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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 103, de 19/01/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 1994 V Legislatura Núm. 103
ECONOMIA, COMERCIO Y HACIENDA
PRESIDENTE: DON ANGEL MARTINEZ SANJUAN
Sesión núm. 10
celebrada el miércoles, 19 de enero de 1994



ORDEN DEL DIA:
--Comparecencia, a petición propia, del señor Presidente de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores (Croissier Batista), para informar sobre
las actuaciones de la citada Comisión, en el marco de sus competencias,
en relación con la crisis del Banco Español de Crédito. (Número de
expediente 212/000437.)



Se abre la sesión a las cuatro y treinta minutos de la tarde.




El señor PRESIDENTE: Señorías, buenas tardes.

Sean mis primeras palabras para felicitar a todos los compañeros de la
Comisión y medios de comunicación el nuevo año, ya que no hemos tenido
oportunidad de reunirnos todavía a lo largo de este año en la Comisión.

Las circunstancias hacen que, a petición del Gobierno, se abra el período
extraordinario, de acuerdo a lo que marca el Reglamento del Congreso,
para tener hoy la comparecencia del Presidente de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores a fin de informar acerca de sus competencias en
relación a la crisis del Banco Español de Crédito.

Como SS. SS. conocen, también tres Grupos parlamentarios de esta Cámara
han pedido la comparecencia del Presidente de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores para que informe acerca de este tema, que vamos a
abordar a lo largo de esta tarde.

Dado que estamos en un período extraordinario, y como tal no está abierto
el período ordinario, la Comisión



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y la Mesa no han podido calificar los escritos, que tendrían que
remitirse a un período ordinario, es decir, al mes de febrero.

Dado que la comparecencia solicitada por parte del Presidente de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el mismo tema, operaría
sobre las mismas circunstancias que han sido pedidas por tres Grupos
parlamentarios, si les parece a SS. SS., el mecanismo que vamos a seguir
en esta Comisión sería el del artículo 203 del Reglamento, pero haciendo
ya de antemano la salvedad de que se abriría un segundo turno, en el que
intervendrían los Grupos parlamentarios, para que fuera un híbrido --en
el buen sentido de la palabra-- entre la petición del Gobierno, y la que
saldría a consecuencia de la iniciativa de los Grupos parlamentarios, con
el fin de no reproducir esta misma sesión en el mes de febrero, dadas las
circunstancias a las que hemos hecho referencia.

Si les parece a SS. SS., éste es el marco en el que se va a desarrollar
la comisión, dando la palabra, en primer lugar, al Presidente de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, para que nos haga el relato
correspondiente al tema en cuestión.

Tiene la palabra el señor Presidente.




El señor PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
(Croissier Batista): Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, en primer lugar he de agradecer la ocasión que se me brinda
para explicar las actuaciones de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores en relación a la crisis de Banesto en el ámbito, lógicamente, de
sus competencias.

Articularé mi intervención en torno a cuatro cuestiones que entiendo que
son las que revisten un mayor interés sin perjuicio, por supuesto, de
responder posteriormente a las preguntas que SS. SS. puedan formular.

Estos cuatro ejes de la intervención son, en primer lugar, explicar las
razones que aconsejaron la suspensión de cotización de las acciones de
Banesto el día 28 de diciembre. En segundo lugar, analizar la
contratación bursátil de Banesto y explicar las actuaciones emprendidas
por la Comisión para determinar si se dieron conductas perseguibles por
negociación con información privilegiada. En tercer lugar, cuáles han
sido las actuaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores al
registrar el folleto informativo correspondiente a la ampliación de
capital de Banesto en junio de 1993 y, por último, me referiré a la
situación de las entidades financieras sometidas a la supervisión directa
de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, es decir, la Sociedad de
Valores y Bolsa; la gestora de los fondos de inversión y la gestora de
carteras.

Comenzaré por el primero de los temas: las razones que aconsejaron la
suspensión de cotización de Banesto el día 28 de diciembre pasado. Para
ello me parece interesante hacer como introducción una aclaración de
algunos conceptos en materia de suspensión de cotización.

La regulación del mercado de valores busca básicamente dos cosas. En
primer lugar, que el mercado disponga de la máxima información relevante
a efectos de la negociación bursátil. En segundo lugar, intenta
garantizar una igualdad de oportunidades en el acceso a esa información
relevante para la negociación. Esta igualdad en el acceso a la
información es, en definitiva, la mejor prevención del delito llamado de
iniciados.

El artículo 33 de la Ley del Mercado de Valores faculta a la Comisión
Nacional del Mercado de Valores para suspender la negociación de un valor
en todos los mercados oficiales, agregando: cuando concurran
circunstancias especiales que puedan perturbar el normal desarrollo de
las operaciones o aconsejen dicha medida en aras de la protección de los
inversores.

Esta medida de suspensión de cotización puede ser adoptada bien de
oficio, bien a petición de la empresa cotizada, bien a solicitud del
órgano rector del correspondiente mercado. Estas circunstancias
especiales pueden concurrir en diversas situaciones, y a título puramente
de ejemplo podemos decir que se puede dar una circunstancia en la cual la
Comisión tome conocimiento de algún hecho relevante, no público, que
pueda afectar al valor de las acciones. Al tener conocimiento de este
hecho no público, puede considerar que es necesario suspender la
cotización hasta que esta información sea difundida, o también la
Comisión puede observar que en el mercado se registran movimientos
anómalos en la Bolsa no explicables con la información disponible, y en
ese sentido también puede proceder a la suspensión de cotización hasta
encontrar una explicación del fenómeno que está registrando el mercado, o
también se puede dar la circunstancia de que la negociación de las
acciones se vea claramente afectada por noticias que no están ni
confirmadas ni desmentidas de un modo formal y, por tanto, también en
este supuesto la Comisión puede proceder a suspender la cotización hasta
que esa noticia sea debidamente confirmada o desmentida por quien
corresponda.

En todos estos casos, insisto, la Comisión, para proteger la
transparencia del mercado, puede suspender la negociación durante el
tiempo necesario para que el mercado disponga de la información necesaria
y, por tanto, esa información pueda ser analizada por los inversores para
tomar sus decisiones correspondientes.

Conviene aclarar a este respecto, aunque resulte obvio, que la suspensión
de cotización en un determinado momento no tiene, en absoluto, un
carácter sancionador. También debe de quedar claro que no tiene por qué
estar ligada en modo alguno a una caída de los precios de las acciones en
Bolsa. De igual modo procedería la Comisión Nacional del Mercado de
Valores si en vez de registrarse una caída de los precios se registrara
una subida de los mismos, por ejemplo, porque se constata la existencia
de un rumor de una posible OPA sobre una compañía cotizada, y en ese
sentido procedería la Comisión a suspender la cotización hasta que ese
rumor de que, por ejemplo, hay o no hay una OPA que está provocando la
subida de las cotizaciones sea, como decía antes, confirmado o desmentido
por quien corresponda.

Hechas estas consideraciones preliminares, que me parecen necesarias,
especialmente para los no expertos en el



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mercado bursátil, cabe preguntarse, por tanto, cuáles fueron esas
circunstancias especiales que aconsejaron a la Comisión Nacional del
Mercado de Valores a adoptar la decisión de suspender la cotización de
las acciones de Banesto.

A este respecto podemos explicar lo siguiente. Banesto venía
experimentando una caída en sus precios desde el 30 de octubre de 1993;
concretamente sus acciones habían caído un 27,2 por ciento en ese período
de tiempo, muy superior a la evolución del índice de bancos en Bolsa, que
tan sólo había caído un 7,2 por ciento. Sin embargo, esta caída --más de
tres veces y media superior a la media del sector bancario-- estaba
suficientemente explicada por un conjunto de hechos de los que fue
tomando conocimiento el mercado que, lógicamente, afectaban de manera
negativa al valor. Estos hechos fueron, por ejemplo, la publicación de
los resultados del tercer trimestre de Banesto, en donde se revelaba que
el Banco tenía unas pérdidas de 2.000 millones de pesetas a esa fecha.

Asimismo durante ese período de tiempo se procede, por parte de las
agencias de calificación de riesgos, a rebajar la calificación de las
emisiones de Banesto a corto plazo. También se produce, y se comunica
oficialmente a la Comisión Nacional del Mercado de Valores por parte de
Banesto, un retraso indefinido en la emisión de 400 millones de dólares
de obligaciones subordinadas convertibles en acciones de Banesto.

Igualmente se había anunciado de manera oficial el no reparto de
dividendos a cuenta del ejercicio del año 1993 y, a la vez que se hacía
público uno de estos hechos, se producía un conjunto de rumores en el
mercado durante esos meses.

El día anterior a la suspensión de cotización, el 27 de diciembre, el
valor Banesto se había movido dentro de lo que podemos considerar unos
parámetros normales. Concretamente el día 27, la víspera, se negociaron
420.800 acciones, entre nuevas y viejas, lo que suponía, aproximadamente,
un 31 por ciento del volumen habitual del valor, entendiendo por volumen
habitual el registrado por el Banco en las 30 sesiones anteriores al día
27. Ese día la acción experimentó una caída, un recorte, de un 2,1 por
ciento, pero entraba dentro de la trayectoria normal de caída del valor,
que venía sufriendo una depreciación nada menos que del 27 por ciento
desde el 30 de octubre, de forma tal que el día 27 de diciembre el
mercado cierra con un precio de 2.135 pesetas la acción vieja. Siempre me
referiré en precios a la acción vieja, por facilidad, respecto a las
acciones nuevas.

El día 28. A la apertura del mercado, que tiene lugar a las once de la
mañana, la acción marcó un precio de 2.100 pesetas, es decir, un recorte
de un 1,6 por ciento, que acabaría siendo --este precio de 2.100 pesetas
que se registra en la apertura-- el precio máximo que se registró a lo
largo de la sesión de negociación. El volumen a la apertura fue de 19.400
títulos, entre acciones nuevas y acciones viejas. Entre las once de la
mañana y las trece horas, la acción cae de un modo constante hasta
alcanzar un mínimo de 1.910 pesetas; por tanto, llega a registrar, en ese
lapsus de dos horas, una caída del 10,5 por ciento.

En ese período crítico de dos horas --entre las once y las trece horas--
se negociaron 444.000 acciones en números redondos. Sumadas, pues, las
acciones que se negociaron en la apertura a estas 444.000 acciones supone
que, a las trece horas, el mercado llevaba negociadas 463.000 acciones;
aproximadamente, unas cuatro veces el volumen medio que en esas dos horas
se solía negociar en sesiones anteriores para el valor Banesto. Es decir,
que entre las once y la una habían saltado en la Comisión Nacional del
Mercado de Valores los sistemas de alarma paramétricos con los que la
Comisión realiza un seguimiento en tiempo real de la evolución del
mercado.

Durante ese período de tiempo la Comisión detecta la existencia de un
rumor persistente en las mesas de contratación, el rumor de que Banesto
iba a ser intervenido por parte del Banco de España. A la vista de los
rumores y de que habían saltado las alarmas por volúmenes y precios en la
negociación de las acciones de Banesto, llamo al Presidente del Banco
Español de Crédito, requiriéndole --esta llamada se produce entre las
doce y media y la una-- si hay algún hecho relevante que afecte a la
cotización del valor Banesto que deba ser puesto en conocimiento del
público. El Presidente de Banesto me responde que no se ha producido, ni
se va a producir en los días siguientes, ningún hecho relevante que deba
ser comunicado al mercado y que, además, desconoce el origen de los
rumores que yo le comunico en esa llamada telefónica.

Acto seguido procedo a llamar al Banco de España, cuyo Gobernador se
encuentra en esos momentos reunido en el Consejo Ejecutivo del Banco.

Consigo hablar con el Subgobernador, quien me informa que, efectivamente,
el Consejo del Banco de España está reunido, deliberando sobre la
situación de Banesto. A la vista de ello, decido trasladarme al Banco de
España, para recibir, de parte de su Gobernador, una información más
completa.

Entre tanto, en ese período de tiempo las acciones de Banesto se
estabilizan, primero, en precios que oscilan entre las 1.910 y las 1.940
pesetas, con unas 23.000 acciones, un volumen muy moderado, para, minutos
después de las trece horas, concretamente entre las trece horas trece
minutos y las trece horas veintidós minutos, experimentar una
recuperación que lleva a que la cotización pase de 1.940 a 1.995 pesetas.

Esta recuperación, en ese intervalo de tiempo de nueve minutos, se
realiza con pocos títulos, concretamente, con unos 20.000 títulos
negociados, y fue impulsada por la entrada en juego de tres sociedades de
valores que se dedican a hacer arbitraje entre las cestas de valores al
contado y los futuros sobre el índice Ibex 35; por tanto, con una
intervención puramente técnica por parte de estas tres sociedades que
hacen el arbitraje entre contado y derivados.

Desde las trece horas veintidós minutos hasta las catorce horas quince
minutos, momento en el que se acuerda la suspensión de la cotización, la
acción se estabilizó entre 1.995 y 2.020 pesetas. En ese período de
tiempo, entre las trece horas y veintidós minutos y las catorce horas
quince minutos, se negocian 87.700 acciones entre viejas y nuevas y el
precio, hay que decirlo, se mantiene en gran medida gracias a las compras
que realiza en ese



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intervalo de tiempo --por tanto, después de mi conversación con el
Presidente del Banco Español de Crédito-- la compañía Sociedad General
del Mercurio, S. A., compañía instrumental del grupo Banesto, que compra
aproximadamente un 60 por ciento del total de títulos que salen al
mercado, junto a una serie de operaciones realizadas por sociedades de
valores, dentro de esa operativa a la que me refería antes de arbitraje
entre contado y futuro en torno al Ibex 35. Entre tanto, en el Banco de
España, adonde me he desplazado, soy informado por el Gobernador de que,
en primer lugar, los resultados de una inspección que había realizado el
Banco de España ponían de manifiesto unas necesidades de saneamiento
importantísimas en Banesto. En segundo lugar, que los administradores de
Banesto habían presentado un plan de saneamiento que había sido rechazado
por el Banco de España por considerarlo insuficiente. Y por último, que
se estaba considerando adoptar una medida de intervención de Banesto.

A la vista de esa información, que me proporciona personalmente el
Gobernador, considero que son hechos de suficiente trascendencia como
para afectar a la cotización, cosa que me parece obvia. También considero
que la filtración de estos hechos provocaría una negociación con
información desigual en el mercado, que además todavía quedaban tres
horas para el cierre de la negociación y resultaba, por otro lado,
impensable abrir de modo normal la negociación al día siguiente, una vez
tomado conocimiento de estos hechos de tanta trascendencia.

Hechas estas consideraciones, acuerdo, por tanto, la suspensión de
cotización quedando, a partir de ese momento, a la espera de que por
parte del Banco de España y por parte de Banesto se informe al mercado.

Después de lo dicho creo, en definitiva, que la Comisión Nacional del
Mercado de Valores actuó como era debido en su ámbito de competencias.

Concretamente, habiendo saltado las alarmas por volúmenes y precios del
sistema de supervisión, habiendo detectado que el mercado se veía
afectado por un rumor creciente, en ese momento la Comisión se dirigió a
las dos fuentes que podían bien confirmar, bien desmentir, la noticia en
cuestión. Una de las fuentes negó el fundamento de la misma y la otra
fuente lo confirmó fehacientemente. En consecuencia, se procedió a
suspender la cotización, que se mantiene suspendida, a la espera de que
el mercado pueda tener una información contable suficiente, así como una
información también suficiente sobre el plan de saneamiento que debe
abordar la entidad a fin de que se pueda negociar con conocimiento cabal
por parte de los intervinientes en el Mercado de Valores. Esta
suspensión, de acuerdo con lo comunicado por el nuevo Consejo de Banesto,
espero que pueda ser levantada a finales del presente mes de enero, fecha
para la que el nuevo Consejo de Administración de Banesto espera poder
contar con una información suficiente sobre los ajustes contables y el
plan de saneamiento que permitan justamente el restablecimiento de la
negociación. Evidentemente, dada la complejidad de la información a
elaborar y de la confección de plan de saneamiento, no se han podido
acortar los plazos para el restablecimiento de la cotización, cosa que,
por otro lado considero no debe dilatarse más allá de las fechas de fin
de mes, dado que esta suspensión de cotización afecta a la liquidez de
los inversores, propicia el desarrollo de un mercado opaco y, por otro
lado, afecta --y esto es importante-- a la negociación del Ibex 35 y de
los futuros y opciones sobre el Ibex 35, en el que las acciones de
Banesto ponderan con un 2 por ciento sobre dicho índice.

Paso a abordar el segundo de los temas a los que me referí al comienzo:
el análisis de la contratación bursátil de Banesto y las actuaciones
emprendidas por la Comisión para determinar si se han registrado
conductas perseguibles por negociación con información privilegiada. A
este respecto creo que también conviene explicar aquí cuáles son los
procedimientos usuales que utiliza la Comisión.

He de decir que siempre que se registra un hecho relevante que afecta a
las cotizaciones (por ejemplo, una OPA, un acuerdo de fusión, la
suspensión de pagos de una empresa cotizada, un cambio drástico en la
información económico-financiera que una compañía cotizada tiene
registrada ante el mercado, etcétera), siempre que ocurre uno de estos
hechos especialmente relevantes, la Comisión Nacional del Mercado de
Valores procede del siguiente modo. En primer lugar, se analiza la
negociación registrada en los días anteriores al conocimiento por parte
del mercado del hecho relevante en cuestión. Acto seguido se identifican
las operaciones más relevantes, solicitándose de los intermediarios
bursátiles la relación de ordenantes finales de esas operaciones
bursátiles. A continuacon se procede a la identificación de esos
inversores o desinversores, solicitándose el concurso, cuando proceda, de
autoridades extranjeras cuando los inversores tienen residencia en países
fuera del nuestro, recurriendo, respecto a los inversores nacionales, a
todo tipo de fuentes a fin de identificar suficientemente a los mismos.

Posteriormente se analizan las posibles conexiones que hay entre dichos
ordenantes (entre dichas personas que actúan en el mercado durante esos
días) y el círculto de los posibles poseedores de la información
reservada que no era conocida por el mercado, acordándose, cuando
procede, la apertura del correspondiente procedimiento de información
reservada y, en su caso, de los expedientes sancionadores oportunos. Ni
que decir tiene que el proceso es largo, complejo y tremendamente costoso
en términos de recursos humanos y no siempre --he de decirlo--
satisfactorio, tanto desde el punto de vista de poder demostrar la
culpabilidad, o simplemente de llegar al convencimiento completo de que
no se ha dado una conducta ilegítima en esos días.

En el caso que nos ocupa --Banesto-- la Comisión del Mercado de Valores
ha procedido a analizar la contratación de Banesto el día 28 y los días
precedentes; para ello, se han solicitado datos, tanto a las sociedades
de valores y Bolsa, como al Servicio de Compensación y Liquidación, y se
está procediendo a la identificación de los ordenantes finales y de las
posibles relaciones que se den entre ellos. Por otro lado, se ha
acordado, al amparo de lo



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dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 1398/93 sobre Procedimientos
Sancionadores, el inicio de actuaciones previas con objeto de determinar
si concurren circunstancias que justifiquen la iniciación de procesos
sancionadores.

Como ya he dicho anteriormente, si bien la sesión del día 28 se
caracterizó por fuertes caídas y volúmenes importantes, la del 27 y las
precedentes presentaron en cambio unos parámetros más normales de
negociación. Los datos de los días 27 y 28 se están procesando con una
enorme exhaustividad en estos momentos, mientras que los datos
correspondientes a las sesiones anteriores se encuentran todavía en una
fase menos elaborada.

¿Qué descripción podemos hacer a estas alturas sobre lo ocurrido el día
28? Ese día se negociaron 575.159 acciones nuevas y viejas por un volumen
efectivo de 1.147 millones de pesetas, interviniendo y negociando en el
mercado 38 sociedades y agencias de valores por el lado de las ventas; de
esas 38, cuatro sociedades de valores participan con un peso en la
negociación comprendido entre el 10 y el 17 por ciento, ocho registran un
saldo global vendedor que oscila entre los 9.000 y los 13.000 títulos
cada una, y otras cuatro sociedades de valores registran ventas brutas
superiores a los 100 millones de pesetas, siendo la que más la propia
Banesto-Bolsa que vende 195 millones de pesetas el día 28.

Por el lado de las compras, existen otras cuarenta sociedades de valores,
tres de ellas comprando una cifra superior a los cien millones de
pesetas, siendo el máximo, por el lado de las compras, de 166 millones de
pesetas, y corresponde también a Banesto-Bolsa.

En cuanto a los ordenantes finales, por el lado de las ventas, que
entiendo es en lo que nos debemos fijar prioritariamente, podemos
establecer una tipología. Concretamente, intervienen quince sociedades de
valores que actúan por cuenta propia. Estas quince sociedades venden en
su conjunto un total de 70.000 títulos. Intervienen también 326 personas
físicas residentes con un volumen global de 292.000 títulos; intervienen,
asimismo, cinco no residentes con un volumen de 86.000 títulos, así como
55 sociedades residentes que venden conjuntamente 127.000 títulos.

Por lo que se refiere a cada una de estas categorías, concretamente a la
primera de ellas, las quince sociedades de valores que intervienen por
cuenta propia, hay que señalar que sólo una de ellas vende un volumen de
aproximadamente 40.000 títulos (es decir, 40.000 de los 70.000 a los que
me refería antes), pero estas ventas de 40.000 títulos se equilibran
prácticamente con las compras que ese mismo día realiza esa misma
sociedad, y ello se explica por una operativa típica de lo que en el
argot se llama el trading intradía, es decir, compras y ventas a lo largo
de la sesión, desde las once hasta las cinco de la tarde, aprovechando
los diferenciales de precios que se van dando a lo largo de la sesión. El
resto de las sociedades que actúan por cuenta propia no supera ninguna de
ellas los 6.000 títulos y, en general, van acompañadas de operaciones
también de compras, por las razones a las que me refería antes.

Básicamente, la actividad de estas sociedades y agencias de valores que
actúan por cuenta propia es una actividad típica de arbitraje, bien entre
acciones nuevas y acciones viejas, bien entre acciones al contado y el
índice Ibex-35 más una parte de lo que denominaba antes negociación
intradía.

Por lo que se refiere a las 326 personas físicas residentes en España se
detecta un grupo familiar que vende 77.550 títulos, pero al mismo tiempo
compra 36.000 títulos. Existe otro grupo de personas físicas, ligadas por
lazos familiares, que venden ese día 31.800 títulos. Hay otras ocho
personas, aparentemente no ligadas entre ellas, que venden entre 3.000 y
10.000 títulos cada una, aunque alguna de estas ocho personas realmente
venden tanto como compran en el mismo día. En esta relación de las 326
personas físicas no aparece ningún consejero del Banco Español de Crédito
ni de las empresas de la Corporación industrial y financiera de Banesto.

Por lo que se refiere a las personas no residentes, concretamente cinco,
destaca la actuación de un fondo europeo que ese día 28 vende 80.000
títulos, pero que, aparentemente, vende también otras acciones de otros
bancos españoles para posicionarse en otros sectores de nuestra Bolsa,
concretamente en el eléctrico. Se registra también la actividad de un
banco europeo, que vende casi 30.000 títulos, pero que compra igual
volumen, otros 30.000 títulos, arbitrando entre acciones viejas y
acciones nuevas --concretamente en el mercado se estaba registrando un
diferencial de precios entre el 4,5 y el 6 por ciento entre el precio de
las acciones nuevas y el precio de las acciones viejas--, lo cual
permite, en definitiva, comprar barato y vender más caro, arbitrando con
ese diferencial. Asimismo, se registra la actuación de un fondo portugués
y de un banco japonés, quienes venden cada uno de ellos aproximadamente
7.000 títulos. Por último, se registra la actuación vendedora de dos
bancos suizos, cada uno de ellos vendiendo 4.500 títulos, cifra no
especialmente importante, pero evidentemente, como saben SS. SS., siempre
que se intenta averiguar los ordenantes finales de bancos suizos nos
tropezamos con la ley suiza, que establece el secreto bancario.

Por lo que se refiere a las sociedades residentes, concretamente
cincuenta y cinco compañías, se registra la principal operación de venta.

Es la de una antigua empresa del Grupo Banesto, que vende ese día 10.000
títulos, producto, no obstante, de una orden anterior, que fue dada a
Banesto-Bolsa para que fuera ejecutada progresivamente a lo largo de
sucesivos días. Y, efectivamente, hemos podido verificar que esa orden
existía y su ejecución se había venido produciendo a lo largo de los días
anteriores.

Otra empresa vende concretamente 9.400 títulos. Esta empresa está
claramente identificada como perteneciente o controlada por una persona
que había sido un importante accionista de Banesto y venía deshaciéndose
de su paquete de acciones de Banesto desde hacía algunas semanas. Además,
hay otras 76 personas físicas y jurídicas vendiendo cifras, cada una de
ellas, entre mil y tres mil títulos, más otras 293 personas físicas y
jurídicas que



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venden volúmenes inferiores a los mil títulos, por tanto,
aproximadamente, menos de dos millones de pesetas.

¿Qué ocurrió en la sesión del día 27, la víspera, en el que, como les
decía, no se registran parámetros anormales en el comportamiento del
mercado? El día 27 se negociaron 420.813 acciones, entre viejas y nuevas,
por un volumen efectivo de 888 millones de pesetas, interviniendo en la
negociación, por el lado de las ventas, 39 sociedades y agencias de
valores. De estas sociedades y agencias de valores, tres de ellas
acumulan el 81 por ciento del total de las ventas que se registran en ese
día 27. Pero esas mismas tres compañías aglutinan un tercio de las
compras que ese mismo día tienen lugar en el mercado. Tan sólo dos
sociedades de valores, el día 27, presentan un saldo vendedor neto. Por
el lado de las compras intervienen 29 sociedades y agencias de valores,
de las que tan sólo dos superan los cien millones de pesetas cada una de
ellas.

¿Cuál es la tipología de los ordenantes finales de las ventas? Por las
ventas intervienen tres sociedades de valores, actuando por cuenta
propia, que venden conjuntamente 11.000 títulos. Intervienen 304 personas
físicas residentes, que venden conjuntamente 267.000 títulos.

Intervienen, asimismo, dos no residentes, que venden 6.700 títulos, así
como 25 compañías residentes que venden conjuntamente 136.000 títulos.

Por lo que se refiere a las sociedades y agencias de valores, estas tres
que intervienen por cuenta propia registran una actividad relativamente
poco relevante en volumen --conjuntamente son 11.000 títulos-- y también
aparentemente es una actividad bastante típica de trading y de arbitraje.

Por lo que se refiere a las 304 personas físicas residentes en España,
destaca una persona que vende ese día 120.000 títulos a una sociedad que,
a su vez, está controlada por esa misma persona. Por tanto, es una venta
desde una persona física a una sociedad patrimonial suya. Hay ocho
personas que venden entre 4.000 y 8.000 títulos, de las que una parece
emparentarse con un ex consejero de una empresa de la Corporación. No
aparece consejero alguno de Banesto ni de las empresas de la Corporación
vendiendo el día 27.

Por lo que se refiere a los no residentes, la mayor parte de las ventas
las hace una institución especializada en el arbitraje entre acciones al
contado y los derivados, sobre el Ibex-35. Por lo que se refiere a las
sociedades españolas o residentes en España, que son 25, destaca,
vendiendo 114.500 títulos, la misma sociedad que el día 28 vendió las
9.400 acciones. Sociedad esta a la que me referí antes como perteneciente
a una persona que poseía un importante paquete de acciones. Además, se
puede decir que hay 40 personas físicas y jurídicas que venden entre
1.000 y 3.000 títulos cada una de ellas, así como otras 280 personas, con
menos de 1.000 títulos cada una de ellas.

Llegados a este punto, podemos decir que las investigaciones continúan
identificando personas y sociedades y buscando posibles relaciones con
los núcleos de personas potencialmente poseedoras de información
confidencial sobre la situación del Banco Español de Crédito. No se
oculta que la labor será muy compleja y para ello se ha abierto la
información reservada a la que me referí anteriormente.

Sin embargo, de los datos aportados en esta explicación que les he dado
se pueden sacar algunas conclusiones genéricas, que tampoco tienen un
valor concreto a efectos de posibles actuaciones sancionadoras por parte
de la Comisión, pero se observa que hay pocas grandes órdenes
individuales que prima facie no tengan una explicación lógica.

Hay poca participación en volumen de instituciones financieras con una
actividad regular como fiduciarios de personas físicas. Es decir,
normalmente, en nuestro mercado intervienen una serie de bancos y de
trustees que actúan en nombre de personas físicas, normalmente desde
países fuertemente protegidos por el secreto bancario. Normalmente, esto
suele ser un indicador de alguien que quiere ocultar su personalidad y,
en este caso, el día 28 esa actividad es mínima.

Por supuesto, es necesario analizar con enorme detenimiento las
relaciones familiares y ocupacionales de las numerosísimas personas
físicas que intervienen en la negociación de los días 27 y 28, pero creo
que también resulta necesario hacer alguna consideración jurídica sobre
la figura del uso de información privilegiada en la negociación bursátil.

El artículo 81 de la Ley del Mercado de Valores establece un deber de
confidencialidad para todas las personas y entidades que actúen en los
mercados de valores. El propio artículo 81, párrafo primero, de la Ley
establece que quien disponga de alguna información privilegiada deberá
abstenerse de ejecutar por cuenta propia o ajena, directa o
indirectamente, cualquiera de las conductas siguientes: a) realizar
cualquier operación en el mercado sobre los valores a que se refiere la
información; b) comunicar dicha información a terceros, salvo en el
ejercicio normal de su trabajo, profesión, cargo o funciones; c)
recomendar a un tercero que adquiera o ceda valores o que haga que otro
los adquiera o ceda, basándose en dicha información.

Ahora bien, el artículo 81, párrafo segundo, define como información
privilegiada --cito textualmente-- toda información de carácter concreto
que no siendo pública, de hacerse, podría afectar de modo apreciable a la
cotización.

En este sentido, tras recordar lo que dice la Ley y a los efectos del
caso que nos ocupa, se puede decir que, sin duda, la información de las
importantes necesidades de saneamiento de Banesto y el hecho de que
Banesto podía ser intervenido por el Banco de España es una de esas
informaciones concretas que, sin duda, de ser conocida por el mercado,
afectarían a la negociación bursátil. Sin embargo, es necesario advertir
que la información debe de ser concretamente ésa, es decir, el volumen de
saneamientos, la situación patrimonial del Banco, el hecho de que podía
ser intervenido por el Banco de España. No es suficiente la constatación
de un rumor genérico sobre los problemas del Banco Español de Crédito. Es
necesario, asimismo, identificar personalmente al poseedor de la



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información privilegiada, llamado primario, y, lo que es todavía más
difícil, es necesario identificar a los llamados insiders secundarios, es
decir, aquellas personas que reciben la información privilegiada del
insider primario que es quien la posee. Todo ello, evidentemente,
señorías, lo digo para advertir de la extraordinaria dificultad de prueba
que tiene este tipo de conductas ilícitas. En el caso que nos ocupa, sin
duda, nos llevaría tiempo determinar si hay indicios de este tipo de
comportamiento para proceder en consecuencia.

Por todo ello y por un elemental sentido de respeto a la intimidad de las
personas, también por un respeto al principio de presunción de inocencia,
también por un deber de confidencialidad al que legalmente estoy
sometido, entenderán SS. SS. que no haya dado ningún nombre concreto.

Pasando al tercero de los aspectos a los que me refería que iba a
abordar, concretamente, la actuación de la Comisión al registrar el
folleto informativo correspondiente a la ampliación de capital de Banesto
en junio de 1993, he de señalar que en 1993 Banesto lanzó al mercado dos
operaciones sucesivas de ampliación de capital, que dan lugar al registro
en la Comisión de los correspondientes folletos informativos. La primera
ampliación fue registrada a fines de diciembre de 1992, comienza a
ejecutarse la ampliación el 12 de febrero de 1993. Se trataba de la
emisión de algo más de seis millones y medio de acciones de un nominal de
700 pesetas, en la proporción de una nueva por cada quince antiguas, que
supuso unos ingresos para el Banco de 4.600 millones de pesetas. La
emisión, hay que señalar, se realiza a la par, es decir, se realiza a 700
pesetas, aunque el valor en ese momento, en enero de 1993, era de 2.030
pesetas en la Bolsa. De ahí que generara un valor teórico del derecho de
76 pesetas la acción. Ante esa ampliación, el mercado reaccionó
absorbiendo la ampliación y, a pesar del efecto de ilusión que suponía la
ampliación, la acción de Banesto pasa desde las 1.954 pesetas hasta las
2.300 pesetas al cierre del período de suscripción. A partir de ese
momento, de la fecha de cierre de la suscripción, y hasta que se produce
el acuerdo del Consejo de Administración de Banesto de proceder a la
segunda ampliación, concretamente el 4 de mayo, hay, en cambio, una caída
de las cotizaciones que acaba llevando el precio de la acción desde las
citadas 2.300 pesetas a 2.040, y ello porque el Banco en ese período de
tiempo, entre enero y mayo, se ve afectado por un cúmulo de noticias
negativas. Concretamente, se anuncia el no reparto de dividendo
complementario con cargo al ejercicio anterior, se anuncia que los
resultados del primer trimestre del Banco son de un beneficio cero, se
anuncia que la previsión de beneficio para todo el ejercicio de 1993 es
también de beneficio cero y tiene lugar la recalificación a la baja por
parte de Moody's e IBCA de la deuda del Banco Español de Crédito.

Así las cosas, se produce la segunda ampliación de capital del año 1993.

Tras el anuncio previo del acuerdo alcanzado ente JP Morgan,
Corsair-Partnership, el día 10 de febrero, fecha en que es comunicado al
mercado la existencia de este acuerdo, la Junta General de Banesto
acuerda el día 22 de mayo la nueva ampliación de capital de Banesto.

Estos acuerdos, alcanzados por la Junta General de Banesto, dan lugar al
registro del correspondiente folleto público el día 28 de junio de 1993
en la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Las características de la emisión consisten en el lanzamiento de
57.343.000 acciones, lo que supone un incremento del capital del banco
del 54 por ciento, al tiempo que la propia Junta acordaba emitir 400
millones de dólares de obligaciones subordinadas convertibles que, en
cambio, no son objeto de registro puesto que la Junta da un plazo de un
año para el lanzamiento de estas obligaciones convertibles. Por tanto, el
importe efectivo de la ampliación de capital registrada es de 94.909
millones (95.000 millones en números redondos).

Esta ampliación de capital se divide en dos tramos. Un primer tramo que
va destinado a los accionistas de Banesto. Consiste en la emisión de
35.100.000 acciones, en una relación de una nueva por cada tres antiguas,
al precio de 1.500 pesetas (recuerdo que la acción cotiza en esos
momentos por encima de las dos mil pesetas), por un efectivo de 52.600
millones de pesetas, dando lugar a un valor teórico del derecho de
suscripción de 143 pesetas. Hay que recordar que en el folleto
correspondiente se establece el compromiso por parte de Corsair y del
Presidente de Banesto, don Mario Conde, de ofertar en el mercado la
compra de derechos a un precio de 133 pesetas el derecho, hasta un total
de 42,1 millones de dólares. Pero este ofrecimiento de compra de derechos
al precio fijo de 133 pesetas no entra en juego porque en todo momento
del período de suscripción el valor del derecho cotizó por encima de las
133 pesetas.

El segundo tramo de esta ampliación va dirigido a instituciones
financieras, empleados y a los miembros del Consejo. Consiste en la
emisión de 22.236.000 acciones, con exclusión del derecho preferente de
los accionistas, al precio de 1.900 pesetas (por tanto superior al precio
al que se colocan las acciones a los accionistas) que implicaban un
efectivo de 42.250 millones de pesetas. Este segundo tramo se divide en
ocho segmentos que van destinados, por un lado a Corsair-Partnership, por
un total de 19.500 millones en números redondos; a don Mario Conde, 6.500
millones; a los señores Holtreman, Roquette y Suares Fortunato, cada uno
de ellos con 3.250 millones; a General Electric Pension Fund y Carslyle
Venture, con 3.250 millones cada uno; a los miembros del Consejo de
Administración de Banesto, 650 millones, y para los empleados de Banesto
2.600 millones de pesetas, si bien es verdad que --explicaba Banesto en
el folleto-- Banesto pagará a los empleados la cantidad necesaria para
atender al desembolso, así como el importe de la retención del IRPF como
retribución especial acordada por el banco a sus empleados.

Ambos tramos, el primero y el segundo, se declaran al final del período
de suscripción como íntegramente cubiertos, y en ese momento, la
cotización de Banesto experimenta --he de decirlo con sorpresa-- una
revalorización que lleva el precio de la acción hasta 2.250 pesetas. Digo
con sorpresa porque ha habido un efecto de dilución



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realmente considerable al haber ampliado el capital nada menos que en un
54 por ciento, y a pesar de que el accionista principal del Banco
adquiría a 1.900 pesetas. De algún modo, los analistas en aquel momento
pensaron que la acción lógicamente se alinería en las 1.900 pesetas. Sin
embargo, el mercado reacciona, sin duda alguna, de un modo positivo,
interpretando en clave de optimismo y de apuesta por el futuro,
probablemente por el efecto del aval, de algún modo público, que da una
entidad del prestigio de Morgan a la ampliación de capital de Banesto.

Dados estos datos, entremos concretamente en el folleto registrado en la
Comisión Nacional del Mercado de Valores el día 28 de junio de 1993. A
este respecto, voy a ser directo. Creo que el problema se plantea, más o
menos, en los siguientes términos: ¿Cómo se ha podido registrar un
folleto de Banesto cuando meses después se pone de manifiesto una
situación patrimonial dramática por parte del Banco? Algunos esto lo
plantean de un modo menos técnico diciendo: ¿Cómo pudo la Comisión
Nacional del Mercado de Valores autorizar esa ampliación de capital?
Permítanme que a este respecto empiece por referirme al folleto y les
muestre la primera página, no una interior, sino justo la primera. La
primera página --les leo-- dice en su primer párrafo: «Don Carlos Cuervo
Arango-Martínez» --da sus datos personales-- «actuando en nombre y
representación de Banco Español de Crédito, en su condición de Director
General económico-financiero, asume la responsabilidad del contenido del
presente folleto informativo y declara que los datos e informaciones
contenidos en él son verídicos y que no existen omisiones susceptibles de
alterar la apreciación pública de la sociedad, de la operación
financiera, de los valores y de su negociación.» El segundo párrafo de
esa página uno dice: «Los estados económico-financieros de los años 90,
91 y 92 han sido auditados por la firma Price Waterhouse Auditores, S.

A., y se adjuntan como anexo al presente folleto informativo junto con el
informe anual que incorpora el informe de auditoría y las cuentas anuales
del año 92.» Termina esa primera página del folleto con el siguiente
texto: «El registro del folleto por la Comisión Nacional del Mercado de
Valores no implica recomendación de la suscripción de los valores ni
pronunciamiento en sentido alguno sobre la solvencia de la entidad
emisora o sobre la rentabilidad de la emisión.» Este es el texto literal
del folleto.

El folleto, señorías, no podría decir otra cosa, porque la ley, a este
respecto, es meridianamente clara y contundente. Primero. No existe
autorización administrativa previa a la ampliación de capital. El
artículo 25 de la Ley del Mercado de Valores dice textualmente: «La
emisión de valores no requerirá autorización administrativa previa.» No
obstante lo anterior, la ley, al objeto de que los potenciales inversores
puedan tomar su decisión con suficiente conocimiento de la naturaleza de
los valores emitidos y de la situación de la entidad emisora, establece
la obligatoriedad para el emisor de elaborar un folleto informativo. Este
folleto deberá ser presentado ante la Comisión, y la Comisión verifica
que su contenido recoge las exigencias legales de información para este
tipo de folletos. Verificado el folleto, se incorpora a los registros
públicos. Por tanto, la actuación de la Comisión en cualquier folleto
público es una labor de verificación legal del contenido.

Segundo. La Comisión Nacional del Mercado de Valores al registrar un
folleto no está certificando la veracidad de su contenido. El artículo 92
de la Ley del Mercado de Valores dice textualmente: «La incorporación a
los registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de los
informes de auditoría de cuentas y de los folletos informativos sólo
implicará el reconocimiento de que aquéllos contienen toda la información
requerida por las normas que fijen su contenido y en ningún caso
determinará responsabilidad de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores por falta de veracidad de la información en ellos contenida.»
Esta falta de pronunciamiento sobre la veracidad del contenido de los
documentos inscritos en los Registros públicos de la Comisión, en
definitiva, no es ninguna excepción en nuestro ordenamiento jurídico, que
mantiene igual principio, vis-à-vis de cualquiera otro de los Registros
públicos --Registro Mercantil, Registro Civil o Registro de la
Propiedad--, en donde quien registra no certifica la veracidad de lo que
se registra en este Registro público. Tampoco es una excepción, sino la
regla, en el Derecho comparado de los países que obligan a un Registro
público de los folletos de oferta de valores, y, por otro lado, señorías,
es que no puede ser de otro modo desde un punto de vista estrictamente
material, ya que, de otra forma, el organismo que registra la
documentación tendría que auditar por sus propios medios a toda empresa
que acuda al Mercado de Valores. Por tanto, la veracidad de la
información es una responsabilidad de los administradores de la compañía,
de quien firma el folleto en nombre de la compañía y de sus auditores. Es
más, he de decirles, señorías, que siempre que haya unos administradores
dispuestos a manipular la contabilidad de su empresa y siempre que
existan unos auditores que no sean capaces de ponerlo de manifiesto, nos
podremos encontrar con un folleto con exactitudes, distorsiones o
falsedades sobre la auténtica situación de la empresa. Esto, por tanto,
puede ocurrir siempre, aquí y en cualquier otro país que registre
folletos informativos, en la medida en que los administradores
--insisto-- manipulen la contabilidad y los auditores no sean capaces de
ponerlo de manifiesto.

Otra cosa, señorías, es el problema de las consecuencias que se pueden
derivar para quienes de este modo se comporten. ¿Cuáles pueden ser esas
consecuencias para quienes de ese modo se comporten? Evidentemente, en
nuestro esquema jurídico existen posibilidades de exigencia de
responsabilidades. Por un lado, puede darse la exigencia de
responsabilidades a los auditores. Concretamente, en la ley española
corresponde al ICAC --Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas--
el hacer una revisión técnica del trabajo del auditor, del que se pueden
derivar sanciones administrativas. También cabe, con la ley española, la
exigencia de responsabilidades



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civiles por parte de los perjudicados ante los tribunales contra los
auditores. Por otro lado, evidentemente, entendemos que siempre existe la
posibilidad de ejercer acciones civiles de responsabilidad, tanto en
contra de la entidad como en contra de las personas físicas que la
representan. Aunque no existe jurisprudencia en España, nuestro
ordenamiento ofrece una base general suficiente para exigir
responsabilidades por declaraciones incorrectas o reticentes en un
folleto.«
También caben actuaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Hay que reconocer que la Ley del Mercado de Valores adolece de una
insuficiente tipificación, a efectos sancionadores administrativos, de
las falsedades, omisiones e incorrecciones de la información suministrada
al mercado con ocasión del registro de folletos o de la comunicación de
información contable periódicamente a los mercados. Por ello, señorías,
el Gobierno, a propuesta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores,
introdujo en el proyecto de ley de trasposición de la segunda directiva
bancaria que se encuentra en este momento a debate en el Congreso de los
Diputados, y que decayó ya en la anterior legislatura, en una disposición
adicional un nuevo apartado (ll) al artículo 99 de la Ley del Mercado de
Valores, que tipifica como falta muy grave el incumplimiento por
cualquiera de las entidades y personas físicas sujetas a la presente Ley
de los deberes de comunicación de información a la CNMV en ella
establecidos, incluidos el suministro de datos inexactos o no veraces, la
omisión de información relevante o la aportación de información engañosa
o susceptible de inducir a error al público. Esto es lo que se incluye en
el proyecto de ley de trasposición de la segunda directiva como reforma
del capítulo sancionador de la Ley del Mercado de Valores. (El señor
Presidente: El proyecto de ley está en el Senado.) Me corrigen; está en
el Senado.

Contenido del folleto. Aclarado, desde mi punto de vista, el problema de
cuáles son las responsabilidades legales de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores por la veracidad de los datos financiero-contables
contenidos en un folleto, cabe preguntarse si la Comisión exigió toda la
información necesaria para que el inversor pudiera tomar sus decisiones.

A este respecto me van a permitir SS. SS. que les diga que el folleto es
muy completo y que, desde luego, muestra claramente una serie de aspectos
muy importantes.

El folleto muestra que el Banco Español de Crédito adolece de un déficit
de fondos propios por debajo de lo exigido por la normativa legal, y así
lo dice explícitamente. El folleto dice que es para cubrir este déficit
de fondos propios establecido por la normativa para lo que se propone una
ampliación de capital de casi 95.000 millones que se destinarán a ello,
así como la emisión de 400 millones de dólares. Hagan la suma y verán que
el folleto habla de unas aportaciones de fondos propios de 141.000
millones de pesetas, que es la cantidad en la que se estima el déficit de
fondos propios de la entidad Banesto al cierre del ejercicio. Les
recuerdo que en su comparecencia el Gobernador hablaba de un déficit, a
31 de diciembre, de 147.000 millones de pesetas. El folleto explica el
déficit que registra el fondo de pensiones y lo cuantifica en 33.000
millones. El folleto explica además, de un modo bastante detallado, el
crecimiento vertiginoso que están teniendo en el Banco las dotaciones
para provisiones por insolvencias y créditos dudosos. Concretamente, el
folleto explica que esas dotaciones para créditos dudosos han crecido un
16 por ciento en 1992, pero dice que en el primer trimestre de 1993 se
han incrementado las dotaciones para créditos dudosos nada menos que en
un 33 por ciento. El folleto dice que, producto de una inspección
realizada por el Banco de España, se han reclasificado como dudosos
52.000 millones de pesetas de créditos. El folleto dice que las
plusvalías obtenidas por la venta del Banco de Madrid, de 17.400
millones, se van a dedicar a una provisión genérica también para
insolvencias. En el folleto se revela que el Grupo Banesto registraba al
acabar el primer trimestre de 1993 unas pérdidas de 7.900 millones de
pesetas. Además se anuncia el no reparto de dividendo complementario de
1992 y una política de restricción de dividendos en el futuro, y explica
también el folleto la inviabilidad de la cartera industrial de Banesto,
que estima en un valor en libro de 250.000 millones de pesetas, cuyo
manteniendo le supone un coste al Banco de un 10 por ciento y anuncia su
intención de enajenarla. También el folleto establece una definición de
su autocartera, que cifra en un 3,59 por ciento, es decir,
aproximadamente 3.800.000 acciones. He de decir que esta autocartera de
3.800.000 acciones se ha incrementado, desde la fecha del folleto hasta
la última declaración realizada hace muy pocos días, hasta alcanzar una
cifra del 3,85 por ciento, es decir, la autocartera ha pasado del 3,59 al
3,85 por ciento, pero debido a la ampliación de capital ha aumentado
hasta los 6.200.000 acciones; es decir, desde la emisión del folleto
hasta la última comunicación, la autocartera del Banco se ha incrementado
en 2.400.000 acciones, aproximadamente.

A todo ello hay que añadir que el folleto va acompañado de una auditoría
limpia de salvedades y además de un informe especial del auditor
preparado para la Junta General de Accionistas de Banesto, que aprobó la
ampliación de capital, que dice que se han formulado preguntas a la
dirección sobre acontecimientos importantes que pudieran haber afectado
de forma significativa a la sociedad entre la fecha de cierre de las
cuentas auditadas y la fecha del informe. Y concluye después de hacer
estas aclaraciones el auditor informando favorablemente la determinación
del tipo de la emisión que aprueba la Junta General. Además, el folleto
explica la naturaleza y los objetivos de Corsair-Partnership, que era el
inversor y no JP Morgan, como deja bien claro el folleto. El folleto
explica cuánto cobra Morgan por su actuación en esta colocación,
concretamente dice el folleto que cobrará 3.800 millones de pesetas, y,
además --cosa realmente novedosa en un folleto--, explican los pactos
suscritos entre dos accionistas, concretamente Corsair-Partnership y don
Mario Conde, en donde se describen los derechos de mutuo tanteo y
retracto, que se conceden por el período de dos años, y el derecho del
Presidente de Banesto para vender en el caso de que Corsair así lo haga.




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En definitiva, señorías, podemos decir que se trata de un folleto muy
completo que explica las dificultades del Banco y la necesidad de la
emisión precisamente para cubrir un déficit de fondos propios, así como
la insuficiente rentabilidad. Otra cosa que, evidentemente, está por
resolver es si los estados contables en aquel momento, es decir, en junio
de 1993, habían sufrido un cambio drástico o si la contabilización no era
veraz. Sólo con la información que posee el Banco de España, con la
información que puedan obtener los nuevos administradores de Banesto y
las posibles actuaciones que emprenda el ICAC se podrá determinar si se
da alguno de estos supuestos, es decir, si la información financiera
disponible por los administradores de Banesto en junio de 1993 reflejaba
o no verazmente la situación del Banco.

Entrando, por último, en el capítulo correspondiente a la supervisión de
las entidades supervisadas --perdonen la redundancia-- por parte de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, estas entidades del Grupo
Banesto especialmente supervisadas por la Comisión son tres: una, Banesto
Bolsa, sociedad de valores y Bolsa; otra, Banesto Fondos, sociedad
gestora de inversión colectiva, y la tercera, Banesto Patrimonios,
sociedad gestora de carteras.

Con respecto a la primera, Banesto Bolsa, sociedad de valores y Bolsa,
los datos que obran en poder de la Comisión a noviembre de 1993, muestran
una compañía con un balance, un activo total de 3.900 millones, unos
fondos propios de 1.750 millones de pesetas y unos beneficios acumulados
a lo largo de los once meses de 307 millones de pesetas, por tanto, con
una buena situación de rentabilidad, puesto que da una rentabilidad del
21 por ciento sobre los fondos propios de Banesto Bolsa. La sociedad de
valores y Bolsa, Banesto Bolsa, ha cumplido en todo momento con los
coeficientes de liquidez y de solvencia que le son exigibles por la
legislación. De hecho, en noviembre, muestra un exceso de liquidez, sobre
el coeficiente mínimo legal establecido, de 920 millones, y un exceso
sobre el coeficiente de solvencia de casi 900 millones de pesetas. La
sociedad tiene por otro lado 61 empleados y se dedica casi exclusivamente
a la intermiediación en Bolsa, con una escasa operativa por cuenta
propia. Por tanto, entiendo que Banesto Bolsa se encuentra saneada y no
se ha detectado ninguna irregularidad mínimamente significativa en
Banesto Bolsa.

Por lo que se refiere a la gestora de los fondos e inversión, Banesto
Fondos, se trata de una filial al cien por cien de Bandesco que gestiona
once fondos de inversión mobiliaria y un fondo de inversión en activos
del mercado monetario, total doce fondos. De la inspección realizada de
la gestora y de los fondos, se puede concluir que tiene unos buenos
sistemas de gestión y de control, que se registra un cumplimiento
satisfactorio de la legalidad en materia de fondos de inversión, que las
rentabilidades alcanzadas por los fondos de inversión gestionados por la
gestora supera en media la rentabilidad de sus competidores y que en las
carteras de estos fondos hay un escasísimo peso de los valores del propio
Grupo Banesto; concretamente la totalidad de los doce fondos solamente
tienen 500 millones de pesetas en títulos del Grupo Banesto, de los
cuales tan sólo 29 millones son acciones. Estos doce fondos gestionados
por Banesto contaban con 67.800 partícipes y con un patrimonio de 267.660
millones de pesetas, a fecha 29 de diciembre, día siguiente al de la
intervención. Hasta el día de ayer, hasta el 18 de enero, se han
registrado nuevas suscripciones en los fondos, es decir, entrada de
dinero en los fondos, por importe de 25.300 millones de pesetas, y
reembolsos por 63.100 millones de pesetas, lo cual da un neto de menos
37.900 millones de pesetas. Sin embargo, es de destacar que si bien la
tendencia en los días siguientes a la intervención del banco fue de
predominio de los reembolsos, en los últimos días se ha invertido la
tendencia y las suscripciones superan los reembolsos; concretamente, en
los últimos cinco días, el neto se ha incrementado en 4.200 millones de
pesetas. Por tanto, creo que, en materia de los fondos de inversión, se
puede lanzar --desde luego, desde mi puesto de responsabilidad puedo
hacerlo-- un mensaje de absoluta tranquilidad a los partícipes de los
fondos de inversión gestionados por Banesto. que no se ven afectados en
sus carteras por la situación de las acciones de Banesto, tienen un
patrimonio independiente y hemos podido verificar que están adecuadamente
gestionados por parte de la gestora.

Por último, Banesto Patrimonios, sociedad gestora de carteras, es una
entidad relativamente pequeña que administra unos patrimonios por un
importe de unos 13.000 millones de pesetas y a cuyos clientes se les
invierte una cantidad que no llega a un 2 por ciento en valores del Grupo
Banesto, y de la inspección realizada no hay ningún hecho destacable.

Por mi parte, nada más, señorías. Muchas gracias y perdón si me he
extendido demasiado en la explicación.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Croissier.

Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Montoro.




El señor MONTORO ROMERO: En primer término, quisiera recordar lo que fue
la primera reunión de la Comisión de Economía, celebrada el pasado 30 de
diciembre, en la que el Grupo Parlamentario Popular expresó su posición
respecto de la crisis de Banesto. Esta posición se sintetiza en tres
ideas principales. En primer lugar, pretendemos esclarecer las
circunstancias que han provocado una crisis tan importante, de tanta
envergadura, como la que aqueja a Banesto. En segundo lugar, expresamos y
seguimos teniendo una serena preocupación por las consecuancias de la
crisis, consecuencias que han de atenuarse mediante el hallazgo de una
salida pronta. Y, en tercer lugar, y éste fue nuestro propósito, vamos a
exigir las responsabilidades pertinentes a todos los diferentes
estamentos públicos, entidades privadas y personas físicas involucradas
en la crisis.

En aquella primera Comisión que celebramos expusimos nuestra intención de
solicitar la comparecencia del Presidente de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, toda vez que, obviamente, es una institución



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implicada en la crisis, habida cuenta de la naturaleza de sus funciones.

En mi opinión, el señor Croissier ha intentado hoy en su exposición
desplazar buena parte de las responsabilidades de esta Comisión Nacional
del Mercado de Valores en lo que ha sido el proceso de tutela, de
vigilancia, de prevención de esta crisis. A lo que hemos asistido es a
una exposición de la intervención final, de la intervención cuando ya no
quedaba otro remedio, y hemos asistido también a una descripción de su
capacidad de información sobre lo que es la crisis de Banesto y sobre la
información del Banco de España que es, por lo menos, extraña y yo quiero
subrayarlo así desde el primer momento, puesto que tenemos que mostrar
una discrepancia bastante notable respecto de las aseveraciones de su
intervención, excepción hecha del punto último relativo a los fondos de
inversión. Ha emitido un mensaje de confianza que nosotros, como Grupo
Parlamentario, compartimos, pero me temo, señor Croissier, que la idea de
la actuación de la CNMV en una crisis como ésta no es coincidente con lo
que es, efectivamente, nuestra idea de lo que debe ser la capacidad de
acción de una Comisión que tiene como misión fundamental velar por los
intereses y por la confianza del Mercado de Valores español. Por eso éste
no era el motivo fundamental de nuestra solicitud de su comparecencia;
nosotros, a través de un método de cuestionario, de preguntas, vamos a
intentar reconducir esta comparecencia sobre todo con un objetivo y es
calibrar la eficacia con la que ha actuado la CNMV en esta crisis, y esa
eficacia, obviamente, no se mide con la intervención en el último
instante.

Antes de proceder a realizar esas preguntas concretas, creo que es
obligado introducir una consideración previa. De acuerdo con la versión
de las autoridades económicas y monetarias, hay una responsabilidad de la
crisis exclusivamente sobre el equipo de gestión removido por el Banco de
España en Banesto. Hay, desde luego, indicios suficientes para pensar que
ha habido una grave deficiencia de gestión en Banesto, deficiencia de
gestión que ha puesto en peligro la viabilidad misma de la entidad, pero
no es menos cierto que se ha tratado de un proceso que ha tenido lugar
durante largo tiempo y que ese fenómeno ha tenido lugar también ante los
ojos de nuestras autoridades económicas que no han reaccionado a tiempo,
que han asistido a ese proceso de deterioro como auténticos convidados de
piedra.

En este asunto, señor Croissier, se ha puesto en entredicho la calidad y
la eficiencia de nuestro sistema de prevención y tutela del sistema
financiero y de las inversiones en España. Ya no estamos en las fechas de
finales de diciembre, ya ha pasado el primer efecto y, por tanto, tenemos
que hablar con franqueza y con crudeza de lo que ha ocurrido; basta leer
la prensa, no sólo la nacional sino también los medios de comunicación
internacionales, para advertir que se ha puesto en tela de juicio.

¿Qué es lo que ha fallado realmente? ¿Han fallado las regulaciones, han
fallado las leyes preventivas? ¿Han sido más bien las instituciones? ¿Ha
fallado la eficacia con que funcionaban estas instituciones o más bien se
ha tratado de fallos de las personas que dirigen esas instituciones?
Estos son elementos que habrá que ir depurando a partir de ahora, porque
desde luego --insisto en la idea central-- unos problemas tan graves como
los que ha presentado Banesto no se originan en un corto período de
tiempo, sencillamente no es posible. El déficit de dotaciones, recursos
propios en otras interpretaciones, esos más de 500.000 millones de
pesetas, que es en definitiva el motivo de la intervención del Banco de
España en Banesto, tiene que haberse originado en el transcurso de largo
tiempo.

Señor Croissier, el Título II de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del
Mercado de Valores, establece que la Comisión Nacional de dicho Mercado
velará por la transparencia de los mercados de valores. Primera función,
pues, de la Comisión, velar por la transparencia. A continuación
especifica: velará por la correcta formación de los precios en los
mismos. Segunda función, pues: precios verídicos. Y, finalmente: velará
por la protección de los inversores. Tres funciones que competen,
inequívocamente, a la CNMV.

Pues bien, existen sombras que empañan la actuación de la Comisión en
este asunto, dudas que paso a formular, a modo de cuestiones, al señor
Croissier. En primer término, señor Croissier, ¿está usted en condiciones
de valorar cuál es la autocartera de Banesto? ¿Admite el señor Croissier
que existe una autocartera de esta entidad superior a lo legalmente
permitido? ¿Qué diligencias ha practicado la Comisión Nacional del
Mercado de Valores para evitar que se forme una cartera --si es cierto
que existe-- por encima de los límites legales establecidos? ¿Ha recabado
alguna vez información del anterior equipo de gestión de Banesto respecto
de la formación de esa autocartera? Aunque es obvio, quiero insistir
sobre las consecuencias que tiene la existencia de una autocartera que
supere los límites legales; sencillamente, esa autocartera lo que hace es
distorsionar el precio de la acción, está distorsionando el valor de las
acciones, y por ello puede decirse sin ambages que la autocartera por
encima de la ley constituye un fraude al accionista, en este caso al
accionista de Banesto, puesto que realmente el valor de las acciones es
distinto al que él entiende que es. No es ocioso recordar aquí que las
maquinaciones para alterar el precio de las cosas son un delito
contemplado en el artículo 540 del Código Penal, como lo es también el de
imprudencia temeraria, igualmente contemplado en el Código Penal en su
artículo 565, y no hay duda que la responsabilidad de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores en el control de la autocartera es
grande. Así, el Real Decreto 377/1991, de 15 de marzo, sobre comunicación
de participaciones significativas en sociedades cotizadas y de
adquisición por éstas de acciones propias, formula, en su capítulo 2,
artículo 18, el encargo a la Comisión --cito textualmente-- de velar
especialmente porque las operaciones que deban ser objeto de
comunicación, de acuerdo con lo dispuesto en el presente capítulo, se
ajusten a los principios de la Ley del Mercado de Valores y disposiciones
complementarias. La primera duda que nos surge, pues, es la relativa a la
valoración o el control de la formación de esa autocartera de Banesto.




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Una segunda preocupación del Grupo Parlamentario Popular que deseo
trasladar al señor Croissier esta tarde es la relativa a la actuación de
la Comisión Nacional del Mercado de Valores en la ampliación de capital
realizada por Banesto en el verano de 1993, que efectivamente formaba
parte del plan de saneamiento aprobado por el Banco de España. Es cierto
que la inyección de recursos propios que iba a proporcionar la ampliación
no era suficiente para equilibrar la entidad, como después se ha sabido.

El señor Croissier, en este punto, ha tratado de descargar
responsabilidades de la Comisión. Sin embargo, hay que recordar aquí que
los problemas de Banesto ya se habían puesto de manifiesto en la
inspección que realiza el Banco de España, cerrada en noviembre del año
1992, sin que los datos más relevantes de esa inspección pasen al folleto
o documento que la entidad elabora para apoyar la ampliación de capital
del verano pasado. La Comisión Nacional del Mercado de Valores tiene la
doble obligación de realizar, en primer lugar, la verificación, y en
segundo lugar, el registro del folleto informativo, según el artículo 85
de la Ley del Mercado de Valores, que establece la obligación de la
Comisión de recabar por todos los procedimientos aquello que necesite
para confirmar la veracidad de ese proyecto. Hay tres o cuatro preguntas
que cabe hacer en este punto al señor Croissier.

En primer lugar, ¿está seguro el señor Croissier de que la verificación
se realizó en sus justos términos? En segundo lugar, ¿está conforme con
el mandato que tiene de cumplir eficazmente --por parte de la Comisión
obviamente-- el cometido de proteger los intereses de los accionistas? En
tercer lugar, ¿no considera que el hallazgo por parte de la inspección
del Banco de España (la que se cierra en noviembre de 1992) de la
necesidad de reclasificar 120.199 millones de pesetas, y no los que
aparecen en el folleto, como créditos dudosos es un hecho relevante que
la ley exige que conozca el accionista a la hora de acudir a la
ampliación de capital? En cuarto lugar, ¿estimó la Comisión que hubo
ocultamiento de información en el folleto?, y si pensaba que existía esa
ocultación, ¿procedió a verificar esos datos con los gestores de Banesto?
Un tercer aspecto de la situación de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores en el que advertimos la falta de eficacia es en la representación
del fenómeno que se ha llamado insider trading o utilización de
información privilegiada. Esta conducta, señor Croissier, campa en España
por sus respetos ante la pasividad de la Comisión. Es obvio que la
Comisión tiene que suspender la cotización, cuando ésta se desploma, para
defender los intereses de los accionistas, pero no es menos cierto que
existen indicios fundados de que en el caso Banesto ha existido uso de
información privilegiada. Ese uso debe ser reprimido con firmeza, al
igual que hacen otros países, como Estados Unidos, donde por su práctica
se va materialmente a la cárcel.

¿Qué se está haciendo en España al respecto? La ineficacia de la Comisión
es lamentable porque ya ha habido episodios anteriores, no sé cómo no
recuerda el casi Ibercorp. En ese sentido, solicito del señor Croissier
una opinión más explícita de la que nos ha dado sobre los indicios de
utilización de información privilegiada en el caso Banesto. Decirnos que
se ha iniciado una investigación a estas alturas no es suficiente.

También quisiera formularle otra pregunta de carácter más general.

¿Cuántos expedientes ha abierto la Comisión Nacional del Mercado de
Valores por esta actitud delictiva en los últimos tiempos? Todo esto
conforma un conjunto de preguntas, una serie de cuestiones de las que
solicito que el señor Croissier responda lo más concisamente posible, lo
más delimitadamente posible, ya que en su exposición anterior yo no he
encontrado repuestas satisfactorias.

Señorías, la recuperación de la confianza en las instituciones y en las
personas encargadas de velar por la solvencia del sistema financiero y
del sistema de valores es condición necesaria para superar la crisis que
se ha originado. La crisis de Banesto es un hecho muy grave que afecta a
cientos de miles de españoles directamente y a todos indirectamente. La
crisis ha puesto en evidencia el sistema de prevención establecido en
España. Sencillamente, las cosas no han funcionado como deberían haberlo
hecho, y la opinión pública española tiene derecho a pensar que podía
haberse evitado llegar a situaciones traumáticas como las que se producen
a finales de diciembre. Ahora hay que extraer lecciones, y una de ellas,
sin duda la más importante, es la de que hemos de corregir los defectos
que se han puesto de relieve.

A tal fin, anuncio que el Grupo Parlamentario Popular va a promover una
serie de iniciativas parlamentarias conducentes a mejorar y a aumentar la
eficacia del sistema de prevención de crisis bancarias en España. Sin
duda, una crisis bancaria es un fenómeno que necesita tratarse con
delicadeza, sin estridencias, sobre todo en sus primeros momentos, pero,
una vez pasados éstos, hay que esclarecer las responsabilidades
oportunas, que son las que reclama la sociedad española.

Ciertamente, hay responsabilidad en los anteriores gestores de Banesto,
pero cuando se llega a soluciones traumáticas es porque el sistema de
prevención es imperfecto o hay negligencia por parte de la autoridad
pertinente.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores no es un bombero que se
disponga a apagar un fuego cuando éste amenaza con abrasarnos a todos. Es
sobre todo, o al menos debe serlo, un elemento de prevención, de cautela,
para provocar, para inducir la confianza de inversores internacionales y
nacionales en nuestro Mercado de Valores. Transparencia, vigilancia y
protección, ésas son sus funciones, como marca precisamente la Ley del
Mercado de Valores.

Sobre su actuación hemos apreciado fundadas sospechas de falta de
eficacia, que hay que corregir en este caso para que en un futuro no
vuelva a repetirse un suceso como el de Banesto. En una crisis como la
actual sufre el prestigio del Banco de España, el de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores, y se resiente la imagen de toda España en el
exterior. Nuestra obligación ineludible es evitarlo.

Nada más.




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El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el señor Espasa.




El señor ESPASA OLIVER: Nuestro Grupo Parlamentario va a aprovechar
también esta segunda comparecencia de las autoridades implicadas en el
importante asunto que estamos contemplando, esto es, la crisis de
Banesto, para fijar de forma clara su posición general sobre esta
cuestión y después entrará en el detalle de lo que ha sido la
intervención del señor Croissier.

Quiero anunciar también que nuestro Grupo Parlamentario, en sintonía con
otros, va a proponer al resto de componentes de la Comisión la creación
de una Ponencia, o mecanismo parlamentario ad hoc específico, para
cumplir tres funciones principales: en primer lugar, seguir de cerca la
crisis de Banesto y, sobre todo, supervisar, desde la soberanía popular,
la orientación que se dé finalmente a la solución de la crisis de
Banesto, esto es, recursos privados, recursos públicos, mix, o lo que
vaya a suceder; en segundo lugar, reforzar y controlar el sistema de
vigilancia de las entidades financieras --el señor Croissier nos hablaba
de lagunas, de insuficiencias, en la propia Ley de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores--, y, en tercer lugar, revisar también la bondad y
la salud de nuestro sistema financiero.

Dicho esto, nuestro Grupo Parlamentario, Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, a diferencia de las intervenciones de otros grupos, quiere, en
primer lugar, señalar su completo acuerdo con la precisa, acertada y
oportuna intervención del Banco de España en la crisis de Banesto. El que
haya habido insuficiencias en el seguimiento de la vigilancia de esta
entidad o, como después veremos, en algún caso, insuficiencias de la
propia Comisión Nacional del Mercado de Valores --el señor Croissier nos
ha dado una visión idílica de lo que le permitía la ley y de lo que él
podía hacer en tanto que Presidente de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores--, en ningún caso --repito-- debe entenderse como una posición
por parte de nuestro Grupo de trasladar la carga de la prueba --o, mejor
dicho, la carga de la culpa, de quien la tiene, esto es, los antiguos
gestores de Banesto-- a otros ámbitos que hayan podido contribuir con su
negligencia o con su poca operatividad a una mejor solución de la crisis
de Banesto.

En ese sentido, y para fijar nuesta posición, como decía al principio,
señalada ya la oportunidad, en nuestra opinión, de la intervención del
Banco de España, la precisión y la brillantez del informe que da pie a la
intervención, quisiéramos señalar también que para nosotros los objetivos
y prioridades que deberían contemplarse serían, por este orden: los
depósitos de los clientes, el sistema general de pago, la fortaleza y
saneamiento del sistema financiero español en su conjunto, garantizar los
puestos de trabajo y el fondo de pensiones de los trabajadores, y en
último lugar las acciones y los accionistas. Esta es una posición general
de principio que vamos a seguir manteniendo a lo largo de toda la crisis.

En tercer lugar, quisiera señalar, como posición general de nuestra
formación política, que debería trazarse una línea que, como los tres
jueves, brille más que el sol entre lo que sean provisiones desde el
sector privado de recursos para la reflotación de Banesto y lo que pueden
ser provisiones o dotaciones, por la vía que fuere --compra de activos,
beneficios fiscales, Fondo de Garantía de Depósitos, intervención directa
en la entidad--, del dinero público. Caso de producirse esta segunda
oportunidad, que nosotros no contemplaríamos, sólo la avalaríamos en el
sentido de que esto se tradujese y se transformase en presencia o
ampliación del segmento público de banca en el conjunto del sistema
financiero español. Recuerdo a SS. SS. que le media europea sitúa a la
banca pública entre los Doce en el 30 por ciento, mientras que en España
sólo es del 11 por ciento. Si al final el recurrir a los recursos
públicos se demuestra como la solución más oportuna, ya anuncio que
nuestro Grupo exigirá como necesaria contrapartida aumentar el segmento
público de banca.

También quiero señalar al Grupo Socialista y al Gobierno que, en cuanto a
la solución final de la crisis, sería un pésimo precedente que este
Gobierno, en toda su trayectoria de los distintos gabinetes, tuviese dos
varas de medir para las situaciones de intervención de importantes
bancos: en algunos casos, acordeón a cero o a una peseta; en otros, otro
criterio. Ya veremos cuál será el criterio final, pero yo anuncio que
ésta sería para nosotros una grave inconsecuencia del Grupo Socialista y
del Gobierno, en la medida en que el Grupo Socialista da sostén a este
Gobierno, en lo que pueda ser la solución definitiva y final de la crisis
de Banesto. Hechas estas consideraciones de tipo general, para fijar
mejor la posición de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya en lo que
es esta importante crisis que estamos contemplando y de la que ahora
vemos uno de los aspectos, paso a centrarme en lo que ha sido la
intervención del señor Croissier.

Quisiera empezar recordándole que al señor Croissier le pasa un poco como
a las amas de casa: que Avon llama a su puerta. Avon llama a su puerta,
señor Croissier y las crisis de Ibercorp --ahora, de Banesto-- siempre le
cogen a usted un pelín desprevenido. Un pelín desprevenido en la medida
en que me parece que lo que prevé la Ley Nacional del Mercado de Valores
y, más concretamente, la concatenación de los artículos 84, 85 y 87,
permitiría una actitud más activa, más vigilante por parte de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores para asegurar esta correcta formación de
los precios, esta correcta información a los posibles inversores y esta
coordinación, cito --como usted sabe muy bien, seguramente mejor que yo--
el artículo 87 cuando recuerda que el Banco de España y la Comisión
Nacional del Mercado de Valores tienen la obligación de actuar
coordinadamente para velar por el buen fin y el buen funcionamiento de
los mercados de valores. Estaba en marcha una información, una inspección
continuada de año y medio por parte del Banco de España, y aunque es
cierto --como usted dice y nos ha recordado el último párrafo del
artículo 92-- que la Comisión Nacional del Mercado de Valores no puede
auditar o avalar, en última instancia, el propio folleto, no



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es menos cierto que los artículos 84, 85 y 87 le obligan a usted a
recabar toda la información que sea necesaria para asegurar mejor y mayor
transparencia en los mercados de valores.

Entre las entidades que usted puede y debe supervisar --no hace falta que
se lo recuerde--, la letra a) del segundo párrafo del artículo 84 habla
de los emisores de valores. En este caso, la entidad emisora es
evidentemente Banesto. Aunque es cierto que usted no tiene por qué
auditar y avalar la realidad del folleto, no es menos cierto que estos
artículos --repito, los números 84, 85 y 87 y también el 92-- le
obligaban un poco más a esta actitud vigilante. Comprendo perfectamente
que la actitud vigilante no puede abarcar el cotidiano funcionamiento de
un mercado tan complejo como es el de valores, con tantas entidades y
agentes que intervienen en él, pero sí es cierto --y lo quiero decir a
nivel de reflexión política-- que la única mancha o mácula que puede
haber en lo que ha sido la actuación de la Administración en el tema de
Banesto está precisamente, en opinión de nuestro Grupo, en la
autorización del famoso folleto de junio de 1992. Nos reservamos, no
obstante, una opinión más definitiva para cuando usted nos pueda decir si
ha abierto o no expedientes y cuando tenga pruebas, para que nos pueda
citar personas, familias o entornos que hayan podido producir información
privilegiada. Me refiero al segundo bloque de su intervención y a la
información que al final nos ha dado, relativa a que, dado el estado en
el que se encontraba su investigación, no era hoy el día adecuado para
avanzar nombres y posibles inculpaciones o responsabilidades.

Aceptamos el paréntesis. Tenemos experiencia con usted en otros casos
anteriores; por cierto, a posteriori, La Comisión Nacional del Mercado de
Valores actuó bien en aquel caso, me refiero a los expedientes abiertos y
convenientemente sacionados del caso Ibercorp, no tengo por qué dudar de
que actuara con la misma precisión y diligencia, aunque sea demasiado a
posteriori para nuestro gusto. Demasiado a posteriori en la medida en que
esto, insisto, es un punto importante de sombra al que algunos --y esta
tarde hemos oído algo aquí y fuera de aquí con mucha más vehemencia--
quieren acogerse para eliminar totalmente responsabilidades o culpas, en
las que realmente está --lo dicho al principio-- el anterior equipo de
gestión de este importante banco español, y quisieran diluirlo todo en
una actuación ineficaz o inexistente, o incluso en complicidad, de la
Admimistración en la mala gestión de un banco. En absoluto es ésa nuestra
posición --quede esto meridianamente claro--, pero no es menos cierto que
los inversores se sienten más inseguros después de repetidas
vulneraciones de la Ley del Mercado de Valores y, en este caso, sobre
todo por el famoso y repetido folleto de junio de 1992. Lo que más
echaría en cara a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y también
al Banco de España --cuando comparezca el señor Rojo será debidamente
interpelado en este sentido-- es esta falta de utilización del artículo
87 y esta necesaria coordinación entre el Banco de España y la Comisión
Nacional del Mercado de Valores, que yo creo que debía haber dado mucho
más de sí, sin que esto exculpe absolutamente a nadie.

Respecyo a la información sobre las actuaciones en el Mercado de Valores
de los días anteriores y del propio 28 de diciembre y de la suspensión de
cotización, creemos que estuvo justificada aquella actuación. Como usted
mismo ha señalado, estamos a la espera de la finalización de esta
investigación y, si es necesario, a la apertura de los convenientes
expedientes para depurar responsabilidades y también para conocer a los
responsables.

En relación con el segundo bloque de su intervención, cómo fue posible
que el folleto fuese registrado --la palabra es registrado, ustedes no
autorizan, sino que registran--, ha quedado suficientemente clara nuestra
posición con lo que he dicho anteriormente. La actuación concatenada de
los artículos tantas veces citados permitía en todo caso una mayor
diligencia de la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores. Ahora
no tiene ningún sentido hablar de lo que hubiera podido pasar si las
cosas hubieran sucedido de otra forma, pero ahí queda esta preocupación
por nuestra parte.

Nos parece correcta la información que usted ha citado sobre el cuarto
bloque de su intervención, la seguridad ofrecida a los depositantes en
fondos de inversiones y patrimoniales de Banesto, me parece que esto es
positivo y nosotros también quisiéramos transmitir esta sensacion de
tranquilidad.

Quisiera terminar, señor Croissier, señalando que aquí aparece una
posible tercera responsabilidad de manera significativa. He señalado
repetidamente la de los antiguos gestores, pero no es menos cierto que
las auditorías y las firmas que auditaron aquellas cuentas también
deberían ser convenientemente investigadas. A través de iniciativas
legislativas, nosotros también instaremos a la Administración,
concretamente al ICAC, para que nos dé cumplida cuenta de lo que fueron
aquellas auditorías, si eran auditorías que reflejaban una imagen
contable fiel a si el auditor participó de alguna forma en la mala
gestión y en la ocultación de datos que, indudablemente, al menos a la
vista de lo que ha sido el informe que ha dado pie a la intervención del
Banco de España, hoy podemos colegir de la información que tenemos en
nuestro poder.

Para nosotros la responsabilidad se reparte entre los gestores, pero
también entre las firmas o la firma auditora, puesto que es evidente que
debían mencionarse de forma mucho más clara algunos de los estados
contables que ahora aparecen rubricados por la gran auditoría del Banco
de España en su informe de intervención.




El señor PRESIDENTE: Le ruego concluya, señor Espasa.




El señor ESPASA OLIVER: Voy a terminar, señor Presidente.

Voy a hacer una pregunta coincidente con la formulada por el portavoz que
Grupo Popular respecto a si usted puede precisarnos más en esta
intervención el volumen y la composición de la autocartera de Banesto.

Incluido en esta cuestión, nos gustaría saber --aunque están



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autorizados por las leyes correspondientes-- en qué medida los créditos
concedidos por parte de la entidad de Banesto a sus propios trabajadores
se puede considerar que forman parte de la autocartera o de acciones de
título sin derecho a voto. Me gustaría que nos diese una mayor
explicación sobre esta cuestión. A la espera de su segunda intervencion y
de poder precisar más algunas de nuestras posiciones, termino, señor
Presidente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Molins.




El señor MOLINS I AMAT: Quisiera iniciar nuestra intervención
agradeciendo al señor Croissier la información que nos ha aportado.

De su propia intervención y de la de los grupos que nos han precedido se
va apuntando una cuestión fundamental que, por otra parte, no es
privativa de la situación que hoy nos ocupa: la fiabilidad de la
información.

Estamos todos dándole vueltas, más o menos, al mismo asunto.

El señor Croissier nos ha comentado en su intervención que la Comisión de
Valores tiene una responsabilidad limitada respecto al contenido del
folleto informativo, pero me temo que a partir de ahí, de esa dejación de
responsabilidad --probablemente con toda razón y de acuerdo con el
contenido de la Ley de Comisión de Valores que preside el señor
Croissier--, todos hacen un poco lo mismo. De las auditorías que yo
conozco --probablemente SS. SS. conocen muchas más que yo-- casi todas
llegan a decir en poco o en mucho, en todo o en parte, que de la
información que ellos auditan hay una parte que es responsabilidad del
gerente de la sociedad que les aporta la información, es decir, todos
hacen en sus propias auditorías una cierta dejación de responsabilidad.

Nos encontramos con una pescadilla que se muerde la cola. Que yo sepa,
excepto las auditorías que realizan los tribunales de cuentas o los
órganos similares de las comunidades autónomas, el resto hacen una cierta
dejación de responsabilidad en la veracidad de la información que es
aportada por un tercero y la auditoría no llega a poner todo su peso en
la veracidad de la información que audita. Por tanto, estaremos siempre
en un círculo difícil de romper. Para la buena marcha de las cosas
valdría la pena que, con iniciativas legislativas o a través de otros
mecanismos, pudiéramos entrar en el tema de la fiabilidad de la
información, porque, si no, a partir de ahí todo se nos cae, montamos un
sistema que al final se fundamenta en la fiabilidad de una información
que no es fiable y todo se viene a tierra.

Han dicho el propio señor Croissier y los portavoces de los grupos que
han intervenido antes que el nuestro que éste es un caso en el que, por
tratarse de una entidad de crédito, existe otro organismo de la
Administración, que es el Banco de España, que también controla este tipo
de entidades. No parece que haya habido entre el Banco de España y la
Comisión Nacional de Valores la necesaria comunicación, o que si la ha
habido haya sido utilizada de forma simétrica por los dos organismos. El
folleto se produce en junio y el señor Rojo nos comentaba en su
comparecencia anterior que en mayo, es decir un mes antes, el Banco de
España había incrementado la inspección de Banesto porque habían sido
detectadas irregularidades o situaciones no contempladas en los estados
contables de la sociedad, fundamentalmente por lo que hacía referencia a
los morosos. Esa es, evidentemente, una información que para el futuro
accionista de Banesto era significativa.

Hasta qué punto conocía o desconocía la Comisión Nacional de Valores los
resultados de esas inspecciones y hasta qué punto debería haber sido
informada por parte del Banco de España, probablemente no es
responsabilidad del señor Croissier, pero en todo caso lo sería del Banco
de España porque ésa sí es una información significativa que podía hacer
adoptar al futuro hipotético comprador de la ampliación de Banesto una
decisión distinta a la que tomó en su momento. Quisiera saber, señor
Croissier, si fue informado como Presidente de la Comisión de Valores de
los resultados de esa inspección del Banco de España del mes de mayo, y
si comprobó que en el folleto a través del cual se realizó la ampliación
de capital de Banesto esa información estaba contemplada.

Una segunda pregunta ya realizada por los intervinientes anteriores es el
tema de la autocartera. Nos decía el señor Croissier que el folleto
contempla, en confesión de Banesto, que la autocartera está en el 3,6 al
inicio de la ampliación y que al final de la ampliación, esa autocartera
confesada es del 3,8, pero todos hemos leído números muy superiores a
éstos. Qué investigaciones ha realizado la Comisión de Valores por cuanto
la vigilancia de la autocartera no es sólo competencia del Banco de
España, es una obligación de todas las sociedades anónimas y no sólo de
las entidades de crédito. La Comisión de Valores también debe supervisar
el cumplimiento por parte de todas las sociedades, también de las que
cotizan en Bolsa, de ese máximo del cinco por ciento de autocartera. Qué
mecanismos ha autorizado hasta ahora la Comisión de Valores y cuál es, en
su opinión, el porcentaje de autocartera que tiene la sociedad Banesto,
sería una pregunta de la que me gustaría recibir respuesta.

Nos ha comentado el señor Croissier que cree que el folleto, que ha sido
objeto de análisis precisamente a lo largo de la intervención en esta
Comisión, editado por Banesto con motivo de su ampliación, era incluso
muy realista. No le duelen prendas, en el momento de dar información, al
explicar algunos de los duros problemas que tenía la sociedad. Parece que
existía ya --desde bastante antes--, no sé si llamarlo plan de
viabilidad, pero sí un cierto acuerdo entre Banesto y el Banco de España
respecto a cómo debían ser afrontados estos problemas, del que
probablemente formaba parte esa propia ampliación de capital y también la
anterior. Supongo que era conocido ese «plan de viabilidad» --lo digo
entre comillas porque no estaba diseñado así, ni se le daba ese valor--
por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Pregunto si la
información del folleto era acorde con ese plan de viabilidad teórico,
probablemente inexistente y redactado en esos términos, porque de hecho
existía un



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acuerdo entre el Banco de España y Banesto respecto a la forma de salir
adelante con los problemas que la entidad ya tenía.

Por último, quiero exponer un tema que no ha salido aquí. Según tengo
entendido --también lo hemos leído en los medios de comunicación--, la
suspensión de la cotización del valor no significa la prohibición de la
existencia de transacciones del valor. De hecho, a través del mecanismo
(hay quien lo llama del mercado gris, creo que ésa no es la denominación
correcta) de lo que se llama la toma en razón por parte de las bolsas, se
están realizando transacciones del valor Banesto. Se habla de
cotizaciones del 400, del 450, etcétera. Es evidente que en este momento
sí puede existir también información privilegiada. Por tanto, si
necesaria ha sido --y lo agradezco-- la forma exhaustiva en que la
Comisión Nacional del Mercado de Valores ha realizado la información
respecto a las transacciones habidas en Bolsa antes de la suspensión de
la cotización del valor, los días 27 y 28, mucho más importante debe ser
analizar estas transacciones que se están realizando en este momento, que
son legítimas. Quizá nos deberíamos plantear si la suspensión del valor
no debería, a través de la ley, prohibir las transacciones y que éstas no
pudieran realizarse ni siquiera a través de ese mecanismo de toma en
razón. No sé qué sentido tiene prohibir la cotización, que quiere decir
prohibir de hecho la transacción formal y, en cambio, autorizarla a
través de ese mecanismo de toma en razón. Pero éste es otro tema.

Lo que sí quisiera saber es cómo está actuando la Comisión Nacional del
Mercado de Valores para conocer quiénes son los que están en este
momento, a través de ese mecanismo, transaccionando acciones, a qué
precio se están realizando las mismas, etcétera, porque debe ser
notificado el precio, en esta toma en razón, al Mercado de Valores, y,
por tanto, debe ser conocido por la Comisión. En general, habría que ir
preparando ya lo que deberá ser una investigación del mismo tipo de la
efectuada por la Comisión en las transacciones realizadas los días 27 y
28 de diciembre, porque hay quien probablemente en este momento sabe
mucho más que nosotros sobre cuál va a ser el futuro. Aunque no esté
definido, hay quien sabe más que nosotros respecto a por dónde van a ir
los tiros. Que sea una la operación contemplada o finalmente realizada o
sea otra, ahí sí que puede existir en este momento información
privilegiada. No nos quedemos tranquilos pensando que como está el valor
suspendido no existen transacciones, porque existen mecanismos que
permiten su existencia y, de hecho, se están realizando.

Quiero darle las gracias nuevamente, señor Croissier, por su información.

Estoy seguro de que también satisfará en la contestación a las preguntas
que he realizado.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo vasco (PNV), tiene la palabra el señor
Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Señor Croissier, nuestro Grupo Parlamentario
está, como es obvio, hondamente preocupado con la situación de Banesto,
como lo expusimos recientemente en la comparecencia del Ministro de
Economía y Hacienda y del Gobernador del Banco de España. Preocupado por
lo que ello supone de negativo para el sistema financiero, para la
inversión, para la marcha de la economía en general, y, sobre todo, para
el futuro del personal y de los cerca de 270.000 accionistas, teniendo en
cuenta que los depositantes tienen garantizados sus fondos.

Convendrá conmigo en que el Banco Español de Crédito no es una sociedad
anónima cualquiera. Su dimensión, el volumen de negocio que mueve, su
representatividad como una de las primeras instituciones financieras del
Estado, el colectivo de personal directamente relacionado, como son los
depositantes, los clientes, los empleados y los accionistas, hacen que su
situación --y en este caso grave situación-- tenga unas implicaciones
sociales mucho mayores que la mayoría de las empresas privadas. Si esto
es así, si admitimos esta hipótesis, el que la situación del Banco de
España haya llegado a este punto y tenga estas consecuencias demanda
inexorablemente un esclarecimiento de responsabilidades, que es algo de
lo que estamos aquí tocando, pero que cada uno que explica su postura no
la tiene. Es decir, el Presidente del Banco, después de oír su
intervención el otro día, podríamos decir que no tiene ninguna
responsabilidad, ni el Banco de España ni el Gobierno ni la Comisión
Nacional del Mercado de Valores y siempre se está trasladando la
responsabilidad a los que no están aquí. Yo no sé si habrá que traer
también a los auditores; eso ya se ha apuntado. También tiene, en algún
momento, justificación por parte de los auditores porque ellos utilizan
la documentacion que se les proporciona. Por tanto, ése es otro tema que
habría que contemplar.

Sin embargo, hablando de responsabilidades, los únicos que de momento van
a hacer frente a este deber son, al parecer, los accionistas. Y no estoy
pensando precisamente en los accionistas institucionales, en los
especuladores, en las grandes familias con grandes paquetes o en las
sociedades interpuestas que ocultan al verdadero accionista, etcétera. Me
refiero principalmente al accionista de a pie, al pequeño inversor, al
ahorrador que ha ido haciendo una pequeña cartera a través de los años; y
cito a todas esas miles de personas que han apostado por invertir parte y
en muchos casos todos sus ahorros en una entidad basándose,
fundamentalmente, en su credibilidad y su seguridad, aspectos que
precisamente han sido los que les han fallado.

En un momento en que la falta de ahorro privado --y no digamos públicos--
es patente, en un momento en el que como consecuencia de esta falta de
ahorro no existe inversión, la leccion que se puede sacar es francamente
negativa. Esta claro --y así es con la Ley de Sociedades Anónimas en la
mano-- que los accionistas del Banesto tendrán que acomodar el nuevo
valor patrimonial que surja de los estados financieros debidamente
auditados, y no quiero entrar en este punto de la valoración que será
necesario explicar claramente a los accionistas, los cálculos y el
sistema aplicado para determinar el valor de la



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acción en este momento. En cualquier caso, para establecer el valor real
nominal de las acciones es necesario tener el balance real de la
sociedad, es decir, su verdadero valor patrimonial, para lo cual es
preciso que terminen de realizarse las auditorías que se están haciendo
tanto en el Banco Español de Crédito como en la Corporación Industrial y
el informe de los actuales gestores. Todo esto --supongo-- con la
garantía del Banco de España como responsable fiscalizador de las
entidades financieras. Espero que al final lleguemos a saber exactamente
cuál es la situación patrimonial del Banco.

Lo que sí está cada vez más claro es que la situación del Banco no era la
que se expresaba cuando se estableció el plan de la macroampliación de
capital; un plan perfectamente elaborado a través de disfrazar la
verdadera situación financiera y patrimonial de la entidad, a través de
un plan de marketing y publicidad agresivo, a través de la involucración
de una entidad financiera del mayor prestigio internacional como la J. P.

Morgan, a través del pago de comisiones con sobretasas a los
intermediarios financieros para la colocación de las acciones --punto
este muy importante-- y, desde luego, con el apoyo implícito de todos los
que conocían la realidad y tenían capacidad y poder de actuación. Ante
esta situación son innumerables los interrogantes que se presentan,
interrogantes que hoy deseábamos poder despejar en parte y que se
refieren a la actuación concreta de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores que usted preside. Entiendo que son muchas las preguntas que se
han formulado. Yo voy a intentar eliminar todas aquellas que coinciden
con las de los portavoces de los demás grupos parlamentarios para no
exceder el tiempo y ser reduntante, pero la gravedad de la situación y
las consecuencias que están sufriendo muchos de los 270.000 accionistas,
de los cuales 40.000 han sido captados a través de la macroampliación,
requieren al menos el esclarecimiento al máximo de los hechos y de las
responsabilidades.

Ya se han dicho anteriormente cuáles son las funciones de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores, que no las voy a repetir, pero basado en
estas funciones que tiene la Comisión me gustaría saber de qué manera, en
el caso de Banesto, cumplió la Comisión, antes del mes de julio de 1993,
con sus obligaciones de supervisar, inspeccionar y velar para proteger
los intereses en la macroampliación aprobada y qué comunicación mantuvo
entonces a este respecto la Comisión Nacional del Mercado de Valores con
el Banco de España a fin de contribuir al desarrollo de estas sus
obligaciones y funciones, en la medida en que la Comisión era y es
responsable, como lo perceptúa la citada ley 24 de 20 de julio de 1988,
segundo párrafo del artículo 90.

Por lo que respecta a los temas comentados por usted, concretamente en el
del folleto, voy a eliminar las preguntas que ya se han hecho pero hay
algunas cuestiones que sí me gustaría conocer. ¿Es cierta su declaración,
como apareció en algún medio de comunicación, de que en ningún momento el
Banco de España le había puesto en antecedentes sobre los problemas por
los que atravesaba Banesto? ¿Por qué no hizo uso la Comisión Nacional del
Mercado de Valores de su facultad de exigir al oferente, es decir a
Banesto, que incluyera en el folleto de la ampliación información
adicional para la adecuada protección de los inversores, teniendo en
cuenta esa situación de dificultad preexistente y que la misma no se
refleja en el mencionado folleto, aunque ya se ha dicho que tiene una
información exhaustiva? ¿Solicitó la Comisión Nacional del Mercado de
Valores acreditación al oferente, es decir a Banesto, de haber obtenido
del Banco de España el informe favorable sobre el contenido del folleto?
¿Existió este informe favorable del Banco de España? ¿Dicho informe fue
efectivamente favorable y, por tanto, se puso de manifiesto en el mismo
la congruencia de los datos del folleto con los que figuraban en los
correspondientes registros administrativos a cargo del Banco de España o,
por el contrario, contenía alguna indicación de salvedad? Parece ser que
no existía ninguna salvedad por parte de los auditores.

En todas estas preguntas le agradecería que no me hiciera una referencia
concreta a los aspectos jurídicos, obligaciones y derechos que tiene la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, porque creo que el problema es
mucho más amplio que todo esto. Es decir, si nos vamos a restringir a
coger la ley literalmente y explicar al público, a la sociedad, que se ha
llevado al pie de la letra lo que marca la ley, indudablemente al final
nadie va a ser responsable de estos hechos. Por tanto, la situación era
tal y se conocían tantos datos que habría que actuar al margen o sobre lo
que estrictamente marca la ley.

Referente a la revisión de documentación contable ¿ha verificado la
Comisión Nacional del Mercado de Valores toda la documentación
económico-contable que con carácter periódico le debió de remitir el
Banco Español de Crédito para comprobar si se hallaba acorde con la
legislación vigente? ¿Requirió la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, en algún momento, al Banco Español de Crédito para que los
auditores representados por ese Banco cumplieran los requisitos legales,
dada la clara discordancia que ha puesto de manifiesto entre las cuentas
presentadas por el Banco y su situacion real, discordancia conocida
previamente por el Banco de España, según declaraciones del propio
Gobernador?
Finalmente dos preguntas. ¿Conocía la Comisión Nacional del Mercado de
Valores la sobretasa, que he comentado antes, que estaba pagando el Banco
a los intermediarios financieros para la colocación de las acciones de la
ampliación? ¿Es cierto que los fondos que en estos momentos se están
aportando por las entidades financieras provienen del Banco de España y
se está, por tanto, utilizando dinero público?
Estas son las preguntas que le hacemos desde nuestro Grupo Parlamentario.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Coalición Canaria tiene la palabra
el señor Mauricio.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: En primer lugar, quiero agradecer al señor
Croissier su información, amplia y detallada, que sin duda refleja los
principales



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problemas, desde la perspectiva de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, que se han planteado con la crisis de Banesto.

Después de oír esta información y de leer detalladamente el informe que
presentó el Gobernador del Banco de España en esta Comisión me han
quedado graves dudas sobre algo que ya han planteado algunos de los
portavoces anteriores, pero que creo que están implícitas en el informe
que ha presentado el señor Croissier; me refiero a la coordinación entre
las autoridades económicas en la crisis de Banesto. Yo creo que éste es
el dato fundamental. Ahora no es motivo de debate --creo que ya se hizo
en la reunión anterior de la Comisión-- la cuestión referente a la
oportunidad o no de la intervención del Banco de España en la crisis de
Banesto; éste no es el momento. Lo que estamos ahora examinando es si las
autoridades económicas, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el
Banco de España intervinieron coordinadamente o no. La impresión que yo
tengo --a no ser que usted me corrija, señor Croissier, y no es una
pregunta--, después de lo que usted ha contado hasta ahora, es que esa
coordinación prácticamente no ha existido. Pero como creo que el señor
Croissier es un técnico competente y solvente, sólo tengo que pensar --y
si me equivoco me corregirá el señor Croissier-- que la coordinación o no
ha existido, o ha existido para que no hubiera actuación. Ese puede ser
el fondo de cómo se ha llevado la crisis de Banesto y por qué se ha
prolongado durante tanto tiempo.

Las actuaciones que se han producido no son las que eran de esperar, las
normales, las que asépticamente, técnicamente, habría que haber pensado
que era lo normal hacer. Si no se han producido así, lo lógico es pensar
en cómo se estaba llevando toda la negociación interna --y aquí conocemos
muy pocos datos porque sólo tenemos la punta del iceberg--, cómo se ha
llevado la negociación durante largos meses. Porque explicar el tema
simplemente con los artículos de la ley nacional, diciendo cómo en un
momento determinado se hace la verificación del folleto de la ampliación
de capital, es un debate formal. El problema es que ya había una profunda
crisis en Banesto, anunciada abiertamente con inspecciones anteriores
clarísimas, y no se podía pasar a trámite, no podía el Banco de España
haber permitido una ampliación de capital --creo que de las más
espectaculares que se han realizado en la Europa occidental en los
últimos años-- de más de 140.000 millones. No es lo mismo que en la
primera ampliación, meses antes, que fue --según dijo-- de pocos miles de
millones. Ahora estamos hablando de una ampliación de capital que
afectaba --y éste es el debate que tenemos que tener aquí como Comisión
parlamentaria-- a los intereses y a la protección de los inversores, que
es la función principal de las autoridades económicas y monetarias; y no
se ha producido esa protección correctamente. No creo que haya sido un
problema de negligencia. Creo que nos lo deberían explicar mejor. Quizá
habría que pedir, a partir de la información dada, una nueva
comparecencia del Gobernador del Banco de España, porque casando las dos
intervenciones acaba uno por no entender la táctica que se ha utilizado
en la negociación interna, incluyendo cosas como «a enemigo que huye
puentede plata» y «vamos a dejar que las cosas las pactemos entre todos y
echar tierra al asunto». Si ésa fue la actitud, supongo que se explican
algunas actuaciones; si no, no las entiendo.

Una ampliación de capital de esas características habrá cogido a cuatro o
cinco grandes inversores, pero ha cogido a unos cuantos miles de pequeños
inversores, entre ellos empleados de Banesto, inversores de toda España
que han metido sus pequeños ahorros en el Banco simplemente por leer un
folleto que, según nos dice el señor Croissier, está tan bien hecho, es
tan transparente y tan claro que explica desde el mes de junio las
razones por las cuales en el mes de diciembre se interviene el Banco. Eso
es lo que nos ha dicho. Estaba todo tan claro desde el mes de junio que
en el mes de diciembre al señor Rojo no le quedó más remedio --y aquí
todo el mundo lo entendió el otro día-- que decir: Pues ahora
intervenimos el Banco, con los datos que hemos descubierto. Pero a
reconocimiento de parte no hacía falta esperar seis meses más, porque
según nos acaba de explicar el señor Croissier los datos ya estaban en el
folleto. Y se hace la vista gorda, no se controla la situación, quizá
esperando la solución Morgan, en este caso «Bienvenido Mr. Marshall»; se
aguanta y hay una serie de inversores que no han sido protegidos en sus
derechos e intereses. Esto es una realidad y a esta Comisión
parlamentaria le corresponde --es su obligación-- proteger los intereses
de los ciudadanos españoles, aparte de las ingenierías financieras que se
hagan para resolver la situación de crisis de un banco. En cualquier
caso, nosotros estamos interesados, como todos los demás, en resolver
esta crisis en bien del sistema financiero español.

Por tanto, repito, después de las explicaciones dadas yo no le hago
ninguna pregunta, sino que le pido que me corrija en la conclusión que he
sacado, que, como digo, más que una pregunta es una afirmación que espero
que usted corrija porque, si no, entiendo que habrá que plantearse una
nueva intervención en esta Comisión del Gobernador del Banco de España.

Segunda cuestión, la famosa historia de los días 27 y 28 de diciembre. El
que el día 28 de diciembre sea el día de los Inocentes no quiere decir
que las actuaciones --o las no actuaciones-- que se produjeron ese día
estén explicadas a partir de los datos que se han presentado. Quiero
insistir en la competencia sobradamente demostrada por el señor Croissier
en su larga trayectoria como gestor público, y lo que ha pasado entre él
los días 27 y 28 de diciembre sólo se puede explicar por el hecho de que
las altas autoridades monetarias, económicas y políticas de los diversos
partidos más representativos de este país estaban en ese momento
negociando, aclarando la forma de intervención; si era el BBV u otro el
que iba a llevar la gestión y el control del nuevo consejo de
administración u otras cosas por el estilo.

El propio señor Croissier nos dice que el artículo 23 habla de la
suspensión de la cotización de las acciones de cualquier sociedad cuando
concurran circunstancias



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especiales para la protección de inversores cuando haya movimientos de
carácter anómalo. Movimientos anómalos los había de todas clases en esos
días: cambios de cotización a toda velocidad, sobre todo en los mercados
internacionales; se sabía desde el día antes, a primera hora de la
mañana, que había cambios en las cotizaciones internacionales. Decir que
se llama al señor Conde y que el señor Conde contesta que él no sabe el
origen de los rumores, supongo que sería una broma del señor Conde,
puesto que me parece que eso fue el día 28. Y el Gobernador del Banco de
España no estaba, estaba en una reunión y no hay coordinación. Había que
haber suspendido las cotizaciones puesto que si no se podían producir
delitos. Varios portavoces aquí se han atrevido a decir que probablemente
hay indicios suficientes para sospechar la existencia del delito de
información privilegiada, puesto que entre las once y la una del mediodía
se producen cambios de acciones.

Le vuelvo a agradecer al señor Croissier sus explicaciones, casi de
detective, puesto que ha explicado hora por hora los cambios de
cotización y las ventas de acciones, 440.000 acciones a partir de las
once de la mañana. Nadie se esperaba que a las once, las doce, la una o
las dos estuviera sin suspenderse la cotización. Había reuniones de otro
tipo, seguro. Mi Grupo no quiere caer en atribuir al Presidente de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores las responsabilidades graves que
hay en estos asuntos; creo que las responsabilidades están en otro nivel;
si no, no se explican. Claro que están en otro nivel.

Los datos que ha dado el señor Croissier --sin que nadie se los hubiese
pedido previamente--, desde luego muy positivos, son los cambios que se
producen, y se podían haber producido otros mayores. La prensa ha dicho,
y nadie lo ha desmentido, que el Subgobernador del Banco de España se
reúne en un momento determinado con el señor Conde y le ofrece que venda
las acciones. Eso he leído, no sé si es o no cierto; por eso hablaba
antes de lo del puente de plata, y nunca mejor dicho lo de plata. ¿Ha
habido una información privilegiada? Es decir, ¿hay una serie de sectores
que han podido vender acciones sabiendo que a continuación se iba a
producir la intervención y la suspensión de la cotizacion? ¿La suspensión
de la cotización se ha hecho tarde? Evidentemente tardísimo. ¿Qué
presiones ha habido para que se tardara tanto en suspender la cotización
cuando hay que velar para proteger los intereses de los ciudadanos y de
los inversores del país? ¿Qué se ha hecho para evitar la posibilidad de
que nadie utilizara la información privilegiada? Ese es el debate.

Señor Croissier, no me quiero extender en el debate sobre la autocartera,
etcétera, sobre lo que ya le han preguntado otros grupos; no quiero ser
pesado ni técnico, porque estos debates se prestan a mucho rollo técnico
y aquí el problema son los ciudadanos del país y los Diputados que los
representamos. Nosotros tenemos la obligación de explicar a los
ciudadanos de este país que las autoridades públicas, las autoridades
monetarias y los grupos políticos han actuado con el máximo rigor, no
sólo para salvar Banesto y la credibilidad y la solidez de un sistema
financiero español --lo que me parece muy bien--, sino también
protegiendo al señor de La Coruña, de Avila, de Tenerife o de Las Palmas
de Gran Canaria que estuvieron comprando acciones de Banesto con una
información que desde luego no es privilegiada, sino, en este caso, todo
lo contrario. Yo no quisiera llamarle a eso estafa, pero cuando no se
tienen todos los elementos de información uno puede invertir mal ahorros
duramente conseguidos. Alguien habla de fraude. Yo no quiero utilizar
palabras duras pero sí resaltar hechos graves. Yo le animo a que continúe
la investigación y la información sobre los cambios y las ventas que se
hicieron a lo largo del día 28 de diciembre, que no eran broma; si se
produjo o no información privilegiada y por qué se tardó tanto en
suspender la cotización cuando había movimientos no anómalos, movimientos
asirocados en los mercados internacionales y nacionales. A partir de
estos datos hay que corregir, como alguien ha dicho aquí, la legislación
que existe sobre estos temas, sin duda. Pero si de verdad lo que queremos
es un gran pacto para echar tierra al asunto o que el Parlamento controle
e investigue, creo que no basta con una ponencia, haría falta una
comisión de investigación, y nadie la ha propuesto, para mi sorpresa, no
sé si porque ahora el PP y el PSOE van a proponer que las comisiones de
investigación se compongan de sesenta Diputados o si es porque hay un
acuerdo para no llegar al fondo de las cuestiones que todavía no hay sino
la puntita...




El señor PRESIDENTE: Señor Mauricio, le ruego se atenga al tema en
cuestión y no entre en disquisiciones para que otros grupos no tengan que
intervenir.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: De acuerdo. Solamente digo que el iceberg
sólo tiene la novena parte en la superficie; de momento sólo hemos visto
la mitad de la novena parte, nos faltan nueve partes y media y yo creo
que este Parlamento tiene la obligación de investigar las nueve partes y
media que faltan.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor
Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Señor Presidente, quiero agradecer, al comenzar
mi breve intervención, la presencia del señor Croissier y sobre todo,
antes de entrar en los peros que creo que hay que poner en este tema,
reconocer que la Comisión Nacional del Mercado de Valores, con la que yo
he tenido alguna experiencia, es una entidad seria con la que siempre que
me ha tocado conectar ha actuado con rigor y hasta puedo afirmar que he
podido aprender en las reuniones mantenidas con sus profesionales, que
creo que son buenos. Pero esta tarde he tenido una pequeña decepción que
quisiera manifestar de alguna forma.

En su intervención del pasado día 30 el señor Ministro de Economía
aseveraba que una de las obligaciones de la CNMV es la de actuar cuando
existe información desigual y no contrastada en un momento determinado.

Yo



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he podido comprobarlo a través de mi experiencia profesional. Sin
embargo, la visión que se nos ha dado esta tarde sobre la actuación de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, a mi modo de entender, ha sido
un tanto externa, garantizando por supuesto el libre juego de la Bolsa
entre compradores y vendedores, garantizando la limpieza de las
transacciones y controlando las actuaciones internas o externas que
puedan afectar al buen fin de las operaciones, pero poco interventora,
entre comillas --no quisiera que se entendiese mal; lo digo así para no
extenderme más--, salvo en defensa del accionista; visión que yo creo que
es estrictamente legal. Se ha dicho que las responsabilidades son ajenas;
se ha citado incluso a un apoderado del Banco, a la auditoría, etcétera,
que sin duda las tienen. Sin embargo, a través de la experiencia personal
vivida y a través de su exposición, señor Croissier, saco la conclusión
de que existe una especie de doble vara de medir. La Comisión Nacional
del Mercado de Valores hace un seguimiento estricto, y puedo pensar que
riguroso, de la información que las empresas, trimestral o
semestralmente, rellenando los folletos correspondientes, deben enviar a
la Comisión Nacional. Por eso cabe realizar una serie de preguntas breves
puesto que muchas de ellas han sido ya anteriormente expuestas.

Insistiendo en el tema del control de la autocartera, yo quisiera conocer
cuántas intervenciones, reuniones, preguntas y comunicaciones se han
realizado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores para modificar
la situación detectada en Banesto. En otras empresas ese seguimiento se
hace de forma exhaustiva y creo que existe hasta un control permanente,
una comunicación bastante frecuente, cuando se detecta algún tipo de
situación de autocartera que puede llegar a situarse fuera de la
legalidad.

Me gustaría también saber cómo se ha estudiado y contrastado la
información trimestral y semestral recibida en la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, ya que suele ser habitual en muchas empresas que
cotizan en Bolsa el realizar este tipo de contrastes, incluso exigiendo
hasta certificados del auditor como información complementaria a la que
se envía. ¿Qué actuaciones ha habido anteriormente con Banesto?
La Comisión Nacional del Mercado de Valores, según su exposición, ha
intervenido al final --yo quisiera pensar que no ha sido así, si bien es
lo que se deduce de sus palabras-- y usted mismo nos ha dado un dato
relativo a que el 30 de octubre de 1993 se produce un descenso de la
cotización 3,5 veces superior al del sector. ¿Por qué no se actuó
entonces? A mí me gustaría saber, si se actuó, cómo se hizo en relación a
Banesto para haber actuado en defensa precisamente del accionista.

El señor Croissier no nos ha hablado de una investigación --quizá sea una
palabra muy rimbombante pero no se me ocurre otra en estos momentos--
interna sobre los hechos que han podido afectar a la actuación de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores en cuanto garante del
accionista, garante de la limpieza en las transacciones y controladora de
las actuaciones internas y externas de las operaciones que se efectúan en
la Bolsa y que han podido afectar precisamente a la actuación de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la ampliación de capital
del año 1993, mejor dicho, desde el momento en que se plantea esa
ampliación en la Junta General correspondiente al año 1992.

Muchas gracias, señor Croissier.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el señor Hernández Moltó.




El señor HERNANDEZ MOLTO: Muchas gracias, señor Presidente de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores, por su comparecencia en esta Comisión,
que he de decir que en absoluto ha defraudado las expectativas que
teníamos cuando solicitamos su comparecencia, ya que evidentemente ha
venido a circunscribirse a lo que es su función y a lo que la ley le
asigna. En ese sentido, mi Grupo no sólo no se decepciona, sino que no
entiende que su intervención hubiera sido distinta de aquélla para la que
ha sido llamado y aquélla para la que todos los días tiene que realizar
su función.

Después de todo este interesantísimo debate --como siempre a mi Grupo le
toca ser el último y espero que por muchos años porque eso significaría
que es el mayoritario-- reconozco que me quedo algo confundido y, al
mismo tiempo, tranquilo, porque intuyo que usted no es el responsable de
los problemas de Banesto. Digo esto porque, como siempre sucede, y ha
sucedido ya en otras ocasiones, desde el primer acto, en el que
parlamentariamente se empieza a tratar un asunto de importancia, hasta el
segundo, que, además, normalmente le suele tocar a usted, siempre pasa
algo por el camino; siempre las serenidades se vuelven en crispaciones,
siempre los elogios en la actuación de la Administración pública se
convierten en dudas y siempre lo que es una confianza en el sector
financiero se convierte en poca eficacia en la actuación de ese sector,
algo que supongo que a los seguidores más asiduos de esta Comisión no se
les habrá escapado, y digo yo que será por razones distintas de las de la
pura actuación de lo que estamos hablando. Pero digo que estoy
sorprendido también porque en este tipo de debates uno descubre siempre
algunos rincones intelectuales complicados, en donde hay intervenciones
que ponen de manifiesto (dicho sea con todo respeto y, desde luego, sin
ánimo de aludir a nadie) una cierta esquizofrenia intelectual. Por parte
de algunos grupos políticos se piensa que en la gestión de las cosas
privadas y en la gestión del propio mercado hay resistencia a creer que
pudiera haber responsabilidades privadas también, y, detrás de cada
problema (es cierto que si tiene una gran dimensión obviamente escapa ya
a las propias reglas del Mercado), hay una obsesión-fijación en buscar
responsabilidades de la Administración pública, y dentro de poco --no sé
si anticiparlo-- estoy convencido que será también del Gobierno por cosas
que en principio están afectando al mercado.

Digo que esta es una pequeña esquizofrenia intelectual porque, al final,
lo que pone de manifiesto es una duda importante en la creencia del
mercado, en este caso del



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mercado de capitales. Yo le voy a hacer una confesión: a mí nadie me ha
obligado a comprar una sola acción de Banesto. Digo esto para borrar
alguna pequeña demagogia que en torno a este debate surge, y que no se
malinterprete esta afirmación, porque evidentemente el interés de mi
Grupo es defender (y, además, confiar en que usted lo hace) los intereses
de los pequeños accionistas y de los accionistas en general. Pero, claro,
poniendo prioridades, y las prioridades están en que las
responsabilidades de los gestores privados se cumplan y que los propios
accionistas privados también se orienten hacia las responsabilidades de
esos propios responsables.

A mi Grupo le parece prioritario que los recursos públicos no tengan que
ser utilizados para solventar problemas del sector privado, para
sustituir responsabilidades del sector privado. Repito que nadie me ha
obligado a comprar una acción de Banesto y espero no ser el único
ciudadano de este país que esté en esta condición.

Por lo tanto, lo que tengo que hacer es sacar una conclusión. Es cierto
que el mercado de capitales comporta riesgos, y comporta beneficios, y
por eso se crean instituciones. Después de algunas de las intervenciones
que he oído hoy, y leyendo en los diarios de sesiones las intervenciones
que hacían cuando la Ley del Mercado de Valores creó la Comisión
Nacional, la verdad es que tengo que hacer un serio esfuerzo de
identificación de que el discurso que hoy he oído corresponde al mismo
grupo político que decía otras cosas en otros momentos.

Digo esto fundamentalmente porque dada la complejidad del mercado, cuando
se hable de él conviene hacerlo con un cierto rigor, sobre todo cuando
algunos apelan muchas veces a que no hablemos de política sino
simplemente de economía. Pues el sector financiero también es economía, y
conviene que hablemos con un cierto rigor y que, desde luego, cuando
estudiamos y conocemos la función de algunas instituciones, sepamos que
la suya no es la de asesor bursátil, ni de inductor hacia las buenas
operaciones, sino la de velar que haya igualdad en la información, que
haya transparencia y que funcionen los millones de operaciones bursátiles
que se hacen en nuestro país al cabo del año.

En este sentido tengo que decirle que, de su lectura (aunque no se lo
digan se lo voy a decir yo, ha sorprendido a los que traían el discurso
hecho de casa), creo que ha estado por encima de las expectativas y de
las informaciones que algunos pensaban que usted iba a dar. Porque he de
decir que ha hecho un impecable alarde de información, de
responsabilidad. La responsabilidad, desde mi punto de vista, está muy
unida a la prudencia, porque si no, usted, el Gobernador del Banco de
España y hasta la oposición harían un mal papel si detrás de cada punto
de dificultad financiera de un banco tuvieran que intervenir. Si todos
los informes que el Banco de España hace semestralmente fueran públicos
este país ni ningún mercado podría funcionar. Lógicamente, para eso están
las instituciones, para, conocidos los datos, reorientar, inducir, para
que puedan superar dificultades, porque si cada vez que aparece una
dificultad en una entidad usted tiene que suspender cotizaciones y el
Banco de España tiene que intervenir, apaga y vámonos. Y como supongo que
todos los que hablan del sector financiero y confían en la estabilidad de
esta sociedad, ya moderna, lo hacen de verdad, en ese sentido espero que
también puedan coincidir conmigo, aunque no lo digan públicamente, en que
la actuación del 28 de diciembre tanto del Banco de España como de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores fue impecable e inevitable. ¿Qué
hubiera sucedido si el Banco de España interviene y la Comisión Nacional
no suspende cotización? O, dicho de otra manera, ¿qué hubiera sucedido si
la Comisión Nacional suspende cotización y el Banco de España no
interviene? ¿O qué hubiera sucedido si el Banco de España interviene hace
seis meses, cuando aún --eso sí, en voz baja-- algunos decían: yo no sé
si no se han precipitado? Después, aquí, para el «Diario de Sesiones»,
dicen otras cosas, pero en otros ambientes dudan de si era necesario, si
esto es muy traumático. Esto de los fariseos es una condición a veces
excesivamente parlamentaria también. Lo que sucede en algunas ocasiones
es que esa falta de sinceridad plantea algunas dudas innecesarias, desde
mi punto de vista, en la actuación financiera.

Señor Presidente de la Comisión Nacional, usted ha hecho lo que, desde mi
punto de vista, podía y debía hacer, no sólo para esta Comisión, sino
también para los ciudadanos y ciudadanas, para los impositores de esa
entidad y, evidentemente también, para los accionistas. Usted ha venido a
informar sobre los datos que tiene, sobre el incumplimiento del mercado
en cuanto a información privilegiada se pudiera haber dado el día 28. Mi
Grupo le anima a seguir investigando. Alguien ha dicho que la palabra es
muy cruda. Pues, no, a seguir investigando porque probablemente las
conclusiones puede que sean muy interesantes. Usted ha venido aquí a
explicar también su criterio sobre la información que se publicaba en el
folleto de la ampliación de la emisión de Banesto. Lo que yo creo que
pone de manifiesto también en lo que en tantos contratos sucede: lo poco
que se leen determinados folletos, por lo complejo que es este sector. Y
cuando alguien se rasga las vestiduras porque aquella emisión se hubiera
autorizado, muchos de los que suscribieron aquellas situaciones y los
gestores que se comprometieron a salir de la situación problemática que
tenía hablan del gran prestigio de Morgan, y no sé si lo dicen en sentido
negativo o positivo, pero supongo que también sería un aliciente para que
muchos confiaran si Morgan confiaba. Además, supongo que en aquel momento
--yo quiero pensarlo-- se actuaba de buena fe pensando que aquella
situación permitiría salir al banco de la situación en que se encontraba,
entre otras cosas porque no eran palabras las que allí se decían; era
suscripción de acciones y, por lo tanto, la gente se jugaba el dinero. Y
cuando la gente se juega el dinero hay que dar confianza al que confía,
pues aquélla era una emisión que permitiría salir de la situación. Y
estoy convencido de que eso mismo lo debería pensar el Banco de España, y
estoy convencido, evidentemente, que eso mismo lo pensaría la Comisión
Nacional del Mercado de Valores por algo fundamental: porque miles de
españoles también lo creyeron y se



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jugaron su dinero, con riesgo, claro, con riesgo de ganar o con riesgo de
perder.

En cualquier caso, siempre me parece útil --y quiero señalarlo-- que en
su intervención se produzca esa labor didáctica y pedagógica, no sólo a
este Parlamento, sino a los propios ciudadanos, para saber que, desde
luego, hay garantías en este mercado de capitales para que las cosas se
hagan con seriedad, sin juego sucio, con igualdad de condiciones, con
limpieza, con homologación a cualquier mercado de capitales del mundo.

Además, éste es un mercado de capitales --y en alguna ocasión lo he
dicho, pero voy a volverlo a decir-- en que el reconocimiento de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores de este país cruza las
fronteras; en este sentido, quiero sumarme al reconocimiento de algún
Diputado de la labor importante que se está haciendo. Y, lógicamente,
cuando hay un conflicto, la tentación más fácil es la de responsabilizar
a aquellos que los grupos consideran que políticamente les puede ser más
rentable.

En cualquier caso, creo que a estas alturas hay cosas bastante evidentes:
que ha habido una importante deficiencia de gestión en Banesto. Y a esto
no hay que decir enseguida: sí, pero y las administraciones públicas,
¿qué? Creo que es un dato evidente: ha habido una deficiencia de gestión
importante. Y creo que, por ser lo más suave posible, se ha producido
también una falta de diligencia informativa de los gestores de Banesto.

Creo que hay una dudosa veracidad en algunos de los datos que parece que
Banesto ha facilitado a algunas entidades, y parece que también hay dudas
sobre la brllantez en el trabajo de los auditores en Banesto.

Creo que todo ese tipo de circunstancias tienen que convivir, conviven y
convivirán siempre en un mercado, con la necesaria tutela y el necesario
control de las administraciones públicas. Y, a veces, aquellos que
defienden ardorosamente el mercado después casi conceden un instrumento
de planificación bursátil a las entidades que, desde mi punto de vista,
sería no sólo imposible sino inoperante que se lo pudieran asignar.

Por eso, señor Presidente, creo que usted hoy ha hecho avanzar algo más
este proceso en el que estamos inmersos, y lo ha hecho avanzar
positivamente. Creo que para el espectador desapasionado de este debate
usted ha vuelto a añadir tranquilidad y solvencia a este mercado
financiero. Usted ha vuelto a poner de manifiesto que cumple
escrupulosamente la ley y que lo hace de una manera eficaz. Y, desde
luego, no me duelen prendar en reconocer lo que, sin duda, usted
reconocería tanto o más que nosotros: que las leyes, y más las
financieras, en un proceso tan acelerado de modificaciones de las
estructuras del mercado, probablemente, puedan ser mejoradas y sean
mejorables, evidentemente. Este será nuestro trabajo, pero haciéndolo
desde una lealtad a lo que muchos dicen defender, pero que, a veces, uno
tiene la duda de si lo hacen por convicción o simplemente para intentar
ganar una pequeña batalla política más.




El señor PRESIDENTE: Concluidas las intervenciones de los Grupos
Parlamentarios, tiene la palabra, a continuación, el señor Presidente de
la Comisión Nacional del Mercado de Valores.




El señor PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
(Croissier Batista): Señor Presidente, intentaré dar cumplida respuesta a
cada una de las preguntas, y espero no se me olvide ninguna.

Siguiendo el orden de las intervenciones, comenzaré respondiendo a los
temas planteados por el señor Montoro, del Grupo Popular. El señor
Montoro hace una consideración o apreciación, de la que evidentemente es
muy libre, cuando dice que mi intervención es una muestra de un
desplazamiento de responsabilidades y que, en definitiva, lo que se pone
de manifiesto es una falta de eficacia en la actuación de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores. Respecto a lo primero afirmo que la
Comisión y yo personalmente asumo al cien por ciento la responsabilidad
dentro de mis competencias, de las que me otorga la ley. Lo que no puedo
es asumir responsabilidades que no me corresponden, que no me da la ley,
y para las cuales la ley no me otorga medios. Si alguien me pregunta si
soy partidario de un cambio de la ley que dé aún más competencias, le
diría que creo que no; creo que razonablemente este es el modelo de
mercado financiero que tenemos, es perfectamente homologable, sin duda
está a la altura de los mejores de Europa desde el punto de vista
regulatorio, solamente comparable con el americano, quizá porque hemos
hecho la reforma más tarde y hemos copiado el modelo americano. Repito
que funciona razonablemente bien, y dentro de ese contexto creo que la
ley, con unas modificaciones que está debatiendo el Parlamento en este
momento, es un marco adecuado.

Plantea S. S. cómo se genera el déficit de 500.000 millones a lo largo
del tiempo. Creo que es una gran pregunta, es el gran problema que
subyace en el análisis de la situación de Banesto, cómo se produce, qué
factores hacen que no aflore en un determinado momento a los gestores, a
los auditores, a los supervisores. Este es un tema al que desde la
Comisión Nacional del Mercado de Valores no se puede dar respuesta. La
Comisión Nacional del Mercado de Valores no tiene ninguna capacidad, ni
sería razonable que la tuviera, para entrar en el departamento contable
de ninguna entidad, aunque fuera un banco, para rehacer sus
contabilidades y ver cómo se ha producido eso. Si es un banco, para eso
es competente el Banco de España; si no es un banco, ahí están los
auditores, y la Comisión tiene esa capacidad sólo con las entidades
supervisadas por ella. En ese sentido, me alegra poder decir que, en las
que nosotros supervisamos, hasta ahora no se ha podido detectar el más
mínimo problema en su contabilidad y en su solvencia.

Su señoría comienza preguntándome --esta pregunta me la han formulado
otros grupos-- cuánta autocartera tiene. ¿Es superior a la declarada?
¿Qué diligencias se han efectuado por parte de la Comisión para
esclarecer esto? ¿Qué requerimiento de información se ha pedido? Los
datos que tiene la Comisión no son otros que los que le he



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dicho anteriormente, es decir, que en el momento de la suscripción
Banesto declara una autocartera del 3,59 y que la última comunicación que
ha hecho es del 3,85. Por cierto, la última comunicación la han hecho los
nuevos gestores, quienes declaran públicamente --y así consta en el
registro público de la Comisión-- que ésa es la autocartera que tiene el
banco. Dicen: no obstante lo cual, los nuevos administradores están
realizando investigaciones para ver si existen compromisos de recompra,
si existen financiaciones en la colocación de otros paquetes. Dicen que
esa investigación es extraordinariamente compleja y que no se encuentran
en condiciones de avanzar nada más que la cifra que les he citado.

Por tanto, ni los nuevos administradores desde dentro son capaces de
modificar la cifra que aparece públicamente en la Comisión Nacional del
Mercado de Valores. Es más, la Comisión estudia con lupa, diría yo, los
informes de auditoría, que deben pronunciarse sobre el importe de la
autocartera, y las revisiones de los auditores, en el caso de Banesto,
siempre han coincidido con las declaraciones que Banesto nos ha hecho.

Por consiguiente, desde un punto de vista jurídico y material, sabemos lo
que sabemos; aparentemente ni los nuevos gestores saben más que nosotros
y, hasta donde sé, tampoco lo sabe el Banco de España. Luego difícilmente
alguien puede decir que yo estoy de convidado de piedra sobre el problema
de la autocartera. ¿Rumores? Mil. ¿Que a través de la Comisión hemos
visto cantidad de operaciones que nos han inducido a sospecha? ¡Claro que
sí! Cada vez que hemos registrado una operación en Bolsa que nos ha
llamado la atención hemos pedido ordenantes finales, hemos procurado
saber quién era. Y frecuentemente nos encontramos con Liechtenstein,
Caimán, Curaçao, etc. Pido una declaración al banco y me dice: He vendido
a fulano de tal, domiciliado en Liechtenstein, y me manda la información.

Acto seguido, cada vez que me reportan una auditoría analizo con lupa
cada una de esas operaciones y nada pone de manifiesto que esas
declaraciones sean falsas.

Aquí me permito hacer un comentario adicional. Aparentemente, y SS. SS.

deberían de tenerlo en cuenta, la definición de autocartera es una y el
sentido económico con el que utilizamos el término autocartera es otro.

Autocartera son acciones en manos de la compañía motriz o de sus filiales
controladas. Eso es autocartera. Por ejemplo, un crédito o un aval,
quizás no directo, sino indirecto, a través de otra institución
financiera internacional dado a otra compañía y que con ese respaldo
financiero adquiere acciones, eso no es autocartera y no tiene que
declararlo. Por ejemplo, tampoco es autocartera las participaciones
recíprocas que sí deben ser declaradas y que figuran en los informes de
auditorías, las participaciones recíprocas del Banco Español de Crédito y
de las empresas de la Corporación, al menos las que certifican los
auditores, que informan sus gestores. La relevancia económica de ese tipo
de avales, garantías, contratos de «put and call», etcétera, que puede
haber pueden acabar manifestándose en última instancia en una
autocartera, pero jurídicamente eso no es autocartera. Habría que añadir,
por lo que dicen los propios gestores en su comunicado público, que tiene
una extraordinaria complejidad desentrañar ese tipo de operaciones.

Me pregunta usted qué ha hecho la Comisión. Permanentemente declaraciones
de Banesto en los registros públicos sobre autocartera, análisis de sus
auditorías, verificaciones de operaciones bursátiles, preguntas a
intermediarios sobre quiénes son esos inversores. Cuando ha habido algún
tipo de duda nos hemos dirigido a Banesto preguntando qué relación
guardaba con ese comprador. Esto lo hemos hecho en cantidad de
operaciones, siempre con unas respuestas formalmente claras, que no puedo
poner en duda más allá de constatar ese tipo de declaraciones.

Segundo tema que plantea S. S.: la ampliación de capital.

Dice que yo descargo mis responsabilidades, que los problemas se ponen de
manifiesto en la inspección de 1992 y que eso no se pone de manifiesto en
el folleto. Entiendo que S. S. había preparado su intervención, pero
buena parte de la mía ha consistido en explicar que precisamente en el
folleto le preguntamos a Banesto por los resultados de la inspección,
porque el auditor en la nota 3D decía que, producto de una inspección del
Banco de España, se había detectado una insuficiencia de dotación de
fondos propios. Por eso el folleto lleva una masa de información
absolutamente inusual en un folleto sobre déficit de fondos propios. Tan
es así que son todos los datos que le decía antes. Dice cuántos créditos
ha rectificado; dice cuál es el déficit a 31 de diciembre; dice que
precisamente la ampliación de capital y las obligaciones subordinadas es
para cubrir ese déficit. Establece un cálculo del «ratio» de Basilea de
fondos propios para distintos momentos del tiempo; concretamente muestra
cómo a 31 de diciembre de 1992 tenía un déficit, utilizando los criterios
de Basilea, amén de un déficit de acuerdo con la normativa legal a 31 de
diciembre de 1992. Todo eso está en el folleto, señoría, y todo eso se le
pregunta porque precisamente hemos detectado que en la nota del auditor
se llamaba la atención sobre la existencia de ese déficit.

El auditor hablaba del fondo de pensiones. Daba una información
exhaustiva sobre el déficit del fondo de pensiones, sobre cada uno de los
hitos sobre los que se tenía conocimiento. Tan es así que la información
a la que me refiero que figura en el folleto en nada contradice a lo que
ha explicado el Gobernador y a lo que figura en el acta de intervención
del Banco de España, que habla de un déficit en torno a 140.000 millones
de pesetas a 31 de diciembre. Lo tiene usted en el folleto. Por cierto,
es la primera vez que se hizo público. Entonces nadie sabía que había un
déficit de 140.000 millones de pesetas, aproximadamente. Se hizo público
en el folleto, porque nadie sabía que el Banco de España había hecho
aquella inspección, que había encontrado eso, etcétera. Yo mismo ignoraba
que esa inspección había tenido lugar. Pero, habiéndose constatado, se
pide una información realmente exhaustiva.

¿Ha habido ocultamiento de información? No lo sé. Es



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lo que intentaba decir. De todos aquellos elementos sobre los cuales
podíamos tener dudas razonables o pistas de que era necesario pedir
información, se pidió. He de decir que el folleto que se registra en
España es traducido al inglés, no literalmente sino un extracto, que es
el que se utiliza para comercializar en el extranjero la colocación de
las acciones de Banesto. Ese folleto ha sido alabado por su nivel --como
dicen en la jerga-- de disclosure en los ámbitos internacionales, porque
era un folleto realmente claro. Y he de decir, frente a algún tipo de
información que ha podido surgir, que la Securities and Exchange
Commission, la SEC americana, en absoluto dispone de un gramo de
información adicional a la que tiene la Comisión Nacional del Mercado de
Valores española.

Tercer tema. Dice usted que la información privilegiada campa por sus
respetos en nuestro país. Yo no me atrevería a hacer esa afirmación, pero
no porque piense que los españoles seamos más buenos que otros, o no
porque piense que la Comisión Nacional del Mercado de Valores es más
fantástica que por ahí fuera, simplemente porque la mejor vacuna frente a
la información privilegiada es la información pública. Y, realmente, los
niveles de información pública que hay en este momento en el mercado
español son excelentes, no tienen nada que envidiar a cualquier otro.

Desde luego, bastante mejores que en otros países europeos. ¿Que hay
indicios de que se ha podido utilizar información privilegiada? Claro.

Por eso he dicho que he abierto una información reservada. ¿Por qué?
Porque la mañana del 28 --¡ojo!, 28, no 27 ni 23-- hay síntomas de un
movimiento masivo de ventas que me lleva a pensar que ha podido haber esa
información privilegiada, además de que constaté la existencia de rumores
esa mañana. Uniendo estas dos piezas, entiendo que debemos investigarlo,
además de que es rutina, como explicaba antes, y lo hacemos varias veces
a lo largo del año con muchos valores.

Dice que en Estados Unidos se hace seriamente y se va a la cárcel. En
Estados Unidos se puede ir a la cárcel, en Europa también se puede ir a
la cárcel; en España no está tipificado como un delito penal sino como un
delito administrativo, que conlleva una sanción económica. Pero también
es verdad que a la cárcel han ido en Inglaterra, que yo sepa, no llega a
media docena de personas, y tienen el delito desde el año 1970 o desde
1972, si no recuerdo mal, y en Francia me parece que un caso. En Estados
Unidos, con un mercado cien veces superior al nuestro, con una tradición
de disclosure realmente ejemplar, etcétera, casos de información
privilegiada ha habido poquitos. El señor Lewin fue a la cárcel, después
de muchos años, por un año, después de haber manejado decenas de miles de
millones de dólares; o el señor Michael Milken. Por cierto, fue a la
cárcel producto de que uno de ellos se estuvo paseando durante seis meses
con micrófonos debajo de la chaqueta, con todos sus antiguos compinches,
registrando y trabajando para el fiscal. Si no, nadie lo hubiera podido
demostrar. Eso en el Derecho continental sería imposible, por ejemplo. A
base de una transacción con él, de que si colaboraba en la investigación
se le ayudaba. Es un delito extraordinariamente difícil de probar. Si se
convierte en penal, probablemente todos nos quedemos con la conciencia
más tranquila y, desde luego, para la Comisión Nacional del Mercado de
Valores sería mucho más cómodo que quede en la responsabilidad de los
jueces. Ahora, aplicando un criterio de Derecho Penal, sospecho que
habría muchos menos sancionados que los que hay con un delito
administrativo. ¿Cuántos expedientes hemos abierto en los últimos
tiempos? La verdad es que no se lo puedo decir sobre la marcha, pero
aproximadamente media docena. Unos con éxito y otros han acabado sin
imposición de sanciones por no haberse podido demostrar o simplemente
porque nos han convencido de que no ha habido delito. En concreto, hay
una propuesta de sanción de un expediente de información privilegiada que
nos ha costado dos años demostrar. Durante dos años hemos tenido un
equipo trabajando para poder demostrar que hubo uso de información
privilegiada.

Dice S. S. que la crisis pone de manifiesto que se había podido evitar.

No lo sé. Desde luego, lo que sí merece la pena recordar es que a la
Comisión Nacional del Mercado de Valores no le está encomendada la
supervisión prudencial de los bancos. Es decir, si usted se refiere a la
crisis financiera de una entidad financiera, le diría que, desde luego,
la supervisión prudencial de los bancos no es competencia de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores. Si me habla usted de por qué un juez ha
declarado en quiebra una sociedad de valores o por qué hemos tenido que
intervenir una agencia de valores en Barcelona, se lo explico y podemos
analizar si la actuación de supervisión de la Comisión ha sido eficaz o
no. Pero, sinceramente, con la mano en el pecho, no acierto a ver qué
otras cosas podía haber hecho la Comisión Nacional del Mercado de
Valores. No lo sé, no lo consigo imaginar, ni con la Ley en la mano, ni
con el sentido común. Creo que hemos hecho lo que razonable y seriamente
hemos podido hacer y comprenderá S. S. que, dada la situación de Banesto
(la pública, no digo nada confidencial), más los resultados que iba
teniendo el Banco, etcétera, el folleto de Banesto se estudió con lupa, y
desde luego los señores de Morgan y los señores de Banesto pasaron
muchísimas horas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores
explicando y modificando el proyecto de folleto, llegándose a unos
niveles de disclosure para los cuales no teníamos precedentes, y le
citaba como ejemplo paradigmático los pactos entre dos personas que
figuran en el propio folleto. ¿Por qué? Porque la Comisión entendía que
era relevante, aunque se me argumentaba que no era obligatorio, y
finalmente conseguimos que se incluyera esa información en el folleto.

Allí donde vimos un posible problema, fuimos a pedir una información.

Ahora, ¿cuál era la información contable? ¿Era buena? ¿La contabilidad
era la debida? Yo creo que por ahí fuera tenemos abundantes experiencias
de empresas sumamente solventes en las que, de la noche a la mañana,
aparece un agujero. Ahora apasiona a toda la prensa financiera el asunto
de Metallgeschellschaft, en Alemania, como de buenas a primeras revela
166.000



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millones de pérdidas y 660.000 millones de endeudamiento. Ocurre.

Creo que con esto he podido responder al menos a sus preguntas, no sé si
a sus inquietudes, y seguramente nunca le podré convencer de lo
contrario, pero de verdad creo que nuestro mercado es razonablemente
transparente y seguro, que hay buena información, y desde luego eso de
que se puede campar por los respetos con información privilegiada,
poquita. Hace poco un intermediario bursátil decía: «¡Ay!, lo bueno ahora
de la información..., porque antes, con información privilegiada, se
perdía mucho dinero.» Siempre hay algún soplo extraño que lleva a perder
dinero a la gente, y eso suele ocurrir. Desde luego, ese uso de
información privilegiada es bastante limitado. Por ejemplo, cuando se
observan los balances de las sociedades de valores, que son insider, que
están metidos en el mercado cada día, cuando la Bolsa cae, pierden
dinero, y cuando la Bolsa sube, ganan dinero. Desde luego, normalmente no
ganan tanto como el índice y cuando pierden, hasta suelen perder más que
el índice. ¡Hombre!, tanto privilegio en la información no suele haber
entre los que se supone --llamémoslos así-- los más avispados, entre los
que dedican todas las horas del día a este negocio.

En relación a los temas planteados por el señor Espasa, de Izquierda
Unida, me parece importante lo que dice S. S. en cuanto a que él entiende
que la culpa es de los administradores de la Compañía. Bueno, solamente
faltaría, como decía antes el portavoz del Grupo Socialista, que los
culpables del agujero de Banesto fueran el que se sienta en esta mesa o
el Gobernador del Banco de España. A mí, como diría el otro, que me
registren, porque, sinceramente, no me pueden asociar con ello.

¿Se ha recabado toda la información necesaria? Creo habérselo explicado a
S. S. y a quien le precedió en el uso de la palabra y quiero que entienda
que, efectivamente, se necesita mucho tiempo para hacer una
investigación. Tampoco le puedo garantizar los resultados a los que vamos
a llegar. Cuando se abran expedientes sancionadores o se impongan las
sanciones, con mucho gusto podré informar. En este momento, tengo unos
listados de cientos de personas sobre las cuales no puedo hacer ningún
tipo de imputación porque sería realmente gratuita.

Pregunta S. S. si los créditos a los trabajadores son autocartera. No. La
legislación de sociedades anónimas permite la financiación de acciones
para los trabajadores de las compañías y está prevista en la Ley de
Sociedades Anónimas y en la legislación específica de entidades
financieras, bancos, sociedades de valores, etcétera, esta financiación,
sólo que una parte de los créditos que se les da a los trabajadores se
deduce de fondos propios, pero jurídicamente no es autocartera ni está
prohibido. Por otro lado, concretamente, como decía en el folleto, las
acciones que se colocan a los trabajadores en la última macroampliación
no es con créditos, sino que es una paga extraordinaria que da el Banco a
sus trabajadores y, por lo tanto, éstos no pagan por ella ni reciben
créditos por las mismas.

El señor Molíns, del Grupo Catalán, dice en las preguntas planteadas que
surge una duda sobre la fiabilidad de la información pública. Yo creo que
sí y eso ocurre permanentemente. Realmente, yo creo que un país como
Estados Unidos, o España o Francia o cualquiera de nuestro entorno, tiene
un sistema de auditorías serio, tiene un sistema de reporting público de
las empresas, unas comisiones que vigilan esa información, etcétera, pero
siempre que ocurre un gran fiasco, siempre que hay un gran --si me
permiten la expresión-- pufo, normalmente todo el mundo dice: ¿Cómo no se
ha podido averiguar antes? La experiencia de cualquiera que haya pisado
una empresa le dirá que la capacidad de un gestor de ocultar información
es infinita, no sólo a sus auditores o a sus patrones cuando son cientos
de miles de accionistas, sino incluso cuando tiene un solo patrón, un
solo accionista; también en esos casos un gestor es perfectamente capaz
de ocultar información y, probablemente, eso no tiene remedio.

¿Nuestros estándares contables? Son homolagables. ¿Nuestros niveles de
exigencia de auditoría? Lo son. ¿De información al mercado? Lo son. ¿Que
siempre va a haber alguien que engañe? Siempre podrá haber. ¿Que esto se
puede repetir? Se puede repetir y no podemos rasgarnos las vestiduras
cada vez que ocurra.

Plantea S. S. el problema de la comunicación --creo que otras señorías
también lo han planteado-- entre el Banco de España y la Comisión. Las
relaciones de la Comisión y del Banco son de coordinación y de
colaboración, pero en el marco cada uno de sus competencias y de sus
obligaciones legales. Por tanto, cuando la Comisión necesita una ayuda
para una investigación concreta pide ayuda al Banco de España y siempre
la hemos recibido. En otros casos, cuando el Banco de España en su labor
de supervisión de algún mercado, el de deuda pública o de un grupo
bancario, detecta un problema con una sociedad de valores, nos lo
comunica de inmediato para que nosotros actuemos, y viceversa, cualquier
problema que yo detecte que atañe a un banco se lo cumunico al Banco de
España.

Ahora bien, en cuanto a la pregunta concreta que hace S. S.: ¿Conocía la
Comisión la inspección del Banco de España? No; ni en este caso ni en
ninguno. La Comisión Nacional del Mercado de Valores no conoce las
actuaciones inspectoras del Banco de España. ¿Por qué? Porque solamente
me lo comunica cuando atañe a una entidad bajo mi supervisión, es decir,
alguna sociedad de valores, gestora de inversión colectiva, etcétera. El
Banco de España tiene un cúmulo de información permanente absolutamente
confidencial de todas las entidades financieras. Faltaría más que
estuviera comunicando permanentemente a la Comisión toda esa información
confidencial que recibe el Banco de España. Porque la información --que
quede claro, señorías-- yo no la quiero para la Comisión, la quiero para
el mercado. A mí me mandan información confidencial básicamente o para
investigar o para sancionar o para ponerla a disposición del público.

Sería un auténtico disparate que permanentemente el Banco de España nos
estuviera comunicando cada uno de los problemas que van surgiendo,
producto de la



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inspección que el Banco de España haga en cualquier Banco que cotice en
la Bolsa española, porque acto seguido de recibir ese papel, yo lo envío
al registro público, no podría hacer otra cosa, pues estaría incurriendo
probablemente en una responsabilidad que no me corresponde. Mi obligación
es que la información la tenga el público, no que la tenga la Comisión
Nacional del Mercado de Valores.

Dice S. S. que el folleto era realista y la ampliación formaba parte del
plan de viabilidad. Efectivamente, y eso es lo que dice el folleto. El
folleto dice que tiene unos problemas y que forma parte de ese proceso de
saneamiento, y lo dice bastante claro.

Plantea S. S. el problema del mercado que hay en aplicación del artículo
37 --creo-- del Reglamento de Bolsa, cuando un valor está suspendido y me
pregunta que está ocurriendo. Yo le puedo dar los datos. Desde la
suspensión de cotización de Banesto en operaciones de tomas de razón, han
tenido lugar transacciones por 1.090.673 títulos, cifra importante,
concretamente a través de 80 operaciones, con unos precios, mínimos de
100 pesetas, máximo de 3.100, medio de 1.169, por un efectivo total de
646 millones de pesetas. Me pregunta S. S. si esto puede ser un tema de
información privilegiada. En modo alguno. Es decir, en este momento, lo
que sí sabe el mercado, todo inversor, todo poseedor de acciones o que
desee tenerlas, es que la información económica no es fiable, que se
están evaluando una serie de parámetros y que, además, hay una clave para
valorar seriamente las acciones, que es el plan de viabilidad y que sin
esto no se puede hacer un juicio fundado. A partir de ahí, yo diría, como
dicen los croupiers: «faites vos jeu», es decir, se abren las apuestas y
cada uno es bien libre. Ahora, eso es diferente a que se restableciera la
cotización, porque restablecer la cotización supondría que,
efectivamente, apreciamos que hay una información suficiente para que se
formen los precios libremente, y hemos pensado que eso todavía no se da.

¿Se debería prohibir? Mi opinión rotunda es que no. No, porque cualquier
persona en un determinado momento puede necesitar liquidar su paquete de
acciones y por qué se le va a prohibir, él sabrá por qué lo hace. He de
decir, de todos modos, que se da una información minuciosa a la sociedad
rectora de la Bolsa correspondiente, que debe autorizarlo previamente y,
en muchos casos, se trata de operaciones entre empresas ligadas, es
decir, entre compañías pertenecientes a un mismo grupo, ésas son la
mayoría de estas transacciones.

El señor Zabala, del Grupo Vasco, dice que la situación de Banesto no era
la que se describía en el folleto. No tengo pruebas para decir que en el
mes de mayo la situación en Banesto (se aprueba en junio, pero los datos
están referidos al final del primer trimestre, finales de abril) fuera
otra, no puedo aseverar eso. Tampoco parace haberlo aseverado así el
Gobernador del Banco de España.

Dice que esto lo pagarán los accionistas y que, en cambio, parece que
nadie tiene responsabilidad, ni el Banco de España ni la Comisión ni el
Gobierno. Desde luego, ni el Banco de España ni la Comisión ni el
Gobierno eligieron el Consejo de Administración de Banesto ni a su
Presidente. Los gestores, por tanto, los eligen los accionistas y
responden ante los accionistas, no antes las autoridades de supervisión.

Lo digo porque uno, cuando es accionista, tiene unos derechos y unas
obligaciones y verá cómo las ejerce.

Me pregunta S. S. sobre si no se informó de los problemas y si se pidió
información adicional. Creo que anteriormente me he referido a esto.

Pregunta también si hubo informe favorable del Banco de España. Por
supuesto, hubo informe favorable del Banco de España; en el folleto
público, dentro de los anexos de documentación, figura el informe del
Banco de España favorable a la ampliación, si no hubiéramos cometido una
ilegalidad, porque no podríamos registrar un folleto sin ese visto bueno
del Banco de España.

Su señoría dice algo que no puedo compartir. Dice que no basta con citar
la ley, sino que hay que actuar --creo haberle entendido-- al margen y
por encima de la ley. Desde luego, al que aquí habla Dios le libre de
actuar al margen o por encima de la ley; actúa en el marco estricto de la
ley, por convicción y por posibilidades legales.

Desconozco el problema que me cita de la sobretasa que podía pagar en la
colocación de acciones de Banesto. Si ha pagado comisiones en la
colocación de acciones, eso no es ilegal; el que quiera es libre de pagar
lo que quiera a quien le coloque un producto. No sé a qué se refiere,
pero no me consta especialmente, porque lo que sí hay en el folleto son
las comisiones que cobra el colocador y diseñador de la operación, que es
Morgan, y ahí hay una especificación.

El señor Mauricio me planteaba si ha habido suficiente coordinación, si
esta coordinación ha sido para no actuar y manifestaba que yo he dicho
que en el folleto están las razones por las cuales el banco se interviene
en diciembre. Tengo que decirle que ha habido coordinación en los
términos que fija la ley. ¿Coordinación para no actuar? En absoluto. Ha
habido coordinación, cada uno en su ámbito de responsabilidades. Le
recuerdo que el Gobernador del Banco de España en sus declaraciones ante
el Congreso --probablemente me meta donde no me llaman-- recordaba que la
inspección se acaba en septiembre y octubre, que es cuando se toma
conciencia de los problemas que tiene Banesto y hasta ese momento lo que
hay es la inspección de 1992 --cuyos resultados, como les decía, están en
el folleto-- más una revisión del área de tesorería. ¿Por qué? Porque en
esos meses está actuando el auditor; entre enero y abril está actuando la
auditoría externa y, por tanto, tampoco tendría mucho sentido que hubiera
estado actuando simultáneamente la inspección del Banco de España. Hago
esta digresión aunque probablemente no me corresponda, ya que no es mi
tema; lo digo simplemente como lector de esa intervención.

¿En el folleto se explican las razones de esa intervención? No; ahora
bien, en el folleto se explica qué problemas tiene Banesto, en el folleto
se dice que es un banco con poca rentabilidad, que está lastrado por su
cartera industrial, que tiene un déficit de fondos propios, que tiene un
déficit de fondo de pensiones, que pide el dinero



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para esto; se dice que, después de todo esto, si no emite los 400
millones de dólares seguirá teniendo déficit, cosa muy importante que
alarma a los mercados. Cuando a finales de octubre se conoce que se
pospone la emisión de los 400 millones de dólares los analistas han leído
bien claro. Dicen: para cubrir el déficit necesita ciento cuarenta y pico
mil millones, se han cubierto 95.000 y ahora no se emiten los otros 400
millones de dólares, luego tiene un déficit, y ése es uno de los factores
que hace que, a partir de octubre, las cotizaciones de Banesto caigan de
modo importante, junto a las apreciaciones de degradación del rating que
hacen las agencias internacionales de rating, que, a su vez, si lo hacen,
es porque tienen información, información que conoce el mercado.

Dice usted que la suspensión de cotización se hace cuando hay movimientos
anómalos y los había desde días antes. No es lo que he dicho en mi
intervención. No hay movimientos anómalos, no se rompe ningún parámetro.

La Comisión tiene tipificados todos los valores que cotizan en torno a
una serie de parámetros y vigilamos permanentemente si salta lo que
nosotros llamamos alguna alarma. Banesto no da ninguna alarma entre el 20
y el 27 y solamente saltan las alarmas de negociación de Banesto el día
28. Entretanto, lo que hay es un proceso continuo de degradación de la
cotización desde el 30 de octubre, pero que, por otro lado, tenía una
explicación lógica precisamente en la declaración de pérdidas en el
tercer trimestre, del rating, de la no emisión de las subordinadas,
etcétera. Era un conjunto de noticias que el mercado estaba valorando
negativamente y la cotización se iba degradando. Por tanto, no rompía
parámetros ni de volúmenes ni de porcentajes de evolución de precios,
aunque era claramente una acción que se estaba deteriorando, pero
ejemplos de deterioro de cotización del 60 por ciento tenemos numerosos y
por ello suspendemos las cotizaciones cuando sabemos que es porque ha
suspendido pagos, porque ha anunciado unas pérdidas gigantescas,
etcétera; simplemente el mercado lo está valorando y está actuando en
consecuencia.

Hubo retraso en la suspensión de cotización. ¡Hombre!, sería pretencioso
por mi parte que yo le dijera que justo a las doce y quince minutos era
cuando había que suspender y no las doce cuarenta y nueve o a la una y
veinticuatro. Tampoco hay un lapso de tiempo tan importante; el Mercado
abre a las once, sobre las doce han saltado los sistemas de alarmas;
entre doce y doce y media, básicamente, es cuando empezamos a oír los
rumores; entre doce y doce y media y una llamo al Banco Español de
Crédito, que es al que primero me tengo que dirigir. He comentado la
respuesta, y la respuesta es la que es, ésa es la respuesta que se me da,
y como el rumor afectaba a una decisión del Banco de España, acto seguido
llamo al Banco de España. Alguien ha dicho: y me dice que no localiza al
Gobernador. ¡Qué falta de coordinación! Bueno, llamo, está reunido
discutiendo este tema y sale de la reunión el Subgobernador, que me
adelanta el problema. Acto seguido, tomo un coche y me voy al Banco de
España a que me lo expliquen bien. En ese momento yo podría decir: de
inmediato, suspenda, pero, ¡hombre!, me parecía que la decisión tenía una
relevancia tal como para intercambiar más seriamente las opiniones y
evaluar un poco la situación, porque no es lo mismo suspender la
cotización de cualquier empresa que la de un Banco, especialmente en un
momento en el cual se decía que era por un problema de solvncia y que lo
iba a intervenir el Banco de España. Yo creo que merece echarle un
poquito de reflexión. Hasta ahora lo que había oído era la interpretación
contraria en el sentido de por qué se suspende si ya las acciones estaban
subiendo; éste es el comentario que se ha hecho hasta ahora, buscando una
especie de intencionalidad política de precipitar acontecimientos. Es
mucho más sencillo y mucho más simple; ahí hay un timing, es difícil
tomar ese tipo de decisiones. Uno está pendiente y, efectivamente, cuando
yo salgo camino del Banco de España, las acciones están estabilizadas;
otra cosa es que después, cuando he investigado la operativa durante ese
momento, he podido ver que el 60 por ciento de las compras provenían del
propio Banesto a través de una de sus filiales. Eso en aquel momento
tampoco lo conocía, evidentemente. Desde luego, no soy tan osado como
para decir que justo a las catorce y quince era cuando había que
suspender y no a cualquiera de las horas anteriores. Es el margen de
discrecionalidad y de apreciación que se va a plantear permanentemente.

Investigación sobre el uso de información privilegiada, que han planteado
otras señorías. No le quepa la menor duda; ése es nuestro trabajo, para
eso nos pagan y eso lo haremos. Tendremos éxito o no, ésa es otra
historia, pero siempre lo hacemos.

El señor Albistur, del Grupo Mixto, dice que tenía la idea de que la
Comisión era una entidad seria (me alegro de ello, especialmente por el
piropo que destina a los técnicos de la Comisión), pero que le ha
decepcionado. Bueno, pues me gustaría que no se decepcionara y que mis
explicaciones sirvieran para ello.

Autocartera, cuántas comunicaciones. Creo haber dado una explicación
suficiente sobre el tema. Plantea un tema técnico. Dice que usted sabe, y
sabe bien, que la Comisión pide informes complementarios de auditoría
cuando las empresas cotizadas reportan información al mercado, y tiene
toda la razón, pero sólo cuando el informe de auditoría a 31 de diciembre
no es limpio. Es decir, si a 31 de diciembre las cuentas de una compañía
cotizada tienen salvedades del auditor, cuando me reporta a 30 de junio,
le digo: oiga, que me diga su auditor si estas cuentas que ahora me
reporta el 30 de junio tienen las mismas salvedades que tenían el 31 de
diciembre, porque si no la gente no sabe juzgar esa información. Pero
cuando la auditoría es limpia, como en el caso de Banesto, evidentemente
eso no se solicita. ¿Por qué? Porque ya, a 31 de diciembre, el auditor ha
dicho que no tiene ninguna salvedad que formular a las cuentas.

Plantea por qué no se intervino antes si desde el 30 de octubre bajaban
las cotizaciones. Creo haberlo explicado. Porque había suficientes
elementos de información en el mercado para explicar ese deterioro de las
cotizaciones rating, no emisión, resultados, etcétera). Lo que tendríamos
que habernos preguntado es si las cotizaciones



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hubieran subido, puesto que eso sí que hubiese sido realmente
sorprendente.

Pregunta S. S. --y no sé muy bien cuál es el alcance de su pregunta-- si
se ha realizado una investigación interna en la Comisión. Yo creo que la
Comisión, técnicamente, ha funcionado. Desde luego, el que les habla
asume el cien por cien de la responsabilidad de lo que se haya hecho,
bien o mal, y si procede hacer algo será una investigación externa. Yo
avalo al cien por cien el comportamiento que ha tenido, desde el punto de
vista técnico, la Comisión, y las explicaciones políticas las doy aquí;
si cabe otro tipo de análisis, realmente no sería yo la persona adecuada
para hacerlo, puesto que estoy convencido de que se ha operado como es
debido.

Al señor Hernández Moltó le agradezco el comentario que ha hecho en el
sentido de recordar que el que les habla no es el responsable de la
crisis de Banesto. Efectivamente, estamos en presencia de un negocio
privado en cuanto a la naturaleza de la entidad, pero el propio folleto
es un negocio privado, el folleto, en definitiva, es un instrumento para
un contrato privado de compraventa sui generis en el mercado financiero
entre una entidad que ofrece un producto financiero y quienes lo compran.

Eso se hace de acuerdo con unas reglas y con una información y esa
información es la que da una de las partes al resto; por tanto, es una
actuación eminentemente privada, sobre lacual hay una tutela de los
organismos públicos para ver si esa información es la que legalmente
están obligados a dar. Sin duda alguna, la Comisión no es un asesor
bursátil; si lo fuéramos, seguro que nos estaríamos equivocando todos los
días --meteríamos la pata-- y, desde luego, ésa no es nuestra labor.

Su señoría se hace una serie de preguntas, entre ellas qué hubiera pasado
si se hubiese intervenido hace seis meses. Creo que el Gobernador del
Banco de España, de un modo muy sincero, explicó las contradicciones o
las dudas que asaltan a un supervisor, en un caso de éstos, sobre el
momento en que debe actuar. Creo que fue muy claro en cuanto a sus dudas,
del mismo modo que yo les he explicado antes a SS. SS. mis dudas sobre si
tengo que intervenir a las catorce y cuarto o a las doce y veintiocho;
efectivamente, tengo todas las dudas del mundo sobre el momento en que
tengo que tomar ese tipo de decisiones.

Me anima a seguir investigando. Ya he dicho anteriormente que lo estoy
haciendo.

Su señoría dice: Si Morgan confiaba... Efectivamente, yo creo que ésa es
una de las claves. Sin ese folleto con esa información jamás se hubiera
podido --es una apreciación subjetiva, pero creo que la podrían avalar
muchos analistas-- hacer esa ampliación de capital y tener éxito. No se
hubiera podido hacer sin el aval y el prestigio de una institución como
Morgan (que por cierto, ella, en parte, y sobre todo sus clientes, se
jugaban muchos miles de millones en la operación, y el mejor test suele
ser el saber lo que otros se juegan en una determinada operación); sin
ese aval, probablemente hubiese sido imposible vender el producto, pero
lo cierto es que la institución lo avaló y embarcó en ello a clientes
suyos muy importantes, con miles de millones, correspondiendo a Morgan el
10 por ciento del capital del propio Corsair. Yo creo que éste juega un
papel realmente importante en la apreciación de los mercados de esta
operación, pero es una operación que hay que calificar como operación de
alto riesgo, cosa que el folleto dejaba claro. Porque les recuerdo a
ustedes algo que figura también en la información pública: Corsair
declara que sus objetivos fundacionales (el objetivo que persigue en sus
inversiones) es el de una rentabilidad anual acumulativa del 25 por
ciento, lo que espera obtener en el plazo máximo de cinco años. Realmente
ello implica una apuesta de alta envergadura. De ahí los requerimientos
de información que realiza la Comisión sobre los pactos que hay, porque
resultaba difícil, con las cuentas que había, explicar cómo se podía
obtener esa rentabilidad; por eso se pide un conjunto de información
sobre cómo se van a vender esos paquetes. Por eso, en el folleto figura
una información sobre cómo se van a vender esos paquetes de acciones,
porque nos parecía que era un elemento muy relevante para el juicio de
los inversores cuando nosotros sabíamos que el inversor más cualificado
perseguía un objetivo de rentabilidad del 25 por ciento anual
acumulativo.

Yo creo que efectivamente --y espero que cada vez que el Parlamento me
llame a comparecer pueda decir lo mismo--, como dice S. S., hemos actuado
con un escrupuloso cumplimiento de la ley. Desde luego mi conciencia está
bien tranquila, y, además --insisto--, si se me pregunta si la ley es
razonablemente buena, yo diría que es razonablemente buena, todo es
mejorable en la vida, pero creo que es un marco suficiente y que
probablemente ni esta ley ni ninguna otra ley, ni esta Comisión ni otra
Comisión, ni el que les habla ni ningún otro que le pueda sustituir va a
garantizar en definitiva determinado tipo de acontecimientos que pueden
pasar en cualquier momento.

Nada más.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Croissier.

Como he dicho al comienzo de la intervención, si no de derecho sí de
hecho, se producía la comparecencia del señor Croissier a iniciativa
propia del Gobierno y también a petición de grupos parlamentarios, por lo
que he dicho anteriormente que iba a hacer una interpretación flexible
del artículo 203. Por tanto, si algún grupo parlamentario desea hacer
alguna aclaración, breve, dado lo avanzado de la hora, le daré la
palabra.

¿Grupos parlamentarios que desean intervenir? (Pausa.) Todos los grupos
parlamentarios desean intervenir. El señor Albistur, no. Muchas gracias,
señor Albistur.

Ruego administren su tiempo para no obligar a la Presidencia a hacerles
llamamientos a la prudencia en el tiempo.

En primer lugar, tiene la palabra el señor Montoro.




El señor MONTORO ROMERO: Gracias, señor Presidente. Procuraré ser breve,
aunque estos anuncios a veces son el peor preludio de una intervención.

Tengo que mostrar mi falta de satisfacción con la



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respuesta del señor Croissier, porque, como ahora trataré de demostrar,
es que, sencillamente, no ha respondido a ninguna de las cuestiones
fundamentales que le he planteado. Esto es grave porque no estamos ante
una situación cualquiera; estamos ante una crisis muy seria, muy severa,
ante la que lo último que deben hacer las autoridades competentes es
encogerse de hombros. En sus respuestas yo aprecio un paso atrás,
arguyendo como motivo una ley que a usted le da bastante más
responsabilidad, le da bastante más tarea y mas dedicación de la que se
desprende de sus palabras, aunque entienda que humanamente, en una
situación tan compleja, su actitud sea precisamente recelosa, de ir
atrás. Le voy a recordar cuáles son sus capacidades con sus propias
palabras, señor Croissier, le voy a leer un párrafo de su intervención
ante la Comisión de Economía, celebrada el miércoles 10 de febrero de
1993, relativa a la capacidad de la Comisión.

Dice así: «Cuando la Comisión supervisa entidades financieras registradas
--véanse sociedades de valores, agencias de valores, sociedades gestoras
de cartera, gestoras de inversión colectiva o, incluso, bancos y cajas de
ahorro registradas en el Banco de España--, las competencias de la
Comisión son amplísimas, en primer lugar porque estas entidades no pueden
operar sin una autorización y un registro previos. La Comisión supervisa
la idoneidad de los administradores de estas compañías» (la idoneidad de
los administradores de estas compañías, ésas son sus palabras.); «la
Comisión, además, hace una supervisión cautelar --es decir, debe de
vigilar el que no llegue a crearse una situación de insolvencia o de
falta de liquidez en las sociedades registradas en la Comisión Nacional
del Mercado de Valores-- y, en caso de plantearse una situación de
crisis, la Comisión, del mismo modo que el Banco de España, tiene poderes
para intervenir la administración o incluso sustituir a los
administradores y, por supuesto, por el camino, todo el amplio abanico de
inspecciones y peticiones de documentación, incluyendo la presencia ``in
situ'' en las compañías afectadas». Estas son sus competencias o, por lo
menos, la interpretación de sus competencias. Ahora no intente reducir su
responsabilidad a través de una interpretación diferente de la ley. Estas
son sus competencias.

Y dicho esto, lo que quiero es insistir en que lo último que podemos
hacer es decir que aquí no ha ocurrido nada. Aquí ha ocurrido algo muy
grave, muy serio. Cuando yo le pregunto por la formación de autocartera,
señor Croissier, esa formación de autocartera puede ser interpretada
--decía-- como una maquinación para ocultar el auténtico precio de las
cosas. No estamos hablando de cualquier elemento. Usted no me puede
contestar diciendo: sabemos lo que sabemos. Usted está obligado a saber
más, ésa es su obligación, no decir que sabemos lo que sabemos. Esa no es
una frase de un vigilante de la escena en un momento de crisis como el
que se ha producido. ¿Qué ocurrirá si aparece una autocartera muy
superior? ¿Cuál será su actitud en ese momento? Que quedará en evidencia
que la vigilancia de la no formación de autocartera quedará completamente
en entredicho, y eso va a ocurrir seguramente, a pesar de las
dificultades actuales de los administradores. Por tanto, ésa no es una
respuesta ante un mercado, como dice, regulado bien, etcétera, copia del
modelo americano, sólo que con otros elementos, que son defectos que hay
que corregir, por lo que hay que tomar una actitud mucho más decidida,
mucho más positiva en la corrección.

Segundo aspecto de las cuestiones que yo le he planteado: el folleto. No
me ha respondido a la pregunta que le he hecho sobre el contenido exacto
del folleto. Ese folleto dice lo siguiente, en su página 125: ... y a la
inspección del Banco de España, concluida a finales de 1992, en la cual
se revisaron todas las inversiones crediticias de clientes superiores a
500 millones de pesetas. Como consecuencia de la misma, la dirección de
Banesto decidió que 51.808 millones de pesetas de créditos deberían ser
clasificados como dudosos, aunque el 85 por ciento de los mismos no se
encontraban vencidos.

Pues bien, el resultado de la inspección del Banco de España no es ése.

El resultado de la inspección del Banco de España dice: En cuanto a los
riesgos crediticios, se apreciaba la necesidad de reclasificar como
dudosos riesgos incluidos como corrientes por un importe de 120.199
millones de pesetas. Esta es la diferencia, éstas son las conclusiones
del 23 de noviembre del año 1992. Ahí hay una falta de información en el
folleto por parte de la Comisión, que es sencillamente ignorar lo que es
un hecho relevante, del que la Comisión está obligada a informar, porque
así lo obliga la Ley del Mercado de Valores.

El tercer elemento, el insider, la confesión que usted ha hecho de
incapacidad, de persecución del insider, significa transmitir una
tranquilidad a quienes hayan operado ese día realmente fabulosa y, desde
luego, inapropiada. Decir como usted ha dicho que son muy pocas las
personas en el mundo que resultan penalizadas y a continuación afirmar
que es un delito de hecho muy difícil de demostrar es ponerse unos
límites a su capacidad de investigación que no es una forma de presentar
una investigación en marcha. Está mostrando de antemano otra vez una
incapacidad de acción impropia del momento que estamos viviendo.

Se ha puesto de relieve lo que es una ineficacia en la acción, se ha
puesto de relieve lo que es la falta de eficacia en la acción tutelar del
mercado, porque es importante entender lo que es un mercado libre. Un
mercado libre, señor Croissier, es un mercado en el que se toman las
decisiones con información correcta y adecuada. Para eso se hacen
intervenciones públicas en mercados libres, para dotar a los accedentes,
a los consumidores en definitiva de esos mercados libres de una
racionalidad en sus decisiones. Para eso tenemos que tener unas
autoridades, unos esquemas, unas intervenciones facilitadoras de la
racionalidad de esa decisión económica. Eso es lo que da crédito a un
mercado, esa actitud de vigilancia estricta del cumplimiento de lo que es
el funcionamiento eficaz y coherente de ese mercado. Y esto es lo que
estamos echando en falta en esta oportunidad ante una crisis de esta
envergadura. No nos encojamos de hombros,



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porque, si hacemos esto, estaremos dando alas a la posibilidad de que una
situación como ésta pueda repetirse.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Espasa.




El señor ESPASA OLIVER: Señor Croissier, nos ha dicho usted que ha
abierto una investigación, por ahora reservada, que puede desembocar, si
los hechos lo aconsejan y lo demuestran, en la apertura de expedientes,
sobre todo alrededor de la posible información privilegiada de los días
anteriores al 28 de diciembre, y especialmente del 28, que es cuando se
detectan movimientos claramente anormales, como usted ha dicho.

Simplemente, desde mi Grupo Parlamentario, le invito a que en esta
cuestión --como en todas las demás a las que me voy a referir-- sea usted
valiente, sea responsable y utilice la ley a fondo. Para decirlo
claramente, cuanto antes abra usted expedientes, mejor; expedientes que,
si conviene, pueden cerrarse sin responsabilidad inculpatoria, pero abra
los expedientes, señor Croissier, no sea tímido, abra los expedientes.

Hay suficientes datos como para pensar razonablemente que puede haber
existido información privilegiada. Usted ya ha hecho algo, ha iniciado
una investigación reservada, y yo le digo que, con la ley en la mano, y
ésta se lo permite --me atrevo a decir que ya hoy mismo--, en cuanto
tenga suficientes indicios racionales de que puede aplicar el artículo
correspondiente, aplíquelo, sin miedo, porque no pasa nada porque un
expediente acabe en nada, y, en cambio es muy bueno para la
Administración pública y para la mano visible --no la mano invisible del
mercado sino la mano visible, y yo pertenezco a los que confían más en la
mano visible que no en la mano invisible-- que esta mano visible esté
cargada de razón. Y entre estas razones puede haber uno, dos, tres... «n»
expedientes, con distintos resultados, pero con resultados que devuelvan,
en lo posible, la tranquilidad a los mercados y a los inversores.

Segundo aspecto. Usted ha citado con énfasis, así como algún portavoz,
concretamente el del Grupo Socialista --supongo que respondiendo a una
interpelación política mía sobre el tema--, que --y en eso comparto
plenamente su apreciación y la del portavoz socialista-- estamos ante un
negocio privado. Bueno, no arreglemos los negocios privados con las
públicas virtudes, es decir, con el dinero de los contribuyentes. Y ésta
es una razón más, una razón de peso muy importante para ayudar a
dilucidar cuál será la solución. Porque ahora aquí, como responsables
políticos de la soberanía popular, nos interesa tanto saber qué ha pasado
--y en la parte que a usted le corresponda vamos a analizarlo-- como, y
sobre todo, qué solución política, económica y financiera contribuimos
entre todos a dar. Por tanto, la separación de lo privado y de lo público
y el riesgo, el sabor del riesgo, que algún Diputado ya ha citado, es muy
importante, es muy importante porque el inversor diligente tiene que
saber elegir entre el sabor del riesgo o la seguridad de la Deuda
Pública, porque el mercado lo ofrece todo. En este sentido, es bueno que
separemos actitudes, que clarifiquemos posiciones y, aunque no le compete
a usted, ya he citado antes lo terrible que sería ver cómo un gobierno
practica dos criterios distintos, dos varas de medir distintas ante
situaciones muy similares: en algún caso acordeón a cero o a una peseta,
y, ahora, aquí, ya veremos en qué queda el acordeón. Espero la coherencia
de los que tienen que manifestarlo.

Tercer aspecto. Señor Croissier, usted ha dicho que espera restablecer la
cotización a finales de enero. Yo creo que debería ser usted más preciso
y decir que el restablecimiento de la cotización, si se produce, sólo se
producirá cuando haya suficientes elementos para permitir decir que ya
hay un plan de viabilidad y que quienes deben aprobarlo, es decir, Banco
de España, en última instancia autoridades monetarias, Ministerio de
Economía y Hacienda y otros agentes que puedan participar en él estén de
acuerdo, y, también, añado, esta propia Comisión de Economía y Hacienda,
en tanto que representante de la soberanía popular, que en opinión de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, debería tener audiencia, voz y
opinión para marcar cuál sea la salida final del plan de viabilidad, y,
dentro de este plan de viabilidad, el restablecimiento de la cotización.

Señor Croissier, a lo que no me ha contestado en absoluto ha sido a mi
reiterada --y quizás he sido pesado, pero era una pesadez que tenía
sentido político-- concatenación de los artículos 84 y 85 y sobre todo
del 87. Casi me da rubor leérselo porque usted lo sabe mejor que yo, pero
el artículo 87 es meridianamente claro, y usted ha dicho una frase que me
ha estremecido, usted ha dicho: ni yo sabía lo que decía el folleto
respecto a la intervención del Banco de España en diciembre de 1993,
cuando el artículo 87 obliga a las dos autoridades que vigilan estos
mercados, al Banco de España y a la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, a mantener información mutua y a trasvasar información. Sobre
esto usted no ha dicho nada ni al portavoz del Grupo Popular, que le ha
insistido sobre este tema, ni a mí mismo que lo he dicho antes y lo
reitero de nuevo: lo que prevén los artículos 84 y 85 y sobre todo el 87
obligaba a mayor actuación, no a trasladarle la responsabilidad a usted
--ya habrá visto que en mi intervención no hay ni una sombra de duda
sobre en quién recaen las responsabilidades--, pero en lo que le afecta a
usted, sí, porque en la medida en que no quede clara la transparente y
positiva actuación de la Administración pública, Ministerio de Economía,
Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores, están ustedes
dando alas a los que ahora quieren arreglar los vicios privados con
públicas virtudes. Es por eso por lo que le insisto tanto en esta
cuestión, porque lo que se ha hecho mal en el mercado debe arreglarse
dentro del mercado, y hay suficiente capacidad en el sistema financiero
privado español para solucionar estos problemas. Pero en la medida en que
queden sombras de dudas sobre la actuación del Banco de España, sobre la
actuación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y, en
definitiva, sobre la autoridad política y monetaria española, darán
ustedes alas a los que piden, repito, arreglar con públicas virtudes los
vicios privados. Por tanto, sea usted



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más diligente en la aplicación de estos artículos de la ley.

Y termino, señor Presidente, haciendo una referencia a la autocartera. Es
cierto que tampoco tiene usted la responsabilidad sobre la autocartera,
pero no es menos cierto que produce escalofríos ver cómo usted reconoce
--también nos lo reconoció en el caso Ibercorp-- cómo una y otra vez
aparecen testaferros en paraísos fiscales. Esta es una contradicción
tanto de la legislación de la Unión Europea como, en general, de la
globalización de la economía mundial, que ha permitido la libertad de
circulación de capitales sin una armonización previa no ya de fiscalidad
sino de información sobre dónde y quién detenta estos capitales. Esta es
una piedra gordísima que tenemos en el zapato, que la tiene usted, que la
tenemos los grupos políticos, que la tiene nuestro país, pero ahí está el
problema. Seguramente están aparcadas y probablemente con comisión
compartida, con pactos de recompra, muchas acciones de Banesto en
paraísos fiscales, en Montserrat, en Caimán, en Anguilla, en las Islas
Vírgenes, en Liechtenstein, en Gibraltar y en Andorra, seguramente. Este
es un precio que pagamos por la alegre liberalización de los capitales en
la Unión Europea y en todo el mundo sin una adecuada legislación que
proteja a los Estados y, por tanto, a los mercados de los Estados
nacionales.

Y termino. Respecto a los trabajadores, señor Croissier, usted lo ha
dicho antes, es cierto que jurídicamente no es autocartera, pero sí lo
puede ser económicamente, y usted lo sabe perfectamente. Estos créditos
que Banesto ha dado a sus trabajadores o esta paga extraordinaria que
propone pagarles o que ya les ha pagado, no lo sé, debería estar en
créditos probablemente de morosos. Tengo aquí una información, que aún no
puedo suministrar públicamente, de trabajadores de otros bancos que se
han visto obligados a comprar acciones del propio banco con créditos del
banco, créditos que están no pagados, que están en mora y que, por tanto,
el Banco de España, no usted, el Banco de España, debería haber
registrado en este banco, del que no voy a citar el nombre, como
impagados o como de alto riesgo. Por tanto, no juegue usted con la
distinción jurídica y económica de lo que es autocartera.




El señor PRESIDENTE: El señor Molins tiene la palabra.




El señor MOLINS I AMAT: En primer lugar quiero agradecer al señor
Croissier la información y la respuesta que ha dado a mis preguntas. Por
ejemplo, una información que yo desconocía es que los nuevos gestores del
banco sean los que han valorado en un 3,8 por ciento la autocartera; aun
con las salvedades a las que ha hecho mención el señor Presidente, me
parece un dato muy significativo, porque no eran ésas las informaciones
con las que se estaba trabajando, y por muy compleja que sea la operación
de búsqueda de más autocartera, me parece que en ningún caso podría
llegar, después de haber sido analizada como lo debe haber sido por los
gestores actuales, a los valores que se estaban dando en diversas
informaciones. Por tanto, le estoy muy agradecido; para mí ha sido nueva
esa información. También ha hablado en su primera intervención, y yo en
la mía, sobre el seguimiento que ha hecho la Comisión Nacional del
Mercado de Valores de las transacciones habidas el 28 de diciembre, que
me parece que son las únicas realmente significativas respecto al hecho
de que pudiera haber o no en ese momento información confidencial. Sigo
pensando, y podría estar de acuerdo con usted, que probablemente no sería
bueno prohibir las transacciones de toma en razón --ésta era una de las
posibilidades a las que yo me había referido en mi primera
intervención--; probablemente debería seguir existiendo siempre esta
posibilidad en un momento de necesidad. Ha argumentado el señor Croissier
que la suspensión de cotización se hace cuando puede existir información
desconocida. Como en este momento ya todo el mundo conoce que hay
problemas en Banesto quizá sería un buen momento también para permitir la
cotización. Creo que la suspensión de cotización, funcionando un mercado
que, quiera o no, es un mercado más reducido al que tienen acceso menos
personas, porque es más un mercado de entendidos, debería hacerse por el
mínimo tiempo posible, y los veinte días que llevamos ya no es el mínimo
al que me refiero. Si existe información como para poder permitir las
transacciones, la fórmula de la toma en razón, quizá también existe para
poder abrir el mercado a la cotización. Lo que pasa es que ésta no es una
sociedad normal. Si hubiera sido una sociedad normal, no hubiera sido
intervenida por la Administración pública. Es una sociedad, un banco, que
da un servicio determinado, y por eso puede tener el final que está
teniendo, que es el de la intervención pública; si no, hubiera quebrado o
hubiera hecho una suspensión de pagos. No es una sociedad de las que
cotizan normalmente en el mercado; es un tipo de sociedad que se dedica a
una actividad específica que tiene una intervención específica por parte
de las administraciones públicas.

Me queda una duda que no es en absoluto sobre la forma de actuar de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores sino del propio Banco de España,
duda que probablemente nos queda a todos y no estoy descubriendo nada
nuevo. El folleto se emite anunciando una ampliación de capital de
100.000 millones, más una operación de obligaciones de 40.000, que
coinciden, y a esto ha hecho referencia el señor Croissier, con las
necesidades detectadas en los balances a 31 de diciembre de 1992. La
operación, sin embargo, se realiza en junio. Si el Banco de España
conocía en ese momento que la realidad de las necesidades de Banesto en
junio, que es cuando se realiza la ampliación, eran superiores a esos
140.000 millones que intentaba recabar Banesto con las operaciones de
ampliación y de obligaciones, debería de haber informado de ello, en
primer lugar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en segundo
lugar a los accionistas, y debería haber obligado a que esa información
se incluyera en el folleto. Si en junio las necesidades seguían siendo de
140.000 millones y con eso se salvaba, en ese caso, no, pero ya digo
desde ahora que nuestra valoración respecto a las actuaciones del Banco
de España vendrá extraordinariamente condicionada por el hecho de si el



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Banco de España conocía la realidad de las necesidades en junio, que es
el momento en que se autoriza una ampliación de capital, tras la cual, de
los 70.000 accionistas actuales de Banesto, 40.000 lo son a partir de ese
momento. Nosotros defendemos el riesgo, y ninguno de los 30.000
accionistas de Banesto que han sido los que han elegido la gestión y al
gestor que les ha llevado a la situación actual va a merecer ni una
lágrima por nuestra parte --son gajes del oficio--; en cambio, en cuanto
a los 40.000 que entran a través de una información sobre la operación de
ampliación de capital de la entidad, entidad que seis meses después el
propio Banco de España, que había autorizado la operación, cree que se ha
deteriorado tanto como para hacer necesaria la intervención, ahí sí creo
que deberemos de profundizar en el conociminto, insisto, de si la
situación en junio, conocida por el Banco de España, era la que se
reflejaba en los folletos informativos que dieron lugar a la confianza de
esos 40.000 nuevos accionistas o no. De no ser así creo que el Banco de
España debió actuar de otra manera. Pero quedo a la espera del
conocimiento de esta cuestión.

Agradezco, por último, señor Presidente, al señor Croissier la
multiplicidad de datos que nos ha dado, insistiéndole en la necesidad del
seguimiento de esas operaciones de toma en razón, y me ha tranquilizado
mucho ver que ya lo están haciendo y, por tanto, que ya le son conocidas
y saben por dónde van las cosas.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Zabalía.




El señor ZABALIA LEZAMIZ: Muy brevemente, para hacer algunas precisiones,
ya que temo que antes o no me he explicado bien o el señor Croissier no
me ha entendido, cuando yo en ningún momento, por supuesto, he pretendido
decir que actúe al margen de la ley. ¡Cómo se me va a ocurrir decir eso!
Lo que quería decir es que, en una situación como ésta, se puede
pretender que las autoridades establezcan actuaciones, que no están
recogidas como obligaciones dentro de la legislación que les compete, que
puedan ser complementarias para, de alguna forma, ayudar a esclarecer los
hechos. Esa era la cuestión que le quería aclarar. No sólo es
exclusivamente necesario, que, por supuesto, hacer las actuaciones dentro
de la ley, sino que pueden ser complementadas con otras actuaciones que
no están fuera de la ley y que, por supuesto, les van a dar luces
suficientes como para poder esclarecer ciertos hechos. Entre ellas está
la sobretasa de la que he hablado, que es un índice claro que usted dice
que no conoce. Le puedo decir que Banesto estaba pagando un seis por
ciento de comisión a los intermediarios financieros, cuando lo normal es
el 0,75 y el uno por ciento. Eso quiere decir que estaban utilizando a
los intermediarios financieros para vender. Pueden aquí utilizarse todos
los adjetivos que quiera, pero desde el punto de vista del accionariado
creo que ha habido, no me atrevería a decir un fraude, pero sí un cierto
engaño en el hecho de estar incentivando, fuera de lo normal, a los
intermediarios financieros para colocar unas acciones que se sabía que no
reflejaban el valor real de esa entidad. Eso es así.

Finalmente, había una pregunta a la que no ha contestado. Quizás es que
no está dentro de su competencia el hacerlo. Le he preguntado si en estos
momentos el apoyo financiero que están dando las entidades financieras a
la reflotación del Banesto, si ese dinero que están aportando proviene
del Banco de España, y, por lo tanto, son fondos públicos los que se
están utilizando. Esa era la pregunta a la que no ha contestado.




El señor PRESIDENTE: Probablemente no le ha contestado porque no es de su
competencia, como bien decía su señoría.

El señor Mauricio tiene la palabra.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: La intervención del señor Croissier no ha
hecho sino confirmarme las dudas que tenía al principio. Debo dejar claro
que la responsabilidad de la crisis de Banesto es de los gestores. En eso
supongo que no hay duda alguna. Nadie pretende atribuírsela ni al señor
Croissier ni al señor Rojo ni al Ministerio de Economía. Ese era el
asunto que se discutió el otro día. Precisamente, como mi Grupo no
considera que el señor Croissier sea responsable de esa crisis, no es el
que ha solicitado su comparecencia aquí; la ha solicitado el Gobierno,
pero es el Gobierno, y algunos otros grupos, para que dé explicaciones,
no este Diputado ni su Grupo. Pero después de oír la explicación del
señor Croissier, creo que es evidente, por mucho que se quiera dorar la
cuestión, algo en lo que coinciden todos los grupos, solamente lo que se
refiere a la actuación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y
del Banco de España, dejando al margen las responsabilidades enormes que
tiene en este caso la gestión de Banesto, tema que mi Grupo tiene muy
claro. Pero como en medio de una crisis la Comisión Nacional de Valores y
el Banco de España tienen la labor de protección de los ciudadanos, en
este caso de los inversores, las dudas que nosotros hemos planteado me
parece evidente que puedan producir la angustia hamletiana no del ser o
no ser sino del momento y del cómo de la intervención, por lo visto dudas
que tuvo el señor Rojo y que tiene también el señor Croissier sobre si
tenía que intervenir a las dos de la tarde, a las cuatro de la tarde, o
si el señor Rojo tenía que intervenir hace seis meses o ahora.

Yo no sé si el debate hasta ahora ha sido el contrario al que yo planteo,
pero el debate es que se autoriza por el Banco de España y se verifica
por la Comisión Nacional del Mercado de Valores una ampliación de capital
de enormes proporciones para dar viabilidad a una empresa que seis meses
después se demuestra que era absolutamente inviable a través de esa
fórmula. Eso ya no es secreto, ni es el resultado de un terremoto o de la
responsabilidad sólo, sino que hay una autorización del Banco de España,
según se acaba de decir, incluso una negociación a la hora de que la
Comisión Nacional reciba el folleto, las condiciones en que se ha
publicado y la verificación que hace, según acaba de explicar el señor
Croissier. Es evidente que cuando se hace esa autorización los



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ciudadanos españoles que invierten en estas acciones, sobre todo los
pequeños y medianos inversores que tienen sus pequeños ahorros, yo creo
que no han tenido la protección necesaria de las autoridades públicas en
ese momento, lo que a mí me parece claro.

La segunda cuestión es cuándo se suspende la cotización. Debo decir de
antemano al señor Croissier que mi Grupo está muy satisfecho del conjunto
de las informaciones que ha dado y repito que no le considero responsable
en absoluto de estas actuaciones, ni tampoco he sido yo el que le ha
hecho comparecer. En cualquier caso, el señor Croissier nos dice que él
se despierta por la mañana de un día 28, ve que a las doce hay unos
cambios de 440.000 títulos, se sorprende, ve una historia que no sabe a
qué viene, llama al señor Conde, éste le dice que son rumores y que no
sabe de dónde proceden, llama al Banco de España, le sale el
Subgobernador, luego el Gobernador, etcétera. Yo no creo que esto sea una
película de Coppola, pero tampoco de Walt Disney, y por eso pregunto:
Cuando a las tres de la tarde, o a la hora que sea, se llega a la
solución, ¿no quiere decir que hace cuatro o cinco días, como mínimo, se
está pactando la solución? ¿Es que al Gobiernador del Banco de España le
ocurre, como al señor Croissier, que a las doce se entera de que hay un
terremoto y entre las doce y las tres cierra un acuerdo con el BBV para
que sea el que lo controle, cierra unos acuerdos políticos --todo el
mundo lo sabe--, cierra unos acuerdos con otros bancos y se llega a una
solución entre las doce y las tres? No. Hace ya varios días que se estaba
en eso y debía haber habido protección para que no se produzca
información privilegiada. ¿No tendría que estar informado el señor
Croissier, desde esos días en que se está pactando por el Banco de
España, para ver en qué momento se hace la suspensión de la cotización?
Dice: Yo no sé si era a las dos y cuarto, a las doce o a las once. ¿Pero
es que depende de mirar al cielo o de mirar el trasero a una gallina para
saber si es a las doce o a la una? Eso depende de que haya una operación,
y para la protección de los ciudadanos y para impedir que se produzca el
delito de la información privilegiada el Banco de España debería haber
llamado al señor Croissier y decirle: Mira, estamos en esto; la
suspensión de cotizaciones debe hacerse de esta forma. Pero que el señor
Croissier se pase la mañana del día 28 deambulando y llamando por
teléfono sobre una crisis que ha caído sobre el país y crea que lo que
tiene que mirar es la escala de Richter a ver si es el terremoto de
California, a mí me parece una broma, sinceramente.

Yo no soy experto en esas cuestiones, el señor Croissier lo es, y quiero
insistir en que es un experto competente y creo que en absoluto
responsable de esta historia. Pero lo que está claro es que hay que
preguntar al Banco de España cómo es posible que no haya mantenido
informada a la Comisión Nacional de Valores de una actuación que venía
haciendo desde hace varios días. Y todos sabemos que el señor Botín no
estaba de acuerdo, que el señor Sáenz sí lo estaba, de cómo y quién se
iba a encargar, si había que llamar a los partidos de la oposición, si
los partidos de la oposición aceptaban la fórmula, si estaban sentados
con el señor Presidente del Gobierno; todo eso se hace en varios días. El
único que no es convocado es el señor Presidente de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores que, y si no a esas reuniones, por lo menos
debería haber sido informado para que no tenga que estar en medio de una
situación angustiosa diciendo: ¿Paro las cotizaciones o no las paro?
Porque había un problema grave, la información privilegiada, ya que lo
que no sabía el señor Croissier lo sabían todos los grandes accionistas
de Banesto y, por tanto, podían trabajar con el Mercado de Valores a una
serie de horas.

La decisión se toma ¿por qué? Dice el señor Croissier: Es que yo vi unos
cambios entre las once y las doce de 440.000 acciones, eso me mosqueó,
llamé por teléfono, creí que había unos rumores, y entonces tomo la
decisión, y a la hora de tomar la decisión resulta que el Banco de España
interviene Banesto. ¿También la hizo así? Entonces, señor Croissier, con
todos mis respetos...




El señor PRESIDENTE: Vaya concluyendo, señor Mauricio.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: Termino.

Con todos mis respetos insisto en que su responsabilidad, en mi opinión,
es mínima o no existe. Lo que creo es que si el Banco de España quiere
que exista la Comisión Nacional del Mercado de Valores tiene que
plantearse el tenerla informada y hacer una labor de coordinación de
autoridades monetarias y económicas que no se ha producido. Yo no entro
en el debate, que sería largo, sobre el problema del sistema financiero
en este país, sus connotaciones y cómo se han tratado estos y otros temas
y otras posibles crisis del sistema financiero español que están por ahí
aleteando. Ese no es el tema de esta Comisión. Usted ha venido aquí a una
comparecencia pedida por el Gobierno y yo le pregunto por sus dos
actuaciones. Me parece que usted como responsable funcionario público
hace un esfuerzo por no echar la culpa a otros --a mí eso me parece muy
bien y muy solidario, pero ésa no es mi función, es la suya-- y dice que
no está informado, o usted está perfectamente informado. Porque la duda
que yo tengo es: ¿Cómo es posible que no le hayan ni contado la historia
y que el día 28 se haya tropezado con este problema?



El señor PRESIDENTE: Concluya, señor Mauricio.




El señor MAURICIO RODRIGUEZ: Señor Presidente, usted tiene una manía
especial conmigo.




El señor PRESIDENTE: Señor Mauricio, yo no tengo ninguna manía con ningún
Diputado ni con ningún grupo parlamentario. Simplemente trato de
administrar el tiempo con equidad y repartirlo justamente entre todos los
grupos parlamentarios, sobre todo con los que habían pedido la
comparecencia.

Tiene la palabra el señor Hernández Moltó.




El señor HERNANDEZ MOLTO: Mi intervención es



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simplemente para cumplir con la cortesía de, habiéndosele concedido la
palabra a todos los grupos, volver a reiterar el agradecimiento al señor
Presidente en un turno que normalmente se llama de puntualizaciones e
insatisfacciones, pero la verdad es que es un turno bastante inútil
porque las insatisfacciones ya se traen de casa en muchas ocasiones, se
ateroran a lo largo de la Comisión y uno se las lleva intactas,
probablemente producto de una cierta falta de sensibilidad a los
argumentos que se den en estos debates. En cualquier caso, yo creo que la
sesión ha sido ilustrativa. He podido percibir, con enorme satisfacción,
cómo en la segunda intervención los argumentos del señor Croissier han
generado un mayor nivel de coincidencia en algún grupo político y en ese
sentido yo creo que ha justificado la propia intervención al margen de
que, si se me permite, también esta Comisión puede mandar un mensaje
tranquilizador a los mercados de capitales en la seguridad de que el que
seguirá mañana presidiendo la Comisión Nacional del Mercado de Valores es
el señor Croissier y no alguno de los Diputados que han intervenido, lo
que podría ser un signo de pánico, desde luego, para las bolsas
españolas.




El señor PRESIDENTE: Por último, tiene la palabra el señor Croissier para
contestar a las apreciaciones que se han hecho.




El señor PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
(Croissier Batista): Respondo puntualmente al señor Montoro, en primer
lugar, que dice que no le he respondido. Lo lamento. Había tomado puntual
nota de sus preguntas y creía haberle contestado; si no es así le pido
disculpas. Ahora bien, sin duda alguna no me estoy encogiendo de hombros,
en absoluto, sino que estoy explicando exactamente qué hago, por qué lo
hago, hasta dónde llegan las competencias de la Comisión y lo razonable
que es el mecanismo que tenemos diseñado en nuestro país.

Me recuerda usted unas palabras mías, creo que debió ser con el tema
Ibercorp, me suena. La verdad es que me lo pone bastante fácil, señor
Montoro; pensé que me lo iba a poner un poquito más difícil. He pedido
que me localizaran la ley porque he cometido el fallo de no habérmela
traído para citarle el artículo exacto. La Comisión supervisa los
mercados y tiene una supervisión especial sobre las entidades que se
registran en la Comisión. Por tanto, las afirmaciones sobre capacidad de
vetar administradores, sustituir consejos, intervenir, inspeccionar in
situ, se predican de las empresas que están registradas en la Comisión
Nacional del Mercado de Valores. ¿Banesto Bolsa? Sin duda alguna. ¿Los
fondos de inversión? Es lo que estamos haciendo. Esas competencias no me
las reconoce la ley para un banco. Lo que sí me reconoce la ley de cara a
los bancos es cuando éstos operan en los mercados de valores; en lo que
es su operativa de mercado de valores sí tengo unas competencias. Si la
lectura que usted ha hecho de mis palabras es que del mismo modo que el
Banco de España ha sustituido a los administradores de Banesto lo podía
haber hecho la Comisión, desde luego no hay la más mínima sombra de duda
jurídica de que carecemos de esas competencias. Es decir, a los efectos
del folleto, a los efectos de la información contable, Banesto es a la
Comisión igual que cualquier otra empresa cotizada. Cuando Banesto opera
en Bolsa, directa o indirectamente, o en otros mercados, opciones y
futuros, deuda pública, etcétera, donde la responsabilidad de la Comisión
es más directa, o cuando canaliza órdenes de la clientela, claro que
puede desembarcar en Banesto y mirar el libro de registro de órdenes. Eso
lo puedo hacer porque es un intermediario autorizado bajo mi supervisión
en tanto que actúa en el mercado de valores. Su contabilidad, en
absoluto; su solvencia, en absoluto. Hay un artículo en la ley --lamento
no saber el número-- que dice taxativamente que corresponde al Banco de
España, en última instancia, la supervisión prudencial de las entidades
de crédito, del mismo modo que corresponde a la Comisión Nacional del
Mercado de Valores la supervisión prudencial de las sociedades de
valores, por poner un ejemplo. Por tanto, el esquema es clarísimo y se ha
hecho dentro de las capacidades que tiene la Comisión; es decir, cuando
una empresa acude al mercado de capitales se le piden sus cuentas, sus
auditorías, cuando surge una duda o se ve algún comentario en la
auditoría se le piden aclaraciones, que las expongan, etcétera. Eso es lo
que se ha hecho, ni más ni menos. Creo que se ha hecho bastante respecto
a lo que es la petición de información en un folleto.

Dice S. S. que la autocartera puede ser considerada como maquinación para
alterar el precio de las cosas. La verdad es que sería un juez quien
tendría que decirlo. Algún caso conozco, y no ha sido interpretado así,
en relación con algunos temas que han sido sometidos a la judicatura por
cuestiones de autocartera. Lo que sí está claro, una vez más, es que la
autocartera es la que me declara esa entidad. Yo no tengo ninguna
posibilidad de investigar esa autocartera más allá de lo que le he dicho:
requerimientos de información, petición de ordenantes, etcétera. Hasta el
extremo --como recordaba antes el señor Molíns-- de que quienes han
reafirmado que la declaración de autocartera es correcta son los nuevos
gestores. Luego, sinceramente, no sé adónde podrían ir las competencias
de la Comisión para desmentir esto.

Dice S. S. --y cita el folleto y lo cita bien-- que el Banco ha aceptado
reclasificar producto de una inspección; es decir, del total de créditos
que dice la inspección, la gestión del Banco ha aceptado una parte. Pero
en otras partes del folleto se dice que se necesitan ciento cuarenta y
pico mil millones de pesetas para cumplir con los requisitos de fondos
propios. Luego están dichas ambas cosas, y por eso hay una explicación
tan minuciosa sobre cuánto se incrementan las previsiones, adónde van las
plusvalías de la venta del Banco de Madrid, etcétera, porque está
conectado con el hecho de la insuficiencia de fondos propios. Luego no
hay contradicción en el folleto, como usted decía. Lo que ponía de
manifiesto la auditoría y se conoce es lo que se explica abundantemente
en el folleto.

Lamento que S. S. pueda pensar --y lo lamento sobre todo no porque usted
lo piense sino porque alguien lo



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pueda pensar-- que yo transmito tranquilidad a los delincuentes. Me pone
los pelos de punta. Yo podía decir: Tranquilo, ¿eh?; como haya habido
alguno que haya sabido algo, le cazamos y le ponemos una multa. Yo creo
que eso sería un disparate. Simplemente digo que investigamos, siempre lo
hacemos, ya lo estamos haciendo, vamos a hacer todo lo que podamos. Y
acto seguido digo: Les recuerdo que es un delito de difícil prueba.

Tampoco creo que esté revelando aquí un misterio de iniciados. Sabe todo
hijo de vecino que el delito de iniciado es tan inmaterial, es tan
difícil la prueba, tan difícil decir que fulano lo sabe en un determinado
momento y es quien se lo dice a mengano y es por eso que mengano compra o
vende... Eso es extraordinariamente difícil de probar, en algún caso lo
hemos conseguido y se han impuesto las sanciones, cosa de la que estoy
francamente contento. Desde luego que vamos a hacer, que ya estamos
haciendo esa investigación; no le quepa la menor duda.

¿Que nuestra labor es proporcionar al mercado información? Sin duda. Eso
es lo que he dicho y me reafirmo en ello. Nuestra labor es dar la máxima
información al mercado. A mí me da una información confidencial el Banco
de España y no la quiero para mí, la quiero para el mercado. Mi objetivo
es mantener informado al mercado, lo que pasa es que yo no soy el garante
de esa veracidad. No lo soy yo, como a nadie se le habrá pasado por la
cabeza que, por ejemplo, el Registro Mercantil, cuando acepta una
declaración de los administradores de una compañía diciendo que han
desembolsado el capital garantiza que se ha desembolsado. No; garantiza
una declaración pública --que tendrá los efectos oportunos en caso de
demostrarse falsa-- de que los administradores dicen que han desembolsado
el capital, pero el registrador no mira si han entrado efectivamente los
duros, sino que dice que se ha desembolsado el capital y queda en un
registro público para lo que valga. Esa es la técnica que se utiliza en
el mercado de valores, en otros registros públicos fuera de nuestras
fronteras. Cabe preguntarse si se pueden reforzar los efectos jurídicos
de petición de responsabilidad. Los juristas dicen que en nuestro esquema
civil hay fundamentos para exigir responsabilidades por las falsedades en
folleto, pero no hay jurisprudencia. Algún país, como Alemania, ha
incluido como delito penal, ha tipificado penalmente ese tipo de
falsedades en folletos públicos. Es una opción de política legislativa.

En cuanto a lo que me plantea el señor Espasa, que me invita a usar la
ley con vigor, le diré que no le quepa la menor duda de que se aplicará
la ley, como creo que siempre la aplicamos. Me dice que abra de inmediato
los expedientes. Desde que tenga indicios, primero tengo que tener esos
indicios; es decir, tengo que saber quién está casado con quién, en qué
trabaja cada una de esas personas, relacionarla con un círculo de cientos
de personas, pedirles una declaración por escrito, analizar esas
declaraciones, etcétera. A la vista de todo eso es cuando se puede abrir
el expediente sancionador. Por tanto, necesito varias semanas para mandar
unos requerimientos, diez días para que respondan, de acuerdo con la Ley
de Procedimiento Administrativo, analizarlas, etcétera. Le garantizo que
saber quién está casado con quién, quién es hijo, quién es yerno, es
francamente complicado, puesto que son cientos de personas. Estamos en
esa labor.

Me reitera lo que dicen los artículos 84, 85 y 87 y me dice que hay una
obligación de trasvase de información entre el Banco de España y la
Comisión. Yo insisto en que existe una obligación de trasvase de
información en el ejercicio de nuestras competencias. El Banco de España
no está obligado a darme información sobre problemas prudenciales de los
bancos; el Banco de España está obligado a darme información si detecta
un comportamiento inadecuado, por ejemplo, en alguno de los mercados que
supervisa la Comisión, y lo hace regularmente. Del mismo modo que yo no
informo periódicamente al Banco de España sobre la solvencia de las
sociedades de valores, en absoluto. El trasvase de información existe,
pero existe dentro de los límites que nos marca la ley y de las
responsabilidades que respectivamente tenemos. Sin duda alguna lo que
usted dice es cierto; por la libertad de capitales se paga algún precio.

Todo el mundo busca atraer capitales. Lo difícil es distinguir entre el
capitalista o el capital bueno y el malo; esto es extraordinariamente
complejo.

El tema del tratamiento de los empleados es simplemente un problema
legal. Por ejemplo, la ley dice que no pueden tener más de un 5 por
ciento de autocartera, pero no rige a efectos de esas operaciones con
empleados y está previsto así en la Ley de Sociedades Anónimas en España
y en toda Europa.

Al señor Molins le confirmo, efectivamente, que son los nuevos gestores
quienes me han dado el dato del 3,8 y figura en los registros públicos de
la Comisión. Pregunta S. S., y tiene razón, por qué no se restablece la
cotización hoy. Sin duda nos lo hemos planteado. Puedo añadir que los
propios gestores del Banco son los que nos piden --así lo han pedido
oficialmente y también figura en los registros públicos-- que se mantenga
suspendida la cotización hasta que ellos puedan ofrecer esa información
adicional, cosa que coincide con diversos escritos de agrupaciones de
pequeños accionistas de Banesto, que también se han dirigido a la
Comisión pidiendo que no se restablezca la cotización hasta que no se
conozca, por ejemplo, si hay operación acordeón o no la hay, y por eso
hemos mantenido la cotización suspendida. Ahora bien, esto tiene un coste
sobre la negociación del Ibex, sobre la liquidez del mercado, que no es
bueno. Por eso decía que convenía que no se prolongara mucho más allá de
finales de este mes.

Se pregunta S. S. si era conocido el déficit de fondos propios en junio
por parte del Banco de España. Entiendo que el Gobernador ha dicho que
no. Y dice usted: Si lo conocía no debía haber dado su conformidad a la
emisión. Lo único que puedo decir es que estoy convencido de que si el
Banco de España, en el momento de la ampliación de capital, hubiera
tenido todos los elementos cuantitativos de los que dispone en estas
fechas seguramente hubiera sido ése su comportamiento. Por tanto entiendo
que no lo conocía en ese momento o que la situación del Banco realmente
en ese momento no era tal.




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Sin duda alguna creo que son buenas preguntas pero no para mí.

Me pregunta el señor Zabaldía si el dinero proviene del Banco de España.

Pues no lo sé, señorías, no tengo ni idea. Respecto al pago del 6 por
ciento de comisión, insisto en que no me consta, pero de todos modos no
es ninguna ilegalidad, ni mucho menos.

Lamento que al señor Mauricio yo le haya confirmado sus dudas porque he
hecho el mayor esfuerzo que he podido para despejarlas. Me está haciendo
dos preguntas muy concretas y se las respondo de un modo concreto. Me
pregunta: ¿Realmente usted no sabía que se iba a intervenir por el Banco
de España hasta el día 28? No, señoría, yo no conocía que el Banco de
España fuera a intervenir Banesto hasta esa mañana del día 28 en que,
como les he contado, llamo al Banco de España y se me informa del
problema; hasta ese momento no sé absolutamente nada, y además me parece
normal que no lo sepa, añado de mi cuenta. Me parece normal que no lo
sepa entre otras cosas porque los días anteriores --le recuerdo,
señoría-- no había ningún motivo de alarma en los mercados; los volúmenes
y los precios eran normales y por tanto no había ningún elemento de
inquietud. Evidentemente a la apreciación de cada uno queda si se tiene
que hablar o no. Desde luego, si me hubieran dado esa información
probablemente hubiera tenido que intervenirlo antes; bueno, lo hubiera
tenido que suspender antes, todo se hubiera adelantado unos días. A su
vez me podría preguntar: ¿y por qué se lo dijo ese día y no se lo dijo
tres días antes, cuando ya lo estaba pensando? No lo sé, pero si alguna
duda le cabía sobre el relato de hechos que he dado le respondo que la
Comisión Nacional del Mercado de Valores y su Presidente tienen
conocimiento del problema Banesto y de la posible medida de intervención
en la mañana del día 28.

Creo haber respondido a todas las preguntas.




El señor PRESIDENTE: Concluida la intervención del señor Croissier, se
levanta la sesión.




Eran las ocho y cincuenta y cinco minutos de la noche.