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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 177, de 25/04/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 1994 V Legislatura Núm. 177
JUSTICIA E INTERIOR
PRESIDENTE: DON JAIME JAVIER BARRERO LOPEZ
Sesión núm. 18
celebrada el lunes, 25 de abril de 1994



ORDEN DEL DIA:
Preguntas:
--Del señor Romero Ruiz (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre
intervención del Ministerio del Interior en la concesión de la
autorización judicial dada a Monzer Al Kassar para viajar al extranjero.

(BOCG serie D, número 52, de 11-2-94. Número de expediente 181/000448)
(Página 5554)
--De la señora Urán González (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre
medidas previstas ante los hechos denunciados en el ayuntamiento de
Burjassot (Valencia), donde se afirma que la Policía Nacional no ha
acudido a llamadas por conflictos y reyertas callejeras, alegando carecer
de medios suficientes. (BOCG serie D, número 57 de 21-2-94. Número de
expediente 181/000499) (Página 5555)
--Del señor Romero Ruiz (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre
medidas para evitar situaciones como la protagonizada en Galicia por dos
policías. (BOCG serie D, número 61, de 25-2-94. Número de expediente
181/000510) (Página 5556)



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--Del señor Gil Lázaro (Grupo Parlamentario Popular), sobre previsiones
acerca del desarrollo en 1994 de la llamada «operación verano» en el
litoral valenciano. (BOCG serie D, número 76, de 22-3-94. Número de
expediente 181/000609) (Página 5558)
--Del mismo señor Diputado, sobre medidas para garantizar una eficaz
acción de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado contra los clanes
que controlan el tráfico de droga en el distrito marítimo de la ciudad de
Valencia. (BOCG serie D, número 76, de 22-3-94. Número de expediente
181/000625) (Página 5560)
--Comparecencia del señor Director General de la Guardia Civil (Cardenal
de Alemany), para informar de la venta de gasoil pesquero de forma
fraudulenta en los últimos años gracias a las certificaciones extendidas
por un grupo de guardias civiles destinados en Melilla. A solicitud del
Grupo Parlamentario Federal IU-IC. (Número de expediente 212/000481)
(Página 5562)
--Comparecencia del señor Ministro del Interior para explicar la
situación en España de la posesión de armas en manos de particulares. A
solicitud del Grupo Parlamentario Federal IU-IC. (Número de expediente
213/000204.) Esta comparecencia será cumplimentada por el señor Director
General de la Guardia Civil (Cardenal de Alemany), según acuerdo de la
Mesa de la Comisión en su reunión del día 8 de marzo de 1994 (Página 5566)
Preguntas (Continuación):
--Del señor Soriano Benítez de Lugo (Grupo Parlamentario Popular), sobre
actuaciones llevadas a cabo por el Ministerio del Interior en relación
con el desplazamiento en un helicóptero de la Guardia Civil a la Isla de
La Gomera de la titular del Juzgado de Granadilla de Abona (Tenerife), el
pasado 24 de julio, para asistir a una vista oral. (BOCG serie D, número
48, de 7-2-94. Número de expediente 181/000436) (Página 5571)
--Del señor Romero Ruiz (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre planes
del Ministerio del Interior para el patronato de viviendas de la Guardia
Civil. (BOCG serie D, número 57, de 21-2-94. Número de expediente
181/000458) (Página 5573)
--Del señor Fernández de Mesa Díaz del Río (Grupo Parlamentario Popular),
sobre explicación del desfase económico expresado por el Gobierno en su
respuesta a la pregunta sobre obras del acuertelamiento de la Guardia
Civil de San Andrés de la Selva, en Barcelona. (BOCG serie D, número 61,
de 25-2-94. Número de expediente 181/000515) (Página 5574)
--Del señor López Garrido (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre
motivos por los que se marginó la intervención del Juez en las
actuaciones iniciadas tras el descubrimiento de los asesinatos de Nigrán,
Pontevedra. (BOCG serie D, número 61, de 25-2-94. Número de expediente
181/000518) (Página 5576)



Se abre la sesión a las cuatro y cuarenta y cinco minutos de la tarde.




El señor PRESIDENTE: Buenas tardes, señorías.

Se va a producir una variación en el orden del día como consecuencia de
la petición del compareciente --variación con la que están de acuerdo los
distintos portavoces y es aceptada por la Mesa--, de manera que el
Director General de la Policía dé contestación a las preguntas que tienen
alguna relación con este Cuerpo.




CONTESTACION A LAS SIGUIENTES PREGUNTAS SOBRE:



--INTERVENCION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR EN LA CONCESION DE LA
AUTORIZACION JUDICIAL DADA A MONZER AL KASSAR PARA VIAJAR AL EXTRANJERO.

FORMULADA POR EL SEÑOR ROMERO RUIZ, DEL GRUPO DE IZQUIERDA
UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA. (Número de expediente 181/000448.)



El señor PRESIDENTE: El punto número 4 pasa a ser tratado en primer
lugar, y corresponde a la pregunta formulada por don Antonio Romero Ruiz,
que se refiere a la intervención del Ministerio del Interior en la
concesión de la autorización judicial dada a Monzer Al Kassar para viajar
al extranjero.

Puede formular la pregunta el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, la pregunta que formula nuestro
Grupo está en relación con la concesión de la autorización judicial dada
a Monzer Al Kassar, persona que estaba detenida, puesta a disposición
judicial y acusada de delitos de extrema gravedad; autorización que, al
parecer, se produce después de que dos



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personas pertenecientes al Cuerpo Nacional de Policía hablen con tres
magistrados de la Audiencia Nacional y les convenzan de la necesidad, por
razones de Estado, de que se le dé un permiso a Al Kassar para que salga
de España.

Nuestra pregunta viene relacionada con ello. ¿Qué motivos llevan a que
eso sea así y a que se utilice ese procedimiento tan atípico de una
presión a miembros de la Magistratura para que se autorice la salida de
España de un personaje como Al Kassar, que está acusado de muy
importantes delitos?



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Director General de la
Policía.




El señor SECRETARIO GENERAL-DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA (Conde Duque):
Señor Presidente, no sé si hay alguna confusión en la inclusión de esta
pregunta en el orden del día, porque fue planteada exactamente en los
mismos términos en la última comparecencia que yo tuve aquí. Está
recogida en el «Diario de Sesiones» número 140, del 9 de marzo. No
obstante, si procedimentalmente corresponde contestarla, me remito a la
respuesta de aquel momento, en que no hubo ninguna intervención. A lo que
S. S. planteaba entonces como una hipótesis --que unos funcionarios de
policía pudieran haber intervenido--, le contesté lo que voy a volver a
contestar, y es que los funcionarios, con relativa frecuencia, tienen
contacto con los magistrados de la Sala, y no había ninguna razón --en
aquel momento el tema estaba más reciente-- que diera lugar a pensar que
esa intervención tenía algunas consecuencias; simplemente no hubo ninguna
intervención. Insisto en que me remito a lo dicho en aquel momento, que,
como digo, está recogido en el «Diario de Sesiones» número 140, de 9 de
marzo. No hubo intervención como, por otra parte, no la podía haber; no
cabe pensar que desde el punto de vista de funcionarios de los Cuerpos de
Seguridad hubiera presión ejercida sobre el Magistrado de la Audiencia
Nacional porque, en cualquier caso, eso no tendría ninguna virtualidad.




--MEDIDAS PREVISTAS ANTE LOS HECHOS DENUNCIADOS EN EL AYUNTAMIENTO DE
BURJASOT (VALENCIA), DONDE SE AFIRMA QUE LA POLICIA NACIONAL NO HA
ACUDIDO A LLAMADAS POR CONFLICTOS Y REYERTAS CALLEJERAS, ALEGANDO CARECER
DE MEDIOS SUFICIENTES. FORMULADA POR LA SEÑORA URAN GONZALEZ, DEL GRUPO
DE IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA. (Número de expediente
181/000499.)



El señor PRESIDENTE: La pregunta siguiente es la que aparece con el
número 6 en el orden del día, y está formulada por la señora Urán
González, que tiene la palabra.




La señora URAN GONZALEZ: Señor Presidente, ¿qué medidas piensa tomar el
Ministerio del Interior ante hechos denunciados en el Ayuntamiento de
Burjasot (Valencia), donde se afirma que la Policía Nacional no ha
acudido a llamadas por conflictos y reyertas callejeras alegando carecer
de medios suficientes?



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Director General.




El señor SECRETARIO GENERAL-DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA (Conde Duque):
Con todos los respetos me parece que es un asunto de relativa
importancia. Ocurrió el 1 de enero de este año. Fue requerida una
patrulla de la Comisaría de Burjasot para acudir --y naturalmente hago
referencia a los informes que tengo de los servicios-- a las cuatro y
media de la mañana con ocasión de un accidente en el que un vehículo
había atropellado a algunas personas, y en ese momento dijeron que no
tenían efectivos para poder mandar a ese suceso, en el que, por otra
parte, estaban interviniendo los funcionarios de la policía local;
incidente que puede producirse, ciertamente, en muchas otras ocasiones,
por ser de unas características de relativa importancia quiero decir.

No obstante lo anterior, es evidente que la plantilla del municipio de
Burjasot es reducida; lo son también las de algunos otros municipios del
área metropolitana valenciana y responde a algo que en algunos momentos
he tenido ocasión de presentar en esta Comisión y que no va a tener
arreglo, digamos, porque lo haya dicho hace 4 ó 6 meses, y es la
deficiente distribución de los funcionarios del Cuerpo Nacional de
Policía en la periferia del país, con peor dotación que la que existe en
este momento en el interior del mismo, y ello por razones ya apuntadas y
que no quiero volver a repetir de una manera que pareciera exculpatoria o
que eludieran cierta responsabilidad. Lo cierto es que los funcionarios
de policía están distribuidos razonablemente bien en el interior del país
y razonablemente mal en la periferia a partir de un proceso de asignación
de efectivos que se han ido produciendo en un determinado momento.

El hecho de que el Cuerpo Nacional de Policía haya tenido, a su vez, que
asumir las responsabilidades de seguridad en los municipios de naturaleza
más urbana y en áreas metropolitanas como la de Valencia, hace que esté
en unos umbrales de dotación razonablemente exiguos. Eso, no obstante,
gracias a un funcionamiento también razonable de la Junta de Seguridad,
hace que esas funciones se hagan de común acuerdo con las policías
locales y puedan dar una satisfacción en términos de seguridad.

Yo me permitiría leerle algunas cifras, simplemente como ilustración y no
tratando de eludir que el hecho fundamental es que no hay el suficiente
número de policías, y no se va a producir el milagro de la noche a la
mañana de que aparezcan. Pero, por ejemplo, en aquellos delitos que
causan mayor alarma social, los atracos a bancos han bajado un 33,3 por
ciento; los tirones un 40,7 --me estoy refiriendo a esa zona--; los robos
con fuerza en inmuebles un 6,1, y las sustracciones en interior de
vehículos un 0,2 por ciento, ciertamente poco.




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Es una situación no óptima, obviamente, pero quiero señalar, con todo
respecto, que el incidente a que se hace referencia el 1 de enero de 1994
no parece razonable extrapolarlo a una situación de déficit
extraordinario o que pueda producir una determinada alarma.

Y no tengo más que decir.




El señor PRESIDENTE: La señora Urán tiene la palabra.




La señora URAN GONZALEZ: Es fácil reconocer que no hay suficientes
efectivos, pero de todas formas la pregunta no solamente se circunscribe
a un hecho concreto que se produjo el día 1 de enero, sino que además se
viene produciendo con asiduidad, sobre todo por la noche. En la Comisaría
de Burjasot hay dos policías en el servicio de vigilancia, y el lunes 22
de noviembre sucedió otro caso parecido al del 1 de enero y tampoco se
pudo acudir.

Yo le preguntaba, en concreto, qué medidas se piensan tomar, porque los
hechos los conocemos. Es decir, ¿qué medidas piensan tomar para que esto
se vaya paliando, no le digo mañana, pero sí que se vaya paliando?



El señor PRESIDENTE: El señor Director General tiene la palabra.




El señor SECRETARIO GENERAL-DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA (Conde Duque):
Querría no repetir algunos planteamientos que hemos hecho en otra ocasión
de tipo más general respecto a la distribución de los efectivos del
Cuerpo Nacional de Policía ante ese desequilibrio centro-periferia.

Con ocasión de las nuevas promociones que salen de la Escuela de Policía,
sistemáticamente tendemos a dotar de manera más intensa las plantillas,
tanto de la costa levantina como de Cataluña y de la costa del Sur. No
hay que olvidar, también en este caso, por cuanto se ha hecho un esfuerzo
notable --al menos en el marco de la cooperación institucional--, la
formación y la adscripción, aunque no recuerdo muy bien, pero me parece
que del orden de 280 funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía,
adscritos, repito, como unidad a la Comunidad valenciana. El esfuerzo
--dentro de los límites, que no es ninguna generosidad-- de asignación de
recursos en este momento, está yendo --de forma sistemática en los
últimos años, y así va a seguir siendo-- a saldar ese desequilibrio que
se produce entre el centro y la periferia a base de hacer nuevos
concursos, en los cuales estamos limitados a la voluntad de los
funcionarios de acudir a ellos y, por tanto, acceder a esas plantillas
con los efectivos que salen de la Escuela Nacional de Policía. Este año
ese número sería de 1.200 y haremos una distribución en función de esas
necesidades, que se producen fundamentalmente en todo el litoral
mediterráneo y en las dos Comunidades balear y canaria. En ese sentido
iremos aportando los efectivos para cubrir los déficit. No hay otro
procedimiento, porque la reglamentación interna y los derechos de los
funcionarios nos impiden traslados forzosos. No hay otra solución.




--MEDIDAS PARA EVITAR SITUACIONES COMO LA PROTAGONIZADA EN GALICIA POR
DOS POLICIAS. FORMULADA POR EL SEÑOR ROMERO RUIZ (GIU-IC). (Número de
expediente 181/000510.)



El señor PRESIDENTE: La pregunta número 7 ha sido formulada por escrito
por don Antonio Romero Ruiz. El señor López Garrido, que le sustituye en
este acto, tiene la palabra.




El señor LOPEZ GARRIDO: Esta pregunta está relacionada con los hechos
lamentables ocurridos en Nigrán. Como sabe el señor Director General
mejor que nadie, dos policías en activo, pertenecientes al Cuerpo
Nacional de Policía, protagonizaron crímenes horrendos en Nigrán, y ante
ello queríamos formularle dos preguntas. La primera, ¿cómo es posible que
policías en activo pudieran protagonizar esos hechos, pues al parecer ya
tenían antecedentes de haber sido sancionados o incluso haber sido
sometidos a un reconocimiento? En todo caso, tenían unos antecedentes en
la Dirección General de Policía como para poder tener sospechas de que
podían cometer algún tipo de hecho no legal. Pero no solamente no fue
legal, sino que fueron asesinatos los que se cometieron.

A partir de eso, queríamos saber si la Dirección General de Policía ha
extremado el cuidado a este respecto, ha rectificado políticas de
personal que llevaba a cabo anteriormente o ha tomado alguna medida
genérica para que no vuelvan a suceder semejantes cosas, ni de esta
gravedad ni de menos, en el Cuerpo Nacional de Policía.




El señor PRESIDENTE: El señor Director General de la Policía tiene la
palabra.




El señor SECRETARIO GENERAL-DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA (Conde Duque):
Aprovechando este desdichado asunto que tantas presentaciones y tantos
comentarios ha originado, y dado el conocimiento que S. S. tiene de los
problemas de formación y de selección del Cuerpo Nacional de Policía, que
me constan y me complace, tengo la tentación de hacer una cierta
reflexión, también como hemos hecho en algunas otras ocasiones.

El Cuerpo Nacional de Policía está integrado hoy por los funcionarios que
provenían de la antigua Policía Nacional y del antiguo Cuerpo Superior de
Policía, con procesos de formación, por no hurtar ningún calificativo,
bastante poco encomiables, y probablemente muy a la ocasión, muy
formalizada, de tipo militar, con estructura de selección poco rigurosa,
y tenemos algunos componentes que no fueron objeto de un control serio ni
en su selección ni en sus procesos posteriores de ascenso.

Naturalmente, cuando en el año 1987 se produce la fusión de los dos
Cuerpos para formar el nuevo Cuerpo Nacional de Policía, hay todo un
esfuerzo del Ministerio, de la Dirección General y de los propios
responsables funcionarios de incrementar al máximo el rigor en la
selección, que es el primer elemento de control; de incrementar también
al máximo el rigor en los procesos formativos y de



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chequeo, según se van produciendo los ascensos. Estamos hablando del
orden de 52.000 en su conjunto general. Es materialmente imposible hacer
un chequeo completo y absoluto, ya que exigiría un número de facultativos
extraordinariamente importante a lo largo de toda la geografía.

En cualquier caso, desde 1987 se ha hecho un esfuerzo considerable para
dotar a la Dirección General de facultativos, que en un número estimable
son médicos especialistas en comportamiento, conductas y aptitudes
psicofísicas para el ejercicio de esta función. Todo ello se está
haciendo con el grado de intensidad que los medios que existen lo
permiten. Por tanto, hay una cadena de procedimientos, de test, que
permiten chequear, en los diferentes movimientos que los funcionarios
tienen en el cuerpo, su estado psicológico. Yo nunca diría que el control
y casi ninguna de las medidas son óptimas, porque si con la situación de
partida que teníamos lo fueran, verdaderamente estaríamos en presencia de
uno de los milagros administrativos más notables. Pero se hacen esos
chequeos, repito, y hay una serie de test que reciben nombres técnicos
que me parece que no viene al caso explicarlos. Pienso que lo relevante
aquí es señalar alguna otra cuestión.

Personalmente --y enfrentado a esa situación cualquiera probablemente lo
haría-- entiendo que tenemos dos aspectos que considerar: ¿establecemos
la sospecha sobre los funcionarios y sobre las gentes de que
potencialmente pueden ser criminales? A mí eso me parece muy fuerte,
tanto en términos de funcionarios de policía como en términos de
ciudadanos pura y simplemente. Me parece preocupante --y es una reflexión
que hago no sólo con S. S., sino que la hago con carácter general--
establecer un sistema de detención, de enjuiciamiento de sospechosos o,
en cualquier caso, de procedimiento administrativo abierto a sospechosos
por cualquier motivo, porque ello nos llevaría a una situación
verdaderamente delicada.

Yo creo que uno de los problemas al que nos enfrentamos en el Cuerpo de
Policía es que el procedimiento sancionador --y, en definitiva, la
separación del Cuerpo es la culminación de dicho procedimiento-- se
ocasiona después de emitir una sentencia de expediente contradictorio y,
naturalmente, con posibilidades de defensa del interesado. Esto conlleva
una serie de trámites que, en última instancia, cuando tienen lugar nos
permiten separar o sancionar al funcionario, pero nunca antes. Creo que
es difícil llegar a la conclusión de que a un criminal ya se le veía
venir, eso es bastante complicado de decir en términos genéricos, y
honestamente nadie puede manifestar que era previsible el comportamiento
de estos funcionarios por sus conductas previas, que ya dije en alguna
comparecencia que tuve que no eran funcionarios ejemplares: habían sido
objeto de sanción, uno de ellos había estado tres años separado del
Cuerpo, incluso había obtenido una calificación psicofísica capaz de
llevarle a la situación de segunda actividad, pero no podías expulsarlo
del Cuerpo. La expulsión del Cuerpo es una sanción muy dura que se deriva
de otro tipo de procedimientos y, por tanto, estamos ante una situación
delicada, porque tampoco podemos encarcelar a cualquier ciudadano porque
potencialmente pudiéramos pensar que iba a ser un criminal. Es una
reflexión que hago basada en la preocupación que me da mi responsabilidad
y ante ese tipo de hechos.

Pero posteriormente hay otra parte también muy delicada, y es la
siguiente. La reglamentación aplicable a la policía establece que por
dificultades psicofísicas un funcionario puede pasar a la condición
denominada como de segunda actividad, que consiste --en este momento hay
una ley en trámite en el Parlamento-- en que, cualquiera que sea la edad
y establecidas las condiciones psicofísicas --que en el caso de las
dificultades de comportamiento o conductas complicadas tienen un grado de
imprecisión, no es una ciencia exacta--, si se pudiera producir una
situación tal que permitiera una calificación en ese sentido, debe pasar
a dicha segunda actividad, con el cobro del noventa por ciento de las
retribuciones y liberado de toda prestación. Eso conlleva que los
tribunales administrativos-- en este caso no sólo de la Policía sino del
Ministerio de Administraciones Públicas-- tienen cuidado en entrar
ligeramente en ese procedimiento, porque comporta, diciéndolo en términos
muy coloquiales, que haciéndose el loco alguien puede pasar a percibir el
90 por ciento de sus retribuciones, puesto que dicho estado se le ha
producido en el ejercicio de la función pública, y no estar obligado a
hacer ninguna otra cosa, ya que para lo que está incapacitado es para la
función de policía, que consiste en llevar armas, etcétera, pero no para
cualquier otra, con lo cual, dicho con toda claridad, nos enfrentamos a
determinadas picarescas que podían darnos una fila de locos interminable
demandando pasar a ese estado.

Por tanto, no dejo de reconocer que es una situación extremadamente
delicada, porque se hacen los controles que se pueden realizar, y esos
controles detectan situaciones de violencia de carácter, de violencia de
comportamiento, pero apurar el trámite de que por esa conducta irregular
se le separe del servicio, favorecería dicha conducta irregular.

No me quedo muy tranquilo diciendo lo que he manifestado en el sentido de
que ésa sea una solución. Lo que da de alguna forma traslado a los
miembros de esta Comisión, y a S. S. que conoce bien este problema y que
en algunos momentos ha compartido alguna reflexión en ese sentido, es que
no es una situación fácil y que, en consecuencia, ser muy rigurosos puede
coadyuvar a poner en la mejor de las situaciones a gentes con
comportamientos irregulares, que es la de salir fuera y cobrar, para
decirlo con toda claridad, y la otra alternativa es ser
extraordinariamente rigurosos y hacer caza de brujas de algunos señores
cuyo comportamiento nos parece mal de antemano, lo cual también es
bastante delicado. Todo ello nos lleva a una situación parecida a la
existente en la realidad social general; y es que se sanciona al
delincuente cuando delinque, no antes de que cometa el delito. En esa
situación estamos, y perdone que no haya sido especialmente concreto,
pero creo que he sido lo suficientemente explícito en cuanto a los
problemas que tenemos planteados.




El señor PRESIDENTE: El señor López Garrido tiene la palabra.




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El señor LOPEZ GARRIDO: Continuando con este tono de reflexión que usted
ha utilizado en su contestación, me permitiría señalar que quizá puede
haber algunas otras posibilidades entre estas dos opciones que ha
presentado como únicas, entre ir a una segunda actividad inmediatamente
después de que se produce algún hecho de esas características, de las que
se deduce una posible peligrosidad de un funcionario de Policía, o la
caza de brujas. Seguramente habrá una opción intermedia entre estas dos
que permita procedimientos sancionatorios, medidas cautelares, suspensión
del servicio de manera que se tenga la seguridad por parte de la
ciudadanía, y desde luego por parte de las fuerzas políticas, de que todo
aquel funcionario de policía que está en ejercicio de sus funciones está
realizando su labor porque se confía plenamente en él. Me parece
extremadamente peligroso que se pueda llegar a pensar que hay
funcionarios de policía que ejercen funciones de extremada importancia y
delicadeza, que portan armas, y sobre los que, sin embargo, existe cierta
sospecha de que pueden recaer o no son del todo de fiar, pero están
ejerciendo esa función. Yo creo que eso, que podría aplicarse a otro tipo
de funcionarios como los civiles, no se puede aplicar a los funcionarios
de policía; no se puede tratar de la misma manera a un funcionario de
policía que a un funcionario civil, porque el funcionario de policía
tiene la capacidad, por un lado, de inducir mucha más seguridad en la
gente, pero también puede provocar mucha más inseguridad. Estas son las
dos caras de la moneda.

En este caso, yo le invitaría a que hiciera una reflexión a fondo y
tomara una decisión sobre estos casos para encontrar una solución más
adecuada que la de que personas que han tenido unos antecedentes
sospechosos o peligrosos puedan seguir ejerciendo esa función para evitar
una caza de brujas, porque eso significa introducir elementos importantes
de inseguridad.




El señor PRESIDENTE: El señor Director General tiene la palabra.




El señor SECRETARIO GENERAL-DIRECTOR GENERAL DE POLICIA (Conde Duque):
Pensaba leer estos informes posteriormente, pero la intervención de S. S.

me induce a leer el relativo al caso concreto de los dos policías
intervinientes en aquellos luctuosos hechos y cuál había sido su
evolución administrativa.

El señor Vela Martínez, uno de ellos, fue valorado en la sección de salud
mental del servicio sanitario en mayo de 1990, a raíz de una solicitud de
la unidad regional de sanidad correspondiente, encontrándose de baja
desde diciembre de 1989 y suspendido de empleo y sueldo provisionalmente
desde entonces a consecuencia de un incidente con la mujer con la que
convivía. De la exploración realizada --y le estoy leyendo el informe--
se emitió juicio clínico de trastorno límite de la personalidad, según
criterios diagnosticados por la Dirección de Salud del Grupo Tres,
recomendando valoración en hospital concertado por si procediera cambio
en una situación administrativa debido a la probable mala evolución del
cuadro y ser éste un trastorno en la estructura de la personalidad que
persiste toda la vida después de presentarse en la infancia, adolescencia
o madurez. Fue estudiado en el Servicio de Psiquiatría del hospital Ramón
y Cajal, emitiendo juicio clínico compatible con el anteriormente citado,
trastorno mixto de la personalidad, y a consecuencia de lo anteriormente
referido, y en acta de tribunal médico de la Dirección General de la
Policía de 15 de enero de 1991, fue propuesto para su pase a la situación
de segunda actividad, situación en la que no tuvo inconveniente en hacer
lo propio. Por tanto, estamos en las situaciones más límites, como creo
que son las de homicidio.

El otro policía, Lorenzo Vázquez, había sido objeto de un expediente
médico laboral en su momento, en agosto de 1991, y no fue reconocido por
el servicio central como sujeto que sufriera una patología especial.

Incluso podemos encontrarnos en la situación peor, y es que le hemos
excluido del Cuerpo y hace lo mismo. Probablemente estoy poniendo
demasiado énfasis en la propia reflexión y en el tono de la misma, pero
es algo verdaderamente preocupante, porque nos encontramos con la
patología de una persona que sufre momentos de enajenación mental
transitoria, cuya evolución no es fácilmente reconocible, ya que son
personas que por su condición de funcionario del Cuerpo tienen mucho más
riesgo que la que simplemente decide tirarse por la ventana. Es algo que
me preocupa sobremanera, pero no tendría más que decirle en este sentido.




--PREVISIONES ACERCA DEL DESARROLLO EN 1994 DE LA LLAMADA «OPERACION
VERANO» EN EL LITORAL VALENCIANO. FORMULADA POR EL SEÑOR GIL LAZARO (GP).

(Número de expediente 181/000609.)



El señor PRESIDENTE: La siguiente pregunta, cuyo autor es don Ignacio Gil
Lázaro, se refiere a las previsiones acerca del desarrollo en 1994 de la
llamada operación verano en el litoral valenciano.

El señor Gil Lázaro tiene la palabra.




El señor GIL LAZARO: Dentro de las graves carencias que padece la
provincia de Valencia en materia de dotaciones policiales, la situación
se hace mucho más notoria durante el período estival, habida cuenta del
importante incremento de población que soportan las zonas turísticas del
litoral, y lo cierto es que en los dos últimos años el Ministerio no ha
realizado el esfuerzo necesario para dar cobertura a esas necesidades.

Hay que recordar que durante 1992 no sólo no se llevó a cabo esta
operación verano, sino que, además, un significativo número de miembros
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, destinados a la
Comunidad valenciana, fueron trasladados provisionalmente a Barcelona y
Sevilla para cubrir las exigencias de la Olimpiada y de la Exposición
Universal, con lo que esto supuso de sobrecarga para los agentes que se
quedaron en la Comunidad, teniendo que suprimirse todos los turnos de
vacaciones y, por tanto, dándose una situación de imposibilidad física de
atender adecuadamente todos los servicios.




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La situación de 1992 mejoró muy poco durante el verano de 1993, porque el
refuerzo policial que llegó a la Comunidad valenciana fue mínimo. Según
nuestros datos, la provincia de Valencia dispuso de un total de 45
agentes del Cuerpo Nacional de Policía y de 100 números de la Guardia
Civil; la provincia de Castellón dispuso como refuerzo de cero agentes
del Cuerpo Nacional de Policía y de 53 números de la Guardia Civil, y la
provincia de Alicante dispuso de 105 agentes del Cuerpo Nacional de
Policía y de 115 números de la Guardia Civil. Estos datos se han de
interpretar, además, conforme al despliegue territorial del que fueron
objeto, porque, por ejemplo, los refuerzos de Policía Nacional se
distribuyeron exclusivamente entre la ciudad de Valencia y la población
de Gandía (en lo que afecta a la provincia de Valencia), y todo lo que es
la franja norte de la costa de la provincia de Valencia sólo contó con un
refuerzo de 39 guardias civiles. A eso hay que añadir los problemas de
insuficiencia de medios, porque, por ejemplo, durante el pasado verano
sólo se disponía de seis vehículos para las tareas de patrulla de la
Policía Nacional en el área de Valencia.

La evidencia de que la provincia de Valencia se ha colocado en los
primeros lugares nacionales en incremento de la delincuencia y en índice
de delitos no esclarecidos, según datos de la memoria del Fiscal General
del Estado, demuestra que algo está fallando, y de esto hemos hablado
sobradamente en esta Comisión. Y, desde luego, si el propio Gobierno
reconoce, en contestación a una pregunta de este Diputado, que en zonas
eminentemente turísticas, como las de Cullera y Sueca, se produce durante
los veranos un apreciable incremento del número de delitos, es evidente
que se deben tomar las oportunas medidas.

El despliegue de la operación verano de 1994, a nuestro juicio, debe ser
mínimamente proporcional a lo que supone tener que absorber alrededor de
casi tres millones de personas que durante el verano se mueven por los
principales puntos turísticos de la Comunidad valenciana, y los datos que
ofrece la experiencia en cuanto al incremento de cierto tipo de delitos
que esto conlleva, especialmente los que afectan a actos contra la
propiedad y a tráfico de drogas.

Amén de lo que es este tipo de delincuencia común, el verano ha venido
siendo igualmente propicio para ciertos actos o amenazas relacionados con
la presencia en el litoral valenciano, real o supuesta, de la banda
terrorista ETA, y eso obliga también a una prevención especial que
requiere poder contar con los medios humanos y técnicos pertinentes. En
definitiva, es preciso que la operación verano de 1994 en la Comunidad
valenciana tenga un alcance, en objetivos y dotaciones, que asegure su
suficiencia y que no dé pie a la reiteración de situaciones como las que
se han vivido en años anteriores, cuando, por ejemplo, una ciudad de las
dimensiones de Valencia quedaba sólo con dos comisarías de servicio por
la noche, habida cuenta de la carencia de plantilla y de la sobrecarga de
servicios que venían teniendo que acometer los agentes que permanecían en
activo durante el verano en la ciudad.

A las consideraciones hechas, y con eso concluimos, se ha de unir también
la certeza de que uno de los factores claves que mueven la elección del
turista o visitante a la hora de escoger la zona veraniega a la que va a
acudir es precisamente el que afecta a la seguridad que ofrece ésta, y
desde luego en unos momentos en los que es preciso redimensionar y
potenciar la oferta turística nacional, y por supuesto la oferta
turística valenciana, como elemento de potencial de crecimiento
económico, creemos que, dada la inseguridad de otras zonas del
Mediterráneo, es preciso que se logre organizar líneas de actuación
policial para que la imprevisión o la falta de medios no nos haga
desaprovechar esta oportunidad.

Por todo ello, a la vista de los precedentes anteriores, tanto del año
1992 como de 1993, preguntamos: ¿qué previsiones tiene el Ministerio del
Interior acerca del desarrollo en 1994 de la llamada operación verano en
el litoral valenciano?



El señor PRESIDENTE: El señor Director General de la Policía tiene la
palabra.




El señor SECRETARIO GENERAL-DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA (Conde Duque):
Compartiendo algunos elementos nucleares de la exposición de S. S., tengo
que decirle que las características de la operación verano todos los años
han sido fijadas por la Secretaría de Estado para la Seguridad, que, como
usted sabe, en este momento ha desaparecido del Ministerio del Interior,
y siempre hemos estado a cumplimentar las instrucciones y las órdenes que
se daban desde dicha Secretaría de Estado.

Como bien se ha referido aquí, el año 1992 no hubo esa operación verano,
dados los eventos en Sevilla y Barcelona. Y pienso que quizá porque las
cifras que hubo de delincuencia precisamente en esas zonas el año 1992,
donde no hubo, repito, operación verano, fueron bastante buenas, y no sé
si por alguna otra razón, el año 1993 no se procedió a organizar la
denominada operación verano en las costas.

Pero como las instrucciones pertinentes para este verano se están
elaborando en el gabinete del señor Ministro, no puedo darle ningún dato
preciso. No obstante, creo que su intervención va más en el sentido de
recordar la conveniencia de que se haga en los términos que se ha
expresado, y tengo la sensación de que así se va a hacer, por múltiples
razones, pero no le puedo precisar, repito, en qué términos ni con qué
cuantía. En cualquier caso, en las reuniones y en las mesas en que
participaré, a los efectos de llevar adelante esa operación, tendré muy
en cuenta lo que aquí se ha dicho.




El señor PRESIDENTE: El señor Gil Lázaro tiene la palabra.




El señor GIL LAZARO: Señor Director General, para nosotros un factor de
preocupación inicial, de cara al verano de 1994, era precisamente el que
nacía de la desaparición de la Secretaría de Estado para la Seguridad,
que en otros años había sido la encargada de coordinar, con enormes
limitaciones, como se ha visto, y en algunos casos con



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errores de planteamiento, pero de coordinar, insisto, el montaje de esta
operación verano.

Yo, en un tono absolutamente reflexivo y constructivo, señor Director
General, tengo que decirle que a estas alturas de la corrida, es decir, a
finales del mes de abril, resulta ciertamente preocupante que el señor
Director General nos diga que en este momento todavía no se pueden
precisar datos respecto de lo que va a ser el desarrollo de esta
operación, que es importantísima en el conjunto del área mediterránea, y
en lo que nos ocupa en este caso, en el conjunto del litoral valenciano,
para garantizar la seguridad en estos meses de estío, en los que se
producen unas importantísimas, a su vez, concentraciones de población.

Quiero decir que el señor Director General, con notable acierto, tanto en
la sesión de hoy como en la inmediatamente precedente, utilizó una
expresión que yo puedo compartir: señalaba que los recursos humanos de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están razonablemente bien
distribuidos en lo que es el centro de España, y razonablemente mal
distribuidos en lo que es la periferia. Pero me permitiría completar la
expresión del señor Director General diciéndole que en el caso de los
meses de verano esos recursos humanos distribuidos en la periferia no es
que están razonablemente mal distribuidos, es que, por desgracia, han
estado redistribuidos razonablemente peor, y ésta es una situación que
hay que remediar.

Yo confío, evidentemente, entre otras cuestiones por razones de origen
del propio señor Ministro, ya que además él mismo ha asumido las
responsabilidades de la antigua Secretaría de Estado para la Seguridad,
que el panorama que podamos tener los valencianos, y en general esos casi
tres millones de visitantes que se instalan en el litoral durante los
períodos veraniegos, sea sustancialmente distinto este verano de 1994 de
lo que ha sido los años anteriores, porque, con independencia de las
cifras que a vuelapluma, o de la impresión que a vuelapluma nos ha
manifestado el señor Director General, yo tengo que decirle que, lo que
es a pie de calle, durante estos meses de verano, tanto en las zonas del
litoral como en las principales zonas urbanas de la Comunidad valenciana,
se siente negativamente esa falta de un adecuado despliegue policial y
esa falta de una adecuada dotación de medios, tanto técnicos como
humanos.

Espero que, bien a través de la correspondiente iniciativa parlamentaria
de este Diputado, o bien «motu proprio», a través de la iniciativa que
dentro de las previsiones reglamentarias pueda adoptar a ese efecto el
Ministerio, se nos pueda decir, antes de que lleguemos al período
veraniego, cuáles van a ser los criterios y medios con los cuales se va a
vertebrar esta operación verano. Pero desde luego, señor Director
General, insisto, desde el tono constructivo y reflexivo, en que tengo
que mostrar mi preocupación porque a finales del mes de abril todavía no
se nos puedan dar datos en cuanto a criterios de orientación del
despliegue y en cuanto a números de refuerzo policial.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Director General.




El señor SECRETARIO GENERAL-DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA (Conde Duque):
Muy brevemente.

No sé muy bien si reconocerle que en parte estoy de acuerdo o decirle que
no estoy de acuerdo en absoluto. Creo que los datos son tercos.

Evidentemente, tenemos una mala distribución que viene de tiempo atrás,
pero estamos haciendo un esfuerzo para que esa distribución se haga mejor
y no me parece que sea una rara habilidad reconocerlo. Por tanto, no
quiero dejar sobre la mesa que es una argucia dialéctica para quedar
bien; me parece que es la constatación de un hecho objetivo que sería
bastante estúpido negar.

En cuanto al tema de que a estas alturas no se sepa, quiero decir que es
un tipo de trabajo que está haciéndose precisamente en los gabinetes que
han sustituido a la Secretaría de Estado y que hasta este momento no
hemos tenido ocasión de participar, pero probablemente lo que vamos a
hacer es cumplir las instrucciones que se nos den, como por otra parte se
hace siempre. Estoy completamente convencido de que tendrá noticia, mucho
más pronto que la llegada del estío, de cuál va a ser el equipamiento que
se va a poner en esa zona.




--MEDIDAS PARA GARANTIZAR UNA EFICAZ ACCION DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE
SEGURIDAD DEL ESTADO CONTRA LOS CLANES QUE CONTROLAN EL TRAFICO DE DROGA
EN EL DISTRITO MARITIMO DE LA CIUDAD DE VALENCIA. FORMULADA POR EL SEÑOR
GIL LAZARO (GRUPO POPULAR). (Número de expediente 181/000625.)



El señor PRESIDENTE: La pregunta número 12 es de don Ignacio Gil Lázaro,
que tiene la palabra para formularla.




El señor GIL LAZARO: Yo espero que en esta ocasión el señor Director
General, en su explicación, no deje traslucir una frase tan preocupante
como la que acaba de pronunciar, porque decir que el Director General de
la Policía no ha participado en una operación de despliegue y de
previsión policial, pero que cumplirá, como es su obligación, las
instrucciones que se le den al respecto, no deja de ser una cuestión,
cuando menos, paradójica, pero en todo punto preocupante.

Nosotros queríamos señalar que la actuación policial en el distrito
marítimo de la ciudad de Valencia, en lo que concierne a la lucha contra
el tráfico de drogas, parece que se mueve en demasiadas ocasiones por
meros criterios de oportunidad coyuntural, una vez que, o bien se ha
producido una determinada protesta vecinal, o bien han tenido lugar
hechos delictivos que han llamado la atención de la opinión pública. Sin
embargo, se echa muchas veces de menos una actuación sostenida que, más
allá de la detención del pequeño traficante callejero, vaya directamente
a por aquellos que, desde una posición más notable, controlan los hilos
del narcotráfico en la zona, a pesar, incluso, de



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que la vinculación de algunas de estas personas con la droga parece muy
evidente.

En reiteradas circunstancias, diferentes entidades y movimientos cívicos
de esta zona han hecho llegar sus denuncias a las autoridades, señalando
principalmente la falta de correspondencia entre el patrimonio y nivel de
vida del que hacen gala algunos personajes y el hecho de que no se
conozca a éstos una actividad laboral acorde con el volumen de ingresos
que esas personas manejan. Estas sospechas se han puesto en conocimiento
tanto de la policía como de la Administración fiscal, sin que hasta la
fecha sepamos si se ha adoptado o no algún tipo de iniciativas frente a
las mismas.

La importancia del problema del narcotráfico en el distrito marítimo no
se puede separar de un hecho clave en la cuestión, y que ya advertimos
hace tiempo, esto es, que el Puerto de la ciudad de Valencia se estaba
convirtiendo en uno de los enclaves de mayor significación dentro de la
ruta de la droga en el Mediterráneo, y eso comporta advertir que estos
clanes instalados en la zona están formados por gente que se mueve en el
ámbito de la delincuencia organizada y que cuentan con infraestructura y
medios suficientes para enfrentarse a la actuación policial, razón por la
cual ésta debe tomarse el asunto con sumo rigor.

Según datos de la propia policía, es en el barrio de El Cabañal en el que
estos clanes tienen instalado todo un sistema de control de los
movimientos policiales que se producen en la zona, a fin de mantener la
seguridad en su actividad delictiva, de manera tal que resulta
extremadamente complicado poder sorprenderles, salvo que definitivamente
el Ministerio del Interior se conciencie de la gravedad del problema y
disponga de los especialistas y medios imprescindibles para llegar hasta
el fondo, porque no estamos hablando de un problema puramente coyuntural
o local, sino de los orígenes, del punto de partida de algunas de las
redes de distribución más importantes que pueden estar manejando el
submundo de la droga, tanto en nuestro país como en el conjunto de la
zona mediterránea.

El problema de la droga y todas las secuelas que conlleva ha provocado ya
serios estallidos de reacción popular en este distrito, alguno de los
cuales marcó durante tiempo una crispación en la relación entre la
policía y los vecinos como consecuencia de una desafortunada y
desproporcionada decisión del Delegado del Gobierno en la Comunidad
valenciana al ordenar una carga policial que aún se recuerda en La
Malvarrosa. Sin embargo, los vecinos no ven esa misma contundencia a la
hora de evitar que en estos barrios del distrito marítimo la ley que
imponen los narcotraficantes desaparezca. Amén de lo que supone de
degradación de la seguridad ciudadana tener que convivir diariamente con
el submundo delincuencial que genera la droga y el incremento que ello
acarrea del delito callejero, no hay que olvidar tampoco que en las
pugnas que estos grupos de delincuencia organizada mantienen por el
control de zonas y de operaciones de narcotráfico se está poniendo en
riesgo la vida de simples vecinos, como la tragedia que pudo suceder a
finales del pasado año cuando dos grupos rivales protagonizaron una larga
persecución en vehículos acompañada de un intenso tiroteo por algunas
calles concurridas de este distrito.

En definitiva, tiene difícil justificación, desde nuestro punto de vista,
que en los últimos meses apenas se haya avanzado en el desmantelamiento
de estos clanes; tiene difícil explicación que estos clanes dispongan de
auténticos arsenales de armas, algunas con licencias en regla, o que
cuenten con llamativas flotas de vehículos y gran número de propiedades
inmobiliarias en la zona, sin que se investigue y se actúe frente al
origen de esos patrimonios, y tiene difícil justificación que nadie en el
Ministerio del Interior parezca que esté reaccionando diligentemente
hasta ahora frente a todo ello, cuando lo cierto es que, si se quiere,
con este tipo de clanes se puede acabar, entre otras cosas porque no hay
más disyuntiva que tener que acabar con los mismos.

Por todo ello, preguntamos, señor Presidente, qué medidas se van a
adoptar para garantizar una acción eficaz de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado contra los clanes que controlan el tráfico de droga
en el distrito marítimo de la ciudad de Valencia, teniendo en cuenta que
se trata de clanes de delincuencia organizada y profesional.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Director General.




El señor SECRETARIO GENERAL-DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA (Conde Duque):
De las intervenciones que le he escuchado en esta sesión y en otras la
verdad es que la conclusión que sacaría es que Valencia es la mezcla de
todos los males, sin asomo de bien alguno. Yo creo que, preocupado como
está usted por la imagen turística de la región, haría mejor en no decir
que eso es una catástrofe, porque, dada la situación, me temo que es
imposible hacer nada. La situación, cabalmente, no es tal, y le voy a
leer, en aras de la brevedad, el informe que se había preparado al
respecto.

La problemática actualmente derivada del tráfico de droga en el distrito
marítimo de Valencia ha experimentado un considerable descenso en
comparación con anteriores etapas, en las que fue origen de
conflictividad social o alteraciones vecinales. La situación, en este
sentido, puede decirse cabalmente que en este momento es similar a la del
resto de los distritos o barrios de la ciudad. Tal descenso está motivado
por la constante presión policial llevada a cabo en las viviendas de
presuntos traficantes de droga, a pequeña y a mediana escala,
especialmente en la zona de las denominadas «Casitas rosas», calle Callao
y aledaños. Cabe hacer también referencia a la presión ciudadana
exteriorizada en frecuentes manifestaciones y, finalmente, a la mejora
urbanística de la zona, que ha supuesto la marcha de algunos traficantes
a otros lugares, incluso fuera de la Comunidad valenciana. Son datos de
la Jefatura Superior, que usted también cita en algún momento.

En puntos de las calles San Pedro, Padre Luis Navarro, Vidal de Blanes y
adyacentes, así como en los alrededores del centro de expedición de
metadona, subsiste todavía cierta actividad de venta de droga al menudeo,
si bien es



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objeto de vigilancia policial constante y su influencia perturbadora en
el conjunto del distrito marítimo no es significativa o relevante. Al
margen de la actividad preventiva, es decir, presencia disuasoria,
realizada por unidades de la Brigada de Seguridad Ciudadana del Cuerpo
Nacional de Policía y por patrullas de la policía local, el grupo de
delincuencia urbana de la Comisaría del Distrito de Grao-Cabañal realiza,
con carácter ordinario y sistemático, frecuentes operaciones sobre
establecimientos, viviendas e individuos que presuntamente se dedican al
tráfico de drogas.

A título puramente de ejemplo, y en ese grado de detalle con que se hace
la presentación, le voy a relacionar algunas de ellas. El 1 de diciembre
de 1993 se registra el pub «Jácara» con incautación de papelinas de
cocaína y útiles para su manipulación; fue detenida una persona. El 21 de
enero de 1994 se registra el pub «Yuppie», situado en la calle Emilio
Gascó, incautándose papelinas de heroína, barritas de hachís y 70.000
pesetas; detenidas dos personas y el dueño del establecimiento. El
11-3-94, nuevo registro en el pub «Jácara», con la aprehensión de
papelinas de cocaína, elementos de manipulación y 128.000 pesetas;
detención de dos personas. El 22-3-94, registro en el bar «Babieca»,
interviniendo bolitas de heroína, balanza y otros útiles de manipulación;
detenidas también dos personas. El 22-3-94, registro en un domicilio en
la calle Los Angeles, con resultado negativo.

En conclusión, dice el informe de la Jefatura, al cual no tengo más
remedio que remitirme en cuanto al ámbito policial se refiere, tales
medidas de prevención e investigación, unidas al seguimiento y control de
los puntos en los que actualmente se desarrolla el tráfico al menudeo, se
entiende que son las adecuadas para atajar la incidencia del fenómeno en
este distrito de que se trata y que decrezca, consecuentemente, la alarma
social derivada de este fenómeno.

Por la naturaleza del tema que se ha planteado, poco más puedo incorporar
que las propias informaciones que el responsable policial de la zona ha
elaborado.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Muy brevemente, señor Presidente, para decir, en
primer lugar, al señor Director General de la Policía que, como es
natural, a este Diputado no le satisface, en absoluto, el estado de
seguridad o de inseguridad ciudadana que pueda padecer su
circunscripción. En todo caso, cuando ponemos énfasis en ello no es por
puro deporte, sino porque documentos supongo que para el Director General
tan creíbles como puede ser la Memoria del Fiscal General del Estado
señala lo que señala, esto es que la provincia de Valencia es una de las
de mayor incremento del índice de delitos; a su vez, la sitúa entre las
seis primeras del conjunto nacional y una de las primeras, también, en
las que el índice de esclarecimiento policial de delitos es más bajo.

Respeto enormemente los datos que le pueda proporcionar a S. S. la
Jefatura Superior de Policía. ¡Faltaría más! Lo que me parece es que en
este caso le han mandado el informe cambiado. Porque S. S. me ha hecho
una relación de operaciones de lucha contra el tráfico al menudeo y yo
precisamente he señalado en la fundamentación de mi pregunta y en su
enunciación que aquí no estamos hablando sólo de acciones policiales
contra lo que es el delito callejero, contra lo que es el pequeño
tráfico, contra lo que es el pequeño camello o el menudeo, sino de algo
de mucha mayor trascendencia.

La enunciación de la pregunta iba referida precisamente a la acción
policial contra los clanes que controlan el tráfico de droga en el
distrito marítimo. Y eso, señor Director General, debe saber usted muy
bien --en todo caso, supongo que lo deben saber muy bien en la Jefatura
Superior de Policía-- que no tiene punto alguno de comparación con lo que
es ese pequeño delincuente de esquila. En esa zona de la ciudad de
Valencia hay instalados clanes --se tiene al menos noticia de siete u
ocho-- de delincuencia organizada profesional, algunos de ellos con
ramificación internacional que exigen de una acción policial mucho más
rigurosa que la mera detención del camello o el mero registro de un
determinado local.

Hay que hacer una actuación de carácter fiscal y policial a la vez y,
sobre todo, hay que impedir de una vez por todas que esos clanes
controlen, de hecho, como controlan, esa importante zona de la ciudad.

Insisto, y con ello concluyo, que los datos de la Jefatura Superior de
Policía, como los de cualquier otra Jefatura Superior de España, me
merecen todos los respetos, pero en este caso o el informe está cambiado
o no han conectado muy bien con lo que es la realidad, en primer lugar,
que padecen los vecinos, y, en segundo lugar, con lo que es el verdadero
trasfondo de este asunto. Otros servicios de inteligencia, y eso lo sabrá
perfectamente el señor Director General, señalan el puerto autónomo de
Valencia como una de las rutas principales hoy en el narcotráfico
mundial.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Director General de la Policía
por su presencia y por la información dada a la Comisión.




--COMPARECENCIA DEL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (CARDENAL
DE ALEMANY) PARA INFORMAR DE LA VENTA DE GASOIL PESQUERO DE FORMA
FRAUDULENTA EN LOS ULTIMOS AÑOS GRACIAS A LAS CERTIFICACIONES EXTENDIDAS
POR UN GRUPO DE GUARDIAS CIVILES DESTINADOS EN MELILLA. A SOLICITUD DEL
GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA.

(Número de expediente 212/000481.)



El señor PRESIDENTE: Está con nosotros el Director General de la Guardia
Civil, el señor Cardenal, al que damos la bienvenida, una vez más, en
esta Comisión, para informar, a solicitud del Grupo Parlamentario Federal
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, acerca de la venta



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de gasoil pesquero de forma fraudulenta en los últimos años gracias a las
certificaciones extendidas por un grupo de guardias civiles destinados en
Melilla.

Tiene la palabra el señor Director General.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Señor Presidente, señoras y señores Diputados, comparezco ante esta
Comisión para informarles de la venta fraudulenta de gasoil subvencionado
destinado a barcos pesqueros de Melilla en la que han intervenido algunos
miembros del Cuerpo de la Guardia Civil. Quisiera recordarles que la
investigación del descubrimiento de los hechos se lleva a cabo a
iniciativa de la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil de
Melilla y es ella la que lleva el peso de la investigación y practica las
correspondientes diligencias.

El origen de las actuaciones se remonta a diversas denuncias efectuadas
por el personal de la Comandancia de Melilla a las dos gasolineras
ubicadas en el recinto portuario por venta ilegal de gasoil, para la que
no estaban habilitadas. Se trata de una situación que se produce a lo
largo de todo el año 1993.

Se plantea este tema ante la Delegación Provincial del Ministerio de
Industria y, a su vez, un conflicto de competencias negativo entre ésta y
la intervención del territorio franco para la resolución de estas
denuncias. El Jefe de la Comandancia solicitó al Delegado del Gobierno la
convocatoria de una reunión a la que asisten las autoridades citadas y el
consorcio de gasolineras. A esta reunión se aportan distintos documentos
que se estudian por el jefe de la línea de especialistas fiscales de la
Guardia Civil del muelle y que detectan que el gasóleo subvencionado para
barcos pesqueros que facturaban las dos gasolineras del puerto era muy
superior a la actividad pesquera ordinaria del puerto de Melilla.

Iniciadas las investigaciones el 27 de noviembre de 1993, en plan
muestreo, primero, y después, más a fondo, con diversos barcos
beneficiados de dicha subvención, se comprobó que, efectivamente, las
primeras sospechas confirmaban que el barco no había repostado, en modo
alguno, las cantidades de gasóleo que declaraban las propias gasolineras.

Confirmada, pues, la sospecha, la existencia de un posible fraude, el
instructor para las diligencias notificó las actuaciones en fecha uno de
diciembre al decano de los jueces de Melilla y el Jefe de la Comandancia
puso en conocimiento del Delegado del Gobierno la continuación de las
investigaciones.

El modo de operar de los presuntos culpables se basaba en la subvención
que el Ministerio de Industria y Energía proporciona al combustible de
los barcos pesqueros matriculados en Melilla. Según instrucciones de la
Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, en base al artículo
157, de las Ordenanzas de Aduanas, cada vez que estos barcos se surten de
carburante, los propietarios de los surtidores tienen que formular un
documento aduanero denominado «Despacho previo a la exportación» (DPE),
en el que consignan el nombre del barco y la cantidad de gasoil a
repostar. Antes de efectuar dicha operación, el responsable del surtidor
presenta el DPE al miembro de la Guardia Civil de servicio, quien, tras
verificar y comprobar el suministro, estampa la diligencia de embarcado o
salido, con la fecha y firma. Posteriormente, dichos guardias civiles
entregan los DPE a un agente de aduanas habilitado, quien, a final de
mes, firma igualmente estos documentos. Mensualmente, pues, el agente de
aduanas unifica todos los DPE relativos al mismo barco de pesca en un
documento aduanero, el DUA, indicando la cantidad global y mensual de
gasoil suministrado a dicho barco. Dicho documento aduanero es presentado
en unión de todos los DPE por el agente de aduanas a la firma de la
intervención del territorio franco, donde se estampa el sello y firma del
subinspector de aduanas del servicio.

Una copia de estos documentos es entregada a los propietarios de los
surtidores, quienes la remiten a los concesionarios en Melilla de las
compañías suministradoras, en este caso la BP y la Shell, las cuales, a
la vista de dichos documentos, cobran el gasoil a los surtidores al
precio subvencionado, es decir, 10 pesetas más barato del precio de
mercado.

En esta ocasión todo indica que los responsables de los surtidores han
buscado la connivencia en la fuerza del resguardo fiscal para que
estampase su embarcada o salida de gasoil suministrado a barcos de pesca
con derecho a subvención, sin que, en realidad, dichos barcos se hubiesen
aprovisionado de dicho combustible. Después se vende a camiones, turismos
u otras embarcaciones sin derecho a subvención, de forma ilegal, con una
ganancia adicional, en consecuencia, de 10 pesetas por litro.

Los primeros presuntamente implicados han sido los responsables de las
dos gasolineras del puerto que suministran gasoil, correspondientes a la
compañía BP y a la Shell. El primero fue detenido y puesto en libertad
bajo fianza de 250.000 pesetas por la autoridad judicial y lo mismo
ocurrió con el segundo, que en la fecha de la detención se encontraba en
territorio marroquí.

El personal del Cuerpo presuntamente implicado asciende, en total, en los
tres últimos años, a un número de 27. Es cierto que la implicación de
unos y otros era muy distinta, pues mientras algunos tenían tan sólo uno
o dos vales firmados, en otros casos había un número de vales
considerablemente superior.

Todos ellos fueron detenidos y puestos a disposición de la autoridad
judicial, que, en un primer momento, decretó el ingreso en prisión de 10
y la libertad provisional para el resto. Después, el juez decretó la
libertad provisional bajo fianza de 250.000 pesetas para los que había
mantenido detenidos.

Por último, quiero señalar que se iniciaron de inmediato los expedientes
disciplinarios a todos los guardias civiles implicados --algunos de ellos
eran antiguos y están en situación de reserva y dos de ellos han
fallecido-- y se están tramitando todos ellos conforme a la normativa en
vigor.

Considero, en consecuencia, que se ha procedido de forma correcta por el
jefe de la Comandancia, que, al detectar los primeros indicios de
irregularidades, abre el expediente, lo comunica a las autoridades
correspondientes y a la autoridad judicial y, en base a las pautas que va



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marcando la autoridad judicial, procede a las detenciones
correspondientes y a poner a disposición de la autoridad judicial a los
presuntos inculpados en este asunto.

Lo cierto es que el número de implicados es alto --27 guardias civiles--,
pero también es cierto que en muchos casos parece ser que se trató
simplemente de un descuido o una falta de diligencia al firmar un
embarcado sin ninguna implicación luego en posible cobro de comisiones
por las cantidades ahorradas o cobradas ilegalmente por las gasolineras.

Por otro lado, se ha reforzado desde la Dirección General de la Guardia
Civil el Servicio de Asuntos Internos, para detectar y perseguir
cualquier tipo de actuación irregular de los miembros del cuerpo antes de
que los mismos sean detectados o denunciados por particulares o lleguen
incluso a la autoridad judicial; que sean las propias autoridades de la
Guardia Civil las que practiquen las diligencias y comprobadas y
concluidas éstas pongan a disposición judicial a los posibles implicados
en situaciones irregulares.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Director General de la Guardia
Civil. ¿Grupos que deseen intervenir?
El señor López Garrido, del Grupo Parlamentario Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra.




El señor LOPEZ GARRIDO: Gracias, señor Director General de la Guardia
Civil, por su comparecencia.

Efectivamente, el asunto del fraude de gasoil como consecuencia de
certificaciones extendidas por un grupo de guardias civiles destinados en
Melilla es un caso grave de corrupción dentro de la Administración
pública, en este caso de la Guardia Civil, y ésta es la razón por la cual
hemos pedido su comparecencia, para que nos explique los pormenores. Nos
ha dicho que hubo una iniciativa en noviembre del año 1993 por primera
vez y que los supuestamente culpables de este fraude han sido
expedientados y sujetos a los procedimientos judiciales correspondientes.

Ahora bien, hay que recordar que se calcula que este fraude se estaba
produciendo en los últimos cinco años. ¿Cómo es posible que en este
tiempo, nada menos que cinco años, no se haya detectado el fraude del
gasoil pesquero en Melilla? Un fraude que podría llegar, se calcula, nada
menos que a los 80 millones de pesetas. Yo rogaría al señor Director
General que me corrigiese si estas cifras que estoy avanzando no son
exactas o si han hecho algún cálculo al respecto.

Durante muchos años se ha venido produciendo este fraude y teóricamente
podrían haber tenido lugar muchos más, si no es porque sucedió algo
inesperado que permitió descubrirlo, por iniciativa --nos ha dicho usted
en algún momento-- del jefe de la Comandancia.

Me gustaría saber si este jefe de la Comandancia ocupó ese puesto
recientemente --al decir recientemente quiero significar cercano a los
hechos-- o si había otro jefe de Comandancia anteriormente en Melilla.

También me gustaría saber si ustedes han investigado hacia el pasado,
porque es difícil que este fraude, que, en principio, no es fácil que
pueda haberse producido de manera tan constante, se hiciera sin el
conocimiento o la neutralidad, al menos, de determinadas autoridades de
la Guardia Civil en Melilla.

Además, resulta difícil entender cómo no se coordinan los servicios de la
Administración para que las bajas de barcos pesqueros se conozcan en
tiempo y eviten que se sigan enviando cupos de gasoil destinados a barcos
que ya no faenan. No solamente que no faenan, sino que algunos de ellos
estaban hasta desguazados y, sin embargo, sobre la hipótesis de que esos
barcos están faenando, se producen esas fraudulentas entregas de cupos de
gasoil que, al estar subvencionado, permiten un beneficio muy importante.

Ni la inspección fiscal en el puerto de aduanas en Melilla ni los
servicios de información de la Guardia Civil son capaces de detectar este
fraude monumental en todo este tiempo. Me gustaría saber qué mecanismos
se han puesto en marcha para que no vuelvan a producirse estos fraudes,
que tendrían que pasar necesariamente por una mejor coordinación de los
servicios de la Administración en su conjunto, no solamente de la Guardia
Civil. Esto es un problema de auténtica incompetencia administrativa, no
solamente por lo que corresponde a los culpables, sino de auténtica
incompetencia administrativa, por no detectar este fraude que
aparentemente, incluso, podría pensarse que, de la forma en la que se
lleva a cabo, sería previsible. Me imagino que hay un tipo de fraudes
que, dentro de la Administración pública, se puede pensar que se van a
producir y hay que establecer los mecanismos para que fraudes tan obvios,
como éste de los cupos de gasoil, puedan evitarse.

Sobre todas estas cuestiones, quisiera que el señor Director General de
la Guardia Civil pudiera profundizar algo más su escueta intervención en
esta comparecencia.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, el señor
González Pérez tiene la palabra.




El señor GONZALEZ PEREZ: Señor Director General, en primer lugar,
bienvenido a esta Comisión.

Ahondando un poco más en lo que el portavoz que me ha precedido en el uso
de la palabra ha manifestado, aquí, ya no tanto en las acciones legales
que se puedan determinar en contra de aquellos que presuntamente han
incurrido en este delito, yo buscaría responsabilidades políticas, que,
sin ningún género de dudas, tienen nombre y apellidos. Ese nombre y
apellidos es quien nosotros determinamos y pedimos a esta Comisión que
compareciera para que diera las explicacione, que era el Delegado de
Gobierno de la ciudad de Melilla. El, que, según el portavoz en aquella
ocasión del propio Grupo Socialista, no tenía entidad suficiente para
comparecer ante esta Comisión, nos podría sacar de bastantes dudas.

La primera duda es la referente a que ha habido denuncias públicas en que
se ha manifestado, a través de la Asociación de Gasolineras, que el
propio Delegado de Gobierno hacía más de dos años que tenía conocimiento
de los acontecimientos que se han venido a denunciar y se están
investigando, parece ser que todavía sin conclusiones determinadas. Yo
casi afirmaría que la postura que ha adoptado en los últimos tiempos el
propio Delegado del



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Gobierno ha sido la de los tres monos: no oye, no ve, no habla. Y a mí me
parece una auténtica irresponsabilidad política que, incluso, podría
incurrir en irresponsabilidad «penal», entre comillas, porque tener
conocimiento, aunque sea de una forma verbal, de estos acontecimientos
que anteriormente hemos manifestado y no tomar las determinaciones
pertinentes para, en tiempo y forma, cortarlos, nos parece una auténtica
irresponsabilidad.

Bien es cierto que esa irresponsabilidad quizá, a lo mejor, venga
manifestada porque el reflejo de lo que ven en sus superiores se acaba
trasladando a esos guardias civiles. Me estoy refiriendo claramente a la
situación del anterior Director General de la Guardia Civil que mal
ejemplo ha dado a las Fuerzas de la Benemérita en este aspecto.

Sabiendo que tenían que tener conocimiento, como mínimo, tres partes
importantes de la Administración, como eran la Delegación de Industria,
la propia Dirección General de Aduanas, la Agencia Tributaria e incluso
el Ministerio de Agricultura y Pesca, en este aspecto, nos parece un
tanto ilógico que el máximo representante de la Administración periférica
en la ciudad de Melilla, la Administración central, el señor Delegado del
Gobierno, no haya hecho absolutamente nada durante ese tiempo e incluso
se llegara a manifestar públicamente, y leo, que no intervino antes
porque pensaba que la venta irregular de gasoil en el puerto se
correspondía con excedentes del carburante.

A mí me parece que el señor Céspedes, Delegado del Gobierno en Melilla,
ha actuado de una forma absolutamente irresponsable y esta
irresponsabilidad tiene que tener un coste político; hay que depurar esas
responsabilidades políticas.

La demostrada falta de interés del señor Céspedes para dar explicaciones
públicas y la propia contradicción que puede detectarse en las
justificaciones que enuncia para aclarar supuestamente estos incidentes
nos lleva a pensar que quizá, a lo mejor, no solamente guardias civiles y
responsables de los surtidores, como bien ha manifestado el Director
General de la British Petroleum y la Shell, sean los responsables; habría
que pensar que incluso se ha podido llegar a estar ocultando una
información que era imprescindible y necesaria para que estos
acontecimientos se cercenaran desde el primer momento.

Yo, señor Director General, lamento profundamente que, en los últimos
tiempos, la imagen de la Benemérita, por estos acontecimientos y por
otros que de todos son conocidos, desgraciadamente, esté cayendo en
situaciones delicadas frente a lo que tenía que ser la imagen de la
Benemérita. Y aquí es donde me paro para preguntar al señor Director
General, que es lo que en cierta medida nos lleva a la fijación de
posición del Grupo en este aspecto, si por parte del Delegado del
Gobierno se había comunicado a otras instancias, en este caso a sus
responsables superiores más directos, que tenía este conocimiento, aunque
fuera de forma verbal.

Insisto. El conocimiento aunque fuera de forma verbal de estos
acontecimientos con más de dos años de antigüedad sin haber tomado
ninguna determinación tiene que tener una depuración de responsabilidad
política. Esa depuración de responsabilidad política no puede ser otra
que el cese fulminante del Delegado del Gobierno en Melilla.




El señor PRESIDENTE: Antes de dar la palabra al señor Director General de
la Guardia Civil quisiera advertir a SS. SS. que en el debate que se está
produciendo como consecuencia de la comparecencia del Director General se
debe entender acumulada la pregunta número 8, cuyo autor es don Antonio
Romero Ruiz.

El señor Director de la Guardia Civil tiene la palabra.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany): De
los datos que yo tengo se desprende que el valor del fraude practicado
asciende en estos momentos --faltan por realizar algunas comprobaciones
relativas a los años 1988 y 1989 pero, en definitiva, están las relativas
a los años 1990, 1991, 1992 y 1993-- a 31.765.000 pesetas. Son fraudes en
base a un diferencial de 10 pesetas y, por tanto, aunque el número de
litros sea importante, el montante global, lógicamente, no es el que
pudiera deducirse del número de litros de gasóleo desviados hacia otros
empleos distintos del originario.

Este es un delito que, aunque ha afectado en toda su amplitud a 27
miembros de la Guarda Civil, hay algunos de ellos que sólo tienen un vale
hecho el año 1990, un vale el año 1991; dos vales, etcétera. Es decir,
que es un número más reducido de agentes de la Guardia Civil del que se
pueda deducir de las diligencias previas practicadas, tanto por el jefe
de la Comandancia como por la juez que ordenó la detención de 27 miembros
de la Guardia Civil. De hecho, el número de vales que, de alguna forma,
se han detectado como irregulares el año 1990 fueron 47; 55, en el año
1991; 69, en el año 1992, y 48, en el año 1993. Insisto, esto en el monto
total de la gasolina expedida a los barcos pesqueros del puerto de
Melilla no es una cifra excesivamente importante y, por lo tanto, al no
serlo, la posibilidad de su detección era posible pero esa mucho más
compleja que si el delito hubiese tenido unas características y
dimensiones mucho mayores a las que reflejan las cifras anteriores.

Me ha preguntado usted una cosa a la que no puedo contestarle porque no
la sé. Si el teniente coronel de Melilla lleva mucho tiempo o no en la
Comandancia. No lo sé y, por lo tanto, cualquier dato que le facilitase
sería por mi parte posiblemente equivocado o erróneo.

Yo creo que el teniente coronel ha actuado correctamente. En el momento
en que detecta el problema lo pasa, primero, a la Delegación de
Industria, luego al comprobar que hay un conflicto de competencias
negativo tira adelante con el tema y lo pone en conocimiento tanto del
Delegado del Gobierno como de la autoridad judicial, para que fuese ella
la que dirigiese la investigación. Pienso que esta investigación se ha
llevado correctamente por parte del responsable de la Guardia Civil. En
estos momentos está todavía el sumario en tramitación y hasta que no
concluya el sumario tampoco, desde el punto de vista disciplinario,
podemos adoptar las medias correctoras suficientes.

Yo creo que estos son temas que no gustan a la Benemérita, pero que no
afectan a su imagen global. La



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Guardia Civil tiene en estos momentos 70.000 miembros distribuidos por
todo el territorio español y un problema que afecta a 27 --y, en algunos
casos, no con mala idea, no con mala voluntad, sino por simple omisión o
simple negligencia-- en ningún caso puede incidir sobre la imagen de la
Guardia Civil, que cumplirá este año, el 13 de mayo, su 150 aniversario y
que tiene, por lo tanto, unos valores absolutamente consolidados de
honradez, de servicio y dedicación a los demás. (El señor López Garrido
pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor López Garrido, muy brevemente.




El señor LOPEZ GARRIDO: Quisiera simplemente reiterar que entiendo que no
ha habido una respuesta a algunas de las cuestiones que yo he hecho al
señor Director General. Le he preguntado qué razones hay --me imagino que
se habrá investigado-- para que no se haya detectado el fraude tras
muchísimos años de haberse producido y cuáles son las medidas que se
piensa adoptar para coordinar servicios de la Administración y que esto
no suceda en un futuro. Porque es que, repito, se producían casos de
barcos que estaban desguazados hace tiempo. Es algo muy espectacular.

Yo quería saber si se va a tomar algún tipo de medidas a ese respecto.

Sobre toda una serie de cuestiones que yo he planteado me gustaría que el
señor Director General profundizase algo más, si es posible, en esta
comparecencia.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Director General,



El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Insisto en lo que le señalaba antes. Por el número de vales cuya falsedad
se detecta es un problema relativamente reducido. Cuando el problema es
limitado, su detección resulta bastante más difícil que si fuera un
problema mucho más generalizado o de un importe mucho mayor.

Es evidente que se van a tomar medidas. Se van a tomar medidas contra
estos guardias civiles implicados, que fueron suspendidos inmediatamente,
desde el momento en que fueron detenidos. Y el miedo guarda la viña;
cualquier tipo de medida disciplinaria no cabe duda que produce un efecto
disuasorio en cualquier otro miembro de la Guardia Civil o en cualquier
otro funcionario público que pudiera estar implicado en este tipo de
delitos. Yo le he comentado a usted que es voluntad de esta Dirección
General profundizar en los servicios de asuntos internos, potenciando sus
medios materiales e instrumentos mecánicos, para detectar lo antes
posible cualquier irregularidad cometida por cualquier miembro de la
Guardia Civil, en el ejercicio de sus funciones o fuera de ellas.

Estamos por la coordinación y por buscar fórmulas que simplifiquen, de
alguna manera, un proceso administrativo que se convierte, tal vez, en
excesivamente complejo o complicado por el número de documentos que se
intervienen, por los cómputos mensuales que se hacen y por las
liquidaciones posteriores. En cualquier caso, en definitiva, este tipo de
documentos que tienen que servir muchas veces para garantía de
normalidad, al convertirse en circuitos excesivamente complicados, lo que
hacen es alejar la realidad del examen de la documentación y, por lo
tanto, facilitar algún tipo de fraude. En este sentido --éstas son las
informaciones que tengo yo de la Delegación del Gobierno en Melilla--, se
están buscando fórmulas que simplifiquen los trámites garantizando la
transparencia y que este tipo de irregularidades, en caso de producirse,
se detecte lo antes posible.




El señor GONZALEZ PEREZ: Señor Presidente, una de las preguntas que me
gustaría recordar al señor Director General...




El señor PRESIDENTE: Señor González Pérez, se han abierto de una manera
imprevista, seguramente por falta de reflejos del Presidente, unas
extrañas réplicas recordando preguntas, etcétera. Le voy a dar un minuto,
pero le recuerdo que el informante informa de lo que le parece más
oportuno y después tienen ustedes la posibilidad de adoptar las
iniciativas que estimen oportunas, en el supuesto de que se sientan
insatisfechos.

Tiene un minuto para réplica.




El señor GONZALEZ PEREZ: Muchas gracias, señor Presidente, posiblemente
utilice bastante menos de ese minuto. Simplemente quiero compartir lo que
ha manifestado el Director General en torno a la Benemérita y al
prestigio de la misma, pero hay una pregunta que se ha quedado en el
tintero y no ha sido respondida y es si el Delegado del Gobierno había
comunicado estos acontecimientos. Parece ser que en la prensa de Melilla,
a la luz pública, salió que esa denuncia existía en la persona del
Delegado del Gobierno o que tenía conocimiento de esa denuncia por parte
de la Asociación de Gasolineras hacía más de dos años.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Director General de la
Guardia Civil.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany): En
el momento en que se tuvo conocimiento de la realidad y se tuvo
constancia de datos objetivos, se empezó a actuar y se puso en marcha la
investigación iniciada por el Jefe de la Comandancia de Melilla.




--COMPARECENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR PARA EXPLICAR LA
SITUACION EN ESPAÑA DE LA POSESION DE ARMAS EN MANOS DE PARTICULARES. A
SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA
PER CATALUNYA. (Número de expediente 213/000204.)



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El señor PRESIDENTE: El segundo punto del orden del día es la
comparecencia, a solicitud del Grupo Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, del Ministro del Interior, y que, por
acuerdo de la Mesa de la Comisión, celebra el Director General de la
Guardia Civil, aquí presente, para explicar la situación en España de la
posesión de armas en manos de particulares.

Tiene la palabra el señor Director General de la Guardia Civil.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Señor Presidente, señoras y señores Diputados, como se señala en el orden
del día, el objeto de esta comparecencia es informarles a ustedes sobre
la situación en España de la posesión de armas en manos de particulares.

Este tema ya ha sido objeto de otras comparecencias y en una anterior ya
contesté a preguntas relacionadas con él, concretamente sobre los
criterios de concesión de licencias de armas, e incluso sobre
determinados problemas que planteaba la renovación de los permisos de
armas por parte de los cazadores a partir de una edad determinada y los
problemas económicos que ello suponía para determinado tipo de
colectivos.

En primer lugar, y parece obvio que lo señale yo, la posesión legal de
armas por particulares no es libre en nuestro país, sino que precisa la
existencia de una previa autorización por parte de la Administración, que
se concede a través del correspondiente procedimiento. En ese sentido
mantenemos en nuestro país un sistema similar al de los países de la
Comunidad Europea, de previa concesión de autorización para el uso de
armas. Aparece regulado este procedimiento en el Real Decreto de 29 de
enero de 1993, un Real Decreto que tiene escasamente un año de vigencia.

Este Reglamento faculta a la Dirección General de la Guardia Civil para
conceder o denegar la licencia que habilite el uso de los distintos tipos
de armas, lo que implica que la concesión o denegación de esta clase de
licencias se ve articulada a través de un procedimiento en el que se
comprueben los requisitos exigidos para cada caso.

Querría señalar de entrada que la filosofía del nuevo Reglamento es de
carácter restrictivo en orden a la concesión de estas licencias, dado que
existen requisitos rigurosos para su obtención y se posibilita la
suspensión cautelar de las licencias en vigor cuando las circunstancias
así lo aconsejen, a la vez que se establecen plazos obligatorios para su
renovación e incluso se acortan, como señalaba anteriormente, en el caso
de determinadas personas. Y es que, señorías, existe la decidida voluntad
por parte de esta Dirección General de velar por el cumplimiento de las
condiciones establecidas para proporcionar a todos los ciudadanos un
adecuado nivel de seguridad que posibilite su normal actividad.

De otra parte, y en el mismo sentido, el nuevo Reglamento de Armas se
atiene a los criterios marcados por la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de
febrero, sobre protección de la seguridad ciudadana, que acentúa el
carácter restrictivo que debe presidir la expedición de licencias de
armas, y se inspira en la normativa análoga a la que, como he señalado
anteriormente, por este mismo tipo de razones se exige en materia de
seguridad vial, por ejemplo, respecto a permisos de conducción de
vehículos particulares aunque no se exijan, evidentemente, en el caso de
los permisos de conducción, determinados requisitos sobre conductas
personales.

El Reglamento regula las distintas clases de licencias que son necesarias
para los tipos de armas que ampara. Sin ánimo de cansarles, saben ustedes
que están previstas siete categorías distintas de armas y dentro de cada
categoría, excepto en la primera, que se refiere a las armas cortas de
fuego, existen diferentes grupos de armas dentro de cada una de las
categorías. Se trata de licencias para armas de fuego cortas, para
personal de vigilancia y seguridad, de caza en sus distintas modalidades,
de concurso, de coleccionista, etcétera.

Aunque los requisitos para la obtención de licencias son distintos para
cada tipo de armas, les indico que, con carácter general, se exigen,
entre otras, las siguientes condiciones: En primer lugar, acreditar la
posesión de determinadas aptitudes psíquicas y físicas adecuadas a través
de la correspondiente certificación médica. En segundo lugar, carecer de
antecedentes penales y, en tercer lugar, no tener antecedentes de
conducta no compatibles con la licencia. En la anterior comparecencia
pusimos de relieve las limitaciones a las que sometía la Jurisprudencia
este último requisito y cómo el hecho de tener antecedentes policiales no
era suficiente para no conceder determinadas licencias de armas o incluso
cómo determinadas sentencias por comisión de delitos si no estaban
relacionados con determinados temas conexionados con la posesión de armas
también habían sido invalidados como justificación para la negativa en la
concesión de permisos de armas.

Nos encontramos, pues, en ocasiones, en una situación de equilibrio que
puede tener difícil solución. En efecto, la valoración de las
circunstancias y conducta que exige el Reglamento de Armas introduce un
elemento de subjetividad que podría conducir en algunos casos a
decisiones que los tribunales han considerado arbitrarias y poco acordes
con los derechos de los solicitantes. No es menos cierto, en cambio, que
una interpretación benévola de la información disponible podría facilitar
resultados lesivos para la pacífica convivencia de los ciudadanos.

En definitiva, y con el fin de reducir el ámbito de discrecionalidad de
las personas que intervienen en el proceso, por la Intervención Central
de Armas y Explosivos, de la Dirección General, se han dado instrucciones
que intentan unificar los criterios de concesión o denegación y que,
lógicamente, no pueden contemplar toda la casuística existente, de un
modo especial para aquellas licencias que son más abundantes en nuestro
país, que son las licencias de caza.

Entrando en detalle e intentando resumir cuál es el panorama de la
posesión de armas en manos de particulares, les podría decir que las
licencias de armas de tipo B, que amparan fundamentalmente las armas de
fuego cortas de particulares y que exigen como requisitos para su
obtención ser español, residente en España, mayor de edad, carecer de
antecedentes penales, necesidad de poseer licencia y acreditar la
posesión de aptitudes físicas y psíquicas



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adecuadas y que ampara una sola arma, teniendo un plazo de validez de
tres años, tiene, a finales de 1993, 10.114 armas, y un número de armas
legalizadas a estos fines, a finales igualmente de 1993, de 8.808.

La licencia de armas de tipo C, que ampara fundamentalmente las armas de
dotación del personal de vigilancia y seguridad, y que expide el Director
General de la Guardia Civil y, por delegación, el primer jefe de la
Comandancia de la Guardia Civil, teniendo como plazo de validez el tiempo
de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión,
tiene, a finales de 1993, un número de licencias en vigor de 72.915 y un
número de armas legalizadas de 63.414.

La licencia de armas de tipo D, armas largas rayadas, para caza mayor
fundamentalmente, y que ampara, en definitiva, la posibilidad de tener
cinco armas de la segunda categoría, apartado 2, teniendo un plazo de
validez de tres años, supone la existencia de un número de licencias, a
finales de 1993, de 125.062, y un número de armas legalizadas de 103.510.

La licencia de armas de tipo E, que ampara las armas de la tercera y
séptima categoría, apartados 2 y 3, que serían fundamentalmente las
escopetas de caza o armas largas rayadas de tipo deportivo y que son
concedidas a los españoles o residentes en España mayores de edad, que
carezcan de antecedentes penales, que acrediten la posesión de aptitudes
físicas y psíquicas adecuadas y que exigen una dedicación real al
ejercicio de la caza, que ampara un número de armas que no excede de seis
escopetas o seis armas largas rayadas de tipo deportivo, ni más de doce
armas en total, supone la existencia de un número de licencias en vigor
de 1.880.456 y un número de armas legalizadas de 2.791.178. Este es, por
la afición a la caza existente en nuestro país, sin duda ninguna, el
número de armas más numeroso existente dentro de las que son concedidas
por la Dirección General de la Guardia Civil. (La señora Vicepresidenta,
Pelayo Duque, ocupa la Presidencia.)
La licencia de armas de tipo F, que ampara fundamentalmente armas de
concurso, por su misma naturaleza es un grupo de armas mucho más
reducido. El número de licencias en vigor, a finales de 1993, era de
39.516 y el número de armas legalizadas en base a este tipo de
autorización, 63.668.

Las armas de coleccionista, que son armas históricas, artísticas, de
avancarga, de sistema Flower o inutilizadas, suponen un número
relativamente limitado de licencias en vigor, en total son 4.866, y un
númeo de armas legalizadas de 16.485.

El resto de armas ya no reviste excesiva importancia, dadas sus
características.

En definitiva, éste es el panorama existente, en estos momentos, del
número de armas en manos de particulares autorizadas por las autoridades
gubernativas.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Muchas gracias, señor Director
General. A continuación, tiene la palabra el señor López Garrido, en
nombre del Grupo solicitante de esta comparecencia.

El señor LOPEZ GARRIDO: Gracias, señor Director General, por su
información estadística sobre el número de armas que existe en nuestro
país y las licencias, divididas en categorías, establecidas en el
Reglamento de armas.

La preocupación de nuestro Grupo cuando ha pedido esta comparecencia
estuvo influida, debo reconocerlo, por algunos acontecimientos que se
produjeron en nuestro país y que tuvieron una presencia significativa en
los medios de comunicación. De todos es conocido --y seguramente
recordado-- el hecho lamentable de la muerte de un ciudadano angoleño, en
Madrid, producido por un disparo efectuado por una persona, el señor
Sainz, de relevancia pública por ser el padre de un campeón automovilista
español, que puso inmediatamente de manifiesto este problema de la
utilización de armas por particulares y la facilidad extrema con que en
nuestro país se conceden licencias en algunos casos --no en todos, no se
puede generalizar-- y la ausencia de criterios claros al respecto, que
usted mismo ha reconocido en su anterior intervención.

De las cifras que usted nos ha dado se deduce que tenemos unos dos
millones de licencias, naturalmente hegemonizado por las licencias de
caza. Se calcula que en nuestro país --y no sé si son cifras del todo
rigurosas, pero en algunos medios de comunicación lo hemos podido leer--
hay circulando, legal o ilegalmente, casi tres millones de armas, y esto
tiene también un reflejo luctuoso. En el año 1992 hubo 1.222 muertos por
armas de fuego en España, y se calculaba que, al menos una tercera
aparte, era por reyertas o contiendas violentas de particulares que
tenían armas en su poder.

Esta situación ha venido siendo regulada por el viejo Reglamento de 1981,
que se sustituyó recientemente por el que usted ha citado, el del año
1993, y que sigue teniendo un cierto estigma de inconstitucionalidad. El
de 1981 era un reglamento independiente y hubo muchísima discusión y
polémica en la doctrina administrativa y constitucional sobre si es
posible aceptar reglamentos independientes en nuestro ordenamiento sin
que haya ninguna ley que los prevea ni que los habilite. Y, en este caso,
este Reglamento de 1993 también viene amparado en el artículo 7.º de la
Ley de Seguridad Ciudadana que es un artículo prácticamente en blanco,
que da al Gobierno la posibilidad de dictar un reglamento sobre licencias
de armas, así, sin establecer ningún tipo de criterio. Es decir, el
legislador no da criterios al Gobierno para poder regular esta materia,
lo cual ya introduce un elemento de fuerte polémica jurídica, que no es
el campo en el que nos queremos mover en esta comparecencia, pero que lo
señalo como un elemento discutible. Por el momento, hay quienes han
estudiado esta cuestión y que piensan, mayoritariamente, que estamos ante
un reglamento que no se mueve en los parámetros constitucionales, en
cuanto que ya la propia Ley de Seguridad Ciudadana --polémica ley, la
famosa «Ley Corcuera», declarada inconstitucional en parte por nuestro
Tribunal Constitucional-- tiene algunos otros artículos muy discutibles,
desde el punto de vista de la constitucionalidad. Y éste sería uno de
ellos, el artículo 7.º, que simplemente establece una remisión en blanco
al Gobierno para que regule, sin ningún tipo de criterios, todo este



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importante asunto de las armas en manos de particulares. Es cierto que el
artículo 7.º de la «Ley Corcuera» habla de que la concesión de armas
tiene que ser restrictiva, pero, naturalmente, éste es un concepto
indeterminadísimo y depende de su aplicación práctica.

La impresión que tenemos es que los exámenes psico-físicos que se hacen
para la concesión de armas son extremadamente tolerantes y, a pesar de
que se dice que debe ser restrictiva la concesión de estas licencias, en
la práctica no lo es, sobre todo en las licencias de caza, que se dan con
extremada facilidad; comprendemos que hay una enorme presión para que se
den así, pero, al fin y al cabo, se trata de un arma, un arma que puede
matar, que puede producir lesiones, que, en muchas ocasiones, puede ser
utilizada para una cosa distinta a la caza de los animales, puede incluso
ser utilizada para la caza del hombre, y de ello hemos tenido episodios
recientes y truculentos en nuestro país.

También nos gustaría saber qué sucede con los criterios de revisión de
las licencias. Porque si ahora se dice que las licencias se están dando
con cuentagotas o con mucho más cuidado, la verdad es que todo el mundo
sabe que en tiempos anteriores las licencias se concedían con fuertes
dosis de amiguismo y, por tanto, a personas que no cumplían unas mínimas
condiciones para poder llevar esas armas y tener esa licencia, tanto en
cuanto a licencia para llevar armas como para las armas mismas, las armas
legalizadas.

Además, hay una importante fisura, a nuestro juicio no suficientemente
controlada, que es lo que se refiere a las federaciones de tiro olímpico.

Hay personas que encuentran dificultades para conseguir una licencia,
sobre todo de armas cortas, de tipo B, que son extremadamente peligrosas,
ya que son armas, cuya utilización, desde luego, no se piensa para la
caza, y sabemos que hay personas que no han conseguido esta licencia que
logran hacerse socios de federaciones de tiro olímpico y que, a través de
esa vía, se les concede la posibilidad de tener armas y licencia de
armas. Es cierto que, en estos casos, la exigencias es que quienes vayan
a utilizar estas armas en el seno de las federaciones de tiro olímpico
sólo pueden utilizarlas para entrenarse en los campos de tiro adecuados
y, además, tienen que tener el arma depositada en la federación o en la
Intervención de Armas de la Guardia Civil. En la práctica, sabemos que
esto no es así y que hay una extremada laxitud para que estas personas
puedan tener las armas en su casa, cuando está absolutamente prohibido
por la reglamentación correspondiente. Nos parece que ésta es una
importante fisura que se produce en la reglamentación española de armas y
nos gustaría saber si se ha tomado alguna medida al respecto, porque
sabemos que, por lo menos hasta hace poco tiempo, era un auténtico
coladero esta situación de muchas personas asociadas a federaciones de
tiro olímpico.

También querríamos saber si existe algún tipo de política o de criterio
por parte del Ministerio para el control de quienes portan el arma,
porque una cosa es que se tenga licencia de armas y otra cosa es que se
pueda llevar. No se puede llevar el arma a no ser que sea simplemente
para ir a un campo de entrenamiento y, sin embargo, también es sabido que
hay personas que llevan armas constantemente, cuando se pasean por la
calle, cuando salen de su casa, y cremos que tampoco existe una
determinación clara de perseguir este tipo de acciones claramente
ilegales.

Esto por lo que se refiere al mundo de lo legal, a la parte legal, pero
hay un submundo, que es el de las armas ilegales, de las personas que,
sin tener licencia de armas, las llevan, las poseen, las utilizan y de
las armas que no están legalizadas. Tenemos la sensación de que no hay
una voluntad decidida de perseguir este tipo de mercado sumergido de las
armas en manos de particulares y de que, desde luego, no hay criterios ni
hay diseñado un plan, que sepamos, para atajar este problema. Y nos
gustaría saber si el Ministerio tiene diseñado efectivamente este plan.

También nos gustaría saber qué tipo de instrucciones ha dado la
Intervención central de Armas, dependiente de la Guardia Civil, sobre las
licencias de caza.

Nos ha mencionado usted en su primera intervención que se ha dado una
serie de instrucciones. Me gustaría saber cuál es el contenido de esas
instrucciones que, al final, queda en lo que se llama el mundo del
infraderecho, es decir, de las normas que no se publican, que no se sabe
dónde están. Cuáles son estas instrucciones, qué criterios se aplican,
porque, al final, queda en la pura arbitrariedad. Usted ha reconocido que
la discrecionalidad con que se dan las autorizaciones de licencias puede
fácilmente desembocar en arbitrariedad. La única forma de evitarlo es que
haya criterios muy claros y públicos y me gustaría saber cuáles son esos
criterios.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): ¿Qué otros grupos desean
intervenir? (Pausa.)
Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor González Pérez.




El señor GONZALEZ PEREZ: Hay que reconocer que hasta la aprobación del
actual reglamento de armas en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y
la adecuación y normalización de este aspecto en lo referente a las
normas comunitarias de mano del Real Decreto 540/1994, de 25 de marzo, la
normativa existente anterior estaba bastante dispersa en leyes, órdenes
ministeriales, reales decretos y directivas comunitarias, que hacían, si
no difícil, este aspecto que hoy nos trae a esta Comisión, sí complicado
por lo menos la concreción de una actuación uniforme a la concesión de
licencia de armas y, como consecuencia, a la posesión de las mismas.

Aun a la vista de la normativa actual en materia de armas, en la que hay
que destacar el importante avance que ha cercado un poco la concesión y
la tenencia de armas, la reforma del Reglamento para incorporar
indudablemente el progreso de la técnica, así como la variación de los
usos sociales y las necesidades de los ciudadanos en relación a la
capacidad para adquirir armas con fines de seguridad, deporte u otros,
incluso señalando la importancia de la nueva regulación en cuanto a la
transmisión de armas entre particulares, hemos de señalar en este aspecto
que hechos y acontecimientos desgraciados con relación a la posesión de
armas no faltan. Este último planteamiento nos hace formularnos una
pregunta que quizá ya se ha manifestado



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por el anterior interviniente. La pregunta sería: ¿Hay suficientes
controles con relación a la posesión de armas? Quizá la respuesta a esta
supuesta pregunta venga dada precisamente por los acontecimientos que
desgraciadamente nos toca leer, en alguna ocasión, en la sección de
sucesos de los distintos medios de comunicación; quizá la respuesta venga
implícita en esa lectura de estos medios de comunicación en su sección de
sucesos.

Yo creo que quizá, aun cuando la regulación haya mejorado sensiblemente
en este aspecto, hay que manifestar con claridad que no existen todavía
los medios materiales y humanos para una vigilancia y control deseable y
eso, en el aspecto de lo que entendemos como armas legales, licencias y
utilización de armas. No vamos a entrar indudablemente en ese submundo de
las armas no legales que, como todos sabemos, es realmente difícil
averiguarlas hasta que no haya una comisión de delito. Aun así, seguimos
insistiendo en que entendemos que hay falta de medios materiales y
humanos.

Pero en lo concreto de las armas legalizadas, en la anterior
comparecencia del Director General de la Guardia Civil, el portavoz del
Grupo Popular manifestó que se descubrieron acontecimientos, por ejemplo,
en la ciudad de Valencia, donde personas que utilizaban armas para la
comisión de delitos eran personas que tenían la legalización de estas
armas y, por supuesto, su posesión legalizada.

Yo creo, sinceramente, señor Director General, que hay que adecuar el
fundamento en el sentido de tener más material y más personal dedicado al
control específico de este tipo de concesión de licencias, la tenencia de
armas e incluso la retirada de estas armas que pueden provocar
acontecimientos como los que antes se han manifestado.

Esto nos lleva a preguntar al señor Director General si en este punto en
concreto se van a tomar determinaciones para que haya más amplitud de
medios, tanto materiales como personales, para este control.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor
Director General para responder.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany): Se
han tocado distintos temas y a mí me gustaría ver si de alguna forma soy
capaz de agruparlos para dar respuesta adecuada.

De hecho, hay un tipo de armas que, lógicamente, es el que más preocupa,
que son las licencias de tipo B. El número de licencias de tipo B o arma
corta es realmente limitado si se compara con el número de armas de estas
características que existen en otros países.

Hemos señalado anteriormente que el número de licencias en vigor de tipo
B es de 10.114 y el número de armas legalizadas 8.808. Esto, para una
población de casi 40 millones de habitantes, aunque no todos ellos
lógicamente tienen derecho a la licencia de armas, porque habría que
descontar a los menores de edad, refleja que se está intentando mantener,
como les señalaba yo anteriormente, un marcado carácter restrictivo en la
concesión de estas licencias.

Este es el criterio que han venido aplicando desde la aprobación del
nuevo reglamento, no ya sólo la Dirección General de la Guardia Civil,
sino los mismos Gobernadores Civiles en sus informes preceptivos sobre la
concurrencia o no de circunstancias que justifiquen la autorización o la
concesión de un tipo de licencias de armas.

Es lógico que esto se haya aplicado con más rigor para aquellas nuevas
peticiones de licencia y que, teniendo en cuenta de alguna forma, la
situación anterior, se haya aplicado con rigor pero no tal vez con el
mismo para aquellos que eran poseedores anteriores de licencias de armas,
a menos que concurriesen circunstancias novedosas que, de alguna forma,
impidiesen renovar la licencia.

Me estoy refiriendo concretamente a circunstancias de cambio de
profesión, de cambio de las circunstancias que justificaron la concesión
de la anterior licencia de armas o, en algunos casos, problemas que, de
alguna forma, convirtiesen el arma en un instrumento más peligroso en
manos de quien solicita la licencia de armas o su renovación que la
carencia de la misma.

Estos criterios restrictivos han planteado problemas con algunos
colectivos. Me estoy refiriendo al colectivo de joyeros, por ejemplo, que
en un momento dado se consideran especiales víctimas de determinados
delitos y, por lo tanto, con derecho prácticamente automático a poseer
algún tipo de licencia de arma corta.

De hecho, afortunadamente, la mejora de la situación de la seguridad
ciudadana ha hecho que este tipo de petición por parte de determinados
colectivos, de determinados gremios, haya disminuido y, por lo tanto,
haya sido más razonable la petición de nuevas licencias de armas o la
retirada de algunas licencias de armas que hasta entonces se tenían y que
se ha considerado oportuno no renovar.

De todas formas, vuelvo a indicarle, no tanto respecto a las licencias de
arma corta sino a las de armas de caza, los constantes criterios de los
tribunales, que son extraordinariamente amplios respecto a la concesión
de este tipo de licencias, sobre todo relativos a armas de caza, incluso
en supuesto de antecedentes policiales, en supuestos de condena o
determinados antecedentes penales por la comisión de delitos que se
consideran no conexos con la utilización del arma de caza.

Aquí nos encontramos ante una situación y habrá que ver si la
jurisprudencia, de alguna forma, rectifica, en base a la nueva normativa,
al nuevo reglamento de armas, sus criterios tendentes a una mayor
generosidad que la que venía aplicándose desde el punto de vista
administrativo, si la nueva normativa de alguna forma hace cambiar los
criterios jurisprudenciales.

De todas formas, estamos a un año de la aprobación del nuevo reglamento.

Por lo tanto, tampoco estamos en condiciones de hacer todavía un balance
exhaustivo de las bondades del nuevo reglamento de armas, cuya legalidad
S. S. ha puesto en duda; pero, en definitiva, es un tema que no nos
corresponde a nosotros debatir aquí.

Ha hablado usted del uso. Las armas están para poderlas llevar, no para
tenerlas en un cajón de casa. Teóricamente quien posee licencia de armas
puede llevar el arma, porque para eso está autorizado. Es cierto que hay
una



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tendencia a fraude que se ha detectado y contra el que se está intentando
actuar respecto a las armas de tiro olímpico, pero no ignorará S. S. que
este tipo de armas vienen también condicionadas por las resoluciones de
las federaciones de tipo olímpico, que son las que, en definitiva, fijan
determinadas condiciones o inclusiones en sus colectivos de determinadas
personas. Es cierto que por aquí habría que ver cómo evitamos que se
introduzcan fraudes, modificaciones o falsas altas en las federaciones de
tiro olímpico, que facilitan la utilización del arma, aunque éstas sí con
carácter restrictivo, porque efectivamente sólo pueden ser utilizadas con
motivo del tiro olímpico y no para uso particular.

En definitiva, lo que sí puedo indicarle es que la tenencia ilícita de
armas es una figura tipificada en el Código Penal y, por tanto, es una
figura que está sancionada con penas en nuestra legislación penal. Es un
delito, en el conjunto de los delitos, relativamente reducido o limitado,
lo que quiere decir que o no existe un número excesivo de infracciones en
este terreno, o tal vez (y esto tampoco quiero ignorarlo) no hemos sido
lo suficientemente hábiles como para descubrir este tipo de delitos;
delitos que plantean problemas porque sabe usted que, normalmente, el
depósito de armas de forma ilegal en el domicilio exige una previa
autorización de entrada y registro y tener constancia de que se tiene el
arma de forma ilegal porque, en caso contrario, no habría juez que
autorizase la entrada y registro para clarificar un delito de este tipo,
de esta naturaleza. La tenencia ilegal de armas en los propios domicilios
hace que resulte más difícil la lucha contra este tipo de delincuencia o
contra este tipo de irregularidades.

En cualquier caso, manifesté en mi anterior comparecencia, y lo reitero
en ésta, que los criterios de la Dirección General son y continuarán
siendo restrictivos en la concesión de licencias de armas, tanto en la
concesión de nuevas licencias como en la renovación, respetando siempre
la normativa y los criterios que los tribunales marquen, que son ellos
los que, en definitiva, aplican la legislación y marcan los criterios o
los cauces sobre los cuales debe interpretarse la legislación en vigor.




PREGUNTAS (Continuación):



--ACTUACIONES LLEVADAS A CABO POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR EN RELACION
CON EL DESPLAZAMIENTO EN UN HELICOPTERO DE LA GUARDIA CIVIL A LA ISLA DE
LA GOMERA DE LA TITULAR DEL JUZGADO DE GRANADILLA DE ABONA (TENERIFE), EL
PASADO 24 DE JULIO, PARA ASISTIR A UNA VISTA ORAL. FORMULADA POR EL SEÑOR
SORIANO BENITEZ DE LUGO (GP). (Número de expediente 181/000436.)



La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): A continuación tiene la palabra,
por cinco minutos, don Alfonso Soriano Benítez de Lugo para formular la
pregunta número 3 del orden del día.




El señor SORIANO BENITEZ DE LUGO: Esta misma pregunta ya la había
formulado este Diputado al Gobierno y le contestó la Subsecretaría del
Ministerio de Justicia, en esta misma Comisión, el 20 de diciembre de
1993, alegando que el Ministerio de Justicia no tenía conocimiento alguno
de los hechos que ocasionaron la pregunta y que, dado el carácter
jurisdiccional al que estaba sometido el asunto, el Ministerio de
Justicia (y cito textualmente) nunca iba a entrar a valorarlos y entiende
que debe ser el Consejo General del Poder Judicial el que, en su caso,
adopte las medidas que estime oportunas. Pues bien, ya la sala de
gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha intervenido en
el asunto y ha dictado una resolución sobre el particular, pero me parece
indispensable relatar los hechos muy sucintamente para tener el adecuado
conocimiento de los mismos.

La pregunta tiene su causa tras la detención de un súbdito británico por
dos miembros de la Guardia Civil destacados en Playa Santiago, isla de La
Gomera, el 6 de febrero del año 1993. Según fuentes jurídicas consultadas
por este Diputado, se produjo un altercado que terminó con la reducción
del individuo y su traslado al puesto de la Guardia Civil en la citada
localidad, no sin antes visitar al médico, ya que el detenido presentaba
algunas lesiones. Semanas después se produjo el juicio de faltas, en el
que el magistrado de San Sebastián de La Gomera no sólo absolvió al
ciudadano británico, sino que condenó a los dos números de la Benemérita
a siete días de arresto menor y a sufragar las costas judiciales. Este
extraño final para un juicio de faltas en que los testigos eran
condenados y el acusado absuelto llevó a la presentación de un recurso,
por parte del letrado de los guardias civiles, ante la sección penal de
la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. La audiencia estimó la
existencia de un defecto de forma al no haber advertido el juez a los
testigos que podían ser considerados responsables de los hechos, por lo
que anuló el juicio. Acto seguido, la representación legal de los
miembros del benemérito cuerpo recusó al juez de San Sebastián para que
no fuese éste el encargado de volver a resolver la cuestión, obligando a
la Audiencia Provincial a nombrar otro juez que resolviese el incidente.

Y fue la titular del Juzgado e Instrucción número 3 de Granadilla de
Abona, instructora de otro famoso caso (el conocido como caso Maxwell),
la designada por la audiencia para tal cometido, fijándose como fecha
para el nuevo juicio el día 27 del mes de julio, martes, en la sede de
vistas del Juzgado de San Sebastián de La Gomera.

Llegada la fecha de la vista oral, la titular de dicho juzgado se
desplazó a La Gomera no a través de los medios usuales de transporte
(existen comunicaciones a través de un jet-foil de la Trasmediterránea y
de un ferry de la naviera Olsen, noruega), sino a través de un costoso
helicóptero de la Guardia Civil, en día en que había pasaje disponible
por vía marítima, con un coste de alrededor de 3.000 pesetas, que es lo
que cuesta normalmente el billete en el ferry. Tengamos en cuenta que el
ferry de La Gomera es un barco grande donde caben varios centenares de
personas y, por supuesto, el abogado del ciudadano británico y el
Ministerio Fiscal se desplazaron en estos medios usuales de



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transporte a la isla de La Gomera. El abogado del ciudadano británico
puso los hechos en conocimiento del ministerio público y la sala de
gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha investigado los
hechos. Además, la titular del citado juzgado utilizó el helicóptero el
día 24 de julio, sábado, y el juicio no tuvo lugar hasta el día 27, como
hemos dicho, por lo cual anticipó el viaje para estar ese fin de semana
en La Gomera. Del asunto se hicieron eco todos los medios de comunicación
no sólo regionales, sino también nacionales, ya que durante ese fin de
semana previo a la celebración de la vista, y según el contenido literal
de la denuncia, la juez disfrutó en La Gomera, como digo, de un vehículo
todo terreno a su disposición para su desplazamiento por la isla, y añade
la denuncia que un funcionario de la Guardia Civil viajó con ella desde
Tenerife. Finalmente el juicio no llegó a celebrarse, ya que al comenzar
la sesión y tener conocimiento de estos hechos el letrado del ciudadano
británico recusó a la juez propuesta, a lo que el Ministerio Fiscal no se
opuso. Sin embargo, hay que precisar que, por lo que parece, lo que
motivó la recusación fue la coincidencia entre el cuerpo al que pertenece
el helicóptero y el cometido que llevaba a la juez a la isla, y no el
hecho en sí de utilizar el helicóptero. Según la denuncia ante la sala de
gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el 21 de julio el
juez cursó un oficio, dirigido a la Guardia Civil, en el que solicitaba
la puesta a su disposición del aparato. El helicóptero volvió a buscarla
el día 27, martes, mientras que el fiscal y el abogado, como he indicado,
utilizaron en sus desplazamientos los procedimientos normales.

El Consejo General del Poder Judicial abrió un expediente disciplinario a
la juez y la denuncia fue interpuesta por el anterior Director General de
la Guardia Civil (y cito literalmente) al sospechar que la juez pidió el
helicóptero con otros fines, insinuando la existencia de otro tipo de
circunstancias que resultan secundarias en estos momentos. Pues bien,
como digo, el tema ya ha sido resuelto, ya no se encuentra sub iudice. La
sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha
sancionado a la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 3 de Granadilla de Abona con la multa de 50.000 pesetas por
utilizar, para fines personales (dice literalmente la resolución), un
helicóptero de la Guardia Civil para trasladarse a la isla de La Gomera,
donde permaneció un fin de semana. El Tribunal Superior de Justicia de
Canarias ha calificado el hecho como falta grave, después de instruir un
expediente sancionador previa denuncia interpuesta por un abogado
tinerfeño; no hubo actuación de oficio, como hubiera sido deseable, por
parte de la Guardia Civil o de las autoridades correspondientes. A pesar
de que la juez justificó la petición del helicóptero por causas
relacionadas con la investigación del caso relatado, quedó demostrado en
el expediente sancionador que pudo haberse trasladado en medios de
transporte regulares, por lo que fue gratuita su petición de solicitar el
helicóptero de la Guardia Civil. La sala de gobierno, en su fallo, ha
tenido en cuenta también la petición formulada por la juez, insistiendo
en que fuera acompañada hasta La Gomera por un determinado agente de la
Guardia Civil, que podría tener algún tipo de vínculo personal con ella.

El asunto ha quedado, por tanto, resuelto por el Consejo General del
Poder Judicial, si bien la sanción se nos antoja insignificante, aunque
sólo sea si la ponemos en relación con el gasto que ha comportado la
utilización del helicóptero. El hecho viene a poner de manifiesto, sin
duda alguna, la alegría con que se utilizan los bienes públicos para usos
particulares, y en momentos en que la Guardia Civil (que tiene para mí
todos los respetos como institución) está siendo cuestionada por la
actuación del más alto de sus mandos, se nos ocurre preguntar las
siguientes cuestiones:
¿Qué tipo de autoridades pueden solicitar servicios de esta naturaleza?
¿Es normal solicitar de la Guardia Civil el uso de los medios con los que
ésta cuenta para ponerlos al servicio de cualquier persona que lo
solicite? ¿Qué autoridad de la Guardia Civil ordena la puesta a
disposición de otra autoridad de un helicóptero, y en qué casos? ¿Quién
fue la autoridad de la Guardia Civil que autorizó el uso del helicóptero
y qué actuaciones han realizado los mandos de la Guardia Civil en
relación con esta autoridad? ¿Cuánto costó el uso del helicóptero? A
todas estas preguntas me gustaría que se nos diera cumplida respuesta por
el Director General de la Guardia Civil.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Advierto al señor Director
General que viene obligado sólo a los estrictos términos en que figura,
en el orden del día, la formulación de la pregunta.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Señora Presidenta, yo creo que el señor Diputado lo ha contestado todo
porque, tal vez, si no tenía todos los elementos de juicio en el momento
que ha formulado la pregunta, hay una serie de datos posteriores que le
confirman lo que yo, de alguna forma, hubiese ratificado simplemente en
este acto. Cuando se plantea la utilización del helicóptero y del
vehículo por parte de la juez, se trataba de un acto dentro de una
actividad que formalmente tenía carácter de jurisdiccional y, por tanto,
no había posibilidad de oponerse legítimamente, salvo la iniciación de un
proceso correspondiente por desobediencia por el mando de la Guardia
Civil al que le fue solicitado el vehículo, tanto el helicóptero como el
vehículo. Lo que le puedo decir es que estos hechos fueron puestos en
conocimiento tanto del Presidente de la Audiencia Provincial de Santa
Cruz de Tenerife como del Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, el 22 de septiembre de 1993 y el 24 de septiembre de 1993,
respectivamente, por el anterior Director General de la Guardia Civil,
exponiéndole los hechos y manifestando su disconformidad con ese tipo de
órdenes, a fin y a efecto de que se adoptasen las medidas disciplinarias
correspondientes. El 5 de noviembre de 1993 se recibe en la Dirección
General escrito remitido por la comisión disciplinaria del Consejo
General del Poder Judicial, comunicando que por el Tribunal Superior de
Justicia de Canarias se había incoado expediente disciplinario por esos
hechos, cuya sanción es la que S. S. acaba de mencionar.




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Usted sabe que la utilización de los helicópteros por personas ajenas a
la Guardia Civil es restrictiva y usted conocerá, como Diputado por
Canarias, el premio que se le ha otorgado precisamente a la Guardia Civil
de Tráfico, a la Unidad de Helicópteros, por realizar traslados de
carácter sanitario cuando han estado justificados y acudir de un lugar a
otro. Creo que este tipo de utilización de los helicópteros a
conveniencia y en contacto con los servicios sanitarios de la comunidad
canaria pone de manifiesto la correctísima utilización de los
helicópteros por parte de los mandos de la Guardia Civil (El señor
Soriano Benítez de Lugo: Nadie lo ha puesto en duda.), y no sólo han sido
utilizados debidamente, excepto en este caso, sino reconocido
públicamente y manifestado el agradecimiento a la Unidad de Helicópteros
de la Guardia Civil por el tipo de servicios humanitarios que viene
prestando. Corresponde fundamentalmente al Director y, en su defecto, al
Subdirector operativo autorizar la utilización de helicópteros por
personal ajeno a la Guardia Civil, excepto en el caso jurisdiccional,
circunstancia en la que tiene autorización el propio mando para la
utilización, dando cuenta posteriormente al Director o al Subdirector de
Operaciones.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor
Soriano durante un minuto.




El señor SORIANO BENITEZ DE LUGO: Realmente me deja asombrado la
contestación del señor Director General, porque aquí se ha utilizado un
helicóptero de forma irregular y por lo que se ve nadie es responsable.

No hay responsabilidades ni siquiera de tipo administrativo con la
persona que autorizó el uso del helicóptero; ni siquiera se nos dice
cuánto costó el uso de ese helicóptero; ni siquiera se nos dice, con
carácter general, quiénes son las autoridades de la Guardia Civil que
están implicadas en esta autorización del uso del helicóptero. Con la
tranquilidad con la que nos tienen acostumbrados a contestarnos las
autoridades del Gobierno, sin exigir responsabilidades de ningún género,
por lo que veo ni siquiera se ha abierto un expediente administrativo por
parte de la Guardia Civil, puesto que lo único que hay es una resolución
judicial sancionando a la juez. Pero aquí tendrá que haber algún
responsable por parte de la Guardia Civil del uso irregular del
helicóptero, máxime con las implicaciones del agente que utilizó el
helicóptero. ¿No se ha actuado contra el agente que utilizó el
helicóptero en estas circunstancias excepcionales? ¿No tiene
responsabilidad alguna la Guardia Civil? Sólo tiene responsabilidad la
juez por haber utilizado el helicóptero, pero ¿no hay ningún responsable
por parte de la Guardia Civil?
Señor Director General, la verdad es que su contestación a mi pregunta me
deja asombrado porque, por lo que se ve, aquí nadie es responsable no ya
políticamente, que no voy a pedir responsabilidad política, pero habrá
unos responsables administrativos. Toda la vida, en la Administración,
cuando sucede un hecho de esta naturaleza se inicia un expediente
administrativo y se depuran responsabilidades administrativas por parte
de las personas responsables del asunto. Pero, por lo que veo, la
irresponsabilidad campa por sus respetos.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): El señor Director General tiene
la palabra.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Señora Presidenta, tal vez no me he expresado bien. Le he manifestado
expresamente que la única persona autorizada para facultar a la Guardia
Civil el uso de helicópteros por personal ajeno al Cuerpo de la Guardia
Civil es el Director General y, en su defecto, por delegación, el
Subdirector de Operaciones, excepto en los asuntos de solicitud por las
autoridades judiciales, en cuyo caso estará a la petición que se formula.

Como consecuencia de todo ello se abrió el expediente correspondiente y
del resultado del expediente se dio traslado a quienes eran las
autoridades superiores a la persona que se consideraba que había
infringido la utilización del helicóptero y del jeep, que era la juez de
Granadilla y, por tanto, la responsabilidad se transmitió a aquellos
órganos que son capaces de generarla. (El señor Soriano Benítez de Lugo:
¡Y de la Guardia Civil, nadie!)



--PLANES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR PARA EL PATRONATO DE VIVIENDAS DE LA
GUARDIA CIVIL. FORMULADA POR DON ANTONIO ROMERO RUIZ (GIU-IC). (Número de
expediente 181/000458.)



La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor López
Garrido para formular la pregunta número 5, de la que es autor don
Antonio Romero Ruiz.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señora Presidenta, muy sucintamente, la cuestión
es que, al parecer, hay 600 viviendas ocupadas por guardias civiles y
desde la Dirección General de la Guardia Civil no hay ninguna decisión
sobre su destino respecto a la propiedad de las mismas y en relación con
quienes las están ocupando desde hace tiempo. La pregunta va destinada a
saber qué planes existen en la Dirección General de la Guardia Civil
sobre este asunto.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor
Director General de la Guardia Civil.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Señora Presidenta, señor Diputado, tratando de contestar a su pregunta
voy a intentar ser lo más breve y conciso que pueda.

El patronato de viviendas de la Guardia Civil fue creado por el Decreto
477/1961, de 16 de marzo, y en el mismo se especificaba que el patronato
de viviendas de la Guardia Civil es un organismo autónomo, dependiente
del Ministerio de la Gobernación, que se regula por lo dispuesto en el
Decreto anteriormente mencionado,



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477/1961, de dicho Departamento, y como tal tendrá plena personalidad
jurídica y autonomía administrativa, con las limitaciones que señala la
legislación vigente en cada momento a esta clase de organismo. Las
misiones fundamentales del patronato, según se establecía en su propio
reglamento, eran: proporcionar vivienda en arriendo a personal en activo
de generales, jefes, oficiales, suboficiales, clases e individuos de la
Guardia Civil; proporcionar vivienda en arrendamiento al personal militar
que preste servicio en el cuerpo, siempre que perciban sus haberes con
cargo al Ministerio de la Gobernación; proporcionar viviendas en
arrendamiento al personal que, mencionado en el apartado A), se encuentre
en situación de reserva o retirado; proporcionar vivienda en
arrendamiento a personal de viudas y huérfanos del cuerpo en tanto
conserven esta consideración; proporcionar vivienda en arrendamiento al
personal contratado con carácter fijo que preste sus servicios en centros
o dependencias del cuerpo. El patronato cumplirá la misión que se le
asigna en los apartados anteriores del B) al E) cuando, cubiertas las
necesidades del personal comprendido en el apartado A), es decir, el
personal propio del cuerpo, sus disponibilidades económicas lo permitan.

Asimismo, en los siguientes apartados se prevé como misiones del
patronato proporcionar vivienda con acceso a la propiedad, como organismo
promotor, al personal comprendido en los apartados anteriores, con la
preferencia establecida en el párrafo antes mencionado, acogiéndose a las
disposiciones de protección a las viviendas que estén vigentes. Y G) --y
última finalidad--, la construcción de edificios destinados a
casas-cuartel de la Guardia Civil en los casos especiales en que se
conceptúe conveniente y se señalen por el Director General del cuerpo. De
acuerdo con ello, el patronato ha venido construyendo diferentes
edificaciones y en algún caso han sido de acceso a la propiedad y en
otros casos han sido en régimen de arrendamiento.

Usted me pregunta cuáles son los planes de futuro. La verdad es que, en
estos momentos, aunque el patronato no depende de la Dirección General de
la Guardia Civil, sino que el Presidente del patronato es el
Subsecretario del Ministerio del Interior y, por tanto, la Dirección
General de la Guardia Civil no tiene competencias sobre el patronato, se
está estudiando la posibilidad de, a la vista de la experiencia del
Instituto para la vivienda de las Fuerzas Armadas, que suprimió los
patronatos de casas militares del Ejército de Tierra, de la Armada y del
Aire, ver si interesa más la liquidación del patronato o su
transformación en un instituto de naturaleza similar que fuese capaz de
incluir algún tipo de prestaciones o de casas-cuarteles en las que
abundan las viviendas para la Guardia Civil, a fin y a efecto de sacarle
la mayor rentabilidad posible a los recursos que tiene el patronato. Es
decir, en estos momentos no está claramente definida la supervivencia del
patronato como tal. Es más, la supervivencia del patronato como tal
parece ser que no tiene demasiado sentido. Por tanto, las dos
alternativas posibles serían proceder a la liquidación del patronato o
proceder a su transformación en un instituto como el que se creó en los
estamentos militares, concretamente respecto a las Fuerzas Armadas, por
el Real Decreto de 20 de diciembre de 1990.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor López
Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Mi pregunta iba más bien dirigida a la situación
de las viviendas concretas que están ocupando guardias civiles. Parece
ser que el Subsecretario del Ministerio es el que ocupa la presidencia
del patronato y el que quizá debería haber respondido a esta pregunta. La
preocupación que tenemos es, aparte de por el destino administrativo que
pueda tener este patronato, por la solución que se está enfocando en
estos momentos para el futuro de estas viviendas y, por tanto, de los
ocupantes de las mismas, que es la preocupación humana fundamental en
este caso. Este es el objetivo de la pregunta y nuestra preocupación
fundamental. En todo caso, dirigiremos en un futuro esta pregunta al
Subsecretario del Ministerio del Interior, si es él el que nos puede
responder mejor a la misma.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor
Director General de la Guardia Civil.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany): En
estos momentos hay unas viviendas que han salido del marco del patronato
en cuanto eran de acceso a la propiedad y que cuando se formalizan las
escrituras de propiedad dejan de pertenecer al patrimonio del patronato,
y otras viviendas que son de alquiler. Algunas de ellas han planteado
problemas por cuanto si al pasar a la situación de retirado y al dejar de
pertenecer al cuerpo deben abandonarse o no, y éstos son problemas que
han salido a la luz pública. En todo caso, nosotros la idea que estamos
estudiando en estos momentos en el Ministerio, más directamente, como es
lógico, el Subsecretario como presidente del patronato, pero en conexión
con la Dirección General de la Guardia Civil porque es a este colectivo
fundamentalmente al que afecta el patronato, es hacer una transformación
que de alguna forma evite los vicios existentes en una situación que se
viene arrastrando desde hace mucho tiempo --prácticamente es el único
patronato existente en la Administración pública-- viendo si realmente,
dadas las características de movilidad, las necesidades de
desplazamientos y en muchos casos el mal estado de algunos
acuartelamientos, pudiese dársele a este patronato una transformación en
cuanto a su contenido, de tal forma que sirva para mejorar la situación
global, con criterios mucho más objetivos de los que hasta ahora se han
utilizado, de los recursos de que dispone el patronato.




--EXPLICACION DEL DESFASE ECONOMICO EXPRESADO POR EL GOBIERNO EN SU
RESPUESTA A LA PREGUNTA SOBRE OBRAS DEL ACUARTELAMIENTO DE LA GUARDIA
CIVIL



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DE SAN ANDRES DE LA SELVA EN BARCELONA. FORMULADA POR EL SEÑOR FERNANDEZ
DE MESA DIAZ DEL RIO (GP). (Número de expediente 181/000515.)



La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Pasamos a la siguiente pregunta
del orden del día. Tiene la palabra don Arseni Fernández de Mesa para
formular la pregunta número 9.




El señor FERNANDEZ DE MESA DIAZ DEL RIO: Señor Director General de la
Guardia Civil, esta pregunta está formulada en el mes de febrero del año
en curso, bastante antes de que se creara la Comisión de Investigación
del caso Roldán por la comisión de presuntas irregularidades. La pregunta
es la siguiente: El acuartelamiento de San Andrés de la Selva, en
Barcelona, aunque se hayan hecho varios proyectos, tenía un presupuesto
de 4.651 millones de pesetas, para su construcción, de ejecución
material, y el presupuesto definitivo se superó en más de un 22 por
ciento, alcanzando la cifra de más de 5.684 millones de pesetas, es
decir, más de mil millones de pesetas de desviación entre el presupuesto
inicial y el presupuesto definitivo de la obra.

A mí me gustaría saber, señor Director General, si hubo concurso o
concurso-subasta, si hubo más ofertas, en qué precios estaban situadas,
si fue una obra de adjudicación directa, por supuesto, y, en todo caso, a
qué obedece este desfase tan impresionante de más de un 22 por ciento en
una obra contratada para un acuartelamiento en Barcelona.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor
Director General.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Señoras y señores Diputados, me resulta en estos momentos un poco
complicado responder en su totalidad a la pregunta que se me formula. Me
imagino que se refiere al acuartelamiento de San Andrés de la Barca, no
de San Andrés de la Selva, porque de San Andrés de la Selva no existe
ningún acuartelamiento en Barcelona.

El problema que tengo para contestarle con la debida amplitud a la
pregunta que me formula es que este expediente y todos los relativos a la
construcción de cuarteles, durante el período que fue Director General
del cuerpo don Luis Roldán han sido remitidos a la Comisión de
Investigación sobre la gestión presupuestaria. Por tanto, es la Comisión
la que tiene éste y todos los expedientes relativos a las obras, porque
se pidieron primero los contratos y posteriormente todos los expedientes
de construcciones de obras realizadas en la época en que fue Director
General de la Guardia Civil don Luis Roldán; como digo, son expedientes
que están en su totalidad en la otra Comisión. Nosotros ya advertimos
que, a fin y a efecto de poder dar respuesta inmediata a la petición que
se formulaba y por la imposibilidad de sacar fotocopia de todos los
expedientes, trasladaríamos los originales a la propia Comisión para que
no se retrasase de forma muy larga en el tiempo, dado el número de obras
que esto representaba, el envío de la documentación correspondiente. Lo
que sí puedo decirle es que para el cuartel de San Andrés de la Barca
hubo un presupuesto inicial de adjudicación de 3.659 millones de pesetas,
un presupuesto de reforma de adjudicación de 717 millones de pesetas y un
presupuesto de obras varias, distinto a los dos anteriores, de 1.300
millones de pesetas. En total, las revisiones de precios más
liquidaciones, más los honorarios de arquitecto y aparejador, supondrán
para la obra un coste de 6.621 millones de pesetas. Los otros detalles
son documentos que obran en el expediente que está en la Comisión que
estudia la gestión de mi predecesor.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor
Fernández de Mesa.




El señor FERNANDEZ DE MESA DIAZ DEL RIO: Efectivamente hay un error,
señor Director General; es el acuartelamiento de San Andrés de la Barca,
no de San Andrés de la Selva. Pero todavía es mayor el presupuesto
definitivo que usted me remite ahora, de 6.621 millones, respecto a los
4.651 previstos inicialmente, y me parecen muchos miles de millones de
pesetas en obras varias 1.300, cuando el presupuesto de ejecución
material de lo que es acuartelamiento y adecentamiento de unidades está
en 700 u 800 millones de pesetas. Es lamentable también el costo
impresionante de estos acuartelamientos cuando las casas-cuartel de la
Guardia Civil, distribuidas por toda España, se vienen abajo, y en
reiteradas ocasiones ha habido peticiones de este grupo parlamentario y
de muchos otros para el adecentamiento de casas-cuartel en toda España y
no se han tenido en cuenta. En todo caso no puedo creerme, y la Comisión
tampoco, que no obre fotocopia de estos expedientes en la Dirección
General de la Guardia Civil, por mucho que usted los haya remitido a la
Comisión de Investigación. En cualquier caso, no voy a meter el dedo en
la llaga pues la Comisión de Investigación está en funcionamiento, ni
siquiera a los efectos de denuncia porque ya está constatada en la
pregunta escrita que se ha contestado, pero quiero dejar constancia de
que la pregunta se ha formulado, la contestación del señor Director
General de la Guardia Civil se ha realizado, y aunque a mí no me complace
lo más mínimo la agradezco de todas formas.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Señor Fernández de Mesa,
quisiera aclararle que hay también un acuerdo de la Mesa en relación con
las iniciativas que tienen que ver con la Comisión especial creada en la
Cámara para estudiar el caso Roldán.

Tiene la palabra el señor Director General.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany): Duda
usted de mi palabra. Contra esto no tengo nada que decir. Son 6.000
expedientes. Me imagino que sabe usted lo que suponen y sabe también lo
que hubiese representado el coste en horas y en fotocopias de estos
expedientes. Es cierto que se ha intentado quedarse con un resumen de los
expedientes y se pidió al Presidente de la Comisión la devolución de los



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mismos cuando no fuesen necesarios para el estudio de la Comisión.

Expedientes tan importantes como éstos, con la cantidad de planos que
tienen, era muy difícil remitirlos sin una prolongación en el tiempo que
podía haber sido mal interpretada.




El señor FERNANDEZ DE MESA DIAZ DEL RIO: Señora Presidenta, no conocía el
acuerdo de la Mesa. Lamento que se haya producido la intervención mía hoy
aquí. Podía haberse retirado la pregunta.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Se lo he adelantado porque está
en su derecho el Director General de remitirse a la Comisión.

Efectivamente se podía haber ahorrado la pregunta.




--MOTIVOS POR LOS QUE SE MARGINO LA INTERVENCION DEL JUEZ EN LAS
ACTUACIONES INICIADAS TRAS EL DESCUBRIMIENTO DE LOS ASESINATOS DE NIGRAN
(PONTEVEDRA). FORMULADA POR EL SEÑOR LOPEZ GARRIDO (GIU-IC). (Número de
expediente 181/000518.)



La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Pasamos a la última pregunta del
orden del día, la número 10, de don Diego López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señora Presidenta, esta tarde hemos hablado de la
cuestión a que se refiere la pregunta que he presentado y que iba
dirigida anteriormente al Director General de la Policía porque en los
asesinatos de Nigrán, en Pontevedra, se produjeron actuaciones
desgraciadas de miembros de los cuerpos de seguridad, desde luego no
comparables porque dos policías que intervinieron en estos sucesos fueron
los asesinos y esta pregunta no se refiere a ningún asesino sino a una
actuación posterior; actuación que es lamentable que se dé en miembros de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los guardias civiles que
intervinieron inmediatamente que se tuvo conocimiento de los horribles
asesinatos de Nigrán.

Como es sabido, estos guardias civiles marginaron absolutamente la
intervención del juez en este caso. Intervinieron de forma inadecuada
impidiendo esa intervención del juez y dificultando la posterior
investigación de los hechos de forma objetiva, lo que denotaba un
desconocimiento. Yo no quiero acudir a la presunta mala fe de estas
personas, más bien me parece que había un profundo desconocimiento de
cómo se actúa en estos casos. Es incomprensible que miembros de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, en este caso guardias civiles, no sepan
que cuando hay un asesinato a quien primero hay que llamar es al juez y
no se puede tocar nada hasta que llegue. Esto es tan elemental y de abecé
que pone de manifiesto una profunda incultura del ejercicio de su
profesión por parte de estos guardias civiles. Imaginamos que no tiene
que ser necesariamente un caso aislado, sino que podría darse en otros
casos.

Todo ello nos lleva a preguntar los motivos por los que se produjo esta
intervención desgraciada, cuáles son las explicaciones que nos puede dar
el Director General de la Guardia Civil de que se haya producido esta
acción de miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación con un
acto tan importante en su actuación profesional como es la que se realiza
después del descubrimiento de un delito tan grave como el asesinato.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el Director
General.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Señores Diputados, éste es un tema del que se ha hablado y se ha escrito
mucho y por parte de un juez se han formulado quejas que han llegado al
Consejo General del Poder Judicial. Pero me gustaría poner de relieve
alguna cuestión que tal vez no ha sido valorada justamente, entiendo yo.

Cuando el comandante de puesto de Gondomar, el cabo de la Guardia Civil,
llega al lugar de los hechos no tiene ninguna certeza de que las victimas
hayan fallecido; al contrario, tiene dudas de que se hayan producido los
fallecimientos. Entiendo que esta situación de duda justificaba
sobradamente el hecho de que se decidiese trasladar los cuerpos allí
presentes --sobre cuyo fallecimiento no había constatación total y
absoluta-- a un centro sanitario, a fin de ver si existía alguna
posibilidad de salvarlos o no. Usted sabe que de las cuatro víctimas una
de ellas llegó viva al centro hospitalario, y según declaraciones de
algunos de los sanitarios de las ambulancias que hicieron los traslados
parece ser que alguna más; no se hubiesen atrevido a certificar el
fallecimiento de las víctimas del desgraciado suceso de Nigrán. Yo
entiendo que en caso de duda actuaron correctamente, porque si no
hubiesen fallecido las víctimas y no se les hubiese prestado la
asistencia sanitaria correspondiente, ahora estaríamos atribuyendo al
pobre comandante de puesto de Gondomar una falta de diligencia en la
atención a las víctimas y por esa falta de diligencia se habrían
producido unos fallecimientos, cosa absolutamente alejada de la voluntad
del comandante de puesto que interviene en el primer momento. Sin la
seguridad de que se habían producido unos asesinatos, no es necesario
esperar la presencia del juez para la realización de determinadas
diligencias. Por tanto, es la unidad de la policía judicial de Tuy la que
llega, interviene y, sin conocimiento todavía porque no habían llegado
las noticias del hospital correspondiente sobre el fallecimiento, adopta
las primeras medidas e intenta adoptar otra absolutamente imprescindible:
la localización del vehículo en el que huyeron los dos miembros de la
Policía Nacional que cometieron los asesinatos. Por ello personalmente
entiendo que no se ha tratado con la debida justeza la actuación del
comandante de puesto de Gondomar, que sí que cometió una omisión y es no
poner los hechos inmediatamente en conocimiento del juez tal como los
había percibido o tal como los había conocido, tal vez porque al
intervenir la unidad de policía judicial de Tuy pensó que ya el teniente
de la unidad de policía judicial había realizado esta comunicación. Se ha



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puesto una sanción que yo considero que debe ser por falta leve, simple
amonestación para que en lo sucesivo, cuando se produzca cualquier acto
de gravedad, al margen de adoptar las medidas que él crea pertinentes,
sobre todo si está en peligro la vida de determinadas personas, lo ponga
en conocimiento del juez para que sea éste, desde el primer momento, el
que dirija la actuación de la Policía o de la Guardia Civil como policía
judicial.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor López
Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Comprendo que trate de encontrar los aspectos más
positivos de la actuación de la Guardia Civil en ese momento, pero,
aparte de que hubo un cúmulo de irregularidades (no sólo el hecho del
traslado de los cuerpos al hospital, usted ha señalado alguno más como el
no haberlo puesto en conocimiento del juez), aparte de una serie de
irregularidades en cadena que se producen y que son conocidas en ese
momento, pienso que constatar que una persona está muerta o no no es tan
difícil, tengo esa impresión. Puede que en algún caso haya alguna duda,
como esa persona que llegó viva al hospital, pero tengo la sensación de
que (no hace falta ser guardia civil) cualquiera sabe claramente si una
persona está muerta o no, lo que debe desencadenar el tomar una serie de
precauciones como el acotamiento del lugar, el llamar al juez, etcétera,
cosas que no se hicieron. El problema no es sólo que se trasladase o no a
esas personas, sino toda una serie de actuaciones que denotan una
importante incompetencia profesional en ese momento. No creo que deba
llevarse el asunto a una cuestión puramente humanitaria de si se llevaban
o no los cadáveres al hospital, sino todo lo que sucedió en ese momento.

Aunque probablemente éste no es el momento, creo que deberían conectarse
estas cosas con los problemas importantes de formación que hay en el
Cuerpo de la Guardia Civil y que tienen que ver con su sistema de
enseñanza. Precisamente en estos días lo estamos estudiando en el
Parlamento. Me parece que este jueves es cuando se va a tratar en el
Pleno del Congreso el proyecto de ley que completa el régimen del
personal de la Guardia Civil. Precisamente hay un precepto, creo que el
artículo 5, que se refiere al sistema de enseñanza de la Guardia Civil.

Tal como venía en la redacción original y todavía sigue --por cierto,
aprovecho su presencia aquí para decirlo--, da la sensación de que no hay
problemas en la enseñanza de la Guardia Civil, pero yo creo que debería
hacerse un cierto esfuerzo al respecto. Este caso denota un serio
problema de formación en los cuerpos de Seguridad y en concreto en la
Guardia Civil.

La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Tiene la palabra el señor
Director General.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL (Cardenal de Alemany):
Insisto en algo que tal vez no se tiene suficientemente en cuenta.

Realizar a posteriori análisis críticos es muy lógico, justo y tenemos
que hacerlo para corregir los errores que se hayan cometido, pero además
del comandante de puesto de Gondomar interviene en el traslado de los
heridos el personal sanitario de las ambulancias. Si el personal
sanitario de las ambulancias hubiese dicho que habían fallecido, tenga la
seguridad de que no se hubiesen tocado del lugar; y es personal sanitario
con una preparación mucho más adecuada porque están acostumbrados a
acudir a lugares donde se producen desgracias y accidentes, del tipo que
sean. Si cualquiera de los sanitarios hubiese estimado que habían
fallecido y que no había ninguna posibilidad de recuperación los
cadáveres no se habrian tocado de su sitio. Fue un desconocimiento más
técnico que policial, porque la frontera entre la vida y la muerte, en
muchos casos, es extraordinariamente difícil de precisar, sobre todo en
los primeros momentos que ésta se ha producido. Esto es lo que yo creo
que indujo a hacer lo que ellos creyeron conveniente. Si a posteriori la
autopsia nos hubiese demostrado que mueren un cuarto de hora o media hora
después del momento en que se produce la llegada de la Guardia Civil, no
sé si estaríamos en estos momentos poniendo a la Guardia Civil
absolutamente a caldo por no haber adoptado la medida de traslado
inmediato a algún centro sanitario. Es difícil actuar en estos casos. Hay
que valorar y hay que entender que la gente actúa profesionalmente y, en
cualquier caso, con absoluta buena fe.

El expediente como consecuencia de la comunicación del Consejo General
del Poder Judicial y la investigación de la Fiscalía del Estado ha
quedado archivado porque no se aprecia, en ningún caso, mala fe por parte
de los guardias civiles. Yo entiendo que sí hubo una deficiencia, en
aquel momento, por la situación de nervios que se produce al haber
omitido la comunicación directa al juez sobre lo que había ocurrido, aún
en unos determinados términos de imprecisión, sin poder concretar
exactamente el alcance. Por este tema es por lo que ha sido sancionado el
comandante del puesto.




La señora VICEPRESIDENTA (Pelayo Duque): Muchas gracias, señor Director
General.

Agotado el el orden del día, se levanta la sesión.




Eran las siete y diez minutos de la tarde.