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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 80, de 16/06/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1994 Núm. 80 V Legislatura
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 79
celebrada el jueves, 16 de junio de 1994



Página



ORDEN DEL DIA:



Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados. (Sesión
secreta):



--Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre
declaraciones de actividades de Excmos. Sres. Diputados
(número de registro 19158) (Página 4023)



Enmiendas del Senado:



--A la Proposición de Ley sobre modificación de los Aspectos
Económicos del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y
actualización de los Puertos Francos. «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Serie B, número 9.1, de 16 de julio de 1993
(número de expediente 125/000008) (Página 4023)



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley Orgánica por la que se reforma la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número 45.1, de 4
de enero de 1994 (número de expediente 121/000031) (Página 4030)



Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas:



Página 4018




--Proyecto de Ley por la que se modifica la normativa de
elecciones a los órganos de representación del personal al
servicio de las Administraciones Públicas de la Ley 9/1987, de
12 de junio, modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
62.1, de 17 de mayo de 1994 (número de expediente 121/000048)
(Página 4047)



Votación de conjunto:



--Del Proyecto de Ley Orgánica por la que se reforma la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número 45.1, de 4
de enero de 1994 (número de expediente 121/000031) (Página 4057)



Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas. (Continuación):



--Proposición de Reforma del Reglamento del Congreso de los
Diputados sobre publicidad de las Comisiones de Investigación.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número
75.1, de 20 de mayo de 1994 (número de expediente 410/000004)
(Página 4058)



Dictamen de la Comisión Constitucional sobre el informe de la
Ponencia para el estudio de las condiciones actuales de
elaboración del Censo Electoral:



--Dictamen de la Comisión Constitucional sobre el informe de
la Ponencia para el estudio de las condiciones actuales de
elaboración del Censo Electoral (número de expediente
154/000001/0002) (Página 4064)



Elección de uno de los Diputados a los que se refiere el Punto
Tercero de la Resolución de la Presidencia sobre secretos
oficiales, de 2 de junio de 1992:



--Elección de uno de los Diputados a los que se refiere el
Punto Tercero de la Resolución de la Presidencia sobre
secretos oficiales, de 2 de junio de 1992 (número de
expediente 052/000001/0005) (Página 4070)



SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana,
con carácter secreto, para el debate del dictamen de la
Comisión del Estatuto de los Diputados, que es aprobado.

Se reanuda la sesión con carácter público.




Enmiendas del Senado (Página 4023)



A la proposición de ley sobre modificación de los Aspectos
Económicos del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y
actualización de los Puertos Francos (Página 4023)



Para fijación de posiciones intervienen los señores Mauricio
Rodríguez, del Grupo de Coalición Canaria; Gatzagaetxebarría
Bastida, del Grupo Vasco (PNV); Romero Ruiz, del Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; Cabrera Pérez-
Camacho, del Grupo Popular, y Martinón Cejas, del Grupo
Socialista. Se someten a votación las enmiendas del Senado a
este proyecto de ley, que son aprobadas.




Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas
(Página 4030)



Proyecto de Ley Orgánica por la que se reforma la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (Página 4030)



En defensa de las enmiendas del Grupo Popular interviene el
señor Padilla Carballada, manifestando que no van a poder
votar afirmativamente el dictamen, a pesar del esfuerzo
importante que han hecho, conscientes de la importancia de
este texto jurídico. Recuerda que en su momento presentaron
una enmienda de totalidad al proyecto de ley y después 122
enmiendas parciales porque, como ha quedado patente en los
debates en Comisión, el Grupo Popular tiene una concepción
completamente distinta de lo que se dispone en este proyecto.

Agrega que, fundamentalmente, tampoco pueden apoyar el
proyecto porque no se ha intentado ni realizado esfuerzo
alguno para llegar a un acuerdo sobre aspectos esenciales de
la Ley, en contra de las palabras del Ministro de Justicia en
relación con un pacto de Estado sobre un tema tan fundamental



Página 4019




como el que les ocupa, que afecta al ejercicio de la potestad
jurisdiccional. Señala, por otra parte, que en lo fundamental
el proyecto de ley se limita a traducir a normas jurídicas con
rango de ley muchas medidas ya experimentadas y con un
resultado concreto en su aplicación. Sin embargo, cuando esas
medidas experimentadas a lo largo del año no han producido el
efecto deseado, tienen que hablar de fracaso de las mismas,
sobre todo de aquellas dirigidas a combatir o a paliar el
atasco judicial y que aquí se denominan de apoyo judicial,
medidas contrastadamente fracasadas. De ahí que su plasmación
en un texto político no pueda entenderse más que como un deseo
de engañar al pueblo, haciéndole creer que se aportan
soluciones para conseguir que la justicia funcione, ante la
gran preocupación de los ciudadanos.

Expone algunas consideraciones en torno a las funciones de
autonomía del Consejo General del Poder Judicial, discrepando
abiertamente de la postura del Grupo Socialista, así como en
relación con el acceso a la carretera judicial, donde desean
que se respete lo establecido en la Constitución, que habla de
un modelo de carrera judicial ante el que todo lo demás son
circunstancias excepcionales que tienen que ser taxativamente
reguladas, pasando seguidamente a mencionar alguna de las
muchas discrepancias que tienen en relación con las medidas de
apoyo que se contienen en el proyecto de ley. Afirma que
disienten, sobre todo, de una justicia mayoritariamente
interina, provisional, en la que aparece como panacea el juez
adjunto, que no es más que un funcionario en prácticas que
puede estar en las lindes de la inconstitucionalidad.

Respecto a la reforma de la jurisdicción disciplinaria, tienen
puntos de acuerdo y otros de desacuerdo, habiendo formulado
muchas enmiendas sobre el particular, en la creencia de que
servían para mejorar claramente el contenido del proyecto.

Concluye dando por defendidas las restantes enmiendas del
proyecto de ley y dejando constancia, una vez más, de su
voluntad de hacer los esfuerzos necesarios para llegar a una
verdadera reforma de la justicia, ya que el Ministro tiene que
coincidir con él en que con los textos jurídicos presentados a
la Cámara no se van a aliviar o remediar los grandes problemas
de la justicia española.

La señora Aguilar Rivero defiende las enmiendas del Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. Comienza reiterando
lo que ya dijeron en el debate de totalidad sobre este
proyecto de ley orgánica, en el sentido de que el objetivo de
su Grupo era mejorar el proyecto del Gobierno a través de las
enmiendas parciales que en su momento presentarían. En este
momento tiene que decir que su objetivo ha sido cumplido, toda
vez que, si bien el proyecto no es plenamente el que su Grupo
hubiera deseado, no es menos cierto que han conseguido, con
las enmiendas presentadas y con la voluntad de diálogo del
Grupo Socialista, mejorarlo en cuestiones esenciales, que es
de lo que inicialmente se trataba.

Tales cuestiones fundamentales, a las que se referían sus
enmiendas, tienen que ver con la selección de los jueces y
magistrados, régimen disciplinario, nulidad de los actos
judiciales y el desarrollo necesario de la Constitución en su
artículo 53.2, relativo al amparo judicial y constitucional, y
también todo lo relacionado con los miembros de los órganos
técnicos del Consejo General del Poder Judicial.

Respecto al resto de las cuestiones que se planteaban en la
reforma, consideran que estaban oportunamente tratadas en la
propia reforma presentada por el Gobierno.

Termina la señora Aguilar aludiendo al contenido concreto de
algunas de las enmiendas de su Grupo Parlamentario.

El señor Olarte Cullen defiende las enmiendas del Grupo de
Coalición Canaria. Comienza afirmando que, en términos
generales, están satisfechos de la evolución que ha ido
teniendo toda la cuestión de la reforma parcial de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, del diálogo que han encontrado
con el señor Ministro desde el mismo momento en que se estaba
elaborando la reforma y también del diálogo y entendimiento
positivo que han apreciado durante su tramitación en Comisión.

Piensan que también su Grupo ha actuado con un espíritu
constructivo, consiguiendo que casi una veintena de sus
enmiendas, de manera total o parcial, hayan sido incorporadas
al dictamen. Espera que en el posterior trámite en el Senado
se puedan establecer algunas otras correcciones que sirvan
para incrementar su satisfacción actual. Sin embargo,
mantienen algunas enmiendas, no aceptadas en trámites
anteriores, a las que se refiere en este momento y para las
que pide el apoyo de la Cámara.

El señor Camp i Batalla defiende las enmiendas del Grupo
Catalán (Convergència i Unió). Comienza uniéndose a las
valoraciones positivas realizadas por otros grupos
parlamentarios respecto al talante con que se han desarrollado
los trabajos relativos a este proyecto de ley orgánica,
pensando que se ha buscado de buena fe y con deseos un clima
de entendimiento que, en líneas generales, se ha dado entre la
mayoría de los grupos parlamentarios, aunque seguramente no en
todos, como han podido escuchar anteriormente.




Página 4020




Respecto al Grupo Catalán (Convergència i Unió), entienden que
el proyecto ha salido mejorado con la aceptación de varias
enmiendas de los diversos grupos de la Cámara, en concreto de
diez enmiendas de su Grupo que cubren en buena parte la
mayoría de sus expectativas ante este proyecto de ley. No
obstante, mantienen cinco enmiendas vivas, a cuyo contenido
hace referencia y que espera que puedan ser también aprobadas
en esta Cámara o, en otro caso, en el Senado. La señora Rahola
i Martínez, del Grupo Mixto, defiende las enmiendas
presentadas, algunas de carácter técnico y tres muy
específicas de claro contenido político. Se refiere
específicamente a estas últimas, haciendo hincapié en las que
intentan contrarrestar el problema lingüístico gravísimo que
representa la unidad del Poder Judicial para todo el Estado.

Sobre este particular pide que cada juez y magistrado,
haciendo suya la pluridad cultural y lingüística del
territorio, domine como mínimo oralmente, además del
castellano, alguna de las otras lenguas oficiales. Considera
esto fundamental para preservar los derechos lingüísticos de
los ciudadanos de las zonas donde se hablan esas lenguas y
para hacer efectivo tanto el artículo 2.º de la Constitución
como los respectivos estatutos de autonomía. Por otra parte,
pide la supresión del apartado 3 del artículo 8 del proyecto,
dada la omnipresencia del Consejo General del Poder Judicial
en las comunidades autónomas, como si éstas carecieran de sus
propios órganos informantes.

El señor Olabarría Muñoz defiende las enmiendas del Grupo
Vasco (PNV). Destaca la importancia de la ley que les ocupa
que, al igual que otras leyes importantes de esta legislatura,
está pasando casi desapercibida, en un signo de la legislatura
que considera lamentable, y hubiera deseado una mayor atención
de la opinión pública ante un texto tan importante referente a
uno de los poderes del Estado, que regula la organización,
funcionamiento y gobierno de jueces y magistrados y que
desgraciadamente está pasando casi inadvertida. Respecto a las
30 enmiendas presentadas por su Grupo Parlamentario, señala
que han sido aprobadas prácticamente todas salvo dos, a las
que atribuye escasa relevancia y que pretenden de alguna forma
una mejor regulación de la condición del carácter
plurilingüístico del Estado español. También pretenden una más
correcta redacción respecto a la tipificación de las faltas y
sanciones que en la ley se prevén.

Concluye elogiando la calidad técnica del Proyecto de Ley y
destacando el talante flexible del Grupo mayoritario de la
Cámara, que ha sabido comprender y aceptar las enmiendas de
los distintos grupos de la oposición, particularmente del
Grupo Vasco (PNV).

En turno en contra de las enmiendas al Proyecto de Ley
interviene, en nombre del Grupo Socialista, el señor López
Martín de la Vega. Comienza señalando que avanzan hoy en la
tramitación de un Proyecto de Ley que pretendió, desde su
inicio, ceñirse a dos cuestiones fundamentales, como son, en
primer lugar, la reforma necesaria de algunos de los aspectos
de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 y, en segundo
lugar, la necesidad de que la reforma se realizara de una
manera consensuada entre los grupos, incluso con la pretensión
de que esto fuera un pacto de Estado por la justicia.

Respecto de las palabras del representante del Grupo Popular
de que no había habido esfuerzos para llegar a acuerdos y que
la oferta de un pacto de Estado era poco menos que demagógica,
no habiendo sido suficientemente receptivos a las enmiendas
del Grupo Popular, el portavoz del Grupo Socialista en este
momento no tiene más remedio que mostrar su enorme
satisfacción porque, después de esa apreciación del Grupo
Popular, todos y cada uno de los portavoces de los demás
grupos de la Cámara que han intervenido han hablado de la
flexibilidad del Grupo Socialista, de la aceptación, del
diálogo, de la mejora del texto y de la consecución de los
objetivos propuestos con la incorporación de gran cantidad de
las enmiendas presentadas. Por consiguiente, esta pretensión
de consenso y diálogo en torno a un modelo de Ley Orgánica del
Consejo General del Poder Judicial ha sido entendida por todos
y cada uno de los grupos de la Cámara, excepto por el Grupo
Popular. Incluso, en contra de lo manifestado por el señor
Padilla, el Grupo Socialista aceptó alguna enmienda del Grupo
Popular que este Grupo nunca pensó que pudiera ser aceptada, y
en este momento también tiene el propósito de votar
afirmativamente la enmienda 269 del citado Grupo y seguramente
alguna otra.

A continuación se refiere a las intervenciones de los demás
grupos enmendantes, agradeciéndoles su reconocimiento de la
voluntad de diálogo del Grupo Socialista, a la vez que fija su
posición respecto de las enmiendas que se mantienen al
Proyecto de Ley.

Concluye reiterando su satisfacción por los acuerdos
alcanzados, a la vez que lamenta la postura del Grupo Popular,
que se ha quedado solo en la defensa de una filosofía
concreta, haciendo así un flaco favor a una ley de la
importancia de la presente, que bien merecía un esfuerzo de
dicho Grupo para unirse al consenso general de la Cámara.

Replica el señor Padilla Carballada y duplica el señor López
Martín de la Vega.




Página 4021




Se procede a la votación de las enmiendas debatidas
anteriormente, así como del texto del dictamen, que es
aprobado.




Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas (Página 4047)



Proyecto de Ley por la que se modifica la normativa de
elecciones a los órganos de representación del personal al
servicio de las Administracoines Públicas de la Ley 9/1987, de
12 de junio, modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio
(Página 4047)



En nombre del Gobierno presenta el Proyecto de Ley el señor
Ministro para las Administraciones Públicas (Saavedra
Acevedo), manifestando que el punto de anclaje del Proyecto se
sitúa en la Ley Orgánica de Libertad Sindical de 12 de agosto
de 1985. Señala la reciente promulgación de la Ley 11/1994, de
19 de mayo, en virtud de la cual se modifican determinados
artículos del Estatuto de los Trabajadores, del texto
Articulado de la Ley de Procedimiento Laboral y de la Ley de
Infracciones y Sanciones en el Orden Social, alterando el
marco legislativo respecto al procedimiento electoral,
variando sustancialmente el sistema electoral de los
representantes de los trabajadores por cuenta ajena, además de
intentar la adaptación del Procedimiento Laboral de los
funcionarios públicos regulado por la Ley 9/1987 al nuevo
sistema implantado para los trabajadores por cuenta ajena.

Añade que este último intento de aproximación de la normativa
electoral de ambos regímenes, trabajadores por cuenta ajena y
funcionarios públicos, no llegó hasta sus últimas
consecuencias y de ahí que en este proyecto deseen dicha
adaptación. Concluye destacando las modificaciones
sustanciales del Proyecto de Ley en relación con la
legislación vigente.

El señor Núñez Pérez defiende las enmiendas del Grupo Popular.

Agradece al señor Ministro su precisión en la exposición de
los objetivos del Proyecto de Ley y lamenta que la regulación
que se propone no sea acertada para que los objetivos
expuestos se cumplan. Recuerda los debates habidos con motivo
de la tramitación de la Ley 9/1987 y la postura mantenida
entonces por el Grupo Popular, cuyos argumentos siguen
vigentes.

Respecto a las numerosas enmiendas presentadas a este
Proyecto, considera que la tramitación directa y en lectura
única del mismo no es la adecuada, hablando de la pésima labor
legislativa del Gobierno, que a su juicio se caracteriza por
las notas de improvisación y falta de coordinación entre los
distintos ministerios afectados y desconocimiento de las
novedades que las últimas leyes van incorporando a nuestro
ordenamiento jurídico. Sin embargo, el Grupo Popular no ha
presentado una enmienda de totalidad al proyecto del Gobierno
porque la misma debería venir acompañada de un texto
alternativo no sólo al proyecto en cuestión sino también a las
Leyes 9/1987 y 7/1990, que, a su entender, necesitan de una
urgente y profunda reforma.

En segundo lugar, porque el Grupo Popular no quiere ser
obstáculo ni desea dificultar o retrasar el proceso de
elección de personal al servicio de las Administraciones
Públicas y, por último, no presentan una enmienda de totalidad
porque les ha guiado la convicción de que el proyecto, aunque
de forma incompleta, cumple dos objetivos importantes, como
son, primero, aproximar los procesos y mecanismos de
representación a los vigentes en el ámbito laboral y, segundo,
porque permite a los funcionarios en las organizaciones
sindicales mayor protagonismo a la hora de impulsar los
procesos electorales en calidad de promotores.

Sin embargo, sí han presentdo algunas enmiendas parciales para
la consecución de estos objetivos, de las que expone
seguidamente su contenido. El señor Martínez Blasco, en nombre
del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
manifiesta que han presentado catorce enmiendas parciales,
aunque sustancialmente están de acuerdo con el proyecto de
ley. Las enmiendas pretenden fundamentalmente introducir
correcciones técnicas en un proyecto, con el que están de
acuerdo y que desean se aplique a todos los funcionarios,
comenzando por los de esta misma casa.

El señor Gatzagaetxebarría Bastida defiende las enmiendas del
Grupo Vasco (PNV) haciendo una referencia genérica a las
mismas en relación con un proyecto de ley que pretende
trasladar al ámbito de la relación Administración Pública-
funcionarios una relación análoga a la aprobada en el Derecho
laboral español.

El señor Hinojosa i Lucena defiende las enmiendas del Grupo
Catalán (Convergència i Unió). Señala que su Grupo mantiene
básicamente los criterios que ya manifestó en la tramitación
de la reforma laboral respecto a la elección de los
representantes del personal, en este caso de la función
pública. Su Grupo ha presentado simplemente unas cuantas
enmiendas puntuales al proyecto, cuyo contenido expone
seguidamente.




Página 4022




El señor Trujillo Oramas, en nombre del Grupo Socialista,
manifiesta que, después de la exposición del Ministro para las
Administraciones Públicas y de la intervención de los diversos
enmendantes, no cabe duda sobre la oportunidad de la ley. El
deseo de acercar los empleados públicos al ámbito del resto de
los trabajadores en cuanto a materia electoral y de
representatividad obligaba a esta modificación legal, sobre
todo después de la reforma laboral aprobada recientemente por
la Cámara.

Añade que su propio Grupo ha presentado 16 enmiendas al
proyecto, destacando el contenido de las dos a las que
atribuye mayor importancia, que son las números 2 y 6.

Se procede a la votación de las enmiendas defendidas
anteriormente, así como al texto del dictamen, que es
aprobado.




Votación de conjunto (Página 4057)



Del proyecto de ley orgánica por la que se reforma la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (Página 4057)



Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas (Continuación.) (Página 4058)



Proposición de Reforma del Reglamento del Congreso de los
Diputados sobre publicidad de las Comisiones de Investigación
(Página 4058)



La señora De Palacio del Valle-Lersundi defiende las enmiendas
del Grupo Popular. Destaca el consenso, una vez más, entre los
distintos grupos parlamentarios, que caracteriza y debe
presidir cualquier modificación de lo que son las reglas del
juego parlamentario que forman parte del bloque de
constitucionalidad.

Dicho lo anterior, el Grupo Popular ha presentado unas
enmiendas a la proposición de ley suscrita en su día con otros
grupos de esta Cámara y que lo único que pretenden son mejoras
de tipo técnico, ya que coinciden plenamente con el texto
presentado en su momento.

Finalmente expone el contenido de las enmiendas en cuestión.

El señor Cuesta Martínez defiende las enmiendas del Grupo
Socialista. Comienza felicitándose por el grado de consenso
alcanzado al presentar la proposición de ley de reforma del
Reglamento del Congreso, que intenta potenciar o impulsar la
transparencia en el funcionamiento de las instituciones y
también el carácter público de las comisiones de
investigación.

Añade que se trata de una de las distintas iniciativas
aprobadas en el debate sobre el estado de la Nación, en el que
se acordó que las comisiones de investigación podrían tener
carácter público. Cuando su carácter fuese secreto, en
atención a las circunstancias concurrentes se reforzarán las
garantías del secreto de esas comisiones, regulándose un
régimen sancionador de su violación, y en esa línea van las
enmienda del Grupo Socialista, que expone a continuación. La
señora Rahola i Martínez, del Grupo Mixto, defiende la
enmienda presentada. Recuerda que todos los Grupos de la
Cámara subrayaron la necesidad y la oportunidad de esta
proposición, en el sentido de dar un paso importante en favor
de la transparencia y del funcionamiento de las instituciones,
así como a favor de combinar con mayor justeza publicidad y
garantías, transparencia y derechos, añadiendo que con esta
proposición de ley se garantizará la mayor efectividad de uno
de los instrumentos de control parlamentario que se ha
demostrado más efectivo y que se refiere al principio de
publicidad que preside la actividad parlamentaria y, de hecho,
la democracia.

Considera una excelente noticia el avance que supone la
proposición de ley y concluye dando cuenta de las enmiendas
presentadas por el Grupo Mixto. El señor Mardones Sevilla
defiende las enmiendas del Grupo de Coalición Canaria.

Comienza anunciando el voto favorable a la proposición de ley
y su identificación con los principios de la misma, si bien en
aras a su perfeccionamiento han presentado algunas enmiendas,
cuyo contenido y defensa expone a continuación.

El señor Peralta Ortega alude a la firma de la proposición por
parte de todos los grupos parlamentarios, a partir de cuyo
hecho le resultan sorprendente determinadas enmiendas
presentadas por algunos grupos de la Cámara. Le llama la
atención aún más el hecho de que otros grupos también
firmantes de la proposición, hayan presentado enmiendas
transaccionales cuando lo deseable hubiera sido la reflexión
por parte de todos los grupos cuya voluntad de mejorar el
Reglamento quedaba explícita en la proposición inicial.

Termina fijando la posición de su Grupo en relación con las
enmiendas presentadas, algunas de las cuales califica de
positivas.




Dictamen de la Comisión Constitucional sobre el informe de la
Ponencia para el



Página 4023




estudio de las condiciones actuales de elaboración del Censo
Electoral (Página 4064)



El señor Zapatero Gómez, del Grupo Socialista, defiende el
dictamen de la Comisión.

Para fijación de posiciones hacen uso de la palabra los
señores González de Txábarri Miranda, del Grupo Vasco (PNV);
López Garrido, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya; Vera Pro, del Grupo Popular, e Izquierdo Collado,
del Grupo Socialista.




Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislaticas (Continuación.) (Página 4058)



Proposición de Reforma del Reglamento del Congreso de los
Diputados sobre publicidad de las Comisiones de Investigación
(Página 4058)



Se procede a la votación de las enmiendas presentadas, así
como del texto de la proposición de reforma del Reglamento de
la Cámara, que es aprobada por 298 votos a favor y una
abstención.




Dictamen de la Comisión Constitucional sobre el informe de la
Ponencia para el estudio de las condiciones actuales de
elaboración del Censo Electoral (Continuación) (Página 4064)



Sometida a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por
299 votos a favor.




Elección de uno de los Diputados a los que se refiere el Punto
Tercero de la Resolución de la Presidencia sobre secretos
oficiales, de 2 de junio de 1992 (Página 4070)
Realizada la votación y verificado el escrutinio, el resultado
fue de 297 votos emitidos, 275 a favor del señor Almunia, 11
votos nulos y 11 en blanco. El señor Vicepresidente (Beviá
Pastor) manifiesta que, habiendo tenido una cifra de votos
superior a la mayoría de tres quintos, ha resultado elegido
don Joaquín Almunia Amánn a efectos de la Resolución de la
Presidencia de 2 de junio de 1992, sustituyendo al
representante anterior que tenía el Grupo Socialista. Se
levanta la sesión a las tres y veinte minutos de la tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana,
con carácter secreto.




DICTAMEN DE LA COMISION DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS (Sesión
secreta):



--DICTAMEN DE LA COMISION DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS SOBRE
INCOMPATIBILIDADES DE SEÑORES DIPUTADOS (Número de registro
19158)



Se somete a votación el dictamen de la Comisión del Estatuto
de los Diputados, que es aprobado.




Se reanuda la sesión con carácter público.




ENMIENDAS DEL SENADO:



--PROPOSICION DE LEY SOBRE MODIFICACION DE LOS ASPECTOS
ECONOMICOS DEL REGIMEN ECONOMICO Y FISCAL DE CANARIAS Y
ACTUALIZACION DE LOS PUERTOS FRANCOS (Número de expediente
125/000008)



El señor PRESIDENTE: Punto séptimo del orden del día:
Enmiendas del Senado a la proposición de ley sobre
modificación de los aspectos económicos del régimen económico
y fiscal de Canarias y actualización de los puertos francos.

¿Grupos que desean intervenir? (Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, el señor Mauricio tiene la
palabra.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: Señor Presidente, señorías, el
Grupo de Coalición Canaria quiere fijar posición en la que va
a ser una de las votaciones, desde el punto de vista canario,
más importantes en esta legislatura. Se trata de la reforma
del régimen económico y fiscal de Canarias que ya en 1972
tenía una ley, de la etapa de la dictadura, y que ahora
necesita reformarse para, como se plantea en la exposición de
motivos, adaptarse a las situaciones de finales del siglo XX y
principios del siglo XXI.

Quisiera señalar, para que esta Cámara, seguramente
entretenida con los grandes debates de la política española en
este momento y con los problemas típicos de la crisis de
poder, lo conozca, la importancia que tiene esta ley a efectos
de lo que entendemos que es un problema de Estado para las
Islas Canarias. Canarias se encuentra, a lo largo de los
últimos años, con una permanente crisis económica, una crisis
social, incluso de carácter político, que viene dada por su
fragilidad económica... (Rumores.)



Página 4024




El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Mauricio.

Señorías, ruego guarden silencio.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: Señorías, en los grandes debates
de los problemas de Estado que seguramente preocupan a sus
señorías, las señorías hoy presentes en el Congreso de los
Diputados, el tema canario debería llevarles a la reflexión de
la necesidad de estudiar y saber qué es lo que estamos votando
en este momento, porque, sin duda alguna, como estaba
diciendo, en aras de buscar la atención de las señoras y
señores Diputados, estamos hablando de un problema de Estado.

La fragilidad económica en que han vivido las Islas Canarias a
lo largo de los últimos años, su desarticulación social, su
permanente inestabilidad política, ha llevado a lo que
nosotros definimos como una crisis de identidad. Esa crisis de
identidad en el marco geográfico de las Islas Canarias, a
1.000 kilómetros del continente y a sólo 100 de Africa, de un
continente que, en las zonas más próximas, tiene problemas de
carácter político y militar muy graves, ha llevado a la
sociedad canaria a una sensación de frustración y a esa crisis
de identidad que necesita soluciones de Estado, que nosotros
consideramos --desde el punto de vista de Coalición Canaria--
en tres niveles: la reforma de su carta económica, que es lo
que hoy estamos tratando; la reforma del Estatuto de Autonomía
y la consolidación de un estatuto especial y permanente en el
marco de la Comunidad Europea. Sin duda, son los problemas que
plantea la construcción de Europa, en un momento donde no sólo
las zonas periféricas de Europa pueden quedar marginadas,
sino, cómo no, de manera mucho más acentuada, lo que son las
islas ultraperiféricas, como nos define la propia Comunidad
Europea. Por ello, la reforma económica del régimen económico
fiscal, la reforma del Estatuto, que entrará en los próximos
meses, suponemos que muy pronto, en el Congreso de los
Diputados y que, sin duda, debe desarrollarse y debatirse
paralelamente a la concreción de la ley de régimen económico y
fiscal que ahora estamos aprobando, todas esas cuestiones, nos
llevan a la necesidad de que el Congreso de los Diputados dé
un impulso en los años 1994 y 1995 a los tres grandes temas
que estamos planteando, básicos para la sociedad canaria. En
la reforma del REF que hoy aprobamos, queremos decir que el
Grupo de Coalición Canaria --en último término, es una de las
expresiones, entendemos nosotros, de esa crisis política, de
esa crisis de identidad que sufre la sociedad canaria y la
búsqueda de nuevos instrumentos políticos para sus viejos
problemas históricos-- plantea hoy que la reforma del REF, hoy
en discusión, y que nosotros, en principio, consideramos
globalmente positiva, tiene algunos aspectos o artículos que
nos parecen insatisfactorios y que reflejan dos etapas
distintas, que esperemos que el Estatuto de Autonomía no las
sufra. Una primera, en las negociaciones de Canarias con el
Gobierno del Estado, en la definición de un problema de estado
de este asunto que estamos tratando y que fue esa negociación
muy positiva, realizada con un carácter constructivo. Y una
segunda fase de trámite en este Congreso de los Diputados y en
el Senado que ha sido bastante frustrante por la falta de
atención de los grupos políticos, del propio Gobierno, quizá
entretenido en problemas de la crisis que afecta hoy al
Gobierno de la nación.

Por todo ello, pensamos que lo que hay que hacer en este
próximo año es crear urgentemente, como lo fija la ley del
REF, el Consejo, los organismos de la comisión mixta de la
Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma
para dar concreción a la reforma del REF que en este momento
vamos a aprobar. Porque el peligro es que en la Ley de 1972 ya
tenemos una experiencia histórica negativa; fue una importante
declaración de intenciones, pero muchos de los objetivos
fijados en esa Ley no fueron concretados. Ahora hay que
concretarlos de manera muy precisa y urgente, de la forma
siguiente: Primero, en la liberalización del comercio, la
creación del Consejo de promoción comercial de la política de
comercio exterior en Canarias que fija el REF y crearlo con
carácter urgente.

En segundo lugar, la liberalización de transportes y
servicios, que también fija el REF, y que tiene que ser
concretado con temas tan importantes como el de puertos y
aeropuertos, para quitarnos esa camisa de fuerza que ahoga a
la sociedad canaria. Porque, como bien se dice, hay amores que
matan y cariños que ahogan, y en este caso no sabemos si se
trata de amores o simplemente de la implantación de monopolios
y rigideces que no ayudan en absoluto al desarrollo económico
de la sociedad canaria a finales del siglo XX.

En tercer lugar, hay que concretar el tema del coste de
insularidad a través del conjunto de compensaciones de la
comisión mixta que fija el REF. En cuarto lugar, los programas
de desarrollo energético y medioambiental, tan necesarios hoy
en la sociedad canaria, los incentivos económicos y fiscales y
la zona económica. En la zona económica vamos a tener que
reformar, sin duda, lo que hoy estamos aprobando, y es el
único artículo al que nosotros vamos a votar en contra, porque
creemos que no es competitiva con otras zonas económicas
próximas que tenemos en el Archipiélago canario.

Los incentivos económicos y fiscales, que son muy positivos,
sobre todo si van dirigidos a la generación de inversión y a
la creación de empleo, nos llevan, yo invito al Gobierno de la
nación, a firmar con carácter urgente un convenio de
colaboración y de coordinación de las administraciones
públicas del Estado y las Canarias, a efectos de un programa
de empleo y formación



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especial para las islas que ataque a uno de los problemas
claves, a un problema de carácter estructural y que tiene
connotaciones peculiares en el Archipiélago canario que lo
colocan en uno de los problemas más graves del Estado. Por
todos esos puntos, nosotros consideramos que lo que hoy
aprobamos debe tener un desarrollo urgente y rápido, pero
unido a la reforma del Estatuto de Autonomía, porque la carta
económica que empieza a resolver los problemas canarios tiene
que ir complementada con la carta política, que la reforma del
Estatuto de Autonomía por primera vez se haga desde el
Parlamento de Canarias y no como una Carta otorgada, con
rigideces, con concepciones centralistas, poco adaptada a la
realidad canaria, como ha demostrado la experiencia histórica
del Estatuto de Autonomía anterior.

Y, por último, como también establece esta reforma del REF en
un artículo muy importante, el Gobierno del Estado, junto con
el Gobierno de Canarias, propiciará que la Comunidad Económica
Europea reforme y adapte con carácter urgente el Estatuto
especial Canario hasta convertirlo en un estatuto permanente
de región ultraperiférica, que es uno de los problemas
principales de la costrucción europea. Porque aquí estamos
hablando de problemas de Estado, no de problemas particulares
de una comunidad. Estamos hablando de la construcción europea
y de cómo --repito-- zonas periféricas del Estado español,
sobre todo zonas ultraperiféricas, de islas alejadas y no de
islas adyacentes, necesitan modelos de solución política y
económica peculiares dentro del marco del Estado español y del
Estado europeo.

Nuestro voto favorable a esta reforma del REF está en la
voluntad de exigir un desarrollo reglamentario y normativo de
carácter urgente para concretar la declaración de intenciones
que se hacen en esta reforma,
rápidamente aprobar la reforma del Estatuto de Autonomía y, al
mismo tiempo, conseguir el Estatuto permanente de Canarias en
la Comunidad Europea. Esas tres soluciones darían al problema
canario la solución histórica, como se dice en la exposición
de motivos, de finales del siglo XX, principios del XXI, y
estaríamos resolviendo un problema de Estado, un problema de
Estado, que necesita soluciones de Estado y, por tanto, un
pacto de Estado, que es el que ha ofrecido Coalición Canaria,
el que ofrece el Parlamento de Canarias. Espero que los
señores Diputados y señoras Diputadas tengan la sensibilidad
de entender que en esta votación se está avanzando en la
solución del problema canario, pero hace falta un poco más de
audacia, un poco más de sensibilidad y que los problemas hoy
del Estado y de la crisis de poder no nos lleven a olvidar los
grandes problemas de la sociedad española que está en un
momento de expectativas importante, no sólo la Comunidad
Autónoma Canaria, sino el conjunto de la sociedad española;
que los problemas de la crisis de poder no nos entretengan y
no nos quiten la lucidez necesaria para que este Parlamento
esté a la altura de los problemas profundos de la sociedad
española, uno de los cuales es el problema de la sociedad
canaria, que acabo de exponer y por el cual nosotros vamos a
votar a favor.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mauricio.

Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor
Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor Presidente.

Intervengo muy brevemente para fijar la posición de nuestro
Grupo, que no puede ser otra que la de apoyar la proposición
de ley que deriva del planteamiento efectuado por el
Parlamento de Canarias en estas Cortes Generales, y hacer una
consideración de tipo general sobre el Título séptimo de la
ley, donde se regula el segundo Registro Español en Marina
Mercante, el Registro Canario de buques. Consideramos, señor
Presidente, que la regulación de un registro de esta
naturaleza, que ya estaba prevista en la disposición adicional
de la Ley de Puertos y Marina Mercante, viene a ser
desarrollada por este proyecto de ley de régimen económico y
fiscal de Canarias y nos parece que es un instrumento para
hacer más competitivo el funcionamiento y el desarrollo de la
flota de Marina Mercante española.

Desde el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), señor Presidente,
consideramos que es necesario contar con una flota de Marina
Mercante española y crear las bases, crear los instrumentos,
crear las condiciones necesarias para otorgar un sistema más
liberalizado, un sistema más beneficioso para poder competir
con otro tipo de registros libres, como existen en Panamá, en
Liberia o en países europeos como Noruega.

Respecto a las enmiendas introducidas por el Senado a la
proposición de ley del régimen económico y fiscal de Canarias,
nuestro Grupo entiende que es acertada la unificación en
materia de Seguridad Social, al igual que las reducciones
previstas en el Impuesto sobre Sociedades y en Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas a los tripulantes que
naveguen en buques inscritos en este segundo registro canario,
pero, no obstante, también consideramos que va a ser
insuficiente para poder afrontar la flota de Marina Mercante
española las condiciones de poder competir con otras flotas
que están inscritas en registros de naturaleza libre. No
obstante, nuestro Grupo parlamentario entiende que el
desarrollo que en el proyecto de ley se hace sobre el segundo
registro es un avance cualitativo y, por lo tanto, vamos a
apoyar la proposición de ley sobre el régimen económico y
fiscal de Canarias, siendo también conscientes de que,
efectivamente, los resultados



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que hasta ahora ha dado el segundo registro son muy escasos,
porque, de 243 buques que constituyen la flota de Marina
Mercante española, únicamente, en la actualidad cinco están
inscritos en él.

Nosotros entendemos que es un salto destacable el desarrollo
que se hace del segundo registro en la proposición de ley que
ahora debatimos, pero, quizá, no el suficiente. No obstante,
nuestro Grupo Parlamentario va a votar positivamente esta
proposición de ley.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gatzagaetxebarría.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya tiene
la palabra el señor Romero.




El señor ROMERO RUIZ: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, nuestro Grupo parlamentario presentó en el inicio
de la tramitación de este proyecto de ley de modificación del
régimen económico y fiscal de Canarias, un texto alternativo y
una enmienda a la totalidad. Planteamos hacia el Senado,
quedando vivas, después del debate en esta Cámara, más de 30
enmiendas, que se mantuvieron y se presentaron en el registro
del Senado. Hoy debatimos aquí las enmiendas que el Senado ha
introducido, de carácter técnico, que mejoran el texto en la
exposición de motivos y en una parte importante de su
articulado. Pero el Grupo Federal de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya e Izquierda Unida Canaria parten de
otra filosofía. No es éste nuestro proyecto. Nosotros decíamos
que es necesario tener en cuenta la situación de Canarias y
que no se resolvía la situación de Canarias con más de lo
mismo. No se podía hacer una fotocopia ligeramente alterada de
los mismos instrumentos del régimen especial de 1972, que han
fracasado. Como decían los clásicos, desgraciados los tiempos
en los que tenemos que demostrar lo evidente, y lo evidente es
que ha fracasado, que no conduce a ninguna parte esa filosofía
política, ese régimen especial y fiscal, ese régimen de bases
económicas para sacar a Canarias de su situación. Hoy es
necesario que aportemos algunos datos sobre el evidente
deterioro económico de las islas.

En el año 1989, el producto interior bruto per cápita en
Canarias era del 99,5 por ciento de la media nacional; en el
año 1992, fue de 95,7 por ciento y actualmente tiene un
diferencial per cápita de más de 50.000 pesetas. En 1989 la
tasa de paro alcanzaba en Canarias el 21,5 por ciento de la
población activa; en el tercer trimestre de 1993 se superaba
el 23 por ciento; y en estos momentos, según los datos
oficiales, estamos rozando el 24,5 por ciento de desempleo en
las Islas Canarias. Y la inflación en el año 1993 se situó en
un 5,4 por ciento, mientras que la media nacional ascendía a
un 4,9 por ciento. Estos datos de documentación oficial de la
Comunidad Canaria, de la Administración Central del Estado y
de nuestras propias elaboraciones son muy rigurosos, extraídos
de estas estadísticas que demuestran y que ponen sobre la mesa
una radiografía del deterioro económico y social de las Islas
Canarias, situando unos estrangulamientos que esta ley no va a
resolver, como son los verdaderos cuellos de botella de la
economía canaria, el bajo nivel formativo de su población, la
fragmentación territorial en los mercados, la capacidad de
carga y la superpoblación en algunos lugares, la degradación
del medio ambiente, la escasez del suelo agrario y de agua, la
reducida dimensión, a su vez, de las explotaciones agrícolas,
la falta de protección frente a las exportaciones, el
envejecimiento de la flota pesquera, los problemas con el
caladero marroquí, la desorganización de las bases productivas
y comercializadoras y un caciquismo históricamente rentista y
pasivo.

Nosotros dijimos desde el Grupo parlamentario de Izquierda
Unida, y recogiendo una elaboración alternativa de Izquierda
Unida Canaria, que lo que se había hecho no tenía una visión
global integradora que potenciara los recursos endógenos, que
potenciara las actividades productivas para generar empleo,
que es la primera tarea que debe marcarse una legislación de
esta envergadura, que sitúa las bases para el desarrollo
económico, fiscal y financiero de las Islas Canarias.

En ese terreno, nuestra propuesta era coherente con ese
objetivo y en nuestro texto destacaban tres consideraciones
que no se ven recogidas ni en el texto final que salió votado
por esta Cámara, ni en las enmiendas que ha introducido el
Senado al texto que se le envió desde nuestro Congreso. Estas
tres ideas fundamentales, que resumo brevemente, son las
siguientes: la primera, dotar a las Islas Canarias de un
conjunto de instrumentos coherentes de política regional en
orden a crear las condiciones de generación de empleo en un
marco de un modelo de desarrollo sostenible; la segunda,
garantizar una eficaz inserción en la economía europea y
mundial a través de la transformación productiva requerida y
de la ruptura con las limitaciones impuestas por la
insularidad y la lejanía en relación con la península y con el
resto del Estado; y la tercera, potenciar los recursos
endógenos para que se incentive el desarrollo sostenible de
los sectores productivos de empleo estable, que equilibren el
excesivo peso de los servicios en la estructura económica
canaria y que aborden un desarrollo integral para Canarias,
para su población, para su gente, que no se oriente al
monocultivo específico del sector servicios, ni tampoco hacia
una salida que es acariciada por algunos sectores de las islas
y del país como la de convertir en un paraíso fiscal a
Canarias, paraíso de esos que ya conocemos que anidan en ellos
actividades criminales y mafiosas.




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Por tanto, es muy importante, de acuerdo con todas estas
tareas, con las nuevas reglamentaciones de la Comunidad
Europea, con el nuevo enfoque que hay que dar al desarrollo en
Canarias, planteando el hecho diferencial, los recursos
escasos, los problemas del agua, de su agricultura, de la
comercialización, el apoyo a la inversión. Nosotros hicimos
enmiendas con un Fondo obligatorio de inversiones. Nosotros
hicimos enmiendas muy importantes en esta línea que no se
tuvieron en cuenta. Se recogieron algunas, pero no la
filosofía de fondo de nuestro modelo, que no es un modelo para
una parte de las Islas Canarias, sino un modelo integral,
basándonos en una visión desde la izquierda, desde la
izquierda transformadora, que, por cierto, ha tenido un éxito
extraordinario en estas elecciones al Parlamento Europeo en
las Islas Canarias, y otros no podrán decir lo mismo --me
refiero a uno de los oradores que me ha precedido desde esta
tribuna--, lo que convierte a Izquierda Unida Canaria en
interlocutor importante, por la voluntad popular, para que ese
Estatuto se reforme, que es un Estatuto que debe reformarse,
lo mismo que los demás estatutos, para cerrar en España ese
modelo autonómico que nos acerque al federalismo y que no
tenga dos varas de medir.

El Ministro para las Administraciones Públicas coincidirá
conmigo en que no debe haber dos varas de medir en el sentido
de conseguir que Canarias tenga plenas competencias políticas,
de gestión, competencias exclusivas al mismo nivel que las
comunidades autónomas que asumieron la autonomía por el
artículo 151 de la Constitución. Es necesario que se acorten
los plazos, que se reforme el Estatuto, que el pueblo canario
y su Gobierno propio sienten las bases para el desarrollo
integral de las Islas, y en esa línea vamos a votar
favorablemente algunas enmiendas que corrigen el texto,
entendiendo que no es nuestro proyecto, y nos vamos a abstener
o votar en contra en dos de los apartados que el Senado
introduce y sobre los que ya en el Congreso nos opusimos a esa
filosofía. Me refiero al registro de buques, al problema de
las tripulaciones, a algunas cuestiones que entendemos que no
quedan aclaradas y que tendrán nuestra abstención o nuestro
voto negativo, según los casos, dada la cantidad de enmiendas
que se han introducido por el Senado. Repito que para
Izquierda Unida, para nuestro Grupo Federal, para Izquierda
Unida canaria lo importante es haber partido de otra
filosofía, no hacer más de lo mismo y no tener esa concepción
tan neoliberal y tan de derechas que recorre el hilo conductor
de este proyecto de ley que, desde la izquierda
transformadora, no compartimos, ni en Canarias ni en el
conjunto del Estado, para nuestro proyecto como izquierda
federal.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Romero.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Cabrera.

El señor CABRERA PEREZ-CAMACHO: Intervenimos en un turno en
contra...




El señor PRESIDENTE: Señor Cabrera, a estas alturas de la
tramitación no hay turno a favor ni turno en contra porque las
enmiendas vienen del Senado. Lo que se hace es fijar la
posición del Grupo en relación con las enmiendas. (Un señor
Diputado: ¡No se oye!)



El señor CABRERA PEREZ-CAMACHO: No tenemos ningún
inconveniente en intervenir ahora, señor Presidente, pero
creíamos que, de acuerdo con los artículos 121 y 123 del
Reglamento, nos correspondía intervenir en turno en contra.

Creíamos que eran aplicables los turnos a favor y los turnos
en contra.




El señor PRESIDENTE: Señor Cabrera, el texto que está sometido
a debate en estos momentos procede del Senado como
institución. Por tanto, es el momento de que los grupos fijen
su posición.




El señor CABRERA PEREZ-CAMACHO: Señor Presidente, señorías, el
26 de octubre del pasado año se debatió en esta Cámara la toma
en consideración de la iniciativa que hoy se convertirá en
ley. En aquel momento, Canarias puso todas sus esperanzas en
estas Cámaras legislativas esperando que de ellas saliese un
buen REF que se consolidara como la Constitución económica de
las Islas. Defendiendo aquel deseo tantas veces esperado y
tantos años solicitado, el Partido Popular reclamó una ley lo
más consensuada posible, reclamó un REF completo que se
constituyera en motor de nuestra economía, que fuese un
instrumento eficaz en la lucha contra el paro y que pudiese de
alguna manera ser considerado por todos como esa Carta
económica, como ese motor de una Comunidad Autónoma insular y
alejada como la canaria. Hoy, el sentimiento que pesa sobre
nosotros es el de desilusión, y no puede ser otro. El texto
que hoy se aprobará en nada se parece a lo que en su día
Canarias esperó y exigió por historia, derecho y sentido
común.

Tres son las críticas esenciales que debemos formular al texto
que hoy se convertirá en ley. En primer lugar, el texto
contiene medidas claramente insuficientes y totalmente
alejadas de la realidad para hacer que esa lejanía y esa
insularidad mencionadas sean definitivamente compensadas.

Estas medidas --triste es decirlo-- hubiesen tenido su pleno
apoyo constitucional en el artículo 138 de nuestra máxima Ley.

La segunda crítica se centra en la frustración que va a
implicar la regulación que se ha dado, tanto al registro de
buques, como a la zona especial canaria. Señorías, estamos
hablando de 51 artículos de los 78 que integran la Ley del
Régimen Económico y Fiscal, estamos hablando de que las dos
terceras partes de la ley van a quedar sin aplicación y van a
caer en el desuso,



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porque ya hoy, antes de nacer la ley, los futuros
destinatarios de la misma la han rechazado, y la han rechazado
expertos nacionales y extranjeros, muchos de ellos más
proclives a ustedes que a nosotros, acusando tanto a la zona
ZEC como al registro de buques de lo peor que se puede acusar
a unas instituciones económicas que todavía no han nacido, las
han acusado de que no son competitivas; y si dos tercios de la
ley van a caer en el desuso y no van a servir para nada, esta
ley, antes de su nacimiento, está condenada a la reforma. En
materia fiscal la ley contiene algunos elementos que van a ser
útiles en el tratamiento de las rentas empresariales, y ello
principalmente porque ustedes han hecho suyos, han acogido
como propios algunos frutos de nuestra cosecha. Me estoy
refiriendo a la reserva para inversiones y a la fiscalidad de
las comunidades de aguas. En cambio, no podemos estar en
absoluto de acuerdo con el trato discriminatorio que se da a
las empresas ya existentes con relación a las empresas de
nueva creación ni tampoco podemos apoyar en modo alguno el
tratamiento injusto, tremendamente injusto, que se da a las
rentas del trabajo personal, a las rentas de los asalariados,
olvidándose que son las rentas más controladas y más
castigadas por el Fisco y que son precisamente ellas las que
más han sufrido en su propia carne la desaparición práctica
del tradicional diferencial fiscal existente en Canarias.

La tercera y última de las críticas que tenemos que verter
hacia el contenido del texto se refiere a la constatación de
la imposibilidad de que este conjunto normativo que hoy se
aprueba vaya a constituir un marco estable y perdurable en lo
que se refiere a la economía y a la fiscalidad de las Islas
Canarias. Es completamente imposible que una ley, a nuestro
juicio cargada de despropósitos y que no ha conseguido
siquiera superar el requisito estatutario de la mayoría
cualificada del artículo 45 del Estatuto en un solo informe
vaya a ser considerada en Canarias como una ley estable y
duradera.

La ley ha nacido coja y viciada, la criatura, pues, no puede
ser defendida, y los padres de la criatura son el Partido
Socialista y los partidos que apoyan al Gobierno de Canarias.

De ellos es la responsabilidad de este REF, no nuestra, no es
nuestra responsabilidad, la nuestra va a ser modificar esta
ley desde el mismo momento en que alcancemos responsabilidades
de Gobierno. Creo que el Partido Socialista ha perdido una
oportunidad histórica para Canarias y la ha perdido porque ha
querido, porque desde el principio nosotros ofrecimos consenso
y negociación, y ambas fueron rechazadas desde el inicio de la
tramitación. Señorías, el Partido Popular fue la fuerza más
votada en Canarias el 6 de junio de 1993, y en las pasadas
elecciones del 12 de junio, no ganamos, barrimos. El Partido
Socialista, en cambio, ha preferido intentar pactar una ley
clave para el Archipiélago con la tercera fuerza política, con
la fuerza política menos votada de las tres. Demuestra
claramente una clarividencia política y una perspectiva de
futuro fuera de lo común para, encima, quedar en evidencia, ya
que a última hora el Partido a que me refiero lo ha dejado
compuesto y sin novia.

Señorías, termino ya, simplemente lamentando que son una
lástima esta estrategia y el error cometido. Sentimos de todo
corazón que el Partido Socialista haya demostrado durante la
tramitación de esta ley la misma arrogancia que le ha
caracterizado en los últimos doce años, cuando debía recordar
que ya el electorado le ha retirado los votos necesarios para
sostener dicha arrogancia. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cabrera.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Martinón.




El señor MARTINON CEJAS: Señor Presidente, señoras Diputadas,
señores Diputados, con este acto de ahora finaliza la
discusión parlamentaria de la Ley del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias. Quiero recordar que ésta fue una ley cuyo
origen, cuya iniciativa parlamentaria corresponde al
Parlamento de Canarias, sin acuerdo, fue una ley que entró en
esta Cámara con el exclusivo acuerdo de una fuerza política
que, como ha recordado el representante del Partido Popular,
en las últimas elecciones y de forma sistemática queda como la
tercera fuerza regional, pero no es menos cierto que es la
fuerza política que sustenta al Gobierno de Canarias, que le
apoya, en una palabra, que tiene la responsabilidad del
Gobierno de la región.

En este trámite parlamentario vamos a aprobar las enmiendas
que presenta el Senado. Quisiéramos destacar, de las muchas
enmiendas aprobadas por el Senado, cinco asuntos que, a
nuestro juicio, son fundamentales. Uno, el fomento del empleo,
exigiéndose en la ley la coordinación entre el Gobierno de
Canarias y el Gobierno de la nación de sus esfuerzos y
recursos. Un segundo aspecto es el referido a la reutilización
del agua, considerándose la obligatoriedad y necesidad de la
moderación de los precios, siendo considerada la reutilización
de las aguas como un factor positivo a la hora de enjuiciar
los proyectos que pretenden beneficiarse de los incentivos
económicos regionales. En tercer lugar, la consideración del
Archipiélago canario como región ultraperiférica. Se recoge la
característica regional de esa forma y se mandata al Gobierno
para que negocie y gestione ante las instituciones
comunitarias un estatuto permanente derivado de esa condición
de región ultraperiférica de Canarias. En cuarto lugar, se
mejora el atractivo del segundo registro de buques, del
registro especial de buques y empresas marítimas. Por último,
a la pesca de altura se le confiere el carácter



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de sector exportador a efectos de los beneficios fiscales de
que va a gozar el resto de los sectores exportadores.

Finaliza así, por lo tanto, la tramitación de una ley que
entra en esta Cámara con muy poco consenso y sale de esta
Cámara con un consenso sensiblemente superior. El consenso
principal se ha producido con el Gobierno de Canarias porque
ése era el esquema que, a nuestro juicio, parecía más correcto
y más exacto, un acuerdo entre el Gobierno de Canarias y el
Gobierno de la nación, pero dentro de ese acuerdo se han
incorporado posiciones defendidas por Izquierda Unida,
posiciones defendidas por el Partido Popular, en una palabra,
se ha hecho un esfuerzo para que ésta sea una ley no del
Partido Socialista sino de todos los canarios, de todas las
fuerzas representadas en esta Cámara, porque debe ser una ley
para todos.

La ley tiene tres grandes apartados. Uno, es el referido a la
zona especial, que algunos consideran insuficiente, pero no es
lo más importante de la ley sin ninguna duda. Otro, se refiere
al segundo registro de buques, que no es un tema estrictamente
canario ni prioritariamente canario, que algunos consideran
insuficiente, pero no es lo más importante de la ley. Por el
contrario, lo más importante de la ley es el conjunto de
medidas que pretenden potenciar, facilitar, el desarrollo
económico y social del Archipiélago, como se dice en el
preámbulo, para los últimos años de este siglo y los primeros
del siglo que viene.

Todos parece que coincidimos en considerar que ésta es una
buena ley y que va a depender de los propios canarios, de las
propias instituciones canarias que ésta sea una ley efectiva,
que éste sea un instrumento útil para lograr ese desarrollo
económico y social del Archipiélago. Corresponderá en primer
lugar al Gobierno de Canarias, si logra superar la continua
posición de debilidad en la que se encuentra, intentar
explicar a los sectores económicos que pueden acercarse a
Canarias que ésta es una ley útil, un instrumento útil para
hacer inversiones en Canarias, para producir en Canarias. Los
institutos de proyección económica sitúan al Archipiélago
canario entre las zonas con mayor dinamismo para estos
próximos años. Por tanto, va a depender fundamentalmente de
los propios canarios que se aprovechen esas condiciones, esas
buenas perspectivas de desarrollo económico. En consecuencia,
a quienes se empeñan en seguir insistiendo en que Canarias es
un problema de Estado les respondemos que posiblemente lo sea,
pero que, principalmente, Canarias continúa siendo un problema
de los propios canarios. Que los canarios se tomen en serio a
Canarias, que quienes hoy tienen la responsabilidad de
gobernar el Archipiélago se lo tomen más en serio.

Señorías, en la tramitación de esta ley los socialistas hemos
pensado en los que no tienen trabajo en el Archipiélago, en
las mujeres y hombres que no han encontrado empleo, en los
jóvenes y mayores que no han encontrado empleo; en los que lo
tienen, para que no vean en peligro ese empleo; en los
pequeños empresarios que crean empleo y que no siempre logran
que las cúpulas empresariales defiendan adecuadamente sus
intereses. Especialmente, los socialistas hemos pensado en la
dignidad de nuestro pueblo, en la dignidad del pueblo canario
a la hora de tramitar esta ley. La Canarias que los
socialistas queremos, la idea que los socialistas tenemos de
Canarias es la de una región que no pide limosna ni
privilegios, sólo justicia, sólo un trato ajustado a nuestra
singularidad como región ultraperiférica, con dignidad, sin
lamentos y sin lloros. No queremos una región insensible con
los problemas de otras regiones españolas que piden para sí;
pero que no son capaces de mirar a los demás.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martinón.

Vamos a proceder a la votación. (El señor Mauricio Rodríguez
pide la palabra.) Tiene la palabra el señor Mauricio.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: Señor Presidente, pedimos
votación separada de las enmiendas relativas a los artículos
73, 75 y 76, todas ellas referidas al mismo tema, el registro
especial de buques y empresas marítimas.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mauricio. (El señor Romero
Ruiz pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor Romero.




El señor ROMERO RUIZ: Señor Presidente, coincido con la
petición del Grupo de Coalición Canaria de separación de las
tres enmiendas referidas al registro de buques.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Romero. (La señora De
Palacio del Valle-Lersundi pide la palabra.)
Tiene la palabra la señora De Palacio.




La señora DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI: Señor Presidente, el
Grupo Popular solicita votación separada de las enmiendas al
artículo 26, a las disposiciones adicionales tercera, séptima
y décima, y a la disposición transitoria sexta, que pueden
votarse conjuntamente.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado a los artículos 73,
75 y 76. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 158; en contra, 133; abstenciones, 15.




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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Enmiendas al artículo 26, a las disposiciones adicionales
tercera, séptima y décima, y a la disposición transitoria
sexta.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 305.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Restantes enmiendas del Senado.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 180; en contra, 126.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY ORGANICA POR LA QUE SE REFORMA LA LEY
ORGANICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL (Número de
expediente 121/000031)



El señor PRESIDENTE: Punto octavo del orden del día:
Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas.

Dictamen relativo al proyecto de Ley Orgánica por la que se
reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Antes de iniciar el debate correspondiente a este proyecto de
ley, que tiene el carácter de Ley Orgánica, comunico al Pleno
que la votación de conjunto correspondiente al carácter
orgánico tendrá lugar a la una de la tarde o en el momento
posterior en que el debate en curso lo permita.

Enmiendas del Grupo Popular.

Tiene la palabra el señor Padilla. (El señor Vicepresidente,
Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor PADILLA CARBALLADA: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, el Grupo Popular, en cuyo nombre
intervengo para la defensa de las enmiendas presentadas por el
mismo al proyecto de ley que modifica la Orgánica del Poder
Judicial, no va a poder apoyar este proyecto ni, por tanto,
votar afirmativamente el dictamen, y no porque no hayamos
hecho un esfuerzo importante, que lo hemos hecho, conscientes
como somos de la importancia de este texto jurídico, que
afecta, como es obvio a elementos esenciales que atañen al
ejercicio de la potestad jurisdiccional en la que se concreta
aquello que la Constitución denomina Poder Judicial. Hemos
presentado a este proyecto de ley 122 enmiendas y, además,
formulamos en su momento una enmienda de totalidad con texto
alternativo; efectivamente, con texto alternativo, señoras y
señores Diputados, porque el Grupo Popular tiene, como ha
quedado patente en el curso de la discusión parlamentaria en
el trámite en Comisión de este proyecto, una concepción
completamente distinta de lo que de alguna manera se traza y
se establece en este proyecto de ley que nos remite el
Gobierno.

Fundamentalmente no podemos tampoco apoyar este proyecto
porque ni se ha intentado, señor Ministro de Justicia, ni se
ha hecho esfuerzo alguno por llegar a un acuerdo sobre
aspectos fundamentales del proyecto, de tal suerte que en
palabras quedan sólo las manifestaciones anunciadas por el
señor Ministro y por el Grupo Parlamentario que le apoya sobre
aquello que usted denominaba pacto de Estado. Un pacto de
Estado sobre un tema tan fundamental como éste, como yo le
decía al principio, que afecta al ejercicio de la potestad
jurisdiccional, señor Ministro de Justicia e Interior, se
tiene que establecer con un intento serio y un esfuerzo
verdadero de llegar a un acuerdo para que el texto que resulte
sea el texto en el que coincidan, en la mayor proporción
posible, sobre todo las fuerzas políticas fundamentales de
esta Cámara, aquellas que tienen una mayor representación
política y una mayor representación popular, y, en este caso
concreto, he de decirle que desde luego nosotros no hemos
apreciado ningún esfuerzo, ya se lo digo, ni ningún intento
serio más allá de las palabras para llegar a este acuerdo
parlamentario que hubiera cristalizado efectivamente en un
texto nacido para regular ese Poder fundamental del Estado.

Además, porque en lo fundamental que contiene --y lo sabe
usted muy bien-- lo único que hace es traducir a norma
jurídica con rango de ley muchas medidas ya experimentadas y
con un resultado concreto en su aplicación. Cuando se
experimentan unas medidas a lo largo de años y no producen el
efecto deseado, yo no encuentro otra palabra para denominar a
esas medidas que la de fracaso. De tal manera que mi Grupo
entiende que muchas de las medidas, sobre todo aquellas
enderezadas a combatir, a parliar el atasco judicial y que
aquí se denominan de apoyo judicial, son medidas
contrastadamente fracasadas, por lo que no entendemos más que
como fundamento para traerlas en un texto político un deseo de
engañar al pueblo español, de engañar a la opinión pública y
de hacer creer que efectivamente se aportan soluciones para
conseguir que esa realidad funcione, que, sin duda, acongoja a
tantos ciudadanos, que es la justicia.

El texto comienza con una afirmación sorprendente en su
exposición de motivos al decir que desde 1985 hasta 1993, que
es cuando vino a esta Cámara este proyecto de ley, había
transcurrido un largo tiempo. Esto es dar a la ley y a su
eficacia una enorme fugacidad en el tiempo. Lo que realmente
hay que reconocer --que



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no se reconoce, pero que debiera reconocerse-- es que el texto
de la Ley Orgánica de 1985 era malo en el momento en que se
aprobó y ha resultado peor en su aplicación durante estos
años.

Nosotros habíamos coincidido reiteradamente --y fíjese si
tenemos coincidencias, señor Ministro-- en la necesidad de que
el Consejo General del Poder Judicial recuperara las
competencias necesarias para el ejercicio de aquellas
atribuciones esenciales que se recogen en la Constitución.

Pero en trance de hablar de esto, he de decirle que, como ha
quedado puesto de relieve incluso en el debate de Comisión y
en nuestras enmiendas, hemos querido perfeccionar aquella
parte del proyecto enderezada a esos fines, fundamentalmente
en lo que concierne a la titularidad de potestad reglamentaria
por el Consejo General del Poder Judicial y a las potestades
de selección. Nosotros realmente creemos en el Consejo General
del Poder Judicial. Y, como creemos, incluso estamos
dispuestos a atenernos a lo que ya exponía el legislador en la
Ley de 1985, recordando el carácter de lo que es el Consejo
General del Poder Judicial. Como decía Su Majestad el Rey con
ocasión de la constitución del primer Consejo, después de la
promulgación de aquella ley orgánica provisional reguladora
del mismo, con su constitución se cerraba el esquema
constitucional de la norma fundamental de 1978. Ustedes,
rompiendo el pacto de Estado sobre la justicia, rompiendo el
acuerdo que debe concurrir a la regulación de un poder
fundamental del Estado, apoyaron aquella Ley de 1985 con la
arrogancia de su mayoría absoluta.

Decían entonces que este gobierno del Poder Judicial tenía que
tener aquellas funciones esenciales previstas en la
Constitución, entre las cuales naturalmente está la auténtica
tarea de gobierno que proporcione la independencia. Nosotros,
esperamos siempre, naturalmente, que ustedes reflexionen y que
abran un diálogo en relación con este punto. Desde luego, ese
diálogo, señor Ministro, señoras y señores Diputados, no se
puede producir con la mentalidad política que subyace en la
afirmación que obra en el «Diario de Sesiones» de esta Cámara,
justamente del debate en Comisión, en el que el portavoz de su
Grupo, señor Barrero, nos decía: Todos entendemos la obsesión
que S.S. --y se refería al que tiene el honor de hablarles-- y
aquellos grupos que sirven de aval a sus ideas tienen por la
autonomía del Consejo General del Poder Judicial, en el
sentido más pleno. Y añadía: Autonomía total para el Consejo
General del Poder Judicial, no, porque no es posible que quien
no tiene el mérito de la elección popular tenga, sin embargo,
la posibilidad frente al pueblo de erigirse incluso con
competencias para los propios presupuestos que después el
pueblo tiene que aprobar sin ninguna posibilidad de
fiscalización por parte del mismo. Naturalmente, con esa
mentalidad asamblearia en la que no subyace ninguna creencia o
confianza en el modelo constitucional de 1978 respecto del
gobierno de la justicia, comprenderán ustedes que nosotros no
estemos por ningún tipo de pacto ni de acuerdo, porque
nosotros, en ese modelo que anunciaba el Grupo que le apoya,
señor Ministro, desde luego no creemos.

En cuanto al acceso a la carrera judicial lo que nosotros
queremos es que se respete la Constitución. La Constitución,
naturalmente, habla de un modelo de carrera judicial. Y todo
lo demás son circunstancias excepcionales que tienen que ser
reguladas, establecidas y enjuiciadas desde lo que debe ser la
limitación propia de una situación de excepcionalidad. Si
consideramos que el modelo fundamental es el de una carrera
administrativa --que eso es lo que resulta de la Constitución-
-, también participamos de la necesidad de que se enriquezca
el elenco de personas que se incorporan a la carrera judicial
por otros conductos de acceso. Naturalmente hemos apoyado --y
aquí públicamente lo decimos-- los turnos de acceso distintos
de aquél de rigurosa oposición. Lo que entendemos, afirmamos y
seguiremos afirmando, es que el turno ordinario --que así se
llama-- es el turno de oposición y que todo lo demás es un
complemento. Entendemos --y aquí termino porque en mi
intervención en la Comisión quedó perfectamente clara nuestra
postura-- que en seis años, señor Ministro, no se forma ningún
jurista. Usted y yo lo sabemos y lo saben todos los que se
dedican a la vida de Derecho en esta Cámara, en seis años no
se forma ningún jurista. Lo que no nos parece razonable es que
la opción sea, en algún caso --y nos basta que haya algún
caso--, que alguien esté seis años para superar unas pruebas
de acceso a la carrera judicial y para ser juez, mientras que
otra persona esté seis años sin hacer nada, eventualmente
acumulando ciertos certificados que no sabemos exactamente qué
pueden ser, acaso, todo lo más, haciendo el doctorado en una
determinada disciplina jurídica en vez de haber estado esos
seis años preparando las oposiciones, y después nos diga que
ha decidido que quiere ser juez, que no quiere hacer las
oposiciones y que hay que incorporarlo por esa vía a la
carrera judicial.

Dentro de lo que son las medidas de apoyo --y en ese sentido
van nuestras enmiendas, señor Ministro, señoras y señores
Diputados-- nosotros disentimos de muchas cosas. Disentimos,
sobre todo, de una justicia mayoritariamente interina,
provisional, a la que le falta el elemento de fijeza en el
titular del órgano jurisdiccional, que el Tribunal
Constitucional ha puesto reiteradamente de manifiesto como
elemento esencial e indispensable del ejercicio de la
jurisdicción. Además, es curioso porque la sentencia la
conocen, señor Ministro, porque la citan ustedes en la propia
exposición de motivos del proyecto de ley. Cuando se conocen
los elementos nucleares de lo que es el ejercicio de la
función



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jurisdiccional y quien debe de ejercerla, luego se ha de ser
consecuente en quién y cómo debe ejercerla.

Sin embargo, el colmo --y ahí no hemos estado solos, el Grupo
de Coalición Canaria también ha presentado una enmienda sobre
el particular-- es esa figura del juez adjunto, que parece que
es una panacea que a usted y a algunas personas que con usted
han estado estos años en lo que denomina política judicial,
tanto le agrada. Lo que es evidente es que el juez necesita
también una cierta investidura. Nosotros quisiéramos saber qué
investidura tiene un señor que es un funcionario en prácticas.

Consideramos que el ejercicio de la función jurisdiccional
propiamente dicha, con o sin acuerdo del Consejo General del
Poder Judicial, por esos determinados funcionarios en
prácticas, puede estar en las lindes de la
inconstitucionalidad. Reflexionaremos sobre ese tema y
esperamos que ustedes reflexionen también, porque oportunidad
tienen todavía, en el trámite parlamentario de este proyecto
en el Senado.

En cuanto a la reforma de la jurisdicción disciplinaria,
naturalmente, hay puntos de acuerdo y puntos de desacuerdo.

Muchas enmiendas hemos formulado que, a nuestro juicio --por
eso las hicimos--, mejoraban el texto, y confiamos en que
todavía ustedes recojan --algo se ha recogido pero muy poco--
el contenido de alguna de esas enmiendas.

Nos interesa destacar que, de alguna manera, el Gobierno a
través de este proyecto, en su presentación a la opinión
pública y en su difusión, ha transmitido una cierta idea de
control --no sabemos cuál-- de jueces y magistrados en el
único ejercicio que tienen, que es el ejercicio de la
jurisdicción. Señor Ministro, usted y yo sabemos que
probablemente ése era uno de los talones de Aquiles de la Ley
de 1985, y usted y yo conocemos perfectamente las muchas
carencias que aquel texto tenía. Pero usted y yo sabemos que
si ha mejorado la regulación de la jurisdicción disciplinaria,
también ha empeorado en alguna medida.

Desde luego, nosotros creemos que las prisas o las urgencias
en justificar una actividad política no conducen a un
resultado positivo, actividad que, por cierto, ha sido
bastante escasa, porque lleva usted un año sentado ahí y no
nos ha mandado más que dos proyectos de ley: el proyecto de
ley al que nos estamos refiriendo y el proyecto de ley del
Jurado, y ninguno de ellos va a paliar los graves problemas de
la justicia española; ninguno de ellos, ni éste del que
estamos hablando, ni el proyecto de ley del Jurado. Parece que
hubo algunas prisas. A nosotros nos parece un poco precipitado
y falto de reflexión el hecho de que se haya eliminado la
jurisdicción disciplinaria intraprocesal, porque esos
determinados actos o actuaciones de los jueces y magistrados
que están en esas categorías que podrían denominarse actos
parajurisdiccionales, o sea, actos que no son jurisdiccionales
pero que en algún caso pueden tener remedio o merecer
corrección por parte del superior interno, del superior
jurisdiccional, no pueden entenderse subsumidos en los nuevos
tipos que se recogen en el proyecto que traen a esta Cámara.

Podríamos hacer más referencias, señor Ministro. Nosotros
damos por defendidas nuestras enmiendas dejando constancia de
nuestra voluntad persistente de que, efectivamente, se hagan
los esfuerzos necesarios para llegar a una reforma de la
justicia que proporcione la realidad a su fin esencial. Repito
que --se lo digo con la mayor cortesía, en la creencia de que
usted va a coger el sentido o la finalidad con que se lo
transmito-- tiene usted que coincidir con nosotros en que
ninguno de estos textos jurídicos va a aliviar o remediar los
grandes problemas de la justicia española. Eran importantes,
eran necesarios, entendemos que este proyecto es insuficiente;
recoge no sabemos qué tipo de cautelas, porque si ustedes
confían, como confían, en un Consejo elegido por las Cámaras,
por el apoyo popular, no entendemos por qué después son
ustedes tan pacatos en la atribución de algunas competencias.

Tampoco entendemos por qué no han acogido algunas de nuestras
enmiendas en las que propiciábamos que el Consejo adoptara sus
decisiones con un mayor apoyo en su seno, con una mayor
mayoría --valga la redundancia-- que asegurara el acierto en
la toma de decisiones si tan peligroso es el ejercicio de esas
potestades por ese órgano constitucional, como nos anunciaba
el señor Barrero.

En definitiva, lo más importante es que --nos felicitamos de
eso-- se le devuelven algunas de esas competencias esenciales,
se le rodea al Consejo de alguno
de los instrumentos, no de todos --algunos hemos pedido--,
para el cumplimiento de sus funciones, y esperemos que todo
ello contribuya de alguna manera a la mejora de la justicia.

Termino con las palabras de un gran jurista uruguayo que allí
tiene una enorme autoridad en todo lo que puedan suponer los
derechos de los justiciables y el contenido mismo de la
justicia. Me estoy refiriendo a Eduardo Couture, que decía que
la lentitud de los procesos es, sin duda, la más acusada
deficiencia de la actividad jurisdiccional, y que en el
procedimiento el tiempo es algo más que oro: es justicia;
quien dispone de él tiene en su mano las cartas del triunfo;
quien no puede esperar se sabe de antemano derrotado.

Nosotros queremos una justicia eficaz y rápida que satisfaga
las pretensiones de los españoles. Las palabras y la demagogia
evidentemente las dejamos para otros. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Padilla. Para la defensa de las enmiendas del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra la señora Aguilar.




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La señora AGUILAR RIVERO: Gracias, señor Presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya quiere decir, en relación con el
proyecto de ley orgánica por la que se reforma la Ley Orgánica
del Poder Judicial, lo que inicialmente manifestamos en el
debate de totalidad, con motivo de la enmienda que presentó el
Grupo Popular y en el que se abordaba la reforma: Que el
objetivo era mejorar el proyecto que el Gobierno había
presentado a través de las enmiendas que presentaría en el
trámite correspondiente nuestro Grupo Parlamentario. Hoy hemos
de decir que nuestro objetivo ha sido cumplido y alcanzado,
toda vez que si bien es cierto que éste no es el proyecto que
nosotros hubiésemos hecho en su totalidad, no es menos cierto
que hemos conseguido, con las enmiendas presentadas y con la
voluntad de diálogo que ha mostrado el Grupo Socialista,
mejorarlo en cuestiones esenciales. De eso es de lo que
inicialmente se trataba: de mejorar un proyecto que
calificamos de certero pero que considerábamos que se podía
abundar en algunas de las cuestiones que abordaba, aún más, a
través de esas enmiendas, formuladas por nuestro Grupo
Parlamentario, y que han sido casi en su totalidad
incorporadas, bien en el trámite de Ponencia o en el trámite
de Comisión, a través del diálogo necesario y del
reconcimiento de que las enmiendas del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya eran
oportunas, se habían presentado con rigor y, en términos
generales, mejoraban el texto en sus cuestiones esenciales. En
nuestras enmiendas hemos incidido en elementos que nos
parecían fundamentales de esta reforma, como han sido la
selección de jueces y magistrados, el régimen disciplinario,
la nulidad de actos judiciales y el desarrollo necesario de la
Constitución en su artículo 53.2, relativo al amparo judicial
y constitucional y todo lo concerniente a los miembros de los
órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial. Estas
eran, desde nuestro punto de vista, las cuestiones esenciales
que planteaban esta reforma. En cuanto al resto de las
cuestiones consideramos que estaban oportunamente tratadas en
la propia reforma que nos presentaba el Gobierno en el
proyecto de ley y, por consiguiente, han sido estos bloques
los que han tenido la mayor atención en las enmiendas
presentadas por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya. En ese sentido, nosotros
queremos hacer un último gesto de buena voluntad --uno más--
de los que ya hemos hecho a lo largo del trámite de este
proyecto, retirando dos de nuestras enmiendas que han sido
aceptadas, pero que están implícitas y que, por consiguiente,
no ha lugar a mantenerlas. Me refiero a las números 40 y 45 al
artículo primero.once y al artículo sexto. cuatro. Anuncio que
en este debate de Pleno vamos a mantener dos de las enmiendas:
las números 33 y 52. La enmienda número 33 es al artículo
primero.dos, cuyo texto propone que se reserve una cuarta
parte de las plazas, mientras que desde el inicio del debate
del proyecto nosotros solicitamos que la reserva sea sólo y
exclusivamente de una tercera parte de las plazas, porque,
desde nuestro punto de vista, los problemas que plantea lo que
se llama «el tercer turno» no derivan del número de plazas
ofertadas y no cubiertas casi en ninguna convocatoria, sino
del tipo de concurso que da lugar a que se haya convertido, de
hecho, en una vía de acceso de funcionarios. Una vez que se ha
modificado, precisamente en el mismo proyecto que debatimos,
el sistema de accesos y se ha introducido el concurso-
oposición en lugar del concurso puro de méritos, no hay
razones ya para limitar el número de plazas y reducirlo de una
tercera a una cuarta parte. Creemos que hay que mantener ese
tercio de reserva del número de plazas y, por consiguiente,
mantenemos esa enmienda en la idea de que el Grupo del
Gobierno haga un último esfuerzo para admitir algo que
consideramos fundamental después de haberse modificado el
concurso no ya de méritos, sino el concurso-oposición. Hay una
segunda enmienda que mantenemos, la número 52, que incide
directamente en la disposición transitoria sexta. Creemos que
hay que suprimirla o, cuando menos, hacer un esfuerzo por
redactar adecuadamente. Es verdad que hay que garantizar que
los miembros de los órganos técnicos del Consejo General del
Poder Judicial no se vean perjudicados en sus derechos por
salir de cualquier ámbito de la Administración de Justicia y
pasar a técnico del Consejo General del Poder Judicial. Pero
no es menos cierto que no se le puede dar una regulación de
privilegio, que es precisamente lo que consagra el texto que
se ofrece a este Pleno del Parlamento. No se deben generar
esos privilegios. Hay que buscar una fórmula mucho más
ecuánime y equitativa que permita que no se perjudique a
aquellos que realicen sus trabajos en los órganos técnicos del
Consejo General del Poder Judicial, pero la redacción de la
disposición transitoria sexta no debiera quedar como está
porque sí genera privilegios concretos para esos técnicos.

Nosotros mantenemos una posición de equilibrio al solicitar
que no se perjudique a aquellos que vayan a los órganos
técnicos del Consejo General del Poder Judicial, pero, por
otra parte, que no se generen privilegios para que no se dé la
oportunidad --y se ve claramente en las enmiendas de otros
grupos parlamentarios-- de querer introducir en esos
privilegios más grupos del ámbito de la Administración de
Justicia y, al final, acabemos, a través de un proyecto de
ley, consagrando privilegios para distintos grupos, ya que no
es ése ni mucho menos, el objetivo. El Grupo Parlamentario
Socialista debiera hacer un esfuerzo para lograr una redacción
mucho más ecuánime, que tuviera como



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objetivo que, al final, nadie pensara que a través de esta
disposición transitoria sexta se está haciendo un traje a
medida de nadie o que se están generando de manera consciente
privilegios para un grupo determinado.

Nosotros habíamos solicitado la supresión de la disposición
transitoria sexta, porque creíamos sinceramente que la
redacción actual genera una serie de privilegios. No pensamos
que la mejor fórmula sea en el proyecto de ley que hoy
discutimos en este Pleno, pero estamos abiertos a la
posibilidad de seguir dialogando para que, finalmente, esta
disposición transitoria sexta tenga una redacción equilibrada
donde no se perjudique a nadie por el mero hecho de ser
funcionario destinado a un órgano técnico del Consejo General
del Poder Judicial, pero que tampoco sea un privilegio para
ningún grupo de la Administración de Justicia.

Estas son las dos enmiendas que mantenemos, después de ese
último gesto en este Pleno del Parlamento, en un intento de
llegar a un acuerdo total en el proyecto de ley que se nos
presenta para su aprobación, con el objetivo de seguir la
actitud que hemos mantenido durante todo el trámite de este
proyecto: una actitud positiva y constructiva de enmiendas
sobre lo esencial, para mejorar el texto en lo fundamental.

Hay que decir que ha tenido una receptividad por parte del
Grupo mayoritario, y podemos concluir que el proyecto ya ha
sido sensiblemente mejorado.

Quizás lleguemos a la conclusión de que ésta es la fórmula de
actuar en el ámbito parlamentario para abrir las puertas de
verdad a una política de progreso que se materialice no sólo
en el Ministerio de Justicia e Interior, sino en otros ámbitos
parlamentarios que son absolutamente imprescindibles y
necesarios. Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya no sólo
quiere, sino que sabe dialogar. Se ha demostrado a lo largo de
todo el trámite de este proyecto de ley que hemos podido
concluir con sensibles mejoras, marcando una nueva pauta de lo
que debe ser el proyecto de Ley Orgánica del Consejo General
del Poder Judicial. Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señora
Aguilar. Para la defensa de las enmiendas del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Olarte.




El señor OLARTE CULLEN: Señor Presidente, señorías, en
términos generales estamos satisfechos de la evolución que ha
ido manteniendo toda esta cuestión de la reforma parcial de la
Ley Orgánica del Poder Judicial, del diálogo que hemos
encontrado en el señor Ministro desde el mismo momento en que
se estaba elaborando esta reforma, y del diálogo y el
entendimiento que hemos apreciado de manera verdaderamente
positiva --lo que no obsta para que mantengamos aún algunas
enmiendas-- durante la tramitación en Comisión.

Es lógico que cada uno hable de la feria según le va y que
haya otros grupos políticos que puedan sentirse insatisfechos,
si bien hay que hacer un análisis, un examen de conciencia
cada cual y ver si se pusieron los medios por cada uno para
conseguir el resultado en mayor medida exitoso.

Nosotros también hemos actuado con un espíritu realmente
constructivo y hemos conseguido por ello que casi una veintena
de nuestras enmiendas, de manera total o parcial, en su
literalidad casi y en otras ocasiones en su espíritu, se hayan
incorporado al texto. Esperamos que superada esta etapa que
singularmente ha tenido que ser bien difícil para el Partido
Socialista, habida cuenta de que durante la tramitación de las
enmiendas nos encontramos precisamente en la fase preelectoral
de las elecciones europeas, cuando no podían extremar al cien
por ciento su sensibilidad en todos los temas porque las veían
venir, lo cual distraía mucho la atención del personal, ahora
en el Senado se puedan, con mayor sosiego, establecer algunas
correcciones que multipliquen por varios enteros nuestra
satisfacción actual.

Hay algunas enmiendas nuestras que progresaron y a las cuales
les dábamos una importancia notable, por ejemplo, la pérdida
de la carrera --hablando vulgarmente-- para aquel juez que
cometa un hecho constitutivo de delito doloso, con
abastracción de que la pena que se le imponga sea superior o
inferior a los seis meses de privación de libertad. Hemos
establecido también la necesidad de que la rehabilitación, de
acuerdo con lo establecido en el Código Penal, se produzca
antes de que el Consejo General del Poder Judicial pueda
rehabilitarlo específicamente. Había que eliminar del catálogo
de las sanciones el traslado forzoso, que mantuvimos aquí en
nuestra intervención con motivo de la enmienda a la totalidad,
por el prestigio de la Administración de Justicia y por el
ciudadano mismo que soportaba un juez que a la luz de la
opinión pública estaba sancionado en su partido judicial.

También está el famoso tema de la nulidad de actuaciones, que
quiso corregirse en este proyecto y que sin embargo, se ha
descartado tal corrección volviendo a un sistema primitivo que
creemos que es el más acertado.

Subsisten, en cuanto a la defensa de nuestras enmiendas, señor
Presidente, las números, 84, 89, 92, 94, 113, 123, 128, 130,
132, 136, 137, 140 y de la 141 a la 144, ambas inclusive.

Consciente de que no progresarán en esta fase procedimental,
obviamente continuaremos con ellas en el Senado.

Hemos conseguido avances importantes en lo atinente al
secretariado de la Administración de Justicia, en tanto en
cuanto tratábamos de compatibilizar reivindicaciones



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relativas a la dignificación del cuerpo, al reconocimiento de
la labor y la importancia del mismo, incluso por razones de
utilidad en beneficio de la Administración de Justicia.

Mantenemos nuestra enmienda número 92, que parece es
compartida por otra fuerza política, Convergència i Unió, con
la 148, en cuanto al acceso de los especialistas.

Las enmiendas 128 y 130, como antes decíamos, tratan
simplemente de la responsabilidad y la competencia que tiene
que asumir el secretariado en cuanto a la coordinación de los
materiales que se asignan al servicio de la potestad
jurisdiccional, y a esa oficina judicial que un tanto
tenuamente parece que se quiere establecer, si bien
comprendemos que no sea este el momento, pero alguno tiene que
existir y tiene que ser pronto.

Hemos establecido también en la enmienda 140 la necesidad de
que los secretarios judiciales estén sujetos a las
incapacidades, incompatibilidades, prohibiciones, situaciones
y jubilación establecidos en esta ley para los jueces y
magistrados, precisamente porque forman parte del órgano
jurisdiccional y porque, en definitiva, la edad de jubilación
debe ser la misma. Ojalá se confirme la idea existente de que
en un futuro próximo es posible, si bien estamos seguros del
escaso éxito que en este momento va a tener esta enmienda; no
obstante, por muchas razones, nos vemos obligados, a
defenderla.

Por lo que respecta a las comunidades autónomas y al papel que
las mismas deben jugar y creemos que tal como ha salido el
texto de la comisión no juegan en su cabal dimensión, tenemos
que referirnos a la enmienda 84 según la cual en las pruebas
para el cuarto turno se deben fijar las vacantes a cubrir en
cada comunidad autónoma y oyendo a éstas en las pruebas
selectivas se incorporarán cuestiones o temas que demuestren
el conocimiento del candidato en las materias propias del
ordenamiento autonómico y, en su caso, de la lengua española
que sea oficial junto al castellano; pero, obviamente,
haciendo una referencia que creemos importante, al
conocimiento del ordenamiento autonómico, estableciendo la
necesidad de que los candidatos que obtuvieran plaza por esta
vía no puedan concursar fuera de la comunidad autónoma en los
cinco años siguientes a la toma de posesión. Esto debe hacerse
efectivo y, de manera muy especial, el conocimiento por los
candidatos del derecho de cada comunidad autónoma.

Establecemos en la enmienda número 94, al igual que en la
anterior, la necesidad de hacer efectivo el conocimiento del
hecho autonómico, proponiendo un apartado g), de adición, en
virtud del cual, además de los títulos, certificados,
publicaciones, ponencias, dictámenes y documentos similares,
tienen que incorporarse los documentos que demuestren el
conocimiento del ordenamiento autonómico en su caso; todo ello
para mejorar el punto trece del artículo 1.º del proyecto.

Creemos importante, asimismo, el progreso de la enmienda 141,
según la cual tratamos de suprimir una expresión, simplemente
la palabra «autónoma», para evitar que la competencia para el
recurso de revisión radique en unas comunidades y en otras no
como consecuencia de que tengan prevista esa posibilidad en
sus respectivos estatutos de autonomía. Esto es algo que viene
limitando la posibilidad del acceso a la revisión en los casos
que el estatuto de autonomía no lo establezca. El propio
Tribunal Supremo ha sido laxo, excesivamente laxo, para
posibilitar ese acceso y es una de las cuestiones importantes
en las cuales creemos que se debe poner la mayor atención en
este trámite, si fuera posible, y si no, desde luego, en un
trámite ulterior. En algunas comunidades no podemos esperar a
que se reforme el Estatuto porque no sabemos cuándo se va a
reformar y, por tanto, se está imposibilitando el acceso a la
revisión.

Por lo que respecta a la famosa teoría del juez adjunto, que
sabemos ha sido uno de los caballos de batalla del actual
ministro, tratamos de establecer una modificación de notable
importancia para colocar en su sitio, en su ubicación
competencial, al juez adjunto. Es una figura que ya «a priori»
produce una serie de recelos, como uno de los intervinientes
anteriores expresaba, recelos que nosotros compartimos.

Asimismo, en orden a la actividad, a la competencia que puede
realizar, la necesidad de sustituir el vocablo «proyecto de
resolución», que plantea problemas a la hora de posibles
cofusiones con las propuestas de resolución que la ley
orgánica en vigor estableció como competencia y posibilidad de
los fedatarios y de lo cual deriva fundamentalmente nuestra
preocupación.

Nosotros mantenemos también, señor Presidente --antes ya lo
habíamos expresado así--, la enmienda 113, ya que no se debe
contemplar exclusivamente la imposibilidad de afiliación a
partidos políticos o sindicatos, sino la militancia o
cualquier tipo de activismo directo o indirecto en los mismos.

Creemos preciso establecer esta imposibilidad y no basta con
la formalidad de llenar la ficha correspondiente. En este
sentido hemos lamentado que no hubiese habido permeabilidad a
un planteamiento que el señor Cosculluela había realizado muy
relacionado con determinadas organizaciones de tipo confuso,
de tipo más o menos secreto; creemos que no se encuentra la
menor perturbación en la Constitución y es de las cuestiones
que realmente podía examinarse en el Senado. Asimismo,
consideramos imprescindible mantener la enmienda número 142,
según la cual, de acuerdo con nuestra propuesta dice: «En los
juicios de faltas que provengan de diligencias previas el Juez
de Instrucción en esta fase deberá abstenerse o podrá ser
recusado si hubiere decretado medidas aseguratorias u oído al
que



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luego resultare acusado en concepto de imputado o dictado auto
de iniciación de procedimiento abreviado o de archivo».

Tratamos, simplemente, de hacer posible lo que ocurre en la
práctica, que es la quiebra de la imparcialidad o pérdida de
la libertad y, por tanto, en los casos en que las diligencias
previas pasan a juicio de faltas y el Juez de Instrucción haya
evidenciado previamente su criterio hay que imposibilitar
precisamente que vuelva a ratificarlo en la vía de este
procedimiento. Finalmente, y termino con esto, señor
Presidente, en la enmienda 144 decimos: «A los funcionarios de
nivel superior destinados en los órganos técnicos del Consejo
General del Poder Judicial, les será de aplicación lo
dispuesto en el artículo 386 de esta Ley Orgánica en cuanto a
la edad de jubilación de los Jueces y Magistrados».

Actualmente en los órganos técnicos prestan servicio
funcionarios que ingresaron con la constitución del primer
Consejo y entrando en vigor la Ley Orgánica de 1980. Han
entrado en el denominado Cuerpo de Facultativos del Consejo
con iguales retribuciones, incompatibilidades y régimen
disciplinario que los facultativos de procedencia judicial. En
el reglamento del personal al servicio del Tribunal
Constitucional se fija para los letrados del mismo como edad
de jubilación la establecida para la carrera judicial y
nosotros no vemos razón de ser para que estos funcionarios,
que ingresaron en los órganos técnicos y que tienen iguales
retribuciones, incompatibilidades y régimen disciplinario que
los que disfrutan de una edad de jubilación establecida en
equiparación absoluta con los miembros de la carrera judicial,
sin embargo en este caso no la tengan y exista una
discriminación que de ninguna manera podemos entender.

Esta es en síntesis, señor Presidente, nuestra posición y
terminamos agradeciendo la atención a SS.SS.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Olarte. Para defensa de las enmiendas del Grupo Catalán
(Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Camp i
Batalla.




El señor CAMP I BATALLA: Señoras y señores Diputados, en
primer lugar decir que nuestro grupo también se une a las
valoraciones positivas a que otros portavoces han hecho
referencia en cuanto al talante en que se han desarrollado los
trabajos relativos a este proyecto de ley orgánica, tanto
antes de la presentación del propio proyecto como en los
trabajos de ponencia y comisión. Creo que ciertamente se ha
buscado de buena fe y con ganas un clima de entendimiento,
que, en líneas generales, se ha dado por la mayoría de los
grupos parlamentarios; quizá no en todos, como hemos podido
escuchar, pero sí en la mayoría.

Por lo que respecta a nuestro grupo, decir que el proyecto ha
salido mejorado con las enmiendas presentadas por diversos
grupos y, concretamente, por las nuestras.

Nosotros presentamos 15 enmiendas, de las cuales han sido
aceptadas hasta este momento 10, que cubren, en buena parte,
la mayoría de expectativas que teníamos ante este proyecto de
ley. Ciertamente quedan cinco enmiendas no aprobadas --después
haré referencia a su contenido-- y, a buen seguro, un trabajo
meditado en posteriores trámites parlamentarios si no en esta
Cámara, sí en el Senado, confiamos pueda dar luz verde y ser
aprobadas de forma definitiva. Al contemplar el proyecto de
ley tal como lo presentó el Gobierno, nuestro grupo vio varios
puntos a considerar. Uno, en cuanto a referencias que hacía el
proyecto sobre presencia de comunidades autónomas en los
diversos procesos de selección y formación de jueces, veíamos
que estas referencias eran inexistentes o mínimas. En
consecuencia, creímos que se había de presentar una serie de
enmiendas que buscasen la incardinación, el reconocimiento del
papel de aquellas comunidades autónomas que actualmente tienen
reconocida competencia en la materia y que, de alguna forma,
pudieran intervenir en los diversos procesos a que hace
referencia este proyecto de ley. Ciertamente, estos procesos
iban en la línea de reconocer a las comunidades autónomas con
competencia en la materia un papel similar al del propio
Ministerio de Justicia en tanto en cuanto las competencias que
el Ministerio había traspasado a las comunidades autónomas y
en función de lo que podía afectarlas directamente, éstas
tuviesen también un papel. Yo diría que, tal como ha quedado
en este momento el proyecto de ley, que por parte nuestra
creemos es satisfactorio, está asegurada esta presencia, este
reconocimiento.

También era necesario en esa línea de reconocimiento del papel
de las comunidades autónomas una presencia a través de los
órganos de formación y, dado que nuestro proyecto es mucho más
amplio de lo que reconoce el proyecto de ley, quiero decir que
una fase inicial como la que se contempla en el proyecto de
ley es valorada también positivamente; es decir, una
participación en el Consejo Rector del Instituto y Centro de
selección y formación de Jueces y Magistrados. Vemos que este
es un proceso inicial que, a buen seguro, puede desarrollarse
en el futuro con mayor profundidad.

Nuestro grupo también creía necesario, en esta misma línea,
que hubiese un reconocimiento explícito en estos procesos de
selección y formación a que en aquellas comunidades autónomas
que tienen una cooficialidad por consiguiente, una doble
oficialidad de lenguas y un derecho propio, los candidatos, en
el momento de pasar las pruebas, tuvieran también que
demostrar el conocimiento de estos requisitos: las lenguas
oficiales y el derecho propio. En líneas generales, el
proyecto de



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ley contempla mecanismos que garantizan este reconocimiento al
que hacía referencia.

A partir de aquí nuestro grupo ya pasaba a otro terreno de
análisis, que eran las menciones que el proyecto de ley hacía
a la oficina judicial, a materias que eran susceptibles de ser
contempladas en el concepto amplio de oficina judicial.

Entendíamos y entendemos que este proyecto de ley, que tiene
como función también dar competencias al Consejo General del
Poder Judicial, en buena parte todo aquello que salía del
ámbito de la selección y formación de jueces, que es el objeto
principal de este proyecto de ley, penetraba en el tema de
definición de un modelo de oficina judicial no lo veíamos
acorde con la finalidad del proyecto de ley. Por consiguiente,
presentamos una serie de enmiendas en la línea de supresión de
estas referencias, con la voluntad de que sea un tema de
análisis posterior en la reforma que ha de seguir a este
proyecto de ley en cuanto a dejar definitivamente cerrada la
reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial actualmente
vigente, en la línea de lo que el señor ministro anunció en la
Comisión de Justicia de octubre pasado.

Ciertamente, la oficina judicial de todas formas pensamos que
es un tema de análisis rápido que no puede quedar detenido,
puesto que buena parte de esta justicia que todos predicamos
es necesaria, y es necesaria efectivamente, una justicia de
calidad, ágil, rápida y eficaz, también tiene en la oficina
judicial un papel muy destacado para que esto sea posible. Por
consiguiente, la oficina judicial es un tema que no ha de ser
tocado en el día de hoy, pero sí es importante que se analice
con prontitud.

Nosotros también presentamos una serie de enmiendas y aquí
entraríamos en el capítulo de las no aceptadas (de las que he
hablado hasta ahora forman los grandes capítulos de las
enmiendas que se nos han aceptado), concretamente cinco, que
no han merecido votación favorable en comisión. Las mismas
hacen referencia básicamente al papel de los secretarios
judiciales. Este es un colectivo que creemos desempeña una
función importante en los distintos órdenes jurisdiccionales y
debe ser reconocido o, más que ser reconocido, darle un mayor
protagonismo, porque reconocido lo es. Por consiguiente,
creíamos que en este proyecto de ley se podía ir por esta
línea. Parece que de momento esto no puede ser. Hacemos votos
para que en un futuro próximo lo sea; pensamos que en el
Senado éste es un tema también a plantear, y tenemos confianza
de que puedan ser aceptadas estas enmiendas en la línea de dar
mayor protagonismo a los secretarios judiciales.

Igualmente hacer referencia a un tema tangencial, pero no
menos importante, pues terminaría con ello un desajuste que
actualmente existe entre la normativa y la realidad, que son
los graduados sociales. Nuestro grupo presentó una enmienda,
la 153, que posteriormente transaccionó con la 281, del Grupo
Popular, con la voluntad de encontrar una fórmula que permita,
como decía antes, terminar con un desajuste que hay entre la
realidad de la práctica de los graduados sociales y la
normativa actualmente vigente, en la que hay cierto vacío que
sería bueno llenar.

Por consiguiente, señor Presidente, estas son las enmiendas
que hemos presentado, con la confianza de que estas cinco que
mantenemos puedan ser aprobadas, si no en esta Cámara, sí en
el Senado. Con ello, repetimos una vez más, el texto del
proyecto de ley que envió el Gobierno creemos ha salido
mejorado con el trabajo hecho por los grupos parlamentarios.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Camp.

Enmiendas del Grupo Mixto, presentadas por las señora Rahola.

Para su defensa tiene la palabra.




La señora RAHOLA I MARTINEZ: Gracias, señor Presidente.

Esquerra Republicana ha presentado seis enmiendas a este
proyecto de ley, algunas de carácter técnico y tres, muy
específicas, de claro contenido político. A las dos enmiendas
de adición que presentamos --puesto que las otras tres son de
supresión y una de modificación-- me voy a referir
especialmente puesto que intentan contrarrestar el problema
lingüístico gravísimo que representa la unidad del Poder
Judicial para todo el Estado. Pedimos, pues, que cada juez y
magistrado, haciendo suya la pluralidad cultural y lingüística
del territorio, domine, como mínimo oralmente, además del
castellano, alguna de las otras lenguas oficiales. Entendemos
que ello es fundamental para preservar los derechos
lingüísticos de los ciudadanos de las zonas donde se hablan
estas lenguas y para hacer efectivos tanto el artículo 2.º de
la Constitución como los respectivos estatutos de autonomía.

Quiero recordar que la administración de la justicia es la
gran asignatura pendiente de la pluralidad, la ínsula donde la
realidad cultural de las diferentes naciones que conforman al
Estado brilla --si es que se puede utilizar el término
brillante en este caso-- por su ausencia. El 0,1 por ciento de
presencia del catalán en la Justicia, según el informe del año
pasado, es un dato suficientemente relevante y suficientemente
preocupante. Por ello, planteamos este esfuerzo de
conocimiento de las otras realidades lingüísticas por parte de
magistrados y jueces para convertir en real lo que la teoría
constitucional ya contempla y para que no continúen
lesionándose los derechos de los ciudadanos de este Estado
cuya lengua propia es distinta a la castellana. Asimismo
pedimos la supresión del punto 3 del artículo 8.º, otra
enmienda de claro contenido político, especialmente porque
aquí la omnipresencia del Consejo



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General del Poder Judicial se predica de las comunidades
autónomas, como si éstas carecieran de sus propios órganos
informantes, tal como es el caso en Cataluña del Consell
consultivo, al que acude frecuentemente el Parlament de
Cataluña cuando tiene duda sobre alguna materia.

Estas son, pues, nuestras enmiendas que creemos mejoran, no
sólo desde una perspectiva técnica, sino desde la perspectiva
de la pluralidad política y cultural, el proyecto de ley.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señora
Rahola. Para defensa de las enmiendas del Grupo Vasco (PNV),
tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Señor Presidente, señorías, ésta es
una ley importante que está pasando, como otras leyes
importantes en esta legislatura, con un exceso de sigilo y
discreción. Desde luego, la senda de la atracción informativa
es muy diferente a la atinente a proyectos de ley que reforman
estructuras, que reforman incluso parcialmente poderes del
Estado como éste. Es el signo de esta legislatura, que es
lamentable; se puede hacer el calificativo de que es el
lamentable signo de esta legislatura.

Nos hubiese gustado que se polarice más, se concentre más la
atención pública ciudadana, incluso parlamentaria --por qué no
decirlo-- en una ley que pretende algo tan relevante, algo tan
importante institucionalmente como sedimentar, como consolidar
políticamente nada menos que uno de los poderes del Estado: el
Poder Judicial. Esta es una ley que regula la organización,
funcionamiento y gobierno de los jueces y magistrados; ésta es
una genuina cuestión de Estado, es una de las más
trascendentes cuestiones de Estado que pueden abordarse
parlamentariamente y, desgraciadamente, el debate está pasando
casi absolutamente desapercibido, señor Presidente.

Hechas estas lamentaciones en forma de desahogo personal,
señor Presidente, tengo que comentarle también que mi grupo
parlamentario, mi persona en este momento, tiene una especial
dificultad para intervenir en este proyecto de ley. Mi grupo
parlamentario ha presentado 30 enmiendas a este importante
proyecto de ley y en los debates de ponencia y comisión han
sido aceptadas prácticamente todas, salvo dos. En este momento
me encuentro en la tesitura de tener que defender sólo dos
enmiendas y, además, de escasa relevancia. En el debate de
totalidad --debate político importante que se suscitó hace
poco tiempo en esta Cámara-- tuvimos ocasión ya de contrastar
dos modelos, dos formas de entender la organización, el
gobierno, el estatuto de los jueces y magistrados, la forma
también de entender las competencias del Consejo General del
Poder Judicial. Incluso el PP pretendía, mediante la
presentación de una enmienda de devolución con presentación de
texto alternativo, articular un nuevo sistema de designación
de los vocales que constituyen el Consejo General del Poder
Judicial; es decir, el PP pretendía abordar la transformación
o la reforma de los artículos 111, 112, 114 y 115 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, vigente actualmente, en sus
números 1. Ya comentamos en aquel momento cómo había problemas
de extemporaneidad, de oportunidad temporal, puesto que es una
materia que todavía adolece o carece del necesario consenso
político, en primer lugar. Los grupos parlamentarios que en
este momento tenemos asentamiento en esta Cámara no hemos
llegado a un punto de consenso suficiente para articular una
nueva forma --aunque es necesario, nosotros lo reconocemos--
de regular el procedimiento de selección de designación de los
vocales del Consejo General del Poder Judicial y esa es una de
las razones que justificaron nuestra mayor proximidad
intelectual al proyecto de ley que presentó el Gobierno, de
reforma parcial de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que al
proyecto alternativo que presentó el Partido Popular, si bien
ya hicimos comentarios apologéticos de la calidad técnica y
del rigor con que los ponentes o redactores del Partido
Popular habían trabajado este proyecto de ley.

Este proyecto de ley está redactado de forma cuasi perfecta.

Quizá la perfección técnica es imposible de utilizar; siempre
es un metafísico imposible, pero nosotros podemos adherirnos
de forma cuasi incondicional al actual tenor literal, al
actual contenido material de este proyecto de ley de reforma
parcial de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Hay una materia
--una única materia-- que no ha sido satisfactoriamente
resuelta pero tenemos expectativas ciertas de que esta materia
va a ser resuelta de forma satisfactoria y ajustada, sobre
todo, esto es lo más relevante, a los requerimientos del
bloque de constitucionalidad en materia de competencias sobre
la Administración de Justicia, es decir, en lo que prevé el
artículo 122 de la Constitución, en el próximo proyecto de ley
que va a reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial. Nos
referimos a la configuración de los cuerpos del personal al
servicio de la Justicia. Esta ha sido una materia que ha
generado tradicional conflictividad entre las comunidades
autónomas y la Administración central del Estado. La
configuración de los cuerpos del personal al servicio de la
Justicia (y cuando hablo de los cuerpos del personal o de
personal al servicio de la justicia me refiero a todos sin
ninguna excepción, también a los secretarios judiciales, a los
médicos forenses, a los agentes, a los oficiales, a los
auxiliares judiciales) es una de las cuestiones más
conflictivas en las relaciones institucionales entre los
gobiernos de algunas comunidades autónomas y la Administración
central del Estado.




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Hay una sentencia del Tribunal Constitucional, la sentencia
56/90, cuyo fundamento jurídico séptimo establece lo
siguiente: si bien es correcto o es ajustada a los
requerimientos constitucionales la configuración de los
cuerpos del personal al servicio de la Justicia como cuerpos
nacionales, no es ésta --y es lo que nos interesa remarcar--
la única forma de articular o de configurar los cuerpos del
personal al servicio de la Justicia. Pues bien, nosotros
pedimos, como grupo parlamentario, políticamente solicitamos,
que en la próxima reforma de la Ley Orgánica del Poder
Judicial se configuren los cuerpos del personal al servicio de
la Justicia, incluyendo a todo el personal, incluidos los
secretarios judiciales, de forma diferente a la actual. Que se
reformen los artículos 454 y 455 y que se pueda aplicar
eficientemente la cláusula subrogatoria que en diversos
estatutos de autonomía se prevé en relación al personal al
servicio de la Justicia; es decir, la posibilidad de
competencias autonómicas jerárquicas, administrativas también
sobre los secretarios judiciales, sobre los medios forenses,
sobre los agentes judiciales, los oficiales y los auxiliares
judiciales.

Al margen de esta cuestión, hay un último tema que tampoco ha
sido resuelto de forma absolutamente satisfactoria cuando
menos, y también vamos a hacer una reflexión muy poco enfática
en este ámbito, en esta materia. Es el problema del extinto
cuerpo, de los antiguos magistrados de Trabajo, y la necesaria
reforma de la disposición transitoria decimoséptima de la Ley
Orgánica del Poder Judicial posibilitando que también estos
profesionales, estos magistrados de Trabajo, puedan tener la
consideración de especialistas a efectos de lo previsto en los
artículos 344 y concomitantes de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. Por lo demás, señor Presidente, acabo ya, tenemos
enmiendas de menor cuantía --utilizando una expresión forense
muy atinente, muy pertinente en esta ley--, son cuestiones que
pretenden, de alguna forma, una mejor regulación de la
condición de Estado plurilingüista del Estado español, de
competencias autonómicas que todavía no se terminan de
perfilar demasiado bien, algunas casi anecdóticas, por ejemplo
que la habilitación de desarrollo reglamentario que se prevea
para el Consejo General del Poder Judicial contemple las
competencias administrativas del ministerio y de las
comunidades autónomas sobre las oficinas judiciales, sobre los
registros, sobre la distribución del personal, sobre los
horarios; que se considere también las normas o la legislación
de normalización lingüística existente en algunas comunidades
autónomas, en relación también a la habilitación de desarrollo
reglamentario que posee el Consejo General del Poder Judicial
en materia de méritos, en materia de promoción de concursos.

Una única cosa, ya ésta sí de cierto relieve: la tipificación
de faltas, de sanciones, de conductas sancionables a la que se
prevé en esta reforma parcial. Se considera falta grave la
omisión del secreto profesional de jueces y magistrados
siempre que ello cause perjuicios a la tramitación del proceso
o daños a las personas. Entendemos que esta es una regulación
incorrecta, que como falta grave se debe considerar la
conducta, no el resultado de la conducta. La sanción se debe
tipifiar no por el resultado, sino por la conducta. La omisión
del deber de secreto debe ser considerado como falta grave en
sí misma. Al margen de esta cuestión, señor Presidente, lo
único que podemos hacer ya, para acabar esta intervención, es
una doble reflexión: Primero, alabar la calidad técnica de
este proyecto de ley y, en segundo lugar, hacer una genuina
apología pública del talante flexible del Grupo mayoritario en
esta Cámara, que ha sabido aceptar y comprender las enmiendas
de distintos grupos de la oposición, particularmente del
nuestro.

Gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Para un turno en
contra, tiene la palabra el señor López Martín de la Vega.




El señor LOPEZ MARTIN DE LA VEGA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, avanzamos hoy en la tramitación de un proyecto de
ley que pretendió desde su inicio ceñirse a dos cuestiones
fundamentales, a dos ejes por los que transitar. En primer
lugar, la reforma necesaria de alguno de los aspectos de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 y, en segundo lugar,
la necesidad de que esta reforma se realizara de una manera
consensuada entre los grupos, incluso con la pretensión de que
esto fuera un pacto de Estado por la justicia. Había,
entonces, dos marcos a los que ajustar la discusión
parlamentaria, uno formal, el de aquellos aspectos a los que
se refería el proyecto de ley que reformaba la Ley Orgánica
del Poder Judicial y, en un segundo sentido, la necesidad de
concitar un pacto de Estado que permitiera un desarrollo
armónico de determinadas modificaciones de la Ley Orgánica del
Poder Judicial que perfeccionara el equilibrio entre los
poderes del Estado, reconociendo al Consejo General del Poder
Judicial las competencias que este órgano viene considerando
necesarias y urgentes para el íntegro ejercicio de sus
competencias constitucionales. Así ha transcurrido, señorías,
la tramitación. Cuando el portavoz del Grupo Popular subía a
la tribuna para indicar que no ha habido esfuerzo en los
acuerdos, para indicar que nuestra petición y nuestra oferta
de pacto de Estado era una oferta poco menos que demagógica,
para indicar que no hemos sido lo suficientemente receptivos a
sus enmiendas, el portavoz del Grupo Socialista en este acto
no tiene más remedio que mostrar su satisfacción, una enorme
satisfacción, porque, después de esa apreciación del Grupo



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Popular, todos y cada uno de los portavoces de los restantes
grupos que han intervenido esta mañana, han alabado la
flexibilidad del Grupo Socialista, la aceptación del diálogo,
la mejora del texto, habiendo tenido, repito, la satisfacción
de oír claras manifestaciones al objetivo de consenso
alcanzado, a la voluntad de diálogo del Grupo Socialista, a la
satisacción por el nivel de diálogo y por la incorporación de
enmiendas, al talante dialogante y a la aceptación de la
mayoría de las enmiendas de otro Grupo, hasta terminar,
señorías, con la apología pública del talante dialogante y
receptivo del Grupo Socialista que ha hecho el representante
del PNV que intervino el último. De modo que aquella
pretensión de consenso, aquella pretensión de diálogo, aquella
pretensión de ejercitar la reflexión en torno a un modelo de
ley de organización del Consejo General del Poder Judicial ha
sido entendida por todos y cada uno de los grupos de la
Cámara, excepto por el Partido Popular. Bien es verdad que
todos nosotros habíamos afrontado la tramitación de este
proyecto de ley con un espíritu positivo, creyendo que
efectivamente hay disfunciones en la Administración de
Justicia en España, pero creyendo también que un análisis
serio y una reflexión necesaria harían mejorar sustancialmente
estas dificultades.

Hemos confrontado dos modelos, efectivamente, señoría; hemos
confrontado dos filosofías en torno a la Administración de
Justicia, efectivamente, señoría, pero una de esas folosofías,
la que ha sustentado el Grupo Popular, se ha mostrado sola en
la Cámara, mientras que en torno al proyecto que presentó el
Gobierno socialista, y que apoyó el Grupo Parlamentario
Socialista, se ha podido concitar el diálogo, se ha podido
tener la adhesión del resto de la Cámara. Un poco más allá, y
yendo a algunos comentarios concretos referidos a las
enmiendas del Grupo Popular, le diré que creemos que para
apoyar turnos distintos a lo que es el ordinario de oposición
no basta con proclamarlo en la tribuna. Enmiendas como las que
pretenden que sólo se reserven a estos turnos una décima parte
de las plazas y enmiendas como las que pretenden que aun esa
exigua décima parte pueda ser suspendida motivadamente por el
Consejo del Poder Judicial nos hablan de una reiteración de
argumentos en contra de que a la función judicial puedan
llegar ciudadanos de otras procedencias que no sea la de la
mera oposición. Es la misma reiteración, la misma voluntad de
mantener serias dudas sobre cuánto es el tiempo que necesita
un jurista para tener la suficiente capacidad para acceder a
esta función.

Me voy a remitir, señorías, señor representante del Grupo
Popular, a lo que mi compañero don Javier Barrero le decía en
Comisión: No sé cuánto es exactamente el tiempo que un
jurista, un licenciado en derecho, un ejerciente de la
profesión necesita para convertirse en un competente jurista,
pero, desde luego, tengo serias dudas acerca de que seis años
bien ejercidos, correctamente aprovechados, con una
experiencia digna, que por otra parte supone doblar el tiempo
y algo más lo que es el estudio de la carrera de Derecho en
cualquier facultad, sea inferior a los dos o tres años que se
necesitan para memorizar el temario de una oposición.

En contra de lo que el Grupo Popular manifiesta de que el
Grupo Socialista no ha hecho el esfuerzo de mantener acuerdos,
han sido cerca de un centenar las enmiendas que se han asumido
en quince transaccionales cuando nuestra primera intención era
no entrar a discutir aquellos aspectos de la Ley Orgánica del
Poder Judicial cuya reforma el proyecto de ley no contemplaba.

A pesar de ello, como S.S. conoce, alguna de sus enmiendas en
este sentido, como por ejemplo la 275, fue aceptada en
Comisión pese a la desconfianza que tenía S.S. de que aquello
pudiera estar siendo aceptado de la manera que lo hacíamos,
con toda naturalidad. Nosotros mostramos ahora nuestra
voluntad de votar afirmativamente su enmienda 269, que hace
referencia a la representación y defensa de las entidades
gestoras y de la Tesorería General de la Seguridad Social,
para que corresponda a los letrados de la administración de la
Seguridad Social, y también votaremos afirmativamente, como
una muestra más de que efectivamente hacemos todos los
esfuerzos posibles, y con ustedes algunos de los imposibles o
por lo menos de los improbables, la enmienda número 278, que
se refiere a la adecuación del régimen jurídico de situaciones
de jueces y magistrados a la reforma que contiene la Ley
22/1993, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico
de la función pública y de la protección por desempleo. Señora
portavoz del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Cataluña,
no puedo por menos que mostrarme absolutamente satisfecho de
la intervención de su Grupo, no puedo por menos que agradecer
el reconocimiento público a la voluntad de diálogo de nuestro
Grupo Parlamentario, el reconocimiento de que han sido
incorporadas casi en su totalidad las enmiendas de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, fundamentalmente las referidas
a compromisos adquiridos en torno al desarrollo del artículo
53.2 de la Constitución, a través de la transaccional que hizo
que desapareciera el artículo undécimo referido al incidente
de nulidad. Efectivamente, agradecemos como un gesto de esa
voluntad de llegar a acuerdos la retirada de las enmiendas 40
y 45 que ha hecho. Con respecto a las que mantiene vivas su
Grupo, la primera de ellas, la que pretende que se vuelva a
reservar un tercio de las plazas para el acceso por el tercer
y cuarto turno, he de decirle que, como sabe S.S., solamente
el 17 por ciento se cubre por ese porcentaje de reserva.

Creemos que es mucho más adecuado a la realidad actual dejar
para ese turno el 25 por ciento de las plazas; en esta
ocasión, la diferencia va a ser de una o dos plazas y no nos
parece que merezca la pena entrar



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en una discusión de este tipo puesto que en estos momentos, la
cuestión, no tiene entidad, tan sólo la tiene en cuanto a la
diferencia de conceptos que existe entre alguna filosofía y la
nuestra en lo que se refiere a permitir el acceso a la función
judicial por sistemas y por turnos distintos que no sean los
de la pura oposición.

En cuanto a la enmienda 52 que ustedes mantienen viva y que
hace referenca a la disposición transitria sexta sobre los
miembros de los órganos técnicos del Consejo General del Poder
Judicial, estamos de acuerdo, tal y como ha sido expuesto por
S. S. en esta tribuna, pero no podemos votar afirmativamente
la supresión de esta disposición transitoria porque estamos de
acuerdo con S. S. en que lo que hay que hacer exactamente es
no perjudicar a las personas que acceden a estos órganos
técnicos del Consejo General del Poder Judicial. Se trata de
captar los mejores profesionales para esos órganos técnicos,
se trata de potenciar estos últimos y se trata de dar una
salida a los que están dentro de los mismos en estos momentos.

Por otra parte, debemos asimilar estos órganos técnicos del
Consejo General del Poder Judicial, tanto los correspondientes
a los magistrados del Gabinete Técnico del Tribuna Supremo
como los correspondientes a los letrados de los órganos
constitucionales. Señoría, en el sentido en que usted lo ha
expuesto, coincidiendo en estos cuatro puntos fundamentales:
que no salgan perjudicados lo que accedan a estos órganos; que
se trate de captar los mejores profesionales para potenciar
esos órganos técnicos; que se dé una salida a los que en estos
momentos están dentro --aunque sea una salida transitoria--; y
que se asimilen a los demás órganos técnicos y a los letrados
de los órganos constitucionales, continuando con ese talante
de mantener el diálogo hasta el final, nos mostramos
absolutamente dispuestos a estudiar con el Grupo de Izquierda
Unida una nueva redacción para presentarla en el Senado, de
tal forma que, estando de acuerdo con S.S., de ninguna manera
parezca que es una redacción para otorgar ningún privilegio a
ningún miembro de los órganos técnicos del Consejo General del
Poder Judicial. A continuación paso a hacer referencia a las
enmiendas que mantiene vivas el Grupo Catalán, Convergència i
Unió, agradeciéndoles también, naturalmente, el reconocimiento
del diálogo que hemos mantenido todos los grupos en la
tramitación de este proyecto, en el que han sido admitidas la
mayoria de sus enmiendas, lo que permitirá que el proyecto
que en un principio entró en la Cámara sea mejorado y
simplemente quería hacer algunas precisiones puntuales ya que
las enmiendas que mantienen vivas estamos dispuestos a seguir
discutiéndolas en el Senado. Es decir, habíamos aceptado
retirar todo aquello que pudiera parecer que se legislaba en
este proyecto, donde no nos parecía muy oportuno, sobre las
funciones que debería tener la Oficina Judicial, y estamos
dispuestos a mantener el diálogo durante el tiempo que sea
preciso para una regulación correcta, a la luz del Estado de
las autonomías, de lo que debe ser la Oficina Judicial.

En este sentido, refiriéndome a una idea del señor Olabarría,
muy interesante y digna del análisis más serio y más profundo
sobre los cuerpos del personal al servicio de la Justicia,
creo que debería ser en este contexto en el que se estudiara
todo lo relativo a los secretarios judiciales, que, por otra
parte, como decía el representante de Coalición Canaria, señor
Olarte, están es este proyecto más considerados y hay una
cierta dignificación y reconocimiento de todo lo relativo a su
posición en los baremos para el acceso a distintas
posibilidades de la carrera judicial.

En cuanto a las enmiendas que mantiene vivas Coalición
Canaria, quisiéramos mostrar nuestra satisfacción por la
seriedad con que el representadnte de este Grupo ha afrontado
la tramitación de este poryecto de ley, cediendo en muchas
ocasiones para que fuera posible la aceptación de otras
enmiendas, retirando incluso algunas para que se sintiera
representado en la enmienda algún otro grupo menos afanoso en
el búsqueda de diálogo y pudiéramos votarla a favor. También
quiero reconocer que aportaciones como la pérdida de la
consideración de magistrado o juez en relación con delitos
dolosos cometidos o no en el ejercicio de su función, la
retirada del traslado forzoso como sanción o la aportación al
debate sobre el incidente de nulidad, son ejemplos de cómo se
puede influir en una ley en orden a mejorarla.

Sabe S.S. que hemos intentado aceptar todo aquello que pudiera
significar una mayor dignificación y un mayor reconocimiento
de los secretarios judiciales, donde además S.S. sabe que nos
va a encontrar siempre, apoyando en algunos casos,
reflexionando en otros, en trámites posteriores. No podemos,
por otra parte, hablar de militancia y activismo político,
porque entendemos que ahí generaríamos, al no poder determinar
seriamente ese concepto, una inseguridad jurídica que no
creemos que fuera necesaria. Sabe que estamos dispuestos a
seguir hablando de las oficinas judiciales en trámites
posteriores o cuando esta necesidad surja tanto en estos
trámites parlamentarios como en posteriores reformas de la Ley
Orgánica del Poder Judicial.

Poco más que añadir. Termino ya, señor Presidente, lamentando
que el debate sobre las enmiendas del Grupo Mixto no haya sido
posible hacerlo en profundidad en Comisión porque realmente
desconocemos el alcance de algún juicio de intención que se
hace en algunas de las enmiendas del Grupo Mixto, pero no
queremos tampoco ser excesivamente incisivos en este momento,
habida cuenta de que no hemos tenido ocasión de constatar si
eran juicios de intención realmente, pero en ningún caso nos
parece que la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial
vaya a perturbar el equilibrio



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que se debe tener entre los poderes del Estado, sino que, por
el contrario, lo que pretende es la cesión de competencias al
Consejo General del Poder Judicial, de modo que pueda ejercer
de la mejor manera posible esas competencias constitucionales
que las leyes y la propia Constitución le otorgan. Nos hubiera
gustado mucho poderlas discutir, poder haber llegado al
sentido de cada una de las palabras y de las afirmaciones que
se hacía en las enmiendas. No ha podido ser y las vamos a
votar en contra, porque de su simple lectura se deduce que no
están de acuerdo con lo que nosotros y el resto de los grupos
de la Cámara pretendían en este proyecto. Por mi parte, señor
Presidente, he pretendido dar respuestas a todas y cada una de
las consideraciones, o a la mayoría al menos, que se han hecho
en torno a las enmiendas que permanecían vivas para este
trámite de discusión en Pleno.

Quiero manifestar lo que, por otra parte, es obvio, que no es
sino la constatación de una realidad objetiva: Hemos
participado durante muchas horas en el debate en Ponencia, en
el debate en Comisión, en la reflexión para mejorar este
proyecto de ley que envió el Ministerio de Justicia. Todos los
grupos hemos hablado para ver la manera de llegar a acuerdos
con enmiendas transaccionales, aceptando unas que recogían el
espíritu de otras, que a su vez eran retiradas, y hoy, en esta
tribuna, prácticamente todos los grupos hemos reconocido que
ese talante de diálogo, que esa búsqueda del consenso y de la
mejora positiva de las leyes es el camino por el que se debe
ir. Tengo que estar muy satisfecho por esto, a la vez que
tengo que lamentar que, una vez más, el Grupo Popular,
buscando otras filosofías, intentando otras propuestas y
dejando claro cómo se puede quedar sólo en la defensa de
cuestiones que no eran del momento, ha hecho un flaco favor a
leyes como ésta que tiene la importancia que el señor
Olabarría decía y que bien merecía un esfuerzo, siquiera
pequeñito, del Grupo Popular para haberse unido a este
consenso general de la Cámara.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Para un turno de
réplica, tiene la palabra el señor Padilla.




El señor PADILLA CARBALLADA: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, señor López Martín de la Vega, le
voy a decir una cosa porque ustedes han seguido esta
estrategia durante toda la tramitación de este proyecto, y se
lo digo con toda cordialidad: mejoren los argumentos,
refuércenlos, porque no por mucho repetirlos la afirmación
gana de verdad en contenido. Lo que es verdad es verdad y lo
que no es verdad no es verdad, por mucho que se insista en
ello y se afirme y se repita, como lo han venido haciendo.

Usted mismo, como reconocieron también en Comisión, ha dicho
en esta intervención en el Pleno que son dos modelos. Pero
habrá que partir de la base de que son dos modelos sobre un
diseño, que es el diseño de la Constitución. Todos los modelos
que se muevan dentro del diseño de la Constitución son
naturalmente legítimos. Por otra parte, no es absolutamente
verdad lo que usted ha dicho, y voy a hacer una cita que es
absolutamente bienintencionada: el Grupo de Izquierda Unida
tenía una enmienda que retiró, la 49, que también apuntaba
otro modelo. La retiró porque no era viable desde el punto y
momento en que con una enmienda a una ley orgánica se
pretendía la reforma de la Constitución. Lo cierto es que en
ella se apuntaba a otro modelo dentro de un proyecto que ya no
sería coincidente con el que ustedes proponen. Nosotros hemos
planteado en nuestro texto alternativo la vuelta a aquello que
el Tribunal Constitucional ya dijo que era más constitucional.

Ni más ni menos. Y les hemos vuelto a decir que sigan
reflexionando sobre ello. Ahí ha quedado, en definitiva, la
discrepancia sobre el modelo. Luego, han traído aquí un
proyecto que, le vuelvo a decir, lo único que pretende es, por
ejemplo, que los magistrados suplentes pueden ser adscritos
con carácter permanente a un órgano. La ley no lo decía, pero
ya se venía haciendo. A eso --a ustedes les preocupa el
presupuesto, a nosotros también-- se ha dedicado el año pasado
1.600 millones de pesetas, señor López, y quisiera que me
dijera para qué ha servido. Nosotros creemos que se pueden
decir muchas cosas. Lo único que no se puede decir es que
cuatro es igual a cinco. En la exposición de motivos se afirma
que se persigue una finalidad, una integración funcional de
los magistrados suplentes en condiciones de absoluta igualdad
con los restantes miembros de la Sala. O no son magistrados
suplentes o estamos hablando de algo que conduce a que las
realidades dejen de ser lo que son. Los magistrados suplentes
son suplentes, y eso no se ha inventado en la Ley Orgánica de
1985 ni en ningún otro tipo de regulación legislativa de estos
años. El concepto de lo que era un magistrado suplente ya
figura en la Ley de 1870, del siglo pasado. Y el magistrado
suplente lo que tiene son unas funciones de ayuda o de suplir
a aquél que tiene atribuida la función de juzgar. Pero no
olvidemos que la función jurisdiccional es el contenido del
Poder Judicial, que es lo que he dicho yo antes. Y,
naturalmente, los magistrados suplentes deben participar en el
ejercicio de la función jurisdiccional en los términos en los
que, en definitiva, son llamados al órgano jurisdiccional. No
son llamados a ser titulares de la función, porque los
titulares de la función son los que dice la Constitución, los
miembros integrantes de la carrera judicial, que están,
además, protegidos por la inamovilidad y llamados solamente a
ejercer la función jurisdiccional con independencia y con
sujeción a la Ley. Si todo esto nos fuera a conducir a algo,
pero sólo va a conducir a que hace ya bastantes años que hay
magistrados



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suplentes en el Tribunal Supremo y que en modo alguno ha
servido para aliviar el atasco de algunas de las salas del
mismo; ese atasco sólo se ha aliviado cuando se han aprobado
unas normas que lo que han hecho ha sido expulsar a los
recurrentes del Tribunal Supremo, aunque se supone que los
recurrentes tienen derecho a recurrir.

Voy a terminar diciéndole que nosotros, naturalmente, teníamos
ese modelo --que ustedes han reconocido que es así-- y ustedes
nos dicen que los otros grupos de la Cámara no están de
acuerdo más que con un proyecto. La verdad es que yo no he
oído aquí que los demás grupos de la Cámara hayan entrado a un
análisis profundo de los dos proyectos porque, además, el
propio Tribunal Constitucional, que es el intérprete de la
Constitución, ya ha dicho que era más constitucional el modelo
que nosotros propugnamos que el que se recogió en la Ley de
1985, que ustedes siguen propugnando.

Por supuesto, les agrademos las enmiendas que ahora dicen que
acogen, pero nuestro esfuerzo no ha quedado dicho --porque
usted dice palabras--, ha quedado escrito en 128 enmiendas. Yo
sólo quería decirle --como muestra vale un botón--que todavía
ayer les llamaba la atención sobre la necesidad de modificar
dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en
función de dos enmiendas de las que nuestro Grupo ha mantenido
en el Pleno, en las que pedíamos, en definitiva, que uno de
los principios de nuestra organización judicial y de garantía
de los justiciables que es la predeterminación del juez
llamado a juzgar o a conocer de una causa o litigio, se
acusara también en órganos colegiados. Y en la previsión de la
Ley, constantemente incumplida --y S.S. lo podrá comprobar si
se acerca a los boletines del Consejo General del Poder
Judicial--, de que las salas de gobierno aprueben al principio
del año judicial la composición de secciones y las normas
objetivas para fijar el turno de ponencias, nosotros
proponíamos --y creo que eso no es naturalmente, ningún tipo
de proyecto alternativo que pueda suponer el forzar nada--,
primero, que, para que no ofrezca dudas, se diga --y se
modifique así la Ley-- que esas normas se aprueben en el mes
de septiembre y que para conocimiento de los ciudadanos y
garantía de los mismos se publiquen. Pues bien, ni esas
enmiendas han admitido ustedes.

Por tanto, tengo que concluir diciendo que me parece muy bien
que ustedes digan que han dialogado mucho y que se han
esforzado mucho. Se han esforzado mucho, desde luego, en
complacer las enmiendas de determinados grupos, por razones
que aquí no hace falta repetir, porque usted las sabe
perfectamente, y naturalmente hemos escuchado la complacencia
de los representantes de los grupos de Convergència i Unió y
del PNV. Por supuesto he de decir, basta ver esas enmiendas,
que realmente poco aportaban a la profundización de soluciones
para la Administración de Justicia. En todo caso ahí están,
ustedes las han acogido, todos ustedes se complacen mucho,
pero vuelvo a decir, como terminaba antes, que los hechos son
los hechos y escritos quedan, y las palabras y las demagogias
para los que solamente creen en las palabras y las demagogias.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): ¿Algún otro grupo
quiere consumir un turno de réplica? (Pausa.) El señor López
Martín de la Vega tiene la palabra.




El señor LOPEZ MARTIN DE LA VEGA: Señor Presidente, gracias.

Intervengo brevemente desde el escaño.

Señoría, es usted bastante más brillante en el comienzo que en
el final de sus intervenciones porque deja la intervención de
su oponente dialéctico, en este caso, casi hecha. Dice usted
que lo que es verdad es verdad y que nuestra estrategia de
dejarlo solo debe mejorar los argumentos. Lo que es verdad es
verdad, y lo que es verdad es que todos estos grupos, el Grupo
Socialista, el Grupo del PNV, incluso el Grupo Mixto con su
enmienda transaccional, aunque ya he dicho cuáles han sido las
dificultades para trabajar en esos temas, el Grupo de
Izquierda Unida y el Grupo de Coalición Canaria, todos hemos
estado trabajando y hemos coincidido por lo menos en una cosa,
todos hemos tenido la voluntad de llegar a acuerdos, y el
único que no reconoce ese esfuerzo y esa voluntad de llegar a
acuerdos es su señoría. Por tanto, como lo que es verdad es
verdad, el único que no reconoce el esfuerzo de llegar a
acuerdos es su señoría, y los demás grupos no sólo hemos hecho
el esfuerzo sino que reconocemos unos a otros que ese esfuerzo
lo hemos hecho.

Naturalmente que cualquier modelo que esté dentro del diseño
de la Constitución es legítimo. El problema es que ustedes
emplearon sus mejores juristas, sus mejores argumentos, sus
mejores armas y su mejor dialéctica en intentar que el
Tribunal Constitucional rechazara por inconstitucional la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y ni con sus mejores juristas,
sus mejores argumentos, sus mejores dialécticas y sus más
grandes esfuerzos lo consiguieron. El Tribunal Constitucional
no les dio la razón en el recurso que ustedes plantearon.

Naturalmente que cada uno tiene derecho a defender el modelo
que le parezca legítimo y apropiado. Lo que ya es dudoso es
que el modelo que pretende un grupo haya que estar poniéndolo
sobre la mesa, cuestionando el otro modelo, cuando de lo que
se trata no es de reformar modelos y filosofías, sino de tomar
unas ciertas medidas que todo el mundo relacionado con el
asunto, y especialmente el Consejo General del Poder Judicial,
veía como urgentes y necesarias. No es cuestión de que los
grupos hayan profundizado o no aquí en el modelo de su señoría
y en el modelo del Grupo Socialista. Es un problema de que
mientras nosotros



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pretendíamos, todos los grupos, a excepción del Popular,
mejorar la Ley Orgánica del Poder Judicial, tratar de poner
paliativos a algunas situaciones y a algunos problemas, el
Grupo Popular, en vez de entrar a ver cómo se podían
solucionar esos problemas, ha entrado en cuestiones de
filosofía que de antemano sabía que imposibilitaban el pacto,
que imposibilitaban el consenso, primero porque no era lo que
estaba en cuestión, segundo porque tenían aristas ideológicas
legítimas pero que imposibilitaban el pacto, y, tercero porque
no era ésa la cuestión. Como no era ésa la cuestión, el simple
planteamiento de un modelo distinto era la evidencia clara,
más allá de las fotocopias y mucho más allá de las palabras,
de que no se estaba buscando trabajar en una dirección de
resolución de los problemas, sino, de nuevo, en una
confrontación para la que no era el momento, para la que no
había lugar y en la que ninguno de los demás grupos hemos
entrado, y nos hemos dedicado a lo que de verdad queríamos
dedicarnos, ver de qué modo la Ley Orgánica del Poder Judicial
era mejorable en esta reforma para solucionar algunos de los
problemas que se habían ido viendo en la aplicación de la
misma desde 1985.

Termino, señoría. Le decía que era más brillante en sus
comienzos que en sus finales, pero la verdad es que junto a
aquella perla de algún compañero de su Grupo que para
calificar el origen de los miembros del Consejo General del
Poder Judicial, elegidos por esta Cámara, hablaba de origen
maldito, junto a esa perla quiero conservar la que en el tono
y en las palabras ha empleado usted para decir que aportan
poco las enmiendas de los grupos que hemos aceptado. Aportan
lo que aportan, señoría, en la mejor intención, en la más
seria de las reflexiones y en la más rigurosa de las
argumentaciones.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Finalizado el debate
de este proyecto de ley, vamos a pasar a su votación. (El
señor Presidente ocupa la presidencia.--El señor Olabarría
Muñoz pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Señor Presidente, mi Grupo retira
todas las enmiendas que se mantienen vivas, salvo las que voy
a mencionar a continuación, las números 2, 3, 18 y 30.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Olabarría.

Enmiendas del Grupo Popular. (El señor Caldera Sánchez-Capitán
pide la palabra.) Señor Caldera.

El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Señor Presidente, solicito
votación separada de las enmiendas números 269 y 278, que
pueden ser votadas conjuntamente. La enmienda 281 está
sometida a una enmienda transaccional presentada por el Grupo
Catalán (CiU) y, por tanto, solicito que en su momento también
se vote separadamente. (El señor Camp i Batalla pide la
palabra.) Tiene la palabra el señor Camp.




El señor CAMP I BATALLA: Señor Presidente, en cuanto a la
enmienda 281, que ha mencionado el portavoz del Grupo
Socialista, fue retirada en Comisión, así como la enmienda
153, del Grupo Parlamentario Catalán, dando lugar a una
enmienda transaccional, que es la que en este momento existe -
-como decía el portavoz socialista-- y que hace referencia al
artículo 6.º Doce. (La señora Aguilar Rivero pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Aguilar.




La señora AGUILAR RIVERO: Gracias, señor Presidente. Pido
votación separada de las enmiendas del Grupo Popular números
183 y 186.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Grupo Popular, excepto las
números 269, 278, 183 y 187.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 301, a favor, 121; en contra, 179; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas 183 y 187.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 301, a favor, 122; en contra, 160; abstenciones, 19.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas 269 y 278.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 302, a favor, 301; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmienda transaccional de Convergència i Unió en relación con
el artículo 6.º. Comienza la votación. (Pausa.)



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 302, a favor, 287; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmiendas del Grupo Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 302, a favor, 17; en contra, 281; abstenciones,
cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria. (La señora De
Palacio Valle-Lersundi pide la palabra.)
Señora De Palacio.




La señora DE PALACIO VALLE-LERSUNDI: Señor Presidente, el
Grupo Popular solicita la votación separada, por un lado, de
las enmiendas 89, 113, 127, 128, 140 y 142, en otro bloque las
enmiendas 82, 92 y 143, y el resto. (El señor Camp i Batalla
pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: El señor Camp tiene la palabra.




El señor CAMP I BATALLA: Gracias, señor Presidente.

Solicito votación separada de las enmiendas números 82, 84,
92, 94, 128, 140 y 143. (La señora Aguilar Rivero pide la
palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señora Aguilar.




La señora AGUILAR RIVERO: Señor Presidente, solicito votación
separada de la enmienda número 94 por un lado, en un bloque
las números 84, 87, 88, 89, 112, 117, 127, 128, 130, 133, 140,
141, 142, 143, y resto en otro bloque.




El señor PRESIDENTE: Las enmiendas del Grupo de Coalición
Canaria números 82, 87, 112, 117 y 127, para las que se ha
solicitado votación separada han sido retiradas.

Votamos la enmienda número 84, del Grupo de Coalición Canaria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 14; en contra, 275; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 89.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 131; en contra, 157; abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 92.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 26; en contra, 156; abstenciones, 122.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 94.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 44; en contra, 260; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 113.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 131; en contra, 173; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 123.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, nueve; en contra, 294; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 128.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 141; en contra, 143; abstenciones, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 130.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 302; a favor, seis; en contra, 275; abstenciones,
21.




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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 132.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, ocho; en contra, 293; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmiendas números 136 y 137.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, ocho; en contra, 296; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas números 140 y 142. (El señor Camp i Batalla pide la
palabra.) Tiene la palabra el señor Camp.




El señor CAMP I BATALLA: Señor Presidente, hemos pedido
votación separada de la enmienda número 140. Por el sentido de
nuestra votación necesitamos que se separen.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 140.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 147; en contra, 142; abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmienda 141.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, nueve; en contra, 276; abstenciones,
18.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 142.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 134; en contra, 154; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 143.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 26; en contra, 143; abstenciones, 137.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 144.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, nueve; en contra, 295; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió). (La señora
De Palacio Valle-Lersundi pide la palabra.)
Señora De Palacio.




La señora DE PALACIO VALLE-LERSUNDI: Señor Presidente,
solicito votación separada de las enmiendas 145, 148, 149 y
159, conjuntamente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora De Palacio. (La señora
Aguilar Rivero pide la palabra.)
Señora Aguilar.




La señora AGUILAR RIVERO: Solicito votación separada de la
enmienda 151.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 151, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 21; en contra, 266; abstenciones, 18.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmiendas 145, 148, 149 y 159, del Grupo Catalán.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 23; en contra, 159; abstenciones, 123.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.




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Restantes enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 24; en contra, 280; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Mixto, de la señora Rahola.

Señora Rahola.




La señora RAHOLA I MARTINEZ: Señor Presidente, retiraríamos la
enmienda número 286, porque ha sido incluida en el dictamen,
y, asimismo, la número 287, porque ha tenido una transaccional
del Grupo Catalán (Convergència i Unió), aceptada.




El señor PRESIDENTE: Señora Aguilar.




La señora AGUILAR RIVERO: Señor Presidente, intervengo para
solicitar votación separada: en un bloque, la enmienda número
285; en otro, las números 288 y 289 y el resto, en otro.




El señor PRESIDENTE: El señor Camp tiene la palabra.




El señor CAMP I BATALLA: Señor Presidente, solicito votación
separada de la enmienda 285 y de la 290.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 285, de la señora Rahola.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 304, a favor, 42; en contra, 260; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 288 y 289, de la señora Rahola.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 306, a favor, tres; en contra, 279; abstenciones, 24.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda número 290.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 306, a favor, 26; en contra, 280.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Restantes enmiendas de la señora Rahola.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 305, a favor, dos; en contra, 293; abstenciones,
diez.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 306, a favor, 25; en contra, 160; abstenciones, 121.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votaciones correspondientes al dictamen de la Comisión.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 307, a favor, 183; en contra, 123; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación relativa a la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 306, a favor, 177; en contra, 125; abstenciones,
cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen en la parte
relativa a la exposición de motivos.




--TRAMITACION DIRECTA Y EN LECTURA UNICA DE INICIATIVAS
LEGISLATIVAS. PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA
NORMATIVA DE ELECCIONES A LOS ORGANOS DE REPRESENTACION DEL
PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS DE LA
LEY 9/1987, DE 12 DE JUNIO, MODIFICADA POR LA LEY 7/1990, DE
19 DE JULIO (Número de expediente 121/000048)



El señor PRESIDENTE: Punto siguiente del orden del día:
Tramitación directa y en lectura única del proyecto de ley por
la que se modifica la normativa de elecciones a los órganos de
representación del personal al servicio de las
administraciones públicas de la Ley 9/1987, de 12 de junio,
modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio.

Para la presentación del proyecto, en nombre del Gobierno,
tiene la palabra el señor Ministro para las Administraciones
Públicas.




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El señor MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS (Saavedra
Acevedo): Señor Presidente, señorías, comparezco en este Pleno
para presentar el proyecto de ley de modificación de la
normativa de elecciones de órganos de representación del
personal al servicio de las administraciones públicas,
establecida en la ley 9/1987, de 12 de junio, modificada, a su
vez, por la Ley 7/1990, de 19 de julio. El punto de anclaje de
este proyecto de ley se sitúa en la Ley Orgánica de Libertad
Sindical, de 12 de agosto de 1985.

De manera más específica, en lo que atañe a los órganos
unitarios de representación del personal que presta sus
servicios para un empleador, debemos distinguir dos clases:
por un lado, aquellos órganos que representan a los
trabajadores por cuenta ajena, con independencia de que éstos
pertenezcan al sector público o privado, y que se encuentren
regulados por el Estatuto de los Trabajadores; por otro lado,
los órganos de representación para el personal funcionario o
estatutario, regulados por las leyes mencionadas 9/1987 y
7/1990. La muy reciente promulgación de la Ley 11/1994, de 19
de mayo, en virtud de la cual se modifican determinados
artículos del Estatuto de los Trabajadores, del texto
articulado de la Ley de Procedimiento Laboral y de la Ley de
Infracciones y Sanciones en el Orden Social, ha alterado el
marco legislativo mencionado con respecto al procedimiento
electoral para determinar dichos órganos unitarios de
representación, estableciendo a tal efecto las modificaciones
siguientes: variar sustancialmente el sistema electoral de los
representantes de los trabajadores por cuenta ajena y, además,
un intento de adaptación del procedimiento electoral de los
funcionarios públicos, regulado por la tan mencionada Ley
9/1987, al nuevo sistema implantado para los trabajadores por
cuenta ajena. No obstante, este último intento de aproximación
de las normativas electorales de ambos regímenes, trabajadores
por cuenta ajena y funcionarios públicos, no llegó hasta sus
últimas consecuencias. De ahí que en este proyecto de ley
queramos adaptar el sistema de elección de representantes del
personal funcionario y estatutario al nuevo régimen de
elecciones que ha sido adoptado en relación con los
trabajadores por cuenta ajena en virtud de la Ley 11/1994. Es
mi intención resaltar las modificaciones sustanciales que
recoge este proyecto de ley en relación con la legislación
hasta ahora vigente. Destacaré lo siguiente: primero, la
supresión del periodo oficial para la celebración de
elecciones sindicales. A diferencia de la legislación
precedente, en la que las elecciones de todas las unidades
electorales debian tener lugar periódicamente cada cuatro
años y de forma concentrada en un corto lapso de tiempo fijado
previamente, la nueva normativa recoge la posiblidad de que
las elecciones se celebren en cualquier fecha, sin perder para
ello su eficacia jurídica para determinar la representatividad
aludida. De esta forma, se persigue evitar los problemas
organizativos y de otro tipo causados a los sindicatos y a las
propia administraciones públicas por la celebración
practicamente simultánea de un elevado número de elecciones en
las múltiples unidades electorales existentes. Segundo,
implantación de un sistema de medición continuada de la
representatividad. La finalidad de esta medida es la de que
los sindicatos puedan acreditar su representatividad en el
momento mismo en que pretendan ejercitarla. A tal efecto se
prevé la constitución de un registro oficial, la llamada
oficina pública, cuya misión principal consistiría en acumular
y actualizar diariamente los resultado electorales vigentes en
cada momento. La manera de acreditar aquella representatividad
por parte de los sindicatos consistiría en la expedición de
certificaciones de datos electorales puestos al día por parte
de dicha oficina pública. Co la nueva regulación, pues, el
sistema gana en flexibilidad, así como en fidelidad a la
realidad de cada momento. Tercero, el establecimiento de un
sistema de promoción de elecciones de carácter individualizado
en cada unidad electoral. Hasta ahora sólo cabía una promoción
global y conjunta ante el Consejo Superior de la Función
Pública, con validez para todo el ámbito funcionarial. En
cambio, el proyecto implanta una promoción individulizada en
cada unidad electoral: departamentos ministeriales, organismos
autónomos u otros previstos en la ley. Es así como se
contribuye a graduar y escalonar las iniciativas electorales
en los diversos ámbitos de elección existentes.

Cuarto, la supresión de la Junta Electoral General y de las
juntas electorales de comunidad autónoma. Queremos seguir la
pauta marcada en la nueva normativa del ámbito laboral en la
que también se han suprimido los órganos de seguimiento y de
control en aras de una mayor agilidad, rapidez y eficacia en
la deteminación del mapa representativo, evitando trámites
formales innecesarios. Quinto, eliminación de las juntas
electorales de zona. Estas juntas de composición
exclusivamente sindical y sin correlato en el ámbito
electoral, han sido en el pasado una suerte de órganos
administrativo-electorales habilitados para decidir en última
instancia las reclamaciones planteadas en el procedimiento de
elecciones propiamente dicho y cuyas decisiones agotaban la
vía administrativo-electoral, abriendo el paso para la
impugnación ante los tribunales.

Con la nueva normativa estas juntas desaparecen y sus
funciones son asumidas por las mesas electorales. El objetivo
estriba en la necesidad de adecuar el sistema a la regulación
imperante en el ámbito laboral. Con ello se evitarán demoras
en la determinación rápida de la representatividad exigida por
el nuevo régimen de medición continuada ya mencionado.




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Sexto, la aplicación al ámbito funcionarial del sistema de
impugnaciones establecido sobre esta materia en el sector
laboral. Si bien en la legislación vigente corresponde a la
jurisdicción contencioso-administrativa la competencia para
resolver las impugnaciones en cuestiones electorales, ello ha
venido provocando toda clase de demoras en la proclamación de
resultados electorales, al tiempo que se mantenía una
innecesaria dualidad de tratamiento jurisdiccional, orden
contencioso-administrativo frente a orden social, en una
materia que debe ser regulada uniformemente, ya que deriva del
tronco legislativo común, es decir, de la Ley Orgánica de
Libertad Sindical. Introduce la nueva normativa novedades
fundamentales en esta cuestión. Sí, crea un arbitraje
obligatorio con la finalidad de evitar una excesiva
judicialización de las impugnaciones. Al mismo tiempo,
confiere a la jurisdicción social la competencia para conocer
las reclamaciones contra los laudos arbitrales y contra la
denegación del registro.

En suma, señorías, este proyecto de ley aspira a dotar de
mayor coherencia y homogeneidad la regulación de los órganos
de representación del personal al servicio de las
administraciones públicas, acercando su normativa a los
principios que inspiran la legislación relativa a los
trabajadores por cuenta ajena. Se gana así en agilidad,
eficacia y flexibilidad en la configuración de estos órganos
representativos.

Muchas gracias, señorías.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ministro.

Enmiendas del Grupo Popular.

Tiene la palabra el señor Núñez.




El señor NUÑEZ PEREZ: Señor Presidente, señorías, señor
Ministro, muchas gracias por la precisión en su exposición
sobre los objetivos de este proyecto de ley. Es una pena que
no sea la regulación acertada y que sirva para que esos
objetivos se cumplan, según nuestro entender.

Con motivo de los debates de la Ley 9/1987, que configuró los
órganos de representación del personal al servicio de las
administraciones públicas y su participación en la fijación de
las condiciones de trabajo, y también, en los debates
correpondientes a la Ley 7/1990, que completó y amplió lo
anterior, en lo que a negociación colectiva se refiere, ya
tuvimos ocasión de poner de manifiesto nuestra discrepancia
con el tratamiento del ejercicio de la libertad sindical y del
derecho a la negociación colectiva de los funcionarios
mediante senda enmiendas de totalidad y múltiples enmiendas al
articulado. No voy a reproducir, por supuesto, los argumentos
que entonces expusimos en defensa de nuestra exposición, pero
sí quiero recordar, señor Ministro, que nuestros objetivos
básicos eran y siguen siendo los siguientes: la plena vigencia
del derecho de libertad sindical, sin que la mención
costitucional a las peculiaridades de los funcionarios pudiese
interpretarse de manera restrictiva al ejercicio de dicho
derecho.

En segundo lugar, un tratamiento no discriminatorio en
relación con otros ámbitos de representación y, en concreto,
con el regulado por el Estatuto de los Trabajadores.

En tercer lugar, la funcionalidad y eficacia de los mecanismos
de representación sin condicionamientos ajenos al propio
ámbito de los funcionarios. Y aquí sí que peca esta ley
también bastante.

Y, en cuarto lugar, respeto e igualdad de trato a los
sindicatos específicos de los diferentes ámbitos funcionales y
territoriales de la función pública. Es bien sabido cómo
algunos de estos principios, plenamente insertos en la
libertad sindical y el juego democrático, fueron soslayados en
las mencionadas leyes que ahora se modifican y siguen
estándolo en este proyecto, que tiene, como señalaba el
Ministro, ciertos objetivos: algunos de ellos, vamos a
subrayar que son positivos y los vamos a apoyar. El principal
radica en acomodar, en el ámbito de las administraciones
públicas, el sistema de medición de la representatividad de
los sindicatos al vigente en el ámbito laboral, tras la ley
11/1994 y ello, tanto en lo que toca al mecanismo electoral
abierto como en lo tocante a los instrumentos de control, de
seguimiento, de certificación y resolución de conflictos e
impugnaciones. En paralelo con lo regulado en la Ley 11/1994
toma especial protagonismo la oficina pública de registro, las
mesas electorales, el procedimiento arbitral y la competencia
del orden social de la jurisdicción para dirimir las
impugnaciones en última instancia. Con todo, este proyecto de
ley, que nos obligan a debatir con la mayor urgencia, sigue
manteniendo, repito, importantes restricciones al principio de
representatividad sindical y por eso hubiera necesitado,
creemos, el reposo y la reflexión que proporcionan los tiempos
y los trámites del procedimiento normal u ordinario que se
utilizan en esta Cámara para casi todas las demás leyes
ordinarias.

Las numerosas enmiendas presentadas a este proyecto de ley,
por la que se modifica la normativa de elecciones a los
órganos de representación del personal al servicio de las
administraciones públicas, demuestra que su tramitación
directa y en lectura única no es la adecuada. En este caso,
como en tantos otros, ha quedado en evidencia, permítame que
se lo diga con toda cordialidad, la pésima labor legislativa
del Gobierno, que se caracteriza por las tres notas
siguientes: Primero, la improvisación. Nos hacen trabajar
deprisa y corriendo por no haber previsto el Gobierno con la
suficiente antelación, una vez iniciada la reforma de la
legislación laboral reguladora de las elecciones de
representantes



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de los trabajadores, la necesaria adecuación de las leyes
9/1987 y 7/1990 al nuevo sistema electoral, aceptando que la
elección de los representantes de los funcionarios públicos no
debe constituir, salvo específicas peculiaridades, un régimen
jurídico diferenciado respecto a otros trabajadores. Segundo,
la falta de coordinación entre los distintos ministerios
afectados, en este caso Trabajo y Administraciones Públicas,
que han redactado, creemos, sus anteproyectos por libre y sin
conocer la dependencia de unos textos respecto de otros. La
coincidencia en el tiempo con la reforma del Estatuto de los
Trabajadores ha derivado en un cierto caos y basta leer, para
comprobarlo, el acuerdo de la Mesa de esta Cámara del 17 de
mayo, que trata de poner orden en tanto enredo.

Tercero, el desconocimiento de las novedades que las últimas
leyes van incorporando a nuestro ordenamiento jurídico. Y voy
a poner algunos ejemplos, auténticas perlas, para demostrarlo.

El pasado lunes, los miembros de la Ponencia tuvimos la
oportunidad de pronunciarnos acerca del carácter de ley
orgánica que debía revestir el inciso final del artículo 12,
cuando ya la Ley 11/1994 modificaba ese artículo en línea con
lo que ahora se pretende, con la guinda de su referencia a la
Junta Electoral de zona que el proyecto suprime. Tal artículo
12 estaba en consonancia con la Ley Orgánica 14/1994, que
añade una disposición adicional cuarta a la Ley Orgánica de
Libertad Sindical, para determinar la capacidad representativa
de los mandatos prorrogados.

Está claro que no es necesario desglosar el dichoso inciso
para aprobarlo por ley orgánica, basta retirar de la ley el
apartado quinto que lo contiene de manera repetitiva e
innecesaria. Así lo pide una de nuestras enmiendas,
concretamente la número 70, que ya doy por defendida, que
coincide con otra del Grupo Parlamentario Socialista. Muerto
el perro, señor Ministro, se acabó la rabia.

Otro tanto cabe decir del artículo 27.6 de la Ley 9/1987,
modificado por la Ley 11/1994, que acaba de entrar en vigor.

Dicha modificación es sustituida ahora por la redacción del
artículo 27, tal como lo hace el proyecto. Similares
observaciones se pueden hacer en relación con los artículos
referidos al procedimiento arbitral. Los artículos 28 y 29 de
la Ley 9/1987 son una mera transcripción del artículo 76 del
Estatuto de los Trabajadores, conforme a la Ley 11/1994. Lo
mismo podemos decir de la disposición transitoria primera, que
repite el contenido de la disposición transitoria segunda de
la tantas veces citada Ley 11/1994.

Es evidente, señor Ministro, que ha existido una gran
descoordinación. Sobraban, pues, razones de orden técnico y de
sistemática normativa, además de razones sustantivas, para
haber presentado una enmienda de totalidad, reclamando un
texto mejor articulado y coordinado con las recientes reformas
sobre la misma materia. El Grupo Parlamentario Popular no
presentó la enmienda de totalidad por las siguientes
consideraciones.

La primera, porque la enmienda de totalidad debería venir
acompañada, en este caso, de un texto alternativo, pero no
sólo el proyecto en cuestión, sino también de la Ley 9/1987 y
de la 7/1990, es decir, de las leyes primeras, que necesitan,
a nuestro entender, de una profunda reforma. Una vez más se
hace necesaria y urgente una verdadera enmienda de totalidad a
toda la función pública a través de un moderno y subjetivo
estatuto que dé cumplimiento a lo establecido en el artículo
103 de la Constitución y corrija y elimine toda la chapucería
que contienen leyes como las citadas y, sobre todo, la famosa
30/1984, que fue severamente corregida por el Tribunal
Constitucional. En segundo lugar, porque el Grupo Popular no
quiere ser obstáculo, no desea dificultar ni retrasar el
proceso de elecciones del personal al servicio de las
administraciones públicas.

En tercer lugar, no presentamos la enmienda de totalidad
porque nos ha guiado también la convicción de que el proyecto,
aunque de forma incompleta, cumple con dos objetivos para
nosotros importantes: el primero, aproximar, como decía el
señor Ministro, los procesos y mecanismos de representación a
los vigentes en el ámbito laboral, sin caer, con ello,
entiéndase bien, en una precipitada inclinación hacia
criterios de laboralización de la función pública. Y, segundo,
porque permite a los funcionarios y a las organizaciones
sindicales del específico ámbito de la función pública tener
mayor protagonismo a la hora de impulsar los procesos
electorales en calidad de promotores. En ese sentido van
algunas de nuestras enmiendas parciales.

Antes de referirme a ellas, debo ocuparme, cómo no, de uno de
los aspectos más destacados del proyecto de ley como es el
cambio de jurisdicción. La primera cuestión a dilucidar quedó
resuelta por la Ponencia, que entendió, en cumplimiento del
mandato que nos dio la Mesa, que la nueva redacción de los
artículos 27, 28 y 29 de la Ley de 1987, que atribuyen a la
jurisdicción social el conocimiento de las impugnaciones que
en ellos se regulan, no exige su tramitación como preceptos
orgánicos. Se estimó que tales preceptos no parecen alterar el
diseño de distribución de competencias establecido por el
artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Dejando aparte la tramitación parlamentaria de los preceptos
relativos a la jurisdicción y considerando la atribución de
estas materias a la jurisdicción social, cuestión discutible -
-utilizando el mismo término que emplea, «cuestión
discutible», el informe del Consejo General del Poder
Judicial--, entendemos que la jurisdicción contencioso-
administrativa debería seguir siendo la competente, por
coherencia con la propia naturaleza



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de los actos propios de la Administración pública sometidos al
derecho administrativo, y no digamos nada cuando estamos en
presencia de actuaciones de la Oficina pública del Registro.

Llegado el día, señor Ministro, de poner en funcionamiento los
juzgados de lo contencioso-administrativo, debería quizá ser
éste el orden jurisdiccional idóneo para entender de las
impugnaciones en materia de elecciones en el ámbito de la
Administración pública. Quizá hubiera sido bueno y oportuno
que este proyecto de ley contuviera esta previsión en la
exposición de motivos o en una disposición transitoria.

Paso brevísimamente, señor Presidente, señorías, a exponerles
las enmiendas parciales al articulado y la justificación de
las mismas. En la exposición de motivos hay una enmienda, la
48, que pretende sustituir el inciso respecto al personal
sometido al régimen estatutario por otro, que está de acuerdo
con la Ley 9/1983, respecto al personal vinculado a las
diversas administraciones públicas por una relación de
carácter administrativo o estatutario, con lo cual se evitaría
la confusión con el llamado personal estatutario, del Insalud,
por ejemplo. Es una precisión importante que podría figurar en
la exposición de motivos.

Las enmiendas 49, 50, 51, 52 y 53, relativas al número 1.3,
proponen unas modificaciones que tienen un doble objetivo.

Primero, mantener el mínimo de 50 funcionarios que fija el
artículo 6.1 de la Ley 9/1987. Con ello se posibilita una
mayor identificación de los centros de trabajo con
peculiaridades propias y cuyas juntas de personal han de
tratar cuestiones específicas. Segundo, permitir que, allí
donde no se alcance el número de 50 funcionarios pero
persistan peculiaridades propias e intereses específicos,
puedan elegirse delegados de personal, tal como ocurre en las
empresas con el mismo censo. No se alcanza la razón para
restringir la existencia de delegados de personal únicamente a
las entidades locales.

Las enmiendas al número 6 son las 54 y 55, que tienen por
finalidad atribuir la promoción de elecciones a quienes pueden
tener interés legítimo y directo en ello. No olvidemos que se
trata de elegir a los órganos de representación del personal.

¿Qué sentido puede tener la promoción por un sindicato
representativo, a nivel estatal o de comunidad autónoma, sin
ninguna presencia en la unidad electoral? Supone una
distorsión irracional que no entendemos. Lo normal es que
dichos sindicatos sean representativos en el ámbito específico
de la elección, y si no lo son, deberían acudir al
procediminto del párrafo último, es decir, al acuerdo
mayoritario de los funcionarios.

No voy a hacer alusión a algunas enmiendas que son de estilo y
que sólo pretenden hacer más correcto gramaticalmente el
texto, y supongo que sí serán aceptadas por el Grupo
Socialista.




El señor PRESIDENTE: Señor Núñez, le ruego concluya.

El señor NUÑEZ PEREZ: Sí, señor Presidente, termino ya.

Las enmiendas a los artículos 12 y 13 no tienen más
justificación que eliminar todo vestigio de injerencia de la
Administración, dándole voz en el acto electoral, es decir, de
manera directa, e indirecta, obligando a entregar actas a la
Dirección General de la Función Pública, y para eso está la
oficina pública del registro.

Las enmiendas 68 y 69 buscan una mayor clarificación acerca de
la unidad procedimental en el conjunto del ámbito electoral:
empresas y administraciones públicas. Lo más razonable, desde
esta perspectiva, es remitirlo al procedimiento del artículo
76 del Estatuto de los Trabajadores con las adecuaciones que
correspondan al específico ámbito de las administraciones
públicas vía reglamentaria.

En relación con las mesas electorales, la enmienda 57 al
artículo once trata de mantener la actual situación. Nos
parece más lógico que se garantice la constitución de una mesa
en los centros de trabajo que cuenten al menos con 100
funcionarios.

La enmienda 71, al número 4, propone modificar la actual
composición de las juntas de personal, elevando su número de
miembros en línea con lo establecido en el artículo 66 del
Estatuto de los Trabajadores.

La enmienda 72 a la disposición transitoria primera propone
rebajar de quince a seis meses el período para la renovación
de los actuales mandatos, máxime cuando, excepcionalmente,
esos mandatos siguen computando para medir la
representatividad; eso es muy importante. Quince meses es un
período excesivo en cualquier caso, pero lo es más en el
específico ámbito de las administraciones públicas.

Finalmente, la enmienda 73 a la misma disposición transitoria
tiene por objeto que se aplique la ley a aprobar, por no
existir razón de peso para la excepción. Nada justifica la no
vigencia del artículo 13.6 desde la misma entrada en vigor de
la presente ley y no respetar la preferencia del primer
promotor. Como ven, señorías, señor Presidente, el conjunto de
enmiendas expuestas en nada perturba u obstaculiza el pleno
desarrollo de los procesos electorales. La mejor distribución
y composición de los órganos de representación, las garantías
de dichos procesos y la más eficaz y directa representación de
los intereses de los funcionarios contribuyen a una mayor
coordinación y sintonía con las recientes modificaciones en el
ámbito electoral. Creemos que son mejoras que difícilmente
pueden ser rechazadas por la Cámara, puesto que se basan en un
responsable propósito de perfeccionamiento que, sin duda,
favorecerá al conjunto del proceso electoral, a órganos de
representación del personal y a la propia dinámica sindical en
sus relaciones con la Administración. Por supuesto, es mejor
la propuesta global de enmienda de totalidad a través de la
Función Pública. Sin embargo, tratando de mejorar el proyecto



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que hoy discutimos, hemos presentado las enmiendas, para las
que pedimos el voto favorable de SS.SS.

Muchas gracias, señor Presidente. Muchas gracias, señorías.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Núñez.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Tiene la palabra el señor Martínez Blasco.




El señor MARTINEZ BLASCO: Señor Presidente, señorías, nuestro
Grupo ha presentado catorce enmiendas parciales (de la 34 a la
47), pero sustancialmente está de acuerdo con el proyecto de
ley que trata de adecuar o adaptar la normativa recientemente
aprobada para el resto de los trabajadores a la
correspondiente a los funcionarios públicos. Por eso, aunque
hayamos presentado catorce enmiendas, pretenden
fundamentalmente introducir mejoras técnicas en el texto del
proyecto enviado por el Gobierno. Sin embargo, tan de acuerdo
estamos con el proyecto que queremos que se aplique a todos
los funcionarios. Hay funcionarios en este país, señor
Ministro, señorías, que todavía no gozan de la plenitud de
derechos sindicales. Son los funcionarios de esta Casa, son
los funcionarios de los órganos constitucionales. Por una
serie de elementos, han sido excluidos del ámbito de
aplicación de la ley. En el ámbito de aplicación de la ley, en
el artículo 1 están incluidos los funcionarios del Poder
Judicial, uno de los Poderes del Estado, pero los funcionarios
del Poder Legislativo no están incluidos. Los funcionarios de
esta Casa --por aquello de en casa del herrero, el mango de
palo--, no tienen reconocidos una serie de derechos
sindicales, fundamentales en este país, de representación y de
negociación. Aquí no está recogido ni el derecho a llegar a
acuerdos o a pactos, no existe eso de los delegados
sindicales, una serie de derechos fundamentales de todos los
ciudadanos españoles, de todos los trabajadores, y que ahora
se trata de aplicar a todos los funcionarios públicos, salvo
los de los órganos constitucionales. Por eso, me van a
permitir SS.SS. que de las catorce enmiendas me centre
exclusivamente en esta primera, la que pretende incluir en el
ámbito de aplicación de esta ley que regula los órganos de
representación de los funcionarios públicos no sólo a los del
Poder Judicial, que ya están, sino también a los de todos los
órganos constitucionales, incluyendo a los funcionarios de las
Cortes Generales. Creemos, señorías, que es un buen momento,
porque la solución dada hasta la fecha de que, en virtud del
artículo 72 de la Constitución, las Cortes Generales aprueban
el Estatuto de sus funcionarios no debe permitir ni ser base
para que se limiten los derechos sindicales de los
trabajadores de las Cortes Generales. En virtud de ese
artículo 72, las Mesas del Congreso y del Senado han aprobado
un Estatuto de los trabajadores de esta Casa, las Mesas. Ni
siquiera ha obtenido el rango formal de ley aprobado por esta
Cámara y por el Senado, sino que ha sido un acuerdo de las
Mesas del Congreso y del Senado, donde se regula una serie de
elementos que se refieren precisamente a los derechos
sindicales de los trabajadores. Nosotros creemos que esa
excepcionalidad no está amparada, en el sentido de limitación,
por el artículo 72 de la Constitución y que de la misma forma
que están recogidos en el ámbito de aplicación de esta ley los
funcionarios del Poder Judicial, deben estar recogidos todos
los funcionarios de los órganos constitucionales. Creemos que
sería un enorme avance en lo que ha sido la práctica en esta
Casa, en esta sede parlamentaria --también en otros órganos
constitucionales, pero indudablemente el número de
trabajadores de las Cortes Generales es muy superior al del
resto de órganos constitucionales--, sería una buena
aportación de esta Cámara esta mañana si se aprobase la
enmienda primera, la número 34, que presenta nuestro Grupo,
que pretende incluir en el ámbito de aplicación de la ley a
todos los funcionarios, a los de las administraciones central,
autonómica y local, a los del Poder Judicial y a los del resto
de órganos constitucionales. El resto de enmiendas, señorías,
como se refieren a mejoras técnicas, en algunos casos
coincidentes con enmiendas presentadas por otros grupos,
creemos que serán objeto de acuerdo entre los diferentes
grupos o de votación favorable. Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martínez Blasco.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV). Tiene la palabra el señor
Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, subo a esta tribuna para fijar la posición del Grupo
Vasco respecto al proyecto de ley de modificación parcial que
ha presentado el Gobierno a la Ley 9/1987, modificada por la
Ley 7/1990, así como para hacer una defensa genérica de las
enmiendas realizadas por nuestro Grupo Parlamentario. El
presente proyecto de ley modifica la normativa electoral de
los órganos de representación del personal al servicio de las
administraciones públicas y va en coherencia con la reciente
reforma de la legislación laboral que modificaba también el
régimen electoral del personal del sector privado y del sector
público sujeto a una relación de derecho de trabajo. Lo que
pretende el proyecto de ley es trasladar al ámbito de la
relación Administración pública-funcionario una regulación
análoga a la aprobada en la disciplina del derecho laboral
español.




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Uno puede estar de acuerdo o en desacuerdo con el diseño del
régimen electoral de representantes de personal efectuado
recientemente por esta Cámara en la reforma de la legislación
laboral. Así, a nuestro Grupo Parlamentario le parece
conveniente que se haya optado por un sistema de elección de
órganos de representación en el que se da mayor presencia a
las organizaciones sindicales, se da mayor autonomía a las
mismas y se establece una forma de elección de los
representantes no paralela o simétrica a la que existe en las
elecciones generales para los partidos políticos. Es un
proceso dinámico que va transcurriendo en el tiempo en función
de lo que los representantes sindicales estimen oportuno en su
momento. El modelo planteado en la legislación laboral nos
parece correcto, y en definitiva lo que se pretende es
trasladar ese modelo al ámbito de la relación funcionario-
Administración pública, dejando la relación personal laboral-
Administración pública regulada por el Estatuto de los
Trabajadores.

Señorías, el traslado del modelo de representación sindical
del derecho laboral al ámbito del derecho administrativo, es
decir a la relación entre la Administración pública y los
funcionarios, aunque aparentemente sea racional, supone un
aspecto controvertido, en razón a la materia competencial que
tratamos, que no es otra que el régimen estatutario de la
Función pública. Señor Presidente, mientras que para la
ordenación o regulación de los órganos de representación en el
sector laboral o en el sector de la Administración pública
para el personal laboral los poderes centrales del Estado,
esta Cámara, tienen competencia exclusiva para su regulación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.7 de la
Constitución, no ocurre lo mismo en las relaciones de
naturaleza estatutaria o funcionarial sujetas al derecho
administrativo y que son objeto de regulación en este proyecto
de ley. Así, en materia de Función pública, diferentes
comunidades autónomas tienen competencia exclusiva, respetando
las bases, para la regulación del estatuto de la Función
pública en sus respectivos ámbitos autonómicos. Por ello, en
la materia en cuestión, los poderes centrales del Estado no
pueden agotar en su regulación el contenido de lo normado,
pues tiene que existir un ámbito de actuación, un margen de
maniobra para que las comunidades autónomas puedan ejercer sus
potestades en la materia. Señoría, si examinamos la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional en las sentencias
98/1985 y 165/1986, observamos que, al analizar la
constitucionalidad de la Ley de Función pública de Cantabria,
el Tribunal Constitucional viene a establecer, en materia de
régimen funcionarial, que la legislación básica del Estado en
esta materia no puede suponer para las comunidades autónomas
la aplicación mecánica --dicen textualmente estas sentencias
del Tribunal Constitucional-- de dichas normas en sus
respectivos ámbitos. Esta doctrina jurisprudencial afirma que
las comunidades autónomas pueden establecer y utilizar
instrumentos normativos propios en la ordenación de los
órganos de representación y su régimen electoral. Por eso,
deseo manifestar, señorías, que en los debates parlamentarios
habidos con ocasión de la Ley 9/1987, que ahora se pretende
modificar, nuestro Grupo Parlamentario ya manifestó su
posición crítica en relación con el carácter extensivo y
expansivo de normas básicas que se otorgaban en los preceptos
de la ley. Esto mismo viene a ocurrir en el momento presente,
en que se mantiene el mismo grado básico, a excepción hecha,
como es obvio, de los artículos derogados.

Pero, señor Presidente, a mayor abundamiento, tenemos que
señalar que hay un argumento político, y es que la
constitucionalidad de la Ley 9/1987 pende todavía de una
sentencia del Tribunal Constitucional, al albur de un recurso
de inconstitucionalidad interpuesto por el Parlamento vasco,
en razón a que se entendía que dicho texto legal, la Ley
9/1987, en cuanto a la estructura del proceso electoral,
vaciaba de forma importante la competencia de que disponía la
Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la materia, y tal y
como ocurre también en el proyecto de ley que ahora debatimos.

Por ello, señorías, haciendo nuestra la posición del
Parlamento vasco, la posición política defendida ante el
Tribunal Constitucional y teniendo en cuenta que está todavía
pendiente la constitucionalidad de la Ley que ahora se
pretende modificar --y ya veremos hasta dónde tiene
competencia esta Cámara para fijar las bases, el alcance o el
contenido que deban tener estas bases--, nuestro Grupo
Parlamentario entiende que en el ámbito de la determinación
del régimen estatutario de los órganos de representación del
personal de las administraciones públicas sujeto a una
relación de derecho administrativo, de naturaleza funcionarial
y no laboral, lo básico ha de limitarse a lo siguiente:
primero, a determinar el alcance y las condiciones de
participación de los funcionarios en la elección de los
órganos de representación; segundo, a la determinación del
sistema de órganos en que la participación al servicio de las
administraciones públicas haya de expresarse. El resto de las
cuestiones previstas en la ley deben regularse de forma que se
posibilite, en su caso, el desplazamiento normativo de las
mismas por las correspondientes de las comunidades autónomas,
en aras al ejercicio de sus potestades, mediante los
instrumentos normativos propios. Señor Ministro, igualmente
quiero manifestar que hace cuatro años un anterior Ministro
para las Administraciones Públicas, hoy portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista, el señor Almunia, presentaba, como
usted lo ha hecho hoy, la Ley 7/1990, que modificaba la Ley
9/1987, de 12 de junio. Y el señor Almunia, el 14 de junio de
1990, decía en esta Cámara que era voluntad del Gobierno
central, una vez transcurrido el proceso electoral que se iba
a producir en



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otoño del año 1990, resolver por vía política y no
jurisdiccional el conflicto competencial residenciado en el
Tribunal Constitucional. Hoy es el día en que todavía no se ha
resuelto ni por vía jurisdiccional ni por vía política, como
había anunciado en esa sesión de esta Cámara el señor Almunia,
el conflicto que pende de resolución ante el Tribunal
Constitucional. Por ello, nuestro planteamiento político no
puede ser el de aprobar este proyecto de ley, en la medida en
que la legalidad y la constitucionalidad del proyecto de ley
que sirve de soporte a esta modificación legislativa están
pendientes de una sentencia del Tribunal Constitucional que
deberá determinar el ámbito normativo, el alcance, la
expansión y la extensión de las normas que regulan los órganos
de representación de las administraciones públicas.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gatzagaetxebarría.

Enmiendas del Grupo Catalán, Convergència i Unió. Tiene la
palabra el señor Hinojosa.




El señor HINOJOSA I LUCENA: Señor Presidente, señoras y
señores Diputados, estamos ante un trámite que traslada parte
de la reforma laboral, en lo que afecta a las elecciones de
representantes del personal de la Función Pública, y estamos
ante un proyecto que creo ha sido preparado y traído a la
Cámara con cierta precipitación, pero el tiempo manda y las
elecciones hay que empezarlas en septiembre, por lo que,
lógicamente, hay que preparar el reglamento y comprendo que se
haya presentado con esta cierta premura. Mi Grupo mantiene,
básicamente, los criterios que ya manifestó aquí respecto a
esta reforma, en cuanto a lo que hace referencia a la elección
de los representantes del personal, en este caso de la Función
pública y en aquel momento de los trabajadores por cuenta
ajena. No obstante, este Diputado ha de reconocer que una de
las críticas básicas que hizo en esta tribuna a aquel
proyecto, que era la inexistencia de consultas o diálogo con
las centrales sindicales minoritarias, en este caso y en este
proyecto no puede esgrimirla, porque parece que se ha hablado
con los sindicatos minoritarios y están básicamente de acuerdo
con el texto que se trae hoy a la Cámara. Por eso, mi Grupo
simplemente ha presentado unas cuantas enmiendas puntuales al
texto, que voy a defender a continuación. Mediante la enmienda
número 26, en la que nos referimos --siempre lo haremos-- a la
Ley 9/1987, que hemos ido repitiendo aquí, presentada al
número seis del artículo único de este proyecto, pretendemos
fijar que las mayorías sean mayorías más uno, es decir, se
trata de evitar problemas de interpretación en lo relativo al
acuerdo mayoritario, así como a las organizaciones sindicales
que deben tener en cuenta para seguir y conseguir ese acuerdo.

El objetivo es concretar cómo se debe componer la mayoría.

Nuestra enmienda número 27 trata de añadir al número once lo
siguiente: «Sin perjuicio de las funciones que corresponden a
la Mesa electoral coordinadora, según lo dispuesto en el
apartado 3 del presente artículo...» y el resto, igual. Dicha
enmienda es coherente con otra por la que se pretende añadir
un apartado 3 nuevo al artículo 25 de la Ley enmendada.

Nuestra enmienda número 28 pretende añadir un inciso al número
2 del número once que diría lo siguiente: «... así como por un
representante de la Administración Pública correspondiente».

Pretendemos que intervenga un funcionario de la Administración
pública, naturalmente neutral, en el proceso electoral para
asesorar y en todo caso ayudar, pero sin la posibilidad de
tomar parte ni partido en el proceso.

Nuestra enmienda 29 pretende concretar cuáles han de ser las
funciones de esa mesa coordinadora. Así, en el número 3 del
número once, al que me refería anteriormente, pretendemos
desarrollar cuáles han de ser dichas funciones. Efectivamente,
estas funciones podrían venir por vía reglamentaria y no
necesariamente incorporadas en el texto de la ley, pero
creemos que el que se incluya en el texto de la ley da mayor
garantía, mayor seguridad al proceso electoral y, en concreto,
a las funciones que ha de desarrollar esa mesa coordinadora.

Doy por defendida nuestra enmienda número 30 en sus propios
términos. La enmienda número 31 pretende concretar en el
número trece del artículo único quién ha de ser el miembro de
la mesa que presentará el escrito en la oficina de registro,
cuyo texto es el siguiente: «Asimismo, el presidente de la
mesa electoral o el vocal que se delegue por escrito
presentará...» Se pretende concretar que será un vocal
delegado por escrito quien presentará el acta en las oficinas
de registro.

Nuestra enmienda 32 al número trece pretende añadir al número
3 el siguiente texto: «... en donde quedarán proclamados
oficialmente los resultados electorales». Tratamos de
garantizar la publicidad oficial de los datos de las
elecciones.

En este momento retiro la enmienda número 33 y no será objeto
de votación en el futuro.

Resumiendo, señorías, nuestro Grupo considera que, de
aprobarse este proyecto con las enmiendas que se hayan
introducido o se vayan a introducir a lo largo de esta sesión,
presentaremos una ley que será útil para la elección de los
representantes de los funcionarios, aunque, según mi criterio,
conserve algunos vicios procedentes de la reforma laboral que
hicimos hace unos días en esta Cámara, pero no tan importantes
como en aquella ocasión, dado que creemos que se ha producido
un diálogo que era imprescindible que también hubiese tenido
lugar en el texto que aprobamos en su día.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Hinojosa.

Enmiendas del Grupo Socialista. Tiene la palabra el señor
Trujillo.




El señor TRUJILLO ORAMAS: Gracias, señor Presidente. Señorías,
voy a ser muy breve.

Después de la exposición realizada por el señor Ministro para
las Administraciones Públicas y de la lectura de la propia ley
y tal y como han señalado los demás intervinientes que me han
precedido en el uso de la palabra, la oportunidad de la misma
no cabe cuestionarla. El objetivo de acercar el ámbito de los
empleados públicos al del resto de los trabajadores en cuanto
a materia electoral y de representatividad se refiere era un
elemento importante que teníamos que abordar, sobre todo
después de la reforma laboral que se ha realizado
recientemente en la Cámara. Los distintos aspectos de su
contenido ya han sido señalados: sustituir las juntas
electorales de zona por las mesas electorales, cambiar un
proceso único por otro plural en el que va a ser mucho más
cómoda la actividad sindical, en el sentido de evitar hasta
confrontaciones entre las propias organizaciones, o elementos
tan novedosos como remitir a la jurisdicción social las
distintas impugnaciones que pudiese haber o el sistema
impugnatorio con procedimiento orbitral. Yo creo que estas
novedades --y lo han resaltado también el resto de los
intervinientes-- son elementos tremendamente positivos. Sí
quisiera aclarar que el lógico contenido de la norma, en
cuanto a determinadas adaptaciones que se han tenido que
acometer vía enmienda, se debe a la recientísima aprobación
por esta Cámara de la normativa que modifica la legislación
laboral. Por tanto, no creo que quepa argumentar que existe
algún tipo de descoordinación entre los ministerios, etcétera.

Nosotros hemos presentado 16 enmiendas, casi todas están
relacionadas con la adaptación a la Ley 11/1994, que aprobamos
recientemente en esta Cámara; otras pretenden algunas
correcciones técnicas, pero hay dos enmiendas que son muy
importantes. Me refiero a las enmiendas números 2 y 6 que
pretenden suprimir el punto 5 de la Ley, que incluso provocó
un acuerdo de la Mesa de la Cámara en el trámite de ponencia,
sobre el posible carácter orgánico del mismo, puesto que en la
Ley 11/1994 la disposición final segunda ya recogía dicho
contenido. No obstante, sí que hay que introducir una
modificación del artículo 12.9, de la Ley 9/1987, tal y como
ha quedado la Ley 11/1994, por cuanto sigue haciendo
referencia a las juntas electorales de zona, que esta ley
pretende sustituir por las mesas electorales. Estas dos
enmiendas son las que tienen un contenido muy importante en
relación con el proyecto de ley que debatimos, y el resto --
como he dicho a SS.SS.-- son meras adaptaciones al Estatuto.

Gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Trujillo.

Vamos a proceder a las votaciones. (El señor Martínez Blasco
pide la palabra.) Tiene la palabra el señor Martínez Blasco.




El señor MARTINEZ BLASCO: Señor Presidente, para facilitar el
trabajo y, sobre todo el texto, puesto que van a ser objeto de
votación algunas enmiendas de otros grupos que lo mejoran,
nuestro Grupo mantiene para su votación exclusivamente la
enmienda número 34 al artículo 1.º.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martínez Blasco. (El señor
Caldera Sánchez-Capitán pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Con el mismo ánimo, mi Grupo
Parlamentario retira la enmienda número 14. Con respecto a la
número 34 de Izquierda Unida, entendemos que sólo debe votarse
hasta «órganos constitucionales», puesto que el resto de la
enmienda ya está incluido en la ley. Si está de acuerdo el
señor Martínez Blasco, sería sólo: «Se incluye en la presente
ley el personal funcionario al servicio de los órganos
constitucionales.»



El señor PRESIDENTE: Se votará la enmienda en los términos en
los que permanece viva en el debate. (El señor Hinojosa i
Lucena pide la palabra.) Tiene la palabra el señor Hinojosa.




El señor HINOJOSA I LUCENA: Señor Presidente, me imagino que
vamos a empezar la votación por las enmiendas del Grupo
Popular. En ese caso, quiero pedir votación separada, en un
bloque, de las números 48, 50, 52, 56, 58, 59, 63, 64, 65, 70
y 72. Y el resto, en otro bloque. (El señor Caldera Sánchez-
Capitán pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Señor Presidente, con
respecto a las enmiendas del Grupo Popular, solicito votación
separada de las números 58, 65 y 70, que pueden ser votadas en
un solo bloque.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Grupo Popular números 58,
65 y 70. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, 308; en contra, uno; abstenciones,
tres.




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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas números 48, 50, 52, 56, 59, 63, 64 y 72.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 147; en contra, 162; abstenciones,
cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, 133; en contra, 162; abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda número 34 del Grupo de Izquierda Unida. (El señor
Caldera Sánchez-Capitán pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Señor Presidente, mi Grupo
Parlamentario tiene presentada una enmienda transaccional a la
número 41 de Izquierda Unida. Dado que el señor portavoz de
dicho Grupo ha retirado las enmiendas salvo la 34, querría
saber si retira la 41 como producto de nuestra transaccional
para que pueda ser votada.




El señor PRESIDENTE: El Grupo de Izquierda Unida ha
manifestado que la única enmienda que mantenía era la número
34, en los términos que ha precisado S.S., por tanto
posteriormente votaremos la transaccional, que no es del Grupo
de Izquierda Unida.

Enmienda número 34 del Grupo de Izquierda Unida.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 314; a favor, 314.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV). (El señor Caldera Sánchez-
Capitán pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Señor Presidente, solicito
votación separada de las números 18 y 19, que pueden votarse
en un solo bloque. (La señora De Palacio del Valle-Lersundi
pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: La señora De Palacio tiene la palabra.




La señora DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI: Gracias, señor
Presidente. El Grupo Popular solicita la votación en tres
bloques: por un lado, las enmiendas 17 y 21; luego, la número
19, y el resto en otro bloque.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 18 del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 314; a favor, 187; en contra, 127.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmiendas números 17 y 21 del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 315; a favor, 137; en contra, 165; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda número 19.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 315; a favor, 184; en contra, uno; abstenciones,
130.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda. (Rumores.)
¡Silencio, señorías!
Restantes enmiendas del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, diez; en contra, 284; abstenciones,
18.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió). (El señor
Caldera Sánchez-Capitán pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Señor Presidente, solicito
votación separada de las enmiendas números 27, 29 y 31, que
pueden votarse en un solo bloque. (La señora De Palacio del
Valle-Lersundi pide la palabra.)



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El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora De Palacio.




La señora DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI: Gracias, señor
Presidente. Solicitamos la votación separada de las enmiendas
31 y 32 y de la enmienda 26.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas números 27 y 29, del Grupo
Catalán. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 318; a favor, 185; en contra, tres; abstenciones,
130.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmienda número 26 del Grupo Catalán.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 318; a favor, 20; en contra, 292; abstenciones,
seis.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 31.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 318; a favor, 316; en contra, uno; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmienda número 32.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 319; a favor, 151; en contra, 163; abstenciones,
cinco.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Restantes enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 318; a favor, 21; en contra, 164; abstenciones, 133.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Socialista. (La señora De Palacio del
Valle-Lersundi pide la palabra.)
Tiene la palabra la señora De Palacio.




La señora DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI: Gracias, señor
Presidente. El Grupo Popular solicita la votación separada de
las enmiendas 1, 2 y 6; y por otro lado, de las números 3 y 5.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Grupo Socialista números 1,
2 y 6. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 319; a favor, 319.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas números 3 y 5 del Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 318; a favor, 179; en contra, 131; abstenciones,
ocho.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo Socialista, incluida la enmienda
transaccional presentada en relación con la enmienda número 41
de Izquierda Unida. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 319; a favor, 183; abstenciones, 136.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Votación correspondiente al proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 319; a favor, 165; en contra, 130; abstenciones, 24.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el proyecto de ley.




VOTACION DE CONJUNTO:
--DEL PROYECTO DE LEY ORGANICA POR LA QUE SE REFORMA LA LEY
ORGANICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL



El señor PRESIDENTE: Votación de conjunto correspondiente al
carácter de ley orgánica del proyecto de Ley Orgánica por la
que se reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Comienza la votación. (Pausa.)



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 320; a favor, 192; en contra, 127; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado, en votación de conjunto,
el proyecto de ley orgánica de reforma de la Ley del Poder
Judical.




TRAMITACION DIRECTA Y EN LECTURA UNICA DE INICIATIVAS
LEGISLATIVAS (Continuación):



--PROPOSICION DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS SOBRE PUBLICIDAD DE LAS COMISIONES DE INVESTIGACION
(Número de expediente 410/000004)



El señor PRESIDENTE: Tramitación directa y en lectura única de
la proposición de reforma del Reglamento del Congreso sobre
publicidad de las Comisiones de Investigación.

Enmiendas del Grupo Popular.

Tiene la palabra la señora De Palacio. (Rumores.)
Señorías guarden silencio.




La señora DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI: Gracias, señor
Presidente. Con el debate de hoy concluimos de nuevo una
reforma parcial y concreta, de un aspecto limitado, del
Reglamento de la Cámara cuya máxima virtud consiste
precisamente en que, una vez más, es el consenso entre los
distintos grupos parlamentarios, la votación positiva que al
final va a obtener esta modificación, lo que caracteriza y
debe presidir cualquier modificación de este tipo, lo que son
las reglas del juego parlamentario, que, obviamente, forman
parte del bloque de constitucionalidad.

Dicho todo esto, el Grupo Popular había presentado unas
enmiendas a la proposición de ley que en su día suscribimos
junto con otra serie de grupos, proposición de ley que
pretendía que las comparecencias ante las comisiones de
investigación fueran, como regla general, si no públicas, sí
que pudieran asistir a ellas los medios de comunicación y, a
través de éstos, fuera posible el conocimiento de lo allí
tratado, de lo allí hablado.

Las enmiendas que hemos presentado al texto que suscribimos
junto con los otros grupos de la Cámara hace unas semanas lo
único que pretenden son mejoras de tipo técnico por cuanto,
como he dicho al principio, coincidimos plenamente con el
texto presentado en su día. En primer lugar, tenemos la
enmienda número 7, que plantea una mejor sistemática en la
redacción del nuevo artículo 64.4, por cuanto entendemos que
reflejar la Ley de Secretos Oficiales como elemento para
determinar qué materias deben ser excluidas de esa publicidad
en las comparecencias, nos parece un término limitativo y
puede resultar insuficiente o quedar caduco a lo largo del
tiempo si se modificara el título general de esa Ley.

Entendemos que es más adecuado utilizar el término
«legislación vigente», que no limita sólo a la Ley de Secretos
Oficiales aquellas materias que por ley se determina que deben
mantenerse en el ámbito del secreto y no deben hacerse
públicas. Estoy pensando en cuestiones como puede ser el
secreto bancario o cualquier tipo de materias que no forman
parte de la Ley de Secretos Oficiales, pero que en leyes
específicas han sido determinadas como materias secretas. En
segundo lugar, la formulación que se nos aportaba referente a
los asuntos que están siendo objeto de una investigación o de
un procedimiento penal, tampoco era la más adecuada.

Entendíamos que había que precisar algo más. Concretamente, al
segundo apartado de esta enmienda hay presentada una enmienda
transaccional cuyo contenido suscribimos plenamente. Por lo
tanto, me remito a lo que ya dice para el futuro artículo 64.4
la enmienda transaccional que hemos acordado entre los
diferentes grupos.

La segunda enmienda propuesta por el Grupo Popular es la
número 8, propone suprimir del Reglamento la modificación que
tiene que ver con el artículo 64.2. Nosotros entendemos que
huelga incluir en la redacción el inciso «incluidas las
comisiones de investigación», cuando se habla de las sesiones
de las Comisiones. Es obvio que si se habla en general de las
sesiones, estamos hablando también de las comisiones de
investigación. Como quiera que algún grupo parlamentario ha
insistido en mantener esa específica declaración de las
comisiones de investigación, no tenemos ningún inconveniente.

Aunque consideramos que técnicamente hubiera sido más correcto
dejar la redacción actual del artículo 64.2, retiramos nuestra
enmienda en aras a ese consenso al que he hecho referencia al
principio, que creo que debe presidir siempre cualquier
modificación del Reglamento.

Nuestra tercera enmienda hacía referencia a una disposición
final que concreta el momento de la entrada en vigor del
Reglamento, que se explica en sus propios términos.

Por último, presentamos una disposición transitoria que deja
claro a partir de qué momento empieza a aplicarse esta nueva
modalidad de las comparecencias ante las comisiones de
investigación, por lo que hace referencia a las Comisiones de
Investigación actualmente abiertas en la Cámara y,
concretamente, la referida al asunto Ibercorp. Con relación al
texto que proponíamos, hemos logrado una transaccional que
dice que de manera inmediata se aplicará a todas las futuras
actuaciones de las comisiones de investigación que están ahora
abiertas y, concretamente, de la Comisión Ibercorp.




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Por último, por lo que se refiere a las enmiendas del Grupo
Socialista, también ahí hemos llegado a una serie de enmiendas
transaccionales. En primer lugar, en lo relativo al voto
ponderado nos parece correcto, de una vez por todas, aclarar
ese punto. Puesto que las comisiones de investigación, por su
propia naturaleza, nunca reflejan exactamente la composición
de la Cámara, porque si no serían demasiado numerosas, son
normalmente paritarias en cuanto al número de los
representantes de cada uno de los grupos y las
representaciones no están en función del peso de cada uno de
ellos, parece razonable reflejar que el voto será ponderado.

Eso implica modificar el artículo 85 del Reglamento, de forma
que en la votación (cosa bastante razonable, que hasta ahora
así había venido funcionando), cuando se trate de voto
ponderado, no se pueda reclamar la votación secreta. Lo único
que ha habido ahí han sido unas pequeñas modificaciones en
cuanto a la redacción que hemos aceptado todos y que vamos a
respaldar. También vamos a respaldar la enmienda tercera del
Grupo Socialista que supone unas mayores garantías y
clarificaciones en cuanto a la parte de los trabajos de las
comisiones a la cual tendrán acceso los medios de
comunicación, es decir, las comparecencias, mientras que el
resto de los trabajos, los trabajos internos de la Comisión,
no es que sean secretos en principio, pero no tendrán acceso
los medios de comunicación. Por lo que se refiere a la
documentación, entendemos que esa garantía debe plantearse
efectivamente, que aquellos documentos que la Comisión por
mayoría entienda que deban ser secretos por su naturaleza, se
acuerde que así lo sean.

Sin embargo, hemos mostrado nuestra negativa a aceptar las
enmiendas del Grupo Socialista al artículo 99 del acutal
Reglamento de la Cámara que suponían modificar el régimen
sancionador que se contempla en el mismo. Lo que prentenden
estas enmiendas al artículo 99 ya está contemplado en dicho
artículo del Reglamento y no hace falta añadir mayores
garantías. Al final, hemos llegado a un acuerdo sobre un punto
que, en nuestra opinión, nada tiene que ver con lo que estamos
tratando hoy, que es el acceso de los medios de comunicación y
el carácter de no secreto de las comisiones de investigación
en sus trabajos en general, pero hemos aceptado modificar el
régimen sancionador permitiendo que en aquellos casos en los
que una falta del respeto al secreto por parte de un Diputado
afecte gravemente a la seguridad del Estado, eso pueda
producir de manera inmediata que la Mesa dé traslado al Pleno
y éste eventualmente, pueda adoptar la decisión de suspender
en sus funciones al Diputado en cuestión. Insisto que esto
nada tiene que ver con lo que estamos tratando, pero en este
caso, de común acuerdo, hemos aceptado incluir una
modificación suplementaria dentro del Reglamento, al hilo de
esta modificación concreta. En cuanto a la enmienda al
artículo 52.2, que son unas mayores garantías para las
personas que van a comparecer, lógicas sobre todo si se tiene
en cuenta que van a dejar de ser secretas esas comparecencias,
también la respaldamos. Hay unas cuantas enmiendas
transaccionales en las que vamos a respaldar esa formulación.

Por último, señor Presidente --y con esto concluyo--, quiero
señalar que por parte del Grupo Popular no hemos presentado,
como dijimos en su momento, ninguna cuestión que no fuera
exactamente lo acordado entre los Grupos y que no tuviera que
ver con lo tratado entre los Grupos; ninguna modificación del
Reglamento, como podía ser la iniciativa en la creación de las
comisiones de investigación en cuanto a que fuera un derecho
de la minoría o cualquier otra cuestión, porque entendemos,
insisto, que cualquier modificación del Reglamento debe ser de
común acuerdo entre los Grupos Parlamentarios representados en
esta Cámara, por cuanto es desde el consenso el único modo que
entendemos se puede modificar lo que forma parte del bloque de
constitucionalidad.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora De Palacio.

Enmiendas del Grupo Socialista. Tiene la palabra el señor
Cuesta.




El señor CUESTA MARTINEZ: Señorías, en nombre del Grupo
Parlamentario Socialista, quisiera también felicitarme por el
grado de consenso alcanzado en su momento para presentar esta
proposición de reforma del Reglamento del Congreso que intenta
potenciar o impulsar la transparencia en el funcionamiento de
las instituciones e impulsar también el carácter público de
las comisiones de investigación. Por tanto, en esta dinámica
de transparencia en el funcionamiento de las instituciones
democráticas me parece muy importante resaltar la necesidad de
publicidad de las comparecencias en las comisiones de
investigación. Desde nuestro punto de vista, sólo debe
funcionar con carácter secreto aquello que sea realmente
imprescindible. Además, damos cumplimiento a distintas
resoluciones y mandatos del Pleno y no sólo eso, sino también
a lo que han sido reflexiones que obran o van a obrar y a
formar parte de lo que son las consideraciones que una
comisión de investigación que se reúne en la Cámara en estos
momentos contempla como propuestas en su dictamen. Es decir,
que todo este debate de la publicidad de las comisiones hay
que ponerlo también en el activo de la dinámica de la comisión
de investigación que analizaba la gestión presupuestaria del
ex Director General de la Guardia Civil. Pero no sólo proviene
de ahí; también proviene de distintas iniciativas,



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como, por ejemplo, la aprobada con motivo del debate sobre el
estado de la nación. En aquel debate se acordó por esta Cámara
que las comisiones de investigación podrán tener carácter
público. Cuando su carácter sea secreto en atención a las
circunstancias concurrentes, se reforzarán las garantías del
secreto de las comisiones de investigación, regulándose un
régimen sancionador de la violación de dicha obligación; es
decir, publicidad, garantías y régimen sancionador. En esa
línea van las enmiendas de mi grupo parlamentario. La primera
enmienda pretende que las decisiones se adopten en función del
criterios de voto ponderado cuando la composición de la
comisión no sea proporcional a la composición del Pleno del
Congreso --ello es obvio-- y se aplica de esta manera el tenor
del artículo 39.4 del Reglamento cuando contempla, por
ejemplo, el funcionamiento de la Junta de Portavoces y cuál es
el criterio de adopción de decisiones. Por tanto, nuestra
enmienda pretende dejar claro que las decisiones se adopten a
través del sistema del voto ponderado. En segundo lugar, que
las sesiones internas de trabajo de las comisiones, las de
elaboración del plan de trabajo, las de trabajo de las
ponencias que se puedan constituir en su seno no sean
públicas. No quiere decir que sus acuerdos sean secretos, pero
las sesiones no deben ser públicas, como así ocurre con las
sesiones internas de la Mesa, de la Junta de Portavoces, de
las ponencias, etcétera, aunque sus acuerdos no sean secretos.

Entendemos que la publicidad debe referirse, fundamentalmente,
a los acuerdos y a las comparecencias. El tercer grupo de
enmiendas pretende que los datos, informes o documentos
facilitados a la comisión para el mejor cumplimiento de sus
funciones, sean secretos cuando la comisión así lo acuerde.

Ello parece, además, una lógica consecuencia también del
respeto al derecho a la intimidad que si bien, como regla
excepcional se levanta, por ejemplo, cuando hablamos del
secreto bancario o bien cuando hablamos del acceso de las
comisiones de investigación a las cuentas corrientes, a las
declaraciones de bienes y patrimonio, en esos supuestos
excepcionales se levanta el grado de protección del derecho a
la intimidad para permitir que una comisión de investigación
acceda al conocimiento de determinados datos, ello no debe
ser, a pesar de todo, extendido en el sentido de convertir en
público todo aquello que roza la esfera y el núcleo del
derecho a la intimidad. Por tanto, aquellos datos, informes o
documentos facilitados a la comisión para el funcionamiento de
ésta que tengan algo que ver con el secreto de actuaciones
judiciales con contenidos que provengan, en virtud de la
materia, de la aplicación de la legislación en materia de
secretos oficiales o que tengan una relación directa con el
derecho a la intimidad, no deben ser conocidos y, por
consiguiente, son datos, informes o documentos que deben
seguir siendo y funcionando en la órbita del secreto de la
comisión de investigación.

En cuarto lugar, mi grupo parlamentario pretende que se
refuerce el régimen sancionador, ante la violación del
secreto, cuando éste sea la norma de funcionamiento de las
comisiones de investigación. En este reforzamiento del régimen
sancionador, entendemos que debe darse posibilidad a la Mesa
de la Cámara para que pueda proponer al Pleno la suspensión de
la condición de Diputado de aquellos que violen gravemente la
obligación de guardar secreto, afectando o perjudicando a la
seguridad del Estado y sólo en el supuesto de que afecte a la
seguridad del Estado. Por tanto, nos parece que es una
iniciativa que refuerza y mejora la actual regulación de los
artículos 99 y 101 del Reglamento vigente.

Y, finalmente, nuestras enmiendas también pretenden reforzar
las garantías del investigado y del compareciente, en
consonancia con lo que es la propia Ley Orgánica 5/1984, de
mayo, reguladora de las comparecencias ante las comisiones de
investigación del Congreso y del Senado. En efecto, el
artículo 3.º de la Ley Orgánica, 5/1984, citada establece la
posibilidad de que el ciudadano previa conformidad del
presidente de la comisión, pueda comparecer acompañado de la
persona que designe para asistirlo. Parece oportuno incorporar
esta posibilidad al Reglamento y además, sin necesidad de
autorización o conformidad del presidente de la comisión,
debiendo instruirse al ciudadano de sus derechos en la misma
comunicación o citación y todo ello porque creemos que es
mucho más garantista.

En todos los reglamentos parlamentarios o leyes especiales,
sobre todo, cuando contemplan la regulación del funcionamiento
de las comisiones de investigación (ya tuve ocasión de decirlo
en otro momento con motivo de otro debate, en esta Cámara) a
la vez que se reconoce un alcance casi ilimitado a las
competencias de las citadas comisiones y se declaran de
aplicación las garantías reconocidas en las normas procesales
penales. Así ocurre en Italia, en Alemania, en Portugal --la
reciente reforma del reglamento portugués-- a tenor de sus
respectivas instituciones de la legislación especial o de sus
propias reformas reglamentarias. Por tanto, parece conveniente
que a más competencias, más garantías también del
compareciente y, desde ese punto de vista, creemos que las
enmiendas refuerzan esta línea.

Quiero anunciar, asimismo, que mi grupo parlamentario retira
la enmienda número 5. En aras a ese diálogo que habíamos
abierto en el estudio de las enmiendas y de acercamiento de
posiciones con las enmiendas que también ha presentado el
Grupo Popular, nosotros retiramos la enmienda número 5 y
aceptamos las transacciones que se refieren a todas nuestras
enmiendas, a las enmiendas números 1, 2, 3, 4 y 6 del Grupo
parlamentario Socialista. Creemos que estas transacciones



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recogen los criterios ordenadores de las enmiendas del Grupo
Parlamentario Socialista, lo mejoran técnicamente, sobre todo
lo mejoran en cuanto a lo que podríamos denominar la ubicación
sistemática o estructural de las disposiciones en el marco del
Reglamento y, desde ese punto de vista, creemos que todas las
enmiendas transaccionales deben merecer nuestra aceptación,
nuestro voto favorable. Son fruto del diálogo, nos parecen
altamente positivas y van en esa línea de los cinco grandes
objetivos o contenidos de los que hablaba a la hora de
describir las enmiendas de mi grupo parlamentario.

Votaremos favorablemente la enmienda número 9, del Grupo
Parlamentario Popular, que establece la entrada en vigor de
estas modificaciones el día de la publicación de las mismas;
y, por supuesto, aquellas otras enmiendas transaccionales que
hacen mención a la enmienda número 10, del Grupo Parlamentario
Popular. También, como enmienda técnica, que al comienzo de
esta proposición se contemple como artículo único la
regulación de la misma. Entendemos que es lógico y positivo
asumir esta corrección técnica. Finalizo diciendo que, con
este paquete de medidas, damos cumplimiento a una resolución
del Pleno, damos cumplimiento a unos deseos de incrementar e
impulsar la transparencia del funcionamiento de las
instituciones, de garantizar, cuando esté justificado, la
publicidad de las comparecencias ante las comisiones de
investigación, de garantizar el secreto cuando ello también
sea lógica consecuencia de la aplicación del ordenamiento
vigente, de reforzar las garantías y de reforzar también el
régimen sancionador.

Creemos que con ello, ya digo, estamos cumpliendo mandatos de
esta Cámara y mejorando la estructura del Parlamento.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cuesta.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Mixto, tiene la palabra la señora Rahola.




La señora RAHOLA I MARTINEZ: Gracias, señor Presidente.

Pienso que ya todos los grupos de la Cámara subrayaron la
necesidad y la oportunidad de esta proposición. Necesidad para
dar un paso importante en favor de la transparencia del
funcionamiento de las instituciones, a favor de combinar con
mayor justeza publicidad y garantías, transparencia y
derechos; necesidad, pues, porque con esta ley se garantizará
la mayor efectividad de uno de los instrumentos de control
parlamentario que se ha demostrado más efectivo y se reforzará
el principio de publicidad que preside la actividad
parlamentaria, que preside, de hecho, la democracia.

Desde luego, como decía el señor Ribó en el debate de la toma
en consideración, lo deseable sería avanzar hacia auténticas
audiencias públicas y en esta línea trabajaremos, pero el
avance que representa esta proposición ya es una excelente
noticia.

Oportunidad porque las comisiones de investigación abiertas
actualmente han explicitado la necesidad de regular este punto
del Reglamento para mejorar definitivamente su efectividad;
efectividad que, a la vista de los resultados, ha sido muy
grande.

Respecto a las enmiendas, el Grupo Mixto está de acuerdo con
todas ellas excepto en tres casos. Estamos en contra de las
transaccionales con la número 1 y 2, del PSOE, porque
precisamente fue el Grupo Mixto quien planteó la necesidad de
preservar el derecho al voto secreto, sea cual sea la
circunstancia y tal y como está formulado en el Reglamento.

Queremos recordar, además, que fuimos los comisionados del
Grupo Mixto en la Comisión Roldán quienes planteamos el vacío
legal entre la proporcionalidad del voto ponderado y el
derecho al voto secreto. Puesto que estamos a favor de
preservar este derecho, votaremos en contra. Finalmente,
discrepancia concreta de Esquerra Republicana en la enmienda
transaccional con la 3, del Grupo Socialista, y la 7, del
Grupo Popular, puesto que entendemos que, en el proceso
necesario de transparencia parlamentaria, no tiene ningún
sentido que las sesiones preparatorias de una comisión de
investigación no sean públicas; bien al contrario, resulta
necesario que lo sean.

Esta es, pues, nuestra posición.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Rahola.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías, la
posición de Coalición Canaria frente a las enmiendas
presentadas a esta proposición de reforma de nuestro
Reglamento del Congreso sobre la publicidad de las comisiones
de investigación es una continuación de los principios de
apoyo que como grupo suscribió conjuntamente con los demás
grupos de la Cámara la proposición de la reforma del
Reglamento para hacer frente a los problemas de tipo formal y
de orden interno y no solamente los puramente reglamentarios.

La experiencia ya adquirida hasta la fecha de hoy en las
comisiones que están actuando con carácter de investigación,
incluso de estudio, dentro de la Cámara, nos aconsejan este
perfeccionamiento.

Nosotros, manteniéndonos en la identificación con los
principios que amparan la proposición hecha en su día,
queremos hacer la siguiente valoración respecto a las
enmiendas. Consideramos pertinente la enmienda número 6, del
Grupo Socialista, y la vamos a votar favorablemente, dado que
es una práctica que casi es ley; casi es un derecho
consuetudinario que si una persona puede asistir acompañada de
letrado o asesor no sea



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ya éste un trámite recurrente ante la autoridad del Presidente
de la Cámara, sino que quede recogido implícitamente sin
necesidad de tener que solicitar la conformidad expresa del
Presidente de la Cámara. Es una garantía, digamos, de tipo
procedimental.

Apoyamos la enmienda número 1, del Grupo Parlamentario
Socialista, al artículo 62.2 de nuestro Reglamento. La
apoyamos porque es referente al criterio del voto ponderado y
de esta manera se explicita, que no haya motivo para tener que
recurrir a la Mesa del Congreso para que diga que el voto es
ponderado; vamos a dar ya rango de norma en el Reglamento a lo
que viene siendo una cuestión puramente consuetudinaria en
este momento.

En cuanto a la enmienda número 8, del Grupo Popular, nos vamos
a abstener, dado que pide la supresión del artículo 64.2, que
hace referencia a esto; se trata de no entrar en contradicción
con el apoyo que prestamos a la enmienda número 1, del Grupo
Parlamentario Socialista.

Igualmente ocurre con la enmienda número 3, del Grupo
Parlamentario Socialista, al artículo 64.3, sobre el secreto
de los datos. Señorías, la experiencia nos viene demostrando
que no podemos llevar a un callejón sin salida el trabajo de
una Comisión porque determinada entidad, por ejemplo, lo que
hace referencia al secreto bancario, nos sea vetada si no hay
garantías procedimentales y unas garantías que avalen
precisamente el secreto de los datos, informes o documentos
facilitados a la Comisión para el cumplimiento de las
funciones encomendadas precisamente por la Cámara. Esto parece
de lógica, pero, para no entrar en contradicción, en
confrontación con las leyes que protegen el derecho a la
intimidad o, sobre todo, el secreto bancario, este trámite de
alguna manera viene a dar lógica, a dar agilidad procedimental
al trámite del secreto de los datos. No se oculta a SS.SS. que
poco mérito tendrá una comisión que no garantice tanto a
terceras personas como al instrumento de intermediación para
la obtención del dato que lo va a manejar dentro de las
reservas y cautelas que se tienen que mantener en el
entendimiento de las garantías de la ley. Por eso, vamos a
apoyar esta enmienda número 3.

En la enmienda, número 7, del Grupo Parlamentario Popular, al
artículo 64.4, nos vamos a abstener. Creemos que la redacción
originaria que tenía el artículo 64.4 es suficientemente
explícita. No entiendo las razones por las que el Grupo
Parlamentario Popular no hace una invocación a la Ley de
Secretos Oficiales. Creo que esto es importante, la Ley de
Secretos Oficiales es el punto de referencia para hacer que
las sesiones tengan el carácter de informativas o sean de
investigación. Si en las sesiones que tengan por objeto la
celebración de comparecencias informativas no hay referencia
explícita y clara a un texto legal, podríamos, a nuestro
juicio, entrar en una situación de inseguridad jurídica o de
falta del referente que constituya el marco, los límites. Con
el resto de la enmienda estamos conformes, puesto que el
apartado 2 de la enmienda del Grupo Popular coincide
prácticamente con lo que es el artículo 64.4 de nuestro
Reglamento en el apartado b), y nosotros eso lo apoyamos ya
que tiene el mismo fondo.

La enmienda número 2, del grupo Socialista al artículo 85.1,
que no estaba en la proposición, la vamos a apoyar. Creemos
que es un acierto porque viene a perfeccionar algo que se nos
había pasado en aquel momento, cuando precisamente hay que
determinar que una votación no podrá ser secreta en tales
procedimientos legislativos; nos parece que hubiera sido un
contrasentido que cupiera una duda y por tanto inseguridad
jurídica de que la votación vaya a ser no secreta cuando se
está hablando de un procedimiento legislativo. Lo compartimos
plenamente. La enmienda número 4, al artículo 99.1, que
tampoco estuvo contemplado en la proposición de que trae causa
este debate, creemos que es oportuna. Es necesario introducir
las máximas garantías procedimentales; en otra caso, no hay
seguridad jurídica. Lo que no puede avalar la Cámara es que,
por el hecho de que un Diputado forme parte de una Comisión,
no esté obligado a mantener ninguna norma reglamentaria de
comportamiento. Tiene que haber unas reglas de juego y esas
reglas de juego no se pueden dar por supuestas. La condición
de parlamentario no presupone nada más allá de lo que diga el
Reglamento sobre las obligaciones y deberes de un
parlamentario, al igual que de cualquier colectividad humana,
de cualquier órgano colegiado o de cualquier equipo deportivo.

Es necesario, por tanto, que el deber del secreto, cuando
pueda ser quebrantado, en su caso, por algún miembro de una
Comisión, tenga unas advertencias de penalización. No se puede
hacer una citación a una comisión de investigación a persona
ajena a la Cámara y decirle, en el procedimiento formal
normativo, que está obligada a comparecer bajo penalización
determinada cuando resulta que esa persona no obtiene las
garantías del secreto de lo que en la misma informe; pueda
verse obligada a comparecer, eso sí, pero también a no
declarar en razón de que no obtiene las garantías formales y
procedimentales de que lo que diga allí quede en secreto. Yo
creo que es un buen ejercicio de autoanálisis dirigido a la
clase política del Parlamento que pueda formar parte de las
comisiones de investigación. Señorías, lo menos que podemos
ofrecer a la opinión pública y a los comparecientes es que las
comisiones de investigación tienen sentido de la
responsabilidad que las hace ser merecedoras de un respeto, de
una valoración positiva, y que son comisiones serias. Pero
para eso tenemos que tener el propio Reglamento, no puede
quedar como un aval «ad valorem» de la propia ética de cada
Diputado. Aquí hay que tener ética y tener Reglamento.

Nosotros creemos que esto era necesario para obtener todas las
garantías.




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La enmienda número 5, del Grupo Socialista, al artículo 99,
que tampoco contempla la proposición, la vamos a apoyar porque
es consecuencia de la anterior. Si hay una tarjeta roja para
un deportista y se le manda a la grada, después existe una
penalización para no jugar en determinados partidos
posteriores; un Diputado que no haya sido merecedor y acreedor
de esas garantías del mantenimiento del secreto, mediante una
decisión formal y normalizada ya en este nuevo Reglamento de
la Cámara, que ha de velar por el prestigio de las comisiones,
no debe poder formar parte de las mismas.

Termino, señor Presidente, haciendo alusión a la enmienda del
Grupo Popular a la disposición transitoria, que vamos a votar
favorablemente, porque entendemos que, dada la intensidad,
envergadura y responsabilidad de las comisiones que están
funcionando, resulta oportuna pedir que los efectos de esta
ley sean de aplicación inmediata.

Igualmente, apoyaremos la enmienda del Grupo Popular a la
disposición final, nueva, sobre su entrada en vigor.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, determinadas limitaciones del Reglamento de esta
Cámara no habían podido ser objeto de apreciación, debido
fundamentalmente, en el caso de las comisiones de
investigación, a que, desgraciadamente, durante años, la
mayoría absoluta se había utilizado para impedir un
instrumento reglamentario cuya exigencia había reclamado en
determinadas ocasiones la realidad. Afortunadamente, en los
últimos meses, la pérdida de esa mayoría absoluta, ha
posibilitado el funcionamiento de las comisiones de
investigación y ha posibilitado que se apreciaran determinadas
limitaciones que la regulación reglamentaria de las mismas
presentaba.

Desde ese punto de vista, señorías, nosotros celebramos no
sólo que se haya constatado la necesidad del funcionamiento de
las comisiones de investigación sino que todos los grupos
hayamos sido capaces de consensuar determinadas reformas que
tiendan a limitar o a eliminar esas previsiones reglamentarias
que resultaban poco adecuadas.

Partimos, señorías, de una proposición firmada por todos los
grupos de esta Cámara y, desde esa perspectiva, resulta dede
luego sorprendente determinadas enmiendas firmadas sólo por
algunos grupos cuando la iniciativa original estaba suscrita
por todos. Mucho más resulta llamativo que sólo alguno de los
grupos inicialmente firmantes de esa proposición hayan
suscrito enmiendas transaccionales cuando hubiera sido
deseable que la reflexión que ha conducido a esas enmiendas
transaccionales hubiera sido llevada a cabo por todos los
grupos cuya voluntad de mejorar el Reglamento quedaba
explícita en la proposición inicial.

Dicho esto, señorías, Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya
no va a hacer cuestión de principio, de esos, en nuestra
opinión, fallos en la tramitación de esas enmiendas sino que
vamos a atender realmente al contenido de los mismos. Nos
parece bien que se prevea expresamente el voto ponderado en
las comisiones de investigación, y desearíamos, a la vez que
manifestamos nuestro apoyo a esa introducción del voto
ponderado, hacer una reflexión a todos los grupos políticos en
el sentido de que la flexibilidad reglamentaria en la
composición de esas comisiones de investigación vaya
acompañada en la práctica de la voluntad política de todos los
grupos de facilitar realmente una Comisión con arreglo a las
decisiones de cada grupo, siempre respetando la necesidad de
que las comisiones de investigación sean eficaces.

Creemos, señor Presidente, señorías, que la previsión que se
contiene de garantías para quien sea convocado a una comisión
de investigación es oportuna, máxime cuando esas comisiones de
investigación puedan dar lugar a pronunciamientos tan
importantes por parte del Parlamento como entender que pueden
apreciarse indicios de responsabilidad criminal. Ante una
conclusión de ese tipo parece lógico que a quien sea convocado
a una comisión de investigación se le respeten sus garantías y
se le arbitren los medios oportunos en defensa de sus
derechos.

Ahora, dicho esto, señor Presidente, entendemos que quizá
fijar un plazo mínimo de convocatoria de tres días de
anticipación no prevé la posibilidad, que ya ha sido apreciada
en la práctica, de que quien es requerido a la comisión de
investigación esté dispuesto a acudir inmediatamente, y que
incluso en la marcha de los trabajos de la comisión sea
posible esa comparecencia inmediata. Quizás sería oportuno que
ese plazo mínimo de tres días se matizara con la indicación de
«a salvo que el citado manifieste su disposición a comparecer
con anterioridad».

Finalmente, señorías, nos parecen positivas algunas de las
enmiendas que se han introducido incluso de los textos
transaccionales que se han planteado. Tenemos que decir que
hay una concreta que no podemos aceptar, es aquella que hace
referencia a introducir un nuevo párrafo 4 en el artículo 64.

La redacción que se da a la introducción de ese nuevo párrafo
4 en el artículo 64, en donde prevé la diferencia de lo que es
criterio general del carácter público; ahí se prevé la
excepción del carácter secreto en concreto para las sesiones
preparatorias del plan de trabajo, pero está redactado en unos
términos tan amplios y tan ambiguos que puede



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servir para que, finalmente, ese criterio genérico que se ha
intentado introducir, que es el de la publicidad, se convierta
lamentablemente en la excepción.

Por tanto, señorías, pediríamos a los grupos que han firmado
estas enmiendas transaccionales que reflexionen sobre esos dos
puntos concretos que plantea Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya y que entienden, por una parte, da una respuesta más
adecuada a la realidad, y, por otra parte, que son más
coherentes con ese principio de publicidad que se ha intentado
llevar a la práctica en esta reforma, dando cumplimiento a
acuerdos del Pleno.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Peralta.

Si no hay inconveniente por parte de ningún Grupo, la
Presidencia propone al Pleno dos cosas: en primer lugar, el
cambio del orden del día, consistente en abordar
inmediatamente el debate correspondiente al dictamen de la
Comisión Constitucional sobre el informe de la Ponencia para
el estudio de las condiciones actuales de elaboración del
Censo Electoral, una vez debatido este punto del orden del día
proceder a las votaciones del punto que hemos concluido ahora
mismo y el del dictamen de la Comisión Constitucional y, en
segundo lugar, una vez debatidos y votados estos dos puntos,
pasar a la votación correspondiente al punto XI: Elección de
uno de los Diputados a los que se refiere el Punto Tercero de
la Resolución de la Presidencia sobre secretos oficiales.

¿Lo aprueba la Cámara? (Asentimiento.)



--DICTAMEN DE LA COMISION CONSTITUCIONAL SOBRE EL INFORME DE
LA PONENCIA PARA EL ESTUDIO DE LAS CONDICIONES ACTUALES DE
ELABORACION DEL CENSO ELECTORAL (Número de expediente
154/000001/0002)



El señor PRESIDENTE: Vamos a pasar, por tanto, al debate
correspondiente al punto número 42 del orden del día.

Para la defensa del dictamen de la Comisión, tiene la palabra
el señor Zapatero.




El señor ZAPATERO GOMEZ: Señor Presidente, señorías, el Pleno
del Congreso de los Diputados, en la sesión del 2 de noviembre
de 1993, acordó crear una ponencia, en el seno de la Comisión
Constitucional, para el estudio de las condiciones actuales de
elaboración del Censo Electoral. La Ponencia se constituyó el
25 de noviembre y finalizó su trabajo el 24 de marzo de 1994.

(El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)
Como suele ocurrir en estas ocasiones, cuando se inicia un
estudio de este tipo, con la máxima objetividad posible y sin
ningún tipo de prejuicios, podemos decir que las
comparecencias celebradas y la lectura de los informes
remitidos nos han permitido detectar lo que entendemos que son
las causas de los problemas de que adolece nuestro censo, y en
el diagnóstico del problema, así como en las soluciones, hemos
alcanzado un acuerdo pleno. Por consiguiente, señorías, tengo
el honor de presentar a la Cámara una propuesta de resolución
que ha sido aprobada por unanimidad y que no tiene ningún tipo
de voto particular. El censo, como SS.SS. conocen, se nutre de
los datos suministrados por los 8.000 padrones municipales, el
registro de penados y rebeldes y los 170 registros consulares.

Cualquier error en tales registros o en su transmisión se
traslada automáticamente al censo. De ahí que sea preciso
cuidar la primera inscripción, así como resolver los problemas
derivados de los cambios de residencia, la transcripción de
las sentencias judiciales, la pérdida de nacionalidad,
etcétera.

Aunque la ley califica el censo de permanente y, por tanto,
ningún ciudadano debería ser dado de baja sino por
fallecimiento o pérdida de la nacionalidad, esta situación
tiene dos excepciones: primero, cuando se confecciona un
padrón, cada cinco años se trasladan sus datos al censo. Los
errores o irregularidades que pueda haber en el padrón se
trasladan automáticamente al censo electoral. Y, segundo, si
se producen cambios de domicilio, aunque se registren en el
padrón, sólo se reflejan en el censo una vez al año. De manera
que el censo tiene normalmente, por imperativo de la Loreg,
una desactualización que oscila entre un 4 y 13 por ciento,
según la fecha en que se celebren las elecciones. Estos son
realmente los problemas que hemos detectado.

«Ad cautelam», y con carácter urgente, habida cuenta la
proximidad de las elecciones al Parlamento Europeo y las
autonómicas de Andalucía, que acabamos de celebrar, la
ponencia solicitó de la Cámara, y obtuvo su beneplácito, la
modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General
para que, bajo la supervisión de la Junta Electoral, la
Oficina del Censo procediera a una actualización al día del
censo electoral. Gracias a esta medida, tomada a sugerencia de
la ponencia, hemos podido celebrar unas elecciones sin ningún
tipo de problemas, desde la perspectiva del censo.

Las propuestas, señorías, no se las voy a leer, porque obran
en en la documentación que se ha repartido a SS.SS. y, en
suma, contienen toda una serie de medidas que entendemos que
si se toman en consideración, como solicitamos, habrán
resuelto gran parte de los problemas derivados del censo y
podremos seguir celebrando consultas electorales, como ha
ocurrido ahora, sin ningún tipo de incidencias dignas de
reseñar.

Por último, señorías, y en nombre de los ponentes, tengo que
agradecer a los muchos comparecientes sus informaciones
verbales o escritas que han ilustrado a los miembros de la
ponencia. Y personalmente tengo



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que agradecer el trabajo de los ponentes de todos los grupos
parlamentarios; trabajo de diálogo y de entendimiento que ha
permitido presentar a SS.SS. unas propuestas de resolución que
en la ponencia hemos aprobado por unanimidad. Nada más y
muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Zapatero. ¿Grupos parlamentarios que deseen fijar su posición?
(Pausa.) Grupo Vasco (PNV); grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya; Grupo Popular, y Grupo Socialista.

Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor González
de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente. Intervengo brevemente para manifestar la postura
del Grupo Vasco en relación a los trabajos realizados por esta
ponencia en torno al censo electoral. Desde el Grupo Vasco
entendemos que se ha realizado un trabajo riguroso en la
ponencia, que los trabajos de la misma se han visto presididos
por un ambiente agradable, por un rigor necesario en el
desarrollo de los mismos, y nos felicitamos y felicitamos a
los demás por el conjunto del trabajo que se presenta hoy a
esta Cámara. Sin embargo, no quisiéramos desaprovechar la
oportunidad para manifestar dos puntos que a nuestro entender
son importantes, que no han podido ser recogidos en el
consenso de los trabajos de esta ponencia, y de los que
quisiéramos dejar aquí nota para que en trabajos posteriores
en materia electoral, en reformas de la Ley Orgánica del
Régimen Electoral General, que se viene modificando en cada
una de las ocasiones que existe alguna convocatoria electoral,
queden suficientemente claros como fijación de postura del
Grupo Vasco en relación a estas materias.

Desde el grupo Vasco entendemos que es importante adecuar el
texto de esta Ley Orgánica del Régimen Electoral General a la
vigente distribución de competencias entre el Estado y las
comunidades autónomas, según la Constitución y los estatutos
de autonomía. Entendemos que es preciso salvaguardar las
competencias de las juntas electorales de la comunidad
autónoma en los procesos electorales sujetos a regímenes
electorales especiales, los autonómicos y los forales,
quedando delimitado claramente el ámbito competencial de las
juntas electorales de comunidad autónoma, dentro de los
límites de su respectiva jurisdicción, evidentemente.

Es un hecho, señor Presidente, que la Ley Orgánica del Régimen
Electoral General, reformada en marzo de 1991, atribuye a la
Junta Electoral Central una serie de nuevas competencias que
reducen de manera extraordinaria las competencias de las
juntas electorales de las comunidades autónomas en las
elecciones autonómicas, de tal forma que se configura esta
Junta Electoral Central como una instancia unificadora, única,
de toda la administración electoral, subordinando
jerárquicamente, las juntas electorales de comunidad autónoma,
en contra de la independencia del funcionamiento de las
mismas, en aquellas comunidades autónomas con competencia
exclusiva en materia electoral. Y aquí está, señor Presidente,
el problema de esta materia. Si estas comunidades autónomas
tienen competencia exclusiva en materia electoral,
difícilmente esta legislación puede ser asumible no ya por
grupos nacionalistas, como el Grupo Vasco, sino por el
conjunto de la misma Cámara.

Hemos trabajado en el consenso de esta ponencia, hemos hecho
un esfuerzo para poder colaborar con rigor en los trabajos de
esta ponencia y quisiéramos que los demás grupos también
atendieran a aquellos aspectos que desde el Grupo Vasco
entendemos que son razonables. En consecuencia, con esta
observación que aprovechamos para realizar hoy, y que también
hicimos en los trabajos de la ponencia, entendemos que los
estatutos de autonomía como el vasco, que tienen recogida esta
materia competencial con tal clarividencia, también deben ser
recogidos en la legislación estatal, de forma que seamos
capaces de ir imbricando estas materias dentro del ámbito
competencial en un Estado como el nuestro que es un Estado
autonómico.

Desde el Grupo Parlamentario Vasco entendemos que mantener el
concepto de reforzamiento de las prerrogativas de la Junta
Electoral Central de la vigente Ley Orgánica de Régimen
Electoral General en aras a la defensa de los derechos
generales de los ciudadanos no ha de ir nunca en menoscabo del
complementario reforzamiento de las prerrogativas de las
juntas electorales de comunidad autónoma como órganos
responsables de la vigilancia y de la garantía de los derechos
generales de los ciudadanos en los procesos electorales
autonómicos. Además, entendemos que esta postura que
defendemos desde el Grupo Vasco y que hemos manifestado en
esta ponencia no rompe el concepto del Tribunal Constitucional
de una administración electoral integrada y global, elemento
esencial del sistema jurídico, compuesta por un complejo de
órganos que han de intervenir en una diversidad de
procedimientos electorales, por cuanto que, como se reconoce
por el Tribunal Constitucional en el fundamento jurídico sexto
de la sentencia 154/1988, de 21 de julio, en relación con la
administración electoral integrada --y cito--: «tal
integración no excluye el que las comunidades autónomas puedan
regular respecto de sus propias elecciones parlamentarias
aspectos específicos de las juntas actuantes en su
territorio». Entendemos también que es importante modificar el
actual artículo 21.1 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral
General para que las comunidades autónomas con competencia
exclusiva en materia electoral y en aquellas



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elecciones reguladas en ley aprobada por su Asamblea
legislativa, la Junta Electoral de comunidad autónoma como
órgano supremo de la administración electoral autonómica, en
la que culmina la competencia electoral, resuelva los recursos
que se le formulen sin que en ningún caso se pueda interponer
recurso alguno ante la Junta Electoral Central contra los
acuerdos tomados por la Junta Electoral de comunidad autónoma
en cualquier materia electoral. Estos son dos aspectos, señor
Presidente, que han sido recogidos por el Parlamento Vasco en
el ya famoso acuerdo en torno a las 54 transferencias
pendientes para la comunidad autónoma vasca, concretamente la
número 20 hace referencia a estos dos acuerdos. Para terminar
quisiera manifestar, señor Presidente, que son dos los
acuerdos tomados por unanimidad en el Parlamento vasco y que
en sucesivas reformas de la Ley Electoral quisiéramos que a
los demás grupos les mereciera la debida consideración, que
aquellos grupos que en el Parlamento vasco votan a favor de
estas propuestas y, en concreto, de estas dos, lo hagan
también en esta misma Cámara en el mismo sentido.

Y sin más, señor Presidente, termino felicitando a todos los
grupos por el trabajo riguroso que se ha hecho y en especial,
cómo no, al Presidente de la ponencia.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
González de Txabarri. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el señor
López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Gracias, señor Presidente.

Nuestro Grupo Parlamentario va a votar a favor el dictamen de
la Comisión que se está debatiendo sobre el estudio de las
condiciones actuales de elaboración del censo electoral.

Creemos, como ha señalado el represente del Grupo
Parlamentario del Partido Nacionalista Vasco, que se trata de
un dictamen que tiene su origen en un informe de la ponencia
que se constituyó en el seno de la Comisión Constitucional y
que ha trabajado con una gran intensidad, con un gran rigor,
con un sentido del consenso en relación con esta cuestión que
tiene naturaleza cuasi constitucional, ya que el censo
electoral es el nervio en el que se apoya la posibilidad
práctica de un auténtico sufragio universal, y por tanto es un
asunto verdaderamente de Estado que el censo electoral se
confeccione con todo rigor.

El trabajo de la ponencia ha sido riguroso y se ha llegado a
una serie de resoluciones que compartimos y de las que
destacaríamos, sobre todo, lo que se refiere a la necesidad de
una gestión continua del censo electoral, la importancia de
que haya medios informáticos, tanto en la oficina del censo
electoral como en los ayuntamientos, para la elaboración de
los padrones municipales y de la conexión en tiempo real entre
delegaciones provinciales y la Oficina del Censo y el Registro
Nacional de Electores, y también la campaña de información,
que es otro de los aspectos de las resoluciones, sobre el
perfeccionamiento del censo de extranjeros residentes en
España y del censo de electores residentes ausentes.

Yo quisiera destacar en especial un aspecto de las
resoluciones, exactamente de la resolución decimocuarta --que
ha sido preocupación especial de nuestro Grupo Parlamentario--
, en relación con el tráfico de censos electores que se ha
venido produciendo en nuestro país y que no tiene una sanción
penal adecuada, estando además estos datos del censo electoral
expresamente excluidos de la Ley Orgánica 5/1992 de regulación
del tratamiento automatizado de datos de carácter personal.

Una de las resoluciones de este dictamen es que es necesario
realizar unas reformas legales para que en la normativa que
regula el tratamiento automatizado de los datos de carácter
personal se incluyan los censos electorales, con el fin de
impedir su comercialización. Esperamos que dicha reforma legal
se produzca inmediatamente y, en este sentido, nuestro Grupo
está plenamente de acuerdo con la resolución adoptada por la
Comisión Constitucional.

Nada más, señorías, sólo quiero resaltar nuestro completo
acuerdo con el conjunto de este dictamen porque creemos que es
la manifestación de un buen trabajo realizado en la ponencia
constituida en el seno de la Comisión Constitucional.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor López
Garrido. Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Vera.




El señor VERA PRO: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, el Grupo Popular defendió el
pasado 2 de noviembre de 1993 una proposición no de ley para
crear en el seno de la Comisión Constitucional una ponencia
que estudiase las condiciones actuales de elaboración del
censo electoral. La propuesta fue aprobada --como recordarán
SS.SS.-- por la totalidad de los grupos de la Cámara, lo cual
vino a reconocer su oportunidad política.

Al comenzar los trabajos de la ponencia se puso de manifiesto
que efectivamente existían problemas en la elaboración del
censo. Tan reales eran esos problemas que eran perfectamente
conocidos por todas aquellas personas que participan en su
elaboración en todas sus instancias. Estoy seguro que el
contenido del informe, sus conclusiones y sus resoluciones
habrán terminado por convencer de que el censo español ha
tenido que soportar en determinadas ocasiones errores que
superaban con creces el máximo admisible, y ello como
consecuencia



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de un tratamiento informático defectuoso. La ponencia no ha
entrado a valorar políticamente por qué ese tratamiento
informático defectuoso no fue detectado en su momento o, si lo
fue, por qué el Gobierno no tomó la iniciativa y ha habido que
esperar a que se produjera esa iniciativa por parte del Grupo
Popular para abordar los problemas de elaboración del censo,
los errores que se derivan de esa elaboración y la solución a
dichos errores.

Es preciso que en este punto del debate el Grupo Popular ponga
de manifiesto que cuando desde los medios de comunicación o
cuando los portavoces de mi Grupo denunciábamos la existencia
de un censo cargado de errores, desde el Gobierno socialista
se pretendía deflactar la gravedad de estos hechos y derivar
la responsabilidad hacia los ayuntamientos por no comunicar
las variaciones censales en su momento o bien hacia los
propios ciudadanos por no acudir a revisar el censo en su
exposición pública. Dejaban fuera de toda responsabilidad a la
Oficina del Censo Electoral.

Confiamos que de la lectura de este informe, no sólo se
deriven las necesarias reformas de nuestra normativa electoral
y del propio sistema de elaboración del censo, sino que
también se rectifiquen actitudes del Gobierno que ha
pretendido siempre culpar de todo a quien tiene una mínima
parte de culpa, para ocultar la culpa que a la propia
Administración le corresponde.

Para completar estas consideraciones previas, importa subrayar
que la ponencia concluyó los trabajos en el plazo marcado por
este Pleno y subrayar, igualmente, al igual que lo han hecho
otros grupos, que los trabajos han estado presididos por el
rigor y la seriedad. Además, ha existido un clima de consenso
que estamos seguros que se repetirá en la votación de hoy, a
cuyo efecto anuncio el sentido favorable del voto del Grupo
Popular. Un sentido afirmativo de nuestro voto al informe, a
sus conclusiones y a sus resoluciones que nos conduce,
primero, a hacer una valoración política del propio informe,
con cuyo contenido estamos identificados, y, segundo, a
señalar que el conjunto de las resoluciones aparcan, por
voluntad del Grupo Socialista, las correcciones que
correspondería introducir, a nuestro juicio, en materia del
censo de residentes ausentes. Señorías, nos encontramos ante
la conclusión de los trabajos de una ponencia y de una
comisión de investigación, razón por la cual no se ha
pretendido fiscalizar en ningún momento la actuación de ningún
organismo, ni se han buscado responsabilidades de los errores
ni de su reiteración, aunque quedan implícitas. Pero ello no
impide que hoy dejemos constancia de los problemas por los que
ha atravesado nuestro censo, del origen de estos problemas y
la dimensión de los mismos, con el objeto de instar al
Gobierno a su urgente resolución. Un censo electoral
correctamente elaborado es un sistema de registro mediante el
cual figuran relacionados en el lugar de su residencia todos
los ciudadanos con derecho a voto, figurando inscritos una
sola vez. Pues bien, los miembros de la ponencia hemos podido
constatar que no todos los ciudadanos están registrados y no
todos los que están lo están una sola vez. Y como no quiero
que esta Cámara piense que lo digo por decir, he traído
algunos ejemplos de las recientes elecciones del pasado día
12. Por ejemplo, varias actas notariales donde se recogen
testimonios de personas que afirman estar incluidos en el
censo del año 1993 y que, sin embargo, no aparecen en el censo
de 1994, habiendo tenido que recurrir a las certificaciones
censales específicas. Después, un ejemplo de doble inscripción
que no es ni siquiera de doble inscripción porque es de triple
inscripción. En el distrito de Chamberí varias personas
aparecen registradas en varias ocasiones. Una de ellas se da
la circunstancia de que además de estar inscrita dos veces,
también aparece en el censo de residentes ausentes. Aquí está
la certificación que lo corrobora.

Señorías, la ponencia ha venido a certificar que nuestra
estructura organizativa no es óptima, especialmente en materia
informática, al tiempo que advierte que para su rendimiento
eficaz tendremos que esperar hasta el segundo semestre de
1995. Esto supone un retraso de dos años respecto a lo que
anunció el Ministro de Economía de entonces, en julio de 1992,
en su comparecencia ante la Cámara y que situaba la
operatividad del sistema informático de la Oficina del Censo
para principios del año 1994. Por tanto, si todo va bien, el
sistema informático funcionará a plena satisfacción a finales
del próximo año. La duda que se me plantea es que quien hizo
esta previsión en su comparecencia ante la ponencia es la
misma persona que en el año 1992 asesoró al señor Ministro en
su afirmación ante la Cámara. Se trata del señor Quevedo,
Director de la Oficina del Censo Electoral, de quien nos
extraña su permanencia en el cargo. El Grupo Popular piensa
que debería haber dimitido hace ya tiempo o, por lo menos,
haber sido cesado.

A una estructura organizativa incapaz de dar un servicio
óptimo hay que añadir que los padrones municipales, los
registros consulares, los censos electorales provinciales y el
Registro General del Censo Electoral no tienen un sistema de
comunicación homogeneizado ni comunicado entre sí, lo que
exige un tratamiento de los datos y registros censales a
través de correos y traductores informáticos, con lo que se
dificulta el correcto cruce de datos y se obstaculiza la
universalización del censo, perdiendo todos los beneficios que
la ciencia informática aporta en la actualidad.

Vuelvo a insistir ante SS.SS. en que todo lo que estoy
manifestando en esta tribuna está recogido en el informe de la
ponencia y por tanto no son cosas que esté diciendo a la
ligera.

La identificación de este problema, señorías, nos hace
formular necesariamente una pregunta. ¿Desde



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cuándo se conocía que el sistema informático utilizado en la
elaboración del censo tenía estas fronteras? Es una respuesta
que tenía que haber dado hace tiempo el Gobierno, como
igualmente tenía que responder a la pregunta de por qué no
existe un sistema para detectar automáticamente los dobles
registros o inscripciones censales a las que antes me he
referido.

El Grupo Popular quiere subrayar que el margen de errores que
se produjeron en las elecciones del 6 de junio del pasado año
fue absolutamente injustificable, al tiempo que afirmamos que
en estos errores no se detectan indicios de manipulaciones
interesadas, pero sí la pasividad de quienes conociendo desde
la Administración la existencia de este cúmulo de errores no
reaccionaron con la necesaria rapidez, que este grave problema
requería. El Grupo Popular y los medios de comunicación venían
denunciándolo desde un año antes. Cabría quizás hacer más
extensa e intensa nuestra valoración, pero el espíritu que nos
movió al proponer esta ponencia y el ánimo que ha presidido
sus trabajos nos conduce a poner énfasis en las soluciones que
contiene el dictamen, en una clara manifestación de nuestra
voluntad de sacar conclusiones para el futuro partiendo de un
diagnóstico certero del pasado. Fue urgente volcar, como se ha
dicho en la tribuna, sobre el censo utilizado en europeas y
andaluzas una importante medida correctora propuesta en el
informe, y esa es la razón por la que, aprovechando que se
estaba tramitando en el Congreso otra reforma de la Ley
Electoral, se introdujo en el trámite de enmiendas en el
Senado una disposición para evitar el más que previsible
desfase entre el censo vigente en el momento y la convocatoria
electoral.

Creo, señorías, como han hecho otros portavoces desde la
tribuna, que debemos felicitarnos porque sin duda la medida ha
dado sus frutos y, como reconocerán SS.SS., en las elecciones
del pasado domingo no hemos tenido que asistir al lamentable
espectáculo de aglomeraciones en las oficinas del censo
electoral, que por cierto no fueron consecuencia de la
expedición de certificaciones censales específicas ordenadas
por la Junta Electoral Central, sino que se debieron a los
errores del censo que estas certificaciones venían a corregir.

Superada esta conclusión de carácter urgente y que debemos
recuperar para sucesivas convocatorias electorales, el trabajo
en la ponencia propone dieciséis resoluciones que coinciden
con diecisiete de las veinte planteadas por mi Grupo
Parlamentario. Las otras tres rechazadas se referían al censo
de residentes ausentes.

Señor Presidente, señorías, finalizo diciendo que hay motivos
más que suficientes para criticar cómo ha sido elaborado
nuestro censo, pero al Grupo Popular le interesa más fijar la
atención en las medidas correctoras que se proponen en el
informe de la ponencia y confiar en que el Gobierno atenderá
todas y cada una de ellas a través de las oportunas
iniciativas legislativas que, por el carácter y gravedad de
las mismas, se hacen urgentes. Las conclusiones, que han sido
aceptadas por todos, aunque unos y otros las hemos valorado de
diferente manera, podrían ser estériles si el Gobierno y los
organismos competentes no adoptaran las medidas recomendadas
para rectificar las deficiencias que en las mismas
conclusiones se revelan.

Señor Presidente, por estas razones, como ya he anunciado, el
voto del Grupo Popular será en sentido afirmativo.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Vera.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Izquierdo
Collado.




El señor IZQUIERDO COLLADO: Señor Presidente, señorías, quiero
comenzar mi intervención agradeciendo muy especialmente al
Presidente de la Comisión, señor Zapatero, que haya
transmitido a los trabajos de la misma su estilo tranquilo,
participativo y abierto a todas las sugerencias que se han
generado en el seno de la Comisión, y hacer extensiva también
esa felicitación y ese agradecimiento al resto de los grupos
parlamentarios.

Señorías, el sistema electoral español se adorna con bastantes
más virtudes que algunos juristas, sociólogos y politólogos le
reconocen. Es un sistema electoral al que, cuando es criticado
en el interior de nuestro país, se acercan no pocos países con
sistemas electorales que no contemplan algunas de las virtudes
importantes que tiene el nuestro. Nuestro sistema electoral
representa bien, es decir, adecua voluntades y representación,
da estabilidad a los gobiernos que emergen precisamente de
esas votaciones. Se conforman un sistema y un subsistema de
partidos que es realmente adecuado para la situación de
nuestro país porque se adapta a las distintas realidades,
tanto nacional como regionales. El censo electoral es una
pieza clave en el entorno del sistema electoral; es elaborado
interinstitucionalmete, intervienen los ayuntamientos,
consulados, registros civiles, Oficina del censo; es
coordinado técnicamente por la Oficina del censo electoral y
es dirigido y controlado con plena independencia y con pleno
marchamo de judicialización por la Junta Electoral Central. En
España, señorías, existe una añeja, afortunadamente
periclitada, tradición caciquil desde la Restauración en la
elaboración de los censos electorales. Esa tradición implicaba
una manipulación censal evidente en aquellos años y generó en
la memoria histórica recelos sobre la elaboración del censo
electoral que constituyen todavía un fondo simbólico a la hora
de hablar de las elecciones y de los censos electorales. Esa
desconfianza es precisamente la que ha llevado a la
utilización



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demagógica de las posibles pero neutrales deficiencias del
censo electoral como arma arrojadiza de los partidos de la
oposición, a sabiendas de que existía una memoria histórica,
un caldo de cultivo de reticencias sobre los censos
electorales. Hemos superado casi, tengo que decir después de
la última intervención, esos tiempos. Desde esta tribuna se ha
estirazado el argumento del censo electoral buscando la imagen
electoral de la pérdida de la mayoría absoluta en un momento
determinado. Se ha utilizado el censo electoral como excusa de
mal perdedor para disimular resultados adversos en algunos
momentos. (Rumores.) De manera poco reflexiva se ha hablado
desde esta tribuna, en plena transición democrática, de
«pucherazos» por vía censal. Ese peso histórico de
desconfianza, señorías, ha llevado incluso a los legisladores,
por unanimidad, a establecer controles y plazos tan severos
para el censo electoral que se han constituido --y este es el
auténtico descubrimiento de la Comisión y ningún otro, este es
precisamente-- en la variable fundamental de las disfunciones
del censo. Hemos querido introducir tantos y tan severos
controles que en estos momentos tenemos que revisarlos si no
queremos tener un nivel de disfunciones que no se corresponde
con la modernidad de nuestro censo electoral. Porque,
señorías, el binomio de movilidad geográfica vertiginosa que
se vive y se ha vivido en nuestro país, fruto en gran medida
de la movilidad social, y los plazos superestáticos de
consolidación censal de dichos cambios han sido la base
fundamental de los problemas censales, han sido el eje
fundamental de las quejas y el eje fundamental de las
propuestas; eje fundamental que tenía su base precisamente en
los artículos referidos al censo electoral y, por tanto, en
una decisión de esta Cámara de primar por encima de todo la
legalidad del voto, la objetividad del voto y la ausencia de
interferencias.

Existen otros aspectos necesitados permanentemente de mejora a
la hora de la elaboración del censo electoral. Tenemos que
perfeccionar los padrones. Tenemos que mejorar la
informatización, que ha dado pasos gigantescos ya en la
elaboración del censo electoral. Debemos mejorar sin
demagogias el censo electoral de residentes ausentes, sin
demagogias repito, sabiendo que es fundamental tener un censo
objetivo y que se ha dado un salto adelante tan espectacular
como que en estos momentos hay medio millón de personas
residentes ausentes censados y, por tanto, estamos enviando
información a todos los intersticios donde hay españoles en el
extranjero. Debemos mejorar las oficinas del censo en dotación
de recursos humanos y de medios materiales. Pero hemos
encontrado, señorías, la piedra filosofal de las disfunciones.

Es el momento, precisamente ahora, de reconocer a la Junta
Electoral la excelente tarea que ha desarrollado. Gracias a la
tarea de la Junta Electoral Central se han minimizado
disfunciones importantes que emergían precisamente de la
propia estructura legal, enormemente exigente, de que nos
habíamos dotado. Además --y con esto termino, señor
Presidente-- hoy podemos presumir de que todos los partidos
políticos saben administrar perfectamente en los procesos
electorales la victoria, aunque un rol un poco más difícil,
que es saber administrar también las derrotas electorales,
solamente lo sepan hacer algunos. Señor Presidente, creo que
hoy se puede dar por cerrada lo que ha sido una contienda, una
excitación estéril, una utilización política, demagógica del
censo electoral, porque afortunadamente hemos coincidido todos
en las reformas que deben efectuarse al censo electoral
moderno, neutral y positivo de la democracia española.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Izquierdo. Finalizado el debate, vamos a pasar a las
votaciones señaladas por la Presidencia antes del comienzo de
este debate. (El señor Presidente ocupa la presidencia.)



TRAMITACION DIRECTA Y EN LECTURA UNICA DE INICIATIVAS
LEGISLATIVAS:



--PROPOSICION DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS SOBRE PUBLICIDAD DE LAS COMISIONES DE INVESTIGACION
(CONTINUACION.)



El señor PRESIDENTE: Votaciones correspondientes a la
proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los
Diputados sobre publicidad de las comisiones de investigación.

Señorías, desearía que los portavoces de los grupos que habían
presentado enmiendas a esta proposición confirmasen si después
de las transaccionales anunciadas queda para votación alguna
enmienda de las presentadas que no se vea afectada por las
transaccionales. (La señora De Palacio del Valle-Lersundi pide
la palabra.)
Señora De Palacio.




La señora DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI: Gracias, señor
Presidente. Efectivamente queda una, la número 9, del Grupo
Popular, que supondría una disposición final relativa a la
entrada en vigor del Reglamento.




El señor PRESIDENTE: Entiendo, por tanto, que las demás
enmiendas presentadas se retiran para votar las
transaccionales. (Asentimiento.) Lo mismo las del Grupo
Socialista. (Asentimiento.)
Enmienda número 9, del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 295; a favor, 295.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmiendas transaccionales en relación con las restantes
enmiendas de los grupos Socialista y Popular. (La señora
Rahola i Martínez pide la palabra.) Señora Rahola.




La señora RAHOLA I MARTINEZ: Solicito votación separada de la
enmienda transaccional en relación con la enmienda número 1
del Grupo Socialista, y con la enmienda número 2. También pido
votación separada de la enmienda transaccional a la número 6,
del Grupo Socialista. Las dos primeras juntas y la 6.




El señor PRESIDENTE: Vamos a ver, señora Rahola. Solicita
votación separada de las enmiendas transaccionales relativas a
las enmiendas 1 y 2, del Grupo Socialista, y también de la
número 6, separadamente. (Asentimiento.--El señor Peralta
Ortega pide la palabra.)
Señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor Presidente.

Nuestro Grupo pide votación separada de la enmienda
transaccional a la número 3, del Grupo Socialista, y número 7,
del Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Peralta.

Enmiendas transaccionales relativas a las enmiendas 1 y 2, del
Grupo Socialista. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 299; a favor, 297; en contra, uno; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmienda transaccional en relación con la número 3, del Grupo
Socialista, y la 7, del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 292; a favor, 274; en contra, 15; abstenciones,
tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmienda transaccional en relación con la número 6, del Grupo
Socialista. Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 297; a favor, 295; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Votación correspondiente a las restantes enmiendas
transaccionales para las que no se había solicitado votación
específica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 298; a favor, 298.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas
transaccionales. Votación correspondiente al texto de la
proposición de reforma del Reglamento del Congreso.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 299; a favor, 298; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el texto de la
proposición.




--DICTAMEN DE LA COMISION CONSTITUCIONAL SOBRE EL INFORME DE
LA PONENCIA PARA EL ESTUDIO DE LAS CONDICIONES ACTUALES DE
ELABORACION DEL CENSO ELECTORAL (CONTINUACION.)



El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al dictamen de
la Comisión Constitucional sobre el informe de la Ponencia
para el estudio de las condiciones actuales de elaboración del
censo electoral.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 299; a favor, 299.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




--ELECCION DE UNO DE LOS DIPUTADOS A LOS QUE SE REFIERE EL
PUNTO TERCERO DE LA RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA SOBRE
SECRETOS OFICIALES, DE 2 DE JUNIO DE 1992 (Número de
expediente 052/000001/0005)



El señor PRESIDENTE: Punto XI del orden del día: Elección de
uno de los Diputados a los que se refiere el punto tercero de
la Resolución de la Presidencia sobre secretos oficiales, de 2
de junio de 1992. Ruego a SS.SS. guarden silencio durante la
votación, a efectos



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de que pueda percibirse claramente el llamamiento y acudan con
diligencia a la Mesa para depositar sus votos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Por los señores Secretarios se procede al llamamiento de las
señoras y señores Diputados.




Terminada la votación, dijo



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Pasamos a efectuar el
escrutinio. (Pausa.)



Verificado el escrutinio, dijo



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señorías, los votos
emitidos han sido 297; señor Almunia, 275; votos nulos, 11;
votos en blanco, 11.

Habiendo obtenido una cifra de votos superior a la mayoría de
tres quintos, ha resultado elegido don Joaquín Almunia Amánn,
a efectos de la resolución de la Presidencia de 2 de junio de
1992, sustituyendo al representante anterior que tenía el
Grupo Socialista en esta Comisión.

Se levanta la sesión.




Eran las tres y veinte minutos de la tarde.