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Argitalpenak
III. AUTORIZACIONES TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo de transporte aéreo entre los Estados Unidos de (610/000090) (Cong. Diputados, Serie C, núm. 99
Cortes Generales, Serie A, núm. 166
Núm. exp. 110/000089) TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Con fecha 2 de julio de 2013, ha tenido entrada en esta Se ordena la remisión de este Acuerdo a la Comisión de Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el Palacio del Senado, 2 de julio de 2013.—P.D., Manuel
América, por una parte, la Unión Europea y sus Estados miembros, por
otra, Islandia, por otra, y el Reino de Noruega, por otra, hecho en
Luxemburgo y Oslo el 16 de junio de 2011 y 21 de junio de 2011.
Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la
Constitución, el Acuerdo de transporte aéreo entre los Estados Unidos de
América, por una parte, la Unión Europea y sus Estados miembros, por
otra, Islandia, por otra, y el Reino de Noruega, por otra, hecho en
Luxemburgo y Oslo el 16 de junio de 2011 y 21 de junio de 2011.
Asuntos Exteriores.
107.1 del Reglamento del Senado, y siendo de aplicación lo previsto en su
artículo 106.2, que el plazo para la presentación de las propuestas a las
que se refiere el artículo 144 del Reglamento del Senado terminará el
próximo día 12 de septiembre, jueves.
del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre de 1996, el
texto del citado Acuerdo aparece publicado en el BOCG, Cortes Generales,
Serie A, número 166, de fecha 26 de abril de 2013, encontrándose la
restante documentación a disposición de los señores Senadores en la
Secretaría General de la Cámara.
artículo 191 del Reglamento del Senado.
Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.