artículos que enmendamos.

Nuestra proposición de ley refuerza, como decía anteriormente, el
contenido medioambiental del texto legal que queremos reformar.

Para ello, introduce la posibilidad de recuperar zonas húmedas
que habían sido desecadas, incluyéndolas después de esta
regeneración dentro del dominio público marítimo-terrestre; por
tanto, todas las normas protectoras de la ley le serán
directamente de aplicación En diversos preceptos asegura la
estabilidad de la protección de la costa permitiendo la mejora de
los estándares, pero en ningún caso su rebaja. También se
introduce como criterio de la ordenación territorial y
urbanística en la zona de influencia la protección de las zonas
húmedas y espacios naturales protegidos. Se eleva a rango legal
la necesidad de someter a evaluación del impacto ambiental los
proyectos y obras cuando así se desprenda del previo estudio, lo
que proporcionará a la Administración competente en materia
medioambiental un instrumento más para la protección del dominio
público marítimoterrestre. Y, por último, introduce en el
capítulo de las competencias que las comunidades autónomas deben
de ejercer en relación con esta Ley de Costas la necesidad de que
ejerciten, ejecuten o hagan uso de sus competencias de carácter
medioambiental que, como saben SS. SS, son de ejecución y gestión
de la normativa básica dictada por el Estado.

Este es, señor Presidente, señorías, en grandes líneas, el
sentido de nuestra proposición de ley. Desde luego su contenido
es más amplio, pero no quiero perderme en el articulado pues
correría el riesgo de entrar en una exposición árida y aburrida.

La propia amplitud de la propuesta, la cantidad de artículos de
la Ley de Costas que modifica (un total de 25 más una disposición
adicional y una disposición transitoria) hace que la misma pueda
tener más de uno, más de dos y más de tres aspectos discutibles
por los demás grupos parlamentarios de la Cámara. Somos
plenamente conscientes de ello, por lo que anuncio desde ahora
nuestra mejor disposición al diálogo, pero nos parece de gran
importancia que hoy iniciemos un debate sereno y pausado sobre la
necesidad de mejorar la Ley de Costas de 1988 en aquellos
aspectos que la práctica así lo recomienda, así como de adaptarla
sobre todo a la realidad descentralizada que la Constitución
diseñó para nuestro Estado.

Por todo ello pedimos su voto favorable a la toma en
consideración de esta proposición de ley.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Recoder.

¿Turno en contra? (Pausa.) ¿Grupos que desean fijar su posición?
(Pausa.)
Por el Grupo Mixto tiene la palabra la señora Rahola.




La señora RAHOLA I MARTÖNEZ: Gracias, señor Presidente.

Intervengo para fijar la posición favorable de Esquerra
Republicana a la proposición de Convergència i Unió A pesar de
algunas reservas en materia ecológica, especialmente en el
momento de la aplicación de la ley, que en todo caso serán motivo
de seguimiento por nuestro partido dada su militancia ecologista,
consideramos que esta proposición es un paso adelante en materia
autonómica, respira una gran sensibilidad autonomista y, por
tanto, es favorable a nuestro planteamiento desde la perspectiva
de tener más autogobierno y de tener más soberanía en materias
fundamentales. Por ello, a pesar de tener algunas reservas, por
su sensibilidad autonomista clara, decidida y militante votaremos
a favor de la misma.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Rahola
Por el Grupo Mixto tiene la palabra el señor Chiquillo.




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El señor CHIQUILLO BARBER: Gracias, señor Presidente.

Muy brevemente voy a fijar la postura de Unión Valenciana
respecto a la proposición de ley del Grupo Catalán (Convergència
i Unió) sobre modificación de la Ley de Costas. Suscribimos
íntegramente la intervención del portavoz del Grupo Catalán.

Apoyamos la toma en consideración de la proposición de ley para
adecuar la Ley de Costas al marco competencial de nuestras
comunidades autónomas. Desde el respeto a las facultades que
sobre el dominio público marítimo-terrestre tiene la
Administración del Estado, así como de la protección al medio
ambiente pensamos que la Ley de Costas se puede mejorar en lo que
respecta a aquellas competencias que tienen las comunidades
autónomas en lo referente al desarrollo y ejecución en materia de
medio ambiente, así como en la ordenación del territorio y del
litoral, para que las comunidades autónomas puedan ejercer estas
competencias y así respetar el marco competencial en toda su
integridad.

Vamos a dar nuestro apoyo a la toma en consideración de la
proposición porque consideramos que el Estado de las autonomías
también tiene en esta materia mucho que decir.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Chiquillo.

Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor
Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor Presidente.

En nombre del Grupo Parlamentario Vasco voy a fijar posición
respecto a la proposición de ley que plantea el Grupo Catalán
(Convergència i Unió) sobre modificación de la ley 22/1988, de 28
de julio, de Costas.

Como decía el Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán, esta es
una iniciativa legislativa que trata de corregir los defectos
profundos que tiene la Ley de Costas del año 1988; ley que fue
aprobada en los tiempos en que el Partido Socialista Obrero
Español tenía mayoría absoluta y que parte de un concepto muy
centralista de la gestión y de la conceptuación del litoral. La
costa, en cuanto concepto amplio, integrante cuando menos de zona
marítimo-terrestre y las playas, es un bien de dominio público
por naturaleza, cuya titularidad corresponde al Estado en virtud
del artículo 132.2 de la Constitución. A su vez, dicho bien y su
zona colindante es usado como soporte de múltiples actividades,
tanto de sujetos privados como de aquellos otros sujetos públicos
que proyectan sus competencias sobre aquél. Por ello se precisa
armonizar los intereses de todos los actores que hacen de la
costa escenario y objeto de su actividad. El equilibrio entre las
facultades inherentes al Estado como titular de un bien demanial
y otras facultades de las cuales son titulares otras
administraciones públicas que precisan aquel bien demanial como
soporte, fundamento o espacio de su actuación, es el objeto
propio de la legislación reguladora de los bienes demaniales de
esta naturaleza.

Las Cortes Generales han abordado el desarrollo del artículo
132.2 de la Constitución en dos ocasiones. En primer lugar se ha
regulado el dominio público hidráulico y, en segundo lugar, se ha
regulado el dominio público marítimo-terrestre. Pues bien, la
opción política de esta Cámara en uno y otro caso son totalmente
distintas. Mientras que esta Cámara, cuando reguló el bien de
dominio público como es el agua, el demanio hidráulico, opta por
el modelo de conceptuar este bien como una compartición
competencial, de manera que la titularidad del bien es de los
poderes centrales del Estado, como dominio público, pero el uso y
aprovechamiento de ese bien, en lo que concierne a las cuencas
intracomunitarias es de las comunidades autónomas, sin perjuicio
de que también sobre aquellas cuencas intercomunitarias la
gestión del dominio público sea susceptible, como lo ha sido en
algunos casos, de encomienda de gestión, en cuanto al uso y
aprovechamiento, a algunas comunidades autónomas. Mientras en un
caso, en base al desarrollo del 132, en la Ley de Aguas esta
Cámara escoge una opción legislativa el año 1985 con un
determinado matiz político, en 1988 realiza una regulación
totalmente centralista de otro bien de dominio público amparado
en el mismo precepto constitucional, que es el 132.2. y mientras
el legislador en el otro caso partía de la distribución
competencial, en el caso de la Ley de Costas parte de un criterio
absolutamente centralista y entiende que, al ser un bien de
dominio público, no se pueden disgregar ni separar las facultades
de la titularidad dominical de las facultades del uso y
aprovechamiento.

Sustanciado el recurso de inconstitucionalidad planteado por
diferentes comunidades autónomas al respecto, el Tribunal
Constitucional viene a decir que el modelo adoptado por el
legislador a la hora de modular, de regular y de determinar el
concepto y el alcance del dominio público de las costas es
constitucional tal como está en la Ley de Costas, pero--dice el
Tribunal Constitucional--sin perjuicio de que quepan otras
opciones políticas. Sobre esto es oportuna la iniciativa de
Convergència i Unió, porque la otra opción que se planteó por
esta Cámara cuando se reguló la Ley de Aguas, es perfectamente
posible. ¿Y qué es lo que se plantea, que no lo hace Convergència
i Unió y habrá que corregirlo en el trámite correspondiente de
enmiendas? Que, por un lado, la titularidad dominical sea de los
poderes centrales del Estado, como bien demanial por naturaleza,
pero, por otro lado, el uso, el aprovechamiento, el día a día en
definitiva, sea gestionado por las comunidades autónomas. Es
decir, trasladar al ámbito del dominio público marítimo-terrestre
algo que ya ha sido aprobado por esta Cámara, que es la gestión,
en el caso del agua, del dominio público hidráulico. Ese mismo
sistema es el que queremos trasladar.




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Se produce además otra paradoja, y es que las comunidades
autónomas que tienen competencia en materia de ordenación del
territorio, en materia de urbanismo, en materia de vivienda y en
materia de ordenación del litoral, título específico y que
concreta lo que es la ordenación del territorio, se ven vaciadas
de la misma porque esos títulos competenciales no pueden actuar
sobre la zona demanial. Podrán actuar--como ha dicho el Tribunal
Constitucional--sobre la zona de influencia, que es el objeto de
la proposición de ley del Grupo Catalán (Convergència i Unió). Lo
que pretende, en definitiva, Convergència i Unió es que las
facultades del Estado relativas a la zona de influencia, es
decir, a los terrenos de titularidad privada pero sobre los que
recae una serie de limitaciones o servidumbres, bien sea de
tránsito, de acceso al mar, de paso, sobre ellas puedan incidir
las competencias autonómicas de ordenación del territorio, de
urbanismo, de vivienda. Eso es lo que pretende Convergència i
Unió; en definitiva, hacer más autonómica la ley. Pero se queda
corta. Se queda corta porque lo que hay que hacer además de eso,
que está muy bien, es que la gestión del día a día, la gestión
relativa a una obra en una playa, a la regeneración de una playa,
corresponda a las comunidades autónomas como cualquier obra
ordinaria que se pueda efectuar en el Estado de las autonomías.

Señorías, en un Estado que se dice autonómico compuesto y con un
poder político descentralizado en que servicios públicos
importantísimos como la educación, la sanidad y la policía en
algunos casos están en manos de las comunidades autónomas, para
realizar la gestión de una obra en un acantilado, para regenerar
una playa, las comunidades autónomas no tienen competencia al
operar sobre un bien de dominio público. Eso es lo que hay que
corregir, además de lo que plantea Convergència i Unió. Es decir,
que la titularidad sea, por un lado, del Estado, de los poderes
centrales del Estado, como dice el artículo 132.2 de la
Constitución, pero que la gestión, el uso y el aprovechamiento de
la zona demanial corresponda a las comunidades autónomas. Si no
es así, seguiremos con los vicios de un Estado eminentemente
centralista en que para realizar una obra en una playa será
necesario la intervención del Ministerio de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente. Eso es lo que hay que modificar y
no se aborda en la proposición de ley. La proposición de ley
incide únicamente en las facultades de ordenación del territorio,
de urbanismo, ordenación del litoral y vivienda, sobre la zona de
influencia colindante, limitada, pero no sobre la zona demanial.

En definitiva, lo que pretendemos es trasladar el planteamiento
político que esta Cámara aprobó con la Ley de Aguas a la Ley de
Costas.

Señor Presidente, hay otro precedente importantísimo. Cuando esta
Cámara, a través de la Ley de Ordenación de las
Telecomunicaciones, regula, ordena el espacio radioeléctrico,
éste es declarado bien de dominio público estatal. Pero mientras
que el Estado realiza la asignación general de frecuencias, la
concesión de la utilización de ese espacio, es decir, la
determinación del uso y aprovechamiento está asignada a las
comunidades autónomas en lo que concierne a las ondas de
modulación de frecuencias. He ahí otro segundo supuesto clarísimo
en el que por un lado se separa la titularidad dominical y, por
otro, el uso, el aprovechamiento y la gestión del bien demanial.

Pues bien, señorías, eso es lo que en definitiva procede en este
caso. Estamos de acuerdo con el planteamiento de Convergència i
Unió, pero se queda corto. Se queda corto porque no hace
referencia a la zona demanial; hace referencia a la zona de
influencia.

Por ello, señor Presidente, nuestro Grupo Parlamentario va a
apoyar esta proposición de ley, porque el Tribunal Constitucional
ha dicho que esta opción política, la de la Ley de Costas, es
constitucional. Pero la otra opción política, la que nosotros
planteamos y pretendemos trasladar, la de la Ley de Aguas, con el
propósito de separar la titularidad de la gestión, también es
constitucional. Por tanto, es una cuestión de opción del
legislador, de configuración a la hora del ejercicio de las
competencias por parte de esta Cámara y con un eminente matiz
político. Es ahí donde hay que ver a los diferentes grupos
políticos, a la hora de conceptuar si una obra en una playa ha de
ser gestionada por el Ministerio o puede ser gestionada por las
comunidades autónomas, como ocurre con servicios esenciales
importantísimos, como he dicho, incluso con servicios de una
importancia mucho menor como pueden ser obras en carretera, obras
en infraestructuras, obras hidráulicas etcétera.

Por tanto, señor Presidente, y voy a terminar, es necesario
corregir ese centralismo que está, en este momento, plasmado en
la Ley de Costas y adecuarlo al Estado de las autonomías. Y no
sólo por la razón que ha dado el Tribunal Constitucional en
cuanto a la zona de influencia, sino por una consideración de
orden político, por considerar un Estado autonómico con
posibilidad de realizar políticas propias para las comunidades
autónomas. Porque ¿sabe lo que ocurre? Que la competencia, que se
dice exclusiva, sobre ordenación del litoral mitigada luego por
el Tribunal Constitucional, queda en nada. No se puede ordenar el
litoral porque la Ley de Costas dice que las facultades de uso y
gestión van ligadas a la titularidad, y como yo soy el titular no
les dejo ordenar el litoral como usted quiera.

Evidentemente, ése no es el planteamiento que se ha hecho en la
Ley de Aguas donde por un lado se admite la titularidad de los
poderes centrales del Estado, pero luego se admite la titularidad
de planificación, de ordenación sobre las cuencas
intracomunitarias y las intercomunitarias a través de la
encomienda de la gestión. Por tanto, antecedentes legislativos
hay y lo que en este momento hace falta es voluntad política en
base a los precedentes de que hablaba.

Muchas gracias.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gatzagaetxebarría.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene
la palabra el señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ MASATS: Con la venia, señor Presidente.

El Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida Iniciativa per
Catalunya está de acuerdo con el aumento y el desarrollo de las
competencias, tal como se va a demostrar en la moción
consecuencia de interpelación que también esta tarde se va a
evacuar en este Pleno del Congreso de los Diputados.

En este sentido, creemos que el Grupo de Convergència i Unió ha
realizado un cierto esfuerzo a la hora de cambiar su anterior
proposición de ley por ésta de febrero de 1995, en el sentido de
circunscribirla más rigurosamente al hecho competencial y al
desarrollo de las competencias en el tema que hoy estamos
tratando. Pensamos que esto es positivo en el caso concreto de la
Ley de Costas y su rectificación, siempre que se haga bajo la
garantía de la protección ambiental y bajo la garantía de la
protección de los bienes de dominio público La rectificación de
Convergència i Unió recorre un camino en esta dirección pero, a
nuestro juicio, no lo suficientemente claro, contundente y
definitivo. A nuestro juicio, se puede estar cambiando el régimen
de protección, incluso algunas figuras del régimen jurídico de
protección medioambiental, en la proposición de ley que aquí nos
presenta hoy Convergència i Unió.

Aparecen algunos principios generales a través de los cuales las
comunidades autónomas podían estar legitimadas para ejercer
actividades que supondrían una presión más, una presión
adicional, en el litoral español. Por ejemplo, no es de recibo, a
nuestro juicio, con respecto a una parte importante del litoral,
aunque no se refiera en este caso específicamente a playas,
etcétera, el artículo 25.3 que introduce principios generales que
han sido en muchos casos perversamente utilizados hasta ahora;
principios generales como la utilidad pública, como los
requisitos de excepcional importancia o como las razones
económicas justificadas. Principios que, a nuestro juicio, pueden
poner en entredicho la protección contemplada en el resto de la
proposición de ley de Convergència i Unió, de 24 de febrero de
1995. En cualquier caso, señoría, dada la importancia y
complejidad del tema y dada también la relevancia política del
tema en función del debate que se ha suscitado en torno a la
posible aprobación de esta proposición de ley, y dado que existen
dos textos de Convergència i Unió, uno de los cuales tiene que
funcionar, queramos o no, como precedente explícito--en este caso
la del 24 de febrero funcionaría como texto implícito de los
objetivos que pretende Convergència i Unió-, y teniendo en cuenta
que la inmensa mayoría de las organizaciones ecologistas no han
tenido la oportunidad ni el tiempo de debatir este tema, sería
muy conveniente propiciar un debate a fin de que la ampliación
competencial, el desarrollo de las competencias perseguido por
muchos de los grupos de esta Cámara, desde luego nosotros junto a
ellos, no implique una grave desprotección de las costas y playas
del Estado español.

Nos encontramos ante un tema crucial, estamos ante el tema de la
necesidad de la utilización del dominio público
marítimo-terrestre y, en especial, de la ribera del mar,
garantizando siempre su uso público, tema que intentaba regular,
a nuestro juicio de manera afortunada en general, la Ley de
Costas de 1988, a la que Izquierda Unida-Iniciativa per Cataluña
no ha presentado enmienda de totalidad. Sí presentaron enmienda
de totalidad para que se devolviera este proyecto de ley los
grupos parlamentarios entonces denominados Coalición Popular,
Minoría Catalana, el CDS, el PNV, y una enmienda también de
devolución suscrita en el Grupo Mixto por los señores Bernáldez y
Mardones. Se trataba, a través de la Ley de Costas, de la
protección de 3.000 playas con casi 2.000 kilómetros de longitud
y de una ribera de unos 8.000 kilómetros, protección ya recogida
de manera contundente, incluso enfática en el artículo 132.2 de
la Constitución que dice que son bienes de domino público estatal
los que determina la Ley y, en todo caso, las zonas
marítimo-terrestres, las playas, el mar territorial y los
recursos naturales de la zona económica y la plataforma
continental. La Constitución ni siquiera en el texto que acabo de
leer esperaba una ley posterior a la hora de proteger las costas
del Estado español. La Ley de 1988 estipulaba las condiciones de
esta protección, y a pesar de todo, señorías --y éste es uno de
los problemas fundamentales que yo quisiera reseñar aquí hoy--,
esta protección sólo se ha mantenido a nivel teórico. A pesar de
la Constitución, a pesar de la Ley de Costas ha habido muchísimas
y fuertes agresiones en los hechos, en la realidad, pero también
incluso en el terreno de la práctica jurídica y en el desarrollo
normativo. A este respecto un miembro del Tribunal
Constitucional, el señor Leguina Villa ha llegado a decir lo
siguiente: No hay en Europa y tal vez en el planeta un solo país
que haya depredado con mayor voracidad que el nuestro sus
espacios naturales costeros, ni que lo haya hecho con tanta
impunidad, siendo, sin duda, el proceso de urbanización del
litoral el factor más dañino de cuantos han contribuido en el
pasado más reciente a la degradación y ocupación privatizadora de
la ribera del mar. Y sigue diciendo el señor Leguina Villa:
significando la vigente Ley de Costas un auténtico código del
litoral que, de un lado, engarza con lo mejor de nuestra
normativa legislativa y, de otro, elimina uno por uno los
notorios defectos de la legislación más reciente, proponiendo con
excelente factura un vasto repertorio de técnicas y medidas
protectoras que merecen ser aplaudidas sin reservas porque



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responden rigurosamente a la magnitud de los problemas que
aquejan a las costas españolas, y que servirán sin duda para
liquidar definitivamente el proceso destructivo de nuestro
litoral, ampliar estos bienes públicos, consolidar su afectación
y disfrute público y mejorar sensiblemente la ordenación racional
de los espacios costeros en trance de urbanización.

En este sentido, a nuestro juicio, en la proposición de ley del
Grupo Catalán de Convergència i Unió se introducen una serie de
factores textuales que nos suscitan una seria duda con respecto a
los objetivos de desarrollo competencial o a los objetivos de la
protección medioambiental. Por ejemplo, se deja a criterio
discrecional la posibilidad de construcción de viviendas,
hoteles, carreteras y otras vías de transporte, tendido de líneas
de alta tensión, instalaciones industriales, etcétera, incluso
ubicadas en dominio público marítimoterrestre, artículo 25.3 Y
32.2.

Por ejemplo, se deja la determinación de los accesos públicos a
la planificación territorial-artículo 28.2--, lo que podría
significar, a nuestro juicio, como venía ocurriendo
anteriormente, la privatización de hecho de numerosas playas. Se
suprimen las limitaciones que, en el Reglamento de Costas,
establecen dimensiones y distancias de edificaciones, como
restaurantes, bares de todo tipo, etcétera, lo que podría
significar la ocupación masiva de las playas, como sucedía antes
de la promulgación de la vigente Ley de Costas, en este caso
también su Reglamento.

Los estudios y evaluaciones de impacto ambiental --artículo 42--
se tratan mucho mejor, mucho más sistemática y rigurosamente en
la Ley de Costas que, en estos aspectos, hoy estamos defendiendo
aquí.

La supresión de los límites de plazos en el Reglamento a las
concesiones en dominio público de playas, marismas, acantilados,
etcétera--artículo 66.2 de la proposición de ley del Grupo
Catalán (Convergència i Unió)--, podría suponer ocupaciones
durante más tiempo y mayores edificaciones al aumentar su
facilidad de amortización, junto a otra serie de dudas que he
aducido anteriormente.

Por todo ello, señor Presidente, saludamos el esfuerzo que ha
hecho el Grupo Catalán (Convergència i Unió) a la hora de,
cambiando su texto inicial, abonar la idea del desarrollo
competencial, del traspaso de competencias correspondiente. Al
mismo tiempo, decimos que lo que se contenía como precedente en
el texto inicial puede significar en función de algunos artículos
que he leído, un objetivo implícito, pero que está ahí, abriendo,
a nuestro juicio, un portillo que suprime o, en todo caso,
rectifica a la baja, reduce la protección medioambiental de las
costas, de las playas, etcétera, del Estado español.

Como he dicho anteriormente, también falta un debate social
adecuado y en la inmensidad de los grupos ecologistas que no han
tenido oportunidad por razones de tiempo o porque al cambiarse el
texto de la proposición de ley ha habido un despiste general, lo
que en este momento hace que nosotros exijamos este debate de
tipo social y en las organizaciones ecologistas en general.

A nuestro juicio, señor Presidente...




El señor PRESIDENTE: Señor Alcaraz, le ruego concluya.




El señor ALCARAZ MASATS: Señor Presidente, termino
inmediatamente.

Desde el debate social y de los grupos ecologistas que nosotros
vamos a intentar, si no dinamizar, sí que se celebre, y desde la
posición general que se produzca a partir de la lectura y debate
de la proposición de ley del Grupo de Convergència i Unió,
teniendo en cuenta que aprobamos la parte de este texto que habla
del desarrollo competencial, creemos que el voto adecuado, desde
el punto de vista del Grupo Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, sería el de la abstención, a lo que vamos a
proceder cuando llegue el momento en esta sesión del Pleno del
Congreso de los Diputados.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Alcaraz.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Martínez.




La señora MARTINEZ SAIZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, la Ley de Costas del 28 de julio de 1988 pretendió
hacer efectivo un triple propósito: garantizar el carácter
público del dominio marítimo-terrestre, conservar sus
características naturales y cumplir el mandato del artículo 132.2
de la Constitución, que declara de dominio público estatal los
bienes que determine la ley y, en todo caso, la zona
marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial, los recursos
naturales y la plataforma continental, así como desarrollar los
principios establecidos por el artículo 45 de la Constitución, de
acuerdo con los criterios de la recomendación de 1973 del Consejo
de Europa sobre protección de zonas costeras y de la Carta
Europea del Litoral, aprobada en la Conferencia de regiones
periféricas marítimas de la Unión Europea, celebrada en Creta en
octubre de 1981.

Señorías, la Ley de Costas fue una ley polémica que nació con una
enorme tensión competencial, entre otros motivos porque, por
primera vez, se regulaba el dominio público marítimo-terrestre
desde la realidad de un estado autonómico. Como les digo, esta
tensión competencial fue tan fuerte que originó la interposición
de nueve recursos de inconstitucionalidad por diversas
comunidades autónomas y por 50 Diputados del Grupo Parlamentario
Popular. Dos fueron los motivos fundamentales que se adujeron en
dichos recursos contra la



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ley. Unos entendían que se vulneraba el derecho de la propiedad
reconocido en el artículo 33 de la Constitución y otros creían
que el Estado invadía competencias de las comunidades autónomas.

Señorías, dejando hoy de lado el primero de los motivos, es
decir, la posible conculcación del artículo 33 de la
Constitución, que fue resuelto por el Tribunal Constitucional, de
forma también polémica, mediante la transformación del título
dominical en un título concesional por un tiempo determinado, voy
a centrarme en el segundo de los motivos, es decir, en la posible
invasión de competencias.

¿Qué dijo el Tribunal Constitucional al respecto? Reconoció,
señorías, la inconstitucionalidad de determinados preceptos y
aclaró que cuando la función ordenadora se atribuye a una sola
administración, en este caso las comunidades autónomas, esa
atribución no debe entenderse en términos tan absolutos que
elimine o destruya las competencias que la Constitución reserva
al Estado, manifestando también que en caso de competencias
concurrentes deberá atenerse a la competencia prevalente. Dicho
en otras palabras, señorías, y para que se entienda, a mi modesto
entender, lo que dijo el Tribunal Constitucional es que todo el
mundo es competente sin perjuicio de que el otro también lo es,
practicando así una de las líneas de fuga del alto tribunal.

No hace falta manifestarles que la vigente Ley de Costas no es
una ley que satisfaga a este Grupo, pero tampoco nos satisface
totalmente la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió). Conviene señalar que en la primera
proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), concretamente en el artículo 21, se
establecía que los terrenos colindantes con el dominio público
marítimo-terrestre estarían sujetos a las limitaciones y
servidumbres previstas en la normativa urbanística, lo que causó
gran preocupación a numerosos grupos sociales, entre ellos los
ecologistas.

Posteriormente, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió) adujo un error y presentó una nueva proposición en la que
modificaba determinados artículos, entre ellos el famoso artículo
21 al que nos hemos referido, quedando en estos momentos en que
las limitaciones y servidumbres de los terrenos colindantes
tendrán el carácter de regulación mínima, tranquilizando con ello
a una buena parte de los grupos ecologistas que consideraban la
anterior redacción como una reducción de la protección de las
zonas litorales.

Nuestro Grupo, señorías, entiende que la proposición de ley
presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió) intenta establecer mecanismos de coordinación y cooperación
entre la administración estatal y las autonomías para desarrollar
y armonizar sin más conflictos las competencias que tienen
atribuidas las comunidades autónomas. Sin embargo,
esta proposición de ley tiene enormes defectos de los que voy a
hacer una somera exposición. Primero, es una proposición de ley
técnicamente imperfecta, por cuanto no logra un modelo coherente
de reparto de competencias entre ayuntamientos, comunidades
autónomas y Estado, aparte de que mantiene en vigor algún
precepto, por ejemplo el inciso sobre la acuicultura en su caso,
en el artículo 111 de la ley, que debe eliminarse conforme a las
sentencias del Tribunal Constitucional. Es una proposición
atentatoria a las competencias de los ayuntamientos, pues, en su
obsesión de transferir competencias desde el Estado a las
comunidades autónomas, amplía las de las comunidades tanto que
priva a los ayuntamientos de algunas que les corresponden, por
ejemplo, en el artículo 22, respecto a la aprobación de las
normas de protección de determinados tramos de costa, en el que
la propuesta del Grupo Catalán de Convergència deja de lado a los
ayuntamientos, o en el artículo 52.1, donde su propuesta se
olvida de que los planes no siempre son aprobados por las
comunidades autónomas, sino en ocasiones por los ayuntamientos,
tal como sucede, por ejemplo, en los planes especiales a que se
refiere el artículo 118.3.c) de la Ley del Suelo.

Buscando romper el práctico monopolio de la Administración
central del Estado respecto a las costas que establece la ley
vigente, la propuesta de Convergència da un vuelco total,
atribuyendo a las comunidades autónomas tal cúmulo de
competencias que, en algunos casos, señorías, incurren en
inconstitucionalidad, como sucede en la modificación que se
plantea respecto al artículo 33.4, en la que Convergència propone
la misma redacción que la existente en el texto original que fue
declarado inconstitucional.

Sorprendentemente, señorías, la proposición de Convergència
parece introducir una discriminación entre comunidades autónomas
para otorgar determinadas competencias a aquellas comunidades que
tienen asumida en sus estatutos de autonomía la competencia de
ordenación del litoral, privando a la vez de esas competencias a
aquellas comunidades autónomas que no tienen, textualmente, esta
competencia, aunque tengan la de ordenación del territorio que,
conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, englobe a las
de la ordenación del litoral, pues expresamente, afirma el
Tribunal en la sentencia 149/81, todas las comunidades autónomas
costeras competentes para la ordenación del territorio, lo serán
también para las del litoral, concepto este que incluye al menos
la ribera del mar y sus zonas de protección e influencia.

Señorías, no es cuestión, en este trámite parlamentario, de hacer
un análisis exhaustivo de la proposición de ley de modificación
de la Ley de Costas que propone el Grupo Parlamentario Catalán,
pero basta lo que he dicho hasta el momento para justificar
técnicamente que esta proposición de Ley no es un producto
técnicamente maduro y no es de nuestro agrado. Sin embargo,



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no vamos a votar en contra, sino que nuestra postura será la de la
abstención.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Martínez.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor
García-Arreciado.




El señor GARCIA ARRECIADO BATANERO: Muchas gracias, señor
Presidente.

Señoras y señores Diputados, se ha recordado ya, y es cierto, que
el próximo 22 de julio se cumplen siete años desde la aprobación
definitiva por esta Cámara de la vigente Ley de Costas. Una ley
que en su trámite parlamentario estuvo caracterizada, a los
efectos que hoy nos interesa recordar, por un apasionado debate
competencial. Debate que llevó al portavoz de algunos de los
grupos a negar la racionalidad del proyecto (la «ratio legis»,
creo que decía) y que, por tanto--decía también--, el valor
normativo de la ley, al derivar de la finalidad justa de la
norma, era inexistente; concluyendo este portavoz con la denuncia
de un vicio de origen, una quiebra insuperable, una falta de
razón radical que descalificada el proyecto debatido.

Entre las razones de esta descalificación de la norma estaba en
lugar preferente la supuesta invasión competencial que le llevó a
este portavoz a calificar el proyecto como una loapa mal hecha, y
a otro portavoz distinto a decir que la ley había de recorrer
inexorablemente el camino del Tribunal Constitucional. Y lo
recorrió. Con el apoyo de la entonces Coalición Popular y de
siete autonomías, la ley fue objeto de ocho recursos de
inconstitucionalidad y recorrió ese camino anunciado hasta el
Tribunal Constitucional.

Como saben SS. SS., el Tribunal Constitucional falló en el año
1991, produciendo una sentencia espectacularmente a favor de la
Ley (Ley a la que, como se ha recordado, algún magistrado
calificó de auténtico código de protección del litoral),
introduciendo en esa sentencia a favor de la ley escasas
modificaciones que, dada la eficacia normativa inmediata de las
sentencias del Alto Tribunal, están en vigor desde la fecha de la
sentencia; por más que hoy--y no habría inconveniente en ello--la
proposición de ley de CIU nos induce a modificar, entre otros
artículos, el contenido de la ley de Costas para ajustarlo
plenamente a la sentencia. Una ley de 119 artículos, de más de
una docena de disposiciones, finales, adicionales, transitorias,
etcétera, que sólo es corregida por el Tribunal Constitucional en
cinco artículos, en cuatro de ellos exclusivamente en una palabra
y solamente en uno, en el artículo 26, reconociendo un exceso de
poder legislativo al atribuir al Estado la facultad de concesión
de autorizaciones de uso en las zonas de protección de la costa.

Una Ley, como digo, de más de 120 preceptos, que sólo recibe el
ligero retoque en cinco de sus artículos, no merece las
afirmaciones de algunos portavoces de grupos parlamentarios que
continúan insistiendo en una descompensada atribución de
competencias entre la Administración central del Estado y
comunidades autónomas.

Desde el año 1988 en que se promulga la Ley, ¿qué ha ocurrido en
la aplicación de esta norma, que en definitiva es lo que nos
debería preocupar a todos? A criterio de nuestro Grupo, ha
permitido desarrollar una gestión especialmente eficaz y
brillante en el seno de un Ministerio que, en su conjunto, ya
ofrece una gestión eficaz y brillante. Desde Barcelona a San
Sebastián, pasando por Valencia, por Málaga, por Cádiz, por La
Coruña y por Gijón, la mayoría de las provincias y de las
ciudades importantes de nuestra costa han vivido transformaciones
espectaculares de su fachada litoral, quinientos informes
anuales, vinculantes, sobre planeamientos del territorio o
planeamientos del urbanismo que afectaban a dominio público
marítimoterrestre o a sus zonas de protección han permitido
evitar agresiones importantes sobre el mismo y han mejorado la
calidad de la zona marítimo-terrestre y de las playas. Más de
1.000 millones al año de inversión en trabajos de deslinde de
dominio público marítimo-terrestre han señalado claramente sus
límites, han definido su protección y han afianzado la seguridad
jurídica de quienes se vieron afectados por las disposiciones
relativas a los deslindes. Ciento cincuenta mil millones de
pesetas de inversión en el Plan de Costas vigente están
contribuyendo a regenerar playas, a recuperar marismas, zonas
dunares y a construir numerosos accesos a las riberas del mar,
para hacer efectivo el derecho al uso público y gratuito de los
ciudadanos. La conclusión, para mi Grupo, de lo dicho hasta ahora
es que no existe ninguna razón jurídico-constitucional ni ninguna
exigencia de mayor eficacia que aconsejen una modificación
importante, como la que se nos propone, de la Ley de Costas.

Señor Presidente, señoras y señores Diputados, ¿significa esto
que vamos a rechazar la toma en consideración de la proposición
de Ley de Convergència i Unió? No, necesariamente. Significa que
tenemos objeciones, algunas de ellas suficientemente importantes,
suficientemente graves como para llevarnos al pleno rechazo de
puntos concretos de la proposición, pero también tenemos acuerdos
y también creemos que es posible aceptar, literalmente, algunos
contenidos de la proposición de ley. Y lo que es más importante,
no vemos difícil hacer un esfuerzo de aproximación del que nazcan
textos de mutuo acuerdo que pretendan concretar muchos contenidos
de la proposición de ley que, sin merecer nuestro rechazo, nos
parecen claramente mejorables.

¿Cuáles son los polos de rechazo y de aceptación de los
contenidos de la ley a los que no me quiero referir
específicamente por no ser propio en un debate de este rango? Son
los mismos para aceptar que para rechazar: la lectura sosegada de
la sentencia del Tribunal



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Constitucional, reconocer que hay preceptos en los que el
Tribunal Constitucional no dice únicamente, como he escuchado a
algún portavoz, que es constitucional la solución dada y que
igual de constitucional sería una solución técnica distinta. No,
señor Presidente. Hay preceptos de la Ley de Costas en los que el
Tribunal Constitucional dice que no solamente existe la referida
competencia a favor del Gobierno, sino que es deber del Gobierno
el ejercitarla en los términos concretos descritos en la Ley de
Costas. Hay un deber de protección de la zona marítimo-terrestre,
que es una exigencia que el Tribunal Constitucional hace al
Gobierno. No es una opción, es una exigencia de la cual se
derivan, por tanto, todas las servidumbres de acceso al dominio
público, de tránsito. La facultad reglamentaria del Congreso
sobre el dominio público marítimo se reconoce no como una
facultad optativa del Gobierno, no como la consecuencia de una
solución técnica de entre las diferentes posibles, sino como una
opción que forzosamente debe ser contemplada así. Y,
naturalmente, en sentido contrario, hay otros artículos en donde
el Tribunal Constitucional sí dice eso. La norma no es
inconstitucional, pero cualquier solución distinta de esta norma
no tiene por qué ser precisamente inconstitucional.

Nuestros polos, por lo tanto, de atracción y de rechazo a la
proposición de ley no son más que uno, en el que debiéramos estar
todos de acuerdo: en las consecuencias que se derivan del resumen
de la lectura sosegada de la sentencia del Tribunal
Constitucional y del respeto que nos merece. Para ser más
concretos manifestamos nuestro rechazo sólido, pleno, a la
modificación de los artículos 25, 27, 28, 29, 32, 33.3, 42, 84,
110 b) y c), 111.1 y 112, once de los treinta y cinco artículos
que se propone modificar. Manifestamos nuestra voluntad de
aceptar y estudiar como texto no conflictivo, dentro de la
posibilidad de poder llegar--estoy seguro de ello--a un acuerdo
en una redacción definitiva, con extraordinaria generosidad, las
propuestas de modificación de la casi totalidad de los artículos
restantes, 21, 22, 23, que son de extraordinaria importancia,
como nos viene pidiendo el Grupo Catalán (Convergència i Unió) en
la proposición de ley; 26, 30, 33.4, 35, 49, 52, 53, 64, 65, 110
h) y f), 111.4 y 114.




El señor PRESIDENTE: Señor García-Arreciado, le ruego concluya.




El señor GARCIA-ARRECIADO BATANERO: Y tendríamos que afinar el
significado y corregir con cierta intensidad la redacción dudosa
de los artículos 3.1, 49.2 y 66.2.

¿Qué hacer, entonces, señor Presidente, y termino en escasos
minutos? Proponemos dos líneas de encuentro posible, señor
Recoder. La primera, que facilitaría enormemente el posterior
trámite parlamentario, nuestra solicitud de retirada de la
proposición de ley que nos ha sido presentada, con el compromiso
público, asumido en este acto por el portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista, de comenzar de inmediato la redacción
de una proposición de ley conjunta, que en los límites y con las
condiciones anteriormente expresadas pudiera ser presentada ante
la Cámara en fechas mediatas y diera respuesta a algunos de los
contenidos importantes que nos plantea el Grupo Catalán.

Alternativamente, señor Recoder, estaríamos dispuestos a votar a
favor de la toma en consideración de la proposición de ley, si
sobre aquellos artículos a los que me he referido, cuya
aceptación es imposible porque la propia sentencia del Tribunal
Constitucional impide cualquier otra interpretación y cualquier
solución técnica que no sea la contenida en el proyecto, podemos
presentar las enmiendas correspondientes para retirar de la misma
aquello que nos resulta inasumible y para corregir, en los
términos en que se acuerde, aquellos contenidos que, sin producir
el rechazo de nuestro Grupo, necesitarían de una corrección.

Nada más, señor Presidente, y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor García Arreciado.

Señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Señor Presidente, el portavoz
socialista me ha formulado una serie de propuestas que entiendo
condicionan el voto del propio Grupo Parlamentario y, por tanto,
quisiera expresarme al respecto, si la Presidencia no tiene
inconveniente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra.




El señor RECODER I MIRALLES: Señor García Arreciado, yo valoro
sus propuestas. Lo que pasa es que ninguna de las dos me parece
oportuna.

En primer lugar, me dice que podemos estudiar una propuesta de
elaborar una iniciativa parlamentaria conjuntamente. El texto que
estamos debatiendo hoy, señor García-Arreciado, fue presentado
como corrección de errores en la Cámara el día 19 de febrero del
año 1995. Por tanto, considero que no es serio que en la fecha de
hoy, día 20 de junio del mismo año...




El señor PRESIDENTE: Señor Recoder, le he concedido la palabra no
para entrar en un turno de debate, sino para que la alternativa
que ha planteado el señor García-Arreciado pueda tener una
clarificación. A estos efectos y no Para abrir un turno de
debate.




El señor RECODER I MIRALLES: De acuerdo.

Señor Presidente, simplemente manifiesto que no acepto esta
propuesta, como no puedo aceptar la propuesta de retirar en este
trámite parlamentario determinados



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artículos, en concreto once artículos cuyo alcance real no me
siento francamente en condiciones de valorar en este momento. Sí
que puedo comprender el alcance del artículo 25.3, al cual
también se ha referido el señor Alcaraz, artículo que me parece
que no tiene ninguna trascendencia práctica y que por tanto se
podría retirar, pero no el resto de artículos de nuestra
iniciativa parlamentaria, sobre la que--repito--tiempo hemos
tenido para hablar y no lo hemos hecho no por culpa de este Grupo
Parlamentario.

Nada más y muchas gracias. (El señor De Rato Figaredo pide la
palabra.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Recoder.

Señor Rato.




El señor DE RATO FIGAREDO: Señor Presidente, éste es un trámite
tasado y los grupos conocen perfectamente que si quieren tener un
diálogo entre ellos, pueden utilizar el turno en contra. Lo que
no es posible es sentar unos precedentes que no se les conceden a
otros grupos, señor Presidente. Si el Grupo Socialista que. ría
tener un debate parlamentario con el Grupo Catalán de
Convergència i Unió, que hubiera presentado un turno en contra.

Si ha fijado su posición, todo esto a lo que estamos asistiendo
sobra absolutamente, y, por tanto, yo tengo que protestar a la
Presidencia por, en un turno tasado, haber abierto un precedente
que no se le suele conceder a los grupos. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señor Rato, no hay debate fuera del turno
tasado, con independencia de que, como sabe S. S., incluso en
este tipo de debates de toma en consideración de proposiciones de
ley, cuando algún grupo utiliza el turno de fijación de
posiciones, pero el contenido material es de turno en contra, la
Presidencia ha solido conceder el turno de réplica. Lo ha solido
conceder.

En este caso no me ha parecido procedente, porque el Grupo
Socialista no ha utilizado un turno en contra. Simplemente
necesitaba una aclaración estrictamente de fijación de una
decisión para determinar su voto. A estos efectos es a los que la
Presidencia ha concedido la palabra y no a otros.

Vamos a proceder a la votación.

Votación para la toma en consideración de la proposición de ley
del Grupo Catalán (Convergència i Unió), sobre modificación de la
Ley de Costas.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 291; a favor, 26; en contra, 134; abstenciones. 131.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la toma en consideración.




AMPLIACION DE PLAZOS DE PONENCIAS:



El señor PRESIDENTE: Se somete a la Cámara la solicitud formulada
por la Comisión de Política Social y Empleo de ampliación, hasta
la conclusión del próximo período de sesiones, del plazo
establecido para que la Ponencia encargada de elaborar un informe
acerca de la pobreza en el Estado español, sobre sus causas y
consecuencias, así como las medidas de todo tipo que es preciso
adoptar, a fin de iniciar políticas específicas tendentes a
solucionar este problema, elabore dicho informe.

¿Acuerda la Cámara la prórroga solicitada? (Asentimiento.)
Queda aprobada la ampliación del plazo.

Se somete a la Cámara la solicitud formulada por la Comisión de
Política Social y Empleo de ampliación, hasta la conclusión del
próximo período de sesiones, del plazo establecido para elaborar
el informe por la Ponencia encargada de estudiar la situación
actual de la familia en España y conocer y proponer actuaciones
al Gobierno con motivo del Año Internacional de la Familia.

¿Lo acuerda la Cámara? (Asentimiento.)
Queda aprobada la solicitud de ampliación.




MODIFICACIONES EN EL ORDEN DEL DIA:



El señor PRESIDENTE: De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 68.1 del Reglamento se somete al Pleno la exclusión del
orden del día de la presente sesión de la comunicación del
Gobierno, al amparo de lo dispuesto en el artículo 196 del
Reglamento, sobre la política del sector público empresarial, que
figura como puntos 8 y 33 del orden del día.

¿Lo acuerda la Cámara? (Asentimiento.)
Queda aprobada la exclusión.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el mismo artículo,
se somete al Pleno la inclusión, en el orden del día de la
presente sesión, de la comparecencia del Gobierno, a petición
propia, ante el Pleno para dar cuenta en relación con las
informaciones referidas a actividades del Centro Superior de
Información de la Defensa (Cesid).

¿Lo aprueba la Cámara? (Asentimiento.)
Queda aprobada la inclusión.

La comparecencia se producirá el día 21 de junio a las 16 horas.




TOMA EN CONSIDERACION DE PROPOSICIONES DE LEY (CONTINUACION):



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-DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS SOCIALISTA DEL CONGRESO, CATALAN
(CONVERGENCIA I UNIO) Y FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA INICIATIVA PER
CATALUNYA, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGANICA 511995, DE 22
DE MAYO, DEL TRIBUNAL DEL JURADO (ORGANICA) (Número de expediente
1221000112)



El señor PRESIDENTE: Proposición de ley de los Grupos Socialista,
Catalán (Convergència i Unió) y Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, por la que se modifica la Ley
Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado.

En nombre del Grupo Socialista tiene la palabra el señor Cuesta.

(El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor CUESTA MARTINEZ: Señor Presidente, señorías, la Ley
Orgánica reguladora del Tribunal del Jurado ha sido una de las
innovaciones legislativas, de los avances más importantes que
hemos aprobado en la presente legislatura. Supone un desarrollo
de los principios constitucionales fundamentales y, dentro de
ellos, del valor de la participación política también concebida
en el ámbito de la Administración de justicia. Supone dar cuerpo,
a través de un texto normativo, al artículo 9 de nuestra
Constitución... (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Un momento, señor Cuesta.

Ruego a SS. SS. que guarden silencio, por favor. (Pausa.)
Cuando quiera.




El señor CUESTA MARTINEZ: Decía que la Ley Orgánica reguladora
del Tribunal del Jurado supone desarrollar derechos y valores tan
fundamentales como los que recoge nuestra Constitución en los
artículos 9 o 23, de participación de los ciudadanos, y, sobre
todo, el desarrollo del precepto constitucional del articulo 125
de nuestra Constitución que residencia en el ámbito de la
jurisdicción penal y de la institución del jurado uno de los
elementos fundamentales de la participación ciudadana en la
justicia y, sobre todo, uno de los elementos claves de
profundización de nuestra democracia y, por lo tanto, de
desarrollo constitucional.

No voy a reproducir la importancia de la ley que ha hecho que
este Congreso, en sesión histórica de 11 de mayo del presente
año, haya aprobado una ley de gran calado como es la Ley Orgánica
5/1995, de 22 de mayo, reguladora del Tribunal del Jurado. Pero
es lo cierto que esta Cámara ni tampoco los grupos que
sustentamos esta proposición queremos desoír lo que han sido
criterios de perfeccionamiento legal expresados por el Senado a
través de enmiendas que han merecido en su momento una valoración
positiva por parte de la Cámara, pero que en la votación de
globalidad no han recibido el apoyo que garantizase la mayoría
absoluta para incorporarlas como texto concreto de la Ley
Orgánica del Tribunal del Jurado.

Es cierto que la mayor parte de las enmiendas del Senado, en la
sesión de 11 de mayo, recibieron el apoyo casi unánime de la
Cámara --algunas recibieron la abstención--, pero a pesar de
aquel apoyo casi unánime la votación de globalidad significó que
no alcanzásemos la mayoría absoluta, quizá porque en aquella
sesión estábamos en vísperas electorales y en todos los grupos
parlamentarios se produjo un nivel significativo de ausencias que
llevó a que en la aprobación de esta ley, con ser importante el
trabajo y los contenidos dados por el Congreso de los Diputados,
de alguna forma quedasen fuera los muy valiosos contenidos
reflejados en las enmiendas del trabajo legislativo del Senado.

Por consiguiente, el contenido de esta iniciativa en sus aspectos
más significativos incorpora prácticamente la totalidad de las
enmiendas del Senado y sobre el texto que en estos momentos está
aprobado aborda fundamentalmente los siguientes criterios. En
primer lugar, en lo que hace al ámbito competencial de la
institución del jurado, se hace una restricción, en relación con
el delito de amenazas, a las denominadas amenazas condicionales,
es decir, a las que se hubieran hecho exigiendo una cantidad o
imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita. En
ese sentido se incorporan como ámbito del objeto del conocimiento
del jurado los delitos contemplados en el artículo 493.1.ø --esta
es la novedad--del Código Penal vigente.

Una segunda innovación importante es el supuesto de aforamiento
del acusado. En efecto, tampoco había sido suficientemente
resuelto este problema en el dictamen de la ley por el Congreso
de los Diputados, y el Senado incorporaba un criterio que
consideramos más acertado. En caso de aforamiento del acusado el
magistrado-presidente del Tribunal podrá ser cualquier magistrado
de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo o de la Sala de lo
Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, y no
necesariamente sus presidentes, como ahora se establece.

Si los jurados, como innovación, se consideran perturbados en el
ejercicio de sus funciones, podrán solicitar--y este es un punto
que también mereció el debate en aquella sesión de 11 de mayo,
pero ha merecido también la enmienda del Senado-el amparo del
magistrado o presidente del Tribunal, y no como ahora se prevé en
el texto que quedó aprobado, el de la Sala de Gobierno del
correspondiente Tribunal Superior de Justicia.

Un aspecto también a resaltar como innovación que se propone en
esta proposición es la inclusión, cuando se habla de las
discapacidades que pueden impedir el desempeño de la función del
jurado, junto a la física



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o a la psíquica, de la discapacidad sensorial. En este sentido,
en el artículo 8, número 5, de la actual Ley del Jurado, se
propone una modificación del siguiente tenor: No estar impedido,
para formar parte del jurado, física, psíquica o sensorialmente
para el desempeño de la función de jurado.

Se hace también una nueva regulación del cómputo de los plazos de
recusación. De resaltar es, asimismo, la especificación, en el
auto de hechos justiciables que servirá de marco a la decisión
del jurado, del tipo delictivo en que se insertan los hechos
imputados.

Otro elemento de interés es la elevación de tres a cuatro en el
número de jurados recusables por las partes, sin alegación de
causa. También es de resaltar una nueva fórmula para el juramento
o promesa de la función de jurado que deben prestar los jurados y
la eliminación de la respuesta a dicho ritual del magistrado
presidente.

Resaltaríamos asimismo como importante la reforma que se hace en
el artículo 52.2 de la Ley del Jurado, a través de esta
proposición. Consiste en que el jurado puede ser consultado para
que se pronuncie sobre la conveniencia o no de solicitar el
indulto o la remisión condicional de la pena. Hay que dejar esta
posibilidad como un pronunciamiento que no necesariamente debe
vincular al juez, de tal manera que se va a una especificación en
el sentido de que corresponde al juez la decisión sobre la
aplicación de la remisión condicional de la pena o petición de
indulto, teniendo el criterio solicitado a este respecto del
jurado un alcance meramente consultivo.

Con relación a las modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal que también se introducen en la ley del Jurado aprobada
con fecha de 22 de mayo, se proponen fundamentalmente las
siguientes reformas.

La primera afecta al primer párrafo del artículo 504 bis 2 de la
vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal. Es una reforma de
importante calado. La obligación del juez de dar audiencia al
Ministerio Fiscal o a las partes personadas o al propio imputado
en el plazo de 72 horas se mantiene sólo en el supuesto de que no
haya sido decretada libertad provisional sin fianza. Por lo
tanto, proponemos que el nuevo párrafo primero del artículo 504
bis 2 tenga la siguiente redacción: Desde que el detenido es
puesto a disposición del juez de instrucción o tribunal que deba
conocer de la causa, éste, salvo que decrete su libertad
provisional sin fianza, convocará a audiencia, dentro de las 72
horas siguientes, al Ministerio Fiscal, demás partes y al
imputado.

Innovación también importante, desde el punto de vista procesal,
es la que afecta al artículo 846 bis b), en el sentido de que se
amplía la posibilidad de recurrir la sentencia al declarado
exento de responsabilidad criminal si se ve sometido a medidas de
seguridad u obligado por responsabilidad civil derivada de lo
establecido en el Código Penal.




Asimismo, se contemplan otras reformas de menor trascendencia que
buscan una mayor precisión terminológica. En otros casos, se
procede, al hilo de las modificaciones materiales señaladas, a
una reordenación formal del contenido normativo de determinados
artículos y párrafos de la ley.

En conclusión, señor Presidente, señorías, esta proposición, sin
perjuicio de que pueda merecer por vía de enmienda algún grado de
complemento para que incorpore en su totalidad las enmiendas
planteadas en su día por el Senado, recoge en esencia el criterio
del Senado, recoge también el criterio de esta Cámara y, de
alguna forma, contribuye, por una vía urgente y rápida, a
subsanar un fallo que consistió en desoír, por falta de mayoría
suficiente, el criterio del Senado a la hora de mejorar la
redacción de la propia Ley Orgánica del Tribunal del Jurado.

Vamos a conseguir, a través de esta proposición, una regulación
de forma más precisa y eficaz de la institución del jurado, y es
urgente y necesario que sea aprobada para que se incorpore y
forme parte del texto que, en virtud también de lo que ha sido
acuerdo de esta Cámara, va a entrar en vigor en enero de 1996.

Creemos que con esta iniciativa recogemos un criterio de una
amplia coincidencia en esta Cámara; un criterio respetuoso con
las innovaciones del Senado; un criterio en el que existe un alto
grado de consenso. Es por ello por lo que esta iniciativa se ha
presentado como propuesta de tres grupos parlamentarios.

Entendemos, además, que debe ser tramitada a través del
procedimiento de urgencia y de lectura única.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Cuesta.

¿Turno en contra? (Pausa.) ¿Grupos parlamentarios que deseen
fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

como ya tuve ocasión de decir en nombre de Coalición Canaria en
el debate que tuvimos en el Pleno, cuando se vio en el orden del
día la aprobación o no de las enmiendas que venían del Senado, y
con las vicisitudes que acaba de decir el portavoz del Grupo
Socialista don Alvaro Cuesta, nosotros apoyamos en un todo dichas
enmiendas.

Nos congratulamos ahora de esta iniciativa, y de haberla conocido
en el momento procesal oportuno Coalición Canaria se hubiera
sumado, como un firmante más, a los Grupos Socialista, Catalán
(Convergència i Unió) y al Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, puesto que esta proposición de ley viene a
corregir precisamente aquella incidencia que impidió la
aprobación de las enmiendas del Senado a la ley orgánica.




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Valoramos positivamente esta iniciativa, que vamos a votar
favorablemente, porque, como dijimos y reiteramos, viene a
posibilitar la participación activa y directa de los ciudadanos
en la administración de justicia, pero corrigiendo aquello que
quedó insuficientemente explicitado en el texto de la Ley del
Jurado que fue aprobada en su día por el Congreso de los
Diputados.

Para justificar nuestro voto de apoyo, queremos destacar la
relación que hubo en aquel momento en cuanto a la discapacidad,
que imposibilitaba para ser miembro de un jurado, y, sobre todo,
la forma en que se había recogido acertadamente en el Senado,
introduciendo el recurso de apelación específico, que venía a
imposibilitar la revisión del veredicto del jurado, «stricto
sensu», en tanto en cuanto podía hacerse tan sólo por
infracciones procesales.

Queremos resaltar la sugerencia que con esta proposición de ley
se hace rectificando las insuficiencias en que había quedado el
artículo 52 de la vigente Ley del Jurado--salvo estas
modificaciones que podamos aprobar hoy en sus apartados 1 y 2. AL
modificarse con esta iniciativa el artículo 52, que va a permitir
en su apartado 1 que el magistrado-presidente, a la vista del
resultado de la prueba, pueda añadir hechos o calificaciones
jurídicas favorables al acusado, se introduce el principio
constitucional de garantía del justiciable, en este caso un
presunto condenado, para no implicar una variación sustancial del
hecho justiciable ni ocasionarle indefensión. Nos parece que
introducir esta garantía jurídica es muy positivo.

Lo mismo diríamos del apartado 2 del artículo 52, que esta
iniciativa que ahora nos ocupa viene a corregir, porque va a
permitir al magistrado-presidente de ese tribunal del jurado
recabar, en su caso, el criterio del mismo sobre la aplicación de
los beneficios de remisión condicional de la pena y la petición o
no de indulto en la propia sentencia. Creemos que obedece a
principios de seguridad jurídica y de darle al justiciable la
oportunidad de que no quede en una situación de indefensión.

Nosotros consideramos positivo lo que dice el artículo 2ø,
corrigiendo y matizando lo introducido en la disposición final
segunda de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado vigente hasta
este momento, de ahí que Coalición Canaria vaya a votar
favorablemente sumándose en espíritu y en voto, ya que no lo ha
podido hacer como firmante de la iniciativa, esta proposición de
ley para modificar la vigente Ley Orgánica del Tribunal del
Jurado.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Gracias, señor Presidente.

Quiero manifestar la posición favorable de mi Grupo Parlamentario
a esta proposición de ley, si bien tengo que decir que con poco
entusiasmo.

No es estéticamente presentable, ni obedece tampoco a los
requerimientos de una correcta técnica legislativa, aprobar un
proyecto de ley de esta magnitud, de esta dimensión y de esta
relevancia de desarrollo directo de un mandato constitucional, el
consagrado por el artículo 125 de la Constitución, de desarrollo
directo de otros mandatos constitucionales como el que posibilita
la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, que
estructura normativamente un poder del Estado, el Poder Judicial,
y que democratiza o contribuye a democratizar la justicia. No es
procedente, ni atiende a los requerimientos de una correcta
técnica legislativa, aprobar un proyecto de ley de estas
características y presentar una proposición de ley sólo un mes
después, intentando cubrir algunas de la deficiencias o de las
lagunas en las que el proyecto de ley originario incurría, con el
agravante, señor Presidente, de que esta proposición de ley
tampoco corrige las disfunciones más características que nosotros
hemos denunciado en la articulación a la que provee el proyecto
de Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. ¿Cuáles son esas
deficiencias que no se corrigen en esta nueva proposición de ley?
Las más características, las más relevantes y las que hacen
potencialmente disfuncional una institución tan importante como
ésta.

La primera es la del objeto del veredicto o de las competencias
del jurado. La exposición de motivos del proyecto de ley--usted
es lingüista, señor Presidente, y quizá pueda entenderla mejor
que yo--, cuando determina las competencias del jurado o el
objeto del veredicto, dice que no se tiene que limitar este
objeto del veredicto (competencia del jurado) a la determinación
proteica de la accidentalidad de los hechos. Traducida esta
expresión, y usando el román paladino, esto quiere decir que el
jurado no sólo se va a limitar, desde una perspectiva naturalista
o reduccionista, a emitir un dictamen sobre la concurrencia
fáctica de los hechos o no, sino que se ha de pronunciar sobre
algo que dogmáticamente es muy complejo: la culpabilidad. Al
jurado, constituido por personas legas en Derecho--siempre por
personas legas en Derecho--, se le exige determinar algo que es
dogmáticamente muy complejo en el ámbito del Derecho Penal cual
es la determinación de la antijuridicidad y de la concurrencia o
no de institutos tan complicados como el grado de participación,
la concurrencia o no del error, el carácter o características de
ese error, si es vencible o no es vencible, e incluso el grado de
participación, la concurrencia de circunstancias atenuantes o
agravantes, etcétera.

En esta proposición de ley no se corrigen otras disfunciones,
como puede ser una que, potencialmente,



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puede contradecir también otro requerimiento constitucional, el
contenido en el artículo 24, que es aquel consistente en que
cuando se produce, a requerimiento del magistrado-presidente, una
negativa de los miembros del jurado a corregir deficiencias
subsanables apreciadas por el magistrado-presidente, la triple
negativa a esta subsanación no lleva aparejada como consecuencia
la absolución del procesado sino la disolución de ese jurado y la
apertura de un nuevo juicio oral. Esto es algo
constitucionalmente improcedente. La consecuencia jurídica de esa
persistente negativa a subsanar defectos en el acta, apreciados
por el magistrado presidente, no pude ser otra que la absolución
del procesado.

Otra disfunción que no se corrige y que puede también contradecir
principios o mandatos constitucionales claros es, por ejemplo, la
prohibición, interdicción, o incapacitación --como se quiera
calificar--que se acomete en el proyecto de ley originario en
cuanto a los procesados respecto a los cuales se haya autorizado
la apertura de juicio oral, la interdicción o prohibición para
ser miembros del jurado, cuando el artículo 25.2 de la
Constitución impide que a un procesado, a una persona sobre la
que todavía no ha recaído sentencia condenatoria alguna, se le
puedan limitar sus derechos constitucionales, y un derecho
constitucional también es el de formar parte del jurado.

En definitiva, señor Presidente, por las razones de estética
parlamentaria aludidas, por la no corrección de algunas de las
disfunciones relevantes que esta proposición de ley no acomete,
vamos a manifestar (no quiero que esta exposición parezca
contradictoria con el sentido de nuestro voto) nuestro voto
favorable, un voto favorable poco entusiasta puesto que esta
proposición de ley no redondea un proyecto de ley en el que
nosotros habíamos cifrado grandes esperanzas y no configura la
institución del jurado como en términos incluso constitucionales
debería haber hecho.

Gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Olabarría.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra la
señora Alemany.




La señora ALEMANY I ROCA: Muchas gracias, señor Presidente.

Sólo para ratificar, de acuerdo con los criterios que ya se
menifestaron en el Senado y también en esta Cámara, esta
proposición de ley conjunta que el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), junto con otros dos grupos de esta Cámara,
ha presentado para subsanar un fallo que se cometió por falta de
mayoría en esta Cámara.

Esta proposición de ley permitirá introducir en la Ley Orgánica
del Jurado las modificaciones precisas que adecuen su contenido a
las enmiendas que en su día aprobó el Senado.

Por ser éste uno de los grupos proponentes, voy a manifestar el
acuerdo y la posterior votación favorable.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Alemany.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene
la palabra el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Gracias, señor Presidente.

Nuestro Grupo es uno de los firmantes de esta pro. posición de
ley, con el objetivo de que, no en su totalidad pero sí
básicamente, las enmiendas del Senado que se presentaron en su
momento al proyecto de Ley del Tribunal del Jurado puedan tener
ahora una posibilidad de aprobación rápida, ya que en su momento,
por razones de todos conocidas, no pudo llevarse a cabo la
integración de estas enmiendas en el proyecto de ley.

Nuestro Grupo está de acuerdo con el contenido de estas
enmiendas, que tienen en su mayor parte un carácter técnico y que
por tanto mejoran la redacción y que, en otros casos, tienen un
carácter más de fondo, más significativo, que indudablemente son
necesarias para mejorar también, en el fondo del citado proyecto
de ley. No es una proposición de ley que replantee el conjunto
del proyecto que tuvo una tramitación en esta Cámara y en el
Senado, en donde se llegó a un grado de consenso significativo,
sino que se limita básicamente a seguir las enmiendas del Senado
entendiendo que ése es el terreno acotado políticamente en este
momento.

Sólo quiero significar aquí que nos parecen de especial
importancia algunas de las enmiendas del Senado que en este
momento se van a vehicular a través de esta proposición de ley,
que dan mayores facultades al magistrado-presidente. Quiero
señalar dos o tres, por ejemplo, la posibilidad de que el juez,
en la instrucción, pueda ordenar como complemento de las
diligencias solicitadas por las partes otras que estén dirigidas
a comprobar el hecho justiciable, y también en relación con las
personas objeto de imputación. Este es un aspecto importante de
integración en este proyecto de ley, ya que, si no, el juez
tendría una posición excesivamente lateral o superficial en todo
el trámite de instrucción de los delitos que van al tribunal del
jurado. O el hecho de que el magistrado-presidente pueda añadir
hechos o calificaciones jurídicas favorables al acusado siempre
que no provoquen indefensión, aspecto que quedaba por introducir
en el proyecto de ley que salió de esta Cámara. También otra
facultad del magistrado presidente es que pida al jurado un
criterio sobre la aplicación de los beneficios de remisión
condicionada de la pena y la petición o no de indulto en la
sentencia.




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Además de eso, nos parece importante el que, por razones de
coherencia, se introduzca una modificación en el artículo 60, en
el sentido de sustituir el término «delito» por «hecho
delictivo». Este ha sido uno de los aspectos básicos de la
discusión en el trámite de este proyecto de ley. El jurado puede
calificar el hecho delictivo, no el delito, que es una
calificación jurídica. Esto se modificó en prácticamente todos
los artículos del proyecto de ley, pero faltaba probablemente por
omisión no voluntaria del Congreso de los Diputados, lo cual se
hace en esta proposición de Ley.

La referencia a futuras reformas procesales también debe
resaltarse, ya que esta proposición de ley debe ir, después de su
aprobación definitiva, unida a unas futuras reformas procesales
de extremada importancia, que intentarán que nuestro sistema
procesal se acerque al modelo establecido por esta Ley del Jurado
y que cambie también la estructura del Ministerio Fiscal en un
sentido más autónomo, más independiente, con una naturaleza
diferente de la que actualmente tiene, lo cual nos parece de
extremada importancia. En esta proposición de ley se subraya
cuando se dice que la disposición final cuarta tendrá el título
de futuras reformas procesales, que es parte esencial y que va a
complementar esta ley. Como han hecho otros portavoces, quiero
destacar también, la importante modificación del artículo 504
bis, 2, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para que, en el
momento en que un detenido sea puesto a disposición del juez o
tribunal que deba conocer de la causa, éste pueda decretar su
libertad provisional sin fianza y no tener que convocar
audiencia, con lo cual, una persona que puede aparentemente ser
considerada clarísimamente como candidata a una libertad
provisional, no podría hacerlo, entrando en contradicción con la
Constitución española, tal como va en estos momentos el artículo
504 bis, 2, según la redacción aprobada en esta Cámara de la Ley
del Jurado. Por último, el artículo 846 bis b) incluye la
posibilidad de recurso del declarado exento de responsabilidad
criminal. Aunque se le declare exento de responsabilidad se le
hace objeto de una medida de seguridad o se declara su
reponsabilidad civil. Lógicamente hay que permitir que esta
persona, aunque esté exenta de reponsabilidad criminal, pueda
interponer un recurso contra una medida de seguridad o contra una
sentencia sobre responsabilidad civil. Todas ellas nos parecen
medidas lógicas, adecuadas, que complementan la Ley del Jurado,
que van en la línea de las enmiendas aprobadas por el Senado en
su momento, que nuestro Grupo votó favorablemente en esta Cámara
junto con otros, pero que no pudo llevarse a cabo por faltar el
quórum para la mayoría absoluta en las leyes orgánicas y que se
mueve, por tanto, en este terreno acotado que hemos señalado para
esta proposición de ley que suscribimos.

Gracias; señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor López
Garrido. Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Pillado.




El señor PILLADO MONTERO: Muchas gracias, señor Presidente. La
posición del Grupo Popular ante esta insólita proposición de ley,
que pretende modificar una ley todavía no vigente, la Ley del
Tribunal del Jurado, etcétera, va a ser la de votar
favorablemente su toma en consideración. La toma en
consideración, sin prejuzgar ahora la votación ulterior sobre la
proposición. Nuestro voto al respecto queda reservado a lo que
resulte en su día de la tramitación de dicha proposición de ley.

Durante la andadura en esta Cámara de la que he llamado antes Ley
del Tribunal del Jurado, etcétera, ha quedado repetidamente
expuesta, tanto en Comisión como en Pleno, cuál es nuestra
postura sobre ella; postura que se resumió en nuestra abstención
en la votación final. Digo Ley del Tribunal del Jurado, etcétera,
porque dicha ley no se ha limitado a regular el jurado, sino que
ha sido aprovechada para introducir otras reformas de tal calado
en nuestro sistema procesal que me atrevería a decir que lo más
trascendente de este texto no es ya el jurado en sí, sino ese
nuevo sistema procesal. La introducción del principio acusatorio
puro, la reducción del papel del juez instructor y de la fase
instructora al mínimo bien justificarían, cuando menos, la
sinceridad de llamar a las cosas por su nombre, de cambiar la
denominación o título de la ley y de plantear tales reformas a
pecho descubierto y no subrepticiamente al socaire de una novedad
tan atractiva como la del jurado. Ya se expuso repetidamente por
nuestro Grupo que ésta no es nuestra ley del jurado, que pensamos
que una novedad tan importante debería introducirse con más
realismo, es decir con más adecuación a nuestra realidad actual,
a la situación de nuestra Administración de justicia, que no es
la ideal, ni mucho menos, sino todo lo contrario. Dijimos que por
ello debería hacerse de forma más simple, más sencilla, más
viable y menos utópica y ampulosa. Creemos que para introducir el
jurado, en lo que todos estamos de acuerdo, no habría que
ocasionar demasiadas convulsiones en el procedimiento penal sino
las imprescindibles, y luego la experiencia ya vendría
aconsejando o no los ulteriores pasos. Por el contrario, se ha
escogido el camino más complicado; se ha preferido hacer cantera
--valga la expresión--en el procedimiento penal, principalmente
en las fases instructora e intermedia; se ha optado por lo más
complejo frente a lo más sencillo, y se han presentado nuestras
llamadas a la prudencia y al realismo como oposición al jurado.

El tiempo dirá quién



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tenía razón. En todo caso, nuestro voto favorable a la toma en
consideración de la proposición de ley tiene razones obvias: de
una parte, se trata de introducir casi todas las enmiendas que el
Senado había aprobado, algunas de ellas precisamente formuladas
por nuestro Grupo y que en todo caso mejoran el texto que salió
de esta Cámara. Qué duda cabe que, aunque no nos guste la ley tal
como va, preferimos que salga con los retoques que introdujo el
Senado. Por otra parte, la tramitación de la proposición nos da
una nueva oportunidad para exponer nuestras ideas al respecto y
llamar, una vez más, a la reflexión de los demás grupos hacia la
conveniencia de simplificar el texto, de limitarlo a la
introducción del jurado en la fase oral, de hacer un texto más
viable dadas las actuales y deplorables circunstancias o
condiciones de nuestra Administración de justicia, de hacer un
texto más funcional, más útil y menos perturbador porque, quiero
decirlo una vez más--y termino, señor Presidente--, por exceso de
utopía y de falta de realismo se corre el riesgo de evocar
nuevamente la institución del jurado, que tan útil y
enriquecedora puede resultar, aunque por supuesto, no sea la
panacea de todos nuestros males, como imprudentemente se pretende
hacer creer; se corre el riesgo, digo, señor Presidente, de
abocar a esta institución al fracaso una vez más.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Pillado.

Vamos a someter a votación la toma en consideración de esta
proposición de ley. (El señor Presidente ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votación para la toma en consideración de la
proposición de ley de los Grupos Socialista, Catalán
(Convergència i Unió) y Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, por la que se modifica la Ley del Tribunal del Jurado.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 281; a favor, 280; en contra, uno.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la toma en consideración.




PROPOSICIONES NO DE LEY:



-- DEL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO, SOBRE REDES DE ENMALLE A LA
DERIVA (Número de expediente 162/000205)



-- DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, SOBRE MEDIDAS
A ADOPTAR PARA MEJORAR LA SITUACION POR LA QUE ESTAN ATRAVESANDO
LOS PESCADORES ESPAÑOLES DE TUNIDOS (Número de expediente
1621000210)



El señor PRESIDENTE: Proposiciones no de ley. Proposiciones del
Grupo Socialista, sobre redes de enmalle a la deriva y del Grupo
Popular en el Congreso, sobre medidas a adoptar para mejorar la
situación por la que están atravesando los pescadores españoles
de túnidos. Van a ser objeto de debate acumulado, sin perjuicio
de la votación, lógicamente separada, de las dos iniciativas.

Para defender la proposición del Grupo Socialista tiene la
palabra la señora Gorostiaga.




La señora GOROSTIAGA SAIZ: Señor Presidente, señorías, el Grupo
Socialista presenta esta proposición no de ley con la finalidad
de que el Congreso de los Diputados inste al Gobierno a recabar
de la Unión Europea el cumplimiento del Reglamento 345/92, que
impide la utilización de redes de enmalle a la deriva superiores
a 2,5 kilómetros, así como a continuar defendiendo ante dicha
organización la prohibición de estas redes en el más breve plazo
posible e intensificar la colaboración con las comunidades
autónomas para garantizar el cumplimiento de la normativa
española y comunitaria sobre tallas y condiciones sanitarias. (El
señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.) Como
SS. SS. conocen, dado que este tema ha sido tratado en distintas
ocasiones en la Cámara, en las pasadas campañas de costera del
bonito se produjeron conflictos importantes, fundamentalmente por
el incumplimiento del Reglamento 345/92, que citaba
anteriormente, por parte de las flotas francesa, británica e
irlandesa. Las disposiciones reglamentarias de la Unión Europea
introdujeron en su día restricciones importantes en el tamaño y
las características de las redes de deriva. Sólo permitieron que
37 buques comunitarios pudieran utilizar redes de enmalle de
hasta cinco kilómetros y por un período de tiempo que concluyó el
31 de diciembre de 1993. Desde esa fecha las autoridades europeas
sólo permiten el empleo de redes de volanta de hasta 2,5
kilómetros, posibilidad a la que nuestro país no se ha acogido.

Además, España prohíbe tanto a los buques de pesca propios como a
los de la Unión Europea y a los de pabellón de terceros países
efectuar capturas con redes de enmalle a la deriva en aguas
sometidas a la soberanía o jurisdicción de nuestro Estado. El
conflicto se ha planteado, por tanto, entre quienes practican la
pesca tradicional de anzuelo, que raciona los recursos para que
no se agoten, y quienes practican la pesca de volantas, que
intensifica las capturas hasta el umbral del agotamiento. Los
caladeros, señorías, son bienes comunales de pesca libre en un
mar abierto, pero ello no quiere decir que su explotación pueda
ser indiscriminada, sino que justamente por su carácter de bien
internacional deben estar al resguardo de prácticas abusivas que
los esquilman. Ya en su momento los perjuicios que estas artes
depredadoras causan a las especies marinas llevó a las



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Naciones Unidas en la Convención sobre el Derecho del Mar a
recomendar la eliminación de tales técnicas pesqueras.

El Parlamento Europeo en el seno de su Comisión de Pesca y el
Parlamento español, tanto en Comisión como en Pleno, han tratado
este tema y han aprobado iniciativas orientadas a realizar las
gestiones oportunas ante las autoridades europeas para la
definitiva erradicación del uso de volantas. Asimismo, el
compromiso de nuestro Gobierno en este tema no ofrece ninguna
duda y está haciendo los máximos esfuerzos a todos los niveles
para conseguir este objetivo. Pues bien, el Grupo Socialista cree
que, aunque la presente proposición no de ley pueda parecer
reiterativa de otros pronunciamientos anteriores de la Cámara,
servirá para apoyar y ratificar las gestiones del Gobierno
español ante las instituciones de la Unión Europea, así como para
respaldar la labor inspectora desarrollada por el Ejecutivo en
materia de tallas y condiciones sanitarias de las capturas. Esta
tarde tenemos además otra proposición no de ley del Grupo Popular
en el mismo sentido que la que acabo de defender del Grupo
Socialista. El Grupo Socialista va a apoyar esa proposición no de
ley por cuanto que los dos primeros apartados de la misma
coinciden prácticamente con los del Grupo Socialista, presentada
unas fechas antes que la del Grupo Popular. El tercer apartado
también es asumible por el Grupo Socialista. Y con respecto al
cuarto, si bien en el texto aprobado de la proposición no de ley
162/17, de octubre de 1993, no se preveía el envío a la Cámara de
informe alguno sobre el grado de ejecución de la misma, no vemos
ningún obstáculo a que ese informe se remita, si bien nos parece
que el plazo que solicita el Grupo Popular de un mes es escaso y
mi Grupo, por tanto, solicitaría que se fijara ese plazo en tres
meses. Con esa premisa nuestro Grupo apoyaría totalmente la
proposición del Grupo Popular. Asimismo, el Grupo Vasco, PNV, ha
presentado unas enmiendas a las dos proposiciones, tanto a la del
Grupo Socialista como a la del Grupo Popular. Con respecto a
dichas enmiendas, el Grupo Socialista no cree necesaria su
aprobación, dado que la enmienda de adición número 1, en su punto
a), pide que se regule la altura de las redes, no superior a 20
metros. La altura de las redes ahora mismo está normalizada en 18
metros, con lo cual no vemos el sentido a esta enmienda. En
cuanto a los puntos b) y c), estos puntos van implícitos en el
propio reglamento 345/92 que queremos hacer cumplir con las
proposiciones, con lo cual sería una reiteración innecesaria. La
enmienda de adición número 2 propone mantener la prohibición del
uso de las redes de volanta para los buques de pabellón español.

El 13 de junio se aprobó en Comisión una proposición del PNV en
este sentido y asimismo es obvio que se tiene que mantener la
prohibición cuando tanto la proposición del Grupo Socialista como
la del Grupo Popular pretenden erradicar este arte. El Estado
español seguirá prohibiendo estas redes y, por tanto, señorías,
no apoyaremos la enmienda.

Por lo que se refiere a la enmienda número 3, SS. SS. saben que
el Consejo de Pesca del 6 de abril aprobó el flete de un navío de
inspección que permitiera a los inspectores de la Comisión
comprobar la eficacia del control de los Estados miembros y
servir de plataforma a los inspectores nacionales. Pues bien, el
Grupo Vasco propone que la embarcación dependiente de la Unión
Europea se dedique a su objeto de controlar el cumplimiento del
reglamento, y, señorías, si el navío se ha fletado con el fin de
controlar y de inspeccionar, a eso se dedica el navío, con lo
cual, también por obviedad, nuestro Grupo rechazaría la enmienda.

Esta sería nuestra posición con respecto a las enmiendas del
Grupo Vasco y la proposición del Grupo Popular. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora
Gorostiaga. La Junta de Portavoces acordó agrupar en un único
debate la proposición no de ley del Grupo Socialista y, por
similitud en el contenido, una proposición no de ley del Grupo
Popular sobre medidas a adoptar para mejorar la situación por la
que están atravesando los pescadores españoles de túnidos. Para
su defensa, tiene la palabra el señor Mantilla.




El señor MANTILLA RODRIGUEZ: Señor Presidente, señorías, la
proposición no de ley que presenta el Grupo Parlamentario Popular
viene dada porque actualmente estamos en la costera del bonito
del norte, atún blanco, que en estos momentos se está
desarrollando de una forma bastante adecuada y sin grandes
problemas. No he escuchado a la portavoz del Grupo Socialista
decir que, al revés que el año pasado, la campaña de la anchoa
este año se ha desarrollado en términos bastante aceptables. No
se lo he escuchado y me sorprende, porque sin duda iba a tener la
respuesta adecuada, ya que son temas totalmente distintos y
distantes. En la guerra de la anchoa, lógicamente, se estaba
luchando con las mismas armas, eran paradas biológicas o no eran
paradas biológicas, en tanto que en el tema del bonito, del atún
blanco, sin duda son temas totalmente distintos, luchamos con
armas totalmente dispares. A los españoles y portugueses con el
Tratado de Adhesión se nos obliga a la prohibición de las redes
de enmalle a la deriva. Tanto es así que por la Orden de 22 de
octubre de 1990, una orden del Gobierno español, se prohíbe la
utilización de estas redes en la zona



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de influencia pesquera del territorio español. En estos momentos
en que hay 500 barcos españoles faenando en el caladero de la
costera del bonito, que ocupan aproximadamente a 7.000
tripulantes, los gallegos, fundamentalmente, están utilizando el
arte que se llama el curricán, echar el anzuelo cuando el barco
va despacio, pescar casi con caña, en tanto que los vascos lo
hacen o bien al tangueo o bien al curricán. Sin embargo,
aproximadamente, 12 barcos ingleses, 10 irlandeses y entre 70 y
100 barcos franceses están utilizando las famosas volantas, redes
de enmalle a la deriva de un máximo, aprobado por el Reglamento
345/92 de la Unión Europea, de 2,5 kilómetros de longitud. Si son
100 barcos y cada barco utilizase sólo una red, estamos hablando
de 250 kilómetros de red, es decir, en el Cantábrico tenemos un
paredón formado por 250 kilómetros de redes; diré más tarde que
podrían ser muchísimos más y explicaré también el motivo. Ya
hemos reiterado aquí lo que esto supone ecológicamente para los
crustáceos, ballenas, etcétera; además, hay un gran problema.

Este año, en la costera del bonito hay días que son buenos, se
pescan entre 200 y 300 bonitos diarios, y otros días decae
notoriamente la pesca. ¿No será que estos túnidos quizá tengan
que cambiar su ruta inmigratoria debido a esos paredones de
enmalle a la deriva que les ponen? Es posible y sin duda debería
haber organizaciones ecologistas que protestaran. Pero también es
curioso que esas organizaciones ecologistas protestan más contra
unos países que contra otros; por algo será.

En nuestra proposición no de ley, fundamentalmente, proponemos un
control o seguimiento estricto del Reglamento 345/92 de la Unión
Europea. Este Reglamento condiciona estas redes de enmalle a
varias circunstancias. En primer lugar, tienen que estar unidas a
un barco. Es importante decir esto. Por tanto, lo de la deriva ya
se debería suprimir porque, si están unidas a un barco,
lógicamente, no están a la deriva; están ancladas a un barco. En
segundo lugar, solamente pueden llevar un aparejo por barco. Está
clara una cosa y es que, si solamente pueden llevar un aparejo
por barco, sólo pueden dejar a la deriva una red; y si la tienen
que amarrar a su barco, lógicamente, no la pueden perder. Pero ya
saben SS. SS. que los franceses tienen un barco de apoyo que les
está llevando redes, justificando pérdidas o inutilización de
estas redes de enmalle. ¡Señorías, si están amarradas al barco,
no pueden perderse o no pueden inutilizarse! Sin duda, es muy
fácil evitar esto, diciendo: red que entregas, red que te doy;
pero no te puedo entregar otra red en tanto no me entregues la
primera que te di. Porque, si no, cada barco podrá dejar a la
deriva dos, tres o cuatro redes, lo cual supondría 2,5, 5,10 o 20
kilómetros de enmalle. Es facilísimo evitar todos esos problemas.

Con este sistema, cada barco, a lo sumo, tendría una red que
utilizar. Si la Unión Europea no obliga a que a cada red que se
entregue, a su cambio se entregue otra utilizada, puede ocurrir
que dentro de poco tengamos chiringuitos en el mar Cantábrico de
entrega de redes, para que estos barcos franceses, irlandeses o
ingleses puedan utilizar el número de redes que a ellos les venga
en gana y podrá ocurrir, como ocurría antaño, que se utilicen
redes de enmalle de hasta 50 o más kilómetros de longitud. Está
claro que el Reglamento 345/92 limita la longitud a 2,5
kilómetros. Por tanto, es de obligado cumplimiento que ese barco
de vigilancia de la Unión Europea tenga que observar y controlar
si los barcos franceses, ingleses e irlandeses utilizan
exclusivamente estas redes de enmalle.

En cuanto a su instalación, también es un gran problema, porque
estas redes tienen que estar caladas, tienen que estar debajo de
la superficie como mínimo 2 metros. En estos momentos están
rozando la superficie, lo cual impide que los peces pequeños
puedan circular libremente. De ahí que sea primordial no tan sólo
que se prohíban las redes de enmalle, sino que se cumpla
estrictamente el Reglamento 345/92. ¿Cuáles son las propuestas
del Partido Popular? Están clarísimas. Reiteramos el cumplimiento
estricto del Reglamento--longitud, instalación, vigilancia,
etcétera--; que se supriman las redes de enmalle a la deriva
antes del primero de enero de 1996. Y aquí quisiera comentar el
desatino del Grupo Socialista, vamos a llamarlo así,
incoherencia, incongruencia, ya que el 26 de octubre, quiero
recordar, de 1993 se aprobó por unanimidad en este Parlamento una
proposición no de ley del Grupo Popular, en la cual se decía que
se debía instar a la Unión Europea para que quedasen suprimidas
estas redes antes del primero de enero de 1994. Por tanto, y de
acuerdo con la portavoz del Grupo Socialista diciendo que van a
aprobar nuestra propuesta, así la aceptamos, porque va en la
línea de que se supriman estas redes antes del primero de enero
de 1996. El tercer punto de nuestra propuesta es instar a la
Unión Europea para que prohíba la comercialización, de los
bonitos, atún blanco, bonito del norte, de tallas mínimas y de
los inmaduros en toda la Comunidad Europea. Porque es triste que
los españoles y portugueses tengan terminantemente prohibido su
captura en tanto que tengamos que aceptar los que nos manda la
Comunidad Europea por mediación de irlandeses, ingleses o
franceses. Por último, dábamos de plazo un mes para que nos
dijese el Gobierno cuál había sido el cumplimiento del acuerdo de
20 de octubre de 1993--no era del 26 de octubre, como he dicho
antes--, fundamentalmente en dos aspectos: cuál era el
cumplimiento del Reglamento de la Unión Europea 345/92, ya tan
comentado, y la prohibición de las redes de enmalle a la deriva a
partir del 1 de enero de 1994.

La portavoz del Grupo Socialista nos pide una moratoria, en lugar
de un mes, tres meses. Nosotros lo vamos a aceptar. Yo estoy
totalmente convencido de que



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no es el plazo lo que usted necesita, que ustedes piden tres
meses porque saben que en ese plazo se va a terminar la costera
del bonito y, por tanto, ustedes desean, y también deseamos
todos, que esta costera del bonito se lleve o se desarrolle tal
como ha sido la costera de la anchoa, felizmente para todos, que
eso será en beneficio lógicamente de nuestros pescadores.

En cuanto a la propuesta del Partido Nacionalista Vasco.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Mantilla, en
cualquier caso, tanto la señora Gorostiaga como usted tendrán
ocasión después, una vez defendida la enmienda por parte del
Grupo Vasco (PNV), de decir si la admite o no.




El señor MANTILLA RODRIGUEZ: Un minuto señor Presidente. En
cuanto a la propuesta del Partido Nacionalista Vasco, lamento no
poder aceptar ninguna de ellas, en el sentido de que parte está
en nuestra propia exposición. La primera, que sería la más
congruente, delimitar las redes a una altura máxima de 20 metros,
sería una incongruencia con lo que nosotros estamos pidiendo.

Estamos pidiendo que se prohíban las redes a partir del 1 de
enero de 1996. Por tanto, si nosotros permitimos a la Unión
Europea que las regule, lógicamente daremos más plazo para que
estén en vigor estas redes. Las demás propuestas, repito, están
en nuestra exposición. Estamos de acuerdo en el fondo, pero ya
están implícitas en el Reglamento 345/92 y creemos que no es
procedente su inclusión en nuestra proposición no de ley.

Enmienda número 2. Nadie, creo que ninguno de los grupos que
forman la Cámara, ha solicitado la reimplantación de las volantas
para los pesqueros españoles y, por tanto, tampoco procede su
inclusión ni su petición, señorías. Por último, es cierto que
actualmente es posible que los barcos de inspección de la Unión
Europea estén vigilando más a los españoles. No sé si están
vigilando más el ancho del anzuelo o la longitud del sedal; sin
duda, deberían vigilar mucho más a los que infringen el
Reglamento 345 que a los propios barcos españoles, pero repito
que eso está implícitamente recogido en nuestra propuesta.

Reitero que acepto el planteamiento del Grupo Socialista en apoyo
de nuestras propuestas, que lógicamente vamos a apoyar las suyas
en lo que convergen con las nuestras y lamento muchísimo no
aceptar la del Grupo Vasco, ya que, como digo, está
implícitamente recogida en la nuestra. Muchas gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Mantilla. A una y otra proposición no de ley se ha presentado una
enmienda por el Grupo Vasco (PNV). Para su defensa, tiene la
palabra el señor Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, vamos a fijar la posición del Grupo Vasco en cuanto a
las proposiciones no de ley del Grupo Popular y del Grupo
Socialista, respecto de las cuales esta Cámara ha tenido
posibilidad de posicionarse políticamente en innumerables
ocasiones. Nuestro Grupo Parlamentario está de acuerdo con las
líneas generales del planteamiento pesquero y político de las
proposiciones del Grupo Parlamentario Popular y del Grupo
Parlamentario Socialista, en la medida en que, en definitiva, se
vuelve a la línea tradicional española, ya restaurada a través
del debate que tuvimos el pasado 13 de junio en la Comisión,
puesto que, como SS. SS. saben, el Ministro de Agricultura, Pesca
y Alimentación suscitó una controversia, un debate en el sector
pesquero español en el sentido de que la flota pesquera española
pudiera utilizar redes de volanta, que en este momento las tiene
prohibidas, de conformidad con lo que dispone la orden
ministerial de 12 de julio de 1988. Sustanciado ese debate, se
rectificó por el Gobierno tal posición en la medida en que ello
supondría una reconsideración de una postura política que
tradicionalmente ha defendido el Gobierno español y no sería
conveniente que ante la Unión Europea se mostrara una posición
política disconforme con la que tradicionalmente se ha mantenido
por parte del Gobierno central, el sector pesquero español y las
comunidades autónomas. Sustanciado eso, en líneas generales
estamos de acuerdo con el planteamiento que realiza el Grupo
Parlamentario Socialista al proponer tres cuestiones que también
son de carácter general, obvias por lo tanto, con las que estamos
de acuerdo, y que van en la línea de las iniciativas políticas
aprobadas en septiembre de 1993, creo recordar, de conformidad
con unas iniciativas de los diferentes grupos políticos,
consensuadas también en el Pleno del Congreso de los Diputados.

En la misma línea se manifiesta el Grupo Parlamentario Popular,
quizá de una forma más detallista, más reguladora y profunda de
la cuestión que la planteada por el Grupo Socialista, en la
medida en que aborda también determinadas cuestiones a través de
una proposición no de ley que no es más que una declaración de
intenciones. Sin embargo, cuando se quiere arbitrar lo que usted
mismo dice en un texto articulado, usted manifiesta que no está
de acuerdo con ello. Creo que ahí habría que mantener cierta
coherencia. El Grupo Socialista la mantiene, porque dice que está
en contra de una proposición no de ley y dice que está en contra
de otra. El Grupo Popular dice que está a favor de la proposición
no de ley, y lo plasma, pero, a la hora de



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plasmar una proposición de ley, mantiene todas sus reservas.

Cuando en el punto tercero se habla de la comercialización de
túnidos, hay que ser coherentes sobre esa cuestión porque lo
hemos debatido con ocasión de la proposición de ley relativa a la
conservación y comercialización de productos pesqueros, uno de
cuyos preceptos regulaba la comercialización de túnidos con
argumentos que no son de recibo en estos momentos y que ya están
sustanciados. Por lo tanto, me remito en bloque a lo que en su
día se debatió y a las posturas que cada partido expuso. Sí
queríamos mejorar en alguna medida las dos propuestas, que en
líneas generales son correctas, y que nuestro Grupo Parlamentario
está dispuesto a apoyar, en el sentido de qué es lo que está
ocurriendo en este momento. No se ha podido prohibir el
Reglamento 345/92 por las razones que el Ministro de Agricultura,
Pesca y Alimentación ha expuesto políticamente en la Cámara en
diversas ocasiones. Hay una soledad por parte de Europa. En este
momento los países nórdicos no están en contra de la prohibición.

Incluso la propuesta de prohibición gradual, prohibición en
escalera o prohibición progresiva que la Comisaría de Pesca había
planteado, tampoco tiene posibilidades, ni visos políticos de
triunfar. En este sentido, lo único que hay que hacer en este
momento es apoyar al Gobierno a seguir en la línea tradicional
española de lograr la prohibición definitiva de las redes de
volanta, que no va a ser posible el 1 de enero de 1996, porque
tampoco es posible, planteamiento más sencillo y menos
maximalista que ese, el de la prohibición en escalera, que es la
prohibición el 1 de enero de 1998. En este momento creo que es
oportuno que se mantenga la unidad sobre esta cuestión, y el
Gobierno tenga el respaldo político del sector y de los grupos
parlamentarios para defender esta prohibición. Pero está
ocurriendo en la práctica que fallan las medidas de control.

Entonces, ¿qué es lo que están haciendo británicos e irlandeses?
Utilizan redes de 2,5 kilómetros, pero como el Reglamento 345/92
no regula la altura, sino únicamente la longitud, salen con redes
de 2,5, pero, en vez de con una altura de 18 a 20 metros, que es
la tradicional, con una altura de 40 metros. Por tanto, nos
encontramos o bien con una red de 2,5 y con 40 metros de
profundidad, de altura de la red, o bien con una red de cinco
kilómetros, con una profundidad de 18 a 20 metros. Y ¿qué es lo
que está ocurriendo? A la hora de procederse al cubicaje por
parte de los inspectores, en definitiva, el cubicaje en metros
cúbicos es el mismo, sea 2,4 por 40, que cinco por 20. Y es ahí
donde se está produciendo un fraude de parte de la flota
volantera francesa y como el Reglamento 345 no lo regula,
mientras no se proceda a la prohibición definitiva, lo que
nuestro Grupo Parlamentario dice es
que se proceda a esa regulación concreta para evitar conductas
defraudadoras o fraudulentas.

En segundo lugar, qué es lo que está realizando la flota
francesa. Sale con una red de 2,5, pero luego puede ser
enganchada en alta mar a otra red sustitutoria o de repuesto que
se lleva y se alcanza otra longitud. Por consiguiente, en el
reglamento no está preceptuado que sean las embarcaciones de
vigilancia y es necesario que esa interpretación política y
concreta de la reglamentación vigente se realice por la Comisión,
porque no está claro. Por eso decimos que el Gobierno, que a
nivel político ha estado de acuerdo, debe plasmarlo en la defensa
de los intereses del sector pesquero español en la interpretación
armónica y consensual que se realice del Reglamento 345. Sobre
todo teniendo en cuenta que estas redes sustitutorias, que a
veces los buques de asistencia, de vigilancia entregan a los
buques volanteros, son ocasionadas porque deliberadamente se han
levantado las redes en la mar. Entonces, reciben la red
sustitutoria, recuperan la red en alta mar, se enganchan y se
vuelve a producir el fraude. Nuestras enmiendas van en la línea
de determinar ciertas políticas concretas que hay que tomar en la
medida en que no se prohíba definitivamente el uso de red, en lo
cual todos estamos de acuerdo, pero interinamente y con carácter
alternativo, porque, señor Mantilla, esto no es contradictorio.

Si usted tiene cintura política se verá que todos estamos de
acuerdo con la prohibición. Lo que yo le planteo es que, mientras
no haya prohibición, ha de ofrecerse alguna alternativa y es
normar, regular, desarrollar y ordenar determinados mecanismos
que no están ahí preceptuados y que originan conductas en fraude
de ley. Es lo que en definitiva decimos en nuestra proposición no
de ley a través de este tipo de enmienda. Sobre todo cuando se
abandona la red en alta mar y ¿de quién es la red? No se sabe.

Habrá que determinar en el reglamento medios tecnológicos para la
determinación de la titularidad de la misma, porque no se
determina. Esto es lo que nosotros planteamos. Fíjense medios
tecnológicos para determinar de quién es la red, porque luego
está en alta mar, se la encuentran los buques de asistencia y no
se sabe de quién es. ¿De quién es la responsabilidad? Tampoco se
puede imputar a nadie. Se han de cubrir esas lagunas que no están
claras en el Reglamento 345. ¿Qué es lo que pretendemos? Que el
Gobierno español defienda un modelo de interpretación armónico,
consensual y que evite este tipo de fraudes por parte de la flota
volantera francesa e irlandesa, mientras no haya prohibición.

Dentro de la legalidad tenemos que concretar la misma para que no
se produzcan fraudes, sin perjuicio de que todos estemos en
contra de modificar con carácter definitivo esa legalidad. La
segunda enmienda nuestra va dirigida a reiterar --y estoy de
acuerdo en que puede ser una reiteración, nuestro Grupo
Parlamentario no está en ningún momento



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cerrado y está de acuerdo en retirarlo en este momento si se
considera que es una reiteración y logramos así un consenso
político--pero no es obvio ni es incongruente, en la medida en
que todos esos aspectos, sobre todo el de la altura, no están
regulados en el reglamento y que el cubicaje a la hora de la
medición está dando lo mismo, 2,5 por 40 que 5 por 20.

La tercera enmienda va dirigida a una cosa que está produciéndose
en este momento y que se ha producido la semana pasada, en la
zona 9 B de aguas internacionales, al nordeste de Finisterre,
donde está operando la flota volantera, más al norte de la
francesa donde está operando en este momento la flota tradicional
española, en las coordenadas 19; resulta que el buque de
inspección comunitario, que ha sido fletado para inspeccionar si
se cumple el Reglamento 345/92, está inspeccionando no a los
volanteros, sino a la flota tradicional española, que faena, bien
con el arte de curricán, o bien con el arte de cebo vivo. Luego
si no es esa la finalidad para la que ha sido fletado este buque,
sino para controlar que se cumple el Reglamento 345/1992, que
disciplina y norma las redes de volantas no las artes
tradicionales, el buque que parte para que se cumpla la
aplicación del 345/1992 tiene que dedicarse a esos buques y no a
los de artes tradicionales. Eso se ha producido el miércoles y
jueves de la semana pasada. ¿Por qué? Porque había inspectores
franceses a bordo.

El Gobierno tiene constancia formal de ello por las asociaciones
interfederativas del Cantábrico, de Lugo, de Asturias, de
Cantabria y del País Vasco y, por lo tanto, ha de defenderse esa
cuestión en el ámbito de la Unión Europea.

El buque fletado se debe destinar al control de la normativa del
Reglamento 345/1992, esa es la raíz de toda la problemática, y no
a quien está pescando simplemente con anzuelo. La diferencia, el
alcance y el matiz del mismo es obvio para todos los grupos
parlamentarios y ese es el sentido de nuestras enmiendas. Puede
parecer obvio, pero es que no está dicho en ningún sitio; se
produce de hecho. Es necesaria una interpretación, la
intervención de un poder público, y los grupos parlamentarios
tenemos obligación de conocer qué está ocurriendo para que se
adopten medidas al respecto. Ese es el alcance de las enmiendas
que hemos presentado.

Estamos de acuerdo con el resto de las proposiciones no de ley y
pretendíamos mejorarlas sobre la base de lo que está ocurriendo y
no sobre lo que ocurría en el momento en que se presentaron las
proposiciones no de ley, porque en ese momento todavía no había
empezado la costera y no se estaban produciendo estos
comportamientos fraudulentos; pero el devenir de los
acontecimientos nos ha abierto a todos los ojos y nos ha hecho
ver determinadas conductas de que quien hace la ley hace la
trampa. Para evitar eso es para lo que hemos presentado estas
enmiendas a la proposición no de ley.




Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Gatzagaetxebarría.

¿Grupos parlamentarios que deseen fijar su posición en este
debate? (Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

Coalición Canaria va a mostrar su apoyo a las iniciativas que hoy
nos traen en esta proposición no de ley tanto el Grupo Socialista
como el Grupo Popular. A la vista de las enmiendas que ha
presentado el Grupo Parlamentario Vasco, que también son
merecedoras de nuestro apoyo, lo único que lamentamos es que no
haya habido un consenso previo entre los grupos, o que se pueda
derivar a partir de este debate, para presentar una iniciativa
legislativa con una proposición no de ley conjunta de todos los
grupos.

Después de escuchar los argumentos de los proponentes estamos de
acuerdo en el fondo, incluso las enmiendas del Grupo
parlamentario Vasco (PNV) vienen a redondear, con un detalle
perfeccionista, lo que son huecos que ha dejado el Reglamento
345/1992.

Apoyando la primera enmienda del Grupo Vasco y manifestando
nuestra conformidad con la misma, puede haber ocurrido que el
Reglamento 345, a la vista de la tipología de las artes de pesca
que con el nombre de redes de volantes o de enmalle a la deriva
se venían empleando por las distintas flotas de diferentes países
de la Unión Europea, solamente se fijó en la longitud de las
mismas y no en su calado de fondo, y aquí es donde se ha
producido el fraude de ley o del Reglamento 345 por parte de
flotas como las que ha citado el portavoz del Grupo Vasco (PNV).

Me ha parecido entender al portavoz del Grupo Vasco que retira su
enmienda número 2 en aras de un consenso, porque trata de
mantener lo que ya hemos aprobado aquí, que es la prohibición de
las redes de volanta tal como señala la Orden Ministerial del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España, de
octubre de 1990.

Creo que es importante que la Unión Europea y sus autoridades, la
Comisaría de Pesca, señora Bonino y todo su «staff», entiendan
que la postura española es unitaria; que no tenemos fisuras; que
podemos estar hablando de distintos aspectos de matiz, pero que
hay un principio de acuerdo político, parlamentario para que el
Gobierno español pueda mantener en el Consejo de la Unión Europea
un criterio uniforme y contundente, bien entendido que hay que
exigir, por supuesto, el cumplimiento del Reglamento 345, pero
con las indicaciones que se han señalado aquí como las de la
enmienda del Grupo Vasco (PNV); que es necesario que



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todas las autoridades comunitarias se esfuercen en adelantar los
plazos de la prohibición absoluta; que en es. te momento España
se está reforzando no solamente con argumentos conservacionistas
y ecologistas en su tradicional arte de pesca, sino también por
un principio igualatorio con el volumen de capturas que están
realizando por estas artes otros países que parece que, si
respetan la letra, no respetan el espíritu con que se concibió el
Reglamento 345/92.

Por entender, señor Presidente, que los textos de las
proposiciones no de ley, tanto del Grupo Socialista como del
Grupo Popular, son complementarias, inciden en los mismos
aspectos y no se contradicen, nosotros, si hay acuerdo,
estaríamos dispuestos a votarlas favorablemente en su contenido,
porque todas nos parecen constructivas en esta misma línea.

Nada más, muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el
señor Vidal.




El señor VIDAL I SARDO: Muchas gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, intervengo muy brevemente desde el
escaño para fijar la posición del Grupo Catalán (Convergència i
Unió) respecto a las dos proposiciones no de ley, la del Grupo
Socialista, sobre la prohibición de redes de enmalle a la deriva,
y la del Grupo Popular, respecto a la situación del sector
pesquero de túnidos. Son dos proposiciones no de ley coincidentes
entre sí, en sus objetivos y en su parte dispositiva, así como
coincidentes respecto a numerosas iniciativas aprobadas en el
Pleno o en la Comisión.

Por lo tanto, nuestro Grupo se remite a lo tantas veces afirmado,
es decir, que el método de pesca de túnidos por redes de volantas
es agresivo y no selectivo, y que atenta contra la conservación
de especies protegidas a la vez que con ellas se esquilman las
pesquerías de túnidos. Al estar estas redes prohibidas por el
Reglamento comunitario 345/92 para longitudes superiores a dos
kilómetros y medio, y al estar insuficientemente controladas por
la propia Comunidad, se induce a que se cometan muchas
infracciones, en cierta manera toleradas, y con ello se produce
una competencia desleal entre los países europeos, que las siguen
usando, y nuestro país, que las tiene prohibidas, al estar aquí
solamente permitidos métodos artesanales, conservacionistas, que
implican unos costes mucho más elevados que las capturas.

Tal y como acordó la Comisión de Agricultura en su reunión del
pasado 13 de junio, la solución no consiste en legalizar el uso
de volantas en nuestro país, sino en obtener cuanto antes de la
Unión Europea la prohibición definitiva de todas las redes,
incluidas las inferiores a dos kilómetros y medio, en todos los
países de la Comunidad. Pero mientras esta prohibición no se
consiga-- es necesario que sea aprobada por la Unión Europea--,
debemos seguir exigiendo el estricto cumplimiento de la normativa
vigente, exigiendo, además, la regulación de lo
s--llamémosles--subterfugios utilizados para burlar el Reglamento
y para que estas redes de dos kilómetros y medio sean más
productivas; por ejemplo, aumentando su altura en más de veinte
metros o sumando varios módulos de dos kilómetros y medio, tal y
como denuncian las enmiendas del Partido Nacionalista Vasco.

Por todo ello, nuestro Grupo votará favorablemente ambas
proposiciones no de Ley, y si son aceptadas, también votaremos
las muy razonadas enmiendas del Partido Nacionalista Vasco,
porque con ellas dichas dos proposiciones no de ley--a nuestro
juicio--serán mucho más completas. Por consiguiente, pedimos al
Partido Popular que reconsidere su inicial rechazo.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Vidal.

Por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Iniciativa par
Catalunya, tiene la palabra el señor Andréu.




El señor ANDREU ANDREU: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, mi Grupo Parlamentario va a apoyar las proposiciones
no de ley presentadas, como no podía ser de otra manera. En
última instancia, no es más que un recordatorio, una reiteración
del Parlamento de acuerdos tomados con anterioridad sobre este
mismo aspecto.

Todo ello nos lleva a pensar si realmente esta batalla por
conseguir que no se utilicen las redes de volanta en el conjunto
de la Unión Europea debe seguir dándose exclusivamente en el
Parlamento español, o si tendría que darse, fundamentalmente, en
el seno del Parlamento europeo y en el conjunto de la Unión
Europea. Aquí es donde creo que el conjunto de los grupos
parlamentarios, que también están representados en el Parlamento
europeo, tienen el principal reto a dilucidar en los próximos
tiempos. Se trata de conseguir pronunciamientos del Parlamento
europeo en este sentido, intentando convencer de que si se sigue
por este camino de que otras naciones permitan que se utilicen
redes de volanta o accesorios como los que se han planteado, es
decir, supletorios de dos kilómetros y medio (que en principio
son repuestos pero que luego se utilizan para engrandecer las
redes en alta mar), solamente se va al desastre, y que se siga el
ejemplo seguido por parte de la pesca española prohibiendo las
redes de enmalle. Ahí, repito, es donde creemos que está el
principal reto. Está bien este recordatorio y que se tome otra
vez el acuerdo por parte del Parlamento en este



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sentido, pero, insisto, donde tenemos que plantear esta batalla
principal es en el Parlamento europeo.

Hago el llamamiento al conjunto de las fuerzas parlamentarias
para que se defiendan proposiciones de esta naturaleza y se
consiga que en toda Europa se prohíban las redes de volanta y los
supletorios como los que se están permitiendo, que se utilizan de
forma tergiversada en la pesca en alta mar.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Andréu.

La señora Gorostiaga tiene la palabra para indicar si acepta o no
la enmienda presentada por el Grupo Vasco (PNV).




La señora GOROSTIAGA SAIZ: Señor Presidente, en mi primera
intervención fijé ya la posición sobre las enmiendas del Grupo
Vasco (PNV); a la vez que la fijé respecto a la proposición no de
ley del PP, también lo hice sobre las enmiendas que había
presentado el mismo grupo.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Perdone, señora
Gorostiaga, ¿qué es lo que dijo?



La señora GOROSTIAGA SAIZ: Que el Grupo Socialista no aceptaba
las enmiendas del Grupo Vasco.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias.

El señor Mantilla también indicó inicialmente que no las
aceptaba. ¿Mantiene su postura?



El señor MANTILLA RODRIGUEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Reiteramos nuestra postura de que no aceptamos estas enmiendas
porque están implícitamente recogidas en nuestra proposición no
de ley. Es más, decía que era una incongruencia...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Mantilla, no es un
turno en contra. Quería saber si había o no rectificación.

Muchas gracias, señor Mantilla.

Vamos a pasar a las votaciones correspondientes a una y otra
proposición no de ley. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Proposición no de ley del Grupo Socialista,
sobre redes de enmalle a la deriva.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 283; a favor, 282; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la proposición.

Proposición no de ley del Grupo Popular, sobre medidas a adoptar
para mejorar la situación por la que están atravesando los
pescadores españoles de túnidos, que se somete a votación con la
rectificación aceptada en el apartado cuarto de la misma.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 283; a favor, 281; en contra, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la proposición.




DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, SOBRE LA ADOPCION
DE MEDIDAS URGENTES PARA PALIAR LAS GRAVISIMAS CONSECUENCIAS
PRODUCIDAS POR LA EXPULSION DEL CALADERO MARROQUI DE LA FLOTA
ESPAÑOLA (Número de expediente 1621000206)



El señor PRESIDENTE: Proposición del Grupo Parlamentario Popular,
sobre la adopción de medidas urgentes para paliar las gravísimas
consecuencias producidas por la expulsión del caladero marroquí
de la flota española.

Tiene la palabra el señor Fernández de Mesa.




El señor FERNANDEZ DE MESA DIAZ DEL RIO: Gracias, señor
Presidente.

Señorías, cuando se cumplen hoy 50 días del amarre en nuestros
puertos de la flota española que faenaba en el caladero marroquí,
y ante el grave y progresivo deterioro de la situación del sector
pesquero español, el Grupo Parlamentario Popular plantea hoy ante
la Cámara una proposición no de ley similar a una que vimos hace
algunos días en la Comisión de Agricultura y Pesca, pero que
resulta imprescindible traer aquí ahora porque realmente, llegado
este momento, ni el Gobierno comparece ante la Cámara--ya sea a
petición propia, ya sea a petición de los grupos
parlamentarios--, ni ofrece una salida a la crisis, ni pone
remedio al boicot que se está produciendo, aunque a estas alturas
habría que preguntarse si aquel boicot propugnado por el
Presidente de la Junta de Andalucía en un primer momento y
después retirado, o si el boicot propuesto y propugnado mediante
un escrito de hace muy pocas horas por parte de algún Secretario
de Estado con alguna firma comercial, significa que realmente el
Gobierno no quiere, no sabe o no puede resolver la situación por
la que estamos atravesando en estos momentos, sobre todo en los
puertos andaluces.

El Acuerdo de 13 de octubre de 1994 entre la Unión Europea y el
Reino de Marruecos decía claramente que



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ambas partes convenían iniciar las negociaciones para la
conclusión de un nuevo acuerdo con una reducción del esfuerzo
pesquero, y el Grupo Parlamentario Popular quiere poner de
manifiesto que esas reuniones no se han producido, que se
producen precisamente cuando termina el plazo, y, lo que es más
grave, todo aquello que se nos propone no es solamente la
reducción del esfuerzo pesquero, sino unas condiciones que son
realmente inaceptables para el sector pesquero español.

Por ello, y teniendo en cuenta también que el Convenio firmado
entre la Unión Europea y Marruecos en el año 1992 decía
claramente, en su artículo 15, que las partes contratantes
acordaban reunirse mediado el plazo de duración del citado
acuerdo con el fin de estudiar el estado de la puesta en marcha
del mismo, nosotros creemos que ha llegado el momento de que el
Gobierno tome las riendas en este asunto, porque ni el señor
Filali es el responsable, ni la señora Bonino es la única
responsable, sino que si hay alguien responsable de la situación
actual ése es el Gobierno español, es cada uno de los ministros
que tienen responsabilidades en este momento en el sector
pesquero. De ahí que el Grupo Parlamentario Popular, de forma
concisa, plantee cuatro puntos en su proposición no de ley.

En primer lugar, pide que se realicen las gestiones oportunas
para que, tal y como aparece reflejado en el convenio, mientras
se produzca la prórroga o la negociación de un nuevo acuerdo,
nuestra flota pueda volver al caladero marroquí para poder seguir
faenando en tanto en cuanto no se alcance un acuerdo.

En segundo lugar, que se adopten las medidas necesarias para que
desde la Administración central del Estado, en combinación con la
Administración autonómica se pongan en funcionamiento todos los
mecanismos que garanticen y refuercen las inspecciones
sanitarias, las inspecciones portuarias, fronterizas y de
tránsito. Nosotros estamos convencidos que en el momento en que
el Gobierno adopte esas medidas, todas aquellas presiones que se
están realizando por el sector en los puertos andaluces con toda
seguridad quedarán reducidas a su mínima expresión. Por ello,
creemos que es imprescindible tomarse en serio este apartado, y
que el Gobierno, de una vez por todas, en lugar de llorar en el
muro de las lamentaciones en reiteradas ocasiones diciendo que es
un riesgo que continuemos haciendo ese boicot, que no conduce a
nada, que vamos a perder todas las situaciones, que no vamos a
conseguir nada positivo, que estamos tirando piedras contra
nuestro propio tejado, ponga fin a la actual situación, tomando
las medidas oportunas para que se solucione el problema.

En tercer lugar, nosotros solicitamos que se realice la oportuna
propuesta ante la Unión Europea; si se ha hecho, que se vuelva a
hacer, y si no se ha hecho, que se haga para que, mediante una
modificación de créditos en el presupuesto comunitario, las
ayudas que lleguen al sector (por cierto que no todas han llegado
todavía) que sean a través de los fondos que la Unión Europea ha
estado pagando al Reino de Marruecos de 102 millones de ecus
anuales por la utilización de aquellos caladeros y no
detrayéndolos del IFOP, de unos fondos estructurales que ya están
distribuidos entre el Gobierno central y las comunidades
autónomas; que no exista detrimento de unos fondos, repito, que
nos competen, que nos corresponden, y que, además, ya están
distribuidos entre todas las comunidades autónomas.

Por último, señorías, el Grupo Parlamentario Popular plantea que
se remita el oportuno memorándum a la Comisión Europea en el que
se refleje la situación actual general de la pesca en España,
para que se estudien y se proponga la adopción de las medidas que
se consideren oportunas. Ya hay un precedente en este tema. En el
mes de junio del año pasado, ante un memorándum enviado por
Alemania, la Comisión Europea hubo de pronunciarse. Nosotros
entendemos que el Gobierno de la nación tiene que asumir de una
vez por todas, si es que no lo ha asumido, que España es la
primera potencia pesquera de Europa, que España ha contribuido a
que Europa sea la tercera potencia mundial pesquera y que España
es el primer país consumidor de pesca hoy en día, con cerca de 48
kilos por persona y año de pescado.

Realmente, la situación es grave, realmente las soluciones que se
están adoptando no conducen a nada y realmente es incalificable
que el Gobierno, pasados cincuenta días de este conflicto, no
haya comparecido ante la Cámara para explicar cuáles son las
negociaciones que se están manteniendo, en dónde ha puesto el
listón el Gobierno español y hasta dónde no está dispuesto a
ceder. Y, sobre todo, que se entere el sector, que se entere esta
Cámara de cuáles son las medidas que en este momento está
tratando de poner en funcionamiento el Gobierno para solucionar
la grave crisis por la que están atravesando los pescadores en
Andalucía, en Canarias o en Galicia.

Nosotros, señorías, entendemos que de la misma manera que el
Ministro de Interior marroquí ha estado en España con el Ministro
Belloch para tratar de garantizar la operación de paso del
Estrecho este verano, el Gobierno español debería hacer algo
similar para tratar de este problema. Independientemente de las
reuniones e independientemente de las negociaciones bilaterales
entre la Unión Europea y Marruecos, se debería haber desplazado
ya el Reino Alauita para tratar de conseguir unas condiciones
ventajosas para nuestro sector y que en estos momentos no se
encontraran paralizados en los puertos españoles, tomando unas
medidas que a todas luces son perjudiciales para el sector
pesquero español.

Si aquí ha estado la Comisaría Europea de Pesca, si aquí ha
estado el Ministro de Interior marroquí, no entendemos



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qué es lo que está haciendo el Gobierno español. No tiene ninguna
justificación que al día de la fecha ni el sector ni la Cámara
sepan realmente, a no ser por lo que dicen determinados medios de
comunicación, cuáles son las medidas que el Gobierno piensa
adoptar para solucionar este problema.

Señor Presidente, señorías, concluyo diciendo que lo que abunda
no daña. Esta proposición no de ley ha entrado en registro el 23
de mayo, la comparecencia solicitada por el Grupo Parlamentario
Popular es del 4 de marzo para el Ministro de Agricultura y
Pesca, y del 4 de mayo para el Ministro de Asuntos Exteriores.

Permítanme decirles que cuando no comparecen, cuando no vienen a
esta Cámara, que es donde tienen que dar las explicaciones de qué
es lo que está pasando en un sector tan importante para España,
del que viven cerca de quinientas mil familias, algo falla, y lo
que está fallando es que en España no hay nadie que asuma
responsabilidades en cada uno de los sectores, en cada uno de los
Ministerios, porque están ustedes preocupados de muchas otras
cosas antes que de dar solución a los problemas sectoriales que
tiene planteados España, y el sector de la pesca no admite
demoras.

Por tanto, yo reclamo aquí, una vez más, que el Gobierno
comparezca y explique lo que tiene lo que tiene que explicar.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández de Mesa.

Grupos que desean fijar su posición. (Pausa.)
Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor
Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor Presidente.

Voy a fijar la posición del Grupo Parlamentario Vasco en relación
con la proposición no de ley del Grupo Popular respecto al
ejercicio de la actividad pesquera, en este momento suspendida,
en aguas del caladero marroquí.

El Grupo Parlamentario Popular realiza una serie de
planteamientos dirigidos a mejorar la posición económica de la
flota pesquera española, en definitiva la reintegración en el
caladero marroquí. Nos parece oportuno en la medida en que una
interpretación integradora del acuerdo entre la Unión Europea y
Marruecos, siempre que haya una integración de voluntades, podría
permitir la reintegración en el caladero marroquí, así como que
hubiera una prórroga mientras se renegocia el acuerdo, en este
momento en suspenso. Obviamente, estamos de acuerdo también con
el incremento del control de las inspecciones en frontera, tanto
de las condiciones higiénico-sanitarias como de tallas y, sobre
todo, con con las ayudas para el paro forzoso, los fondos que la
Unión Europea atribuye a Marruecos, como contrapartida
financiera, de conformidad con el tratado. Ese es un elemento
característico de los acuerdos entre Marruecos y la Unión
Europea. Marruecos siempre pretende, aparte de las contrapartidas
financieras, que vienen bien, al margen del sector extractivo, a
la cadena de comercialización, así como al sector transformador,
vincularlo a ventajas comerciales. Marruecos pretende un régimen
similar al espacio económico europeo, como lo puedan tener
Islandia, Leinchtestein o Noruega; un régimen de mercado libre de
aranceles, un régimen análogo al establecido en el sistema de
preferencias generalizadas con los países del Pacto Andino para
el comercio de productos del sector primario, productos
agrícolas, productos pesqueros en estado bruto o productos
pesqueros en transformación, ya que toda negociación política
siempre ha ido vinculada a una negociación de tales
características.

No obstante, señor Presidente, queríamos hacer algunas
consideraciones. El Gobierno español y la Unión Europea tienen
difícil la negociación. No podemos olvidar que nos estamos
encontrando ante el ejercicio de la actividad pesquera por parte
de la flota europea --debemos recordar que de 700 barcos, 650 son
españoles y 50 portugueses--que opera en aguas de Marruecos. Por
tanto, la situación de partida, a la hora de la negociación, es
más difícil, porque de conformidad con el Derecho internacional,
la Convención del Derecho del Mar aprobada en las Naciones Unidas
y cuya entrada en vigor tuvo lugar en noviembre de 1994 determina
el régimen de explotación de las plataformas continentales y de
los recursos marítimos en la zona económica exclusiva de las 200
millas, y esa zona es de titularidad marroquí. No podemos olvidar
que se está negociando con un país que es el titular, en cuanto a
la explotación de los recursos pesqueros y marinos, de sus aguas
jurisdiccionales. Por consiguiente, es una negociación más
complicada, más difícil, al margen de otras consideraciones que
en debates anteriores se pusieron de manifiesto por este grupo
parlamentario respecto a la configuración política de Marruecos,
etcétera. Ello dificulta la negociación porque nos encontramos en
aguas de la zona económica exclusiva de Marruecos y este elemento
es importante a la hora de ponderar y a la hora de circunscribir
las valoraciones políticas que debemos hacer los diferentes
grupos parlamentarios tanto respecto al Gobierno central como
respecto a la Unión Europea.

La suspensión y la no prórroga del acuerdo ha supuesto que la
Unión Europea ponga en marcha los mecanismos ad valorem de
aplicación de aranceles. ¿Y qué es lo que ha ocurrido? Que en
este momento, todas esas limitaciones a los productos pesqueros
transformados en conserva. por ejemplo de sardina de Marruecos es
con esa fuelLe limitación del arancel ¡Y a quién beneficia esto?
Está beneficiando a Portugal, porque ha incrementado en un 150
por ciento, en el mes



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y medio que ha transcurrido desde la suspensión del acuerdo, las
importaciones a la Unión Europea, incluida España. Ese es un
gesto que Marruecos pide como solidaridad política: que no se
ponga en marcha el arancel. Cuando se suspende el acuerdo es a
todos los efectos, tanto respecto al acceso a los recursos en su
mercado como respecto al acceso al mercado europeo de los
productos primarios marroquíes, en este caso la conserva, como la
sardina. Ello está complicando la negociación. El planteamiento
de la señora Bonino de tender hacia un partenariado hacia la
constitución de sociedades mixtas, tampoco es aceptado por
Marruecos porque como mal menor puede ser una solución buena, no
la adecuada. Pero sabe el sector pesquero español--y si somos
responsables lo debemos saber los diferentes grupos
parlamentarios--que algún tipo de reducción se ha de producir
porque quien modula, quien regula y ordena su caladero es
Marruecos y, por tanto, algún tipo de reducción se ha de
producir. Como solución alternativa podía ser viable la fórmula
del partenariado o constitución de sociedades mixtas, pero
nuevamente Marruecos pone trabas importantes, trabas en las
inversiones extranjeras. En otros sectores económicos no se exige
que la participación del capital marroquí sea superior al 50 por
ciento. La única excepción es para realizar inversiones en el
sector pesquero en cuanto al subsector extractivo, porque lo
mismo es aceptado por Marruecos respecto a inversiones en la
cadena de comercialización, tanto asentadores en primera
instancia o finales, así como en la industria transformadora y en
otras inversiones extranjeras que se hacen, pero no se acepta que
pueda haber una mayor participación europea, una mayor
participación española en el capital de estas sociedades mixtas,
que puede ser un mal menor, pero quizá Marruecos debería
flexibilizar su postura en este punto porque la Unión Europea, el
Gobierno central ya ha dado la posibilidad de realizarse y puede
ser una alternativa viable.

Señor Presidente, dentro de estos parámetros políticos pesqueros
nos encontramos en una negociación compleja, en una negociación
difícil, pero vamos a apoyar las pretensiones que tiene el Grupo
Parlamentario Popular, sin perjuicio de que también somos
conscientes de que algunas actuaciones pueden poner en peligro
negociaciones que en este momento están en marcha, y lo que nos
preocupa sobre todo es el compromiso del Gobierno de la
existencia de créditos presupuestarios para hacer frente al pago
de las ayudas a los titulares de la embarcaciones de Canarias y
de Andalucía, de todo el Mediterráneo, a los tripulantes de las
mismas, puesto que el horizonte temporal es de dos meses, que era
el inicialmente previsto. ¿Qué va a ocurrir? Estamos a diez días
vista de la finalización del horizonte temporal de esas ayudas y
quizás el Gobierno tenga que adoptar medidas complementarias para
hacer frente a esta coyuntura que se alarga en el tiempo.




No obstante, dijo el señor Presidente del Gobierno, Felipe
González, en la reciente reunión con la señora Bonino, que es
mejor que se prolongue la negociación política con Marruecos
antes de que se alcance un mal acuerdo pesquero. Esperamos que la
Unión Europea y el Gobierno central sean consecuentes con ese
planteamiento que el señor Presidente del Gobierno manifestó a la
señora Bonino, y que si ha de prorrogarse el status quo actual se
prorrogue siempre que sea con el objetivo de alcanzar un acuerdo
equilibrado respecto del cual la Unión Europea ya ha movido
ficha, la ha movido el Gobierno español, y yo creo que ahora
tiene que ser Marruecos el que flexibilice su postura de entender
que éste es una acuerdo pesquero y que las contrapartidas
financieras y las ventajas comerciales han de ir en una
negociación política de mayor calado y en otro contexto político.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gatzagaetxebarría.

Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió tiene la palabra el
señor Tubert.




El señor TUBERT I ALSINA: Señor Presidente, señorías, intervengo
para fijar la posición del Grupo Parlamentario Catalán de
Convergència i Unió.

Mi grupo parlamentario siempre ha mantenido una postura clara de
soporte a la toma de medidas extraordinarias para amortiguar la
situación delicada en la que se encuentran los armadores y
marineros afectados directamente por la falta de acuerdo en la
revisión del convenio firmado en 1992. Hay un argumento claro de
solidaridad, pero además hay un argumento de ofrecer, en lo que
se pueda, rentas mínimas que garanticen los ingresos de familias
involucradas en un problema que, bien seguro, va mucho más allá
de lo que es su propia responsabilidad. Es claro que afecta a las
relaciones bilaterales entre la Unión Europea y Marruecos en toda
su amplitud. El Gobierno de Marruecos está utilizando la
necesidad de la Unión Europea de revisar el convenio como
instrumento de presión, como moneda de cambio para un acuerdo
que, sin lugar a dudas, pretende mucho más amplio. A nadie se le
escapan los intereses del Gobierno de Marruecos con referencia a
temas coincidentes con la Unión Europea, temas que van desde el
terreno industrial del sector pesquero en cuanto a capturas a lo
que es la transformación y la comercialización o, lo que es
especialmente grave, la coincidencia con el Estado español en
cuanto al sector agrario, especialmente frutas y hortalizas. Esta
estrategia del Gobierno marroquí se deduce evidentemente de las
distintas manifestaciones y, cómo no, del especial endurecimiento
con que plantea la revisión del convenio. Hay que constatar
además que su postura no es nueva. Ya utilizó esta estrategia en
la revisión de 1992 y hemos



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de tener presente que le dio buenos frutos. En todo caso, aquí
queda el compromiso de que no se repita la misma situación.

Las medidas propuestas entendemos que son necesarias. Hace falta
que estén previstas para no caer en la urgencia de aceptar un
acuerdo débil. Es seguro que, en la situación en la que nos
movemos, es insostenible la repercusión que podría tener el
planteamiento de Marruecos de limitar las licencias en un 50 por
ciento, reducir la captura de algunas especies por debajo del 65
por ciento, la incorporación de marineros marroquíes en la
tripulación de todos los buques, cuando en muchos casos ni ellos
mismos vienen cumpliendo esta premisa porque están utilizando
mano de obra del sureste asiático que les es más barata, o el
mantenimiento de paradas de actividad, requisito que tampoco
cumplen, así como la utilización de los puertos marroquíes, lo
que iría claramente en detrimento de los propios, los que venimos
utilizando habitualmente, ya sea el de Lanzarote o el puerto de
la Luz y de Las Palmas. Evidentemente, todo esto tiene una
repercusión insostenible que va mucho más allá de lo que es el
propio sector y su entorno más inmediato. Esta situación afecta
en este momento al sector conservero del norte. En definitiva, es
importante remarcar desde nuestro grupo el esfuerzo realizado ya
por la flota española, que se ha reducido en poco más de diez
años a la mitad.

Por todo ello, es bueno adoptar estas medidas, así como las ya
planteadas--y compartimos la idea--de que el Gobierno debe hacer
un seguimiento ininterrumpido de las negociaciones y que la
competencia de esta quinta ronda sea directa de la Comisaría
europea para asuntos pesqueros, aunque la posición del Gobierno
español es clave, así como un seguimiento de la influencia de la
situación actual sobre nuestros mercados. Además, desde el Grupo
Parlamentario Catalán quisiéramos, y entendemos que es procedente
dada la situación, hacer una llamada a la responsabilidad de todo
el sector que se encuentra movilizado, así como a todos los
colectivos que tengan influencia sobre él porque, aunque hemos
puesto de manifiesto que compartimos la preocupación y que
estamos a favor de soluciones, no podemos obviar los derechos de
muchas personas, algunas de ellas trabajadoras del norte de
Africa que vuelven a su país por vacaciones en la llamada
Operación Estrecho, o de otras personas que en este momento están
vinculadas claramente al libre comercio de mercancías entre el
Reino alauita y la Unión Europea. Tampoco podemos desvirtuar y
poner en entredicho una línea de negociación que sólo tendrá
éxito si nos mantenemos en una postura firme, seria y coherente
en todos los frentes.

Para terminar, haciendo referencia directa a sus propuestas,
entendemos que vienen a mejorar los acuerdos adoptadas hasta este
momento, que cualquier postura que refuerce la posición de la
Unión Europea--que en definitiva tiene que ser la nuestra--es
buena y que sería oportuna la posición de consenso de esta
Cámara, que sería intermedia entre los posicionamientos pero
convendría que así fuera al final. En definitiva, nosotros vamos
a votar a favor las posturas planteadas por ustedes.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Tubert.

Por el Grupo Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya tiene la
palabra el señor Andreu.




El señor ANDREU ANDREU: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, mi grupo parlamentario celebra que esta proposición no
de ley se haya traído a la Cámara, porque puede significar, de
alguna manera, un recordatorio al Congreso de los Diputados sobre
el conflicto que está sucediendo fundamentalmente en los puertos
del sur, aunque también se extiende a los puertos de Levante, a
los puertos gallegos y a algunos vascos. Este conflicto está
perjudicando seriamente a muchísimas familias cuyos recursos
dependen, directa o indirectamente, de las faenas de pesca en el
norte y el sur de Marruecos. Nos parece oportuno este
recordatorio. Mi grupo parlamentario, por supuesto, va a apoyar
el contenido de la proposición no de ley. Ello puede dar pie a
algunos comentarios que tienen relación con la situación del
conflicto pesquero y que se refieren fundamentalmente a la
actuación que se está llevando a cabo tanto por parte del
Gobierno como de la Unión Europea.

En primer lugar, quiero manifestar que mi grupo parlamentario,
precisamente para rellenar este hueco que ha denunciado el
portavoz del Grupo Popular, va a pedir la inmediata comparecencia
del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para que
informe del conocimiento que tiene el Gobierno español sobre cómo
se encuentran las negociaciones entre la Unión Europea y
Marruecos en este asunto. Es más, consideramos que es el momento
oportuno para que la ponencia sobre Pesca creada en la Comisión
de Agricultura del Congreso de los Diputados tenga un encuentro
con la señora Bonino y le haga llegar cuál es el sentir del
conjunto del Congreso de los Diputados sobre la situación que se
está viviendo en Marruecos y en el sur de España en estos
momentos. Nosotros creemos que la señora Bonino tiene ciertas
lagunas en su conocimiento y entendimiento del problema. Por
ejemplo, la señora Bonino nos ha sorprendido últimamente
llamándonos la atención sobre un hecho que es bastante obvio, y
es que los pescadores españoles están faenando en aguas que no
son españolas. Eso es una obviedad; es algo de lo que tiene
conocimiento el conjunto del pueblo español, y los que más
conocimiento tienen de ello son los pescadores. A veces parece
que la señora Bonino considera que está ante un país
prácticamente de salvajes



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que creen que pueden expoliar unas aguas que no son suyas, y eso
no es cierto. La señora Bonino está en un error. El conjunto del
pueblo español, los pescadores saben perfectamente que las aguas
son marroquíes y eso se respeta profundamente. Ahora bien, lo que
se pide es que haya un tratado de seriedad recíproca entre
Marruecos y la Unión Europea; seriedad recíproca que hasta ahora
ha brillado por su ausencia. Habrá que recordar a la señora
Bonino que muchas de las infracciones que se han venido
cometiendo en Marruecos eran pactadas con los servicios de
guardacostas marroquíes; que ésa ha sido una actuación reiterada
por parte de los servicios de guardacostas marroquíes que hacen
la vista gorda cuando les interesa y según sea la cantidad del
soborno. Habrá que recordar a la señora Bonino que nosotros
eufemísticamente decimos que estamos faenando en aguas
marroquíes, pero éste es un asunto de Derecho internacional que
aún no está resuelto. NO sabemos si estamos faenando en aguas
marroquíes o si estamos faenando mitad en aguas marroquíes y
mitad en aguas saharianas. NO lo sabemos porque todavía no está
resuelto el conflicto del referéndum sobre el Sahara. Habrá que
recordar a la señora Bonino que hay un acuerdo entre la Unión
Europea y Marruecos que marca la reciprocidad; que no se actúa y
se faena gratuitamente en Marruecos, sino que se faena y se actúa
en Marruecos porque, entre otras cosas, la Unión Europea da una
serie de ayudas a Marruecos y, por tanto, hay una reciprocidad en
el tratamiento que debe ser correspondida. También habrá que
recordar a la señora Bonino que cuando se han planteado
estrategias como el paro biológico que se ha venido produciendo
durante los últimos años, en realidad, tal paro biológico no
tenía como finalidad que se regenerasen los caladeros sino buscar
que durante unos meses no faenaran los barcos españoles en
Marruecos para así conseguir que el pescado que conseguían los
barcos marroquíes tuviera un mercado más amplio en Europa. Todo
eso habrá que recordárselo a la señora Bonino y habrá que decirle
que los pescadores españoles tienen una perfecta conciencia de
que están actuando sobre aguas que no son suyas, pero lo que
piden es que haya seriedad en los pactos, seriedad en los
acuerdos, y que si realmente la Unión Europea va a dar unas
contrapartidas a Marruecos, que Marruecos tiene que dar también
esa contrapartida que es permitir un grado de pesca razonable a
la flota española, a la flota europea, al fin y al cabo, allí en
aguas marroquíes. Todo esto desgraciadamente habrá que
recordárselo, porque yo no sé si por desconocimiento o si por un
mal entendimiento de lo que realmente es este país la señora
Bonino hace declaraciones en las que trata a España como si fuera
un país de segundo orden en su conocimiento, un país de segundo
orden en el conjunto de la Comunidad Europea.

Yo creo que no está de más reiterar aquí, ante esta Cámara, que
los pescadores que están haciendo estas actuaciones en los
puertos que impiden que determinadas mercancías marroquíes pasen
a Europa, desde luego, no están actuando de una forma salvaje, ni
muchísimo menos. Hay que recordar a la Cámara que precisamente
Andalucía es una región que compite directamente con Marruecos.

Todo lo que se produce en Andalucía también se produce en
Marruecos, y si la balanza comercial de España con Marruecos está
a favor de Marruecos es fundamentalmente porque lo que se exporta
a Marruecos son productos que se fabrican al norte de Andalucía.

Lo que se hace al sur de Andalucía, los productos hortofrutícolas
y la pesca (también en Andalucía se hacen otras cosas,
evidentemente) se producen tanto en Marruecos como en Andalucía.

Somos una comunidad que compite directamente con Marruecos, y si
hay que subvencionar a Marruecos, desde Andalucía se pide que la
subvencione el conjunto de Europa, pero no solamente que se la
subvencione a partir de una competencia en la cual está
claramente primada Marruecos sobre Andalucía. Todos estos puntos
hay que tenerlos en cuenta cuando se hacen juicios sobre el
comportamiento de los pescadores en el sur y en los diferentes
puertos. Yo quiero tranquilizar al conjunto de los portavoces de
los distintos grupos parlamentarios que han tomado la palabra en
este debate. Ya han garantizado los pescadores en Algeciras que
la Operación del Estrecho está asegurada; lo han garantizado. Yo
llamo la atención a los portavoces parlamentarios que se han
referido a este punto sobre las manifestaciones que han realizado
diferentes portavoces de los pescadores en Andalucía: por razones
humanitarias no va a haber ningún tipo de conflicto en el paso
del Estrecho y no se va a perjudicar, de ninguna manera, el paso
de marroquíes hacia Marruecos ni el de marroquíes hacia Europa
durante estos meses. Creo que es interesante que esta
información, si no se ha tenido acceso a ella, se tenga por lo
menos a través de este modesto portavoz parlamentario para que no
se creen nubes sobre el comportamiento de los pescadores en los
diferentes puertos: Los marroquíes que pasen hacia un lado o
hacia otro del Estrecho van a tener un trato humanitario
correcto.

En definitiva, señoras y señores Diputados, considero que es
bueno que el Congreso de los Diputados se sensibilice como por
otros asuntos pesqueros, sobre la gravedad de este asunto de los
caladeros marroquíes y cómo afecta fundamentalmente a la flota
andaluza, pero también a la flota canaria, a la levantina, a la
gallega y a la vasca. En última instancia, esto puede significar
pérdidas de puestos de empleo, y cada puesto de empleo que se
pierde en Andalucía es un drama añadido en una comunidad que
realmente lo que menos necesita es perder puestos de trabajo.

Muchas gracias.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Andreu.

Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Moragues.




El señor MORAGUES GOMILA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, debatimos nuevamente una iniciativa parlamentaria sobre
la renovación del acuerdo pesquero entre la Unión Europea y el
Reino de Marruecos que ha obligado al amarre de la flota de la
Unión, flota fundamentalmente española, con una serie de
consecuencias económicas y sociales bien conocidas por SS. SS. y
a las cuales el Gobierno de la Nación ha hecho frente
diligentemente aprobando, incluso antes de que finalizara la
vigencia del acuerdo, un conjunto de medidas que establecían
ayudas para la inactividad de la flota que faenaba en este
caladero. Hoy el Grupo Popular presenta un texto resolutivo que
difiere poco de sus iniciativas anteriores, la derivada de la
interpelación sobre política pesquera en España y la presentada
en Comisión para defender el mantenimiento de las cuotas de pesca
en aguas marroquíes. Difiere poco, decía, pero difiere. En primer
lugar, en el propio título de la iniciativa, cuando en una
escalada lingüística --muy propia--tachan el amarre de la flota
como expulsión del caladero marroquí. Es preciso recordar y
puntualizar aquí y ahora, señorías, que no se ha producido
expulsión alguna del caladero marroquí de la flota comunitaria
que faenaba al amparo del acuerdo entre la Unión Europea y
Marruecos que finalizó el 30 de abril de 1995. La decisión de
suspender la aplicación del último año del acuerdo de pesca
mencionado fue adoptada conjuntamente por la Unión Europea y
Marruecos como conclusión del ejercicio de revisión a medio plazo
previsto en el artículo 15 del Acuerdo de 1992 y también de
conformidad con la directiva de negociación, de 23 de noviembre
de 1994, mediante la cual se iniciaron las negociaciones para un
nuevo acuerdo con una duración de tres años, según convinieron
las partes en el proceso de revisión que acabo de citar. Por
tanto y como cuestión previa, si se quiere, pero no por ello
menos importante, hay que dejar bien claro que no se ha producido
ninguna expulsión de la flota española sino el amarre de la flota
comunitaria, como consecuencia de la aplicación del acuerdo
libremente aceptado por las partes contratantes. Se trata de un
acto efectuado estrictamente dentro de la legalidad y que,
indistintamente de que nos guste más o menos, sólo podemos
acatar.

A pesar de las novedades que nos presenta esta proposición no de
ley, puede y debe ser apoyada por todos los grupos de la Cámara,
como suele ser habitual en iniciativas de este tipo, y ello por
varias razones que voy a exponer brevemente. Primero, porque las
iniciativas anteriores han sido aceptadas y, por tanto, es
coherente que se haga lo propio hoy. Segundo, porque me parece
positivo que el Parlamento español mantenga un razonable nivel de
acuerdo, aunque naturalmente se exprese con tonos y actitudes
diferentes, porque ello refuerza las reivindicaciones y
necesidades del sector pesquero español y de las autoridades
pesqueras españolas ante la Comisión y deja clara la postura y
los intereses españoles ante el Reino de Marruecos. Y tercero,
porque si bien es verdad que las propuestas de resolución son
parecidas a algunas anteriormente debatidas, no es menos cierto
que al grupo proponente le ampara una nueva razón para que hoy
reproduzcamos este debate: la flota española lleva ya 50 días
amarrada, las negociaciones van a entrar, cuando se concierte una
nueva fecha, en su sexta ronda de conversaciones y no se
vislumbra una salida en breve plazo de tiempo, con el
consiguiente malestar y reacciones del sector y el aumento de
costos que el amarre de nuestra flota conlleva para las finanzas
públicas. Creo que está bien que el Parlamento reflexione y
discuta sobre unas negociaciones de las que todo el mundo acepta
sus dificultades, pero a las que todo el mundo pide soluciones en
un razonable plazo de tiempo. A mi entender éste es el quid de la
cuestión. Está claro que el sector pesquero español necesita y
requiere un acuerdo para poder pescar en aguas marroquíes, porque
la flota se ha dimensionado precisamente para ejercer allí su
actividad y no tiene por ahora alternativas posibles. Esta es la
debilidad que explota Marruecos en las negociaciones. Por su
parte, parece claro también que Marruecos, que dispone de
recursos pesqueros en sus caladeros, no tiene barcos preparados
ni industria transformadora capacitada ni mercados consumidores
suficientes para hacer frente a la explotación de sus
potencialidades pesqueras, por los que precisa del mejor acuerdo
posible para coexplotar sus aguas. Hemos de convenir, señorías,
que España y su flota, su industria y sus profesionales, en suma
su sector pesquero es el candidato mejor situado, como lo ha sido
siempre, para cerrar un buen acuerdo con Marruecos. Pero hemos de
convenir también que las negociaciones con nuestro vecino nunca
fueron fáciles. Hemos de recordar que los anteriores gobiernos de
la Unión de Centro Democrático no cerraron nunca un acuerdo
pesquero, que la presencia de la flota en aguas marroquíes fue
siempre precario y que los amarres que se produjeron no causaron
nunca compensaciones económicas ni para los armadores ni para los
tripulantes.

Conviene recordar, señorías, que el primer acuerdo se firmó en
1983, que sus renovaciones siempre han ocasionado situaciones de
conflicto, que el primer acuerdo negociado con Marruecos tras
nuestra entrada en la Comunidad Europea ocasionó el amarre de
nuestra flota durante dos meses. Es decir, que la situación
actual es desgraciadamente de normalidad conflictiva, aunque en
un contexto más problemático en la actualidad. La propia crisis
del sector pesquero marroquí,



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el mal momento por el que pasan las relaciones entre la Unión
Europea y Marruecos por su descontento ante el tratamiento
previsto por el Tratado Preferencial y las actitudes y
actuaciones ocurridas en las últimas semanas en nuestro país en
relación con las mercancías marroquíes sólo han ayudado a
enrarecer aún más estas negociaciones y, a buen seguro, a dilatar
en el tiempo el momento de su solución.

Por todo ello, señorías, y creyendo que no existen soluciones
originales al conflicto planteado a no ser que alguien piense que
vale más aceptar las condiciones que los negociadores marroquíes
han puesto sobre la mesa, y que en absoluto comparte el Grupo
Socialista, no nos queda más remedio que seguir esperando.

Esperar a que expire el acuerdo con Francia para el tránsito de
mercancías marroquíes, que no olvidemos añade un altísimo coste a
todas sus transacciones comerciales. Esperar a que el Gobierno de
Marruecos entienda las razones por las cuales la Unión Europea
defiende el acuerdo en unas condiciones determinadas y mínimas y
a un precio que nadie más puede ofrecer, añadiendo a esta espera
la prórroga para armadores y tripulantes de las ayudas en vigor
desde el pasado mes de mayo y que deberán garantizarse hasta en
tanto dure el conflicto.

Por tanto, y termino, señorías, para que el Grupo Socialista
pueda dar su voto favorable al texto que nos propone el Grupo
Popular, presentaría tres solicitudes de modificaciones muy
específicas del texto presentado: en primer lugar la sustitución
en el título de la proposición no de ley, de la expresión
«expulsión del caladero marroquí de la flota española» por «el
amarre de la flota española que faenaba en el caladero marroquí».

Segundo, que el encabezamiento del punto primero diga «realice
las gestiones oportunas ante la Unión Europea para que la flota
española pueda reintegrarse al caladero marroquí» y, a partir de
aquí, igual hasta el final. En el punto segundo sustituir la
expresión «de forma inmediata» por «en el marco de la legislación
vigente ».

Si el grupo proponente acepta estas tres mínimas modificaciones,
señorías, les anuncio el voto favorable del Grupo Parlamentario
Socialista.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Moragues. Señor Fernández de
Mesa.




El señor FERNANDEZ DE MESA DIAZ DEL RIO: Gracias, señor
Presidente.

El Grupo Parlamentario Popular quiere expresar que,
efectivamente, aunque todos los grupos de la Cámara han
manifestado su apoyo a la proposición no de ley presentada por el
Grupo Parlamentario Popular y no haría falta para que saliera
adelante aceptar ningún tipo de enmiendas, en prueba de la
tolerancia, en prueba del consenso y en prueba de que somos
conscientes de la necesidad de que esta proposición no de ley
salga con el máximo respaldo de la Cámara, no tiene el más mínimo
inconveniente en aceptar las enmiendas planteadas por el Grupo
Parlamentario Socialista.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández de Mesa.

Vamos a proceder a la votación.

Proposición no de ley del Grupo Popular, que se somete a votación
con las correcciones propuestas por el Grupo Socialista y
aceptadas por el propio Grupo proponente y que afectan, entre
otras cosas, al propio título de la proposición.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 282; a favor, 281; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la proposición.




MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES:



DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER
CATALUNYA, SOBRE POLITICA DEL GOBIERNO EN RELACION CON EL
TRASPASO DE COMPETENCIAS A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS, LA
SITUACION DE ESTE PROCESO, LA VALORACION Y RECURSOS DE LAS
TRANSFERENCIAS, ASÖ COMO LOS DIFERENTES AMBITOS COMPETENCIALES DE
LAS DISTINTAS COMUNIDADES (Número de expediente 173/000088)



El señor PRESIDENTE: Punto III del orden del día: Mociones
consecuencia de interpelaciones urgentes.

Moción del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
subsiguiente a la interpelación sobre política del gobierno en
relación con el traspaso de competencias a las comunidades
autónomas, la situación de este proceso, la valoración y recursos
de las transferencias, así como los diferentes ámbitos
competenciales de las distintas Comunidades.

Tiene la palabra el señor Ríos. (El señor Vicepresidente, Beviá
Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, señorías, en nombre de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, voy a intentar defender
la moción consecuencia de la interpelación que la pasada semana
tuvimos sobre el proceso de transferencia a las comunidades
autónomas, fruto de la reforma de los estatutos de autonomía



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y de la Ley Orgánica que dio paso a lo que fue la puesta en
escena institucional de los pactos PSOE-PP.

Como punto de introducción voy a utilizar lo que fue la posición
del propio Ministro respondiendo a la interpelación que yo hacía
en aquel momento. El Ministro vino a decir que el proceso de
transferencias a las comunidades autónomas no era un proceso
unilateral que podía iniciar el propio Gobierno, sino que
dependía, en muchos casos, de lo que había sido la discusión
entre las comunidades autónomas y el propio Gobierno. Decía
también que algunas materias cuyos traspasos se habían aprobado
no se habían recibido porque algunas comunidades autónomas tenían
ciertas demandas que consideraban inasumibles por parte del
propio Gobierno y, sobre todo, porque en algunas competencias,
como era el caso del Inserso o de Universidad, en las comunidades
del 143 las diferencias retributivas de algunos funcionarios y la
evolución de algunas inversiones a realizar podía llevar a una
mayor discusión entre las comunidades y el propio Gobierno.

Pero la reflexión fundamental que a mí me gustaría hacer, fruto
del documento que nos entregó el Gobierno a 1 de junio (es verdad
que ha evolucionado en función de algunas transferencias que se
han producido después en el Consejo de Ministros del día 2), es
que el objetivo que partía de ese acuerdo era el de que las
competencias que tenían las comunidades del 143 se equipararan a
las competencias de las comunidades del 151, yendo al desarrollo
de la capacidad de autogobierno de estas comunidades. Por tanto,
el pacto abría las puertas a ese encuentro competencial. Pues
bien, según las palabras y los datos que utilizó el propio
Ministro el otro día habría que decir que ese proceso de
transferencia a las comunidades del 143 no ha acercado por igual
la distribución del poder del Estado a estas comunidades del 143
que a las del 151. Me voy a referir a las cifras de este informe.

Desde el 1 de enero de 1993 al 28 de mayo de 1995 el volumen de
traspasos realizados a las comunidades del artículo 143 fue de
174. El volumen de funcionarios transferidos fue de 10.083 Y el
coste efectivo de estas competencias fue de 169.000 millones de
pesetas; es decir, habíamos acercado las comunidades del artículo
143 a las del 151 en estos volúmenes. Pues bien, en el mismo
proceso, en el mismo espacio de tiempo se habían producido en
estas comisiones mixtas 54 traspasos de competencias a las
comunidades del artículo 151, a las llamadas históricas, con un
volumen de funcionarios de 12.676--alrededor de 2.000
funcionarios más--y con un volumen de recursos de 122.000
millones de pesetas. Es más, se decía que todavía quedaban en
trámite de desarrollo 27 traspasos de competencias a los que
tenían derecho las comunidades del artículo 151 por desarrollo de
sus propios estatutos de autonomía. Citaba, por ejemplo, la
administración de justicia traspasada a algunas comunidades y el
Insalud a la Comunidad Autónoma Canaria. Por tanto, el objetivo
fundamental que se había puesto en marcha no se ha logrado con
este proceso.

Pero había otra parte más importante de aquella intervención del
Ministro. Dijo, terminando su primera intervención, que el tema
de la diferencia que todavía existía a nivel competencial entre
las comunidades del 143 Y las restantes era, evidentemente, el
tema sanitario y el educativo. Decía el Ministro: Creo yo
imprescindible que el tema sanitario pueda incorporarse
competencialmente en la medida en que haya un acuerdo entre las
fuerzas políticas y las demás comunidades. En suma, el Ministro
lo que venía a decir es que se podía abrir, en esta legislatura,
un nuevo acercamiento competencial, un nuevo nivel autonómico
para que las comunidades del 143 recibieran un techo competencial
y las del 151 desarrollaran sus estatutos de autonomía. Esa era
la conclusión con la que podía conectar nuestra moción.

Nuestro objetivo, precisamente, es que, realizado todo este
tránsito, podemos decir que ya hay algunas competencias, como las
de la Universidad, que está en vías de desarrollo, o las del
Inserso, pero valorando lo que ha sido el proceso de
transferencias, hay que resituar esta nueva legislatura, que
empieza con las elecciones del 28 de mayo, dando un nuevo impulso
autonómico que, de verdad, distribuya el poder del Estado entre
las comunidades autónomas de forma igual, entendiendo que todas
las comunidades autónomas tienen el mismo derecho y la misma
capacidad de autogobierno, aunque lógicamente todas son
diferentes, algunas por su historia, por su nivel cultural o por
su propia lengua; diferencias que lógicamente marcan una manera
de ver las cosas diferente en cada uno de los sitios. Por tanto,
el objetivo de nuestra moción es que esos pactos autonómicos que
en un momento determinado concitaron el encuentro de unas fuerzas
políticas, hoy abran paso a un nuevo pacto que amplíe la
dimensión competencial que en aquel momento se ponía en marcha.

No estamos proponiendo que haya una imposición. Izquierda Unida
que tiene un peso más o menos generalizado en las comunidades
autónomas; Iniciativa per Catalunya que tiene un peso más o menos
relativizado en una comunidad autónoma intentan imponer con esta
moción lo que no consiguen en su sitio, no. El primer punto de
nuestra moción va dirigido a que el Congreso de los Diputados
pida al gobierno de la nación que promueva entre las distintas
administraciones, las fuerzas políticas y las sociales un nuevo
pacto constitucional que abra paso fundamentalmente a tres cosas:
Primero, a un nuevo impulso autonómico para profundizar en el
Estado de las Autonomías e iniciar un proceso federalizante del
estado que implique: Primero, que se ultimen las transferencias
de todas las competencias que ahora mismo están recogidas en los
estatutos de autonomía. No hacemos referencia ni a las
comunidades del



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143 ni a las del 151; a todas las que tienen
derecho las comunidades por estatuto de autonomía. Y añade:
evitando que la valoración de las competencias pueda transferir a
las comunidades déficit público. La mayor discusión que hemos
tenido en el Inserso--y SS. SS. lo saben--es precisamente que
podemos estar tomando una decisión de una valoración determinada
que signifique un esfuerzo adicional de capacidad financiera de
la propia comunidad para destinar a este tema y que hoy dedica a
otras cosas. Homologación de personal, homologación de servicios,
homologación de centros, pueden significar un esfuerzo, además de
la valoración de coste efectivo que hace la propia
Administración.

Segundo, que se inicie un nuevo proceso que facilite la
negociación de todos aquellos acuerdos que se han traspasado para
que se pueda hacer frente a los déficit que pueda haber de
dotación--a nivel de una competencia y unos recursos--,
extendiendo las competencias que tienen ahora mismo o puedan
tener las comunidades autónomas del 151 a todas las demás
comunidades en función de que ellas puedan aceptarlo. Es decir,
comunidades autónomas diferentes en lo derivado de la historia,
la cultura y la lengua, pero iguales en cuanto a derecho y
desarrollo del propio autogobierno.

Tercero, que este nuevo impulso autonómico tenga como centro un
gran impulso local. Un proceso municipalizador del Estado, no de
hacer residir algunas competencias para que gestionen, por
ejemplo, el plan de obras y servicios, no; un proceso de
competencias y medios financieros para los propios ayuntamientos
para que jueguen un papel político diferente al que ahora mismo
juegan, con mayor peso dentro de la distribución de la vida
financiera y política del propio Estado.

Cuarto, una reforma institucional de lo que significan ahora los
estatutos de autonomía para que las asambleas legislativas y los
parlamentos de todas las comunidades autónomas tengan la misma
capacidad de períodos ordinarios, limitaciones que pueden estar
recogidas en los estatutos de autonomía. No me refiero a
competencias o actuaciones reglamentarias vía reglamento, no;
competencias o actuaciones que se contemplan en los estatutos de
autonomía para que tengamos parlamentos iguales, no que en un
sitio tengamos parlamentos de la «señorita Pepis» y en otro lugar
parlamentos más capacitados y dotados de medios y recursos en
períodos, en posibilidad de actuar y en competencias.

En quinto lugar, que este proceso autonómico lleve consigo, con
la potenciación del Senado, la organización del Estado para que
ese Senado juegue el papel de una Cámara territorial de verdad,
atendiendo a lo que es el trabajo de esa comisión que se ha
puesto en marcha en el Senado, atendiendo a la realidad que
podemos tener, pero que de verdad se culmine ese proceso junto
con una simplificación de la Administración.

Termino, señor Presidente, haciendo referencia a los dos últimos
puntos de nuestra moción. Primero, ese modelo autonómico tiene
que tener un modelo de financiación solidaria del Estado.

Financiación que lleve consigo un sistema basado en la autonomía
financiera y en la corresponsabilidad fiscal junto con un
concepto solidario de esa financiación--desarrollo del artículo
15 de la Lofca--, vamos a ver qué es lo que dicen los expertos y
cómo se hace una nueva renegociación de los compromisos
financieros de las comunidades autónomas en el Consejo de
Política Fiscal y Financiera, corrigiendo los desequilibrios
territoriales que puedan existir entre las comunidades, junto con
los déficit históricos que pueden haberse provocado por una
escasa valoración de las competencias transferidas.

Por último, mayor protagonismo de las comunidades autónomas en la
vida económica, política y social del Estado, mayor protagonismo
en la política del Estado, mayor protagonismo también al fijar la
posición política de nuestro país dentro de la voluntad en la
Unión Europea y en las políticas de las comunidades europeas (y
ahora comienza la Presidencia europea por parte de nuestro país),
en suma, que haya mayor protagonismo de la parte del Estado que
son las comunidades, que significa la vida local en esa
construcción europea, una Europa que abra el paso más a los
pueblos, a las regiones, a los ciudadanos y no solamente a lograr
la unión monetaria. Ese es el objetivo de nuestra moción. Un
impulso autonómico que equipare la capacidad de gobierno y
autogobierno de las comunidades, un nuevo modelo de financiación
solidario y un mayor protagonismo de las comunidades en la
voluntad política del Estado y en las Comunidades Europeas.

Este es el objetivo de nuestra moción. Estoy convencido de que es
un intento de demostrar que además de tener críticas, Izquierda
Unida presenta propuestas sobre el modelo de Estado, propuestas
más o menos compartidas, más o menos críticas, pero nos mojamos,
porque la política se hace mojándose en los problemas concretos y
no solamente hablando de teoría, tenemos un modelo de Estado que
concretamos en nuestras propuestas.

Nada más, Presidente, nada más, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Ríos.

A la moción defendida por el señor Ríos se han presentado
enmiendas por parte del Grupo Popular y del Grupo Socialista.

Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Popular,
tiene la palabra el señor Fernández Díaz.




El señor FERNANDEZ DIAZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, efectivamente, mi Grupo Parlamentario ha presentado una
enmienda a la moción subsiguiente a la interpelación que sobre el
proceso autonómico presentó el Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya,



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que tuvimos ocasión de debatir la semana pa.sada. Enmienda que no
oculto--y de su lectura se pue. de desprender claramente-- tiene
notables coincidencias básicas no ya con la letra sino con la
música de la moción presentada por el representante de Izquierda
Unida, es decir, con la lectura que hacemos del Título VIII de la
Constitución y, sobre todo, los mecanismos de actuación combinada
complementaria del artículo 149.1, del 149.3--la cláusula de
cierre--, y del 150.2, Y, por supuesto, aquellos artículos del
Título VIII que hacen referencia al desarrollo autonómico de las
comunidades que accedieron a su autogobierno por la vía del
artículo 143 de la Constitución, que fueron objeto
fundamentalmente, en cuanto ámbito de aplicación, del pacto
autonómico firmado en 1992, Ley Orgánica 9/1992, de transferencia
o delegación de competencias de titularidad estatal, y la
subsiguiente reforma de los estatutos de autonomía.

Nosotros hemos presentado una moción, pese a todo, porque
también tenemos nuestro propio modelo, no tanto modelo de Estado,
que todos tenemos definido en la Constitución, sino modelo de
desarrollo constitucional en el ámbito autonómico, con sus
gradaciones en el tiempo. Como nosotros ya habíamos defendido y
presentado, inclusive públicamente, este modelo el año pasado en
forma de un gran acuerdo nacional de desarrollo del proceso
autónomico, es evidente que tenía sentido que en sede
parlamentaria lo presentáramos con ocasión de este debate.

Sobre todo hay una cuestión que nos interesa remarcar. El
Partido Popular ha defendido siempre el consenso como método para
desarrollar la Constitución en el ámbito autonómico, para
desarrollar el Título VIII, y nos congratulamos de que el Grupo
Parlamentario que ha presentado esta moción como consecuencia de
la interpelación que a su vez defendió la semana pasada también
sea consciente, a todos los efectos, de que es bueno el consenso
como forma de desarrollar la Constitución en un tema que afecta
nuclearmente al Estado, a su esencia, como es su organización
territorial, la organización territorial que define para el
Estado el Título VIII de la Constitución. Lo digo porque es
cierto que el pacto autonómico lo suscribimos el Gobierno, el
Partido Socialista y el Partido Popular, pero no es menos cierto
que invitamos a todas las fuerzas políticas parlamentarias que
quisieran sumarse al mismo. Ustedes estaban en su derecho de no
sumarse. Ahora, sin embargo, ofrecen un pacto constitucional que
nos parece una iniciativa positiva. Por eso, como voy a comentar
ahora, desde letras y ópticas distintas, tenemos notables
coincidencias.

En todo caso, no quisiera entrar en un debate nominalista,
porque en el preámbulo de la moción del Grupo de Izquierda Unida
se alude a que este desarrollo tiene que significar una
profundización por la vía del desarrollo autonómico en la línea
de remarcar, sobre todo, el proceso federalizante de desarrollo
autonómico del Estado. Repito, no quisiera entrar en un debate
nominalista. Lo que está claro es que para nosotros la
Constitución no define un Estado federal y no sería bueno que
empezáramos a poner etiquetas que, sin duda, nos limitarían la
posibilidad de llegar a acuerdos. Es la primera consideración que
yo, respetuosa y cordialmente, lanzo al Diputado señor Ríos.

En todo caso, nosotros defendemos, en primer lugar, como método
de trabajo y como contenido de nuestra moción en forma de
enmienda de modificación a la correspondiente del Grupo de
Izquierda Unida, que a pesar de que partimos de una constatación
y de una aceptación clara del carácterr abierto del Título VIII,
del principio dispositivo que subyace en el Título VIII de la
Constitución en cuanto a que las comunidades autónomas tienen una
discrecionalidad importante para definir qué competencias asumen
dentro del mecanismo de división competencial contenido en el
artículo 149 Y, en general, en el Título VIII, digo que siendo
eso cierto y constantándolo y reconociéndolo, no es menos cierto
que, evidentemente, dieciséis años después de aprobada la
Constitución conviene perfilar, con más nitidez cada vez, el
marco del Estado autonómico. En consecuencia, para no mantener en
un proceso constituyente de manera permanente al Estado, en
sentido no ya estricto sino en sentido amplio, y, por tanto,
también incluyendo en ese concepto amplio de Estado a las
comunidades autónomas, que igualmente son Estado, sería bueno que
hiciéramos una lectura conjunta del artículo 149.1 de la
Constitución para que, de manera consensuada, de manera plural,
llegáramos a determinar cuáles son aquellas competencias que, por
ser inherentes al principio de soberanía nacional, al principio
de unidad de mercado, al principio de solidaridad, son
absolutamente intransferibles o indelegables, para que, por
actuación equivalente a lo que sería el negativo en relación al
positivo de la fotografía y en aplicación de lo que establece el
artículo 150.2 de la Constitución, pudiéramos, por contraste,
establecer asimismo un listado de competencias que, por no
afectar a esos principios de soberanía nacional (principio de
unidad de mercado, principio de solidaridad, principio de
funcionalidad del Estado), sí que serían susceptibles de
transferenca o delegación, en aplicación de una ley orgánica del
tipo de las contenidas en el 150.2 de la Constitución. De la
misma manera que el Gobierno ofrece a las comunidades autónomas
del 151 una lectura conjunta de los estatutos de autonomia, el
Gobierno, las fuerzas políticas parlamentarias, las comunidades
autónomas, hagamos una lectura conjunta del artículo 149 de la
Constitución y determinemos qué competencias son intransferibles
o indelegables y qué competencias, por el contrario, son
claramente susceptibles de transferencia o delegación.




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Asimismo decimos en nuestra enmienda que, en aplicación del
principio de administración única, conviene reducir a sus
estrictos términos la Administración periférica del Estado y que,
«sensu contrario», definamos también, en aplicación del mismo
principio, qué funciones y servicios están aún bajo titularidad
del Estado y que, sin embargo, deberían ser, por afectar a
competencias concurrentes o transferidas, atribuidas a las
comunidades autónomas y, por tanto, transferír. selas en
aplicación del artículo 150.2 de la Constitución.

Para que conste en el «Diario de Sesiones» y no haya
interpretaciones equívocas o confusas al respecto, quiero aclarar
que para nosotros el principio de administración única consiste,
en síntesis, en que en el territorio de cada comunidad autónoma
haya una administración --nominalmente decimos única y estamos
dispuestos a aceptar que formalmente no es única--una
administración principal, que es la de la comunidad autónoma, que
ejerce las funciones administrativas correspondientes a su propio
contenido competencial y también las funciones administrativas
correspondientes a aquellas materias de titularidad estatal que
por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o
delegación, en aplicación también del artículo 150.2 de la
Consti. tución.

Con la actuación combinada de estos cuatro puntos que conforman
el principio de nuestra enmienda, estoy seguro que estaríamos en
condiciones de poner en marcha ese pacto constitucional, acuerdo
nacional, desarrollo del proceso autonómico, como le llamamos
nosotros--es un problema de contenidos más que de formas, e
insisto en que no queremos debates nominalistas--y que
avanzaríamos en la senda de lo que desde aquí había defendido
anteriormente el señor Ríos.

Pero no terminaríamos aquí. Es evidente que en el pacto
autonómico, con la Ley Orgánica 9/1992 Y con la reforma de los
estatutos de autonomía, hicimos todos un esfuerzo de
homogeneización del Estado, de integración del Estado, de
cohesión del Estado y de tendencia a equiparar las competencias
de las comunidades del 143 con las del 151. Decíamos en la
exposición de motivos de la Ley 9/1992 que se conseguía una
tendencia hacia la homogeneización competencial. No decíamos que
se homogeneizaran competencialmente todas las comunidades, entre
otras cosas porque de la lectura de la ley o de los estutatuos se
derivaba claramente que, por ejemplo, había competencias, como la
del Insalud, que no la tenían todas las comunidades autónomas;
pero que el contenido competencial de las del 143 en relación con
las del 151 había sufrido un notable proceso de tendencia hacia
la igualación y la equiparación.

Por eso nosotros en el punto quinto de la enmienda queremos
continuar ese proceso y decimos que en un plazo de dos
legislaturas, como máximo, seria bueno que en el contexto de ese
acuerdo nacional, de ese pacto constitucional, hiciéramos un
esfuerzo para equiparar competencialmente y de forma básica todas
las comunidades autónomas. Decimos equiparación competencial
básica, porque no se trata de equiparar competencialmente, de una
forma nominal, a todas las comunidades, entre otras cosas porque
es imposible, ya que hay que respetar los hechos diferenciales
que están recogidos y amparados por la Constitución, de carácter
cultural, de carácter linguístico, de carácter foral, de carácter
insular, y en el mecanismo de prevalencias constitucionales es
tan importante el derecho al autogobierno como el derecho a la
diferencia, el hecho diferencial. Por eso hablamos de
equiparación competencial básica.

Finalmente, hablar de competencias sin hablar de recursos no
tiene sentido. La autonomía política es una moneda de dos caras.

Por una cara están las competencias y por otra los recursos. Sin
hablar de autonomía financiera no podemos hablar de autonomía
política. Hablar de autonomía financiera es hablar de autonomía
de ingresos y autonomía de gastos, y hemos avanzado mucho, desde
la Lofca y desde la puesta en práctica de los modelos de
financiación que por quinquenios establece el Consejo de Política
Fiscal y Financiera, en la autonomía de gastos. Queda todavía la
asignatura pendiente de incrementar la autonomía de ingresos. En
ese ámbito, igualmente a lo conseguido en el del desarrollo
competencial, donde hemos avanzado y queremos seguir haciéndolo
por consenso, nosotros queremos y of recemos avanzar también por
consenso. Por eso decimos que, de acuerdo con el Libro Blanco que
ha elaborado el grupo de expertos a instancia del Consejo de
Política Fiscal y Financiera, y siguiendo esas pautas,
desarrollemos un nuevo modelo de financiación basado, por
supuesto, también en la Lofca, y que, de manera efectiva,
garantice, entre otras cosas, la corresponsabilidad fiscal y,
entre otras cosas también, esos fondos de nivelación a que
ustedes aluden y que nosotros, en desarrollo del artículo 15 de
la Lofca, hemos concretado, inclusive, en algunos textos
políticos, en el ámbito de los servicios sociales, de la
vivienda, de la sanidad o de la educación. Eso que ustedes
ofrecen nosotros también lo recogemos, aunque de distinta manera,
en nuestra moción. Por eso digo que tenemos notables puntos de
encuentro.

Actualmente, una Ponencia constituida en el Senado está
trabajando de manera notable y eficaz en una eventual reforma
constitucional que convierta al Senado, de manera clara, no sólo
en lo que nominalmente es, de acuerdo con el artículo 69 de la
Constitución, una Cámara de representación territorial, sino de
manera real. Nosotros abogamos por que se impulsen los trabajos
de esa Ponencia para que, a través del consenso, al igual que se
elaboró la Constitución, se reforme esta última para conseguir
que el Senado efectivamente se constituya en una Cámara de
representación territorial y que de esa manera juegue un roll muy
importante--decisivo,



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diría yo--en la configuración del diseño definitivo del Estado de
las Autonomías consagrado en la Constitución.

Finalmente, quiero decirle, señor Ríos, señoras y señores
Diputados, señor Presidente, que, con todo lo expuesto, mi Grupo
Parlamentario cree que está ofreciendo a esta Cámara un pacto de
Estado, un pacto constitucional, un acuerdo nacional que no sólo
es conveniente sino que es necesario, pero desde la constatación,
como dice mi compañero Gilet, Diputado por Baleares, de que se
trata de vertebrar España, no de dividirla en pedazos, y de que
se trata, en definitiva, de hallar la fortaleza del todo (España)
desde la firmeza de las partes que la integran o la constituyen,
que son sus comunidades autónomas.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Fernández
Díaz.

Para la defensa de la enmienda del Grupo Socialista, tiene la
palabra el señor Marcet.




El señor MARCET I MORERA: Señor Presidente, señorías, voy a
defender la enmienda que el Grupo Socialista ha presentado a esta
moción del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya
desde la constatación de que, en lo que es el planteamiento
genérico de la misma, no hay una discrepancia frontal. Es decir,
cuando Izquierda Unida plantea la necesidad de un impulso
autonómico, no existe discrepancia, porque eso está en nuestro
programa electoral y en nuestro programa de Gobierno y lo estamos
practicando en esta legislatura de una manera especial: se ha
culminado el pacto para las comunidades autónomas del artículo
143, se está llevando a cabo una lectura conjunta con las
comunidades autónomas del artículo 151, se está avanzando en la
reforma del Senado, se han abierto frentes de debate del Estado
de las Autonomías en el Senado y también en esta Cámara; es
decir, estamos en este impulso autonómico, pero visto como un
proceso dinámico y abierto, no como un proceso que pretenda
cerrarse en un momento determinado dando por concluido todo el
desarrollo del Título VIII de la Constitución o del Estado de las
Autonomías. En este caso sí hay una coincidencia con Izquierda
Unida--sabíamos que con el Partido Popular, no--en que ese
impulso autonómico puede afrontarse desde esa idea de un proceso
«federalizante», pero quizás un proceso «federalizante» distinto
al que plantea el Grupo de Izquierda Unida, que carece de esa
visión de profundización que nosotros tenemos del Estado de las
Autonomías en una vía similar a la que existe en los estados
federales; nuestra visión no tiene un carácter de igualitarismo
ya que nosotros propugnamos en nuestra enmienda distinguimos
procesos de acceso y desarrollo distintos para unas comunidades
autónomas y para otras. Por ello, el primer punto de nuestra
enmienda pretende sustituir lo que sería prácticamente todo el
primer punto de la moción de Izquierda Unida. Pretendemos que,
una vez constituidas las nuevas comunidades autónomas, producto
de las elecciones del 28 de mayo pasado, se reemprendan las
negociaciones con aquellas comunidades donde no haya sido posible
aún llegar a acuerdos para culminar este proceso de
transferencias, proceso que no cierra el desarrollo autonómico,
pero sí debe concluirse en esta etapa en que nos encontramos el
acuerdo al que se llegó con el Partido Popular, al que, como
recordaba el señor Fernández Díaz, no quisieron sumarse otras
fuerzas políticas, para desarrollar el proceso de transferencias
a las comunidades autónomas del artículo 143. En un segundo
apartado de esta enmienda planteamos que se proseguirán, para las
comunidades autónomas del 151, las negociaciones para completar
al máximo las previsiones competenciales recogidas tanto en la
Constitución como en los estatutos de autonomía.

Creemos que estos criterios generales suplen en buena parte lo
que es el primer apartado. No creemos que este Congreso de los
Diputados deba entrar en una reforma institucional de las
asambleas legislativas de las comunidades autónomas, que en todo
caso debe producirse por un proceso interno o impulsado desde las
propias comunidades autónomas, como tampoco creemos necesario
reiterar algo que ya está en marcha, como es la reforma del
Senado, que está en funcionamiento, o algo que está comprometido
por el Gobierno, como es el proceso de simplificación de reforma
de la Administración periférica en su conjunto.

El segundo apartado de nuestra enmienda de sustitución coincide
de forma genérica con lo que sería el modelo de financiación de
las comunidades autónomas. Nosotros creemos que efectivamente el
desarrollo del sistema de financiación autonómica ha constituido
un objetivo constante del Gobierno; se ha venido desarrollando a
lo largo de varios años una reforma paulatina del sistema de
financiación. En las últimas reuniones del Consejo de Política
Fiscal y Financiera se ha abordado la problemática del sistema y
se han adoptado acuerdos encaminados a su perfeccionamiento.

Entre ellos cabe destacar la encomienda de que se constituya un
grupo de expertos independientes para elaborar un informe sobre
los problemas del sistema y las medidas que deben adoptarse con
motivo de la revisión que deberá abordarse para el próximo
quinquenio. Por esto, en nuestra enmienda, hacemos referencia a
que en el marco del Consejo de Policía Fiscal y Financiera y a
partir del libro de los expertos sobre financiación autonómica se
inicie esta negociación, porque el informe de los expertos, que
quedó concluido el pasado mes de mayo, está siendo objeto de
análisis en este momento y sin duda debe ser objeto de
negociación con las comunidades autónomas. Por tanto, estamos de
acuerdo



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con los principios; tanto la autonomía financieracomo la
corresponsabilidad fiscal constituyen una referencia constante en
las alternativas no sólo del presente sino para la próxima
revisión del sistema de financiación, pero a partir de esta
reflexión que se realice conjuntamente dentro del marco del
Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Evidentemente, la propuesta de Izquierda Unida incluye algunos
elementos de detalle que creemos que no pueden ser asumidos. Se
habla del desarrollo del artículo 15 de la Lofca. Evidentemente
este objetivo debe cumplirse, pero parece que en el momento
actual resultaría un poco prematuro pronunciarse sobre el
procedimiento concreto, que puede ser directo mediante una
instrumentación concreta de las asignaciones de nivelación, o
indirecto, ya se verá, introduciendo mecanismos regulares del
sistema o criterios e indicadores que correspondan con el
objetivo de este artículo 15.

Lo mismo ocurre con referencia al Fondo de Compensación, en que
se habla de un mayor peso inversor. Hay que tener en cuenta que
en el momento actual la cuantía del Fondo de Compensación es
superior al mínimo establecido por la ley reguladora, para
cumplir los compromisos precisamente adquiridos en el seno del
aludido Consejo de Política Fical y Financiera. Por tanto, no es
correcto tachar de escaso el peso inversor del Fondo de
Compensación. Tampoco es cierto, como se dice en la moción de
Izquierda Unida, que la valoración de los servicios transferidos
a las comunidades autónomas sea escasa. Esta afirmación
corresponde a la categoría de cosas poco identificables. La
valoración de los servicios traspasados se hace siempre por un
acuerdo bilateral cuya impugnación no puede admitirse salvo que
haya errores que se detecten posteriormente. En muchos casos,
señor Ríos, hay indicios para afirmar todo lo contrario, que no
se han valorado a la baja, por ejemplo, las retribuciones que
tiene el personal transferido a las comunidades autónomas, y en
estos días tenemos ejemplos claros de diferencias salariales en
un colectivo muy amplio entre comunidades autónomas que tienen
transferidos unos servicios y comunidades autónomas que no los
tienen transferidos. Evidentemente, estamos hablando de aspectos
que hacen que no sea exacta esta valoración que se hace en el
segundo punto de su moción. Por eso creemos que con nuestra
enmienda, sin abandonar estos principios, que nos parece que no
deben ser olvidados, de avanzar en la corresponsabilidad fiscal,
de avanzar en la autonomía financiera y en la solidaridad entre
las comunidades autónomas, mejoramos notablemente todo el
contenido de su moción.

Por último, el tercer apartado de la moción hace referencia a la
coordinación y a la cooperación, hace referencia a unas cosas que
ya existen y que, sin duda señor Ríos se pueden mejorar. La
coordinación, la cooperación y la participación de las
comunidades autónomas en la formación de la voluntad del Estado
ante la Unión Europea se pueden mejorar. Por eso, nuestro tercer
apartado, y coincidiendo con nuestra tradición, intenta
desarrollar un subapartado de su moción; es decir, intenta
desarrollar lo que es nuestra vocación municipalista, dejando muy
claro que debe formalizarse, en el marco de la constitución de
las nuevas corporaciones locales y de acuerdo con la Federación
Española de Municipios y Provincias, un pacto local que pueda
negociarse con comunidades autónomas y con los grupos políticos
con representación parlamentaria que refuerce la capacidad de
decisión de nuestros ayuntamientos, del conjunto de entidades
locales, que mejore la capacidad de actuación de nuestros
ayuntamientos.

Por esto, señor Presidente, nuestro Grupo ha presentado esta
enmienda de sustitución, que esperamos sea acogida favorablemente
por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya y que de esta forma pueda contar con el voto favorable
del Grupo Socialista.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Marcet.

¿Grupos parlamentarios que deseen fijar su posición en este
debate? (Pausa.)
Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor
Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor Presidente.

Voy a fijar la posición del Grupo Vasco en relación con la
moción consecuencia de interpelación de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya empezando por manifestar que dicho
Grupo parte de un concepto político del Estado con el cual no
coincidimos. Por lo tanto, tenemos una discrepancia en cuanto a
la plasmación de ese cocepto político que se realiza en la
moción, por la sencilla razón de que Izquierda Unida parte del
planteamiento «federalizante» desde arriba: son las Cortes
Generales las que van a determinar los diferentes ámbitos
políticos, los diferentes ámbitos competenciales, la organización
de las asambleas legislativas. Nosotros partimos de una
consideración política distinta. Lo ha dicho el portavoz del
Grupo Parlamentario Popular cuando apelaba al principio
dispositivo. Pues bien, nosotros nos basamos en ese principio
dispositivo, que es el que informa el Título VIII de la
Constitución, así como los estatutos de autonomía y, en
definitiva, ese bloque de la constitucionalidad que integran el
uno y los otros. En virtud de ese principio, son las diferentes
entidades políticas, porque, las comunidades autónomas son
entidades de naturaleza política, las que van determinando a lo
largo de un proceso de tiempo, de conformidad con la voluntad
política existente en cada



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momento, el nivel competencial, la situación política que
quieren, adónde quieren llegar, qué quieren alcanzar. No tiene
que ser esta Cámara la que diga vamos a uniformizar, vamos a
homogeneizar, y que únicamente la diferencia sea la cultura o la
linguistica. ¿Y la diferencia política? Porque hay que reconocer
que el hecho diferencial es la existencia de una conciencia
nacional, de un hecho nacional en virtud del cual un determinado
pueblo o un determinado territorio se considera diferente o
distinto del que le rodea. Ese es el argumento, ése es el hecho
diferencial. Sabe usted que hace poco el señor Cruz Villalón, que
es Magistrado del Tribunal Consitucional, decía en un
seminario--no en las sentencias del Tribunal Constitucional--, a
puerta cerrada, en el cual se debatían cuestiones de organización
del Estado, que el hecho diferencial de algunas comunidades
autónomas es la existencia de esa conciencia nacional. Y
terminaba diciendo: Ese hecho diferencial tiene que tener
reflejo, plasmación, manifestación de alguna manera en el derecho
positivo, en el ordenamiento jurídico positivo. Eso lo decía un
Magistrado del Tribunal Constitucional no en una sentencia, pero
sí en un seminario sobre la organización del Estado. Por tanto,
tal como está planteada la moción, nosotros tenemos una
discrepancia con Izquierda Unda, y es que no coincidimos con ese
planteamiento «federalizante» desde arriba, en vez de atenerse,
como decía el Grupo Popular, con el que también tenemos
discrepancias, a respetar el principio dispositivo, y cada
entidad política será lo que quiera que sea, pero aquí no vayamos
a uniformar y a determinar lo que cada uno tenga que ser.

En segundo lugar, cuando se habla de reforma de las asambleas
legilativas de las comunidades autónomas, eso lo tendrán que
decir las respectivas asambleas legislativas. Es como si las
asambleas legislativas nos dijeran que las Cortes Generales se
autorregulen o se autonormen de otra manera. No, señoría, no
coincidimos con ese planteamiento político. En definitiva, las
comunidades autónomas son entidades de naturaleza política, y la
naturaleza política implica un poder, una capacidad, una potestad
para realizar políticas propias, por lo menos dentro de un
alcance y de un contenido, y a nuestro juicio aquí no se respetan
esas consideraciones del actual Estado autonómico, un Estado de
composición compuesta, que no es un Estado Federal, que no es un
Estado regional, que es un Estado mixto, de composición
compuesta, pero no asimilable a un modelo afederalizante», de
federalismo de ejecución, o cooperativo como el federal alemán ni
tampoco como un Estado regional italiano, que tiene su propia
idiosincrasia, donde las entidades políticas como las comunidades
autónomas tienen su propio nivel político y su propia capacidad
de determinación y potestades. En consecuencia, tenemos una serie
de dicrepancias con planteamientos que se hacen en la moción de
Izquierda Unida-Iniciativa Per Catalunya.

Obviamente, cuando se habla de la municipalización podemos estar
más o menos de acuerdo en la necesidad de un pacto municipal,
evidentemente, pero ha de tenerse en cuenta una cuestión, y es
que la Costitución cuando habla de la autonomía municipal no es
una autonomía de orden político, es una autonomía de orden
administrativo, porque los municipios no tienen esa capacidad
política, no tienen la potestad de dictar normas con rango de
ley, son simplemente normas de ejecución o, en todo caso, a
través de ordenanzas, normas de pequeño rango reglamentario, y,
por tanto, eso en el modelo del bloque constitucional está
perfectamente delimitado, y por ello estamos de acuerdo en que
habrá que hacer un proceso de municipalización, pero ¿cómo? Ahí
podemos discrepar, porque la autonomía política de unas
organizaciones y de otras no es la
misma.

Señor Presidente, queríamos decir también que no coincidimos en
determinados planteamientos del Grupo Parlamentario Popular,
porque cuando se habla de la estricta aplicación del principio de
administración única no sabemos lo que es eso, es un concepto
jurídico que se dice indeterminado, mejor que jurídico, es un
concepto político indeterminado, porque jurídicamente no hay
ninguna plasmación en ningún texto legal de qué es la
administración única. Por tanto, trasladaríamos por analogía ese
concepto al ámbito de lo político, y es un concepto político
indeterminado del que hay un planteamiento en una comunidad
autónoma, que puede ser interesante, contiene determinadas
cuestiones que hay que considerar, pero, tal y como está plasmado
en el punto 3, creo que el Grupo Popular no ha acertado en la
redacción. Mejor redacción daba el Grupo Parlamentario Popular
cuando articulaba una proposición de ley sobre el Gobierno y la
Administración. Ahí daba un modelo mejor sobre la administración
única, mientras que ahora plasma de una manera, a nuestro juicio,
deslavazada de lo que va a ser el concepto de Administración
única y que quedaba, repito, de mejor manera plasmado en el
proyecto de ley sobre el Gobierno y la Administración que el
Grupo Parlamentario Popular presentó, pero no en el texto de la
enmienda a la moción del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida.

También coincidimos en algunas cosas con Izquierda Unida.

Efectivamente, algunas trasferencias a comunidades autónomas del
143 son deficitarias, eso es cierto, como las trasferencias en
materia educativa en base a criterios de evaluación que
prevalencen; no se ha dicho, pero los criterios del Ministerio de
Economía y Hacienda sí que pueden origninar un déficit público
importante. Ha habido valoraciones pequeñas, una minusvaloración
en determinados procesos transferenciales. En eso sí estaríamos
de acuerdo con el planteamiento de Izquierda Unida.




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Hay otra serie de cuestiones. También se habla de la reducción de
la Administración periférica del Estado, con lo que coinicidimos,
de la reducción del peso de la provincia, pero no se habla de la
naturaleza jurídica y política de la doble naturaleza, como dice
el tribunal Constitucional, de los territorios históricos, como
entidades de carácter local o entidades de carácter foral con
autonomía política propia. No se recoge en el texto de la moción,
se uniformiza y se homogeniza todo. Por lo tanto, no podemos
coincidir en planteamientos generales tal como están manifestados
en la moción; quizá no sean del todo correctos o se podría buscar
una redacción más equilibrada y, a nuestro juicio, más acorde con
el Estado autonómico. Sí coincidimos sobre otra serie de
cuestiones con Izquierda Unida, que son las que hemos indicado.

En sus últimos puntos, cuando se habla de la necesidad de una
solidaridad finaciera y de la corrección de desequilibrios
estamos de acuerdo en líneas generales.

Por lo tanto, nuestro Grupo Parlamentario no puede apoyar esta
moción y tampoco algunas cuestiones que plantea el Grupo
Parlamentario Popular en sus enmiendas, por lo que nos vamos a
abstener. Nos parece más correcta y técnicamente mejor
estructurada la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista, en
la que acota el margen de discusión política en este momento: por
un lado, aquellas comunidades autónomas afectadas por el pacto
autonómico del año 1992, se sigue con los procesos
transferenciales a las Comunidades del 151, se abre la
posibilidad en base a un informe de los expertos, de la
financiación autonómica y se termina con el pacto local.

En líneas generales, el planteamiento que realiza en cuanto a la
estructuración de los tres niveles, el local, las comunidades del
142 Y las del 151, nos parece mejor estructurada la propuesta
política del Grupo Parlamentario Socialista. Por lo tanto, si se
estimara, votaríamos a favor de la misma. Respecto a las del
Grupo Popular y de Izquierda Unida, no coincidimos con ellas por
las razones que he expuesto, aunque estaríamos dispuestos a votar
algunas cuestiones, por lo que nos abstendremos en la votación.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Gatzagaetxebarría.

Finalmente, por el Grupo Catalán (Convergéncia i Unió), tiene la
palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, señorías,
intervengo para fijar la posición de nuestro Grupo Parlamentario,
el Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió), en relación
a esta moción consecuencia de interpelación sobre política
autonómica del Gobierno, que ha presentado hoy y a defendido
desde esta misma tribuna el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.

Vamos a fijar la Posición desde dos vertientes. Una es la de una
cierta y notable coincidencia con el análisis o planteamiento que
realiza Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya en su exposición
de motivos, en el preámbulo de las propuestas concretas de la
moción. vamos a hacerlo también, eso sí, desde la discrepancia
respecto de las propuestas concretas que se nos ofrecen.

¿Qué nos propone Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya? Aquí
ha sido expuesto por su digno representante y ahí está el texto
concreto de la moción. Nosotros compartimos plenamente algo que
aquí está escrito y que se ha dicho desde esta misma tribuna, que
los pactos autonómicos suscritos en 1972 por el Partido
Socialista Obrero Español y por el Partido Popular abrían un
proceso limitado de traspasos de servicios. también compartimos
que esos pactos dieron lugar a una ley orgánica, tramitada y
aprobada por esta misma Cámara, que en la práctica no hace otra
cosa que tutelar la autonomía de trece comunidades autónomas.

También estamos de acuerdo en que esos acuerdos --si me permiten
la reiteración--y esa ley en la práctica no han redimensionado el
poder del Estado en favor de las comunidades autónomas, al menos
no lo han hecho en la línea que marca el Título VIII de la
Constitución. Además, estamos de acuerdo en que más que una
equiparación competencial, que quizá es lo que se pretendía con
esos pactos, lo que se ha realizado en la práctica, es una
auténtica armonización a la baja que no ha hecho otra cosa sino
mantener, y acaso fortalecer, no sólo una visión unitaria de las
comunidades autónomas --nosotros discrepamos de que todas sean
iguales--sino, sobre todo, la realidad centralista del Estado
heredado en 1977 y que la Constitución de 1978 trataba de romper;
romper consensuadamente, romper en positivo, pero romper.

Señorías, estamos de acuerdo con el planteamiento filosófico que
está escrito en el preámbulo o en la exposición de motivos de la
moción del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. ¿Qué propone de hecho este Grupo en su moción, que es
lo que vamos a votar cuando el señor Presidente lo crea
conveniente? Propone un nuevo acuerdo. Allí donde hubo un acuerdo
que se analiza que no fue bueno, que no se desarrolla desde la
bondad, nos propone un nuevo acuerdo, lo que el Grupo
Parlamentario proponente denomina el pacto constitucional, para
hacer frente a toda una serie de cuestiones en coherencia con la
línea política del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, como es lógico y natural. Aquí es donde discrepamos
profundamente.

Nosotros no creemos que sea necesario un nuevo pacto
constitucional. El pacto constitucional está vigente Es la
Constitución de 1978 realizada bajo un autoco senso y votada
mayoritariamente por los ciudadanos del Estado Español.




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¿Conviene ahora realizar un nuevo pacto constitucional? No,
porque la Constitución está vigente, está viva, está en pleno
desarrollo y, por lo tanto, lo que conviene, desde nuestro punto
de vista, no es otra cosa que desarrollar, que aplicar, que
llevar a la práctica el Título VIII de la Constitución. ¿Hacerlo
cómo? Hacerlo desde la honradez política, es decir, practicando
aquello que está escrito, llevando a cabo aquello que está
mandado por el Título VIII de la Constitución y, además,
complementado por los distintos estatutos de autonomía que están
en estos momentos vigentes.

Por lo tanto, no se trata de sustituir la soberanía de
parlamentos y de gobiernos autonómicos, como se nos propone, por
la soberanía de partidos políticos mediante el intento de
alcanzar un pacto constitucional. NO se trata de esto señorías.

Se trata de profundizar en la aplicación práctica y en la
literalidad del Título VIII de la Constitución. De ahí nuestras
coincidencias y nuestras diferencias respecto de la moción que
nos ha presentado el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.

A esta moción el Grupo Parlamentario Popular ha presentado una
enmienda a la totalidad, que yo entiendo de sustitución, con la
que tampoco estamos de acuerdo. Las diferencias en materia
autonómica entre el Grupo Parlamentario Popular y el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió) son harto conocidas
en la Cámara y, sobre todo, fuera de ella. NO coincidimos
prácticamente en nada, al menos hasta el día de hoy, porque
definir las competencias intrasnferibles e indelegables del
Estado como nos proponen, está escrito en la Constitución, está
escrito en los estatutos de autonomía y, por tanto, no hay nada
más que definir, simplemente lo que se debe hacer es llevar a la
práctica de manera coherente con el Título VIII de la
Constitución aquello que allí está escrito o aquello que está
escrito en los estatutos de autonomía. «Fijar las competencias
que, pudiendo ser indistintamente autonómicas o estatales, sean
susceptibles de transferencia o delegación a las comunidades
autónomas por la vía del artículo 150.2 de la Constitución». NO
sé por qué se ha de fijar algo que ya está especificado en la
propia Constitución. Por tanto, nuestro parecer es también
contrario, para no abundar y para no cansarles en demasía, a la
propuesta que nos hace el Grupo Parlamentario Popular, que
justamente, en coherencia con su planteamiento autonómico,
nosotros discutimos desde la coherencia con nuestro propio
planteamiento autonómico.

El Grupo Parlamentario Socialista también presenta una enmienda
de sustitución en la que insta al Gobierno a transferir aquello
que está escrito en los acuerdos autonómicos que va a transferir.

NOS parece correcto, desde nuestra discrepancia con algunos
acuerdos autonómicos que están suscritos por partidos políticos,
pero no por parlamentos autonómicos. En relación--dice el Grupo
Socialista--con las comunidades autónomas del artículo 151, se
proseguirá la negociación para apurar al máximo las previsiones
competenciales recogidas en la Constitución o en los respectivos
estatutos de autonomía. Señorías, no se trata de apurar al
máximo, sino de llevar a la práctica, transferir, aquellas
competencias que están recogidas en la Constitución y en los
estatutos de autonomía. NO se trata de apurar al máximo; se trata
de llevar a cabo el mandato constitucional y el mandato
estatutario. Nosotros no entendemos qué política autonómica es la
que practica el Grupo Parlamentario Socialista diciendo que se
trata de negociar apurando al máximo... ¿qué? ¿Las previsiones
constitucionales? NO se deben apurar, se deben simplemente
ejercer y llevar a la práctica.

Como tampoco entendemos que el Grupo Parlamentario Socialista
inste a su propio Gobierno a que, en el marco del Consejo de
Política Fiscal y Financiera, y a partir del Libro Blanco de los
expertos, se abran las oportunas negociaciones para la revisión
de la financiación de las comunidades autónomas. Si el Gobierno
tiene voluntad de llevarlo a cabo, que lo haga. Me extraña que el
Grupo Socialista inste a su propio Gobierno a realizar algo a lo
que, por ley, está obligado. Además, tiene suficientes votos en
este Consejo para llevarlo a cabo.

Lo que el Grupo Parlamentario Catalán exige del Gobierno es que
cumpla sus compromisos, que cumpla con la ley, y que cumpla por
tanto con la revisión de la financiación autonómica. ¿Qué es eso
de que el Grupo Socialista diga que la Cámara inste al Gobierno a
realizar algo a lo que éste está comprometido? No lo entendemos.

Además, dice el Grupo Socialista que tras la constitución de
nuevas corporaciones locales (como si esto fuera un gran
trasvase) se negocie con las comunidades autónomas y los grupos
políticos con representación parlamentaria el refuerzo de la
capacidad de decisión de las entidades locales. Vamos a ver: de
lo que se trata quizás es de modificar las leyes sobre entidades
locales, por ejemplo, la de financiación de las corporaciones
locales. Pero esto, ¿cómo se ha de hacer? ¿A través de la
Federación Española de Municipios y Provincias? ¿Vamos a instar
nosotros a las comunidades autónomas a hacer qué? ¿Vamos a
irrumpir en su propia soberanía política, que no administrativa,
de sus parlamentos, de sus gobiernos?
La verdad, señorías, es que no entiendo esta enmienda del Grupo
Parlamentario Socialista, sino en el marco de su incompetencia
autonómica en estos momentos.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor López de
Lerma.

Señor Ríos, tiene la palabra para indicar si acepta o no las
enmiendas presentadas tanto por el Grupo Popular como por el
Grupo Socialista.




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El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, muy brevemente, para
decirle que el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya... (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Un momento, señor Ríos.

Ruego a SS. SS. que guarden silencio. Se están haciendo
propuestas de enmiendas transaccionales y es imprescindible poder
escucharlas con todo detenimiento y seguridad. (Pausa.)
Cuando quiera, señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Muchas gracias, señor Presidente. Le
decía que el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, que en su seno tiene un funcionamiento federal, de
la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular, va
a aceptar el punto 2, que habla de 'fijar las competencias', como
adición al texto 1.ø a) de nuestra moción, que propone instar al
Gobierno para que promueva un 'Pacto Constitucional' entre las
administraciones, las fuerzas políticas y las fuerzas sociales,
no un pacto entre partidos políticos; el punto 4, que habla de
'definir las funciones y servicios... bajo la titularidad del
Estado' también como adición a nuestro punto 1.ø a); el punto 5,
que habla de 'Establecer un programa, con un horizonte... de dos
legislaturas' como adición a nuestro punto 1.ø b), donde
definimos 'un Estado de Comunidades diferentes en lo derivado de
su historia, cultura y lengua, pero iguales en derechos y
capacidad de autogobierno'; y el punto 7, como adición al punto
1.ø e) de nuestra moción, relativo a 'Culminar... la Reforma
Constitucional necesaria para... la construcción del Senado como
Cámara territorial del Estado'.

En cuanto a la enmienda del Grupo Socialista, nosotros
aceptaríamos el segundo párrafo del punto 1, como adición al
punto 1.ø a) de nuestra moción; el punto 2, como adición tras el
punto 2.ø de nuestra moción; y el punto 3, relativo a promover un
pacto local, como adición tras el punto 1.ø c) de nuestra moción.

Lo que pretendemos es un acuerdo que recoja las propuestas de
los distintos grupos en lo que son comunes, para que esta Cámara
inste al Gobierno a promover ese proceso de encuentro, en esta
legislatura que se inicia, en las comunidades autónomas que están
por constituir y en nuestro propio Parlamento, a nivel del
Estado. Ese es el objetivo de la propuesta, para intentar aunar
voluntades, en lugar de vencer voluntades.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Ríos.

Señor Fernández Díaz, ¿acepta su Grupo el que su enmienda, que
se entiende como una enmienda única y por lo tanto venía a ser de
sustitución, quede de esta manera, con estas partes, incorporada
al texto de la moción de Izquierda Unida?



El señor FERNANDEZ DIAZ: Señor Presidente, agradeciendo el
esfuerzo de aproximación y de consenso que, de acuerdo con el
espíritu que rezumaba este debate, ha hecho el Grupo
Parlamentario proponente, quiero decir que entiendo que pudiera
haber una cierta contradicción en sus propios términos entre la
aceptación del punto 5 nuestro como enmienda de adición, en lugar
de como enmienda de sustitución, como nosotros desearíamos, en
relación con el punto 1.ø b) de su moción. Nosotros proponemos un
pacto autonómico que pretenda conseguir una equiparación
competencial básica respetando los hechos diferenciales. La
consideración de qué entendemos por equiparación competencial
básica la dejamos, lógicamente, al debate y al ejercicio
negociador propio de un acuerdo y nos parece que incluir ya, de
manera expresa, la sanidad puede limitar las posibilidades de
acuerdo. Entendemos, insisto, que por este motivo, entre otros,
pudiera haber una contradicción en sus propios términos entre el
contenido del punto 1.ø b) de su moción y el 5 de nuestra
enmienda. Por lo demás, también le agradeceríamos al señor Ríos
si pudiera establecer el mismo criterio en relación con el punto
4 de nuestra enmienda.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Fernández Díaz,
¿quiere decir que si el señor Ríos aceptara que el punto 5 de su
enmienda sustituyera al punto 1.ø b), y con las variaciones que
indica en el punto 4 de su enmienda, aceptaría que se integrara
como enmienda o no lo acepta?



El señor FERNANDEZ DIAZ: Señor Presidente, sinceramente, creo
que si no lo incluimos como enmienda de sustitución, estamos ante
una contradicción en sus propios términos, por los motivos que
brevemente he expuesto.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Entonces, quiere decir
que el Grupo Popular no acepta esa oferta que hace el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Señor Marcet, ¿con respecto al Grupo Socialista?



El señor MARCET I MORERA: Señor Presidente, efectivamente,
nuestra enmienda es de sustitución del ConjuntQ Aunque ya estamos
acostumbrados a que el señor Ríos pretenda hacer mociones
monstruo Frankenstein, acogiéndose a todas las enmiendas
presentadas, nuestra enmienda es de sustitución e insta al
Gobierno a una serie de cosas. Parece razonable que este
Parlamento pueda instar al Gobierno a llevar adelante una serie
de políticas, evidentemente, con el apoyo del grupo que da
soporte al GobiernQ Si no, sería difícil que el Congreso de los
Diputados aprobara mociones instando al Gobierno. Por eso me
parece razonable



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que se inste al Gobierno, aunque sea a cosas que puedan parecer
obvias. Señor Presidente, es una enmienda, reitero, de
sustitución, por lo que no aceptamos la propuesta de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): La Presidencia va a
someter a votación el texto de la moción de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya exactamente en sus propios
términos sin adición de ningún tipo.

Pasamos a la votación correspondiente. (El señor Presidente ocupa
la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Moción del Grupo Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya sobre política del Gobierno en relación con el
traspaso de competencias a las comunidades autónomas.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: v# tos
emitidos, 280; a favor, 10; en contra, 148; abstenciones, 122.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la moción.




-- DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, RESPECTO DE
LOS MUSEOS, ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS DE TITULARIDAD ESTATAL (Número
de expediente 1731000089)



El señor PRESIDENTE: Moción del Grupo Popular subsiguiente a
interpelación respecto de museos, archivos y bibliotecas de
titularidad estatal.

Tiene la palabra el señor Cortés.




El señor CORTES MARTIN: Señor Presidente, la moción que hoy
presentamos está en la línea constructiva y clarificadora de la
interpelación del miércoles pasado.

Lamentablemente en aquella ocasión la señora Ministra de Cultura,
a pesar de las facilidades que se le dieron por parte de mi Grupo
Parlamentario, no aprovechó la tribuna para clarificar la
posición del Gobierno en un asunto en el cual ella misma había
sido la causante de la confusión que se ha creado y que ha
producido bastante inquietud en muchos sectores profesionales de
los museos, de los archivos y de las bibliotecas y entre las
personas que consideramos que estas instituciones son de la más
alta importancia cultural y simbólica en nuestro país.

No fue la menor de estas facilidades, señor Presidente, la de
ofrecerle no tener en cuenta sus declaraciones en la Comisión de
Cultura del Senado, el 20 de febrero. Estábamos dispuestos--lo
dijimos entonces--a considerarlas un lapsus o simplemente un
globo sonda poco afortunado, a pesar de que con estas
declaraciones de la señora Ministra de Cultura se rompía una
línea de acuerdo entre el Partido Socialista y el Partido
Popular, que tenía su origen en la misma Constitución, seguía en
los estatutos de autonomía, en todos ellos sin excepción, y se
precisaba en la Ley del Patrimonio Histórico Español aprobada en
1985 con el acuerdo de los grupos parlamentarios Socialista y
Popular, ley interpretada en algunos extremos polémicos por el
Tribunal Constitucional, precisamente en la misma línea en que
iba la tesis que defendía la interpelación del miércoles pasado y
en la misma línea de los cinco puntos de la moción que hoy someto
a la consideración de la Cámara.

En el Senado, la señora Ministra de Cultura habló de la plena
competencia estatal, sin precisar a qué se refería, reducida a
cuatro museos, todos ellos en Madrid. Decía acto seguido que la
plena competencia estatal sería únicamente en aquéllos de
carácter supracomunitario, con colecciones altamente relevantes,
un importante contenido simbólico y transcendencia internacional
para la proyección del conjunto de nuestra cultura.

Pues bien, ateniéndonos a estas cuatro características, en las
que creo que estará de acuerdo conmigo toda la Cámara, resulta
que en todas las instituciones que eran de titularidad estatal
--archivos, museos y bibliotecas--, en el momento de redactarse
la Constitución, cuando se aprobaron los estatutos de autonomía y
la Ley de Patrimonio Histórico Español--y hay muchas, no sólo las
cuatro que están en Madrid y que reúnen todas estas
características de carácter supracomunitario--, en todas estas
colecciones se tienen obras de altísimo interés, cuya producción
no ha sido precisamente sólo de esta comunidad, por ejemplo, las
pinturas italianas o flamencas que forman parte básica de las
colecciones españolas están en todos ellos, no hablemos de los
archivos y lo mismo podríamos decir de las bibliotecas. El
contenido altamente relevante de esas colecciones se puede
aplicar a muchísimas de estas instituciones. Es evidente el
importante contenido simbólico y trascendencia internacional así
como el atractivo de éstas para los extranjeros o para los que
conocen la cultura española, la admiran, la aprecian y participan
plenamente de estas características.

En el pasado debate, el señor González de Txabarri --hoy
desgraciadamente ausente--emplazó al Grupo Popular a ver cuál era
nuestra moción y se refirió, en los mismos términos en que lo
habíamos hecho los demás portavoces y la propia Ministra de
Cultura, a que su Grupo Parlamentario había firmado--cosa de la
que nos felicitamos en la Comisión y aquí en el Pleno--una
proposición no de ley que tuvo origen en el Grupo Parlamentario
Popular sobre el Museo del Prado. El señor González de Txabarri
decía: Son temas de todos y todo el mundo tiene que estar
implicado.

Pues bien, sólo porque es el señor González de Txabarri quien lo
dijo y él no representa aquí a una comunidad, sino que representa
con enorme dignidad a toda



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la nación española, quiero referirme, porque fue él quien lo
dijo, a que el artículo 10.20 del Estatuto de Autonomía del País
Vasco se refiere a que la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene
competencia exclusiva en las siguientes materias. Punto 20:
Archivos, bibliotecas y museos que no sean de titularidad
estatal. Esta misma redacción o muy parecida figura en todos los
demás estatutos de autonomía-Quiere esto decir que todos los
estatutos reconocen que en los territorios de las comunidades
autónomas--puesto que sólo se refieren a las instituciones que
están en su propio territorio--existen instituciones de este tipo
que son de titularidad estatal y sobre las que se dice que la
comunidad autónoma no tiene la competencia de la titularidad, sin
que sea la propia Constitución la que diga acto seguido que se
puede transferir la gestión de todas ellas, extremo en el que no
sólo estamos de acuerdo, sino que, además, pensamos que es el
buen camino, y por eso el punto quinto de nuestra moción va
precisamente por ahí.

Lo que no se aclaró en el pasado debate de la interpelación fue
qué se entendía, a juicio del Gobierno, por las obligaciones
derivadas de la titularidad. Ni siquiera se dijo en qué consistía
la titularidad. Y nuestra moción, señor Presidente, lo hace con
precisión, ajustándonos a los estrictos términos de la Ley del
Patrimonio Histórico Español. Porque buena parte de los problemas
que hoy tienen los museos, archivos y bibliotecas de titularidad
estatal se debe a que el Ministerio de Cultura no ha cumplido con
las obligaciones elementales derivadas de esa titularidad. Las
comunidades autónomas en muchos casos ni querían, ni podían
asumir unas competencias que no eran suyas y unos por otros, la
casa sin barrer. Al final, por los datos que facilita el propio
Ministerio de Cultura--insisto en que en este punto concreto y en
este debate es el que queremos el acuerdo, lo digo sin ningún
ánimo polémico--en los distintos mapas que ha elaborado
recientemente, conocemos que son muchas las instituciones,
archivos, museos y bibliotecas de estricta titularidad estatal
que tienen graves deficiencias en materia de inversiones, de
conservación, de seguridad, de catalogación, de inventario, que
hace que muchas salas en algunos casos y museos y archivos
enteros estén cerrados al público porque no reúnen esas
condiciones, cuando la corrección de las deficiencias corresponde
a la propia titularidad.

En nuestra moción recordamos estas obligaciones del Estado a las
que tiene que hacer frente, aunque lo que se haga en provincias
sea menos lucido de lo que se hace en Madrid. Al igual que prevé
la Constitución, que encomienda al Estado la obligación de
facilitar la comunidad cultural entre las comunidades autónomas
de acuerdo con ellos, lo recordamos en nuestra moción y decimos
que cuando el constituyente establece estas instituciones en el
artículo 149.1.28 entre las competencias exclusivas del Estado,
para después decir que hay una obligación exclusiva del Estado al
servicio de la cultura para facilitar la comunicación cultural
entre las comunidades autónomas de acuerdo con ellas, está
configurando estas instituciones como el instrumento más
cualificado de esa labor de comunicación cultural que, de acuerdo
con las comunidades autónomas, tiene el Estado. Para que ese
instrumento sea eficaz parece inherente a esa titularidad dictar
las normas legales y reglamentarias que permitan que esas
instituciones cumplan con su misión cultural plenamente. Eso lo
ha hecho esta Cámara en algunas ocasiones y tiene que seguir por
ese camino como dice la propia Ley del Patrimonio Histórico. Y se
ha hecho para algunos casos, pero no para otros.

Lo mismo podríamos decir para que esta labor de comunicación
cultural sea posible y para que esas instituciones, que son
titularidad del Estado, estén debidamente atendidas, que es
también responsabilidad del Estado la dotación de medios
personales y materiales suficientes para el funcionamiento de las
mismas y que se tendrá que realizar el estatuto del personal al
servicio de esas instituciones, los cuerpos nacionales tendrán
que ser un factor esencial de la comunicación entre esas
instituciones que son de titularidad estatal. Pero diciendo, acto
seguido, que en esas instituciones, las que hoy hay y las que se
puedan crear en el futuro, porque en modo alguno se puede aceptar
que exista un «numerus clausus» y que el Estado ya no pueda tener
otras instituciones distintas en cualquier otro territorio
nacional que no sea la ciudad de Madrid o el Paseo de la
Castellana, se puede, y se debe en la mayoría de los casos,
establecer convenios de gestión. Se ha hecho en bastantes casos.

Creo que en estos momentos--ese es el punto quinto de nuestra
moción, señor Presidente--tenemos una experiencia suficiente de
funcionamiento para ver en qué han funcionado bien, cuáles son
las deficiencias que han tenido esos convenios e instamos a que
se revisen los mismos a la luz de la experiencia, de acuerdo con
las comunidades autónomas y con los criterios que fijamos en los
puntos anteriores de nuestra moción.

Señor Presidente, deseamos sinceramente que en esta sesión el
Grupo Socialista clarifique su posición, que termine con la
incertidumbre que él mismo ha abierto sobre un asunto de enorme
relevancia jurídica y de una importancia cultural y simbólica que
a nadie escapa. Y en este punto sí hay acuerdo entre todas las
posiciones. Se trataría por parte del Grupo Socialista de
recuperar sin ambigüedades ni excepciones interesadas un acuerdo
que, como he recordado, es explícito desde tiempos tan viejos
como la redacción de la Constitución.

Si el Grupo Socialista, señor Presidente, apoya nuestra moción y,
por supuesto, los demás grupos de la Cámara--el debate quien lo
planteó a partir del mes de



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febrero en el Senado fue el Gobierno y el Grupo Socialista--todos
habremos ganado porque la claridad a todos interesa y si no,
señor Presidente, al menos quedará clara cuál es la postura del
Grupo Popular y su compromiso con las prescripciones de la
Constitución, de los estatutos de autonomía que forman parte del
bloque de constitucionalidad y nuestro mantenimiento del acuerdo
al que llegamos a la hora de elaborar la Ley del Patrimonio
Histórico español.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cortés.

Se ha presentado a esta moción una enmienda por el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Tiene la palabra el señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ MASATS: Gracias, señor Presidente.

En función de la intervención que tuvimos durante el debate de la
interpelación presentada por el Grupo Popular, intentamos que se
añada un punto nuevo, el 6, al texto de la moción presentada por
el citado Grupo
El texto sería el siguiente: Se insta al Gobierno a que se anule
el acuerdo para trasladar el archivo de la Casa Ducal de
Medinaceli al Museo de la Nobleza de Toledo, debiendo permanecer,
por tanto, en su emplazamiento actual en Sevilla.

Pensamos que hay una distorsión grave, una incoherencia neta en
la política cultural del Gobierno de la nación por cuanto, de una
parte, intenta trasladar fondos del Archivo Histórico Nacional
desde Salamanca a Cataluña, por acuerdo con la Generalitat y, de
otra, intenta, contradictoriamente, concentrar fondos procedentes
de Sevilla, de la Casa Ducal de Medinaceli, en la sección, dentro
del Archivo Histórico Nacional, llamada Archivo de la Nobleza,
ubicada en Toledo. Se trata de una incoherencia tanto más si se
tiene en cuenta que en este caso se haría sin acuerdo con el
Gobierno andaluz, con el Consejo de Gobierno andaluz, esto es,
con la Junta de Andalucía.

Todas las interpretaciones que están dando desde el Parlamento
Andaluz todos los grupos, incluido el Grupo Popular, que está en
esta refriega, a través de los medios de comunicación, en
sintonía con la enmienda que estoy defendiendo aquí, por las
diferentes universidades, por los distintos escritores, artistas,
academias de las artes, de las letras, de la Historia, todo el
mundo está defendiendo la necesidad de que estos archivos se
conserven en Sevilla, en la Casa de Pilatos, en función, por una
parte, de que hay sistemas técnicos para no tener la necesidad de
seguir desubicando archivos, en el sentido de que en cada pueblo
de Andalucía se suele repetir hoy hasta la saciedad que Andalucía
debe conservar sus fuentes, su historia, y que sólo un diez por
ciento de este archivo de la Casa Ducal de Medinaceli se refiere
a legajos de temas de nobleza, de alcurnia,
de realeza, como dije la semana pasada. Y, por otra parte, en
función de que se está hablando--teniendo en cuenta la
contradicción con el tema del Archivo Histórico de Salamanca--de
un expolio imposible de explicar si no es desde el punto de vista
de un cierto prejuicio antiandaluz en relación con el tema del
traslado a la Generalitat de una parte del Archivo Histórico de
Salamanca.

Nosotros pensamos que esta enmienda (habida cuenta de la enorme
polvareda que se ha levantado en Andalucía, en la que coinciden
todos los grupos, incluido un periódico que tiene una vinculación
estrechísima, que nadie discute, con el Partido Socialista Obrero
Español, me refiero a EI Correo de Andalucía» que está hasta
cierto punto coordinando esta opinión), es una enmienda de
adición que pretende añadir un punto nuevo, el 6.ø, que
consideramos absolutamente coherente con la situación política
que se vive hoy en Andalucía y con la posición que el Partido
Popular va a defender mañana--¡ojo!, señores del Grupo
Popular--en el Parlamento de Andalucía. El discurso que va a
defender el Grupo Popular ya está escrito en la prensa a través
de declaraciones políticas previas, y si ahora no se acepta esta
enmienda, les aseguro que mañana no va a tener ningún peso
político, ni programático, ni histórico, ni cultural, la opinión
que ustedes van a desarrollar en el Parlamento de Andalucía.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Alcaraz.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria tiene la palabra el señor
Mardones



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

Coalición Canaria considera que en la moción que nos trae hoy el
Grupo Parlamentario Popular hay componentes de interés en lo que
pueda ser la contribución más clara del Estado en cuanto a
atender, por las vías que expondré más adelante, la dotación de
medios personales y materiales suficientes para el adecuado
funcionamiento de la red de museos estatales.

Nosotros, desde la experiencia en el Archipiélago Canario, donde
la presencia de los museos estatales es prácticamente nula, hemos
de manifestar que los museos existentes en este momento son de
titularidad municipal y de los cabildos insulares, que vienen
contribuyendo a ellos en el ámbito de sus competencias; están
prácticamente abandonados de intervención o auxilio estatal y la
titularidad municipal y de los cabildos insulares canarios
contribuye con sus propios medios económicos, de personal y de
gestión en cuanto a la calidad de las obras que allí se exponen.

A nosotros nos parece observar--y creemos que subyace en la
moción del Grupo Parlamentario proponente--



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una especie de desconfianza hacia la capacidad de las comunidades
autónomas, en todos los órdenes, en cuanto a poder atender los
principios que inspiran la moción. Creemos que estos principios
no pueden ser atribuidos en exclusiva al Estado con un carácter
centralista, como nos parece deducir de la moción.

Nosotros quisiéramos más amplias reflexiones y sobre todo un
sentido más de compartimentar en lo que son transferencias hechas
a las comunidades autónomas y la gestión que muchas comunidades
autónomas --que no es el caso de la Canaria--tienen en este
momento. Si a nosotros se nos ofreciese una participación más
directa, más comprometida, con menos desconfianza en las
comunidades autónomas para tener órganos de coordinación que
permitan trasvases en la cultura de cada Estado, y dentro de cada
Estado de las distintas comunidades autónomas, como sería el caso
de España, estaríamos dispuestos a contribuir a un aporte
positivo en esta moción.

Como vemos esa desconfianza hacia las comunidades autónomas,
nosotros, respetando los principios, y, eso sí, obligando al
menos al Estado a que lo que tenga en su competencia lo dote de
los medios materiales y personales suficientes, pero que si lo
tiene que dotar no sea después restrictivo a la hora de
transferir competencias, nosotros, repito, por lo que he dicho y
de acuerdo con los criterios de Coalición Canaria, defendiendo la
competencia prioritaria de la comunidad autónoma en este tema
cultural por su vinculación, dado nuestro estatuto orgánico de
competencia a la Comunidad Canaria, señor Presidente, nos vamos a
abstener en el voto de esta moción.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió, tiene la palabra el
señor Baltá.




El señor BALTA I LLOPART: Señor Presidente, señorías, la pregunta
formulada a la Ministra de Cultura el pasado miércoles en el
turno de interpelaciones urgentes a causa de una interpelación en
el Senado, respecto a los criterios del Gobierno sobre museos,
archivos y bibliotecas de titularidad estatal, se ha convertido
en algo así como un manifiesto en forma de moción, una relación
pormenorizada de objetivos a cumplir, casi una advertencia en
clave de quien avisa no es traidor. Hace bien el portavoz del
Grupo Popular en advertirnos a tiempo sobre un conjunto de hechos
incuestionables, desde su perspectiva programática, en cuanto a
la atribución al Estado de la competencia exclusiva sobre museos,
archivos y bibliotecas de titularidad estatal, recordándonos que
el Estado conserva responsabilidades directas que deben
traducirse en dotar al Ministerio de más medios y más personal
que aseguren un funcionamiento que, a partir de la disposición
que hemos escuchado, parece poco concreto.

Va más allá el Grupo Popular al precisarnos que la competencia
exclusiva del Estado en el ámbito descrito es el primer
instrumento para un desarrollo eficaz de la misión de servicio de
la cultura y del deber de comunicación cultural entre todas las
comunidades autónomas. ¡Nosotros, que nos habíamos creído lo de
las competencias exclusivas autonómicas en el ámbito cultural!
Insiste el portavoz popular aún más a fondo reservando para el
Estado el deber de establecer las normas legales y reglamentarias
de funcionamiento de museos, archivos y bibliotecas hasta el
extremo de reservarse la titularidad de la ordenación de
colecciones, la decisión sobre la constitución de depósitos, los
préstamos de los bienes depositados, la realización de
inversiones para la reforma y reparación de dependencias, la
propia inspección de funcionamiento--repito, la inspección de
funcionamiento--y el cumplimiento de normativas, quizás, en la
línea de acuerdo con el Partido Socialista a la que se ha
referido el señor Cortés. Esperamos que tan buenos propósitos no
obtengan el favor parlamentario de un grupo que, como el mío,
siempre ha planteado la supresión del Ministerio de Cultura en
base a la transferencia a las comunidades autónomas y a la
creación de un organismo de simple coordinación de las
estructuras culturales de ámbito estatal.

Comprendan, señorías, que este criterio programático es la base
de mi argumentación al fijar posición en nombre de mi Grupo.

Al texto que hemos estudiado y a la exposición que hemos
escuchado podría ponérsele fácilmente música de viejas canciones,
que sinceramente aborrecemos por lo que significan de
intervención de aquel Estado en nuestras cosas. Concretamente, en
el atentado visceral que se produjo contra nuestra cultura. Y no
es que en algún sentido le falte razón al Grupo proponente en
alguna cuestión planteada.

Es cierto que hay convenios vigentes entre el Ministerio de
Cultura y algunas comunidades autónomas de transferencias que no
se han efectuado en el momento de la moción, como expresa el
quinto punto de la misma, y que dichos convenios pueden quedar
parcialmente obsoletos, pero utilizar el hecho como si fuera la
luz de la experiencia del último decenio, casi como una súbita
iluminación (concretamente desde la aprobación de la Ley del
Patrimonio Histórico), para proceder a su revisión con la
finalidad de adaptarlos y actualizarlos --dice el texto de la
moción--a las nuevas necesidades institucionales, sin perjuicio,
valga la redundancia y los 'númerus clausus' mencionados, de que
el Estado conserve las facultades inherentes a la titularidad,
nos parece francamente excesivo.

El contexto de la moción que debatimos es más que una relación de
propósitos, e incluso más que el manifiesto ideológico, cultural,
al que me referí al iniciar mi intervención. Es en realidad un
canto a las excelencias



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del Estado, en materia de gestión cultural. Precisamente lo
contrario a lo que últimamente nos viene contando en su papel de
liberales a ultranza. Es, además, una extensa relación de
desconfianzas respecto a la capacidad de gestionar la cosa
pública por parte de otras instituciones que no sean el propio
Estado.

La moción rezuma estatalismo unicultural. Se ha planteado desde
las antípodas del Estado de las autonomías, que mi Grupo ha
asumido como un modelo válido a la convivencia política, de una
universidad histórica y cultural que precisamente intenta dejar
en el olvido esa historia cultural de España que se pretende
ultradefender en la moción, aglutinando poder y capacidad de
decisión en un reducto cerrado a los criterios de una gestión
que, no por descentralizada, ha de ser responsable.

La Historia de España, señorías, es patrimonio de todos. Me
refiero a la historia que ha sido debidamente contrastada por los
historiadores que han sabido separar el grano de la paja, la
historia política de la historia real. Esa historia, también esa
cultura colectiva que está en esos museos, archivos y bibliotecas
de titularidad estatal, no es exclusiva de quienes tienen aquella
vieja dimensión de este Estado, jacobina, por cierto. Para
defenderla no son imprescindibles ni el centralismo ni las
competencias exclusivas ni las reservas de confianza, la
desconfianza más bien, en otros gestores.

La moción nos habla de cosas concretas. Otras se leen entre
líneas, como en los viejos tiempos. No nos agradan ni las que
están en el texto ni las que se intuyen tras él. Votaremos contra
unas y contra otra, sin duda, porque vulneran la capacidad de
diálogo. Son una vuelta atrás que nos preocupa. Nos hacen
tambalear al ejercer el espíritu de concordia, que es
generalmente reconocido a los integrantes de mi Grupo
Parlamentario.

Nada más, señor Presidente.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Baltá.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Ballesteros.




El señor BALLESTEROS DURAN: Señor Presidente, señorías, tomo la
palabra, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, para
oponerme a la moción que, como resultado de una interpelación
urgente, presenta al Pleno el Grupo Popular, y quiero reseñar que
es absolutamente idéntica a la que, como proposición no de ley,
presentó el mismo Grupo, si no recuerdo mal, ante la Comisión de
Educación y Cultura en marzo de este mismo año.

Quisiera hacer dos reflexiones previas que desearía enmarcaran
nuestra posición. La primera es que si todos los temas que atañen
a los intereses generales de los españoles necesitan de un
diálogo de las fuerzas políticas en busca de un posible consenso,
de un acuerdo que posibilite valoraciones y después decisiones
que tengan el mayor grado posible de perdurabilidad, y si en
todos los temas ese planteamiento parece plausible y quizá hasta
necesario, desde luego lo es, con toda certeza, en el ámbito de
los intereses generales de la cultura. Esa ha sido la posición de
partida de los diferentes responsables socialistas en los
Ministerios de Cultura de los diferentes gobiernos, y lo es,
desde luego, del Grupo Parlamentario Socialista que en este
momento represento.

La segunda reflexión es que en la Constitución española, en
sentencias del Tribunal Constitucional y en leyes específicas
como la del Patrimonio, se señala de manera expresa que el
sistema competencial, en el ámbito de la cultura--y escojo
diferentes denominaciones que tienen el mismo valor semántico--
es concurrente, indistinto, paralelo y compartido. Es decir, en
este ámbito hay unas competencias estatales y otras autonómicas
en el sentido de que más que un reparto de competencias vertical,
lo que debe producirse--y en este momento cito la sentencia del
Tribunal Constitucional--es una concurrencia de competencias
ordenada a la preservación y estímulo de los valores culturales
propios del cuerpo social desde la instancia pública
correspondiente. Este sistema que~exige la concurrencia no quiere
decir que se ostenten todas las funciones sobre la materia, tanto
por parte del Estado como por parte de las autonomías, sino que
ambas realizarán las funciones que las resulten más adecuadas,
conforme a los criterios generales de la Constitución y según el
tipo concreto de actividad, sin que pueda realizarse a priori una
distinción de tipo excluyente. En este sentido, como señala el
artículo 149.1.28 de la Constitución, se establece la competencia
estatal exclusiva en museos, bibliotecas y archivos, que se añade
de inmediato lo siguiente: '... sin perjuicio de su gestión por
parte de las Comunidades Autónomas'.

Quiero pasar ahora más concretamente, señorías, a valorar muy
brevemente la moción presentada por el Grupo Popular.

¿Qué dice, o mejor dicho, qué repite textualmente esta moción?
Para nosotros, no dice absolutamente nada nuevo. En definitiva,
se limita a hacer una llamada al cumplimiento de la legislación
vigente y a la necesidad de revisar los acuerdos que se firmaron
con diferentes comunidades autónomas en relación con esa
posibilidad a la que hemos hecho referencia de responsabilidad
compartida que señala la propia ley. ¿Por qué nos oponemos
entonces--permítaseme decirlo--, si es una reiteración reiterada
de lo que ya es evidente? Fundamentalmente, en el aspecto formal
al menos, porque obviamente el Ministerio asume el actual marco
normativo, lo cumple y lo cumplirá, y obviamente también porque
no sólo se ha iniciado sino que ya se ha concretado--por ejemplo,
en Andalucía y en Murcia



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hace muy poco tiempo--el proceso de revisión de los convenios que
regulan la gestión de los museos, archivos y bibliotecas de
titularidad estatal por parte de las comunidades autónomas. Pero
nuestra posición no se basa exclusivamente en aspectos formales,
no nos paramos en esos aspectos formales para no apoyar la
moción, como he dicho anteriormente, sino que nos basamos en dos
razones de más calado que podríamos calificar de razones
políticas, que inmediatamente fijo y preciso. La primera, porque
retrasa y desvirtúa el debate que sobre el tema se ha abierto en
el Senado tras la comparecencia de la Ministra de Cultura el día
20 de febrero de este mismo año. Y, segundo, que para nosotros es
una razón todavía importante y más de peso, porque sustrae dicho
debate del marco que nosotros consideramos más adecuado para
realizarlo, que es precisamente el Senado.

Señorías, la enmienda de adición del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya dice textualmente: Se
insta al Gobierno a que se anule el acuerdo para trasladar el
archivo de la Casa Ducal de Medinaceli al Museo de la Nobleza de
Toledo, debiendo permanecer por tanto en su emplazamiento actual
en Sevilla'. Es decir, que se anule el acuerdo para trasladar. No
hay nada que anular porque no hay acuerdo formalizado e--n ese
sentido en ningún caso.

Unas últimas palabras, señorías. Que nos opongamos a esta moción
espero que no signifique para el Grupo Popular ni para ningún
otro grupo--lo queremos dejar bien claro--que el espíritu de
diálogo y consenso que ha propiciado el Ministerio y que apoya
totalmente el Grupo sufra, desde nuestro punto de vista, y
espero--repito--que así lo compartan los demás grupos, incluidos
naturalmente el Grupo Popular, daño alguno y pueda entorpecerse
en algún sentido.

Nada más y muchas gracias, señorías.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ballesteros.

Para expresar la aceptación o rechazo de la enmienda defendida
por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene
la palabra el señor Cortés.




El señor CORTES MARTIN: Señor Presidente, nuestra moción se
refería a archivos, museos y bibliotecas de titularidad estatal.

No es de titularidad estatal el archivo de la Casa Ducal de
Medinaceli, pertenece a una fundación privada, y el Hospital de
Tavera, aunque haya sido restaurado con la ayuda de fondos
públicos, también pertenece a una fundación privada.

Por lo tanto, por coherencia con el título de nuestra moción y
los asuntos.a los que se refiere nuestra moción, no podemos...,
sin perjuicio de una información de la que no disponíamos y que
ha facilitado el señor Ballesteros, que no existe tal acuerdo. Lo
ha dicho el señor Ballesteros y no pongo en duda su palabra,
pero, aunque lo hubiese, estamos hablando de unas instituciones
privadas y nuestra moción iba referida sólo a archivos, museos y
bibliotecas de titularidad estatal.

¿Puedo, señor Presidente, solicitar la lectura del artículo 9.6
del Estatuto de Autonomía de Cataluña, para la ilustración del
señor Baltá y del resto de la Cámara?



El señor PRESIDENTE: Señor Cortés, se trata de documentos y de
textos legales que son de conocimiento generalizado y que, por
tanto, no es imprescindible ni necesario a los fines del debate.




El señor CORTES MARTIN: La intervención que he tenido ha sido
estrictamente respetuosa con este artículo y con relación a este
artículo también.




El señor PRESIDENTE: Señor Cortés, no estamos ante la necesidad
de dictar una sentencia que requeriría una ilustración de textos
legales, sino en un debate político en el que se supone que se
conocen los textos que han estado en el debate.

Gracias, señor Cortés.

Vamos a proceder a la votación.

Moción del Grupo Popular respecto de los museos, archivos y
bibliotecas de titularidad estatal.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 267; a favor, 115; en contra, 150; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la moción.

El Pleno se reanudará mañana a las cuatro de la tarde.

Se suspende la sesión.




Eran las nueve y treinta y cinco minutos de la noche.




RECTIFICACION: En el 'Diario de Sesiones' número 153, del pasado
día 14 de junio, en la página 8.043, al final de la segunda
columna, se atribuye a la señora Pelayo Duque la expresión
'Chulo' en una interrupción que se produjo en medio de rumores y
protestas. NO existiendo garantía plena de que tal expresión
fuese pronunciada por dicha señora Diputada, se deja constancia
de ello por la presente rectificación.