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DS. Senado, Comisiones, núm. 524, de 01/06/2011
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COMISIÓN DE JUSTICIA


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. DIEGO MIGUEL ASENSIO
MARTÍNEZ


Sesión celebrada el miércoles, 1 de junio de 2011


ORDEN DEL DÍA:


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Designar Ponencia


— Proyecto de Ley reguladora del uso de las
tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de
Justicia. (621/000103)


Autor: GOBIERNO


2


Dictaminar


— Proyecto de Ley reguladora del uso de las
tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de
Justicia. (621/000103)


Autor: GOBIERNO


2


Designar Ponencia


— Proyecto de Ley del Registro Civil.
(621/000100)


Autor: GOBIERNO


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— Proyecto de Ley Orgánica, complementaria de la Ley
del Registro Civil, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial. (621/000102)


Autor: GOBIERNO


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Se abre la sesión a las doce horas y cinco minutos.


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.


Buenos días, señorías.


Le ruego al letrado que proceda a comprobar las
asistencias.


Por el señor letrado se procede a la comprobación de las
señoras y los señores senadores presentes.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor letrado.


Supongo que todos los portavoces han recibido el acta de la
comisión anterior, que celebramos el día 25 de mayo de 2011.


¿Hay alguna sugerencia o modificación que quieran hacer?
(Pausa.) ¿La podemos aprobar? (Asentimiento.)


Queda aprobada. Muchas gracias.


DESIGNAR PONENCIA


— PROYECTO DE LEY REGULADORA DEL USO DE LAS
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA. (621/000103)


AUTOR: GOBIERNO.


El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden
del día: designación de la ponencia en relación con el proyecto de ley
reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación
en la Administración de Justicia. Por tanto, procede designar la ponencia
de este proyecto de ley.


¿Qué nombres propone el Grupo Parlamentario Popular?


El señor CONDE BAJÉN: El Grupo Popular propone a los
senadores José María Chiquillo e Ildefonso Pastor.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Conde.


¿Qué nombres propone el Grupo Parlamentario Socialista?


La señora GÓMEZ CERMEÑO: El Grupo Socialista propone a
Anselmo Pestana y a una servidora.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


En consecuencia, la ponencia queda integrada por los
senadores propuestos por estos dos grupos, así como por el único
representante que cada uno de los demás grupos tienen en la comisión.


¿Está de acuerdo la comisión? (Asentimiento.)


DICTAMINAR


— PROYECTO DE LEY REGULADORA DEL USO DE LAS
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA. (621/000103)


AUTOR: GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto: dictamen
del proyecto de ley reguladora del uso de las tecnologías de la
información y la comunicación en la Administración de Justicia.


A este proyecto de ley se han presentado 38 enmiendas, así
distribuidas: 17 del señor Quintero Castañeda, del Grupo Parlamentario
Mixto; una del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas; 10 del
Grupo Parlamentario de Convèrgencia i Unió; 7 del Grupo Parlamentario de
Entesa Catalana de Progrés y 3 del Grupo Parlamentario Popular, que
posteriormente ha retirado la enmienda número 26.


Por tanto, pasamos a la defensa de estas enmiendas.


Para la defensa de las enmiendas números 9 a 25, del señor
Quintero Castañeda, tiene la palabra el senador Belda.


El señor BELDA QUINTANA: Gracias, señor presidente.









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En primer lugar, quiero decir que aunque las enmiendas
figuran a nombre del senador Quintero Castañeda, eran conjuntas conmigo y
debido a que ahora se exige la firma electrónica para presentar las
enmiendas y hubo un problema de retrasos de avión, no se pudieron
presentar a nombre de los dos senadores de Coalición Canaria. En todo
caso, les voy a dar una alegría porque vamos a retirar unas cuantas
enmiendas, dado que algunas están incluidas en el propio texto del
proyecto de ley, tal y como viene del Congreso, y otras fueron
transaccionadas. Voy a hacer referencia a las enmienda que retiro: las
números 9, 10, 14, 15, 17, 19, 20, 21, 22, sin perjuicio de que en el
Pleno retiremos alguna más, ya que una parte está incluida en el texto.
El resto de las enmiendas las doy por defendidas y las defenderemos en el
Pleno debidamente. Por otra parte, solicito votación separada de las
enmiendas números 27 y 28, del Grupo Popular.


Vamos a apoyar la enmienda del Grupo Parlamentario de
Senadores Nacionalistas −si no está su miembro aquí presente la
asumimos y la damos por defendida.


También vamos a apoyar las enmiendas del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió.


En cuanto al resto de enmiendas, nos vamos a abstener,
salvo en las números 27 y 28, del Grupo Parlamentario Popular. En las
enmiendas a las que nos vamos a abstener fijaremos nuestra posición
definitiva en el Pleno.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Belda.


A continuación, tiene la palabra para la defensa de la
enmienda número 1, del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas, la
senadora Eva Parera.


La señora PARERA ESCRICHS: Buenos días. Gracias,
presidente.


Intervengo simplemente para ratificar que yo asumiré la
enmienda presentada en su día por el Grupo Parlamentario de Senadores
Nacionalistas y que la voy a dar por defendida.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: ¿El señor Belda también apoya la
defensa de la enmienda? (Asentimiento.)


Muchas gracias, senadora Parera.


A continuación, para la defensa de las enmiendas 29 a 38,
del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra la senadora Eva Parera.


La señora PARERA ESCRICHS: Muchas gracias, señor
presidente.


Como son muchas enmiendas, a la práctica totalidad de ellas
las voy a dar por defendidas tal y como constan en el texto. Simplemente
quisiera hacer unas puntualizaciones.


En cuanto a la enmienda número 36, que considero
importante, lo que pretendemos es incluir como exenta de la tasa la
presentación de aquellos procedimientos monitorios en reclamación de
pagos de deudas que no excedan de 30 000 euros. Estamos viviendo un
momento de crisis económica que implica un incremento considerable de la
morosidad, lo que supone que haya muchas reclamaciones por impagos de
deudas, especialmente en el ámbito del crédito al consumo, que son de
pequeña o escasa cuantía. Entendemos que la imposición de esta tasa
perjudica actualmente muchísimo los procedimientos, lo que hace que se
penalice la pretensión del acreedor que opta por el inicio de actuaciones
judiciales para recuperar su crédito, lo que beneficia al deudor porque
puede terminar comprobando cómo para pequeñas deudas no se inicia ninguna
actuación judicial. Entendemos que fijar el límite de 30 000 euros es lo
adecuado. Recordemos que esta cantidad ya estaba inicialmente prevista
antes de la modificación de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Asimismo,
me gustaría hacer constar que esta tasa no se aplica actualmente en este
tipo de procedimientos en ninguno de los países de la Unión Europea.


En cuanto a la otra enmienda que creo importante resaltar,
la número 38, es una enmienda de adición que pretende modificar la Ley de
Enjuiciamiento Criminal para que en procesos penales españoles en delitos
más graves quepa la posibilidad de una segunda instancia de revisión de
sentencias dictadas por los tribunales competentes de primera instancia,
que actualmente no existen. Recordemos que compromisos internacionales,
como el Convenio Europeo de Derechos Humanos o el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, ya asumían este
compromiso de disponer de una segunda instancia penal. Esto debería
haberse hecho en su momento. Estamos a la espera de una









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reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que finalmente
no se tramitó, por lo que entendemos que esta es una buena vía para
introducir estas modificaciones.


También quisiera solicitar voto separado de algunas
enmiendas, concretamente de las números 3, 7, 18, 22 y 28.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Parera.


A continuación, para la defensa de las enmiendas 2 a 8, del
Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés, tiene la palabra el
senador Bofill.


El señor BOFILL ABELLÓ: (El señor senador comienza su
intervención en catalán, que se reproduce según el texto que facilita a
la Redacción del Diario de Sesiones): «Gràcies, president. Intervendré
molt breument per retirar les esmenes 2,5,6,7 i 8. Mantenim la 3 que és
coincident amb la 1 dels Senadors Nacionalistes, la 18 del Grup Mixt i la
30 de CiU».


Decía que retiro las enmiendas números 2, 5, 6, 7 y 8; que
mantenemos la 3, que es coincidente con la 1 del Grupo Parlamentario de
Senadores Nacionalistas, la 18 del Grupo Parlamentario Mixto y la 30 del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió; y que
mantenemos también la 4 a la espera de la posibilidad de que quizá en el
Pleno la retiremos, pero la mantenemos todavía.


Asimismo, pido votación separada de las enmiendas números
29 y 35, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
Unió, y ya me explicaré luego en el turno de portavoces.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Bofill.


A continuación, para la defensa de las enmiendas 27 y 28,
del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el senador Ildefonso
Pastor.


El señor PASTOR GONZÁLEZ: Muchas gracias, presidente. Muy
buenas, señorías.


El Grupo Parlamentario Popular mantiene vivas dos enmiendas
para su tramitación en el Senado, las números 27 y 28. Entendemos que la
enmienda número 27 es una mejora técnica que tiene por objeto la adición
de una disposición adicional nueva en el sentido de que lo dispuesto por
esta ley no sustituye ni modifica las normas que regulan las funciones
que corresponden a los secretarios judiciales como fedatarios públicos.
Entendemos que si el elemento tecnológico no solo modula, sino que
elimina la fe pública, se sacrificaría el propio Estado de derecho. Por
ello entendemos que no puede sustituirse la fe pública y pedimos voto
favorable a esta enmienda.


Por otro lado, la segunda enmienda que mantiene el Grupo
Parlamentario Popular, la número 28, tiene el mismo tenor que la número
36 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió.
Hace referencia, como ha señalado la senadora, al proceso monitorio. Dado
el incremento de las reclamaciones por impagos, derivadas
fundamentalmente de la situación económica, y especialmente en el ámbito
del crédito al consumo y de que estas reclamaciones en muchos casos son
de escasa cuantía, entendemos que la imposición de una tasa de
presentación inicial supone una penalización a las pretensiones del
acreedor. Por ello, y como venimos haciendo, pedimos la exención de dicha
tasa para los procesos monitorios cuya cuantía no exceda de los 30 000
euros, tasa que, por otro lado, no se aplica a este tipo de
procedimientos en ninguno de los países de la Unión Europea, como ha
comentado ya la senadora del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Pastor.


A continuación abrimos un turno en contra después de la
defensa de las enmiendas. Para ello tiene la palabra el senador del Grupo
Parlamentario Socialista Anselmo Pestana.


El señor PESTANA PADRÓN: Buenos días, senadores y
senadoras.


Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Socialista
para fijar la posición sobre las enmiendas que se mantienen vivas. Espero
no confundirme con alguna que ha sido retirada, por lo que pido disculpas
de antemano si cometiera tal error, aunque espero tenerlo controlado.


Hago una primera referencia a la última intervención del
Grupo Parlamentario Popular, referida a su enmienda número 28,
coincidente con la número 36 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
de Convergència i Unió. Nosotros mantenemos nuestro rechazo a incorporar
esa enmienda al texto del









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proyecto de ley manteniendo el mismo criterio que
expresamos con ocasión del debate que se produjo también en este Senado
con respecto al proceso monitorio europeo, debate al que nos remitimos
dado que es una reproducción de ese momento.


En cuanto a la enmienda número 1, del Grupo Parlamentario
de Senadores Nacionalistas, coincidente con la número 3 del Grupo
Parlamentario Entesa Catalana de Progrés y con la número 30 del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, así como con
la 18 del Grupo Parlamentario Mixto, nos parece un tema bastante
importante que afecta nada más y nada menos que a la protección de datos
de carácter personal.


Señorías, a través del Punto Neutro Judicial no solo se
pueden efectuar consultas patrimoniales tales como consulta integral
patrimonial, sino que pueden hacerse también consultas domiciliarias y
otras derivadas de la Agencia Tributaria, de la Dirección General de
Tráfico, del Instituto Nacional de Estadística tales como domicilio
padronal, policía, acceso al DNI, Tesorería General de la Seguridad
Social, etcétera. También se puede acceder a consultas con Instituciones
Penitenciarias o con el Registro Central de Sentencias Firmes de Menores,
Registro Central de Rebeldes Civiles, etcétera. Por ello, los resultados
de tales consultas contienen datos de carácter personal que son objeto de
protección por la Ley Orgánica de Protección de Datos, como he señalado
antes. Por tanto, cualquier acceso para búsqueda de datos relacionados
con estas consultas debe ser permitido por la autoridad judicial en cada
caso concreto. El acceso a los registros informáticos a disposición del
órgano judicial de forma genérica, tal y como se propone, puede dar lugar
a la obtención de datos que suponga una clarísima vulneración del derecho
a la intimidad y a la privacidad.


Señorías, sería un grave error mantener ese tipo de
enmiendas. Entiendo que sus señorías, no han valorado adecuadamente la
trascendencia que tendría el incluir ese artículo en el proyecto de ley.


En cuanto a la enmienda número 4 del Grupo Parlamentario
Entesa Catalana de Progrés, coincide con la enmienda 20 del Grupo
Parlamentario Mixto que ha sido retirada. La posibilidad a que se refiere
está incluida en la expresión: «…salvo que la normativa aplicable
establezca restricciones a dicha información.» Por otra parte, también ha
sido recogida en los preceptos que precisamente se mencionan en la Ley
Orgánica de Protección de Datos. Por tanto, entendemos que la citada
enmienda debe ser rechazada.


En la número 11 del Grupo Mixto, Coalición Canaria, se da a
entender que el órgano y la sede operan como compartimentos estanco y que
quien publica es la sede y no el órgano. Lo relativo a los medios
técnicos del apartado 3 se encuentra en el artículo 11.2.h) del proyecto
de ley. Además, la responsabilidad de la sede judicial electrónica en
relación a la integridad de la información remitida por el órgano
judicial está expresamente recogida en el artículo 9.3 del proyecto de
ley.


En relación con la enmienda número 12, también del Grupo
Parlamentario Mixto, nuestro criterio es rechazarla por la siguiente
argumentación: La verificación a que se refiere el artículo 11.2. h), ya
citado, no hace falta citarla en todos sus apartados. La Comisión estatal
de administración judicial electrónica no existe —en todo caso
sería el comité—, y la remisión a la Ley Orgánica de Protección de
Datos y al reglamento no tiene sentido puesto que aunque no se diga,
evidentemente , dichas normas serán también de aplicación en el ámbito de
la Administración de Justicia con sus especialidades.


La enmienda número 13 es también coincidente con otra
enmienda que ha sido rechazada en el Congreso de los Diputados.
Entendemos, por tanto, que debemos mantener el criterio expresado en ese
mismo debate.


La enmienda número 24, también del Grupo Parlamentario
Mixto, se refiere a la interoperabilidad entre las aplicaciones de la
Administración de Justicia. Tal y como se recoge en la memoria de impacto
económico, la reforma no supone costos adicionales, lo que significa que
cada administración con competencias en la materia asumirá las que les
corresponden, es decir, las suyas. Por tanto, no se puede incluir una
enmienda que suponga gastos adicionales para el Gobierno de España.


La enmienda número 25 es coincidente con la número 8 del
Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés, que ha sido retirada
puesto que ya se había incluido en el texto del Congreso de los
Diputados. Esperamos, por tanto, que de aquí al Pleno el Grupo
Parlamentario Mixto proceda a su retirada.


La número 26 del Grupo Parlamentario Popular ha sido
retirada. La número 27 se refiere a la fe pública de los secretarios
judiciales. Señorías, a nuestro modo de ver se trata de una cuestión
absolutamente innecesaria. Ningún precepto del proyecto de ley modifica
las funciones de los secretarios judiciales. Dichas funciones,
contempladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, incluida la fe
pública









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judicial, se mantienen absolutamente intactas. Por tanto,
entendemos que la enmienda es redundante; incluso su incorporación puede
dar lugar incluso a algunas dudas.


En relación con las enmiendas del Grupo Parlamentario
Catalán de Convergència i Unió, la número 29 se refiere al almacenaje por
medios electrónicos de los documentos utilizados en actuaciones
judiciales. Señorías, en relación con esto quiero referirme al Real
Decreto 937/ 2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos
judiciales, que ya regula el archivo de los documentos electrónicos. Nos
remitimos, por tanto, al artículo 3.2 que lo regula y, por tanto,
entendemos que es absolutamente innecesaria la incorporación de esta
enmienda al texto del proyecto de ley.


La enmienda número 30 del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado de Convergència i Unió es coincidente con las ya comentadas del
Grupo de Senadores Nacionalistas, con la número 3 del Grupo Parlamentario
Entesa Catalana de Progrés y con la número 18 del Grupo Parlamentario
Mixto referida al Punto Neutro Judicial. Y también me remito a lo
expuesto en mi anterior intervención.


En cuanto a la número 31 del Grupo Parlamentario Catalán de
Convergència i Unió, referida al Comité Técnico de la Administración
Judicial Electrónica, nuestro criterio es rechazarla. Lo justificamos
porque creo que introduce algo que no queremos introducir, es desvirtuar
el sentido del funcionamiento actual de estas cuestiones. La
copresidencia por turnos rotatorios entre el Consejo General del Poder
Judicial y el Ministerio de Justicia viene siendo algo habitual en los
órganos en que participan ambas instituciones junto con las comunidades
autónomas con competencias en materia de Justicia. Así es en el caso del
Pleno de la Comisión Nacional de Estadística Judicial y en el de la
comisión técnica de dicha comisión. Idéntico criterio se sigue para la
copresidencia de la Comisión de seguimiento del convenio del EJIS. Por
tanto, entendemos que es razonable rechazar dicha enmienda.


Las números 32 y 33, del Grupo Catalán de Convergència i
Unió, son similares a una anteriormente señalada del Grupo Parlamentario
Mixto. Los criterios de eliminación del título y de la referencia al
esquema judicial de interoperabilidad y seguridad arguyendo que eso es
competencia exclusiva del Consejo General del Poder Judicial y que viene
fijado en el marco del convenio EJIS fruto del consenso es una posición
contraria a lo manifestado en el proyecto de ley.


La enmienda número 34, referida al desarrollo normativo
técnico de la ley, ya fue transada en el Congreso de los Diputados con el
acuerdo de todos los grupos parlamentarios —es interesante
reiterarlo—. Con la redacción objeto de la transacción se le
reconoce al Consejo General del Poder Judicial la competencia para
aprobar las guías cuando afecten a la compatibilidad de los sistemas
informáticos, que es lo que prevé precisamente el artículo 230.5 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial.


En cuanto a la enmienda número 35, también del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, se pretende
con ella un desviado cumplimiento de una previsión legal ajena al
contenido del proyecto de ley. De hecho la Ley 8/1980 es de aplicación
directa sin necesidad de que su contenido se traslade a una disposición
adicional nueva al presente proyecto de ley salvo que lo que se quiera
sea precisamente sea desvirtuar los objetivos de los preceptos señalados.


En cuanto a la número 36, del Grupo Catalán de Convergència
i Unió, ya nos hemos referido a la número 28 presentada por el Grupo
Parlamentario Popular sobre el proceso monitorio. Nos remitimos, pues, a
esa misma motivación.


La enmienda número 37, del Grupo Parlamentario de
Convergència i Unió, hay que recordar que la disposición final tercera,
cuya supresión solicita ahora dicho grupo parlamentario, se incluyó como
consecuencia de la aceptación de la enmienda número 79 del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados. Aunque la
videoconferencia está prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en
las leyes procesales, tal y como argumenta ahora Convergència i Unió, no
existe una verdadera regulación sobre su utilización ni en esa ley
orgánica ni en las leyes procesales. Se han firmado diversos protocolos
en determinadas comunidades autónomas, una de ellas Andalucía, pero no
existe una regulación unitaria. Por ello es aconsejable una regulación
unitaria que determinara, por ejemplo, la procedencia de su utilización,
supuestos excluidos, documentación, forma de llevarse a efecto, etcétera.


En relación con la enmienda número 38, también del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, con ella se
hace una introducción completamente ajena al debate que estamos
manteniendo y absolutamente distinta al contenido de la ley. Por esos
motivos entendemos que debe ser rechazada por esta comisión y también por
el posterior Pleno a celebrarse en el Senado.


Muchas gracias señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Pestana.









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A continuación, iniciamos el turno de portavoces.


Senador Belda, ¿quiere hacer uso de la palabra?


El señor BELDA QUINTANA: Muy brevemente, señor presidente,
para decir que en Coalición Canaria coincidimos, como ya han mencionado
los grupos de Convergència i Unió y el Popular, con las enmiendas números
28 y 36, referidas a la exención de la tasa judicial en los
procedimientos monitorios en reclamación del pago de una deuda que no
exceda de 30 000 euros. Nos parece que es importante porque, si no, se
estaría poniendo una dificultad añadida a aquellos acreedores de deudas
de escasa cuantía, tasa que no está establecida en el resto de los países
de Europa y que supone una dificultad para poder cobrar las citadas
cantidades.


Por otro lado, mantenemos la enmienda 23 del Grupo
Parlamentario Mixto en tanto en cuanto hemos detectado que hay una errata
en el texto de la disposición adicional segunda ya que el derecho a la
tutela judicial efectiva está establecido en el artículo 24 de la
Constitución, no en el 25, como figura en dicho texto.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Belda.


A continuación, va a hacer uso de la palabra la senadora
Parera, portavoz del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió.


La señora PARERA ESCRICHS: Muchas gracias, señor
presidente.


Intervendré simplemente para manifestar que daremos nuestro
apoyo a las enmiendas números 3, 18, 22 y 28, por entender que son
coincidentes con las enmiendas presentadas por nuestro grupo.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Parera.


A continuación, tiene la palabra el portavoz del Grupo
Parlamentario Entesa Catalana de Progrés, senador Bofill.


El señor BOFILL ABELLÓ: (El señor senador comienza su
intervención en catalán, que se reproduce según el texto que facilita a
la Redacción del Diario de Sesiones): «Gràcies president, una vegada més
començaré en català per posar el dit a la llaga de la insuficiència
democràtica que suposa que no es pugui usar amb normalitat al Senat, en
aquesta Comissió de Justícia, la llengua de milions de ciutadans. On són
el federals espanyols? Callats, adormits, desapareguts. No hi són.
Gràcies.»


Al tiempo que me quejaba una vez más sobre la imposibilidad
de usar mi lengua, que es la de millones de ciudadanos, en esta Cámara,
me preguntaba dónde están los federales españoles, a quienes veo
callados, dormidos, desaparecidos… No están.


Continúo, pues, en castellano, a la espera de que en este
último tramo de legislatura se despierten, porque todavía tienen unos
meses por delante con mayoría suficiente para hacer reformas que no han
hecho durante ocho años, pues luego se van a arrepentir y nos van a decir
que lo van a hacer dentro de no sé cuánto, por lo que quizá puedan
aprovechar este tiempo para despertarse y propiciar unas reformas, sin
regateos ni cicaterías, del Reglamento del Senado para normalizar en este
el uso de las lenguas oficiales en gran parte del territorio del Estado
y, como decía, utilizadas por miles de ciudadanos y propias de tantas
instituciones.


Entrando en materia, me referiré no tanto a mis enmiendas,
que las doy por defendidas, sino a dos enmiendas de Convergència que voy
a apoyar. Una es la enmienda número 29, que se refiere a la competencia
reglamentaria sobre archivos judiciales, en la que se insiste en que sean
las administraciones competentes, por tanto, las comunidades autónomas
quienes realicen el desarrollo reglamentario de la ley en esta materia,
cosa que me parece adecuada. Y, particularmente, quiero insistir en una
enmienda que, como ha dicho el senador Pestana con razón, sería
innecesaria si en este Estado las cosas fueran como deberían ser, es
decir, que las leyes y, en especial, las orgánicas, se cumplieran. Pero
resulta que la costumbre es no cumplir las leyes orgánicas, empezando por
los estatutos y continuando por algunos aspectos de la LOFCA.


Esto es algo realmente sorprendente, y me van a permitir
que lea la enmienda que, como digo, no es una enmienda nuestra, porque es
lógico que aquellos que estén en el Gobierno en una comunidad autónoma se
preocupen cada vez que aprobamos una ley. Dice así: «Para dar
cumplimiento al principio de lealtad institucional previsto en la Ley
Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las









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Comunidades Autónomas, el Consejo de Política Fiscal y
Financiera procederá a evaluar las obligaciones de gasto que, para las
comunidades autónomas con competencias en materia de Administración de
Justicia, pudieran derivarse de la aplicación de las disposiciones de la
presente ley.»


Precisamente, esta presente ley tiene unos costos
importantes en la medida en que se trata de modernizar la Administración
de Justicia y debe hacerse una previsión para financiar correctamente a
las comunidades autónomas que tienen competencia en la materia. Por
tanto, me parece que no es en absoluto baladí esta modificación de la ley
puesto que, en general, en la mayoría de las leyes que vamos aprobando no
se cumple la LOFCA.


Sin más, esta es la justificación que quería hacer sobre
por qué vamos a votar a favor de estas dos enmiendas.


Gracias, president.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Bofill.


A continuación, tiene la palabra la portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista, senadora Izaskun Gómez.


La señora GÓMEZ CERMEÑO: Gracias, señor presidente.


Mi compañero, el senador Pestana, ya ha dado una
explicación exhaustiva de los motivos que llevan a este grupo a votar en
contra de las enmiendas. Por lo tanto, aprovecharé este turno de
portavoces para hacer una defensa de este proyecto de ley que hoy nos
ocupa.


Como todas sus señorías saben, nuestro ordenamiento
jurídico contempla el derecho de todas las personas a obtener la tutela
de los derechos ante los tribunales. Para ello, sin ninguna duda, es
necesaria la modernización de nuestra Administración de Justicia y,
dentro de dicha modernización, uno de los aspectos de mayor relevancia es
la incorporación en las oficinas judiciales de las nuevas
tecnologías.


No tenemos ninguna duda de que con ello se mejorará la
gestión y la eficiencia, además, permitirá abaratar los costes del
servicio público de la justicia y, desde luego, supondrá una mayor
confianza en el sistema.


A partir de ahora, los ciudadanos van a tener derecho a
acceder a la Administración de Justicia a través de técnicas de la
información y de la comunicación, pero, además, se han puesto los
mecanismos necesarios para que los diferentes profesionales de la
justicia tengan el derecho y la obligación de usar los medios
electrónicos en los procesos judiciales.


Para finalizar, diré que creemos que es un buen proyecto de
ley, que era necesario, y por el que los ciudadanos van a tener el
derecho de acceder a la Administración de Justicia a través de las
técnicas de la información. Por lo tanto, se crea un nuevo derecho, lo
que siempre es digno de celebración.


Nada más y muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Gómez.


A continuación, tiene la palabra el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular, senador Ildefonso Pastor.


El señor PASTOR GONZÁLEZ: Muchas gracias, presidente.


Para comenzar, querría hacer una mención de la enmienda 38,
que se me pasó en el anterior turno, y decir que nuestro grupo votará en
contra pues, aunque consideramos necesario que se reforme la legislación
para introducir la segunda instancia en el trámite penal, entendemos que
se trata de una reforma de un calado demasiado amplio para introducirlo
vía enmienda en una ley que no tiene nada que ver, y que merecería un
estudio mucho más exhaustivo. Por lo tanto, votaremos en contra de esa
enmienda.


Respecto del proyecto de ley, entendemos que se trata de
una ley instrumental en la que se regula el uso de las tecnologías de la
información y la comunicación en la Administración de Justicia, y creemos
que todos estamos de acuerdo en el importante papel que la tecnología ha
de jugar en la modernización de la justicia y en que la integración de
los medios tecnológicos ha de hacerse para mejorar su agilidad sin
detrimento de la seguridad jurídica.


Esta ley ha llegado al trámite en el Senado con un amplio
consenso y fe de ello da que se han presentado muy pocas enmiendas
nuevas, así como que muchas de las enmiendas presentadas han sido
retiradas a lo largo del trámite.









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Nuestro grupo se ha sumado a este consenso desde el primer
momento, aunque sí nos planteamos algunas cuestiones. Por ejemplo, el
motivo por el cual no se había desarrollado todavía la implantación de
las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración
de Justicia. Y nos llama la atención que en muchos aspectos esta ley no
es más que una transposición de la Ley 11/2007 de acceso electrónico de
los ciudadanos a los Servicios Públicos.


Entendemos que se trata en muchos casos de una declaración
de intenciones que compartimos, aunque, como señalaremos posteriormente
en el debate en el Pleno, hay cuestiones que se tratan con excesiva
tibieza, al igual que carencias, como la de una necesaria memoria
económica, dada la fuerte dotación que el proyecto requiere.


En cualquier caso, nuestro grupo votará a favor del
proyecto y, eso sí, anunciamos que estaremos vigilantes en su
cumplimiento.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Pastor.


Una vez finalizadas estas intervenciones, vamos a pasar a
votar las enmiendas por el orden anterior.


Empezamos con las enmiendas presentadas por el Grupo
Parlamentario Mixto, por el senador Quintero Castañeda y también por el
senador Belda. En primer lugar, someteríamos a votación las enmiendas
números 11, 12, 13, 16, 23, 24 y 25.


El señor CONDE BAJÉN: Señor presidente, lamentablemente,
nosotros solicitamos que la número 13 se separe de este grupo de
votación.


El señor PRESIDENTE: De acuerdo. ¿Alguna más?


El señor CONDE BAJÉN: Por favor, ¿puede repetir las que
vamos a votar?


El señor PRESIDENTE: Sí, señoría. Sometemos a votación las
enmiendas números 11, 12, 16, 23, 24 y 25. Después votaremos la enmienda
número 13 y, por último, la número 18.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Por tanto, las enmiendas números 11,
12, 16, 23, 24 y 25 quedan rechazadas.


La señora GÓMEZ CERMEÑO: Ha dicho 23 en contra, pero me
parece que son 22, porque falta el Grupo Parlamentario de Senadores
Nacionalistas.


El señor PRESIDENTE: Está correcta la votación porque 1
voto a favor es el del senador Belda, 23 votos en contra −12 del
Partido Popular, 10 del PSOE y 1 del senador Bofill− y 1 abstención
de la senadora Parera.


A continuación, procedemos a la votación de la enmienda
número 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 11; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar la enmienda número 18.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 10; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar la enmienda número 1 del
Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 10; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar las enmiendas números
30, 31, 32, 33, 34 y 36, a no ser que haya algún grupo que quiera separar
alguna de ellas.









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El señor CONDE BAJÉN: Sí, señor presidente, solicitamos que
la enmienda 31 sea votada separadamente del resto de las citadas por su
señoría.


El señor PRESIDENTE: Repito, votaremos las enmiendas
números 30, 32, 33, 34, 36 y 37. ¿Correcto?


El señor BOFILL ABELLÓ: Señor presidente, la 30 es
coincidente con las números 1 y 3. Por tanto, pido votación separada de
las enmiendas números 29, 30 y 35.


El señor CONDE BAJÉN: Por aclarar, señor presidente,
nosotros solicitamos que se vote en un solo bloque la 30, 32, 33, 34 y
35.


El señor PRESIDENTE: Es que nos han pedido votación
separada de la 35.


El señor CONDE BAJÉN: Me dice que nos han pedido votación
separada de la 35. Perfecto. En todo caso, lo que queremos es que no se
incluyan ni la 31, ni la 36 ni la 37 en el mismo bloque porque el sentido
del voto del Grupo Popular no va a ser el mismo en relación con todas
ellas.


El señor PRESIDENTE: Señorías, yo creo que va a ser mejor
que votemos las enmiendas una por una.


Por tanto, en primer lugar, votamos la enmienda número
29.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 22.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a la votación de la enmienda
número 30.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 10; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar la enmienda número
31.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar la enmienda número 32.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 11; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Procedemos a votar la enmienda número 33.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 11; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar la enmienda número 34.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 11; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar la enmienda número 35.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 10; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar la enmienda número
36.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 14; en contra, 11.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


A continuación, procedemos a votar la enmienda número
37.









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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la última enmienda, de Convergència i Unió, la
número 38.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar las enmiendas del Grupo
Parlamentario Entesa Catalana de Progrés, y lo vamos a hacer por
separado.


En primer lugar, votamos la enmienda número 3.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 10; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Procedemos a votar la enmienda número 4.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 22; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, procedemos a votar las enmiendas del Grupo
Parlamentario Popular en el Senado, números 27 y 28, y lo haremos por
separado.


Votamos, en primer lugar, la enmienda número 27.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 12; en contra, 12; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Señorías, se ha producido un empate.
En consecuencia, procedemos a una nueva votación.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 12; en contra, 12; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Procedemos por tercera y última vez a
la votación de la enmienda número 27.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 12; en contra, 12; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos, en segundo lugar, la enmienda número 28.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 14; en contra, 11.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Señorías, hay dos propuestas relativas a la letra que se
desea que conste en el texto: un grupo prefiere la b), y otro, la d).


Si se admite una sugerencia, la letra d) altera menos el
texto. ¿Están de acuerdo sus señorías? (Asentimiento.)


Por tanto, constará la letra d).


A continuación, vamos a someter a votación el texto
remitido por el Congreso de los Diputados, salvo aquellas partes del
mismo que pudieran considerarse ya incluidas en las enmiendas que, en su
caso, hubieran sido aprobadas.


Asimismo, pongo en su conocimiento que en el referido texto
se introducirán diversas correcciones de errores, entre las que destacan
las siguientes: Primero, en la exposición de motivos, apartado II, en la
mención a la Ley 15/2003 se hace referencia a dicha ley como reguladora
del régimen contributivo cuando esta ley es reguladora del régimen
retributivo. Segundo, en la exposición de motivos, último párrafo del
apartado III, se hace referencia a las disposiciones finales cuando debe
hacerse referencia a las disposiciones adicionales. Tercero, en el
artículo 18, apartado 4, debe hablarse de previsiones en lugar de
provisiones. Y, cuarto, en la disposición adicional segunda debe hacerse
referencia al artículo 24 de la Constitución, tal como se ha dicho
anteriormente.


Señorías, procedemos pues a la votación de dicho texto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 25.









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El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.


Finalizada la votación, se proclama que ha sido dictaminado
por la Comisión de Justicia el Proyecto de Ley reguladora del uso de las
tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de
Justicia.


Acto seguido, procede designar al miembro de la comisión
que llevará a cabo la presentación del dictamen ante el Pleno del
Senado.


Tiene la palabra el senador Conde.


El señor CONDE BAJÉN: Gracias, señor presidente.


El Grupo Parlamentario Popular en el Senado propone al
presidente de la comisión.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.


Tiene la palabra la senadora Gómez.


La señora GÓMEZ CERMEÑO: Gracias, señor presidente.


El Grupo Parlamentario Socialista apoya la propuesta.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señorías, por su
confianza.


DESIGNAR PONENCIA


— PROYECTO DE LEY DEL REGISTRO CIVIL. (621/000100)


AUTOR: GOBIERNO.


El señor PRESIDENTE: Señorías, a continuación procede la
designación de la ponencia en relación con el Proyecto de Ley del
Registro Civil.


¿Qué nombres propone el Grupo Parlamentario Popular en el
Senado?


El señor CONDE BAJÉN: Señor presidente, el Grupo
Parlamentario Popular en el Senado propone a los senadores Joaquín Luis
Ramírez y Fernando García Navarro.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Conde.


¿Qué senadores propone el Grupo Parlamentario
Socialista?


El señor PESTANA PADRÓN: El Grupo Parlamentario Socialista
propone al senador Arcadio Díaz Tejera, y quien les habla, Anselmo
Pestana.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Pestana.


En consecuencia, la ponencia queda integrada por los
senadores propuestos por estos dos grupos, así como por el único
representante que cada uno del resto de los grupos tiene en la
comisión.


¿Está de acuerdo la comisión? (Asentimiento.)


Así consta.


— PROYECTO DE LEY ORGÁNICA, COMPLEMENTARIA DE LA LEY
DEL REGISTRO CIVIL, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1
DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL. (621/000102)


AUTOR: GOBIERNO.


El señor PRESIDENTE: Pasamos a designar la ponencia que
informe el Proyecto de Ley Orgánica, complementaria de la Ley del
Registro Civil, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial.


Pregunto a sus señorías si esta ponencia estaría integrada
por los mismos senadores designados anteriormente en relación con el otro
proyecto de ley. ¿Es así? (Asentimiento.)


En consecuencia, quedan aprobados los senadores propuestos
por los dos grupos, así como por el representante que cada uno del resto
de los grupos tiene en la comisión.


Se levanta la sesión.


Eran las trece horas.