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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 62, de 26/05/2009
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DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2009 IX Legislatura Núm. 62

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. DOÑA MARÍA ISABEL POZUELO MEÑO

Sesión núm. 11

celebrada el martes, 26 de mayo de 2009

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Núñez Pérez) para informar sobre los siguientes extremos:


- Informe de fiscalización de las unidades de gestión de grandes empresas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ejercicios 2004 y 2005. (Número de expediente del Congreso 251/000057 y número de expediente del Senado
771/000056.) ... (Página 2)


- Informe de fiscalización de la participación de las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía en los fondos de compensación interterritorial ejercicio 2003. (Número de expediente del Congreso 251/000063 y número de
expediente del Senado 771/000063.) ...
(Página 11)


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Debate y votación de las propuestas de resolución:


- Informe de fiscalización de los estados contables del ejercicio 2005 de los partidos políticos con representación parlamentaria en las Cortes Generales o en las Asambleas legislativas de las comunidades autónomas.
(Número de expediente
del Congreso 251/000048 y número de expediente del Senado 771/000047.) ... (Página 18)


- Informe de fiscalización de la contabilidad de las elecciones locales, celebradas el 27 de mayo de 2007. Número de expediente del Congreso 251/000073 y número de expediente del Senado 771/000072.) ... (Página
18)



- Informe de fiscalización sobre los procedimientos de contratación de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. (Número de expediente del Congreso 251/000080 y número de expediente del Senado
771/000080.) ... (Página 20)


Elección de vacantes. Mesa Comisión.



- Elección de secretario primero. (Número de expediente del Congreso 041/000036 y número de expediente del Senado 571/000001.) ... (Página 23)


Se abre la sesión a las diez y treinta minutos de la mañana.



La señora PRESIDENTA: Antes de comenzar con el orden del día que tenemos establecido, voy a proponer a la Comisión la modificación del orden del día aprobado por la Mesa y portavoces para la incorporación de un punto, la elección de un
nuevo secretario primero de la Mesa. El actual secretario, Carmelo López, ha presentado formalmente su renuncia como secretario de esta Comisión, que haremos efectiva al finalizar la misma, momento en el que tendríamos que elegir a un nuevo miembro
de la Mesa como secretario primero. Pregunto por tanto a SS.SS. si están de acuerdo en la modificación del orden del día, procediendo a la elección al finalizar el que tenemos aprobado actualmente. ¿Les parece bien? (Asentimiento.) Se aprueba
entonces.



COMPARENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (NÚÑEZ PÉREZ) PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN DE GRANDES EMPRESAS DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EJERCICIOS 2004 Y 2005. (Número de expediente del Congreso 251/000057 y Número de expediente del Senado
771/000056.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos entonces al primer punto, que es el informe de fiscalización de las unidades de gestión de grandes empresas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, correspondiente a los ejercicios 2004 y 2005.
Para su presentación tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas, el señor Núñez.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Señorías, el informe de fiscalización de las unidades de gestión de grandes empresas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a los ejercicios 2004 y 2005
se ha realizado a iniciativa del propio Tribunal de Cuentas y fue aprobado por el Pleno en su sesión del 17 de julio de 2008, es decir, hace menos de un año. Este informe se agrega a los sucesivos informes que el Tribunal de Cuentas ha venido
remitiendo a esta Comisión mixta en relación con la Agencia Tributaria. Por cierto, le seguirá otro informe porque está programada para este año la fiscalización de las actuaciones de recaudación en vía ejecutiva de la Delegación central de grandes
contribuyentes de la Agencia Tributaria, ejercicio 2007. Quiere decirse por lo tanto que es una labor fiscalizadora que no cesa.



Discúlpenme SS.SS. si para enmarcar el alcance de la fiscalización a la que este informe se refiere hago una brevísima referencia a la definición de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a sus competencias y responsabilidades.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria es un ente de derecho público responsable, entre otros aspectos, de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, para lo cual lleva a cabo fundamentalmente actuaciones de
información y asistencia a los contribuyentes, de recaudación y de control del cumplimiento tributario. A su vez, dentro de las actuaciones de control cabe distinguir las que realizan los órganos de gestión tributaria a través de controles masivos
o extensivos y las efectuadas por la Inspección


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Financiera y Tributaria mediante controles selectivos. El principal objetivo de la fiscalización que presentamos es el análisis de las actuaciones de control de las obligaciones tributarias realizadas por unidades específicas de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, concretamente por la Unidad central de grandes empresas, integrada desde el año 2006 en la Delegación central de grandes contribuyentes, y las unidades regionales de grandes empresas, a su vez integradas en las
dependencias regionales de Inspección. Estas unidades fueron creadas en función de las características especiales de determinados contribuyentes que tienen la consideración de gran empresa o del régimen tributario aplicable a los mismos. El censo
de grandes empresas estaba cuantificado a finales del año 2005 en 31.135, de las que 1.544 estaban asignadas a la unidad central y el resto a las unidades regionales. Las actuaciones de fiscalización se centraron en los servicios centrales de la
Agencia Tributaria y en la delegación central, así como en las delegaciones especiales de Madrid, Baleares y Galicia. Las comprobaciones se centraron en la verificación del cumplimiento de la normativa vigente en las actuaciones llevadas a cabo por
las unidades de gestión de las grandes empresas y en el análisis de los procedimientos empleados. En consecuencia, se evaluaron las dotaciones de personal de estas unidades; la formación y mantenimiento del censo de las grandes empresas; la
gestión propiamente dicha de las declaraciones tributarias periódicas, anuales e informativas; la gestión de las sanciones, recargos e intereses, así como la ejecución de los planes de control tributario en relación con las grandes empresas como
instrumentos de valoración de la eficacia de las actuaciones.



Respecto al alcance de la fiscalización, en el informe se precisa que las comprobaciones efectuadas se refirieron a las actuaciones de control realizadas a partir de la información grabada en las distintas aplicaciones informáticas que
soportan la gestión de las declaraciones a que están obligadas las grandes empresas. La información de que se dispuso fue la recogida en la base de datos centralizada, que se actualizaba de manera permanente sin que se pudieran obtener directamente
datos históricos para el seguimiento de las actuaciones realizadas, lo que, pese a la carencia señalada, se manifiesta en el informe, que no supuso una limitación para las actuaciones fiscalizadores. En cambio, en las aplicaciones que gestionan los
expedientes sancionadores, recargos e intereses la no conservación del registro histórico de las sanciones finalizadas, manteniendo únicamente los datos de número e importe del expediente, impidió efectuar comprobaciones específicas sobre los
mismos.



¿Cuáles son los principales resultados de la fiscalización? En cuanto a los procedimientos de gestión tributaria aplicables por las unidades de gestión de grandes empresas, el informe señala que la Ley General Tributaria realizó una
regulación expresa y sistemática de los mismos, materia que en la anterior Ley de 1963 se encontraba escasamente definida. Los procedimientos regulados en la nueva Ley General Tributaria fueron desarrollados, como saben SS.SS. -es bueno
recordarlo-, por el Real Decreto 1065/2007, que es posterior al periodo fiscalizado. Se resalta asimismo la importancia de la modificación del régimen sancionador en el ámbito tributario de la misma ley, la 58/2003, desarrollada en esta materia por
un real decreto de 2004 por el que se aprueba el reglamento del régimen sancionador tributario. No obstante, ha de señalarse que en las referidas unidades se realizan funciones de control masivo o extensivo sobre las declaraciones presentadas por
las grandes empresas, las cuales se encuentran sometidas a similares obligaciones tributarias que el resto de los contribuyentes, salvo determinadas obligaciones de carácter formal, para las que existen modelos específicos de declaraciones. Como
habrán podido deducir de la lectura del informe, las comprobaciones se han centrado en el análisis de los procedimientos implantados, que se sustentan en diferentes aplicaciones informáticas que efectúan el seguimiento de las sucesivas fases
procedimentales en cada uno de los procesos seguidos, y que están dotadas de distintas llamadas de atención o filtros que advierten, en su caso, de las deficiencias o situaciones anómalas en el expediente tramitado.



¿Cuáles son los criterios de adscripción de contribuyentes a las unidades de gestión? En el informe se señala la modificación de las competencias de la unidad central sobre determinados procedimientos, a raíz de la entrada en
funcionamiento, a comienzos del año 2006, de la nueva Delegación central de grandes contribuyentes, perdiendo competencias sobre los procedimientos de verificación de datos -que posteriormente se han recuperado-, de comprobación de valores y de
comprobación limitada, asumidas por otras unidades de la delegación central, lo que se valora como una pérdida de la unidad de actuación, que se sugiere revisar.
Asimismo, se sugiere revisar los criterios de adscripción a las distintas unidades de
los obligados tributarios que integran el censo de grandes empresas, como a continuación se indica en el informe.



En cuanto al personal, se estima en el informe que, en términos generales, las dotaciones de personal eran insuficientes, sobre todo en las unidades regionales de menor dimensión, circunstancia que se agrava por el crecimiento experimentado
en el censo de grandes empresas y por el hecho de que en el periodo fiscalizado no se encontraban cubiertos todos los puestos de trabajo adscritos a las unidades. Así, en agosto del año 2006, la dotación de personal de las unidades regionales de
gestión de las grandes empresas era de 95 personas, estando vacantes 30 puestos de trabajo, y resultando, en consecuencia, una cobertura efectiva del 68,4 por ciento para un censo superior a las 29.000 grandes empresas. En cuanto a las unidades
centrales, a finales del año 2005 el personal efectivo ascendía a 44 en la sede de Madrid y a 11 en Barcelona.



Pasamos a hablar del censo de obligados tributarios, que también se analiza en el informe. En el caso del


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censo de obligados tributarios adscritos a estas unidades, el criterio principal de adscripción se establecía en función del volumen de operaciones del ejercicio inmediato anterior cuando aquel estuviera por encima de 6,01 millones de euros,
habiéndose mantenido invariable el citado límite desde su creación, en 1992. Ello ha desvirtuado la noción de gran empresa a efectos de su control especializado por parte de las unidades de gestión y ha contribuido al excesivo crecimiento del censo
de obligados adscritos a las unidades regionales, que se había triplicado en un periodo de diez años hasta alcanzar el volumen ya mencionado. En lo que se refiere a la Unidad central de gestión de grandes empresas, tras su integración en 2006 en la
Delegación central de grandes contribuyentes, se encontraba inmersa en un proceso de homogeneización del censo de obligados procedentes de las anteriores oficinas nacionales de inspección, así como de la Oficina Nacional de Recaudación, para
adaptarse al criterio general de adscripción de los contribuyentes cuyo volumen de operaciones excediera de 100 millones de euros.



En relación con la formación y el mantenimiento del censo de grandes empresas, se señala en el informe que en los ejercicios objeto de la fiscalización no se realizaba el mantenimiento por el procedimiento masivo denominado depuración censal
integral, sino mediante un método indirecto de control a través de un filtro censal en las declaraciones anuales del IVA, de forma que se retrasaba e incluso se llegaba a paralizar la tramitación de este último impuesto hasta la resolución del
citado filtro. No obstante, la entidad manifestó en sus alegaciones que a partir del ejercicio de 2007 se desarrolló una herramienta informática que permitía una gestión masiva, agilizando el procedimiento censal sin retrasar la campaña anual del
IVA. Ya veremos si en la fiscalización del ejercicio del año 2007, que está en marcha o está en nuestro programa, este tema se ha cumplido. En cuanto al resultado de las comprobaciones, se señala en el informe que el grado de resolución de filtros
censales se considera satisfactorio en las unidades de gestión de grandes empresas visitadas durante la fiscalización, excepto en la de Madrid, en la que se habían resuelto menos de la mitad de los filtros activados.



Si hablamos de las declaraciones tributarias gestionadas, se analizó el sistema de resolución de filtros de comprobación que se encuentra implantado en las aplicaciones informáticas que sustentan la gestión, observándose algunas incidencias
comunes a las distintas aplicaciones analizadas. Así, por ejemplo, los procedimientos iniciados conforme a la anterior Ley 230/1963, sobre declaraciones del IVA, ejercicio 2004, o en el caso de declaraciones finalizadas después de un procedimiento
de comprobación, si se había estimado un recurso o había transcurrido un tiempo sin llevar a cabo nuevas actuaciones, no podía concluirse el proceso directamente mediante la aplicación informática. Además, en los ejercicios analizados las
aplicaciones informáticas no permitían la emisión de segundos requerimientos, situación que se solventó a finales del año 2006.



Con referencia a la gestión de las declaraciones periódicas del impuesto sobre el valor añadido y de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas, se observó que existía un porcentaje significativo de
declaraciones sin actuaciones de comprobación durante un plazo superior a seis meses, así como, si bien en casos muy reducidos, situaciones en las que los procedimientos iniciados habían caducado. Asimismo, otros expedientes ya finalizados no
constaban como tales en la aplicación informática.



En lo que respecta a las declaraciones informativas, la mayoría de las declaraciones analizadas, es decir, un 73 por ciento, según los datos que constan en el informe, se mantenían con errores pendientes de resolver, principalmente por
errores de identificación de contribuyentes, para los que era necesaria su resolución individual. No obstante, con posterioridad al periodo fiscalizado, entró en funcionamiento una nueva aplicación de identificación masiva de contribuyentes
mediante el cruce de datos con las bases del Ministerio del Interior y de la Tesorería General de la Seguridad Social. No se envió requerimiento alguno en el 37 por ciento de las declaraciones analizadas en las que se detectaron errores
correspondientes al ejercicio 2004 ni en el 42 por ciento de las referidas al año 2005, mientras que en el 15 por ciento de los casos en los que se envió el citado requerimiento no se recibió ninguna contestación. Pese a ello, no consta que se
llevara a cabo actuación posterior alguna.



Voy a hacer también una breve referencia a la recaudación tributaria procedente de las grandes empresas. Los ingresos recaudados procedentes de las grandes empresas suponen, como saben SS.SS, una parte significativa del total de los
recursos tributarios del Estado. Así, por ejemplo, en el ejercicio del año 2005 la recaudación líquida por IVA de las grandes empresas fue de 25.664 millones de euros, el 51,46 por ciento del total recaudado por dicho concepto, participación que se
mantiene en la recaudación por IRPF, que alcanzó los 26.659 millones de euros y que se incrementa sensiblemente en la recaudación líquida por el impuesto sobre sociedades, que fue de 14.798 millones de euros. En relación con la gestión de
sanciones, recargos e intereses de demora, se señala en el informe -como ya se ha recordado- que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no mantenía en sus aplicaciones informáticas un registro histórico de los expedientes sancionadores
finalizados, lo cual ha imposibilitado su comprobación individualizada. No obstante, de las comprobaciones efectuadas sobre los expedientes que se encontraban en tramitación se desprende el cumplimiento, con carácter general, de la normativa
vigente sobre el régimen sancionador tributario en los ejercicios objeto de la fiscalización. Cabe destacar la existencia en las unidades regionales visitadas de un alto porcentaje de expedientes pendientes de iniciar sin causa justificada, si bien
entre


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los expedientes sancionadores analizados no se encontró ninguno caducado.



En cuanto a la ejecución de los planes de control tributario, se realizó un análisis de la ejecución de estos planes en relación con las grandes empresas. Los resultados que se obtuvieron pusieron de manifiesto que las modificaciones
introducidas en los principales instrumentos de planificación para el ejercicio 2005 por la Agencia Tributaria, a raíz de las directrices del Plan de prevención del fraude fiscal, supusieron una mejora de control de las actuaciones de las unidades
de gestión de grandes empresas al ampliar los objetivos e indicadores previstos en los planes anteriores, en los que no se encontraban suficientemente definidos, estableciéndose tales objetivos en términos de número de actuaciones y no de deuda
liquidada, como ocurría anteriormente. En relación con estas unidades, las actuaciones de gestión y control se concretaban en cinco programas dentro del apartado relativo a los planes parciales de control tributario del área de Inspección
Financiera y Tributaria. En general, todos los indicadores analizados reflejan el cumplimiento de los objetivos previstos en el conjunto de las unidades de gestión de grandes empresas, si bien, en algunos casos, con un alto porcentaje de
cumplimiento de las actuaciones previstas. El objetivo fijado en 2005 era inferior, en torno a un 40 por ciento sobre los resultados obtenidos en el ejercicio anterior, como ocurre en los programas de control de actuaciones de declaraciones
periódicas y de control de declaraciones informativas.



El informe termina haciendo unas recomendaciones que, en síntesis, les voy a recordar a ustedes. El Tribunal de Cuentas considera conveniente la revisión general de los criterios de adscripción de obligados tributarios a las unidades de
gestión de grandes empresas, además de dotar a estas unidades con suficiente personal destinado al control extensivo de grandes empresas, a fin de intentar que se alcance, por el personal funcionario, una mayor especialización por figuras
tributarias. Asimismo, el Tribunal de Cuentas estima conveniente y necesario realizar un análisis sobre las causas más frecuentes de los errores que se presentan en las declaraciones de los obligados tributarios, estableciendo medidas correctivas
que eviten la presentación de declaraciones con errores. Por otra parte, el Tribunal de Cuentas también recomienda que debería conservarse, a disposición de los órganos de control, un registro histórico de los procedimientos sancionadores
finalizados en los últimos ejercicios, para evitar los inconvenientes y las dificultades que hemos expuesto a lo largo de nuestra presentación. Esta última recomendación se suma a la que viene reiterando el tribunal en sus informes de fiscalización
sobre la gestión de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria respecto de otros expedientes y actuaciones documentados mediante registros informáticos de los que no se guarda archivo histórico. Como dato positivo, tengo que decir que he
sometido el proyecto de informe al ministerio fiscal y al Servicio Jurídico del Estado. Ambos manifestaron su conformidad e indicaron expresamente no haber apreciado la existencia de posibles supuestos de responsabilidad contable.



Como resumen de todo lo expuesto -y ya termino, señora presidenta, señoras y señores diputados-, se estima oportuno reseñar la importancia de la fiscalización efectuada dirigida a una actividad tan sensible como es la recaudación tributaria
de las grandes empresas. La lectura del informe confirma el detallado análisis que se ha efectuado sobre la organización y procedimientos diseñados por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, pudiéndose reseñar que la principal
contribución de la actuación fiscalizadora, en este caso, no ha sido la detección de grandes deficiencias e irregularidades que pudieran cuestionar el modelo recaudatorio seguido, sino señalar junto a las deficiencias -en su caso- observadas, las
debilidades del sistema informático implantado deducidas de su examen, propiciando de este modo que la Administración tributaria alcance mayores grados de perfección y ofrezca las necesarias garantías a todos los contribuyentes.



La señora PRESIDENTA: En nombre del Grupo Popular, el señor Tomé tiene la palabra.



El señor TOMÉ MUGURUZA: Hoy me corresponde, en nombre de mi grupo, dar la bienvenida a esta Comisión al presidente del Tribunal de Cuentas y agradecerle el informe que nos ha sido remitido, así como la presentación clara y concisa que ha
hecho del mismo. Es un informe extenso y exhaustivo, que en mi opinión tiene un especial valor en los momentos que estamos viviendo. La crisis económica que padece nuestro país no solamente es una crisis económica, financiera o de empleo, es
también una crisis fiscal que está afectando a la recaudación tributaria de manera muy especial. Ahí está el último informe de la Agencia Tributaria que pone de manifiesto que este año, hasta marzo, se ha vuelto a producir un nuevo descenso de la
recaudación tributaria del 16 por ciento. No cabe duda de que en estos momentos todo lo que afecta a la Agencia Tributaria, como entidad responsable de la administración de nuestro sistema tributario, cobra una especial importancia. Hemos pasado
de épocas de crecimiento y de inflación, donde la recaudación llegaba fácilmente, a una época donde se empiezan a observar problemas como quejas de los contribuyentes, o los propios funcionarios que están poniendo de manifiesto las tensiones a las
que se está viendo sometida la Agencia Tributaria. Hace apenas unas semanas la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda ponía de manifiesto la presión que se está haciendo sobre los funcionarios con nuevos objetivos cuantitativos que,
como dicen ellos, pueden suponer una menor calidad de las actuaciones.
Ahí están también los recortes en el presupuesto de la agencia de este último año, o las quejas de los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera que se ven privados, por
falta de medios, de cumplir sus misiones;


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por no hablar de los problemas que está habiendo también en esta campaña de renta en la gestión de los borradores del impuesto sobre la renta. Por eso, doy especialmente también la bienvenida a la comunicación que nos ha hecho el presidente
del Tribunal de Cuentas sobre las actuaciones que van a desarrollarse en relación con los servicios de recaudación de la Delegación Central de Hacienda referentes al año 2007. Deberíamos procurar ir ganando inmediatez, una vez que el tribunal va
ganando experiencia en el examen de los procedimientos de una organización tan compleja. Me parece muy bien esta iniciativa referente al año 2007, que a mi grupo le gustaría que se extendiese a otros servicios de la agencia, como la selección e
inspección, al propio funcionamiento de la Delegación central de grandes contribuyentes como organismo integral a partir del año 2006, u otros dos aspectos -que he mencionado- que están siendo polémicos como el Servicio de Vigilancia Aduanera o la
gestión de las campañas de renta con sus comunicaciones de datos.



El presidente del Tribunal de Cuentas, cuando resumía su informe, ha puesto de manifiesto las frecuentes incidencias por resolver que surgen como consecuencia de los distintos filtros que se van poniendo para el control tributario. Se han
puesto de manifiesto errores en la falta de requerimiento en algunas ocasiones; falta de actuaciones en lo que se refiere a iniciar expedientes sancionadores y también se ha puesto de manifiesto -y se detalla en el informe- que algunos expedientes
han caducado por falta de acción de la Administración tributaria. A este respecto me gustaría conocer la opinión del tribunal. Ya se nos ha comunicado que ni la Abogacía del Estado ni la fiscalía aprecian la existencia de responsabilidades
contables, pero me gustaría conocer la opinión del tribunal sobre cuál puede ser el origen de estas incidencias, si son problemas organizativos, problemas de falta de personal o problemas en el diseño de las propias aplicaciones informáticas que,
según parece deducirse del informe, no están en condiciones de gestionar los propios expedientes que, como consecuencia de ellas, se tramitan.



Otro de los aspectos que me ha parecido singularmente importante en el informe es lo que se refiere a la definición de gran empresa a estos efectos. Ahí existen umbrales sin actualizar en más de quince años. Gran empresa a partir de una
facturación de 6 millones a efectos del IVA o gran empresa sujeta a la delegación central, 100 millones. El tribunal pone de manifiesto la insuficiencia de medios. Me gustaría que hiciera una valoración sobre qué es lo que podríamos ganar
sustrayendo determinadas empresas a la calificación de gran empresa o si, por el contrario, lo que se debe hacer es dotar de más medios para que todo el censo sea revisado con especial cuidado. Hay otro aspecto que me parece especialmente
importante que es la falta de registro histórico de los expedientes sancionadores y me gustaría que el presidente del tribunal nos explicase las consecuencias que se pueden derivar de ello, dada la especial diligencia que debe tener una entidad,
como es la agencia, que se basa en el uso masivo de una información que es muy delicada de los contribuyentes. En este sentido, el informe menciona expresamente que no se han evaluado aspectos como la integridad, la confidencialidad y la fiabilidad
de los datos. No sé si esto es un aspecto que, cara al futuro, se debería de incluir, teniendo en cuenta la especial responsabilidad que tiene que tener la agencia en el tratamiento y en la custodia de los datos y de la información masiva que tiene
de todos los contribuyentes.
Le agradecemos otra vez especialmente el rigor, el detalle y lo exhaustivo del informe.



La señora PRESIDENTA: En nombre del Grupo Mixto, el señor Tuñón tiene la palabra.



El señor TUÑÓN SAN MARTÍN: En principio, quiero agradecer al presidente del Tribunal de Cuentas la presentación del informe. Realmente es un informe muy técnico, muy complejo y muy difícil de leer para las personas que no somos expertas en
temas fiscales o tributarios. En cualquier caso, voy a hacer alguna referencia al mismo. El informe está bastante bien y diría que es un informe tranquilizador, porque indica una gestión bastante razonable de la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria, lo cual es bastante tranquilizante sobre todo en los momentos en los que estamos.



Me gustaría hacer una reflexión sobre el tema del personal. El informe parte de que no existen limitaciones, lo cual indica que probablemente se han cumplido todos los objetivos de la fiscalización, en el sentido de que no ha habido ninguna
rémora ni impedimento para que se haya podido hacer todo lo que se quería hacer, pero me gustaría hacer una referencia al tema del personal. Este es un tema que en el informe queda claro y, sin embargo, me suscita algunas dudas. Se habla de
insuficiencia de personal, aunque no sé si también se puede hablar de desequilibrio de personal entre la Unidad central de gestión de grandes empresas y las unidades regionales. Primero habría que ver si hay una desproporción, es decir, que la
unidad central puede estar mejor dotada, según parece, y las unidades regionales pueden estar peor dotadas. No sé cuáles son las causas, pero se dice que algunas delegaciones son insuficientes aun teniendo cubiertas todas las plazas; puede ser.
Parece que hay delegaciones pequeñas que pueden ser suficientes, pero la insuficiencia viene de eso o también viene añadida, como se dice en el informe, por el tema de las vacantes. ¿Cuáles son las causas de estas vacantes? En Extremadura,
teóricamente, hay dos plazas y hay dos vacantes. ¿Esto que significa? En La Rioja, hay dos plazas y una vacante. En el País Vasco, hay cuatro y dos. Es decir, en lo que son precisamente, como bien se dice en el informe, unidades regionales de
menor dimensión. Sobre este tema se podría hacer alguna fiscalización o se podría poner algún objetivo; un tema que no sé si se ha constatado por primera vez por el Tribunal de Cuentas o, de


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alguna forma, ha venido repitiéndose en anteriores informes. En este sentido, me parece que es un problema de asignación de vacantes o de cubrir puestos, o se puede estar produciendo en estos momentos una reorganización. Esto es lo que le
quería comentar.



En cuanto a lo demás, poco voy a decir. El portavoz, señor Tomé, ha hecho referencia a que el informe es realmente satisfactorio en relación con todo el amplio trabajo realizado por el Tribunal de Cuentas y me parece que, en este caso, se
podría definir como bastante avanzado en este tema.
Incluso en acceder a temas en los que me parece que existe cierta complejidad técnica, lo cual tranquiliza de alguna forma la capacidad de actuación del Tribunal de Cuentas. En este tema,
relativo al personal, dice que en las actuaciones de control se alcanza una mayor especialización por figuras tributarias. ¿Ha repercutido también en esta valoración global del personal -que es lo que más dudas me suscita de todo el informe- o hay
una relación directa entre el personal y cierta gestión o una gestión menos adecuada de algunas figuras tributarias? Ya que en el informe se hace repaso a todas las figuras tributarias por las que tienen que tributar las grandes empresas. También
está el tema del límite de adscripción de nuevos contribuyentes. No se puede mantener la cifra de negocios del año 1992, como también se ha señalado.



Al tema del registro histórico, por lo que dice también en el informe, ustedes ya se han referido repetidas veces. La Agencia Tributaria en sus alegaciones induce causas por las cuales este tema. Puede haber un tema operativo, puede haber
cualquier otro tema, pero realmente no sabemos por qué la Agencia Tributaria no hace este registro histórico. A ver si usted nos puede concretar este tema, si es que sabe las causas, y, si no sabe las causas, por lo menos si sabe si la Agencia
Tributaria no está de acuerdo con esta percepción del Tribunal de Cuentas. Por lo demás, quiero agradecerle y animarle a que continúe en esta línea.



La señora PRESIDENTA: En nombre del Grupo Socialista, señor Hurtado.



El señor HURTADO ZURERA: En primer lugar, como portavoz del Grupo Socialista en lo relativo a este informe, quiero agradecer al Tribunal de Cuentas las actuaciones de oficio justamente en este tema y en lo que supone una contribución
importante en la lucha contra el fraude fiscal.
Todos tenemos como objetivo prioritario luchar contra el fraude fiscal; otro objetivo, que también es importante, es mejorar la gestión en la recaudación tributaria. Esta es la gran contribución que
hace el Tribunal de Cuentas, actuando de oficio en una fiscalización continuada y no excepcional de la Agencia Tributaria, en concreto de las unidades de gestión de grandes empresas. Por tanto, mi primera manifestación es de agradecimiento a esa
colaboración que generosamente hace el Tribunal de Cuentas.



Mi segunda manifestación se refiere, como bien ha dicho el presidente, a que podemos sentirnos relativamente satisfechos o por lo menos tranquilos de que no haya ningún tipo de responsabilidades contables, no se ha detectado ningún supuesto
de responsabilidad contable. El informe sí que pone de manifiesto, como bien ha dicho el presidente, las debilidades que tiene el sistema y que tendremos que ir perfeccionando. También esa labor positiva y colaboradora por parte del tribunal es de
agradecer. Esas debilidades hay que detectarlas, están muy bien detectadas en el informe, ahí el Tribunal de Cuentas ha desarrollado un trabajo importante. No cabe duda que nosotros no solamente estamos obligados a conocer esas debilidades, sino
que debemos poner los medios necesarios para que sean cubiertas y, por tanto, mejoremos a partir de este informe la gestión tributaria y la lucha contra el fraude fiscal.



Tengo que destacar una cuestión. Estamos hablando de un sistema de especialización en el control tributario. Una especialización que estaba a nivel de gestión en los distintos tipos de tributos o figuras tributarias, pero que ha llegado a
un nivel de especialización en función del volumen de operaciones de las empresas que son sujetos pasivos de estos impuestos. Es una estructura que mejora la especialización y, por tanto, mejora la eficiencia. Quisiera hacer una primera pregunta,
porque el Tribunal de Cuentas no hace manifestaciones al respecto, sobre la positiva contribución que supone esta especialización en el control tributario a través de unidades gestoras de grandes empresas. Es muy positivo, estamos hablando de un
volumen de recaudación tributaria muy importante. Se ha señalado que es más del 50 por ciento en el IVA, aproximadamente unos 25.000 millones de euros en 2005; en el impuesto sobre sociedades de más de un 78 por ciento, en torno a los 15.000
millones de euros, y en el impuesto sobre la renta de las personas físicas de un 49,78 por ciento en 2005, pero hablando de un montante de más de 26.000 millones de euros. Es decir, se han gestionado 67.000 millones de euros en el año 2005 a través
de las unidades de gestión de grandes empresas. Eso pone de manifiesto la importancia de estas unidades de gestión y también la oportunidad que hubo en su día de definir estas estructuras especializadas en este tipo de empresas. Por tanto, las
sociedades, como bien ha dicho el señor presidente, no es que tengan más obligaciones fiscales que otras, simplemente tienen obligaciones añadidas de tipo formal a nivel de declaraciones o informaciones específicas que tienen que aportar para ser
controladas. Estamos hablando de aproximadamente 30.000 empresas que se gestionan a través de las unidades territoriales o regionales. En el año 2006 -se han dado los datos de 2005- ya llegaban a 4.700 empresas en la unidad central de grandes
empresas, con lo cual hay que valorar positivamente la oportunidad, la eficacia y la contribución que suponen estas unidades, tanto regionales y territoriales como la unidad central en Madrid y Barcelona. Todos tenemos que estar


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satisfechos porque significa una mejora sustancial en el control y fiscalización de las mismas.



Con respecto al informe también quiero agradecer la complejidad del mismo, no solamente por el volumen sino por los añadidos que ha habido en los cambios normativos y de procedimiento que han tenido lugar a lo largo de los dos ejercicios,
2004 y 2005, con una nueva Ley General Tributaria que entró en vigor el 1 de julio de 2004, pero también con un nuevo real decreto de 2004, que cambió todo el régimen sancionador de los distintos impuestos y por tanto las comprobaciones y los
controles. En definitiva, el informe se ha hecho aún más complejo.



En cuanto al contenido más pormenorizado del informe se habla en concreto de la gestión censal. En la gestión censal se pone de manifiesto que se utiliza un método indirecto a través de un primer filtro para la definición de quiénes son o
cómo se determina lo que son grandes empresas. Es un sistema de control indirecto y funciona con cierta satisfacción; se hace una excepción en el caso de Madrid pero hay una satisfacción general, si bien es cierto que en el propio informe se pone
de manifiesto que en el año 2007 ya se ha puesto en funcionamiento un nuevo sistema, una nueva aplicación informática que puede significar una sustancial mejora. Con esto quiero decir que la gestión censal es satisfactoria, pero que incluso en años
posteriores puede y debe mejorar con la aplicación nueva que se ha puesto en funcionamiento. También se pone de manifiesto que se va desvirtuando lo que son grandes empresas.
Hay un dato muy significativo y es que en los últimos diez años
prácticamente se ha triplicado el número de grandes empresas. Las unidades territoriales han alcanzado la cifra de 30.000, con lo cual se está desvirtuando un poco lo que es gran empresa. Quizá habría que ampliar el volumen de operaciones, con lo
cual se reduciría sustancialmente el número de empresas o aumentar la estructura, pero evidentemente habría que establecer algún tipo de compensación para que esto que se llama desvirtuar las grandes empresas, de alguna forma tenga algún tipo de
respuesta al respecto. En ese sentido, mi segunda pregunta podría ser: ¿considera más adecuado ampliar el umbral del volumen de operaciones que se saca del resumen anual en el impuesto sobre el valor añadido o considera más adecuado ampliar la
estructura para que estas unidades, tanto las territoriales como la central, pudiesen abordar este control masivo y extensivo de forma más eficaz?


También en el informe se pone de manifiesto la insuficiencia de recursos humanos y se hacen manifestaciones distintas. Por una parte, la escasez de recursos humanos no se da de forma uniforme en todas las unidades.
Incluso se habla de que
puede haber más recursos humanos en las unidades centrales y menos en las territoriales, pero incluso dentro de las unidades territoriales se pone de manifiesto que aquellas de menor dimensión son las que más problemas tienen de cobertura y de
recursos humanos. Quizás no haya una equitativa distribución de los recursos humanos actualmente existentes. También se habla de la necesidad de aumentar esos recursos humanos porque, por una parte, se puede dar que no haya suficiente número de
plazas, pero, por otra, se habla de un nivel de cobertura en torno al 68 por ciento, con lo cual hay que garantizar que como mínimo el cien por cien de las plazas deben estar cubiertas. En ese sentido, es un esfuerzo que en las recomendaciones
tenemos que poner de manifiesto porque significaría, sobre todo en esas unidades territoriales más pequeñas, las unidades regionales, que pudiese producirse una mejora sustancial en la misma gestión. Aunque también tengo que advertir que,
curiosamente, en el total del informe hay excepcionalidades en Madrid y sin embargo no ha habido -por lo menos no se especifican en el informe- muchas excepcionalidades en las pequeñas unidades territoriales o regionales, que teóricamente son las
que menos dotación tienen o las que más problemas de cobertura tienen.



En relación con el mecanismo de control masivo y extensivo, se utilizan los sistemas de filtro, unos sistemas que filtro que hay que mejorar porque se han detectado debilidades y anomalías: expedientes que no se pueden concluir en las
aplicaciones informáticas porque la aplicación no lo permite; filtros que se ponen y que, a pesar de que se resuelven, desencadenan otros filtros posteriores, sin poderlos salvar, y otra serie de disfunciones, por ejemplo en cuanto a los plazos de
resolución de los resultados de los filtros. En las declaraciones mensuales no se considera adecuado -y es razonable- que los filtros tengan un periodo medio de resolución en torno a los tres meses, con lo cual es importante la necesidad de mejorar
estas aplicaciones informáticas, estos filtros, porque en definitiva son las herramientas y los instrumentos que se utilizan en estas unidades para este control masivo de expedientes.
También se ha puesto de manifiesto por parte del presidente que
se han aplicado en el año 2007 nuevos sistemas de filtros, nuevas aplicaciones informáticas, que esperemos que den resultado y que estas debilidades o disfunciones realmente se vea con claridad que se están corrigiendo a medio o a corto plazo
preferiblemente.



Por otra parte quiero señalar algo que para mí es muy importante y es la nota que se pone en el informe en cuanto a que hay que mejorar los filtros. Sería conveniente adoptar medidas previas a la aplicación de los filtros, medidas
preventivas de corrección de errores. Incluso se sugiere el establecimiento, a través de los programas de ayuda, de sistemas de validación que permitan eliminar muchos de los errores que actualmente se cometen y que hacen que salten los filtros y
que se tenga que entrar en una dinámica de resolución correctora que lo que hace es retrasar la gestión de todos los expedientes y de todo el control. Por tanto, creo que hay que ir en esa vía preventiva de errores; muchos de ellos no son
fraudulentos, son errores sin ningún tipo de intencionalidad que responden a meros fallos de transcripción y que podemos evitar, repito, a través de medidas preventivas


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y de sistemas de validación y programas de apoyo y ayuda a la gestión.



En relación con las sanciones recargos e intereses se pone de manifiesto algo que es importante. No cabe duda de que me preocupa que no exista un registro histórico, pero me preocupa más la manifestación que hace el informe de
discrecionalidad a la hora de la aplicación, que haya unidades que sean más relajadas a la hora de abrir los expedientes sancionadores, y se pone de manifiesto sobre todo en las presentaciones de declaraciones fuera de plazo en algunas unidades.
Por ello le pregunto, ¿no considera que sería conveniente establecer algún sistema de automatismo para la presentación de declaraciones fuera de plazo, un sistema automático de inicio de expedientes sancionadores? Sería una forma de eliminar esa
discrecionalidad que actualmente se pone de manifiesto en el informe. Por otra parte habla de que los expedientes sancionadores cumplen en general con la formativa, dice que hay muchos que no se inician pero que no hay ninguno que haya caducado.
Todo esto revela que, cuando hay tiempo para iniciar los expedientes, estos se concluyen, pero que -quizás por la falta de recursos- no hay tiempo para iniciar muchos expedientes, que se quedan sin iniciar, con lo cual ese sistema de automatismo,
junto a la mejora en cuanto a la cobertura y ampliación de los recursos humanos, puede significar también la eliminación de esta disfunción puesta de manifiesto.



Lo último que quiero señalar se refiere a los planes de control tributario y en especial al Plan de lucha contra el fraude fiscal. Es una herramienta fundamental que se pone en marcha a partir del año 2005 y que está significando una mejora
sustancial en la lucha contra el fraude fiscal. Y se señala en el informe un cambio de fijación de objetivos: se ha pasado de un objetivo de deuda a un objetivo de número de actuaciones.
Quiero preguntarle si considera conveniente este cambio de
fijación de objetivos en el plan. Creo que los resultados del propio plan -en el año 2005 se pone de manifiesto- son bastante positivos en cuanto, por ejemplo, a las declaraciones periódicas y el control de las mismas; en cuanto a las actuaciones
de control sobre estas declaraciones periódicas se cumplen con creces los objetivos e incluso se superan en el 290 por ciento. En las declaraciones liquidatorias prácticamente se cumple con los objetivos y, en definitiva, creo que hay un nivel de
satisfacción amplio. Por tanto, le pregunto, ¿puede ser debido al cambio de fijación de objetivos o considera que quizás un sistema mixto de actuaciones y de deuda podría ser un sistema que pudiera mejorar la lucha contra el fraude fiscal?


Concluyo diciendo que desde luego el informe señala debilidades -no deficiencias- y que nuestro compromiso va a ser seguir impulsando su mejora. Ha habido un proceso importante, y los resultados se deben ver en ejercicios posteriores, de
implantación de nuevas aplicaciones. Estamos hablando de un control que se gestiona principalmente a través de aplicaciones informáticas, a través de un sistema masivo y extensivo, y yo espero que estos resultados se puedan ver en el próximo
informe de fiscalización del tribunal.



La señora PRESIDENTA: A continuación, el señor presidente del tribunal va dar respuesta a las intervenciones de los distintos grupos parlamentarios.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Me gustaría dar las gracias a los intervinientes, que efectivamente han puesto en valor este informe. Tengo que recoger justamente los datos que ustedes han subrayado para decir lo
que de importancia y valor tienen, un valor a subrayar en estos momentos en los que cómo no va a afectar la crisis fiscal. Afecta a la recaudación tributaria, es un dato que forma parte de todo nuestro sistema, tanto porque -como decía el señor
Tuñón- es un elemento tranquilizador saber que el Tribunal de Cuentas se está ocupando del comportamiento de las unidades de recaudación pero también del comportamiento tributario de los contribuyentes, porque, como decía el señor Hurtado, la
actuación de oficio contra el fraude fiscal es también un dato positivo, y todo esto efectivamente se refleja en el informe, en datos y cifras pero también en el análisis de insuficiencias y debilidades que efectivamente deberían corregirse si se
atiende a las recomendaciones que siempre figuran en nuestros informes. Tengo que decir de una vez por todas -lo repito siempre- que es aquí, en el Parlamento, donde se deben apoyar estas recomendaciones con determinadas iniciativas parlamentarias
para que tengan su reflejo en la legislación y obliguen a los órganos ejecutivos correspondientes a ponerlas en marcha, como por ejemplo el registro histórico. Se me preguntaba -y perdón por saltarme el orden; luego voy a ver si lo recupero- por
qué el registro histórico, que ya era objeto de una recomendación en anteriores informes de esta naturaleza, no se había puesto en marcha. Pues porque la recomendación ha dormido el sueño de los justos, bien porque no ha tenido su reflejo a través
de las iniciativas correspondientes -preguntas, interpelaciones, proposiciones de ley o no de ley- que los señores parlamentarios pueden formular, bien porque el Gobierno en un determinado momento ha creído que no tenía un carácter tan necesario
como otras cosas. No es que el Tribunal de Cuentas trate ahora de tirar balones fuera ni quejarse de que sus recomendaciones no son atendidas que algunas lo son, pero ya que me preguntan por esta tengo que decir que la seguiremos poniendo en el
informe de 2007 si sigue sin cumplirse, porque creemos, por lo que luego diré, que es un elemento muy necesario a los efectos de lograr la eficacia que se pretende con estos informes.



Entrando en preguntas concretas como las que me formulaba el señor Tomé -a quien agradezco, como es natural, sus palabras, como se las agradezco al señor Tuñón y al señor Hurtado-, en cuanto al origen de las incidencias, las causas son
varias, pero fundamentalmente


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son las debilidades del propio sistema implantado. Hay noticias -y yo creo que se van a reflejar en el próximo informe- de que la propia agencia ha modificado varios aspectos de su funcionamiento, de su estructura, que yo creo que están, si
no eliminando todas las debilidades, sí tratando de corregir aquellas que están provocando determinados resultados negativos.
Otra de las causas de las insuficiencias y de las incidencias que se recogen en el informe de fiscalización es la
insuficiencia de recursos humanos, a lo que se han referido el señor Tomé y fundamentalmente el señor Tuñón y, también, como es natural, el señor Hurtado. Este es un tema que puede analizarse en varias direcciones. No se trata ahora mismo de
analizar si hay vacantes que no se cubren o si determinadas unidades necesitan más o menos personal en función de su propia organización o de otros elementos. Hay unos cuantos elementos reales, formales -acumulación de expedientes, acumulación de
incidencias y de irregularidades en una u otra unidad- que determinan si las dotaciones de personal son suficientes o no. Yo creo -y se lo estaba comentando a la señora presidenta- que no se trata, repito, de estudiar la insuficiencia de personal
en todas y cada una de las unidades, sino que es absolutamente necesario -y me da la sensación de que en el próximo informe de fiscalización será una recomendación muy clara- hacer una nueva relación de puestos de trabajo en toda la agencia, es
decir, estudiar la relación de puestos de trabajo para tener en cuenta todas las circunstancias nuevas y acomodar la relación de puestos de trabajo a las necesidades que han surgido en estos tiempos. Finalmente, las incidencias tienen también causa
en determinadas zonas de impunidad que existen en la legislación y que hay que corregir.
Es decir, son estos tres elementos -las debilidades del propio sistema, determinadas insuficiencias de personal y determinadas zonas de impunidad en la
legislación- los que explican los datos y cifras que resultan en el informe y que no les voy a repetir a ustedes.



Otro tema del que han hablado los tres portavoces es el censo de las grandes empresas. Tengo que decir que no se ha revisado el criterio y que esta situación conlleva un incremento muy grande del censo, que se ha triplicado según los datos
que hemos señalado. Se me pregunta si es bueno aumentar el volumen de las operaciones para entrar en el censo o modificar la estructura y por qué optaría el Tribunal de Cuentas. En nuestro informe -y yo me remito siempre a él porque hablo en
nombre del pleno- se señala que el volumen de las operaciones ha quedado corto; aplicando simplemente el coste de vida desde el año en que se fijó el criterio al año en que estamos, las cifras se disparan. Por tanto, esta cifra hay que
modificarla. Pero también sería bueno modificar la estructura. ¿Por qué? Porque no convendría eliminar determinado número de empresas en el censo, porque estar incluido en este censo supone disponer de más información, y eso es bueno. Habría que
conciliar ambos extremos, y con eso no estoy dando una solución ecléctica, sino valorando las dos posiciones respecto al planteamiento del censo que han expuesto tanto el señor Tomé como el señor Hurtado.



Del registro histórico ya hablé, pero no contar con él -con eso completo la respuesta- supone que no se ha podido seguir la situación de los expedientes, ya que solo se dispone del número de expedientes abiertos.
En el informe de
recaudación que estamos haciendo se hará un mayor seguimiento de este caso, porque creemos que es fundamental, y esta es, señor Tomé, la consecuencia de no disponer del registro.



Voy contestando por orden. En cuanto a mejorar los filtros, hay efectivamente que tomar medidas previas -porque, si no, no tiene sentido- con sistemas de validación que eliminen errores, lo que evitaría un exceso de trabajo y permitiría que
se pudiesen dedicar a otras cosas esas personas, dada la escasa dotación de personal de determinadas unidades.
Si se estableciese una mejora en los filtros tomando medidas previas, como el sistema de validación al que aludía el señor Hurtado -creo
que también se menciona esto en nuestro informe, pero quizá necesita una valoración y un estudio más detenido-, creo que por ahí podríamos evitar alguna de las debilidades del sistema.



En cuanto a la discrecionalidad de las unidades en la apertura de expedientes sancionadores, sustituirlo por un sistema automático me parece demasiado fuerte. Ahora bien, estableciendo en la norma claramente unos requisitos determinados que
al contribuyente le den seguridad jurídica podríamos evitar o corregir lo que de injusticia o incluso de patología puede provocar la discrecionalidad en la recaudación. Este es otro dato a tener en cuenta.



Entre los planes de control tributario la lucha contra el fraude ocupa un lugar de privilegio, porque es contra eso contra lo que se está luchando, tanto ustedes aquí con el estudio de las normas y la mejora de las mismas y el control al
Gobierno, como la propia Agencia Tributaria, como el Tribunal de Cuentas en su función fiscalizadora. Es un objetivo que estaría a la cabecera de los planes de control tributario.



En cuanto al objetivo de deuda y objetivo de actuaciones, creo que las dos cosas deben tenerse en cuenta y que un sistema mixto estaría perfectamente bien. Tengo que decir, y termino con una pregunta que también me ha hecho el señor Tomé,
que quizá, para ganar inmediatez, que es lo que estamos tratando de hacer en el tribunal, el informe de fiscalización que está programado para 2007 podríamos ampliarlo a 2008 y extender la fiscalización a otros servicios, como el de selección o
inspección, o el servicio de vigilancia aduanera y otros de los que he tomado que me ha señalado el señor Tomé. Con todo esto, este presidente queda muy agradecido a las intervenciones y, sobre todo por las ideas, los planteamientos y las
propuestas nuevas que, sin duda, mejorarán nuestro trabajo y harán que la dirección del mismo se acomode a las exigencias que en estos tiempos la sociedad demanda.



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INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y CIUDADES CON ESTATUTO DE AUTONOMÍA EN LOS FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL EJERCICIO 2003. (Número de expediente del Congreso 251/000063 y Número de
Expediente del Senado 771/000063.)


La señora PRESIDENTA: Concluido el primer punto del orden del día pasamos al siguiente, que trata del informe de fiscalización de las comunidades autónomas y ciudades autónomas en los Fondos de compensación interterritorial correspondiente
al ejercicio 2003.



Para ello tiene de nuevo la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): El informe de fiscalización de la participación de las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía en los fondos de compensación interterritorial, ejercicio 2003, fue
aprobado por el pleno del tribunal en la sesión del último jueves de octubre de 2008.



El pleno del Tribunal de Cuentas acordó incluir en el programa de fiscalizaciones para el año 2007 la realización de un informe específico sobre los diferentes proyectos financiados a través de los fondos de compensación interterritorial,
para su remisión a la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado, en el marco establecido en el artículo 10 de la Ley 22, de 27 de diciembre de 2001, reguladora de dichos fondos, con independencia de las referencias que a la aplicación
de dichos fondos pudieran recogerse en los respectivos informes anuales de las comunidades y ciudades beneficiarias.



El informe que hoy presentamos es una síntesis de los resultados alcanzados por el Tribunal de Cuentas, así como por los órganos de control externo en el supuesto de que la correspondiente comunidad autónoma hubiera sido beneficiaria de
dichos fondos. Como saben, tienen órgano de control externo doce de las diecisiete comunidades autónomas.
Los objetivos pretendidos fueron: verificar el cumplimiento de la normativa específica, examinar la contabilización de las operaciones
derivadas de la gestión de los fondos, comprobar que los recursos obtenidos se han destinado a la finalidad prevista y analizar si la solicitud de recursos de los fondos al Ministerio de Economía y Hacienda se realizó de conformidad con lo
establecido en la ley mencionada.



Hemos de señalar que el contenido básico de este informe es muy similar al recogido en el informe del sector público autonómico y local del mencionado ejercicio económico, que ya he tenido ocasión de exponer en esta Comisión Mixta. Como
limitaciones al alcance de la fiscalización, se señalan en el informe: la falta de vinculación de las dotaciones de crédito incluidas en los Presupuestos Generales del Estado para esta finalidad a proyectos de inversión concretos y la carencia
generalizada en las comunidades autónomas de un sistema de contabilidad adecuado de la ejecución de las inversiones asociadas a esta financiación.



¿Cómo han funcionado los fondos de compensación? Como saben SS.SS., y quiero recordarlo, los fondo de compensación interterritorial constituyen un instrumento relevante para garantizar el principio de solidaridad y el equilibrio
territorial, de conformidad con lo previsto en el artículo 158 de la Constitución española. Contemplada la existencia de un único fondo de compensación, la Ley Orgánica de 2001 crea un segundo fondo que permite destinar recursos, no solo a gastos
de inversión, sino también a gastos corrientes vinculados a las inversiones. Tras las modificaciones en su regulación, las características básicas que configuran su marco legislativo se concretan en la dotación anual en los Presupuestos Generales
del Estado de aquellos recursos que se destinan a estos fines y que son asignados a las comunidades y ciudades autónomas beneficiarias, comparativamente las menos desarrolladas, que quedan identificadas en los Presupuestos Generales del Estado,
representando su importe total, como mínimo, el 30 por ciento de la inversión pública de cada ejercicio, añadiéndose una cantidad adicional a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.



A través del fondo de compensación se canaliza aproximadamente el 75 por ciento del total de los recursos destinados exclusivamente a la financiación de proyectos de inversión, y su distribución entre las diferentes comunidades y ciudades
autónomas beneficiarias se efectúa siguiendo distintos criterios. El fondo complementario, constituido con el 25 por ciento restante y asignado a cada territorio en ese mismos porcentaje, puede destinarse tanto a gastos de inversión como a gastos
de funcionamiento asociados a las inversiones de ambos fondos, requiriendo este último destino una previa solicitud de los territorios beneficiarios y estando limitada esta aplicación a un periodo máximo de dos años desde la ejecución de la
inversión principal. Si cuento todos estos detalles de la legislación vigente es porque por esos detalles discurren o se explican determinadas irregularidades. La selección de los proyectos financiables con estos fondos se efectúa en el Comité de
Inversiones Públicas de común acuerdo entre la Administración y las comunidades y ciudades beneficiarias, procedimiento que ha de utilizarse en los supuestos de modificación de los proyectos.



En cuanto a la dotación total -son cifras que también conviene recordar y comparar con las actuales, que antes de que me las pregunten se las voy a poner sobre la mesa- para los fondos recogida en los Presupuestos Generales del Estado para
el año al que se refiere este informe, que es el año 2003, ascendió a 955 millones de euros, de los que 717 correspondían al fondo de compensación y el resto al fondo complementario. ¿Estos fondos han crecido? ¿Se han mantenido? En 2007 -y
comparen ustedes las cifras, señorías- los 955 millones se han convertido en 1.237 millones; en 2008,


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en 1.337.981.000 euros; y en 2009, en 1.353.769.000 euros. La cantidad es mayor, pero el porcentaje ha disminuido. Poquito, pero ha disminuido. La total dotación representaba el 35 por cierto de la inversión pública, porcentaje bastante
inferior al 40 por ciento del año 2000, y ahora me he retrotraído para que vean ustedes que esta serie de dotaciones para los fondos desde el año 2000 ha ido disminuyendo en porcentaje.



Las comunidades beneficiaras de los fondos en 2003 fueron Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Principado de Asturias, Región de Murcia y la Comunidad Valenciana, además de las ciudades
autónomas de Ceuta y Melilla. La más beneficiada fue la Comunidad Autónoma de Andalucía, con un total de 377 millones, el 40 por ciento del total, seguida de Galicia, con 155 millones de euros, el 16 por ciento del total; mientras que, por el
contrario, las menos beneficiadas fueron la Región de Murcia y Cantabria, con 40 y 10 millones respectivamente; las ciudades autónomas recibieron ambas una dotación de 7 millones de euros. Estas dotaciones representaban un reducido porcentaje
sobre el total de los recursos disponibles por las comunidades que, para el ejercicio de 2003, se situaba como media en el 1,5 por ciento, porcentaje que ha ido decreciendo desde la reformulación de los fondos, principalmente como consecuencia del
fuerte incremento de los recursos autonómicos, lo que viene a señalar el limitado papel que pueden jugar estos fondos en la corrección de los desequilibrios interterritoriales como un análisis retrospectivo parece confirmar. Dado que es práctica
habitual la financiación parcial de los proyectos con recursos propios y recursos comunitarios, cabe señalar que, en el ejercicio fiscalizado, los recursos comunitarios obtenidos por las comunidades y ciudades beneficiarias representaron como media
más de ocho veces el importe de los fondos, constatándose que los fondos comunitarios tuvieron un peso singular en las comunidades de Extremadura, Castilla-La Mancha y Castilla y León.



Si hacemos una breve referencia a los proyectos, tenemos que indicar, en primer lugar, que los proyectos financiados con los fondos son de índole diversa en cada comunidad beneficiaria, habiéndose constatado en determinadas comunidades una
gran concentración en muy pocos sectores, mientras que en otras predominó la dispersión en numerosas áreas de actividad. Ha de señalarse a este respecto que la normativa aplicable admite la utilización de estos fondos para múltiples finalidades;
por tanto, no busquemos aquí irregularidades. No obstante, cabe indicar que en relación con el destino dado, las inversiones en autopistas, autovías y carreteras, vivienda y sanidad, constituyeron las principales inversiones del Fondo de
Compensación y también en parte del fondo complementario. Así, para el conjunto de las ocho comunidades de las que se dispuso de información, los proyectos de infraestructuras, de transporte y comunicaciones, representaban un 39 por ciento del
total de sus obligaciones reconocidas, si bien en algunas comunidades había otros sectores con mayor volumen de inversión, como el de la vivienda, en Extremadura, que representaba el 60 por ciento del total.



En cuanto a la contabilización de los recursos, en el informe se aprecian algunos desajustes que no suponen deficiencias significativas; desajustes entre las consignaciones estatales y la utilización de los recursos por las administraciones
beneficiarias, propiciados por la aplicación de recursos no utilizados en ejercicios anteriores, cambios en los proyectos financiados y otras circunstancias. Tales desajustes no se observaron en el caso de la Comunidad de Andalucía y de la
Comunidad Valenciana, en las que existía total coincidencia entre las consignaciones de los Presupuestos Generales del Estado y los datos contables de ambas comunidades. En el supuesto contrario se sitúan las comunidades de Extremadura, Galicia,
Canarias y Cantabria, con consignaciones presupuestarias muy superiores a los recursos contabilizados por ellas, como consecuencia de retrasos en la ejecución de proyectos concretos; dificultades para la obtención de otros recursos financieros y
otras causas que figuran en el informe que hago gracia a sus señorías no señalándoselas. (La señora vicepresidenta, Sanjurjo González ocupa la Presidencia.) Por otra parte, se observaron respecto a los derechos reconocidos diferencias importantes
entre las contabilidades de las comunidades de Castilla y León, Castilla-La Mancha, Principado de Asturias y Región de Murcia, principalmente con los asignados en los Presupuestos Generales del Estado, circunstancia que se viene repitiendo todos los
ejercicios, si bien en distintas comunidades. Además, en algunos casos el reconocimiento de los derechos no se ajusta a la normativa en vigor, porque no se realiza en el momento en que se solicitan dichos recursos y eso supone un incumplimiento de
lo establecido en el artículo 8 de la citada Ley y de los principios contables públicos.



Voy a hacer una síntesis de las principales incidencias, que -repito- están perfectamente señaladas en el informe; si he recogido algunas es como ejemplo de las irregularidades que con carácter general se han señalado. En Andalucía,
continúan libramientos pendientes de justificar anteriores al ejercicio 2000 por un total de 1,9 millones de euros; en ejercicios posteriores ya se han corregido, pero estamos refiriéndonos a este informe. En Cantabria, la estructura de su
presupuesto de ingresos no permite diferenciar el origen de la financiación prevista, ya que la contabilidad de los recursos de los fondos se integra sin la pertinente diferenciación junto con la liquidación de ingresos por transferencias de
capital. Además, esta comunidad no facilitó el estado de ejecución y el grado de avance de los proyectos vinculados a la dotación de los fondos a pesar de haber sido requerida para ello. En las comunidades de Canarias y Castilla y León, algunas
peticiones de fondos cursadas a la Administración del Estado con cargo a los fondos del ejercicio 2003 se llevaron a cabo en enero de 2004, pero se contabilizaron a 30 de diciembre de 2003, cuando lo


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establecido es el reconocimiento y su contabilización en el momento de la solicitud. La Comunidad de Extremadura presenta un estado de liquidación de los créditos del fondo complementario, en el que se reconocen obligaciones en exceso
respecto a la dotación, habiéndose observado que en la dotación del ejercicio fiscalizado se incluía un proyecto que no se adecuaba a la finalidad inversora de la dotación del fondo complementario. En la Comunidad de Galicia, en todos los
ejercicios quedan cantidades sin incorporar al ejercicio inmediato siguiente, retrasándose en consecuencia la ejecución del proyecto correspondiente en su totalidad. También se señala en el informe que la solicitud de los fondos no se correspondía
con el grado de ejecución de los proyectos. Por otra parte, la información contable facilitada solo abarcaba la totalidad de los proyectos gestionados. Además, en las comunidades de Galicia, Principado de Asturias, Región de Murcia y Comunidad
Valenciana no ha sido posible determinar los costes de los proyectos en ejecución o ejecutados, ni efectuar un adecuado control y seguimiento, al carecer todas ellas de una contabilidad separada de cada uno de los proyectos. El Principado de
Asturias continuó durante el ejercicio fiscalizado recuperando el importe de la inversión en viviendas financiadas con cargo al Fondo de Compensación mediante la recaudación obtenida de sus ventas, sin que conste el destino dado a los fondos
obtenidos. Esta última comunidad, junto con la Región de Murcia y la Ciudad Autónoma de Melilla, debido a la generalidad con que son definidos los proyectos de inversión en los Presupuestos Generales del Estado, no ha permitido analizar la
evolución de los mismos y su grado de avance.



Como conclusión general, podemos señalar que la generalidad con la que se definen los proyectos de inversión y la deficiente contabilización de la ejecución de cada proyecto financiado con estos fondos, como prevé el artículo 10 de la citada
ley, dificultaron el control y el seguimiento por parte del Tribunal de Cuentas y así se recoge y se dice con toda claridad en el informe. En cuanto a posibles responsabilidades contables, tengo también que dar una noticia positiva, trasladado el
proyecto de informe al ministerio fiscal y al Servicio Jurídico del Estado, ambos manifiestan su conformidad con el contenido del proyecto, no apreciando indicios de responsabilidad contable, con independencia de las irregularidades detectadas.



La señora PRESIDENTA: A continuación tiene la palabra por el Grupo Popular la señora Seller.



La señora SELLER ROCA DE TOGORES: Señor presidente del Tribunal de Cuentas, bienvenido en nombre de mi grupo, el Grupo Parlamentario Popular, y en el mío propio a esta Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas. Le
agradezco la cumplida y minuciosa información que ha facilitado a esta Comisión, en lo referente a la fiscalización de la participación de las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía en los fondos de compensación interterritorial,
ejercicio 2003.
Si me lo permite, le agradezco también esa cumplida y minuciosa intervención que usted nos ha ofrecido, tan elocuente como lo fueron sus intervenciones en esta casa durante muchos, muchos años. Al menos quienes le hemos conocido y
hemos compartido con usted muchos años seguimos admirándole y sabemos de la elocuencia de sus informes también en la actualidad.



Como ha tenido usted la cortesía de indicarnos que esta ha sido la primera vez en que se presenta este informe, podemos decir que dicho informe se caracteriza por ser separado e independiente del anualmente presentado por el Tribunal de
Cuentas sobre los sectores públicos autonómico y local. Es un informe que viene, por una parte, a verificar que se ha llevado a cabo el cumplimiento de la normativa específica de los fondos de compensación interterritorial y de la normativa
presupuestaria vigente y, por otra, evidencia también que las operaciones derivadas de la gestión se han contabilizado correctamente, que los fondos se han destinado a la finalidad prevista y que las solicitudes de los recursos de las comunidades al
Ministerio de Economía se han realizado de acuerdo con la ley que los regula. De esta manera le es posible a esta Comisión conocer y analizar con más profundidad si cabe el comportamiento de la Administración General del Estado. Sin embargo, a mi
grupo parlamentario le parecen especialmente relevantes las limitaciones que ha encontrado el tribunal para poder realizar el informe sobre los diferentes proyectos financiados por el Fondo de Compensación Interterritorial, unas limitaciones que
vienen a evidenciarse y que se refieren al hecho de que los créditos aprobados para el Fondo de Compensación Interterritorial de algunas de las comunidades autónomas no vienen a asociarse a proyectos de inversión concretos, sino a líneas generales
de actuación. ¿Quizá porque las comunidades autónomas en general no han implantado un sistema de contabilidad adecuado a la ejecución de las inversiones asociadas a los fondos de compensación interterritorial? Dejo ahí la pregunta. (La señora
presidenta ocupa la Presidencia.)


La Ley 22/2001, de 27 de diciembre, Reguladora del Fondo de Compensación Interterritorial, determina en su artículo 7 los proyectos de inversión financiables con los fondos, estableciendo que en los Presupuestos Generales del Estado de cada
ejercicio económico figurará una relación expresa de los proyectos de inversión y, en su caso, los gastos de funcionamiento asociados que se financien con cargo a estos fondos. Si el artículo 8 de la citada ley se refiere a la sección específica de
los Presupuestos Generales del Estado, donde deben figurar los créditos de los fondos, el artículo 10 pone el acento en el control parlamentario de los fondos de compensación interterritorial, de manera que, parafraseando la norma, tanto las
comunidades autónomas como las ciudades con estatuto propio deberán contabilizar adecuada y separadamente la ejecución de cada proyecto de inversión


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financiero con cargo a los fondos a los que nos referimos.



Lo que desde mi grupo parlamentario queremos hacer patente, como observación, es muy sencillo, digamos que se trata -si se me permite la expresión- de un vicio, un vicio persistente en buena parte de las comunidades autónomas perceptoras de
los Fondos de compensación interterritorial, un vicio que quizá hace que las comunidades autónomas puedan apartarse de lo previsto en la Ley 22/2001, de 27 de diciembre, cuando explícitamente el contenido de su artículo 7.2 y el de su artículo 13.3
expresan, sin lugar a dudas, que en los Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio económico figurará una relación expresa de los proyectos de inversión y, en su caso, gastos de funcionamiento asociados que se financien con cargo a los
fondos. Y el artículo 10.3 dice que con el objeto de facilitar el control parlamentario se establece que las comunidades autónomas con Estatuto de Autonomía contabilizarán adecuada y separadamente la ejecución de cada proyecto de inversión
financiado con cargo a los fondos de compensación interterritorial.



Pues bien, señorías, como podemos comprobar en los Presupuestos Generales del Estado que se han ido presentado en los últimos años, ese vicio persiste, hasta el punto de que los proyectos que prevén llevar a cabo las diferentes consejerías
de las comunidades autónomas perceptoras de estos fondos únicamente se relacionan de forma muy general, a veces incluso sin especificar el proyecto concreto. Por supuesto, el proyecto concreto, como digo, no viene a especificarse, pero tampoco el
coste del mismo y, a veces, ni siquiera su localización. Yo diría que de esta manera podemos comprobar cómo inversiones de más de 21 millones de euros en autovías, autopistas y carreteras, se concretan de una forma generalista, refiriéndose
únicamente a infraestructuras en la red viaria.
También hay aquella otra comunidad autónoma que, para justificar una inversión de 50 millones en materia sanitaria, lo concreta con la construcción de equipamiento sanitario, ni más ni menos, algo que
-y seguramente SS.SS. convendrán conmigo- hace imposible en muchas ocasiones identificar el destino concreto de la inversión. Desde luego no es nuestra intención ni tampoco es el momento, para referirnos en esta comparecencia a todas y cada una de
las comunidades autónomas que con mayor o menor intensidad utilizan esta, entrecomilladamente hablando, técnica -por llamarla de algún modo-, pero tampoco me gustaría que ello pasase inadvertido. Por ello, quizá la forma más elegante o más adecuada
sería invitar a SS.SS. a que ustedes mismos puedan comprobarlo en los Presupuestos Generales del Estado presentados por el Gobierno y adviertan cómo estos se limitan a relacionar una serie de actuaciones de forma muy generalista, tanto, que resulta
imposible identificar los proyectos de inversión que se pretenden llevar a cabo. Decir ahora todo lo referente a cada una de las comunidades autónomas es absurdo, entre otras cosas, porque nos alargaríamos mucho en el tiempo. Sin embargo, creo que
puede destacarse y es importante, la conveniencia de que esa técnica -entrecomilladamente hablando de nuevo- utilizada por las comunidades autónomas sea modificada y que el Gobierno, a la hora de presentar sus Presupuestos Generales del Estado sea
más exigente en el cumplimiento de la normativa, quizás en aras de facilitar el control parlamentario así como el de los órganos fiscalizadores.



Señor presidente, aprovecho la oportunidad que tenemos de contar con usted en esta Comisión y desde el Grupo Parlamentario Popular le agradeceríamos su opinión en lo referente a la conveniencia de modificar la normativa vigente, de forma que
pudiéramos conocer con la presentación de los Presupuestos Generales del Estado los diferentes proyectos que pretender llevar a cabo las comunidades autónomas perceptoras de los fondos de compensación interterritorial, o si, por el contrario, opina
usted que se debería poner el acento en el propio Gobierno y que sea este el que, en aplicación de la normativa vigente, eleve el nivel de exigencia a las comunidades autónomas a la hora de que estas presenten sus proyectos de inversión.



En otro orden de cosas, mi grupo se manifiesta satisfecho y valora positivamente el hecho de que las inversiones derivadas de los fondos de compensación hayan superado el umbral del 30 por ciento de inversión pública, tal y como establece la
Ley 22/2001, de 27 de diciembre. Sin embargo, aunque no sea un aspecto que deba ser considerado por esta Comisión, desde el Grupo Popular no queremos dejar pasar la ocasión para dejar constancia de que, durante el pasado ejercicio 2008, siendo los
8.000 millones de euros derivados del Fondo Estatal de Inversión Local una de las inversiones públicas de la Administración General del Estado, no se hayan computado a la hora de establecer la base del cálculo del Fondo de Compensación de acuerdo
con las previsiones de la Ley 22/2001.
Esta ley, como SS.SS. conocen, establece que la base estaría constituida por la inversión pública, entendida esta como el conjunto de los gastos del ejercicio incluido en los Presupuestos del Estado y de sus
organismos autónomos correspondientes a las inversiones reales nuevas de carácter civil. Eso, señorías, es tanto como decir que son cerca de 2.800 millones de euros los que, de acuerdo con el porcentaje establecido sobre la inversión pública por
los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, deberían venir a implementar fondos de compensación interterritorial destinados a las comunidades autónomas más desfavorecidas y a las ciudades con Estatuto de Autonomía, para hacer así
efectivo el principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución. No me extiendo más sobre este asunto, ya que tendremos ocasión de hacerlo en otro momento, dado que el Grupo Parlamentario Popular ha presentado una proposición no
de ley al respecto.



Para ir concluyendo, señor presidente, y no abusar de su amabilidad, mi grupo parlamentario desearía en todo caso poner de relieve alguno de los aspectos a los que se refiere el informe, en concreto las incidencias, a las que


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usted también ha hecho referencia, que ha observado el tribunal en algunas comunidades -por no citar nombres- donde continúan figurando libramientos pendientes de justificar en cuanto a anualidades anteriores al ejercicio del año 2000. Hay
también otras incidencias, como por ejemplo las habidas en otra comunidad autónoma en la que la estructura del presupuesto de ingresos no permite diferenciar el origen de financiación prevista o los problemas derivados por las dificultades
encontradas al no tener los proyectos una contabilización separada y adecuada en la ejecución de cada uno de ellos. Todo ello nos hace preguntarnos y que preguntemos también al presidente del tribunal sobre la conveniencia de establecer un modelo
específico más exigente y de obligado cumplimiento sobre los diferentes aspectos que rodean la gestión de los fondos con las comunidades autónomas perceptoras, que puedan incluso ir desde la solicitud de inversión y presentación de proyectos hasta
la justificación y contabilización de las respectivas inversiones. En definitiva, nos gustaría saber, si nos puede responder, si se puede concluir, a la luz del contenido del informe de fiscalización y de las comprobaciones efectuadas, que el Fondo
de Compensación Interterritorial cumple con la finalidad asignada al mismo como mecanismo de solidaridad y de equilibrio entre diferentes comunidades y ciudades con Estatuto de Autonomía. Esta sería la última pregunta dirigida a usted.



Para finalizar mi intervención, le reitero el agradecimiento de mi grupo y el mío propio. Estoy segura de que este informe y su comparecencia han de servir para corregir las deficiencias que han venido a concretarse en las conclusiones, que
hacemos nuestras, por cierto, derivadas de la gestión de unos fondos que se han demostrado en todo caso siempre útiles para los fines para los que fueron creados y que no son otros que dar cumplimiento al mandato constitucional de corregir los
desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo, en definitiva, el principio de solidaridad.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Mixto tiene la palabra el señor Tuñón.



El señor TUÑÓN SAN MARTÍN: Muy brevemente. Quiero agradecer al presidente su exposición.



Empiezo preguntándole si es la primera vez que se hace este informe separado y si va a seguir el Tribunal de Cuentas haciendo estos informes separados. Creo que en este informe casi todo se explica por la importancia de las limitaciones y
hay consonancia en que ni los Presupuestos Generales del Estado ni los de las comunidades autónomas permiten hacer un control y seguimiento de estos gastos. Está claro, en unos casos porque estos proyectos de inversión se asocian a líneas generales
de actuación y hay ausencia de un desarrollo contable de la financiación afectada y, en el caso de las comunidades autónomas, porque no han aplicado un sistema de contabilidad adecuado a la ejecución de estas inversiones, con lo cual siempre nos
quedamos un poco en el terreno de que quizás -en línea con lo que ha dicho la portavoz del Grupo Popular- hay necesidad de hacer las suficientes reformas para que esto se tome más en serio. Es verdad que luego en el informe se quita de alguna forma
importancia a estos fondos; no es que los quite importancia exactamente, pero se dice que no tiene un papel relevante en la reducción de los desequilibrios territoriales. Y lo hace en comparación con los fondos europeos, que son mucho más
relevantes. Siguen teniendo sentido por el papel que tienen en el reequilibrio territorial y también porque son una parte muy importante de los presupuestos, ya que afecta al 35 por ciento de la inversión pública. Por el carácter de estos fondos,
por lo que suponen, creo que se debía ser mucho más exigente. No son lo mismo fondos de inversión que vengan de las propias comunidades autónomas que fondos de inversión que vengan del Estado. Creo que en este caso, como digo, la exigencia en el
control y seguimiento de estos fondos debía ser más importante. El mensaje que al menos se puede transmitir es que estos fondos siguen siendo importantes, siguen teniendo sentido y, si es así, sigue teniendo sentido controlarlos, porque, si no,
está claro que, aunque porcentualmente cada vez vayan perdiendo incidencia, al final los niveles de control y seguimiento van a ser cada vez menores. Estamos un poco en esa tesitura y yo considero que o se hace un seguimiento más adecuado o
realmente, al final, estos fondos van a perder ese carácter de exigencia que deben tener para el reequilibrio territorial.



La señora PRESIDENTA: En nombre del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Martín.



El señor MARTÍN PERÉ: Antes de comenzar el análisis o las consideraciones que se derivan de la exposición del presidente del Tribunal de Cuentas, quería hacer mención, si ustedes me lo permiten, a que esta es la primera intervención que
este diputado, desde su cercana toma de posesión, realiza, tanto en esta Comisión como en el resto de las que conforman esta institución, y quería mencionarlo al objeto, entre otras cuestiones, de que figurara en el 'Diario de Sesiones'. Ruego al
señor presidente del Tribunal de Cuentas así como a mis compañeros que comprendan y disculpen esta concesión al narcisismo.



Una vez formulada esta confesión y entrando ya de lleno en el análisis del citado informe, debo decirle que comparto mayoritariamente las conclusiones a las que han llegado mis homólogos o portavoces de otras formaciones políticas. Creo que
es obligatorio comenzar mencionando la paradoja que supone hasta cierto punto que la finalidad o el objetivo de los fondos de compensación interterritorial, que viene derivado del artículo 158.2 de la Constitución española, tenga una implantación,
me permitirán que se lo diga, realmente discreta. Estoy seguro de que estará de acuerdo con esa apreciación, ya que el propio informe así lo reconoce en algunas consideraciones provisionales que figuran en el


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mismo y creo que precisamente ahora que nos encontramos en la antesala de la promulgación de un nuevo sistema de financiación autonómica, que sin duda incidirá en la composición o en la aplicación de los fondos de compensación
interterritorial, se impone una reflexión para decidir la capacidad de incidir que puedan tener los citados fondos y estoy seguro de que así se realizará por parte del Gobierno de España. Debemos añadir que, al margen de esta discreta implantación
que tienen los fondos, también se hace referencia en el informe a su aplicación conjunta con los fondos comunitarios y que, a pesar incluso de que el montante económico de estos sea sensiblemente superior al de los fondos de compensación
interterritorial, tampoco han contribuido precisamente, según las conclusiones que figuran en el informe, a paliar las desigualdades que existen entre las distintas comunidades autónomas y especialmente entre las comunidades autónomas receptoras y
las que no son receptoras de esos fondos. Creo que hay diversos aspectos que determinan esas conclusiones.
Uno de ellos sería sin duda alguna la poca entidad económica de los propios fondos y el otro quizá -es posible atisbar incluso en el propio
informe alguna consideración por parte de ustedes en este sentido- podríamos hallarlo en la aplicación de los fondos relativos sobre todo a materia de infraestructuras, agricultura, ganadería y pesca, protección y mejora del medio ambiente y no
quizás a otras materias como zonas industriales y artesanales, investigación, desarrollo e innovación, que podrían contribuir a implantar una industria más autosuficiente y que incluso les hiciera en un futuro no muy lejano merecedores ya de no ser
una de las comunidades autónomas receptoras.



Usted ha dicho que el incremento porcentual de los fondos ha ido disminuyendo hasta su actual porcentaje en este año 2009. Quería preguntarle, si obra en su poder, respecto al cuadro 2 que figura en el informe relativo a obligaciones
reconocidas por materias de inversión del Fondo de Compensación de 2003 -donde precisamente figuran las partidas destinadas a autopistas, autovías, carreteras, agricultura, ganadería y pesca-, si esa ha sido también la tendencia desde el año 2003
hasta la actualidad, en cuanto a la inversión por parte de dichas comunidades autónomas. Creo que es necesario volver a hacer la reflexión de que deben utilizarse por parte de las citadas comunidades autónomas en la medida de lo posible, de la
manera más eficiente dentro de sus propias limitaciones, no solo esos fondos de compensación interterritorial, sino también los fondos comunitarios, habida cuenta de que el panorama más cercano nos indica que probablemente en el año 2013 haya una
revisión de esos fondos comunitarios, que quizá debería hacer apremiar a esas comunidades para de algún modo poder cambiar su modelo económico para tratar de ser, como indicaba antes, más autosuficientes.



En cuanto a las incidencias que figuran en el informe, no voy a redundar mucho en ellas, ya que estimo correctas las apreciaciones que han realizado los portavoces de las otras formaciones políticas. Sería necesario hacer especial hincapié
en la recomendación a esas comunidades autónomas del cumplimiento de los artículos 8 y 10.3 de la Ley 22/2001.
Todos debemos compartir la reflexión de que el principio de solidaridad que se aplica a las mismas comunidades autónomas tiene una doble
vía. Con ello quiero referirme, señorías, a que, por una parte, al Estado le corresponde su cuota de responsabilidad en la asignación y distribución de los citados fondos, pero la cuota de responsabilidad que corresponde a las comunidades autónomas
receptoras precisamente debería ser el cumplimiento de la legislación establecida. En consecuencia, no me parece descabellado decir que sería solidario, tanto con el Estado como con el resto de comunidades autónomas que no son receptoras, al menos
que cumplieran con la parte establecida legalmente que les corresponde, sobre todo por lo que se refiere a la contabilización en la ejecución de los proyectos, así como también al reconocimiento simultáneo de los derechos en cuanto a la solicitud de
fondos. Estimo que probablemente muchos de esos ciudadanos a los que me refiero, tanto del Estado como de esas comunidades autónomas que no son receptoras, podrían entender que quizá ha habido cierta despreocupación o acomodamiento por parte de las
comunidades autónomas que perciben los fondos de compensación, que ha derivado precisamente en ese incumplimiento leve, como usted ha mencionado, pero incumplimiento, por parte de las obligaciones que a ellas les corresponde.



Para finalizar esta exposición, quisiera agradecerle la concisión de su informe, entre otras cuestiones porque precisamente nos ha dejado poco margen para poder formular conclusiones, ya que no solo figuraban en el informe, sino que usted se
ha encargado de aclarar aquellas que a lo mejor pudiéramos formularle. Sencillamente, solo quiero agradecerle su atención.



La señora PRESIDENTA: Bienvenido, señor Martín, en su primera intervención a esta Comisión del Tribunal de Cuentas.



El señor presidente tiene la palabra para responder a los señores diputados.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Todos tuvimos una primera vez, señor Martín, y yo le felicito por esta primera vez aquí en la Comisión y le deseo mucha suerte en su tarea parlamentaria, que es una tarea muy noble
y que a todos nos hace falta. Y tengo que volver a la portavoz del Grupo Parlamentario Popular para agradecerle las amabilísimas palabras que me ha dedicado y que efectivamente hacen retallecer recuerdos vividos en esta casa, que son absolutamente
inolvidables y que comparto con todos los compañeros y compañeras que tuve la suerte de tener desde el año 1977 hasta aquí. De todos aprendí mucho y a todos estoy muy agradecido.



Dicho esto, en respuesta a las preguntas y observaciones que me han hecho tanto doña Enriqueta como el señor Tuñón y el señor Martín, tengo que recordar el


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artículo 10 de la ley. Es muy importante recordarlo -lo ha hecho la portavoz del Grupo Parlamentario Popular-, porque en este caso este informe tiene mucho que ver con el cumplimiento de este artículo. Es la primera vez que se hace este
informe, señor Tuñón, y con esto ya respondo a una de sus preguntas, pero vamos a seguir haciéndolo porque nace justamente del informe general del sector público autonómico y local que mandamos a esta casa. Este informe, además de enviarlo aquí, a
esta Comisión mixta, se envía también al Senado, a la Comisión del Senado que tiene como misión estos temas y a la que se refiere también el artículo 10, que -repito- no resisto la tentación de glosar. Control parlamentario de los fondos de
compensación interterritorial, dice el artículo 10: El control parlamentario de estos proyectos, financiados con cargo al Fondo de Compensación Interterritorial, y la valoración de su impacto conjunto en la corrección de los desequilibrios
interterritoriales se llevará a cabo por las Cortes Generales a través de la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado, por las asambleas legislativas de las respectivas comunidades autónomas y por las asambleas de las ciudades con
Estatuto de Autonomía. ¿De dónde se nutre este informe? Aparte de la labor de campo y del trabajo de fiscalización que hace el propio Tribunal de Cuentas, de los informes que los órganos de control externo de las comunidades autónomas donde existe
este órgano de control externo remiten obligatoriamente al tribunal. Por tanto, se está haciendo ya también un control parlamentario y un control externo en cada una de las comunidades autónomas, es decir, en las asambleas legislativas de las
comunidades autónomas y en las asambleas de las ciudades con Estatuto de Autonomía.



Estamos hablando de un reforzamiento del control, no solamente del control parlamentario, sino del control externo y resulta que el control externo sirve de base, como saben ustedes, al control parlamentario. Quiere decirse que el artículo
10 pone un énfasis para estos temas mucho más elevado, mucho más importante, que para otros, esto es, da mucha importancia a los fondos y, aunque hayan disminuido -luego contestaré a la pregunta última que me ha hecho doña Enriqueta-, siguen tenido
importancia, porque siguen siendo clave para la solidaridad interterritorial. Pero vamos a seguir con el artículo 10, que dice: No obstante, el Tribunal de Cuentas del Estado y en su caso los tribunales de Cuentas de las comunidades autónomas
presentarán ante los órganos citados respectivamente informe separado y suficiente de todos los proyectos financiados con cargo a los fondos de compensación interterritorial. Aquí viene la cuestión: ¿Nosotros podemos presentar un informe separado
y suficiente de todos los proyectos? No. ¿Por qué? Porque no nos los mandan. ¿Y por qué no nos los mandan? No porque no los requerimos, sino porque estamos en un juego de colaboración muy singular con los órganos de control externo de las
comunidades autónomas, que son quienes tienen que hacer en una primera instancia el control de todos y cada uno de los proyectos, no con carácter general de la dotación del fondo, sino de cómo se traduce en todos y cada uno de los proyectos.

Tenemos por tanto que perfeccionar -se lo repito al señor Tuñón- en próximos informes la capilaridad, digamos, de la fiscalización, es decir, llegar hasta los datos más singulares de cada uno de los proyectos. ¿Y para eso qué se necesita? y
respondo a una pregunta de doña Enriqueta.
Pues necesitamos que todos tengan un sistema de contabilidad que nos permita conocer y descifrar los datos con uniformidad, que nos permita una valoración igual en todas y cada una de las comunidades
autónomas y esta contabilidad con carácter general no se ha implantado, aunque se ha mejorado muchísimo desde 2003 hasta aquí. Ya lo veremos en el próximo informe, se ha mejorado muchísimo el sistema contable de las comunidades autónomas a estos
efectos. Termina el último párrafo diciendo: Con objeto de permitir el control parlamentario, las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía contabilizarán adecuada y separadamente la ejecución de cada proyecto. Aquí está la madre
del cordero, aquí. Por eso me alegro mucho que se haya glosado el artículo 10 en la primera intervención de doña Enriqueta y que los demás grupos hayan recogido también el origen de las insuficiencias o irregularidades en el no cumplimiento
correcto de este artículo, así como el artículo 8, al que se refería el señor Martín, ya que ahí está la clave del funcionamiento y, sobre todo, del cumplimiento de la finalidad de estos fondos. Si se cumple la norma en todo su rigor, los fondos
cumplirán la finalidad para la que son creados. Si se escapan con subterfugios y habilidades, que en algún caso pueden justificarlas determinadas necesidades, se separarían de la finalidad para la que estos fondos fueron creados, aunque puedan
estar perfectamente justificados y no haya responsabilidades contables ni penales, pero, en todo caso, se han separado de la norma y, en ese sentido, dejan de cumplir la finalidad para la que se han establecido. He contestado que ha sido imposible
un seguimiento pormenorizado ante la falta de información singularizada de los proyectos, y así lo expone el informe.



Este es un dato que tenía apuntado. ¿Es necesaria la modificación de esta normativa, de los Presupuestos Generales del Estado, de la actuación del Gobierno exigiendo con mayor rigor a las comunidades todos los trámites que van desde la
solicitud hasta la última parte de la ejecución? La respuesta es sí. Es decir, ¿dónde tiene que figurar este tema con rigor? La elaboración de los Presupuestos Generales del Estado corresponde al Gobierno y, por tanto, el Gobierno es el primero
que tiene que ser el interesado en que los datos y cifras de los que parte el reflejo presupuestario de los fondos se acomode a la solicitudes presentadas por las distintas comunidades autónomas y a la justificación del gasto y de todos los
elementos que dio lugar a la anterior financiación de las inversiones y de los gastos de funcionamiento de estas inversiones en los términos fijados por la ley del fondo. Por tanto, sería un sistema más exigente


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que resolviera las irregularidades que se provocan con un sistema que, efectivamente, es poco exigente.



Contesto a una última pregunta que estaba latente tanto en el planteamiento del señor Tuñón como del señor Martín. Decía el señor Tuñón que estos fondos tienen sentido porque, si tienen sentido, tiene sentido el control, pero si no tienen
sentido, para qué vamos a controlarlos.
Tienen sentido, y ahora voy a tratar de glosar este tema. Esta misma preocupación también latía en el planteamiento del señor Martín. Tengo que decir que el artículo 158 de la Constitución -vamos al origen
de este tema- configura el Fondo de Compensación Interterritorial como un instrumento eficaz para el cumplimiento del principio de solidaridad en los diferentes territorios, y la evolución de este fondo, en los términos que he señalado -aquí tengo
los cuadros, que puedo dejar a disposición de ustedes, desde el año 2002 hasta aquí-, permite diferenciar una primera fase en que todas las comunidades eran beneficiarias para atender posteriormente solo a las comunidades más desfavorecidas. Como
se señala en la tantas veces citada Ley 22/2001, reguladora de estos fondos, el acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de julio de 2001 -fíjese a dónde me remonto-, por el que se aprueba un nuevo sistema de financiación de las
comunidades autónomas de régimen común, obligó a dar un nuevo marco legal a estos fondos, reconsiderando los criterios para acceder a los mismos y el destino que se les debería dar. Como consecuencia de esta reconsideración, se desdobló el fondo
original en dos, a los que yo me refería en mi primera intervención -el fondo de compensación y el fondo complementario-, y se dio entrada a las ciudades autónomas. Se trata, por tanto, de un mecanismo de solidaridad y cohesión que se considera
necesario y muy importante. No obstante, su verdadero significado y alcance ha de situarse dentro del sistema de financiación de las comunidades autónomas, y en ese tema estamos ahora todos metidos y preocupados, en el mejor sentido de la palabra
preocupación. La propia limitación de su alcance permite constatar que su funcionamiento no es sino una de las diferentes referencias que han de tenerse en cuenta en una adecuada valoración del sistema de financiación autonómica. Y, en este
terreno, el hecho de que las dotaciones de estos fondos también puedan destinarse a la financiación de inversiones de las entidades locales, de acuerdo con su respectiva comunidad autónoma, proyecta el problema también a la financiación de las
entidades locales, cuya situación financiera se ha visto agravada por la crisis del sector inmobiliario y por la pérdida de fondos comunitarios, y obliga a replantear sus vías de financiación en consonancia con las funciones que han venido
asumiendo. Por tanto, -repito- sí a la importancia de estos fondos, sí al control de estos fondos, sí a la modificación de la norma para que las exigencias, tanto en la solicitud como en la ejecución y en la demostración de su realización, sean las
más convenientes, y la promesa de que el Tribunal de Cuentas seguirá cada año fiscalizando esta cuestión y trayéndola a esta casa para que los señores parlamentarios tengan también la posibilidad de hacer ese control parlamentario que, de manera
específica, le encarga la ley vigente en el artículo 10.



La señora PRESIDENTA: Damos por concluida la primera parte de la Comisión.
Suspendemos unos minutos para despedir al presidente del Tribunal de Cuentas y reanudamos inmediatamente para iniciar el debate de las propuestas de resolución.
(Pausa.)


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES DEL EJERCICIO 2005 DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS CON REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA EN LAS CORTES GENERALES O EN LAS ASAMBLEAS LEGISLATIVAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
(Número de expediente
del Congreso 251/000048 y Número de expediente del Senado 771/000047.)


La señora PRESIDENTA: Vamos a reanudar la sesión. Falta que hagan llegar a la Mesa las propuestas de votación conforme a los acuerdos que se vayan a producir en relación con uno de los puntos de las propuestas de resolución, pero mientras
tanto creo que podemos reanudar la sesión y avanzar.



En primer lugar, vamos a debatir y votar el informe de fiscalización del ejercicio 2005 de los partidos políticos con representación parlamentaria en las Cortes Generales o en las asambleas legislativas de las comunidades autónomas. ¿Hay
algún grupo que quiera intervenir en este punto? (Pausa.) Me dicen que hay un acuerdo entre los distintos grupos y se ha hecho llegar a la Mesa una propuesta de resolución que supongo que se aprueba por asentimiento. ¿Es así? (Asentimiento.)
Queda aprobada la propuesta de resolución que se ha hecho llegar a la Mesa en estos términos.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTABILIDAD DE LAS ELECCIONES LOCALES, CELEBRADAS EL 27 DE MAYO DE 2007. (Número de expediente del Congreso 251/000073 y Número de expediente del Senado 771/000072.)


La señora PRESIDENTA: El segundo punto que vamos a debatir y aprobar son las propuestas de resolución sobre el informe de fiscalización de la contabilidad de las elecciones locales celebradas el 27 de mayo de 2007.
Vamos a ir votando las
propuestas de resolución presentadas por cada uno de los grupos parlamentarios. Yo haré mención de las transacciones y los acuerdos que ha habido en algunos puntos. En primer lugar vamos a votar las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario
Popular. En el punto 1 hay un acuerdo de transacción


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que doy por supuesto que se aprueba por asentimiento. Pasamos a la votación de los puntos 2, 3 y 4 del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 21; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazados.



Existe una transacción al punto 5, por lo que doy por supuesto que se aprueba por unanimidad.



Pasamos a la votación de las propuestas del Grupo Mixto. Existe una transacción al punto 7, por lo que entiendo que hay acuerdo y se aprueba por unanimidad. ¿Es así? (Asentimiento.)


Votamos el punto 6.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado por unanimidad.



El punto 7 es el que tenía la transacción y ha quedado aprobado. Le pregunto al señor Tuñón si mantiene los puntos 8 y 9 para su votación.



El señor TUÑÓN SAN MARTÍN: Se retiran.



La señora PRESIDENTA: Hemos acabado, por tanto, con las propuestas de resolución del Grupo Mixto.



Pasamos a continuación a las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Socialista. Votamos en primer lugar el punto 10.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 19; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



Hay un acuerdo de transacción a los puntos 11 y 12, por lo que entiendo que se aprueban por unanimidad.



La señora ANGULO MARTÍNEZ: Señora presidenta, nosotros no firmamos esa transacción y solicitamos votación de los puntos 11 y 12.



La señora PRESIDENTA: Hay una transacción, pero se pide votación. ¿Podemos votarlos conjuntamente? (Pausa.) Pasamos a votar conjuntamente la transacción a los puntos 11 y 12 que se ha hecho llegar a la Mesa.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 19; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Pasamos a votar las propuestas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Señora Riera, ¿mantiene los puntos 13, 15 y 16, o retira el 15?


La señora RIERA I REÑÉ: El 15 se retira y el 16 se mantiene.



La señora PRESIDENTA: Votamos entonces los puntos 13 y 16.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobados.



Votamos a continuación el punto 14, sobre el que se ha hecho llegar a la Mesa una transacción. No sé si están de acuerdo todos los grupos o hay alguno que pide votación sobre esta transacción.



La señora ANGULO MARTÍNEZ: Señora presidenta, únicamente pediría la palabra para explicar el voto negativo a las propuestas de resolución 11 y 12.



La señora PRESIDENTA: Cuando terminemos la votación, si acaso.



¿Pide votación sobre este punto algún grupo parlamentario o están todos los grupos de acuerdo? (Pausa.) Se aprueba entonces por unanimidad.



Se ha pedido intervención por parte del Grupo Popular para explicar el voto en relación con estas propuestas de resolución. ¿Hay algún otro grupo que quiera hacer uso de la palabra? (Pausa.)


Tiene la palabra el Grupo Popular.



La señora ANGULO MARTÍNEZ: Desde el Grupo Popular queremos expresar que en nuestra propuesta de resolución número 5 ya indicamos que entendemos conveniente dar traslado a la Comisión Constitucional del informe elaborado por el Tribunal de
Cuentas para que se puedan analizar las recomendaciones que hace en relación con las elecciones locales del año 2007 y se estudie la conveniencia, como hemos acordado en la transacción, de estudiar y en su caso modificar la normativa electoral, la
Ley Orgánica del Régimen Electoral General, sobre los diferentes aspectos que se señalan en el informe. Entendemos que no tiene ningún sentido por eso hemos votado en contra de las propuestas 11 y 12 en concreto- que aspectos como el régimen
sancionador, la justificación de operaciones o el cumplimiento de límite de gastos sean analizados de forma simultánea por dos comisiones, puesto que se ha creado en el seno de la Comisión Constitucional del Congreso una subcomisión para el estudio,
el análisis y las posibles propuestas de modificación de esa Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Entendemos que no tendría sentido la


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duplicidad del estudio por una comisión y otra, y por ello, votamos en contra de esas propuestas.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Gordo.



El señor GORDO PÉREZ: Quiero expresar en nombre de mi grupo la posición con respecto a las propuestas de resolución números 11 y 12. En ningún caso se trata de la modificación del régimen sancionador, sino de la aplicación del régimen
sancionador y su interpretación por el Tribunal de Cuentas. Entendemos, y así se deduce de los informes de fiscalización, que las sanciones que se están aplicando como consecuencia de la interpretación fomentan las actuaciones fraudulentas. Por
tanto, en tanto en cuento la subcomisión constituida en el marco de la Comisión Constitucional determine y dictamine y, al mismo tiempo, se traslade al marco normativo, entendemos que en los distintos procesos electorales que se analicen por parte
del Tribunal de Cuentas se tengan en cuenta y en consideración estas premisas. En concreto, en la resolución número 12 transaccionada y aprobada proponemos una modificación de 500 euros, frente a los 100 que se están aplicando ahora, porque hay
circunscripciones electorales con presupuesto muy bajo donde 500 euros pueden tener una importante incidencia a la hora de contratar recursos.
De ahí que entendamos que, en ningún caso, interfiere los trabajos de la subcomisión en el marco de la
Comisión Constitucional.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. (Número de expediente del Congreso 251/000080 y Número de expediente del Senado
771/000080.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos, al debate del penúltimo punto del orden del día, tras la modificación que hemos hecho, relativo al informe de fiscalización sobre los procedimientos de contratación de las mutuas de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales de la Seguridad Social.



Los grupos han pedido intervenir y, en primer lugar, tiene la palabra el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



El señor HERRERA TORRES: Si hemos pedido intervenir es porque de nuestra resolución, la número 21, apenas se ha incorporado ningún punto en el consenso generalizado. Lo único que se ha incorporado es que se implementen las recomendaciones
efectuadas por el Tribunal de Cuentas dirigidas al Gobierno y al Ministerio de Trabajo. Entendemos que después de un informe como el del Tribunal de Cuentas en torno a las mutuas, la responsabilidad de esta Cámara y de esta Comisión debería ir más
allá de lo que se va en la propuesta de resolución transaccional. Nuestra resolución puede plantear elemento de modelo, en el que puedo coincidir con el Partido Popular y Convergència i Unió que no coincidan, pero plantea también elementos de
control, de intervención, de creación de figuras específicas, por ejemplo, de intervención directa sobre las mutuas, cuando está pasando lo que está pasando. Cuando el informe es tan claro y tan diáfano lo que deberíamos haber hecho es instar al
Gobierno a aprobar medidas e instrumentos oportunos para que no pase lo que hoy está pasando en las mutuas. Explicaré por qué. Ustedes saben que hoy las mutuas tienen una naturaleza jurídica privada asociativa, pero también combinan esa naturaleza
con una naturaleza jurídica pública de las prestaciones económicas y asistenciales que gestionan con cargo al régimen público de la Seguridad Social y, por tanto, a los Presupuestos Generales del Estado. Eso implica su sujeción, por ejemplo, a los
principios de eficiencia y economía en la ejecución del gasto público -artículo 31.2 de la Constitución-, a los principios de objetividad y transparencia de su actividad administrativa, a la regulación de conflictos e intereses de los miembros del
Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, y podría continuar y continuar.



Hoy existen graves deficiencias en la gestión de las mutuas, y así se ha reconocido en esta Comisión, y el informe del tribunal lo que ha hecho es poner de manifiesto que el control es totalmente insuficiente y que no nos vale con los
instrumentos de los que hoy disponemos. Por tanto, necesitamos dimensionar ese control. Hoy no se funciona ni en la dimensión de garantizar prestaciones sanitarias y de Seguridad Social de calidad y existen claros déficit. Estas situaciones se
han puesto de manifiesto también en el pasado, por ejemplo, en el año 2006, en el proceso contra Mutua Universal, que actualmente está en proceso penal, y esto se refuerza con el informe elaborado por el Tribunal de Cuentas.



Nosotros, ¿qué destacamos? Que la gestión contractual no se ajusta a los principios de objetividad y transparencia del sector público -así lo acredita el informe del Tribunal de Cuentas- que no existe concurrencia ni publicidad y, por
tanto, se vulneran las limitaciones contractuales.
Esto no es un problema de modelo, es un problema de cumplimiento con la ley. Las mutuas no están cumpliendo con la ley en los principios de objetividad y transparencia del sector público en lo que
se refiere a la contratación. En materia de personal hay mutuas que incumplen determinados supuestos del régimen de incompatibilidades. De las 20 mutuas que habla el informe, en 8 de ellas se detectan 105 empresas vinculadas, cuya facturación
asciende a 107 millones de euros, que contratan y trabajan al cien por cien con esas mutuas. Esto es algo absolutamente insólito y pasa con el dinero de la Seguridad Social.
Existe, además,


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una privatización de la asistencia sanitaria con alguna de las mutuas que subcontratan prácticamente el conjunto de la asistencia médica de la incapacidad temporal por contingencias comunes, y existen pagos indebidos correspondientes a
actividades publicitarias y competitivas con ánimo de lucro o pago a colaboradores de empresas vinculadas a las mutuas por importe de hasta cerca de los 15 millones de euros. Podríamos continuar porque es cierto que las retribuciones del personal
con contratos de alta dirección y de personas con cargo de responsabilidad superan las previstas en los Presupuestos Generales del Estado. Ustedes saben perfectamente que hay retribuciones de esas mutuas con cargo a la Seguridad Social, con
contratos de sus altos directivos, que ascienden a millones de euros, y eso está pasando con cargo a los presupuestos de la Seguridad Social. Por tanto, no es solo un problema de modelo, es un problema también de instrumentos de fiscalización. Por
todo ello, señalando lo que dice el informe del Tribunal de Cuentas y señalando que los informes que las auditorias de la Seguridad Social de estas mutuas dejaron mucho que desear, creemos que se tienen que establecer medidas a corto y a largo
plazo. A corto plazo, implementando las recomendaciones efectuadas por el tribunal, que es lo que vamos a aprobar de nuestra resolución. Pero también entendemos que debería abrirse el debate, por ejemplo, sobre la posibilidad de reducción de las
mutuas, y aquí sí que hablamos de modelo. Se tendría que crear una figura específica de intervención directa en las mutuas. ¿Cómo puede ser que el Tribunal de Cuentas denuncia lo que denuncia y que en esta Cámara no aprobemos una figura específica
de intervención directa? ¿O es que acaso vamos a mirar hacia otro lado con el dinero de la Seguridad Social, gestionándose como se está gestionando? Planteamos que hay una participación de la Administración y de los representantes sindicales y
entendemos que se tiene que garantizar esa naturaleza jurídica pública de las prestaciones económicas y asistenciales de los recursos que gestionan con cargo al régimen público de la Seguridad Social. Además, entendemos que debería haber codecisión
en el ámbito de las empresas en la afiliación a mutuas, garantizando que haya mayor control. Además, a medio o largo plazo creemos que se tiene que abrir un debate en el marco del diálogo social sobre la reforma del modelo, porque el modelo creemos
que está viciado de raíz y que se tiene que reformar. Esto sí que es un debate de modelo. Por eso, consideramos insuficiente la resolución que han llegado a consensuar el Grupo Socialista, Convergència i Unió y el Partido Popular. Creemos que hay
instrumentos de control que se deberían incorporar. Les anuncio que si hemos presentado esta resolución es porque entendemos que este es un tema de calidad democrática y de garantizar que los recursos de todos se gestionan bien. Con lo que vamos a
aprobar hay pasos adelante, pero son insuficientes. Por eso vamos a someter a votación nuestra resolución.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Riera, en nombre de Convergència i Unió.



La señora RIERA I REÑÉ: Como ya adelantamos en nuestra intervención respecto al informe de fiscalización en relación con los procedimientos de contratación de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad
Social, nuestras propuestas de resolución están orientadas sobre tres ejes diferenciales. En primer lugar, hemos querido poner de relieve el papel positivo, tal y como manifestamos en nuestra intervención en la última Comisión en el Senado, que han
desempeñado y desarrollado las mutuas y que hoy desempeñan también en la buena marcha de la Seguridad Social. En segundo lugar, desde nuestro grupo parlamentario hemos dirigido nuestras propuestas de resolución a la mejora de los mecanismos de
control interno de las mutuas. Finalmente, apostamos por la mejora de los circuitos externos de control, especialmente aquellos relacionados con el Ministerio de Trabajo, por lo que también creemos imprescindible una estrecha cooperación con las
comunidades autónomas competentes.



Se ha hablado mucho de la particular configuración jurídica de las mutuas, especialmente por su naturaleza de agentes privados colaboradores con el sector público, pero, desde nuestro punto de vista, este debate ya ha quedado superado con la
regulación que estableció la nueva Ley de Contratos del Sector Público del año 2007. Nuestro principal interés, como garantes de la necesaria e imprescindible transparencia y claridad, ha sido y es mejorar la debilidad evidenciada en los mecanismos
de control, tanto los internos, a los que hacía referencia antes, como los externos, a los que también he hecho referencia; aspectos que el Informe del Tribunal de Cuentas pone de relieve. Dichos mecanismos de control deben ir encaminados a
superar las debilidades internas de los circuitos de las mutuas, cosa que también esperamos que se haya logrado enmendar con la nueva Ley de Contratos, a la que antes me he referido. Desde nuestro grupo parlamentario tenemos la convicción y la
certeza de que esta vez los mecanismos externos dependientes del Ministerio de Trabajo se mostrarán todo lo diligentes que es necesario esperar. En este sentido, nuestra propuesta de resolución también ha ido en la línea de incrementar la
cooperación -a la que antes hacía referencia- con las comunidades autónomas, que estatutariamente tienen reconocidas las competencias en la materia.



Creemos que en la política del ministerio ha de haber un mayor control del que manifiesta el informe del Tribunal de Cuentas y que afecta a los ejercicios sobre los que se ha hecho el informe y nosotros las resoluciones, que se ha de actuar
diligentemente y que lo que deja translucir el tribunal en cuanto a deficiencias deben ser corregido, pero entendemos también que a partir del ejercicio 2007, con la nueva regulación y el nuevo marco normativo, hay un cambio en este sentido. Por
tanto,


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nuestras propuestas han sido planteadas con una voluntad constructiva de superación de todas aquellas debilidades internas y externas mostradas o evidenciadas en lo que se refiere al control de las mutuas y con un sentido constructivo,
resaltando el papel de las mutuas en el marco actual y evidenciando también la necesaria reconducción de los aspectos deficitarios que han presentado en los ejercicios objeto del informe del Tribunal de Cuentas.



La señora PRESIDENTE: Señor Tuñón, ¿quiere intervenir? (Pausa.)


Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Aguirre.



El señor AGUIRRE RODRÍGUEZ: Como vamos a poder comprobar en la votación que se va a producir al final de esta explicación de voto, va a haber una mayoría muy amplia respaldando las propuestas de resolución consensuadas entre el Grupo
Socialista, el Grupo de Convergència i Unió, el Grupo Mixto y el Grupo Popular. Sería en este momento de muchísimo interés releer, repasar con serenidad, las propuestas de resolución que ha defendido el diputado Joan Herrera, porque para este grupo
toda la exposición de motivos que el diputado Joan Herrera ha hecho hoy aquí es absolutamente coincidente en el fondo y en la forma de su exposición.
Pero es aquí donde vienen los modelos distintos de ver las soluciones, en las propuestas de
resolución. Desde luego, no estaríamos por la creación de un sistema de mutuas de número muy reducido que tendiera mucho a una concentración cercana a un cártel de mutuas, no estaríamos de acuerdo con la presencia de interventores en las mutuas y
no estaríamos de acuerdo con esa propuesta de modelo. Pero sí estamos de acuerdo en toda la exposición del diputado Joan Herrera, en cuanto que ha dicho que algo está viciado en el mundo de las mutuas. Yo le diría más porque sé que él es un
diputado aplicado y estoy convencido de que estará al tanto de los informes de fiscalización que ha habido en las últimas fechas a debate en esta Comisión sobre la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre el Instituto Nacional de la Seguridad
Social, sobre el Instituto de Mayores de la Seguridad, y el que ahora tenemos sobre las mutuas gestionadas y tuteladas por la Seguridad Social. Y es que algo pasa en la Seguridad Social para que cada vez que viene un informe de fiscalización
estemos todos de acuerdo en que el ministerio no cumple bien sus funciones de tutela y de gestión de los fondos públicos, hasta el punto de que en todos estos informes de fiscalización ha sido el Tribunal de Cuentas el que ha puesto el dedo en la
llaga porque la actuación de la Administración en los años en que han sido examinados los recursos públicos gestionados por la Seguridad Social ha significado claramente perder derechos de la Seguridad Social y perder fondos públicos gestionados por
la Seguridad Social. Por ello, estando totalmente de acuerdo en la defensa que ha hecho don Joan Herrera, no podemos estar de acuerdo en las propuestas de resolución y votaremos en contra.



Por nuestra parte, hemos alcanzado un consenso con el Grupo Socialista, con el Grupo Mixto y con el Grupo de Convergència i Unió, porque la transaccional recoge el mandato que esta Comisión va a dar a las mutuas para que abandonen las
prácticas de falta de rigor y de falta de control; porque esta transaccional recoge el mandato al Gobierno para que habilite mayores instrumentos de inspección, haga un seguimiento riguroso y ortodoxo de la cantidad de incumplimientos legales con
los que se producen las contrataciones en el mundo de las mutuas, y haga un seguimiento muy riguroso y ortodoxo del papel de la inspección que tiene que llevar a cabo el Gobierno.



Por último, nos hemos puesto de acuerdo también en que el Tribunal de Cuentas, una vez que ya se ha implementado y está en funcionamiento la nueva ley del año 2007 para el sector público, haga una nueva fiscalización para comprobar que,
superados los desgraciados años a examen de 2005 y 2006, con posterioridad a estos debates, con posterioridad a la puesta en marcha de esta nueva ley, de este nuevo marco legal, tanto el Gobierno como las mutuas, pero principalmente desde este
Parlamento, el Gobierno y la Seguridad Social entran en la normalidad de la gestión de los fondos públicos y no se vuelven a repetir episodios que han sido bien calificados como excesivamente viciados.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Sánchez Rubio.



La señora SÁNCHEZ RUBIO: Como comentamos en el debate que se produjo en esta Comisión en el Senado relativo al informe del Tribunal de Cuentas, entendemos que las medidas que se han ido adoptando por parte del Gobierno desde el año 2004 en
materia de mecanismos de control de mutuas han dado relativamente buen resultado. No obstante, también asumimos los problemas que ponía en evidencia el informe del Tribunal de Cuentas y basándonos en ellos hemos llegado a un acuerdo respecto a una
serie de propuestas de resolución pactadas, consensuadas, con el Grupo Popular y con el Grupo de Convergència i Unió. Creemos que la creación de un sistema de información contable mediante procedimientos telemáticos está dando buenos resultados.
La sujeción a la Ley de Contratos del Sector Público de 2007, igualmente, está empezando a dar resultados. La profunda reforma introducida en esta ley del sector público efectivamente ya está empezando a dar resultados. La regulación legal de la
retribuciones de los directivos, que ha quedado regulada por las leyes de Presupuestos Generales del Estado 2007, 2008 y 2009, igualmente ha empezado a dar sus resultados, así como la potenciación de la inspección de trabajo, el impulso a la
participación de los agentes sociales y la potenciación de la colaboración de administraciones con la mutua y su asociación.



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Entendemos que todas estas medidas están, como decía, empezando a dar sus resultados. No obstante, también hemos entendido, y de hecho así lo hemos recogido en las propuestas de resolución, que hay que reforzar determinadas medidas. Hemos
incorporado algunas de las propuestas que han hecho, la propuesta de resolución del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana - Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, y entendemos que ese control financiero en las mutuas está hasta cierto
punto garantizado con las propuestas de resolución que hemos consensuado los tres grupos antes mencionados. Esperemos que este tema dé resultado, tanto con el control interno en el ámbito de mutuas, como por el control efectuado por el Ministerio
de Trabajo e Inmigración a través de la Secretaría de Estado de Seguridad Social. Creo que estamos avanzando en esa línea de que sean eficientes, eficaces y, sobre todo, que no se produzcan los excesos que ha quedado de manifiesto que se estaban
produciendo.



La señora PRESIDENTA: Pasamos a continuación a la votación de las propuestas que se han presentado.



En primer lugar, vamos a votar la propuesta de transacción que se ha hecho llegar a esta Mesa tras el acuerdo producido entre el Grupo Socialista, el Grupo Mixto, Convergència i Unió y el Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Pasamos a votar las propuestas de resolución presentador por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana - Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 39; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



ELECCIÓN DE VACANTES. MESA COMISIÓN.



- ELECCIÓN DE SECRETARIO PRIMERO. (Número de expediente del Congreso 041/000036 y Número de expediente del Senado 571/000001.)


La señora PRESIDENTA: Terminadas las votaciones de las propuestas de resolución, pasamos al último punto del orden del día, que va a ser la elección del secretario primero de la Mesa. Por lo tanto, vamos a proceder a la instalación de la
urna y a la elección del puesto de la Mesa.



El señor AGUIRRE RODRÍGUEZ: Señora presidenta, estamos de acuerdo en el nombramiento, hay unanimidad.



El señor HERRERA TORRES: Estamos muy de acuerdo, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Señores portavoces, entiendo que haya unanimidad pero el Reglamento establece que tiene que hacerse por votación, previo llamamiento de los diputados. Por lo tanto, no tenemos más remedio que cumplir con la norma y
proceder al llamamiento de cada uno de los miembros de la Comisión para que puedan emitir su voto.



Por el señor Letrado se procede a la lectura de la lista de las señoras y los señores miembros de la Comisión, presentes y sustituidos.



Terminada la votación y verificado el escrutinio dijo


La señora PRESIDENTA: Ha sido elegido secretario primero de la Mesa, don José Luis Ábalos, por 35 votos. Enhorabuena.



Se levanta la sesión.



Era la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde.