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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 7, de 09/09/1993
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1993 Núm. 7 V Legislatura
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 6
celebrada el jueves, 9 de septiembre de 1993



ORDEN DEL DIA: Página



Convalidación o derogación de Reales Decretos-Leyes:



--Real Decreto-Ley 13/1993, de 4 de agosto, de Medidas
Tributarias Urgentes (número de expediente 130/000002)
(«Boletín Oficial de las Cortes Generales», número 187, de 6 de
agosto de 1993) (Página 176)
--Real Decreto-Ley 14/1993, de 4 de agosto, por el que se modifica
la disposición adicional tercera y la disposición transitoria
segunda de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (número de expediente
130/000003) («Boletín Oficial de las Cortes Generales», número 199,
de 20 de agosto de 1993) (Página 187)



Propuesta al Pleno de la Cámara, al amparo del artículo 50 del
Reglamento, de creación de las Comisiones Permanentes de
Infraestructuras y Medio Ambiente y de Sanidad y Consumo:
--Propuesta al Pleno de la Cámara, al amparo del artículo 50 del
Reglamento, de creación de las Comisiones Permanentes de
Infraestructuras y Medio Ambiente y de Sanidad y Consumo (números
de expedientes 151/000001 y 151/000002) (Página 196)
Declaración institucional:



--Sobre las negociaciones entre el Gobierno de Israel y la
Organización para la Liberación de Palestina (número de
expediente 140/000001) (Página 197)



Página 174




SUMARIO



Se abre la sesión a las diez de la mañana.




Convalidación o derogación de Reales Decretos-leyes (Página )
Real Decreto-ley 13/1993, de 4 de agosto, de Medidas
Tributarias Urgentes (Página 176)



En nombre del Gobierno, explica las razones que han obligado a la
promulgación del Real Decreto-ley el señor Ministro de
Economía y Hacienda (Solbes Mira). Señala el señor Ministro que se
trata de una disposición cuya finalidad viene enmarcada por cinco
tipos de consideraciones, ya que, en primer lugar, constituye un
primer paso en la adopción de determinadas
medidas de política presupuestaria que han de afectar no sólo al
ejercicio de 1994, sino también a lo que resta de 1993. En segundo
lugar, responde de forma inmediata, aunque parcial, al
comportamiento negativo de los ingresos no financieros del Estado
durante el segundo semestre del año 1993. En tercer lugar, es una
medida compatible con los compromisos asumidos por España en
materia de armonización fiscal en la Comunidad Europea. En cuarto
lugar, el Real Decreto-ley debe
contemplarse como una primera medida, dentro de un programa más
amplio que debe culminar con la Ley de Presupuestos para 1994, para
afrontar con la energía necesaria la coyuntura recesiva que
atraviesa nuestra economía. Por último, la
elevación de la imposición de los hidrocarburos, con ser
importante, no agota el contenido del Real Decreto-ley, ya que esta
medida se complementa con otras de simplificación de las
obligaciones tributarias de los sujetos pasivos del Impuesto sobre
Hidrocarburos, para colocarlos en igualdad de
condiciones con los restantes operadores comunitarios. A
continuación procede el señor Ministro a tratar de forma
singularizada los diversos preceptos que integran el Real
Decreto-ley, aunque son conocidos perfectamente por los
señores Diputados, y termina resaltando la urgencia y
necesidad de las medidas tomadas y de ahí la imposibilidad de
retrasarlas hasta la Ley de Presupuestos para 1994, motivo por el
que se ha acudido a su aprobación mediante este Real
Decreto-Ley. En turno en contra de la convalidación del Real
Decreto-ley interviene, en nombre del Grupo Popular, el señor
Montoro Romero. Comienza señalando que en los tres meses
transcurridos desde la celebración de las elecciones
generales, como balance de la actuación del Gobierno y de sus
propuestas a la Cámara, sólo cabe hablar de la aprobación de un
crédito extraordinario para RTVE y la convalidación que ahora
solicita de una subida del impuesto sobre carburantes, que ya están
pagando todos los españoles. Piensa que es un mísero equipaje para
luchar contra una crisis económica
profunda, que amenaza con ser larga y muy costosa. Añade que los
datos de esta crisis son alarmantes y, concretando, cita la caída
de la producción en 1993 en torno a un uno por
ciento, la reducción de la inversión en más de un 7 por
ciento, la tasa de paro que se elevará a finales de año hasta el 24
por ciento de una población activa que retrocede,
mientras que la inflación permanece estancada en torno al 5 por
ciento. Es la crisis mayor de nuestra historia reciente, que nos
aleja de la convergencia real con Europa y cuyos datos negativos,
en su gran mayoría, eran bien conocidos cuando se celebraron las
elecciones generales. Recuerda también que en éstas el señor
González amenazó a los españoles con el
fantasma de una derecha que les reduciría salarios y
prestaciones sociales y ahora, con los votos en el bolsillo, es el
momento de cambiar el discurso y reconocer lo que
entonces se negó, es decir, que la crisis es muy grave. Aun así, el
Gobierno sigue sin reconocer que lo que haentrado en crisis es un
determinado modelo de crecimiento económico, auspiciado por una
política económica errónea, que está
poniendo en peligro precisamente esas prestaciones sociales y el
bienestar de los españoles. Agrega el señor Montoro que para
luchar contra esa crisis el Gobierno propone ahora a la Cámara la
convalidación de un Real Decreto-ley, que llama de medidas
urgentes, cuando lo único que contiene es una subida de las
gasolinas y petróleos. Es decir, que cuando la
producción cae a un ritmo histórico, cuando la inversión
empresarial se desploma ante la falta de expectativas y cuando la
tasa de paro alcanza máximos alarmantes al Gobierno no se le ocurre
otra cosa que subir la gasolina, y como solución para nuestros
problemas económicos propone a continuación la congelación de los
salarios. Quedan lejos las promesas del programa socialista de no
aumentar los impuestos y suena cerca del cinismo la exposición de
motivos de esta disposición,
cuando expresa la voluntad de no elevar la presión fiscal
individual. En realidad, la justificación para subir este impuesto
la ha explicado claramente el señor Ministro de
Economía, al hablar de la necesidad de reducir el déficit
público, y desde luego el Grupo Popular comparte esa
preocupación por reducir el déficit público, pero no comparte las
soluciones que se proponen. El Grupo Popular se va a oponer a la
convalidación del Real Decreto-ley por numerosas y poderosas
razones, como son, en primer lugar, que en una recesión económica
como la que estamos viviendo no se deben subir los impuestos, y
menos aún los impuestos indirectos que perjudican la capacidad
adquisitiva de las familias españolas, con lo que se deprime un
consumo que ya



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está en declive. Una segunda razón para esta oposición es la
preocupación del Grupo Popular por nuestras tasas de
inflación, que son impropias de una economía con producción y
demanda interna en retroceso. La tercera razón del voto en contra
es que el encarecimiento de los combustibles a través de la
fiscalidad supone el elevar los costes de producción de la economía
española, por lo que no tiene sentido que el señor Ministro
proponga por un lado la congelación de salarios y, por otro, que
suba los costes de producción a través de una fiscalidad que
incrementa los costes de las empresas
españolas. Como cuarta razón de esta oposición menciona el
daño que causará esta subida del impuesto sobre gasolinas y
gasóleos a sectores claves de la economía española, como es la
industria automovilística y su extendida industria auxiliar y al
transporte. Como quinta y última razón menciona la
preocupación por la equidad del sistema tributario, una
equidad que se pierde cuando se elevan impuestos indirectos que
gravan un consumo tan generalizado como es hoy el de las gasolinas
y gasóleos. Concluye manifestando el señor Montoro que sólo con
una reformafiscal coherente, completa, moderna y estimuladora del
ahorro y la inversión y de la iniciativa empresarial y del empleo
saldremos de la crisis. En cambio, el Gobierno insiste en luchar
contra la inflación con subidas de impuestos, negándose a utilizar
con decisión la única vía
factible para equilibrar las finanzas públicas, como es
conteniendo y haciendo más eficaz el gasto público. Si lo que
pretende el Gobierno con esta medida es transmitir a la
sociedad la impresión de que está actuando contra la crisis, el
Grupo Popular tiene que denunciar que no es así, y que, por el
contrario, el Gobierno se muestra paralizado ante esa crisis, y
precisamente en la votación de hoy van a tener
ocasión de ver qué grupos políticos son cómplices de esa
pasividad del Gobierno, hasta el punto de apoyarle en el aumento de
impuestos que perjudican el tejido productivo. Cree obligado
insitir en que el problema fundamental de la política económica del
Gobierno, fue y sigue siendo su falta de credibilidad y cuando ésta
falta medidas como las que hoy se traen a la Cámara no hacen sino
perjudicar, ya que la
credibilidad no se gana con políticas de parcheo, con
estrategias vacilantes, enmascarando lo que no es sino
incapacidad o incompetencia. En turno a favor de la
convalidación del Real Decreto-ley interviene el señor Gimeno
Marín, en representanción del Grupo Socialista, manifestando, al
hilo de la intervención del portavoz del Grupo Popular, que quizás
este debate sirva para constatar no ya quienes son los grupos
cómplices de la propuesta del Gobierno, sino también si existen o
no propuestas responsables o irresponsables en relación con las
medidas del Gobierno. Escuchando algunas de las afirmaciones del
representante del Grupo Popular tiene que reconocer que le parecían
sorprendentes puesto que hablaba de aspectos tan discutibles en la
concepción de la política
económica como pensar, por ejemplo, que estas medidas van a
disminuir el consumo de las gasolinas, algo de lo que
personalmente duda, ya que la demanda de las gasolinas suele ser
bastante inelástica, y como consecuencia esta moderada medida
propuesta por el Gobierno cree que no va a afectar al consumo. En
realidad, el problema que se plantea es si ante una situación
económica de crisis importante como la que
tenemos se proponen medidas concretas o no se proponen. Pues bien,
después de escuchar al portavoz del Grupo Popular la sensación que
tiene es que dicho Grupo es partidario de no tomar ningún tipo de
medidas o, en todo caso, que el Gobierno tuviera la solución
definitiva de una sola vez para resolver el problema. Frente a esa
postura del Grupo Popular, el
Gobierno ha adoptado ahora unas medidas que estima urgentes, sin
perjuicio de tomar otras medidas también necesarias
posteriormente. Alude a los graves problemas que representa la
elevada tasa de paro y de déficit público, frente a los cuales el
Gobierno adopta un conjunto de medidas que no son sólo las
recogidas en este Decreto-ley, sino que afectan también, como ya ha
anunciado el Gobierno, a la política presupuestaria, a reformas
estructurales, a la política de rentas y al impulso en la lucha
contra el fraude. Son, por otra parte, un conjunto de medidas que
se insertan en otro conjunto más amplio que se está discutiendo en
estos momentos con los agentes sociales y compatibles, además, con
la situación a nivel internacional y con nuestros
compromisoscomunitarios. Son, finalmente, unas medidas a la que se
da un carácter prioritario y selectivo y que el Grupo Socialista
votará a favor de su convalidación. Replica el señor Montoro
Romero, duplicando el señor Gimeno Marín. En turno de fijación de
posiciones intervienen los señores Albistur Marín y González
Lizondo (del Grupo Mixto), Mauricio Rodríguez (del Grupo de
Coalición Canaria), Zabalía Lezamiz (del Grupo Vasco-PNV), Homs i
Ferret (del Grupo
Catalán (Convergència i Unió) y Andreu Andreu (del Grupo
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya). Sometida a
votación, se aprueba la convalidación del Real Decreto-ley por 167
votos a favor, 115 en contra y 22 abstenciones.




Real Decreto-ley 14/1993, de 4 de agosto, por el que se
modifica la Disposición (Página 187)



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Adicional Tercera y la Disposición Transitoria Segunda de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
(Página 187)



En nombre del Gobierno presenta el Real Decreto-ley el señor
Ministro para las Administraciones Públicas (Saavedra
Acevedo), solicitando el voto favorable de la Cámara para su
convalidación, y por el que se da una nueva redacción a la
disposición adicional tercera de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, ampliando a 18 meses el plazo para adecuación de los
distintos procedimientos administrativos a la citada Ley. Como
razones justificativas de esta modificación expone la complejidad
de la materia regulada y el interés que para los ciudadanos
comporta la adecuación de los procedimientos
existentes a la nueva Ley. Alude a la extraordinaria
casuística de las normas administrativas procedimentales y a la
necesidad de salvaguardar los intereses generales y dar respuesta
a las demandas de los ciudadanos, asegurando el bienestar de la
colectividad, lo que unido a la ineludible necesidad de tener en
cuenta la nueva distribución
competencial, modificada de manera muy notable por la Ley Orgánica
9/1992, y la celebración de las elecciones generales, todo lo cual
ha obligado a este aumento del plazo solicitado por el Gobierno.

Agrega, no obstante, que el plazo en cuestión es un plazo máximo y
es intención del Gobierno no agotarlo. No habiendo turno en contra
de la convalidación del Real
Decreto-ley, intervienen para fijación de posiciones los
señores González Lizondo (del Grupo Mixto), Olarte Cullén (del
Grupo de Coalición Canaria), Gatzagaetxebarría Bastida (del Grupo
Vasco-PNV), Nadal i Male (del Grupo Catalán Convergència i Unió),
López Garrido (del Grupo de Izquierda Unida
Iniciativa per Catalunya), Núñez Pérez (del Grupo Popular), y
Marcet i Morera (del Grupo Socialista).

Sometida a votación, se aprueba la convalidación del Real
Decreto-ley por 304 votos a favor.

Asimismo se somete a votación la tramitación del
Real Decreto-ley como proyecto de Ley, siendo rechazada por 132
votos a favor, 167 en contra y cuatro abstenciones.

Propuesta al Pleno de la Cámara, al amparo del artículo 50 del
Reglamento, de creación de las Comisiones permanentes de
Infraestructura y Medio Ambiente y de Sanidad y Consumo (Página 196)
La señora Secretaria (Frías Navarrete) da lectura a la
propuesta de acuerdo que se somete a la Cámara. Se aprueba por
asentimiento la propuesta de acuerdo en cuestión.




Declaración institucional (Página 197)



El señor Presidente da lectura a la propuesta de declaración
institucional por la que el Congreso de los Diputados expresa su
satisfacción por los progresos alcanzados por el Gobierno de Israel
y la Organización para la Liberación de Palestina, mostrando su
esperanza de una pronta firma de los acuerdos, a la vez que
manifiesta su decidido apoyo a los esfuerzos
encaminados a la consecución de una paz justa y duradera en el
Oriente Medio. Se aprueba por asentimiento dicha declaración
institucional. Se levanta la sesión a las doce y media del
mediodía.




Se abre la sesión a las diez de la mañana.




CONVALIDACION O DEROGACION DE REALES DECRETOS-LEY



--REAL DECRETO-LEY 13/1993, DE 4 DE AGOSTO, DE MEDIDAS
TRIBUTARIAS URGENTES (Número de expediente 130/000002)
El señor PRESIDENTE: Comienza la sesión.

Punto primero del orden del día: convalidación o derogación de
Reales Decretos-ley. Real Decreto-ley 13/1993, de 4 de agosto, de
Medidas Tributarias Urgentes. En nombre del
Gobierno, para explicar las razones que han obligado a la
promulgación del Real Decreto-ley, tiene la palabra el señor
Ministro de Economía y Hacienda.

El señor MINISTRO DE ECONOMIA Y HACIENDA (Solbes Mira): Señor
Presidente, señoras y señores Diputados. Me cumple hoy la
tarea de solicitar a SS.SS. el voto favorable para la
convalidación del Real Decreto-ley 13/1993, de 4 de agosto, sobre
Medidas Tributarias Urgentes. Se trata de una
disposición cuya finalidad viene enmarcada por cinco tipos de
consideraciones: En primer lugar, como avancé en mi
intervención ante esta Cámara el pasado día 5 de agosto,
constituye un primer paso en la adopción de determinadas
medidas... (Rumores.)
El señor PRESIDENTE: Un momento señor Ministro.

Ruego silencio a SS.SS. (Pausa.)



El señor MINISTRO DE ECONOMIA Y HACIENDA (Solbes Mira): Decía que
constituye un primer paso en la adopción de determinadas medidas de
política presupuestaria



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que han de afectar no sólo al ejercicio 1994, sino también a lo que
resta de 1993. En segundo lugar, responde de forma inmediata,
aunque parcial, al comportamiento negativo de los ingresos no
financieros del Estado durante el segundo semestre del año 1993. El
aumento del déficit de financiación de las administraciones
públicas se han convertido en uno de los principales indicadores de
la coyuntura recesiva que atraviesa la economía española ya que
tiene su origen, fundamentalmente, en la disminución de los
ingresos impositivos como
consecuencia de la menor actividad económica y en el aumento de los
gastos sociales del Estado compensadores de los efectos de esa
recesión. En ese ámbito la elevación de determinados conceptos
impositivos sobre los hidrocarburos se concibe como una medida de
refuerzo de los ingresos públicos que responde a un presupuesto de
extraordinaria y urgente necesidad derivado de la señalada
evolución del déficit público. En tercer
lugar, se trata de una medida compatible con los compromisos
asumidos por España en materia de armonización fiscal en la
Comunidad Europea. El aumento de los tipos aplicable en el ámbito
del impuesto sobre hidrocarburos operado por el Real Decreto-ley
que presentamos, aproxima la imposición de estos productos en
España a los niveles medios de fiscalidad
existentes en el resto de los Estados comunitarios; de hecho, somos
todavía el tercer país con una menor tributación de la Comunidad.

En cuarto lugar, el Real Decreto-ley no debe contemplarse
aisladamente, sino como una primera medida dentro de un programa
más amplio que debe culminar con la Ley General de Presupuestos de
1994 con la que se puede enfrentar, con la energía que requiere la
situación española, la coyuntura
recesiva que atraviesa nuestra economía. Evidentemente la
elevación de los impuestos sobre hidrocarburos no resuelve por sí
sola los desequilibrios de la economía española ni, por
supuesto, elimina el déficit de las administraciones públicas, pero
sí colabora conjuntamente con otras medidas para ir
progresivamente es ese sentido. Así se ha concebido esta
medida y se aplica de forma parecida a como lo han hecho otros
países como ha sido el caso de Francia, el de Estados Unidos o el
de otros países comunitarios. Por otra parte, los
estímulos que el Gobierno viene aplicando y piensa completar en los
próximos meses para reactivar la inversión y el empleo, comportarán
gastos fiscales adicionales que deben compensarse en el ámbito de
la fiscalidad indirecta de naturaleza
específica. Por último, quiero señalar que la elevación de la
imposición de los hidrocarburos con ser importante no agota el
contenido del Real Decreto-ley, ya que dicha medida se
complementa con otras de simplificación de las obligaciones
tributarias de los sujetos pasivos del impuesto sobre
hidrocarburos para colocarlos enigualdad de condiciones con los
restantes operadores comunitarios. Una vez enmarcado globalmente
el Real Decreto-ley en su vertiente finalista debo referirme de
forma singularizada a los concretos preceptos que lo componen
aunque SS.SS. los conozcan ya perfectamente. Primero, la
incorporación de un nuevo párrafo final del
apartado primero del artículo 46 y la derogación del número 1 del
artículo 51 de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, que deben
considerarse de forma conjunta puesto que forman parte de un mismo
ajuste de la normativa de impuestos
especiales. Dichas modificaciones transforman en un supuesto de no
sujeción lo que en la primitiva redacción de la Ley
38/1992 constituía un supuesto de exención. Las consecuencias
prácticas que conlleva la nueva conceptuación de tales
supuestos es eliminar las obligaciones formales de control que
recaían sobre fabricantes, distribuidores, comerciantes y usuarios
de unos productos que tienen consideración técnica de hidrocarburos
pero que no se utilizan de modo habitual como combustibles o
carburantes. La ratio legis de esta medida se encuentra en el hecho
de que algunos Estados miembros han utilizado en la trasposición de
la Directiva 92/81 de la
Comunidad a sus respectivos ordenamientos, un enfoque práctico que
ha llevado consigo la supresión de obligaciones formales para los
operadores de los referidos productos. Ello habría colocado a los
operadores españoles es una situación de
desventaja frente a otros operadores de la Comunidad, caso de no
poner en marcha esta modificación. Por otra parte, la Comisión de
las Comunidades ha manifestado su apoyo a los Estados miembros que
han preconizado una solución como la aludida y que permite mejorar
en la práctica completando la Directiva en este sentido. En
conclusión, y habida cuenta de que mantener las obligaciones
formales para los operadores de estos productos no supondría un
aumento de la protección de los intereses del Tesoro, dado que la
utilización de estos productos como combustibles o carburantes
resulta altamente antieconómica, su supresión, sin embargo, puede
aligerar de forma importante la gestión del impuesto sobre carburos
por lo que resulta conveniente y necesario hacer de forma urgente
esta modificación. En segundo lugar, la modificación del
artículo 47 de la Ley 38/1992 trata de eliminar con mayor precisión
el supuesto de no sujeción que afecta al autoconsumo de
hidrocarburos que se utilizan como combustible en los procesos de
fabricación de hidrocarburos. En tercer lugar, finalmente, la
modificación de la tarifa primera en el
artículo 50.1 de la Ley de Impuestos Especiales implica una
elevación de los tipos aplicables a las gasolinas con y sin plomo,
a los gasóleos y el queroseno, tanto de uso general como de otros
usos, y al GLP utilizable como carburante en vehículos automóviles
de servicio público, comprendida entre el 7,27 y el 9,90 por ciento
según los productos. Esta
elevación implica unos ingresos públicos presupuestados
adicionales de 38.452 millones de pesetas, en 1993, y de 112.000
millones, en 1994, siendo, como he señalado,



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compatible tanto por nuestros compromisos de armonización fiscal
comunitaria como, dadas las características del
impuesto afectado, con la voluntad de no elevar la presión fiscal
individual en los impuestos indirectos. El carácter urgente y
asociado a la coyuntura económica que revisten las medidas
anunciadas, la absoluta necesidad de adaptarlas, dada su
naturaleza, mediante norma con rango de ley y la
imposibilidad de retrasarlas hasta la Ley de Presupuestos de 1994,
obligaron a su aprobación mediante este Real Decreto- ley. Esta
es, señoras y señores Diputados, la sinopsis de la norma cuya
convalidación se somete a esta Cámara y para la que pido el voto
favorable de SS.SS., lo que hago con el
convencimiento de su necesidad y oportunidad y desde la
perspectiva de que constituye, como he señalado anteriormente, un
primer paso en la instrumentación de un conjunto de medidas que
hagan frente a la situación económica recesiva por la que atraviesa
la economía española. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ministro.

¿Turno en contra de la convalidación? (Pausa.)
Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Montoro. El
señor MONTORO ROMERO: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados. Tercer Pleno de la Legislatura, tercera ocasión en que
el Ministro de Economía sube a esta tribuna a explicar materia de
su competencia, tercer mes de la celebración de las elecciones
generales y ¿cuál es el balance de la actuación del Gobierno
durante este tiempo? Hasta ahora lo único que ha sometido a
dictamen de esta Cámara ha sido la aprobación de un crédito
extraordinario para RTVE y ahora nos solicita la
aprobación, la convalidación de una subida del Impuesto sobre
hidrocarburos, sobre carburantes que, en definitiva, ya están
pagando los españoles. Desde luego, mísero equipaje para
luchar contra una crisis económica grave, profunda y que
amenaza con ser larga y muy costosa. Los datos de la crisis son
alarmantes. En 1993 la caída de la producción rondará el uno por
ciento en volumen. La inversión se reducirá en más del 7 por
ciento. La tasa de paro se elevará a final de año hasta el 24 por
ciento de una población activa, que retrocede,
mientras la inflación permanece estancada en crecimientos del orden
del 5 por ciento --la subyacente en el 6 por ciento--, y en el
déficit exterior por cuenta corriente de la economía española se va
a registrar un nivel del 2,5 por ciento del producto interior bruto
de este año. La crisis es la mayor de nuestra historia reciente y
sobre todo nos aleja de la
convergencia real con Europa, mientras otros parámetros de nuetro
comportamiento, como el Sistema Monetario Europeo, se encuentran en
profunda revisión. La mayoría de estos datos negativos era bien
conocida cuando se celebraron las
elecciones generales. En ellas el señor González prometió lo que no
podía dar, y amenazó a los españoles con el fantasma de una derecha
que les reduciría salarios y prestacionessociales. Ahora, con los
votos en el bolsillo, es el momento de cambiar el discurso y
reconocer lo que entonces se negó: que la crisis es muy grave. Sin
embrgo, el Gobierno sigue sin reconocer que lo que ha entrado en
crisis es un determinado modelo de
crecimiento económico, auspiciado por una política económica
errónea, equivocada, que está poniendo en peligro,
precisamente, las prestaciones sociales y el bienestar de los
españoles. Pues bien, para luchar contra esta crisis se nos
propone ahora la convalidación de un Real Decreto-ley que llaman
medidas tributarias urgentes, cuando lo único que
contienen es una subida del impuesto sobre gasolinas y
gasóleos. O sea, cuando la producción cae a un ritmo
histórico, el Gobierno sube la gasolina; cuando la inversión
empresarial se desploma ante la falta de expectativas, el Gobierno
sube la gasolina; cuando la tasa de paro alcanza máximos
alarmantes, el Gobierno sube la gasolina; y cuando ese mismo
Gobierno propone como solución para nuestros problemas económicos
la congelación de los salarios y como solución
incluso para corregir el déficit público esa congelación de
salarios, este mismo Gobierno a continuación sube la gasolina.

Desde luego, jamás una medida tan nimia había soñado con
alcanzar un protagonismo tan relevante en una situación grave como
la actual. Qué lejos parecen las promesas del programa socialista
que contenían una promesa de no aumentar los
impuestos, y qué cerca suena el cinismo de la presentación de
motivos del texto que se nos somete a consideración cuando -- cito
textualmente-- expresa la voluntad de no elevar la
presión fiscal individual. Es decir, según el Gobierno, cuando
suben los tipos impositivos no sube la presión fiscal
individual. Ciertamente éste, la presión fiscal individual, es un
concepto que algún día nos tendrán que explicar con
claridad. Es un concepto acuñado por los brillantes rectores de la
hacienda pública española en estos últimos años, del que han
abusado realmente, y que la doctrina de la hacienda
pública, desde luego, no ha hecho suyo hasta ahora, aunque
tendremos que rendirnos ante la evidencia de ese hallazgo tan
magnífico. La justificación para subir este Impuesto --ya la ha
expresado claramente el señor Ministro de Economía-- es la
necesidad de reducir el déficit público. Señor Ministro,
compartimos con usted esa preocupación por reducir el déficit
público, pero no compartimos sus soluciones. Y es que ustedes no
aprenden de su propia experiencia. Los gobiernos del señor González
han sido maestros en compatibilizar incrementos de presión fiscal
y aumentos de déficit público. Es decir, han subido los impuestos,
eso ha servido para gastar más y para generar cada vez más déficit
público y más deuda pública. Por cierto, la deuda pública el año
que viene estará situada en el 60 por ciento del producto interior
bruto, arrancándonos así el único criterio de convergencia que
cumplíamos en esa
convergencia nominal



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para situarnos en las condiciones del Tratado de Maastricht. Los
datos de 1992 revelan este diabólico maridaje entre
aumento depresión fiscal y déficit público. La presión fiscal el
año pasado, en un año de crisis económica, aumentó en 1,5 puntos
porcentuales del PIB; los gastos totales lo hicieron en un
porcentaje similar, el déficit público se mantuvo incluso superior
al 5 por ciento del producto interior bruto, y eso gracias a las
operaciones de camuflaje contable que practicó el Gobierno, en el
que ya estaba como miembro el señor Solbes. Ahora resulta que en
1993 el déficit público está en el 7 por ciento del producto
interior bruto. Señor Solchaga, por fin se le escapó el cadáver del
armario que usted había guardado
celosamente bajo siete llaves, y es que ese cadáver olía ya
demasiado, era insostenible tenerlo en ese armario. El Grupo
Parlamentario del Partido Popular se va a oponer a la
convalidación del Real Decreto-ley 13/1993, por numerosas y
poderosas razones que paso a resumir brevemente. En primer lugar,
porque en una recesión económica como la que estamos viviendo no se
deben subir los impuestos, ninguna clase de impuestos. En concreto,
la subida de impuestos indirectos perjudica la capacidad
adquisitiva de las familias españolas y, de esta manera, deprimimos
un consumo que ya está en
declive, precisamente afectado por la destrucción de empleo, por la
alta tasa de desempleo existente y por la falta de expectativas,
por el temor que sienten estas familias
españolas. Decía antes que el Gobierno no aprende de su
experiencia, y es que realmente no aprende de sus propios errores.

Ya no se acuerda de que el año pasado las subidas del IVA, del IRPF
y de las cotizaciones sociales lo que hicieron fue agudizar la
crisis económica, profundizar la
desaceleración. Debería saber a este respecto el señor
González que no hay coraje político en aumentar las
cotizaciones de la Seguridad Social, cuando lo que se está
registrando es una destrucción de empleo en España; es,
sencillamente, una insensatez económica, social y política. La
segunda razón para oponernos a la subida del impuesto sobre
carburantes es nuestra sincera preocupación por la inflación. El
Gobierno dice sentir esa misma preocupación, pero no actúa en
consecuencia. Nuestras tasas de inflación son impropias de una
economía con producción y demanda interna en retroceso, y si la
inflación apenas ha descendido en medio de una crisis económica
como la que estamos viviendo, es porque sus raíces están intactas,
siguen vigentes. Aumenten los impuestos
indirectos y vamos a aumentar el problema. La tercera razón
explicativa de nuestro voto contrario es que el encarecimiento de
los combustibles, en definitiva, a través de la fiscalidad, supone
elevar los costes de producción de la economía
española. No tiene sentido que el señor Ministro de Economía, con
una mano proponga como solución para contener los costes de
producción la congelación de salarios y, con otra mano, suba esos
costes de producción a través de una fiscalidad que incrementa, en
definitiva, los costes de las empresas
españolas. Más lógico sería que el Gobierno aprovechara el
descenso del precio del crudo para intentar repercutir
positivamente, en una mejora de la competitividad de la
economía española, este abaratamiento de la factura que, por
cierto, estamos perdiendo también por la caída de la
cotización de la peseta frente al dólar. La cuarta razón de
nuestra oposición se fundamenta en el daño quecausa esta
subida del impuesto sobre gasolinas y gasóleos a sectores claves de
la economía española, como es la industria
automovilística, su extendida industria auxiliar y al
transporte, que es algo así como el riego sanguíneo de la
economía, de cualquier economía. Una quinta y última razón es que
estamos preocupados por la equidad del sistema tributario, una
equidad que se pierde cuando se elevan impuestos
indirectos que gravan un consumo tan generalizado como hoy es el de
las gasolinas y gasóleos. El Gobierno realmente no parece
preocupado por la equidad de este sistema impositivo español, que
había sido una de sus señas de la campaña
electoral. Por cierto, nos falta saber si el Gobierno tiene un
proyecto concreto de reforma tributaria, la gran ausente de sus
manifestaciones públicas. Y no nos engañemos, sólo con una reforma
fiscal coherente, completa, moderna, estimuladora del ahorro, de la
inversión, de la iniciativa empresarial y del empleo, saldremos de
la crisis. Por lo pronto, con la decisión del Gobierno de elevar
las tarifas de los impuestos
indirectos, el Gobierno lo que hace es agotar el margen para
reestructurar el sistema tributario. El Gobierno nos aparta así,
cada vez más, del estilo de reforma tributaria que rige en los
países de nuestro entorno con los que, en definitiva, estamos
compitiendo. Señorías, el Gobierno insiste en luchar contra la
inflación con subida de impuestos, se niega a
utilizar con decisión la única vía factible de equilibrar las
finanzas públicas, esto es, contener y hacer más eficaz el gasto
público. El anunciado recorte de 100.000 millones de pesetas de los
Presupuestos Generales del Estado en vigor no es más que simbólico,
y todavía estamos esperando su
explicación detallada. Lo que está claro es que los gobiernos del
señor González han dado muestras suficientes de no gastar bien, de
no administrar bien el dinero de los españoles, de los
contribuyentes. Por eso tiene que venir a exigir más
impuestos a esos mismos españoles a quienes no dijeron la verdad
cuando pidieron el voto. Hagan al revés, modifiquen su política
económica primero, modifiquen su política
presupuestaria y, a continuación, vengan a pedir sacrificios a los
contribuyentes. Ustedes lo que nos están pidiendo es más dinero
para financiar, para sostener una política económica equivocada,
que, decía antes, es el pilar de ese modelo de crecimiento
económico que ha finalizado ya su vigencia, que es inviable en el
futuro. La subida de impuestos que se solicita a esta Cámara,
aislada de una política global, revela la
actitud real,



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el talante del Gobierno para afrontar la crisis. El Gobierno pide
a los españoles esfuerzos crecientes para enfrentarse a la crisis,
pero él no es capaz de cambiar su política. El
cambio del cambio, hasta ahora, ha consistido en más de lo mismo,
pero a peor. Es un contrasentido, señor Solbes,
utilizar la armonización europea como excusa para subir los
impuestos, y es que el Gobierno del señor González no ha
entendido bien qué significa nuestra pertenencia ala Unión
Económica y Monetaria Europea. Para obtener las ventajas de esa
integración económica y monetaria, tenemos que ser cada vez más
competitivos y ese objetivo, ganar competitividad, es absolutamente
incompatible con la subida continua de los impuestos, y más de esta
clase de impuestos, que lo que hacen es encarecer los costes de
producción de las empresas
españolas. Si lo que pretende el Gobierno con estas medidas es
transmitir a la sociedad la impresión de que está actuando contra
la crisis, nosotros tenemos que denunciar que no es así, que se
muestra paralizado ante la crisis. Por cierto, en la votación de
hoy vamos a tener ocasión de ver qué grupos
parlamentarios son cómplices de esa pasividad del Gobierno, hasta
el punto de apoyarle en el aumento de impuestos que perjudican al
tejido productivo. Para terminar, hay que insistir en que el
problema fundamental de la política
económica del Gobierno fue y sigue siendo su falta de
credibilidad. Cuando ésta falta, medidas como las que hoy se traen
a la Cámara no hacen sino perjudicar. La credibilidad no se gana
con políticas de parcheo, con políticas dubitativas, con
estrategias vacilantes, que lo que buscan es eludir
responsabilidades políticas, enmascarando lo que no es sino
incapacidad o incompetencia. La política económica que hoy
conocemos se nos presenta incompleta, deslavazada e incluso con
contenidos incorrectos, con planteamientos falsos. La confusión
alcanza sus horas máximas cuando el Gobierno mezcla los asuntos sin
precisar el contenido de ninguno de ellos, seguramente porque no
tiene claro cuál es el objetivo final. Como ya anunció el portavoz
de mi Grupo Parlamentario, el señor Rato, en el Pleno del 5 de
agosto, nuestra posición es colaborar a que se produzca un cambio
radical de la política económica que devuelva a la economía
española su capacidad
perdida de crear empleo. Nos opondremos a las medidas
incoherentes o inútiles para la consecución de ese objetivo, como
sucede con la que hoy el Gobierno trae a la Cámara. Muchas
gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Montoro.

¿Turno a favor? (Pausa.)
Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Gimeno. El
señor GIMENO MARIN: Gracias, señor Presidente.

Señoras Diputadas, señores Diputados, al hilo de la
intervención del portavoz del Grupo Popular se me ocurre
pensar que quizá este debate sirva para constatar no sólo
quienes son los grupos cómplices de las propuestas del
Gobierno, sino también para comprobar si existen propuestas
responsables o irresponsables en relación con las medidas que
propone el Gobierno. Porque yo he escuchado algunas de las
afirmaciones que se hacían defendiendo la posición en contra del
Decreto-ley, y realmente tengo que reconocer que me
parecen un poco sorprendentes. He escuchado en la
intervención del Grupo Popular que achacaba al Gobierno, y al Grupo
Socialista que lo apoya, que no estaba dispuesto a disminuir las
cotizaciones sociales, he oído decirle que no está, por supuesto,
dispuesto a que se aumente la imposición indirecta ni en impuestos
especiales, y le he oído decir cosas tanparadójicas como que son
simbólicos 100.000 millones de pesetas de reducción del gasto que
el Gobierno decide también en el mes de agosto. Si son tan
simbólicos esos 100.000
millones de reducción de gastos que decide el Gobierno,
supongo que al portavoz del Grupo Popular también le deben parecer
muy simbólicos los 38.000 millones de ingresos que supone para este
año --lo que queda-- la medida tomada por el Gobierno y
posiblemente los 112.000 millones que en términos anuales significa
y que lógicamente afectarán al año que
viene. Le he oído mencionar aspectos muy discutibles en la
concepción de la política económica, tan discutibles como
pensar que las medidas van a disminuir el consumo de las gasolinas;
yo lo dudo. Sinceramente lo dudo porque la demanda de las gasolinas
suele ser bastante inelástica y, como
consecuencia, lo previsible --por la moderación de la
propuesta del Gobierno-- es que no va a afectar al consumo. Pero,
al final, ¿cuál es el problema? El problema que estamos
planteándonos --y no es la primera vez-- es si ante una
situación de crisis económica importante y seria, como la que hay
--todos lo reconocemos, parece ser--, se proponen medidas concretas
o no se proponen. A mí me da la sensación que el portavoz del Grupo
Popular es partidario de no tomar ningún tipo de medida, o en todo
caso que el Gobierno tuviera la solución definitiva, de una sola
vez, para resolver los
problemas. El Gobierno, sin embargo, en esta ocasión --en otras
también lo ha hecho en la anterior Legislatura-- la posición que ha
adoptado ha sido tomar medidas que se estiman como urgentes sin
perjuicio de las sucesivas que habría que adoptar. Porque todos
coincidimos, sin ninguna duda, en que la situación económica es
preocupante, que estamos en una fase recesiva. Se ha dicho que se
ha tocado fondo, pero las
previsiones de crecimiento del empleo todavía tardarán en
producirse como consecuencia de la mejora de la actividad
económica. Y en este contexto, por lo menos espero --así me ha
parecido--, que en algunos puntos podremos estar de acuerdo, como,
por ejemplo, en la preocupación de todos por el problema del paro
como primero de este país, también en la preocupación por el
déficit público, o en la preocupación por la inflación, que no le
he oído mencionarlo, pero seguro que también lo
compartimos,



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y en alguna de sus manifestaciones quizá lo haya dicho.

Por consiguiente, nos guste o no nos guste el déficit público se ha
incrementado como consecuencia del funcionamiento de los
estabilizadores automáticos de la economía, y en una situación
recesiva parece lógico y normal --aunque produzca
consecuencias negativas-- que los ingresos se vean disminuidos de
una forma muy importante, así se ha explicado por el
Gobierno hace un mes, así se sigue explicando y también se seguirá
explicando que la consecuencia de la recesión produce un incremento
de los gastos sociales de una forma muy
importante. Esos dos mecanismos operan, sin ninguna duda, y el
Gobierno, en el ámbito de suresponsabilidad, siendo coherentes
--por lo menos nosotros así lo vemos-- con el análisis de la
situación económica y con la orientación que se pretende dar a esa
política económica, adopta un conjunto de medidas que no son sólo
el Decreto-ley que hoy pretendemos aprobar, no son sólo esa medida,
repito, sino que el conjunto afecta, y así ha sido anunciado por el
Gobierno, a la política presupuestaria, a las reformas
estructurales, a la política de rentas y al impulso en la lucha
contra el fraude. Es en ese aspecto de la política presupuestaria
en el que el Gobierno piensa que no puede esperar, que tiene que
empezar a tomar medidas que mejoren la situación del déficit
público, que sin duda es
preocupante en lo que se refiere al ejercicio de 1993. Y junto a
esta medida, como ya decía también el portavoz del Grupo Popular,
se toman otras, como es la reducción del gasto, en 100.000 millones
de pesetas, ya que parecía conveniente, pero lo reduce no de
cualquier forma, sino selectivamente, de acuerdo con una serie de
prioridades sociales y de inversiones que se tienen por parte del
Gobierno. Esto es lo que
significan las medidas que se proponen junto con el Decreto- ley,
que, como ya ha explicado el Gobierno, supone unos
incrementos que, en sus consecuencias, en los datos que los
técnicos y los expertos manifiestan sobre los precios, pueden
oscilar alrededor de dos décimas. Eso es lo que se dice y esa es la
realidad de lo que pueden significar ese tipo de
medidas. Además, ese tipo de medidas se insertan en otro conjunto
que se está discutiendo en estos momentos con los agentes sociales,
y el Gobierno, y el Grupo Socialista que le apoya, piensa que
algunas de ellas tienen que discutirse previamente con los agentes
sociales. En ese contexto, estas medidas son compatibles con el
conjunto de la situación a nivel de la economía internacional y de
nuestros compromisos comunitarios; son compatibles con la situación
fiscal de la Comunidad. Quiero también decirle al portavoz del
Grupo
Popular que tenga en cuenta que en el año 1993 los ingresos
fiscales van a disminuir, por eso el Gobierno puede hoy decir que
también se mantiene esa presión fiscal, porque la medida, en la
subida del Impuesto especial de hidrocarburos, es
moderada, y la presión fiscal se sigue manteniendo; no afecta, como
dice el portavoz del Grupo Popular, a esos compromisos que el
Partido Socialista asumió en las elecciones. La
compatibilidad con nuestros compromisos de armonización fiscal se
mantiene y nos aproxima a la medida comunitaria de presión fiscal
por estos conceptos. Pero --lo ha dicho el Ministro-- seguimos
estando por debajo de la media comunitaria. La
repercusión sobre la recaudación es evidente que se produce, lo
hemos dicho: son 38.000 millones en el presente año y
112.000 millones en base anual. Sobre los precios, la
repercusión --que tiene aspectos negativos, sin ninguna duda-- es
de dos décimas, pero en esa influencia sobre los precios también
está la depreciación de la cotización de la peseta en los mercados
monetarios. ¿Qué quiero decir, señor Presidente, y con esto
termino? Que todas las medidas económicas tienen aspectos positivos
y tienen aspectos negativos. La diferencia entre quienes asumen la
responsabilidad de gobernar y quienes parecen que asumen la
irresponsabilidad deplantear como nada sus propuestas alternativas,
significa el atreverse a tomar decisiones. Esta medida ha sido una
medida ponderada. ¿Qué significa un incremento de los ingresos del
Estado? Sin ninguna duda. Significa eso y se es consciente de los
aspectos negativos que tiene. A nadie le gusta --a nosotros
tampoco-- subir los impuestos, pero la responsabilidad nos lleva a
tomar un conjunto de medidas que, junto con otras que se han
adoptado ya y otras que se adoptarán y que tendrán su
plasmación en la ley de presupuestos y en los posibles
acuerdos que con los agentes sociales se puedan articular,
pretenden un objetivo: la creación de empleo y que la economía no
sólo sea una mejora para esa creación de empleo, sino un
mantenimiento de la solidaridad con los sectores más débiles
socialmente. Por eso, el Gobierno, cuando toma medidas, les da un
carácter prioritario y selectivo, y el Grupo Socialista, como ya es
notorio, apoya el Decreto-ley propuesto por el Gobierno. Gracias,
señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gimeno.

Tiene la palabra el señor Montoro.




El señor MONTORO ROMERO: Una de las costumbres del debate político
es no oír los argumentos del contrario; quizá sea un defecto de la
megafonía de la sala por el rumor que a veces impera en ella. Pero
realmente lo que yo he querido decir en la explicación de nuestro
voto contrario a esta subida de impuestos --y que el señor Gimeno
debe escuchar con atención-- es que estamos seriamente preocupados
por la inflación y por la corrección del déficit público. Y estamos
tan seriamente preocupados que no hemos escuchado la explicación
sobre la incidencia que tiene esta subida de impuestos sobre la
inflación; no hemos escuchado la cuantificación de esa
incidencia, que el Gobierno debe tener estimada o por lo menos
evaluada, calibrada, y que sería oportuno conocer en su
estimación oficial.




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En lo que se refiere al déficit público, tenemos que insistir --y
así lo hacemos como argumento principal-- en que el
déficit público no se corrige subiendo los impuestos;
aprendamos de una vez esta lección. Nuestra historia reciente nos
está enseñando --como he intentado demostrar con alguna de nuestras
cifras de las estadísticas de cierre de las
administraciones públicas-- que no es subiendo los impuestos como
se corrige el déficit público. El déficit público está
ahí, y el señor Solbes, en algunas de sus manifestaciones
públicas de estas últimas semanas se ha referido a él como una
tendencia que no cabe romper, como una tendencia fatalista de
corrección del déficit público de la que no cabe salirse,
quizá por lo que evalúa de efecto de la crisis económica sobre ese
déficit público, cuando lo que necesitamos, precisamente, es un
cambio de la política presupuestaria para que responda activamente
a la corrección de los problemas de la economía española y a la
recuperación de esa actividad económica.

Señor Solbes, cuando se aumentan las tarifas sube la
presiónfiscal individual. Una subida de impuestos es una
subida de presión fiscal, y eso es así cuantitativamente en la
medida en que lo podemos expresar en un índice. No es correcta la
utilización de términos engañosos que pretenden transmitir a los
españoles la sensación de que no van a pagar más
impuestos. Eso científicamente no es válido y políticamente es
incorrecto plantearlo. No se pueden elevar las tarifas y a
continuación decir que no sube la presión fiscal. Además, no se
deben subir los impuestos cuando en una reciente campaña electoral
se ha dicho lo contrario. A ese respecto, si
hubiéramos hecho un cambio de política económica, un cambio mucho
más severo, más coherente, si hubiéramos abordado con decisión y
con coraje esa transformación, esa reforma
estructural que necesita nuestra economía, no habría sido
necesario tomar, como primera medida de política económica, esta
casi vergonzosa subida de los impuestos más fáciles de recaudar,
como son los impuestos sobre la gasolina, porque se caracterizan,
claro que sí, por la rigidez de su demanda. Es decir, el Gobierno
acude allí donde los españoles se defienden peor de la subida de
impuestos, y el Gobierno ignora los efectos perversos que tiene
sobre la economía en general, e incluso sobre las propias finanzas
públicas, la elevación de los impuestos. Vean lo que ha pasado con
la recaudación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
tomen los datos de la última campaña del IRPF, que son reveladores
de los efectos negativos que se recogen cuando se elevan tarifas en
situaciones económicas adversas. Estamos preocupados por la
inflación, efectivamente; estamos preocupados por la
incidencia de estos impuestos sobre la inflación y estamos
convencidos de que sólo vamos a contener el gasto público
cuando llevemos a cabo una contención primera, original, de los
impuestos, que es la disciplina que necesita este sector público.

Es decir, no confiamos en esa restricción de gasto, que es la que
nos anuncia el Gobierno, y de la que decía en mi intervención
anterior que era un gesto simbólico, y quiero aclarar que es
simbólico respecto de la cantidad de gasto público que se contiene
en los Presupuestos Generales del Estado, y qué decir en el
conjunto de las administraciones públicas españolas, situadas ya en
el umbral del 50 por ciento del producto interior bruto. Insisto
en la insatisfacción de los argumentos que se nos ofrecen para
pedirnos nuestro voto para aprobar esta elevación de impuestos;
insisto en los
efectos perversos que se derivan de esa elevación de impuesto;
insisto en los efectos negativos sobre la inflación y, en
definitiva, en la pérdida de competitividad de una economía que,
como la española, está apurada, está obligada a conseguir esa
ganancia de competitividad a corto plazo. Insisto, por último, en
la urgente necesidad de cambiar la política
económica, de no presentar medidas que son parches que están en
absoluta soledad y que, en definitiva, empeoran más de lo que
mejoran la coherencia interna de esa política económica; una
coherencia de la que carece en absoluto, como afirman continuamente
los mejores expertos nacionales e
internacionales que observan la evolución de nuestra economía y la
calidad de nuestra política económica. Muchas gracias. El señor
PRESIDENTE: Gracias, señor Montoro.

Tiene la palabra el señor Gimeno.




El señor GIMENO MARIN: Muchas gracias, señor Presidente.

Sinceramente creo que el que sin duda no me ha oído ha sido el
portavoz del Grupo Popular, y creo que no lo ha hecho puesto que he
compartido con él, y con el resto de los grupos, que la
preocupación de todos es el paro, fundamentalmente, y después la
inflación y el déficit, con lo cual soy consciente de que al Grupo
Popular también le preocupan esos factores. Sin
embargo, lo que he venido a decir es que ayuda muy poco a resolver
la preocupación que sienten por esos problemas lo que está diciendo
en este debate, porque sinceramente creo que no dice nada. Quizá su
función sea criticar las medidas del
Gobierno, se lo acepto en esa parte; pero, en cualquier caso, es en
ese debate en el que me quiero producir. He dicho también que sí
que hay repercusión sobre los precios, pero que es una repercusión
de dos décimas e incluso de tres, y que, en cualquier caso, en esa
repercusión también intervienen
factores monetarios. Esa es la realidad. Le decía antes que las
decisiones que toma el Gobierno en política económica al final
tienen siempre aspectos positivos y negativos. Pero lo que también
le he dicho --y si no se lo digo ahora-- es que los aspectos
positivos de esta medida son mucho mayores que los negativos, eso
es lo que le he dicho. Es lo que ocurre con todas las medidas,
aunque podamos equivocarnos o no. En cualquier caso, lo que más me
sorprende son las cosas que dice S.S., porque yo creo que es un
discurso



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que ustedes repiten con bastante frecuencia cuando hablan del
déficit público. Ustedes dicen que el déficit público no se
corrige subiendo los impuestos, pues yo no sé cómo se corrige
entonces. Lo que sí le puedo decir es que afecta a los
ingresos y a los gastos, y usted me dice que hay que disminuir
mucho los gastos, pero no me dice cómo. Yo no sé de dónde
quiere usted disminuir los gastos. ¿Los gastos corrientes? ¿Quiere
usted disminuir los gastos de personal? Me parece que no. Usted no
quiere disminuir los gastos sociales ni tampoco las inversiones.

¿Qué es lo que quiere disminuir entonces? ¿El gasto de los
lapiceros y los bolígrafos para ver si
financiamos con ello el déficit? Yo creo que no. El Gobierno, en
estos momentos, cuando pretende además disminuir los tipos de
interés para reactivar la economía, tiene que afrontar como una
necesidad ineludible la disminución del déficit público, porque el
déficit público --y S.S. seguro que lo sabe-- es uno de los
factores que pueden contribuir a una tendencia de los tipos de
interés hacia el alza. Por tanto, el Gobierno tiene que operar
sobre los ingresos y sobre los gastos. Yo creo que S.S. sabe --lo
tiene que saber porque es experto en la
materia-- que cuando hablamos de presión fiscal estamos
hablando de ingresos fiscales y de riqueza del país, de eso es de
lo que estamos hablando, pero usted habla de otra cosa. Yo digo que
lapresión fiscal de este país sigue siendo la segunda más baja de
los países europeos de nuestro entorno, si bien también afirmo que
es verdad que en muy pocos años, y es
responsabilidad del Gobierno socialista, ha aumentado la presión
fiscal de este país, es verdad. Pero volvemos al
debate de siempre.

El Gobierno, de una forma moderada y selectiva, ha adoptado esta
medida, que le vuelvo a insistir que no va a afectar a la demanda,
entre otras cosas porque es una demanda inelástica. Por eso el
Gobierno puede hacer un cálculo tan exacto de lo que van a
repercutir fiscalmente en la recaudación los
impuestos que se plantean. En definitiva, el problema de ustedes
es siempre el mismo. Yo entiendo que ustedes no
quieran hacer propuestas concretas, y por eso dicen: cambien la
política económica. Pero díganme qué significa eso. Ya sé
lo que significa para ustedes: disminuir los impuestos y mantener
los gastos, que es lo que vienen diciendo siempre, y precisamente
eso es lo que no les da a ustedes credibilidad ante los ciudadanos.

Esa es la realidad. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gimeno.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Señor Presidente, señorías, quisiera
reiterar lo manifestado en el debate de investidura sobre el apoyo
a toda medida para salir de la crisis, así como expresar la honda
preocupación que se siente en nuestro propio Grupo por la situación
grave en la que cada vez nos vamos metiendo, pero siempre con la
condición de que todas estas medidas no se tomen a costa de los
gastos sociales y los colectivos que están siendo hoy protagonistas
de la crisis y que, reitero, son --solamente citarlos-- los
jubilados, clases medias, trabajadores, parados y pequeños y
medianos empresarios. Consideramos que este Real Decreto puede ser
necesario e incluso efectivo, pero que, como el llamado decretazo
de hace un año, nos tememos que sólo sea eso: una simple medida que
no vaya acompañada después de un programa de medidas que este
Congreso debe debatir. En tres meses de este Gobierno esta es la
medida más importante de lucha contra la crisis que
públicamente se ha tomado. El Gobierno ha manifestado tomar un
camino a nuestro modo de entender de medidas fáciles.

Presentar, en primer lugar, este Real Decreto en lugar de
proposiciones de ley para debatir por este Parlamento, y ese afán
recaudatorio directo, con una incidencia también directa en el
poder adquisitivo de los ciudadanos --el incremento del coste de
transporte y calefacción-- y en las empresas --el incremento del
coste de transporte y energía--, va producir claramente efectos
inflacionarios. Estas medidas concretas traerán, a nuestro modo de
entender, inflación, reducción en dos puntos del actual poder
adquisitivo y conflicto social, como se está empezando a demostrar
en el sector del
transporte. Quiero reiterar en esta Cámara que nosotros
estamos con unaprofunda preocupación por abordar seriamente, desde
el sector público, las medidas contra la crisis. Pero también
asistimos preocupados a la resistencia a tomar las verdaderas
medidas: Abordar el déficit público con una
reducción drástica de gastos de la Administración --que se
dice pero no se hace y que está suponiendo ya el 6 por ciento del
producto interior bruto-- y abordar también con seriedad, el fraude
fiscal, que supone ya el 5 por ciento de ese
producto interior bruto. Tenemos la impresión de que el
Gobierno no sabe cómo reducir ambos temas, que suponen el eje clave
de las medidas para salir de la crisis. Abórdenlos, señor Ministro,
gobiernen, que es, en una palabra, lo que hay que hacer, y además
planteen un pacto social primero a esta Cámara y a continuación a
los agentes sociales. El voto
negativo que ahora vamos a plantear no es oponernos por
oponernos. Compartimos sus análisis y las preocupaciones que ha
manifestado al comienzo de esta sesión, pero no la forma en que se
están tomando estas medidas. Esperamos que haya una rectificación
para poder continuar apoyándoles. Muchas
gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Albistur.

Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor González
Lizondo.




El señor GONZALEZ LIZONDO: Señor Presidente, señorías, señor
Ministro, yo quiero recordar que desde



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Unión Valenciana presentamos al proyecto de ley de impuestos
especiales una enmienda en la que se proponía la exención del
impuesto sobre hidrocarburos a las actividades agrícolas y
ganaderas, y hoy nos encontramos con la subida del impuesto sobre
hidrocarburos precisamente en el gasóleo para
actividades agrícolas. El impuesto pasa de ser de 11.000
pesetas a 11.800 por cada mil litros. Señor Ministro, creo que el
planteamiento que hoy ha expresado aquí no es válido. Usted dice
que como bajan los ingresos los que cotizan tienen que pagar esa
diferencia que no se puede cobrar. Pues no. El portavoz socialista
decía: podremos equivocarnos. Y no es que podrán, es que se
equivocan, se han equivocado, y si siguen esta línea se seguirán
equivocando, porque no se puede
castigar aún más a aquellos que están generando trabajo y
riqueza con un mayor impuesto; lo que hay que intentar es la
creación de nuevos elementos que puedan tributar, con el fin de que
las arcas del Tesoro aumenten. Lo que hay que hacer es buscar más
contribuyentes, potenciar la inversión, potenciar las fuentes de
trabajo, potenciar aquellos inversores que están dispuestos a crear
riqueza, a crear puestos de trabajo. Habría que hacer una
comparación muy sencilla, sencillísima, porque a veces las cosas se
complican y las comparaciones sencillas son necesarias, y hay
grupos dentro de esta Cámara que creo que loentenderán porque su
filosofía es de
características parecidas. Cuando unas empresas no venden, no
aumentan el precio en el producto; lo que hacen es buscar nuevos
clientes, lo que hacen es expandir su red de agentes, lo que hacen
es extenderse más con el fin de conseguir nuevos clientes que
puedan permitir el mantenimiento de la
facturación de la empresa, que no es ni más ni menos que de lo que
se trata aquí. Señor Ministro, si se sigue practicando esta
política se seguirá generando inflación, mermará la
maltrecha competitividad de nuestras empresas, de nuestros
agricultores, etcétera. Además, por el portavoz socialista se ha
reconocido que esta medida no soluciona los graves
problemas que tenemos, pues estamos hablando de poco más de 38.000
millones de pesetas. La corrección del actual déficit público
requiere la elaboración de un plan de saneamiento
plurianual, y los constantes incrementos de impuestos a lo largo
del tiempo provoca una gran incertidumbre en la
sociedad, al margen de no solucionar absolutamente nada. Mientras
que los empresarios ven incrementar el precio de uno de los inputs
más importantes en su actividad económica, los trabajadores ven
mermada seriamente su capacidad adquisitiva. Por tanto no podemos
apoyar la convalidación de este Decreto, porque va en contra de
nuestra filosofía y en contra de lo que entendemos que deben ser
las medidas necesarias para salir de esta crisis profunda en que
nos encontramos, pues de esta forma sólo conseguimos ahondarla un
poquito más. Muchas
gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor González Lizondo.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mauricio Rodríguez.

El señor MAURICIO RODRIGUEZ: Señor Presidente, señoras y
señores Diputados, de forma muy breve Coalición Canaria
aprovecha el turno de fijación de posiciones para explicar que su
posición va a ser de abstención. Pero es una abstención que lo que
quiere indicar es que entendemos, como ha dicho el señor Ministro,
que el programa de medidas que el Gobierno ha planteado a la Cámara
aún está por desarrollar, y que la
propuesta del Decreto es simplemente una medida aislada que
necesita el complemento del conjunto de medidas que nos ha
prometido. La posición de Coalición Canaria se irá definiendo
positiva o negativamente a las propuestas del Gobierno en la medida
que éstas se expliquen de forma global, tanto en el orden económico
como en el orden autonómico. Decía el otro día aquí uno de los
portavoces del Grupo que apoya al Gobierno que es necesario un
gobierno sólido, que cree confianza y que marque las iniciativas
para el desarrollo del país. La
impresión que nosotros tenemos en este momento, señor
Ministro, es que a este Gobierno le falta tiempo para explicar a
esta Cámara el conjunto de medidas que ha venido
prometiendo, que ha venido insinuando, algunas de ellas
simplemente a través de globos sonda. A los canarios, que tenemos
una situación de crisis económica y autonómica muy
importante, nos gustaría saber pronto cuáles son las líneas
maestras de la política que, al final, el Gobierno
decidaaplicar, porque, sin duda, para crear ese clima de confianza
lo primero que hace falta en este país es un
gobierno sólido; y para ser sólido tiene que dar la impresión de
que tiene un programa; y para tener un programa tiene que dar la
impresión de que no se gobierna desde fuera del
gobierno sino desde dentro. Para todo ello, el Grupo de
Coalición Canaria está abierto y receptivo a escuchar las
propuestas y medidas que este Gobierno pronto debe traer, no sólo
en el marco de los presupuestos sino otras, como las de carácter
autonómico, para acabar con la sensación de
improvisación, y a veces de componenda, que se empieza a dar en la
política del país. Coalición Canaria, como
representante de un sector de la población de las Islas
Canarias, está preocupada por los problemas de las Islas -- que,
repito, son graves--, pero lo está también por los
problemas del resto del país. Hace falta, por tanto, en España que
entre todos contribuyamos a definir desde este Parlamento las
líneas maestras, para marcar lo que tiene que ser un
programa sólido en el orden político y económico. Si a esta Cámara
se la quiere dividir entre fiscales, reos y cómplices, Coalición
Canaria quiere manifestar en este acto que sólo
tiene una actitud expectativa y que espera pronto
comprometerse, si hay un proceso de diálogo,



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a sacar al país de la crisis para sacar a Canarias y a toda España
de esa crisis. Por todo ello, no se entienda nuestro voto de
abstención como un voto pasivo sino como un voto
activo, a la expectativa de ayudar y contribuir al desarrollo y
progreso de la sociedad española. Nada más y muchas
gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mauricio.

Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor Zabalía.

El señor ZABALIA LEZAMIZ: Señor Presidente, señorías, nuestro Grupo
Parlamentario quiere hacer unas consideraciones antes de emitir su
voto. En primer lugar, queremos dejar constancia de que la
desaparición de los monopolios fiscales exige la
adecuación de nuestro concierto económico. Adecuación de
determinados aspectos de los tributos concertados, entre otros, la
concertación de los impuestos especiales que gravan los consumos
especiales, como son los hidrocarburos. En segundo lugar, volvemos
a insistir en la necesidad de
establecer una reforma global del sistema tributario como
instrumento indispensable para hacer frente a la grave
situación económica, y no seguir utilizando permanentemente las
medidas urgentes como instrumento de política tributaria. En
tercer lugar, reconocemos que este Real Decreto se enmarca dentro
de las líneas básicas de actuación de política
tributaria que propugna nuestro Grupo, concretamente en el traslado
del pesorelativo de la recaudación tributaria hacia la imposición
indirecta. Por todo ello y de acuerdo con estas consideraciones
apuntadas, estimamos adecuadas las
modificaciones introducidas en este Real Decreto, por lo que damos
nuestro voto favorable a su convalidación. Nada más, muchas
gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Zabalía.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el
señor Homs.

El señor HOMS I FERRET: Gracias, señor Presidente.

Antes de exponerles algunas de las argumentaciones que
justifican la posición del Grupo Parlamentario que represento,
quiero dirigirme al portavoz del Grupo Popular y decirle que tiene
razón al manifestar que triste bagaje es éste para
afrontar la crisis económica. Al recordarnos algunas de estas
medidas que se han adoptado durante estos tres meses, quiero añadir
que se ha olvidado de la que acordó el Gobierno, el Real
Decreto-ley para financiar la colección Thyssen (por cierto,
iniciativa a la que mi Grupo no dio su apoyo, creo que el suyo sí),
cuyo coste es prácticamente los mismos miles de millones que van a
recaudarse con este Real Decreto-ley que estamos ahora debatiendo.

En definitiva, señor Presidente, la posición de mi Grupo respecto
a esta iniciativa es que esta medida que contiene el Real
Decreto-ley por sí sola no
resuelve los problemas que hoy tiene la economía española Si no
viene acompañada de otras actuaciones en materia económica, no
generará ningún efecto positivo sobre la actual recesión, ni nos va
a permitir superar algún desequilibrio que hoy
presenta la difícil situación económica. No obstante, señoras y
señores Diputados, insertada esta medida en un conjunto de
actuaciones que suponga una reorientación de la política
económica para incidir en la mejora de su competitividad
puede, a nuestro entender, llegar a ser razonable. En la mayoría
de los países occidentales hemos observado un cierto paralelismo al
adoptar una medida de esta naturaleza. Hoy varios países en Europa
se han pronunciado y han adoptado medidas similares, incrementando
impuestos indirectos y
reconduciendo, no obstante y de forma paralela, los impuestos
directos. Esto es lo que, a nuestro entender, observamos que falta
al adoptar por parte del Gobierno esta medida de
incremento de un impuesto especial, que en sí misma no vemos que
pueda ser rechazable si fuera acompañada de la adopción de otras
medidas que permitieran reconducir el marco fiscal en los impuestos
directos en la dirección de incidir en la mejora de la
competitividad de la actividad productiva de nuestra economía.

Esta es, en síntesis, la primera reflexión que
quiero trasladarles. Es cierto que Alemania adoptó hace muy pocos
meses, en agosto pasado, la medida de que, a partir del primero de
enero, subirá la gasolina --se incrementa en un 0,16 por ciento ese
coste fiscal, lo que supone unas 12
pesetas-- y que en Holanda también, a partir del primero de enero
próximo, se va a incrementar en ocho pesetas
aproximadamente el precio de la gasolina. Es verdad que varios
países en Europa están adoptando las mismas medidas, pero al mismo
tiempo, estos países están adoptando otras
dirigidas a incidir en la mejora de su capacidad productiva. Esto
es lo que no estamos haciendo en estos momentos aquí, en España.

Por eso, señoras y señores Diputados, creemos que
esta medida de incrementar la presión fiscal, que conlleva un
aumento en el impuesto sobre los carburantes en 7
pesetas/litro, que supondrá una recaudación de unos 40.000 millones
de pesetas, por sí sola no va a resolver nada. No obstante,
estimamos que si se acompaña de un conjunto de otras actuaciones
dirigidas a reactivar nuestra economía, entonces esta medida en sí
misma podría llegar a ser razonable. Quiero decirle también al
portavoz del Grupo Popular, cuando hacía referencia a la situación
heredada, que nuestro Grupo entiende que la responsabilidad de
cambiar la situación heredada
corresponde al pueblo español y que en las elecciones tuvo la
oportunidad de hacerlo. Lo que nos corresponde ahora es
administrar esta situación heredada. El Grupo Parlamentario que
represento cree que la actual recesión económica y el



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creciente déficit público no se resolverán por la vía de
aumentar la presión fiscal. Nuestro sistema económico no
permite en estos momentos ningún aumento de la presión fiscal. En
cuanto a la superación de la recesión y del déficit público (a la
que hacía mención el portavoz socialista cuando
preguntaba cómo se podía reducir el déficit público), en
nuestra opinión, sólo podrá hacerse si somos capaces de
reorientar la política económica para que ésta contribuya a que
nuestra sociedad produzca mejor a menos coste y, en
consecuencia, produzca más. Creemos que la única vía que se nos
puede ofrecer ahora como positiva para superar esta
situación es lograr que la capacidad productiva de nuestra economía
se desarrolle produciendo a menor coste y más
competitivamente que en el contexto europeo, poniendo a
trabajar a la población que está en estos momentos en paro para
poder obtener, por la vía de la reactivación, mayores cotizaciones,
mayores ingresos y afrontar las necesidades de los gastos sociales
que tiene hoy el presupuesto público. Entendemos que sólo así,
reactivando la economía productiva, podremos afrontar el problema
del paro. Creemos que sólo así podremos superar la recesión y el
déficit público. Por eso, en esta intervención ponemos el acento
en lo que hoy todavía no se ha adoptado por parte del Gobierno, en
las medidas que faltan y que deben acompañar a ésta que ahora
estamos
debatiendo con motivo del Real Decreto-ley. Lo importante, señoras
y señores Diputados, es, insisto, reactivar la
economía productiva, básicamente el comercio, la construcción, el
turismo, la agricultura, que es lo que nos puede permitir superar
la situación y crear puestos de trabajo. Por la vía de favorecer el
aumento de los ingresos es por donde debemos desarrollar las
acciones de gobierno. Creo, señoras y señores Diputados, que las
medidas que el Gobierno anunció en esta Cámara, junto con este Real
Decreto-ley y las que nos han dado a conocer recientemente a los
grupos parlamentarios y a los agentes sociales, que el Gobierno
está analizando y estudiando y que esperamos que próximamente se
lleven a cabo, podrían conjuntar un cambio de orientación en la
política económica que nos permitiera considerar razonablemente
esta medida puntual que estamos debatiendo hoy. Señor Presidente,
nuestro Grupo cree que el Gobierno ya ha hecho lo más fácil, elevar
la presión tributaria; lo más difícil está todavía por conocer.

En la medida en que, desde ahora hasta finales de este año, con
ocasión de la presentación de los Presupuestos Generales del Estado
para 1994, se lleven a cabo esas otras medidas dirigidas a
controlar el déficit público y a poner en marcha unas actuaciones
que permitan reactivar la productividad, en ese contexto global,
nuestro Grupo sí puede dar su aprobación a esta actuación concreta,
cuya convalidación se nos solicita ahora. Esta convalidación que
se nos plantea nos llega a esta Cámara antes de que se hayan
adoptado estas restantes medidas económicas que creemos
fundamentales para afrontar la recesión actual, pero también
creemos que este Real Decreto-ley está planteado en el conjunto de
todas esas otras actuaciones a las que también ha hecho mención en
su intervención el Portavoz socialista. Por consiguiente, vamos a
dar nuestro voto
favorable, valorando y considerando que lo importante y lo
fundamental todavía falta por conocerse, por aprobarse y por
acordarse, pues se ha anunciado en reiteradas ocasiones que esta
iniciativa fiscal se enmarca en ese contexto de lo que ahora
entendemos fundamental: reactivar la economía productiva e incidir
en la mejora de la competitividad de esta economía productiva para
poder superar la situación en la que nos
encontramos en estos momentos. Nada más, señor Presidente. El
señor PRESIDENTE: Gracias, señor Homs.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la
palabra el señor Andreu.

El señor ANDREU ANDREU: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, para el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya es decepcionante comprobar que, cuando han
pasado ya casi cien días desde que se celebraron las elecciones
generales, el único debate económico que se ha planteado en esta
Cámara a iniciativa del Gobierno es el
relativo a la convalidación de este Real Decreto-ley sobre medidas
tributarias urgentes que, como bien ha dicho algún portavoz,
solamente va a plantear la recaudación por el
Gobierno, por el Estado, de una cantidad similar a la que costó la
famosa colección Thyssen. Pensar que los graves
problemas de la economía española merecen en este tiempo un debate
tan parco, un debate tan escaso, debe generar bastante decepción en
cuanto a la capacidad de control que esta Cámara tiene sobre un
Gobierno que enlaza con el anterior y que parece que no quiere
cambiar una política económica que
nosotros consideramos que ha llevado al país a una situación
realmente preocupante, muy preocupante. Desde luego, lo que es un
acto de fe es lo que han planteado algunos portavoces en esta
tribuna pues, admitiendo que este Real Decreto-ley en sí mismo no
significa ninguna garantía, van a apoyar su
convalidación. Los problemas por los cuales nos encontramos con una
desviación del déficit público tan importante son
problemas cuya discusión y resolución están absolutamente
inéditas. Es difícilmente comprensible que esta Cámara pueda
realizar un acto de fe en un Gobierno que no plantea la
complejidad y la totalidad de los problemas económicos que han
llevado a una situación como ésta y, sin embargo, se apoye una
medida tan coyuntural y tan tibia que pretende solucionar este
problema del déficit público. Por lo pronto, si se ha llegado a
una desviación de más de dos puntos y medio de las
previsiones de déficit público para el año 1993, es
fundamentalmente porque los gastos en la prestación del
desempleo han subido en más de 300.000 millones de pesetas. Esto se
debe a que



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el paro se ha incrementado de una manera absolutamente
insoportable para este país. Si no se entra en políticas de
creación de empleo, en políticas que además hagan que las
prestaciones por desempleo sean menores porque el empleo que se
cree sea mayor, difícilmente vamos a poder entrar en una política
seria de reducción del déficit público. Hasta ahora, ni el
Gobierno ha planteado esto con medidas legislativas concretas o con
resoluciones del Consejo de Ministros, ni los augurios de que esto
se produzca son buenos, porque los
escenarios que hasta ahora está ofreciendo el Gobierno en su
discusión con los agentes sociales para la creación de un
pacto por el empleo realmente son decepcionantes. Ninguno de los
escenarios que plantea el Gobierno permite tener la
esperanza de que se va a crear empleo en este país, y la
creación de empleo es un hecho fundamental para que podamos hablar
con certeza y con rigor de que se va a empezar a
abordar en España la reducción del déficit público, por el
argumento que esgrimía antes relativo a esos 300.000 millones de
pesetas de desviación por el incremento en las prestaciones de
desempleo, elemento fundamental por el cual ha aumentado el déficit
público en este país. También ha sido un elemento
fundamental la mala contabilidad del Gobierno, por la cual en este
ejercicio se han incrementado en 450.000 millones de pesetas gastos
provenientes de ejercicios anteriores, hecho que habla de una muy
mala gestión. Por lo visto, hasta ahora no se ha tomado ninguna
medida por un Gobierno que
pretendidamente es nuevo, pero en el cual estamos viendo demasiados
vicios de los antiguos gobiernos también dirigidos por el mismo
Presidente, señor González. Nosotros no podemos, de ninguna
manera, dar un cheque en blanco a un Gobierno que no nos ofrece
medidas serias y rigurosas para luchar de verdad contra la
disminución del déficit público y a favor del
relanzamiento de la economía española. Los augurios que
estamos observando nos preocupan y quisiéramos verlos
despejadosdel panorama de la economía española. Por el
contrario, si no se produce una modificación sustancial de las
líneas políticas de la economía española, esta medida en sí
misma solamente generará algo más de inflación en los
productos industriales, algo más de inflación en los productos
agrarios, mayores tensiones inflacionarias en el transporte,
etcétera. Creo que difícilmente se puede discutir con seriedad
sobre una medida como ésta si no se trae la globalidad de una
política económica por parte del Gobierno. Desde luego,
nosotros no vamos a utilizar argumentos como los realizados por
portavoces de otros grupos parlamentarios en cuanto a que hay que
reducir la presión fiscal para reactivar la economía española.

Nosotros no vamos por ese camino. Constatamos que realmente la
presión fiscal española se mueve dentro de las menores que existen
en Europa. Pero nosotros, que tampoco vamos a defender aquí un
aumento de esa presión fiscal, lo que sí queremos hacer notar es
que ni la mejor presión fiscal que pueda existir en un país puede
solventar nada si los
mecanismos para que se obtengan los impuestos no funcionan, si el
fraude fiscal sigue funcionando como desgraciadamente funciona en
nuestro país. Por lo tanto, Izquierda Unida- Iniciativa per
Catalunya se va a abstener en la aprobación de este Real
Decreto-ley y, desde luego, va a impulsar que haya un auténtico
cambio en las líneas políticas de la economía
española. Ese auténtico cambio debe ir prioritariamente por una
política que tenga como objetivo fundamental la creación de empleo,
tal y como están planteando los sindicatos en la mesa de
negociación con el Gobierno. Esa creación de empleo es la que
realmente puede hacer que partidas tan importantes en el cómputo
del déficit público, como es la prestación por
gastos de desempleo, suponga una reducción trascendental de manera
que el déficit público pueda bajar realmente en nuestro país.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Andreu.

Vamos a proceder a la votación. Votación para la
convalidación o derogación del Real Decreto-ley 13/1993, de 4 de
agosto, de Medidas Tributarias Urgentes. Comienza la votación
(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
304; a favor, 167; en contra 115; abstenciones, 22.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la convalidación.

¿Desea algún Grupo que se tramite el Real Decreto-ley
convalidado como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia?
(Pausa.)



--REAL DECRETO-LEY 14/1993, DE 4 DE AGOSTO, POR EL QUE SE MODIFICA
LA DISPOSICION ADICIONAL TERCERA Y LA DISPOSICION TRANSITORIA
SEGUNDA DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE REGIMEN JURIDICO
DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y DEL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN (Número de expediente
130/000003)
El señor PRESIDENTE: Real Decreto-ley 14/1993, de 4 de
agosto, por el que se modifica la disposición adicional
tercera y la disposición transitoria segunda de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para exponer, en nombre del Gobierno, las razones que han obligado
a la promulgación del Real Decreto-ley, tiene la palabra el señor
Ministro para las Administraciones Públicas. (Rumores.) Señorías,
estamos en sesión. Les ruego contribuyan al buen desarrollo de la
misma. (Continúan los rumores.) ¡Señor Lazo!
Cuando quiera, señor Ministro.




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El señor MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS
(Saavedra Acevedo): Gracias, señor Presidente. Señoras y
señores Diputados, me cumple hoy el honor de comparecer por vez
primera ante el Pleno de esta Cámara --aunque no desde esta tribuna
ya que durante seis años compartí tareas
parlamentarias con muchos de ustedes-- para solicitar la
convalidación del Real Decreto-ley 14/1993, de 4 de agosto, por el
que se modifica la disposición adicional tercera y la disposición
transitoria segunda de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del
Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los
juristas manifestamos en general reservas sobre este tipo de
normas, pero cuando hay razones que justifican la
extraordinaria y urgente necesidad de aquélla, las reservas
desaparecen. En virtud del presente Real Decreto-ley, se ha dado
nueva redacción a la disposición adicional tercera de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, ampliándose a 18 meses el plazo para
la adecuación de los distintos procedimientos
administrativos a la citada Ley. Consecuentemente, queda modificado
también el apartado tercero de la disposición
transitoria segunda, de modo que sólo a los procedimientos que se
inicien con posterioridad a la expiración de dicho nuevo plazo les
será de aplicación, en todo caso, lo dispuesto en la Ley.

Permítanme examinar sucintamente ante ustedes cuáles son las
razones que explican y justifican la aprobación por el Gobierno de
estas medidas. La disposición adicional tercera de la Ley 30/1992
--voy a omitir las fechas-- establecía en su inicial redacción un
plazo de seis meses a computar a partir de la entrada en vigor de
la misma, la cual tuvo lugar a finales de febrero, para que
reglamentariamente se llevara a efecto la adecuación de los
distintos procedimientos,
cualquiera que fuese su rango, con específica mención de los
efectos estimatorios o desestimatorios que produciría la falta de
resolución expresa. Por su parte, la disposición
transitoria segunda procedía a regular el régimen transitorio de
los procedimientos contemplando tres supuestos diferentes. Así los
procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley se
regirían por la normativa anterior a ésta. Los procedimientos
iniciados durante el plazo deadecuación de seis meses previsto en
la disposición adicional tercera se regirían igualmente por la
normativa anterior, a no ser que durante dicho plazo hubiera
entrado ya en vigor la normativa de
adecuación, en cuyo caso se aplicaría ésta a los
procedimientos iniciados con posterioridad a dicha entrada en
vigor. Por último, a los procedimientos iniciados con
posterioridad al término del plazo de seis meses, establecido a
efectos de adecuación de procedimientos, le sería de
aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992. Como no podía ser de
otra manera, señorías, la complejidad de la materia y el interés
que para los ciudadanos comporta la adecuación de los
procedimientos existentes a la nueva ley, en su doble
vertiente de determinación de los efectos de la falta de
resolución expresa y de adaptación plena a los principios del
procedimiento administrativo común que la nueva ley diseña,
condujeron al Gobierno a elaborar un análisis serio y
exhaustivo de las normas procedimentales de la Administración
General del Estado. De este examen se dedujo la conveniencia de
reducir su número mediante su integración en procedimientos
homologados que permitieran facilitar su conocimiento e
impulsar la participación en ellos de todos los ciudadanos. Era del
todo conveniente, asimismo, compatibilizar el
contenido de la adecuación prevista legalmente con las
previsiones incluidas en el plan de modernización de la
Administración del Estado, de noviembre de 1991, encaminado, como
saben SS.SS., a la mejora de la calidad y eficacia de los servicios
públicos mediante la agilización y simplificación de los
procedimientos administrativos. Ambas razones, en
definitiva, motivaron la adopción por el Consejo de Ministros del
acuerdo de 15 de enero de 1993 para el desarrollo de la adecuación
de procedimientos administrativos a la Ley 30/1992. En este acuerdo
se fijaban los criterios necesarios para asegurar la coherencia de
la adecuación procedimental. Estos criterios son, señorías, los
siguientes: en primer lugar,
deberá atenderse a la reducción del número de disposiciones
reguladoras de los procedimientos administrativos cuya
naturaleza permitiera establecer una tramitación
administrativa común, todo ello a salvo, obviamente, de las
especialidades que por razón del objeto del procedimiento fuera
preciso establecer en cada norma respecto de la
determinación de los órganos competentes, plazos, régimen de actos
presuntos u otras especificaciones. En segundo lugar, habrá de
observarse la aplicación estricta del cumplimiento de la obligación
de resolver expresamente los procedimientos administrativos; se
fijará para ello en cada caso el plazo máximo de resolución del
procedimiento y los efectos de los actos presuntos, con pleno
respeto al principio general
establecido en la Ley 30/1992. Finalmente, se tenderá a la
simplificación y agilización de trámites, tanto en
procedimientos iniciados a solicitud de los interesados como en los
iniciados de oficio, así como en la exigencia de
determinar las resoluciones que pongan fin a la vía
administrativa. Conforme a estos criterios, a partir del 27 de
febrero de 1993 comenzó el proceso de adecuación de
procedimientos identificándose un total de 1.893 normas
procedimentales necesitadas de adecuación a la nueva ley. Como
conocen bien todos aquellos familiarizados con nuestro sistema
deDerecho Administrativo, estas 1.893 normas de procedimiento ponen
de relieve una extraordinaria casuística con una
incidencia especial, pero no exclusiva, en el área de las
subvenciones administrativas. A título de ejemplo, un dato
suficientemente expresivo lo constituye el amplio número de
procedimientos, 234, existente en materia de subvenciones, por no
citar los 589 procedimientos que pueden contabilizarse en materia
de autorizaciones. Todos sabemos, sin embargo, que esta complejidad
y diversidad procedimental



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responde en buena lógica al peso que este tipo de actuaciones
administrativas tienen en un Estado social y democrático de Derecho
y, por ello, tanto para salvaguardar los intereses generales como
para dar respuesta a las demandas de los
ciudadanos, asegurando el bienestar de la colectividad.

Además, señoras y señores Diputados, excusaré hacer hincapié
en la ineludible necesidad de que la tarea adecuadora se realizará
conforme al régimen de distribución de competencias previsto en el
bloque de la constitucionalidad; distribución competencial que,
como saben SS.SS., se ha visto modificada de manera muy notable con
posterioridad a la aprobación de la Ley 30/1992 , como consecuencia
de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 9/1992, de 23 de
diciembre, de transferencia de
competencias a las comunidades autónomas que accedieron a la
autonomía por la vía del artículo 143 de la Constitución. En este
sentido, seguramente convendrán conmigo en que la puesta en
práctica simultánea de ambas leyes ha venido a incrementar aún más
la dificultad del proceso de adecuación al verse
afectada, por los traspasos a las comunidades autónomas de treinta
y dos nuevas competencias, una parte sustantiva de los
procedimientos que en la actualidad recaen todavía bajo la
responsabilidad estatal y que pronto pasarán a ser aplicados por
las administraciones autonómicas e incluso, en
determinados supuestos, regulados por las propias comunidades
autónomas. La necesaria sincronía y la coherencia entre el proceso
de nuevos traspasos y el de la adecuación de los
procedimientos a la nueva ley ha de cohonestarse, por
consiguiente, a los ineludibles postulados de seguridad
jurídica para los ciudadanos y de eficacia de la tarea
adecuadora que el Gobierno debe aún acometer. A los factores a los
que acabo de referirme se superponen otros, sobre los que no
necesito extenderme en esta Cámara. Me refiero a la convocatoria
anticipada de elecciones generales y a sus
repercusiones sobre el desenvolvimiento ordinario de las tareas del
Gobierno, así como a la necesidad de dar prioridad a la
reorganización de la Administración general del Estado, derivada de
la formación de un nuevo Gobierno, posibilitando así la
participación de los diferentes departamentos en el proceso de
adecuación procedimental. Todo ello, en definitiva, ha determinado
la patente imposibilidad de concluir el citado proceso en el plazo
inicialmente previsto en la disposición adicional tercera de la
ley. De no prorrogarse dicho plazo, tal y como ha decidido
elGobierno, atendiendo a la
extraordinaria y urgente necesidad de esta medida, la
ausencia, siquiera parcial, de procedimientos acordes con la nueva
ley, particularmente en lo que afecta al régimen de los actos
presuntos, hubiera condicionado una aplicación directa e
indiscriminada de la misma de la que se habrían deducido
consecuencias ciertamente negativas para la consecución de los
objetivos planteados en la Ley 30/1992 y en especial para la
salvaguardia de los intereses generales de la colectividad. Por
subrayar sólo algunos de ellos, señorías, me detendré en los
efectos cuya desactivación considera relevante el Gobierno en este
punto. En primer lugar, al no haber contemplado gran número de
normas procedimentales plazo alguno de resolución, de no mediar la
extensión del plazo inicialmente previsto, sería de aplicación
indiscriminada el plazo único de tres
meses previsto en la Ley 30/1992, enervándose con ello el propio
espíritu de la ley que concibe este plazo como un
resorte de seguridad para los ciudadanos en aquellos supuestos
definidos y limitados de que no exista otro plazo
normativamente regulado pero nunca como un plazo de aplicación
general, que entraría en contradicción con el propósito del
legislador de que los ciudadanos obtengan respuesta de las
administraciones públicas en el plazo establecido por las normas
que regulen específicamente cada procedimiento. De lo que se trata,
por tanto, es de asegurar la adecuación del plazo resolutorio a las
características del procedimiento y a las consecuencias de la
actuación o prestación pública que del mismo se deriva, toda vez
que de otro modo el plazo uniforme de tres meses podrá resultar
demasiado breve o demasiado
extenso para el fin que en cada caso se pretenda. En segundo
término, pero en estrecha conexión con lo que acabo de
comentarles, la aplicación de lo originariamente dispuesto en la
disposición adicional tercera conllevaría, además, la
aplicación indiscriminada del régimen de actos presuntos
contenido en la ley, que, como bien conocen SS.SS., prevé que los
efectos de la resolución presunta sean determinados
precisamente en la normativa específica de cada procedimiento, esto
es, en las normas reglamentarias de adecuación a la nueva ley, y
ello sencillamente porque si el legislador hubiera pretendido
atribuir carácter estimatorio a la totalidad de la inactividad de
la Administración cuando los ciudadanos le formulen solicitudes,
simplemente no hubiera introducido la obligación de resolver. Mucho
menos hubiera impuesto la
determinación por vía reglamentaria de los efectos
estimatorios o desestimatorios de la falta de resolución
expresa que, sin embargo, exige la propia disposición
adicional tercera de la ley. Antes bien, la institución que el
legislador ha configurado tiene una clara vocación de
residualidad tendente a ser efectiva cuando no se cumplen los dos
verdaderos objetivos de la ley que son, como es notorio, la
respuesta expresa y la respuesta en plazo. Muy por el contrario,
una aplicación indiscriminada del régimen de actos presuntos haría
del silencio positivo la regla administrativa de actuación. En
fin, y en tercer lugar, no quisiera dejar de referirme a otra
consecuencia que era preciso evitar, como es la inaplicabilidad de
la terminación convencional de los
procedimientos previstos en el artículo 88 de la Ley 30/1992. Este
precepto permite a lasadministraciones públicas la
celebración de convenios o contratos con personas, tanto de derecho
público como de derecho privado, al mismo tiempo que abre la
posibilidad de dotar a tales acuerdos de la
consideración de finalizadores de los procedimientos o, en su caso,
de insertarlos en los mismos con carácter previo a la resolución
administrativa



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que les ponga fin. Se trata de una novedad introducida por la ley,
que quedaría virtualmente vacía de contenido de no
existir la previsión normativa expresa que habrá de
concretarse en medida sustancial en las disposiciones
reglamentarias que articularán la adecuación de cada uno de los
procedimientos existentes. Parece obvio, señorías, que no sería de
recibo privar a los ciudadanos de una posibilidad pensada
precisamente para asegurar su propia participación en las
administraciones públicas cuando se produzca una
sustancial convergencia entre el interés público y el interés
particular que aconseje la atribución, con un grado suficiente de
discrecionalidad, de la potestad administrativa de que se trate.

Para concluir, permítanme insistir en algo que me parece
fundamental para la correcta valoración del Real
Decreto-ley aprobado por el Gobierno. El nuevo plazo previsto para
la adecuación de los procedimientos a la Ley 30/1992, es en rigor
un plazo máximo, dentro del cual el Gobierno espera culminar, sin
agotarlo, el proceso de adecuación de
procedimientos ya iniciados y completados en una parte
importante. En este sentido, les adelanto que los casi 2.000
procedimientos identificados pueden en realidad ser subsumidos en
un muy escaso número de procedimientos-tipo. De estos
procedimientos han sido ya acometidos por vía reglamentaria los
incidentes en materia de responsabilidad patrimonial de las
administraciones públicas y de potestad sancionadora, una vez
aprobados los respectivos Reales Decretos 429 y 1398/1993, y además
puedo anunciar la próxima aprobación por el Consejo de Ministros
del reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones
públicas. Es, pues, intención del Gobierno culminar el desarrollo
procedimental de la ley sin agotar el nuevo plazo contemplado en el
Decreto-ley. En conclusión, señoras y señores Diputados, por las
razones expuestas y con el compromiso de que la totalidad de normas
de adecuación entren en vigor con anterioridad al nuevo plazo de
expiración, solicito en nombre del Gobierno el apoyo y
convalidación por el Pleno de esta Cámara del Real Decreto-ley
14/1993, de 4 de agosto. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ministro.

¿Turno en contra de la convalidación? (Pausa.) ¿Grupos que desean
fijar su posición? (Pausa.) Por el Grupo Mixto, tiene la palabra
el señor González Lizondo.

El señor GONZALEZ LIZONDO: Señor Presidente, señorías,
señorMinistro, en principio tengo que anunciar desde Unión
Valenciana que vamos a votar favorablemente a esta
convalidación del Real Decreto-ley y a la ampliación que
propone, pero, señor Ministro, me veo obligado a intervenir porque
después de sus palabras ha dado la impresión de que esta Cámara era
la responsable. Y, efectivamente, esta Cámara era la responsable de
que no haya habido tiempo, pero era responsable el Partido
Socialista, era responsable su Partido, que era mayoritario, que
tenía además los votos suficientes para poder haber marcado el
tiempo correspondiente y que no lo ha marcado; por tanto, él es el
culpable . Usted no es
responsable, ha entrado hace muy pocos días aún,
prácticamente, dentro del equipo de Gobierno, pero lo que sí se
tiene que saber es que, una vez más, su equipo ha fallado; su
equipo ha fallado, previó unas fechas que eran
prácticamente imposibles, pero nos vino a convencer; yo
recuerdo además las palabras del portavoz socialista: estaba claro,
lo tenían previsto, iba todo sobre la marcha,
extraordinario... y, una vez más, no hubo bastante. Lo único que
yo me pregunto es: ¿Va a tener suficiente tiempo? ¿Le van a prestar
apoyo? ¿Va a ser verdaderamente ésta la última? Pues ojalá sea así.

Nosotros le vamos a dar nuestro voto favorable y, de esta forma,
también reconvenimos un poquito al portavoz socialista de que se dé
cuenta de que en determinadas
ocasiones no se puede decir que se es tan bueno y que se hace todo
tan bien cuando luego se ve este resultado. Y vuelvo a las palabras
del anterior portavoz del equipo socialista: ¿Se pueden equivocar?
No. Se equivocan. Gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor González Lizondo.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Olarte.

El señor OLARTE CULLEN: Señor Presidente, señorías, yo
coincido con lo que expresaba el señor Ministro a propósito de las
reticencias que en este orden de cosas tenemos los
juristas, y también hay que coincidir en que esta cuestión, la
convalidación que hoy se pretende y que los miembros de
Coalición Canaria apoyamos, constituye en definitiva una
decisión carente de sentido político, en la interpretación
rigurosa del término. Es una cuestión de técnica jurídica y de
realismo, en la que hay que comprender que, después del plazo de
tres meses de la vacatio legis, que expiraba el 27 de febrero
último, para iniciarse el de los seis meses de la adaptación,
estábamos todos en presencia de un plazo que se manifestaba
claramente corto en razón de las 1.893 normas que contenían reglas
de procedimiento y que era preciso adaptar de una manera rigurosa,
para lo cual se encomendaron los trabajos correspondientes a la
Administración general del Estado. La cortedad de este plazo de
seis meses fue algo que, en
definitiva, no cabe atribuir al Gobierno. Yo creo que fue un exceso
de optimismo por parte de esta Cámara, que fue quien lo fijó, acaso
sin reparar en estas casi 2.000 disposiciones, que llevaban consigo
una complejidad bastante notable a la hora de producir la
adaptación. Con tal motivo, el Gobierno, el 15 de enero, adoptó un
acuerdo fijando los criterios
correspondientes, que puso en conocimiento de la
Administración general del Estado, y el hecho deque ese
acuerdo se produjera cuando todavía no habían transcurrido los tres
meses



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previstos para la entrada en vigor de la ley que nos ocupa ya
acredita que no hubo una falta de diligencia sino todo lo
contrario. Después la realidad evidenció la imposibilidad de
verificar la adaptación, una adaptación que requería de un
plazo amplio, porque en cuántas ocasiones hemos visto que se
aprueba una ley y que se concede para el mero desarrollo
reglamentario de esa ley el plazo incluso de un año y, sin embargo,
esto era algo que llevaba consigo factores de
dificultad evidente; factores como el de la coherencia con el
régimen de distribución de competencias previsto en el bloque de
constitucionalidad, que se cita en el preámbulo del Real Decreto y
que no sé si mencionó el señor Ministro, creo que sí. Hay, sin
embargo, otras razones que para nosotros no
justifican esta ampliación tan notable, porque discrepamos de que
constituyan factores de especial complejidad, como es la derivada
de la aprobación simultánea de la Ley Orgánica de
transferencias del 23 de diciembre de 1992. El hecho de que se
anticipasen las elecciones generales ha producido una perturbación
más, bastante notable, y, tanto por razones de urgencia, de
imprevisibilidad, en cualquier caso
extraordinarias, se pone de manifiesto la necesidad de
convalidar este Real Decreto. Evidentemente el compromiso y el
hecho de que se hayan aprobado ya una serie de disposiciones
reglamentarias y que no tengamos que estar esperando a que se
consuma este plazo, amplio evidentemente, que se otorga en virtud
de la convalidación nos dan una tranquilidad al
respecto en el sentido de que hoy, con nuestro voto afirmativo a la
convalidación, habremos hecho lo que responsablemente y por razones
rigurosamente técnico-jurídicas y de pragmatismo había que
realizar. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Olarte.

Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor
Gatzagaetxebarría.

El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor
Presidente. Señorías, con relación a la convalidación del
Real Decreto-ley 14/1993, de 4 de agosto, por el que se
modifica la disposición adicional tercera y la disposición
transitoria de la Ley 30/1992, desde nuestro punto de vista se
pueden examinar diversas cuestiones. En primer lugar, está la
fundamentación del instrumento de la figura del decreto-ley para
realizar una modificación legislativa de una ley
recientemente aprobada el pasado mes de noviembre por esta Cámara.

El concepto jurídico indeterminado que establece la Constitución
respecto a la justificación que han de tener los decretos-leyes en
caso de extremada urgencia o necesidad es un concepto jurídico que
ha sido interpretado por el
TribunalConstitucional de formas ambiguas; mientras que en una
primera línea jurisprudencial admitió que debía interpretarse
restrictivamente, luego el Tribunal Constitucional fue
generoso al aceptar la posibilidad de que a través de este
procedimiento legislativo excepcional, en contradicción con el
procedimiento legislativo ordinario que se tramita por la Cámara,
pudieran tramitarse aquellas medidas o normas, las cuales fuera
necesario adoptar, en opinión del Gobierno,
cabiendo --según el Tribunal Constitucional--, al no funcionar la
Cámara por no ser período hábil de sesiones, la posibilidad de
utilizar la figura del decreto-ley para realizar
regulaciones sobre determinadas materias. Por lo tanto, la
discusión sobre esta cuestión no va a ser realizada por esta parte,
puesto que existe un soporte jurídico, jurisprudencial, sobre la
posibilidad de utilizar la figura del decreto-ley. La segunda
consideración que llama la atención a este Grupo es --como ha
indicado el señor Ministro para las Administraciones Públicas-- que
existan todavía 1.893 procedimientos
administrativos especiales en la Administración Central del Estado,
porque además de los 1.893 procedimientos
administrativos especiales de la Administración central,
existen los procedimientos administrativos especiales de las
comunidades autónomas que tienen competencia para regular la
materia en función del sistema del reparto competencial que señala
el bloque de la constitucionalidad para cada materia, Constitución
y estatutos de autonomía. Por lo tanto, no son solamente 1.893 los
procedimientos administrativos
especiales --ésos son sólo los de la Administración central--; son
muchos más. En este sentido, como ha indicado el señor Ministro,
existen innumerables procedimientos administrativos en materia de
autorización. Pero llama la atención que todavía subsistan no en
comparación con la Ley 30/1992 --puesto que el plazo de adaptación
ha sido breve: nueve meses desde su
aprobación y seis meses desde su entrada en vigor--, sino con
relación a la Ley de Procedimiento Administrativo del año
1958. Y digo esto porque los principios generales del
procedimiento administrativo común, que ha sido definido por el
Tribunal Constitucional como el procedimiento en virtud del cual se
establecen los principios generales por los que actúan o se guían
las Administraciones públicas, han de aplicarse a los
procedimientos administrativos especiales, procedimientos
administrativos especiales que se regulan por la
administración pública que es competente por razón de la
materia: podrá ser la Administración del Estado, podrá ser la de
las comunidades autónomas; quien sea competente por razón de la
materia es competente para regular el cauce
procedimental por el cual ha de actuarse, ha de ejercerse y ha de
desarrollarse dicha materia por parte de la respectiva
Administración pública. Por ello, efectivamente, como ha
habido una modificación importante a través de la Ley Orgánica
9/1992, de transferencia a las comunidades autónomas, va a ocurrir
que sobre ciertas materias en un determinado horizonte temporal,
era competente la Administración central del
Estado --entiéndase, por ejemplo, defensa del consumidor y
usuarios, espectáculos públicos u obras públicas--, pero con la
modificación del esquema de reparto competencial, van a resultar
competentes, bien en desarrollo legislativo,



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bien en desarrollo legislativo y ejecución o bien, en su caso, con
carácter exclusivo las comunidades autónomas, por lo cual parece
sensato lo que la exposición de motivos del Real
Decreto-ley determina, de que se prorrogue el período de
adaptación en los procedimientos administrativos especiales
establecidos en la Ley 30/1992, en la medida en que ha habido
también una modificación reciente en el sistema de reparto
competencial entre el poder central del Estado y los poderes
autonómicos. No obstante, también cabría realizar la
interpretación que oportunamente ha apuntado el señor Ministro de
que el juego del apartado 3.º de la disposición derogatoria
llevaría a desplazar y a dejar sin efecto el mandato de la
disposición adicional tercera, de forma que, al haber
transcurrido el plazo de seis meses, es directamente aplicable para
todas las administraciones públicas, tanto para los
procedimientos de la Administración central del Estado como para
los de las comunidades autónomas, el apartado 3.º de la disposición
derogatoria, en virtud de la cual los principios del procedimiento
administrativo común se aplicarían a todos los procedimientos
especiales, los autonómicos y los
estatales. Sin embargo, también parece sensato, razonable y lógico
que no se produzca una aplicación automática, en todos los campos,
sectores y ámbitos de actuación de las
administraciones públicas, de la Ley 30/1992 en lo que se refiere
a la resolución de los recursos y al carácter
estimativo o desestimativo de los actos presuntos. Por todo ello,
nos parece que está fundamentado y es razonable que se proceda a
aprobar una prórroga del período de adaptación de los
procedimientos administrativos especiales, tanto de la
Administración central como de las Administraciones
autonómicas a los principios de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la medida en que si no fuera así
podrían producirse pequeñas alteraciones, pequeñas
distorsiones, que pueden afectar en unos casos a la
Administración y en otros a los administrados. Por tanto, y
termino, señor Presidente, nuestro Grupo Parlamentario se posiciona
favorablemente con relación a la convalidación del Real Decreto-ley
14/1993, de 4 de agosto. Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Gatzagaetxebarría.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió),
tiene la palabra el señor Nadal.

El señor NADAL I MALE: Muchas gracias, señor Presidente.

Desearíamos, muy brevemente, manifestar nuestro voto favorable a la
convalidación. No obstante, quisiera hacer hincapié,
señor Ministro, en que sus argumentaciones desde esta tribuna han
entrado --y creo que valdrá la pena releerlas-- en algunas
contradicciones con los fundamentos que los ponentes
expresaron en su día en el momento de elaborar la ley. Usted ha
expresado, sin embargo, señorMinistro, sus reservas
jurídicas sobre determinados temas. Yo quisiera decirle que sería
muy positivo que las reservas jurídicas que
habitualmente se manifiestan, y que probablemente se
transmiten al resto de los grupos de la oposición, no se
expresaron al menos al Consejo de Estado, que en su día les dijo a
los ponentes de la ley, y en definitiva a la Cámara, que seis meses
eran insuficientes. Esto lo dijo el Consejo de Estado y lo
repitieron los grupos políticos. Usted ha hablado de que la
convocatoria de elecciones ha hecho imposible la puesta en práctica
de determinados sistemas, pero también es cierto que la ley se
aprobó con urgencia precisamente por la convocatoria de las
elecciones. Yo creo, señor Ministro, que sería muy positivo que,
aprovechando este margen que se otorga a la aplicación de la ley y,
sobre todo, advirtiendo que es posible un cambio de criterios en
cuanto a la administración autonómica, se releyeran o se trataran
de analizar, y quizás de solucionar, los diferentes recursos que
contra esta ley hay planteados en el Tribunal Constitucional. Queda
pues, señor Ministro, como mínimo, un año por delante en el que
sería muy prudente que se escuchara al Consejo de Estado, si es que
les parece bien a los ponentes del Grupo Socialista. También creo
que sería muy positivo que en este margen de tiempo se hiciera un
estudio sobre los recursos que tiene planteados la ley. Muchas
gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Nadal.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la
palabra el señor López Garrido.

El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, señorías, adelanto que
nuestro Grupo, Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, va a votar
a la convalidación del Real Decreto-ley referente a la Ley 14/1993,
de modificación de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Desde luego, si esta Cámara no
convalidase este Real Decreto-ley se produciría una situación muy
confusa, casi kafkiana, y nuestro Grupo no quiere ayudar a que esa
situación caótica se acreciente. Pero hay que decir que a esta
situación ha contribuido decisivamente la
imprevisión legislativa del Gobierno y la negligencia de la
Administración dependiente del mismo, que ha sido no sólo
incapaz de desarrollar en el plazo previsto en la Ley los
reglamentos correspondientes, sino, sobre todo, de prever la
existencia de esa necesidad desde el momento en que se pensó, en el
seno del Gobierno, en la necesidad de ir a una reforma de la Ley de
Procedimiento Administrativo Común y de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas. Hasta
ahora se han desarrollado sólo tres procedimientos. Me parece que
el Ministro se ha olvidado de uno; ha citado el de
responsabilidad patrimonial y el de la potestad sancionadora, pero
el Ministerio de Hacienda se ha dado prisa en sacar los
procedimientos en



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materia económico-financiera; desde luego, quedan muchos más. El
Gobierno detecta hasta 1.893 normas que contienen
procedimientos administrativos y que precisan de una
adecuación correspondiente. Sin embargo, lo más sorprendente - -y
el preámbulo del Real Decreto-ley es muy sincero-- es que el
Gobierno se pone a ver cuáles son esos procedimientos dos meses
después de que la Ley esté en vigor, es decir, cuando en enero la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común llevaba ya algún
tiempo en el y después, además, de todo un debate
parlamentario y de todo un largo procedimiento de elaboración en el
seno de la Administración. ¿Cómo es posible que el
Gobierno inicie a allegar información, como dice el preámbulo,
después de que la Ley esté en vigor, y entonces se entera de que
hay cerca de dos mil normas de procedimiento
administrativo que hay que adecuar a la Ley y se da cuenta de que
no tiene tiempo para adecuarlos? Señorías, éste es un
caso de laboratorio de cómo no se debe producir una
elaboración legislativa desde el Gobierno. En una Ley tan
importante como la de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tan
trascendental para el funcionamiento del conjunto del Estado -
-Estado central, comunidades autónomas, ayuntamientos--, había que
haber preparado mucho antes lo que se avecinaba: dos mil
procedimientos administrativos. En realidad, esto debía haber
venido ya en la propia memoria de los proyectos de ley, que son, en
muchas ocasiones, rutinarias y que no cumplen la función para la
que están establecidas; además, así es como se legisla en países de
nuestro entorno. Aquí se ha hecho lo
contrario: el proyecto de ley se envía deprisa y corriendo al
Parlamento, se urge su aprobación, quizá porque alguien quiere
pasar a la historia, pero se aprueba una Ley que ahora mismo está
en gran parte bloqueada, en casi dos años, desde su
aprobación. Reconozcan ustedes que ha habido una notable
imprecisión por no haber desarrollado a tiempo la Ley y por poner
a esta Cámara en la tesitura un tanto forzada de aprobar este Real
Decreto-ley, que no debería haberse presentado. La situación
actual, señorías, es verdaderamente preocupante. Hay una parte de
la Ley, la que se refiere a régimen jurídico, que está en vigor;
hay otra parte de la Ley, la que se refiere a procedimiento
administrativo --y hay un gran debate sobre qué es procedimiento,
si se incluyen recursos o no--, que no se sabe si está en vigor o
no. En los procedimientos que han sido desarrollados, en aquellos
reglamentos que están en
vigor, en esos se aplica la Ley; en los que no están en vigor no se
aplica la Ley. Y esto no sólo ocurre en la
Administración central, sino también en las comunidades
autónomas y en los ayuntamientos. Hay ayuntamientos que se han dado
prisa y han aprobado sus reglamentos de procedimiento y en ellos se
aplica la actual Ley, hay otros que no lo han hecho y en ellos se
aplica la antigua Ley. Es decir, se
produce una situación de importante caos normativo y de
inseguridad jurídica notable en una materia vital para el
funcionamiento de todas las administraciones del Estado y también
vital para los derechos de las ciudadanas y ciudadanos españoles.

Una situación que se va a tener que dilatar un año más porque el
Gobierno se diocuenta de que había 2.000
procedimientos que adecuar dos meses después de que la Ley ya
estaba publicada en el AEBoletín Oficial de las Cortes
GeneralesAF. De ahí ese apresuramiento, por cierto en un
Decreto-ley muy singular, un Decreto-ley que tiene fecha 4 de
agosto y que sale en el el 20 de agosto, y eso que había urgencia.

En fin, para algo debe servir la experiencia. Para nuestro Grupo,
de la aprobación de este Real Decreto-ley deben extraerse dos
fundamentales enseñanzas que vamos a exigir a lo largo de esta
legislatura. En primer lugar, algo de elemental técnica
legislativa. Cuando el Gobierno envía a la Cámara un proyecto de
ley de tan prolijo desarrollo como es esta Ley de Régimen Jurídico
y de Procedimiento Administrativo tiene que haber previsto al menos
el alcance de ese desarrollo, y eso debe expresarse en la memoria
que acompaña al proyecto de ley, que para algo tiene que servir. En
segundo lugar, esta Cámara no puede imitar al Gobierno en este caso
y despreocuparse de la ejecución de las leyes que apruebe; el
Parlamento no acaba su función legislando, sino que tiene que
controlar la
ejecución, por el llamado por eso Poder Ejecutivo, de lo que
aprueba. Hay que exigir información al respecto al Gobierno de ese
desarrollo y hacer un seguimiento de esa ejecución. Por lo que
respecta a esta Ley, desde luego nuestro Grupo va a poner en marcha
esa exigencia solicitando al Gobierno que informe a la Cámara sobre
cuáles son esos reglamentos que está preparando. El Ministro se ha
referido a uno de ellos, al de concesiones, pero hay muchos más, y
yo me temo que el propio Gobierno todavía no sabe cuáles son esos
reglamentos que va a desarrollar. Probablemente si le preguntásemos
al señor
Ministro le pondríamos en un aprieto; no lo vamos a hacer, por
tanto no se preocupe, pero yo tengo la sensación de que ni el
Gobierno sabe cuáles son esos reglamentos que hay que
desarrollar en este momento. Nos alegramos de que el Gobierno esté
de acuerdo en que no hay que agotar este plazo de un año para que
salgan todos esos procedimientos; desde luego, los españoles no
tienen que esperar tanto y urgimos para que se acorte en la
práctica ese plazo. Por último, esperamos que dentro de un año no
estemos aquí otra vez debatiendo un
decreto-ley que amplíe ese plazo una vez más, porque pensamos que
entonces la Cámara no será tan generosa como hoy. Muchas gracias,
señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López Garrido.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Núñez.




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El señor NUÑEZ PEREZ: Señor Presidente, señorías, señor
Ministro, en junio de 1993, el Ministerio para las
Administraciones Públicas, a través de su Instituto, publico un
libro titulado AEComentarios ante la entrada en vigor de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento AdministrativoComúnAF, divulgado entre todas las
administraciones, así como entre funcionarios y juristas, en el que
no se dice nada en absoluto de lo que va a ocurrir con las
disposiciones y con todo el procedimiento de adecuación. Es un
libro triunfalista, es un libro de propaganda, su primer trabajo lo
firma el anterior Subsecretario, y no cabe duda de que resulta
sorprendente que, sin haber hecho para nada
referencia a lo que puede ocurrir con todos los trabajos de
adecuación, nos sorprendan ustedes con un Decreto-ley que se
publica en el AEBoletín Oficial de las Cortes GeneralesAF en plenas
vacaciones de verano. Siento de veras, señor Ministro, se lo digo
con toda cordialidad, que su primera intervención en el Congreso de
los Diputados como Ministro para las
Administraciones Públicas haya sido para defender la
convalidación de un Decreto-ley que es la demostración más
palpable de la ineficacia y de la falta de previsión del
anterior Gobierno Socialista. Ha repetido usted esta mañana los
mismos argumentos, las mismas palabras, casi los mismos datos que
contiene el preámbulo del Real Decreto-ley, y usted sabe muy bien,
como jurista, que las justificaciones, las excusas y toda la
argumentación que dicho preámbulo contiene no son de recibo. Pocas
veces ha sido tan aplicable el
famosísimo dicho de excusatio non petita, accusatio manifesta. Los
ochos párrafos del preámbulo son el reconocimiento
clamoroso y patético de la ineficacia de los Gobiernos
presididos por don Felipe González para desarrollar
reglamentariamente la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
dentro del plazo de los seis meses que el Gobierno que remitió el
proyecto se había dado y que se aprobó con los
votos del Grupo Parlamentario Socialista, que rechazó, como casi
siempre, las enmiendas que el Grupo Parlamentario Popular había
presentado a la disposición adicional tercera y a la disposición
transitoria segunda, que han tenido que ser
modificadas por Decreto-ley para ampliar de seis a dieciocho meses
el plazo que tenía el Gobierno para efectuar la
adecuación de esta Ley a las normas reguladoras de los
distintos procedimientos administrativos, respetados por la Ley de
Procedimiento Administrativo en su momento o surgidos con
posterioridad a su vigencia. De ellos la nueva Ley sólo excepciona
expresamente los aludidos en sus disposiciones adicionales quinta
--el procedimiento en materia tributaria--, la sexta --actos de
Seguridad Social y desempleo--, la séptima --procedimiento
sancionador por infracciones de orden social-- y la octava
--procedimiento disciplinario de los funcionarios. La tarea del
desarrollo reglamentario en el plazo de seis meses era ardua y
difícil, muy difícil, y se hubiera podido llevar a la práctica sólo
si el Gobierno, durante los largos años que tuvo para preparar el
proyecto de ley, hubiera
previsto dicho desarrollo normativo. Sin embargo, aunque parezca
mentira y aunque resulte difícil imaginar tamaña
irresponsabilidad, nada de este trabajo previo se había
realizado. Por eso, la colección de disculpas que contiene la
exposición de motivos o el preámbulo, además de variadas y
pintorescas, ocultan la verdad y tratan de maquillar un
monumental fracaso. Para siempre quedará en la Historia del
Derecho Administrativo que la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
no pudo aplicarse en todos sus aspectos y debió ser
modificada a través de un Decreto-ley antes de cumplirse el medio
año de su vigencia. Todo un récord. Dice la exposición de motivos
que el 15 de enero --lo ha dicho usted esta mañana y, además, nos
ha detallado los criterios del Consejo de
Ministros--, éste aprobó este acuerdo para el desarrollo de la
adecuación de procedimientos administrativos a la misma.

Siguiendo estas directrices, la Administración general inició el
proceso de adecuación de procedimientos. En una primera fase,
recogió información sobre los tramitados en el ámbito de la
Administación General del Estado y se enteró, dos meses después de
la vigencia de la Ley --así lo dice la exposición de motivos, no lo
digo yo--, a partir del 27 de febrero de 1993, cuando, repito, la
Ley llevaba más de dos meses en el , de la existencia de 1.893
normas que contienen reglas
procedimentales y que, por tanto, precisan de la
correspondiente adecuación. ¿Cómo es posible, señor Ministro que
estos datos no los conociese el Ministerio para las
Admistraciones Públicas cuando comenzó a redactar el
anteproyecto de ley? Pero el colmo de la desidia y de la
ineficacia se recoge en el párrafo cuarto del preámbulo, según el
cual el Gobierno, con la Ley 30/1992 ya en vigor,
profundizó --repito palabras textuales del preámbulo-- en la
prolijidad normativa y se enteró de que existía una casuística
heterogénea, en particular en la áreas subvencionales y de
autorizaciones administrativas. Además, los responsables de la
Administración General del Estado descubrieron la necesidad de
apreciar no sólo las peculiaridades derivadas de la
adecuación procedimental, sino también de realizarlo en
sintonía con el régimen de distribución de competencias
previsto en el bloque de la constitucionalidad. Eso ya lo sabíamos
todos; eso tenía que haberse previsto al redactar el primer
anteproyecto. Lo que ha añadido, claro está, es un
importante factor de complejidad a todo el proceso, en razón al
considerable número de normas preconstitucionales
afectadas. Y esto, tan importante, tan decisivo, tan
trascendental, el Gobierno no lo conocía en toda su dimensión, no
se había enterado ni valorado esto hasta 1993. Y así lo confiesa el
texto del Decreto-ley. Cuando con tanta
prepotencia



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y suficiencia rechazaron las enmiendas, todos pensábamos que lo
harían con conocimiento de causa. Ahora comprobamos que las
rechazaron sólo por una razón: porque venían firmadas por el
Partido Popular; sólo y exclusivamente por eso. Es en
absoluto inexplicable e injustificable la imprevisión del Gobierno,
si tenemos en cuenta --y éste es un dato
políticamente mucho más importante-- que la disposición
adicional quinta de la Ley 10/1983, de 16 de agosto, de
Organización de al Administración Central del Estado, ya
ordenaba al Gobierno hace diez años remitira las Cortes un proyecto
de ley que, dando cumplimiento al mandato establecido en los
artículos 98 y 103.2 de la Constitución, viniera a
suplir, además, a la vigente Ley de Régimen Jurídico de la
Administración del Estado. Parece evidente que desde dicha fecha
hubo tiempo más que suficiente para adoptar las
oportunas previsiones en relación con los contenidos de la Ley
30/1992. Como tal cosa no se hizo, resulta ahora una tarea
pendiente para la que el Gobierno necesita ampliar el plazo de seis
meses a diecioho. No nos vamos a oponer a la concesión de este
plazo, por razones puramente técnico-jurídicas, como han dicho
todos los representantes de los grupos
parlamentarios, pero si en los diez años transcurridos no han sido
capaces de iniciar la tarea, ¿creen ustedes, señorías, que serán
capaces de cumplirla en estos doce meses que ahora solicitan? Mucho
nos tememos que no, pero, evidentemente, estaremos atentos,
preguntaremos continuamente --ya en la próxima comparecencia, señor
Ministro, lo haré-- cómo marchan las cosas y a ver si es posible
que este nuevo plazo, que hay que introducir a través de un
decreto-ley y que constituye -- repito-- un hecho histórico en la
historia del Derecho
administrativo les sirve a ustedes para algo. También se excusa el
preámbulo en su párrafo séptimo por hacer uso del decreto-ley para
modificar la Ley 30/1992, ante la
imposibilidad de recurrir al procedimiento legal ordinario, debido
a la celebración de las recientes elecciones generales y a la
extraordinaria y urgente necesidad de ampliar los plazos
establecidos por la Ley. Bien, esto tiene una posible corrección:
voten ustedes favorablemente la petición que va a formular nuestro
Grupo para que se tramite este decreto-ley como ley ordinaria y así
podremos nosotros precisar y matizar el contenido de esas
disposiciones que, al margen de la
prórroga de plazo, necesitan de verdad un profundo maquillaje.

Porque la cuestión de fondo que la adecuación plantea sí que genera
problemas específicos cuya aparición se ve favorecida por la
ampliación del plazo que ahora se establece. Al margen de la
inseguridad e incertidumbre que la ampliación ha de acarrear para
los ciudadanos en relación con los
procedimientos en tramitación, no podemos olvidar que la Ley
30/1992, surge para cumplir el objetivo previsto por la
Constitución en el artículo 149.1, 18.ª, que atribuye al
Estado competencia exclusiva para dictar, entre otras cosas, las
bases del régimen jurídico de las administraciones
públicas y del régimen estatutario de los funcionarios que, en todo
caso, garantizarán a los administrados un tratamiento común ante
ellos y el procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las
especialidades derivadas de la organización propia de las
comunidades autónomas, etcétera, etcétera. Pues bien, este
propósito de homogeneidad y tratamiento igualitario a los
ciudadanos, así como de preservación del principio de seguridad
jurídica se ve puesto en grave riesgo con el proceso adaptador que
abre la disposición adicional tercera que nos ocupa. En efecto,
entre las innovaciones más trascendentales de la Ley 30/1992 figura
la de la nueva regulación del
silencio administrativo, que se hace en los artículos 42, 43 y 44,
como saben el señor Ministro y SS.SS. Pero la disposición
adicional tercera, al tiempo que establece la obligación de adecuar
los procedimientos vigentes, dispone que en esa
adecuación se hará específica mención de los efectos
estimatorios o desestimatorios que la falta de resolución expresa
produzca. Y esta prevención aparece ratificada en el artículo 43.5
de la ley que dispone que cada Administración, para mejor
conocimiento de los ciudadanos, podrá publicar una relación de los
procedimientos en los que la falta de
resolución expresa produce efectos estimatorios y de aquéllos en
que los produce desestimatorios. El efecto metralla que esta
disposición puede producir resulta evidente. Ya tuvimos ocasión de
demostrarlo en los debates de la Ley en esta
Cámara. Nada impide --y lo sabe muy bien el señor Ministro-- que la
comunidad autónoma A regule esta materia en forma
distinta o diferente de la B, al igual que puede ocurrir con los
ayuntamientos X y Z o con los organismos autónomos N y P. Pero hay
más, nada impide que las normas que se dicten para efectuar la
adecuación se utilicen precisamente para lo
contrario. De hecho, la experiencia administrativa nos
advierte de la costumbre inveterada de utilizar normas de esta
naturaleza para crear los centros administrativos territorios
exentos, apelando a peculiaridades no siempre probadas para escapar
a la aplicabilidad de una norma legal o reglamentaria.




El señor PRESIDENTE: Señor Núñez, le ruego concluya.




El señor NUÑEZ PEREZ: Termino ya, señor Presidente.

El peligro, desde el punto de vista del mandato del artículo 149 de
la Constitución, en cuanto al procedimiento común,
igualdad de tratamiento de los ciudadanos y seguridad jurídica a lo
largo de todo el territorio nacional, parece evidente. Huelga, por
tanto, encarecer la necesidad de que el proceso de adecuación que
habrá de tener lugar a lo largo del próximo año sea objeto de un
cuidadoso seguimiento para evitar que la inercia administrativa y
la ineficacia del Gobierno terminen prosperando por encima del
objetivo fundamental de la Ley 30/1992, quedando sus fines
volatilizados por el efecto
metralla al que antes hice mención.




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Señor Presidente, señorías, señor Ministro, nuestro Grupo va a
votar favorablemente esta prórroga, porque es absolutamente
necesaria, pero no estamos en absoluto de acuerdo con el contenido
de las disposiciones a que la prórroga se refiere. Por eso, vamos
a pedir que, aprovechando este decreto-ley, podamos volver a
debatir sobre estas disposiciones en los trámites de lo que sería
la ley ordinaria, con lo que
convertiríamos el proyecto de ley en algo que la Cámara ha podido
debatir con rigor, y podríamos colaborar, si es que ustedes han
cambiado de actitud --y ya ven como no tenemos ningún inconveniente
en aceptar sus planteamientos-- en
aceptar enmiendas y sugerencias del Grupo Parlamentario
Popular, que buena falta les hace. Muchas gracias, señor
Presidente.

Muchas gracias, señorías.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Núñez.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor
Marcet.

El señor MARCET I MORERA: Señor Presidente, señorías, parece que
hay acuerdo general. Hay acuerdo general en que este decreto-ley
era necesario, era oportuno y debía realizarse para ampliar el
plazo de la entrada en vigor de la disposición adicional tercera de
la Ley 30/1992. Debemos reconocer
todos --lo ha explicitado algún portavoz-- que nos equivocamos en
la previsión temporal fijada en dicha disposición adicional
tercera, porque, de hecho, no hubo enmiendas sobre el plazo. Hubo
enmiendas sobre otros aspectos, referidas a esta
disposición adicional tercera, pero no hubo enmiendas sobre el
plazo, aunque hubo en el debate --eso sí-- alusiones a la
posibilidad o no durante este plazo de realizar la mencionada
adecuación. Se trata, por tanto, de un error de cálculo de la
Cámara, no grave, error en el tiempo necesario para adecuarlo, que
ahora es subsanado por el decreto-ley cuya convalidación hoy
debatimos. Y no voy a alargarme mucho más. En la
exposición de motivos y en la presentación del Decreto-ley que ha
realizado el señor Ministro se explicita un conjunto de razones que
han colaborado a la imposibilidad de llevar a cabo la mencionada
adecuación de las normas reguladoras de los distintos
procedimientos administrativos a la nueva Ley; desde la confluencia
de normas que han coincidido en el tiempo, como ha dicho el señor
Ministro, hasta la celebración de
elecciones, que ha imposibilitado en especial acudir al
procedimiento de un proyecto de ley que reformara, por la vía
ordinaria, la disposición adicional. Por mucha caricatura que
quiera hacerse, no ha habido falta de diligencia, a no ser que se
piense o se quiera decir que se debe iniciar la adecuación antes de
la aprobación de la ley; para algunos, incluso, antes de que el
Partido Socialista llegase al Gobierno ya deberíamos ir pensando
cómo adecuar los procedimientos a una nueva ley hipotética, porque
se nos ha dicho que hemos tenido diez años para hacerlo. No. Hemos
tenido un tiempo relativo o
correlativo con la preparación de lo que es la adaptación, la
aplicación de esta Ley. En definitiva, señor Presidente --he dicho
que iba a ser breve y lo voy a cumplir--, nadie ha negado la
necesidad, la eficacia y la racionalidad de la ampliación del plazo
que, como ha señalado el señor Ministro, va el Gobierno a procurar
no agotar. Porque se ha avanzado, no ha habido falta de diligencia
en la aplicación de esta
disposición adicional; lo que sí se ha producido es un error de
cálculo por parte de toda la Cámara en el tiempo necesario para que
esta adecuación se produjera. Nada más.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Marcet.

Vamos a proceder a la votación relativa a la convalidación
oderogación del Real Decreto-ley 14/1993, de 4 de agosto, por el
que se modifica la disposición adicional tercera y la
disposición transitoria segunda de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Comienza la
votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
304; a favor, 304.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la convalidación.

Por el Grupo Popular se ha solicitado que se someta a la Cámara la
tramitación como proyecto de ley, por el
procedimiento de urgencia, del Real Decreto-ley que acaba de ser
convalidado. Se somete a votación la tramitación como
proyecto de ley. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos,
303; a favor, 132; en contra, 167; abstenciones, cuatro.

El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la tramitación como
proyecto de ley.




--PROPUESTA AL PLENO DE LA CAMARA, AL AMPARO DEL ARTICULO 50 DEL
REGLAMENTO, DE CREACION DE LAS COMISIONES PERMANENTES DE
INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE Y DE SANIDAD Y CONSUMO
(Números de expedientes 151/000001 y 151/000002)
El señor PRESIDENTE: El segundo punto del orden del día es la
propuesta al Pleno de la Cámara, al amparo del artículo 50 del
Reglamento, de creación de las comisiones permanentes de
Infraestructuras y Medio Ambiente y de Sanidad y Consumo. La
señora Secretaria Primera procederá a leer el acuerdo que se somete
a la Cámara.




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La señora SECRETARIA PRIMERA (Frías Navarrete): AEPropuesta al
Pleno de la Cámara de creación de las comisiones
permanente de Infraestructuras y Medio Ambiente y de Sanidad y
Consumo. AFTeniendo en cuenta la experiencia de legislaturas
anteriores, que aconseja distribuir el trabajo acumulado en las
comisiones de Industria, Obras Públicas y Servicios y de Política
Social y Empleo, el Pleno del Congreso de los
Diputados, a propuesta de la Mesa de la Cámara y oída la Junta de
Portavoces, de conformidad con el artículo 50 del
Reglmento, resuelve lo siguiente:



»Primero. Se acuerda la creación, con el carácter de
permanente durante la legislatura, de las comisiones de
Infraestructuras y Medio Ambiente y de Sanidad y Consumo.

»Segundo. La Comisión de Infraestructuras y Medio Ambiente
extenderá su competencia a las materias que son competencia del
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio
Ambiente.

»Tercero. La Comisión de Sanidad y Consumo extenderá su
competencia a las materias que son competencia del Ministerio de
Sanidad y Consumo.

»Cuarto. En la medida en que, como consecuencia de la
aplicación de los puntos segundo y tercero de este acuerdo,
resultara afectada la competencia de las comisiones de
Industria, Obras Públicas y Servicios y de Política Social y de
Empleo, la Mesa de la Cámara procederá a determinar las iniciativas
pendientes en la actualidad de esas comisiones que habrán de
tramitarse en las de nueva creación.»
Nada más.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Secretaria.

¿Aprueba la Cámara la propuesta que ha sido leída?
(Asentimiento.)
Queda aprobada.




DECLARACION INSTITUCIONAL:



El señor PRESIDENTE: La Junta de Portavoces entendió oportuno
efectuar una declaración institucio-nal,que, en cumplimiento del
encargo recibido, leo a SS.SS.

«El Congreso de los Diputados expresa su satisfacción por los
progresos alcanzados por el Gobierno de Israel y la
Organización para la Liberalización de Palestina, en el
contexto de la dinámica de superación de la confrontación que abrió
la Conferencia de Paz sobre Oriente Medio celebrada en Madrid en
1991.

»Expresa su esperanza de una pronta firma de los acuerdos y confía
en que ello implicará el inicio de una nueva etapa
dentro del proceso en curso.

»Desea que el actual avance bilateral israelí-palestino
facilite el desbloqueo de los foros de negociación entre
Israel, por un lado, y Siria, Jordania y Líbano, por otro, y
expresa, por tanto, su decidido apoyo a los esfuerzos
encaminados a la consecución de una paz justa y duradera en Oriente
Medio y al establecimiento de la cooperación y la armonización de
los legítimos intereses de todos los pueblos y naciones de la
región.

»Se suma a la esperanza que los acuerdos han suscitado entre las
gentes de buena fe y los amantes de la paz en todo el mundo y
expresa su apoyo a quienes, en una y otra parte, se han
comprometido en el difícil camino de la negociación y la paz,
frente a intransigencias radicales y fanatismos inútiles que no
ofrecen perspectiva de solución sino la prolongación de un
sufrimiento estéril e interminable.» ¿Aprueba la Cámara la
declaración? (Asentimiento.)
Queda aprobada.

Se levanta la sesión.




Eran las doce y media del mediodía.




CORRECCION. En el «Diario de Sesiones» n.º 1, de 29-6-93,
correspondiente a la sesión constitutiva de la Cámara, por causa
dehaberse traspapelado un folio del original aparecen en la
relación de señores Diputados que dijeron «Sí, juro»,
página 8, una serie de nombres, desde el señor Alvarez-Cascos
Fernández hasta el señor Cabrera Pérez-Camacho, que en
realidad deben figurar entre los que dijeron «Sí, prometo», en la
relación de la página 9.