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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 340, de 07/11/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 1994 V Legislatura Núm. 340
PRESUPUESTOS
PRESIDENTE: DON RODOLFO MARTIN VILLA
Sesión núm. 20
celebrada el lunes, 7 de noviembre de 1994



ORDEN DEL DIA
Ratificación de la Ponencia encargada de informar el proyecto de ley de
Presupuestos Generales del Estado para 1995. (Número de expediente
121/000067) (Página 10330)
Dictamen, a la vista del Informe de la Ponencia, del proyecto de ley de
Presupuestos Generales del Estado para 1995. (Número de expediente
121/000067.) (Comienza) (Página 10330)



Se abre la sesión a las cuatro y treinta y cinco minutos de la tarde.




El señor PRESIDENTE: Buenas tardes, señoras y señores diputados. Vamos a
comenzar las sesiones de esta Comisión para elaborar el dictamen, a la
vista del informe realizado por la Ponencia designada, en relación con la
ley de Presupuestos Generales del Estado para 1995.

Conocen SS. SS. y conocen los grupos un posible ordenamiento de los
debates, que se desarrollarán en la tarde de hoy, la mañana y la tarde
del martes, la mañana y la tarde del miércoles y, en su caso, la mañana
del jueves día 10, y



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se establecen los títulos, capítulos y secciones que hemos de abordar en
ese tiempo. La Mesa, de acuerdo con los portavoces de los grupos, ha
resuelto que quizá, a la vista de la marcha de los debates, si no se
cumpliera con el calendario previsto para el conjunto de los trabajos
para una tarde o para una mañana, después de las votaciones --que, como
saben SS. SS., están señaladas no antes de las nueve de la noche ni antes
de la una del mediodía-- habría sesiones nocturnas o sesiones a mediodía.

Es decir, no se levantaría la sesión a mediodía si no hubiéramos
alcanzado los objetivos previstos para la mañana.

Se me ha observado, sobre todo por los grupos que cuentan con un menor
número de diputados, que a lo mejor esta posibilidad de la sesión, en su
caso, a mediodía o nocturna pudiera causar dificultades especialmente
graves a estos grupos. La Mesa recibirá complacidamente, de forma
correlativa a la decisión que ha tomado, y aceptará aquellas propuestas
de cambio que nos hagan los grupos y que permitan sobre todo, insisto, a
los grupos minoritarios estar presentes en todas las sesiones y muy
especialmente en estas sesiones que, en su caso, hemos de celebrar a
mediodía o nocturnas. También se me ha señalado la conveniencia de
agrupar el Título VII con las secciones 32 y 33, y, por tanto, así lo
haremos.

Muchas gracias de antemano por su colaboración.




--RATIFICAR LA PONENCIA ENCARGADA DE INFORMAR EL PROYECTO DE LEY DE
PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1995. (Número de expediente
121/000067.)



El señor PRESIDENTE: En primer lugar, hemos de ratificar el nombramiento
de la Ponencia designada. ¿Se ratifica? (Asentimiento.) Se ratifica por
unanimidad.




--DICTAMINAR, A LA VISTA DEL INFORME EMITIDO POR LA PONENCIA, EL PROYECTO
DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1995. (Número de
expediente 121/000067.)



El señor PRESIDENTE: En relación con el Título I, hay enmiendas del Grupo
Popular y de Izquierda Unida.

En nombre del Grupo Popular, el señor Aguirre tiene la palabra.




El señor AGUIRRE RODRIGUEZ: Señorías, comenzamos en este momento la
defensa de las más de mil enmiendas que el Grupo Popular ha presentado a
los Presupuestos Generales del Estado para 1995, y desde luego no podemos
ser ajenos en ningún caso a que este trámite parlamentario se inicia en
unas fechas en las que el clima político y social no favorece realmente
la imagen de España en el exterior. Ese clima está generando una falta de
confianza en los mercados internacionales y, en definitiva, la
inseguridad política que provocan las reiteradas sospechas de corrupción,
que dificultan la recuperación económica iniciada en el resto de los
países europeos, un marco político y social en el que cabría, a nuestro
entender, el expediente abierto a España en Bruselas por su déficit
excesivo, que viene a certificar la desconfianza que mencionábamos
anteriormente y que se traduce en la escasa credibilidad depositada en
estos Presupuestos por distintas voces autorizadas, bien de centros de
análisis económicos o, como hemos podido constatar en esta Comisión, por
la máxima autoridad monetaria en el país, que ya nos alertó en aquella
ocasión sobre las tensiones inflacionistas que generaba este Presupuesto,
sobre la timidez de la reducción de gastos que tiene esta propuesta y
sobre la insuficiente contención del déficit que aportan los números que
contienen estos Presupuestos.

El Grupo Popular va a defender en este turno las enmiendas presentadas al
Título I, así como a aquellas disposiciones adicionales y anexos cuyo
contenido guarda coherencia con este proyecto. Exactamente vamos a
proceder a la defensa de las enmiendas bajo los números 881 a 904, un
conjunto de enmiendas presentadas a todo el articulado de la ley de
Presupuestos de 1995, así como a sus secciones, que plantean, a nuestro
entender, una alternativa distinta de la propuesta por el Gobierno, una
alternativa en la distribución de gastos que se nos propone en este
articulado, siempre respetando el marco del texto refundido de la Ley
General Presupuestaria.

Parece lógico que, después de presentar más de mil enmiendas en las que
se propone una reducción del gasto de funcionamiento próximo a los
225.000 millones, en las que otras medidas de austeridad tienen por
objeto adelgazar una mastodóntica cúpula administrativa, impedir
prácticas de despilfarro, como son los contratos blindados o el
desenfrenado incremento de altos cargos y de directivos de libre
designación, medidas todas ellas que globalmente producen una reducción
de los gastos aproximadamente en 500.000 millones, reducción de gastos
que se distribuye de forma diferente por cada Ministerio, parece lógico,
como decía, que el Grupo Popular presente una enmienda a la distribución
de estos gastos que vienen contenidos en el artículo dos de este Título
I.

La reordenación del gasto que se produce con las propuestas que
contienen, como decía antes, las más de mil enmiendas que el Grupo
Popular ha presentado a los Presupuestos Generales del Estado, siempre
dentro, insisto, del marco de la normativa presupuestaria, se ve
acompañada de una alternativa en el lado de los ingresos, como es lógico,
que refleja una reforma global de nuestro sistema tributario y que se
traduce en otro paquete de enmiendas que, por guardar también coherencia
con todas ellas, nos hace presentar también una enmienda de supresión de
los artículos tres y cuatro, referentes a los beneficios fiscales y a la
financiación de los créditos aprobados.

Como se deduce del análisis de cada una de las partidas que componen el
presupuesto de gastos fiscales, en opinión del Grupo Popular, la cifra
que estima el proyecto del Presupuesto es inadecuada aproximadamente en
unos 150.000 millones de más. Al mismo tiempo nos parece que el texto del
Gobierno tiene la intención de no facilitar un eficaz seguimiento por las
Cortes de la cuantía de los beneficios



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fiscales, así como de los hechos imponibles respecto a los que se han de
producir.

Esto nos conduce o nos motiva a que propongamos añadir en el artículo
tres de la presente Ley General Presupuestaria un requisito por el que el
Gobierno venga obligado a informar de forma periódica a esta Cámara sobre
la evolución de los referidos beneficios fiscales.

Lo diremos en este momento, como ya lo hemos anunciado en otros trámites
del debate de Presupuestos: si el Gobierno prevé para el año próximo en
su cuadro macroeconómico un crecimiento del 3 por ciento, la previsión de
ingresos que hace constar en este presupuesto a nuestro entender se ha
quedado excesivamente corta. En una palabra, se ha escatimado la
recaudación de impuestos en las previsiones estimadas en el artículo
número cuatro.

La ejecución del Presupuesto de 1994 nos demuestra que, en cuanto que se
ha producido una leve recuperación, se ha registrado también una mayor
recaudación, no prevista inicialmente por el Gobierno, que ha sido
destinada al incremento de gasto corriente y que ha sido, lógicamente,
desaprovechada para los objetivos de eliminación de déficit. Así, ha sido
sorprendente que desde el propio Banco de España se haya advertido que el
objetivo de 5,9 por ciento de déficit es el límite máximo tolerado
--palabras literales del Gobernador del Banco de España--, que es tanto
como venir a decir que la falta de voluntad de reducción del déficit que
se desprende de la ordenación de gastos y de ingresos del presente
Presupuesto es algo como señalar que no hay voluntad política para
reducir ese déficit al ritmo que requeriría la recaudación que se va a
producir en 1995.

Junto a esta advertencia del Banco de España y junto al expediente de
déficit excesivo con el que Bruselas ha amonestado la evolución de las
cuentas públicas españolas, persiste la tendencia que se marca en la
ejecución presupuestaria de los distintos gobiernos socialistas. Siempre,
siempre, si hay una fase de recuperación, la mayor recaudación está
ligada a un incremento del gasto corriente, como lo demuestran las
limitaciones de los Presupuestos en el período 1986-1989. Estas razones
nos conducen a presentar una enmienda por la que pretendemos vincular
cualquier incremento de recaudación que se pueda producir en el ejercicio
de 1995, incremento en relación con las estimaciones contenidas en el
artículo número cuatro, cualquier incremento, insisto, se destine a la
eliminación de déficit público.

Entendemos también en nuestras enmiendas que no nos parece adecuada la
ordenación del artículo siete por el que se establece la aprobación del
presupuesto del Banco de España. Es simplemente una cuestión de forma la
que pretendemos solucionar y por eso pedimos que se abra, dentro del
Título I, un capítulo expreso para dejar visualizada la autonomía del
Banco de España en la propia aprobación del presupuesto dentro de estos
Presupuestos Generales.

Creemos, señorías, que el artículo ocho que nos proponen los Presupuestos
nuevamente es un artículo que no da rigor a las modificaciones de los
créditos iniciales que aprobara esta Cámara. Por ello, en nuestras
enmiendas al artículo ocho pretendemos que esas modificaciones reflejen
todos los requisitos que ha exigido el Tribunal de Cuentas en sus últimas
recomendaciones e informes contenidos en la moción de diciembre de 1993;
requisitos y recomendaciones que echamos en falta en este artículo ocho y
que pretendemos con nuestras enmiendas que se incorporen.

Igualmente, hay una enmienda que consideramos especialmente importante,
enmienda que está destinada, señorías, a que no se pueda transferir el
Capítulo VI, inversiones, al Capítulo II, gastos corrientes. Tenemos que
evitar que se produzca la permanente tendencia que hay en la ejecución de
los presupuestos de los distintos Gobiernos socialistas de financiar el
crecimiento de los gastos corrientes a través de un detrimento de las
dotaciones en los capítulos de inversiones. Por tanto, nuestras enmiendas
a este artículo 8 pretenden impedir que estas transferencias entre los
Capítulos VI y II puedan producirse.

Igualmente, y con el fin de seguir introduciendo mayor rigor, que le ha
faltado a toda la ejecución presupuestaria de los distintos Gobiernos
socialistas, presentamos enmiendas al artículo 9; una de las más
principales es que entendemos que hay que hacer más rigurosa la ejecución
presupuestaria, motivo por el cual creemos absolutamente escaso el número
de créditos vinculantes que se conceden y contemplan en el artículo 9.

Creemos que cuatro créditos vinculantes es algo absolutamente irrelevante
para garantizar el rigor en la ejecución presupuestaria, y es por ello
que nuestras enmiendas proponen claramente aumentar estos créditos de 4 a
22, según se contiene en las propias enmiendas a este artículo.

Tendríamos que llegar en este repaso de las enmiendas al Capítulo II al
artículo 10, que nuevamente pretende relajar las modificaciones
presupuestarias. Es por ello que las enmiendas al artículo 10 que el
Grupo Popular defiende en este trámite pretenden que en todas aquellas
modificaciones que signifiquen transferencias entre diferentes
Ministerios sea competente para utilizarlas el Consejo de Ministros y no
el Ministerio de Economía. Creemos que al tratarse de transferencias
entre departamentos distintos han de ser competencia del Consejo de
Ministros su utilización.

Lógicamente, creemos igualmente que el Congreso de los Diputados tiene
que tener información puntual del contenido, motivo y destino de estas
transferencias. Hasta la fecha, el control de las transferencias de
crédito no se produce adecuadamente y por ello nuestras enmiendas al
artículo 10 pretenden hacer un añadido con el objeto de que de las
transferencias de crédito se rinda cuentas periódica y puntualmente al
Congreso de los Diputados.

Con este repaso de las enmiendas presentadas al artículo 10 llegamos al
artículo que tiene mayor calado y que aporta mayor novedad,
comparativamente hablando, con ejercicios anteriores, que es el artículo
11. Como SS. SS. conocen, el artículo 11 viene a sustituir al ya conocido
artículo 10, supuestamente de autodisciplina presupuestaria, pero que ha
sido reiteradamente denunciado por parte del Tribunal de Cuentas como un
artículo que desde esa supuesta autodisciplina presupuestaria no ha
generado precisamente disciplina presupuestaria y sí ha sido una ventana
para la evolución negativa del gasto público, un mayor incremento,



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que ha tenido como protagonista el descontrol en la evolución de ese
gasto público.

Hoy creemos que este artículo 11 todavía aumenta más la capacidad de
descontrol del gasto y creemos que lo aumenta más porque contiene dentro
de uno de sus párrafos, concretamente el párrafo segundo del artículo 11,
la consideración de créditos ampliables a aquellas dotaciones que hay que
aprobar para la liquidación de los ejercicios del INSALUD de los años
1993 y 1994 y para las transferencias a las comunidades autónomas sobre
liquidaciones pendientes de ejercicios anteriores.

Señorías, quisiéramos llamar especialmente la atención en la
consideración de estos dos créditos ampliables. Ya saben ustedes que es,
por decirlo de alguna manera, criterio de este Grupo el que se suprima en
mayor medida el número de créditos ampliables, pero desde luego intentar
considerar hoy día créditos ampliables la liquidación de los presupuestos
del Insalud de 1993 y 1994 nos parece tanto como confirmar a esta Cámara
que el Gobierno desconoce cuáles han sido los gastos del Insalud del
ejercicio 1993 y que desconoce cuál van a ser al cierre de 1994 --es
decir, para el ejercicio de 1995-- los gastos del Insalud en 1994.

Creemos claramente que ésta es una confesión de parte que perturba
muchísimo el rigor del presupuesto. Por ello, en nuestras enmiendas
pretendemos que no se consideren ampliables estos créditos contenidos en
el Anexo II. 2.º 12 b) y 15 b). Creemos que no es de recibo que
ejercicios cerrados, como pueden ser los años 1993 y 1994, sean para los
presupuestos de 1995 créditos ampliables.

Los gastos del Insalud del ejercicio 1993 y 1994 han de ser conocidos por
el Gobierno y no pueden ser considerados como créditos ampliables. E
igualmente pasa respecto a las liquidaciones de ejercicios anteriores de
las transferencias a las comunidades autónomas. ¿Es que acaso cuando nos
estamos refiriendo al Anexo 2.15 b) el Gobierno no conoce a estas alturas
cuáles son los créditos destinados a financiar las comunidades autónomas
por participación en los ingresos del Estado en ejercicios anteriores?
¿Es que acaso el Gobierno no nos puede decir a qué ejercicios se está
refiriendo?
En la página 81 del proyecto de ley del Gobierno queda absolutamente
denunciado que el Gobierno pretende no identificar cuáles son los
créditos destinados a financiar a las comunidades autónomas por
participación en los ingresos del Estado cuando nos estamos refiriendo a
ejercicios anteriores, y también queda denunciado que el Gobierno no
quiere dar transparencia a qué ejercicios anteriores se está refiriendo.

Por lo tanto, creemos que incluir en un artículo supuestamente de
autodisciplina presupuestaria dos créditos ampliables de esta dimensión
es precisamente abrir las ventanas para un gasto cuyo fin es conocido,
pero cuyo montante nos parece absolutamente rechazable que no sea
confesado en estos presupuestos.

Las enmiendas al artículo once igualmente pretenden impedir que se pueda
volver a repetir, señor Presidente, lo que ya ocurrió en el ejercicio de
1993, que no fue otra cosa que el Gobierno, que vio superados los límites
que este artículo establece, por decreto eliminó el artículo. Creemos
que, si en una nueva ocasión el Gobierno se ve obligado a superar este
límite, debería ser rebatido en esta Cámara cuáles son los orígenes de
ese desbordamiento del gasto o de ese desbordamiento del límite y, por lo
tanto, creemos que cualquier derogación de este artículo tiene que pasar
por esta Cámara y, consiguientemente, llevar un trámite normal de ley y
no por un decreto que de alguna manera le otorgue al Gobierno la
posibilidad de eliminar un límite y una autodisciplina que aprueba esta
cámara.

Igualmente creemos que es la hora de distinguir entre operaciones
corrientes y operaciones de capital. Por eso en nuestras enmiendas
queremos proponer que en la redacción global que se contiene en el
artículo once, apartado 1, respecto a los créditos extraordinarios y
suplementos de crédito y los límites que hay que otorgar a estos
créditos, haya que distinguir ese límite tanto para operaciones
corrientes como para operaciones de capital por separado y no
considerarlo de una manera global.

Asimismo, creemos que es hora de que este Parlamento tenga una sesión
parlamentaria, al igual que la tiene para la ejecución presupuestaria,
para el conocimiento de la evolución de los créditos ampliables que se
aprueben. Hasta la fecha, los créditos ampliables son unos créditos que
esta Cámara no vigila convenientemente y nuestras enmiendas a este
artículo pretenden instaurar una periodicidad por la que la Cámara pueda
controlar la evolución de estos créditos ampliables.

Señor Presidente, con estos argumentos y por estas razones hemos
presentado las enmiendas números 881 a 904 y éstas son las razones que
nos conducen a defender la mismas y a solicitar que se mantengan para su
votación en este trámite.




El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: El objetivo del Grupo parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya en este trámite, una vez realizado el
debate de totalidad en el Pleno de la Cámara, es, con sus enmiendas,
ofrecer un abanico de posibilidades para mejorar el texto del Gobierno.

A nosotros nos gustaría que al final del ejercicio el presupuesto que se
ejecutara se pareciera al presupuesto que aprobamos inicialmente, cosa
que no ha sucedido en ejercicios anteriores. Nos gustaría que se
pareciera no ya como hermanos gemelos, aunque debiera ser así, como
primos hermanos, por lo menos.

Las enmiendas de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya quieren
conseguir que haya de verdad una técnica presupuestaria con objetivos por
programas, objetivar los compromisos del Gobierno, tanto en el gasto como
en el ingreso. Segundo, que la ejecución del presupuesto sea fácil y que
haya transparencia a la hora de aprobar y pedir explicaciones. Y, por
último, que las modificaciones que este presupuesto tenga sean las
menores posibles.

La primera muestra de austeridad que debe tener un Gobierno es medir bien
sus previsiones, que haya un presupuesto



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que tenga pocas modificaciones presupuestarias, ajustar la
presupuestación, reducido uso de los créditos extraordinarios o
suplementos de créditos.

Las enmiendas de Izquierda Unida que voy a pasar a explicar, señor
Presidente, señorías, van dirigidas a intentar conseguir, en el capítulo
I, de los créditos iniciales y la financiación de los mismos, en el
capítulo II, sobre modificaciones presupuestarias y en el capítulo III,
de la Seguridad Social, estos objetivos de que he hablado.

La enmienda 491 intenta añadir en el artículo 1.º algo de lo que adolecen
los presupuestos y que siempre demandamos, conocer qué empresas públicas
tiene participadas el Gobierno y que recoja en los presupuestos; no ya
los organismos autónomos o comerciales, sino empresas públicas en las que
participa el Gobierno por encima del 20 por ciento. Proponemos añadir una
letra i) que diga que se recojan entre los apartados de los presupuestos
generales los presupuestos de las empresas y sociedades mercantiles o
entidades participadas en más de un 20 por ciento.

La segunda enmienda pretende un segundo apartado en este artículo 1.º
para que los presupuestos generales del Estado del año 1996, al entrar en
las Cortes, recojan en un tomo tanto las inversiones regionalizadas por
provincias, del subsector del Estado, como de los organismos autónomos,
comerciales y entes públicos, así como la Seguridad Social y empresas
públicas. Se me dirá que esto ya está, pero no es así y el ejemplo más
claro es la tramitación del presupuesto de este año. No hemos conseguido
obtener todavía, a estas fechas, las inversiones territorializadas,
cuando otros años se entregaban antes de terminar el plazo de
presentación de enmiendas.

Dentro de ese punto 2 querríamos recoger que el Gobierno explicara en
esos documentos qué inversiones son las que se acomete «ex novo» y cuáles
se producen en este ejercicio por deslizamiento de los anteriores; son
compromisos de presupuestos anteriores que, como no hemos sido capaces de
ejecutar, no hemos podido iniciar el gasto o no hemos tenido previsión de
tesorería suficiente, deslizamos a ejercicios siguientes.

Por último, que la relación de puestos de trabajo recoja las vacantes.

¿Cuál es el objetivo de esta enmienda? Conocer de verdad el proyecto de
propuesta del propio Gobierno.

La enmienda 493 va dirigida a recoger un objetivo, dentro de los
presupuestos de este año, de la previsión de ingresos. En la página 4 del
documento, en el artículo 2.2, cuando nos hablan de cuáles van a ser los
ingresos del Estado, se nos plantea una distribución de ingresos.

Nosotros proponemos que esos ingresos previstos inicialmente por el
Gobierno en 13,7 billones de pesetas se incrementen en un objetivo de la
lucha contra el fraude de 750.000 millones de pesetas, para que lo que
declaramos y lo que decimos tenga un compromiso. ¿Es posible que esto se
pueda decir? Es posible en la medida que esa previsión después se cumpla,
pero como cualquier previsión de ingresos. Sus señorías tendrán que
convenir conmigo que son previsiones lo que se apunta por parte del
Gobierno y nosotros creemos que una actuación a objetivizar es
precisamente la lucha contra el fraude.

Las enmiendas 494, 496, 497, 498 y 499 intentan que los presupuestos
recojan en este artículo 2 las previsiones de ingresos. Lo único que
hemos hecho ha sido recoger lo que el Gobierno ha publicado en otros
libros que acompañan a los presupuestos para que, en la ley que aprueba
las Cortes, se recojan las previsiones de ingresos, tanto del subsector
Estado como de cada uno de los organismos autónomos, administrativos y
comerciales, distribuyendo la previsión de ingresos, de impuestos
directos, de tasas, de transferencias corrientes, y no en su conjunto. Se
me podrá decir que hay un anexo donde se explican o se aportan, igual que
hay otros anexos del gasto, pero sería bueno que este presupuesto
mejorara su articulado para que, por lo menos, la previsión del ingreso
se equiparara a la previsión del propio gasto.

La enmienda 495 pretende que, al igual que el proyecto habla del gasto
consolidado previsto por el Estado, se establezca también el ingreso
consolidado del Estado. En el artículo 2. cuatro el Estado propone cuál
es la distribución del gasto consolidado, recogiendo organismos
autónomos, organismos comerciales, Seguridad Social y las empresas o los
organismos que recoge el artículo 1 e) de este proyecto de ley. El gasto
consolidado es de 33,8 billones de pesetas. Nosotros pretendemos que se
incluya también el ingreso consolidado, todo lo que va a ingresar del
Estado o para poder comparar o cotejar lo que es ingreso del Estado con
gasto del Estado.

Las enmiendas números 500 y 501 se refieren a lo que pudiéramos llamar
beneficios fiscales. Nosotros proponemos que este artículo 3 no sólo diga
que el Gobierno anuncia unos gastos fiscales aproximados de unos 2,3
billones de pesetas, sino que, en la ley que aprobemos, también se
especifique la distribución de esos gastos fiscales (cómo se proyecta en
el Impuesto sobre la Renta, en el Impuesto sobre el Patrimonio, en el
Impuesto sobre la Renta de Sociedades, en el Impuesto de Sucesiones, en
los impuestos indirectos, etcétera); la distribución que el propio
Gobierno acompaña en el libro de explicación de los presupuestos.

La enmienda 500 habla de la distribución de ese gasto fiscal, para que
conozcamos, impuesto a impuesto, cuál es el beneficio fiscal que se va a
dar a los ciudadanos por parte del Estado.

La enmienda 501 va dirigida a un objetivo de Izquierda Unida, que sería
reducir el gasto fiscal en 200.000 millones de pesetas. Creemos que hay
excesivo gasto fiscal y que este gasto fiscal, sobre todo en determinados
impuestos, como el de Patrimonio y el de Sociedades, y en el de la Renta
en lo que pudiéramos llamar capital mobiliario, no va unido a una mayor
inversión; simplemente está significando mayores recursos para alguien
que no se compromete de manera obligatoria. El fracaso de los planes de
ahorro popular viene a confirmar esta previsión de Izquierda Unida.

El grupo de enmiendas siguientes pretende una mayor especificación de lo
que el artículo 6 dice con respecto a los presupuestos de las distintas
entidades que aprobamos con estos presupuestos. El artículo 6. tres
propone toda una serie de empresas y organismos de la propia
Administración y lo que nosotros hacemos son tres propuestas. Primero,



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que se recoja el Grupo Teneo, una sociedad puesta en marcha por varias
empresas del grupo del Gobierno, que no vaya recogido separadamente; es
verdad que son actuaciones de varias empresas, pero sería bueno recogerlo
como tal órgano colectivo. Segundo, la especificación de las empresas del
INH y del INI. Las enmiendas 503 y 504 pretenden que en los presupuestos
no se diga INI, tanto dinero, sino que las distintas empresas del INI se
puedan especificar por separado en este texto y no en ese tomo rojo,
donde se dan las cuentas de explotación y resultados, sin poder seguir ni
conocer cuál es la evolución y los compromisos de las distintas empresas
que componen los dos grupos: INH e INI. Empresas con un volumen alto de
inversión y con una actuación bastante importante a la hora de reactivar,
recuperar o gestionar la parte de empresa pública que el Estado, a través
de los presupuestos, ha decidido poner en manos del Gobierno.

La enmienda 505 va dirigida a que lo que pudiéramos llamar, dentro del
capítulo II, modificaciones y ejecución de los créditos presupuestarios
tuviese un rigor a la hora de las modificaciones. Pretendemos adicionar
en el artículo 8, dos un apartado que ponga que la modificación
presupuestaria debe justificar no los objetivos nuevos que queremos
cubrir, sino los objetivos a los que renunciamos, porque ésa es la
verdadera presupuestación objetivada por programas: cuando uno modifica,
conocer por qué renuncia a unos objetivos y por qué propone otros. Es
decir, que también se conozca la baja en la explicación de los
compromisos y no solamente en la cuantificación de los dineros, que es lo
que al final nos mandan en las liquidaciones presupuestarias.

En cuanto al artículo 8, tres proponemos modificar esta capacidad que
tiene el Ministerio de Economía y Hacienda para autorizar todas las
modificaciones del capítulo I, gastos de personal. En la propuesta del
Gobierno se dice que se va a remitir cada modificación del gasto de
personal al Ministerio de Administraciones Públicas para su conocimiento.

Nosotros creemos que el Ministerio de Administraciones Públicas, que es
el que se compromete a la hora de hacer el presupuesto, debe autorizar
las modificaciones de gastos de personal, no vaya a ser que el Ministerio
de Hacienda haga una modificación que deje sin obligaciones para actuar
que ya ha comprometido el Ministerio de Administraciones Públicas. Por
tanto, hace falta que el Ministerio de Administraciones Públicas autorice
las modificaciones de gastos de personal.

La enmienda 507 se refiere a los créditos vinculantes. Estos se
circunscriben, por parte del Gobierno, a cuatro propuestas. Es verdad que
en el Ministerio de Defensa amplía a productos alimenticios. Nosotros
creemos que debiera ampliarse sustancialmente esta propuesta, hemos hecho
una propuesta de vinculación, no solamente los productos alimenticios del
Ministerio de Defensa y de los cuarteles, sino todos los productos
alimenticios de todos los servicios que presta la Administración, llámese
en Asuntos Sociales, llámese en actuación hospitalaria, en cualquier
realidad. Los gastos alimentarios no deben recogerse solamente en el
Ministerio de Defensa. Por eso proponemos incorporar un crédito
vinculante, para que tenga menos modificación esta previsión
presupuestaria.

La enmienda 508 es al artículo 10.1.5, relativo a que se puedan autorizar
transferencias de crédito entre varios programas incluidos en una misma
función de los distintos departamentos, si ello fuese necesario, en
función de convenio entre distintos departamentos ministeriales y entre
distintos organismos autónomos. Esto está bien pero para después de
aprobados los presupuestos. Para lo que está previsto no. La propuesta
del Gobierno debe recoger toda la evolución de los convenios que pueda
tener o los acuerdos que pueda haber entre los distintos ministerios,
departamentos u organismos autónomos. Lo que pretende la enmienda es que
se dirija a los convenios firmados con posterioridad a la aprobación de
los presupuestos, a fin de obligar al Gobierno a presupuestar de verdad y
que no haga actuaciones más o menos a ojo de buen cubero.

Las enmiendas 509 y 510 van encaminadas a potenciar algo que nosotros
creemos que debe ser básico, y es la idea de caja común.

El artículo 10, dos autoriza de forma exclusiva para el año 1995 --los
anteriores Presupuestos lo hicieron para 1994 y los anteriores para
1993-- al Ministerio de Defensa generaciones de crédito en ingresos
procedentes de ventas de productos farmacéuticos, prestación de servicios
hospitalarios o suministros de víveres y combustibles. Nosotros creemos
que esto no tiene por qué estar en manos del Ministerio de Defensa, sino
en manos del Ministerio de Hacienda. Y los ingresos que se efectúen en la
Administración después se distribuyen en los gastos. Estos gastos tienen
que estar incorporados dentro del Ministerio de Defensa y, por
consiguiente, previstos presupuestariamente. Si hay ingresos por esta
vía, deben venir por el camino normal y corriente. En el artículo 10,
cuatro sucede lo mismo, pero para el Ministerio de Sanidad. Por tanto,
proponemos que esta facultad la tenga el mismo Ministerio que la tiene
para las demás posibilidades de ingresos.

La enmienda 511 pretende, señor Presidente --es una enmienda similar a la
que hemos presentado otros años--, que el artículo 10 recoja al final que
todas las modificaciones presupuestarias que se produzcan a lo largo del
ejercicio se remitan a las Cortes Generales y los distintos grupos de la
Comisión de Presupuestos del Congreso y del Senado tengamos todas las
modificaciones. Se me puede decir que esto puede suponer quintales de
papel, y yo, que estoy de acuerdo en ahorrarnos cortar árboles para el
papel, haré una sugerencia al propio Gobierno: hay una cosa ahora que se
llama ordenadores y con un disquete fabuloso conocemos todas las
modificaciones presupuestarias. Por tanto, no hace falta mandarnos
papeles, pero sí queremos conocer todas las modificaciones
presupuestarias que se produzcan. Porque, además, aprobamos los créditos
iniciales, y tenemos criterios de seguimiento de la ejecución
presupuestaria.

La enmienda 512 va dirigida a reducir la capacidad de crédito
extraordinario que ponemos en el propio Gobierno. Tengan SS. SS. en
cuenta que estamos aprobando un presupuesto consolidado de 33 billones de
pesetas y un presupuesto de partida de unos 30 billones de pesetas. El 3
por ciento de créditos extraordinarios supone un volumen altísimo de
autorización a créditos. Por tanto, proponemos reducir



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ese 3 por ciento al 2 por ciento para que haya menos uso de los créditos
extraordinarios. Se me podrá decir que un crédito de 900.000 millones de
pesetas es poca cosa, pero 900.000 millones son muchos miles de millones
como para decir que es poca cosa.

La enmienda 513 pretende adicionar en el artículo 11.3 un nuevo párrafo.

A nosotros nos gustaría que la liquidación presupuestaria, tanto la
trimestral como la final, estuviese ajustada al mismo nivel de
desagregación que aprobamos. ¿Por qué? Porque, si no, no hay manera de
seguir qué está aprobando el Gobierno. Te pueden decir más o menos a ojo
que un determinado programa se ha ejecutado un 30 por ciento, pero
¿cuánto se ha gastado en capítulo I y dentro de este capítulo I cuánto en
gastos sociales, cuánto en sueldos, cuánto en gratificación? Es lógico
que el nivel de liquidación presupuestaria venga con el mismo nivel de
desagregación, porque los que estamos en la oposición queremos saber
hasta lo que se gastan en lápices, queremos conocerlo, para ver, de
verdad, que se está produciendo austeridad, para no funcionar a ojo de
buen cubero. Porque aquí hay que ver lo fabulosos que somos para las
predicciones y las precisiones de la inflación al 3,5 por ciento, del
déficit público, pero luego hay que ver la relativización que hacemos de
todo lo que es la ejecución y el seguimiento presupuestario.

Ahora, señor Presidente, con las dos enmiendas que pretenden adicionar
dos artículos, artículo 11 bis y artículo 11 ter. La primera pretende que
la liquidación anual del presupuesto tenga un nivel de desagregación,
conociendo el nivel de desagregación en el subsector Estado y en los
organismos comerciales, entes públicos y empresas públicas, con un
estudio de valoración del grado de cumplimiento de los objetivos que ha
cumplido cada programa. No de la liquidación del programa, no que me
digan que en este programa de prestaciones hemos conseguido administrar
tanto gasto. No. Que se nos diga qué objetivos de los propuestos
inicialmente se han cumplido, cuáles no se han cumplido y cuáles se
deslizan, para, de verdad, demostrar que estamos haciendo una
presupuestación por programas. Porque yo creo que no hay una
presupuestación por programas, hay una presupuestación funcional que se
justifica vía programas.

La enmienda por la que proponemos la creación de un nuevo artículo 11 ter
tiene relación con lo que decía antes del seguimiento de la cuenta
pública. Es verdad que este Congreso tiene la obligación de haber puesto
en marcha la oficina parlamentaria de los presupuestos, pero lo que
nosotros venimos a proponer aquí es que los grupos parlamentarios tengan
acceso a la Intervención General, al ordenador de la Intervención
General; mayor seguimiento que ése, señor Presidente, no vamos a tener.

La mejor forma de seguir la ejecución presupuestaria sería con esta
aportación y desaparecerían todas las comunicaciones. Esto significa
funcionar de forma transparente y clara y que el Gobierno esté controlado
porque todo el mundo conoce en qué se están gastando los recursos
públicos.

Termino con la enmienda que dirigimos hacia la Seguridad Social. Nosotros
proponemos incrementar lo que es la previsión que establece el artículo
12. dos, cuando dice que el Estado aporta al sistema de seguridad social
2,3 billones de pesetas para atender la financiación de los complementos
mínimos de las pensiones de dicho sistema. Nosotros proponemos elevarlo a
267.426.100, precisamente para hacer frente al incremento de las
pensiones del SOVI, petición que hemos venido haciendo reiteradamente
pero que no se aborda desde la propuesta del Gobierno.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el señor Padrón Delgado.




El señor PADRON DELGADO: Señor Presidente, intervengo para contestar a
las intervenciones de los representantes del Grupo Popular y del Grupo de
Izquierda Unida relativas al Título I del proyecto de ley de
presupuestos.

Antes que nada he de decir que no me ha extrañado que se hayan presentado
1.000 enmiendas. Viene siendo lo habitual desde que el Partido Socialista
gobierna en este país, puesto que da la impresión de que el Grupo Popular
considera que cuantas más son las enmiendas más peso tienen sus
argumentos. En muchas ocasiones parece que en el número de enmiendas se
establece un listón a ver si cada año lo superan. Así no es de extrañar
que se presente una enmienda de totalidad al Título I, enmiendas de
totalidad a los diferentes capítulos del Título I y enmiendas de
supresión de cada uno de los artículos que constituyen los capítulos de
ese Título. El listón siempre es posible superarlo puesto que, en años
próximos, podrán presentar enmiendas hasta a párrafos o frases, y en vez
de 1.000 podrán presentar 10.000 y se verá que, efectivamente, existe una
gran oposición, capitaneada por el Grupo Popular, a los presupuestos
generales del Estado presentados por el Gobierno.

Tampoco me ha extrañado que el portavoz del Grupo Popular haya hecho una
intervención aduciendo los mismos argumentos que en el debate de
totalidad. Ha habido un debate de totalidad, el Ministro de Economía y
Hacienda respondió cumplidamente a los planteamientos, tanto de las
enmiendas de totalidad como a otros aspectos parciales expuestos en la
fijación de posiciones de otros grupos parlamentarios, y las largas horas
de ese debate, celebrado hace una semana, por lo visto han sido
insuficientes. Además, todas las razones de peso, razones justificativas,
razones de por qué es este presupuesto, así como las obligaciones
inherentes y limitación que tiene el Gobierno a la hora de confeccionar
un presupuesto, no han sido suficientes. Se sigue insistiendo en la
tonadilla de siempre: el alto grado de gasto público que se produce en
este presupuesto.

Pero si se analizan cada una de las intervenciones referidas a cada uno
de los artículos enmendados o las razones para su supresión, pocos
argumentos hay. Y cuando se habla de la posibilidad de reducción del
gasto público y otra distribución, tampoco acompañan un documento donde
se diga cuáles son las partidas que suprimirían, tanto en gastos de
personal como en los gastos financieros, transferencias, inversiones,
etcétera, puesto que, efectivamente, las partidas importantes del gasto
son imposibles de mover. Algunas partidas corresponden a obligaciones
reales del



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Estado, gastos de personal, como son las transferencias, la mayor parte
de ellas a la sanidad, a los entes territoriales; el porcentaje de
inversión es el determinado en base al programa electoral del Partido
Socialista. Por tanto, lo único que ha dicho es que hay un excesivo gasto
en el capítulo II, de gasto corriente, si se compara con el montante
global del presupuesto. No nos parece así puesto que el capítulo II del
presupuesto son 369.000 millones para un gasto de 17 billones de pesetas.

No parece excesivo. Por otra parte, la cantinela de siempre de excesivas
personas en el ámbito del asesoramiento o de gastos por personal de
designación directa. En definitiva, es la misma canción que estamos
oyendo desde hace varios años y que no se acompaña con una razón
coherente de decir cuáles son los puestos a suprimir y cómo se
suprimirían, ya que, efectivamente, desempeñan unas funciones
determinadas en el ámbito de la Administración.

Pasando a los artículos correspondientes, sobre algunas de las enmiendas
defendidas, que no sean de supresión de los artículos que componen este
Título I, por ejemplo, la enmienda número 885, que es similar a una
presentada a los Presupuestos del año 1994, donde se habla de que en los
meses de mayo y septiembre el Gobierno remita a la Comisión de
Presupuestos un informe detallado sobre la cuantía de los beneficios
fiscales, he de decirle que ya se le informó el año pasado de que los
gastos fiscales es posible determinarlos una vez que se presentan las
liquidaciones de los impuestos correspondientes. Por tanto, difícilmente
se podrá presentar en el mes de mayo de 1995 lo que van a suponer los
gastos fiscales para el ejercicio, puesto que, si vamos a lo que
constituyen los gastos fiscales, vemos que figura una cantidad de
previsiones de gastos fiscales para el año 1995 que es imposible saberlos
en el mes de mayo, incluso en el mes de septiembre, como son, en el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que se desgravará por
enfermedades o por adquisición de viviendas, o por pólizas de primas de
seguro de vida; o, en el Impuesto sobre Sociedades, por deducción por
inversiones, por deducciones en el límite de la cuota en el ejercicio, y
toda una serie de conceptos que se podrán ir viendo a medida que se van
efectuando las liquidaciones. Otra cosa es que, una vez cerrado el
ejercicio, el Gobierno pueda remitir, sobre la base de las liquidaciones
ya presentadas, lo que ha constituido cada una de las partidas que
componen los conceptos por los cuales se pueden efectuar desgravaciones
fiscales.

Al representante del Grupo de Izquierda Unida, puesto que la disminución
que propone en gastos fiscales se corresponde también con otra enmienda,
luego le responderé.

Casi todas las enmiendas se refieren a supresiones del artículo y los
artículos que constituyen los capítulos de este Título I son la base del
presupuesto; aprobar la supresión de uno de estos artículos significaría
de hecho una enmienda de totalidad.

Otra de las propuestas es establecer una serie de restricciones en el
límite al crédito que viene en el proyecto de ley al 3 por ciento,
recurso también reiterativo con respecto a otros años. Yo creo que el
límite establecido en el 3 por ciento es más que suficiente. Significa
una limitación muy por debajo de lo que contienen los presupuestos de
otros países de nuestro entorno y, por tanto, no lo consideramos
adecuado, puesto que, efectivamente, hay una voluntad decidida de
reducción del gasto público y, por tanto, no hay razón para efectuarlo.

Tampoco es verdad uno de los argumentos utilizados por el señor Aguirre
referido a la mayor recaudación que se viene produciendo en 1994. Por los
datos que nosotros tenemos, la previsión inicial de ingresos para el año
1994 estaba en 13 billones 216.000 millones, y de los datos aportados por
la memoria del Gobierno, la recaudación previsible del año 1994 estará en
torno a los 13 billones 206.000 millones. Por tanto, no tenga
preocupación de que se incremente el gasto como consecuencia de esa mayor
recaudación y, por ello, no es necesaria esa previsión, puesto que todo
el presupuesto y toda la política que viene haciendo el Gobierno va
orientada (y así viene en la memoria) a una reducción del déficit que no
puede ser de un corte radical, puesto que no es posible producir ese
corte de forma traumática, sino en un plazo orientado a que en el año
1997 el déficit esté en torno al 3 por ciento del producto interior
bruto.

En cuanto a la propuesta de un capítulo aparte para el artículo 7,
referido al presupuesto del Banco de España, lo estamos estudiando. Esto
no añade ni quita nada al presupuesto y, por tanto, en su momento daremos
nuestra posición definitiva con respecto a esta enmienda. Con relación al
artículo 8, de normas de modificación y ejecución de créditos
presupuestarios, sabe el señor Aguirre que desde el año pasado, y
especialmente también para el presupuesto del año 1995, las normas son
las mínimas imprescindibles y de acuerdo con lo establecido en la Ley
General Presupuestaria. Por tanto, no tema que haya grandes
modificaciones presupuestarias, puesto que lo establecido en ese artículo
es lo mínimo e imprescindible para evitar la inoperancia en algún caso de
un mayor cierre de posibilidades a la hora de ejecutar el presupuesto. No
hay razón de seguir con esa cantinela que, a lo mejor, podría tener
cierto fundamento en años pasados, pero desde el momento en que se
decidió presentar las leyes de acompañamiento financiero y el control del
gasto presupuestario, las normas son las mínimas y estrictas previsibles.

Igualmente ocurre con relación al artículo 9, donde pretende, a través de
una enmienda, establecer un mayor número de créditos vinculantes. Nos
parece una exageración establecer créditos vinculantes, por ejemplo, para
limpieza y aseo, para primas de seguros, seguridad, mobiliario y
enseres... Yo creo que el afán inquisidor, en este caso, a la hora de
ejecutar el gasto, le está llevando al Grupo Popular a exageraciones, y
en cualquier comparación de la ejecución del presupuesto aprobado para
1994 y la liquidación correspondiente se ve que en el capítulo 2 no hay
grandes desviaciones.

A lo largo de los meses pasados, y en el mes de octubre, especialmente,
han comparecido en la Comisión de Presupuestos una gran cantidad de
cargos de la Administración que han venido explicando la ejecución del
presupuesto del año 1994 y las previsiones de cierre de ese presupuesto,
y, salvo raras excepciones (que no he visto yo reflejadas



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en posiciones de otros grupos parlamentarios), se han ajustado
estrictamente a lo presupuestado y aprobado por estas Cortes. Por tanto,
este afán de establecer estos grandes controles de créditos vinculantes y
pasarlos de 3 a 22 nos parece una exageración. Llegaríamos al caso
(poniendo ya un símil exagerado) de que las administraciones requiriesen
el consentimiento del Grupo Popular a la hora de efectuar un gasto del
capítulo 2, y que para comprar una caja de bolígrafos o el papel para la
fotocopiadora tuviesen que pedir permiso a la Comisión de Presupuestos.

Yo creo que todas las cosas tienen un límite, y aquí ustedes se están
pasando también.

Artículo 10. Señor Aguirre y señor Ríos, de Izquierda Unida, tanto la
incorporación a la Sección 14 de los remanentes de gastos para créditos
al Ministerio de Defensa como lo que se establece en los puntos dos y
cuatro, son aspectos contemplados en la Ley General Presupuestaria,
artículo 71 1.b) y c). No se puede aducir falta de control por el hecho
de que pueda el Ministerio de Defensa efectuar una modificación
presupuestaria y, por tanto, autorizar una generación de crédito
correspondiente a la venta de productos farmacéuticos o prestaciones de
servicios hospitalarios; igualmente que en el 10, cuatro, para el
Ministerio de Sanidad, ya que, por otra parte, a la hora de efectuar la
liquidación presupuestaria, vienen esas modificaciones. No se puede
llevar el control del Gobierno y el control del gasto público a unos
límites que requieren estos pormenores y estos detalles; creo que son
exageraciones.

Con respecto al artículo 11, referido a las limitaciones de los créditos
presupuestarios, ya he explicado el límite a los créditos
extraordinarios; los créditos ampliables también para 1995 se limitan
considerablemente. Bien es verdad que hay algunos créditos sobre los que
es imposible saber la evolución y, por tanto, son obligaciones
contractuales, por lo que tiene que abrirse esa posibilidad de
considerarlos créditos ampliables.

Al asunto de las liquidaciones para las comunidades autónomas está
achacándose como si fuera culpa del Gobierno que no se efectuarán dichas
liquidaciones, la participación de las comunidades autónomas en los
ingresos del Estado correspondientes a ejercicios anteriores. Primero,
para la liquidación de 1994 hay que esperar al 31 de diciembre de 1994,
para, una vez efectuar el gasto correspondiente o la parte proporcional,
negociarlo con las comunidades autónomas y, por tanto, determinar la
partida correspondiente de la que en el presupuesto hay una aproximación
y, en consecuencia, tiene que considerarse ampliable.

Igualmente cabe decir con respecto al gasto del Insalud, puesto que nunca
es posible determinar el gasto matemáticamente exacto del crédito
correspondiente al Insalud y no se pueden dejar de atender los enfermos
basándose en que el crédito está determinado y cerrado y, por tanto, al
no haber crédito, no se le puede atender. Hay algunos gastos que son
matemáticamente imposibles de determinar y ésta es la consideración de
ampliable que tienen muchos de ellos, que, por otra parte, en esta
ocasión, cada vez son menos.

No sé si me queda por responder alguna enmienda de las defendidas a estos
artículos por el Grupo Popular, pero, en todo caso, en la réplica podré
dar cumplida respuesta si alguna de las enmiendas no ha sido contestada.

Con respecto al Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, su
enmienda, en algunos aspectos, por una parte, si el Grupo Popular dice
que se gasta mucho y que, por consiguiente, la enmienda de totalidad va
en el sentido de reducir el gasto (en principio, hablan de 200.000
millones, luego hablan de 500.000 millones, no dice de dónde lo
deducirían, salvo lo expresado respecto al capítulo 2 del presupuesto),
el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya presenta una serie
de enmiendas, algunas de las cuales nos resultan ya algo familiares. En
cuanto al hecho de que se pida que se presenten también los presupuestos
de las empresas y sociedades mercantiles en las que el Estado participa
en más de un 20 por ciento, primero, la Ley de Sociedades Anónimas no
permite esto, señor Ríos; por otra parte, espere a modificar la Ley
General Presupuestaria a ver si eso lo permite. De momento, lo que está
haciendo el Gobierno es cumplir lo establecido en la Ley General
Presupuestaria. Se presenta en los presupuestos los PAIF de las empresas
en las que el Estado es accionista mayoritario y, por tanto, no tiene
sentido la defensa de esa enmienda.

En la presentación del presupuesto dice que en los tomos no vienen
recogidas las inversiones regionalizadas por provincias. Existen unos
tomos de anexos de inversiones en los que vienen los proyectos, los
superproyectos, vienen las inversiones regionalizadas, en la medida en
que es posible hacerlo en los proyectos, y vienen detalladas por
provincias. De hecho, los Diputados efectúan un seguimiento para ver la
inversión correspondiente en cada una de esas provincias, no así referido
a empresas públicas, puesto que no desciende a tanto detalle el
presupuesto de las empresas públicas. Pero en la presentación del
presupuesto, en el anexo de inversiones entiendo que viene información
bastante completa sobre ese asunto.

Por otra parte, hay una enmienda global suya referida al incremento en
750.000 millones como consecuencia de un mayor impulso en la lucha contra
el fraude fiscal. La verdad es que yo en alguna ocasión también intenté,
cuando estaba en la oposición, enmendar el presupuesto de ingresos;
parece que el presupuesto de ingresos, según el Reglamento, era difícil
de enmendar si no había un texto concreto que dijera qué impuesto se
subía, pero, en todo caso, esta apreciación me parece demasiado
aventurada, puesto que la lucha contra el fraude es una labor creo que no
sólo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya sino del Gobierno; yo
creo que en este tema están todos los grupos de acuerdo, y más cuando hay
informe del Instituto de Estudios Fiscales en donde se hacen
estimaciones. Pero no se puede determinar que un voluntarismo o deseo de
luchar contra el fraude va a originar ya en el año 1995 un incremento de
750.000 millones, puesto que sabe usted que las actas conllevan el
consiguiente proceso de recurso, que en muchas ocasiones terminan en los
tribunales y son éstos los que al final determinan si corresponde el pago
o no. De hecho, por tanto, me parece una enmienda de campanario, pero con
poco fundamento en la práctica.




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Cuando habla de una reducción en los gastos fiscales, dígame en dónde se
realizaría la disminución, puesto que tendría que ir acompañada --no sé
si lo ha hecho-- de unas modificaciones de la Ley de acompañamiento
financiero o de las normas tributarias. Los gastos fiscales que vienen en
los anexos al presupuesto van todos orientados al estímulo de las
actividades productivas y otros tienen un amplio contenido social como
gastos por enfermedad, gastos por la adquisición de vivienda, etcétera, o
incentivos a la inversión. Por tanto, le manifestamos que tampoco vamos a
aceptar esa enmienda.

Las enmiendas números 494, 495, 496 y 497 --aunque esta última a mí no se
me acaba de aclarar-- pretenden que en los artículos correspondientes
figuren estos detalles. Creo que si vienen en la parte correspondiente de
los anexos que acompañan al presupuesto, es más que suficiente. De todas
maneras, las estudiaremos, para ver si es posible esta innovación en la
presentación de los presupuestos y que en los artículos correspondientes
figuren estos detalles.

Asimismo, pretende que haya un mayor detalle al especificar cada uno de
los grupos de empresas del Estado, tanto de Teneo como de otras empresas.

Ya me he referido, al hablar de las empresas en las que el Estado en un
porcentaje superior al 20 por ciento, a que esto no es posible. Sobre
Teneo, me imagino que en los documentos y en los anexos del presupuesto
vendrá, pero, de todas maneras, no puedo garantizarle que venga la
información sobre Teneo. Estudiaremos esta enmienda, para ver si en el
debate en el Pleno podemos aceptarla y, por tanto, que figure en la ley
de presupuestos ese conjunto de empresas.

Igualmente, tengo que decirle que la enmienda número 505, que es una
enmienda con cierta lógica, que se refiere a que cualquier modificación
de presupuesto no solamente exprese la incidencia en la consecución de
los objetivos con esa modificación, sino los efectos que supone esta
minoración de gasto de las partidas de las que se detrae, supondría una
ampliación, en todo caso, de la memoria correspondiente. Aunque es una
enmienda bastante lógica, en este momento no la aceptamos, pero lo
estamos estudiando para el Pleno.

No puedo decirle lo mismo respecto a la enmienda número 506, puesto que
pretende que haya dos autorizaciones. En el artículo 8.uno.tercera,
modificaciones autorizadas que afecten al crédito del capítulo 1, gastos
de persona, dice, «deberán ser comunicadas al Ministerio de Economía y
Hacienda y al Ministerio para las Administraciones Públicas para su
conocimiento», y usted pretende que sea también autorización, o sea, una
doble autorización. Yo creo que si ya está autorizado por el Ministerio
de Economía y Hacienda que, a fin de cuentas, es el máximo responsable,
ya que a la hora de determinar el gasto correspondiente existe la
Subdirección General de Costes de Personal, el hecho de la comunicación
al Ministerio para las Administraciones Públicas nos parece más que
suficiente y no someterlo a esa doble autorización que pretende su
enmienda número 506. Por tanto, de momento, la rechazamos porque creemos
que no es necesario ese doble trámite.

Pretende también que los créditos alimenticios tengan la consideración de
créditos vinculantes y ha puesto el ejemplo de asuntos sociales y
hospitales. Sobre esto tengo que decirle lo mismo que le decía al señor
Aguirre con esa pretendida ampliación de créditos vinculantes. ¿Cree
usted que se pueden determinar los créditos vinculantes de los hospitales
del Insalud para productos alimenticios? A mí me parece que no se puede
llegar a ese detalle. Los gastos normales de los hospitales conllevan
múltiples facetas y conceptos, y quizá podría determinarse el control
estricto por medio de intervención y demás, pero establecer que el
Insalud en sus presupuestos establezca como créditos vinculantes los
relativos a productos alimenticios nos parece que podría hacer peligrar
la salud de algunos enfermos que requieren un tratamiento especial
alimentario, señor Ríos. (El señor Ríos Martínez: Será al revés.) Yo creo
que se ha pasado usted.

Sobre las supresiones que pretende el artículo 10, dos y cuatro, ya se lo
contesté antes, son normas previstas en la Ley General Presupuestaria,
artículo 71.1 b) y c). Por tanto, no creemos por una parte que esto tenga
una incidencia presupuestaria importante, y, por otra, esa posible
generación de crédito es una autorización que en su momento consideraron
oportuna por determinados conceptos y, por tanto, no aceptamos esas
enmiendas que uste propone.

Por lo que se refiere a la enmienda 512 sobre la limitación, tengo que
decirle que su posición global es un poco contradictoria ya que, por un
lado, pretende un incremento de gastos de 750.000 millones, como
consecuencia del incremento de la recaudación fiscal y, por otro lado,
200.000 millones de la disminución de los gastos fiscales. Luego, a lo
largo de otras sesiones, veremos que habrán presentado ustedes enmiendas
--no he tenido tiempo de verlas todas-- que suponen incremento de gastos
en orden a esa cuantía, pero, por otro lado, presentan también una
disminución de la limitación que el Gobierno se autoimpone del 3 por
ciento en los créditos extraordinarios, estableciéndola en el 2 por
ciento. Yo creo que el 3 por ciento es una cifra bastante baja y ¡ojalá!
no sea necesario llegar a ella, pero, por si acaso y por las razones que
siempre se contemplan sobre la base de posibles incrementos de gastos no
previstos, se ha establecido esa cifra del 3 por ciento.

En otra serie de artículos se refieren a otras peticiones de normas en
cuanto a la liquidación trimestral de los presupuestos desagregados. Yo
creo que se está en una línea de mejora de la presupuestación y de mejora
de la rendición de los presupuestos. No sé si es posible llegar en este
momento a este grado que usted solicita en su enmienda 513. En todo caso
la estudiaremos para el Pleno, aunque me da la impresión de que en este
momento es imposible llegar a ello. La informatización de las
administraciones no ha llegado a un grado que permita que trimestralmente
se pueda efectuar. Usted sabe que muchos de los datos tienen que ser
remitidos por las correspondientes delegaciones de Hacienda de las 50
provincias españolas. Por tanto, quizá la agilidad en la presentación
para poder determinar los gastos por capítulos, artículos, etcétera, no
lo haga posible en este momento.




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Nada más, señor Presidente. Creo que he contestado en términos generales
a las diferentes enmiendas defendidas por el Grupo de Izquierda y el
Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: Para turno de réplica tiene la palabra el señor
Aguirre, por el Grupo Parlamentario Popular.




El señor AGUIRRE RODRIGUEZ: Gracias, señor Padrón, por la contestación
puntual que ha hecho al contenido de mi primera intervención.

Tengo que decirle que he observado que en su intervención ha venido a
decir algo así como que no se puede llevar el control a los límites que
requiere el Grupo Popular. Yo creo, señor Padrón, que lo que no se puede
es llegar al descontrol que han llevado ustedes a los Presupuestos
Generales del Estado. De muestra un botón: en el año 1993 donde tenían
previsto 1,4 billones de déficit, alcanzaron 3,7 billones de déficit; es
decir, hubo una desviación de 2,3 billones. Si a eso le llama usted
austeridad o control, representa, ni más ni menos, que el 162 por ciento
de desviación. En 1992 esa desviación fue del 94 por ciento y en 1991 fue
del 224 por ciento. Estas son cifras de liquidación de la Intervención
General y, por tanto, no voy a entrar en la discusión.

Sí voy a entrar en la discusión de que hemos tomado nota de que del
conjunto de enmiendas que ha presentado el Grupo Popular ustedes
descartan todas las que hemos presentado a este Título I y nos anuncian
el posible estudio de la enmienda número 887, relativa al tratamiento del
presupuesto del Banco de España, dentro de la estructura de los
Presupuestos Generales del Estado. Pues bien, si vuelven a rechazar todas
nuestras enmiendas a este Título I, que aspiran, la mayoría de ellas, a
reforzar los controles y establecer mayores rigores, volveremos a estar
ante la permisividad y la falta de credibilidad, que en definitiva es en
lo que se traduce su política presupuestaria, de la ejecución
presupuestaria.

Decía usted en un momento de su intervención que había muchos argumentos
de totalidad en mi pequeña intervención. Lógicamente, señor Padrón, ¿cómo
no va a haber argumentos de totalidad si, como usted bien sabe, estamos
ante un título en el que, en sus primeros artículos, se viene a proponer
la distribución del gasto en su totalidad del presupuesto? Por tanto,
tendremos que dar argumentos de totalidad y tendremos que reiterar, como
no podría ser menos, los argumentos que nos han llevado a presentar la
enmienda de totalidad.

Ha manifestado usted quejas sobre el procedimiento del debate. Me da la
impresión de que con esas quejas sobre el procedimiento del debate lo que
pone de manifiesto es que probablemente no estemos ante la tramitación
más acertada de los presupuestos, que probablemente esté siendo necesaria
una revisión de la misma en el Reglamento de la Cámara, pero, hoy por
hoy, es la que es, y tenemos que atender la tramitación en las fases que
tiene.

Cuando nos critica usted, y he visto que le ha dedicado más tiempo dentro
de su intervención, sobre la reducción del gasto y prácticamente viene a
pedirnos un documento, yo le requiero, en relación con la reducción del
gasto, a que esté usted atento a la evolución del debate en Comisión y en
el Pleno y, si me apura, a que presente usted cierta atención a las
intervenciones de mi compañero Manuel Núñez, que le va a desglosar
clarísimamente en qué partidas y a qué créditos hay que destinar esa
reducción. Por tanto, si usted presta atención, no le hará falta tal
documento, sino que, simplemente, con que tome nota, durante la
intervención que tendrá mi compañero Manuel Núñez, de en dónde se va a
producir esa reducción del gasto, puede despejar esa duda. En cualquier
caso, me parece que ya es bastante conocido y, por el momento, no hemos
visto que ustedes se hayan aplicado la canción o por lo menos la
recomendación que tienen estas enmiendas.

Para rechazar las enmiendas al artículo 11 me dice que son muy
reiterativas. ¡Pues claro que tienen que ser reiterativas! A la fuerza
tienen que ser reiterativas. ¿Es que usted no se ha leído los informes
del Tribunal de Cuentas en relación con este artículo? ¿Es que, acaso, no
conoce el contenido de la última Cuenta General del Estado, la del año
1991, informada por el Tribunal de Cuentas? ¿Qué viene a decir el
Tribunal de Cuentas en esos informes? Que la aplicación de este artículo,
antes 10 y hoy 11, es una aplicación que no está sirviendo para los
objetivos para los que en su momento se redactó, que fue una
autodisciplina presupuestaria. Por tanto, tendremos que ser reiterativos,
y este año vamos un poco más allá de esa reiteración: pretendemos que no
se confundan lo que son límites para el capítulo de gastos corrientes con
lo que son límites para el capítulo de gastos de capital, y pretendemos
que los créditos ampliables --que han abierto ustedes ahí dos ventanas
nuevas para un gasto prácticamente sin límite-- no lo sean, porque, señor
Padrón, no compartimos el contenido de su intervención en este aspecto.

Usted nos dice que no se puede conocer la deuda del Insalud del año 1993,
pero nosotros creemos que lo mínimo que puede aspirar un Gobierno
riguroso es a conocer cuánto es el crédito o los gastos del Insalud de
1993, e igualmente de 1994. Nos ha parecido intuir una velada acusación
al comportamiento de las comunidades autónomas en torno a su
participación en los ingresos del Estado. No sé si es así. Nos gustaría
que nos precisara un poco más cuál es el grado de incumplimiento por
parte de las comunidades autónomas. En cualquier caso, si se está
refiriendo el crédito ampliable en ejercicios anteriores, yo desde luego
en cualquier administración sobre ejercicios anteriores conozco cuáles
son los gastos. No me cabe en la cabeza que sobre ejercicios anteriores
no se sepa cuál es esa participación en los ingresos del Estado, y, si lo
que quiero es ser transparente, ¿por qué no nos dice el Gobierno en ese
artículo a qué ejercicios anteriores se refiere? ¿Es genérico? ¿Todos los
ejercicios anteriores? Es que lo dice en plural: ejercicios anteriores.

Díganos a qué ejercicio se está refiriendo.

Tendría que terminar diciendo, que, lo siento, señor Padrón, pero esta
misma mañana una compañera de su Grupo Parlamentario en una entrevista en
medios de comunicación ya nos anuncia que el presupuesto de 1994 va a
tener una desviación y reconoce la existencia de una mayor recaudación.

Si se produce una mayor recaudación y se produce



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una desviación en los objetivos de déficit, usted me dirá a qué es
debido. No puede ser a otra cosa que a que se haya producido una
desviación, por el lado de los gastos, superior a la desviación que
reconoce en una mayor recaudación.

Señor Padrón, parece que últimamente utilizan mucho la palabra
inquisición o inquisidor. Lo único que se pretende con estas enmiendas
cuyo rechazo usted ya nos han anunciado es darle mayor rigor a la
ejecución presupuestaria y, en definitiva, intentar introducir en la
ejecución presupuestaria y en la distribución de gastos un mayor nivel de
credibilidad de la presupuestación de la política española, ya que en
este momento, si nos atenemos al comportamiento de los mercados
internacionales y al comportamiento de los diferenciales de los tipos de
interés con Alemania, estamos gozando de una muy baja confianza en
nuestra política presupuestaria.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, señorías, creo que estamos
discutiendo tanto la distribución de la cuantía como la forma de ejercer
el poder. En un sistema democrático es tan importante cómo se ejerce el
poder como el contenido del poder. ¿Por qué digo esto? Porque muchas de
nuestras enmiendas van encaminadas a forzar transparencia en la gestión.

No estoy pidiendo algo que superaría nuestra distribución competencial en
comparación con algún país occidental. Usted ha hecho referencia a países
de nuestro entorno. En Estados Unidos usted sabe que en la tramitación
presupuestaria el Congreso tiene mucho peso. Tanto es así que muchas de
las actuaciones tiene que aprobarlas una a una. Yo no pido tanto, pero sí
pido facilidad para seguir la gestión del Gobierno. Ustedes tendrían que
ser los más interesados en que el que gobierna lo haga tan bien y tan
riguroso que ponga todos los requisitos para que sea seguida su gestión.

Esa es la mayor seguridad para que el ejercicio del poder sea totalmente
transparente a la hora de comprometer los ingresos y los gastos.

Usted me ha dicho que la propuesta que hemos hecho de lucha contra el
fraude fiscal es voluntarista. Mire usted, quien menos puede hablar de
voluntarismo es quien ha estado gobernando hasta ahora. La mayor
manifestación de voluntarismo en los presupuestos de 1993-94 la ha tenido
este Gobierno, tanto en los gastos como en los ingresos. Si le digo que
ha habido más ingresos en IRPF y en IVA ¿por qué se ha provocado? ¿Por
una mayor gestión? ¿Por una lucha contra el fraude? Mayor de la que
anunciaron. Porque, sin proyectar un objetivo, de hecho se ha decantado
una gestión. ¿Qué es lo que pretende este Diputado? Que en lugar de
apuntarse ustedes tantos al final de la liquidación del presupuesto,
marquen objetivos ahora que puedan medirlos después también. Esa es la
propuesta de la lucha contra el fraude.

Decía el Ministro en su intervención en Pleno o en Comisión --no recuerdo
bien-- que sólo las actas que ha levantado la Inspección de Hacienda son
450.000 millones de pesetas en los tres o cuatro impuestos. ¿Por qué no
derivar eso a más ingresos? ¿Por qué esperar al final del ejercicio para
decir: Hemos sido tan buenos recaudadores que hemos recaudado casi medio
billón de pesetas más: Póngaselo como objetivo, porque si no parece que
son ustedes unos artistas, y no han previsto recaudar medio billón de
pesetas. Parece que es un quítate que aquí te espero. Es una cifra
bastante importante. Por eso he propuesto en la enmienda un objetivo
concreto para medir si lo cumplen o no.

Ha dicho después que hacemos propuestas excesivamente altas y que parecía
que era contradictoria nuestra propuesta de mayores ingresos --proponemos
aproximadamente un billón de pesetas de más ingresos, no de más ingresos
sino más directamente por la lucha contra el fraude-- y los 200.000
millones de pesetas de ingresos de más por no tener gasto fiscal. No se
preocupe que hay muchas enmiendas para gastar, se lo puedo asegurar. Le
he referido, por ejemplo, un fondo de nivelación de servicios para las
comunidades autónomas de 121.000 millones de pesetas; una propuesta de
fondo para municipios de menos de 20.000 habitantes de treintaitantos mil
millones de pesetas. Hay donde gastar. Tanto es así que hemos tenido que
hacer enmiendas a la Sección 31, gastos de diversos Ministerios, porque
nos han faltado ingresos para poder gastar. Sí está previsto por parte de
quien enmienda dónde vamos a gastar los mayores ingresos. No se preocupe,
las enmiendas de aumento de ingresos son un beneficio para el Gobierno,
que los podrá distribuir después en función de sus políticas, utilizando
menos el crédito extraordinario, el endeudamiento o aplicando mayores
políticas de gasto a nivel activo.

Las enmiendas dirigidas a una mayor precisión es verdad que están
recogidas en los anexos que ha presentado el Gobierno. Lo hemos sacado
del resumen de los presupuestos. Pero yo haría hincapié en el gasto y el
ingreso consolidados, al margen de que los distintos organismos autónomos
y los distintos organismos comerciales están recogidos también en el
anexo, pero no es así en el gasto consolidado. Sería bueno que en el
mismo artículo donde aparece el gasto consolidado viéramos el ingreso
consolidado. Le reitero que se pudiera incorporar esta cuestión, al igual
que la especificación de las empresas. Es cierto que una empresa
totalmente metida en la circulación privada, en el Derecho mercantil, no
tiene por qué reflejarse en los presupuestos porque no forma parte del
presupuesto del Estado, pero sí la participación del Estado, el 20 por
ciento con el que el Estado participa. En todo caso, tendrá que reconocer
que, ahora mismo, entre lo más que yo pueda exigir y lo menos que se hace
hay un término medio. Me gustaría que a las razones que le he propuesto
me diera otras para caminar hacia un punto de confluencia.

La autorización del crédito extraordinario no está en contradicción con
el aumento de gasto que hemos propuesto. Nosotros proponemos gastar más
en políticas activas y en inversión, porque ustedes tienen contenida la
inversión y tienen contenidas las políticas activas que generan riqueza o
que hacen frente a políticas industriales activas. Pero el tres por
ciento de posibilidad de crédito extraordinario les obliga a ser
escrupulosos en la valoración del



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gasto, a que lo accidental sea muy pequeño. Usted me dice que en los
países de nuestro entorno hay muchas más posibilidades de crédito
extraordinario que ese tres por ciento. Si me habla de porcentaje, éste
depende del monto. Yo le he hecho hincapié en los 30 billones, con b de
bueno, que son 900.000 millones de pesetas de imprevisión, de autorizar
al Gobierno para que conceda créditos extraordinarios. A mí me parece
excesivo. Es mucha imprevisión del Gobierno. Yo pediría --y más cuando
han anunciado austeridad y rigor presupuestario-- que se amarraran más
los machos y he propuesto un dos por ciento, es decir, hasta 600.000
millones de pesetas. El Inem es un gasto corriente que creo que este año
ha tenido 200.000 millones de pesetas, no 900.000.

El texto refundido de la Ley General Presupuestaria es un paraguas que
ustedes pueden utilizar ahora o cuando quieran; experiencias, haberlas
haylas. Ustedes han estado planteando en todas las leyes de presupuestos
modificaciones del texto refundido de la Ley General Presupuestaria,
inclusive este año, pero en la ley de acompañamiento. Es más, han
derivado ustedes articulado de esta ley a la ley de acompañamiento que,
bajo mi punto de vista, es una vulneración de la decisión del Tribunal
Constitucional, porque ustedes lo hacen por trámite de urgencia, no por
trámite ordinario, y a la vez que los presupuestos. Ustedes se amañan las
leyes a su presupuestación, cuando debería ser al revés. Su propuesta
presupuestaria debería venir ajustada a la legalidad. En fin, no me vaya
usted a decir que porque he propuesto mayor transparencia estoy
vulnerando la Ley General Presupuestaria. Ustedes no solamente la
bordean, sino que bordean 27 leyes en su propuesta presupuestaria, ley de
acompañamiento, eso sí, texto de la ley que ustedes nos proponen.

Termino, señor Presidente, intentando precisar algunas enmiendas
concretas que no se han entendido de la manera en que nosotros las
proponíamos. Quizá la expresión escrita pueda ser la que haya llevado a
esa confusión. Cuando hablamos en el artículo 8 de la autorización de las
modificaciones del gasto de personal, lo que decimos es que conforme está
redactado el texto del Gobierno dice que las autoriza el Ministerio de
Economía y Hacienda y una vez autorizadas da conocimiento al Ministerio
para las Administraciones Públicas. Y digo yo que en el gasto de personal
algo tendrá que decir el Ministerio para las Administraciones Públicas y
no sólo que se lo comuniquen. Porque le dicen: Oye, que te acabo de
quitar 100 millones de pesetas que tenías previstos para gastos de
personal; si algunos no comen este mes lo buscamos por otro lado. Digo yo
que tendrá que buscarse un cauce. Yo propongo que sea no para su
conocimiento sino para su autorización. Bien, pues se podría poner que se
diera su visto bueno previo, se podía poner otra cosa. A mí me hubiera
gustado que usted hubiera precisado nuestra propuesta corrigiendo el
error y no diciendo: Doble autorización, que no es el objetivo de nuestra
propuesta. Nosotros proponemos que el Ministro para las Administraciones
Públicas tenga algo que decir y no sólo conocer la decisión que toma el
otro de su propia actuación.

En cuanto a los productos alimenticios, hay que ver qué lectura hace
usted de la propuesta de que sea un crédito vinculante. Crédito
vinculante no quiere decir que me vaya a dejar sin comer a los pobrecitos
de los hospitales. ¡Es que usted ha hecho una lectura...! Al revés, lo
que no quiero es que les quiten las perras para gastárselo en otro sitio
y los dejen ustedes sin comer. Al proponer como crédito vinculante del
Ministerio de Defensa ¿es que ustedes tienen miedo de dejar sin comer a
los zagales que están en cuarteles? Porque el dinero es para los
productos alimenticios de los que están en los cuarteles. ¿Verdad que no
es para esto? No, no. Ustedes lo establecen para el Ministerio de Defensa
para garantizar que esa previsión presupuestaria se va a gastar en eso,
para que no falte ese dinero para eso. Lo que yo estoy proponiendo es lo
mismo, pero para todos los productos alimenticios que tenga la
Administración. Yo he propuesto uno solo y me ha dicho que he propuesto
igual que el Partido Popular, pero el Partido Popular ha propuesto
muchísimos más que yo. He sido prudente. Le he dicho que sería bueno que
ampliáramos los créditos vinculantes. La vinculación debiera ser de todo
el presupuesto, la modificación la menor. He propuesto una cosa tan
justificada para el Ministerio de Defensa como para el Ministerio de
Sanidad como para el de Asuntos Sociales. ¿Por qué los zagales de los
cuarteles sí y los ancianos de los hogares de la tercera edad no? Yo digo
que la vinculación es que si usted ha previsto ese dinero se lo gaste en
eso. Esa es la vinculación, no que usted a mediados de año retire el
dinero y lo gaste en otra cosa. Esta era mi propuesta de incrementar los
créditos vinculantes.

Termino, señor Presidente, porque creo que a lo largo de la tramitación
se podrán cifrar mejor o peor otras aportaciones, pero insisto en la
voluntad de estas enmiendas que ha llamado reiterativas o reiteradas. No
crea usted que la presupuestación hoy viene, como usted decía, en un
anexo. En el anexo de inversiones, que le puedo asegurar que me lo he
leído de pe a pa (tanto el anexo de inversiones del subsector Estado como
de los organismos autónomos comerciales y de los organismos autónomos
administrativos, y he sacado las de las provincias que me han interesado
más), lo que sí es cierto es que no tenemos, como en otros años, la
territorialización. En la liquidación del presupuesto se dice que no se
tienen bastantes ordenadores. ¡Hombre! Decir eso en la época de la
cibernética y la robótica... Yo les puedo asegurar que en las
comparecencias previas a la presentación de los presupuestos hubo
subsecretarios que nos entregaron la liquidación del presupuesto al mismo
nivel de desagregación que tenía la previsión presupuestaria. Por
ejemplo, el Ministerio de Economía y Hacienda nos presentó una
liquidación presupuestaria al mes de agosto al mismo nivel de
desagregación. ¿Es que acaso este Ministerio tiene un ordenador distinto
del de otro ministerio? Pues que le enseñe y le explique al otro ministro
qué ordenador tiene. ¿O no será que el otro no ha querido dar estos
datos? Pues no lo sé. Entienda usted que lo que yo le pido es que lo que
ha hecho, porque ha querido y le ha venido bien, el Subsecretario del
Ministerio de Hacienda lo hagan todos y no porque le venga bien y lo
quiera él, sino porque le obliga la ley de presupuestos, y así nos



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enteramos todos, lo conocemos todos y vemos cómo van gestionando, para
que sea una gestión transparente en su evolución.

Yo creo que cuanto más ganemos en transparencia, en previsión y en
austeridad, cuanto más ganemos en todo eso, el que gobierne, sea quien
sea, estará más seguro. De ahí que la técnica en Occidente haya sido que
las comisiones de presupuestos han estado siempre en manos de la
oposición. A mí me gustaría que ustedes aceptaran que la transparencia
presupuestaria se puede asegurar no solamente porque presida la Comisión
de Presupuestos del Congreso una persona de la oposición, sino porque
tuviéramos acceso directo a los ordenadores, que son los que mandan hoy.

Porque los papeles son la forma de dar mucha información o de esconder
información. La forma de que la información no llegue puede ser de dos
maneras: no darla o facilitar carretones de papeles. Yo prefiero los
disquetes y así busco lo que me interesa y lo encuentro más fácil y
rápido.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Padrón Delgado.




El señor PADRON DELGADO: Intervengo brevemente porque no ha habido aquí
más que una serie de consideraciones generales.

Cuando he respondido en mi introducción general --por llamarlo de alguna
forma-- a la defensa de las enmiendas del Grupo Popular, sobre el Sistema
de debate y el número de enmienda, lo que yo hacía era la siguiente
consideración: que no parece lógico --no digo que no sea reglamentario--
que si se presenta una enmienda a un título, que comprende varios
capítulos, luego se reiteren por otras enmiendas parciales devoluciones a
los diferentes capítulos y que haya enmiendas referidas a devoluciones de
determinados artículos. Tan es así que incluso se me planteaba, cuando
luego pretenden en una enmienda parcial alguna modificación o añadido a
alguno de los artículos, que cuando se someten a votación lo sean
conjuntamente, y claro, en este caso se somete a votación la enmienda de
totalidad, el capítulo e incluso alguna enmienda parcial que podría ser
considerada, pero al final resulta que se somete todo conjuntamente y eso
parece indicar la voluntad del Grupo Popular de presentar 1.000
enmiendas. Al principio eran 500 u 800, cada año van subiendo, y así este
año se han presentado --como ha dicho-- más de 1.000.

No es que yo quiera dar lecciones de cómo hay que hacer la oposición.

Este Diputado en concreto estuvo en la oposición y recuerdo presentar 60
enmiendas a los presupuestos del Estado de la UCD y no creo que eso
significase que la Administración entonces presupuestase mejor o que
hubiera una mayor contención del gasto, puesto que lo que no venía en la
ley de presupuestos del Estado a lo largo del año lo estábamos aprobando
mediante créditos extraordinarios, y muchos de ellos después de cuatro,
cinco o seis años de haberse realizado el gasto. Pero entiendo yo que el
Grupo Socialista hacía una oposición más coherente a la hora de discutir
el presupuesto y no rechazaba todos y cada uno de los artículos, como
hacen ustedes, y presentando además, en cada uno de los títulos, una
enmienda de totalidad. Voy a estar atento, en la medida de lo posible, a
la defensa que van a hacer de otras enmiendas a otros títulos. Y por
supuesto que conozco las intervenciones del señor Núñez, porque he oído
muchas interpelaciones en ese sentido. Los argumentos del señor Núñez,
expuestos con mucha pasión --tengo que reconocerlo--, han sido
respondidos también con una lógica aplastante y con una racionalidad que
no ha dado lugar a contradicciones o a que haya algo que esconder por
parte del Gobierno o del Ministro que ha respondido a esas
interpelaciones referidas a los gastos de los altos cargos y el gran
número de cargos que podrían suprimirse.

Claro que he leído los informes del Tribunal de Cuentas sobre el gasto
público, y el Tribunal de Cuentas, en las consideraciones que ha hecho
--y es un tema reiterativo también--, se refiere al criterio de devengo
en vez de al criterio de caja que viene aplicando la Administración a la
hora de determinar el déficit presupuestario principalmente. Esas son las
graves diferencias. En unos presupuestos del orden de 15, 20 ó 25
billones, como los de los últimos años, es lógico y normal también, como
en cualquier auditoría que se haga a un montante de ese gasto, que el
Tribunal de Cuentas considere que hay algunas normas que no han sido
cumplidas o que ha habido exceso de gastos de algunas partidas, pero en
términos generales no hay consideraciones para decir que hay ocultación,
que hay falta de transparencia en el gasto público. Por otra parte, el
propio responsable de Izquierda Unida lo ha reconocido y los que han
venido a explicar el gasto que se ha venido realizando en el año 1994 han
sido bastante explícitos y han dado cumplida información. Otra cosa es
que se pase por escrito. Estaremos al tanto, señor Ríos, y no descartamos
estudiar la propuesta que usted hace relativa a que la liquidación
trimestral venga desagregada y ver la posibilidad de aceptar esa enmienda
Respecto al punto del artículo 8 relativo a los créditos ampliables del
Insalud, yo no he pretendido echarle la culpa a ninguna comunidad
autónoma en relación al gasto del Insalud, pero de los presupuestos del
Insalud y del gasto correspondiente de las comunidades autónomas se hace
la liquidación una vez finalizado el ejercicio y muchos de los gastos que
las comunidades autónomas pretenden incluir para su correspondiente
financiación por el Estado conlleva discusiones, conlleva negociaciones,
porque cada parte lucha por una interpretación adecuada y no se llega a
acuerdos. Lo que dice el artículo se refiere a los presupuestos de los
años 1993 y 1994 y no hay otro gasto referido a la participación de las
comunidades autónomas en los ingresos del Estado.

Ya me imaginaba que con 950.000 millones Izquierda Unida tiene enmiendas
para efectuar el gasto, con lo cual contrapongo su posición a la del
Grupo Popular que dice que el gasto público es excesivo.

Respecto a la lucha contra el fraude, es posible que de octubre a
noviembre haya habido datos que modifiquen estas cifras que tenemos, pero
las previsiones son las que he dado: 13 billones 216.000 millones de
presupuesto y precisión de recaudación, 13 billones 201.000 millones.

Para



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el año 1995, a pesar de que se deflacta la tarifa, de que hay nuevo gasto
fiscal consecuencia de normas que se contemplan en la ley de
acompañamiento y en la ley de presupuestos, hay un incremento de la
recaudación prevista del orden de 950.000 millones será por una mejora en
la gestión. No creo que se diga en un artículo del proyecto que hay que
incrementar la lucha contra el fraude y que va a suponer 950.000 millones
se consiga. Es una voluntad política. Y no se la he querido atribuir sólo
al Gobierno, he incluido a todos los grupos parlamentarios porque creo
que debemos estar todos porque se cumpla la ley y, por tanto, porque no
haya fraude fiscal. Pero ya en el presupuesto para 1995 vienen
incrementados los ingresos del orden de 950.000 millones, que es la cifra
que usted está barajando. Entiendo que lo que pretende es que aparte de
los 950.000 millones haya 750.000 millones más. Me parece muy es excesivo
conseguir un incremento de ingresos de 950.000 millones, que es el que
viene en el proyecto de ley, y otros 750.000 más por medio de la lucha
contra el fraude, como usted propone en su enmienda.

Respecto a otras enmiendas de Izquierda Unida referidas al Ministerio
para las Administraciones Públicas, las estamos estudiando, pero en todo
caso no tienen por qué pensar que la modificación es para disminuir el
gasto de personal, ya que a lo largo de todo el ejercicio venimos
recibiendo modificaciones presupuestarias y créditos extraordinarios de
organismos autónomos referidos a gastos de personal, señor Ríos. Es al
revés, es que las modificaciones presupuestarias en gastos de personal
son siempre al alza. No digo que sea malo, porque tendrán razón cuando se
pagan esas diferencias, pero no es para disminuir gastos de personal. Por
tanto, no tiene que temer que en la autorización que hace el Ministerio
de Economía y Hacienda tenga que opinar también el Ministerio para las
Administraciones Públicas, que en este caso entiendo que usted interpreta
que sería el defensor de esa no posible disminución de gastos de
personal, puesto que efectivamente no es así, sino todo lo contrario.

Señor Presidente, en otros temas referidos a mayor información, control,
etcétera, es posible que aceptemos algunas de las enmiendas según el
texto planteado inicialmente o a través de enmiendas transaccionales. En
todo caso, no tenemos inconveniente en apoyar todas las medidas siempre
que sean coherentes para que las Cámaras tengan un mayor conocimiento del
gasto presupuestado y de las modificaciones a que hubiera lugar a lo
largo del ejercicio.




El señor PRESIDENTE: Con la intervención del señor Padrón terminan las
correspondientes al título I. Su intervención me ha hecho recordar un
tema que he de plantear a sus señorías. Me refiero a que los grupos están
en su derecho de solicitar, en el momento de someter a votación las
enmiendas, que sus propias enmiendas se segreguen en los términos que
planteen no sólo en relación con sus enmiendas, sino en relación con las
enmiendas del resto de los grupos.

Al título II han presentado enmiendas del Grupo Parlamentario Popular, el
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida y el Grupo Parlamentario Mixto.

En nombre del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Aguirre.




El señor AGUIRRE RODRIGUEZ: El Grupo Popular ha presentado al título II,
que se compone de cinco artículos, del 13 al 17, exactamente once
enmiendas que vamos a dar por defendidas en sus términos, desde la 905 a
la 915, sin perjuicio de que por tratarse de enmiendas que no tienen un
común denominador en su tema y de artículos que no son homogéneos entre
sí --los artículos 13 y 14 referidos a los módulos para los centros
concertados escolares y los costes de personal de las universidades del
Estado; el artículo 15, de las competencias para las transferencias del
Insalud; el 16, de la gestión de las subvenciones a las comunidades
autónomas, y el 17, de la Agencia Estatal Tributaria-- los diferentes
portavoces en materia de sanidad, de educación, de hacienda locales y
comunidades autónomas y en materia de sistema tributario defiendan cada
una de esas enmiendas en su momento y en su sección. Por ello le
agradecería, señor Presidente, que considerara defendidas estas once
enmiendas en sus términos y se mantuvieran para su votación en este
trámite.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Izquierda Unida tiene la palabra el
señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya ha
presentado a este título II cuatro enmiendas al capítulo I, todo lo que
hace referencia a la gestión de los presupuestos docentes,
fundamentalmente al artículo 13, el módulo económico para distribuir los
fondos públicos para que se puedan mantener los centros concertados, y la
enmienda 521 al artículo 17 que en este capítulo III se refiere a la
Agencia Estatal Tributaria.

Las enmiendas al artículo 13 tienen el siguiente objetivo. La enmienda
517, aunque es de sustitución, pretende una supresión. Cuando habla de
las retribuciones del personal docente, fijadas en el Anexo VII de esta
ley, y del convenio que se firme en la enseñanza privada, pretendemos
suprimir «... aplicables a cada nivel educativo en los centros
concertados...» También pretendemos suprimir, cuando se habla de que la
Administración puede aceptar pagos a cuenta previa solicitud expresa de
las organizaciones patronales, la expresión «consulta con las
sindicales». No es consulta, es a petición de las organizaciones
patronales y sindicales. Esta sería nuestra propuesta: que no solamente
las organizaciones patronales sino también las sindicales puedan
solicitar el pago mensual, con el objeto de garantizar los convenios o
que llegue al personal de estos centros esa previsión de gasto o
subvención del propio Estado.

La enmienda 518 es al apartado dos de este artículo 13 cuando habla de la
financiación complementaria que debe unirse a los fondos públicos que
lleguen a estos centros. En la formación profesional de segundo grado y
en los centros homologados de bachillerato unificado, todo lo que viene
de las antiguas filiales de bachiller, proponemos reducir las 2.000
pesetas que puede pagar cada alumno durante diez meses a 1.500 pesetas.

Creemos que así facilitamos que estos



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centros puedan ser utilizados por todos los ciudadanos, con independencia
de su capacidad adquisitiva.

La enmienda 519 va dirigida a la fijación de los profesores de apoyo, que
van a ser contratados según esta ley, que debieran establecerse en
función de los acuerdos suscritos por el Ministerio de Educación, las
organizaciones patronales y, en su caso, por los sindicatos. Nosotros
creemos que a los sindicatos también habrá que implicarles. Por tanto,
proponemos suprimir la expresión «en su caso» para que se llegue a un
acuerdo entre las tres partes: Administración del Estado, organizaciones
patronales y los propios sindicatos, con lo cual incrementamos la
participación sindical en esta decisión.

La enmienda 520 va dirigida a que el Ministerio de Educación y Ciencia
reconozca que los centros de 8 a 15 unidades tendrán un profesor de
apoyo, en vez de 9 a 15 unidades, puesto que la base de cualquier centro
son 8 unidades, con lo cual en los centros que ahora mismo están al
servicio de la Administración se garantizaría un profesor de apoyo en más
centros de los que se proponen en el texto del Gobierno.

Por último, la enmienda 521 propone añadir un nuevo apartado en el
artículo 17, referente a la Agencia Estatal Tributaria. Es reiterativa de
lo que hemos planteado antes sobre la lucha contra el fraude fiscal. Lo
que venimos a proponer es que al plantearse como un objetivo de la
Agencia Tributaria hacer frente al fraude fiscal, se adopten medidas
organizativas con especialización en el Cuerpo de Inspección respecto a
paraísos fiscales en actividad empresarial y rendimientos de capital, las
actividades profesionales, la no declaración de beneficios y la
defraudación del IVA. Fundamentalmente son los cuatro grandes bloques en
que el estudio del Ministerio ha encontrado que se produce lo que venía a
anunciarse como fraude cifrado en nuestro país en torno al 5 por ciento
de nuestro producto interior bruto. Se hablaba de más de 3 billones de
pesetas. Es verdad que esto nunca se sabe. Si es fraude es fraude, y es
oculto. No podemos saberlo a ciencia cierta, pero en estos cuatro grandes
bloques podría actuarse desde la Agencia. Es verdad que hay una moción
aprobada por el Pleno de la Cámara que hace referencia a cómo luchar
contra el fraude fiscal, es verdad que el Ministerio está trabajando en
ello, pero nuestra idea era hacer referencia a este objetivo con esta
enmienda.




El señor PRESIDENTE: La enmienda del señor Albistur, del Grupo Mixto,
está firmada conjuntamente con el Grupo Parlamentario Vasco (PNV). Para
defender sus enmiendas tiene la palabra el señor Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Las enmiendas del Grupo Vasco al
título II del proyecto de ley comienzan con la número 280, de adición,
con la que se pretende añadir un párrafo sexto al apartado uno del
artículo 13. Cuando se habla del pago de las ayudas a los centros
concertados por el concepto de «Otros gastos», nosotros entendemos que se
debe fijar que los pagos se realizarán mensualmente. Con ello pretendemos
otorgar una liquidez elemental que permita afrontar con un mínimo de
agilidad las diferentes obligaciones económicas que tienen los centros
educativos.

La enmienda 281 pretende modificar puntualmente el artículo 13 en lo que
se refiere al apartado uno, párrafo sexto, haciendo referencia a que las
ayudas se justificarán, en vez de al finalizar cada curso escolar, al
finalizar cada ejercicio económico, porque en muchos centros el ejercicio
económico no coincide con el curso escolar. En consecuencia, lo más
conveniente es adecuar la justificación al ejercicio económico real del
centro y no al curso escolar.

La enmienda 282, también relativa al artículo 13, es una enmienda de
supresión. Nuestro Grupo Parlamentario plantea que desde la entrada en
vigor del régimen de conciertos no se ha llevado a la práctica la
diversificación del concepto «otros gastos», a pesar de que su previsión
se ha registrado en todas las leyes de presupuestos desde 1986.

Consideramos que la diversificación traería consigo la disminución del
importe percibido por algunos centros, indispensable para incrementarlo
en otros.

La enmienda 283 la doy por reproducida en sus mismos términos.

La enmienda 284 es de adición y lo que se pretende es una mayor
concreción en cuanto al artículo 13, apartado 1, párrafo sexto. Nos
parece que queda adecuadamente expresado en la justificación que se
contiene en la enmienda.

Por las enmiendas 285 y 286 nuestro Grupo Parlamentario pretende que se
hable de currículo. En los niveles educativos de la Ley de Ordenación
General del Sistema Educativo se habla ya de currículo, en vez de de plan
de estudios y es un término más vinculado a la normativa general del plan
de estudios de la ley de educación de 1970.

En cuanto al apartado 4, nosotros, en vez de la expresión que ahí se
contiene de que «el Ministerio de Educación y Ciencia podrá autorizar»,
vemos más oportuno que se diga que «el Ministerio autorizará la
contratación de profesores de apoyo, siempre que concurran los
presupuestos establecidos, tanto en la ley como en el acuerdo que existe
en esta materia». Por tanto, repito, nos parece más oportuno el término
«autorizará» que «podrá autorizar».

En tercer lugar, planteamos la supresión del concepto «profesores de
apoyo» por el concepto de «profesores», puesto que, tras la firma de los
acuerdos con los centros afectados por la no renovación total o parcial
de ciertos conceptos educativos entre las organizaciones empresariales y
el Ministerio de Educación y Ciencia, viene a desaparecer la figura del
profesor de apoyo tal y como se entendía hasta la fecha.

La enmienda 287, también al artículo 13, pretende la adición de un
párrafo cuarto al apartado 4, párrafo relativo a los problemas que se
suscitan con la recolocación de profesorado de la materia. Este apartado
plantea que la recolocación, en todo caso, se realizará en la forma que
ahí se plasma y nuestro Grupo Parlamentario quería que se hiciera una
modificación, con el fin de que en los supuestos previstos en el apartado
4, en que se habla de los profesores de apoyo, se pueda contratar en un
segundo intento a profesores que no hayan sido afectados por planes o
programas de recolocación.




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En este mismo sentido iría la enmienda 288, en la que planteamos que esa
fuerza vinculante de los programas de recolocación no tenga incidencia en
los centros ubicados en Ceuta y Melilla y en las islas Baleares.

Por último, la enmienda 289 pretende, en definitiva, una modificación
puntual del último párrafo del apartado 4 del artículo 13, en lo relativo
a las tablas que en el mismo se señalan y en cuanto a los incrementos del
equipo docente y el pago delegado.

Estas son las enmiendas que nuestro Grupo Parlamentario presenta al
Título II.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Padrón.




El señor PADRON DELGADO: Brevemente, señor Presidente, puesto que el
Grupo Popular no ha defendido sus enmiendas, y en todo lo referente al
tema de la gestión de los presupuestos docentes son idénticas las
enmiendas presentadas por el Grupo Popular y por el Grupo Parlamentario
Vasco. Algunas de ellas las estamos considerando, puesto que,
efectivamente, se refieren a cambios de denominación, como, por ejemplo,
profesores de apoyo por profesores, o que se establezca el curriculum en
lugar de lo que dice el proyecto de ley. Igualmente, en la enmienda 284
no vemos contradicciones y creemos que mejoraría el texto, pero hay
algunas otras, aunque no tenemos todavía posición definitiva al respecto,
que nos parece que nuestra posición inicial sería no aceptarlas, puesto
que ya de por sí suponen un incremento de gastos. El incrementar o
establecer ya para el curso 95/96 una modificación en el ratio de
profesores, que establecen en un 1,2 con el actual sistema, una
corrección al alza, supone un incremento de gastos. Al no haberse
establecido esto en los convenios educativos que la Administración fija
con los centros concertados, nos parece que supone fijar ya aquí una
posición, condicionando al alza el gasto, que el Gobierno tendría que
aceptar a la hora de negociar esos convenios.

Hay otra serie de enmiendas del Partido Nacionalista Vasco que no acabo
de entender y que se refieren al segundo párrafo del apartado 3 del
artículo 13. En el proyecto de ley se habla de la posibilidad, de acuerdo
con las entidades titulares de centros concertados y organizaciones
sindicales más representativas, de diversificar el componente de otros
gastos en un máximo de hasta tres grupos, y el Partido Nacionalista Vasco
pretende la supresión de ese párrafo porque dice que esto ya está
contemplado en otros proyectos de ley y que no se ha llevado a cabo. El
argumento no refuerza el contenido de la enmienda; en todo caso, tendría
que exigir que esto que se ha venido estableciendo en otras leyes
anteriores se cumpla. No sé si es por culpa de la Administración, por
culpa de los sindicatos o por culpa de las organizaciones de los
titulares de los centros docentes a la hora de determinar esa
diversificación del componente de otros gastos.

Por otra parte, me gustaría que me aclarase la justificación que hacen de
la enmienda 280, para entender las cosas claramente. La enmienda plantea
que la cuantía correspondiente de otros gastos se abonará mensualmente en
los centros concertados, y la justificación dice que el Ministerio de
Educación y Ciencia cumple esta norma, no así el resto de las
administraciones educativas. Entiendo que se referirán a las comunidades
autónomas que tienen transferida esta competencia y que reciben la
correspondiente consignación de participación en los ingresos del Estado;
por tanto, a quienes tendrían que planteárselo sería a las diferentes
comunidades autónomas que incumplen este precepto, puesto que, aparte del
Ministerio de Educación, que ustedes reconocen que lo cumple y lo paga
mensualmente, no así otras administraciones educativas, las únicas
administraciones educativas son las consejerías de Educación de las
correspondientes comunidades autónomas. Me da la impresión que esta
enmienda se la ha pasado alguna organización que agrupa a los centros de
enseñanza y que, sin una profundización de la misma, se ha presentado,
puesto que no tiene sentido que se requiera que la Administración cumpla
una cosa que ustedes ya reconocen que se viene cumpliendo.

Con respecto al pago en vez de por curso escolar por ejercicio económico,
yo creo que esto no corresponde, puesto que las previsiones del
presupuesto bien es verdad que se corresponden con dos diferentes
ejercicios económicos, y entiendo que los centros privados, estos centros
concertados, en su contabilidad y en su previsión de gastos tienen que
ajustarse a lo establecido en la Ley de Presupuestos, que, en definitiva,
es quien concede estas subvenciones, y el hecho de que cierren la
contabilidad a fin de un ejercicio en donde han habido dos cursos
escolares o parte de uno que se cierra y otro que se inicia, no es razón
de peso para la modificación que pretende.

Por todas estas razones, vamos a rechazar esas enmiendas, advirtiéndole
que algunas otras las estamos estudiando, puesto que, efectivamente,
tienen una lógica, a las que daremos cumplida respuesta en el Pleno.

Con respecto a las enmiendas de Izquierda Unida, el pago de las
retribuciones al personal de que habla el apartado cuatro, diciendo que
tendrán efectividad según la fecha indicada en el Anexo VII, sin
perjuicio de la fecha en que se firmen los respectivos convenios
colectivos de la enseñanza aplicada a cada nivel educativo en los centros
concertados. Dice: «Pudiendo la Administración aceptar pagos a cuenta,
previa solicitud expresa de las organizaciones patronales» (es que las
organizaciones patronales son las que le pagan al profesorado; reciben el
dinero, reciben la transferencia del Ministerio, pero son las que le
pagan, y, por tanto, lo que establece la ley es que, previa esa
solicitud, se haga la transferencia para que paguen al profesorado) «y
consulta con las organizaciones sindicales». Esto es una cautela adecuada
en la Ley para que las organizaciones sindicales tengan conocimiento de
que se les transfiere esa cantidad para el pago del profesorado.

En caso de aceptar su enmienda, señor Ríos, significaría que una
organización patronal no solicita que se le efectúe la transferencia para
el pago de las retribuciones del personal y sí lo puede hacer la
organización sindical, con lo cual estaríamos en una situación de que se
le transfiere el dinero a las patronales de esta enseñanza sin que lo
hayan solicitado. Por tanto, es una situación, como mínimo,



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de cierta incomodidad. La Ley establece las suficientes cautelas para que
las organizaciones sindicales tengan conocimiento de que la
Administración está cumpliendo y está transfiriendo el dinero para el
pago de las retribuciones del personal.

Hay otras enmiendas referidas a una disminución de la matrícula o de la
tasa que pagan para centros de bachillerato unificado polivalente, que
usted pretende rebajar. La cantidad que se eleva no significa tanto,
porque son 5.000 pesetas más por curso escolar, y aunque usted entienda
que puede afectar a las retribuciones o que puede afectar a determinadas
familias, la cantidad no es tan excesiva, y como consecuencia de que
también los costes escolares en estos centros de bachillerato unificado
polivalente y de formación profesional se han venido incrementando y este
concepto de las 1.500 pesetas que actualmente pagan viene congelado desde
hace varios años, el incremento que se propone es un incremento moderado,
por lo que, aunque siempre supone un mayor desembolso por parte de los
padres de los alumnos, también es justificativa un alza moderada como
ésta.

El párrafo quinto del artículo 13.4 se refiere a los profesores de apoyo
que se contraten. Esta enmienda fue presentada en el proyecto de ley de
Presupuestos para 1994. La contestación que yo le di entonces fue la
siguiente: En todo caso, seguiremos estudiando su propuesta, que pretende
reforzar el papel de los sindicatos a la hora de tener en cuenta la
recolocación de los profesores de apoyo. Y si en ese centro no hay
sindicatos, señor Ríos, a quién se consulta: ¿a las organizaciones
sindicales más representativas? Pudiera darse el caso de que en un centro
determinado no hubiera sindicatos, no estuvieran afiliados a ningún
sindicato y por la norma que usted pretende se tendría que consultar a
los sindicatos a la hora de determinar el programa de recolocación.

De todas maneras, entendemos la lógica de su planteamiento y seguiremos
estudiando el tema. No así con respecto a la baja en el número de
unidades para establecer el cuadro de la tabla número 1, referida a los
profesores de apoyo, que pretende rebajarlo de nueve a quince por la de
ocho a quince, que también supone un incremento de gasto. En todo caso,
la cifra establecida tampoco supone una masificación, ni mucho menos; es
un criterio bastante lógico, por lo que no creo que los centros se vean
afectados a la hora de impartir la enseñanza, al pasar de nueve a ocho.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: La propuesta de Izquierda Unida, al margen de la
respuesta que nos ha dado el portavoz del grupo mayoritario en la
enmienda primera, hace referencia a la solicitud expresa de las
organizaciones patronales y sindicales. Una copulativa significa unir
para que haya el visto bueno o la participación de los sindicatos de ese
centro para pedir esa solicitud. Si es una consulta es que ya se ha
pedido y si se quiere consultar se consulta. Por tanto, el problema no es
conforme lo ha planteado el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista,
sino la otra vertiente que le estoy intentando explicar ahora.

En cuanto al tema del incremento, este año se plantea un incremento de
unas cinco mil pesetas al año en las diez pagas. En un año en que la
situación económica es complicada, preferimos dejarlo tal como está.

Por lo que se refiere a la enmienda 519, cuando hace referencia a que los
sindicatos pueden no tener presencia, estamos hablando de una
distribución que puede afectar no sólo a un centro, sino a un conjunto de
centros de una comunidad autónoma o de una zona determinada. Por tanto,
en un centro determinado puede no haber representación de un determinado
sindicato, pero pueden participar los sindicatos más representativos del
sector, que, además, tienen elecciones para cada junta. Cada junta
provincial tiene un proceso electoral y participan los sindicatos tanto a
nivel de personal público como personal privado. Y el sindicato que tenga
presencia puede participar en la elección en cada centro. Si no está muy
logrado cuando proponemos suprimir «y en su caso», el mismo problema
tendrá la Administración si aplica su texto que conforme lo estamos
proponiendo nosotros.

En donde creo que hay más discrepancia es en el tema de las ocho
unidades. Conforme se aplique la LOGSE, va a haber muchos centros con
ocho unidades. Junto con un curso en cada uno de los niveles de la
enseñanza primaria, va a impartir hasta sexto, más los dos cursos que
puede tener de tres y de cuatro años, a nivel de enseñanza infantil, lo
que va a hacer que algunos centros tengan ocho unidades, que quedarían
sin este profesor de apoyo. Por tanto, el número nueve no es un número al
azar; es seleccionado en función de un inventario de centros. La verdad
es que conforme funcionan los centros, el profesor de apoyo es tan
necesario en un centro de ocho unidades como en un centro de nueve
unidades. Si la LOGSE va a fotografiar o a radiografiar determinados
centros que van a tener esta demanda, sería bueno recoger esa previsión,
según nuestra propuesta.

En cuanto a la última enmienda, la doy por defendida, puesto que él
tampoco ha hecho referencia a la misma.

Nada más.




El señor PRESIDENTE: El señor Gatzagaetxebarría tiene la palabra.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Señor Presidente, intervengo
brevemente para manifestarle al señor Padrón que en relación con la
enmienda 282, donde él hablaba de la diversificación de otros gastos,
evidentemente tiene razón el señor Padrón y, por tanto, nuestro grupo
parlamentario va a retirar esta enmienda. No está debidamente articulada
la justificación, en la medida en que, cuando ya existe una materia
vigente en el ordenamiento jurídico cuyo cumplimiento no se ha plasmado
en el ejercicio de la actuación administrativa, lo que procede,
evidentemente, es reiterar su cumplimiento y no su eliminación.




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En relación con la enmienda 280, lo que nosotros planteamos, señor
Padrón, es que se expresara en el proyecto de ley que los gastos se
abonarían mensualmente. En la práctica venía siendo así, pero sería más
adecuado que se pudiera plasmar expresamente en la Ley. En cuanto la
justificación, evidentemente, usted tiene razón y, señor Presidente...




El señor PRESIDENTE: Señor Gatzagaetxebarría, le ruego se acerque más al
micrófono para facilitar la tarea de los taquígrafos.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Sí, señor Presidente.

Para finalizar, en cuanto a la enmienda 280, quiero señalar que
entendemos más adecuado que se plasme expresamente el término
mensualmente en cuanto al pago de las ayudas. Y en cuanto a la segunda
parte de la justificación, tiene razón el señor Padrón y se lo
reconocemos explícitamente.




El señor PRESIDENTE: Señor Gatzagaetxebarría, no ha quedado muy claro, al
menos para la Mesa, el número de la enmienda que S. S. retira.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Señor Presidente, retiramos la
enmienda número 282. Queríamos conocer, señor Presidente, del Grupo
Socialista qué enmiendas del Grupo Vasco están en disposición de poder
aceptar o poder elaborar una transacción.




El señor PRESIDENTE: El señor Padrón tiene la palabra.




El señor PADRON DELGADO: Muchas gracias al señor Gatzagaetxebarría por
ese reconocimiento en cuanto a la justificación no adecuada. Y respecto a
la otra enmienda, la número 282, que ha retirado, hay otra similar del
Grupo Parlamentario Popular, de todas maneras corresponde al grupo tomar
la determinación. El resto de las enmiendas, las que se refieren a la
consideración del currículum y al cambio de profesores de apoyo por
equipos docentes, eliminar la expresión «apoyo», en donde dice
«profesores», he de manifestar que la estamos estudiando, no digo que la
vayamos a aceptar, la estamos estudiando con bastante interés y daremos
cumplida respuesta en el Pleno. También estamos estudiando la que se
refiere a la modificación del «ratio» para el curso 95-96, aunque esto,
como digo, supone incremento de gastos y habrá que determinarlo, en todo
caso, pero, además, es anticiparse a los posibles convenios que tenga el
Ministerio con los centros concertados.

Respecto a las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida,
tengo que reconocer, señor Presidente, y para que, además conste en el
«Diario de Sesiones», que yo me he equivocado rotundamente; también es
verdad que uno no tiene conocimiento del funcionamiento de los centros
concertados a la hora del pago de las retribuciones del profesorado, y es
verdad lo que ha dicho el señor Ríos: los profesores de los centros
concertados no cobran de las organizaciones patronales o titulares de los
centros, sino que cobran del propio Ministerio, petición que fue hecha en
su momento por los sindicatos y concedida por el Gobierno, puesto que
consideraban más seguro, o por lo menos ellos así lo entendían, cobrar
directamente de la Administración. Por tanto, al argumento o a la
justificación de la enmienda presentada por el señor Ríos le doy toda la
razón, tiene razón para el mantenimiento de esa enmienda y, por tanto, la
vamos a estudiar, puesto que consideramos hasta cierto punto lógico la
posibilidad de que sea un sindicato en ese centro, o un sindicato a nivel
global si defiende los intereses de un colectivo amplio, el que pida los
anticipos a cuenta en el caso de que no se haya llegado al cierre de un
convenio entre el Ministerio y los centros concertados. En ese sentido,
estudiaremos esa enmienda a ver si es posible aceptarla.

Respecto al resto de los temas planteados, referidos al incremento de la
cantidad a pagar a los centros concertados de bachillerato unificado
polivalente o de formación profesional, él ha hablado de una situación
complicada, pero yo le diría al señor Ríos que todos los años son siempre
complicados; igual que supone un incremento de 5.000 pesetas para cada
alumno que tendrá que pagar de más en el año 1995, también es verdad que
a esos centros se les incrementan los gastos como consecuencia de la
inflación que se viene produciendo cada año. Para poder atender
adecuadamente esas disciplinas escolares, han pedido a la Administración
que se pueda elevar la cantidad que pagan mensualmente que, como digo, no
son sino 500 pesetas al mes, 5.000 pesetas por curso. No podemos decir
que sea una cantidad pequeña porque todo es muy relativo, pero, en todo
caso, no va a suponer un gran esfuerzo o una situación de incremento
demasiado alto. Por tanto, rechazamos esa enmienda.

No sé si el señor Ríos ha defendido alguna otra enmienda. En todo caso,
ya le he dicho que algunas de ellas, referidas a la consideración de los
sindicatos en los programas de recolocación de los profesores, las vamos
a seguir estudiando. Sobre pasar de nueve unidades a ocho para el
profesor de apoyo, también decimos en este momento que no y me temo,
señor Ríos, que en el Pleno también tendremos que decir que no.




El señor PRESIDENTE: Con la intervención del señor Padrón Delgado
terminan las enmiendas correspondientes al título II, de la gestión
presupuestaria, y comienzan las relacionadas con el título III, de los
gastos de personal, a cuyos artículos han presentado enmiendas el Grupo
Parlamentario Popular, el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya y el Grupo Parlamentario Vasco (PNV).

En nombre del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Núñez Pérez.




El señor NUÑEZ PEREZ: Señorías, aunque se haya hecho uso abusivo de la
cita, no resisto la tentación de utilizarla una vez más para comenzar con
el «decíamos ayer» de Fray Luis de León, porque hace un año, también
lunes,



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pero 8 de noviembre, interveníamos en esta Comisión de Presupuestos para
defender las enmiendas de totalidad y al articulado que el Grupo
Parlamentario Popular había presentado al título III de los Presupuestos
Generales del Estado para 1994. Hoy lunes, pero 7 de noviembre,
intervenimos para defender la misma enmienda de totalidad y las enmiendas
al articulado de este título III, pero a los Presupuestos Generales para
1995, y, aunque no quisiéramos, debemos repetir argumentos ya conocidos,
debemos repetir peticiones no atendidas y también debemos repetir
críticas a un sistema retributivo que está pidiendo a gritos una reforma.

Así que, parafraseando a Fray Luis, «como decíamos ayer», y dijimos en
1993 y en 1992 y en 1991 y en años anteriores, este título III debe ser
devuelto al Gobierno porque es una clara muestra de la discrecionalidad y
la arbitrariedad que los gobiernos socialistas utilizan en la Función
Pública, en dosis ciertamente letales para la moral de los funcionarios,
que ven cómo año tras año los Presupuestos Generales del Estado hacen
caso omiso de los principios de mérito y capacidad, recogidos en la
Constitución Española, que deben ser norte y guía, alfa y omega de la
carrera administrativa y también del sistema retributivo en la Función
Pública, que es, sobre todo, a lo que se dedica, señor Presidente, el
título III de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Así que
solicitamos que se devuelva al Gobierno este título para que nos lo envíe
de nuevo remozado, un texto nuevo donde al menos, como decíamos hace un
año, no proliferen la incoherencia, el oscurantismo, la discrecionalidad
y la injusticia.

A pesar, repito, de nuestras reiteradas denuncias y propuestas
alternativas, el Gobierno sigue, un año más, incurriendo en los mismos
errores y, en una especie de huida hacia adelante, no se priva de
agravarlos en estos Presupuestos para 1995. No comparte el Grupo
Parlamentario Popular la dimensión presupuestaria de la política de
personal, que se refleja en los artículos 18 al 32 de este título y en
algunas disposiciones adicionales, transitorias y finales. Por esa razón,
señor Presidente, señorías, además de la enmienda 916, que es de
totalidad, y las comprendidas entre la 917 a la 945, que son al
articulado, defenderé las adicionales, transitorias y finales que tienen
relación con aquéllas, salvo las números 1.038, 1.046 y 1.047, que son
enmiendas que se refieren a la reducción de los gastos corrientes y que
creo que no puede hacerse con ellas un «totum revolutum» respecto a lo
que es la parte retributiva del sector público funcionarial. Por tanto,
cuando llegue su momento en el debate de las disposiciones adicionales,
si el Presidente me concede la palabra, con mucho gusto defenderé, en
nombre del Grupo Parlamentario Popular, estas tres enmiendas adicionales,
que me reservo.

Dicho todo esto, debo señalar que hubiera sido lógico, incluso necesario,
que al mismo tiempo defendiese las enmiendas que el Grupo Popular ha
presentado al Título III del proyecto de ley sobre medidas fiscales,
administrativas y de orden social, que siguiendo una estrategia iniciada
el año pasado por el Gobierno socialista se ha enviado a esta Cámara
acompañando a los Presupuestos Generales del Estado.

En ese proyecto de ley se incluyen normas estrechamente relacionadas con
el Título III, de la misma naturaleza y de la misma entidad que las que
figuraban en el contenido del proyecto de ley de Presupuestos de 1992, de
1991, de 1990 y anteriores. El Tribunal Constitucional, como saben SS.

SS., puso coto a esta forma de legislar; pero el Gobierno ha dado una
larga cambiada a la sentencia, es decir, se la ha pasado por cualquier
sitio, y vuelve a enganchar al larguísimo tren presupuestario un vagón
donde van toda clase de viajeros, en tal confusión y atropello que,
además de hacer nuestra labor fatigosa y poco eficaz, parchean y
violentan reformas legislativas que requieren un debate más reflexivo,
más pensado y más serio. No es de recibo que las mismas personas que
debatimos los Presupuestos Generales del Estado coincidamos a la misma
hora --hace muy poco que terminó la Ponencia-- con la Ponencia que
informa este proyecto de ley de acompañamiento. La hábil fórmula que
sortea al Tribunal Constitucional nos trae de la ceca a la meca de manera
absurda y disparatada.

Repito, señor Presidente, y deseo que conste en el «Diario de Sesiones»,
que un Gobierno que ha contado con 12 años para elaborar la reforma del
Estatuto de la Función Pública que prevé el artículo 103 de la
Constitución, que se lo prometió a los sindicatos en el último acuerdo
firmado por ellos y que a nosotros nos lo ha repetido hasta la saciedad,
comparezca a estas alturas con reformas y medidas parciales
descoordinadas y fuera de un contexto en el que se define claramente el
modelo de función pública que se busca. Además, no sé para qué quiere el
Gobierno que legislemos con tanta urgencia. No lo entiendo, porque las
medidas de reforma de la función pública que figuraban en la ley de
acompañamiento que se aprobó con los presupuestos el año pasado no han
sido prácticamente utilizadas en nada. Sobre todo, no han servido al gran
propósito que justificaba, según el Gobierno, tal desmadre en el
procedimiento legislativo, que era corregir el déficit público en el
presente año. Si lo han corregido, sin comentarios. Sin comentarios,
porque lo han corregido al alza.

Dicho todo esto, trataré, señor Presidente, de no mezclar en el debate de
esta tarde la defensa de las enmiendas al proyecto de ley de Presupuestos
de 1995 con la de acompañamiento, porque esto último lo haremos a
mediados o a finales de esta semana en la Comisión de Economía y Hacienda
de esta Cámara.

La primera enmienda es al enunciado del artículo 18, que titula,
exactamente: Bases y coordinación de la planificación general de la
actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del
sector público. ¡Toma ya! Lo queremos cambiar por el más sencillo, más
adecuado y más exacto y que siempre se había utilizado en las leyes de
presupuestos: personal al servicio del sector público. Aquí tengo a su
disposición las fotocopias de esa página de los Presupuestos anteriores
en donde claramente figura este último enunciado. No sé qué tiene que ver
toda esa literatura con lo que, en realidad, es el contenido del artículo
18. La enmienda trata, repito, aparte de la ampulosidad del enunciado, de
hacer congruente el mismo con el contenido del citado precepto.




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Las enmiendas siguientes se refieren a las retribuciones del personal al
servicio del sector público y, dentro de éstas, a las retribuciones de
los altos cargos. El hecho de que los gastos de personal supongan en los
Presupuestos Generales del Estado el 14 por ciento del total --el señor
Aguirre me parece que me dice que sí; por lo tanto, no me he equivocado
en el porcentaje-- da idea exacta de la importancia del tratamiento que
se da al tema de las retribuciones y a la oferta de empleo.

Insisto en que el Grupo Parlamentario Popular --tengo que recordarlo
porque es de justicia hacerlo y, sobre todo, ilustrativo-- se opuso en lo
que era entonces en aquel debate la almendra del debate mismo. Se opuso
--repito-- a las congelaciones de 1993 y 1994 por entender que, dentro de
la necesaria moderación salarial, no eran justas para la mayoría de los
empleados públicos con un nivel modesto de ingresos, que eran
discriminatorias con otras rentas públicas que no experimentaban tal
congelación, y también por estimar que con ello no se afrontaba de manera
seria el problema del déficit público. Antes bien, la congelación, con
pérdida del poder adquisitivo de 7 puntos en los dos años en los que se
ha llevado a cabo, se utilizó como un elemento de distracción de los
verdaderos problemas del déficit público y de las verdaderas vías para su
reducción, afrontando reformas administrativas y controlando y reduciendo
el gasto público. El balance de los Presupuestos Generales del Estado de
1994, con aumento del déficit y de la deuda, ha terminado dando la razón
a quien la tenía, es decir, a nosotros. Incluso ha habido algún
Secretario de Estado del Ministerio de Economía y Hacienda que ha dicho
en septiembre de este año que la congelación de las retribuciones había
tenido efectos negativos para la economía; sacrificios para nada.

Por lo tanto, tengan en cuenta estos puntos de reflexión para pensar
mejor en nuestras enmiendas y darles un tratamiento distinto del rechazo
total y absoluto que recibieron las del año pasado. Porque de cara a 1995
los Presupuestos Generales del Estado parten de un pie de verso o, si
quieren SS. SS., recogen en materia de retribuciones el contenido del
acuerdo Gobierno-sindicatos, que se aprobó en Consejo de Ministros el
pasado 15 de octubre, incrementándolas en un 3,5 por ciento con respecto
a las de 1994, tanto por lo que se refiere a efectivos de personal como a
la antigüedad. Mi grupo está de acuerdo, salvo en lo que luego diré,
respecto a trienios. Digo que está de acuerdo. Nosotros no rechazamos
todo porque sí; cuando la propuesta es aceptable y razonable decimos que
sí sin ambages. A ver si ustedes empiezan a aprender.

En cuanto a la compensación por las medidas de poder adquisitivo de 1993
y 1994, no nos parece correcta la fórmula adoptada. Si llegado el momento
la evolución de la economía hiciera posible esa compensación, el Grupo
Popular sería partidario de introducir mecanismos correctores al reparto
porcentual en línea con lo que se hizo en 1991, cuando, para saldar la
llamada deuda social, recuérdenlo ustedes, se abonó a todos los
funcionarios una paga de igual monto. En torno a esta gaseosa cláusula
del acuerdo y su falta de reflejo presupuestario, el Grupo Popular no
puede por menos que mantener serias reservas acerca del propósito del
Gobierno de cumplir lo pactado.

La conjunción de datos favorables, tanto en el producto interior bruto,
como en el IPC, como en el déficit público, etcétera, para que esta
compensación pueda llevarse a cabo, partiendo de la base, además, de que
los correspondientes índices los elabora el Gobierno --ya los elaborará
según le convenga--, convierten casi en quimera la recuperación del poder
adquisitivo perdido por los funcionarios. Así lo hicimos saber al
Gobierno en un Pleno de esta Cámara y, desde luego, la respuesta que nos
dio no fue ni mucho menos como para tranquilizar a los funcionarios. A
los funcionarios y a los demás empleados públicos ni siquiera se les
garantiza lo que estos presupuestos otorgan a los pensionistas en la
disposición adicional diecisiete, que fija de manera clara y concreta la
cláusula que sirve para mantener el poder adquisitivo de las pensiones en
1994. No hemos solicitado en una enmienda concreta que eso se haga así.

Estamos esperando a ver cómo desarrollan ustedes la parte correspondiente
del acuerdo para que sepamos a qué atenernos y no escribir en el mar, que
ya estamos cansados.

Las enmiendas siguientes al artículo 18 solicitan la supresión de los
párrafos tres, cuatro y cinco. El párrafo tres, para evitar pretextos que
incrementen el gasto y por existir mecanismos en las normas perfectamente
adecuados para atender los supuestos a los que este punto tres del
artículo 18 se refiere. El párrafo cuatro, porque todo lo relativo a la
oferta de empleo público se regula en la disposición transitoria quinta.

Y el cinco, porque sus conclusiones no hacen más que reiterar lo que se
dispone en el apartado uno de este mismo artículo.

Las enmiendas al artículo 19 tratan de evitar que el Gobierno siga
contando con un exceso de discrecionalidad, o con una discrecionalidad
inadecuada, desde la óptica y desde la experiencia del mal uso que ha
venido haciendo de ella y del elevado coste que ha supuesto con su
incidencia negativa en el déficit público.

Particular atención merecen las referencias del artículo 19, uno, a) y
b), a las adecuaciones complementarias para acomodarlas a criterios tan
poco definidos como la especial dificultad técnica, dedicación,
responsabilidad, peligrosidad o penalidad del correspondiente puesto y el
grado de consecución de los objetivos fijados por cada programa.

En primer lugar, señorías, los complementos de destino y el específico ya
vienen determinados para cada puesto en las correspondientes RPT (las
relaciones de puestos de trabajo). En cuanto a la productividad, es bien
sabido que ésta se distribuye y asigna sobre la base de criterios
puramente mecánicos, que nada tienen que ver con la consecución de
objetivos. Y digo puramente mecánicos simplemente por descalificar el
complemento de productividad, porque podía decir otros criterios que son
mucho más perversos que los puramente mecánicos.

Se percibe el complemento de productividad por tener un determinado
nivel, que se concede como y cuando se quiere, y realizar jornada de
mañana y tarde en la mayoría de los supuestos. También se concede la
jornada por criterios que no están, ni mucho menos, objetivados en la
ley,



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criterios, por tanto, que poca relación guardan con la contribución
individual al logro de los objetivos del programa. Por eso, nuestras
enmiendas tratan de liquidar estos preceptos en el artículo 19 que,
repito, no han producido ningún efecto benefactor o positivo en la
función pública.

En realidad, estas enmiendas contribuyen también (aunque eso lo diré
seguramente en el debate de las enmiendas a las disposiciones adicionales
que nos hemos reservado) al objetivo de la contención del gasto corriente
y a la equidad. Ha sido a través de mecanismos como los aquí denunciados
como el Gobierno puede alegar que la pérdida del poder adquisitivo en
1992 y 1993, a pesar de la congelación, no ha sido tan importante. No lo
ha sido para quienes, a través de esta discrecionalidad del artículo 19,
vía reclasificaciones en las RPT, han visto incrementados sus
complementos de destino y específico, o compensada su congelación con la
productividad.

La mayor pérdida del poder adquisitivo de los niveles retributivos
inferiores en términos relativos justifica nuestra enmienda al artículo
22, uno, A), modificando el cálculo de trienios. Supongo que no tendrán
ustedes ninguna dificultad para aceptar esta enmienda. Se trata de que el
porcentaje de los trienios sobre el sueldo sea el mismo para todos los
grupos, y no como ocurre ahora, que para unos grupos es superior a otros.

Lo contrario no tiene explicación alguna, y menos cuando, en el caso del
sueldo, se emplee con el requisito del artículo 24 de la ley 30/1984 y el
del grupo A no supere en tres veces al del grupo E, cosa que no ocurre
con el valor de los trienios, siendo así que parece lógico guarden una
relación proporcional con aquél. El coste de esta enmienda no es muy
grande y, en cambio, hemos tratado de introducir un elemento de justicia
que no tiene por qué esperar a la reforma del sistema retributivo.

Y respecto a las retribuciones y sueldos de los altos cargos, hay unas
enmiendas que, miren ustedes: me han oído hablar, por activa y por
pasiva, de lo mal que hacen ustedes el cálculo y la presentación de las
retribuciones de los altos cargos. No voy a repetirlas hoy; estoy harto,
estamos hartos todos de decirlo. Estamos hartos de pedir al Gobierno,
pregunta tras pregunta, interpelación tras interpelación, iniciativa tras
iniciativa, cuánto ganan los altos cargos por todos sus conceptos, no
solamente los que figuran en los Presupuestos Generales del Estado; cuál
es el complemento de productividad, cuáles son otras gabelas y otras
atenciones que se perciben a través de la pertenencia a consejos de
administración, etcétera. Queremos sencillamente que las retribuciones de
los altos cargos figuren en los Presupuestos en su totalidad, como
figuran las del Presidente del Gobierno, las de los secretarios de Estado
y las de los ministros. ¡Tampoco pedimos tanto! Ya sé que en este caso
--no para analizar luego el nivel de los altos cargos y puestos
directivos-- me limito sólo a los que consideran como altos cargos los
Presupuestos Generales del Estado, con un añadido muy importante, y son
los presidentes y altos cargos de las empresas y entidades a los que se
refiere el artículo 6.º de la Ley General Presupuestaria, que no sé por
qué no tienen que venir aquí sus sueldos y no aprobarles unos
presupuestos en unos papeles adicionales, que no merecen siquiera,
digamos, que nosotros les otorguemos esa confianza porque, repito, no
sabemos ni lo que aprobamos. Nuestras enmiendas son muy claras y lo único
que pido es que ustedes las consideren.

Otro bloque importante de enmiendas tiene que ver con la implantación de
criterios de racionalidad, objetividad, profesionalidad y control y
moderación del gasto público. Así, por ejemplo, las enmiendas al artículo
32, señor Presidente, que es el relativo a la contratación de personal
con cargo a los créditos para inversiones. Pedimos su supresión por
considerar atípico y carente de todo control este procedimiento de
contratación. Alternativamente, proponemos mecanismos de intervención más
estrictos, que incidan sobre las razones que motivan y justifican en cada
caso recurrir a esta vía excepcional. No insisto porque es un tema muy
conocido, sobre el que también hemos pedido informes y datos al Gobierno,
y da la callada por respuesta. Lo único que sabemos es que, algunas
veces, esta facultad del artículo 32 se utiliza para contratar personal
en Correos y poder repartir los «christmas» de Navidad. Es lo único que
sabemos --sabemos más cosas--; digo que es lo único que sabemos a través
del Gobierno. Por supuesto que en nuestra obligación de controlarlo está
el saber todo lo que se hace con cada una de las facultades que el
Gobierno se reserva en ésta y en otras leyes, incluso las que no se
reserva en ninguna.

Finalmente, es hora ya de que el Gobierno culmine la elaboración de las
relaciones de puestos de trabajo. Señor Presidente, señorías, en la Ley
de acompañamiento se establecieron unas medidas para la reasignación de
efectivos a través de los planes de empleo, y para eso se necesitaba
conocer las relaciones de puestos de trabajo en todas y cada una de las
unidades administrativas. Pues bien, este dato importante todavía no está
concluido. Me dirán: Ya están casi todas. Nosotros lo que pedimos es que,
las que estén, se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado» y que no
tengamos que conocer las modificaciones de las que están a través de
anuncios en los tablones de anuncios de los ministerios. Por eso nuestras
enmiendas, en este caso concreto, repito, piden no sólo que las que no
estén se terminen, sino que, las que estén, se publiquen íntegras en el
«Boletín Oficial del Estado». Muchas más cosas podríamos decir de las
enmiendas presentadas, pero con todo lo que hemos dicho creo que hay
datos y argumentos suficientes para darlas por defendidas, incluso
aquellas a las que no me he referido concretamente, y pedir su votación.

En todo caso, que se mantengan para su debate y defensa en el Pleno.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, voy a defender todo el paquete
de enmiendas que va dirigido a este Título III, precisando inicialmente
que las de Izquierda Unida, al margen de reconocer que en este ejercicio
presupuestario se ha caminado más que en el anterior (puesto que partimos
de una negociación con los sindicatos,



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que han planteado como objetivo de este ejercicio y para los próximos
tres años el mantenimiento de la capacidad adquisitiva de los empleados
públicos), y valorando el avance que supone el consenso habido entre el
Gobierno y las organizaciones sindicales, intentan conseguir que nos
planteemos como objetivo fundamental el mantener el poder adquisitivo,
inclusive en lo que es la diferencia entre el IPC previsto y el IPC real,
máxime cuando estamos ante unos presupuestos que, al final del ejercicio,
si no cambian mucho las cosas, van a ser verdaderamente inflacionarios.

La realidad es que la inflación, al final del ejercicio, va a ser
bastante más alta que la que en un principio ha establecido el propio
Gobierno. Por tanto, el objetivo de nuestras enmiendas es mantener esa
capacidad adquisitiva, estableciendo lo que pudiéramos llamar una
cláusula de revisión salarial.

El segundo objetivo de nuestras enmiendas es intentar fortalecer una
dinámica, que debe de ampliarse dentro de la Administración pública, y es
el concepto de la negociación colectiva. Muchas de nuestras enmiendas van
a intentar conseguir que las actuaciones en la distribución de
determinados pluses, el funcionamiento del horario de trabajo, etcétera,
se establezcan en función de la negociación colectiva entre la
Administración Pública y los sindicatos más representativos, sea en el
subsector Estado o sea en los organismos autónomos o comerciales, según
la realidad que haya deparado las elecciones sindicales.

El otro objetivo de nuestras enmiendas es el de reducir las aportaciones
graciables, el acceso a determinados ingresos no regulados, para evitar
que el que gobierna dé esas aportaciones a los funcionarios públicos, ya
que al final les hace que se lleven bien con el jefe de turno en lugar de
cumplir con su obligación dentro de la Administración o favorecer la
promoción interna dentro de la Función Pública.

La enmienda número 522 pretende sustituir, en el artículo 18, los puntos
tres y cuatro, suprimir el punto cinco y adicionar un nuevo punto seis.

El apartado cinco de la propuesta del Gobierno viene a obligar a los
presupuestos de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales
a estas cláusulas. Nosotros creemos que debe de llevarse a la negociación
colectiva en cada una de las administraciones y no que, desde arriba,
obliguemos, condicionemos y limitemos la autonomía de las distintas
administraciones que componen el Estado. Por tanto, la enmienda número
522, en el punto tres, al final, cuando habla del desarrollo de la Ley de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, propone que dichas
adecuaciones se realicen previa negociación con los sindicatos más
representativos, dando cuenta de ellas periódicamente al Parlamento; es
decir, que el Parlamento lleve un control de esa negociación que se
produzca en todo lo referente a lo que pudiéramos llamar adecuación
retributiva de carácter singular y excepcional.

En el apartado cuatro de esta misma enmienda proponemos la cláusula de
revisión salarial para la diferencia que se pueda establecer entre la
previsión de inflación y la inflación real, es decir, el crecimiento del
IPC.

En el apartado cinco de la enmienda 522 proponemos que la oferta pública
de empleo del año 1995 esté formada por todas las plazas dotadas que no
puedan ser cubiertas por efectivos del personal existente.

Añadimos un punto seis en la enmienda 522 (aunque han sido compromisos de
nuestros gobernantes, pero compromisos dichos de voz, y las palabras se
las lleva el viento y, por desgracia, no funciona eso de que una palabra
dada se compromete) en el que proponemos prohibir taxativamente los
contratos blindados en el sector público. Estos serían los objetivos de
la enmienda número 522.

El objetivo de la enmienda número 523 es el de suprimir el artículo 19,
porque ya está refundido en el artículo anterior.

La enmienda número 524 al artículo 19.uno.a), pretende añadir un párrafo
que diga: y de los efectos que se deriven de la aplicación de la cláusula
de revisión salarial especificada en el artículo anterior; cláusula que
ya he explicado previamente.

La enmienda número 525 hace referencia al artículo 19.uno.b), de
sustitución. En realidad, lo que pretende es añadir una excepción al
texto que propone el Gobierno sobre el conjunto de las restantes
retribuciones complementarias, en el sentido de que no se incorporen como
retribuciones complementarias el complemento de productividad y las
gratificaciones por servicios extraordinarios. Por tanto, dejar exento de
esa realidad el crecimiento del 3,5 por ciento. ¿Por qué? Nosotros
creemos que debiéramos de aplicar una reforma de relaciones de puestos de
trabajo inadecuadas; que se debiera de abordar una racionalización y
ordenación de las retribuciones complementarias y que debieran de
producirse unas modificaciones retributivas para adecuar los puestos de
los niveles inferiores, especialmente los que han sido más perjudicados
por la congelación salarial de los años 1993 y 1994. ¿Qué estamos
haciendo con esto? Complementar algo que ha quedado fuera de ese acuerdo,
de ese encuentro entre Administración y sindicatos, y es el aplazamiento,
por así decirlo, de esta reforma de la Administración que lleve consigo
estas previsiones de gratificaciones y de productividad.

La enmienda 528 va dirigida a introducir una adición en el artículo 20,
cuando habla del personal laboral del sector público. Lo que pretende es
precisamente incorporar la negociación colectiva, y sobre todo la idea de
que el incremento global de la masa salarial también se vea incorporado
por la diferencia que se produzca entre el IPC previsto y el IPC real al
final del ejercicio, sobre todo en el marco de la negociación colectiva
que debe consolidar esta modificación presupuestaria.

La enmienda 529 va dirigida al artículo 21, la retribución de altos
cargos. En el apartado dos, el régimen retributivo de los subsecretarios
y directores generales lo dejamos exactamente igual, y la modificación de
nuestra enmienda va dirigida al apartado tres, en donde la propuesta del
Gobierno habla de «todos los altos cargos a que se refiere el número
anterior» --los altos cargos son los subsecretarios, directores generales
y asimilados--, y nosotros lo queremos dejar reducido a los directores
generales. Creemos que de ninguna manera debe haber un plus, un
complemento de productividad para un alto cargo. El que es un alto cargo
sabe a lo que va; por tanto, no necesita la



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productividad, va unido a estar dedicado a ese puesto. Por último,
adicionamos con esta enmienda en el apartado cuatro, al final, que las
retribuciones serán públicas y en ningún caso podrán superar las
establecidas por los Secretarios de Estado.

La enmienda 526 va dirigida al artículo 22.uno.E), cuando habla del
complemento de productividad, «que retribuirá el especial rendimiento, la
actividad y dedicación», y pretende añadir al final de este párrafo: «En
ningún caso el complemento de productividad se originará exclusivamente
en función de la jerarquía o nivel del puesto de trabajo». La verdad es
que esto puede parecer obvio, pero no es así. En la actualidad se está
produciendo esto que nosotros queremos evitar. En la actualidad se
trasvasa no a un complemento por producir más, sino un incremento unido
al nivel de un puesto de trabajo, cosa que creemos que vulnera lo que es
el criterio de la productividad.

La enmienda 530 pretende modificar el artículo 22.Uno.E), en su segundo
párrafo, cuando dice que cada Departamento ministerial determinará los
criterios de distribución de estos complementos de productividad. El
texto que propone Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya sería que en
el plazo no superior a tres meses, y dentro del marco de una negociación
entre el Gobierno y los interlocutores sociales, se fijen los criterios
del reparto de esta productividad. Cada Departamento ministerial, de
acuerdo con esos criterios de negociación con los sindicatos, fijará la
cuantía individual del complemento de productividad. ¿Qué es lo que
proponemos? Que se produzca una negociación con los interlocutores
sociales para fijar la productividad y no dejar en manos de cada
Departamento el establecimiento de los criterios, que es una posición
mucho más amplia que la distribución física.

La enmienda 527 va a añadir en el artículo 22.dos.f) que ningún servicio
se podrá valer de este concepto con carácter estructural, sino que
exclusivamente debe servir para trabajos que superen la jornada normal y
los elementos coyunturales. Este artículo hace referencia a las
gratificaciones por servicios extraordinarios. Nosotros queremos evitar
que exista una gratificación de este tipo si no se produce un trabajo,
una hora extraordinaria realizada por el funcionario de turno o por el
empleado público de turno.

La enmienda 531 pretende una adición, y es que el Gobierno, a través de
los Ministerios de Administración Pública y de Economía y Hacienda,
negocie con los sindicatos más representativos de la Función Pública los
criterios de aplicación individual de los complementos de productividad y
las gratificaciones por servicios extraordinarios. Lo que pretendemos,
por tanto, es forzar la negociación, como decía al principio.

En la enmienda 532 proponemos la supresión del artículo 22.dos, que habla
de que el «Ministerio de Hacienda podrá modificar la cuantía de los
créditos globales destinados a atender el complemento de productividad».

Añadimos un apartado 6 a este artículo 22 y establecemos la constitución
de ese fondo por importe igual al 3,5 por ciento de los créditos
dedicados a los complementos de productividad para hacer frente a los
compromisos que establecíamos en nuestra enmienda al artículo 18 apartado
b).

La enmienda 534 va dirigida al artículo 31 en su apartado uno e). Este
artículo hace referencia a que en el año 1995 será preciso el informe
favorable de los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones
Públicas para proceder a modificar las condiciones retributivas del
personal.

El apartado e) dice: «El resto de entidades de Derecho público a que se
refiere el artículo 6 del texto refundido de la ley General
Presupuestaria». Y a continuación: «en las condiciones y por los
procedimientos que al efecto se establezcan por la Comisión
Interministerial de Retribuciones». Esto es lo que queremos suprimir. Que
se haga conforme esté establecido y no como lo marque la comisión
Interministerial. Suprimimos, por tanto, lo que va a partir de Ley
General Presupuestaria.

Termino, señor Presidente, porque la enmienda 535 es la última que
tenemos presentada a este Título y hace referencia a algo en lo que hemos
venido haciendo hincapié a lo largo de todas las enmiendas. Es una
adición de un nuevo apartado seis que introduce el control sindical y el
control parlamentario. La idea que nosotros proponemos es que los
departamentos ministeriales y los organismos autónomos entregarán a los
sindicatos representativos de la función pública los contratos de
personal previstos por lo que es la contratación de personal a través de
créditos de inversión. El artículo 32 habla de la contratación de
personal laboral con cargo a los créditos de inversión. Es verdad que el
artículo de la ley habla de que el interventor delegado deberá informar
favorablemente porque no hay personal en ese departamento para hacer
frente, o porque no hay previsión de personal eventual para hacer frente
a esa obligación y, por tanto, se destina el dinero que va para
inversiones al capítulo I. Pues bien, ese uso que haga el Gobierno, los
distintos departamentos, de ese destino del capital de inversión hacia el
capítulo I, nosotros creemos que debe entregarse establemente a los
sindicatos y también al Parlamento, con una periodicidad trimestral, para
conocer, de manera pormenorizada, cuál es el volumen de contratación de
personal que, con cargo a la inversión, hace el propio Estado.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la
palabra el señor Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Paso a defender la enmiendas que
tiene nuestro Grupo Parlamentario al Título III de la ley, empezando por
la enmienda 294, en la que planteamos la modificación del artículo 18 en
lo que se denomina bases y coordinación de la planificación general de la
actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del
sector público.

A nuestro juicio, el Título no es el adecuado, puesto que no se puede
concebir como base de planificación de toda la actividad económica la
regulación del régimen de personal y sobre todo el ámbito del régimen
retributivo del personal al servicio de las administraciones públicas.

Tenemos que tener en cuenta que las diferentes administraciones públicas,



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las comunidades autónomas, en base al principio de autonomía, pueden
realizar políticas propias en materia de personal y así negocian acuerdos
reguladores de condiciones de trabajo. Entendemos que no se puede
circunscribir bajo ese título de bases de coordinación de la
planificación general de la actividad económica el régimen retributivo
del sector de los empleados públicos.

La enmienda 290 pide la eliminación de letras b) y c) del apartado uno
del artículo 18, puesto que se incluye en el ámbito de aplicación de ese
artículo a las administraciones de las comunidades autónomas y a las
administraciones de las corporaciones locales. Nuestro Grupo
parlamentario entiende que existe el principio de autonomía, autonomía
como concepto esencial sobre el cual tienen su fundamento las comunidades
autónomas y, en segundo lugar, el principio de autonomía municipal
también consagrado en la Constitución. ¿Dónde se consagra el principio de
autonomía, si toda la regulación del régimen retributivo tiene que estar
inspirada en los presupuestos generales de una Administración pública que
es la que está vinculando a los presupuestos de otras entidades, como son
las comunidades autónomas y las corporaciones locales? Nos parece que no
es adecuado, nos parece que se conculca el principio de autonomía que
inspira el fundamento de las comunidades autónomas y de las corporaciones
locales. Por tanto, creemos que se ha de modificar, en el ámbito de
aplicación, la inclusión de las administraciones autonómicas y de las
administraciones locales.

Además, señor Presidente, porque, como decía anteriormente, las
comunidades autónomas disponen de potestades en materia de negociación
colectiva. Se celebran acuerdos reguladores de condiciones de trabajo
para el ámbito del personal al servicio de las administraciones
diferentes del sector público estatal. No pueden estar completamente
vinculadas, completamente condicionadas las actuaciones de otras
administraciones diferentes a la Administración del Estado por los
dictados que se establezcan en una ley que lo que reúne son el régimen de
ingresos y gastos de la Administración del Estado y no de las comunidades
autónomas y de las corporaciones locales.

Sobre todo, señor Presidente, pedimos la supresión del apartado 5 del
artículo 18, donde lo que se está haciendo es establecer una obligación
de cómo se confeccionan de forma concreta la leyes de presupuestos de las
comunidades autónomas. ¿Dónde está la autonomía financiera de las
comunidades autónomas? Porque el apartado 5 lo que está estableciendo es
que esta ley de presupuestos es la que se ha de tener en cuenta en la
elaboración de los presupuestos de las comunidades autónomas y de las
corporaciones locales, que debe recoger expresamente los criterios
señalados en este artículo. ¿Dónde está la autonomía financiera? ¿Dónde
está la autonomía competencial?
Señor Presidente, nosotros creemos que es una conculcación manifiesta del
principio de autonomía que he señalado inspira a los poderes públicos
diferentes de los centrales del Estado.

A continuación, la enmienda 291, que se refiere al artículo 18.2. Lo que
nosotros decimos es que en el incremento retributivo que ahí se plantea
se hable de sector público estatal, puesto que si estamos en un Estado de
composición compuesta, que admite la posibilidad de realizar política de
personal propia por parte de administraciones diferentes de la central
del Estado, evidentemente se puede llegar a acuerdos reguladores de
condiciones retributivas diferentes al que ha llegado el Ministerio para
las Administraciones Públicas con los representantes del personal. Por
tanto, que se ciña la ley de presupuestos generales del Estado a regular
el régimen del personal al servicio de la Administración del Estado, no
el régimen retributivo y los incrementos que se hayan de plasmar o
efectuar a administraciones públicas diferentes de la central del Estado.

Creemos que nuevamente la autonomía queda conculcada de manera
manifiesta.

En la enmienda 292, que tiene el mismo hilo argumental que la enmienda
296, lo que nuestro Grupo pide es la supresión del artículo 18.3, por una
sencilla razón y es que el artículo 18 establece una regulación general
del régimen retributivo en la Administración central del Estado, pero, a
su vez, el artículo 18.3 viene a establecer una excepción al régimen
general, y es en esta excepción donde estamos cayendo en la trampa, es en
esta excepción donde se está amparando la posibilidad de incrementos
retributivos diferentes del 3,5 por ciento, que es lo que en realidad
está por ley.

Por tanto, no procede el «sin perjuicio» y todo lo que viene a
continuación, que es lo que va a dar soporte a incrementos retributivos
superiores al 3,5 por ciento. Si es el 3,5 por ciento que se diga
expresamente y que no se prevean salvedades que, en definitiva, son
excepciones que se convierten luego en regla.

Ese mismo argumento es para la enmienda número 296.

La enmienda número 293 plantea la supresión del apartado cuatro del
artículo 18. Se está determinando, en materia de ofertas de empleo,
cuáles han de ser las prioridades, pero las prioridades para la
Administración central del Estado, no para las comunidades autónomas o
para las corporaciones locales, y aquí se ha incluido a todo el personal
de todas las administraciones públicas.

Señorías, si una normativa básica como la Ley de Acompañamiento de los
Presupuestos Generales del Estado, la del año pasado, establece cómo se
han de determinar políticas de personal a través de la figura de los
planes de empleo, ya está instrumentada cuál ha de ser la forma de
efectuar las ofertas públicas de empleo y cuáles han de ser las
prioridades de las administraciones públicas a través de este instrumento
de los planes de empleo. ¿A qué viene el artículo 18.4 a establecer las
prioridades? Ya establecerá cada comunidad autónoma las que crea
oportunas en base a sus planes de empleo.

La enmienda 295 pide la eliminación del artículo 18.cinco. Como habíamos
pedido en la enmienda 290 la supresión del artículo 18, no soy
reiterativo y me remito a lo expuesto en la defensa de esa enmienda.

La enmienda 297 viene a establecer el régimen básico de las retribuciones
complementarias, en concreto el complemento de destino. Entendemos que ha
de dejarse un ámbito de actuación, en cuanto al complemento de destino,
que pueda ser normado por las comunidades autónomas, no otorgarle ese
carácter de básico.




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La enmienda 298, relativa al artículo 31.6, viene a determinar que son
nulos de pleno derecho todos los acuerdos o pactos reguladores de
condiciones de trabajo que impliquen crecimientos salariales para
ejercicios sucesivos contrarios a lo que determinen futuras leyes de
presupuestos. Nos parece que eso es correcto materialmente pero no
formalmente, puesto que una regulación de esta incidencia de que sea nulo
de pleno derecho, de que no haya nacido a la vida jurídica y que no
produzca efectos de ningún orden, no debe estar en una disposición que,
por su mismo carácter, tiene una vigencia temporal como es la ley de
presupuestos. En todo caso, el Gobierno debía haber aprovechado para
incluir esta previsión legal en la reciente modificación de la Ley de
Organos de Representación del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. Por lo tanto, mantenemos un acuerdo en cuanto
al fondo, pero una discordancia en cuanto a la forma, puesto que creemos
que no es el texto adecuado donde se debería haber regulado esta cuestión
que es una cuestión material y no propiamente presupuestaria.

Por último, la enmienda 299. Lo que nuestro Grupo parlamentario quiere es
la supresión del artículo 32, porque se está dando escape a realizar
nuevas contrataciones. Se quiere contener la contratación de personal al
servicio de todas las administraciones públicas, pero ya se establece una
posibilidad de poder contratar más personal a través de inversiones. No
nos parece adecuado y, en coherencia con lo que también defenderemos en
la disposición transitoria quinta, pedimos su supresión.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor
Morlán.




El señor MORLAN GRACIA: Tomo la palabra para fijar la posición de mi
Grupo respecto a las enmiendas a este Título III, no a las disposiciones
adicionales correlativas, que serán defendidas en su momento al finalizar
el debate de todo el texto articulado. Y hago una necesaria reflexión
inicial en el sentido de que si el año pasado por estas fechas, como
antes decía el señor Núñez, nos encontrábamos debatiendo este proyecto de
ley en el que figuraba una congelación de las retribuciones de todo el
personal del sector público, en este momento nos encontramos en una
situación notablemente mejor y más positiva para lo que es el
funcionamiento de la Administración y, desde luego, más beneficiosa para
el conjunto de los funcionarios y empleados del sector público. El hecho
de que se haya firmado un pacto con los sindicatos de la Administración
pública, el hecho de que ese acuerdo recoja una serie de cláusulas, de
condiciones, que afectan tanto a los niveles retributivos como a la
creación de fondos, a la revisión de incrementos salariales, a todo tipo
de medidas que están en muchas de las enmiendas, nos mueve a pensar que
sería conveniente este pacto, que ha costado, que ha sido serio,
responsable y razonado, un pacto en el que tanto la Administración como
los sindicatos han puesto de manifiesto cuál es su voluntad de
entendimiento y su voluntad de conseguir el mejor funcionamiento de la
Administración según los elementos que se contemplan en el mismo.

Partiendo de ese criterio, pensamos que cualquier modificación que
suponga dar un nuevo tinte al pacto supone vulnerar el propio pacto. Por
lo tanto, en estos momentos, cuando hablemos de enmiendas que afectan al
contenido del pacto, si se quiere que se defiendan, como es lógico, pero
por nuestra parte no van a ser tenidas en cuenta.

Repasando todas las enmiendas que se han planteado a este Título III,
empiezo por las del Grupo parlamentario Popular. He de indicar que el
Título III, de los gastos de personal, tiene una nominación muy general;
comprende dos apartados a los que hay que dar la importancia que se
merece. Uno está relacionado con el capítulo I, que es el relativo al
incremento de los gastos de personal al servicio del sector público, y
otro habla de los regímenes retributivos.

¿Por qué? Porque éste es un primer apartado, por así decirlo, de
principios; es un primer apartado de direcciones, hacia dónde tienen que
ir las retribuciones del personal al servicio del sector público.

Partiendo de eso, si efectivamente el señor Núñez puede tener razón a la
hora de decir que habría que cambiar el título por «ámbito de
aplicación», como más sencillo, más claro y más fácil de entender,
nosotros pensamos que mantener el título tal y como viene dibujado y
diseñado en el propio proyecto ayuda a contemplar todo lo que nosotros
pensamos que tiene que ser la vinculación que tiene que haber entre la
ley de presupuestos y la obligación que tiene que existir en todo momento
de coordinación entre la Administración central y las distintas
administraciones, de cara a que esos criterios que se establecen en la
misma sean aplicados como normas, como bases que deben ser tenidas en
cuenta a la hora de elaborar los correspondientes presupuestos.

Por eso, respecto a la primera enmienda que plantea el señor Núñez, la
916, de supresión, creo que ya le he contestado. Nos parece conveniente
que se establezca esa diferenciación, ese pacto, esas bases y esa
coordinación para que exista una mejor vinculación y un mejor
entendimiento entre todos los sectores y todas las administraciones
afectadas.

Es lógico que se perfilen y definan los distintos regímenes retributivos
que existen en la Administración, señalando el contenido de las
retribuciones básicas y complementarias, las especificidades de algunas
de estas últimas y los criterios a tener en cuenta a la hora de valorar
sus cuantías, con independencia de lo que ha de ser el contenido del
artículo 18. Y es necesario tener en cuenta, como he dicho antes, la
referencia al acuerdo entre la Administración y los sindicatos firmado el
15 de septiembre de 1994.

Respecto a la enmienda 917, que es de sustitución, ya le he indicado que
creo que la nuestra es una fórmula más acertada, porque lo que viene es a
contemplar todo lo que nosotros queremos dar a entender, desde el momento
en que es una globalización de las directrices que tienen que seguir, las
pautas que tienen que seguir las otras administraciones.

Respecto a la enmienda 918, no se ofrece ninguna razón que nosotros
entendamos convincente para aceptarla. No vemos en el contenido de la
misma una salida viable que



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nos permita reflexionar sobre su contenido a ver si va a algún sitio. Por
eso estamos en contra de aceptar esta enmienda.

La enmienda 919, al artículo 18.3, también es de supresión. Nosotros
pensamos que es lógico ese tipo de excepcionalidad. A veces pienso --y
sirva como reflexión general para todo el conjunto de las enmiendas que
hacen referencia a la discrecionalidad o a la excepcionalidad-- que
confundimos el término «excepcionalidad» con «discrecionalidad» y con
«arbitrariedad», y en nuestra compleja administración pública existen los
suficientes mecanismos de fiscalización, de control, de reunión de las
partes, de seguimiento de los expedientes para que no tengamos que tratar
de entender que el término «excepcional» tiene que ver con el término
«arbitrario». La excepcionalidad se está planteando en estos casos a que
hago referencia --en este o en otros casos que vienen contemplados en
otras enmiendas-- en situaciones especiales, situaciones singulares que
en modo alguno ni tienen que ser generalizables ni tienen que constituir,
desde luego, situaciones de arbitrariedad y que no puedan ser
controladas, que supongan un quebranto de las mínimas normas de la
fiscalización de los gastos que se planteen.

La enmienda 920, del Grupo Parlamentario Popular, también pide la
supresión del apartado cuatro del artículo 18. Tengo que decir que en
este artículo se está hablando de un apartado que tiene un carácter de
obligatoriedad, lo que sucede es que es de obligatoriedad para todas las
administraciones. Es una directriz que se enmarca desde la ley de
presupuestos generales del Estado hacia todo el sector público, con la
finalidad de que no exista ninguna disfunción entre unos y otros. En modo
alguno tiene que ver con la referencia que se hace en la disposición
adicional correspondiente sobre ofertas de empleo público, que ahí sí que
se está hablando precisamente del sector Estado, de lo que es la
contratación, lo que es la oferta pública por parte de los distintos
ministerios o de la Administración central.

En relación a la enmienda al artículo 18.5, que también pide la supresión
de ese apartado, vuelvo a retomar lo que antes he indicado. Creo que nos
tenemos que poner de acuerdo en si hay que fijar por parte del
presupuesto general del Estado que tenga que haber una cantidad, un tanto
por ciento, que es el máximo, ese 3,5 por ciento, o si tiene que haber
unas directrices que son las máximas; si las comunidades autónomas tienen
dentro de sus especificidades, dentro de su propia normativa, la
posibilidad de articular medidas de distribución de retribuciones de
acuerdo con los pactos con las distintas centrales sindicales o con los
representantes de los funcionarios públicos. Constitucionalmente está
admitido, sobre todo en el tema de contratación de obras, que por parte
de la Administración central se puede marcar un límite máximo, no así un
límite mínimo. De ahí que el hecho de marcar el 3,5 por ciento sobre la
masa salarial o sobre el conjunto de las retribuciones del sector público
no plantee ningún tipo de inconveniente para que se lleve a cabo una
negociación dentro de cada comunidad autónoma. Tenemos que entender que
una de nuestras obligaciones, cuando hablamos del control del gasto y del
déficit público, es analizar los gastos de personal, que es uno de los
aspectos importantes que pueden incidir en que sea mayor o menor ese
gasto, ese déficit público. No estoy diciendo que sea ni muchísimo menos
la mayor cuantía ni la más destacada, pero sí que es cierto que tiene una
incidencia, dependiendo de quien dé la valoración, mucha o poca, pero la
tiene.

Pienso que en este Título III y en este artículo 18 lo que tenemos que
marcar es el terreno de juego y el terreno de juego está marcado con ese
tipo de condiciones, con ese tipo de directrices que vienen establecidas
en el artículo 18 del proyecto de ley.

La enmienda 922, del Grupo Popular, aborda un tema sobre el que estamos
reflexionando en este momento, para ver de qué manera se diferencia
mejor, si es al sector público sometido a régimen administrativo y
estatutario o la diferencia se establece por otro lado, por decir que es
personal laboral. No creo que haya ninguna dificultad en especial, pero
sí es cierta una cosa, y es la siguiente: el personal laboral sí que
tiene una legislación muy específica, tiene un estatuto de los
trabajadores, tiene unas normas y unos tribunales muy concretos y la
referencia al régimen administrativo estatutario podría plantear algún
tipo de asintonía, algún tipo de duda que no creo que se diera con la
contemplación solamente del personal laboral. Ya le digo, señor Núñez,
que es una enmienda que estamos analizando para ver si no plantea
excesivas dificultades y, si vemos que no va a haber ningún problema
especial, estamos en disposición de estudiarla con detenimiento y con
cariño para que sea contemplada en el debate en Pleno.

Respecto al resto de las enmiendas, y en concreto la 923, retomo un poco
la reflexión que he hecho antes con el tema de la discrecionalidad. Yo
creo que el hecho de contemplar determinadas situaciones de riesgos, de
condiciones especiales que no son generalizables, son aspectos que
debieran tener su redacción en el texto del proyecto para que cuando se
produjera algún tipo de circunstancias de ese tipo no quedáramos
limitados porque como no está contemplado no podemos hacer nada y
entonces se bloquea cualquier tipo de actividad administrativa. Es decir,
frente a quienes piensan que puede haber una mayor discrecionalidad o una
mayor arbitrariedad con que figure este tipo de norma en el proyecto de
ley, yo creo que debe ser bueno que exista para aspectos singulares, para
casos excepcionales, algún tipo de posibilidad de que se contemplen estas
situaciones que considero que en la práctica administrativa --salvo que
alguien me pueda decir lo contrario-- no son la norma común de
funcionamiento.

Las enmiendas 994, 995 y 998 hacen referencia también a la supresión de
ese «sin perjuicio» a que aludía el señor Núñez en la número 923.

También vamos a estudiar la enmienda 927. La verdad es que el artículo 24
de la Ley 30/1984 señala que el sueldo del grupo A no exceda en tres
veces el del grupo E y no dice nada más. No vemos que se plantee ninguna
contradicción especial, pero, a la vista de sus manifestaciones y después
de este debate, vamos a reflexionar sobre su contenido, a ver si podemos
buscar alguna fórmula que permita



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llegar a algún tipo de entendimiento con el Grupo Popular en esta
enmienda concreta.

Cuando la enmienda 929 habla de añadir «objetivas» significa que las
circunstancias deberán ser objetivas. No vemos obstáculo en que esté ni
en que no esté. El hecho de que esté lo que hace es redundar porque creo
que las circunstancias, tal y como viene redactado el propio texto del
proyecto, deberán ser objetivas.

Respecto a la enmienda número 931, no sé si se evitarán válvulas de
escape en el gasto público, como ustedes dicen, con la supresión de este
artículo 22.2, párrafo primero. Lo que yo sí creo que sucederá es que se
procederá a un encorsetamiento excesivo del funcionamiento de los
servicios. Traerá consigo, a lo mejor, la pérdida de eficacia y de
calidad en los servicios administrativos. Los correspondientes créditos,
tal y como se plantean, permanecerían uniformes, aunque el número de
efectivos y el cumplimiento de los objetivos hubiera variado, y esto
pienso que no es bueno.

La enmienda 932 propone sustituir el inciso «clasifique sus funciones»
por «lo que incluya en función de su titulación académica». Por nuestra
parte existe una dificultad para admitirla, porque se está hablando de
funciones correspondientes al grupo al que se asimila, no a su titulación
académica, que en todo caso debería ser tenida en cuenta para su
contratación, no para su asimilación al grupo correspondiente. De ahí que
veamos que no sea oportuno incluir esa modificación a la que ustedes
hacen referencia.

Las restantes enmiendas, 936, 937, 938, 939 y 940, tienen las mismas
contestaciones que di a la número 923. Respecto a la enmienda al artículo
32, cuya supresión parece que ha planteado problemas en diversos grupos,
nosotros entendemos que este tipo de contratos es más excepcional que la
norma común, como alguno pudiera decir. Es cierto que obedecen a la
intención de que aquellos servicios o aquellas obras que no cuenten
dentro de la propia Administración con el personal suficiente y necesario
o el personal cualificado y que por esa razón no se puedan hacer se
faciliten con cargo a créditos de inversión. Desde luego, toda la
fiscalización que se plantea en el propio artículo, todo el nivel de
control a que se hace referencia en el mismo, también todo el nivel de
control que se puede hacer en las mesas de negociación y de retribución
que hay en la propia Administración y en las relaciones
sindicatos-Administración que se han planteado de acuerdo con el pacto al
que he hecho referencia anteriormente, permitirán, por un lado, que se
lleven a cabo inversiones que son necesarias y, por otro, el suficiente
control para que no exista despilfarro o arbitrariedad, tanto en el
desarrollo de estas obras como en la contratación de personal, lo cual en
todo caso estará sometido al crédito de inversión al que hace referencia
el artículo 32. Yo creo que he dado una pincelada a todas las enmiendas
del Grupo Popular. Si me hubiera dejado alguna, en la próxima
intervención haría referencia a la misma.

Respecto a las enmiendas del Partido Nacionalista Vasco, nos encontramos
con un tema de carácter competencial al que he hecho mención cuando he
hecho la reflexión inicial. Los presupuestos son el arma, el proyecto
competente para establecer criterios de coordinación para todas las
administraciones. Y no creo que se esté poniendo en duda la autonomía
financiera ni se esté cuestionando el funcionamiento autónomo de estas
comunidades autónomas respecto a la fijación de retribuciones o a la
determinación no sólo de las básicas, sino de las no básicas o de las
indemnizaciones correspondientes. El límite del proyecto de ley obedece a
la competencia que tiene la Administración central para elaborar los
aspectos más destacados de la política económica. Dentro de ese 3,5 por
ciento global la distribución queda a lo que cada administración
establezca y, desde luego, debiera evitarse cualquier discriminación que
pueda existir entre funcionarios de distintas comunidades autónomas. Otra
cosa es que se consiga, porque sí es cierto que la realidad a veces no
coincide con las pretensiones que tenemos desde esta Cámara para que eso
no suceda. Por ello, estimamos que tanto la enmienda 290, como la número
291 --que al suprimir la palabra «estatal» quiere recoger el interés del
Grupo Nacionalista vasco recogido en la enmienda anterior-- no son
enmiendas a considerar. De la misma manera, ya he hecho referencia a los
elementos de excepcionalidad respecto a la enmienda presentada al
artículo 18, apartado tres.

En cuanto a la enmienda presentada al artículo 18, apartado cuatro, sigo
insistiendo en la apreciación inicial de que se trata de un criterio a
tener en cuenta para todas las administraciones, para que exista una
adecuada coordinación entre todas ellas.

Respecto a la enmienda número 294, al artículo 18, relativa al cambio de
título, le daría la misma contestación que al señor Núñez por entender
que, aunque sea más fácil y más sencilla la fórmula que ustedes proponen,
lo que enmarca el título es la definición que debe tener el artículo 18 a
efectos de su coordinación y de sentar las bases para coordinarse con las
distintas comunidades y administraciones territoriales.

Respecto a la enmienda número 295, al artículo 18, apartado cinco, ya le
he indicado anteriormente que debe mantenerse tal y como está prefigurado
en el proyecto de ley.

En cuanto a la enmienda número 297, creo que es bueno que se fije en el
proyecto de ley la cuantía de los complementos de destino y establecer la
posibilidad de alguna modificación, que, entre otras cosas, tendrá la
correspondiente justificación y control para que no se produzca
discrecionalidad alguna de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.2
de la Ley 30/84. Si S. S. hace una revisión de este artículo y del
párrafo que indico, comprobará que da suficiente muestra de que no existe
la discrecionalidad que se puede suscitar o el margen de maniobra que
puede haber para que ese complemento de destino experimente las
modificaciones a las que se hace referencia en su enmienda.

Respecto a la enmienda de supresión al artículo 32, por añadir un
elemento más a lo que he considerado anteriormente, creo que son dos
conceptos distintos: uno, la contemplación de la oferta pública de empleo
y, otro, la contratación de personal con cargo a su crédito de inversión.

Se trata de servicios públicos con plazas. Plantea que no



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están cubiertas o que lo están por personal eventual o interino. Se trata
de contratar personal para una obra o servicio cuando no existe personal
adecuado que lo pueda desarrollar. El principio, tal y como viene
contemplado, es perfectamente asumible y, por lo tanto, defendemos la no
supresión de ese artículo 32.

Paso, por último, a las enmiendas presentadas por Izquierda Unida. Aquí
tengo que indicar que las enmiendas números 522, 524 y 528, según los
datos que obran en mi poder, se han remitido a consulta del Gobierno
porque suponen incremento de gasto. Dar una contestación en estos
momentos al contenido de esas enmiendas, cuando estamos pendientes de la
respuesta a esa consulta, no es prudente y nos reservamos para el debate
en Pleno.

Respecto a la enmienda 525, estamos hablando de que se congele el
complemento de productividad y que pase a integrar un fondo especial.

Esto afectaría al contenido del propio pacto porque ya se está hablando
de la creación de un fondo en función de que, si a final de año existe un
incremento superior al previsto, se contemple ese fondo para cubrir ese
incremento. Cerrar en estos momentos la posibilidad de que exista una
congelación de ese complemento de productividad supondría poner en
cuestión el cumplimiento de los programas y de los objetivos en base a
incentivos del rendimiento, que son los elementos que se han contemplado
en el diseño y en las conversaciones con los representantes de los
trabajadores en la Función Pública a la hora de definir cuál tiene que
ser el proceso de concertación pactado con los sindicatos, que tienen
mucho que ver con la determinación de la elaboración de programas, con la
elaboración de propuestas, con la elaboración de compromisos que tienen
que venir, como es lógico, implementados con una referencia a qué tipo de
compensación económica tiene que venir a través de un complemento de
productividad. Ese incremento del 3,5 por ciento debe hacer referencia
también al complemento de productividad y, por tanto, no somos
partidarios de aceptar la enmienda a la que hace referencia, la número
526, que modifica el artículo 22 uno del proyecto.

No estamos de acuerdo en que sea admitida esta enmienda porque lo que se
establece en este título III, concretamente en este artículo 22, tiene
que ir en consonancia con la Ley 30/1984 a la hora de determinar los
complementos de destino y de productividad a que hace referencia la
propia Ley y, desde luego, también tiene que estar en consonancia con lo
pactado con los sindicatos.

La enmienda 527 advierte la necesidad de una clarificación y que las
negociaciones con los sindicatos contemplan otro tipo de aspectos. Abrir
en estos momentos un pacto con los sindicatos, cuando está cerrado, no
creo que sea la medida más oportuna, porque indudablemente eso podría
traer algún tipo de desequilibrio en el conjunto de las relaciones que se
han establecido entre la Administración y los sindicatos. Lo que no creo
que sea admisible en estos momentos es que se plantee la incorporación de
las horas extraordinarias al sistema de retribuciones que fueron
suprimidas en su momento, porque se consideró que el hecho de percibirlas
no era un elemento muy acorde con la Función Pública. Se articularon
otros sistemas de retribución que han suprimido de hecho las horas
extraordinarias y que han venido a compensar todo aquello que suponía el
abono de esas horas extraordinarias. Respecto al resto de las enmiendas a
que hace referencia, he dado suficiente cumplimiento con las
explicaciones dadas a otros portavoces.

Por último, deseo indicar que el pacto con los sindicatos está firmado y
perfectamente contemplado en su articulación económica dentro de este
título III, y que muchos de los temas a que hace referencia están
subsumidos en los distintos capítulos de ese título.




El señor PRESIDENTE: El señor Núñez tiene la palabra.




El señor NUÑEZ PEREZ: Para consumir un breve turno de réplica a la
intervención del señor Morlán, cordialísima como siempre, pero
absolutamente insatisfactoria, a pesar de que esta vez hemos cosechado la
posibilidad de que acepten ustedes dos enmiendas o de que al menos estén
reflexionando sobre ellas: la relativa al artículo 19 y la relativa a los
trienios. Muchas gracias. Por lo menos ya sabemos que no trabajamos para
nada, sino que, aunque sólo sea para eso, ya es algo que reconforta y
anima.

Le voy a dar algún argumento más para ver si aceptan ustedes en este
turno, o en lo que va de aquí al debate en Pleno, alguna más.

Se mostraba usted muy satisfecho porque el año pasado había habido
congelación, como motivo central del debate, y este año hay una subida de
retribuciones del 3,5 por ciento. De ahí deduce que estamos notablemente
mejor. Es una afirmación bastante pretenciosa y que, desde luego, yo no
comparto.

¿Estamos notablemente mejor para recuperar el poder adquisitivo perdido?
¿Estamos notablemente mejor para rebajar la tasa de desempleo? ¿Estamos
notablemente mejor para garantizar el futuro de las pensiones, de lo que
vamos a hablar ahora a continuación? Yo creo, señor Morlán, que en el
acuerdo con los sindicatos se han juntado el hombre con las ganas de
comer y han hecho ustedes un acuerdo muy cómodo que yo, por supuesto,
respeto e incluso aplaudo, pero efectivamente de ahí no puede usted sacar
conclusiones que le dan nota muy alta a la situación económica que
padecemos.

Empezando por lo primero, con el 3,5 por ciento no se recupera, ni con
mucho, el poder adquisitivo, ni siquiera garantizan ustedes que van a
compensar el perdido en 1994 y 1993 que, como dije antes, supone siete
puntos de pérdida de poder adquisitivo. Usted no me contestó a nada de
eso, pero como ya no voy a tener dúplica --a pesar de la generosidad del
señor Presidente, no se la voy a pedir para no ponerle en el brete de que
me la dé--, sí le voy a decir que si tomamos como referencia el sueldo
base, que es el contenido principal de las retribuciones de un gran
número de funcionarios, el incremento de retribuciones de 1984 a 1993 ha
sido del 49 por ciento. Frente a ello, el salario medio ha crecido un 81
por ciento en el conjunto del sector laboral; el salario mínimo, un 68
por ciento y el índice de precios al consumo, un 71 por ciento. Ese
incremento



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del 49 por ciento es compatible con crecimientos mucho más amplios de la
masa salarial en el conjunto de la Función Pública. Las importantes
subidas de los complementos de altos cargos y niveles superiores desde
1985 --y aquí está el caballo de batalla del porqué de unas cuantas
enmiendas al sistema retributivo de los altos cargos-- han servido para
incrementar la masa salarial, pero no el sueldo de los funcionarios de a
pie. Estos únicamente se beneficiaron de las pagas con cargo a los fondos
para compensar la llamada deuda social a la que antes me referí, y de la
generalización del complemento específico en una cantidad mínima a partir
de 1992. Si quiere seguimos haciendo números y verá usted cómo ese estar
notablemente mejor tenía que haber incidido no sólo en la subida del 3,5
de las retribuciones, sino que el Gobierno hubiera hecho un mayor
esfuerzo en las retribuciones más bajas, si es que está notablemente
mejor la situación como usted apunta.

Dicho esto, tengo que referirme de nuevo a las retribuciones de los altos
cargos. Usted no ha aceptado nuestras enmiendas que tienen una utilidad
dentro, repito, de la recuperación de lo que es la moral de los
funcionarios y sobre todo, la aplicación de la justicia, que es un tema
importantísimo en un sistema retributivo.

Señor Morlán, la pervivencia de un atípico y opaco sistema de
retribuciones de los altos cargos, de un sinnúmero de válvulas de escape
para dejar campo abonado a la discrecionalidad y a la arbitrariedad en la
política de recursos humanos y de organización administrativa, tiene su
reflejo en varias posibilidades que se mantienen en el proyecto de ley de
presupuestos. Nosotros decimos que no, en una enmienda que no sé si está
aquí o en la ley de acompañamiento --me parece que está en las dos--, a
las dietas y otras compensaciones por pertenecer al consejo de
administración de las empresas públicas. Queremos un tratamiento claro y
transparente de los altos cargos de las empresas y entidades a que se
refiere el artículo 6 de la Ley General Presupuestaria, a lo que usted no
ha hecho ninguna mención. Queremos transparencia, fíjese usted. ¡Hombre!,
nos hubiera gustado hacer una enmienda mucho mejor: que ninguno de ellos
cobrase más, que nadie en la Administración pudiese cobrar más que el
Presidente del Gobierno. Eso sería un dato sobre el que entendernos y una
pista, porque, como sabe usted, hay muchos presidentes de entidades y
empresas públicas que cobran hasta tres veces más que el Presidente del
Gobierno; en todo caso, esas retribuciones las debemos conocer. Si,
efectivamente, para que Iberia no esté en quiebra, hay que fichar a un
fenómeno y pagarle no sé cuánto --a lo mejor es conveniente--, que lo
sepamos; que sepamos cuánto cobra y cuánto más que nadie.

Estos datos parecen de pura demagogia; no lo repetiré en el Pleno, pero
aquí sí, porque aquí estamos en la pura reflexión, estamos prácticamente
en familia y es necesario decir estas cosas, si no nadie creerá en la
política retributiva tanto de los funcionarios como de los altos cargos.

Hemos dicho, no en esta ley, sino en la ley de acompañamiento, que viene
a ser lo mismo --creo que allí está mejor y quedará permanentemente--,
que no a los contratos blindados, como también dijimos el año pasado,
pero con una nota característica: no nos basta que lo hayan dicho ustedes
en el acuerdo del Consejo de Ministros del 17 de enero, sino que queremos
que eso tenga constancia en una ley; queremos que eso figure en una ley y
no en un acuerdo del Consejo de Ministros y que, además, se aplique con
efectos retroactivos en lo que a esas cláusulas se refiere, y eso no se
hace. Eso no se hace. Ustedes, a través de Ministro de la Presidencia,
señor Rubalcaba, salieron ante la opinión pública cogiéndonos la bandera
que tanto nosotros como otros grupos levantamos en el Congreso de los
Diputados y resulta que luego, en la práctica, todo sigue igual. Lo de
Lampedusa; un acuerdo de Consejo de Ministros que no sabemos si se ha
aplicado o no. Me parece que no y, desde luego, nunca con efectos
retroactivos, porque se mantienen en vigor todos los contratos blindados
que había hasta entonces.

¿Mecanismos de fiscalización y control para que la discrecionalidad que
se otorga en determinados artículos que nuestras enmiendas pretenden
suprimir se compense? No los hay; no hay los suficientes. Se ablandaron,
se flexibilizaron en la Ley General Presupuestaria de 1988 con el famoso
artículo 95, que interviene posteriormente y por sorteo una serie de
actos administrativos entre los que están éstos.

En cuanto al complemento de destino --ya voy terminando, señor
Presidente--, quisiera recordarle lo que dice la disposición adicional
cuarta sobre la modificación del régimen retributivo de los funcionarios
incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley de Medidas para la Reforma
de la Función Pública. Nosotros, como es lógico, pedimos la supresión de
esta disposición, que, literalmente, dice: «Se autoriza al Gobierno para
revisar la cuantía de los complementos de destino, compensando los
incrementos que pudieran producirse con las correspondientes minoraciones
en las restantes retribuciones complementarias. La autorización prevista
en el párrafo anterior será aplicable a las retribuciones complementarias
a que se refiere el artículo 22, apartado dos, de la presente Ley».

Es decir, a puestos de niveles superiores, de 26 para arriba. Yo no sé
cuál es la incidencia económica de una medida como la propuesta en esta
disposición. Ustedes son muy rigurosos a la hora de analizar nuestras
enmiendas y ver cuánto vale cada una de ellas. Acaban de rechazar una de
Izquierda Unida; dicen que está en consulta de Gobierno porque no saben
qué incremento supone. Pues tampoco sabemos cuánto vale esta disposición,
no sabemos qué incidencia económica puede tener ni cómo van a utilizar
ustedes esta autorización. A nosotros se no ocurre que se está buscando
una nueva versión de los contratos blindados o, por lo menos, de
contratos de favor. No llegará a tanto, pero no cabe duda de que ése es
un elemento más de discrecionalidad que no existía en las leyes de
presupuestos anteriores. Por eso decía en mi primera intervención que el
Gobierno, en estos presupuestos, en algunos casos parece que huye hacia
adelante, empeorando lo que ya estaba legislado.

Hay una serie más de cuestiones, señor Presidente, que, efectivamente, no
es necesario que yo ahora describa ni me



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detenga en ellas; sencillamente, quería agradecer que el Grupo
Parlamentario Socialista reflexione por lo menos en dos de nuestras
enmiendas, y señalar, con toda modestia, que con el resto de las
enmiendas también podían perder el tiempo --que sería ganarlo--
reflexionando sobre ellas. Esperamos que en el debate en Pleno la cosecha
sea más sustanciosa.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, señorías, la verdad es que uno
nunca termina de aprender, porque la discusión parlamentaria de los
Presupuestos le da lecciones todos los días. Yo no sabía que un argumento
fuese que le han remitido unas enmiendas al Gobierno para que las informe
y que, por tanto, no tienen opinión. Este sometimiento que el Grupo
Socialista tiene al Gobierno que soporta es un tanto paradójico. Además,
le han pasado mal la chuleta; de las tres que ha dicho, solamente dos han
sido remitidas, pero al Gobierno se le ha pasado el plazo para poder
decir si las admite o no porque lo estamos tramitando ya. Me gustaría que
usted, en nombre de su Grupo, diera las razones de por qué es mala
nuestra propuesta. No me diga que como la han remitido al Gobierno, por
si acaso éste las rechaza después, no las va a argumentar ahora. ¡Pues no
sé cuándo las va a argumentar usted! Me imagino que dentro de este
trámite es cuando se tienen que argumentar por qué son buenas o malas las
propuestas, y no en función de lo que el Gobierno diga después, que ya
veremos lo que dice.

Otra cosa que también he aprendido es lo relativo al pacto. ¿Ustedes nos
traen aquí un refrendo de un pacto con los sindicatos? ¿Por qué no
aplican siempre esto? Porque hay que ver cuándo les hemos sacado que se
ha pactado una cosa y ustedes no lo cumplen... ¡No, hombre, no! ¿Es que
ahora no es posible mejorarlo? ¿Es que los sindicatos han pactado con
ustedes que no se les informe del uso del capítulo de inversiones al
personal? ¿Los sindicatos han dicho que están de acuerdo con ustedes en
que no les informen ni a ellos ni al Parlamento? ¿Los sindicatos les han
dicho y han firmado con ustedes que no se deben de prohibir los contratos
blindados de la Administración Pública? ¿Los sindicatos les han dicho a
ustedes que no se debe fortalecer la negociación colectiva? ¡Hombre de
Dios! No utilice usted el argumento de que han pactado, y como han
pactado, o sí o no al pacto. No, aquí estamos debatiendo o sí o no a un
proyecto de ley que el Gobierno tramita, con independencia de que lo haya
negociado, y me imagino que en las Cortes los grupos parlamentarios
tendremos la posibilidad de modificar o precisar ese pacto al que ustedes
han llegado y que yo he valorado y sigo valorando positivamente.

Voy a referirme a varias enmiendas, porque el argumento relativo a
algunas de ellas ha sido un tanto sacado de su precisión. El artículo 21,
apartado tres, dice: «Todos los altos cargos a que se refiere el número
anterior...» Y nuestra enmienda 529 propone: «Todos los directores
generales...» Reducimos el número de altos cargos si el criterio de poder
cobrar productividad va unido al alto cargo o no, y si es eso lo que han
firmado los sindicatos. Se ve que el pacto que ustedes han firmado es
distinto al que nosotros conocemos. Yo tengo la copia de lo que ustedes
han firmado, y lo que les estoy diciendo no lo he visto reflejado. Se ve
que ustedes tienen otra debajo de la manga, que es la que utilizan para
decir lo que han pactado. Yo les he hecho otra propuesta, entendiendo que
no todos los altos cargos tienen que tener ese régimen retributivo y,
sobre todo, los complementos de productividad, que no tienen por qué
recibirlo esos altos cargos.

Hay otra enmienda relativa al complemento de productividad y la
jerarquía. Yo le he dicho que el complemento de productividad tiene que
ir unido de verdad a producir, a la consecución de un objetivo
presupuestario, pero no al nivel del puesto desarrollado. Usted me dice
que eso no pasa ahora, y yo le replico que sí está pasando.

Usted se ha atrevido a más porque me ha dicho que la enmienda 526 no
puede ser permitida. ¡Hombre! Se ha pasado usted en el verbo. Permitida,
presentada y defendida. Otra cosa es que usted la vote a favor o en
contra, pero, permitida sí. Me ha sacado el argumento de la Ley 30/1984.

La Ley 30/1984 ha sido precisada y matizada en eso que ustedes han
negociado con los propios sindicatos.

Hay una referencia a la enmienda que nosotros presentamos al artículo 22
f), en lo que pudiéramos llamar la relación con una cuantía en función de
un trabajo extraordinario. Nosotros creemos que debe obedecer a trabajos
extraordinarios, por eso hablamos de la relación hora de trabajo, no por
recuperar las horas extraordinarias antiguas, sino en función de un
trabajo extraordinario que se encarga, para evitar que pueda ser
utilizado por quien administra o decide a la hora de ser más o menos
benévolo con unos funcionarios con los cuales trabaja todos los días.

Nosotros proponemos la eliminación --tampoco he oído su argumentación--
del artículo 22 dos, que dice, que el Gobierno «podrá modificar la
cuantía de los créditos globales destinados a atender los complementos de
productividad, las gratificaciones por servicios extraordinarios y los
otros incentivos al rendimiento...». Me gustaría conocer por qué eso no
añade una cierta libre disposición. ¿Es bueno o es malo que el Gobierno
tenga esa posibilidad? Desde luego, que no es malo ni es bueno que pueda
tenerla, lo malo es la práctica a la hora de aplicarlo, que es lo que
nosotros queremos evitar.

Quiero hacer referencia a nuestra enmienda que pretende facilitar la
negociación con los sindicatos de la productividad y de los complementos
de gratificación. Yo creo que eso sería positivo; es más, sería bueno que
se pudiera lograr, yo no sé si por organismo autónomo o, en su conjunto,
para toda la Administración Pública, pero, desde luego, redundaría en un
beneficio.

Termino, señor Presidente, diciendo que el objetivo de nuestras enmiendas
es mejorar la propuesta que el Gobierno trae con independencia de los
apoyos que haya conseguido para esa propuesta, aplaudiendo y creyendo
como positivos los avances que se han dado por lo menos para mantener la
capacidad adquisitiva en la previsión del IPC. Después, no está asegurada
la evolución de la desviación



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de la previsión que, como usted sabe como yo, va a ser de las pocas que a
lo mejor no se ajustan a la liquidación del presupuesto con lo cual
entramos en otra realidad determinada. En todo caso, eso sí es algo
negociado y pactado. Otros elementos que pretende modificar mi enmienda
no suponen modificación de lo pactado. En todo caso, aceptará usted que
son adiciones que mejoran lo que han negociado, y me imagino que a un
dulce nadie le hace ascos. Por tanto, los sindicatos no verían mal que se
mejoraran algunas cosas que ustedes han negociado. Eso sí, la factura no
se la llevarían ustedes y, a lo mejor, eso es lo que ustedes no quieren.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Brevemente, quiero recalcar la
discordancia manifiesta de fondo que tenemos entre el Grupo Parlamentario
Socialista y el Grupo Vasco, en la medida en que ninguna de nuestras
enmiendas ha sido admitida. Yo le indicaría al portavoz del Grupo
Socialista que, como le he indicado anteriormente, a nuestro juicio, la
autonomía financiera y la autonomía, en cuanto a la posibilidad de
desarrollar políticas en materia de personal, queda conculcada. No olvide
que el proyecto de ley que se somete a nuestra consideración en su ámbito
de aplicación habla de los Presupuestos Generales del Estado y en su
artículo 1.º contiene una serie de entidades públicas entre las cuales no
aparece la administración de las comunidades autónomas, no aparece la
Administración local. El ámbito de aplicación es el que es, lo que ocurre
es que, a continuación, vienen artículos posteriores que dicen que es
sector público estatal también la Administración de las comunidades
autónomas y las administraciones locales.

Le tengo que reiterar que nos encontramos ante una conculcación de la
autonomía, tanto de las corporaciones locales como de las
administraciones de las comunidades autónomas. Autonomía significa
capacidad de decisión, poder para tomar determinadas medidas en función
de los recursos que se tienen, y resulta que aquí las comunidades
autónomas, disponiendo de un régimen ordinario de recursos, de ingresos,
no pueden conceptuar, no pueden formalizar sus presupuestos más que de
acuerdo --como se dice en el artículo 18 en su párrafo quinto-- con los
criterios señalados en este artículo. Si no tenemos autonomía para eso,
¿en qué queda la autonomía? Queda plenamente cercenada. Esa es la
característica esencial de la autonomía, el tener capacidad de
disposición, capacidad de gasto, capacidad para tomar decisiones
políticas. Lo que ustedes plantean aquí son decisiones políticas
negociadas en determinados foros, muy respetables por cierto pero en los
que no pueden vincular a administraciones públicas que no han sido parte
en esas negociaciones y en esos acuerdos a los que ustedes han llegado.

Le voy a poner un ejemplo: recientemente, la Federación Española de
Municipios y Provincias se ha adherido al acuerdo regulador de las
condiciones de empleo firmado entre el Ministerio para las
Administraciones Públicas y los sindicatos, pero se ha adherido
voluntariamente. Me parece bien que siempre que haya un respeto al
principio dispositivo se apliquen los fundamentos establecidos en ese
acuerdo general, pero respecto a aquellas administraciones públicas que
no se hayan adherido, ustedes no pueden entrar a cercenar la autonomía
financiera, la autonomía de política de personal en materia retributiva.

A nuestro juicio, señor Presidente --y vuelvo a reiterar--, nos parece
que es atentatorio a la autonomía municipal y a la autonomía de las
corporaciones locales el planteamiento que se hace en el artículo 18 del
proyecto de ley. Por lo tanto, no deberían de incluirse como sector
público las administraciones de las comunidades autónomas o las
administraciones locales. Se debe referir exclusivamente al sector
público estatal, puesto que el resto de los sectores públicos disponen de
sus capacidades para elaborar, a través de sus correspondientes
instrumentos financieros, el régimen de ingresos y gastos anuales.




El señor PRESIDENTE: El señor Morlán tiene la palabra.




El señor MORLAN GRACIA: Señor Núñez, yo he dicho que el año pasado hubo
congelación y no me he vanagloriado de que la hubiera. A mí me hubiera
gustado que no la hubiera habido, como a todos los Diputados de esta
Cámara. Este año hay un acuerdo entre la Administración y los sindicatos
representantes de los empleados públicos, y el hecho de que haya un
acuerdo es notablemente mejor; no digo que se esté notablemente mejor,
digo que es notablemente mejor el hecho de que ese acuerdo se haya
planteado. Desde luego, es un acuerdo que mejora las condiciones de los
empleados públicos.

Hablando de medidas retributivas, la retribución media que tienen los
empleados públicos desde 1990 a 1994, según los informes que se han
facilitado a la mesa general de negociación de los empleados públicos, es
un 6,56 por ciento mayor, que me imagino que usted lo habrá visto como yo
en este libro de tapas amarillas que nos entregan con los presupuestos de
cada año.

Señor Núñez, hemos reflexionado sobre todas las enmiendas, no solamente
sobre aquellas en las que tenemos posibilidad de llegar a algún tipo de
acuerdo o de aceptar en parte o transar, sino sobre el conjunto de las
enmiendas que ha presentado tanto su Grupo como el resto de los grupos de
esta Cámara, porque creo que es nuestra obligación hacerlo, desde luego,
con el máximo respeto, con la máxima responsabilidad, porque entendemos
que las aportaciones que se hacen para mejorar un texto son aportaciones
que tienen que ser siempre bienvenidas. Si hemos manifestado que
rechazamos algunas enmiendas, es porque lo que hacían es distorsionar el
contenido del texto y no estar de acuerdo con la filosofía que tiene el
mismo y con lo que recogían sus distintos artículos.

Respecto a las enmiendas que ha citado sobre los complementos de
productividad y de destino --y esto también va para el señor Ríos, de
Izquierda Unida--, cuando se habla del complemento de productividad en
ningún momento



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lo recoge la Ley 30/1984 ni tiene nada que ver con la jerarquía o con el
nivel del puesto de trabajo. Está dado en función de unos objetivos y en
función de unos programas. En esta Cámara y en esta Comisión, cuando se
ha hablado de los programas que había en la Administración pública para
el control del gasto, se ha cuestionado incluso el funcionamiento de esos
programas, y, señorías, van en función de que se cumplan esos objetivos,
van en función de que se cumplan esos programas. Por lo tanto, tiene que
haber una compensación por llevar a cabo esos objetivos, que viene
comprendida en lo que es el complemento de productividad. Está incluido
dentro del pacto a que se ha hecho referencia de la Administración con
los sindicatos, pero no tiene por qué no estar incluido en las
retribuciones que puedan darse a otros colectivos de funcionarios que no
están incluidos dentro del propio contenido del pacto.

Creo, señoras y señores Diputados, que estamos elaborando aquí un
complejo mundo de retribuciones, en el que no tienen por qué estar
incluidos los altos cargos, en la medida en que ustedes plantean. Creo
que los altos cargos tienen derecho a unas retribuciones básicas y tienen
derecho a unas retribuciones complementarias, y el razonamiento de que el
hecho de ser alto cargo lleva implícito que se lleve la productividad a
cien me gustaría que fuera así, pero me gustaría para el alto cargo y
para todo el mundo, no solamente para el alto cargo, porque creo que todo
el mundo está cobrando de la Administración y todo el mundo está cobrando
por desarrollar y ejecutar una labor que le tienen encomendada. Por
consiguiente, creo que ese sistema de retribuciones va a impulsar, va a
incentivar ese rendimiento, y no creo que eso sea nada contrapuesto con
que sean los altos cargos los que también tengan derecho a percibir ese
tipo de retribuciones.

Señor Ríos, no sé qué información le habrán dado. Yo tengo la que tengo,
y según la que tengo, esas tres enmiendas están a consulta del Gobierno.

No quiere decir nada especial, simplemente que están a consulta del
Gobierno porque la Mesa de esta Comisión ha entendido que eran
susceptibles de incremento de gasto. Pero si usted hubiera atendido al
conjunto de la exposición, a la reflexión inicial que he hecho sobre en
qué consistía este Título III y cómo está dividido en los dos capítulos y
por qué razón se dividían, yo creo que usted habría podido entender,
porque es inteligente y porque lo sabe hacer perfectamente, por dónde
iban los tiros o cuál era la dirección que marcaba la negativa de las
enmiendas, que, por supuesto, está sustentada en ver si el Gobierno había
contestado o no sobre si había incremento de coste, ésos eran los
elementos, pero lo otro, lo de fondo venía contestado por mi parte en el
conjunto de mi exposición que creo que ha sido bastante indicativa de
cuál es el planteamiento de mi Grupo. Y, desde luego, yo no estoy
diciendo que el pacto con los sindicatos tenga que ser un pacto que esté
cerrado absolutamente. Lo que sí estoy diciendo es que el pacto es un
pacto entre dos partes, y quien tiene que abrirlo, tiene que negociarlo y
hablarlo son las partes contratantes, y las partes contratantes son la
Administración y los representantes de los sindicatos, y aquí no estoy
hablando ni de sometimiento al Gobierno, ni de que los trabajadores no
tengan derecho a tener determinado tipo de información, en absoluto. Uno
de los puntos del acuerdo dice que la Administración informará
semestralmente a los sindicaos, en el seno de la mesa de retribuciones y
empleo, sobre los criterios aplicados en la fijación, distribución y
cuantía de los incentivos al rendimiento. Los sindicatos presentes en la
mesa podrán aportar iniciativas y propuestas alternativas. Creo que éste
es un elemento importante para indicar que, efectivamente, en cuanto a
todos esos niveles de información, desde el Parlamento a nadie se le
oculta que tenemos el perfecto derecho a tener la información necesaria
sobre todo tipo de contratos, sobre todo tipo de documentación que exista
en la Administración pública, y no hace falta reflejarlo en ningún sitio,
simplemente tenemos derecho a tenerlo. Hay que pedirlo. Pues pidámoslo si
de verdad estamos en esa tesitura. Por tanto, creo que el rechazo a las
enmiendas que usted me plantea no es un rechazo del no por el no.

Nosotros entendemos cuáles son sus planteamientos. Entendemos también que
dentro del propio pacto y dentro de las negociaciones que se están
llevando entre los sindicatos y el Gobierno durante todo ese tiempo están
incluidos dentro de la mesa de negociación esos aspectos que a usted le
preocupan.

Mire, nosotros no es que queramos pasar la factura a nadie del contenido
del pacto y del desarrollo del pacto. Sí me da la impresión de que
ustedes van más allá de lo que dice el pacto, porque a lo mejor les
hubiera gustado haber cogido la bandera del pacto, puesto que ustedes lo
aprueban, cosa que me parece perfecto, pero creo que a veces hay
determinadas enmiendas que van más allá de lo que puede plantearse en un
momento determinado.

Respecto al Grupo Nacionalista Vasco yo le tengo que indicar que,
efectivamente, nuestra discrepancia es de fondo, pero es de fondo porque
nosotros nos amparamos en la defensa de nuestras pretensiones en que el
propio Tribunal Constitucional en sentencias 96 de 1990 y 237 de 1992
entiende que es perfectamente válido que por ley de presupuestos se fije
y se limite el crecimiento de la masa salarial en las comunidades
autónomas y en las corporaciones locales. En consecuencia, desde esa
perspectiva nosotros en absoluto queremos vulnerar la posibilidad
financiera de las comunidades autónomas; es decir, la comunidad autónoma
tiene perfecto derecho a regular, dentro de un marco que se tiene que
aprobar en esta Cámara, cuáles son sus sistemas de financiación dentro de
ese propio marco. Por tanto, dentro del tema de las retribuciones, cuando
hablamos del 3,5 por ciento sobre la masa salarial, hablamos del 3,5 por
ciento sobre las retribuciones básicas, complementarias y extraordinarias
que puedan tener los funcionarios públicos o los empleados públicos,
estamos hablando de una cifra tope en la cual las comunidades autónomas
pueden dar más o menos a unos servicios o a otros, o fijar de distinta
manera cuáles tienen que ser los complementos de productividad o los
complementos retributivos que tengan contemplados en esa comunidad
autónoma. Por ello, creo que, a pesar de que exista esa diferencia de
fondo en el tratamiento de estas enmiendas, espero que ustedes entiendan
que nuestra justificación está avalada por sentencias del Tribunal
Constitucional, que en



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nada desdicen cuáles son sus pretensiones de financiación y que apoyan y
avalan que exista un marco regulador nacional que afecte tanto a las
comunidades autónomas como a las corporaciones locales.




El señor PRESIDENTE: Con la intervención del señor Morlán termina el
debate de las enmiendas correspondientes al Título III. Vamos a comenzar
las deliberaciones del Título IV, pensiones públicas, y la Sección
correspondiente, la número 07, de Clases Pasivas.

Quiero informar a las señoras y señores Diputados que la votación de
todos los títulos, incluido este Título IV, tendrá lugar en el momento en
que terminen estas deliberaciones. Inmediatamente después, comenzaremos
la deliberación del Título V, haremos un muy pequeño descanso para
reparar fuerzas y una sesión nocturna dedicada a deliberar sobre las
enmiendas del Título VI, con lo cual terminarán nuestras tareas en el día
de hoy.

Al título IV y a la Sección correspondiente, Clases Pasivas, han
presentado enmiendas el Grupo Parlamentario Popular, el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida y el Grupo Mixto, el señor Chiquillo
Barber.

Para defender las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular, tiene la
palabra el señor Núñez.




El señor NUÑEZ PEREZ: Señor Presidente, señorías, el Grupo Parlamentario
Popular ha presentado una enmienda de totalidad, la 946, varias enmiendas
al articulado, de la 947 a la 950, una enmienda de totalidad también a la
Sección 07, la 1072, que defenderé en esta misma intervención, y también
defenderé varias enmiendas a las adicionales y transitorias, que son la
1030, 1031, 1032, 1033, 1034 y 1035, con la mayor brevedad posible.

El año pasado, al defender las enmiendas al Título IV, anunciábamos los
inevitables recortes que iban a padecer las pensiones públicas con lo que
los presupuestos hoy vigentes anunciaban. Se nos negó el pan y la sal, se
rechazaron nuestras enmiendas, pero los acontecimientos nos han dado la
razón. Se aumentaron las pensiones en un 3,5 por ciento, pero como el IPC
fue del 4,9, la pérdida de poder adquisitivo por cada pensión fue del 1,4
por ciento. No había cláusula de revisión ni en los Presupuestos
Generales del Estado, como nosotros pedíamos, ni en los decretos de
revalorización, aunque se hacía referencia a ellos en la exposición de
motivos. Tan clamorosa era la falta que el 14 de septiembre, en una
escena parlamentaria entrañable, el señor Roca le facilitó al señor
Presidente de Gobierno la rectificación urbi et orbe: figurará esta
cláusula de revisión en los Presupuestos Generales para 1995, es decir,
justamente lo que nosotros y otros grupos parlamentarios solicitábamos en
un debate como éste hace ahora un año. Ustedes rechazaban nuestras
enmiendas diciendo que era una cláusula que no tenía por qué estar,
incluso por técnica presupuestaria, dentro del proyecto de ley.

Sujetaron también al IRPF pensiones por incapacidad permanente, y eso
produjo, como es lógico, un recorte en las mismas; declararon otra vez
congeladas las pensiones asistenciales, y eso produjo un recorte de las
mismas, etcétera. Creemos que en estos presupuestos se desaprovecha la
ocasión para restablecer un trato equitativo en relación con las
pensiones públicas, es decir, corrigiendo errores que, repito, vienen de
los presupuestos de 1994. En todo caso, nuestra enmienda de totalidad y
las enmiendas parciales, que, como dije de las del año pasado, son
atemperadas a las circunstancias actuales --porque nosotros no
consideramos que estemos en una situación notablemente mejor-- y, además,
moderadas, dan pie a que hagamos la siguiente enmienda de totalidad y por
las siguientes razones.

Quienes han causado pensión en clases pasivas con arreglo a la
legislación anterior a la Ley 50/1984 siguen padeciendo un trato
discriminatorio respecto a quienes la causaron con base en dicha ley. Lo
dije el año pasado, lo dije el año anterior, lo repito éste y lo repetiré
hasta que efectivamente se corrija esta discriminación. A menudo, desde
el Gobierno se ha pretendido rebatir el calificativo de discriminatoria
sobre la base de las peculiaridades de todo sistema de pensiones, que a
lo largo del tiempo, efectivamente, pueden experimentar ciertos cambios
normativos con incidencia en el montante de las prestaciones. Esto, que
efectivamente puede tener valor en el sistema de la Seguridad Social en
razón de diferentes cotizaciones que dan lugar a prestaciones diferentes,
no juega en las pensiones de clases pasivas, y no lo hace por cuanto a
este régimen no se cotiza. El Estado corre con el abono de las pensiones,
no en función de las cotizaciones realizadas sino en razón del vínculo de
funcionario. Entonces no puede calificarse más que como discriminatoria
una legislación que para un mismo supuesto en cuanto a antigüedad,
categoría administrativa, cuerpo, escala, etcétera, señala diferentes
pensiones con diferencias de hasta el 50 por ciento por la simple razón
de haberse producido el hecho causante antes del 1 de enero de 1985 o
después del 31 de diciembre de 1984.

Al mismo tiempo, se siguen congelando --éste es otro dato para la
enmienda de totalidad-- las pensiones asistenciales y las prestaciones de
la LISMI, sin que acertemos a comprender la razón por la que, con su
carácter transitorio tras la entrada en vigor de la Ley de prestaciones
no contributivas, ha de llevar la congelación. Estas pensiones, se lo
recuerdo a SS. SS., están en 25.000 pesetas desde hace tres años.

La supresión llevada a cabo por el artículo 62 de la Ley de Presupuestos
Generales del Estado de 1994 es otro motivo para la enmienda de
totalidad. Suprimió la exenciones que sobre el IRPF venían disfrutando
determinadas prestaciones de la Seguridad Social y de clases pasivas por
incapacidad permanente, a tenor de lo que disponía la Ley 18/1991. Eso, a
nuestro entender, exige una rectificación mediante la derogación de esta
norma, tanto por lo insólito del procedimiento con que se llevó a cabo y
por la inseguridad jurídica implícita en ella como por la discriminación
y trato desigual generado para los pensionistas de clases pasivas en
relación con los del sistema de la Seguridad Social. Todo el mundo sabe
que nuestro Grupo Parlamentario ha presentado un recurso de
inconstitucionalidad, que ha sido admitido a trámite, por coherencia con
lo que defendimos en el debate presupuestario... El recurso de
inconstitucionalidad,



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y también en apoyo a una iniciativa del Grupo Parlamentario Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, creemos que es un argumento sólido y
poderoso para mantener y defender esta enmienda a la totalidad.

Entendemos también que las pensiones de viudedad deben amparar la
situación familiar derivada de la muerte del causante. Cabría tener en
cuenta, a la hora de valorar qué pensión es la adecuada, la situación
económica de la viuda o del viudo. En tanto no se avance en esto, no
parece lógico mantener las diferencias actuales simplemente por la edad
de la viuda o el viudo. Es cierto que desde hace años se ha dado un gran
paso en la mejora de las pensiones mínimas de viudedad, no nos duelen
prendas al reconocerlo, pero 33.000 pesetas para las viudas menores de 60
años nos parece una cifra poco congruente con el sistema actual de
prestaciones sociales. En un primer paso, hasta llegar a la plena
equiparación para todas las edades de la pensión mínima de viudedad,
habría que señalar dos únicos tramos: más de 65 años y menos de 65,
dejándola para éste en 619.990 pesetas anuales.

Finalmente, ha llegado el momento de tomar medidas concretas en relación
con la jubilación forzosa de los funcionarios, introduciendo mecanismos
flexibles. Lo que se ha terminado por hacer con el personal docente y de
la carrera judicial no hay razón para no hacerlo con los restantes
funcionarios. Estamos ya conculcando el principio de igualdad de la
Constitución, y estas situaciones llevan necesariamente a defender
nuestras iniciativas y nuestras posiciones aquí, pero, en todo caso, a
recurrir al amparo del Tribunal Constitucional.

Como enmiendas concretas me quiero referir a la que formulamos al
artículo 36. La enmienda contiene una vieja reivindicación de los
titulares de pensiones extraordinarias del régimen de clases pasivas, y
creemos que está plenamente justificada. No parece lógico que el carácter
extraordinario de la pensión, como consecuencia de incapacidad e
inutilidad física en acto de servicio, no tenga consecuencia alguna en
relación con los límites a las pensiones. Supone desconocer la razón de
ser de su carácter extraordinario y supone a nuestro modo de ver una
injusticia. Como están las cosas ahora, un pensionista de clases pasivas
jubilado puede percibir 263.035 pesetas. Un pensionista por incapacidad e
inutilidad en acto de servicio a quien se acredite una pensión de la
misma cifra, 263.035, cobrará 263.035. ¿Dónde está, pues, el carácter
extraordinario? ¿En qué se traduce el derecho a percibir el 200 por
ciento? No parecen precisas mayores razones para concluir con lo injusto
del actual estado de cosas.

Lo mismo cabe argumentar con las enmiendas relativas al artículo 38 y al
artículo 39.

La enmienda al artículo 41 ya la he defendido con la enmienda de
totalidad; es la que se refiere exactamente a las pensiones de viudedad.

Pasar las mínimas a unas 44.000 pesetas no parece que suponga un
desembolso que desequilibre el gasto en prestaciones sociales. Según
nuestros cálculos asciende a 35.000 millones de pesetas, que pueden ser
compensados con la rebaja de los gastos corrientes en el presupuesto
consolidado del Estado, tal y como defenderemos en una enmienda a una
disposición adicional que hemos introducido y cuya defensa hemos dejado
para cuando terminemos el articulado.

Es urgente también, y es otra enmienda a la disposición adicional
séptima, uno y dos, y de estricta justicia, terminar con la congelación
por tercer año consecutivo de las prestaciones asistenciales. Repito, el
acelerado ritmo de su decrecimiento permite aceptar esta enmienda con un
liviano esfuerzo económico. Estamos hablando de pasar de 24.935 pesetas a
25.808 mensuales, muy lejos de las 33.780 de la no contributiva que la
sustituyó y, sencillamente, para romper, sobre todo con nuestra enmienda,
con la tendencia a una congelación a la que no encontramos explicación ni
justificación por ninguna parte.

Luego, efectivamente, con la disposición adicional nueva parece razonable
dar igual trato a los efectos de exenciones del IRPF a cuantos ingresaron
en el Cuerpo de Mutilados, aunque el hecho que motivara el ingreso
ocurriera en otro momento y no en la guerra 1936-1939.

En cuanto a la disposición adicional nueva relativa a pensiones y a
clases pasivas con base en la normativa anterior a la Ley 50/1984 repito
lo que dije para la defensa de la enmienda de totalidad. Lo mismo he de
decir para una disposición adicional nueva que deroga el artículo 82 de
los Presupuestos Generales del Estado de 1994 que sujeta al IRPF las
pensiones a las que antes me he referido.

Finalmente, terminamos con una disposición también adicional nueva
relativa al personal de Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad en retiro
forzoso prestando servicios en la Administración el 31 de diciembre de
1984. Aquí también el Gobierno se ha mantenido insensible. No está de
acuerdo con la justicia y la equidad de que a estas personas no se las
tome en consideración, a efectos del señalamiento de la pensión, el
tiempo de prestación de servicios en la Administración pública. También
va en contra de los principios que inspiran cualquier sistema de
Seguridad Social en los que todo tiempo trabajado ha de computarse de
cara al cálculo y mejora de las pensiones.

Creo que con todas estas enmiendas mejoramos el Título IV de pensiones
públicas y, repito, no pedimos el mar y los peces. Sabemos que nuestras
enmiendas tienen que ajustarse, dada la situación crítica por la que
estamos atravesando, y de ahí la modestia de nuestras reivindicaciones.




El señor PRESIDENTE: El señor Ríos tiene la palabra.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, seré muy breve porque voy a
defender las enmiendas que el Grupo Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya ha presentado a este apartado haciendo dos referencias.

Unas que, como parte del grupo mayoritario va a responder, van a verse
afectadas por lo que ha sido el acuerdo entre sindicatos y Gobierno --que
yo reconozco como positivo y que es bueno para las pensiones, tanto en su
revalorización como en la cláusula de revisión-- y que yo espero que
tengan mejor eco que las que hemos presentado para el personal, entre
otras cosas porque nos referimos a las no revalorizadas, como pueden ser
las del SOVI, y nos referimos a la necesidad de corregir algo que se
planteaba



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en años anteriores: la situación de las pensiones inferiores a 80.000
pesetas. Lo cierto es que no es lo mismo subir el 3,5 por ciento de una
pensión de 49.000 pesetas, que de una pensión de 263.000 pesetas. Por
tanto, es lógico que nos planteemos, como un objetivo de política social,
dentro de un Estado del bienestar desarrollado, el mejorar las pensiones
más bajas, con las que, además, tienen que hacer frente a un porcentaje
alto del gasto que significa el mantenerse, el poder vivir.

Las enmiendas números 536 y 539 hacen referencia, al igual que otras
enmiendas del Partido Popular, a establecer un apartado, dentro del
artículo 36, que busque que durante el año 1995 las pensiones
extraordinarias del régimen de clases pasivas del Estado que puedan ser
originadas por incapacidad o inutilidad en acto de servicio sean
establecidas hasta un límite de percepción máximo del 200 por cien que,
con carácter general, pueda fijarse. Esto no es más que un requisito que
establecía el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas
del Estado. Es decir, esto ya no es que se proponga porque hay un pacto
con los sindicatos, sino que es como cumplimiento de una ley aprobada por
las Cortes que, lógicamente (me imagino), debiera obligar a quien
gobierna tanto como el pacto que pueda tener al margen de los acuerdos de
la Cámara.

La enmienda 537 hace referencia a que durante el año 1995 se va a
proceder a una revalorización de las pensiones mínimas con un incremento
adicional a la inflación del 4 por ciento, de todas las pensiones
inferiores a 80.000 pesetas. Este planteamiento fue traído a colación en
los presupuestos pasados por los propios sindicatos; no hubo acuerdo
precisamente el año pasado por estos 60.000 millones de pesetas que podía
costar esta revalorización, y yo espero que este año, un año de
crecimiento económico que este país va a tener en torno al 2,7 por ciento
del producto interior bruto, se pueda abordar (dicen los presupuestos que
se va a abordar; ya veremos al final cómo queda) esta revalorización.

La enmienda número 538 precisamente pretende suprimir en el artículo 38,
dos, el apartado d), porque entendemos que las pensiones que vienen del
SOVI, que están bastante tiempo paralizadas, no deben mantenerse dentro
de ese apartado, que viene a decir: pensiones no revalorizables en el año
1995; es decir, congeladas. Esta vieja pensión creemos que debe
actualizarse. Por eso hemos hecho una propuesta antes de incorporar, a
través de una enmienda, un crecimiento de esta previsión presupuestaria,
y ahora proponemos en el texto quitar de este párrafo de no
revalorizables, las pensiones del SOVI.

Ese sería el objetivo de nuestras enmiendas, que es muy modesto y muy
prudente, y estoy convencido de haber dado argumentos suficientes para
que puedan ser respaldadas por los demás grupos parlamentarios.




El señor PRESIDENTE: El señor Chiquillo Barber tiene la palabra.




El señor CHIQUILLO BARBER: Señor Presidente, vengo a defender las dos
enmiendas al Título IV, referente a las pensiones públicas, la primera,
con el número 29, al artículo 35, y la segunda enmienda, la número 30, al
artículo 38.

Con la enmienda 29 intento que se acabe con la grave discriminación que
se contempla en el artículo 35 respecto a otras modalidades de pensiones.

En los últimos años estos pensionistas han perdido también poder
adquisitivo y han estado afectados por las congelaciones sucesivas. Por
eso solicito que las pensiones no contributivas del artículo 35 se fijen
en 40.000 pesetas. Este incremento es moderado, pero pensamos que es el
que va a repercutir sobre aquellos sectores más desprotegidos de la
sociedad, aquellos que tienen unas pensiones más bajas, porque
consideramos que las 33.780 pesetas que se contemplan en los presupuestos
de 1995 son de todo punto insuficientes.

Asimismo, mantengo la enmienda número 30, que es de supresión, al
artículo 38, por cuanto, si se hace un justo esfuerzo de revisar
pensiones, no se deben establecer excepciones a la revalorización de las
pensiones para 1995 y, por tanto, pensamos que deben considerarse en su
totalidad las revalorizaciones y no excluir de ellas ningún tipo de
modalidad de pensión. En el fondo, estas dos enmiendas lo que persiguen
es acabar con esta discriminación en esos dos colectivos de pensionistas,
por lo cual espero que cuenten con el apoyo del Grupo Socialista.




El señor PRESIDENTE: El señor Cercas Alonso tiene la palabra.




El señor CERCAS ALONSO: Voy a procurar, con la misma brevedad con la que
lo han hecho los enmendantes, dar las razones que van a mover al Grupo
Parlamentario Socialista a oponerse tanto a las enmiendas de totalidad
que demandan la devolución al Gobierno de este título IV del proyecto de
ley de Presupuestos y de la Sección 07, así como tratar de justificar
nuestra oposición a las enmiendas parciales, puesto que, como verán SS.

SS., hay argumentos poderosos que nos llevan a considerar que todas y
cada una de ellas no pueden abordarse de acuerdo con las finalidades que
debe cumplir, sin ninguna duda, este Presupuesto de la Seguridad Social.

Me referiré por ello, con carácter previo, señor Presidente, a que por
mucho que los representantes de los grupos parlamentarios traten en cada
uno de los títulos de aislarse de lo que es el conjunto de propuestas que
van haciendo sus respectivos grupos a este proyecto de ley de los
Presupuestos, qué duda cabe que una razonable técnica parlamentaria exige
la contemplación de cuáles son las posiciones respecto al conjunto del
proyecto de ley de Presupuestos.

Cuando llegamos al título IV, señor Presidente, creo que a todos se nos
ha de exigir un rigor conceptual para que las demandas que se solicitan
en este título no estén en contradicción con discursos que acaban de
pronunciarse hace breves minutos en esta misma sesión, o que se van a
pronunciar dentro de breves minutos al hablar del título siguiente del
proyecto de ley, o que se plantearon con mayor solemnidad aún en los
debates de totalidad que tuvieron lugar en el Pleno de la Cámara hace
brevísimas semanas. Nosotros vamos a intentar mantener la coherencia, la
cual



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nos lleva a pensar que el Presupuesto de la Seguridad Social tiene que
ser perfectamente coherente con el conjunto de circunstancias económicas
y presupuestarias que vive el país en general y que vive el sector
público, y que vive también el sistema de la Seguridad Social que es
objeto de esta Cámara de profundas reflexiones y debates, incluso en una
ponencia «ad hoc» que está estudiando la propia viabilidad del sistema de
la Seguridad Social. No parece coherente, señor Presidente, que hablemos
del título y de las secciones que atienden a estas obligaciones de gasto
olvidando ese conjunto de circunstancias que en otros momentos parece
importar muy mucho a todos.

Empezaré por decir que me ha producido enorme sorpresa --aunque
ciertamente ya debería estar curado de este tipo de sorpresas-- la
intervención del representante del Grupo Parlamentario Popular. Me ha
producido una enorme sorpresa, en primer lugar, porque trata de
argumentar una enmienda a la totalidad de este título IV y, como no tiene
mejores argumentos, parece retrotraernos al debate que hace un año
teníamos aquí respecto a iguales preceptos. Lo cierto, señor Núñez, es
que endeble argumento es el suyo si para pedir la devolución al Gobierno
trata de sustentar su posición en que las pensiones han perdido en el año
1994 capacidad adquisitiva y nos hace un largo recordatorio trufado por
interpretaciones ciertamente particulares y ciertamente poco sostenibles
de que durante este año se va a producir, debido a esas desviaciones que
puede tener el PIC noviembre sobre noviembre, un incremento que va a caer
sobre las espaldas de las familias de los pensionistas. Sabe S. S.

perfectamente que tal como anunciábamos en el anterior debate
presupuestario y tal como ha sido objeto de diversas interpelaciones, con
sus correspondientes respuestas por parte del Gobierno, en este proyecto
de ley de Presupuestos está previsto hasta un montante de 53.000 millones
de pesetas que permitirán atender cualquier desviación que se produzca
entre el IPC previsto el año pasado por la Ley de Presupuestos y el que
se realice precisamente cuando se pueda medir el IPC noviembre sobre
noviembre. De modo que no habría ningún argumento de por sí para pedir la
devolución al Gobierno de los Presupuestos de 1995 por un pretendido
incumplimiento de la Ley de Presupuestos de 1994, pero mucho menos cuando
S. S. tiene en su banco la documentación suficiente para saber que tal
circunstancia no se produce en la realidad, sino que es justamente lo
contrario, que el Gobierno y esta ley aportan los créditos suficientes
para hacer frente a cualquier desviación. Sin embargo, el señor Núñez a
continuación, para argumentar su voto a la totalidad, ha ido desgranando
lo que son simplemente posiciones sobre enmiendas particulares.

Quisiera decirle, señor Núñez, que el conjunto de las enmiendas que
defiende S. S. a este título y a esta sección produciría, sin ninguna
duda, una avería bastante considerable a la propia viabilidad del sistema
de la Seguridad Social, que se compadece muy mal con otras afirmaciones
de su Grupo, porque el día 25 de octubre --hace, como ve, muy pocas
fechas-- el Presidente de su Grupo Parlamentario, después de un largo
turno de puesta en cuestión de la política del Gobierno socialista,
terminaba concluyendo que para el Partido Popular había que ir a una
auténtica política de consolidación presupuestaria, y para ello el gasto
público corriente no podía aumentar nunca por encima de la inflación. Y
solamente aceptaba --decía él-- un compromiso en este terreno que era el
obligado mantenimiento de la capacidad adquisitiva de las pensiones.

Estábamos esperando, señor Núñez, que ustedes mantuvieran una postura
coherente con la del señor Aznar, o que el señor Aznar tuviese una
postura coherente con lo que defienden SS. SS. en cada una de las
secciones, pero nos hemos encontrado otra vez con todo un rosario de
demandas hechas, incluso a veces, con la misma literatura que otros
grupos de la Cámara, literatura que nosotros no hemos puesto en
enmiendas, aunque también se han dirigido a nosotros determinados
colectivos de la nación, porque nos parece que es mala política el estar
preconizando austeridad en el gasto y una consolidación presupuestaria
para venir después con enmiendas como la suya que pretende que se revisen
todos los expedientes y beneficios de la Ley de Clases Pasivas anteriores
a 1984, que sabe S. S. cuánto es en decenas de miles de millones lo que
costaría al erario público. Como es incoherente que venga S. S. a
plantearnos todo un conjunto de enmiendas que tienden, todas y cada una
de ellas, a incrementar en cantidades muy grandes lo que ya serían
dificultades del sistema. Por tanto, señor Núñez, no hay ninguna
coherencia ni ninguna razón para que el Grupo Parlamentario Socialista
apoye alguna de estas enmiendas que están sacadas de la razón
presupuestaria del conjunto de los Presupuestos del Estado, de la
capacidad financiera del sistema de la Seguridad Social, y aún más, que
están fuera de toda lógica respecto también a argumentaciones tendentes a
sostener juicios de equidad entre unas y otras pensiones.

¿Cómo, señor Núñez, podemos revisar las pensiones antiguas de clases
pasivas y no proceder al mismo tiempo a una revisión del sistema del
retiro obrero o del sistema de las antiguas mutualidades laborales que
también han quedado desfasadas sus legislaciones por otras posteriores?
¿En que se hace iguales a los españoles? ¿O simplemente usted atiende a
lo que han sido requerimientos de personas que han ido a su despacho para
plantear en este momento enmiendas parciales?
Lo mismo habría que decir del destope en cuanto a esa base, que es una
base importante de 260.000 pesetas al mes, de aquellas personas que están
topadas, pese a que con una aplicación del 200 por cien del haber
regulador se podría ir a 500 ó 600.000 pesetas al mes, puesto que fueron
pensiones en acto de servicio, pero ¿por qué, señor Núñez, no pide su
Grupo que se revisen también con el mismo criterio las pensiones de
accidentes de trabajo de la Seguridad Social? O ¿es que es ciudadano de
distinta categoría el señor que se accidenta porque se cae de un andamio
al que se accidente conduciendo un TOAS, un carro blindado o cualquier
otro elemento que utilice un funcionario público y que en un momento
determinado puede dar lugar a que sea acreedor de una pensión del 200 por
cien? Los trabajadores del sistema de la Seguridad Social tienen esos
topes y, por lo tanto, señor Núñez, difícilmente se puede hablar de
igualdad de los españoles ante la ley cuando ustedes



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traen aquí enmiendas que «resuelven», entre comillas, problemas de
colectivos parciales olvidando la globalidad de la coherencia del propio
sistema de la Seguridad Social.

Con esto daría por contestadas el conjunto de enmiendas del señor Núñez.

No nos parece coherente en ninguno de sus términos la posición que
mantiene el Grupo Parlamentario Popular, y una de dos: o el señor Núñez
colisiona con los criterios de su Presidente del Grupo Parlamentario en
el debate de totalidad o simplemente --que creo que es más bien lo que
ocurre-- al Grupo Parlamentario Popular se le olvidan las grandilocuentes
palabras de los debates de totalidad cuando se trata de confrontar
realmente y decir no a los ciudadanos --tan difícil a veces-- a demandas
que posiblemente pueden ser justas muchas de ellas pero de las que,
desgraciadamente, ni el Estado ni la Seguridad Social pueden en este
momento hacerse cargo.

Argumentos parecidos, pero si quiere S. S. mucho más incrementados, se
los diría al señor Ríos. También él plantea algunas enmiendas que son
literatura idéntica, exacta a las que plantea el Grupo Parlamentario
Popular. En este caso concreto, iguales deseos de reforma retroactiva de
determinadas prestaciones como las que hace el Grupo Izquierda Unida se
compadecen mal con el que los trabajadores que están hoy en el régimen
general, en los regímenes de la Seguridad Social no obtendrían esos
beneficios que Izquierda Unida pretende para determinadas y muy
específicas, y yo le diría que no precisamente de las peor tratadas,
clases pasivas del Estado.

Respecto a las pensiones del SOVI, creo que, para ponerlo en sus justos
términos, señor Ríos, está usted refiriéndose no a una pensión SOVI, que
es la que soporta un pensionista que vive de ella, sino a pensiones SOVI
que efectivamente están congeladas porque son pensiones residuales puesto
que son concurrentes con pensiones de la Seguridad Social o con otras
situaciones y que, por su propia Legislación, el SOVI no previene ningún
tipo de actualización. Pero, evidentemente, los pensionistas del SOVI que
viven de esa pensión exclusivamente, en este presupuesto tienen, como
todos los pensionistas, garantizado el mantenimiento de la capacidad
adquisitiva.

Respecto a la enmienda número 537 que usted nos pide que apoyemos porque
sólo cuesta 60.000 millones de pesetas, señor Ríos, usted mismo acaba de
dar la contestación. No podemos apoyarla porque cuesta 60.000 millones de
pesetas. ¡Qué más quisiéramos que tener ese dinero y más para poder tapar
o mejorar la situación de mucha gente de nuestro país! Pero la Seguridad
Social, precisamente en este ejercicio, no dispone, a pesar de lo que ha
dicho usted, de ningún margen de maniobra. Más bien al contrario,
necesita ser auxiliada por un crédito del Estado para poder hacer frente
a sus compromisos actuales en el conjunto de atenciones que cubre el
sistema y, por tanto, hacer aún más gravosa la situación del propio
sistema de la Seguridad Social, me parece que camina en la dirección
contraria de lo que creo que, además con justeza, el Grupo parlamentario
de Izquierda Unida en otros momentos ha tenido ocasión de defender.

Por último, señor Presidente, el señor Chiquillo, del Grupo parlamentario
Mixto, ha presentado una enmienda que también, en una primera lectura,
podría aparecer muy coherente, y es la que nos pide que las pensiones no
contributivas se suban a 40.000 pesetas al mes. Pero si el señor
Chiquillo ve el conjunto de normas que regulan estas pensiones no
contributivas, se dará cuenta de que las pensiones no contributivas
tienen derecho a cobrarlas no solamente un beneficiario sino varios de la
misma familia, si viven en la misma unidad familiar, y nos encontraríamos
con que, en el caso hipotético de una familia en la que el marido y la
mujer estuviesen en esa situación de protección, ya tendrían una pensión
superior a la del régimen general de la Seguridad Social. Nos parece que
tampoco es coherente que la pequeña diferencia en detrimento de las
pensiones no contributivas que hoy hay en el sistema la rompamos de esa
manera, puesto que no habría ningún incentivo a estar en el sistema
contributivo puesto que los ciudadanos españoles sabrían que por el
sistema no contributivo, sumando las rentas propias y las rentas del
cónyuge o los hijos a cargo, tendrían pensiones superiores a las de la
Seguridad Social.

Por tanto, señor Presidente, por estas razones, procuraremos hacer una
lectura muy amplia del conjunto de las posiciones que se presenten en
estos presupuestos, pero, ciertamente, si son posiciones como las que
hemos oído en este momento, nos vamos a tener que oponer sin ninguna duda
a todas y cada una de ellas.

Nada más.




El señor PRESIDENTE: Señor Núñez, tiene la palabra.




El señor NUÑEZ PEREZ: Señor Cercas, señorías, señor Presidente, sean las
posiciones que sean, normalmente casi todas --el 99,9 por ciento de las
enmiendas-- van siempre al mismo sitio. Desde hace 12 años que llevan
ustedes gobernando sabemos perfectamente qué es lo que ocurre con las
enmiendas. Por lo tanto, a todas les pasa lo mismo, señor Cercas, sean
buenas, sean malas, sean oportunas, sean inteligentes. Casi siempre, por
el simple hecho de ser presentadas y defendidas por el Grupo
Parlamentario Popular, tienen el destino que todos hemos conocido y que
los «Diarios de Sesiones» demuestran. Así que, dicho esto con carácter
general, tengo que decirle, señor Cercas, que no se preocupe usted por mi
coherencia o incoherencia con las posiciones del presidente de mi
Partido, señor Aznar. Lo que ha dicho el señor Aznar está muy bien dicho
y puesto en razón y nuestras enmiendas no desafinan para nada --se lo
digo yo que tengo bastante buen oído para esto de la canción--. Señor
Cercas, quienes han desafinado aquí esta tarde han sido usted y su
compañero Morlán, porque el señor Morlán nos dice que estamos en un país
de jauja, que estamos en una situación notablemente importante, y usted
dice que la situación no le permite ni siquiera considerar un gasto que
es muy modesto y que tiene su compensación en un esfuerzo claro de
reducción del gasto corriente, como dicen todas nuestras enmiendas. Voy,
sencillamente, a analizar cuánto importan todas nuestras enmiendas y cómo
se pueden financiar, y verá usted cómo no hay nada de incoherente con lo
que dijo el Presidente



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Aznar respecto a la posición general del Partido en cuanto al
mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones.

Una de las cosas que pedimos, señor Cercas, es que se deje de congelar la
pensión mínima que existe en el sistema de pensiones de España, que es la
pensión asistencial. ¿Sabe usted cuántos están en esta situación?
Doscientos veinticinco mil pensionistas. ¿Sabe cuánto pide nuestra
enmienda? El 3,5 de 24.000 pesetas en números redondos. ¿Sabe cuánto es
eso? Son 225 millones. (El señor Cercas Alonso hace signos negativos.) Es
así. El número es ése. Usted está actuando como, digamos, descalificador
de nuestras enmiendas desde argumentos cuánticos, y yo le estoy diciendo
que tampoco ésos le sirven, a ver si eso le ayuda a usted y a su Grupo a
aceptar nuestras enmiendas.

Son 225 millones de pesetas lo que supondría y lo único que nos preocupa
de la enmienda no es el «quantum», sino el porqué. Ustedes han congelado
las pensiones asistenciales simplemente como un efecto disuasorio para
que todas se unifiquen en el sistema de pensiones no contributivas y
mientras tanto les dan palos a los más débiles, cuando en realidad la
unificación no se produce porque son ustedes unos pésimos organizadores y
unos pésimos gestores de esa clase de pensiones. Punto.

Segunda cuestión, las enmiendas en cuanto a la pensión de viudedad.

Queremos, sencillamente, que el último tramo sea el mismo para todas las
viudas; es decir, que estén en 44.000 pesetas. ¿Sabe cuánto significa
eso? Se lo dije antes: 35.000 millones de pesetas. ¡Hay que ver qué
barbaridad! Y, ¿sabe de dónde les decimos a ustedes que las detraigan? De
los gastos corrientes. Del presupuesto consolidado de gastos corrientes
para 1994, que son 1.111.000 millones, reduzcan un 20 por ciento, y ahí
tienen dinero suficiente, y sobra, para pagar estas pensiones.

Otra cosa que decimos es que vayan ustedes haciendo un esfuerzo --eso
dice nuestra enmienda-- para tratar de equiparar, de acercar a los
pensionistas de clases pasivas anteriores al 31 de enero de 1985 con los
posteriores. Decimos que hagan un esfuerzo, no decimos que los equiparen
del todo; que los vayan equiparando progresivamente, y lo decimos
coincidiendo con las recomendaciones del Defensor del Pueblo al Ministro
de Economía y Hacienda en el año 1991, que le señala una equiparación
progresiva y le dice que es inevitable, necesaria y justa una solución
demandada por la justicia y la equidad. No hacerlo --dice el Defensor del
Pueblo-- supone perseverar en un trato discriminatorio, a todas luces
insolidario, para numerosos jubilados y viudas en el final de sus días. Y
sabe usted muy bien --lo dije en la defensa de la enmienda de totalidad--
que este tipo de pensionistas no tienen las mismas condiciones, no reúnen
los mismos requisitos que los de la Seguridad Social; no le repito esos
argumentos. Sí quiero decirle que en esta misma sala y en Comisión de
Presupuestos, cuando analizamos la ejecución presupuestaria de la
Dirección General de Costes de Personal y Clases Pasivas, el Director
General nos facilitó unos datos muy elocuentes sobre los colectivos,
sobre los grupos de funcionarios en una y otra jubilación: jubilados por
la legislación antigua, 62.414; jubilados nueva legislación, 61.395;
jubilados legislación antigua, 98.501; jubilados nueva legislación,
16.335, respecto a las distintas categorías de funcionarios. Son datos
que tiene aquí, a su disposición.

Hemos hecho un cálculo de acercamiento para el primer año, sencillamente
para romper el hielo de una congelación discriminatoria injustificada, a
nuestro modo de ver, y simplemente aumentando --ni siquiera lo decimos en
la enmienda; le decimos al Gobierno que tiene facultad para hacerlo-- en
un 20 por ciento las pensiones de los jubilados anteriores a 1985, con
23.000 millones de pesetas tendríamos más que suficiente para llevarles
por lo menos el ánimo de que se ha roto esa discriminación que no
entienden.

He puesto aquí ejemplos claros de personas que conozco, con nombres y
apellidos, que han entrado en un ministerio en la misma oposición, que
han estado durante toda su vida trabajando mesa con mesa, uno nació en
abril de un año y otro en febrero del otro año, pues bien, uno cobra el
70 por ciento más que el otro. Eso no tiene ninguna explicación, diga
usted lo que diga, y para eso establecen estas enmiendas un remedio, que
no tiene nada que ver con el planteamiento general de nuestro partido y
de lo que defienden nuestros compañeros en la Ponencia de la que usted
forma parte sobre la reforma del sistema de Seguridad Social y de Clases
Pasivas. No tiene nada que ver. Son pequeños esfuerzos presupuestarios
que tratan, simplemente, de hacer justicia donde no la hay.

Vuelvo a insistir en el tema del IRPF, que parece que es un motivo
baladí, cuando se produce una clara discriminación entre los pensionistas
por incapacidad permanente de la Seguridad Social y los pensionistas por
incapacidad permanente de Clases Pasivas. Es una clara discriminación, y
no voy a explicarlo aquí porque lo conoce usted suficientemente. Pues
bien, también el mismo Director General de Clases Pasivas y Costes de
Personal (ya ve usted lo útiles que son esas comparecencias, puestas en
marcha a iniciativa del Grupo Parlamentario Popular) nos decía que el
importe retenido, hasta el 30 de junio, para las pensiones de incapacidad
afectadas por la nueva regulación del IRPF y pensiones exentas de
tributación asciende a 4.714 millones de pesetas; es decir, que para todo
el año no llega a los 10.000 millones. Pues tampoco creo que sea una
cifra que rompa todo el equilibrio presupuestario.

Señor Presidente, señorías, por todas estas razones cuantificadas ahora y
que, desde luego, no me convierten en anatema, ni me descalifican, ni me
ponen, digamos, en las tinieblas exteriores respecto a la doctrina que ha
defendido el Presidente de mi partido, repito que muy puestas en razón,
les pido, señor Cercas, que hagan un esfuerzo, vean que no se trata de
cantidades que rompan ningún equilibrio presupuestario, que a pesar de la
situación en la que estamos nos las podemos permitir y pedir, y que, por
supuesto, tienen su compensación en enmiendas con las que nuestro Grupo
se ha comprometido. Coherencia por coherencia, nuestras enmiendas a todos
los títulos y secciones están perfectamente cuantificadas y equilibradas,
y si ésa es la razón, señor Cercas, vaya pensando usted en otra para
rechazárnoslas en el Pleno, porque yo pido que nos las voten y se
mantengan para su debate y defensa en ese trámite parlamentario.




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El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, la verdad es que desde la
aplicación de la relatividad para acá todo es relativo, pero la verdad
también es que: dime de lo que presumes y te diré de lo que careces. La
verdad es que empezar a decir que uno es coherente y que todos los demás
no lo son, porque unos dicen que tienen que ajustarse a la reducción del
gasto --yo no sé cuándo he planteado ese objetivo como tarea prioritaria;
para otros grupos es posible que sí lo sea--, que la coherencia es
ajustarse a lo que está previsto para la Seguridad Social y que para ello
hemos creado una Ponencia... Pero si ha sido el propio Gobierno el que la
ha roto al modificar actuaciones de la Seguridad Social estando
constituida la Ponencia. ¿O acaso no ha planteado el Gobierno reducir un
punto la cotización a la Seguridad Social mientras la Ponencia está
trabajando? ¿O acaso no ha planteado el Gobierno modificar la ILT
mientras la Ponencia está trabajando sobre la reforma de la Seguridad
Social? ¿Pero qué narices de coherencia nos vienen a echar en cara cuando
el propio Gobierno proponente es el que ha roto esa coherencia, y no esta
Cámara? Pero, ¿cómo es posible que se nos eche en cara una coherencia que
no se practica para sí mismo? Yo creo que sería lógico que las pudiéramos
aplicar cuando las estamos poniendo en marcha nosotros. Pues bien,
Izquierda Unida jamás ha planteado para la política social una reducción
del gasto público, y si no que me lo demuestren con las anteriores
propuestas que haya podido hacer Izquierda Unida. Jamás lo hemos
planteado. Es más, hemos dicho que estamos dispuestos, no a plantear la
reducción del déficit público, sino a contenernos para no reducir
políticas sociales. Son ustedes los que están reduciendo las políticas
sociales. Por tanto, no nos echen los perros encima de los caballos.

Dicen que la Seguridad Social no tiene 60.000 millones de pesetas. Pero
vamos a ver, ¿sabemos multiplicar? ¿Cuánto es lo que al Gobierno le
supone haber reducido la cotización a la Seguridad Social un punto? Pues
200.000 millones aproximadamente, 180.000 millones. El Gobierno ha
preferido reducir 180.000 millones del régimen de la Seguridad Social, no
60.000 sino 180.000, 60.000 multiplicado por tres. Sobran dineros, no
reduciendo esa cotización, para hacer frente a todas las propuestas que
ha hecho Izquierda Unida. El problema es que es en la prioridad donde nos
diferenciamos, eso es verdad; nos diferenciamos en las prioridades: la
propuesta del Gobierno ha optado por una prioridad, nosotros optamos por
otra prioridad. Entonces sí que aceptamos la discusión, pero en el
sentido de ver cómo aborda cada grupo la acción política, que es tomar
una actuación como prioritaria y aplazar otra. En ese sentido, la
propuesta de Izquierda Unida de revalorizar las pensiones de menos de
80.000 pesetas al mes es una propuesta que veníamos planteando también el
año pasado y el anterior. El año pasado tuvo un eco y este año tiene
otro, y costaba aproximadamente eso, por eso no se llegó a un pacto con
los sindicatos el año pasado, porque costaba ese dinero. Muy bien,
nosotros la volvemos a plantear. Me imagino que no se opondrá nadie a que
eso es un objetivo. Pensiones de 49.000 pesetas las mínimas cuando es
individualmente y acumulada 59.000, revalorizada con el 3,5 por ciento
que ustedes han planteado este año. Por tanto, díganme si eso no puede
ser un objetivo de política social y, en lugar de plantearse otra
prioridad, haberle dedicado estos 60.000 millones. Díganme que no, que es
preferible que el capital privado disponga de ese dinero para actuar en
no sé qué pretendida inversión para generar empleo, que eso es
prioritario a lo otro, y entonces, yo lo acepto, pero no me diga que voy
a crear la quiebra del sistema de la Seguridad Social porque he añadido
60.000 millones de pesetas para hacer frente a la revalorización de las
pensiones menores. No me lo diga porque yo no me lo puedo creer.

Respecto a la otra enmienda en el tema del SOVI, creo que nuestra
propuesta es la no contención de esta pensión no revalorizada. Es verdad
que en el artículo 38 dice que acumulada, pero fíjese en la explicación
que pone debajo de ese apartado d): No obstante lo dispuesto en el
párrafo anterior, cuando la suma de todas las pensiones concurrentes y
las del citado seguro obligatorio, si no llega a las 507.000 pesetas que
marca el artículo 42, entonces las equipararemos. Es decir, estamos
hablando de una pensión de 507.000 pesetas divididas por 12,
aproximadamente de una cuantía desde luego para manjares. Yo creo,
señoría, que no es ninguna locura el retirar de la no revalorización esta
pensión, y además el volumen de personas al que está dirigido es bastante
reducido.

Lo que sí le acepto a usted que es nueva es la enmienda 536. Yo reconozco
que es una enmienda nueva, la enmienda que habla de las pensiones
extraordinarias de la Clases Pasivas del Estado originadas por la
inutilidad e incapacidad. No la presentábamos el año pasado y la hemos
presentado este año. Es verdad que nos lo ha pedido un sector, pero no la
descalifique usted así. Dígame usted que el Gobierno tiene previsto
modificar el artículo 47 de la Ley del texto refundido de Clases Pasivas
del Estado. Entonces, yo le digo que fabuloso, cuando ustedes la
modifiquen, no la pongan; pero, mientras no se modifique, la Ley obliga
al Gobierno a recoger esto. O, por lo menos, planteen modificarlo; si han
modificado ustedes en la Ley de Acompañamiento 27 leyes, por una más
tampoco hubiera quebrado el sistema.

Por tanto, señorías, la verdad es que con los cálculos de los que informó
aquí el Director General de Clases Pasivas, en el tema de personal, yo no
sé la cifra que salía. Usted me ha sacado ahí unas multiplicaciones que a
lo mejor es que la calculadora que usted utiliza y la que yo utilizo no
tienen el mismo programa, pero no me salen las cifras que usted da,
porque, sumando todas las propuestas, podíamos estar hablando de 20 a
30.000 millones de pesetas, suponiendo que metiéramos toda la actuación,
60.000 más 30.000, que daría 90.000, bastante menos que los 180.000 que
ustedes han puesto a disposición de las empresas para una pretendida
inversión, a las que no está obligada y que va a llevar al Estado a
aportar más a la Seguridad Social por esa decisión, porque va a tener que
hacer frente a ese déficit, ya que lo han decidido ustedes políticamente.

Fabuloso para el que lo apoye.




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El señor PRESIDENTE: Señor Chiquillo Barber.




El señor CHIQUILLO BARBER: Muy brevemente, para mantener las dos
enmiendas, desde luego.

Respecto a la enmienda número 29, de modificación del artículo 35, si hay
un punto mínimo de aproximación, ya que solicitamos que las pensiones no
contributivas aumenten su cuantía a 40.000, podía usted presentarme
alguna transacción en la que se contemplara que si hubiera en alguna
unidad familiar más de un beneficiario, o posible beneficiario, en este
caso no se produciría ese aumento. Por tanto, si en una unidad familiar
sólo hubiera una única persona beneficiaria de esa pensión no
contributiva podría accederse a subir a 40.000 pesetas, porque pensamos
que es totalmente insuficiente lo que recibe este tipo de beneficiarios
de pensiones no contributivas.

Respecto a la segunda enmienda, la del artículo 38, que usted valoraba
como incoherente, puede ser incoherente, pero considero que la redacción
del artículo es discriminativa e injusta y es más grave esto que ser
incoherente. Lo que sí está claro es que estos dos colectivos de
pensionistas, tanto los del artículo 35 como los del artículo 38, son
gravemente discriminados. De ahí que mantenga mis dos enmiendas.




El señor PRESIDENTE: El señor Cercas Alonso tiene la palabra.




El señor CERCAS ALONSO: En este segundo turno empezaré, cómo no, por
referirme al señor Núñez, que ha hecho una serie de afirmaciones y
cálculos. Por cierto, señor Núñez, revise su calculadora porque siempre
se queda un cero más abajo. En el primer cálculo que usted ha hecho se ha
equivocado nada más y nada menos que en el mil por cien. Multiplíquelo
usted por diez y estará más cerca del cálculo real. Es indiferente, señor
Núñez, que estemos hablando de ochenta, de noventa, de cien mil millones
de pesetas o que estemos abriendo la puerta para que esos gastos se
incrementen el año próximo en idéntica cuantía, más la revalorización,
porque éstos son compromisos que asumiríamos no solamente para un
ejercicio económico, sino para los siguientes. Además, como usted muy
bien ha señalado, es para ir escribiendo el prólogo de una revisión urbi
et orbe de todos los viejos sistemas que ya han quedado periclitados.

Pero es igual, señor Núñez. El Presidente de su Grupo Parlamentario, don
José María Aznar, dijo solemnemente el día 25 de octubre de este año en
esta Cámara que el Partido Popular se comprometía a que esa consolidación
presupuestaria que forma parte, como paradigma, de su acción política les
llevaría a ser consecuentes y rigurosos en el gasto público y que en el
tema concreto de pensiones de gasto público nuevo, cero, simplemente,
como él dijo: nuestro compromiso termina en el obligado mantenimiento de
la capacidad adquisitiva de las pensiones; si usted me viene ahora aquí
con una docena de enmiendas, sean éstas de cien mil millones o sean de
doscientos mil millones, usted y don José María Aznar no están en la
misma sintonía, al menos en este discurso. Si usted me dice que don José
María Aznar en ese afinamiento o desafinamiento hay veces que canta en
otras octavas, le doy a usted la razón. Es verdad que el Presidente de su
Grupo Parlamentario no se caracteriza por decir siempre las mismas cosas,
pero lo que dijo hace una semana en el Pleno del Congreso era que en
gastos del sistema de pensiones el Partido Popular simplemente se
comprometía a mantener la capacidad adquisitiva, no a revisar urbi et
orbi toda la legislación histórica de este país. No toda, porque usted se
limita simplemente a los que conoce con nombres y apellidos, como nos ha
dicho, sus compañeros de carrera, etcétera. Porque, señor Núñez, además
de la contradicción importantísima, insuperable, que le acabo de
expresar, S. S. me tiene que explicar a continuación por qué no revisamos
la legislación del SOVI y por qué no recalculamos a los pensionistas del
SOVI o del retiro obrero o del estatuto de las mutualidades laborales las
pensiones que fueron reconocidas con su legislación privativa. Porque
también hubo un momento en la historia de España en que pensionistas que
se jubilaron con una legislación rectificada tienen hecho el cálculo de
sus pensiones de manera distinta. ¿Por qué limitarnos sólo a los de
clases pasivas? ¿O es que usted tiene clavada una espina en el corazón,
en el sentido de que usted se opuso a la revisión de ese sistema de
clases pasivas en el año 1984 con un argumento de que era peor que el
antiguo y ahora se da cuenta de que es mejor que el antiguo y le están
reivindicando que usted en aquel momento precisamente, como se le
advirtió desde los bancos socialistas, estaba haciendo un flaco favor a
esos colectivos de funcionarios?
En cualquier caso, señor Núñez, eso no tiene ni pies ni cabeza, no se
compadece ni con la situación presupuestaria ni con las afirmaciones del
Presidente de su Grupo y, sobre todo, no se compadece con el sentido
común que nos lleva a los Diputados socialistas a decir: Mire, señor
Núñez, por más que ustedes traten de establecer elementos de confusión,
de duda, estos presupuestos son nada más y nada menos que una inyección
adicional a las familias españolas de 480.000 millones de pesetas. Las
pensiones crecen el 8,4 por ciento en un año en el que el IPC va a crecer
el 3,5. Es un esfuerzo considerable por mantener los compromisos, y no
podemos ampliar los compromisos con la Seguridad Social. Nuestro objetivo
es consolidar la Seguridad Social. Además, señor Núñez --y ya tendremos
ocasión de decirlo--, no es sólo que el Partido Popular ponga
dificultades al sistema de pensiones en la vertiente del gasto; es que
dentro de nada vamos a ver una enmienda suya que quiere reducir los
ingresos a la Seguridad Social en un billón de pesetas, una rebaja
absolutamente imposible de atender, de cinco puntos en la cotización
empresarial. Después me dice S. S. que rebusquemos, que seguro que, como
siempre, en ese cajón de sastre y en ese bálsamo de Fierabrás que tenemos
se pueden disminuir los gastos corrientes. Señor Núñez, los gastos
corrientes de la Seguridad Social --en el sentido que usted los emplea,
de gastos de administración-- suponen el 1,8 por ciento del presupuesto
de la Seguridad Social, exactamente la mitad de lo que gastaba la
Seguridad Social cuando usted estaba en el Gobierno de España; la mitad,
a pesar de que hoy tenemos el doble de pensionistas y de que gestionamos
procesos mucho



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más complicados que los que gestionaban ustedes. ¿De dónde de los gastos
corrientes de la Seguridad Social se pueden sacar esas decenas de miles
de millones? Díganoslo usted. Porque también hay menos directores
generales de los que había en la época en que usted era responsable y en
que ustedes tenían responsabilidades más genéricas en el Gobierno de
España. ¿De dónde vamos a sacar esas decenas de miles de millones?
En cuanto a las pensiones asistenciales, repito, vuelva a usar la
calculadora porque ciertamente no se trata de las cifras que usted dice
sino de las que digo yo. Y nada más en cuanto al señor Núñez.

El señor Ríos me ha contestado con una mecánica ciertamente curiosa,
porque me ha contestado a cuestiones a las que no me he referido. Yo no
me he referido, para nada, a que Izquierda Unida esté en un discurso de
contención del gasto público ni nada parecido. Simplemente, le he dicho,
señor Ríos, que a usted, con mayor precisión todavía que al señor Núñez,
se le podría exigir que tomara en consideración, cuando hace enmiendas de
rectificación de topes máximos de pensión, no solamente a quien está en
260.000 pesetas al mes en el sistema de clases pasivas; tiene usted
también que tomar en consideración el sistema general de la Seguridad
Social. O si usted pretende eliminar las fórmulas de cálculo que topan
las pensiones de los inutilizados en acto de servicio en la Función
Pública, el mismo criterio llévelo usted a los accidentados de trabajo de
la Seguridad Social. En eso es usted profundamente incoherente. A eso me
refería. Y usted ha hecho aquí un discurso diciéndome que ya hablaremos
de la financiación del sistema. Ya hablaremos si ustedes y nosotros no
estamos de acuerdo en que bastantes cargas tiene ya el sistema como para
seguir incrementando esas cargas del sistema, y ya hablaremos si tiene o
no coherencia la rebaja de un punto en la cotización de la Seguridad
Social, que no viene por estas atenciones, vendrá precisamente, porque
descargamos simultáneamente al sistema de pensiones de otras
obligaciones, si no, no hubiéramos rebajado un punto en la cotización de
la Seguridad Social. Nosotros no hemos agraviado en nada el equilibrio
del sistema contributivo. Hemos eliminado 204.000 millones de ingresos,
pero también hemos eliminado 204.000 millones de obligaciones que tenía
con prestaciones universales. El Gobierno y el Partido Socialista para
nada han desequilibrado la Seguridad Social. Su enmienda sí que
desequilibraría la Seguridad Social y usted debería pensar, al
desequilibrar la Seguridad Social, si con los mismos argumentos no
debería también referirse a otros colectivos. Exclusivamente a eso me
refería.

Por último, al representante del Grupo Mixto, el señor Chiquillo, le doy
las gracias por la generosidad de entender que una parte de su enmienda
estaba mal formulada. Así y todo, si usted sigue reflexionando sobre el
tema de las pensiones no contributivas verá que en las unidades
familiares están rayando, prácticamente, lo que son las pensiones
contributivas; incluso aunque sólo haya un miembro de una unidad familiar
la distancia es muy corta, sobre todo con algún tipo de pensiones
contributivas como invalideces, etcétera. Ya estamos en un terreno muy
peligroso donde se podrían incitar a decenas de miles de personas a que
no cotizaran a la Seguridad Social, por lo que esa vía es complicada.

Aprovecho para decir que la ley de presupuestos no actualiza las
pensiones asistenciales a las que se refiere el señor Núñez, no es así
con las no contributivas, que sí las actualiza. Lo que no actualiza son
las pensiones de la Lismi y las pensiones asistenciales de personas que
--usted y yo lo sabemos-- si estuviesen en una situación de necesidad
irían claramente a unas pensiones que son mucho más positivas, que son
las no contributivas. Ellos están en un tren que está en este momento ya
aparcado, en una situación de residuales en el sistema de la Seguridad
Social, porque tienen la manera de subirse al otro tren, el de las
personas no contributivas. La pregunta, señor Núñez, es muy sencilla:
¿Por qué no lo hacen? Lo dejo a su consideración.




El señor PRESIDENTE: Terminada esta intervención, finalizan las
correspondientes al título IV y a la Sección 7, de clases pasivas. Vamos
a proceder a la votación de los títulos I, II, III y IV. Con
independencia de que algunas de SS. SS. han indicado que defenderán en su
momento enmiendas relacionadas con estos títulos, pero incluidas en las
disposiciones transitorias, finales o adicionales, ahora única y
exclusivamente pondremos a votación aquellas enmiendas relacionadas con
el articulado de cada uno de estos títulos y también con la Sección 7.ª
de clases pasivas.

La Presidencia, de acuerdo con la Mesa va a someter a votación todas las
enmiendas con independencia de que la Mesa, en su momento, envió escrito
al Gobierno en relación con algunas enmiendas que se consideraba que
suponían incremento de gastos o disminución de ingresos, ya que, de
acuerdo con el precepto constitucional y reglamentario es el Gobierno
quien tiene que pronunciarse. Como ese pronunciamiento del Gobierno no ha
llegado a la Cámara, o al menos no ha llegado a la Comisión, la Mesa y la
Presidencia someten a su consideración y a su votación todas las
enmiendas. Si a lo largo del proceso, antes o al final de las
deliberaciones de esta Comisión, llegara esta comunicación, tendríamos
que atemperar el resultado no de nuestras votaciones, pero sí de la
tramitación a esa comunicación. Como también nos han solicitado algunos
grupos, bien en relación con sus enmiendas, bien en relación con las
enmiendas de otros grupos, someterlas segregadas, en el momento de
someter a votación las enmiendas el Letrado indicará qué conjunto de
enmiendas se someten por separado.

En primer lugar, enmiendas del Grupo Parlamentario Popular al título I.

Ruego al señor Letrado proceda a la lectura de la correspondiente
relación.




El señor LETRADO: Se solicita votación separada de las numeradas 884,
885, 891, 893, 895, 896, 897, 899 y 901.




El señor AGUIRRE RODRIGUEZ: Señor Presidente, nos gustaría conocer a qué
grupo pertenece la solicitud que ha leído el Letrado.




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El señor PRESIDENTE: A solicitud del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida se someten a votación esas enmiendas por separado.




El señor HOMS I FERRET: Señor Presidente, quería preguntar si de esta
relación de enmiendas se van a votar individualmente una por una o todas
ellas conjuntas.




El señor PRESIDENTE: Cada grupo, al igual que se hace en las votaciones
de Pleno, tiene la posibilidad de pedir que determinadas enmiendas se
voten separadamente.




El señor HOMS I FERRET: Preguntaba si en esta relación se van a votar
conjuntamente todas las enmiendas o una por una.




El señor PRESIDENTE: La Presidencia someterá a votación las enmiendas
agrupadas de acuerdo con lo que han solicitado los grupos.




El señor HOMS I FERRET: En tal caso pido una separación de esta relación.

Nuestro Grupo solicita votación separada de las enmiendas del Grupo
Popular números 893, 897 y 899. Son tres enmiendas de carácter técnico,
señor Presidente, que queremos que se sometan a votación separadamente.

Ya que estoy en el uso de la palabra, en este mismo título, señor
Presidente, le solicito votación separada de las enmiendas de Izquierda
Unida números 492, 503 y 504. Señor Presidente, no hemos hecho uso de la
palabra porque nuestro Grupo no ha presentado ninguna enmienda a estos
títulos, y todas estas enmiendas tienen una naturaleza de carácter
técnico que nos parece interesante someterlas a votación separada en
estos momentos.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, señor Homs.

De conformidad con lo que ha solicitado el señor Homs ahora oralmente y
lo planteado por escrito a la Mesa por el Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida y por el propio Grupo Parlamentario Popular, por parte
del señor Letrado se van a leer ahora los grupos de acuerdo con los
cuales someterá la Presidencia y la Mesa a votación las enmiendas del
Grupo Popular.




El señor LETRADO: A petición del Grupo de Izquierda Unida, las enmiendas
del Partido Popular 884, 885, 891, 893, 895, 896, 897, 899 y 901. A
petición del Grupo Convergència i Unió, las enmiendas del Grupo Popular
893 y 897 junto con la 899. Coinciden en los dos bloques las enmiendas
893, 897 y 899. Con lo cual, en primer lugar se votarían las enmiendas
884, 885, 891, 895, 896 y 901.




El señor PRESIDENTE: Sometemos, pues, a votación estas enmiendas que han
sido leídas por el Letrado, enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.




El señor LETRADO: A petición del Grupo de Convergència i Unió, enmiendas
893, 897 y 899, del Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: Se someten a votación las enmiendas citadas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en
contra, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.




El señor LETRADO: A petición del Grupo de Izquierda Unida, las enmiendas
del Grupo Popular 1.823, 903 y 904.




El señor PRESIDENTE: Se someten a votación las enmiendas citadas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en
contra, 25; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Se someten a votación las restantes enmiendas del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en
contra, 17; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida.




El señor LETRADO: A petición del Grupo Popular, enmiendas 491, 493, 501,
502, 505, 506, 507, 508, 509, 510, 511, 513, 514 y 515, de Izquierda
Unida.




El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación este bloque de enmiendas de
Izquierda Unida que el Grupo Parlamentario Popular ha solicitado que sean
votadas por separado.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 22.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.




El señor LETRADO: Enmiendas de Izquierda Unida, a petición del Grupo
Catalán (Convergència i Unió), 492, 503 y 504.




El señor PRESIDENTE: Votamos dichas enmiendas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en
contra, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.




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A petición del Grupo Popular hay otro bloque de enmiendas de Izquierda
Unida que van a ser relacionadas por el señor Letrado.




El señor LETRADO: Son las 494, 495, 496, 497, 498, 499, 500, 512 y 516.




El señor PRESIDENTE: Votamos dichas enmiendas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 21; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos las restantes enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 21; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos el texto del dictamen con las enmiendas que han sido
incorporadas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en
contra, tres; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el texto del dictamen.

Terminan las votaciones relacionadas con el título I.

Título II. Por el señor Letrado se indicarán las agrupaciones, a efectos
de someter a votación las distintas enmiendas.




El señor LETRADO: A petición del Grupo de Izquierda Unida, las enmiendas
del Grupo Popular 909, 910 y 912.




El señor HOMS I FERRET: Señor Presidente, solicito votación separada de
las enmiendas siguientes presentadas a este título: Cuatro del Grupo
Popular, las números 908, 910, 913 y 914, y del Grupo Vasco (PNV) las
números 280, 281, 286 y 289.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, solicito votación separada de
la enmienda 913 del bloque que ha pedido el señor Homs de las enmiendas
del Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: Vamos a someter a votación las enmiendas del Grupo
Parlamentario Popular, según las agrupaciones que le constan al Letrado.

En primer lugar, se somete a votación la enmienda 913, del Grupo
Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 20; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos ahora a votación la enmienda 910, del Grupo Parlamentario
Popular.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en
contra, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Sometemos a votación las enmiendas 909 y 912, del Grupo Parlamentario
Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Quedarían las enmiendas 908 y 914.




El señor RIOS MARTINEZ: Pedimos que se voten separadas.




El señor PRESIDENTE: Votamos la enmienda número 908, del Grupo
Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Es rechazada. (El señor Aguirre Rodríguez pide la
palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Aguirre.




El señor AGUIRRE RODRIGUEZ: Señor Presidente, el Grupo Popular entiende
que en la Comisión somos 40 miembros .




El señor PRESIDENTE: Vamos a repetir la votación, de la enmienda 908, del
Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada. (Rumores.--Pausa.)
Por tercera vez la Presidencia va a someter a votación la enmienda número
908 y por parte de los dos Vicepresidentes y de los dos Secretarios ruego
tomen buena nota de los votos en una dirección y en otra.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Al haber obtenido la enmienda 20 votos a favor y 20
en contra no es aprobada.

Votamos la enmienda 914 del Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en
contra, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Señoras y señores diputados, la Presidencia adelantó en relación con la
enmienda que ha obtenido 20 votos a favor



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y 20 en contra que, al haberse producido un empate claramente, en virtud
de esa votación no había quedado aprobada ni tampoco había sido
rechazada, pero no era posible incorporarla al dictamen de la Comisión.

Se me informa, que de acuerdo con las estipulaciones del Reglamento,
cuando se producen empates en las comisiones, deben computarse los votos
a favor o en contra en virtud de lo que representa cada uno de los grupos
parlamentarios.

A favor de la enmienda han votado 14 miembros del Grupo Parlamentario
Popular, tres del Grupo Catalán (Convergència i Unió), uno del Grupo
Parlamentario Vasco (PNV), uno del Grupo Parlamentario Coalición Canaria
y uno del Grupo Parlamentario Mixto.

Los 20 votos en contra se componen de los votos del Grupo Parlamentario
Socialista, que son 159, y los votos del Grupo Parlamentario Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, que son 18; por tanto, suman 177, con lo
cual suponen mayoría. Por tanto, la enmienda es rechazada. El resultado
es el mismo, señoras y señores diputados, pero por las razones
reglamentarias, no por las que yo equivocadamente había deducido al
proclamar el resultado anterior.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV).




El señor RIOS MARTINEZ: Hay más enmiendas del Grupo Parlamentario
Popular.




El señor PRESIDENTE: Señoras y señores diputados, a partir de ahora y
para otras votaciones, las que debamos realizar a partir del día de
mañana, rogaría que los grupos trasladen a la Presidencia con suficiente
antelación (quiere decirse inmediatamente después de terminadas las
intervenciones correspondientes a cada uno de los títulos) y por escrito
el sistema de segregación de enmiendas, en virtud del cual desean ser
votadas las enmiendas de los distintos grupos. Si no es así, va a ser muy
difícil no estar sometidos a este tipo de incidencias.




El señor SANZ PALACIO: Perdón, señor Presidente. Nuestro grupo ha
retirado la enmienda número 905; pero faltan por votar las enmiendas
números 906 y 907.




El señor LETRADO: ¿Enmiendas números 906, 907, 911 y 915 del Grupo
Popular? (Asentimiento.)



El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación estas cuatro enmiendas del
Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 24; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos el resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 21; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida.

Sometemos a votación la enmienda número 521, del Grupo de Izquierda
Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

¿Algún otro grupo quiere someter a votación separada enmiendas de
Izquierda Unida? (Pausa.)



El señor LETRADO: A petición del Grupo Popular, enmiendas de Izquierda
Unida números 517, 518, 519 y 520.




El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación este grupo de enmiendas del
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 21; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 21; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV).

Por el señor letrado se van a señalar los distintos grupos de enmiendas.




El señor LETRADO: A petición del Grupo Catalán (Convergència i Unió), las
enmiendas números 280, 281, 286, 288 y 289.




El señor HOMS I FERRET: La número 288, no. Son cuatro enmiendas, las
números 280, 281, 286 y 289.




El señor LETRADO: A petición del Grupo Popular, las enmiendas 287 y 288,
en un bloque, y la enmienda 280 separadamente.




El señor RIOS MARTINEZ: La propuesta de agrupar las enmiendas del Grupo
Vasco números 280, 287 y 288, era del Grupo de Izquierda Unida, pero como
hay una petición, por parte de Convergéncia i Unió, de equiparlas, yo
solicito al Presidente votar separadamente las enmiendas 281, 286 y 289
de la 280.




El señor PRESIDENTE: ¿Alguna otra propuesta de votaciones separadas?
(Pausa.)
Sometemos a votación la enmienda 280, del Grupo Parlamentario Vasco
(PNV).




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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en
contra, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

A continuación se somete a votación las enmiendas 287 y 288, a petición
de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Al haber votado en contra conjuntamente el Grupo
Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), que justamente son 176 votos; quedan rechazadas.

Se someten a votación las enmiendas números 281, 286 y 289.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo con la regla anterior, al haber votado en
contra el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida, que suponen más de 175 votos; quedan rechazadas.

Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (PNV).




El señor PADRON DELGADO: Con la rapidez de las votaciones no da tiempo a
hacer alguna aclaración, pero la enmienda 282, del Grupo Vasco, fue
retirada en su momento.




El señor PRESIDENTE: Perdón. Entonces rectifica la Presidencia y no
somete a votación la enmienda 282, retirada por el propio grupo
proponente. Se somete a votación el resto de las enmiendas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en
contra, 20; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Dictamen del Título II, con las enmiendas incorporadas, de acuerdo con
las votaciones realizadas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 16; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el texto del dictamen con las
incorporaciones aludidas.

Pasamos a las enmiendas del Título III.

Por el letrado se va a leer la argumentación de enmiendas que él ha
preparado de conformidad con las peticiones de los grupos. (El señor Homs
i Ferret pide la palabra.)
Señor Homs, ¿quiere formular alguna otra petición adicional?



El señor HOMS I FERRET: Señor Presidente, quería pedir votación separada
de las enmiendas del Partido Popular números 922, 924, 926, 929; y de
Izquierda Unida, la número 535. (El señor Ríos Martínez pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: A la agrupación propuesta por el portavoz del
Grupo de Convergencia i Unió, pediría dentro de ese grupo otros dos
grupos, para separar las enmiendas 926 y 929.




El señor LETRADO: Al Título III, a petición del propio Grupo Popular,
enmiendas números 946 a 950.




El señor NUÑEZ PEREZ: La enmienda número 950 es a otro Título.




El señor LETRADO: A petición de Izquierda Unida, el bloque formado por
las enmiendas 917, 921, 925, 926, 929, 930, 931, 941, 942, 943, 944 y
945.




El señor HOMS I FERRET: Señor Presidente, de esta relación que ha leído
el señor Letrado, las 926 y 929 formaban parte del grupo que ha pedido mi
grupo parlamentario.




El señor LETRADO: Primer bloque, enmiendas 917, 921, 925, 930, 931, 945,
941, 942, 943 y 944.




El señor RIOS MARTINEZ: La 931, 935 y la 945. Es que se ha saltado la
935.




El señor PRESIDENTE: Se somete a votación el grupo de enmiendas
relacionadas por el letrado, que corresponden al Grupo Parlamentario
Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas 926 y 929.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en
contra, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Se ponen a votación las enmiendas 922 y 924, del Grupo Parlamentario
Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Han votado en contra el Grupo Parlamentario
Socialista y el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, que suponen
mayoría absoluta en el Pleno de la Cámara. Son, pues, rechazadas.

Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.




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El señor RIOS MARTINEZ: He pasado a la Mesa votación separada de las
enmiendas 918, 919, 920, 927, 932, 936 y 937.




El señor PRESIDENTE: Se somete a votación este grupo de enmiendas,
correspondientes al Grupo Parlamentario Popular, que el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida ha solicitado votación separada.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 25.




El señor PRESIDENTE: Son rechazadas.

Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 20; abstenciones, cinco.




El señor PRESIDENTE: Son rechazadas.

Enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. Por el letrado se
relacionarán, de acuerdo con los datos que él tiene, los distintos grupos
de enmiendas, a efectos de votación.




El señor LETRADO: Enmiendas números 523, 524 y 525.




El señor PRESIDENTE: Se someten a votación estas tres enmiendas del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Son rechazadas.

Enmienda 535, del Grupo de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro;
en contra, 31; abstenciones, cinco.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.




El señor LETRADO: Enmiendas de Izquierda Unida números 522, 528, 529,
530, 526, 527, 531, 532, 533 y 534.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro;
en contra, 20; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Son rechazadas.

Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 21; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Son rechazadas.

Enmienda 295, del Grupo Parlamentario Vasco.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, seis;
en contra, 34.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas del Grupo Vasco, números 298 y 296.

Señor Ríos, ¿es posible someter a votación conjuntamente las enmiendas
296 y 298?



El señor RIOS MARTINEZ: No, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Someteremos a votación la enmienda 296, del Grupo
Parlamentario Vasco.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 17; abstenciones, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos a votación la enmienda 298.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, seis;
en contra, 20; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos a votación las enmiendas 291 y 294, del Grupo Parlamentario
Vasco.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en
contra, 20; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas 290, 292, 293 y 299.




El señor RIOS MARTINEZ: Solicitaría votación separada de las enmiendas
números 290 y 299, por un lado, y, por otro, de las números 292 y 293.




El señor PRESIDENTE: De conformidad con la petición del señor Ríos, que
creo que está de acuerdo con la posición mantenida por el Grupo
Parlamentario Popular, se someten a votación dos bloques de enmiendas.

En primer lugar, votamos las enmiendas 292 y 293.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en
contra, 23.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Sometemos a votación las enmiendas 290 y 299.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo con lo estipulado reglamentariamente, son
rechazadas.




El señor RIOS MARTINEZ: ¿Cuál ha sido el resultado de la votación, señor
Presidente?



El señor PRESIDENTE: 20 votos a favor y 20 en contra.




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No quedan más enmiendas del Grupo Vasco.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Señor Presidente, no tengo anotado que se haya
votado la enmienda 297.




El señor PRESIDENTE: Efectivamente, queda la enmienda 297, que sometemos
a votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en
contra, 20; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos a votación el texto del dictamen, con las enmiendas
incorporadas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 18; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Comenzamos la votación de las enmiendas correspondientes al Título IV.




El señor SANZ PALACIO: Señor Presidente, solicitamos votación separada de
la enmienda 950.




El señor PRESIDENTE: Bloques en relación con las solicitudes de los
grupos y que corresponden a enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.




El señor LETRADO: 946; otro estaría formado por las enmiendas números
947, 948 y 949 y 950, y resto de enmiendas.




El señor AGUIRRE RODRIGUEZ: Señor Presidente, mi Grupo solicita que la
enmienda 950 se vote de forma aislada con cualquier paquete que se pueda
formar del Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: Está de forma aislada, señor Aguirre.

Sometemos a votación la enmienda número 950.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en
contra, 20; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos a votación las enmiendas números 947, 948 y 949.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Sometemos a votación la enmienda 946, del Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 21; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos a votación las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida números 536, 537, 538 y 539.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco;
en contra, 21; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos a las votaciones de las enmiendas presentadas por el Grupo
Parlamentario Mixto.




El señor CHIQUILLO BARBER: Señor Presidente, pedimos votación separada de
las enmiendas números 29 y 30.




El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación la enmienda número 29, del
Grupo Parlamentario Mixto.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: En virtud de lo previsto reglamentariamente, quedan
rechazadas.

Se somete a votación la enmienda número 30, del Grupo Parlamentario
Mixto.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada, de acuerdo con lo previsto
reglamentariamente.

Se somete a votación el texto del dictamen.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en
contra, 16; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

La Presidencia reitera a los Grupos, en relación con el resto de los
capítulos y de las secciones que se sometan a votación en sesiones
posteriores, que, en el momento mismo de terminar la deliberación de cada
uno de los títulos, secciones o disposiciones adicionales, finales o
transitorias, pasen a la Mesa una nota sobre el sistema que deseen
respecto a la separación de enmiendas a efectos de votaciones.




El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación la Sección 07, clases pasivas.

¿Señor Núñez?



El señor NUÑEZ PEREZ: Hay una enmienda nuestra a la Sección 07, señor
Presidente.




El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación la enmienda número 1.072, del
Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 21; abstenciones, cuatro.




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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos a votación la Sección 07, clases pasivas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en
contra, 19.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Damos un descanso de un cuarto de hora para reanudar las deliberaciones
de la Comisión. (Pausa.)
Título V, artículos 43 a 57, Sección 06, Anexo III.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Reanudamos la sesión con el
debate del Título V, al cual hay presentadas enmiendas del Grupo Popular,
Mixto, Unión Valenciana, Grupo Vasco (PNV) y Coalición Canaria.




El señor RIOS MARTINEZ: Y también hay una de Izquierda Unida.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Por el Grupo Popular, tiene la
palabra el señor Martínez-Pujalte.




El señor MARTINEZ-PUJALTE LOPEZ: Señorías, vamos a hacer la defensa de un
bloque de enmiendas que se refieren al Título V, también a la Sección 06,
que no había mencionado el Presidente, y al Anexo III, que está
relacionado con el Título V. Vamos a defender las enmiendas que van de la
951 a 962, ambas inclusive. La 962 la defenderá el señor Hernando.

Vamos a hablar ahora del endeudamiento previsto para 1995 que se
producirá a consecuencia del déficit presupuestario. En primer lugar,
quiero hacer una serie de consideraciones de carácter general. Voy a
procurar hacerlas con el rigor y la coherencia de los que el señor Cercas
había dudado antes incluso de que tomara la palabra.

Estamos hablando, sobre todo cuando nos referimos al Título V, de algo
absolutamente esencial. El Título V trata de equilibrar el presupuesto de
1995 y es el resultante de los defectos del presupuesto. El Gobierno
utiliza el Título V como un cuadre entre ingresos y gastos y, en nuestra
opinión, el Título V debería ser uno de los puntos iniciales en la
elaboración del presupuesto, no la consecuencia.

Habría que plantearse, como lo haría una economía familiar o empresarial,
hasta dónde puede llegar el endeudamiento este año en concreto,
conociendo cuál es la situación anterior y cuál es la situación
coyuntural por la que se atraviesa.

Cuando nos referimos a la deuda pública, a la autorización de
endeudamiento, que es consecuencia del déficit presupuestario como he
dicho anteriormente, estamos hablando de uno de los grandes males que
padece la economía española. La espiral de endeudamiento, que venimos
padeciendo y que persiste en el espíritu y en los números de los
presupuestos de 1995, está conduciendo a que la economía española vaya
perdiendo competitividad como consecuencia de la subida de los tipos de
interés que seguro se producirá, y más aún --y luego hablaremos de ello--
cuando se prevé el poder superar el endeudamiento a lo largo del año. Eso
creará mayores tensiones en los mercados financieros.

En 1989 la deuda de las administraciones públicas ascendía a 19,7
billones, y eso representaba el 43,9 por ciento del producto interior
bruto. En 1993 era el 57,8 por ciento. En 1995 superará el 65 por ciento,
y esto cambia o en el año 2000 la Sección 06, Interés y amortización,
superará el 50 por ciento del presupuesto de gastos.

Esta tendencia de aumento en la deuda creará tensiones muy importantes en
los tipos de interés, que crecerán entre dos y tres puntos, lo cual es
nefasto para la competitividad de las empresas y es malo para los
ciudadanos de renta media-baja, que verán cómo suben las hipotecas en dos
o tres puntos. Además, esta evolución de la deuda nos aleja del
cumplimiento de dos condiciones marcadas por Maastricht: el nivel de
deuda, por una parte, único criterio que cumplíamos, y la media de los
tipos de interés. El incumplimiento de esos acuerdos llevará a acrecentar
el distanciamiento con los países prósperos.

Estamos en una economía abierta y ya no se podrá mejorar la
competitividad recurriendo a nuevas devaluaciones. Habrá que realizar
políticas económicas más disciplinadas, que no es estos niveles de deuda
pública. Hay que disminuir el déficit público.

Estas recomendaciones que hacemos desde mi Grupo una y otra vez no sólo
las hemos hecho nosotros, las han hecho profesores universitarios,
organismos internacionales y hasta el mismísimo Gobernador del Banco de
España cuando estuvo aquí compareciendo. Seguir aumentando el
endeudamiento, que es lo que se propone en el presupuesto para 1995,
supone las bases para un futuro peor. Estos presupuestos, que continúan
en la línea de años anteriores, no ayudarán a resolver las dificultades
que tenemos. No van en la línea de aprovechar el ciclo alcista de la
economía. Ya eso lo han recordado especialistas. Se limitan estos
presupuestos a mantener un sector público que ayuda a alejarnos de los
países prósperos.

Para acabar con el capítulo de generalidades, quiero hacer referencia al
enmascaramiento de los números del Título V. No son 3,9 billones los
permitidos para endeudarse. A éstos hay que sumar un billón 6.000
millones, que se detallan en el Anexo III del presupuesto y hacen
referencia a otro tipo de organismos, como el Patronato de Viviendas de
la Guardia Civil, Instituto de Crédito Oficial, etcétera.

Además, hay un peligro cierto de que se incremente el endeudamiento al
plantear una serie de medidas --asunción de deuda de otros organismos,
una política expansiva de los avales, etcétera-- que lo que hacen es
esconder un mayor déficit y a la larga eso producirá una mayor deuda, de
eso no cabe ninguna duda. Aparte de que todo el capítulo de la deuda se
ve amenazado al alza por una de las características fundamentales del
presupuesto: su laxitud.

Se ha difundido hace pocos días un artículo del economista Janos Kornai,
que decía que laxitud presupuestaria era aquella situación por la que el
administrador conocía de antemano la existencia de alternativas para
ampliar el total de gasto autorizado. En España, al no limitarse los
créditos a lo autorizado, se producen desviaciones consentidas entre
gastos autorizados y realizados y en el último



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quinquenio esas diferencias se han situado en un valor medio del 24 por
ciento. Es una información del profesor Barea. Es decir, que con esa
laxitud se incumplen los más elementales principios políticos y
económicos del presupuesto, y la eliminación de esa laxitud es uno de los
objetivos prioritarios que nuestro Grupo se plantea para reformar el
presupuesto, reforma que nosotros apoyamos en dos líneas fundamentales y
en el buen uso de una tercera.

La primera es la minoración del abuso que suponen los créditos
ampliables, más o menos 2.000 en el presupuesto de 1995. Con los últimos
datos que tenemos, que son de 1993, ya se pone de manifiesto que esos
créditos ampliables supusieron el 80 por ciento de las desviaciones del
presupuesto.

La segunda es la eliminación de la incorporación de créditos de otros
ejercicios, y la tercera, que es la que nosotros mantenemos como la más
disciplinada, es el recurso a los créditos extraordinarios, que debe ser
el único camino de cambios presupuestarios, pues se aprueban a través de
trámites parlamentarios.

Una revisión de la disciplina del presupuesto que limite las vías de
laxitud y de incertidumbre es hoy necesaria, y eso es especialmente
importante en el Título V, donde además se dictan normas de
contabilización de operaciones, asunción de créditos del INI, del CSI o
del Ente Público Radiotelevisión Española, sin atender a su naturaleza
económica.

Nosotros planteamos una serie de enmiendas, que van de la 951 a la 962,
así como la 1.071, enmienda a la totalidad de la Sección 06, y las 1.019
y 1.020, que hace referencia al Anexo III, que no hacen otra cosa que
recoger las líneas de lo que hasta ahora he transmitido.

En la primera, en la 951, pedimos la devolución o supresión del Título V
--ya he dicho antes que este título está lleno de confusiones--, no
limitando claramente el endeudamiento. En el artículo 43 se señala que la
cifra máxima es de 3 billones 889.000 millones, y, posteriormente, se
abren puertas que crean incertidumbre: no se fijan límites durante el
ejercicio; se permite el endeudamiento a otros organismos, lo que en el
futuro será deuda del Estado; se asume una deuda que encubre
transferencias a otros organismos, se quiere dar la apariencia de
reducción del déficit cambiando Capítulo IV por Capítulo VIII; se hace
una política de avales no restrictiva, etcétera. Por eso, mi Grupo pide
el apoyo de hecho a otros grupos para devolver este título al Gobierno,
pidiéndole que introduzca límites y controles, que son necesarios para
afrontar una política económica más razonable --antes se ha hablado de
coherencia y de rigor--, una política más ajustada al momento actual.

El resto de las enmiendas no pretenden otra cosa que fijar límites y
exigir control y disciplina. Es necesario frenar el crecimiento de la
deuda; es necesario poder situar los tipos de interés en unos niveles que
permitan hacer competitiva la economía. Si este Parlamento aprueba unos
presupuestos que hacen seguir creciendo la deuda pública, en años
posteriores tendrán que contener déficit para afrontar la carga
financiera que supondrá esa deuda, y ésa es una espiral que, en el
futuro, pone en peligro los capítulos de prestaciones sociales, y antes
hemos hablado de ello.

La enmienda 1.071 pide la devolución de la Sección 6. Creemos que los
pagos de intereses y la amortización de la deuda no responde a los plazos
deseables. Hay que realizar nuevos esfuerzos que, desde mi Grupo, hemos
solicitado repetidamente, para eliminar deuda (hay que hablar de una
política de privatizaciones más extensiva); reducción de deuda que
permita reducción de intereses, y que además permita una amortización más
acelerada de la deuda, si no estaremos produciendo una traslación de
impuestos a generaciones futuras.

La enmienda 952, después de las dos enmiendas a la totalidad, plantea
reducir el nivel de deuda en 500.000 millones, que, además, van unidos a
la eliminación del endeudamiento permitido a organismos y entidades que
plantea la enmienda 955, a través de la cual pedimos que el endeudamiento
de esos organismos esté incluido en los límites fijados en el artículo
anterior. Eso hace que nosotros planteamos una reducción de la deuda en
casi 1,5 billones de pesetas. Ello es posible si se realiza una
racionalización en la gestión de la Administración, una reducción de los
gastos, una mayor política de privatizaciones, etcétera. Además, como ya
decía anteriormente, eliminando créditos ampliables y otras puertas de
desvío, se podría ir avanzando en la dirección de disminución del
déficit.

La enmienda 953 plantea la eliminación del apartado 2 del artículo 43. No
hacemos otra cosa que pedir una mayor disciplina presupuestaria y la
desaparición de incertidumbre. Nos tememos que permitir al Gobierno
mayores endeudamientos durante el ejercicio puede provocar consolidar
niveles de deuda mayores de los permitidos. Por eso pedimos que si se
tiene que superar ese límite que marca el artículo 43 se haga mediante un
proyecto de ley que se pueda discutir aquí.

La enmienda 954 al mismo punto del artículo 43 plantea un texto
alternativo y una obligación de información. Creemos, y por ello pedimos
el apoyo a esta enmienda, que es absolutamente necesaria para dotar de
disciplina al control de la deuda. No hay que olvidar que si se supera el
límite durante el ejercicio se están produciendo, también durante el
ejercicio, tensiones en los mercados financieros que harán subir los
tipos de interés.

Las enmiendas 956 y 957 pretenden eliminar una operación que venimos
denunciando año tras año; no es otra operación que la de la asunción de
las deudas del INI, CSI, Ente Público Radiotelevisión Española;
operaciones que suponen camuflajes del déficit de esos organismos y del
déficit público no financiero, porque se pasan gastos que deberían estar
en el Capítulo IV al Capítulo VIII. Entendemos que esas deudas deben
canalizarse de forma más transparente a través de transferencias
corrientes o de capital, pero nunca mediante la asunción de deuda.

Ya el año pasado sucedía lo mismo y nosotros lo decíamos, es una manera
retorcida de aumentar el endeudamiento. El Gobierno ha establecido una
especie de triángulo maldito: primer vértice, decide disminuir los
incrementos de las subvenciones a las empresas públicas. Segundo vértice,
las empresas pasan a endeudarse. Tercer



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vértice, el Gobierno asume la deuda y el triángulo vuelve a empezar. Es
una curiosa maniobra contable para que no figure en el déficit público la
subvención a empresas públicas.

En 1995 la subrogación de deuda que plantean es de 218.000 millones para
el INI, 54.000 millones para el CSI, es decir, 272.000 millones, además
del planteado para Radiotelevisión Española. Es un juego de manos para
hacer menos transparente el déficit público.

En las enmiendas 958, 960 y 961 pedimos mayor información para la Cámara.

Son artículos que recogen el suministrar información al Gobierno y
nosotros pedimos que esa misma información se dé a la Cámara. Nosotros
pensamos que otros grupos de la Cámara pueden votar favorablemente estas
enmiendas.

En la enmienda 959 planteamos reducir los niveles de riesgo para evitar
incurrir en endeudamientos mayores, que es reducir la política de avales,
y con mucha más razón reducir esos avales a empresas públicas en que
consta su mala cuenta de resultados. Vemos excesivo riesgo en la
operación y pensamos que no es otra cosa que también tener déficit
encubierto y deuda pública en el futuro.

Nosotros pretendemos --así lo planteamos en la enmienda-- una reducción
de todos los niveles de avales, tanto el nivel global como el nivel
autorizado a cada una de las empresas.

Por último, nos queda la enmienda 962, que va a defender Rafael Hernando.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): tiene la palabra el señor
Hernando.




El señor HERNANDO FRAILE: Brevemente.

Como ustedes recordarán, el 26 de noviembre de 1992, posteriormente
ratificado en febrero de este año, el Congreso adoptaba el compromiso de
presentar para estos presupuestos de 1995 unas dotaciones presupuestarias
en las que se alcanzara el 0,35 de nuestro producto interior bruto para
programas de ayuda oficial al desarrollo. Los fondos de ayuda al
desarrollo, que son los que se engloban en este artículo 57, al cual
hemos presentado una enmienda de modificación --en realidad es una
enmienda de sustitución--, suponen el 78 por ciento de nuestra
cooperación bilateral y el 48 por ciento del total de nuestra ayuda
oficial al desarrollo.

Durante los tres últimos años, además esta cifra se ha venido congelando
en 80.000 millones, que no es una cifra real porque hemos podido
comprobar año tras año, y este año 1994 cerraremos el ejercicio con una
desviación similar, que se producen desviaciones importantes. En 1993, de
los 80.000 millones presupuestados, se pasó en realidad a 99.270 millones
de pesetas pagados a través del Instituto de Crédito Oficial. Nosotros
entendemos que esta dotación de 18.000 millones de incremento no sólo es
más realista sino que, además, va a permitir conseguir alcanzar ese 0,35
que, como mínimo, también acordó recientemente la Comisión no Permanente
de Cooperación Internacional y Ayuda al Desarrollo de esta misma Cámara.

Pero, además, pretendemos que eso se haga a través de la futura ley de
cooperación internacional, prometida reiteradamente por el Gobierno, la
última vez para el próximo período de sesiones, y que esa ley sea
presentada en esta Cámara antes del 31 de marzo del año próximo para
intentar subsanar la indefinición y contradicciones de la legislación
actual.

Debo anunciar a esta Cámara que hemos presentado una proposición no de
ley que será debatida seguramente el martes de la próxima semana.

Nosotros, no solamente mediante esta enmienda, sino de otras que
presentaremos más adelante, tratamos de conseguir, como mínimo, el 0,35
por ciento y llegar, si lo permiten las condiciones económicas, al 0,5.

No pretendemos que se cargue a través de líneas de crédito ampliables,
sino en capítulos concretos y más aún en este caso con esos 18.000
millones de incremento de los créditos FAD, mediante una reducción de
gastos, en el Capítulo II.

Este es el sentido en el que hemos presentado nuestra enmienda 962 y para
ello pedimos el apoyo de la Cámara.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Por el Grupo de Izquierda Unida,
tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: La enmienda 540 va dirigida al artículo 57 del
texto del proyecto del Gobierno. Pretende añadir un nuevo apartado 3, que
habla de los Fondos de Ayuda al Desarrollo, que administra el Ministerio
de Comercio.

El objetivo de nuestra enmienda es buscar exclusiones de estos fondos a
los países que puedan administrar estos recursos directa o indirectamente
para material bélico o uso militar.

Por tanto, nuestra propuesta sería excluir de las operaciones con cargo
al Fondo de Ayuda al Desarrollo aquellas que tengan por objeto la
adquisición de material bélico y susceptible de uso militar directa o
indirectamente, o desarrollo, que va unido a la actuación militar.

Se excluirán de estos fondos los países con alto nivel de gasto militar y
de defensa.

Se puede decir que a partir de un tiempo acá esto ha sido así, pero la
realidad es que no se ha sido muy riguroso en ese requisito en años
anteriores. La prueba la tenemos con la condonación que acabamos de hacer
a Egipto, que precisamente se ha hecho sobre actuaciones de ayuda al
desarrollo, destinando esa inversión a gasto militar y de defensa.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Por el Grupo del Partido
Nacionalista Vasco, tiene la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Nuestro Grupo parlamentario ha presentado
solamente una enmienda a este Título, que va en la línea de las
intervenciones anteriores del Grupo Popular y del Grupo de Izquierda
Unida.

Nuestro Grupo parlamentario propone incrementar la línea de crédito de
80.000 millones a 120.000 millones, dado que nos parece que resulta
insuficiente la cifra presupuestada, con motivo del impulso que están
teniendo las solicitudes que se han presentado por las empresas acogidas



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a los programas de comercio exterior. Creemos que en este momento este
capítulo debe desarrollarse mucho más. Por eso proponemos que se aumente
el crédito de los 80.000 millones a 120.000 con cargo al Fondo de Ayuda
al Desarrollo, según la disposición adicional novena, que trata del
seguro de crédito a la exportación, en la que figura una partida de
580.000 millones de pesetas. Pensamos que el detraer esos 450.000
millones de diferencia de esta partida no es una cuestión que pueda
desestabilizar esta partida. Por lo tanto, proponemos que se eleven a
120.000 millones de pesetas los recursos destinados para el Fondo de
Ayuda al Desarrollo para el año 1995.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Por el Grupo de Coalición
Canaria, tiene la palabra el señor Mauricio.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: Muy brevemente, señor Presidente para
señalar que hemos presentado una enmienda al artículo 57, en la que
intentamos dar un nuevo giro, una nueva concepción, al Fondo de Ayuda al
Desarrollo, planteándolo como un fondo de cooperación. Además --aunque
apoyaremos las enmiendas presentadas por otros grupos que pretenden
incrementos de las partidas en este caso, del Ministerio de Comercio--,
entendemos que es la manera de abrir el famoso debate del 0,7 por ciento
del producto interior bruto. Nuestra propuesta es que el Fondo de Ayuda
al Desarrollo, con toda una serie de programas que señalamos, desde el
punto de vista del agua, la salud, el medio ambiente, la agricultura, la
alimentación, la promoción de la mujer, la atención a la infancia, la
vivienda, el desarrollo de infraestructuras hidráulicas, las vías de
comunicación rurales, etcétera, se convierta en un fondo de cooperación,
con la visión de que la cooperación --no sólo la ayuda-- es un elemento
que produce beneficios mutuos, en este caso con España, que podría
desarrollar este tipo de programación. Nosotros, aunque se producirá este
tipo de enmiendas en otros capítulos o en otras secciones, queremos abrir
ya el debate del 0,7 por ciento, porque sería muy importante que en este
presupuesto se lograra un acuerdo consensuado, posiblemente en una
enmienda transaccional --que estaríamos dispuestos a estudiar y a
apoyar-- con diferentes grupos de la Cámara, para conseguir un acuerdo en
la línea que están planteando las movilizaciones populares y sociales que
se están produciendo a favor de esta propuesta.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Por el Grupo Mixto, en nombre de
Unión Valenciana, tiene la palabra el señor Chiquillo.




El señor CHIQUILLO BARBER: Voy a intentar ser breve, señor Presidente.

Al Título V, Operaciones financieras, mantenemos tres enmiendas, las
números 31, 32 y 33. La enmienda 31 es al artículo 43, que pretendemos
que quede redactado de la manera que se contempla en la enmienda, y es
que se autorice al Gobierno respecto al incremento de la deuda pública,
con la limitación de que el saldo vivo de la misma no supere en más del
3,5 por ciento el correspondiente saldo a 1 de enero de 1995. Su
justificación es que consideramos que el optimista escenario
macroeconómico que ha dibujado el Departamento de Economía y Hacienda se
ve ensombrecido por el incumplimiento de los requisitos que en materia de
deuda pública establece la Unión Europea. La deuda pública prevista para
1995, según datos de la OCDE, se situará en el 67 por ciento, alejándose,
por tanto, de los criterios de convergencia de Maastricht, y nuestro
nivel de endeudamiento nos aleja de Europa. Esta situación de aumento
descontrolado de la deuda pública va a determinar que se fuercen al alza
los tipos de interés, subida que hay que evitar. De ahí la presentación
de nuestra enmienda para que la deuda pública, de alguna manera, tenga
una limitación.

Las otras dos enmiendas, números 32 y 33, a los artículos 45 y 46, son de
supresión. Ambas son relativas a que la asunción por parte del Estado de
las deudas del Instituto Nacional de Industria y del Ente Público
Radiotelevisión Española no sea contemplada en estos presupuestos. En una
situación como la actual, no se pueden mantener eternamente subvenciones
a empresas públicas. Si estas empresas necesitan ayudas, ante su
situación económica, deberán seguirse los criterios y directrices
establecidos por la legislación de la Unión Europea. Pedimos la supresión
de ambos artículos por considerar que esta asunción por parte del Estado
no es procedente.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Para exponer la posición del
Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Martínez Noval.




El señor MARTINEZ NOVAL: El señor Martínez-Pujalte, en nombre del Grupo
Popular, ha hecho una intervención que tengo que calificar de coherente.

No coherente en relación a intervenciones anteriores --no quiero reeditar
el debate que trajo esta tarde a la Comisión el señor Cercas--, sino
coherente en sentido interno. Todo lo que ha dicho el señor
Martínez-Pujalte es coherente, desde su primera afirmación hasta la
última tiene un hilo conductor que se corresponde con un modo de entender
y de valorar lo que es el déficit público y, en último término, la
acumulación del déficit, que es el endeudamiento público o la deuda
pública acumulada. Sin embargo, después de esta afirmación también tengo
que dejar sentado bien claramente que yo no coincido prácticamente con
ninguna de las afirmaciones y aseveraciones que el señor Martínez-Pujalte
ha hecho sobre el modo de entender y analizar el déficit público y el
endeudamiento público.

Dice él, en primer lugar, que el Título V y la Sección 06 reflejan los
defectos del presupuesto. Yo no creo que eso sea así; el déficit público
ha sido toda la vida y lo seguirá siendo, lo es en este presupuesto,
desde luego, un instrumento de política económica como otro cualquiera,
en concreto, de política fiscal, y de política financiera también, y, por
tanto, no creo que se pueda tildar a este título del articulado de la
ley, ni mucho menos a la Sección 06 como el reflejo o la consecuencia de
los defectos del presupuesto.




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En segundo lugar, yo tampoco comparto con el señor Martínez-Pujalte que
el endeudamiento del Estado, de los organismos autónomos, de los entes
públicos haya de valorarse, haya de analizarse en similitud o con las
mismas herramientas y con los mismos criterios con los que se analiza el
endeudamiento de una economía familiar o de una empresa. Yo no pienso que
el endeudamiento de una empresa se pueda juzgar igual que se juzga el de
una economía familiar. Nada más quiero aludir al teorema de Modigliani y
Miller que, a este respecto, diferencia unas cosas de otras. Y yo le
quiero recordar, señor Martínez-Pujalte, que debería abandonar ese
criterio. Entiendo que es un criterio que está en los libros, que también
es compartido por otras muchas personas, algunas de ellas de una
elevadísima formación académica, pero un criterio que, desde otro punto
de vista, se pueda calificar de excesivamente clásico. ¿Por qué razón?
Porque una economía familiar tiene balance patrimonial, mientras que en
la contabilidad pública no es posible el balance patrimonial.

Para analizar las consecuencias del déficit, señor Martínez-Pujalte,
deberíamos de analizar --algún día deberíamos hacerlo, no se ha hecho en
esta Cámara todavía-- cuáles son las razones, cuáles son los gastos que
explican el incremento de la deuda. Usted dijo que era un incremento
acelerado. Es cierto. En eso sí comparto una preocupación con usted, la
comparte mi Grupo también. Yo creo que nadie puede asistir impasible y
mucho menos con alegría y con asentimiento al incremento del
endeudamiento del Estado. Ni aquí, ni en Francia, ni en Holanda está
ocurriendo eso. En las condiciones que se avecinan, cuando los países han
decidido caminar por una senda de convergencia, sería una insensatez
menospreciar ahora el problema del déficit público o del aumento de la
acumulación del déficit que es la deuda, pero habría que analizar qué
tipo de gastos son los que han conducido a este endeudamiento del Estado.

Al final, debería convenir conmigo, señor Martínez-Pujalte, que en la
contabilidad pública no hay balances patrimoniales y que, por tanto, hay
aumentos de pasivos y también un incremento importante de activos, pero
de activos que no se reflejan ni en el capítulo IX, ni en el capítulo
VIII. Ahí se reflejan los activos financieros, pero una parte del
endeudamiento público ha ido dirigida a un incremento muy importante de
los activos sociales, del capital social de la nación y, sin embargo, el
incremento de esa riqueza nacional no aparece reflejado como aparece
reflejado en la cuenta de una economía familiar: yo me endeudo en tres,
pero en el activo tengo un piso, o tengo una finca, o tengo el activo que
respalda el endeudamiento de la economía familiar. No ocurre lo mismo en
el caso de la contabilidad pública. Por lo tanto, creo que es erróneo y
conduce a conclusiones que no se corresponden con la realidad seguir
haciendo análisis del endeudamiento público con las mismas herramientas
con las que uno puede juzgar el endeudamiento de una economía familiar o
el de una economía empresarial.

Tampoco estoy de acuerdo con usted, señor Martínez-Pujalte, en que el
endeudamiento público lleve a la pérdida de competitividad por incremento
de los tipos de interés a los que se refería. Creo más bien que puede
ocurrir lo contrario. Entiendo que es mucho más importante para la
competitividad exterior de la economía española la evolución de la tasa
de inflación, sobre todo el diferencial de la tasa de inflación, que la
evolución del diferencial de tipo de interés. Un instrumento clásico para
contener la tasa de inflación, para reducir la inflación, es endurecer la
política monetaria, es decir, incrementar los tipos de interés. De manera
que dudo mucho que exista una relación entre el incremento de tipos de
interés y la pérdida de competitividad de la economía española.

Si lo que quiere decir es que incrementando los tipos a largo plazo
estamos dificultando las decisiones empresariales de invertir más, sea en
bienes de equipo, sea en bienes residenciales, estoy de acuerdo con
usted. Es cierto que los tipos a largo plazo, sobre todo a largo plazo,
no a corto plazo, sí aumentan, dificultan, hacen más viscosa la capacidad
que tienen los empresarios y las economías familiares para decidir
determinadas inversiones, pero también es verdad --y eso debería
aceptármelo usted-- que la economía española ha demostrado que tiene
capacidad para vivir procesos de inversión intensísimos con tipos de
interés a largo plazo altísimos. Ahí está la experiencia del período de
1985 a 1990, en el que nuestro país conoció un proceso de inversión que
no se estaba dando en ningún otro país de la Comunidad Europea, con unos
tipos de interés a largo plazo cercanos al 14, al 15 por ciento, incluso
en cifras superiores a las que le digo.

De manera que es cierto que tipos de interés a largo plazo pueden
dificultar la inversión. Y cualquier decisión que condujera a la
reducción al cabo de unos meses de esos tipos de interés a largo plazo
sería beneficiosa para la economía española en estos momentos, pero por
la vía de la demanda de inversión, no por la vía de la competitividad,
por las razones a que antes me he referido.

Entenderá más fácilmente que todo lo anterior que tampoco coincida con la
afirmación de que estos presupuestos no ayudan a la recuperación. Ese es
un eslogan político que está muy bien, pero yo podría contestarle con
otro eslogan político diciendo lo contrario, que estos presupuestos sí
ayudan a la recuperación. Si en algún momento tuviéramos que discutir más
en profundidad por qué digo yo que sí ayudan a la recuperación y qué
razones puede haber en su afirmación de que no ayudan a la recuperación,
tendríamos que ir a analizar si estos presupuestos son coherentes con el
escenario macroeconómico que el Gobierno presenta en paralelo con los
mismos. Yo creo que sí lo son y como en este escenario macroeconómico, me
parece que de manera bastante sensata, hay un planteamiento de cuál puede
ser la senda de crecimiento de la economía española en el año 1995, como
pienso que el presupuesto es coherente con ese escenario macroeconómico,
sobre esa base que sumariamente le expongo, puedo afirmar que estos
presupuestos sí ayudan a la recuperación.

En relación con los camuflajes del déficit --creo que fue el término que
usted utilizó para referirse a algunas operaciones que incorpora el
presupuesto, las incorpora siempre--, tengo alguna experiencia en la
discusión de esas cuestiones en esta Cámara desde hace bastantes años.




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Es cierto que la asunción de deuda, cuando surte efecto, que es el uno de
enero, de 1995 en el caso de este presupuesto, se anota en el capítulo de
pasivos financieros del Estado y que no incrementa en nada en ese
ejercicio el capítulo III. Aumentan los pasivos del Estado pero no
aumentan los gastos presupuestarios del Estado como consecuencia de la
asunción de esos pasivos. Esos gastos sólo aparecen en el presupuesto a
medida que se van produciendo los pagos de intereses o de amortizaciones
de esos créditos o de esa deuda de empresas públicas, de entes públicos,
los cuales asume el Estado.

Este no es un criterio, señor Martínez-Pujalte, que usted pueda imputar
como perverso al Gobierno; es un criterio de la contabilidad nacional.

Punto final. Criterios que usted sabe igual que yo que no los deciden en
modo alguno los gobiernos. Hay una cierta coincidencia y una cierta
conveniencia entre muchos países respecto de criterios de contabilidad
nacional para anotación de deuda, etcétera, y éste es un criterio de
contabilidad nacional. Usted dice que lo camufla; lo camufla poco tiempo,
porque en cuanto se producen pagos de intereses y de amortizaciones,
lógicamente esos pagos empiezan a aparecer luego. En todo caso no
camuflaría --utilizando su terminología-- más que muy temporalmente lo
que es el verdadero endeudamiento bruto del Estado.

El señor Martínez-Pujalte ha hecho luego consideraciones de carácter más
particular con alguna de las enmiendas y en relación con eso le tengo que
decir que vamos a rechazarle todas las enmiendas que suponen modificación
de las cifras de la Sección 06 o de los artículos del Título V que se
refieren a algún cifrado de déficit.

En relación con sus enmiendas en las que pide más información, en las que
demanda más envío de información detallada a los grupos parlamentarios
sobre la evolución del endeudamiento, le puedo decir que vemos con una
cierta simpatía esas enmiendas, que las estamos valorando y que una
contestación más precisa y más definitiva sobre ellas, sobre las que se
refieren a aumento de la información, la tendrá usted en el Pleno cuando
volvamos a discutir esta materia.

Varios portavoces de grupos parlamentarios --en concreto el señor
Hernando, con la enmienda 262; el señor Ríos, bien es verdad que con otro
matiz distinto al que se planteaba, porque la enmienda del señor Ríos
(enmienda 540 de Izquierda Unida) va dirigida a un aspecto muy parcial
del destino del 0,7; el señor Zabalía en nombre del Grupo Parlamentario
Vasco (PNV), que presenta una enmienda de ampliación de ese crédito de
80.000 millones a 120.000 millones y el señor Mauricio-- han presentado
enmiendas en relación con la cuestión que podríamos denominar, para
entendernos, del 0,7. Todas esas enmiendas, señorías, incluida la del
señor Ríos --que ya digo que no se refería a la cuestión central, sino a
una cuestión relacionada con el problema del 0,7--, las vamos a rechazar,
porque el Grupo Parlamentario Socialista presentó una enmienda que
creemos coherente con nuestro punto de vista; de manera que estas
enmiendas que ustedes presentan ya no tratarían de modificar el contenido
en estos momentos del documento presupuestario, en la medida en que, por
la incorporación en la Ponencia, ese documento presupuestario ha quedado
modificado como consecuencia, como digo, de las enmiendas del Grupo
Parlamentario Socialista en esa materia. Es una cuestión que tiene su
importancia política y, por lo tanto, es fácilmente comprensible que en
ese punto defendamos la enmienda que el Grupo Socialista ha presentado y
que rechacemos el resto de enmiendas.

Esto es todo.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Para un turno que la hora
avanzada pide clamorosamente que sea breve, tiene la palabra el señor
Martínez-Pujalte.




El señor MARTINEZ-PUJALTE LOPEZ: Dada la hora, voy a procurar ser breve,
porque compartimos ese deseo de la Presidencia.

Agradezco al señor Martínez Noval el calificativo de coherente respecto a
la intervención de mi Grupo. Es lo que venimos defendiendo desde siempre.

Agradezco que se tomen por lo menos en consideración algunas de las
enmiendas presentadas. Esperamos que esa simpatía que dice que tienen
hacia esas enmiendas se convierta en el voto favorable para que tengamos
más información en esta Cámara.

Ahora bien, le quiero hacer algunas consideraciones en torno a lo que ha
dicho. Ha hablado de balance patrimonial del Estado. Efectivamente, no
hay balance patrimonial, pero sí hay un criterio clásico y manido del uso
de los gastos de endeudamiento. Los gastos de endeudamiento deben
destinarse a inversión y no a gastos corrientes. Ese es uno de los
grandes males que ha tenido la política económica que han ido
practicando. Han ido destinando endeudamiento a gasto corriente y eso no
hay economía familiar, ni economía empresarial, ni economía pública que
lo resista, porque no es otra cosa que trasladar el gasto a generaciones
futuras. En esto yo creo que los presupuestos de este año, igual que los
de años anteriores, tienen un defecto muy consolidado: están trasladando
a generaciones futuras cargas muy importantes.

Usted ha planteado uno de los grandes temas: ¿En qué se usa el
endeudamiento? Yo le digo, y hay números, que ese endeudamiento lo están
usando para sufragar gasto corriente. Tienen una técnica presupuestaria
que es mala en sí misma, porque calculan primero lo que se quieren
gastar, después calculan los ingresos y, por último, dicen que tienen que
endeudarse en una cantidad.

Eso, y no otra cosa, es lo que ha provocado la aceleración del
endeudamiento. Otros países europeos tienen niveles de endeudamiento
incluso mayores que el nuestro, pero con un nivel de aceleración
muchísimo menor.

He dicho que entiendo que éstos no son los presupuestos que España
necesita ahora mismo y lo sigo manteniendo. Estos presupuestos no ayudan
a mejorar nuestra situación con respecto al resto de los países europeos.

Este título en concreto daña tres criterios que influyen en la
competitividad: El tipo de interés, que dañará la inversión y (aunque
antes no lo he dicho, se puede seguir profundizando en esto) además
dañará el tipo de cambio y la tasa de



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inflación, en la que no repercute mucho la deuda, pero es que el
diferencial de la inflación no va mucho mejor.

Con este tipo de endeudamiento se provocó el alza de unos tipos de
interés que harán disminuir la inversión, porque a mayor tipo de interés,
menor inversión. Además, quiero hacer un paréntesis. La subida de los
tipos de interés no sólo perjudica a las empresas, sino que perjudica, y
muy notablemente, a las personas físicas, incluso de renta media y baja,
que ya están viendo que las hipotecas les van a subir dos o tres puntos.

Usted ha dicho que empleo un eslogan que es que este presupuesto no ayuda
al crecimiento. Yo le digo que no ayuda al crecimiento. Los presupuestos
públicos deben tener un efecto compensador con los ciclos y en un ciclo
alcista se hace necesario un presupuesto restrictivo y ése es uno de los
grandes males que ustedes cometieron en la época de crecimiento que ha
mencionado, de 1985 a 1989: ciclo alcista y presupuesto alcista,
descalabro cuando se acabó el ciclo.

Ha hablado también --y con esto acabo-- de los camuflajes. No digo que la
asunción de deuda sea un camuflaje en el mismo momento en que asume, pero
sí digo --y usted eso lo entenderá perfectamente-- que hay dos cosas. Por
una parte, se esconde un déficit presupuestario no financiero porque la
asunción de deuda, tanto al INI como al CSI y al Ente público
Radiotelevisión Española debería ir como transferencias corrientes o de
capital --Capítulos IV o VI-- y no en el que va, con lo cual, como lo
sacan de esos capítulos están dando la apariencia de que el déficit es
menor y no.

Además, un segundo punto, y es que es una técnica que no es que nos la
propongan este año, es que lo hacen todos los años. Junto a la asunción
de deuda, abren, en el Anexo III, otra puerta, que es la posibilidad de
que esos organismos sigan endeudándose y el año que viene nos propondrán
en los presupuestos --espero que no-- que asumamos las deudas que han
contraído.

Nosotros mantenemos nuestras enmiendas que creemos que son coherentes y
que responden a lo que necesita este país para salir adelante, que es
bajar deuda, fijar controles y no meternos de tapadillo nuevos
endeudamientos del Estado.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Tiene la palabra el señor
Hernando.




El señor HERNANDO FRAILE: Quiero aclarar al señor Martínez Noval que se
votó en la Ponencia la no incorporación de las enmiendas al texto; por
tanto, no se puede argumentar que ya está incorporada una enmienda al
texto para no aceptar la enmienda que ha presentado el Grupo Popular al
Fondo de Ayuda al Desarrollo.

Por otra parte, he de decirle que ni tan siquiera en el texto de esas
enmiendas presentadas por el Grupo Socialista se hace referencia a que
esos créditos vayan al Fondo de Ayuda al Desarrollo. Nosotros nos
encontramos con una situación que es ciertamente grave y es que ustedes,
a través del Consejo de Ministros, han autorizado créditos muy por
encima, a lo largo de los últimos años, de las dotaciones presupuestarias
que han venido realizando. Eso no sólo ha generado desviaciones
presupuestarias continuas y constantes, sino que hace que en estos
momentos tengamos una bolsa de operaciones de ayuda oficial al desarrollo
con créditos FAD que supone 180.000 millones todavía de operaciones
pendientes de pago y de desarrollo. Esto, señorías, provoca que año tras
año, llegado el mes de septiembre, el Instituto de Crédito Oficial se
quede sin fondos suficientes para hacer frente a los pagos de las
obligaciones contraídas por nuestras empresas y los proyectos
desarrollados por nuestras empresas en el exterior. Lo que pretendemos
precisamente con esta dotación es hacer frente de una forma realista a
ese pago, hacer frente a esas obligaciones y no eludir esta
responsabilidad y determinar que, a través de créditos ampliables, se
pueda hacer esto.

Como he explicado al principio, nosotros no creemos en los créditos
ampliables; lo que hemos pretendido es detraer esos 18.000 millones de
partidas concretas de los presupuestos generales del Estado. Por lo
tanto, lamentamos la posición del Partido Socialista en este tema.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Ruego a las señorías que están en
el bar improvisado que, por favor, bajen la voz, porque no nos dejan oír.

Comprendo la tendencia a la juerga en estas horas pero creo que es, por
lo menos, inconveniente en este trámite. (Risas.)
Tiene la palabra el señor Ríos, por el Grupo de Izquierda Unida.




El señor RIOS MARTINEZ: En nombre del Grupo Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya me gustaría solamente hacer una pequeña
precisión al portavoz del Grupo Socialista.

Nuestra enmienda va dirigida al artículo 57 y a su filosofía.

El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una enmienda a la
disposición adicional decimonovena, al igual que la ha presentado el
Grupo de Izquierda Unida, sobre la filosofía de la ayuda al desarrollo
para el Tercer Mundo a través de las ONG. Pero la enmienda de Izquierda
Unida va dirigida a lo que es la administración de los 80.000 millones
--o la cifra que se ponga al final, según la que proponga, si se acepta,
el Grupo Vasco (PNV) o la del Grupo Parlamentario Popular--, a la
distribución de ese fondo de ayuda al desarrollo que hace el Ministerio
de Comercio y Turismo. Nosotros proponemos limitar esa administración de
esos recursos para que no sean destinados estos fondos para ayudar a
países que quieren asentar determinadas actividades que nuestras
industrias puedan aportarles, que no sean para lo que podríamos llamar
armamento o política de defensa, que vayan dedicados a otras políticas de
desarrollo, porque no solamente se desarrolla con la defensa una posición
en determinados países. Les voy a poner un ejemplo. Con la Ley actual de
fondos de ayuda al desarrollo, nosotros este año hemos dado una ayuda a
una zona, a un país, todavía no es un país, un Estado ya será, a lo que
son las autonomías de Gaza y Jericó, a la OLP. Pues bien, entre esos
dineros también le hemos dado ayudas para preparar la policía. Pongo este
ejemplo



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para que veamos que hay una manera de utilizar estos recursos y otra que
queremos limitar.

Por tanto, está presentada al artículo correspondiente y al margen de la
discusión de la enmienda que en su momento hagamos de las ONG y la
administración de las ayudas al desarrollo, que son distintas de los FAD.

Espero haber sido convincente.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Por el Grupo Vasco (PNV) tiene la
palabra de nuevo el señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Simplemente intervengo para decir que, dado que
no me ha convencido el portavoz del Grupo Socialista en la contestación
que ha dado a la propuesta de nuestro Grupo Parlamentario, esta enmienda
la vamos a mantener.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Por el Grupo Unión Valenciana,
Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Chiquillo, si es que lo desea.




El señor CHIQUILLO BARBER: Simplemente, como no he recibido contestación
a ninguna de las enmiendas, ¿qué entiendo, que se asumen?



El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Tiene la palabra en este turno,
por fin, y cerrando, el señor Martínez Noval.




El señor MARTINEZ NOVAL: El señor Martínez-Pujalte me responde que los
gastos de endeudamiento serían aceptables --al menos se nos aceptaría
conceptualmente-- si fueran destinados a inversión y no a gasto
corriente, porque entiende que el endeudamiento para financiar gasto
corriente es una decisión que sólo conduce a grandes males.

Yo también discrepo de eso, señor Martínez-Pujalte. Ha habido en la
historia países que han dedicado cantidades ingentes de su déficit
público y de su endeudamiento al gasto corriente y no han sido conducidos
a ningún precipicio financiero. Hubo una época, hace varias décadas, en
la que era normal un consenso en torno a un modo de entender el
endeudamiento público que procedía de Keyness y que tiene poco que ver
con los problemas que usted ve en el endeudamiento. Es verdad también que
ese punto de vista quedó en alguna medida arrumbado y que en estos
momentos aparece otra vez en la escena, con la misma fuerza y con la
misma potencia, intelectual al menos, con la que puede aparecer una
visión más clásica del endeudamiento. Pero incluso si yo aceptase que el
endeudamiento debe ir destinado a la inversión, deberíamos precisar, por
ejemplo, si usted entiende que el gasto en educación es inversión o no lo
es. Yo entiendo que sí, que el gasto en educación, por ejemplo, no es un
gasto corriente, que es inversión en capital humano. Eso es lo que
repetimos todos una y otra vez. Luego entonces, por ejemplo, más de un
billón de pesetas de este presupuesto que tradicionalmente se engloba en
ese calificativo de gastos corrientes, desde mi punto de vista no serían
gastos corrientes, serían gastos de inversión, por ejemplo, todos los
educativos. Buena parte de los gastos sanitarios tampoco deberían ser
entendidos como gastos corrientes. Deberán ser entendidos como gastos de
inversión en capital humano. Así sucesivamente. El problema, señor
Martínez-Pujalte, es que los criterios en la contabilidad pública
--insisto otra vez-- se separan bastante de los criterios de contabilidad
en la actividad privada y cuanto más profundiza uno en esa separación,
mayores motivos encuentra para pedir de nuevo que, si es posible, algún
día tengamos una discusión detallada de qué gastos son los que justifican
y los que están en el origen del endeudamiento que en este momento
tenemos en nuestro país.

Tampoco estoy de acuerdo con usted en que el presupuesto se haga
calculando primero los gastos, luego los ingresos y después el déficit.

Me parece que ése no es el procedimiento, aunque S. S. estará de acuerdo
conmigo en que todo presupuesto, aquí y en cualquier país del mundo,
tiene un arrastre inercial del pasado tremendo y el margen en el que un
Gobierno decide en qué medida altera el presupuesto hacia arriba o hacia
abajo es muy pequeño porque, como digo, el peso del pasado, al que hay
que hacer frente necesariamente, es muy fuerte en todo presupuesto.

Aun así, la primera decisión que hay que tomar sobre un presupuesto es
una a la que usted se refería: si el presupuesto va a ser expansivo,
restrictivo o neutral respecto a la evolución prevista de la actividad
económica en el ejercicio para el cual se elaboran los presupuestos. Esa
es la decisión que se toma y yo no creo, señor Martínez-Pujalte, que éste
sea un presupuesto expansivo. No creo, repito, que se pueda decir de éste
que es un presupuesto expansivo. ¿Cómo va a ser un presupuesto expansivo
si en un momento de recuperación económica lo que plantea, por ejemplo,
en relación con los funcionarios públicos o con los pensionistas es el
mantenimiento de la capacidad adquisitiva? No plantea el crecimiento
desmesurado, el crecimiento moderado, o el crecimiento, sino el
mantenimiento de la capacidad adquisitiva. ¿Cree usted, señor
Martínez-Pujalte, que eso caracteriza un presupuesto expansivo? Yo creo
que no. Este es un presupuesto bastante sensato para el escenario
macroeconómico que acompaña al presupuesto y que plantea determinadas
previsiones en relación con qué es lo que va a crecer más si la inversión
o el consumo privado, etcétera. Este presupuesto, de acuerdo con la cifra
global de gasto y su comparación con el término con el que se compara
siempre, que es el crecimiento del producto interior bruto en términos
nominales, no es un presupuesto expansivo, señor Martínez-Pujalte.

En lo que se refiere al problema de la asunción de la deuda, tengo que
reiterar los argumentos que empleaba anteriormente. Es verdad --también
se refirió a ello el señor Chiquillo, me tiene que disculpar por no
haberme referido a él anteriormente-- que la asunción de la deuda hay que
hacerla en estos momentos --algunos la interpretan como subvención a
empresas públicas-- en el marco de la normativa de la Unión Europea. A lo
mejor, esta asunción de deuda se entiende mejor si se plantea en ese
marco normativo



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al que me refiero; digo esto en relación con la posibilidad de
contemplarlo de modo distinto, por caminos, por capítulos y vías
diferentes.

El señor Ríos me ha conducido a un terreno de juego distinto al del 0,7,
es el de la posibilidad de que los 80.000 millones del artículo 59 no se
empleen en determinadas operaciones comerciales que él juzga inadecuadas
desde la perspectiva de la ayuda al desarrollo. Nosotros no lo juzgamos
así, señor Ríos, y, por tanto, ahora en términos mucho más precisos,
tengo que comunicarle el rechazo de su enmienda 540.

Esto es todo, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (García Ronda): Con su intervención, señor
Martínez Noval, termina el debate correspondiente al Título V, sección
06, e iniciamos el debate correspondiente al título VI.

Para defender las enmiendas del Grupo Popular, tiene la palabra el señor
Costa.




El señor COSTA CLIMENT: Considerando la hora que es, intentaré ser lo más
breve posible y haré referencia únicamente a las principales enmiendas
del Grupo Parlamentario Popular a este título del proyecto de ley de
Presupuestos y daré por defendidas las restantes enmiendas en sus justos
términos. (El señor Vicepresidente, Ortiz González, ocupa la
Presidencia.)
En primer lugar, el Grupo Parlamentario Popular formula una enmienda de
supresión a la totalidad del título, que se justifica, principalmente,
por dos razones. Primero, porque las medidas tributarias que incorpora
este proyecto de ley de Presupuestos para 1995 determinan una elevación
normativa de la presión tributaria; una elevación que tendrá su impacto,
principalmente, en las economías familiares más modestas ya que, por sus
características, determinará una reducción de la renta disponible. Esta
elevación normativa de la presión tributaria supone, de nuevo, un
incumplimiento, por parte del Gobierno, de un compromiso asumido no hace
más de cuatro meses, cuando se presentó en esta Cámara el plan de
actualización del programa de Convergència. Segundo, porque mi Grupo
Parlamentario considera justificada una enmienda de supresión al Título
VI, puesto que las medidas que incorpora no constituyen instrumentos
eficaces para favorecer el ahorro y la inversión y, en consecuencia, para
mejorar los niveles de empleo de nuestro país.

A continuación, voy a hacer referencia a las principales enmiendas al
articulado que ha formulado el Grupo Parlamentario Popular. Con respecto
a los artículos 59 y 63, el Grupo Parlamentario Popular presenta dos
enmiendas. En estos artículos el Gobierno propone la deflactación de la
tarifa individual y conjunta del IRPF en un 3,5 por ciento para 1995.

Esta deflactación, que persigue evitar una nueva subida encubierta de los
impuestos por el efecto de la progresividad en frío, una subida
encubierta a la que nos tiene acostumbrados el Gobierno del señor
González desde 1992, resulta de todo punto insuficiente para compensar el
efecto de la inflación acumulada durante el período comprendido entre
1992 y 1994, y resultará, además, insuficiente, si como es probable, las
previsiones de inflación del Gobierno para 1995 se incumplen como
consecuencia, principalmente, del impacto que puedan tener otras medidas
tributarias que incorpora este proyecto de ley de Presupuestos. Por ello,
las modificaciones que solicita el Grupo Parlamentario Popular tienen
como finalidad aplicar para 1995 las tarifas propuestas por el Gobierno y
aprobadas por el Parlamento en 1991, que tenían que haber entrado en
vigor en 1992, tarifas que deberán nada más deflactarse en un 3,5 por
ciento, en función de la inflación prevista para 1995.

Las razones que justifican la aplicación de estas tarifas son básicamente
tres: eliminar los obstáculos al ahorro interno y a la oferta de empleo,
adecuar la tarifa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a
las tendencias internacionales y, finalmente, se encuentran justificadas
porque, desde el punto de vista presupuestario, el impacto recaudatorio
que pueden tener las medidas propuestas no resultará significativo si
consideramos el previsible incremento de las bases declaradas en 1995 y
la elevada elasticidad-renta del actual Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.

En segundo lugar, voy a hacer referencia a las enmiendas que presenta el
Grupo Parlamentario Popular al artículo 60 del proyecto de ley de
Presupuestos.

El proyecto de ley de Presupuestos plantea reducir el coeficiente para
determinar el rendimiento presunto imputable a los inmuebles urbanos de
uso propio, fijando un coeficiente del 1,3 por ciento para aquellos
inmuebles que hayan estado sometidos a una revisión catastral. Quiero
manifestar que resulta cuestionable o criticable cuando menos que el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas someta a tributación las
rentas presuntas imputables al uso y disfrute de bienes de los sujetos
pasivos y, en concreto, las rentas presuntas imputables al uso y disfrute
de la vivienda familiar. ¿Por qué no sometemos a tributación, por
ejemplo, las rentas presuntas imputables a la utilización de un inmueble
rústico como puede ser un campo de golf?
En tercer lugar, consideramos criticable la regulación que establece el
proyecto de ley en la medida en que introduce una discriminación entre
propietarios titulares de inmuebles urbanos en función de la fecha de su
adquisición. Un sujeto pasivo que ha adquirido un inmueble urbano de
forma reciente y que, además, ha obrado de buena fe y ha declarado el
precio real de adquisición de ese inmueble, está sometido a una
tributación muy superior, notablemente superior a aquélla a la que se ve
sometido otro sujeto pasivo que es titular de un inmueble de idénticas
características pero que lo ha adquirido hace bastante más tiempo y que,
por lo tanto, para determinar su tributación se toma como base una renta
inferior.

Para evitar estas distorsiones que produce la actual normativa, nuestro
Grupo Parlamentario propone, en primer término, iniciar una tendencia de
supresión de la tributación sobre las rentas presuntas aplicando un
coeficiente del uno por ciento, coeficiente que, además, tome como base
el valor catastral en todos los casos para evitar esas discriminaciones
que se producen entre los sujetos pasivos en



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función de la fecha de adquisición de los inmuebles. Alternativamente,
proponemos aplicar el coeficiente del 1,3 por ciento también a aquellos
inmuebles en los que el rendimiento presunto se determina sobre la base
del valor de adquisición si este valor de adquisición resulta superior al
doble del valor catastral.

Con respecto al artículo 62, el Grupo Parlamentario Popular también
formula enmiendas con relación a las deducciones familiares en el IRPF y
a la devolución por doble imposición sobre dividendos. En cuanto a las
deducciones familiares, mi Grupo Parlamentario quiere destacar que
resulta cuestionable el criterio que utiliza el Gobierno en materia de
apoyo a la familia. Resulta cuestionable porque es el reflejo de la
concepción política del Gobierno, una concepción política en la que se
opta por una política de ayudas fiscales, es decir, de subvenciones en
lugar de tener en cuenta las circunstancias familiares de los sujetos
pasivos para modular su capacidad económica. Además, una regulación que
introduce una ayuda a la familia claramente insuficiente. El proyecto de
ley propone una deducción de 25.000 pesetas a partir del tercer hijo, es
decir, 4.300 pesetas más que en el caso del primer y del segundo hijo.

Esto supone que todo el sacrificio presupuestario a que está dispuesto el
Gobierno en apoyo a aquellas familias en las que existan tres hijos se
circunscribe a 4.300 pesetas al año, a 350 pesetas al mes. ¿Es éste todo
el esfuerzo presupuestario a que está dispuesto el Gobierno en materia de
fiscalidad de la familia en 1994, cuando nos encontramos en el Año
Internacional de la Familia?
Con respecto a la eliminación de la doble imposición económica sobre los
dividendos, mi Grupo Parlamentario propone mantener el sistema de
imputación, que es el que introduce el Gobierno, pero estableciendo un
coeficiente del 1,53 en lugar del 1,40, que es el que propone el Gobierno
y que no elimina totalmente la doble imposición económica.

En cuanto al artículo 64, el Grupo Parlamentario Popular introduce
también enmiendas que tienen como finalidad apuntalar el cambio de
tendencia que experimenta la inversión en el actual escenario
macroeconómico. Se encuentra plenamente justificado en una situación
coyuntural que se caracteriza por un proceso en el que la inversión se
desaceleró en 1990 y cayó a partir de 1991, resulta, como digo,
plenamente justificado introducir estímulos eficaces a la inversión en un
momento en que es necesario apuntalar las expectativas de crecimiento a
la inversión, para que la demanda interna tome el relevo del crecimiento
económico durante 1995. Las previsiones de inversión establecidas en los
Presupuestos Generales del Estado para 1995 con el marco propuesto de
incentivos a la inversión, resultan difícilmente materializables si
consideramos el nivel de utilización de la capacidad productiva y la
previsible elevación de los tipos de interés.

Con respecto a los artículos 78 y 82, el Grupo Parlamentario Popular
también ha formulado un conjunto de enmiendas. Estos artículos
constituyen la joya de la corona con la que el Gobierno quiere
sorprendernos, una vez más, en estos Presupuestos Generales del Estado
para 1995. Una joya que determina una elevación normativa de los ingresos
y, en consecuencia, un incremento de la presión tributaria.

Con estas medidas, de acuerdo con las cifras anunciadas por el Gobierno,
se incrementará la recaudación en 310 .000 millones de pesetas. Una
elevación normativa de los ingresos que resultará, además, superior en la
medida en que el incremento de la inflación que derive de esa subida de
tipos que propone el Gobierno aumentará, a su vez, la base de los
impuestos. Unas medidas que generarán tensiones inflacionistas y que, por
lo tanto, propiciarán una subida de los tipos de interés, con el riesgo
que eso supone para la inversión empresarial y para el crecimiento
económico. Unas medidas que van a tener un impacto negativo sobre el
bienestar y que van a afectar principalmente a las economías domésticas
más modestas, aquellas en las que los artículos de primera necesidad y
los artículos básicos constituyen una parte más importante del
presupuesto familiar.

Mi Grupo Parlamentario considera justificada la propuesta de supresión de
la elevación de los tipos del IVA y de los hidrocarburos. En primer
lugar, porque esa subida de tipos no se justifica con la finalidad de
mantener un equilibrio presupuestario. Esa elevación normativa de los
tipos y de los ingresos va a determinar, como mínimo, un incremento neto
de la recaudación superior a 170.000 millones de pesetas. Por lo tanto,
la subida de tipos del IVA y de los hidrocarburos no se puede justificar
con la finalidad de mantener el equilibrio presupuestario. En segundo
lugar, porque esas medidas de subida de tipos ponen en peligro la
reactivación económica. Ponen en peligro la reactivación económica porque
propiciarán una subida de la inflación y, en consecuencia, un repunte de
los tipos de interés. Porque determinarán un incremento de los costes
energéticos y, por lo tanto, afectarán negativamente a la competitividad
de las empresas. Y porque provocarán una reducción de la renta disponible
de las economías familiares, que incidirá negativamente en la capacidad
del consumo privado, para contribuir al crecimiento económico en 1995.

Estas, señor Presidente, son las principales enmiendas que ha introducido
el Grupo Parlamentario Popular, enmiendas que se plantean con el ánimo
que siempre caracteriza a nuestro Grupo de contribuir a la mejora del
contenido de los Presupuestos para 1995 y de contribuir a que nuestro
país disponga de unos Presupuestos Generales eficaces para cerrar esas
brechas de bienestar que nos separan de Europa y para apuntalar el
crecimiento económico.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Por el Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Voy a ser breve, porque el que lo intenta luego
no lo es.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Se lo agradeceremos todos,
señor Ríos.




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El señor RIOS MARTINEZ: Muy bien, señor Presidente.

Las enmiendas van dirigidas, en unos casos, a introducir lo que
pudiéramos llamar beneficio fiscal a las rentas del trabajo y, en otros,
a reducir los beneficios fiscales que pueda tener otro tipo de actividad.

La enmienda 542 se refiere al artículo 62 uno y pretende hacer frente a
las deducciones familiares contempladas en el proyecto para cada
descendiente soltero que conviva con el sujeto pasivo, que diferencia
entre los dos primeros hijos, el tercero, el cuarto y sucesivos. Esta
propuesta tiene una filosofía de política natalista y estimamos que la
deducción debe hacerse por igual, sea cual sea el número de hijos en la
familia, sea el primero, el segundo, el tercero o el cuarto. Por tanto,
por cada hijo proponemos una deducción de 30.000 pesetas.

La enmienda 543 pretende introducir una serie de deducciones, con un
máximo de 50.000 pesetas y hasta el 15 por ciento, para gastos dedicados
a política social o actuaciones sociales de cada una de las familias: el
servicio y cuidado de ancianos y minusválidos que precisen atención y
vigilancia especial, la asistencia a menores en escuelas infantiles y el
servicio de cuidados a menores en domicilio. Esta reducción se podrá
aplicar sólo a los contribuyentes cuya renta no supere los tres millones
de pesetas. Por tanto, va dirigida a personas de menor nivel de renta.

La enmienda 544 se refiere al artículo 62 uno, siete, c). Proponemos que
en lugar de deducir 26.000 pesetas por la percepción de los rendimientos
de trabajo dependiente, se deduzcan 30.000. En cuanto al importe de la
deducción de los rendimientos netos del trabajo, para los sujetos pasivos
con unos rendimientos inferiores a 1.035.000 pesetas, en lugar de 70.000
pesetas, proponemos que sea de 72.500; y para los sujetos con unos
rendimientos entre 1.035.000 y 1.900.000 pesetas, volvemos a proponer
72.500 pesetas, en lugar de las 70.000 del proyecto del Gobierno. Todo
ello es fruto de multiplicar por 0,04 en lugar de por 0,05.

La enmienda 545 pretende elevar el mínimo exento de las personas que
tienen que realizar la declaración del IRPF. Para las rentas de trabajo
proponemos que para estar exentos los ingresos en lugar de ser de
1.100.000 pesetas sean de 1.300.000, y para las personas que cobran en
concepto de pensión, proponemos para que estén exentas en lugar de
1.200.000 el límite sea de 1.500.000.

La enmienda 546 va dirigida precisamente a lo contrario de lo que hasta
ahora ha venido sucediendo en las rentas de trabajo. En cuanto al
Impuesto sobre el Patrimonio, que tenemos un gasto fiscal de casi el 86
por ciento, lo que proponemos es que el mínimo exento en lugar de ser de
17 millones, como establece el proyecto del Gobierno, sea de 15 millones
de pesetas, individualmente, como sucede hasta ahora.

La enmienda 547 pretende la adición de un nuevo artículo 68 bis, en el
Título VI, capítulo I, por el cual creamos una sección segunda referida
al Impuesto sobre Sociedades. La idea es excluir de este pago a las
administraciones públicas, tanto la Central como las de las comunidades
autónomas y los municipios, que deben estar exentas de ese pago de
impuestos y que, por tanto, no deben tener la posibilidad de compensar en
la declaración esas cantidades retenidas.

La enmienda 550, al artículo 72, propone que al igual que las sociedades
cooperativas fiscalmente protegidas, que tributan por el 20 por ciento,
se incorpore a las sociedades anónimas laborales, que prácticamente
cumplen el mismo requisito y que siguen siendo un instrumento válido
ahora mismo para generar empleo. Proponemos que estas sociedades tengan
los mismos beneficios que tienen las cooperativas.

La enmienda 551 propone suprimir los beneficios fiscales para las
sociedades y los fondos de inversión que se recogen en el artículo 72
dos. Pero si no se suprime ese artículo, las enmiendas 552 y 553 proponen
modificar la propuesta del Gobierno. La primera establece que las
instituciones de inversión colectiva tributarán por el tipo general y el
proyecto habla del siete por ciento y en la enmienda 553, se refiere a
que tributarán por el uno por ciento, mientras que nosotros proponemos
por el 26 por ciento.

La enmienda 554 va dirigida al artículo 74 uno, respecto a la deducción
por inversión y creación de empleo y gastos de formación profesional.

Nosotros proponemos que en su apartado uno segundo, en lugar del 25 por
ciento, sea del 20 por ciento. Estimamos que para este tipo de inversión,
que después se especifica en los distintos apartados a) y b), tanto para
los gastos en el extranjero en propaganda y publicidad como en la
creación de sucursales y establecimientos en el exterior, sería
preferible la bonificación del 20 por ciento.

La enmienda 548 pretende suprimir la desgravación que pueden hacer los
sujetos pasivos por el cinco por ciento, dirigido a gastos de formación
profesional de su personal, a nivel de deducciones fiscales.

La enmienda 549 se refiere al artículo 74 (en el texto que tienen SS. SS.

pone el artículo 70, pero es el artículo 72 siete, primero), en cuanto a
las deducciones por inversiones procedentes de actuaciones anteriores. El
límite conjunto, según la propuesta del Gobierno, está en un 35 por
ciento en la cuota líquida para este ejercicio, y nosotros proponemos
reducirlo al 25 por ciento.

El apartado segundo del número siete del artículo 74 establece que las
deducciones establecidas en el apartado uno, segundo, se practicarán
siempre que no se rebase un límite del 25 por ciento de la cuota líquida
del ejercicio. Nuestra enmienda 555 pretende reducir dicho límite al 20
por ciento.

La enmienda 556 al apartado tercero pretende la sustitución del 25 por
ciento por el 20 por ciento.

La enmienda 557 al artículo 76 uno, décimo, por la que se modifica el
epígrafe 86.1, todo lo que es alquiler de bienes inmuebles, va dirigida a
los alquileres de bienes inmuebles de naturaleza urbana y pretende
reducir la cuota que se establece en un 0,10 por ciento del valor
catastral y fijarla en un 0,05 por ciento en el alquiler de viviendas.

La enmienda 558 al epígrafe 861.2, alquiler de locales industriales y
otros alquileres, pretende reducir el 0,10 al 0,05 por ciento.




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La enmienda 559 al Grupo 862, alquiler de bienes inmuebles de naturaleza
rústica, pretende reducir el 0,10 por ciento al 0,05 por ciento.

La enmienda 560 pretende la supresión del artículo 78. Me gustaría
precisar que el objetivo de nuestra enmienda es simplemente no hacer
frente a la subida del 1 por ciento en el Impuesto sobre el Valor
Añadido, subida que además se hace por igual en todos y cada uno de los
tipos del IVA; tanto el superreducido, como el reducido, como el normal.

Creemos que ese incremento de la imposición indirecta no va a facilitar
el consumo interior y, además, es una propuesta que pueda tener una
proyección de inflación importante. Aventurándome a adivinar que esta
enmienda pudiera no ser admitida por el grupo mayoritario, presentamos
dos enmiendas que son puntuales pero importantes para nosotros. Este año
el proyecto establece la tributación del 7 por ciento de un servicio que
antes estaba cotizando en un 15 por ciento. Me refiero a los servicios al
alcance de todos los ciudadanos sencillos con salario base, de
hostelería, campamento y balnearios, para lo que son los hoteles de cinco
estrellas y los restaurantes de cuatro tenedores. Nosotros creemos que
deben cotizar con arreglo al porcentaje anterior, porque los ciudadanos
que van a verse beneficiados por esta medida, con independencia de que
tengan proyección al turismo, creemos que pueden pagar por su consumo si
estamos gravando el consumo.

La enmienda 561 pretende todo lo contrario, que en lugar del 3 al 4 por
ciento, el 7 por ciento establecido en el número uno del apartado segundo
del artículo 78 pase al tipo del 4 por ciento, que podríamos llamar el
IVA superreducido. Me gustaria que ustedes leyeran con detenimiento a qué
se refiere este porcentaje del IVA, a algo tan poco normal en el consumo
como el pan, las harinas, los quesos, los huevos, las frutas, las
verduras. Nosotros pensamos que precisamente eso significa más del 80 por
ciento del salario de las personas con rentas más bajas. Por tanto,
estamos gravando casi el 30 por ciento precisamente al consumo de la
mayoría de la población que no va a ver incrementado su sueldo en ese
mismo porcentaje sino en el 3,5 por ciento. (El señor Homs i Ferret:
¡Anda, ya!) Señor Presidente, ruego llame al orden al señor Homs.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): ¡Silencio, por favor! (Pausa.)
Continúe, señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Para gusto y deleite del portavoz del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) lo repito porque le ha gustado. Me parece a mí una
barbaridad subir esto, una barbaridad lógica para los partidos de la
derecha, como el que representa Convergència i Unió, pero no lógica para
el partido que represento yo y, por tanto, hemos presentado esta enmienda
que propone reducirlo al 1 por ciento. (El señor Homs i Ferret: ¡Muy
bien!) Ya sé que me la va a votar usted.

Por último, señor Presidente, la enmienda 563 va dirigida... (El señor
Homs i Ferret pronuncia palabras que no se perciben.)



El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Señor Homs, cállese, por favor.

Continúe, señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: La enmienda 563 va dirigida al artículo 84 porque
nosotros no creemos que sea positivo reducir el tipo impositivo que ahí
se regula para los impuestos especiales y, en consecuencia, proponemos
que se quede tal como estaba antes, en el 13 por ciento en lugar de
reducirlo al 12 por ciento.

Señor Presidente, he intentado ir muy rápido, he defendido todas las
enmiendas que tenemos, que argumentaremos muchísimo mejor para convencer
a todos los grupos de la Cámara con independencia de lo despectivo de
cada uno. En todo caso, no molesta el que quiere sino el que puede.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Tiene la palabra el señor Homs,
por el Grupo Catalán (Convergència i Unió).




El señor HOMS I FERRET: Disculpe, señor Ríos, si se ha ofendido por mis
expresiones. Me ha parecido escuchar en sus argumentaciones algún
criterio un poco desmesurado; lo que usted estaba razonando no se
ajustaba exactamente a la verdad, pero no hay nada en contra de que pueda
defender sus posiciones en esta Cámara, y mi Grupo no tiene ningún
inconveniente en que lo haga. Simplemente, me ha parecido que algunos de
sus argumentos eran desmesuradamente incorrectos.

Señor Presidente, mi Grupo ha presentado muy pocas enmiendas a este
Título VI. La verdad es que las enmiendas que mantenemos a este título
hacen referencia solamente a aspectos muy concretos. Tienen por objeto
ajustar algunas de las medidas de naturaleza tributaria que se han
incorporado en este Título VI para que su interpretación y su alcance
sean los más adecuados. Son ocho enmiendas, la primera de las cuales,
señor Presidente, es la 853, cuya finalidad paso a explicar. En este
proceso de internacionalización en que se encuentra España en estos
momentos, ya hace años se adoptaron unas medidas de estímulo a la
inversión que realizasen los agentes económicos españoles en el
extranjero. El futuro de la economía española, señorías, se juega en la
capacidad que tengamos de estar presentes en el mercado internacional. Se
está internacionalizando a marchas forzadas toda nuestra actividad
económica y la verdad es que debe interesar a las autoridades económicas
favorecer, mediante medidas de naturaleza fiscal, que las empresas y los
agentes económicos españoles estén presentes en los mercados
internacionales.

Las medidas hoy vigentes, que se han adoptado en el año 1994, sólo
permiten aplicar las deducciones fiscales cuando las inversiones se
materializan en activos materiales y no cuando se materializan en la
adquisición de parte o de toda una sociedad anónima. La verdad es que
ésta es una interpretación incongruente, puesto que toda la actuación
inversora extranjera que se puede hacer por parte de empresas españolas
se materializa por la participación en sociedades ubicadas en otros
países. Toda la inversión de penetración en otros países se efectúa de
esta forma, adquiriendo



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una parte o incluso la totalidad de sociedades en otros países. Es como
se ha hecho la penetración del capital extranjero en España; la mayoría
de la inversión extranjera se canaliza mediante estos procedimientos de
adquisición y presencia en una parte de las empresas españolas. En este
sentido, el artículo 74 no interpreta de forma adecuada esa posibilidad
de aplicar las deducciones de la inversión que se realiza en el
extranjero cuando ésta se hace en activos intangibles. La finalidad de la
enmienda es permitir esa interpretación porque, de lo contrario, no
estamos favoreciendo en nada lo que debe ser una política de fomento de
la actividad internacionalizadora de nuestra economía.

La enmienda 854 plantea corregir la interpretación de otra de las medidas
incorporadas en la ley de presupuestos para 1994, que se prorroga para el
año 1995. Es, señorías, aquella medida, que se adoptó ya en los
presupuestos para este año, por la que se permitía la deducción de un 5
por ciento para los gastos de formación del personal de las empresas,
pero solamente para el incremento del gasto de formación que realizaran
las empresas en el año 1994. Al prorrogar esta medida en su conjunto para
el año 1995, si no corregimos su literalidad, parece que ese 5 por ciento
que se aplica al año 1994 sólo se podría aplicar en el año 1995 para el
incremento que se materializara en este año 1995 sobre el correspondiente
incremento ya realizado en 1994. No parece que deba ser ésta la
interpretación, deberíamos permitir que al 5 por ciento de deducción por
formación que se aplica en 1994, si se mantiene este mismo gasto de
formación en el año 1995, también se le pueda aplicar esta deducción del
5 por ciento. Esta interpretación debe ajustarse porque, como
consecuencia de la prórroga de esta medida, se hace necesario ese ajuste
de redacción.

Las enmiendas 855, 856, 857, 858 y 859 son ajustes puntuales del Impuesto
sobre Actividades Económicas. Desde el momento en que España introdujo
esta nueva figura tributaria del Impuesto sobre Actividades Económicas,
cada año, cada ejercicio presupuestario, en cada debate de presupuestos,
en cada ley de presupuestos, estamos haciendo adaptaciones con notas en
los distintos epígrafes de las actividades económicas. Es lógico que sea
así porque después de la previsión inicial luego, en su proceso de
aplicación, se va observando cómo se deben ajustar determinados epígrafes
y determinadas actividades a su propia característica e idiosincrasia.

Todos los años ajustamos algunos epígrafes, adaptamos algunas
interpretaciones para --digamos-- regular mejor esta figura tributaria.

Estas cinco enmiendas tienen por finalidad adaptar algunos epígrafes,
permitir algunas notas que los interpreten de forma adecuada, sin más
trascendencia que hacer que este impuesto tenga una eficaz aplicación en
determinadas actividades económicas.

La siguiente enmienda, señor Presidente, es la 859, que es una enmienda
de matización y de interpretación en relación con una de las medidas que
se han incorporado en esta ley de presupuestos, que es la que permite una
deducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas cuando la
superficie de la actividad esté comprendida entre 50 y 70 metros
cuadrados. En la redacción que se incorpora en el proyecto de ley de
presupuestos se dice que esta reducción del 20 por ciento cuando los
establecimientos tengan una superficie entre 50 y 70 metros se va a
aplicar a instancia de parte. Creo, señorías, que no debe ser así, porque
los ciudadanos españoles que se encuentran en estos momentos
desarrollando una actividad económica comercial, una actividad
profesional en una superficie entre 50 y 70 metros cuadrados, quizá no
van a tener conocimiento de esta medida concreta que se incorpora a la
ley de presupuestos y esta reducción no se debería aplicar a instancia de
parte sino a instancia del órgano gestor de este impuesto.

Si la administración tributaria tiene conocimiento de esta superficie, de
esta distancia de entre 50 y 70 metros cuadrados por cada
establecimiento, debe ser dicha administración tributaria la que opere la
correspondiente reducción. Por eso añadimos en nuestra enmienda --el
resto del punto tres del artículo 76 es literal al del proyecto de ley--
la frase de «... salvo que al órgano de gestión le consten las
circunstancias de la variación». Cuando les consten, señorías, las
circunstancias de la variación, debe, en todo caso, operar este ajuste,
esta deducción.

Señorías, señor Presidente, en cuanto a la enmienda que queda, la 860,
cedo el turno a mi colega don Rafael Hinojosa para que les razone
brevemente cuál es su motivación.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Tiene la palabra el señor
Hinojosa.




El señor HINOJOSA I LUCENA: La enmienda 860, que pretende crear un punto
9.º en el artículo 78, no es una enmienda ni original ni nueva. Es una
enmienda que hemos traído a este debate de Presupuestos Generales del
Estado en años anteriores y pretende llamar la atención de SS. SS. para
que se apruebe la posibilidad de que a los vehículos comprados por los
minusválidos que no excedan de 16 CV. fiscales se les pueda aplicar el
IVA superreducido. Es verdad que los minusválidos, a nosotros y a todos
ustedes, porque supongo que éstas son peticiones generalizadas a los
grupos, nos vienen documentando sobre el incremento de costo que supone
para cada uno de ellos cualquier desplazamiento por la ciudad y no
digamos ya por las grandes ciudades.

Es evidente también que nuestra Constitución y la Sexta Directiva de la
Comunidad Económica Europea, de 17 de mayo de 1977, nada menos, nos
obligan a tener esta consideración, que no la hemos tenido hasta ahora;
hasta ahora no hemos tenido la fortuna de aprobar una enmienda en esta
línea. Nos gustaría que en esta ocasión, en este debate y en esta
intimidad de la noche en la Cámara, los grupos presentes pudiésemos
llegar a la conclusión de que ésta es una enmienda que vale la pena por
la importancia social que tiene y por el poco costo que supondría desde
el punto de vista económico. Por ello llamo especialmente la atención a
los grupos para que hagan un esfuerzo y voten favorablemente esta
enmienda.

Nos quedaba una enmienda más de este Grupo, que sería la 861, que damos
por defendida en sus propios términos.




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El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Por el Grupo Vasco (PNV), tiene
la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Si no tiene inconveniente y por una cuestión de
organización de nuestro Grupo, pasaría la palabra, en primer lugar, al
señor Olabarría para que defienda la enmienda 312 y yo mismo defenderé el
resto posteriormente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Como ven, en una equitativa distribución del
trabajo, yo defenderé esta enmienda y mi compañero Jon Zabalía defenderá
todas las demás. (Risas.)
Esta enmienda es de sustitución y lo que pretende es la exclusión de la
expresión «bebidas refrescantes» contenida en el artículo 78, segundo,
apartado 1, 1.º. ¿De qué se trata con ella? Se trata de que se pueda
aplicar el tipo reducido del IVA a las bebidas refrescantes, no
alcohólicas lógicamente. Esto es congruente con lo previsto en la
Directiva 77/388, formulada por el Consejo del Ecofin, y el presupuesto
teórico de esta enmienda se podría fundar en que las bebidas refrescantes
no alcohólicas son productos inocuos, como es bien conocido, que no
producen ningún tipo de coste social. Su consumo está generalizado,
alcanza a todos los estratos sociales. La no aceptación de esta enmienda
y la inclusión del tipo que se aplica a las bebidas refrescantes no
alcohólicas en este precepto que enmienda mi Grupo Parlamentario
provocaría un claro problema atinente a la neutralidad fiscal y a las
dificultades de competencia de nuestros productos con los homónimos
fabricados por los países con los que estamos compitiendo por este
mercado.

Desde esa perspectiva, es una enmienda que no tiene otra posibilidad más
que la de ser aceptada. Si no es objeto de la debida consideración por
los grupos aquí presentes, nos gustaría conocer cuáles son las
importantes razones que justificarían su voto negativo a esta propuesta.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Tiene la palabra el señor
Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: El resto de las enmiendas al Título VI que
presenta nuestro Grupo son la número 301 y 303 referentes a los artículos
59 y 63, se refieren a las escalas individual y conjunta del Impuesto
sobre la Renta.

Como ya es tradicional, nuestro Grupo propone una escala de tributación
deflactada sobre las tarifas existentes en la Ley 18/1991. Sin embargo,
entendemos que esta medida provoca un esfuerzo tributario que en estos
momentos quizá sea difícil de asumir. No obstante, nosotros la hemos
enlazado con las enmiendas que hacen referencia a la doble imposición por
dividendos, es decir, hemos enlazado, por una parte, la escala de
tributación del Impuesto sobre la Renta con la eliminación de la doble
imposición de dividendos en estos presupuestos, tanto en el proyecto de
ley Presupuestos Generales del Estado como en la ley de acompañamiento,
sin que ello quiera decir que estemos de acuerdo con la doble imposición
por dividendos, por supuesto. Sin embargo, entendemos que el problema de
la doble imposición de dividendos debe abordarse en profundidad cuando se
trate la reforma del Impuesto sobre Sociedades, con lo cual también
entendemos que la reducción a través de la tarifa del Impuesto sobre la
Renta es ya una corrección de la doble imposición. Nosotros haríamos esa
corrección de la doble imposición, como digo, con una reducción en las
tarifas sobre la renta y lo que haríamos es debatir la doble imposición
de dividendos en la reforma del Impuesto sobre Sociedades. De ahí
nuestras enmiendas 301, 302, que es la que trata de la doble imposición
de dividendos, de la que proponemos su supresión, y la 303 que trata de
la tarifa del Impuesto sobre la Renta. Indudablemente esta enmienda de la
doble imposición de dividendos que viene recogida en el proyecto de ley
de Presupuestos Generales del Estado tiene su contrapartida --y habrá que
debatirlo, nosotros lo hacemos conjuntamente-- con la enmienda que
tenemos a la ley de acompañamiento a la que hemos presentado una
complementaria. En definitiva, lo que hemos pretendido es, compensar, a
través de la reducción de la tarifa del Impuesto sobre la Renta la doble
imposición de dividendos y dejar el debate sobre esta medida, sobre la
corrección de la doble imposición, para la reforma del Impuesto sobre
Sociedades.

Otra enmienda a este capítulo que propone nuestro Grupo Parlamentario es
la 304 que trata del pago a cuenta del Impuesto de Sociedades. Aquí lo
que proponemos es trasladar al resto del Estado lo que en estos momentos
ya estamos haciendo en el País Vasco. Pensamos que puede ser beneficioso
para las empresas y para su liquidez que tengan solamente un anticipo a
cuenta, en vez de los tres que existen en estos momentos en la
legislación estatal, si bien esas tres cantidades que se pagan a cuenta
en los meses de abril, octubre y diciembre son del 20 por ciento y
nosotros proponemos una sola deducción en el mes de octubre, en los
veinte primeros días, del 30 por ciento. Entendemos que esto puede
significar una ayuda en la liquidez y tesorería de las empresas.

En la enmienda 306 proponemos aumentar la deducción por gastos de
formación. En estos momentos se recoge en el proyecto de ley de
Presupuestos Generales del Estado una reducción del 5 por ciento.

Nosotros proponemos aumentar al 10 por 100 la diferencia existente entre
los gastos de formación profesional del personal de las empresas
deducibles fiscalmente en el ejercicio, y los correspondientes al
ejercicio precedente. Entendemos que la formación profesional es una
cuestión de primer orden en estos momentos en las empresas y, sobre todo,
para intentar que las mismas puedan conseguir unos niveles de
competitividad necesarios. La formación profesional es algo que todos los
grupos parlamentarios en alguna medida han defendido y por la que han
apostado como un elemento clave en la competitividad empresarial. Por eso
creemos que aquí se debe hacer un esfuerzo superior al que está recogido
e intentar que esa deducción por gastos en formación profesional sea del
10 por ciento en vez del 5 por ciento.




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La enmienda 307, al artículo 74, se refiere a la deducción por creación
de empleo. Lo que propone nuestro Grupo es es fijar una deducción por
empleo indefinido de acuerdo con el Real Decreto 1/1992, derogado, con lo
cual la propuesta significa que habría una deducción de 500.000 pesetas
por cada persona/año de incremento promedio de la plantilla para
contratos con trabajo indefinido. Si verdaderamente el mayor problema que
tiene la economía española es el desempleo, si según las previsiones que
están establecidas no va a haber una reducción y más bien lo que se puede
pensar es que durante el año 1995 todavía van a mantenerse las tasas de
desempleo que tenemos, nuestro Grupo cree que debe hacerse el esfuerzo
necesario para todo lo que sea propiciar la creación de empleo en las
empresas para que de alguna forma podamos contrarrestar en estos momentos
las altas tasas de desempleo. Esta medida que ya se aplicó en su momento
y que, como digo, fue derogada, pensamos que debe ser implantada de
nuevo. Por eso proponemos la deducción de las 500.000 pesetas por cada
persona/año para contratos de trabajo indefinido.

Dado lo adelantado de la hora, por nuestra parte daríamos por defendidas
en sus justos términos el resto de las enmiendas que presenta nuestro
Grupo a este capítulo.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Tiene la palabra el señor
Chiquillo, por el Grupo Mixto.




El señor CHIQUILLO BARBER: En primer lugar, pedimos que se den por
defendidas en sus justos términos las enmiendas al Título VI, normas
tributarias, de la Diputada del Grupo Mixto Rahola i Martínez, la 258,
259, 260, 261, 262 y 263.

En segundo lugar las enmiendas que presento yo mismo son la número 4 al
artículo 65, las números 34 y 35 al artículo 74, apartados uno y cuatro,
y la enmienda número 36 al artículo 75, que paso a resumir brevemente.

Respecto a la primera de las enmiendas, la número 4, 65, es relativa a la
contemplación explícita como circunstancia excepcional de minoración de
rendimiento neto en el régimen de estimación objetiva por signos, índices
y módulos la derivada por la realización de obras públicas de larga
duración. La actual regulación establece entre las causas o
circunstancias excepcionales que se podrán acoger a esta minoración de
rendimiento neto incendios, hundimientos, grandes averías y otras.

Nosotros queremos que conste expresamente la de obras públicas de larga
duración que puedan afectar al normal desarrollo de las actividades
empresariales. La justificación clara es que se ha visto que en grandes
ciudades en que están realizándose obras públicas de gran envergadura,
como, por ejemplo, en la ciudad de Valencia, respecto a ejes viarios y
obras de transporte metropolitano financiadas por el Ministerio de Obras
Públicas y la Generalitat valenciana, se están produciendo grandes
perjuicios a los empresarios y pequeños comerciantes afectados. Por ello
solicitábamos que se considerara como circunstancia excepcional
expresamente la realización de una obra pública de larga duración que
afecte directamente al normal funcionamiento de una actividad comercial.

Las enmiendas números 34 y 35, al artículo 74, apartados uno y cuatro, se
refieren al aumento de las deducciones por inversiones. En particular,
pedimos la modificación del artículo 74, apartado uno, y que en lugar de
que aparezca la cantidad que aparece, solicitamos que se establezca el 15
por ciento de deducción del importe de las inversiones que se realicen en
activos fijos materiales, en edición de libros y producción
cinematográfica. Se propone aumentar la deducción por inversiones en
activos fijos y materiales, habida cuenta de la constante caída de esta
magnitud en los últimos años. En la enmienda número 35 a este mismo
artículo 74, apartado cuatro, solicitamos que en lo relativo a las
deducciones por inversiones, creación de empleo y gastos de formación
profesional se contemple en vez del 5 por ciento, el 15 por ciento cuando
se invierta en gastos de formación profesional. Este aumento de diez
puntos de la deducción por inversiones en formación profesional es debido
a que lo consideramos determinante en la competitividad empresarial.

La última de las enmiendas que defiendo al artículo 75, la número 36, es
de modificación. En el proyecto de presupuestos a partir del 1.º de enero
de 1995 se establece la actualización de los valores catastrales del
Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tanto de naturaleza rústica como urbana,
mediante la aplicación de un coeficiente del 3,5 por ciento. Ante la
delicada situación por la que atraviesan los agricultores en particular y
la coyuntura económica en general, creemos aconsejable no actualizar los
valores catastrales, por lo cual mantenemos que al coeficiente del IBI a
partir del 1 de enero de 1995 se le aplique una revalorización o
actualización del cero por ciento.

Esas son, en resumen, las enmiendas del Grupo Mixto, las mías y las de la
Diputada doña Pilar Rahola, que mantengo para las votaciones.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Se dan por defendidas las
enmiendas del Grupo de Coalición Canaria, a petición del enmendante.

En nombre del Grupo Socialista, el señor García Ronda tiene la palabra.




El señor GARCIA RONDA: Voy a tratar de repasar las enmiendas que me han
parecido más importantes de todo este grupo correspondiente al Título VI,
lo cual no quiere decir que esa importancia coincida con la que le da
cada una de SS. SS., pero creo que tampoco podemos ni debemos
entretenernos excesivamente, dada la hora que es, lo cual es un tópico,
pero también una realidad. Además, probablemente habrá tiempo en el
siguiente trámite como para que podamos recoger aquellas cosas que no
hayan quedado claras. Sí quiero hacer alguna consideración general
inevitable, ya que cada uno de los intervinientes ha hecho también estas
consideraciones.

En el Grupo Popular observo una monotonía en sus enmiendas, que consiste
en una rebaja sistemática de los ingresos en el aspecto fiscal, y en
muchas ocasiones no dan unas explicaciones muy claras. Se trata, sin
duda, de halagar, porque a todo contribuyente le halaga que le bajen los
impuestos. Quizás ésa sea una de las maneras de recoger



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aceptaciones de la ciudadanía, pero me parece poco serio que se haga con
tal sistemática.

En esta misma línea está el Grupo de Unión Valenciana, que creo que podía
formar coalición fiscal con el Grupo Popular.

El señor Costa habla de la elevación normativa de la presión tributaria.

Cuando menos, la expresión es un poco abstracta, porque la presión
tributaria será mayor o menor, como S. S. conoce, no solamente debido a
la legislación, sino debido muy especialmente a cuál sea el monto final
del PIB. Y cuando se refiere a la deflactación, no la considera como algo
positivo sino como una subida encubierta. Concédanme SS. SS., señor
Presidente, que ésa es una interpretación sistemáticamente negativa de
cualquier cosa que podamos hacer, incluso aunque en ocasiones vaya en la
línea que su Grupo propone.

Cuando habla de la misma deflactación trata de hacer unas rebajas en el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que solamente podrían dar
lugar a una respuesta: que alegría que no falte; da lo mismo que estemos
hablando de cientos de miles de millones. En este sentido, yo les llamo a
la responsabilidad que, aunque sea como oposición, tienen con respecto a
los presupuestos del Estado. Yo sé que teóricamente lo aceptarán así,
pero en la realidad de sus enmiendas no está esa responsabilidad. Auguran
catástrofes económicas sin cuento, pero ahí estará la realidad para
desmentirlas.

En cuanto al Grupo de Izquierda Unida, que es el otro grupo con unas
características de tipo general, da pellizquitos por aquí y por allá,
sobre todo en rebaja de impuestos, salvo en aspectos que creo que son de
su peculiar y sistemática enemistad: empresas, instituciones financieras
modernas, etcétera, donde, sin embargo, pide una subida de los impuestos
muy fuertes. (El señor Ríos Martínez: En Patrimonio.) Sí, también algunas
otras cosillas en ese terreno. Yo cada vez me convenzo más de que in
medio virtus y parece que el Gobierno, con este proyecto de ley que ha
traído, y el Grupo que lo defiende, están equidistantes de las posiciones
extremas, en el bien entendido que considero más extrema la postura de
rebaja de impuestos que la que plantea Izquierda Unida, aunque se haya
ido un poco por los pujos irónico-demagógicos cuando ha hablado del 80
por ciento en pan que tienen todas las familias y ha hecho un cálculo
extrañísimo diciendo que sube el 30 por ciento. No creo que sea el 80 por
ciento. Supongamos que sea el 50 por ciento, si sube de un 3 a un 4, en
todo caso le afectará una inflación del 0,50 por ciento, lo que quiere
decir que si los sueldos suben, normativamente también, el 3,5
aproximadamente como media, el señor Ríos saque la consecuencia.

Paso, rapidísamente, a referirme a algunas de las enmiendas en concreto.

Me parece que aludir a la Ley de 1991 que, por algunas causas que SS. SS.

desde luego no ignoran, no llegó a tener la virtualidad que le
atribuíamos en el momento en que se legisló, y además añadir una
deflactación, cuando menos, se puede decir que resulta anacrónico y
supone una exageración y una desmesura.

Voy a referirme a las enmiendas por artículos, porque creo que es la
forma más rápida de hacerlo.

Al artículo 60 ha presentado enmiendas el Grupo Popular, mediante las
cuales pretende que exista un único porcentaje para la consideración, en
el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de los valores de los
inmuebles. Yo creo que en ese caso serían mal tratados aquellos que han
sufrido la revisión de sus valores catastrales con respecto a quienes no
la han sufrido.

La enmienda del Grupo Popular al artículo 61 pretende que haya una nueva
deducción de 50.000 pesetas por capacitación profesional o gastos debido
a ello. He de decirle que eso entra, perfectamente, en el cinco por
ciento de deducción sobre los rendimientos íntegros del trabajo que ya
contempla la legislación.

La enmienda al artículo 62 pretende elevar al 53 por ciento el 40 por
ciento que ya se contempla en el proyecto de ley, con objeto de compensar
la doble imposición que pueda haber por dividendos. He de decir que esa
compensación debe ser sobre el Impuesto de Sociedades, no sobre el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En realidad, lo que hay
que rebajar es lo que corresponde al Impuesto sobre Sociedades, y desde
luego, ustedes, en ese sentido, se pasarían, porque la media que resulta
como impuesto sobre el dividendo de hecho está, aproximadamente, en un 28
por ciento.

En cuanto al artículo 62, he de decirles que no se puede tratar de igual
manera todas las actividades empresariales y profesionales, sea cual sea
su método de cálculo de los beneficios tributarios, porque tienen
obligaciones distintas. En mucho habría que cambiar y no, desde luego, de
la liviana manera con que SS. SS. lo presentan.

Al artículo 62 también hay presentada una enmienda de Izquierda Unida,
que propone que las deducciones por hijo sean iguales para todos los
hijos. Me da la impresión que ustedes tienen pocos hijos, a juzgar por
esto.




El señor RIOS MARTINEZ: Yo tengo tres.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Señor Ríos, no alargue
excesivamente la reunión.




El señor GARCIA RONDA: Lo he dicho en plural, señor Presidente, y ha
sido, como bien se ve, una cosa de tipo medianamente humorística.

Ustedes dicen en la justificación que el gasto marginal por tener varios
hijos es inversamente proporcional al mismo. Yo opino que no; eso puede
ser en un grupo pecuario pero, desde luego, no en unos hijos, donde
realmente hay un costo que no es menor a medida que cada hijo viene, sino
que probablemente es mayor. Aludamos, por ejemplo, a las necesidades de
vivienda, etcétera. Y que conste que no estoy defendiendo nada personal
porque, a lo mejor, estoy en esa otra situación familiar que no es la que
defendemos, porque nos parece lógico ir incrementando las deducciones a
medida que el número de hijos vaya siendo mayor.

También al artículo 62 se ha presentado la enmienda 544, del Grupo de
Izquierda Unida. En realidad, pedir un



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incremento de deducción «por rendimientos netos del trabajo dependiente»,
dicho así, me parece muy poco matizado. Yo creo que habría que precisar
incluso si esta deducción procedía a partir de una cifra determinada de
percepción, es decir, que me parece que mantenerlo como está, con la
variación que se hace en las rentas de trabajo más bajas, no creo que
esté nada mal.

El Grupo Socialista en el artículo 62 tiene una enmienda que en realidad
no es más que una modificación para evitar unas erratas que se han
observado en este mismo artículo en su apartado uno.

En el artículo 65 hay una enmienda de adición que Unión Valenciana
propone, para casos especiales, que se modifique el pago de estimación
objetiva por signos, índices y módulos. Bueno, en caso catastrófico, S.

S. sabe que el tratamiento es ya especial. Por otra parte, decir que «en
circunstancias excepcionales que determinen gastos o lucro cesante», es
también de una ambigüedad que no cabe en algo que pretende ser tan nítido
como es un articulado tributario en una ley de presupuestos.

En cuanto al artículo 66, hay una enmienda del Grupo Popular que pretende
que el límite que haya de pagarse por la suma de cuotas por impuesto de
las rentas de las personas físicas y de patrimonio no exceda del 60 por
ciento de la base imponible del Impuesto sobre la Renta, en lugar del 70
por ciento como existe ahora. Al señor Costa no se le oculta como buen
fiscalista que esto indudablemente debe hacerse muy en correlación con
los propios movimientos de la tarifa del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas. Por lo demás habría ahí una distorsión con respecto a
la legislación existente que no sería lógica.

¡Cómo no voy a aludir a la enmienda 546 en el artículo 66 del Grupo de
Izquierda Unida, que pide que se mantenga en 15 millones de pesetas el
mínimo exento para Patrimonio! Yo creo que es lógico actualizar y que no
es necesario hacer más consideraciones; S. S. lo comprenderá,
probablemente también, por esa sistemática de que en ciertos puntos trata
de que los impuestos no sean menores o no tengan una modificación a la
baja.

En cuanto a la pretensión del Grupo Popular, a través de su enmienda 974,
acerca del Impuesto sobre Sucesiones, simplemente tratan de suprimir el
patrimonio preexistente del beneficiario pero tampoco la enmienda matiza
en absoluto ni sabemos exactamente cuál es la motivación fuera de la de
rebajar los impuestos que pretende.

Ya he hablado antes de algunas enmiendas de Izquierda Unida, por lo menos
he aludido a ellas, en el sentido de querer incrementar impuestos de
determinadas instituciones de inversión colectiva donde se pretende subir
del 7 al tipo general, en ese caso sería del 35, del 1 al 26, etcétera.

Creo que es un exceso que no corresponde a la necesidad de tener ese tipo
de inversiones en nuestro tiempo y de esas organizaciones de la
inversión.

En cuanto a una serie de enmiendas aparentemente no importantes del Grupo
de Convergència i Unió, lo que he de decir es que, desde luego, no todas
ellas están en el mismo sentido ni requerirían el mismo tratamiento.

Simplemente he de decir que probablemente alguna de ellas puede merecer
alguna reflexión, que ya veremos si es posible introducir de aquí a los
trámites siguientes, incluso en el Senado. Me refiero, sobre todo, a la
defendida por el señor Hinojosa acera de los vehículos para minusválidos,
que se suba de 12 a 16 caballos el tratamiento fiscal que hoy tienen. He
de decir a S. S. que la directiva no es estrictamente clara en este
sentido, pero si encontramos la percha de la directiva suficiente para
colgar esta modificación, probablemente la llevaríamos al Senado. Esta
situación no es tan lastimosa, como S. S. ha pensado, cuando estamos
hablando del paso de 12 a 16 caballos, es decir, no de coches pequeños,
sino de una cierta envergadura.

Creo que he contestado a todas las enmiendas más importantes y si lo he
hecho ha sido por no querer ser descortés, ya que también SS. SS. se han
detenido en algunas de ellas.

Unicamente me quedaba --y no quiero dejar pasar por alto, porque
parecería una evasión-- el asunto de las bebidas refrescantes, al que
sobre todo se ha referido el Grupo del Partido Nacionalista Vasco. Lo que
se pueda aducir puede estar bien, pero al decir que son un producto
inocuo también podría añadir que no son necesarias realmente y que las
bebidas más inocuas ya están contempladas como SS. SS. quieren como el
total de las bebidas refrescantes. No me parece que su pretensión sea de
tanta necesidad como para que lo contemplemos positivamente.

Y nada más, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Ruego a los grupos que miren el
reloj y, en la medida de la hora, acomoden sus intervenciones.

Tiene la palabra en primer término el señor Costa.




El señor COSTA CLIMENT: El responsable de que haya un turno de réplica no
es el Grupo Parlamentario Popular. Si el Grupo Socialista hubiera
aceptado nuestras enmiendas, no habría turno de réplica.

En primer lugar, quiero hacer una matización. Si nuestras enmiendas
suponen un halago al contribuyente, que en definitiva no sería más que
reconocer el sentir generalizado de la sociedad española ante los
Presupuestos con que nos deleita el Gobierno en esta ocasión, no sería
porque propongamos reducción de los impuestos, sino porque intentamos
evitar que ustedes suban los impuestos, que es lo que hacen en estos
Presupuestos Generales para 1995.

Cuando hablo de la elevación normativa de la presión tributaria, aunque
el término pueda parecer un poco rimbombante o una alegría del lenguaje,
lo que quiero manifestar es que la presión tributaria no sube por el buen
comportamiento de la evolución de las magnitudes macroeconómicas para
1995, sino que esa elevación de la presión tributaria viene motivada por
unos cambios normativos que determinan una subida de tipos de los
impuestos y que, por lo tanto, conllevan un incremento de la presión
tributaria que soportan los contribuyentes.

En lo que se refiere a la deflactación de la tarifa, yo no he manifestado
que suponga una subida encubierta de impuestos. He manifestado que tiene
como finalidad evitar que se produzca una subida de impuestos como
consecuencia del incremento de la progresividad. En todo caso,



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es cierto que esto va en línea con algunas de las enmiendas que en algún
momento ha presentado el Grupo Parlamentario Popular, quizá porque el
Gobierno nos está acostumbrando últimamente a votar en contra de las
enmiendas o iniciativas que mi Grupo presenta y hacerlas suyas
posteriormente.

¿Cientos de miles de millones de pesetas supone aplicar las tarifas
aprobadas en 1991? Yo aquí lo que le repetiría al portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista es lo mismo que manifestó el Gobierno cuando
presentó el Informe económico financiero en 1992, en el que se preveía el
efecto en la incidencia recaudatoria que pudieran tener los cambios
normativos en el IRPF. Y en ese Informe económico financiero se
manifestaba que esos cambios normativos no iban a tener una incidencia
presupuestaria significativa, en la medida en que se iba a producir un
incremento de las bases declaradas como consecuencia de la evolución de
las magnitudes económicas.

¿Que es un despropósito acumular la petición de aplicar la tarifa
aprobada en 1991 junto con una deflactación de la tarifa en un 3,5 por
ciento? Le puedo explicar cuál es la finalidad de deflactar la tarifa en
un 3,5 por ciento: que para las rentas más bajas, aquellas de 400.000
pesetas, no se les aplique el tipo marginal a partir del 20 por ciento,
en lugar de aplicarse el tipo marginal a partir de 415.000 pesetas, que
es el tramo que aparece en la tarifa propuesta por el Gobierno.

¿Cómo pueden ser maltratados los titulares de inmuebles con la
modificación que proponemos, si no se les ha revisado el valor catastral
o si se les ha revisado? ¿Cómo pueden ser maltratados si nosotros
proponemos una reducción del coeficiente para determinar el rendimiento
presunto de los inmuebles? Con el actual sistema quienes salen
maltratados son los contribuyentes que son titulares de un inmueble
urbano, que han adquirido en una fecha reciente y que están tributando
sobre el valor de adquisición.

Con respecto a la enmienda que propone mi Grupo Parlamentario que tiene
como finalidad permitir que se deduzcan, en base de las rentas del
trabajo, los gastos de formación, señalaré que para mucho da ese cinco
por ciento, sobre los ingresos íntegros, de deducción de gastos a
«forfait». Da para mucho. Da para los gastos de transporte; da para los
gastos de capacitación profesional; da para los gastos de útiles de
trabajo. Podríamos suprimir también la deducción en base de los gastos de
las cotizaciones a la Seguridad Social, si las entendiéramos también
incluidas dentro de ese cinco por ciento.

La elevación al 53 por ciento del porcentaje para eliminar la doble
imposición tiene como finalidad conseguir que la doble imposición
económica se elimine tomando como base el tipo nominal del Impuesto sobre
Sociedades. ¿Es que ustedes quieren penalizar a las empresas que
distribuyan dividendos porque en ese momento decaen los incentivos
fiscales de que han disfrutado en períodos impositivos anteriores? Si ésa
es la respuesta comprendo que apliquen un coeficiente del 40 por ciento,
en lugar del 53, que toma como base los tipos nominales.

Finalmente observo que no ha dicho nada sobre la subida de los tipos del
IVA y de los hidrocarburos y sobre la enmienda presentada por mi Grupo
para evitar que la misma se produzca.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Tiene la palabra el señor Ríos,
con mayor brevedad, si es posible, que el señor Costa.




El señor RIOS MARTINEZ: Mayor todavía, señor Presidente. Seré muy breve
porque solamente voy a hacer referencia a que nuestra distribución ha
consistido en incrementar las exenciones fiscales a las rentas del
trabajo y disminuírselas a los Impuestos de Patrimonio y de Sociedades.

En cuanto al tema de las exenciones familiares, creo que es más costoso
el primer hijo que el segundo y éste más que el tercero, aunque sólo sea
porque una olla para comer tres es más barato que una olla para comer uno
y que la ropa del primer hijo se la puede poner el segundo. (Un señor
Diputado pronuncia palabras que no se perciben.) Se ve que no tiene hijos
para darles de comer.

En todo caso, por desgracia, la salida de los zagales para buscar
vivienda se va a retrasar un poquitín. Mientras usted y yo tal vez nos
fuimos de la vivienda familiar sobre los 18, 20 ó 21 años, ahora la
salida apunta a los 30 años, en que tendrán trabajo y, por tanto, podrán
hacer frente a su responsabilidad de buscar la vivienda.

Nada más, señor Presiente.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Tiene la palabra el señor Homs.




El señor HOMS I FERRET: Muy brevemente, para decirle al portavoz del
Partido Popular, señor Costa, que no sube la presión tributaria
individual, y éste es un argumento que ustedes reiteran constantemente.

No insistan. Introduciendo la doble tributación, en renta y en
sociedades, como se incorpora; corrigiendo a las bases, tipos y
deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del
Impuesto del Patrimonio y del Impuesto de Sucesiones, para corregir el
efecto inflacionario; mejorando las deducciones que se incorporan por el
número de hijos; corrigiendo el efecto de imputación en renta por los
efectos de las valoraciones de las viviendas propias de los ciudadanos;
aplicando las deducciones vigentes en 1994 para 1995; con todo ello,
señor Costa, en el Impuesto sobre la renta, en 1995, los ciudadanos, a
igualdad de niveles de renta obtenidos en este año, van a pagar menos en
relación con 1994. No insistan. Si, además, ustedes cogen las cifras
macroeconómicas teniendo en cuenta toda la previsión de recaudación de
ingresos más ingresos por cotizaciones a la Seguridad Social y hacen
ustedes el coeficiente correspondiente verá que no sube sino que baja
unas décimas la presión tributaria individual. Lo que sucede es que para
1995 incrementamos la base de recaudación de estos impuestos, y creo que
también es objetivo del Partido Popular incrementar las recaudaciones por
un aumento de la base de aportación de recursos en esos impuestos por
parte de los ciudadanos; creo que ustedes también están por este
resultado.




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En consecuencia, no insista en este argumento, y justifico esta postura
en la cuota parte de responsabilidad que me corresponde por aprobar estos
Presupuestos.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Señor Homs, le ruego que fije
su posición respecto a sus propias enmiendas y no caiga en la tentación
de sentirse coautor de la ley.




El señor HOMS I FERRET: Sí, señor Presidente, muchas gracias. No soy
coautor, pero digamos que soy corresponsable en su aprobación, y por esa
razón le comentaba al portavoz del Partido Popular este argumento que
parece ser que insistir en él en varias ocasiones.

Señor Presidente, en cuanto a asumir enmiendas he de decir al portavoz
del Grupo Socialista que, quizás, le estimularía a que los contrastes que
deban hacer o los análisis, las observaciones o los estudios que deban
realizar sobre las enmiendas comentadas no esperen a hacerlo en el Senado
si se pueden hacer en esta Cámara. Hagámoslo en el trámite del Congreso y
no nos remitamos, como en otras ocasiones, a la siguiente Cámara.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): El señor Zabalía tiene la
palabra.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Yo no sé si tengo que volver otra vez a
defender las enmiendas.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Contemple usted a parte de los
compañeros de esta Comisión y obre en consecuencia.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Ya, pero el señor García Ronda nos dice que las
bebidas refrescantes, que es en lo que se ha detenido, según él, no son
necesarias y, como no son necesarias, no va a contemplarlas. Piense en
toda la industria que está alrededor de las bebidas refrescantes; en
estos momentos no le puedo decir cuánto puede ser, pero se puede imaginar
la industria que se mueve a través de las bebidas refrescantes, y dígales
que no son necesarias. No me voy a detener en esta enmienda, pero no me
ha contestado, señor García Ronda. Y tampoco me voy a detener más en
defender la reducción de la tarifa del Impuesto sobre la Renta porque lo
hace permanentemente nuestro Grupo Parlamentario todos los años, y
espero, como también hicimos el año pasado con respecto a la deflactación
de las tarifas, que el año que viene hagan suyas y por lo menos rebajen
algo la tarifa del Impuesto sobre la Renta, que, por cierto, como usted
ve, nos hemos tomado la molestia incluso de calcularla con la debida
deflactación. Usted no me ha contestado nada sobre las medidas que
proponíamos para reducir el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades en
un solo pago, ni para una mayor incentivación en la formación
profesional, ni tampoco para la deducción de las 500.000 pesetas
hombre/año que proponíamos en contratos indefinidos. No me ha contestado
a ninguna enmienda, señor García Ronda, lo cual me da la sensación de que
no es que no esté de acuerdo, es que ni siquiera las contempla, y como no
las ha contemplado no puedo decir nada más. Simplemente si en un segundo
turno me puede aclarar algo de ese silencio, se lo agradecería.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): El señor Chiquillo tiene la
palabra.




El señor CHIQUILLO BARBER: Mi intervención va a durar treinta segundos. A
mí tampoco me ha comentado tres de las enmiendas, las números 34, 35 y
36. Pensamos que son positivas tanto las 34 y 35, que se refieren al
aumento de las deducciones por inversiones, creación de empleo y gastos
de formación profesional, como la 36, que se refiere a la congelación de
la revalorización del IBI aplicando un coeficiente cero este año.

Respecto a la primera, que es la enmienda número 4, de adición, al
artículo 65, sé que usted se la ha leído por primera vez y lo que le pido
es que esta noche, antes de votar mañana, la vuelva a leer con un poco
más de cariño. Simplemente le decía --y no hay ninguna ambigüedad ni
ninguna incoherencia-- que junto a las situaciones extraordinarias que
puedan afectar a una actividad empresarial como puede ser un incendio, un
hundimiento, una grave avería en el equipo industrial que suponga un
perjuicio para aquel que realiza una actividad comercial o empresarial,
el perjudicado pueda minorar el rendimiento neto resultante por el
importe de dichos conceptos. Pedimos que se incluya expresamente el grave
perjuicio que ocasiona a estos comercios las obras públicas de larga
duración que las cuantifico en que este plazo de ejecución sea superior a
30 días. Es evidente que en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas, en lo referente a la estimación objetiva por
signos, índices y módulos, se puede calcular aproximadamente el daño,
perjuicio, gasto o lucro cesante extraordinario que pueda ocasionar esta
circunstancia excepcional. Le pido que tenga en consideración que una
circunstancia excepcional, y está demostrado en muchas grandes ciudades
que están soportando obras públicas de cualquier tipo de infraestructura,
está suponiendo un grave perjuicio a muchos empresarios y muchos pequeños
comerciantes.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Tiene la palabra el señor
García Ronda, con el ruego de brevedad que S. S. conoce.




El señor GARCIA RONDA: No hubiera contestado, pero se me ha pedido
contestación y no creo que pueda dejar de tener esta cortesía con SS. SS.

Vuelvo a decir al señor Costa que son cientos de miles lo que supone la
aplicación de lo que ellos quieren, y también lo que el Partido
Nacionalista Vasco quiere, en cuanto a las tarifas.

He hablado antes de anacronismo cuando se trataba de volver a 1991 y lo
vuelvo a repetir. Creo que se deflactan en este año, es una buena medida
y creo que todo el mundo lo considera así. Además, cada vez que se hace
algo, se quiere más y más. Todo el mundo quisiera llegar al nivel cero de
impuestos.




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Jamás he hablado de despropósito. No ha habido ningún despropósito en su
intervención ni tampoco en las enmiendas. He dicho que eran exageradas, a
veces desmesuradas, que es muy distinto.

No sé si he hablado de maltratados, pero desde luego sí tratados de
manera distinta si se hace lo que ustedes quieren con referencia a la
valoración de inmuebles a efectos del Impuesto sobre la Renta; son
maltratados por comparación de unos con otros.

En cuanto a la compensación de los dividendos, vuelva a hacer los
cálculos, señor Costa, y verá que en realidad está cubierta la media de
lo que supone el costo del dividendo a efectos de la Renta de las Persona
Físicas. Lo que hay que compensar está cubierto por ese 40 por ciento, lo
que hay que compensar en cifras macroeconómicas porque no se puede hacer
un cálculo de empresa por empresa, de sociedad por sociedad, hay que
hacer una media, como no se le oculta.

En cuanto al señor Zabalía, volvemos a las medidas sobre bebidas
refrescantes. Vuelvo a decir que una de las cuestiones para dudar, y
mucho, en cuanto a la rebaja que pretenden en el Impuesto sobre el Valor
Añadido, es que no son necesarias; no son necesarias en la medida en que
lo son otros elementos de alimentación que sí están contemplados con ese
tipo superreducido. Concédame eso, otra cosa es que sean necesarias desde
el punto de vista de quien las fabrica. Naturalmente que sí, y todo, y
otras cosas que no se comen y las antigüedades también, todo es
necesario.

Hay una cosa a la que no he hecho referencia antes y, sin embargo, sí
quiero hacer referencia ahora, y es una enmienda, la 305, que habla de un
tratamiento para las entidades no lucrativas en el pago a cuenta del
Impuesto de Sociedades. En efecto, creo que tienen razón y vamos a ver
cómo tratamos de acomodarlo porque, en realidad, a una tributación que es
al 10 por ciento no se le puede hacer una cuenta mayor.

En cuanto los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades, es muy loable
que quiera que queden aliviadas las tesorerías de las empresas, pero
concédame que también la tesorería del Tesoro público es importante; en
este caso, se van generando beneficios durante todo el año que, sin
embargo, no tienen su correspondiente tributo hasta seis meses después de
que termine el ejercicio. Ustedes dicen que se haga un solo pago a
cuenta, pero un solo pago que es mucho menor que la suma de los tres
pagos a cuenta que ahora están en la legislación. En este sentido, lo
siento, pero desde un punto de vista de lógica defensa de equilibrio de
Tesorería, no podemos decir que sí.

En cuanto a otras rebajas en el Impuesto sobre Sociedades, a las que
también ha aludido el señor Chiquillo, naturalmente que se puede pedir en
vez de un cinco, un 10, un 15 ó un 20. Algún grupo ha pedido que se pase
de un cinco a un 15; naturalmente que sí. ¿Pero les parece a ustedes que
eso es necesario y que en la misma medida impulsaría la actividad de las
empresas? Nosotros lo dudamos. Creemos que hay que dar un incentivo, pero
todo eso tiene que ser hecho con mucho cuidado y no con excesiva alegría.

En cuanto a otra serie de enmiendas del representante de Unión
Valenciana, si todos nos ponemos a pedir un proyecto de ley de incentivos
fiscales para los sectores que tenemos cerca, lo mejor es que pidamos un
proyecto de ley de incentivos fiscales para todas las empresas y quizás
terminábamos antes. Parece un poco excesivo lo que S. S. propone referido
a una serie de sectores que inequívocamente son valencianos, y yo lo
comprendo en cuanto que defiende un partido que es regional.

Esto es todo lo que puedo decir y creo que he contestado, aunque supongo
que no a satisfacción total de SS. SS. de los grupos de oposición, pero
eso es inevitable. (El señor Costa Climent pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Señor Costa, ¿a qué efectos
pide la palabra?



El señor COSTA CLIMENT: A efectos de contestar al señor Homs con respecto
a las afirmaciones que ha hecho sobre el incremento de la presión
tributaria.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): Tiene un minuto, señor Costa.




El señor COSTA CLIMENT: Con un minuto, señor Homs, será bastante, si me
presta la misma atención que yo he tenido el placer de prestarle cuando
se ha referido a la argumentación que nosotros mantenemos y que ya le
digo que vamos a continuar manteniendo.

Si sus socios de gobierno no le han informado bien, lo que tiene que
hacer usted es echar las cuentas. La presión tributaria, señor Homs, es
la suma de los impuestos directos y cotizaciones sociales más los
impuestos indirectos. Pues bien, el importe que representaban los
impuestos directos y las cotizaciones sociales, junto con los impuestos
indirectos, en 1994 era un 29,5 por ciento del PIB; en 1995 esta suma
representa un 30,2 por ciento del PIB. Si esto no es un incremento de la
presión tributaria, señor Homs, que venga Dios y lo vea.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortiz González): La Comisión se reanudará mañana
a las nueve y media.

Se levanta la sesión.




Era la una y treinta y cinco minutos de la madrugada.