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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 195, de 09/05/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 1994 V Legislatura Núm. 195
JUSTICIA E INTERIOR
PRESIDENCIA DE DON MANUEL ARQUEROS OROZCO,
VICEPRESIDENTE PRIMERO
Sesión núm. 22
celebrada el lunes, 9 de mayo de 1994



ORDEN DEL DIA:
--Comparecencia del señor Presidente de la Sociedad Estatal
«Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios» (Birlanga Casanovas),
para informar sobre la actuación de dicha sociedad en relación con la
ejecución del «Plan de amortización y creación de centros
penitenciarios», así como sobre la ejecución del citado plan. A solicitud
del Grupo Parlamentario Popular. (Número de expediente 212/000506)
(Página 6050)
Preguntas:
--Del señor Peralta Ortega (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre
medidas para paliar las deficiencias que presentan las instalaciones del
centro penitenciario de Picassent (Valencia), para el adecuado desempeño
por los abogados de sus funciones de defensa. (BOCG serie D, número 57,
de 21-2-94. Número de expediente 181/000503) (Página 6059)
--Del mismo señor Diputado, sobre conclusiones de la investigación
practicada en torno a la muerte, el día 28 de febrero de 1994, de don
José Luis Iglesias Amaro, recluso de la cárcel de Picassent (Valencia).

(BOCG serie D, número 79, de 28-3-94. Número de expediente 181/000666)
(Página 6060)



Página 6050




--De la señora Aguilar Rivero (Grupo Parlamentario Federal UI-IC), sobre
explicación de la decisión de la Secretaría de Estado de Asuntos
Penitenciarios de cortar la línea telefónica a los internos de la prisión
de Carabanchel de Madrid que comunica con el Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria. (BOCG serie D, número 61, de 25-2-94. Número de expediente
181/000530) (Página 6064)
--De la misma señora Diputada, sobre cumplimiento del auto del Juzgado de
Vigilancia Penitenciaria número 2 de Canarias, por el que se acuerda
revocar la orden de colocación de literas en las celdas del centro
penitenciario Tenerife II. (BOCG serie D, número 72, de 14-3-94. Número
de expediente 181/000582) (Página 6066)
--Del señor Gil Lázaro (Grupo Parlamentario Popular), sobre previsiones
acerca de un incremento de la conflictividad en los establecimientos
penitenciarios a corto plazo. (BOCG serie D, número 61, de 25-2-94.

Número de expediente 181/000537) (Página 6069)
--Del mismo señor Diputado, sobre medidas reglamentarias adoptadas en
relación con los hechos acaecidos en el centro penitenciario de Alcalá II
el día 19 de diciembre de 1993. (BOCG serie D, número 61, de 25-2-94.

Número de expediente 181/000538) (Página 6071)
--Del mismo señor Diputado, sobre medidas para garantizar que en todos
los centros penitenciarios se cumpla efectivamente la relación de puestos
de trabajo aprobada por la Comisión Interministerial de retribuciones.

(BOCG serie D, número 61, de 25-2-94. Número de expediente 181/000539)
(Página 6073)
--Del mismo señor Diputado, sobre permanencia de internas clasificadas en
tercer grado penitenciario en departamentos de segundo grado. (BOCG serie
D, número 61, de 25-2-94. Número de expediente 181/000540) (Página 6076)
--Del mismo señor Diputado, sobre medidas urgentes previstas para impedir
la introducción de droga en los centros penitenciarios. (BOCG serie D,
número 61, de 25-2-94. Número de expediente 181/000541) (Página 6078)
--Del mismo señor Diputado, sobre responsable de que los reclusos que
trabajaban en la sede de los juzgados madrileños realizaran traslado de
documentación judicial, cuando la propuesta formulada por la Comisión de
asistencia era que realizasen, en la citada sede, trabajos de albañilería
y jardinería. (BOCG serie D, número 61, de 25-2-94. Número de expediente
181/000542) (Página 6080)
--Del mismo señor Diputado, sobre medidas urgentes que van a ser
desarrolladas durante el año 1994 para la reducción del número de
ciudadanos extranjeros internos en centros penitenciarios españoles.

(BOCG serie D, número 61, de 25-2-94. Número de expediente 181/000543)
(Página 6082)
--Del mismo señor Diputado, sobre criterios que orientarán durante el año
1994 la política de permisos penitenciarios. (BOCG serie D, número 67, de
4-3-94. Número de expediente 181/000564) (Página 6084)
--Del mismo señor Diputado, sobre previsiones respecto de la reducción de
la edad hasta la cual pueden permanecer los niños junto a sus madres
internas en los establecimientos penitenciarios. (BOCG serie D, número
67, de 4-3-94. Número de expediente 181/000565) (Página 6086)



Se abre la sesión a las cuatro y treinta y cinco minutos de la tarde.




--COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ESTATAL
«EQUIPAMIENTOS E INFRAESTRUCTURAS PENITENCIARIAS» (BIRLANGA CASANOVAS),
PARA INFORMAR SOBRE LA ACTUACION DE DICHA SOCIEDAD EN RELACION CON LA
EJECUCION DEL «PLAN DE AMORTIZACION Y CREACION DE CENTROS
PENITENCIARIOS», ASI COMO SOBRE LA EJECUCION DEL CITADO PLAN. A SOLICITUD
DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente
212/000506.)



El señor VICEPRESIDENTE (Arqueros Orozco): Buenas tardes, señora Diputada
y señores Diputados y Servicios de la Cámara.

Se abre la sesión con el primer punto del orden del día. Primero:
Comparecencia del señor Presidente de la Sociedad Estatal Equipamientos e
Infraestructuras Penitenciarias, don Antonio Birlanga Casanovas, ante la
Comisión de Justicia e Interior, para informar sobre la actuación de
dicha Sociedad en relación con la ejecución del plan de amortización y
creación de centros penitenciarios, así como sobre la ejecución del
citado plan. Ha solicitado esta comparecencia el Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.

Dando la bienvenida a don Antonio Birlanga, le cedemos el uso de la
palabra.




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El señor PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ESTATAL EQUIPAMIENTOS E
INFRAESTRUCTURAS PENITENCIARIAS (Birlanga Casanovas): Señor Presidente,
señora Diputada, señores Diputados, quiero, en primer lugar, saludar a
los miembros de esta Comisión de Justicia e Interior, al ser la primera
vez que tengo el honor de comparecer ante la misma.

Como ya conocen SS. SS., por acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
julio de 1991, se aprueba el plan de amortización y creación de centros
penitenciarios que supone la construcción de dieciocho nuevos centros.

Este programa deberá ser financiado mediante la amortización y venta de
cuarenta centros penitenciarios obsoletos y mediante las dotaciones
presupuestarias que se asignan al programa.

La importancia técnica y trascendencia económica de las actividades a
desarrollar, unida a la necesidad de disponer de instrumentos flexibles y
eficaces para conseguirlo, motivaron la constitución de una sociedad
anónima estatal, SIEP, dependiente accionarialmente de la Dirección
General de Patrimonio del Estado, mediante acuerdo del Consejo de
Ministros de 21 de febrero de 1992, que dio comienzo a sus actividades el
siguiente mes de abril.

Esta Sociedad tiene por objeto el desarrollo y ejecución de los programas
y actuaciones que contiene, o pueda contener en el futuro el plan, en
todo lo que concierne a la construcción, edificación de centros, ya sea
por sí o mediante terceros, así como la amortización o enajenación de los
bienes inmuebles y centros que, previa desafectación de servicios o fines
penitenciarios, les sean aportados de acuerdo con las previsiones del
plan, desarrollando en particular las operaciones que se detallan en sus
estatutos, de acuerdo con las directrices que emanen de la administración
penitenciaria.

Tiene también por objeto enajenar los bienes inmuebles y centros
penitenciarios que, desafectados del servicio o fines penitenciarios, les
sean aportados por el Estado, en base al artículo 100 del Decreto 1022,
de 15 de abril de 1964, por el que se aprueba el texto articulado de la
Ley de Bases del Patrimonio del Estado, empleando los fondos que se
obtengan en la financiación de sus actividades, todo ello de acuerdo con
las directrices que emanen de la Dirección General del Patrimonio del
Estado. Por último, las actuaciones de la Sociedad deberán referirse
también a los centros penitenciarios que se encontraban en construcción
en el momento de constituirse la Sociedad.

La financiación de la Sociedad se produce, fundamentalmente, a través de
las aportaciones dinerarias de su único socio, la Dirección General del
Patrimonio del Estado, así como de aportaciones no dinerarias
consistentes en los terrenos y edificios de los centros penitenciarios a
amortizar, recibidos por la Sociedad, una vez hayan sido previamente
desafectados. Los centros penitenciarios que se vayan construyendo, a
medida que finalicen, se integran en el Patrimonio del Estado mediante la
oportuna reducción del capital de la Sociedad.

La actividad desarrollada por la Sociedad desde su constitución podemos
agruparla en tres apartados. En primer lugar, la terminación de las obras
de los centros en construcción por el Ministerio de Justicia. El plan de
amortización y creación, como hemos dicho, contemplaba la existencia, en
el momento de su aprobación, de seis centros en construcción por el
Ministerio de Justicia. Al gestarse la creación de SIEP se consideró
adecuado que la compañía se hiciera cargo de los importes económicos de
las inversiones pendientes de realizar en dichos centros en proceso de
construcción, así como de su equipamiento. El contrato en vigor
continuaba con su carácter administrativo público, pero los pagos los
efectuaría SIEP por cuenta del Ministerio de Justicia. Surgen así los
denominados convenios tripartitos entre el Ministerio de Justicia, SIEP y
las empresas contratistas.

De los seis centros en construcción uno se segrega, el de Segovia, ya que
por la importancia económica de las modificaciones introducidas en el
proyecto puede considerarse como un centro nuevo, para el que se precisa
licencia municipal; licencia que ha sido solicitada al Ayuntamiento y que
hasta el momento no se ha obtenido. Los cinco centros restantes se han
terminado, habiendo pagado SIEP en los plazos previstos en los convenios.

Estos son: Navalcarnero, Villabona, Picasent, segunda fase, Valdemoro y
Melilla. SIEP, cumpliendo instrucciones de la Dirección General de
Administración Penitenciaria, procedió, además, al equipamiento total de
estos centros.

En segundo lugar, y en relación con los centros a construir incluidos en
el plan, destacamos los trabajos de búsqueda y selección de terrenos,
habiéndose visitado más de 100 posibles emplazamientos. La experiencia
obtenida hasta el momento indica que es necesario profundizar en la
exposición de los beneficios de la construcción y del funcionamiento
normal de los centros. Esto pasa por un contacto más directo con las
corporaciones municipales y por la definición de actuaciones concretas,
no genéricas, acerca de servicios que los ayuntamientos pueden prestar a
los centros una vez que estén en funcionamiento.

El desconocimiento hace que la construcción de los establecimientos
penitenciarios sea vista con desconfianza y recelo por los vecinos, sin
tener en cuenta que, por el contrario, existen ventajas y beneficios que
se derivan de la construcción y puesta en funcionamiento de los centros.

Por ejemplo, el municipio puede obtener ingresos por la liquidación de la
tasa de obras y el impuesto sobre construcciones. Por otra parte, la
experiencia viene demostrando que durante la construcción del centro se
genera empleo en la zona y se producen ciertas incidencias económicas
positivas por los consumos del personal de la obra, además de que ciertas
partes de la obra suelen ser subcontratadas a empresas de la zona. A su
vez, una vez finalizada la construcción, la puesta en funcionamiento del
centro, con un comportamiento económico similar al de una pequeña
población, genera también una serie de necesidades que se resuelven, en
muchos casos, con el abastecimiento y suministro procedente de los
comercios de la localidad.

En tercer lugar, la construcción y equipamiento de los centros incluidos
en el plan. La Sociedad ha adjudicado mediante concurso con admisión
previa, tres obras: el centro penitenciario Madrid-5, Soto del Real, a
Fomento de Construcciones y Contratas; el centro penitenciario de



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Topas, Salamanca, a la Unión Temporal de Empresas Dragados y
Construcciones-Auxini; y el centro penitenciario de Huelva a Entrecanales
y Távora.

Las dificultades que ha encontrado la Sociedad para localización y
adquisición de los terrenos ha motivado que la construcción de los
centros penitenciarios que contempla el plan del Gobierno no haya podido
iniciarse en los plazos previstos y, en consecuencia, se ha producido un
cierto deslizamiento en cuanto a las previsiones de terminación y entrega
de los centros a la administración penitenciaria. Procede, por tanto,
ajustar esas previsiones iniciales, teniendo en cuenta la situación
actual, especialmente en lo que se refiere a las posibilidades de
adquisición del suelo y a los plazos de obtención de licencias y de
construcción.

La situación actual de cada uno de los futuros centros sería la
siguiente: centros en construcción, los de Soto del Real, Topas, Huelva y
Dueñas. Centros a construir, para los que ya se cuenta con suelo, Segovia
y Curtis. Centros a construir con suelo en trámite de adquisición,
Alhama, en Pontevedra; Zuera, en Huesca; Aranjuez; Albolote, en Granada,
y Mansilla de las Mulas, en León. Centros en fase de localización de
suelo, los de Canarias, Algeciras, Mallorca, Córdoba y Alicante-Murcia. Y
otros centros que están en la actualidad pendientes de decisión son los
de Bilbao, Navarra, Guipúzcoa, Toledo, Guadalajara y Burgos.

En definitiva, en el proceso de ejecución del plan cabe efectuar el
siguiente resumen: Soto del Real. La construcción de este centro se
encuentra en avanzado estado y se espera terminar en el plazo contractual
previsto, esto es en septiembre de este año.

Topas, Salamanca. Al igual que en el caso anterior, el estado de
ejecución de las obras permite prever que su finalización se producirá en
febrero de 1995.

Huelva. El proyecto de obra principal ha sido adjudicado por el Consejo
de Administración de la compañía el día 5 de este mes a la empresa
Entrecanales y Távora, que se compromete a realizar la obra en el plazo
de 15 meses. Quedan por adquirir en Huelva algunas pequeñas parcelas,
para los accesos al centro penitenciario, de algunos propietarios que se
han negado a su venta, por lo que se encuentran en el proceso
expropiatorio.

Dueñas, Palencia. Con fecha 24 de enero de este año, se adjudicó a la
empresa Pacsa la ejecución del proyecto de movimiento de tierras,
trabajos que dieron comienzo el 14 de febrero y que deben finalizar en el
presente mes. SIEP presentó ante la Comisión Provincial de Urbanismo el
plan especial de establecimiento y coordinación de infraestructuras,
estando pendiente de recibir el pronunciamiento de la comisión, a efectos
de obtener la necesaria licencia de obras.

Segovia. En junio de 1992, SIEP recibe el encargo de adquirir 55.000
metros cuadrados aproximadamente de suelo en La Madrona, al objeto de
ampliar la superficie de 100.000 metros, propiedad del Ministerio de
Justicia, para ejecutar el nuevo proyecto y cumplir las determinaciones
del planeamiento de Segovia, iniciándose entonces los contactos con 20
propietarios. En los meses de noviembre y diciembre de 1992 se
formalizaron las adquisiciones con los propietarios mayoritarios y se
llega a acuerdo con el resto, excepto con dos propietarios de cuatro
parcelas que se niegan a vender. A la fecha de hoy, como decía
anteriormente, se sigue a la espera de que el Ayuntamiento conceda la
licencia de obras que tenemos solicitada.

Curtis, La Coruña. Con fecha 25 de enero de este año fue adjudicada a la
empresa Tecnos el estudio geotécnico de los terrenos, trabajo que han
finalizado, lo que ha permitido encargar la redacción del proyecto de
implantación. A su vez, se están tramitando las modificaciones del
planeamiento, necesarias para obtener la licencia de obras.

Alhama, Pontevedra. Los terrenos se encuentran en fase de expropiación,
habiéndose conseguido un acuerdo de justiprecio en el presente mes. Con
autorización de la propiedad, con fecha 25 de enero, se adjudicó a la
empresa SEG la realización del estudio geotécnico de los terrenos,
estando prevista la finalización de los trabajos en el presente mes.

Zuera, Zaragoza. Los terrenos se encuentran en fase de expropiación,
habiéndose realizado el levantamiento de las actas previas el día 31 de
enero. La constitución de depósito se formalizó el 2 de febrero y se ha
procedido a la ocupación física de los terrenos el 14 de marzo, con el
inicio de los trabajos de topografía y geotecnia, estudios que tenía
adjudicados, junto con el proyecto de asentamiento, la empresa Heymo y
que finalizarán próximamente.

Aranjuez, Madrid. Se ha iniciado la expropiación de los terrenos,
habiendo finalizado la información pública el pasado día 8 de marzo. Se
ha aprobado recientemente por el Consejo de Ministros la urgente
ocupación de estos terrenos. Las actuaciones urbanísticas, modificación
puntual del Plan General de Ordenación Urbana y Plan Especial iniciadas
por la compañía fueron aprobadas inicialmente con fecha 23 de diciembre
de 1993.

Albolote, Granada. El Ayuntamiento de Albolote, en sesión plenaria
celebrada el día 25 de enero de 1994, informa favorablemente la
construcción de un centro penitenciario en su término municipal,
habiéndose presentado a los medios de comunicación el día 10 de febrero
el emplazamiento seleccionado. Realizados contactos con los propietarios
afectados y ante la mala disposición de éstos a vender, se ha iniciado el
procedimiento expropiatorio. Han sido realizados estudios
medioambientales y socioeconómicos del emplazamiento seleccionado.

Mansilla de las Mulas, León. El Ayuntamiento de Mansilla, propietario de
los terrenos seleccionados para la construcción del centro penitenciario,
ha iniciado la segregación de la parcela para convertirla en bien
patrimonial, que será objeto del proceso expropiatorio. Las normas
subsidiarias municipales se aprobarán definitivamente por la Comisión
Provincial de Urbanismo, lo que permitirá la concesión de la licencia de
obras.

Canarias. Después de diversos estudios y visitas a la Isla, se ha
seleccionado un emplazamiento en la isla de Gran Canaria, del que tenemos
datos urbanísticos y de titularidad suficientes, así como de condiciones
ambientales y socioeconómicas, que en principio hacen suponer que pueda
ser el emplazamiento elegido. Se está a la espera de las instrucciones de
la administración penitenciaria.




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Algeciras, Cádiz. Han existido muchas dificultades en esta área para
conseguir un emplazamiento adecuado y se está trabajando en estos
momentos con la posibilidad de localización en terrenos sitos en otro
término municipal.

En Mallorca se ha seleccionado ya un posible emplazamiento en el término
municipal de Palma de Mallorca, sobre el que se espera encontrar el apoyo
de la Corporación, a la que se le ha comunicado esta decisión por la
administración penitenciaria.

En cuanto a los restantes centros del plan, se sigue trabajando en la
localización de posibles emplazamientos, a la espera de la decisión
definitiva de la administración penitenciaria.

Teniendo en cuenta la situación expuesta y los plazos que requiere su
construcción, los centros podrán terminarse y entregarse a la
administración penitenciaria en los siguientes años: En 1994, Soto del
Real; en 1995, Topas y Huelva; en 1996, Dueñas, Curtis, Alhama, Zuera,
Albolote, Aranjuez y Mansilla de las Mulas; en 1997, Canarias, Mallorca,
Algeciras, Córdoba y Alicante-Murcia. Los restantes en 1998, o antes si
se produjera una decisión por parte de la administración penitenciaria.

En definitiva, y termino, entiendo que este programa de actuación
permitirá alcanzar los objetivos del plan creando nuevas plazas y
amortizando otras, con lo cual esta empresa, SIEP, habrá cumplido con el
objeto social que motivó su creación.

Nada más. Quiero agradecer la atención que me han dispensado y quedo a
disposición de SS. SS. para cuantas aclaraciones juzguen oportuno
formularme.




El señor VICEPRESIDENTE: ¿Grupos que desean intervenir? (Pausa.)
Por el Grupo Popular, don Ignacio Gil Lázaro tiene la palabra.




El señor GIL LAZARO: Es ésta la primera vez que el Presidente de la
Sociedad Estatal de Equipamientos e Infraestructuras Penitenciarias
comparece en esta Cámara y, desde luego, amén de darle la bienvenida,
creemos que la ocasión es suficientemente importante para conducir el
debate hacia puntos concretos que sirvan de reflexión en torno a los dos
vértices esenciales que constituyen el motivo central de esta
convocatoria, es decir, la realidad del plan de amortización y de
creación de centros y el funcionamiento de la SIEP como instrumento para
la ejecución de dicho plan.

El pasado 12 de abril, el señor Ministro de Justicia afirmaba ante el
Pleno del Senado que el problema central de nuestro sistema penitenciario
es el hacinamiento y que sobre eso no puede haber diferencias de
diagnóstico, afirmación que supone, desde luego, reconocer explícitamente
que ese mismo diagnóstico, formulado por mi Grupo desde hace meses y
contestado igualmente por los portavoces gubernamentales, era al fin y al
cabo correcto en todos sus términos.

Reconocía también el señor Ministro que el plan de amortización y
creación de nuevos centros se ha visto forzado a tener que sufrir
reconsideraciones en sus objetivos y plazos como consecuencia del
imperativo que plantea la propia evolución actual de la población
penitenciaria y los desfases en los que ha incurrido la Administración al
ejecutar sus propias previsiones respecto de dicho plan.

Finalmente, el señor Ministro de Justicia se reafirmaba en la validez del
modelo que inspira el señalado plan, consideración esta que, a nuestro
juicio, supone persistir en el error de tratar de prolongar una
experiencia no sólo fracasada ya en su corta práctica sino que además
vertebra un modo de aplicar los fines de la pena que difícilmente tienen
encaje en nuestro ordenamiento vigente
Desde esta consideraciones, el punto de partida de la cuestión que hoy
nos ocupa es el que ya hemos tenido ocasión de manifestar en diferentes
debates, esto es, que a nuestro juicio el plan de amortización y creación
de nuevos centros es en estos momentos un planteamiento que no va a
resolver las necesidades materiales y de concepción de nuestra red
penitenciaria y de la política a aplicar en función del mandato
constitucional del artículo 25.2. Por tanto, resultaría imprescindible su
licenciamiento definitivo para, en su lugar, definir un nuevo esquema de
ampliación y modernización de la infraestructura penitenciaria española
conforme a la filosofía contenida en la Ley Orgánica y, sobre todo,
conforme a un análisis adecuado y realista de las exigencias de
dotaciones presentes y futuras. Todo ello, además, debe ser fruto de una
previsión detallada de lo que se quiere hacer, dónde se quiere hacer, y
cómo se quiere hacer. Eso obliga, desde luego, a asumir una línea de
transparencia, diálogo y búsqueda del acuerdo con todos los sectores y
administraciones implicadas, que no ha sido en modo alguno
características fehaciente de lo hecho hasta ahora.

Si el plan es, hoy por hoy, una programación fallida, y lo es, lo que no
puede ser es que la Administración se empeñe en prolongarlo a través de
una parcheo continuo, tan costoso como inútil. Si el plan es una
programación socialmente contestada -- y lo es, desde luego, señor
Presidente, y basta ver para ello la posición reiterada por grupos
parlamentarios de esta Cámara, los conflictos surgidos con
administraciones autonómicas y locales, las opiniones emitidas desde
sectores profesionales y organizaciones sindicales y un amplio
etcétera--, lo que no puede ser tampoco es que la Administración no sólo
haga oídos sordos sino que además afirme estar dispuesta a persistir en
actitudes tan estériles como las revalidadas por el señor Ministro de
Justicia ante el Pleno del Senado cuando aseguraba recientemente que, por
ejemplo, en lo concerniente a la ubicación de nuestros centros, la
Administración continuaría practicando su estrategia secretista para
impedir un hipotético disparo de precios; criterio este difícilmente
presentable, a nuestro juicio, porque da primacía a una parte del asunto,
esto es, el coste sobre el todo, que ha de ser indiscutiblemente el logro
de una vertebración de la red de futuros centros que se asiente en
criterios sólidos de idoneidad y de ausencia de contestación social. Eso
sólo se puede lograr discutiendo blanco sobre negro y sin tapujos los
lugares posibles de instalación de los establecimientos a construir.




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El señor Presidente de la SIEP, como es natural, ha tratado hoy de salvar
la perdurabilidad y viabilidad del plan desde los argumentos del discurso
oficial, que ya nos son conocidos, obviando lo que difícilmente se puede
pasar por alto y sobre lo que es necesario incidir porque en ello radica
la clave de la cuestión.

En primer lugar, el plan nació en su momento sin la debida reflexión
previa, porque fue alumbrado con la urgencia impuesta por los continuos
estallidos violentos que se estaban produciendo en el interior de los
establecimientos, debido en gran parte a la obsolescencia de la red y a
la demora con la que la Administración venía posponiendo la adecuada
actuación sobre los centros penitenciarios.

A propósito de esto, recuérdese lo dicho en el informe anual del Tribunal
de Cuentas correspondiente a 1989, en el que se señalaba literalmente que
en los ejercicios de 1987 a 1989 se han incrementado los créditos
destinados a creación de nuevos centros o reforma de los existentes,
conforme al Programa 144 A, Sección trece, de los Presupuestos Generales
del Estado, incremento que ha sido de un 23 por ciento, de un 28 por
ciento y de un 9 por ciento respectivamente, pese a lo cual, continúa
diciendo el Tribunal de Cuentas, sigue habiendo un déficit importante de
plazas penitenciarias, en parte debido a la falta de ejecución parcial de
dichos créditos. Más adelante, el Tribunal de Cuentas señala que los
desajustes entre el anexo de inversiones de los presupuestos y los
proyectos ejecutados denotan deficiencias de la planificación o de la
ejecución, y añade que el examen de los antecedentes revela una gestión
con serias deficiencias porque los proyectos comenzados a ejecutar en
1989 estaba previsto que comenzaran en 1987 ó 1988, y de los planificados
para comenzar en 1989 no se había iniciado ninguno en dicho año.

Por cierto, no estaría de más, en el contexto de todo esto, que se nos
explicase definitivamente a cuánto ascendió el coste de los estudios
externos encargados para la elaboración del plan de amortización y qué
necesidad sustanció el que ese planteamiento tuviera que hacerse
prescindiendo de los servicios correspondientes de la propia
Administración.

En segundo lugar, el plan no ha sido capaz de cubrir sus propias
finalidades financieras, porque ni ha generado recursos para la
reinversión a través de las operaciones a desarrollar sobre los terrenos
amortizables, volumen que se estimaba superior a los 60.000 millones de
pesetas, ni se ha generado el ahorro previsto reinvertible, dado que de
los 5.400 millones de coste del centro tipo se ha pasado a una cifra
media próxima a los 8.000 millones de pesetas. Este desfase financiero ha
determinado el que la Administración haya tenido que modificar sobre la
marcha su propia previsión de volumen de obra a ejecutar, pasando de los
20 nuevos centros inicialmente previstos a los 18 de los que se nos habla
ahora, y de los 44 viejos centros a amortizar a los 40 que en la
actualidad se prevé, y sin que nada garantice, señor Presidente, el que
estos cálculos vuelvan a sufrir alteraciones conforme a futuras
coyunturas.

En tercer lugar, el plan ha sido superado por la propia realidad al no
haber sido capaz ni de efectuar una correcta estimación de la población
reclusa, a fin de adecuar éste al objetivo de incremento de las nuevas
plazas a realizar, ni ha sido capaz de ejecutar en los plazos
determinados inicialmente el volumen de obra previsto. Basta recordar que
el plan preveía un total de población reclusa de 43.500 personas en 1997
y la creación de 20.500 plazas, para llegar a dicho año disponiendo de un
total de 44.800 plazas. Frente a esto nos encontramos con que al final de
1993 la población reclusa era ya de 40.371 personas frente a las 37.500
que preveía el plan en el momento de su aprobación. Pero, además, según
las previsiones de ejecución de obra, en 1992 se tenían que haber creado
2.200 nuevas plazas, 3.500 en 1993 y 4.000 en 1994. Sin embargo, lo
cierto es que durante 1992 no se creó ninguna nueva plaza. Durante 1993
sólo las 250 correspondientes a Melilla, que forma parte de un proyecto
anterior al plan, y no se puede considerar una estricta realización del
mismo, y en lo que llevamos de 1994 sólo se han creado las 350
correspondientes a la segunda fase de Villabona. Del resto de los 11
centros previstos --y se ha visto claramente en la intervención del señor
Presidente de la SIEP hoy-- en el plan para el período 93-94 sólo Soto
del Real está casi terminado y con más de un año de retraso sobre las
fechas inicialmente previstas.

Conviene igualmente recordar, porque viene siendo una nota constante del
discurso oficial, y hoy el señor Presidente de la SIEP ha vuelto a
incidir en los mismos términos, que desde julio de 1991 los otros centros
inaugurados, es decir, Jaén II, Málaga II, Alcalá de Guadaira, Madrid
III-Valdemoro, Madrid IV-Navalcarnero, Villabona, Valencia-Preventivos y
Valencia-CIS responden a proyectos que ya estaban en marcha en el momento
de aprobarse el plan, excepto Alcalá de Guadaira, que fue una adquisición
del Ministerio de Defensa, y Valdemoro, que fue una especie de avance del
centro tipo, por lo que no cabe presentarlos como realizaciones del
citado plan, a pesar de que, como decía anteriormente, la Administración
se empeña sistemáticamente en ello para disimular la quiebra de las
principales previsiones de este plan.

Podríamos continuar entrando en detalles, pero basta señalar, para
sentenciar la inviabilidad del plan, que en estos momentos el incremento
medio por año de la población reclusa es del 9,21 por ciento, lo que
equivale a unos 4.500 internos anuales, de manera que eso supone llegar
al año 2000 con una población penitenciaria próxima a las 60.000
personas, lo que contrasta con las teóricas estimaciones efectuadas por
la Secretaría de Estado como fundamento del plan, que consignaban el
volumen de esa población penitenciaria para el comienzo del siglo XXI en
46.000 personas.

Con estos datos, lo que no admite duda, señor Presidente, es que
pretender insistir en el actual plan no es más que una entelequia que
sólo va a conducir a dilapidar inútilmente una elevada cantidad de
recursos presupuestarios, incapaces, al final, de dar solución al
problema si no se redimensiona la desfasada planificación actual. Y
téngase en cuenta que, por el momento, son ya más de 31.000 millones de
pesetas los invertidos, con un coste de seis millones y medio de pesetas
por plaza creada, y que la rentabilidad obtenida en cuanto al objeto de
la inversión (esto es:



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solventar el grave problema del hacinamiento en la red penitenciaria
española) ha resultado nulo hasta la fecha.

Que en este contexto el Gobierno siga diciendo que no tiene intención de
modificar el plan pero sí de perfeccionar los mecanismos de su ejecución,
implica persistir inútilmente en el error desde, a la vez, el
autorreconocimiento del fracaso y, desde luego, es a nuestro juicio
inútil que el Gobierno diga públicamente que el plan lleva tan sólo un
desfase de un año --y también ha hablado hoy de ello el señor Presidente
de la SIEP-- para después, en conversaciones más privadas con otros
sectores profesionales del ámbito penitenciario, ciertas autoridades
penitenciarias reconozcan que el desfase real del plan es de, al menos,
dos años.

Con una tasa de hacinamiento como la actual, señor Presidente, del 159
por ciento como valor medio del año 1993 (como valor medio porque esta
tasa en algunos centros ha llegado a alcanzar hasta el 198 por ciento,
tasa que a fecha 22 de marzo de 1994 se ha elevado ya al 162,36 por
ciento como valor medio, lo que supone una disponibilidad real de 25.742
plazas para un total de población penitenciaria de 41.796 personas), es
evidente que no se va a ninguna parte. Y como los números son tercos y no
se pueden disfrazar, lo indiscutible es que en los tres primeros años de
vigencia del plan sólo se han creado, conforme a las propias previsiones
del plan, 600 plazas reales de las 9.700 previstas, lo que supone un
desfase de ejecución del plan del 93,81 por ciento, y eso aceptando la
tesis de la Administración, es decir, incluir en el plan la segunda fase
de Villabona y Melilla. Pero si no aceptamos esa tesis de la
Administración, es decir, si no incluimos Melilla y la segunda fase de
Villabona, lo cierto es que en este período inicial del plan el número de
plazas creadas conforme al mismo hubiera sido cero, cuando precisamente
en este bienio inicial las propias previsiones del plan determinaban que
debería estar ejecutado al final del mismo el 60 por ciento de su
conjunto.

En este contexto, creemos que no cabe el que la administración
penitenciaria siga utilizando cierto argumento falaz, de carácter
exculpatorio, que consiste en decir que el problema esencial ha sido la
resistencia de algunas administraciones a recibir nuevos centros en sus
territorios, porque ése es un dictado que no se sostiene en pie y que
sólo demuestra que el Gobierno preparó este plan como una formulación
sobre el papel, que después ha afectado a los aspectos esenciales del
mismo, tanto en cuanto a la ubicación de centros, porque no se había
concluido una negociación previa sobre ello, como a la filosofía
financiera del plan, porque no se había previsto nada respecto a la
situación de titularidad jurídica de los terrenos, desde cuya
desafectación se pensaba obtener esos recursos económicos para costear la
obra nueva.




El señor VICEPRESIDENTE: Señor Gil Lázaro vaya concluyendo, por favor.




El señor GIL LAZARO: Concluyo, señor Presidente. Y, desde luego, tampoco
había habido una previsión adecuada en cuanto al ahorro presupuestario
que se determinaba que el centro tipo iba a poder reportar.

El Ministro de Justicia decía recientemente ante el Pleno del Senado que,
efectivamente, el plan había que readaptarlo, pero, a la vez, manifestaba
el contrapuesto criterio de llevar a cabo esa readaptación sobre los
mismos planteamientos y previsiones del vigente plan. Y eso, desde luego,
resulta ciertamente ininteligible, máxime cuando el propio Ministro
reconocía igualmente que del resultado de la futura tramitación
parlamentaria del Código Penal se van a crear nuevas variantes que de una
manera u otra incidirán sobre la realidad penitenciaria y, por ende,
sobre las necesidades de la red de establecimientos y, en consecuencia,
también sobre el propio plan.

La segunda gran cuestión objeto de esta comparecencia afecta al
funcionamiento de la SIEP como instrumento para la ejecución del plan. La
verdad es que sobre esta Sociedad Estatal vamos a tener que seguir
hablando, y seguiremos hablando de ella, señor Birlanga, habida cuenta de
que existe una cierta sensación de opacidad, o al menos de escaso
conocimiento, ya no sólo en la opinión pública, sino incluso en el propio
ámbito penitenciario, de las realizaciones y ejecuciones concretas que
está llevando a cabo.

Como ha recordado el señor Presidente, la SIEP se constituye por acuerdo
del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 1992, con un capital
totalmente suscrito y desembolsado por valor de 24.846 millones de
pesetas, dependiendo accionarialmente de la Dirección General del
Patrimonio del Estado. A la Sociedad Estatal le es de aplicación la
legislación vigente en materia de sociedades anónimas, con algunas
especialidades devenidas de lo dispuesto en la Ley General
Presupuestaria. Precisamente desde esta especialidad, quisiéramos que se
nos dijera, en primer lugar, cuáles son las principales conclusiones
elaboradas por la Intervención General del Estado respecto de la
situación financiera actual de la SIEP. En segundo lugar, sobre qué
líneas se vertebra para 1994 el preceptivo programa anual de actuación,
objetivos, inversiones y financiación que la Ley General Presupuestaria
exige a estas sociedades estatales. En tercer lugar, qué principales
conclusiones ha formulado el Ministerio de Justicia, conforme a lo
dispuesto en el ordenamiento presupuestario, respecto del preceptivo
control de eficacia que ha de ejercer sobre la SIEP en lo que concierne a
análisis del coste de funcionamiento y del rendimiento o utilidad del
servicio, inversiones y cumplimientos de objetivos. Finalmente, si la
SIEP, en este momento, está estrictamente al corriente de sus
obligaciones legales con el Tribunal de Cuentas.

Desde otro plano mucho más operativo, y sin pretender agotar la cuestión
porque, como decía, señor Presidente, tiempo tendremos de seguir hablando
de la SIEP, quisiéramos que en este momento se nos dijera, en primer
lugar, si está actualizada la contabilidad de la Sociedad conforme a lo
dispuesto en el Código de Comercio y en el Plan General de Contabilidad.

En segundo lugar, por qué se están adjudicando de forma directa las obras
promovidas por la SIEP a un reducido número de empresas, teniendo en
cuenta que esta adjudicación directa es el procedimiento habitual
empleado --o casi el procedimiento habitual-- y



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que se están traspasando los límites de cuantía establecidos por la Ley
de Contratos del Estado. Igualmente, nos interesaría saber si el señor
Birlanga está en situación de podernos informar de cuál es en este
momento el volumen general de subcontratas establecidas a partir de las
adjudicaciones iniciales concedidas por la SIEP. En tercer lugar, si se
han producido o no desviaciones de las dotaciones presupuestarias de la
SIEP hacia la administración penitenciaria para paliar la deuda de esta
administración con sus proveedores. En cuarto lugar, si ha estado pagando
la SIEP en algún momento el alquiler de la sede de la Secretaría de
Estado de Asuntos Penitenciarios en la calle Alcalá, y finalmente, si
existen contratos blindados en la SIEP. Que se nos explique, además, por
qué se va a contratar por parte de la SIEP al ex gerente del organismo
autónomo Trabajos Penitenciarios como director financiero y qué papel
está desarrollando la SIEP en la exportación de tecnología penitenciaria
a otros países, si es que está desarrollando alguno, todo eso dentro del
contexto que rotulaba esta comparecencia, que era desde luego no sólo lo
que afectaba a la ejecución del plan, sino al propio funcionamiento de la
Sociedad.




El señor VICEPRESIDENTE: Parece ser que el señor Birlanga, por la
velocidad en su verbo, no ha tomado determinadas notas en las últimas
preguntas que le ha formulado el señor Gil Lázaro. Ruego que las repita o
que nos las traslade.




El señor GIL LAZARO: Con mucho gusto, lo que el señor Birlanga no tenga
claro se lo repito. No sé si el apresuramiento de mi letra lo entenderá
el señor Birlanga. En todo caso, si hay alguna cuestión que en este
momento no pueda o no esté en situación de contestar, si me la contesta
por escrito me quedaré sobradamente satisfecho, pero, insisto, si hay
alguna cuestión, que me la plantee.




El señor VICEPRESIDENTE (Arqueros Orozco): Señor Gil Lázaro, para que las
conteste, primero tendrá que haberlas entendido, porque no ha tomado nota
por la velocidad. En último caso, las pasa usted por escrito.




El señor GIL LAZARO: Con la venia, señor Presidente, las repito.




El señor VICEPRESIDENTE: Las últimas.




El señor GIL LAZARO: ¿Está actualizada la contabilidad de la Sociedad
conforme a lo dispuesto en el Código de Comercio y en el Plan General de
Contabilidad? ¿Por qué se están adjudicando de forma directa la mayor
parte de las obras promovidas por la SIEP, teniendo en cuenta que esta
adjudicación en muchos casos está sobrepasando los límites establecidos
en la Ley de Contratos del Estado? ¿Qué volumen, si es que el señor
Presidente de la SIEP lo sabe, de subcontratas sobre las obras
adjudicadas se está dando en este momento? Se han producido desviaciones
o no de las dotaciones presupuestarias de la SIEP hacia la administración
penitenciaria para paliar la deuda de esta administración con sus
proveedores? ¿Ha estado pagando la SIEP en algún momento el alquiler de
la sede de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios en la calle
Alcalá, y si así es, por qué razón? ¿Existen o no existen contratos
blindados en la SIEP? ¿Por qué va a contratar la SIEP al ex gerente del
organismo autónomo Trabajos Penitenciarios como director financiero de la
Sociedad? Finalmente, qué papel está desarrollando la SIEP, si es que
está desarrollando algún papel, en la exportación de tecnología
penitenciaria a otros países?



El señor VICEPRESIDENTE: ¿Algún Grupo desea hacer uso de la palabra?
(Pausa.)
El señor Peralta, por Izquierda Unida, tiene la palabra.




El señor PERALTA ORTEGA: Antes de nada, quiero agradecer la presencia del
señor Birlanga, al que celebro volver a encontrar, en esta ocasión en
Madrid, después de muchos años de conocerlo en Valencia. Le agradezco,
asimismo, su intervención en relación con un tema tan importante, sobre
el que nos ha proporcionado datos que agradecemos, aunque tengo que
decirle con claridad que la filosofía del conjunto del plan sobre el que
versan los datos que nos ha proporcionado nos plantea muchas dudas. En
nuestra opinión, el modelo al que responde este plan falla en un punto
básico, y es el de que no es adecuado al objetivo fundamental que deben
perseguir los establecimientos penitenciarios, que es la reinserción de
los internos. En nuestra opinión, en todo el diseño de este plan, este
aspecto, que desde nuestro punto de vista de lo que debe ser un
establecimiento penitenciario es crucial, presenta muchos claroscuros, y
desde esta perspectiva tenemos numerosas dudas que hemos planteado en
reiteradas intervenciones parlamentarias en relación con los puntos
concretos. Nos parecía que esto era más eficaz, más operativo que hacer
referencia a una visión global del plan que nos puede hacer perder las
perspectivas más detalladas o que incluso se puede traducir, como nos da
la impresión de que ha ocurrido en la anterior comparecencia, en un
sinfín de preguntas concretas que hacen difícil, incluso por razones
acústicas, su posible respuesta en estos momentos. En todo caso, insisto,
señor Birlanga, en nuestra opinión, en este plan tiene que cuidarse
fundamentalmente lo que debe ser el objetivo esencial de los
establecimientos penitenciarios, que es la reinserción de los internos en
los mismos, e insisto, desde esta perspectiva se nos presentan muchos
puntos criticables, porque entendemos que son apreciables importantes
claroscuros.

Tengo que decirle también que, en nuestra opinión, en lo que es en
concreto el plan de amortización --y creo que así ha sido ya reconocido
por el propio Ministro, y hacía referencia a ello el anterior portavoz--,
es necesario proceder a una transformación o adaptación de ese plan. En
nuestra opinión, esta conclusión parte de reconocer que se han producido
fallas importantes en su ejecución. El propio señor Birlanga, en su
intervención, ha puesto de manifiesto alguno de los problemas inherentes
a la ejecución del plan, por ejemplo, las dificultades para encontrar
terrenos. Hay algunos centros concretos para los que durante



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varios años se ha estado buscando terrenos y todavía no se dispone de los
idóneos. Es pública y notoria --y el propio señor Birlanga ha hecho
referencia a ello-- la desconfianza y el recelo que se plantea por parte
de numerosas comunidades de vecinos en relación con los anuncios de
instalación de centros penitenciarios.

Finalmente, se nos presentan dudas en relación con una de las cosas a las
que ha hecho referencia el señor Birlanga, y es la posibilidad de
subcontratas. Creemos que se tienen subcontratas para la ejecución de
todo este plan --creo que se ha hecho referencia a este punto concreto--,
y desearíamos que, en relación con ello, se tuvieran en cuenta problemas
de seguridad. Pero a estos temas a los que se ha hecho referencia
deberían añadirse otros, por ejemplo, que en el plan están previstos
ingresos que corresponden a las ventas de suelo que no es propiedad del
Ministerio, y es conocido también que se han provocado por este motivo
discusiones y confrontaciones con comunidades locales y con comunidades
autónomas.

Aparte de todo ello, señor Birlanga, no ha hecho usted referencia --y en
nuestra opinión es un problema crucial en estos momentos-- a los graves
problemas presupuestarios que tiene en estos momentos al Administración
General del Estado y que están dando lugar a importantes recortes en
todas las partidas ministeriales, sin que sea ajeno a ello el Ministerio
de Justicia, y en concreto la administración penitenciaria.

Finalmente --y se ha hecho referencia a ello también en la anterior
intervención--, en nuestra opinión, las previsiones iniciales del plan no
se corresponden ya con la realidad de población reclusa que existe en
estos momentos y con las previsiones de evolución de la misma.

Por todo ello, nos parece que la ejecución de este plan tiene graves
dificultades y que las mismas no se solucionan con la afirmación fácil,
pero poco creíble, de que los plazos de finalización de obras
inicialmente previstos para el año 1997 se van a respetar. Es necesario
abordar más en profundidad estas dificultades y, en la medida en que con
tiempo demos solución a las mismas, será posible creer en esa afirmación,
que, le anticipo, señor Birlanga, nuestro Grupo desearía que fuera
realidad y está dispuesto a colaborar en que así sea.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene a continuación la palabra el señor
Director General don Antonio Birlanga.




El señor PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ESTATAL «EQUIPAMIENTOS E
INFRAESTRUCTURAS PENITENCIARIAS» (Birlanga Casanovas): Señor Presidente,
voy a referirme primero a la intervención de don Ignacio Gil Lázaro, del
Grupo Popular, para decirle, en primer lugar, que, como Presidente de
SIEP, sólo puedo referirme a aquella parte de su intervención que afecta
a la Compañía. Ha sido muy reiterativo fijando la posición de S. S. y de
su Grupo en el sentido de atacar la viabilidad del plan y de actuaciones
realizadas por la administración penitenciaria con anterioridad a 1992,
que es el año en el que, como veíamos antes, surge esta Sociedad. Por
tanto, como Presidente de esta sociedad mercantil solamente puedo
referirme a aquello que es objeto de la Sociedad y el objeto de la
Sociedad es ejecutar un plan aprobado por el Gobierno. Personalmente y a
nivel particular, creo que se trata de un gran plan y no comparto, por
supuesto, las posiciones de S. S., pero eso sería ajeno a esta
intervención, puesto que aquí estoy interviniendo exclusivamente como
Presidente de una sociedad estatal que tiene como objeto llevar a efecto
el cumplimiento del plan.

Creo que está equivocado S. S. cuando habla de que eran veinte los
centros penitenciarios que figuraban en el plan y que se han reducido a
dieciocho. En el plan que aprobó el Gobierno eran dieciocho los centros
nuevos, y precisamente es ahora cuando se añaden dos, el de Aranjuez y
Canarias, que no figuraban en la redacción del plan inicial. Por tanto,
por parte de la administración penitenciaria, por las razones que S. S.

exponía en cuanto al crecimiento del número de reclusos por encima de las
previsiones que se hicieron en el plan, los dieciocho centros se aumentan
en dos, hasta veinte. Por otro lado, la Sociedad ha realizado el total
equipamiento de los cinco centros que tenía en construcción el Ministerio
de Justicia. Como le he dicho en mi exposición, los centros eran seis,
pero desgajando el de Segovia, por las razones que he apuntado, quedaron
cinco, que se han terminado y se ha hecho la entrega a la administración
penitenciaria, incluso de su equipamiento. Yo, se lo digo con toda
honestidad, creo que el Plan es viable, que la exposición que le he hecho
en cuanto a los años de terminación de los centros puede realizarse y que
no existen problemas excesivos para lograr este objetivo.

Por otro lado, es cierto que han existido problemas, como le apuntaba en
mi exposición, para localización de terrenos, pero tampoco podemos decir
que esta sea la regla general, puesto que no existe rechazo en Curtis, en
Topas, Dueñas, Aranjuez, Albolote, Alhama; sí que ha existido rechazo en
dos o tres puntos concretos. La idea de solidaridad que debe de presidir
la acción pública hace que muchas corporaciones estén apoyando que en su
término municipal se implante un centro penitenciario.

Por referirme más concretamente a las preguntas que S. S. ha tenido la
amabilidad de formularme, tengo que decirle, previamente, que cuando
habla de opacidad de la Sociedad no entiendo a qué opacidad puede
referirse. Es una Sociedad que hace poco tiempo que está constituida y
todas sus cuentas están, por supuesto, auditadas; no hemos tenido ninguna
reserva ni ninguna salvedad por parte de la compañía que ha realizado la
auditoría y por supuesto se han cumplido las previsiones de la
Intervención General de la Administración del Estado y tengo a
disposición de S. S. y encima de la mesa los objetivos y la previsión del
Paif que se ha hecho ya para incluirlo en los presupuestos de 1995.

A las preguntas concretas le tengo que responder que sí tenemos
actualizada la contabilidad. No hemos adjudicado directamente ninguna
obra. Le he dicho además las que se habían adjudicado mediante concurso
con admisión previa y las compañías a las que se han adjudicado las
obras. No se ha adjudicado directamente ninguna obra. Las subcontratas a
las que me refería --y supongo que serán las que



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decía S. S.-- son las que realizan las empresas a las que se les adjudica
la obra. Naturalmente, no estoy en condiciones de poderle contestar
porque no lo sé.

No ha existido ninguna desviación de fondos hacia la administración
penitenciaria, todas las cantidades que se han ingresado por parte de la
Dirección General del Patrimonio como accionista se han destinado a la
terminación de los cinco centros a los que he hecho referencia y al
equipamiento de los mismos, a la construcción de los centros que le he
indicado y a la adquisición de los terrenos para la construcción de los
nuevos, luego no ha existido ninguna desviación.

No se ha pagado ninguna cantidad por alquiler de los locales de la calle
de Alcalá, la Compañía no ha satisfecho a la administración penitenciaria
ninguna cantidad.

No existen contratos blindados, en todo caso existiría un único contrato
que se realizó con el anteriormente asesor jurídico de la compañía y
Director de la misma. En cuanto a la contratación del anterior gerente,
se ha hecho porque se trata de una persona muy cualificada y que,
indudablemente, pienso que puede ser un buen director
económico-financiero de la Compañía. Si no fuera así no hubiera propuesto
al Consejo de Administración que me autorizara su contratación. Puedo
asegurarle, señor Gil Lázaro, que todos los miembros del Consejo de
Administración estuvieron de acuerdo en que se contratara a este señor.

Por último, en cuanto a la exportación de tecnología, sé que la
administración penitenciaria está realizando contactos especialmente con
países de Centroamérica.

En cuanto al señor Peralta, quiero igualmente agradecer y celebrar este
reencuentro y casi le diría, por no repetirme, lo mismo que le acabo de
decir al señor Gil Lázaro, o sea, que el objeto de la Compañía no es
cuestionar un modelo, modelo en el que creo. Como le decía al señor Gil
Lázaro, se trata de un buen plan, que ha tenido problemas en su inicio,
por supuesto, pero creo que las dificultades para encontrar terrenos
están ya solventadas y estoy convencido de que con esa solidaridad que
estamos encontrando en muchas corporaciones se va a resolver
satisfactoriamente y que en el año 1997 se terminarán los centros que le
decía en mi exposición.

Cuando se ha referido a subcontratistas y problemas de seguridad, no sé
muy bien qué ha querido decir, porque nosotros hemos contratado las obras
con las grandes compañías del país, e indudablemente con publicidad;
creemos que es así como debemos hacerlo y, por tanto, las empresas que
empleen esas empresas subcontratadas supongo que ellas mismas cuidarán,
por la responsabilidad que tienen, de garantizar esta seguridad.

Efectivamente, no se ha producido todavía la venta de ningún suelo ni de
ningún centro penitenciario, porque el proceso de desafectación, de
ingreso en Patrimonio del Estado y posterior transferencia a la Compañía,
es largo, complicado, donde han surgido, como muy bien apuntaba S. S.,
algunos problemas con algunas comunidades, algunos ayuntamientos, que son
problemas que se tienen que ir resolviendo. Lo cierto es que en este
momento la Dirección General de Patrimonio ya me ha anunciado la
transferencia de dieciocho inmuebles para poder proceder a su
enajenación. Todavía no se ha producido porque se tiene que realizar la
valoración con arreglo a la Ley de Sociedades Anónimas y entonces
ingresar como capital de la Sociedad.

En cuanto a los problemas presupuestarios del Estado, la verdad es que en
las conversaciones que yo he mantenido con la Subsecretaría de Hacienda,
cuando en el mes de noviembre tomé posesión del cargo de Presidente, lo
primero que se me hizo saber por la propia Subsecretaría de Hacienda es
que éste era un plan prioritario para este Gobierno y que, por tanto, los
recursos que se habían manifestado que se iban a poner a disposición del
mismo se pondrían. Por ahí no había ningún problema, y me garantizaban
que era un plan absolutamente prioritario.

Por otro lado, por si algún recorte se produce, puedo indicar a S. S. que
estamos en disposición de obtener en torno a 18.000 millones con cargo a
los fondos europeos. Este es el último informe que tenemos de la
Dirección General de Planificación del Ministerio de Economía, donde
están incluidos los centros que se tienen que construir en aquellas
comunidades autónomas Objetivo-1 y la cifra global de fondos que podremos
recibir de la Unión Europea estará en torno a 18.000 millones de pesetas
que, indudablemente, ayudarán a la financiación del plan. (El señor Gil
Lázaro pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE: Señor Gil Lázaro, ¿qué desea?



El señor GIL LAZARO: Ya sé que no hay segundo turno, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE: Para una cuestión escueta, tiene no más de tres
minutos.




El señor GIL LAZARO: Simplemente es para aclarar que yo he formulado una
pregunta que el señor Birlanga no debe haber comprendido, ya que me ha
contestado a otra que yo no he formulado.

Yo no he preguntado si la SIEP ha pagado en algún momento un alquiler
como tal SIEP a la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios por los
locales que ocupaba en la calle de Alcalá. Lo que he preguntado
exactamente es si la SIEP, de sus dotaciones, ha pagado el alquiler de la
sede de la Secretaría de Estado de la calle de Alcalá.

Como no hay segundo turno, no hago comentario de algunas respuestas del
señor Birlanga que chocan con datos que nosotros tenemos, pero de los que
tomamos buena nota para posteriores iniciativas parlamentarias.




El señor VICEPRESIDENTE: El señor Birlanga tiene la palabra.




El señor PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ESTATAL «EQUIPAMIENTOS E
INFRAESTRUCTURAS PENITENCIARIAS» (Birlanga Casanovas): Simplemente para
aclararle, señor Gil Lázaro, que no había ninguna contestación torcida
cuando le decía que SIEP no ha pagado ninguna cantidad. No ha pagado
ninguna cantidad



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por el arrendamiento de los locales de la calle de Alcalá ni a la
administración penitenciaria, ni al propietario de los locales ni a
nadie; no ha pagado ninguna cantidad. (Denegaciones.) Es que entonces no
entiendo la pregunta. Su señoría lo que pregunta es si de las dotaciones
presupuestarias de SIEP se ha destinado cantidad alguna al pago de
alquileres por los locales de la calle de Alcalá. Si es ésa la pregunta
le diré que no se ha pagado ninguna cantidad. (El señor Gil Lázaro: No es
ésa la pregunta.)
Preferiría que me la formulara concretamente para poderla contestar,
porque no sé cuál es la pregunta.




El señor VICEPRESIDENTE: La pregunta, sólo la pregunta, señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Por tercera vez, señor Birlanga. Me refiero a los
locales que ocupa la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios en la
calle de Alcalá, que son locales alquilados y que correspondería
pagarlos, de sus dotaciones presupuestarias, a la Secretaría de Estado, y
lo que le estoy preguntando es si esos locales, en vez de pagarlos la
Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, de sus dotaciones
presupuestarias, se han pagado con dotaciones de la SIEP. Eso es lo que
estoy preguntando.




El señor VICEPRESIDENTE: El señor Birlanga tiene la palabra.




El señor PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ESTATAL «EQUIPAMIENTOS E
INFRAESTRUCTURAS PENITENCIARIAS» (Birlanga Casanovas): Por tercera vez:
no se ha pagado, señor Gil Lázaro; SIEP no ha pagado cantidad alguna.




El señor VICEPRESIDENTE: Señor Presidente de la Sociedad Estatal
«Equipamientos e Infraestructuras Penitenciarias», agradecemos su
presencia en esta Comisión.

Su suspende la sesión durante tres minutos para poder despedir al señor
Presidente de la Sociedad Estatal. (Pausa.)



El señor VICEPRESIDENTE: Se reanuda la sesión.




CONTESTACION A LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:



--SOBRE MEDIDAS PARA PALIAR LAS DEFICIENCIAS QUE PRESENTAN LAS
INSTALACIONES DEL CENTRO DE PICASSENT (Valencia), PARA EL ADECUADO
DESEMPEÑO POR LOS ABOGADOS DE SUS FUNCIONES DE DEFENSA. FORMULADA POR EL
SEÑOR PERALTA ORTEGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE IZQUIERDA
UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA. (Número de expediente 181/000503.)



El señor VICEPRESIDENTE: Señorías, contamos con la presencia de la señora
Secretaria de Estado de Asuntos Penitenciarios, doña María Paz Fernández
Felgueroso, para contestar a una serie de preguntas orales en Comisión.

Por acuerdo entre los grupos intervinientes, vamos a dar la palabra al
señor Peralta Ortega, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, para que formule a continuación la pregunta señalada con el
número 2 en el orden del día. Posteriormente también formulará la
pregunta señalada con el número 23.

Tiene la palabra el señor Peralta Ortega.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señora Fernández Felgueroso, por su
comparecencia.

Empiezo por la primera de las preguntas orales de la Comisión de hoy.

Conoce usted, señora Fernández Felgueroso --estoy convencido de ello--,
que desde que se produjo la reciente inauguración del centro
penitenciario Valencia 2, en Picassent, han tenido lugar diversas quejas
por parte de letrados defensores de presos internos en ese
establecimiento penitenciario, quejas que finalmente fueron acogidas por
el propio Colegio de Abogados de Valencia que las transmitió por escrito
a la dirección del establecimiento y la dirección de ese establecimiento
ha dado traslado de ello a la Secretaría General que usted dirige en
estos momentos. Esas quejas hacen referencia a las dificultades que
sufren los letrados en las comunicaciones con sus clientes internos en
ese centro de Picassent, dificultades para llevar a cabo una defensa en
correctas condiciones, una defensa libre, en la medida en que las
instalaciones físicas, los locutorios destinados a la realización de las
comunicaciones de los presos con sus defensores presentan unas
condiciones poco adecuadas. Se trata de unas celdas de escasas
dimensiones, carentes de insonorización, con cristales transparentes,
etcétera, circunstancias que dan lugar a que se entienda que no se
garantiza adecuadamente el secreto y la intimidad, que son la base de esa
defensa libre por parte de los letrados defensores.

Esta nos parece que es la más importante de las quejas que han hecho
llegar los letrados, tanto individualmente como a través de su Colegio.

Se han planteado otras que, en nuestra opinión, tienen menos
trascendencia, como las dificultades que les ocasiona el tener que
aparcar los vehículos en los que se desplazan a esta ciudad cercana a
Valencia, pero fuera del casco urbano de Valencia, a una distancia
considerable de lo que es el propio centro preventivo donde se llevan a
cabo las comunicaciones. Nuestro Grupo entiende que ésta es una
dificultad menor. Lo importante es la otra dificultad, en la medida en
que incide directamente en lo que son las condiciones básicas del
ejercicio de una adecuada defensa profesional, y éste debe se uno de los
objetivos que se persigan con los propios centros penitenciarios, no sólo
garantizar la seguridad y la disposición de los presos a las órdenes de
los tribunales, sino que los mismos tengan derecho a una defensa
adecuada. Por tanto, nos gustaría saber, señora Fernández Felgueroso, qué
medidas se van a adoptar para paliar esas deficiencias puestas de
manifiesto por los letrados valencianos acerca de las condiciones de los
locutorios del centro preventivo de Picassent.




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El señor VICEPRESIDENTE: Para contestar, tiene la palabra la señora
Secretaria de Estado de Asuntos Penitenciarios.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Muchas gracias, señor Presidente. Señor Peralta, ciertamente
conoce la administración penitenciaria las quejas que se produjeron por
el Colegio de Abogados en relación con estas condiciones acústicas que
usted ha relatado en los locutorios del centro penitenciario de
Picassent. Después de haber mantenido una serie de reuniones con el
propio Colegio de Abogados y con los letrados que habían puesto de
manifiesto estas --en su opinión-- insuficiencias, hemos acordado tomar
las siguientes medidas, precisamente para proteger esa privacidad de los
letrados en sus conversaciones con los reclusos, que se describen como
colocación de doble vidrio en los parámetros separadores de las cabinas,
colocación también de falso techo metálico, con capa aislante de cuatro
centímetros de fibra de vidrio y colocación de teléfonos para la
comunicación recluso-abogado, con el fin de evitar el uso del tubo de
comunicación, que requiere un nivel más alto de voz. Además de estas
medidas que, como he dicho, se van a adoptar y que ya están en la
redacción del proyecto, una vez que hemos mantenido las conversaciones
que antes he relatado, como quiera que también había una queja,
probablemente menor, pero habían puesto de manifiesto que había poco
espacio, se van a ampliar también los locutorios en dos más. Esas son las
medidas que hemos adoptado.




El señor VICEPRESIDENTE: Para réplica, tiene la palabra el señor Peralta
Ortega.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señora Fernández Felgueroso, por su
contestación. Celebro que haya habido una respuesta, al menos verbalmente
rápida, a las quejas formuladas por los letrados valencianos y en
concreto por el Colegio de Abogados de Valencia. Me consta que esta
contestación que me proporciona usted coincide en buena medida con la
contestación que ya ha sido proporcionada a los propios interesados por
la dirección del centro penitenciario, que tuvo contacto con el propio
Decano del Colegio de Abogados. Creo que en este sentido es de agradecer
y felicitar que haya habido esa respuesta rápida por parte de la propia
dirección penitenciaria en comunicarse y en contactar con la
representación de los letrados de cara a conocer la opinión de los mismos
y las dificultades que ellos apreciaban en el ejercicio de su labor
profesional. Creo que las medidas que se han anunciado por parte de la
señora Fernández Felgueroso que se van a adoptar ponen de manifiesto que
existían realmente unas dificultades para el ejercicio profesional.

Quisiera terminar esta intervención, la que he comenzado felicitándola
por esa rapidez, con dos peticiones. La primera de ellas es que esa
celeridad verbal también se traduzca en hechos y que estas medidas que ha
anunciado que se van a llevar a cabo se ejecuten con la máxima celeridad.

Han transcurrido semanas en las que los reclusos tienen que estar
conectando y comunicando con sus letrados en unas condiciones no
adecuadas para el derecho a la defensa. Por tanto, bueno sería que estas
medidas se hicieran realidad lo antes posible y no se quedaran en meras
palabras.

En segundo lugar, que se tomara nota de lo que ha ocurrido en el centro
penitenciario de Picassent, de cara a que en todos los centros que se
construyan en el futuro se adopten las medidas oportunas para que no
tengan que llevarse a cabo las mismas con posterioridad, y con
posterioridad de años, a la inauguración del centro, sino que en el
proyecto inicial se adopten todas las previsiones y todas las medidas
adecuadas al correcto ejercicio por parte de los letrados de su defensa,
en beneficio de los internos.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Secretaria de Estado
de Asuntos Penitenciarios.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Voy a ser muy breve, señor Presidente. Sólo deseo decir al
señor Peralta que espero que la ejecución de la obra no se demore más
allá de tres meses, por lo que se hará con la mayor celeridad --y le
tranquilizo en ese sentido--, dentro de lo que es una contratación
administrativa.

Respecto a su segunda preocupación, en el proyecto-tipo, por la
información de que dispongo, esa cautela está absolutamente tomada. No
obstante, al hilo precisamente de esta queja, que posteriormente hemos
comprobado que era fundada del Colegio de Abogados de Valencia, se ha
hecho la indicación a la SIEP de que revisen las condiciones de
aislamiento y los parámetros separadores de cabinas para evitar, como
usted dice, que se puedan producir problemas de esta naturaleza, que no
desea la administración penitenciaria, sino que desea proteger
precisamente la confidencialidad de las comunicaciones.




El señor VICEPRESIDENTE: Muchas gracias, doña María Paz Fernández
Felgueroso.

Agradezco a los intervinientes en esta pregunta que acabamos de debatir
la rapidez con que se han expresado, porque el orden del día de hoy es
muy extenso, por lo que ruego a los próximos intervinientes que sigan
esta norma de conducta, que se lo vamos a agradecer todos.




--CONCLUSIONES DE LA INVESTIGACION PRACTICADA EN TORNO A LA MUERTE, EL
DIA 28-2-94, DE DON JOSE LUIS IGLESIAS AMARO, RECLUSO DE LA CARCEL DE
PICASSENT (Valencia). FORMULADA POR EL SEÑOR PERALTA ORTEGA (GIU-IC).

(Número de expediente 181/000666.)



El señor VICEPRESIDENTE: A continuación, para formular la pregunta número
23 del orden del día, sobre conclusiones de la investigación practicada
en torno a la muerte, el día 28 de febrero de 1994, de don José Luis
Iglesias Amaro, recluso de la cárcel de Picassent, tiene la



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palabra el autor de la pregunta, señor Peralta Ortega, de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.




El señor PERALTA ORTEGA: Siguiendo sus recomendaciones, voy a ser breve.

Simplemente, señora Fernández Felgueroso, debo decirle que surgió una
cierta polémica en torno a la desgraciada circunstancia del fallecimiento
del recluso don José Luis Iglesias Amaro el día 28 de febrero en la
cárcel de Picassent, de Valencia. Tal como indico, el fallecimiento se
produjo el día 28 de febrero y, sin embargo, hasta prácticamente dos
semanas después, y como consecuencia de la denuncia llevada a cabo por
sus familiares acerca de las circunstancias en que se produjo ese
fallecimiento, no se efectuó el inicio de una investigación por parte de
la dirección de Instituciones Penitenciarias, dando, en mi opinión,
pábulo a que corrieran todo tipo de rumores, que es comprensible, por
otra parte, cuando nos encontramos en presencia de una circunstancia tan
desgraciada como el fallecimiento de una persona. Y desde este punto de
vista, con independencia de conocer el resultado concreto y, según eso,
hacer una valoración de las conclusiones de ese informe, sería oportuno
que, con carácter general, cada vez que se produzca el fallecimiento de
un interno se emitiera un comunicado con la máxima celeridad por parte de
la dirección, de cara a evitar que este tipo de acontecimientos se
conviertan en fuente de sospechas, de dudas y, desde luego, si ha lugar,
a una investigación por las circunstancias del caso, y en éste concreto
consta que se inició esa investigación, se efectúe con la máxima
celeridad la publicidad de esas conclusiones.

Por tanto, señora Fernández Felgueroso, hecha esta valoración inicial, me
gustaría saber cuáles son las conclusiones de la investigación que se ha
llevado a cabo.




El señor VICEPRESIDENTE: Puede hacer uso de la palabra la señora
Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): En primer lugar querría hacer la siguiente precisión:
siempre que se produce o se constata una muerte violenta, bien sea por
agresión o por presunto suicidio, inmediatamente se abre una información
reservada. Lo que sucede es que, algunas veces, tiene que transcurrir un
cierto tiempo, entre otras razones porque al mismo tiempo se comunica el
hecho al Juzgado, que es el que levanta el cadáver y el que abre
inmediatamente unas diligencias. Nosotros, lo que hacemos es complementar
toda nuestra información. En este supuesto, la información fue larga
porque quisimos recibir declaración tanto de los funcionarios como de
otros reclusos que estaban en celdas colindantes. Incluso citamos a la
familia de don José Luis Iglesias Amaro. Es verdad que sería importante
esa rapidez, pero le puedo decir que, a la vista de las informaciones
publicadas en la prensa, alguna organización sindical representativa se
dirigió a la Secretaría de Estado preguntando por qué no poníamos de
manifiesto que no hubo ninguna responsabilidad por parte de los
funcionarios. Yo les contesté que no podía, en tanto no estuviera
concluida la información reservada, cuestión que hace muy pocos días que
concluimos, porque, como decía, quería citar a cualquier persona que
pudiera haber tenido noticias de este asunto. Esa es la razón por la que
el comunicado solamente se dio una vez que se concluyó la información
reservada, que propuso el sobreseimiento y archivo provisional, al no
encontrar responsabilidad alguna en funcionarios de prisiones. De todas
formas, había dos cuestiones: primera, hay un suicidio, parece que la
información reservada recoge que hubo un suicidio, en virtud de una carta
en la que ponía de manifiesto esa intención de no importarle la vida. Por
otra parte, había la cuestión, que usted no explicitó, pero que
especialmente fue objeto de polémica en la prensa, de decir que hay o no
un suicidio, pero que, en cualquier caso, parece o podría parecer que hay
un maltrato a la persona del fallecido por parte de los funcionarios de
prisiones o dentro de la prisión. La información reservada, como digo,
pone de manifiesto que este recluso, que unos días antes había ingresado
en el hospital de «La Fe», cuando volvió de ese hospital la información
reservada concreta que entró por ahí porque había hecho una autoingesta
de materiales no digeribles, por decirlo gráficamente. Por tanto, nuestro
servicio médico decidió que debía ingresar en el hospital de «La Fe» de
Valencia como precaución ante esa autolesión que había sufrido. Tres días
después vuelve a prisión y al observar que presenta signos, no diría de
agresión, pero sí contusiones y signos de haber habido una cierta
violencia, se hace un informe por parte del médico de guardia en el que
se pone de manifiesto que ingresa en prisión con ese tipo de hematomas en
el ojo. Tengo aquí el parte médico que lo puedo poner a su disposición.

Por tanto, lo que comprueba la información reservada es que esas
erosiones se las produce fuera del centro y, al parecer --digo al parecer
porque ésa es la información que recibe el centro--, porque, estando
internado en el hospital de «La Fe», intenta una evasión y parece ser que
en el forcejeo que hace tanto con los guardias de seguridad del hospital
de «La Fe» como posiblemente con las fuerzas de su custodia, se produce
esas lesiones. En todo caso, lo que sí asegura esa información es que
esas lesiones no se producen en ningún caso dentro del centro
penitenciario.

Nuestra información reservada se archiva provisionalmente, como todas las
que se elaboran cuando se produce una actuación judicial, y la
información recabada en su conjunto se ha enviado al juez que instruye el
caso. Por tanto, está a disposición judicial, pero la hemos cerrado con
carácter provisional, que, como digo, es el carácter que damos cuando
existen unas actuaciones judiciales por medio, sin que hayamos detectado
ninguna responsabilidad por parte de prisiones en cuanto a esas lesiones
que aparecen reflejadas en el parte médico de entrada y que también
refleja como producidas de dos a cuatro días antes en el informe sobre la
defunción del interno.




El señor VICEPRESIDENTE: Para réplica, tiene la palabra don Ricardo
Peralta.




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El señor PERALTA ORTEGA: Quiero dar las gracias a la señora Fernández
Felgueroso por su contestación. No obstante, yo creo que en la respuesta
que nos ha dado siguen produciéndose importantes zonas de duda.

Ha comenzado usted por reconocer que no sólo por mis afirmaciones, sino
incluso por alguna organización de funcionarios, se había requerido de la
Dirección de Instituciones Penitenciarias que hubiera una respuesta
rápida ante las diversas interpretaciones que en los medios de
comunicación se vertían sobre lo que aparentemente era la muerte de un
recluso en circunstancias extrañas, y hay que reconocer, porque eso se
desprende de la investigación llevada a cabo por la propia Dirección de
Instituciones Penitenciarias tal como está puesto de manifiesto, que
efectivamente se produjeron circunstancias extrañas en torno al
fallecimiento de este recluso.

Si puede no caber duda de que efectivamente fallece por propia voluntad,
de lo que no cabe duda es de que con carácter previo al fallecimiento de
este recluso hubo circunstancias ajenas a su voluntad que le produjeron,
según dice usted, hematomas y erosiones con gravedad lo suficientemente
importante como para que cuando se lleva a cabo el suicidio de este
recluso todavía en su cuerpo se puedan constatar las secuelas de esos
hematomas y erosiones que había sufrido días antes.

Por tanto, parece claro que cuando se producen fallecimientos en estas
circunstancias extrañas tiene que haber una actuación veloz, porque si
no, evidentemente, todas las conclusiones que empiezan a correr juegan
con un terreno abonado y con la falta de una respuesta clara por parte de
la Administración, aunque ésta sea la de anunciar el inicio de una
investigación.

Quiero decirle que el fallecimiento se produce el día 28 de febrero; es
el día 13 de marzo, dos semanas después, cuando por primera vez los
medios de comunicación recogen el fallecimiento de esta persona,
destacando las extrañas circunstancias que eran apreciables en el cadáver
del mismo y es con posterioridad a esta noticia en los medios de
comunicación cuando se anuncia la apertura de una investigación.

Aquí se nos plantea una duda más que evidente. Se afirma por parte de la
señora Fernández Felgueroso que cuando este recluso reingresa en la
prisión procedente de la ciudad sanitaria «La Fe» hay un parte médico que
constata que el mismo presenta hematomas y erosiones. ¿Cómo es posible
que no se adopte ninguna medida ante esa evidencia si hay un parte médico
que dice que el recluso presenta estas circunstancias? ¿No se le preguntó
a ese recluso en qué condiciones se llevó a cabo eso? ¿No informó el
recluso de cómo había sufrido esas erosiones y esos hematomas? Esas
manifestaciones que hubiera podido realizar el recluso no fueron
trasladadas, en su caso, a la autoridad judicial para que investigara y
determinara quién era el autor de esos hematomas y de esas erosiones?
En estos momentos, señora Fernández Felgueroso, le hago referencia a un
medio de comunicación del 30 de abril en el que se recogen las
conclusiones de ese informe que usted dice. Las conclusiones de ese
informe, tal como usted nos ha indicado, son que efectivamente el
recluso, cuando reingresa en prisión, presentaba hematomas y erosiones,
pero que no se sabe quién ha sido.

Conclusión, la gerencia del hospital «La Fe» manifiesta: Los vigilantes
jurados del hospital no participaron en ningún momento en este asunto, ya
que el recluso estaba acompañado por agentes de la Guardia Civil. De
hecho, fueron éstos los que abortaron la fuga y los que después de
detenerlo lo llevaron al servicio de urgencias de este hospital. Por su
parte, la Guardia Civil informa: En la detención, cuando intenta huir de
«La Fe», no sólo participaron los vigilantes jurados, sino que además
fueron ellos los primeros en capturarle. De hecho, los guardias civiles
tuvieron que bajar los siete pisos corriendo, mientras que los dos
vigilantes jurados ya estaban en el patio cuando se inició la fuga, por
lo que sólo tuvieron que esperarle.

En definitiva, señora Fernández Felgueroso, en estos momentos la opinión
pública tiene la evidencia de que este recluso sufrió con carácter previo
a su suicidio hematomas y erosiones provocados por no se sabe quién y
quienes pudieran ser autores de un hecho tan confuso cada uno echa las
culpas, al parecer, al otro y estamos hablando de vigilantes jurados de
un establecimiento sanitario público, el hospital «La Fe», y estamos
hablando de la Guardia Civil y todo ello, señora Fernández Felgueroso
--mientras el juez no diga otra cosa, y desearíamos que no diga otra cosa
que pueda implicar responsabilidades por parte de algunas de estas
personas--, como consecuencia, en nuestra opinión, de una actuación poco
eficaz por parte de la Dirección de Instituciones Penitenciarias, que el
mismo día que reingresa ese preso y se constata mediante un parte médico
que presenta hematomas y erosiones, en ese preciso momento tendría que
haber iniciado las actuaciones y no esperar que ese recluso decidiera
poner fin a su vida, a lo mejor porque constató que ni siquiera en tan
lamentable estado había quien se preocupara en saber cómo se había hecho
daño.

Creo, señora Fernández Felgueroso, que este dato y este suceso lamentable
y triste, sobre el que en estos momentos un juez o un juzgado está
llevando las actuaciones precisas, nos debería hacer reflexionar sobre
cómo se ha funcionado en este caso concreto y desde luego conseguir que
en el futuro se funcione mejor, sin lugar a dudas para evitar que un
recluso pueda sufrir hematomas y erosiones que no sean producidos por su
propia voluntad...




El señor VICEPRESIDENTE: Termine, señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Sí, señor Presidente, termino en seguida.

... y para evitar que finalmente se puedan ver abocados a una decisión
tan lamentable como la que, al parecer, adoptó este recluso.




El señor VICEPRESIDENTE: Para dúplica, tiene el uso de la palabra la
señora Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Verdaderamente, señor Peralta, para una contestación muy



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pormenorizada o para analizar cómo fue la información reservada y si hubo
rigor o no, que, en mi opinión, sí hubo rigor, habría que estudiar
concienzudamente todos y cada uno de los factores de la información
reservada que yo he puesto a disposición del juzgado.

En todo caso, ya concretando, usted considera o reitera que una respuesta
rápida era necesaria y por nuestra parte insistimos en que ante un
fallecimiento por causas no naturales el rigor prima ante la rapidez.

Efectivamente, puede haber incluso una presunción de inocencia, como yo
le decía a los funcionarios respecto a su actuación, pero el rigor obliga
a la toma de declaraciones de todas y cada una de las personas que
pudieran haber tenido un conocimiento directo o indirecto de lo sucedido.

En cualquier caso, esa información, reitero, no se abre cuando aparecen
en la prensa esas fotografías que usted tiene o esa información de que
pudiera haber habido malos tratos y que pudiera haber sido incluso dentro
de la prisión, sino que en todas las informaciones frente a una muerte no
natural, sea de la naturaleza que sea, se abre inmediatamente una
información reservada.

Lo que antes relataba, en este caso, en el expediente o en la información
reservada constan las razones por las que don José Luis Iglesias Amaro
fue llevado al hospital, el parte de lesiones, las declaraciones de todos
los funcionarios que estaban en el día de su ingreso y en la fecha en que
se produjo el fallecimiento del recluso don José Luis Iglesias Amaro y,
además, las declaraciones de todos y cada uno de los reclusos que tenían
una relación muy directa con él o de reclusos que estaban en las celdas
colindantes con la ocupada por don José Luis Iglesias Amaro. Finalmente,
además, la información tuvo que esperar unos días, para localizar a la
familia de don José Luis Iglesias Amaro, que fue citada por si quería
manifestar algo en el expediente y la familia declinó hacer declaración
en el expediente diciendo que agradecía que se les hubiera llamado al
mismo y que, en todo caso, se habían personado en el Juzgado y que, por
tanto, querían conocer exactamente todas las vicisitudes de la muerte de
su familiar a través de las actuaciones judiciales, en las que también
conocían que iba a formar parte de esas averiguaciones la información
reservada que había realizado la Administración penitenciaria.

Ciertamente, el parte --como digo-- hecho a las 5,40, cuando regresa don
José Luis Iglesias Amaro, habla ya --y lo pongo a disposición de S. S. o
se lo puedo remitir, si S. S. considera que quiere conocer dicho parte--
de hematoma con erosión en la sien derecha, de hematoma con equimosis en
región abdominal, múltiples hematomas laterales en espalda a nivel de
omóplato y hombro izquierdo, según dice el parte --discúlpeme, señoría,
porque es una letra bastante poco legible, como la de todos los médicos,
y pido disculpas por si hay algún médico en la sala--. En todo caso, éste
es el parte; es decir, cuando, por parte de los funcionarios que en ese
momento estaban prestando servicio, volvió José Luis Iglesias y él mismo
contó, nada más entrar, que había intentado evadirse y que en el forcejeo
le había sucedido esto, por lo que había sido atendido ya en el Hospital
de «La Fe», se hace el parte médico.

Es verdad que, probablemente, hubiera sido más completo haberle tomado
inmediatamente declaración a él y actuar en función de esa declaración;
pero él mismo dijo: Me ha pasado esto, porque he intentado evadirme y en
el forcejeo me han golpeado. Esa es la versión que él da y esa es la
versión que se recoge en las declaraciones de compañeros de don José Luis
Iglesias Amaro. Tengo aquí también las declaraciones a disposición de SS.

SS., y en las mismas se puede observar que, por ejemplo, se les pregunta:
¿Había expresado José Luis Iglesias en algún momento intención de
suicidarse? Y en una de las cuatro declaraciones que hay, por ejemplo, el
interno Miguel Rodríguez Sierra, dice que sí, que varios días antes de
los hechos lo había comentado en alguna ocasión, porque decía que tenía
muchos problemas personales y familiares, y yo le había calmado en varias
ocasiones. Continúa diciendo esta persona en su declaración: Le sacaron
al hospital porque se había tragado algunas cosas y se había clavado una
aguja de coser. El intentó evadirse y los guardias jurados del hospital,
según me dijo él, le habían dado la mayor paliza. Esto lo cuenta uno de
ellos. Hay tres declaraciones; dos de ellas son exactamente iguales.

Es verdad, lo reconozco, que, a lo mejor, hubiera sido también
complementario haberle pedido: Lo que estás contando verbalmente, dilo
por escrito. No nos cabe duda de que él mismo lo dijo, porque hay
manifestaciones no sólo de los funcionarios, que me merecen toda
credibilidad, pero hubiera sido mejor que fueran complementadas por
compañeros del fallecido.

En la información reservada hay incorporada una carta del fallecido a sus
amigos, en la que dice frases como que «una vida tan perra no merece
vivirse», etcétera, y más frases de esta naturaleza que creo que, por
respeto a una persona fallecida, no las leeré a SS. SS.

En todo caso, del conjunto de estas comprobaciones, especialmente porque
los compañeros de don José Luis Iglesias cuentan exactamente la versión
que él dio al entrar en la prisión, y del conjunto de las actuaciones,
hemos llegado a la conclusión de que, desde luego, intramuros de prisión
no sucedió nada; cuestión distinta es qué haya sucedido extramuros, pero
fuera nosotros no tenemos competencia para esta investigación: la tiene
el juzgado. Yo tengo competencia para esclarecer lo que ha pasado en
prisión y para ello tengo un parte médico que refleja cómo ha vuelto a
prisión y el conjunto de las declaraciones. Ahora, en el resto, no tengo
absolutamente ninguna posibilidad. Como decía S. S., inmediatamente se
abrió una información reservada y actuaciones judiciales y, en
consecuencia, ese tipo de indagaciones nos consta que las está haciendo
el juzgado instructor. Por tanto, son indagaciones que se están llevando
a cabo y que constan en las diligencias previas 471/94, del Juzgado de
Instrucción de Picassent; es decir, sobre esas informaciones
complementarias, en mi opinión, nosotros no tenemos ninguna legitimidad
para hacerlas, especialmente cuando hay unas actuaciones judiciales que
están abiertas precisamente para esclarecer tanto si se trataba de un
suicidio como de qué había sucedido extramuros de prisión.

La información reservada, reitero, señoría, se refiere a lo sucedido y
constatado en la prisión de Picassent; en



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absoluto hago pronunciamientos ni saco conclusiones sobre algo para lo
que Instituciones Penitenciarias no tiene, en mi modesta opinión, ni
legitimidad ni capacidad para averiguar. (El señor Peralta Ortega pide la
palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE: Señor Peralta, ¿para qué quiere el uso de la
palabra?



El señor PERALTA ORTEGA: Muy brevemente, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE: No cabe réplica, señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Señor Presidente, es para una precisión,
simplemente.




El señor VICEPRESIDENTE: Señor Peralta, tiene la palabra durante un
minuto.




El señor PERALTA ORTEGA: De acuerdo, señor Presidente.

Señora Fernández Felgueroso, la investigación judicial, en la que usted
dice que se está en estos momentos, se inicia cuando el recluso ya ha
muerto.

El problema está aquí, en que un recluso reingresa en prisión y se
constata que ha sufrido, según manifestaciones suyas, una gran paliza.

Evidentemente, parece desprenderse que no la han llevado a cabo
funcionarios del propio centro; pero de lo que no cabe duda es que se
constata que un recluso ha sufrido una paliza y ese parte médico, en ese
momento, debe ser remitido al juzgado y que éste investigara lo que había
pasado allí. Eso es lo que se debería haber hecho. No esperar a que el
recluso, finalmente, se suicide y entonces iniciar la investigación.

Si se constata, con un parte médico, que un recluso reingresa en prisión
con graves lesiones, que dice que han sido provocadas por una paliza,
posiblemente es un delito y la Administración tiene obligación de remitir
el parte médico y las manifestaciones al Juzgado y que el Juzgado inicie
la investigación. Por supuesto, no será responsabilidad de los
funcionarios.




El señor VICEPRESIDENTE: La señora Secretaria de Estado tiene la palabra.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Señor Presidente, con la misma brevedad quiero precisar que
lo de grande, mediana o pequeña paliza yo no lo he expresado, porque no
sé si ése es el calificativo o es otro. Lo único que he expresado
literalmente es lo que consta en el parte médico, en el que las lesiones
que refiere no son graves y, en todo caso, se las habían curado en el
Hospital de «La Fe», no nosotros.

Yo he dicho antes que probablemente la actuación administrativa, como
usted dice, debiera de haberse complementado con el traslado inmediato de
esas circunstancias al juez. ¿Qué pasa? Que como él dijo: Me he intentado
escapar, y como tampoco quería hacer mayor insistencia en esa conducta de
intento de evasión de la prisión, se constatan estas cuestiones, se ve
que él mismo no pone en funcionamiento esa denuncia, sino que cuenta a
los demás que, al escaparse, forcejeó... Porque ni siquiera en este
momento tengo información de si las lesiones han sido producto del
forcejeo o realmente producto de una aplicación contundente; no lo sé, lo
ignoro. Parece que él, por lo que relata a los demás, dice una gran
paliza; en la declaración a uno de los compañeros dice que él me dijo
esto y otro dice: «me lancé, se tiraron inmediatamente sobre mí y no pude
hacer lo que quería»; esto es lo que cuenta otro.




El señor VICEPRESIDENTE: Señora Secretaria de Estado, le ruego concluya.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Sí, concluyo.

Sin perjuicio de que realmente estoy con usted, hubiera sido más riguroso
--a pesar de que él no quería hacer denuncia--, además de constatar que
volvía en esas condiciones, inmediatamente ponerlo en conocimiento del
Juzgado. Coincido con usted en que hubiera sido más riguroso hacerlo
inmediatamente.

Muchas gracias, señor Presidente.




--EXPLICACION DE LA DECISION DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS
PENITENCIARIOS DE CORTAR LA LINEA TELEFONICA A LOS INTERNOS DE LA PRISION
DE CARABANCHEL DE MADRID QUE COMUNICA CON EL JUZGADO DE VIGILANCIA
PENITENCIARIA. FORMULADA POR LA SEÑORA AGUILAR RIVERO (GIU-IC). (Número
de expediente 181/000530.)



El señor VICEPRESIDENTE: Pasamos a la tercera pregunta del orden del día:
Explicación de la decisión de la Secretaría de Estado de Asuntos
Penitenciarios de cortar la línea telefónica a los internos de la prisión
de Carabanchel de Madrid que comunica con el Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria.

Para formularla, tiene la palabra doña Rosa Aguilar, en nombre de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




La señora AGUILAR RIVERO: Querría plantear a la Presidencia si no tiene
inconveniente en que después pudiese formular la pregunta número 16, que
también he formulado, previa consulta al compañero de Comisión señor Gil
Lázaro, que ya se lo he formulado. Si el Presidente no tiene
inconveniente podríamos hacer primero la pregunta número 3 y luego la 16.




El señor VICEPRESIDENTE: No tengo ningún inconveniente, señora Aguilar.

Lo que sí la ruego, a cambio, es que seamos breves.




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La señora AGUILAR RIVERO: Haré caso de su recomendación, señor
Presidente.

Lo que quisiéramos saber, señora Secretaria de Estado, es la explicación
que tiene la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios para cortar
la línea telefónica a los internos de Carabanchel, por otra parte la
única prisión que tenía instalado el sistema telefónico para conectar con
el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, impidiendo que se continuara
realizando esa comunicación con el Juzgado de Vigilancia, como se venía
haciendo regularmente.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Son razones estrictamente presupuestarias. Como SS. SS.

conocen, el Capítulo dos, de gastos, de los Presupuestos Generales del
Estado, viene experimentando restricciones sucesivas. En los últimos
meses de 1993 nos avisó Telefónica del riesgo de cortar una serie de
líneas en las que teníamos retrasos en el pago.

Como dice la señora Aguilar, era el único centro donde había líneas
gratuitas punto a punto. Como quiera que, por una parte, el coste de esas
líneas punto a punto había ascendido, puesto que es alquiler de circuitos
y no está en función de las llamadas, a 3.241.800 pesetas y había la
necesidad de reducir, comunicamos al Juzgado de Vigilancia que no
podíamos continuar con el plan experimental y que sólo disponía de él
Carabanchel.

Le comunicamos dos cosas: primera, que, por restricciones
presupuestarias, no podíamos seguir afrontando ese gasto. En segundo
lugar, que las cuatro líneas punto a punto que teníamos concertadas nos
parecía que no tenían sentido, puesto que en el otro lado, en los
juzgados, sólo había una persona para contestarla. Por tanto, mantener
cuatro líneas contratadas para que luego sólo pueda contestar una
persona, nos parecía que había una infrautilización de lo que en su
momento se diseñó como líneas operativas.

No obstante, pusimos de manifiesto al Juzgado de Vigilancia nuestra
intención, a lo largo de 1994, de poder --estamos estudiando cómo, si por
vía de alquiler punto a punto o por otra vía distinta-- volver a conectar
al menos una línea para esa posibilidad de llamada telefónica directa y
gratuita. No obstante, en todas las galerías existen teléfonos públicos,
que pueden utilizar. No hay incomunicación. Esta comunicación fue un
proyecto que, atendiendo la proposición del Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria, llevamos a cabo y que hemos restringido sin desistir por
completo de que a lo largo de este año una de esas líneas, no las cuatro,
sea respuesta para que tengan esa comunicación directa y, en la medida de
lo posible, gratuita. Y si no es gratuita, en todo caso que tengan esta
comunicación directa, es decir, de descolgar el teléfono y comunicar
directamente con el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.




El señor VICEPRESIDENTE: Para réplica, tiene la palabra la señora
Aguilar.




La señora AGUILAR RIVERO: De las palabras de la Secretaria de Estado
deduzco que en un momento determinado han instalado un servicio sin
previsión alguna. Han creado unas expectativas en la población reclusa
que luego las han frustrado porque no han previsto mantenerlas
presupuestarias. No se puede, desde nuestro punto de vista, estar
experimentando en temas tan importantes como éste en una población tan
singular como la reclusa. Medidas de este tipo pueden afectar mucho a un
conjunto de personas donde el objetivo fundamental es la lucha por la
reinserción social de ese colectivo. Sin embargo, experimentos frustrados
como éste, por la falta de previsión en la dotación presupuestaria y por
la creación de esas expectativas falsas, pueden ir contra el objetivo
esencial en el ámbito penitenciario, que es, como le he dicho, el de la
reinserción.

Si en un momento determinado se puso en marcha una iniciativa como
consecuencia de propuestas provenientes de los Juzgados de Vigilancia
Penitenciaria, se tendría que haber evaluado convenientemente, antes de
instaurar esta medida, si se podía mantener o si, por el contrario, iba a
ser una medida experimental durante un plazo determinado y luego, en
función de los resultados, en primer lugar, no que desde el ministerio
haya una dotación adecuada o no, sino de los resultados que hubiera dado
ese servicio, evaluados éstos, mantenerlo o suprimirlo.

El argumento que se nos da de que por escasez de presupuesto se quiten
unos servicios que inicialmente se habían previsto y que parece ser han
dado unos resultados positivos, porque permitían una comunicación directa
de los reclusos con el juez de vigilancia penitenciaria, de manera
gratuita y con posibilidad de realizarla en cualquier momento en que
tuviera necesidad el recluso que así lo decidiera, nos parecen unos
argumentos que no se sostienen. Lo único que dejan entrever es la falta
de previsión que tienen en el ámbito de la Secretaría de Estado de
Asuntos Penitenciarios, lo que al final viene a perjudicar a la población
reclusa y, como digo, al objetivo fundamental de la reinserción social.

Lamentamos que concurran estas circunstancias y que se ponga de
manifiesto, una vez más, la falta de previsión de este Gobierno.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra la Secretaria de Estado, para
réplica.




La señora SECRETARIA DE ESTADOS DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Falta de previsión, señora Aguilar, yo diría que no, porque
los presupuestos, como conoce perfectamente, se aprueban cada año. Por
tanto, no puede haber gastos corrientes que se prevea su prórroga en
presupuestos sucesivos y diferentes.

Cuando la demanda se estudió con el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria,
o con los Juzgados de Madrid, en su momento se consideró que, al menos
para el presupuesto en que se propuso, se podía llevar a cabo esta
iniciativa, y estudiar si a través de ella se conseguían unos objetivos
tan importantes que hubiera que hacer el esfuerzo, en su caso, y, si era
posible, de extensión a otros centros



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penitenciarios. Porque esto era en Madrid y hay 72 centros
penitenciarios.

Dice usted que es un servicio que no se calculó bien. Se calculó para el
momento en que se llevó a cabo. Lo que sucede es que después, en el otro
lado, como le decía, a propuesta de quien lo sugirió y estudiado por
nuestra parte, se calculó que podían utilizarse, como decía antes, cuatro
líneas.

Usted me pregunta qué evaluación. La realidad es que esas cuatro líneas
no podían funcionar al mismo tiempo porque no había cuatro personas al
otro lado del teléfono para contestar, sino solamente una dedicada a
estas contestaciones.

Por tanto, estamos estudiando la posibilidad de retomar una línea, aunque
no sé si podrá hacerse gratuitamente, como se estaba haciendo ahora.

Posiblemente será una línea directa, pero por medio de una tarjeta que
pudieran utilizar los internos.

¿Evaluación de resultados? No se puede concluir, en mi opinión, que esto
perjudica la reinserción social, porque no sustituye la visita que el
juez de vigilancia hace todas las semanas, es decir, información a través
de juez de vigilancia, información a través de educadores, y ésta era una
información suplementaria para algunas cuestiones de menor importancia.

Era un proyecto realmente atractivo. Como le comentaba, lo que
comunicamos al juez de vigilancia fue que suspendíamos momentáneamente
esta gratuidad y esta contratación de líneas punto a punto y que no
obstante, esperábamos tener la posibilidad de volver a conectar el centro
penitenciario con los juzgados directamente y en la medida en que nuestro
control sobre los gastos de teléfono nos lo permitiera, veríamos si
podíamos hacerlo gratuitamente o no. Es decir, le contestamos que íbamos
a esperar el comportamiento de nuestros costes telefónicos, puesto que
hay una serie de líneas de tanta o mayor importancia, evidentemente
muchas de ellas de mayor importancia que esta propia de comunicación para
determinada información, que, no obstante, reitero, pueden obtener o
porque inserten tres duros en el teléfono y conecten con la persona en el
juzgado o porque se lo pregunten al juez de vigilancia penitenciaria. No
por no tener la línea punto a punto dejan de estar informados, evaluados
en su reinserción social. Por tanto, yo no comparto esta opinión que S.

S. ha expresado de que la suspensión de este proyecto, que era
experimental --no un invento a ver qué pasaba-- en ese centro para
comprobar si proporcionaba un plus a los reclusos en cuanto a esa
información que demandan habitualmente. (La señora Aguilar Rivero pide la
palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Arqueros Orozco): No le puedo dar la palabra
porque no estaba previsto y sería interminable hoy la sesión de la
Comisión. Señora Aguilar, lo siento mucho. (La señora Aguilar Rivero: Un
segundo.)



--CUMPLIMIENTO DEL AUTO DEL JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA NUMERO 2
DE CANARIAS, POR EL QUE SE ACUERDA REVOCAR LA ORDEN DE COLOCACION DE
LITERAS EN LAS CELDAS DEL CENTRO PENITENCIARIO TENERIFE II. FORMULADA POR
LA SEÑORA AGUILAR RIVERO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE IZQUIERDA
UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA. (Número de expediente 181/000582.)



El señor VICEPRESIDENTE: A continuación pasamos a la pregunta numerada
como 16 en el orden del día: Cumplimiento del auto del Juzgado de
Vigilancia Penitenciaria número 2 de Canarias, por el que se acuerda
revocar la orden de colocación de literas en las celdas del centro
penitenciario Tenerife II. La autora de la pregunta es la señora Aguilar
Rivero, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Tiene la palabra.




La señora AGUILAR RIVERO: No me iba a extender antes, ni mucho menos, en
mi intervención. Simplemente era una precisión sobre que parecía que
había una previsión de extensión y se ha ido a la extinción. Eso parecía
deducirse de las palabras de la señora Secretaria de Estado de Asuntos
Penitenciarios.

En relación con la pregunta que formulamos, se conoce bien por la
Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios la problemática que
ocasionó la instalación de literas en el centro penitenciario Tenerife
II. Hubo manifestaciones públicas importantes de colectivos como colegios
de abogados, sindicatos, de colectivos sociales, etcétera, de Tenerife,
donde dejaban claro el hacinamiento que se producía en el centro
penitenciario de Tenerife II, las repercusiones negativas que para la
reinserción de los reclusos tenía este tipo de medidas e incluso que las
características de dimensión del centro que se había construido,
denominado centro penitenciario Tenerife II, hacían prácticamente
imposible el hacinamiento que se pretendía con la colocación de las
literas.

En aquel momento hubo un grupo de reclusos --55-- que recurrieron al
Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, lógicamente haciendo uso de su
derecho y explicitando todos y cada uno de los problemas que ocasionaban
la colocación de las literas, como digo, muy cuestionadas. Como
consecuencia de esa iniciativa de 55 reclusos, el Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria ha dictado un auto y queremos conocer cuál es la opinión de
la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios en relación con su
cumplimiento, si se va a cumplir, cómo se va a llevar a efecto el
cumplimiento o si por el contrario la Secretaría de Estado de Asuntos
Penitenciarios considera la tesis del Fiscal General del Estado que se
manifestó en cuanto al no necesario cumplimiento de este auto.




El señor VICEPRESIDENTE: Para contestar tiene la palabra la señora
Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso):



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Ciertamente, señora Diputada, no voy a negar, porque además lo he
reconocido en esta Comisión, la sobreocupación de los centros
penitenciarios ni voy a negar tampoco las repercusiones negativas que
esta sobreocupación produce en la reinserción de nuestros reclusos y, en
consecuencia, como también he tenido ocasión de poner de manifiesto ante
esta Comisión, la necesidad y la urgencia para la Administración
penitenciaria de acometer la construcción de nuevas plazas para
erradicar, eliminar o minorar en todo caso esta sobreocupación de los
centros penitenciarios. Esta sobreocupación en los centros penitenciarios
de las Islas Canarias se agrava por la insularidad. En cuanto a los
reclusos canarios se plantean dos cuestiones. Si los enviamos a la
Península, no solamente no eliminaremos la condición de compartir celdas,
sino que además contribuiremos a un desarraigo mayor de estos reclusos.

En relación directamente al auto al que S. S. hace referencia, le diré
que, efectivamente, con ocasión de la queja de los reclusos que S. S. ha
mencionado, se dictó un auto por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria,
de 15 de julio de 1993, auto que se traslada a la Dirección General de
Instituciones Penitenciarias. Con esto contesto a su pregunta porque
usted me interpela directamente preguntando si mantiene esta Secretaría
de Estado la tesis del Ministerio Fiscal de que es un auto de
recomendación y no un auto de ejecución material de lo ordenado. Le digo
directamente que lo comparto porque el propio auto dice finalmente que se
remita copia a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias a los
efectos del artículo 77 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, que es
el artículo correspondiente precisamente a las recomendaciones que podrán
dirigir a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias los jueces
de vigilancia. Inclusive le diré a S. S. que cuando recibimos el auto por
nuestra parte respondimos al juez de vigilancia con un informe muy
completo, en el que decíamos que estaríamos a su disposición para ir
viendo progresivamente cómo podríamos tener una menor ocupación. Pero
incluso antes de contestar al auto y para conocer un dictamen de
terceros, la Secretaría de Estado solicitó informe de la Dirección
General de Servicios Jurídicos del Estado sobre la consideración jurídica
de las cuestiones que planteaba el auto y si habría de encajarse en el
artículo 77 de la Ley Orgánica General Penitenciaria o, por el contrario,
en el artículo 76, concluyendo los servicios jurídicos que en el artículo
77, que es la tesis que en definitiva ha mantenido el Ministerio público.




El señor VICEPRESIDENTE: Señora Aguilar, tiene el uso de la palabra.




La señora AGUILAR RIVERO: Señora Secretaria de Estado, hay un cuestión
que, cuando se habla de Tenerife II, permanentemente se viene
esgrimiendo, que es el hecho de la insularidad y que desde nuestro punto
de vista no tiene ningún fundamento, entre otras cosas porque en Tenerife
II hay reclusos que no son de la isla --reclusos extranjeros y reclusos
de fuera de la isla-- que están hacinados en el centro de Tenerife II.

Por tanto, no esgrimamos ese elemento para disculpar una medida que no
tiene razón política alguna de ser y que, además de eso, tampoco tiene
consistencia legal.

En ese sentido, con relación al auto al que nos hemos referido en ambas
intervenciones, hay una cuestión que me parece que está fuera de toda
duda y es que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria tiene la legitimidad
para intervenir en función del planteamiento realizado por los 55
reclusos de Tenerife II. En segundo lugar, algo que nos parece
fundamental es que la decisión de la Administración ha incumplido la
Constitución, la Ley Orgánica General Penitenciaria, el propio reglamento
penitenciario e incluso reglas en cuanto al tratamiento de los reclusos
que ya se dieron en la ONU en 1957. Es decir, la Administración lo
primero que ya ha hecho es incumplir todo un conjunto de normativas
legales a la hora de tomar la determinación de la colocación de literas
en el centro de Tenerife II y, por tanto, lógicamente, habrá que
responder. En ese sentido, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria tiene
posibilidad de corregir el abuso que por parte de la Administración
claramente se ha producido, además de la conculcación legal. Aparte de
esto, hay que tener en cuenta el centro penitenciario del que hablamos.

Usted conoce perfectamente que es un centro singular, donde hay unas
celdas muy pequeñas, donde el hacinamiento facilita las enfermedades de
transmisión donde se da una irritabilidad de los propios reclusos que va
en detrimento de lo que debe de ser la convivencia interna en los centros
penitenciarios; hay una hacinamiento manifiesto en el ámbito de la
enfermería, precisamente por la singularidad de la construcción de este
centro penitenciario Tenerife II. Se dan todas estas circunstancias y, en
un momento determinado, ante el hecho de que los reclusos se dirigieron
al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, se plantean algunas cuestiones,
que se desprenden también de su intervención, relacionadas con las
manifestaciones que hizo en su día el Fiscal General del Estado.

Hay que dejar claro alguno temas. En primer lugar, que el auto del
Juzgado de Vigilancia resuelve la queja planteada por los reclusos, como
he dicho anteriormente. Además, la propia forma del auto delata su
naturaleza de resolución judicial. Nosotros entendemos que no caben
interpretaciones. El auto deja clarísimamente sin efecto el acuerdo de
duplicación de literas, pero, precisamente conscientes de la
imposibilidad de aplicarlo inmediatamente, remite copia a Instituciones
Penitenciarias para que se adopten medidas de carácter progresivo que, al
final, permitan que no haya literas ni, por tanto, duplicidad en la
utilización de las celdas. Ahí es donde está el tema fundamental desde
nuestro punto de vista. El auto deja claro, declara y proclama dejar sin
efeto el acuerdo por el que se ordena la colocación de literas en las
celdas de Tenerife II, restableciendo --dice-- la situación hasta el
límite máximo de capacidad originariamente prevista: un recluso por
celda. Por consiguiente, ésta es una resolución judicial que mandata y
que corrige el abuso que había realizado la Administración en relación
con el centro Tenerife II.

Ahora bien, el propio auto contempla una serie de medidas que se pueden
ir aplicando progresivamente para conseguir ese objetivo, y es por eso
por lo que se remite copia a Instituciones Penitenciarias, para que desde



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Instituciones Penitenciarias, para dar cumplimiento al auto, se adopten
las medidas progresivas necesarias. Lo que no se puede decir es que el
auto no es de cumplimiento y que la Administración va a seguir abusando y
conculcando toda una serie de normas jurídicas que deben ser de obligado
cumplimiento, mucho más para la propia Administración. En este sentido el
auto declara también, y debiera ser preocupación fundamental de la
Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, la vulneración de
diversos derechos fundamentales recogidos en la Constitución y en la
propia Ley orgánica y, lógicamente, a nosotros nos gustaría conocer si es
que la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciaros no considera de
obligado cumplimiento la Constitución española y la Ley Orgánica General
Penitenciaria, porque el auto deja muy claro que se están incumpliendo
artículos de la Constitución y de la Ley Orgánica General Penitenciaria,
además de aquellos a los que ya me he referido del Reglamento
penitenciario de reglas de la ONU, etcétera. Es que no es de obligado
cumplimiento para Instituciones Penitenciarias la Constitución española?
¿Nos tenemos que llegar a preguntar eso? ¿No se van tomar medidas,
contempladas en el propio auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria,
para erradicar y acabar de una vez por todas con la situación que ustedes
han ocasionado en el centro Tenerife II? Y no nos vuelven a esgrimir el
hecho de la insularidad, que es la excusa permanente que se pone en
Instituciones Penitenciarias para justificar lo injustificable: el propio
incumplimiento de la Constitución española.




El señor VICEPRESIDENTE: Para dúplica, tiene la palabra la señora
Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Yo no he cuestionado, señora Aguilar --y si así lo ha
interpretado de mis palabras se lo aclaro ahora--, en absoluto, faltaría
más, la legitimidad del Juzgado de Vigilancia para dictar un auto de una
u otra naturaleza. No cuestiono esa legitimidad ni creo que me haya
podido interpretar en ese sentido, pero sí reitero que el encaje jurídico
del auto del Juez de Vigilancia sobre el que hemos cruzado opiniones está
en el artículo 77, que dice claramente que los jueces de vigilancia
podrán dirigirse a la Dirección formulando propuestas. Si lo hubiera
querido hacer desde un punto de vista vinculante, lo hubiera hecho con
apoyatura en el artículo 76. Y, le vuelvo a decir, nosotros no hemos dado
la callada por respuesta al Juzgado de Vigilancia en esa cuestión, sino
que con ocasión de su auto le remitimos un informe en el que se dice y se
explica --ya que en las recomendaciones nos decían que se designara como
centro de cumplimiento el que corresponda por su arraigo a los reclusos--
de forma muy completa que el 97 por ciento de la población reclusa en las
Islas Canarias tiene arraigo en las Islas Canarias. Usted me habla de
extranjeros. Sí, claro, que hay extranjeros, pero extranjeros que han
delinquido en las islas y que no tienen familia en ninguna otra parte y
que, por razón de su cercanía a los juzgados en los que tiene que verse
su causa, no los podemos trasladar; no vamos a hacer un traslado
individual cada vez que tenga que declarar o comparecer el recluso ante
un juzgado. Por tanto, lo que hemos puesto de manifiesto en esa
contestación es que el 97 por ciento de los reclusos de las Islas
Canarias tenían arraigo en Canarias.

¿Que hay en Tenerife reclusos con arraigo no en Tenerife sino en Gran
Canaria, en Las Palmas? Sí, pero es que el Salto del Negro tiene mayor
sobreocupación que Tenerife y, por tanto, hay que distribuir esa
población reclusa. En nuestra contestación le decíamos textualmente al
Juez de Vigilancia, en relación con la demanda de información solicitada
por esos juzgados relativas a actuaciones administrativas tendentes a
superar la actual situación, que reiteramos una vez más la voluntad de la
Administración penitenciaria a colaborar con las autoridades judiciales
en la resolución, tanto de las propuestas que formulen éstas como en la
búsqueda de soluciones... Y continuamos explicando la situación, porque
en ese momento el número de reclusos sin arraigo realmente son los
condenados como terroristas, el resto tiene arraigo en las Islas
Canarias.

Aunque el señor Presidente me llame la atención para que se sea breve,
querría, ya que usted ha leído el auto, y es verdad que el auto tiene un
inciso dispositivo en el que se dice que se retiren las literas, terminar
de leer la siguiente línea, porque es verdad que al auto, en otro inciso
dice: Sin embargo, consciente este Juzgado de que la adopción de tal
medida no puede llevarse a cabo de modo inmediato --y lo que S. S. no
leyó y yo me permito hacerlo para que quede constancia en las actas de
esta Comisión--, y siendo la forma de llevar a afecto la misma
competencia exclusivamente administrativa, procede remitir copia de este
auto a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y, conforme
al artículo 77 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, proponerle una
serie de medidas, entre otras, que se refuercen los equipos, que se
designe como centro de cumplimiento el que le corresponde por el lugar de
arraigo, etcétera. Y a esta propuesta se le contesta al Juzgado de
Vigilancia y el Juzgado de Vigilancia no interpreta, al menos no nos ha
comunicado eso, que no demos respuesta satisfactoria a su propuesta,
puesto que le hemos puesto de manifiesto con las estadísticas oportunas
que en el 97 por ciento de los casos el lugar de arraigo son las Islas
Canarias, y, por tanto, si lo que pretende el Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria en defensa legítima de los recurrentes es que se cumpla el
desiderátum, que mucho me gustaría a mí poder cumplirlo, de un recluso
por celda nosotros tenemos que comunicarle que si va a la Península no
solamente no irá a su lugar de arraigo, sino que va a ir a cumplir su
condena a lo mejor en una celda un poco mayor que las de Tenerife,
ciertamente --un metro o metro y medio mayor--, pero va a ir a cumplirla
con otra persona, porque en este momento no podemos cumplir, dada la
situación de crecimiento de la población reclusa y dada la escasez de
plazas, con el objetivo de la Ley General Penitenciaria de un recluso por
celda. Esa ocupación ideal no es posible ni en Tenerife ni en casi
ninguno de nuestros centros penitenciarios, lamentablemente; repito, ésa
es la ocupación ideal, es la ocupación a la que tendemos, al desiderátum
que propone la Ley Orgánica General Penitenciaria.




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No voy a entrar en una discusión de si eso es un derecho fundamental o
no. Nosotros, como usted conoce perfectamente, no tenemos trámite
procesal para responder por la vía jurídica a una propuesta de esta
naturaleza que hace el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, y no me
parece correcto, al contestar al Juzgado explicando, primero, nuestra
voluntad de ir mejorando las condiciones en función de sus
recomendaciones, nuestra imposibilidad de hacerlo por el momento, nuestra
posibilidad de hacerlo a medio o a largo plazo cuando completemos las
plazas en Canarias, no me parece correcto entrar a discutir alguna
aseveración que se hace en el auto de si es un derecho fundamental un
recluso por celda o no es un derecho fundamental. Es una cuestión
bastante más compleja, pero sí me gustaría ofrecerle...




El señor VICEPRESIDENTE: Señora Secretaria, le ruego vaya concluyendo.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Me gustaría ofrecerle el informe que tengo de los Servicios
jurídicos sobre esta cuestión de fondo, que yo no entro a discutir.

Entonces, sintetizando, desde nuestro punto de vista, es un auto
enmarcado (usted lo califica jurídicamente como quiera) en el artículo
77, pero el artículo 77 es lo que es, y por tanto ésa es también la
calificación del Ministerio Fiscal, y sin duda debe de ser la
consideración jurídica que le ha dado el Juzgado, puesto que no ha dicho
interpretan ustedes mal.

Termino así, señor Presidente, mi explicación.




--PREVISIONES ACERCA DE UN INCREMENTO DE LA CONFLICTIVIDAD EN LOS
ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS A CORTO PLAZO. FORMULADA POR EL SEÑOR GIL
LAZARO (GP). (Número de expediente 181/000537.)



El señor VICEPRESIDENTE: A continuación, siguiendo el orden del día,
vamos a formular la pregunta número 4, sobre previsiones acerca de un
incremento de la conflictividad en los establecimientos penitenciarios a
corto plazo, pregunta que formula el señor Gil Lázaro, del Grupo Popular,
que tiene la palabra.




El señor GIL LAZARO: Señora Secretaria de Estado, hereda usted un balance
de conflictividad en los tres últimos años, en el período 1990-93, que
resulta esencialmente preocupante en virtud de los números. Durante este
período, se han producido, según nuestros datos, 73 suicidios, 36
homicidios, 153 fugas, 57 fugas frustradas, 51 motines de diverso
alcance, 208 plantes o protestas colectivas de internos, 59 secuestros de
funcionarios, 102 agresiones a funcionarios, naturalmente contabilizando
como tales sólo aquellas que han producido consecuencias penales, porque
los roces diarios o las agresiones de menor calado serían muchas más; y
6.311 agresiones entre internos. Al final de 1993 tan sólo 9.848
funcionarios cumplían tareas o misiones de vigilancia en servicios de
interior.

El año 1994 se ha iniciado con un relato de incidentes que a nosotros
desde luego nos mueve a la preocupación. Como bien comprenderá el señor
Presidente y la señora Secretaria de Estado, no voy a hacer ahora aquí un
detalle pormenorizado de todos ellos. Permítanme simplemente citar
algunos a título de ejemplo: 4 de enero: un interno recibe más de treinta
puñaladas en Herrera de la Mancha. 14 de enero: varios funcionarios son
agredidos en Valencia-Preventivos. 19 de enero: robo y agresión al
funcionario de peculio en Alcalá II. 22 de enero: asesinato de un interno
por otro en Madrid IV (Navalcarnero). Ese mismo día, agresión a dos
funcionarios en el módulo 6 de Sevilla II. 3 de febrero: desórdenes y
plante colectivo de mujeres en Valencia-Preventivos. 10 de febrero: fuga
en Teruel. 28 de febrero: presunto suicidio de internos en
Valencia-Preventivos y en Fontcalent (Alicante). 2 de marzo: presunto
suicidio en Carabanchel. 9 de marzo: presunto suicidio en el Hospital
General Penitenciario de Madrid. 17 de marzo: agresión a un funcionario
en Huelva. 5 de abril: agresiones graves a funcionarios en Tenerife II. 6
de abril: asesinato de un interno en Almería. 16 de abril: secuestro de
funcionarios en el departamento Fies de Valladolid.

Con estos antecedentes nosotros preguntamos si existen en este momento en
la Secretaría de Estado previsiones acerca de un incremento de la
conflictividad en los establecimientos penitenciarios a corto plazo.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Como sabe bien el señor Gil Lázaro por su conocimiento de
las prisiones, que me consta es de primera mano, resulta imposible
matemáticamente predecir si se va a producir un incremento de la
conflictividad. Por tanto, lo único que tenemos es la disposición de
estadísticas y cifras que pongan de manifiesto si globalmente la serie de
incidentes que ha relatado es correcta. Yo creo que he tenido ocasión de
contestar por escrito con una estadística bastante completa, de la que se
concluía que no había un incremento, sobre todo de determinadas
conflictividades de mayor gravedad, sino un decremento de las mismas
sobre todo en relación con el número global de la población penitenciaria
y he tenido ocasión de informarle que desde 1991 se había producido un
descenso en el número de incidentes registrados.

No obstante, como S. S. ha preguntado sobre el año 1994, la única
posibilidad de predicción es comparar el primer trimestre del año 1994
con el primer trimestre de los años 1992 y 1993, pero habría que hacer
una operación teniendo en cuenta el número de reclusos, que no tengo.

Tenemos que si en el primer trimestre de 1992 hubo 19 agresiones a
funcionarios, en el primero de 1993 se produjeron 11 y en el primero de
1994 se produjeron 18. En cambio, en agresiones de internos entre sí, si
en el primer trimestre de 1992 se produjeron 20, en 1993 se produjeron 12
y en 1994 se produjeron 30. Ahí ha habido un crecimiento, pero todo esto
hay que modularlo con el incremento de la población penitenciaria. Ha
habido un descenso notable



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entre el primer trimestre de 1993 y 1994 en cuanto a personas que se
evaden de tercer grado y ha habido un incremento muy ligero de algunos
otros índices.

En conclusión, en este momento no se ha encendido la alarma por esas
señales de conflictividad que nosotros constatamos, que es mayor en
cifras globales, pero que en este momento no puedo contrastar. Estoy
segura de que los datos que S. S. ha dado se basan en una información
veraz uno a uno, pero creo que hay que verlos en su globalidad. Como S.

S. conoce, aplicamos una serie de medidas de previsión y seguimiento, que
son las que estamos aplicando con todo el rigor que somos capaces, en
especial en momentos como el actual, como antes tuve ocasión de señalar,
en que tenemos una alta ocupación de los centros penitenciarios. Esa es
la recomendación que tiene Inspección penitenciaria, para, una vez se
detecte una incidencia superior a lo que viene siendo habitual o normal,
o similar a otros años comparativamente, tomar las medidas de
seguimiento, de control, de dispersión, de información puntual y de
aplicación de programas de prevención de suicidios u otros.

Esa es la respuesta. No hay razones para prever en definitiva la
eventualidad de un brote de conflictividad, sin que eso signifique que en
prisiones nunca se pueda descartar esta eventualidad no deseada, frente a
la que se toman todas las medidas que están a nuestro alcance.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra por un máximo de cinco minutos
el señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Con toda brevedad, porque evidentemente esta
cuestión merecería un desarrollo mucho más extenso que haría imposible
acomodarnos al tiempo del que disponemos.

Dice la señora Secretaria de Estado que es imposible predecir la
evolución del riesgo de conflictividad, y yo me atrevería a decirle,
señora Secretaria de Estado, en función precisamente de lo que plantea,
de que este asunto hay que verlo desde una perspectiva de globalidad, que
en estos momentos, desde esa perspectiva de globalidad a la que aludía S.

S., se están sentando las condiciones para que se produzca efectivamente
un incremento de la conflictividad. Desde luego, nosotros, hoy aquí,
dejamos apuntado ese criterio y esa advertencia hacia la Administración
penitenciaria por si se produce efectivamente ese incremento de
conflictividad...




El señor VICEPRESIDENTE: Un momento, señor Gil Lázaro.

Los funcionarios que acompañan a la señora Secretaria de Estado están
aquí para asistirla, no para hacer gestos de asentimiento o de
contrariedad. Ruego que se abstengan de hacer estos movimientos.




El señor GIL LAZARO: Muchas gracias por su amparo, señor Presidente.

Decía que dejamos hoy claramente advertido este riesgo, en función de que
se están creando las condiciones adecuadas, lamentablemente adecuadas,
para ello, para que si efectivamente nuestras previsiones se llevan a la
práctica, podamos, en su momento, exigir de la señora Secretaria de
Estado las correspondientes explicaciones.

El primer factor por el que suponemos que efectivamente se puede estar
llegando a esta situación es que, tan sólo en el primer trimestre del año
1994, ha aumentado ya en 3,5 por ciento la tasa media de hacinamiento en
relación con el año anterior. A fecha 22 de marzo, estábamos en una tasa
media de hacinamiento del 162,5 por ciento frente al 159 por ciento del
año anterior. Y sabe perfectamente S. S. --de hecho, así lo ha reconocido
en el transcurso de esta sesión-- que precisamente el hacinamiento es uno
de los factores que generan las mayores posibilidades de estallido de
violencia en el interior de los centros.

En segundo lugar --también vamos a hablar de ello a lo largo de esta
sesión--, no se han producido avances sustanciales en la detención del
fenómeno de la droga en el interior de las prisiones. Es más, algún
reciente ex alto cargo de la Administración penitenciaria, que cuando
ocupaba ese cargo negaba la evidencia, ahora ya, una vez dejado ese alto
cargo, reconoce que efectivamente la situación del tráfico y consumo de
drogas en el interior de las prisiones resulta altamente preocupante.

En tercer lugar, como gran factor estructural, tras el hacinamiento y
droga, el tercero es el de la ociosidad. Sabe S. S. perfectamente, y hay
recientes estudios sobre ello, que nuestras prisiones siguen siendo
ociosas, y que esos tres factores, hacinamiento, ociosidad y droga,
constituyen un clima esencial para la generación de violencia. Sabe
también S. S. perfectamente, porque todos los estudiosos coinciden en
ello, que precisamente el verano es una etapa ambientalmente propicia
para esos estallidos de violencia y estamos a las puertas del mismo. Sabe
finalmente S. S. que algunas cuestiones puramente de detalle, como el
anacronismo de los sistemas de seguridad en la mayoría de los
establecimientos penitenciarios, el retraso en la ejecución de las
inversiones y de los proyectos de modernización de esos sistemas de
seguridad y a su vez también, como consecuencia del hacinamiento, la
práctica ausencia de una debida clasificación de los internos determinan
que, en conjunto, se estén dando una serie de causas «estructurales»,
entre comillas naturalmente, que permiten advertir que podemos estar al
borde de un nuevo estallido de violencia en el interior de las prisiones,
tal y como se produjo en el verano de 1990.

Nos gustaría que la señora Secretaria de Estado tomara nota de esa
advertencia y que se adoptaran las medidas oportunas para evitarlo. Por
ejemplo, una reciente circular del nuevo Director General de
Instituciones Penitenciarias limitando el uso de ciertos materiales de
seguridad crea a su vez el ambiente propicio en los internos --estas
cosas, al final, siempre se saben, señora Secretaria de Estado, más en un
ambiente cerrado como el penitenciario--, crea el clima propicio, digo,
para que algunos internos o grupos de internos se sientan con facilidades
para ir más allá de lo que son sus habituales actuaciones en prisión. Al
final --y también vamos a hablar de eso en esta sesión--, cuando frente a
determinados incidentes no se adoptan por parte de las autoridades
penitenciarias las medidas



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reglamentarias oportunas, ese clima de ir más allá por parte de ciertos
internos o grupos de internos en sus actos de fuerza en el interior de
las prisiones contribuye igualmente a que esa conflictividad o esa
posibilidad de estallidos violentos crezcan.

Nosotros, y con esto concluyo, creemos que se están dando las condiciones
para que se produzca un estallido violento en las prisiones. Desde luego,
nos gustaría enormemente equivocarnos, señora Secretaria de Estado, pero
no vemos que se estén adoptando las medidas adecuadas para que podamos
equivocarnos.




El señor VICEPRESIDENTE: Para dúplica, tiene también cinco minutos de
tiempo doña María Paz Felgueroso.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Señor Diputado, me congratulo de esa reflexión final suya de
que lamentaría que se produjesen los hechos que advierte que podrían
producirse. En tono absolutamente cordial, quiero responderle que la
advertencia es fácil. Si no se producen, perfecto y, si se producen,
siempre se puede recriminar a quien se le dijo.

Hecho este comentario, que le ruego lo tome con el tono cordial en que se
lo hago, reconozco que esa sobreocupación no facilita las cosas, pero a
eso hay que aclarar que los reclusos considerados especialmente
conflictivos, por su participación en motines, en secuestros, en
altercados colectivos, en intentos de evasión o de agresión, como S. S.

sabe, tienen un seguimiento y control completamente distintos. Estos
reclusos especialmente peligrosos, sobre todo en esa cifra, que usted
conoce perfectamente, de unos 150 más peligrosos, tampoco están
compartiendo celda. Por tanto, no están en ese grupo de sobreocupación a
que usted y yo nos referimos. En consecuencia, reconozco con usted que la
época más propicia para que se produzcan problemas es el verano. Al
acercarse esa época --lo ha dicho usted también-- hay instrucciones
puntuales y actuaciones más intensas de lo normal por parte de la
Inspección penitenciaria para detectar cualquier signo de alarma.

Comparto también que la actividad de los reclusos es un objetivo y, para
eso, tenemos diseñado, como S. S. también conoce, un plan de ocupación
integral, que en este momento no tiene el cumplimiento máximo deseado y
que cada año nos esforzamos en cumplir en mayor medida. Creo que S. S. ha
preguntado por escrito sobre esta cuestión y le he respondido con el
incremento que íbamos consiguiendo año a año, no solamente por ese
objetivo de conseguir una mayor tranquilidad en las cárceles, sino porque
creo que es un derecho de los reclusos y una actuación encaminada a su
reinserción el ocupar el tiempo disponible, tanto en su formación como,
en la medida de lo posible --y luego tendremos ocasión de comentarlo--,
en educación y trabajo. Por tanto, hacemos esfuerzos y vamos a hacerlos
superiores en 1994 para conseguir esa mayor ocupación de los reclusos.

Un brevísimo comentario por si la información que le hubiera llegado a S.

S. no fuese lo suficientemente clara. Ciertamente, Instituciones
Penitenciarias retiró, por una circular reciente, unos botes de gases.

Hay que decir que se hizo por dos circunstancias. Primero, jamás se
habían utilizado. En segundo lugar, se retiraron porque se había
constatado no por haberlos utilizado en el ámbito de Instituciones
Penitenciarias, pero sí por conocimiento de lo sucedido en otros ámbitos,
que dichos gases habían tenido en algún sitio efectos perversos y habían
sido utilizados con resultado aparente de fallecimiento de una de las
personas implicadas en su utilización. Por tanto, es una medida
precautoria y de rigor. Los botes se habían comprado hacía años, estaban
en reserva para poder ser utilizados eventualmente y, cuando se recibe
una información el año pasado, en la que se pone de manifiesto que no hay
certeza de que esos gases no produzcan efectos perversos, la obligación
es retirarlos, y no dispondremos de otros botes de gases en tanto no
tengamos la certeza de que no hay ninguna posibilidad de efectos
perversos en su utilización. Por tanto, yo creo que esa retirada que,
reitero, en mi opinión es una prueba de rigor y de seriedad en cuanto a
las precauciones que debemos tomar, no puede llevar a la conclusión de
que significa una menor defensa de los funcionarios y mayores
posibilidades para los reclusos, porque ésa es una interpretación que no
puede ser compartida, por las razones que acabo de expresarle.




--MEDIDAS REGLAMENTARIAS ADOPTADAS EN RELACION CON LOS HECHOS ACAECIDOS
EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ALCALA II EL DIA 19 DE DICIEMBRE DE 1993.

FORMULADA POR EL SEÑOR GIL LAZARO (GP). (Número de expediente
181/000538.)



El señor VICEPRESIDENTE: Pasamos a la pregunta señalada con el número 5
del orden del día: Medidas reglamentarias adoptadas en relación con los
hechos acaecidos en el centro penitenciario de Alcalá II el día 19 de
diciembre de 1993.

El autor es don Ignacio Gil Lázaro, del Grupo Popular, que tiene la
palabra.




El señor GIL LAZARO: Evidentemente, esta cuestión que vamos a plantear
guarda en su detalle una relación de sentido con la que acabamos de hacer
en términos genéricos, porque incide en lo que decíamos en la pregunta
anterior. Tiene razón la señora Secretaria de Estado cuando me pide que
determinadas expresiones yo las tome en su sentido amable, y, desde
luego, en tal sentido amable entiendo lo de que la advertencia es fácil,
pero, evidentemente, como va a comprobar con la formulación de la
pregunta que hacemos, nosotros, cuando planteamos las cuestiones en esta
casa, lo hacemos desde un conocimiento exacto de los hechos, es decir,
con una información contrastada. Cuando hacía S. S. referencia a los
famosos sprays, estaba haciendo referencia a los sprays que tuvieron
ciertos problemas en su uso por la Policía Autónoma Vasca, pero también
comprenderá que si de las tres primeras circulares de un nuevo Director
General de Instituciones Penitenciarias,



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en la primera se les recuerda a los funcionarios que se adecuen a un
comportamiento respetuoso con los reclusos, en la segunda se retiran los
sprays y en la tercera se retiran las sujeciones, evidentemente se puede
estar creando esa situación a la que nosotros antes hacíamos referencia.

El día 19 de diciembre de 1993 se produjeron en la prisión de Alcalá-Meco
II una serie de incidentes como consecuencia de que internos
pertenecientes al módulo A-1 no pudieron acceder al salón de actos del
establecimiento para asistir a un concierto de rock. Al parecer, alguno
de estos jóvenes reclusos, según se ha publicado en los medios de
comunicación y según informaciones profesionales que nosotros tenemos,
presentaban claros síntomas de haber ingerido alcohol o algún otro tipo
de substancia, a pesar de la prohibición vigente del consumo de estas
bebidas o substancias en el interior de los establecimientos. Igualmente,
los hechos, que pudieron derivar en un gravísimo incidente, dado que al
final participaron en el mismo, de una manera directa o indirecta, casi
un centenar de reclusos, tuvieron su origen en una falta de previsión por
parte de los responsables del centro, pues se ha reconocido por fuentes
de la dirección de la prisión que, inicialmente, se había dado permiso a
los jóvenes del módulo A-1 para acudir al acto, sin tener en cuenta que
el aforo del local ya se encontraba plenamente ocupado por internos de
otro módulo.

En su consecuencia, nosotros preguntamos, habida cuenta de que son
conocidos los cabecillas que provocaron este tipo de incidentes, qué
medidas reglamentarias se han adoptado en relación con los hechos
acaecidos en el centro penitenciario de Alcalá II el día 19 de diciembre
de 1993, en el bien entendido que esas medidas reglamentarias no
solamente afectan, como antes señalábamos, a esos posibles cabecillas
sino también, en el supuesto de que hubiera habido algún tipo de
negligencia o imprevisión por parte de la autoridad penitenciaria del
centro, a esa misma autoridad penitenciaria.




El señor VICEPRESIDENTE: Para contestar a la pregunta, tiene la palabra
la señora Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Señor Gil Lázaro, antes de responder a la pregunta, si me lo
permite la Presidencia, y puesto que el señor Gil Lázaro se ha referido a
otra circular antes no comentada del nuevo Director General de
Instituciones Penitenciarias reclamando respeto a los funcionarios en
relación con los reclusos, quiero aclarar a S. S. que esa llamada
genérica se hace en virtud de una comunicación del Defensor del Pueblo,
relativa a la queja de una señora por, en su opinión, una falta de
entrega de correspondiencia o por un extravío de ella, y se la contesta
en unos términos que dan lugar a que esta señora considere que no hay un
respeto por parte de Instituciones Penitenciarias en la letra de la
carta, y, en consecuencia y como cumplimiento de esa petición de respeto
que nos hace el Defensor del Pueblo, se hace esa segunda comunicación. Yo
se lo quiero aclarar porque creo que tiene poca relación (no sé si
ninguna) con el tema que antes comentamos.

Por lo que se refiere a los incidentes a que usted hace mención y a los
que se concreta la pregunta, tengo que hacer una aclaración. Los hechos
no ocurren el día 19 (aunque es igual, ya los tengo identificados), sino
que se producen el 18 de diciembre de 1993. En ellos no participan un
centenar de reclusos, sino unos treinta que, ciertamente, logran saltar
una separación interior de dos metros de altura y se dirigen hacia el
salón de actos. De la información reservada practicada, se concluye por
la Inspección que no se había comprobado una conducta inadecuada por
parte de los funcionarios. Y usted me pregunta que qué se hizo con los
reclusos: sancionar a once internos que fueron los que fueron
identificados por esta actitud. Y ya de la información reservada no
concluyo, yo al menos, que se les hubiera dicho que tenían todos ellos
plaza, pero probablemente la información no fue lo suficientemente
correcta, y lo que se ha hecho saber también, como recomendación, no como
inculpación, a los funcionarios del centro es que, en todo momento en que
se convoquen o se organicen actos culturales de esta naturaleza, que
enseguida concitan la ilusión de todos los reclusos por asistir a ellos,
que se tenga muchísima precaución en su programación y especialmente en
que la información que se difunda en los módulos sea reiterada en el
sentido de que no se produzcan otras interpretaciones (que ya le digo a
S. S. que de la información reservada no se concluye que la información
no haya sido correcta) para que, en todo caso, se cuiden y se extremen
todas las condiciones para evitar que se produzcan incidentes como el que
S. S. relata y que fueron objeto de la información reservada 275/93, que
son incidentes en absoluto deseados, efectivamente, y hay que tomar todas
las medidas oportunas, las previsibles y más allá de éstas, para evitar
que se produzcan.




El señor VICEPRESIDENTE: Señor Gil Lázaro, por tiempo máximo de cinco
minutos, tiene la palabra.




El señor GIL LAZARO: En primer lugar, señora Secretaria de Estado, yo he
hecho referencia (y así he concluido la fundamentación de mi pregunta) a
la autoridad penitenciaria, es decir, al equipo directivo del centro, que
no a los funcionarios, que se limitan única y exclusivamente a ejecutar
las órdenes dimanadas de ese equipo directivo; y le he dicho que
convendría determinar, de cara a este incidente o de cara al futuro, si
efectivamente las previsiones de ese equipo directivo fueron o no acordes
a la realidad o si en todo caso hubo descoordinación en la previsión del
número de reclusos de los diferentes módulos que podían entrar en dicho
acto.

No me ha dicho usted en absoluto si de esa información interna se ha
determinado que los veinte o treinta cabecillas que participaron
fundamentalmente en estos incidentes realmente estaban sometidos al
efecto de alguna substancia alcohólica o de otro tipo. Lo que yo he
señalado en la fundamentación de mi pregunta es que, afortunadamente, el
incidente no derivó en mayores complicaciones, puesto que al final casi
un centenar, he dicho, de modo



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directo o indirecto, participaron en el mismo, aunque, efectivamente, era
una treintena la que dio origen a estos hechos.

Lo que está planteándose en la circunstancia que nos ocupa de Alcalá II
es además algo que la Secretaría de Estado debería contemplar con
urgencia, y es el propio cambio, por la vía de hecho, que se está
produciendo en Alcalá II en cuanto a la finalidad con la que el centro
fue creado. El tipo de recluso joven que estaba previsto que ingresara, y
que efectivamente ingresó en su momento en Alcalá II, tenía un
determinado perfil penitenciario, porque eran primarios, eran reclusos
que presentaban una buena conducta en prisión, eran, por tanto, reclusos
sobre los cuales la tarea de resocialización y de recuperación para la
sociedad podía ser inicialmente mucho más fácil. Sin embargo, como
consecuencia precisamente de la situación de la que estamos hablando, es
decir, de esa congestión de la red penitenciaria, se está alterando de
hecho la filosofía del centro, puesto que están entrando en ese centro de
Alcalá II reclusos con un perfil absolutamente distinto a ese, es decir,
reclusos jóvenes de especial conflictividad o de especial peligrosidad;
incluso se están remitiendo a Alcalá II reclusos jóvenes a que cumplan
sanciones de aislamiento cuando además Alcalá II no tiene las
dependencias adecuadas para que estos reclusos jóvenes puedan cumplir
esas sanciones de aislamiento.

En este momento, estamos en situación de poder decir a la señora
Secretaria de Estado que un incidente como este que se produjo en
diciembre de 1993 lo único que evidencia es que se ha roto el equilibrio
del establecimiento, porque se han diluido los criterios iniciales de
clasificación y aceptación de internos. En este momento, como digo, está
ingresando un tipo de internos radicalmente distinto al tipo de interno
para el cual se estableció la norma de actuación o de inspiración de ese
establecimiento, pero es que además sobre todo eso nos estamos dando
cuenta de que en estos momentos Alcalá II, en lo que afecta a la tasa de
hacinamiento, alcanza ya el 143,6 por ciento. En estas condiciones, y
cuando además frente a hechos como los acaecidos las medidas regimentales
que se adoptan son, por decirlo de alguna forma, medidas muy diluidas, se
comprende que cierto tipo de internos puedan avanzar en sus actos de
fuerza dentro de la prisión, y eso genera un problema que hay que atajar
con urgencia, señora Secretaria de Estado.




El señor VICEPRESIDENTE: La señora Secretaria de Estado tiene para
réplica un plazo máximo de cinco minutos.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Pido disculpas por no haber contestado al interrogante que
me había planteado de si los reclusos que habían protagonizado el
incidente estaban bebidos o no, es decir si habían tenido una ingesta de
alcohol. Desde luego, de la información reservada no hay constancia
alguna de que hubieran bebido, sino simplemente que se molestaron por
considerar que, queriendo asistir a ese concierto, no tenían la
oportunidad de hacerlo. No hay ninguna constatación --no puedo más que
decirle lo que hemos investigado-- de que estuvieran bebidos y sí de que
estaban excitados.

En relación con la información reservada, ciertamente, cuando hablaba de
los funcionarios, probablemente tendría que haber hecho referencia más
concreta al equipo directivo y decirle que, en todo caso, la información
reservada terminó con apercibimiento verbal al director del centro sobre
los hechos acaecidos como responsable último de la prisión, y
recomendando, como antes comentaba, el rigor máximo en la organización de
estos eventos, que, si son buenos desde el punto de vista cultural y de
entretenimiento de los reclusos, pueden tener estos resultados no
deseados, como es que se produzcan incidentes como el que acabamos de
comentar. Por tanto, termino en esa forma, y no voy a entrar, porque
sería objeto de mayores consideraciones, en si por la vía de hecho Alcalá
se ha convertido realmente en un centro diferente del que inicialmente se
previó. Simplemente me reitero en las aclaraciones que usted demandaba
sobre los incidentes, en los que vuelvo a decir que consideramos que sólo
participaron 30 reclusos, de los que sólo 11 pudieron ser identificados;
por tanto, sólo estos 11 fueron sancionados, y el expediente terminó con
el apercibimiento verbal que le comentaba, de recomendación de rigor
total al director del centro como último responsable del mismo.




--MEDIDAS PARA GARANTIZAR QUE EN TODOS LOS CENTROS PENITENCIARIOS SE
CUMPLA EFECTIVAMENTE LA RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO APROBADA POR LA
COMISION INTERMINISTERIAL DE RETRIBUCIONES. FORMULADA POR EL SEÑOR GIL
LAZARO (GRUPO POPULAR). (Número de expediente 181/000539.)



El señor VICEPRESIDENTE (Arqueros Orozco): Pasamos, a continuación, a la
sexta pregunta del orden del día, sobre medidas para garantizar que en
todos los centros penitenciarios se cumpla efectivamente la relación de
puestos de trabajo aprobada por la Comisión interministerial de
retribuciones, que formula el señor Gil Lázaro, del Grupo Popular.

Tiene la palabra el señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Hace aproximadamente un año, la Subdirección General
de Personal, ante el desajuste de los centros en cuanto al cumplimiento
efectivo de la relación de puestos de trabajo, distribuyó una circular a
todos los directores de los establecimientos para que se cumpliera
escrupulosamente esta relación de puestos de trabajo y se justificaran
expresamente aquellos casos en que, por razones extraordinarias, no se
estuviera ajustando a las RPT del centro la distribución real de la
plantilla del mismo. La realidad es que esta circular no sólo no se ha
cumplido, sino que ha aumentado el número de funcionarios que realizan un
trabajo diferente al que tienen asignado por concurso, y la realidad es
que los directores de los centros siguen cambiando a los funcionarios a
su antojo,



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creando puestos que no existen o ampliando el número de los catalogados
en una determinada área. Lo peor no es sólo que esto ocurra, sino que
puede decirse que está pasando sin que a ello sea ajena la propia
Secretaría de Estado, que conoce a la perfección los hechos que están
acaeciendo, si bien es cierto que hay que añadir que, según mis
informaciones, la Secretaría de Estado ha tomado conciencia de la
gravedad de este asunto y ha exigido a todos los directores de los
establecimientos una urgente e inmediata información al respecto.

Lo cierto también es que es corriente que cargos como jefe de servicios,
jefes de centros, encargados y educadores, sean nombrados en comisión de
servicio por el director correspondiente, siempre --y esto hay que
señalarlo, porque es una nota constante de los últimos tiempos-- con la
complicidad del contacto correspondiente en la Secretaría de Estado y
consiguiendo después el puesto fijo por concurso al puntuarle de manera
destacada el tiempo de duración de aquella comisión, de manera que se
facilita el que ciertos funcionarios puedan acceder a puestos superiores
en propiedad sin disponer de la formación adecuada y a expensas de la
antigüedad y experiencia de los demás, amén de que los principios de
igualdad, mérito y capacidad quedan, de hecho, absolutamente hipotecados.

La manipulación es tal que llega hasta los puestos de genéricos, y la
arbitrariedad alcanza situaciones en las que se pagan complementos
específicos por tareas que no se están desempeñando y viceversa.

Como bien se comprenderá, este ambiente, que es un ambiente que los
propios funcionarios califican de amiguismo, capricho, enchufismo y
represalia, provoca un clima de crispación, de desmotivación, de desánimo
e incluso de impotencia en la mayor parte de los trabajadores, y esto se
aprecia, sin lugar a dudas y por desgracia, en la vida cotidiana de los
centros, porque los funcionarios están comprobando que los intereses de
algunos directores priman sobre la objetividad y la norma jurídica y que
el clientelismo prima sobre la profesionalidad.

Yo, después, y en función de los datos que me ofrezca la señora
Secretaria de Estado, haré algunas otras consideraciones, pero tengo que
decirle a título de ejemplo y sin querer ser exhaustivo que en Almería 30
funcionarios genéricos y 12 de interior se encuentran en puestos
distintos a los de su plaza ganada y a lo previsto en la RTP; en Granada
hay dos jefes de servicio desempeñando funciones distintas a las de su
plaza, y los jefes de centro vienen obligados a realizar tareas propias
de los subdirectores de tratamiento; en Ocaña II hay dos funcionarios de
interior de auxiliares de tratamiento y enfermería, 4 funcionarios de
interior en área mixta, obras y vestuario, 6 funcionarios de interior en
comunicaciones y talleres, 3 funcionarios del área mixta en oficinas,
varios encargados de departamento e interior en tareas de educadores,
jefes de centro y jefes de servicio, 15 funcionarios de interior
obligados a desempeñar tareas de encargado. Todo esto supone que de 16
funcionarios por turno en cada servicio de interior, tres son de carrera
y tres en prácticas, y todos en prácticas durante los períodos de
vacaciones; en Alcalá-Meco, gran número de genéricos de interior y
encargados en tareas de oficina, de modo que los servicios de interior
están cubiertos casi al cien por cien por funcionarios en prácticas, lo
que explica el gran número de incidentes que se producen en este centro.

En Algeciras, el grado de incumplimiento de la RPT alcanza el 40 por
ciento; en el conjunto de las prisiones andaluzas el grado medio de
incumplimiento alcanza el 20 por ciento; en Herrera el grado medio de
incumplimiento el 25 por ciento; en Cuenta falta por cubrir un 15 por
ciento de las plazas de interior asignadas en RPT en vigilancia en la
sección hombres; en Valladolid un 20 por ciento de incumplimiento en
interior y un 10 por ciento en área mixta y servicios; en Palencia un 18
por ciento de incumplimiento de la RPT en interior y en servicios; en
Zamora un 17 por ciento; en Canarias oscila entre el 20 por ciento y el
30 por ciento; y en el País Vasco alrededor del 30 por ciento.

Todo esto en conjunto, señora Secretaria de Estado, plantea una situación
altamente preocupante que afecta a dos áreas esenciales: a lo que es el
respeto de los derechos de los funcionarios como tales, y desde luego
tiene su consecuencia también en los valores de seguridad e interior de
los propios establecimientos. Ante esto, y sabiendo, como sabemos, que la
señora Secretaria de Estado es consciente de este problema y que, como
decía anteriormente, ha exigido una información precisa a todos los
directores de los establecimientos, le preguntamos qué medidas se van a
adoptar para garantizar que en todos los centros penitenciarios se cumpla
efectivamente la relación de puestos de trabajo aprobada por la Comisión
interministerial de retribuciones, cuestión ésta que hoy, por desgracia,
no se viene produciendo.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Me disculpará el señor Gil Lázaro si por la generalidad con
que había sido formulada la pregunta no dispongo de los datos puntuales
para contestar, centro por centro, a lo que S. S. ha planteado. No
obstante, desde ahora dejo dicho que cuando tenga la transcripción de
esta comparecencia y de sus preguntas tendré muchísimo gusto en
contestarle, centro por centro, a lo que ha planteado.

De forma genérica quería decirle que, en este momento, por razones
diversas --probablemente todo tiene su justificación-- y porque, como S.

S. conoce, también la amortización de centros nos produce algunas
complicaciones respecto a la adecuación de las plantillas y la opción a
pasar a otras cuando hay la previsión de amortización de algún centro,
comparto la afirmación que ha hecho S. S. de considerar excesivo el
número de personas en comisión de servicio que hay en nuestras
instituciones penitenciarias y, por tanto, como también S. S. conoce, me
he propuesto reducir drásticamente, a lo absolutamente imprescindible,
sea como sea, el número de comisiones de servicio. De ahí a concluir que
en esas comisiones de servicio hay complicidad, amiguismo y enchufismo,
por lo que he podido conocer y por los informes que me han sido
trasladados a



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requerimiento mío y de la propia Dirección General de Administración
Penitenciaria, eso no lo he podido constatar, ni mucho menos, del área de
mi responsabilidad ni de la administración penitenciaria; si lo
constatase le aseguro que lo erradicaría. En todo caso, desde luego creo
que para el buen funcionamiento de la casa y la mejor operatividad de las
plantillas hay que reducir drásticamente las personas que están en
comisión de servicio, y espero que a lo largo de este año pueda ofrecer a
S. S. una reducción notable de las mismas.

Dicho esto, y con independencia de esas aclaraciones que puntualmente le
enviaré centro a centro, en uno de los últimos informes que he requerido,
a 1 de febrero de 1994, las dotaciones de RPT de los centros
penitenciarios eran de 14.263 y el total de efectivos se correspondía
prácticamente con esas RPT; o sea, que había una cobertura global del 98
por ciento de las RPT con la aclaración de que algunas de ellas, como S.

S. sabe, las estamos evaluando a ver si en su momento, cuando se
configuraron, eran las correctas o debieran ser otras, puesto que en
algunas al confeccionarse lo que se hizo simplemente fue ver cuántos
funcionarios en ese momento eran operativos en aquel centro y
convertirlos en RPT. Me propongo racionalizar esa cuestión y estudiar con
las organizaciones sindicales representativas en la casa el mejor
funcionamiento de este conjunto. También me propongo reducir, aunque S.

S. no lo mencionó, porque lo considero excesivo, el tiempo de prácticas
en nuestra institución penitenciaria. Espero que a lo largo del año le
pueda ofrecer información que ponga de manifiesto que esas dos
cuestiones, disminución de las comisiones de servicios a lo absolutamente
imprescindible y disminución del tiempo en prácticas de los funcionarios
de nuevo ingreso, se van a resolver en este año 1994, con independencia
de que de la información de que dispongo, sin perjuicio de contrastarla,
y a la vista también de sus datos, no tengo constancia de una distorsión
de las relaciones de puestos de trabajo como las que S. S. señala. Lo que
sí sé es que hay puestos de trabajo muy puntuales, pero en un volumen muy
pequeñito, como los de ATS, que no están cubiertos porque, como todas SS.

SS. conocen, en el mercado es poco atractivo el ser demandantes de empleo
en instituciones penitenciarias.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra para réplica el señor Gil
Lázaro, por cinco minutos.




El señor GIL LAZARO: En aras de la brevedad, y porque de este asunto ya
le hablé en su comparecencia del 22 de febrero, no he hecho referencia a
la cuestión del tiempo en prácticas, que, como entonces le señalé, es en
algunos extremos absolutamente pasmosa porque hay grupos de funcionarios
que han estado dieciocho meses en prácticas, y algunos tres años. Eso es
algo con lo que evidentemente hay que acabar. Según mis datos, durante el
año 1993 se produjeron cerca de 1.500 comisiones de servicio, y eso,
evidentemente, no es una cifra que pueda parecer muy oportuna.

Dice usted que no comparte, y es natural, la afirmación que yo hago en
cuanto a clientelismo, amiguismo, arbitrariedad. Es que no la hago yo, es
que son las percepciones que las propias organizaciones sindicales, es
decir, quienes están allí y a pie de obra, hacen en función de lo que ven
que están siendo por parte de algunos directores de establecimientos el
uso y abuso del manejo a su antojo de esta RPT en lo que afecta luego al
desempeño efectivo de funciones de trabajo reales en los centros con
todas sus consecuencias, incluida la discriminación económica que
comporta.

Pero además le he dicho algo fundamental. Celebro que la señora
Secretaria de Estado tome nota de este asunto y que exprese, además, su
objetivo de racionalizarlo en un plazo breve. Yo lo entiendo así y en
este sentido, si es capaz de hacerlo, va a contar, desde luego, con todo
nuestro apoyo. Esta cuestión, con afectar también, como es natural, a los
derechos profesionales de los funcionarios, afecta a los índices de
seguridad de los propios establecimientos porque esencialmente la
descapitalización humana que se está produciendo en servicios de interior
hace que, efectivamente, esa especie de ley de hecho que intentan aplicar
algunos internos en la vida cotidiana de los centros encuentre la
facilidad de que los funcionarios son o menos de los que deberían estar
cumpliendo esas tareas de vigilancia o son más inexpertos, puesto que los
más expertos o los que más tiempo llevan en la institución a lo mejor han
pasado a desarrollar otro tipo de tareas. Quiero darle un dato que
supongo que S. S. conocerá perfectamente. En algunos centros,
precisamente por esa descapitalización que se está produciendo de los
servicios de interior, se están dando casos de que en patios la ratio sea
un funcionario por 150 internos o dos por cada dos módulos, lo cual,
señora Secretaria de Estado, como bien comprenderá, es francamente
preocupante y permite que se puedan producir, por desgracia, hechos como
los que más adelante vamos a ver en esta sesión.

En definitiva --y con esto concluyo--, yo celebro la magnífica, creo,
disposición de S. S. a poner orden en un asunto que se ha caracterizado
por el desorden y el clientelismo más absoluto en los últimos años.

Créame S. S. que si consigue poner orden en eso, que no es más que
conseguir que se cumpla la legalidad, usted habrá entrado ya, y con muy
buen pie, en la pequeña o gran historia penitenciaria española. Porque
eso hace falta solucionarlo.




El señor VICEPRESIDENTE: La señora Secretaria de Estado tiene también
cinco minutos como máximo para contestar la pregunta.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Para no ser redundante, quiero empezar agradeciendo el tono
de la intervención al señor Gil Lázaro y sus aseveraciones y reiterar esa
disposición a mejorar en la medida de lo posible las circunstancias que
ha relatado.

Sí señalo que la situación de que habla puede llevar finalmente al
clientelismo. Esas comisiones de servicio, vuelvo a reiterar, son
excesivas desde mi punto de vista y no convenientes, pero yo he tenido
ocasión de observar que hay un baremo, hay una comisión. En una
institución



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tan amplia, como usted conoce, nadie puede asegurar que nunca jamás se va
a producir clientelismo, pero yo creo que hay los cauces adecuados para
formular reclamaciones en caso de esa posible discriminación de que
alguien se sienta objeto. En todo caso, yo no voy a incidir en estos
temas. Sí quiero dejar constancia de que no tengo ningún dato que me
pueda llevar a concluir que existen clientelismos en esas comisiones de
servicios porque hay una baremación y yo tengo que presumir que se aplica
correctamente. Estoy dispuesta, no obstante, a analizar cumplidamente
cuantas reclamaciones se me formulen al respecto.

Espero poder darle, señor Gil Lázaro, información cumplida de las
cuestiones que ha planteado centro por centro y también ampliarle la
información a lo largo de este año en el sentido que he tenido el honor
de expresar ante esta Comisión.




El señor VICEPRESIDENTE: Gracias, señora Secretaria de Estado.




--PERMANENCIA DE INTERNAS CLASIFICADAS EN TERCER GRADO PENITENCIARIO EN
DEPARTAMENTOS DE SEGUNDO GRADO. FORMULADA POR EL SEÑOR GIL LAZARO (GRUPO
POPULAR). (Número de expediente 181/000540.)



El señor VICEPRESIDENTE: Pasamos a la siguiente pregunta del orden del
día: Permanencia de internas clasificadas en tercer grado penitenciario
en departamentos de segundo grado. El señor Gil Lázaro, del Grupo
Popular, que es quien ha presentado la pregunta, tiene la palabra.




El señor GIL LAZARO: Señor Presidente, si en términos generales la
Administración reconoce que el hacinamiento es el principal problema que
afecta a nuestro sistema penitenciario, esta situación se agudiza aún más
cuando nos referimos a las condiciones padecidas por la población reclusa
femenina. En la actualidad únicamente existen como centros de mujeres los
de Alcalá de Guadaira, Sevilla-2, Carabanchel-mujeres y Avila, así como
algunos departamentos dentro de los complejos penitenciarios. La tasa de
hacinamiento de la población reclusa femenina se estima próxima al 206
por ciento, siendo 1.859 el total de plazas reales disponibles para una
población que en estos momentos alcanza las 4.461 internas. Frente al
importante incremento de esta población reclusa --se ha producido un
incremento de la misma del orden del 19 por ciento-- la Administración
apenas ha sido capaz de dar respuesta adecuada. Piénsese, por ejemplo,
que una práctica tan contraria para el tratamiento penitenciario como es
la utilización de brigadas o dormitorios colectivos no está todavía
desterrada de las dependencias destinadas a internas en algunos centros y
piénsese también que, desde 1991, sólo se ha inaugurado un centro nuevo
destinado a mujeres y con una capacidad muy pequeña. Mientras tanto la
realidad es que en determinadas prisiones, como por ejemplo Málaga-2,
conviven más de 160 internas en un departamento que cuenta únicamente con
60 celdas; o en Valencia-cumplimiento resulta que 150 internas se han de
albergar en unas dependencias cuya capacidad es para 75. Esta situación
determina que todo el proceso de clasificación que es básico para el
desarrollo del tratamiento, y el tratamiento mismo se conviertan en su
consecuencia en mera teoría, dado que en la mayoría de los
establecimientos no existe departamento específico de tercer grado para
mujeres, lo que supone que las internas así clasificadas se vean
obligadas a permanecer en el interior de los establecimientos con un
régimen de vida propio de un centro de cumplimiento de condena de segundo
grado. Sin duda ésta es una situación muy preocupante que contradice la
finalidad del sistema y que vulnera los derechos mismos de los internos.

Por ello preguntamos qué medidas se van a adoptar para evitar la
permanencia de internas clasificadas en tercer grado penitenciario en
departamentos de segundo grado.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): En la pregunta presentada por escrito por don Ignacio Gil
Lázaro se interesaba también por las internas que estando clasificadas en
tercer grado penitenciario permanecían en departamentos de segundo grado
y sujetas, por tanto, a régimen que no es el que les corresponde en
virtud de su clasificación. A esa pregunta la respuesta es que las
internas clasificadas en tercer grado de tratamiento penitenciario, salvo
las excepciones que luego señalaré, según mis datos, se encuentran
ubicadas bien en las secciones de régimen abierto, bien en unidades
dependientes, con el régimen de vida regulado en el artículo 45 del
Reglamento penitenciario.

Dicho esto, he de aclarar otras cuestiones. Es cierto, como ha expresado
el señor Gil Lázaro, el crecimiento casi exponencial de la población
reclusa femenina, que va mucho más allá de las previsiones de crecimiento
masculino, sin duda debido a que las mujeres están incorporándose y
participan más en todos los ámbitos de la vida y, en consecuencia,
tenemos en este momento esa parte negativa de mayor crecimiento de la
población reclusa femenina. Por tanto, es cierto que la posibilidad de un
recluso por celda, que antes comentaba en otra pregunta, es por ahora un
desiderátum y que no sólo hay celdas dobles, sino que en algunos
supuestos hay brigadas en tercer grado y más de dos, cuatro, cinco o seis
también, algunas excepcionalmente, en segundo grado. En términos
generales, y salvo algunas excepciones en el tercer grado del artículo
45, las internas no están en régimen cerrado sino en el que les
corresponde. Existen algunas internas clasificadas en tercer grado, como
S. S. conoce, no del artículo 45 sino del 43 del Reglamento, que por
razones temporales de ocupación, por falta de plaza, han estado
compartiendo un régimen más cerrado. Su señoría conoce también
perfectamente que hay una diferencia, lo que no hace positiva esa
cuestión.




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Hubo un caso sobre el que el juez de vigilancia penitenciaria se
interesó, el 27 de diciembre de 1993, una interna del centro
penitenciario de Alcalá de Guadaira clasificada en tercer grado y que
estaba en el recinto cerrado de la prisión. Se trató de un caso aislado
sobre el que la Administración penitenciaria realizó cuantas actuaciones
legales le correspondían. Esta interna pidió su clasificación y la
Administración consideró que era oportuno clasificarla en tercer grado en
relación a su libertad condicional. Pero esta interna quería irse a
Cataluña y hubo que iniciar actuaciones de coordinación con la
Administración catalana para ver si podía ir destinada a un centro
catalán. Esa es la razón por la que la interna no podía tener un régimen
abierto en Alcalá de Guadaira porque no tenía posibilidades de trabajo ni
amparo familiar. Ese es un caso excepcional. También por razones
coyunturales y de fuerza mayor, derrumbamiento con ocasión de unas obras
en el CIS de Victoria Kent, hubo una interna de tercer grado en
Madrid-mujeres en las condiciones que S. S. señala. Repito que en
términos generales, salvo esas excepciones, las internas clasificadas en
tercer grado permanecen en departamentos abiertos, de tercer grado, y no
en departamentos de segundo grado, que es la preocupación que he visto
expresada en el texto de la pregunta de S. S.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra don Ignacio Gil Lázaro, por
tiempo de cinco minutos.




El señor GIL LAZARO: En esta cuestión lamento disponer de una percepción
distinta a la de la señora Secretaria de Estado, porque yo creo que los
términos reales del asunto están mucho más generalizados, por desgracia,
que lo que se infiere de la respuesta de S. S. Pero es que, además, sobre
esta cuestión incide lo que viene a ser una cierta desatención o
imprevisión al menos --y vamos a dar a S. S. un margen de confianza-- de
los anteriores equipos directivos de la Administración penitenciaria en
función de las previsiones de evolución de la población penitenciaria
femenina.

Yo estoy seguro de que S. S. conoce perfectamente situaciones como la de
Foncalent, en donde con una capacidad de 45 plazas el departamento de
mujeres está siendo ocupado por más de un centenar de internas, con una
dotación tan sólo de 17 funcionarias, alguna de las cuales en este
momento de baja. Conoce también que está siendo de tres la ocupación
media por celda en este departamento de mujeres y todos los servicios
comunes están, como bien se comprenderá, absolutamente saturados, lo que
está provocando situaciones de tensión muy graves que a veces revierten
en lo sucedido recientemente cuando tres funcionarias fueron brutalmente
agredidas y una de ellas tuvo que ser hospitalizada. Yo creo que la
señora Secretaria de Estado conoce perfectamente lo que muy recientemente
ha hecho llegar la Defensora del Pueblo en cuanto al estado de algunos de
estos departamentos de mujeres en cuanto a condiciones higiénicas y de
espacio; por ejemplo, las quejas que ha habido en relación con los
departamentos de Badajoz, Cuenca, León y Alicante y las internas del
Puerto de Santa María-2. Yo supongo que la señora Secretaria de Estado no
desconocerá que esta situación de la que estamos hablando tiene su
conexión con lo que ha sido el planteamiento general, hasta la fecha, de
los equipos directivos penitenciarios en relación con la política
penitenciaria a desarrollar con las mujeres. Por ejemplo, qué sentido
tiene el que no estén creando plazas de régimen abierto para mujeres.

Desde que se inauguró el CIS de Valencia, por ejemplo, no se han
destinado internas a este centro y sabe la señora Secretaria de Estado
que en este momento se está hablando de que, en Valencia, uno de los
módulos de mujeres va a ser desalojado para utilizarlo para hombres, con
lo que ello supondrá de mayor hacinamiento aún de las mujeres.

Hay una cuestión fundamental que ya ha apuntado S. S. y, de hecho,
nosotros estamos estudiando una iniciativa a ese respecto. Hoy por hoy
las unidades dependientes, en lo que afecta a mujeres, sabe perfectamente
S. S. que son muy pocas. Ello crea un problema en relación con las
internas de tercer grado y ese mismo problema también se manifiesta en el
régimen de los niños en prisión con sus madres, como veremos
posteriormente. Por tanto, creo que en ese sentido la Administración
penitenciaria debería hacer un esfuerzo importante, me atrevería a decir
un esfuerzo de la Administración penitenciaria per se, porque se nos ha
dicho en los últimos años que esta cuestión dependía en mucho de la
capacidad de concierto y de la voluntad política de otras
administraciones para poder ir a esa ampliación de la red de unidades
dependientes. Sígase en ese camino, pero, con independencia de cuál sea
la actitud de otras administraciones, planifique la Administración
penitenciaria por sí misma la forma de poder ampliar estas unidades
dependientes. Porque yo sigo diciendo que en este momento las mujeres y
los enfermos psiquiátricos son los grandes perdedores del actual sistema
de condiciones de vida en el interior de los establecimientos
penitenciarios, que si no son satisfactorias para el conjunto de la
población penitenciaria, para estos dos colectivos son en algunos
extremos francamente infrahumanas y se producen situaciones como la que
fundamenta esta pregunta, es decir, que internas que tienen ganado un
determinado derecho en su fase de tratamiento estén, en la práctica, en
una situación impuesta de regresión.




El señor VICEPRESIDENTE: Para contestar a la pregunta tiene la palabra la
señora Secretaria de Estado por un tiempo de cinco minutos.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Señor Gil Lázaro, no se puede generalizar en el sentido de
decir que hay un número importante de internas en tercer grado que en
realidad están en departamentos de segundo grado, con las excepciones que
he mencionado. Sin embargo, sí comparto con usted que hay algunas
dependencias de mujeres que me preocupan fuertemente. Debo decirle que
concretamente en Badajoz ya se han tomado medidas. Comentaba S. S. que la
Defensora del Pueblo en funciones ha hecho mención a este tema. Cuando S.

S. exponía la pregunta, he anotado que efectivamente la Defensora del
Pueblo en funciones nos ha solicitado que



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estudiemos la situación de las mujeres en el Salto del Negro, donde, como
sabe S. S., hubo problemas y precisamente estamos intentando resolverlos
en estos días. Existen situaciones no deseadas que en algunos casos
inciden en las mujeres y se están tomando las medidas adecuadas, con la
mayor brevedad posible, para eliminarlas. En este momento la situación
que más me preocupa, porque es la peor, es la de las mujeres ingresadas
en el Salto del Negro, en Las Palmas, donde el nuevo Director General ha
estado estos días comprobando personalmente los hechos y vamos a diseñar
las medidas oportunas para solventar este problema.

Por tanto, reitero que esto no debe preocuparnos demasiado porque son
excepciones, pero al hilo de esta pregunta sí comparto lo que S. S. ha
expresado en el sentido de diseñar, cuanto antes, las medidas oportunas
para ir puntualmente solventando dichos problemas. En los futuros CIS y
en los nuevos centros sí están previstos departamentos para mujeres. Y
aunque después tendremos ocasión de recordarlo, desde nuestro punto de
vista hay que potenciar estos conciertos de unidades dependientes,
especialmente para madres con hijos. Al llegar a esa pregunta haré el
comentario procedente puesto que S. S. también lo ha dejado para ese
momento.




--MEDIDAS URGENTES PREVISTAS PARA IMPEDIR LA INTRODUCCION DE DROGA EN LOS
CENTROS PENITENCIARIOS. FORMULADA POR EL SEÑOR GIL LAZARO (GP). (Número
de expediente 181/000541.)



El señor VICEPRESIDENTE: Quiero indicar a la señora Secretaria de Estado
y al señor Gil Lázaro que sus intervenciones sean breves porque hemos de
levantar la sesión a una hora prudencial.

La octava pregunta es: Medidas urgentes previstas para impedir la
introducción de droga en los centros penitenciarios. El autor, señor Gil
Lázaro, del Grupo Popular, tiene la palabra.




El señor GIL LAZARO: Con toda brevedad, aun cuando se trata de una
cuestión muy importante, quiero señalar que los datos son concluyentes.

La mayoría de los estudiosos coinciden en señalar que un 85 por ciento de
los internos han consumido alguna vez alguna sustancia psicotrópica o
algún tipo de droga y un 60 por ciento la han consumido por vía
intravenosa; que en 1993 se produjeron 15 muertes por sobredosis en el
interior de los establecimientos penitenciarios españoles; que,
igualmente, importantes sectores profesionales del hecho penitenciario
dictaminan que el nivel de circulación de droga en el interior de las
prisiones es prácticamente idéntico al que se produce en el exterior; que
desde 1990 la Administración penitenciaria no ha ofrecido ningún dato
relativo a la cantidad de droga aprehendida y se limita sistemáticamente
a querer negar o minimizar una evidencia que no ofrece contestación
posible; que frente al volumen del problema el sistema penitenciario
probablemente se encuentre en estos momentos indefenso, por una parte,
por falta de unas adecuadas inversiones en medios técnicos susceptibles
de prevenir esta introducción de droga en prisión, pero, por otra parte,
por la falta de adopción de criterios de carácter normativo que puedan
coadyuvar eficazmente a la resolución del problema; que frente a la
gravedad del mismo contrasta el hecho --y eso fundamenta nuestra
pregunta-- de que en la comparecencia de la señora Secretaria de Estado
celebrada ante esta Comisión el pasado 22 de febrero no dijera
prácticamente ni una sola palabra al respecto y que mucho más queda
fundamentada esa pregunta desde el momento en que recientemente --apenas
hace dos semanas-- el señor Ministro de Justicia, hoy señor Ministro de
Justicia e Interior, volvía a incurrir ante el Pleno de la Cámara en esa
para nosotros inútil estrategia de querer minimizar el problema; problema
que afecta al conjunto del sistema penitenciario y también a los derechos
individuales de los internos, porque S. S. sabe perfectamente que
internos que dentro de las prisiones españolas están siguiendo un cauce
adecuado de recuperación --con ser eso muy difícil dada la situación de
hecho de nuestras prisiones--, sin embargo, en el momento de tener que
realizar una salida exterior se ven forzados por esas mafias carcelarias
que controlan el tráfico de droga en el interior de los establecimientos,
bajo amenazas de represalias a sus familiares fuera o sobre ellos mismos
cuando regresen a la prisión, a tener que introducir, en contra de su
voluntad, ese tipo de sustancias en los centros.

Por todo ello, y porque creemos que el problema ha adquirido ya unas
dimensiones muy preocupantes, preguntamos qué medidas urgentes están
previstas para impedir la introducción de droga en los centros
penitenciarios.




El señor VICEPRESIDENTE: Para contestar, tiene la palabra la señora
Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Probablemente, don Ignacio, no tenemos los mismos
porcentajes, ya que no hay una coincidencia, pero yo no voy a entrar en
una guerra de cifras sobre si son un 85 por ciento o un 60 por ciento,
que son los datos que tenemos nosotros, porque creo que tampoco es ésa la
cuestión que usted plantea. Sí quiero decir, puesto que ha hecho alusión
a que no hay transparencia informativa por parte de la Secretaría de
Estado de Asuntos Penitenciarios o la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias, que hay una total transparencia, que hemos tenido ocasión
de trasladar las cifras que tenemos de decomiso de drogas del año y que
el Ministro de Justicia, hoy de Justicia e Interior, en reciente
comparecencia ha dado cifras globales de decomiso. Esas cifras --y es
simplemente un dato más-- reflejan un menor decomiso en los últimos años.

Todavía no dispongo de las cifras cerradas del año 1993, pero sí de 1992
sobre 1991. ¿Qué controles tenemos? El Ministro tuvo ocasión de decir que
hay un control efectivo de esa circulación, como lo prueban las
cantidades de droga decomisada en centros penitenciarios. Tenemos las
cifras a su disposición. Las medidas tomadas son todas aquellas que nos
permiten



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conjugar la defensa de los derechos individuales de los reclusos y de los
ciudadanos, haciendo alusión a quienes visitan a los reclusos. Conjugar
esos derechos individuales de los ciudadanos y de los reclusos y los
métodos que utilizamos es lo que da lugar a la prevención y al decomiso
de las drogas.

Me preguntará usted: ¿y qué medidas son ésas concretamente? Pues las
siguientes: Los servicios médicos realizan periódicamente análisis para
comprobar el consumo de sustancias tóxicas. Todos los días se realizan
cacheos selectivos de dependencias y de internos. Al término de cada
comunicación especial se cachea a los internos; al regreso de un permiso
se realiza un minucioso cacheo de la persona y sus pertenencias. También
se realizan exploraciones radiológicas muy selectivas, y reitero, muy
selectivas, puesto que S. S. conoce que eso no se puede hacer más que en
esa forma, ya que si no tendríamos unos efectos no deseados y no diría no
deseados, sino absolutamente prohibidos; adopción de medidas
disciplinarias con los reclusos, y se pone en conocimiento de la
autoridad judicial todos los casos en los que se detecta intento de
introducción de sustancias psicotrópicas en los establecimientos
penitenciarios. Hemos de decir que en todas estas medidas llegamos hasta
donde podemos llegar. Las condiciones de control, registro y cacheos y
todas las que he dicho hay que hacerlas con la debida limitación e
incluso tenemos autos y resoluciones de los jueces de vigilancia que nos
dicen: Hasta aquí se puede llegar y más adelante usted no puede pasar.

Con esto no quiero, en absoluto, eludir nuestra responsabilidad, sino
explicar, simplemente, que las previsiones son todas las razonablemente
posibles, pero, como algunas veces creo que ha tenido ocasión de decir el
Ministro y yo misma en otros momentos, aunque haya este control lo más
efectivo posible de circulación de las drogas, y todos estos mecanismos
operativos, habituales y contrastados y que examinamos y rediseñamos
momento a momento, no obstante sería una ingenuidad por mi parte afirmar
--y, además, en clara contradicción con las cifras que antes he dado de
que se produce un decomiso importante cada año en las prisiones-- que no
entra droga en prisión, puesto que, como he tenido ocasión de comentar
alguna vez, no es un espacio blindado. Hace bastantes años no había vis a
vis, no había comunicaciones íntimas, es decir, las condiciones
permitían, si se quiere, impermeabilizar más la prisión, pero al conjugar
estos derechos individuales, que nosotros consideramos absolutamente
necesarios, y estoy segura que S. S. también coincide con esta cuestión,
evidentemente se producen entradas de droga en las prisiones, entrada que
combatimos con estos medios que le he relatado a S. S. y que son los
disponibles y los que realmente creo que podemos utilizar.




El señor VICEPRESIDENTE: Por tiempo de cinco minutos, tiene la palabra el
señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Señora Secretaria de Estado, según nuestros datos,
el índice de decomiso que se viene produciendo en los últimos años, como
valor medio anual, ronda alrededor del 9,5 por cien, y eso teniendo en
cuenta que desde nuestro punto de vista, y desde nuestro punto de vista
en función de las informaciones que centro a centro se nos transmiten, la
argumentación que viene utilizando la Administración en los últimos
tiempos en cuanto a que ha aumentado el número de decomisos es una
argumentación fallida en su raíz, porque si es cierto que ha aumentado el
número de decomisos es exclusivamente porque es mayor el número de droga
que en estos momentos está circulando en el interior de los
establecimientos penitenciarios. Y eso lo acredita suficientemente un
análisis de lo que es la realidad cotidiana de los centros.

Es cierto que frenar esta cuestión es un compromiso, digamos,
multidisciplinar, porque no afecta exclusivamente a la Administración
penitenciaria. Y hay otras medidas de carácter legislativo, hay medidas
de carácter judicial que se tienen que adoptar, pero hay medidas de
carácter presupuestario en cuanto a mejora, por ejemplo, de las
dotaciones técnicas; hay medidas de carácter estrictamente dependientes
de la Administración penitenciaria, como, por ejemplo, el cubrimiento de
los patios en aquellas prisiones que están en el interior de cascos
urbanos; hay medidas que la administración penitenciaria podría poner en
práctica como, por ejemplo, las similares a las experiencias
desarrolladas en este sentido por la Generalitat de Cataluña.

He escuchado decir a S. S. algo absolutamente novedoso --y, desde luego,
celebraré que ésa vaya a ser la línea inmediata y sostenida de actuación
por parte de la señora Secretaria de Estado--, porque lo cierto es que,
hasta la fecha, no se estaba procediendo a poner en conocimiento de las
autoridades judiciales todos los casos de tráfico de droga que se
descubrían en el interior de los centros penitenciarios. En ocasiones,
tanto el consumo como la posesión de sustancias estupefacientes, por
parte de internos, no eran sancionadas adecuadamente por las juntas de
régimen y administración, y lo cierto es que internos que han dado
positivo en analíticas posteriores a su regreso de permiso no han sido
sancionados con la suspensión de dichos permisos y se les ha pasado por
alto esta falta. Por todo ello se ha ido gestando en los últimos años una
especie de clima de impunidad entre internos y familiares o visitantes,
sabiendo que no iba a haber unas responsabilidades, ni reglamentarias ni
penales, en el supuesto de que fueren sorprendidos en este tipo de
actividad.

Sabe perfectamente la señora Secretaria de Estado infinitamente mejor que
yo que, por desgracia, es absolutamente frecuente ver a internos
completamente drogados en el interior de los centros penitenciarios y que
se producen situaciones tan paradójicas como la que se ha dado en fechas
muy recientes en un determinado establecimiento, en donde se puso a un
interno como compañía en celda de un interno con riesgo de suicidio, sin
saber que ese interno era heroinómano, y terminó siendo ese interno en
esa celda de acompañamiento del presunto recluso con riesgo de suicidio
el que acabó suicidándose o muriendo por causa de una sobredosis.

Yo, en definitiva, creo que en este asunto sería conveniente que todos
pusiéramos mucho más los pies sobre la tierra. A nosotros no nos complace
ejercer una tarea de



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oposición señalando a S. S. esta cuestión, porque es una cuestión tan
grave que afecta al sistema y a las personas que están insertas en el
mismo, así como también afecta --como antes le decía-- a la libertad de
muchos de ellos que no quieren tener contacto con ese fenómeno y que, sin
embargo, se ven forzados a tenerlo en virtud de la acción de los grupos
violentos o mafiosos dentro de las prisiones; por tanto, nos sentiríamos
tremendamente complacidos si se pudiera avanzar en esta cuestión. Pero,
claro, para ello hace falta también que la Administración no minimice el
fenómeno y que nos invite a todos --creo que en este punto encontraría la
colaboración de todos-- para que podamos ponernos manos a la obra y poner
fin a esta cuestión. El señor VICEPRESIDENTE: Por un tiempo de cinco
minutos, tiene la palabra la señora Secretaria de Estado para contestar.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Quería hacer una primera aclaración. No sé si no lo dije
correctamente, pero, en todo caso, aclaro que lo que sí advertí era que
en 1992 se decomisó un 16,3 por ciento menos que en 1991. También dije
que quizá a S. S. esto no le resultaba relevante porque podría decir que
ese dato no le aclaraba nada, ya que a lo mejor es que fuimos menos
eficaces en el decomiso. Lo cierto es que las sustancias decomisadas
fueron un 16,3 por ciento menos durante 1992 con respecto a 1991; espero
poder darle el dato correspondiente a 1993 lo antes posible. Por tanto,
reitero mi ofrecimiento a cuantas aclaraciones sean precisas en este
supuesto. Que esto supone --como dice S. S.-- el 9,5 por ciento de la
droga que circula? La verdad es que no sé cómo alguien puede hacer esa
aseveración, ya que, desde el punto de vista de fiabilidad, es
absolutamente imposible hacerlo. Es una cifra que algunas veces se
comenta, pero como realmente no se tiene otra cifra de referencia más que
la encautada y los métodos a seguir, sinceramente no me parece una cifra
fiable.

Acepto muy gustosa esa invitación de los Diputados especialistas o
conocedores de la vida de las prisiones y del problema que representa la
droga en las prisiones, al igual que lo representa en el conjunto de la
sociedad, puesto que cuenta con una parte de la misma dentro de sus
muros. Asimismo, agradeceré cuantas sugerencias me hagan, dentro de ese
respeto que antes he expresado a los derechos individuales a que me
obligan no sólo las normas, sino la interpretación jurisprudencial y
limitativa de esas normas. Estoy dispuesta a examinar puntualmente
cuantas otras medidas, además de las que hemos adoptado y de las que, en
virtud de la experiencia que vamos acumulando año a año, podamos adoptar.

Estoy absolutamente abierta a cualquier medida que SS. SS. sugieran. Si
comprobamos que es razonable y aplicable, agradeceré muchísimo ese
ofrecimiento y me pongo a su disposición para llevarlo a término en la
medida en que sea posible.




El señor VICEPRESIDENTE: Gracias, señora Secretaria de Estado.




--RESPONSABLE DE QUE LOS RECLUSOS QUE TRABAJAN EN LA SEDE DE LOS JUZGADOS
MADRILEÑOS REALIZARAN TRASLADO DE DOCUMENTACION JUDICIAL, CUANDO LA
PROPUESTA FORMULADA POR LA COMISION DE ASISTENCIA ERA QUE REALIZASEN, EN
LA CITADA SEDE, TRABAJOS DE ALBAÑILERIA Y JARDINERIA. FORMULADA POR EL
SEÑOR GIL LAZARO (GP). (Número de expediente 181/000542.)



El señor VICEPRESIDENTE: Pasamos a la pregunta número 9 del orden del
día, formulada también por el señor Gil Lázaro, del Grupo Popular, que
es: Responsable de que los reclusos que trabajan en la sede de los
juzgados madrileños realizaran traslado de documentación judicial, cuando
la propuesta formulada por la Comisión de Asistencia era que realizasen,
en la citada sede, trabajos de albañilería y jardinería.

Tiene la palabra el señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Simplemente, señalar que algunas cifras que nosotros
estamos manejando tienen unas fuentes, digamos, científicas o
profesionales contrastadas. Por tanto, tienen, para nosotros al menos y
en función de ese origen, una absoluta fiabilidad. La cuestión que
planteamos tiene relación con la presencia de un grupo de reclusos
realizando trabajos, en su momento, en oficinas judiciales de la plaza de
Castilla y encargados en tareas de traslados de notificaciones y demás
documentación, lo que produjo, también en su momento, una serie de
incidentes ocasionados, tanto por el inadecuado cometido que estos
internos realizaban como por la actitud de alguno de ellos, que provocó
roces con otras personas que habitualmente prestan sus servicios
profesionales en aquellos juzgados.

Estos hechos determinaron que, en su momento, formuláramos una pregunta a
la señora Subsecretaria del Ministerio, interesándonos por los pormenores
de este asunto y haciéndole ver que el programa de reinserción de estos
reclusos podía y debía haber contemplado que estos internos se dedicaran
a otras tareas más conformes con la necesidad de mantener un equilibrio
entre la terapia reeducacional y la no provocación de situaciones que,
por ser conflictivas, como las que se suscitaron en torno a este asunto,
finalmente terminan incidiendo negativamente sobre ese objetivo
resocializador. En su respuesta, la señora Subsecretaria reconoció que la
Comisión provincial había aprobado el que estos internos realizaran, en
la sede de los juzgados madrileños, tareas de albañilería y jardinería;
propuesta esta que, evidentemente, fue dejada sin efecto por alguien. Y
como cuando alguien hace algo conviene que sepamos quién es el
responsable y por qué, preguntamos quién es el responsable de que los
reclusos que trabajaban en la sede de los juzgados madrileños terminaran
realizando unas funciones absolutamente inadecuadas, que para nada eran
las previstas en su momento por la Comisión de Asistencia.




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El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra señora Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Como ha expresado el señor Gil Lázaro, la demanda de
explicación sobre esa cuestión se hizo en su momento a la Subsecretaria
del Ministerio de Justicia. Como aclaración complementaria, quiero
señalar, para que conste en el «Diario de Sesiones» de esta Comisión, que
los reclusos a los que se les da este trabajo son reclusos liberados
condicionales. Probablemente habría alguno en tercer grado, pero, en
términos generales, eran liberados condicionales, no eran reclusos
intramuros de la prisión o clasificados en primero o en segundo grado.

Instituciones Penitenciarias, en el desarrollo del Programa Horizon,
cofinanciado con la Comunidad Europea, y por sugerencia mutua tanto entre
los juzgados de plaza de Castilla como Instituciones Penitenciarias,
programaron una iniciativa conjunta, con fondos de dicho Programa
comunitario Horizon, y se propuso por parte de la Directora de Asistencia
Social una relación de las personas que podían estar incluidas en este
Programa. En esta propuesta, la mayoría de las tareas a realizar se
referían a albañilería y jardinería. No obstante, en el listado que en su
momento se confeccionó, he podido observar con detenimiento, ojeando
papel a papel de esta cuestión, que también había algunos reclusos que
fueron propuestos por el Departamento de Administración.

Aclarado todo esto, una vez que están bajo la tutela, es decir, en el
trabajo de los propios juzgados, yo creo que ahí termina ya la
responsabilidad. Si transportaron o no o si desarrollaron trabajos no
sugeridos en esta propuesta --que a mí no me consta si fueron trabajos
sugeridos o no; sé que ha habido una serie de informaciones públicas--,
pero, en todo caso, nosotros consideramos que esto ya es responsabilidad
de los juzgados madrileños si es que hicieron trabajos diferentes a los
propuestos por la Comisión de Asistencia Social, con la aclaración de
que, en términos generales, es cierto lo que dice el señor Gil Lázaro de
que fueron propuestos para tareas, unos de albañilería, otros de huertos,
otros de Escuela Municipal de Hostelería (estos últimos, evidentemente,
no irían a los juzgados), y hay otros que tienen aquí tareas
administrativas.

Por tanto, ésa es la información de que yo dispongo. En mi opinión, la
realización de este tipo de programas seguro que el señor Diputado
coincide conmigo que son programas convenientes, que son programas
adecuados para procurar la reinserción social de las personas que ya han
cumplido un determinado tiempo de prisión y, por tanto, que están en
condiciones de tercer grado algunos de ellos o de liberados
condicionales, pero, a partir de ahí, si realizaron trabajos... Yo creo
que la queja que se produjo no era tanto porque hubieran hecho trabajos
no resocializadores, sino porque habían hecho trabajos que, al parecer,
consideraban algunos funcionarios del Juzgado que era sustituir trabajo
de funcionarios, pero hasta ahí nuestra responsabilidad termina con la
propuesta de este Programa y con el envío de los internos propuestos a
los juzgados de plaza de Castilla, y el resto ya un poco se sale de
nuestra posibilidad de control.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco
minutos, el señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Todos, evidentemente, estamos de acuerdo, señora
Secretaria de Estado, en que estos programas son necesarios, siempre y
cuando, naturalmente, sean adecuadas las actividades a desarrollar dentro
del Programa y sean adecuadas las personas que van a participar en el
mismo.

Lo que sucedió en este caso, señora Secretaria de Estado, es que, al
parecer, algunas de las personas que estaban participando en este
Programa no eran exactamente las más adecuadas para participar en el
mismo, porque yo quiero recordarle que alguno de estos internos
clasificados en tercer grado --fueron varios los clasificados en tercer
grado que realizaban estos trabajos en la sede de los juzgados
madrileños-- provocaron determinados incidentes, afortunadamente sólo
verbales, en cuanto a vejaciones a algunas funcionarias y provocaron
hechos que, evidentemente, causaron un notorio malestar en el conjunto de
los juzgados, con lo que eso supone además, y hay que anotarlo, de
rechazo social hacia este tipo de programas que son indispensables y que
deben contar con la adecuada apoyatura social, para lo cual se deben
hacer, evidentemente, bien.

Pero me sorprende que con lo fácil que sería que bien la señora
Subsecretaria, en su momento, o bien hoy la señora Secretaria de Estado
me hubiera dicho: Mire usted, el responsable fue el juez decano, que hizo
de su capa un sayo y las propuestas que venían de la Comisión provincial
a su antojo las moficó para que determinados señores realizaran una
función que objetivamente no era la adecuada y que después, además, se
demostró que subjetivamente tampoco.

Yo creo que ahí la Administración penitenciaria en el futuro tiene que
tomar algún tipo de iniciativas, porque la Administración penitenciaria
debe velar para que, efectivamente, los programas se desarrollen conforme
a las propias previsiones y recomendaciones que se formulan desde esa
misma Administración. Y cuando alguien, caprichosamente, fuera de esa
Administración, trata de modificar el contenido de esos programas o la
ejecución de esos programas, indiscutiblemente hay que llamarle al orden,
tiene que intervenir la Administración, porque, al final, es sobre la
Administración penitenciaria sobre la que se va a valorar el éxito o no
de esos programas.

Estamos aquí en una situación en términos diferentes, pero en el
planteamiento de fondo muy parecida a esa iniciativa que reclamaba el
señor Peralta en la primera pregunta de esta sesión cuando decía: Es que,
cuando pase algo, inmediatamente hay que comunicarlo al juez; cuando pase
algo en relación con agresiones a internos que vienen del exterior. En
este caso, yo creo que también. Cuando una entidad, una persona física,
una autoridad, un órgano concreto modifica la ejecución, la previsión y
el desarrollo



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de un programa, la administración penitenciaria tiene que decir algo.

Yo espero que situaciones como las que se produjeron no vuelvan a
repetirse, porque al final los verdaderos paganos de todo este asunto son
esos programas resocializadores.




El señor VICEPRESIDENTE: Doña María Paz Fernández Felgueroso tiene la
palabra.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Creo, señor Gil Lázaro, que no sería ni correcto ni justo
por mi parte expresar aquí que la responsabilidad o la culpa es de una
determinada persona, de un determinado juez o de una determinada jueza.

Lo que sí he dicho es hasta dónde llega nuestra responsabilidad. El marco
de coordinación fue absolutamente adecuado en la configuración del
programa concreto. El objetivo a cubrir, que sería especialmente el
inculcar hábitos laborales de puntualidad, de cumplimiento de horarios,
de adquisición de responsabilidades, se elaboró cuidadosamente. Algunas
personas pueden fallar después, porque si fallan las personas que tienen
una conducta adecuada en la sociedad, se pueden esperar muchos más fallos
de personas que han tenido la desgracia de delinquir y que tienen que
readaptarse nuevamente a la sociedad.

El programa creo que era el adecuado, usted también coincide conmigo en
que debe fomentarse este programa, se hizo una selección lo más cuidadosa
posible y posteriormente alguno de los internos seleccionados tuvo esta
conducta que usted describe y causó problemas. Ese es un riesgo de todo
programa, pero quien nada hace en nada puede errar o equivocarse.

Convengo con usted en que hay que evaluar lo mejor posible estos
programas para que su resultado sea el mejor de los posibles. En ese
sentido es en el que diseñamos estos programas, sin perjuicio de que se
produzca alguna situación como la que usted cuenta, y ya fuera de nuestra
órbita, pero sin que tampoco pueda echar toda la tierra encima de la otra
parte. Simplemente digo que sí se hace una propuesta, que en ella sí que
había algunos temas de administración, cómo se desarrolla y concretamente
esa propuesta, en el ámbito de la otra administración implicada en el
programa de las otras personas implicadas en el programa, ya es difícil
de llegar a prever.




El señor VICEPRESIDENTE: Yo querría llamar la atención a los miembros de
la Comisión, pues creyendo que es conveniente que esta sesión termine al
filo de las nueve de la noche, quisiera oír lo que los componentes de la
Comisión digan al respecto. Igualmente se lo indico a la señora
Secretaria de Estado.

Como las preguntas que no se hagan quedarán pendientes, quiero ser
flexible, por si el preguntante quisiera variar el orden del día con
respecto a algunas preguntas que quedan todavía por formular, por si
considera que algunas son más urgentes que otras. También tenemos que
tener en cuenta a los servicios de la Cámara, a los que no debemos
fatigar en exceso.




El señor GIL LAZARO: Por parte de nuestro grupo, teniendo en cuenta que
las preguntas seguirán vivas, aceptaremos lo que la Presidencia crea más
oportuno para el desarrollo de la sesión y, desde luego, atendiendo a lo
que pueda ser más grato, tanto para la señora Secretaria de Estado como
para los servicios de la Cámara.




--MEDIDAS URGENTES QUE VAN A SER DESARROLLADAS DURANTE EL AÑO 1994 PARA
LA REDUCCION DEL NUMERO DE CIUDADANOS EXTRANJEROS INTERNOS EN CENTROS
PENITENCIARIOS ESPAÑOLES. FORMULADA POR EL SEÑOR GIL LAZARO (GP). (Número
de expediente 181/000543.)



El señor VICEPRESIDENTE: Pasamos a la pregunta número 10 del orden del
día: medidas urgentes que van a ser desarrolladas durante el año 1994
para la reducción del número de ciudadanos extranjeros internos en
centros penitenciarios españoles.

Formula la pregunta el señor Gil Lázaro, del Grupo Popular, que tiene la
palabra.




El señor GIL LAZARO: Desde el año 1989 se viene produciendo un importante
incremento de la población penitenciaria extranjera. Hoy el conjunto de
la misma representa el 17 por ciento del total de la población
penitenciaria de España y a finales de 1993 superaba ya las 7.200
personas. Según datos fehacientes, esta población reclusa proviene en su
mayor parte de delitos relacionados con el tráfico de drogas, en un 46,5
por ciento de los casos, y suele presentar un perfil personal bastante
distinto de lo que es el perfil medio del recluso de nacionalidad
española. Esencialmente, Marruecos y Colombia son los países que aportan
mayor número de internos, seguidos por los franceses, mozambiqueños,
portugueses y británicos, si bien, últimamente, se aprecia un aumento de
la presencia de reclusos de diversas nacionalidades africanas
relacionadas con el tráfico de heroína, y de reclusos de diversas
nacionalidades asiáticas relacionadas con el tráfico de «brown sugar».

Además, en este conjunto destaca singularmente la presencia, que también
ha ido en aumento, del colectivo femenino, superando en este momento el
millar de internas, la mayoría de ellas --al menos, casi un tercio-- de
origen colombiano.

Desde luego, aparte de las consideraciones de carácter general que son
aplicables al conjunto de la población penitenciaria, estos internos
extranjeros presentan una problemática singular. Por ejemplo, carecen de
relaciones familiares en España, tienden a agruparse en el interior de
los establecimientos, formando verdaderas comunidades, debido a su gran
número, y precisamente por esa carencia de relaciones familiares, tienen
muchas dificultades para acceder a permisos de salida, al no disponer ni
de domicilios ni de personas que se responsabilicen ante la
Administración; suelen ocupar los destinos de trabajo más desagradables
en el interior de los centros y muchos de ellos, por



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carecer de ingresos, tienen que estar ayudados por las comisiones de
asistencia social.

El conjunto de esta población reclusa extranjera está costando en estos
momentos, calculamos nosotros, alrededor de 30.000 millones de pesetas al
año. Pues bien, a pesar de que el anterior responsable de la
Administración penitenciaria española reconoció que éste era un problema
grave y, año tras año, afirmó que su resolución era uno de los objetivos
prioritarios a abordar, lo cierto es que hasta la fecha parece ser que
nada se ha hecho. Nada se ha hecho teniendo en cuenta, además, que un 37
por ciento, aproximadamente, de esa población penitenciaria extranjera,
según nuestros datos, cumple los requisitos establecidos en la
legislación vigente en materia de extranjería para poder cumplir las
condenas en sus países de origen, y, por otra parte, el instrumento que
supone el Convenio de Estrasburgo sobre traslado de personas condenadas
podría ser útil para que voluntariamente un cierto sector de internos se
acogiera al mismo. Por tanto, nosotros estimamos que en estos momentos
alrededor de 3.000 presos extranjeros podrían abandonar las prisiones
españolas, lo que equivaldría a un ahorro anual próximo a los 12.000
millones de pesetas y a un descenso considerable de la tasa de
hacinamiento.

Y después de mucho tiempo sin hacer nada, ahora, el Fiscal General del
Estado parece que pretende pisar el acelerador y, además, pisarlo de un
modo indiscriminado, lo que, por las formas, ha provocado recelos en
ciertos sectores sociales. Nosotros, viendo que existe en este momento
una carencia de instrumentos que serían adecuados para poder dar una
solución al problema de esta población penitenciaria extranjera, por
ejemplo, la firma de los correspondientes acuerdos o convenios
internacionales con aquellos países de origen que mayor número de presos
extranjeros aportan a las prisiones españolas, desde estas
consideraciones, repito, preguntamos: qué medidas urgentes van a ser
desarrolladas durante el año 1994 para la reducción del número de
ciudadanos extranjeros internos en centros penitenciarios españoles?



El señor VICEPRESIDENTE: Para contestar, tiene la palabra la señora
Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Lo más brevemente posible, señor Presidente, en aras de esa
celeridad que usted demanda.

Coincidimos con las cifras que ha expresado el señor Gil Lázaro y, por
tanto, evidentemente, con la importancia del problema y el crecimiento
del mismo, pero, a lo largo de su exposición, usted ha puesto de
manifiesto dos datos que son esenciales: voluntariedad en cuanto a estas
decisiones de cumplir fuera de España --y especialmente cuando así lo
prevén los convenios-- o decisión judicial. Estas son las dos claves del
problema: voluntariedad y decisión judicial; decisión judicial a la que
pretende excitar la circular de la Fiscalía que no sé si S. S. habrá
leído, pero es absolutamente cuidadosa con el marco normativo vigente y
lo único que hace es dar instrucciones en la interpretación o en la
aplicación de la Ley Orgánica de Extranjería.

Dicho esto, lo que sí estamos instrumentando y espero tenerlo en
funcionamiento en un plazo brevísimo de tiempo por llamarlo de alguna
manera, es una unidad de extranjería, con unas funciones muy completas a
realizar. ¿Para qué? Para sincronizarnos precisamente con unidades
similares, que prevé la circular de la Fiscalía General que se van a
organizar también por su parte. En consecuencia, para reforzar esta
cuestión nos proponemos, primero, informar cumplidamente a los reclusos
para que puedan tomar sus decisiones con mayor información y operar, por
nuestra parte, a través de esta unidad, facilitando los datos necesarios
y precisos al Ministerio Fiscal para que la aplicación de la circular y,
en consecuencia, la sugerencia de aplicación contenida en la Ley Orgánica
de Extranjería. Esas son las medidas y una más que le comento: como
quiera que alguien podría preocuparse porque estas normas se hiciesen con
el mayor respeto a los derechos de los extranjeros internos en nuestras
prisiones, he de decirle que hemos empezado con el Colegio de Abogados de
Madrid, con el que tenemos una relación muy fluida en diversos programas
y, además, porque dicho Colegio tiene una información y una defensa de
los extranjeros y, en consecuencia, nos hemos puesto en contacto y vamos
a instrumentar esta posibilidad de información y, en su caso, defensa del
Colegio de Abogados de Madrid en relación con esta cuestión de los
extranjeros en las prisiones españolas y posible reducción de su número.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Gil Lázaro para
consumir un turno de réplica.




El señor GIL LAZARO: Los dos extremos claves de la cuestión, pero que son
por definición necesariamente compatibles, precisamente se centran en la
necesidad de mantener un riguroso equilibrio de respeto al derecho de
estos ciudadanos extranjeros, un riguroso equilibrio de respeto a nuestra
legalidad vigente, pero, al mismo tiempo, dar los pasos necesarios para
poder resolver, desde el respeto a los derechos básicos de estas
personas, un problema que está incidiendo gravemente sobre nuestra red
penitenciaria.

Por eso he aludido en la fundamentación de mi pregunta a la necesidad de
verificar todo un amplio abanico de medidas que van desde las de
contenido, por así decirlo, profesional en cuanto al asesoramiento y
contacto con los colegios de abogados a otras de carácter diplomático en
el conjunto de la Unión Europea y fuera de la Unión Europea en nuestras
relaciones bilaterales con otros países, que se ha detectado son
esencialmente aquellos que mayor número de ciudadanos nacionales de
dichos países están internos en nuestros establecimientos penitenciarios
en estos momentos. Pero, además, todo ese cambio necesario desde el
respeto al derecho de estas personas va a contribuir a la larga a que se
acabe con una situación que también está afectando directamente a otros
ámbitos de la vida española, porque sabe perfectamente S. S. que algunos
colectivos de ciudadanos extranjeros, fundamentalmente de inmigración
ilegal, utilizan la comisión del pequeño delito para



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el ingreso en prisión como una «fórmula» --entre comillas--, de
normalizar o de asegurar su permanencia en nuestro país en tanto en
cuanto no quedan definitivamente resueltas las correspondientes
diligencias judiciales iniciadas por la comisión de ese delito.

Por tanto, ésta es una cuestión que ya no podemos demorar por más tiempo,
pero es una cuestión en la que no se puede pretender, como ha hecho el
Fiscal General del Estado, pisar el acelerador a fondo y de manera
indiscriminada. Hay que ir con el tiento que yo parezco adivinar de la
intervención de S. S. para que, efectivamente, nuestra legalidad se
cumpla, la situación de nuestras prisiones se descongestione, pero el
respeto a los derechos de estas personas quede plenamente garantizado. En
ese sentido, insisto en que las iniciativas diplomáticas son
indispensables. Como complemento de eso, probablemente las aportaciones
que España pueda realizar para que después determinadas organizaciones no
gubernamentales velen en los países de origen de estas personas para que
el cumplimiento de las penas en esos países de origen se atenga al
respeto escrupuloso a los derechos humanos, pueden ser también una
solución.

En definitiva, creo que aquí hay que abordar criterios desde una óptica
muy variada, pero con urgencia.




El señor VICEPRESIDENTE: Para réplica, tiene la palabra por cinco minutos
máximo, la señora Secretaria de Estado.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Señor Gil Lázaro, nosotros vamos a abordar ese problema en
la forma que le he dicho.

Ciertamente, como S. S. conoce, somos firmantes del Convenio de
Estrasburgo y no vamos a descartar ninguna iniciativa diplomática en la
firma de convenios, pero con la consecuencia que conoce respecto a
convenios, que esto es voluntario.

No deben estar tan mal organizadas ni ser tan malas nuestras prisiones
cuando a veces constatamos que ciudadanos europeos no quieren cumplir las
penas en sus prisiones, no las quieren cumplir en Alemania y prefieren
cumplirlas en España, no quieren cumplirlas en Francia y prefieren
cumplirlas en España. Todavía no acabo de entender el asunto a la vista
de lo que algunas veces se me señala, pero es una realidad que S. S.

podrá comprobar; no le doy los nombres por la confidencialidad, pero
tenga la seguridad de que eso se produce.

Por tanto, dentro de ese marco y de ese equilibrio que he relatado y que
S. S. también ha expresado, no vamos a ahorrar ninguna actuación para
paliar o reducir este grave problema. Ya no es tanto, aunque
efectivamente también lo es, porque supone un incremento de nuestra
población penitenciaria, sino también porque consideramos que hay muy
pocas posibilidades de verdadera reinserción de estos emigrantes que,
cuando terminan de cumplir su prisión, vuelven a caer. Están sin familia
y sin posibilidades de trabajo; incluso algunas veces no podemos
aplicarles los beneficios penitenciarios de tercer grado porque no reúnen
las condiciones de posibilidad de trabajo ni de amparo familiar, por lo
que su resocialización es muy dudosa dentro de nuestras prisiones.

Por tanto, en ese doble propósito es en el que nos movemos para el
tratamiento que damos a este problema. Espero poder informarle a lo largo
de este año de cómo se desarrolla esta unidad de extranjería que estamos
instrumentando y que, en brevísimo plazo de tiempo, probablemente a lo
largo del mes de mayo, esté en funcionamiento y a finales de año o al
poco tiempo de su funcionamiento tengamos una posible evaluación.




--CRITERIOS QUE ORIENTARAN DURANTE EL AÑO 1994 LA POLITICA DE PERMISOS
PENITENCIARIOS. FORMULADA POR EL SEÑOR GIL LAZARO, GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR. (Número de expediente 181/000564.)



El señor VICEPRESIDENTE: A continuación, vamos a debatir la pregunta
número 11 del orden de día; criterios que orientarán durante el año 1994
la política de permisos penitenciarios, formulada por don Ignacio Gil
Lázaro, del Grupo Popular.

El señor Gil Lázaro tiene la palabra.




El señor GIL LAZARO: Uno de los aspectos de ejecución de la política
penitenciaria y de reinserción de los reclusos que más vaivenes han
sufrido en los últimos años y en los que la Administración ha dejado
constancia de no tener criterios claros, han sido, sin duda, el referente
a los permisos penitenciarios. Sin una objetivación del porqué y del
cómo, lo cierto es que en los últimos años se ha estado pasando de fases
ampliamente permisivas a otras restrictivas y sin que parezca que en ello
ha influido planteamiento alguno que no sea estrictamente el de
conveniencias internas de la propia Administración, utilizando de manera
generalizada el permiso, una veces como recurso para aliviar la carencia
de espacios en el interior de los establecimientos o la reacción de esa
misma Administración ante la réplica social provocada por delitos
singularmente alarmantes, cometidos por internos que disfrutaban de dicho
permiso en el instante de la comisión de aquéllos.

En todo caso, parece claro que la Administración Penitenciaria ha
desgajado absolutamente el hecho de la concesión o denegación del permiso
de su significado científico y reeducacional como parte del tratamiento,
probablemente porque este valor del tratamiento es, hoy por hoy, una mera
entelequia en el conjunto de nuestro sistema penitenciario.

Sin que se hayan dado explicaciones suficientes al respecto, lo cierto es
que de los 46.592 permisos de salida y 123.195 permisos de fin de semana
que se concedieron en 1991, se pasó a 21.498 permisos de salida y 31.531
permisos de fin de semana en 1992, y estamos a la espera de obtener los
datos relativos a 1993.

En la última etapa del señor Asunción se especuló con la posibilidad de
que la Administración plantease una ordenación objetivada de criterios
para la concesión de



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tales permisos, sin que hasta la fecha nada se sepa al respecto y
continuándose, por tanto, en los términos de indefinición e inseguridad
que se vienen arrastrando desde hace años.

Por tanto, preguntamos, ¿qué criterios orientarán, durante el año 1994,
la política de permisos penitenciarios?



El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Secretaria de Estado
para responder a la pregunta.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Intervengo en respuesta a la pregunta de señor Gil Lázaro
para expresar que los criterios con que se conceden, se han concedido y
se seguirán concediendo los permisos de salida no pueden ser otros --y
seguro que el señor Gil Lázaro lo entenderá así-- que los fijados en la
legislación vigente y no con ninguna finalidad, desde luego, de vaciar
las prisiones, como parece haber sugerido en su intervención, sino que si
se conceden con los criterios que acabo de expresar indudablemente se
conceden con la finalidad de contribuir a la preparación de la vida en
libertad y en el límite de que exista una probabilidad de que no se
produzca un quebrantamiento de condena o una conducta no deseada en el
disfrute del permiso.

No hay una restricción en 1993 sobre 1992 tan importante y espero poder
ofrecerle las cifras.

Sí es cierto que no repentinamente sino a lo largo de los dos últimos
años se han tenido reuniones de profesionales de forma sistemática y
continuada en la búsqueda de un mejor procedimiento de información y
predicción de posibles resultados no requeridos de permisos, es decir, en
la búsqueda de una información lo más completa posible para ofrecérsela a
quien es, en definitiva, el titular o el responsable de los permisos
ordinarios que, como S. S. sabe, es el Juzgado de Vigilancia.

En esa progresión se ha continuado teniendo las reuniones y las
discusiones interprofesionales a que S. S. ha hecho referencia y en esa
idea se está preparando una instrucción que verá la luz próximamente y
que tiene como características principales ordenar los métodos de trabajo
existentes, distinguir varios momentos en la concesión de los permisos y
otras variables que sería prolijo describir aquí y que permitan, en
definitiva, ese seguimiento, evaluación y establecimiento, en su caso, de
medidas cautelares cuando sean precisas. Esta instrucción recogería la
experiencia acumulada y tendría como exclusivo objetivo no restringir por
restringir, como ha dicho S. S., tampoco otorgar permisos, sino
precisamente moverse en esa finalidad del permiso de contribuir a la
preparación de la vida en libertad y moverse, sobre todo, con el mayor
porcentaje de probabilidades de no fallo del permiso.

Hay que decir que en el conjunto los fallos de no reingreso, los
porcentajes de incidencia en los permisos es altamente bajo, es un
porcentaje que no llega el uno por ciento.




El señor VICEPRESIDENTE: A continuación, para réplica, tiene el uso de la
palabra el señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Evidentemente, señora Secretaria de Estado, los
criterios tienen que ser necesariamente los fijados en la legislación
vigente, de la misma forma que la legislación vigente habla de un interno
por celda. Lo que ocurre es que ni en el caso del interno por celda ni en
el caso de los permisos se están aplicando los criterios definidos en la
legislación vigente. Esa es una primera consideración.

La segunda consideración --y me he referido a ella en la fundamentación
de la pregunta-- es que el permiso tiene sentido como expresión del
tratamiento, es decir, como expresión de la individualización científica
de la pena y todos sabemos que en este momento el valor del tratamiento,
es decir, la ejecución de esa individualización científica de la pena es
una pura entelequia en el interior de nuestras prisiones; por eso se
explica la política de vaivenes que en los últimos años ha seguido la
Administración penitenciaria en relación con la concesión de permisos.

Mire usted, las Juntas de tratamiento de los centros nunca saben qué
decir a los internos respecto de si podrán o no disfrutar de un permiso
penitenciario aunque sea a ellos a los que corresponde emitir los
informes, ya que por muy favorables que éstos sean, por parte de la
Administración se toman luego las medidas en función muchas veces de
criterios que no están señalados en nuestra legislación vigente.

Dígame usted cómo es posible que a internos que han disfrutado de 10
permisos continuados, quedándoles tres meses para el cumplimiento
definitivo, se les deniegue el permiso, a pesar de haber regresado todas
las veces y no haberse producido ningún quebrantamiento, de no haber sido
sancionados y de que su comportamiento es el adecuado. Sin embargo, a la
inversa, explíqueme cómo internos aquejados de profundos desequilibrios
gozan de esos permisos y después producen determinados hechos en el
momento de disfrute del permiso que causan, como es natural, la lógica
alarma social.

Creo que hace falta, y lo decía en la fundamentación de mi pregunta, que
desarrollando el marco legal vigente, se objetive mucho más ese régimen
de causas y metodología de la concesión y aplicación de los permisos;
pero hace falta también, y con ello concluyo, señor Presidente, que la
institución del permiso recobre su sentido, es decir, como parte del
tratamiento, y para eso, desde luego, señora Secretaria de Estado, hace
falta que en el ejercicio de su responsabilidad al frente de la
Secretaría de Estado haga bueno un objetivo positivo que usted señaló en
su comparecencia del 22 de febrero, es decir, potenciar y dotar
adecuadamente a los equipos de observación y tratamiento, que sigue
siendo una carencia importante en el conjunto del sistema.




El señor VICEPRESIDENTE: La señora Secretaria de Estado tiene cinco
minutos como máximo para duplicar al señor Gil Lázaro.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Señor Presidente, efectivamente el objetivo que ha señalado



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el señor Gil Lázaro de reforzamiento de los equipos de tratamiento es un
objetivo que la institución se propone perseguir porque creo que es un
elemento absolutamente imprescindible como medida complementaria y en la
que se puede basar esa perfectibilidad del procedimiento de información
objetivada a que S. S. se refería.

Pero, además de esto, recuerdo a S. S. que evidentemente habría que ver
caso por caso porque a algún interno a quien se le había concedido
permiso luego se le denegó. Sin verlo caso por caso es completamente
imposible. Su señoría entenderá que yo no pueda aclararle o despejarle
ninguna duda. Simplemente, quiero recordarle que, en todo caso, los
informes en los permisos ordinarios corresponde a la Administración
penitenciaria, como sabe S. S. perfectamente, pero deseo que quede
constancia. En todo caso, los permisos se producen por un informe,
positivo o negativo, y por una decisión del Juzgado de Vigilancia que, en
virtud de ese informe, puede otorgarlo con total discreción y lo hace
como considera oportuno.

Por tanto, para poder hablar incluso de mayor restricción en permisos
habría que ver el conjunto de los informes, es decir, si se han
incrementado o no los informes negativos; sino estamos hablando de
cantidades que son difíciles de cuantificar. Le aseguro que estamos
trabajando, y seguiremos haciéndolo, lo haremos año tras año porque yo
creo que todo eso es perfectible, en esa objetivación que usted comenta.

He expresado en la primera de mis respuestas que esa mayor perfección de
los informes estará contenida en la instrucción que en este momento
prepara la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.




--PREVISIONES RESPECTO DE LA REDUCCION DE LA EDAD HASTA LA CUAL PUEDEN
PERMANECER LOS NIÑOS JUNTO A SUS MADRES INTERNAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS
PENITENCIARIOS. FORMULADA POR EL SEÑOR GIL LAZARO, GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR. (Número de expediente 181/000565.)



El señor VICEPRESIDENTE: A continuación vamos a formular la última de las
preguntas que se va a ver en la sesión de hoy. Por tanto, quiero que
quede constancia de que las preguntas número 13, 14, 15, 17, 18, 19, 20 y
22 quedan pendientes, así como la 21, de Izquierda Unida, de doña Rosa
Aguilar, que será acumulada a una comparecencia próxima y pendiente.

A continuación, para que formule la pregunta duodécima, previsiones
respecto de la reducción de la edad hasta la cual pueden permanecer los
niños junto a sus madres internas en los establecimientos penitenciarios,
de la que es autor el señor Gil Lázaro, del Grupo Popular, tiene la
palabra.




El señor GIL LAZARO: Gracias, señor Presidente.

Desde luego, hacen falta muchas otras cosas; por ejemplo, el que informes
o permisos, recomendados negativamente por los centros, no sean después
concedidos directamente o informados favorablemente por la cúpula de la
Administración penitenciaria.

En la cuestión que nos importa, es sabido que en la actualidad tan sólo
existen dos centros específicamente destinados a internas que son madres,
internas que tienen a sus hijos consigo en prisión; estos centros son
Sevilla-II y Carabanchel-Madres. Dada la insuficiencia de éstos, la
realidad es que, en la mayoría de las ocasiones, los niños que permanecen
junto a sus madres en prisión tienen que soportar unas deleznables
condiciones de vida, marcadas por ese hacinamiento al que anteriormente
hacíamos referencia en otra cuestión, y por todas las negativas
consecuencias que el hecho mismo de la prisión comporta. Por otra parte,
además, como también ha quedado visto a lo largo de esta sesión, el
número de unidades dependientes que pudieran acoger programas de
permanencia de reclusas en tercer grado con sus hijos sigue siendo
clarísimamente insuficiente.

El problema que planteamos tiene, desde luego, matices contrapuestos, y
somos plenamente conscientes de ellos. Matices contrapuestos y difíciles,
pero lo cierto es que urge abordarlo en su integridad, porque la realidad
ofrece un estado de cosas muy negativo para el niño en prisión. Este va
creciendo en el interior de un ambiente carcelario que no escapa a
circunstancias cotidianas, como las peleas entre internas, incidentes con
funcionarios, sirenas, ruido de cancelas y puertas, droga y una sensación
psíquica de permanente violencia contenida.

Eso hace que, según los especialistas, el perfil del niño que vive en
prisión se vaya moldeando desde características de introversión, tristeza
y desconfianza; se ha podido comprobar que estos niños presentan rasgos
de carácter esencialmente asustadizos y de desequilibrio nervioso y
emocional.

Igualmente, la experiencia acredita que, en muchos casos, el niño no
cuenta en el interior de la prisión con una debida atención por parte de
la madre, y que es utilizado (hay que decirlo con toda crudeza) en
ocasiones para mejorar el propio «status» interior de la madre en
materias tales como disponibilidad de utensilios, racionado diario,
exención del cumplimiento de sanciones y traslados, entre otras
cuestiones.

La cortedad, la prácticamente inexistencia, de una adecuada regulación
normativa del hecho de la presencia del niño en prisión, determina, en
fin, toda una insatisfactoria situación a la que se debe poner remedio, y
probablemente la reducción de la edad hasta la cual los niños pueden
permanecer en el interior de los establecimientos sería una cuestión a
considerar, ya que está creciendo en prisión y, por otra parte, en el
momento de separación forzosa de sus madres, es también más consciente de
que se produce la quiebra de esa convivencia diaria y los motivos por los
que se produce.

Quiero señalar, y con esto termino, que somos conscientes de que ésta es
una cuestión muy difícil, ya lo he señalado al comienzo; tiene perfiles
que podrían llegar incluso a ser contradictorios entre lo que es el
derecho de la madre y lo que es el derecho del niño; pero, evidentemente,
la situación de dificultad y de complejidad de la



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cuestión (dada además la situación material de nuestra red de
establecimientos) obliga a abordarla con urgencia.

Recientemente, la propia Administración penitenciaria ha promovido una
serie de pequeños simposios en los que se han abordado estas cuestiones.

Yo creo, en definitiva, que éste es un asunto en que, con todo rigor, con
todo detenimiento, con una sensibilidad máxima, habría que comenzar a
estudiarlo cuidadosamente. Lo primero que se puede hacer, sin lugar a
dudas, es cubrir nuestro vacío normativo, la práctica falta de una
regulación completa de este asunto en nuestra legislación vigente y,
desde luego, plantearse si es conveniente que el niño permanezca en
prisión hasta el término de edad que hoy establece la legislación
vigente, hasta la edad de escolarización, con lo que eso supone de
creación de la personalidad del niño en su origen, desde un recinto tan
dramático como es la prisión, y lo que eso supone de mayor consciencia
después, cuando ha de abandonar a su madre en prisión, de que se quiebra
esa relación cotidiana con su madre, y de los motivos por los que se
quiebra, o si, por el contrario, hay que dejar las cosas como están, en
virtud de la preeminencia de lo que sería el derecho de la madre.

Nosotros en este momento no nos atreveríamos a dar un criterio cerrado y
absoluto, pero sí pensamos inicialmente que convendría estudiar con
detenimiento la posibilidad de reducción de esa edad de la permanencia
del niño en prisión.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Secretaria de Estado
para contestar.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Señor Gil Lázaro, comparto muchas de las reflexiones que ha
expresado, así como su preocupación porque niños a partir de una
determinada edad tengan alguna relación con la prisión. Yo creo que
también ésa es la política penitenciaria europea, que desde luego va a
tratar de evitar que los niños, sobre todo a partir de tres o cuatro
años, incluso a partir de dos, vivan en la prisión, por mucho que alguien
pueda plantear que es separarlos de sus madres.

En cuanto a cuál sería la previsión debo decirle que no tengo la
seguridad ni siquiera la reflexión concluida respecto a si eso va a dar
lugar a la modificación legal oportuna puesto que, como usted sabe
perfectamente, el único precepto que contempla esta situación lo hace de
una forma poco taxativa y, como se trata de una ley orgánica, habría que
modificar una ley orgánica exclusivamente en este párrafo, en el que
dice, para conocimiento de SS. SS., cuando habla de departamentos de
mujeres: Igualmente, podrá --en condicional-- existir un local habilitado
para guardería infantil y educación preescolar, con el fin de que las
internas puedan tener en su compañía a los hijos que no hayan alcanzado
la edad de escolaridad obligatoria. Con esa poca concreción con que la
ley trata esta cuestión, con las tendencias y recomendaciones
internacionales de que cuantos menos niños en prisión, mejor, y sobre
todo cuantos menos niños de determinada edad, desde luego por nuestra
parte hacemos todos los esfuerzos oportunos. No sólo hacemos todos los
esfuerzos oportunos, sino que no damos tampoco facilidades, especialmente
porque en este momento, tanto con esa solución de unidades dependientes,
en algunos casos, a las que se puede desplazar a madres con niños y están
fuera de los muros de la prisión, como por los convenios que tenemos con
las comunidades autónomas y éstas, en su mayor parte, tienen bastante
bien resuelta en este momento la protección de los niños cuando hay
situaciones de prisión de sus madres, ya no se trata de aquellas
instituciones antiguas sino que son instituciones modernas en las que los
niños no tienen el riesgo de hospitalismo por las condiciones en que
están.

Por tanto, en función de los criterios internacionales, en función
especialmente de esas posibilidades con las comunidades autónomas, desde
luego, salvo que los jueces --y en esa ocasión tenemos que cumplir
simplemente con el mandato judicial-- nos ordenen el ingreso de madre e
hijos en prisión, a partir de determinada edad, de dos o tres años,
procuramos no tenerlos porque comparto claramente que no parece que sea
una situación conveniente. De hecho, las cifras de que dispongo --y que
le ofrezco-- ponen de manifiesto que en febrero de 1994 de 196 niños que
permanecían en los centros penitenciarios, tan sólo 13 tenían cuatro o
más años cumplidos, que creemos es una edad en la que ya no debieran
estar, y otros 11 niños mayores de tres años estaban junto a sus madres
penadas en tercer grado en unidades dependientes, pisos de madres con
niños gestionados por organizaciones no gubernamentales, con las que
tenemos convenio.

En resumen, son muy pocos los que están por encima de un dintel de edad
que podríamos considerar razonable y estamos haciendo los esfuerzos
necesarios para evitar que ingresen a partir de una determinada edad,
siempre con esa salvedad. Si se fuera incrementando el número de niños
mayores de esa edad, que sobre una población de 196, como le decía, es
una cifra muy pequeña, probablemente tendríamos que modificar la ley
orgánica, pero en los términos en que está expresado, con la realidad que
tenemos y con el esfuerzo que estamos haciendo en esa colaboración con
organizaciones no gubernamentales, sí es objeto de mi preocupación pero
en este momento no veo la conveniencia de modificar la ley orgánica
precisamente por esa no indefinición o por las expresiones que contiene,
que permiten cierta capacidad de operar en protección de los niños
conjugando ese derecho de madres y niños sin conculcar la legalidad.




El señor VICEPRESIDENTE: Por tiempo máximo de cinco minutos, tiene la
palabra el señor Gil Lázaro para réplica.




El señor GIL LAZARO: Señor Presidente, el problema, señora Secretaria de
Estado, es que coincidiendo, como básicamente coincidimos, en el
planteamiento de la cuestión, sin embargo, nosotros entendemos, en
función de las previsiones que nos hacen llegar los especialistas, que
este fenómeno de la presencia de niños con sus madres en prisión se puede
ver incrementado en los próximos tiempos como consecuencia del aumento de
la población penitenciaria femenina y del descenso en la edad media de la



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reclusa de nuevo ingreso, como resultado esencialmente de la vinculación
de estas nuevas internas a un determinado tipo de delitos. Ello implica
que necesariamente tengamos que plantearnos ya lo que puede ser un
horizonte inmediato de este asunto y estudiar la debida solución.

Yo creo --insisto en ello, porque ésa será siempre la posición de mi
Grupo-- que esa solución tiene que preservar la capacidad del niño para
formarse en el origen de su personalidad sin el trauma que supone la
permanencia en prisión, en primer lugar, y, en segundo lugar, la ruptura,
al llegar una determinada edad, de la convivencia con su madre, porque
tiene que abandonar la prisión, siendo consciente, además, de por qué se
produce esa ruptura, es decir, de que su madre queda en prisión. Al mismo
tiempo, sin embargo, hay que garantizar, naturalmente, a través de las
medidas adecuadas, bien por medio de esa red de unidades dependientes,
bien a través de otra serie de medidas complementarias para aquellas
internas que no puedan acceder a esa red de unidades dependientes, el
derecho de la interna a poder mantener, aunque su hijo esté fuera de la
prisión, la necesaria comunicación con él, tanto para el desarrollo
reeducacional incluso de la propia interna en prisión --la presencia del
hijo o el lazo con el hijo coadyuva a la autorresponsabilización de la
interna y, por tanto, al esfuerzo necesario para poder variar sus
condiciones anteriores que determinaron su ingreso en prisión-- como,
naturalmente también, el derecho del hijo a poder mantener una relación
continuada con la madre.

Esta es una cuestión que nosotros, en función --insisto-- de lo que nos
señalan los especialistas, pensamos que se puede agudizar en los próximo
tiempos y, por consiguiente, convendría que entre todos fuéramos
planteándonos cuáles son los remedios oportunos que tenemos que adoptar,
a los efectos de que los derechos del niño y los derechos de la madre
queden plenamente garantizados en una situación probablemente distinta a
la que se plantea en la actualidad.




El señor VICEPRESIDENTE: La señora Secretaria tiene también cinco minutos
como máximo para contestar en dúplica.




La señora SECRETARIA DE ESTADO DE ASUNTOS PENITENCIARIOS (Fernández
Felgueroso): Señor Presidente, quiero confirmar al señor Gil Lázaro que
desarrollaremos una observación puntual de las cifras y estadísticas,
para comprobar incrementos o disminuciones en este problema. Si bien
--como antes le expresaba-- no tenemos un proyecto inmediato de
modificación de la Ley General Penitenciaria, no descartamos ninguno de
los remedios que se pudieran poner en funcionamiento.

Deseo reiterar que estamos básicamente de acuerdo en la necesidad de
preservar a los niños. Incluso si estuvieran enfrentados los deseos o los
derechos de madres e hijos, creo que, necesariamente, una Administración
debe inclinarse, en ese caso, por los derechos de los niños, y eso es lo
que haremos.

Quiero decirle también que, como probablemente sabe, en aquellas
situaciones en que las madres han considerado, por las reflexiones que se
les ha hecho, que sea oportuno que sus hijos estén con sus familiares
directos, fuera de la prisión, o si no tuvieran esta posibilidad, en
instituciones adecuadas de las comunidades autónomas, para este supuesto,
y en la hipótesis de que no tuvieran familia, tenemos conciertos,
especialmente con voluntarios --concretamente es uno de los programas que
hacen los voluntarios de Cruz Roja--, para que, en todo caso, mantengan
estas madres comunicación y contacto con sus hijos.

Asimismo, tengo que aclarar que, desde luego, en esa preocupación por los
niños, en la medida de lo posible y desde muy pequeñitos, de los 196
niños pequeños que permanecen cerca de sus madres, lo que procuramos es
que con la edad mínima, dos años, salgan todos los días a guarderías o a
instituciones de formación, para evitar que el niño rompa con la
sociedad; está cerca de la madre, evidentemente muros adentro de prisión,
pero procuramos toda las actuaciones oportunas para impedir que, además
de esa situación, ya por sí sola desgraciada, no tenga contacto con la
sociedad y con otros niños en situación normal. (El señor Gil Lázaro pide
la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE: Usted dirá, señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Por una cuestión de orden, si fuera posible, pero yo
siempre sometido, como es natural, al criterio de la Presidencia.

Señalaba antes el señor Presidente si habría alguna pregunta que, por
razón de actualidad, convendría formular.




El señor VICEPRESIDENTE: Señor Gil Lázaro, tendría usted que haberlo
dicho antes. Dijimos que ésta era la última.




El señor GIL LAZARO: Perdón, creía que había que hacerlo en el momento en
que se fuese a cerrar la sesión.




El señor VICEPRESIDENTE: Tenía que haberlo dicho antes, porque entonces
la última habría sido ésa a la que usted hubiera dado preferencia.




El señor GIL LAZARO: Era solamente una y con toda brevedad, pero la
dejaremos para otra ocasión, que será entonces menos breve.




El señor VICEPRESIDENTE: Muchas gracias, señor Gil Lázaro.

Doy las gracias a doña María Paz Fernández por su comparecencia y ruego
que, a la mayor brevedad posible, haga llegar los datos que ha dicho que
va a remitir a esta Comisión.

Doy las gracias a SS. SS. perennes, que han persistido durante todo este
tiempo aquí, a la prensa, que también nos ha acompañado, y a los
servicios de la Cámara, que, con la diligencia de siempre, nos han
atendido.

Muchas gracias y se levanta la sesión.




Eran las nueve y diez minutos de la noche.