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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 100, de 27/10/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1994 Núm. 100 V Legislatura
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 99
celebrada el jueves, 27 de octubre de 1994



Página



ORDEN DEL DIA:



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



--Proposición de Ley sobre modificación del artículo 340 bis
a), apartado 1.º, del Código Penal, con el fin de tipificar la
conducción de un ciclomotor bajo la influencia de bebidas
alcohólicas y otras sustancias estimulantes. (Orgánica.)
«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número
66.1, de 21 de marzo de 1994 (número de expediente 122/000053)
(Página 5151)
--Proposición de Ley Orgánica de protección a denunciantes,
testigos y peritos en determinadas causas criminales. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número 44.1, de 30
de noviembre de 1993 (número de expediente 124/000001)
(Página 5152)
--Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el Código
Penal en lo referente a escuchas telefónicas y se adiciona un
nuevo artículo relativo a la escucha y grabación de las
conversaciones no públicas por los particulares. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número 71.1, de 14
de abril de 1994 (número de expediente 124/000003) (Página 5158)



Página 5146




Debate de totalidad de iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley de declaración del Parque Nacional de los
Picos de Europa. «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Serie A, número 63.1, de 17 de mayo de 1994 (número de
expediente 121/000049) (Página 5163)



Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas:



--Proyecto de Ley por la que se adoptan medidas urgentes para
el abastecimiento de agua a los núcleos urbanos de la bahía de
Palma de Mallorca. (Procedente del Real Decreto-Ley 9/1994, de
5 de agosto.) «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie
A, número 78.1, de 26 de septiembre de 1994 (número de
expediente 121/000065) (Página 5180)



Votaciones de conjunto:



--Proposición de Ley sobre modificación del artículo 340 bis
a), apartado 1.º, del Código Penal, con el fin de tipificar la
conducción de un ciclomotor bajo la influencia de bebidas
alcohólicas y otras sustancias estimulantes. (Orgánica.)
(número de expediente 122/000053) (Página 5187)
--Proposición de Ley Orgánica de protección a denunciantes,
testigos y peritos en determinadas causas criminales (número
de expediente 124/000001) (Página 5187)
--Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el Código
Penal en lo referente a escuchas telefónicas y se adiciona un
nuevo artículo relativo a la escucha y grabación de las
conversaciones no públicas por los particulares (número de
expediente 124/000003) (Página 5187)



SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas
(Página 5151)



Proposición de ley sobre modificación del artículo 340 bis a),
apartado 1.º, del Código Penal, con el fin de tipificar la
conducción de un ciclomotor bajo la influencia de bebidas
alcohólicas y otras sustancias estimulantes. (Orgánica.)
(Página 5151)



El señor Casas i Bedós, en nombre del Grupo Catalán
(Convergència i Unió), expone que la proposición de ley viene
a cubir un vacío legal que existía en el Código Penal en
relación con la definición del ciclomotor como vehículo y las
consecuencias de su conducción bajo bebida alcohólicas, siendo
la pretensión de su Grupo, como ya anunció, presentar una
enmienda a fin de concretar el grado de alcoholemia que sería
necesario para tipificar esta cuestión. Sin embargo, como en
el transcurso del debate no han generado un consenso
suficiente para que la enmienda pudiera ser aprobada en este
momento, proceden a la retirada de la misma,anunciando que en
el trámite del Senado profundizarán en la misma línea, aunque
con una redacción probablemente distinta.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Cotoner
Goyeneche, en nombre del Grupo Popular, y De la Rocha Rubí,
del Grupo Socialista. El señor Presidente anuncia que las
votaciones de conjunto correspondientes al carácter orgánico
de las tres proposiciones de ley cuyos dictámenes se debaten
esta mañana se producirán al término de los debates previstos
en el orden del día de la sesión.




Proposición de ley orgánica de protección a denunciantes,
testigos y peritos en determinadas causas criminales (Página 5152)



El señor Peón Torres defiende las enmiendas del Grupo Popular.

Comienza aludiendo a la oportunidad de este debate, a la vista
de acontecimientos judiciales recientes, concretamente el
denominado Caso Nécora y la polémica suscitada acerca de la
adecuada protección o no a la figura del arrepentido y a la
validez de su testimonio como prueba capaz de desvirtuar la
presunción de inocencia de los acusados, pudiendo hacer creer
a la opinión pública que esta iniciativa legislativa viene a
dar solución a los problemas planteados. Sin embargo,



Página 5147




creen que, lamentablemente, no va a ser así. Reconoce que la
proposición de ley en su redacción original era mejorable al
contener ambigüedades que podían afectar a principios
constitucionales del proceso penal, motivo por el que su Grupo
presentó una serie de enmiendas para despejar incertidumbres.

Afirma que en todo momento, ha existido una clara voluntad de
consenso entre todos los grupos para dar con la redacción
técnicamente adecuada que buscara el mejor equilibrio entre
las necesidades de protección de los testigos y peritos en
peligro, al mismo tiempo que se salvaba la validez de sus
testimonios respetando las garantías constitucionales de todo
acusado. Cree que se han corregido algunas deficiencias, pero,
a través de algunas enmiendas, se ha alterado también
sustancialmente el objetivo inicialmente perseguido con el
texto original, cambiando los propios fundamentos básicos en
los que se asentaba la proposición. A su juicio, la nueva
orientación del texto que debaten puede privar de parte de su
eficacia a la nueva regulación y hacer perder muchos enteros a
ese instrumento en cuanto a su utilidad para fomentar la
colaboración de los ciudadanos con la Administración de
Justicia.

No obstante, como más vale algo que nada, apoyan el nuevo
texto, sin renunciar a la necesidad de elaborar una normativa
específica que contemple, desde todos las perspectivas, la
conveniencia de dotarnos de instrumentos legales útiles y
especiales para la lucha contra la delincuencia organizada y,
en especial, que trate de la situación del arrepentido y del
confidente policial. Consiguientemente, anuncia la retirada de
todas sus enmiendas al texto original, excepto una referida al
artículo 6 inicial y de cuyo contenido da cuenta a la Cámara.

Concluye anunciando el apoyo de su Grupo a una ley que les
parece tímida, que no va a ser todo lo eficaz que hubiera
podido ser en la lucha contra la delincuencia organizada, pero
no pueden, en cambio, apoyar un artículo que consideran
claramente anticonstitucional y que acabaría por apuntillar
como inútil la regulación que hoy se proponen aprobar, creando
graves problemas de acumulación de recursos de amparo y de
inconstitucionalidad en una Administración de Justicia
suficientemente colapsada. Esta es la posición que mantuvieron
en la votación del dictamen en la Comisión y que mantendrían
también hoy si no se modifica ese aspecto de la nueva
regulación suprimiendo el artículo 6 del texto original, que
ha pasado a ser 4 en el dictamen de la Comisión. Insiste en
que, de aprobarse ese artículo en su actual redacción, podría
traer más problemas a la Administración de Justicia en la
lucha contra la delincuencia organizada de los que pretende
resolver.

El señor López Garrido defiende las enmiendas del Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. Expone que el
proyecto de ley fue ampliamente debatido en Ponencia y
Comisión, cambiando el texto sustancialmente respecto a su
contenido inicial, como consecuencia de un consenso referido
fundamentalmente a testigos y a peritos. Aclara que no están
ante un proyecto de ley sobre arrepentidos sino simplemente
ante una protección de la identidad de testigos y peritos en
las causas penales. Sin embargo, su Grupo mantiene para
votación dos votos particulares en relación con los últimos
artículos que venían en el proyecto inicial y que no fueron
incluidos en el dictamen de la Comisión. Son los artículos 11
y 12 del proyecto de ley originario que creen que pueden ser
útiles y coherentes para las finalidades de la nueva ley. En
turno en contra de las enmiendas a la proposición de ley
interviene el señor Olabarría Muñoz, del Grupo Vasco (PNV),
que señala que su grupo parlamentario presentó una proposición
de ley que pretende colmar una de las lagunas del ordenamiento
penal más características y que gravitan más negativamente
sobre la eficiencia represiva fundamentalmente en el ámbito de
la represión de mafias de organización de delincuentes, de
fenómenos delictivos sofisticados, cada vez más difíciles de
reprimir por el ordenamiento jurídico, que no evoluciona de
forma pareja a la evolución cada vez más compleja de estos
delitos. Pretende cubrir una de las carencias más
características de nuestroordenamiento como es la reticencia
de determinados testigos y peritos, a consecuencia de amenazas
provenientes de las bandas a las que han pertenecido o cuya
actividad delictiva conocen. Su Grupo cree que la nueva ley
colma la laguna legal existente de forma razonable,
equilibrada y satisfactoria. Coincide con el señor Peón en el
talante que ha existido por parte de todos los grupos de la
Cámara de buscar aproximación de posturas, originariamente muy
divergentes, realizando un esfuerzo importante para llegar a
puntos de convergencia y que conviene que conste en el «Diario
de Sesiones» por tratarse de un caso excepcional,
desgraciadamente no muy frecuente en la Cámara.

Dicho esto, insiste en que la proposición pretende incrementar
la eficiencia de nuestro ordenamiento primitivo para los
testigos y peritos que razonablemente pueden tener reticencias
para colaborar con la justicia, aunque aclara que ésta no es
la proposición de ley de los arrepentidos, aunque sí atiende
parcialmente a los problemas de los mismos.

Expone, por último, el contenido concreto de la proposición de
ley, fijando su posición sobre las enmiendas mantenidas a la
misma, afirmando de nuevo que, con la norma que se va a
aprobar, se



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va a aumentar notablemente la eficiencia punitivade nuestro
ordenamiento penal. Para fijación de posiciones interviene el
señor Pérez Mariño, en nombre del Grupo Socialista.




Proposición de ley orgánica por la que se modifica el Código
Penal en lo referente a escuchas telefónicas y se adiciona un
nuevo artículo relativo a la escucha y grabación de las
conversaciones no públicas por los particulares (Página 5158)



El señor Presidente informa a la Cámara que se han retirado
las enmiendas que se habían mantenido para su defensa y
votación en el Pleno en relación con esta proposición de ley.

Para fijación de posiciones interviene la señora Alemany i
Roca, del Grupo Catalán (Convergència i Unió), y los señores
López Garrido, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, Cotoner Goyeneche, del Grupo Popular, y Cuesta
Martínez, del Grupo Socialista.

Se procede a las votaciones de los dictámenes de Comisión
debatidos anteriormente, que son aprobados.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas (Página 5163)



Proyecto de ley de declaración del Parque Nacional de los
Picos de Europa (Página 5163)



En nombre del Gobierno presenta el proyecto de ley el señor
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación (Atienza Serna),
manifestando que, a través del proyecto de ley, el Gobierno
viene a dar respuesta a uno de los compromisos asumidos para
la actual legislatura. El Gobierno fundamenta el proyecto de
ley en virtud del Título competencial establecido en el
artículo 149.1.23 de la Constitución, en lo relativo a la
legislación básica sobre protección del medio ambiente.

También, de acuerdo con el artículo 145.2 de la Constitución y
el artículo 22 de la Ley 40/1989, de Conservación de los
Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre, el
Gobierno ha considerado necesario declarar de interés general
de la nación el Parque Nacional de los Picos de Europa, que
comprende y amplía el ámbito territorial del actual Parque
Nacional de la Montaña de Covadonga. Según esta Ley de 1989,
se trata de asegurar la conservación presente y futura de
estas áreas naturales, poco transformadas por la explotación u
ocupación humana, en razón de la belleza de su paisaje, para
lo que se les dota de un régimen jurídico especial de
protección que, además de hacer posible su conocimiento y
disfrute, permitirá el desarrollo de programas educativos y
científicos. La protección de los ecosistemas y de la
biodiversidad que contienen constituye el objetivo prioritario
de cada parque nacional. Recuerda que el establecimiento de
nuevos parques nacionales y su consiguiente incorporación a la
red estatal o, en su caso, la revisión de los límites ya
existentes, ha de ajustarse a unos requerimientos mínimos, a
efectos de mantener la calidad y excepcionalidad de los
valores que motivaron su establecimiento y justifican su
existencia con ese alto nivel de protección. Añade el señor
Ministro que hace ya años que se había planteado la ampliación
del Parque Nacional de la Montaña de Covadonga y que con esta
declaración se inaugura una nueva etapa con parques nacionales
más grandes, englobando a una cierta población residente que,
con fuerte vocación para el desarrollo sostenible de la zona,
completan la representación de esta región biogeográfica.

Afirma que el ámbito territorial del Parque Nacional cumple
sobradamente los requisitos exigibles el englobar una gran
variedad de ecosistemas representativos del bosque atlántico,
totalizando una superficie de más de 63.000 hectáreas, que
abarcan nueve municipios del Principado de Asturias, de
Cantabria y de Castilla y León.

Menciona destadados rasgos naturales y culturales del Parque
Nacional, cuya conservación es de interés general para España,
asegurando la perpetuación de la evolución natural del medio y
de las especies asociadas. Las características especiales del
parque justifican tanto su ampliación como un mayor régimen de
protección, con el fin de preservar sus elementos y procesos
naturales o de restaurarlos en aquellos casos que se considere
conveniente. Alude, por último, el señor Ministro a algunos de
los aspectos más destacables del proyecto de ley, mostrando la
predisposición del Gobierno para admitir todas aquellas
propuestas que tengan por objeto mejorar su texto, en el
convencimiento de que el diálogo, el consenso y la integración
de planteamientos repercutirán de forma positiva en su
contenido.

El señor García Fonseca defiende la enmienda de totalidad de
texto alternativo presentada por el Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya. Expone que su grupo se identifica,
casi al cien por cien, con lo manifestado por el señor
Ministro en cuanto a intenciones, objetivos, criterios,
etcétera, pero mantiene discrepancias importantes en cuanto a
que los instrumentos y las formulaciones específicas



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que se han plasmado en este proyecto de ley sean los más
adecuados para conseguir algo en lo que todos coinciden en
gran medida. Por eso, su Grupo ha presentado una enmienda de
totalidad, con texto alternativo, con el mayor ánimo
constructivo de lograr, entre todos, una ley que sea la más
adecuada, en todos sus aspectos, para conseguir estos fines
que comparten.

Destaca la importancia del conjunto del macizo de los Picos de
Europa desde cualquier punto de vista y los reconocimientos
que ya tiene a todos los niveles nacionales e internacionales
como para que busquen para este conjunto integrado la figura y
la reglamentación más adecuada. Sin embargo, llama la atención
sobre la necesidad de darse prisa para regular esta protección
o, desgraciadamente, en poco tiempo no van a tener nada que
proteger. Menciona alguno de los desaguisados que sólo durante
el año pasado se han cometido en los Picos de Europa, a sumar
a los que desde hace bastantesaños se vienen cometiendo,
resaltando la urgencia en la actuación, ya que en otro caso
será completamente inútil que decidan una ley u otra porque ya
no servirá para nada. Comprenderán, por tanto los señores
Diputados que Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya
presentara ya el año 1991 una proposición de ley de protección
especial del Parque Nacional, que fue apoyada por el Grupo
Popular, quedando meridianamente claro el criterio de su Grupo
en el sentido de que los Picos de Europa no pueden ser
gestionados de otra manera más que mediante la figura del
parque nacional con una única gestión, aunque ésta pueda ser
participativa, colegiada, etcétera. Añade que a las razones
ecológicas se unen razones de prestigio internacional en
absoluto despreciables y que hay también razones de
cofinanciación y de desarrollo sostenible, estando su Grupo
dispuesto a debatir y demostrar a quien lo desee que la figura
del parque nacional aplicada a todo este territorio es el
mejor instrumento para asegurar a los ciudadanos aquí
residentes el mayor grado de bienestar posible en las
condiciones y circunstancias en que viven. Menciona,
finalmente, algunas características del texto alternativo que
presentan, afirmando que las propuestas en él contenidas
recogen mejor que en el proyecto de ley los instrumentos para
conseguir los fines que todos persiguen. El señor Gortázar
Echeverría defiende la enmienda de totalidad de texto
alternativo del Grupo Popular. Señala que el señor Ministro no
ha dicho a la Cámara nada nuevo que no supiesen y le pregunta
si, después de la experiencia de cómo está Doñana o las Tablas
de Daimiel, o de la propia gestión de Icona en la Montaña de
Covadonga, los ciudadanos de Cantabria, Asturias y Castilla-
León van a tener más confianza en el Ministerio que en sus
respectivos consejeros autonómicos. De ahí que el Grupo
Popular realice una propuesta de administración autonómica
sobre la gestión y responsabilidad política directa de esa
realidad, a sabiendas de que el Icona no va a estar para las
responsabilidades o que el Ministerio va a escurrir el bulto.

La segunda cuestión que plantea es que el señor Ministro se
coloca fuera de la realidad, hablando de actividades
artesanales por parte de los habitantes del futuro parque
nacional, fundamentalmente destinadas al autoabastecimiento,
preguntándole si es ésa una perspectiva ligeramente moderna y
entusiasta para los jóvenes y propietarios de aquella región.

Afirma que la defensa por parte del señor Ministro del
proyecto de ley ha sido pobre, poco consistente y en absoluto
realista a los efectos de cambiar la opinión de los afectados
por el mismo. Se ha producido una reacción contraria al
proyecto de ley por parte de los habitantes de la zona, en
gran parte por el contenido del Plan de Ordenación de Recursos
Naturales, en el que hay una enorme cantidad de limitaciones a
la explotación y a los usos turísticos de aquellas zonas, con
lesión de los derechos de los vecinos y de los propios
municipios.

Añade que el Grupo Popular no tiene nada, en absoluto, en
contra de los parques naturales nacionales sino que, por el
contrario, son pioneros de los mismos y tienen una larga
experiencia sobre el particular. Sin embargo, la situación a
finales del siglo XX es completamente distinta a la que
existía a principios de siglo y la moderna filosofía de
conservación no va en la dirección que defienden los
socialistas e Izquierda Unida, con una mentalidad
expropiatoria e intervencionista alejada de la realidad.

Ateniéndose a la postura de la propia Unescoy la Comunidad
Europea, el Grupo Popular presenta un texto alternativo cuyos
rasgos fundamentales expone a la Cámara y con el que entienden
que satisfacen, en primer lugar, las demandas de los vecinos
de la zona, que son los protagonistas de la conservación, y,
en segundo lugar, respetan las atribuciones que la
Constitución y los estatutos autonómicos reconocen como
propios de las comunidades autónomas.

Pide a la Cámara el apoyo para el texto alternativo que abre
vías de consenso con los afectados, en contra de los cuales
nada se puede proteger. En turno en contra interviene, en
nombre del Grupo Socialista, el señor Cuesta Martínez.

Comienza afirmando que al Grupo Socialista le satisface más el
planteamiento formulado por el portavoz de Izquierda Unida,
planteamiento con el que les une mucho más que con el expuesto
por el representante del Grupo Popular, en una intervención
más de



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su práctica de permanente alarmismo. Desde el principio desea
dejar constancia de la satisfacción que al Grupo Socialista le
produce la presentación en la Cámara de una iniciativa que
coincide sustancialmente con el deseo del Gobierno del
Principado de Asturias y con amplios sectores no sólo del
Principado sino también de Cantabria y Castilla y León. Aclara
que no se trata de considerar a los habitantes de estas zonas
como fósiles, según se desprende de la intervención del señor
Gortázar, sino de proteger y defender mejor los intereses y
derechos de esos vecinos que habitan en un entorno digno de
protección. Según lo expuesto por el señor Ministro y según
consta también en la memoria del proyecto de ley, se hallan
ante la necesidad de garantizar la protección de sistemas y de
ampliar los límites del actual Parque de Covadonga hasta un
territorio que comprende parte de las comunidades de Cantabria
y Castilla y León, además de la de Asturias. Señala que el
territorio que se pretende proteger con el nombre de Parque
Nacional de Picos de Europa constituye una unidad natural que
contiene valores ecológicos, faunísticos, botánicos,
paisajísticos y culturales, de tales características que
justifica suficientemente la necesidad de dotarlo del régimen
especial de protección que se pretende. Menciona algunos
caracteres especiales de la zona en cuestión, digna de la
protección que se contiene en el proyecto de ley, con el que,
además, cumplen un compromiso electoral de junio de 1993,
proyecto de ley que, aclara, se inserta, como no podía ser de
otra manera, en lo establecido en la Constitución y en los
correspondientes estatutos de autonomía. Coincide, por último,
con el señor García Fonseca en la necesidad de actuar con
urgencia, ya que en otro caso no habría nada que proteger y,
en aras a dicha urgencia, el Grupo Socialista se opondrá a las
enmiendas de totalidad cuya admisión sólo conducirían a
retrasar la protección que todos desean. Replican los señores
García Fonseca y Gortázar Echevarría, duplicando el señor
Cuesta Martínez.

Para fijación de posiciones hacen uso de la palabra los
señores Mur Bernad, del Grupo Mixto; Mardones Sevilla, de
Coalición Canaria, y Baltá i Llopart, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió).

Sometida a votación la enmienda de totalidad con texto
alternativo del Grupo Popular es rechazada por 153 votos a
favor, 166 en contra y una abstención.




Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas (Página 5180)



Proyecto de ley por la que se adoptan medidas urgentes para el
abastecimiento de agua a los núcleos urbanos de la Bahía de
Palma de Mallorca (Página 5180)



El señor Andreu Andreu defiende la enmienda de totalidad de
texto alternativo presentada por Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya. Manifiesta que, a través de la misma, defienden
una filosofía muy distinta a la contenida en el proyecto de
ley sobre el trasvase de agua del Ebro a Mallorca. Cree que en
una decisión de esta naturaleza lo lógico y natural hubiera
sido remitirla al Plan Hidrológico Nacional y, sin embargo, se
hurta el debate tomando decisiones importantes para que se
vaya cimentando poco a poco una modalidad distinta respecto a
la distribución de agua en nuestro país. Considera que esta
forma de hurtar el debate es una operación políticamente poco
limpia y que una decisión de esta naturaleza debería
contemplarse en dicho Plan Hidrológico Nacional. Seguidamente
se procede a la defensa de las enmiendas parciales presentadas
al proyecto de ley, interviniendo al efecto los señores Mur
Bernad, del Grupo Mixto, y Gilet Girart del Grupo Popular.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Mardones
Sevilla, del Grupo de Coalición Canaria, y Sedó i Marsal, del
Grupo Catalán (Convergència i Unió). En turno en contra de las
enmiendas al proyecto de ley interviene el señor Costa Costa,
del Grupo Socialista.

Sometida a votación la enmienda de totalidad del Grupode
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya es rechazada por 13
votos a favor y 291 en contra. Asimismo se someten a votación
las enmiendas parciales presentadas al proyecto de ley
debatidas anteriormente.

Finalmente, se somete a votación el proyecto de ley por la que
se adoptan medidas urgentes para el abastecimiento de agua a
los núcleos urbanos de la Bahía de Palma de Mallorca
(procedente del Real Decreto-ley 9/1994, de 5 de agosto),
siendo aprobado por 289 votos a favor, 14 en contra y una
abstención.




Votaciones de conjunto (Página 5187)



Sometida a votación de conjunto la proposición de Ley Orgánica
sobre modificación del artículo 340 bis a), apartado 1, del
Código Penal, con el fin de tipificar la conducción de un
ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y otras
sustancias estimulantes, es aprobada por 304 votos a favor.




Página 5151




Asimismo es aprobada en votación de conjunto la proposición de
Ley Orgánica de protección a denunciantes, testigos y peritos
en determinadas causas criminales, por 303 votos a favor.

Igualmente se aprueba en votación de conjunto la proposición
de Ley Orgánica por la que se modifica el Código Penal en lo
referente a escuchas telefónicas, por 300 votos a favor y uno
en contra.

Se levanta la sesión a la una y treinta minutos de la tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROPOSICION DE LEY SOBRE MODIFICACION DEL ARTICULO 340 BIS
a), APARTADO 1.º, DEL CODIGO PENAL, CON EL FIN DE TIPIFICAR LA
CONDUCCION DE UN CICLOMOTOR BAJO LA INFLUENCIA DE BEBIDAS
ALCOHOLICAS Y OTRAS SUSTANCIAS ESTIMULANTES (Número de
expediente 122/000053)



El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.

Siguiente punto del orden del día, dictámenes de comisiones
sobre iniciativas legislativas. Dictamen relativo a la
proposición de ley sobre modificación del artículo 340 bis a),
apartado 1.º, del Código Penal, con el fin de tipificar la
conducción de un ciclomotor bajo la influencia de bebidas
alcohólicas y otras sustancias estimulantes.

Enmienda del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Tiene la palabra el señor Casas.




El señor CASAS I BEDOS: Señor Presidente, como ya dijimos en
la toma en consideración de esta proposición de ley orgánica
presentada por el Grupo Popular, nos parece que esta
proposición de ley viene a cubrir un vacío legal que existía
en el Código Penal en relación con la definición del
ciclomotor como vehículo y las consecuencias de su conducción
bajo bebidas alcohólicas. Nuestro Grupo anunció que
presentaría una enmienda a fin de concretar el grado de
alcoholemia que sería necesario para tipificar esta cuestión.

En el transcurso del debate no hemos generado el consenso
suficiente para que esta enmienda pudiera ser aprobada, con lo
cual vamos a retirarla en este acto, aunque avisamos a SS.SS.,
a los grupos parlamentarios y al Grupo proponente que, si bien
es cierto que compartimos la finalidad del objetivo que
pretende esta enmienda, también es cierto que su redacción
presenta alguna dificultad de encaje con la estructura del
Código Penal.

Por esta razón, anuncio que en el trámite del Senado
profundizaremos en esta misma línea, aunque con una redacción
probablemente distinta. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Casas.

¿Algún grupo desea fijar posición en relación con este
dictamen? (Pausa.) Por el Grupo Popular, tiene la palabra el
señor Cotoner.




El señor COTONER GOYENECHE: Gracias, señor Presidente.

Ante todo, quiero agradecer al Grupo Catalán la retirada de su
enmienda, ya que de esta forma lo que se consigue es una
aprobación del dictamen de esta proposición de ley con
unanimidad de todos los grupos presentes en la Cámara. La
«ratio» de la presentación de la proposición por este Grupo al
Pleno de esta Cámara es que la sanción a los conductores de
ciclomotores que conduzcan bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas y estupefacientes se asimilara a la que se
impone a los conductores de vehículos de motor. Había una
laguna que rellenar en el Código Penal, que se venía
arrastrando desde 1934, al tratar el Código de Circulación el
ciclomotor de forma diferente al vehículo de motor. Debido a
la trascendencia social de los accidentes que se han venido
sucediendo con estos vehículos, el Grupo Popular consideró
oportuno tratarlo exactamente igual que el vehículo de motor.

Este Grupo debe agradecer al letrado de la Comisión, señor
García Mexía la ayuda que en todo momento ha dado a la
Ponencia. Gracias a él y al entendimiento entre el Grupo
Socialista y el nuestro hemos podido llegar a una reforma, no
sólo del artículo 340 bis A), 1.º, sino a una reforma en
profundidad de otros artículos, como el 340 bis A) 2.º, el 340
bis D), el 565 y una serie de artículos de la parte general
del Código Penal, que se han visto modificados por esta
proposición de ley. Agradecemos de nuevo a dicho letrado la
asistencia jurídica que nos ha prestado.

Por otra parte, debemos congratularnos si, debido a la
aprobación de la presente proposición de ley, evitamos que
sigan sucediendo accidentes con los ciclomotores, debido a la
ingerencia de bebidas alcohólicas sobre todo por personas
jóvenes, de entre 16 y 21 años. Creo que nos tendremos que
felicitar por haber contribuido a evitar dichos accidentes.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cotoner.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor De la
Rocha.




Página 5152




El señor DE LA ROCHA RUBI: Gracias, señor Presidente.

Voy a intervenir brevemente para fijar la posición de mi Grupo
que, como se ha adelantado, va a ser favorable a la aprobación
del informe de esta proposición de ley.

Efectivamente, la proposición pretende que se tipifique la
conducta de conducir un ciclomotor bajo la influencia de
bebidas alcohólicas de la misma manera que la conducción de
otros vehículos de motor.

A lo largo del trámite parlamentario, sobre todo en Ponencia,
pero también en Comisión, se ha ido viendo en la reflexión
colectiva que la iniciativa era técnicamente muy insuficiente,
que era necesario regular no sólo un artículo en el que se
introdujera este nuevo tipo, sino que había que completar esa
regulación con otras facetas, sin las cuales, probablemente,
la modificación del Código hubiera quedado vacía. Había que
incluir el nuevo tipo en la clasificación de las penas, había
que regular su contenido y su duración, había que regular
también su consideración como medida cautelar y el abono de
esa medida cautelar en el cumplimiento de la pena. Estábamos
ante un delito de riesgo, un delito cuya incorporación al
Código Penal derivaba de la experiencia, fundamentalmente
conocida a través de las estadísticas de la Dirección General
de Tráfico, de que, en muchos casos, la conducción de un
ciclomotor está suponiendo un mayor riesgo de tráfico que la
conducción de otros vehículos. Se deducía de esa estadística
de la Dirección General de Tráfico que había otros delitos o
al menos otras conductas gravemente irregulares que se estaban
cometiendo con ciclomotores y que probablemente era el momento
de incorporarlas al Código Penal, fundamentalmente el delito
de conducción temeraria básica, lo que se llama la temeridad
básica como delito de riesgo, el delito de conducción suicida,
el famoso tipo incorporado en 1989 de los conductores
suicidas, que se ha visto que en algunos casos eran
conductores que iban con ciclomotor, y la falta de la
imprudencia, del artículo 566 del Código Penal. La aprobación
de esta iniciativa --hay que decirlo-- en un momento en que
esta Cámara está ya discutiendo, a nivel de Ponencia, la
reforma del Código Penal no supone ir, en absoluto, en contra
de lo que ha sido presentado ante la Cámara por el Gobierno,
el proyecto de ley de reforma del Código Penal. No sólo en el
espíritu --ese proyecto ya recoge estas modificaciones--, sino
prácticamente en su letra, lo que ahora estamos haciendo es
adelantar la reforma, porque, efectivamente, visto el riesgo
grave que supone la conducción de ciclomotores en determinados
comportamientos y a determinadas horas en las ciudades,
etcétera, parece al legislador, parece a esta Cámara --ha
parecido a la Comisión, en todo caso-- que era necesario
adelantarse a la reforma.

Por ello nuestro Grupo, señor Presidente, señorías, va a votar
a favor. Mucha gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor De la Rocha.

Antes de pasar el debate del siguiente dictamen, quiero
comunicar a la Cámara que las votaciones de conjunto
corespondientes al carácter orgánico de las tres proposiciones
de ley cuyos dictámenes van a ser debatidos esta mañana se
producirán antes de levantar la sesión, al término de los
debates previstos en el orden del día. (Rumores.) La votación
de conjunto correspondiente al carácter orgánico.




--PROPOSICION DE LEY ORGANICA DE PROTECCION A DENUNCIANTES,
TESTIGOS Y PERITOS EN DETERMINADAS CAUSAS CRIMINALES (Número
de expediente 124/000001)



El señor PRESIDENTE: Proposición de ley orgánica de protección
a denunciantes, testigos y peritos en determinadas causas
criminales.

Enmiendas del Grupo Popular.

Tiene la palabra el señor Peón.




El señor PEON TORRE: Gracias, señor Presidente.

Señorías, debatimos hoy una proposición de ley orgánica que
puede entenderse especialmente oportuna teniendo en cuenta
últimos acontecimientos judiciales, en concreto la sentencia
del denominado caso Nécora. La polémica suscitada con la
adecuada protección o no, con el tratamiento legal y judicial
aplicable a la figura del arrepentido y la validez de su
testimonio como prueba capaz de desvirtuar la presunción de
inocencia de los acusados, puede hacer creer a la opinión
pública que la iniciativa legislativa que hoy nos ocupa puede
avenir a dar solución a estos problemas. Sin embargo,
señorías, creemos que, lamentablemente, no va a ser así.

Es verdad, señorías, que el Senado nos encomendó el debate y
la discusión de una proposición de ley orgánica que parecía
atender a una prioridad especialmente sentida por la sociedad
española: la necesidad de dar respuesta a la delincuencia
organizada, de dotarnos de un marco legal útil, eficaz, capaz
de dar respuesta a la capacidad de amedrantamiento de que
disponen las organizaciones criminales, sea terrorismo o sea
narcotráfico, y que, en muchas ocasiones, deriva en la
imposibilidad de contar con testimonios y con pruebas
suficientes para conseguir la condena judicial de aquéllos que
participan en las actividades delictivas.

Señorías, la proposición, en su redacción original, era
mejorable y contenía ambigüedades que podían afectar a
principios constitucionales del proceso penal. Por ello mismo,
nuestro Grupo presentó una serie de enmiendas que pretendían
despejar esas incertidumbres. En todo momento ha existido una
clara voluntad de consenso entre todos los grupos para dar con
la redacción técnica adecuada, para dar con la redacción
jurídica



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que buscara el mejor equilibrio entre la necesidad de
protección de los testigos y peritos en peligro al mismo
tiempo que se salvaba la validez de su testimonio, respetando
las garantías constitucionales de todo acusado. Las enmiendas
presentadas conjuntamente por el PNV y por el Partido
Socialista han dado lugar, a nuestro entender, a un texto
alternativo al presentado originariamente en el Senado. Se han
corregido, es cierto, algunas de las deficiencias, pero, al
mismo tiempo, nosotros pensamos que se ha alterado
sustancialmente el objetivo inicialmente perseguido con el
texto original.

¿Qué es lo que ha cambiado? A nuestro juicio, señorías, ha
cambiado los propios fundamentos básicos en los que se
asentaba la proposición del Senado. Así, si la proposición del
Senado se refería a la necisidad de reforzar los instrumentos
legales para combatir judicialmente la delincuencia
organizada, creemos sinceramente que esta proposición pretende
otra cosa o, por lo menos, no pretende con la misma intensidad
ese objetivo inicial de la propuesta original. A nuestro
entender, esta nueva orientación del texto que ahora debatimos
puede privar de parte de su eficacia a la nueva regulación,
puede privar, decimos, de parte de su eficacia y puede hacer
perder muchos enteros a ese instrumento en cuanto a su
utilidad para fomentar la colaboración de los ciudadanos con
la Administración de Justicia. Nos parece que no responde a
esa necesidad, a la que aludíamos antes, de dotarnos de
instrumentos legales verdaderamente eficaces en la lucha
contra la delincuencia organizada.

Sin embargo, creemos que más vale algo que nada y por ello
apoyaremos el nuevo texto, sin renunciar, por otra parte, a la
necesidad de elaborar una normativa específica que contemple,
desde todas las perspectivas penales, procesales,
penitenciarias, económicas, etcétera, la conveniencia de
dotarnos de instrumentos legales útiles y especiales para la
lucha contra la delincuencia organizada y, en especial, que
trate de la situación del arrepentido y del confidente
policial.

Tal y como ya apuntaron el Grupo Socialista y el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya en el debate de la
Comisión, nuestro grupo considera urgente la elaboración de
una normativa específica, al estilo de la ley contra el crimen
organizado de Estados Unidos o de otras legislaciones
similares existentes en Alemania o en Italia.

Por ello, y dado que finalmente el texto que debatimos no se
refiere específicamente a esa problemática, anunciamos la
retirada de todas nuestras enmiendas al texto original y tan
sólo mantenemos una porque creemos que la cuestión a la que se
refiere es realmente grave. Estoy hablando de la enmienda que
se refiere a la supresión del artículo 6 del texto original y
que con el nuevo texto ha de entenderse referida al apartado
3.º del artículo 4.º del nuevo texto aprobado por la Comisión.

Se trata de la regulación prevista para que se produzca el
testimonio del testigo o perito protegido en la fase del
juicio oral. Ya en la redacción originaria todos los grupos
expresaron la necesidad de conciliar la protección del testigo
o perito con el respeto a los derechos constitucionales de
todo acusado. Pues bien, señorías, creemos que el nuevo texto
no sólo no soluciona, sino que incluso agrava los riesgos de
inconstitucionalidad que ya se advirtieron en el Senado por
parte de los representantes de todos los grupos. El texto
aprobado por la Comisión, señorías, establece la posibilidad
de mantener el anonimato del testigo o perito incluso en la
fase del juicio oral. Concretamente, llega a afirmarse en el
texto que hoy se somete a debate lo siguiente: Sin perjuicio
de lo anterior, si cualquiera de las partes solicitase
motivadamente en su escrito de calificación provisional,
acusación o defensa el conocimiento de la identidad de los
testigos o peritos propuestos, cuya declaración o informe sea
estimado pertinente, el juez o tribunal que ha de entender de
la causa en el mismo auto en el que declare pertinente la
prueba propuesta podrá facilitar motivadamente y, a la vista
de las alegaciones hechas por las partes, el nombre y los
apellidos de los testigos o peritos, respetando las restantes
garantías reconocidas a los mismos en esta ley. Señorías, el
texto dice: podrá facilitar.

En definitiva, se permite legalmente la posibilidad de que un
tribunal resuelva mantener el anonimato de un testigo o
perito, incluso en la fase del juicio oral, a pesar de que la
defensa de los acusados requiera y exija su conocimiento.

Señorías, nosotros pensamos que esta anomalía no se subsana
con la previsión contenida en el punto 5 del mismo artículo
4.º del texto que ahora debatimos. Aunque para que pueda ser
tenida como prueba de cargo la declaración del testigo o
perito se exige el cumplimiento en ese punto de las
previsiones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y, por tanto,
se impide así el anonimato del testigo o perito, creemos que
la simple negativa a la defensa para poder conocer la
identidad de los testigos y peritos que declaren en el juicio
oral puede fundamentar el recurso de amparo por vulnerar el
derecho a la defensa y a la contradicción con igualdad de
armas procesales.

Esta situación ni siquiera tiene que esperar un futuro
pronunciamiento del Tribunal Constitucional para que podamos
saber a ciencia cierta si es compatible o no con los derechos
fundamentales. No hay que esperar porque nuestro Tribunal
Constitucional ya ha tenido ocasión de afirmar con claridad
que no es posible el testimonio anónimo en el juicio oral sin
infringir principios constitucionales que son patrimonio y
garantía de todos los ciudadanos.

En cierto que el Tribunal Constitucional admite la declaración
de un testigo oculto. En este sentido, la actual



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legislación que hoy se propone viene a cubrir la laguna
existente hasta hoy sobre esta cuestión, pero en lo que el
Tribunal no deja ninguna duda es en la imposibilidad de
declaración en el acto del juicio oral de un testigo anónimo.

Así, el Alto Tribunal, en su sentencia de 24 de marzo de 1994,
llega a decir textualmente lo que reproducimos a continuación:
La referencia a la anterior doctrina del Tribunal Europeo de
Derechos Humanos permite, pues --son palabras del Tribunal--,
concluir que es la imposibilidad de contradicción y el total
anonimato de los testigos de cargo lo que el citado Tribunal
considera contrario a las exigencias derivadas del artículo 6
del Convenio Europeo de los Derechos Humanos. Y termina
diciendo el Tribunal: En la medida en que la posibilidad de
contradicción y el conocimiento de la identidad de los
testigos, tanto para la defensa como para el juez o tribunal,
resulten respetados, han de entenderse cumplidas la exigencias
derivadas del artículo 6.3.d) del Convenio y, en consecuencia,
también las garantías que consagra el artículo 24.2 de nuestra
Constitución.

Señorías, aunque nuestro Grupo va a apoyar una ley que nos
parece, como hemos dicho, tímida, que nos parece que no va a
ser todo lo eficaz que hubiera podido ser en la lucha contra
la delincuencia organizada, lo que no podemos apoyar es un
artículo que es claramente inconstitucional, que acabaría por
apuntillar como inútil la regulación que hoy podemos aprobar y
crear graves problemas de acumulación de recursos de amparo y
de inconstitucionalidad en una Administración de Justicia ya
suficientemente colapsada.

Esa es la razón por la que nuetro Grupo se abstuvo en la
votación del dictamen en la Comisión y ésa es la posición que
mantendríamos hoy si no se modifica este aspecto de la nueva
regulación.

Nosotros proponíamos en nuestras enmiendas la supresión del
artículo 6 del texto original, que va a ser ahora el artículo
4 del dictamen de la Comisión y, por tanto, del actual texto.

Seguimos creyendo que en la fase del juicio oral no puede
alterarse la regulación general que establece los fundamentos
del derecho a la defensa y que impide la posibilidad de ser
tenido en cuenta un testimonio anónimo prestado en el juicio
oral. Por ello, ofrecemos en este acto una enmienda
transaccional a los demás grupos, a fin de que pueda evitarse,
en lo posible, el riesgo de inconstitucionalidad de la actual
redacción. Debería sustituirse, en el punto 3 del artículo 4,
la expresión «podrán facilitar motivadamente y a la vista de
las alegaciones hechas por las partes, el nombre y los
apellidos de los testigos y peritos» por la nueva expresión
que dijera «deberá facilitar el nombre y los apellidos de los
testigos y peritos». Creemos, señorías, que, aunque el riesgo
de inconstitucionalidad no desaparece totalmente, al menos de
esta forma se puede evitar el total anonimato en el juicio
oral, que el Tribunal Constitucional prohíbe por vulnerar los
derechos fundamentales, en concreto, lo dispuesto en el
artículo 24.2 de la Constitución Española. Esta preocupación,
señorías, no es sólo nuestra. Quiero recordar muy brevemente
lo que representantes del Grupo Socialista y del Grupo Vasco
(PNV), con ocasión del debate de esta misma proposición en el
Senado, dijeron sobre esta misma cuestión. En concreto, el
Senador del Grupo Socialista, señor Galán Pérez, llegó a
afirmar en su intervención sobre esta proposición lo
siguiente: Está claro que si la defensa ignora en todo momento
la identidad del testigo, no puede establecer que es parcial,
hostil o indigno de crédito. Por tanto, no puede ejercer esas
garantías del derecho a la defensa que están en nuestra
Constitución.

Aún era más contundente el representante socialista al
afirmar: Si lo que al final se consigue con la proposición es
que fuera «ex lege» posible el apoyo testifical o pericial a
una determinada acusación sin que el justiciable conozca ni en
la fase sumarial ni en el juicio oral quiénes son las personas
que testimonian o dictaminan pericialmente contra él,
sencillamente nos parecería inadmisible, porque representaría
una regresión al viejo sistema inquisitivo, una ruptura de las
garantías del derecho a la defensa, del principio de igualdad
de fuerzas y, en definitiva, haría imposible la defensa de
este principio de presunción de inocencia. El representante
del Grupo Socialista, el Senador Caballero Lasquíbar, decía:
Estas medidas de protección que se garantizan en la fase
policial y en la judicial de instrucción tienen algún límite
una vez que se abre la fase de juicio oral en razón del
derecho del acusado a un proceso con todas las garantías, que
debe poder conocer la identidad de las personas que han de ser
utilizadas para articular una prueba procesal de cargo. Y
añadía: Si en el juicio oral decide intervenir el denunciante,
testigo o perito, será conocida su identidad, pero permanecerá
el resto de medidas del programa de protección. Por último,
señorías, incluso el profesor universitario que intervino en
la redacción de la propuesta presentada por el PNV, en un
artículo publicado en la prensa del País Vasco, escribía: No
cabe ocultar que en las enmiendas presentadas por el PSOE al
texto inicial del PNV se atisba algún aspecto de ambigua
lectura constitucional que, por ende, debería ser
reconsiderado o, cuando menos, matizado.

Señorías, quiero agradecer la disposición al consenso que ha
existido por parte de todos y que viene a demostrar la
preocupación que existe en todos los grupos por la realidad a
la que la presente proposición trata de dar adecuada
respuesta. Pero ese reconocimiento no puede llevarnos a hacer
dejación de nuestra responsabilidad anteponiendo el siempre
deseable consenso al riesgo de aprobar una ley o, más
concretamente, un artículo de esa ley que a nuestro juicio es
claramente inconstitucional.




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Señorías, creemos que de aprobarse en su actual redacción
podría traer más problemas a la Administración de justicia y a
la lucha contra la delincuencia organizada que los que
pretende resolver. Esperamos que con la enmienda transaccional
que ofrecemos pueda lograrse el consenso. Consenso que poco
antes de iniciar este debate tanto el representante socialista
como el representante del Grupo Vasco (PNV), nos anunciaban
que iba a ser finalmente imposible que pudiera alcanzarse.

Consenso que esperamos que sirva también para sensibilizar a
todos los grupos sobre la necesidad de avanzar más audazmente
en la elaboración de una ley contra el crimen organizado que
aumente y apuntale lo que hoy aquí se esboza tan sólo
tímidamente.

Esperamos finalmente, señorías, que sirva también para
garantizar la eficacia y la autoridad de la nueva legislación
que hoy podemos aprobar. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Peón.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Tiene la palabra el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Gracias, señor Presidente.

El proyecto de ley que fue debatido ampliamente en la Ponencia
y en la Comisión, como es sabido, cambió sustancialmente
respecto del inicial que vino a esta Cámara y se produjo en
los artículos actuales un consenso en cuanto a la forma de
regular este proyecto, referido fundamentalmente a testigos y
peritos. Señalamos ya en la Comisión y repetimos hoy en la
Cámara que no estamos ante un proyecto de ley sobre
arrepentidos --no es éste el objetivo, todavía no hay una
regulación a este respecto, que es muy discutible--, sino
simplemente ante una protección de la identidad de testigos y
peritos en las causas penales, que, además, se ha ampliado a
todos los tipos. Nuestro Grupo Parlamentario mantuvo en la
Comisión y mantiene hoy para votación dos votos particulares
en relación con los últimos artículos que venían en el
proyecto inicial que, sin embargo, no fueron incluidos en el
dictamen de la Comisión. Estos dos artículos, el 11 y el 12,
originariamente en el proyecto de Ley, pueden ser útiles para
las finalidades que seguimos compartiendo de este proyecto de
ley. Este voto particular se refiere al mantenimiento del
artículo 11 del proyecto inicial, en el que se señala una
propuesta de regulación nueva del artículo 367 del Código
Penal, que diría: «Si de la revelación...» --es el caso de la
revelación de secretos al que se refiere este párrafo-- «...

resultaren graves daños para la causa pública, o para tercero,
o» --y aquí viene la aportación fundamental de este artículo--
«consistiere en la divulgación de la identidad o domicilio, o
de datos que pudieran facilitar su averiguación de los
denunciantes, testigos o peritos que hayan prestado
declaración..., las penas serán de prisión menor e
inhabilitación especial».

Creemos que esta modificación del Código Penal es
perfectamente coherente con el objetivo de este proyecto de
ley y que protege, también desde el punto de vista penal y no
solamente procesal, la actuación en los proceso penales de
testigos y peritos cuya intervención y preservación de la
identidad contribuya a la acción de la justicia.

Por otro lado, el artículo 12 del antiguo proyecto de ley no
incluido en el dictamen de la Comisión y que nosotros creemos
que debería mantenerse, se refiere a que las personas
protegidas comprendidas en el ámbito de la presente ley, es
decir, aquellos testigos y peritos protegidos procesalmente en
este proyecto de ley, que fueran objeto de un ataque contra su
vida, integridad, libertad o patrimonio, como consecuencia de
una denuncia, de un testimonio o informe, tendrán derecho a
ser indemnizados por el Estado en la cuantía y modo que
reglamentariamente se determine.

Consideramos que la protección, en este caso económica, de
estas personas es necesaria. Naturalmente, no pueden estar
amparadas por el procedimiento de responsabilidad patrimonial
del Estado, por la Ley de Régimen Jurídico de la
Administración del Estado. Queda un vacío en cuanto a esta
protección económica que se vería completado con los objetivos
que nosotros asumimos de este proyecto de ley.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor López Garrido.

¿Turno en contra de la enmiendas? (Pausa.)
Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Señor Presidente, señorías, señor
Peón, señor López Garrido, mi Grupo Parlamentario ha
presentado una proposición de ley que pretende colmar una de
las lagunas del ordenamiento punitivo, del ordenamiento penal
más características y que gravitan más negativamente sobre la
eficiencia represiva, la eficiencia punitiva de este
ordenamiento, fundamentalmente en el ámbito de la represión de
mafias, de organizaciones de delincuentes, de fenómenos
delictivos crecientemente sofisticados, cada vez más difíciles
de reprimir, porque el ordenamiento jurídico no evoluciona de
forma pareja a la evolución, al carácter cada vez más complejo
de estos tipos, de estos delitos. Hemos pretendido cubrir una
de las carencias más características, que es la de la
reticencia, la de la renuencia de determinados testigos, de
determinados peritos (en el texto original, en el rótulo de la
primera proposición de ley presentada y tomada en
consideración por el Senado, también los denunciantes);
reticencias que provienen de razonables amenazas que puedan
derivar, tras su testimonio, tras sus declaraciones, desde sus
organizaciones, desde las bandas a las que han pertenecido



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o cuya actividad delincuencial conocen, en razonables riesgos
apreciados discrecional y razonablemente por el juez, por el
órgano judicial que entiende del procedimiento, contra su
patrimonio, contra su libertad o contra su propia vida.

Esto es algo que no estaba bien cubierto por nuestro
ordenamiento punitivo. Mi Grupo Parlamentario entiende que
colma esta laguna de forma razonable, equilibrada y
satisfactoria, atendiendo, como bien han comentado los
portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, a los
principios generales que deben caracterizar el proceso penal,
la igualdad entre las partes, el derecho constitucional a la
defensa, por otra parte, pero también la necesaria protección
de determinados testigos y peritos respecto a los cuales haya
previsible riesgo de que su vida, su patrimonio, su libertad,
el de su cónyuge o persona unida a él por análoga relación
sentimental, el de sus ascendientes, el de sus descendientes o
el de su hermano, puedan correr. Todo ello apreciado
discrecionalmente por el juez.

Quiero empezar estas palabras preambulares con las últimas del
señor Peón en su intervención, haciendo una loa necesaria y
pertinente al consenso que ha existido y al gran talante
intelectual demostrado por todos los grupos parlamentarios de
buscar aproximación de posturas, que originariamente muy
divergentes. Ha habido un esfuerzo importante que conviene que
conste en el «Diario de Sesiones» porque es un caso muy
excepcional, desgraciadamente no frecuente en ese Parlamento,
el llegar a posiciones desde una predeterminación de la
búsqueda de los puntos de convergencia y no de los puntos de
divergencia. También quiero hacer una alusión a estas
sorprendentes declaraciones del señor Peón mediante una
referencia, afortunadamente ésta sí innominada, como los
testigos y peritos que son objeto de protección por las
medidas que se articulan en esta ley, al profesor
universitario que ha redactado este texto. Ha habido
colaboraciones universitarias y colaboraciones extraacadémicas
de otra naturaleza. Es una proposición de ley elaborada por el
Partido Nacionalista Vasco y en la que difícilmente se pueden
considerar pertinentes alusiones a las opiniones de
determinado profesor universitario, y menos a polémicas, a
través de los medios de comunicación del País Vasco, entre el
profesor universitario en cuestión, innominado afortunadamente
todavía, y el portavoz, a la sazón en este momento, del
Partido Popular en la defensa de esta proposición de ley.

Dicho todo esto, esta proposición de ley pretende incrementar
la eficiencia de nuestro ordenamiento punitivo para los
testigos y peritos que razonablemente puedan tener reticencias
para colaborar con la sentencia. Creo que en este momento la
pueden tener testigosy peritos y muchos otros denunciantes y
arrepentidos, pero ésta no es la proposición de ley de los
arrepentidos. El problema de los arrepentidos requiere una
norma que regule materias muy diversas y problemas de
dogmática jurídico-penal muy complicados, pero también
arrepentidos, sobre todo tras la decepcionante y frustrante,
social y jurídicamente, sentencia del caso Nécora. Esta
decepcionante sentencia ha provocado un auténtico retroceso
social en la lucha contra las bandas organizadas,
especialmente del narcotráfico. Esto no va a facilitar la
colaboración con la justicia, ni de los testigos, ni de los
peritos, ni de los denunciantes, ni de los arrepentidos,
figura metajurídica todavía, a la que hay que aplicar las
características de correo coimputado, pero que también pueden
ser testigos y peritos. Esta proposición de ley también
atiende parcialmente al problema de los arrepentidos.

Hay que recuperar las posiciones sociales que la sociedad
civil organizada ha perdido tras la decepcionante sentencia de
la operación Nécora. Tenemos que mejorar notablemente, y a
ello va a contribuir esta proposición de ley, la eficiencia
represiva de nuestro ordenamiento penal en la atención a
determinados fenómenos delictivos ejecutados a través de
organizaciones criminales, cuyo funcionamiento es cada vez más
sofisticado y más difícil de reprimir. ¿Qué se prevén? En esta
proposición de ley se prevén dos tipos de protección.

Protección a peritos y testigos, sus ascendientes y
descendientes (así lo prevé el artículo 1.º, que determina el
ámbito subjetivo o personal de aplicación de la ley), cónyuge
o personal vinculada a él por análoga o equivalente relación
sentimental y hermano, contra previsibles acciones de
represalia, contra previsibles venganzas contra su persona,
contra sus bienes y su patrimonio. Los sistemas de protección
atinentes a la fase de instrucción del procedimiento de
referencia, al ocultamiento de su identidad, es decir al
ocultamiento de su nombre y apellidos, al ocultamientode su
lugar de trabajo, al ocultamiento de su profesión. Hace
referencia a la posibilidad de que su domicilio, a efectos de
citaciones y notificaciones, para la práctica de cualquier
diligencia, sea la del juez de instrucción que esté realizando
la instrucción sumarial del procedimiento. Y, en definitiva,
se refiere a proteger su identidad visualmente, a ocultar
visual o materialmente su identidad.

En la fase de instrucción y en la fase del juicio oral se
establecen unos mecanismos complementarios de protección a los
cuales tiene que proveer ya no sólo la organización o la
autoridad judicial, sino que en su caso, y en el ejercicio de
sus competencias, han de proveer también el fiscal y las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Son mecanismos de
protección que hacen referencia a la imposibilidad de obtener
fotografías, imágenes del testigo o perito que es objeto de
protección, y la posibilidad de retirada, a la que están
obligadas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de
cualquier tipo de material fotográfico, videográfico o
cinematográfico que permita identificar



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visualmente al testigo o perito que es objeto de protección.

Se prevé la posibilidad de que las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado, bajo la dirección de la fiscalía,
protejan durante todo el procedimiento, también durante las
fases de instrucción y de juicio oral, al testigo y perito que
es objeto de protección a través de las medidas que articula
la ley, y se prevé, por último, la posibilidad de uso de coche
oficial para el traslado del testigo o perito objeto de
protección a la práctica de cualquier diligencia, al lugar
donde se haya de practicar cualquiera de estas diligencias, o
al juzgado de instrucción. Estas son las medidas de protección
que se prevén en el artículo 3º.

Por último, la fase del juicio oral --y con esto acabo ya mis
palabras, señor Presidente--, la más relevante. En el auto de
apertura del juicio oral el magistrado, también de forma
voluntaria, de forma discrecional, apreciando los bienes
constitucionales en conflicto, los bienes jurídicos que debe
tutelar, es decir, aquellos atinentes y garantizar los
principios generales de todo proceso penal, el derecho a la
defensa, pero también aquellos atinentes a proteger los
derechos fundamentales del testigo o perito protegido y los
derechos fundamentales de sus parientes, de sus familiares,
podrá ponderar, en el auto de apertura del juicio oral, el
mantenimiento de todas las medidas de protección adoptadas en
la fase de instrucción sumarial, el cambio de este tipo de
medidas de protección, o la incorporación de otras medidas
nuevas de protección. Esto es importante, pero también lo es
la posibilidad --las palabras de portavoz del Grupo Popular
han sido suficientemente ilustrativas para explicar esto--,
para compatibilizar estas medidas de protección con los
principios generales de todo proceso penal, de prever varias
cautelas de naturaleza procesal: la posibilidad de recurso de
apelación contra la adoptación de estas medidas de protección
en el auto de apertura del juicio oral, recurso de apelación
con doble efecto; y se prevé también la posibilidad de que en
el escrito de acusación, en el escrito de defensa de
cualquiera de las partes, o en el escrito de calificación
provisional se pida la identificación del testigo o perito que
ha sido objeto de protección. En este caso, el juez, en el
texto que presentaba el Partido Nacionalista Vasco, podría
también discrecionalmente y apreciando la concurrencia de
valores o de bienes constitucionales en contraste, en
conflicto, apreciar la posibilidad de proporcionar esta
identidad a cualquiera de las partes, a la parte que lo
solicitara. Sin embargo, ha dicho algo importante y pertinente
el portavoz del Grupo Popular --y con toda honestidad hay que
reconocerlo así--: Esto no puede ser una actividad
discrecional del juez o del magistrado, esto tiene que ser una
actividad reglada, obligada, automática. Y si cualquiera de
las partes del procedimiento en el auto de conclusiones
provisionales o en el escrito de defensa, solicita conocer la
identidad, es decir, sólo el nombre y apellidos --y quiero
enfatizar esta expresión, sólo el nombre y apellidos-- del
testigo o del perito que ha sido beneficiado objeto de medidas
de protección, el juez, en todo caso, tendrá que proporcionar
esta identidad a la parte que lo solicite. El nombre y
apellidos. Me gustaría que me confirme el portavoz del Grupo
Popular que estamos en este punto de consenso, de
entendimiento: el nombre y apellidos exclusivamente. Si
estamos en este punto de consenso, señor Presidente, mi Grupo
aceptará la enmienda presentada por el Partido Popular al
artículo 4.º en su número 3.

Por último --y con esto, de verdad que acabo mis palabras,
señor Presidente--, una vez conocida la identidad, a través de
los procedimientos explicitados, el nombre y apellidos del
testigo y del perito que ha sido objeto de medidas de
protección de las previstas en esta proposición de ley, aquí
hay unas previsiones complementarias. No podemos aceptar las
enmiendas del Grupo de Izquierda Unida, expuestas y defendidas
brillantemente por el señor López Garrido, porque entendemos
que se complementa perfectamente y se cierra el contenido
material posible de esta proposición de ley con estas
previsiones. Conocida la identidad de los testigos y perito,
señor Presidente, se prevé que el plazo de recusación de
peritos previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal empiece
a computar desde el momento en que se conozca la identidad, la
filiación de estos testigos y peritos que han sido objeto de
medidas de protección, y también se prevé que en un plazo de
cinco días, conocida la identidad del testigo que ha sido
objeto de medidas de protección de esta naturaleza, las
partes, cualquier de ellas, pueda presentar pruebas que
relativicen o que pongan en cuestión el valor probatorio a su
vez de las pruebas aportadas por el testigo que ha sido objeto
de las medidas de protección.

En el artículo último de esta proposición de ley se prevé, con
lo cual se colman las medidas de protección,
compatibilizándolas perfectamente, a tenor de los
requerimientos constitucionales, con los principios que
inspiran nuestro proceso penal, que las declaraciones o
testimonios de peritos o testigos realizadas durante la fase
de instrucción sumarial tendrán que se objeto de ratificación
en la fase de juicio oral según las previsiones de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal.

Señor Presidente, con esto colmamos la laguna del ordenamiento
jurídico que comentábamos en el preámbulo de mi intervención.

Vamos a aumentar notablemente la eficiencia punitiva de
nuestro ordenamiento penal, vamos a recuperar las posiciones
perdidas por la sociedad y la decepción producida por
sentencias como la del caso Nécora a través de una proposición
de ley que de forma correcta y de forma equilibrada, ateniendo
a los requerimientos constitucionales, compatibiliza



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los principales generales del proceso penal con la necesaria
protección que se debe conferir a testigos y peritos que en un
acto de valor personal, que se debe encomiar públicamente,
contribuyen a acabar con determinados fenómenos delictivos que
repugnan especialmente a la sociedad.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que deseen fijar su posición?
(Pausa.) Señor Pérez Mariño.




El señor PEREZ MARIÑO: Pido la palabra previamente para
consumir un turno de oposición a las enmiendas.




El señor PRESIDENTE: Señor Pérez Mariño, he entendido que
cedía el turno en contra al señor Olabarría.




El señor PEREZ MARIÑO: Perdón, señor Presidente.

Mi intención era exclusivamente que él interviniese en primer
lugar. Puedo prometerle, señor Presidente, que en quince
segundos puedo hacerlo desde mi escaño.




El señor PRESIDENTE: Yo le voy a conceder la palabra, señor
Pérez Mariño, formalmente, no para turno en contra sino para
fijar la posición de su Grupo en relación con este dictamen.




El señor PEREZ MARIÑO: Con la venia, señor Presidente.

Intervengo muy brevemente porque los que me han antecedido en
el uso de la palabra han explicado de forma pormenorizada esta
proposición de ley proveniente del Senado. En primer lugar, y
dentro de este mismo turno, pero aprovechando la concesión que
me ha hecho el señor Presidente, he de explicar que no
aceptamos las enmiendas que ha presentado Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, de forma fundamental, la primera de
ellas porque la creemos innecesaria ya que está dentro de
nuestro ordenamiento jurídico. En cuanto a la segunda, no la
aceptamos porque proteger en este momento, desde una
perspectiva civil por parte de la Administración del Estado, a
los presumibles testigos o peritos, sería ir mucho más allá
que, por ejemplo, a las propias víctimas, que no están
reguladas. Por hacer las cosas con un poco de lógica habría
que pensar en estos momentos --alguna proposición de ley en
este sentido se encuentra en las Cámaras-- cómo se protege a
las víctimas para después pensar si es posible proteger
también a los testigos y peritos. En cuanto a la enmienda
subsistente del Partido Popular hemos de señalar su aceptación
porque entendemos que, efectivamente, cubre con ello lo que
son los principios que inspiran esta proposición de ley, que
es, por una parte, dotar de más eficacia a un procedimiento
penal; por otra, de más seguridad jurídica a todos los
intervinientes en la misma y, en tercer lugar, respetar las
garantías.

El binomio, que no tiene que ser contradicción entre esos
principios, es el objetivo de esta ley que yo creo que hemos
cubierto con este texto, que, como decían mis antecesores, ha
sido especialmente consensuado y que podrá resultar eficaz
para luchar contra la delincuencia, lograr la seguridad
jurídica y, al mismo tiempo, el respeto a las garantías de los
ciudadanos.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Pérez Mariño.




--PROPOSICION DE LEY ORGANICA POR LA QUE SE MODIFICA EL CODIGO
PENAL EN LO REFERENTE A ESCUCHAS TELEFONICAS Y SE ADICIONA UN
NUEVO ARTICULO RELATIVO A LA ESCUCHA Y GRABACION DE LAS
CONVERSACIONES NO PUBLICAS POR LOS PARTICULARES (Número de
expediente 124/000003)



El señor PRESIDENTE: Concluido el debate relativo a esta
proposición de ley, corresponde el debate de la proposición de
ley orgánica por la que se modifica el Código Penal en lo
referente a escuchas telefónicas y se adiciona un nuevo
artículo relativo a la escucha y grabación de las
conversaciones no públicas por los particulares.

Se han retirado las enmiendas que se habían mantenido para su
defensa y votación en el Pleno a esta proposición de ley.

¿Grupos que desean fijar su posición en relación con la misma?
(Pausa.)
Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió) para fijar su
posición en relación con este dictamen, tiene la palabra la
señora Alemany.




La señora ALEMANY I ROCA: Señor Presidente, señorías, el Grupo
Catalán (Convergència i Unió) considera que en los trámites de
Ponencia y Comisión se ha contribuido a mejorar notablemente
el redactado inicial de esta proposición de ley. Creemos que
la Ponencia ha realizado una labor importante de integración,
de síntesis, de todos los planteamientos aportados por los
distintos grupos. Nuestro Grupo Parlamentario había presentado
siete enmiendas al texto inicial, algunas de las cuales ya
fueron aceptadas por la Ponencia, ya sea literalmente o bien
en lo que se refiere a la filosofía que las sustentaba.

Nuestras enmiendas proponían unas penas, en términos
generales, un grado inferior a las que se establecen en el
texto actual. Consideramos que en estos momentos quizá sea
útil retirarlas, porque aceptar esta proposición en los
términos que queda redactada nos permite dejar abierta la
posibilidad de mejorarla tanto en lo que se refiere a la nueva
calificación de las penas que se va a hacer en el Código
Penal, como a la reconsideración de la punibilidad de todas
estas actuaciones.

Muchas gracias, señor Presidente.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Alemany.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Gracias, señor Presidente.

Simplemente queremos mostrar nuestro acuerdo y apoyo a esta
proposición de ley, que consiste, como es sabido, en la
agravación de determinadas penas para supuestos de
tipificación de escuchas telefónicas, así como para la
tipificación de una nueva conducta para quienes, no habiendo
intervenido en la captación de la información pero conociendo
su origen ilícito, procedan a su divulgación. Nos parece que
es una reforma adecuada, que persigue asegurar completamente
el secreto de las comunicaciones, y nuestro Grupo
Parlamentario va a votar favorablemente al dictamen.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López Garrido.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Cotoner.




El señor COTONER GOYENECHE: Señor Presidente, señorías, me
cabe el honor de, en nombre de mi Grupo Parlamentario,
proceder a la fijación de posición sobre el dictamen de la
proposición de ley orgánica por la que se modifica el Código
Penal en lo referente a las escuchas telefónicas, por la que
se adiciona un nuevo artículo relativo a la escucha y
grabación de las conversaciones no públicas por los
particulares; proposición que fue presentada por nuestro Grupo
Parlamentario en el Senado, tomada en consideración en la
sesión plenaria del 23 de marzo pasado, y aprobada por la
unanimidad de los grupos parlamentarios allí presentes.

La primera regulación penal de las escuchas telefónicas
ilegales, tipificándose como delito esta figura, se hizo
también a instancia de mi Grupo en el año 1984. En aquel
entonces ya se decía que era una realidad social y, además,
una necesidad social al evitar estas conductas y tipificarlas
como delito. Desde entonces se ha visto que dicha regulación
ha sido insuficiente. Prueba de ello son los innumerables
casos que se han producido de escuchas ilegales, y, con ello,
revelación del secreto de las comunicaciones que viene
garantizado por el artículo 18.3 de nuestra Constitución.

El derecho protegido en el artículo 18.3 de la Constitución,
que es el derecho al secreto de las comunicaciones --derecho
que se puede evitar por una salvedad: salvo resolución
judicial, dice la Constitución--, consagra la libertad de las
comunicaciones implícitamente y de modo expreso su secreto,
estableciendo en este último sentido la interdicción de la
interceptación o del conocimiento antijurídico de las
comunicaciones ajenas. El bien constitucionalmente protegido
es así, a través de la imposición a todos del secreto, la
libertad de las comunicaciones, siendo cierto que el derecho
puede conculcarse, tanto por la interceptación en sentido
estricto, que suponga la aprehensión física del soporte del
mensaje, con conocimiento o no del mismo, o por la captación
de otra forma del proceso de comunicación, como por el simple
conocimiento antijurídico de lo comunicado: apertura de la
correspondencia ajena guardada por su destinatario, por
ejemplo. El artículo18.3 de la Constitución protege no sólo el
proceso de comunicación, sino también el mensaje, siempre y
cuando éste se materialice en algún objeto físico. El concepto
de secreto del artículo 18.3 de la Constitución española no
cubre sólo el contenido de la comunicación, sino también, en
su caso, otros aspectos de la misma como, por ejemplo, la
identidad subjetiva de los interlocutores o de los
corresponsales.

La presencia de un elemento ajeno a aquéllos entre los que
media el proceso de comunicación es, por tanto, indispensable
para configurar el ilícito constitucional aquí perfilado. No
hay secreto para quél a quién la comunicación se dirige. Sobre
éste no pesa sino en todo caso un simple deber de reserva, un
deber que deriva del derecho a la intimidad reconocido en el
artículo 18.1 de la Constitución española.

La grabación por uno de los interlocutores de la conversación
telefónica no conculca secreto alguno impuesto por el artículo
18.3 de la Constitución, pero podría concebirse como conducta
preparatoria para la ulterior difusión de lo grabado, por lo
que respecto a este comportamiento o actuación es claro que la
contravención constitucional sólo podría entenderse
materializada por el hecho mismo de la difusión. Quien graba
una conversación de otros, dice el Tribunal Constitucional en
su ya famosa sentencia 114/1984, atenta, independientemente de
toda otra consideración, contra el derecho reconocido en el
artículo 18.3 de la Constitución española. Por el contrario,
quien graba una conversación con otro no incurre, por este
solo hecho, en conducta contraria al precepto constitucional
citado, pero si procede a su difusión sin la autorización del
interlocutor, conculca el artículo 18.1 de la Constitución
española, o sea, el derecho a la intimidad.

Ante el dictamen de la proposición de ley por la que se
modifica el Código Penal, cuya aprobación ahora se nos propone
quiero decir dos cosas. Primera, deseo congratularme de que
todos los grupos políticos que hemos constituido la Ponencia
hayamos convenido en la elevación de las penas de dichos
delitos que se tipifican en los artículos 192 bis y 497 bis,
debido a la alarma y preocupación social existente. Prueba de
ello son los sucesos recientes acaecidos en este país sobre
escuchas telefónicas y grabaciones de conversaciones entre
particulares a los efectos de poder presionar en algún momento
a esas personas. En segundo lugar,



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quiero dejar constancia de la tristeza que nos produce que se
haya cercenado la proposición de ley, dejando fuera de sanción
los tipos penales que se regulaban a través del artículo 497
ter de la proposición de ley inicial que venía del Senado. Lo
que se intentaba a través de dicho artículo era tipificar como
delito y sancionar al que sin consentimiento de todos los
participantes escuchare y registrare en cualquier forma una
conversación no pública entre otras personas, así como la
divulgación o revelación a terceros de lo descubierto, o
sacare provecho de ello. Asimismo, se tipificaba y sancionaba
al que sin consentimiento de los demás interlocutores,
registrare en cualquier forma una conversación no pública en
la cual tomaba parte, además de su divulgación o revelación a
terceros lo descubierto, o sacare cualquier provecho de ello.

Cierto que la sentencia del Tribunal Constitucional antes
mencionada nos viene a decir que la grabación de una
conversación por una persona que tomaba parte en dicha
conversación o en dicha comunicación es lícita y, por tanto,
no se infringe el derecho al secreto de las comunicaciones.

También dice que, en todo caso, existe un deber de reserva por
parte del receptor, y el uso que se haga de ello sería una
conducta preparatoria y en ese caso podría incurrir en delito.

La mera grabación de una conversación privada entre los que
toman parte en una comunicación, como he dicho, no es delito,
pero lo que sí se debe penalizar es la divulgación o
revelación del contenido de la misma por el motivo que sea y
mucho más si se intenta sacar provecho de ello. Cierto que en
Derecho Penal existe el principio de intervención mínima en la
regulación penal, pero no confundamos dicha intervención
mínima con la absoluta dejación de la protección penal de los
derechos fundamentales, como son los derechos al honor, a la
intimidad personal y a la imagen.

Yo, desde aquí, instaría a mi Grupo en el Senado a que, a
pesar de que este artículo 497 ter se haya sacado de la
proposición de ley, sean ellos quienes, con una nueva
redacción más clara, vuelvan a proponerla en el Senado a
través de la correspondiente enmienda, ya que creo que se debe
penalizar y sancionar, previa tipificación del delito, dicha
conducta.

Dicho esto, quiero entrar a analizar el dictamen aprobado al
que, desde ahora, anuncio nuestro apoyo. Como se ha dicho
anteriormente, me congratulo de su redacción, ya que se ha
aceptado íntegramente el espíritu de los artículos 192 bis y
497 bis de la proposición de ley que venía del Senado,
incrementándose --eso sí-- las penas que en la misma se
establecían, pero en concordancia con la proposición de ley y
con el proyecto de Código Penal que en estos momentos se está
tramitando en esta Cámara. Se ha ampliado la tipificación del
delito a la interceptación de todas las telecomunicaciones y,
además de a la reproducción del sonido, se amplía a la
reproducción de la imagen.

Por otra parte, se ha incluido como párrafo tercero del
artículo 497 bis la tipificación del delito que nosotros
incluíamos en el párrafo tercero del extinto artículo 497 ter,
por lo que, desde ahora, se penalizará a la persona que, sin
haber tomado parte en su descubrimiento y con conocimiento de
su origen ilícito, divulgare o revelare lo descubierto. En
este tema, a través de la correspondiente tramitación en el
Senado, se tendría que crear un subtipo agravado para la
persona que realizando dicha conducta, además lo hiciere con
la intención de sacar provecho de lo descubierto.

Señorías, en una democracia como la que nos dimos a través de
la Constitución de 1978, la protección de los derechos
fundamentales es una de las cosas que este Parlamento debe
propulsar y defender con todo tipo de medidas, sobre todo
penales. En este tema no cabe que exista ninguna clase de
actitud dubitativa, no nos debe temblar la mano. No podemos
apelar al principio de intervención mínima en Derecho Penal,
ya que la defensa de los derechos fundamentales, a través del
Derecho Penal, es de intervención mínima. Cualquier violación
de un derecho fundamental debe tener cumplida respuesta penal.

Lo que se intenta defender a través de la presente proposición
de ley es el derecho que tienen todos los españoles a una
libertad de utilización de las telecomunicaciones, sin
injerencias ni interceptaciones de las mismas, ni grabaciones,
ni por las autoridades ni por terceras personas, tomen o no
parte en las mismas, salvo resolución judicial. No podemos
acepta todos los casos que se han venido sucediendo en este
país, tal y como pusieron de manifiesto tanto don Francisco
Alvarez-Cascos, en una interpelación que efectuó hace poco
tiempo ante esta Cámara, como don José Miguel Ortí Bordás en
el Senado, en la toma de consideración de la presente
proposición de ley. Todo ello pone de relieve que falta una
debida adecuación entre libertades formales y libertades
reales, por lo cual existe en el conjunto de la sociedad
española una sensación generalizada de desconfianza en
relación con la garantía de los derechos de los que estamos
hablando.

Hoy en día...




El señor PRESIDENTE: Señor Cotoner, le ruego concluya.




El señor COTONER GOYENECHE: Hoy en día ante cualquier ruido en
el teléfono cuando mantenemos una conversación tenemos la
sensación de que la misma ha sido interceptada y grabada por
alguien. Señorías, eso se llama desconfianza y temor a ser
controlados. Todos sabemos que existen organizaciones o redes
de información y de escucha ilegal en nuestro país, y ello
exige una decidida actuación por parte del Legislativo. Por
tanto, no tiene que existir lentitud alguna. Ya se ha perdido
un tiempo precioso, y nuestro Grupo, al percibir



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una auténtica necesidad social en este sentido, ya en el
Senado en 1991 defendió una proposición de ley orgánica para
agravar las penas de los artículo 192 bis y 497 bis, la cual
fue rechazada en su momento. Se reiteró en una interpelación
al Gobierno en noviembre del año pasado en relación al estado
patológico, escandaloso y alarmante en que se encontraba
nuestro país en esta cuestión la cual tuvo su reflejo en la
moción consiguiente, que fue aprobada unánimemente y por lo
cual se instaba al Gobierno a que, en el plazo de un mes,
realizara las modificaciones legales pertinentes. Se tuvo que
presentar la presente proposición de ley debido a la
inactividad del Gobierno al respecto. Ya nos tiene
acostumbrados a ello, y no sólo a la inactividad sino al
incumplimiento de las resoluciones de esta Cámara.

Yo creo que de la única forma que se pueden garantizar los
derechos fundamentales es penalizando estas conductas, o bien
que el Gobierno garantice, tal como dice la Ley 31/1987, de
Ordenación de las Telecomunicaciones, eficazmente el secreto
de las comunicaciones, y eso a través de la Administración,
del Gobierno, que es quien tutela de dicha ordenación de las
telecomunicaciones. Por ello, si el Gobierno es inactivo, este
Parlamento tiene que actuar.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cotoner.

Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Cuesta.




El señor CUESTA MARTINEZ: Señor Presidente, con brevedad. En
nombre de mi Grupo quiero también sumarme al apoyo al dictamen
de la Comisión en relación a esta proposición de ley, que hace
una reforma parcial del Código Penal, en el sentido de
dotarnos de un instrumento de protección penal como garantía
de los derechos regulados, contemplados y reconocidos en el
artículo 18 de la Constitución, derechos de honor, intimidad e
imagen, inviolabilidad del domicilio, secreto de las
comunicaciones, o, como dice el 18.3 de nuestra Constitución,
la garantía en general como instrumento de derecho a la
intimidad del secreto de las comunicaciones. Para ello se usa
como instrumento de protección penal el tenor de los artículos
192 bis y 497 bis del Código Penal, fruto además de distintas
reformas, de distintas adecuaciones a nuestro sistema, la
última de ellas proveniente, como ha sido indicado en esta
Cámara, de la Ley Orgánica 7/1984, de 15 de octubre, que fue
aprobada con un gran nivel de coincidencia y de consenso, como
no podía ser de otra manera. ¿Por qué hoy estamos haciendo
esta regulación? ¿Por qué hoy estamos introduciendo esta
modificación? Porque la generalidad de la doctrina ha señalado
que aquella reforma del año 1984, con independencia del Grupo
que la haya propuesto, producto, ya digo, del consenso y del
acuerdo de esta Cámara, fue insuficiente, como ha indicado la
propia doctrina, porque las penas diseñadas no fueron
suficientemente disuasorias para proteger el derecho a la
intimidad, pero también porque nuestro Código Penal, que viene
conociendo sucesivos parches, nuestro Código Penal antiguo,
vetusto, no se adapta tampoco a lo que son las innovaciones de
los medios, de las nuevas tecnologías, de los instrumentos o
de los artificios con los cuales se puede vulnerar el derecho
a la intimidad.

En efecto, es necesario acomodar la protección de los secretos
al estado actual de la técnica. Mi Grupo se felicita de esta
reforma parcial porque, además, recoge un espíritu
constructivo de trabajo y múltiples planteamientos por vía de
enmienda que, en coincidencia con los planteamientos de otros
grupos, ha venido formulando el Grupo Parlamentario
Socialista, porque la proposición, tal como nos había sido
remitida del Senado, si bien merecía una valoración positiva,
tenía importantes deficiencias técnicas, alguna de las cuales
implicaba una escasa adaptación a lo que era la jurisprudencia
de nuestro Tribunal Constitucional, en concreto, a la
filosofía derivada de la sentencia 114/1984, de 29 de
noviembre. Y además entendíamos que había que clarificar y
reforzar el sistema penal y la sanción de las penas en este
tipo de violaciones al derecho de la intimidad y al secreto de
las comunicaciones, porque la proposición, tal como nos venía
del Senado, quizá por un error, diseñaba un sistema de penas
que no se correspondía con el diseño, con la terminología, con
la naturaleza del vigente Código Penal a la hora de regular
estas conductas delictivas. Por tanto, hemos hecho una
adecuación del sistema de penas vigente, agravando la actual
regulación, y esto es muy importante, se han agravado las
sanciones. Se ha mejorado también el tipo y se ha extendido la
protección a la imagen. Se sanciona, como ha sido ya indicado
y recordado en esta Cámara, la interceptación de cualquier
telecomunicación o la utilización de artificios de
reproducción, no sólo del sonido sino también de la imagen. Se
protegen todas las modalidades de telecomunicación
susceptibles de ser interceptadas y se crea, efecivamente,
señorías, un tipo delictivo nuevo del que carecía nuestro
Código Penal. Se sanciona penalmente a quien, con conocimiento
del origen ilícito y sin haber tomado parte en su
descubrimiento, divulgase, utilizase, revelase o sacare
provecho de lo descubierto, y, ya digo, se recoge la filosofía
de nuestro Tribunal Constitucional.

Es cierto que estamos operando una reforma parcial que,
además, se inserta en el marco de un Código Penal que ya tiene
un proyecto en el horizonte, proyecto ambicioso de nuevo
Código Penal. Yo tengo que decir que esta reforma parcial es
coherente con el sistema de penas que se contempla, a la hora
de establecer una dureza con este tipo de delitos en la
regulación, en la



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protección del derecho a la intimidad y del secreto de
comunicaciones a través del proyecto del Código Penal que el
Gobierno recientemente ha remitido a esta Cámara.

Efectivamente, hay una cierta equivalencia entre las penas que
hoy aprobamos en esta proposición y las del proyecto del
Código Penal, aunque bien es cierto que el vigente sistema de
cumplimientos se modifica en el horizonte del proyecto de
Código Penal, pero existe una cierta equivalencia, una cierta
coherencia, en la dureza penal, en la reprochabilidad, en las
penas que se enseñan con lo que aprobamos aquí en relación a
lo que es el proyecto de Código Penal; proyecto que va a
permitir mejorar todavía más lo que hoy aprobamos y mejorarlo
no sólo en el tipo, como muy bien ha indicado la portavoz del
Grupo Catalán, sino también adecuarlo a las penas en esa
perspectiva más global de lo que es una reforma total del
Código Penal.

Sin perjuicio de todo ello, a nuestro Grupo le parece que en
estos momentos hay que felicitarse porque es altamente
satisfactorio que, de manera parcial, hoy esta Cámara, desde
el consenso, en defensa del derecho a la intimidad y al
secreto a las comunicaciones, endurezca las sanciones penales
contra las conductas que violen derechos básicos y
fundamentales de los ciudadanos, derechos que los socialistas
y todos los demócratas de este país no estamos dispuestos a
tolerar que se violen.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cuesta.

Vamos a proceder a las votaciones correspondientes a estos
dictámenes. Al punto número 34 del orden del día no quedan
enmiendas que hayan de ser objeto de votación. En cualquier
caso, para que quede constancia y a efectos de claridad, el
dictamen de la Comisión relativo a esta iniciativa ha variado
la denominación o el título de la proposición que, de acuerdo
con dicho dictamen, es proposición de ley orgánica sobre
modificación de diversos artículos del Código Penal, con el
fin de tipificar la conducción de un ciclomotor bajo la
influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas,
estupefacientes o sustancias psicotrópicas, con temeridad o
imprudencia.

Votación relativa al dictamen de la Comisión.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 307.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la
Comisión. En relación con el punto 35, el dictamen ha
modificado asimismo la denominación de la proposición, que
pasa a ser proposición de ley orgánica de protección a
testigos y peritos en causas criminales.

Enmienda transaccional del Grupo Popular relativa al punto 3
del artículo 4.º del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 305; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda transaccional.

Votos particulares del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. (El señor Fernández-Miranda y Lozana pide la
palabra.)
Señor Fernández-Miranda.




El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Gracias, señor
Presidente. Solicito votación separada del voto particular que
mantiene al artículo 11 del que mantiene al artículo 12 del
texto original.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Voto particular del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya al artículo11.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 14; en contra, 275; abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado el voto particular.

Voto particular del mismo Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya al artículo 12.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 146; en contra, 159; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado el voto particular.

Votación correspondiente al dictamen de la Comisión.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 304; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la
Comisión. La denominación del punto 36, según el dictamen de
la Comisión, pasa a ser también el de proposición de ley
orgánica por la que se modifica el Código Penal en lo
referente a escuchas telefónicas.




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No hay enmiendas mantenidas para su votación en relación con
esta proposición. Por consiguiente, se somete a votación el
dictamen de la Comisión. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 306.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la
Comisión.




DEBATE DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DE DECLARACION DEL PARQUE NACIONAL DE LOS
PICOS DE EUROPA (Número de expediente 121/000049)



El señor PRESIDENTE: Punto séptimo del orden del día, debate
de totalidad de iniciativas legislativas.

Debate relativo al proyecto de ley de declaración del Parque
Nacional de los Picos de Europa.

Para la presentación del proyecto, en nombre del Gobierno,
tiene la palabra el señor Ministro de Agricultura.




El señor MINISTRO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION
(Atienza Serna): Gracias, señor Presidente.

Señorías, voy a presentar en esta Cámara, en nombre del
Gobierno, el proyecto de ley de declaración de Parque Nacional
de los Picos de Europa, aprobado el pasado mes de abril, y que
viene a dar respuesta a uno de los compromisos que asumimos
para la actual legislatura. (El señor Vicepresidente, Beviá
Pastor, ocupa la Presidencia.)
El Gobierno fundamenta el proyecto de ley en virtud del título
competencial establecido en el artículo 149.1.23 de la
Constitución, en lo relativo a la legislació básica sobre
protección del medio ambiente. Asimismo, el Gobierno, de
acuerdo con el artículo 45.2 de la Constitución y el artículo
22 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los
Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, ha
considerado necesario declarar de interés general de la nación
el Parque Nacional de los Picos de Europa, que comprende y
amplía el ámbito territorial del actual Parque Nacional de la
Montaña de Covadonga. La Ley 4/1989, de Conservación de los
Espacios Naturales de la Flora y Fauna Silvestres, establece
que el parque nacional es un área natural poco transformada
por la explotación u ocupación humana que, en razón de la
belleza de sus paisajes, la representatividad de sus
ecosistemas o la singularidad de su flora, de su fauna o de
sus formaciones geomorfológicas, posee unos valores
ecológicos, estéticos, educativos y científicos cuya
conservación merece una atención preferente. Para asegurar
dicha conservación, presente y futura, se les dota de un
régimen jurídico especial de protección, que, además de hacer
posible su conocimiento y disfrute, permitirá el desarrollo de
programas educativos y científicos.

La protección de los ecosistemas y de la biodiversidad que
contienen constituye el objetivo prioritario de cada parque
nacional. Ahora bien, en un ambiente sometido a la acción del
hombre, la salvaguarda de estas muestras esenciales de la
naturaleza precisa con cierta frecuencia el uso de técnicas de
manejo, con objeto de predecir, prevenir y controlar algunos
factores que ponen en riesgo el mantenimiento de la dinámica
natural de los ecosistemas y, asimismo, exige restaurar
aquellos elementos o territorios que fueron ya modificados de
antiguo, siguiendo los avatares históricos.

La red estatal de parques nacionales, que se configura como un
sistema representativo del patrimonio natural del Estado, está
constituida por todos los parques nacionales, declarados como
tales por las Cortes Generales, y tiene por finalidad esencial
garantizar su preservación mediante una estructura organizada,
coherente y dinámica.

Los objetivos de la red estatal de parques nacionales son:
albergar, mantener y coordinar la gestión de una muestra
representativa, completa y de alta calidad, de los sistemas
naturales españoles, cuya protección y conservación ha sido
declarada de interés para la región; establecer, aplicar y
actualizar una base doctrinal moderna y avanzada en todo lo
que concierne a la gestión de los espacios naturales que la
integran, especialmente en materias como conservación,
planificación y diseño e implantación de políticas y sistemas
de usos compatibles; ofrecer una unidad de imagen, respetando
la diversidad de los ambientes que la integran, con el objeto
de transmitir, al público en general y al visitante de los
distintos parques en particular, una sensación de unidad de
gestión y de identidad propia, como expresión del excepcional
valor y de interés nacional del conjunto de los elementos que
la componen; canalizar, materializar y coordinar la
representación del papel de los parques nacionales en los
organismos y foros internacionales en los que sea apropiada la
participación de los parques nacionales; posibilitar los
contactos y el intercambio permanente de experiencias entre
los profesionales de los espacios que la integran; establecer
y ofrecer de forma permanente y periódica oportunidades de
formación y capacitación en materias propias de los parques
nacionales y otras áreas protegidas para todos los
profesionales que trabajan en los distintos sectores
relacionados con la protección y la gestión de los espacios
naturales; y, por fin, ofrecer una plataforma de debate,
discusión, participación y concienciación pública en materia
de parques nacionales y, en particular,



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de protección, conservación y gestión de la naturaleza en
general. El establecimiento de nuevos parques nacionales y su
consiguiente incorporación a la red estatal o, en su caso, las
revisiones de los límites de los ya existentes, ha de
ajustarse a unos requerimientos mínimos, a efectos de mantener
la calidad y excepcionalidad de los valores que motivaron su
establecimiento y justifican su existencia con ese alto nivel
de protección. Además, la gestión de estos espacios tiene que
basarse en la operatividad y en el realismo derivados de la
presencia de asentamientos humanos que reclaman
infraestructuras y mantenimiento de usos y aprovechamientos
tradicionales.

España, tanto insular como peninsular, comprende un vasto
territorio, de más de medio millón de kilómetros cuadrados,
surcado de un gran número de ríos y de cordilleras. Todo el
territorio español se halla dentro del reino de la flora y
vegetación holártico y forma parte de tres regiones
biogeográficas: la eurosiberiana, la mediterránea y la
macaronésica. Las dos primeras se reparten de forma desigual
el territorio peninsular, ya que a la región eurosiberiana
sólo pertenecen ciertas comarcas luso-galaico-cantábrico-
pirenaicas, en tanto que todas las restantes corresponden a la
región mediterránea, y el archipiélago canario se halla dentro
de la región macaronésica. Al margen de las cualidades
naturales, el factor físico más significativo que diferencia a
las regiones eurosiberiana y mediterránea es el clima.

En la actualidad, en la red estatal de parques nacionales se
encuentran representados siete sistemas dentro de las
distintas regiones biogeográficas del Estado español: la
región eurosiberiana, a la que pertenecen las regiones más
septentrionales y noroccidentales de España, viene
representada por la provincia orocantábrica precisamente a
través de los sistemas ligados al bosque atlántico
representados por el Parque Nacional de la Montaña de
Covadonga, y la provincia pirenaica a través de los sistemas
ligados a formaciones de erosión y rocas de origen
sedimentario de los que es una muestra representativa el
Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido. La región
mediterránea, a la que pertenecen más de las tres cuartas
partes de la península ibérica y de las islas Baleares, está
representada por los sistemas ligados a zonas húmedas
continentales como el Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel
o los sistemas ligados a zonas húmedas con influencia marina
como el Parque Nacional de Doñana y por los sistemas ligados a
zonas costeras y plataforma continental por el Parque Nacional
Marítimo-terrestre del archipiélago de Cabrera. La región
macaronésica ocupa en España la totalidad de las islas
Canarias que son al tiempo centro y área de mayor diversidad
de esta región biogeográfica insular del océano Atlántico, y
está representada por los sistemas ligados a la laurisilva a
través del Parque Nacional de Garajonay y de los sistemas más
ligados a procesos volcánicos y vegetación asociada por los
Parques Nacionales de Timanfaya, Teide y Caldera de
Taburiente. Sin embargo, actualmente, en la red de parques
nacionales faltan por recoger la representación de otros
cuatro importantes ecosistemas: los sistemas de la región
eurosiberiana ligados a formaciones lacustres y rocas de
origen plutónico, los sistemas de la región mediterránea
ligados a formaciones esteparias, por un lado, y al bosque
mediterráneo, por otro, y los sistemas de la región
macaronésica ligados a la vegetación de cardonal y tabaibal.

Por ello, el Gobierno ha considerado necesario completar la
red estatal de parques nacionales, aunque conviene dejar claro
que el número de sistemas naturales no determina el de parques
nacionales que deben declararse, pues puede haber varios
parques que representen a un mismo tipo de sistemas, como de
hecho sucede --como he comentado-- con los Parques Nacionales
del Teide, de la Caldera de Taburiente y de Timanfaya, que
representan los tres a sistemas ligados a procesos volcánicos
y vegetación asociada.

Por tanto, señorías, puede haber determinados espacios
naturales que convenga al interés de la nación que sean
declarados parques nacionales porque sus valores ecológicos,
paisajísticos, etcétera, son merecedores de tal figura de
protección, ya que sus ecosistemas son representativos de
algunos de los que contempla la Ley de Conservación de los
Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, con
independencia de que tal representatividad ya esté contemplada
en algún otro parque nacional declarado con anterioridad. En
consecuencia, los parques nacionales del mañana serán más que
los de hoy y deberán ser lo suficientemente grandes como para
permitir la existencia de al menos un ecosistema completo o,
en su caso, de una porción capaz de evolucionar de forma
natural y mantener sus características y funcionalidad con un
mínimo de intervención humana.

Cronológicamente hablando, el primero de los proyectos de
ampliación de la red estatal de parques nacionales es el de
los Picos de Europa, hace años planteado como ampliación del
Parque Nacional de la Montaña de Covadonga. Con esta
declaración se inaugurará una nueva etapa con parques
nacionales más grandes, englobando a una cierta población
residente y con fuerte vocación para focalizar el desarrollo
sostenible de la zona, completando, a su vez, la
representación de esta región biogeográfica. El ámbito
territorial del parque nacional propuesto cumple sobradamente
con estos criterios, ya que engloba una gran variedad de
ecosistemas representativos del bosque atlántico, totalizando
una superficie de 63.446 hectáreas que abarcan nueve
municipios del Principado de Asturias, de Cantabria y de
Castilla-León. Entre las manifestaciones naturales más
importantes del futuro Parque



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Nacional de los Picos de Europa destaca una extensa
representación de los bosques atlánticos y del hábitat de
especies muy amenazadas como el oso pardo y el urogallo. Este
sistema natural estaría así mejor representado en la red
estatal de parques nacionales.

Además, habría que incluir otros destacados rasgos naturales y
culturales, como son: el valor singular de una formación
geológica única y completa; una importantísima representación
de los fenómenos glaciares y periglaciares cuaternarios, que
sin duda constituyen las mejores formaciones geológicas de
caliza de montaña, formación Picos de Europa; una gran riqueza
del entramado hidrogeológico, originado como consecuencia del
proceso cárstico, con unas comunidades de fauna cavernícola de
elevado interés científico; extensas praderías cantábricas que
constituyen el hábitat de numerosos endemismos florísticos y
un patrimonio etnográfico y cultural que se desarrolla en los
Picos de Europa a lo largo de miles de años.

La conservación de estos valores naturales es de interés
general para España por el carácter excepcional de su flora,
fauna geológica y procesos ecológicos esenciales, por el alto
grado de conservación y naturalidad de sus ecosistemas al
existir un escaso aprovechamiento de los recursos naturales,
desarrollándose únicamente actividades tradicionales o
artesanales, básicamente destinadas al autoabastecimiento y
compatibles con la finalidad de un parque nacional, así como
por los especiales valores culturales asociados que
proporcionan las pequeñas aldeas y reducidos núcleos rurales
que se incorporan. Todo ello configura una muestra altamente
representativa del sistema ligado al bosque Atlántico y su
declaración de parque nacional implica: que los recursos
naturales dentro de este espacio protegido serán gestionados
con la mínima interferencia hacia los procesos naturales, para
asegurar la perpetuación de la evolución natural del medio y
de las especies asociadas; que se considerará un objetivo
incuestionable acrecentar o, al menos, mantener la
biodiversidad, evitando la desaparición, aunque sea natural,
de las estirpes nativas y de sus comunidades, procurando la
reintroducción de aquellas que, siendo también nativas, hayan
desaparecido; que los valores culturales también deberán
preservarse, acometiendo actuaciones encaminadas a fomentar su
apreciación por parte del público a través de los adecuados
programas de investigación, tratamiento, protección e
interpretación; que se considerará el paisaje como uno de los
principales valores naturales, preservándolo en su mayor
integridad posible. A este respecto, las construcciones,
instalaciones y acondicionamientos deberán utilizar tipologías
tradicionales, con objeto de procurar su mayor integración en
el entorno.

El futuro Parque Nacional de los Picos de Europa es un área
que ostenta una representación sobresaliente de valores
geológicos, faunísticos, botánicos, paisajísticos y
culturales, por los cuales, complementariamente con el Parque
Nacional de la Montaña de Covadonga, constituyen una unidad
natural y cultural modelada en sí misma por la acción de los
tiempos. Dichas características justifican tanto su ampliación
como un mayor régimen de protección, con el fin de preservar
sus elementos y procesos naturales o de restaurarlos en
aquellos casos que se considere conveniente.

El proyecto de ley incorpora algunas novedades al sistema de
parques nacionales en vigor. Así, garantiza el cumplimiento de
estos objetivos, presentando algunos aspectos como la
constitución de un área de influencia socioeconómica que
comprende la totalidad de la superficie de los términos
municipales afectados, así como la habilitación del régimen
económico de compensaciones, al que hace referencia la Ley de
Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna
Silvestres, y los beneficios económicos del Reglamento
2.078/92, de la Unión Europea, sobre prácticas culturales
compatibles con el medio ambiente, que se está poniendo en
marcha en estos días y que sin duda va a favorecer las
prácticas agrarias en este modelo de desarrollo económico
sostenible para el entorno de los parques nacionales.

También se concreta en el proyecto de ley la necesidad del
establecimiento, por todas las administraciones públicas
implicadas, de un régimen económico complementario a través de
un plan de desarrollo sostenible para el conjunto del área de
influencia socioeconómica, con el que se viene a satisfacer la
necesidad de armonizar los parques nacionales con su entorno
económico y social. Esta necesidad de armonización se ha
puesto de manifiesto a lo largo de los últimos años a través
de la demanda creciente de las poblaciones del entorno de
estos espacios naturales, que exigen participación en la
actividad económica que se genera como consecuencia de su
existencia.

Especial relevancia tiene la constitución de una comisión
mixta, integrada a partes iguales por representantes de la
Administración general del Estado y de las comunidades
autónomas del Principado de Asturias, Cantabria y Castilla y
León, para asistir, junto con el patronato del parque
nacional, al órgano de gestión del parque. Esta comisión
supone una novedad que permite la participación de las
comunidades autónomas en la toma de decisiones que afectan a
la gestión del parque nacional.

Hay otros aspectos destacables del proyecto de ley en el
sentido de que pretende ser realista y pionero en un nuevo
concepto de parque nacional, permitiendo que los pobladores de
la zona puedan sentirlo como algo suyo que deben defender y se
integren más en el mismo. Por ello, por la vía de excepción,
se permiten los usos y actividades tradicionales que han sido
recogidos expresamente en el plan de ordenación de los
recursos



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naturales elaborado antes de la remisión del proyecto de ley a
las Cortes Generales.

Además de la prohibición genérica de realizar los usos y
actividades que alteren o pongan en peligro la estabilidad de
los ecosistemas o la integridad de sus componentes físicos y
biológicos, se prohíbe en particular la construcción o
remodelación de edificios para fines distintos de los
tradicionales, clasificando los terrenos incluidos en el
parque, a excepción, por supuesto, de los núcleos urbanos,
como suelo no urbanizable objeto de protección especial, pero
condicionando el planeamiento urbanístico de dichos núcleos
urbanos a lo que indiquen las directrices generales contenidas
en el plan rector de uso y gestión del parque.

Si bien la Ley de conservación de espacios naturales y de la
flora y fauna silvestre ya establece que la declaración de un
espacio como protegido lleva aparejada la de utilidad pública
a efectos expropiatorios de los bienes y derechos afectados y
la facultad de la administración competente para el ejercicio
de los derechos de tanteo y retracto en las transmisiones
intervivos de terrenos situados en el interior del mismo, el
proyecto de ley contiene un artículo dedicado a declarar dicha
utilidad pública e interés social de los bienes y derechos
incluidos en el mismo, con lo que sin duda se refuerza el
régimen jurídico protector del parque. Al ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación correspondería la gestión
del parque nacional, al igual que sucede con los restantes que
integran la red estatal.

Asimismo, en el proyecto de ley se recoge lo que al respecto
determina la Ley 4/1989, de Conservación de Espacios Naturales
y de la Flora y Fauna Silvestres, que este departamento estará
asistido en la gestión por el patronato del parque. Pero,
además, como ya he comentado, el proyecto introduce una
novedad, que es la creación de una comisión mixta integrada a
partes iguales por representantes de las comunidades autónomas
y del Ministerio que tendrá por misión armonizar e integrar la
participación de todas las administraciones en la gestión del
parque. La responsabilidad de esta función se asigna a un
director del parque nacional, que a su vez coordinará las
actividades que se desarrollen en el mismo.

El proyecto de ley, siguiendo las directrices de la Ley
4/1989, crea la figura del patronato del parque nacional como
órgano de participación y apoyo a las tareas de gestión de
dicho espacio. Aquí también hay que señalar una notable
distinción respecto de las leyes de creación de los actuales
parques nacionales en cuanto a su composición. El proyecto ya
tiene en cuenta la actual estructura competencial que
establece nuestro ordenamiento constitucional. La nueva
composición del patronato contempla, como no podía ser menos,
una representación paritaria entre la Administración general
del Estado y las de las comunidades autónomas en las que se
asentará el parque.

Conforme prevé la Ley 4/1989, que dedica un título al
planeamiento de los recursos naturales, el proyecto de ley
establece los siguientes instrumentos de programación y
planificación: un plan de ordenación de los recursos
naturales, un plan rector de su gestión, planes sectoriales y
un plan anual de trabajo. De estos instrumentos, sólo el plan
rector de uso y gestión está previsto en las vigentes leyes
creadoras de los parques nacionales de la red estatal. Por
consiguiente, puede afirmarse que este proyecto de ley también
aquí es novedoso, aunque la novedad también venga impuesta por
la Ley 4/1989. Esta innovación consiste en la inclusión del
plan de ordenación de los recursos naturales, de los planes
sectoriales y del plan anual de trabajos del parque. El plan
de ordenación de los recursos naturales debe establecer las
directrices generales de ordenación y uso del parque y los
criterios básicos para su gestión. Los planes sectoriales, que
deberán ser informados por la Comisión Mixta, serán los que
contengan la regulación de las visitas y el comportamiento de
los visitantes, así como la organización de los sistemas de
información e interpretación. También regularán la ordenación
de los aprovechamientos tradicionales, así como el manejo de
especies amenazadas o de aquellos hábitats singulares que se
sometan a planes de actuación con ámbito superior al parque.

El plan anual de trabajos contendrá las actividades propias de
gestión y administración del parque que se realicen durante
cada ejercicio económico. En conclusión, diría que en estos
días que comienzan los actos de celebración del 25 aniversario
de la creación del Parque Nacional de Doñana, en el que, sin
duda, SS.SS. están invitados a participar, es estimulante que
una de las iniciativas de la celebración del 75 aniversario
del Parque Nacional de la Montaña de Covadonga, se hace
realidad con la presentación de este proyecto de Ley. Con la
ampliación de Covadonga se constituye un parque nacional que
abarca toda una unidad natural, modelada por la acción de los
tiempos, plenamente representativa de una región
biogeográfica.

En este proyecto se contempla un modelo de gestión de los
parques nacionales que incorpora como novedades la
coparticipación de las administraciones implicadas, el
desarrollo sostenible del entorno de los parque nacionales y
la elaboración y ejecución de planes sectoriales en las zonas
de influencia. Este parque nacional se integraría en nuestra
red estatal con la misma categoría que ostentan los restantes
parque nacionales del nivel 2 en la clasificación de la Unión
Internacional de Conservación de la Naturaleza, y el
reconocido prestigio de la red española se ha puesto de
manifiesto en la concesión y renovación de diplomas del
Consejo de Europa. De estas conclusiones se deduce que no
podemos ceder a la tentación de que la ampliación del parque
imponga una rebaja en los objetivos de conservación



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que contribuya a la degradación o la desclasificación de
nuestra red estatal de parques nacionales a nivel
internacional.

Este proyecto de Ley es una respuesta, por otro lado, a la
demanda de centenares de asociaciones ciudadanas
sensibilizadas en los objetivos de conservación y constituye,
sin duda, un reconocimiento y un homenaje a aquellos pioneros
que en 1918 emprendieron el camino visionario de preservar
unos valores para las siguientes generaciones.

Hasta aquí, señor Presidente, señorías, he intentado señalar
los motivos de este proyecto de Ley. Quisiera ahora trasladar
a aquellos grupos parlamentarios que más próximos se
encuentren a este concepto de parque nacional, la
predisposición del Gobierno --que, con seguridad, compartirá
el Grupo Parlamentario Socialista, al ser un mandato de su
programa electoral con el que concurrimos a las elecciones
generales-- admitir todas aquellas propuestas que tengan por
objeto mejorar su texto, en el convencimiento de que el
diálogo, el consenso y la integración de planteamientos
repercutirá, sin duda, de forma positiva en su contenido.

Señor Presidente, señorías, muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Ministro. A este proyecto de Ley se han presentado dos
enmiendas de totalidad de texto alternativo: una, por parte
del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, y otra, por parte del Grupo Popular. Para la
defensa de la enmienda del Grupo Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, tiene la palabra el señor García Foseca.




El señor GARCIA FONSECA: Señor Presidente, señor Ministro,
señoras y señores Diputados, al levantarme a rogaros que
toméis en consideración la proposición que ha presentado mi
Grupo, casi me dan ganas de sentarme y de dar por terminado mi
discurso. Sería el mayor homenaje que pudiera rendir a vuestra
cultura, que no ha menester, ciertamente, que yo la aliente en
el amor a las bellezas naturales y de que yo la ilustre en
cuanto a los medios más conducentes y seguros para
acrecentarlas y conservarlas. No, señores Diputados, señoras
Diputadas, ¿comó voy a pretender ilustraros respecto a cosas
que tenéis tan sabidas? ¿Cómo voy a pretender convenceros, si
lo estáis más que yo, de que así como para proteger el arte
tiene el Estado la declaración de monumentos nacionales, para
proteger la naturaleza debiera tener la declaración de parques
nacionales?
Así hablaba hace casi un siglo el Marqués de Villaviciosa, y
ustedes me han permitido que haya comenzado mi intervención
con estas palabras que creo son de una gran pertinencia. En
todo caso, en mi ánimo está que sirvan como pequeño homenaje a
uno de los promotores más preclaros del conservacionismo,
particularmente de los parques nacionales, y cuyos restos,
como ustedes saben, al menos los que hayan estado por los
Picos de Europa, reposan en uno de los parajes más
extraordinariamente bellos, nido de águilas y rebecos, como
dice la lápida de su sepultura.

Dicho esto tan bonito y tan claro en palabras del Marqués de
Villaviciosa, y aterrizando, quizá demasiado brúscamente, en
la cotidianeidad, quiero decirle al señor Ministro que mi
grupo se identifica, casi al cien por cien, con la exposición
que ha hecho en cuanto a intenciones, criterios, objetivos,
etcétera. Mantiene, sin embargo, discrepancias, creo que
importantes, en cuanto a que los instrumentos y las
formulaciones específicas que ustedes han plasmado en este
proyecto de ley, sean las más adecuadas para conseguir eso en
lo que ustedes y nosotros coincidimos, repito, en gran medida.

Por eso, mi grupo ha presentado esta enmienda a la totalidad
con texto alternativo, con el mayor ánimo constructivo de
lograr entre todos una ley que sea la más adecuada en todos
sus aspectos para conseguir estos fines que compartimos.

Para nuestro grupo el tema de los Picos de Europa es
recurrente. No voy a insistir (usted lo ha hecho ya, señor
ministro, y además creo que tanto lo suyo como lo mío es
innecesario) en la importancia de este conjunto --y subrayo la
palabra conjunto-- del macizo de los Picos de Europa desde
cualquier punto de vista que se le quiera mirar
(geomorfológico, histórico, cultural, paisajístico, etcétera)
y los reconocimientos explícitos que tiene ya a todos los
niveles, nacionales e internacionales, como para que busquemos
para este conjunto integrado la figura y la reglamentación más
adecuada.

No voy a extenderme en este punto; pero volviendo a la cruda
realidad, sí quiero decirle, señor ministro, señoras y señores
diputados que nos damos prisa o, desgraciadamente, en poco
tiempo no vamos a tener nada que proteger. Permítanme una
brevísima enumeración de los desaguisados que sólo durante el
año pasado se han cometido en los Picos de Europa, que se
suman a los que, desgraciadamente, desde hace bastantes años
se vienen cometiendo.

En cuanto al territorio que pertenece a Cantabria se han
afirmado y hormigonado las pistas que suben a Aliva y que
desde allí comunican con Vega de Sotres. Si lo conocen se
darán cuenta, simplemente con esto, que es una auténtica
barbaridad. Por si no lo conocen, simplemente decirles que hoy
ya es posible, con un vehículo normal, atravesar todos los
Picos de Europa. Se ha ampliado lo que era un refugio de
montaña, en Aliva, que se ha convertido en un auténtico hotel
de dos estrellas, con varias edificaciones, algunas de ellas
de tres pisos. Se han hecho, además, depósitos de agua que,
por sus dimensiones, el tipo de agua, etcétera, son auténticas
piscinas en el corazón de los Picos de Europa. Se



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ha incrementado en velocidad y en capacidad el teleférico de
Fuente Dé, con lo cual es una auténtica romería, en uno de los
ecosistemas más interesantes, más bonitos y más frágiles que
hay en nuestro continente.

Por parte asturiana también ha habido agresiones, tales como
los accesos a Pandébano que si en principio se justificaban
para uso exclusivamente agrícola, en la práctica todos los
turismos lo invaden. Hoy se puede llegar en moto a la falda de
lo que es el monte emblemático de los Picos de Europa, el
Naranjo de Bulnes.

Por la zona de Castilla y León, más de lo mismo; se han
construido minicentrales en las cabeceras del Sella, se están
iniciando obras de más minicentrales y a partir de ahí los
tendidos eléctricos, etcétera; todo ello en terrenos, repito,
que si se aprueba cualquiera de estas proposiciones de ley,
sobre todo la del Grupo Socialista y la de Izquierda Unida que
estoy defendiendo en este momento, entrarán en la declaración
de parque nacional, en los límites que comprenden el parque
nacional.

Por tanto, señoras y señores diputados, la primera parte de mi
intervención es simplemente para insistir en que o nos ponemos
de acuerdo todos, o al menos la mayoría, la mayor mayoría
posible, valga la redundancia, y actuamos con urgencia, o si
nos descuidamos va a ser ya completamente inútil que decidamos
una ley u otra, porque ya no servirá para nada.

Por esto mismo, entenderán ustedes que mi grupo (y no es por
puro afán partidista, que indudablemente lo tengo, sino porque
creo que responde a la objetividad, a la verdad) en 1990
presentara una proposición no de ley en idénticos términos, en
cuanto a lo sustancial, para la declaración como parque
nacional de este conjunto integral, integrado. En aquella
ocasión tengo que decirles que el Partido Popular apoyó desde
el principio, inequívocamente, esa proposición diciendo
textualmente, desde sus primeras palabras, y leo el «Diario de
Sesiones». El Grupo Popular va a apoyar la iniciativa
parlamentaria que debatimos esta mañana presentada por
Izquierda Unida --la va a apoyar y la apoyó--; y el portavoz
entonces del Grupo Popular que, por cierto, hizo una
intervención brillante, inteligente y, además, muy
fundamentada jurídicamente el señor de la Vallina Velarde,
decía entre otras cosas: Por eso nosotros entendemos que es
oportuna y correcta la figura jurídica que se quiere aplicar
al Parque Nacional de Covadonga. Entendemos que no es
razonable otra figura, no tiene sentido que parte de un
conjunto, el macizo central, el macizo del Cornión, que
responde a una unidad con unas características, tenga
calificación jurídica de parque nacional y que las otras zonas
de esa unidad tengan una calificación jurídica distinta, con
menor compromiso de protección, como parque natural
simplemente. Cierro aquí las comillas para las señoras y
señores taquígrafos, porque es una cita literal del «Diario de
Sesiones» del portavoz del Partido Popular, en 1990.

Por tanto, lo que aquí está en juego es un espacio singular,
un espacio integrado, que forma una unidad y el hecho de que
pertenezca a tres comunidades autónomas no empece para que
exija una unidad de gestión. Nosotros entendemos que el hecho
de que exija una unidad clara de gestión no impide que esta
gestión sea participativa a nivel de todas las
administraciones que tienen que ver con el tema, la
Administración central del Estado, las administraciones
autonómicas y las administraciones municipales, así como
también los interesados, los usuarios, los vecinos de la zona;
una participación que revitalice incluso instituciones
populares, todavía en uso, pero que se van perdiendo y que de
esta manera el parque nacional podría no sólo revitalizar ese
territorio, sino esas costumbres, esa cultura, esas prácticas
tradicionales de todo tipo. Por tanto, en criterio de mi
grupo, Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, queda
meridianamente claro que los Picos de Europa no pueden ser
gestionados de otra manera más que mediante la figura de
parque nacional y esto, por razones ecológicas, porque un
único espacio y espacio integrado necesita de una única
gestión, lo que pasa es que la gestión no hay por qué
entenderla --que esta es una deformación neoliberal o viejo
liberal, igual me da-- como una gestión verticalista, de
arriba hacia abajo, unívoca, sino que la gestión única puede
ser participativa, colegiada, etcétera.

Además de razones ecológicas hay razones de prestigio
internacional que no son, en absoluto, despreciables. Hay
razones de cofinanciación que son necesarias y hay, además,
razones de desarrollo sostenible. Mi grupo está dispuesto a
discutir con quien sea y a demostrar --se cree con capacidad
para ello--, que la figura de parque nacional aplicada a todo
este territorio es el mejor instrumento, el mejor elemento
para asegurar a sus ciudadanos, a sus vecinos el mayor grado
de bienestar posible en las condiciones y circunstancias en
que viven. Fíjense ustedes, estos territorios de alta montaña
no pueden competir hoy en absoluto, con un tipo de agricultura
o incluso de turismo intensivo en la Comunidad Europea con una
política agraria comunitaria como la que existe, y los señores
del Grupo Popular la conocen bien, y si en algo puede
diferenciarse y competir es, precisamente, buscando su factor
diferencial, buscando sus factores de calidad. Para ello les
leo textualmente el análisis de un colectivo de técnicos de
mucho relieve, que decía: En consecuencia, porque es la figura
de protección más cualificada en relación a su reconocimiento
por las instituciones de ámbito internacional, siendo el marco
jurídico que más puertas abre al apoyo de las administraciones
públicas (regional, estatal y comunitaria) y suponiendo,
además, la marca de origen más considerada para sus productos
agropecuarios, artesanales y turísticos, la estrategia de
desarrollo para las zonas de alta montaña debe orientarse no a
competir en modos intensivos y en condiciones desfavorables



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con los valles sino, precisamente, a valorar y conservar sus
especificidades paisajísticas y culturales. Es decir, la única
opción viable y duradera para los Picos de Europa es la
diferenciación de sus productos de montaña por la calidad del
entorno ecológico de origen. Adoptar la figura de parque
nacional significa el mayor impulso posible en esa dirección.

Por tanto, ya no sólo por razones ecológicas, medioambientales
o conservacionistas, sino incluso por el bienestar de las
propias poblaciones afectadas, mi grupo defiende con toda
fuerza, con todo calor y yo creo que con todo rigor la
aplicación de la figura de parque nacional. Es cierto, y con
esto termino, señor Presidente, señoras y señores diputados,
que nosotros en nuestra proposición de ley insistimos en una
serie de conceptos, que nos parecen claves y son los que han
motivado que no por afán de intervenir sino por afán de
aportar, propongamos una solución correcta a los objetivos que
en común buscamos, una serie de ideas-fuerza, que resumo y con
ello termino. Nosotros pensamos en un parque nacional, repito,
con una gestión integrada más allá de las divisiones
administrativas que, sin embargo, es compatible con una
cogestión y cofinanciación estatal, autonómica y local, como
planteamos en el artículo 9.º de nuestra enmienda de texto
articulado.

También planteamos la ampliación de los límites por el oeste,
sur y sudeste a fin de hacer efectiva la función de corredor
ecológico e incluso, y repito una vez más, precisamente para
conseguir los objetivos señalados por el señor ministro. Por
ejemplo, uno de los aspectos que subrayaba el señor ministro
era este parque como representativo del bosque atlántico. Pues
bien, la propuesta que nosotros hacemos de ampliación de
algunos de los límites es precisamente para que queden
incluidos dentro de este territorio protegido entonces, a
proteger ahora, las representaciones más genuinas que existen
en esa zona del bosque atlántico y que ustedes las dejarían
prácticamente al margen, muy en el límite. No insisto en los
detalles porque esto, además, sería cuestión del trámite de
enmiendas parciales.

Nosotros también hacemos hincapié en la defensa y apoyo de los
usos rurales extensivos. Quien diga que la figura de parque
nacional es contraproducente para el bienestar de los vecinos
de las zonas, no sabe de qué va la fiesta, o miente por
intereses que sería bueno confesara. Es exactamente al revés,
y en otros países los municipios limítrofes se pegan por ser
incorporados dentro de los límites de un parque nacional. Si
aquí hacemos las cosas bien (esa es una condición «sine qua
non»), no veo por qué no va a tener que ser de la misma
manera. ¡Hombre, y somos capaces de hacer las cosas bien,
sobre todo si apoyamos entre todos!



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor García Fonseca,
termine, por favor.

El señor GARCIA FONSECA: Termino ya, señor Presidente.

Por eso mi grupo insiste también en uno de los aspectos más
nucleares de nuestras propuestas, el de un plan de desarrollo
sostenible y asegurar una amplia participación social,
mejorando la composición y las funciones del patronato.

Estas son, señoras y señores diputados, las razones por las
cuales mi grupo coincide en lo fundamental, en las
intenciones, motivos y objetivos que ha expuesto el señor
ministro; coincide en aspectos nucleares, quizá en el más
nuclear, con el propio proyecto de ley del Gobierno, pero se
ha creído en la obligación de hacer una enmienda con texto
alternativo, precisamente porque entendemos que en esta
propuesta nuestra se recogen mejor los instrumentos para
conseguir esos fines que tenemos en común.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor García
Fonseca. Para la defensa de la enmienda del Grupo Popular, el
señor Gortázar, tiene la palabra.




El señor GORTAZAR ECHEVERRIA: Señor Presidente, señorías,
señor ministro, he escuchado con atención su defensa del
proyecto de ley y he de decirle que no he oído nada nuevo que
no supiéramos. Permítame que le haga una pregunta muy directa
y espero que me conteste. Después de la experiencia de cómo
está Doñana, después del sequedal de Daimiel, después de la
gestión de Icona en la montaña de Covadonga, con un
impresionante «parking» e instalaciones hoteleras en aquella
zona, después de haberse incendiado este verano 400.000
hectáreas, bajo su responsabilidad global como dirigente de
Icona (ya sabemos que siempre que hay un tema medioambiental
que ustedes de alguna manera no pueden usufructuar, desvían
rápidamente la responsabilidad, pero usted es el ministro que
tuvo que responder ante esta Cámara de esa situación, y
responde también de la gestión por el Icona de los parques
nacionales); después de todo eso, ¿me quiere usted decir,
señor ministro, por qué los habitantes de Cantabria, los
ciudadanos de Asturias, los ciudadanos de Castilla y León van
a tener más confianza en usted que en sus respectivos
consejeros autonómicos? ¿Por qué? Esto no está en absoluto
claro. Por eso precisamente el Partido Popular ha hecho una
propuesta de administración autonómica sobre la gestión, no la
participación y apoyo, sino la gestión y responsabilidad
política directa de esa realidad; porque sabemos que, o bien
Icona no va a estar para las responsabilidades, o usted va a
escurrir el bulto inmediatamente.

La segunda cuestión es que usted se coloca por completo fuera
de la realidad. Habla de actividades artesanales, básicamente
por parte de los habitantes del



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futuro parque de Picos de Europa, fundamentalmente destinados
al autoabastecimiento. ¿Me quiere usted decir qué futuro hay
para el autoabastecimiento en un caso como, por ejemplo, el
queso de Cabrales? ¿Cree usted que esa es una perspectiva
ligeramente moderna, ligeramente entusiasmante para los
jóvenes y para los propietarios de esas cabañas queseras? ¿Me
quiere usted decir cómo puede ser autoabastecimiento el
turismo rural, el de los montañeros, el de los visitantes que
tienen derecho a disfrutar esas zonas? Eso no es
autoabastecimiento, eso es economía moderna, señor Ministro.

Por otro lado, está la caza. Eso tampoco es
autoabastecimiento, salvo que usted pretenda convertir a los
habitantes de esa zona en depredadores, volver al Neolítico en
alguna de esas cuevas que usted ha mencionado en su
exposición. Señor ministro, la defensa de su proyecto de ley
ha sido pobre ha sido poco consistente y, desde luego, en
absoluto realista, a efectos de cambiar la opinión de los
afectados.

Señorías, de todos es conocida la apasionada polémica que ha
levantado el proyecto de ley del Parque Nacional de los Picos
de Europa, polémica en la que han participado, por un lado,
los afectados en contra de ese parque y, a favor, visitantes
normalmente bien intencionados ¿Por qué se ha producido esa
reacción en contra que no he oído mencionar aquí, salvo por
intereses espurios? Se ha producido porque hay nueve
municipios con 14.000 habitantes, incluidos dentro de un
parque nacional, hecho insólito en el conjunto del mundo
civilizado (en el no civilizado no hay parques naturales, ni
nacionales); en consecuencia, es una situación realmente
insólita.

En segundo lugar, la reacción se ha producido por el contenido
del plan de ordenación que ustedes han avanzado previamente,
que prohíbe la caza y la pesca. Como ustedes saben
sobradamente, la caza en un área de esas características, es
lo que permite el equilibrio entre las circunstancias de los
habitantes, la producción ganadera y la consecución de
recursos para los mismos propietarios de aquellos pequeños
cotos de caza.

El aprovechamiento maderero, igualmente, está prohibido o
limita de una manera extraordinaria, tanto las maderas como la
ganadería. Incluso se veda el pastoreo en buena época del año.

De todas formas, es evidente que en el PORN, en el plan de
ordenación de recursos naturales, ustedes incluyen una enorme
cantidad de limitaciones a la explotación y a los usos
turísticos de aquellas zonas. Ha habido rechazo de los
municipios afectados, porque el plan de ordenación es
terriblemente restrictivo y ha habido rechazo por la lesión
que supone a los derechos de los vecinos, en cuanto vecinos de
municipios y en cuanto a ciudadanos de una comunidad. Los
alcaldes quedan reducidos a meros guardias forestales de Icona
y las comunidades autónomas se limitan a apoyar y participar
bien en una comisión mixta o bien en un patronato. Estos,
señor Ministro, son hechos; no son valoraciones, son hechos de
la situación.

El Grupo Popular, señorías, no tiene, en absoluto, nada en
contra de los parques nacionales, naturales, etcétera. Somos
pioneros; la tradición liberal conservadora española es quien
ha hecho los parques nacionales en este país. En 1916, durante
la Restauración --la tradición liberal conservadora-- hicimos
esa Ley de parques nacionales. Quiero que sepan ustedes que
nosotros en esto no somos nuevos, no somos recién llegados,
tenemos una larga experiencia. En aquella época se hacían
parques nacionales porque no había habitantes dentro de esas
áreas que había que proteger; se convertían en museos de vida
natural, entre otras cosas porque el Estado no tenía
mecanismos para apoyar áreas de actuación específica.

La situación, a finales del siglo XX, señor ministro, es
totalmente distinta y el problema que tienen ustedes es que su
mentalidad, tanto la suya como la de sus compañeros de
Izquierda Unida, es expropiatoria e intervencionista. La
moderna filosofía de conservación no va en esta dirección,
señor García Fonseca. Mire usted, el Documento de Río, por un
lado, toda la literatura y la documentación de reservas de
biosfera de la Unesco, la Directiva de hábitat que, por
cierto, firmó el Presidente del Gobierno en Bruselas toda esa
documentación importantísima establece el respeto a los
derechos adquiridos, establece una vía de acuerdos y de
compensaciones a los habitantes de las zonas a proteger. En
absoluto se habla de expropiaciones ni de intervenciones por
parte del Estado. Es decir, nosotros estamos en una línea o en
un planteamiento, de acuerdo con la moderna literatura, tanto
de la ONU como de la Comisión Europea, en relación a la
conservación de la naturaleza y ustedes están con una
mentalidad de finales del siglo pasado o principios de éste,
que era muy encomiable entonces, pero que está totalmente
sobrepasada. Están ustedes, o es propio de la izquierda,
anclados en el pasado.

Nuestro texto alternativo, por contra, es todo lo contrario;
establece una serie de conceptos y posibilidades en relación a
las siguientes demandas: En primer lugar, dejamos abierta
durante un año, la redacción del plan de ordenación de
recursos naturales que es lo que realmente inquieta a los
vecinos y habitantes de las zonas de Picos de Europa, por la
sencilla razón de que tanto las consejerías, como los
alcaldes, podrán intervenir y establecer qué pretenden ellos
en relación a ese plan de ordenación que ustedes ya han
emitido terriblemente restrictivo, como les dije
anteriormente.

Por lo demás, el parque natural que nosotros proponemos, señor
ministro, es respetuoso con los usos tradicionales de los
vecinos, de los propietarios y, a la vez, con la conservación.

Son ellos los que han conservado



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los Picos de Europa. Hay que plantear la conservación no como
un castigo, sino como un premio a esa conservación. No tiene
sentido que los urbanícolas acudan a castigar a las familias
que durante siglos han vivido y han mantenido aquel espacio
natural tal como se encuentra en estos momentos.

En consecuencia, políticas de conservación, sí, pero políticas
de conservación que respeten los municipios, la autonomía
municipal, las actividades de gestión de las comunidades
autónomas y, fundamentalmente, los usos tradicionales que han
permitido, señorías, que los Picos de Europa sean hoy lo que
son. La propuesta que hace el Partido Popular --repito-- el
texto alternativo que presentamos, satisface las demandas de
los vecinos, que son los protagonistas de la conservación. En
segundo lugar, respeta un elemento tan esencial como las
atribuciones que conceden la Constitución y los estatutos de
autonomía a las comunidades autónomas y, por lo demás,
establecemos un elemento de coordinación de los tres macizos.

Se trata de tres parques naturales, constituidos en uno, por
supuesto, con un comité de coordinación permanente por parte
del Ministerio de Agricultura.

Señorías, el parque nacional que se nos propone, alternativo a
nuestra propuesta de parque natural, tiene el peligro cierto
de serios riesgos de inconstitucionalidad en una ley que se
inmiscuye en las capacidades y competencias de las comunidades
autónomas y que se encuentra recurrida por más de cinco
recursos en el Tribunal Constitucional.

En función de este argumento, el Grupo Socialista y el de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, en el último debate
en la Comisión de Agricultura, expuso que, por el hecho de
estar sometida a consideración del Tribunal Constitucional la
Ley 4/1989, no debía trasponerse la Directiva comunitaria de
hábitat que permite tener una filosofía de conservación mucho
más moderna de acuerdo con los intereses de los afectados.

Señorías, los argumentos que entonces se me dieron para no
trasponerla, son igualmente útiles para no aprobar una ley que
suponga invasión de las competencias de las comunidades
autónomas. Decía la representante del Grupo Socialista en ese
debate de hace dos semanas, lo siguiente: No nos parece de
sentido común, es decir, no le parecía de sentido común que se
traspusiera una directiva que había firmado don Felipe
González y que yo pedía se traspusiera, lo cual era un
espectáculo un tanto surrealista; nosotros pedíamos la
trasposición de una directiva firmada por don Felipe González
y el Grupo Socialista, por lo visto, no se sabe por qué
mecanismos, no la apoyaba, no les parecía de sentido común
hacerlo. Nos parecería una falta de respeto al bloque
competencial que siguiéramos el mismo camino de profundizar en
las diferencias entre lo que opinan las comunidades autónomas
y lo que opina el Gobierno central en relación con las
competencias en materia de medio ambiente. En aquella ocasión,
el Grupo Socialista alegó la condición de «sub iudice» de la
Ley 4/1989, para no trasponer una directiva. Sin embargo, no
se entiende por qué no se tiene esa misma precaución, y hay
prisa por hacer una ley que atenta o que, por lo menos, pone
en cuestión las competencias autonómicas que prevé la Ley
4/1989.

Lo mismo decía el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. La representante de este grupo decía: En aras a dar
un voto de credibilidad al Gobierno (por lo visto, en esta
materia, para Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, el
Gobierno tiene credibilidad), pienso que es razonable esperar
a la respuesta del Tribunal Constitucional en el mismo sentido
y en la misma materia. Por un mínimo de coherencia, señor
ministro, usted debería atender esas precauciones del Grupo
Socialista para no incurrir en inconstitucionalidad y lo
lógico sería que viera que la figura de parque natural, al
menos no va a tener recursos de inconstitucionalidad por
invasión de competencias autonómicas. Termino, señor
Presidente, solicitando a la Cámara el apoyo al texto
alternativo que presenta el Partido Popular; texto que abre
vías de consenso con los afectados. Por cierto, en su
intervención, señor ministro, no le he oído hablar más que de
eurosiberiano, de macaronésico, de cuevas, etcétera; realmente
parecía una exposición geográfica más que la exposición de un
político. Quiero que sepa usted que ahí viven personas.

Estados Unidos está lleno de parques naturales y nacionales y
la gente no vive dentro, o sea, se convierten en objetos de
museo. Tienen ustedes un concepto totalmente troglodítico. No
se dan ustedes cuenta de que ahí vive gente. Haga usted el
favor de recapacitar un poco sobre esto, que le será bastante
útil y, por lo menos, le permitirá salir adelante en
determinadas circunstancias parlamentarias.

De manera que, insisto, abre vías de consenso con los
afectados, que es muy importante. No se puede conservar algo
en contra de la opinión de los afectados. Y usted sabe, o
debería saber, la extraordinaria relación que hay entre la
mala gestión de Icona en la conservación de los parques
nacionales y las enormes cantidades de pérdidas por incendios
que hay, muchas veces provocados, como dice el informe de
Amigos de la Tierra, en función de las agresiones que perciben
los vecinos de esos parques que ustedes han promovido en estos
últimos años. En segundo lugar, la propuesta de parque natural
que hace el Partido Popular asegura la conservación de macizos
en conjunto y a la vez la ordenación, pero con la motivación
de los implicados. Aquí estamos ante la extraña situación de
que se pretende hacer un gran favor a unos señores que se
manifiestan y se empeñan en que no les ayudemos. Francamente,
algo está ocurriendo. Si ustedes quieren ayudar y quieren dar
un título de



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gloria, como es el de parque nacional, será sobre la base de
materias, sobre la base de propuestas, sobre la base de una
ordenación positiva, no sobre la base de limitaciones, de
amenazas y de su experiencia catastrófica en el Icona. Por
último, el tercer factor es que resuelve con seguridad, o por
lo menos resuelve, un eventual conflicto de competencias con
los Gobiernos de las comunidades autónomas.

Por estas tres razones, señor Ministro, creemos que la
propuesta de ley que hace el Partido Popular es mejor que la
suya: acuerdo con los vecinos, no conflicto con las
comunidades autónomas y, por otro lado, una conservación junto
con un equilibrio en la ordenación de los recursos naturales
en esa zona. Por todo ello solicito el apoyo de la Cámara.

Muchas gracias. (Algunos señores Diputados: ¡Muy bien, muy
bien!)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Gortázar. Para un turno en contra tiene la palabra el señor
Cuesta.




El señor CUESTA MARTINEZ: Señor Presidente, señorías, después
de la última intervención a nadie le puede quedar duda de la
diferencia de modelos y de prácticas políticas, la práctica
permanente del alarmismo. Se nos acusa de trogloditas y en
nombre de una presunta modernidad se nos plantea la
destrucción de un entorno; y en nombre de un presunto
localismo, de un presunto autonomismo, se nos quiere vender
como paradigma de la gestión y de la protección medioambiental
la gestión del Consejero de Medio Ambiente de Cantabria, por
poner un ejemplo, ignorando que, como todo el mundo reconoce y
no puede ser de otra manera, no cabe duda de que la protección
medioambiental y toda su problemática no puede insertarse en
las divisiones administrativas clásicas. Ya digo desde el
inicio de mi intervención que a mi Grupo le satisface más el
planteamiento, con el que nos une mucho,
que ha formulado en esta tribuna el portavoz del
Grupo de Izquierda Unida. Quiero también, a la hora de
oponerme a estas enmiendas a la totalidad de texto alternativo
y de defender el proyecto de ley que nos ocupa, que mis
primeras palabras sean para mostrar la satisfacción de mi
Grupo por una iniciativa que coincide sustancialmente con el
deseo del Gobierno del Principado de Asturias, respecto de lo
que los socialistas hemos planteado siempre una coherencia, y
de amplios sectores no sólo del Principado sino también de
Cantabria y de Castilla-León. Y no es defender un
planteamiento como el que hoy nos ocupa considerar a los
habitantes o a los ciudadanos como fósiles, sino precisamente
proteger y defender mejor los intereses de los ciudadanos y
sus derechos también como personas que habitan en un entorno
digno de protección.

Como SS.SS. conocen, la Ley de 22 de julio de 1918, en su
artículo dos, declara parque nacional de la montaña de
Covadonga al macizo de Peña Santa, cuya delimitación se fija
por el Gobierno en el Real Decreto de 16 de agosto de 1918,
que creaba asimismo el parque nacional del valle de Ordesa o
del río Ara. Este proyecto amplía los límites de dicho parque,
afectando a varias comunidades autónomas, en concreto al
Principado de Asturias, a Cantabria y a Castilla y León.

Como ha sido expuesto en la intervención del Ministro y como
se indica en la memoria explicativa del proyecto, estamos ante
la necesidad de garantizar la protección de sistemas y de
ampliar los límites de lo que en estos momentos estaba en el
ámbito territorial del parque de Covadonga a un territorio que
comprende las comunidades autónomas de Cantabria y de Castilla
y León, además de la de Asturias, dentro del macizo montañoso
de los Picos de Europa, por lo que es más propio que este
parque reciba el nombre de dicho macizo, ya que la montaña de
Covadonga, de aprobarse esta ley, sería una parte del
territorio del parque. El territorio que, en definitiva,
pretende protegerse con la figura de parque nacional de Picos
de Europa constituye una unidad natural que comprende también
la zona actualmente protegida en el parque nacional de la
montaña de Covadonga, y todo él contiene valores geológicos,
faunísticos, botánicos, paisajísticos y culturales de tales
características que justifican suficientemente la necesidad de
dotarle del régimen de protección especial que se pretende. Yo
creo que hay ahí una clave importante de lo que es el espíritu
de este proyecto de ley; por ejemplo, las peculiares unidades
y tipos de vegetación, que por otra parte no son ajenos al uso
tradicional del territorio que realizan las comunidades
humanas asentadas en la zona. Si nos fijamos en sus aspectos
faunísticos, los Picos poseen un gran interés biogeográfico
por su situación en la cordillera Cantábrica, donde confluyen
especies de carácter eurosiberiano, en toda su vertiente
norte, con otras de carácter más mediterráneo y que penetran
por los valles de los ríos Cares y Deva. A ello hay que sumar
la existencia de áreas altimontanas, de gran relevancia
precisamente en esta zona, que han permitido la persistencia
de especies más propias de regiones frías y cuyo área de
distribución en el sur de Europa se encuentra fragmentada
actualmente. Todo ello hace que la fauna de Picos de Europa
tenga una gran representatividad en el contexto de la
cordillera Cantábrica, sin menosprecio de otros enclaves de la
misma, y que posea una notable singularidad con respecto a la
composición faunística de otras áreas de la península Ibérica.

Otro factor importante a considerar es el refugio que las
montañas ofrecen, por su mayor aislamiento, a las especies
animales que peor soportan la presencia humana.




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En este sentido podemos destacar, por su interés ecológico y
conservacionista, las comunidades faunísticas que ocupan las
áreas de alta y media montaña en general y, en particular, las
que habitan los ríos en sus tramos altos y medios, los
roquedos, ecosistemas que aquí alcanzan una destacable
representación, y las manchas boscosas que aún se conservan y
que tienen un indudable interés por albergar especies muy
exigentes en cuanto a sus requerimientos ecológicos. De ello
ya nos ha hablado el Ministro y nos ha hecho también un
recordatorio el señor García Fonseca a la hora de
describirnos, de manera brillante, lo que es un entorno
necesitado de protección. Hay que considerar, además, la
inclusión de los Picos de Europa en el catálogo de áreas
importantes para las aves de España, siendo mencionada como la
zona de mayor importancia para aves de alta montaña de la
Cordillera Cantábrica.

Yo creo que el debate de hoy ya no es un debate de tipo
científico. Los datos avalan la necesidad de esta declaración
de interés general y de apostar por este sistema de gestión a
través del parque nacional. Estamos cumpliendo también un
compromiso electoral. Este proyecto es el cumplimiento del
compromiso electoral con el que los socialistas nos hemos
presentado en junio de 1993. En los próximos años, decíamos,
el medio ambiente será un área privilegiada de la inversión
pública destinada a proteger nuestro patrimonio natural, a
regenerar áreas degradadas y a elevar la calidad de vida de
los ciudadanos, convirtiendo esa calidad ambiental en un signo
distintivo del modelo de desarrollo progresista de España.

Hablábamos de protección de áreas y especies singulares en el
patrimonio natural. España --decíamos-- tiene la mayor
variedad de especies vegetales y animales, las más extensas
áreas naturales de Europa. Esto la hace clave para el
equilibrio ecológico del continente. Esta es una de las
riquezas por la que asumimos la responsabilidad de su
conservación ante las futuras generaciones de españoles y de
europeos. Mantener este patrimonio requiere diversas acciones:
ampliar la red de parques nacionales, incorporando hábitats
todavía no incluidos en ella, y citábamos, entre otras, el de
Picos de Europa. Por consiguiente, estamos también cumpliendo
lealmente un compromiso electoral de junio de 1993.

Este proyecto de ley se inserta en un marco jurídico y, como
no podía ser de otra manera, arranca del artículo 45 de
nuestra Constitución: Los poderes públicos velarán por la
utilización racional de todos los recursos naturales, con el
fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y
restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable
solidaridad colectiva. Se inserta también en el marco
competencial que diseña nuestra Cosntitución, ahora que
algunos han planteado dudas, hay que recordar, por ejemplo,
que el Tribunal Constitucional no ha decidido suspender la
aplicación del último decreto en materia de ordenación de los
recursos naturales porque, efectivamente, aun estando
pendientes coflictos de competencias, no se estima que se
pueda generar tal daño que implique necesariamente una
suspensión. Estamos en una línea de favorecer un entorno;
estamos en una línea, desde el punto de vista de mi Grupo
Parlamentario y del Gobierno, de adaptarnos a lo que es el
marco competencial diseñado en el artículo 149.1.23 de nuestra
Constitución: El Estado tiene competencia exclusiva en
legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin
perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de
establecer normas adicionales de protección. La legislación
básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías
pecuarias es competencia exclusiva del Estado. También este
proyecto de ley se inserta en el marco de la Ley 4/1989, de 27
de marzo, de Conservación de los espacios naturales y de la
flora y fauna silvestres. Por Real Decreto 640/1994, de 8 de
abril, se aprobó el Plan de ordenación de los recursos
naturales de Picos de Europa, que garantiza los usos adecuados
en ese entorno y que no configura a las personas como meros
fósiles. Es un plan de ordenación vivo que da unas garantías
en la concepción y en el diseño del parque nacional de
Covadonga.

Mi Grupo estima que es competencia del Gobierno, a la luz de
la Constitución y de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, la
conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna
silvestres, la elaboración y aprobación de los planes de
ordenación de los recursos naturales de aquellos espacios
naturales protegidos respecto de los que sea competente el
propio Gobierno para su declaración y gestión, ya sea
compartida con las comunidades autónomas o centralizada. Y
esta reflexión la realizamos a la vista del juego de la acción
de los artículos 4, 15, 21 y 22 de la Ley 4/1989, ya citada.

En consonancia con la citada ley, corresponderá al Estado la
declaración de los espacios naturales protegidos cuando éstos
estén situados en el territorio de dos o más comunidades
autónomas. Y aunque formalmente el texto alternativo del Grupo
Popular da una presencia competencial al Estado central, esa
presencia no es garantíade un uso de una unidad de gestión, de
una coordinación adecuada para lo que es la protección de un
espacio que afecta, rebasa y traspasa el ámbito geográfico de
una comunidad para afectar a tres comunidades autónomas.

El proyecto que hoy debatimos --y ésa es la principal
diferencia con la enmienda del Grupo Popular-- se acoge a la
fórmula prevista en el artículo 22 de la Ley 4/1989, es decir,
al sistema más completo de protección que implican los parques
nacionales. A partir de ahí, la gestión diseñada se atribuye
al Estado, es decir, al Ministerio de Agricultura,
estableciéndose un sistema de colaboración de diversas
administraciones, a través de un patronato y de la comisión
mixta, acorde con el reparto competencial de nuestra
Constitución. El diseño



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que se hace en el artículo 6.º de los órganos de gestión es
altamente innovador y supone un paso adelante a la hora de
lograr ese equilibrio entre el principio de unidad de gestión,
que tanto preocupa y que compartimos con Izquierda Unida, con
el principio de ampliar la presencia, la participación de
todos los afectados, de todas las colectividades y, por
supuesto, de las comunidades y administraciones afectadas.

La enmienda que ha sido defendida por el Grupo Popular plantea
un modelo distinto y radicalmente opuesto hablando del
concepto de parque natural, por supuesto también inserto en el
marco de la Ley 4/1989 y, por supuesto, un modelo que, a
nuestro juicio y a nuestro entender, no se corresponde con lo
que son las necesidades de esa zona concreta, tan querida no
sólo para los asturianos sino para muchos vecinos de Cantabria
y de Castilla y León y tan respetada en el ámbito
internacional. Optan los conservadores por una figura de menor
protección en cuanto a la conservación de los espacios
protegidos. Del discurso que hemos escuchado en esta tribuna,
en nombre, ya digo, de una modernidad mal entendida, ustedes
lo que hacen es cargarse un espacio fundamental digno de
protección. Crean un diseño de gestión en el que la
Administración pasa a tener un papel subsidiario, secundario,
de mero coordinador, prácticamente sin funciones, y se crea un
consejo permanente interregional sólo con presencia del
Ministerio de Agricultura y de las comunidades autónomas
afectadas, pero sin ningún planteamiento, sin ninguna
referencia, por ejemplo, a la participación social. Olvidan,
por ejemplo, que la comunidad más afectada, desde el punto de
vista geográfico, es la Comunidad del Principado de Asturias
por ser la que tiene mayor porcentaje de terrenos en el
parque, y es precisamente esta comunidad la que más fuerte ha
apostado por la protección, a través de la figura del parque
nacional. El mejor valor de los Picos de Europa, la mejor
protección y potenciación turística de los mismos es, señores
Diputados, señor Presidente, a través de este modelo de parque
nacional.

Con Izquierda Unida nos une una coincidencia fundamental.

Creemos que la enmienda que ha sido defendida esta mañana por
el señor García Fonseca no justifica la necesidad de reiniciar
una nueva tramitación a través de un texto alternativo; y digo
que no justifica porque, como muy bien decía el portavoz de
Izquierda Unida, es más lo que nos une que lo que nos separa.

Nos une, efectivamente --y coincidimos con el planteamiento de
Izquierda Unida--, que este proyecto apuesta por el modelo de
la unidad de gestión.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Cuesta, vaya
concluyendo, por favor.




El señor CUESTA MARTINEZ: Sí, señor Presidente.

Y de la necesidad de combinar ese criterio de unidad de
gestión con el de gestión participativa. En efecto, señor
García Fonseca, o nos ponemos de acuerdo y actuamos con
urgencia, o no habrá nada que proteger. Por eso mi Grupo
entiende que una de las mejores formas de actuar con
celeridad, de proteger este espacio, es ser eficaces en la
tramitación parlamentaria, no frenar la tramitación de este
proyecto de ley que, desde otro punto de vista y
necesariamente, va a ser enriquecido, porque yo ahora estoy en
condiciones de anunciar que la voluntad política que informa y
anima a mi Grupo es la de incorporar, en la tramitación
parlamentaria, planteamientos que ustedes están formulando --
algunos de ellos meramente técnicos, otros que buscan lograr
ese equilibrio entre unidad de gestión y participación o
gestión participativa-- y criterios que han sido defendidos en
su enmienda de texto altenativo. Por ejemplo, los planes
sectoriales --ahí existe una discordancia-- previstos en el
artículo 9 de su proposición deben ajustarse, en cualquier
caso, a las limitaciones que corresponde el nivel 2 de
clasificación de nuestros parques nacionales de la Unión
Internacional para la Conservación de la Naturaleza. Creemos
que nos separa poco de sus planteamientos. Yo estoy hoy en
condiciones de comprometerme a que mi Grupo va a hacer un
esfuerzo de aproximación de las posiciones en el trámite
parlamentario. Vamos a estudiar las fórmulas que puedan
incrementar la presencia de las comunidades autónomas y de los
ayuntamientos en la gestión, sin merma de la naturaleza del
parque nacional y, por lo tanto, del reconocimiento de la
competencia del Estado.

En conclusión, señor Presidente, señorías, creemos que el
parque nacional de los Picos de Europa es de interés para
Asturias, Cantabria y Castilla y León, pero no sólo para
ellas. Es de interés porque se establece un marco de
protección de la máxima relevancia que supone un
reconocimiento internacional a esta unidad de extraordinario
valor natural y emblemático, lo que constituye un orgullo y
una revalorización de nuestros recursos naturales de
importantes consecuencias medioambientales y económicas.

Porque se asegura la coordinación de las políticas
territoriales y una explotación equilibrada de los recursos de
las tres comunidades autónomas implicadas, impidiendo los
excesos en que se incurrió, hasta el momento, desde las otras
comunidades en detrimento de la conservación y de los
intereses económicos no sólo de la zona asturiana, sino
también de algunas otras afectadas en este ámbito. Porque la
declaración de parque nacional supone un importantísimo
compromiso del Estado y de Europa para con la zona,
garantizando la disponibilidad de los cuantiosos recursos
económicos que requiere la conservación de los Picos de
Europa. Porque el proyecto supone en su conjunto una garantía
para la conservación de los Picos y el disfrute de este
espacio privilegiado, a la vez que un gran apoyo para mejorar
la calidad de vida de los habitantes del entorno del parque,
que no son fósiles, que son ciudadanos, que son



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personas que también van a tener garantizada la promoción de
las actividades tradicionales...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Cuesta, termine,
por favor.




El señor CUESTA MARTINEZ: Y van a tener garantizadas todas las
consecuencias de lo que es una vida en ese entorno.

Creemos, finalmente, que los Picos de Europa constituyen un
espacio de interés general del Estado, albergan valores a
recoger en la red estatal de parques nacionales y sobre ellos
gravita una serie de amenazas que aconseja inexorablemente y
de manera urgente, como muy bien indicaba también el portavoz
de Izquierda Unida, su protección como parque nacional. Por
eso, creemos que lo más positivo y lo más eficaz es tramitar
este proyecto de ley, corregirlo y enriquecerlo con
aportaciones que puedan hallar ese punto de encuentro y de
síntesis entre la unidad de gestión y la gestión
participativa, pero sin merma de lo que es el principio de la
competencia del Estado en la materia y sin merma de lo que es
el papel de un parque nacional como elemento que garantiza la
protección del entorno.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Cuesta.

Para un turno de réplica tiene la palabra el señor García
Fonseca.




El señor GARCIA FONSECA: Seré breve, señor Presidente.

Voy a empezar por replicar al portavoz del Grupo Popular, que
es quien realmente no sólo ha contestado a lo expuesto por mi
Grupo, a través de mi persona, sino que incluso ha llegado al
insulto, objetivamente. Digo objetivamente porque yo no me
siento en absoluto insultado, pero estará de acuerdo S.S.

conmigo en que, en boca del Grupo Popular en general, y del
señor Gortázar en particular, llamar a alguien
intervencionista es el mayor de los insultos que puede hacer.

Además, el señor Gortázar me ha llamado cavernícola.

(Rumores.) Es una especie de metáfora que viene de viejo. El
señor Presidente, que entiende de las artes clásicas, sabe muy
bien que ya el viejo Platón la usaba. En ese sentido este
portavoz se siente cavernícola, pero, siguiendo con el mito,
al señor Gortázar le veo como una sombra grotesca de la
realidad. (Rumores.) En cuanto a lo de intervencionista, señor
Gortázar, no sólo no me siento insultado por usted, sino que
lo considero un piropo, porque cuando ustedes llaman a alguien
intervencionista se refieren precisamente a intervenciones del
Estado en favor del bien común o de la mayoría de los
ciudadanos. (Un señor Diputado: ¡Muy bien!) Y cuando el
Estado, por el contrario, interviene a favor de grupos
minoritarios, cuando, por ejemplo, ustedes apoyan
fervientemente el que el Estado convierta casi en bonos del
Estado la deuda de 700.000 millones de las eléctricas, o como
cuando ustedes siempre intervienen a favor del
intervencionismo estatal en cualquier tipo de medidas que
favorezcan procesos especulativos, etcétera, como es el caso
que nos ocupa, o a favor de posiciones y de intereses
absolutamente caciquiles, en este caso, señor Gortázar, los
intervencionistas son ustedes; en el primero --y a mucha
honra-- lo somos nosotros. (Fuertes rumores.--Un señor
Diputado: ¿Pero qué pasa, hombre?--Otro señor Diputado:
¡Calla, calla!)
Al portavoz del Grupo Socialista quiero decirle que,
efectivamente...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): ¡Silencio, señorías!.




El señor GARCIA FONSECA: Yo me callo, señor Presidente, porque
tengo no sólo gusto sino interés en que el Grupo Popular
hable. Desde luego, es la mejor forma de defender --a la
contra, pero defender en definitiva-- mis propias posiciones
dejarlos hablar a ellos.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Sí, pero como S.S.

conoce muy bien, se habla en el momento en que el Reglamento
permite disponer de un turno. Se trata de intervenciones
personales, no intervenciones corales, las que hay que
propiciar. (Risas.)



El señor GARCIA FONSECA: Voy a terminar enseguida. En aras de
la tramitación más urgente posible de este tema (urgencia --
dados los acosos de todo tipo que permanentemente está
sufriendo el enclave que pretendemos conservar-- que he puesto
de manifiesto en mi intervención), también por coincidir en lo
fundamental y con la promesa hecha por el portavoz socialista
de que en los temas importantes, algunos de los cuales he
enumerado, están dispuestos y abiertos a llegar a síntesis
enriquecedoras, mi Grupo retira la enmienda a la totalidad con
texto alternativo que ha presentado. (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Para un turno de
réplica, igualmente, tiene la palabra el señor Gortázar.




El señor GORTAZAR ECHEVERIA: Señor Presidente, señorías, me
atendré al Reglamento y me voy a limitar al proyecto que me
preocupa --habida cuenta, además, de que se ha retirado el de
Izquierda Unida-- que es el del Grupo Socialista.

Dice el portavoz socialista que en este terreno les separa muy
pocas cosas del Grupo de Izquierda Unida, lo cual habrá
causado gran incomodo en los señores de



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Izquierda Unida, que, sistemáticamente, se empeñan en decir
que donde están ustedes es en la derecha y que estamos unidos
en todo. No, aquí se ve claramente que la izquierda está en la
expropiación y en la intervención y nosotros estamos en el
respeto a los derechos y a la ley. (Rumores.) Eso de entrada.

En relación con las competencias de las comunidades autónomas,
señor Ministro, yo creo que ustedes deben ponerse de acuerdo
con otro gran coordinador del Gobierno que es el señor
Borrell, quien me contestó en esta Cámara hace apenas dos
semanas poniendo en duda mi lealtad a las competencias
autonómicas. Lo digo para que tomen ustedes buena nota a los
efectos de coordinarse un poco más porque, por lo visto,
ustedes tienen una idea en este terreno y el señor Borrell
tiene otra. Yo le recriminaba que no había un responsable de
medio ambiente en este país y que no se sabe a quien mirar
cuando pasa algo en medio ambiente, si a usted, al señor
Borrell, al Presidente del Gobierno; no sé sabe a quién. Y él
me decía: señor Gortázar, dice usted que los españoles quieren
tener un responsable de la política ambiental al que
plantearle que las cosas no funcionan. Efectivamente, yo creo
que eso ocurre y, al no haber ninguno, se mira al señor
González, que sufre un desgaste en función de esta dispersión
de responsabilidades. (Rumores.) Y decía el señor Borrell: No,
señoría, en este país, en España, no. En la España que nace de
la Constitución y el Estado autonómico la política ambiental
es competencia exclusiva de las comunidades autónomas. A usted
no le gustaría, pero es así, y sería bueno que entre todos
hiciéramos un esfuerzo para que los ciudadanos lo entendieran.

Yo comprendo que es difícil de entender a veces, ya que el
reflejo centralista de muchos años de historia hace que, al
final, la gente quiera saber a quien presentar sus quejas, sus
descontentos o sus ambiciones y esperanzas.

Por favor, aclárense ustedes sobre si realmente esto del medio
ambiente corresponde a las comunidades autónomas o corresponde
al Icona y, en consecuencia, a usted. Esa idea yo creo que
debe quedar clara y ustedes en absoluto la han entendido en
función de mi proposición relativa a los parques naturales.

La segunda cuestión está relacionada con los habitantes. Es
muy importante que comprenda la Cámara que estamos hablando de
ciudadanos, de habitantes de un área natural, que tiene un
equilibrio con el medio. Y voy a poner un ejemplo de lo que
pasaría si ustedes prohíben la caza, como está establecido en
la Ley y en el plan de ordenación que ustedes han elaborado.

Desde el año 1967 se permite la caza en los Picos de Europa y
solamente en la zona de Castilla y León el aumento del corzo
ha sido del 1.613 por ciento; del rebeco, 3.307 por ciento, en
un período de tiempo de casi veinte años; del ciervo, 13.150
por ciento y del jabalí 3.847 por ciento.

Si ustedes imposibilitan la caza, no permiten cazar, como está
previsto, lo que va a ocurrir es que el equilibrio se rompe.

Porque la caza permite no solamente acopiar recursos, el
acceso de un turismo de calidad, que supone recursos para los
habitantes, etcétera, sino, además, permite que la gente viva
en ese entorno. ¿Saben ustedes cuál sería el efecto de los
jabalíes si no hubiera caza con la capacidad de reproducción
que tienen? Pues, entre otras consecuencias, lo que le
preocupa a cualquier conservacionista, el urogallo, la perdiz,
etcétera, desaparecerán. Esto es evidente.

Hagan el favor de tener un poco de sentido común. Aquí de lo
único que se trata es, en vez de hablar de Platón, de
Aristóteles, etcétera, de tener un poco de sentido común,
simplemente esto. Además, el tema de los habitantes es muy
importante, hay que oír la voz de los afectados. Ustedes
solamente se mueven en el terreno de los parques jurásicos y
de los tiranosaurios, pero aquí estamos hablando de otra cosa,
estamos hablando de personas. Y hemos asistido por primera vez
a una manifestación masiva en Cangas de Onís, en la primavera
pasada; imagino que usted se enteraría de ella. A todos los
grupos de esta Cámara nos han llegado exactamente 6.587 firmas
de los vecinos afectados, no de turistas, etcétera, sino de
personas que viven ahí, con sus carnets y con sus firmas
diciendo que, por favor, que no les hagan esta barbaridad. Una
enorme cantidad de pueblos, principalmente los nueve afectados
y los del entorno, nos han enviado sus firmas y sus mociones
de oposición masiva, sea el partido que sea, UPCA, PP, incluso
el Partido Socialista. Les podría leer, por ejemplo, algunos
de los párrafos dramáticos de Oseja de Sajambre, por citar
uno, porque todos son iguales; son realmente patéticos. En
este caso, firma el 90 por cien de los vecinos, diciendo que
no se les prohíba la caza y los recursos habituales, porque
les van a comer los jabalíes. Tengan ustedes un poco de
sentido de la realidad y de lo que están haciendo.

Señor Ministro, la voz de los afectados, quizá para otros no,
pero para un político responsable es muy importante tenerla en
cuenta. Tenemos una situación en la que hay una oposición
clara de los afectados, hay un rechazo de parte de la opinión,
por lo menos la que representa el Partido Popular, hay un
rechazo de parte de la opinión cualificada. Recuerdo unas
declaraciones del señor García de Enterría que decía que
aquello era una barbaridad, que a nadie se le ocurriría hacer
un parque nacional en Los Alpes. Viviendo gente, no se hace en
Los Alpes un parque nacional, salvo en el caso de España, que,
por lo visto, todavía somos diferentes, señor Ministro. La
cuestión es la siguiente: Hemos pasado, en diez años, de
200.000 hectáreas a 2 millones de espacios protegidos. Habida
cuenta de cómo está el medio ambiente en este país, la
pregunta es: ¿A qué vienen estas prisas, a qué viene este
proyecto de parque nacional? Yo se lo voy a decir, señor
Ministro. Este parque y su iniciativa política responde a una
gran operación de



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propaganda, de tinta de calamar. Realmente, tienen a sus
espaldas una gestión medioambiental desastrosa, en incendios,
en aguas residuales, en residuos industriales tóxicos y
peligrosos; lo tienen terriblemente mal. ¿Y qué hacen?
Simplemente lo más fácil, extender las áreas protegidas,
siendo incapaces de atender las que ya estaban anteriormente
declaradas. Hacen ustedes por extensión lo que no pueden hacer
en intensidad.

Por tanto, reitero que, a diferencia de ustedes, nuestro
proyecto tiene en cuenta, en primer lugar, al hombre...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Gortázar, vaya
terminando.




El señor GORTAZAR ECHEVERRIA: ..., voy terminando, señor
Presidente. Al hombre antes que a las cosas, al hombre antes
que a las ideas. Simplemente, quiero señalar que lo que más
preocupa a los hombre que viven allí, a las familias que viven
allí, es el plan de ordenación; cualquiera que sea la
denominación que esta Cámara dé a ese parque, natural o
nacional, lo que más les preocupa es ese plan de ordenación.

Quiero que sepan una cuestión. En el momento en que el Partido
Popular tenga la responsabilidad del Gobierno, puede modificar
perfectamente ese plan de ordenación y quiero lanzar un
mensaje de esperanza a los habitantes de esas áreas, de esas
zonas, y decirles que el plan de ordenación, que, en su día,
modificará el Partido Popular, tendrá en cuenta sus
experiencias, sus aspiraciones, sus planteamientos, a los
efectos de mantener el equilibrio y la conservación natural
entre unos y otros. Ya decía el Conde de Romanones: Que otros
hagan las leyes, ya haré yo el reglamento. Yo, en estos
momentos, le digo: No sé qué alianza tendrá con los comunistas
y con Izquierda Unida, pero haga usted la ley y nosotros
haremos el plan de ordenación cuando gane el señor Aznar las
elecciones.

Muchas gracias. (Aplausos y rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Silencio, señorías.

Tiene la palabra el señor Cuesta.




El señor CUESTA MARTINEZ: Señor Presidente, con mucha
brevedad, porque realmente no hemos oído un solo argumento
sólido en defensa de una alternativa en la que ni siquiera el
Partido Popular ha creído. No creen ustedes ni siquiera en la
alternativa que hoy han defendido en la tribuna, porque usan
siempre el doble lenguaje. Es su problema, en algunos sitios,
incluso, su discurso es el que hoy hemos pronunciado nosotros
aquí en defensa de un entorno y de unos recursos naturales y,
en esos sitios, no tienen la gallardía o la valentía para dar
la cara. Afortunadamente, hoy la Cámara está de enhorabuena,
se ha desenmascarado la alternativa medioambiental de la
derecha. (Protestas.) Aquí, señor Gortázar, es donde
efectivamente se ve la izquierda, izquierda de la que no
reniego, en no derrumbar los Picos, en no usar el doble
lenguaje. El liberalismo más peligroso, señor Gortázar, es el
de los conversos, el de la ley de la jungla, y ustedes no
ponen al hombre por delante cuando hablan del parque nacional,
ponen exclusivamente el lucro y el beneficio. (Protestas y
rumores.) Al portavoz de Izquierda Unida quiero agradecerle el
esfuerzo de aproximación, que va a fructificar en acuerdos y
en contenidos en Comisión, lo que va a enriquecer el proyecto
y va a ser una garantía para los ciudadanos, no solamente de
las comunidades afectados, sino de este país
Muchas gracias. (Aplausos en los bancos del Grupo Socialista.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): ¿Grupos Parlamentarios
que no hayan intervenido en el debate y que deseen fijar su
posición? (Pausa.) Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el
señor Mur.




El señor MUR BERNAD: Muchas gracias, señor Presidente.

Con brevedad voy a intentar fijar la posición del Partido
Aragonés sobre el proyecto de ley de declaración del parque
nacional de los Picos de Europa. Voy a ajustarme a lo que el
proyecto dice y no entraré en los debates ideológicos que han
ensombrecido las propuestas debatidas aquí esta mañana. Se
trata simplemente de hablar de la declaración del parque
nacional de los Picos de Europa, algo verdaderamente
importante, como creo que demuestran claramente las dos
enmiendas a la totalidad con texto alternativo que han sido
presentadas.

La declaración de parques nacionales, señorías, es siempre un
tema polémico, tanto por defecto como por exceso y por el
sentido de la oportunidad o incluso por la invasión de
competencias. Hoy nos encontramos aquí con un intento de
declarar un parque nacional que afecta a tres comunidades
autónomas y que plantea numerosísimos problemas.

El proyecto de ley presentado a nosotros no nos gusta ni en la
folosofía que lo sustenta ni en el desarrollo de las
cuestiones que en él se sustancian. Tiene muchos defectos,
tiene muchas carencias y no ha sabido aprovechar la larga
experiencia que sobre la gestión de parques nacionales tenemos
en España. En Aragón tenemos un parque nacional importante, el
de Ordesa y el Monte Perdido, con una gran tradición, con
muchos visitantes y con muchos problemas sin resolver, señor
Ministro de Agricultura, que dependen todavía de su
Departamento, por ese empecinamiento que tienen ustedes



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en absorber, en ocupar competencias que muy bien podrían
ejercer las comunidades autónomas. Ni las desarrollan ustedes
ni dejan a las comunidades autónomas que se ocupen de resolver
esos problemas que se plantean en los parques nacionales.

Tanto el Grupo de Izquierda Unida como el Popular, al
presentar estas dos enmiendas a la totalidad con texto
alternativo al proyecto de ley que ha remitido el Gobierno,
creo que merecen el agradecimiento de los Diputados de esta
Cámara por el esfuerzo que han hecho.

A renglón seguido, he de decir que nosotros compartimos
ampliamente la filosofía que subyace en el texto presentado
por el Grupo Popular y que nos gustaría que se tomara en
consideración, para luego, evidentemente, intentar colaborar
en su mejora a través de las enmiendas parciales. Y nos
oponemos por muchas razones, quizá porque compartimos la
filosofía del texto del Grupo Popular, al modelo presentado
por Izquierda Unida, del que estamos lejos.

Nos gustaría que cuando se tramite este proyecto y se
convierta en ley quede claro el respeto a las competencias de
las comunidades autónomas y de los municipios afectados, que
sea un proyecto que prime la participación en la gestión y que
la creación de un parque nacional --algo necesario, algo
conveniente-- no se convierta en una maldición, sobre todo
para los habitantes de las zonas afectadas, que ven cómo, en
lugar de convertirse en algo que mejore la protección a la
naturaleza, que cuide del medio ambiente, se convierte en un
freno al desarrollo.

Creemos que es perfectamente compatible un respeto al medio
ambiente, a la ecología, al desarrollo, a la protección a la
naturaleza y, en primer lugar, a la protección al habitante de
esas zonas donde se pretende ubicar el parque nacional.

Con estas premisas, nuestro Grupo estará atento al desarrollo
del proyecto de ley y presentaremos las enmiendas que sean
necesarias para colaborar en la mejora de un proyecto de ley
que, en todo caso, nos parece muy interesante. Nada más y
muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Mur.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías,
Coalición Canaria quiere tomar aquí una posición ante la
enmienda que queda viva, dado que se ha retirado la del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Por tanto, me referiré a la del Grupo Parlamentario
Popular y su comparación con el proyecto de Ley remitido por
el Gobierno. Coalición Canaria no toma un posicionamiento --
porque se ha hablado aquí de eso-- político, sino que lo
quiere hacer desde el punto de vista de su reflexión, de su
racionalidad y de su experiencia --que el señor Ministro
acertadamente ha citado-- de la presencia en el territorio del
archipiélago canario de nada más y nada menos que cuatro
parques nacionales. Es la Comunidad Autónoma de toda la
territorialidad del Estado español, que tiene en este momento
mayor número de parques nacionales y en su propia definición
jurídica, por tanto dependientes y administrados por el Icona.

Nosotros también deseamos para el proyecto de parque nacional
de los Picos de Europa, tal como viene en la intencionalidad
del Gobierno, lo mejor para la Comunidad Autónoma cántabra o
para aquéllas otras, como la leonesa, a las que también les
afecta, junto al núcleo originario de la Comunidad Autónoma
asturiana. Pero dicho esto, nosotros lamentamos que la
discusión del modelo de gestión de los parques tengamos que
hacerla con motivo del parque nacional de los Picos de Europa.

Tal vez, señorías, por lo que aquí hemos escuchado a todos los
portavoces, lo que habría que traer a esta Cámara es el debate
sobre la modificación o posible modificación del
planteamiento, sobre todo en la gestión y dependencia, de los
parques nacionales y de los espacios naturales en España. O
sea, que lo que voy a decir tendría que ir más en el sentido
de una posible modificación de la Ley 4/1989, que es la que
contiene la doctrina que estamos aplicando ahora al Parque de
los Picos de Europa y que, a lo mejor, dentro de unos meses
estamos con el correspondiente a la Isla de Gran Canaria,
donde se pretende también traer a un marco legislativo un
parque nacional. Y en este sentido, habría que hacer las
siguientes reflexiones.

En primer lugar, hay que definir de una vez por todas, para no
someter a cualquier proyecto de parque nacional o de parque
natural, una filosofía de fondo que entienda cuál debe ser la
gestión de los parques. Y esto tiene que pasar por definir
perfectamente cuál es el modelo de gestión. El señor portavoz
del Grupo Socialista ha puesto el dedo en la llaga. El dice:
Nuestro modelo es de unidad de gestión y de participación. Y
aquí está el nudo gordiano del sistema: ¿Qué modelo de gestión
debemos tener para los parques nacionales y para los espacios
naturales protegidos? Porque estamos aquí, por un lado,
haciendo uso de la Ley 4/1989 para meter la definición
jurídica del alcance de lo que es un parque nacional, pero,
por otro lado --y aquí me estoy refiriendo a la Comunidad
Autónoma de Canarias--, tenemos unos estatutos, una Ley
Orgánica que, en su artículo 34, en el caso de la Comunidad
Autónoma Canaria, señala las competencias legislativas y de
ejecución en los espacios naturales protegidos. Lo que no se
puede hacer es un simple discurso, de una parte o de otra,
decir: por una razón política, es mejor este modelo. No. Vamos
a ver, objetivamente, qué ha venido ocurriendo con los parques
nacionales. Porque, señorías, si nosotros no conseguimos la
adhesión, si nosotros no



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conseguimos propiciar e incentivar la colaboración de los
vecinos que están dentro de un parque nacional... y éste de
los Picos de Europa me preocupa, porque desborda el marco que
tienen los parques actuales, que apenas contemplan más de un
municipio o de un núcleo de población fija de habitantes
dentro de la zona del parque; aquí llegamos a tener nada más y
nada menos que nueve municipios con una población estable,
población, señorías, que con sus usos y costumbres de
agricultura, de cultivo, de ganadería, forma parte del
ecosistema. Es que parece que aquí se trata también de
abstraer --se lo digo al Grupo Socialista--, como si un
ecosistema estuviera solamente formado por la botánica, la
zoología y la geografía; está también la población que allí
estuviera. Pues bien, si esto es así, vamos a propiciarlo,
porque al final, los presupuestos del Icona, los presupuestos
del Ministerio de Agricultura, que se definen en algunos
artículos del proyecto del Gobierno, no van a garantizar la
conservación y mantenimiento. Sólo la población que lo usa es
la mejor guardiana y vigilante, frente a incendios forestales,
a depredaciones, etcétera, del espacio natural del parque.

¿Qué conseguimos con esto? Que la comunidad autónoma se llame
de una manera activa al órgano de gestión. Yo, personalmente,
con la experiencia acumulada en los parques nacionales, no le
deseo al parque de los Picos de Europa que el Icona les haga
un aparcamiento como ha hecho en el Parque Nacional de
Timanfaya, en la isla de Lanzarote, porque es una de las
agresiones más grandes que hay contra un ecosistema de un
parque natural. Es una cosa aberrante que se haya tolerado por
quien haya tenido la capacidad jurídica y autoritaria de
haberlo impedido.

Posiblemente en el proyecto del Gobierno se contiene todo lo
bueno que necesitaría un espacio natural para ser conservado y
mantenerse. Pero dice el refrán que lo mejor es enemigo de lo
bueno. A veces se pretende traer a la legislación lo mejor y
lo hacemos de imposible cumplimiento. Porque vuelvo a decir
que lo mejor es enemigo de lo bueno. Lo bueno que trae el
proyecto del Gobierno, posiblemente con un modelo de gestión,
no centralizada, no de unidad de gestión, sino más
participativa y respetando a la comunidad autónoma, hágase en
su bondad. Porque tengo que reconocer que el proyecto del
gobierno, en cuanto a su sistemática, no en el fondo de la
gestión, es mejor que la enmienda del Grupo Popular. Yo estoy
aquí enjuiciando la enmienda del Grupo Popular en el modelo
que pretende, no en un articulado de beneficios, de sanciones,
cosa aleatoria y propia de discutirse en la Comisión. Démosle
esta competencia de un espacio natural que está en un
territorio autonómico, seamos consecuentes con el Título VIII
de la Constitución y con los estatutos de autonomía de las
comunidades autónomas.

Les voy a poner un ejemplo, señorías. En el patrimonio de la
humanidad que viene señalando la Unesco se refleja uno de los
monumentos arquitectónicos y culturales de primerísima
importancia mundial. Es el conjunto de la Alhambra de Granada
y del Generalife. Pues bien, esto depende de la Junta de
Andalucía. ¿Es que una comunidad autónoma va a tener un
sentido peyorativo a la hora de administrar un bien cultural o
de naturaleza que tienen estos frente a un organismo central?
Yo no puedo poner en un nivel de irresponsabilidad a un
consejero de agricultura de una comunidad autónoma frente al
Director General del Icona, porque yo podré tener, en el marco
de las autonomías, más control y exigencia, y las fuerzas
políticas parlamentarias, en su parlamento autonómico, sobre
el consejero correspondiente, de agricultura, de medio
ambiente o donde se ubique esto en la comunidad autónoma.

Lamento que estemos hablando en esta reflexión que yo hago
sobre el parque nacional de los Picos de Europea. Hay que ir a
replantear cuál es el modelo de gestión en la Ley 4/1989 y que
se discuta democráticamente para que cuando venga aquí Picos
de Europa, cuando venga el del Roque Nublo de Gran Canaria,
cuando venga cualquier otro proyecto para declarar espacio
natural protegido, sepamos qué estamos discutiendo como modelo
de fondo, independientemente de que se esté en una comunidad
autónoma o en otra. Hay que ir a donde está la filosofía o el
vicio de origen, que es lo que hay que discutir.

Por estas razones de fondo, el grupo de Coalición Canaria va a
votar a favor, porque plantea ese modelo de competencia
autonómica que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Mardones. Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Baltá.




El señor BALTA I LLOPART: Señorías, el debate del proyecto de
ley de declaración del parque nacional de los Picos de Europa
nos ha dado ocasión de escuchar la expresión de diversas
sensibilidades en torno al proyecto. La voz del señor García
Fonseca está enraizada en el propio paisaje que se pretende
proteger, lo que justifica la convicción y la pasión, en
sentido positivo lo digo, con que ha defendido sus
convicciones, que ponen la defensa del medio natural por
encima de casi todo. Nos ayuda a todos a situarnos en una
posición crítica que es del todo necesaria en el debate,
porque ya se han cometido en todas partes demasiados desmanes
contra el patrimonio natural.

La voz del portavoz Popular, señor Gortázar, presentando su
propio proyecto nos ha situado sobre la realidad de una
geografía donde viven nada menos que 14.000 habitantes que han
venido desarrollando sus actividades tradicionales, creando
una comunidad de intereses



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que también son legítimos si se producen desde el respeto al
entorno: nueve municipios, tres comunidades autónomas,
confrontación de la realidad natural y la realidad humana o
vecinal, confrontación de comunidades autónomas, conflicto
competencial con el Estado; todos estos hechos han surgido en
una exposición en defensa de un proyecto que esta vez tiene
matices autonomistas que compartimos. El señor Cuesta ha
hecho, por parte del Grupo Socialista, una llamada a la
responsabilidad lógica en quien pertenece al Grupo que da
soporte al Gobierno, que esta mañana nos ha presentado el
proyecto del parque nacional de los Picos de Europa a través
de una razonada y documentada posición por parte del señor
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. Responsabilidad
en cuanto a evitar nuevas degradaciones, responsabilidad en
cuanto al interés del Estado en la conservación del patrimonio
natural, responsabilidad en cuanto a los convenios europeos e
internacionales respecto a la protección del medio ambiente,
responsabilidad también en cuanto a no transigir las
estructuras del Estado de las Autonomías, creando conflictos
competenciales, llevándonos a una conclusión inadmisible de
que son conferidas unas competencias a las autonomías y luego
son establecidos mecanismos de control desde la desconfianza.

Comprenderán SS.SS. que en este debate puede haber una cuarta
sensibilidad, la que considera necesario establecer los
oportunos mecanismos de protección medioambiental desde la
convicción de que jamás será efectiva, tendrá éxito una
iniciativa de protección
ecológica en contra de los habitantes de la zona. Este es el
criterio que vamos a defender a lo largo del debate
parlamentario que se producirá a partir de este momento.

Quizá el proyecto presentado por el PP no nos complazca
plenamente pero el proyecto del Gobierno nos parece
intervencionista, al imponer la voluntad del Gobierno,
lógicamente matizada por el debate que estamos desarrollando,
por encima de la voluntad de las autonomías. Creemos en la
necesidad del consenso que haga compatible la realidad social
de la zona con el respeto al medio natural que todos los
portavoces, sin excepción, hemos defendido. Por otra parte,
señorías, es inadmisible en una discusión competencial
argumentar en base a un juicio de intenciones --disculpen que
miremos más allá del texto-- en el que se otorga a quien
reclama la competencia la mala intención en que se ejercerá la
misma. Esto, señorías, subyace en el fondo del proyecto de ley
del parque de los Picos de Europa.

En mi Grupo Parlamentario, señorías, tenemos esta
sensibilidad, aun cuando aparentemente alguna ley no afecte
directamente nuestra autonomía, que también nos afecta por
nuestra otra sensibilidad de ecologistas responsables y por la
convicción de que es preciso proteger un paisaje que nos llena
a todos de admiración al contemplarlo.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Baltá.

Finalizado el debate, vamos a proceder a la votación de la
enmienda de totalidad que permanece viva a este proyecto de
ley. (El señor Presidente ocupa la Presidencia.)
Enmienda de totalidad de texto alternativo del Grupo Popular
al proyecto de ley de declaración del Parque Nacional de los
Picos de Europa. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 320; a favor, 153; en contra, 166; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.




TRAMITACION DIRECTA Y EN LECTURA UNICA DE INICIATIVAS
LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES PARA
EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A LOS NUCLEOS URBANOS DE LA BAHIA DE
PALMA DE MALLORCA (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 9/1994, DE
5 DE AGOSTO) (Número de expediente 121/000065)



El señor PRESIDENTE: Punto octavo del orden del día:
Tramitación directa y en lectura única del proyecto de ley por
la que se adoptan medidas urgentes para el abastecimiento de
agua de los núcleos urbanos de la bahía de Palma de Mallorca,
procedente del Real Decreto-ley 9/1994, de 5 de agosto.

Se ha presentado a este proyecto de ley una enmienda de
totalidad de texto alternativo por el Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya. El señor Andreu tiene la
palabra.




El señor ANDREU ANDREU: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, en el Pleno en el que se debatió
la tramitación del Real Decreto-ley ya el Grupo Parlamentario
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya expresó desde esta
tribuna la oposición a sus contenidos. A nuestro juicio, no
estaba suficientemente razonado y no eran sólidos los
fundamentos por los cuales mediante ese Real Decreto-ley se
decidía ese trasvase (mejor que trasvase podríamos hablar de
embarque) de agua desde el Ebro hasta Mallorca, a través de
Tarragona. Y no estaban suficientemente fundamentados porque,
según manifestábamos en nuestra intervención,



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no había garantías de que el lugar al que se destinaba el
agua, que era Palma de Mallorca, fuera un lugar que tuviera
las suficientes medidas de ahorro y los suficientes mecanismos
de racionalización del consumo del agua. Lo que hace hoy el
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya es presentar una alternativa a ese trasvase mediante
una enmienda a la totalidad; una alternativa que
necesariamente significa una filosofía distinta, muy distinta,
de los planteamientos en los que se basa el proyecto de ley
que ahora mismo se está tramitando en este Pleno.

A nosotros no deja de extrañarnos, en cualquier caso, que una
decisión de esta naturaleza implique nada más y nada menos que
este proyecto de ley, nada más y nada menos que la ejecución
de importantes infraestructuras en el puerto de Tarragona. Una
decisión de esta naturaleza, para embarcar 10 hectómetros
cúbicos, permitan ustedes que nos llame profundamente la
atención. Legítimamente nos hace preguntarnos si no nos
encontramos ante las infraestructuras para que luego se
decidan otras operaciones de embarque, no solamente a Palma de
Mallorca, sino no se sabe a qué sitios.

Esto nos lleva a la conclusión de que, con independencia de
que el embarque de agua sea de menor o de mayor cantidad, lo
lógico y lo racional hubiera sido, en el caso de que hubiera
habido que tomar una decisión de esta naturaleza que se
hubiera remitido al Plan Hidrológico Nacional. Pero estamos en
una situación en que se está hurtando el debate del Plan
Hidrológico Nacional y, sin embargo, se están tomando
decisiones importantes para que se vaya cimentando poco a poco
una modalidad distinta a la distribución del agua en nuestro
país. Y esta forma de hurtar el debate, de meter por la puerta
de atrás una serie de operaciones de trasvase en España,
cremos que es una operación políticamente poco legítima y, en
cierto sentido, una burla a las promesas que se han hecho
desde el Gobierno para que se racionalizara el uso del agua en
nuestro país a través de un Plan Hidrológico.

Independientemente de que el embarque de agua sea de diez
hectómetros cúbicos, pensamos que una decisión de esta
naturaleza claramente debería haber ido incursa en el Plan
Hidrológico Nacional. La filosofía que plantea Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya en su enmienda a la totalidad
tiene que ir sobre las premisas de que hay que garantizar el
ahorro del agua en Palma de Mallorca y de que hay que
garantizar una calidad mejor de la que actualmente se produce
en el agua existente. Hay que garantizar que los acuíferos
tengan una explotación racional, que no se sobreexploten los
acuíferos. Hay que garantizar que la depuración de las aguas
implique también la reutilización de las mismas. Hay que
garantizar un control democrático del agua y, para ello, en
esta enmienda a la totalidad, Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya solicita, en su artículo 3.º, la creación de una
comisión de defensa del agua. En definitiva, pensamos que de
aceptarse esta enmienda a la totalidad significaría incluso un
mejor futuro para Mallorca, porque se garantizaría el
abastecimiento sostenido del agua y un consumo racional del
agua en Mallorca no durante un período corto de tiempo de dos
o cuatro años, sino durante mucho tiempo.

Aunque creo que va a ser un llamamiento estéril, llamo la
atención de SS.SS. para que reflexionen sobre el proyecto de
ley que se ha traído aquí por parte, ya no del Gobierno, sino
del conjunto de la Cámara, y que entiendan que este tipo de
medidas son pan para hoy y hambre para mañana.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Andreu.

A continuación, para la defensa de las enmiendas del Grupo
Mixto, del señor Mur. Tiene la palabra el señor Diputado.




El señor MUR BERNAD: Muchas gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, voy a intervenir, en nombre del
Partido Aragonés, para defender las enmiendas que hemos
presentado a este proyecto de ley, presentado en su día como
Real Decreto-ley. También aprovecharé el turno para fijar la
posición respecto de las enmiendas presentadas por el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, con el texto
alternativo, y por el Grupo Popular.

Empezaré con la visión global del proyecto de ley diciendo que
a estas alturas hay que recordar el debate que tuvo lugar
aquí, cuando se tramitó la ratificación del Real Decreto-ley,
los argumentos de urgencia y de necesidad que se esgrimieron
por aquellos que defendían este proyecto de ley, fruto, sin
duda, de tanta ineficacia que había llevado a Mallorca y a los
municipios que lo circundan a la necesidad extrema debida
fundamentalmente a las circunstancias climatológicas de este
seco verano. Estamos, a final de octubre, tramitando como
proyecto de ley aquel asunto que era urgente. Creo que es una
buena oportunidad porque nos ha
permitido reflexionar sobre la urgencia y sobre el
fondo de la cuestión. La urgencia ya se ve que no era tanta,
porque incluso la propia tramitación no va, con sello de
urgencia. En cuanto al fondo de la cuestión, porque ha
permitido poner de manifiesto varias cosas, la primera es que
hay muchas maneras de solucionar el problema planteado,
incluso tratándose de
un tema urgente. Y no es precisamente la fórmula
que aborda el proyecto de ley la más operativa, sobre todo,
porque esta fórmula no convence a nadie, por
el precedente grave que crea y por la excusa que supone de
tantos fallos cometidos y de tantas imprevisiones.




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El texto alternativo presentado por Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya es un buen ejemplo de la cantidad de medidas que
se pueden poner a contribución para solucionar este problema
ahora aquí y en Mallorca, pero que serían generalizables al
resto de España.

Cuando oímos hablar sobre todo en Aragón, de las necesidades
sobrevenidas de agua en épocas de sequía, en zonas saturadas
por el turismo o en zonas de gran desarrollo industrial, nos
llama la atención que a nadie se le haya ocurrido proponer, a
renglón seguido, medidas como las que este texto alternativo
al proyecto de ley propone aquí: sencillamente, racionalizar
el uso del agua y crear medidas para su economía que eviten el
despilfarro que de ella se hace. Creo que es un buen ejemplo.

Desde luego, nosotros estamos de acuerdo con el hecho puntual
que nos ocupa y, por supuesto, con la filosofía que subyace en
el texto alternativo y, por tanto, le daremos el voto
favorable. A renglón seguido, por si acaso, también voy a
explicar brevemente el contenido de las tres enmiendas
parciales presentadas por el Partido Aragonés a ese parece que
inevitable proyecto de ley que saldrá de aquí hoy con el apoyo
de los dos Grupos mayoritarios de la Cámara, algo que me
interesa resaltar. A veces se observa quién o quiénes dicen
una cosa en el Congreso de los Diputados, en Madrid, y otra
distinta en los territorios afectados, y hoy se pondrá de
manifiesto la identidad de criterios, la coincidencia,
precisamente a través del voto, de los dos Grupos mayoritarios
que, si no hay una reflexión de última hora, apoyarán este
proyecto de ley y, por tanto, estarán en contra de la
filosofía contraria a este proyecto de ley.

Nuestras enmiendas intentan evitar algunos de los desaguisados
que con este proyecto de ley que hoy nos ocupa se van a
cometer. La primera enmienda, de adición, propone añadir, al
final del punto 1 del artículo 1.º, un párrafo que diga: «El
uso de estas aguas estará limitado al abastecimiento de la
población, prohibiéndose su utilización para usos industriales
y regadíos.» Ya que es un trasvase excepcional, circunstancial
y causado por la necesidad de agua para uso de boca, nos
parece prudente añadir un párrafo que haga imposible la
utilización del agua trasvasada para otros usos, porque,
después de conocer la defensa que el señor Ministro de Obras
Públicas hizo en el debate de días pasados de la utilidad del
agua no para regadío y para cultivar maíz, sino para regar
campos de golf, creemos que aquellos usuarios de los campos de
golf de Mallorca pueden permitirse el lujo de pagar el costo
del agua trasvasada. Sería útil, por tanto, que en el proyecto
de ley se prohibiera formalmente su utilización para otros
usos que no sea el uso de agua de boca.

Hay otra enmienda de modificación en la que nos gustaría
acortar el plazo. El plazo debería finalizar, a nuestro
juicio, el 31 de diciembre de 1996, en lugar del 31 de
diciembre de 1998, como prevé el proyecto de ley. ¿Por qué
acortar el plazo? Simplemente porque nos parece excesivo para
un asunto circunstancial que se va a resolver por otros
procedimientos, como es la culminación de la planta
desalinizadora de agua del mar. En este sentido, hay una
enmienda del Grupo Popular que va en la misma línea y que
aceptaremos por cuanto no debe contemplarse un plazo tan largo
cuando el asunto que se trata de resolver es un asunto
concreto y reducido en el tiempo. Por tanto, nos parece de
elemental prudencia.

Nuestra última enmienda al punto 1 del artículo 3.º, pretende
que la gestión de todas las aguas que se van a trasvasar desde
Tarragona hasta Mallorca, se lleve a cabo por la Confederación
Hidrográfica del Ebro, y no, como dice el texto del proyecto,
por el organismo que actualemente la realiza. Como SS.SS.

saben hay una Ley, la 18/1981, de 1 de julio, que dice
claramente que la gestión de este tipo de aguas procedentes
del llamado minitrasvase del Ebro a Tarragona, debe hacerse en
beneficio y con la contemplación de la problemática de toda la
cuenca del Ebro, de donde sale el agua a trasvasar, antes al
campo de Tarragona, ahora, a través de los barcos, a la ciudad
de Mallorca. Sería útil y beneficioso para el conjunto de la
cuenca que todo lo que tiene que ver con la gestión lo hiciera
la Confederación Hidrográfica del Ebro, que abarca, como
SS.SS. conocen perfectamente, a todos los territorios
integrantes de la cuenca del Ebro. Si estas enmiendas que
presentamos fueran aceptadas rebajaríamos lo negativo que
tiene este proyecto de ley. Desde luego, si hubiéramos tardado
un poquito más en tramitarlo y las condiciones meteorológicas
hubieran sido más favorables, con el régimen de lluvias que
parece que en los últimos días han afectado positivamente a
las zonas de Levante, a lo mejor el trasvase lo habría hecho
la naturaleza, en lugar de tenerlo que hacer por un método tan
irregular, tan costoso y tan extraordinario, como es llevar el
agua del Ebro a Mallorca por barco, todo ello debido a la
impericia, a la imprevisión y a la falta de inversiones
necesarias en el momento oportuno que ha demostrado el
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mur.

Enmiendas del Grupo Popular. (Pausa.) Para su defensa, tiene
la palabra el señor Gilet.




El señor GILET GIRART: Gracias, señor Presidente.

Señorías, aprovecharé, igualmente, el turno de defensa de las
enmiendas del Grupo Parlamentario Popular para fijar posición
con respecto a la enmienda a la totalidad de Izquierda Unida,
y a las enmiendas parciales del Grupo Mixto, del señor Mur.

Entendemos que debemos de hacerlo así sin retomar, por
descontado, un debate que ya se llevó a término días pasados
cuando



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la convalidación del Real Decreto-ley ante esta misma Cámara.

Ello no significa, en modo alguno, hurtar nada a nadie.

El hecho mismo de estar tramitando este Real Decreto-ley como
proyecto de ley demuestra bien a las claras que no hay
intención alguna de hurto, sino de hablar y extenderse en
forma clara sobre un problema muy concreto. Por lo que se
refiere a la enmienda de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, de texto alternativo, entendemos que olvida el Real
Decreto-ley 475/1985, de traspaso de competencias en materia
de obras hidráulicas, hoy ya, en forma homologada, recursos
hidráulicos.

El texto alternativo establece una serie de condiciones y
competencias que abarcan materias como agricultura, ordenación
del territorio, política urbanística, defensa del medio
ambiente o la naturaleza, gestión de los recursos
hidráulicos... Todo esto está transferido ya y es competencia
de la comunidad autónoma y del gobierno de la misma El voto
negativo será en consecuencia entendido por parte de un Grupo
que se titula Federal y que comprenderá que respetemos las
competencias autonómicas en ese campo.

No es ésta la vía a seguir, el Parlamento, sino que debe
corresponder al Parlamento de las Islas Baleares, en el bien
entendido de que el proyecto de ley (y el Decreto-ley del que
trae causa ese proyecto) lo único que hace es autorizar el
transporte del agua, es decir, autorizar el que, por parte del
Gobierno de la Comunidad Autónoma, se tome la decisión de
carácter político de asumir ese transporte, adecuarlo,
llevarlo a término dentro de una infraestructura jurídica,
soporte jurídico que no existía sin ese Decreto-ley, sin este
proyecto de ley que ahora se está debatiendo. Por
consiguiente, la postura del Grupo Parlamentario Popular con
respecto a la enmienda a la totalidad con texto alternativo
será negativa.

Por lo que hace referencia a la enmienda 1 del Grupo
Parlamentario Mixto, relativa a la prohibición de usos
industriales y regadíos, entendemos que esta cuestión está
suficientemente esclarecida en el propio artículo 1.º al
especificar que el uso es para abastecimiento de las
poblaciones de la Bahía de Palma. No debemos hablar, una vez
más, de los campos de golf pues ya se dijo, señor Mur, que hay
una normativa específica de la Comunidad Autónoma que
establece que los campos de golf solamente se pueden regar con
aguas depuradas. Consecuentemente, nuestra postura, tampoco es
favorable a dicha enmienda número 1.

En cuanto a la enmienda 2, entendemos que nuestra enmienda a
la disposición adicional --como usted
ha reconocido en cierta manera-- es mucho más adecuada a las
circunstancias en cuanto a ese condicionamiento en el
cumplimiento del plazo de la autorización al 31 de diciembre
de 1998. Por último, la
enmienda 3 del Grupo Parlamentario Mixto se halla en
contradicción con la actual normativa, por lo que votaremos en
contra.

Entrando ya en la defensa de las enmiendas propias del Grupo
Parlamentario Popular, la número 5, de carácter técnico, está
relacionada directamente con la número 6, que es de adición de
una disposición adicional segunda en la cual se establece una
condición al plazo de la autorización, condición que va en
cierta manera implícita en la exposición de motivos. Dentro de
unos principios y de una filosofía de solidaridad, entendemos
que esa autorización no debe ir más allá de las necesidades
reales. Cuando esas necesidades reales estén cubiertas por esa
planta desaladora y su puesta en funcionamiento, deben decaer
las circunstancias extraordinarias. Insisto en que esta
enmienda de adición incluye una respuesta a esa solidaridad
intercomunitaria, al condicionar la cobertura de las
necesidades a esas circunstancias de carácter extraordinario
superadas. Por lo que se refiere a la enmienda número 7,
establece igualmente una circunstancia absolutamente
necesaria, cual es autorizar al Ministerio de Obras Públicas,
dentro de sus ámbitos competenciales, para que establezca,
mediante las disposiciones legales pertinentes, las exenciones
o bonificaciones en las tasas y tarifas portuarias. Eso no es
descubrir el Mediterráneo --valga la expresión, en este caso
bastante ajustada--, sino, simplemente, reiterar
circunstancias que se producen en otros ámbitos territoriales
de la nación española. Quizás la enmienda de adición a esa
disposición adicional tercera no fuese necesaria, pero la
consideramos absolutamente conveniente. En conclusión, pues,
la postura del Grupo Parlamentario Popular con respecto a la
enmienda a la totalidad de Izquierda Unida será negativa, como
igualmente en cuanto a las enmiendas parciales del Grupo
Mixto. Anunciamos el voto afirmativo al proyecto de ley y
solicitamos de los restantes grupos idéntico comportamiento
respecto a las enmiendas de nuestro Grupo Parlamentario,
siendo así que se trata de enmiendas adicionales al texto, que
se integran en él, que lo mejoran y que, por descontado, no
modifican en modo alguno el contenido del proyecto de ley.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gilet.

¿Turno en contra de las enmiendas? (Pausa.) ¿Grupos que desean
fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

Con gran brevedad voy a decir que nosotros no votaremos a
favor de las enmiendas presentadas pues estamos a favor del
proyecto de ley del Gobierno. Lo decimos



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desde el punto de vista de comprensión de la solidaridad,
hablando también como fuerza política de un Archipiélago, de
la Comunidad Autónoma de Canarias, que tiene rasgos no
solamente geográficos, sino también estructurales y económicos
comunes, como es la dependencia fundamental, en la generación
del producto interior bruto para los Archipiélagos Balear y
Canario, del turismo para tener allí unas condiciones
ecológicas y de equilibrio de población necesarias, y como es
la carencia de cursos hidrográficos normales, ríos, etcétera,
propios de la geografía peninsular y continental. Nosotros
entendemos que tiene que funcionar aquí también un principio
de solidaridad recíproca en un problema tan acuciante, como se
valora igualmente en Canarias, donde el agua es un bien escaso
y tremendamente caro, obtenido precisamente de fuentes
naturales subterráneas permanentes en galerías y en pozos, y
creemos que el proyecto del Gobierno sabe recoger legal,
solidaria y constitucionalmente este principio al que estamos
obligados.

Por estas razones, señorías, señor Presidente, nosotros,
respetando todas las enmiendas, votaremos en contra de las
mismas, porque estamos a favor del texto del proyecto del
Gobierno por las razones que aquí se han dado y que apoyamos.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Sedó.




El señor SEDO I MARSAL: Señor Presidente, señorías, la
posición de nuestro Grupo quedó bien determinada en nuestra
intervención en esta Cámara en la sesión del 15 de septiembre
pasado, en el trámite de convalidación del Real Decreto-ley
origen del presente debate de hoy, a través del proyecto de
ley con el texto del Decreto. Entonces, nosotros llegábamos a
la conclusión de aceptar el Real Decreto-ley sobre la base de
que tenía que haber un fuerte consenso. Lo hubo, y hoy espero
que también lo haya. Por lo tanto nuestra intervención hoy es
para fijar posición respecto a las enmiendas que los diversos
grupos han presentado. En primer lugar, en cuanto a la
enmienda de totalidad con texto alternativo presentada por el
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, he de decir
que nosotros no la podemos apoyar porque conceptualmente
estamos muy distantes de lo que nos exponen muchas veces y en
concreto en este tema, pero además el texto alternativo no
creemos que sea tal, ya que trata de otro tema paralelo porque
nos da un conjunto de medidas a tener en cuenta en suministros
de agua a poblaciones, pero son una serie de medidas de tipo
general que no vienen exactamente al caso de la urgencia que
en estos momentos existe para el abastecimiento de núcleos
urbanos de la bahía de Palma de Mallorca; por ejemplo, entre
las medidas que se proponen, se habla, dentro del punto
relativo a la protección de calidad, de desalinización de agua
de mar. Este precisamente es uno de los temas básicos que
origina la urgencia, porque la planta que ya está prevista
todavía no está en condiciones. En el texto se incluye,
dándole mucha importancia, la creación de una comisión de
defensa del agua, con un tipo de funcionamiento, bajo nuestro
punto de vista, demasiado asambleario, y teniendo en cuenta
básicamente que las competencias en obras hidráulicas son
competencias transferidas, estas medidas a tomar en forma de
protección, recuperación y mejora de la calidad del agua y del
medio ambiente hidráulico que se nos presentan deberían ser
motivo de tramitación a través de una comunidad autónoma. Por
lo tanto, nuestro Grupo no va a apoyar esta enmienda. De las
tres enmiendas del señor Mur Bernad, la primera nos habla de
que se limite el uso de estas aguas al abastecimiento de la
población, pero simplemente para su utilización para las
necesidades de agua de boca. Verdaderamente pedir esto es una
utopía; está muy bien sobre la teoría, pero aquí todo el munto
sabe que eso no puede ser ni en Mallorca ni en Aragón ni en
Cataluña. El suministro de agua para uso de boca representa
unas duplicidades de la red. Hablar así con la vehemencia que
se ha hecho, casi rayaría en la demagogia en estos temas
hidráulicos. Verdaderamente, ya hay una normativa, como se ha
dicho, para deslindar el uso de agua de los campos de golf y,
por lo tanto, queda al margen. La utopía sería interesante, si
pudiésemos tener una red para usos industriales y una red para
uso de boca. Entonces sí que se podría deslindar. Respecto a
la segunda enmienda, que nos habla de acortar a 1996 el plazo
previsto en el proyecto hasta 1998, creemos que con una
enmienda del Partido Popular se soluciona que antes de llegar
a este límite se pueda dejar de suministrar agua. Por lo
tanto, no la vamos a votar afirmativamente porque vamos a
aceptar la otra enmienda.

Respecto a la tercera enmienda, en la que se pide que la
gestión se lleve a cabo por la Confederación Hidrográfica del
Ebro, creemos que es querer llevar hacia atrás algo que está
bien claro. Está muy clara la competencia en estos momentos,
tanto por la Ley de 1981, en la que quedaba fijado todo el
funcionamiento, como por el funcionamiento que tiene el
sistema del Consorcio de Aguas de Tarragona. Las aguas que van
a ser objeto de la aplicación de este Decreto-ley podemos
decir que tienen nombre y apellidos. Están ya dentro de un
sistema, lo que se llama el minitrasvase, esto es, el
aprovechamiento de las aguas del Ebro dentro de Tarragona.

Estas aguas ya están dentro de un sistema y, por lo tanto,
querer ahora retroceder hacia la posición de que la gestión la
realice la Confederación Hidrográfica nos parece que es
inadmisible. Posiblemente, la justificación es la intención de
obtención o de captación



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de votos en una demarcación, para no dar otra calificación que
no quiero dar. Se hablaba de que aquí se dice una cosa y allí
se dicen otras. Nosotros no entramos en esto, pero hay que
hablar con rigor.

En cuanto a las enmiendas del Grupo Popular, la número 6, a la
disposición adicional segunda, la vemos aceptable porque,
dentro de todo, es la que permite la posibilidad de que el
plazo de autorización establecido hasta el año 1998 se acorte
si verdaderamente la planta desaladora de la bahía de Palma se
pone en funcionamiento. Tengo que decir algo más respecto a
esta enmienda, que tiene la finalidad de acortar el plazo, y
yo dudo que se puedan acortar plazos en el aspecto físico de
la realización de las obras. Posiblemente, esta enmienda
también tiene una tendencia a equilibrar opiniones dentro de
un mismo partido --como decía el señor Mur, se puede decir una
cosa aquí y otra en distintas zonas-- dentro de los distintos
ámbitos territoriales. Nos es igual, es un tema interno de
cada grupo, pero la enmienda es aceptable. Al fin y al cabo,
es de adición, no toca nada del texto y puede dar una cierta
ventaja en el caso de que se produjese un adelantamiento de
las obras.

La enmienda número 7 también es de adición. Pide que haya la
posibilidad de bonificación en las tasas de tarifas
portuarias. Nos parece que se puede hacer la bonificación si
hay solidaridad por todas partes para ceder aguas, porque,
dentro de la normativa vigente del Ministerio de Obras
Públicas, esta solidaridad puede revertir en una bonificación
de las tasas, no de los costes, porque éstos existen.

Por tanto, y en resumen, señor Presidente, nuestro Grupo
solamente va a aceptar las dos enmiendas presentadas por el
Grupo Popular.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sedó.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Costa.




El señor COSTA COSTA: Señor Presidente, señorías, permítanme
continuar en la tramitación de este proyecto de ley, en
lectura única, de carácter excepcional y limitado en el
tiempo: el trasvase de agua del río Ebro a las poblaciones de
la bahía de Palma de Mallorca.

El Real Decreto-ley, convertido en proyecto de ley en esta
Cámara, es una acción extraordinaria de la Administración del
Estado en una materia competencia de las corporaciones locales
y de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. No obstante,
la relevancia de las obras a acometer y la trascendencia
social y económica que la falta de abastecimiento a los
núcleos de población de la bahía de Palma de Mallorca,
justifican plenamente la intervención de la Administración del
Estado, consensuada con las administraciones autonómicas y
locales. El Real Decreto-ley arbitra, pues, una solución
transitoria, excepcional y limitada en el tiempo, en tanto
entran en funcionamiento las infraestructuras planificadas
para solucionar definitivamente el abastecimiento de agua a la
bahía de Palma de Mallorca, y que no son otras que las de una
desaladora en esta bahía y las obras de conducción de aguas
desde Sa Costera de Sóller a la misma bahía de Palma de
Mallorca y que vienen a suponer inversiones tan importantes
como son 14.500 millones de pesetas que gastará la
Administración estatal para resolver definitivamente este
problema.

Señorías, no es necesario que les explique que la
excepcionalidad de la medida lo es también a los ojos de los
ciudadanos de las Islas Baleares, que les cuesta creer que el
agua que tienen que consumir debe venir en barcos de allande
los mares. Esta es, evidentemente, una solución costosa y que
resulta aceptable sólo por su carácter temporal y excepcional.

Respecto a los efectos de esta medida sobre el régimen
hidrológico del río Ebro, hay que decir que estos son
inexistentes, al tratarse de una medida temporal, que no
implica ningún incremento de los caudales autorizados en la
Ley 18/1981. En el proyecto de ley se establece que los
usuarios de Mallorca abonarán la misma tarifa de
abastecimiento del Consorcio de Tarragona, lo que garantiza el
principio de equidad en los costes que han de ser sufragados y
aleja cualquier sospecha de especulación económica en la
autorización del uso del agua del Consorcio por parte de los
usuarios de Mallorca.

Para despejar las preocupaciones que ha manifestado algún
portavoz, el plan hidrológico de Baleares se encuentra ya en
avanzado estado de elaboración y prácticamente terminado en lo
que se refiere al proyecto de directrices. Señorías, en cuanto
a las enmiendas presentadas por el Parlamento Aragonés
Regionalista, la enmienda número 1 es redundante, ya que el
proyecto de ley especifica claramente que el destino de las
aguas es para abastecimiento. Pero, en cualquier caso,
permítanme, señorías, que haga un canto al sentido común de
los usuarios de Baleares, a los que considero con un nivel de
inteligencia suficiente como para no utilizar agua con fines
especulativos cuyo coste en alta, señorías, sobrepasa
ampliamente las 380 pesetas. Por lo tanto, señorías, estamos
ante una solución transitoria limitada en el tiempo y
excepcional, con un alto costo para los usuarios también de
los municipios de la bahía de Palma. En cuanto a la enmienda
número 2, que se refiere al tiempo de duración del transporte
de agua del Ebro a Palma de Mallorca, entendemos que debe
entenderse como fecha límite la del 31 de diciembre de 1998.

Ahora bien, en línea con la enmienda del Grupo Popular,
después ofreceremos una transacción que persigue los mismos
fines que la enmienda del PAR, es decir, que,



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en cuanto se hayan realizado las infraestructuras necesarias
para garantizar este abastecimiento, la desalinizadora y la
conducción de aguas desde Sa Costera en Sóller a la bahía de
Palma, se puedan dar por concluidos los efectos de esta ley.

La enmienda número 3 propone cambiar el destino del canon a
pagar por los usuarios de la bahía de Palma. Mi Grupo
Parlamentario entiende que debe rechazarse esa enmienda, ya
que el destino del canon a pagar por los usuarios es, de
acuerdo con la Ley 18/1981, amortizar el revestimiento de los
canales del delta del Ebro, revestimiento que es el que
permite liberar los cuatro metros cúbicos por segundo que
dicha ley autorizó para ser trasvasados a Tarragona. Como la
transferencia de competencias hidráulicas efectuada a la
Generalidad en 1985 ya contemplaba esta competencia en los
regadíos que no sean de interés general del Estado, el mismo
decreto de transferencia encargó a la Generalidad la gestión
del canon. Y es lógico que esto se mantenga hasta la
amortización total de las obras de revestimiento, de acuerdo
con el plan aprobado en su día, que terminará el año 2013,
desde luego, bastantes años después de la fecha límite que
fija el actual proyecto de ley para el trasvase de agua a
Palma de Mallorca.

Respecto a la enmienda de totalidad de Izquierda Unida se
podrían decir bastantes cosas. Se podría decir que algunas de
las cosas que plantea no deberían ser aplicadas sólo a esta
ley excepcional, sino que deberían ser de sentido común y de
carácter general. La cuestión no es ésta. Lo que propugna la
enmienda de Izquierda Unida es una posición testimonial ante
esta Cámara en materias que son competencia plena de la
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, competencias de las
que una parte ha sido transferida en 1985, otra en la Ley
Orgánica 9/1992, de transferencia de Competencias a
comunidades autónomas que accedieron a la autonomía por la vía
del artículo 143 de la Constitución, y además está la reforma
consiguiente del Estatuto de las Islas Baleares, ya que al ser
ésta una Comunidad que no comparte cuencas con ninguna otra
del Estado español, tiene plenas competencias en política
hidráulica. Por tanto, creemos que es imposible la toma en
consideración de esta enmienda que, en cualquier caso, ha
permitido al Grupo de Izquierda Unida, y creo que ésta era
realmente su intención, exponer cuál era su posición en
relación a este proyecto de ley que hoy aprobamos y en cuya
excepcionalidad insisto.

Restan las enmiendas del Grupo Popular. Respecto a la enmienda
que añade una disposición adicional segunda nueva,
ofreceríamos un texto alternativo que contiene además de la
planta desaladora para la bahía de Palma de Mallorca, el
trasvase de aguas desde Sa Costera de Sóller a la bahía de
Palma de Mallorca, que son las obras que están declaradas de
urgencia para dar solución definitiva al abastecimiento de
estos núcleos urbanos. Y en esas circunstancias, en el caso de
que estuvieran estas dos obras acabadas, proponemos que los
efectos de esta ley terminen en el plazo de 30 días, una vez
finalizadas dichas infraestructuras.

Respecto a la enmienda número 7, que añade una disposición
adicional tercera, nueva, si bien la Ley de Puertos ya permite
al Ministerio de Obras Públicas --y así procede a hacerlo
anualmente-- la fijación de las tarifas portuarias, nos parece
bien, aunque sea redundante, que conste en la ley que el
Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente, en
el ámbito de sus competencias, establecerá las tarifas
portuarias aplicables al transporte de agua para el
abastecimiento de las poblaciones de los núcleos urbanos de la
bahía de Palma de Mallorca, en el bien entendido de que lo que
proponemos es una medida que se está aplicando ya en el único
caso conocido en el ámbito del territorio nacional, que es el
transporte de agua por barco a Ceuta, que tiene ya una tarifa
especial. Tenemos el compromiso de la Dirección General de
Puertos de aplicar la misma tarifa y, por tanto, no vemos
inconveniente, aunque sea redundante, en que así conste en el
proyecto de ley.

Muchas gracias, señorías, y paso a la Presidencia las
enmiendas propuestas.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Costa.

Tiene la palabra el señor Gilet.




El señor GILET GIRART: Gracias, señor Presidente.

Siendo así que la propuesta de enmienda transaccional a la
número 6 del Grupo Parlamentario Popular no hace sino recoger
lo que se manifesta en la exposición de motivos en cuanto al
trasvase de aguas de Sa Costera-Sóller a la bahía de Palma,
entendemos que es aceptable y en esos términos se efectúa. En
cuanto a la propuesta de enmienda transaccional a la número 7,
leído el texto y escuchada la defensa del señor Costa,
entendemos que no modifica la intencionalidad de nuestra
enmienda y, consecuentemente, también se acepta.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gilet.

Vamos a proceder a las votaciones. (Pausa.--El señor Mur
Bernad pide la palabra.)
Señor Mur.




El señor MUR BERNAD: Gracias, señor Presidente.

Solicito que las transaccionales ofrecidas por el Grupo
Socialista al Grupo Popular, a la enmienda número 6 y a la
enmienda número 7, se voten separadamente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mur. (El señor
Andreu Andreu pide la palabra.)
Señor Andreu.




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El señor ANDREU ANDREU: Señor Presidente, pedimos votación
separada de la enmienda número 5, del señor Mur.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Andreu. (Pausa.) Señor
Andreu, la enmienda número 5 no es del señor Mur, es del Grupo
Popular y no va a ser sometida a votación.




El señor ANDREU ANDREU: Tiene razón, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Enmienda a la totalidad de texto
alternativo del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 13; en contra, 291.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas del señor Mur.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 302; a favor, 14; en contra, 285; abstenciones,
tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda transaccional propuesta por el Grupo Socialista en
relación con la número 6 del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304, a favor, 290; en contra, 13; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Enmienda transaccional propuesta en relación con la enmienda
número 7 del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 291; en contra, 12; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votación correspondiente al proyecto de ley por la que se
adoptan medidas urgentes para el abastecimien-to de agua a los
núcleos urbanos de la bahía de Palma de Mallorca. (Procedente
del Real Decreto-ley 9/1994, de 5 de agosto.) Comienza la
votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 289; en contra, 14; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.




VOTACIONES DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Votación de conjunto correspondiente a la
proposición de ley orgánica sobre modificación de diversos
artículos del Código Penal, con el fin de tipificar la
conducción de un ciclomotor bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias
psicotrópicas, con temeridad o imprudencia.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 304.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votación de conjunto correspondiente a la proposición de ley
orgánica de protección a testigos y peritos en causas
criminales.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 303.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votación de conjunto correspondiente a la proposición de ley
orgánica por la que se modifica el Código Penal en lo
referente a escuchas telefónicas. Comienza la votación.

(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 302; en contra, uno.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Se levanta la sesión.




Era la una y treinta minutos de la tarde.