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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 407, de 05/11/2009
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2009 IX Legislatura Núm. 407

ECONOMÍA Y HACIENDA

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ANTONIO GUTIÉRREZ VEGARA

Sesión núm. 29

celebrada el jueves, 5 de noviembre de 2009



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar las siguientes iniciativas legislativas:


- Proyecto de ley por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias. (Número de expediente 121/000037.) ... href='#(Página2)'>(Página 2)


- Proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas. (Número de expediente 121/000038.) ... (Página 2)


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Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proyecto de Ley por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias. (Número de expediente 121/000037.) ... href='#(Página2)'>(Página 2)


Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, sobre el proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas. (Número de expediente
121/000038.) ... (Página 2)


Se abre la sesión a las diez y diez minutos de la mañana.



RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR LAS SIGUIENTES INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REGULA EL SISITEMA DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN Y CIUDADES CON ESTATUTO DE AUTONOMÍA Y SE MODIFICAN DETERMINADAS NORMAS TRIBUTARIAS. (Número de expediente 121/000037.)


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 8/1980, DE 22 DE SEPTIEMBRE, DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. (Número de expediente 121/000038.)


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.



En primer lugar, ¿procede ratificar, si así lo consideran, los informes de ambas ponencias? ¿Lo ratifican? (Asentimiento.) Quedan ratificados.



APROBACIÓN, CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABOROADO POR LA PONENCIA SOBRE EL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REGULA EL SISTEMA DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN Y CIUDADES CON ESTATUTO
DE AUTONOMÍA Y SE MODIFICAN DETERMINBADAS NORMAS TRIBUTARIAS. (Número de expediente 121/000037.)


EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 8/1980, DE 22 DE SEPTIEMBRE, DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. (Número de expediente
121/000038.)


El señor PRESIDENTE: Se ha acordado entre los distintos portavoces que en un mismo turno de intervención se puedan defender y exponer las diferentes enmiendas a ambas leyes. Obviamente, a la hora de votar diferenciaremos las votaciones
empezando por la ley orgánica. Teniendo en cuenta estos acuerdos para el desarrollo del debate, podríamos poner como hora de votación las doce.



Pasamos a las diferentes intervenciones, empezando por el Grupo Popular, en cuyo nombre tiene la palabra el señor don Álvaro Nadal.



El señor NADAL BELDA: Venimos a esta Comisión a presentar las enmiendas a un texto normativo de transcendental importancia, sin duda, como es la Ley orgánica de financiación de comunidades autónomas y la norma que modifica el modelo de
financiación autonómico, que son uno de los pilares de nuestro esquema constitucional y de nuestra Hacienda pública, porque en el fondo lo que estamos aquí discutiendo es cómo repartimos los ingresos públicos entre todos los españoles. El debate de
hoy viene viciado en el sentido de que difícil es enmendar aquello que está mal concebido desde el principio, y como este nuevo modelo de financiación, tanto por su concepción, como por objetivos, como el resultado final está francamente viciado, es
difícil realizar ningún tipo de enmienda. No obstante, el Grupo Popular ha planteado enmiendas de carácter más o menos técnico y de cambio de concepción o de fondo del modelo que no han sido tenidas en cuenta de ninguna forma por parte del grupo
mayoritario.
Decimos que es un modelo mal concebido porque no tuvo nunca un objetivo político, no había un interés general del conjunto de España que con este modelo se pretendía defender o se quería modificar, y el resultado ha sido una mera
lucha, un mero reparto entre territorios y partidos políticos por unos recursos que están sobre el papel pero no en la realidad. El primero de los problemas con el que nos encontramos con este modelo de financiación es que no atiende a una realidad
que ahora mismo tenemos en la Hacienda pública española, y es que España ha perdido un tercio de sus ingresos tributarios -así es como está en estos


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momentos la situación- y este modelo actúa como si esa realidad no existiese. Por lo cual, es un modelo que nace muerto, puesto que no tiene los recursos suficientes para atender las necesidades que pretende cubrir. Este ejercicio de
irrealismo convierte las discusiones que tengamos en el día de hoy en algo vacío, porque ante esa falta de recursos públicos que tenemos en el momento presente y que continuaremos teniendo durante muchos años -y lo está diciendo todo el mundo,
incluida la Comisión Europea-, tarde o temprano tendremos que hacer una revisión completa, puesto que la Hacienda pública española no da para más.



En segundo lugar, con lo que nos encontramos también es con un modelo que ha pretendido corregir determinadas características que se criticaban del modelo actualmente en vigor, y que no las corrige en absoluto y no atiende a ninguna de
ellas. Se dice que es un modelo que atiende a la población, lo cual es falso, porque lo que tenemos es que la suma de los dos grandes fondos que componen el modelo que se propone, que es el Fondo de Garantía de los Servicios Públicos Fundamentales
y el Fondo de Suficiencia Global, es exactamente igual a los anteriores recursos que antes se tenía. Es un modelo puro de status quo, por lo cual coincide en el reparto de su financiación exactamente con el modelo anterior, un modelo que ha sido
tan criticado -y será muy criticado, pero es lo que se ha mantenido como punto de partida-, al cual se le añaden unos recursos adicionales que en velocidad de crucero del mismo modelo serán unos 11.000 millones de euros, con un reparto por fuera de
las variables de reparto del modelo, por lo cual es un reparto arbitrario, un reparto de conveniencia por parte de lo que ha sido la negociación política del Gobierno. El resultado de este reparto tampoco está claro que vaya a beneficiar a las
comunidades autónomas, porque se establece simultáneamente una cláusula de tábula rasa respecto a lo que son los pagos adicionales que se estaban dando hasta el momento presente por cuestiones de lealtad institucional, es decir, por gastos
adicionales que el Estado había provocado a las comunidades autónomas o ingresos menores que se habían producido por esta razón. Con lo cual, el saldo neto para las comunidades autónomas solo el tiempo lo dirá, pero con la situación de la Hacienda
pública actual estamos como estamos. Un modelo de financiación sobre todo que nace con el vicio de la falta del consenso, que es el más importante de todos. Todos los modelos anteriores habían sido fruto del acuerdo de los partidos políticos o, en
su caso, de los diferentes territorios con el Estado, hasta el punto de que el modelo actualmente en vigor tuvo la unanimidad completa de todas las comunidades autónomas para su puesta en funcionamiento, y esa unanimidad en estos momentos está rota.
Ahora mismo, el Estado junto con unas comunidades autónomas, pero no con todas y, desde luego, no con las del Partido Popular, están apoyando este modelo de financiación, y los partidos políticos que van a apoyar el nuevo modelo de financiación en
las sucesivas votaciones que tendremos respecto a este texto, coinciden básicamente con el Partido Socialista, los miembros del tripartito y muy poquitos más. El resto de los partidos políticos que estamos aquí representados nos oponemos, por una
razón o por la otra, a este modelo, lo cual dice muy poco en favor del consenso que debería tener una norma de la trascendencia que tiene la Ley de financiación de comunidades autónomas.



Un modelo de financiación autonómica es una máquina compleja, es difícil modificar pieza a pieza porque es una máquina que tiene que funcionar entera. Por tanto, las enmiendas que se puedan hacer al mismo son más de totalidad, del conjunto
del modelo, que de aspectos parciales del mismo.
Como he dicho antes, mi grupo ha presentado alguna enmienda de carácter más técnico y otras de carácter más de fondo. En cuanto a las de fondo, manteniendo, aunque no nos gusta, porque nuestra
primera enmienda es de supresión completa, artículo por artículo, de las dos leyes, pero como se parte del hecho de que el grupo mayoritario con sus alianzas políticas va a aprobar este modelo de financiación, lo que hemos hecho ha sido cambiar la
concepción, sobre todo en algunos elementos, de la descripción del modelo, por ejemplo, del Fondo de Garantía de los Servicios Públicos Fundamentales, para que quede claro que los que contribuyen son los ciudadanos; los territorios no contribuyen.
Contribuyen los ciudadanos y son los mismos ciudadanos los que van a recibir esos fondos y tienen como intermediarios, eso sí, a las comunidades autónomas, que son, evidentemente, quienes gestionan los recursos públicos. Dicho esto, incluso las
enmiendas de menor calado y que venían a contribuir a mejorar algo el texto, ni han sido tenidas en cuenta por el grupo mayoritario, como es lógico, puesto que desde el principio se pretendió excluir al Partido Popular en esta negociación. Las
comunidades autónomas del Partido Popular han tenido bastante poco peso en esta negociación y han tenido que juzgar en función de lo que se les ha ido contando en los últimos instantes y no han participado adecuadamente.



Cierro mi intervención diciendo sencillamente que el modelo queda abierto; que ya se verá cómo funciona; que nace cojo, porque no tenemos recursos públicos y no atiende a la realidad de la economía en la que ahora mismo nos encontramos.
Desde luego, a día de hoy, seguimos sin conocer cuál es el verdadero reparto de los fondos que se pretenden para este modelo y cuál es la distribución territorial que al final se va a producir, sobre todo con elementos de enorme oscuridad y enorme
complejidad para su cálculo como son fondos esenciales en el nuevo modelo, como es el Fondo de competitividad.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre, del Grupo Catalán de Convergència i Unió.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Señor presidente, señoras y señores diputados, el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió ha presentado una serie de


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enmiendas de gran calado y profundidad política que van en la dirección de enmendar los artículos fundamentales del proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades
autónomas y del proyecto de ley por el que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas.
Ustedes saben perfectamente que presentamos dos enmiendas a la totalidad hace aproximadamente una semana con las que intentábamos cambiar
básicamente todos los aspectos relevantes de estas dos leyes, de la ley orgánica y de la ley que regula el sistema de financiación. Si no prosperan nuestras iniciativas y se aprueban estos dos proyectos de ley sin la incorporación de las enmiendas
más relevantes de nuestro grupo parlamentario, lamentablemente vamos a extender el certificado de defunción del Estatuto de Autonomía de Cataluña. ¿Por qué planteamos esta afirmación tan importante y tan relevante? Básicamente, porque entendemos
que estos dos proyectos de ley incumplen de una manera flagrante, total y absoluta el vigente Estatuto de Cataluña; en segundo lugar, porque castigan y penalizan a las comunidades autónomas que realizan un mayor esfuerzo fiscal sin tener en cuenta
los costes diferenciales de los servicios públicos, tal como está perfectamente estipulado en el Estatuto de Autonomía de Cataluña; y en tercer lugar, porque es un modelo opaco, poco transparente y lógicamente poco democrático, ya que en realidad
desconocemos a día de hoy cuántos recursos adicionales van a suponer para las diferentes comunidades autónomas. Como consecuencia de estas afirmaciones, desde Convergència i Unió consideramos que esta legislación que se va a intentar aprobar en
esta Comisión de Economía es ineficaz, discriminatoria e injusta socialmente. Llegamos también a una conclusión que vamos a repetir en esta Comisión, y es que, desde nuestro punto de vista, la aprobación de este nuevo sistema de financiación va a
maltratar descaradamente a Cataluña y a todos sus ciudadanos y va a lesionar gravemente las economías familiares y domésticas de todos los catalanes sin excepción. Finalmente, si se aprueban estos dos proyectos de ley se va a perjudicar
notablemente la calidad de los servicios básicos de Cataluña que hacen referencia a sanidad, educación y servicios sociales.
Y lo que es más triste, señorías, es que probablemente con la aplicación de estas dos leyes, de este nuevo sistema de
financiación se va a poner el contador a cero de todas aquellas comunidades autónomas que son acreedoras del Estado en todo lo que hace referencia a sanidad, a servicios sociales y a otros aspectos que han sido legislados y que, por el principio de
lealtad institucional, el Estado tenía que reponer a las comunidades autónomas los recursos correspondientes. Con lo cual, probablemente una parte importante del incremento de los recursos que reciba la Generalitat con este nuevo sistema de
financiación -los estudios de la Generalitat cifran en 3.687 millones de euros ese incremento- los van a tener que devolver al Estado a partir del año 2012, porque se han realizado adelantos en cuanto a las previsiones de ingresos de estos dos años
que no se están cumpliendo, y al no poder descontarse, por el principio de lealtad institucional, la Generalitat de Catalunya y seguramente las demás comunidades autónomas, van a tener que devolver una parte importante de los ingresos, de ese
incremento de recursos que en teoría les tendría que presuponer este nuevo sistema de financiación.



Basándonos en estas consideraciones hemos planteado una serie de enmiendas, repito, muy importantes, al articulado de las dos leyes que, en definitiva, no dejarían de ser, en el caso de que fueran aceptadas, una enmienda a la totalidad,
porque transformaríamos estas dos leyes en función de los principios regulados por el nuevo Estatuto de Cataluña en todos aquellos aspectos que hacen referencia a su financiación. De las enmiendas presentadas a las dos leyes, quizá resaltaría como
una de las más importantes la número 27, que hace referencia al proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, en la que planteamos, en cuanto al nuevo sistema de financiación que afecta a la Generalitat de Cataluña, que ha de
prevalecer el previsto en el nuevo Estatuto de Cataluña, que consideramos que está por encima de la Lofca. Por tanto, entendemos que esta Ley Orgánica de Financiación se tendría que adaptar o tendría que prevalecer en todas aquellas comunidades
autónomas que no tienen previsto un sistema de financiación como el de Cataluña. Desde esta perspectiva, pensamos que esta ley orgánica no concuerda con lo previsto en el Estatuto de Cataluña y, por tanto, con esta adición del artículo único
prevalece el sistema de financiación de la Generalitat de Cataluña previsto en su Estatuto de Autonomía respecto a una legislación que nosotros entendemos que no es acorde con nuestro Estatuto de Autonomía.



Hay otras enmiendas importantes, que también hacen referencia a los aspectos más relevantes previstos en el nuevo sistema de financiación de Cataluña, que planteamos desde la óptica de que entendemos que no se respeta el principio de
ordinalidad previsto en nuestro Estatuto de Autonomía, puesto que los proyectos de ley no garantizan que la aplicación de los mecanismos de nivelación no alteren en ningún caso la posición de Cataluña en la ordenación de rentas per cápita entre las
comunidades autónomas antes de la nivelación. Este es un principio básico del Estatuto catalán y es también un principio de cordura. ¿Qué sentido tiene, señorías, que los mecanismos de nivelación, es decir, los de solidaridad, den como resultado
que algunas de las comunidades autónomas aportantes quedan al final de la nivelación con una renta per cápita inferior a la obtenida por comunidades autónomas beneficiarias netas del sistema? ¿Tiene sentido que quien aporta quede con una renta
inferior que la de quien recibe? Este es un aspecto básico de ordinalidad que tenemos referenciado en nuestro Estatuto y que intentamos que prevalezca en esta ley orgánica a través de nuestra enmienda 22.



Tampoco entendemos que se apliquen los principios de ordinalidad del Fondo de Suficiencia Global sin res


petar estos criterios, y por ello presentamos la enmienda


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número 23, que va en la dirección de que pueda prevalecer el principio de ordinalidad en función de que las comunidades que tienen saldo positivo respecto a la solidaridad hacia el resto de comunidades -cuestión esta que no discutimos-,
después de las aportaciones correspondientes no tengan la posibilidad de perder ordinalidad en el ranquin de comunidades autónomas. Tampoco entendemos que no se contempla que la financiación de los diferentes servicios sociales para alcanzar
niveles similares requiera que las comunidades lleven a cabo un esfuerzo fiscal similar.
Por lo tanto, al no prevalecer en esta ley orgánica la posibilidad de que en los niveles de financiación de los servicios básicos de sanidad, servicios
sociales y educación pueda contemplarse el esfuerzo fiscal que realizan las diferentes comunidades autónomas en función de sus aportaciones al PIB estatal, lo planteamos en estas enmiendas que referenciamos en esta ley orgánica a fin y efecto de
intentar modificar este aspecto tan relevante desde la perspectiva de Convegència i Unió.



Muy importante es también la enmienda número 25, que se refiere a la capacidad normativa de la Generalitat sobre los impuestos cedidos. En el Estatuto de Autonomía que aprobamos a través de una ley orgánica en el año 2006-2007 está
perfectamente explicitado cuál es la capacidad normativa de los impuestos cedidos que tendrá concretamente la Generalitat de Catalunya. En base a que en esta ley orgánica que estamos debatiendo no está contemplada la capacidad normativa que va a
tener en un futuro la Generalitat, a través de esta enmienda 25 ampliamos la capacidad normativa de la Generalitat de los impuestos cedidos, sobre la base del Estatuto de Autonomía aprobado en fechas pasadas en el Congreso de los Diputados.



A través de la enmienda número 26 contemplamos la capacidad normativa de la Generalitat en la tributación de las operaciones efectuadas en fase minorista cuyos destinatarios no tengan la condición de empresarios o profesionales en el
impuesto sobre el valor añadido. Este era uno de los aspectos referenciales importantes que estaba contemplado en el Estatuto y que en esta ley que estamos debatiendo tampoco está contemplado, la posibilidad de la capacidad normativa de la
Generalitat en todas aquellas operaciones efectuadas en fase minorista en un impuesto tan importante como el del valor añadido. Por lo tanto, son unas enmiendas importantes que están referenciadas en la ley orgánica que hoy estamos debatiendo.



Voy a comentar rápidamente cuáles son las enmiendas más relevantes que hacen referencia al proyecto de ley que regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatutos de autonomía y se
modifican determinadas normas tributarias, ley que, como saben SS.SS., no es orgánica. También aquí abordamos algunos aspectos relevantes en todo lo que se refiere al tema de la financiación que están perfectamente contemplados en el Estatuto de
Autonomía de Cataluña, cuestiones tan importantes como la vinculación de los niveles de prestación del Estado del bienestar al esfuerzo fiscal que haga cada comunidad autónoma; aspecto que tiene que estar supeditado a una ley orgánica y que en este
caso el Gobierno lo vincula a través de una ley que no es de carácter orgánico. Nosotros entendemos que lo que ha de prevalecer es el Estatuto de Autonomía de Cataluña en todos aquellos aspectos relativos a la financiación y no en aspectos que se
refieren a una ley que no es de competencia orgánica. Desde esta perspectiva, volvemos a reiterar que se han de contemplar todos aquellos aspectos que hacen referencia a los costes diferenciales entre las diferentes comunidades autónomas y las
variables demográficas, en particular, por un factor de corrección en función del porcentaje de la población inmigrante, cuestión que está perfectamente incorporada en el Estatuto y que en estas dos leyes que estamos debatiendo no aparece.



A través de las enmiendas 55, 56, 57 y 58 planteamos que en el Fondo de competitividad tiene que aplicarse también obligatoriamente el principio de ordinalidad, cuestión esta que tampoco está prevista en la ley que estamos debatiendo. Este
principio de ordinalidad en el Fondo de competitividad también lo hacemos extensivo a las enmienda 63 y 64. Otra enmienda importante es la número 73. Como he dicho al inicio de mi intervención, vamos a intentar que se pueda legislar de manera que
se contemple la prevalencia del Estatuto de Cataluña sobre lo previsto por el proyecto de ley con relación a los órganos de coordinación de la gestión tributaria. El Gobierno, en el proyecto de ley, hace una serie de cambios sustantivos en la
legislación respecto a los órganos de coordinación de la gestión tributaria, y entendemos que si hay una ley orgánica, como el Estatuto de Cataluña, en la que esto está perfectamente reglamentado y referenciado, no tendría por qué incorporarse en
esta ley que no es orgánica.



A través de las disposiciones adicionales prevemos las diferentes modificaciones de las cuantías y de la temporalidad de los pagos y de las liquidaciones del sistema de financiación de las comunidades autónomas que resultan a favor del
Estado por compensación de cantidades adeudadas por el Estado en aplicación del principio de lealtad institucional. En este caso, al poner el contador a cero, la Generalitat no se va a poder descontar todos aquellos servicios sustentados con
recursos de la comunidad autónoma, esto es, servicios de sanidad, servicios sociales y algunos aspectos importantes de la educación y la enseñanza.



En esta misma dirección van las enmiendas 76, 77 y 78, en las que prevemos que, en el caso de Cataluña, la revisión quinquenal y su aprobación corresponde a la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat, cuestión que
no está referenciada en estas dos leyes que hoy estamos debatiendo. En estas dos leyes que están intentando aprobar el Gobierno y los grupos parlamentarios que le dan soporte tampoco se contemplan en ningún momento los aspectos que hacen referencia
a la Comisión Mixta de Asuntos Económicos


y Fiscales Estado-Generalitat, como órgano bilateral de


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relación entre la Administración General del Estado y la Generalitat, en el ámbito de la financiación autonómica. A esta Comisión le corresponde la concreción, aplicación, actualización y seguimiento del sistema de financiación, así como la
canalización del conjunto de relaciones fiscales y financieras de la Generalitat y el Estado, y a través de ella tienen que surgir todos aquellos aspectos bilaterales referentes al nuevo sistema de financiación. Desde esta óptica, presentamos
importantes enmiendas para que se cumpla el principio de bilateralidad en el sistema de financiación que hoy se está aprobando. En estas dos leyes tampoco se prevé la constitución de un consorcio o ente equivalente con participación paritaria de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Agencia Tributaria de Cataluña. Entendemos que se tendrían que incorporar las enmiendas que presenta Convergència i Unió para que este consorcio tributario se incorpore rápidamente y tenga una
participación activa a partir de la aprobación de las leyes.



Son enmiendas relevantes, que básicamente vienen a refrendar la enmienda a la totalidad que presentó Convergència i Unió la semana anterior en el Congreso de los Diputados y que vamos a continuar debatiendo la próxima semana, cuando tratemos
la Ley orgánica de modificación del sistema de financiación.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Herrera, por Inciativa per Catalunya Verds.



El señor HERRERA TORRES: Sin ánimo de reproducir el debate que tuvimos en el Pleno, nuestro grupo ha presentado pocas enmiendas, algunas de ellas porque entendíamos que ajustaban mejor el texto. Luego pasaré a explicar cuál ha sido el
acuerdo con el Grupo Socialista.



El actual modelo de financiación que estamos discutiendo respeta el Estatuto y supone, desde nuestro punto de vista, un paso adelante clarísimo en un modelo fiscal que se va federalizando, que es más transparente, que es más solidario y en
el que se tiene presente el esfuerzo fiscal y, en definitiva, se tendrán en cuanta las diferencias entre las políticas fiscales de unos y otros. Tengo que decir además que el modelo permite que los recursos de las administraciones autonómicas
provengan principalmente, incluso casi exclusivamente, de los impuestos que pagan los ciudadanos en cada una de las comunidades, y esa es una buena noticia. Se dispondrá de más capacidad de decisión sobre los impuestos, los ingresos serán claves y
los recursos per cápita se situarán más cerca, en cualquier caso, del punto de partida.



En el debate de totalidad no tuve tiempo de explicarlo, pero si nosotros comparamos el modelo alemán, donde el principio de ordinalidad del que hablaba el señor Sánchez i Llibre se respeta, con el modelo que sale del acuerdo, es verdad que
no son exactamente iguales pero se parecen poderosamente. Y pongo un ejemplo. El Estado de Hesse, en Alemania, está en el 124 y después pasa al 105; en el caso de Cataluña está por encima del 121 y se acaba en el 105. Ese es un buen ejemplo
porque pone encima de la mesa la necesidad de la solidaridad, pero, a la vez, de acuerdo con unos determinados criterios. El sistema de nivelación, además, permitirá que una parte de los impuestos que separan revierta en más recursos para la
comunidad, y creo que eso es positivo. Es más, si una comunidad opta por la eliminación de impuestos o por que dichos impuestos bajen, también se tendrá en cuenta. No pagaremos todos, en definitiva, las fiestas fiscales de algunos.



El modelo ha tenido que contar obviamente con elementos de bilateralidad, pero, a la vez, eso ha sido compatible con los elementos de multilateralidad, como ha pasado en todos y cada uno de los modelos que se han pactado. La variable básica
para distribuir los recursos es la población. La población ha jugado en la última década un factor de desajuste: comunidades autónomas que han incrementado mucho su población pero que no han incrementado los recursos y comunidades autónomas que no
han incrementado de la misma manera la población pero que mantenían dichos recursos. En este caso la población será el factor clave, teniendo en cuenta los criterios que aparecían en los diferentes estatutos, también en el Estatuto de Cataluña.
Además, esto irá acompañado de una actualización anual de las variables básicas del modelo para permitir que no pase lo que ha pasado con el actual modelo, que es un modelo que ha saltado por los aires precisamente porque no se actualizaba. En
definitiva, un modelo que no ha funcionado porque no servía.



El nuevo modelo de financiación tiene un primer bloque que es positivo, los fondos de garantía de los servicios básicos, que está integrado por el 75 por ciento de los tributos de la comunidad autónoma y por la aportación del Gobierno del
Estado, cosa que es positiva. Hay un segundo bloque que corresponde al 25 por ciento de los ingresos tributarios que no se nivelan, y también es positivo porque tiene que ver precisamente con el esfuerzo fiscal de cada una de las comunidades
autónomas. Y luego hay un tercer bloque con los fondos complementarios de ajuste como el Fondo de competitividad, que se instrumenta para compensar a las comunidades que tienen unos recursos per cápita inferiores y que tiene que existir, y el Fondo
de Suficiencia, que actúa como elemento de ajuste al del modelo, con el objetivo de garantizar un beneficio mínimo para todas las comunidades.



El acuerdo -lo dije en Pleno y lo mantengo- solo era posible si todas las comunidades ganaban; nadie podía perder. Eso creo que se tenía que tener presente en el acuerdo y ha sido posible en parte porque el Estado finalmente también ha
puesto más recursos. Si el Estado no hubiese puesto más recursos, hoy no estaríamos hablando ni de un acuerdo ni de un nuevo modelo de financiación. Como les decía, el elemento positivo es obviamente el respeto de esa bilateralidad que tiene que
producirse, pero, a la vez, esa nueva cesta de impuestos en la que las comunidades ganan en IRPF, en IVA y en impuestos


especiales, esa mayor capacidad normativa. Dicho de otra


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manera, el modelo hace que las comunidades autónomas tengan que ser mayores de edad en materia de financiación. Eso significa que cuando vayamos a votar en cada una de nuestras comunidades autónomas la política fiscal que se haga en cada
una de ellas tendrá que tenerse presente -eso es muy positivo desde nuestro punto de vista porque, al final, la mayor capacidad normativa significa precisamente eso-, y significa también recursos adicionales, con el objetivo de reducir el
desequilibrio vertical que se habían ido produciendo desde que entró en vigor el actual modelo.



El mecanismo de nivelación, desde nuestro punto de vista, respeta lo establecido en los estatutos y, permítanme que lo diga, respeta especialmente lo que se establecía en el artículo 206, 206.1 y 206.3 del Estatuto de Cataluña. Los recursos
de que dispondrá, por ejemplo, Cataluña guardarán relación con su capacidad fiscal. Se contribuirá, por supuesto, a la solidaridad con el resto de comunidades y los nuevos mecanismos de nivelación comportarán que los recursos se sitúen, por
ejemplo, en el caso de la Generalitat, por encima de la media, como antes decíamos.



La evolución es positiva. Era imprescindible la gradualidad, ya que sin gradualidad no habríamos alcanzado un acuerdo, y en definitiva eso forma parte de lo que era factible, y además hay más transparencia porque el nuevo modelo es mucho
más transparente que el anterior. En esta Cámara se ha discutido mucho sobre la falta de transparencia, pero lo cierto es que el funcionamiento de los principales fondos de solidaridad del sistema del Fondo de garantías de servicios básicos permite
visualizar qué comunidades autónomas aportan recursos y cuáles son las que reciben. En el modelo vigente había un acuerdo para cada caso, lo cual no permitía saber cómo se especificaba esa solidaridad interterritorial, y para nosotros ese es el
elemento positivo, el elemento que añade transparencia. Finalmente el acuerdo prevé la mejora sustancial de la financiación cuando se tienen competencias específicas, lo cual también era razonable.



Para acabar me gustaría decir que para nosotros es relevante, por ejemplo, que entre los indicadores básicos de población ajustada el factor más importante sea la población sanitaria ponderada en siete grupos de edad, cosa que es positiva;
o, por ejemplo, es muy positivo que en este caso el grupo de más de 74 años se pondere al 2,75 porque esto añade criterios de equidad en la ponderación. Un segundo elemento de importancia después de este es la población censada; la población en
edad escolar de 0 a 16 años se pondera también con el 20,5 por ciento; las personas de más de 65 años pesan el 8,5. Así pues, el conjunto de la población influye en un 97 por ciento del cálculo de los indicadores de necesidad. Esto es altamente
positivo, y lo digo porque hay veces que se atribuye o se da el argumento de la disparidad o de la dificultad de hacer llegar el servicio. En algunos casos se habla del factor inmigración y en otros incluso de la densidad y de los problemas
sociales, cuando al fin y al cabo el principal criterio que se tiene que tener en cuenta en cualquier acuerdo en materia de financiación es el de la necesidad de los servicios, por tanto, el de la población. Para nosotros este es un elemento muy
positivo.



Para acabar, presidente, me gustaría decir que en lo que se refiere a nuestras enmiendas vamos a mantener viva la enmienda número 9 y que la enmienda 21 la hemos transaccionado, garantizando que el Fondo de competitividad se pondere con
arreglo a los compromisos alcanzados en el acuerdo en materia de financiación. Esto era algo que no se especificaba y que se recoge en la nueva disposición transitoria primera, en este régimen transitorio, cuando dice: 'El límite señalado en los
apartados 4 y 5 del artículo 23 de esta ley, para el índice de capacidad fiscal por habitante ajustado, se establece en 1,05 para los años 2009 y 2010 y en 1,06 para el año 2011 y siguientes'. Esto significa que en definitiva en el año 2011
llegaremos a la plenitud del acuerdo y que además los porcentajes en que se moverá la aportación de las comunidades y el Fondo de competitividad serán los acordados. Asimismo es importante la disposición transitoria segunda, de acuerdo con la
enmienda número 24 planteada por nosotros, por la que también en 2011 se garantizará el cumplimiento en este caso del Estatuto, es decir, que se cumplirá con la totalidad del acuerdo.



Por último, quiero señalar que hemos pactado respecto al resto de enmiendas, exceptuando la número 9, que para los tributos cedidos a las comunidades autónomas la instancia del Tribunal Económico Administrativo se agote dentro de las
comunidades autónomas en aquellas comunidades que lo recojan en su Estatuto y así lo quieran, lo cual ha supuesto una modificación del artículo 59 y de la disposición final tercera. Por tanto, hacemos una valoración positiva del acuerdo y
consideramos que los que hemos incorporado va a mejorar el texto.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra ahora la señora Oramas por Coalición Canaria.



La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: En el debate de enmiendas de totalidad de las leyes que conforman el modelo de financiación, Coalición Canaria expresó mucho más que reservas sobre algunas disposiciones que afectaban al núcleo mismo del
histórico régimen económico y fiscal de Canarias. Se habían incluido en el proyecto de la ley puntos que no estaban en el borrador discutido en el verano en la Consejo de Política Fiscal y Financiera, puntos que introducían una notable confusión en
la aplicación del sistema de financiación en Canarias. De su lectura literal podían deducirse multitud de conclusiones, entre otras el recorte considerable de los recursos destinados a Canarias en los diferentes fondos que componen, cada vez más
enmarañadamente, el sistema de financiación autonómica, circunstancias estas, señorías, que hacen muy difícil su debate en esta Cámara y más aún en la propia sociedad.



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Especialmente borrosa y confusa, y por tanto inaceptable, resultaba la propuesta de la disposición final segunda del proyecto de ley de financiación que establecía un sistema de cálculo de las cargas tributarias en Canarias, un sistema que
en su actual formulación contravenía claramente uno de los pilares clave del régimen económico y fiscal, el que consagra que las especialidades históricas contenidas en él no supondrán merma alguna en la prestación estatal en Canarias de todo tipo
de servicios, financiación o inversiones realizadas en el resto de las comunidades. Su redacción induce a pensar que se homogeneizaba a Canarias con el resto de las comunidades de régimen común, que no tienen la condición insular y ultraperiférica
que ha estado siempre en la base de un tratamiento diferenciado para Canarias. En los últimos días se ha negociado intensamente desde Coalición Canaria para resolver técnicamente las ambigüedades de una redacción poco afortunada, especialmente en
esa disposición adicional. Hemos de reconocer la disponibilidad demostrada para llegar a puntos de encuentro y se han acordado una serie de enmiendas transaccionales que no solo despejan sombras sino que mejoran el reconocimiento de las
singularidades canarias contenidas en el régimen económico y fiscal, mejoras que incrementan la capacidad normativa que el Parlamento de Canarias tiene sobre, por ejemplo, el IGIC, que en Canarias viene a cumplir el mismo papel que el IVA en la
Península y Baleares, o sobre el AIEM. Hemos tratado de despejar toda duda de elección al REF canario. En la nueva disposición adicional acordada se reconoce la plena vigencia de las leyes del REFC y especialmente la imposibilidad de que se
reduzcan mediante las nuevas normas las cuantías del gasto estatal en Canarias. Se concreta además mucho mejor cómo habrá de realizarse el cálculo de la participación de Canarias en el nuevo Fondo de competitividad y nuevamente se tienen en cuenta
las especificidades del régimen económico y fiscal y el reparto de los ingresos tributarios entre las distintas administraciones públicas canarias. Y finalmente se recoge la obligación legal contenida en la Lofca de reconocer la variable
ultraperiférica en el sistema de cálculo de la participación de Canarias en el Fondo de Compensación Interterritorial.



En cualquier caso -ya lo decíamos en el Pleno de la Cámara- debemos avanzar en el futuro hacia un modelo más bilateral en la relación financiera Canarias-Estado porque es difícil darle encaje a las especificidades canarias dentro del modelo
de régimen común. La renegociación abierta ahora del REFC debe ser una buena oportunidad para ello porque nos permite analizar las cosas en un marco más global. Las dos normas actuales que ahora debatimos regulan las aportaciones ordinarias o
corrientes del Estado pero no los fondos destinados a inversión. En la Península las inversiones estatales en una región pueden tener efectos colaterales o incluso un efecto dominó en las comunidades limítrofes; en Canarias eso no se produce, a
excepción de las mejoras en algunos puertos y aeropuertos. Por ello Canarias no puede renunciar a su reivindicación histórica de que la inversión media estatal por habitante se alcance en el Archipiélago, una reivindicación que ya está plasmada en
la ley pero que no hemos logrado alcanzar nunca. No corresponde a estas dos normas regular esos extremos, pero es necesario recordarlo cada vez que se hable de financiación, sobre todo en momentos de crisis como el actual, en los que será la
inversión productiva la que permita recuperar en Canarias las condiciones de competitividad mínimas para volver a generar empleo en la medida necesaria.



Por último, he de manifestar que se dan por defendidas las enmiendas que presentó el Bloque Nacionalista Galego -se mantienen las mismas-, y con respecto a las de Coalición Canaria quedan retiradas las números 6 y 8, vamos a aceptar la
transaccional a la 5, a la 7 y a la 9. Como hemos dicho que esa transaccional modifica la 7 y la 9, sobre la Lofca, retiramos con respecto a la Ley de financiación la número 3. En cuanto a la 5 y la 6, quedan unidas en la transaccional que se ha
presentado también.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Colldeforns i Sol.



La señora COLLDEFORNS I SOL: ¿Me permite una pequeña corrección a una enmienda a la que ha hecho referencia la diputada Ana Oramas? Ha dicho, en relación con la Ley del sistema de financiación, que retira la enmienda número 3, pero creo
que se refiere a la enmienda número 7, porque la 3 lo era en su numeración particular, pero en realidad su número de registro es el 7. Lo digo para que quede claro. (La señora Oramas González-Moro: Sí, efectivamente.)


El Grupo Socialista ha presentado una enmienda a la Ley orgánica y doce a la Ley del sistema. La enmienda a la Ley orgánica es un artículo que autoriza excepcionalmente para los años 2009 y 2010 a que las comunidades autónomas puedan
endeudarse sin que se aplique la obligación de que deba destinarse forzosamente el resultado de este crédito o de esta deuda a gastos de inversión. Esta enmienda, junto con las otras dos que ahora voy a mencionar a la Ley del sistema, supone para
nosotros dar una respuesta incluso más reforzada todavía a una de las críticas que había hecho el diputado Álvaro Nadal en el sentido de que en tiempos de crisis esta ley no solamente no daba respuesta sino que incluso agravaba los problemas.
La
enmienda 49 supone una ayuda a la liquidez de las comunidades autónomas en el sentido...



El señor PRESIDENTE: Perdone que la interrumpa, señora Colldeforns. Me están indicando distintos portavoces que podríamos adelantar la hora de votación a las once y media. Puede continuar.



La señora COLLDEFORNS I SOL: Decía que las enmiendas 49 y 52, del Grupo Socialista, junto con la


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enmienda que hemos hecho a la Lofca, significan que mejoramos incluso las previsiones que había para que en tiempos de crisis las comunidades autónomas puedan hacer frente a sus responsabilidades. Creo, señorías, que no deberíamos
confundir, como hace el Grupo Popular, lo que es la modificación del sistema, que tiene voluntad de futuro, con cómo hacemos frente las distintas comunidades autónomas a la situación de crisis a que nos enfrentamos. Quiero destacar un elemento
positivo de este acuerdo, al que ningún otro portavoz ha hecho referencia, y es que este acuerdo incorpora unos mecanismos de revisión y de adecuación de la financiación tanto anual como de tiempo en tiempo en sus variables estructurales que
precisamente aseguran que no ocurra lo que nos está pasando ahora y que tanto el Grupo Popular como Convergència critican cuando han sido un poco los padres de esta crisis al aprobar un sistema que no tenía en cuenta ningún tipo de posible variación
o adecuación a las circunstancias.



Hay otro grupo de enmiendas del Grupo Socialista que tienen como finalidad ampliar y fijar la posibilidad de que aquellas comunidades que así lo quieran o así esté previsto en su Estatuto de autonomía puedan establecer tribunales
económico-administrativos como instancia única en su territorio. Algunas de estas enmiendas han sido objeto de transacción con el Grupo de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds y además precisan también del
funcionamiento del Consejo superior para la dirección y coordinación de la gestión tributaria. Como saben SS.SS., había dos consejos de dirección, pero se han simplificado solamente en uno y se ha mejorado en su carácter de órgano paritario. Nos
parece un avance considerable en la construcción de una hacienda multinivel. Señorías, la construcción del sistema de comunidades autónomas empezó basculando sobre el gasto, como no puede ser de otra manera, y ahora ya estamos basculando sobre el
ingreso.



Las enmiendas 50 y 51 han sido transaccionadas con Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds y no voy a hacer comentarios sobre ellas. Con relación a las enmiendas presentadas y transaccionadas con Coalición
Canaria, me remito a lo que ha dicho la señora Oramas. Creo que ha sido un buen acuerdo y estamos satisfechos de su disponibilidad para alcanzarlo. Nos vamos a oponer a todas las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios Popular, Mixto,
en concreto del Bloque Nacionalista Galego, y Convergència i Unió, si bien me gustaría señalar que al final hemos creído que votando nuestras propias enmiendas algunas cuestiones técnicas en las que hemos coincidido con el Partido Popular quedaban
ya incorporadas. Por tanto, no es que no hayamos recogido ninguna, sino que nos parece que votando con las nuestras quedan así recogidas.



Nos oponemos a las enmiendas de Convergència i Unió, puesto que son manifiestamente infundadas. Me gustaría señalar que los calificativos de Convergència i Unió han ido in crescendo. A raíz del acuerdo dijeron que suponía una mejora en la
financiación de Cataluña pero no cumplía todos y cada uno de los requisitos del Estatuto, para terminar cambiando esta posición y que tengamos que oír, como hemos oído hoy, que esto es el certificado de defunción del Estatuto y casi el fin de la
Generalitat.
(El señor Sánchez i Llibre: Eso no lo he dicho yo.) No entiendo este crescendo si no forma parte de un cierto nerviosismo creciente.



Me referiré muy rápidamente a alguno de los puntos que ha señalado. Dice que no se tiene en cuenta la población migratoria. La adición de 4.900 millones de euros se hace en función de la variación de la población. De este modo se recogen
de manera directa y clara las variaciones de población e inmigración, que han sido especialmente fuertes en Cataluña, pero también en Valencia, Murcia o Andalucía. O cuando se empeña en que no se cumple el principio de ordinalidad, cuando hay un
fondo, el Fondo de competitividad, que tiene precisamente como objetivo final, con reglas claras y bien establecidas, asegurar que se cumpla este principio. Creo que deberíamos tener muy claro que la ordinalidad, junto con la solidaridad, significa
de manera muy simple y concisa reducir diferencias, pero no invertir posiciones, y esto es exactamente lo que hace este acuerdo. Podría contestar una por una a sus enmiendas, pero no tengan miedo, señorías, nos vamos a ajustar al tiempo. Lo
dejamos para un debate más pormenorizado.



Con relación a las enmiendas del Partido Popular, quería señalar un par de cosas. Dicen que el Fondo de garantía es engañoso. Creo que diciendo esto se están oponiendo a uno de los ejercicios de transparencia respecto a la distribución de
flujos tributarios más importante que se ha hecho nunca en este país. Creo que lo que no se saca a la luz genera agravios, seguramente imaginarios, que no coinciden con la realidad, pero si nunca analizamos esta realidad no podremos desterrar para
siempre estos agravios engañosos. Este acuerdo, si ahora se concreta en la ley, establece unas reglas claras, unos objetivos claros, y creemos que es un buen acuerdo. Espero que Convergència i Unió lo entienda así y vote en contra de estas
enmiendas. Dicen también en las enmiendas 32, 40 y 41 que el acuerdo escamotea recursos a las comunidades autónomas. Nada más alejado de la verdad. Se garantiza el statu quo y se añaden además, siempre y en todo caso, a todas las comunidades
autónomas, fondos que suman más en conjunto de 11.000 millones de euros, y esto se hace en tres años.



No quiero alargarme, pero sí quisiera señalar un par de cosas. Usted ha hablado de consenso. Cuando yo era pequeña -y perdonen la referencia personal- mi madre siempre me decía que si uno no quiere, dos no se pelean, y esto lo decía para
que yo fuera una buena chica y no me peleara. Pero lo que he aprendido aquí con el Partido Popular y con Convergència i Unió es que si uno no quiere, dos no llegan nunca a un acuerdo. No querer llegar nunca a un acuerdo y luego decir que no hay
consenso, señorías, me parece que no es de recibo.



Para terminar, alguien dijo que en la problemática que plantea la financiación en España se resumen las dos cuestiones centrales del debate autonómico: cómo ser nosotros mismos y cómo, a la vez, formar parte de


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España en pie de igualdad, junto con todos sus habitantes. Señorías, el Partido Socialista y mi grupo somos de los que celebramos la España de hoy, sobre todo la España de hoy comparada con la España de hace treinta años; celebramos el
tremendo progreso que ha habido en España, y nos congratulamos de que este progreso hunda sus raíces, esté cimentado en el diálogo, la negociación y el acuerdo. Los que se oponen a ello quieren recuperar el pasado, cada uno el suyo; nosotros,
señorías, desde luego vamos a construir el futuro con todos y para todos los ciudadanos.
(Aplausos.-El señor Nadal Belda pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señor Nadal, ¿va a reabrir algún debate?


El señor NADAL BELDA: No, señor presidente, no voy a reabrir ningún debate, solamente es para precisar una cuestión importante. Vamos a pedir votación separada de la enmienda de supresión general al punto tercero de la Lofca, porque
entendemos que con esta modificación legal que se nos presenta en el proyecto lo que se está haciendo es limitar sustancialmente la capacidad normativa de los municipios en España. Lo que pretende este cambio normativo es hacer que cuando un
ayuntamiento o un grupo de ayuntamientos no están aplicando parte de su capacidad tributaria, la comunidad autónoma lo pueda hacer. Esto es negativo para las empresas y para las familias porque se les aumentará la presión fiscal; además, va
claramente en contra de la autonomía fiscal municipal.
Con esta intervención quería explicar en qué va a consistir esta petición nuestra de voto por separado dentro de nuestra enmienda de supresión.



El señor PRESIDENTE: Efectivamente, en cierto modo reabre el debate.
¿Algún otro grupo quiere hacer alguna aclaración al respecto? (Denegación.) En ese caso, suspendemos la sesión hasta las once y media, hora prevista para la votación.
(Pausa.)


Vamos a votar en primer lugar las enmiendas referidas a la ley orgánica.
Empezamos por las del Grupo Parlamentario Mixto. Enmiendas de la señora Oramas. Enmienda transaccional a la número 5.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 16.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmienda transaccional a la número 7.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 16.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmienda transaccional a la número 9.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 16.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmiendas presentadas por el señor Jorquera Caselas.



La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: ¿Se pueden votar conjuntamente?


El señor PRESIDENTE: No. Han pedido votación separada.



En primer lugar, enmienda número 14.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmiendas 10 y 13.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas 11 y 12.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmienda número 15.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Votamos las enmiendas número 22 a 27, ambas inclusive.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular. En primer lugar votamos la enmienda número 16.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmiendas 17 y 18.



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El señor NADAL BELDA: Señor presidente, habíamos pedido votación separada del apartado 3.



El señor PRESIDENTE: ¿Qué enmienda es?


La señora BAÑEZ GARCÍA: La enmienda 16, apartado 3, separadamente.



El señor PRESIDENTE: ¿No se entiende que esté incluida esa votación en lo que acabamos de votar, en la enmienda 16?


La señora BAÑEZ GARCÍA: Habíamos pedido votación separada.



El señor PRESIDENTE: Lo siento; ha sido votada. Es verdad que lo habían advertido. Les pido disculpas.



Enmiendas 17 y 18.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas 19 y 20.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra; 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Del Grupo Parlamentario Socialista, enmienda número 21.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 16.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos finalmente el informe de la ponencia.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Al tratarse de una ley orgánica, por acuerdo de la Mesa del Congreso recogido en acta de 17 de febrero de 2009, hemos de advertir que aquellas enmiendas que no han sido incorporadas al dictamen deben ser presentadas antes de las catorce
horas de mañana.



Pasamos a la votación de las enmiendas correspondientes al proyecto de ley por el que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas
tributarias.



En primer lugar, enmiendas del Grupo Mixto. Enmienda transaccional a las número 5 y 6 de la señora Oramas González-Moro.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 16.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmiendas del señor Jorquera. En primer lugar, las número 10, 13 y 14.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas número 11, 12, 17 y 18.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 36.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazas.



Enmiendas 15 y 16.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 35; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas


Enmiendas del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. En primer lugar votamos la enmienda transaccional a la número 2 de Esquerra Republicana y a la 51 del Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmienda transaccional a la número 21 de Esquerra Republicana y a la 50 del Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmienda transaccional a diversas enmiendas de Esquerra Republicana y a la 43 del Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 16; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos ahora la enmienda número 9.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 20.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). En primer lugar, votamos las enmiendas 55, 65, 68, 69 y 70.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmienda 56 a 64, ambas inclusive, y las número 66, 67, 71 y 72 a 82, ambas inclusive.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular. En primer lugar votamos las enmiendas 26, 31, 32, 33, 36, 40, 41 y 42.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas 27, 28, 29 y 30.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas 34, 35, 37, 38 y 39


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Pasamos a votar las enmiendas del Grupo Socialista. Enmienda número 44.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmiendas 47 y 48.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 16.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Enmienda número 49.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Enmienda número 52.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; en contra, uno.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmiendas 45, 46 y 54.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 16; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Enmienda número 53.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos ahora el informe de la ponencia.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el informe de la ponencia de esta ley, que hemos aprobado con competencia legislativa plena.



Se levanta la sesión.



Eran las once y cincuenta y cinco minutos de la mañana.