Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 742, de 23/03/2011
PDF




CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2011 IX Legislatura Núm. 742

TRABAJO E INMIGRACIÓN

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN ANTONIO BARRANCO GALLARDO

Sesión núm. 44

celebrada el miércoles, 23 de marzo de 2011



ORDEN DEL DÍA:


Proposiciones no de Ley:


- Relativa a la Inspección de Trabajo. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/001873.) ... (Página 2)


- Relativa a la distribución de los fondos en materia de políticas de empleo. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
(Número de expediente 161/001120.) ... (Página 5)


- Sobre medidas en caso de impago de salarios. Presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. (Número de expediente 161/001533.) ... (Página 7)


Página 2



- Sobre mejora de la actual indefensión de los trabajadores afectados por el impago de nóminas. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (Número de expediente 161/002015.) ... (Página
7)



- Para la adopción de un plan de acción que permita reducir los trastornos musculoesqueléticos derivados del trabajo. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente 161/002034.) ... (Página
11)



- Para impulsar la labor de la escuela de la inspección de trabajo y seguridad social. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
(Número de expediente 161/002150.) ... (Página 14)


- Relativa a la aplicación del régimen especial del mar de la Seguridad Social a los pescadores de río. Presentada por el Grupo Parlamentario Mixto. (Número de expediente 161/000714.) ... (Página 16)


Se abre la sesión a las cuatro y diez minutos de la tarde.



PROPOSICIONES NO DE LEY:


- RELATIVA A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/001873.)


El señor PRESIDENTE: Damos comienzo a la Comisión de Trabajo e Inmigración, para el debate y votación de las proposiciones no de ley que figuran en el orden del día. Quiero informarles que la número 4, relativa a la racionalización de los
horarios laborales españoles, pasará a la Comisión que celebraremos el día 31 y que la número 5 pasará a ser la número 1 y la número 1 pasará a la 5. Si estamos todos de acuerdo, damos comienzo a la sesión. (Pausa.)


Empezamos por tanto con la proposición no de ley relativa a la Inspección de Trabajo, que será defendida por el señor Barrachina. Los diputados y diputadas que hayan propuesto las PNL tendrán diez minutos de intervención y el resto tendrá
cinco minutos, lo que intentaremos aplicar, a petición de los propios portavoces, con el mayor ajuste posible. Señor Barrachina, tiene la palabra.



El señor BARRACHINA ROS: La iniciativa que plantea mi grupo nace de la preocupación que tiene el Partido Popular, también el cuerpo de inspectores de Trabajo y el cuerpo de subinspectores, por el intento actual de desguace de la función
inspectora en el ámbito del trabajo. Hay una ley actual, que en su día, en 1997, fue pactada por la mayoría de los grupos parlamentarios, entre ellos el Socialista, hoy gobernante, y que, desgraciadamente, se quiere modificar de manera unilateral
o, al menos, contrariando los principios que defiende el Grupo Parlamentario Popular.
Por eso hemos presentado esta proposición no de ley. En ella, aprovechamos una respuesta del propio Gobierno en la que se ha operado un cambio extraordinario.
Hasta hace aproximadamente doce o trece meses el Gobierno pensaba igual que el Partido Popular e igual que la norma que actualmente ordena la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y ahora se ha producido un cambio de carácter trascendental; de
hecho, mi iniciativa recoge lo mismo que el Gobierno respondía en 2009, que es literalmente: El Gobierno, en la próxima reforma de la ley que regula, que protege, que ordena la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, tiene previsto mantener los
principios de concepción única e integral del sistema, los cuerpos estatales de la inspección, los principios de unidad, función y actuación y movilidad funcional y geográfica de los efectivos. Es decir, el Gobierno hasta hace año y medio venía
defendiendo que esto se mantuviese en el ámbito nacional. Desgraciadamente, el borrador que ultima el propio Gobierno desarma todo lo anteriormente conformado y transfiere la dependencia funcional y orgánica de los inspectores de Trabajo a las
comunidades autónomas. Esto supone ni más ni menos, muy gráficamente, que aquellos consejeros cuyas actividades han sido denunciadas por el propio director general de Empleo -fondos de reptiles- serían quienes tendrían bajo sí la dependencia
orgánica de quienes podrían sancionar, quienes podrían mover, quienes podrían sacar a concurso o no y, por tanto, limitaría enormemente la actividad inspectora, camino -si se me permite- de la absoluta impunidad de aquellos errores que cualquier
comunidad autónoma, de un signo político o de otro, pudiera cometer.



Página 3



Nosotros perseguimos que haya profesionalidad, que la actual profesionalidad de un cuerpo que cumple ahora 105 años de actividad sea respetada y que por un apretón presupuestario -el pacto que se firmó con Coalición Canaria, legítimamente, y
con el Partido Nacionalista Vasco para aprobar los presupuestos-, por un apoyo puntual a un presupuesto no se desguace, no se desmonte una institución que ha funcionado de forma profesional e independiente durante muchos años. Hoy mismo he hablado
con un inspector de Trabajo y me ha trasladado que la pretensión era desactivar la Inspección de Trabajo. Mi grupo pide que esta modificación no se perpetre, que no tenga lugar, porque no hay ningún colectivo ni sindical ni empresarial -más allá de
la demanda de determinados partidos nacionalistas, legítima, que mi partido respeta y respetará, tanto de los dos partidos citados como del estatuto aprobado en Cataluña- que pida esto. El daño que se va hacer al sistema de inspección, copiando el
modelo griego de atomización de la Inspección de Trabajo, es extraordinario. Incumpliríamos no solo la Constitución española, sino también el convenio de la Organización Internacional del Trabajo suscrito por el Gobierno de España, que exige, como
bien conoce todo el mundo, que la Inspección de Trabajo tenga la vigilancia y el control de una única autoridad central. No es posible que los empresarios, que los autónomos tengan que atender a dos inspecciones distintas reclamando los mismos
papeles, unos para la Seguridad Social y la inmigración y otros para la seguridad laboral y las relaciones dentro de la empresa. Nos parece absolutamente ineficaz. Caeremos exactamente en los mismos fallos que la OIT denuncia para Grecia y para
aquellos países que han tomado este camino de la dispersión, de la fractura en el control de la Inspección de Trabajo. Los fallos que se han cometido en Grecia -los resumo y con esto termino-, cuyo modelo quiere imitar el actual Gobierno, son:
falta de coordinación y de cooperación de los servicios de inspección; fallos en la aplicación uniforme de las normas de trabajo, que suponen una nueva ruptura en la unidad de mercado; traslado de inspectores competentes y experimentados a otros
servicios y falta de garantía de estabilidad y de independencia de los inspectores. Lo que necesita la Inspección de Trabajo en este momento es justamente que se asegure su independencia y se le den nuevos recursos para que lleve a cabo su labor.
Cuando se descubre un fondo de reptiles, a la inspección hay que darle un mensaje: Tendréis más recursos, más capacidad y más independencia; y no al contrario: Vais a depender de aquel que ha consumado, propiciado o favorecido esa irregularidad.
No nos parece razonable en absoluto.



La enmienda que ha presentado el Grupo Socialista, que tiene la mejor voluntad, no podemos aceptarla, porque, aunque parezca inocua, lo que hace es eliminar la parte en la cual mi grupo pide la exclusividad en la reserva a la Administración
General del Estado de la creación de nuevos cuerpos. Lo que hace la enmienda es suprimir esa exclusividad, con lo cual se da luz al nacimiento de nuevos cuerpos de la Inspección de Trabajo, cuerpos de carácter autonómico, e introducir la
posibilidad de la movilidad geográfica de los concursos de traslado dentro de las comunidades autónomas, que viene a reflejar el traslado total de la competencia y de la dependencia funcional y orgánica de la Inspección de Trabajo a las comunidades
autónomas, una cosa que nadie en este Parlamento ha pedido. Nuestro grupo lo respetará en aquellas comunidades que ya lo tengan convenido, pero nos parece caminar hacia la ineficacia y la impunidad y hacer un daño extraordinario a un cuerpo que ha
merecido halagos por su profesionalidad e independencia desde la propia Organización Internacional del Trabajo.



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Rafael Herrera, por cinco minutos.



El señor HERRERA GIL: La iniciativa presentada por el Grupo Popular insta al Gobierno a que incluya algunos aspectos en el futuro proyecto de reforma de la Ley 42/1997, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En el
programa electoral con el que el PSOE se presentó a las elecciones generales del año 2008 había un compromiso para la reforma normativa de la Ley ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, para adaptarla a las exigencias derivadas de
los nuevos estatutos de autonomía. Como saben sus señorías, tiene rango de ley orgánica.



Estamos de acuerdo en cómo empieza la exposición de motivos de la proposición no de ley: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en España ha funcionado con eficacia, independencia y profesionalidad; y añadiremos: funciona y
funcionará. Recoge la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, que constituye el sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social el conjunto de principios legales, normas, órganos, funcionarios y medios materiales que contribuyen al adecuado
cumplimiento de las normas laborales de prevención de riesgos laborales, Seguridad Social y protección social, colocación, empleo y protección por desempleo, cooperativas, migración, trabajo de extranjeros y cuántas otras materias le sean
atribuidas. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es un servicio público al que corresponde ejercer la vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social y exigir las responsabilidades pertinentes, así como el asesoramiento y, en su
caso, arbitraje, mediación y conciliación en dichas materias. Este instrumento puede ser sin embargo mejorado y adaptado al nuevo orden normativo. Por ello, además de llevar a cabo las reformas normativas y organizativas para garantizar la
cooperación y coordinación en el conjunto del Estado y adaptarse a las exigencias derivadas de los nuevos estatutos de autonomía, el sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene la necesidad de potenciar, con las comunidades autónomas y
los gestores del sistema


Página 4



de Seguridad Social y del empleo, la coordinación y cooperación, la actuación planificada y programada, reforzando la interlocución con los agentes sociales y la colaboración con las instituciones técnicas especializadas en el ámbito social,
para establecer campañas y acciones específicas orientadas a la consecución de objetivos concretos.



Es una realidad que se han producido todas las transferencias de las políticas activas de empleo a las comunidades autónomas; es cierto que conviven las políticas activas y las pasivas en las mismas oficinas y es cierto que las comunidades
autónomas están más cerca de los ciudadanos y conocen mejor sus necesidades. Esto implica que los cuerpos de inspectores y subinspectores desarrollen su trabajo cada día más entre políticas activas, pasivas, prevención de los riesgos laborales,
arbitraje, conciliación y un largo etcétera, cruzando ese límite casi imperceptible. Por tanto, tienen que contaminarse de las políticas que rigen en las comunidades autónomas y por eso colegimos: El sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad
Social se regirá por los principios generales de concepción única e integral y unidad de función inspectora en todas las materias de orden social con una leal colaboración y cooperación con las comunidades autónomas e incrementando su participación.
El Gobierno reitera en sendas proposiciones no de ley en Pleno y en Comisión, presentadas por el Grupo Popular, que las reformas normativas de la Inspección de Trabajo en las que está trabajando garantizan -y recalco, garantizan- la concepción única
e integral del sistema de inspección y mantendrán el carácter nacional que actualmente se atribuye al cuerpo superior de inspectores de Seguridad Social y al cuerpo de subinspectores de Empleo y Seguridad Social y avanza algunos objetivos de dicha
reforma: desarrollar las competencias en un escenario de mayor participación y colaboración con las comunidades autónomas.



En pregunta para respuesta escrita del señor Merino López, del Grupo Popular, la respuesta fue contundente: Todas las convocatorias de pruebas selectivas para el ingreso en cuerpos de inspectores de Trabajo y Seguridad Social y cuerpos
estatales de Inspección se basan en principios de mérito y capacidad. Las sucesivas convocatorias mantendrán dichos principios que rigen el acceso a la Función pública de acuerdo con las previsiones de la Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto
básico del empleado público. El proyecto de reforma de la Ley ordenadora de la inspección se encuentra en sus últimas fases de elaboración a nivel interno. Una vez consultada y negociada con la representación de las comunidades autónomas en la
Mesa Sectorial de Asuntos Laborales de 24 enero de 2011, se ha informado y se han oído las sugerencias de los agentes sociales, así como de las organizaciones representativas de los funcionarios del sistema de inspección.



En el contexto de esta reforma de la Ley ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Gobierno ha alcanzado un acuerdo con la Generalitat de Cataluña, que permite garantizar la concepción única e integral del sistema de
inspección y hacer compatible esa unidad e integridad con el desarrollo de estatutos de autonomía como el de Cataluña.



El señor PRESIDENTE: Señor Herrera, vaya concluyendo por favor.



El señor HERRERA GIL: Por ello, hemos presentado una enmienda de sustitución, que no voy a leer, porque la tienen todos los portavoces. De todas formas, el proyecto de ley vendrá en breve y espero que con las aportaciones de los grupos
enriquezcamos el mismo.



El señor PRESIDENTE: Señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: No terminamos de entender el sentido de esta proposición no de ley que ha defendido el señor Barrachina. Hemos escuchado su intervención, que nos ha parecido absolutamente cargada de prejuicios contra el
modelo de Estado autonómico y de una desconfianza hacia lealtad de las comunidades autónomas en el cumplimiento de sus obligaciones legales impropia de un grupo político que ejerce importantes responsabilidades en el ámbito autonómico y que
previsiblemente va a ejercer mayores responsabilidades a partir del día 22 mayo. En cualquier caso, rechazaremos esta proposición no de ley.



El modelo existente de articulación de competencias en materia de Inspección de Trabajo que establece la ley vigente tuvo sentido en su momento y ha tenido el recorrido histórico que todos conocemos. Creo recordar que con el señor Azpiroz
fuimos ponentes de esa ley y durante meses tuvimos importantes dificultades para alcanzar los consensos que permitieran su aprobación. Hubo diálogos entre el Gobierno de España, el Gobierno de la Generalitat, el Grupo Parlamentario Popular y el
Grupo Parlamentario de Convergència i Unió y resolvimos adecuadamente la situación. También es cierto que los nuevos estatutos de autonomía han configurado una nueva realidad de articulación de la Inspección de Trabajo, cuya solución no pasa por
reafirmar el carácter centralista de la misma, sino por reconocer que las comunidades autónomas pueden tener plenas capacidades para ejercer sus responsabilidades en materia de inspección, garantizando el principio de independencia de los
inspectores. En este sentido, no entendemos -insisto- esta proposición no de ley del Grupo Popular, más cuando tenemos a las puertas la discusión de un proyecto de ley que va a permitir un debate a fondo sobre cómo articulamos la Inspección de
Trabajo, sobre la base del nuevo modelo de competencias que atribuyen algunos estatutos de autonomía, creo recordar, a la Generalitat, pero también a la Junta de Andalucía y a alguna otra comunidad autónoma. Partimos de que el modelo que se
articula en Cataluña, a través de los convenios que han firmado la Generalitat y el Gobierno central, tan solo va a tener interés para Cataluña. No queremos que aquello


Página 5



que Cataluña ha planteado sea obligatorio para el resto de España ni mucho menos, pero aquello que se ha acordado entre la Generalitat y el Gobierno central debe tener pleno acomodo en la nueva legislación. Por tanto, entendemos menos aún
esta iniciativa del señor Barrachina. Podríamos comprender el sentido de la proposición no de ley, pero escuchada su intervención todas nuestras reservas quedan absolutamente aumentadas. Hay quienes aún están instalados en una concepción de España
muy vieja, muy caduca, en la que las comunidades autónomas son menores de edad, deben ser tuteladas y no son capaces de defender el interés general, pareciendo que tan solo es mayor de edad el Estado central, la Administración General del Estado, y
que los cuerpos nacionales son los únicos que garantizan esa tutela efectiva de los derechos de los ciudadanos. Nos parece una concepción políticamente equivocada y sobre todo no acorde con el sentido y el espíritu de la Constitución. Por tanto,
vamos a rechazar la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular.



El señor PRESIDENTE: No pregunto al señor Barrachina si acepta la enmienda, porque creo que en su intervención ha anunciado que no la admitía.



El señor BARRACHINA ROS: En mi intervención he anunciado que no podía aceptar la enmienda.



- RELATIVA A LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS EN MATERIA DE POLÍTICAS DE EMPLEO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO.
(Número de expediente 161/001120.)


El señor PRESIDENTE: Discutida la proposición de ley número 5, pasamos a la número 2, proposición no de ley relativa a la distribución de los fondos en materia de políticas de empleo, planteada por el Grupo Parlamentario Popular.



Para la defensa de la misma tiene la palabra doña Carmen Álvarez-Arenas.



La señora ÁLVAREZ-ARENAS CISNEROS: El tema de políticas activas tiene un enorme calado y una gran importancia, por ello ha sido muy debatido en esta Comisión y desde luego en la Cámara. En cualquier caso, como sus señorías habrán podido
comprobar la proposición no de ley está presentada hace ya bastante tiempo y tengo que reconocer que sus antecedentes han quedado desfasados, puesto que habla de planes de empleo que en su momento se estaban ejecutando y que estaban desvirtuando en
gran medida el reparto de los fondos de políticas activas, como era el Plan Canarias, el Plan Extremadura, el Plan Galicia, etcétera. Es verdad que en los presupuestos de 2011 esos planes han desaparecido, salvo el plan específico para Garoña;
también lo es que algunos han corrido una suerte y otros otra, como pasó con el Plan Galicia, que fue suprimido en el ejercicio en el que el Gobierno cambió de signo. Pero dejemos el pasado, que tiene su propia historia y no merece que nos
centremos en él sino que preparemos el futuro, fundamentalmente para aportar algo en relación con la situación de nuestros parados. Es una realidad que en el presupuesto de 2011 el Gobierno ha reducido un 5,5 por ciento la partida destinada a
políticas activas. Con esta iniciativa nuestro grupo buscaba una mayor equidad en el reparto de dichos fondos, porque entendemos que el objeto de esta financiación para políticas activas tienen que ser los propios ciudadanos, en este caso los
parados, no los territorios. De ahí que entendamos que es necesario aplicar políticas que garanticen la igualdad en ese reparto de los fondos de una manera equitativa, pero conjugándolo con medidas efectivas para que los parados, en función de sus
necesidades, puedan beneficiarse -insisto que son los destinatarios últimos de estos fondos para políticas activas- de una formación, de una recualificación con el fin último de su inserción laboral, que es lo que se persigue con las políticas
activas. Se trata de una formación, que puede ser remunerada o no, que devuelva a todas estas personas al mundo laboral, al mundo activo. La otra parte de las políticas activas, como todo el mundo sabe, es la formación continua, que no es el caso
que estamos tratando.



A esta proposición no de ley han presentado enmiendas los grupos Socialista y Convergència i Unió. A ambos quiero agradecerles su contribución, porque significa que el tema de las políticas activas ha despertado en ellos un interés, como no
podía ser de otra manera. Por ello desde mi grupo queremos buscar una transaccional que nos permita aprobar esta proposición no de ley, si fuera posible, por unanimidad. En cualquier caso, mi grupo propone una transaccional que recoge el texto
íntegro de la enmienda del Grupo Socialista y el de la enmienda de Convergència i Unió. El último párrafo del texto que ha presentado mi propio grupo lo añadiríamos al final de la enmienda del Grupo Socialista.
Quedaría de la siguiente manera.
Después de 'y acordando entre todos', añadiríamos el último párrafo de nuestra propuesta: 'que garanticen la igualdad en la cuantía de los fondos destinados a cada parado en el territorio nacional.' Además, hemos llegado a un acuerdo entre los
portavoces para añadir: 'reconociendo sus especificidades'; refiriéndonos a las especificidades de cada parado. Así queda el punto primero. Lo pasaré a la Mesa.



La enmienda de Convergència i Unió dice: El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar un informe de balance sobre el impacto que tienen las políticas activas en la ocupación y su relación con la distribución de fondos, que era
el objeto de nuestra propia proposición no de ley. Nosotros suprimiríamos nuestro punto 2 y añadiríamos al texto de Convergència i Unió 'antes de finalizar el segundo periodo de sesiones del presente año.' Creo que se recoge el espíritu de lo que
buscamos todos los grupos y daríamos un paso importante en cuanto a la distribución de fondos.



Página 6



Si bien es verdad que como dice la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista -y finalizo ya, señor presidente- en la Conferencia Sectorial de Empleo se llegó a un acuerdo -entonces llamada de empleo y asuntos sociales- plurianual de
financiación para este tipo de políticas de 2010 a 2013, también lo es -y seguro que lo reconoce el Grupo Socialista- que se llegó a ese acuerdo -como siempre sucede en la conferencia sectorial- por mayoría, pero que no hubo unanimidad en cuanto a
ese reparto y a esos criterios de distribución de fondos. Doctores tienen nuestras comunidades autónomas, ellos están en la conferencia sectorial, saben perfectamente cuál es su cometido y allí harán las alegaciones que tengan que hacer. Lo que
quiero dejar claro es que no se aprobó por unanimidad, que había comunidades del Partido Popular que no estaban de acuerdo con esos criterios; pero la democracia es así, se votó en conferencia sectorial y se aprobó. No podemos decir que no; por
tanto, señor Membrado, le estoy dando la razón. No nos negamos a que eso aparezca en la proposición no de ley, pero me tendrá que conceder el título habilitante para decir que las comunidades autónomas del Partido Popular no estaban de acuerdo con
aquello, aunque es verdad que democráticamente se aprobó. Por tanto, dejamos que figure en el texto, porque, por otra parte, ustedes están en la obligación de presentarlo, como seguramente haría yo si estuviera en la situación de apoyar al
Gobierno. A partir de ahí, permítanos añadir en la parte final, que es la garantía de la igualdad, el reconocimiento de especificidades, que tengo que decir que ha sido un acuerdo de los tres grupos. Aceptamos la enmienda de Convergència i Unió
añadiendo esos plazos que queríamos poner para que se ponga en conocimiento de esta Cámara.



El señor PRESIDENTE: Se han presentado dos enmiendas, una del Grupo Socialista y otra de Convergència i Unió.



Para la defensa de la enmienda del Grupo Socialista tiene la palabra el señor Tabuyo.



El señor TABUYO ROMERO: Empiezo esta intervención manifestando que compartimos con la señora Álvarez-Arenas la afirmación de que esta proposición no de ley, tal como aparece inicialmente registrada en mayo del año 2009, parece un tanto
extemporánea, toda vez que existe un acuerdo plurianual de 2010 a 2013 aprobado por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales en el que se han fijado los criterios a aplicar.



Conocen sus señorías que el artículo 86 de la Ley General Presupuestaria de 2003 establece que los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado
destinados a financiar sectores, servicios, actividades materias respecto de las que las comunidades autónomas tengan asumidas competencias de ejecución y no hayan sido objeto de transferencia directa, se fijarán por la Conferencia Sectorial de
Empleo y Asuntos Laborales.



En la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 23 de junio de 2009, aplicando la normativa mencionada en el párrafo anterior, se acordaron los criterios de distribución de fondos empleo de ámbito nacional aplicables al periodo
2010-2013, los cuales se han aplicado en los presupuestos aprobados en los ejercicios 2010 y 2011. En ellos se incluyó por primera vez la distribución de parte de estos fondos solo entre las comunidades autónomas que perciben una cantidad por
persona desempleada inferior a la media, de tal forma que la cantidad por persona desempleada que perciba cada comunidad se vaya igualando progresivamente.
Asimismo, la citada conferencia sectorial en la reunión celebrada el 24 de enero de 2011 fue
informada de la distribución resultante para el ejercicio 2011 en aplicación de los citados criterios, encontrándose en la actualidad en elaboración la correspondiente orden ministerial que regulará dicha distribución. En todo caso, como también
conocen sus señorías, el Gobierno no puede modificar unilateralmente los criterios de distribución de fondos acordados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, ya que estaría incumpliendo lo dispuesto en la normativa antes citada.



Asimismo, se debe destacar que los planes integrales de empleo existentes en los Presupuestos Generales del Estado para 2011, que corresponden al Plan integral de empleo de Canarias y al Plan de dinamización e impulso de la zona de
influencia de la central nuclear de Santa María de Garoña, implican que en ambos casos ha existido una aprobación de los mismos en sede parlamentaria, por lo que difícilmente se puede considerar una asignación discrecional del Gobierno.



En esta iniciativa se mezclan intereses de base que son fundamentales para su toma en consideración. El primero, es que es un hecho cierto que los criterios objetivos para este reparto de los fondos se fijará por la Conferencia Sectorial de
Empleo y Asuntos Laborales. En segundo lugar, también es cierto que en los criterios aprobados para 2010 se incluye por primera vez la distribución de parte de estos fondos solo entre comunidades que perciben una cantidad por persona desempleada
inferior a la media. Tercero, que igualmente es un hecho cierto que el Gobierno no puede adoptar modificaciones y criterios de forma unilateral. Además, es de reseñar la circunstancia de que el acuerdo del 23 de junio de 2009, donde se
establecieron los criterios de distribución de fondos para los años 2010 y 2013, se produjo más de un mes después de la fecha de registro y presentación de esta proposición no de ley. Si le añadimos el artículo 10 del reglamento interno de la
conferencia sectorial, donde se establece que los acuerdos se adoptarán por asentimiento de los miembros o por la mayoría de las comunidades autónomas y de la Administración General del Estado, podemos concluir que la inmensa mayoría de los
consejeros y comunidades, si no todos,


Página 7



están conformes con los criterios que ellos mismos aprobaron.



A pesar de lo expuesto, consideramos que la propuesta que el Grupo Popular nos formula puede tener cabida como aportación o sugerencia para la próxima redacción de criterios a adoptar después del vencimiento del vigente acuerdo plurianual,
por lo que presentamos una enmienda, pero la misma se ha visto superada por los acontecimientos, de tal manera que hemos llegado a un acuerdo transaccional con el texto del Grupo de Convergència i Unión y con la proposición no de ley base del Grupo
Popular, que se presentará a la Mesa, en el que se complementan las aportaciones de los tres grupos y en el que se pone en valor la voluntad de compartir posiciones para poder avanzar en este importante tema. No podemos más que felicitarnos por
este acuerdo entre los tres grupos, por haber llegado a una posición común en un tema que tiene una gran importancia y trascendencia, como este que estamos debatiendo.



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de su enmienda tiene la palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Mi grupo considera relevante este debate, especialmente en orden a que la Cámara y la sociedad puedan valorar la eficacia y la utilidad de los recursos de las políticas de empleo en aras al objetivo principal
que todos compartimos, que es la reincorporación al mercado de trabajo de las personas desempleadas. El debate es sobre la utilidad de las políticas, sobre la capacidad de conocer si los programas que están desarrollando las comunidades autónomas,
financiados con recursos del Estado, son eficaces en relación con esos objetivos. De ahí que la enmienda que ha planteado Convergència i Unió reclame un estudio sobre el impacto de esas políticas. La cuestión no es tanto saber si en cada Estado,
en cada territorio gastamos lo mismo por parado, porque esto va a depender de muchas circunstancias: un empleado con un menor nivel de cualificación personal, con un menor nivel formativo, con una historia personal mucho más difícil quizá tenga más
dificultades para encontrar empleo y se necesitará invertir más en ella; quizá en un territorio donde la crisis económica haya sido menos intensa o la capacidad de recuperación sea más importante cueste menos invertir en la reincorporación de esa
persona al mercado de trabajo. Esa preocupación de fondo que manifestaba la iniciativa del Grupo Popular de garantizar esa igualdad de fondos por parado en todo el territorio del Estado nos alejaba de la cuestión importante, que es que los recursos
públicos destinados a la recolocación, a la reinserción sirvan para eso. De ahí que a través del diálogo que hemos mantenido con la portavoz del Grupo Popular para llegar a esa transacción que finalmente se va a votar hayamos incorporado esa
referencia a reconocer las especificidades que puedan existir.



El texto que se va a considerar es suficientemente amplio y un poco ambiguo para saber exactamente lo que estamos discutiendo. De ahí que mi grupo dé especial importancia al segundo punto de la transacción, que es ese informe de balance
sobre el impacto de las políticas activas de ocupación y su relación con la distribución de fondos. Quizá en nuestros debates sobre las políticas públicas nos deberíamos acostumbrar a saber si esos recursos están siendo bien aplicados por parte de
quien los gestiona y tendríamos que tener capacidad de contrastar, de comparar entre unos y otros. En todo caso, damos la bienvenida a la propuesta porque el texto que hoy vamos a aprobar permite situar estos elementos en nuestro debate.



- SOBRE MEDIDAS EN CASO DE IMPAGO DE SALARIOS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE ESQUERRA REPUBLICANA-IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA VERDS. (Número de expediente 161/001533.)


- SOBRE MEJORA DE LA ACTUAL INDEFENSIÓN DE LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR EL IMPAGO DE NÓMINAS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ). (Número de expediente 161/002015.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la proposición de ley número 3 que vamos a debatir conjuntamente con la que figura en el orden del día con el número 6.



Para la defensa de las mismas tiene la palabra, en primer lugar, el señor Llamazares.



El señor LLAMAZARES TRIGO: Señorías, registramos esta iniciativa para adoptar medidas en caso de impago de salarios, conscientes de que muchos trabajadores han sufrido y sufren el hecho de que su empresa no cumpla con la obligación de
pagarles la nómina de manera regular y acorde con lo que establece el Estatuto de los Trabajadores. Las consecuencias de esta situación para los trabajadores son evidentes. El problema es que para ciertas empresas puede resultar una fórmula
altamente rentable dejar de abonar salarios ante una legislación que es poco exigente y conociendo también la lentitud de nuestro sistema judicial.



Señorías, la crisis económica provoca dificultades en las empresas y por extensión afecta a los trabajadores, cuando verdaderamente la actividad empresarial disminuye o, en el peor de los casos, desaparece. Pero más allá de los dramáticos
efectos de la crisis sobre nuestro tejido económico, lo cierto es que el impago de salarios puede resultar beneficioso para algunos empresarios, sobre todo para aquellos que no tengan escrúpulos. El Estatuto de los Trabajadores establece que el
interés por mora en el pago del salario será del 10 por ciento de lo adeudado. Un 10 por ciento de interés anual es francamente reducido si lo comparamos con los intereses a los que tiene que hacer frente al trabajador que no ha percibido


Página 8



su salario y deja de pagar su hipoteca u otros créditos, lo que paga por descubiertos en su cuenta corriente o por recargos en recibos devueltos.
Pero lo más sangrante es la lentitud judicial, señorías, cuestión que puede ser aprovechada
por la empresa, y para ello vamos a ver un ejemplo.
Una empresa deja de pagar al trabajador la nómina del mes de enero y al mes siguiente, en febrero, el trabajador presenta una reclamación de cantidades. En dos semanas se celebra el acto de
conciliación, al que la empresa no acude y se sigue la reclamación por vía judicial. En febrero nuevamente la empresa deja de pagar el salario, se reclama en marzo la cantidad de la nómina de febrero con el mismo proceso anterior. En mayo la
empresa no le paga el salario de marzo y el trabajador presenta otra reclamación, pero la empresa sí le abona la nómina de enero. Así sucesivamente. Como resultado de todo ello, el trabajador tiene continuamente dos nóminas pendientes de cobrar.
Los juicios no se celebran porque la empresa va pagando los meses denunciados, dejando pendientes los más recientes y no se llega nunca a acumular los tres meses impagados que producirían una demanda de extinción de contrato.
Efectivamente se
reconoce al trabajador el derecho a solicitar judicialmente la extinción de la relación laboral cuando la empresa deja de pagar al trabajador tres nóminas o cuando de manera reiterada le paga tarde los salarios; pero la lentitud de la justicia de
nuevo juega en contra del trabajador, porque una vez presentada la demanda si la empresa no se presenta al acto de conciliación o no se llegase a un acuerdo entra en vía judicial y hasta que salga el juicio van a pasar meses, y durante este tiempo
el trabajador debe seguir acudiendo a su puesto de trabajo sin garantía de cobrar sus salarios y en un clima laboral al menos hostil. El problema principal, por tanto, es la lentitud del sistema judicial. Por eso proponemos que las reclamaciones
de cantidades por impago de más de un mes de salario tengan preferencia sobre los procesos menos urgentes en juzgados y tribunales. Las reclamaciones de cantidades de los trabajadores hacia las empresas han de gestionarse, en nuestra opinión, en
juicios rápidos. También proponemos que se aumenten los intereses en el caso de atraso en el pago de los salarios y que el Fondo de garantía salarial, en su caso, se impliquen en una posible solución.
Esas son nuestras propuestas.



Se han presentado enmiendas por el resto de grupos parlamentarios e intentaremos llegar a algún acuerdo que sin ser nuestra propuesta inicial se acerquen a las iniciativas de los grupos parlamentarios que han presentado dichas enmiendas.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Campuzano para la defensa de su iniciativa.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: La cuestión de fondo es coincidente con la que acaba de defender el señor Llamazares. Es evidente que la actual situación económica provoca un incremento de los impagos de las nóminas, ya sea por falta de
liquidez, por la morosidad de los clientes -cuestión que aún no hemos resuelto en esta legislatura- o el desplome de las ventas en las empresas. En el caso de Cataluña, en el año 2009 el Gobierno de la Generalitat recibió más de 50.000
reclamaciones de trabajadores por impago de sus salarios, finiquitos u otros conceptos como horas extras, aumentos salariales o pluses de antigüedad. Esto supuso un incremento de 34 por ciento respecto a 2008. La mayoría de estas quejas acabaron
en los juzgados de lo social, porque en el 84 por ciento de los casos no se alcanzó un acuerdo entre el trabajador y la empresa o incluso esta no llegó a comparecer en el correspondiente acto de conciliación.



En la actualidad, en caso de impago de las nóminas, que es el supuesto que estamos analizando, el trabajador debe reclamar las cantidades adeudadas y solicitar la extinción del contrato mediante sendas papeletas de conciliación, pero sin
dejar de acudir a su puesto de trabajo hasta que tenga la sentencia que da por finalizado su contrato, para que no se le pueda achacar una baja voluntaria -sobre eso, creo recordar que la enmienda del PP también efectúa alguna consideración-.
Normalmente, en este plazo de tiempo el trabajador continúa sin percibir su salario, sumando a ello los meses anteriores en que no ha percibido su remuneración. Teniendo en cuenta que el procedimiento judicial suele resolverse en dos o tres meses,
existe un período de tiempo, que no es menor, en el que el trabajador no cobra, pero tampoco puede acceder a ningún tipo de protección social, no puede acceder a la prestación por desempleo y tampoco puede buscar otro empleo, ya que, como decíamos,
debe continuar acudiendo a la empresa por la que está contratado. Este retraso puede ser de entre seis meses y un año si el pago, además, debe hacerlo el Fondo de garantía salarial, debido a la acumulación de expedientes que dicho organismo debe
resolver. Por ejemplo, en los tres primeros meses de 2010 el Fogasa desembolsó en Cataluña 70 millones de euros para pagar salarios o indemnizaciones a trabajadores de empresas en quiebra. En toda España, abonó 293 millones de euros, que
representa el 101,4 por ciento más que en 2009.



Estas situaciones que hemos descrito se pueden agravar en aquellos supuestos en los que la empresa se declare en situación de concurso, pues en esas circunstancias el cobro de los salarios depende en numerosas ocasiones de la finalización
del propio concurso. Esto puede dilatar en más de un año las situaciones descritas anteriormente, lo que a todas luces sitúa a los trabajadores afectados en la más absoluta de las indefensiones. En la coyuntura en la que estamos instalados, para
las personas con riesgo de desempleo que deban hacer frente al pago de la comida, los suministros, los gastos escolares, la hipoteca o el alquiler, esta situación de impago de sus salarios es un tema grave, hiriente y que, hoy por hoy, no tiene
solución.



Convergència i Unió, a través de esta proposición no de ley plantea una solución muy puntual y muy concreta,


Página 9



que reconozco que puede tener dificultades para su puesta en marcha.
Entendemos que lo que se debe hacer es instar al Gobierno a aprobar en un plazo de tiempo breve, y por ello marcamos tres meses, todas aquellas medidas necesarias para
mejorar la situación de indefensión de estos trabajadores afectados por el impago de sus salarios, permitiendo el cobro de las prestaciones por desempleo desde el inicio de la reclamación judicial de los salarios adeudados. Con eso garantizaríamos
que esa persona que hoy no está recibiendo su sueldo pudiese recibir unos ingresos mínimos. Al mismo tiempo reclamamos que se pudiesen adoptar desde ese momento las medidas de política activa que beneficiasen a esos trabajadores para permitir la
búsqueda de un nuevo empleo y la participación en actividades de mejora de la ocupación durante el procedimiento judicial que esté en marcha. A nuestro entender se trata de dos soluciones modestas pero que podrían ayudar a resolver esa indefensión,
ese desamparo en el que están los trabajadores afectados por el impago de nóminas: cobro de la prestación de desempleo desde el momento en que se haya iniciado la reclamación judicial de salarios adeudados e incorporación a los procesos de
políticas activas. Todo ello, al margen de que en el marco de la ley concursal que está en marcha podamos mejorar ese tipo de situaciones.



El señor PRESIDENTE: A estas dos proposiciones no de ley se han presentado enmiendas por parte del Grupo Parlamentario Popular y del Grupo Parlamentario Socialista.



Para la defensa de la enmienda del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña Carmen Navarro.



La señora NAVARRO CRUZ: Cuando las cosas se hacen mal, al final hay que arreglarlas. Si nos toca arreglarlas en esta Cámara, cada grupo intentará poner algo de su parte. Desde el mío, la verdad es que nos corresponde decir que
efectivamente estamos en una crisis que desde el año 2007 es una realidad, aunque el Gobierno no lo haya reconocido, y que durante esos cuatro años lo que ha producido ha sido bastante más paro. Lo que ocurre cuando hay paro es que lógicamente hay
menos consumo y lo que ocurre cuando hay menos consumo es que se incrementa todavía más el paro.
Lo cierto es que entre unas cosas y otras al final acaban pagando las ocurrencias de un Gobierno precisamente las personas más débiles, el eslabón más
débil de la cadena. La verdad es que el dinero, la riqueza que generan las personas que están trabajando ahora mismo en España viene única y exclusivamente a pagar ocurrencias, si no que se lo digan a esas casi doscientas mil empresas que han
tenido que cerrar en estos últimos cuatro años. Como decía antes, al final el eslabón más débil de la cadena, que es el trabajador, es el que acaba pagando las consecuencias.
Ciertamente las pequeñas y medianas empresas, que son las generadoras de
empleo, tienen problemas de liquidez y en lo que más se nota es en los salarios. Me imagino que no todas las empresas lo harán con intención de beneficiarse de la situación, pero hay muchas que no pagan a sus trabajadores y no creo que sea plato de
gusto para ninguno de esos empresarios dejar de pagar los salarios, porque no podemos olvidar que esas empresas son su medio de vida. Muchas veces son esos empresarios los que se acercan a una entidad de crédito para pedir dinero y vuelven con los
bolsillos vacíos porque los créditos son escasos, y ahí es donde comienza el calvario del trabajador. Como decía al principio, esta Cámara está para arreglar ciertos errores y en este caso el error no es pequeño.
Si nos toca arreglar las cosas, es
un buen momento para proponer alguna medida que sea capaz de mitigar las consecuencias que ese modelo de gestión está teniendo en la clase trabajadora. Ha habido posibilidad de elaborar una reforma laboral que contribuyese a dinamizar
verdaderamente el mercado de trabajo, pero no se ha hecho como debería haberse hecho, de manera completa, para que hubiera servido para eso; todo lo contrario, ha sido bastante inútil, desde nuestro punto de vista, y si no que pregunten a los
4.700.000 desempleados que en este momento hay en España.



La propuesta de mi grupo trata de ayudar, por un lado, a los empresarios y, por otro y fundamentalmente, a los trabajadores a evitar ese problema que en este momento están teniendo. Las medidas que presentamos son medidas legislativas y
medidas encaminadas a agilizar la justicia, porque pensamos, como han dicho anteriormente los otros dos grupos, que ese es el verdadero problema. Proponemos medidas de carácter judicial y de carácter legislativo, como he dicho antes, que permitan
actuar contra la indefensión y la desprotección de los trabajadores afectados por el impago de sus salarios, además de seguir apostando por la formación continuada de los trabajadores, también de los que ya han dejado de percibir su salario. Nos
parece urgente que se articulen medidas que permitan dar prioridad a las demandas presentadas por impago de salarios, acelerar su tramitación y que la resolución judicial tenga lugar a la mayor brevedad. También es urgente que se estudie la
posibilidad de modificar legalmente el anticipo del cobro de las prestaciones o de los subsidios por desempleo al momento en el que se presenta la demanda de impago de salarios en el juzgado, siempre que exista una conducta reincidente y se sepa que
la empresa no va a proporcionar trabajo.
Tampoco se debería considerar abandono del puesto de trabajo y, por tanto, despido voluntario el hecho de que el trabajador afectado por esa situación de impago no acuda a su trabajo, si existen además
evidencias de que el empresario no tiene voluntad de continuar con el negocio y no va a proporcionarle trabajo. Este es el sentido de nuestra enmienda y esta es su principal finalidad: actuar contra la indefensión y desprotección de los
trabajadores afectados por el impago de sus salarios. Por esta razón, esperamos que nuestra enmienda sea aceptada por los grupos proponentes.



Página 10



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Francisco Xavier Carro.



El señor CARRO GARROTE: Efectivamente, para el Grupo Socialista la motivación de ambas propuestas es muy seria. El salario es una de las condiciones esenciales de la relación laboral; de hecho constituye la causa misma de la celebración
del contrato de trabajo para el trabajador.
Por esta razón, este asunto debe ser remitido a la mesa de diálogo social, porque no parece prudente que en un elemento central de la relación laboral del contrato de trabajo se adopten iniciativas sin
dar cauce a la opinión de empresarios y sindicatos.



La falta del pago del salario o el retraso continuado en su abono está fuertemente penalizada por nuestra legislación laboral; constituye una infracción muy grave en materia laboral, sancionable con una sanción superior a 6.000 euros de
multa. El trabajador puede solicitar la resolución judicial del contrato por incumplimiento contractual del empresario, lo que le da derecho a percibir una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio, con un tope de
cuarenta y dos mensualidades. Lógicamente, el trabajador conserva el derecho a percibir las cantidades adeudadas y, en caso de proceso concursal, las deudas salariales del empresario con el trabajador tienen preferencia frente a otros acreedores.
Finalmente, el Fondo de Garantía Salarial protege en caso de insolvencia del empresario.



Tanto en la argumentación de los grupos que acabamos de escuchar como en algunos de los textos propuestos e incluso en la enmienda del Grupo Popular hay una confusión de fondo que no podemos dejar de señalar, que es la confusión entre el
impago de salarios y la extinción del contrato.
Son cuestiones bien distintas. La extinción del contrato da derecho a una serie de prestaciones por parte del trabajador, pero el impago de salarios es otra cosa, porque puede producirse durante un
período determinado y luego regularizarse y el trabajador puede continuar empleado en la empresa sin que tenga que volver a sufrir necesariamente esa situación en el futuro. Es necesario que las propuestas de las que hablamos no confundan estas
cosas. En cuanto al interés por mora, también debe ser establecido por resolución judicial. Es opinable efectivamente si el 10 por ciento es suficiente o no, pero corresponde a los agentes sociales establecer finalmente un acuerdo en esta materia.



Desde nuestro punto de vista, con alguna de las propuestas que se presentan se vulneraría el principio de seguridad jurídica y, por tanto, no podríamos aceptarla en esos términos. Concretamente, en relación con la prestación por desempleo,
quiero recordar que esta prestación sustituye al salario dejado de percibir por la pérdida del empleo, pero no sustituye a los salarios devengados. ¿Podríamos establecer una prestación específica para cubrir los salarios devengados? Podríamos
hacerlo, pero tendría que ser otra herramienta jurídica y quizás tendríamos que establecer un nuevo marco de cotizaciones a un nuevo fondo para establecer un nuevo tipo de garantías. No es lo mismo, porque, como dije antes, los salarios y las
prestaciones por desempleo son incompatibles. Las prestaciones por desempleo sustituyen al salario dejado de percibir por la pérdida del empleo.



En cuanto al periodo correspondiente a los salarios dejados de percibir, hay que recordar que es un período que debe cotizarse. Se le exige al empresario que sea cotizado, y en caso de insolvencia, es la Seguridad Social quien, a través del
procedimiento judicial concursal correspondiente, se hace cargo de esa cotización. Por tanto, es un derecho del trabajador. En cualquier caso, es necesario acreditar la situación legal de desempleo. No basta una declaración del trabajador
diciendo que han dejado de pagarle o que ha presentado una reclamación de demanda de salarios, sino que se necesita una resolución del contrato de trabajo.



En cuanto a la adopción de medidas que permitan la búsqueda activa de empleo y la participación en acciones de mejora de ocupabilidad durante el procedimiento judicial en las mismas condiciones que los trabajadores en situación de desempleo,
se indica que si estos trabajadores se inscriben en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo tienen acceso tanto a las ofertas de empleo como al conjunto de los servicios para la mejora de la ocupabilidad, pero no tiene mucho
sentido hacer esto si la solución del litigio entre empresario y trabajador se resuelve finalmente con el abono de los salarios y la continuidad en el puesto de trabajo.



Ante esta confusión entre impago de salarios y extinción del contrato, es necesario poner un poco de orden en la propuesta y derivar esto a la mesa de diálogo social. Esta es la propuesta que hacemos en nuestra enmienda, tal como consta en
la documentación, a la que estaríamos dispuestos a incorporar un punto más, teniendo en cuenta el punto primero de la propuesta de Izquierda Unida. Así, el primer punto quedaría: Plantear esta cuestión en la mesa de diálogo social, de cara a
estudiar los mecanismos que puedan contribuir a reforzar las soluciones que el ordenamiento jurídico y laboral contemplan para este supuesto. Y el punto segundo diría: En el marco de la tramitación parlamentaria del proyecto de ley reguladora de
la jurisdicción social, se estudien medidas que puedan permitir que las reclamaciones de cantidades por impago de salario a los trabajadores tengan preferencia sobre otros procesos menos urgentes en los juzgados de lo social y en los tribunales de
justicia. Compartimos la argumentación del señor Llamazares en relación con esta cuestión y todas aquellas medidas que supongan la reducción del tiempo de resolución de este tipo de litigios serán bien recibidas por los trabajadores de este país.



El señor PRESIDENTE: Señor Llamazares, le ruego que se pronuncie sobre la aceptación o no de las enmiendas planteadas por el Grupo Parlamentario Popular y por el Grupo Parlamentario Socialista.



Página 11



El señor LLAMAZARES TRIGO: Muy brevemente. Estamos de acuerdo con la enmienda y la transaccional del Grupo Socialista, pero no vamos a impedir que otras propuestas adicionales puedan conseguir un mayor consenso sobre todo de los grupos
proponentes. En todo caso, votaríamos favorablemente esa propuesta transaccional y, si mejora, la votaríamos también.



El señor PRESIDENTE: Señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Señor presidente, la transacción que propone el Grupo Socialista, a nuestro entender, es insatisfactoria. Estaríamos en condiciones de aceptar la propuesta de transacción si incorporase el punto 1 del apartado
b) de la enmienda del Grupo Popular. En ese caso, aceptaríamos la transacción. Si no fuese así, mi grupo aceptaría como texto sustitutivo del suyo la enmienda del Grupo Popular.



El señor PRESIDENTE: Si llegan a alguna transaccional, háganla llegar a la Mesa mientras vamos debatiendo el resto de las proposiciones no de ley.



- PARA LA ADOPCIÓN DE UN PLAN DE ACCIÓN QUE PERMITA REDUCIR LOS TRASTORNOS MUSCULOESQUELÉTICOS DERIVADOS DEL TRABAJO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente 161/002034.)


El señor PRESIDENTE: En teoría ahora deberíamos pasar a examinar la proposición número 1, pero doña Olaia no está todavía presente; está en otra Comisión y nos ha pedido tiempo. Si ustedes no tienen inconveniente, pasamos al debate de la
número 7, que es una proposición no de ley para la adopción de un plan de acción que permita reducir los trastornos musculoesqueléticos derivados del trabajo, que ha presentado el Grupo Parlamentario Socialista. Para la defensa de la misma, tiene
la palabra la señora Arnaiz.



La señora ARNAIZ GARCÍA: Señorías, mi grupo parlamentario trae esta tarde aquí una iniciativa que tiene que ver con la siniestralidad laboral.
Durante la última década, la incidencia de accidentes de trabajo ha experimentado una tendencia
decreciente y constante, que ha afectado a todos los sectores de actividad. Se ha constatado, por ejemplo, una disminución de los accidentes de trabajo con baja del 45 por ciento. No obstante, esta rebaja persistente de la siniestralidad, aunque
progresiva, ha sido desigual. El peso porcentual de los sobreesfuerzos en relación con el total de accidentes ha ido ganando terreno, alcanzando cifras en 2009 de casi un 40 por ciento. ¿Cómo ha repercutido esta cuestión?, se pueden preguntar, o
¿cómo es cuantificable? Solo en el año 2009 los accidentes por sobreesfuerzos acumularon cerca de 6 millones de jornadas perdidas, causando un impacto económico y social importante.



Dentro de poco se van a cumplir cuatro años de la vigencia de la estrategia española de seguridad y salud en el trabajo 2007-2012, una estrategia que se elaboró con la máxima participación de las comunidades autónomas y de los agentes
sociales y que se orientó a conseguir los objetivos generales: por un lado, reducir de manera constante y significativa la siniestralidad laboral y acercarnos a los valores medios de la Unión Europea y, por otro lado, mejorar de forma continua y
progresiva los niveles de seguridad y salud. ¿Por qué se puso en marcha esta estrategia? Porque, señorías, no es aceptable que el trabajo pueda tener consecuencias insanas e inseguras, cuando no mortales, para los trabajadores. Como les decía, en
la última década y en términos cuantitativos hemos reducido el número de accidentes de trabajo, pero haciendo un análisis pormenorizado hemos verificado una generalización del accidente de trabajo por sobreesfuerzos en muchas actividades. Entre las
actividades más vulnerables destacan las extractivas, construcción o industrias metalúrgicas, pero también han prevalecido otros colectivos, como las industrias conserveras, los trabajos con ordenador sentado o de pie o la asistencia en
establecimientos residenciales. En nuestro país, al igual que ocurre en otros países de nuestro entorno, las lesiones por sobreesfuerzos siguen representando un problema de gran magnitud y requieren un análisis profundo. De este modo, si queremos
seguir contribuyendo al cumplimiento de dicha estrategia, hemos de perseguir la reducción de este tipo de lesiones. En este sentido, la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo incluye las lesiones músculoesqueléticas entre los
principales daños. Así, hace especial énfasis en la necesidad de controlar la exposición, en primer lugar, a los factores de carga física, como son la manipulación de cargas, los movimientos repetitivos y las posturas de trabajo y, en segundo
lugar, a los factores psicosociales y de carga mental, como son el elevado volumen de trabajo y el estrés, ya que ambos factores interaccionan en la génesis de los problemas osteomusculares derivados del trabajo. Estas lesiones conforman uno de los
principales retos y prioridades que tiene la estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo.



¿En qué consisten los trastornos musculoesqueléticos? Son lesiones en los músculos, en los tendones, en los nervios o en las articulaciones, que afectan tanto a las manos, como a los brazos, al cuello, a la espalda, a las rodillas o a los
pies. Los síntomas suelen ser fáciles de identificar. El más común es el dolor localizado. Dependiendo del órgano afectado se puede padecer un tipo u otro de lesión. Las más comunes son: el síndrome del túnel carpiano, que es la compresión de
los nervios de la mano y la muñeca; tendinitis y tenosinovitis, cuyos síntomas son la inflamación de los músculos y tendones; osteoporosis, que origina deterioro de cartílagos y huesos, y lumbalgia, que es el dolor en la región inferior de la
espalda, donde están las vértebras, las terminaciones nerviosas, los músculos y los ligamentos. Estas y otras lesiones de espalda, así como al desgaste de las


Página 12



articulaciones y músculos dan lugar a unas lesiones acumulativas e irreversibles. En ambos casos las lesiones se pueden evitar si se utilizan las medidas preventivas adecuadas. Los riesgos de padecer lesiones musculoesqueléticas están
relacionados con los trabajos que requieren movimientos repetitivos, rápidos o de fuerza, o que requieren posturas fijas para el desempeño de sus funciones. Por ello es importante conocer cuáles son los riesgos y mejorar en todo lo que sea posible
las condiciones de trabajo, por ejemplo, diseñar el puesto de trabajo, todo lo que tiene que ver con las mesas, las sillas, los mostradores y los espacios adecuados, teniendo también en cuenta las características de cada persona, la estatura, la
edad, las capacidades y, por supuesto, la actividad que realiza. Es preciso facilitar que el trabajo se realice con comodidad y permitir los cambios de posturas y también los descansos.
Todo ello es esencial, porque no solo tiene implicaciones
laborales, sino que también puede afectar a la vida cotidiana de forma severa. Este es el sentido de esta iniciativa, la necesidad de diseñar e implantar políticas públicas de prevención de riesgos laborales que incidan de forma específica en la
problemática de los sobreesfuerzos.



Para lograr este objetivo, esta Cámara quiere instar al Gobierno a impulsar, en el marco del diálogo social y la concertación territorial, la adopción de un plan de acción que permita reducir los trastornos musculoesqueléticos derivados del
trabajo, haciendo especial énfasis en aquellos sectores más vulnerables con al menos el siguiente contenido: en primer lugar, un estudio sistematizado de los partes de accidente de trabajo; en segundo lugar, un examen riguroso de los estudios
técnicos y material de difusión elaborados sobre ergonomía por los distintos agentes dedicados a la prevención; en tercer lugar, crear y fortalecer alianzas con sociedades científicas y asociaciones para diseñar estrategias; en cuarto lugar,
fomentar proyectos específicos de investigación, desarrollo e innovación; en quinto lugar, creación de un grupo de trabajo con las comunidades autónomas que, de forma integrada, defina actuaciones a realizar; en sexto lugar, promover una campaña
planificada de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, por último y en séptimo lugar, elevar a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo medidas consensuadas que permitan una actuación coherente y razonable de todos los agentes
implicados en la prevención.



El Grupo Popular y el Grupo de Convergència i Unió han presentado sendas enmiendas con la pretensión de aunar posturas para un apoyo a esta iniciativa. Por ello, estamos trabajando en una enmienda transaccional que recoja que en el punto
sexto, cuando dice: Promover una campaña planificada de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; se añada que sea ante la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales y las comisiones territoriales de las comunidades autónomas de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, para su aprobación conforme a lo previsto en el artículo 29 del Real Decreto 138/2000, de 4 febrero, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.



Entiendo que es interés de todos, también del resto de los grupos, consolidar la cultura de la prevención en el medio laboral, porque somos conscientes de que la prevención es la mejor herramienta para proteger la seguridad y la salud de los
trabajadores. Por ello les pido el apoyo a esta iniciativa.



El señor PRESIDENTE: A esta proposición no de ley se han presentado enmiendas por parte de Convergència i Unió y del Grupo Parlamentario Popular. Para la defensa de la enmienda del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, tiene la
palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Es evidente que sobre la cuestión de fondo que promueve el Grupo Socialista, que es mejorar la atención, la prevención y la reducción de los trastornos musculoesqueléticos, todos estamos de acuerdo. Sobre ella
no existe ninguna duda y, por tanto, sobre la mejora de nuestra información y nuestro conocimiento sobre ese tipo de problemas de salud de los trabajadores va a existir coincidencia. También va a existir sobre la mejora de los instrumentos, las
herramientas y los métodos que nos permitan desarrollar una política más adecuada de prevención desde el punto de vista de la ergonomía. Fortalecer alianzas con el mundo científico para la prevención de este riesgo y promover campañas son
cuestiones sobre las que existe plena coincidencia, como no podría ser de otra manera. Sin embargo, el texto del Grupo Socialista adolece en su redacción de un hecho relevante, y es que en materia de salud en el empleo, en materia de prevención de
riesgos laborales las competencias están transferidas a las comunidades autónomas. Buena parte de estas políticas deben ser desarrolladas por los gobiernos autonómicos y, en el caso de territorios con las competencias en materia de inspección de
trabajo transferidas, las campañas planificadas por la Inspección de Trabajo, deberían ser también planificadas por las inspecciones de trabajo de las comunidades que hayan asumido esas competencias. Echamos a faltar en el conjunto de la
proposición no de ley esa referencia con normalidad al hecho autonómico, al hecho de que son las comunidades quienes gestionan estas políticas. En este sentido, la enmienda de Convergència i Unió, en diversos puntos de la proposición no de ley del
Grupo Socialista, pretende reconocer la centralidad en el diseño y en la aplicación de estas políticas a las comunidades autónomas.
Vamos a esperar hasta ver si la transacción del Grupo Socialista responde a unos mínimos para que Convergència i
Unió pueda votarla favorablemente.
Si no fuese así, optaríamos por la abstención ante esta proposición no de ley.



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña Begoña Chacón.



Página 13



La señora CHACÓN GUTIÉRREZ: Es cierto que cuando nos referimos a los trastornos musculoesqueléticos nos encontramos con una de las enfermedades más comunes en toda Europa. Una cuarta parte de los trabajadores de la Unión Europea se quejan
de dolores de espalda y casi esa misma proporción declara padecer dolores musculares. Los trastornos musculoesqueléticos son causa de una gran preocupación, porque afectan a la salud de los trabajadores y elevan los costes económicos y sociales de
las empresas y de los países. Estos trastornos perturban la actividad laboral, reducen la productividad y pueden dar lugar a bajas por enfermedad e incapacidad laboral crónica. Sin lugar a dudas, señorías, hacer frente a ello exige la adopción de
medidas preventivas, pero en el caso de trabajadores que ya adolecen de esta enfermedad, también hay que mantener su empleabilidad, conseguir que puedan seguir trabajando y, si procede, reintegrarles en su lugar de trabajo. Señorías, esto no lo
digo yo porque me haya iluminado, lo dicen distintas encuestas y estudios europeos, como los de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el trabajo, en concreto, un informe temático sobre los trastornos musculoesqueléticos del año 2007,
así como una de las cuatro encuestas que se realizaron sobre condiciones de trabajo en el mismo año, en el año 2007, para la Fundación europea para la mejora de las condiciones de vida y trabajo.



¿Por qué empiezo así, con esta introducción? Me centro ya en la iniciativa que nos presenta esta tarde el Grupo Parlamentario Socialista. Cuando me senté a prepararla y a estudiarla, creía que se presentaba con toda la buena voluntad del
mundo, como así creo que la ha defendido la portavoz socialista, pero cuando la he leído varias veces y la he estudiado he visto que se basa fundamentalmente en la estrategia europea. He sacado de la página web del Ministerio de Trabajo la
estrategia europea, que como sabe la portavoz del grupo que sustenta al Gobierno, se planteaba para los años 2007-2012. Para refrescarnos un poco la memoria, hay que decir que la aplicación de la estrategia europea sobre la seguridad y salud en el
trabajo, adoptada por la Comisión de la Unión Europea, se enmarca en la necesidad de profundizar en un enfoque global, de forma que la mejora de la calidad y la productividad en el trabajo sean complementarias. Los 4 millones de accidentes de
trabajo anuales originan enormes costes económicos para los sistemas de seguridad social, pero además se recuerda que la mejora de la seguridad y la salud es un elemento clave de los objetivos en materia de crecimiento del empleo y la productividad
en la Unión Europea. Los costes de los accidentes laborales y enfermedades profesionales no recaen por igual en todas las partes. Aumentan determinadas enfermedades, incluidos los trastornos musculoesqueléticos, como el dolor de espalda, de
articulaciones y las lesiones por movimientos repetitivos, así como las enfermedades causadas por el estrés. La estrategia para el periodo 2007-2012 tiene por objetivo conseguir una reducción global del 25 por ciento de los accidentes laborales y
enfermedades profesionales en la Unión Europea y establece una serie de medidas a escala europea. Total, estrategia europea. Tenemos que intentar que exista un recorte de periódico de esta enfermedad y se acaban los plazos, señorías del Grupo
Socialista. La estrategia europea va del año 2007 a 2012 y, si las matemáticas no me fallan, estamos casi a mitad del año 2011. Europa una vez más nos marca los tiempos y, si las matemáticas no me vuelven a fallar, nos quedan escasos meses para
que llegue el año 2012. Ustedes se hacen la foto en el periódico el pasado lunes y Europa Press anuncia: El Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso pide inmediatamente al Gobierno que adopte un plan de acción para reducir los trastornos
musculoesqueléticos derivados del trabajo, al considerarlo un problema de gran magnitud que requiere un continuo estudio y análisis profundo. Pero la realidad del asunto, señorías del Grupo Socialista, es que Europa nos está diciendo: Corran
ustedes que no llegan. El año 2012 lo tenemos a la vuelta de la esquina y por eso hay que hacerlo deprisa y corriendo. No es necesaria una proposición no de ley de la Comisión de Trabajo del Congreso de los Diputados, señorías del Grupo
Socialista, no hace falta, porque sabemos que no vincula al Gobierno a que se haga. No es necesaria. Hagan los deberes, porque Europa les está tirando de las orejas para que los hagan y cumplan con ella.
Apoyaremos esta iniciativa, porque no
puede ser de otra manera. El Grupo de Convergència i Unió y el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados no tienen más remedio que cumplir con Europa, porque una vez más está tirando de las orejas al Gobierno de España. No
tenemos mucho tiempo, porque solo quedan unos meses para que termine la aplicación de la nueva estrategia europea sobre seguridad y salud en el trabajo. España llegará la última, como siempre, deprisa y corriendo. Así que hagámoslo de una vez por
todas.



Vamos a apoyar esa iniciativa, porque hemos llegado a un acuerdo para presentar esa transacción, aunque creíamos que nuestra enmienda enriquecía el texto, porque con ella también se cumplía con esa normativa que nos exigía Europa. De todas
formas, ustedes han presentado la iniciativa y la apoyaremos.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Arnaiz para pronunciarse sobre las enmiendas presentadas por los Grupos Parlamentarios de Convergència i Unió y Popular.



La señora ARNAIZ GARCÍA: Estamos trabajando en una enmienda transaccional.



Diré brevemente que no llegamos los últimos, llegamos los primeros, porque tenemos una estrategia española de junio de 2007 precisamente en este tema. (Rumores.)


El señor PRESIDENTE: No tiene usted la palabra ya.



Página 14



La señora ARNAIZ GARCÍA: No llegamos los últimos sino que hemos sido muy buenos alumnos. Y aquí está el documento que se lo pasaré con mucho gusto a la portavoz del Grupo Popular.



El señor PRESIDENTE: Están trabajando en la transaccional, que es lo único que constará en el acta.



- PARA IMPULSAR LA LABOR DE LA ESCUELA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA.
(Número de expediente 161/002150.)


El señor PRESIDENTE: Señor Membrado, ¿tiene usted inconveniente en que pasemos al debate de la proposición no de ley número 8, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista? (Denegaciones.)


Para su defensa tiene la palabra el señor Membrado.



El señor MEMBRADO GINER: El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una proposición no de ley que tiene como objetivo fundamental impulsar la labor de la Escuela de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social. Yo ya sé que algunas
de las propuestas que hace nuestro grupo pueden parecer reiterativas o no ser tenida en cuenta su importancia debido a que en un momento determinado cumplimos mandatos extranacionales, por tanto, europeos, o que cumplimos simplemente aquello que nos
creemos y para lo cual estamos intentando legislar.



Señores del Grupo Popular, en estos momentos la sociedad está cambiando y esto trasciende al mundo del trabajo, a las relaciones laborales y a las relaciones en las empresas. Esos cambios llevan consigo más dificultades a la hora de hacer
cumplir la normativa que el Legislativo va aprobando sucesivamente. Indudablemente, la función de la Inspección de Trabajo a la hora de hacer cumplir la normativa en la empresa y en el mundo del trabajo cada día tiene más peculiaridades. Los
expedientes de regulación de empleo no son los mismos ahora que los de hace diez años, no solo cuantitativa sino cualitativamente; los problemas de caída de las empresas no tienen en estos momentos la misma facilidad que anteriormente, la Ley
Concursal tiene muchas dificultades a la hora de defender los derechos de los trabajadores; los problemas derivados de la accidentalidad y de la prevención de riesgos forman parte en estos momentos de la defensa de los trabajadores como cultura
sindical y laboral, etcétera. Por tanto, el mundo de la Inspección de Trabajo necesita reciclarse, estar permanentemente vinculado con esas nuevas formas que suponen los cambios sociales y su traslación a la empresa.
Después del acuerdo para la
mejora del crecimiento y del empleo, firmado en 2006 con las organizaciones sindicales y empresariales, que mandataba que el Gobierno aumentase no solamente el número de inspectores de Trabajo sino también la cualificación de los mismos, se puso en
marcha la creación de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que fue terminada en 2009. Esto está enmarcado, señora Chacón, en la estrategia española de seguridad y salud 2007-2012 y también en la estrategia europea. Nosotros
hemos cumplido con ello no en el año 2012 sino en 2009.



¿Qué hace en estos momentos una escuela de estas características que, como les decía anteriormente, señorías, fue creada el 17 de julio de 2009? Tiene una serie de objetivos importantes. La potenciación del sistema de inspección con la
formación de personal de nuevo ingreso. En la escuela de formación estudian varios supuestos y el tercer ejercicio de los nuevos opositores consiste en la presentación oral ante el tribunal opositor del caso que hayan estudiado. Cumple una
importante función de complemento en la oposición y en el acceso de nuestros inspectores y subinspectores de Trabajo. Mejora los contenidos operativos de la función jurídica, estimulando el aprendizaje de formas muy diversas, impartiendo una
formación no solo desde el punto de vista jurídico y económico sino también científico-técnico, médico, clínico, de siniestralidad, de prevención de riesgos, que en estos momentos es un elemento fundamental.
¿Qué se hace para ello? La escuela no
tiene una plantilla de profesorado, señorías, lo que tiene son acuerdos diversos con entidades diferentes y una estructura dependiente de la Inspección de Trabajo. ¿Por qué? Porque los cursos se dan en función de la planificación anual o bianual,
en relaciones bilaterales con otros países, en cursos de formación específica. En el año 2010 se realizaron 74 cursos centralizados, es decir, en la escuela, que dieron formación a 1.242 personas y 134 cursos territorializados, con 1.796
asistentes, en las distintas comunidades pero para temas específicos que tienen mucho que ver con la problemática de cada territorio. ¿Qué supone eso? Reciclaje, cosa que hasta ahora no se estaba realizando en la Inspección de Trabajo. Señorías,
la previsión para 2011 es que pasen por los distintos cursos de formación más de 3.200 inspectores y subinspectores.



¿Hay un claustro estable de profesores? No. Los cursos se realizan en función de los convenios firmados con las universidades, incluso con algunas entidades de carácter privado, y también son impartidos por los propios inspectores y por
altos funcionarios de la Administración General del Estado y de la Administración autonómica; por tanto, lo que normalmente se hace es una planificación anual. En estos momentos tienen una dirección a través de la comisión permanente, que depende
del Ministerio de Trabajo, y está constituida por cinco miembros del Ministerio de Trabajo -por parte de la Inspección- y por cinco miembros de las comunidades autónomas. En estos momentos la Inspección tiene un organismo de reciclaje, de formación
que permite actualizar conocimientos y hacer frente a los problemas que se están planteando.



No entendemos, señorías, la enmienda que plantea el Grupo Popular, porque, en primer lugar, tiene como


Página 15



objetivo fundamental garantizar que las contrataciones que se hagan para el funcionamiento de la escuela cumplan con los elementos centrales y esenciales de lo que es una promoción y una contratación por parte de la Administración General
del Estado: los principios de igualdad, de mérito, de capacidad y de publicidad. Si fuese necesario hacer ese tipo de contratación sobra manifestarlo, porque entre los principios de la Administración General del Estado está ese tipo de
contratación y de acceso. En segundo lugar, en estos momentos no es necesario hacer una relación de puestos de trabajo dentro de la Inspección, porque la relación de puestos de trabajo ad hoc, como en cualquier otra administración, no es una
materia que se pueda vincular con la existencia de una Inspección de Trabajo. Actualmente no hay una plantilla estable, no hay materias del profesorado que se vinculen con la existencia de un claustro permanente; las materias del profesorado se
hacen a través de contratos y de acuerdos con universidades y con otras instituciones. Por tanto, desde nuestro punto de vista, no es necesaria esa enmienda que ha planteado el Grupo Popular porque no tiene cabida.



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda planteada por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra don Jesús Pérez.



El señor PÉREZ ARCA: En relación con la proposición no de ley que nos trae hoy aquí el Grupo Parlamentario Socialista para impulsar la labor de la Escuela de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, he de decir que nuestra primera reacción
fue de sorpresa, aunque finalmente hemos conseguido atar cabos y nos hemos dado cuenta de cuál ha sido el motivo real por el que el Grupo Socialista registró deprisa y corriendo la semana pasada esta iniciativa que hoy estamos debatiendo. Me
explico.
Hace un rato mi compañero el señor Barrachina ha intervenido para defender una proposición no de ley relativa a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En su exposición ha dejado bien claro el feísimo escenario que se abre con la
intención del Gobierno de reformar la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se trata de una reforma que, pese a lo que se promete, nos hace pensar que abre la posibilidad de fraccionar el cuerpo
superior de inspectores de Trabajo y Seguridad Social en diecisiete cuerpos, lo cual supone en la práctica poner en peligro la unidad de acción inspectora y de mercado. Esta reforma cuenta con la oposición frontal de los inspectores de Trabajo por
pervertir su naturaleza inspectora y de lucha contra el fraude. Además, por ejemplo, abre la puerta a situaciones como que los consejeros autonómicos, que son los que aprueban los expedientes de regulación de empleo, tengan bajo su control a
aquellos encargados de inspeccionar que todo se haya hecho bien. Y si nos vamos a situaciones como las de Andalucía con los ERE, la verdad es que no nos quedamos tranquilos. (El señor Membrado Giner: ¡Ya empezamos!-Rumores.)


Sin ánimo de soliviantar a nadie, creemos que con esta proposición no de ley el Grupo Socialista ha intentado lanzar una cortina de humo, porque el único motivo que les mueve a traerlo a esta Comisión es tratar de quedar bien ante el
despropósito jurídico que la reforma de la Ley de Inspección pretende. Pero ya metidos en faena, creemos que si realmente tuvieran la intención de fortalecer la Inspección de Trabajo las cosas se podrían haber hecho mejor, al menos se podrían haber
hecho de otra manera. La proposición revela unas ciertas prisas, algo de frivolidad y podemos considerar que está bastante vacía de contenido. Podemos decir también que parte de un diagnóstico triunfalista y de autobombo del desarrollo de las
escuelas de inspección que, según hemos podido saber, no se corresponde con la realidad; es más, en la parte dispositiva se nos invita a seguir impulsando su labor tal y como estaban planteadas, es decir, a seguir esa misma línea. No estamos de
acuerdo. Creemos que estamos ante una buena idea, apoyada y demandada especialmente por los inspectores, pero que ha sido mal desarrollada; de hecho, el colectivo de inspectores -no lo decimos solo nosotros- que tanto había insistido en su
creación es ahora uno de los más críticos con su gestión. Esperamos que hayan quedado olvidados intentos como el que en su día se hizo de reducir el temario de la oposición o el de eximir a los futuros inspectores del conocimiento de la Ley de
infracciones y sanciones en el orden social; situación esta última que raya el absurdo, porque es como si en el caso de un aspirante a juez o fiscal no se le exigiese conocer el Código Penal. Esto lo decimos porque es más que evidente que todo
ello repercute negativamente en la cualificación de los aspirantes y, por tanto, en la calidad del servicio de inspección.



Respecto a la idea de convertir la escuela en un think tank, en un centro de debate, órgano consultivo o como lo quieran llamar, nos parece bien como declaración de intenciones, pero nos gustaría más que cumpliese la misión fundamental para
la que fue creada, que aún no está acreditada, que no es otra que la formación y reciclaje de los funcionarios de la Inspección.



Por otro lado -ya sé que el señor Membrado dice que no es así, pero esta es la información que nos pasaron de los inspectores-, no podemos estar más en desacuerdo con el sistema de acceso a la dirección y a la docencia de la escuela. Tal y
como está planteado, parece que es una puerta abierta para colocar a los amigos y a los próximos; y esto no es algo que diga el Partido Popular sino que los propios inspectores de Trabajo son los que se muestran disconformes y nos han informado de
esta situación.
Han pedido que se establezca un procedimiento reglado, transparente y acorde con un sistema de función pública moderno y profesional. Lo que hacemos es unirnos a esta petición y de ahí nuestra enmienda. Si la aceptan, votaremos
favorablemente; en caso contrario, nos abstendremos basándonos en que a pesar de todo, igual que sindicatos, empresarios y trabajadores, creemos


Página 16



que en un futuro la escuela puede llegar a ser lo que hoy todavía no es: un buen instrumento para potenciar la Inspección de Trabajo.



El señor PRESIDENTE: Señor Membrado, entiendo de su intervención inicial que no se va a aceptar esta enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular.



El señor MEMBRADO GINER: Por supuesto que no.



- RELATIVA A LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEL MAR DE LA SEGURIDAD SOCIAL A LOS PESCADORES DE RÍO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO. (Número de expediente 161/000714.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos, en último lugar, a la proposición no de ley, que figuraba en primer lugar en el orden del día, relativa a la aplicación del régimen especial del mar de la Seguridad Social a los pescadores de río. La señora
Fernández Davila en su turno de defensa de la proposición también acumula el de la autoenmienda que tiene presentada.



Tiene la palabra.



La señora FERNÁNDEZ DAVILA: En primer lugar, señorías, quiero agradecer que me hayan permitido trasladar la proposición no de ley al último punto del orden del día cuando era el primero. También agradezco que entiendan que hayamos
presentado a esta proposición no de ley una autoenmienda.
Hemos considerado oportuno hacerlo, en la medida en que en esta Comisión se han presentado diferentes proposiciones no de ley que inciden en la cuestión de los coeficientes reductores en la
Seguridad Social en diferentes sectores, en este caso, además, relacionadas todas con el sector de trabajadores del mar o de la pesca.



Presentamos esta proposición no de ley, referida al reconocimiento del derecho a los coeficientes reductores de los pescadores de río, porque aunque estos no faenan en el mar y, lógicamente, las condiciones de riesgo y peligrosidad no son
las mismas, no se puede obviar que la actividad de la pesca en el río también conlleva situaciones de insalubridad, penosidad, nocturnidad y peligrosidad. Hay que recordar que la mayor parte de la pesca en los ríos se hace de noche. De ahí que no
compartamos la posición del Gobierno, manifestada en la respuesta dada a una pregunta que presentamos sobre esta cuestión, en la que se nos decía que no se estima oportuna la pretensión de integración de los pescadores de río en un régimen especial
llamado a integrarse en los regímenes mencionados, y se refiere en este caso a los de los trabajadores por cuenta ajena y de los trabajadores por cuenta propia.



En la actualidad, los pescadores de río están integrados en el régimen por cuenta propia y somos conocedores -y la compartimos- de la propuesta del Pacto de Toledo de establecer una protección social equiparable entre los diferentes
regímenes. El hecho es que a pesar de las diferencias existentes entre la actividad laboral en el mar y en el río, también guardan muchas similitudes en cuanto a inseguridad, penosidad y nocturnidad, como ya hemos comentado, condiciones de trabajo
que inciden de manera muy negativa en la salud, en el deterioro físico de las personas. Por estas razones, el colectivo de pescadores de río reclama poder ser incluido en el régimen especial, para que así se les reconozca la penosidad laboral y,
por tanto, los mismos niveles de protección, por ejemplo, como decimos, poder beneficiarse de los coeficientes reductores para la edad de jubilación. Somos conscientes de que es necesario seguir las pautas que marca la propia Ley de la Seguridad
Social, pero entendemos que esto se podría hacer.



Paso a defender también, señor presidente, la autoenmienda que presentamos, que está relacionada con el derecho al reconocimiento de coeficientes reductores a los trabajadores del mar, a los tripulantes de barcos que siendo propiedad de
empresas españolas sin embargo están inscritos en el registro de países extranjeros, incluso que navegan bajo banderas de conveniencia. Este colectivo de trabajadores tiene la consideración legal de emigrantes; pero a diferencia de la figura común
del trabajador emigrante, aquel que por razones profesionales trabaja en un país extranjero, el trabajador del mar ofrece peculiaridades propias.
Las características específicas del buque como centro de trabajo móvil, es decir, un centro que se
desplaza por aguas territoriales de diferentes Estados, es una circunstancia que se debe tener en cuenta, puesto que de ahí parte el principal problema laboral y de Seguridad Social de este colectivo, ya que están condicionados por la nacionalidad
de la embarcación. La cuestión es que las leyes sociales y laborales por las que se deberán regir los tripulantes serán aquellas que correspondan a la legislación del Estado en el que esté matriculado el navío. El hecho de que en la mayoría de
estos Estados los niveles de protección sean mínimos o estén muy lejos de los reconocidos en el Estado español lleva a una evidente discriminación e injusticia social. Es cierto que de acuerdo con la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, de 13 de octubre de 2003, se permite a estos trabajadores del mar emigrantes suscribir con el Instituto Social de la Marina un convenio especial para que disfruten de una situación similar a la de alta laboral. El hecho es que aunque esta
medida resuelve parcialmente la situación no satisface plenamente ni las pretensiones del colectivo de trabajadores ni sus necesidades. Solo cubre las prestaciones por incapacidad permanente, muerte o supervivencia derivadas de la enfermedad común
o accidente laboral y, en cambio, deja fuera de protección la incapacidad temporal derivada de la contingencia común, enfermedad común o accidente laboral, la incapacidad por enfermedad profesional o la maternidad/paternidad que en estos momentos
también disfrutan los trabajadores del mar que están en barcos de empresas españolas y con bandera española.



Página 17



Entendiendo las bondades que tiene el convenio al que pueden adherirse los trabajadores a los que nos referimos, también consideramos que sería necesario y conveniente que el Gobierno estudiara la posibilidad de equiparar la cobertura de la
Seguridad Social que en este momento tienen los trabajadores del mar con la de este colectivo que trabaja en buques de empresas españolas con registro o bandera de conveniencia. Por eso, como he dicho al principio, hemos presentado esta
autoenmienda, a la que incorporamos la propuesta de que por parte del Gobierno se de cumplimiento a la proposición no de ley aprobada en el Pleno relativa a los coeficientes reductores del colectivo de rederas.



Señorías, remato la exposición de defensa de la enmienda diciendo que hemos hablado con el Grupo Socialista, que ha presentado una enmienda, y hemos llegado a una transacción que entendemos que cubre si no totalmente sí gran parte de lo que
nosotros pretendemos con nuestras propuestas.



El señor PRESIDENTE: Para defender la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Óscar Seco.



El señor SECO REVILLA: Voy a tratar de ser breve y a la vez contestar con todo el rigor y objetividad que sea posible a la cuestión que se plantea, a diferencia del ejemplo que nos ha dado el portavoz del Grupo Popular en la proposición
precedente, porque no ha habido ni rigor ni objetividad.



En primer lugar, a la pregunta que se nos formula por la portavoz del BNG, sobre si es posible incorporar a los pescadores del río al régimen especial del mar, lamentablemente tenemos que decir que no. Si vamos al Decreto 2864/1974,
observamos que su exposición de motivos dice que el campo de aplicación de este régimen está definido con el criterio realista de considerar como trabajador del mar al que liga su vida a las tareas marítimo-pesqueras dentro de los más variados
grupos y sectores que el régimen especial comprende. En consecuencia, tenemos que concluir que no es para el colectivo de pescadores de río, que no tiene cabida en el mismo. Por tanto, en primer lugar, hay que concluir, que es determinante, que no
es posible la inclusión en el régimen especial de trabajadores del mar del colectivo al que se refiere la señora Fernández Davila en su proposición no de ley.



En segundo lugar, hay que valorar si es posible la aplicación de coeficientes reductores de cara a la jubilación, a la reducción de la edad de jubilación. A este respecto hay que señalar que según dispone el artículo 161 bis.1 de la Ley de
Seguridad Social es posible que se pueda reducir la edad de jubilación para determinados grupos o actividades profesionales siempre que sus trabajos acrediten una naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, además, cuando
acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad y cuando se acredite un mínimo de actividad dentro de la profesión o trabajo establecido. Pues bien, analizando el supuesto de hecho que plantea la proponente, tenemos que concluir que existe una
vía por la que se pueden considerar las especiales circunstancias que tiene este grupo o esta profesión para valorar si es posible o no la anticipación de la edad de jubilación. El itinerario legislativo que se plantea es el previsto en la
disposición adicional cuadragésimo quinta que se introduce en la Ley 40/2007, que plantea la posibilidad de establecer un procedimiento reglamentario para prever esta circunstancia. A través de ese procedimiento el Gobierno tendrá que considerar si
es posible valorar las condiciones especiales de inseguridad, de penosidad, de nocturnidad, de riesgo y peligrosidad que puedan derivarse específicamente de esta profesión y en función de ello -y esto es lo que recogemos en nuestra enmienda-
determinar si es posible o no aplicar el apartado 1 del artículo 161 bis de la Ley General de Seguridad Social. Si tras la realización de los estudios correspondientes se dan las condiciones de peligrosidad o penosidad a que alude la proponente,
habría que aplicar el beneficio de unos coeficientes reductores; si por el contrario no se dan estos requisitos necesarios, habría que concluir que no podría aplicarse la anticipación de la edad de jubilación.



Además de esta enmienda que vamos a incorporar en una transaccional que hemos ofrecido a la proponente, añadimos dos elementos adicionales. En primer lugar, la consideración de la rebaja de la edad de jubilación a las rederas, que ya fue
objeto de resolución por el Pleno de esta Cámara en el año 2008. En segundo lugar, estudiar la mejora de la acción protectora de la Seguridad Social concretamente en el colectivo de los trabajadores enrolados en buques con bandera extranjera pero
que son propiedad de un empresario español o de una empresa que tiene su domicilio social en España. Es una petición de estudio que hacemos al Gobierno, que determinará si es posible ampliar esa acción protectora.



El señor PRESIDENTE: Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra doña Belén Do Campo.



La señora DO CAMPO PIÑEIRO: Intervengo en relación con esta proposición no de ley que nos trae a esta Comisión la diputada Fernández Davila, que -como ha dicho ella- ya fue presentada hace dos años y ahora vemos autoenmendada ampliando a
otros colectivos su iniciativa de origen.



Entiendo y comparto la preocupación de la señora Fernández Davila respecto a las condiciones laborales de los pescadores de río, haciendo expresa referencia a la actividad pesquera del río Miño. Por cierto, ese tramo al que se refiere,
desde Arbo hasta la desembocadura en A Guardia, se considera tramo internacional y ya está regulado por el reglamento de pesca. He de decirle sinceramente que me ha sorprendido que usted, diputada de una provincia costera, estableciera en la
exposición


Página 18



de motivos -que ahora ha corregido en su intervención- una equiparación entre las situaciones de penosidad, peligrosidad y problemas de salud derivadas de las condiciones en que realizan sus actividades los pescadores del río y las de los
pescadores del mar. Reitero mi sorpresa, porque yo, diputada también de una provincia costera, que conoce las penosidades y la peligrosidad del trabajo diario de los pescadores, no veo equiparable el trabajo de un pescador que va al Gran Sol con el
de otro que hace sus labores en el río Miño y quiero dejar constancia de las duras condiciones de trabajo y las constantes situaciones de peligro de los pescadores del mar; de ahí que exista una protección especial para ellos, por las situaciones
de peligrosidad debidas en muchas ocasiones a las malas condiciones meteorológicas, a la nocturnidad y a la lejanía a las que se enfrentan en su vida laboral cotidiana. Ahí está la tasa de letalidad de los pescadores del mar, que suele ser muy
superior a la de otros trabajadores, sin que exista además para ellos una clara separación entre el tiempo de trabajo y el tiempo personal, ya que muchos viven y trabajan a bordo de sus barcos, permaneciendo largos periodos lejos de sus hogares y
teniendo jornadas de trabajo muy largas. Estas características, entre otras, hacen que el sector de los pescadores del mar sea diferente.



Por otro lado, una vez aprobadas las recomendaciones del Pacto de Toledo, el pasado 29 de diciembre, en las que una vez más se reitera lo aprobado en el año 1995, en su recomendación sobre financiación, simplificación e integración de
regímenes especiales, la propia Comisión considera necesario culminar la simplificación en orden a la existencia de dos grandes regímenes, el de los trabajadores por cuenta ajena y el de los trabajadores por cuenta propia. De la misma manera, hace
referencia a la conveniencia de terminar la integración definitiva de los regímenes especiales, entre ellos el de los trabajadores del mar, respetando los periodos graduales de integración. Asimismo -usted lo ha dicho, señora Fernández Davila- el
Gobierno ha contestado que no estima oportuna esa pretensión de integración de los pescadores de río en un régimen especial llamado a integrarse en los regímenes anteriormente señalados.



Quiero expresar también nuestra opinión respecto a la enmienda socialista, que propone el estudio de las condiciones de trabajo en el sector de los pescadores de río. Señorías, llevamos toda la legislatura proponiendo estudios que luego no
se ven y de los cuales esta Cámara no tiene conocimiento. Nuestro grupo no va a decir que no se estudien la peligrosidad, la penosidad, la insalubridad y la siniestralidad en las condiciones de trabajo en un determinado sector, en concreto el de
los pescadores de río, pero creemos que esto no es más que dilatar el tiempo y contrasta con el discurso de don Octavio Granados, que por activa y por pasiva nos remite al Pacto de Toledo y nos anima a una contributividad más uniforme, sobre todo
cuando -reitero- el propio Gobierno ha contestado que no era oportuno.



Con respecto al primer punto de la enmienda del Bloque Nacionalista Galego, tengo que decir que la propuesta que presenta es similar a iniciativas ya presentadas y defendidas por el portavoz del Grupo Popular en la Comisión de Medio
Ambiente, Agricultura y Pesca, que buscan dar una solución a este problema a través de la ampliación del llamado segundo registro de Canarias, el famoso Rebeca, para la flota pesquera, ya que en la actualidad está solo registrada la flota mercante.
Entiendo que el Grupo Socialista nos lleve a otro estudio más, al que tampoco vamos a decir que no.



Respecto al segundo punto, entendemos y apoyamos que se quiera dar cumplimiento a una proposición no de ley. Es práctica habitual de este Gobierno no dar cumplimiento a lo aprobado en esta Cámara. Hoy volvemos verlo, ya que a través de una
proposición no de ley instamos al Gobierno a que realice lo que se pidió en una proposición no de ley aprobada en el Pleno del Congreso en el año 2008. Por cierto, nuestro grupo parlamentario también había apoyado la necesidad de aplicar los
coeficientes reductores de la edad de jubilación a las rederas.



Hemos escuchado la enmienda transaccional alcanzada entre los dos enmendantes, el Grupo Socialista y la señora Fernández Davila, que ha autoenmendado su propuesta, y el Grupo Popular va a votar favorablemente.



El señor PRESIDENTE: Entiendo, señora Fernández Davila, que lo que se acepta es la enmienda transaccional con el Grupo Socialista.



La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Sí.



El señor PRESIDENTE: Vamos a hacer tres minutos de receso para ordenar las votaciones con las transaccionales que hay pendientes. (Pausa.)


Vamos a proceder a la votación de las PNL debatidas en la tarde de hoy en el orden en el que figuran en el orden del día. Por consiguiente, empezamos votando la proposición número 1, del Grupo Parlamentario Mixto, en los términos de la
transacción que ha aceptado la ponente.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos la proposición número 2, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, sobre políticas de empleo, en los términos de la transacción que han acordado sus señorías.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos la proposición número 3, en los términos de la transacción.



Página 19



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 17.



El señor PRESIDENTE: La proposición número 4 ha quedado aplazada para la Comisión del día 31, como he hablado con los portavoces. Por tanto, sometemos a votación la número 5, del Grupo Popular, en sus propios términos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos la proposición número 6, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), con la enmienda que se ha incorporado del Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Sometemos a votación la proposición número 7, del Grupo Parlamentario Socialista, en los términos acordados por sus señorías.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Por último, sometemos a votación la proposición número 8, del Grupo Parlamentario Socialista, que se somete a votación en sus propios términos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Se levanta la sesión.



Eran las seis y quince minutos de la tarde.