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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 419, de 18/11/2009
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2009 IX Legislatura Núm. 419

CONSTITUCIONAL

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ALFONSO GUERRA GONZÁLEZ

Sesión núm. 11

celebrada el miércoles, 18 de noviembre de 2009



ORDEN DEL DÍA:


Proposiciones no de ley:


- Relativa al proceso Bolonia y su afección en las Administraciones Públicas. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
(Número de expediente 161/000695.) ... (Página 2)


- Sobre modernización de procesos selectivos e impulso de la promoción interna. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente 161/000741.) ... (Página 5)


- Para la cesión del edificio de la Subdelegación del Gobierno de Girona al Ayuntamiento de Girona para ampliar el colegio público CEIP Eiximenis.
Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).
(Número de expediente
161/001117.) ... (Página 8)


Página 2



- Relativa a la elaboración de un plan integral de lucha contra el racismo y la xenofobia. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/001234.) ... (Página 12)


- Sobre la modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para facilitar la renovación de sus miembros y para sustraer a determinados estatutos de autonomía del control de inconstitucionalidad.
Presentada por el Grupo
Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. (Número de expediente 161/001264.) ... (Página 16)


- Sobre la modificación del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva
2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales.
Presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. (Número de expediente
161/001266.) ... (Página 22)


- Ratificación, en su caso, del acuerdo de la Mesa de la Comisión del día 12 de noviembre de 2009 por el que se rechaza la solicitud de diversas comparecencias para informar en relación con la tramitación de la proposición de ley presentada
por el Parlamento Vasco, de modificación de las leyes orgánicas del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial. A petición del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 125/000011.) ... (Página
25)



Se abre la sesión a las cinco y diez minutos de la tarde.



PROPOSICIONES NO DE LEY:


- RELATIVA AL PROCESO BOLONIA Y SU AFECCIÓN EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO.
(Número de expediente 161/000695.)


El señor PRESIDENTE: Vamos a comenzar la sesión de la Comisión Constitucional. Como ven ustedes, hay varios puntos, proposiciones no de ley y una ratificación o no ratificación de un acuerdo de Mesa.
Comenzamos por el punto 1º, una
proposición no de ley relativa al proceso Bolonia y su afección en las administraciones públicas. El grupo proponente es el Grupo Parlamentario Popular y hará su defensa don Adolfo González.



El señor GONZÁLEZ RODRÍGUEZ (don Adolfo Luis): Lo primero que tengo que hacer es pedir ciertas excusas y disculpas por las fechas que aparecen en la proposición no de ley, dado que algunas están equivocadas y, no sé, habrá habido un duende
de la informática que ha pasado diez años antes de las fechas que se ponen, de ahí que no es 1988 sino 1998 y tampoco es 1993 sino 2003. Hecha esta aclaración que me parece de absoluto rigor voy a comenzar hablando de la proposición no de ley que
presenta el Grupo Parlamentario Popular en esta Comisión, proposición no de ley que, como aparece bien en el texto, es de 14 de enero de 2009. Hace casi un año que esta proposición no de ley se registró, pero aunque parezca que pueda estar algo
antigua, la realidad es que paradójicamente tiene una enorme actualidad, ya que esta actualidad además se refleja desgraciada y desafortunadamente en los miles de funcionarios que ven con cierta preocupación todo este tema no resuelto y que sin duda
alguna les afecta en estos momentos y por supuesto les afectará de forma mucho más directa en el futuro. Sin duda alguna, la situación va a cambiar y requiere una actuación ya ante la pasividad que consideramos que ha tenido el Ministerio de
Administraciones Públicas, primero con doña Elena Salgado y en estos momentos con la actual vicepresidenta y titular de este ministerio, señora De la Vega; situación crítica que no solamente ponemos de relieve nosotros, sino que los sindicatos,
tanto Comisiones Obreras como UGT y el CSI-CSIF, critican la actuación de ambas ministras por el escaso desarrollo que ha habido del Estatuto básico del empleado público de 2007, cosa extraña, ya que fue una ley estrella del Gobierno del señor
Rodríguez Zapatero en la anterior legislatura. Los propios sindicatos comentan que se les acaba la paciencia, que sin duda alguna comprenden la crisis, pero que no puede ser una excusa para la falta del desarrollo del Estatuto básico del empleado
público. De ahí que el Grupo Parlamentario Popular, ante esta sensibilidad, presente esta proposición no de ley y les advierto, señorías, que lo que voy a decir a continuación es algo farragoso, es algo incómodo de explicar, pero es que la


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acción del Gobierno en este asunto ha sido, es y esperemos que no lo sea más, farragosa y bastante confusa.



En el año 1998, como he dicho antes, en la Universidad de La Sorbona se reunieron los ministros de Educación de los países que entonces formaban la Unión Europea para fomentar la movilidad y la empleabilidad de los ciudadanos y el desarrollo
global de Europa. Posteriormente, en el año 1999 en la ciudad y en la Universidad de Bolonia de nuevo los ministros de Educación europeos plantean lo conocido como el proceso de Bolonia o el Plan Bolonia, con la idea de consolidar un espacio
europeo de Educación Superior, proceso que culminará precisamente dentro de unos meses, concretamente de mes y medio, en el año 2010. Esta Declaración de Bolonia, como todos sabemos y como aparece en la exposición de motivos, establece un nuevo
ciclo de estudios superiores (dos ciclos, los grados y los másteres y posteriormente el doctorado) y obviamente la idea fundamental de esta Declaración de Bolonia, de lo conocido como el Plan Bolonia es la movilidad de los estudiantes, de los
profesores y también del personal de administración y servicio. Con la finalidad de desarrollar criterios, como aparece en la exposición de motivos, y metodologías uniformes sobre la acreditación en los diferentes países y su reconocimiento por el
resto, en noviembre del año 2003 se creó el Consorcio Europeo de Acreditación, consorcio de agendas que pretende avanzar en la acreditación como instrumento eficaz en la construcción del espacio europeo de Educación Superior.



La comisión creada en septiembre de 2004 por orden del Ministerio de Administraciones Públicas para el estudio y preparación del Estatuto básico del empleado público, al referirse en su informe a la clasificación de los funcionarios por
niveles de titulación académica, si bien propuso mantener la clasificación de los grupos de funcionarios públicos en función de los niveles de titulación académica, entre sus recomendaciones también hacía referencia a la necesidad de adecuarlos a la
estructura actual y prevista en el sistema educativo, y apuntaba la oportunidad de reconsiderar el número de grupos en función de las titulaciones de enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato o equivalente y titulaciones universitarias; del
mismo modo planteaba su extensión al personal laboral. De ahí que la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, en el artículo 76 diga exactamente lo siguiente: Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la
titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos: grupo A, dividido en dos subgrupos, A1 y A2. Para el acceso a los cuerpos o escalas de este grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de grado. En
aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será este el que se tenga en cuenta. Grupo B: se exigirá estar en posesión del título de técnico superior. Aquí empieza uno de los graves problemas. Aquí no existe ese título
de técnico superior, no existe y no se sabe si va a existir. El grupo C se dividirá en dos subgrupos, C1 y C2; C1, título de bachiller o técnico; C2, título de graduado en educación secundaria obligatoria.



La disposición transitoria tercera de este estatuto se refiere a la entrada en vigor de la nueva clasificación profesional indicando: 'Hasta tanto no se generalice la implantación de los nuevos títulos universitarios a que se refiere el
anterior artículo 76, para el acceso a la Función pública, seguirán siendo válidos los títulos universitarios oficiales vigentes a la entrada en vigor de este estatuto'. Establece por tanto una aplicación transitoria y sus equivalencias y no existe
ninguna para el conocido como el nuevo grupo B. Además, en ese estatuto la disposición transitoria tercera, que es en la que se basan en estos momentos los análisis que se tambalean en este castillo de naipes de la Función pública actual con
respecto a Bolonia, dice que, transitoriamente, a la entrada en vigor del presente estatuto la equivalencia sería: actuales grupo A, subgrupo A1; grupo B, subgrupo A2; grupo C, subgrupo C1; grupo D, subgrupo C2; grupo E, agrupaciones
profesionales.



Nos encontramos aquí con dos problemas. Primero, ¿qué significa el grupo A? ¿A qué nos estamos refiriendo? ¿Al grado? ¿Al máster? ¿Al grado máster? En estos problemas, como ustedes saben pero no es momento de hablarlo en esta Comisión,
existe una profunda discusión de determinados sectores del grupo A, de determinadas carreras o grados del grupo A, que no aceptan el grado, que no quieren ser solo másteres, sino que hablan de grado máster. Luego ¿cómo se identificará
posteriormente esto del grado o grado máster en la nueva situación? Y de nuevo el grupo B no se contempla; entonces, ¿por qué se crea en esta nueva situación? Además, en las instrucciones del Ministerio de Administraciones Públicas del 5 de junio
de 2007 sobre la aplicación del Estatuto básico del empleado público se dice: siendo la aplicación directa, en su punto noveno, que se refiere a la integración automática de los cuerpos y escalas en los nuevos grupos, de la que se excluye ya al
grupo B, por no existir en los actuales grupos de clasificación equivalente. Además, en las ofertas de empleo público para 2008 y 2009 se ofrecen para todos los grupos pero ninguna para el grupo B porque, es evidente, este grupo B no se encuentra
en la actualidad ni tampoco parece que vaya a existir.



Finalmente hace unos días, el 25 de septiembre de 2009, en el acuerdo Gobierno-sindicatos para la Función pública en el marco del diálogo social 2010-2012, en el punto tercero, artículo 21, se dice lo siguiente: A efectos de la titulación
requerida para el acceso a los distintos grupos de la clasificación profesional del personal funcionario de carrera, se tendrán en cuenta los compromisos adquiridos por España en esta materia en relación con lo previsto en el artículo 76 del
Estatuto básico del empleado público, artículo 76 que, como he intentado demostrar a lo largo de esta breve intervención, no queda nada claro. De ahí nuestra proposición no de ley para aclarar este asunto ahora y en un futuro inmediato. Bolonia
comienza en 2010.



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Señor presidente, voy terminando. Nuestra proposición no de ley establece un análisis de todo esto, para lo cual se pide un estudio, con seis meses de tiempo para poderlo realizar, y que elabore una propuesta normativa que recoja y regule
con carácter general todo lo que yo acabo de decir.
Es evidente, y finalizo, que en primer lugar el asunto no está claro ni académica ni administrativamente: el grupo A sigue sin estar definido en estos momentos. En segundo lugar, el de técnico
superior o grupo B no existe en la actualidad y no se sabe si va a existir. Es decir, que todo esto hace que la situación requiera la presentación de esta proposición no de ley, a la que se le ha hecho una enmienda por parte del Grupo Parlamentario
Socialista, enmienda que tal como está redactada el Grupo Parlamentario Popular con esta literatura no la puede aceptar y no sé si de aquí al final de la Comisión, antes de las votaciones, se podría llegar a una transacción. Tal como está
redactada, el Grupo Parlamentario Popular, sin duda alguna, no la podría aceptar y seguiríamos con nuestra proposición no de ley tal cual.



El señor PRESIDENTE: No he dicho antes que las votaciones no se producirán en ningún caso antes de las siete de la tarde.



Hay una enmienda, efectivamente, del Grupo Parlamentario Socialista y para su defensa tiene la palabra don Jesús Quijano.



El señor QUIJANO GONZÁLEZ: Antes de exponer el criterio con el que está elaborada la enmienda y, en su caso, la voluntad, si todo el problema es que la enmienda se pueda mejorar con algunas precisiones sobre el objeto en el que debe
manifestarse esa voluntad o incluso el plazo, no tenga S.S. la más mínima preocupación, que nos entenderemos a lo largo de la tarde con toda seguridad. Antes de establecer esos posibles criterios me gustaría hacer la siguiente consideración.



Creo que el portavoz proponente ha manifestado en la defensa de la proposición no de ley, y lo ha reiterado en varias ocasiones, que estamos ante un asunto complejo, lo digo así, cuando menos complejo; un asunto en el que en el medio plazo,
más que en el corto, se van a ir superponiendo, coordinando y ojalá que complementando decisiones normativas de ámbito estatal en los aspectos básicos de la regulación educativa y de la Función pública, normas de las comunidades autónomas de una
importancia extraordinaria en la materia y decisiones de las propias universidades, que en el ejercicio de su autonomía tienen en su mano orientar las especialidades, no tanto los grados, que les vendrán más delimitados por normativa general, pero
sí uno de los aspectos más importantes que S.S.
ha señalado: la orientación de los másteres con uno u otro contenido, con una u otra competencia profesional vinculada. Por tanto, en un panorama tan complejo como este, en el que la mayoría de las
universidades todavía este curso y el que viene, hasta lo que yo alcanzo a ver, pondrán en marcha algunas titulaciones de Bolonia solo con carácter experimental, incluso sin que hayan definido la totalidad de la oferta de grados que quieren
impartir, no haríamos bien en precipitarnos pretendiendo establecer criterios muy cerrados en este momento que trasladaran a un ámbito tan sensible como es el de la clasificación de la Función pública titulaciones académicas que están todavía en un
grado de indefinición bastante importante, y esto se lo digo con conocimiento de causa, dada mi condición de profesor universitario de una titulación y de una facultad que todavía no ha conseguido aprobar su plan de estudios, y por tanto
difícilmente lo implantará, no digo ya en el curso 2010-2011, ojalá que en el 2011-2012 pueda estar eso en funcionamiento. Así pues, tranquilidad y no nos precipitemos en establecer criterios de adecuación de algo que todavía no sabemos bien qué
contenido final tendrá.



En ese sentido, yo creo que la normativa vigente dice lo que puede decir, y hasta en alguna medida avanza más de lo que puede decir, esto es, el artículo 76 del Estatuto básico del empleado público establece una equivalencia inicial que no
puede ser de otra manera dadas las circunstancias actuales; y en cuanto a la previsión del grupo B a la que S.S. se refería como una incógnita, que efectivamente lo es, preveo que esta titulación de técnico superior no podrá tener en el medio
plazo otra concreción más que por la vía de la formación profesional de último grado o más especializada, porque ese es el ámbito que quedará para las titulaciones de técnico superior. Las previsiones están así. No pongamos el carro delante de los
bueyes, que no suele ser buena estrategia, y en ese sentido nuestra enmienda pretende reconocer el problema, porque efectivamente lo es, y por tanto instar al Gobierno a que en el desarrollo de estos criterios que están ya en el Estatuto básico del
empleado público, con una red de garantía y de seguridad, mientras todo esto no esté en marcha de manera completa, no haya ningún problema de transitoriedad derivado de que quedan privados de valor los títulos existentes, faltaría más. En tanto que
eso sea así, eso da una garantía y una seguridad yo creo que suficiente y da margen para poder evaluar con más precisión las competencias de las nuevas titulaciones. La enmienda pretende hacer el reconocimiento de este problema con carácter general
e instar al Gobierno a que en efecto contemple la correlación en el desarrollo del Estatuto básico del empleado público de los dos aspectos: nuevas titulaciones y cómo encajan los grupos, cuerpos, escalas, subgrupos, etcétera, en que se organiza y
clasifica la Función pública.
Insisto, si esta declaración general de existencia del problema y de necesidad de ser tenida en cuenta en el desarrollo del Estatuto básico del empleado público se pudiera mejorar aquilatándola mejor, concretando en
algún plazo la elaboración de un estudio, hablando incluso del proceso en el que habría que situar el proceso de elaboración, que yo creo que es el meollo de la cuestión, de una ley de la Función pública que adapte en ese terreno el tema de las
titulaciones, no tendría inconveniente en buscar a lo largo de la tarde un texto que recogiera esos aspectos y con eso espero y confío en


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que podamos llegar a una transacción útil que reconozca el problema, que lo contextualice bien en la complejidad que tiene y que marque el objetivo de la ley de la Función pública, que es la llamada a ser norma básica a la que se tendrán que
atener las decisiones de desarrollo posteriores en esta materia. Este es el objetivo, y por tanto emplazado quedo a hablar del tema en los próximos minutos u horas antes de que se produzca la votación.



El señor PRESIDENTE: Si hubiese enmiendas transaccionales para este o para cualquier otro punto del orden del día, les rogaría que antes de procederse a la votación presentaran dichas enmiendas transaccionales.



Para la toma de posición sobre el asunto el señor Ridao tiene la palabra.



El señor RIDAO I MARTÍN: Con mucha brevedad, intervengo en nombre del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds para manifestar que, como se ha dicho, con la Ley 7/2007, del Estatuto básico
del empleado público, se incorporó toda una nueva clasificación profesional para el acceso a la Función pública, que se concretó en cinco grupos de clasificación profesional de los funcionarios de carrera, en función de la titulación académica que
se exige a los mismos. Asimismo el propio Estatuto básico del empleado público prevé en la disposición transitoria tercera la integración inmediata y además automática en los grupos de clasificación existentes con anterioridad a la ley. Debo
reconocer que esta integración automática no se da, como se ha dicho, en todos los casos y no se produce concretamente en el grupo B, según se desprende de las instrucciones que emanan del propio Ministerio de Administraciones Públicas, ahora de la
Presidencia del Gobierno, pero siendo todo ello así, no podemos dar apoyo a esta proposición del Grupo Parlamentario Popular porque la integración de los funcionarios, concretamente en el nuevo grupo B, no va a ser posible hasta que se instaure y se
implemente de forma total y definitiva el Plan Bolonia. Así, por ejemplo, en el grupo B, nivel de funcionarios que tengan el nivel FP III, no se puede hacer efectiva porque aún, como se ha dicho también por el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista, no se ha instaurado totalmente este nivel, que, repetimos, tiene su origen o trae su causa del Plan Bolonia. En consecuencia, deberemos esperar a que se haga efectiva y luego consiguientemente adoptar las medidas oportunas.



- SOBRE MODERNIZACIÓN DE PROCESOS SELECTIVOS E IMPULSO DE LA PROMOCIÓN INTERNA. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente 161/000741.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos por lo tanto al punto 2º, proposición no de ley sobre modernización de procesos selectivos e impulso de la promoción interna. El grupo proponente es el Grupo Parlamentario Socialista y para su defensa
intervendrá don Vicente Guillén. Tiene la palabra.



El señor GUILLÉN IZQUIERDO: Señoras y señores diputados, en los últimos dos siglos en nuestro país se han llevado a cabo reformas de la Administración pública que han ido evolucionando desde un sistema cerrado, importado de Francia, en el
Estatuto de Bravo Murillo de 1852, pasando por la Ley de Bases del año 1963 y el texto articulado del año 1964, con la importación del civil service inglés, hasta el actual modelo mixto que tiene su acomodo en el Estatuto básico del empleado público
del año 2007. En todas estas reformas el sistema de empleo público ha sido una pieza esencial para que los ciudadanos vean satisfecho su derecho a una buena administración; para que esta Administración disponga de un sistema que haga posible
atraer siempre a los mejores profesionales que la misma necesita; para que estimule a los empleados en el cumplimiento eficiente de sus funciones y de sus responsabilidades y que les proporcione la formación adecuada y les brinde suficientes
oportunidades de promoción profesional, al tiempo que facilita también una gestión racional y objetiva, una gestión ágil y flexible del personal atendiendo al continuo desarrollo de las nuevas tecnologías, todo esto con el objetivo de mejorar la
calidad de los servicios que el ciudadano recibe de la Administración para que, como dirían los clásicos, el favor no arrebate su lugar al mérito y la ignorancia se sobreponga al saber. Para todo ello es preciso que la Administración General del
Estado camine hacia una modernización de los procesos selectivos y el impulso de la promoción interna, mirando siempre hacia la evolución de la sociedad civil en este campo y tratando siempre también de responder a las demandas que los ciudadanos
esperan de una administración que sea ágil, que sea flexible, que sea moderna y que se adecúe a los condicionantes del siglo XXI.



Es del todo evidente que para cumplir de manera satisfactoria las exigencias que nuestra sociedad demanda a la Administración, un elemento esencial, un elemento fundamental es la selección de determinados tipos de personal. La pregunta que
nos podemos hacer es si el sistema tradicional de oposiciones para el acceso a la Función pública responde a las demandas actuales. La respuesta que desde nuestro grupo damos es que es indiscutible el carácter objetivo que ha tenido este sistema,
que además ha aportado un factor indudable de racionalización, sin lugar a dudas, pero yo creo que podemos estar de acuerdo en que el mismo ofrece hoy algunos desajustes, que presenta a veces unos procedimientos excesivamente formalizados, que
muestra factores de aleatoriedad y que pone a los opositores en la tesitura de jugárselo todo a una carta, como diría la expresión castiza. Existe en todo caso la sensación, cuando no la certeza, entre muchos de los que han pasado por la
experiencia de opositar a la Administración de que hay una asociación de ideas en la práctica entre oposiciones


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y pruebas que han sido esencialmente memorísticas, pruebas que exigen unos largos periodos de estudio con tiempos de preparación a veces imposibles para determinadas economías y que en no pocas ocasiones tienen poco que ver con el desempeño
posterior de los puestos de trabajo en la propia Administración pública. Si estamos de acuerdo en eso, si eso es así, si coincidimos en que el sistema que tenemos es mejorable, si podemos hacer un esfuerzo en poder mejorar el sistema de oposiciones
con el objetivo de que el cuerpo o la escala al que accede el funcionario se adecúen mejor al puesto de trabajo que va a desempeñar posteriormente; si a la vez corregimos las deficiencias del sistema que rige en una administración que es cada vez
más compleja y con una enorme variedad de colectivos a seleccionar, estaremos sin duda preparando al personal de las administraciones públicas para los retos que la sociedad del siglo XXI le exige.



Hay algunos ejemplos que nos pueden ilustrar sobre por dónde van las líneas de actuación sobre las que el propio Gobierno ya viene trabajando en los últimos reales decretos que ha publicado por lo que respecta a la oferta de empleo público
para el año 2009. Por ejemplo, primero, pueden descargarse de contenido memorístico las pruebas selectivas cuando el mismo sea excesivo, o puede limitarse y hasta eximirse de la exigencia de acreditar determinados conocimientos expuestos con
anterioridad por los candidatos en el sistema educativo. Pueden implantarse pruebas de comprobación de habilidades y de destreza de los aspirantes con relación a los puestos de trabajo a desempeñar, conectando de esta manera las pruebas selectivas
y el desempeño de los puestos de trabajo. Pueden también establecerse cursos selectivos o conservarse en algunos casos las calificaciones de ejercicios de unas pruebas selectivas para las siguientes, como viene ocurriendo con alguna frecuencia. O
también se pueden ir introduciendo técnicas modernas de selección ya contrastadas en otros contextos, a partir siempre de la consideración de que los criterios de capacidad y de mérito se satisfacen acaso más adecuadamente con pruebas de
conocimiento, que no necesariamente tienen que ser memorísticas, sino que pueden ser del tipo de entrevistas, pruebas psicotécnicas que refuercen la capacidad analítica de los aspirantes, o también hasta incluso pueden potenciarse los ejercicios de
carácter práctico, todo ello, sin ninguna duda, en un contexto de objetividad y de racionalidad de las pruebas selectivas. En definitiva, se trata de que se modernicen estas pruebas para proceder a una correcta selección de personal y que no
impliquen, señorías, en modo alguno bajar la guardia de las exigencias.



Hay otro elemento que trae a colación el texto de la proposición no de ley que presenta el Grupo Parlamentario Socialista y que se refiere a la promoción interna de los funcionarios. A este respecto me van a permitir, señorías, que aluda a
una frase que dijo Talleyrand. Él hablaba de que no existe más que un medio de establecer y de fijar en cada administración el espíritu que le es propio. Este medio consiste en un sistema de promociones sabiamente concebidas e invariablemente
ejecutadas. Sin principio de promoción no se puede estar seguro de la posición en la que uno se encuentra y no es posible que nadie se vincule a la propia Administración. Pues bien, señorías, la promoción interna supone disponer por parte de las
administraciones públicas de un mercado interno, un mercado además conocido por los órganos gestores y con una experiencia importante de trabajo en la propia organización. Esto comporta un valor añadido importante y constituye una faceta claramente
determinante de la política de recursos humanos -en el caso de que estamos hablando, de la Administración General del Estado-, puesto que la promoción interna, tanto vertical como horizontal, sigue siendo un elemento clave en el proceso de formación
posterior a las pruebas selectivas, que ha de tener en cuenta el esfuerzo de capacitación ya realizado y las competencias adquiridas en las administraciones públicas por los aspirantes a la misma.



De esta manera, siendo pues la promoción interna uno de los vectores del acceso a la Función pública y que han de ser las administraciones públicas las que proporcionadamente acudan a los sistemas de acceso libre o de promoción interna a fin
de equilibrar la entrada de savia nueva en las organizaciones, junto con la experiencia de los profesionales de las mismas, nos parece que es fundamental que el Gobierno, de acuerdo siempre con la disponibilidad presupuestaria, apoye a estos
opositores a la promoción interna con becas o con determinadas ayudas, de tal manera que se eliminen las barreras que dificulten la igualdad real de los aspirantes y teniendo en cuenta fundamentalmente la formación continua como una pieza decisiva
para el desarrollo de aquella, todo ello, como he dicho anteriormente, sin perder de vista los principios básicos del acceso a la Función pública, como son la igualdad, el mérito y la capacidad de los aspirantes.



En todo caso, señorías, como existe una enmienda del Grupo Popular al respecto, siguiendo lo que dice el refrán de que lo que abunda no daña cuando no es mal ni cizaña y entendiendo que precisamente esa enmienda del Grupo Popular lo que hace
es abundar y que el espíritu que el texto de la proposición no de ley que defendemos en estos momentos es positivo, anunciamos que aceptaremos esa enmienda del Grupo Popular.



El señor PRESIDENTE: Hay una enmienda del Grupo Parlamentario Popular, que será defendida por don Eugenio Nasarre. Tiene la palabra.



El señor NASARRE GOICOECHEA: Antes de entrar en la defensa de esta enmienda y de aclarar cuál es su sentido y su contenido, debo decir que cuando he leído esta iniciativa del Grupo Parlamentario Socialista me ha parecido que era la
constatación algo vergonzante de un fracaso y de un incumplimiento, porque lo que a mí me hubiera gustado debatir en estos momentos aquí es precisamente la ley de la Función pública de la Administración


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General del Estado, a la que se comprometió la ministra Salgado al comienzo de esta legislatura como una de las prioridades de su departamento. Estamos ya casi en el ecuador de la legislatura y de esta ley, que es esencial para la
aplicación del Estatuto básico de la Función pública, no se sabe nada, parece que está durmiendo en el sueño de los justos y la nueva responsable en materia de Función pública, la vicepresidenta Fernández De la Vega, ni ha tenido la cortesía del
venir al Parlamento en sus nuevas funciones a explicar cuáles son las prioridades o las tareas que va a impulsar y a desarrollar en su nueva responsabilidad. Yo ya me he quejado y reitero mi queja. Me parece que este es un desprecio, pues llevamos
desde marzo del presente año sin la presencia de la vicepresidenta De la Vega para tratar los temas que ha asumido. Me parece sencillamente un desprecio al Parlamento.



En todo caso la proposición no de ley da la impresión de que dice que no va a ser posible traer a la Cámara para su aprobación la nueva ley de la Función pública de la Administración General del Estado y por lo tanto vamos a ir adelantando.
No nos oponemos a impulsar una modernización o reformas o mejoras en los procesos de selección de la Función pública, pero la obligación de la oposición es mirar con lupa las iniciativas, en una actitud que yo llamaría de sana desconfianza; la
desconfianza es una actitud y una conducta esencial para la oposición en un sistema democrático en función de la cual se fortalece el propio sistema democrático, la propia democracia.



Parto de la percepción de que se está produciendo un deterioro de la calidad en los procesos de selección. Eso es lo que a mí me gustaría corregir y ese es el sentido del impulso, el sentido de la enmienda que he planteado. Debatí a
mediados de la anterior legislatura una reforma del acceso de los cuerpos del profesorado en el que se rebajaban de tal manera las exigencias en el proceso de selección que a mí me parecía una vergüenza. Que en un proceso de selección de pruebas de
conocimiento a quien va a ser futuro profesor de cualquiera de las materias, ese examen consista en que puede elegir un tema entre cuatro sacados a sorteo, si lo hicieran todos los profesores en relación con sus alumnos, nuestro sistema educativo,
en fin, es que se desmoronaría. Deterioros de este tipo se están produciendo y por lo tanto yo creo que lo que tenemos que hacer son mejoras para incrementar el rigor, incrementar las exigencias para que los procesos de selección en la Función
pública española, en que nos jugamos mucho, sean para seleccionar sencillamente a los mejores. Así ha funcionado en los mejores tiempos y así debemos hacerlo.



En cuanto a las observaciones a la PNL, señor presidente, haría una, en el sentido de que en la exposición de motivos de la proposición no de ley se dice que esta proposición se hace para garantizar la aplicación de los principios
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la Función pública. Aquí estamos en una comisión, la Comisión Constitucional, creo que tenemos que ser muy rigurosos con los términos constitucionales. El artículo 103 de la
Constitución no habla de igualdad, habla de mérito y capacidad. No entiendo la introducción del concepto de igualdad en unos procesos de selección, porque de lo que se trata efectivamente en el proceso de selección es de intentar seleccionar a los
mejores. Creo, señor presidente, que nos tenemos que imponer un nuevo mandamiento, que sería no invocar el nombre de igualdad en vano, y eso se lo digo especialmente al Grupo Parlamentario Socialista. El concepto, el valor de la igualdad, que es
uno de los valores superiores de nuestra Constitución, es sumamente importante, pero no se puede aplicar a todos y cada uno de los términos porque nos parezca que está en la moda. Por eso en esta enmienda sí digo en el petitum: con plena garantía
de la aplicación de los principios constitucionales de mérito y capacidad. Tengo en consecuencia especial interés en que eso se conserve.



La segunda observación y el sentido de nuestra enmienda es la sustitución del término acreditación por el de comprobación. El diccionario de la Real Academia Española de la Lengua dice que acreditar -o acreditación- es dar testimonio en
documento fehaciente de que alguien lleva facultades para desempeñar encargo o comisión. Acreditar no es la comprobación de los conocimientos a través de pruebas, sino que puede ser efectivamente a través de documentos, y algo ha dicho el
proponente del Grupo Parlamentario Socialista en este sentido. Yo tengo que decir que estoy radicalmente en contra de esto y que eso me parece enormemente peligroso, entre otras cosas porque los títulos universitarios actuales que dan más de
sesenta universidades son de calidad muy diversa, y hasta el propio mercado lo determina en los procesos de selección, depende de qué facultad, depende de qué universidad. Creo que nosotros no podemos ni debemos hacer una clasificación y decir que
vale más este título para el acceso a la Función pública. Iría en contra de la igualdad de oportunidades, y precisamente la Función pública ha sido un factor de promoción social para todos los ciudadanos, de acceso a la vida profesional, y por
tanto al hablar de comprobación, creemos que son primordiales y esenciales pruebas de comprobación de los conocimientos, evidentemente en función de los puestos que van a ser desempeñados por los distintos cuerpos -son muy diferentes las de los
cuerpos superiores que las de otros-.



En definitiva, el sentido de la enmienda es que las mejoras que se deben producir se deben estudiar con gran cautela, con gran cuidado, con espíritu de consenso, evidentemente atendiendo las observaciones de los propios cuerpos, muy
acreditados, de la Función pública, con enorme prestigio, y tienen que ir en la orientación del rigor y seriedad de las pruebas. Finalmente, señor presidente,...



El señor PRESIDENTE: Muy bien.



El señor NASARRE GOICOECHEA:. quería decir que el modelo de acceso a la Función pública en estos


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últimos cincuenta años en nuestro país a mi juicio ha sido extraordinariamente positivo desde el punto de vista social, ha sido un factor importante de movilidad, de promoción social para muchísimas personas y se ha hecho con un sentido
efectivamente basado en el mérito y la capacidad; es decir, aquella persona que tenía la voluntad de acceder a la Función pública, que estudiaba seriamente, que estaba preparada, accedía. Mi modesta experiencia, no tanto de opositor como de
miembro de tribunales en algunos de los que he estado, es que el mantra de que son pruebas memorísticas es una falacia, es una falacia. El que sabe de verdad es el que saca las buenas notas en las oposiciones y al final accede. Yo no me he
encontrado a ninguno que simplemente aprendiendo o intentando aprender de memoria al final acceda a la Función pública. Me parece que sería equivocado caer en esa trampa de decir que son pruebas memorísticas. Solamente el esfuerzo y el talento es
lo que debemos apoyar para que sea el criterio fundamental de acceso a la Función pública.
Agradezco que el proponente del Grupo Parlamentario Socialista haya aceptado nuestras enmiendas y he querido exponer aquí, señor presidente, la
interpretación auténtica de las mismas para que se tengan en cuenta.



El señor PRESIDENTE: Para expresar su posición tiene la palabra el señor Ridao.



El señor RIDAO I MARTÍN: Intervengo con suma brevedad. Vamos a dar apoyo a esta iniciativa, tanto si son admitidas como si no las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, porque si bien esta es una iniciativa que tiene un
objetivo parecido a la que hemos sustanciado anteriormente, propiedad del Grupo Parlamentario Popular, en esta se contiene simplemente un mandato genérico al Gobierno para que, a la espera del marco regulador que deberá concretarse en el contexto o
en el ámbito de la ley de la Función pública, se introduzcan algunos criterios de eficacia y de competitividad de los recursos humanos de la Administración General del Estado a partir de determinadas premisas que nos parecen ajustadas y acertadas y
que van en la línea de lo que nuestro grupo parlamentario siempre ha defendido en lo que a la alta Función pública se refiere. Por ello, repito, nuestro grupo va a votar favorablemente.



- PARA LA CESIÓN DEL EDIFICIO DE LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE GIRONA AL AYUNTAMIENTO DE GIRONA PARA AMPLIAR EL COLEGIO PÚBLICO CEIP EIXIMENIS.
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ).
(Número de expediente
161/001117.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto 3º, proposición no de ley para la cesión del edificio de la Subdelegación del Gobierno de Girona -o Gerona- al Ayuntamiento de Girona -o Gerona- para ampliar el colegio público Eiximenis. El grupo
proponente es el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió y para su defensa tiene la palabra doña Montserrat Surroca.



La señora SURROCA I COMAS: Señorías, para ubicarnos en la razón de ser de esta iniciativa parlamentaria debemos remontarnos al año 1908, en la ciudad de Girona concretamente, cuando, según relata el cronista oficial de la ciudad, don Enric
Mirambell, se inauguró la escuela que hoy lleva el nombre del escritor y clérigo Francesc Eiximenis. Este era el primer centro escolar de carácter público de Girona que tenía edificio propio construido ad hoc. Esta importante instalación docente
fue promovida por la iniciativa privada y aceptada por el ayuntamiento, que era quien en aquellos tiempos se responsabilizaba de la construcción de las escuelas.
Por lo tanto aquí empieza la historia de la escuela pública que aún hoy imparte
enseñanzas a los niños de la ciudad.



Cabe destacar que el edificio inicial de la escuela estaba situado en otro lugar, en la calle antes denominada Sant Francesc, pero la gran calidad de las enseñanzas que ahí se impartían hizo que el centro tuviera gran éxito y que con el paso
del tiempo sus instalaciones fueran insuficientes. De ahí que don Lluis Huguet, padre de la maestra y después directora doña Carmen Huguet, alma de esa escuela durante muchísimos años, ofreciera al ayuntamiento un solar para edificar en el barrio
de Mercadal la nueva escuela. Es llamativo destacar, continuando con el relato del cronista de la ciudad, un aspecto ciertamente excepcional y es que, una vez que fue aceptada la oferta de don Lluis Huguet, se empezó la obra y en un plazo récord,
concretamente siete meses, el nuevo edificio se pudo inaugurar, concretamente el 31 de agosto de 1908; por cierto, algo inaudito desgraciadamente hoy en día, la fulgurante rapidez con la que se llevó a cabo el proyecto. Creo que entre todos
deberíamos tomar nota.



Después de este breve relato, volvamos a 2009, precisamente un año después de la celebración del centenario del Eiximenis. En este momento la escuela continúa fiel a sus orígenes y goza de un reconocido prestigio por la calidad de sus
enseñanzas entre la población de Girona. A fecha de hoy muchos niños y niñas de la ciudad continúan pasando por sus aulas, pero desde hace tiempo arrastran dificultades en el día a día de la escuela por la limitación de sus dimensiones. La falta
de espacio es evidente, podría decirse que palpable, hasta el punto de que los niños y niñas del centro tienen que repartirse en tres turnos para el recreo. Se han habilitado los pasadizos como zonas de trabajo para determinadas actividades y es la
única escuela pública de Girona que no dispone de un gimnasio adecuado para sus necesidades, por lo que cuando hace mal tiempo los niños y niñas no pueden realizar la clase de educación física. A pesar de todas estas limitaciones es necesario
destacar que gracias a los profesionales del centro, con la colaboración de los propios


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niños, aplicando la imaginación han conseguido suplir esas carencias de espacio adaptando su día a día con ingenio. Esta es una muestra más del buen hacer de la escuela y todo su equipo, que mantiene íntegro el prestigio y calidad educativa
que siempre la ha caracterizado.



Pues bien, ante esta situación, ¿qué puede hacerse? Mi grupo parlamentario, con el apoyo de la dirección de la escuela y su asociación de madres y padres, propone que el antiguo edificio de la Subdelegación del Gobierno en Girona, donde en
estos momentos permanecen unos pocos servicios y efectivos, y que por cierto linda pared con pared con esta escuela, sea cedido en todo o en parte al ayuntamiento de la ciudad para que este pueda destinarlo precisamente a la escuela Eiximenis, por
cuanto es prácticamente el único espacio disponible por donde puede ampliarse el centro escolar, y, en cambio, la antigua sede de la subdelegación, con el cambio de ubicación, quedará notoriamente infrautilizada.



Señorías, y en especial al portavoz compañero Álex Sáez, les pido que cogiendo el ejemplo de los niños del Eiximenis, procuren buscar soluciones, apliquen el sentido común y no se amparen en posibles trabas formales para arreglar este
problema de espacio que arrastra desde hace tiempo esa emblemática escuela de Girona. Por otra parte, nos consta que tanto el Grupo Socialista como el Grupo Popular han presentado enmiendas a esta iniciativa, se lo agradezco, pero entrando a
valorarlas tengo que decirles que mi grupo parlamentario no puede aceptar la enmienda socialista en su actual redacción, por cuanto su contenido no concreta ni aporta absolutamente nada, tan solo recoge una referencia genérica al inicio de un
diálogo institucional sine die para evaluar la eventualidad de que en un futuro puedan cederse algunos de los espacios de la subdelegación. Tengo que añadir también que hemos estado hablando durante la sesión de esta Comisión y se habrían
introducido algunos aspectos, pero tampoco considero que aporten valor añadido a esta enmienda. Con todos los respetos a mi compañero portavoz Álex Sáez, esto es no decir nada, habida cuenta de que este aludido diálogo institucional ya es una
obligación propia de toda administración. Por otra parte hay un paso previo a este y es que la Administración competente atienda y sea sensible a esta imperiosa necesidad de la escuela, cosa que hasta el momento no ha sucedido. Por lo tanto la
enmienda del Grupo Parlamentario Socialista en ningún caso concreta cómo estos niños y niñas podrán jugar cómodamente en un patio que goce de las dimensiones adecuadas a sus necesidades.



Por otra parte, la enmienda del Grupo Popular, respetando la esencia de nuestra iniciativa, que no es otra que buscar soluciones a un problema, recoge el sentido final de la proposición no de ley de Convergència i Unió. Propone que la
cesión de todo o parte del edificio de la subdelegación lo sea únicamente en cuanto a su uso y no en cuanto a cesión de su propiedad. Desde CiU lo aceptamos porque es el primer paso para encaminar adecuadamente una salida a esta situación. Con la
enmienda del Grupo Popular para nada se diluye nuestro objetivo final y se insta al Gobierno a actuar en un sentido concreto y determinado, a buscar soluciones.



El señor PRESIDENTE: Hay dos enmiendas, como bien ha dicho doña Montserrat, una del Grupo Parlamentario Popular, otra del Grupo Parlamentario Socialista. Para la defensa de la enmienda del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra don
Antonio Gallego.



El señor GALLEGO BURGOS: El Grupo Parlamentario Popular está sustancialmente a favor del texto de la iniciativa que ha presentado el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió. Efectivamente, buena parte del edificio de la Subdelegación
del Gobierno en Girona será próximamente desocupada. Digo buena parte y no todos los servicios que allí se albergan. Algunos serán trasladados a la antigua sede del Banco de España en la provincia y otros no. Se mantendrán en el antigua sede de
la Subdelegación del Gobierno algunos edificios que quedan muy bien reflejados en el texto inicial de la proposición no de ley. Es cierto que el colegio público Eiximenis, que está situado pared con pared con la antigua Subdelegación del Gobierno,
sufre escasez de espacios para prestar una educación de total calidad. Sus instalaciones se han quedado pequeñas y no cuentan con los espacios necesarios. A pesar del buen trabajo del profesorado y las familias, el colegio podría mejorar en estos
términos de una manera muy importante si pudiera ocupar parte de las instalaciones del edificio de la Subdelegación del Gobierno en Girona. Además al colegio le resulta imposible crecer sin obtener una cesión de espacios por parte de la
Subdelegación del Gobierno. Por eso nosotros pensamos que sería positivo que se cediera el uso, no la propiedad, el uso de parte de las instalaciones, contemplando también las necesidades futuras de la Subdelegación del Gobierno y de la propia
escuela. Recalco el concepto jurídico de cesión de uso y no cesión a secas, que incluye, desde nuestro punto de vista, la cesión de la propiedad, que es lo que venía en principio marcado en la PNL que presenta el Grupo Parlamentario de Convergència
i Unió. En este sentido cabe recordar que la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las administraciones públicas, en su artículo 145.3 establece claramente esta diferencia entre la cesión de propiedad del bien o solo de su uso.
Nosotros
pensamos que lo correcto, lo más factible, lo más ágil y, si me permiten la expresión, lo menos traumático para el Estado es contemplar esta demanda de cesión del derecho de uso, en el que obviamente se deberían pactar las condiciones temporales de
rehabilitación y los derechos de cada una de las administraciones, de cada uno de los intervinientes en la firma de ese contrato. A nadie, tampoco a las administraciones públicas, les gusta despatrimonializarse; ceder el uso no es ceder la
propiedad y por eso hemos presentado una enmienda que puede agilizar esta demanda, puede satisfacer las necesidades del colegio público a la vez que no le supone ningún


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problema logístico ni de espacios a los servicios que presta a la Subdelegación del Gobierno en la provincia de Girona.



Consideramos, pues, positiva la propuesta del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió e invitamos a la Subdelegación del Gobierno y al Ayuntamiento de Girona a establecer los contactos oportunos a fin de poder firmar un contrato de cesión
de uso de parte de los espacios públicos citados, de tal manera que le permita al colegio público Eiximenis poder contar con unas instalaciones de calidad y ofrecer una educación acorde con las demandas de las familias. Agradecemos el soporte y el
apoyo del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió a la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular, que creo que mejora técnicamente la demanda, a la vez que no diluye el contenido ni la sustancia de lo que pide el Grupo
Parlamentario de Convergència i Unió, y en ese sentido nos felicitamos de poder haber alcanzado un acuerdo con el grupo que propone la PNL. A su vez, lamentamos que el Grupo Parlamentario Socialista no se haya podido incorporar a este consenso
político, que yo creo que es muy beneficioso para las familias que tienen a sus hijos escolarizados en ese colegio, y creo que para el conjunto de la ciudad de Girona sería positivo que también el Grupo Parlamentario Socialista se pudiera unir a
esta demanda.



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Álex Sáez.



El señor SÁEZ JUBERO: Señor presidente, me va a permitir que inicie esta intervención diciéndole que para mí tiene un especial significado intervenir por primer vez en esta Comisión Constitucional, por lo que es para esta Cámara, y
especialmente por quien la preside, señor presidente.
Quiero manifestar también que lamento profundamente que el grupo proponente no haya aceptado el interés que ha tenido este grupo parlamentario en alcanzarlo en esta proposición no de ley. No
niego la mayor, tenemos todavía tiempo para alcanzarlo, porque hemos hecho todo lo posible para llegar a un consenso en esta iniciativa. Me congratulo de que en esta Comisión y en el Parlamento pueda hablarse de mi ciudad, Girona. Conocemos
perfectamente las necesidades de este centro escolar; como ciudadano de Girona, como persona que ha sido responsable también en el Ayuntamiento de Girona de su gobierno, y cómo no, las conoce especialmente la diputada proponente por su relación
específica con el centro. No niego las necesidades del centro escolar del Eiximenis, y quiero ponerles de manifiesto una serie de cuestiones. En política es necesario siempre instar al diálogo institucional. En este caso, si bien es cierto que la
comunidad educativa en el centro escolar del Eiximenis viene manifestando la necesidad de otros espacios que complementen su espacio educativo, también es cierto, señorías, que el propietario o el titular de ese centro educativo es el Ayuntamiento
de Girona, que la cesión del espacio que se propone es de la Subdelegación del Gobierno, que hay otra administración competente en materia educativa, que es la Generalitat de Cataluña, y que no se ha iniciado todavía el diálogo entre estas
instituciones. De ningún modo podemos pretender en esta Comisión Constitucional decidir entre dos administraciones que todavía no han dialogado sobre la oportunidad o el beneficio de esa cesión de uso o esa enajenación posible de una administración
a otra. Tengo que explicarle a esta Comisión que, por ejemplo, la propia directora del centro escolar no ha tenido ocasión de hablar directamente con la alcaldesa de Girona o con el subdelegado del Gobierno central en Girona sobre esta oportunidad,
y que debe circunscribirse a este acuerdo, a ese diálogo institucional para acordar en su día esas necesidades que efectivamente nosotros reconocemos que tiene el centro escolar.



Quiero decirle una cosa, señor Gallego, sin acritud y, si quiere, con simpatía: me resulta muy, muy difícil entender la enmienda que ustedes han presentado si fuera de otra circunscripción que Girona. Se lo digo sinceramente: si esto
hubiera sido en otra circunscripción, probablemente ustedes no la habrían presentado. Lo que pasa es que desde hace muchos años les importa muy poco lo que suceda en Girona; el desconocimiento es absoluto, dudo que usted conozca el centro
Eiximenis, dudo que usted conozca la ciudad de Girona, y en fin, como la señora Alicia Sánchez Camacho en su día tampoco se ganó su escaño por la circunscripción de Girona, probablemente les sea más fácil adoptar este tipo de acuerdos y presentar
este tipo de enmiendas. Porque, la verdad, le tengo que decir que me sorprende, porque no se circunscribe a lo que usted ha manifestado en esta Comisión, porque usted propone una cesión automática del uso, sin ese diálogo institucional previo. Al
final, probablemente sea necesaria esa cesión de espacios, yo reconozco que este mismo miércoles en la antigua sede del Banco de España, que ahora pertenece a la Subdelegación del Gobierno, va a inaugurarse este nuevo centro con nuevas dependencias
para la Subdelegación del Gobierno, que la antigua sede de la que estamos hablando va a disponer de espacios libres probablemente, pero que todavía tiene en esa sede la oficina única de Extranjeros, la dependencia de Trabajo y Asuntos Sociales, las
dependencias de Agricultura y Pesca, y que por tanto ocupa espacios y está pendiente también de un plan director que pueda rehabilitar ese edificio, esos espacios y que pueda definir qué espacios pueden quedar expeditos para unos usos que podrían
perfectamente ser complementarios con el uso del centro escolar. Y permitan que les diga otra cosa: habrá que ver, porque hay una oficina de Extranjeros, si esos usos pueden ser compatibles con usos escolares como el de gimnasio, según ha dicho la
señora Surroca. En fin, son cuestiones que ella conoce perfectamente y en las que no voy a entrar en ellas.



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Señorías, la enmienda que hemos propuesto tiene la intención de que exista ese diálogo institucional, para que la Administración General del Estado, para que los ministerios competentes hablen con el Ayuntamiento de Girona, con el
Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña y que se acuerde esto. No existe una posición contraria a esa cesión de usos, pero tendrá que hacerse con el diálogo institucional y no como pretende esta iniciativa, que es simplemente que la
Comisión Constitucional, el Legislativo se pronuncie automáticamente sobre la cesión de uso de unos espacios de la subdelegación al Ayuntamiento de Girona para el centro escolar. Ustedes son expertos legislativos, y aunque es verdad que instar al
Gobierno es una iniciativa que se puede tomar, no me parece tampoco la manera de hacerlo, y quiero ponerlo de manifiesto. Porque debemos apelar a ese diálogo institucional, al respeto competencial y al Ayuntamiento de Girona. Yo le repito, señora
Surroca, sabe que se lo he comentado a usted personalmente, usted misma que es vecina, igual que yo, de la ciudad de Girona y que conoce mejor que yo ese centro escolar, podemos perfectamente hacer ese puente entre las administraciones para llegar a
una solución satisfactoria. Le he brindado ese apoyo, esa predisposición también de mi grupo parlamentario para acordar un texto que pueda ser defendible en cualquier ocasión y en cualquier lugar. Yo entiendo que a otros grupos parlamentarios les
sea gratuito apoyar o hacer una enmienda. Repito, señor Gallego, sin acritud, que me resulta muy difícil que incluso usted en su circunscripción electoral pudiera presentar una enmienda de este tipo, pero se la acepto, creo que parte también un
poco de la zozobra que tienen ustedes en Girona, pero tampoco quiero entrar en ese debate.



Quiero nuevamente, si existe oportunidad, encontrar un texto que pueda ser aceptable para todos los grupos parlamentarios; la proponente y su grupo parlamentario saben que tendrán a su lado a este diputado y a su grupo parlamentario y al
Gobierno de España para ayudar en las necesidades de otra administración, en este caso la Administración local. Y en esa buena voluntad me reitero, aunque si usted se mantiene en esta posición poco flexible y ya acordada con el Grupo Parlamentario
Popular, que le respetamos, con el apoyo de otros grupos nos veremos obligados a tener que rechazarla, cosa que le repito que no será del gusto de este diputado porque, al final, el fondo del tema me parece que es comprensible y merece también la
discusión, la colaboración y la cooperación entre las distintas administraciones implicadas.



El señor PRESIDENTE: Para expresar su posición tiene la palabra el señor Ridao.



El señor RIDAO I MARTÍN: El colegio Eiximenis de Girona, y digo Girona, señor presidente, porque lo he visto muy puesto en temas de toponimia, pero quiero recordarle que desde la Ley 2/1992 el topónimo oficial es Girona...



El señor PRESIDENTE: Pero mi memoria funciona tan bien que me acuerdo hasta de que se ha llamado Gerona.



El señor RIDAO I MARTÍN: Sí, sí, pero eso fue antes de febrero de 1992.



El señor PRESIDENTE: En la prehistoria más o menos, sí.



El señor RIDAO I MARTÍN: Supongo que usted, que era miembro a la sazón de esta Cámara, debe recordar también ese hecho, y también supongo que además votó a favor de aquella ley. Pero en todo caso eso lo he dicho aprovechando que el
Pisuerga pasa por la carrera de San Jerónimo, porque el colegio Eiximenis, que por cierto también lleva el nombre de aquel fraile franciscano y escritor gerundense del siglo xiv, fue fundado, como se recordaba antes por parte de la proponente, en
1908, y por tanto es un colegio con una larga tradición, centenario, y situado además en el corazón de la propia ciudad de Girona. Y desde entonces ha venido compartiendo vecindad con un edificio neoclásico que es el que alojaba hasta hace
relativamente poco tiempo el Gobierno Civil, y en la actualidad la llamada (hasta hace poco también) Subdelegación del Gobierno, tras la desaparición de los primeros. Este centro docente, además, se caracteriza por el hecho de que siempre se ha
distinguido por impartir una educación de calidad, de prestigio, y muy vinculada a la sociedad y a la ciudad a la que sirve. Y por tanto podemos afirmar, y tenemos constancia de ello, que muchas generaciones de jóvenes de Girona han pasado por sus
aulas y lo han hecho a plena satisfacción. Desde su lejana creación en 1908 ha habido muchas cosas que han cambiado sustancialmente, no solo las formas de impartir la docencia, sino también los requerimientos de mayor espacio y de instalaciones
adecuadas, así como el notable crecimiento demográfico que ha experimentado la ciudad de Girona. Y es por ello que este colegio, que es de titularidad municipal, requiere para prestar mejor su actividad una ampliación de sus dependencias, de sus
instalaciones.



Y lo que motiva esta proposición no de ley es algo tan simple como el reciente traslado de la Subdelegación del Gobierno en Girona a un edificio que antes ocupaba el Banco de España, y si bien hay algunos servicios que todavía se mantienen
en aquel edificio primitivo, la mayoría de dependencias han caído en un auténtico desuso. Por todo ello lo que se propone nos parece razonable y no vemos ni falta de respeto institucional ni, en ningún caso, que pueda ser traumático, como decía el
portavoz del Partido Popular, un supuesto claro de enajenación de un bien patrimonial del Estado, lo cual está, digamos, a la orden del día, con destino además a una escuela pública. Evidentemente nos parece una iniciativa que juzgamos no solo
conveniente, sino oportuna además de positiva, y por tanto vamos a votar favorablemente.



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- RELATIVA A LA ELABORACIÓN DE UN PLAN INTEGRAL DE LUCHA CONTRA EL RACISMO Y LA XENOFOBIA. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/001234.)


El señor PRESIDENTE: Hemos terminado el punto 3.º Punto 4º: proposición no de ley relativa a la elaboración de un plan integral de lucha contra el racismo y la xenofobia. El grupo proponente es el Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso. Para la defensa del texto tiene la palabra doña Carmen Quintanilla.



La señora QUINTANILLA BARBA: Señoría, tomo la palabra en nombre de mi grupo, el Grupo Parlamentario Popular, y me van a permitir que antes de hacer defensa de esta iniciativa dé las gracias a mi compañero el diputado señor Cosidó, que ha
tenido la amabilidad de que esta tarde, a pesar de haber sido él el autor de esta iniciativa, haya delegado en mi persona su defensa.



Hoy traemos a debate una iniciativa que entendemos desde mi grupo prioritaria y fundamental para garantizar la convivencia en el marco de una sociedad democrática, intercultural y avanzada como es la sociedad española del siglo xxi. Una
iniciativa con la que queremos promover la elaboración de un plan integral de lucha contra el racismo y la xenofobia, elementos que continúan estando presentes a diario en la sociedad con hechos tan graves que van desde los insultos y las palabras
despectivas hacia todos aquellos que no son iguales que nosotros, y donde la violencia llevada hasta extremos insospechables acaba con la vida de seres humanos cuyo delito es simplemente no ser de la misma raza, de la misma nacionalidad o de la
misma religión.



En los últimos años, señorías, lejos de extirparse esta lacra que pone en peligro lo que debe ser la perfecta convivencia en las sociedades de un mundo global, se han incrementado los actos de intolerancia, violencia, xenofobia, racismo,
antisemitismo y exclusión por motivos étnicos y religiosos. Sin embargo, hemos visto que lo único que se le ha ocurrido a este Gobierno ha sido hacer, en el marco del plan de los derechos humanos, una estrategia nacional e integral que anunciaron
en diciembre de 2008 ante las recomendaciones del Consejo de Europa y que ni han desarrollado, ni han implementado ni han impulsado. Por eso mi grupo quiere hablar hoy sobre el racismo y la xenofobia en el debate de esta Comisión. Porque además en
este país, los últimos informes elaborados por organizaciones no gubernamentales implicadas en el tema recogen 350 hechos de intolerancia, xenofobia y racismo durante el año 2008. Y destaca el preocupante incremento de este tipo de incidentes en
todo el territorio nacional, e incluso en comunidades autónomas en las que hasta ahora no se había registrado este tipo de hechos.



Desde el año 1992 en España se han producido 80 asesinatos por motivos xenófobos y racistas; y un total de entre 3.000 y 4.000 agresiones, a las que habría que sumar, señor presidente, las agresiones que sufren los indigentes, que
normalmente y por desgracia no tienen nombre y apellidos y no suelen aparecer en las estadísticas. Del mismo modo, el Defensor del Pueblo ha alertado del crecimiento del racismo y la xenofobia en nuestro país; y el Observatorio para la Convivencia
Escolar ha destacado el incremento de la intolerancia que muestran nuestros adolescentes hacia los inmigrantes, hacia los gitanos y hacia los judíos. No obstante, es verdad, el racismo y la xenofobia han resurgido en las últimas dos décadas del
siglo xx, en las que los cambios sociales y económicos vividos en Europa, y más recientemente en España, han fomentado el incremento de los comportamientos xenófobos y racistas, sobre todo en los grupos de jóvenes entre los 13 y 30 años, que en sus
principios se veían ligados a movimientos o eventos deportivos, pero que poco a poco se han ido extendiendo a todos los ámbitos de la sociedad, y que atemorizan no solo a colectivos concretos como pueden ser los inmigrantes, sino a la sociedad en
general, creando una sensación de inseguridad y de indefensión. Además, según los expertos, la época de crisis económica que atravesamos es un excelente caldo de cultivo para que los prejuicios y la intolerancia, fruto del desconocimiento y la
incomprensión, afloren con más fuerza. Por ello en momentos como este es cuando desde los poderes públicos, desde las entidades sociales y desde toda la sociedad en general debemos trabajar todos juntos para atajarlos con contundencia.



Desde diversos organismos internacionales, señorías, a través de distintas recomendaciones y normativas se ha hecho hincapié en la necesidad de que los Estados tomen cartas en el asunto y promuevan todas las medidas posibles para erradicar
este tipo de conductas basadas en el racismo, la xenofobia y la intolerancia. Me van a permitir que recuerde en este debate la Declaración de los Derechos Humanos; las recomendaciones 1222 y 1275 del Consejo de Europa; la Declaración de
principios sobre la tolerancia, suscrita por los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; cómo no, nuestra Constitución de 1978, y la última recomendación de la Conferencia de Durban
celebrada en el año 2001. Precisamente en respuesta a estas normativas y recomendaciones es por lo que en mi grupo, el Grupo Parlamentario Popular, cree necesaria la elaboración de un plan integral de lucha contra el racismo y la xenofobia que
recoja medidas reales y eficaces para acabar con comportamientos que no corresponden a una sociedad democrática plural e intercultural como la española, en la que el 12 por ciento de la población procede de las más diversas partes del mundo.



Por ello, desde mi grupo entendemos que este plan deberá recoger medidas que promuevan la educación en la igualdad y en la tolerancia, como la mejor herramienta para prevenir comportamientos que hoy la sociedad en general siente vergüenza de
que se produzcan. Y además


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tenemos que entender que este plan debe recoger actuaciones encaminadas a potenciar la lucha contra los grupos y bandas organizadas que difundan ideologías racistas y xenófobas y que hacen uso de la violencia, dotando a nuestros Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado de mayor dotación de medios materiales y humanos para que persigan esta clase de delitos y terminen con estos grupos. Del mismo modo este plan deberá recoger, como ya lo hemos hecho en otras leyes y en otros planes,
formación dirigida a los jueces y fiscales, a la judicatura española. El Gobierno tiene la responsabilidad y el deber de garantizar el Estado de derecho y la convivencia en paz y en igualdad de todas las personas que desde las más diversas culturas
enriquecen nuestra sociedad. Quienes hoy formamos parte del Grupo Parlamentario Popular creemos en una sociedad moderna, libre y tolerante, heterodoxa y empática, y también participativa.



Voy a terminar, señor presidente, parafraseando a Martin Luther King; decía hace cincuenta años: Hemos aprendido a volar como los pájaros, a nadar como los peces, pero no hemos aprendido el sencillo arte de vivir como hermanos.
Lamentablemente esta frase sigue estando tan vigente como entonces, pero es una obligación de todos trabajar para aprender ese arte de vivir como hermanos fomentando la tolerancia y el respeto como valores irrenunciables en una sociedad democrática
y global. Por eso, señor presidente, señorías, les pido que apoyen esta iniciativa presentada por mi grupo, porque hoy daremos un paso adelante para luchar contra la intolerancia que se está adueñando de la vida de nuestros jóvenes;
indiscutiblemente tenemos el deber de construir una sociedad de iguales.



El señor PRESIDENTE: Yo también agradezco al señor Cosidó que haya tenido la galantería de confiar en usted.



Hay enmiendas presentadas por dos grupos. El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds ha presentado seis enmiendas; y el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una enmienda. Para la
defensa de sus enmiendas tiene la palabra el señor Ridao.



El señor RIDAO I MARTÍN: Efectivamente hemos presentado seis enmiendas en relación a una iniciativa que tiene, yo diría una larga tradición en esta Cámara, porque quiero recordar que este mismo debate que estamos sustanciando hoy tuvo lugar
en la anterior legislatura en esta misma Comisión, pero también en la de Interior, a raíz de sendas proposiciones no de ley, en mayo y junio de 2005, donde se aprobaron iniciativas sobre la prevención ante la aparición de grupos de jóvenes violentos
y organizados, y también sobre la adopción de medidas integrales para evitar la violencia relacionada con el racismo y la intolerancia.



En todo caso el problema de la intolerancia y la violencia es una realidad que subsiste en el Estado español desde hace años. La oleada de agresiones por motivos ideológicos, tanto en zonas de ocio los fines de semana como en los aledaños
de los estadios de fútbol, en los entornos también de algunos centros educativos, o bien en lugares frecuentados por colectivos sociales o en sedes de partidos políticos, sindicatos, etcétera, como por ejemplo ocurre muy habitualmente en algunos
territorios de comunidades como el País Valenciano, un supuesto al que no alude esta proposición no de ley, contrasta con la ausencia, en nuestra opinión, de medidas políticas, sociales, educativas y judiciales para erradicarlas con determinación.
Nos parece por tanto que esta exhibición de auténtico fascismo, de intolerancia, acompañada frecuentemente también de agresiones físicas e intimidaciones, es un problema que se mantiene enquistado en un foco permanente que, a lo largo de los años,
ha ido repitiéndose con el tiempo. Por tanto hay que adquirir un compromiso, señorías, señor presidente, a la hora de actuar contra estos actos, contra estas actitudes racistas, y fomentar un auténtico plan de prevención que abarque una política
totalmente integral, en el ámbito formativo, en el ámbito juvenil, en el ámbito escolar, en el ámbito familiar, y también todo ello con la cooperación de otras administraciones, concretamente de las comunidades autónomas, para evitar que se pueda
perpetuar en el tiempo.



Son necesarias, por tanto, estas medidas. Pero al mismo tiempo también hay medidas de orden de política criminal. Y en ese sentido queremos decir que, así como el Código Penal vigente ya contempla algunos tipos penales, estábamos muy
esperanzados de que el nuevo Código Penal, en este caso el proyecto que vio la luz la semana pasada aprobado por el Gobierno, pudiera incluir de forma clara algunos tipos delictivos para perseguir o para mejor perseguir este tipo de conductas. En
cualquier caso, vamos a discutir en sede legislativa este proyecto de nuevo Código Penal con la voluntad de que, de forma clara, las agresiones neonazis dejen de etiquetarse solo como peleas entre jóvenes o como riñas tumultuarias, disfrazando y
reduciendo por tanto la pena y la contundencia o la respuesta penal ante este tipo de hechos. En general no es la sanción de un homicidio lo que produce la frustración, sino la falta de sanción contra las agresiones colectivas que han generado o
que han producido este tipo de lesiones o de hechos, y esto produce sensación de indefensión en muchas víctimas y, en la mayoría de los agresores, una cierta sensación de impunidad. Por tanto eso es lo que vamos a plantear.



Hay otros países donde, por cierto, se han introducido en sus respectivos códigos penales lo que se viene denominando la incolumidad personal, es decir, una configuración mucho más amplia del espectro del tipo penal, con un bien jurídico
protegido mucho más amplio que incluye las agresiones violentas sin resultado lesivo incluso. Esa es una de las cuestiones que aborda una de nuestras enmiendas, es decir, aprovechar esta circunstancia de la discusión del Código Penal para perseguir
más adecuadamente este tipo de conductas, al mismo


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tiempo que se propone también la creación de un equipo especializado en violencia urbana por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado competentes. También son necesarios instrumentos para un mejor seguimiento, observación,
control y análisis de la intolerancia. Y nos parece, por tanto, también necesario dotar a la fiscalía de mayores medios para perseguir el amplio abanico de delitos relacionados con la violencia urbana. Finalmente, también se plantea lo que nos
parece primordial: el apoyo a las víctimas del racismo y de la intolerancia neonazi, es decir, que haya un acompañamiento, más allá de que se pueda juzgar y ejecutar efectivamente lo juzgado, es decir, que haya un acompañamiento posterior, porque
muchas víctimas se sienten literalmente abandonadas después de haber sufrido no solo una agresión, sino incluso después de un auténtico viacrucis judicial.



Eso es lo que en síntesis plantean nuestras enmiendas, las cuales evidentemente hemos trasladado ya al Grupo Parlamentario Popular; y sin tener todavía conocimiento del alcance de la aceptación o no de las mismas, reiteramos nuestra buena
disposición no solo a negociar, sino a votar favorablemente los términos primitivos de la propuesta que hoy estamos debatiendo.



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda socialista tiene la palabra don Manuel De la Rocha.



El señor DE LA ROCHA RUBÍ: Señorías, mi grupo comparte, sin duda, la preocupación que subyace en la proposición no de ley que ha defendido doña Carmen Quintanilla, una preocupación por la aparición, la visibilización sobre todo, de
actitudes y de brotes de violencia, de intolerancia que tienen que ver con el racismo y la xenofobia. Una preocupación, en todo caso, que no queremos plantear con demasiadas estridencias, no sea que se genere una inquietud sobre una realidad que,
siendo cierta, que siendo inadmisible, que siendo real y visible, sin embargo no tiene los grados de desarrollo y de altisonancia que puedan tener en otros ámbitos.



En las recientes encuestas del CIS de los meses de septiembre y de octubre, cuando se pregunta, por ejemplo, por los problemas de la inmigración, que es la pregunta más cercana quizás a esta cuestión que hoy es objeto de debate, sólo un
14-15 por ciento (varía en pequeños márgenes de unos meses a otros) mantiene una preocupación de este tipo, y es ya la cuarta preocupación, cuando ha sido la primera o la segunda en otros momentos. Brotes, sí, actitudes puntuales visibles hoy, sí,
inadmisibles en todo caso. Compartimos esa preocupación. Pero los datos disponibles en el Ministerio del Interior muestran que el número de delitos por motivos racistas o xenófobos apenas ha sufrido variación en los últimos años, aunque, repito,
se han mostrado más visibles.



Y quiero decir además que desde el punto de vista penal, desde el punto de vista delictivo, fue un gobierno socialista el que introdujo en el Código Penal esa agravante genérica, esa circunstancia agravante de cometer un delito por motivos
racistas, antisemitas u otra clase de discriminación por motivos de raza o etnia.



Quiero decir también que me ha satisfecho personalmente la intervención de la señora diputada Quintanilla; me ha satisfecho el enfoque que ha dado en su intervención, esa referencia a una sociedad heterodoxa y empática, esa apuesta por la
tolerancia, por la igualdad y por la lucha contra todo tipo de xenofobia y de brotes antirracistas, porque no siempre ha sido esa la posición del Grupo Parlamentario Popular. En todo caso, hay muchas veces un hondo prejuicio contra la inmigración
en las actitudes del Grupo Parlamentario Popular. Y no hablo en abstracto. El jueves pasado, en el Senado -'Diario de Sesiones' del día 12 de noviembre, palabras por tanto no manipulables ni manipuladas-, el senador portavoz del Grupo Popular en
el debate sobre la Ley de Extranjería todavía decía: No olviden que aunque a algunos de ustedes les hayan saltado las alarmas cuando mi partido lo ha pronunciado, inmigración irregular en multitud de ocasiones es igual a delincuencia. Todavía hoy
hay voces populares que, lejos del discurso que S.S. ha planteado aquí, manejan otro tipo de esquemas.



Y quiero también recordar que son los humanismos universalistas de distinto signo los que han visto siempre al otro, al diferente, como igual, como uno más entre nosotros; es la historia la que nos muestra que todos somos resultado de
emigraciones individuales o colectivas, de intercambio de culturas, de razas e incluso de creencias. Si se me permite una referencia al maestro Kant, son los humanismos kantianos, no los primeros, pero sí los que han reconocido al otro esa
condición universal de sujeto ético que no toda posición política o ideológica ha mantenido y viene manteniendo.



El Gobierno lleva desarrollando una lucha contra el racismo y contra todas las formas de discriminación como objetivo prioritario transversal de su actuación. Su última manifestación, quizás en este momento la más importante, es que en el
Plan de Derechos Humanos se recoge como una de las medidas más centrales el desarrollo de una estrategia nacional e integral de lucha contra el racismo y la xenofobia. De ahí que cuando en su momento el Partido Socialista se comprometió a
desarrollar un plan integral contra el racismo y la xenofobia podamos decir hoy que es esa estrategia el nombre que recoge ese plan integral y que muchas de las acciones que se están desarrollando y otras acciones que se van a desarrollar son todas
ellas incorporables a la estrategia nacional integral de lucha contra el racismo. Permítanme que les mencione algunas de ellas.



En el ámbito del Ministerio de Trabajo e Inmigración el Plan estratégico de ciudadanía e integración viene recogiendo entre los ejes vectores de dicho plan y entre los ejes que modulan las atribuciones y las aplicaciones del fondo de apoyo a
la acogida e integración de los inmigrantes, así como a su refuerzo educativo, entre otros, el apoyo a programas de lucha contra la discriminación


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por motivos de origen racial o étnico y el fomento de programas de atención a las víctimas de discriminación. Primera acción importante del Ministerio de Trabajo e Inmigración que muy rápidamente menciono. En segundo lugar, el Estatuto de
los Trabajadores hace pocos años incorporó una directiva europea que no voy a mencionar, una directiva referida a la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, modificando muchos de los contenidos del estatuto a fin de garantizar de manera más
amplia el combate contra la discriminación por el origen racial o étnico de las personas, también en el ámbito laboral, definiendo legalmente el concepto de discriminación, incluyendo no solo la discriminación directa sino también la indirecta, y
por tanto modernizando la regulación de la igualdad de trato y no discriminación en el trabajo. Al mismo tiempo, el Ministerio de Trabajo e Inmigración viene desarrollando actividades y tareas a través del Observatorio español del racismo y la
xenofobia, el Oberaxe, que entre sus objetivos tiene la elaboración anual de estudios sobre la opinión de los españoles en materia de racismo y xenofobia, cuyos resultados son de importancia en la definición de las políticas y de las estrategias y
proyectos que se vienen desarrollando.



Desde el punto de vista del Ministerio del Interior -ya he dicho que el Plan de Derechos Humanos es un plan transversal que afecta a distintos ministerios- se vienen desarrollando tres líneas de trabajo; una de tipo preventivo en las
escuelas, de tal manera que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado desde el curso escolar 2007-2008 vienen impartiendo charlas e intervenciones en centros escolares, fundamentalmente de educación secundaria, tendentes a explicar a los menores
y a los jóvenes la necesidad del respeto hacia la diferencia, de denuncia de cualquier actitud de carácter racista o xenófobo, concienciando también a los jóvenes de los riesgos derivados de la integración en bandas de carácter juvenil. En cuanto a
la acción directamente policial, una de las labores fundamentales de la policía es el combate y desactivación de estos grupos violentos de carácter juvenil, tarea iniciada en el año 2005, primero con la instrucción de la Secretaría de Estado de
Seguridad, 23/2005, sobre actuación policial contra los grupos organizados violentos de carácter juvenil, y más recientemente una nueva instrucción, la número 6/2009, que regula la actuación policial específica contra esos grupos violentos, sobre
todo de origen latino. Entre estas medidas de seguridad están las de seguimiento e investigación de estas conductas, dispositivos de seguridad en acontecimientos deportivos, contactos con colectivos susceptibles de sufrir ataques de esta naturaleza
y otros muchos que me ahorro relatar por el breve tiempo. Además -la portavoz del Grupo Popular ya ha hecho mención a ello-, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado vienen desarrollando una tarea de formación de sus miembros, tanto en la
preparación inicial como sobre todo a lo largo de su carrera profesional, en lo que es formación en derechos humanos y sobre todo persecución de cualquier forma de tortura, tratos inhumanos o degradantes, así como formas de discriminación por
motivos racistas, xenófobos, religiosos o de cualquier otra índole, incluso incorporando a sus programas una guía de recomendaciones en materia de igualdad de trato y no discriminación elaborada conjuntamente con el Observatorio español del racismo
y la xenofobia.



Por último, quiero señalar que desde el Ministerio de Sanidad y Política Social, en relación con el Ministerio de Trabajo e Inmigración, se está trabajando en este momento en el establecimiento de una red de recursos de apoyo a las víctimas
de la discriminación por acciones racistas y xenófobas, en perfilar e implementar de una manera más rigurosa un sistema de recogida de datos de agresiones por motivos racistas o xenófobos para que sea más visible este aspecto de las agresiones, que
no siempre es conocido o está objetivado, y al mismo tiempo para la sensibilización tanto de los profesionales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado como de los medios de comunicación en el trato que se da a este tipo de hechos
delictivos.



Termino, señorías, expresando que mi grupo parlamentario ha presentado una enmienda donde, en vez de hablar de un plan integral, de lo que se habla es de una estrategia nacional e integral, que es la terminología que está ya acuñada en el
plan de los derechos humanos, y por las conversaciones que hemos mantenido con la portavoz del Grupo Parlamentario Popular confiamos en que pueda haber una enmienda transaccional que presentaremos al presidente para que pueda ser votada.



El señor PRESIDENTE: Hemos terminado el debate de esta proposición no de ley, pero, en todo caso, aunque pueda haber una transaccional, quiero preguntar a la señora Quintanilla si de las enmiendas que se han presentado acepta alguna el
grupo proponente.



La señora QUINTANILLA BARBA: Mi grupo no acepta las enmiendas de Esquerra Republicana, y sí vamos a aceptar una enmienda transaccional en la que hemos trabajado el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista y mi grupo para poderla votar al
final de la sesión. Su redacción es la siguiente: El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en el marco del Plan de Derechos Humanos, a implementar e impulsar la estrategia nacional e integral de lucha contra el racismo y la xenofobia con
medidas reales y eficaces dirigidas a la reducción de este tipo de actos y agresiones, así como a respaldar a las víctimas y sus familias.



El señor PRESIDENTE: ¿Podría, por favor, pasar la copia para que hagamos reproducción y podamos repartirla?


La señora QUINTANILLA BARBA: Sí, se la haré pasar en el momento en que la hayamos firmado los dos grupos.



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- SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PARA FACILITAR LA RENOVACIÓN DE SUS MIEMBROS Y PARA SUSTRAER A DETERMINADOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA DEL CONTROL DE INCONSTITUCIONALIDAD.
PRESENTADA POR EL GRUPO
PARLAMENTARIO DE ESQUERRA REPUBLICANA-IZQUIERDA UNIDAD-INICIATIVA PER CATALUNYA VERDS. (Número de expediente 161/001264.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto 5.º Proposición no de ley sobre la modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para facilitar la renovación de sus miembros y para sustraer a determinados estatutos de autonomía del
control de inconstitucionalidad. El grupo proponente es el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, y para la defensa de la propuesta tiene la palabra el señor Ridao.



El señor RIDAO I MARTÍN: Señorías, antes de defender el contenido estricto de la propuesta, aunque no me gusta ponerme la venda antes de la herida, permítanme decir que vaya por delante mi convicción más profunda de que una eventual
sentencia adversa del Tribunal Constitucional sobre el Estatut, ya sea si toca una pared maestra o simplemente un tabique, no va a hacer más que precipitar o acelerar un auténtico cambio de escenario político, algo así como un final de etapa
histórico. Es público y notorio que ni mi grupo ni yo somos autonomistas, pero sí somos conscientes de que el futuro del Estado de las autonomías depende en buena parte de lo que pase con una norma como el Estatut, que no deja de ser la futura
matriz de un modelo de organización territorial del poder político, del que beben también otros estatutos de autonomía y otros territorios o comunidades autónomas que, por cierto, algo tienen que ver también con el futuro desenlace del Estatut.



En segundo lugar, también pienso que para muchos catalanes de buena fe y muchos catalanes autonomistas o federalistas va a quedar claro que ante un eventual recorte o amputación del Estatut no caben en el seno de la Constitución sus
legítimas aspiraciones; por tanto, las costuras de este Estado se les van a hacer muy estrechas, porque no es que no quepa ya en la Constitución eventualmente el Estatuto que en su día aprobó el Parlament de Catalunya por amplia mayoría, sino que
lo que no va a caber en la Constitución, al parecer, va a ser ni tan siquiera el Estatuto cepillado, que diría el presidente de esta Comisión, y esa es una circunstancia que evidentemente quiero poner de relieve. Sería algo así como si el Tribunal
Constitucional levantara un auténtico muro o una alta pared y dijera hasta aquí hemos llegado y nos aislara en el otro lado.



Segunda previa consideración, señor presidente, señorías. Es evidente que Esquerra no votó este Estatut, y no lo votó por insuficiente, pero ante las críticas de algún grupo político que cuestiona por qué Esquerra sale a defenderlo, quiero
decir claramente que para exigir respeto a la voluntad expresada por el pueblo catalán en las urnas, que lo hizo además en referéndum. Por tanto, no vamos a cejar en nuestro empeño de buscar una salida unitaria, una respuesta civil, política ante
esta situación, y también de evidenciar, que es lo que trata esta proposición no de ley, los déficits de legitimidad de un Tribunal Constitucional -y ahora voy a explicar por qué- que nos parece que es un órgano totalmente caducado y politizado
hasta extremos grotescos.



Señor presidente, señorías -y apelo al sentido común-, ¿se puede afirmar que un tribunal, en este caso el Tribunal Constitucional, goza de plena legitimidad y de condiciones objetivas de imparcialidad cuando un tercio de sus miembros debería
haber cesado efectivamente hace dos años; cuando otros tres miembros del tribunal deberían cesar próximamente; cuando uno fue recusado torticeramente por motivos políticos y cuando otro falleció y no fue sustituido? ¿Se puede decir que el
Tribunal Constitucional goza de plena legitimidad cuando es público y notorio que la situación de precariedad, de interinidad y de provisionalidad está inducida por las dos principales fuerzas políticas de esta Cámara que pretenden -digámoslo claro-
influir en su contenido, y que en el caso del PP -que evidentemente no olvido que fue el recurrente, aunque ahora dice que Cataluña es prioritaria, quizá porque vienen elecciones- además no se presta a renovar el Tribunal Constitucional porque
espera una sentencia favorable a sus intereses, porque el esquema del actual tribunal responde a un arco parlamentario actualmente no existente? ¿Se puede decir -y es evidentemente otra pregunta retórica- que el tribunal está legitimado cuando está
a punto de superar los tres años sin dictar sentencia; cuando hay un enrocamiento en su interior de posiciones claramente políticas y partidistas que además filtran con descaro esas posiciones cuando la presidenta, de forma insólita, dice que no va
a hacer uso del voto de calidad y por tanto de su papel dirimente, y cuando ha habido incluso una exitosa emboscada por parte del PP que forzó la inicua recusación de un magistrado por el simple delito de ser sospechoso de autonomista?


Es evidente que ahí hay un problema de primer orden, político y también institucional. Es más, ¿no se está incluso vulnerando el derecho a una tutela judicial efectiva cuando no hay en este momento un juez natural predeterminado por la ley,
cuando el tribunal está claramente caducado y debería hacer cesado? ¿No se infringe también el derecho a una tutela judicial efectiva cuando este tribunal no va a dictar sentencia en un plazo razonable? ¿No hay en este caso una vulneración también
del derecho a la imparcialidad con un Tribunal Constitucional que está operando y actuando de forma clara en un escenario, en un campo de batalla abierto para el partidismo y que por tanto ha ido perdiendo paulatinamente esa legitimidad y esa aura
de prestigio al servicio


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del interés general para convertirse en este momento en un instrumento claro para la contienda partidista?


Pase lo que pase, es evidente, señor presidente, señorías, que el Tribunal Constitucional, a los ojos de mucha gente pero particularmente en Cataluña, ha perdido autoridad moral; esa autoridad que le confería en este caso una larga
trayectoria, sobre todo al principio de la democracia, como un árbitro aceptado, indiscutible, diligente y competente. Nunca la opinión pública, no solo en Cataluña sino en el conjunto del Estado, había tenido la impresión como la tiene ahora de
que el Tribunal Constitucional es en definitiva cautivo de los partidos políticos, que son los amos del destino, en este caso de algunas de sus sentencias como es la del Estatut. En esa sentencia nonata del Estatut confluyen, en nuestra opinión,
todos los tics que debilitan claramente el sistema democrático y el Estado autonómico; un cierto desprecio por la voluntad popular expresada en las urnas, una pugna partidista PP-PSOE y también territorial Estado-Generalitat, una precaria
composición del Tribunal Constitucional y un frontismo de la peor especie, cuasi guerracivilista. Con todo eso, el presidente del Gobierno, el lunes pasado en la ejecutiva de su partido, pedía a todo el mundo que acatara esta sentencia sin más.



Por el contrario, esta es una sentencia que seguramente va a nacer muerta, y además, si nace, va a provocar un choque de legitimidades muy importante entre la voluntad expresada por el pueblo catalán en las urnas y la voluntad expresada por
un Tribunal Constitucional que es hoy un órgano caducado y además claramente deslegitimado. Ese es un problema serio, yo diría que es uno de los problemas más serios que tiene la política española desde la transición hasta el día de hoy. Incluso
los que aceptan con cierto entusiasmo las reglas del juego admiten que las reglas deben ser iguales para todo el mundo. Es decir, el Tribunal Constitucional debería renovarse y lo debería hacer además con cierta profundidad, porque si persiste ese
carácter interino y precario del mismo es porque intereses de carácter político y se aguanta por motivaciones políticas. El propio presidente del Gobierno, por cierto, el 30 de septiembre en esta Cámara, en la sesión de control, a preguntas de este
diputado, juzgó como inconveniente esta situación y además reconoció que era urgente su renovación.



Esta proposición no de ley -y con ello acabo- propone dos cosas simple y llanamente. La primera es una propuesta que actúa como un estímulo a la renovación del Tribunal Constitucional, y es que cesen de forma efectiva aquellos magistrados
que finalicen su mandato, modificando el artículo 17.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; que continúen como máximo seis meses en funciones y ejerciendo pura y simplemente funciones de mero trámite, cuestiones simplemente ordinarias, y
que tampoco computen válidamente en el quórum de dos tercios que se exige para adoptar válidamente los acuerdos. En segundo lugar -sé que es una cuestión jurídicamente más discutible que la primera, que es de sentido común, y por tanto ya empiezo
admitiendo esta observación- esta iniciativa propone retirar también al tribunal, como reza el título de la misma, la potestad de control de algunos estatutos de autonomía. ¿Por qué? Porque es evidente que algunos estatutos de autonomía tienen una
singular naturaleza. Son estatutos, como en el caso catalán, o recientemente también el Estatuto del País Valenciano, que comprende digamos de forma preceptiva un referéndum de ratificación, responden a un acuerdo, a un pacto político entre dos
instancias parlamentarias -el Parlament de Catalunya y en este caso las propias Cortes Generales que lo aprobaron-, pero además tiene un plus de legitimidad a raíz de la ratificación en referéndum. Por tanto, ningún órgano del Estado, idealmente,
debería revisar esa decisión. Es decir, el Tribunal Constitucional, que por cierto la Constitución no le encomienda esta función, no debería ser en este caso el órgano de control constitucional porque la auténtica garantía de constitucionalidad de
la norma reside en estas Cortes Generales. Por tanto, esa es una garantía, pero es que además la última palabra la debiera tener el cuerpo electoral general.
Repito que la Constitución es muy concisa; remite a la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional del año 1981, y está claro que, en ese sentido, concurren claramente dos voluntades, y eso es lo que debería respetarse.
Se propone también modificar el artículo 27.2 de la ley orgánica para que en ningún caso el tribunal pueda
revisar este tipo de estatutos; para que los estatutos que gozan de esa especial singularidad o naturaleza no sean susceptibles de recurso ante el Tribunal Constitucional.



Esto es en síntesis lo que propone, junto con otras cuestiones más accesorias, nuestra propuesta, señor presidente, señorías.



El señor PRESIDENTE: El señor Esteban tiene la palabra.



El señor ESTEBAN BRAVO: De manera concisa y no ligando lo que se está proponiendo, o no haciendo una comparación con la problemática que pueda haber en torno al Estatuto de Cataluña, pero viéndolo de una manera aséptica y sin ligarlo a
ninguna problemática concreta, pensamos que tienen una lógica las propuestas que se efectúan aquí. La verdad es que estamos asistiendo a espectáculos no muy democráticos en instituciones tan importantes como el Tribunal Constitucional o el Consejo
General del Poder Judicial, que ven prorrogados una y otra vez los mandatos de sus componentes en funciones, sin que pueda buscarse, sin que pueda encontrarse una mayoría; muchas veces incluso miembros de esas instituciones bloqueando o ayudando a
bloquear que se pueda llegar a un acuerdo en la designación de nuevos representantes, y por tanto que otras instituciones como las Cortes no puedan ejercer su función constitucional y su función parlamentaria. En ese sentido, creo que no es malo
que se provea de estímulos a través de la ley para que esas personas que han visto


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finalizar su mandato no tomen decisiones importantes o no puedan intervenir en las que se vayan a tomar de manera colegiada, puesto que ello haría más democrática esa toma de decisiones y seguramente estimularía a los propios partidos
políticos a buscar consensos para el nombramiento de nuevos representantes. En el caso del Tribunal Constitucional nos parece que es claro y, por tanto, no es nada descabellado lo que se propone.



Por otra parte, con respecto a la exceptuación de declaración de inconstitucionalidad de los estatutos aprobados por el procedimiento del 151 o aquellos que necesiten un referéndum, nos parece que también tiene su lógica. La doctrina ha
manifestado repetidas veces que los estatutos de autonomía están imbricados directamente en la Constitución, no hay una norma intermedia que los interprete, son la Constitución y ellos. De hecho, yo diría que son una especie de prolongación de la
propia Constitución, mucho más los mencionados del 151, que conllevan un referéndum, una ratificación popular. El título VIII es muy vago, muy difuso, y si un estudioso que no hubiera estado en el país quisiera conocer cuál es el sistema autonómico
español, de la lectura de ese título VIII no podría sacar ninguna conclusión concreta.



Al final, ¿qué es la Constitución y cuál es el sistema autonómico que marca la Constitución? El propio título VIII, pero también la interpretación que se hace de ese título VIII. ¿Por parte de quién? De las Cortes, que como bien ha dicho
el señor Ridao, en este caso la garantía constitucional de estas normas residiría en ellas, la interpretación que se hace de ese título VIII; por tanto, tendríamos un marco amplio de Constitución más estatutos de autonomía que han pasado por un
referéndum. Y esas normas no deben estar al albur de que doce personas, o en muchas ocasiones una o dos personas decidan si es o no constitucional, cuando ha pasado no solo por el filtro de una cámara autonómica, sino también por el del Congreso de
los Diputados, por el del Senado y además por la aceptación de la población a la que va a afectar.
Por tanto, nos parecen unas propuestas razonables que evidentemente habría que estudiar o matizar para ver cómo se podrían concretar, pero que desde
luego no rompen con ninguna norma establecida de manera radical y que entran dentro de la lógica jurídica y de la doctrina.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Jané en nombre de Convergència i Unió.



El señor JANÉ I GUASCH: El Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió votará afirmativamente a esta proposición no de ley, y quería centrarme, señor presidente, en un aspecto concreto de la misma: el relativo a la duración del
mandato de los magistrados del Tribunal Constitucional.



En esta Cámara, señor presidente, tenemos derechos; el Congreso y el Senado tenemos derechos. La Constitución otorga a esta Cámara derechos; el derecho a elegir determinado número de magistrados -cuatro el Congreso, cuatro el Senado-.
Esta Cámara y el Senado tienen derecho a elegir esos magistrados. Pero, señor presidente, esto no es únicamente un derecho, es un deber. Tenemos el deber, como Cortes Generales, de elegir a miembros de instituciones del Estado para que cumplan su
función y sus plazos. Este derecho que tienen el Congreso y el Senado en este caso es un deber institucional y no podemos mirar hacia otro lado. ¿Y qué está pasando? Está pasando una gran hipocresía colectiva. Como no interesa cierta renovación
por si altera la composición del órgano que tiene que decidir, por ejemplo, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, se dice hipócritamente: No, no hay acuerdo, esperemos la sentencia y después ya renovaremos. Con ello estamos incumpliendo un deber
institucional; lo está haciendo el Senado, que debe elegir a cuatro magistrados. El próximo mes de diciembre llevarán dos años de prórroga, entre ellos su presidenta, que está dentro del bloque de cuatro magistrados que debe renovar el Senado,
cuyo mandato es de tres años y llevará ya prácticamente dos años más de esos tres como presidenta. Esto es someter a precariedad a las instituciones, es hacerlas vivir en precario, porque ni el Senado ni el Congreso cumplen con su obligación de
llegar a esa mayoría, una mayoría de tres quintos a que obliga el artículo 159 de la Constitución.



Nosotros no podemos mirar hacia otro lado y hoy no votar esta proposición no de ley es contribuir al mensaje de que en el fondo nos interesa renovar, no cuando nos marca la Constitución, cuando nos apetezca o cuando nos venga bien, cuando
hayan dictado no sé cuál sentencia. Esto es un camino erróneo, es el camino de la precariedad institucional. Se va a pedir después mucha lealtad, mucho respeto, y si queremos predicar esa lealtad y ese respeto, empecemos -el movimiento se
demuestra andando- dando un mensaje claro, y es que no queremos someter a precariedad a nuestras instituciones. ¡Qué triste favor le estamos haciendo al Tribunal Constitucional dando plena potencialidad a sus magistrados aunque hayan cesado hace
años el mandato que constitucionalmente tienen asignado! Esto no se puede admitir. Puede ser legítimo con la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que tenemos aprobada, pero estamos de hecho dando la vuelta a la Constitución para no cumplir los
plazos que esa Constitución nos marca a todos, empezando por el Senado y por el Congreso; un Congreso, nosotros, que aún ni nos hemos planteado sustituir a un magistrado fallecido que fue elegido por este Congreso de los Diputados.
Y tenemos la
obligación. ¡Cómo no vamos a sustituir a un magistrado que ha fallecido! ¡Cómo vamos a proclamar a los ciudadanos que cumplan sus deberes cuando este Congreso de los Diputados es incapaz de cumplir los plazos y los deberes que la Constitución le
marca de renovar los magistrados del Tribunal Constitucional cuando debe renovarlos! Por tanto, menos hipocresía, más lealtad institucional y más cumplir las obligaciones que tenemos, Congreso y Senado. Renuévense ya los magistrados: tres quintas


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partes, por tanto acuerdo PSOE-PP, como mínimo. Pues que se pongan de acuerdo, pero, repito, mirar hacia otro lado es también hacerlo respecto a lo que la Constitución proclama, y después todos saldrán como abanderados en la defensa de esta
Constitución que son los primeros en incumplir, no renovando en los plazos que marca esa Constitución, la necesaria renovación institucional en este caso de los magistrados del Tribunal Constitucional.



La petición que hoy se plantea es además razonable, seis meses, porque en ocasiones sí puede haber una cierta dilación: porque hay un cambio de legislatura, porque hay una renovación del Gobierno, y en ese momento puede haber una cierta
dificultad en cumplir los plazos estrictamente.
Por tanto, seis meses en funciones, no más, y una vez terminen los seis meses en funciones, incapacitados por ley para asistir al pleno a dictar sentencias o a las salas a resolver recursos de amparo,
porque dejarían de poder ejercer sus funciones como tales magistrados, pues ya no lo serían con plenitud, a la espera de que se renovaran esos cargos. Quizá con eso el Congreso y el Senado se verían claramente forzados a llegar al acuerdo al que
institucionalmente están obligados por deber que la Constitución les marca. Al pervertir los plazos que la Constitución marca, vamos a alterar todo el funcionamiento del Tribunal Constitucional.



El presidente de esta Comisión, don Alfonso Guerra, conoce bien cuál fue la filosofía: mandatos de doce años, mandatos de nueve años; mandatos de nueve años pero cada tres años se renovaba un tercio: a los tres años renovaba el Congreso,
después de otros tres años renovaba el Senado, y a los otros tres renovaban los dos del Consejo General del Poder Judicial y los dos del Gobierno. Había una cierta normalidad. Nunca era un tribunal de una mayoría determinada, porque en esos
intervalos de tres años, se preservaba también que la composición pudiera obedecer siempre a una determinada mayoría. Entretanto podía cambiar la mayoría del Congreso y del Senado y eso ayudaba también a una composición más plural. Esta era la
filosofía. La estamos ya pervirtiendo. Pronto se va a juntar la renovación del Congreso con la del Senado. Esto no es lo que quiere la Constitución cuando marcó esos nueve años de mandato y esa renovación cada tres por tercios. Por tanto,
estamos pervirtiendo el sistema y miramos hacia otro lado. ¿Hoy van a votar el Grupo Popular o el Grupo Socialista esta proposición no de ley? La podían haber enmendado. Seguro que el grupo proponente hubiera aceptado una enmienda que simplemente
dijera: afrontemos la renovación y afrontemos el mandato de que el magistrado del Tribunal Constitucional no va a estar toda la vida de magistrado en funciones si es que el Congreso o el Senado no le renuevan.
En consecuencia, tenemos esa
obligación institucional, debemos cumplirla y debemos hacer menos discursos de mucha lealtad y, después, aquello que yo debo hacer como institución no lo cumplo, porque estamos pervirtiendo el funcionamiento que la propia Constitución nos dio en
este aspecto.



Entendemos que hay que aprobar esta proposición no de ley; es una pésima noticia que hoy no se apruebe, aunque hubiera sido solo el aspecto de la renovación, porque darle al Constitucional el mensaje de que van a seguir allí y de que a lo
mejor un día vamos a renovarlos a todos por nueve años: Congreso, Senado, Consejo General del Poder Judicial, Gobierno, al paso que vamos, si vamos siempre a la espera de que dicten no sé cuál sentencia para la que nos puede convenir la mayoría que
hay, creo que no es serio y que en nada ayudamos a la legitimidad de una institución que deberíamos ser capaces entre todos de preservar. Por tanto, votaremos que sí y si vemos que el resultado es negativo, nos veremos en la tesitura de proponer en
el Pleno, como han hecho también otros grupos, modificaciones de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que en el aspecto exclusivo de la duración del mandato tiendan a que se cumpla la Constitución, porque en esta Cámara, mucho discurso, pero
después ni el Senado ni nosotros estamos cumpliendo la Constitución cuando no abordamos en tiempo y forma la renovación que la Carta Magna nos pide de los magistrados del Tribunal Constitucional.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra en nombre del Grupo Parlamentario Popular don Manuel Pizarro.



El señor PIZARRO MORENO: No sabía que veníamos a hablar del Estatuto catalán. Pensaba que veníamos a hablar de la proposición del grupo proponente. En todo caso, creo que la carrera de la deslegitimación institucional no es una buena
carrera, es decir, a nadie se le ocurre deslegitimar un estatuto en función de la proporción de la población que lo haya votado o no y a nadie se le ocurre poner en cuestión un tribunal porque, en cumplimiento de las normas, estén, por mandato de la
ley, con una prórroga de sus funciones. Respecto a la proposición que se nos presenta, yo por lo menos pienso hablar de formas, porque las formas en un sistema democrático o en un estado de derecho determinan el fondo, y yo creo que las formas son
exquisitas. Cuando no se cumplen las formas no se utilizan los mecanismos que el ordenamiento jurídico establece para resolver conflictos, y los conflictos entonces no se resuelven a través de las instituciones, sino que se resuelven
desgraciadamente de otra manera. La historia de España es una historia reiterada de resolución de conflictos no por la vía adecuada, que es la institucional.



Las instituciones, el Tribunal Constitucional, son un elemento de resolución de conflictos, de encauzamiento, de -como se diría en derecho procesal- resolución de quejas o de cuestiones que pueda proponer cualquiera que las tenga. En este
caso quienes las pueden tener son comunidades autónomas, el propio Gobierno, el Defensor del Pueblo, cincuenta diputados o cincuenta senadores. Es lo que ha hecho, en el ejercicio del derecho a la tutela


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judicial efectiva, el Grupo Parlamentario Popular cuando ha tenido duda sobre el sometimiento a la Constitución de alguna norma.



Yendo concretamente a la proposición que se hace, hay dos grupos esenciales o distintos de sugerencias, de peticiones o de modificaciones.
Uno hace referencia al propio funcionamiento del Tribunal Constitucional.
Se refiere a la
imposibilidad de renuncia del voto de calidad, a la limitación de la prórroga del mandato a seis meses y a las causas de abstención y recusación. Sobre esto diría bastante poco, en la medida que afectan efectivamente a la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional.
Ciertamente, en cuanto a la renuncia al derecho del voto de calidad, lo que se dice no es que haya dos derechos, el derecho al voto y el derecho al voto de calidad. Es que simplemente, en caso de empate, prima o se da voto de
calidad a la presidencia, pero no hay, como en el derecho mercantil, una segregación del derecho a suscripción preferente y el propio derecho a la acción, sino que simplemente se vota, y si hay empate, hay un voto dirimente del presidente del
Tribunal Constitucional, con lo cual yo creo que no procede.



En cuanto a la limitación de prórroga a los seis meses, creo que el señor presidente de la Comisión nos podrá ilustrar sobre los debates que hubo cuando se hizo la Constitución para ver cómo se podía conformar un órgano supremo que velara
por la constitucionalidad de todo el ordenamiento jurídico, al amparo de lo que establece el artículo 9 de la Constitución, y es que no hay nadie que esté exento de control jurisdiccional, sea jurisdicción constitucional o sea jurisdicción ordinaria
legal, de velar por la legalidad, y por tanto hubo que conformar un órgano. Podía haber sido una parte del Tribunal Supremo, como hay en la historia de la Constitución algunas fórmulas, una sala especial del Supremo, pero se creó un órgano
especial. Si hubiera sido una sala especial del Supremo, la mera renovación de magistrados llevaría consigo la renovación de las personas, pero como hay doce hombres justos que tienen que ser elegidos en la forma que se establece, la mera dilación
en la elección -y se buscaron votaciones cualificadas para que hubiera consenso y creo que fue una buena solución- existe en el Tribunal Constitucional, existe en el Consejo General del Poder Judicial, existe en el Tribunal de Cuentas y en principio
creo que fue una buena decisión. Lo que hace falta es que se decidan y se resuelvan los asuntos con la celeridad adecuada. Yo creo que hay un problema, que habrá que hacer de lege ferenda en el Tribunal Constitucional, y es que en el Estatuto al
que se refieren ustedes, que lleva, si no recuerdo mal, en torno a tres años de tramitación, la prórroga está en el último año; podían haber resuelto en los dos anteriores. ¿Qué es lo que pasa? Pues seguramente que el Tribunal Constitucional está
recargado siendo una última instancia de asuntos que lleva el Tribunal Supremo, es decir, que si se limitara a la exclusiva jurisdicción constitucional, seguramente el proceso de un estatuto como este tendría que haberse resuelto en meses, con algo
problemático también y es que si hay una norma que puede ser declarada inconstitucional, que se está aplicando, que en aplicación de un estatuto que puede resultar inconstitucional se están dictando normas, lo que podría haber aquí es un fraude o
alguna actividad que no sería la adecuada.



Por último, hay algo que me preocupa mucho, que son las cuestiones de abstención y recusación. Solamente digo una cosa: los jueces tienen que ser imparciales, y aquel que ha sido parte en alguno de los elementos del asunto que se somete a
él tiene que abstenerse o tiene que ser recusado.
No se puede ser juez y parte y por tanto se es parcial cuando se ha tomado parte en la tramitación que sea, sin perjuicio de que haya, como usted ha dicho, alguna sentencia del Tribunal
Constitucional, que haya publicado artículos o libros en general sobre el asunto que sea.



El segundo asunto me preocupa más. La exclusión de los estatutos de autonomía del artículo 151 es muy importante porque hay un elemento de forma que impide, a mi modesto entender, absolutamente cualquier otra cosa, y es que lo que se está
intentando es una auténtica modificación de lo que establecen los artículos 161 y 163 de la Constitución por una vía legal. El artículo 161.1, referido al recurso de inconstitucionalidad, y el artículo 163, referido a la cuestión de
inconstitucionalidad, no excluyen ninguna norma de sujeción al recurso y por tanto, si alguien quiere que haya un ámbito exento de la jurisdicción constitucional, modifíquese la Constitución por los trámites que se establecen, y a lo mejor hasta
estamos de acuerdo, pero las formas son sagradas. No se puede modificar la Constitución por vías distintas a las establecidas en la propia Constitución. Así de sencillo y así de claro. (El señor González Rodríguez, don Adolfo Luis: ¡Muy bien!)


Respecto al fondo diría algo más, primero que no se puede dudar de la imparcialidad de un tribunal, insisto, no se puede deslegitimar lo que hace un órgano constitucional. Se está perjudicando a los ciudadanos de aquella comunidad autónoma
a los cuales se está hurtando nada menos que el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad por la inconstitucionalidad del propio estatuto. Se coloca en peor situación a los ciudadanos de la comunidad autónoma cuyo estatuto no puede
revisarse por el Tribunal Constitucional. Se les impide una vía y por tanto ahí sí que hay falta de tutela judicial efectiva. No hay, y lo repito una vez más, áreas exentas al control de legalidad y de la legalidad constitucional para nadie, para
nadie en un sistema de Estado de derecho, absolutamente para nadie. Cualquier ámbito de impunidad, cualquier ámbito de falta de control legal o constitucional es un agujero total en el Estado de derecho, y la ley -no lo digo hoy, lo dije en mi
discurso de ingreso en la Academia de Jurisprudencia y Legislación-, la legalidad, el ordenamiento, garantizan la libertad. Para los que creemos en la libertad, la libertad está amparada siempre por la ley y siempre por un tribunal, constitucional
o no, que ampara a todo aquel que tiene cualquier cuestión que plantear ante el mismo.



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Hay algo más -con lo que acabo-: se vulnera el principio de igualdad ante la ley. Ya la Constitución de 1812 decía que todos los españoles son iguales ante la ley. No puede haber españoles en partes del territorio cuyos estatutos de
autonomía no se pueden impugnar ante ninguna instancia y otros que sí y, por tanto, se quiebra el principio de igualdad ante la ley y ante los españoles. Por todo ello, por las razones de forma que he añadido -para mí esenciales- y por las razones
de fondo, votaremos desde luego que no a la proposición del grupo proponente. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Para establecer la posición tiene la palabra por parte del Grupo Socialista don Elviro Aranda.



El señor ARANDA ÁLVAREZ: Cuando tuve conocimiento de esta iniciativa y tuve oportunidad de leer su encabezado, donde se dice que es una iniciativa para poner en marcha una reforma del Tribunal Constitucional, rápidamente pensé que
seguramente lo concreto iba a oscurecer lo general y, desde luego, la intervención del señor Ridao en defensa de su iniciativa me ha confirmado la idea que yo tenía al inicio.
Efectivamente, la cuestión concreta sobre el Estatuto de Autonomía viene
a difuminar la iniciativa en sí, que lo que nos propone es la reforma del Tribunal Constitucional en materias que desde el punto de vista del Grupo Socialista pueden afectar gravemente al funcionamiento de una institución básica del Estado
constitucional, del Estado democrático de derecho. Sin duda alguna es así. Antes de entrar en los detalles, tengo que decir que es una actitud mala consejera para cualquier legislador plantearse cuestiones institucionales y cuestiones generales
desde la casuística concreta y más inmediata. Lo razonable es que las instituciones funcionen de acuerdo con sus normas y de acuerdo con la Constitución y que, con la tranquilidad suficiente, nos podamos plantear la necesidad de cambios o reformas,
si es que se considera conveniente. Desde luego no creo que aquella sea la mejor manera de plantearse las cuestiones.



La iniciativa denota una falta de simpatía, una falta de cariño por parte del grupo proponente hacia el Tribunal Constitucional. El alegato que ha hecho su portavoz en esta Comisión lo ha demostrado y tengo que decirle con todo afecto al
señor Ridao que lo ha hecho además con argumentos yo diría cuando menos erróneos, por lo siguiente. Señor Ridao, los tribunales constitucionales son un instrumento muy depurado de las constituciones democráticas, que se ha desarrollado en todas las
democracias occidentales, y sobre todo las europeas, a lo largo de todo el siglo xx. Los tribunales constitucionales son un recurso para hacer efectiva la justicia constitucional, y la justicia constitucional, el control de constitucionalidad es un
instrumento fundamental para que las constituciones normativas, las constituciones de contenidos, de derechos, como es la Constitución española y lo son todas las constituciones democráticas de nuestro tiempo, tengan un elemento de depuración del
ordenamiento, de depuración de aquellas normas que puedan ser contrarias a la Constitución. Creo que el señor Esteban en su alegato decía: Podríamos plantearnos con los estatutos que, puesto que se elaboran por un procedimiento diferente, habría
que establecer que no son lo mismo a efectos de control y que la constitucionalidad de determinados estatutos habría que plantearla en las Cortes Generales. Pero es que las Cortes Generales pueden aprobar normas que sean inconstitucionales, incluso
que vayan contra los derechos fundamentales, contra los derechos más elementales, y entonces, ¿qué sucede? Precisamente para eso está el Tribunal Constitucional. Es una cuestión fundamental.



Después se dice que falta legitimidad a este tribunal por la coyuntura en que se encuentra. No, señoría. La Ley orgánica y la Constitución establecen la legitimidad del Tribunal Constitucional de acuerdo con sus normas y su sistema de
funcionamiento y la propia ley establece los mecanismos para garantizar el funcionamiento ordinario de la institución, que es lo verdaderamente importante. Se dice: llevamos mucho tiempo sin la renovación. Yo estaría de acuerdo con el señor Jané
cuando decía que esa es una cuestión que es competencia de otra institución. Si ustedes leen con detenimiento el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, lo que establece es un mecanismo para la permanencia, para la continuidad
de la institución, pero desde luego quiere que se renueve inmediatamente, porque dice que el presidente del tribunal, cuatro meses antes de que llegue el momento de la renovación, lo comunicará al órgano correspondiente para que ponga en marcha
todos los mecanismos. En consecuencia, creo que cada santo debe aguantar su vela, y el Tribunal Constitucional no es responsable de que se renueve o no se renueve.



En cuanto a la legitimidad, la del Tribunal Constitucional -como la de todos los órganos jurisdiccionales, porque es un órgano jurisdiccional, diferente al Poder Judicial pero un órgano jurisdiccional- está en los criterios de actuación y en
el estatus que tiene. El estatus del Tribunal Constitucional y de sus miembros se lo da la Constitución y la ley para garantizar la independencia, y el desarrollo de su labor viene dado por la acción jurisdiccional, por la argumentación
jurisdiccional. Desde Savigny a principios del xix para acá, se ha depurado mucho la forma de actuar, y la diferencia con la actuación del intérprete político, que es esta Cámara -entre otros-, es que es una interpretación de oportunidad política
-constitucional pero de oportunidad política-, y el Tribunal Constitucional interpreta de acuerdo con parámetros jurídicos, que son parámetros objetivados, no subjetivados. Ahí está la legitimidad. Así pues, no deslegitimemos una institución y
luego digamos que está deslegitimada, porque lo que estamos haciendo es deslegitimarla nosotros mismos.



Luego entran en una serie de propuestas de modificación. Hay dos o tres, modificación del artículo 14, del 17, del 90 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional,


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que se corresponden más con cuestiones de funcionamiento interno del Tribunal Constitucional. Solamente me referiré a una cuestión que podríamos discutir si llegáramos a la conclusión de que es oportuno hacer esto. Si tuviesen que cesar
los magistrados al cabo de seis meses si no se ha renovado porque el órgano político correspondiente no lo ha decidido, nos podríamos encontrar con el bloqueo de la institución, porque en el momento en que un tercio, los magistrados a propuesta del
Senado o del Congreso, no se eligen y supongamos que al mismo tiempo fallece otro magistrado, ya no se conseguiría el quórum, luego con esta modificación lo que haríamos es bloquear el funcionamiento de la institución. Lo que pretende la ley es la
continuidad de las instituciones, que es lo que se hace en todas las instituciones y es lógico que sea así.



Finalmente, me interesa detenerme un poco -tampoco mucho porque no tengo demasiado tiempo- en la propuesta de modificación del artículo 27.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en relación con el control de constitucionalidad o no
de los estatutos que se aprueben por la vía del artículo 151 -aprobación o modificación en este caso-. Este es un tema que a los que somos académicos y pertenecemos al mundo constitucional nos emociona mucho. Probablemente se me esté notando que
me emociono mucho.
Este no es un ámbito académico y pasaré de entrar en más detalles, pero, en pocas palabras, el problema -no sé si ha sido el señor Ridao el que lo ha dicho o ha sido el señor Esteban- se plantea en los términos siguientes.
Estamos ante la presencia de dos voluntades legitimadoras o ante dos actos de soberanía. Cuando se aprueba o se reforma un estatuto estamos ante una especie de cosoberanía. Ese sería el argumento, pero es un argumento totalmente erróneo, incierto
y falaz, por supuesto. Lo que establece la Constitución española es que esos estatutos tienen un procedimiento legislativo específico, como muchos otros procedimientos legislativos específicos que están establecidos en la Constitución para otros
temas, leyes orgánicas y otras cuestiones, y la especificidad de ese procedimiento es que el Parlamento de esa comunidad autónoma tiene la iniciativa y además se reserva el derecho de poder retirarla cuando lo considere y también se establece en
determinados casos, porque los estatutos lo dicen -es el caso del de Cataluña-, que la somete a referéndum. Todos esos son elementos procedimentales, pero estamos ante una ley con unas especificidades propias, pero ante una ley, y como todas las
leyes en el Estado democrático de derecho, ha de estar sometida al control de constitucionalidad, y si no está sometida a dicho control, abrimos un agujero inmenso en nuestro ordenamiento jurídico para que la Constitución estalle, y no solamente
para que la Constitución estalle: para que los derechos de los ciudadanos sean violentados (Una señora diputada: ¡Muy bien!) y desde luego eso creo que no puede ser, señorías.
Por tanto, la soberanía reside en las Cortes Generales y se expresa
cuando se aprueba la norma. Por eso, señorías, nosotros no podemos estar de acuerdo con esta iniciativa. (Aplausos.)


- SOBRE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1837/2008, DE 8 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE INCORPORAN AL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL LA DIRECTIVA 2005/36/CE, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2005, Y LA DIRECTIVA
2006/100/CE, DEL CONSEJO, DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2006, RELATIVAS AL RECONOCIMIENTO DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES.
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE ESQUERRA REPUBLICANA-IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA VERDS. (Número de expediente
161/001266.)


El señor PRESIDENTE: Hemos terminado el debate del punto 5º, pasamos al punto 6º: proposición no de ley sobre la modificación del Real Decreto, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales. El grupo proponente es el Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds y para su defensa tiene la palabra el señor Ridao.



El señor RIDAO I MARTÍN: Señorías, como es sabido, la profesión de sociólogo y de politólogo ya cuenta con una larga tradición y también con un reconocimiento institucional y profesional; concretamente me remonto al año 1960 para invocar
un decreto, el 2454, de 22 de diciembre, que es el que aprobó los primeros estatutos del Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas. Posteriormente, la graduación de la primera promoción de sociólogos al crearse la licenciatura en
Sociología en la Facultad de la Complutense en el año 1977 llevó a una transformación de este colegio, y sus estatutos además fueron reformados en el año 1980 y posteriormente también en el año 1995. Recientemente el anexo VIII del Real Decreto
1837/2008, de 8 de noviembre, que es el que traemos a colación a este debate con esta propuesta, incorpora al ordenamiento jurídico español una directiva europea, que es la que invoca el título de esta proposición no de ley, que es la Directiva
2005/36, del Parlamento Europeo y también del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y otra directiva, que es la 2006/100, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006; sendas directivas son relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales,
así como hacen mención de algunos aspectos del ejercicio de la profesión de abogado, y ahí aparece un amplio catálogo de profesiones reguladas, pero debo dejar expresa la mención al hecho de que no figuran en este catálogo o listado las profesiones
de sociólogo y de politólogo. Sin embargo,


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y eso es lo que quiero hacer notar en esta intervención, ambas profesiones cumplen la definición que comprende el artículo 19.5 del Real Decreto 1837/2008, en el que se basa precisamente la relación de profesiones del anexo VIII y que
textualmente dice: título expedido por la autoridad competente de un estado miembro que acredite que el titular ha superado un ciclo de estudios postsecundarios de una duración mínima de cuatro años.



Estamos claramente en el ámbito de la titulación de sociólogo y de politólogo. Además es sobradamente conocido que todas las facultades que expiden títulos oficiales de licenciados en Ciencias Políticas y de la Administración o en
Sociología actualmente cumplen perfectamente esta condición y evidentemente huelga citar ahora de forma detallada y exhaustiva estas facultades. Además, para el acceso a distintos cuerpos de funcionarios de la Administración del Estado y también de
las comunidades autónomas -y podríamos hacer referencia tanto a la carrera diplomática como al cuerpo superior de la Administración Civil del Estado, a técnicos superiores de la Administración, a analistas de políticas públicas, de opinión pública,
etcétera-, los sociólogos y los politólogos están hoy por hoy en igualdad de condiciones que las licenciaturas en Derecho o en Ciencias Económicas, en Psicología, etcétera; profesiones que, por cierto, a diferencia de los sociólogos y politólogos,
figuran, estas sí, paradójicamente, en el anexo VIII de este real Decreto 1837/2008 que se pretende subsanar a través de esta iniciativa.



Abundando todavía más en el reconocimiento de estas profesiones quiero también mencionar el artículo 11.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, donde habla entre otras cosas de que los miembros de las juntas electorales de zona,
los vocales de las mismas pueden ser licenciados no solo en Derecho sino también en Ciencias Políticas o en Sociología; por tanto equipara de hecho la aptitud de estas titulaciones a otras carreras para incorporarse a esta importante función. En
consecuencia, es evidente que el perfil académico y la titulación de sociólogo y de politólogo están ampliamente definidos y tienen una larga tradición como para que deban tener un idéntico reconocimiento al de otras titulaciones y para que
solicitemos la modificación de ese Real Decreto 1837/2008, que dificulta claramente el ejercicio de dos profesiones y de dos titulaciones profesionales y que causa un clarísimo agravio comparativo. Por ello en esta proposición no de ley el Congreso
de los Diputados insta al Gobierno a modificar claramente ese real decreto, a subsanar lo que nos parece un serio error que en definitiva causa ese grave perjuicio a estas dos profesiones, por lo que pido su voto favorable y su reconocimiento a esta
propuesta.



El señor PRESIDENTE: No hay enmiendas a esta propuesta. No está el portavoz de PNV y el de CiU no quiere la palabra.



Por el Grupo Parlamentario Popular doña Celinda Sánchez tiene la palabra.



La señora SÁNCHEZ GARCÍA: Señorías, el Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología, al igual que el Colegio Oficial de Madrid, se han dirigido con sendos escritos en diferentes fechas, el último del pasado
3 de septiembre, al Ministerio de Economía y Hacienda y al Ministerio de Presidencia; concretamente se han dirigido al secretario de Estado de Relaciones con las Cortes pidiendo una enmienda al proyecto de ley de modificación de diversas leyes
(está previsto modificar más de cuarenta) para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio. Pues bien, lo que estos colegios piden al Gobierno es lo que hoy se presenta a discusión por el grupo proponente
de esta iniciativa. Por tanto, el Grupo Popular comparte la solicitud de esa modificación de real decreto para incluir en el anexo VIII las profesiones de sociólogo y politólogo que quedaron fuera de este catálogo, cosa que sorprende porque
ignoramos qué criterios ha tenido el Ejecutivo para incluir unas titulaciones y obviar otras, sobre todo teniendo en cuenta que la directiva recoge el reconocimiento de cualificaciones profesionales reguladas por el Estado español. Esta directiva,
como ha dicho el proponente, se incorpora a nuestro ordenamiento y tiene como objetivo crear un mercado interior único para la libre circulación de personas y servicios, con el fin de ejercer una profesión por cuenta propia y ajena en cualquier
Estado miembro.



Ahora bien, resulta contradictoria la omisión de estas titulaciones con el artículo 19.5 de la disposición referida a la cualificación profesional, donde se dice textualmente que el nivel de cualificación será para todos los títulos
expedidos por la autoridad competente de un Estado miembro que acredite que el titular ha superado un ciclo de estudios postsecundarios de una duración mínima de cuatro años o equivalente; es decir, los títulos a los que nos referimos. Todas las
facultades han cumplido estas condiciones, sobre todo la Complutense y la UNED, porque sabían todos ustedes que esta licenciatura tenía cinco años hasta hace poco, puesto que en la reforma de los planes de estudios que se ha llevado a cabo
últimamente para adaptarlos a las directrices del espacio europeo de Enseñanza Superior se establece una duración de cuatro años para ambos grados. Estando ya en vigor en algunas universidades españolas se daría una paradoja para los futuros
graduados, según el proceso de Bolonia: que estos graduados cuyas titulaciones tienen validez profesional para la Unión Europea tendrían muchos problemas si decidieran instalarse en cualquier país comunitario. Hay que recordar -usted lo ha dicho-
que el plan de estudios de 1977 cambió las licenciaturas a las que nos referimos, transformándolas en colegios de doctores y licenciados en Ciencias Políticas y Sociología. Desde entonces hasta nuestros días estos profesionales colaboran y
participan en los consejos asesores de diferentes comunidades autónomas, en las diferentes administraciones, plataformas o empresas, porque son unos profesionales extraordinariamente capacitados para


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el desempeño de tareas de asesoramiento político y social, ya sea en esas entidades privadas o en organismos públicos. Por ello tienen un reconocido y merecido prestigio en todo el territorio español.



Por cierto, señorías, no es entendible que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en su artículo 11.1 establezca que en las juntas electorales de zona los vocales puedan ser licenciados en Derecho, en Ciencias Políticas o en
Sociología; es decir, equiparan ambas carreras a la licenciatura de Derecho. En consecuencia, esa licenciatura sí que aparece precisamente en este anexo VIII, y por ello consideramos que es injustificable esta omisión gubernamental. Incluso se ha
producido un agravio comparativo con la inclusión de la titulación de economista en dicho anexo sobre la base de que durante seis años economistas, sociólogos y politólogos compartieron colegios profesionales, al ser durante años una única
titulación.



En cuanto a la referencia del dictamen del Consejo Económico y Social que la propia exposición de motivos cita, hay que destacar lo que figura en la página 9, párrafo segundo, y leo textualmente. Dice que la propia aplicación del concepto
de profesión regulada suscita ciertas dudas a este consejo, por cuanto tanto la definición contemplada por el proyecto como la directiva es muy amplia, en contraste -¡ojo!- con el listado de profesiones reguladas del anexo VIII, que solamente
contempla 44. Es decir, no incluye ni todas las profesiones que cuentan con regulación propia ni otras actividades para cuyo ejercicio se requiere el conocimiento de las titulaciones. Y dice que la extensión del procedimiento de reconocimiento de
titulaciones por vía de la directiva debería ser muy posible, algo que no queda muy claro en este real decreto. Es decir, el propio dictamen no deja muy bien al Gobierno español porque reconoce que lo ha hecho más restrictivo, que no aparecen todas
las titulaciones y todas las profesiones.



Señorías, a mí me gustaría pedir sentido común al Gobierno. Pero esto es tanto como pedir peras al olmo, eso es imposible, porque es el menos común de los sentidos, a la vista de lo que está haciendo este Gobierno.
No obstante, deseamos y
esperamos que esa reforma de diferentes leyes anunciada por el Gobierno sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio corrija estas lagunas que hoy el proponente trae a esta Cámara. Si el Gobierno no corrige esta omisión,
supongo que lo haremos desde el Legislativo a través de las diferentes propuestas que hagamos los demás grupos políticos.



Permítanme acabar parafraseando -hoy es un día de citas- a un profesor que en un congreso nacional de economistas hace muchos años les saludó de una manera que creo que viene estupendamente para terminar esta intervención hoy. Les decía:
Titulados mercantiles y empresariales, que Dios os guarde y del BOE os proteja. Pues protejamos estas dos titulaciones, que consideramos que han sido discriminadas, con la aprobación de esta PNL para que puedan considerarse satisfechos del trabajo
que este Parlamento realiza en beneficio de la sociedad y en este caso de esas titulaciones, que a todas luces ha sido injusto que hayan sido omitidas por el Gobierno en este real decreto y en ese anexo.



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de su posición, por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Juan Luis Rascón.



El señor RASCÓN ORTEGA: Intervendré brevemente, como requiere este asunto tan constitucional del reconocimiento de cualificaciones profesionales.
El Grupo Parlamentario Socialista va a decir no, alto y claro, a esta propuesta que se puede
calificar como la de la doble i; vamos a decir que no porque es inútil a la defensa de los intereses de sociólogos y politólogos -y lo voy a explicar-, y vamos a decir que no a otra i que es mucho más grave, señor Ridao, fino jurista; decimos que
no porque es sencillamente ilegal; ilegal e inconstitucional.



Se pretende defender los intereses de politólogos y sociólogos para que sus currículum, sus cualificaciones profesionales, puedan ser reconocidas en otros Estados, siguiendo la directiva que se ha mencionado; pero se obvia -se ha obviado
también por el Grupo Parlamentario Popular, y nos ha llamado la atención la falta de profundidad en el análisis y reflexión de esta iniciativa- que hay que distinguir entre profesiones libres y profesiones reguladas. Y lo que en los anexos VIII y
siguientes se está describiendo son profesiones reguladas, reguladas por cada Estado miembro, no profesiones libres. Y aquí, en este país, y en la mayoría de los países de la Unión Europea salvo uno, señor Ridao, Eslovenia, estas dos profesiones
son profesiones libres. De manera que no hay discriminación ninguna al sociólogo español o al politólogo español si quiere ir a uno de los Estados de la Unión Europea y ser reconocido. Ni siquiera, fíjense -porque son profesiones libres-, en
Eslovenia, donde sí son profesiones reguladas, porque allí -según el propio sistema de la directiva que implementa ese decreto que ustedes quieren modificar- sería posible con presentar el título de sociólogo o de politólogo y una credencial de dos
años de ejercicio de la profesión. Por tanto, si ustedes quieren defender al sociólogo o al politólogo español fuera de nuestras fronteras pero dentro de Europa, flaco favor le están haciendo porque están pidiendo justamente lo contrario de lo que
pretenden. En consecuencia, inútil.



Pero en el Grupo Parlamentario Socialista no nos preocupa esa inutilidad, nos preocupa la segunda parte, la segunda i, esa sí que es terrible. Esto que ustedes proponen es sencillamente ilegal, por inconstitucional. Y tiene una explicación
muy clara: en esos anexos aparecen, como he dicho antes, las profesiones reguladas; y las profesiones reguladas se regulan, señorías, por ley, no por decreto. Y ustedes pretenden -eso lo dice el artículo 36 de la Constitución nada más y nada
menos-, primero, que un órgano constitucional como es el Gobierno, que no tiene licencia constitucional para


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regular una materia, regule. Y segundo, que se utilice un instrumento normativo inferior a ley para regular una materia reservada a ley. Dos ilegalidades en una y, de paso, una patada a la Constitución. Se pueden ustedes imaginar que el
Grupo Parlamentario Socialista, por una razón y por otra, no puede votar esa iniciativa, que curiosamente es respaldada también por el grupo mayoritario de la oposición. Dos razones de mucho peso: una precisamente en defensa de los propios
intereses de sociólogos y politólogos; y segunda, a la que nos debemos todos, no ya a esos intereses concretos de un determinado colectivo, sino a la que nos debemos todos los que estamos sentados en el Parlamento: no está el Parlamento para
cubrir posibles ilegalidades, menos aún para aplaudir patadas directas a la Constitución.



- RATIFICACIÓN, EN SU CASO, DEL ACUERDO DE LA MESA DE LA COMISIÓN DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DE 2009 POR EL QUE SE RECHAZA LA SOLICITUD DE DIVERSAS COMPARECENCIAS PARA INFORMAR EN RELACIÓN CON LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY PRESENTADA
POR EL PARLAMENTO VASCO, DE MODIFICACIÓN DE LAS LEYES ORGÁNICAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DEL PODER JUDICIAL. A PETICIÓN DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 125/000011.)


El señor PRESIDENTE: Hemos terminado el debate de las seis proposiciones no de ley. Vamos a proceder a las votaciones. Lo primero que vamos a votar es el que figura como punto 7º, que es la ratificación o no del acuerdo de la Mesa de la
Comisión del día 12 de noviembre de 2009 por el que se rechazó una solicitud de diversas comparecencias para informar en relación con la tramitación de la proposición de ley presentada por el Parlamento Vasco, de modificación de las leyes orgánicas
del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial.



Les explico por qué esta ratificación. Como saben ustedes, cuando comienza el periodo de sesiones la Comisión delega en la Mesa la posibilidad de aceptar o rechazar las comparecencias que se soliciten. Está establecido que cuando la Mesa
tome la decisión por unanimidad, no hay más trámite, pero cuando lo tome por mayoría, debe volver a la Comisión, que debe ratificar o no el acuerdo que ha tomado la Mesa. ¿Queda claro lo que estamos votando? Es decir, si se vota sí, se está
ratificando el acuerdo de la Mesa, y si se vota no, no se está ratificando y, por tanto, se toma la decisión contraria a la adoptada por la Mesa. Procedemos a la votación de la ratificación, en su caso, o no, del acuerdo de la Mesa de la Comisión
del día 12 de noviembre de 2009, por el que se rechazaban diversas comparecencias solicitadas por un grupo parlamentario.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en contra, 16.



El señor PRESIDENTE: Se ratifica así el acuerdo tomado por la Mesa.



Pasamos a votar las proposiciones, pero hay una última enmienda transaccional que ha sido dirigida a la Mesa que habría que distribuir, o a la que daremos lectura cuando llegue su momento.



Vamos a votar, en primer lugar, la proposición no de ley relativa al proceso Bolonia y su afección en las administraciones públicas. A esta propuesta se ha presentado una enmienda transaccional, que es la que vamos a votar.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; en contra, tres; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Se aprueba la enmienda transaccional.



En la segunda proposición, sobre modernización de procesos selectivos e impulso de la promoción interna, el grupo proponente ha aceptado la enmienda presentada por el Grupo Popular. Por tanto, vamos a votar la proposición incluyendo la
enmienda admitida del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Se aprueba por unanimidad la propuesta socialista con la enmienda del Grupo Popular.



Votamos ahora la tercera proposición, para la cesión del edificio de la Subdelegación del Gobierno de Girona -Gerona- al Ayuntamiento de Girona, Gerona, para ampliar el colegio público Eiximenis. Hay una enmienda transaccional que no ha
sido distribuida. Podemos o copiarla y distribuirla o la leo yo, si es suficiente. A ver si puedo leer bien la letra, que no sé de quién es. No quiero hacer crítica directa a nadie.



El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de patrimonio de las administraciones públicas, previo diálogo entre las administraciones concernidas, para acordar con
estas la cesión del edificio de la Subdelegación del Gobierno de Girona -Gerona- para que sea destinado a atender las necesidades de equipamiento escolar del centro público Eiximenis, en tanto no sea posible resolverlas de otro modo.



¿Se dan por enterados de la enmienda transaccional?


El señor GALLEGO BURGOS: Señor presidente, esa modificación, eso que ha leído, que creo que casi nadie ha entendido, viene a ser una modificación que plantea el Grupo Socialista sobre la base de una enmienda


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que había presentado el Grupo Popular. Entonces, si el resto de grupos entiende lo que se ha podido acordar, bien. Si no, creo que se podría votar la enmienda inicial del Grupo Popular.



El señor PRESIDENTE: No, en ningún caso. Si hay una enmienda transaccional presentada y están de acuerdo los grupos, votamos la enmienda transaccional. No podemos saltarnos las normas porque la letra no sea buena. (Risas.) Si quieren
ustedes, esperamos, lo pasamos a limpio y se escribe a máquina, pero no podemos eliminar una enmienda. ¿Algún grupo entiende que no se puede votar con la lectura y hay que distribuirla? (Pausa.) Pregunto por segunda y última vez: ¿Algún grupo
entiende que con la lectura no es suficiente para su votación y es preciso escribirlo a máquina y distribuirlo?


La señora SURROCA I COMAS: ¿Se puede releer intentando que sea inteligible para todos?


El señor PRESIDENTE: Yo quiero que sea inteligible para mí. (Risas.) Intentaré leerlo más despacio.



El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de patrimonio de las administraciones públicas, previo diálogo entre las administraciones concernidas para acordar con
estas la cesión del...



La señora SURROCA I COMAS: El acuerdo sobra.



El señor PRESIDENTE: A mi juicio, sobra 'con estas'.



El señor LETRADO: Y falta un verbo.



El señor PRESIDENTE: No, dice: 'para acordar'; para acordar la cesión. A ver qué dice el autor, que no es de cultura sumeria.



El señor SÁEZ JUBERO: Presidente, siento que no sea mi letra todo lo decorosa e inteligible que debiera. Quiero aclarar que es una enmienda transaccional que presentaríamos con el grupo proponente sobre la base del texto que ha presentado
el Grupo Popular, simplemente con la adición de: 'con el diálogo con las administraciones públicas', cambiando el tiempo del verbo y añadiendo: 'para acordar'. Creo que el portavoz del Grupo Parlamentario Popular entenderá perfectamente el matiz
de esa enmienda transaccional.



El señor PRESIDENTE: Ante la duda yo propongo que el grupo proponente le dé lectura y nos dé su conformidad a la enmienda transaccional. Si la da, la votamos; si no, no la votamos. Mírenlo con tranquilidad y pasamos a las votaciones que
nos quedan.



Punto número 4º, proposición no de ley relativa a la elaboración de un plan integral de lucha contra el racismo y la xenofobia, presentada por el Grupo Popular. Posteriormente se ha presentado una enmienda transaccional con el acuerdo del
grupo proponente. Por tanto, vamos a votar la enmienda transaccional que ha sido distribuida.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Se aprueba por unanimidad.



Punto 5º, proposición no de ley sobre la modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para facilitar la renovación de sus miembros y para sustraer a determinados estatutos de autonomía del control de inconstitucionalidad. No
hay enmiendas, por tanto, votamos la propuesta.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Punto 6º, proposición sobre la modificación del Real Decreto de 8 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva del
Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales. No hay enmiendas, por tanto, votamos la proposición.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 18; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Hay empate. Como ustedes saben, en Comisión, cuando hay empate, se recurre al voto ponderado. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 168; en contra, 169.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Señor Jané, ¿hay algún problema?


El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, nuestro grupo ha votado a favor y no sé si se ha contabilizado así.



El señor PRESIDENTE: Sí, naturalmente. Para que salgan 18/18 necesitamos de su voto, señor Jané. ¡Confíe usted un poco en las instituciones, hombre! (Risas.) Con el Tribunal ya sabemos que tiene lío, pero con nosotros... (Risas.)


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Señora Surroca, ¿da su conformidad a esa enmienda transaccional?


La señora SURROCA I COMAS: No, porque es ininteligible.



El señor PRESIDENTE: ¿Pero no se la ha leído el autor?


La señora SURROCA I COMAS: Sí, pero no lo cuadramos. Por lo tanto, solicitamos que se someta a votación la proposición con la enmienda del Grupo Popular.



El señor PRESIDENTE: De acuerdo. Ponemos a votación la propuesta de Convergència i Unió, incluida la enmienda del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 18.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la propuesta.



Muchísimas gracias y hasta la siguiente sesión, que se celebrará el miércoles de la próxima semana.



Se levanta la sesión.



Eran las ocho de la noche.