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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 105, de 17/11/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1994 Núm. 105 V Legislatura
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 104
celebrada el jueves, 17 de noviembre de 1994



Página



ORDEN DEL DIA:



Dictámenes de Comisión sobre iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
48.1, de 25 de enero de 1994 (número de expediente 121/000034)
(Página 5390)
--Proyecto de Ley de ordenación del Sistema Eléctrico
Nacional. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A,
número 67.1, de 25 de junio de 1994 (número de expediente
121/000053) (Página 5406)



Elección de miembros del Consejo de Universidades:



--Elección de miembros del Consejo de Universidades (número de
expediente 276/000004) (Página 5427)



Propuesta de designación del Defensor del Pueblo:



--Propuesta de designación del Defensor del Pueblo (número de
expediente 262/000003) (Página 5427)



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SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




Dictámenes de Comisión sobre iniciativas legislativas (Página 5390)



Proyecto de Ley de sociedades de responsabilidad limitada
(Página 5390)



El señor Fernández de Trocóniz Marcos defiende las enmiendas
del Grupo Popular en relación con un Proyecto de Ley, cuya
importancia destaca, acerca del desenvolvimiento de la vida
económica y financiera española para la pequeña y mediana
empresa fundamentalmente. Esta importancia del Proyecto de Ley
ha llevado al Grupo Popular a pedir que fuera debatido por el
Pleno de la Cámara, lo cual no significa que mantengan una
oposición frontal al proyecto, aunque sí discrepan en aspectos
importantes del dictamen de la Comisión. Alude a la Ley de
Sociedades de Responsabilidad Limitada de 17 de julio de 1953,
modificada por la Ley de 25 de julio de 1989 para su
adaptación a las directivas de la Comunidad Económica Europea,
Ley de sólo 32 artículos frente a los 131 que contiene la que
ahora se debate en la Cámara. Pregunta si está justificada
realmente una nueva Ley de sociedades de responsabilidad
limitada y las modificaciones que se introducen respecto a la
norma anterior, justificación que, a su juicio, no existe
plenamente, máxime cuando se obligará a todas las sociedades
de responsabilidad limitada actuales a tener que adaptar sus
estatutos a la nueva normativa.

A continuación alude a las 268 enmiendas presentadas por su
Grupo al Proyecto de Ley, bastantes de las cuales reconoce que
se han incorporado al dictamen de la Comisión, hasta el punto
de poder hablar de que el capítulo XI del Proyecto de Ley es
de consenso total con la Directiva de la Comunidad Europea y
con todos los grupos parlamentarios que en su día participaron
en los debates de la Comisión de Justicia. Sin embargo,
mantienen vivas numerosas enmiendas, cuyos aspectos
fundamentales resalta. A pesar de todo, anuncia el voto
favorable al Proyecto de Ley, por entender que viene a llenar
un vacío existente en nuestro ordenamiento, aunque no les
satisfaga plenamente, ya que obligará a nuevas modificaciones
en el futuro y no es bueno dar bandazos en materia societaria
y obligar a adaptaciones permanentes, puesto que la vida de
las empresas, especialmente en asuntos contables y jurídicos,
requiere serenidad y sosiego. El señor López Garrido defiende
las enmiendas de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Destaca la especial importancia que para su Grupo tiene este
Proyecto de Ley, aunque no afecte a una materia que despierte
pasiones en la opinión pública, como es la regulación de las
sociedades de responsabilidad limitada, regulación que va a
afectar a la inmensa mayoría de las empresas españolas. Se
trata entonces de que esta regulación sirva para la
potenciación y el mejor funcionamiento de las pequeñas y
medianas empresas, que son la inmensa mayoría y las que crean
más empleo en nuestro país. De ahí la extraordinaria
importancia de una adecuada regulación que mantenga una
posibilidad de intervención económica, de flexibilidad, de
captación de ahorro de estas sociedades y, por tanto, de
garantía de los puestos de trabajo y de que la actividad de
estas pequeñas y medianas empresas cuente con mejores
condiciones jurídicas. Considera que este es el objetivo
primordial que debe cumplir el Proyecto de Ley. Reconoce la
necesidad de una nueva regulación de estas sociedades, ya que
la regulación actual proviene de los años cincuenta y es
excesivamente obsoleta, y la reforma de 1989 desdibujó los
contornos entre la sociedad anónima y la sociedad de
responsabilidad limitada. Sin embargo, no está seguro de que
se haya acertado con la línea seguida por el Proyecto de Ley,
ya que su Grupo no considera que las sociedades de
responsabilidad limitada deban ser una especie de sociedades
anónimas en pequeño. Tampoco cree que el proyecto deba
limitarse a considerar las sociedades de responsabilidad
limitada como una sociedad personalista de segunda o tercera
división, con enormes limitaciones para el funcionamiento en
el tráfico mercantil y en el jurídico.

Refiriéndose ya a las enmiendas de su Grupo, expone que las
mismas van en el sentido de adecuar esta regulación a las
pequeñas y medianas empresas españolas, intentando separarlas,
en lo que tienen que separarse, de la regulación de las
sociedades anónimas, pero también integrando aquellos
elementos que faciliten el funcionamiento de las sociedades
anónimas y que no tiene sentido que se negasen a las
sociedades de responsabilidad limitada. A este respecto sus
enmiendas van dirigidas a hacer menos rígida la regulación de
estas sociedades que tienen menos capital y, por definición,
tienen un carácter más personalista, más reducido, más
familiar, en algunos casos dando, por tanto, una mayor
autonomía a la voluntad de los socios a la hora de estructurar
organizativamente la sociedad.

Otro aspecto de sus enmiendas es intentar hacer que estas
sociedades estén más abiertas al ahorro



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público y al tráfico comercial y dar una tutela importante a
los socios minoritarios, al igual que ocurre en las sociedades
anónimas. Reconoce, por último, que varias de sus enmiendas
fueron aceptadas en el trámite de Comisión, por lo que
concluye dando cuenta de aquellas que no fueron aceptadas y
que mantienen para su votación en esta sesión. El señor
Zabalía Lezámiz defiende las enmiendas del Grupo Vasco (PNV),
así como las presentadas por el señor Albístur Marín, del
Grupo Mixto. Comienza reconociendo la urgente necesidad de
esta nueva regulación, aunque observan una permanente obsesión
por diferenciar o poner una barrera entre las sociedades
anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada en
contra de la realidad empresarial.

Expone que por mucho que se empeñe el proyecto de ley en
insistir en la separación entre la sociedad anónima y la
sociedad limitada, afirmando que ésta no es una sociedad
anónima pequeña, la realidad del mundo empresarial va a
configurar de hecho a la sociedad limitada como una sociedad
anónima pequeña. Un grupo importante de sus enmiendas se
refiere a otro de los aspectos principales de la ley, que es
todo lo referente a la protección de los intereses de los
socios y acreedores, reforzando el derecho de aquéllos a
exigir la convocatoria de junta general de la sociedad y con
respecto a la reducción del capital social y la restitución de
aportaciones de los socios. En cuanto a la protección de los
acreedores, considera que el sistema recogido en el proyecto
de ley es manifiestamente insuficiente.

Termina señalando que son numerosas las enmiendas de su Grupo
no aceptadas en Comisión, pero ante la imposibilidad de
defenderlas ahora por falta de tiempo pide que se sometan
directamente a votación.

El señor Mur Bernad, del Grupo Mixto, defiende las enmiendas
presentadas al proyecto de ley en número de 41, muchas de
ellas de carácter eminentemente técnico y complementario con
las ideas fundamentales que han inspirado el fondo de sus
propuestas. Destaca también la importancia del proyecto de ley
por afectar a miles de pequeñas empresas, que forman un tejido
empresarial muy importante para el desenvolvimiento económico
de nuestro país, y de ahí la necesidad de una buena
regulación, que no está seguro que se consiga tal como ha
quedado el dictamen de la Comisión, al que califica de
excesivamente prolijo y complicado para regir la vida de esas
empresas, que se caracterizan por todo lo contrario, es decir,
por la simplificación, por la economía, la eficacia; en
definitiva, por una regulación asequible, comprensible y fácil
de cumplir. En este sentido piensa que se ha perdido una gran
oportunidad para corregir los defectos puestos de manifiesto
durante la vigencia de la antigua Ley de Responsabilidad
Limitada.

Alude a continuación al contenido de sus enmiendas,
encaminadas fundamentalmente a procurar una economía de
medidas, en la regulación de las sociedades limitadas, a
evitar rigideces más propias de otro tipo de trámites
societarios, como las anónimas, y a lograr una mayor eficacia
y autonomía de la voluntad de los socios copartícipes, todo
ello sin merma de las garantías que debe recoger y defender
cualquier normativa y, sobre todo, una tan importante como la
que ahora les ocupa.

Lamenta que se haya perdido una buena oportunidad para hacer
una ley, mucho más simple, menoscomplicada, más inteligente,
más eficaz y barata, ya que no se puede olvidar que es una ley
que tieneque regir la vida de miles de pequeñas sociedades, a
las cuales a partir de ahora les van a complicar mucho más las
cosas, cuando bastante complicadas las tienen ya.

El señor Olarte Cullen defiende las enmiendas del Grupo de
Coalición Canaria. Comienza expresando su coincidencia con
gran parte de la exposición del señor Mur, en el sentido de
que se ha perdido la oportunidad de simplificar y hacer una
ley más asequible que el proyecto con el que ahora se
encuentran. Seguidamente procede a realizar una mención
concisa del contenido de las numerosas enmiendas que mantienen
al proyecto de ley.

El señor Casas i Bedós defiende las enmiendas del Grupo
Catalán (Convergència i Unió). Expresa la satisfacción de su
Grupo por el desarrollo de la tramitación parlamentaria de
este proyecto en el que se han recogido la mayoría de sus
pretensiones, por no decir todas, manteniendo vivas en este
momento sólo dos enmiendas con un mismo objetivo, que es el de
mejorar la seguridad jurídica y patrimonial de los acreedores.

Espera que sobre las mismas el Grupo Socialista ofrezca
algunas propuestas transaccionales para conseguir la mejora de
la seguridad jurídica.

En turno en contra de las enmiendas al proyecto de ley
interviene, en nombre del Grupo Socialista, la señora Pelayo
Duque. Comienza aludiendo a la importancia del proyecto de
ley, que culmina un importante proceso de renovación del
Dereco de sociedades en nuestro país, afectando el texto que
hoy se debate a las pequeñas y medianas empresas, es decir, a
la inmensa mayoría de las organizaciones sociales que operan
en nuestra economía. Anteriormente ya algunas intervenciones
han hecho énfasis



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en la importancia de este proyecto y en cómo va a afectar a
las citadas pequeñas y medianas empresas, señalando hechos tan
importantes como que en 1993 se transformaron de sociedades
anónimas en sociedades de responsabilidad limitada más de
30.000 empresas y en el mismo año se constituyeron también más
de 80.000 sociedades de responsabilidad limitada. Destaca
igualmente la distinta conformación de la pequeña y mediana
empresa en nuestro país en relación con otras economías
comunitarias.

Respecto a la justificación del proyecto de ley, puesta en
duda por algún interviniente, menciona no sólo las
insuficiencias denunciadas reiteradamente por la doctrina
sobre la actual Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada
sino el mandato contenido en la última reforma del Derecho
societario de 1989 y la traslación a nuestro país de alguna
directiva de la Unión Europea. Agrega que la reforma del
proyecto no afecta sólo a las sociedades de responsabilidad
limitada sino también al Código de Comercio y a las sociedades
anónimas, especialmente las de carácter más unipersonal. El
proyecto de ley configura a la sociedad de responsabilidad
limitada como una sociedad mercantil cerrada, con
responsabilidad limitada de los socios y participaciones
sociales, con un amplio margen de autonomía para los socios,
con un régimen muy flexible por la vía de la autonomía
estatutaria, y eso hace que se establezca una línea clara y
nítida de separación entre lo que se considera o se debe
considerar en nuestro derecho una sociedad anónima y una
sociedad de responsabilidad limitada. Es un proyecto que ha
recibido una valoración aprobatoria, en términos generales, de
la doctrina, como también de los diferentes Grupos
Parlamentarios, que en el trámite de Comisión han tenido
oportunidad de introducir diversas mejoras al texto del
proyecto que les han permitido hacer valoraciones positivas
del mismo, como han podido escuchar esta misma mañana en las
diversas intervenciones.

A continuación procede la señora Pelayo Duque a fijar la
posición del Grupo Socialista en relación con las enmiendas
que se mantienen al dictamen de la Comisión, presentando
algunas transaccionales en relación con las mismas y
solicitando el apoyo de la Cámara al proyecto de ley.

Replica el señor Fernández de Trocóniz Marcos, duplicando la
señora Pelayo Duque.

Se procede a las votaciones de las enmiendas debatidas
anteriormente, así como a la del texto del dictamen, que es
aprobado por 304 votos a favor.




Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional
(Página 5406)



El señor García Fonseca defiende las enmiendas del Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. En primer lugar,
desea poner de manifiesto la extraordinaria importancia de la
ley que van a debatir y votar, que pretende nada menos que
ordenar el sector eléctrico de nuestro país, sector que maneja
una cifra de negocios de 1,8 billones de pesetas, que tiene
una deuda de 4 billones y que es uno de los principales
demandantes de capital en la economía de cualquier país y
concretamente en el nuestro. Es, además, un sector que hoy en
día presta bienes esenciales, absolutamente insustituibles e
imprescindibles en cualquier sociedad moderna y que
lógicamente tiene la consideración de servicio público. Pues
bien, ante una ley que afecta a un sector y un problema de esa
envergadura, su Grupo quiere poner de manifiesto que la misma
ha pasado casi a hurtadillas ante la Cámara y la opinión
pública, siendo una lástima que entre tanto debate de
corrupción, presupuestarios o de cualquier otro tipo una ley
de esta magnitud no haya merecido una mayor atención.

Precisamente Izquierda Unida planteó desde el principio la
necesidad de abrir un amplio debate social en el que
participasen no sólo esta Cámara, sino también la ciudadanía y
las asociaciones de todo tipo ante una norma que va a afectar
directamente al bolsillo de todos los españoles. Lamenta, por
tanto, que la ley haya pasado atropelladamente y que hoy se
encuentre en la recta final sin que la Cámara y la sociedad en
su conjunto la hayan podido estudiar y debatir con la calma,
el sosiego y el rigor necesarios para una ley de tal
envergadura. Como aspecto positivo de la Ley menciona que, por
una parte, ordena, y espera que de manera definitivamente
estable, un sector que estaba sujeto a una legislación
absolutamente dispersa, constituyendo una pequeña selva
legislativa. En segundo lugar, considera positivo que en la
Ley haya una separación de las actividades que se conjugan en
el sector eléctrico para permitir, con algunos otros
mecanismos, estimular la competencia y, sobre todo, aumentar
la transparencia y la claridad en un sector tan enormemente
opaco como el eléctrico. También reconoce que el Grupo
mayoritario de la Cámara ha visto con talante positivo las
enmiendas de Izquierda Unida tendentes, de alguna manera, a
contemplar en la ley temas medioambientales, en el área
energética, de eficiencia energética puntos hoy cruciales sin
los que no se puede defender ningún tipo de modelo económico.

Sin embargo, en la ley no se aborda todo lo que su Grupo
considera necesario, aunque el dictamen de la Comisión sea un
avance con respecto al proyecto primitivo.

Como aspectos sustanciales que les siguen separando
profundamente del contenido del Proyecto de Ley menciona todo
lo relativo a los temas de costes



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medioambientales y muy especialmente la solución que da al
tema de la moratoria nuclear, considerándolo zanjado
definitivamente, pero que va a costar a los españoles 730.000
millones de pesetas en veinticinco años, más los intereses,
independientemente de los 555.000 ya pagados inútilmente. El
señor Gámir Casares defiende las enmiendas del Grupo Popular,
señalando que de las 112 enmiendas que han presentado al
articulado solamente una de ellas se ha aprobado en Comisión y
alguna transaccional, por lo que hace un llamamiento a la
Cámara para que en este trámite, y especialmente en el Senado,
se aproveche para mejorar una ley que es muy mejorable. Por
razones de tiempo no puede referirse, lógicamente, a las 112
enmiendas, por lo que aludirá a las que considera más
importantes, incluso procediendo a su agrupación. Expone, en
primer lugar, que se crea una comisión del sistema eléctrico a
la que se da una gran fuerza, comisión que debería reunir tres
características como ser competentes técnicamente, ser
independientes y tener poder y sin embargo no reúne ninguna de
dichas tres características.

Pasando a la red eléctrica de España entiende que el
tratamiento de la misma no es el adecuado y en cuanto a la
planificación considera que el sistema que se propone en el
proyecto es muy confuso, por lo que, en primer lugar, debe
aclararse qué tipo de planificación se quiere realizar. Alude
también a la transparencia y al sistema independiente, que, a
su juicio, no va a funcionar, por lo que pide al Grupo
Socialista que reconsidere su actitud y atienda alguna de las
enmiendas del Grupo Popular encaminadas a la mejora de la ley.

El señor Albístur Marín, del Grupo Mixto, defiende las
enmiendas presentadas, dirigidas, en primer lugar, a una mayor
garantía y seguridad jurídica, criticando del texto las
remisiones a procedimientos reglamentarios para su desarrollo
posterior. Otra de las cuestiones que planteaba es la
necesidad de regular la planificación del sector y del sistema
eléctrico, precisando a qué órganos corresponde su realización
y el establecimiento de criterios claros y concretos para la
determinación de las tarifas en la misma ley, cuestiones no
suficientemente recogidas en el dictamen de la Comisión, y de
ahí que mantenga buena parte de sus enmiendas, a cuyo
contenido alude seguidamente. El señor Martín Menis defiende
las enmiendas del Grupo de Coalición Canaria. Recuerda que en
su momento presentaron una enmienda de totalidad justificada
por el hecho de que se planteaban prácticamente las mismas
soluciones para el funcionamiento del sistema eléctrico en los
territorios peninsulares y los insulares o extrapeninsulares.

Para Coalición Canaria ese enfoque era tan importante que el
resto de los problemas del proyecto pasaban a un segundo
plano. Trataban, por tanto, de resolver los problemas
específicos que tenían lugar en los territorios insulares y
reconoce que en la tramitación del proyecto en buena medida se
ha conseguido mejorando algunos artículos del Proyecto de Ley,
permitiendo sobre todo encontrar soluciones de cara al futuro.

Consiguientemente, en este momento se limita a pedir algunas
correcciones de menor importancia que, de aceptarse, les
llevarían a apoyar el texto de la Comisión.

El señor Molins i Amat defiende las enmiendas del Grupo
Catalán (Convergència i Unió). Comienza realizando una
valoración del proyecto, de su paso por la Ponencia y la
Comisión, donde entiende que se ha mejorado sustancialmente y
donde de forma directa o a través de transaccionales se han
incorporado sesenta de las sesenta y nueve enmiendas que su
Grupo había presentado. En consecuencia, y a diferencia de
otros Grupos de la Cámara, realiza una valoración positiva del
dictamen debido a los avances y mejoras introducidas en su
tramitación parlamentaria, aludiendo a algunos de tales
avances y mejoras, para concluir mencionando el contenido de
las enmiendas que no les han sido aceptadas, dando lugar a la
existencia de temas todavía insatisfactoriamente resueltos. En
turno en contra de las enmiendas al proyecto de ley interviene
el señor Sáenz Lorenzo, del Grupo Socialista, afirmando que se
hallan ante un dictamen bastante coherente con los
planteamientos que traía el proyecto de ley en el sentido de
que se establece un modelo regulador que, desde su puntode
vista, es eficaz y eficiente y viene enriquecido con puntos de
vista de distintos Grupos Parlamentarios expuestos durante el
debate realizado en Comisión, con la incorporación de diversas
enmiendas.

Expone asimismo la postura del Grupo Socialista en relación
con las manifestaciones formuladas por los enmendantes que le
han precedido en el uso de la palabra y concluye refiriéndose
a las enmiendas que el Grupo Socialista votará a favor y
aquellas respecto de las que presentan enmiendas
transaccionales.

Replican los señores García Fonseca, Gámir Casares, Albístur
Marín, Martín Menis y Molins Amat, duplicando el señor Sáenz
Lorenzo.

Se procede a las votaciones de las enmiendas debatidas
anteriormente, así como al texto del dictamen del proyecto de
Ley de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional, que es
aprobado.




Página 5390




Elección de los miembros del Consejo de Universidades (Página 5427)
El señor Presidente informa a la Cámara que la votación será
secreta, pero por el sistema electrónico, en relación con cada
uno de los candidatos propuestos. Realizada la votación en la
forma indicada, el señor Presidente manifiesta que, al haber
obtenido la mayoría simple de los votos emitidos en cada una
de las votacionese, han resultado elegidos miembros del
Consejo de Universidades don Domingo Yndurain Muñoz, don
Alberto Marcos Vallaure, don José Luis Martínez-López Muñiz,
don José Ignacio Rubio Sanromán y don Félix Marcos Alvarez.




Propuesta de designación del Defensor del Pueblo (Página 5427)
Por la señora Secretaria (Frías Navarrete) se da lectura al
acta de la sesión de la Comisión Mixta paralas relaciones con
el Defensor del Pueblo celebrada el 4 de noviembre de 1994.

Realizada la votación correspondiente, con carácter secreto y
por papeletas, y verificado el escrutinio, el señor Presidente
dijo que el resultado es de 300 votos emitidos, 291 a favor de
la propuesta de don Fernando Alvarez de Miranda y Torres, 2 en
contra, 6 en blanco y 1 nulo, por lo que al haber obtenido la
mayoría de tres quintos de los votos de los miembros del
Congreso de los Diputados ha resultado elegido por la Cámara
para el cargo de Defensor del Pueblo don Fernando Alvarez de
Miranda y Torres. Señala que este acuerdo será comunicado al
Senado a los efectos procedentes.

Se levanta la sesión a las dos y veinticinco minutos de la
tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




DICTAMENES DE COMISION SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
(Número de expediente 121/000034)
El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.

Punto sexto del orden del día, dictámenes de Comisión sobre
iniciativas legislativas. Dictamen del proyecto de ley de
sociedades de responsabilidad limitada.

Enmiendas del Grupo Popular.

Tiene la palabra el señor Fernández de Trocóniz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente,
señoras y señores Diputados, espero llamar su atención sobre
esta importante ley de sociedades de responsabilidad limitada,
de la cual va a conocer hoy el Pleno de la Cámara avocando la
competencia de la Comisión informativa de Justicia e Interior
correspondiente.

Antes que nada, he de dar a SS.SS. la explicación de por qué
el Grupo Popular ha solicitado la avocación de esta ley al
Pleno de la Cámara. La razón es simple y sencilla. Realmente,
cuando conozcan que a esta ley se van a acoger már del 90 por
ciento de las personas jurídicas, no solamente de las
sociedades españolas, se darán cuenta de la importancia que
tiene este proyecto de ley para el desenvolvimiento de la vida
económica y financiera española, para la pequeña y mediana
empresa fundamentalmente. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Fernández de Trocóniz.

Señorías, ruego guarden silencio.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Gracias, señor
Presidente. Como les decía, la gran importancia que tiene este
proyecto de ley requiere que sea conocido, al menos así lo
entiende el Grupo Popular, por el Pleno de la Cámara y no
simplemente por la Comisión informativa correspondiente. El
que lo conozca el Pleno de la Cámara no significa, en
absoluto, que tengamos una oposición frontal a este proyecto
de ley, ni muchísimo menos, sin perjuicio de que discrepemos
en ciertos aspectos en profundidad con el proyecto de ley y
con el dictamen de la Comisión informativa; discrepancias que
explicaré con posterioridad a lo largo del debate.

Al hablar de sociedades de responsabilidad limitada en España
nos encontramos antes que nada, y nuevamente, con la política
absolutamente errática del Gobierno en materia de normativa de
sociedades mercantiles. ¿Y por qué nos encontramos en esta
materia con una política errática del Gobierno? La Ley de
Sociedades de Responsabilidad Limitada, que ahora se modifica,
tiene fecha de 17 de julio de 1953. Esta Ley fue modificada
por la Ley de 25 de julio de 1989, de adaptación de la
normativa de las sociedades españolas y del Código de Comercio
a las directivas de la Comunidad Económica Europea. En esta
ocasión se modificó la Ley de 17 de julio de 1953 en tres
aspectos básicos y fundamentales: por una parte, en la



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aplicación supletoria generalizadamente de la Ley de
Sociedades Anónimas; por otra parte, en la supresión de la
limitación a cincuenta del número máximo de socios de la
sociedad; y, por último, en la supresión de la limitación en
50 millones de pesetas como capital máximo de este tipo de
sociedades. Por lo cual, la sociedad de responsabilidad
limitada pasó de una sociedad solamente concebida para
pequeñas empresas, de una sociedad concebida para pequeñas
sociedades, a una sociedad que podía contemplar todo el elenco
posible de las sociedades que pudieran desarrollar cualquier
tipo de actividad económica paralelamente a las sociedades
anónimas. De esta ley de desarrollo necesariamente
estatutario, de sólo 32 artículos --y cuando digo estatutario
me refiero a los estatutos de la sociedad--, pasamos a un
proyecto de ley de 131. Prácticamente, cien artículos más,
para que se den ustedes cuenta del volumen numérico que supone
esta ley en relación con la anterior. Nuestra duda surge, en
principio, y preguntamos: ¿está justificada realmente una
nueva ley de sociedades de responsabilidad limitada en
relación con la anterior? No parece que esté excesivamente
justificada, y más aún con lo que les diré con posterioridad.

La justificación del Gobierno para la promulgación de esta
nueva ley es sólo y exclusivamente el que con posterioridad a
la Ley de 25 de julio de 1989, se dictó la directiva de la
Comunidad de 21 de diciembre de 1989, reguladora de la
sociedad limitada unipersonal.

Efectivamente, así lo recoge el nuevo proyecto de ley. ¿Pero
saben ustedes cuántos artículos se dedican en este Capítulo XI
del proyecto de ley a las sociedades limitadas unipersonales?
Se dedican, lisa y llanamente, sólo seis artículos, cuando
estamos hablando de 131 para justificar un proyecto de ley en
su totalidad, pero con el agravante de que todas las
sociedades limitadas actuales tendrán que adaptar sus
estatutos a la nueva normativa social. Es más, tendrán que
hacerlo generalizadamente porque la ley introduce ciertas
modificaciones que se pueden calificar seriamente sólo de
matiz, pero que van a obligar a realizarlo.

Este proyecto de ley sí que merece un calificativo, al menos a
mi juicio, y es que va a ser una ley de caprichito de autor.

¿Quién es el autor? Lo desconozco. No sé si ha sido la
Subdirección General de turno del Ministerio de Justicia, si
ha sido un consulting, si ha sido un contrato de asistencia
técnica a determinados maestros de la materia, lo ignoro;
pero, desde luego, a esta ley la califico, y no me duelen
prendas en decirlo, de caprichito de autor. Luego les expondré
dos botones de muestra, para que puedan apreciarlo
adecuadamente. Como les decía, la ley está justificada, sí;
pero del todo, no, porque seria y numéricamente creo que --al
menos lo he intentado demostrar a SS.SS.-- así es. El Grupo
Popular presenta a este proyecto de ley 268 enmiendas, de las
cuales --y es preciso reconocerlo-- se han introducido
bastantes en el texto definitivo del dictamen de la Comisión,
porque ha sido aceptado un gran número de ellas por parte de
los ponentes del Grupo Socialista, y he de agradecérselo
profundamente. En relación con lo que se trataba de
incorporar, que era la directiva que ya cité antes de 21 de
diciembre de 1989, se recoge prácticamente la totalidad de las
enmiendas que presentamos. He de decirles solemnemente que el
Capítulo XI del proyecto de ley es de consenso total del
Gobierno, de la directiva de la Comunidad Económica Europea,
del Grupo Socialista, del Grupo Popular y de los demás grupos
que componen la Cámara y que en su día intervinieron en la
Comisión de Justicia e Interior.

Voy a hacerles ahora una somera relación, a grandes rasgos, de
en qué consisten las enmiendas que formuló el Grupo Popular a
este proyecto de ley de sociedadesde responsabilidad limitada
y que ahora mantenemos para su votación en este Pleno.

Básicamente, nosotros pretendíamos con las enmiendas
presentadas, por una parte, dotar a las sociedades de
responsabilidad limitada de la máxima flexibilidad posible; es
decir, que las partes pudieran introducir aquellas
connotaciones, aquellas condiciones, aquellas cláusulas que
tuvieran por conveniente que, sin desvirtuar los elementos
esenciales de las sociedades de responsabilidad limitada,
pudiesen abarcar toda la gama de probabilidades que quisieran
introducir los socios, los contratantes, los interesados, en
ese tipo de sociedades.

Por otra parte, a través de nuestras enmiendas hemos querido
introducir un régimen de supletoriedad absoluta legal, de
forma y manera que la supletoriedad que se establece sea la
más simple posible, sin perjuicio de su modificación
estatutaria y, asimismo, que esta supletoriedad contemple
todos aquellos supuestos no previstos en el artículo 11, del a
mi juicio --he de repetirlo--aberrante artículo 11, de la
primera Directiva, de 9 de marzo de 1968, de las Comunidades
Europeas, en que se señala que no se podrá declarar la
nulidad, anulabilidad o inexistencia de una sociedad ya
inscrita si no es porque adolece de algunos de los siguientes
defectos: objeto social no lícito --es decir, que tenga un
objeto social ilícito o que no contengan objeto social las
indicaciones de sus estatutos--; que no contenga indicación de
su denominacion social; que no contenga indicación de su
capital suscrito o bien de las aportaciones realizadas por los
socios; que el capital suscrito no llegue al mínimo
establecido y requerido por la legislación propia de cada
Estado; o que al menos más de dos de los socios intervinientes
no tengan la capacidad suficiente para realizar la
contratación de esta sociedad.

Pues bien, hemos querido que así fuera, pero no ha sido
aceptado, lo cual, seriamente, nos va a llevar, como les decía
antes, a la actitud errática del Gobierno en cuanto a lo que
es la normativa de sociedades, a la definición de sociedades,
a qué deba ser sociedad anónima,



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a cuándo deba establecerse una sociedad limitada, porque
dentro de muy poco vamos a tener que regular la ley que
normativice la sociedad cotizada, la sociedad cuyas
participaciones, cuyas acciones pueden acceder a mercados
secundarios. Es muy importante que sea así, y se ha puesto de
manifiesto recientemente en la Comisión de estudio en la
intervención del Banco Español de Crédito. Es imprescindible,
y así va a resultar pronto necesario, regular la sociedad
cotizada en Bolsa. Sin embargo, no se nos admite --y lo
proponíamos así-- que se autorice al Gobierno a refundir en un
solo cuerpo normativo la Ley de Sociedades Limitadas, la Ley
de Sociedades Anónimas, porque, curiosamente, hay saltos
permanentes y mutuos entre una normativa y otra, a veces
justificados a veces no justificados; a veces se modifica la
legislación vigente de sociedades anónimas, a veces no se
modifica; a veces se justifica el mantenimiento de la norma
porque está en la Ley de Sociedades Anónimas y cuando se
quiere solapar, simplemente se dice que no es buena la
normativa actual y que es mejor cambiarla. En definitiva, nos
encontramos ante una posición de falta de definición del
Gobierno; de falta de definición --como ustedes saben, señores
Diputados-- no solamente en esta materia, porque es un tema
menor el de las sociedades limitadas, pero podemos verlo en
las diferentes ramas posibles de la actividad del Estado.

Voy a seguir exponiéndoles cuál es el sentir de nuestras
enmiendas en relación con este proyecto de ley. Les había
hablado de flexibilidad en la sociedad limitada y de
supletoriedad máxima posible en los estatutos. Voy a referirme
ahora a dos puntos concretos: por una parte, el régimen de
transmisión de participaciones sociales y, por otra, la
postergación legal de créditos. Con relación al régimen de
transmisión de participaciones sociales, entendemos que es
bueno deshacer el error que se generó con la Ley 25 de julio
de 1988. Es un proceso largo el explicárselo aquí, hemos
tenido las discusiones correspondientes en Comisión, pero
baste ahora que les diga --aparte de que el tiempo se me está
acabando y es preciso, además, que les requiera todavía dos o
tres apuntes en relación con este proyecto de ley-- que en
cuanto al régimen de transmisión de participaciones sociales,
defendemos que la eficacia frente a terceros como elemento de
publicidad necesaria de la transmisión sea básicamente el
Registro Mercantil o el conocimiento al tercero expreso y
directo de la transmisión realizada o del derecho real
constituido sobre la participación social en concreto en esta
sociedad limitada. No como el régimen que prevé la Ley,
recogiendo el error recogido a su vez de la Ley de 1989, de
modificacion de la de 1953, que establecía un régimen
simplemente de transmisión en documento público, que esto,
frente a terceros, a nuestro juicio, no supone una garantía
suficiente.

También me refería, como ustedes recordarán, a la postergación
legal de créditos, que entendemos que es algo elemental,
necesario y contundente para el buen desarrollo económico y la
marcha de nuestro sistema concursal. Es una oportunidad
magnífica para introducirlo. No se va a hacer así y se nos
quiere remitir una futura ley concursal; futura ley concursal
que ya veremos, puesto que he de decirle al ausente Ministro
de Justicia ante esta ley tan importante que se está
debatiendo en el Pleno de esta Cámara y que tanto afecta a su
Departamento, que ni me creo que vaya a remitir a la Cámara la
ley concursal, ni me creo que vaya a remitir la Ley de
Enjuiciamiento Civil, ni la Ley de Enjuiciamiento Criminal; y
me imagino que posiblemente durante su mandato prometa que va
a remitir también dos o tres proyectos completos de Código
Civil. Como les decía, me estaba reservando para que ustedes
puedan apreciar lo que les decía de caprichito de autor de
esta ley...




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Trocóniz, le ruego
concluya.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, voy
concluyendo. Paso a referirme a las enmiendas números 441 y
442. La primera de ellas se refiere a lo siguiente: si en la
sociedad concurre la causa de disolución y de paralización de
los órganos sociales, el régimen establecido para que se
proceda a su disolución es que se inste a los administradores
a convocar junta general y en esta junta general se pueda
adoptar el acuerdo de disolución. Como ustedes comprenderán,
si los órganos sociales están paralizados es imposible que se
inste a los administradores a que en un plazo de dos meses
convoquen la junta general. ¿Qué decimos nosotros? Lisa y
llanamente, lo siguiente: es este supuesto, prescíndase de
instar a los administradores a la convocatoria de la junta
general y que se pueda pedir directamente al juez, a través de
la correspondiente demanda, la disolución de la sociedad. No
se admite. No lo entiendo, es incomprensible.

Otra de nuestras enmiendas es la 442. El artículo al cual se
refiere prevé la reactivación de la sociedad, cuya disolución
ha sido acordada, y dice el texto propuesto: siempre y cuando
haya desaparecido la causa de disolución. ¡Si es imposible!
Solamente se puede reactivar una sociedad cuya disolución ha
sido acordada por falta de ejercicio de la actividad durante
tres años. La causa de disolución existe, es insoslayable, no
puede desaparecer. Son matices, señoras y señores Diputados,
meramente técnicos pero explícitos. Por último, me voy a
permitir llamar la atención y pedir expresamente su voto en
relación con las enmiendas presentadas por nosotros al
artículo 9.º del proyecto de ley y a la disposición adicional
cuarta, no solamente por nosotros sino por todos los grupos de
la Cámara, con excepción del Grupo Socialista y, lamento
decirlo, del



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Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Este
artículo y esta disposición adicional cuarta prohíben la
emisión de obligaciones por parte de las sociedades limitadas
y de cualquier otra de tipo social o personas físicas que no
reúnan el tipo social de sociedades anónimas. Lo consideramos
absolutamente injustificado y, no bueno para el
desenvolvimiento económico de la nueva sociedad limitada que,
además, va a tener una dimensión económica y social muy
importante; no lo consideramos tampoco bueno para su
desarrollo económico, para el desenvolvimiento de la pequeña y
mediana empresa. Por último --señor Presidente, agradezco su
benevolencia--, nuestro Grupo, a pesar de los pesares, va a
votar afirmativamente el proyecto de ley. Va a votar
afirmativamente no porque sea mejor lo malo conocido que lo
bueno por conocer, no. Es un proyecto de ley que viene a
llenar un vacío existente en nuestro ordenamiento y es que,
como les decía, las sociedades limitadas requieren hoy un gran
desarrollo estatutario; requiere, además, la adopción de la
transposición de esta Directiva comunitaria de 21 de diciembre
de 1989. No por esto es una ley que nos satisface. Se lo
anuncio aquí: es una ley que necesariamente habrá de ser
modificada en un futuro próximo. No es bueno dar bandazos en
materia societaria, no es bueno obligar a modificaciones, a
adaptaciones permanentes del estatuto de sociedades a la nueva
normativa que se vaya incorporando; es malo para la vida de la
empresa que en estos asuntos contables, jurídicos requiere
serenidad y sosiego.

Por todo lo expuesto, señoras y señores Diputados, éste es el
sentido de nuestro voto y les pido expresamente a los grupos
de la Cámara su voto favorable a nuestras enmiendas al
artículo 9 y a la disposición adicional cuarta. Muchas
gracias. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández de Trocóniz. Por
el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, tiene la palabra el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, señorías, a nuestro
Grupo le parece de especial importancia, aunque no sea una
materia que despierte pasiones en la opinión pública, la
regulación de las sociedades de responsabilidad limitada, en
concreto, este proyecto de ley que regula en su conjunto esta
materia relativa a las sociedades de responsabilidad limitada.

Se trata de una regulación que va a afectar a la inmensa
mayoría de las empresas españolas. Es más conocida la
regulación de sociedades anónimas. Sin embargo, qué duda cabe
que lo relativo a las sociedades de responsabilidad limitada
es lo que más se adecua a la estructura económica de nuestro
país. De lo que se trata es de que esta regulación sirva para
la potenciación del mejor funcionamiento de las pequeñas y
medianas empresas --éste debe ser el sentido político de este
proyecto de ley--, que son la inmensa mayoría, que constituyen
el porcentaje más importante de empresas, las que crean más
empleo en nuestro país. Por eso es de extraordinaria
importancia una adecuada regulación que mantenga una
posibilidad de intervención económica, de flexibilidad, de
captación del ahorro de estas sociedades y, por tanto, de
garantía de los puestos de trabajo, de garantía de que la
actividad económica de estas pequeñas y medianas empresas se
hace en las mejores condiciones jurídicas. Este es el objetivo
político que debe cumplir una regulación de sociedades de
responsabilidad limitada.

Seguramente era necesaria una nueva regulación de estas
sociedades. Otra cosa es que sea en la línea seguida por este
proyecto de ley, ya que la regulación, que proviene de los
años cincuenta, es excesivamente obsoleta y que la reforma de
1989 desdibujó inadecuadamente los contornos entre la sociedad
anónima y la sociedad de responsabilidad limitada.

Nosotros no consideramos que la sociedad de responsabilidad
limitada deba ser una especie de sociedad anónima en
pequeñito, una especie de «jibarización» --permítase la
expresión-- de las sociedades anónimas. Tampoco creemos que
deba limitarse a considerarse la sociedad de responsabilidad
limitada como una sociedad personalista de segunda o de
tercera división, con enormes limitaciones para el
funcionamiento en el tráfico mercantil y jurídico. En ese
equilibrio entre una sociedad de capital equivalente a la
sociedad anónima y una sociedad personalista, debe situarse
toda regulación moderna de la sociedad de responsabilidad
limitada. Después de 1989, ese equilibrio se habría roto,
desdibujando, como decía anteriormente, los contornos, las
diferencias entre sociedad anónima y sociedad de
responsabilidad limitada, dando un pendulazo hacia el otro
lado, haciendo necesario un reequilibrio de esa situación.

A pesar de todo, el proyecto de ley en su redacción originaria
adolecía de importantes defectos, algunos de los cuales se han
ido limando a lo largo del procedimiento parlamentario. Como
decía el anterior interviniente, hay que reconocer que ha
habido una integración de numerosas enmiendas de todos los
grupos parlamentarios, también de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, en el dictamen de la Comisión que se presenta
en esta Cámara en el día de hoy. Nuestra intención al
presentar las enmiendas a este proyecto de ley tenía ese
sentido de adecuar esta regulación a las pequeñas y medianas
empresas españolas, intentando que se separasen, en lo que
tiene que separarse, de la regulación de sociedades anónimas,
pero también integrando aquellos elementos que facilitan el
funcionamiento de las sociedades anónimas y que no



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tenía sentido que se negasen a las sociedades de
responsabilidad limitada. Nuestras enmiendas han ido en el
sentido de hacer menos rígida la regulación de estas
sociedades, de hacer que incluso fuesen menos caros la
constitución y el funcionamiento de estas sociedades, que por
definición tienen menor capital y un sentido más personalista,
sin duda, más reducido, más familiar en algunos casos y, por
tanto, darle una mayor autonomía a la voluntad de los
integrantes, de los socios a la hora de estructurar
organizativamente la sociedad. Creíamos también que había que
dar un menor predominio a las normas imperativas de carácter
tutelar que todavía eran excesivas en el proyecto de ley
originario. Creíamos y seguimos creyendo que hay que hacer de
las sociedades de responsabilidad limitada unas sociedades más
abiertas al ahorro público, no sociedades cerradas de una
forma excesivamente personalista, mucho más abiertas al
tráfico comercial, por tanto, haciendo de su estatuto jurídico
algo que tuviera un carácter administrativista mucho menor que
el que venía en el proyecto originario.

Una preocupación especial de nuestro Grupo Parlamentario, y
todavía no ha habido una suficiente aceptación en el dictamen
de la Comisión de esta pretensión, es que haya una tutela
importante del socio en estas sociedades de responsabilidad
limitada y una tutela importante de las minorías, algo que
está adecuadamente protegido en las sociedades anónimas y, sin
embargo, no lo estaba, y todavía no lo está suficientemente --
y esperamos que en el trámite de hoy pueda subsanarse--, en el
proyecto de sociedades de responsabilidad limitada.

Específicamente, una de las enmiendas que presentamos
permitiría que el socio pudiese estar representado por una
persona con poder en las juntas generales. A nuestro juicio,
la sociedad de responsabilidad limitada no puede entenderse en
un sentido estrechamente personalista, hasta el punto de
producir una especie de dictadura de la mayoría para
protegerse del mundo exterior, para hacer una sociedad
absolutamente cerrada, sino que la sociedad de responsabilidad
limitada, por la importancia económica que ya tiene, tiene que
abrirse al mundo exterior, lo que conlleva, sin duda, una
tutela del socio, una tutela de la minoría y una tutela del
tercero o acreedor a esa sociedad. También creíamos, y en ese
sentido iban nuestras enmiendas, que había que dar menor
autonomía a los estatutos de la sociedad, precisamente en el
sentido de la tutela de las minorías y del socio en estas
sociedades, que no son sociedades residuales, repito una vez
más, como si estuvieran en una especie de gueto, sino que son
sociedades que cada vez tienen mayor importancia, hasta
constituir el entramado jurídico-mercantil fundamental de las
pymes en nuestro país. También creemos que el proyecto de
ley --esto es inevitable en estos momentos--descuidó el poder
utilizar algunas de las enseñanzas del Derecho comparado, muy
útiles, que no fueron suficientemente incluidas en el proyecto
de ley. Este es el sentido de las enmiendas que presentamos a
este proyecto de ley, algunas de las cuales, bastantes, tengo
que reconocerlo, han sido incluidas en el trámite de Comisión,
pero aún quedan algunas, que muy rápidamente voy a recordar,
que pretendemos defender y someter a votación en esta sesión.

Así, la supresión de la prohibición de emisión de
obligaciones, que aparece en el artículo 9, que va en el
sentido de abrir estas sociedades de responsabilidad limitada
al tráfico mercantil, a la capacidad de captación de ahorro
del exterior. No creemos que tenga sentido que haya una
limitación de la captación de ese ahorro por medio de
obligaciones, aun cuando haya una diferencia en la naturaleza
jurídica de las participaciones sociales, que son distintas
naturalmente de las acciones propias de la sociedad anónima.

No voy a referirme a todas las enmiendas, pero sí quiero
destacar algunas de ellas, como el caso de la responsabilidad
de la realidad y valoración de las aportaciones no dinerarias,
artículo 21, que creemos no debe tener una amplitud sin ningún
tipo de matización como aparece en ese precepto; o el caso de
la ineficacia de las transmisiones con infracción de ley o de
los estatutos, artículo 37, que creemos que deben considerarse
nulas, no solamente ineficaces --hubo un debate detenido sobre
eso en la Comisión y no logramos convencer al Grupo
mayoritario--; o a lo que me refería anteriormente, la
importante enmienda, desde nuestro punto de vista, al artículo
52, es decir la necesidad de que, sin exigir que el estatuto
lo diga, pueda una persona, un socio, verse representado por
una persona que tenga un poder general al respecto en las
juntas generales, lo que le daría una mayor posibilidad a
cualquier persona de verse representada por quienes pueden
tener en un momento determinado mayor conocimiento y capacidad
técnica y, por tanto, pueden defender mejor sus intereses en
esas juntas generales; o el caso del artículo 97, de las
causas de separación de los socios, muchas de las cuales nos
parecen innecesarias. Por último, debemos mostrar nuestra
consideración no positiva a una defectuosa técnica legislativa
que ha hecho que en este proyecto de ley haya excesivas
modificaciones, no sólo las imprescindibles, de la Ley de
Sociedades Anónimas, que, a nuestro juicio, deberían haberse
llevado a un proyecto de ley independiente.

En definitiva, se trata de una regulación que seguramente era
necesaria, y por esa razón nosotros vamos a votar
favorablemente el conjunto de este proyecto de ley, que
requería una reorientación en el sentido antes señalado, desde
el comienzo, en un proyecto de ley que no venía bien enfocado
en todos los aspectos y que se ha conseguido reorientar en una
medida aceptable en el trámite de Comisión, en el sentido de
hacer de las



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sociedades de responsabilidad limitada el punto de referencia
jurídico-mercantil fundamental para el fortalecimiento de las
pequeñas y medianas empresas en nuestro país.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López Garrido.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV).

Tiene la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, voy a defender, en nombre del Grupo Parlamentario
Vasco (PNV) y del Grupo Mixto, señor Albístur, las enmiendas
que han quedado vivas al proyecto de ley de sociedades de
responsabilidad limitada.

Estamos de acuerdo en que era necesaria una regulación urgente
encaminada a este espectro de las empresas a las que va a
afectar y también estamos de acuerdo, en general, con la
estructura del proyecto de ley que se ha presentado. Sin
embargo, observamos una permanente obsesión por diferenciar o
poner una barrera entre la sociedad anónima y la sociedad
limitada, en contra de la realidad empresarial, así como
también observamos unos planteamientos más bien de laboratorio
que del reflejo de esta realidad de tráfico mercantil. Al
referirme a los temas concretos no quisiera pasar sin hacer
referencia al artículo 2, que habla de la denominación de la
sociedad. El proyecto de ley establece la obligatoriedad de
que ha de figurar la indicación de «Sociedad de
Responsabilidad Limitada», «Sociedad Limitada» o sus
abreviaturas. Entendemos que esta denominación, lo mismo que
se establece en lengua española, puede establecerse en las
demás lenguas oficiales del Estado, como pueden ser el
catalán, el gallego o el euskera. Por tanto, nuestra enmienda
establece la posibilidad de que la denominación pueda hacerse
en las lenguas oficiales del Estado.

Hay un aspecto en el que me quisiera detener, que es el
desembolso de capitales. Se trata de que en el proyecto de
ley, como ocurre en la actual ley, se establece la necesidad
de que el capital esté totalmente desembolsado en todo
momento. Dicho planteamiento tenía sentido en la época
anterior, en la que la sociedad limitada realmente era una
sociedad con un capital muy reducido, en relación con el cual
no tenía sentido contemplar el aplazamiento parcial del
desembolso. A partir de la nueva ley, dicha situación no va a
concurrir. La sociedad limitada va a ser un tipo social que va
a utilizar buen número de medianas empresas anónimas en la
actualidad y que precisan grandes capitales. Ante esta
situación entendemos que no existe razón alguna para que una
sociedad anónima pueda constituirse con un capital de diez
millones de pesetas como mínimo, sin que sea preciso
desembolsar el cien por cien en el momento de la constitución,
y que por el contrario, la misma sociedad, simplemente por
tener forma de sociedad limitada, tenga que fijar un capital
con desembolso total. ¿Qué es lo que pretende el proyecto de
ley? ¿Reforzar el capital social? Entendemos que dicha
posiblidad, lejos de suponer una debilidad en las medidas de
defensa en el capital social, refuerza el mismo, aparte de que
sería ridículo pensar que la posibilidad de desembolso parcial
atenta contra la necesaria defensa del capital social, porque
significaría que en la sociedad anónima, en la que los
intereses afectados son por lo menos de la misma entidad que
en la sociedad limitada, éstos no se encuentran
suficientemente defendidos. Por tanto, si los socios tienen
que fijar como cifra de capital social aquélla que puedan
desembolsar en ese momento, en virtud del principio de que los
socios de la sociedad limitada no responden de las deudas
sociales, tampoco responden de ninguna obligación ulterior de
aportar fondos. Por el contrario, si la cifra de capital es
superior a la que en ese momento se puede desembolsar, por la
parte pendiente del desembolso los socios son deudores de la
sociedad y, en caso de insuficiencia patrimonial, se les podrá
reclamar los dividendos pasivos pendientes. En consecuencia,
ninguna razón asiste al proyecto de ley para reiterar el
principio de total desembolso de capital social. El tema de la
emisión de obligaciones y bonos, artículo 9, ya se ha tratado
por anteriores portavoces. Se trata de establecer la
posibilidad de que la sociedad limitada pueda emitir
obligaciones o bonos en las mismas condiciones que una
sociedad anónima, y es evidente que no era usual que las
sociedades limitadas emitieran obligaciones y, sin embargo, la
ley lo permitía anteriormente. En el momento en que una
sociedad limitada va a abarcar actuales sociedades anónimas
medianas, de gran importancia económica, no tiene sentido que
se limite la posibilidad de acudir a ese tipo de financiación
externa, que en buen número de ocasiones puede
instrumentalizarse en condiciones más baratas que los créditos
o préstamos de entidades financieras. Señorías, por mucho que
se empeñe el preámbulo del proyecto de ley en insistir en la
nitidez de la separación entre la sociedad anónima y sociedad
limitada, afirmando que ésta no es una sociedad pequeña, la
realidad del mundo empresarial va a configurar sin duda a la
sociedad limitada de hecho como una sociedad anónima pequeña.

Otro de los aspectos importantes desde nuestro punto de vista
y que abarca una serie de enmiendas es todo lo referente a la
protección de los intereses de los socios y de los acreedores.

Por ejemplo, cuando se trata de las aportaciones no
dinerarias, en el caso de la sociedad anónima es necesario que
el valor que se pretenda dar a tales aportaciones sea objeto
de revisión por un



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experto independiente nombrado por el registrador mercantil.

El proyecto de ley pretende que los gastos de funcionamiento
de una sociedad limitada sean inferiores a los muy altos que
resultan para las sociedades anónimas, a partir de la nueva
Ley de Sociedades Anónimas. Dicho objetivo nos parece
razonable en la medida en que se refiera a los gastos
ordinarios de funcionamiento, pero es mucho más dudoso cuando
se trata de operaciones no habituales y que además pueden
afectar seriamente a los intereses de socios y terceros, como
es el caso de las aportaciones no dinerarias o de la reducción
de capital o de la exclusión del derecho de suscripción
preferente a que se refieren otras enmiendas que ha presentado
nuestro Grupo. No son supuestos de ordinario funcionamiento y
no es una contradicción el deseo general de no cargar el costo
a la sociedad limitada con el hecho de que en determinadas
decisiones, insistimos, inhabituales y de gran importancia o
relevancia, deba asumirse el costo que devengue de la
necesaria protección de los intereses afectados.

En el caso concreto de la enmienda que hemos presentado, por
no imponer la necesidad del informe del experto independiente,
se pretende que se responda del valor dado a las aportaciones
no dinerarias, no ya por quienes hicieron las aportaciones en
su momento, porque eran fundadores o socios y por tanto
pudieron oponerse, sino incluso por las personas que adquieren
el título futuro de participaciones sociales que en su día
fueron desembolsadas mediante aportaciones no dinerarias, y
nos parece que el sistema no es aceptable. Si se excluye el
informe del experto independiente, la responsabilidad de valor
dado a las aportaciones no dinerarias no puede extenderse a
quienes ninguna intervención tuvieron en el momento de su
aportación.

Hay otro tema también que tiene relación con la protección de
los intereses de los socios, como es, por ejemplo, la
convocatoria de la junta general. Aquí se plantea también una
cuestión para nosotros de gran trascendencia. La única manera
de analizar correctamente la cuestión que se plantea es la de
partir de la realidad societaria. En la ley todavía vigente el
procentaje necesario para tener derecho a exigir la
convocatoria de la junta general es del 10 por ciento del
capital social; la nueva Ley de Sociedades Anónimas --en la
anterior se mencionaba el 10 por ciento-- fija el porcentaje
para idéntico supuesto del 5 por ciento, y el proyecto de ley
que enmendamos recoge dicho 5 por ciento. La cuestión es que
en este tipo de pequeñas o medianas sociedades una
participación del 5 por ciento no es significativa. En las
grandes sociedades el 5 por ciento no es, de hecho, una
participación minoritaria, sino que en buen número de ellas es
una participación de control con paquetes accionariales
similares, y esa es la realidad societaria. Por el contrario,
en la pequeña o mediana sociedad, una participación del 5 por
ciento no representa ningún interés significativo que merezca
una protección específica y aislada. El socio menos interesado
en este tipo de sociedades tiene sin dificultad un 5 por
ciento del capital social. En la práctica, estos derechos que
se otorgan a participaciones no significativas en el capital
social se utilizan, pura y simplemente, como elementos de
coacción en beneficio propio, con el simple objetivo de
distorsionar el funcionamiento de la sociedad, en la esperanza
de que el grupo mayoritario, una vez ya cansado de la
reiteración del ejercicio de este tipo de derechos, se avenga
a adquirir la participación de dicho minoritario en
condiciones superiores al valor real. Como decimos, aún es más
clara la propuesta en términos comparativos, con idéntico
porcentaje para una gran sociedad que cotiza en bolsa, en la
que, salvo el grupo de control, ningún minoritario posee una
participación en el porcentaje señalado. Por ello, parece
razonable, atendidas las explicaciones, que se mantenga el
porcentaje del 10 por ciento sin disminución a la mitad.

Lo mismo pasa también con respecto a la reducción del capital
social con restitución de aportaciones a los socios. En el
sistema del proyecto de ley, probablemente con la intención de
evitar gastos nuevamente derivados de publicaciones, se
determina una responsabilidad solidaria a los socios respecto
a las deudas sociales contraídas con anterioridad a la fecha
de la reducción del capital social. Es evidente que en una
reducción del capital, con devolución de aportaciones, el
interés fundamental a proteger es el de los acreedores, en la
medida en que dicha reducción de capital implica también una
reducción del patrimonio y, en consecuencia, una disminución
de la solvencia de la sociedad y de la garantíade los créditos
de los acreedores, que no tienen acceso sino al patrimonio de
la propia sociedad. Ahora bien, supuesto que el interés a
proteger, como decimos, es el de los acreedores, el sistema
del proyecto de ley es, desde nuestro punto de vista,
manifiestamente insuficiente. También podríamos hablar de la
supresión del derecho de suscripción preferente, que es una
decisión importante, en cuanto que afecta a uno de los
derechos esenciales del socio; pero la protección de los
intereses de los minoritarios no debe obtenerse estableciendo
una mayoría de votación especial, sino, como ocurre en la
sociedad anónima, estableciendo una serie de requisitos para
que pueda adoptarse el acuerdo. Es curioso, como antes
comentábamos, que a un 5 por ciento se le otorguen derechos
distorsionadores de funcionamiento ordinario de la sociedad,
y, sin embargo, cuando se trata de decisiones tan relevantes
como ésta, la supresión del derecho de suscripción preferente,
se omitan requisitos objetivos, sustituyéndolos por una
mayoría que sólo se puede vetar con más de un tercio del
capital social. En nuestra opinión, el acuerdo debe estar
sometido al régimen general, pero, como ocurre en



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las sociedades anónimas, deben concurrir una serie de
requisitos que ya, además, hemos establecido en alguna de
nuestras enmiendas.




El señor PRESIDENTE: Señor Zabalía, le ruego que concluya.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Termino, señor Presidente.

Hay otro grupo de enmiendas que también tienen efecto sobre la
protección de los intereses de los socios, pero me voy a
referir, para terminar, a un tema que desde nuestro punto de
vista tiene también importancia, que es el de los derechos de
suscripción.

Estarán SS.SS. conmigo en que el acuerdo de excluir el derecho
preferente de suscripción es, primero, un acuerdo relevante y,
en segundo lugar, nada habitual y, además, no debe serlo. Como
ya se ha comentado en otras enmiendas, participamos del
criterio de no incrementar los gastos de funcionamiento de la
sociedad limitada. Ahora bien, si la sociedad decide adoptar
determinados acuerdos de singular relevancia, dicho criterio,
es decir, el criterio de no incrementar los gastos, debe
colocarse en segundo lugar respecto a la protección de los
intereses de los afectados. La exigencia del proyecto de ley
se limita a que los administradores elaboren un informe sobre
el valor real de las participaciones. Desde nuestro punto de
vista es insuficiente si no existe un control externo de la
corrección del citado informe, lo mismo que en las sociedades
anónimas. Y seguimos sin comprender la razón que justifica la
diferencia en este supuesto. No se nos dirá que un aumento sin
derecho de suscripción es propio de las pequeñas sociedades.

Por ello, si se pretende adoptar tan significativo acuerdo
como es este, proponemos que un auditor de cuentas tenga que
emitir un informe sobre el de los administradores; es decir,
insistimos en el mismo tratamiento que se ha dado en las
sociedades anónimas. Con respecto a este apartado del valor de
las participaciones insistimos en dos cuestiones. Hay que
valorar lo que se recibe a cambio de lo que se entrega de
participaciones sociales, lo que el proyecto de ley llama la
contraprestación, pero también el valor de lo que se entrega,
esto es, el valor de las participaciones sociales. Si tenemos
correctamente valorada la aportación, pero entregamos
participaciones sociales a su valor nominal, cuando el valor
real es superior se produce una situación de injusticia con
respecto al resto de los socios. Esto se olvida en el proyecto
por inventar algo que, desde nuestro punto de vista, ya estaba
inventado en la Ley de Sociedades Anónimas. En fin, hay toda
una serie de enmiendas de nuestro Grupo que no han sido
admitidas en Comisión y que, dada la imposibilidad de entrar a
debatirlas en este momento por falta de tiempo, las doy por
defendidas. Nada más y muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Zabalía.

Enmiendas del Grupo Mixto, del señor Mur. Tiene la palabra.




El señor MUR BERNAD: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a intervenir para defender las enmiendas que en nombre del
Partido Aragonés hemos presentado a este proyecto de ley de
regulación de las sociedades limitadas, enmiendas que son muy
numerosas, ya que son 41 las presentadas, si bien muchas de
ellas tienen un carácter eminentemente técnico y
complementario de las ideas fundamentales que han inspirado el
fondo de nuestras enmiendas. Yo querría comenzar diciendo que
nos parece un proyecto de ley muy importante, porque afecta a
miles de pequeñas empresas, de pequeñas sociedades que forman
un tejido empresarial muy importante para el desenvolvimiento
económico de nuestro país; de ahí la importancia y la
necesidad de su regulación, pero de su buena regulación, lo
que no estamos seguros de que se consiga, tal y como ha
quedado este proyecto de ley, que nos parece excesivamente
largo, excesivamente prolijo y complicado para regular la vida
de unas fórmulas societarias que deberían regirse precisamente
por todo lo contrario, por la simplificación, por la economía,
por la eficacia, en definitiva, por una reglamentación que
fuera asequible, comprensible y fácil de cumplir. Creemos
también que se ha perdido una gran oportunidad de mejorar
todos los defectos que se han visto en el tiempo que la
antigua Ley de Sociedades Limitadas lleva en vigor. Esa
experiencia no ha sido suficientemente recogida y aprovechada
en el proyecto de ley que ahora estamos debatiendo.

Efectivamente, la excusa o la razón para la modificación, de
esta ley, que es la de adaptarla a la normativa europea y
fundamentalmente introducir un nuevo concepto, como es el de
las sociedades limitadas unipersonales, creemos que podía
haberse aprovechado para, además de recoger la realidad de una
nueva fórmula, como es la sociedad limitada unipersonal que ya
funciona en el resto de Europa, regular el conjunto de
fórmulas societarias que todavía quedan sin adaptar en el
panorama jurídico español. Creemos, además que cuando se
realizó la modificación de la Ley de Sociedades Anónimas
hubiera sido un momento importante para haber abordado este
conjunto de normativas societarias, porque, de lo contrario,
estamos colaborando a crear la confusión, estamos colaborando
a complicar todo el proceso de adaptación de las sociedades,
anónimas en un principio, limitadas ahora, aquellas que, por
mor de la modificación de la Ley de Sociedades Anónimas, se
transformaron en sociedades limitadas, que van a ser de nuevo
afectadas por la modificación que hoy estamos debatiendo; en
definitiva, señorías el proceso que estamos siguiendo es
excesivamente



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complejo, excesivamente complicado, difícil de entender para
un conjunto amplio, numeroso de empresas españolas que
precisamente no tienen medios, no tienen las asesorías, no
tienen la formación, no tienen los equipos necesarios para
proceder a tantas y tantas adaptaciones a las que les estamos
obligando quizá por una mala, ineficaz o inoportuna técnica
legislativa.

Las enmiendas que hemos presentado tienden fundamentalmente a
procurar una economía de medios en la regulación de las
sociedades limitadas, a aumentar la flexibilidad de la
fórmula, es decir, no a las rigideces, que lógicamente tienen
que imponer otro tipo de fórmulas societarias, como las
sociedades anónimas, dado el volumen, dada la amplitud, dado
el número de personas y de intereses que a éstas pueden
afectar. También queremos lograr con nuestras enmiendas una
mayor eficacia, una mayor autonomía en la voluntad de los
socios o partícipes, todo ello sin merma de las garantías que
debe recoger y defender cualquier normativa, y más si se trata
de una normativa tan importante, que afecta a tantas personas
e intereses, como la ley de sociedades de responsabilidad
limitada; garantías no solamente frente a los propios socios,
a las relaciones entre los socios, sino también garantías
frente a terceros, frente a los clientes, frente a los
proveedores, frente a los acreedores, algo que no estamos
seguros de que quede bien regulado después de aprobar este
proyecto de ley que hoy estamos debatiendo.

Y, por último, nuestras enmiendas han introducido un factor
que quizá pueda ser calificado como factor de oportunidad, al
tratar de poner de manifiesto un problema, un contencioso que
existe y que es posible que --como se me dijo en la Comisión--
no sea el momento oportuno para tratarlo, porque es mucho más
amplioque el ámbito de la ley de sociedades de responsabilidad
limitada. Me estoy refiriendo a la fe pública, al necesario
debate que tenemos que producir en esta Cámara para abordar de
una vez por todas ese contencioso que subyace entre las
distintas fórmulas de la fe pública que en este momento
coexisten en nuestro país, y SS.SS. saben que me estoy
refiriendo fundamentalmente al contencioso existente entre los
corredores de comercio y los notarios. Ahí hay un problema que
afecta en este caso a la regulación de la ley de sociedades de
responsabilidad limitada. Esta es una de las razones que
justifica muchas de nuestras enmiendas, porque queríamos abrir
también la posibilidad de que la fe pública no fuera
necesariamente escritura notarial sino cualquier documento
público, sencillamente porque creemos que eso facilitaría las
cosas, que eso daría más oportunidades, que eso podía
abaratar, que eso podía permitir a todos aquellos que quieren
constituir una sociedad tener más profesionales a su servicio,
pero fundamentalmente, repito, lo que queremos es dejar
constancia de que el Gobierno, el Grupo mayoritario, tienen
que abordar de una vez por todas ese contencioso que existe
entre la fe pública, entre los distintos fedatarios públicos,
que creo que en nada colabora ni facilita el necesario
entendimiento ni, por qué no decirlo, la necesaria seguridad
jurídica o incluso el conocimiento de los administrados a la
hora de decidirse por uno u otro fedatario público en el
momento de realizar todas aquellas operaciones que necesitan
de estos fedatarios públicos.

Creo que hemos perdido una oportunidad para hacer una ley
mucho más simple, una ley menos complicada, más inteligible,
más eficaz, más barata, porque en definitiva no olvidemos,
señorías, que por esta ley se tiene que regir la vida de miles
y miles de pequeñas sociedades, a las que me temo que a partir
de ahora les habremos complicado mucho más las cosas, con lo
cual habrá que aumentar el número de bufetes, de gabinetes, de
asesorías y, por qué no decirlo, de juzgados, porque, en la
medida en que esta ley sea de difícil interpretación y
ejecución, aumentaremos la conflictividad, los contenciosos y,
en consecuencia, complicaremos el panorama empresarial de
nuestro país, que bastante complicado está, para poder
competir con las empresas europeas en ese nuevo espacio donde
tienen que dirimirse en estos momentos la competitividad, la
lucha por la existencia y la economía de nuestras empresas
que, al fin y al cabo, es lo que todos, y nosotros en este
momento a través de esta regulación, debemos preservar y a su
mejoría debemos colaborar.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mur.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria.

Tiene la palabra el señor Olarte.




El señor OLARTE CULLEN: Señor Presidente, señorías, inicio mi
breve intervención coincidiendo en gran medida con lo que
acaba de expresar el señor Mur, en el sentido de que, desde
nuestro punto de vista, se ha perdido la oportunidad de
simplificar y de hacer una ley más asequible para el lego con
el proyecto con que ahora nos encontramos.

Tenemos puestas nuestras esperanzas, y de ahí que compartamos
la preocupación generalizada de la Cámara, en orden a la
necesidad de potenciar las pequeñas y medianas empresas desde
una normativa, como es la presente, que posibilite esa
potenciación en todas sus facetas.

Vamos a hacer una mención simple y concisa de las enmiendas
que mantenemos, habida cuenta de que otras, en un porcentaje
importante de las mismas, han sido aceptadas total o
parcialmente por la Ponencia.

En primer lugar, nuestra enmienda número 196 --la primera de
las formuladas por Coalición Canaria-- propone que a los
efectos previstos en el punto precedente de este artículo 6,
objeto de la enmienda, se considerará que tienen su domicilio
en España las sociedades



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de responsabilidad limitada cuyo principal establecimiento o
explotación radique dentro de su territorio. En el texto del
proyecto del Gobierno se impone el deber de que tales
sociedades tengan su domicilio en España, y creemos que este
deber, amén de resultar inexigible al carecer de sanción su
incumplimiento, puede causar problemas con el principio de
libertad de establecimiento de la Unión Europea. Por todo
ello, nos parece más útil que la ley española considere a
tales sociedades, sin más, como domiciliadas en España y, por
tanto, españolas.

No ha sido aceptada nuestra enmienda número 197, en la cual
tratábamos de suprimir el artículo 9, que impide que las
sociedades de responsabilidad limitada puedan acordar o
garantizar la emisión de obligaciones u otros valores
negociables agrupados en emisiones. Parece contrario al
espíritu de la ley y no encontramos razones que justifiquen la
imposibilidad legal que se contiene en el proyecto, por lo que
seguimos manteniendo la conveniencia de su supresión. Por el
contrario, en la enmienda número 198, con la que tratábamos de
suprimir el artículo 10 en la forma en que venía inicialmente
expresado en el proyecto que exigía la imposibilidad, en todo
caso, de poder anticipar fondos a los socios y
administradores, concederles créditos o préstamos, prestar
garantías en su favor o facilitarles asistencia financiera. En
este caso, se establece que es posible siempre que sea previo
y que medie acuerdo de la junta general para cada caso
concreto. Sin embargo, no entendemos cuál es la razón de ser
de que se requiera aquí nada menos que el acuerdo de la junta
general para cada caso concreto, cosa que podía entenderse en
el supuesto de los administradores, pero no que tenga que ser
precisamente la junta general la que adopte el acuerdo en el
caso de un simple socio. Que sea la junta general para el
administrador, pero no para un simple socio. El consejo de
administración era órgano con enjundia más que suficiente
cuando se tratase de un simple partícipe o socio. De ahí que
nosotros mantengamos esta enmienda número 198.

Tampoco fue aceptada la 199, en virtud de la cual tratábamos
de incluir una adición mejorando técnicamente el artículo 10,
al establecer que las sociedades de responsabilidad limitada
no pudiesen anticipar fondos, conceder créditos o préstamos en
la forma contemplada anteriormente. Por tanto, la mantenemos.

No fue aceptada la enmienda número 200, y lo que nosotros no
aceptamos son los argumentos en virtud de los cuales se ha
rechazado nuestra pretensión, habida cuenta de que parece
lógico que, cuando el pago a terceros de las obligaciones
contraídas por la sociedad declarada nula así lo exigira, los
socios vengan obligados, como se establece en el texto de
nuestra enmienda, a desembolsar la parte del capital social
suscrita y no desembolsada íntegramente. A nuestro juicio, no
hay motivo para no establecer igual norma que en las anónimas,
en las que se obliga a los socios, cuando existen dividendos
pasivos, a realizar el desembolso de los mismos cuando el pago
a terceros de las obligaciones contraídas por la sociedad
declarada nula así lo exige.

Igual adversa suerte corrió la enmienda 201, en la que
nosotros, por razones de técnica y de lógica jurídica también,
tratábamos de modificar el apartado primero del artículo 21.1
en el sentido de que el socio fundador o titular de alguna
participación social, en las hipótesis de aumento de capital,
al igual que quienes suscriban aportaciones no dinerarias,
deviniera en responsable de la realidad y valor de las
aportaciones. No entendemos, por tanto, a qué se ha debido la
no aceptación de nuestra pretensión, por cuya razón mantenemos
la enmienda 201, al igual que la 202, que trataba simplemente
de incorporar un apartado nuevo al artículo 21, que sería el
3, en el sentido de que la acción de responsabilidad podrá
ejercitarse también por cualquier partícipe que no hubiere
asistido a la junta en que se votó el acuerdo o que, habiendo
asistido, hubiere votado en contra. Me parece que se debe
incluir el supuesto de la no asistencia, al igual que sucede
actualmente --y tiene reiteradamente establecido la doctrina
del Tribunal Supremo-- tanto tratándose de Sociedades anónimas
como de responsabilidad limitada, por lo que parece que era
lógico no sancionar al no asistente y darle la equiparación
impugnatoria con el que, habiendo asistido, hubiese disentido.

Sin embargo, la enmienda siguiente al artículo 22.1, así como
la enmienda 204 al 23.2, fueron aceptadas total o
parcialmente, por cuya razón desistimos de defenderlas.

Fue suprimido el artículo 31, al igual que el artículo 32,
suerte de supresión que también siguió el 33. De ahí
precisamente que nosotros retiremos las enmiendas 205, 206 y
207. Entendemos que en cierta manera ha sido asumida una gran
parte de la filosofía que nosotros defendíamos con nuestra
enmienda 208 al artículo 34.3, por cuya razón también se
retira. Sin embargo, mantenemos nuestra enmienda 209, que lo
era al artículo 37. Nos parece bien claro que por razones
técnicas y de seguridad jurídica conviene establecer que sea
nula cualquier transmisión de participaciones sociales que no
se ajuste a lo establecido en la ley o en los estatutos.

Parece que la formalidad deviene en seguridad jurídica y nunca
es malo establecer la seguridad jurídica de acuerdo con las
cautelas mínimamente exigibles, como es establecer la nulidad
de cualquier transmisión de participaciones sociales que no se
ajuste a lo establecido en la ley o en los estatutos.

Al artículo 40 formulamos en su día también la enmienda número
210, enmienda que es retirada porque entendemos que fue
aceptada por la Ponencia. No lo fue, en cambio, la que lo era
al artículo 43 bis. Nosotros tratábamos de que en el caso de
que la adquisición



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de participaciones hubiera sido realizada por persona
interpuesta, tuviesen que responder solidariamente en el
reembolso de las participaciones asumidas tanto los fundadores
como los administradores. ¿Cuáles eran las razones que nos
animaban en tal sentido? Pues muy sencillas: equiparar los
efectos de la adquisición por persona interpuesta, no sólo a
las hipótesis de adquisiciones originarias, sino también a las
adquisiciones derivativas. De ahí que tratásemos de establecer
tal equiparación entendiendo que nada empece, sino todo lo
contrario, a una clarificación y equiparación que parece
deseable. Por entender que ha sido asumida parte importante
del espíritu, de la filosofía y de los objetivos de nuestra
enmienda 212, también la retiramos. No retiramos, sin embargo,
la 213, que fue una enmienda al artículo 97 apartado 1.f) en
que, por coherencia con lo establecido en el artículo 25 de la
ley, exige para la validez de este tipo de acuerdo el
consentimiento individual de los obligados. Nosotros
tratábamos de ampliar el apartado 1.f) del artículo 97.

Aceptamos literalmente las causas legales de separación de los
socios establecidas en el apartado 1.f), en la forma en que se
describe en el proyecto y según el resultado también de la
Ponencia: la creación, modificación o extinción anticipada de
la obligación de realizar prestaciones accesorias, salvo
disposición contraria de los estatutos. Estamos conformes
hasta ahí, pero sugeríamos añadir que tampoco tendrá derecho
de separación el socio que, aun no habiendo votado a favor del
acuerdo correspondiente, resultando obligado, lo hubiera
consentido individualmente.




El señor PRESIDENTE: Señor Olarte, le ruego concluya.




El señor OLARTE CULLEN: Termino señor Presidente, diciendo que
la enmienda 214 al artículo 129 no resultó aceptada y la
tenemos que mantener porque, a nuestro juicio, conviene la
supresión de este precepto porque no existen motivos para
establecer diferenciaciones en este aspecto entre las
sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad
limitada.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Olarte.

Enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Tiene la palabra el señor Casas.




El señor CASAS I BEDOS: Muchas gracias, señor Presidente. De
hecho, mi intervención en este último trámite del proyecto de
ley va a ser muy breve, porque a mi Grupo Parlamentario le
quedan solamente dos enmiendas vivas.

He de manifestar, antes de referirme a estas dos enmiendas,
que nuestro grupo está francamente satisfecho de cómo se ha
producido este debate, ya que la mayoría de nuestras
pretensiones, por no decir todas, han sido debatidas e
incluidas en el texto en el trámite de Comisión.

Es verdad que es un proyecto de ley en el que no había muchas
discrepancias entre los distintos grupos parlamentarios, lo
que había, en todo caso, eran matices de tipo técnico. Yo
quiero referirme singularmente a algunos aspectos que han
citado el portavoz del Grupo Popular, señor Fernández de
Trocóniz y también el portavoz del Grupo Vasco, señor Zabalía,
en el sentido de que quizá la distinción que hace este
proyecto de ley entre sociedad anónima y sociedad limitada
puede ser discutible. Se ha hecho una opción al querer
establecer un límite muy claro entre lo que debe ser un tipo
de sociedad y otro en temas como, por ejemplo, la posibilidad
de emisión de obligaciones. Es una opción que compartimos,
aunque nos queda la duda de si éste va a ser el camino
acertado. En todo caso, el futuro nos dirá si hemos acertado o
no en esta opción. Si la vida mercantil nos obliga a hacer
algún ajuste, siempre se puede modificar algún aspecto del
proyecto de ley, pero en términos generales es un buen camino
hacer esta distinción. Quizá puede dar más seguridad jurídica
y puede orientar mejor a qué tipo de sociedades le conviene
más la forma de limitada y la forma de anónima. El futuro,
repito, nos dirá si hemos acertado. En cualquier caso, son
cuestiones de matiz que no empañan un proyecto de ley que
viene a cubrir una laguna en nuestro ordenamiento jurídico por
cuanto la anterior legislación estaba muy desfasada.

Las dos enmiendas que le quedan al Grupo Parlamentario Catalán
tienen un mismo objetivo, que es mejorarla seguridad jurídica
y patrimonial de los acreedores. Espero que el Grupo
Socialista ofrezca una transacción y puedan ser objeto de
aprobación por cuanto son temas muy concretos que vienen a
mejorar técnicamente un punto que es el de la seguridad
jurídica de los acreedores. Esperaremos, por tanto, la
intervención del Grupo Socialista. La impresión que tiene mi
Grupo Parlamentario es que hemos hecho un buen texto legal. Si
hay alguna duda, porque en parte comparto algunas de las
matizaciones hechas por el señor Zabalía y por el señor
Fernández de Trocóniz, el tiempo nos dirá si tenemos razón y
siempre se puede modificar. Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Casas.

Enmiendas del Grupo Socialista. Tiene la palabra la señora
Pelayo para la defensa de las enmiendas del Grupo Socialista
en turno en contra de las enmiendas defendidas.




La señora PELAYO DUQUE: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, abordamos hoy el penúltimo tramo de este proyecto
de ley en el camino parlamentario



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que culmina un importante proceso de renovación del Derecho de
sociedades en nuestro país.

No se les ocultará a SS.SS., ni la importancia del proyecto,
ni la envergadura de los trabajos de renovación legislativa
que se han producido en nuestro país en los últimos tiempos si
hablamos, como lo hemos hecho en el día de hoy, de una
estructura social que está afectando a las pequeñas y medianas
empresas, es decir, a la inmensa mayoría de las organizaciones
sociales que operan en nuestra economía.

Algunas intervenciones han puesto de manifiesto en el día de
hoy la importancia del proyecto y también han puesto énfasis
en cómo va a afectar a las pequeñas y medianas empresas. No
quisiera dejar de mencionar algunos datos que abonan la
valoración que de fundamental hace nuestro grupo del papel que
desempeñan en la economía de España las pequeñas y medianas
empresas.

Sepan SS.SS. que sólo en el año 1993 se transformaron de
sociedades anónimas en sociedades de responsabilidad limitada
más de 30.000, y que en el mismo año se constituyeron en
nuestro país más de 80.000 sociedades de responsabilidad
limitada. Pero, además, hay algún otro dato que puede ser
interesante a efectos de explicar la decisión jurídico-
política que toma el proyecto. Y es la distinta conformación
de la pequeña y mediana empresa en nuestro país, en relación
con otras economías comunitarias.

Así, de los más de trece millones de empresas que existen en
la Unión Europea, el 99 por ciento de ellas tienen menos de
diez trabajadores y generan el 72 por ciento del empleo,
mientras que en nuestro país el 99 por ciento de las pymes
tienen menos de 250 trabajadores y generan más del 63 por
ciento del empleo. Son algunos datos, como digo, para alumbrar
en este trámite parlamentario la importancia que tiene el
proyecto que estamos abordando, pero no es sólo porque afecta
a las pequeñas y medianas empresas, razón fundamental y
básica, sino también porque, como decía antes, culmina un
proceso de renovación del Derecho de sociedades en nuestro
país iniciado en los últimos años. Algún interviniente en el
día de hoy ha puesto el énfasis en la nula justificación de
este proyecto. Yo quisiera decir, señorías, que tal como se
explicita en la memoria del mismo no sólo son las
insuficiencias denunciadas reiteradamente por la doctrina
sobre la regulación de la actual Ley de Sociedades de
Responsabilidad Limitada lo que ha dado lugar a la elaboración
de una nueva Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada,
sino también, como saben SS.SS., el mandato contenido en la
última reforma del Derecho societario de 1989 y la traslación
en nuestro país de alguna directiva de la Unión Europea. La
reforma que contiene el proyecto no es una reforma que afecte
sólo a las sociedades de responsabilidad limitada, es una
reforma que también afecta, siquiera sea por la criticada
técnica de la disposición adicional, al Código de Comercio y
afecta también en profundidad a la sociedad anónima, y más aún
cuando, en el trámite parlamentario que hemos tenido en esta
Cámara, hemos introducido, también en las disposiciones
adicionales, importantes innovaciones como puede ser la
sociedad anónima unipersonal.

Pero, además, la reforma de este proyecto de ley no se
conforma con meros retoques, con la mera traslación del
Derecho comunitario o con la invocación del Derecho de
sociedades anónimas, sino que, a nuestro juicio, renueva el
modelo societario español y se adentra, desde una perspectiva
de política jurídica, en el análisis de los tipos sociales,
decantándose por una opción en esa vieja y bizantina discusión
sobre el modelo societario español. Frente a las tesis que
anunciaban la muerte del sistema dualista y frente a los que
defendían el sistema unitario, el proyecto apuesta claramente
por el sistema dualista y avanza aún más en la idea de
configurar un tipo social separado, diferente, autónomo, de la
sociedad anónima, dentro del modelo de la sociedad
capitalista. Es un tipo social propio el que configura el
proyecto de ley que, aun con un carácter híbrido, como
explicita la exposición de motivos, contiene elementos de las
sociedades capitalistas y de las sociedades personalistas. El
proyecto configura a la sociedad de responsabilidad limitada
como una sociedad mercantil cerrada, con responsabilidad
limitada de los socios a las participaciones sociales, con un
amplio margen de autonomía para los socios, con un régimen muy
flexible por la vía de la autonomía estatutaria, y eso hace
precisamente que establezca, como también dice la exposición
de motivos, una línea clara y nítida entre lo que se debe
considerar en nuestro Derecho una sociedad anónima y una
sociedad de responsabilidad limitada. El proyecto de Ley,
señorías, ha recibido una calificación aprobatoria, en
términos generales, de la doctrina y una calificación
aprobatoria también por parte de los diferentes grupos
parlamentarios; no sólo no sufrió enmiendas de totalidad sino
que en el trámite parlamentario que hemos tenido oportunidad
de seguir, tanto en Comisión como aquí en el Pleno, hemos oído
intervenciones y valoraciones positivas del citado proyecto de
ley por parte de los distintos grupos que han intervenido.

Se trata hoy, a nuestro juicio, de culminar ese penúltimo
trámite legislativo y debatir las enmiendas que se han
presentado y que quedan vivas, más de 200, a este proyecto de
ley. Algunas de las enmiendas que se han presentado y que se
han defendido en el día de hoy discuten la política o la
opción jurídico-política del proyecto, intentando situarse
bien en el sistema unitario, bien ya, aceptado el sistema
dualista, de parte de la sociedad capitalista por antonomasia,
de la sociedad anónima, bien de las sociedades personalistas.

Es decir,



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como ha tenido también oportunidad de manifestar hoy el
representante de Convergència i Unió, discuten la opción
política que se contiene en el proyecto de la configuración
tipológica de las sociedades de responsabilidad limitada. En
esa línea van las enmiendas que propugnan que se suprima la
prohibición de que las sociedades de responsabilidad limitada
emitan obligaciones o que no se exija el desembolso total del
capital.

La razón por la que vamos a rechazar esas enmiendas no es sólo
por coherencia o porque estamos de acuerdo con el modelo o con
la opción que hace el proyecto, sino también porque, señorías,
la línea clara que marca el proyecto de ley entre la sociedad
de responsabilidad limitada y la sociedad anónima no sólo es
básica para la determinación de la opción en un momento
determinado del tipo de sociedad que es mejor para el usuario,
sino que también, a nuestro juicio, dejaría sin contenido
tipológico a la sociedad de responsabilidad limitada. La
convertiría en vicaria de la sociedad anónima.

Creemos que el impedimento, la prohibición de emitir
obligaciones por parte de las sociedades de responsabilidad
limitada es una garantía, es consubstancial al tipo social,
pero, además, es una forma de garantizar la consistencia del
capital social y los derechos de terceros. El que a las
pequeñas y medianas empresas se les intente facilitar la
financiación externa es una idea loable que compartimos y creo
que existen mecanismos en diversas leyes e instituciones, como
puede ser la sociedad de garantía recíproca o las medidas
urgentes que ha aprobado el Gobierno para la creación de
empleo, de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, para que
puedan acudir al mercado de capitales, pero suprimir la
prohibición de emisión de obligaciones supondría que
tendríamos como contrapartida, para la garantía de los
derechos de terceros, la introducción en la legislación de
responsabilidad limitada de las mismas garantías que existen
para la sociedad anónima.

Hay otro tipo de enmiendas, llamadas coloquialmente en la
Ponencia y en Comisión «de corredores», que ha defendido el
señor Mur en este momento. Saben SS.SS. que está pendiente la
unificación de la fe pública, saben SS.SS. que ayer el
Ministro de Justicia en su comparecencia anunció para el año
1995 el proyecto de ley correspondiente, lo mismo que también
anunció el proyecto de ley concursal. Esas son las razones
básicas que nos han llevado al rechazo de esas enmiendas. Hay
otras enmiendas que son puramente gramaticales, que piden la
supresión del proyecto o que las consideramos innecesarias, y
es por esa razón por la que las hemos rechazado.

Por último, hay un grupo de enmiendas que sí nos parecen
importantes, que son las que se refieren a la
infracapitalización y a la postergación legal de créditos.

Alguna pregunta ha formulado el representante del Grupo
Popular en relación con esta materia y sobre la autoría del
proyecto. Sabe S.S. que las enmiendas que intentan incorporar
la regulación de esta materia, que son las 466, 471, 472 y
480, son copia textual del texto que figuraba en el
anteproyecto que se debatió en la Comisión de Subsecretarios.

Esas propuestas se retiraron del texto en aquel momento, por
considerar que se podía introducir inseguridad jurídica en el
ordenamiento español. Esa es la razón que ha llevado al Grupo
Socialista a rechazarlas en este trámite parlamentario.

Hemos defendido, señorías, el artículo 8 en su redacción
original y hemos presentado un voto particular al dictamen de
la Comisión en el apartado 1. En este apartado, tal como viene
dictaminado por la Comisión, se ha introducido una expresión
que nos parece que debe ser suprimida del texto del proyecto.

Se trata de la introducción de las delegaciones o agencias con
la facultad de creación de las sociedades de responsabilidad
limitada. Creemos que la introducción de las delegaciones o
agencias en este precepto se debe a un error de planteamiento
por parte del grupo enmendante; se debe a la confusión entre
contrato y sociedad. Creemos que la enmienda que se aceptó en
Comisión, en relación con este precepto, no abona el rigor que
debe presidir la elaboración normativa. Por ello vamos a
defender y votar favorablemente que se vuelva al texto
primitivo, por cuanto la enmienda no sólo no introduce
factores rigurosos en la redacción de ese precepto, sino que
incluso distorsiona la redacción en su párrafo segundo. De
acuerdo con el artículo 118 del Reglamento de la Cámara, hemos
presentado algunas enmiendas gramaticales que he repartido a
los distintos portavoces y que espero sean aceptadas.

Termino, señor Presidente, haciendo alusión a algunas
intervenciones efectuadas en el día de hoy en relación con
este proyecto de ley, con motivo de la defensa de sus
enmiendas.

El representante del Grupo Popular ha dicho que no concebía la
necesidad de la reforma. A lo largo de mi intervención no sólo
he puesto en evidencia la necesidad de esta reforma, sino que
incluso la intervención de los otros grupos me excusa de
abundar en las razones que han llevado al Gobierno a la
presentación de este proyecto de ley. Unos grupos han pedido
más flexibilidad y otros han pedido, por ejemplo, que se
introduzcan determinados mecanismos como el de los expertos.

La necesidad de los expertos la ha valorado positivamente
algún grupo parlamentario, como el de Izquierda Unida, como
una de las bondades del proyecto. Pero, además, cuando se le
acusa al proyecto, por un lado, de laconismo, por otro se le
acusa de excesiva regulación. Creemos que el proyecto está en
el término medio de la virtud. Como algún parlamentario ha
alegado su falta de confianza, su falta de fe, en definitiva,
en que el próximo año podamos tener no sólo una ley concursal
sino también la ley de unificación de la fe



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pública, le diría al preopinante que el tema de fe es una
cuestión personal irremediable por parte de nuestro grupo.

Sólo los hechos nos darán la razón. Alguien también ha dicho -
-y con esto termino-- que este proyecto de ley es errático o
insuficiente y que dentro de poco vamos a tener que estar aquí
modificando el derecho de sociedades. Esa afirmación se basa,
creo yo, señorías, en la concepción del Derecho como algo
acabado. La opinión de nuestro Grupo es que el Derecho está
para responder a la vida y que la vida de las pymes es una
vida dinámica. Si el próximo año, o dentro de cinco, tenemos
que estar aquí adaptándonos a las demandas de la sociedad y de
las pequeñas y medianas empresas, a las que intenta servir
este proyecto, estaremos cumpliendo con nuestra primera
responsabilidad, que es responder a las demandas sociales. Por
ello, señoras y señores Diputados, termino pidiendo el apoyo
para el proyecto de ley y para las enmiendas transaccionales
que dejo presentadas a la Presidencia. Nada más, señor
Presidente. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Pelayo.

El señor Fernández de Trocóniz tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Muchas gracias, señor
Presidente. Voy a consumir un turno de réplica en relación a
las afirmaciones o las contraargumentaciones que ha realizado
la señora Pelayo a una serie de bloques de enmiendas que hemos
formulado a este proyecto de ley de sociedades de
responsabilidad limitada. Señora Pelayo, la prohibición de
emisión de obligaciones carece de toda justificación. Intentar
fundar la diferenciación de modelo de sociedad anónima-
sociedad limitada en la emisión de obligaciones me parece
sencillamente absurdo. Sin embargo, sí parece adecuado y
necesario que se elabore una ley reguladora de los créditos
que se pueden tomar directamente acudiendo a terceros en el
mercado para su obtención; es decir, una ley reguladora de la
emisión de obligaciones, como la actual, que sí es obsoleta,
de 1964, de emisión de obligaciones. Pero esto no es óbice ni,
por supuesto, justificación para que se suprima ahora la
posibilidad de emisión de obligaciones no solamente por las
sociedades limitadas, sino por cualquier otro tipo social y
por personas físicas.

En cuanto a lo que ha señalado usted de que nuestras enmiendas
relativas a la postergación legal de créditos son copia exacta
de las eliminadas de la Comisión General de Codificación, he
de decirle que quien le ha pasado esa nota una de dos, o no se
ha leído nuestras enmiendas, o no se ha leído el texto previo
de la Comisión General de Codificación, y le voy a decri por
qué. La Comisión General de Codificación o quien fuere de allí
se olvidó de toda referencia a tres elementos fundamentales:
al Código de Comercio, a la Ley de Suspensión de Pagos y a la
Ley de Enjuiciamiento Civil, y tuvimos que reponer las
enmiendas al texto necesario para que cuadrase en el
ordenamiento el texto presentado por la Comisión General de
Codificación.

Por otra parte, y en cuanto a la reintroducción que quieren
hacer ustedes del texto primitivo del párrafo primero del
artículo 8 del proyecto de ley, he de decirle que no podemos
estar en absoluto de acuerdo, es decir --y lo hemos hablado
muchas veces-- en lo que se refiere a sucursales, agencias y
representaciones, porque lo que hace ese artículo del proyecto
de ley y de la futura ley es simple y llanamente disponer a
qué órgano, dentro de la compañía, le está atribuido el
establecer sucursales, agencias y representaciones. El
concepto de sucursal hoy es débil, y desde luego carece de
justificación por el concepto de sucursal que da el Reglamento
de Registro Mercantil de 29 de diciembre de 1989. Por
consiguiente, nos parece fundada y buena la enmienda
introducida por el Grupo Catalán de Convergència i Unió a este
artículo 8 del proyecto de ley.

Y puesto que nadie ha hablado a lo largo del debate de unos
elementos que me parecen muy importantes, con su permiso,
señor Presidente, voy a proceder a resaltarlos en el proyecto
de ley. A saber, posibilidad de sociedades limitadas con
participaciones desiguales, en participación en beneficios y
también en lo que se refiere al derecho de voto y al derecho a
participar en el patrimonio resultante de la liquidación. Esto
es algo muy importante, es una innovación que se ha
introducido en sede de Comisión, que no venía introducida en
el proyecto de ley y que, sin embargo, creo que es un avance
muy importante y que va a ayudar sobremanera a la adecuada
configuración de la sociedad española, pero no solamente de la
sociedad limitada como tal, sino a la adecuada configuración
de los diferentes elementos económicos que pueden converger en
la empresa y, lógicamente, en la sociedad. Por otra parte, me
gustaría destacar otro elemento muy importante que introduce
el proyecto de ley, que son los derechos de separación y
exclusión de accionistas para los supuestos contemplados en la
ley. Es una innovación importante y que va a reportar enormes
beneficios, marcando el carácter personalista de la Ley de
Sociedades Limitadas en relación a las sociedades anónimas.

Por último, señora Pelayo, nosotros no hemos dicho nunca que
el proyecto de ley, la ley sea errática, lo que es errática es
la política del Gobierno en su configuración de la normativa
española en sociedades, sean anónimas, limitadas o las demás.

Es muy importante aclarar por fin cuál es el modelo societario
que interesa al Derecho español. Es importante aclararlo y
fijarlo definitivamente. No nos engañemos: 1989, 25 de julio,
modificación de la ley de sociedades de responsabilidad
limitada. Podía haber durado muchísimo tiempo. Bastaba con
introducir un retoque de dos artículos --por cierto, tenía que
estar vigente el 1 de enero de



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1992-- relativos a la sociedad limitada unipersonal y no se
hizo. Bastaba con que se hubiera hecho así. Cada cinco años no
podemos cambiar el régimen de las sociedades limitadas,
porque, señora Pelayo, no vale que usted me ponga la disculpa
de que hay que acomodarse a los nuevos tiempos y que el
Derecho ha de ser vivo. ¡Por supuesto que el Derecho ha de ser
vivo y ha de seguir la realidad social! Pero, ¡hombre!, una
cosa es que la realidad social cambie y otra que lo que varíe
sea el criterio de aquella persona que es conocido o amigo del
ministro de turno y tiene el caprichito de poner su doctrina
en la ley que se tiene que elaborar en ese momento.

Evidentemente, eso no es serio, eso es una política errática.

En relación a la ley concursal --y acabo, señor Presidente--,
no es un problema de fe --y la fe, por supuesto, es
irremediable--; es un problema de confianza, es un problema de
esperanza. Y por consiguiente, lamentándolo mucho, en relación
a la confianza y a la esperanza, cuando podamos ver lo tantas
veces prometido y nunca cumplido, lo creeremos. Porque, señora
Pelayo, desde otro punto de vista: un ministro que promete ley
concursal, ley de enjuiciamiento civil, ley órganica del Poder
Judicial, que promete, además, tres o cuatro códigos civiles y
cinco o seis códigos penales aparte de la ley de
enjuiciamiento criminal, es poco creíble. Y esto sí que no es
creíble. Pero, en definitiva, siempre están nuestro corazón y
nuestra cabeza abiertos a la esperanza. Vamos a ver qué pasa.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández de Trocóniz.

Tiene la palabra la señora Pelayo.




La señora PELAYO DUQUE: Muy brevemente, señor Presidente, voy
a responder al señor Fernández de Trocóniz. Ha hecho alguna
precisión en esta réplica separando la bondad del proyecto de
la política del Gobierno. Está en su función de miembro de la
oposición. Por tanto, nada que decir.

Voy a insistir solamente en un aspecto que me parece
fundamental, que es la prohibición de la emisión de
obligaciones. Señorías, yo creí que en mi explicación había
sido lo suficientemente convincente al aclarar cuál era la
posición de nuestro Grupo y cuál era la filosofía del
proyecto. A la vista de la posición del señor Fernández de
Trocóniz, o no me ha escuchado o no le he convencido. El tipo
de sociedades que configura el proyecto de ley, tal y como
viene, impide la emisión de obligaciones sin que luego, en
contrapartida, haya una regulación detenida de las garantías
de terceros cuando acceden a esos capitales. ¿Por qué? Porque,
lo sabe S.S., la sociedad anónima puede acudir a la emisión de
obligaciones, pero tiene que cumplir una serie de trámites y
hay una serie de garantías en favor de los terceros, cosa que
no está en el proyecto. Es una opción de política legislativa
de la que podrá discrepar S.S., pero es un mecanismo muy
equilibrado donde ya no sólo tiene que ver la emisión de
obligaciones, sino que también hay otros correlatos a lo largo
del proyecto de ley.

Señor Presidente, no quiero frivolizar ni quisiera que se
frivolizara la afirmación de que nuestro Grupo está dispuesto
a aceptar y proponer las modificaciones que conducentes a una
mejor adecua las leyes a la realidad social. Pero yo no parto
del carácter divino de la obra humana. Creo que podemos
cometer errores y estamos dispuestos a rectificarlos cuando
sea preciso. Pero, señor Presidente, señoras y señores
Diputados, con la misma convicción y con la misma seguridad,
con que defendemos el proyecto, lo puede hacer el señor
Fernández de Trocóniz, sin que por ello podamos atribuirnos
cualquiera de los dos el ejercicio de la verdad absoluta.

Termino, señor Presidente, lamentando que mi intervención haya
despertado la réplica del señor Fernández de Trocóniz
solamente.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Pelayo.

Vamos a proceder a las votaciones. (Pausa.)
Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular,
números 222, 229, 237, 240, 297, 387, 405, 407, 441, 442, 450,
451, 453 y 454.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 130; en contra, 155; abstenciones, 18.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 123; en contra, 164; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, números 1, 15, 16, 21 y 31.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 24; en contra, 157; abstenciones, 122.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda número 38, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya. Comienza la votación. (Pausa.)



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 302; a favor, 141; en contra, 160; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Restantes enmiendas del Grupo de Izquierda Unida, excepto las
números 13 y 25, que han sido objeto de proposición de
enmiendas transaccionales y que entiendo retiradas a efectos
de la votación de las transaccionales. Comienza la votación.

(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 15; en contra, 162; abstenciones, 126.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda número 41, del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 130; en contra, 142; abstenciones, 31.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Restantes enmiedas del Grupo Vasco (PNV), excepto la número
46, objeto de transacción, que entiendo retirada a efectos de
la tramitación de la transaccional.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 10; en contra, 143; abstenciones, 150.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria. Enmienda número 39.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 132; en contra, 156; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Restantes enmiendas del Grupo de Coalición Canaria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 10; en contra, 143; abstenciones, 150.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Mixto, señor Mur, excepto la número 81,
que es objeto de transacción.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, nueve; en contra, 143; abstenciones,
151.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

La enmienda 144, del Grupo Catalán (Convergència i Unió),
¿está retirada? (Denegaciones.) Y la enmienda 152 es objeto de
transacción. El señor Casas tiene la palabra.




El señor CASAS I BEDOS: Señor Presidente, se retira la 152,
que va a ser objeto de transacción, y la 144 va a votación.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo.

Vamos a proceder a la votación de la enmienda 144.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 155; en contra, uno; abstenciones,
148.




El señor PRESIDENTE: Queda aceptada la enmienda.

Enmiendas del Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 156; en contra, 131; abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Socialista
en relación con la número 81, del señor Mur; con la número 46,
del Grupo Vasco (PNV), y 13, del Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya y con la número 25, del Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya y la 152, del Grupo
Catalán (Convergència i Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 300; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas
transaccionales. Se ha presentado una corrección de errores
apreciados en el texto, cuyo contenido es el siguiente, a
efectos



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de constancia de su alcance y para la posterior votación: La
adición de un nuevo apartado, el 3, en el artículo 16, es
errónea y debe ir en el artículo 17 como punto 3. La
referencia que se hace en el artículo 72, número 2, al
apartado primero, debe ser al apartado 1. En el mismo
precepto, en el apartado 1, se debe añadir el artículo «la» a
las expresiones «Sociedad de responsabilidad limitada» y
«Sociedad Anónima». Se debe suprimir la conjunción «y» en el
número 1 del artículo 89, antes de «en Sociedad Anónima». En
el artículo 94, en su título, en coherencia con las enmiendas
aceptadas en Comisión, deberá incluirse la expresión «o
agrupaciones de interés económico» a continuación de
«Anónima», suprimiendo la conjunción «o» que figura en el
título y la conjunción «y» que figura en el número 1 antes de
«anónimas». En el artículo 106 sustitución de la expresión
«apartado primero o apartado 1». En el artículo 121 supresión
de la expresión «de los acreedores» que figura en la segunda
línea. En el artículo 131 supresión de los números 1 y 2. En
el artículo 129 supresión del número 1. Y en la disposición
transitoria octava, apartado 2, la llamada que se hace al
«apartado segundo del» debe suprimirse.

Votación correspondiente a estas rectificaciones y
armonizaciones. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 302; en contra, uno; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las correcciones.

Votación correspondiente al dictamen de la Comisión. (La
señora Mendizábal Gorostiaga pide la palabra.)
Señora Mendizábal.




La señora MENDIZABAL GOROSTIAGA: Señor Presidente, hay un voto
particular del Grupo Socialista de mantenimiento del artículo
8.º del proyecto, que no sé si se ha votado con las enmiendas
socialistas.




El señor PRESIDENTE: Se entiende que todas las iniciativas de
discrepancia con el texto, enmiendas o votos particulares, se
han sometido a votación en su momento.

Votación correspondiente al dictamen de la Comisión.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 304.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la
Comisión. --PROYECTO DE LEY DE ORDENACION DEL SISTEMA
ELECTRICO NACIONAL (Número de expediente 121/000053)



El señor PRESIDENTE: Dictamen del proyecto de ley de
ordenación del sistema eléctrico nacional.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Tiene la palabra el señor García Fonseca. (El señor
Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Por favor, señorías,
ocupen sus escaños. (Pausa.)
Silencio, señorías.

Cuando quisiera, señor García Fonseca.




El señor GARCIA FONSECA: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, desepués de un no demasiado largo
proceso de debate en comisión, sobre una ley, como la que nos
ocupa, de ordenación del sector eléctrico, quiero consumir un
turno para explicar, una vez más, la posición de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.

La primera cosa que mi grupo quisiera poner de manifiesto,
señoras y señores Diputados, es la importancia extraordinaria
de la ley que finalmente hoy vamos a debatir y a votar. Se
trata, nada más y nada menos, que de una ley que pretende
ordenar el sector eléctrico de nuestro país. Con algunos datos
ustedes van a tener plasmada, incluso pasmada, la importancia
del sector. Fíjense que es un sector que maneja una cifra de
negocio de 1,8 billones de pesentas (billones con be), que
tiene una deuda --y de ahí lo de pasmado-- de 4 billones de
pesetas, de los cuales, 1,3 billones son en moneda extranjera.

Además, el sector eléctrico es uno de los principales
demandantes de capital en la economía de cualquier país y
concretamente en el nuestro. En base a todo esto, y a que es
un sector que hoy en día presta bienes esenciales,
absolutamente insustituibles, imprescindibles en cualquier
sociedad moderna, tiene, lógicamente, la consideración de
servicio público.

Pues bien, señoras y señores Diputados, la primera cosa que mi
grupo críticamente quiere poner de manifiesto, es que una ley
que afecta a un sector y a un problema de esta envergadura ha
pasado casi de hurtadillas ante esta Cámara y ante la opinión
pública. Realmente es una lástima que entre tantos debates de
corrupción, presupuestarios o de cualquier otro tipo, una ley
de esta magnitud apenas haya pasado con suficiente
apercibimiento en la Cámara y en la opinión pública.

La primera cuestión que nuestro grupo planteó desde el
principio, cuando comenzó el proceso de tramitación de esta
ley, fue que dada su importancia era absolutamente necesario
abrir un amplio debate social, no sólo en esta Cámara, en el
que la ciudadanía en general



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y las asociaciones de todo tipo (de usuarios, ecologistas,
sindicales, etcétera) pudieran participar en la elaboración de
una ley que va a afectar directamente a los bolsillos de todos
los españoles, y ya verán ustedes en qué medida. Sin embargo,
repito, esta ley ha pasado aprisa y corriendo, casi
atropelladamente, podríamos decir, y hoy estamos ya
desgraciadamente en la recta final sin que, a mi entender, ni
esta Cámara ni la sociedad en su conjunto hayan podido
estudiar y debatir con calma, sosiego y el rigor necesario una
ley de esta envergadura. Antes de continuar con la distancias
profundas de mi grupo con relación a esta ley y al informe de
la Ponencia, en honor de la verdad quiero señalar algunos
aspectos positivos. Esta ley, efectivamente, por una parte,
ordena, y esperemos que de manera relativamente estable, un
sector que estaba sujeto a una legislación absolutamente
dispersa de diferentes rangos y que era una pequeña selva
legislativa. Creo que es positivo que eso se ordene de alguna
manera. En segundo lugar, en la ley hay otro aspecto de
relevancia que nosotros consideramos positivo y es que,
efectivamente, haya una separación de las actividades que se
conjugan en el sector eléctrico; que se separe, por una parte,
la generación, la explotación unificada, los transportes, la
distribución, la comercialización, etcétera para que permita,
realmente, con algunos otros mecanismos, estimular la
competencia y, sobre todo, aumentar algo la transparencia y la
claridad en un sector tan enormemente opaco como éste. También
tengo que reconocer, y lo hago incluso con gusto, que el grupo
mayoritario y otros grupos en algunos casos concretos, han
visto con talante positivo enmiendas de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, todas ellas tendentes a incluir, de
alguna manera, dentro de la ley el enfoque de la demanda sobre
el de la oferta, dicho en términos mucho más asequibles para
el público en general, incluir en esta ley los temas
medioambientales, los de ahorro energético, los temas de
eficiencia energética, que hoy son puntos cruciales sin los
cuales no se puede entender, no se puede defender ningún tipo
de modelo económico. La ley no lo hace en la medida que
nuestro grupo considera necesario, ni mucho menos; sin
embargo, el informe de la Ponencia tiene avances en relación
al primer proyecto presentado.

Dicho esto, quiero ir rápidamente a los puntos sustanciales
que siguen separando profunda, radicalmente a mi grupo de esta
ley.

El primero de ellos es, precisamente, el relativo a los temas
y a los costes medioambientales. La ley no incluye de ninguna
manera que los costes medioambientales sean evaluados de
alguna forma y, por tanto, incluidos en tarifa o incluidos en
los costes eléctricos. Nuestro grupo es consciente de que la
evaluación de los costes medioambientales es compleja, pero
tiene meridianamente claro que no evaluarlos es una auténtica
barbaridad. ¿Cómo no se deben evaluar los costes
medioambientales si en análisis, en estudios hechos en
diversos países, cogiendo incluso las metodologías más
débiles, las más favorables, las menos gravosas para los
costos medioambientales, esto en nuestro país, sin contar las
empresas nucleares, que es harina de otro costal, harina mucho
peor, supondría más de medio billón de pesetas frente a un
volumen de facturación de un billón ochocientas mil? ¿Cómo no
evaluar, de alguna manera, estos costes? Mi grupo presentaba
una fórmula muy precisa, muy aceptable, nada nueva a nivel de
otros países que realmente se toman este tema en serio, y, sin
embargo, no ha sido incluida en el informe de la Ponencia. Por
tanto, los costes medioambientales parece ser que los dejamos
para las generaciones que vengan detrás. Eso, como es de la
naturaleza, como es a largo plazo, como es el futuro, eso para
el mercado no cuenta y parece ser que tampoco para la
sensibilidad de la mayoría de grupos de esta Cámara.

Por último, y como razón fundamental, mi grupo quiere
referirse a uno de los temas que, solamente por él, nosotros
rechazaríamos frontalmente esta ley. Este tema, aunque
aparezca en una disposición transitoria, es, sin embargo, el
núcleo de la ley, e incluso se puede demostrar simplemente con
aspectos formales. La ley, en su inmensa mayoría, se mueve a
niveles absolutamente generales. Pero paren ustedes: cuando
llegan a la transitoria décima, que es para regular la
moratoria nuclear, ahí la ley entra en detalles que ni
siquiera un reglamento se atrevería a precisar. Indica que
esta ley, con toda su envoltura, tiene un núcleo, y el núcleo
es precisamente éste: zanjar de una vez (y ya verán ustedes de
qué manera) el tema de la moratoria nuclear, el tema de las
centrales nucleares en moratoria.

Sobre ese particular, mi grupo quiere decir lo siguiente. En
primer lugar, cuando esa moratoria se decidió, en 1984, no se
hizo por razones ecologistas de ningún tipo; se hizo, pura y
simplemente, porque era una auténtica barbaridad, desde
cualquier perspectiva económica, poner en funcionamiento cinco
nuevos grupos nucleares, o lo que fueran (aunque no fueran
nucleares), con 5.000 megavatios más a añadir a la capacidad
instalada, cuando resulta que nuestro país tenía una
sobrecapacidad instalada, como lo demuestra el dato palmario
de que en 1992 la punta máxima de demanda, que se dio ese año,
fue de 26.000 megavatios, cuando la capacidad instalada en el
país, en ese momento, era de más de 40.000 megavatios, y
teníamos paradas centrales de fuel-oil con 5.000 megavatios de
capacidad, y teníamos paradas centrales térmicas de carbón con
1.000 megavatios de capacidad. Sin embargo, señoras y señores
diputados (y cualquiera que no esté en el ajo del problema se
dirá: ¿pero cómo es posible esa barbaridad?), se pretendía,
por parte de los grupos de centroy derecha de esta Cámara, que
esas centrales nucleares



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cuya moratoria se decidió, entrarán en funcionamiento. Y qué
pasa, ¿que las eléctricas son imbéciles, que todavía quieren
añadir más capacidad, cuando les sobra en relación a la
demanda? Miren ustedes, las eléctricas o, mejor dicho los
grandes bancos que están detrás, juegan a todos los caballos.

Las eléctricas es el caballo en el que los grandes bancos
tienen un porcentaje de acciones minoritario, caballo negro
sobre el que cargan las pérdidas; y las grandes compañías de
construcción, y los propios bancos en los enormes créditos a
intereses muy sustanciosos que tienen que prestar a esas obras
faraónicas, son el caballo blanco. Que pierdan en el caballo
negro no les importa, porque ganan mucho más en el caballo
blanco. Pero, además, es que en el caballo negro tampoco
pierden, porque, ¿saben ustedes a quién se lo pasan? A los
usuarios. Se lo voy a demostrar con cifras palmarias, con
cifras elementales.

¿Saben el valor de los activos de esas centrales en moratoria,
cuánto costaban en 1984? Cuatrocientos cincuenta mil millones
de pesetas, evaluaciones oficiales. Por no haberlas cerrado
entonces, o no haber liquidado entonces ese problema, ¿saben
cuánto valen ahora esos activos en moratoria? Cálculos
oficiales: 730.000 millones de pesetas; y ya saben quiénes
vamos a pagar esos 730.000 millones de pesetas. Pero, fíjense
ustedes, es una cosa curiosísima: el Grupo Popular está
encantado con esto; el Grupo Catalán (Convergència i Unió) y
el Grupo Vasco (PNV), encantadísimos y el PSOE, ya lo dirán.

Pero, ¿dónde queda su filosofía del Estado, la Deuda pública,
el gasto público, el déficit público, etcétera? O, ¿es que
para las empresas eléctricas, el mercado no rige en absoluto?
Toman una decisión estos señores, una decisión bajo presión
permanente, que hacen para que haya grandes inversiones,...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor García Fonseca,
vaya concluyendo, por favor.




El señor GARCIA FONSECA: Voy concluyendo, señor Presidente.

Toman una decisión errónea --entre comillas--, muy lista para,
realmente, saquear los bolsillos de los españoles.

Señorías, ayer aquí se hablaba de palominos y de buitres,
etcétera. Eso es caza menor (Risas.); esos son polluelos o
crías de gorrión. La caza mayor está aquí. Esto es rinoceronte
blanco y ustedes hacen un safari contra una especie a proteger
y contra una especie en extinción como es la Deuda pública;
éste es el tema o éste es uno de los temas.

Por esta moratoria nuclear, vamos a pagar los españoles --
digo-- 730.000 millones en 25 años más sus intereses y,
además, fíjense ustedes, hemos pagado ya inútilmente 555.000
millones. ¿Por qué inútilmente? Porque, hasta ahora, desde que
se comenzó la moratoria, en 1984, resulta que hemos venido
pagando los intereses de la deuda. Pero, señores, ¿por qué no
compraron entonces ustedes los activos y se hubieran ahorrado
este digamos, «alquiler» --entre comillas-- de 555.000
millones de pesetas? Este escándalo es de una dimensión tan
enorme que nos pasa como con las cifras de las estrellas: son
tan grandes que desbordan nuestra sensibilidad.

Nuestro grupo, Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, en
este tema ya advirtió hace cuatro años, en una proposición no
de ley, que era mucho más barato comprar los activos --no era
nuestra posición, pero hacer algo, comprarlos-- que no pagar
sus intereses; hubiéramos ahorrado, de haberlo hecho sobre
todo en 1984, repito, 555.000 millones de pesetas. Esto ha
sido un error. ¿Cabe un error de esta naturaleza o ha sido un
regalo? En cualquiera de los dos casos, convendrán conmigo que
tengo lógica suficiente para deducir que esto es un
escandalazo.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Termine, señor García
Fonseca.




El señor GARCIA FONSECA: Termino, señor Presidente, y acabo de
verdad. Mi grupo, por tanto, repito, a pesar de mejoras en la
ley que no he tenido inconveniente alguno en reconocer, sino
sumo gusto, va a votar en contra de forma rotunda del conjunto
de esta ley.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor García
Fonseca. Para defensa de las enmiendas del Grupo Popular,
tiene la palabra el señor Gámir.




El señor GAMIR CASARES: Señor Presidente, señorías, quiero
hacer una primera mención a un Ministro que no está presente.

Señor Ministro de Industria y Energía ausente, su grupo
parlamentario no le ha dejado muy bien. Recordaría usted, si
estuviera aquí, la polémica que hubo cuando se presentó la
enmienda a la totalidad sobre la transparencia de las tarifas
eléctricas. Usted entonces, de manera muy clara, dijo que su
grupo apoyaba esa transparencia. Su grupo parlamentario en
comisión ha votado en contra de la transparencia, ha votado en
contra de sus afirmaciones aquí realizadas. Volveré sobre este
tema, pero quede como una pincelada de entrada para tratar del
tema básico: la postura de nuestras enmiendas ante esta ley.

Presentamos una enmienda a la totalidad, y las enmiendas a la
totalidad casi se aprobaron. Hemos presentado 112 enmiendas al
articulado, y de ellas, «extrañamente» --entre comillas--, en
el trámite de Comisión



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se han aprobado una y alguna transaccional. Se ha aprobado que
en las tarifas, en la factura de la luz, se incluyan los
impuestos y algo relacionado con las asociaciones de
consumidores.

La verdad es que hacemos una llamada a esta Cámara para que
aproveche este trámite, algo más que trámite, este momento
procesal --y sin duda en su momento en el Senado--, para
mejorar claramente esta ley, porque esta ley es muy mejorable.

Hemos hecho un esfuerzo de mejora de la ley, y solicitamos que
hoy --y, si no, en el trámite del Senado, pero incluso hoy--
se aprueben las enmiendas que mejoran claramente el texto
legal al respecto. Por razones de tiempo no puedo, como es
lógico, tocar las 112 enmiendas. Voy a tratar solamente las
más importantes y por grandes grupos. En el proyecto de ley,
en el texto que ha salido de la Comisión de Industria y
Energía, hay una Comisión del sistema eléctrico que tiene una
gran fuerza. Pues bien, esa comisión debería reunir tres
características: ser competente técnicamente, ser
independiente y tener poder. No reúne ninguna de estas tres
características. No es competente técnicamente, porque tiene
esa situación tan curiosa, casi tan rabelesiana, en el sentido
de la ironía de lo grotesco que tanto le gustaba a Rabelais,
de que el presidente no es competente técnica ni
profesionalmente en esa comisión y, además de ello, no existe
ningún órgano que vigile que los miembros de la comisión
tengan esa competencia. Por eso nosotros proponemos algo que
es muy simple, y creo debe ser aceptado por este Pleno, que
todos los miembros de la comisión sean competentes técnica y
profesionalmente, e introducir algo que es novedoso en nuestro
sistema de nombramientos, y es que la Comisión de Industria y
Energía deje que esa frase sobre la competencia técnica y
profesional no sea un puro adorno literario, sino que vea si
se cumplen esos requisitos, que los pueda analizar esa
comisión.

Independencia. Se incrementaría la independencia si esta
Cámara votara o ratificara esa comisión. ¿Es que esta Cámara
no quiere tener la competencia de poder votar a los miembros
de esta comisión? Se incrementaría la competencia si las
razones de su cese fueran regladas y no quedaran al arbitrio
de cese del señor Ministro, aunque éste tenga que ser
razonado.

Competencia, independencia y poder. Esta comisión, aunque ahí
sí es cierto que en el trámite de comisión se le han
incrementado algunas facultades, no tiene poder real. Nosotros
tenemos una serie de enmiendas de incremento del poder de esta
comisión que creo le darían esos tres rasgos de competencia,
independencia y poder.

Paso con ello a la Red Eléctrica de España. La filosofía de la
Red Eléctrica de España no es la adecuada. Se insiste en que
la Red Eléctrica de España sea pública, se ha pasado de que
sea estatal a que sea pública, lo cual es lo mismo, porque las
comunidades autónomas forman parte del Estado. Eso no es
adecuado, porque con el sistema de una comisión que, tal como
está la ley, es dependiente, en una Red Eléctrica de España
que tiene que ser pública, es muy difícil que ese sistema --el
sistema en sí, no las personas-- no acabe discriminando a
favor de Endesa cuando hay que repartir actividad entre Endesa
y otras empresas, cuando Endesa es el sostén básico de Teneo y
cuando en Teneo, por errores de gestión admitidos en la
Comisión por el ministerio, nos encontramos con que, por
ejemplo, hay empresas con déficit tan importantes que luego
hay que rellenar con Endesa. El sistema no es adecuado, hay
que cambiarlo, y parte de ello es la independencia de la
comisión y el carácter no necesariamente público de Red
Eléctrica de España que, por otra parte, también debe tener
como objeto social único dedicarse a esa actividad, que a
través de filiales no pueda introducirse en toda otra serie de
negocios, aunque, eso sí, pueda alquilar su red. Creemos que
muchas de estas ideas, en este trámiete o en el trámite del
Senado, deben ser aceptadas para que haya mucha más limpieza
en nuestro sistema eléctrico nacional.

Comisión, Red Eléctrica de España y planificación. El sistema
de planificación que se propone en el proyecto de ley es muy
confuso. Aclarémoslo, primero si hace falta planificar o no.

Si hace falta planificar, introduzcamos que aquellos a quienes
afecta la ley, sea desde el lado de la producción o del
consumo, puedan presentar iniciativas al respecto. Aclaremos
qué tipo de planificación se quiere realizar. Nosotros
proponemos que sea la del artículo 198 del Reglamento de la
Cámara. Hablemos de estimación y no de determinación de la
capacidad en relación con la planificación.

Transparencia. Vuelvo a ese tema, con el que he iniciado, con
una breve pincelada, este debate, porque, cuando hablamos
largamente sobre este punto en el debate de totalidad, el
señor Ministro de Industria, después de hablar mucho de lo que
era la transparencia, quiso introducir precisamente dentro de
las facturas, de lo que se cobra en cada casa o en cada
empresa, las llamadas externalidades, los costes de la
moratoria, las ayudas al carbón, etcétera. Dijo el señor
Ministro --es literal y está en el «Diario de Sesiones»--: Yo
estoy convencido de que mi Grupo defenderá tanto o más que
usted o su Grupo la transparencia en el sector eléctrico. Y
añadía: Creo que es bueno que los ciudadanos sepan con
claridad los costes que están implícitos en la tarifa del
sector eléctrico. No se refería a los impuestos, como es
lógico a la enmienda 201, se refería, como se ve muy bien en
el texto del debate, a las externalidades relacionadas con la
moratoria, con la ayuda al carbón, etcétera. Creo que el Grupo
Parlamentario Socialista debe votar la enmienda 205, a no ser
que quiera votar contra la transparencia, a no ser que quiera
votar contra la palabra



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del Ministro expresada en este Pleno, a no ser que quiera
plantear tal grado de contradicción entre lo que aquí declara
el Ministro y lo que luego vota el Grupo Parlamentario que le
sostiene.

Hemos hablado hasta ahora de la comisión, de red eléctrica, de
planificación, de transparencia. Por razones de tiempo, voy a
tratar el tema del sistema independiente.

En cuanto al sistema independiente se refiere, nos parece que
su introducción podría ser un avance, una especie de
ventanilla abierta a un poco más de competencia. Recordemos
aquellas ventanas abiertas de la antigua publicidad del
Partido Socialista. Esto no es, ni siquiera, una gran ventana;
es una pequeña ventanilla, pero, tal como está regulado en la
ley, se pone tal cantidad de cortapisas, tal cantidad de
elementos en contra que no va a funcionar. Esta no es una
opinión nuestra, sino la opinión que ha emitido Bruselas sobre
nuestro sistema independiente, que considera que, tal como
está regulado, no va a funcionar, no va a entrar prácticamente
en marcha.

Si quieren un sistema independiente, háganlo, pero háganlo,
por ejemplo, en la forma que proponemos: que sea un sistema
regulado, no discrecional, y que los que cumplen esta
regulación puedan entrar en el sistema independiente. Es
curioso lo que les pasa a ustedes, el Gobierno y al Grupo
Parlamentario Socialista que apoya este texto, con el sistema
independiente, porque hay algo freudiano aquí. Hay partes de
la ley en que se olvidan ustedes del sistema independiente.

Por ejemplo, en el artículo 3.1.b), al tratar de las
competencias de la Administración, se habla de establecer
mediante tarifa el precio de prestación del servicio en
cualquiera de sus modalidades. Es decir, ¿también en el
sistema independiente es con tarifa? En otros artículos dicen
claramente que no, pero freudianamente, como se olvidan tanto
del sistema independiente, ni siquiera se acuerdan que existe.

Dicho sea de paso, por lo menos acepten la enmienda al
artículo 3.1.b), porque, de lo contrario, se hace totalmente
contradictoria la ley. Con ello no quiere decir que,
aceptándolo, el sistema integrado va a funcionar, pero la
contradicción formal se habrá superado, aunque el sistema
integrado, tal como está regulado, no va a funcionar. Cambien
ustedes el sistema de importación y exportación. Como saben
ustedes, Bruselas tiene un expediente de infracción por
nuestro sistema de importación y exportación que lo van a
mantener con esta ley; sistema que quedaría solucionado con
nuestras enmiendas, pero que, además de quedar solucionado con
nuestras enmiendas éstas abren otra pequeña ventana, haciendo
un sistema más competitivo. En Europa hay un sistema de mayor
liberalización, la evolución es lenta y prudente, pero hay un
mayor sistema de competencia y de mercado en el sistema
eléctrico. No sean tan inmovilistas. Planteen la situación
actual real con los pies sobre el suelo, sí, pero abran
pequeñas ventanas a la evolución de hacia dónde vamos en el
sistema, por lo menos en el sistema independiente, en el
régimen de importaciones y exportaciones, etcétera.

En el sistema, por ejemplo, de inversiones ustedes, en la
práctica, tal como está redactado, dejan de forma discrecional
que pueda haber concurso o no al respecto. Hagan obligatorio
el concurso y permitan que sean las empresas las que puedan
proponer esas inversiones, aunque luego el sistema sea por
concurso. El trámite de este proyecto por Comisión ha mejorado
algunos puntos aislados como alguna de las competencias de la
comisión del sistema eléctrico, pero ha empeorado otros, al
aceptarse alguna de las enmiendas del Partido Socialista, una
de las cuales es realmente curiosa, porque en su justificación
de motivos viene a decir que es la Administración la que fija
incluso los tipos de interés de las emisiones de las
eléctricas. Esperemos que aquí mismo o en el trámite del
Senado sea modificado el contenido de esa enmienda y las
razones que la sustentan.

Acabo, señor Presidente, diciendo que el Grupo parlamentario
Socialista, el Gobierno socialista, hoy ausente, tiene dos
vías: una, la vía partidista y, otra, la vía de un cierto
sentido del Estado. Si quiere transmitir a la sociedad una
imagen de perdurabilidad de esta ley, si quiere transmitir a
la sociedad una imagen de que esto va a ser estable, gobierne
el Partido Socialista o gobierne otro partido, que en unas
elecciones puede ganar el Partido Popular, coaligado o no con
terceros partidos, si se quiere transmitir esa imagen, que
además dará seguridad a todos los agentes económicos, hagan
una ley en la que busquen el máximo acuerdo con el Partido
Popular. Nosotros hemos tendido la mano hacia ese sentido de
Estado y hasta hora nos hemos encontrado con todo lo
contrario: con un enfoque partidista pactado con otro grupo
parlamentario, lo cual rompe por completo el enfoque de esa
ley con ese sentido del Estado, con ese sentido de que
queremos asegurar su perdurabilidad a la sociedad.

Esperamos que, bien en el trámite de hoy o bien en el del
Sesnado, se cambien de manera sustancial muchas partes de esta
ley y se haga un acercamiento auténtico entre las posturas de
los distintos grupos como es lógico. Si no es así, si no hay
ese elemento de auténtico acercamiento, esa mano tendida para
mejorar esta ley, tendremos que volver a anunciar que, cuando
la sociedad española considere adecuado que el Partido Popular
pase a gobernar el país, el Partido Popular cambiará de manera
importante esta ley.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gámir.

Para la defensa de las enmiendas firmadas conjuntamente por el
Grupo Vasco (PNV) y por el señor Albistur, tiene la palabra el
señor Albistur.




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El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente.

Como saben SS.SS., nuestro grupo presentó una enmienda a la
totalidad cuyas ideas fuerza de aquel posicionamiento previo
al debate de la ley en Pleno y en Comisión consistían en una
revisión total con un intento de texto alternativo de la ley
que se nos presentaba. Al hacer la presentación en la defensa
de nuestras enmiendas, las que hemos mantenido para este acto,
vamos a llamarlo así, sí tengo que lamentar, como ha hecho el
Diputado que me ha precedido en el uso de la palabra, la
ausencia del señor Ministro, quien, como ha denunciado
anteriormente también un compañero del Grupo de Izquierda
Unida, parece ser que no quiere dar relevancia al paso de esta
ley por el Parlamento o no quiere reconocer la importancia,
que tampoco ha sido recogida en los medios de comunicación,
del acto que procedemos a iniciar y que terminará dentro de un
mes, posiblemente, en el Senado.

Sí me preocupa porque quisiera reiterar ideas que ya
propusimos en la enmienda a la totalidad, y que consideramos
que no han sido recogidas en el debate en ponencia. Esperemos
que lo sean, porque sí he visto una actitud positiva en la
representación del Partido del Gobierno en el debate en la
ponencia, aunque la actitud del Ministerio deja una cierta
preocupación en el aire. Primero destacábamos la necesidad de
una garantía de seguridad jurídica insertada en la propia ley,
erradicando del texto legal las remisiones a procedimientos
reglamentarios para su desarrollo y, lo que es más grave, para
determinar las condiciones del texto legal básico, tema que
todavía queda pendiente. También destacábamos la necesidad de
regular la planificación del sector y del sistema eléctrico,
precisando a qué organos corresponde su realización e
incluyendo debidamente la presencia en esta planificación de
las comunidades autónomas con competencias en materia
energética. En tercer lugar, establecer criterios para la
determinación de la tarifa en la misma ley, sin nuevas
remisiones a regulaciones por la Administración, para
determinar los aspectos fundamentales de dicha tarifa, tema
que ha quedado solucionado en muy pequeña parte.

En cuarto lugar, oportunidad del presente proyecto de Ley para
propiciar mediante la ordenación del sector una minimización
de los costes energéticos, objetivo fundamental de la
ordenación del sector eléctrico. En quinto lugar, apostábamos
firmemente por un sistema independiente escasamente regulado y
yo diría que, entre comillas, «intencionadamente» según ha
manifestado el MINER, también escasamente regulado.

El proyecto de Ley, sin embargo, no duda en consolidar el
sistema integrado, de explotación unificada, además,
centralizado, planificado y explotado, como si se tratara de
una única empresa siguiendo muy de cerca el modelo francés.

Finalmente, nuestra preocupación se manifestaba en que el
proyecto de ley rompía el principio de cooperación entre
administraciones al obviar la consideración de las comunidades
autónomas como instancias territoriales representantes de
intereses generales. Las comunidades autónomas aparecían como
marginadas en las organizaciones específicas creadas en este
proyecto de ley: Comisión Nacional del Sector Eléctrico,
Sociedad gestora de explotación unificada, así como las
empresas públicas de transporte, distribución y producción del
sector. Se presentaron un total de 47 enmiendas por parte de
nuestro grupo y se han aceptado o transaccionado 17, y yo por
ello tengo que manifestar mi satisfacción y el hecho positivo
que esto significa. Sin embargo, no consideramos que es
suficiente, y esto no quiere ser una pedantería ni una
presunción. Nosotros consideramos que ha habido demasiada
premura en la negociación, que ha existido un plazo muy corto
para el debate de esta ley, después de cinco años de vueltas y
revueltas que la ley ha experimentado por diferentes
gabinetes; que hubiera precisado una más serena reflexión por
parte de los grupos políticos y que me temo mucho que el
debate incluso en el Senado vaya a seguir la misma premura y
la misma velocidad.

¿Qué consecuencias tienen sobre la Ley estas transacciones?
Primero, el reconocimiento explícito de la competencia de las
comunidades autónomas a las que se les reconoce participación
en la planificación eléctrica; se abre, además, una tímida
puerta a la participación de las comunidades autónomas en el
servicio público de titularidad estatal, tema que nos parece
interesante; se reconocen fórmulas más respetuosas con las
competencias de las comunidades autónomas en materia de
producción, distribución y transporte, y se hace posible
realizar la inspección de las condiciones técnicas y
económicas de las empresas titulares de las instalaciones, no
creando una nueva estructura territorial con la Comisión
Nacional del Sector Eléctrico, sino utilizando los servicios
de las comunidades autónomas, evitando de esta manera
duplicidades y asegurando que las autoridades autonómicas
tienen que garantizar la seguridad de personas y bienes en su
propio territorio. Pero, sobre todo, se ha conseguido
introducir en la ley una diferenciación laminando competencias
--vamos a llamarlo así-- de funciones entre Estado y
Comunidades Autónomas, estableciendo una relación informativa,
pero no vinculante, aunque la declaración del carácter básico
puede enturbiar esta clarificación de competencias, que, a mi
modo de entender, es positiva, y se ha mejorado respecto al
proyecto la capacidad ejecutiva de la Comisión Nacional del
Sector Eléctrico y una cierta independencia de esta Comisión
respecto a la Administración, pero que sigue siendo la
directora efectiva del sector.

Se inicia un proceso todavía insuficiente también de
reconocimiento del sector público como el conjunto de



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administraciones, pudiendo por esta línea abrirse una vía para
modificar la composición de la representación pública en las
empresas públicas, tema éste que queda por confirmar. Y,
además, diría que existe una denominación más correcta y
concreta del término «moratoria nuclear» y, dentro del importe
pendiente de las compensaciones que se contemplan en la
disposición adicional octava, por el desmantelamiento y cierre
de instalaciones, se han incluido también los costes de los
programas de mantenimiento de las instalaciones que se
preveían iban a ser nucleares.

Mantenemos, pues, un buen número de enmiendas por coherencia
con la postura manifestada en nuestra enmienda a la totalidad,
aunque ahora anuncio que vamos a retirar la enmienda número 6,
por transacción con el Partido Socialista, y retiraremos la
enmienda número 13 y la enmienda número 15 a los artículos
12.3 y 12.4.

Pero, desde el punto de vista autonómico, en primer lugar, la
LOSEN representa, una vez más, la falta de imaginación en la
configuración completa de un sector económico tan básico como
el eléctrico. Lamentablemente comprobamos que esta falta de
imaginación tiene su sustrato en la dificultad de asumir que
el elemento autonómico es consustancial a la configuración del
sistema constitucional de distribución de competencias. Ante
una diversidad de alternativas posibles, deberían ser
descartadas aquellas que no incorporen, incluso profundicen en
la adecuada integración del elemento autonómico que, por
definición, es indisponible. Sin embargo, el silogismo parece
haberse construido simplificando de la forma siguiente: el
modelo autonómico casa mal con un sistema integrado,
necesitamos un sistema integrado, luego modulemos el modelo
autonómico. No sería exacto aseverar que esta modulación se
produce por efecto de la LOSEN, sino que es consecuencia de un
proceso de consolidación del modelo de sistema electrico en
su actual configuración y que encuentra su paralelismo con la
pérdida de facultades que, en su condición de propietarios,
han sufrido también las empresas eléctricas; proceso
caracterizado por una progresiva intervención pública en este
sector económico, con la cual ya he manifestado que no estamos
de acuerdo, con una intervención que se ha residenciado en el
ámbito de la Administración central, como si ésta fuera la
única garante del sistema, cuando, en realidad, la garantía
del servicio público no solamente corresponde a la
Administración del Estado, sino también a las comunidades
autónomas que también son titulares del servicio público y,
por tanto, garantes de su adecuado suministro, al igual que
ocurre en relación con otros servicios públicos como el gas.

La LOSEN no hace sino consolidar el modelo anterior. La
discusión y negociación de las enmiendas que hemos presentado
al texto así lo han puesto de manifiesto. Es cierto que hemos
conseguido transaccionar en algunos apartados del texto
original que resultaban a todas luces groseros con el sistema
autonómico: la ausencia de participación en la planificación,
como ya he citado, los informes preceptivos y vinculantes, la
creación de la comisión consultiva, etcétera, pero no estamos
satisfechos, como también lo he dicho. El texto sigue poniendo
de manifiesto la ausencia de voluntad de integración del
elemento autonómico como representativo de intereses generales
y hemos intentado propiciar la participación como expresión
del principio cooperativo, partiendo de la necesidad de un
sistema integrado, que parece ser más bien un juego de
palabras, pero no por una única voluntad pública, sino por una
pluralidad de voluntades públicas. Por eso mantenemos
enmiendas a los artículos 2, 6, 30, 47, disposición
transitoria quinta, disposición final primera y disposición
adicional novena. También nuestras enmiendas iban dirigidas,
como he dicho en el preámbulo, a potenciar el sistema
independiente.

Por eso mantenemos la enmienda a los artículos 11 y 14.3, en
coherencia con nuestra propuesta de artículo 11, porque
pretendemos definir el concepto que aparece en el texto legal
como una incorporación de última hora y casi en disonancia con
el modelo integrado, que constituye el espíritu real del marco
legal propuesto, como ya he dicho. Además, mantener el mismo
reparto competencial, basado en la confianza de que la
Administración autonómica participe, además, en la
planificación como parte integrante del Estado español, tendrá
en cuenta aquellos criterios conjuntamente asumidos y la
incidencia que sus actuaciones puedan tener sobre el sistema
integrado. Estado y Administración somos todos. En tercer
lugar, la convicción de que el sistema independiente debe
tener realmente una implantación controlada, pero inevitable,
tanto por la influencia europea como por ser la mejor forma de
conseguir una incentivación de las empresas eléctricas para
evitar los defectos que la estandarización de costes del marco
legal estable, incrementos de costes y no del valor de lo que
ofrecen, y una libertad efectiva de los usuarios que puedan
aceptar los riesgos de un fallo del suministro a cambio de
mejores precios o aceptar el incremento de éstos en razón de
la garantía del suministro. Ambos elementos están contemplados
en nuestra propuesta.

También mantendremos las enmiendas que se refieren a la
cogeneración y autogeneración. La cogeneración es y debe ser
siempre incentivable en cuanto al ahorro energético, la mejora
medioambiental y la ventaja competitiva que representa. Por
otra parte, hoy existe en nuestro entorno un número importante
de proyectos de cogeneración, con elevadas inversiones en
curso, cuya aplicación definitiva tardará varios años y que
requiere que se contemplen en esta ley, se le dé una seguridad
jurídica y, además, se contemplen las garantías



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por mantener las condiciones en que fueron realizadas y
autorizadas. Queremos romper una lanza por las iniciativas
existentes en autogeneración y cogeneración, procedan de
inversores privados, de comunidades autónomas o de iniciativas
mixtas, que con tanto prejuicio, a nuestro modo de entender,
son vistas desde el Ministerio.

Por premura de tiempo, iré terminando. En la disposición
adicional octava mantendremos también un conjunto de enmiendas
referidas a las desinversiones previstas de las centrales en
moratoria. Consideramos que los informes e intervención de
alguna manera de las comunidades autónomas en todas estas
decisiones encuentran su fundamento en el ejercicio de sus
competencias para ejecutar y desarrollar las bases del Estado
en materia de energía y en el hecho de que las desinversiones
pudieran afectar a la actividad económica de la comunidad
autónoma.

Por otra parte, se deben contemplar como preferentes aquellos
proyectos de promoción de actividades económicas que
sustituyan las instalaciones no utilizadas y que compensen las
desinversiones previstas.

Terminaré refiriéndome a la disposición final primera, en la
que se nos ha presentado un texto que no podemos aceptar.

El desarrollo reglamentario entendemos que podrá ser básico
cuando desarrolla un artículo o título que es declarado básico
por la ley. Para nosotros es un problema de inseguridad
jurídica. El que interpreta la ley no sabe qué artículos son
básicos y cuáles no lo son, según la propuesta que se nos ha
hecho. Es la primera ley en la que no se hace una declaración
precisa de artículos o títulos básicos. Si se piensa que toda
la ley es básica, convendría decirlo, pero, si no es así, se
debería llegar a una fórmula que fuera más precisa y exacta.

Se nos ha manifestado --y yo creo en las personas-- que se va
a trabajar en esta línea en el Senado y que allí esta
disposición final primera podrá tener una redacción más
precisa y más exacta. Yo me comprometo a proporcionar, a
través de nuestros representantes en el Senado, lo que
consideramos puede ser un acercamiento de posturas, pero hoy
no podemos estar de acuerdo con esta postura que se nos ha
planteado.

Finalmente, quisiera agradecer este trabajo que se ha
realizado por todos los representantes de los diferentes
grupos a uña de caballo y a una velocidad yo diría de récord
del «Guinness». Esperemos que pueda haber una verdadera
negociación y una real tramitación, lenta, sosegada y
reflexionada, en el Senado, porque así nos lo hace ver el
talante del representante del Partido Socialista y también el
espíritu de colaboración del resto de los grupos. Confiemos
que allí podamos seguir contribuyendo a mejorar
sustancialmente este proyecto.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Albistur. Para la defensa de las enmiendas del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Martín.




El señor MARTIN MENIS: Señor Presidente, señores Diputados,
cuando este proyecto llegó a esta Cámara, Coalición Canaria se
vio obligada a realizar una enmienda a la totalidad.

Justificábamos que nos habíamos visto obligados a ello porque
se planteaban prácticamente las mismas soluciones al
funcionamiento del sistema eléctrico en los territorios
peninsulares que en los insulares o extrapeninsulares. La
primera comprobación era el léxico que se empleaba a lo largo
de todo este texto, ya que sólo se empleaba la palabra
extrapeninsular, y no se refería expresamente a la
problemática insular. Esto era sólo un detalle, pero para
nosotros toda una filosofía. Para Coalición Canaria este
enfoque se volvía tan importante que el resto de los problemas
del proyecto pasaba a segundo plano. ¿Y por qué era tan
importante? Tengo que referirme aquí, aunque sea de pasada, a
que en estos momentos se están montando dos grupos de 80
megavatios, con tecnología de carbón y bajo rendimiento,
ligeramente por encima del 30 por ciento, para funcionar con
fuel y preparados «a posteriori» para consumir gas. Como
decimos en nuestra tierra, no vemos cómo se come eso. En el
año 1981, cuando se comenzaba a preparar eso, advertíamos al
Ministerio que la política de carbón no era adecuada para
Canarias, para territorios archipielágicos, con una incidencia
enorme del turismo en su territorio, como no había sido
adecuada en otros archipiélagos similares a lo largo del mundo
que habían tomado una línea diferente. Sin embargo, se siguió
con ella. En el año 1987 personalmente volví a advertir del
error que se cometía, de la necesidad de pasar a centrales de
ciclo combinado de alto rendimiento para el funcionamiento con
fuel ligero y gas de forma mixta. En el año 1990, por fin, se
admitía por el Ministerio que ese no era el camino, pero en el
año 1994, hoy en día, se siguen montando las viejas centrales
por haber tomado decisiones con políticas unificadas que no
servían para territorios archipielágicos. Hoy, en la década de
la eficiencia, ya no servirían estas centrales ni para
territorios continentales. Por eso es tan necesario que cuando
se piense en energía en islas o en archipiélagos, se cambie el
chip como en tantas otras cosas, y se piense que aunque en
términos globales el binomio producción-consumo sea en
Canarias sólo el 3 por ciento del total del Estado, para
Canarias es el cien por cien; y si en territorios peninsulares
la energía hoy es estratégica, en un archipiélago es
doblemente estratégica.

Por eso retiramos la enmienda a la totalidad cuando surgió el
compromiso por parte del Ministro y del Grupo que le apoya de
resolver las especificidades de esos territorios aislados en
su tramitación, y en una buena parte ha sido así. Se han
mejorado algunos artículos



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de la Ley de forma genérica. La Ley sigue confiando poco en la
participación activa y positiva de las autonomías, pero desde
luego es un avance positivo, y en el caso de los archipiélagos
balear y canario, sobre todo es un avance claro, que permitirá
encontrar soluciones en el futuro. Se reconoce en la
transaccional 8 que se votó en Comisión, en su segundo párrafo
que se han de regular reglamentariamente las especificidades
de producción, explotación, transporte y distribución en los
territorios insulares con las comunidades autónomas. En la
disposición adicional decimocuarta se reconoce también que se
ha de establecer la previsión anual de funcionamiento de
acuerdo con la demanda prevista, y en este caso se especifica
que con la colaboración de la Comunidad Autónoma. Y el párrafo
segundo dice: «Las funciones atribuidas a la Comisión del
Sistema Eléctrico Nacional en el artículo 7.1. séptima --y en
este caso hay un error, en el texto pone el artículo 7.1.

séptima, y es el 8.1. séptima, porque el artículo 7 se cambió
con el 8-- se desempeñarán también con la colaboración de las
comunidades autónomas».

Por tanto, planteamos aquí dos cuestiones. La primera,
simplemente técnica, cambir el 7 por el 8, y además corregir
que en el segundo párrafo se sigue manteniendo el término
«extrapeninsular», y habría que cambiarlo, como en el primer
párrafo, por el término «insular y extrapeninsular». Supongo
que son correcciones técnicas y que no habrá ningún problema.

Pero hay otra cuestión más profunda, que es sustituir en ambos
párrafos el término «colaboración» por el término
«participación». Creemos que la participación activa de la
Comunidad Autónoma con el Ministerio puede producir beneficios
para las aplicaciones de sus artículos. De ser así, de poder
aceptar eso el Grupo que apoya al Gobierno, nosotros
retiraríamos la enmienda número 2 al artículo 2.2., que dice
que: la explotación unificada en los territorios insulares
aislados correspondería a la Comunidad Autónoma, porque habría
esa participación, y retiraríamos igualmente la enmienda
número 5 al artículo 1.1.

Aunque repetimos que esta Ley no confía suficientemente en las
autonomías, de recogerse estas modificaciones consideramos que
la Ley asume en gran parte nuestra filosofía y apoyaríamos el
texto aprobado en Comisión, esperando que todavía, como han
dicho las otras fuerzas políticas, pueda mejorar en el trámite
en el Senado, pero con la seguridad de que, de cualquier
forma, la aplicación de esta ley en esa línea evitaría en el
futuro los grandes errores que se han cometido en el pasado.

Con la esperanza de que pueda ser aceptada esa pequeña
modificación, que, además, va en la línea de todo el texto,
que cuando baraja acuerdos con las comunidades habla de
participación, esperamos la contestación y la intervención del
Partido Socialista para fijar nuestra posición, que, de
aceptarse, como digo, sería de apoyo al texto que viene de la
Comisión. Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Martín.

Para la defensa de las enmiendas del Grupo Catalán de
Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Molins.




El señor MOLINS I AMAT: Muchas gracias, señor Presidente.

Nuestro Grupo Parlamentario quiere iniciar esta intervención
de fijación de posición y defensa de enmiendas al proyecto de
ley de ordenación del sistema eléctrico nacional haciendo una
valoración general sobre la tramitación que ha tenido lugar en
la Cámara, tanto en el debate y votación de la enmienda de
totalidad como, posteriormente, en ponencia y Comisión e,
incluso, en este mismo acto.

No debe extañar a SS.SS. que nuestro Grupo haga una valoración
distinta a la de otros grupos, en el sentido de que entendemos
que este proyecto de ley ha cambiado sustancialmente en su
paso por ponencia y Comisión. No debe extrañarles cuando
conozcan que nuestro Grupo había presentado 69 enmiendas a
este proyecto de ley y que, a lo largo de la tramitación, se
han incorporado directamente al dictamen de la Comisión, o a
través de transaccionales, 60 de estas 69 enmiendas. De tal
forma que llegamos a este debate ante el Pleno con nueve
enmiendas mantenidas a lo largo de toda la tramitación. Repito
que no debe extrañarles a SS.SS. que nuestro Grupo
Parlamentario valore positivamente los avances y las mejoras
introducidas en la tramitación de este proyecto de ley.

Quisiera repasar, aunque sea muy sucintamente, en qué ambitos
se han producido, a nuestro entender, esas mejoras. En primer
lugar, en una de las pocas novedades que introduce la ley,
como ya tuve oportunidad de mencionar en el debate de
totalidad, que es esa nueva organización del sistema
eléctrico, fundamentada en la creación de la comisión nacional
del sistema eléctrico nacional. A lo largo de la tramitación,
a esa comisión, que a nuestro entender estaba falta de
competencias, incluso de independencia frente a la
Administración, con las mejoras introducidas con las enmiendas
transaccionales aprobadas no sólo con nuestro Grupo
Parlamentario, sino también con otros, se la dota de mayor
independencia. Confiamos que en este debate en Pleno y a
través de enmiendas transaccionales con otros grupos
parlamentarios pueda avanzarse todavía más en esa mayor
independencia de la comisión del sistema eléctrico nacional.

En Comisión ya se le dieron más competencias. Para nosotros es
importante también que el consejo asesor, que ya preveía muy
diluidamente el proyecto de ley, se redefine mucho mejor,
dando un mayor peso a las comunidades autónomas, haciéndolo
más operativo al prever la creación de una comisión permanente
y, sobre todo, dándole más competencias de las que el proyecto
de ley tenía previstas. El conjunto de



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la comisión del sistema eléctrico nacional más el consejo
asesor, en el que participan el sector y sobre todo, lo que es
muy importante para nosotros, los usuarios, las organizaciones
medioambientales y las comunidades autónomas, ha sido dotado
de más competencias.

Por lo que hace referencia a los aspectos más sustantivos de
la ley --el marco estable, la explotación unificada, el
sistema integrado y sus competencias, la forma de
funcionamiento en definitiva del sistema eléctrico--, se han
introducido mejoras en dos aspectos para nosotros esenciales.

En primer lugar, los aspectos competenciales, como ya ha
mencionado el portavoz señor Albístur desde esta tribuna. El
sistema eléctrico es, de acuerdo con la Constitución y los
estatutos, un ejercicio permanente de colaboración entre la
Administración central y las administraciones autonómicas. La
Constitución y los estatutos quieren que el ejercicio de
competencias en este ámbito del sistema eléctrico sea siempre
fruto de una colaboración entre ambas instituciones, entre el
Gobierno central y las comunidades autónomas. Por tanto, se
tenía que hacer el juego no siempre fácil de respeto a las
competencias mutuas. Un ejemplo con el que nos hemos
encontrado en repetidas ocasiones a lo largo de la discusión
de la ley, en diversos títulos de la misma, que puede resultar
ilustrativo, es el de las autorizaciones de instalaciones que
corresponden en su mayoría a las comunidades autónomas, pero
el reconocimiento en tarifa de que el funcionamiento de esas
autorizaciones permitirá al que las realice amortizarlas y
conseguir el lógico beneficio, debe corresponder a la
Administración central, porque el régimen económico es de su
competencia.

No era sencillo regular cómo la Administración central y las
administraciones autonómicas colaboran y ejercitan sus
respectivas competencias sin interceptar el reparto
competencial. A lo largo de todo el proceso de discusión de
esta ley, la aceptación de diversas enmiendas,
fundamentalmente del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), así como
de nuestro propio Grupo y las transacciones introducidas,
representan un avance respecto a esta delicadísima cuestión.

Asimismo, merece especial importancia para nosotros la
participación que se da en el proyecto de ley en el ámbito de
la calidad y de su impulso a las comunidades autónomas. Sus
señorías me han oído hablar en Comisión de la necesidad de que
las comunidades autónomas que por sus competencias en materia
de distribución dan la cara frente al usuario respecto a la
garantía y a la calidad del suministro, dispusieran no sólo de
los mecanismos sancionadores, con los que ya contaban porque
se los otorgaba el reparto competencial, sino también de un
instrumento positivo de implicación en tarifa de las
decisiones que en favor de la calidad adoptaran las diversas
empresas del sector al objeto de impulsar y luchar a favor de
esa calidad y de la garantía del suministro. Esto también se
ha conseguido a través de un mecanismo que, entiendo, respeta
las competencias de cada una de esas instancias y, por tanto,
ése es un avance muy positivo introducido a lo largo de la
tramitación de este proyecto de ley.

Otro aspecto al que nuestro Grupo tenía presentadas diversas
enmiendas --y no sólo nuestro Grupo, sino muchos grupos de la
Cámara-- era todo lo que hacía referencia a la transparencia
del sistema regulado, a la separación de las actividades
eléctricas y a la autorización que debe dar la comisión del
sistema eléctrico nacional a las diversas empresas del sector
cuando intenten la diversificación de sus actividades. También
creemos que el dictamen de la Comisión ha avanzado mucho en
este campo respecto al proyecto de ley. Este es un sistema
regulado y, en consecuencia, nuestro Grupo está de acuerdo en
que la actividad de las empresas del sector deba someterse a
determinados controles. Se obliga a la separación de las
actividades de las diversas empresas del sector para apoyar
esta transparencia, lo que no permitirá transferencia de
subvenciones o, por la vía de la tarifa, el funcionamiento
distinto al querido de ese sistema regulado. A nuestro
entender, también se asegura que la diversificación legítima
de las empresas del sector no influirá negativamente, con el
riesgo empresarial que toda actividad representa, sobre las
actividades reguladas, es decir, sobre las actividades
eléctricas que al mismo tiempo lleven a cabo esas empresas.

Por tanto, es legítimo que las empresas puedan diversificar,
están actuando en un mercado libre, pero al mismo tiempo es
legítimo que este Congreso de los Diputados limite o asegure
que esa libertad de diversificación no implique consecuencias
negativas con un sistema regulado que, al final, es retribuido
a través de una tarifa que no sólo tiene la importancia de ser
el instrumento de retribución de un sector tan relevante como
el eléctrico sino que, como también dije en el debate de
totalidad, nuestro Grupo Parlamentario se aproxima a la
discusión de este proyecto de ley teniendo presente
fundamentalmente que las tarifas eléctricas no son tanto el
resultado de una actividad empresarial de unas determinadas
empresas eléctricas como el input de todo el sistema
productivo español. Es decir, de unas tarifas eléctricas
competitivas o no depende la competitividad, no tanto de las
empresas del sector eléctrico, ya de por sí importantes, como
del conjunto del sistema productivo español.

Insisto en que hemos sido capaces, a lo largo de la discusión
de este proyecto de ley, de entrar en esa autorización de
actividades de diversificación, que ya el proyecto de ley
contemplaba, limitando esa capacidad de la Administración para
dar o no esa autorización, en el sentido de tasar en base a
qué puede y debe darla y a qué puede limitar esa actividad de
diversificación de las empresas del sector.

Especial importancia merece para nosotros el haber obtenido, a
través de una transaccional, la introducción



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en el dictamen de la Comisión de una limitación que, a través
de una enmienda de nuestro Grupo Parlamentario, pretendíamos
introducir en lo que hace referencia a la disposición
adicional octava, que contempla, como SS.SS. conocen, las
consecuencias en tarifa de la paralización nuclear que este
proyecto de ley recoge.

Nuestro Grupo Parlamentario pretendía --así lo dije ya en el
debate de totalidad-- limitar el impacto sobrela tarifa de la
financiación de esa paralización nuclear. Coherente con lo que
exponía anteriormente, nuestro Grupo pretendía limitar,
insisto, ese impacto sobre tarifa. Lo hemos conseguido con la
introducción de una enmienda transaccional en la que ese
impacto queda limitado al 3,54 por ciento, dando, eso sí, a
través de la propia disposición adicional octava párrafo
siete, una solución a lo que también es necesario, la garantía
al conjunto del sistema de que esa financiación viene
asegurada con el propio proyecto de ley a través de decisiones
que deberán, en su caso, ser tomadas por el Gobierno.

Restan todavía, señor Presidente, señorías, unos temas
insatisfactoriamente resueltos hasta el momento por el
dictamen de la Comisión. De ahí se deriva el mantenimiento
como vivas de nueve de nuestras enmiendas.

Por lo que hace referencia a aspectos competenciales, nuestras
enmiendas números 266 y 332 pretenden, la primera de ellas, a
través de la supresión de los apartados c) y d) del artículo
3.2, delimitar las competencias de las comunidades autónomas,
de acuerdo con el contenido constitucional y estatutario y con
las repetidas sentencias del Tribunal Constitucional al
respecto, en el sentido de que sólo la pertenencia a la
explotación unificada o la existencia de extraterritorialidad
en los tendidos eléctricos son motivo de distribución
competencial y no la potencia o tensión, que figura en el
apartado c), y la pertenencia o no al sistema integrado, que
figura en el apartado d). Continuamos insistiendo en la
necesidad de solucionar este conflicto competencial. La otra
enmienda es de mayor alcance, a lo que ya ha hecho referencia
el señor Albistur desde esta tribuna. Es la número 332, que
propone modificar la disposición final primera en la que se
pretende que sean considerados básicos todos los artículos de
la ley y, en consecuencia, también el desarrollo reglamentario
de todos los artículos de la ley. Nos parece un exceso
inadmisible desde el punto de vista de la distribución
competencial, que curiosamente es recogida en los artículos de
la ley pero después, a través de esta disposición final
primera, se da al traste con toda la cuidadosísima tramitación
del contenido de los propios artículos de la ley.

Nuestro Grupo Parlamentario ha planteado una enmienda al
respecto. Confiamos que pueda ser mejorada en su texto, no
nuestra enmienda, que es la que nos parece correcta, pues
conocemos que el Grupo Socialista presenta una enmienda
transaccional al respecto, que no nos satisface, pero que
representa una mejora respecto al texto del proyecto de ley.

La aceptaremos, en el bien entendido de que es una aceptación
transitoria, es decir, que nuestro Grupo Parlamentario se
reserva su opinión respecto al alcance de esta transaccional
que nos ofrece el Grupo Parlamentario Socialista, cuyo alcance
jurídico puede escapársenos en este momento; en posteriores
actos en el Senado intentaremos decidir definitivamente al
respecto.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Molins, vaya
concluyendo, por favor.




El señor MOLINS I AMAT: Sí, señor Presidente.

Nuestro Grupo Parlamentario tiene vivas dos enmiendas más. Una
hace referencia a la comercialización --confiamos que el Grupo
Socialista la vote favorablemente--, y otra es la relativa a
la representación de las comunidades autónomas en las empresas
públicas.

Nuestro Grupo Parlamentario reconoce que probablemente el
lugar más adecuado para tratar ese tema no es una ley
sectorial, que hace referencia a un solo sector de actividad,
como es el eléctrico, pero también deben reconocer SS.SS. que
catorce años de espera para que el Gobierno se digne
instrumentar los mecanismos necesarios para cumplir un mandato
previsto en todos los estatutos de autonomía, es demasiado
tiempo como para no aprovechar una ley sectorial, tan útil
como cualquier otro mecanismo, para introducir esta cuestión.

Estamos a la espera de escuchar los comentarios que el ponente
socialista tenga a bien realizarnos respecto a estas enmiendas
que nosotros mantenemos para su votación.

Nada más, señor Presidente, muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Molins.

Para un turno en contra, tiene la palabra el señor Sáenz
Lorenzo.




El señor SAENZ LORENZO: Muchas gracias, señor Presidente. Mi
turno va a ser fundamentalmente a favor del dictamen de la
Comisión, que pienso que es un dictamen...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Sáenz Lorenzo,
formalmente es un turno en contra de las enmiendas defendidas
por todos los grupos.




El señor SAENZ LORENZO: Muchas gracias, señor Presidente. Es
un dictamen bastante coherente con el planteamiento que traía
el proyecto de ley, en el sentido de que se establece un
modelo regulador que, desde mi punto



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de vista, es eficaz, eficiente y que viene enriquecido con los
puntos de vista de distintos grupos parlamentarios expuestos
durante el debate realizado en Comisión y con las enmiendas
introducidas.

A lo largo del debate, el señor Gámir nos ha hablado de más
liberalización y de que el Partido Popular cambiaría el
proyecto de ley si llegara al Gobierno. Sin embargo, le tengo
que confesar que no he logrado ver un modelo alternativo. Es
verdad que si se aceptaran algunas de las enmiendas que
propone su Grupo, se rompería de alguna forma el modelo que
propone el Grupo Socialista, pero no acabo de ver cuál es el
modelo alternativo, coherente y cerrado o que dé satisfacción
global a los intereses del país de tener una tarifa baja, ya
que uno de los empeños de este proyecto de ley es que las
tarifas sean lo suficientemente bajas como para que nuestro
sistema productivo sea competitivo. Yo creo que esto está en
el centro de las preocupaciones de nuestro Grupo y he visto a
lo largo del debate que también lo está para muchas de sus
señorías. Hablar de más liberalización no es fácil, esa
dificultad de liberalizar el sector se ha puesto de manifiesto
en los debates habidos en la Comisión Europea durante estos
últimos años. Pensamos que nuestra apertura hacia el
liberalismo no puede ir mucho más allá que el sistema
independiente que se contempla en la ley. Respecto a esto
podría haber distintas posiciones, pero, desde mi punto de
vista, no rompen un modelo que --repito-- se mantiene en la
ley, un modelo eficiente, optimizador y que busca el
mantenimiento de unas tarifas que permitan una cada vez mayor
competitividad de nuestro sistema productivo. Al señor García
Fonseca le quiero señalar que cuatro meses y medio, que es el
tiempo que lleva este proyecto de ley en el Congreso, es un
período suficiente para discutir detenidamente su contenido.

Lo que pasa, señor García Fonseca, es que hay que dedicar
tiempo al proyecto de ley y que el tiempo siempre se agota si
no lo utilizamos para avanzar.

En el dictamen de la Comisión se han aceptado los criterios
más significativos de la propuesta de Izquierda Unida. Se ha
avanzado de forma muy importante en señalar que el ahorro, la
mejora de la eficiencia, el impacto medioambiental, la gestión
de la demanda, estén contemplados en la ley y estén
remuneradas esas actuaciones que busquen el ahorro, la mejora
de la eficiencia con cargo a tarifa, porque somos conscientes
de que la energía ahorrada es la más barata, la que menos
impacto ambiental tiene y, por tanto, la que más interesa al
país. Hemos aceptado esos criterios y, sin embargo, el señor
García Fonseca ha hecho una intervención en la que, desde mi
punto de vista, se ha deslizado por la demagogia.

Señor García Fonseca, si quiere hablamos de la moratoria, no
tenemos ningún inconveniente en hablar de ella. Anteriores
gobiernos, que no eran socialistas, trajeron a esta Cámara un
Plan Energético Nacional en el año 1979, en el que estaba
sobredimensionada la previsión de la demanda. Eso lo dijo
nuestro Grupo Parlamentario, que se opuso a los planteamientos
del citado Plan. Pero ese Plan Energético Nacional trajo como
consecuencia una serie de autorizaciones dadas por la
Administración para la construcción de una serie de centrales,
y los sucesivos gobiernos socialistas lógicamente se tienen
que responsabilizar de los compromisos de los gobiernos
anteriores. Lo que hace el Gobierno Socialista es traer a la
Cámara la moratoria nuclear, y tiene que compensar la
expropiación de derechos que dicha moratoria supone. Esto se
puede hacer de muchas formas. Su Señoría hace demagogia cuando
dice que los activos valían tanto en ese año y ahora, con los
intereses, valen más. En cualquier caso hay que pagar, se haga
como se haga. Si usted paga con cargo a presupuestos, eso
hubiera supuesto aumentar el déficit en ese momento. ¿Cómo se
financia el déficit? Con deuda, y la deuda paga intereses a un
tipo de interés similar al que se han pagado éstos. Por tanto,
no varía el volumen de coste para el sector público, lo que
pasa es que lo paga de otra manera. A mí me parece más
correcto que se pague sin aumentar el déficit y sin ir a
presupuestos. Se ha pagado con cargo a tarifa, con un
crecimiento de la tarifa de un 3,5 por ciento a lo largo de
estos años, y se pretende que se siga pagando con cargo a la
tarifa durante 25 años más. Usted habla de haber comprado los
activos, pero es que no habría sido comprar los activos, sino
que habría habido que expropiar y la expropiación, señor
García Fonseca, lleva consigo la búsqueda de un justiprecio,
el posible recurso ante los tribunales y, previsiblemente, un
significativo aumento del coste para la Administración
pública, para el erario público y, por tanto, para todos los
ciudadanos.

A mí me parece que hacer aquí intervenciones apocalípticas
sobre el tema está totalmente fuera de lugar. Si usted dice
que no se paga así, que se paga de la otra manera, debo
contestarle que, en todos los casos, si el dinero no se tiene
se tienen que pagar intereses y los tipos de interés están ahí
y la evolución de los tipos de interés es la que ha sido
durante estos años. Me parece también demagógico decir que se
cierran porque sí todas las centrales nucleares. Lo que ha
hecho nuestro Grupo ha sido introducir la moratoria nuclear,
pero en este momento, si se cerraran todas las centrales
nucleares, las inversiones que habría que hacer y el pago de
expropiaciones que habría que realizar tendría una incidencia,
si se hiciera sobre tarifa, tremenda que haría no competitivo
nuestro sistema productivo, y si se hiciera sobre el déficit
también tendría unas consecuencias muy negativas.

Yo creo que la moratoria nuclear se resuelve en esta ley
satisfactoriamente; se sacan de los balances de las



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empresas unas cargas que estaban pesando en exceso sobre
ellas; se busca que se siga pagando con cargo a tarifa,
limitando que ese cargo a tarifa no sobrepase ese 3,54 por
ciento; y se da una solución con arreglo a Derecho, que creo
que es satisfactoria. Por tanto, no a su demagogia y sí a un
dictamen de la Comisión que incorpora buena parte de los
presupuestos básicos de su Grupo. Lo ha dicho S.S., pero
parece que no ha querido hacer demasiado hincapié en ello. Yo
quiero decir que la tramitación del texto en la Comisión ha
supuesto unas modificaciones bastante significativas e
importantes. Lo han dicho algunos portavoces y yo quiero
ratificarlo. A mí me parece que hemos introducido muchas
enmiendas, más de 50 entre las que hemos votado a favor y las
transaccionales, que, sin modificar el modelo, han ido a
resolver alguno de los problemas que se pusieron de manifiesto
en el debate de totalidad.

En primer lugar, problemas referentes al papel de la comisión,
y algún Diputado, el representante de Convergència i Unió, ha
hecho referencia a ello. Hay grupos que planteaban que el
papel de la comisión tenía que ser más independiente de la
Administración y tener más competencias. Ambos aspectos se han
atendido en el debate de la ley a lo largo de su tramitación,
y se van a seguir atendiendo en el Pleno. Vamos a seguir
avanzando en esa dirección; vamos a aceptar la enmienda número
171 del Partido Popular, que pide que el presidente tenga las
mismas exigencias que los consejeros porque nos parece lógico.

Vamos a presentar una transaccional a la 173, también del
Partido Popular, solicitando que se informe a la Cámara de
esos nombramientos previamente a su realización. Pensamos que
en el modelo que se desarrolla en esta ley es bueno que sea el
Gobierno quien nombre a los miembros de la comisión y quien
tenga también capacidad de cesar a estos miembros. Pero --es
un modelo que está vivo en países europeos y en países de
América del Norte--, ¿cuál es el input de independencia que se
introduce en esta Comisión? Fundamentalmente, el hecho de que
su funcionamiento diario está al margen de la Administración;
no está dentro del sistema jerarquizado que es la
Administración, sino que su relación con el Gobiernosolamente
se produce en dos momentos: en el nombramiento y en un posible
cese que, lógicamente, tendría que ser por razones muy graves,
pero no en las decisiones que día a día tiene que tomar la
comisión.

Hemos aceptado enmiendas de Convergència e introducido
modificaciones en el artículo 6 en el trámite de Comisión.

Aceptamos en este Pleno enmiendas del Partido Popular --
proponemos una transaccional y aceptamos una-- que acentúan el
papel de la comisión y que aumentan también sus competencias.

De esta forma, respondemos a esa preocupación que se manifestó
aquí de acentuar la independencia de la comisión, por una
parte, y acentuar también su papel y sus competencias,
haciendo que esa comisión tenga la obligación de elaborar una
memoria anual que informe al Congreso, tal como se indica en
la propuesta del Partido Popular.

Hemos modificado asimismo el Consejo, y el señor Molins se ha
referido a ello. Veo que el tiempo se me está acabando y, por
tanto, no voy a ser exhaustivo en las intervenciones.

Hay un paquete importante de enmiendas que se refería al tema
competencial. Lo hemos abordado, creo, con seriedad y con
rigor. Hemos introducido en este temamás de 24 enmiendas,
transaccionales o de aceptación fundamentalmente de las
enmiendas de Convergència i Unió y de las del Partido
Nacionalista Vasco, en el trámite de Comisión. Vamos a seguir
todavía por ese camino. Nos proponemos aceptar la enmienda
número 316, de Convergència i Unió, a la disposición adicional
tercera, y la número 326, a la disposición adicional décima,
del mismo Grupo. Hemos presentado una transaccional a la
disposición final, que establece cuáles son los artículos que
tienen carácter básico en la ley. Es un tema difícil, como ha
dicho aquí el señor Molins; estoy de acuerdo con su
planteamiento. ¿Por qué es un tema difícil? Porque en todos
los tramos, sea en generación, en transporte, en distribución
o en suministro, hay competencias de la comunidad autónoma
respecto de la autorización de instalaciones que conviven con
competencias de la Administración del Estado respecto del
régimen económico, puesto que la aprobación de esas
instalaciones, al reconocer su coste, éste repercute en el
sistema integrado y, por tanto, repercute en tarifa. Esa es
una competencia exclusiva del Estado. Por tanto, hay una
cierta dificultad en separar cuáles son los tramos de la ley
que tienen un carácter básico de los que no lo tienen o de su
desarrollo reglamentario.

Hemos avanzado en ese terreno; hemos propuesto una
transacción. Pensamos que hay que seguir avanzando y vamos a
seguir haciendo un esfuerzo, en cooperación con los demás
grupos, para ver si en el Senado logramos una fórmula más
satisfactoria para todos en ese capítulo.

Pensamos que en este texto no es bueno entrar en temas que no
tienen nada que ver con él, como son el relativo a la empresa
pública, que hemos debatido en esta Cámara, aprobando una
proposición no de ley en el mes de junio. En esa proposición
no de ley había un compromiso del Gobierno de presentar sus
criterios de representación en la gestión de las empresas
públicas de las comunidades donde se ubique la actividad de
ésas. Además, ese compromiso, ha sido ratificado
recientemente, el 28 de septiembre pasado, por el
Vicepresidente del Gobierno, ante el Pleno de esta Cámara. Es
un compromiso que mantenemos. El Gobierno va a mandar esos
criterios a la Cámara antes de fin de año, y eso debe suponer
que en los próximos meses se puedan poner en marcha, entren en
vigor y que, de una vez, resolvamos ese tema de la presencia
de las comunidades



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autónomas en los órganos de gestión de la empresa pública,
sobre todo en los casos en los que hay menos problemas, que es
justamente en los casos a que se refiere la primera de las
enmiendas que plantea el señor Molins. Por tanto, hay un
compromiso del Gobierno, que ha ratificado el Vicepresidente
del Gobierno, y vuelvo a señalar que sigue vivo el compromiso
por parte de nuestro Grupo de que esos criterios estén aquí
antes de final de año y eso permita ponerlos en marcha en
fechas próximas. Pero pensamos que éste no es el trámite y,
por tanto, le pedimos a Convergència i Unió que, si es
posible, retire sus enmiendas. Hemos avanzado con el Grupo de
Coalición Canaria en plantear una disposición adicional nueva
que ya está en el dictamen de la Comisión. Propone que en esa
disposición adicional nueva haya algunas modificaciones.

Nuestro Grupo no tiene inconveniente en que en la disposición
adicional decimocuarta, en lugar de decir «en colaboración
con» se diga «con la participación de», refiriéndose a las
comunidades autónomas, en los dos párrafos, tanto cuando se
habla de competencias de la comisión como cuando se habla de
las competencias de la Administración del Estado. Estamos de
acuerdo en ese cambio. Esa sería una enmienda transaccional
que vamos a aceptar.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Vaya terminando, por
favor.




El señor SAENZ LORENZO: También me quería referir a otros
aspectos de la ley. Estoy de acuerdo con algunas de las
intervenciones que aquí se han producido a ese respecto en
cuanto a que las empresas del sector eléctrico deben tener
como objeto fundamental los servicios del sector eléctrico y
que cualquier actividad exterior no debe repercutir en sus
resultados económicos dentro del sector, porque estos
resultados, al final, inciden en tarifa. Esa es nuestra
preocupación y por eso hemos presentado algunas enmiendas que
suponen la necesidad de que ese tipo de actividades externas
se lleven a cabo con separación societaria y precisen además
de una autorización del Gobierno o que el Gobierno pueda poner
determinadas limitaciones para que en ningún caso unos
resultados negativos puedan repercutir en tarifa.

Por mi parte, nada más, y muchas gracias, señor Presidente.

Voy a resumir las enmiendas que vamos a votar a favor y las
enmiendas sobre las que hemos presentado transacción. Hemos
presentado una transacción, que tienen todos los grupos y
también la Mesa, al artículo 3.2, con la enmienda número 6 del
PNV; al artículo 4 una transacción con la enmienda número 168
del Grupo Popular; al artículo 6.3 una transacción con la
enmienda 173 de Grupo Popular. Al artículo 6.2 vamos a votar
favorablemente la enmienda 171 del Grupo Popular. Al artículo
7 vamos a votar favorablemente la 184 del Grupo Popular. A la
disposición adicional tercera vamos a votar favorablemente a
la enmienda 316 de Convergència i Unió. A la disposición
adicional décima vamos a votar favorablemente a la enmienda
326 de Convergència i Unió. Y hemos presentado una transacción
a la disposición final. También aceptamos la transacción
propuesta a la disposición adicional decimocuarta, que no la
he pasado a la Mesa literalmente, pero que supone en ambos
párrafos sustituir la frase, como he dicho explícitamente en
la tribuna, «en colaboración con» por «con la participación
de» en ambos párrafos, referido a las comunidades autónomas.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Sáenz
Lorenzo. Para un turno de réplica, el señor García Fonseca
tiene la palabra.




El señor GARCIA FONSECA: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, de manera que para el señor Sáenz la intervención
de este portavoz ha sido, y lo ha remarcado cuatro veces, una
intervención demagógica. Señor Sáenz, lo que desgraciadamente
en este país son demagógicos (y ya se dijo esto hace mucho
tiempo y en otra época, pero en este caso lo siguen siendo),
lo que en este país siguen siendo en este caso demagógico son
los hechos. Y, si además de los hechos hay conceptos que son
demagógicos, son aquellos que usted da por supuesto, que le
parecen lo más obvio y natural del mundo. O sea, que usted da
por supuesto que unas inversiones hechas por las compañías
eléctricas de este país, que han sido autorizadas por el
Gobierno, si fracasan, deben ser pagadas con dinero público,
bien directamente a través de los Presupuestos Generales del
Estado, o bien vía tarifa.

Es decir, usted parte de un supuesto que, al darlo por
supuesto implícito, es una forma de querer pasar de tapadillo
algo inconfesable, y es asentar el criterio de que en un
negocio privado, en un país de libre mercado, digo yo, o dicen
estos señores (señalando a los bancos de Grupo Popular), las
empresas asumen algún riesgo. ¿O es que la autorización, de
los Gobiernos que fuera, para construir las centrales
nucleares obligaba a las compañías eléctricas a construirlas?
¿Era una autorización o era un mandato? ¿Es que las compañías
que se quisieron meter en la aventura nuclear fueron obligadas
a punta de bayoneta por el Gobierno? Más bien usted sabe que
en la práctica han sido las compañías eléctricas las que, una
y otra vez, han empujado al Gobierno para conseguir
autorizaciones a fin de construir centrales nucleares, y han
seguido empujando después de la moratoria. Pero, ¿cómo me dice
que hago demagogia al decir estas cosas elementales? ¿Pero
cómo me puede usted decir que el Gobierno está obligado a
asumir la deuda de las eléctricas por haber construido



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unas centrales innecesarias y que luego fracasaron? Si le digo
eso, ¿hago demagogia? Al margen del tono que pueda emplear,
que cada uno tiene el suyo; claro, si me acosa usted por estos
sitios, desde luego mi sensibilidad no la puedo controlar, por
lo menos al nivel del tono de voz, señor Sáenz. ¿Cómo va a ser
demagogia?
A mi Grupo, ¡fíjese usted si no es demagogo!, le hubiera
bastado con que dijeran: vamos a ver, si ustedes han
construido y han invertido en centrales nucleares
innecesarias, y nosotros hemos cometido el error de
autorizárselo, asuman ustedes el riesgo, y nosotros asumiremos
una parte de nuestro error, y vamos a pagar mitad y mitad, por
ejemplo. Ya sería una concesión gratuita por parte del
Gobierno. Porque, oiga, si para cualquier negocio se necesita
algún tipo de autorización administrativa (que para la inmensa
mayoría de ellos se necesita) y si fracasa luego el negocio,
como tuvo alguna autorización administrativa, recurren a la
administración correspondiente para que les pague el fracaso,
fíjese usted, yo mismo, que soy funcionario, hijo de
funcionarios y que no tengo el menor espíritu, ni interés, ni
motivación, ni capacidad empresarial, yo mismo me metía a
empresario. ¡Claro! Si me lo ponen como a las eléctricas...

así dicen que se lo ponían a Felipe II. ¡Pero, hombre, por
favor! ¿Cómo puede usted decir que el Gobierno está obligado a
pagar un error cometido por unas compañías privadas a las que
nadie obligó a hacer inversiones donde las hicieron? ¿Cómo
puede usted decir eso? Y si yo lo critico, ¿cómo me puede
llamar demagogo, por favor?
Además, yo le digo lo siguiente. Una vez que ustedes se ponen
a pagar a las eléctricas los errores que ellas cometieron una
vez que ustedes hacen eso, háganlo con inteligencia. ¿Por qué
están pagando los intereses de la moratoria hasta este año que
la ley propone otra cosa? ¿Por qué este mismo sistema que
propone la ley no lo hicieron cuando acordaron la moratoria?
¿Por qué no lo hicieron y hubiéramos ahorrado 555.000 millones
de pesetas? Eso es así de claro.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor García Fonseca,
termine, por favor.




El señor GARCIA FONSECA: Así de claro. ¡Pero, bueno, señor
Sáenz Lorenzo! Le digo más y con ello termino, porque, repito,
fíjese usted si hemos ido a trote de caballo inglés en esta
ley que en temas tan importantes ni siquiera puedo abusar de
la benevolencia de la Presidencia en cuanto al tiempo. Fíjese
usted, era una buena ocasión para haber reforzado el sector
público eléctrico, que resulta que era de los no endeudados y
de los más rentables y, por supuesto, ¡claro!, el caballo
contra el que batallaban toda la bancada ésta que queda a mi
derecha (Señalando a los bancos del Grupo Popular.) y espero
que a la derecha de usted. Es decir, que han intentado una y
otra vez cargarse a Endesa, y ustedes habrían podido ahora
reforzar dignamente a Endesa. Y sobre algunas cosas que han
hecho, por ejemplo, los señores de la derecha llegan incluso a
decir que lo que ha hecho Endesa con Sevillana es
nacionalizar, una nacionalización encubierta. ¡Es increíble lo
que se dice en este país! Para que luego digan que nosotros
hacemos demagogias. Oiga, eso, todo lo más, será nacionalizar,
una vez más, pérdidas, porque Endesa, empresa pública con
beneficios, invierte en Sevillana, que tiene pérdidas, y
pérdidas gordas. Pero además de invertir en Sevillana, ¿quién
sigue mandando en Sevillana? O sea, la empresa pública,
Endesa, pone el capital de las aventuras, fracasadas
rotundamente, de empresas eléctricas privadas y resulta que
los directivos y el presidente de Sevillana siguen siendo el
señor Ybarra y compañía. Es decir, que la empresa pública va a
tener el 40 y tantos por ciento de esta compañía, a quien
representa el señor Ybarra tendrá el 6 por ciento y, sin
embargo, es el Presidente, con la importancia que luego tiene
esto a la hora de decidir temas tan fundamentales como las
inversiones en un sector donde el círculo inversor está ahí, y
es un círculo de unas dimensiones colosales. ¡Y yo le digo
esto y usted me dice que hago demagogia...! Señor Sáenz
Lorenzo, le expongo hechos concretos, datos concretos y, si
los hechos son demagógicos, le digo que los hechos, sobre
todo, son tozudos. Demuéstrelo usted con otros hechos y con
otros datos. (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor García
Fonseca. Para un turno de réplica, tiene la palabra el señor
Gámir.




El señor GAMIR CASARES: Señor Presidente, señorías, en primer
lugar, vamos a aceptar en los artículos concretos la postura
extraordinariamente alicorta que plantea el Grupo
Parlamentario Socialista; vamos a aceptarla destacando lo
mínimo del cambio propuesto que afecta a la competencia
técnica y profesional de la comisión del sistema eléctrico,
porque era lógico. Aquella especie de situación de un
presidente cuyo retrato robot era el del político no
competente era difícil que se siguiera manteniendo. Que haya
ese contraste por parte de la comisión de que se cumplen los
requisitos legales, que no queden en pura hojarasca verbal,
que no haya más eligios nombrados, creo que puede ser positivo
al respecto.

También es cierto que se incrementan las competencias de la
comisión --pero poco--, que se trata de un informe lo que
realizan y que se aclara el campo de la planificación.

Aceptamos lo que es votar a favor de nuestras enmiendas, como
es lógico. Aceptamos las transaccionales, aunque implica
sacrificar posturas que considerábamos importantes en aras del
acuerdo. Ahora bien, dicho esto, lamentamos que no se haya ido
mucho



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más lejos, y esperamos que sin duda en el Senado se pueda
producir un acercamiento mayor.

En cuanto a la independencia de la comisión, sigue siendo un
órgano no independiente. Señor Sáenz, usted dijo en el
anterior debate en el Pleno --sus palabras son literales-- que
el poder se determina en unas elecciones generales. ¿Todo el
poder? Aquí ya no solamente nos olvidaríamos de Montesquieu,
sino de cualquier sistema de pesos y contrapesos, de los
famosos checks and balances del sistema anglosajón al
respecto, caeríamos casi en un absolutismo electivo, según su
expresión. Sería mucho más profundizar en la democracia,
recordando una antigua idea a veces utilizada por otros grupos
en esta Cámara, que esta comisión si fuese independiente, que
Red Eléctrica de España no fuese necesariamente pública,
porque ambos van a decidir actividades en empresas públicas y
privadas, y puede de hecho ocurrir que discrimine el propio
sector público hacia el sector público, y eso se superaba, la
realidad de que esto pueda ocurrir en los problemas de las
pérdidas de Iberia, Teneo, etcétera, a través de una comisión
auténticamente independiente.

Tampoco han aceptado nada, y nos ha extrañado, sobre el tema
de la transparencia. Eso afecta, y lo digo sin ninguna
acritud, a la credibilidad de las declaraciones de un Ministro
en el Pleno del Parlamento, afecta a su postura sobre la
transparencia, y es una postura curiosa, casi de orgullo del
señor Ministro, diciendo que «nuestro Grupo Parlamentario irá
mucho más lejos que el suyo en el campo de la transparencia».

Pues ustedes no han votado el 205, que era el que estábamos
discutiendo precisamente en aquel momento. Siguen ustedes
obligando a que la Red Eléctrica de España sea pública y no
votan que a través de filiales no pueda desarrollar otro tipo
de actividades. En cuanto al sistema independiente, usted
pedía ejemplos de en qué sentido planteábamos ciertas ventanas
abiertas a la competencia, sabiendo que es la tendencia hacia
la que va Europa, para que esta ley sirva también dentro de
unos años. Pues uno de ellos es un auténtico sistema
independiente. No entendemos que ustedes rechacen la enmienda
en la que se dice que hay que fijar tarifas en el sistema
independiente. ¿Pero qué es eso? Es una especie --perdonen la
expresión, lo digo sin acritud-- de aberración el contenido de
ese texto sobre el cual no aceptan la enmienda. Como es
lógico, eso implica un cierto mayor juego del mercado, como
implica el cambio del sistema de importaciones y de
exportaciones, campo en el que hay una infracción relacionada
con Bruselas, y nuestro texto también abre el campo a un mayor
juego de la competencia del mercado, configurándose con la
totalidad de las enmiendas como un sistema algo más mixto, que
sobre todo está preparado para la evolución, que lo dejamos
preparado para la evolución.

No cambian ustedes nada sobre el sistema de inversiones --a
ver si lo hacen en el Senado--, ni sobre la disminución de la
discrecionalidad, ni sobre el aumento que tienen ustedes del
intervencionismo y que incluso han introducido en el paso por
la Comisión de esta Cámara. Habla usted de tarifas. Pues
acepten ustedes la enmienda 197, que es la forma de que la
tarifa baje. Decimos que los costes estándar se revisen
anualmente para que la rebaja real sea transmitida a los
consumidores. Acepten esa enmienda, que es la forma de pensar
auténticamente en los consumidores y de hacer una ley en la
que se beneficien las pequeñas y medianas empresas y los
consumidores con la rebaja de las tarifas. Acepten ustedes la
enmienda que hemos hecho sobre el presupuesto de la comisión.

El suyo es curioso, dicen que el presupuesto de la comisión --
y el presupuesto de la comisión va a tarifa-- lo puede ampliar
lo que quiera el Consejo de Ministros. Planteen ustedes que
haya un presupuesto que lo vote esta Cámara y luego un crédito
extraordinario si hace falta, pero no dejen un sistema con el
cual el presupuesto puede ser el que fuera, que todo ello va a
tarifa y que encarece la tarifa. Hagan ustedes un sistema
coherente de control de ese presupuesto al respecto. Piensen
ustedes que con su sistema normalmente van a encarecer la
tarifa y con el nuestro, por las normas y por el incremento de
la competencia, al contrario, vamos a ir hacia unas tarifas
más competitivas. En resumen, y termino señor Presidente,
señor Sáenz, espero que en el Senado, como usted ha dicho
tantas veces, se acerque mucho más a las posturas del Partido
Popular. Si es así, felicidades. Si no, de momento, creemos
que su oferta es muy alicorta, es insuficiente --la aceptamos,
pero en absoluto basta--. Y tenemos que volver a decir que si
no hay un cambio en profundidad y se acercan a la mano tendida
que les echamos, tendremos, cuando decida la sociedad que
lleguemos a gobernar este país, que hacer una legislación
mucho más respetuosa para la propia sociedad civil.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gámir.

Señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente.

Estoy un poco frustrado porque parece que no le he impactado
al señor representante del Partido Socialista, que ahora me
hace unas cariñosas alusiones. Espero que en esta pequeña
intervención podamos, por lo menos, mantener el espíritu de
esa cooperación, que espero que en el Senado vaya bien, para
poder avanzar y mejorar la ley.

Yo le quisiera decir, señor Sáenz, con absoluta cordialidad,
que el nivel competencial que acuerdan ustedes con
Convergència i Unió a ustedes les parece suficiente pero a
nosotros no y ahí está, precisamente, una de



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las diferencias. Ustedes proponen, con el voto favorable en
este caso de Izquierda Unida, a pesar del pequeñorifirrafe que
aquí ha habido, la limitación de las instalaciones de
cogeneración, por ejemplo a 100 megavatios. Con ello
consideramos que se produce una agresión a iniciativas
autonómicas acordes con la Ley 80/1982 y con los objetivos
contemplados de ahorro e «independencia» --entre comillas--
energética. Lástima que sea usted mi interlocutor y que aquí
no haya nadie del Ministerio, que tan oídos sordos hace a todo
este tipo de propuestas y que quiere mantener en su puño
cerrado y duro todo lo que puedan ser iniciativas y
actuaciones en esta materia.

Nos hablaba usted también de una comisión más independiente y
con más competencias. Reconozco que gracias al trabajo en
común se ha avanzado y, además, que se va a seguir avanzando
en el Senado. Usted considera que es bueno que el Gobierno
nombre y cese a los titulares. Considera también que esta
comisión no está dentro del sistema jerarquizado. Yo dudo de
ese hecho. Siguen existiendo recursos al Ministerio, recursos
ordinarios, y sigue habiendo también una intervención obvia
del Consejo de Ministros que figura en la ley que, a nuestro
modo de entender, no debería existir, porque así quedarían
verdaderamente subrayadas las funciones y objetivos de la
comisión. Por lo que se refiere a las competencias nos queda
un tema básico, que es el de la disposición final primera.

Insisto en la aportación que hemos hecho de si sirve para
llegar a un acuerdo, que espero que así sea, porque los
preceptos básicos tienen una referencia genérica, de modo que
en la calificación de básico podemos incluir todos los
títulos, artículos y apartados de la ley, y eso nos da mucho
miedo y nos causa mucha preocupación. Se deja en la
incertidumbre qué corresponde al Estado y qué a las
comunidades autónomas, cosa que espero que en el Senado lo
podamos solucionar.

Respecto al liberalismo, terminaría diciendo que debe ir más
allá del puro sistema independiente, como usted ha dicho.

Aunque a usted le parece que no va más allá del sistema
independiente, va más allá.

El modelo de la ley que para usted es válido, a nuestro modo
de entender es un modelo que está perfectamente definido, no
así el sistema independiente, pese a que el Ministerio
manifiesta que lo ha hecho de forma consciente, porque
prefiere mantenerlo como más eficaz en su indefinición. Yo
creo que eso no es verdad porque el sistema que el Ministerio
quiere desarrollar lo articula y lo regula con exactitud y
hasta determina quién es competente o no en él, mientras que
en el independiente, la indefinición queda como única marca de
la ley. Finalmente, también quiero insistir en que ese
liberalismo debería demostrarse en las funciones y contenidos
de la comisión nacional del sistema eléctrico y, sobre todo,
es en sus órganos de gobierno donde debería haber mayor
participación de los agentes en el sistema, tanto privados
como públicos. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Albistur. Tiene la palabra el señor Martín.




El señor MARTIN MENIS: Gracias, señor Presidente.

Nosotros aceptaríamos la enmienda transaccional propuesta por
el Partido Socialista donde sustituiríamos la frase «en
colaboración con» por «con la participación de», en la
disposición adicional decimocuarta. Pero además querría
matizar una cuestión. Cuando intervenía antes en el primer
turno me refería a una corrección técnica, que era, en vez de
artículo 7.1.séptima, 8.1.séptima y me refería también a otra
corrección técnica que era cambiar en el segundo párrafo la
palabra «extrapeninsular por «insular y extrapeninsular», pero
realmente esta no es una corrección técnica, sino que tendría
que ser también objeto de transacción. Si el señor Sáenz está
de acuerdo, le pediría que lo corroborara porque, como digo,
el error fue mío al considerarlo una corrección técnica, que
no lo es, sino que tiene que ser en virtud de otra
transacción. Por tanto, apoyaríamos el texto de la Comisión y
las propuestas que ha hecho el Partido Socialista.

Gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Martín.

Tiene la palabra el señor Molins.




El señor MOLINS I AMAT: Muchas gracias, señor Presidente. En
primer lugar, quisiera agradecer al Grupo Socialista el
anuncio hecho por su portavoz del voto favorable a la enmienda
número 316, de nuestro Grupo Parlamentario, que pretende
introducir el silencio positivo en la tramitación de las
suspensiones de suministro, y también el voto favorable a la
enmienda número 326, que pretende suprimir del apartado
segundo de la disposición adicional que hace referencia a la
comercialización la necesidad de que las empresas dedicadas a
esos menesteres tengan que desarrollar su actividad
exclusivamente en el conjunto del territorio. Creo que es
imposible. La actividad de comercialización por sí misma se
refiere a zonas concretas y relativamente pequeñas del
territorio, excepto cuando sea desarrollada por los propios
distribuidores que ya tienen su distribución a lo largo y
ancho del territorio. Por tanto, era lógico que se produjera
la aceptación de esa enmienda que, en cualquier caso,
agradezco.

También agradezco la transacción presentada a la enmienda del
Grupo Parlamentario Vasco (PNV), señor



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Albistur, pero que también transacciona con nuestra enmienda
número 266, que sigue viva. Es mío el error, no de usted señor
Sáenz Lorenzo, me había confundido y nuestra enmienda 266
sigue viva y hace referencia a la supresión de los apartados
c) y d), del artículo 3, apartado segundo, sobre competencias
de las comunidades autónomas.

Anuncio también, como dije en mi primera intervención, que no
nos satisface la enmienda transaccional propuesta a la
enmienda 322, por cuanto no llegamos a comprender el alcance
real que pueda tener, pero, en cualquier caso nos parece mejor
que la del texto del proyecto, y retiraremos nuestra enmienda
322, sin perjuicio, como he dicho, de la posibilidad de que en
el Senado continuemos intentando solucionar ese aspecto
competencial extraordinariamente importante respecto a qué
parte de la ley puede ser considerada básica y cuál no. Todos
estamos de acuerdo en que debemos intentar mejorarla todavía
más en el Senado, pero, insisto, como representa un avance
respecto al texto del proyecto, retiramos nuestra enmienda
número 322, para dar paso a esa transacción. Coherente con la
retirada de esta enmienda, retiro también la 331, esta vez no
por transacción, sino porque simplemente hace referencia a la
necesidad de que el Gobierno desarrolle el reglamento de
acometidas eléctricas. Al declarar no básico a través de esa
enmienda el artículo que debe desarrollar el reglamento de
acometidas eléctricas, ahora no sería competencia del Gobierno
sino de las comunidades autónomas.

He escuchado con detenimiento al portavoz del Grupo Socialista
cuando hacía referencia a los compromisos adoptados ya por el
Gobierno ante la aprobación por esta Cámara de una proposición
no de ley, pero sobre todo por el señor Vicepresidente, en el
pasado mes de septiembre, en el sentido de que, antes del 31
de diciembre del presente año, el Gobierno enviará a esta
Cámara los criterios de participación de las comunidades
autónomas en las empresas públicas, que representará la
posibilidad de que, a partir de ese momento, pueda producirse
esa participación de las comunidades autónomas en los órganos
de administración de las empresas públicas. Oído ese
compromiso, hecho en firme no sólo por el Gobierno sino
también por el Grupo Socialista, nuestro Grupo Parlamentario,
señor Presidente, retira las enmiendas números 327 y 330, que
perseguían ese objetivo.

Nuestro Grupo, señor Presidente, retirará también las
enmiendas 319 y 322, que hacen referencia a la disposición
adicional octava. Es evidente, señor Presidente, que debemos
hacer frente a las consecuencias económicas de la paralización
nuclear --se ha producido aquí una discusión muy viva al
respecto--, no sólo porque esta Cámara o el Gobierno, en
virtud del Plan Energético Nacional, aprobado por esta Cámara,
dio las autorizaciones, sino porque fue esta Cámara la que, a
través del voto con motivo de la paralización nuclear o de la
moratoria nuclear, prohibió a las empresas eléctricas a
continuar adelante con sus inversiones. Es por ese doble
compromiso, por haber dado la autorización y por, después,
haber prohibido o retirado esa autorización, por lo que el
sistema eléctrico, las administraciones públicas o el
presupuesto público deben hacerse cargo y deben encontrar
solución a la financiación de la deuda provocada por esa
paralización.

Nuestro Grupo Parlamentario entiende que, pese a que se hayan
introducido ya mejoras en la forma para financiar esas
inversiones, no hemos sido capaces, a pesar de que hemos
intentado hacerlo, de solucionar en forma satisfactoria esta
cuestión. Nuestro Grupo Parlamentario sostiene que ni el texto
del Gobierno, ni el texto del proyecto, ni las enmiendas de
nuestro Grupo Parlamentario dan solución satisfactoria a esa
cuestión. Por eso hoy retiro estas enmiendas, pero, en la
misma forma en que lo he hecho anteriormente, anunciamos ya
nuestra voluntad de intentar, a través de enmiendas propias en
el Senado, o a través de enmiendas del propio Grupo
Socialista, dar solución correcta a este problema que,
insisto, es simplemente encontrar los mecanismos para alcanzar
un objetivo en el que todos estamos de acuerdo, que es que
pueda financiarse esa moratoria nuclear para que no nos suceda
la acumulación de intereses a la que hacía referencia el señor
García Fonseca en su intervención. Por tanto, señor
Presidente, retiraremos nuestras enmiendas números 319 y 322,
aunque creemos que es imprescindible darle una solución mejor
a esta cuestión a través de su discusión en el Senado.

Resumiendo, señor Presidente, nuestro Grupo Parlamentario
retira para transacción las enmiendas 266 y 322; retira, por
darse por satisfecho con las explicaciones y los compromisos
adquiridos por el Grupo Socialista, las enmiendas números 319,
322, 327, 330 y 331, y solicita que sean sometidas a votación
exclusivamente las enmiendas número 316 y 326 de nuestro Grupo
Parlamentario.

Muchas gracias, señor Presidente, señoras y señores Diputados.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Molins.

El señor Sáenz Lorenzo tiene la palabra.




El señor SAENZ LORENZO: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, en primer lugar, agradecer al señor Molins la
aceptación de las propuestas que se han hecho desde esta
tribuna y, en segundo lugar, ratificar al señor Martín que
también estamos de acuerdo en que en todos los lugares donde
aparezca la palabra «extrapeninsulares», sea sustituida por
«insulares» y «extrapeninsulares». Pienso que ya lo habíamos
señalado en Comisión, pero si hay algún sitio donde no se haya
sustituido,



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estamos de acuerdo en hacerlo. También le agradezco la
retirada de las enmiendas que suponen la aceptación de la
transacción.

Al señor Albistur le quiero decir que estimamos la
colaboración y el diálogo que hemos mantenido a lo largo de
toda la tramitación del proyecto, que nos parece que ha sido
positivo. Efectivamente, se mantienen algunas discrepancias,
pero creo que hemos llegado a puntos de encuentro en el debate
incluso con algunas enmiendas transaccionales, y espero que
siga produciéndose esa colaboración que estimamos en todo su
ámbito.

También agradezco al señor Gámir que retire las enmiendas a
las que hemos presentado transacción. Desde luego, le sigo
diciendo que el poder político democrático se dilucida
fundamentalmente en unas elecciones y de ese poder político
van derivando los demás. Por tanto, no conviene dejar una
parte de la sociedad a un tratamiento corporativo. No estamos
de acuerdo con ese planteamiento que por lo menos se podría
pensar que está en algunas interpretaciones.

A lo largo de la ley hemos pretendido dar el mismo trato a las
empresas, sean del sector público o sean del sector privado,
que participan en el sistema eléctrico. Es un sistema regulado
cuyos costes repercuten en tarifa y, por tanto, nos preocupa
mucho cualquier actividad que estas empresas puedan llevar a
cabo. Hemos procurado que el tratamiento sea idéntico para las
empresas públicas y para las empresas privadas que están en el
sector. No estoy de acuerdo con que se puedan ampliar los
presupuestos con una nueva tarifa. Los presupuestos de la
Comisión tienen también entrada en los Presupuestos Generales
del Estado en esa enmienda socialista. Por lo tanto, creo que
es un tratamiento similaral que tienen otros órganos. Si no,
no tendríamos inconveniente en revisar esa cuestión.

En cualquier caso, le sigo diciendo, señor Gámir, que usted
discrepa de nuestro modelo. Aceptar alguna de sus enmiendas
rompería nuestro modelo, pero seguimos sin ver un modelo
alternativo. Espero que, al final, vayan perfilando cuál es su
modelo alternativo, porque a un sector como el eléctrico, con
tanta repercusión económica, no se le pueden dejar cuestiones
colaterales abiertas, sin cerrar, porque entonces los costes
pueden multiplicarse y la competitividad puede disminuir.

Señor García Fonseca, me ha sorprendido, en primer lugar, el
tono que S.S. ha utilizado en la tribuna, posiblemente más
coherente con el tono del plenario de ayer que con los
contactos y las conversaciones que hemos mantenido a lo largo
del debate de esta ley. Me ratifico en mi posición de decir
que es demagógico. ¿Qué le digo a S.S. que es demagógico? Es
demagógico que usted diga que se pueden ahorrar 500.000
millones por las buenas, porque no es verdad, señor García
Fonseca. Tome la decisión que tome, tiene que pagar la deuday
sus intereses. Si lo toma con Presupuestos Generales del
Estado, va a déficit, el déficit se financia con deuda y la
deuda paga intereses. Parece ser que usted es partidario en
este momento de que para paralizar la construcción, que tenía
una autorización, el único mecanismo legal que tiene la
Administración, señor GarcíaFonseca, es la expropiación.

Efectivamente, se podría haber ido por el camino de la
expropiación, pero eso hubiera llevado a un justiprecio
establecido por la Ley de Expropiación, que reconoce no
solamente las inversiones realizadas, sino también el núcleo
cesante. Por tanto, aunque se hubiera planteado una valoración
similar a la que se hizo en el año 1983, podía haber sido
recurrida por las empresas ante los tribunales y habernos
encontrado con sentencias que aumentaran significativamente,
introduciendo el núcleo cesante como un elemento que está en
la Ley de Expropiación, la valoración que hubiera supuesto la
expropiación.

En cualquier caso, si eso se va a decidir, se tiene que
financiar con deuda y, por tanto, con intereses, con los
mismos tipos de interés con los que se haya financiado. Usted
me dice ahora que también se podía haber hecho entonces lo que
se hace ahora: la cesión a terceros. La repercusión, señor
García Fonseca, hubiera sido la misma, porque, efectivamente,
el ceder a terceros es gracias a que se tituliza, a que eso
tiene unos intereses, pero se siguen pagando los intereses,
señor García Fonseca, y la repercusión hubiera seguido siendo
en tarifa la del 3,54 por ciento que hemos tenido. Podía haber
sido una décima más arriba o más abajo, pero lo que es
demagógico, señor García Fonseca, desde mi punto de vista, es
decir que se pueden ahorrar 500.000 millones. Eso se lo saca
S.S. de la manga, en mi opinión.

El único mecanismo que tiene el Gobierno para paralizar unas
inversiones es la expropiación, se haga de la manera que se
haga. Yo creo que el camino que se siguió fue el acertado. Si
se hubiera hecho por otro camino, también se hubieran tenido
que pagar los intereses. Y los tipos de interés tienen la
valoración que les dan los mercados.

Por tanto, el debate que hemos tenido en este Pleno no se
corresponde con el nivel de aceptación de enmiendas. Hemos
introducido dos artículos nuevos, acogiendo las preocupaciones
del Grupo de Izquierda Unida y no es lógico que al final nos
plantee un tema que no se corresponde con la realidad, como es
que se podían haber ahorrado 500.000 millones y que se podía
cerrar todo el parque nuclear español de un plumazo,
simplemente con una frase en una ley. Desde luego, sigo
pensando que no está ajustado a la realidad. Esa es mi
interpretación de lo que significa demagogia.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Sáenz Lorenzo,
en relación a la enmienda transaccional con la enmienda número
49, del Grupo de Coalición Canaria, la Presidencia querría
precisar si, además de



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la sustitución de «en colaboración con» por «con la
participación de las comunidades autónomas», el apartado
primero, donde el texto del dictamen dice «sistemas insulares
y extrapeninsulares», se mantiene tal cual.




El señor SAENZ LORENZO: Sí.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Y el apartado segundo,
donde habla sólo del término «sistemas eléctricos
extrapeninsulares», tiene que decir «insulares y
extrapeninsulares».




El señor SAENZ LORENZO: Sí, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): De acuerdo.

Vamos a pasar a las votaciones correspondientes al debate que
acaba de celebrarse. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya números 55, 58, 63, 70, 71, en lo que
se refiere a los artículos 1.º2.a) y 1.º2.d); 78, 80, 81, 121
y 132.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 140; en contra, 161; abstenciones,
seis.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del mismo Grupo números 57, 59, 76, 115 y 116.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 18; en contra, 161; abstenciones, 128.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Restantes enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 15; en contra, 280; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Popular números 161, 195, 212, 220, 222,
241, 242, 244 y 249.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 129; en contra, 160; abstenciones, 17.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del mismo Grupo 206, 232, 239 y 251.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 121; en contra, 167; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Popular números 171 y 184.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 288; en contra, 17; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 124; en contra, 176; abstenciones,
seis.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV) y del señor Albístur.

Enmiendas números 5, 10, 11, 12, en lo que se refiere a los
artículos 11.1, 11.2 y 11.3; números 14, 16, 23, 29, 32, 35,
38, 40, 41 y 42.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 129; en contra, 177.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda número 19.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, siete; en contra, 282; abstenciones,
18.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo Vasco.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, siete; en contra, 280; abstenciones,
18.




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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria. (El señor Martín
Menis pide la palabra.)
El señor Martín tiene la palabra.




El señor MARTIN MENIS: Las dos enmiendas fueron retiradas al
admitir la transaccional que propuso el Grupo Socialista. Por
tanto, se vota la transaccional.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martín.

Enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió), números 316
y 326. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 290; en contra, uno; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Socialista
en relación con la número 6, del Grupo Vasco (PNV); número
173, del Grupo Popular; 169, del Grupo Popular; 332, del Grupo
Catalán (Convergència i Unió), y 49, del Grupo de Coalición
Canaria. (El señor Molins i Amat pide la palabra.) El señor
Molins tiene la palabra.




El señor MOLINS I AMAT: Señor Presidente, intervengo
simplemente para recordar que una de esas transaccionales,
concretamente creo que es la que transacciona con la enmienda
número 6 del Grupo Parlamentario Vasco PNV, transacciona
también con la 266 de nuestro Grupo Parlamentario. Por eso la
hemos retirado, para realizar y hacer posible esa transacción.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo.

Votación relativa a las enmiendas transaccionales antes
citadas. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 305; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Votaciones correspondientes al dictamen de la Comisión.

La referencia a los artículos que se van a someter a votación
corresponde con la numeración del texto del dictamen.

Artículo 1, artículo 3.4 y 3.5, artículo 5, artículo 6.1, 6.5
y 6.6, artículo 7, artículo 8.1.1, 8.1.2, 8.1.3, 8.1.4, 8.1.6,
8.1.7, 8.1.8, 8.1.11, 8.1.13, 8.1.15, 8.1.16, 8.2, 8.3 y 8.4,
artículo 9, artículo 11.2, artículo 12.2 y 12.3, artículo
13.1, 13.2 y 13.5, artículo 14.1 y 14.3, artículo 15, artículo
16.1, 16.2, 16.3, 16.4, 16.5 y 16.8, artículo 17, artículo 18,
artículo 19, artículo 20.1 y 20.4, artículo 42.1, artículo
46.1 y 46.2, artículo 47,artículo 48.1 y 48.3, artículo 49.1,
artículo 50, artículo 51, artículo 52, artículo 53, artículo
54 y artículo 55, disposición adicional segunda, disposición
adicional séptima, disposición adicional octava, excepto el
párrafo primero del apartado 6, disposición adicional novena,
disposición adicional décima, disposiciójn adicional undécima,
disposición adicional duodécima, disposición transitoria
primera, disposición transitoria cuarta, disposición final
segunda y disposición final tercera.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 280; en contra, 22; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

A continuación, sometemos a votación los artículo 32, 38, 45 y
61; disposiciones adicionales quinta, sexta, decimocuarta y
decimoquinta; disposiciones transitorias quinta y sexta;
disposición derogatoria y disposición final primera.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 176; en contra, seis; abstenciones,
125.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Artículo 26.1.a).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 160; en contra, 130; abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Artículo 26.1.d).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 158; en contra, 145; abstenciones,
tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado. (El señor Fernández-
Miranda y Lozana pide la palabra.)
Señor Fernández-Miranda.




El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Gracias, señor
Presidente. Solicito que los artículos 56, 57, 58, 59, 62, 63,
64, 65 y 66 se voten separados del resto que queda pendiente
de votación.




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El señor PRESIDENTE: Votación de los artículos 56, 57, 58, 59,
62, 63, 64, 65 y 66.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 301; en contra, cinco.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Votación correspondiente al resto del texto articulado del
dictamen. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 162; en contra, 144; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Votación de la exposición de motivos, párrafos primero,
decimocuarto, decimoquinto, decimonoveno, vigésimo, vigésimo
primero, vigésimo segundo, vigésimo quinto, vigésimo séptimo y
trigésimo primero.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 161; en contra, 131; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Votación relativa al resto de la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 284; en contra, seis; abstenciones,
16.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.




--ELECCION DE MIEMBROS DEL CONSEJO DE UNIVERSIDADES (Número de
expediente 276/000004)



El señor PRESIDENTE: Punto séptimo del orden del día: Elección
de miembros del Consejo de Universidades.

Señorías, ruego permanezcan en sus escaños. Vamos a proceder a
la votación secreta, pero por el sistema electrónico, en
relación con cada uno de los candidatos propuestos.

Votación relativa a don Domingo Yndurain Muñoz.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 297; a favor, 286; en contra, dos; abstenciones,
nueve.

El señor PRESIDENTE: Votación relativa a don Alberto Marcos
Vallaure. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 285; en contra, siete; abstenciones,
12.




El señor PRESIDENTE: Votación relativa a don José Luis
Martínez-López Muñiz. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 285; en contra, siete; abstenciones,
11.




El señor PRESIDENTE: Votación relativa a don José Ignacio
Rubio Sanromán. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 266; en contra, 14; abstenciones, 23.




El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente a don Félix
Marcos Alvarez. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 282; en contra, cuatro; abstenciones,
18.




El señor PRESIDENTE: Al haber obtenido la mayoría simple de
los votos emitidos en cada una de las votaciones, han
resultado elegidos miembros del Consejo de Universidades don
Domingo Yndurain Muñoz, don Alberto Marcos Vallaure, don José
Luis Martínez-López Muñiz, don José Ignacio Rubio Sanromán y
don Félix Marcos Alvarez.




--PROPUESTA DE DESIGNACION DEL DEFENSOR DEL PUEBLO (Número de
expediente 262/000003)



El señor PRESIDENTE: Punto octavo del orden del día: Propuesta
de designación del Defensor del Pueblo.

Se va a proceder a la lectura del Acta de la sesión de la
Comisión Mixta para las Relaciones con el Defensor del Pueblo,
celebrada el día 4 de noviembre de 1994.




La señora SECRETARIA (Frías Navarrete): Acta de la sesión de
la Comisión Mixta para las Relaciones con el Defensor del
Pueblo, celebrada el día 4 de noviembre de 1994.

A las doce horas y cinco minutos del día arriba indicado, se
reúne en el Palacio del Congreso de los Diputados la Comisión
Mixta para las Relaciones con el Defensor del Pueblo, bajo la
Presidencia de don Alfonso Lazo Díaz.




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Se procede por el Letrado de la Comisión a tomar razón de las
sustituciones producidas y a comprobar si existe quórum. El
señor Presidente, realizada la comprobación anterior, declara
que queda constituida la Comisión por existencia del quórum
reglamentario.

A continuación expone a los miembros de la Comisión que se ha
recibido en la Mesa un documento firmado por los Grupos
Parlamentarios Socialista, Popular, Federal de Izquierda
Unida, Catalán, Vasco, y de Coalición Canaria en el que se
propone para Defensor del Pueblo a don Fernando Alvarez de
Miranda y Torres. Expone a continuación el señor Presidente el
procedimiento por virtud del cual se desarrollará la sesión.

La votación se realizará por el procedimiento establecido en
el artículo 84 del Reglamento del Congreso de los Diputados,
al no haber solicitud de Diputados o Grupos Parlamentarios
para realizarlo de otra manera.

El Presidente abre un turno de intervención de los distintos
Grupos representados en la Comisión que se inicia por el
representante de Coalición Canaria, señor Mardones, en
ausencia del representante del Grupo Mixto. El señor Mardones
se congratula por el consenso encontrado para la propuesta de
don Fernando Alvarez de Miranda. Hace un elogio de las
características profesionales y humanas del candidato y
solicita conste en acta el agradecimiento por el trabajo
realizado por la Defensora del Pueblo en funciones, doña
Margarita Retuerto.

A continuación el representante del Grupo Vasco, señor Sanz
Cebrián, glosa igualmente la personalidad de don Fernando
Alvarez de Miranda, anima a que actúe con absoluta lealtad a
la figura perfilada en la Constitución y expresa el
reconocimiento hacia doña Margarita Retuerto y todo el equipo
adscrito a la Institución.

El señor López Garrido, en nombre del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tras exponer la satisfacción
que le proporciona el que se haya consensuado la propuesta de
don Fernando Alvarez de Miranda, expone con rasgos críticos
los avatares que ha tenido en los últimos meses la no
provisión del puesto. Agradece igualmente el trabajo realizado
por doña Margarita Retuerto y subraya la ausencia de mujeres
en las candidaturas de distintas vacantes institucionales que
se han cubierto.

Seguidamente el señor Casas i Bedós, en nombre del Grupo
Catalán, tras hacer una autocrítica de la lentitud en
la provisión de las distintas instituciones vacantes, elogia
la figura de don Fernando Alvarez de Miranda y, tras agradecer
la profesionalidad y dignidad personal con que doña
Margarita Retuerto ha desempeñado el cargo en funciones,
anuncia el voto favorable de su Grupo al candidato propuesto.

Interviene a continuación el señor Bados en nombre del Grupo
Popular. Considera que se ha tardado demasiado en
cubrir esta vacante, pero que éste es el momento de
congratularse de haber encontrado un candidato de consenso.

Elogia la figura de don Fernando Alvarez de Miranda y agradece
a doña Margarita Retuerto su labor encomiable. Por último, en
este turno de exposición de los criterios de los distintos
Grupos Parlamentarios, interviene el señor Valls García, por
el Grupo Socialista, quien, al igual que los anteriores, se
congratula del acuerdo alcanzado, agradece a doña Margarita
Retuerto su trabajo como adjunta y como Defensor del Pueblo en
funciones y elogia la figura de don Fernando Alvarez de
Miranda. A continuación se procede a la votación de la
propuesta de don Fernando Alvarez de Miranda como candidato
a Defensor del Pueblo. Dicha propuesta obtiene el voto
favorable unánime de los miembros de la Comisión.

Proclamado por el Presidente el resultado de la votación,
anuncia que, de acuerdo con la Ley y su Reglamento, este
resultado será remitido a los Plenos del Congreso y del
Senado.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las doce y
cuarenta minutos del mediodía del 4 de noviembre de 1994.




El señor PRESIDENTE: Vamos a proceder a la votación por
llamamiento, que será secreta y por papeletas. Habiendo una
sola propuesta elevada al Pleno, las papeletas pueden contener
indistintamente tanto el nombre del candidato como el sí, el
no o en blanco, siendo válidas en cualquiera de las dos
modalidades.




(Por los señores secretarios se procede al llamamiento de los
señores Diputados.)



Finalizada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: ¿Algún señor Diputado falta por votar?
(Pausa.) Concluida la votación, vamos a proceder al
escrutinio. (Pausa.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, recuerdo una vez más se
abstengan de utilizar teléfonos inalámbricos en el hemiciclo.




Continúa el escrutinio.




Verificado el escrutinio, dijo



El señor PRESIDENTE: El resultado de la votación es el
siguiente: Votos emitidos, 300; votos a favor de la propuesta
de don Fernado Alvarez de Miranda y Torres, 291; votos en
contra, dos; en blanco, seis; nulos, uno. Al haber obtenido la
mayoría de tres quintos de los votos de los miembros del
Congreso de los Diputados, ha resultado elegido por la Cámara
para el cargo de Defensor del Pueblo don Fernando Alvarez de
Miranda y Torres. Este acuerdo será comunicado al Senado a los
efectos procedentes.

Se levanta la sesión.




Eran las dos y veinticinco minutos de la tarde.