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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 483, de 27/04/1995
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 1995 V Legislatura Núm. 483
CONSTITUCIONAL
PRESIDENTE: DON JOSE BARRIONUEVO PEÑA
Sesión núm. 16
celebrada el jueves, 27 de abril de 1995



ORDEN DEL DIA:
Comparecencia del señor Presidente del Centro de Investigaciones
Sociológicas, CIS (Arango Vila-Belda), para dar cuenta de la utilización
partidista de los estudios sobre intención de voto elaborados por el
Centro de Investigaciones Sociológicas. A solicitud del Grupo
Parlamentario Federal IU-IC. (Número de expediente 212/001255). (Página 14718)
Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la Ponencia, sobre:
--Proposición de ley de organización del Centro de Investigaciones
Sociológicas. (BOCG serie B, número 62-1, de 18-2-94. Número de
expediente 124/000002). (Página 14724)
Acuerdo de cooperación de las Comunidades Autónomas en el Arco
Mediterráneo Español, suscrito el 13 de abril de 1994 por los
representantes de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Cataluña,
Murcia, Baleares y Valenciana. (BOCG serie E, número 70, de 13-6-94.

Número de expediente 93/000001). (Página 14735)



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Se abre la sesión a las cuatro y diez minutos de la tarde.




--COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES
SOCIOLOGICAS, CIS (ARANGO VILA-BELDA), PARA DAR CUENTA DE LA UTILIZACION
PARTIDISTA DE LOS ESTUDIOS SOBRE INTENCION DE VOTO ELABORADOS POR EL
CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLOGICAS. A SOLICITUD DEL GRUPO
PARLAMENTARIO FEDERAL IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA. (Número
de expediente 212/001255.)



El señor PRESIDENTE: Buenas tardes, señoras y señores diputados. Vamos a
dar comienzo a esta sesión de la Comisión Constitucional, empezando, de
acuerdo con el orden del día establecido, con la comparecencia de don
Joaquín Arango, Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas,
solicitada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.

Tiene la palabra don Joaquín Arango.




El señor PRESIDENTE DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLOGICAS (Arango
Vila-Belda): Señor Presidente, ignoro el propósito de la comparecencia;
por tanto, no creo que sea yo el que deba hacer uso de la palabra.




El señor PRESIDENTE: En ese caso sugiere que la representación del Grupo
de Izquierda Unida tome en primer lugar la palabra, nos explique el
propósito de la comparecencia y cuáles son los extremos sobre los que
quiere que informe don Joaquín Arango.

Señor Martínez Blasco, si tiene la amabilidad, puede hacer uso de la
palabra.




El señor MARTINEZ BLASCO: Me extraña que el señor Arango no sepa de qué
está preocupado nuestro grupo, puesto que hace justo ahora siete meses se
hizo una comparecencia similar de protesta de nuestro grupo por la
dificultad para acceder a los datos del Centro de Investigaciones
Sociológicas.

Sin que fuera en absoluto intencionado, como no podía ser menos, supongo
que el señor Arango habrá leído la prensa esta mañana y en ella aparece
un titular que dice: Macroencuesta del CIS. El PSOE puede perder todas
las autonomías menos Extremadura. Se da cuenta en esa referencia de
Prensa que el CIS ha hecho una macroencuesta de unas 10.000 entrevistas y
hace un avance de los datos de la misma.

Nuestro grupo conocía hace ya días que existía una macroencuesta del CIS
--no sabemos si a la que se refiere hoy la prensa es la única-- y por eso
mismo, en virtud de que la legislación de régimen electoral establece en
el artículo 69.8 que una vez convocadas elecciones se ha de dar cuenta a
las diferentes fuerzas políticas en el plazo de 48 horas de cuantas
encuestas existan, confeccionadas por organismos dependientes del
Gobierno, nuestro grupo se dirigió a la Junta Electoral hace unos días,
ésta le contestó que no tenía conocimiento de que se hubiesen hecho
encuestas, pero esta mañana nos hemos visto sorprendidos de que aparezca
esa referencia en un medio de comunicación. Como he señalado esto no
estaba buscado, puesto que la comparecencia se había solicitado nada
menos que en diciembre del pasado año.

Nuestro grupo ha mostrado en diferentes ocasiones su protesta por el
comportamiento del Centro de Investigaciones Sociológicas en cuanto a
facilitar específicamente los estudios de evaluación de la opinión
política, más concretamente los estudios electorales. Desde nuestro grupo
se viene reclamando la remisión de las encuestas, y con excusas unas
veces de que no están tabuladas, otras que no están cruzados los datos,
que no están explotadas las encuestas, por lo que sea, se tarda mucho
tiempo en conseguirlas.

Como se ha señalado en muchas ocasiones hay temas, específicamente éstos,
en los que no cabe la dilación, puesto que si el Centro de
Investigaciones Sociológicas remite a los diferentes grupos las encuestas
electorales pasado el día 28 de mayo, el interés es mínimo.

Por tanto, aprovechando el dato concreto --que espero el señor Arango
confirme o desmienta--, de si el Centro de Investigaciones Sociológicas
acaba de hacer una o varias, o piensa hacer en los próximos días, antes
del día 28 de mayo, encuestas o sondeos de carácter político-electoral,
me gustaría saber por qué no se remiten a la Cámara; por qué, en este
caso concreto, no se remiten, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 69.8, a las diferentes fuerzas políticas; por qué ese
comportamiento del Centro de Investigaciones Sociológicas.

Esto es lo que quería decir en primer lugar, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Debo aclarar al compareciente que obviamente lo que
haya publicado la prensa esta mañana no puede ser motivo de la petición
de esta comparecencia. Me permito recordar que en el escrito presentado
por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya se dice como motivo de la comparecencia, y leo: Para dar cuenta
de la utilización partidista de los estudios elaborados por el Centro de
Investigaciones Sociológicas (CIS) sobre intención de voto a la vista del
uso que de los mismos hace el Secretario General y Diputado del PSOE, tal
como quedó evidenciado en sus manifestaciones hechas ante el Grupo
Parlamentario del PSOE en el Congreso. Como señalaba el señor Martínez
Blasco, esta petición de comparecencia es de diciembre de 1994; pero el
motivo alegado es el que le acabo de leer.

Digo esto como aclaración. En todo caso, tiene la palabra el señor
Arango.




El señor PRESIDENTE DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLOGICAS (Arango
Vila-Belda): Mi extrañeza se debía, por supuesto, a la razón a que acaba
de aludir el señor Presidente. No entra dentro de mis funciones, ni me
atrevería a adivinar los propósitos que motivaban



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esta invitación a comparecer que evidentemente no podían ser
acontecimientos posteriores al día 1.º de diciembre de 1994, que es
cuando se formuló la petición de comparecencia.

En todo caso querría dejar bien sentado que, como no podía ser menos, el
Centro de Investigaciones Sociológicas se rige por la legislación vigente
que respeta escrupulosamente.

Por lo que se refiere al destino de sus estudios, la legislación vigente
establece tres tipos: En primer lugar, el Gobierno que dirige la
Administración del Estado, de la que el CIS forma parte; en segundo
lugar, el banco de datos del propio organismo, donde ingresan todos los
estudios completos, que el Centro produce, sin excepción alguna, y donde
quedan a disposición de todos los ciudadanos que deseen solicitarlos; y,
en tercer lugar, los diputados y senadores que, haciendo uso de la vía
establecida en el artículo 7.º del Reglamento, tengan a bien solicitar
tales estudios.

El CIS solamente proporciona sus estudios y da salida a los mismos a
través de estas tres vías, y de ninguna más. Por supuesto, el uso que los
destinatarios, al final de cada una de estas tres vías hagan de estos
estudios no es competencia del CIS; por tanto, el CIS no puede responder
de imputaciones de uso partidario, puesto que nunca proporciona sus
estudios a partidos políticos. Solamente se los proporciona al Gobierno,
a los usuarios que lo solicitan al banco de datos y a los diputados y
senadores que lo hacen a través de la vía del artículo 7.º del
Reglamento. Por cierto, esta última vía ha sido utilizada con cierta
frecuencia destacadamente por el diputado señor Romero, a quien siempre
se le han proporcionado los estudios que ha solicitado, como no podía ser
menos. No son excepción estos estudios previos a las elecciones
municipales y autonómicas, a los que S. S. ha hecho alusión y que han
sido solicitados del CIS hace unos días, a través del artículo 7.º del
Reglamento, por el diputado señor Romero, a quien se han proporcionado o
están en vías de ello, puesto que el CIS remitió al Ministerio de la
Presidencia la documentación en cuestión, solicitada hace dos días,
cuando estuvo disponible y, por tanto, bien obran ya en manos del
diputado señor Romero o está a punto de recibirlos porque ya han salido
del CIS.

Estos estudios no constituyen macroencuesta alguna (es un término
mediático cuyas fronteras distan de estar claras); en todo caso, el CIS
ha llevado a cabo en el mes de marzo cierto número de estudios (15) sobre
la situación social, económica y política en comunidades autónomas, antes
de la fecha de convocatoria de las elecciones municipales y autonómicas,
por lo que tales estudios caen fuera de período delimitado por la Ley
Electoral y, por tanto, dichos estudios no están sujetos a lo previsto en
el artículo 69 de la Ley Electoral que, como no podía ser menos,
respetamos escrupulosísimamente. En todos los períodos electorales en los
que este precepto ha estado vigente, hemos cumplido, notificando a la
Junta Electoral Central, en plazo inferior al de 48 horas, la realización
de tales estudios y sus resultados se han puesto a disposición de las
fuerzas políticas concurrentes que desearan solicitarlo. Todas las
peticiones han sido siempre atendidas, como no podía ser menos.

Como ya anunciamos a través de una copia del plan de trabajo del
organismo, que fue facilitada al propio diputado, señor Romero, que la
solicitó, el CIS tiene previsto realizar una nueva ronda de estudios
preelectorales --esta vez sí, preelectorales-- en las 13 comunidades
autónomas que celebrarán elecciones autonómicas el 28 de mayo, y en ocho
ciudades adicionales situadas en territorios distintos a los de estas 13
comunidades. Los resultados de esos estudios se producirán en período
electoral y, por tanto, estarán sometidos a lo previsto en el artículo 69
de la Ley Electoral. Serán puestos en conocimiento de la Junta Electoral
y los resultados se proporcionarán a las formaciones concurrentes que lo
soliciten.

Finalmente, insisto, si me permite S. S., que el CIS se rige por la
legislación vigente que respeta de manera escrupulosa. Por otra parte,
esta legislación parece próxima a ser modificada a través de una
proposición de ley que va a ser examinada por el Congreso de los
Diputados y que ha sido muy bien vista por el personal del Centro de
Investigaciones Sociológicas, que es el primer beneficiado de la
transparencia en el funcionamiento del Centro.




El señor PRESIDENTE: Señor Martínez Blasco.




El señor MARTINEZ BLASCO: Señor Arango, si la transparencia es uno de los
objetivos del CIS, no se consigue. Prueba de que no se consigue es que se
va a hacer una modificación de la legislación, que no era tan antigua,
que se va a tratar en esta misma sesión, y uno de los temas que se van a
modificar es precisamente el referente a los estudios políticos y
electorales, porque no funciona.

Me parece muy bien que se diga que la transparencia es el objetivo. Deben
ser la transparencia y la igualdad. Aquí no estamos hablando de que una
vez que los estudios del CIS están en el banco de datos, estén a
disposición de todos los ciudadanos; eso ya lo sabemos. En los temas
electorales o en los temas políticos el problema no es la disponibilidad
de los datos, sino la igualdad en el tiempo. Como se hacía referencia en
la petición de diciembre, si el Presidente del Gobierno en calidad de
Secretario General de su Partido, en una reunión interna del Grupo
Socialista --según reflejó la prensa-- hizo uso de las encuestas, y los
demás no podíamos hacer uso en las mismas fechas, sino varios meses
después, eso no es un problema de transparencia sino de igualdad.

En cualquier caso, de lo que usted ha dicho hay dos temas que me interesa
señalar. En primer lugar, en cuanto a los vehículos para transmitir los
datos están el Gobierno, el banco de datos y los diputados y senadores.

Después ha rectificado porque hay otra vía: las fuerzas políticas.

Incluso ha dicho expresamente que no se dan a los partidos políticos.

Señor Arango, según el artículo 69.8 se ha de entregar a las entidades
políticas concurrentes y no son el Gobierno, ni el banco de datos, ni los
diputados y senadores. Además, en 48 horas. ¿Por qué? Porque ésa es la
preocupación: el tiempo.




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Sobre el problema de los plazos ha dicho, y constará en el «Diario de
Sesiones», que hasta hace dos días no estaba disponible --no vamos a
discutir si es una macroencuesta o no-- este estudio que parece tiene
cierto interés, puesto que establece las preferencias políticas de los
ciudadanos de acuerdo con la convocatoria del próximo día 28. Pero, señor
Arango, las elecciones fueron convocadas el día 4; por tanto a efectos de
disponibilidad de la encuesta (no estamos hablando ahora del tiempo en
que se hizo el trabajo de campo, que yo no lo sé, ha dicho el mes de
marzo) ya estaba en pleno período electoral. Lo digo a efectos de que
nosotros hemos reclamado en la Junta Electoral para poder hacer uso de
ello en el plazo de 48 horas.

Volvemos al tema de los plazos. Dice usted que la petición ha sido
cumplimentada y remitido de acuerdo con el artículo 7.º La experiencia
que tenemos es que aplicando dicho artículo no son dos meses, sino varios
meses. En dos meses se produce la remisión, los escritos de remisión, a
su vez, del Ministerio a la Cámara, de la Cámara al diputado, etcétera.

Por tanto, si lo ha hecho usted por el artículo 7.º, no nos va a llegar,
seguro, antes del día 28 de mayo, por los precedentes que existen. Nos
interesaba más la vía del artículo 69.8. Espero que no empecemos ahora a
discutir si debe fijarse la fecha de la encuesta exclusivamente con el
trabajo de campo, si debe fijarse con la tabulación o con la impresión.

Usted mismo ha dicho que hace sólo dos días existía esta encuesta y
estaba disponible; por tanto, estábamos dentro del plazo electoral.

Otra cuestión. Dice usted que además del estudio del mes de marzo se va a
producir otro estudio preelectoral sólo en las trece comunidades --le
agradezco la precisión-- antes del día 28 de mayo y que este otro estudio
preelectoral va a estar en manos de las diferentes fuerzas políticas
antes de dicho día 28. Quiero hacerme eco de sus palabras en el sentido
de que hay un compromiso y por la vía que sea (sugiero que no la del
artículo 7.º, y si quiere hacemos referencia, de nuevo, a la modificación
que se va a tratar de introducir esta tarde en la legislación vigente
sobre el CIS) podamos conocer todos al mismo tiempo este estudio
preelectoral.

Insisto que no es una correcta orientación que los datos estén
disponibles para todos los ciudadanos, específicamente para el Gobierno y
también para los diputados y senadores. En materia político-electoral no
es ése el problema de que estamos hablando aquí. La utilización
partidista a que nos referíamos no era ésa. Las previsiones electorales y
políticas son un tema que, como se ha dicho en esta Comisión, tiene
caducidad. O se hace en el momento o si no al cabo de los meses, cuando
ingresa en el banco de datos, o al cabo de unos meses, en cumplimiento
del artículo 7.º no tiene mucho sentido para las diferentes fuerzas.

Por tanto, me gustaría que el señor Arango reconociese que no se está
cumpliendo, probablemente no por dificultades inherentes al propio CIS,
sino por dificultades de la reglamentación actual, que es excesivamente
lenta para una materia tan voluble y caduca como la de las opiniones
electorales y la mejor razón de que no está funcionando es que esta tarde
vamos a intentar modificarlo.

Si la encuesta es de hace dos días, para que esté impresa la noticia en
la mañana de hoy, se supone que ayer se tenía el resultado. ¿Cómo es
posible que al día siguiente alguien tenga ya este tipo de estudios del
CIS?



El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que desean intervenir? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor De Grandes.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Muchas gracias, señor Arango, por su
presencia en esta Comisión Constitucional. Aunque usted se preguntaba al
inicio cuál es la razón de su presencia, por no entender bien, al
parecer, la «ratio» del proponente del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, quiero decir que resulta muy oportuna por
cuanto, como sabe --y si no se lo digo-- el orden del día de esta
Comisión, después de su comparecencia, tiene previsto trabajar en la
innovación y la nueva reorganización del Centro que preside.

Quiero decir que represento a un grupo que ha tenido ocasión de criticar
en su persona y en numerosas ocasiones el uso indebido de los datos del
CIS, pero hoy, no por corregir las actuaciones de otras veces sino por
innovar un ánimo que nos inspira, de la búsqueda del consenso y de un
nuevo clima, quisiera encontrar elementos objetivos en los que no sea
posible ya discutir sobre algo etéreo o que no le sea imputable a S. S.

No voy a cometer esa incorrección que a veces se atribuye a los curas
párrocos --valga la broma-- de criticar a los que están en la misa por
los que no vienen.

Realmente, S. S. ha tenido razón muchas veces cuando se ha amparado en la
norma, a la que tiene obligación de atenerse, en orden a que el Centro
responde ante el Gobierno y a que, como hoy nos repetía, los datos del
CIS deben ir, de acuerdo con esa normativa, al Gobierno, al banco de
datos y, tan sólo a petición de parte a las Cortes Generales,
constituidas por Congreso y Senado.

Digo que sería injusto imputar al Presidente del CIS lo que es
consecuencia de una regulación normativa que me atrevo a calificar de
inadecuada, insuficiente y que, sin duda, ha venido favoreciendo
claramente los intereses gubernamentales. Muchas cosas que ha dicho el
diputado que me ha precedido en el uso de la palabra pueden ser
perfectamente suscribibles, pero no imputables al Presidente del CIS o a
los profesionales, por cierto magníficos, igual que su trabajo, y no nos
duelen prendas decirlo en el orden del rigor. Digo que a quien hay que
imputar ese mal uso de datos y conocimientos privilegiados es al
Gobierno, y es objetivo que ese uso privilegiado ha favorecido a
intereses gubernamentales en muchas ocasiones.

Nosotros no vamos a negar la bondad de que un Gobierno legítimo utilice
los resortes que tiene institucionalmente para conocer la realidad no
sólo política sino también social de la vida española y, de acuerdo con
ello, gobernar en favor de los intereses de los españoles. Lo que hemos
criticado y seguimos criticando es que se prevalezcan de ese conocimiento
privilegiado para usar y abusar en contra de otras fuerzas políticas
democráticas, como se ha venido haciendo con reiteración.




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En consecuencia, después de esa afirmación previa de que no vamos a hacer
imputaciones y de que la normativa, quizá, ha amparado a S. S. muchas
veces, con razón, para negarse a recibir imputaciones que no le
correspondían, porque ateniéndose a la norma no tenía por qué responder
sino ante el Gobierno, es por lo que nuestro Grupo planteó en su momento
diferentes iniciativas que no tuvieron éxito. Por fin, hubo una en el
Senado que sí lo tuvo a través de una proposición de ley que hoy vamos a
discutir en esta Cámara con el mejor de los espíritus, creo, de que S. S.

y todos los profesionales que trabajan con usted puedan tener posibilidad
de hacerlo al margen de otra opinión que no sea la que estudian y no de
la crítica que pueda suscitarse desde aquí y que se deba no a su
actuación sino a esa mala normativa.

Decía que es oportunísima su presencia porque si ya habíamos adelantado
que los profesionales de la casa ven con alegría y satisfacción que esa
norma que se va a alumbrar les dé suficiente cancha y casi garantía de la
seguridad de su trabajo, creo que el Presidente no nos llamará al orden
si le inquiero sobre su opinión personal en grandes líneas --no le
corresponde entrar en el detalle de la norma que vamos a discutir-- para
coadyuvar, desde su conocimiento cierto y riguroso, a lo que los
parlamentarios legítimamente vamos a regular después.

A nuestro juicio, sin querer adelantar el debate que después vamos a
tener, por expresarle nuestra posición, nos parece muy importante que el
rango normativo de la regulación del CIS sea el de ley y no el que tiene
actualmente de Real Decreto-ley, porque eso evita discrecionalidad del
Gobierno, capacidad inmediata de modificación y,sin duda, produce una
mayor garantía de seguridad jurídica y de las otras seguridades políticas
de las que venimos quejándonos por el mal uso que a veces hace el
Gobierno.

No se modifica el ámbito en que se instala el CIS, que sigue en el ámbito
del Gobierno. No pretendemos que sea en el de las Cortes Generales, pero
sí pretendemos que esa tercera vía que S. S. ha mencionado en relación
con facilitar los datos, no tenga que ser a instancia de parte, sino que
las Cortes Generales reciban esa información con una periodicidad --que
luego discutiremos-- que sea razonable sin tener que pedirlo; que «ex
officio» el propio centro facilite esos datos. Nos parece justo que no
sólo el Gobierno, que tiene la obligación inexcusable de gobernar con el
conocimiento de la realidad, sino también las Cámaras, que tienen que
legislar sobre el propio ámbito normativo en que el Gobierno tiene que
moverse, deben conocer una serie y cúmulo de datos que puede facilitar el
CIS para que sus trabajos abunden en un mayor rigor.

Entendemos que los viejos principios de objetividad y neutralidad, que no
son nuevos, que están consagrados en la norma actual, de los que, con su
participación o sin ella, hemos acusado muchas veces al Gobierno que no
se respetaban, por ese mal uso que ha hecho el Gobierno en sucesivas
ocasiones, realmente han sido letra muerta. Pensamos que debemos hacer un
esfuerzo en estas Cámaras para que en la nueva regulación estos
principios de objetividad y neutralidad, con el uso debido de ese
conocimiento y a través de los trabajos del CIS, pueda consagrarse como
una realidad y no sólo como letra muerta.

Por ello, nosotros vamos a mantener una posición enormemente abierta. Ni
siquiera vamos a alegar o a presumir demasiado sobre la paternidad de la
iniciativa que luego vamos a discutir. Nos importa mucho más, además en
una fase fundamental de la vida política española, que entre todas las
fuerzas políticas --haremos el sacrificio de cesión que haga falta--
encontremos una norma en la que todos nos sintamos cómodos. Desde luego,
estoy seguro que los que van a sentirse más cómodos y con más
tranquilidad va a ser el propio responsable de la cúpula del CIS y sus
profesionales, porque tendrán, probablemente, la posibilidad de no tener
que estar respondiendo a supuestas irregularidades o malos usos, que no
son los suyos sino a los que les obliga la norma en orden a la vía y
luego al mal uso que ha correspondido sin duda al Gobierno. Hay que
acabar con eso, señoría.

Ahora me voy a limitar a lo que ha sido la iniciativa de Izquierda Unida.

El Gobierno reiteradas veces, y hasta miembros del Partido que apoya al
Gobierno, han usado y abusado de la información privilegiada que les
facilitaba el Centro de Investigaciones Sociológicas. Hasta se ha
presumido, para incidir en términos electorales y para modificar los
sentimientos de opinión pública, del conocimiento de datos, que no se
podía ni siquiera contrastar, en el momento en que se utilizaban, si
correspondían a la verdad o eran una presunción que podía corregir la
propia voluntad de los españoles.

Con eso hay que acabar. Ese es un dato objetivo; la prueba es que todas
las sociedades democráticas, incluida la española, conscientes de la
importancia que tiene en una sociedad de opinión pública el conocimiento
y el uso de esos datos, a veces inciden no sólo en el conocimiento de la
realidad, sino en la modificación de la realidad. De hecho, las encuestas
tienen prohibición de publicarse en una fase determinada, precisamente
para no incidir en la opinión pública libre y soberana que ha de
manifestarse en las urnas. En ese aspecto, no hay que llevar esa norma
sólo a esos instantes, sino que la normalidad del conocimiento de esos
datos, de un instrumento que no sólo esté al servicio del Gobierno, sino
al servicio de las instituciones parlamentarias y, en definitiva, a lo
que representamos, a la soberanía popular, puede incidir en un mejor
trabajo parlamentario y en un mejor trabajo también del Gobierno.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el señor Paniagua.




El señor PANIAGUA FUENTES: Es bueno y agradable destacar que los estudios
sociológicos en España han tenido en los últimos años una gran
consistencia, no sólo científica, sino también administrativa y política.

Simplemente hay que contemplar en los últimos cinco años, por ejemplo, la
serie de publicaciones que el Centro de Investigaciones Sociológicas ha
ido editando periódicamente para comprobar que este organismo se dedica a
algo más que a un mero estudio de condiciones exclusivamente electorales.

Abarca la realidad de la sociedad española y,



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por tanto, su incidencia en la vida política, como estamos ahora
contemplando, es importante, más por lo que hace referencia a las
cuestiones de tipo electoral que por los otros estudios.

Es uso y costumbre de ciertos grupos políticos hablar con esta retórica
del mal uso, del abuso con que se han utilizado en muchas ocasiones las
encuestas electorales del CIS, sin que realmente se dé ningún tipo de
pruebas sobre esa utilización. Parecería como si los diputados o
representantes políticos no tuvieran también sus propios estudios, sus
propios análisis y se supusiera, con el prejuicio de siempre, que toda
interpretación de sociología electoral está hecha exclusivamente desde el
ángulo de los datos que del CIS se extraen. Creo que el representante del
CIS, señor Arango, ha dado plena consistencia a lo que en estos momentos
es la reglamentación por la que se dirige el CIS. Por tanto, se pueden
hacer suposiciones, se puede caer en esa típica retórica parlamentaria de
análisis y de crítica a lo que se supone que puede ser, sin que eso tenga
ninguna consistencia ni ningún rigor a la hora de la especificación de en
qué se ha fallado en estos tres apartados que antes se destacaban de
referencias del Gobierno, del banco de datos que pueden tener los
ciudadanos y los investigadores y los diputados o senadores.

Tampoco se puede concluir con esta mecánica casuística de que porque se
modifica la ley --precisamente se modifica esta ley con el apoyo del
Grupo Socialista, ley que habla de un mayor rigor en relación a las
Cortes Generales-- ésta podría ser la vía directa para demostrar que si
hay una deficiencia hay una modificación. No, exactamente. Esta es una
relación de causa-efecto no científica y no sociológicamente comprobada.

Por eso, señorías, nosotros estamos satisfechos con las interpretaciones,
los análisis y las sugerencias que ha hecho el señor Arango y creemos que
en cualquier crítica que se tenga que hacer o se tenga que realizar a
este Centro de Investigaciones Sociológicas ha de venir siempre avalada
por lo que los propios trabajadores del CIS tienen, que es la
comprobación experimental, la comprobación científica del mismo.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra para contestar el señor Arango.




El señor PRESIDENTE DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLOGICAS (Arango
Vila-Belda): Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, contestaré al señor Martínez Blasco, Diputado de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. He dicho que el CIS,
institucional y orgánicamente, aspira a la máxima transparencia y se
beneficiará de ella. La consecución de tal atmósfera de transparencia
será el resultado de un proceso histórico que está en curso desde hace
tiempo, que ha tenido diversos hitos y estadios, que conoció un salto
hacia adelante importante en 1990, con la regulación establecida en la
Ley de Presupuestos de esa fecha, que estableció el principio de acceso
universal al banco de datos del CIS, antes no existente; que progresó
posteriormente en el Decreto que desarrollaba la citada Ley y, más tarde,
en una Orden Ministerial de 1992 que acortó considerablemente los plazos
de puesta a disposición de los datos a quienes los solicitaran, permitió
que éstos se proporcionasen en soporte magnético y no solamente en
soporte papel, lo que no es una pura curiosidad técnica, sino que supone
que toda la matriz de datos se hace disponible a los investigadores que
lo deseen y no sólo las distribuciones marginales. En fin, para no ser
tedioso, en la enumeración diré que ha habido una serie de hitos en un
proceso de avance hacia la transparencia que, parece ser, va a culminar
inmediatamente con la aprobación de la iniciativa que van a considerar
SS. SS. esta tarde.

Efectivamente, el tiempo que transcurra hasta que se consiguen los datos,
sin duda es relevante, como señala S. S. No puedo suscribir la afirmación
realizada de que se produce varios meses después. Podría aducir fechas;
esta semana se han proporcionado al Diputado señor Romero resultados de
los barómetros de febrero y marzo, y es evidente que no han transcurrido
meses desde la finalización de estos barómetros; el de marzo estuvo
terminado, quizá, hace 15 ó 20 días. Por tanto, no se trata de meses.

Creo que no ha habido ninguna ocasión en la que hayan transcurrido varios
meses antes de tener acceso a los datos.

Dije que de acuerdo con la legislación vigente había tres destinatarios;
su señoría me ha corregido diciendo que hay un cuarto: los partidos
concurrentes a elecciones, pero eso sólo ocurre en período electoral. Yo
me estaba refiriendo a tiempos no electorales, normales. Por supuesto, en
período electoral las formaciones concurrentes reciben directamente del
CIS los datos de los estudios que entonces se realizan. Pero ésta es la
única ocasión en la que el CIS se relaciona directamente con partidos,
excepto si van al banco de datos y solicitan información, como cualquier
ciudadano, porque el CIS forma parte de la Administración del Estado y
hay otros cauces en la Administración del Estado para la conversación, la
comunicación y la atención a las solicitudes de grupos parlamentarios por
otras instancias sociales.

Tendría muchísimo interés en precisar, para que no hubiera malentendido
alguno, que los estudios a los que hemos aludido, los estudios regionales
a los que se ha hecho referencia aquí, fueron concluidos enteramente
bastante antes del día 4 de abril, cuando se abrió el período electoral
oficialmente. Por tanto, no he dicho que estuvieran disponibles sólo hace
48 horas, sino que la documentación a remitir al Diputado señor Romero,
que lo solicitó, no estuvo disponible hasta hace 48 horas. Hay una
diferencia fundamental, que es la siguiente y que deriva de la
legislación vigente, en concreto, de la legislación que protege el
secreto estadístico. Los datos del CIS que proceden, naturalmente, de
ciudadanos particulares, deben ser depurados y anonimizados antes de
poder ser puestos a disposición del público, y ello supone unas tareas
laboriosas, mucho más cuando se trata de 13 estudios, como en este caso,
que llevan algún tiempo, algunos días por lo menos. Eso es lo que
determina que entre la finalización de los estudios --esto es, no la de
los trabajos de campo sino después de ellos--, la codificación y la
grabación de los datos en cinta magnética y su puesta a disposición del
público, que



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requiere además las operaciones de verificación, depuración de errores y
anonimización fundamentalmente, transcurra un tiempo; ése es el tiempo
transcurrido entre la finalización de los estudios a los que estoy
haciendo referencia, la petición del Diputado Romero, que se produjo
bastante después, y la puesta a disposición del Diputado Romero, que se
produjo cuatro días después de recibir su solicitud. Por tanto, estos
estudios han estado finalizados bastante antes de la fecha de apertura
del proceso electoral actualmente en curso y, por ello, no están
sometidos a lo dispuesto en el artículo 69 de la citada Ley. Por tanto,
el acceso a los mismos puede hacerse a través del artículo 7.º del
Reglamento.

El CIS no puede, siendo parte de la Administración del Estado, decidir
cuál de las dos vías utiliza, sino que tiene que atenerse a la
legislación, del mismo modo que cuando estén finalizados los próximos
estudios, que sí se producirán dentro del período electoral, naturalmente
se regirán por el artículo 69 del Reglamento y en mucho menos de 48 horas
serán puestos en conocimiento de la Junta Electoral y a disposición de
los partidos que los soliciten.

Querría insistir finalmente, por lo que se refiere a su intervención,
que, además de regirse por la legislación, por supuesto, el CIS pretende
también atender a los principios que deben regir en general el
funcionamiento de la Administración del Estado --principios de
imparcialidad, objetividad, ecuanimidad, veracidad, etcétera-- y, por
supuesto, el personal del CIS desea que su comportamiento honre tales
principios.

Al Diputado del Grupo Popular, señor De Grandes, querría en primer lugar
agradecerle los elogios que ha formulado hacia la competencia del centro
y el tono general de su intervención.

Desde luego tengo conocimiento de la iniciativa parlamentaria que va a
ser discutida por SS. SS. esta tarde. Espero no incurrir en indiscreción
si digo que en su día, cuando fue presentada por primera vez en el Senado
y el Gobierno tuvo a bien solicitar la opinión del Centro de
Investigaciones Sociológicas, éste se pronunció de forma inequívocamente
favorable hacia la misma, entendiendo que podría contribuir a completar
el proceso de avance hacia la transparencia al que antes he aludido. Por
tanto, nos congratulamos de que esta iniciativa progrese y se plasme en
legislación.

Agradezco mucho la generosa invitación que me formula para expresar una
opinión acerca de la misma, lo que haré sin abusar del tiempo de SS. SS.

Insisto en que el aumento de la transparencia que de ella se va a derivar
no puede ser sino saludado, bienvenido y visto con los mejores ojos, y
entiendo que ello se va a conseguir a través de los informes periódicos a
las Cámaras que en la iniciativa se prevé, con la periodicidad que sea
más adecuada. La memoria anual que se prevé en la misma iniciativa es
también muy saludable y facilitará la rendición de cuentas del organismo
no solamente las financieras y materiales sino las intelectuales. El
establecimiento de un consejo asesor puede ser también saludable y
contribuir a la buena marcha del organismo.

Particularmente importante parecería a quien hace uso de la palabra en
este momento el que se distinguiera en lo posible, a la hora de legislar
sobre el régimen por el que se ha de regir la disponibilidad pública de
los distintos productos del CIS, la naturaleza de materias distintas. Los
estudios del CIS producen muy frecuentemente datos, podríamos decir, de
interés académico --estudios sobre estructura social o movilidad social o
sobre cultura política, o tantos otros que interesan particular y
especialmente a los estudiosos, aunque después puedan tener una
repercusión favorable en otras esferas--; datos que tienen que ver con la
acción de los poderes públicos en el orden político-administrativo, que
tienen que ver con la acción del Gobierno en cuanto poder constitucional
del Estado que dirige la Administración, y datos de naturaleza política
que tienen que ver con el libre juego partidario.

Me parece importante tener «in mente» la distinción de estas materias y,
quizá, exigir un régimen privilegiado de publicidad especial para estos
últimos, para los datos que tienen que ver fundamentalmente con el juego
partidario --valoración de líderes, valoración del gobierno, intención de
voto, valoración de partidos y materias conexas, aquéllas en las que el
Gobierno actúa como una fuerza política que compite en igualdad de
condiciones con otras fuerzas política.

En otras materias, dentro del régimen de transparencia general y de
disponibilidad universal de los datos, pienso que podrían permitirse
márgenes sólo ligeramente más amplios o un mecanismo menos tasado,
sistemático y regular y que las vías de acceso a los datos actualmente
existentes, potenciadas por el informe periódico a las cámaras y por
otros medios, facilitarían suficientemente su conocimiento y, por tanto,
su acceso. Pero creo que haciendo excepción de las materias
político-partidarias que pueden y deben revestir en su difusión una
urgencia especial, convendría evitar que sobre el centro recayera una
presión externa continuada que no es sólo de instituciones públicas sino
también de medios de comunicación, que podrían estar todos los días
exigiendo lo que el mes pasado hemos anunciado que está próximo a
terminarse etcétera, que no contribuiría al buen funcionamiento del
centro. Esto, naturalmente, es una opinión particular que deriva, sin
embargo, del tiempo que he llevado al frente del CIS y de las reflexiones
que éste me ha producido.

Desde luego, el personal del centro, en su conjunto, se beneficiará de la
atmósfera de creciente transparencia en que se va a desenvolver, en la
certeza de que todo investigador desea que su trabajo se conozca y sea de
la mayor utilidad para la sociedad.




El señor PRESIDENTE: Con esto, daríamos por terminada la comparecencia.

(El señor Martínez Blasco pide la palabra.)
Señor Martínez Blasco, a continuación tenemos un debate...




El señor MARTINEZ BLASCO: Un minuto para hacer unas precisiones.




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El señor PRESIDENTE: A ver si es verdad que es un minuto, señor Martínez
Blasco.

Tiene la palabra.




El señor MARTINEZ BLASCO: Sería fruto ya de esta comparecencia que,
aunque efectivamente estamos hablando de la proposición de ley que se va
a tratar esta tarde, se intentase cumplir por lo menos con los trece
estudios de marzo.

El señor Arango ha hablado de fechas, pero para sacarlo del ámbito
electoral, de la convocatoria electoral del día 4, y ha hablado de las
diferentes vías: del artículo 7.º de la ley orgánica. A esta fecha no
disponemos del estudio de marzo. Por tanto, sería bueno que, por lo
menos, anticipándose a lo que parece ser que va a ser acuerdo de esta
tarde de que haya un plazo de 15 días en estas materias sensibles, los
trece estudios de marzo estén efectivamente en nuestras manos, si ya no
con quince días, puesto que se ha reconocido que estaban hechos antes del
día 4 de marzo, por lo menos en unas horas, si es posible.

Nada más.




El señor PRESIDENTE: Señor Arango.




El señor PRESIDENTE DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLOGICAS (Arango
Vila-Belda): Diez segundos para reiterar que con fecha de ayer por la
mañana los trece estudios en cuestión, más algunos otros que nos había
solicitado el Diputado señor Romero, salieron del CIS en dirección al
Ministerio de la Presidencia, que es el encargado de remitirlos a las
Cámaras o directamente --no sé cuál es el procedimiento-- al Grupo
parlamentario de Izquierda Unida.

Por tanto, el CIS ha cumplido ya y no puede hacer más al respecto.

Simplemente darle la seguridad de que han salido del CIS.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias señor Arango por su comparecencia y
explicaciones.




--EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA,
SOBRE: PROPOSICION DE LEY DE ORGANIZACION DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES
SOCIOLOGICAS. (Número de expediente 124/000002.)



El señor PRESIDENTE: Después de esta intervención pasaríamos al punto 2
del orden del día que es emitir dictamen, a la vista del informe
elaborado por la Ponencia sobre la proposición de ley de organización del
Centro de Investigaciones Sociológicas. (El señor De Grandes Pascual,
pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor De Grandes.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Señor Presidente, yo pediría una pequeña
suspensión no más allá de cinco minutos. (Protestas.)



El señor PRESIDENTE: Señor De Grandes, el criterio de la Mesa es que
sobre este punto del orden del día cada grupo de los que han presentado
enmiendas, a través del portavoz que designe, defienda la totalidad de
las enmiendas que ha presentado al articulado en una intervención, aunque
pueda fraccionarse, de acuerdo con los intereses de cada grupo. A
continuación, presentadas y defendidas las enmiendas de cada grupo,
procederemos a su votación, artículo por artículo, precepto por precepto.

Ese sería el procedimiento que en la Mesa hemos pensado que facilitará
más el debate y, de alguna forma, lo aligerará.

Tiene la palabra el señor De Grandes.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Estoy absolutamente de acuerdo, pero
precisamente lo propongo en aras de una mayor rapidez en el trabajo. Como
hay diálogos precedentes, se trataría sin más de, en esos cinco minutos,
poder hablar con las otras fuerzas políticas, a los efectos de que
después vayamos más deprisa y evitar algún tipo de confusión o parálisis
posterior que nos haría retrasar más el trabajo. Ese es el sentido de la
petición.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, señor De Grandes. Son las 17,05 y a las
17,10 reanudamos. Cinco minutos, como ha dicho usted. Suspendamos por
cinco minutos. (Pausa.)
De acuerdo con lo previsto reanudamos la sesión.

Hay presentadas enmiendas de los Grupos de Coalición Canaria, Catalán
(Convergència i Unió), Popular y Socialista. Comenzamos de menor a mayor
y tiene la palabra el señor Mardones, por el Grupo de Coalición Canaria.




El señor MARDONES SEVILLA: Comienzo, señor Presidente, con la enmienda
número 1, que en este momento queda formalmente retirada.

La enmienda número 2 la mantenemos. Proponemos introducir un apartado e)
nuevo en el artículo 3, para singularizar la posibilidad del estudio de
las realidades sociológicas de las diferentes comunidades autónomas, dado
que entendemos que los apartados a), b), c) y d) de este artículo 3,
relativos a las funciones del organismo, con los que estamos plenamente
de acuerdo, consideran una globalización total de la sociedad española.

Queremos dar aquí un sentido de reflejo de lo que es nuestro siempre
defendido Título VIII de la Constitución Española, relativo a las
comunidades autónomas, junto a esa generalización que introduce ya el
apartado a) del artículo 3, de análisis científico de la sociedad
española. Creemos que, en concordancia con la constitución, aquí también
debería hacerse un reconocimiento a la peculiaridad sociológica de las
distintas comunidades autónomas.

La enmienda número 3 queda retirada, así como la enmienda número 4.

Defiendo la enmienda número 5, que trae relación con la enmienda número
10. Proponemos, en la estructura orgánica del Centro de Investigaciones
Sociológicas, la creación del consejo de dirección, que ya explicitaré
cuando hable de la enmienda número 10. Esta sería la única novedad que
trae esta enmienda número 5, un consejo de dirección



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para que, de alguna manera, la institución tenga un comportamiento de
funcionamiento colegiado, porque si no no se entiende que se hable de las
sustituciones de los cargos del organismo en ausencia de su presidente,
etcétera. Para hablar de sustituciones debe existir un órgano colegiado,
porque si no no se entendería una estructura orgánica, como es la de la
institución que nos ocupa.

La enmienda número 6 queda retirada, como las enmiendas números 7, 8 y 9.

La enmienda número 10, que es la que traía relación con la número 5, que
he defendido anteriormente, habla ya de la composición del consejo de
dirección. Creemos que allí debe darse entrada a la dependencia orgánica
del Ministerio de la Presidencia del Gobierno. Quienes integrarían este
consejo de dirección son las mismas figuras, singularizadas, de director,
de presidente, de secretario general y de directores de departamento. A
este respecto quiero señalar a la Comisión, señor Presidente --por si es
objeto de una reordenación por los servicios de la Cámara o así se estima
por esta propia Comisión, que creo que sería más adecuado--, que así como
en el artículo 6, cuando se habla de estructura orgánica, se sitúa, en
orden de prelación, al secretario general de la presidencia, sería
conveniente que el texto que aprobemos diga en qué orden de prelación van
estas personas, porque, como digo, en el artículo 6 la secretaría general
está en segundo lugar, después de la presidencia, mientras que en el
artículo 7.3 el secretario general aparece en tercer lugar. Es decir, en
el artículo 7.3, Presidencia, se dice: «En caso de vacante, ausencia o
enfermedad, el Presidente será sustituido por el Director del
Departamento de Investigación...», que resulta que en la estructura
orgánica del artículo 6 aparece como tercero. En todo proyecto de ley
debe haber una jerarquización y, aquí, el secretario general, que estaba
el segundo en el artículo 6, pasa al tercer puesto en el artículo 7, y el
que estaba el tercero en el artículo 6, que es el director del
departamento de investigación, en el artículo 7 aparece como una figura
de mayor jerarquía.

Por esa razón, nosotros habíamos presentado una enmienda, que hemos
retirado, en cuanto a la cualificación jerárquica de estas personas y,
consecuentes con lo que decía --por prioridad-- el artículo 6, dado que
el presidente tiene rango jerárquico de director general de la
Administración Civil del Estado, le habíamos mantenido el rango de
subdirector general al secretario general. Esta era la explicación de que
en nuestra enmienda, como digo, retirada, le diéramos la categoría de
jefe de servicio, y no ninguna otra razón, como podría ser el principio
de austeridad en los cargos. Esa sería otra cuestión que no es de esta
comisión. Se trata, sencillamente, del reconocimiento jerárquico de la
ordenación que ahí se hace. Hacemos esta advertencia para que en el texto
definitivo del proyecto de ley se diga si la relación jerárquica, como
dice el artículo 6, es: presidente, secretario general y jefe del
departamento de investigación, banco de datos y publicaciones o es como
se dice en el artículo 7.3 con estas salvedades que he hecho.




El señor PRESIDENTE: Señor Mardones, debo entender que el resto de
enmiendas no citadas quedan retiradas.




El señor MARDONES SEVILLA: No; la enmienda número 11 se mantiene.




El señor PRESIDENTE: Es que, según la transcripción que tengo yo, hay
enmiendas de Coalición Canaria a otros artículos, al artículo 9 y
siguientes.




El señor MARDONES SEVILLA: Es que al introducir un artículo nuevo, el 8,
que sería un 7 bis, la enmienda número 11 se desplazaría. La mantenemos,
porque es solamente de situación jerárquica del director del departamento
de investigación como jefe de servicio, pero, si se reordena el orden
jerárquico de situación de los cargos, no tenemos inconveniente en
retirar nuestra enmienda número 11, y al decir esto me estoy guiando por
un documento oficial, el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Nuestra
última enmienda, señor Presidente, es la número 11.




El señor PRESIDENTE: Pero es que, además, tienen presentadas otras
enmiendas: la 38, al artículo 8, 9 y siguientes, y otras.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, la que yo tengo como
enmienda número 38 es del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió) y, como digo, estoy manejando el «Boletín Oficial de las Cortes
Generales». Enmiendas a la organización del Centro de Investigaciones
Sociológicas. Publicación número 62-4, de 14 de abril de 1994.




El señor PRESIDENTE: Sin duda, tiene usted razón, señor Mardones, porque,
naturalmente, tendrá más conocimiento de las enmiendas presentadas por su
Grupo, pero la documentación que estamos manejando en la Mesa
--posiblemente se trata de una errata-- atribuye a Coalición Canaria
algunas otras enmiendas a artículos consecutivos.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Señor Presidente, en aras de ayudar, quiero
decir que tiene razón la Presidencia al decir que debe haber una errata.

Hay determinados errores; en concreto, la enmienda 38, que corresponde a
tres artículos, es del Grupo Catalán (Convergència i Unió) y en el índice
se atribuye a Coalición Canaria y, en cuanto a la disposición adicional
primera, hay una enmienda que también es del Grupo Catalán (Convergència
i Unió), que se atribuye a Coalición Canaria. Lo mismo ocurre con la
enmienda a la disposición adicional nueva.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias por sus aclaraciones, señor De
Grandes.

Entonces, tiene la palabra el portavoz del Grupo Catalán (Convergència i
Unió), señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Nuestro Grupo tiene presentadas, como le
constará a S. S. y al conjunto de la Mesa de esta Comisión, ocho
enmiendas.

La primera lo es al artículo 1. Se trata de una mejora técnica. No es que
estemos disconformes con la propuesta



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que nos viene del Senado y, a su vez, del Grupo Parlamentario Popular,
sino que nosotros situamos en este artículo 1 que el Centro de
Investigaciones Sociológicas debe estar adscrito al Ministerio de la
Presidencia. Es algo que se recoge en el texto que nos envía el Senado en
su disposición adicional primera, relativa a la adscripción
administrativa, pero nosotros entendemos que es mucho mejor ponerlo en el
primero de los artículos, cuando se define al mismísimo Centro de
Investigaciones Sociológicas.

¿Qué hacemos, además, en esta enmienda? Además de definir al CIS, de
adscribirlo al Ministerio de la Presidencia, concretamos cuáles son sus
finalidades, para qué existe el CIS. El CIS no existe sólo para realizar
un análisis científico de la sociedad española, como se dice en el
proyecto que debatimos, sino que nosotros entendemos que ese análisis
científico debe obedecer, debe estar orientado a algo concreto, como es,
sugerimos, facilitar el diagnóstico sobre situaciones y asuntos sociales
y, además --segunda finalidad--, orientar a los poderes públicos en las
iniciativas normativas y ejecutivas; es decir, orientar al Legislativo y
al Ejecutivo en sus labores respectivas.

La segunda de las enmiendas, que, si no me equivoco, es la número 35, lo
es al artículo 2 de esta proposición de ley. Este artículo 2.º recoge los
principios de actuación del Centro de Investigaciones Sociológicas. Aquí,
como en el primero de los artículos, nosotros no es que mostremos una
discrepancia frontal respecto al texto y su redacción concreta; lo que
ocurre es que señalamos más principios de los que aquí se recoge y, a la
vez, complementamos y desarrollamos los que ya contempla. Recogemos el
principio de interés público, el principio de voluntariedad de las
respuestas, especialmente aquellas de origen étnico, de opinión política,
de creencias religiosas o ideológicas, o que afecten a la mismísima
intimidad personal o familiar; desarrollamos el principio de
transferencia informativa, el principio de especialidad, el principio de
homogeneidad, el principio de publicidad y el principio de protección de
los datos personales en cualquiera de las fases de investigación, y aun
después de esas fases de investigación, adoptando por parte del Centro de
Investigaciones Sociológicas las medidas necesarias que garanticen en
todo momento la privacidad e intimidad de los individuos y de la
familias.

Repito que se trata de una enmienda que tiende a desarrollar y a
complementar los principios de actuación que se recogen en el artículo
2.º de esta proposición de ley que debatimos.

Al artículo 3.º hemos presentado una nueva enmienda que pretende
modificar algunos de sus apartados; es la número 36 y trata de dar una
mejor adecuación a las funciones de este organismo en la redacción
concreta de este artículo 3.º.

La enmienda número 37, al artículo 5.º de la proposición de ley que
debatimos, intenta introducir algo en lo que creo que estarán de acuerdo
todas SS. SS., que es que el banco de datos del Centro en ningún momento
debe contener datos que permitan la identificación personal. Estoy
absolutamente seguro de que éste es el parecer unánime de todas SS. SS.,
ya que no hace mucho que tratamos estos temas en otro proyecto de ley,
hoy ya en el «Boletín Oficial del Estado». Se trata de incluir en este
artículo 5.º que en ningún caso contendrá datos que permitan la
identificación personal el banco de datos del Centro de Investigaciones
Sociológicas.

La enmienda número 38 hace referencia a cuatro de los artículos que nos
propone el Senado, artículos 8, 9, 10 y 11, y simple y llanamente lo que
sugerimos es suprimirlos, porque no es que estemos abiertamente opuestos
a su contenido, pero sí que entendemos que es más propio de una
disposición reglamentaria que no de una ley emanada de las Cortes
Generales.

La enmienda número 39, a la disposición adicional primera, es congruente
con la que ya he expuesto relativa al artículo 1.º. ¿Qué hace esta
disposición adicional primera? Como recordarán, trata de adscribir al
Ministerio de la Presidencia el Centro de Investigaciones Sociológicas.

Nosotros estamos absolutamente de acuerdo con esta adscripción, pero en
desacuerdo con el lugar concreto de la futura ley donde incluirlo.

Entendemos, como ya he dicho antes, que es mucho mejor que en el primero
de los artículos, que es cuando se define el Centro de Investigaciones
Sociológicas y se le da un contenido de finalidad, es donde debe quedar
constancia de su adscripción administrativa.

La enmienda número 40 pretende añadir una nueva disposición adicional,
pero en este momento la retiramos, igual que hacemos con la número 41.

Con esto, quedan defendidas todas nuestras enmiendas.




El señor PRESIDENTE: El Grupo Popular, aun siendo proponente de la ley,
tiene presentadas algunas enmiendas. Para defenderlas, tiene la palabra
el señor De Grandes.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Señor Presidente, dos cuestiones previas,
que requiero de la Mesa: una, que, como por olvido no lo he cotejado
debidamente, se me diga cuáles son las enmiendas que han quedado vivas de
Coalición Canaria, para no referirme a ellas, y, otra, que entiendo que
debo referirme no sólo a mis enmiendas, sino que también puedo formular
un juicio sobre las enmiendas de los demás. Después, podremos referirnos
a las transacciones posibles, cuando intervenga el representante del
Grupo Socialista.

Lo que quisiera saber ahora es qué ha quedado de Coalición Canaria.




El señor PRESIDENTE: Según he tomado nota, ha quedado la número 2, que es
el artículo 3.º, e), nuevo; la número 5, al artículo 6.º; la número 11,
al artículo 8.º, y la número 10, que estaba en relación con otra
anterior. Las demás quedan retiradas.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Gracias, señor Presidente.

Como bien recordaba, el Grupo Parlamentario Popular en la Cámara Alta es
el autor de esta iniciativa y por tanto no ha de extrañar que nuestras
enmiendas sean muy parcas, porque no deja de ser un ejercicio de
autoenmienda en este trámite del Congreso.




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Adelanto, reiterando lo expresado con motivo de la comparecencia del
Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas, que nuestra
posición es absolutamente abierta. Lo que voy a hacer es un ejercicio
rápido de explicar el porqué de nuestras dos enmiendas y después, voy a
referirme, con mucha brevedad, a la opinión que nos merecen las enmiendas
de los restantes grupos parlamentarios que asimismo han formulado
enmiendas al proyecto.




El señor PRESIDENTE: Perdón, señor De Grandes. Quizás, si vamos a seguir
esta sistemática y teniendo en cuenta que efectivamente su Grupo es el
proponente de este proyecto de ley, aun teniendo dos enmiendas, a lo
mejor era preferible que interviniera previamente el Grupo Socialista.

¿Piensa que no?



El señor DE GRANDES PASCUAL: Le entiendo perfectamente, señor Presidente;
piensa que quizás nosotros pudiéramos cerrar, pero no es así, porque,
desgraciadamente, la matemática electoral en este caso se impone más que
el Grupo mayoritario en cierta forma. Sabemos, porque no hemos obviado en
absoluto la publicidad de que estamos todos dispuestos al consenso, que
tiene enmiendas transaccionales que pueden solucionar muchos de los
aspectos que otros grupos, incluido el nuestro, están enmendando.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, continúe.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Creo que con este tipo de trabajo podemos,
después, llegar a una formulación conjunta en la que por lo menos
nosotros aspiramos al consenso total.

Dicho esto, señor Presidente, con su venia, pasamos a indicar que, por
nuestra parte, como Grupo Parlamentario Popular, no tenemos formuladas
sino dos enmiendas. Una es al artículo 11 bis, para la creación del
consejo asesor. Este Grupo entiende que parece conveniente que el Centro
de Investigaciones Sociológicas (CIS) cuente con el asesoramiento de
personas de reconocido prestigio en el campo de las ciencias sociales.

Con motivo de la comparecencia del señor Arango, nosotros, con buena fe,
para que aportara su buen juicio y su experiencia, le indicábamos que nos
adelantara en cierta forma cuál es la opinión de los profesionales del
Centro y de él mismo sobre algunos de los aspectos que íbamos a discutir
ahora, y yo quiero recordar que al señor Arango le parecía positivo, en
aras naturalmente al rigor, a la transparencia y a lo que podía
coadyuvar, la creación de este consejo asesor. Por tanto, inicialmente,
la defiendo en sus propios términos, sin perjuicio de estar abierto a
cualquier tipo de transacción que pueda mejorar la creación de esta
institución.

La otra enmienda es de modificación a la disposición adicional tercera,
punto 4. Trae causa de entender que, siempre que los estudios o trabajos
sean encargados por la Administración u órganos dependientes de ella, las
Cortes Generales puedan tener conocimiento de los mismos. No hacemos
cuestión de gabinete sobre esta enmienda y estamos dispuestos a
retirarla, si es necesario en aras del consenso, porque no constituye en
absoluto ningún centro vital de lo que es el espíritu y la letra que nos
movió y que se ha plasmado en la proposición de ley.

Refiriéndome a las enmiendas formuladas por el resto de los grupos,
haciéndolo con toda brevedad y sin perjuicio de modificar nuestro
criterio en orden al mantenimiento, al rechazo o a la actitud, que ya
adelantamos y reiteramos que es positiva, de la transacción, por el orden
en que han sido defendidas voy a hacer una ligera valoración.

Enmiendas formuladas por el Grupo de Coalición Canaria y que hoy han sido
mantenidas en esta Comisión. En lo que se refiere a la enmienda número 2,
de adición, al artículo 3, nosotros entendemos que debiera ser rechazada.

Pensamos que en el artículo 3 se regulan las funciones generales del CIS
y no el contenido de las materias objeto de estudio. Más que una mejora
técnica, lo que procedía, con todo respeto, sería confusión.

En la enmienda número 5, al artículo 6, nuestra posición, en cambio, es
contraria, es la de aceptarla, es una posición receptiva, porque
entendemos que la creación de un consejo de dirección podría optimizar el
funcionamiento del CIS a través de un sistema de regulación interna, que
sería más democrático y más transparente. Esta enmienda podría también
rechazarse, depende del consenso al que lleguemos, porque en cualquier
caso podría seguir la vía reglamentaria. Este aspecto que quiere aportar
Coalición Canaria no dejaría de ser, como otros temas, más objeto de
reglamento que de plasmación con carácter altamente legal.

En la enmienda número 10, de adición de un nuevo artículo 8 --y sigo
refiriéndome a las enmiendas de Coalición Canaria--, nuestra posición
sería aceptarla. Nuestra posición es muy positiva en relación con todo lo
que signifique --y ello es la «ratio» de la proposición de ley-- control
del CIS. Esta enmienda regula la composición del consejo de dirección, en
el que el Presidente sería el Ministro de la Presidencia. No obstante,
por coherencia con los demás, habría que sustituir el término director
general por el de presidente. Con ese matiz, seríamos receptivos a la
admisión de esta enmienda.

Finalmente, por lo que afecta a Coalición Canaria, en la enmienda número
11 al artículo 8, nuestra posición sentimos que sea de rechazo, porque
nos parece preferible, más rigurosa y más completa la enmienda 22, del
Grupo Socialista. Sería mejor que esos departamentos se regularan en vía
reglamentaria, en los mismos términos que anteriormente hemos expresado.

Por lo que afecta a las enmiendas formuladas por el Grupo Catalán
(Convergència i Unió), la enmienda número 34, al artículo 1, nos parece
que debe ser aceptada. contiene esta enmienda una buena definición y no
nos duelen prendas en decir que debía ser incorporada al texto
mejorándolo claramente.

La enmienda número 35, al artículo 2, también entendemos que debiera ser
aceptada; primero, porque define los principios de actuación del CIS, lo
hace correctamente y, además, los amplía; en segundo lugar, porque la
letra f) de esta enmienda, relativo al principio de publicidad de los
resultados de las investigaciones del CIS,



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hace referencia a la creación por esta ley de la Comisión Parlamentaria
Mixta y supone, en la misma medida, un mayor control por parte del
Congreso en relación con el CIS y, en ese espíritu, nos parece que es
absolutamente de recibo.

La enmienda número 36 al artículo 3, letras b), c) y d), en cambio, nos
merece un criterio negativo, con todo respecto, puesto que no supone una
modificación sustancial, sino una sintetización de funciones y una
alteración del orden de las mismas, lo cual creemos que no es importante.

En ese aspecto, decimos respetuosa y cordialmente al Grupo Catalán
(Convergència i Unió) que su retirada favorecería el consenso, a no ser,
naturalmente, que esté inscrito dentro de otra enmienda transaccional
final, en cuyo caso estaríamos dispuestos a aceptarlo, porque no hacemos
cuestión de gabinete de ello.

La enmienda número 37, al artículo 5, por nuestra parte sería aceptada.

Nos parece que es correcta la adición. Además, en este caso, al revés:
aceptando ésta, podría sustituir, en cierta forma, lo que pretende el
Grupo Socialista en la enmienda número 19, pero lo digo con el mismo
criterio de receptividad.

Por lo que respecta a la enmienda número 38, no tenemos inconveniente
alguno en aceptar la supresión de los artículos 8, 9, 10 y 11. Es verdad
lo que aquí se ha dicho sobre que estos artículos recogen cuestiones que
serían más de carácter reglamentario. Pero no es menos cierto que nos
podemos encontrar con un problema transitorio: que el contenido de estos
artículos en qué medida, en la fase de transición, hasta que el
reglamento desarrolle la ley, se va a regular. Hago esa reflexión en voz
alta, pero, desde luego, nuestra posición no es contraria a que se
rechazara, porque es verdad que es más de carácter reglamentista y, por
tanto, quizás no está a la altura de la jerarquía normativa que
pretendemos.

Con la enmienda número 39, a la disposición adicional primera, del Grupo
Catalán (Convergència i Unió), tampoco tenemos ningún tipo de
inconveniente en decir nuestra posición positiva, absolutamente en
coherencia con la aceptación que hemos indicado al principio de la
enmienda número 34 al artículo 1, puesto que ya en la definición del
artículo 1, propuesta por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), se hace
referencia a la adscripción del CIS al Ministerio de la Presidencia. Es
absolutamente coherente con su enmienda anterior. Las dos enmiendas
restantes han sido retiradas y no me voy a referir a ellas.

Por último, me voy a referir, señor Presidente, a las enmiendas
formuladas por el Grupo Socialista, en el bien entendido que voy a hacer
un repaso de carácter general y breve, susceptible de que después la
transacción nos lleve a fórmulas de encuentro a las que vamos a ser
receptivos; pero, «ab initio», me referiré a la enmienda número 13 --la
enmienda a la exposición de motivos la haremos al final, en buena técnica
parlamentaria-- al artículo 1. A nuestro juicio, esta enmienda, al
aceptar la número 34, del Grupo Catalán (Convergència i Unió) para
modificar el artículo 1, debería retirarse por parte del Grupo
Socialista, si es que tiene el mismo criterio que nosotros. Esta enmienda
sustituye la palabra «análisis» por «estudio».

La enmienda número 14 al artículo 3, letra a), nos parece positiva.

Cambiar «análisis» por «conocimiento» no es relevante; supone, quizás,
una cierta mejor técnica, susceptible de interpretación.

La enmienda número 15 al artículo 3, letra b), en cambio, no nos merece
un juicio muy positivo, no nos parece que suponga una mejora técnica. Es
una síntesis; se podría aceptar, en todo caso, porque es una modificación
que no tiene importancia. En ese caso, tendríamos también que rechazar la
enmienda número 36, del Grupo Catalán (Convergència i Unió) sobre el
mismo artículo, lo cual no deja de suponer juicios de valor iniciales que
podremos después concretar.

Enmienda número 16 al artículo 3, letra d); nos parece que sería
conveniente su aceptación. Desde luego, por nuestra parte, formulamos ese
tipo de juicio de valor, porque, a pesar de suponer la liquidación de las
funciones de desarrollo de trabajos de documentación y difusión a través
de las publicaciones de resultados, la omisión de esas funciones no
supone un menoscabo cualitativo a los efectos de poder rechazar más
ampliamente después la enmienda número 36, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió), en coherencia con la forma en que antes nos hemos
manifestado.

Enmienda número 17 al artículo 3, letra e); también tendríamos
disposición a aceptarla, siempre y cuando se acepte la 16, porque tanto
la 17 como la 16 se limitan a dividir en dos el artículo 3 letra d), del
proyecto de ley del Partido Popular, enumerando mejor las funciones.

Además, esta aceptación de las enmiendas números 16 y 17 permitiría
también abundar en las razones que formulábamos de rechazar la enmienda
número 36, del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

En relación con la enmienda número 18, al artículo 4, nuestra posición
tampoco es positiva, en coherencia con la aceptación de la enmienda
número 3 de Coalición Canaria, que es un refuerzo del control del CIS por
parte del Congreso, al someterse la memoria anual de la ejecución del
programa a su aprobación por parte del Congreso.

La enmienda número 19, al artículo 5, aunque mejora y amplía el régimen
de funcionamiento del banco de datos del CIS, nos parece que no es de
gran importancia; aceptar que la remisión al Congreso de los trabajos en
proyecto se haga cada tres meses, en lugar de cada mes. Esto será también
susceptible del consenso final. En cualquier caso, ahí está nuestra
valoración.

La enmienda número 20, al artículo 6, nos merece un juicio positivo; la
aceptaríamos, porque supone un recorte de la posible discrecionalidad en
el funcionamiento interno del Centro de Investigaciones Sociológicas.

Supone un mayor control en cuanto el CIS por sí mismo no podría
determinar la relación de los puestos de trabajo de su organismo.

En relación a la enmienda 21, al artículo 7, nos parece que habría que
reflexionar si es imprescindible que el Presidente del CIS tenga
categoría de director general. En esta enmienda sólo se elimina ese
extremo. Estaríamos dispuestos a aceptarlo, en cuanto que supone una
aligeración burocrática. Por lo demás, no tiene gran importancia
política, desde nuestro punto de vista.




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En cuanto a la enmienda 22, al artículo 8, nuestra posición sería la de
no aceptación. El departamento de investigación, al igual que los demás,
artículos 9, 10 y 11, sería regulado por la correspondiente vía normativa
en grado reglamentario.

Por lo que se refiere a la enmienda 23, al artículo 9 --y sigo
refiriéndome a las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista--,
nuestra posición es igual por los mismos motivos.

En la enmienda 27, de adición, al artículo 9, nuestra posición no es
favorable. A nuestro juicio, no es un artículo nuevo. Es la disposición
adicional tercera de la proposición de ley del Grupo Popular que, a su
vez, no varía en nada lo establecido en el Real Decreto 1526/1990 por el
que veníamos regulando la organización del CIS. Nuestro rechazo es porque
no añade nada nuevo. Es más ambiguo y admite varias interpretaciones al
omitir datos concretos, por ejemplo, sobre el sistema de financiación de
los convenios de cooperación que se tratan con más claridad en el texto
del Real Decreto. No deja de ser una valoración política, de la que no
hacemos cuestión de gabinete y que no tiene más valor político que el que
estamos expresando.

En relación con la enmienda 24, al artículo 10, del Grupo Parlamentario
Socialista, nuestra posición es de aceptación, supresión del artículo 10,
como ya hemos dicho antes.

La enmienda 25, al artículo 11, pide su supresión. Por las mismas razones
de que valoramos que puede ser un aspecto reglamentario, también estamos
dispuestos a suprimirlo, con la reflexión que hemos hecho antes de
situaciones transitorias.

La enmienda 26, al artículo 12, no nos merece un juicio tan rápido.

Tendría que sustituirse el doce por el nueve, en coherencia con lo que
estamos diciendo; hemos aceptado como artículo 8 la enmienda 10 de
Coalición Canaria sobre el consejo de dirección y tenemos que decir lo
que estamos diciendo. Es distinto que podamos encontrar algún tipo de
fórmula de encuentro.

En la enmienda 28, de supresión de la disposición adicional tercera,
también formulada por el Grupo Socialista, en coherencia, si hemos
rechazado la 27, sobre adición al artículo 9 de los convenios de
cooperación, debemos formular el mismo sentido negativo.

En cuanto a la enmienda 29, que trata de añadir una nueva disposición
transitoria única, a nuestro juicio, si se optase por esta vía, no habría
necesidad de un desarrollo reglamentario ulterior; que regulara el
funcionamiento de los departamentos de investigación, secretaría general,
banco de datos, departamento de publicaciones y fomento de investigación,
puesto que, conforme a esta enmienda, la organización del CIS será
establecida en el Real Decreto 1526/1990, en tanto no se oponga a lo
dispuesto en la presente ley. Creemos que esto merecería el rechazo, por
tanto, nuestra opinión no es positiva. Nos parece que es más conveniente,
también en este caso, un desarrollo reglamentario ulterior para
garantizar una aplicación más explícita de la ley. Lo que asumimos
aplicar a cuestiones nuestras, en concreto a la supresión de artículos,
lo aplicamos también a esta enmienda formulada por el Grupo mayoritario.

En la enmienda 30, nueva disposición derogatoria única, el que formulemos
un juicio positivo o no, el que se acepte o no, estará en función del
grado de consenso, porque estará también en relación con que se acepte o
se rechace la enmienda 29. Trae causa de las mismas razones.

La enmienda 31, que se refiere a la disposición final primera, nos merece
un juicio negativo, porque se acepta sobre este extremo la enmienda 41 de
CIU. Más que un juicio negativo lo que ocurre es que nos parece que la de
CIU completa mejor el marco legal.

La enmienda 32, que se refiere a la disposición final segunda, nos parece
que hay que rechazarla por las mismas razones que se han expuesto con las
enmiendas 29 y 30.

Finalmente, nos merecería una posición negativa la enmienda 33, a la
disposición final tercera, porque ya hemos formulado las razones para
rechazarla.

Esta es, un poco a vuela pluma, nuestra posición en relación con las
enmiendas formuladas por los tres grupos parlamentarios que, además del
nuestro, han formulado enmiendas, incluida la posición sobre las dos
enmiendas nuestras que quedan vivas.

Reiteramos nuestra posición absolutamente abierta a aceptar cualquier
tipo de fórmula transaccional, sea de origen de otro grupo o de
coautoría, si es que así lo asumimos como transacciones, a los efectos de
encontrar un texto legal que pueda cumplir el espíritu que nos animó al
Grupo Popular en el Senado a formular esta iniciativa; creo honradamente
que se puede alcanzar, a pesar de los juicios negativos, el consenso
total, si el Grupo Socialista anda --permítaseme la expresión-- fino en
la transacción para encontrar fórmulas de encuentro.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra la señora Alberdi.




La señora ALBERDI ALONSO: La proposición de ley de organización del
Centro de Investigaciones Sociológicas que nos presentó en su día el
Grupo Popular nos permite en este momento avanzar, como decía el
Presidente del CIS, en una línea de hacer más cercano este organismo, no
sólo al Congreso de los Diputados, a los grupos parlamentarios, que es
algo muy importante, sino también al conjunto de la sociedad que se puede
y debe beneficiar de los trabajos de un organismo que se dedica al
estudio y al conocimiento científico de la realidad de la sociedad
española.

Por otra parte, yo creo que tal como se han planteado las enmiendas a
esta proposición de ley nos va a permitir llegar a acuerdos entre todos
los grupos en la línea de, aprovechando que vamos a dar rango de ley al
Centro de Investigaciones Sociológicas, organizar de la forma más
razonable posible una ley que deje de lado los aspectos reglamentarios
que se mezclan en la proposición con los aspectos más propios de una ley.

Los cuatro grupos que hemos presentado enmiendas a esta propuesta del
Grupo Popular estamos en la misma línea. Estamos de acuerdo con que el
CIS tenga rango de ley y lo que queremos es hacer una serie de
aportaciones a esta propuesta que estamos debatiendo para mejorarla
técnicamente



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y suprimir lo que sea de carácter reglamentario. Esto se ve claramente al
analizar las enmiendas del Grupo Socialista y las de Convergència i Unió,
que van en la misma línea.

Yo me voy a referir a las enmiendas concretas de otros grupos y a las de
mi propio Grupo, porque, después de lo que hemos oído y de lo que hemos
comentado, hay enmiendas del Grupo Socialista que vamos a retirar y otras
que vamos a transaccionar, en la línea de conseguir el doble objetivo de
que el trabajo que realiza el CIS sirva más para la sociedad y para esta
Cámara, trabajo que parece ser que a todos nos interesa y que realiza con
gran capacidad.

Con respecto a las enmiendas de Coalición Canaria, tengo que decir al
señor Mardones que las que permanecen vivas, la 5, 10 y 11, seguimos
creyendo que son más propias de un reglamento. No es que estemos en
desacuerdo en que exista un consejo de dirección dentro de un organismo,
lo que ocurre es que creemos que eso tiene más que ver con la manera en
que un centro realiza su trabajo y no es para introducirlo en una ley.

Con respecto a la enmienda 2, creemos que el Centro de Investigaciones
Sociológicas, al estudiar la realidad de la sociedad española, estudia la
realidad autonómica. En el apartado de convenios de cooperación se habla
de los convenios posibles con comunidades autónomas, con ayuntamientos,
no sólo con la administración autonómica, sino también con la
administración local. Incluso, en sus propias iniciativas el Centro de
Investigaciones Sociológicas, de manera periódica, aborda, porque si no
no podría conocer al conjunto de la sociedad española, los estudios de
las autonomías de nuestro país. Pediría al señor Mardones que retirara
esas enmiendas, porque siguen en la línea de introducir aspectos
reglamentarios en la ley, cuando creemos que es un objetivo razonable
hacerlos desaparecer de la proposición de ley e introducir en ella lo que
es puramente legislativo.

Con respecto a las enmiendas del Grupo Catalán Convergència i Unió, no
puedo dejar de analizarlas y decirles la posición del Grupo Socialista en
relación con nuestras enmiendas, porque hacen referencia a los mismos
aspectos. Voy a coger las enmiendas del Grupo Socialista y voy a ir
diciendo qué transacciones se pueden hacer con las enmiendas de
Convergència i Unió y luego pasaremos las transacciones a la Mesa.

La enmienda 12 del Grupo Socialista la mantenemos, porque tiene el mismo
planteamiento pero mejora técnicamente la redacción. La enmienda 13 la
mantenemos. Sin embargo, las enmiendas 14, 15, 16 y 17, que hacen
referencia al artículo 3, no. Presentamos una transaccional a la 36 de
Convergència i Unió, que recoge parte de su enmienda 34, en lo que sería
un artículo 3, con una nueva redacción; haría referencia al mismo
aspecto, a las funciones del Centro de Investigaciones Sociológicas.

En cuanto al resto de las enmiendas del Grupo Socialista, la número 18 la
seguimos manteniendo. Es puramente técnica. La enmienda número 19, al
artículo 5, la mantenemos pero introduciendo, a través de una
transaccional a la 37 de Convergència i Unió, el inciso siguiente: «En
ningún caso contendrán datos que permitan la identificación personal.»
Nos parece importantísimo. Se integraría en el texto de nuestra enmienda
número 19, en el primer párrafo, entre las palabras «funciones» e
«ingresarán». De tal manera que diría: «Las encuestas que el Centro de
Investigaciones Sociológicas realice en el ejercicio de sus funciones,
que en ningún caso contendrán datos que permitan la identificación
personal, ingresarán en el banco de datos del Centro una vez haya
concluido su proceso de elaboración técnica.» Haríamos un cambio,
integrando en la enmienda 19 del Grupo Socialista lo que plantea en su
enmienda 37 el Grupo Catalán.

Nuestra enmienda 20 la mantenemos. Es también puramente de mejora
técnica. La enmienda 21 también la mantenemos porque propone suprimir
todo lo que es reglamentario. En ese sentido, diría al Grupo Canario que
sus enmiendas que hacen referencia a lo que sería quién sustituye a quién
ya no tiene importancia en el texto al suprimir, mediante la enmienda 21
del Grupo Socialista, todo lo que no sea una simple redacción de que al
frente del organismo existirá un presidente, etcétera. Ahí se queda y no
se entra en el detalle más propio de un reglamento.

Con respecto a nuestras enmiendas 22, 23, 24 y 25, la enmienda 38 del
Grupo de Convergència i Unió es idéntica y engloba todas. Por tanto, lo
que sea más sencillo. Nosotros las podemos dejar decaer y pasar a votar
la enmienda 38 del Grupo Catalán, que en una sola enmienda recoge lo que
plantea el Grupo Socialista en cuatro.

La enmienda número 26, que habla de modificar la numeración, es mejor
retirarla porque ésta va a quedar alterada, debido a las supresiones.

Habrá que hacer un nuevo ordenamiento. Podríamos aprovechar este momento
para que, en vez de artículo 1, artículo 2, etcétera, fuera, como suele
ser más normal, artículo primero, artículo segundo, etcétera, si es que
los grupos están de acuerdo y es posible.

En cuanto a la enmienda 27, del Grupo Socialista, sigue firme, pero, con
respecto a otra enmienda «in voce» que queremos plantear, habrá que
añadirle un párrafo.

Las enmiendas 28, 29, 30, 31, 32 y 33, del Grupo Socialista, las
mantenemos porque forman parte de los cambios que hemos introducido al
pasar los convenios de cooperación al articulado. Las adicionales, las
transitorias que planteamos, las derogatorias y las finales pasan a tener
una nueva estructura y en algunos casos una nueva redacción.

El Grupo Catalán tiene la enmienda número 35, que nos parece que hay que
tener en cuenta, pero creemos que no debe estar donde la sitúa. Nosotros
haríamos una transaccional para que apareciera un nuevo artículo, que
iría después del 4, con lo cual tendría que tener otra numeración, 4 bis,
o artículo quinto, que diría: «Principios de actuación en investigación
mediante encuesta.» Sería una transaccional al Grupo Catalán.

Con respecto a las demás enmiendas del Grupo Catalán, sólo queda la 39,
porque a las demás hemos propuesto transaccionales o las hemos recogido
en las transacciones que les proponemos, que espero que el Grupo Catalán
acepte. Yo le pediría que las retire. Que la adscripción del Centro de
Investigaciones Sociológicas al Ministerio de la Presidencia aparezca en
el primer artículo o en las disposiciones finales de la ley no tiene
mayor importancia.




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Con las enmiendas del Grupo Popular estamos muy de acuerdo y nos parece
una idea buena la enmienda 42. Le ofrecemos una transaccional que es
exactamente lo mismo, pero quitando lo que pueda ser más de carácter
reglamentario en las enmiendas que ustedes proponen. Lo tiene el portavoz
del Grupo Popular. Es prácticamente lo mismo y nos parece buena idea. Sin
embargo, la enmienda 43 me gustaría que la retiraran. He hablado con
todos los portavoces y están todos de acuerdo. Creemos que, dado que el
sentir de todos los grupos de la Cámara es hacer mucho más accesible,
transparente, directo y claro el trabajo del CIS y que nos ayude en
nuestros trabajos parlamentarios, pedimos la creación de un nuevo
artículo en la ley que debería ir después del artículo de banco de datos,
pero que ahora tendría otra numeración porque ya hemos introducido un
nuevo artículo con la transaccional de Convergència i Unió; sería un
artículo nuevo, que puede tener la numeración 7 o la que le corresponda
con todos los cambios que hemos introducido, sobre datos de carácter
electoral y político, en el que se plantea que en un mínimo de quince
días, a contar desde la fecha de finalización de trabajos de campo, de
codificación y grabación de la información en soporte magnético, el CIS
remitirá a las Cortes Generales un avance provisional de los resultados
de las encuestas, sobre todo que más directamente nos interesan, que
hacen referencia a intención de voto, valoración de partidos y valoración
de líderes políticos. Esto es necesario y además hace razonable la
propuesta que hemos defendido en otras enmiendas de que el Centro de
Investigaciones Sociológicas dé información cada tres meses de cómo van
sus trabajos, de qué investigaciones tiene, y no cada mes, que podría
paralizar el trabajo del Centro, sin ninguna efectividad para nosotros.

El Centro de Investigaciones Sociológicas realiza una serie de estudios y
de investigaciones que es necesario que conozcamos y es buena su
difusión. Como decía su Presidente, incluso las personas que trabajan en
ello quieren que se difunda, pero requieren un tiempo y un sosiego. Tres
meses nos parece más razonable. Sin embargo, sí creemos que hay unos
datos, que son éstos, de carácter electoral, político, que, como decía el
portavoz de Coalición Canaria antes, además son perecederos, que son los
que sí requieren un rápido envío a las Cortes Generales para que los
distintos Grupos políticos tengamos acceso, en igualdad de condiciones, a
los conocimientos que nos puedan aportar los estudios del CIS.

Evidentemente, al incorporar --si es que aceptan esta enmienda «in voce»
todos los Grupos, como así espero-- este nuevo artículo, en la enmienda
27 del Grupo Socialista, que hace referencia a los convenios de
cooperación, si no me equivoco en este momento, pero lo voy a comprobar
--efectivamente es así--, habría que añadir un párrafo que dijera que los
convenios de cooperación tendrán... No les voy a leer a ustedes, no se
asusten, todos los puntos a los que hace referencia, pero sí que habría
que añadir un nuevo párrafo que luego pasaré a la Mesa, que diga: Cuando
los estudios sujetos a convenio de cooperación contengan datos relativos
a intención de votos o a valoración de partidos, líderes políticos, lo
anterior se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo al que
hemos hecho referencia de datos electorales, que aquí pongo 5 bis, pero
con la numeración creo que no queda como artículo 5.

Pienso que de esta manera, si los Grupos aceptan las transaccionales que
planteamos y las enmiendas que retira el Grupo Socialista, podemos
encontrar un acuerdo por el cual a través de esta ley hagamos el CIS
operativo y además consigamos el objetivo que creo que no es sólo del
Grupo Socialista, sino de todos los Grupos de la Cámara, de que un
organismo que se dedica a estudiar la sociedad española, tener un
conocimiento en profundidad de la misma, que se financia con fondos
públicos, sirva realmente, a través de una transparencia absoluta, al
conjunto de la sociedad y de una manera especial al trabajo de los Grupos
Parlamentarios.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo con lo que habíamos anunciado al
principio, el propósito de la Mesa era proceder ahora a la votación
artículo por artículo y parece que en cuanto a las transacciones
propuestas podía pronunciarse el Grupo a quien se dirige la transacción
con respecto a su enmienda inicial sobre la aceptación o no de esas
transacciones.

Otra cuestión de mecánica para la votación, pero que es necesaria, es que
los distintos Grupos presentes aporten a la Mesa las sustituciones de
señores Diputados que se hayan producido para tenerlo en cuenta en el
momento de las votaciones.

Tiene la palabra el señor De Grandes.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Señor Presidente, no sólo no tengo
inconveniente, sino que creo que si antes de votar artículo por artículo
se pide criterio a los Grupos de menor a mayor, a lo mejor no es ni
necesario hacer ese ejercicio, puesto que podríamos llegar hasta un
consenso total, en cuyo caso podríamos ahorrarnos hasta votaciones
concretas. Eso sin perjuicio de los derechos de cada Grupo y por eso pido
que se manifiesten de una forma previa.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, entiendo que habrá que votar
también las enmiendas que cada Grupo tiene vivas. (Asentimiento.) Bien,
entonces quiero decir, señor Presidente, que, oídos los argumentos que ha
expuesto la portavoz del Grupo Socialista --y me estoy refiriendo a la
enmienda número 11--, visto lo que ha manifestado con respecto a la
enmienda números 21 y 22 del Grupo Socialista, retiro la enmienda número
11, señor Presidente, y dejo solamente viva para votación la enmienda
número 2, referente a los estudios sobre comunidades autónomas, y la 5 y
10, esta última vistos los argumentos del señor De Grandes, portavoz del
Grupo Parlamentario Popular, que la ha valorado positivamente, y
aceptando su indicación de que donde ponía en el texto de nuestra
enmienda director general sea el presidente del CIS, por supuesto.

Mantenemos la enmienda número 10



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que propone la constitución del consejo de dirección, por entender que
una constitución de un consejo de dirección no es una cosa reglamentaria,
es orgánica. Estoy de acuerdo en pasar a un futuro reglamento del CIS
todo lo que sea de ordenamiento reglamentario, como bien ha sabido
recoger el propio Grupo Socialista que lo ha propuesto al dejar el
artículo 7.º podado prácticamente de los apartados 2 y 3 y dejar
solamente vivo el número 1 del artículo 7.º, de Presidencia, y todo lo
demás irá al reglamento.

Por supuesto, en la observación que había dicho que no era enmienda de
que se ordenase la jerarquización de la estructura orgánica: presidente,
secretario general y jefe de departamento, como aquí ya han suprimido el
punto 3 del artículo 7.º, de Presidencia, que era donde estaba la
distorsión de colocar al secretario general por detrás del director del
departamento, quedaría sin efecto y vale la propia jerarquización que
contempla el artículo 6 en su estructura orgánica: presidente, secretario
general y los departamentos de investigación, etcétera. Por tanto, la
creación, la aparición como figura orgánica de un consejo de dirección en
el texto de la ley no es cuestión de reglamento. Otra cosa es que el
reglamento diga qué competencias tiene el consejo de dirección, pero la
creación de un órgano no es competencia reglamentaria, es competencia en
base legal.

En cuanto a lo demás, de acuerdo con las enmiendas propuestas por el
Grupo Parlamentario Socialista.




El señor PRESIDENTE: Señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Retiramos en estos momentos las
enmiendas números 34, 35, 36, 37 y 39, en coherencia con la aceptación de
las transaccionales que ha propuesto el Grupo Parlamentario Socialista,
que de hecho recogen sustancialmente nuestras aportaciones con una nueva
ordenación sistemática del proyecto remitido por el Senado.

Mantenemos para su votación la enmienda 38, en concordancia con la
retirada de tres enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista que
pretendían lo mismo.




El señor PRESIDENTE: Señor De Grandes.




El señor DE GRANDES PASCUAL: Quiero manifestar, respecto a las propuestas
del Grupo Parlamentario Socialista por lo que afecta a las dos enmiendas
que teníamos formuladas, y que no eran más porque hay que tener en cuenta
que somos los autores de la iniciativa, que aceptamos la transacción que
propone a la número 42 porque nos parece que queda bien y que no altera
en absoluto el espíritu de ese órgano que nosotros pretendíamos que se
creara. Nos parece muy bien que se acepte con buen espíritu. Es más,
quiero recordar que el Presidente del CIS, señor Arango, ha formulado
también un juicio positivo. Por tanto, estamos todos de acuerdo en que
puede ser útil.

En el mismo espíritu que adelantaba, no tenemos inconveniente en retirar
la enmienda número 43. De esta forma, para nosotros no queda ninguna
viva, puesto que aceptamos la transacción en ese orden.

Por lo demás, sí merece una pequeña glosa, aunque sea brevemente, una
novedad de calado político que se plantea en la tarde de hoy, que es la
enmienda transaccional que creo que recoge absolutamente una fórmula de
equilibrio a las pretensiones iniciales de nuestro Grupo, a las que los
demás se suman en orden al deseo conjunto de que el CIS, regulado por
ley, tenga un control parlamentario y la posibilidad de discernir, en los
términos que sugería el propio señor Arango. Es decir, no tenemos
inconveniente en aceptar que los temas de carácter general vengan cada
tres meses en vez de en un mes, que nosotros pedíamos, para no
distorsionar el rigor y el trabajo habitual de la propia casa. Lo
aceptamos porque tiene una gran importancia que los temas de carácter
político, electoral, de gran enjundia, vengan a la Cámara «ex officio» a
los quince días de estar realizados. Creo que ésa es la posición política
de más calado de esta tarde. Ella sola merece que por nuestra parte
tengamos una posición ya no receptiva, sino también positiva al resto de
las propuestas formuladas en términos de transacción por el Grupo
Socialista.

De las palabras anteriores y de las que ahora estoy pronunciando está
claro que nuestro juicio sobre el proyecto de ley es positivo tal como
queda la redacción y, por tanto, en esos mismos términos nos vamos a
pronunciar.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Alberdi.




La señora ALBERDI ALONSO: Quiero agradecer a todos los grupos que han
participado en este debate su interés, que compartimos en el Grupo
Socialista, por el hecho de que la nueva ley sobre el Centro de
Investigaciones Sociológicas se base en un acuerdo y en un consenso de
todos. Y no sólo a los grupos que están presentes, sino a otros que se
han tenido que ausentar de la Cámara y que nos han manifestado su
conformidad.

De todas maneras, lamento que el señor Mardones, de Coalición Canaria,
mantenga tres enmiendas, que no vamos a poder votar afirmativamente.

Entiendo lo que dice usted sobre un consejo de dirección. No comparto la
idea de que necesariamente tenga que ir en la ley, en lugar de que figure
en el reglamento, el funcionamiento interno del propio Centro.

El interés y el objetivo que usted busca en lo que propone puedo incluso
compartirlo, pero no estoy de acuerdo en que tenga que ir en la propia
ley. Lo lamento porque hemos conseguido un acuerdo que es bueno y que,
además, puede facilitar los trabajos y la utilidad del Centro de
Investigaciones Sociológicas en los próximos años.




El señor PRESIDENTE: Convendría que los grupos que han ofrecido enmiendas
transaccionales hicieran llegar a la Mesa el texto de las mismas. A
continuación seguiremos el procedimiento que habíamos anunciado, porque,
aunque parece haber acuerdo generalizado en la mayoría de los artículos,
para constancia y precisión conviene ir haciéndolo artículo por artículo.

(Pausa.)
Vamos a proceder a las votaciones para aclarar y precisar las enmiendas y
las modificaciones que en cada caso se



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incorporan al texto original. Aunque no sea lo usual, pero por seguir el
orden de la documentación que estamos manejando, en primer lugar
tendríamos la enmienda 12, del Grupo Socialista, a la exposición de
motivos, que se va a someter a votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
abstenciones, ocho.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Al artículo 1.º, si mis notas son adecuadas, sólo queda la enmienda 13,
del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
abstenciones, ocho.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Al artículo 3.º tenemos la enmienda transaccional del Grupo Socialista
con la número 36, de Convergència i Unió. ¿No es eso? Pregunto a la
señora Alberdi.




La señora ALBERDI ALONSO: Sí, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Votamos la transaccional.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Al artículo 4.º queda la enmienda 18.




El señor MARDONES SEVILLA: Perdón, señor Presidente, está la enmienda
número 2, al artículo 3.º, un apartado e) nuevo, referido a las
comunidades autónomas.




El señor PRESIDENTE: Perdón, señor Mardones, tiene razón.

Queda la enmienda número 2, del Grupo de Coalición Canaria.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en
contra, 17; abstenciones, nueve.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Al artículo 4.º queda la enmienda número 18, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
abstenciones, ocho.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Artículo 5.º Había una enmienda transaccional del Grupo Socialista con la
número 37, de Convergència i Unió.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

En el artículo 6.º quedan dos enmiendas: la 5, del Grupo de Coalición
Canaria, y la 20, del Grupo Socialista.

Votamos, en primer lugar, la enmienda de Coalición Canaria.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve;
en contra, 18.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Pasamos a votar la enmienda número 20, del Grupo Parlamentario
Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27;
abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

En el artículo 7.º queda la enmienda número 21, del Grupo Parlamentario
Socialista. Pasamos a su votación.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

En el artículo 8.º, que afecta también al 9.º, al 10 y al undécimo, queda
la enmienda número 38 --posteriormente votaremos la de Coalición Canaria
al artículo 8.º--, presentada por Convergència i Unió, que es de
supresión.

Sometemos a votación dicha enmienda.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27;
abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Ahora votamos la enmienda de adición número 10, de Coalición Canaria, por
la que se propone un artículo 8.º nuevo.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en
contra, 18.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Al artículo 9.º quedaría una propuesta de modificación del Grupo
Socialista, que comporta su enmienda 27, con alguna modificación. ¿Es
así, no? (Pausa.) Para información de todos los grupos anuncio que al
final propondré una votación para que los servicios de la Cámara puedan
reordenar la numeración de los preceptos y se eviten confusiones. (La
señora Alberdi Alonso pide la palabra.) La señor Alberdi tiene la
palabra.




La señora ALBERDI ALONSO: Gracias, señor Presidente.

De todas maneras, como estamos votando por artículos, pero, al mismo
tiempo, hemos hecho toda una serie de enmiendas transaccionales que
alteran todo el articulado, hay que tener un poco en cuenta que a lo
mejor hablamos del artículo 9.º, pero no es tal artículo.




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El señor PRESIDENTE: Por eso, al final haremos una votación, para que los
servicios de la Cámara puedan hacer la reordenación.

Votamos la enmienda 27, modificada, del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Si no estoy equivocado, pasaríamos a la enmienda número 42, del Grupo
Popular, que tiene también una transaccional del Grupo Socialista y que
se refiere, en la numeración antigua, a la creación de un nuevo artículo
que denominaban 11 bis. ¿Alguna aclaración, señor Grandes? (Pausa.) ¿Está
bien, no? (Pausa.)
Votamos esta enmienda transaccional del Grupo Socialista en relación con
la 42, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

En las disposiciones adicionales tendríamos la enmienda 28, del Grupo
Socialista, que tiene también una modificación que comportaba un nuevo
precepto, si no estoy equivocado. (La señora Alberdi Alonso pide la
palabra.) La señora Alberdi tiene la palabra.




La señora ALBERDI ALONSO: Esta enmienda es de supresión a la disposición
adicional tercera que pasa al articulado, que creo recordar que eran los
convenios de cooperación, pero la tenemos que votar para que desaparezca
del lugar que en el texto originariamente aparecía.




El señor PRESIDENTE: ¿Lo que votamos, entonces, es la enmienda número 28?
(Asentimiento.)
Procedemos a votar la enmienda número 28, del Grupo Parlamentario
Socialista, a la disposición adicional tercera.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Se aprueba por unanimidad.

Después tendríamos la enmienda número 29, del Grupo Parlamentario
Socialista, por la que se crearía una disposición transitoria única
nueva.

Procedemos a su votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
abstenciones, nueve.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

A continuación tendríamos la enmienda número 30, del Grupo Parlamentario
Socialista, por la que se crearía una disposición derogatoria.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
abstenciones, nueve.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Disposiciones finales. Enmienda número 31, del Grupo Parlamentario
Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
abstenciones, nueve.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Disposiciones final segunda. Enmienda número 32, del Grupo Parlamentario
Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
abstenciones, nueve.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Finalmente, disposición final tercera. Enmienda número 33, del Grupo
Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
abstenciones, nueve.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Pido información a los portavoces de los distintos grupos sobre si está
votado todo y pasamos... ¿Queda algo más?
Señora Alberdi.




La señora ALBERDI ALONSO: Nos queda una enmienda in voce, que es justo la
que hace referencia a los datos de carácter electoral y político. Iría
después del artículo relativo al banco de datos. Yo no puedo decir en
este momento qué número tendría en el articulado, puesto que los
servicios de la Cámara se encargarán de reordenar todo este debate.

Nos queda también una enmienda transaccional, que consistiría en un nuevo
artículo 4 bis o 5, y que creo que es la número 35, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió), que haría referencia a las investigaciones por
encuesta, los requisitos, que tampoco la hemos votado porque no existía
en el articulado.




El señor PRESIDENTE: ¿Es la enmienda número 35, señor López de Lerma?
(Asentimiento.)



La señora ALBERDI ALONSO: Señor Presidente, yo creo que se lo puedo
confirmar.




El señor PRESIDENTE: La enmienda transaccional con la número 35, del
Grupo Catalán (Convergència i Unió). ¿Y la enmienda in voce es
transaccional con otra también?



La señora ALBERDI ALONSO: No, no. La enmienda in voce no la hemos hecho
transaccional por eso, porque no teníamos con qué transar, porque no
había ninguna enmienda de este carácter.

Luego hay otra cosa. Yo creo que habría que votar también algunos
artículos que puede haber que no se han enmendado.




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El señor PRESIDENTE: Procedemos, entonces, a votar primero la enmienda in
voce. ¿Está suficientemente identificada mencionándola así? Es en la que
inicialmente hablábamos de un nuevo artículo 7.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

A continuación, votamos la segunda enmienda, que era transaccional, que
se denominaba inicialmente 4 bis, con la número 35, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió).




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Entonces, procedemos a votar todos los preceptos sobre los que no haya
habido votación y finalmente, a continuación, haremos la votación
correspondiente a la autorización a los servicios de la Cámara de
reordenación numérica del conjunto de los preceptos aprobados.

Votamos, primero, los artículos que no tengan enmienda y que no se hayan
votado.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados por unanimidad.

En segundo lugar, votación para autorizar a los servicios de la Cámara a
que reordenen numérica y sistemáticamente la proposición de ley de
acuerdo con lo que se ha aprobado hasta este momento.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Se aprueba por unanimidad.

Muchas gracias. Aunque quizá ha sido un poco confuso, señoras y señores
Diputados, yo creo que podremos presentar adecuadamente esta proposición
de ley.




--ACUERDO DE COOPERACION DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS EN EL ARCO
MEDITERRANEO ESPAÑOL, SUSCRITO EL 13/04/94 POR LOS REPRESENTANTES DE LAS
COMUNIDADES AUTONOMAS DE ANDALUCIA, CATALUÑA, MURCIA, BALEARES Y
VALENCIANA. (Número de expediente 93/000001.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al tercer punto del orden del día y final de
esta sesión, relativo al acuerdo de cooperación de las comunidades
autónomas en el arco mediterráneo español.

Como saben, se trata de un trámite que es nuevo en esta Cámara y que
viene del Senado. Se trata de una cuestión en la que el Senado es Cámara
de primera lectura y, de acuerdo con el dictamen de los servicios de la
Cámara, es necesario proceder a su debate y votación en esta Comisión
Constitucional y posteriormente también debe de realizarse debate y
votación en el Pleno de la Cámara.

Así que teniendo en cuenta este criterio, ¿qué Grupos desean intervenir y
tomar la palabra en este punto del orden del día?
Tiene la palabra el señor López de Lerma, por el Grupo Catalán.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Voy a ser muy breve, pero lógicamente
debía aprovechar esta oportunidad, ya que, si no voy equivocado, y creo
que no, es la primera vez que el Congreso de los Diputados va a
dictaminar, y espero que en sentido muy favorable, unánimemente, una
propuesta de acuerdo de cooperación entre distintas comunidades autónomas
de España. En concreto, las de Cataluña, Valencia, Murcia, Andalucía y
las islas Baleares, es decir, cinco comunidades autónomas que desean
protagonizar el llamado arco mediterráneo español, que desean mantener
una constante confluencia de intereses y de apoyos mutuos con vistas no
sólo a una solidaridad a la que les obliga la propia Constitución, y que,
por supuesto, en este manifiesto de propuestas de cooperación está en
todos sus distintos apartados, sino sobre todo cómo incidir en la Europa
comunitaria y en lo que se llama el sur de esa Europa unida o Europa
comunitaria.

Por tanto, entiendo, señor Presidente, que, aunque estemos en una
tramitación normal y habitual de esta Comisión, no por ello deja de ser
importante, y quiero subrayarlo, que estamos ante un hecho de estreno, si
me permite, de un apartado concreto de nuestra Constitución que permite a
las comunidades autónomas llegar a acuerdos y establecer cooperaciones
entre ellas para incidir en positivo a nivel de sus respectivas
competencias, de sus respectivos territorios y, en este caso, frente a lo
que es la Europa unida; no frente en el sentido literal de la palabra,
sino en el más puro estilo de colaboración y, sobre todo, de estímulo.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, el señor
Fernández tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DIAZ: Efectivamente, tal y como se ha señalado,
estamos ante el primero de los supuestos de aplicación de una de las dos
previsiones constitucionales contenidas en el artículo 145, apartado 2,
de la Constitución, es decir, el relativo a la firma de convenios de
colaboración entre diferentes comunidades autónomas, más allá de lo que
son sus competencias exclusivas.

En coherencia con lo dispuesto en este artículo 145, apartado 2, del
Reglamento del Congreso de los Diputados, en su artículo 166, desarrolló
el mecanismo de debate a los efectos de que las Cortes Generales puedan,
en su caso, proceder o no a la ratificación que exige ese tipo de
convenios, de acuerdo con esa previsión constitucional. Eso es lo que ha
motivado, por otra parte, un muy detallado y prolijo dictamen por parte
del letrado de la Comisión, que mi Grupo Parlamentario le agradece y
sobre el cual, y de acuerdo con su íter expositivo, estoy haciendo mi
intervención.




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Hemos de señalar que precisamente sobre la base del artículo 166 del
Reglamento de esta Cámara fue primero el Pleno del Senado el que ha
evacuado su correspondiente dictamen con carácter favorable. Primero en
el mes de septiembre de 1994, concretamente el día 5 en la Comisión
General de las Comunidades Autónomas y posteriormente el Pleno de la
misma Cámara Alta el 14 del mismo mes y año.

Ahora estamos en el debate correspondiente a la Comisión Constitucional,
que deberá ser posteriormente seguido del debate correspondiente en el
Pleno de esta Cámara, motivo por el cual no me voy a extender para no
producir el «bis in idem», es decir, no repetir el debate exhaustivamente
en esta Comisión primero y después en el Pleno del Congreso. No obstante,
repito, el hecho de la trascendencia que significa, desde el punto de
vista del desarrollo constitucional en el ámbito autonómico, que hoy sea
la primera vez que esta Cámara entiende de uno de esos supuestos de
aplicación, ha llevado a mi grupo parlamentario, en este caso actuando yo
como portavoz del mismo, a que haga estas referencias, aunque fuere sólo
a los efectos de su debida constancia en el «Diario de Sesiones».

No quiero extenderme, como he dicho. No obstante, conviene resaltar que,
por lo que hace referencia a la cuestión de fondo y sobre la que se debe
pronunciar esta Cámara, estamos ante un convenio de colaboración firmado
el 13 de abril de 1994 entre cinco comunidades autónomas, todas las que,
en definitiva, configuran el Mediterráneo español, que se ponen de
acuerdo en constatar en esa fecha que el denominado arco mediterráneo en
el seno del ámbito europeo constituye la mejor oportunidad del norte y
del sur --se entiende de la Unión Europea-- como alternativa a la
congestión de los espacios centrales europeos. Lo que dicen las
comunidades autónomas consignatarias del citado acuerdo de cooperación es
que precisa el reconocimiento y la promoción de actuaciones públicas que
favorezcan la integración de las regiones que lo conforman.

En el anexo al acuerdo correspondiente se hace un detallado recorrido por
todas y cada una de las propuestas de cooperación en que se deben
traducir esos buenos deseos. En todo caso, yo quiero sintetizar aquí que
esas acciones de cooperación que han firmado, en nombre de esos gobiernos
de esas respectivas comunidades autónomas, sus consejeros de política
territorial, se concretan fundamentalmente en difundir una imagen en el
exterior y en el interior acorde con esa finalidad de conseguir que
dentro del norte y del sur de la Unión Europea el arco mediterráneo
español sea una alternativa a esos espacios centrales de la Unión Europea
que están muy congestionados y conseguir, como decía, por la vía de una
política territorial coordinada, un desarrollo económico y social de
estas cinco comunidades autónomas sostenido y sostenible, de tal suerte
que la convergencia con esas regiones de la Unión Europea
correspondientes a su espacio central se consiga a la mayor brevedad
posible sin hipotecar el futuro de nuestro país, en general, y, en
particular, de esas comunidades autónomas, de tal suerte que,
efectivamente, consigamos ser, en definitiva, un polo de atracción de
inversiones y, en consecuencia, un incremento de nuestro desarrollo
económico y social.

Por otra parte, esas acciones se contraen también al estímulo en la
formación de capital social con la incorporación de nuevas fórmulas de
capital privado; a establecer comisiones de cooperación sobre los
diferentes sistemas territoriales productivos de infraestructuras,
ambientales y de equipamientos y, en fin, establecer comisiones técnicas
de coordinación para el intercambio de información, así como una
secretaría técnica permanente con sede en la Comunidad Valenciana. Por
eso mismo se firmó en Valencia y fue la Generalitat valenciana la que
trasladó al Senado, a los efectos de esa aprobación que prevé la
Constitución en su artículo 145, y actuó ya como secretaría técnica y,
por tanto, como he dicho, fue la que trasladó este acuerdo a las Cortes
Generales.

No quiero extenderme más. Anticipo que el voto de nuestro Grupo
Parlamentario va a ser favorable y, en todo caso, me reservo para entrar
más a fondo en relación con los argumentos que, desde nuestro punto de
vista, avalan y justifican este voto afirmativo para ese debate de
totalidad en el Pleno del Congreso.

En todo caso quiero reiterar que mi Grupo Parlamentario se felicita de
que las previsiones constitucionales funcionen con normalidad y que el
desarrollo constitucional en el ámbito autonómico tenga hoy una etapa más
feliz en estas Cortes Generales.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el señor Mohedano.




El señor MOHEDANO FUERTES: Señorías, no me gustan mucho las expresiones
grandilocuentes pero sí creo que estamos ante un acuerdo trascendental
para impulsar una especie de foro macrorregional de trabajo que afecta a
las cinco comunidades autónomas ribereñas del mediterráneo; acuerdo que
culmina una iniciativa que fue alumbrada por la Generalitat Valenciana y
por la Comunidad Autónoma de Valencia, en el año 1991.

Estamos ante un acuerdo de cooperación de cinco comunidades autónomas
sobre materias que, efectivamente, no son de su exclusiva competencia y
por ello tenemos que seguir este trámite de ratificación y aprobación de
una autorización que ya fue dada por el Senado, en la Comisión General de
Comunidades Autónomas y en el Pleno. Como no veo previsible que mi grupo
parlamentario vaya a cambiar de opinión de aquí a las próximas sesiones
del Pleno donde tendremos que volver a debatir este tema, voy a evitar
repetir los argumentos que entonces daremos para exponer la importancia
de este acuerdo y razonar las argumentaciones que apoyan la posición
favorable del Grupo Socialista a este acuerdo de cooperación.

En definitiva, es un acuerdo entre estas cinco comunidades autónomas para
intercambiar información, para realizar actuaciones coordinadas porque
muchas de sus decisiones condicionan la de otras comunidades autónomas y,
en último lugar, para realizar políticas concertadas sobre problemas y
sobre espacios comunes.




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Por último, vemos que es una propuesta muy positiva para trabajar juntos
en el sentido de conocer esa información y de coordinar y concertar
políticas dirigidas a las propias comunidades autónomas que firman el
acuerdo, también al Estado y dirigido a la Unión Europea a través de la
vía reglamentaria oportuna, todo ello en cuanto a las necesidades de
desarrollo del espacio que plantea estas oportunidades comunes. Por
tanto, no estamos ante un espacio contra nadie, sino en un espacio a
favor del desarrollo de esta amplia comarca ribereña mediterránea
española y no es un espacio ni tampoco un análisis de propuesta --lo que
tiene mucha importancia-- de un mero interés local. No se trata
fundamentalmente de defender intereses locales, sino que estamos hablando
de un espacio de desarrollo detrás del cual también hay un interés del
conjunto de España.

Por todas estas razones y por las que expondremos en el próximo Pleno del
Congreso, es por lo que nuestro grupo vota favorablemente al acuerdo de
cooperación de estas cinco comunidades mediterráneas españolas.




El señor PRESIDENTE: Vamos a proceder a la votación que, de acuerdo con
los artículos 145 de la Constitución y 166 del Reglamento de la Cámara,
es autorización de las Cortes Generales a este acuerdo de cooperación
entre las comunidades autónomas del Arco Mediterráneo. Por consiguiente,
sin más trámites, procedemos a su votación.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.

Muchas gracias, señoras y señores diputados.

Se levanta la sesión.




Eran las seis y cuarenta y cinco minutos de la tarde.