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I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para (621/000004) (Cong. Diputados, Serie A, núm. 5
Núm. exp. 121/000008) ENMIENDAS (números 522 a 1029) ENMIENDA NÚM. 522 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 11. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: (Nuevo) Al Basque Culinary Center. Importe: 2.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 2.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 523 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 11. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: A GAIA, Asociación de las Industrias Electrónicas Importe: 2.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 2.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 524 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 11. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: AZTI FUNDAZIOA. Proyecto de Investigación Importe: 500 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 500 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 525 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 11. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: A ENKARTUR. Asociación de Turismo de Importe: 2.500 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 2.500 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 526 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 11. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: Al Centro de Excelencia PID RD. Importe: 2.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 2.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 527 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 12. Programa: 467C. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: Al Ayuntamiento de Altsasu (Nafarroa) para el Importe: 4.210 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 4.210 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN La actual situación de crisis económica está azotando El proyecto consiste en promover a corto plazo una Si bien el coste total estimado de la actuación ascendería ENMIENDA NÚM. 528 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 12. Programa: 467C. Capítulo: 7. Artículo: 74. Concepto: 74907. Al CDTI para proyectos de I+ D+ i Importe: 180.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 180.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 529 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 12. Programa: 467C. Capítulo: 8. Artículo: 87. Concepto: 87000 aportación al CDTI para apoyo a Proyectos Importe: 485.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 485.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 530 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 13. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 74. Concepto: 740 Fondo Nacional para la Investigación. Importe: 265.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 265.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 531 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 13. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 75. Concepto: 750 Fondo Nacional para la Investigación Importe: 204.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 204.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 532 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 14. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 74. Concepto: al consorcio para la construcción, equipamiento y Importe: 2.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 2.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 533 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 14. Programa: 463B. Capítulo: 7. Artículo: 74. Concepto: (Nuevo). Al consorcio de investigación e Importe: 3.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M. Imprevistos y funciones no Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 3.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. Anualidad: 2013. Cantidad: 10.000 (miles de euros). 2014. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 534 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 14. Programa: 467C. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: A DENOKINN. Proyecto de construcción de un Importe: 1.500 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 1.500 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 535 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 14. Programa: 467C. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: A la Fundación GOHIERRI. Construcción de una Importe: 1.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 1.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 536 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 14. Programa: 467C. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: A Loiola Berrikuntza Fundazioa (LBF). Proyecto de Importe: 200 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 200 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. ENMIENDA NÚM. 537 Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27. Servicio: 14. Programa: 467C. Capítulo: 7. Artículo: 78. Concepto: A ORONA EIC S. COOP. Proycto G3A. Grupo de aplicaciones avanzadas en mantenimiento eléctrico Importe: 3.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Incremento. BAJA Sección: 31 gastos de diversos ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M imprevistos y funciones no clasificadas. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 3.000 (miles de euros). Modificación propuesta: Minoración. JUSTIFICACIÓN Dotar la partida de referencia. El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Palacio del Senado, 4 de junio de 2012.—Miguel Zerolo ENMIENDA NÚM. 538 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. Al apartado 4 del artículo 119 «Fondos de Compensación Artículo 119.4. El porcentaje que representa el Fondo de al artículo 2.1.a) de dicha Ley. Además, en cumplimiento de JUSTIFICACIÓN Se considera que para determinar la cuantía que le El apartado 3 del artículo 16 de la Ley Orgánica 8/1980, de El importe por la variable región ultraperiférica se asignó ENMIENDA NÚM. 539 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. Se modifica el apartado cinco de la disposición adicional Cinco. El informe del Ministerio de Hacienda y JUSTIFICACIÓN Se considera necesario que ante las restricciones tan cuenta». Por otra parte se incluye entre los criterios el ENMIENDA NÚM. 540 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva letra con la siguiente e) El endeudamiento de la Comunidad Autónoma. JUSTIFICACIÓN Se considera necesario que ante las restricciones tan ENMIENDA NÚM. 541 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se propone la adición de una nueva letra con la siguiente f) La inversión estatal media del en el territorio de la JUSTIFICACIÓN Se considera necesario que ante las restricciones tan proporciona una información más completa sobre la situación ENMIENDA NÚM. 542 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se propone la adición de una nueva letra con la siguiente g) La tasa de paro de la Comunidad Autónoma, cuando el JUSTIFICACIÓN Se considera necesario que ante las restricciones tan ENMIENDA NÚM. 543 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. La disposición quedaría redactada con una referencia más «Trigésima primera. Aportación financiera del Servicio JUSTIFICACIÓN La finalidad de esta actuación, es vincular las políticas Esta dotación cobra un mayor sentido por la coyuntura ENMIENDA NÚM. 544 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se propone la adición de un nuevo apartado con el siguiente Se autoriza al Gobierno a suscribir un nuevo Convenio 2.012 JUSTIFICACIÓN La finalidad de esta actuación, es vincular las políticas Esta dotación cobra un mayor sentido por la coyuntura ENMIENDA NÚM. 545 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. Uno. Se autoriza al Gobierno de la Nación, para que durante JUSTIFICACIÓN Se suprime la acreditación mediante certificado de ENMIENDA NÚM. 546 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. Dos. La condición de residente en las Islas Canarias, Islas JUSTIFICACIÓN Se suprime la acreditación mediante certificado de ENMIENDA NÚM. 547 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. ADICIÓN AL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY PARA AÑADIR UNA NUEVA DE MODIFICACION DEL ARTICULO 12 DE LA LEY 94/1994, de 6 de Uno. Con efectos desde la entrada en vigor de la presente Artículo 12.º. Financiación Los Presupuestos Generales del Estado recogerán cada año JUSTIFICACIÓN El artículo 12, de la citada Ley 19/94, se relaciona Artículo 95º. Compensación del hecho insular. De conformidad con lo previsto en el artículo 138.1 de la La puesta en vigor del sistema fiscal establecido en la La relación entre ambos preceptos de estas dos Leyes (art. Adicionalmente el Articulo 96 de la Ley 20/1991, LIBRO Artículo 96º. Distribución del Programa de Inversiones En cada ejercicio, el Programa de Inversiones Públicas que Extremo este que, a pesar de los años transcurridos, ha Esta actualización del mandato legal viene a cerrar el ENMIENDA NÚM. 548 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. De adición de una nueva Disposición Adicional. PROPUESTA DE DISPOSICIÓN ADICIONAL: PRÓRROGA DE LOS Los contratos de los Profesores ayudantes doctores que JUSTIFICACIÓN La prohibición de incorporación de nuevo personal Estas circunstancias afectan de forma singularmente El diseño de la formación, acceso y promoción del personal El régimen de interinidad o de temporalidad laboral para ENMIENDA NÚM. 549 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional al texto «Disposición adicional n.º…. Medidas para el fomento Durante el año 2012, y respecto al tráfico operado en el de la Ley 21/2003, de 7 de julio de Seguridad Aérea, Los pasajeros que fueran computados al objeto de la Las devoluciones deberán solicitarse durante el mes de JUSTIFICACIÓN Se ha demostrado que el incentivo a las operadoras aéreas ENMIENDA NÚM. 550 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional al texto «Disposición adicional nº…. Medidas para el fomento Durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 Las operaciones bonificadas conforme a lo establecido en el Las devoluciones deberán solicitarse durante el mes de JUSTIFICACIÓN El incentivo al incremento de frecuencias respecto al año Por otro lado, distintas disposiciones legales han ENMIENDA NÚM. 551 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional al texto «Disposición adicional nº…. Medidas para el fomento Durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 A estos efectos, tendrá la consideración de nueva ruta todo Para que las compañías tengan derecho a la devolución Las devoluciones deberán solicitarse durante el mes de JUSTIFICACIÓN La apertura de nuevas rutas en mercados consolidados pero Por otro lado, distintas disposiciones legales han ENMIENDA NÚM. 552 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional al texto «Disposición adicional nº…. Medidas para el fomento Durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 A estos efectos, tendrá la consideración de nueva ruta todo Para que las compañías tengan derecho a la devolución Las devoluciones deberán solicitarse durante el mes de JUSTIFICACIÓN La apertura de nuevas rutas en mercados menos consolidados Por otro lado, distintas disposiciones legales han ENMIENDA NÚM. 553 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional al texto «Disposición adicional nº…. Medidas para el fomento Durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 A estos efectos, tendrá la consideración de nueva ruta todo Para que las compañías tengan derecho a la devolución Las devoluciones deberán solicitarse durante el mes de JUSTIFICACIÓN La apertura de mercados turísticos emergentes y la Por otro lado, distintas disposiciones legales han ENMIENDA NÚM. 554 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional al texto «Disposición adicional nº…. Medidas para la Desde el 1 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2012, los Las fechas de referencia para la determinación del número — 31 de agosto de 2011 para la programación de los — 31 de enero de 2012 para la programación de los — 31 de agosto de 2012 para la programación de los El disfrute de esta bonificación excluirá la aplicación de Las devoluciones deberán solicitarse durante el mes de JUSTIFICACIÓN La optimización de las infraestructuras aeroportuarias en ENMIENDA NÚM. 555 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional al texto «Disposición adicional nº…. Medidas para la mejora de 4. Para la mejora de la conectividad de las Islas Canarias A. Los obligados al pago de la prestación pública por B. La cuantía de la prestación pública por pasajero de Esta bonificación no será compatible con otras Las devolución deberán solicitarse durante el mes de enero JUSTIFICACIÓN La mejora de la conectividad con países terceros para Por otro lado, distintas disposiciones legales han ENMIENDA NÚM. 556 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN La regulación afectada por la derogatoria, abarca aspectos Ya enmendada la referencia a la acreditación de la La disposición derogatoria se nos presenta, sin que el ENMIENDA NÚM. 557 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De supresión. Derogación de la compensación por el extracoste de JUSTIFICACIÓN Con grandes similitudes con la derogatoria anterior, se ENMIENDA NÚM. 558 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade un nuevo apartado, con el nº 3, a la disposición «3. No obstante lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley JUSTIFICACIÓN Los aeropuertos insulares grandes y medianos, ENMIENDA NÚM. 559 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade un nuevo apartado, con el número 4, a la «4. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, con efectos JUSTIFICACIÓN Exceptuar de la aplicación efectiva de los importes ENMIENDA NÚM. 560 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade un nuevo apartado, a la disposición final 21ª del «5. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo JUSTIFICACIÓN El incremento de la cuantía al pasajero de los aeropuertos Además para el tráfico de conexión de estos pasajeros a ENMIENDA NÚM. 561 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Se añade un nuevo apartado, a la disposición final 21ª del «6. Asimismo y con efectos desde la entrada en vigor de JUSTIFICACIÓN El incremento de la cuantía al pasajero de los aeropuertos Además para el tráfico de conexión de estos pasajeros a ENMIENDA NÚM. 562 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Disposición final nueva como quinta, y con el siguiente «Disposición final quinta. Se suprime el tercer párrafo de la disposición adicional JUSTIFICACIÓN Se pretende corregir una incongruencia entre los párrafos 1 El sistema de financiación pretende una financiación La inclusión de la disposición adicional segunda se realizó ENMIENDA NÚM. 563 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. Segundo aplicables a las secciones y programas que se Quince. En la Sección 17 a) los créditos 17.441N.17.32.481 A familias para b) los créditos 17.441O.17.34.484, 17.441O.17.34.485 y JUSTIFICACIÓN En razón a los derechos legalmente establecidos a favor de ENMIENDA NÚM. 564 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. AL ESTADO DE GASTOS ALTA: Sección: 15 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Servicio: 01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS Programa: 923M Dirección y Servicios Generales de Economía Capítulo: 8 APORTACIÓN PATRIMONIAL Artículo: 87 A sociedades mercantiles estatales, EE. EE. y Concepto: 878 Aportación patrimonial al Consorcio de la Dotación: 3.416,25 miles de euros BAJA: SECCIÓN: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS SERVICIO: 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS Artículo: 51 Otros Imprevistos Concepto: 510 Para atender necesidades que puedan Departamentos Ministeriales Dotación: 3.416,25 miles de euros JUSTIFICACIÓN LA PARTIDA QUE SE MINORA ESTA EXCLUIDA DEL IMPORTE DEL 2 % El Presupuesto del consorcio ZEC se presenta con un Balance Reponer el déficit acumulado en proporción a las cuotas de En la situación actual de la economía canaria el Consorcio Con esta propuesta se dota la Zona Especial Canaria de los ENMIENDA NÚM. 565 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. AL ESTADO DE GASTOS ALTA: Sección: 15 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Servicio: 01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS Programa: 923M Dirección y Servicios Generales de Economía Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Artículo: 44 A sdades, ent. públ.emp, fundac. y resto entes Concepto: 448 Al Consorcio de la Zona Especial Canaria Dotación: 465.000 euros BAJA: Sección: 15 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Servicio: 01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS Programa: 923M Dirección y Servicios Generales de Economía Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Artículo: 44 A sdades, ent. públ.emp, fundac. y resto entes Concepto: 44201 A la Corporación R.T.V.E. S.A., para las Dotación: 465.000 euros JUSTIFICACIÓN El Presupuesto del Consorcio ZEC para 2012 se presenta con El motivo de este desequilibrio es la falta de correlación de financiación del Organismo que se dota en el proyecto, y Siendo necesario cubrir el coste de personal del organismo Nos parece temeraria esta bajada, en comparación con el Por ello ponemos de manifiesto que la política de Esta política que incurre claramente en un incremento del Con este importe se nivelada la partida con los gastos ENMIENDA NÚM. 566 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 15 MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES Servicio: 27 DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE Programa: 942A Cooperación económica local del Estado Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Artículo: 76 A entidades locales Concepto: 766 Al Cabildo de Gran Canaria, para la Importe: 5.000,00 miles de euros BAJA: Sección: 31 Programa: 92M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 5.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Subvención al Cabildo Insular de Gran Canaria para la ENMIENDA NÚM. 567 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 15 MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES Servicio: 27 DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE Programa: 942A Cooperación económica local del Estado Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Artículo: 76 A entidades locales Concepto: 767 Al Cabildo de Gran Canaria, Al Cabildo de Importe: 300,00 mil euros miles de euros BAJA: Sección: 31 Programa: 92M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 300,00 mil euros miles de euros JUSTIFICACIÓN Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 568 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 15 MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES Servicio: 27 DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE Programa: 942A Cooperación económica local del Estado Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Artículo: 76 A entidades locales Concepto: 768 Al Al Cabildo de Gran Canaria, Mercadillo de Importe: 300,00 mil euros miles de euros BAJA: Sección: 31 Programa: 92M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 300,00 mil euros miles de euros JUSTIFICACIÓN Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 569 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y Programa: 261N PROMOCIÓN, ADMON. Y AYUDAS PARA LA Artículo: 75 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS Concepto: 752 SUBVENCIONES PARA ADQUISICIÓN Y Subconcepto: 75204 CANARIAS. Dotación: 1.869.950,00 ¤ BAJA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA Y POLÍTICA Programa: 261N PROMOCIÓN, ADMON. Y AYUDAS PARA LA Artículo: 75 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS Concepto: 752 SUBVENCIONES PARA REHABILITACIÓN Y Dotación: 1.869.950,00¤ JUSTIFICACIÓN Con el fin de poder hacer frente, entre otros, a las Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 570 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y Programa: 261N PROMOCIÓN, ADMON. Y AYUDAS PARA LA Artículo: 75 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS Concepto: 750 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS Subconcepto: 75014 REMODELACIÓN DE BARRIOS LAS CHUMBERAS, Dotación: 3.861.000,25 ¤ BAJA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA Y POLÍTICA Programa: 261N PROMOCIÓN, ADMON. Y AYUDAS PARA LA Artículo: 75 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS Concepto: 752 SUBVENCIONES PARA REHABILITACIÓN Y Dotación: 3.861.000,25 ¤ JUSTIFICACIÓN Es necesario que aparezca recogido en los Presupuestos, el Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 571 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 20 Programa: 441P Subvención transporte marítimo y aéreo. Con Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Artículo: 47 A empresas privadas Concepto: 478 01 Subvención al transporte marítimo y aéreo Dotación: 10.660,04 miles de euros BAJA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 39 Programa: 441M Subvenciones y apoyo al transporte Artículo: 44 A sdades, ent.públ.emp, fundac. y resto entes Concepto: 442 A RENFE-Operadora por compensación de Dotación: 10.660,04 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se da de baja una partida para compensar gastos de una ENMIENDA NÚM. 572 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 20 Programa: 441P Subvención transporte marítimo y aéreo. Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Artículo: 47 A empresas privadas Concepto: 478 03. Subvención al transporte marítimo y aéreo Dotación: 13.516,89 miles de euros BAJA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 39 Programa: 441M Subvenciones y apoyo al transporte Artículo: 44 A sdades, ent.públ.emp, fundac. y resto entes Concepto: 442 A RENFE-Operadora por compensación de Dotación: 13.516,89 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se da de baja una partida para compensar gastos de una éstas y la Península, así como el existente entre las Islas ENMIENDA NÚM. 573 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 32 Programa: 441N Subvenciones y apoyo al transporte Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Artículo: 48A familias e instituciones sin fines de Concepto: 481A familias para satisfacer la bonificación a Dotación: 16.570 miles de euros BAJA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 20 Programa: 441M Subvenciones y apoyo al transporte Artículo: 47 A empresas privadas Concepto: 473 Para compensar la pérdida de ingresos por la Dotación: 16.570,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se da de baja una partida a empresas privadas por las ENMIENDA NÚM. 574 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453B Creación de infraestructura de Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS CAPITAL Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 755 Para financiar obras y expropiaciones del Importe: 138.460,00 miles de euros. BAJAS: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453B Creación de infraestructura de Artículo: 61 Inv. de reposición en infraes. y bienes dest. Concepto: 611 Otras Importe: 38.460,00 miles euros Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras Artículo: 61 Inv. de reposición en infraes. y bienes dest. Concepto: 611 Otras Importe: 100.000,00 miles euros JUSTIFICACIÓN En cumplimiento de las previsiones de la Adenda al Convenio Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 575 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 34 Programa: 441O Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de Concepto: 484 A familias para subvencionar al tráfico aéreo Dotación: 18.900,53 miles de euros BAJA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 20 Programa: 441M Subvenciones y apoyo al transporte Artículo: 47 A empresas privadas Concepto: 473 Para compensar la pérdida de ingresos por la Dotación: 18.900,53 miles de euros JUSTIFICACIÓN En razón a los derechos legalmente establecidos a favor de ENMIENDA NÚM. 576 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS CAPITAL Artículo: 76 A entidades locales Concepto: 763 Convenio con el Cabildo Insular de Gran Importe: 7.000,00 miles de euros BAJA: Sección: 31 Programa: 92M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 7.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Cumplimiento del Convenio con el Cabildo Insular de Gran Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 577 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y Programa: 261N Promoción, administración y ayudas para Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS CAPITAL Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 75016 A la Comunidad Autónoma para la Importe: 6.000,00 miles de euros BAJA: Sección: 31 Programa: 92M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 6.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El Patronato Benéfico de Construcción «Francisco Franco» de La complejidad y el volumen de las actuaciones a realizar El 17 de diciembre de 2008, con participación del ENMIENDA NÚM. 578 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y Programa: 261N Promoción, administración y ayudas para Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS CAPITAL Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 75017 A la Comunidad Autónoma para la Importe: 4.000,00 mil euros BAJA: Sección: 31 Programa: 92M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 4.000,00 mil euros JUSTIFICACIÓN Debido a la progresiva degradación arquitectónica, ENMIENDA NÚM. 579 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y Programa: 261N Promoción, administración y ayudas para Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS CAPITAL Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 75018 A la Comunidad Autónoma para la Importe: 6.000,00 miles de euros BAJA: Sección: 31 Programa: 92M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 6.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El Polígono de Jinámar, debido a su extensión 3.074.500 ENMIENDA NÚM. 580 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 18 Servicio: 106 Programa: 322K. Deporte en edad escolar y en la Capítulo: 4, Art. 45 Concepto: 454 Importe: Aumentar la dotación en 735,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 510 Importe: 735,00 miles JUSTIFICACIÓN Dotación más adecuada. Organización y desplazamientos de ENMIENDA NÚM. 581 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 18 Servicio: 106 Programa: 336 A Fomento y apoyo de las actividades Capítulo: 4, Art. 45 Concepto: 456 Importe: Aumentar la actual dotación en 565,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 565,00 miles JUSTIFICACIÓN Dotación presupuestaria adecuada para la construcción y ENMIENDA NÚM. 582 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 18 Servicio: 106 Programa: 336 A Fomento y apoyo de las actividades Capítulo: 4, Art. 45 Concepto: 455 Importe: Aumentar la actual dotación en 600,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 600,00 miles JUSTIFICACIÓN Dotar adecuadamente el desplazamiento deportivo a ENMIENDA NÚM. 583 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 18 Servicio: 106 Programa: 336 A. Fomento y apoyo de las actividades Capítulo: 7, Art. 75 Concepto: 751 Importe: Aumentar la dotación del proyecto en 1.500,00 BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 1.500,00 miles JUSTIFICACIÓN Dotación más adecuada a Centros de Alto Rendimiento y Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 584 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 18 Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN Programa: 322B Educación secundaria, formación profesional Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Artículo: 75 A comunidades autónomas. Concepto: 75018 A la Comunidad Autónoma de Canarias para la Importe: 40.000,00 miles de euros. BAJA: Sección: 31 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia Importe: 40.000,00 miles de euros. JUSTIFICACIÓN El Plan Integral de Empleo de Canarias pretende la mejora El Convenio entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 585 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 19 Servicio: 07 Programa: 231 H Capítulo: 4, Art. 45 Concepto: 455 Subconcepto: 45502, Inmigrantes menores no acompañados Importe: 6.000,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 6.000,00 miles JUSTIFICACIÓN La subvención directa ha sido de diez millones de euros ENMIENDA NÚM. 586 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 05 Dirección General del Agua Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 750 Convenio con el Gobierno de Canarias Importe: Incremento 6.283,33 miles de euros BAJA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 451O Dirección y Servicios generales de Artículo: 22 Material, suministros y otros Importe: Disminución 6.283,33 miles de euros JUSTIFICACIÓN El grave problema de abastecimiento a la población de la El presupuesto adjudicado de la obra «Estación Desaladora El régimen esperado de ejecución efectiva de los trabajos En el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para ENMIENDA NÚM. 587 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 05 Dirección General del Agua Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 750 Convenio con el Gobierno de Canarias Importe: Incremento 8.146,67 miles de euros en 2012 BAJA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 451O Dirección y Servicios generales de Artículo: 22 Material, suministros y otros Importe: Disminución 8.146,67 miles de euros JUSTIFICACIÓN El grave problema de abastecimiento a la población de la y se precisa mantener la financiación de la ficha El presupuesto adjudicado de la obra «Estación Desaladora El régimen esperado de ejecución efectiva de los trabajos En el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para ENMIENDA NÚM. 588 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 05 Dirección General del Agua Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 750 Convenio con el Gobierno de Canarias Importe: Incremento 5.337,50 miles de euros en 2012 BAJA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y servicios Programa: 451O Dirección y Servicios generales de Artículo: 22 Material, suministros y otros Importe: Disminución – 5.337,50 miles de euros JUSTIFICACIÓN El grave problema ambiental, sanitario, social y sectorial El presupuesto adjudicado de la obra «Remodelación de la El régimen esperado de ejecución efectiva de los trabajos En el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para ENMIENDA NÚM. 589 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Servicio: 05 Programa: 456 A Capitulo 4, Art. 47 Concepto: 470 Importe: aumentar la dotación en 4.879, 77 miles (hasta BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capitulo 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 4.879,77 miles JUSTIFICACIÓN Dotación que, de igual forma que la enmienda al programa Este gasto, que se ha reducido sustancialmente respecto a Además de lo anterior, hay que tener en cuenta que el La importante disminución de este gasto para el año 2012 agua de abastecimiento, fruto de la dependencia de esta El objeto de esta enmienda es dotar la partida de gasto con ENMIENDA NÚM. 590 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Servicio: 05 Programa: 452 A Capítulo: 7, Art. 75 Concepto: 750. Convenio con el Gobierno de Canarias Importe: Aumentar la dotación en 43.416,68 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 43.416,68 miles JUSTIFICACIÓN La dotación afecta a un convenio de prestación pública Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 591 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Servicio: 08 Programa: 456B Capítulo: 7 Artículo: 76. Entidades Locales Concepto: 764. Al Cabildo de Lanzarote para el desarrollo y Importe: 2.000, 00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 2.000,00 miles JUSTIFICACIÓN Se dota una actuación con la finalidad de paliar la carga ENMIENDA NÚM. 592 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Servicio: 08 Programa: 456B Capítulo: 7 Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 763. Al Cabildo de Lanzarote. Complejo Importe: 1.500,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 1.500,00 miles JUSTIFICACIÓN Atender las inversiones en el Complejo Medio Ambiental ENMIENDA NÚM. 593 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Servicio: 05 Programa: 452 A Capítulo: 7 Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 761. Al Cabildo de Lanzarote para las sedes de Importe: 2.500,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 2.500,00 miles JUSTIFICACIÓN Ha de dotarse adecuadamente el mantenimiento, la ENMIENDA NÚM. 594 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Servicio: 06 Programa: 456 D. Actuaciones en la costa Capítulo: 6, art. 60 Concepto: 601. «Recuperación ambiental de la playa y Importe: 1.000,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 1.000,00 miles JUSTIFICACIÓN La Bahía de los Cristianos es uno de los enclaves más La solicitud de dotar al proyecto de la cantidad señalada, ENMIENDA NÚM. 595 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Servicio: 06 Programa: 456 D. Actuaciones en la costa Capítulo: 6, Art. 60 Concepto: 602. «Recarga de arena en la Playa Martiánez», Importe: 1.000,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 1.000,00 miles JUSTIFICACIÓN El puerto de la Cruz es uno de los destinos turísticos más La solicitud de dotar al proyecto de la cantidad señalada, ENMIENDA NÚM. 596 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23 Servicio: 08 Programa: 456B Capítulo: 7 Artículo: 75. A CC.AA. Concepto: 758 Nuevo: A la Comunidad Autónoma de Canarias. Importe: 250,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M1 Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 250,00 miles JUSTIFICACIÓN Se trata de una instalación imprescindible para el ENMIENDA NÚM. 597 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 12 Programa: 412C Capítulo: 7 Concepto: 756 Plan estratégico de Canarias en agricultura y Importe: 23.000,00 BAJA: Sección: 31 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 23.000,00 JUSTIFICACIÓN El Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo, de 30 de enero ENMIENDA NÚM. 598 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. ALTA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 05 Dirección General del Agua Programa: 456A Gestión e infraestructuras del agua Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes Proyecto: 1995 17 13 0040 Depuración y reutilización en las Importe: Incremento 5.500,00 miles de euros BAJA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 451O Dirección y Servicios generales de Artículo: 22 Material, suministros y otros Importe: Disminución – 5.500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El grave problema ambiental, sanitario, social y jurídico El presupuesto de la obra «Remodelación de la Estación El régimen esperado de ejecución efectiva de los trabajos En el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para ENMIENDA NÚM. 599 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. ALTA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 05 Dirección General del Agua Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 750 Convenio con el Gobierno de Canarias Importe: Incremento 3.852,50 miles de euros BAJA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 451O Dirección y Servicios generales de Artículo: 22 Material, suministros y otros Importe: Disminución 3.852,50 miles de euros JUSTIFICACIÓN El grave problema ambiental, sanitario, social y sectorial El presupuesto de la obra «Remodelación de la Estación El régimen esperado de ejecución efectiva de los trabajos En el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para ENMIENDA NÚM. 600 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. ALTA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 05 Dirección General del Agua Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: 750 Convenio con el Gobierno de Canarias Importe: Incremento 4.912,50 miles de euros BAJA: Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 451O Dirección y servicios generales de Artículo: 22 Material, suministros y otros Importe: Disminución 4.912,50 miles de euros JUSTIFICACIÓN El grave problema de abastecimiento a la población de la El presupuesto de la obra «Obras Complementarias Nº1 del El régimen esperado de ejecución efectiva de los trabajos En el presente Proyecto de Presupuestos Generales del ENMIENDA NÚM. 601 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. AL ESTADO DE GASTOS ALTA: Sección: 23 DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA Programa: 456D Actuación en la costa Capítulo: 6 INVERSIONES REALES Artículo: 62002 Inv.nueva para el dique semisumergido del Concepto: Inversión en el dique semisumergido de protección Dotación: 100 miles de euros BAJA: Sección: 23 DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA Programa: 456D Actuación en la costa Capítulo: 6 INVERSIONES REALES Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter Dotación: 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Primera anualidad para el comienzo de las obras de Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 602 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. AL ESTADO DE GASTOS ALTA: Sección: 23 DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA Programa: 456D Actuación en la costa Capítulo: 6 INVERSIONES REALES Artículo: 62001 Inv. nueva en la playa de Valleseco. Santa Concepto: Acondicionamiento de la playa de Valleseco en Dotación: 100 miles de euros BAJA: Sección: 23 DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA Programa: 456D Actuación en la costa Capítulo: 6 INVERSIONES REALES Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter Dotación: 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Primera anualidad para el comienzo de las obras de ENMIENDA NÚM. 603 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. ALTA: Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 17. Programa: 415A. Protección de los recursos pesqueros y Capítulo: 7. Artículo: 76, nuevo. A entidades locales. Concepto: 761, nuevo. Al Ayuntamiento del Pinar. Centro de Dotación: 2.000,00 miles. BAJA. Sección: 31. Servicio: 02. Programa: 929M. Capítulo: 5. Artículo: 51. Concepto: 510. Importe: 2.000,00 miles. JUSTIFICACIÓN Es una dotación referida a una zona de sostenibilidad ENMIENDA NÚM. 604 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 26 Servicio: 16 Programa: 231G Capítulo: 4, Art. 45, nuevo a Comunidades Autónomas Concepto: 45402, nuevo. «Programa para la protección contra Importe: 800,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 800,00 miles JUSTIFICACIÓN Este programa desaparece en su totalidad en el proyecto. recursos humanos que desarrollan el control de las ENMIENDA NÚM. 605 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 26 Servicio: 16 Programa: 231G Capítulo: 4, art. 45, nuevo. Comunidades Autónomas Concepto: 45404 nuevo. «Programa de Ejecución de Medidas en Importe: 2.000,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 2.000,00 miles JUSTIFICACIÓN La cofinanciación del programa social convenido en la ENMIENDA NÚM. 606 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 26 Servicio: 01 Programa: 311 Capítulo: 7 Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 761. Al Cabildo de Lanzarote para la Importe: 2.000,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 2.000,00 miles JUSTIFICACIÓN Dotar adecuadamente la rehabilitación de un Centro ENMIENDA NÚM. 607 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 26 Servicio: 15 Programa: 231F. Otros Servicios Sociales del Estado Capítulo: 7 Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 767. Al Cabildo de Lanzarote, Centro de enfermos Importe: 400,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 400,00 miles JUSTIFICACIÓN Dotación necesaria para acondicionar y equipar la puerta en ENMIENDA NÚM. 608 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 26 Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Servicio 15 Programa: 00X Capítulo: 4 Transferencias corrientes. Concepto: 428 Al INSERSO nivel convenido de Importe: 283.197,42 euros BAJA: Sección: 31 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia. Importe: 283.197,42 euros JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento al Acuerdo de Consejo de Ministros, ENMIENDA NÚM. 609 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Servicio: 11 Programa: 000X Transferencias internas. Capítulo: 4: Transferencias corrientes Concepto: 414 Al Instituto de Astrofísica de Canarias Importe: 2.000,00 miles de euros BAJA: Sección: 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Servicio: 12 Programa: 463B Fomento y coordinación de la investigación Capítulo: 4. Transferencias corrientes Subconcepto 49902 Para la financiación de la participación Importe: 2.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dotar adecuadamente las opciones científicas actuales y de ENMIENDA NÚM. 610 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Servicio: 11 Programa: 000X Transferencias internas. Capítulo: 7: Transferencias capital Concepto714 Al Instituto de Astrofísica de Canarias Importe: 584,00 miles de euros BAJA: Sección: 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Servicio: 12 Programa: 463B Fomento y coordinación de la investigación Capítulo: 4: Transferencias corrientes Subconcepto 49902 Para la financiación de la participación Importe: 584,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dotar adecuadamente las opciones científicas actuales y de ENMIENDA NÚM. 611 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Servicio: 14 Programa: 463B Fomento y coordinación de la investigación Capítulo: 4: Transferencias corrientes Concepto 481 A GRANTECAN SA para la explotación del Importe: 3.000,00 miles de euros BAJA: Sección: 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Servicio: 12 Programa: 463B Fomento y coordinación de la investigación Capítulo: 4: Transferencias corrientes Subconcepto 49902 Para la financiación de la participación Importe: 3.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dotar adecuadamente las opciones científicas actuales y de ENMIENDA NÚM. 612 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Servicio: 14 Programa: 463B Fomento y coordinación de la investigación Capítulo: 7: Transferencias capital Concepto: 74907 Al Consorcio para la construcción, Importe: 575,25 miles de euros BAJA: Sección: 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Servicio: 12 Programa: 463B Fomento y coordinación de la investigación Capítulo: 4: Transferencias corrientes Subconcepto: 49902 Para la financiación de la participación Importe: 575,25 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dotar adecuadamente el convenio de financiación del PLOCAN Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 613 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 32 Servicio: 01 Capítulo: 7 Art. 75 Concepto: 756, Nuevo: Actuaciones a realizar por la Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de Importe: 50.000,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5, Art. 51 Concepto: 510 Importe: 50.000,00 miles JUSTIFICACIÓN Dotación para cumplir con la legalidad en materia de El referido Convenio, tal como se especifica en su Toda vez que los presupuestos para 2012 sitúan a Canarias Esta enmienda se justifica al amparo de lo dispuesto en el ENMIENDA NÚM. 614 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 32 Servicio: 01 Programa: 441 M Capítulo: 4 Artículo: 46. A Entidades Locales Concepto: 461. Nuevo: Al Cabildo de El Hierro, para paliar Importe: 3.000,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 3.000,00 miles JUSTIFICACIÓN Se trata de una dotación que ha de ser adicional a la ENMIENDA NÚM. 615 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 32 Servicio: 02 Programa: 942 N Capítulo: 4 Artículo: 46 Concepto: Nuevo: 460 Al Cabildo de El Hierro. Playa de Importe: 400,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 400,00 miles JUSTIFICACIÓN Continuar con la dotación presupuestaria iniciada en el ENMIENDA NÚM. 616 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 32 Servicio: 02 Programa: 942 N Capítulo: 4 Artículo: 46 Concepto: 4601. Al Cabildo de El Hierro. Refugio marítimo Importe: 11.000,00 miles BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Importe: 11.000,00 miles JUSTIFICACIÓN Dotación presupuestaria necesaria para el desarrollo ENMIENDA NÚM. 617 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De adición. ALTA: Sección: 32 Servicio: 02 Programa: 942 N. Otras Aportaciones a Entidades Locales Capítulo: 4 Artículo: 46 Concepto: nuevo. 464 Al Ayuntamiento de Valverde para Importe: 1500,00 BAJA: Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Importe: 1500,00 JUSTIFICACIÓN La dotación se dirige a la urgente reconstrucción del ENMIENDA NÚM. 618 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 33 Servicio 12. Secretaría General de Coordinación Autonómica Programa: 941N Capítulo: 7 Artículo 75 Concepto: 755 Fondo Compensación Importe: 19.741,30 miles de euros. BAJA: Sección: 31 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia Importe: 19.741,30 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone incrementar en un importe de 19.741,30 miles de Se considera que para determinar la cuantía que le El apartado 3 del artículo 16 de la Ley Orgánica 8/1980, de Canarias, en virtud de su singularidad reconocida en la El importe por la variable región ultraperiférica se asignó ENMIENDA NÚM. 619 De Don Miguel Zerolo Aguilar (GPMX) y de Don Narvay El Senador Miguel Zerolo Aguilar, CC (GPMX) y el Senador ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 33 Servicio 12: Secretaría General de Coordinación Autonómica Programa: 941N Capítulo: 7 Artículo: 75 Concepto. 755 Fondo Compensación Importe: 6.579,8 miles de euros. BAJA: Sección: 31 Programa: 929M Capítulo: 5 Artículo 51 Concepto: 510 Fondo de contingencia Importe: 6.579,8 miles de euros. JUSTIFICACIÓN Se propone incrementar en un importe de 6.579,8 miles de Se considera que para determinar la cuantía que le El apartado 3 del artículo 16 de la Ley Orgánica 8/1980, de El importe por la variable región ultraperiférica se asignó El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Palacio del Senado, 4 de junio de 2012.—El Portavoz ENMIENDA NÚM. 620 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El apartado 2 del artículo 2 queda redactado en los «En los estados de ingresos de los Entes a que se refiere JUSTIFICACIÓN Esta modificación se debe a un aumento en las cantidades La obtención de 20.000.000 miles de euros de más con Este volumen mayor de ingresos para el Estado, por valor de ENMIENDA NÚM. 621 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Al artículo 22 Uno del proyecto de Ley de Presupuestos Sustituir el apartado Uno del artículo 22 por lo «Uno. 1. A lo largo del ejercicio de 2012, el número total de 2. La administración destinará las plazas de nuevo ingreso JUSTIFICACIÓN Hay que recordar que desde 1997 se han fijado en los La no reposición de las vacantes que se produzcan en 2012, Paralelamente a la falta de efectivos se está produciendo Izquierda Unida piensa que la limitación de la tasa de debería ser sustituida por la Planificación efectiva de los La enmienda pretende: a) evitar la destrucción de 17.000 En otras enmiendas se aportarán medidas para transformar el ENMIENDA NÚM. 622 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Al artículo 22 Dos del proyecto de Ley de Presupuestos Sustituir el párrafo primero del apartado Dos del artículo «Dos. En el año 2012, las retribuciones del personal al JUSTIFICACIÓN Esta enmienda supone cambiar la congelación salarial Se trata de establecer un incremento retributivo para los Hay que tener en cuenta que los empleados públicos se han ENMIENDA NÚM. 623 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Se suprime el artículo 22 Dos JUSTIFICACIÓN En coherencia con la enmienda anterior ENMIENDA NÚM. 624 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El apartado 3 del artículo 22 queda redactado en los «Las Administraciones, entidades y sociedades a que se Las cantidades destinadas a financiar aportaciones a planes JUSTIFICACIÓN Se recupera la redacción de esta materia presente en la Ley La medida introducida por el Real Decreto Ley 20/2011, También se generan otro tipo de dudas ya que un Pero, en todo caso, la repercusión más grave es la ENMIENDA NÚM. 625 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El apartado tres del artículo 22 queda redactado en los «Tres. Las Administraciones, entidades y sociedades a que JUSTIFICACIÓN Mediante esta disposición se recupera la posibilidad de Con ello se solventan los problemas de interpretación ENMIENDA NÚM. 626 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El apartado 3 del artículo 22 queda redactado en los «Las Administraciones, entidades y sociedades a que se Las cantidades destinadas a financiar aportaciones a planes JUSTIFICACIÓN Se recupera la redacción de esta materia presente en la Ley La medida introducida por el Real Decreto Ley 20/2011, También se generan otro tipo de dudas ya que un Pero, en todo caso, la repercusión más grave es la ENMIENDA NÚM. 627 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El apartado tres del artículo 22 queda redactado en los «Tres. Las Administraciones, entidades y sociedades a que JUSTIFICACIÓN Mediante esta disposición se recupera la posibilidad de Con ello se solventan los problemas de interpretación ENMIENDA NÚM. 628 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Se suprime el artículo 22 Tres JUSTIFICACIÓN En coherencia con la enmienda anterior ENMIENDA NÚM. 629 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Eliminar el apartado Cinco del citado artículo 22. JUSTIFICACIÓN El texto obliga a amortizar todas las plazas que se ENMIENDA NÚM. 630 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Se suprime el apartado diez del artículo 22 JUSTIFICACIÓN Se recupera la redacción de esta materia presente en la Ley en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la La medida introducida por el Real Decreto Ley 20/2011, También se generan otro tipo de dudas ya que un Pero, en todo caso, la repercusión más grave es la ENMIENDA NÚM. 631 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Se suprime el apartado diez del artículo 22 JUSTIFICACIÓN Se recupera la redacción de esta materia presente en la Ley La medida introducida por el Real Decreto Ley 20/2011, correspondientes a servicios pasados reconocidos a los También se generan otro tipo de dudas ya que un Pero, en todo caso, la repercusión más grave es la ENMIENDA NÚM. 632 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El Artículo 23. Uno.2 quedará redactado de la siguiente Artículo 23. Oferta de empleo público u otro instrumento Uno. (…). 2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades A. A las Administraciones públicas con competencias B. A las Administraciones Públicas con competencias C. A las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado y a D. A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de E. A las Administraciones Públicas respecto de los Cuerpos F. A las Entidades Locales respecto de las plazas de la JUSTIFICACIÓN La regulación que el Proyecto de la Ley de Presupuestos En su actual redacción el párrafo F no permitiría incluir Por otra parte, debe tenerse en cuenta que si a la En particular, el nivel de deterioro de los servicios Por ello, debe reconsiderarse la regulación que se ENMIENDA NÚM. 633 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El Artículo 23. Uno.2 quedará redactado de la siguiente Artículo 23. Oferta de empleo público u otro instrumento Uno. (…). 2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades A. A las Administraciones públicas con competencias B. A las Administraciones Públicas con competencias C. A las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado y a D. A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de E. A las Administraciones Públicas respecto de los Cuerpos F. A los municipios respecto de las plazas de la policía G. Asimismo, a las Corporaciones Locales de población JUSTIFICACIÓN La regulación que el Proyecto de la Ley de Presupuestos Por otra parte, debe tenerse en cuenta que si a la En particular, el nivel de deterioro de los servicios Por ello, debe reconsiderarse la regulación que se ENMIENDA NÚM. 634 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El Artículo 23. Uno. 2 quedará redactado de la siguiente Artículo 23. Oferta de empleo público u otro instrumento Uno. (…). 2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades A. A las Administraciones públicas con competencias B. A las Administraciones Públicas con competencias C. A las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado y a D. A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de E. A las Administraciones Públicas respecto de los Cuerpos F. A las Entidades Locales respecto de las plazas de la JUSTIFICACIÓN La regulación que el Proyecto de la Ley de Presupuestos En su actual redacción el párrafo F no permitiría incluir Por otra parte, debe tenerse en cuenta que si a la En particular, el nivel de deterioro de los servicios Por ello, debe reconsiderarse la regulación que se ENMIENDA NÚM. 635 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. En el número 2 del apartado uno del artículo 23 se añade A los organismos públicos de investigación y a las JUSTIFICACIÓN Las restricciones a la contratación de personal laboral y inversión en años posteriores, de tal forma que hay que Se propone, por tanto, que el sector de la investigación ENMIENDA NÚM. 636 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva letra g al apartado 2 del artículo 23, «G. A las Administraciones públicas con competencias para JUSTIFICACIÓN El Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas El redactado de los PGE para el 2012 amplía esta tasa de Se excluye nuevamente al Personal Docente Investigador La aplicación para este año 2012 de ambas regulaciones, el Además de la pérdida de puestos de trabajo, la no ENMIENDA NÚM. 637 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade un nuevo apartado en el artículo 23 con la «Dos bis (nuevo). La limitación a que se refiere el JUSTIFICACIÓN En la investigación es habitual la contratación de personal ENMIENDA NÚM. 638 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade un nuevo apartado en el artículo 23 con la «Dos bis (nuevo). La limitación a que se refiere el JUSTIFICACIÓN En la investigación es habitual la contratación de personal ENMIENDA NÚM. 639 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Al artículo 26 E) sobre el complemento de productividad Se propone añadir una tercera norma al apartado E, del «3ª. Los criterios de distribución y de fijación de las MOTIVACIÓN Se trata evitar, mediante la participación sindical, las ENMIENDA NÚM. 640 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De sustitución. Se propone sustituir el Artículo 105. Dos. Letra a): a) Disponer de un Plan de Movilidad Sostenible, coherente «A partir del 1 de enero de 2012, la concesión de cualquier Por una nueva Disposición Final, vigésima segunda, del Vigésima segunda. Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y «A partir del 1 de enero de 2014, la concesión de cualquier JUSTIFICACIÓN Los Presupuestos Generales del Estado establecen una los requisitos establecidos en el artículo reseñado El mantenimiento de la reducción financiera y la exigencia El déficit actual del transporte colectivo urbano estimado En relación al Artículo 105, Dos, letra a). Aun compartiendo el espíritu de la Ley de Economía Por otra parte no debe olvidarse, en coherencia con la En el actual contexto de crisis económica, de limitación Por ello se considera necesario que este tipo de cuestiones ENMIENDA NÚM. 641 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Al Artículo 105. Seis, 7. JUSTIFICACIÓN En consonancia y como continuación a la anterior propuesta Por todo ello se propone suprimir este nuevo requisito y ENMIENDA NÚM. 642 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. De un nuevo artículo Redacción que se propone: Artículo 112 bis. Fondo especial de financiación a favor de Uno. Como mecanismo especial de financiación de los Dos. El fondo se distribuirá entre los municipios citados A los efectos anteriores, la Secretaría General de JUSTIFICACIÓN Con origen en el «Acuerdo entre el Gobierno de la Nación y La justificación de este Fondo se encuentra en la necesidad Considerando que desde el año 2002 no se ha procedido a ENMIENDA NÚM. 643 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. La disposición adicional décima tercera queda redactada «Décima tercera. Interés legal del dinero. Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Dos. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que JUSTIFICACIÓN El interés de demora se aplica en el aplazamiento de las El tipo de demora contrasta con la evolución del Euribor a Reducir estos tipos sin duda mejorará la situación de las Por otra parte, algunas Administraciones públicas que ENMIENDA NÚM. 644 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. La disposición adicional décima cuarta queda redactada en «Décima cuarta. Determinación del indicador público de Uno. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 a) El IPREM diario, 18,28 euros, b) El IPREM mensual, 548,48 euros. c) El IPREM anual, 6.581,83 euros. d) En los supuestos en que la referencia al salario mínimo Dos. Si el índice de precios al consumo acumulado JUSTIFICACIÓN El IPREM vuelve a congelarse en estos Presupuestos. Se ENMIENDA NÚM. 645 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Se suprime la Disposición adicional trigésima novena JUSTIFICACIÓN En esta disposición se establecen normas de ejecución El sistema de ayudas y promoción de la innovación a través ENMIENDA NÚM. 646 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El último párrafo de la letra a) del apartado uno de la «Esta norma no será de aplicación a los siguientes (…) — Préstamos y anticipos por parte del Centro para el JUSTIFICACIÓN El sistema de ayudas y promoción de la innovación a través ENMIENDA NÚM. 647 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. La disposición adicional septuagésima sexta queda redactada «Septuagésima sexta. Financiación a la Iglesia Uno. Con vigencia desde el 1 de enero de 2012 y hasta que Dos. Durante el año 2012 el Estado entregará, mensualmente, Antes del 30 de noviembre de 2013, se efectuará una Tres. El Gobierno llevará a cabo las medidas oportunas para y se eliminará definitivamente la aportación que la Iglesia Cuatro. Con vigencia desde el 1 de enero de 2014 quedarán JUSTIFICACIÓN Se propone recortar en un 20 % la asignación tributaria a Todo ello en base al principio de igualdad ante la ley, que ENMIENDA NÚM. 648 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. La Disposición Adicional Septuagésima primera quedará Septuagésima primera. Deudas pendientes de los Uno. La deuda pendiente que los Ayuntamientos y sus Dos. Se aplicará a la cancelación anticipada de las En el supuesto de que tales indemnizaciones se concreten En todo lo no dispuesto en la presente Disposición Tres. Mediante Orden Ministerial y previo informe de la JUSTIFICACIÓN La herencia económica recibida por un determinado número de Por otra parte, muchos de esos Ayuntamientos, como el En el actual proyecto de Ley se ha incluido una medida Por este motivo se propone modificar la actual disposición ENMIENDA NÚM. 649 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. La Disposición Adicional Septuagésima segunda. Dos quedará Septuagésima segunda. Jornada general del trabajo en el Uno. (…) Dos. Con esta misma fecha, queda suspendida la eficacia de Con la salvedad de que en el ámbito local, lo dispuesto en Tres. (…) JUSTIFICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de A consecuencia de ello, estas Entidades Locales han llevado ENMIENDA NÚM. 650 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade un nueva Disposición adicional con la siguiente «Disposición adicional (nueva). A todos los suboficiales de la Guardia Real a extinguir que JUSTIFICACIÓN La extinta escala de la Guardia Real que se acogió a no Los Guardia Real que no se integraron se han mantenido en ENMIENDA NÚM. 651 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición Adicional (nueva). Tributación Local de los Redacción que se propone: Septuagésima séptima. Tributación Local de los operadores El Gobierno durante 2012 estudiará, propondrá y remitirá al JUSTIFICACIÓN En los años 2009 y 2010 múltiples sentencias de diversos Actualmente, la tasa que deben satisfacer las empresas de La mayoría de la jurisprudencia ha reconocido que las Hay que decir además que la situación descrita resulta muy La elaboración de los informes técnico-económicos en el Sobre los requisitos exigibles a los Ayuntamientos, la Siendo esto así, resulta imprescindible buscar fórmulas que En este sentido, mientras el legislador no establezca un Tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de febrero de Efectivamente, la STS de 16 de febrero de 2009 pareció La propia Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Sin embargo, a finales del año 2010, la cuestión sufrió una El Tribunal Supremo dictó tres autos —de 28, 29 de 1ª) ¿El artículo 13 de la Directiva 2002/20 /CE del 2ª) Para el caso de que se estime compatible la exacción 3ª) ¿Cabe reconocer al repetido artículo 13 de la Directiva Las tres cuestiones planteadas se resolvieron de modo Los intentos de los Ayuntamientos de someter a tributación motivo por el cual es necesario una clarificación legal de Aparte de lo anterior, y a tenor de dichas conclusiones, Dada la trascendencia del tema y su repercusión en el ENMIENDA NÚM. 652 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Añadir una nueva Disposición Adicional con el siguiente «Disposición Adicional (nueva). Plan Estratégico de En el término de seis meses a partir de la aprobación de JUSTIFICACIÓN Se trata de solventar el problema der déficit de personal ENMIENDA NÚM. 653 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva Disposición Adicional con el «Disposición Adicional (nueva). Plan para la En el término de seis meses a partir de la aprobación de JUSTIFICACIÓN Se trata de racionalizar las contrataciones de asistencias ENMIENDA NÚM. 654 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva Disposición Adicional con el «Disposición Adicional (nueva). Fiscalidad ambiental. En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta En particular, se establecerá un gravamen consistente en un A su vez, se establecerá un modelo fiscal sobre las JUSTIFICACIÓN Introducir criterios ambientales en el sistema ENMIENDA NÚM. 655 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente «Disposición adicional (nueva). Lucha contra el fraude Durante el año 2012, se llevarán a cabo las siguientes Uno. El Instituto de Estudios Fiscales elaborará un estudio Dos. La Agencia Estatal de Administración Tributaria Tres. Las autoridades del Ministerio de Economía y Hacienda Cuatro. Las autoridades del Ministerio de Economía y Cinco. La Agencia Estatal de Administración Tributaria del Seis. El Gobierno propiciará un Acuerdo en las distintas Siete. El Servicio de Prevención del blanqueo de capitales Ocho. El Gobierno presentará en el plazo máximo de tres Nueve. El Gobierno presentará en el plazo de seis meses Diez. Se reforzará, dentro del contexto de sostenibilidad Once. El Gobierno planteará y defenderá ante las Doce. En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la JUSTIFICACIÓN Los efectos de la crisis económica global están afectando El IEF —Instituto de Estudios Fiscales—, Lo que nos revela el último Barómetro fiscal realizado por El estudio también nos habla de las causas principales del El barómetro fiscal destaca a la economía sumergida como el La aplicación de nuestro sistema fiscal ha permitido que se Todo ello tiene una relación directa con el importante ENMIENDA NÚM. 656 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente «Disposición adicional (nueva). Programa de reformas en En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de esta 1. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas a) Recuperar el carácter sintético del tributo integrando b) Asegurar la progresividad de las tarifas ajustando la c) Limitar al máximo la determinación del rendimiento neto d) Suprimir la deducción por adquisición de vivienda e) Limitar la deducción por aportaciones a instrumentos 2. En el Impuesto sobre Sociedades elevar el tipo general 3. Recuperar el Impuesto sobre el Patrimonio en los 4. Crear un Impuesto sobre Bienes Suntuarios aplicable a 5. Crear un Impuesto sobre las Transacciones 6. Desarrollar la fiscalidad verde introduciendo criterios JUSTIFICACIÓN Las distintas reformas tributarias de carácter estructural Además de perder recursos potenciales, las rebajas fueron Así, por ejemplo, en el Impuesto sobre la Renta de las En el Impuesto de Sociedades, las empresas tienen un tipo Y en lo que respecta al Impuesto sobre el Patrimonio, La economía española ha experimentado la recesión más El problema ahora es que la estrategia de consolidación Lo sensato es mantener cierto estímulo público, que sólo La presión fiscal en nuestro país es notablemente inferior ENMIENDA NÚM. 657 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente «Disposición adicional (nueva). Instituciones de Inversión En los dos meses siguientes desde la entrada en vigor de JUSTIFICACIÓN Esta enmienda pretende evitar los notorios abusos de las El fin principal de estos abusos es eludir la tributación No parece justo ni equitativo que las personas que poseen Como el capital de las SICAV es variable, el porcentaje En caso de que una SICAV no respetara el nuevo porcentaje ENMIENDA NÚM. 658 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente «Disposición adicional (nueva). Modificación del modelo de En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta 1. Modificar la actual estructura de la IGAE definiendo un 2. Evaluar las ventajas e inconvenientes de una progresiva 3. Reforzar y ampliar el control permanente y la a) Estableciendo procedimientos de control posterior, b) Poner en marcha procedimientos sistemáticos de control c) Implementar procedimientos de control que garanticen que d) Publicitar los resultados de los informes de control 4. Establecer un régimen de exigencia de responsabilidades 5. Desarrollar herramientas tendentes a clarificar la 6. Establecer barreras legales que impidan que la 7. Publicitar la actividad desarrollada y el acceso a los 8. Regular la obligatoriedad de colaborar con la Base de 9. Mejorar el aprovechamiento de los recursos disponibles 10. Elaborar un catálogo de gastos suntuosos de imposible JUSTIFICACIÓN El actual modelo de control del gasto público gira en torno El primero de ellos es un control esencial en toda sociedad La IGAE es un órgano de control interno que se integra en Si bien los procedimientos de control han evolucionado con La fiscalización previa se limita actualmente a verificar El segundo anacronismo, relativo a la organización, es la El sistema, como se basa en la atribución de funciones al La consecuencia de este anacronismo es que lastra a la Este sistema de trabajo tiene otros efectos negativos ya Las consecuencias de este tipo de organización se Dadas las ineficiencias actuales la exigencia de Mientras, en Europa el modelo organizativo es el inverso: Por otra parte, los informes de control financiero y Conviene dotarse de herramientas para clarificar la ENMIENDA NÚM. 659 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente «Disposición Adicional (nueva). Creación del Cuerpo Uno. Creación del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda. 1. Se crea el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, Las relaciones de los puestos de trabajo determinarán los 2. El Cuerpo Técnico de Hacienda, el Cuerpo Técnico de Dos. Integración de funcionarios 1. Quedan automáticamente integrados en el Cuerpo Superior — Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Hacienda que — Los que estuviesen en posesión de la especialidad — Los que estuviesen en posesión de la especialidad — Los que estuviesen en posesión de la especialidad — Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Auditoría y — Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Gestión Asimismo, se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de 2. A estos efectos, el Ministerio de Economía y Hacienda y 3. En los supuestos de integración automática prevista en 4. En los supuestos de integración automática previsto en 5. Los funcionarios de las promociones primera y siguientes 6. Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Hacienda, Cuerpo Dichos procesos consistirán en la superación de un curso Los procesos selectivos deberán reunir las siguientes a) Los procesos se desarrollarán en un plazo no superior a b) La no superación del curso selectivo que se establezca o c) La admisión a los procesos se realizará por concurso de La obtención de las especialidades regulada en este número 7. Reglamentariamente se establecerá un procedimiento de Tres. Provisión de puestos de trabajo. 1. En los procesos de provisión de puestos de trabajo 2. La política de provisión de puestos de trabajo del Cuatro. Adscripción de puestos de trabajo. 1. En las relaciones de puestos de trabajo del Ministerio 2. La adscripción de puestos de trabajo a las Cinco. Movilidad. La movilidad derivada de los concursos de provisión de Seis. Régimen de Seguridad Social. Los funcionarios del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda Siete. Procesos selectivos para el ingreso en Cuerpo 1. Los procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Los funcionarios que en aplicación de lo dispuesto en el Ocho. Facultades de desarrollo. Se autoriza al Ministro de Hacienda para que adopte las JUSTIFICACIÓN La AEAT contaba a final de 2008 con una plantilla de 27.951 La acumulación de la mayor parte de competencias técnicas y Alguna de estas disfunciones han sido reconocidas en el Una cuestión similar acontece en la IGAE (Intervención En absoluto contraste con la excesiva concentración de Técnicos insatisfacción y frustración profesional, que se La ineficiente distribución de competencias, la Lo mismo puede predicarse de la IGAE, donde resulta obvio Debido a estas disfunciones se desaprovechan recursos que Debido a las poderosas razones apuntadas resulta A todo ello habría que sumar la bajísima tasa de reposición En consecuencia con el análisis anterior, y a la vista de ENMIENDA NÚM. 660 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la introducción de una nueva Disposición «Disposición Adicional nueva. Contrato de Servicios con la El importe de la renovación del contrato de servicios con JUSTIFICACIÓN La insuficiente dotación en los últimos años a través del EFE es un bien intangible que a través de la información Por estas razones la Agencia EFE debe ser considerada una Con este aumento el recorte sufrido por la agencia en los ENMIENDA NÚM. 661 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la creación de una nueva Disposición Adicional «Disposición Adicional (nueva). Convenio con la Junta de El Gobierno en el plazo de tres meses desde la aprobación JUSTIFICACIÓN Cumplimiento de sentencia del Tribunal Supremo de ENMIENDA NÚM. 662 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva disposición adicional del «Disposición Adicional (nueva) El Gobierno elaborará un proyecto de ley sobre el impuesto JUSTIFICACIÓN El Impuesto de Transacciones Financieras es un instrumento Siendo deseable que se implemente en la mayor parte de los Su capacidad recaudatoria es elevada. Por poner un ejemplo, ENMIENDA NÚM. 663 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional que queda Disposición Adicional (nueva). Para garantizar la El Gobierno realizará en los próximos tres meses todas JUSTIFICACIÓN En las enseñanzas universitarias de carácter público existe Así lo establece el art. 47 de la Ley Orgánica 4/2007, de En relación al régimen funcionarial, la LOMLOU en el art. Con respecto al personal contratado bajo el régimen También establece que la contratación de personal docente e En nuestras universidades públicas coexisten por tanto dos A la ya compleja contratación de nuestras universidades Se excluye por tanto al Personal Docente Investigador -PDI- La aplicación para este año 2012 de ambas regulaciones, el Además de la pérdida de puestos de trabajo, la no En definitiva, los hemos formado para ahora obligarlos a ENMIENDA NÚM. 664 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional que queda Disposición Final (nueva). Para garantizar la dotación de Uno. Se elimina la letra e del apartado cinco del artículo Dos. Se añade un nuevo apartado siete al artículo 3 del «Siete. Las Administraciones Públicas respecto de los JUSTIFICACIÓN Si la lucha contra el fraude es una verdadera prioridad ENMIENDA NÚM. 665 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente «Disposición adicional (nueva). Modificación del modelo de En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta 1. Modificar la actual estructura de la IGAE definiendo un 2. Evaluar las ventajas e inconvenientes de una progresiva 3. Reforzar y ampliar el control permanente y la a) Estableciendo procedimientos de control posterior, b) Poner en marcha procedimientos sistemáticos de control c) Implementar procedimientos de control que garanticen que d) Publicitar los resultados de los informes de control 4. Establecer un régimen de exigencia de responsabilidades 5. Desarrollar herramientas tendentes a clarificar la 6. Establecer barreras legales que impidan que la 7. Publicitar la actividad desarrollada y el acceso a los 8. Regular la obligatoriedad de colaborar con la Base de 9. Mejorar el aprovechamiento de los recursos disponibles 10. Elaborar un catálogo de gastos suntuosos de imposible JUSTIFICACIÓN El actual modelo de control del gasto público gira en torno El primero de ellos es un control esencial en toda sociedad La IGAE es un órgano de control interno que se integra en Si bien los procedimientos de control han evolucionado con La fiscalización previa se limita actualmente a verificar El segundo anacronismo, relativo a la organización, es la El sistema, como se basa en la atribución de funciones al en las futuras Agencias), establece una jerarquía que se La consecuencia de este anacronismo es que lastra a la Este sistema de trabajo tiene otros efectos negativos ya Las consecuencias de este tipo de organización se Dadas las ineficiencias actuales la exigencia de Mientras, en Europa el modelo organizativo es el inverso: Por otra parte, los informes de control financiero y Conviene dotarse de herramientas para clarificar la ENMIENDA NÚM. 666 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente «Disposición Adicional (nueva). Creación del Cuerpo Uno. Creación del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda. 1. Se crea el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, Las relaciones de los puestos de trabajo determinarán los materia de contabilidad pública, función interventora y de 2. El Cuerpo Técnico de Hacienda, el Cuerpo Técnico de Dos. Integración de funcionarios 1. Quedan automáticamente integrados en el Cuerpo Superior — Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Hacienda que — Los que estuviesen en posesión de la especialidad — Los que estuviesen en posesión de la especialidad — Los que estuviesen en posesión de la especialidad — Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Auditoría y — Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Gestión Asimismo, se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de 2. A estos efectos, el Ministerio de Economía y Hacienda y 3. En los supuestos de integración automática prevista en 4. En los supuestos de integración automática previsto en 5. Los funcionarios de las promociones primera y siguientes 6. Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Hacienda, Cuerpo o suspensión firme de funciones, podrán participar en los Dichos procesos consistirán en la superación de un curso Los procesos selectivos deberán reunir las siguientes a) Los procesos se desarrollarán en un plazo no superior a b) La no superación del curso selectivo que se establezca o c) La admisión a los procesos se realizará por concurso de La obtención de las especialidades regulada en este número 7. Reglamentariamente se establecerá un procedimiento de Tres. Provisión de puestos de trabajo. 1. En los procesos de provisión de puestos de trabajo 2. La política de provisión de puestos de trabajo del Cuatro. Adscripción de puestos de trabajo. 1. En las relaciones de puestos de trabajo del Ministerio 2. La adscripción de puestos de trabajo a las Cinco. Movilidad. La movilidad derivada de los concursos de provisión de Seis. Régimen de Seguridad Social. Los funcionarios del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda Siete. Procesos selectivos para el ingreso en Cuerpo 1. Los procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Los funcionarios que en aplicación de lo dispuesto en el Ocho. Facultades de desarrollo. Se autoriza al Ministro de Hacienda para que adopte las JUSTIFICACIÓN La AEAT contaba a final de 2008 con una plantilla de 27.951 La acumulación de la mayor parte de competencias técnicas y Alguna de estas disfunciones han sido reconocidas en el Una cuestión similar acontece en la IGAE (Intervención parte de los servicios de intervención y auditoría, cuando En absoluto contraste con la excesiva concentración de La ineficiente distribución de competencias, la Lo mismo puede predicarse de la IGAE, donde resulta obvio Debido a estas disfunciones se desaprovechan recursos que Debido a las poderosas razones apuntadas resulta A todo ello habría que sumar la bajísima tasa de reposición En consecuencia con el análisis anterior, y a la vista de del 2009, por las que se instaba al Gobierno a proceder al ENMIENDA NÚM. 667 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la introducción de una nueva Disposición «Disposición Adicional nueva. Contrato de Servicios con la El importe de la renovación del contrato de servicios con JUSTIFICACIÓN La insuficiente dotación en los últimos años a través del EFE es un bien intangible que a través de la información Por estas razones la Agencia EFE debe ser considerada una Con este aumento el recorte sufrido por la agencia en los ENMIENDA NÚM. 668 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la creación de una nueva Disposición Adicional «Disposición Adicional (nueva). Convenio con la Junta de El Gobierno en el plazo de tres meses desde la aprobación en el término municipal de Carboneras, Almería, así como JUSTIFICACIÓN Cumplimiento de sentencia del Tribunal Supremo de ENMIENDA NÚM. 669 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva disposición adicional del «Disposición Adicional (nueva) El Gobierno elaborará un proyecto de ley sobre el impuesto JUSTIFICACIÓN El Impuesto de Transacciones Financieras es un instrumento Siendo deseable que se implemente en la mayor parte de los Su capacidad recaudatoria es elevada. Por poner un ejemplo, ENMIENDA NÚM. 670 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una Disposición Adicional nueva con la siguiente «(nueva) Beneficios fiscales aplicables al evento «2014 Año Uno. La celebración de «2014 Año Internacional de la Dieta Dos. La duración de este programa de apoyo a este Tres. La certificación de la adecuación de los gastos Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los JUSTIFICACIÓN La celebración durante el trienio 2012-2014 de una serie de SOCIAL 1. Situará el país en el mapa alimentario global. 2. Supondrá un proyecto tractor para la promoción hábitos 3. Fomentará la colaboración entre la industria privada y 4. Desarrollará nuevos hábitos de alimentación que MEDIOAMBIENTAL 5. Por los beneficios que aportará al sector primario 6. Por la promoción de una agricultura sostenible 7. Por las nuevas aportaciones de valor de carácter CULTURAL 8. Socializar el estilo de vida y cultura mediterránea, 9. Ilusionar a todo el país reafirmando la bondad de la 10. Extender el Patrocinio desde lo puramente deportivo o ENMIENDA NÚM. 671 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición Adicional Nueva Se modifica el artículo 38 de la Ley 35/2006, de 28 de «Artículo 38. Reinversión en los supuestos de transmisión Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo JUSTIFICACIÓN Permitir la exención para la reinversión en las ganancias y ENMIENDA NÚM. 672 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición Adicional Nueva Se añade una Disposición Adicional Nueva al Real Decreto La renta positiva que se obtenga en las transmisiones de JUSTIFICACIÓN Permitir la exención para la reinversión en las ganancias y ENMIENDA NÚM. 673 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una Disposición Adicional Nueva con el siguiente El Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino JUSTIFICACIÓN La situación del registro de productos fitosanitarios del mejorar la competitividad de nuestras producciones ENMIENDA NÚM. 674 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade un nueva Disposición adicional con la siguiente «Disposición adicional (nueva). A todos los suboficiales de la Guardia Real a extinguir que JUSTIFICACIÓN La extinta escala de la Guardia Real que se acogió a no Los Guardia Real que no se integraron se han mantenido en ENMIENDA NÚM. 675 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una Disposición Adicional nueva con la siguiente «(nueva) Adaptación de los objetivos de déficit a la El gobierno iniciará un diálogo con las Comunidades Este diálogo tendrá como objetivo redefinir los objetivos JUSTIFICACIÓN Hay que ajustar el sesgo injusto que conlleva hacia las ENMIENDA NÚM. 676 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición transitoria con la siguiente «Disposición transitoria (nueva). Ascensos en reserva. Los comandantes y capitanes de la Escala a Extinguir de JUSTIFICACIÓN Se trata de paliar la discriminación que supone respecto al El ascenso al empleo de comandante en algunos casos no ENMIENDA NÚM. 677 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la creación de una nueva Disposición Transitoria «Disposición Transitoria (nueva). Los planes de pensiones de empleo o seguros colectivos en A dichos planes podrán incorporarse nuevos promotores, de JUSTIFICACIÓN Se recupera la redacción de esta materia presente en la Ley El Acuerdo de la Mesa General de la Función Pública de Con anterioridad a tal Acuerdo se habían venido negociando El mantenimiento y viabilidad de dichos sistemas anteriores ENMIENDA NÚM. 678 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la introducción de una nueva Disposición «Disposición Transitoria (nueva). “Los planes de pensiones de empleo o seguros A dichos planes podrán incorporarse nuevos promotores, de JUSTIFICACIÓN Mediante esta disposición se recupera la posibilidad de Con ello se solventan los problemas de interpretación El Acuerdo de la Mesa General de la Función Pública de Con anterioridad a tal Acuerdo se habían venido negociando que dio como resultado la introducción, con carácter ENMIENDA NÚM. 679 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición transitoria con la siguiente «Disposición transitoria (nueva). Ascensos en reserva. Los comandantes y capitanes de la Escala a Extinguir de JUSTIFICACIÓN Se trata de paliar la discriminación que supone respecto al El ascenso al empleo de comandante en algunos casos no ENMIENDA NÚM. 680 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la creación de una nueva Disposición Transitoria «Disposición Transitoria (nueva). Los planes de pensiones de empleo o seguros colectivos en A dichos planes podrán incorporarse nuevos promotores, de JUSTIFICACIÓN Se recupera la redacción de esta materia presente en la Ley El Acuerdo de la Mesa General de la Función Pública de Con anterioridad a tal Acuerdo se habían venido negociando El mantenimiento y viabilidad de dichos sistemas anteriores ENMIENDA NÚM. 681 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la introducción de una nueva Disposición «Disposición Transitoria (nueva). «Los planes de pensiones de empleo o seguros colectivos en vigor y autorizados con anterioridad al 1 de octubre de A dichos planes podrán incorporarse nuevos promotores, de JUSTIFICACIÓN Mediante esta disposición se recupera la posibilidad de Con ello se solventan los problemas de interpretación El Acuerdo de la Mesa General de la Función Pública de Con anterioridad a tal Acuerdo se habían venido negociando ENMIENDA NÚM. 682 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición derogatoria con la siguiente «Disposición derogatoria (nueva). Derogación de la Queda derogada la disposición adicional segunda de la Ley JUSTIFICACIÓN La contratación con empresas privadas de auditoría, para la En la actualidad la mayoría de las empresas y entidades Esta práctica no se basa en una insuficiencia real de La incongruencia de estar contratando empresas privadas de Dicha situación supone una clara muestra de falta de ENMIENDA NÚM. 683 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Se modifica la disposición final décima cuarta que queda Disposición Final décima cuarta. Modificación del Real Uno. Con efectos de 1 de enero de 2012 y con vigencia hasta «Con el fin de reforzar la atención a las personas Dos. Con efectos de 1 de enero de 2012 y con vigencia hasta fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la El artículo 13 de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de Artículo 13. Servicios Públicos de Empleo. Se prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2013, el Plan Respecto de la gestión por las Comunidades Autónomas de JUSTIFICACIÓN Se propone prorrogar durante todo el año 2012 y el 2013 el En el Estado Español, el país con más paro de toda la UE, Sin duda, la eliminación de estas 1.500 plazas de ENMIENDA NÚM. 684 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. A la Disposición Final Décima octava. La Disposición Final Décima octava quedará redactada de la Décima octava. Modificación del Real Decreto-ley 20/2011, Con efectos de la entrada en vigor de esta Ley y vigencia (resto igual) Dos. (Se suprime) JUSTIFICACIÓN El «apartado Dos del Artículo 14» del «Real Decreto-Ley Posteriormente la «Disposición Final Decimoquinta» de la Se modifica el apartado Dos del artículo 14 del Real «Dos. En el ejercicio económico 2011, las entidades locales A efectos del cálculo del capital vivo se tendrán en cuenta En virtud de sus respectivos regímenes forales, la El resto de apartados permanece con la misma redacción. Posteriormente la «Disposición Adicional Decimocuarta» del por la Disposición Final decimoquinta de la LPGE para 2011, «Para la determinación del ahorro neto y de los ingresos A efectos del cálculo del capital vivo se considerarán Finalmente y mediante la «Disposición Final Décima octava» «Se prorroga para el año 2012, el apartado Dos del artículo Para la determinación del ahorro neto y de los ingresos A efectos del cálculo del capital vivo se considerarán Como se observa, lo que se estableció como una medida de Por este motivo y dada la excepcionalidad de la situación Por todo lo anterior y considerando que mediante RDL ENMIENDA NÚM. 685 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva Disposición Final del siguiente «Disposición Final (nueva). Modificación de la Ley 26/2009, Primero. Se modifica el apartado Dos que queda con la Dos. La duración del programa de apoyo a este Segundo. Se añade un nuevo párrafo al apartado Cinco del No obstante, las cantidades satisfechas, en concepto de JUSTIFICACIÓN La Ley 26/2009, de 26 de Diciembre de PGE para el año 2010, Con anterioridad, la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de PGE De la misma forma, en la Ley 26/2009, en su DF undécima se «No obstante, las cantidades satisfechas, en concepto de El actual escenario de crisis está repercutiendo de forma La imposibilidad de captar empresas que esponsoricen o De otra parte, la duración del programa de apoyo a la ENMIENDA NÚM. 686 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. De una nueva disposición Final Modificación de la Ley 40/2007, 4 de diciembre, de medidas Se añade una nueva Disposición Adicional con el siguiente «Edad de jubilación del colectivo de funcionarios miembros El Gobierno presentará en el menor plazo posible a la JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento a la disposición adicional específica ENMIENDA NÚM. 687 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición final con la siguiente «Disposición final (nueva). Se añade una nueva letra en el En los casos de orfandad simple: Si el huérfano no trabaja o sus ingreso son inferiores al Si el huérfano estuviera cursando estudios y cumpliera los JUSTIFICACIÓN Aplicar a huérfanos del Régimen de Clases Pasivas del En la actualidad se viene dando un trato discriminatorio ENMIENDA NÚM. 688 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la añadir una nueva Disposición Final del «Disposición Final (nueva). Modificación del Real Decreto Con efectos de la entrada en vigor de esta ley y vigencia Uno. El Artículo 100.1. del Real Decreto Legislativo «1. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras Dos. El Artículo 100.2. primer párrafo del Real Decreto «2. En el supuesto de que la construcción, instalación u Tres. El Artículo 103.1. primer párrafo del Real Decreto «1. Cuando se conceda la licencia preceptiva o se presente se inicie la construcción, instalación u obra, se JUSTIFICACIÓN El «Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Se habilita por tanto la posibilidad de cobrar tasas por Por consiguiente, una previsión similar a la establecida en ENMIENDA NÚM. 689 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición final con la siguiente «Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 24/2001, Con efectos a partir de la entrada en vigor de esta Ley y Cuatro. Será incompatible la percepción de la pensión JUSTIFICACIÓN Establecer la incompatibilidad de las pensiones ENMIENDA NÚM. 690 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la creación de una Disposición Final del Disposición Final (nueva) Se modifica el apartado 1) de la Disposición Adicional «Disposición Adicional Quinta. Límites a la contratación 1). No podrán celebrarse contratos de servicios con JUSTIFICACIÓN La Ley 14/1994 supuso la incorporación al ordenamiento La Ley de Contratos del Sector Público de 2007 establecía 1) No podrán celebrarse contratos de servicios con empresas Estas limitaciones desaparecen con la Ley 35/2010, de La modificación con respecto a las ETT y las En la actualidad queda pendiente el compromiso o mandato Hay que procurar que ciertos datos no puedan caer en manos ENMIENDA NÚM. 691 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición final que queda redactada en «Nueve bis (nuevo). Se añade una nueva disposición “Disposición adicional cuadragésima bis. Coeficientes 1. La edad ordinaria de 65 años exigida para el acceso a la La aplicación de la reducción de la edad de jubilación 2. El período de tiempo en que resulte reducida la edad de Tanto la reducción de la edad como el cómputo, a efectos de Asimismo, mantendrán el derecho a estos mismos beneficios 3. En relación con los colectivos a los que se refiere esta 4. Durante el año 2011 dicho tipo de cotización adicional 5. Estos tipos de cotización se ajustarán en los años JUSTIFICACIÓN Reparar la desigualdad y discriminación existente entre los ENMIENDA NÚM. 692 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición final que queda redactada en «Nueve bis (nuevo). Se añade una nueva disposición “Disposición adicional cuadragésima bis. Coeficientes 1. La edad ordinaria de 65 años exigida para el acceso a la La aplicación de la reducción de la edad de jubilación 2. El período de tiempo en que resulte reducida la edad de Tanto la reducción de la edad como el cómputo, a efectos de Asimismo, mantendrán el derecho a estos mismos beneficios 3. En relación con los colectivos a los que se refiere esta 4. Durante el año 2011 dicho tipo de cotización adicional 5. Estos tipos de cotización se ajustarán en los años JUSTIFICACIÓN Reparar la desigualdad y discriminación existente entre los ENMIENDA NÚM. 693 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva Disposición Final del siguiente «Disposición Final (nueva). Modificación de la Ley 26/2009, Primero. Se modifica el apartado Dos que queda con la Dos. La duración del programa de apoyo a este Segundo. Se añade un nuevo párrafo al apartado Cinco del No obstante, las cantidades satisfechas, en concepto de JUSTIFICACIÓN La Ley 26/2009, de 26 de Diciembre de PGE para el año 2010, Con anterioridad, la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de PGE De la misma forma, en la Ley 26/2009, en su DF undécima se «No obstante, las cantidades satisfechas, en concepto de El actual escenario de crisis está repercutiendo de forma La imposibilidad de captar empresas que esponsoricen o De otra parte, la duración del programa de apoyo a la ENMIENDA NÚM. 694 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. De una nueva disposición Final Modificación de la Ley 40/2007, 4 de diciembre, de medidas Se añade una nueva Disposición Adicional con el siguiente «Edad de jubilación del colectivo de funcionarios miembros El Gobierno presentará en el menor plazo posible a la JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento a la disposición adicional específica ENMIENDA NÚM. 695 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición final con la siguiente «Disposición final (nueva). Se añade una nueva letra en el En los casos de orfandad simple: Si el huérfano no trabaja o sus ingreso son inferiores al Si el huérfano estuviera cursando estudios y cumpliera los JUSTIFICACIÓN Aplicar a huérfanos del Régimen de Clases Pasivas del En la actualidad se viene dando un trato discriminatorio ENMIENDA NÚM. 696 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El Anexo VI queda redactado en los siguientes términos: ANEXO VI Costes de personal de la Universidad Nacional de Educación Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley, el JUSTIFICACIÓN Se propone aumentar el techo de gasto para el personal de La UNED, además de un plan interno de ajuste presupuestario a) Los menores efectos en la UNED de la aplicación del RDL b) La incorporación de personal laboral temporal a la ENMIENDA NÚM. 697 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El Anexo VI queda redactado en los siguientes términos: ANEXO VI Costes de personal de la Universidad Nacional de Conforme a lo dispuesto en el articulo 18 de esta Ley, el JUSTIFICACIÓN Se propone aumentar el techo de gasto para el personal de La UNED, además de un plan interno de ajuste presupuestario a) Los menores efectos en la UNED de la aplicación del RDL b) La incorporación de personal laboral temporal a la El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Palacio del Senado, 4 de junio de 2012.-El Portavoz ENMIENDA NÚM. 698 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (en miles de ¤) Sección: 05, CONSEJO DE ESTADO Servicio: 01 Programa 912 N. Alto asesoramiento del Estado Capítulo 4. Transferencias corrientes Artículo 48. A familias e instituciones sin fines de Concepto (nuevo): Para potenciar el asociacionismo y la Dotación Adicional en 2012: + 240 miles de euros BAJA (en miles de ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Capítulo. 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación en 2012: – 240 miles de euros JUSTIFICACIÓN La participación de las mujeres es todavía hoy una De ahí que el Estado deba implementar las medidas ENMIENDA NÚM. 699 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 03 SECIPI Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 87. Activo financiero Concepto: Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento Dotación 2012 adicional: 125.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 125.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la partida del Fondo del Agua al nivel del ENMIENDA NÚM. 700 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIROES Y DE Servicio: 03 SECIPI Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 87. Activo financiero Concepto: FONPRODE Dotación 2012 adicional: 670.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 670.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la partida al nivel del presupuesto del ENMIENDA NÚM. 701 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 79. Al exterior Concepto: Para AOD Dotación 2012 adicional: 39.799 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 39.799 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la AOD para cumplir con el 0.7 % del PIB en ENMIENDA NÚM. 702 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 78. Transferencias de capital a Instituciones sin Concepto: Para proyectos especiales AOD Dotación 2012 adicional: 16.961 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 16.961 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la AOD para cumplir con el 0.7 % del PIB en ENMIENDA NÚM. 703 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 48. Transferencias corrientes a Instituciones sin Concepto: Para Ayuda Oficial al Desarrollo Dotación 2012 adicional: 139.538 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 139.538 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la AOD para cumplir con el 0.7 % del PIB en ENMIENDA NÚM. 704 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 49. Al exterior Concepto: Para Ayuda Oficial al Desarrollo Dotación 2012 adicional: 246.978 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 246.978 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la AOD para cumplir con el 0.7 % del PIB en ENMIENDA NÚM. 705 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 49. Al exterior Concepto: Subvenciones Estado y otros proyectos AOD Dotación 2012 adicional: 99.615 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 99.615 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la AOD para cumplir con el 0.7 % del PIB en ENMIENDA NÚM. 706 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 48. Transferencias corrientes a Instituciones sin Concepto: Ayuda Humanitaria Dotación 2012 adicional: 13.298 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 13.298 miles de euros JUSTIFICACIÓN La Ayuda Humanitaria se ve drásticamente reducida. Estos ENMIENDA NÚM. 707 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 49. Al exterior Concepto: Para Ayuda Humanitaria Dotación 2012 adicional: 44.981 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 44.981 miles de euros JUSTIFICACIÓN La Ayuda Humanitaria se ve drásticamente reducida. Estos ENMIENDA NÚM. 708 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 48. Transferencias corrientes a Instituciones sin Concepto: Ayudas singulares y otros proyectos AOD Dotación 2012 adicional: 21.671 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 21.671 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la partida destinada a los proyectos de las ENMIENDA NÚM. 709 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE Servicio: 401 AECID Programa: 143A Cooperación al Desarrollo Artículo: 48. Transferencias corrientes a Instituciones sin Concepto: Programas, proyectos y otras ayudas a ONGD Dotación 2012 adicional: 24.028 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 24.028 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incremento de la partida destinada a ONGD al nivel del ENMIENDA NÚM. 710 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) + 23.000. Sección: 12. Asuntos Exteriores. Servicio: 01. Programa: 142 A. Acción del Estado en el exterior Artículo 48 A familias e instituciones sin ánimo de Concepto 48105 Para defensa y protección de los derechos Artículo 49 Al exterior Concepto 495 Participación en el FNUAP. Variación (miles de Concepto 496 Participación en UNIFEM. Variación (miles de Concepto 497 Participación en el fondo de programas de Concepto 498 Ayudas a convenio de erradicación del trabajo BAJA (miles de euros) – 23.000. Sección: 31. Servicio: 02. Programa: 929 M Articulo 51 Concepto 510 JUSTIFICACIÓN Dotar a estos programas de fondos necesarios para llevarlos ENMIENDA NÚM. 711 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (en miles de euros) + 3.600 Sección: 12. Servicio: 03. Secretaría de Estado de Cooperación Programa: 143A.Cooperación para el Desarrollo. Artículo: 48 Concepto: 488. Ayuda a convenios de erradicación del Dotación 2012: + 3.600 BAJA (en miles de euros) -3.600 Sección: 31. Servicio: 02. Programa: 929M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012: - 3.600 JUSTIFICACIÓN Cumplimiento de nuestros compromisos internacionales en ENMIENDA NÚM. 712 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 12 Servicio: 03 Programa: 000X Concepto: 730 Dotación 2012 adicional: 319.830 miles de euros Repercusión en el presupuesto del Organismo ALTA (miles ¤) Sección: 12, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Servicio: 401, Agencia Española de la Cooperación Programa: 143A, Cooperación para el desarrollo Artículo: 79: Al exterior Concepto (nuevo): Programas y proyectos para mejorar el Dotación 2012 adicional: 319.830 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2010: – 319.830 miles de euros JUSTIFICACIÓN El programa de Acción adoptado en la Conferencia A pesar de los avances importantes producidos en los En este marco de necesidades pasadas, presentes y futuras, Especialistas de Naciones Unidas afirman que el «dramático» ENMIENDA NÚM. 713 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Servicio: 03. Secretaría de Estado de Cooperación Programa: 143A. Cooperación para el desarrollo. Artículo: 49. Concepto: Ayuda Humanitaria Dotación 2010 adicional: + 13.000,00 miles de euros. BAJA (miles de euros) Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M. Concepto 510 Artículo: 51. Dotación 2010: – 13.000,00 miles de euros. JUSTIFICACIÓN — Mantener el esfuerzo en materia de AOD — Mejorar la calidad y eficacia de la ayuda ante ENMIENDA NÚM. 714 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 13, Ministerio de Justicia. Servicio: 02, Dirección General de Relaciones con la Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Artículo: 45, A Comunidades Autónomas. (Nuevo) Concepto: 451 Plan de Mejora de los Juzgados de Dotación 2012 adicional: 4.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 4.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Acometer la mejora del funcionamiento de los Juzgados de ENMIENDA NÚM. 715 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 13, Ministerio de Justicia. Servicio: 02, Dirección General de Relaciones con la Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Artículo: 48, A Comunidades Autónomas. Concepto: 483, Al Consejo de la Abogacía Española. Turno de Dotación 2012 adicional: 4.600 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 4.600 miles de euros JUSTIFICACIÓN Por considerar la cuantía insuficiente para realizar la ENMIENDA NÚM. 716 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 13, Ministerio de Justicia. Servicio: 02, Dirección General de Relaciones con la Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Artículo: 48, A Comunidades Autónomas. Concepto: 484, Al Consejo de los Colegios de Procuradores. Dotación 2012 adicional: 650 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 650 miles de euros JUSTIFICACIÓN Por considerar la cuantía insuficiente para realizar la ENMIENDA NÚM. 717 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 13. Justicia Servicio: 01 Programa: 111N Dirección y Servicios Generales de Artículo: 75 Concepto: (Nuevo) Transferencias a aquellas CCAA que Dotación adicional 2012: 2.000 miles de euros. BAJA (miles ¤) Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M. Artículo: 51. Concepto: 510 Dotación 2012: – 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El pasado 11 de mayo de 2010 se aprobó una Moción Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura. 3. Garantizar Por todo ello, reclamos una alta de 2 millones de euros ENMIENDA NÚM. 718 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. ALTA (miles ¤) Sección: 13. Justicia Servicio: Programa: 111N Dirección y Servicios Generales de Artículo: 48 Concepto: (Nuevo) Ayudas a las familias para la exhumación Dotación adicional 2012: 2.000 miles de euros. BAJA (miles ¤) Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M. Artículo: 51. Concepto: 510 Dotación 2012: – 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El pasado 11 de mayo de 2010 se aprobó una Moción Por todo ello, reclamos una alta de 2 millones de euros ENMIENDA NÚM. 719 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. ALTA (miles ¤) Sección: 13, Ministerio de Justicia. Servicio: 02, Dirección General de Relaciones con la Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Artículo: 45, A Comunidades Autónomas. (Nuevo) Concepto: 453 Plan de especialización de los Dotación 20012 adicional: 5.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Las materias de las que conocen estos Juzgados afectan a ENMIENDA NÚM. 720 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. ALTA (miles ¤) Sección: 13, Ministerio de Justicia. Servicio: 01, Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 111N, Dirección y Servicios Generales de Artículo: 49, Al Exterior. Concepto: 493, GRECO Grupo de Estados contra la Dotación 2012 adicional: 50 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 50 miles de euros JUSTIFICACIÓN Aumentar la aportación de España al Grupo GRECO del Consejo ENMIENDA NÚM. 721 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. ALTA (miles ¤) Sección: 13, Ministerio de Justicia. Servicio: 02, Dirección General de Relaciones con la Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Artículo: 45, A Comunidades Autónomas. (Nuevo) Concepto: 452 Plan de Mejora de los Juzgados de Dotación 2012 adicional: 4.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 63 Concepto: 510 Dotación 2012: – 4.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Acometer la mejora del funcionamiento de los Juzgados de ENMIENDA NÚM. 722 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Sección: 14, DEFENSA Servicio: 01 Programa 121M Administración y Servicios Generales de Capítulo: 4 Artículo: 48 Denominación: Para medidas destinadas a erradicar la Dotación Adicional en 2012: + 400 miles de euros BAJA (en miles de ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Capítulo. 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación en 2012: – 400 miles de euros JUSTIFICACIÓN El informe de impacto de género de los presupuestos El extinto Observatorio de la Mujer en las Fuerzas Armadas, Cuando nos ponemos en la «especial incidencia en el ámbito intervenciones de las Fuerzas Armadas y especialmente en el ENMIENDA NÚM. 723 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 14, Ministerio de Defensa Servicio 03 Programa 000X Artículo 41 Concepto 410 Subconcepto 41002, Al Canal de Experiencia Hidrodinámica de Dotación adicional 2012: 935 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación a minorar 2012: – 935 miles de euros Repercusión en el presupuesto del CEHIPAR ALTA Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Defensa al CEHIPAR Importe: 935 miles de euros ALTA Estado de gastos Sección 14 Servicio 111 Programa 464A Capítulo I, Gastos de personal Importe: 935 miles de euros JUSTIFICACIÓN La transferencia corriente que realiza el Ministerio de ENMIENDA NÚM. 724 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ENMIENDA ALTA (miles ¤) Sección: 14, Ministerio de Defensa Servicio: 01, Ministerio y Subsecretaría Programa: 121M, Admón. y Servicios Grales. de Defensa Artículo 48, A familias e instituciones sin fines de Concepto 482 (nuevo), A asociaciones civiles para fomento Dotación 2011 adicional: 500 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2011: – 500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone una línea de subvenciones a asociaciones civiles ENMIENDA NÚM. 725 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 14, Ministerio de Defensa Servicio 03 Programa 000X Artículo 41 Concepto 410 Subconcepto 41003, Al Instituto Nacional de Técnica Dotación adicional 2012: 21.423 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación a minorar 2012: – 21.423 miles de euros Repercusión en el presupuesto del Instituto Nacional de ALTA: Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Defensa al Instituto Importe: 21.423 miles de euros ALTA: Estado de gastos Sección 14 Servicio 205 Programa 464A Capítulo I, Gastos de personal Importe: 21.423 miles de euros JUSTIFICACIÓN La transferencia corriente que realiza el Ministerio de ENMIENDA NÚM. 726 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (en miles de ¤) Sección: 15, Ministerio de Hacienda y Administraciones Servicio: 13 D.G. de Personal y Pensiones Públicas Programa 231 G Atención a la Infancia y a las familias Capítulo: 4 Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de Denominación: Fondo reembolsable de pensiones impagadas Dotación Adicional en 2012: + 60.000 miles de euros BAJA (en miles de ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Capítulo. 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación en 2012: – 60.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El art. 93 DEL Código Civil Español dispone que «el Juez, Desde 2003, dos Comunidades Autónomas la Valenciana y la A partir de la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley Sin embargo, tanto el tiempo de percepción de la cuantía Se propone que el importe a percibir sea el determinado por Este fondo además será reembolsable y por tanto ENMIENDA NÚM. 727 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 15, Ministerio de Hacienda y AA.PP Servicio: 27, D.G. de Coordinación de competencias con las Programa: 942A, Cooperación Económica Local del Estado Artículo: 76 A Entidades Locales Concepto 760 Denominación: A las Diputaciones, Cabildos Insulares, Dotación 2012 adicional: 62.920,40 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 62.920,40 miles de JUSTIFICACIÓN No existe partida para financiar planes provinciales de La desaparición de estas partidas, en especial la primera, Su objeto es que la aportación del Estado por Cooperación ENMIENDA NÚM. 728 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 15, Ministerio de Hacienda y AA.PP Servicio: 27, D.G. de Coordinación de competencias con las Programa: 942A, Cooperación Económica Local del Estado Artículo: 46 A Entidades Locales Concepto 461 (NUEVO) Denominación: Fondo especial para la financiación a favor Dotación 2012 adicional: 45.049,15 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Programa 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas. Artículo 51. Otros imprevistos. Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 45.049,15 miles de JUSTIFICACIÓN No existe partida para financiar planes provinciales de La desaparición de estas partidas, en especial la primera, La colaboración entre instituciones son especialmente Por todo ello es necesario dotar a este fondo con una ENMIENDA NÚM. 729 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones Servicio 27. Dirección General de Coordinación de Programa 942A. Cooperación económica local del Estado. Artículo 48. A familias e instituciones sin fines de Concepto 480. A la Federación Española de Municipios y Dotación 2012 adicional: 1.334,08 miles de euros. BAJA (miles de euros) Sección 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Programa 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas. Artículo 51. Otros imprevistos. Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 1.334,08 miles de JUSTIFICACIÓN La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es La FEMP representa en la actualidad a 7.324 Entidades La FEMP, que está declarada como Asociación de Utilidad Por otra parte, la Constitución Española recoge en el Existe una larga tradición de cooperación entre la FEMP con Que al Ministerio de Administraciones Públicas, ahora de Para el cumplimiento de dicho objetivo, se ha venido Asimismo, la FEMP participa en el Comité de las Regiones Para el ejercicio 2011, este apoyo se concretó en 3.335.190 Debido a la acción de representación de las Entidades Reconociendo la delicada situación económica actual y con ENMIENDA NÚM. 730 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 15: Ministerio de Hacienda y Administraciones Servicio 27. Dirección General de Coordinación de Programa 942A. Cooperación Económica Local del Estado. Artículo 76. A entidades Locales. Concepto 769 (nuevo). A las Diputaciones, Cabildos, Dotación 2012 adicional: 672,91 miles de euros. BAJA Sección 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Programa 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas. Artículo 51. Otros imprevistos. Dotación 2012 a minorar: – 672,91 miles de euros JUSTIFICACIÓN El objeto de esta enmienda es que la Encuesta de La subvención dirigida a las Diputaciones, Cabildos y ENMIENDA NÚM. 731 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 15 Mª DE HACIENDA Y AA.PP. Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 923M Dirección y Servicios Generales de Hacienda Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 44 A Sociedades. EE.PP fundacionales y resto Concepto: 442 Al Grupo de la Corporación R.T.V.E. Subconcepto: 44200 A la Corporación R.T.V.E. S.A., para la Dotación Adicional 2012: 203.310 miles de euros BAJA Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DPTOS. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Dotación 2012 a minorar: 203.310 miles de euros Con repercusión en el Presupuesto de la Corporación de JUSTIFICACIÓN La transferencia corriente del Ministerio a la Corporación ENMIENDA NÚM. 732 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 15 Mª DE HACIENDA Y AA.PP. Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 923M Dirección y Servicios Generales de Hacienda Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 44 A Sociedades. EE.PP fundacionales y resto Concepto: 442 Al Grupo de la Corporación R.T.V.E. Subconcepto: 44200 A la Corporación R.T.V.E. S.A., para la Dotación Adicional 2012: 203.310 miles de euros BAJA Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DPTOS. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Dotación 2012 a minorar: 203.310 miles de euros Con repercusión en el Presupuesto de la Corporación de JUSTIFICACIÓN La transferencia corriente del Ministerio a la Corporación ENMIENDA NÚM. 733 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 15 Mª DE HACIENDA Y AA.PP. Servicio: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa: 923M Dirección y Servicios Generales de Hacienda Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 44 A Sociedades. EE.PP fundacionales y resto Concepto: 440A la Agencia EFE para gastos de Dotación Adicional 2012: 3.000 (miles de ¤) BAJA Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DPTOS. Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Dotación 2012: 3.000 (miles de ¤) JUSTIFICACIÓN Aumentar la aportación patrimonial de la Sociedad Estatal La cuantía de 3 millones de ¤ corresponde al ajuste que se ENMIENDA NÚM. 734 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 04. Programa: 131 N Formación y Cuerpos de Seguridad del Artículo nuevo: 48, A familias e instituciones sin fines de Concepto nuevo: 481 Atención a la inmigración. Dotación 2012 adicional: 5.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Complementar la actuación de los Cuerpos y fuerzas de ENMIENDA NÚM. 735 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 01. Programa: 134 M Artículo: 62 Proyecto 200316011085 Concepto: Equipos para riesgos y emergencias Dotación 2012 adicional: 450 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 450 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar la partida destinada a equipos de emergencias y ENMIENDA NÚM. 736 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 16. Ministerio del Interior. Servicio 05. Secretaría General de Instituciones Programa 133A. Centros e Instituciones Penitenciarias Artículo 48. A familias e instituciones sin fines de Concepto 484. A la Federación Española de Municipios y Importe: Se incrementa su Dotación en 82,51 miles de BAJA Sección 16. Ministerio del Interior. Servicio 05. Secretaría General de Instituciones Programa 133A. Centros e Instituciones Penitenciarias Artículo 48. A familias e instituciones sin fines de Importe: Se minora en 82,51 miles de euros. JUSTIFICACIÓN La Comisión Ejecutiva de la FEMP, en su reunión del día 2 Con mutua voluntad de dar continuidad a las acciones El objeto del Convenio es establecer la colaboración con la Compromisos que asumen las partes: La FEMP se compromete a: — Difundir entre todas las entidades locales de su — Realizar las gestiones oportunas ante las entidades — Remitir a la Secretaria General de Instituciones — Coordinar la recogida de información sobre las Sin bien es cierto, que cada año se han ido producido un Por ello, la FEMP ha orientado la gestión hacia un Para dar respuesta a la preocupación de un gran número de Por todo ello, consideramos que el descenso en la partida ENMIENDA NÚM. 737 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 101 Jefatura de Tráfico. Programa: 132 B Seguridad Vial. Artículo: 46 Concepto: 460 A corporaciones Locales para ayuda a la Dotación 2012 adicional: 100 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Por creerlo conveniente ENMIENDA NÚM. 738 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 05. Programa: 133A Artículo: 12 Concepto: Funcionarios Dotación 2012 adicional: 25.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 25.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Es necesario que los Presupuestos Generales del Estado del ENMIENDA NÚM. 739 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 01. Programa: 134 M. Protección Civil Artículo: 62 Proyecto nuevo Concepto: Equipos para riesgos y emergencias Dotación 2012 adicional: 1.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar la partida destinada a equipos de emergencias y ENMIENDA NÚM. 740 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 05 Dirección General de Instituciones Programa: 133 ACentros e Instituciones Penitenciarias. Artículo: 21 Reparaciones, mantenimiento y Dotación 2012 adicional: 31.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 31.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Duplicar el presupuesto para el mantenimiento, reparaciones ENMIENDA NÚM. 741 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 101 Jefatura de Tráfico. Programa: 132 B Seguridad Vial. Artículo: 48 A Corporaciones Locales. Concepto: 485. Plan de Apoyo a la Educación Vial. Varias Dotación 2012 adicional: 500 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Apoyar planes conjuntos con las corporaciones locales de ENMIENDA NÚM. 742 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 05. Programa: 133A Artículo: 63 Proyecto: Nuevo Concepto: Unidades asistencia psiquiátrica penitenciaria en Dotación 2012 adicional: 3.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012 a minorar: – 3.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Teniendo en cuenta el alto índice de población reclusa con ENMIENDA NÚM. 743 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 16, Ministerio del Interior. Servicio: 05. Programa: 133A Artículo: 63 Proyecto: nuevo Concepto: Unidades asistencia social en todos los centros Dotación 2012 adicional: 3.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto 510 Dotación 2012 a minorar: – 3.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El elevado número de población reclusa en nuestro Estado, y ENMIENDA NÚM. 744 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: 2011 17 38 4178 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Adecuación cobertura B-40 y zona adyacente a Dotación 2012 adicional (miles ¤): 1.840 BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.840 JUSTIFICACIÓN En los presupuestos de 2011 se preveía una partida de 900 El presupuesto para una actuación global y completa en la En la propuesta de PGE de 2012 se incumple el protocolo Por ello proponemos una Dotación de 1.840. (miles de euros) ENMIENDA NÚM. 745 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: 2001 17 40 0024 Provincia: BARCELONA Denominación: Soterramiento de vías de la línea férrea Dotación 2012 adicional (miles ¤): 5.000 BAJA (miles ¤) 5.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Soterramiento de la línea férrea entre Barcelona y Vic a la ENMIENDA NÚM. 746 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de Artículo: 60 Inversión Superproyecto: 2003 17 38 3602 Proyecto: Provincia: Barcelona Denominación: N340. Variante de Vallirana. Tramo pendiente Dotación 2012 adicional: 5.100 miles de euros BAJA Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: 5.100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Por ser necesario incrementar la Dotación al proyecto a los ENMIENDA NÚM. 747 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Superproyecto: 1995 23039010 CERCANIAS Proyecto: 1995 17 39 0600 CERCANIAS DE BARCELONA Provincia: 08 Barcelona Nueva dotación 2012: + 42.000miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 42.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Aportaciones incluidas en el traspaso de Cercanías. ENMIENDA NÚM. 748 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Provincia: 43 Tarragona Denominación: REOBERTURA TRAMO DE FERROCARRIL REUS-RODA DE Nueva dotación 2012: + 700 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 700 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar la intercomunicación ferroviaria del ENMIENDA NÚM. 749 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17: Ministerio de Fomento Servicio: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al Provincia: 43 Tarragona Proyecto: 2001 17 38 AEROPUERTO REUS-TARRAGONA (7,6 Km) Nueva dotación 2012: + 11.457,12 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 11.457,12 miles de euros JUSTIFICACIÓN Asegurar la finalización del tramo y realizar durante 2012 ENMIENDA NÚM. 750 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: Barcelona Denominación: Soterramiento del ferrocarril a su paso por Dotación 2012 adicional (miles ¤): 120.800 BAJA (miles ¤) 120.800 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: – 120.800 JUSTIFICACIÓN Cumplimiento con las previsiones del Plan Ferroviario de ENMIENDA NÚM. 751 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453 A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Provincia: 43 Tarragona Denominación: SEGUNDA FASE OBRAS ESTACIÓN DE TARRAGONA. Nueva dotación 2012: + 15.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 15.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Ejecución de la segunda fase de las obras de la estación de ENMIENDA NÚM. 752 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A – Infraestructura del transporte Artículo: 60 – Inversión nueva en infraestructura y Superproyecto: Proyecto: Nuevo Provincia: Barcelona Denominación: PLAN DE TRANVÍAS (VALLÈS OCCIDENTAL) Dotación 2012 adicional (miles ¤): + 10.000 euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 10.000 JUSTIFICACIÓN La comarca del Vallès Occidental se caracteriza por una — una línea interurbana (Badia del Vallès, Barberà — líneas urbanas (de tranvía complementarias a los En total, se prevé 52 kilómetros de línea, 9 enlaces con El Tamvallès propone cubrir las zonas poco servidas por los — la sostenibilidad ambiental y energética — una mayor competitividad económica ENMIENDA NÚM. 753 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A – Infraestructura del transporte Artículo: 60 – Inversión nueva en infraestructura y Superproyecto: 1995 17 39 0600 Cercanías de Barcelona Proyecto: Provincia: Barcelona Denominación: Intercambiador estaciones Renfe y FGC en Dotación 2012 adicional: + 4.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 4.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mejorar el servicio de transporte de pasajeros con la ENMIENDA NÚM. 754 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17. Ministerio de Fomento. Servicio: 40. Dirección General de Infraestructuras Programa: 453A. Infraestructura del transporte Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructuras y bienes Proyecto: Nuevo. Provincia: Denominación: Plan de mejoras de accesibilidad para las Dotación adicional 2012: 80.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 80.000 JUSTIFICACIÓN La LIONDAU, Ley de Igualdad de Oportunidades, no ENMIENDA NÚM. 755 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 38, Dirección General de Carreteras Programa: 453C, Conservación y explotación de Artículo: 61, Inversión de reposición en infraestructuras y Concepto: Nuevo, Construcción de rotonda en el casco urbano Nueva dotación 2012 (miles de ¤): + 1.000 miles de BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La carretera pasa por un extremo de la población de Juneda, ENMIENDA NÚM. 756 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: Rescate AP7 – Girona Nord – Dotación 2012 adicional: 4.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 4.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Actuación prioritaria en ausencia de alternativas ENMIENDA NÚM. 757 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 40, Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A, Infraestructura del transporte Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes Concepto: Nuevo, Mejora líneas de cercanías Barcelona Nueva dotación 2012: + 4.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 4.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Consideramos necesarias una serie de actuaciones en esta 1) Más obras de mantenimiento en la misma con el objetivo 2) Incremento de frecuencias de paso: Sin hacer ninguna Posteriormente, si como parece previsible, las actuaciones ENMIENDA NÚM. 758 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453 A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 CERCANIAS DE BARCELONA Proyecto: 1995 17 39 0600 CERCANIAS DE BARCELONA Provincia: 08 Barcelona Denominación: RENOVACION LÍNEA C4 TRAMO Nueva dotación 2012: + 2.788,22 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 2.788,22 miles de euros JUSTIFICACIÓN El tramo Terrassa-Manresa, de la línea de Cercanías R4, ENMIENDA NÚM. 759 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17. Ministerio de Fomento Servicio: 40. Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A Infraestructuras del Transporte Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Barcelona Denominación: Acceso a la nueva terminal T1 del Aeropuerto Dotación 2012 adicional: + 280.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 280.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El volumen de pasajeros lo hace urgente ENMIENDA NÚM. 760 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17. Ministerio de Fomento Servicio: 40. Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A Infraestructuras del Transporte Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes Superproyecto: Proyecto: Nuevo Provincia: Denominación: Provisión de nuevos trenes para Dotación 2012 adicional: + 50.000 miles de euros BAJA (miles ¤) 50.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 50.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Por creerlo conveniente. ENMIENDA NÚM. 761 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: 2001 17 38 0493 Proyecto: Provincia: Tarragona Denominación: Protección del autobús en la T11 Dotación 2012 adicional: + 2.000 miles de euros BAJA (miles ¤) 2.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: – 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Por creerlo conveniente. ENMIENDA NÚM. 762 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: Barcelona, Tarragona Denominación: Proyectos constructivos para la ejecución, en Dotación 2012 adicional: + 3.000 miles de euros BAJA (miles ¤) 3.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Promover enlaces ferroviarios intercambiadores que mejoren ENMIENDA NÚM. 763 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Reforma de la Estacion de l’Hospitalet Dotación 2012 adicional (miles de ¤): + 10.000 miles de BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Actuación urgente no incluida en el Plan de Cercanías ENMIENDA NÚM. 764 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17. Ministerio de Fomento Servicio: 40. Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A Infraestructuras del Transporte Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: Barcelona Denominación: Desdoblamientos parciales en la línea R3, Dotación 2012 adicional: + 200.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: – 200.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Por creerlo conveniente ENMIENDA NÚM. 765 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Ministerio de Fomento Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1992 17 39 0010 Proyecto: Provincia: Tarragona Denominación: Desdoblamiento del tramo Dotación 2012 adicional: + 350.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: – 350.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La obra esta valorada en 510 M¤ (incluyendo enlace con la ENMIENDA NÚM. 766 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Nuevo Provincia: Tarragona Denominación: Puesta en marcha de las Cercanías del Camp de Dotación 2012 adicional: + 12.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: – 12.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El volumen de tránsito de pasajeros entre los pueblos de la ENMIENDA NÚM. 767 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Nuevo Provincia: Girona Denominación: Puesta en marcha de las Cercanías de Girona Dotación 2012 adicional: + 5.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El volumen de tránsito de pasajeros entre los pueblos de la ENMIENDA NÚM. 768 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17. Ministerio de Fomento Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: Nuevo Proyecto: Provincia: Denominación: Subvención del déficit operativo de Cercanías Dotación 2012 adicional: + 140.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 140.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Al no disponer el PGE de ninguna partida para la ENMIENDA NÚM. 769 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17. Ministerio de Fomento Servicio: 40. Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A Infraestructuras del Transporte Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes Superproyecto: Proyecto: Nuevo Provincia: Tarragona–Barcelona Denominación: Adaptación de ancho internacional de la línea Dotación 2012 adicional: + 250.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 250.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Adaptación al ancho internacional de la línea entre el ENMIENDA NÚM. 770 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: Redacción del proyecto conexión sur en Dotación 2012 adicional: 100 miles de euros BAJA (miles ¤) 100 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Actuación prioritaria para el servicio de tren de ENMIENDA NÚM. 771 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Introducir mejoras en la seguridad de la vías Dotación 2012 adicional: + 1.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mejorar la seguridad, en todos los sentidos, de las líneas ENMIENDA NÚM. 772 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Artículo: 61 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Mejorar la seguridad en la rotonda del enlace Dotación 2012 adicional: + 50 miles de euros BAJA (miles ¤) 50 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 50 miles de euros JUSTIFICACIÓN La estación del oleoducto se encuentra a pocos metros de la ENMIENDA NÚM. 773 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Construcción de la pasarela de peatones en la Dotación 2012 adicional: + 200 miles de euros BAJA (miles ¤) 200 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 200 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mejora de las posibilidades de comunicación a pie entre los ENMIENDA NÚM. 774 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Estudio de la interconexión de las líneas Dotación 2012 adicional: + 100 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mejora de la comunicación ferroviaria ENMIENDA NÚM. 775 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Estudio de la interconexión entre las línias Dotación 2012 adicional: + 100 miles de euros BAJA (miles ¤) 100 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mejora de la comunicación ferroviaria entre ciudades ENMIENDA NÚM. 776 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Minimización de impactos sonoros de la línea Dotación 2012 adicional: + 100 miles de euros BAJA (miles ¤) 100 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Corregir los impactos negativos del exceso de ruido de la ENMIENDA NÚM. 777 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Construcción de la estación intermodal de Dotación 2012 adicional (miles ¤): + 5.000 miles de BAJA (miles ¤) 5.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: + 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Tanto la construcción del Eje del Mediterráneo como la ENMIENDA NÚM. 778 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Elaborar el proyecto constructivo de la Dotación 2012 adicional: 1.000 BAJA (miles ¤) 1.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: JUSTIFICACIÓN Promover un gran enlace ferroviario intercambiador que ENMIENDA NÚM. 779 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Construcción de la estación en la línia Dotación 2012 adicional (miles de ¤): + 2.000 BAJA (miles ¤) 2.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El proyecto constructivo de la estación está realizado. Los ENMIENDA NÚM. 780 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Enlace de Can Filuà en la AP-7 en Santa Dotación 2012 adicional: + 300 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 300 miles de euros JUSTIFICACIÓN La construcción está inacabada. La finalización del enlace ENMIENDA NÚM. 781 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Instalación de barreras sonoras en la AP-7 a Dotación 2012 adicional: 1.000 miles de euros BAJA (miles ¤) 1.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Corregir el impacto negativo de ruido que provoca el gran ENMIENDA NÚM. 782 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Estudio de nuevo trazado alternativo de la Dotación 2012 adicional: + 100 miles de euros BAJA (miles ¤) 100 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Eliminación del impacto de la línea ferroviaria sobre ENMIENDA NÚM. 783 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Superproyecto: Proyecto: 2006 17 38 0829 Provincia: Girona Denominación: N-260. EJE PIRENAICO. TRAMO: Dotación 2012: – 135,29 miles de euros JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (IMD de ENMIENDA NÚM. 784 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Superproyecto: Proyecto: 2007 17 38 3802 Provincia: Girona Denominación: N-152. RIBES DE FRESER – LA MOLINA. Dotación 2012: – 693,22 miles de euros JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (IMD de ENMIENDA NÚM. 785 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Superproyecto: Proyecto: 2007 17 38 3759 Provincia: Girona Denominación: N-152. LA MOLINA – CONEXIÓN CON LA Dotación 2012: – 47,05 miles de euros JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (IMD de ENMIENDA NÚM. 786 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección:17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Superproyecto: 1999 17 20 0665 RENOVACION LÍNEA Proyecto: 1999 17 20 0665 RENOVACION LÍNEA Provincia: 08 Barcelona Denominación: RENOVACIÓN LÍNEA LLEIDA-MANRESA Nueva dotación 2012: + 1.822,50 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.822,50 miles de euros JUSTIFICACIÓN Necesidad de acelerar la mejora de la línea Lleida-Manresa ENMIENDA NÚM. 787 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1987 23 03 0565 Proyecto: Provincia: BARCELONA Denominación: Supresión pasos a nivel de Renfe en el Dotación 2012 adicional (miles ¤): 1.000 BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN En 2010 ADIF presentó un estudio informativo al ENMIENDA NÚM. 788 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Superproyecto: Proyecto: 2008 17 38 1093 Provincia: Barcelona–Girona Denominación: GRANOLLERS-MAÇANET Dotación 2012 (miles ¤): – 25,00¤ JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (Existencia ENMIENDA NÚM. 789 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 20 Programa: 451N Artículo: 78 Denominación: Fundació Mobilitat Sostenible i Segura Dotación 2012 adicional (miles de ¤): + 1.000 miles de BAJA (miles ¤) 1.000 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La FMSS se ha convertido en el referente español de ENMIENDA NÚM. 790 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Superproyecto: Proyecto: 2008 17 38 0026 Provincia: Girona Denominación: ESTUDIO INFORMATIVO EJE PIRENÁICO, ENTRE OLOT Dotación 2012: – 303,38 miles de euros JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (IMD de ENMIENDA NÚM. 791 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 64 Concepto: Elaboración de un estudio para la mejora y Nueva dotación 2012: + 1.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Para dar cumplimiento a la resolución número 24 aprobada en ENMIENDA NÚM. 792 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Provincia: 08 Barcelona Denominación: Estudio técnico para el tercer túnel de Nueva dotación 2012: + 1.500 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Para garantizar una buena capacidad en el futuro y mejoras ENMIENDA NÚM. 793 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 40, Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A, Infraestructura del transporte Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes Concepto: Remodelación Estación Central Cercanías Nueva dotación 2012: + 5.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Remodelación de la estación de cercanías de Vilafranca del ENMIENDA NÚM. 794 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: REDACCIÓN DEL PROYECTO DE DERRUMBAMIENTO Dotación 2012 adicional: + 100 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Asegurar la continuidad de la actuación con Dotación en el ENMIENDA NÚM. 795 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Conexión Sant Andreu de la Dotación 2012 adicional (miles ¤): 8.100 BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 8.100 JUSTIFICACIÓN Enlace A2-AP7 que permitirá reducir la congestión diaria y ENMIENDA NÚM. 796 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Elaboración proyecto ejecutivo de la conexión Dotación 2012 adicional (miles ¤): 7.500 BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 7.500 JUSTIFICACIÓN Esta obra permitirá descargar el tráfico en el puente de la ENMIENDA NÚM. 797 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Elaboración proyecto ejecutivo de la conexión Dotación 2012 adicional (miles ¤): 8.000 BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 8.000 JUSTIFICACIÓN Construcción del tercer carril en los 2 sentidos del Baix ENMIENDA NÚM. 798 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Conexión C32-B23. Sant Boi Llobregat Dotación 2012 adicional (miles ¤): + 38.000 miles de BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: 38.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Conexión C32 con la B23 a su paso por Sant Boi del ENMIENDA NÚM. 799 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 40, Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A, Infraestructura del transporte Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes Concepto: Mejora del cubrimiento de las vías del AVE y Nueva dotación 2012: + 10.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Ejecutado el Subtramo X-A, del Tramo La obra ejecutada ha consistido, muy resumidamente, en el Como estaba previsto, no se han cubierto los 190 metros Sin embargo la ejecución de esta obra sin las adecuadas El alud de quejas vecinales denunciando la aparición de Más allá de la evidente constatación empírica del ruido y Es urgente pues estudiar e implementar medidas para la ENMIENDA NÚM. 800 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17. Ministerio de Fomento Servicio: 40. Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A Infraestructuras del Transporte Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes Superproyecto: 1995 17 39 0600 Proyecto: Provincia: Denominación: Modernización de las infraestructuras Dotación 2012 adicional: 510 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: – 510 miles de euros. JUSTIFICACIÓN Ejecución del Plan de Mejora de Cercanías. En miles de ¤: Subestaciones eléctricas: 98,01 Catenárias: 122,44 Señalización, seguridad y telecomunicaciones: 236,85 Renovación de vías: 52,71 ENMIENDA NÚM. 801 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17: Ministerio de Fomento Servicio: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al Provincia: 08 Barcelona Proyecto: 2005 17 38 0599 Denominación: MOLINS DE REI–AVENIDA DIAGONAL. Nueva dotación 2012: + 7.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 7.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La B-23 (Molins de Rei–Avinguda Diagonal) es la ENMIENDA NÚM. 802 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección:17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Superproyecto: 1995 17 39 0600 CERCANIAS DE BARCELONA Proyecto: 1995 17 39 0600 CERCANIAS DE BARCELONA Provincia: 08 Barcelona Denominación: RENOVACION TERCERA VÍA LÍNEA C4 Nueva dotación 2012: + 3.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La línea R4 de Cercanías Barcelona-Terrassa-Manresa sufre ENMIENDA NÚM. 803 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección:17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453 A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Provincia: 43 Tarragona Denominación: Barreras sonoras Cunit y Calafell Nueva dotación 2012: + 1.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Preservar las poblaciones de Cunity Calafellde la ENMIENDA NÚM. 804 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: 2006 17 38 1036 Provincia: 08 Denominación: B-40 TRAMO: TERRASSA-GRANOLLERS. Dotación 2012: – 100 miles de euros JUSTIFICACIÓN Retirar las inversiones para el cuarto cinturón. ENMIENDA NÚM. 805 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: 2004 17 38 9435 Provincia: 08 Denominación: B-40. AUTOVIA ORBITAL DE BARCELONA. Dotación 2012: – 7.311,29 miles de euros JUSTIFICACIÓN Retirar las inversiones para el cuarto cinturón. ENMIENDA NÚM. 806 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: 2004 17 38 4128 Provincia: 08 Denominación: B-40 TRAMO: OLESA DE Dotación 2012: – 7.311,29 miles de euros JUSTIFICACIÓN Retirar las inversiones para el cuarto cinturón. ENMIENDA NÚM. 807 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: 2007 17 38 4311 Provincia: Girona Denominación: A-2 TRAMO: PONT DE MOLINS–AGULLANA (8,6 Dotación 2012: – 353,28 miles de euros JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (Existencia ENMIENDA NÚM. 808 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Ministerio de Fomento Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453B Creación de Infraestructura de Artículo: Superproyecto: 2005 17 38 0572 Proyecto: Provincia: BARCELONA Denominación: CINTURÓN LITORAL. TRAMO: ZONA FRANCA-EL Dotación 2012: – 250,31 miles de euros JUSTIFICACIÓN El proyecto que se plantea comporta un aumento neto de la Consecuentemente, esta mayor oferta comporta desemboca en Los barrios de la Marina y Zona Franca, aparte de los ENMIENDA NÚM. 809 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA -14,59 miles de euros Sección: 17: Ministerio de Fomento Servicio: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al Provincia: 43 Tarragona Proyecto: 2005 17 38 4196 Denominación A-27 MONTBLANC-LLEIDA JUSTIFICACIÓN Implica doblar infraestructuras innecesarias existiendo ya ENMIENDA NÚM. 810 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 40, Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A, Infraestructura del transporte Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes Concepto: Ayuda pisos afectados AVE Nueva dotación 2012: + 3.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La construcción del AVE a su paso por Vilafranca del ENMIENDA NÚM. 811 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 40, Dirección General de Ferrocarriles Programa: 453A, Infraestructura del transporte Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes Concepto: Instalación de un ascensor para la pasarela de la Nueva dotación 2012: + 70 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 70 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se trata de hacer accesible y dotar de mayores condiciones ENMIENDA NÚM. 812 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: Construcción salida Norte Dotación 2012 adicional: 600 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 600 miles de euros JUSTIFICACIÓN Infraestructura prioritaria en ausencia de alternativas ENMIENDA NÚM. 813 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 1999 17 20 0660 Proyecto: Provincia: 08-17 Barcelona-Girona Denominación: Línea Férrea Barcelona-Puigcerdà Dotación 2012 adicional (miles ¤): + 90.000 miles de BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Dotación 2012: – 90.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La línea férrea Barcelona-Puigcerdà no cuenta con ENMIENDA NÚM. 814 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Superproyecto: 2010 17 40 0255 Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: ESTUDIO DE ADAPTACIÓN TREN-TRANVÍA ÁREA Dotación 2012 adicional: 500,41 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 500,41 miles de euros JUSTIFICACIÓN Asegurar la continuidad de la actuación con Dotación en el ENMIENDA NÚM. 815 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Provincia: 43Tarragona Denominación: ADAPTACIÓN TRAMCAMP Nueva dotación 2012: + 500 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Garantizar la conexión de toda la franja costanera del área Garantizar la conexión a través de un programa de Asegurar la movilidad interurbana de los diferentes núcleos ENMIENDA NÚM. 816 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Provincia: 08 Barcelona Denominación: Adaptación de las estaciones de Arc de Triomf Nueva dotación 2012: + 20.000miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 20.000miles de euros JUSTIFICACIÓN Actuación urgente incluída en el Plan de Cercanías ENMIENDA NÚM. 817 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección:17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Programa: 453A Infraestructura del transporte Artículo: 60 Superproyecto: 1995 23039010 CERCANIAS Proyecto: nuevo Provincia: 08 Barcelona Denominación: Accesos ferroviarios al puerto de Nueva dotación 2012: + 300.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 300.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Defendemos la potenciación del sistema ferroviario de ENMIENDA NÚM. 818 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17: Ministerio de Fomento Servicio: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al Provincia: 43 Tarragona Proyecto: 2004 17 38 4157 A-27 Denominación: A-27 TRAMO VARIANTE VALLS (5,7km) Nueva dotación 2012: + 55.000miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 55.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar la dotación de la partida para la comunicación ENMIENDA NÚM. 819 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17: Ministerio de Fomento Servicio: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al Provincia: 43 Tarragona Proyecto: 2004 17 38 4158 Denominación: A-27 TRAMO VARIANTE VALLS-MONTBLANC Nueva dotación 2012: + 55.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 55.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar la dotación de la partida para la comunicación ENMIENDA NÚM. 820 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) 50,00 Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Superproyecto: Proyecto: 2009 17 38 3802 Provincia: Girona Denominación: A-26 TRAMO: FIGUERES-CABANELLES. (9,70 Dotación 2012: – 50,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (IMD de ENMIENDA NÚM. 821 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Superproyecto: Proyecto: 2007 17 38 3749 Provincia: Girona Denominación: A-26 TRAMO: ENLACE CABANELLES-BESALÚ (9,3 Dotación 2012: – 50,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (IMD de ENMIENDA NÚM. 822 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: 2007 17 38 4309 Provincia: Girona Denominación: A-2 TRAMO: ORRIOLS-GARRIGÀS (11,84 KM) Dotación 2012: – 132,93 (miles ¤) JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (Existencia ENMIENDA NÚM. 823 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: 2000 17 38 4875 Provincia: Girona Denominación: A-2 TRAMO: GIRONA–FRONTERA FRANCESA Dotación 2012: – 50,00 MILES DE EUROS JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (Existencia ENMIENDA NÚM. 824 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. BAJA (miles ¤) Sección: 17 Min. Fomento Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: 2007 17 38 4312 Provincia: Girona Denominación: A-2 TRAMO: GARRIGÀS–PONT DE MOLINS Dotación 2012: – 1.201,26 JUSTIFICACIÓN Infraestructura no prioritaria en el territorio (Existencia ENMIENDA NÚM. 825 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (en miles de ¤) Sección: 17, Ministerio de FOMENTO Servicio: 09 Programa 261 N Promoción, administración y ayudas para Capítulo 7. Transferencias de capital Artículo: 78 A familias e instituciones sin fines de Denominación: Ayudas de acceso a la vivienda a mujeres con Dotación Adicional en 2012: + 12.000 miles de euros BAJA (en miles de ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Capítulo. 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación en 2012: – 12.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El art. 31 de la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva De igual modo el Gobierno, en el ámbito de sus competencias ENMIENDA NÚM. 826 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 03 Programa: 491N, Servicio postal universal Artículo: 44 Concepto: 441, Fondo Financiación Servicio Postal Dotación 2012 adicional: 100.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El actual sistema de cálculo del coste de prestación del En este sentido, el mencionado retraso se produce en una Así, el operador designado para la prestación del Servicio En este sentido, y dado el contexto de dificultades que ENMIENDA NÚM. 827 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 03 Programa: 491N, Servicio postal universal Artículo: 44 Concepto: 440, A Comisión Nacional del Sector Postal. Fondo Dotación 2012 adicional: 100.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El servicio postal prestado por Correos como operador y pequeñas poblaciones. En definitiva, el Servicio Postal Igualmente, dicha prestación, ofrecida por Correos por El actual marco de regulación postal incorpora mecanismos En este contexto la cuantía destinada a sufragar el coste ENMIENDA NÚM. 828 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 09, Dirección General de Arquitectura, vivienda y Programa: 261N, Promoción, admón. Y ayudas para Artículo: 75 Transferencias de capital a CC.AA. + Artículo: 76 Transferencias de capital a entidades locales Denominación: Ayudas para rehabilitación y mejora en la Dotación 2012 adicional: 72.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 72.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Habilitar una partida suficiente para rehabilitación y ENMIENDA NÚM. 829 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 09, Dirección General de Arquitectura, vivienda y Programa: 261N, Promoción, admón. Y ayudas para Artículo: 78 Transferencias de capital Concepto (nuevo): 782 Denominación: Ayudas para renta básica de emancipación de Dotación 2012 adicional: 250.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 250.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Habilitar una partida suficiente para fomento y ayudas al ENMIENDA NÚM. 830 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17, Ministerio de Fomento Servicio: 40, Dirección General de ferrocarriles. Programa: 453 A. Infraestructura del transporte Artículo: 60 Proyecto: 1987 23 03 9010 Denominación: Cercanías Dotación 2012 adicional: 60.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 60.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Habilitar una partida suficiente para que se puedan ir ENMIENDA NÚM. 831 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Servicio: 04 DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACIÓN Programa: 322 A Educación infantil y primaria Artículo: 45. A la Generalitat de Catalunya Denominación: Nuevo. Para la financiación de la sexta hora Dotación 2012 adicional: 84.000 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 84.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El Pacte Nacional per l’Educació de Catalunya La sexta hora está concebida como un complemento al La supresión por parte de la Generalitat de Catalunya en el ENMIENDA NÚM. 832 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 78 Proyecto: Nuevo Denominación: Aumento de los presupuestos de adquisición de Dotación 2012 adicional: 3.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN La propuesta pretende complementar el esfuerzo económico Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del Ésta propuesta proponemos que establezca políticas de ENMIENDA NÚM. 833 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 A Música y Danza Artículo: 48 Proyecto: Nuevo Denominación: Apoyo a la actividad de la música popular Dotación 2012 adicional: 150,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Articulo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 150,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del ENMIENDA NÚM. 834 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 A Música y danza Artículo: 47 Proyecto: Nuevo Denominación: Ayudas a la programación de música popular en Dotación 2012 adicional: 2.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51Concepto: 510 Dotación 2012: – 2.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Hemos de fomentar las líneas de ayuda a la programación Observamos respecto a las ayudas a la programación, que la ENMIENDA NÚM. 835 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 A Música y Danza Artículo: 46 Proyecto: Nuevo Denominación: Al Festival de cantautor Barnasants Dotación 2012 adicional: 60,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 60,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Festival de referencia nacional de cantautor que ha La canción de autor se merece un festival de proyección y ENMIENDA NÚM. 836 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 C Cinematografía Artículo: 45 Proyecto: Fomento a la cinematografía en lengua oficial, Denominación: Transferencia de créditos mediante convenios Dotación 2012 adicional: 500,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El éxito de la cinematografía se sustenta inicialmente en ENMIENDA NÚM. 837 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 A Música y Danza Artículo: 48407 Proyecto: Denominación: Circuito estatal de músicas populares Dotación 2012 adicional: 500,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Existe una total desconsideración hacia la música moderna. Entendemos que se debería consolidar la apuesta por las ENMIENDA NÚM. 838 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 783 Proyecto: Nuevo Denominación: Presupuesto para inversión en compra de obras Dotación 2012 adicional: 500,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mantener Dotación presupuestaria, como en otros ejercicios ENMIENDA NÚM. 839 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 75002 Proyecto: Nuevo Denominación: Presupuesto para inversión en compra de obras Dotación 2012 adicional: 100,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mantener Dotación presupuestaria, como en otros ejercicios ENMIENDA NÚM. 840 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 334 A Promoción y Cooperación cultural Artículo: 461 Proyecto: Nuevo Denominación: Participación del ministerio por la Dotación 2012 adicional: 5.900,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 5.900,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 841 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 B Teatro Artículo: 48303 Proyecto: Subvenciones a entidades Denominación: Mayor Dotación del presupuesto para la Dotación 2012 adicional: 10,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 10,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mantener Dotación presupuestaria, como en otros ejercicios ENMIENDA NÚM. 842 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 334APromoción y cooperación cultural Artículo:46 Proyecto: Nuevo Denominación: Digitalización de los equipamientos Dotación 2012 adicional: 10.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 10.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN La revolución tecnológica digital está ejerciendo un fuerte ENMIENDA NÚM. 843 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 334 B Promoción del libro y publicaciones Artículo: 77 Proyecto: Nuevo Denominación: Impulso a la edición en las lenguas Dotación 2012 adicional: 1.400,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.400,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del ENMIENDA NÚM. 844 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 B Teatro Artículo: 46429 Proyecto: Subvenciones a entidades locales Denominación: Mayor Dotación del presupuesto para el Dotación 2012 adicional: 100,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Una apuesta que se ha convertido en referente internacional Desde la perspectiva de internacionalización, apuesta ENMIENDA NÚM. 845 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 B Teatro Artículo: 46406 Proyecto: Subvenciones Denominación: Mayor Dotación del presupuesto para la Fira Dotación 2012 adicional: 20,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 20,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Una apuesta que se ha convertido en referente internacional Desde la perspectiva de internacionalización, apuesta ENMIENDA NÚM. 846 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 334 B Promoción del libro y publicaciones Artículo: 77 Proyecto: Nuevo Denominación: Fomento de la diversidad cultural del estado Dotación 2012 adicional: 2.500,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 2.500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del ENMIENDA NÚM. 847 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 B Exposiciones Artículo: 48 Proyecto: Nuevo Denominación: Fondo de apoyo a los programas de Formación Dotación 2012 adicional: 500,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El arte contemporáneo, las artes en general, entendidas En este sentido, el proyecto de Presupuestos Generales del En éste sentido proponemos situar unas nuevas bases para la ENMIENDA NÚM. 848 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 B Exposiciones Artículo: 48 Proyecto: Nuevo Denominación: Fondo de ayuda económica directa a los Dotación 2012 adicional: 1.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El arte contemporáneo, las artes en general, entendidas En este sentido, el proyecto de Presupuestos Generales del A nuestro parecer dos pilares fundamentales de cohesión y En éste sentido proponemos situar unas nuevas bases para la ENMIENDA NÚM. 849 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 332 B Bibliotecas Artículo: 62 Proyecto: Biblioteca provincial de Barcelona Denominación: Mayor Dotación de fondos para la construcción Dotación 2012 adicional: 3.500,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El sistema de lectura pública de la provincia de Barcelona ENMIENDA NÚM. 850 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333A Museos Artículo: 78 Proyecto: Nuevo Denominación: Plan de Inversiones de apoyo a los centros y Dotación 2012 adicional: 2.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 2.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Entendemos que se deben apoyar los proyectos y programas Este Plan de Inversiones de apoyo a los centros y espacios ENMIENDA NÚM. 851 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Servicio: 11 D. G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE Programa 333 A Museos Artículo 76 Concepto. (Nuevo) Al Ayuntamiento de Geni de la Sal para la Provincia: Lleida Dotación adicional 2012: + 500 miles de ¤ BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51. Dotación 2012: – 500 miles de ¤ JUSTIFICACIÓN El Ayuntamiento de Gerri de la Sal está rehabilitando las la categoría de monumento histórico, destacando por su ENMIENDA NÚM. 852 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Servicio: 11 D. G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE Programa 333 A Museos Artículo 76 Concepto. (Nuevo) Al Ayuntamiento de Arbeca para la Subconcepto: Provincia: Lleida Dotación adicional 2012: + 500 miles de ¤ BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51. Dotación 2012: – 500 miles de ¤ JUSTIFICACIÓN La fortaleza de los Vilars de Arbeca (Lleida, España), 750 ENMIENDA NÚM. 853 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Servicio: 11 D. G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE Programa 333 A Museos Artículo 48 Concepto. (Nuevo) A la Associació per la Recerca y Difusió Subconcepto: Provincia: Lleida Dotación adicional 2012: + 300 miles de ¤ BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51. Dotación 2012: – 300 miles de ¤ JUSTIFICACIÓN En el marco de un programa INTERREG de la UE, la Associació ENMIENDA NÚM. 854 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 75 Proyecto: Nuevo Denominación: Inversión en el Museo del Cómic i la Dotación 2012 adicional: 150,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 150,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mantener una inversión continuada en la adecuación del ENMIENDA NÚM. 855 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 B Teatro Artículo: 48909 Proyecto: Subvenciones a entidades Denominación: Mayor Dotación del presupuesto para el Dotación 2012 adicional: 10,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 10,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mantener Dotación presupuestaria, como en otros ejercicios ENMIENDA NÚM. 856 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 B Exposiciones Artículo: 48 Proyecto: Nuevo Denominación: Plan de Encargo de Obras a artistas visuales Dotación 2012 adicional: 6.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 6.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del ENMIENDA NÚM. 857 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Servicio: 04 DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACIÓN Programa: 322 A Educación infantil y primaria Artículo: 450 A CCAA. Actuaciones en primer ciclo de Denominación: Fondo para cofinanciar plazas del primer Dotación 2012 adicional: 100.000 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El recorte del Plan Educa 3 tendrá consecuencias sociales y ENMIENDA NÚM. 858 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 17, Ministerio de Fomento Programa: 2610 Artículo: 61 Proyecto: Nuevo Denominación: Obras de rehabilitación Casa Puig i Cadafalch Dotación 2012 adicional: 300,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 300,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN La casa de Puig i Cadafalch és una muestra del conjunto ENMIENDA NÚM. 859 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 11 Programa: 337B Conservación y restauración de Bienes Artículo: 76727 Denominación: Al Ayuntamiento de Igualada para la Dotación 2012 adicional: 1.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se incrementan los fondos en un millón de euros para el ENMIENDA NÚM. 860 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 62 Proyecto: Nuevo Museo Nacional Arqueológico de Denominación: Reprogramación de los fondos en la nueva sede Dotación 2012: 200,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 200,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El Museo Nacional Arqueológico d Terragona lleva años en ENMIENDA NÚM. 861 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 B Teatro Artículo: 48915 Proyecto: Subvenciones a entidades Denominación: Mayor Dotación para el Sindicato de Actores y Dotación 2012 adicional: 15,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 15,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Mantener la Dotación presupuestaria de 2011 para las ENMIENDA NÚM. 862 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Servicio: 11D. G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE Programa: 337B Conservación y restauración de bienes Artículo: Inversiones Superproyecto: Proyecto: Provincia: Barcelona Denominación: Para la rehabilitación del antigua Vapor de Dotación 2012 adicional: 2.500 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: 2.500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Necesidad de obtener financiación para rehabilitar un ENMIENDA NÚM. 863 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Servicio: 11 D.G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y Programa: 333 A Museos Artículo: 48 Denominación: (nuevo) REDACCIÓN PROYECTO DE LA SUBSEDE DEL Dotación 2012 adicional: 4.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 4.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Tarragona fue declarada Patrimonio de la Humanidad por ENMIENDA NÚM. 864 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 A Música Artículo: 48400 Proyecto: Denominación: Participación del ministerio en el Dotación 2012 adicional: 900,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 900,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 865 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 48501 Proyecto: Denominación: Participación del ministerio en el Dotación 2012 adicional: 25,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 25,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 866 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 B Teatro Artículo: 45480 Proyecto: Denominación: Participación del ministerio en el Dotación 2012 adicional: 50,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 50,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 867 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 45601 Proyecto: Denominación: Participación del ministerio en el Dotación 2012 adicional: 200,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 200,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 868 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 A Música y danza Artículo: 46445 Proyecto: Nuevo Denominación: Participación del ministerio en el Dotación 2012 adicional: 100,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 869 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 483 Proyecto: Denominación: Participación del ministerio en el Dotación 2012 adicional: 300,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 300,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 870 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 A Música y Danza Artículo: 48015 Proyecto: Denominación: Participación del ministerio en el Dotación 2012 adicional: 70,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 70,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 871 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 B exposiciones Artículo: 48 Proyecto: Nuevo Denominación: Apoyo a la actividad de las artes visuales de Dotación 2012 adicional: 90,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 90,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del ENMIENDA NÚM. 872 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 333 A Museos Artículo: 48514 Proyecto: Denominación: Participación del ministerio en el Dotación 2012 adicional: 28,50 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 28,50 miles de euros JUSTIFICACIÓN Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes ENMIENDA NÚM. 873 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 335 C Cinematografía Artículo: 47 Proyecto: Nuevo Denominación: línea de subvención a la creación de guiones Dotación 2012 adicional: 1.500,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El éxito de la cinematografía se sustenta inicialmente en ENMIENDA NÚM. 874 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 334A Promoción y Cooperación cultural Artículo: 45 Proyecto: Nuevo Denominación: Aportaciones para actividades de fomento de Dotación 2012 adicional: 500,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN El Estado español ha firmado la Convención de la Diversidad ENMIENDA NÚM. 875 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Programa: 334 A Promoción y Cooperación cultural Artículo:46 Proyecto: Nuevo Denominación: Aportaciones en la modalidad de subvenciones Dotación 2012 adicional: 5.000,00 miles de euros BAJA (miles ¤) SECCIÓN 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 5.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN En el contexto actual socioeconómico, es oportuno y ENMIENDA NÚM. 876 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (en miles de ¤) Sección: 18, Ministerio de EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Programa 334B Promoción y cooperación cultural Capítulo: 4 Artículo: 45 Denominación: Puesta en marcha de programas destinados a Dotación Adicional en 2012: + 600 miles de euros BAJA (en miles de ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Capítulo. 5 Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación en 2012: – 600 miles de euros JUSTIFICACIÓN La Ley orgánica 3/2007 de igualdad efectiva de hombres y La cultura en todas sus manifestaciones, es un ámbito de ENMIENDA NÚM. 877 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 04 Programa: 324N, Apoyo a otras actividades escolares Artículo: 48 Concepto: 489, Otras actuaciones Subconcepto (nuevo): Ayudas a actividades de alumnos Dotación 2012 adicional: 2.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone que la partida destinada a apoyar el ENMIENDA NÚM. 878 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 07 Programa: 322C, Enseñanzas universitarias Artículo: 48 Concepto: 489, Ayudas a Asociaciones juveniles y a Dotación 2012 adicional: 250 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 250 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone que la partida destinada a apoyar el ENMIENDA NÚM. 879 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 07, Dirección General de Política Programa: 323M, Becas y ayudas a estudiantes Artículo: 48, A familias e instituciones sin fines de Concepto: 482, Becas y ayudas Dotación 2012 adicional: 24.500 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 24.500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Recuperar la cuantía en la que se recortan estas becas y ENMIENDA NÚM. 880 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 04, Dirección General de Evaluación y Cooperación Programa: 323M, Becas y ayudas a estudiantes Artículo: 48, A familias e instituciones sin fines de Concepto: 483, Becas y ayudas al estudio Dotación 2012 adicional: 71.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 71.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN En estos presupuestos, la partida para ayudas de libros de ENMIENDA NÚM. 881 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 18, Ministerio de Educación Servicio: 102, Programas Educativos Europeos Programa: 322C, Enseñanzas Universitarias Artículo: 45, A comunidades autónomas Concepto: 451 (nuevo), A comunidades autónomas para Campus Dotación 2012 adicional: 20.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 20.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN En estos presupuestos desaparece, entre otros, el programa ENMIENDA NÚM. 882 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 07, Dirección General de Política Programa: 323M, Becas y ayudas a estudiantes Artículo: 48, A familias e instituciones sin fines de Concepto: 486, Compensación a las Universidades de los Concepto: 487, Compensación a las Universidades de los Dotación 2012 adicional: 45.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 45.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN En estos presupuestos se recortan en 30 millones de euros ENMIENDA NÚM. 883 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 04, Dirección General de Evaluación y Cooperación Programa: 322A, Educación infantil y primaria Artículo: 45, A Comunidades Autónomas Concepto: 451 (Nuevo). Convenios con las Comunidades Dotación 2012 adicional: 100.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN En 2008 el Gobierno se comprometió a crear 300.000 nuevas de cero a tres años es una etapa educativa crucial en el Fruto de otras enmiendas, la sección 31 cuenta con recursos ENMIENDA NÚM. 884 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 18. Ministerio de Educación. Servicio 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Programa 322A. Educación infantil y primaria. Artículo 45. A comunidades autónomas. Concepto 450. Actuaciones en primer ciclo de educación Dotación adicional 2012: 100.368,50 miles de euros. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 100.368,50 miles de JUSTIFICACIÓN Su objeto es que la aportación del Estado a Educación ENMIENDA NÚM. 885 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 04, Dirección General de Evaluación y Cooperación Programa: 321N, Formación permanente del profesorado de Artículo: 45 A comunidades autónomas Concepto: 450 (nuevo) A centros de enseñanza públicos para Dotación 2012 adicional: 40.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 40.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone la Dotación de una partida específica para ENMIENDA NÚM. 886 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 18, Ministerio de Educación Servicio: 07, Dirección General de Política Programa: 463A, Investigación científica Artículo: 78 Concepto: 788, Becas y ayudas para formación, Dotación 2012 adicional: 45.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 45.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN En estos Presupuestos, el gasto destinado a Investigación y En esta enmienda se propone recuperar recursos para el ENMIENDA NÚM. 887 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 07, Dirección General de Política Programa: 323M, Becas y ayudas a estudiantes Artículo: 48, A familias e instituciones sin fines de Concepto: 484, Aportación complementaria para el desarrollo Dotación 2012 adicional: 26.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 26.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La partida presupuestaria que completa las becas Erasmus ENMIENDA NÚM. 888 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 18.Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio 07, Dirección General de Política Programa 322C, Enseñanzas universitarias Artículo: 44 Concepto: 441, A la UNED Subconcepto: 44117 A la UNED para gastos de Dotación 2012 adicional: 3.600 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.600 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone destinar a la UNED para gastos de funcionamiento ENMIENDA NÚM. 889 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Servicio: 04, Dirección General de Evaluación y Cooperación Programa: 324N, Apoyo a otras actividades escolares Artículo: 48 Concepto: 486, A las federaciones y confederaciones de Dotación 2012 adicional: 400 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 400 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone recuperar la cantidad en la que son minoradas ENMIENDA NÚM. 890 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 19 MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Servicio: 07. Secretaría General de inmigración y Programa: 231B Acciones a favor de los emigrantes Artículo: 492 Concepto: Prestaciones por razón de necesidad y otras Dotación 2012 adicional: 21.382 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 21.382 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone el mantenimiento del importe de la partida de ENMIENDA NÚM. 891 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN Servicio: 07. Secretaría General de inmigración y Programa: 231H Acciones a favor de inmigrantes Artículo: 455 A comunidades autónomas Concepto: Acciones a favor de la integración de los Dotación 2012 adicional: 75.224 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 75.224 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se recupera la Dotación de 2011 para el fondo de La práctica desaparición de esta partida paralizará cientos ENMIENDA NÚM. 892 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 19 MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Servicio: Servicio Público de Empleo Estatal Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad Artículo: 45 A comunidades autónomas Proyecto: Plan extraordinario orientación, formación Dotación 2012 adicional: 50.120 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 50.120 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone mantener la partida de los presupuestos de 2011 En el Estado Español, el país con más paro de toda la UE, Por todo ello, se propone mantener la partida de 2011 para ENMIENDA NÚM. 893 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 19 MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Servicio: Servicio Público de Empleo Estatal Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad Artículo: 454 Proyecto: Gestión por comunidades autónomas de acciones y Dotación 2012 adicional: 1.308.849 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.308.849 miles de euros JUSTIFICACIÓN Las transferencias para las políticas activas de empleo ENMIENDA NÚM. 894 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 19 MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Servicio: Servicio Público de Empleo Estatal Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad Artículo: 45 A comunidades autónomas Proyecto: Para la contratación de 1.500 personas como Dotación 2012 adicional: 46.007,5 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 46.007,5 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone mantener una partida con la cuantía definida por En el Estado Español, el país con más paro de toda la UE, Sin duda, la eliminación de estas 1.500 plazas de ENMIENDA NÚM. 895 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (en miles de ¤) Sección: 19, Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Servicio: 01, Ministerio, Subsecretaria y Servicios Programa: 000X Artículo: 41, A Organismos Autónomos Concepto: nuevo, Subvención al Servicio Público de Empleo Dotación adicional 2012: + 6.000 miles de ¤ BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 6.000 miles de euros Repercusión en el presupuesto del Servicio Público de ALTA Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Empleo y Seguridad Social Dotación 2012 adicional: 6.000 miles de euros ALTA Estado de gastos Sección: 19 Organismo: 101 Programa: 241 A Fomento de la inserción y estabilidad Artículo: 41 Concepto: (nuevo), Denominación: Para erradicar la brecha salarial entre Dotación 2012 adicional: + 6.000 miles de ¤ JUSTIFICACIÓN El artículo 14 de la Constitución española proclama el La igualdad entre mujeres y hombres es un principio La igualdad es, asimismo, un principio fundamental en la Con amparo en el antiguo artículo 111 del Tratado de Roma, Asimismo el art. 5 de la Ley 3/2007 de igualdad efectiva de ENMIENDA NÚM. 896 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Servicio 101. Servicio Público de Empleo Estatal. Programa 241A. Fomento de la Inserción y Estabilidad Artículo 45. A comunidades autónomas. Concepto 454. Gestión por Comunidades Autónomas de acciones Dotación adicional 2012: 500.000 miles de euros. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 500.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El ámbito local sigue siendo el principal escenario donde Las Entidades locales son un elemento clave para lograr una La reducción presupuestaria operada en la actual partida ENMIENDA NÚM. 897 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Servicio 101. Servicio Público de Empleo Estatal. Programa 241A. Fomento de la Inserción y Estabilidad Artículo 46. A entidades locales. Concepto 462 (nuevo). Planes de reinserción, mejora de la Importe: Se incrementa su dotación en 19.028,32 miles de BAJA Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Servicio 101. Servicio Público de Empleo Estatal. Programa 241A. Fomento de la Inserción y Estabilidad Artículo 45. A Comunidades autónomas Importe: Se minora en 19.028,32 miles de euros. JUSTIFICACIÓN El ámbito local sigue siendo el principal escenario donde Las Entidades locales son un elemento clave para lograr una Por todo ello se propone que la partida presupuestaria que ENMIENDA NÚM. 898 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Servicio: 18. Secretaría de Estado de Energía Programa: 425A Normativa y desarrollo energético Artículo: 60. Inv. Nueva en infraest. y bienes destinados Concepto: Nuevo. Estudios preparatorios para la creación de Dotación 2012 adicional: 1.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El consumo de electricidad es imprescindible para el En los últimos años el consumo eléctrico se ha incrementado La inversión de esa tendencia es vital para la conservación ENMIENDA NÚM. 899 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y Servicio: 16. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA Programa: 422M. Reconversión y reindustrialización. Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 761 (nuevo), Al Ayuntamiento de Igualada para la Dotación 2012 adicional: 6.000 miles ¤. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 6.000 miles de euros MOTIVACIÓN Continuar con la financiación de los PGE de los proyectos ENMIENDA NÚM. 900 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección 20 Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio: 16 DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Programa: 422M. Reconversión y reindustralización. Artículo: 75 A Comunidades Autónomas. Denominación: (nuevo) CENTRO DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Dotación 2012 adicional: 15.000 miles ¤. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 15.000 miles de euros MOTIVACIÓN Reactivación económica de la zona e investigación en ENMIENDA NÚM. 901 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y Servicio: 16. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA Programa: 423M Desarrollo alternativo de las comarcas Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 761 (nuevo), Fondos «Miner» para la Comarca del Dotación 2012 adicional: 4.400 miles ¤. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 4.400 miles de euros MOTIVACIÓN El Gobierno Central tenía comprometido una subvención de ENMIENDA NÚM. 902 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Servicio: 18. Secretaría de Estado de Energía Programa: 425A Normativa y desarrollo energético Artículo: 741 Concepto: Al Instituto para la Diversificación y Ahorro de Dotación 2012 adicional: 98.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 98.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El año 2006 la transferencia al IDAE fue de 71.000 miles de Siendo el reto del ahorro y la eficiencia uno de los Por todo ello, consideramos que 100 millones de euros es la ENMIENDA NÚM. 903 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Servicio: 18. Secretaría de Estado de Energía Programa: 425A Normativa y desarrollo energético Artículo: 74 Concepto: (nuevo) Al Instituto para la Diversificación y Dotación 2012 adicional: 100.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La rehabilitación energética de los edificios es de vital ENMIENDA NÚM. 904 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Servicio: 18. Secretaría de Estado de Energía Programa: 425A Normativa y desarrollo energético Artículo: 745 (nuevo) Concepto: Al Instituto para la Diversificación y Ahorro de Dotación 2012 adicional: 100.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La memoria presupuestaria define que el Plan de Energías Este recorte, sumado al recorte de las primas a las Para cumplir con el Plan de Energías Renovables y los ENMIENDA NÚM. 905 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y Servicio: 16. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA Programa: 422M. Reconversión y reindustrialización. Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 761 (nuevo), Para la financiación del Pacte Dotación 2012 adicional: 6.000 miles ¤. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 6.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Continuar con la financiación de los PGE de los proyectos El Pacte Territorial del Bages es un proyecto para la ENMIENDA NÚM. 906 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y Servicio: 16. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA Programa: 422M. Reconversión y reindustrialización. Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 761 (nuevo), Proyecto reactivación económica y Dotación 2012 adicional: 3.000 miles ¤. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La comarca del Berguedà es una de las que más está ENMIENDA NÚM. 907 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y Servicio: 16. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA Programa: 422M. Reconversión y reindustrialización. Artículo: 76. A Entidades Locales Concepto: 761 (nuevo), Proyecto reactivación económica y Dotación 2012 adicional: 3.000 miles ¤. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La comarca del Solsonés es una de las que más está ENMIENDA NÚM. 908 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y Servicio: 16. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA Programa: 422M. Reconversión y reindustrialización. Artículo: 75 A Comunidades Autónomas. Concepto: 750 (nuevo) AYUDAS PARA LA RECONVERSIÓN Dotación 2012 adicional: 10.000 miles ¤. BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Las comarcas de Terres de l’Ebre son una zona de ENMIENDA NÚM. 909 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Servicio: 01 Programa: 421M Dirección y Servicios Generales de Industria Artículo: 60 Provincia: Barcelona Denominación: DESVÍO Y SOTERRAMIENTO DE LÍNEAS ELÉCTRICAS A Dotación 2012 adicional: + 5.000 euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: – 5.000 JUSTIFICACIÓN Diez años atrás, 60 municipios catalanes (entre ellos — empeoramiento de la calidad de vida en las — perjuicio en la seguridad pública (caídas de cables — contaminación visual El soterramiento de las líneas eléctricas, y su desvío en ENMIENDA NÚM. 910 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (en miles de ¤) Sección: 20, Ministerio de INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Servicio: 12 Secretaría de Estado de Telecom. Y para la Programa 491 M Ordenación y promoción de las Capítulo: 4 Artículo: 45 Concepto (nuevo): Para programas de Incorporación de las BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 500 miles de euros JUSTIFICACIÓN El art. 28 de la Ley Orgánica 3/2007 establece que todos Así mismo el artículo mencionado establece que el Gobierno ENMIENDA NÚM. 911 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (en miles de ¤) Sección: 20, Ministerio de INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Servicio: 16 Programa 422 M Capítulo 7 Artículo 76 Concepto (nuevo) Para políticas activas de Denominación: Reconversión y reindustrialización Dotación adicional 2012: 200.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 200.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Es reconocido desde todo punto de vista político, que la ENMIENDA NÚM. 912 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 20, M.º de Industria, Turismo y Comercio Servicio 18, Secretaría de Estado de Energía Programa 000X Transferencias internas Concepto 412, Al Instituto para la Reestructuración de la Concepto 712, Al Instituto para la Reestructuración de la Dotación 2012 adicional: 215.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Minorar la Dotación de 2012 en: – 215.000 miles de Repercusión en el presupuesto del organismo: ALTA (INGRESOS) Transferencias del Ministerio de Industria, Turismo y Importe: 215.000 miles de euros ALTA (GASTOS) Sección: 20 Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Servicio: 101, Instituto para la Reestructuración de la Programa: 423M, Desarrollo alternativo de las comarcas Artículo: 44 Concepto: 442, A la Fundación para el Desarrollo de la Artículo: 77 Concepto 771, Reactivación económica de las comarcas Concepto 772, Ayudas a Pequeños Proyectos Empresariales Importe: 215.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone que las partidas para el desarrollo alternativo complicada situación del sector de la minería del carbón y ENMIENDA NÚM. 913 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 20, M.º de Industria, Turismo y Comercio Servicio 18, Secretaría de Estado de Energía Programa 000X Transferencias internas Concepto 712, Al Instituto para la Reestructuración de la Dotación 2012 adicional: 175.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Minorar la Dotación de 2012 en: – 175.000 miles de Repercusión en el presupuesto del organismo: ALTA (INGRESOS) Transferencia del Ministerio de Industria, Turismo y Importe: 175.000 miles de euros ALTA (GASTOS) Sección: 20 Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Servicio: 101, Instituto para la Reestructuración de la Programa: 457M, Infraestructuras en comarcas mineras del Artículo: 75 Concepto 751, Reactivación económica de las comarcas Importe: 175.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone que la partida para infraestructuras en las ENMIENDA NÚM. 914 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio 208. Instituto de Turismo de España. Programa 932A. Coordinación y Promoción del Turismo. Artículo 78. A familias e instituciones sin fines de Concepto 786. Programas de Colaboración con actores Subconcepto 78605 (nuevo). A la Federación Española de Importe: 120 miles de euros. BAJA Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio 208. Instituto de Turismo de España. Programa 932A. Coordinación y Promoción del Turismo. Artículo 76. A entidades locales. Concepto 762. Planes de Recualificación integral de Importe: Se minora en 120 miles de euros. JUSTIFICACIÓN En el año 2000, la Secretaría de Estado de Turismo, a La mejora de la calidad en los destinos no supone sólo Otro aspecto que consigue el SICTED es trabajar en la La política de mejora de la calidad y la gestión de los Tanto la FEMP como Secretaría de Estado de Turismo han La partida presupuestaria estaba en los presupuestos de pero con el compromiso para 2012 de dotar al Proyecto de Mediante la presente enmienda se propone incluir para 2012 ENMIENDA NÚM. 915 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio 208. Instituto de Turismo de España. Programa 932A. Coordinación y Promoción del Turismo. Artículo 78. A familias e instituciones sin fines de Concepto 786. Programas de Colaboración con actores Subconcepto 78605 (nuevo). A la Federación Española de Importe: 100 miles de euros. BAJA Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio 208. Instituto de Turismo de España. Programa 932A. Coordinación y Promoción del Turismo. Artículo 76. A entidades locales. Concepto 762. Planes de Recualificación integral de Importe: Se minora en 100 miles de euros. JUSTIFICACIÓN El turismo termal en España tiene un elevado potencial de Las Villas Termales de España están agrupadas desde 2001 en Los objetivos de esta Sección son los de impulsar el papel Tanto la FEMP como Secretaría de Estado de Turismo han Los planes de promoción y calidad aprobados por los Reales Una muestra del dinamismo de estos municipios y empresas es El concepto de la partida presupuestaria ya estaba Mediante la presente enmienda se propone incluir para 2012 ENMIENDA NÚM. 916 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio 208. Instituto de Turismo de España. Programa932A.Coordinación y Promoción del Turismo. Artículo 78. A familias e instituciones sin fines de Concepto 786. Programas de Colaboración con actores Subconcepto 78604. A la Federación Española de Municipios y Importe:30 miles de euros. BAJA Sección20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio 208. Instituto de Turismo de España. Programa932A.Coordinación y Promoción del Turismo. Artículo 76. A entidades locales. Concepto 786. Programas de Colaboración con actores Subconcepto 78604. A la asociación Española de Estaciones Importe: Se minora en 30 miles de euros. JUSTIFICACIÓN La FEMP en colaboración con diversas instituciones: Asociación Nacional de Empresas Náuticas, Asociaciones La Sección de Entidades Locales de España con Estación Los 470 municipios españoles con más de 7.000 km. de costa Tanto la FEMP como Secretaría de Estado de Turismo han La partida presupuestaria ya está recogida en los Mediante la presente enmienda se propone sustituir la ENMIENDA NÚM. 917 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio12. Secr. De Est. De Telecomun. Y para la sociedad Programa 467G. Investigación y Desarrollo de la Sociedad de Artículo 78. A familias e instituciones sin fines de Concepto 781 (nuevo). A Federación Española de Municipios y Importe: 300 miles de euros. BAJA Sección20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Servicio12.Secr. De Est. De Telecomun. Y para la sociedad Programa467G.Investigación y Desarrollo de la Sociedad de Artículo 78. A familias e instituciones sin fines de Concepto 780. Avanza Competitividad e Innovación en Importe: Se minora en 300 miles de euros. JUSTIFICACIÓN La colaboración entre el Ministerio de Industria, Energía y Desde la FEMP y con el apoyo del MINETUR, queremos que Continuar con el trabajo de difusión, asesoramiento y ENMIENDA NÚM. 918 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Min. AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 06 Programa: 456D Artículo: 60 Superproyecto: 2005 23 06 1703 Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: Dotaciones para el acceso y uso público de la Dotación 2012 adicional (miles ¤): 300 BAJA (miles ¤) 300 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 300 miles de euros JUSTIFICACIÓN Recuperación de espacios naturales protegidos ENMIENDA NÚM. 919 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 06. DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA Programa: 456D Actuación en la costa Artículo: 6 Inversiones reales Concepto: Para actuaciones en costas y playas Dotación 2012 adicional: 50.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 50.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Implementar actuaciones para hacer frente a uno de los ENMIENDA NÚM. 920 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 18. DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y Programa: 414 B. Desarrollo del Medio Rural Artículo: 60. Inversión Concepto: Nuevo. Agricultura ecológica Dotación 2012 adicional: 20.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 20.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Proyecto para financiar la agricultura ecológica. ENMIENDA NÚM. 921 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 05. DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Calidad del agua Artículo: 6 Inversiones reales Concepto: Para actuaciones dirigidas a la mejora de la Dotación 2012 adicional: 70.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 70.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Implementar actuaciones que permitan dar cumplimiento a la ENMIENDA NÚM. 922 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 04 Secretaría de estado de medio ambiente Programa: 452M Normativa y Ordenación territorial de los Artículo: 61, Inversión de reposición en infraestructuras y Provincia: 25 Concepto: Camino Natural del envase de Sant Llorenc de Dotación adicional 2012: + 1.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Por creerlo conveniente. ENMIENDA NÚM. 923 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 MINISTERIO AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 18, DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y Programa: 414B Desarrollo del medio rural Artículo: 61, Inversión de reposición en infraestructuras y Provincia: Tarragona. Denominación: (nuevo) PLAGA POMACEA CANALICULATA. Dotación 2012 adicional: 500 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Control de la plaga de Pomacea Canaliculata (conocida como ENMIENDA NÚM. 924 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 08 DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN Programa: 456C. Protección y Mejora del Medio Artículo: 75,A Comunidades Autónomas Provincia: 25 Concepto: Nuevo. Centro interpretación biodiversidad del Dotación adicional 2012: + 1.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El objeto de esta enmienda es la construcción del centro de ENMIENDA NÚM. 925 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 08. DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN Artículo: 60. Inversión Concepto: Nuevo. Adquisición de terrenos del litoral para Dotación 2012 adicional: 50.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 50.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN En el sistema de áreas protegidas hay espacios que por sus ENMIENDA NÚM. 926 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 08. DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN Programa: 456C Protección y mejora del medio natural Artículo: 60. Inversión Concepto: Nuevo. Compra espacios naturales en parajes Dotación 2012 adicional: 15.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 15.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN En el sistema de áreas protegidas hay espacios que por sus ENMIENDA NÚM. 927 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 08. DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN Programa: 456C Protección y mejora del medio natural Artículo: 75. A Comunidades Autónomas Concepto: Nuevo. Fondo para la restauración de los puntos Dotación 2012 adicional: 10.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Promoción de actuaciones que permitan el restablecimiento ENMIENDA NÚM. 928 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 17. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS PESQUEROS Y Programa 415A: Protección de los recursos pesqueros y Artículo: 6. Inversiones reales Concepto: Control y supervisión recursos pesqueros Dotación 2012 adicional: 8.600 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 8.600 miles de euros JUSTIFICACIÓN Implementacion de actuaciones que permitan mantener el ENMIENDA NÚM. 929 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 MINISTERIO AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 05, DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A Gestión e Infraestructuras del Agua Artículo: 45 (nuevo) Denominación: (nuevo) Recuperación ambiental del río de Dotación 2012 adicional: 2.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La conexión ferroviaria entre el Puerto y el corredor ENMIENDA NÚM. 930 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 MINISTERIO AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 05, DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A Gestión e Infraestructuras del Agua Artículo: 45 (nuevo) Denominación: (nuevo) Convenio con la CA de Cataluña para Dotación 2012 adicional: 600 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 600 miles de euros JUSTIFICACIÓN Este convenio estaba incluido en la ley de Presupuestos ENMIENDA NÚM. 931 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Min. AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 06 Programa: 456D Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: REGENERACIÓN DEL DUNAR DE LAS PLAYAS DE SANT Dotación 2012 adicional (miles ¤): 100 BAJA (miles ¤) 100 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: JUSTIFICACIÓN Asegurar la continuidad de la actuación con Dotación en el ENMIENDA NÚM. 932 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Min. AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 06 Programa: 456D Artículo: 60 Superproyecto: 2011 23 06 3814 Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: ORDENACIÓN DE ACCESOS Y RECUPERACIÓN DE DUNAS Dotación 2012 adicional (miles ¤): 300 BAJA (miles ¤) 300 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: JUSTIFICACIÓN Asegurar la continuidad de la actuación en espacios ENMIENDA NÚM. 933 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 MINISTERIO AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 18, DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y Programa: 414B Desarrollo del medio rural Artículo: 61, Inversión de reposición en infraestructuras y Provincia: Tarragona. Denominación: (nuevo) DESCONTAMINACIÓN QUÍMICA DEL EMBALSE Dotación 2012 adicional: 40.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 40.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Extracción del millón de toneladas de material tóxico ENMIENDA NÚM. 934 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Ministerio de agricultura, alimentación y medio Servicio: 23.06 Programa: 456D Artículo: 60 Superproyecto: 2010 23 06 0801 Proyecto: Nuevo Provincia: Barcelona Denominación: descontaminación litoral zona limítrofe entre Dotación 2012 adicional: 4.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 4.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Después de la recuperación y descontaminación de las zonas Por este hecho, es para nosotros prioritario proceder a la Dicha urbanización tendría que dar continuidad al paseo Por tanto es un proyecto que se realiza en la ciudad de Como paseo marítimo, además, tendrían proyección sobre ENMIENDA NÚM. 935 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Ministerio de agricultura, alimentación y medio Servicio: 23.06 Programa: 456D Artículo: 60 Superproyecto: 2010 23 06 0801 Proyecto: Nuevo Provincia: Barcelona Denominación: Obras de acondicionamiento y prolongación de Dotación 2012 adicional: 11.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 11.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN A parte de la descontaminación del litoral de esta zona, se En este caso, las obras benefician también a otros ENMIENDA NÚM. 936 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. De adición ALTA (miles de euros) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 08. Dirección general de Calidad y Evaluación Programa: 456C. Protección y mejora del Medio Natural Artículo: 78. A familias e instituciones sin fines de Concepto: Nuevo. A la Federació d’Associacions de Dotación 2012 adicional: 500 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dar continuidad al apoyo prestado en los presupuestos ENMIENDA NÚM. 937 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 08. DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN Programa: 456C Protección y mejora del medio natural Artículo: 75. A Comunidades Autónomas Concepto: Nuevo. Convenio con las CCAA para el fomento del Dotación 2012 adicional: 20.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 20.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El objeto de esta enmienda es la prevención de incendios en ENMIENDA NÚM. 938 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 04 SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Programa: 456M Actuaciones para la prevención de la Artículo: 75. A Comunidades Autónomas Concepto: Nuevo. Fondo para el desarrollo y aplicación de Dotación 2012 adicional: 100.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dicho fondo deberá distribuirse entre las CC.AA. para que ENMIENDA NÚM. 939 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) 100 Sección: 23 Min. AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 06 Programa: 456D Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: Reserva de les Illes Formigues – Dotación 2012 adicional: BAJA (miles ¤) 100 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: JUSTIFICACIÓN Asegurar los caladeros y proteger la biodiversidad. ENMIENDA NÚM. 940 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 18. DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y Programa: 456C Protección y mejora del medio natural Artículo: 75. A Comunidades Autónomas Concepto: Fondo común prevención de incendios Dotación 2012 adicional: 100.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El tipo de actuaciones previstas son las siguientes: Ejecución y mantenimiento de franjas perimetrales en Ejecución de trabajos forestales de prevención de Construcción y adecuación de puntos de agua. Construcción y adecuación de caminos. Creación y mejora de sistemas silvopastorales. ENMIENDA NÚM. 941 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 MINISTERIO AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 18, DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y Programa: 414B Desarrollo del medio rural Artículo: 61, Inversión de reposición en infraestructuras y Provincia: Tarragona. Denominación: (nuevo) PLAGA MEJILLÓN CEBRA. Dotación 2012 adicional: 500 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Control de la plaga del mejillón cebra en Terres de ENMIENDA NÚM. 942 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Ministerio de Agricultura, alimentación y medio Servicio: 05 Programa: 456A Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Elaboración del proyecto de adecuación del Dotación 2012 adicional: 100 (en miles de euros) BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: 100 (en miles de euros) JUSTIFICACIÓN La Riera de Caldes és un habitat natural que ha sufrido ENMIENDA NÚM. 943 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Ministerio de Agricultura, alimentación y medio Servicio: 05 Programa: 456A Artículo: 60 Superproyecto: Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Restauración de las defensas de la Riera Seca Dotación 2012 adicional: 50 (en miles de euros) BAJA (miles ¤) 50 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: 50 (en miles de euros) JUSTIFICACIÓN La Riera Seca es un afluente del Besos que recibe los ENMIENDA NÚM. 944 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Ministerio de Agricultura, alimentación y medio Servicio: 401 Programa: 495B Artículo: 64 Superproyecto: 2008 23 03 0045 Proyecto: Provincia: 08 Denominación: Vigilancia atmosférica sobre la B-30 AP7 a su Dotación 2012 adicional: 50 BAJA (miles ¤) 50 Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Superproyecto: Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: JUSTIFICACIÓN La B30 es un foco de contaminación importante en el ENMIENDA NÚM. 945 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 18. DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y Programa: 414C Programa de Desarrollo Rural Sostenible Artículo: 75. A Comunidades Autónomas Concepto: Cofinanciación de los Planes de Zona Dotación 2012 adicional: 150.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 150.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Implementación de actuaciones en aplicación de la Ley ENMIENDA NÚM. 946 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 Min. AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 06 Programa: 456D Artículo: 60 Superproyecto: 2011 23 06 3813 Proyecto: Provincia: GIRONA Denominación: DERRIBO DE LAS EDIFICACIONES DE RADIO Dotación 2012 Adicional: 100¤ BAJA (miles ¤) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Superproyecto: 510 Proyecto: Provincia: Denominación: Dotación 2012: JUSTIFICACIÓN Recuperación de espacio naturales protegidos. ENMIENDA NÚM. 947 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 MINISTERIO AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 06, DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBLIDAD DE LA Programa: 456D Actuación en la Costa Artículo: 60, Inversión de reposición en infraestructuras y Provincia: 08 Barcelona Denominación: (nuevo) Proyecto de regeneración y Dotación 2012 adicional: 6.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 6.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El litoral del Maresme se encuentra sometido a la acción de ENMIENDA NÚM. 948 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 08. DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN Programa: 456B Protección y mejora del medio ambiente Artículo: 75 A Comunidades Autónomas Concepto: Para política de residuos Dotación 2012 adicional: 5.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Implementar actuaciones para el desarrollo de la Ley ENMIENDA NÚM. 949 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23 MINISTERIO AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO Servicio: 05, DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A Gestión e Infraestructuras del Agua Artículo: 60, Inversión de reposición en infraestructuras y Provincia: 08 Barcelona Denominación: (nuevo) Regeneración, protección y Dotación 2012 adicional: 6.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 6.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Intervenciones en diversas Rieras de la comarca de El ENMIENDA NÚM. 950 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 23. MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y Servicio: 19. DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN Programa: 412D. Competitividad y calidad de la sanidad Artículo: 45. A CCAA Concepto: Transferencia a CCAA para la Sanidad de la Dotación 2012 adicional: 22.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 22.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La situación del registro de productos fitosanitarios del ENMIENDA NÚM. 951 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 19, Dirección General de Sanidad de la Producción Programa: 412D, Competitividad y calidad de la sanidad Artículo: 75, A comunidades autónomas Concepto: 752, Para la sanidad de la producción agraria Subconcepto: Programas estatales de erradicación de Dotación 2012: 2.690,55 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 SERVICIO 02 PROGRAMA 929M ARTÍCULO 51 CONCEPTO 510 Dotación 2012: – 2.690,55 miles de euros JUSTIFICACIÓN Esta partida corresponde a las ayudas para indemnización Los titulares de explotaciones ganaderas inscritas en los La disminución de esta partida con respecto a lo ENMIENDA NÚM. 952 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio 18. Dirección General de Desarrollo Sostenible del Programa 414B. Desarrollo del medio rural Artículo 76. A entidades locales. Concepto 767 (nuevo). Convenio con la FEMP para el apoyo al Importe: + 244 miles de euros. BAJA Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio 18. Dirección General de Desarrollo Sostenible del Programa 414B. Desarrollo del medio rural Artículo 77. A empresas privadas. Importe: Se minora en 244 miles de euros. JUSTIFICACIÓN El medio rural es depositario de bienes y valores de Además, los municipios rurales juegan un importante papel Para desarrollar estas actuaciones, las Corporaciones La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ENMIENDA NÚM. 953 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio 04. Secretaría de Estado de Medio Ambiente. Programa 452M. Normativa y ordenación territorial de los Artículo 76 (nuevo). A entidades Locales Concepto 763 (nuevo). Convenio con la FEMP para promover la Importe: + 1.500 miles de euros. BAJA Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio 04. Secretaría de Estado de Medio Ambiente. Programa 452M. Normativa y ordenación territorial de los Artículo 44. A sdades, ent.públi.emp, fundac. y resto entes Concepto 440. A la Fundación Biodiversidad Importe: – 1.500 miles de euros. JUSTIFICACIÓN Su objeto es que una parte de la aportación del Estado a la ENMIENDA NÚM. 954 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Servicio 10. Oficina Española del Cambio Climático. Programa 456M. Actuaciones para la prevención de la Artículo 46. A entidades locales. Concepto 460. A la FEMP para campañas de sensibilización de Importe: Se incrementa su Dotación en 577,72 miles de BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012 a minorar: – 577,720 miles de euros JUSTIFICACIÓN Su objeto es que la aportación del Estado a las campañas de ENMIENDA NÚM. 955 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 12, Dirección General de Producciones y Mercados Programa: 412C, Competitividad y calidad de la producción y Artículo: 75, A comunidades autónomas Concepto: 755, Para la mejora de la organización de la Subconcepto: Fomento de la Apicultura Dotación 2012: 650 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 SERVICIO 02 PROGRAMA 929M ARTÍCULO 51 CONCEPTO 510 Dotación 2012: – 650 miles de euros JUSTIFICACIÓN El Sector Apícola únicamente cuenta con un instrumento De no modificarse los actuales 2,1 millones ¤ previstos Alcanzar la Dotación por parte del MAGRAMA de 2,750 ENMIENDA NÚM. 956 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 12, Dirección General de Producciones y Mercados Programa: 412C, Competitividad y calidad de la producción y Artículo: 75, A comunidades autónomas Concepto: 755, Para la mejora de la organización de la Subconcepto: Mejora del sector de frutos de cáscara y de Dotación 2012: 6.390 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 SERVICIO 02 PROGRAMA 929M ARTÍCULO 51 CONCEPTO 510 Dotación 2012: – 6.390 miles de euros JUSTIFICACIÓN El sector de frutos secos alcanzó un acuerdo con el Además, el Ministerio también se comprometía a conceder un En el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para La ayuda acoplada a la superficie ha permitido el ENMIENDA NÚM. 957 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 01, Ministerio, Subsecretaria y Servicios Programa: 451O, Dirección y Servicios Generales de Artículo: 48, A familias e instituciones sin fines de Concepto: 482, Transferencias de carácter general a Concepto: 483, Transferencias a Organizaciones Dotación 2012: 651 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 SERVICIO 02 PROGRAMA 929M ARTÍCULO 51 CONCEPTO 510 Dotación 2012: – 651 miles de euros JUSTIFICACIÓN Las partidas destinadas en el proyecto de presupuesto para La representación y defensa institucional de los ENMIENDA NÚM. 958 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 01, Ministerio, Subsecretaria y Servicios Programa: 000X Artículo: 41, A organismos autónomos Concepto: 414, Subvención a la Entidad Estatal de Seguros Dotación 2012: 27.969 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación 2012: – 27.969 miles de euros Repercusión en el presupuesto de ENESA: ALTA Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Dotación 2012 adicional: 27.969 miles de euros ALTA Estado de gastos Sección: 23 Organismo: 207 Programa: 416A Artículo: 47 Concepto: 471, Plan Anual de Seguros Agrarios y liquidación Dotación 2012 adicional: 27.969 miles de euros JUSTIFICACIÓN El Plan Anual de Seguros Agrarios es el Plan que el a) Los riesgos a cubrir, en forma combinada o aislada, en b) El ámbito territorial de su aplicación. c) La superficie continua necesaria para la declaración de d) Su evaluación económica, coste de realización, La aportación del Estado prevista para el año 2012 ENMIENDA NÚM. 959 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Servicio: 19, Dirección General de Sanidad de la Producción Programa: 412D, Competitividad y calidad de la sanidad Artículo: 75, A comunidades autónomas Concepto: 752, Para la sanidad de la producción agraria Subconcepto: Fomento del asociacionismo para la defensa Dotación 2012: 4.500 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 SERVICIO 02 PROGRAMA 929M ARTÍCULO 51 CONCEPTO 510 Dotación 2012: – 4.500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Es necesario recuperar las partidas presupuestarias Resulta imprescindible que las ADSG sigan contando con ENMIENDA NÚM. 960 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 25. Presidencia. Servicio: 02, Ministerio y Servicios Generales Programa: 912O, Relaciones con las Cortes Generales, Artículo: 48 Concepto 483: Para toda clase de gastos derivados de las Dotación adicional 2012: 3.752,31 miles de euros. BAJA (miles ¤) Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio: 02. Programa: 929M. Artículo: 51. Concepto: 510 Dotación 2012: – 3.752,31 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone recuperar la asignación presupuestaria que en ENMIENDA NÚM. 961 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26 MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E Servicio: 07. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA, CALIDAD E Programa: 313B Salud pública, sanidad exterior y Artículo: 45. Transferencias corrientes a CCAA Concepto: Para programas autonómicos derivados del Plan Dotación 2012 adicional: 4.808 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 4.808 miles de euros JUSTIFICACIÓN La eliminación de las transferencias corrientes a CCAA para ENMIENDA NÚM. 962 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26 MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E Servicio: 07. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA, CALIDAD E Programa: 313B Salud pública, sanidad exterior y Artículo: 48. Transferencias corrientes a Instituciones sin Concepto: Para el Plan multisectorial de lucha contra el Dotación 2012 adicional: 1.421 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 1.421 miles de euros JUSTIFICACIÓN La eliminación de las transferencias a las ONGS que luchan ENMIENDA NÚM. 963 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26 MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E Servicio: 07. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA, CALIDAD E Programa: 313B Salud pública, sanidad exterior y Artículo: 48. Transferencias corrientes a Instituciones sin Concepto: Para programas de prevención y control del Dotación 2012 adicional: 4.152 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: 4.152 miles de euros JUSTIFICACIÓN La eliminación de las transferencias a las ONGS que luchan ENMIENDA NÚM. 964 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 26.M.º de SANIDAD, SERV. SOC. E IGUALDAD. Servicio: 22 Delegación del Gobierno para la violencia de Programa: 232C. Actuaciones para la prevención integral de Artículo: 45A. Comunidades Autónomas. Concepto: 450. Programas de prevención integral y de Dotación 2012 adicional: 8.894 miles de euros. BAJA (miles de euros) Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02. Programa: 929M. Artículo: 51. Dotación 2012: – 8.894 miles de euros JUSTIFICACIÓN La violencia de género es una violación de los Derechos Es necesario ampliar el estrecho desarrollo que hay en la ENMIENDA NÚM. 965 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Servicio: 15 Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Programa: 000X, Transferencias internas Artículo: 42, A la Seguridad Social Concepto 427, Al IMSERSO, para mínimo garantizado en Concepto 428 (nuevo), Al IMSERSO nivel convenido en Dotación 2012 adicional: 600.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 600.000 miles de euros Repercusión en el presupuesto del IMSERSO: ALTA Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales Dotación 2012 adicional: 600.000 miles de euros ALTA Estado de gastos Área: Servicios Sociales Concepto 451, Para atención a personas en situación de Dotación 2012 adicional: 600.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El presupuesto total para la atención a la dependencia para ENMIENDA NÚM. 966 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Servicio: 07 Dirección General de Salud Pública, Sanidad Programa: 313B, Salud Pública, sanidad exterior y Artículo: 458, Transferencias a CC.AAA. Concepto: (nuevo) Estrategias de Salud Provincia: Varias Dotación 2012 adicional: 16.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 D.G. de Presupuestos. Gastos de los Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Dotación 2012: – 16.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Necesidad de dotar esta partida para potenciar estrategias ENMIENDA NÚM. 967 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 26. Ministerio de Sanidad, Política Social e Servicio 15. Secretaría General de Política Social y Programa 231F. Otros servicios sociales del Estado Artículo 45. A comunidades autónomas. Dotación adicional 2012: + 37.859,47 miles de euros. BAJA Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación a minorar: – 37.859,47 miles de euros JUSTIFICACIÓN Ante la gravísima situación de crisis que estamos viviendo Ante el temor de esta situación de desborde de las ENMIENDA NÚM. 968 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 26.M.º de SANIDAD, SERV. SOC. E IGUALDAD. Servicio: 22 Delegación del Gobierno para la violencia de Programa: 232C. Actuaciones para la prevención integral de Artículo: 45A. Comunidades Autónomas. Concepto: 450. Programas de prevención integral y de Dotación 2012 adicional: 6.400 miles de euros. BAJA (miles de euros) Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02. Programa: 929M. Artículo: 51. Dotación 2012: – 6.400 miles de euros JUSTIFICACIÓN La violencia de género es una violación de los Derechos Es necesario ampliar el estrecho desarrollo que hay en la ENMIENDA NÚM. 969 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Servicio: 107 Instituto de la Mujer. Programa: 232B Igualdad de oportunidades entre mujeres y Artículo: 45, Transferencias corrientes a CC.AAA. Concepto 451 para programas dirigidos a mujeres + 5.500 Dotación 2012 adicional: 5.500 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 D.G. de Presupuestos. Gastos de los Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Dotación 2012: – 5.500 miles de euros JUSTIFICACIÓN Necesidad de dotar esta partida para potenciar la efectiva ENMIENDA NÚM. 970 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Servicio: 09 D.G.de cartera básica de servicios del SNS y Programa: 313A, Prestaciones y farmacia. Artículo: 454 (nuevo). Transferencias a CC.AAA Concepto: (nuevo) Plan bucodental Provincias: Varias Dotación 2012 adicional: 12.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 D.G. de Presupuestos. Gastos de los Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Dotación 2012: – 12.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Necesidad de esta partida para proporcionar financiación ENMIENDA NÚM. 971 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Servicio: 18 Delegación del Gobierno para el Plan Nacional Programa: 231A, Plan Nacional sobre Drogas Artículo: 45, Transferencias corrientes a CC.AAA. Concepto 451 + 3.400 Concepto 452 + 2.000 Concepto 454 + 200 Concepto 456 + 800 Artículo: 48. Transferencias corrientes a familias e Concepto 481 + 600 Artículo: 78. Transferencias de capital a familias e Concepto 781 + 400 Provincia: Varias Dotación 2012 adicional: 7.400 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 D.G. de Presupuestos. Gastos de los Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Dotación 2012: – 7.400 miles de euros JUSTIFICACIÓN Necesidad de dotar esta partida para potenciar el Plan ENMIENDA NÚM. 972 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Servicio: 17 Don. Gral. De coordinación de políticas de Programa: 231F Otros servicios sociales del Estado. Artículo: 45, Transf. Corrientes a CC.AA. Concepto 451 (nuevo) Para plan de acción para las personas Artículo: 48, Transferencias corrientes a familias e Concepto 482 Para programas de personas con discapacidad. + Dotación 2012 adicional: + 5.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 D.G. de Presupuestos. Gastos de los Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto 510 Dotación 2012: – 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Necesidad de dotar esta partida adicionalmente para ENMIENDA NÚM. 973 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Sección: 26, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Servicio: 16 D. Gral. De servicios para la familia y la Programa: 231F Otros servicios sociales del Estado. Artículo: 45, Transf. Corrientes a CC.AA. Concepto 453 Programas de servicios sociales Dotación 2012 adicional: + 36.000 miles de euros BAJA (miles ¤) Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios Servicio: 02 D.G. de Presupuestos. Gastos de los Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto 510 Dotación 2012: – 36.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Necesidad de dotar esta partida adicionalmente para ENMIENDA NÚM. 974 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 27, Ministerio de Economía y Competitividad Servicio 12 Programa 467C Artículo 74 Concepto 749 Subconcepto 74904, Al CDTI para la cobertura de los costes Subconcepto 74907, Al CDTI para proyectos de I+ D+ i Dotación adicional 2012: 37.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación a minorar 2012: – 37.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El recorte que sufre el CDTI en estos presupuestos incidirá Los recortes obligarán al CDTI a una fuerte reducción de ENMIENDA NÚM. 975 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 27, Ministerio de Economía y Competitividad Servicio 11 Programa 000X Artículo 41 Concepto 411, Al Centro de Investigaciones Energéticas, Dotación adicional 2012: 8.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación a minorar 2012: – 8.000 miles de euros Repercusión en el presupuesto del CIEMAT ALTA Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Economía al CIEMAT Importe: 8.000 miles de euros ALTA Estado de gastos Sección 27 Servicio 201 Programa 467H Capítulo I, Gastos de personal Importe: 8.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La transferencia corriente que realiza el Ministerio de ENMIENDA NÚM. 976 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 27, Ministerio de Economía y Competitividad Servicio 11 Programa 000X Artículo 43 Concepto 430, Al Consejo Superior de Investigaciones Dotación adicional 2012: 20.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación a minorar 2012: – 20.000 miles de euros Repercusión en el presupuesto del CSIC ALTA Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Economía al CSIC Importe: 20.000 miles de euros ALTA Estado de gastos Sección 27 Servicio 401 Programa 463A Capítulo I, Gastos de personal Importe: 20.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La transferencia corriente que realiza el Ministerio de ENMIENDA NÚM. 977 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 27, Ministerio de Economía y Competitividad Servicio: 13 Programa: 000X Transferencias internas Artículo: 73 Concepto: 730, Al CSIC del Fondo Nacional. Subv. de I+ D Dotación 2012 adicional: 6.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios Servicio: 02 Programa: 929 M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2011: – 6.000 miles de euros Repercusión en el Presupuesto del Organismo (CSIC): ALTA (INGRESOS) Transferencia del Ministerio de Economía y Competitividad Importe: 6.000 miles de euros ALTA (GASTOS) Sección: 27 Organismo: 401 Programa: 463A, Investigación científica Artículo: 78 Concepto (nuevo): 780, Formación de personal Importe: 6.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se propone esta partida para la línea estratégica programas La línea agrupa todos los programas JAE del CSIC, iniciados ENMIENDA NÚM. 978 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 27, Ministerio de Economía y Competitividad Servicio 11 Programa 000X Artículo 41 Concepto 412, Al Instituto Español de Oceanografía Dotación adicional 2012: 103 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación a minorar 2012: – 103 miles de euros Repercusión en el presupuesto del IEO ALTA Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Economía al IEO Importe: 103 miles de euros ALTA Estado de gastos Sección 27 Servicio 203 Programa 467E Capítulo I, Gastos de personal Importe: 103 miles de euros JUSTIFICACIÓN La transferencia corriente que realiza el Ministerio de ENMIENDA NÚM. 979 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 27, Ministerio de Economía y Competitividad Servicio 11 Programa 000X Artículo 41 Concepto 415, Al Instituto Nacional de Investigación y Dotación adicional 2012: 1.816 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación a minorar 2012: – 1.816 miles de euros Repercusión en el presupuesto del INIA ALTA Estado de ingresos Transferencia del Ministerio de Economía al INIA Importe: 1.816 miles de euros ALTA Estado de gastos Sección 27 Servicio 202 Programa 467D Capítulo I, Gastos de personal Importe: 1.816 miles de euros JUSTIFICACIÓN La transferencia corriente que realiza el Ministerio de ENMIENDA NÚM. 980 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 27, Ministerio de Economía y Competitividad Servicio 13 Programa 463B Artículo 75 Concepto 750, Fondo Nacional para la Investigación Concepto 754, Ayudas a la formación y movilidad del Artículo 78 Concepto 780, Fondo Nacional para la Investigación Concepto 784, Ayudas a la formación y movilidad del (30.000 miles de euros) Dotación adicional 2012: 220.887 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 31 Servicio 02 Programa 929M Artículo 51 Concepto 510 Dotación a minorar 2012: – 220.887 miles de euros JUSTIFICACIÓN Reforzar la financiación y mantener las convocatorias de ENMIENDA NÚM. 981 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección 27, Ministerio de Economía y Competitividad Servicio 12 Programa 467C Artículo 87 Concepto 870, Aportaciones patrimoniales Dotación adicional 2012: 422.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección 27 Servicio 14 Programa 467C Artículo 83 Concepto 831, Préstamos a largo plazo Dotación a minorar 2012: – 422.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Las aportaciones patrimoniales al CDTI se reducen en 422 Por tanto, la reducción en 422 millones de euros de ENMIENDA NÚM. 982 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 32 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES Servicio: 01. SECRETARIA GENERAL DE COORDINACIÓN AUTONÓMICA Programa: 441M Subvenciones y apoyo al transporte Artículo: 451. A Comunidades Autónomas Concepto: A la Autoridad del Transporte Metropolitano de Dotación 2012 adicional: 57.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 57.00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Se considera necesario recuperar la aportación estatal a la ENMIENDA NÚM. 983 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 32 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES Servicio: 02. D.G. DE COORDINACIÓN FINANCIERA CON CC. AA. Y Programa: 942N Otras aportaciones a Entidades Locales Artículo: 46. A Entidades Locales Concepto: Financiación de instituciones del municipio de Dotación 2012 adicional: 4.300 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 4.300 miles de euros JUSTIFICACIÓN Esta partida desaparece incomprensiblemente en los PGE del ENMIENDA NÚM. 984 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 32 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES Servicio: 01. D.G. DE COORDINACIÓN FINANCIERA CON CC. AA. Y Programa: 941O Otras transferencias a Comunidades Artículo: 75. A Comunidades Autónomas Concepto: A las CC. AA. de Andalucía, Aragón, Castilla y Dotación 2012 adicional: 950.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 950.00 miles de euros JUSTIFICACIÓN La desaparición de la partida presupuestaria prevista por ENMIENDA NÚM. 985 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección32. Otras relaciones financieras con Entes Servicio 02. Secretaría General de Coordinación Autonómica Programa942N.Otras aportaciones a Entidades Locales. Concepto 462. A Corporaciones Locales para cofinanciar los Importe: Se incrementa su Dotación en 19.734,53 miles de BAJA Sección32. Otras relaciones financieras con Entes Servicio 02. Secretaría General de Coordinación Autonómica Artículo 45. A Comunidades Autónomas. Importe: Se minora en 19.734,53 miles de euros. JUSTIFICACIÓN Su objeto es que la aportación del Estado se mantenga,en La Disposición Adicional Quinta del Texto Refundido de la ciudades, más que minorarse esta partida debería ENMIENDA NÚM. 986 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 60. Seguridad Social Servicio: 01. Entidades Gestoras Programa: 231 I. Autonomía Personal y Atención a la Artículo: 45. A Comunidades Autónomas. Concepto: (Nuevo) Fondo para la Vida Independiente Dotación 2012 adicional: 30.000,00 miles de euros. BAJA (miles de euros) Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio: 02. DG Presupuestos Programa: 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas Artículo: 51. Otros imprevistos Dotación 2012: –30.000,00 miles de euros. JUSTIFICACIÓN La creación de este Fondo para la Vida Independiente además ENMIENDA NÚM. 987 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Entidad: ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS Proyecto: 0004 Provincia: BARCELONA Denominación: Barcelona Sants Dotación 2012 adicional: 50.000 ¤ BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 50.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La Dotación de 622.000 euros en los PGE 2012 de ADIF para ENMIENDA NÚM. 988 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA (miles ¤) Entidad SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE Proyecto: 0092 Provincia: BARCELONA Denominación: Acceso a la nueva terminal del aeropuerto de Dotación 2012 adicional: + 280.000 miles de euros BAJA (miles de euros) Sección: 31 Servicio: 02 Programa: 921M Artículo: 51 Concepto: 510 Dotación 2012: – 280.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN Actuación urgente incluida en el Plan de Cercanías El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Palacio del Senado, 4 de junio de 2012.—El Portavoz, ENMIENDA NÚM. 989 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 15: Ministerio de Hacienda y Administraciones Servicio 27. Dirección General de Coordinación de Programa 942A. Cooperación Económica Local del Estado. Artículo 76. A entidades Locales. Concepto 769 (nuevo). A las Diputaciones, Cabildos, Importe: 672,91 miles de euros. BAJA Sección 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Programa 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas. Artículo 51. Otros imprevistos. Importe: Se minora en 672,91 miles de euros. JUSTIFICACIÓN El objeto de esta enmienda es que la Encuesta de La subvención dirigida a las Diputaciones, Cabildos y ENMIENDA NÚM. 990 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade un nuevo apartado en el artículo 11.uno del Autorizar las transferencias que resulten necesarias desde JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en los ENMIENDA NÚM. 991 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El Artículo 23. Uno.2 quedará redactado de la siguiente Artículo 23. Oferta de empleo público u otro instrumento Uno. (…). 2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades A. A las Administraciones públicas con competencias B. A las Administraciones Públicas con competencias C. A las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado y a D. A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de E. A las Administraciones Públicas respecto de los Cuerpos F. A los municipios respecto de las plazas de la policía G. Asimismo, a las Corporaciones Locales de población JUSTIFICACIÓN La regulación que el Proyecto de la Ley de Presupuestos Por otra parte, debe tenerse en cuenta que si a la En particular, el nivel de deterioro de los servicios Por ello, debe reconsiderarse la regulación que se ENMIENDA NÚM. 992 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. El Artículo 23. Uno.2 quedará redactado de la siguiente Artículo 23. Oferta de empleo público u otro instrumento Uno. (…). 2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades A. A las Administraciones públicas con competencias B. A las Administraciones Públicas con competencias C. A las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado y a D. A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de E. A las Administraciones Públicas respecto de los Cuerpos F. A las Entidades Locales respecto de las plazas de la JUSTIFICACIÓN La regulación que el Proyecto de la Ley de Presupuestos En su actual redacción el párrafo F no permitiría incluir Por otra parte, debe tenerse en cuenta que si a la En particular, el nivel de deterioro de los servicios Por ello, debe reconsiderarse la regulación que se ENMIENDA NÚM. 993 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la adición de un nuevo artículo, después del «Artículo nuevo. Energía eléctrica para la producción Se añade un nuevo punto 7 en el apartado uno del artículo 7. Las tarifas de la energía eléctrica para cualquiera de JUSTIFICACIÓN El sector agrario español es un sector estratégico para ENMIENDA NÚM. 994 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De sustitución. Se sustituye el Artículo 105. Dos. Letra a): a) Disponer de un Plan de Movilidad Sostenible, coherente «A partir del 1 de enero de 2012, la concesión de cualquier Por una nueva Disposición Final, vigésima segunda, del Vigésima segunda. Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y «A partir del 1 de enero de 2014, la concesión de cualquier JUSTIFICACIÓN Los Presupuestos Generales del Estado establecen una El mantenimiento de la reducción financiera y la exigencia El déficit actual del transporte colectivo urbano estimado Artículo 105, Dos, letra a). Aun compartiendo el espíritu de la Ley de Economía Por otra parte no debe olvidarse, en coherencia con la En el actual contexto de crisis económica, de limitación Por ello se considera necesario que este tipo de cuestiones ENMIENDA NÚM. 995 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Se propone la supresión del número 7, del apartado Seis del 7. Las subvenciones que se concedan a partir del ejercicio A este respecto, una parte de la subvención se repartirá en JUSTIFICACIÓN En consonancia y como continuación a la anterior propuesta Por todo ello se propone suprimir este nuevo requisito y ENMIENDA NÚM. 996 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Se propone la siguiente redacción: Artículo 112. Financiación de instituciones del municipio Uno. En el marco de la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la Para la materialización de las transferencias destinadas a JUSTIFICACIÓN Dotar de los recursos necesarios a las instituciones ENMIENDA NÚM. 997 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Artículo 112 bis. Fondo especial de financiación a favor de Uno. Como mecanismo especial de financiación de los Dos. El fondo se distribuirá entre los municipios citados A los efectos anteriores, la Secretaría General de JUSTIFICACIÓN Con origen en el «Acuerdo entre el Gobierno de la Nación y La justificación de este Fondo se encuentra en la necesidad Considerando que desde el año 2002 no se ha procedido a ENMIENDA NÚM. 998 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Se propone la supresión de la disposición adicional JUSTIFICACIÓN La disposición adicional vigésima sexta, reproducción de la La disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011 Dicho aumento se efectuará en ocho años, por aplicación Razones de equidad y justicia social —afecta a uno de ENMIENDA NÚM. 999 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición adicional con la siguiente Disposición adicional. Mantenimiento de los centros El Gobierno dotará los créditos presupuestarios suficientes JUSTIFICACIÓN La previsión presupuestaria del Gobierno contempla recortes ENMIENDA NÚM. 1000 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición adicional (nueva) Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente Disposición adicional... Cumplimiento de la Disposición Con cargo a la Sección 32 «Otras relaciones financieras con El procedimiento y plazos para hacer efectivas las JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el ENMIENDA NÚM. 1001 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición adicional (nueva) Se añade una nueva Disposición adicional con el siguiente Disposición adicional... lnversiones del Estado en la El Crédito 32.01.941O.755 dotado en la Sección 32 «Otras JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el ENMIENDA NÚM. 1002 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición Adicional con la siguiente Disposición Adicional Mantenimiento de la sede y de los El Gobierno dotará los créditos presupuestarios suficientes JUSTIFICACIÓN El Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley de creación Del mismo modo, este Anteproyecto pretende El objetivo es evitar que esta reforma suponga la ENMIENDA NÚM. 1003 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición adicional (nueva) El Gobierno iniciará el procedimiento de consulta y JUSTIFICACIÓN La Ley 21/2003, de Seguridad Aérea, tras la reforma operada ENMIENDA NÚM. 1004 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional Disposición Adicional XXX. Beneficios fiscales aplicables a la celebración dels Jocs Uno. La celebración dels Jocs del Mediterrani Tarragona Dos. La duración del programa de apoyo a este Tres. La certificación de la adecuación de los gastos Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los MOTIVACIÓN Aplicar los incentivos fiscales previstos en la Ley 49/2002 ENMIENDA NÚM. 1005 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición Adicional con la siguiente Disposición Adicional XXX. Habilitación Se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales Este Convenio Marco se articulará a través de convenios La participación económica del Imserso para el desarrollo MOTIVACIÓN En primer lugar, en el presupuesto de gastos y dotaciones En segundo lugar, la Resolución aprobada por la Comisión En tercer lugar, el artículo 16 de la Ley 51/2003, de 2 de El artículo 2.2 del del Real Decreto 200/2012, de 23 de La Fundación ONCE es una entidad constituida por acuerdo El Imserso y la Fundación ONCE han mantenido un nivel de través de esta experiencia aconsejan continuar formalizando El Convenio Marco se articulará a través de convenios ENMIENDA NÚM. 1006 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. «Disposición Adicional XXX. Creación del Fondo para la Con cargo a la sección 32 «Otras relaciones financieras con Este Fondo tendrá como objetivo limitar los costes sociales MOTIVACIÓN Actualmente, Cataluña concentra el 18 % de los peajes con Esto supone una costosa carga no sólo para los usuarios y Por esta razón, el Parlament de Catalunya aprobó el pasado Se trata de un nuevo mecanismo que tienen por objetivo ENMIENDA NÚM. 1007 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición Adicional Nueva. Sanidad de la producción El Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino JUSTIFICACIÓN La situación del registro de productos fitosanitarios del ENMIENDA NÚM. 1008 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Nueva disposición adicional en la Ley del impuesto de «Disposición Adicional Nueva. Régimen fiscal de las La renta positiva que se obtenga en las transmisiones de JUSTIFICACIÓN Se trata de conseguir la exención para las cantidades Dicha exención es posible para las pequeñas y medianas ENMIENDA NÚM. 1009 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición Adicional Nueva. Modificación de Ley 35/2006, «Artículo 38. Reinversión en los supuestos de transmisión Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo JUSTIFICACIÓN Modificación del artículo 38 de la Ley sobre el IRPF para ENMIENDA NÚM. 1010 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. La Disposición Final Décima octava quedará redactada de la Décima octava. Modificación del Real Decreto-ley 20/2011, Con efectos de la entrada en vigor de esta Ley y vigencia (resto igual) Dos. (Se suprime) JUSTIFICACIÒN El «apartado Dos del Artículo 14» del «Real Decreto-Ley Posteriormente la «Disposición Final Decimoquinta» de la Se modifica el apartado Dos del artículo 14 del Real «Dos. En el ejercicio económico 2011, las entidades locales A efectos del cálculo del capital vivo se tendrán en cuenta En virtud de sus respectivos regímenes forales, la El resto de apartados permanece con la misma redacción. Posteriormente la «Disposición Adicional Decimocuarta» del Para la determinación del ahorro neto y de los ingresos A efectos del cálculo del capital vivo se considerarán Finalmente y mediante la «Disposición Final Décima octava» «Se prorroga para el año 2012, el apartado Dos del artículo Para la determinación del ahorro neto y de los ingresos A efectos del cálculo del capital vivo se considerarán Como se observa, lo que se estableció como una medida de Por este motivo y dada la excepcionalidad de la situación Por todo lo anterior y considerando que mediante RDL ENMIENDA NÚM. 1011 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De supresión. Se suprime la disposición final vigésima primera. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad JUSTIFICACIÓN La Ley 21/2003, de Seguridad Aérea, tras la reforma operada ENMIENDA NÚM. 1012 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Disposición final vigésima quinta (nueva). Modificación del Uno. El artículo 100.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, «El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es Dos. El artículo 100.2, primer párrafo, del Real Decreto «2. En el supuesto de que la construcción, instalación u Tres. El artículo 103.1, primer párrafo, del Real Decreto «1. Cuando se conceda la licencia preceptiva o se presente JUSTIFICACIÓN El Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Por consiguiente, una previsión similar a la establecida en ENMIENDA NÚM. 1013 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se propone la adición de una nueva disposición final, que «Nueva. Modificación del Texto Refundido de la Ley de 1. Se modifica el apartado 2 del artículo 41 del Texto “2. En los supuestos en que el huérfano no realice un para el salario mínimo interprofesional, también en cómputo En estos casos la pensión se extinguirá cuando el titular No obstante, si el huérfano mayor de veintiún años se “Disposición transitoria décima tercera. Aplicación En los casos previstos en el apartado 2 del artículo 41 de Hasta alcanzar dicha fecha, el indicado límite será el Durante el año 2012, de veintitrés años. Durante el año 2013, de veinticuatro años.”» JUSTIFICACIÓN Equiparar la pensión de orfandad del régimen de clases ENMIENDA NÚM. 1014 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Al Anexo II Créditos ampliables, Segundo, Doce. Añadir un nuevo epígrafe d) con el siguiente texto: d) El crédito 32.01.941O.755 «A las CC.AA. de Andalucía, JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en los ENMIENDA NÚM. 1015 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. Se añade un nuevo Anexo al Proyecto de Ley con el siguiente ANEXO Inversiones del Estado en la Comunidad Autónoma de Cataluña Infraestructuras viarias Cuarto Cinturón B-40. Abrera-Olesa de Montserrat (2,5 Cuarto Cinturón. B-40, Tramo Olesa-Viladecavalis (6,2 B-40 Tramo Terrassa-Granollers (P.C). Licitación e inicio nuevos accesos viarios al Puerto de Variante de Vallirana. A-2 Conexión Baix Llobregat-AP-7 en Castellbisbal (2,4 Autovía A-7 entre Altafulla y Vilafranca del Penedés Autovía A-7 La Jana-El Perelló (P.C.). Pantallas acústicas B-23 a su paso por Esplugues de Redacción proyecto integración ambiental B-23 a su paso por Construcción carril bus VAO desde Molins de Rei a Cubrimiento de la B-20 a su paso por Santa Coloma de A-2 Mejora seguridad tercer carril entre Igualada y A-2 Tramo Tordera-Maçanet de La Selva (8,9 km). A-2 Tramo Maçanet de La Selva-Sils (4,7 km). A-26 Tramo Figueres-Besalú. N-260 Eje pirenaico en Girona: tramo Figueres-Llanca; Aportación a la Autoridad Metropolitana del Transporte Traspaso de carreteras estatales a Ayuntamiento de Lleida Ejecución de obras conveniadas con Ayuntamiento de Lleida A-22 Tramo Lleida-La Cerdera. A-22 Tramo Almacelles-L.P. Huesca (9,75 km). A-14 Tramo Lleida-Roselló (enlace A-2) (6,0 km) 2006 N-230 Boca Norte Túnel Vielha. Adecuación del tramo urbano a su paso por Alfarrás. N-240 construcción rotondas en los municipios de Juneda y Variante de Valls. El Morell-Variante de Valls. Variante de Valls-Montblanc Convenio traspaso N-II Maresme. Infraestructuras ferroviarias Acceso ferroviario Cercanías terminal T-1 El Prat. Finalización de las obras de acceso provisional al Moll Redacción del proyecto y licitación conexión ferroviaria de Soterramiento vías a su paso por Sant Feliu de Nueva línea ferroviaria Castelldefels, Cornellà, Zona Línea Férrea Barcelona-Puigcerdà: duplicación vía Soterramiento línea convencional Barcelona-Portbou en Enlace líneas R3-R8 en Montcada i Reixach y nuevas Construcción nuevas estaciones Santa Perpètua de la Construcción nueva estación Ripollet. Construcción de una nueva estación en Can Intercambiadores de la línea Papiol-Mollet en Baricentro, Soterramiento del tren convencional en Girona (P.C.). Renovación de la línea Reus-Móra d’Ebre. Cubrimiento de las vías entre Comtes d’Urgell y la Rehabilitación y mejora estación RENFE Sabadell-Centre. Modernización de la infraestructura dentro Plan de Mejora de la accesibilidad y adecuación de las estaciones Licitación integración urbana de la línea C-2 en Adecuación y mejora estación Arc de Triomf (prolongación Línea orbital ferroviaria (Vilanova i La Geltrú- Vilafranca Aportación del Estado a la Generalitat para hacer frente al Remodelación y mejora estación de Sants. II.ª fase adecuación estación urbana de Tarragona. Corredor Mediterráneo Finalización de los trabajos de la L.A.V. para la conexión Redacción del proyecto y licitación de la conexión Estación central Corredor del Mediterráneo-Aeropuerto de Redacción del proyecto y licitación variante de Martorell Conexión del Corredor Mediterráneo con la L.A.V. Redacción de los proyectos de los nodos logísticos Integración y soterramiento del ferrocarril en Montmeló Finalización de las obras de soterramiento de las líneas Construcción de la nueva estación de trenes regionales en Fondo rescate de peajes. Remodelación barrios L’Hospitalet. Remodelación barrios Barcelona. Rehabilitación Castell de la Suda en Lleida. Monasterio Vallbona de les Monges. JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el ENMIENDA NÚM. 1016 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores. ALTA Sección: 12. Servicio: 04. Programa: 142A. Capítulo: 4. Artículo: 48. Concepto: 48102. Fundación CIDOB. Importe: 55 (miles de euros). BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios. Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929M. Imprevistos y funciones no Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51. Otros imprevistos. Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan Importe: 55 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia. ENMIENDA NÚM. 1017 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores. ALTA Sección: 12. Servicio: 01. Programa: 141M. Capítulo: 4. Artículo: 48. Concepto: 48110. Fundación CEI (Centro de Estudios Importe: 10 (miles de euros). BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios. Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929M. Imprevistos y funciones no Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51. Otros imprevistos. Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan Importe: 10 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia. ENMIENDA NÚM. 1018 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores. ALTA Sección: 12. Servicio: 04. Programa: 142A. Capítulo: 4. Artículo: 48. Concepto: 48109. Instituto de Estudios del Mediterráneo Importe: 56 (miles de euros). BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios. Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929M. Imprevistos y funciones no Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51. Otros imprevistos. Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan Importe: 56 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia. ENMIENDA NÚM. 1019 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 15 Servicio: 27. Dirección General de Coordinación General de Programa: 942–A Capítulo: 4 Artículo: 46 Concepto: 461. Fondo especial para financiación a favor de Importe: 45.000 miles ¤ Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Importe: 45.000 miles ¤ MOTIVACIÓN Crear el fondo de referencia. ENMIENDA NÚM. 1020 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 15 Servicio: 27. Dirección General de Coordinación de Programa: 942–A Capítulo: 7 Artículo: 76 Concepto: 760. A las Diputaciones, Cabildos, Consejeros Importe: 62.940 miles ¤ Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Importe: 62.940 miles ¤ MOTIVACIÓN Incrementar la partida de referencia hasta el importe ENMIENDA NÚM. 1021 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones Servicio 27. Dirección General de Coordinación de Programa 942A. Cooperación económica local del Estado. Articulo 48. A familias e instituciones sin fines de Concepto 480. A la Federación Española de Municipios y Importe: Se incrementa su dotación en 1.334,08 (miles de BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios. Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales. Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51. Otros imprevistos. Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan Importe: 1.334,08 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Con el fin de que la Federación Española de Municipios y ENMIENDA NÚM. 1022 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Servicio: 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Programa: 441 M Capítulo: 4 Artículo: 47 Concepto: (Nuevo) Compensar a la concesionaria de la Importe: 10.000 miles¤ Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Importe: 10.000 miles ¤ JUSTIFICACIÓN Establecer la gratuidad del peaje para los movimientos que ENMIENDA NÚM. 1023 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Servicio: 09. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Programa: 261–Ordenación y fomento de la Capítulo: 76 Artículo: 760 Concepto: (Nuevo) Remodelación del paso bajo la vía de la Importe: 800 miles¤ BAJA Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Importe: 800 miles ¤ JUSTIFICACIÓN Dotar esta intervención en el paso peatonal, bajo la vía, ENMIENDA NÚM. 1024 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Servicio: 38. Dirección General de Carretereas Programa: 453-B Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 2007 17 38 0680 N-420 VARIANTE DE CORBERA Importe: 354,69 miles ¤ BAJA Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Importe: 354,69 miles ¤ MOTIVACIÓN Dotar la actuación de referencia. ENMIENDA NÚM. 1025 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Servicio: 38. Dirección General de Carretereas Programa: 453–B Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 2007 17 38 3652 N-420 VARIANTE DE GANDESA. Importe: 199,56 miles ¤ BAJA Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Importe: 199,56 miles ¤ MOTIVACIÓN Dotar la actuación de referencia. ENMIENDA NÚM. 1026 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Servicio: 38. Dirección General de Carretereas Programa: 453–B Capítulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: 2007 17 38 0690 N-340. VARIANTE DE Importe: 20.274,93 miles ¤ BAJA Sección: 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51 Otros imprevistos Concepto: 510 Para atender a necesidades que puedan Importe: 20.274,93 miles ¤ MOTIVACIÓN Dotar la actuación de referencia. ENMIENDA NÚM. 1027 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. ALTA Sección: 18. Servicio: 105. Programa: 332-B. Capítulo: 6. Artículo: 62. Concepto: 1998 18 14 0135. Nueva sede Biblioteca Pública Importe: 400 (miles de euros). BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios. Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51. Otros imprevistos. Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan Importe: 400 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia. ENMIENDA NÚM. 1028 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. ALTA Sección: 18. Servicio: 105. Programa: 332-B. Capítulo: 6. Artículo: 62. Proyecto: Nueva Biblioteca del Fondo Sta. Coloma de Importe: 100 (miles de euros). BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios. Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51. Otros imprevistos. Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan Importe: 100 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia. ENMIENDA NÚM. 1029 Del Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya El Grupo Parlamentario Entesa Pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De modificación. Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. ALTA Sección: 18. Servicio: 11. Programa: 337-B. Capítulo: 6. Artículo: 63. Proyecto: (Nueva) recuperación del Mercat del Pla Importe: 140 (miles de euros). BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios. Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos. Artículo: 51. Otros imprevistos. Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan Importe: 140 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.
el año 2012.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
y de la Información del País Vasco.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
alimentaria.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
Encartaciones. Creación de un centro de I+ D+ i en diseño mobiliario y
moda en la Comarca de Las Encartaciones.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
proyecto de desarrollo de suelo industrial público.
especialmente en Navarra a la comarca de Sakana, una de las zonas en la
que más ha crecido el desempleo en los últimos años dentro de la
comunidad foral y cuyo principal polo de actividad industrial ha sido
Altsasu/Alsasua. Dentro de la comarca el desempleo ha incidido en menor
medida en municipios en los que los ayuntamientos han habilitado suelo
industrial en los últimos años. Altsasu/Alsasua cuenta con unas
dotaciones de suelo industrial obsoletas en sus polígonos consolidados
que imposibilitan la implantación de proyectos empresariales haciendo
imprescindible la promoción de suelo industrial público para albergarlos.
Sin embargo, la gran oferta de suelo industrial proyectada por el
Gobierno de Navarra en este municipio mediante el psis del Área
Industrial Urdiain-Alsasua ha quedado sin efecto abocando al municipio a
una dramática situación para el futuro que requiere acometer este
proyecto de promoción municipal de suelo industrial público por parte del
ayuntamiento.
superficie total de 235.000 m2 (118.580 m2 útiles) en el entorno de
Kapitansoro con una buena situación estratégica, accesos directos a vías
de comunicación, topografía adecuada y potencialidad para la atracción a
empresas de diverso tamaño y tipología de comarcas limítrofes.
a una inversión de 12.104.000 euros, según reciente estudio de
viabilidad, la necesidad de realización de los trámites administrativos
urbanísticos y de contratación hace razonable la estimación de que en el
año 2012 podrían acometerse las fases correspondientes a adquisición del
suelo y movimiento de tierras que ascienden a un importe total de
4.210.000 euros.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
empresarial.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
de I+ D+ i.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
Científica y técnica.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
Científica y técnica.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
explotación de la sede española de la Fuente Europea de Neutrones por
Espalación (ESS-Bilbao).
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
Innovación en Envejecimiento (CNIE).
clasificadas.
Cantidad: 10.000 (miles de euros). 2015. Cantidad: 10.000 (miles de
euros).
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
espacio de entidades de alto valor añadido.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
incubadora de empresas.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
equipamiento tecnológico de un centro de promoción de empresas de nivel
tecnológico.
(GPV)
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.
de energía.
Senador Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan 82 enmiendas al
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2012.
Aguilar y Narvay Quintero Castañeda.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al
Artículo 119. Cuatro.
Interterritorial», cuya redacción sería la siguiente:
Compensación destinado a las Comunidades Autónomas sobre la base de
cálculo constituida por la inversión pública es del 29,58 por ciento, de
acuerdo
la disposición adicional única de la Ley 22/2001, el porcentaje que
representan los Fondos de Compensación Interterritorial destinados a las
Comunidades Autónomas es del 39,44 por ciento elevándose al 40,06 por
ciento si se incluyen las ciudades de Ceuta y Melilla y alcanzando el
40,45 por ciento teniendo en cuenta la variable «región ultraperiférica»
definida en la Ley 23/2009 de modificación de la Ley 22/2001 y la
adicionalidad prevista en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de
Financiación de las Comunidades Autónomas, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 7/2001.
corresponde a Canarias del FCI le es de aplicación, además de la ley
22/2001, del Fondo de Compensación Interterritorial, el apartado 3,
párrafo c) del artículo decimosexto la Ley Orgánica 8/1980, de
Financiación de las Comunidades Autónomas en la redacción dada al
precepto por la Ley Orgánica 7/2001, que establece un porcentaje del 4,02
% adicional, sin perjuicio de lo que le corresponda como región
ultraperiférica.
22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA),
en la redacción dada al precepto por la Ley Orgánica 7/2001, establece
que el Fondo de Compensación Interterritorial se dotará cada año con una
cantidad que no podrá ser inferior al 22,5 % por ciento de la base de
cálculo de la inversión pública que se haya aprobado en los Presupuestos
Generales del Estado del ejercicio. Con el fin de suplementar las
inversiones en Canarias, en virtud de su singularidad reconocida en la
Constitución y en artículo. 299.2 del Tratado de Ámsterdam, y como
instrumento redistributivo, el apartado c) de la referida ley orgánica
dispone que, a la cuantía del FCI que se dotará cada año en los
presupuestos se adicionará el 4,02 % y el importe de la cantidad que se
asigne legalmente por la variable «región ultraperiférica».
por la Ley 23/2009 de modificación de la Ley 22/2001, de 27 de diciembre,
reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial, (1 por
ciento), tal y como se incluye en el texto que se enmienda, pero la
correspondiente al 4,02 % establecida en la LOFCA no ha sido referenciada
en el texto legal, cuestión que es necesaria a fin de que se consignen en
los presupuestos la totalidad de los créditos que corresponden a Canarias
de conformidad con lo dispuesto en la normativa que le es de
aplicación.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional trigésima. Cinco.
trigésima con la redacción siguiente:
Administraciones Públicas al que se hace referencia en los apartados
anteriores, que será emitido por la Secretaría de Estado de Presupuestos
y Gastos una vez consultada las Secretaría General de Administraciones
Públicas, tendrá en cuenta los siguientes criterios:
importantes de gasto, las Comunidades Autónomas conozcan las reglas que
van a ser aplicadas para la suscripción de Convenios para ello es preciso
modificar la expresión podrán tenerse en cuenta por la que se propone,
esto es «se tendrán en
del endeudamiento ya que junto con los relacionados proporciona una
información más completa sobre la situación financiera de la Comunidad
Autónoma y se adicionen otros dos criterios que inciden en el crecimiento
económico y el empleo, objetivos que han de perseguirse tanto en el
ámbito nacional como regional.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional trigésima. Cinco. Letra nueva.
redacción:
importantes de gasto, las Comunidades Autónomas conozcan las reglas que
van a ser aplicadas para la suscripción de Convenios para ello es preciso
modificar la expresión podrán tenerse en cuenta por la que se propone,
esto es «se tendrán en cuenta». Por otra parte se incluye entre los
criterios el del endeudamiento ya que junto con los relacionados
proporciona una información más completa sobre la situación financiera de
la Comunidad Autónoma y se adicionen otros dos criterios que inciden en
el crecimiento económico y el empleo, objetivos que han de perseguirse
tanto en el ámbito nacional como regional.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional trigésima. Cinco. Letra nueva.
redacción
Comunidad Autónoma, cuando el objeto del mismo sea la realización de
inversiones.
importantes de gasto, las Comunidades Autónomas conozcan las reglas que
van a ser aplicadas para la suscripción de Convenios para ello es preciso
modificar la expresión podrán tenerse en cuenta por la que se propone,
esto es «se tendrán en cuenta». Por otra parte se incluye entre los
criterios el del endeudamiento ya que junto con los relacionados
financiera de la Comunidad Autónoma y se adicionen otros dos criterios
que inciden en el crecimiento económico y el empleo, objetivos que han de
perseguirse tanto en el ámbito nacional como regional.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional trigésima. Cinco. Letra nueva.
redacción:
objeto del mismo sea la realización de políticas de empleo o de
actuaciones que incidan en el mismo.
importantes de gasto, las Comunidades Autónomas conozcan las reglas que
van a ser aplicadas para la suscripción de Convenios para ello es preciso
modificar la expresión podrán tenerse en cuenta por la que se propone,
esto es «se tendrán en cuenta». Por otra parte se incluye entre los
criterios el del endeudamiento ya que junto con los relacionados
proporciona una información más completa sobre la situación financiera de
la Comunidad Autónoma y se adicionen otros dos criterios que inciden en
el crecimiento económico y el empleo, objetivos que han de perseguirse
tanto en el ámbito nacional como regional.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional trigésima primera.
amplia con el siguiente texto:
Público de empleo estatal a la financiación del IV Plan Integral de
Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio de Desarrollo del
Plan Integral de Empleo de Canarias entre el Ministerio de Educación y la
Comunidad Autónoma de Canarias.»
de formación y educación y los objetivos generales de la creación y
cualificación de empleo en Canarias.
estadística de abandono escolar y tasas de desempleo en Canarias
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional trigésima primera. Apartado nuevo.
texto:
entre el Ministerio de Educación y la Consejería de Educación,
Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias para el
desarrollo del Plan Integral de Empleo de Canarias conforme a los
objetivos de los anteriores acuerdos ya suscritos. La aportación por
parte del Ministerio será de 40.000 miles de euros.
de formación y educación y los objetivos generales de la creación y
cualificación de empleo en Canarias.
estadística de abandono escolar y tasas de desempleo en Canarias
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional septuagésima tercera. Uno.
el año 2012, modifique o en su caso, reemplace el actual régimen de las
subvenciones al transporte aéreo y marítimo para residentes en las Islas
Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, por otro sistema de compensación.
Dicha modificación nunca podrá suponer una disminución de la ayuda
prestada o un deterioro en la calidad del servicio.
empadronamiento de la condición de residente. Se pretende, agilizar la
comprobación —en aras de evitar un hipotético fraude— por los
medios telemáticos que permitirán la consulta a las bases de datos de
empadronamiento disponibles por las Administraciones Públicas. En
definitiva, no debe recaer en el ciudadano justificar tal acreditación
cuando así ya ha de ser plenamente constatable por la Administración
correspondiente.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional septuagésima tercera. Dos.
Baleares y en Ceuta y Melilla, a los efectos de obtención de la
bonificación al transporte regular de pasajeros, marítimo y aéreo, se
acreditará mediante el DNI. La Administración General del Estado
habilitará, directamente o a través de convenios con las Administraciones
Autonómica o Local, los medios telemáticos necesarios para comprobar la
condición de residente.
empadronamiento de la condición de residente. Se pretende, agilizar la
comprobación —en aras de evitar un hipotético fraude— por los
medios telemáticos que permitirán la consulta a las bases de datos de
empadronamiento disponibles por las Administraciones Públicas. En
definitiva, no debe recaer en el ciudadano justificar tal acreditación
cuando así ya ha de ser plenamente constatable por la Administración
correspondiente.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Julio, de modificación del Régimen Económico Fiscal de Canarias
establecido en la Ley 30/1972, que queda modificada como sigue:
Ley, se modifica el artículo 12, que queda redactado como sigue:
las partidas presupuestarias que resulten precisas para dotar las
transferencias correspondientes a las inversiones del Estado en
infraestructuras en Canarias, que ascenderán como mínimo al 100 por 100
de la recaudación normativa líquida atribuida al Estado como compensación
por la supresión del Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas
establecida en la Ley 20/1991, de 7 de junio.
parcialmente con las previsiones del artículo 95 de la Ley 20/1991, de
forma que, una parte del régimen jurídico de la financiación de las
inversiones en Canarias establecido en la ley fiscal se integra en la Ley
económica del REF.
Constitución Española y el artículo del Estatuto de Autonomía de
Canarias, se considerará de interés general a los efectos de inclusión de
los créditos correspondientes en los Presupuestos Generales del Estado,
las obras de infraestructura y las instalaciones de telecomunicación que
permitan o faciliten la integración del territorio del Archipiélago con
el resto del territorio nacional o interconecten los principales núcleos
urbanos de Canarias o las diferentes islas entre sí.
presente Ley no implicará menoscabo alguno de las asignaciones
complementarias previstas en el art. 54 (actualmente art. 55) del
Estatuto de Autonomía de Canarias.
12 y art. 95) se inscriben bajo el mismo epígrafe de: «Compensación del
hecho insular». Tal es así que el artículo 12 se inscribe en el Título
II, relativo a «Compensación de la lejanía y del hecho insular».
CUARTO, RÉGIMEN DE LAS INVERSIONES PUBLICAS EN CANARIAS, define la
obligación de igualar la inversión del Estado en Canarias a la media de
la inversión regionalizada.
Públicas.
se ejecute en Canarias se distribuirá entre el Estado y la Comunidad
Autónoma de tal modo que las inversiones estatales no sean inferiores al
promedio que corresponda para el conjunto de las Comunidades Autónomas,
excluidas de este cómputo las inversiones que compensen del hecho
insular.
quedado permanente incumplida, por ello la revisión del articulo 12 de la
Ley 19/94 garantiza que, al menos la aportación canaria al Estado quede
finalmente radicada en el territorio del archipiélago mediante planes
específicos de inversión, extremo este que adquiere mayor vigor en un
momento como el que se vive en la economía canaria.
sistema de compensación establecido en 1994, ya que ha venido siendo
incumplido por parte del la Administración del Estado.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
CONTRATOS DE PROFESORES AYUDANTES DOCTORES CON VENCIMIENTO EN 2012
durante el año 2012 cumplan su periodo máximo de duración previsto en el
artículo 50 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, podrán ser prorrogados por un año más.
establecida en el artículo 23. Uno del Proyecto de Ley impide la
convocatoria de plazas de profesorado fijo, tanto funcionario como
laboral, en la Universidades Públicas.
desfavorable a los Profesores ayudantes doctores cuyo contrato cumple en
2012 el tiempo máximo de duración permitido por el artículo 50 de la LOU.
Estos profesores deberán ser despedidos inexorablemente durante este
año.
docente universitario que establece la LOU y su normativa de desarrollo,
constituye un largo proceso que supone muchos años de esfuerzo del
individuo y de la Institución, parte esencial de esa formación se
adquiere mediante el paso por las distintas figuras contractuales y
cuerpos funcionariales. Los incentivos que impulsan este régimen se
encuentran íntimamente relacionados de forma que la parálisis de uno de
ellos repercute ineludiblemente en los restantes, pudiéndose producir una
desestabilización del sistema que mermará la calidad de la docencia e
investigación de las Universidades, con consecuencias que costará muchos
años recuperar. Téngase en cuenta que los actuales sistemas de
acreditación para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y a las
modalidades contractuales específicas de carácter indefinido, así como
los sistemas de evaluación de la actividad docente e investigadora,
tienen su colofón en el acceso a la modalidad contractual o cuerpo
docente superior —aunque la LOU no configure una relación de
jerarquía teórica en la práctica opera de esta manera—. El cierre
de esta expectativa de acceso y promoción generará una falta de
motivación y posible descenso en la calidad de la actividad docente e
investigadora, así como en la cantidad de esta última, con la
consiguiente pérdida de calidad de la Universidad.
cubrir las necesidades docentes o paliar la falta de convocatorias de
acceso a la fijeza, resulta inviable en el sector. El régimen laboral no
da respuesta a esta coyuntura, puesto que la única figura indefinida, el
Profesor contratado doctor, no admite personal temporal en su lugar por
la propia definición de su régimen jurídico. Los Profesores Ayudantes
doctores se encuentran en proceso de formación y deberán ser despedidos
inevitablemente cuando finalicen su periodo máximo de contrato si no se
pueden hacer convocatorias a personal fijo, por muy brillante que sea su
formación y aún en el caso de que se encuentren acreditados para acceder
a la fijeza (contratado doctor, titular o catedrático). Por otra parte,
los nombramientos interinos en los cuerpos docentes universitarios
resultan absurdos, puesto que deben cumplir los mismos requisitos que
para el acceso a la condición de funcionario de carrera (estar
acreditados y superar el concurso de acceso). Concurso de acceso que
deberán superar nuevamente para adquirir la condición de funcionario de
carrera, arriesgándose mientras tanto a perder la plaza de funcionario o
laboral indefinido que ya ostentaban.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2012 en los siguientes términos:
del transporte aéreo en Canarias.
conjunto de los aeropuertos de las Islas Canarias, los obligados al pago
de la prestación por pasajeros de salida, regulada en los artículos 77 y
78
tendrán derecho a una devolución equivalente al importe de la cuantía
devengada por cada pasajero adicional que hayan transportado respecto al
año 2011.
aplicación de esta devolución no podrán ser considerados al objeto de
ninguna otra bonificación prevista o que pudiera preverse respecto de la
prestación por pasajeros de salida.
enero de 2013 y se satisfarán por Aena Aeropuertos, S.A. compensando su
importe con cualesquiera cantidades que le adeuden los beneficiarios y,
no siendo ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero
antes del 31 de mayo de 2013.»
por el incremento de pasajeros supone un aliciente haciendo crecer el
número de pasajeros en los aeropuertos canarios lo que supone un
incremento en los ingresos brutos de Aena SA.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2012 en los siguientes términos:
del transporte aéreo en Canarias.
y el 31 de diciembre de 2012, las compañías aéreas que operen en los
aeropuertos canarios tendrán derecho a una devolución del cincuenta % de
la cuantía de las prestaciones públicas por aterrizaje, salida de
pasajeros y seguridad, regulada en los artículos 74, 75, 77 y 78 de la
Ley 21/2003, de 7 de julio de Seguridad Aérea, en las operaciones
realizadas en el conjunto de los aeropuertos de las Islas Canarias, con
excepción de los vuelos interinsulares, que supongan un incremento del
número de frecuencias con respecto a las mismas temporadas de
programación del año anterior.
apartado 3 de la presente disposición adicional no serán tenidas en
cuenta a los efectos del cómputo del incremento del número de
frecuencias.
enero de 2013 y se satisfarán por Aena Aeropuertos, S.A. compensando su
importe con cualesquiera cantidades que le adeuden los beneficiarios y,
no siendo ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero
antes del 31 de mayo de 2013.»
anterior supone una política comercial de AENA SA. que beneficia a los
ingresos brutos de la sociedad mercantil.
establecido durante 2009, 2010 y 2011 un conjunto de medidas sobre tasas
aeroportuarias de gran importancia para el impulso del transporte aéreo y
para el sector turístico, con especial atención a la situación específica
ultraperiférica de las Islas Canarias, considerando oportuno mantener e,
incluso, ampliar dicho tipo de medidas par el próximo ejercicio.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2012 en los siguientes términos:
del transporte aéreo en Canarias.
y el 31 de diciembre de 2012, las compañías aéreas tendrán derecho a una
devolución de la cuantía de las prestaciones públicas por aterrizaje,
salida de pasajeros y seguridad, regulada en los artículos 74, 75, 77 y
78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio de Seguridad Aérea, en las
operaciones que supongan la apertura de nuevas rutas aéreas con origen o
destino los aeropuertos canarios en los términos previstos en el
siguiente cuadro:
Origen del trayecto % bonificación sobre prestaciones
públicas por aterrizaje, salida de pasajeros y seguridadNº de aterrizajes mínimos por
temporada
España, Reino Unido, Alemania 20 % 1/semanal
trayecto sin escalas operado por una compañía aérea comercial con origen
o destino en un aeropuerto de las Islas Canarias, con excepción de los
vuelos interinsulares, que no haya sido explotada durante la temporada de
programación equivalente anterior y realice más aterrizajes de los
indicados en la tabla anterior en función del origen del trayecto.
deberá producirse un incremento neto en el número de rutas y frecuencias
que cada una de las compañías realicen.
enero de 2013 y se satisfarán por Aena Aeropuertos, S.A. compensando su
importe con cualesquiera cantidades que le adeuden los beneficiarios y,
no siendo ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero
antes del 31 de mayo de 2013.»
con los que son necesarios tomar medidas de incentivo para mejorar la
conectividad con estos mercados.
establecido durante 2009, 2010 y 2011 un conjunto de medidas sobre tasas
aeroportuarias de gran importancia para el impulso del transporte aéreo y
para el sector turístico, con especial atención a la situación específica
ultraperiférica de las Islas Canarias, considerando oportuno mantener e,
incluso, ampliar dicho tipo de medidas par el próximo ejercicio.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2012 en los siguientes términos:
del transporte aéreo en Canarias.
y el 31 de diciembre de 2012, las compañías aéreas tendrán derecho a una
devolución de la cuantía de las prestaciones públicas por aterrizaje,
salida de pasajeros y seguridad, regulada en los artículos 74, 75, 77 y
78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio de Seguridad Aérea, en las
operaciones que supongan la apertura de nuevas rutas aéreas con origen o
destino los aeropuertos canarios en los términos previstos en el
siguiente cuadro:
Origen del trayecto % bonificación sobre prestaciones
públicas por aterrizaje, salida de pasajeros y seguridadNº de aterrizajes mínimos por
temporada
Italia, Suiza, Marruecos, Finlandia,
Francia, Bélgica, Holanda, Irlanda, Noruega, Suecia, Dinamarca y
Portugal30 % 1/semanal
trayecto sin escalas operado por una compañía aérea comercial con origen
o destino en un aeropuerto de las Islas Canarias, con excepción de los
vuelos interinsulares, que no haya sido explotada durante la temporada de
programación equivalente anterior y realice más aterrizajes de los
indicados en la tabla anterior en función del origen del trayecto.
deberá producirse un incremento neto en el número de rutas y frecuencias
que cada una de las compañías realicen.
enero de 2013 y se satisfarán por Aena Aeropuertos, S.A. compensando su
importe con cualesquiera cantidades que le adeuden los beneficiarios y,
no siendo ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero
antes del 31 de mayo de 2013.»
y la diversificación de los mismos es una prioridad para los Aeropuertos
Canarios.
establecido durante 2009, 2010 y 2011 un conjunto de medidas sobre tasas
aeroportuarias de gran importancia para el impulso del transporte aéreo y
para el sector turístico, con especial atención a la situación específica
ultraperiférica de las Islas Canarias, considerando oportuno mantener e,
incluso, ampliar dicho tipo de medidas par el próximo ejercicio.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2012 en los siguientes términos:
del transporte aéreo en Canarias.
y el 31 de diciembre de 2012, las compañías aéreas tendrán derecho a una
devolución de la cuantía de las prestaciones públicas por aterrizaje,
salida de pasajeros y seguridad, regulada en los artículos 74, 75, 77 y
78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio de Seguridad Aérea, en las
operaciones que supongan la apertura de nuevas rutas aéreas con origen o
destino los aeropuertos canarios en los términos previstos en el
siguiente cuadro:
Origen del trayecto % bonificación sobre prestaciones
públicas por aterrizaje, salida de pasajeros y seguridadNº de aterrizajes mínimos por
temporada
Todos los países excepto Italia, Suiza,
Marruecos, Finlandia, Francia, Bélgica, Holanda, Irlanda, Noruega,
Suecia, Dinamarca, Portugal, Alemania, Reino Unido y España50 % 1/semanal
trayecto sin escalas operado por una compañía aérea comercial con origen
o destino en un aeropuerto de las Islas Canarias, con excepción de los
vuelos interinsulares, que no haya sido explotada durante la temporada de
programación equivalente anterior y realice más aterrizajes de los
indicados en la tabla anterior en función del origen del trayecto.
deberá producirse un incremento neto en el número de rutas y frecuencias
que cada una de las compañías realicen.
enero de 2013 y se satisfarán por Aena Aeropuertos, S.A. compensando su
importe con cualesquiera cantidades que le adeuden los beneficiarios y,
no siendo ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero
antes del 31 de mayo de 2013.»
diversificación de los mismos es una prioridad para los Aeropuertos
Canarios.
establecido durante 2009, 2010 y 2011 un conjunto de medidas sobre tasas
aeroportuarias de gran importancia para el impulso del transporte aéreo y
para el sector turístico, con especial atención a la situación específica
ultraperiférica de las Islas Canarias, considerando oportuno mantener e,
incluso, ampliar dicho tipo de medidas par el próximo ejercicio.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2012 en los siguientes términos:
optimización de las infraestructuras aeroportuarias en Canarias
obligados al pago de las prestaciones públicas por aterrizaje y salida de
pasajeros, reguladas en los artículos 74, 75, 77 y 78 de la Ley 21/2003,
de 7 de julio, de Seguridad Aérea, tendrán derecho a una devolución del
50 % de la cuantía de tales prestaciones por los vuelos realizados en los
aeropuertos de las Islas Canarias con excepción de los vuelos
interinsulares- los días de la semana que se reflejan en el siguiente
cuadro, siempre y cuando el beneficiario de la devolución mantenga el
número de operaciones ya programadas para los restantes días de la
semana:
Aeropuerto Día de la semana
Gran Canaria Martes Tenerife Sur Jueves Lanzarote Miércoles Fuerteventura Jueves/Viernes Tenerife Norte Sábado La Palma Todos los días
de operaciones programadas serán:
vuelos de 1 de enero a 26 de marzo de la temporada de invierno
2011-2012.
vuelos de la temporada de verano 2012.
vuelos de 30 de octubre a 31 de diciembre de la temporada de invierno
2012-2013.
cualquier otra establecida para las citadas prestaciones públicas durante
el período que abarca la aplicación de esta medid.
enero de 2013 y se satisfarán por Aena Aeropuertos, S.A. compensando su
importe con cualesquiera cantidades que le adeuden los beneficiarios y,
no siendo ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero
antes del 31 de mayo de 2013».
Canarias. Evitar así la congestión en determinados días de la semana,
tanto para una mejor utilización de las infraestructuras como para un
mejor servicio a los pasajeros a la llegada y a la salida. La experiencia
en los aeropuertos condiciona la imagen que los turistas se forman de los
destinos.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición adicional nueva.
articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2012 en los siguientes términos:
la conectividad de Canarias con terceros países.
con terceros países y debido a su especial posición geoestratégica y su
carácter ultraperiférico se aplicarán las siguientes bonificaciones
durante el año 2012:
aterrizaje tendrán derecho a la devolución del 30 % de la cuantía cuando
el vuelo efectúe escala comercial en las Islas Canarias con origen o
destino en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo.
salida tendrá derecho a la devolución del 30 % de la cuantía cuando el
pasajero haya embarcado en un aeropuerto de las Islas Canarias en un
vuelo en escala comercial con origen o destino en países no
pertenecientes al Espacio Económico Europeo.
bonificaciones establecidas o que pudieran establecerse.
de 2013 y se satisfarán por Aena Aeropuertos, S.A. compensando su importe
con cualesquiera cantidades que le adeuden los beneficiarios y, no siendo
ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero antes del 31
de mayo de 2013».
potenciar al sistema aeroportuario canario como plataforma logística en
el Atlántico impulsando acuerdos de quinta libertad.
establecido durante 2009, 2010 y 2011 un conjunto de medidas sobre tasas
aeroportuarias de gran importancia para el impulso del transporte aéreo y
para el sector turístico, con especial atención a la situación específica
ultraperiférica de las Islas Canarias, considerando oportuno mantener e,
incluso, ampliar dicho tipo de medidas par el próximo ejercicio.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición derogatoria primera.
principales de las bonificaciones al transporte aéreo de los residentes
insulares y de Ceuta y Melilla, así como el porcentaje de reducción en
las tarifas (del 50 % en transporte aéreo, y del 25 % y 50 % en los
interinsulares marítimos y aéreos respectivamente) a abonar por los
mismos en los desplazamientos entre estos territorios y el resto del
territorio nacional.
residencia para estos ciudadanos, no podemos ignorar ahora que una
«vigencia indefinida» de tales porcentajes —como reza la
Disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley de Presupuestos
Generales para 1985— pueda verse ahora gravemente desprotegida.
articulado del proyecto de presupuestos prevea una regulación alternativa
a la «desaparición» de estas subvenciones que se contemplaban con rango
de ley. En consecuencia se opera una desprotección alarmante de un
servicio indispensable en el tránsito y desplazamiento de estos
ciudadanos.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición derogatoria segunda.
generación de energía eléctrica insular y extrapeninsular.
contempla una reacción normativa a un Real Decreto-Ley muy reciente, de
30 de noviembre de 2011 que aborda aspectos de compensación energética y
que, ahora en este proyecto, desaparecen sin alternativa regulatoria o
normativa alguna que ofrezca la obligada seguridad jurídica al sector,
ususarios y a los territorios afectados. Conviene recordar que el sector
energético constituye un apartado decisivo en la configuración y
justificación del régimen económico y fiscal tanto de Baleares como, en
especial, de Canarias. Una interpretación siquiera sosegada de la
situación que se contempla gracias a esta disposición derogatoria, no
dudaría en calificarla como «un vacío energético operado vía la Ley de
Presupuestos».
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición final vigésima primera. Apartado nuevo.
final 21ª del texto articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2012 en los siguientes términos:
21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, relativo a la clasificación
de aeropuertos, y con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2012, los aeropuertos de Tenerife
Sur y Gran Canaria con independencia de su volumen de pasajeros anuales,
se incluirán en el grupo III».
independientemente de cual fuere su Grupo de referencia por volumen de
pasajeros, deben encuadrarse todos en el mismo Grupo dado el papel
estratégico de los aeropuertos en la conectividad y la dinamización de la
actividad turística. A ello se suma, en el caso de los archipiélagos, su
insularidad, y en el caso de Canarias, su situación ultraperiférica, y el
difícil contexto económico actual: alto nivel de desempleo, una
dependencia prácticamente exclusiva del sector servicios y en particular
de la actividad turística. Por razones de rentabilidad económica muchas
compañías aéreas, en su apuesta por Canarias, utilizan los aeropuertos de
LPA y TFS y como primera entrada a las islas, por las mayores
posibilidades de conexión que ofrecen hacia el resto del los aeropuertos
insulares.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición final vigésima primera. Apartado nuevo.
disposición final 21ª del texto articulado del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 en los siguientes
términos:
desde la entrada en vigor de esta Ley de Presupuestos Generales del
Estado para 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012 las cuantías
correspondientes a la contraprestación por salida de pasajeros y por
seguridad aeroportuaria en los aeropuertos de Canarias de los grupos III,
IV y V, se mantendrán sin variación respecto a las aplicadas en el
ejercicio de 2011.»
dispuestos en la Disposición Final vigésima primera de los Presupuestos
Generales del Estado para 2012 para el caso de Canarias, y ello por
aplicación del hecho insular como criterio diferenciador para con el
territorio peninsular como objeto de especial tratamiento para mitigar el
desequilibrio derivado del hecho insular y como herramienta de fomento de
la industria turística de Canarias.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición final vigésima primera. Apartado nuevo.
texto articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2012 en los siguientes términos:
78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, y con efectos
desde la entrada en vigor de esta Ley de Presupuestos Generales del
Estado para 2012, las cuantías de las prestaciones públicas por pasajero
de salida se reducirán en cincuenta por ciento en los vuelos regulares
con origen en los aeropuertos de Madrid y Barcelona hacia aeropuertos
nacionales extrapeninsulares».
de Madrid y Barcelona supera el 100 % en este proyecto de presupuestos,
lo que supone un incremento significativo del precio abonado por
pasajeros en los principales aeropuertos con los que se conecta Canarias.
Con el objeto de mantener la conectividad y contener los precios se
solicita la reducción del 50 % de la cuantía por pasajero de salida de
los aeropuertos del grupo I hacia las islas.
través de MAD y BCN con el resto del mundo, es necesaria la reducción de
la tarifa de pasajero de salida de MAD y BCN. Ello evitaría, al menos
parcialmente, el encarecimiento del transporte aéreo desde/ hacia
Canarias y Baleares debido a la inexistencia de conexiones directas y,
por lo tanto, a la necesidad de realizar escalas en estos grandes
aeropuertos concentradores de tráfico.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición final vigésima primera. Apartado nuevo.
texto articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2012 en los siguientes términos:
esta Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012, las cuantías de
las prestaciones públicas por pasajero de salida en los aeropuertos de
Madrid y Barcelona en los vuelos regulares de conexión con origen en
aeropuertos nacionales extrapeninsulares se reducirán en un 50 %».
de Madrid y Barcelona supera el 100 % en este proyecto de presupuestos,
lo que supone un incremento significativo del precio abonado por
pasajeros en los principales aeropuertos con los que se conecta Canarias.
Con el objeto de mantener la conectividad y contener los precios se
solicita la reducción del 50 % de la cuantía por pasajero de salida de
los aeropuertos del grupo I hacia las islas.
través de MAD y BCN con el resto del mundo, es necesaria la reducción de
la tarifa de pasajero de salida de MAD y BCN. Ello evitaría, al menos
parcialmente, el encarecimiento del transporte aéreo desde/ hacia
Canarias y Baleares debido a la inexistencia de conexiones directas y,
por lo tanto, a la necesidad de realizar escalas en estos grandes
aeropuertos concentradores de tráfico.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Disposición final nueva.
texto:
segunda de Ley 22/2009, de 18 de diciembre por la que se regula el
Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con
Estatuto de Autonomía.»
y 3 de la citada disposición adicional que está llevando a que no se
cumpla con lo establecido en el Estatuto de autonomía de Canarias Art 46,
ni el régimen económico y fiscal de Canarias, así como tampoco con la
propia Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas.
homogénea per cápita entre comunidades autónomas de sus servicios
públicos básicos. Por otro lado el REF pretende compensar las desventajas
estructurales, y mayores costes asociados, que suponen en canarias la
lejanía, la fragmentación, la insularidad y lo reducido de sus
mercados.
mediante enmienda, cuyo objetivo era preservar que el REF no se viera
afectado por el nuevo sistema de financiación para Canarias, cuestión que
queda meridianamente clara con la redacción dada al primer párrafo de la
disposición adicional segunda y el resto del sistema jurídico que le es
de aplicación. No obstante la aplicación que se está produciendo de la
norma es contraria a la justificación que se argumentó para proponer la
enmienda aprobada por el Congreso
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al
Anexo II. Segundo. Apartado nuevo.
relacionan
satisfacer la bonificación a residentes no peninsulares por traslado a la
Península y regreso por via marítima».
17.441O.17.34.486 por las Subvenciones al tráfico aéreo regular entre la
Península y el Archipiélago Canario, así como entre las Islas Canarias.
Subvención al tráfico aéreo regular entre la Península y el Archipiélago
Balear, así como entre las Islas Baleares y la Subvención al tráfico
aéreo regular entre Ceuta, Melilla y el resto del territorio
nacional.
los residentes en los territorios insulares y las ciudades de Ceuta y
Melilla que no pueden ser mermados por no disponer de crédito
suficiente.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
GENERALES
y Hacienda
otros OO. PP.
Zona Especial Canaria. Compensación del déficit acumulado y
reestructuración de su actividad en la crisis económica.
MINISTERIALES
presentarse en los
QUE LA LEY DE E. PRESUPUESTARIA SEÑALA, EN SU ARTICULO 15, PARA EL FONDO
DE CONTINGENCIA.
que acumula perdidas de ejercicios anteriores por – 4.555 miles de
euros. El motivo de este desequilibrio es la falta de correlación entre
los ingresos y los gastos siendo la transferencia institucional,
prácticamente la única fuente de recursos del Organismo.
participación que la Ley 19/1994, establece para las dos Administraciones
que lo patrocinan, con arreglo a los porcentajes establecidos en el
articulo 39, («El patrimonio inicial del Consorcio de la Zona Especial
Canaria estará formado por una dotación fundacional que será aportada en
un 75 por 100 con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y en el
25 por 100 restante con cargo a los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Canarias»). Requiere que la Administración del
Estado aporte, con arreglo al Balance presentado en este Proyecto de Ley,
la cantidad de 3.416,25 miles de euros que figuran como importe de esta
enmienda.
debe experimentar un incremento de su actividad de promoción económica,
finalidad esencial de su creación, en un momento clave por la crisis
económica regional, en el que es preciso doblar los esfuerzos tendentes a
la generación de empleo en Canarias.
recursos necesarios para apoyar la diversificación de la economía canaria
mediante la captación de capitales en el exterior.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
GENERALES
y Hacienda
Sect. Públ.
GENERALES
y Hacienda
Sect. Públ.
actividades ordinarias de la Orquesta y Coro de R.T.V.E.
unos resultados negativos de 250 miles de euros, por tanto, en
desequilibrio presupuestario.
entre los ingresos que aporta el Estado y los gastos de funcionamiento
para 2012, que tal como se presenta en la Cuenta de Resultados del
Consorcio contempla gastos de personal por un monto de 1.410.000 miles de
euros, siendo por tanto la transferencia
que figura en el estado de gastos del presupuesto del Ministerio, por
945.000 euros, una cifra que cubre solamente el 67 % de los gastos de
personal presupuestados para 20012 en el Organismo ya que estando
debidamente autorizados por el propio Ministerio dichos gastos de
personal impiden que este Organismo cumpla con las mas elementales reglas
de la estabilidad presupuestaria al estar condenado dese el origen a un
déficit estructural al margen de la gestión que se realice desde el
propio organismo.
es preciso dotar una cantidad que suplemente la cifra dotada para este
organismo, para que coincida precisamente con el coste real del personal,
antes citado. Por otra parte este criterio de desnivelación no se se
aplica a ningún otro ente del Ministerio de Economía y Hacienda.
tratamiento que se da a otros organismos que prestan servicios públicos
con funcionarios a su cargo, ya que no responde a la cifra de gastos de
personal autorizados oficialmente por el propio Ministerio que,
actualmente es de 2.300.000 euros, tampoco responde a la de personal en
activo trabajando en el Consorcio (deja al organismo situado en una muy
critica posición que le obliga reducir dichos contratos).
reducciones de los importes de la transferencia al Consorcio iniciada,
por la Administración excede de lo razonable ya que, por las
circunstancias mencionadas, no redundan en ninguna medida solvente de
ahorro para el sector publico y sin embargo generan un déficit de caja en
el Consorcio que, en ultima instancia, aflorará consolidado en la cuentas
publicas.
Déficit Publico impide además la realización de los objetivos de la ZEC
lo que es crucial para Canarias en un momento sumamente delicado por
falta de competitividad.
reales de personal, lo cual es una posición responsable.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
PÚBLICAS
COMPETENCIAS CON LAS CC.AA. Y LAS EE.LL.
infraestructuras deportivas del Mundo Basket 2014.
construcción del Palacio de Deporte de Gran Canaria con motivo de la
celebración del Mundobasket 2014. En Mayo de 2009 España fue designada
país organizador del Campeonato del Mundo de Selecciones Nacionales
Senior Masculinas de Baloncesto, a celebrar en el mes de septiembre de
2014, Mundobasket 2014, siendo la capital grancanaria una de las subsedes
con que contará este acontecimiento deportivo de máximo nivel
internacional. La Comisión Bilateral de Cooperación Estado-Canarias, en
su reunión de 17 de junio de 2010 acordó: «Adoptar las medidas
pertinentes para la construcción del Pabellón Municipal de Deportes de
Las Palmas, a cofinanciar por el Cabildo de Gran Canaria, el Gobierno de
la Comunidad Autónoma de Canarias y el Gobierno del Estado, previa la
definición de sus características, así como la cuantía y el sistema de
financiación, de conformidad con lo previsto en la Estrategia Integral
para la Comunidad Autónoma de Canarias». Mediante Real Decreto 1747/2010,
de 23 de diciembre de 2010, se regula la concesión de una subvención
directa para la construcción del Palacio de Deportes de Gran Canaria con
motivo de la celebración del Mundobasket 2014. Con este mismo fin se
formalizó, el 28 de enero de 2011, un convenio entre el anterior
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y el Cabildo
Insular de Gran Canaria
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
PÚBLICAS
COMPETENCIAS CON LAS CC.AA. Y LAS EE.LL.
Gran Canaria, Complejo Multifuncional de la Comarca Norte de Gran
Canaria.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
PÚBLICAS
COMPETENCIAS CON LAS CC.AA. Y LAS EE.LL.
Guía.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
SUELO
REHABILITACIÓN Y ACCESO A VIVIENDA
REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS
DE VIVIENDA
REHABILITACIÓN Y ACCESO A VIVIENDA
ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS
obligaciones generadas por Acuerdos de Comisión Bilateral firmadas entre
el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de Canarias y otras
Administraciones Públicas, se hace necesario incrementar la dotación
inicial del proyecto de inversión destinado a subvenciones en materia de
vivienda para Canarias para, como mínimo, contar con la financiación que
se reflejaba en la prórroga de presupuestos del ejercicio 2011 para la
Comunidad Autónoma de Canarias y que ascendía a 11.687.160,00¤.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
SUELO
REHABILITACIÓN Y ACCESO A VIVIENDA
ISLA DE TENERIFE.
DE VIVIENDA
REHABILITACIÓN Y ACCESO A VIVIENDA
ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS
importe de la partida establecida para el año 2012 en el Real decreto
1617/2011 y así poder ejecutar las actuaciones previstas en los bloques
de viviendas de la Urbanización Las Chumberas, en la Isla de Tenerife,
que están afectados por una grave patología constructiva denominada
«aluminosis», que pone en peligro la estabilidad de los edificios, con el
consiguiente peligro para la seguridad de los vecinos que habitan dichas
viviendas, cuyos recursos económicos son mínimos, por lo que se considera
necesaria y urgente, la aprobación de una actuación singular encaminada a
la remodelación de la urbanización y de las viviendas, dando así una
pronta solución a la grave situación de la zona.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
Financiación Comunitaria
de mercancías entre la Península y las Islas Canarias o entre éstas y la
Península, así como el existente entre las Islas y el de exportación de
las mismas a países extranjeros de acuerdo con la legislación vigente. A
Canarias sin financiación comunitaria.
terrestre
Sect. Públ
Servicio Público. Obligaciones de ejercicios anteriores
empresa pública para poder cumplir con el acuerdo de bonificar el 65 % de
el tráfico de mercancías entre la Península y las Islas Canarias o entre
éstas y la Península, así como el existente entre las Islas y el de
exportación de las mismas a países extranjeros de acuerdo con las
autorizaciones de la Comisión Europea.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
de mercancías entre la Península y las Islas Canarias o entre éstas y la
Península, así como el existente entre las Islas y el de exportación de
las mismas a países extranjeros de acuerdo con la legislación vigente. A
Canarias con financiación comunitaria.
terrestre
Sect. Públ
Servicio Público. Obligaciones de ejercicios anteriores
empresa pública para poder cumplir con el acuerdo de bonificar el 65 % de
el tráfico de mercancías entre la Península y las Islas Canarias o entre
y el de exportación de las mismas a países extranjeros de acuerdo con las
autorizaciones de la Comisión Europea.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
maritimo
lucro
residentes no peninsulares por traslado a la Península y regreso por via
marítima
terrestre
rebaja de las tarifas de peaje (R.D.L. 6/99)
autopistas de peajes para garantizar el abono del 50 % de la bonificación
a los residentes canarios, baleares, melillenses y ceuties en sus viajes
a la península y viceversa; y en los tráficos intersinsulares
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
carreteras
Convenio en la Comunidad Autónoma de Canarias
carreteras
al uso general
al uso general
de Colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno
de Canarias en materia de Carreteras, celebrado el día 31 de enero de
2009. Este convenio establece, conforme a las disposiciones del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias vigente, que la Administración del Estado
asignará 207 millones de euros en el ejercicio 2012, estando en ejecución
diversas obras de construcción de carreteras y habiéndose expropiado las
fincas necesarias para su realización.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
lucro
regular entre la península y el archipiélago canario, así como entre las
islas canarias.
terrestre
rebaja de las tarifas de peaje (R.D.L. 6/99)
los residentes en los territorios insulares que no pueden ser mermados
por no disponer de crédito suficiente.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
ferroviario
Canaria en materia de ferrocarril
Canaria en materia de transporte ferroviario 453ª.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
SUELO
rehabilitación y acceso a vivienda
remodelación de viviendas en el Tamaraceite, Gran Canaria
Las Palmas llevó a cabo la promoción del grupo de 354 viviendas y 19
locales comerciales en Tamaraceite, de Las Palmas de Gran Canaria, al
amparo de la protección oficial, entre los años 1969 y 1971. El citado
grupo ha experimentado un proceso de deterioro físico, causado tanto por
las propias características constructivas como por el transcurso de los
años y la carencia de una adecuada conservación, que en la actualidad
exige la puesta en práctica de actuaciones de reposición de eviten la
progresión del citado proceso de degradación y restituya a los usuarios
de las citadas viviendas a condiciones adecuadas de habitabilidad, de
conformidad con el derecho a una vivienda digna garantizada por la
Constitución Española.
excede de la capacidad del Patronato promotor (actualmente Comisión
Liquidadora), que una vez cumplidos sus objetivos fundacionales debe
extinguirse, así como la de los propios usuarios de las viviendas,
familias de escasos recursos económicos, siendo por ello necesario el
concurso y actuación coordinada de las distintas Administraciones
Públicas, por razones de evidente interés social.
Ministerio de Vivienda, Comunidad Autónoma, Cabildo de Gran Canaria y
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, se acuerda la Renovación del
Área Urbana del Barrio de Tamaraceite en el municipio de Las Palmas de
Gran Canaria.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
SUELO
rehabilitación y acceso a vivienda
remodelación de la Vega de San José, polígono de San Cristóbal. Gran
Canaria
urbanística y social en que se encuentra el Área de Rehabilitación
Integral del Barrio de Escaleritas, en Las Palmas de Gran Canaria, se ha
acordado por parte de las administraciones participantes en dicho
proyecto, actuar en la Rehabilitación de los edificios y viviendas del
ámbito considerado, siendo susceptibles de rehabilitación unas 720
viviendas, que en un principio mediante el presente acuerdo serán 160
viviendas las afectadas, ejecutándose obras de accesibilidad,
recuperación de elementos comunes, así como otras de adecuación de
habitabilidad de las viviendas.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 17. Ministerio de Fomento.
SUELO
rehabilitación y acceso a vivienda
remodelación de viviendas en el Polígono de Jinamar, Gran Canaria
metros cuadrados es la mayor actuación de vivienda pública que haya
ejecutado un organismo público en Canarias y una de las operaciones
residenciales de mayor tamaño de su época de toda España. Está ubicado,
en el noreste de la Isla de Gran Canaria, entre los municipios de Telde y
Las Palmas de Gran Canaria, y cuenta con una población de unas 24.000
personas. Debido su progresiva degradación arquitectónica, urbanística y
social en que se encuentra el Área del Barrio del Polígono de Jinamar,
hace necesaria un plan de rehabilitación integral en el Valle de
Jinámar.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Universidad
Campeonatos de España
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
deportivas
adaptación de Centros de Alto Rendimiento Deportivo
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
deportivas
competiciones estatales desde territorios insulares y alejados
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
deportivas
miles
Tecnificación.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
PROFESIONAL.
y Escuelas Oficiales de Idiomas.
anualidad del PIEC 2012.
del capital humano con el fin de lograr una mayor inserción de la
población en el mercado del trabajo y un incremento de la
productividad.
Autónoma de Canarias en desarrollo del Plan Integral de Empleo de
Canarias para 2012 y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y
Deportes del Gobierno de Canarias continua con esta línea de actuación
que incide claramente en la lucha contra el paro en Canarias.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
(10.000.000.-) en los últimos años y en este proyecto se refleja un
crédito de un millón ochocientos mil euros (1.800.000.-). Ello podría
significar que el Estado ha decido sufragar los gastos de acogida de los
menores desplazados en centros peninsulares aunque tutelados por la
Comunidad Autónoma de Canarias. De los menores extranjeros que acogemos
en los centros de Canarias, gestionados y convenidos con los Cabildos, se
anula toda aportación. Esto supone una necesidad de crédito imperiosa y
ajustadísima —sumando lo pendiente de 2011 por el cierre
presupuestario— de aumentar la subvención en seis millones de euros
(6.000.000.-) más. De lo contrario, sería imposible reajustar los
actuales créditos o prescindir de estos recursos
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Ambiente.
Ambiente
generales
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
comarca sudeste de Tenerife (municipios de Fasnia, Arico, Granadilla, San
Miguel y Arona) y de infraestructuras estratégicas aledañas (Aeropuerto
Tenerife Sur, Polígono Industrial de Granadilla y Puerto), se resuelve
con la medida estructural en ejecución de la Desaladora de Agua de Mar de
Granadilla y se precisa mantener la financiación de la ficha financiera
del Convenio de colaboración con el Gobierno de Canarias suscrito el 9 de
diciembre de 2008.
de Agua de Mar (EDAM) de Granadilla» es de 15,83 millones de euros y el
plazo de ejecución para su conclusión en el bienio 2012-2013 de 18 meses;
la suma de las anualidades anteriormente consignadas era de 9.425,00
miles de euros.
supondría un 66,7 % de la inversión en 2012 y el 33,3 % en 2013.
2012 se ha producido una fuerte reducción de la partida que financia esta
obra, dejándola sin consignación para 2012 y consecuentemente mantener
una situación crítica con graves efectos colaterales sobre el
abastecimiento de la población de la comarca sudeste (municipios de
Fasnia, Arico, Granadilla, San Miguel y Arona) de Tenerife.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Ambiente.
Ambiente.
generales
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
comarca oeste de Tenerife (municipios de Santiago del Teide, Guía de
Isora y Adeje-oeste) y de infraestructuras estratégicas aledañas (Puerto
de Fonsalía), se resuelve con la medida estructural en ejecución de la
Desaladora de Agua de Mar del Oeste
financiera del Convenio de colaboración con el Gobierno de Canarias
suscrito el 9 de diciembre de 2008.
de Agua de Mar (EDAM) del Oeste» es de 15,97 millones de euros y su plazo
de ejecución para su conclusión en el bienio 2012-2013 de 18 meses; la
suma de las anualidades anteriormente consignadas para este período era
de 12.220,00 miles de euros.
supondría un 66,7 % de la inversión en 2012 y el 33,3 % en 2013.
2012 se ha producido una fuerte reducción de la partida que financia esta
obra, dejándola sin consignación para 2012 y consecuentemente mantener
una situación crítica con graves efectos colaterales sobre el
abastecimiento de la población de la comarca oeste (municipios de
Santiago del Teide, Guía y Adeje) de Tenerife.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Ambiente.
Ambiente.
generales
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
(turismo) por la incapacidad de tratamiento de la actual Estación
Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Adeje-Arona, que ha sido objeto
de expediente por la UE por incumplimiento de la Directiva 271/91, se
resuelve con la medida estructural de ampliación de la EDAR ya adjudicada
y se precisa mantener la financiación para su ejecución prevista en la
ficha financiera del Convenio de colaboración con el Gobierno de Canarias
suscrito el 9 de diciembre de 2008.
Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) del sistema comarcal
Adeje-Arona» es de 21,35 millones de euros y su plazo de ejecución es de
24 meses.
supondría un 25 % de la inversión en 2012, el 50 % en 2013 y el resto en
2014.
2012 se ha producido una fuerte reducción de la partida que financia esta
obra, dejándola sin consignación para 2012 y consecuentemente mantener
una situación crítica con graves efectos colaterales (ambiental,
sanitario, social y turístico sectorial), al tiempo que se consolida un
incumplimiento que ha sido objeto de expediente de la Unión Europea
contra el Reino de España.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
alcanzar los 9.759,55 miles)
452 A, afecta a un servicio público esencial en el archipiélago. El
proyecto dota a la actual subvención a plantas potabilizadoras con un 50
% menos que en el anterior ejercicio presupuestario
la cifra del ejercicio anterior (descenso de un 50 %), resulta de
especial importancia para el abastecimiento de agua potable de la
población de la Comunidad Canaria, toda vez que permite reducir
ligeramente el coste del agua, que aún así continúa siendo superior al
del conjunto del Estado. Al déficit estructural de recursos hídricos
convencionales (aguas superficiales, aguas subterráneas) de las Islas, se
ha unido en los últimos años un panorama hidrometeorológico adverso, con
descenso de las precipitaciones año tras año, lo que ha implicado un
empeoramiento de la situación y la necesidad de recurrir en mayor medida
a la desalación de agua de mar.
principal coste de la desalación lo constituye la energía eléctrica
utilizada en el proceso de potabilización. En este sentido, el incremento
de las tarifas eléctricas a partir de la liberalización del mercado
eléctrico impulsado por el Gobierno, ha supuesto un aumento de costes
considerable.
únicamente contribuiría a agravar el problema, perjudicando
considerablemente a los ciudadanos canarios, acrecentando el diferencial
de precios Canarias – Resto del Estado. Compensar a los ciudadanos
canarios el incremento del coste del
Comunidad del agua de mar desalada, teniendo en cuenta el incremento del
coste de la potabilización del agua como consecuencia de la importante
subida de las tarifas eléctricas a partir de la liberalización del
mercado eléctrico.
al menos la misma cuantía que la consignada el año anterior, de tal forma
que se pueda compensar, aunque sea parcialmente, el elevado coste del
agua a asumir por los ciudadanos canarios.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
imprescindible en el archipiélago canario, que sorprendentemente se
recoge en el actual proyecto con una disminución respecto de los PGE 2011
cercana al 70 %: en concreto de 60.393, 99 miles a los 16.977,31
miles
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
protección medioambiental insular mediante el proyecto «Vía ciclista de
Lanzarote»
turística mediante un anillo insular ciclista que implemente esta
alternativa de desarrollo y turismo sostenible
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Medioambiental de Zonzamas
indicado
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
distribución de agua
restauración y nuevas obras de las redes de distribución de aguas, de la
Isla de Lanzarote.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
reforma del Paseo Marítimo de La Playa de los Tarajales en Los
Cristianos»; Término Municipal de Arona en Tenerife
singulares del litoral de Tenerife y ha constituido uno de los primeros
puntos de atracción del turista, especialmente nórdico, en el sur de la
isla. Desde hace más de veinte años se ha venido tramitando el citado
proyecto con el firme propósito de recuperar en todo su esplendor la
playa y la bahía original, como punto estratégico para revitalizar una
zona madura de la industria turística de Tenerife.
es la de iniciar la ejecución de este importante proyecto.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Puerto de La Cruz Tenerife
importantes del territorio español y el pionero en la actividad turística
del Archipiélago canario. En los últimos tiempos, está experimentando un
proceso de modernización del destino motivado, en gran parte, por la
creación del Consorcio Urbanístico de Puerto de la Cruz, entidad
participada por el Gobierno Central, el Gobierno Autónomo, el Cabildo de
Tenerife y el Ayuntamiento de puerto de la Cruz. Entre las principales
prioridades del Consorcio, se encuentra la mejora de la Playa de
Martiánez, una playa en el mismo corazón del núcleo turístico y cuya
recuperación tendrá efectos positivos e indudables sobre la actividad
económica de ese ámbito.
es la de iniciar la ejecución de este importante proyecto.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Proyecto para el Recrecimiento del Vaso del Complejo Ambiental para el
Reciclado de Residuos Sólidos, en la Isla de La Gomera. Tenerife
Reciclado de Residuos Sólidos en Áreas Insulares
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Medio Ambiente.
ganadería en el marco del POSEI.
de 2006, establece las medidas específicas en el sector agrícola a favor
de las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea (POSEI). En
aplicación de este Reglamento, se hace necesario dotar esta partida para
la financiación de medidas de apoyo a la agricultura y ganadería de las
Islas Canarias, con el fin de garantizar el abastecimiento de la región y
paliar los costes adicionales derivados de su lejanía, insularidad y
situación ultraperiférica.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Ambiente.
destinados al uso general
Islas Canarias.
Ambiente.
generales
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
por la incapacidad de tratamiento de la actual Estación Depuradora de
Aguas Residuales (EDAR) de Santa Cruz de Tenerife, que ha sido objeto de
expediente por la UE por incumplimiento de la Directiva 271/91, se
resuelve con la medida estructural de ampliación de la EDAR ya proyectada
y se precisa evitar el recorte presupuestario para posibilitar su
ejecución dentro de la ficha financiera del Convenio de colaboración con
el Gobierno de Canarias suscrito el 9 de diciembre de 2008.
Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Buenos Aires (Sistema S/C-LL)»
es de 22,00 millones de euros y su plazo de ejecución es de 24 meses.
supondría un 25 % de la inversión en 2012, un 50 % en 2013 y el restante
25 % en 2014.
2012 se ha producido una fuerte reducción de la partida que financiaría
esta obra por lo que se mantendría esta situación crítica con graves
efectos colaterales (ambiental, sanitario, social y jurídico), al tiempo
que se consolida un incumplimiento que ha sido objeto de expediente de la
Unión Europea contra el Reino de España.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Ambiente.
Ambiente.
generales
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
(turismo) por la incapacidad de tratamiento de la actual Estación
Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) del NorEste (municipios de
Tacoronte, Tegueste y núcelos de la vertiente norte de La Laguna), que ha
sido objeto de expediente por la UE por incumplimiento de la Directiva
271/91, se resuelve con la medida estructural de ampliación de la EDAR ya
adjudicada y se precisa mantener la financiación para su ejecución
prevista en la ficha financiera del Convenio de colaboración con el
Gobierno de Canarias suscrito el 9 de diciembre de 2008.
Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) del Noreste» es de 15,41 millones
de euros y su plazo de ejecución es de 24 meses.
supondría un 25 % de la inversión en 2012, el 50 % en 2013 y el resto en
2014.
2012 se ha producido una fuerte reducción de la partida que financia esta
obra, dejándola sin consignación para 2012 y consecuentemente mantener
una situación crítica con graves efectos colaterales (ambiental,
sanitario, social y turístico sectorial), al tiempo que se consolida un
incumplimiento que ha sido objeto de expediente de la Unión Europea
contra el Reino de España.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Ambiente.
Ambiente.
generales
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
comarca sudeste de Tenerife (municipios de Fasnia, Arico, Granadilla, San
Miguel y Arona) y de infraestructuras estratégicas aledañas (Aeropuerto
Tenerife Sur, Polígono Industrial de Granadilla y Puerto), se resuelve
con la medida estructural en ejecución de la Desaladora de Agua de Mar de
Granadilla y las obras complementarias de esta enmienda, por lo que se
precisa mantener la financiación de la ficha financiera del Convenio de
colaboración con el Gobierno de Canarias suscrito el 9 de diciembre de
2008.
Proyecto de Instalación de la Desaladora de Agua de Mar de Granadilla» es
de 7,86 millones de euros y el plazo para su ejecución es de 16
meses.
supondría un 62,5 % de la inversión en 2012 y el 37,5 % en 2013.
Estado para 2012 se ha producido una fuerte reducción de la partida que
financia las actuaciones del Convenio —entre las que se incluiría
esta obra— por lo que de no acometerla se retrasaría el correcto
funcionamiento de la obra principal.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
MEDIOAMBIENTE
COSTA Y EL MAR
Barrio de San Andres en Santa Cruz de Tenerife
del Barrio de San Andres en Santa Cruz de Tenerife
MEDIOAMBIENTEP
COSTA Y EL MAR
inmaterial
protección del Barrio de San Andrés mediante dique semisumergido en Santa
Cruz de Tenerife
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
MEDIOAMBIENTE
COSTA Y EL MAR
Cruz de Tenerife
Santa Cruz de Tenerife
MEDIOAMBIENTEP
COSTA Y EL MAR
inmaterial
acondicionamiento de la playa de Valleseco en Santa Cruz de Tenerife
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Medio Ambiente.
desarrollo sostenible.
recuperación de la fauna marina en extinción, en La Restinga, Isla de El
Hierro.
medioambiental marina de alto valor y en una isla como Reserva de la
Biosfera. En particular existe una zona núcleo, de máxima protección, que
incluye la Reserva Integral de la Reserva Marina Punta de La Restinga. La
atención a inversiones de investigación y desarrollo marinos, en este
caso, ayudarán a mantener la Isla de El Hierro como un referente
internacional en la materia.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
el maltrato infantil»
Dado que la cofinanciación era de un 70 %, podríamos hablar de la
cancelación inmediata del programa. Suspenderlo supondría prescindir de
los
denuncias y derivaciones, así como la ejecución de modelos y guías en la
coordinación con otras administraciones.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Medio Abierto para Menores Infractores y de capacitación de profesionales
de las Comunidades Autónomas».
Conferencia Sectorial de Servicios Sociales, «Medidas Judiciales
Alternativas para Menores Infractores» desaparece en su totalidad,
suspenderlo supondría la anulación de los servicios de ejecución de
medidas judiciales en todas las islas no capitalinas. Supondría en
consecuencia la reducción de recursos de medidas judiciales y un
agravamiento por el posible colapso del resto de recursos que
conllevarían requerimientos judiciales de diversa índole. En consecuencia
se propone recuperar los créditos de 2011 para el desarrollo del
programa.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
rehabilitación del Hospital Insular
Sanitario imprescindible en la Isla
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
de Alzheimer de las Cabreras
funcionamiento del Centro
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad.
dependencia.
adoptado en sesión celebrada el 10 de junio de 2011, por el que se
actualizan los criterios de reparto de créditos de la Administración
General del Estado a las Comunidades Autónomas para la financiación
durante 2010-2013 del nivel acordado previsto en la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las
Personas en situación de dependencia.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.
(IAC)
científica y técnica
española en el Observatorio Europeo del Sur (ESO)
futuro del Instituto de Astrofísica de Canarias en especial cuando se
trata de una instalación de prestigio internacional.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.
(IAC)
científica y técnica
española en el Observatorio Europeo del Sur (ESO)
futuro del Instituto de Astrofísica de Canarias en materia de inversiones
en especial cuando se trata de una instalación de prestigio
internacional.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.
científica y técnica.
telescopio.
científica y técnica
española en el Observatorio Europeo del Sur (ESO)
futuro del GRANTECAN y en especial cuando se trata de una instalación de
prestigio internacional
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.
científica y técnica.
equipamiento y explotación de la Plataforma Oceanográfica de
Canarias.
científica y técnica
española en el Observatorio Europeo del Sur (ESO)
y garantizar las opciones científicas actuales y de futuro del PLOCAN en
especial cuando se trata de una instalación productiva.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.
Administración General del Estado, directamente o mediante Convenio, en
la Comunidad Autónoma de Canarias en cumplimiento de lo establecido en la
Ley 19/1994 sobre inversiones.
España (Mº de Industria, Turismo y Energía) y la Consejería de Turismo
del Gobierno de Canarias «para la ampliación de la mejora del espacio
público de Canarias»
inversiones en la Comunidad Autónoma de Canarias y, en particular,
avanzar en dotaciones turísticas en destinos de liderazgo turístico
mundial.
expositivo segundo, responde entre otros, a la necesidad de que las
inversiones estatales en Canarias no sean inferiores al promedio que
correspondiese para el conjunto de las CC.AA., excluidas de este cómputo
las inversiones que componen el hecho insular, de conformidad con lo
dispuesto en la L 20 /1991 de 7 de junio. De modificación de los aspectos
fiscales del REF de Canarias.
por debajo de la media de inversión estatal y que además la separan de
este promedio aún más respecto al ejercicio anterior, es procedente
mantener las cuantías previstas en el Convenio para 2012 y que ascienden
a 50.000,00 miles.
Art.96 de la Ley 20/1991 de Modificación del REF, toda vez que la
inversión estatal en Canarias prevista para el 2012 es inferior al
promedio del resto de las CC.AA., y además la distancia a ese promedio se
acentúa aún más respecto al presupuesto de 2011.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.
los efectos que sobre el transporte insular tiene la crisis
sísmico-volcánica
propuesta para el ejercicio 2012. En efecto, la crisis volcánica
requerirá de una atención especial a las infraestructuras y medios de
transporte habituales
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.
Varadero 2ª fase
ejercicio anterior
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.
pesquero en las Puntas «Valle Del Golfo»
pesquero y turístico de la isla de El Hierro
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.
financiar la reconstrucción de su colegio público.
actual edificio e instalaciones que alberga al colegio público de la
capital de la isla de El Hierro.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 33. Fondos de Compensación Interterritorial.
y Local de Canarias.
euros correspondiente al 4,02 % adicional previsto en el apartado 3 del
artículo 16 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de
Financiación de las Comunidades Autónomas
corresponde a Canarias del FCI le es de aplicación, además de la ley
22/2001, del Fondo de Compensación Interterritorial, el apartado 3,
párrafo c) del artículo decimosexto la Ley Orgánica 8/1980, de
Financiación de las Comunidades Autónomas en la redacción dada al
precepto por la Ley Orgánica 7/2001, que establece un porcentaje del 4,02
% adicional, sin perjuicio de lo que le corresponda como región
ultraperiférica.
22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA),
en la redacción dada al precepto por la Ley Orgánica 7/2001, establece
que el Fondo de Compensación Interterritorial se dotará cada año con una
cantidad que no podrá ser inferior al 22,5 % por ciento de la base de
cálculo de la inversión pública que se haya aprobado en los Presupuestos
Generales del Estado del ejercicio. Con el fin de suplementar las
inversiones en
Constitución y en artículo. 299.2 del Tratado de Ámsterdam, y como
instrumento redistributivo, el apartado c) de la referida ley orgánica
dispone que, a la cuantía del FCI que se dotará cada año en los
presupuestos se adicionará el 4,02 % y el importe de la cantidad que se
asigne legalmente por la variable «región ultraperiférica».
por la Ley 23/2009 de modificación de la Ley 22/2001, de 27 de diciembre,
reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial, (1por ciento)
y ha sido consignada en el presupuesto, pero la correspondiente al 4,02 %
establecida en la LOFCA no ha sido consignada ni la parte correspondiente
al Fondo de Compensación ni al Fondo Complementario, por lo que se
tramitan dos enmiendas por cada uno de los dos subconceptos de gastos que
componen el FCI con el fin de que se doten en el presupuestos la
totalidad de los créditos que corresponden a Canarias de conformidad con
lo dispuesto en la normativa que le es de aplicación.
Quintero Castañeda (GPMX)
Narvay Quintero Castañeda, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 33. Fondos de Compensación Interterritorial.
y Local de Canarias.
euros correspondiente al 4,02 % adicional previsto en el apartado 3 del
artículo 16 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de
Financiación de las Comunidades Autónomas.
corresponde a Canarias del FCI le es de aplicación, además de la ley
22/2001, del Fondo de Compensación Interterritorial, el apartado 3,
párrafo c) del artículo decimosexto la Ley Orgánica 8/1980, de
Financiación de las Comunidades Autónomas en la redacción dada al
precepto por la Ley Orgánica 7/2001, que establece un porcentaje del 4,02
% adicional, sin perjuicio de lo que le corresponda como región
ultraperiférica.
22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA),
en la redacción dada al precepto por la Ley Orgánica 7/2001, establece
que el Fondo de Compensación Interterritorial se dotará cada año con una
cantidad que no podrá ser inferior al 22,5 % por ciento de la base de
cálculo de la inversión pública que se haya aprobado en los Presupuestos
Generales del Estado del ejercicio. Con el fin de suplementar las
inversiones en Canarias, en virtud de su singularidad reconocida en la
Constitución y en artículo. 299.2 del Tratado de Ámsterdam, y como
instrumento redistributivo, el apartado c) de la referida ley orgánica
dispone que, a la cuantía del FCI que se dotará cada año en los
presupuestos se adicionará el 4,02 % y el importe de la cantidad que se
asigne legalmente por la variable «región ultraperiférica».
por la Ley 23/2009 de modificación de la Ley 22/2001, de 27 de diciembre,
reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial, (1por ciento)
y ha sido consignada en el presupuesto, pero la correspondiente al 4,02 %
establecida en la LOFCA no ha sido consignada ni la parte correspondiente
al Fondo de Compensación ni al Fondo Complementario, por lo que se
tramitan dos enmiendas por cada uno de los dos subconceptos de gastos que
componen el FCI con el fin de que se doten en el presupuestos la
totalidad de los créditos que corresponden a Canarias de conformidad con
lo dispuesto en la normativa que le es de aplicación.
Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula 78 enmiendas al Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
Adjunto, Jordi Guillot Miravet.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 2. Dos.
siguientes términos:
el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos
económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La
distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se
recoge a continuación:
ENTES Capítulos
económicosCapítulos I a VII Ingresos no
financierosCapítulo
VIII
Activos
financierosTOTAL
INGRESOS
Estado 138.833.305,52 10.092.937,11 148.926.242,63 Organismos autónomos 33.655.661,17 1.396.479,45 35.052.140,62 Seguridad Social 110.992.455,91 814.187,26 111.806.643,17 Agencias estatales 253.453,05 243.946,21 497.399,26 Organismos del artículo 1.e) de la
presente Ley130.629,88 26.598,44 157.228,32 TOTAL 283.865.505,53 12.574.148,47 296.439.654,00
previstas de ingresos para el Estado por valor de 20.000.000 miles de
euros, que se obtendrían por actuaciones normativas en los tributos y
mejoras en la lucha contra el fraude fiscal.
relación a los ingresos previstos mejoraría la política de inversión
pública directa y selectiva, permitiría aumentar los créditos destinados
a reducir las brechas sociales y económicas que presenta nuestro país y
contribuiría, a través del gasto público directo, a potenciar la
actividad económica y el empleo y superar la recesión.
20 mil millones de euros, se incorpora como alta en la Sección 31,
Programa 929M, Imprevistos y funciones no clasificadas, en el artículo
51, concepto 510 para desde ahí asignarlo en las distintas políticas de
nuestras enmiendas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Uno.
Generales del Estado para 2012, sobre la oferta de empleo público u otro
instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de
personal.
siguiente:
plazas de nuevo ingreso del personal del sector público delimitado en el
artículo anterior será, como máximo, del 100 por ciento de la tasa de
reposición de efectivos.
a los sectores y servicios básicos desde el punto de vista económico y
social, tales como la sanidad, la educación, los servicios sociales, la
investigación, desarrollo e innovación, la seguridad social, la
administración tributaria, los servicios de empleo, agua y medio ambiente
y los servicios de extinción de incendios.»
sucesivos Presupuestos Generales del Estado limitaciones muy severas en
la dimensión de las Ofertas de Empleo Público mediante la fijación de
tasa de reposición de efectivos muy bajas, que incluso no se han cubierto
en cubierto en su totalidad. Esto ha producido una importante reducción
de efectivos y consecuentemente un envejecimiento de las plantillas y un
empeoramiento de la calidad del servicio en sectores básicos de las
Administraciones Públicas (Sanidad, Educación, Seguridad Social,
Investigación y Desarrollo, Agua y Medio Ambiente, Servicios de Empleo,
Servicios Sociales, Hacienda, Inspección de Trabajo, Servicios de
Planificación, Estudios y Coordinación, etc.).
va a suponer la destrucción de más de 17.000 empleos en las
Administraciones y a agudizar el actual deterioro de los servicios
públicos.
una externalización de funciones y servicios propios de la
Administración, que está suponiendo un despilfarro económico y una
transferencia encubierta de recursos públicos al sector privado.
reposición de efectivos, ha demostrado no ser un instrumento válido para
la racionalización de los recursos humanos en las Administraciones y que
recursos necesarios, previa la elaboración de una diagnosis de la
situación y necesidades de personal, cuestión que los sucesivos Gobiernos
han obviado.
empleos en el sector público, necesarios par el funcionamiento eficiente
de los servicios públicos; b) Posibilitar que las plazas de nuevo ingreso
se destinen fundamentalmente a sectores y servicios básicos c) eliminar
los ingentes gastos destinados pagar servicios externalizados que podría
desempeñar la propia administración de tener plantillas adecuadas, d) que
la tasa de reposición de efectivos para estos servicios sea igual al 100
%; y e) excluir de las limitaciones para convocar plazas de nuevo ingreso
a las corporaciones locales.
empleo temporal en fijo, cuando se trate de puestos de trabajo
estructurales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Dos.
Generales del Estado para 2012, sobre gastos de personal al servicio del
sector público.
22, por lo siguiente:
servicio del sector público, no podrán experimentar un incremento global
superior al 2,0 por ciento con respecto a las vigentes en el año 2011, en
términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto
por lo que respecta a efectivos de personal, como a la antigüedad del
mismo.»
establecida en los distintos artículos del título III «De los gastos de
personal», afectados por la citada congelación, por el incremento del 2 %
propuesto.
empleados públicos que permita, compensar la inflación del 2 % que se ha
producido en el año 2011.
vista afectados en 2011 con una disminución de sus salarios del 5 % y que
en el periodo 2001-2011 han perdido mas del 30 % de su poder adquisitivo,
siendo este colectivo uno de los mas castigados por la crisis desde el
punto de vista salarial.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Dos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Tres.
siguientes términos:
refiere el apartado Uno del presente artículo podrán destinar hasta un
0,3 por ciento de la masa salarial a financiar aportaciones a planes de
pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la
cobertura de la contingencia de jubilación, de acuerdo con lo establecido
en la disposición final segunda del Texto Refundido de la Ley de
Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
de pensiones o contratos de seguro, conforme a lo previsto en este
apartado, tendrán a todos los efectos la consideración de retribución
diferida.»
de Presupuestos Generales del Estado para 2011, la cual fue objeto de
modificación a través del Real Decreto Ley 20/2011, de medidas urgentes
en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, cuya redacción se recoge en el actual Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado.
mantenida en la redacción del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para 2012, supone una reducción real de retribuciones, no
siendo, por tanto, una mera congelación salarial. Además, su deficitaria
redacción genera multitud de dudas y problemas en su aplicación: implica
un trato diferente entre los seguros colectivos y los planes de
pensiones; afecta de forma diferente a los sistemas de aportación
definida y de prestación definida; no diferencia entre aportaciones
corrientes y aportaciones de otra naturaleza, como pudieran ser
aportaciones para la amortización de un plan de reequilibrio o
financiación previo, es decir, el pago de cuantías correspondientes a
servicios pasados reconocidos a los trabajadores y trabajadoras en el
momento de la puesta en marcha del plan de pensiones o contrato de
seguro, derivados de los periodos de actividad previos a la formalización
del instrumento de previsión social complementaria, siendo tales
servicios pasados, por tanto, deuda reconocida que debe ser
amortizada.
significativo número de planes de pensiones son contributivos, es decir,
el trabajador o trabajadora debe realizar una parte de la aportación y el
empleador otra parte.
afectación a las coberturas de las contingencias de riesgos
—fallecimiento e incapacidad—, ya que la medida ha supuesto
una falta de cobertura de estas situaciones de riesgos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Tres.
siguientes términos:
se refiere el apartado Uno de este artículo no podrán realizar, tanto a
planes de pensiones de empleo como a contratos de seguro colectivos, las
aportaciones correspondientes al ejercicio 2012 destinadas a la cobertura
de la contingencia de jubilación».
realizar aportaciones a los planes de pensiones de empleo para la
cobertura de las contingencias de riesgos, así como las aportaciones
destinadas a la amortización de planes de reequilibrio o de financiación,
los cuales constituyen el pago de cuantías correspondientes a servicios
pasados reconocidos a los trabajadores y trabajadoras en el momento de la
puesta en marcha del plan de pensiones o contrato de seguro, derivados de
los periodos de actividad previos a la formalización del instrumento de
previsión social complementaria, siendo tales servicios pasados, por
tanto, deuda reconocida que debe ser amortizada.
generados por la deficitaria redacción contenida en el Real Decreto Ley
20/2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y
financiera para la corrección del déficit público, mantenida en la
redacción del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2012.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Tres.
siguientes términos:
refiere el apartado Uno del presente artículo podrán destinar hasta un
0,3 por ciento de la masa salarial a financiar aportaciones a planes de
pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la
cobertura de la contingencia de jubilación, de acuerdo con lo establecido
en la disposición final segunda del Texto Refundido de la Ley de
Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
de pensiones o contratos de seguro, conforme a lo previsto en este
apartado, tendrán a todos los efectos la consideración de retribución
diferida.»
de Presupuestos Generales del Estado para 2011, la cual fue objeto de
modificación a través del Real Decreto Ley 20/2011, de medidas urgentes
en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, cuya redacción se recoge en el actual Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado.
mantenida en la redacción del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para 2012, supone una reducción real de retribuciones, no
siendo, por tanto, una mera congelación salarial. Además, su deficitaria
redacción genera multitud de dudas y problemas en su aplicación: implica
un trato diferente entre los seguros colectivos y los planes de
pensiones; afecta de forma diferente a los sistemas de aportación
definida y de prestación definida; no diferencia entre aportaciones
corrientes y aportaciones de otra naturaleza, como pudieran ser
aportaciones para la amortización de un plan de reequilibrio o
financiación previo, es decir, el pago de cuantías correspondientes a
servicios pasados reconocidos a los trabajadores y trabajadoras en el
momento de la puesta en marcha del plan de pensiones o contrato de
seguro, derivados de los periodos de actividad previos a la formalización
del instrumento de previsión social complementaria, siendo tales
servicios pasados, por tanto, deuda reconocida que debe ser
amortizada.
significativo número de planes de pensiones son contributivos, es decir,
el trabajador o trabajadora debe realizar una parte de la aportación y el
empleador otra parte.
afectación a las coberturas de las contingencias de riesgos
—fallecimiento e incapacidad—, ya que la medida ha supuesto
una falta de cobertura de estas situaciones de riesgos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Tres.
siguientes términos:
se refiere el apartado Uno de este artículo no podrán realizar, tanto a
planes de pensiones de empleo como a contratos de-seguro colectivos, las
aportaciones correspondientes al ejercicio 2012 destinadas a la cobertura
de la contingencia de jubilación».
realizar aportaciones a los planes de pensiones de empleo para la
cobertura de las contingencias de riesgos, asi como las aportaciones
destinadas a la amortización de planes de reequilibrio o de financiación,
los cuales constituyen el pago de cuantías correspondientes a servicios
pasados reconocidos a los trabajadores y trabajadoras en el momento de la
puesta en marcha del plan de pensiones o contrato de seguro, derivados de
los periodos de actividad previos a la formalización del instrumento de
previsión social complementaria, siendo tales servicios pasados, por
tanto, deuda reconocida que debe ser amortizada.
generados por la deficitaria redacción contenida en el Real Decreto Ley
20/2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y
financiera para la corrección del déficit público, mantenida en la
redacción del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2012.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Tres.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Cinco.
produzcan por jubilaciones, lo cual recorta las relaciones de puestos de
trabajo o plantillas de forma indiscriminada e irreversible, y si que se
haya realizado un estudio de necesidades de personal.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Diez.
de Presupuestos Generales del Estado para 2011, la cual fue objeto de
modificación a través del Real Decreto Ley 20/2011, de medidas urgentes
corrección del déficit público, cuya redacción se recoge en el actual
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado ampliando, además,
el ámbito de aplicación de tal medida al personal de las fundaciones del
sector público, de los consorcios participados mayoritariamente por las
administraciones y organismos que integran el sector público así como al
Banco de España.
mantenida en la redacción del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para 2012, supone una reducción real de retribuciones, no
siendo, por tanto, una mera congelación salarial. Además, su deficitaria
redacción genera multitud de dudas y problemas en su aplicación: implica
un trato diferente entre los seguros colectivos y los planes de
pensiones; afecta de forma diferente a los sistemas de aportación
definida y de prestación definida; no diferencia entre aportaciones
corrientes y aportaciones de otra naturaleza, como pudieran ser
aportaciones para la amortización de un plan de reequilibrio o
financiación previo, es decir, el pago de cuantías correspondientes a
servicios pasados reconocidos a los trabajadores y trabajadoras en el
momento de la puesta en marcha del plan de pensiones o contrato de
seguro, derivados de los periodos de actividad previos a la formalización
del instrumento de previsión social complementaria, siendo tales
servicios pasados, por tanto, deuda reconocida que debe ser
amortizada.
significativo número de planes de pensiones son contributivos, es decir,
el trabajador o trabajadora debe realizar una parte de la aportación y el
empleador otra parte.
afectación a las coberturas de las contingencias de riesgos
—fallecimiento e incapacidad—, ya que la medida ha supuesto
una falta de cobertura de estas situaciones de riesgos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 22. Diez.
de Presupuestos Generales del Estado para 2011, la cual fue objeto de
modificación a través del Real Decreto Ley 20/2011, de medidas urgentes
en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, cuya redacción se recoge en el actual Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado ampliando, además, el ámbito de
aplicación de tal medida al personal de las fundaciones del sector
público, de los consorcios participados mayoritariamente por las
administraciones y organismos que integran el sector público así como al
Banco de España.
mantenida en la redacción del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para 2012, supone una reducción real de retribuciones, no
siendo, por tanto, una mera congelación salarial. Además, su deficitaria
redacción genera multitud de dudas y problemas en su aplicación: implica
un trato diferente entre los seguros colectivos y los planes de
pensiones; afecta de forma diferente a los sistemas de aportación
definida y de prestación definida; no diferencia entre aportaciones
corrientes y aportaciones de otra naturaleza, como pudieran ser
aportaciones para la amortización de un plan de reequilibrio o
financiación previo, es decir, el pago de cuantías
trabajadores y trabajadoras en el momento de la puesta en marcha del plan
de pensiones o contrato de seguro, derivados de los periodos de actividad
previos a la formalización del instrumento de previsión social
complementaria, siendo tales servicios pasados, por tanto, deuda
reconocida que debe ser amortizada.
significativo número de planes de pensiones son contributivos, es decir,
el trabajador o trabajadora debe realizar una parte de la aportación y el
empleador otra parte.
afectación a las coberturas de las contingencias de riesgos
-fallecimiento e incapacidad -, ya que la medida ha supuesto una falta de
cobertura de estas situaciones de riesgos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2.
manera:
similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de
gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de
aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los que la
tasa de reposición se fija en el 10 por ciento:
educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el
acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del
Sistema Nacional de Salud.
aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos de Policía
Autónoma propios en su territorio, en relación con la cobertura de las
correspondientes plazas.
militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de carrera militar.
responsables del control y lucha contra el fraude fiscal y laboral.
policía local y de los servicios de prevención y extinción de incendios.
Asimismo, al personal que tenga encomendado el desarrollo de la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y
atención a las personas en situación de dependencia.
Generales del Estado para 2012 prevé en lo que atañe a la aplicación de
la Tasa de reposición de efectivos en el ámbito de la Administración
Local va a ocasionar graves perjuicios a la prestación de los servicios
públicos por parte de las Corporaciones Locales.
entre los ámbitos que pudieran contar con una tasa de reposición del 10
por ciento a las Diputaciones, Cabildos, Cabildos y Consejos Insulares
que cuentan con servicios propios de extinción de incendios e incluso
podrían albergarse dudas respecto a los servicios de tal carácter que
dependen de consorcios creados al efecto.
incertidumbre que pesa sobre el modelo de financiación de las mismas se
añade la imposibilidad de incorporar los efectivos suficientes para el
mantenimiento de servicios esenciales tales como los servicios sociales,
personal de emergencias, etc. resulta con toda claridad que las Entidades
Locales no van a poder garantizar la prestación de dichos servicios y
ello en un contexto que hace más necesario que las Administraciones
Públicas hagan el mayor esfuerzo para paliar los efectos de la actual
crisis económica.
públicos será previsiblemente mayor en los pequeños y medianos municipios
por contar con plantillas escasas en las que será casi imposible la
sustitución de nuevos efectivos que cubran las bajas de distinta índole
que puedan producirse.
establece en materia de la aplicación de la tasa de reposición de
efectivos en la Administración Local, así como en lo que respecta al
personal necesario para la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia, por lo que se propone la presente
enmienda.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2.
manera:
similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de
gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de
aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los que la
tasa de reposición se fija en el 10 por ciento:
educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el
acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del
Sistema Nacional de Salud.
aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos de Policía
Autónoma propios en su territorio, en relación con la cobertura de las
correspondientes plazas.
militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de carrera militar.
responsables del control y lucha contra el fraude fiscal y laboral.
local y de los servicios de prevención y extinción de incendios.
inferior a 20.000 habitantes.
Generales del Estado para 2012 prevé en lo que atañe a la aplicación de
la Tasa de reposición de efectivos en el ámbito de la Administración
Local va a ocasionar graves perjuicios a la prestación de los servicios
públicos por parte de las Corporaciones Locales.
incertidumbre que pesa sobre el modelo de financiación de las mismas se
añade la imposibilidad de incorporar los efectivos suficientes para el
mantenimiento de servicios esenciales tales como los servicios sociales,
personal de emergencias, etc. resulta con toda claridad que las Entidades
Locales no van a poder garantizar la prestación de dichos servicios y
ello en un contexto que hace más necesario que las Administraciones
Públicas hagan el mayor esfuerzo para paliar los efectos de la actual
crisis económica. Siempre dentro del marco de estabilidad económico
presupuestaria marcada por la legislación vigente, y en especial por el
Articulo 135 de la Constitución Española.
públicos será previsiblemente mayor en los pequeños y medianos municipios
por contar con plantillas escasas en las que será casi imposible la
sustitución de nuevos efectivos que cubran las bajas de distinta índole
que puedan producirse.
establece en materia de la aplicación de la tasa de reposición de
efectivos en la Administración Local, así como en lo que respecta al
personal necesario para la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia, por lo que se propone la presente
enmienda.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2.
manera:
similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de
gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de
aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los que la
tasa de reposición se fija en el 10 por ciento:
educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el
acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del
Sistema Nacional de Salud.
aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos de Policía
Autónoma propios en su territorio, en relación con la cobertura de las
correspondientes plazas.
militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de carrera militar.
responsables del control y lucha contra el fraude fiscal y laboral.
policía local y de los servicios de prevención y extinción de incendios.
Asimismo, al personal encargado de los servicios sociales, y en especial
al personal que tenga encomendado el desarrollo de la Ley 39/2006, de 14
de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia, y a los de gestión de ingresos.
Generales del Estado para 2012 prevé en lo que atañe a la aplicación de
la Tasa de reposición de efectivos en el ámbito de la Administración
Local va a ocasionar graves perjuicios a la prestación de los servicios
públicos por parte de las Corporaciones Locales.
entre los ámbitos que pudieran contar con una tasa de reposición del 10
por ciento a las Diputaciones, Cabildos, Cabildos y Consejos Insulares
que cuentan con servicios propios de extinción de incendios e incluso
podrían albergarse dudas respecto a los servicios de tal carácter que
dependen de consorcios creados al efecto.
incertidumbre que pesa sobre el modelo de financiación de las mismas se
añade la imposibilidad de incorporar los efectivos suficientes para el
mantenimiento de servicios esenciales tales como los servicios sociales,
personal de emergencias, etc. resulta con toda claridad que las Entidades
Locales no van a poder garantizar la prestación de dichos servicios y
ello en un contexto que hace más necesario que las Administraciones
Públicas hagan el mayor esfuerzo para paliar los efectos de la actual
crisis económica.
públicos será previsiblemente mayor en los pequeños y medianos municipios
por contar con plantillas escasas en las que será casi imposible la
sustitución de nuevos efectivos que cubran las bajas de distinta índole
que puedan producirse.
establece en materia de la aplicación de la tasa de reposición de
efectivos en la Administración Local, así como en lo que respecta al
personal necesario para la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia. También debe considerarse el caso
genérico de los servicios sociales y el de gestión de ingresos, en este
último caso tiene mayor importancia en el caso de grandes ayuntamientos y
entidades supramunicipales por la prestación de servicios hacia
Ayuntamientos de menor tamaño.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2. Letra
nueva.
una nueva letra G con la siguiente redacción:
universidades públicas para la contratación de personal investigador o
docente e investigador con grado de doctor.
funcionario en el sector público van a dañar seriamente el sistema
científico e investigador español, mucho más que los recortes asociados a
proyectos e infraestructuras. La pérdida de capital humano en la
investigación no es recuperable aumentando la
asegurar que ese capital no se pierde irreversiblemente.
sea reconocido como prioritario, de acuerdo con el preámbulo de la Ley de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Dos.
con la siguiente redacción:
el desarrollo de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, para garantizar la continuidad de los contratos del
personal docente investigador no permanente.»
urgentes en materia presupuestaria, tributaría y financiera para la
corrección del déficit público establece para el año 2012 una tasa de
reposición del personal de toda administración pública del 0 %,
exceptuando a los funcionarios docentes no universitarios, a las plazas
de hospitales y centros sanitarios, a las fuerzas armadas y cuerpos de
seguridad y a los responsables del control y lucha contra el fraude
fiscal y laboral que tendrán una tasa de reposición del 10 %.
reposición «A los municipios respecto a las plazas de policía local y los
Servicios de prevención y extinción de incendios».
—PDI— como servicio público prioritario. Al margen de entrar
en discrepancia sobre esta exclusión, cabe destacar que resulta
especialmente injusta pues no atiende a las especificidades de la
contratación de las universidades públicas establecida en la LOMLOU,
donde la tasa de reposición no afecta principalmente a puestos de trabajo
de personas que se jubilan o cesan en su actividad, sino a personas que
siguiendo su carrera docente tal y como establece la LOMLOU se encuentran
en estos momentos con contratos temporales de duración determinada.
sistema de contratación previsto en la LOU y el Real Decreto, conduce a
una situación dramática como la congelación de los concursos para la
promoción y estabilización de los PDI contratados no permanentes y por
tanto la no continuidad de aquellos cuyo contrato finalice en el presente
año.
convocatoria de plazas de profesorado permanente, comportará de facto
perder la inversión en formación que el Estado ha realizado sobre estas
personas que durante 5 años se han dedicado en exclusiva a la docencia y
a la investigación, la fuga de capital humano y dificultará el relevo
generacional tan necesario en estas instituciones.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Apartado nuevo.
siguiente redacción:
apartado dos de este artículo no será de aplicación a la contratación de
personal investigador o docente e investigador en los organismos públicos
de investigación y en las universidades públicas mediante subvenciones
finalistas.»
temporal ligado a subvenciones finalistas. Este tipo de contratos es
parte imprescindible del sistema, fomenta la movilidad de personal y en
ningún caso es equivalente al resto de contratos temporales del sector
público. Se propone, por tanto, contemplar esta excepción, de acuerdo con
el carácter prioritario y específico de la investigación científica, el
desarrollo tecnológico y la innovación. Los problemas de contratación
derivados de esta limitación pondrían en serio riesgo la consecución de
los proyectos obtenidos en régimen competitivo en las diversas
convocatorias de proyectos del 7º Programa marco de la UE, proyectos
CDTI, etc.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Apartado nuevo.
siguiente redacción:
apartado dos de este artículo no será de aplicación a la contratación de
personal investigador o docente e investigador en los organismos públicos
de investigación y en las universidades públicas mediante subvenciones
finalistas.»
temporal ligado a subvenciones finalistas. Este tipo de contratos es
parte imprescindible del sistema, fomenta la movilidad de personal y en
ningún caso es equivalente al resto de contratos temporales del sector
público. Se propone, por tanto, contemplar esta excepción, de acuerdo con
el carácter prioritario y específico de la investigación científica, el
desarrollo tecnológico y la innovación. Los problemas de contratación
derivados de esta limitación pondrían en serio riesgo la consecución de
los proyectos obtenidos en régimen competitivo en las diversas
convocatorias de proyectos del 7o Programa marco de la UE, proyectos
CDTI, etc.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 26. Uno. E. Apartado
nuevo.
siguiente tenor literal:
cuantías del complemento de productividad, se negociarán en cada
Departamento ministerial u organismo público, con los sindicatos
representativos de la Administración General del Estado.»
arbitrariedades e injusticias que se producen en la actualidad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 105. Dos. a.
con la Estrategia Española de Movilidad Sostenible, según lo establecido
en el artículo 102, «Fomento de los Planes de Movilidad Sostenible», de
la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible que dice lo
siguiente:
ayuda o subvención a las Administraciones autonómicas o Entidades locales
incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y destinada al
transporte público urbano o metropolitano, se condicionará a que la
entidad beneficiaria disponga del correspondiente Plan de Movilidad
Sostenible, y a su coherencia con la Estrategia Española de Movilidad
Sostenible.»
siguiente tenor literal:
Sostenible.
vigencia indefinida, se modifica el artículo 102 de la Ley 2/2011, de 4
de marzo, de Economía Sostenible en los siguientes términos:
ayuda o subvención a las Administraciones autonómicas o Entidades locales
incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y destinada al
transporte público urbano o metropolitano, se condicionará a que la
entidad beneficiaria disponga del correspondiente Plan de Movilidad
Sostenible, y a su coherencia con la Estrategia Española de Movilidad
Sostenible.»
reducción de las subvenciones destinadas a Corporaciones Locales para
cofinanciar los servicios de transporte colectivo urbano del 27,88 %,
previsión que ha sido objeto de otra enmienda pero que conviene recordar
para justificar que su aplicación junto a
supondrían la imposibilidad de la prestación de un servicio de transporte
público urbano en unas condiciones mínimas de cobertura y calidad.
de los requisitos de acceso a las subvenciones entran en contradicción
con la voluntad del fomento de la sostenibilidad urbana uno de cuyos ejes
es el transporte colectivo urbano como única alternativa al uso del
vehículo privado.
en unos 1.200 millones de euros también se vería incrementado.
Sostenible, el mantenimiento de la condición de que la Corporación Local
disponga del correspondiente Plan de Movilidad Sostenible, en la actual
situación de crisis financiera, supondría en la práctica una carga
económica inasumible por las Corporaciones Locales que sólo agravaría aún
más su situación, por lo que se propone que la Ley de Presupuestos
Generales del Estado modifique dicha disposición para que deje de ser una
condición para ser beneficiaria de la subvención.
enmienda que se propone sobre «prórroga en la limitación temporal al
recurso al crédito para la financiación de inversiones por las
Corporaciones locales», que cuando se dictó esa limitación en el apartado
dos del artículo 14 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el
que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit
público» la misma estaba prevista para 2010 y 2011. Sin embargo
posteriormente tal limitación se prorrogó para 2012 y en el presente
Proyecto de Ley se recoge que la vigencia sea indefinida.
del recurso al crédito, incluido el crédito para inversiones, de escasez
de recursos, la obligación que se establece en el artículo 102 de la Ley
de Economía Sostenible no es realista y condicionar la percepción de la
subvención a cumplir con dicho precepto supone agravar conscientemente la
situación financiera de las Entidades Locales.
sea objeto de estudio y debate en el seno de la Comisión Nacional de
Administración Local.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 105. Seis. 7.
de enmienda, la asunción por una Ley de Presupuestos de los criterios
medioambientales establecidos en un Plan, en este caso «El Plan de
Medidas Urgentes para la Estrategia Española de cambio climático y
energía limpia», limitando la subvención a percibir dependiendo del
cumplimiento de actuaciones que a su vez suponen una inversión económica
que las Corporaciones Locales no tienen capacidad financiera para
desarrollar, supondría, junto a las reducciones y requisitos señalados en
los párrafos anteriores, la imposibilidad real de la prestación del
servicio de transporte colectivo urbano por las Corporaciones
Locales.
trasladar su discusión a la Comisión Nacional de la Administración
Local.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación
del Artículo 112.
los municipios de población no superior a 20.000 habitantes.
municipios con población no superior a 20.000 habitantes, se dota para el
año 2012, en la Sección 15, Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, Programa 942A, Cooperación Económica Local del Estado, un fondo
para atender transferencias corrientes a favor de los municipios que
pertenezcan a aquel grupo de población, asignándose por la Dirección
General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y
las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, con arreglo a los criterios contenidos en el apartado
siguiente.
en el apartado anterior que no alcancen una participación en tributos del
Estado de 154 euros por habitante en concepto de entregas a cuenta
correspondientes a 2012, y cuyo coeficiente de esfuerzo fiscal medio por
habitante, según datos de la última liquidación definitiva practicada,
sea superior a 1. La cuantía asignada por este crédito, sumada al importe
que les corresponda por la aplicación del modelo descrito en los
artículos 92 y 93, no superará la cuantía de 154 euros por habitante.
Coordinación Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, certificará la participación en tributos del
Estado por habitante correspondiente a las entregas a cuenta de dicho
ejercicio de los municipios con población no superior a 20.000
habitantes, así como los coeficientes de esfuerzo fiscal medio por
habitante citados en el párrafo anterior. El pago de las cuantías
resultantes de la distribución anterior se realizará por la Dirección
General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y
las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, en el primer semestre del ejercicio, no teniendo carácter de
entrega a cuenta, por lo que, en ningún caso, estará sujeto a liquidación
posterior.
la Federación Española de Municipios y Provincias de 21 de noviembre de
2002» y en el «Acuerdo Gobierno-FEMP de medidas urgentes de 18 de julio
de 2005», en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007
se estableció como mecanismo especial de financiación de los municipios
con población no superior a 20.000 habitantes, un fondo para atender
transferencias corrientes a favor de los municipios que pertenezcan a
este grupo, teniendo en cuenta la participación en tributos del Estado
por habitante y el coeficiente de esfuerzo fiscal medio por
habitante.
de establecer mecanismos de nivelación que impulsen la convergencia
progresiva entre municipios, pequeños y grandes, con relación a la
cantidad que les corresponde por habitante en la participación en los
tributos del Estado.
revisar ni el modelo competencial ni el modelo de financiación local la
supresión de este fondo agravará la situación financiera de aquellos
municipios con menos capacidad para acceder a recursos financieros.
Motivo por el cual se propone su mantenimiento en tanto no se revise el
modelo actual de financiación local.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional décima
tercera.
como sigue:
Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal
del dinero, éste queda establecido en el 3 por ciento hasta el 31 de
diciembre del año 2012.
se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, será del 3,75 por ciento.»
deudas tributarias, las cuales se conceden habitualmente a un año, aunque
también se gira en las liquidaciones y a las deudas en ejecutiva que
superan el año de impago.
12 meses, el tipo al que están referenciadas la mayoría de las hipotecas
en España que ha sido bastante inferior en los últimos tres años.
empresas y autónomos que solicitaron los aplazamientos de deudas
tributarias y que tienen voluntad de pago, en momentos de dificultades de
liquidez.
mantienen deudas con empresas y Pymes, se verán claramente beneficiadas
por la rebaja del interés de demora y del interés legal.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional décima
cuarta.
los siguientes términos:
rentas de efectos múltiples (IPREM) para 2012.
del Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de
la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de
su cuantía, el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)
tendrá las siguientes cuantías durante 2012:
interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en
aplicación de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de
junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.678,79 euros cuando las
correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en
cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas
extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.581,83 euros.
correspondiente al periodo comprendido entre noviembre del año 2011 y
noviembre del año 2012 fuese superior al 1 por ciento, se procederá a la
correspondiente actualización del indicador público de renta de efectos
múltiples (IPREM) y así se establecerá en la respectiva Ley de
Presupuestos Generales del Estado.»
propone aumentar el IPREM un 3 % para recuperar poder adquisitivo perdido
(2 puntos porcentuales) y establecer un aumento del 1 % para 2012.
Además, se considera su actualización en términos reales para 2012
estableciendo un mecanismo de revisión automática con relación al nivel
de precios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
trigésima novena.
presupuestaria del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
(CDTI) para ajustarse a las condiciones que se regulan en la disposición
adicional cuadragésima sexta de esta ley. En particular, que no puedan
concederse préstamos y anticipos a un tipo de interés inferior al de la
Deuda emitida por el Estado en instrumentos con vencimiento similar.
de créditos a interés cero ha sido la herramienta fundamental de impulso
a la investigación e innovación en el sector industrial. Imponer esta
condición financiera, rompiendo con la historia del CDTI, entorpecería
gravemente la actividad de este organismo y cerrar más puertas y
oportunidades a las empresas que de verdad quieren innovar. Por tanto se
propone su supresión y, en otra enmienda, se modifica dicha disposición
adicional cuadragésima sexta.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
cuadragésima sexta. Uno. a.
Disposición adicional cuadragésima sexta queda redactado en los
siguientes términos:
casos:
Desarrollo Tecnológico Industrial que se concedan con cargo al capítulo 8
de los Presupuestos Generales del Estado.»
de créditos a interés cero ha sido la herramienta fundamental de impulso
a la investigación e innovación en el sector industrial. Imponer una
condición financiera que impida al CDTI conceder préstamos y anticipos a
un tipo de interés inferior al de la Deuda emitida por el Estado en
instrumentos con vencimiento similar, perjudicaría gravemente la
actividad del Centro, rompiendo con la historia del CDTI, y perjudicando
no solo a la actividad de este organismo, sino a las empresas que de
verdad quieren innovar, cerrando más puertas y oportunidades a las mismas
y poniendo en entredicho la voluntad de apostar por un modelo de
desarrollo basado en el conocimiento y en la innovación.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
septuagésima.
en los siguientes términos:
Católica.
se de cumplimiento a lo establecido en el apartado tres de esta
disposición, el Estado destinará al sostenimiento de la Iglesia Católica
el 0,5 por 100 de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas correspondiente a los contribuyentes que manifiesten
expresamente su voluntad en tal sentido.
a la Iglesia Católica 10.612.973 euros, a cuenta de la cantidad que deba
asignar a la Iglesia Católica por aplicación de lo dispuesto en el
apartado anterior.
liquidación provisional de la asignación correspondiente a 2012,
practicándose la liquidación definitiva antes del 30 de abril de 2014. En
ambas liquidaciones, una vez efectuadas, se procederá por las dos partes
a regularizar, en un sentido o en otro, el saldo existente.
establecer un calendario con un plazo de adaptación que terminará el 31
de diciembre de 2014 para la completa autofinanciación de la Iglesia
Católica a través de las donaciones de sus fieles y de sus propios. En
ese plazo de adaptación se revisarán los beneficios fiscales de los que
disfruta la Iglesia Católica con el objetivo de su progresiva
desaparición
Católica recibe en concepto de asignación tributaria a través del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
sujetos y no exentos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes
inmuebles de la Iglesia Católica en los términos previstos en el Acuerdo
entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de
enero de 1979, y los de las asociaciones confesionales no católicas
legalmente reconocidas, en los términos establecidos en los respectivos
acuerdos de cooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 16 de la Constitución.»
la Iglesia Católica en el IRPF con la finalidad de que la Iglesia
participe en el esfuerzo colectivo necesario para superar la crisis, tal
y como se ha efectuado con las subvenciones a partidos políticos,
sindicatos y patronal, y hasta que se produzca la progresiva adaptación
de la Iglesia Católica a su autofinanciación.
señala nuestra Constitución, y en cumplimiento del apartado 5 de los
Acuerdos económicos suscritos entre el Estado Español y la Santa Sede de
1979, en los cuales la Iglesia Católica declara su propósito de lograr
por sí misma recursos suficientes para la atención de sus necesidades. En
todo caso, las confesiones religiosas no deben recibir un trato de favor
en cuanto a la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
septuagésima primera.
redactada en los términos siguientes:
Ayuntamientos con especial deterioro de su situación económico-financiera
con la Seguridad Social y con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
entidades vinculadas mantienen con la Seguridad Social y con la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, devengada con anterioridad a las
últimas elecciones locales, se fraccionará durante un plazo no superior a
40 años mediante el descuento de las transferencias de su participación
en los ingresos del Estado. El interés aplicable a la operación será del
1 %.
fracciones el cobro de cualquier indemnización que tuvieran reconocidas,
dichos Ayuntamientos y sus entidades vinculadas, por los órdenes
jurisdiccionales civil o penal, mediante sentencia judicial firme.
mediante la entrega al Ayuntamiento de bienes o derechos, los mismos
quedarán afectos en virtud de la presente ley al pago de la deuda
fraccionada pendiente y se ejecutarán directamente de acuerdo con lo
previsto en el artículo 172 de la Ley General Tributaria y 34.4 de la Ley
General de la Seguridad Social.
Adicional se aplicará supletoriamente la Ley General Tributaria o la Ley
General de la Seguridad Social, según proceda.
Comisión Nacional de la Administración Local se concretará el ámbito
subjetivo para la aplicación de la presente Disposición a determinadas
Entidades Locales.
Entidades Locales sumado al bloqueo político que significa para un
gobierno que no dispone de mayoría absoluta no poder tomar decisiones que
ayuden a sentar las bases de la recuperación económica implica no solo la
parálisis de ese Ayuntamiento durante cuatro años sino que incluso
hipoteca aún más la recuperación de dicha Entidad Local durante una nueva
legislatura lo que va en detrimento tanto de los ciudadanos de ese
municipio como del conjunto de la sociedad española.
Ayuntamiento de Los Barrios, a pesar de tomar medidas para reducir sus
gastos y de haber presentado un plan de ajuste para poder acceder al
mecanismo de financiación de pago a proveedores, incluso en el caso de
aprobarse dicho Plan no podrán resolver su actual situación puesto que la
legislación actual resulta insuficiente para ayudar a salir del actual
estado de bloqueo económico y político.
exclusiva para el Ayuntamiento de Marbella que debería extenderse a
aquellos Ayuntamientos que igualmente lo precisen.
para evitar la discriminación que supondría beneficiar a un Ayuntamiento
y no a otros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
septuagésima segunda. Dos.
redactada de la siguiente manera:
Sector Público.
las previsiones en materia de jornada y horario contenidas en los
Acuerdos, Pactos y Convenios vigentes en los entes, organismos y
entidades del Sector Público indicados en el apartado anterior, que
contradigan lo previsto en este artículo.
este apartado no será de aplicación en las jornadas especiales ya
establecidas para el funcionamiento de los servicios públicos de
prestación obligatoria.
la Ley de Bases de Régimen Local los municipios tienen encomendadas con
carácter obligatorio un conjunto de competencias referidas a servicios
públicos esenciales, entre los que destacan: la seguridad en lugares
públicos, la ordenación del tráfico, la protección civil, prevención y
extinción de incendios, los cementerios y servicios funerarios, etc.
a cabo una ordenación de los servicios dependientes de ellas que permita
hacer posible el funcionamiento correcto de dichos servicios públicos.
Uno de los aspectos de dicha ordenación es el referente al
establecimiento de una jornada laboral para el personal que presta
servicio en aquellas que se adapte a las necesidades específicas que
existen en cada población. Por ello aun en un contexto de crisis
económica que obligue al Gobierno a tomar medidas de carácter general en
materia de regulación de la jornada laboral de los empleados públicos,
los Ayuntamientos deben mantener la posibilidad de establecer jornadas
laborales para el personal que tiene a su cargo esos servicios que
posibiliten su funcionamiento durante las 24 horas del día y con las
peculiaridades existentes en los distintos municipios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
hubieran obtenido el empleo de Sargento en activo o después del pase
reserva y con posterioridad al 20 de mayo de 1999 y hasta el año 2005
fecha de ascenso a Sargento del último Cabo 1.º de la extinta Escala de
la Guardia Real les será de aplicación lo previsto en la disposición
transitoria séptima de la Ley 39/2007.»
integrarse en la Guardia Civil lo hicieron conforme a la disposición
adicional primera del Real Decreto 994/1992 de 31 de julio que establece
que a los miembros de la Escala de la Guardia Real, con diez años de
servicios efectivos, les será de aplicación el Real Decreto 1000/1985 de
19 de junio, por el que se establece la situación de reserva transitoria
en el Ejército de Tierra.
su escala de origen siendo esta de Guardia primera hasta Comandante
siendo reconocido como militares de carrera con tarjeta Militar del
Ejército de Tierra, todos los que por su condición alcanzaban el empleo
de Cabos 1.º eran ascendidos a Sargento en reserva transitoria
aplicándoseles a los que se encontraban en la misma antes de 1999 lo
dispuesto en la disposición adicional séptima, las especiales condiciones
han imposibilitado el ascender a tiempo a todos los Cabos 1.º dada su
especial escala, y en consecuencia es justo que se prolongue hasta el año
2005 el plazo para poder acogerse a la referida disposición toda vez que
es en esa fecha cuando asciende el último Cabo 1.º a la condición de
Sargento de esta forma además de no influir estas circunstancias en el
resto de las Fuerzas Armadas nadie podría sentirse marginado ni se
crearían agravios comparativos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
operadores de telecomunicaciones.
de telecomunicaciones.
Congreso de los Diputados, previo informe de la Comisión Nacional de la
Administración Local, una modificación normativa para resolver el
problema de la tributación local de las empresas que operan en el sector
de las telecomunicaciones.
Tribunales Superiores de Justicia, y en particular la Sentencia del
Tribunal Supremo de 16 de febrero de 2009, han dejado absolutamente claro
el deber de los operadores de telefonía móvil de contribuir a la Hacienda
Municipal por el aprovechamiento especial del dominio público local, cuyo
carácter imprescindible para la prestación del servicio se entiende
probado. Se declara asimismo el deber de los Ayuntamientos de exigir la
tasa para cumplir el principio constitucional de igualdad tributaria y,
para ello, es preciso aprobar una ordenanza fiscal, redactada al amparo
del artículo 24.1.a) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo (en adelante TRLRHL).
telefonía móvil debe exigirse conforme al sistema general previsto en el
artículo 24.1.a) del TRLRHL, que obliga a cada entidad local a señalar
criterios y parámetros que permitan definir el valor de mercado de la
utilidad derivada del aprovechamiento especial del dominio público. Vista
la dificultad de que la mayoría de entidades locales señalen criterios
comunes, así como la disparidad de obligaciones que para los sujetos
pasivos de la tasa resultan de muy diversas ordenanzas fiscales, es
necesario someter la tasa a un régimen de cuantificación especial, como
ya ocurre con todos los servicios de suministros de interés general, a
los que se refiere el artículo 24.1.c) del TRLRHL.
Entidades Locales se encuentran con numerosos problemas a la hora de
establecer la tasa analizada, no sólo porque en la mayoría de las
ocasiones las operadoras no facilitan los datos necesarios para liquidar
sino también porque, debido a la regulación vigente, se encuentran con
numerosos problemas para establecer las fórmulas de cuantificación y para
elaborar los preceptivos informes técnico-económicos.
perjudicial para los pequeños municipios, a los que les resulta
extremadamente difícil realizar un estudio económico como el exigido, y
enfrentarse a la oposición constante de los operadores al pago del
tributo.
caso de estas tasas genera múltiples problemas, puesto que la regulación
poco precisa del TRLRHL enfrenta a las entidades locales con una tarea
imposible, cual es la de establecer un valor de mercado para la utilidad
derivada del aprovechamiento de un tipo de bienes –los de dominio
público- que por hipótesis están fuera de mercado.
jurisprudencia es unánime al entender que la rigidez exigible a las
determinaciones de las cuantías de las tasas por servicios no es
paralelamente predicable de las consecuentes al aprovechamiento del
dominio local, puesto que en este caso es mucho mayor la dificultad para
su cuantificación, significando que: «El único requisito exigible
legalmente es que se valore el aprovechamiento a valor de mercado, como
si no se tratase de bienes de dominio público.»
permitan acudir a datos objetivos y fáciles de contrastar, con lo que
garantizar la simplicidad de la gestión de la tasa y, al tiempo, su
adecuación a la estructura de la tasa de que se trata. Es evidente que el
establecimiento de fórmulas complejas y la falta de disponibilidad de los
datos, condenan a las entidades locales a no poder obtener un recurso que
les corresponde creándose una situación de desamparo de la que se
benefician las operadoras de telefonía móvil.
sistema de cuantificación claro y las empresas y los organismos
implicados aporten los datos necesarios, lo que no hacen pese a solicitud
reiterada por la FEMP, los ayuntamientos tendrán que seguir acudiendo a
los datos a los que pueden acceder. De lo contrario, se obligaría a los
ayuntamientos a renunciar al establecimiento de una tasa cuya exacción
está amparada por la propia Ley de Haciendas Locales, y se estaría
limitando la obtención de uno de los recursos previstos para las
entidades locales para garantizar su suficiencia financiera.
2009, parecía que la única polémica subsistente era la relativa a la
fórmula de cuantificación, que por cierto, ningún Tribunal orienta o
propone una fórmula. Sin embargo, tras los Autos de 28 y 29 de octubre y
3 de noviembre de 2010, en los que el Alto Tribunal plantea cuestiones
prejudiciales acerca de la conformidad de esta tasa con el art. 13 de la
Directiva 2002/20/CE, se ha reabierto el debate acerca de la misma
legalidad del gravamen.
zanjar esta controvertida tasa, que está dando lugar a una altísima
litigiosidad, al menos en cuanto a los presupuestos generales de la
misma. La cuestión parecía centrada, exclusivamente, en la corrección del
método de cuantificación de la tasa.
en su resolución de 7 de septiembre de 2010, admite la legitimidad de la
tasa de cuantificación general, cuestionando únicamente la forma de
cuantificación de la misma.
inesperada complicación, al plantearse el Tribunal Supremo si
determinados aspectos de estas Ordenanzas son contrarios al Derecho
comunitario. A la vista de los autos dictados por el Tribunal Supremo hay
que significar que lo que ahora está en tela de juicio es la propia
existencia del tributo, al menos para determinados sujetos pasivos.
Parece, por tanto, que el debate acerca de la fórmula de cuantificación
de la tasa se ha dejado al margen de estas cuestiones de
prejudicialidad.
octubre y de 3 de noviembre de 2010— en los que suspendía el
procedimiento de impugnación de ordenanzas municipales sobre tasa por
utilización del dominio público local por las empresas de telefonía móvil
y acordó plantear la cuestión prejudicial solicitada por Vodafone ante el
Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas con el fin de determinar
si estas ordenanzas vulneran el artículo 13 de la Directiva 2002/20 en
tres cuestiones:
Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la
autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas
(Directiva autorización), debe interpretarse en el sentido de que se
opone a una normativa nacional que permite exigir un canon por derechos
de instalación de recursos sobre el dominio público municipal a las
empresas operadoras que, sin ser titulares de la red, la usan para
prestar servicios de telefonía móvil?
con el mencionado, artículo 13 de la Directiva 2002/20/CE, las
condiciones en las que el canon es exigido por la ordenanza local
controvertida ¿satisfacen los requerimientos de objetividad,
proporcionalidad y no discriminación que dicho precepto exige, así como
la necesidad de garantizar el uso óptimo de los recursos concernidos?
2002/20/CE efecto directo?
diáfano en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 16 de febrero
de de 2009, por la misma sección que ahora ha dictado estos autos. Así,
en la sentencia referida se zanjaba el tema de que la utilización de
redes ajenas constituía el hecho imponible de la tasa de que estamos
hablando e, igualmente, se zanjaba la cuestión de que ordenanzas de este
tipo no infringían el derecho comunitario. Sin embargo, el Tribunal
Supremo, y ante los numerosos recursos planteados por las operadoras,
decidió trasladar las dudas planteadas por Vodafone al Tribunal de
Justicia de la Unión Europea, en relación con la posible contradicción de
la norma nacional con la normativa comunitaria.
al sector de las telecomunicaciones se han traducido en una
conflictividad judicial, ante la pasividad del legislador, imposible de
seguirse asumiendo,
todo el sector puesto que la esperada sentencia del Tribunal de Justicia
Europeo, tras la lectura de las conclusiones de la Abogado General de
dicho Tribunal, puede cuestionar también la tasa que satisfacen los
operadores de telefonía fija.
también podría afectar a otras empresas de suministros de carácter
general (electricidad, gas, agua, etc.) que actualmente pagan la tasa del
1,5 % de sus ingresos brutos, que podrían empezar a cuestionarla cuando
utilizan redes ajenas (únicamente satisfarían las tasas las que tuviesen
redes propias).
ámbito local (el planteamiento de las cuestiones prejudiciales no sólo
ponen en entredicho las citadas Ordenanzas Fiscales sino la propia norma
estatal básica que las ampara, el R.D Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales) la FEMP considera urgente acometer sin más dilación una reforma
en la tributación local de los operadores de telecomunicaciones, al
objeto de resolver la conflictividad que se ha producido.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
texto:
Recursos Humanos para la Administración General del Estado y sus
Organismos Públicos
esta Ley, el Gobierno, a través del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, deberá presentar al Parlamento, un Plan
estratégico de Recursos Humanos para la Administración General del Estado
y sus Organismos Públicos, donde se establezca un diagnóstico de la
situación de dichos recursos, y se determinen las necesidades de personal
para cada Departamento y Organismo. Estas necesidades se articularán en
los citados Planes Estratégicos, que determinarían las plazas que podrían
cubrirse con los recursos existentes y las que deberán sacarse en las
Ofertas de empleo Público»
en servicios básicos de la Administración General del Estado, manifestado
en anteriores enmiendas, para mejorar la calidad de los servicios
públicos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
siguiente texto:
racionalización de la contratación de asistencias técnicas y de servicios
en la Administración General del Estado
esta Ley, el Gobierno, a través del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, deberá presentar al Parlamento, un Plan para
la racionalización de la contratación de asistencias técnicas y de
servicios en la Administración General del Estado, en el que se relacione
y analice las contrataciones que se realizan en cada Departamento u
Organismo Público, se valoren las que sean necesarias y las que deban ser
asumidas por empleados públicos, proponiendo los recursos humanos que
sean necesarios. En la relación de contratos existentes se hará constar
al menos, el nombre de la empresa contratada, la cuantía del contrato, la
actividad o servicio prestado y la justificación dada por la unidad
contratante.»
técnicas y de servicios para evitar los casos injustificados,
posibilitando que las funciones y trabajos propios de la Administración
los realicen empleados públicos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
siguiente redactado:
Ley, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley que
contemplará, entre otras medidas, cambios en el actual marco normativo
fiscal, introduciendo criterios ambientales, tanto mediante la aplicación
de los tributos que gravan la energía como mediante la conversión de
algunos tributos ya existentes en medioambientales o mediante la creación
de nuevas figuras con pleno respecto al marco comunitario y a las
competencias normativas de las Administraciones territoriales.
importe unitario por tonelada de CO2 emitida a la atmósfera en la
combustión de carbón, derivados del petróleo y gas natural. La
recaudación por dicho impuesto tendrá como finalidad la promoción de
cambios en el modelo productivo encaminados a alcanzar una mayor
sostenibilidad.
sustancias y productos más contaminantes, y en particular una fiscalidad
específica sobre el uso y consumo de bolsas de plástico de un solo
uso.»
tributario.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
fiscal.
actuaciones:
que cuantifique la economía sumergida en España, con desagregación
territorial, sectorial y por impuestos, y actualizará bianualmente dicho
estudio, con la misma metodología o en su caso con la metodología que
apruebe la Comisión Europea. Este informe será presentado y debatido por
las Cortes Generales y Parlamentos autonómicos, que adoptarán las medidas
correctoras oportunas.
informará con carácter trimestral a las Cortes Generales de los
resultados de las actuaciones de control del fraude y atención a los
contribuyentes realizadas en cumplimiento de sus funciones, remitiendo
datos de los resultados de control en las distintas áreas, así como la
detección de grandes redes de fraude organizado, de forma que se
garantice una gestión transparente e independiente y posibilitando el
seguimiento de su evolución temporal de la economía sumergida en
España.
propiciarán los acuerdos necesarios para establecer fórmulas de
coordinación y colaboración efectiva entre la Agencia Estatal de
Administración Tributaria del Estado y las Administraciones Tributarias
de las Comunidades Autónomas, potenciando la corresponsabilidad en la
lucha contra el fraude fiscal.
Hacienda propiciarán los acuerdos necesarios para crear una Base de datos
o Censo Único Compartido, con la información tributaria procedente de los
ámbitos central y autonómico.
Estado mejorará la información y asistencia al contribuyente para
incentivar y facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones
fiscales. En particular, efectuar un estudio exhaustivo sobre incidencias
detectadas en los borradores de declaración de IRPF, proponiendo las
medidas necesarias para subsanarlas, así como impulsar la colaboración
con el sistema educativo para contribuir al desarrollo de una cultura de
responsabilidad fiscal y cumplimiento tributario.
Organizaciones internacionales de carácter político o financiero para
controlar e identificar a los verdaderos titulares de los movimientos de
capitales, los movimientos efectuados entre los Estados miembros y los
territorios calificados como paraísos fiscales.
se coordinará con el Ministerio del Interior y la Fiscalía General del
Estado y la Agencia Tributaria del Estado para averiguar la identidad de
las personas o entidades que utilizan en España los bienes y derechos de
los que son titulares las empresas domiciliadas en países o territorios
que tengan la consideración de paraíso fiscal, así como el título
jurídico que les permite su utilización o disfrute.
meses desde la entrada en vigor de la presente Ley un Proyecto de Ley
para establecer una obligación de las empresas que operan en España, y
especialmente en el sector financiero, a suministrar información de las
operaciones de sus filiales o sucursales en paraísos fiscales, en los
mismos términos que informan de sus operaciones realizadas en territorio
nacional.
desde la entrada en vigor de la presente Ley un estudio para fomentar una
especialización tributaria en los órganos jurisdiccionales.
presupuestaria, los medios materiales y humanos de la Agencia tributaria
del Estado y del Ministerio de Economía y Hacienda, cambiando sus
procedimientos de trabajo, buscando la calidad de la inspección más que
la cantidad y reformando su metodología, organización, distribución del
trabajo y competencias internas, aplazándose los efectos económicos al
momento en que se cumpla con los objetivos de estabilidad
presupuestaria.
instituciones europeas la necesidad de eliminar los billetes de 500
euros.
presente Ley el Gobierno adoptará las medidas legales oportunas para
limitar los pagos en efectivo en determinadas operaciones a 1.000 euros
como medida disuasoria frente al fraude fiscal.»
con especial virulencia en España al mercado de trabajo, que alcanza a
más de cuatro millones de trabajadores sin empleo, debido a las
particulares circunstancias de nuestro modelo productivo que han puesto
al descubierto los puntos frágiles de nuestra economía. Asimismo, la
cobertura de las necesidades públicas corrientes y las extraordinarias de
protección social, sobrevenidas, han producido un acelerado incremento
del déficit público que amenaza con instalarse durante largo tiempo,
poniendo en grave riesgo la sostenibilidad de nuestro modelo económico,
social y de progreso, así como el cumplimiento del programa de
estabilidad de la UE que obliga a reducirlo al 3 % en 2013.
organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, viene
realizando, desde hace ya largo tiempo, estudios que analizan las
opiniones y actitudes fiscales de los españoles aportando, año a año, una
preciosa información que resulta esencial para que nuestra clase política
pueda adoptar decisiones.
el IEF correspondiente a 2010, es que un 72 % de los españoles afirman
que el fraude ha aumentado, un 61 % que ha empeorado el cumplimiento de
las obligaciones fiscales y, lo que es más grave, el 41 % de los
españoles considera que el fraude fiscal es una conducta
generalizada.
fraude que son, en orden de importancia, la falta de honradez y
conciencia cívica, lo excesivo de los actuales impuestos, la falta de
eficacia en la lucha contra el fraude y la impunidad de que gozan los
grandes defraudadores. Asimismo, existe un consenso mayoritario sobre la
existencia de determinados colectivos que defraudan de forma habitual y
continuada a Hacienda, entre los que se encuentra principalmente el
sector empresarial, seguidos de los profesionales liberales y los
trabajadores autónomos, debido a que sus actividades están sometidas a un
menor control por la Administración lo que facilita la evasión;
entretanto los asalariados y los agricultores son los que mantienen una
conducta fiscal más honesta al recibir un mayor control.
tipo de fraude que resulta más perjudicial para la sociedad, seguido por
la falta de ingresos de las retenciones de los trabajadores, no hacer la
declaración de la renta cuando corresponde, no ingresar el impuesto de
sociedades y la falta de ingreso del IVA y su impago por usuarios o
compradores; se observa que todas ellas tienen que ver con un déficit de
control de la administración tributaria. Por último, el estudio destaca
los negativos efectos que tiene el fraude fiscal para una mayoría -95 %-
de los ciudadanos porque disminuye los recursos para financiar los
servicios y prestaciones públicas, genera injusticia al tener que asumir
unos ciudadanos lo que otros no pagan, supone una mayor presión fiscal
que soportan los cumplidores y desmotiva a todos aquellos que pagan bien
sus impuestos.
consoliden notables diferencias en la carga tributaria que soportan
distintos tipos de contribuyentes. Así, en el año 1993, las rentas
salariales medias declaradas a Hacienda superaban a las rentas
empresariales medias, en el equivalente a unos 2.000 euros; en la
actualidad las rentas salariales declaradas siguen siendo superiores a
las de actividades económicas, pero la diferencia ha aumentado
considerablemente. De este modo se ha perpetuado el sacrificio de los
fácilmente controlables, como asalariados y pensionistas, frente a un
buen número de empresas, empresarios y profesionales que son objeto de un
menor control y que cuentan con mayores medios y recursos para evadir
impuestos, pese a que la mayoría de ellos aún declare honestamente.
nivel de fraude fiscal y economía sumergida que existe en España,
—entre el 20 y 25 % del PIB según la mayoría de análisis internos y
externos— que si fuera combatido con mayor eficacia podría resolver
muchos de los problemas económicos y sociales que hoy aquejan a nuestro
país. De esta forma, sería posible obtener entre un 10 y un 20 %
adicional sobre los actuales ingresos fiscales por año, lo cual
permitiría mayor inversión pública, superior nivel de crecimiento
económico, creación de nuevos puestos de trabajo y reducción del
desempleo, cumplimiento de los compromisos de reducción del déficit
público y, todo ello, sin necesidad de subidas de impuestos. Coinciden
con ello el 83 % de los ciudadanos entrevistados en 2008 que respondieron
que una agresiva campaña contra el fraude fiscal permitiría allegar los
recursos suficientes para mantener la cantidad y calidad de la oferta
pública de servicios y prestaciones sin modificar la presión fiscal
actualmente existente.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
materia tributaria.
Ley el Gobierno presentará a las Cortes Generales un programa de reformas
en materia tributaria orientadas a mejorar la suficiencia del sistema y a
potenciar su equidad y progresividad, que contará con las siguientes
líneas de actuación:
Físicas:
todos los rendimientos del contribuyente en una única base, con un
tratamiento diferencial exclusivamente para las ganancias patrimoniales
generadas en más de dos años.
amplitud de los tramos y con tipos más elevados para los contribuyentes
de mayor capacidad económica.
en estimación objetiva, extendiendo la estimación directa como método
apropiado para calcular el rendimiento de las actividades económicas.
habitual y potenciar la deducción por alquiler de la misma.
privados de previsión social complementaria a los sistemas de empleo a
través de la negociación colectiva, reducir el límite máximo de las
aportaciones y establecer que la deducción opere en la cuota del
tributo.
de gravamen al 35 % para bases imponibles superiores al millón de euros y
establecer que la suma de los beneficios fiscales que puede aplicar como
deducción una empresa no supere el 3 % de su cuota íntegra.
términos y tipos vigentes hasta 2007 y elaborar un Impuesto Solidario
sobre las Grandes Fortunas que le sustituya.
los productos y servicios considerados de lujo y reducir los tipos del
IVA a determinados bienes y servicios de primera necesidad.
Financieras.
ambientales en el sistema tributario mediante la aplicación de los
tributos que gravan la energía, la conversión de algunos tributos ya
existentes en medioambientales o mediante la creación de nuevas figuras
tributarias.»
que han llevado a cabo en los últimos años los gobiernos del Estado
español han significado una pérdida importante de progresividad, equidad
y recaudación. Aprovechando el ciclo económico expansivo se produjo una
subasta de recortes en los tributos directos mermando el margen de
maniobra del conjunto del Estado para desarrollar políticas públicas que
mejorasen la protección social e impulsasen el cambio productivo. Fueron
rebajas inoportunas e innecesarias que luego, cuando la crisis explota,
pasan factura.
regresivas y ni siquiera se ha luchado con la intensidad necesaria contra
el fraude fiscal. Nuestro sistema tributario ha perdido progresividad y
equidad.
Personas Físicas (IRPF), las rentas salariales declaradas como media
superan cada vez en mayor cuantía a las rentas empresariales. Según los
datos estadísticos los empresarios y profesionales personas físicas
declaran ser mileuristas. Y si consideramos los tipos efectivos sobre la
renta, las personas con mayores ingresos no soportan en su justa medida
una mayor tributación, influyendo poderosamente y de forma negativa la
segregación de las rentas del capital de la tarifa general del
tributo.
efectivo menor cuanto mayor es la sociedad, por la posibilidad de acceder
a un mayor número de deducciones. Para las grandes empresas, el tipo
nominal del 30 % se traduce en un tipo efectivo del 19,5 %.
primero se eliminó a efectos prácticos para luego recuperarlo
parcialmente y de forma temporal. Pese al discurso oficial, este impuesto
nunca pivotó sobre las clases medias, porque en realidad, el 80 % de la
recaudación lo aportaba el 20 % de contribuyentes cuya riqueza superaba
los 750.000 euros.
profunda de su historia reciente al igual que el resto de países
desarrollados, pero con las particularidades propias de un modelo de
crecimiento que ya daba signos de agotamiento después de años de excesos
especulativos y de acumulación de desequilibrios macroeconómicos. Y los
estímulos fiscales, tanto de carácter automático como discrecional, que
se pusieron en marcha seguramente evitaron que la crisis tuviese
repercusiones aún más negativas en términos productivos y de destrucción
de empleo, pero su contrapartida es un déficit público que ha alcanzado
un volumen relativamente importante y que, junto con otras medidas como
es el caso de las ayudas públicas al sistema financiero, han aumentado
nuestra deuda pública en circulación y la carga financiera del
Estado.
fiscal en forma de severo ajuste presupuestario, por su intensidad y
plazos, es contraproducente en términos de demanda agregada y nos conduce
a una nueva recesión.
deberá perder intensidad cuando la economía retome la senda de la
recuperación, y asegurar la sostenibilidad de nuestras finanzas públicas
con una lucha decidida contra el fraude fiscal y con una reforma fiscal
en profundidad.
a la media comunitaria. En el año 2010 fue del 31,5 % en España, 8,2
puntos porcentuales inferior a la UE-27 y 8,9 puntos por debajo de la
zona euro. Y en paralelo, el gasto total de las administraciones públicas
sobre el PIB es también muy inferior a esas medias. Gastamos en lo que se
conoce como estado del bienestar sólo el 74 % de lo que se gasta el
promedio de la UE-15.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
Colectiva.
esta Ley, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley
para la modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de
Instituciones de Inversión Colectiva, que establezca en su artículo 32 un
límite máximo de participación en una sociedad de inversión de capital
variable, tomando como referencia los límites del capital máximo fijado
en sus respectivos estatutos.»
sociedades de inversión de capital variable, SICAV, controladas por
algunos patrimonios familiares, que cumpliendo los actuales requisitos
crean una institución de inversión colectiva, cuando en realidad son
auténticas instituciones de inversión privadas.
de las millonarias plusvalías y dividendos obtenidos, de forma que sus
partícipes no tienen necesidad de reintegrar su participación porque
controlan íntegramente el destino de las inversiones la SICAV familiar, y
jamás tributarán en el IRPF por la renta del ahorro diferida.
patrimonios mil millonarios no tributen en su Renta personal. Solo lo
hará la SICAV por el 1 % de sus beneficios.
máximo de participación en una SICAV podría estar situado entre el 2 % y
el 5 % del capital social máximo de la SICAV fijado en sus estatutos. De
esta manera se evita el control de la SICAV y el partícipe que quiera
invertir o adquirir algún bien, reembolsará su participación y tributará
por la renta del ahorro diferida, según la diferencia entre el valor
liquidativo y el valor de adquisición.
máximo de participación, será una causa de descalificación como
institución de inversión colectiva.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
control interno del gasto público.
Ley el Gobierno elaborará un informe de modificación del modelo de
control interno del gasto público, que será presentado en el Parlamento,
tras el que se tramitarán las necesarias modificaciones legales y
reglamentarias tendentes a la obtención de los siguientes objetivos y
criterios:
modelo organizativo más racional en la atribución de funciones que
garantice la transparencia y eficacia de la función fiscalizadora.
sustitución de la fiscalización previa.
auditoría:
sistemáticos y no puntuales destinados, no solo a verificar el
cumplimiento de legalidad documental, sino a permitir la investigación
del fraude y la corrupción.
de eficacia en todos los ámbitos de la Administración Pública para
garantizar el uso eficiente de los recursos públicos y afectar a la
asignación presupuestaria en futuros ejercicios.
los servicios públicos externalizados no pueden ser prestados con medios
propios de la Administración de forma indefinida en el tiempo.
financiero y auditoría realizados por la IGAE.
del gestor y del Órgano que ejerce el control.
información de las cuentas públicas.
naturaleza jurídica de cualquier institución pública altere o disminuya
los términos del control del gasto al que se vea sometida.
datos económicos comprobados.
Datos Nacional de Subvenciones, e informar de cualquier tipo de
subvención que concedan instituciones públicas y privadas.
facultando a los Técnicos para ejercer el control con plena capacidad y
responsabilidad, recuperando las competencias de las que han sido
despojados en los últimos años.
realización, así como un código de comportamientos éticos.»
a dos fases separadas. Por un lado, el control «externo» que ejerce el
Tribunal de Cuentas, y por otro, el control «interno» ejercido por la
Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).
moderna, pero carece de agilidad, pues sus dictámenes e informes se
aprueban muy alejados del ejercicio fiscalizado, lo que permite que las
ineficacias y deficiencias de gestión detectadas perduren demasiado
tiempo hasta ser corregidas.
la propia administración. Su creación se remonta a 1873-1878 y continúa
existiendo dada la necesidad de revisión interna del proceso de
generación de ingresos y realización de gastos en el sector público,
aunque originariamente se atendiera sólo a criterios de legalidad y
actualmente se incluyan criterios de economía y eficiencia.
los tiempos, de forma que se ha pasado de un control previo exhaustivo
(fiscalización previa) a uno posterior mediante técnicas de muestreo con
el objetivo de facilitar una gestión administrativa ágil (auditoría y
control financiero), lo cierto es que el proceso no ha ido acompañado de
la necesaria modernización de su estructura y funcionamiento, que se
corresponden más con la de un órgano administrativo del siglo XIX que con
la de una administración moderna, por lo que se hacen necesarias
propuestas de mejora y modernización que permitan adaptarla a las
técnicas y prácticas del siglo XXI.
la competencia del órgano, la existencia de crédito y poco más, por lo
que resulta un control escasamente eficaz.
atribución de funciones ya que en la actualidad, al igual que en el siglo
XIX cuando el órgano de control fue creado, muchas competencias se
atribuyen expresamente al Interventor General y a sus Interventores
Delegados, en lugar de atribuirse al Órgano y ser ejercidas por los
titulares que las ocupan.
Interventor General y su ejercicio desconcentrado a través de los
Interventores Delegados (sea en Ministerios, Organismos, Territoriales o
en las futuras Agencias), establece una jerarquía que se corresponde más
con una administración decimonónica que con una administración moderna,
pero que sorprendentemente ha llegado hasta nuestros días.
organización al fomentar que toda la institución dependa de la
personalidad del «titular» de todas las funciones.
que la persona que tiene atribuida la competencia, no sólo no desarrolla
el trabajo directamente, sino que en muchos casos ni siquiera participa
en él, por lo que la «firma» se convierte en un acto mecánico y supone la
apropiación de un trabajo ajeno.
evidencian en el funcionamiento y eficacia de la institución. Así, en los
últimos años, son frecuentes los casos de deficiencias y corruptelas en
la contratación por la Administración que no han sido detectadas por el
órgano de control interno. Basta decir que en los últimos años la IGAE,
en el ejercicio de sus funciones, prácticamente no ha emitido ningún
informe «especial» ni de «actuación».
responsabilidades del gestor es prácticamente inexistente.
el personal que desarrolla un trabajo es reconocido como el responsable
del mismo.
auditoría realizados por la IGAE deberían ser públicos y con acceso a
través de un registro, aunque se trate de un órgano de control interno,
de forma que cualquier ciudadano pueda conocer la metodología empleada y
los resultados obtenidos. Esta publicidad es adicional a la publicidad de
la actividad desarrollada, de forma que todos los ciudadanos tengan
acceso a los datos económicos comprobados y puedan conocer cómo y en qué
se gastan los fondos públicos.
información de las cuentas públicas. Especialmente deben remediarse las
deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal de Cuentas, que
destaca la exclusión en la Cuenta General de los estados financieros que
no ha recibido la IGAE de los Organismos correspondientes, por lo que no
reflejan la situación real del sector público no administrativo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
contenido:
Superior Técnico de Hacienda.
perteneciente al grupo A1 de los previstos en el artículo 76 de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y
adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda.
puestos que se adscriban al Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, cuyas
funciones serán las correspondientes al inicio, desarrollo y propuesta de
resolución, o resolución en su caso, de los expedientes administrativos y
sancionadores relativos a la gestión, inspección y recaudación del
sistema tributario estatal y del sistema aduanero, la gestión en materia
de contabilidad pública, función interventora y de control financiero y
auditoría en el Sector Público, así como de presupuestación, y la gestión
catastral, excepto aquellas para las que sea preciso estar en posesión de
título facultativo, adecuadas a los requisitos y pruebas para ingreso en
este Cuerpo.
Auditoría y Contabilidad y el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral, y sus
especialidades, quedan extinguidos a la entrada en vigor de esta ley.
Técnico de Hacienda los funcionarios del Cuerpo Técnico de Hacienda, el
Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y el Cuerpo Técnico de Gestión
Catastral que a la entrada en vigor de esta ley estén en posesión de
alguna o algunas de las especialidades de Gestión y Liquidación, Gestión
Aduanera, Inspección Auxiliar, Gestión Recaudatoria, de Contabilidad y de
Gestión Catastral. Continuarán, en su caso, desempeñando sus actuales
puestos de trabajo y se mantendrán en la misma situación administrativa
en que se encuentren en el Cuerpo de Técnico de Hacienda, en el Cuerpo
Técnico de Auditoría y Contabilidad y en el Cuerpo Técnico de Gestión
Catastral:
estuviesen en posesión de la especialidad de Gestión y Liquidación se
integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda en la especialidad
Técnica de Gestión y Liquidación Tributaria.
de Gestión Aduanera se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de
Hacienda en la especialidad de Aduanas e Impuestos Especiales.
de Inspección Auxiliar se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de
Hacienda en la especialidad de Inspección.
de Recaudación se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda en
la especialidad de Recaudación.
Contabilidad se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda en
la especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Catastral se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda en la
especialidad de Catastro.
Hacienda, en la correspondiente especialidad, aquellos funcionarios del
Cuerpo Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y
Cuerpo Técnico de Gestión Catastral que a la entrada en vigor de esta Ley
y durante los dos años precedentes, tengan su destino en las áreas de
Gestión Tributaria, Aduanas, Inspección y Recaudación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, en la Intervención General del
Estado o en la Dirección General del Catastro y no estén en posesión de
las respectivas especialidades.
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y en el ámbito de sus
respectivas competencias, realizarán las modificaciones que resulten
necesarias en las relaciones de puestos de trabajo.
el número 1, el cómputo de la antigüedad en el Cuerpo Superior Técnico de
Hacienda se realizará teniendo en cuenta la fecha de antigüedad en el
Cuerpo Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y
Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.
el número 1, el cómputo de la antigüedad en las especialidades del Cuerpo
Superior Técnico de Hacienda se realizará teniendo en cuenta la fecha de
adquisición de las diferentes especialidades del Cuerpo Técnico de
Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y Cuerpo Técnico de
Gestión Catastral, o en el caso de ser anterior, la fecha de adquisición
de la especialidad de Contabilidad-Recaudación o la de
Gestión-Recaudación del antiguo Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda
Pública.
del Cuerpo Técnico de Hacienda, sin adscripción de ninguna especialidad,
se integrarán en las especialidades Técnica de Gestión y Liquidación
Tributaria, de Aduanas e Impuestos Especiales, de Inspección y de
Recaudación del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, teniendo en cuenta
la fecha de antigüedad en el Cuerpo Técnico de Hacienda.
Técnico de Auditoría y Contabilidad y Cuerpo Técnico de Gestión Catastral
que estén en situación de servicio activo, así como los que estén en
situación distinta a la de servicio activo, con excepción de la de
excedencia voluntaria por interés particular o suspensión firme de
funciones, podrán participar en los procesos selectivos de acceso a las
especialidades del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda a las que de
acuerdo con lo previsto en este artículo no les corresponda
integrarse.
selectivo que se realizará de forma descentralizada territorialmente.
características:
cinco años desde la entrada en vigor de la presente Ley.
la renuncia a la participación en el mismo antes de su finalización,
determinará la pérdida del derecho establecido en este número, salvo si
la indicada renuncia tiene su origen en el pase a la situación de
servicios especiales o a causa de fuerza mayor.
méritos, en los que se valorará preferentemente la antigüedad en el
Cuerpo Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y
Cuerpo Técnico de Gestión Catastral y el orden dentro de las respectivas
promociones.
no supondrá cambio de la situación administrativa, ni, en su caso, de
puesto de trabajo.
acceso al Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, para aquellos funcionarios
del A2 de los previstos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, que
perteneciendo a Cuerpos distintos de los enumerados en el número 1 del
apartado Dos de esta Disposición Adicional, acrediten que a la fecha de
entrada en vigor de esta Ley, hayan desempeñado puestos de trabajo, en el
ámbito del Ministerio de Economía y Hacienda o de la Agencia Estatal de
la Administración Tributaria, cuyas funciones coincidan plenamente con
las descritas en el segundo párrafo del número 1 del apartado Uno de esta
Disposición Adicional, de forma ininterrumpida en los tres últimos años y
que opten por participar en dicho procedimiento.
convocados por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, deberá valorarse de forma diferenciada la
experiencia en el desempeño de puestos de trabajo en las respectivas
áreas funcionales.
Cuerpo Superior Técnico de Hacienda creado en esta Ley, garantizará que
las retribuciones obtenidas por los funcionarios se adecuen a los
cometidos y responsabilidades asumidas por los mismos dentro del ámbito
de funciones que les atribuya el marco normativo vigente.
de Economía y Hacienda y de los demás Ministerios y Organismos públicos
de la Administración General del Estado, se podrán adscribir puestos de
trabajo a las especialidades del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, de
acuerdo con lo que prevé la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público y las leyes que lo desarrollen.
especialidades del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda reguladas en la
presente ley por cualquier Administración pública requerirá la previa
autorización del órgano competente del Ministerio de Economía y
Hacienda.
puestos de trabajo de funcionarios del Cuerpo Superior Técnico de
Hacienda creado en este artículo, que tengan su destino en el Ministerio
de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
se adaptarán al régimen general establecido para los funcionarios de la
Administración General del Estado.
creado por esta ley quedan incluidos en el ámbito de aplicación del
Régimen Especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del
Estado, en los términos previstos en los artículos 2 y 3 del Real Decreto
legislativo 4/2000, de 23 de junio, que lo regula.
Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y Cuerpo
Técnico de Gestión Catastral actualmente en curso.
Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y Cuerpo
Técnico de Gestión Catastral correspondientes a la oferta de empleo
público, que no hayan finalizado a la entrada en vigor de esta Ley, se
seguirán desarrollando de acuerdo con lo que prevean las bases de las
convocatorias, integrándose los funcionarios en las respectivas
especialidades, de acuerdo con lo previsto en el apartado dos. 1
anterior.
presente número ingresasen en los Cuerpos Técnicos podrán participar en
los procesos a que se refiere el número 6 del apartado dos.
medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta
disposición adicional.»
empleados agrupados en cuatro colectivos de funcionarios y uno de
personal laboral. El colectivo de 1.700 Inspectores de Hacienda, grupo
A1, concentra en sus manos la práctica totalidad de competencias
tributarias y aduaneras. Un 50 % del colectivo se dedica de forma
exclusiva a tareas directivas, lo que resta a muchos de estos
funcionarios de la gestión directa. Muchas de sus funciones técnicas han
sido realizadas en la práctica por 6.700 Técnicos y otros 129
funcionarios del subgrupo A2. Sin embargo, dichas competencias no están
atribuidas legalmente ni son recogidas en las Relaciones de Puestos de
Trabajo (RPT) para una amplia mayoría (80 %) de los Técnicos. La
plantilla se completa con otros 692 funcionarios del subgrupo A1 y otros
971 funcionarios del subgrupo A2 (principalmente SVA e Informáticos),
9.770 funcionarios del grupo C1, otros 5.905 del grupo C2 y 2.084 son
personal laboral.
directivas en tan escasos funcionarios (Inspectores) y la progresiva
limitación e indefinición de funciones a los Técnicos genera la
imposibilidad material de llevar a cabo con eficacia la gestión
legalmente encomendada. Este cuello de botella se ha reducido,
habitualmente, por la asunción de muchas de esas competencias por los
Cuerpos Técnicos, pese a hacerlo sin reconocimiento legal, retributivo y
emocional. Mediante mecanismos como la firma, manuscrita o digital, miles
de actuaciones administrativas aparecen suscritas por superiores
jerárquicos que no tienen posibilidad material de conocer los expedientes
ni intervenir directamente en el procedimiento de tramitación. El
problema que plantea esta forma de actuar es la posible ilegalidad de
miles de actos administrativos que son realizados por personal sin
competencia legal y pueden ser anulados por esta causa.
clarificador Informe del Tribunal de Cuentas de Agosto de 2007 referido a
la Fiscalización de actuaciones de la AEAT de 2004, que pone claramente
de manifiesto «la escasez de medios personales y la desigual carga de
trabajo, la presencia casi inexistente en las oficinas analizadas de
funcionarios del Grupo A —Inspectores— y la minoritaria
presencia del Grupo B —Cuerpo Técnico— al cual se reservan
«las actuaciones de mayor complejidad y especial dificultad». Asimismo,
el Tribunal de Cuentas reconoce que «la práctica totalidad de
competencias atribuidas a los órganos de gestión tributaria, pueden ser
llevadas a cabo indistintamente por cualquiera de los funcionarios de
dichos órganos, no estando especificadas con detalle las funciones de
cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo».
General de la Administración del Estado) en el control de las
subvenciones y ayudas públicas. Se incurre en gastos extraordinarios para
externalizar parte de los servicios de intervención y auditoría, cuando
se dispone de Técnicos, que pueden y lo han demostrado, llevarlos
perfectamente a cabo.
competencias en un limitado número de funcionarios, existe un colectivo
numeroso, de 8.000 Técnicos, que son objeto del fenómeno contrario: el
vaciamiento e indefinición de funciones. Esta carencia de autonomía
funcional implica que una gran mayoría de Técnicos con suficiente
formación, mérito, capacidad y experiencia no puedan alcanzar un
potencial mayor de desempeño del trabajo por los corsés competenciales
impuestos. Esto produce en los
traduce en pérdida de autoestima, desinterés y pérdida de implicación
hacia una organización que le exigió, al reclutarle, una formación de
ciclo universitario superior y un gran esfuerzo de preparación, pero que
no valora su trabajo real ni aprovecha buena parte del potencial de
desarrollo profesional de este colectivo.
indefinición de funciones y la ausencia de un desarrollo profesional
visible, son responsables de que un porcentaje significativo de los 8.000
Técnicos que prestan sus servicios en la AEAT y el Ministerio de Economía
y Hacienda no puedan desarrollar toda la capacidad de trabajo que la
administración, hoy más que nunca, necesita imperiosamente. A ello se
suma que la AEAT dispone de una plantilla muy corta que ha crecido un
exiguo 5,8 % desde el año 1992 en que fue creada hasta 2007, entretanto
el PIB ha crecido un 170 % y las cargas de trabajo se han incrementado un
123 % (según datos de 2005, ya superados ampliamente) con un espectacular
incremento del censo de asalariados, empresas y profesionales que es
preciso controlar. El ratio actual de población/empleados en la AEAT es
de 1.680 contribuyentes por empleado, más del doble que el de países como
Alemania (690), Países Bajos (627) Francia (790), Reino Unido (810) y la
media de los países de la OCDE (667), lo que implica, al menos, el doble
de carga de trabajo.
que un número tan reducido de Interventores (no llegan a 300) no pueden
desarrollar las competencias asignadas (tareas de fiscalización previa en
Ministerios y sus Organismos dependientes -16 Ministerios y 72
Organismos-; asistencia a mesas de contratación; recepción de inversiones
de obras; realización de más de 2.000 auditorías y controles financieros
(en torno a 200 y 1.800 respectivamente); controles sobre subvenciones
nacionales (cerca de 250) y comunitarias (1.400 en 2005); gestión de la
contabilidad de los Ministerios; gestión, dirección y planificación de la
Contabilidad Pública; elaboración de la Cuenta General del Estado;
elaboración de la Contabilidad Nacional; emisión de diferentes tipos de
informes al Gobierno y al Congreso de los Diputados…). La mayor
parte de los interventores Territoriales asumen, además, la
responsabilidad de la Delegación de Economía y Hacienda correspondiente.
Ya se comprende que tan pocas manos no pueden realizar tanto trabajo. La
realidad es que los 1. 000 Técnicos de auditoría y contabilidad son
quienes ejercen, de hecho, la mayor parte de estas funciones, aunque no
se les reconoce, frente a lo que sucedía aproximadamente hace 10 años, en
que gran parte de los Técnicos asumían y firmaban las auditorías,
firmaban actuaciones de fiscalización, asistían «oficialmente» a mesas de
contratación, firmaban los controles sobre subvenciones, etc.
permitirían desarrollar una mayor capacidad de gestión en la AEAT y la
IGAE. Poder utilizar toda la capacidad potencial de la plantilla actual
de Técnicos es, en las actuales circunstancias, un ejercicio obligado de
responsabilidad de la Administración financiera del Estado, para
incrementar sustancialmente los ingresos fiscales y potenciar el control
del gasto y de las subvenciones y ayudas públicas.
imprescindible e inaplazable racionalizar la utilización de los recursos
humanos disponibles, mediante el reconocimiento profesional de los
Cuerpos Técnicos que potencie la capacidad organizativa y de gestión de
dichas instituciones en la búsqueda de superior eficacia y mejores
resultados.
existente para dotar de recursos humanos tanto a la AEAT como a la IGAE
para el desarrollo efectivo y eficiente de sus competencias.
lo establecido por la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 36/2006, de
29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal (que
obliga, tanto al Ministerio de Economía y Hacienda como a la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria, a articular las medidas
oportunas para asegurar la adecuación de la actividad desarrollada por
los funcionarios de los Cuerpos Técnicos de Hacienda, de Auditoría y
Contabilidad y de Gestión Catastral, en el desarrollo de las funciones
encomendadas al Ministerio de Economía y Hacienda y a la Agencia
Tributaria) y de las resoluciones 4 y 19 de las aprobadas en el Debate
sobre el estado de la Nación del 2009, por las que se instaba al Gobierno
a proceder al desarrollo de la citada Disposición Adicional, se considera
oportuna y necesaria la inclusión de la presente Disposición Adicional en
esta Ley de Presupuestos Generales del Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
Adicional del siguiente tenor.
Agencia EFE.
la Agencia EFE para el año 2012 será equivalente a 43.484.850,00
euros.»
contrato de servicios con el Estado ha hecho que la primera agencia de
habla hispana y la cuarta en el orden internacional pierda soberanía
informativa en detrimento de la marca España.
vende la marca España y dispone de más oficinas nacionales e
internacionales que cualquier otra empresa española.
inversión al servicio del país, de sus empresas y de sus ciudadanos.
últimos años quedaría sin efecto para el próximo ejercicio
presupuestario.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
del siguiente tenor literal:
Andalucía para la recuperación de la playa del Algarrobico.
de esta Ley iniciará los procedimientos correspondientes para desarrollar
el protocolo general de colaboración entre la Administración General del
Estado y la Administración Autonómica Andaluza con el objetivo de
recuperar la playa de El Algarrobico, en el término municipal de
Carboneras, Almería, así como establecerá una propuesta concreta, o
proyecto, con el correspondiente cálculo de costes, sobre la forma de
deshacer la edificación del hotel de Azata del Sol por ser contrario a la
ley de costas, recuperando el máximo de los materiales de construcción
utilizados en su día y programar la reutilización de dichos materiales
recuperados.»
demolición del hotel referenciado por ser contrario a la ley de
costas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
siguiente tenor literal:
de transacciones financieras, acorde con la propuesta del Consejo Europeo
y el Informe Podimata del Parlamento Europeo, antes del 30 de junio de
2012, para que, tras su aprobación parlamentaria, pueda aplicarse en este
mismo año 2012. Los ingresos resultantes del mismo podrán ser estimados
en el propio presupuesto del 2012»
que cuenta con el apoyo del Consejo Europeo, diversos Gobiernos,
múltiples organizaciones sindicales y sociales como la Campaña ITFya y
líderes políticos, como el Presidente Rajoy.
países, para afectar a la especulación financiera, ante la contestación
de los centros financieros, paraísos fiscales y otros agentes
especulativos, es razonable que se implante allí donde haya voluntad
política.
el cálculo del Consejo Europeo, muy restrictivo, reduciendo hechos
imponibles como el mercado de divisas, calcula que para los 27 países de
la UE serían 57.000 millones de euros anuales. Con otros criterios, el
cálculo alcanza los 200.000 millones. En todo caso, facilitaría la
trazabilidad del dinero y la lucha contra el fraude fiscal; es un acicate
contra la especulación; y se obtendrían unos ingresos de sectores que han
engendrado la crisis y la agravan, que coadyudarían a fortalecer la
provisión de bienes y servicios públicos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redactada como sigue:
continuidad del PDI universitario
aquellas modificaciones legales necesarias para garantizar la continuidad
de los contratos del personal docente investigador no permanente que
finalicen en el presente año.
un régimen funcionarial y otro de personal contratado que incluyen
diversas figuras.
12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades —LOMLOU— «El personal docente e
investigador —PDI— de las Universidades públicas estará
compuesto de funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y de
personal contratado».
56 establece los siguientes cuerpos docentes: catedrático de universidad
y profesor titular de universidad. Para el acceso al cuerpo de docentes
bajo el régimen funcionarial las universidades convocan periódicamente
concursos para el acceso a las plazas, previa acreditación del
personal.
laboral, el art. 48 de la LOMLOU establece las siguientes modalidades:
profesor ayudante, profesor ayudante doctor, profesor contratado doctor,
profesor asociado y profesor visitante, con distintas denominaciones
según la comunidad autónoma. El tipo de contratación varía en función de
las figuras así para los profesores ayudantes y los profesores ayudantes
doctores el contrato será temporal con una duración de entre 1 y 5 años,
en el caso del profesor contratado doctor será un contrato indefinido y
en el caso del profesor asociado será temporal y su duración trimestral,
semestral o anual, pudiéndose renovar por periodos de igual duración. El
art. 48.3
investigador, excepto la figura de Profesor Visitante, se hará mediante
concurso público.
regímenes de personal docente e investigador con las consecuentes
dificultades de gestión, el funcionarial o estatutario y el laboral. El
PDI contratado se encuentra supeditado a las figuras de personal docente
universitario, convirtiéndose a menudo en un auténtico vía crucis por el
que obligatoriamente se debe de transitar para optar a una plaza con
carácter permanente.
públicas se le añade para este año un nuevo obstáculo. El Real Decreto
Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medida surgentes en materia
presupuestaría, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público establece para el año 2012 una tasa de reposición del personal de
toda administración pública del 0 %, exceptuando a los funcionarios
docentes no universitarios, a las plazas de hospitales y centros
sanitarios, a las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad y a los
responsables del control y lucha contra el fraude fiscal y laboral que
tendrán una tasa de reposición del 10 %.
como servicio público prioritario. Al margen de entrar en discrepancia
sobre esta exclusión, cabe destacar que resulta especialmente injusta
pues no atiende a las especificidades de la contratación de las
universidades públicas establecida en la LOMLOU, donde la tasa de
reposición no afecta principalmente a puestos de trabajo de personas que
se jubilan o cesan en su actividad, sino a personas que siguiendo su
carrera docente tal y como establece la LOMLOU se encuentran en estos
momentos con contratos temporales de duración determinada.
sistema de contratación previsto en la LOU y el Real Decreto, conduce a
una situación dramática como la congelación de los concursos para la
promoción y estabilización de los PDI contratados no permanentes y por
tanto la no continuidad de aquellos cuyo contrato finalice en el presente
año.
convocatoria de plazas de profesorado permanente, comportará de facto
perder la inversión en formación que el Estado ha realizado sobre estas
personas que durante 5 años se han dedicado en exclusiva a la docencia y
a la investigación, la fuga de capital humano y dificultará el relevo
generacional tan necesario en estas instituciones.
irse.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redactada como sigue:
recursos humanos suficientes en la lucha contra el fraude.
3 del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes
en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público.
Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público con el siguiente redactado:
Cuerpos responsables del control y lucha contra el fraude fiscal y
laboral quedan excluidas de cualquier limitación de contratación de
personal para el año 2012 y los siguientes.»
política, es necesario dotar de recursos suficientes a los cuerpos de la
administración responsables del control y lucha contra el fraude. Por
cada euro invertido en lucha contra el fraude se recuperan 8, con lo que
esta inversión, además de ser un elemento de justicia social, repercutirá
con una reducción del déficit mediante el incremento de los ingresos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
control interno del gasto público.
Ley el Gobierno elaborará un informe de modificación del modelo de
control interno del gasto público, que será presentado en el Parlamento,
tras el que se tramitarán las necesarias modificaciones legales y
reglamentarias tendentes a la obtención de los siguientes objetivos y
criterios:
modelo organizativo más racional en la atribución de funciones que
garantice la transparencia y eficacia de la función fiscalizadora.
sustitución de la fiscalización previa.
auditoría:
sistemáticos y no puntuales destinados, no solo a verificar el
cumplimiento de legalidad documental, sino a permitir la investigación
del fraude y la corrupción.
de eficacia en todos los ámbitos de la Administración Pública para
garantizar el uso eficiente de los recursos públicos y afectar a la
asignación presupuestaria en futuros ejercicios.
los servicios públicos externalizados no pueden ser prestados con medios
propios de la Administración de forma indefinida en el tiempo.
financiero y auditoría realizados por la IGAE.
del gestor y del Órgano que ejerce el control.
información de las cuentas públicas.
naturaleza jurídica de cualquier institución pública altere o disminuya
los términos del control del gasto al que se vea sometida.
datos económicos comprobados.
Datos Nacional de Subvenciones, e informar de cualquier tipo de
subvención que concedan instituciones públicas y privadas.
facultando a los Técnicos para ejercer el control con plena capacidad y
responsabilidad, recuperando las competencias de las que han sido
despojados en los últimos años.
realización, así como un código de comportamientos éticos.»
a dos fases separadas. Por un lado, el control «externo» que ejerce el
Tribunal de Cuentas, y por otro, el control «interno» ejercido por la
Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).
moderna, pero carece de agilidad, pues sus dictámenes e informes se
aprueban muy alejados del ejercicio fiscalizado, lo que permite que las
ineficacias y deficiencias de gestión detectadas perduren demasiado
tiempo hasta ser corregidas.
la propia administración. Su creación se remonta a 1873-1878 y continúa
existiendo dada la necesidad de revisión interna del proceso de
generación de ingresos y realización de gastos en el sector público,
aunque originariamente se atendiera sólo a criterios de legalidad y
actualmente se incluyan criterios de economía y eficiencia.
los tiempos, de forma que se ha pasado de un control previo exhaustivo
(fiscalización previa) a uno posterior mediante técnicas de muestreo con
el objetivo de facilitar una gestión administrativa ágil (auditoría y
control financiero), lo cierto es que el proceso no ha ido acompañado de
la necesaria modernización de su estructura y funcionamiento, que se
corresponden más con la de un órgano administrativo del siglo XIX que con
la de una administración moderna, por lo que se hacen necesarias
propuestas de mejora y modernización que permitan adaptarla a las
técnicas y prácticas del siglo XXI.
la competencia del órgano, la existencia de crédito y poco más, por lo
que resulta un control escasamente eficaz.
atribución de funciones ya que en la actualidad, al igual que en el siglo
XIX cuando el órgano de control fue creado, muchas competencias se
atribuyen expresamente al Interventor General y a sus Interventores
Delegados, en lugar de atribuirse al Órgano y ser ejercidas por los
titulares que las ocupan.
Interventor General y su ejercicio desconcentrado a través de los
Interventores Delegados (sea en Ministerios, Organismos, Territoriales o
corresponde más con una administración decimonónica que con una
administración moderna, pero que sorprendentemente ha llegado hasta
nuestros días.
organización al fomentar que toda la institución dependa de la
personalidad del «titular» de todas las funciones.
que la persona que tiene atribuida la competencia, no sólo no desarrolla
el trabajo directamente, sino que en muchos casos ni siquiera participa
en él, por lo que la «firma» se convierte en un acto mecánico y supone la
apropiación de un trabajo ajeno.
evidencian en el funcionamiento y eficacia de la institución. Así, en los
últimos años, son frecuentes ios casos de deficiencias y corruptelas en
la contratación por la Administración que no han sido detectadas por el
órgano de control interno. Basta decir que en los últimos años la IGAE,
en el ejercicio de sus funciones, prácticamente no ha emitido ningún
informe «especial» ni de «actuación».
responsabilidades del gestor es prácticamente inexistente.
el personal que desarrolla un trabajo es reconocido como el responsable
del mismo.
auditoría realizados por la IGAE deberían ser públicos y con acceso a
través de un registro, aunque se trate de un órgano de control interno,
de forma que cualquier ciudadano pueda conocer la metodología empleada y
los resultados obtenidos. Esta publicidad es adicional a la publicidad de
la actividad desarrollada, de forma que todos los ciudadanos tengan
acceso a los datos económicos comprobados y puedan conocer cómo y en qué
se gastan los fondos públicos.
información de las cuentas públicas. Especialmente deben remediarse las
deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal de Cuentas, que
destaca la exclusión en la Cuenta General de los estados financieros que
no ha recibido la IGAE de los Organismos correspondientes, por lo que no
reflejan la situación real del sector público no administrativo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
contenido:
Superior Técnico de Hacienda.
perteneciente al grupo A1 de los previstos en el artículo 76 de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y
adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda.
puestos que se adscriban al Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, cuyas
funciones serán las correspondientes al inicio, desarrollo y propuesta de
resolución, o resolución en su caso, de los expedientes administrativos y
sancionadores relativos a la gestión, inspección y recaudación del
sistema tributario estatal y del sistema aduanero, la gestión en
control financiero y auditoría en el Sector Público, así como de
presupuestación, y la gestión catastral, excepto aquellas para las que
sea preciso estar en posesión de título facultativo, adecuadas a los
requisitos y pruebas para ingreso en este Cuerpo.
Auditoría y Contabilidad y el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral, y sus
especialidades, quedan extinguidos a la entrada en vigor de esta ley.
Técnico de Hacienda ios funcionarios del Cuerpo Técnico de Hacienda, el
Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y el Cuerpo Técnico de Gestión
Catastral que a la entrada en vigor de esta ley estén en posesión de
alguna o algunas de las especialidades de Gestión y Liquidación, Gestión
Aduanera, Inspección Auxiliar, Gestión Recaudatoria, de Contabilidad y de
Gestión Catastral. Continuarán, en su caso, desempeñando sus actuales
puestos de trabajo y se mantendrán en la misma situación administrativa
en que se encuentren en el Cuerpo de Técnico de Hacienda, en el Cuerpo
Técnico de Auditoría y Contabilidad y en el Cuerpo Técnico de Gestión
Catastral:
estuviesen en posesión de la especialidad de Gestión y Liquidación se
integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda en la especialidad
Técnica de Gestión y Liquidación Tributaria.
de Gestión Aduanera se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de
Hacienda en la especialidad de Aduanas e Impuestos Especiales.
de Inspección Auxiliar se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de
Hacienda en la especialidad de Inspección.
de Recaudación se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda en
la especialidad de Recaudación.
Contabilidad se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda en
la especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Catastral se integrarán en el Cuerpo Superior Técnico de Hacienda en la
especialidad de Catastro.
Hacienda, en la correspondiente especialidad, aquellos funcionarios del
Cuerpo Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y
Cuerpo Técnico de Gestión Catastral que a la entrada en vigor de esta Ley
y durante los dos años precedentes, tengan su destino en las áreas de
Gestión Tributaria, Aduanas, Inspección y Recaudación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, en la Intervención General del
Estado o en la Dirección General del Catastro y no estén en posesión de
las respectivas especialidades.
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y en el ámbito de sus
respectivas competencias, realizarán las modificaciones que resulten
necesarias en las relaciones de puestos de trabajo.
el número 1, el cómputo de la antigüedad en el Cuerpo Superior Técnico de
Hacienda se realizará teniendo en cuenta la fecha de antigüedad en el
Cuerpo Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y
Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.
el número 1, el cómputo de la antigüedad en las especialidades del Cuerpo
Superior Técnico de Hacienda se realizará teniendo en cuenta la fecha de
adquisición de las diferentes especialidades del Cuerpo Técnico de
Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y Cuerpo Técnico de
Gestión Catastral, o en el caso de ser anterior, la fecha de adquisición
de la especialidad de Contabilidad-Recaudación o la de
Gestión-Recaudación del antiguo Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda
Pública.
del Cuerpo Técnico de Hacienda, sin adscripción de ninguna especialidad,
se integrarán en las especialidades Técnica de Gestión y Liquidación
Tributaria, de Aduanas e Impuestos Especiales, de Inspección y de
Recaudación del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, teniendo en cuenta
la fecha de antigüedad en el Cuerpo Técnico de Hacienda.
Técnico de Auditoría y Contabilidad y Cuerpo Técnico de Gestión Catastral
que estén en situación de servicio activo, así como los que estén en
situación distinta a la de servicio activo, con excepción de la de
excedencia voluntaria por interés particular
procesos selectivos de acceso a las especialidades del Cuerpo Superior
Técnico de Hacienda a las que de acuerdo con lo previsto en este artículo
no les corresponda integrarse.
selectivo que se realizará de forma descentralizada territorialmente.
características:
cinco años desde la entrada en vigor de la presente Ley.
la renuncia a la participación en el mismo antes de su finalización,
determinará la pérdida del derecho establecido en este número, salvo si
la indicada renuncia tiene su origen en el pase a la situación de
servicios especiales o a causa de fuerza mayor.
méritos, en los que se valorará preferentemente la antigüedad en el
Cuerpo Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoria y Contabilidad y
Cuerpo Técnico de Gestión Catastral y el orden dentro de las respectivas
promociones.
no supondrá cambio de la situación administrativa, ni, en su caso, de
puesto de trabajo.
acceso al Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, para aquellos funcionarios
del A2 de los previstos en el articulo 76 de la Ley 7/2007, que
perteneciendo a Cuerpos distintos de los enumerados en el número 1 del
apartado Dos de esta Disposición Adicional, acrediten que a la fecha de
entrada en vigor de esta Ley, hayan desempeñado puestos de trabajo, en el
ámbito del Ministerio de Economía y Hacienda o de la Agencia Estatal de
la Administración Tributaria, cuyas funciones coincidan plenamente con
las descritas en el segundo párrafo del número 1 del apartado Uno de esta
Disposición Adicional, de forma ininterrumpida en los tres últimos años y
que opten por participar en dicho procedimiento.
convocados por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, deberá valorarse de forma diferenciada la
experiencia en el desempeño de puestos de trabajo en las respectivas
áreas funcionales.
Cuerpo Superior Técnico de Hacienda creado en esta Ley, garantizará que
las retribuciones obtenidas por los funcionarios se adecúen a los
cometidos y responsabilidades asumidas por los mismos dentro del ámbito
de funciones que les atribuya el marco normativo vigente.
de Economía y Hacienda y de los demás Ministerios y Organismos públicos
de la Administración General del Estado, se podrán adscribir puestos de
trabajo a las especialidades del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda, de
acuerdo con lo que prevé la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público y las leyes que lo desarrollen.
especialidades del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda reguladas en la
presente ley por cualquier Administración pública requerirá la previa
autorización del órgano competente del Ministerio de Economía y
Hacienda.
puestos de trabajo de funcionarios del Cuerpo Superior Técnico de
Hacienda creado en este artículo, que tengan su destino en el Ministerio
de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
se adaptarán al régimen general establecido para los funcionarios de la
Administración General del Estado.
creado por esta ley quedan incluidos en el ámbito de aplicación del
Régimen Especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del
Estado, en los términos previstos en los artículos 2 y 3 del Real Decreto
legislativo 4/2000, de 23 de junio, que lo regula.
Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y Cuerpo
Técnico de Gestión Catastral actualmente en curso.
Técnico de Hacienda, Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad y Cuerpo
Técnico de Gestión Catastral correspondientes a la oferta de empleo
público, que no hayan finalizado a la entrada en vigor de esta Ley, se
seguirán desarrollando de acuerdo con lo que prevean las bases de las
convocatorias, integrándose los funcionarios en las respectivas
especialidades, de acuerdo con lo previsto en el apartado dos. 1
anterior.
presente número ingresasen en los Cuerpos Técnicos podrán participar en
los procesos a que se refiere el número 6 del apartado dos.
medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta
disposición adicional.»
empleados agrupados en cuatro colectivos de funcionarios y uno de
personal laboral. El colectivo de 1.700 Inspectores de Hacienda, grupo
A1, concentra en sus manos la práctica totalidad de competencias
tributarias y aduaneras. Un 50 % del colectivo se dedica de forma
exclusiva a tareas directivas, lo que resta a muchos de estos
funcionarios de la gestión directa. Muchas de sus funciones técnicas han
sido realizadas en la práctica por 6.700 Técnicos y otros 129
funcionarios del subgrupo A2. Sin embargo, dichas competencias no están
atribuidas legalmente ni son recogidas en las Relaciones de Puestos de
Trabajo (RPT) para una amplia mayoría (80 %) de los Técnicos. La
plantilla se completa con otros 692 funcionarios del subgrupo A1 y otros
971 funcionarios del subgrupo A2 (principalmente SVA e Informáticos),
9.770 funcionarios del grupo C1, otros 5.905 del grupo C2 y 2.084 son
personal laboral.
directivas en tan escasos funcionarios (Inspectores) y la progresiva
limitación e indefinición de funciones a los Técnicos genera la
imposibilidad material de llevar a cabo con eficacia la gestión
legalmente encomendada. Este cuello de botella se ha reducido,
habitualmente, por la asunción de muchas de esas competencias por los
Cuerpos Técnicos, pese a hacerlo sin reconocimiento legal, retributivo y
emocional. Mediante mecanismos como la firma, manuscrita o digital, miles
de actuaciones administrativas aparecen suscritas por superiores
jerárquicos que no tienen posibilidad material de conocer los expedientes
ni intervenir directamente en el procedimiento de tramitación. El
problema que plantea esta forma de actuar es la posible ¡legalidad de
miles de actos administrativos que son realizados por personal sin
competencia legal y pueden ser anulados por esta causa.
clarificador Informe del Tribunal de Cuentas de Agosto de 2007 referido a
la Fiscalización de actuaciones de la AEAT de 2004, que pone claramente
de manifiesto «la escasez de medios personales y la desigual carga de
trabajo, la presencia casi inexistente en las oficinas analizadas de
funcionarios del Grupo A —Inspectores— y la minoritaria
presencia del Grupo B —Cuerpo Técnico— al cual se reservan
‘las actuaciones de mayor complejidad y especial dificultad».
Asimismo, el Tribunal de Cuentas reconoce que «la práctica totalidad de
competencias atribuidas a los órganos de gestión tributaria, pueden ser
llevadas a cabo indistintamente por cualquiera de los funcionarios de
dichos órganos, no estando especificadas con detalle las funciones de
cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo».
General de la Administración del Estado) en el control de las
subvenciones y ayudas públicas. Se incurre en gastos extraordinarios para
extemalizar
se dispone de Técnicos, que pueden y lo han demostrado, llevarlos
perfectamente a cabo.
competencias en un limitado número de funcionarios, existe un colectivo
numeroso, de 8.000 Técnicos, que son objeto del fenómeno contrario: el
vaciamiento e indefinición de funciones. Esta carencia de autonomía
funcional implica que una gran mayoría de Técnicos con suficiente
formación, mérito, capacidad y experiencia no puedan alcanzar un
potencial mayor de desempeño del trabajo por los corsés competenciales
impuestos. Esto produce en los Técnicos insatisfacción y frustración
profesional, que se traduce en pérdida de autoestima, desinterés y
pérdida de implicación hacia una organización que le exigió, al
reclutarle, una formación de ciclo universitario superior y un gran
esfuerzo de preparación, pero que no valora su trabajo real ni aprovecha
buena parte del potencial de desarrollo profesional de este
colectivo.
indefinición de funciones y la ausencia de un desarrollo profesional
visible, son responsables de que un porcentaje significativo de los 8.000
Técnicos que prestan sus servicios en la AEAT y el Ministerio de Economía
y Hacienda no puedan desarrollar toda la capacidad de trabajo que la
administración, hoy más que nunca, necesita imperiosamente. A ello se
suma que la AEAT dispone de una plantilla muy corta que ha crecido un
exiguo 5,8 % desde el año 1992 en que fue creada hasta 2007, entretanto
el PIB ha crecido un 170 % y las cargas de trabajo se han incrementado un
123 % (según datos de 2005, ya superados ampliamente) con un espectacular
incremento del censo de asalariados, empresas y profesionales que es
preciso controlar. El ratio actual de población/empleados en la AEAT es
de 1.680 contribuyentes por empleado, más del doble que el de países como
Alemania (690), Países Bajos (627) Francia (790), Reino Unido (810) y la
media de los países de la OCDE (667), lo que implica, al menos, el doble
de carga de trabajo.
que un número tan reducido de Interventores (no llegan a 300) no pueden
desarrollar las competencias asignadas (tareas de fiscalización previa en
Ministerios y sus Organismos dependientes -16 Ministerios y 72
Organismos-; asistencia a mesas de contratación; recepción de inversiones
de obras; realización de más de 2.000 auditorias y controles financieros
(en torno a 200 y 1.800 respectivamente); controles sobre subvenciones
nacionales (cerca de 250) y comunitarias (1.400 en 2005); gestión de la
contabilidad de los Ministerios; gestión, dirección y planificación de la
Contabilidad Pública; elaboración de la Cuenta General del Estado;
elaboración de la Contabilidad Nacional; emisión de diferentes tipos de
informes al Gobierno y al Congreso de los Diputados...). La mayor parte
de los interventores Territoriales asumen, además, la responsabilidad de
la Delegación de Economía y Hacienda correspondiente. Ya se comprende que
tan pocas manos no pueden realizar tanto trabajo. La realidad es que los
1. 000 Técnicos de auditoría y contabilidad son quienes ejercen, de
hecho, la mayor parte de estas funciones, aunque no se les reconoce,
frente a lo que sucedía aproximadamente hace 10 años, en que gran parte
de los Técnicos asumían y firmaban las auditorias, firmaban actuaciones
de fiscalización, asistían «oficialmente» a mesas de contratación,
firmaban los controles sobre subvenciones, etc.
permitirían desarrollar una mayor capacidad de gestión en la AEAT y la
IGAE. Poder utilizar toda la capacidad potencial de la plantilla actual
de Técnicos es, en las actuales circunstancias, un ejercicio obligado de
responsabilidad de la Administración financiera del Estado, para
incrementar sustancialmente los ingresos fiscales y potenciar el control
del gasto y de las subvenciones y ayudas públicas.
imprescindible e inaplazable racionalizar la utilización de los recursos
humanos disponibles, mediante el reconocimiento profesional de los
Cuerpos Técnicos que potencie la capacidad organizativa y de gestión de
dichas instituciones en la búsqueda de superior eficacia y mejores
resultados.
existente para dotar de recursos humanos tanto a la AEAT como a la IGAE
para el desarrollo efectivo y eficiente de sus competencias.
lo establecido por la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 36/2006, de
29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal (que
obliga, tanto al Ministerio de Economía y Hacienda como a la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria, a articular las medidas
oportunas para asegurar la adecuación de la actividad desarrollada por
los funcionarios de los Cuerpos Técnicos de Hacienda, de Auditoría y
Contabilidad y de Gestión Catastral, en el desarrollo de las funciones
encomendadas al Ministerio de Economía y Hacienda y a la Agencia
Tributaria) y de las resoluciones 4 y 19 de las aprobadas en el Debate
sobre el estado de la Nación
desarrollo de la citada Disposición Adicional, se considera oportuna y
necesaria la inclusión de la presente Disposición Adicional en esta Ley
de Presupuestos Generales del Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
Adicional del siguiente tenor.
Agencia EFE.
la Agencia EFE para el año 2012 será equivalente a 43.484.850,00
euros.»
contrato de servicios con el Estado ha hecho que la primera agencia de
habla hispana y la cuarta en el orden internacional pierda soberanía
informativa en detrimento de la marca España.
vende la marca España y dispone de más oficinas nacionales e
internacionales que cualquier otra empresa española.
inversión al servicio del país, de sus empresas y de sus ciudadanos.
últimos años quedaría sin efecto para el próximo ejercicio
presupuestario.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
del siguiente tenor literal:
Andalucía para la recuperación de la playa del Algarrobico.
de esta Ley iniciará los procedimientos correspondientes para desarrollar
el protocolo general de colaboración entre la Administración General del
Estado y la Administración Autonómica Andaluza con el objetivo de
recuperar la playa de El Algarrobico,
establecerá una propuesta concreta, o proyecto, con el correspondiente
cálculo de costes, sobre la forma de deshacer la edificación del hotel de
Azata del Sol por ser contrario a la ley de costas, recuperando el máximo
de los materiales de construcción utilizados en su día y programar la
reutilización de dichos materiales recuperados.
demolición del hotel referenciado por ser contrario a la ley de
costas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
siguiente tenor literal:
de transacciones financieras, acorde con la propuesta del Consejo Europeo
y el Informe Podimata del Parlamento Europeo, antes del 30 de junio de
2012, para que, tras su aprobación parlamentaria, pueda aplicarse en este
mismo año 2012. Los ingresos resultantes del mismo podrán ser estimados
en el propio presupuesto del 2012»
que cuenta con el apoyo del Consejo Europeo, diversos Gobiernos,
múltiples organizaciones sindicales y sociales como la Campaña ITFya y
líderes políticos, como el Presidente Rajoy.
países, para afectar a la especulación financiera, ante la contestación
de los centros financieros, paraísos fiscales y otros agentes
especulativos, es razonable que se implante allí donde haya voluntad
política.
el cálculo del Consejo Europeo, muy restrictivo, reduciendo hechos
imponibles como el mercado de divisas, calcula que para los 27 países de
la UE serían 57.000 millones de euros anuales. Con otros criterios, el
cálculo alcanza los 200.000 millones. En todo caso, facilitaría la
trazabilidad del dinero y la lucha contra el fraude fiscal; es un acicate
contra la especulación; y se obtendrían unos ingresos de sectores que han
engendrado la crisis y la agravan, que coadyudarían a fortalecer la
provisión de bienes y servicios públicos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
Internacional de la Dieta Mediterránea».
Mediterránea» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional
interés público a efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley
49/2002, de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
acontecimiento será desde 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de
2014.
realizados a los objetivos y planes del programa será competencia de un
Consorcio que se creará conforme a lo dispuesto en el artículo 27.2.b) de
la citada Ley 49/2002 de 23 de diciembre.
una adecuada preparación y desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y
concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará
por el Consorcio al que se ha hecho referencia en el apartado Tres de
esta disposición adicional.
máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre. No obstante, las cantidades satisfechas, en concepto de
patrocinio por los esponsores o patrocinadores a la entidad organizadora
de «2014 Año Internacional de la Dieta Mediterránea».que tengan la
consideración de comunicación y publicidad de proyección plurianual, se
tendrán en cuenta a efectos del cálculo del límite previsto en el segundo
párrafo del número primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002 de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de
los incentivos fiscales al mecenazgo.»
planes y programas relacionados con los buenos hábitos alimentarios y la
dieta mediterránea en particular y la clausura del acontecimiento «2014
Año Internacional de la Dieta Mediterránea».en marzo de 2014 resulta de
especial interés público en distintos niveles:
de alimentación saludables
la universidad y centros tecnológicos, y el retorno de
investigadores.
redundarán en el bienestar de las personas y en un ahorro en el coste
sanitario.
español.
respetando el medioambiente..
científico en el sector agroalimentario.
acercarlo a la gente, especialmente los más jóvenes, mediante programas
educativos que despierten inquietudes y fomenten buenas prácticas
alimentarias.
alimentación española creando una marca de proyección internacional.
religioso-cultural, a eventos medioambientales y culturales que suponen
avances radicales para el bienestar de toda la sociedad y ayudan a
mejorar nuestra economía.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas y de
modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades,
sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
de vivienda habitual y fincas rústicas en supuestos de expropiación y
reinversión de titulares de pequeñas y medianas empresas agrarias
obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente,
siempre que el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en
la adquisición de una nueva vivienda habitual en las condiciones que
reglamentariamente se determinen.
obtenidas por la expropiación de fincas rústicas incluidas dentro de una
explotación agraria que tenga la consideración de pequeña y mediana
empresa y que este considerada como explotación agraria prioritaria del
contribuyente, siempre que el importe total obtenido por la expropiación
se reinvierta en la adquisición de otras fincas rústicas en las
condiciones que reglamentariamente se determinen. Esta exclusión se basa
en lo establecido en el Reglamento (CE) n° 1857/2006 de la Comisión, de
15 de diciembre, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado
a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a
la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el
Reglamento (CE) na 70/2001 (DOUE L358 de 16 de diciembre de 2006).
percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la
parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a
la cantidad reinvertida.»
pérdidas patrimoniales obtenidas por titulares de explotaciones agrarias
prioritarias.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
textorefundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
fincas rústicas o elementos patrimoniales, como consecuencia de un
proceso de expropiación, cuya titularidad ostenten pequeñas y medianas
empresas consideradas como explotaciones asociativas prioritarias no se
integrará en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, si el
importe obtenido en la transmisión se reinvierte en las condiciones
establecidas en el art. 42 de esta ley. Esta exclusión se basa en lo
establecido en el Reglamento (CE) n° 1857/2006 de la Comisión, de 15 de
diciembre, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las
ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la
producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento
(CE) na 70/2001 (DOUE L358 de 16 de diciembre de 2006).»
pérdidas patrimoniales obtenidas por titulares de explotaciones agrarias
prioritarias.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redactado:
elaborará un nuevo programa de Sanidad de la producción agrícola para
desbloquear la acumulación de expedientes en el Registro de productos
fitosanitarios, así como para aprovechar de forma eficaz y óptima las
nuevas acciones y medidas que permite la nueva regulación europea en
materia de fitosanitarios, y el Gobierno efectuará las remodelaciones
presupuestarias y de recursos humanos necesarias para atender dicho nuevo
programa de Sanidad de la producción agrícola. Tanto el nuevo programa,
como las remodelaciones presupuestarias y de recursos humanos estarán
operativos en un plazo no superior a 3 meses.
Estado español es lamentable y supone una enorme pérdida de
competitividad para el sector agrario español, así como un coste añadido
incalculable para las explotaciones que se ven obligadas a desarrollar
una protección sanitaria con muchos más riesgos y costes, ya que no se
dispone de unos medios fitosanitarios actualizados. Mientras que en
países de la UE se tarda 2 años en registrar un nuevo producto, en el
Estado español llega a los 5 años de demora. Además hay que recordar que
dicho subprograma no incluye ninguna actuación para aprovechar el
conjunto de acciones y medidas de la nueva regulación europea en materia
de fitosanitarios para
agrícolas, lo que aún situará a dichas producciones españolas en una
mayor inferioridad de condiciones respecto a nuestros competidores en el
mercado interior de la UE.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
hubieran obtenido el empleo de Sargento en activo o después del pase
reserva y con posterioridad al 20 de mayo de 1999 y hasta el año 2005
fecha de ascenso a Sargento del último Cabo 1.° de la extinta Escala de
la Guardia Real les será de aplicación lo previsto en la disposición
transitoria séptima de la Ley 39/2007.»
integrarse en la Guardia Civil lo hicieron conforme a la disposición
adicional primera del Real Decreto 994/1992 de 31 de julio que establece
que a los miembros de la Escala de la Guardia Real, con diez años de
servicios efectivos, les será de aplicación el Real Decreto 1000/1985 de
19 de junio, por el que se establece la situación de reserva transitoria
en el Ejército de Tierra.
su escala de origen siendo esta de Guardia primera hasta Comandante
siendo reconocido como militares de carrera con tarjeta Militar del
Ejército de Tierra, todos los que por su condición alcanzaban el empleo
de Cabos 1.° eran ascendidos a Sargento en reserva transitoria
aplicándoseles a los que se encontraban en la misma antes de 1999 lo
dispuesto en la disposición adicional séptima, las especiales condiciones
han imposibilitado el ascender a tiempo a todos los Cabos 1.° dada su
especial escala, y en consecuencia es justo que se prolongue hasta el año
2005 el plazo para poder acogerse a la referida disposición toda vez que
es en esa fecha cuando asciende el último Cabo 1.° a la condición de
Sargento de esta forma además de no influir estas circunstancias en el
resto de las Fuerzas Armadas nadie podría sentirse marginado ni se
crearían agravios comparativos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
realidad del gasto de las Administraciones Públicas y los servicios que
prestan.
Autónomas y los entes locales para redistribuir los porcentajes de
déficit máximo de cada nivel de la administración para el 2013, con el
objetivo de incrementar sensiblemente el margen de déficit de
Ayuntamientos y CCAA al ser administraciones que sostienen un mayor gasto
público.
de déficit, tanto en su cuantía, como en sus plazos, como en las
proporciones entre administración, iniciar una nueva calendarización para
la consecución del 3 % de déficit más allá del 2015, rediseñar el plan de
ajuste del déficit con el objetivo de priorizar la recuperación
económica, la creación de empleo y el mantenimiento del Estado del
Bienestar y revisar el pacto de estabilidad, superando el déficit cero,
para transformarlo en un pacto de solidaridad, que priorice el empleo,
las políticas sociales y medioambientales.»
Comunidades Autónomas (CCAA) y Entidades Locales (EELL) en relación con
el margen que sí otorga a la Administración Central para la consecución
de los objetivos de déficit. Es necesario un calendario de reducción del
déficit más ajustado a la realidad de la coyuntura económica actual y las
cifras actuales de las diferentes administraciones, de manera que el
ajuste presupuestario sea más gradual y comporte una incidencia más
asumible. Cabe recordar que el peso del gasto público entre
administraciones, según los datos más recientes de Eurostat, corresponde
a la Administración Central en un 44 %, a las CCAA en un 39 %, y las EELL
en un 17 %.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición transitoria
nueva.
redacción:
Oficiales que a la entrada en vigor de la Ley 39/2007 se encontraban en
situación de activo y no fueron convocados al I Curso de adaptación para
su incorporación a la Escala de Oficiales, por pasar a la situación de
Reserva, con anterioridad al 1 de julio del año 2009, así como los
oficiales que hubieran obtenido el empleo de alférez de la Escala Media
de la Ley 17/1989 a partir del 1 de enero de 1990, fecha de entrada en
vigor de la misma y hubieran alcanzado el empleo de capitán de la Escala
de Oficiales de la Ley 17/1999 con anterioridad al 1 de enero de 2008,
fecha de entrada en vigor de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar, que no
tengan limitación legal para ascender y cumplan diez años en dicho empleo
computando en su caso el tiempo en reserva, podrán obtener si reúnen esas
condiciones antes del 30 de junio del año 2019 y lo solicitan el empleo
de comandante o teniente coronel, que se les concederá en el momento del
pase a la reserva, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos
económicos del 1 de julio siguiente a la fecha en la que reúnan las
condiciones.»
tratamiento dado al personal perjudicado en su régimen de ascensos por
los cambios legislativos. A las escalas auxiliares se les ha reconocido
el ascenso generalizado al máximo empleo previsto en su escala
(Comandante). La actual escala única de oficiales contempla esta medida
para los empleos de Teniente Coronel, Comandante y Capitán en condiciones
similares a la propuesta. Y las escalas de suboficiales tienen
garantizado el ascenso al empleo de teniente a su pase a la reserva.
resarciría por completo el perjuicio ocasionado por la nueva Ley ya que
las expectativas reales para muchos de los miembros de esta escala era
llegar al empleo mayor de la misma, el de Teniente Coronel, ahora
inalcanzable por la drástica reducción de plantillas, accesos a cursos de
formación y a destinos para obtener la debida proyección profesional.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición transitoria
nueva.
del siguiente tenor literal:
los que las Administraciones, Entidades o Sociedades a las que se refiere
el artículo 22 de esta Ley actúen como promotores, que estuvieran en
vigor y autorizados con anterioridad al 1 de octubre de 2003 y cuyas
aportaciones por cuenta de los citados promotores superaran el porcentaje
del 0,3 por ciento de la masa salarial, podrán mantener la cuantía y
estructura de dicha aportación.
acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior y en el artículo 22.Tres
de esta Ley».
de Presupuestos Generales del Estado para 2011, la cual fue objeto de
modificación a través del Real Decreto Ley 20/2011, de medidas urgentes
en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, cuya redacción se recoge en el actual Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado. El Real Decreto Ley 20/2011, eliminó
dicha Disposición Transitoria lo que supuso una reducción en la
retribución de los empleados y empleadas públicos y no la congelación
salarial pretendida por dicha norma.
noviembre de 2002, posibilitó la creación de Sistemas de Empleo de
Previsión Social Complementaria para las personas que prestaban servicios
en Administraciones Públicas. Su efectividad, tras la promoción del Plan
de Pensiones de la Administración General del Estado, se concretó en la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2004.
Pactos, en el marco del sector público, que establecían obligaciones de
aportación a Planes de Pensiones de Empleo o a Seguros Colectivos a favor
de los trabajadores y trabajadoras de ese sector, en cuantía, en
ocasiones, superior al porcentaje establecido desde 2004 en las Leyes de
Presupuestos Generales del Estado. Esas aportaciones, en general
provenían de la transformación de fondos de acción social o de la
exteriorización de compromisos por pensiones.
también fue previsto en las negociaciones para poner en marcha el Plan de
Pensiones de la Administración General del Estado, lo que dio como
resultado la introducción, con carácter permanente, de una Disposición
Transitoria de salvaguarda en las Leyes de Presupuestos Generales del
Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición transitoria
nueva.
Transitoria del siguiente tenor literal:
colectivos en los que las Administraciones, Entidades o Sociedades a las
que se refiere el artículo 22 de esta Ley, actúen como promotores, que
estuvieran en vigor y autorizados con anterioridad al 1 de octubre de
2003, podrán mantener la cuantía y estructura de su respectiva
aportación, a excepción de la correspondiente al ejercicio 2012 destinada
la contingencia de jubilación.
acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior y en el artículo 22.Tres
de esta Ley”.
realizar aportaciones para la cobertura de las contingencias de riesgos a
los planes de pensiones de empleo aprobados y en vigor antes del 1 de
octubre de 2003, así como las aportaciones destinadas a la amortización
de planes de reequilibrio o de financiación, los cuales constituyen el
pago de cuantías correspondientes a servicios pasados reconocidos a los
trabajadores y trabajadoras en el momento de la puesta en marcha del plan
de pensiones o contrato de seguro con anterioridad al 1 de octubre de
2003, derivados de los periodos de actividad previos a la formalización
del instrumento de previsión social complementaria, siendo tales
servicios pasados, por tanto, deuda reconocida que debe ser
amortizada.
generados por la deficitaria redacción contenida en el Real Decreto Ley
20/2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y
financiera para la corrección del déficit público, mantenida en la
redacción del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2012.
noviembre de 2002, posibilitó la creación de Sistemas de Empleo de
Previsión Social Complementaria para las personas que prestaban servicios
en Administraciones Públicas. Su efectividad, tras la promoción del Plan
de Pensiones de la Administración General del Estado, se concretó en la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2004.
Pactos, en el marco del sector público, que establecían obligaciones de
aportación a Planes de Pensiones de Empleo o a Seguros Colectivos a favor
de los trabajadores y trabajadoras de ese sector, en cuantía, en
ocasiones, superior al porcentaje establecido desde 2004 en las Leyes de
Presupuestos Generales del Estado. Esas aportaciones, en general
provenían de la transformación de fondos de acción social o de la
exteriorización de compromisos por pensiones. El mantenimiento y
viabilidad de dichos sistemas anteriores también fue previsto en las
negociaciones para poner en marcha el Plan de Pensiones de la
Administración General del Estado, lo
permanente, de una Disposición Transitoria de salvaguarda en las Leyes de
Presupuestos Generales del Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición transitoria
nueva.
redacción:
Oficiales que a la entrada en vigor de la Ley 39/2007 se encontraban en
situación de activo y no fueron convocados al I Curso de adaptación para
su incorporación a la Escala de Oficiales, por pasar a la situación de
Reserva, con anterioridad al 1 de julio del año 2009, así como los
oficiales que hubieran obtenido el empleo de alférez de la Escala Media
de la Ley 17/1989 a partir del 1 de enero de 1990, fecha de entrada en
vigor de la misma y hubieran alcanzado el empleo de capitán de la Escala
de Oficiales de la Ley 17/1999 con anterioridad al 1 de enero de 2008,
fecha de entrada en vigor de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar, que no
tengan limitación legal para ascender y cumplan diez años en dicho empleo
computando en su caso el tiempo en reserva, podrán obtener si reúnen esas
condiciones antes del 30 de junio del año 2019 y lo solicitan el empleo
de comandante o teniente coronel, que se les concederá en el momento del
pase a la reserva, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos
económicos del 1 de julio siguiente a la fecha en la que reúnan las
condiciones.»
tratamiento dado al personal perjudicado en su régimen de ascensos por
los cambios legislativos. A las escalas auxiliares se les ha reconocido
el ascenso generalizado al máximo empleo previsto en su escala
(Comandante). La actual escala única de oficiales contempla esta medida
para los empleos de Teniente Coronel, Comandante y Capitán en condiciones
similares a la propuesta. Y las escalas de suboficiales tienen
garantizado el ascenso al empleo de teniente a su pase a la reserva.
resarcirla por completo el perjuicio ocasionado por la nueva Ley ya que
las expectativas reales para muchos de los miembros de esta escala era
llegar al empleo mayor de la misma, el de Teniente Coronel, ahora
inalcanzable por la drástica reducción de plantillas, accesos a cursos de
formación y a destinos para obtener la debida proyección profesional.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición transitoria
nueva.
del siguiente tenor literal:
los que las Administraciones, Entidades o Sociedades a las que se refiere
el artículo 22 de esta Ley actúen como promotores, que estuvieran en
vigor y autorizados con anterioridad al 1 de octubre de 2003 y cuyas
aportaciones por cuenta de los citados promotores superaran el porcentaje
del 0,3 por ciento de la masa salarial, podrán mantener la cuantía y
estructura de dicha aportación.
acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior y en el artículo 22.Tres
de esta Ley».
de Presupuestos Generales del Estado para 2011, la cual fue objeto de
modificación a través del Real Decreto Ley 20/2011, de medidas urgentes
en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, cuya redacción se recoge en el actual Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado. El Real Decreto Ley 20/2011, eliminó
dicha Disposición Transitoria lo que supuso una reducción en la
retribución de los empleados y empleadas públicos y no la congelación
salarial pretendida por dicha norma.
noviembre de 2002, posibilitó la creación de Sistemas de Empleo de
Previsión Social Complementaria para las personas que prestaban servicios
en Administraciones Públicas. Su efectividad, tras la promoción del Plan
de Pensiones de la Administración General del Estado, se concretó en la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2004.
Pactos, en el marco del sector público, que establecían obligaciones de
aportación a Planes de Pensiones de Empleo o a Seguros Colectivos a favor
de los trabajadores y trabajadoras de ese sector, en cuantía, en
ocasiones, superior al porcentaje establecido desde 2004 en las Leyes de
Presupuestos Generales del Estado. Esas aportaciones, en general
provenían de la transformación de fondos de acción social o de la
exteriorízación de compromisos por pensiones.
también fue previsto en las negociaciones para poner en marcha el Plan de
Pensiones de la Administración General del Estado, lo que dio como
resultado la introducción, con carácter permanente, de una Disposición
Transitoria de salvaguarda en las Leyes de Presupuestos Generales del
Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición transitoria
nueva.
Transitoria del siguiente tenor literal:
los que las Administraciones, Entidades o Sociedades a las que se refiere
el artículo 22 de esta Ley, actúen como promotores, que estuvieran en
2003, podrán mantener la cuantía y estructura de su respectiva
aportación, a excepción de la correspondiente al ejercicio 2012 destinada
la contingencia de jubilación.
acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior y en el artículo 22.Tres
de esta Ley».
realizar aportaciones para la cobertura de las contingencias de riesgos a
los planes de pensiones de empleo aprobados y en vigor antes del 1 de
octubre de 2003, así como las aportaciones destinadas a la amortización
de planes de reequilibrio o de financiación, los cuales constituyen el
pago de cuantías correspondientes a servicios pasados reconocidos a los
trabajadores y trabajadoras en el momento de la puesta en marcha del plan
de pensiones o contrato de seguro con anterioridad al 1 de octubre de
2003, derivados de los periodos de actividad previos a la formalizacion
del instrumento de previsión social complementaria, siendo tales
servicios pasados, por tanto, deuda reconocida que debe ser
amortizada.
generados por la deficitaria redacción contenida en el Real Decreto Ley
20/2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y
financiera para la corrección del déficit público, mantenida en la
redacción del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2012.
noviembre de 2002, posibilitó la creación de Sistemas de Empleo de
Previsión Social Complementaria para las personas que prestaban servicios
en Administraciones Públicas. Su efectividad, tras la promoción del Plan
de Pensiones de la Administración General del Estado, se concretó en la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2004.
Pactos, en el marco del sector público, que establecían obligaciones de
aportación a Planes de Pensiones de Empleo o a Seguros Colectivos a favor
de los trabajadores y trabajadoras de ese sector, en cuantía, en
ocasiones, superior al porcentaje establecido desde 2004 en las Leyes de
Presupuestos Generales del Estado. Esas aportaciones, en general
provenían de la transformación de fondos de acción social o de la
exteriorización de compromisos por pensiones. El mantenimiento y
viabilidad de dichos sistemas anteriores también fue previsto en las
negociaciones para poner en marcha el Plan de Pensiones de la
Administración General del Estado, lo que dio como resultado la
introducción, con carácter permanente, de una Disposición Transitoria de
salvaguarda en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición derogatoria
nueva.
redacción:
disposición adicional segunda de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria.
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por la que se
autoriza a la Intervención General de la Administración del Estado a
recabar la colaboración de empresas privadas de auditoría para la
ejecución de su Plan Anual de Auditorías.»
ejecución del Plan anual de auditorías de la Intervención General de la
Administración del Estado, ha pasado a ser una práctica habitual del
Ministerio de Economía y Hacienda en los últimos años.
públicas, especialmente aquellas con un volumen de negocio o complejidad
elevados, son auditadas por empresas privadas, de forma que se puede
decir que la práctica totalidad del sector público empresarial y las
subvenciones nacionales y comunitarias son controlados mediante auditoría
por empresas privadas.
personal técnico o de medios disponibles, dado que la IGAE cuenta con una
plantilla de cerca de 1.000 Técnicos de Auditoría y Contabilidad, a
quienes en los últimos tiempos se ha venido apartando de las
responsabilidades que, desde hace años, venían asumiendo y ejerciendo en
materia de auditoría pública.
auditoría para ejecutar el Plan anual de auditorías se hace evidente
cuando el sector público estatal ha disminuido de forma considerable por
la descentralización administrativa y las plantillas de la Intervención
General de la Administración del Estado permanecen relativamente
estables.
eficiencia en el aprovechamiento de los recursos humanos de los que
dispone la Intervención General de la Administración del Estado, que debe
ser corregida mediante la eliminación de la posibilidad de contratar con
empresas privadas de auditoría, con el consiguiente ahorro del importante
gasto anual que ello conlleva.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final décima
cuarta.
redactada como sigue:
Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito
fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la
creación de empleo.
31 de diciembre de 2013, se modifica lo dispuesto en el artículo 15 del
Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito
fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la
creación de empleo, que quedará redactado de la siguiente manera:
demandantes de empleo y a las empresas que ofertan empleo, se aprueba la
medida consistente en la incorporación de 1.500 personas como promotoras
de empleo, que realizarán su actividad en las oficinas de empleo de los
Servicios Públicos de Empleo hasta el 31 de diciembre de 2013. Esta
medida será de aplicación en todo el territorio del Estado y su gestión
se realizará por las Comunidades Autónomas con competencias
estatutariamente asumidas en el ámbito del trabajo, el empleo y la
formación y por el Servicio Público de Empleo Estatal en el ámbito de sus
respectivas competencias. Respecto de la gestión por las Comunidades
Autónomas de esta medida, los créditos correspondientes se distribuirán
territorialmente entre dichas administraciones, de conformidad con lo
establecido en la normativa estatal.»
31 de diciembre de 2013, se modifica lo dispuesto en el artículo 16 del
Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito
inversión y la creación de empleo, que quedará redactado de la siguiente
manera:
medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, queda redactado
en los siguientes términos:
Extraordinario de medidas de orientación, formación profesional e
inserción laboral, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de
abril de 2008, referida exclusivamente a la medida consistente en la
contratación de 1.500 orientadores para el reforzamiento de la red de
oficinas de empleo y que fue prorrogado por dos años, respecto a esta
medida, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2009,
según la habilitación conferida por la disposición final primera del Real
Decreto-ley 2/2009, de 6 de marzo, de medidas urgentes para el
mantenimiento y el fomento del empleo y protección de las personas
desempleadas. Esta medida será de aplicación en todo el territorio del
Estado y su gestión se realizará por las Comunidades Autónomas con
competencias estatutariamente asumidas en el ámbito del trabajo, el
empleo y la formación y por el Servicio Público de Empleo Estatal.
esta medida, los créditos correspondientes se distribuirán
territorialmente entre dichas administraciones, de conformidad con lo
establecido en la normativa estatal.’
«Plan extraordinario orientación, formación profesional e inserción
laboral para hacer frente al incremento del paro registrado». En los
presupuestos para el 2012 se prevé la prorroga hasta finales del
ejercicio la medida consistente en la contratación de 1.500 orientadores
para el refuerzo de las oficinas de empleo incluida en el Plan
Extraordinario, tal y como establece el RD 13-2010. Pero no es el caso de
las 1.500 personas incorporadas como promotoras de empleo, ya que se
prevé que finalicen su actividad el 30 de junio de 2012.
hay un trabajador del Servicio Público de Empleo por cada 189 personas
desempleadas; cifra alarmantemente baja si se compara con el trabajador
público por cada 12 desempleados de Francia o el trabajador público por
cada 50 personas desempleadas que destina de media la UE-27.
promotores en junio y de otras 1.500 en diciembre, ahondan en este
desequilibrio, una cantidad menor de personal en el Servicio Público de
Empleo supone que no pueda ser un actor real de intermediación en el
mercado laboral, perjudicando a la empleabilidad de las personas
desocupadas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final décima
octava.
siguiente manera:
de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
indefinida la Disposición adicional decimotercera del Real Decreto-ley
20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público, queda redactada como sigue:
8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para
la reducción del déficit público», estableció para las Entidades Locales
y sus entidades dependientes clasificadas en el sector Administraciones
Públicas, a partir de la entrada en vigor de dicha norma y hasta el 31 de
diciembre de 2011, la prohibición de acudir al crédito público o privado
a largo plazo, en cualquiera de sus modalidades, para la financiación de
sus inversiones, ni sustituir total o parcialmente operaciones
prexistentes, a excepción de aquellas que en términos de valor actual
neto resultasen beneficiosas para la entidad por disminuir la carga
financiera, el plazo de amortización o ambos.
«Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2011» modificó el anterior precepto en los términos
siguientes:
Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas
extraordinarias para la reducción del déficit público, que queda
redactado de la siguiente manera:
y sus entidades dependientes clasificadas en el sector Administraciones
Públicas que liquiden el ejercicio 2010 con ahorro neto positivo,
calculado en la forma que establece el artículo 53 del Texto Refundido de
la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán concertar nuevas operaciones de
crédito a largo plazo para la financiación de inversiones, cuando el
volumen total del capital vivo no exceda del 75 por 100 de los ingresos
corrientes liquidados o devengados, según las cifras deducidas de los
estados contables consolidados, con sujeción, en su caso, al Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y a la Normativa
de Estabilidad Presupuestaria.
todas las operaciones vigentes a 31 de diciembre de 2010, incluido el
riesgo deducido de avales e incrementado, en su caso, en los saldos de
operaciones formalizadas no dispuestos y en el importe de la operación u
operaciones proyectadas en 2011. Las entidades que no cumplan los
requisitos anteriores no podrán concertar en 2011 operaciones de crédito
a largo plazo.
aplicación a la Comunidad Autónoma del País Vasco y a la Comunidad Foral
de Navarra de la norma contenida en este apartado se entenderá sin
perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Concierto Económico con la
Comunidad Autónoma del País Vasco y según lo establecido en el artículo
64 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral
de Navarra, conforme a lo dispuesto en el Convenio Económico entre el
Estado y la Comunidad Foral de Navarra, respectivamente.»
«Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre de medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público», prorroga para 2012 el apartado Dos del artículo 14 del
RDL 8/2010, en la redacción dada
con la actualización de las referencias temporales que en tal disposición
se detallan; concretamente:
corrientes a efectos de calcular el nivel de endeudamiento, en los
términos del precepto citado en el párrafo anterior y del artículo 53 del
Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se tendrán en cuenta
la liquidación del presupuesto del ejercicio 2011 y, en su caso, las
cifras deducidas de los estados contables consolidados, con sujeción a
aquella norma y a la de estabilidad presupuestaria.
todas las operaciones vigentes a 31 de diciembre de 2011, incluido el
riesgo deducido de avales e incrementado, en su caso, en los saldos de
operaciones formalizadas no dispuestos y en el importe de la operación
proyectada o proyectadas en 2012».
del «Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012», con
efectos a la entrada en vigor de la Ley y vigencia indefinida, se
introduce en el «apartado Dos», la modificación de la anterior
«Disposición Adicional Decimocuarta», quedando redactada en los
siguientes términos:
14 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan
medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, en la
redacción dada por la disposición final decimoquinta de la ley 39/2010,
de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2011, con las actualizaciones de las referencias temporales que, a
continuación, se detallan.
corrientes a efectos de calcular el nivel de endeudamiento, en los
términos del precepto citado en el párrafo anterior y del artículo 53 del
Texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se tendrán en cuenta
la liquidación del presupuesto del ejercicio 2011 y, en su caso, las
cifras deducidas de los estados contables consolidados, con sujeción a
aquella norma y a la de estabilidad presupuestaria, descontando, en todo
caso, en el cálculo del ahorro neto y en el del nivel de endeudamiento,
el efecto que, en ambos casos, pueda tener el importe de los ingresos
afectados.
todas las operaciones vigentes a 31 de diciembre de 2011, incluido el
riesgo deducido de avales e incrementado, en su caso, en los saldos de
operaciones formalizadas no dispuestos y en el importe de la operación
proyectada o proyectadas en 2012.»
carácter coyuntural para 2010 y 2011, prorrogado para 2012, se pretende
ahora transformarla en indefinida lo cual contradice el espíritu por el
que fue creada lo que supone además una modificación «sine die» del
«statu quo» de las Haciendas Locales.
económica actual se considera más razonable continuar prorrogando la
medida con los ajustes técnicos que se consideren oportunos y previo
informe de la Comisión Nacional de la Administración Local.
20/2011 ya existe cobertura para 2012, se propone la supresión de dicho
apartado «Dos».
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
tenor literal:
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2010.
siguiente redacción:
acontecimiento será de 1 de julio de 2010 a 31 de diciembre de 2013.
siguiente tenor:
patrocinio, por los espónsores o patrocinadores al consorcio, entidades
de titularidad pública o entidades a que se refiere el artículo 2 de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin
fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, encargadas de
la realización de programas y actividades del acontecimiento, se tendrán
en cuenta a efectos del cálculo del límite previsto en el segundo párrafo
del número primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002, antes
mencionada.»
en su DA Quincuagésima Novena, estableció los beneficios fiscales
aplicables a la Conmemoración del Milenio de la Fundación del Reino de
Granada.
para el año 2009, en su DA Quincuagésima, estableció los beneficios
fiscales aplicables al programa de preparación de los deportistas
españoles de los Juegos de Londres 2012. En la mencionada DA, se incluía,
en el punto cinco que «…No obstante, las cantidades satisfechas, en
concepto de patrocinio, por los espónsores o patrocinadores al Consorcio,
entidades de titularidad pública o entidades a que se refiere el artículo
2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de la
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo,
encargadas de la realización de programas y actividades del
acontecimiento, se tendrán en cuenta a efectos del límite previsto en el
segundo párrafo del número primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002
antes mencionada».
establece una modificación de la Ley de PGE para 2008, en la que se añade
el siguiente párrafo en el apartado cinco de la DA Quincuagésima Novena
de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre de PGE para 2008:
patrocinio, por los espónsores o patrocinadores al Consorcio para la
Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1812, entidades de
titularidad pública o entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley
49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, encargadas de la
realización de programas y actividades del acontecimiento, se tendrán en
cuenta a efectos del cálculo del límite previsto en el segundo párrafo
del número primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002, antes
mencionada.»
negativa en la obtención de recursos de empresas privadas para la
financiación de los planes y programas aprobados por el Consorcio para la
Conmemoración del Milenio de la Fundación del Reino de Granada.
patrocinen las actividades aprobadas, reduciendo la búsqueda de fondos de
empresas privadas a la figura de la donación, está limitando de forma
grande las posibilidades de financiación privada de la conmemoración.
Conmemoración del Milenio de la Fundación del Reino de Granada
establecida en el punto dos de la DA quincuagésima novena de la Ley
26/2009, estableció la finalización del plazo de éste el 1 de julio de
2013. Como quiera que el acontecimiento se desarrolla a lo largo de todo
el año 2013, quedaría medio año sin la cobertura del citado programa de
apoyo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
en materia de Seguridad Social
texto:
de las policías autonómicas integrales.
Comisión no Permanente de seguimiento y evaluación del Pacto de Toledo
del Congreso de los Diputados, previo su análisis por la Comisión de
Seguimiento del Acuerdo de medidas en materia de Seguridad Social, una
propuesta sobre las medidas a adoptar para dar cumplimiento a las
iniciativas parlamentarias aprobadas por la Cámara, en relación con la
reducción de la edad de acceso a la pensión de jubilación por parte del
colectivo de los funcionarios miembros de las policías autonómicas
integrales equiparándose a la edad de acceso a la pensión de jubilación
de los funcionarios miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado».
aprobada en el marco de la Ley de Acompañamiento a la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el ejercicio 2002 en relación a la jubilación
de los funcionarios de los cuerpos de policía de las comunidades
autónomas y asimismo la resolución aprobada el 6 de junio de 2006 por el
Congreso de los Diputados se instaba al Gobierno a que acometa las
reformas legislativas necesarias para conseguir la reducción de la edad
de jubilación de los funcionarios de las policías autonómicas
integrales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
redacción:
apartado 1 del artículo 32 en el texto refundido de la Ley de Clases
Pasivas del Estado, que queda con la siguiente redacción:
SMI, el limite de los 25 años será aplicable a partir de 01-01-2014.
Hasta dicha fecha, el limite será: durante el año 2012, 23 años; y,
durante 2013, de 24 años.
25 años durante el transcurso escolar, la percepción de la pensión de
orfandad se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente
posterior al inicio del siguiente curso académico.
Estado lo establecido en la Ley 27/2011, de 1 de agosto sobre
actualización y modernización del Sistema de Seguridad Social, dando una
nueva redacción al articulo 175.1 2 de la DT 6º bis LGSS.
hacia los huérfanos acogidos al Régimen de Clases Pasivas del Estado
respecto a los huérfanos de la Seguridad Social, ya que a aquéllas no se
les han reconocido por ley.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
siguiente tenor literal:
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
indefinida se introducen las siguientes modificaciones en el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, queda redactado como sigue:
es un tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la
realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción,
instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente
licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o
estén sujetas a comunicación previa o declaración responsable, siempre
que la expedición o la intervención de la actividad corresponda al
ayuntamiento de la imposición.»
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda redactado
como sigue:
obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la
condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes
soliciten las licencias o presenten las comunicaciones previas o las
declaraciones responsables o quienes realicen las construcciones,
instalaciones u obras.»
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda redactado
como sigue:
la comunicación previa o la declaración responsable o cuando, no
habiéndose solicitado, concedido o denegado aún aquélla o presentado
éstas,
practicará una liquidación provisional a cuenta, determinándose la base
imponible»
Locales» la modificación de la «letra i) del artículo 20.4», se refiere
al otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos así como a
la realización de la actividad de verificación para precisamente esas
actividades no sujetas a autorización o control previo a las que hace
referencia una de las dos modificaciones de la Ley de Bases.
actividad de verificación para actividades no sujetas a autorización o
control previo, por lo que parece garantizada la seguridad jurídica de
que la actividad administrativa necesaria para comprobar el cumplimiento
de los requisitos exigidos a las actividades realizadas en régimen de
comunicación, puede constituir hecho imponible de una tasa por
realización de actividades administrativas de competencia local que se
refieran, afecten o beneficien de modo particular a los sujetos
pasivos.
la «letra i) del artículo 20.4» introducida mediante la Ley 2/2011, de 4
de marzo, de Economía Sostenible, debería hacerse respecto del Impuesto
sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), ampliando su hecho
imponible a las obras que no estando sometidas a licencia lo estén a
declaración responsable o a comunicación previa. Asimismo y en
concordancia con la modificación del artículo se propone la modificación
del artículo 101.2, primer párrafo y 103.1, primer párrafo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
redacción:
de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social.
vigencia indefinida, se añade un nuevo apartado cuatro en la Disposición
adicional decimotercera de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social, con la siguiente
redacción:
indemnizatoria a que hace referencia la norma primera del número 5 del
artículo 10 de la Ley 74/1980, de 29 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 1981, con cualesquiera otras percepciones que
tengan naturaleza salarial o las derivadas del ejercicio de Diputado o
Senador.»
indemnizatorias de ex ministros del Gobierno y asimilados con
percepciones de naturaleza salarial o retribuciones por Diputado o
Senador.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
siguiente tenor literal.
Quinta de la Ley 30/2007 de contratos del sector público, que quedará
redactada de la siguiente forma:
con empresas de trabajo temporal.
empresas de trabajo temporal salvo cuando se precise la puesta a
disposición de personal con carácter eventual para la realización de
encuestas de opinión y servicios análogos relacionados con esta.»
jurídico español de las ETT’s cuya actuación se había extendido en
otros países de nuestro entorno europeo. A partir de este momento, la
actividad de reclutamiento de trabajadores y trabajadoras con el fin de
cederlos temporalmente a otras empresas, hasta ese momento prohibida en
nuestro país, se legaliza.
en el nº 1 de su Disposición Adicional 5ª lo siguiente:
de trabajo temporal salvo cuando se precise la puesta a disposición de
personal con carácter eventual para la realización de encuestas, toma de
datos y servicios análogos.
medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, que siguió a la
reforma laboral aprobada por el Gobierno del PSOE, aprobada por RD Ley
10/2010.
Administraciones Públicas es consecuencia de la Directiva 2008/104/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al trabajo a través de las ETT
que va en consonancia con el Convenio sobre las agencias de empleo
privadas de 1997 nº 181 de la OIT, ratificado por España en 1999.
especificado en la Ley 35/2010, que requiere al Gobierno para que
establezca los criterios funcionales de aplicación de limitaciones o
prohibiciones que puedan ser establecidas en el ámbito de las AAPP «por
razones de interés general», relativas a las «exigencias en materia de
salud y seguridad en el trabajo», y «la necesidad de garantizar el buen
funcionamiento del mercado de trabajo y evitar posibles abusos», según
especifica la Directiva 2008/104/CE.
de empresas privadas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
los siguientes términos:
adicional al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
con la siguiente redacción:
reductores de la edad de jubilación de los miembros de los Cuerpos de
Policía Local, Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, Cuerpo de Mossos
d’Esquadra y Cuerpo General de la Policía de Canarias.
pensión de jubilación se reducirá en un período equivalente al que
resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años completos
efectivamente trabajados como miembros de los Cuerpos de las Policías
Autonómicas y Locales o como integrantes de los colectivos que quedaron
incluidos en los mismos.
prevista en el párrafo anterior en ningún caso dará ocasión a que el
interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior
a los 60 años, o la de 59 años en los supuestos en que se acrediten 35 o
más años de actividad efectiva y cotización en los Cuerpos o en los
colectivos que quedaron incluidos en los mismos, sin cómputo de la parte
proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio
de la actividad a que se refiere el párrafo anterior.
jubilación del trabajador, de acuerdo con lo establecido en el apartado
anterior, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el
porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular
el importe de la pensión de jubilación.
cotización, del tiempo en que resulte reducida aquélla serán de
aplicación a los miembros de los Cuerpos que hayan permanecido en
situación de alta por dicha actividad hasta la fecha en que se produzca
el hecho causante de la pensión de jubilación.
quienes habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada
caso resulte de la aplicación de lo establecido en el apartado 1 de esta
disposición adicional cesen en su actividad como miembros de dichos
Cuerpos pero permanezcan en alta por razón del desempeño de una actividad
laboral diferente, cualquiera que sea el régimen de la Seguridad Social
en el que por razón de ésta queden encuadrados.
disposición adicional procederá aplicar un tipo de cotización adicional
sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto para la
empresa como para el trabajador.
será el mismo que se aplique tanto al colectivo de la Ertzaintza, como al
Gobierno Vasco
siguientes a la situación del colectivo de activos y pasivos.
colectivos que conforman los Cuerpos de Policías Autonómicos y Locales, a
los que se excluyó de la aplicación de la medida objeto del acuerdo
PSOE-PNV con motivo de la tramitación de los Presupuestos Generales del
Estado para 2010.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
los siguientes términos:
adicional al texto refundido de la Ley General de la Segundad Social, con
la siguiente redacción:
reductores de la edad de jubilación de los miembros de los Cuerpos de
Policía Local, Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, Cuerpo de Mossos
d’Esquadra y Cuerpo General de la Policía de Canarias.
pensión de jubilación se reducirá en un período equivalente al que
resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0.20 a los años completos
efectivamente trabajados como miembros de los Cuerpos de las Policías
Autonómicas y Locales o como integrantes de los colectivos que quedaron
incluidos en los mismos.
prevista en el párrafo anterior en ningún caso dará ocasión a que el
interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior
a los 60 años, o la de 59 años en los supuestos en que se acrediten 35 o
más años de actividad efectiva y cotización en los Cuerpos o en los
colectivos que quedaron incluidos en los mismos, sin cómputo de la parte
proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio
de la actividad a que se refiere el párrafo anterior.
jubilación del trabajador, de acuerdo con lo establecido en el apartado
anterior, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el
porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular
el importe de la pensión de jubilación.
cotización, del tiempo en que resulte reducida aquélla serán de
aplicación a los miembros de los Cuerpos que hayan permanecido en
situación de alta por dicha actividad hasta la fecha en que se produzca
el hecho causante de la pensión de jubilación.
quienes habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada
caso resulte de la aplicación de lo establecido en el apartado 1 de esta
disposición adicional cesen en su actividad como miembros de dichos
Cuerpos pero permanezcan en alta por razón del desempeño de una actividad
laboral diferente, cualquiera que sea el régimen de la Seguridad Social
en el que por razón de ésta queden encuadrados.
disposición adicional procederá aplicar un tipo de cotización adicional
sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto para la
empresa como para el trabajador.
será el mismo que se aplique tanto al colectivo de la Ertzaintza. como al
Gobierno Vasco
siguientes a la situación del colectivo de activos y pasivos.
colectivos que conforman los Cuerpos de Policías Autonómicos y Locales, a
los que se excluyó de la aplicación de la medida objeto del acuerdo
PSOE-PNV con motivo de la tramitación de los Presupuestos Generales del
Estado para 2010.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
tenor literal:
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2010.
siguiente redacción:
acontecimiento será de 1 de julio de 2010 a 31 de diciembre de 2013.
siguiente tenor:
patrocinio, por los esponsores o patrocinadores al consorcio, entidades
de titularidad pública o entidades a que se refiere el artículo 2 de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin
fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, encargadas de
la realización de programas y actividades del acontecimiento, se tendrán
en cuenta a efectos del cálculo del límite previsto en el segundo párrafo
del número primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002, antes
mencionada.»
en su DA Quincuagésima Novena, estableció los beneficios fiscales
aplicables a la Conmemoración del Milenio de la Fundación del Reino de
Granada.
para el año 2009, en su DA Quincuagésima, estableció los beneficios
fiscales aplicables al programa de preparación de los deportistas
españoles de los Juegos de Londres 2012. En la mencionada DA, se incluía,
en el punto cinco que «...No obstante, las cantidades satisfechas, en
concepto de patrocinio, por los esponsores o patrocinadores al Consorcio,
entidades de titularidad pública o entidades a que se refiere el artículo
2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de la
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo,
encargadas de la realización de programas y actividades del
acontecimiento, se tendrán en cuenta a efectos del limite previsto en el
segundo párrafo del número primero del articulo 27.3 de la Ley 49/2002
antes mencionada».
establece una modificación de la Ley de PGE para 2008, en la que se añade
el siguiente párrafo en el apartado cinco de la DA Quincuagésima Novena
de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre de PGE para 2008:
patrocinio, por los esponsores o patrocinadores al Consorcio para la
Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1812, entidades de
titulañdad pública o entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley
49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, encargadas de la
realización de programas y actividades del acontecimiento, se tendrán en
cuenta a efectos del cálculo del límite previsto en el segundo párrafo
del número primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002, antes
mencionada.»
negativa en la obtención de recursos de empresas privadas para la
financiación de los planes y programas aprobados por el Consorcio para la
Conmemoración del Milenio de la Fundación del Reino de Granada.
patrocinen las actividades aprobadas, reduciendo la búsqueda de fondos de
empresas privadas a la figura de la donación, está limitando de forma
grande las posibilidades de financiación privada de la conmemoración.
Conmemoración del Milenio de la Fundación del Reino de Granada
establecida en el punto dos de la DA quincuagésima novena de la Ley
26/2009, estableció la finalización del plazo de éste el 1 de julio de
2013. Como quiera que el acontecimiento se desarrolla a lo largo de todo
el año 2013, quedaría medio año sin la cobertura del citado programa de
apoyo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
en materia de Seguridad Social
texto:
de las policías autonómicas integrales.
Comisión no Permanente de seguimiento y evaluación del Pacto de Toledo
del Congreso de los Diputados, previo su análisis por la Comisión de
Seguimiento del Acuerdo de medidas en materia de Seguridad Social, una
propuesta sobre las medidas a adoptar para dar cumplimiento a las
iniciativas parlamentarias aprobadas por la Cámara, en relación con la
reducción de la edad de acceso a la pensión de jubilación por parte del
colectivo de los funcionarios miembros de las policías autonómicas
integrales equiparándose a la edad de acceso a la pensión de jubilación
de los funcionarios miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado».
aprobada en el marco de la Ley de Acompañamiento a la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el ejercicio 2002 en relación a la jubilación
de los funcionarios de los cuerpos de policía de las comunidades
autónomas y asimismo la resolución aprobada el 6 de junio de 2006 por el
Congreso de los Diputados se instaba al Gobierno a que acometa las
reformas legislativas necesarias para conseguir la reducción de la edad
de jubilación de los funcionarios de las policías autonómicas
integrales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
redacción:
apartado 1 del artículo 32 en el texto refundido de la Ley de Clases
Pasivas del Estado, que queda con la siguiente redacción:
SMI, el limite de los 25 años será aplicable a partir de 01-01-2014.
Hasta dicha fecha, el limite será: durante el año 2012, 23 años; y,
durante 2013, de 24 años.
25 años durante el transcurso escolar, la percepción de la pensión de
orfandad se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente
posterior al inicio del siguiente curso académico.
Estado lo establecido en la Ley 27/2011, de 1 de agosto sobre
actualización y modernización del Sistema de Seguridad Social, dando una
nueva redacción al articulo 175.1 2 de la DT 6o bis LGSS.
hacia los huérfanos acogidos al Régimen de Clases Pasivas del Estado
respecto a los huérfanos de la Seguridad Social, ya que a aquéllas no se
les han reconocido por ley.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Anexo VI.
a Distancia (UNED)
coste del personal docente (funcionario y contratado) y del personal de
administración y servicios (funcionario y laboral fijo) tiene el
siguiente detalle, en miles de euros, sin incluir trienios ni Seguridad
Social.
Personal Docente
(funcionario y
contratado)
Miles de eurosPersonal no Docente
(funcionario
y laboral fijo)
Miles de euros55.144,70 29.249,36
administración y servicios de la UNED por valor de 2.340 miles de euros.
Esto no implica un incremento de gasto del capítulo I, sino un aumento de
la cuantía máxima autorizada para la UNED en gastos de personal por el
incremento de las matriculaciones en los últimos años acompañado de una
estabilización de las plantillas del personal de administración y
servicios.
a tres años, está planteando la necesidad de ajustar al alza el techo de
la plantilla de personal de administración y servicios apelando a:
8/2010 por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción
del déficit público, debido a su estructura de plantilla y la reducción
de costes que supone.
plantilla del personal de administración y servicios laboral fijo
mediante la incorporación entre 2008 y 2011 de 91 efectivos, lo que
también supone una reducción de costes.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Anexo VI.
Educación a Distancia (UNED)
coste del personal docente (funcionario y contratado) y del personal de
administración y servicios (funcionario y laboral fijo) tiene el
siguiente detalle, en miles de euros, sin incluir trienios ni Seguridad
Social.
Personal Docente (funcionario y
contratado)
Miles de eurosPersonal no Docente (funcionario y
laboral fijo)
Miles de euros55.144,70 29.249,36
administración y servicios de la UNED por valor de 2.340 miles de euros.
Esto no implica un incremento de gasto del capítulo I, sino un aumento de
la cuantía máxima autorizada para la UNED en gastos de personal por el
incremento de las matriculaciones en los últimos años acompañado de una
estabilización de las plantillas del personal de administración y
servicios.
a tres años, está planteando la necesidad de ajustar al alza el techo de
la plantilla de personal de administración y servicios apelando a:
8/2010 por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción
del déficit público, debido a su estructura de plantilla y la reducción
de costes que supone.
plantilla del personal de administración y servicios laboral fijo
mediante la incorporación entre 2008 y 2011 de 91 efectivos, lo que
también supone una reducción de costes.
Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula 291 enmiendas al Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
Adjunto, Jordi Guillot Miravet.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 05. Consejo de
Estado.
lucro
participación de las mujeres en los espacios públicos
aspiración. Son expresas y tajantes las estadísticas de participación de
las mujeres en los espacios públicos, incluso en el informe de impacto de
género a los presupuestos generales del Estado para 2012, aparecen los
datos que lo demuestran. Más allá de la obligación casi testimonial de la
participación equilibrada impuesta por la ley de igualdad efectiva de
hombres y mujeres, y la consecuente modificación de la Ley electoral
general, las mujeres no ocupan espacios de poder relevantes ni en lo
económico, ni en lo cultural, ni en lo político, ni en lo laboral.
necesarias para promover el asociacionismo de mujeres e impulsar de forma
decidida su participación en lo público como mínimo en aquellos órganos y
consejos promovidos por y desde la Administración Pública.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
presupuesto del año anterior.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
ejercicio anterior.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
el año 2015.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
ánimo de lucro
el año 2015.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
ánimo de lucro
el año 2015.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
el año 2015.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
el año 2015.
(GPEPC)
(GPEPC),, al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
ánimo de lucro
recortes son más que alarmantes en una partida que debe ser flexible y
sobre todo estar bien dotada.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
recortes son más que alarmantes en una partida que debe ser flexible y
sobre todo estar bien dotada.
(GPEPC)
(GPEPC),, al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
ánimo de lucro
ONGs de Desarrollo.
(GPEPC)
(GPEPC),, al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
COOPERACIÓN
ánimo de lucro
presupuesto del ejercicio anterior.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
lucro.
humanos. Variación (miles de euros): + 9.500.
euros): + 6.000.
euros): + 500.
salud sexual y reproductiva. Variación (miles de euros): + 3.000.
infantil. Variación (miles de euros): + 4.000.
a cabo el tiempo que satisfacemos parte de nuestros compromisos
internacionales en esta materia.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Internacional.
trabajo infantil.
esta materia.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Cooperación
Internacional para el desarrollo
acceso a la salud sexual y reproductiva en los países en vía de
desarrollo
Internacional de El Cairo sobre Población y Desarrollo (CIPD) por 180
países en 1994 fue uno de los primeros instrumentos internacionales que
incorporó metas cuantitativas para el seguimiento de sus avances, algunas
de cuales —reducción de la mortalidad materna, asistencia del parto
por personal cualificado y prevención del VIH/Sida— fueron
incorporadas desde el inicio como Objetivos del Milenio (ODM). Más
recientemente, el acceso universal a la salud reproductiva, objetivo
fundamental de la CIPD, fue incorporado también como meta del milenio
junto con diferentes indicadores relativos a la fertilidad adolescente,
las necesidades insatisfechas de planificación familiar, la tasa de
prevalencia anticonceptiva y la cobertura de cuidados prenatales. Esta
incorporación fue el resultado tanto de la acción de un amplio movimiento
de apoyo a los derechos sexuales y reproductivos, como de la constatación
de que no es posible avanzar hacia el desarrollo global y la erradicación
de la pobreza si no se trabaja en la equidad de género y la salud y los
derechos sexuales y reproductivos.
últimos años para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en
materia de educación y salud (reducción de las infecciones por VIH/SIDA)
hay todavía mucho camino para recorrer, hasta llegar a cumplir los
objetivos. Una vez analizada la evaluación de los recursos financieros
destinados hasta el momento, Naciones Unidas estima que serán necesarios
352 mil millones de euros entre los años 2009 y 2015 para llegar a
implementar la CIPD, de los cuales dos tercios —es decir 235 mil
millones— deberán ser inversiones de los países en desarrollo
mientras que el tercio restante —117 mil millones— deberá ser
aportado por los donantes.
España está ocupando aún un lugar modesto en cuanto al porcentaje de
Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) destinada a la implementación del
programa de acción de la CIPD. De acuerdo al informe del Secretario
General de la CPD con motivo de Cairo+ 15, en 2007 el promedio del
porcentaje de AOD que los donantes dedicaron a este sector fue de 6,46 %,
en un amplio rango que tiene como porcentaje mínimo 0,11 % y como máximo
13,15 %. España, por su parte, se ubica en el 3,81 %, en una tendencia
ascendente que sin embargo refleja un menor esfuerzo presupuestario con
respecto al resto de donantes y que puede ser por tanto mejorada.
descenso de los fondos destinados a aumentar y proporcionar el acceso a
la salud sexual y reproductiva en los países en vía de desarrollo amenaza
directamente cualquier iniciativa para enfrentarse a la pobreza, el
hambre y el calentamiento global.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Cooperación.
Internacional.
conflictos y desastres naturales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.
Administración de Justicia.
Fiscal.
Vigilancia Penitenciaria.
Vigilancia Penitenciaria, que en su mayoría están transferidos a las
Comunidades Autónomas, incrementando sus recursos para garantizar la
reinserción social y la reeducación que establece el artículo 25.2 de la
CE como fin de las penas privativas de libertad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.
Administración de Justicia.
Fiscal.
Oficio.
prestación de Justicia Gratuita para los ciudadanos con menos
recursos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.
Administración de Justicia.
Fiscal.
Turno de Oficio.
prestación de Justicia Gratuita para los ciudadanos con menos
recursos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.
Justicia
desarrollan tareas de dignificación y exhumación de las fosas comunes
consecuencia de una interpelación urgente en el pleno del Congreso en la
que se instaba al congreso a: 1. transformar y potenciar la Oficina para
las Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, con sede en el Ministerio
de Justicia, para que, además de su función de atención y asesoramiento a
los ciudadanos, asuma la dirección y coordinación de todas las políticas
públicas vinculadas a la aplicación de la Ley 52/2007, tanto en el seno
de la Administración General del Estado, como en las relaciones con las
demás Administraciones Públicas competentes. 2. Seguir facilitando el
asesoramiento sobre los derechos, las condiciones y los procedimientos
para el ejercicio de los derechos de las víctimas que contempla dicha Ley
52/2007, a través de la Oficina de
la responsabilidad pública e institucional en las labores de
localización, exhumación e identificación de las fosas o enterramientos
de las víctimas de la guerra civil y dictadura, así como la divulgación
de los resultados, pasando a ser ésta una política pública e
institucional garantizada por el conjunto de Administraciones y por la
Administración General del Estado con carácter subsidiario.
para los gastos de justicia para el apoyo de todas aquellas CCAA que
están realizando tareas de dignificación y exhumación de fosas comunes,
ya que actualmente algunas de ellas como es el caso de Catalunya están
desarrollando iniciativas que deberían corresponder al Ministerio de
Justicia en cumplimiento de la ley 52/2007.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.
Justicia
de fosas comunes
consecuencia de una interpelación urgente en el pleno del Congreso en la
que se instaba al congreso a: 1. transformar y potenciar la Oficina para
las Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, con sede en el Ministerio
de Justicia, para que, además de su función de atención y asesoramiento a
los ciudadanos, asuma la dirección y coordinación de todas las políticas
públicas vinculadas a la aplicación de la Ley 52/2007, tanto en el seno
de la Administración General del Estado, como en las relaciones con las
demás Administraciones Públicas competentes. 2. Seguir facilitando el
asesoramiento sobre los derechos, las condiciones y los procedimientos
para el ejercicio de los derechos de las víctimas que contempla dicha Ley
52/2007, a través de la Oficina de Víctimas de la Guerra Civil y la
Dictadura. 3. Garantizar la responsabilidad pública e institucional en
las labores de localización, exhumación e identificación de las fosas o
enterramientos de las víctimas de la guerra civil y dictadura, así como
la divulgación de los resultados, pasando a ser ésta una política pública
e institucional garantizada por el conjunto de Administraciones y por la
Administración General del Estado con carácter subsidiario.
para los gastos de justicia para el apoyo de las familias que soliciten
la exhumación de fosas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.
Administración de Justicia.
Fiscal.
Juzgados de Familia e Incapacidades.
los sectores sociales más débiles, y en la actualidad son insuficientes
en número para abordar todas las demandas y además no se encuentran
dotados de medios adecuados para desarrollar su labor.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.
Generales.
Justicia.
Corrupción
de Europa de lucha contra la corrupción, habida cuenta de lo conveniente
de impulsar este grupo que lucha contra una de las mayores lacras de las
democracias actuales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.
Administración de Justicia.
Fiscal.
Menores.
Menores, que en su mayoría están transferidos a las Comunidades
Autónomas, incrementando sus recursos para garantizar la eficacia de las
medidas y los fines contenidos en la Ley Orgánica de Responsabilidad
Penal del Menor.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de
Defensa.
Defensa
desigualdad por razón de género en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado y de apoyo al Observatorio Militar para la Igualdad, con especial
incidencia en el ámbito de actuación de estas.
generales del Estado para 2012, reconoce como ejemplos de lo que se
solicita que en el Ministerio de Defensa sólo del personal miliar, sólo
el 12,1 % son mujeres; de los oficiales sólo el 6,5 % son mujeres. Es
claro que las mujeres no se incorporan a los cuerpos y fuerzas de
seguridad del Estado porque son espacios absolutamente masculinizados en
sus estructuras, en su organización y prácticas.
era un órgano decisivo para la consecución de la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres militares. Aunque ha sido
sustituido por el observatorio Militar de Igualdad, que supuestamente
tiene los mismos fines, es evidente que la Secretaría Permanente de
Igualdad, tiene que contar con los medios económicos y personales para
que ese objetivo sea real y efectivo.
de actuación de estas» queremos incluir en las medidas de este organismo
el control, evaluación e intervención en aquellas actuaciones e
Ejército, en sus actuaciones; ya que es reconocido por diversos
organismos internacionales y ONG, el protagonismo de «las fuerzas de paz»
en el aumento de la violencia de género en los países «de actuación»
(agresiones, violaciones, prostitución,…)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de
Defensa.
El Pardo (CEHIPAR)
Defensa al CEHIPAR sólo cubre el 74 % de los gastos de personal del
mismo, poniendo en entredicho la capacidad del centro de mantener al
propio personal en plantilla. Se propone atender esa diferencia para
cubrir íntegramente el capítulo 1 de personal con transferencias
corrientes provenientes de los PGE 2012. Cualquier política en contrario
significaría para el centro financiar parcialmente este capítulo con
ingresos provenientes de otras partidas o de ingresos propios, desviando
esa financiación de sus objetivos reales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de
Defensa.
lucro
de la paz
con el objetivo de apoyar cultural y socialmente la paz.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de
Defensa.
Aeroespacial Esteban Terradas
Técnica Aeroespacial Esteban Terradas
Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas
Defensa al INTA sólo cubre el 55 % de los gastos de personal del
Instituto, poniendo en entredicho la capacidad del centro de mantener al
propio personal en plantilla. Se propone atender esa diferencia para
cubrir íntegramente el capítulo 1 de personal con transferencias
corrientes provenientes de los PGE 2012. Cualquier política en contrario
significaría para el centro financiar parcialmente este capítulo con
ingresos provenientes de otras partidas o de ingresos propios, desviando
esa financiación de sus objetivos reales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
Públicas.
lucro
en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para
satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para
asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las
circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento
(…)». Para la cuantificación de la pensión jueces y tribunales
aplican los arts. 142 y ss. CC, que regulan los alimentos legales y, en
particular el art. 146 CC, que establece que «la cuantía de los alimentos
será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades
de quien los recibe»1.
Catalana, previeron fondos destinados a cubrir las pensiones alimenticias
impagadas reconocidas a favor de hijos, cuya unidad familiar estuviera en
una situación de estrechez económica. Igualmente, en cuanto a los países
de nuestro entorno, podemos hablar de Alemania que lo tiene establecido
desde 2008.
1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, se previó un fondo de garantía de pensiones de
ámbito estatal. Posteriormente, la DT 11ª de la LO 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres habilitó
expresamente al Gobierno para regular el Fondo. En ejercicio de la
habilitación, el Gobierno aprobó el RD 1618/2007, de 7 de diciembre, de
organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de
Alimentos. El establecimiento de este fondo es también una concreción del
art. 39 de la Constitución Española, y de la obligación de adoptar las
medidas necesarias para asegurar el cobro de las pensiones alimenticias
contraída por los Estados que han ratificado la Convención de las
Naciones Unidas sobre Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989,
entre los que se encuentra España (instrumento de ratificación de
30.11.1980, BOE núm. 313 de 31.12.1990).
(18 meses) como la cuantía misma (100 ¤ por hijo) es claramente
insuficiente ya que si se parte de la escasez de recursos de la persona
que tenga la guarda y custodia, normalmente las mujeres, es imposible con
esta cantidad y este tiempo cubrir las necesidades básicas de las y los
menores de 18 años.
el juez, que tal como recoge el Código Civil es quien determina la
cantidad necesaria para cubrir las necesidades de los hijos y por el
tiempo en que se tarde judicialmente en el cumplimiento de la
sentencia.
recuperable, puesto que el obligado a su pago, deberá reintegrar al
Estado las cantidades pagadas en su debe y su recaudación se realizará
mediante el procedimiento administrativo de apremio.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
CC.AA. y las EE.LL.
Comunidades Autónomas Uniprovinciales y Ayuntamientos de Ceuta y Melilla,
como aportación a la financiación de las inversiones de las entidades
locales por cooperación económica local del Estado.
euros
obras y servicios y tampoco existe la financiación que en los últimos
años percibían los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, gracias
al fondo que había para ello.
deja en el aire el desarrollo de los planes provinciales de obras,
instrumento básico para que los pequeños municipios planifiquen y
ejecuten actuaciones de servicios públicos básicos para la población del
medio rural. Paralelamente, el desarrollo de estas obras supone la
generación de empleo en el entorno
Económica Local se mantenga en los mismos importes que en el año 2011. La
Cooperación Económica Local del Estado, se centra en la realización y
ejecución de Planes Provinciales e Insulares de Cooperación sobre
inversiones municipales y proyectos de obras de mejora y conservación de
la red viaria de titularidad de las diputaciones provinciales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
CC.AA. y las EE.LL.
de los municipios de población no superior a 20.000 habitantes.
Departamentos ministeriales.
euros
obras y servicios y tampoco existe la financiación que en los últimos
años percibían los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, gracias
al fondo que había para ello.
deja en el aire el desarrollo de los planes provinciales de obras,
instrumento básico para que los pequeños municipios planifiquen y
ejecuten actuaciones de servicios públicos básicos para la población del
medio rural. Paralelamente, el desarrollo de estas obras supone la
generación de empleo en el entorno.
positivas y necesarias para cohesionar el territorio, en especial, de
determinadas provincias donde escasean grandes poblaciones y predominan
los pequeños municipios con poca población y escasa capacidad
recaudatoria.. La situación de estos municipios se agravará sin la
existencia de este Fondo especial para financiar las actuaciones
referidas en el párrafo anterior.
partida presupuestaria con el mismo importe que en el año 2011, es decir,
que la aportación para 2012 sea por importe total de 45.049,15 miles de
euros
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
Públicas.
Competencias con las CC.AA y las EE.LL.
lucro.
Provincias
Departamentos ministeriales.
euros
una asociación de Entidades Locales con personalidad jurídica plena para
el fomento y defensa de la autonomía de las Entidades Locales.
Locales, constituyéndose en la Asociación de Entidades Locales con mayor
representación en el ámbito nacional.
Pública mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de Junio de 1985,
es la Sección Española del Consejo de Municipios y Regiones de Europa
(CMRE), y sede oficial de la Organización Iberoamericana de Cooperación
Intermunicipal (OICI).
artículo 145.1. que «en ningún caso se admitirá la federación de
Comunidades Autónomas». Es evidente que si el legislador constituyente lo
hubiese decidido lo hubiera redactado en términos similares para las
Corporaciones Locales, sin embargo no fue así y ello porque se reconoce
la necesidad y utilidad de crear este tipo de asociaciones como así lo
confirma la Disposición Adicional Quinta de Ley 7/1985, de 2 de abril, de
Bases del Régimen Local.
los diferentes Departamentos Ministeriales y en particular con el
MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Esta colaboración ha dado como
fruto el desarrollo de actuaciones en diversas áreas como la implantación
de nuevas tecnologías de la información y la comunicación, la formación
continua, la aplicación de sistemas de calidad o el establecimiento de un
sistema intercomunicado de registros, entre otras.
HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, entre otras competencias, le
corresponde el desarrollo de «las relaciones y la colaboración con las
asociaciones de Entidades Locales y con las Comunidades Autónomas en
materia de Gobierno y Administración Local». En el marco de dicha
colaboración, es un objetivo del MINISTERIO posibilitar que la FEMP pueda
desarrollar en condiciones adecuadas su labor de cooperación y
representación de los intereses de los Gobiernos Locales.
consignado en los Presupuestos Generales del Estado una subvención
nominativa a favor de la FEMP, en virtud de su condición de asociación
más representativa de las entidades locales a nivel nacional. Esta
condición implica la participación de la FEMP en un conjunto de órganos
colegiados, entre otros, la Comisión Nacional de Administración Local, la
Conferencia Sectorial de Asuntos Locales, Consejo Superior de Tráfico,
Consejo Superior de Política de Inmigración, Consejo Nacional del Agua,
Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones, Observatorio
para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, Consejo
Escolar del Estado, Consejo Territorial del Sistema para la autonomía y
atención a la dependencia y Conferencia Sectorial de Administración
Pública.
posibilitando que el ámbito local esté presente en el proceso de toma de
decisiones de la Unión Europea, así como en el Congreso de Poderes
Locales y Regionales del Consejo de Europa.
¤, y tiene como finalidad reforzar la organización técnica y de gestión
de la FEMP, colaborar en el desarrollo de las políticas de la Unión
Europea y nacionales con incidencia en las Entidades Locales, así como
cooperar en la celebración de eventos de interés general e intercambio de
datos con el objetivo de hacer frente a los requerimientos derivados de
las responsabilidades y tareas que se derivan del papel de representación
institucional de los gobiernos locales, y que ha de asumir tanto en el
ámbito nacional como internacional.
Locales en ámbitos diversos y su acción de cooperación y colaboración con
dicho MINISTERIO, existe justificación suficiente para el otorgamiento de
la subvención consignada presupuestariamente.
los citados antecedentes, una reducción del 40 por ciento en la
subvención nominativa se considera por la FEMP muy rigurosa, motivo por
el cual se propone el mantenimiento de la partida presupuestaria por el
mismo importe que para 2011, esto es 3.335,19 millones de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
Públicas
Competencias de las CC.AA. y las EE.LL.
Consejos Insulares y Comunidades Autónomas Uniprovinciales, para la
actualización y mantenimiento de la Encuesta de Infraestructura y
Equipamientos Locales.
Departamentos ministeriales.
Infraestructura y Equipamientos Locales es el instrumento de análisis y
valoración de las necesidades de dotaciones locales a efectos de
cooperación económica del Estado que se elabora según metodología del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. La finalidad de la
Encuesta es conocer la situación de las infraestructuras y equipamientos
de competencia municipal, formando un inventario de ámbito nacional, de
carácter censal, con información precisa y sistematizada.
Consejos Insulares para la actualización y mantenimiento de la Encuesta
de Infraestructura y Equipamientos Locales se eliminó en los Presupuestos
Generales del Estado, para 2009 si bien no implicó con ello la
desaparición de la actividad para la que fue creada.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
Generales
y AA.PP.
entes S.P.
prestación del servicio público de radio y televisión
MINISTERIALES
presentarse en los Departamentos Ministeriales
Radio y Televisión Española, S.A. (Consolidado).
R.T.V.E. para la prestación del servicio público de radio y televisión
sufre un recorte de 203.310 miles de euros, que acabará por deteriorar la
calidad del servicio.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
Generales
y AA.PP.
entes S.P.
prestación del servicio público de radio y televisión
MINISTERIALES
presentarse en los Departamentos Ministeriales
Radio y Televisión Española, S.A. (Consolidado).
R.T.V.E. para la prestación del servicio público de radio y televisión
sufre un recorte de 203.310 miles de euros, que acabará por deteriorar la
calidad del servicio.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
Generales
y AA.PP.
entes S.P.
funcionamientos
MINISTERIALES
presentarse en los Departamentos Ministeriales
de Participaciones Industriales en 3 millones de ¤ que irían destinados
directamente a la Agencia de Noticias EFE para dotar a la misma de
mayores medios materiales y humanos para poder seguir realizando su labor
informativa a nivel nacional e internacional, donde la agencia France
Press, la competidora directa de EFE, está ocupando los nichos de mercado
que la agencia española deja por falta de presupuesto.
ha venido realizando a la Agencia desde el año 2009. Con este aumento el
recorte sufrido por la agencia en los últimos años quedaría sin efecto
para el próximo ejercicio presupuestario.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
Estado.
lucro
seguridad del Estado que atienden a los inmigrantes, sobre todo en las
costas Canaria y Andaluza, receptoras de inmigrantes de manera
permanente, de forma que sea posible una formación específica en el
tratamiento y atención de la inmigración.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
riesgos, para garantizar la suficiencia y adecuación de medios, con el
objetivo de mejorar la eficacia en la asistencia y la rapidez en la
respuesta ante estas situaciones.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
Penitenciarias
lucro.
Provincias, para trabajo en favor de la comunidad y arresto de fin de
semana.
euros.
Penitenciarias
lucro.
de abril de 1997, aprobó la firma del Convenio de Colaboración entre el
Ministerio del Interior, en su momento Organismo Autónomo de Trabajo y
Prestaciones Penitenciarias, y la FEMP para la gestión del cumplimiento
de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad.
conjuntas emprendidas desde tal fecha, el Convenio de Colaboración se ha
ido renovando —mediante Adendas firmadas anualmente— hasta
nuestros días. Primero entre la Dirección General de Instituciones y la
FEMP, y posteriormente entre dicho organismo y la actual Secretaria
General de Instituciones Penitenciarias, como renovación del mismo.
FEMP para que ésta última gestione con los Municipios, Diputaciones,
Consejos y Cabildos Insulares, la oferta de puestos de trabajo que
permitan el efectivo cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de
la comunidad, en el ámbito competencial de cada municipio u otras
entidades locales. Objetivo y compromisos adquiridos por las partes, que
se han cumplido adecuadamente.
Federación el presente Convenio, a fin de que dichas entidades conozcan
de la oportunidad y pertinencia de ofertas plazas a penados a trabajos en
beneficio de la comunidad.
locales interesadas, para que éstas se adhieran al Convenio conforme al
Protocolo de Adhesión.
Penitenciarias los Protocolos de Adhesión correspondientes, cada vez que
se produzcan dichas adhesiones.
ofertas de trabajo que presenten las entidades locales para el
cumplimiento de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, así
como cuantas iniciativas, aportaciones o problemas puedan surgir en la
gestión.
aumento del número de adhesiones al Convenio entre el Ministerio del
Interior y la Federación Española de Municipios y Provincias se estima
conveniente continuar con las labores de difusión y gestión, con el fin
de lograr la implantación de la medida penal lo más extensa posible para
conseguir que el mayor número de ciudadanos se beneficie de la misma.
crecimiento del número de adhesiones en función de las necesidades no
cubiertas con las 5.908 plazas existentes, así como el mantenimiento y
asesoramiento de las Entidades Locales que ofertan las mismas.
ayuntamientos respecto al tema de responsabilidad civil de los penados,
desde la FEMP desde hace tres años se lleva firmando una póliza de
responsabilidad civil para trabajos en beneficio de la comunidad cuyo
importe asciende a 9.069 euros, así como la puesta en marcha de una
página web para facilitar la adhesión de las entidades locales.
presupuestaria 1605.133A.484 de 93.420 euros en 2011 a 10.910 euros en
2012 supone un descenso muy importante que pone en riesgo el cumplimiento
de los compromisos de la FEMP recogidos en el Convenio de Colaboración
entre el Ministerio del Interior de la FEMP para la gestión del
cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad.
Considerando lo anterior se propone que la partida presupuestaria para
2012 sea por el mismo importe que en 2011, 93.420 euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
renovación de Parques Infantiles de Tráfico.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
año 2012 contengan partidas que garanticen un plan de choque en recursos
humanos (Nuevas plazas, reorganización RPTs con nuevos puestos de
trabajo) con el objeto de que las medidas alternativas a la prisión sean
una realidad en España.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
riesgos, para garantizar la suficiencia y adecuación de medios, con el
objetivo de mejorar la eficacia en la asistencia y la rapidez en la
respuesta ante estas situaciones.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
Penitenciarias.
conservación.
y conservación de las IIPP en orden a la perentoria necesidad de mejorar
las instalaciones desde el punto de vista material.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
provincias
Educación Vial, cursos a profesores y materiales didácticos necesarios
para ampliar el curriculum escolar de primaria y secundaria para
incorporar la seguridad vial.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
todos los centros.
problemas psiquiátricos que no requieren hospitalización es necesario
crear y articular un servicio de asistencia psiquiátrica extensivo en
todos los centros con el objetivo de cumplir con el mandato
constitucional del artículo 25.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.
para el cumplimiento de penas alternativas a la prisión.
las consecuencias (hacinamiento, etc..) pone de relieve la necesidad de
explotar los servicios sociales penitenciarios en todo el territorio. Los
medios personales y materiales de estos servicios sociales son los mismos
desde hace más de una década, con un ratio de trabajadores sociales a
todas luces insuficiente y desbordado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
su paso por Viladecavalls
(miles ¤) que ya era insuficiente para adecuar la zona del falso túnel y
la zona adyacente a su paso por Viladecavalls (zona Can Trias), pero que
guardaba relación con el protocolo firmado entre el Ministerio y el
Ayuntamiento en relación a este punto de la obra.
zona es de 1.840 (miles de euros) teniendo en cuenta que al ser trama
urbana es necesario hacer una zona verde-lúdica y la superficie de
actuación es de 40.000 m2 aprox.
firmado, ya que tan solo se prevén 50 (miles de euros), cantidad que
dista mucho a la presupuestada para hacer una adecuación completa o
parcial.
o, en su defecto, retrotraer (mantener) la partida de los PGE 2011 de 900
(miles de euros).
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
entre Barcelona i Vic a la altura de Mollet del Vallés
altura de Mollet del Vallés, incluido el traslado de la estación de
Mollet-Santa Rosa. Se trata de un proyecto que cuenta con un convenio
firmado entre el Ayuntamiento de Mollet y el Ministerio.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
carreteras
de ejecución.
efectos de acelerar las obras durante el año 2012. La Variante de la
N-340 a su paso por Vallirana es una obra largamente reivindicada durante
más de 20 años, ya que afecta de forma clara la movilidad de la zona, la
regularidad en el tiempo de viaje de los usuarios, complicando la cadena
logística y encareciendo la competitividad de la zona de larga tradición
industrial y de servicios. Asimismo la N-340 y en este caso la Variante
de Vallirana es la única infraestructura viaria gratuita de la comarca
del Baix Llobregat con la comarca del Alt Penedès i la provincia de
Tarragona, y por tanto tiene un alto interés en la conexión entre
territorios y es un factor de competitividad económica indudable.
(GPEPC)
(GPEPC), previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan
la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.
ferroviario
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
BARÀ.
territorio: línea abandonada que une los municipios de Reus (Baixa Camp)
y Roda de Barà (Tarragonès). Garantizar servicio ferroviario a
poblaciones como el Morell, Perafort y la Riera de Gaià (Tarragonès).
Conexión directa de la Estación de Alta Velocidad de La Secuita-Peraort
con la ciudad de Reus: actuar como tren de cercanías y solventar las
dificultades de acceso y comunicación.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
carreteras
uso general
todas las inversiones previstas para el proyecto, en lugar de alargar las
obras hasta 2015.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Sant Feliu de Llobregat y cumplimiento con las previsiones del Plan
Ferroviario de Barcelona 2010-2015
Barcelona 2010-2015 aprobado por el Ministerio de Fomento.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
la ciudad de Tarragona para adaptarla a personas con movilidad reducida,
garantizando así la accesibilidad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
bienes destinados al uso general
alta densidad poblacional (más de un millón de habitantes), y en
consecuencia, por una elevada movilidad interna (tanto laboral como de
servicios, que supone el 83 % del total de desplazamientos). Desde hace
varios años, entidades de la sociedad civil y ayuntamientos trabajan en
la creación de una línea de tranvía, denominada Tramvallès. La propuesta
incluye:
del Vallès, Cerdanyola del Vallès, Montcada i Reixac, Ripollet, Rubí,
Sabadell, Sant Cugat y Terrassa)
servicios locales de autobús)
estaciones de RENFE y 5 enlaces con estaciones de FGC.
transportes ya existentes, favoreciendo así:
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
bienes destinados al uso general
Hospital General de Catalunya
conexión entre las estaciones de RENFE (línea R8, Martorell/Granollers
Centre) y Ferrocarriles de la Generalitat (línea S1, Bcn pl.
Catalunya/Terrassa), en concreto en la estación de Hospital General de
Catalunya. Esta actuación permitiría aumentar los usuarios del Vallès
Occidental (quedan fuera de la línea las dos co capitales de la comarca),
y del norte de Barcelona; aportando una mayor conectividad con las
estaciones de la línea R8, que actualmente sólo enlaza en tres estaciones
con las líneas de FGC (sólo en una existe intercambiador). Finalmente,
todo esto reduciría el déficit de explotación de la línea al
incrementarse los pasajeros, favoreciendo el aumento de servicios en la
línea R8 y su posible ampliación en paralelo en la AP7 o Corredor
Mediterráneo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Ferroviarias.
ferroviario.
destinados al uso general
estaciones de ferrocarriles del Estado
discriminación y accesibilidad universal de las personas con
discapacidad, de 2003, establece en la disposición adicional octava los
nuevos plazos para las condiciones básicas de accesibilidad y no
discriminación para el acceso y utilización de los medios de transporte.
Concretamente, de 5 a 7 años para lo nuevo y de 15 a 17 para lo antiguo.
Es decir, se establece el horizonte del 2020 para la plena
accesibilidad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
carreteras
bienes destinados al uso general
de la población de Juneda (Lleida)
euros
donde van a dar las arterias principales de entrada y de salida del casco
urbano. La inexistencia de las rotondas ha ocasionado múltiples
accidentes mortales. El Ayuntamiento ha solicitado la construcción de dos
rotondas al Ministerio de Fomento, el cual se ha comprometido verbalmente
a construirlas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Frontera francesa
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
destinados al uso general
C-4
línea:
de permitir incrementar la velocidad media de los trenes y reducir la
duración de los trayectos. Actualmente la velocidad es muy baja en muchos
tramos a causa del escaso mantenimiento. Esto también permitiría
recuperar todas las paradas en las estaciones de Lavern–Subirats y
La Granada.
obra nueva ya se pueden incrementar las frecuencias hasta 15 minutos en
horario normal, simplemente se trata de prolongar hasta Vilafranca del
Penedès y SantVicençde Calders el recorrido de los trenes que ahora
finalizan en Martorell (y a la inversa, los que ahora salen de Martorell,
que lo hagan de SantVicenç de Calders). Es un problema de voluntad
política y prioridades presupuestarias. En lugar de hacer tantas nuevas
carreteras, consideramos mejor destinar una parte de este dinero a
reforzar este servicio, como primera acción inmediata.
en los entornos de Barcelona permiten eliminar el «cuello de botella» que
se produce en Sants–Estación, pensamos que todavía se podrían
incrementar más las frecuencias de paso.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
TERRASSA-MANRESA
necesita una reforma integral; hay tramos del trayecto, por ejemplo entre
las estaciones de Vacarisses y Viladecavalls, en que la circulación tiene
que bajar a velocidades inferiores a 50 km / hora, por la precariedad de
la infraestructura y el peligro de desprendimientos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Ferroviario
destinados al uso general
mediante vía doble
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Ferroviario
destinados al uso general
Regionales
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
(Reus–Aeropuerto–Estación T11–Tarragona)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
2013, de los intercambiadores: Reus Bellisens, Rubi Hospital General y
Sant Cugat Volpelleres
la comunicación entre municipios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
para incrementar la capacidad de la red
euros
2008-2012
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Ferroviario
destinados al uso general
entre Montcada y Vic
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Vandellós–Tarragona del Corredor Mediterráneo.
línea de alta velocidad hacia Barcelona y hacia Lleida), pero esta
parcialmente ejecutada y posteriormente abandonada en el tramo de ancho
ibérico. Se ha aproximado una inversión necesaria de 350 M¤ para su
finalización inmediata.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Tarragona (combinadas con regionales)
zona lo hace imprescindible.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
(combinadas con regionales)
zona lo hace imprescindible.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
y Regionales, del servicio Rodalies de Catalunya
explotación de Renfe en 2012, tampoco se ha confirmado, por el momento,
que cantidad se destinara a cubrir la explotación de Rodalies de
Catalunya. A escala española, Rodalies de Catalunya supone el 30 % de
toda la demanda de Cercanias y Regionales de toda Renfe, expresada en
viajeros-kilometro.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Ferroviario
destinados al uso general
Puerto de Tarragona–vía mixta Puerto de Barcelona
puerto de Tarragona y la actual vía mixta Puerto de Barcelona–la
Jonquera, con previsión para el desdoblamiento del cuello de botella
Castellbisbal–Martorell (Oeste)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Figueres–línea férrea tren convencional–línea AVE
cercanías
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
y taludes y intrusismo en las línias R3 y R8 (Papiol Mollet), así como
eliminación de pasos a nivel mediante pasos a diferentes niveles que
mejoren la permeabilidad urbana.
ferroviarias.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
de Can Filuà en la AP-7 por la presencia de una estación del
oleoducto
rotonda y requeriría dotarse de una mayor protección como prevención a
posibles accidentes.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
AP-7 a la altura del Camí Vell de Polinyà en Santa Perpètua de
Mogoda.
municipios de Santa Perpètua de Mogoda, así como incremento de las
medidas de permeabilidad de la AP-7
(GPEPC)
(GPEPC), previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan
la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.
ferroviarias R3, R4 y R8 (Papiol-Mollet) en el ámbito de la Línea Orbital
Ferroviaria de la provincia de Barcelona.
(GPEPC)
(GPEPC), previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan
la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.
ferroviarias R4 y R8 (Papiol-Mollet) en el municipio de Cerdanyola del
Vallès, para la mejora de la comunicación ferroviaria entre los
municipios de Barcelona, Cerdanyola del Vallès, Santa Perpètua de Mogoda
y Mollet del Vallès.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviaria R8 (línea Papiol-Mollet) a su paso por el IES Estel ibérica y
el barrio de Mas Costa de Santa Perpètua de Mogoda. Así mismo,
minimización de impactos sonoros de la línia R3 a su paso por el
municipio de La Llagosta y del barrio de La Florida de Santa Perpètua de
Mogoda.
líneas ferroviarias sobre vecinos y equipamientos públicos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
mercancías ubicada en el municipio de La Llagosta
euros
estación intermodal de mercancías en La Llagosta, son proyectos
estratégicos para el futuro de Santa Perpètua de Mogoda y para La
Llagosta
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
estación intercambiadora de las líneas ferroviarias R2, R3, R4, R7, R8 i
Regional en el municipio de Montcada i Reixac.
mejora la comunicación entre municipios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviaria R8 (Papiol-Mollet) a su paso por el municipio de Santa
Perpètua de Mogoda (Granja Soldevila), o en su defecto habilitación
urgente de un bajador en la misma ubicación.
andenes también están construidos. Santa Perpètua de Mogoda com más de
25.000 habitantes y una oferta de más de 14.000 puestos de trabajo
necesita este servicio. Actualmente los trenes pasan de largo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Perpètua de Mogoda.
facilitará la comunicación con el nuevo barrio de Can Filuà en Santa
Perpètua de Mogoda, actualmente en construcción.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
su paso por el municipio de Santa Perpètua de Mogoda.
tránsito de la AP-7 a su paso por el municipio de Santa Perpètua de
Mogoda.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
línea ferroviaria R3
núcleos urbanos, para liberar el municipio de La Llagosta y el barrio de
La Florida en Santa Perpètua de Mogoda de la via ferroviaria, y poder
ubicar una nueva estació de cercanías en el municipio de Ripollet.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
LLANÇA-FIGUERES
tráfico baja)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
(18,2 Km.)
tráfico baja)
(GPEPC)
(GPEPC), previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan
la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.
ACTUAL N-152. (10,17Km.)
tráfico baja)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
LLEIDA-MANRESA
LLEIDA-MANRESA
(que tiene un atraso de inversión de hace más de diez años y con un
servicio nefasto desde hace más de 30 años), para garantizar un
transporte colectivo, sostenible y seguro digno del siglo XXI en las
comarcas del Bages, Anoia y Segarra, así como en la Cataluña Central y la
región de Lleida, áreas económicas y sociales con necesidad de impulso
social y económico.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
término municipal de la Garriga, (Vallés Oriental)
Ayuntamiento de La Garriga para realizar la supresión de 4 pasos a nivel,
que formaba parte del plan del Ministerio de Fomento de suprimir todos
los pasos a nivel de la red de Renfe. El Ayuntamiento de La Garriga
presentó alegaciones al proyecto previsto en este municipio, que fueron
consensuadas con ADIF, y aprobadas en el pleno municipal.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
alternativas más eficientes)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
euros
promoción de movilidad colaborativa a través del impulso de proyectos
como el Car-Sharing, Portal de Movilidad, e-hitchhiking, car-pool y
gestión de movilidad. En el pasado ya recibió aportaciones de los PGE a
través de convenios que serán la base para efectuar los pagos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
YRIPOLL.
tráfico baja)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
ampliación de los servicios ferroviarios en Lleida
el debate del estado de la nación 2009. Dotación de un servicio de
cercanías metropolitano en el área de Lleida.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
Barcelona y la cuadruplicaciónde vías Bellvitge–Castelldefels
en la velocidad comercial de regionales
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
destinados al uso general
Vilafranca del Penedès
Penedès y de los nuevos accesos a los andenes subterráneos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
DELVIADUCTO DEL TREN A SU PASO POR GIRONA
2010 (pendiente de ejecución)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Barca–Castellbisbal (A2-AP7)
facilitar la movilidad y transporte de mercancías.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Pallejà-Molins de Rei. AP2-A2-B24.
N340 y en El Papiol. Es una actuación que tiene prevista el Ministerio
pero que todavía no ha recibido Dotación económica.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
viaria nudo del Papiol (AP7-AP2-B23)
Llobregat–Vallès Occidental. Esta medida conjuntamente con la
reducción de las velocidades máximas solucionará los problemas de tráfico
diario en este enlace.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
euros
Llobregat que permitirá reducir la congestión diaria y facilitar la
movilidad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
destinados al uso general
ancho ibérico a su paso por Vilafranca del Penedès y nuevo soterramiento
con medidas de reducción sonora y vibratoria
Lleida–Martorell, de la LAV Madrid–Barcelona–Frontera
Francesa, a su paso por el núcleo urbano de Vilafranca del Penedès,
resulta evidente que uno de los objetivos de la actuación es la
«reducción del impacto acústico del sistema ferroviario», no solo no ha
sido conseguido sino que dicho impacto se ha visto muy acrecentado. A su
vez también está en entredicho otro de los objetivos del proyecto, el de
ser una «infraestructura segura».
refuerzo y construcción de los muros de carga laterales para permitir
cubrir con grandes losas de hormigón las vías existentes de ancho ibérico
y las de nueva construcción de la LAV, atendiendo al hecho que el
corredor ferroviario transcurre por una cota inferior a la de las calles
de ambos lados de la ciudad. La cobertura realizada tiene una longitud de
1318 metros.
finales, que se descartaron porqué en esta última zona la diferencia de
cotas entre las vías y las calles es menor, lo que impedía cubrir «a
nivel».
medidas de reducción sonora y vibratoria ha generado un incremento muy
notable del ruido y de las vibraciones en esta última zona afectando a
más de 600 vecinos.
grietas a causa de las vibraciones y, especialmente el incremento
exponencial del ruido a causa del encajonamiento de la obra se ha visto
confirmado primero por estudios acústicos municipales y posteriormente,
por estudios acústicos y de vibraciones realizados por el Laboratorio de
Vibraciones del Departamento de Ingeniería Mecánica de la UPC.
de las grietas, cabe destacar que los estudios realizados ponen de
manifiesto que se superan con creces los niveles de ruido e incluso de
vibraciones establecidos por las normativas vigentes.
reducción y minimización del ruido y las vibraciones, sin descartar a
priori ninguna opción, des de la colocación de pantallas sonoras y
substitución de algunos materiales para reducir las vibraciones hasta, si
es menester, el soterramiento total y el cubrimiento de los 190 metros
que quedan al descubierto.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Ferroviario
destinados al uso general
existentes de Cercanías Renfe
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
carreteras
uso general
PLATAFORMAS.
entrada que registra más circulaciones en autobús y autocar de Barcelona,
cuyo carril bus es objeto de reivindicaciones de Ayuntamientos,
sindicatos y entidades como la PTP desde el año 2001. Para superar las
dificultades de los carriles bus-VAO tradicionales, con elevados costes
de construcción y rigidez en sus accesos, en Barcelona se ha propuesto
una solución más ligera basada en la reducción de la velocidad para ganar
espacio en la calzada actual y generar un carril bus por un coste muy
inferior. La menor velocidad de esta solución permite acomodar una
transición entre los 120 km/h interurbanos y los 50 km/h urbanos, además
de facilitar la incorporación de los autobuses desde cualquiera de los
accesos actuales, ahorrándose los rígidos y costos accesos con distinto
nivel y ampliaciones de calzada.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
BARCELONA-MANRESA
un colapso del servicio que impide la ampliación de servicios (el tramo
Terrassa-Manresa tiene un servicio mínimo de sólo 2 trenes hora los días
laborables, y de sólo 1 tren hora los festivos), también el colapso
impide la reducción del tiempo del trayecto, que en el mejor de los casos
es de 1h 12 minutos entre Manresa y Barcelona Plaza Catalunya. Todo ello
hace necesaria la construcción de una tercera en diferentes tramos de la
línea, que permita la ampliación de servicios y la reducción de duración
de los trayectos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
contaminación acústica que sufren, ya que actualmente está encima de los
niveles regulados por Ley.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
MONTSERRAT-VILADECAVALLS. (6,2 Km)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
KM)
alternativas más eficientes)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Carreteras
MORROT (6,5KM.)
capacidad de la red viaria en la entrada y salida de Barcelona, de forma
que facilita que los desplazamientos de conexión se realicen en vehículo
privado, contradiciendo los objetivos del Plan de Movilidad Urbana de la
ciudad de Barcelona y con la necesidad de reducir la contaminación
atmosférica actual.
un aumento del tráfico interno en la ciudad, de nuevo lejos de la
voluntad del citado Plan de Movilidad Urbana. Es dudoso el beneficio de
trasladar el alto volumen de tráfico y la congestión que actualmente
registra la Ronda Litoral más al interior de la ciudad, a Ciutat Vella y
al Paral·lel. Precisamente lo que necesitan estos espacios actualmente es
una reducción del nivel de tráfico excesivo que sufren sus vecinos.
autobuses actuales, dispondrán próximamente de conexión directa con el
centro y otros barrios de Barcelona con las líneas L9 y L2 del metro, de
forma que esta área urbana tendrá a su alcance un servicio de transporte
público que supone una alternativa viable al uso excesivo del vehículo
privado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
carreteras
uso general
la AP-2 MONTBLANC-LLEIDA.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
destinados al uso general
Penedès ha ocasionado importantes desperfectos en los inmuebles cercanos
que requieren de reformas urgentes. Mediante esta partida se pretende
crear un fondo para compensar a los vecinos por la reparación de los
daños directos de sus viviendas a consecuencia de las obras del AVE.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
destinados al uso general
Estación de Cercanías en La Granada Penedès e iluminación de la
pasarela.
de seguridad a la estación de La Granada del Penedès.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
AP7–Figueres
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
euros
presupuesto para este 2012, a pesar de tratarse de uno de los tramos mas
necesitados de actualización y donde urge su desdoblamiento para
articular las comarcas del Vallés Oriental, Osona, Ripollés y Cerdaña.
Como mínimo debería mantenerse la misma inversión presupuestada para el
2011.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
GIRONA (EI).
2010 (pendiente de ejecución).
(GPEPC)
(GPEPC), amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
central del Camp de Tarragona con el centro de Tarragona y Vila-seca.
intercambiadores intermodal de transportes públicos.
de la ciudad y el entorno de Tarragona.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
y el Aeropuerto a los 200 metros de un doble tren Civiaserie 465
2008-2012.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario
Barcelona
mercancías, a ejecutar con urgencia. En el caso del Puerto de
Barcelona,el previsible crecimiento de mercancías provocará graves
problemas de congestión que unos viales ya saturados no podrán
asumir.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
carreteras
uso general
entre las comarcas del Tarragonès, Alt Camp y Conca de Barberà. Conexión
con el polígono Petroquímico y Estación de AVE La Secuita-Perafort.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
carreteras
uso general
(7,3km)
entre las comarcas del Tarragonès, Alt Camp y Conca de Barberà. Conexión
con el polígono Petroquímico y Estación de AVE La Secuita-Perafort.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Km.)
tráfico baja).
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
KM.)
tráfico baja).
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
alternativas más eficientes).
(GPEPC)
(GPEPC), previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan
la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.
(62,7 KM)
alternativas más eficientes).
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
(14,9 KM)
alternativas más eficientes).
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
rehabilitación y acceso a vivienda
lucro.
cargas familiares no compartidas y con escasos recursos económicos y/o
sean víctimas de violencia de género.
de mujeres y hombres establece la obligación de las administraciones
públicas en facilitar el acceso a la vivienda con el objetivo de hacer
efectivo el principio de igualdad. Así mismo las políticas urbanas y de
ordenación del territorio deben tomar en consideración las necesidades de
los distintos grupos sociales y de los diversos tipos de estructuras
familiares, y favorecerán el acceso en condiciones de igualdad a los
distintos servicios e infraestructuras urbanas.
y, en cumplimiento de esta norma, debe fomentar el acceso a la vivienda
de las mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión, y de
las que hayan sido víctimas de la violencia de género, en especial
cuando, en ambos casos, tengan hijos menores exclusivamente a su
cargo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Universal. Liquidación cuantías ejercicios anteriores.
Servicio Postal Universal está provocando, como última consecuencia,
importantes retrasos en la efectiva liquidación de las cuantías
determinadas anualmente para tal objetivo.
doble dirección: en primer lugar, en los propios mecanismos establecidos
en la actual regulación postal para determinar el coste estimado anual
del ejercicio correspondiente; en segundo lugar, y consecuencia de lo
anterior, en la consignación, siempre provisional, del coste «estimado» y
«a cuenta» que figurará en el correspondiente programa
presupuestario.
Universal, Correos, cuya difícil situación financiera queda reflejada en
los propios Presupuestos para 2012, está pendiente de que el Estado
proceda a la liquidación de las cuantías consignadas en los Presupuestos
Generales del Estado correspondientes a 2008, 2009, 2010 y 2011, cuantías
que, como reconocieron diversos responsables del ámbito postal en sus
recientes comparecencias para la explicación de los Presupuestos
Generales del Estado para 2012, ascienden a más de 600 millones de
euros.
está soportando el operador público Correos, reflejada, entre otras
previsiones, en la reducción de ingresos, de plantilla o en un déficit
anual más que significativo, resulta imprescindible para su viabilidad y
la del propio servicio que presta, la efectiva liquidación de las
cuantías pendientes, habilitando para ello, si fuera necesario, un
programa plurianual para facilitar la efectiva liquidación con el
sostenimiento general de los objetivos presupuestarios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Financiación Servicio Postal Universal
designado para la prestación del Servicio Postal Universal tiene un claro
valor social en varias direcciones: como facilitador de la cohesión
territorial al dar cobertura de servicio a un amplio número de núcleos de
población en todo el Estado que el sector privado no está en condiciones
de garantizar, como dinamizador de la actividad económica y empresarial
en grandes, medianas y pequeñas empresas, y, finalmente, como servicio
para los ciudadanos en grandes
Universal prestado por Correos ofrece un alto valor social.
mandato de la actual regulación, soporta unos elevados costes en dotación
y mantenimiento de la red postal necesaria, en medios materiales y
humanos, y en la continua renovación de unas infraestructuras
imprescindibles para la misma.
para establecer la estimación de coste de prestación del Servicio Postal
Universal que hasta la fecha no han sido desarrollados, aun cuando
resulta evidente que la propia prestación por parte del operador
designado, Correos, debe realizarse de manera continuada.
de la prestación del Servicio Postal Universal, 500.000 euros, resulta
insuficiente para alcanzar una mínima parte de los costes de la misma,
provocando al mismo tiempo serias dificultades para la sostenibilidad
financiera del propio operador designado y, en consecuencia, del Servicio
Postal Universal.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
suelo.
rehabilitación y acceso a vivienda.
70.000
+ 2.000
eficiencia energética de la edificación.
mejora en la eficiencia energética de la edificación, también como forma
de mantenimiento y generación de empleo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
suelo.
rehabilitación y acceso a vivienda.
jóvenes, subsidiación de préstamos y otros apoyos a la vivienda
alquiler de vivienda.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
ferroviario.
finalizando estas infraestructuras.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
TERRITORIAL
en los centros públicos de Catalunya.
introdujo la «sexta hora» como una medida para que todos los centros
públicos tuviesen el mismo horario escolar (30 horas semanales)
aprendizaje mediante la realización de actividades de refuerzo y
profundización con el objetivo de incrementa la calidad de la escuela
pública.
curso 2011-2012 supone un grave retroceso en términos de inversión
educativa, una discriminación de la escuela pública frente a la
concertada además de dificultar la conciliación laboral y familiar.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
los museos y colecciones públicas de arte contemporáneo
que desarrollan las otras administraciones en la adquisición de obra en
los museos y colecciones públicas.
Estado una dotación que palie los efectos negativos de la crisis
económica en este sector y poner las bases para su reactivación e
introducir algunos cambios estructurales. El arte contemporáneo, las
artes en general, entendidas como forma de conocimiento, pueden
contribuir a la generación de un nuevo modelo de crecimiento basado en la
economía creativa; a la vez que se enriquece el patrimonio cultural.
compra que discriminen positivamente al arte producido en el contexto,
las mujeres artistas y los artistas vivos en general.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
mediante las actividades de R.O.A.I.M. Entidad que engloba todo el ámbito
nacional de Entidades sin fines de Lucro de autores, artistas e
interpretes.
Estado como perceptora de subvención nominativa a la R.O.A.I.M por ser
una organización plenamente representativa de la profesión de las artes
musicales a nivel estatal, siendo una de las principales actividades dar
cobertura a las necesidades del sector cultural al que representa.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
vivo en salas, clubs i equipamientos de pequeño formato.
musical en los equipamientos culturales de proximidad que gozan de
prestigio y programaciones de alto nivel artístico.
mayoría de ellas se destinan a grandes equipamientos, dejando de lado los
espacios como clubes y salas de concierto, donde se ofrecen conciertos de
música en vivo de forma continuada. A la vez impulsamos una nueva
política de new deal en el sector cultural.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
concretado una propuesta de proyecto de cooperación internacional con
Urugay, este año.
reconocimiento, papel que viene realizando, des de hace años, el Festival
Barnasants con una programación que abarca más de 100 conciertos en tres
meses.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
excluyendo el castellano, en convenio con los correspondientes gobiernos
de las CCAA con lengua propia
a las CCAA con lengua propia
un buen guión. Si queremos consolidar nuestra cinematografía no podemos
renunciar a una Dotación presupuestaria dirigida a la creación de guiones
i series de animación, más allá de una política de incentivos fiscales
que puedan ayudar a los recursos económicos destinados a las políticas
cinematográficas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
Cuando se habla de música se distingue entre música sinfónica, música de
cámara y lírica y danza, pero se dejan de lado las músicas populares
(entre las que tradicionalmente están el jazz y la música moderna). No
parece esta la vía más correcta para «crear las condiciones para que se
desarrolle la cultura musical de los ciudadanos», tal y como recoge el
punto 1 del programa 335A (descripción, fines y actividades).
músicas populares (atendiendo al concepto amplio que mencionamos
anteriormente) para consolidar una política específica de promoción de
las músicas populares.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
de arte al Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC).
y como en los grandes museos del estado español, al MNAC para adquisición
de obra de arte, parra continuar incrementando la colección y ser un
museo competitivo y referencial de arte dentro del conjunto de museos de
carácter nacional que ayuden al conocimiento internacional de nuestro
patrimonio artístico.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
de arte al Museu d’Art Contemporani de Barcelona (MACBA).
y como en los grandes museos del estado español, al MACBA para
adquisición de obra de arte contemporáneo, para continuar incrementando
la colección y ser un museo competitivo y referencial de arte dentro del
conjunto de museos de carácter nacional que ayuden al conocimiento
internacional de nuestro patrimonio artístico contemporáneo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
capitalidad del Ayuntamiento de Barcelona en convenio en el ámbito de la
Comisión de colaboración interadministrativa para el funcionamiento
ordinario de los equipamientos culturales
infraestructuras culturales de Barcelona en concepto de la capitalidad
cultural de Catalunya, manteniendo un criterio razonable de participación
de los presupuestos generales del estado comparativamente a otros d ela
misma singularidad y que no ponga en situación crítica unos equipamientos
culturales que desarrollan proyección internacional de la ciudad y en
consecuencia de la cultura del Estado español.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
Coordinadora de Salas Alternativas.
para el fomento, la difusión y la programación de les expresiones
teatrales, des de la contemporaneidad y la proximidad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
culturales
impacto sobre la producción, y difusión de la cultura o en el acceso a
los mercados de forma normalizada. Ei tejido de empresas y el conjunto de
equipamientos culturales, en especial los de singularización, necesitan
la adaptación urgente a estos nuevos formatos. Se trabajará en
cooperación con las partidas asignadas por las administraciones actuantes
de las CCAA y con una línea específica para los ayuntamientos en el
impulso a la modernización tecnológica.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
culturales
cooficiales
Estado de una partida específica para la edición en lenguas cooficiales,
destinadas a l’enrequicimiento bibliotecario. De hecho existe una
partida general a ésta finalidad pero entendemos que se debería fomentar
específicamente ésta línea de fomento a la edición. La descompensación en
fondos bibliotecarios en cualquier lugar del estado español es evidente
respecto a la presencia y visibilidad de las culturas existentes en el
mismo. Se trataría de una medida de fortalecimiento de la industria
editorial y a la vez del acrecimiento de las colecciones
bibliotecarias.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
Ayuntamiento de Girona destinado a la programación del Festival Temporada
Alta
de los festivales del estado español y que combina sus programaciones en
las diversas manifestaciones escénicas desde la contemporaneidad, los
nuevos lenguajes y la coproducción internacional y nacional.
referencial, dinamización económica, apuesta por los creadores nacionales
e internacionales y como apuesta por ser el festival de referencia de la
mediterránea debe no solo mantener sino incrementar la participación de
las diferentes instituciones públicas y los patrocinios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
de Teatre al Carrer de Tárrega
de los festivales del estado español en la disciplina de artes de calle i
circo y que combina su programaciones en las diversas manifestaciones
escénicas des de la contemporaneidad, los nuevos lenguajes i al
coproducción internacional y nacional.
referencial, dinamización económica, apuesta por los creadores nacionales
e internacionales y como apuesta por ser el festival de referencia de la
mediterránea debe no solo mantener sino incrementar la participación de
las diferentes instituciones públicas y los patrocinios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
culturales
español y apoyo a las traducciones y ediciones en lenguas extranjeras de
obras escritas en lenguas cooficiales del estado español
Estado de una partida específica para la traducción y edición en lenguas
cooficiales, destinadas al conocimiento en el extranjero mediante sus
traducciones. La riqueza y diversidad cultural es un patrimonio de la
humanidad que debe protegerse y acrecentarse. Se trataría de una medida
de fortalecimiento de la industria editorial y a la vez del acrecimiento
de las colecciones bibliotecarias.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
Continúa de las asociaciones profesionales y a los programas de workshops
que impulsan los espacios o centros de producción
como forma de conocimiento, pueden contribuir a la generación de un nuevo
modelo de crecimiento basado en la economía creativa.
Estado para el año 2012, al rebajar las inversiones públicas en l+D+i,
educación y cultura nos sitúa en la dirección opuesta. Mantener y
extender las prestaciones sociales básicas en tiempos de crisis es una
buena política, pero reducir el apoyo a estos sectores de la economía del
conocimiento es un grave error que retrasará y dificultará la salida de
la crisis y la irrupción de un nuevo modelo de crecimiento económico.
reactivación e introducir algunos cambios estructurales. En éste
principio se sustenta la propuesta de favorecer e impulsar programas de
formación continua en el sector d elas artes visuales, professionales que
aportan conocimiento, creatividad e innovación.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
artistas para proyectos de investigación y preproducción.
como forma de conocimiento, pueden contribuir a la generación de un nuevo
modelo de crecimiento basado en la economía creativa.
Estado para el año 2012, al rebajar las inversiones públicas en l+D+i,
educación y cultura nos sitúa en la dirección opuesta. Mantener y
extender las prestaciones sociales básicas en tiempos de crisis es una
buena política y necesaria, reducir el apoyo a estos sectores de la
economía del conocimiento es un grave error que retrasará y dificultará
la salida de la crisis y la irrupción de un nuevo modelo de crecimiento
económico.
futuro para la sociedad española que en estos presupuestos se dotan con
unas partidas presupuestarias bajo mínimos.
reactivación e introducir algunos cambios estructurales y se plantean el
apoyo a los artistas contemporáneos a través de programas de apoyo
directo, evitando -en la medada de lo posible- la intervenciones de
mediadores medíante la convocatoria pública de proyectos y resolución a
cargo de un jurado de expertos independientes.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
de la nueva sede de la Biblioteca Provincial de Barcelona. Reprogramación
anualidades de las inversiones
está en una fase de concreción muy avanzada, lo mismo que la implantación
del mapa de bibliotecas de la ciudad de Barcelona. Una pieza
indispensable en la mejora de la eficiencia y el servicio de lectura
pública se sustenta en la biblioteca provincial de Barcelona que por
diferentes motivos lleva años de demora. Una vez resueltas todas las
circunstancias, seria oportuno poder garantizar su puesta en servició en
el tiempo razonable pero no sufriendo más demoras a su concreción
constructiva y de puesta al servicio público. En este sentido, la
propuesta pretende agilizar su construcción atendiendo a que el proyecto
se encuentra en una fase de concreción que permite garantizar la
adjudicación de obras y comienzo de las mismas que en definitiva situaría
la puesta en servicio de la misma en el tiempo más breve y razonable
posible y necesario.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
espacios de producción de artes visuales
actuales que impulsados AVAM (Artistas Visuales Asociados de Madrid), así
como los centros de producción de artes visuales existentes en el resto
del Estado, que configuran una incipiente pero reconocida red, como
Hangar (Barcelona), Arteleku y Tabakalera (Donosti), LABoral (Gijón),
etc., necesitan el apoyo del Ministerio de Cultura. El Ministerio no ha
de suplir o competir con esas iniciativas, ha de complementar el esfuerzo
económico que desarrollan las otras administraciones.
de producción de artes visuales permitiría mejorar y aumentar sus
servicios de espacios, producción digital (equipos y personal
especializado) y residencias de artistas. Unas políticas culturales que
van encaminadas a dar soporte al tejido creativo en R+ D+ i. En éste
sentido entendemos que se deben acometer inversiones desde una
perspectiva del conjunto del territorio y no desde una visión exclusiva
centralizadora.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
museización de la «Casa de la Sal» y de las «Salines» y el centro de
interpretación de la Sal. Subconcepto:
salinas de origen medieval. La sal que se elaborará, de manera totalmente
artesanal, se venderá en la Casa de la Sal, antiguo almacén de la sal,
popularmente conocido como el Alfolí. Este espacio se adecuará y se
explicará el proceso de producción, transformación, almacenamiento y
comercialización de la sal a los visitantes. Las salinas siempre han dado
una fisonomía característica al pueblo de Gerri, y la explotación de la
fuente de agua salada por el sistema de evaporación ha sido el principal
motor económico de la villa durante muchos años. En 1995, por unanimidad,
acuerda declarar todo el pueblo de Gerri de la Sal, Bien Cultural de
Interés Nacional, con
belleza el Alfolí de la Sal, el edificio civil más grande en planta de
todo el Pallars. El interés, tanto del almacén como de las salinas, viene
motivado por ser portadores de valores arquitectónicos, históricos y
culturales que los hacen merecedores de disfrutar de una protección
adecuada. Por todo ello se propone una partida para la financiación de
todo el proyecto.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
elaboración del proyecto de «centro de interpretación del poblado ibérico
de Els Vilars»
BC-325 BC, constituye un conjunto arqueológico excepcional, especialmente
por sus defensas, muralla donjonada, «chevaux-de-frise» y foso, único en
el panorama peninsular y europeo de la Primera Edad del Hierro y la
Cultura Ibérica. Actualmente está en proceso la investigación integral,
la restauración del monumento y la musealización y presentación al
público. En paralelo, se pretende impulsar el centro de intepretación del
poblado para que los visitantes puedan tener una idea global de lo que
representó este asentamiento.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
del Patrimoni Historie de la Noguera para la excavación y museización de
la «Roca deis Bous» de Sant Llorenc de Montagai (Camarasa) y «La Cova
Gran» de Santa Linya (Avellanes)
per la Recerca y Difusió del Patrimoni Historie de la Noguera está
llevando a cabo la excavación y estudio de diversos yacimientos
arqueológicos localizados en los municipios de Camarasa y Les
Avellanes-Santa Linya. Roca deis Bous, Cova Gran y Forat de Conqueta son
tres lugares que en los últimos años se está desarrollando una intensa
actividad de investigación con la colaboración. La Cova Gran de Santa
Linya esta llamada a ser uno de los asentamientos claves para conocer
comprender la aparición de Homo sapiens anatómicamente moderno en el
Mediterráneo occidental y para comprender la historia de los grupos
humanos de los últimos 50.000 años. Se trata de un abrigo de grandes
dimensiones, localizado en el torrente de Sant Miquel, en el término de
Les Avellanes-Santa Linya, descubierto en 2002. Los trabajos realizados
desde su descubrimiento hasta la actualidad han detectado secuencias
diferenciadas que pueden ser atribuidas al Paleolítico Medio Final,
Paleolítico Superior Antiguo, Paleolítico Superior Final, Mesolítico, así
como materiales asignables al Calcolítico y la Edad del Bronce.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
ll-lustració de Catalunya
edificio patrimonial situado en Badalona como sede del museu del cómic y
la il-lustració. Uno de los lenguajes artísticos donde el sector catalán
y español tiene una proyección internacional más relevante y que
permitirá la política complementaria a los diferentes certámenes
expositivos entorno a esta disciplina artística visual y literaria; y la
vez la exhibición del patrimonio ingente de la ilustración catalana.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
Obradors de la Sala Beckett.
para el fomento de la escritura dramática, la difusión, el intercambio
internacional y la programación de les expresiones teatrales, des de la
contemporaneidad i la proximidad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
para el Espacio Público.
Estado una Dotación que palie los efectos negativos de la crisis
económica en este sector y poner las bases para su reactivación. A tal
efecto, por espacio público se entiende espacio urbano, rural, natural,
TV y red Internet. El arte contemporáneo, las artes en general,
entendidas como forma de conocimiento, pueden contribuir a la generación
de un nuevo modelo de crecimiento basado en la economía creativa; a la
vez que se enriquece el patrimonio cultural. Éstos proyectos deberían
sujetarse a una convocatoria pública y resolución a cargo de un jurado de
expertos independientes.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
TERRITORIAL
educación infantil
ciclo de educación infantil del servicio público de educación
educativas inconmensurables. La Generalitat de Catalunya ya ha recortado
para este año su aportación que se ha visto traducida en un incremento de
las cuotas que pagan madres y padres. Este nuevo descenso en la
cofinancíacíón significará una nueva barrera a la universalización del
primer ciclo de educación infantil.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
de Argentona. Aportado de 300.000 euros durante cuatro anualidades (total
1.200.000 euros)
patrimonial de la obra del arquitecto modernista catalán. La casa situada
en el centro histórico de la población de Argentona pretende convertirse
en centro de investigación de la obra del arquitecto y para usos
culturales del municipio. La estimación de la inversión de rehabilitación
se valora entorno a 2 millones d euros, y precisa de una intervención
urgente para sanear tejados y evitar goteras y filtraciones de agua que
pueden ocasionar daños irreparables al patrimonio modernista y de
referencia en la obra de Puig i Cadafalch.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Culturales
rehabilitación del edificio fabril «La Igualadina Cotonera» como sede el
Museo de la prensa en Catalunya
proyecto en 2012. En el ámbito territorial de una de las comarcas con más
paro de Catalunya y con menor actividad económica hay un edificio
histórico con un plan de rehabilitación que generaría actividad a corto
plazo (su rehabilitación) y a medio plazo por sus actividades del museo
de la prensa.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
Tarragona
del MNAT (Tarragona)
una situación limite de capacidades y renovaciones discursivas de su
patrimonio. A la vez son necesarias nuevos almacenes anexos al nuevo
equipamiento que permitan un proyecto museográfico y museológico adaptado
a la nueva lectura contemporánea del patrimonio y en una nombrada
Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en el año 2000.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
Actrices del Estado español
organizaciones representativas del sector para sus actividades y
programas formativos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
culturales
Santa Perpetua de Mogoda.
edificio que será destinado a usos sociales y culturales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS.
MUSEO NACIONAL ARQUEOLÓGIC EN EL RECINTO DE LA TABACALERA, TARRAGONA.
UNESCO en el año 2000, la capital tarraconense ha combinado su legado de
romanidad y sus ancestros medievales con el modernismo, constituyendo
así, un destacado destino cultural y turístico. La Subsede del MNAC en el
recinto de la Tabacalera constituiría junto al resto de yacimientos
arqueológicos y equipamientos museísticos de la zona, un área cultural de
referencia.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
funcionamiento ordinario de los grandes equipamientos de Catalunya.
Subvención directa al funcionamiento ordinario de la Fundado Gran Teatre
del Liceu (Barcelona)
infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable de reducción que no ponga en situación crítica unos
equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros
equipamientos de las mismas características bastante inferiores.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
funcionamiento ordinario de los grandes equipamientos de Catalunya.
Subvención directa al funcionamiento ordinario de la Fundación Tapies
(Barcelona)
infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable que no ponga en situación crítica unos equipamientos culturales
con presupuestos comparativos a otros equipamientos de las mismas
características bastante inferiores. Atendiendo al mismo tiempo a las
participaciones del gobierno en otros equipamientos museísticos con
proyección internacional
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
funcionamiento ordinario de los grandes equipamientos de Catalunya.
Subvención directa al funcionamiento ordinario de la Fundado Teatre
Lliure (Barcelona)
infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable de reducción que no ponga en situación crítica unos
equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros
equipamientos de las mismas características bastante inferiores.
Atendiendo al mismo tiempo a unas reducciones porcentuales que han
sufrido el resto de equipamientos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
funcionamiento ordinario de los grandes equipamientos de Catalunya,
Subvención directa al funcionamiento ordinario del Museo d’Art
Contemporani de Barcelona (MACBA – Barcelona)
infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable de reducción que no ponga en situación crítica unos
equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros
equipamientos de las mismas características bastante inferiores.
Atendiendo al carácter nacional del mismo y las aportaciones a otros
equipamientos de referencia nacional e internacional del patrimonio
artístico contemporáneo (léase MNCARS)
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
funcionamiento ordinario de los grandes equipamientos de Catalunya.
Subvención directa al funcionamiento ordinario de Consorcio Mercat de les
Flors–Centre de les Arts del Moviment (Barcelona)
infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable de reducción que no ponga en situación crítica unos
equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros
equipamientos de las mismas características bastante inferiores y que
acometen una proyección nacional e internacional en sus artes.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
funcionamiento ordinario de los grandes equipamientos de Catalunya.
Subvención directa al funcionamiento ordinario del Museo Nacional
d’Art de Catalunya (MNAC–Barcelona)
infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable de reducción que no ponga en situación crítica unos
equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros
equipamientos de las mismas características bastante inferiores.
Atendiendo al carácter nacional del mismo y las aportaciones a otros
equipamientos de referencia nacional internacional del patrimonio español
(léase Museo del Prado o MNCARS).
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
funcionamiento ordinario de los grandes equipamientos de Catalunya.
Subvención directa al funcionamiento ordinario del Palau de la Música
(Barcelona)
infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable de reducción que no ponga en situación crítica unos
equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros
equipamientos de las mismas características bastante inferiores.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
ámbito nacional de Entidades sin fines de Lucro. A la Organización Union
de Asociaciones de Artistas Visuales.
Estado como perceptora de subvención nominativa a la Organización Unión
de Asociaciones de Artistas Visuales del Estado Español, por ser una
organización plenamente representativa de la profesión de las artes
visuales a nivel estatal, siendo una de las principales actividades dar
cobertura a las necesidades del sector cultural al que representa.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
funcionamiento ordinario de los grandes equipamientos de Catalunya.
Subvención directa al funcionamiento ordinario de la Fundación Miró
(Barcelona)
infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable que no ponga en situación crítica unos equipamientos culturales
con presupuestos comparativos a otros equipamientos de las mismas
características bastante inferiores. Atendiendo al mismo tiempo a las
participaciones del gobierno en otros equipamientos museísticos con
proyección internacional.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
y series de animación en el presupuesto de I’ICAA
un buen guión. Si queremos consolidar nuestra cinematografía no podemos
renunciar a una Dotación presupuestaria dirigida a la creación de guiones
i series de animación, más allá de una política de incentivos fiscales
que puedan ayudar a los recursos económicos destinados a las políticas
cinematográficas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
los escritores en lengua catalana. Subvención nominativa a la Institució
de les Lletres Catalanes
de la UNESCO. Para cumplir los acuerdos referentes a la Convención, debe
dotar a los presupuestos generales de partidas destinadas al fomento, el
impulso y la difusión de los escritores en lengua cooficial del estado
español. En éste sentido la propuesta pretende este acometido respeto a
la lengua catalana para favorecer el intercambio y encuentros con
escritores de otros entornos culturales. La institución que en Catalunya
tiene esta misión es la Institució de les Lletres Catalanes, en éste
sentido proponemos una subvención nominativa a la Institució de les
Lletres Catalanes.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Deportes
para impulsar y fomentar el tejido asociativo de la cultura popular
tradicional
necesario establecer un soporte específico a las asociaciones y entidades
culturales de carácter popular y tradicional para el desarrollo de sus
actividades y por su aportación a la cohesión social.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
potenciar actividades artísticas, culturales y de investigación de las
mujeres.
mujeres pretende erradicar todo tipo de conductas discriminatorias y
prevenir a través de políticas activas, para así hacer efectivo el
principio de igualdad. Tal opción implica necesariamente una proyección
del principio de igualdad sobre los diversos ámbitos del ordenamiento de
la realidad social, cultural y artístico en que pueda generarse o
perpetuarse la desigualdad. De ahí la consideración de la dimensión
transversal de la igualdad, seña de identidad del moderno derecho
antidiscriminatorio, como principio fundamental a llevar a cabo por el
Estado.
invisibilidad de las mujeres. Deben crearse mecanismo que posibiliten que
las mujeres puedan estar presentes en condiciones de igualdad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
asociacionismo estudiantil se mantenga en los niveles de 2011.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Federaciones y Confederaciones de estudiantes de ámbito nacional cuyo
ámbito de actuación sea la Universidad
asociacionismo estudiantil se mantenga en los niveles de 2011.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Universitaria
lucro
ayudas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Territorial
lucro
texto pierde 71 millones de euros, hasta quedar reducida a 27
millones.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Universitarios Cooperativos
Campus de Excelencia Internacional. El modelo es discutible, pero es
preciso destinar recursos a través de las comunidades autónomas para
potenciar Campus Interuniversitarios integradores, que engloben todo el
sistema universitario público y les permita compartir sus recursos y
avances, sustituyendo el carácter competitivo de los «Campus de
Excelencia» por un modelo cooperativo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Universitaria
lucro
precios públicos por servicios académicos correspondientes a los alumnos
becarios y a las universidades públicas por las bonificaciones
correspondientes a los estudiantes pertenecientes a familias numerosas de
tres hijos (30.000 miles de euros)
precios públicos por servicios académicos correspondientes a titulados
universitarios en situación de desempleo (15.000 miles de euros)
la partida para hacer gratuitas o más baratas las matrículas
universitarias a los becarios y las familias numerosas de tres hijos y se
elimina la partida para pagar esas matrículas a los desempleados.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Territorial
Autónomas para la creación de escuelas infantiles públicas
plazas públicas de calidad para menores de tres años. Al fina de 2010
solo se habían creado 71.000 plazas por lo que aún queda mucha demanda
por cubrir, pues con los recortes autonómicos en 2011 se retrasó aún más
el proceso. Tomando las cifras de población de 2011 y los datos de
alumnado matriculado del curso 2010-2011, el resultado es que hay plazas
públicas en escuelas infantiles para atender al 15 % de los menores de
tres años. La enseñanza
desarrollo de la personalidad y el futuro del alumnado.
suficientes para dotar la partida de referencia.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Generales.
infantil.
euros
Infantil y primaria se mantenga en los mismos importes que en el año
2011, es decir, que la aportación para 2012 sea por importe total de
101.600 miles de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Territorial
Educación
formación del profesorado
convenios con comunidades autónomas que contribuyan eficazmente a mejorar
la formación del profesorado mediante planes de formación en centros,
acordes con las necesidades detectadas en los mismos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Universitaria
perfeccionamiento y movilidad de profesores, incluido pago de primas de
seguros de los becarios
Desarrollo sufre un fuerte recorte y al parecer, para el Gobierno la
I+D+i no forma parte de la estrategia para salir de la crisis sino que es
una política procíclica que crece solo en los ciclos expansivos, en
contra de las tendencias de los países desarrollados que fortalecen estas
políticas como herramientas para superar la crisis.
programa de formación de profesorado universitario.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Universitaria
lucro
del programa comunitario ERASMUS
para que los alumnos y las alumnas puedan mantenerse durante el
intercambio se recorta en 26 millones de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Universitaria
funcionamiento
la cantidad de referencia, que es el recorte que sufre en estos
Presupuestos. Con la implantación del Espacio Europeo de Educación el
número de alumnos matriculados ha aumentado considerablemente.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Territorial
asociaciones de padres de alumnos en que éstas se integren
las transferencias a estas organizaciones, para las cuales tan solo se
presupuestan para 2012 43,86 miles de euros. Con esta asignación
presupuestaria, que supone un recorte del 90 %, ni siquiera se podrán
sufragar los gastos mínimos en que estas organizaciones incurren en el
ejercicio en su labor representativa de las familias en el ámbito
educativo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.
emigración
ayudas para emigrantes
2011 para ayudas a emigrantes. El n.º de beneficiarios de prestaciones
por razón de necesidad pasa de 50.000 a 35.000 personas. Se trata de una
prestación para personas mayores que residen en países cuya protección
social es insuficiente y que se instrumenta, principalmente, a través de
una prestación por razón de necesidad, cuyo importe baremado en función
del coste de la vida de cada país es inferior a las pensiones no
contributivas de nuestro sistema de seguridad social.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.
emigración
inmigrantes
integración de inmigrantes. El fondo fue instituido en 2004 para apoyar
la acogida, integración y refuerzo educativo de los inmigrantes y
financia programas de formación, fomento del empleo y mediación
intercultural, ejecutados por organizaciones no gubernamentales (ONG),
comunidades autónomas y ayuntamientos.
de planes de integración de municipios y comunidades autónomas y
contraviene los acuerdos con la Unión Europea (UE) como la Agenda Europea
para la Integración. Además las crisis económicas tienen unos ciclos
diferentes a los que se precisan para evaluar el grado de integración de
una población inmigrante, que en los últimos años ha visto frustradas sus
expectativas laborales y familiares.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.
laboral
profesional e inserción laboral para hacer frente al incremento del paro
registrado
para el «Plan extraordinario orientación, formación profesional e
inserción laboral para hacer frente al incremento del paro registrado»
con la cuantía definida por la Orden TIN/886/2011. En los presupuestos
para el 2012 se prorroga hasta finales del ejercicio la medida
consistente en la contratación de 1.500 orientadores para el refuerzo de
las oficinas de empleo incluida en el Plan Extraordinario. No es el caso
de las 1.500 personas incorporadas como promotoras de empleo, ya que se
prevé que finalicen su actividad sólo hasta 30 de junio de 2012.
hay un trabajador del Servicio Público de Empleo por cada 189 personas
desempleadas; cifra alarmantemente baja si se compara con el trabajador
público por cada 12 desempleados de Francia o el trabajador público por
cada 50 personas desempleadas que destina de media la UE-27.
el plan extraordinario.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.
laboral
medidas de políticas activas de empleo: empleo y formación.
sufren un recorte desproporcionado e injustificable en la situación de
desempleo actual. La partida destinada a las Escuelas Taller, casas de
oficios y talleres de empleo es la que sufre un descenso más pronunciado.
Por ello se propone el mantenimiento de la partida destinada en 2011.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.
laboral
promotoras de empleo para reforzar los Servicios Públicos de Empleo
la Orden TIN/2931/2011 para que los 1.500 promotores puedan prorrogar su
actividad durante todo el año 2012 ya que el actual proyecto de PGE prevé
que las 1.500 personas incorporadas como promotoras de empleo finalicen
su actividad el 30 de junio de 2012.
hay un trabajador del Servicio Público de Empleo por cada 189 personas
desempleadas; cifra alarmantemente baja si se compara con el trabajador
público por cada 12 desempleados de Francia o el trabajador público por
cada 50 personas desempleadas que destina de media la UE-27.
promotores en junio, a las que hay que sumar otras 1.500 de orientadores
en diciembre, ahondan en este desequilibrio. Este recorte del personal en
el Servicio Público de Empleo supone que no pueda ser un actor real de
intermediación en el mercado laboral, perjudicando a la empleabilidad de
las personas desocupadas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.
Generales
Estatal
Empleo Estatal
destinada al Servicio Público de Empleo Estatal
laboral
mujeres y hombres y la lucha contra la segregación laboral y la
precarización de los sectores
derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. Por su
parte, el artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de
promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los
grupos en que se integra sean reales y efectivas.
jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre
derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer,
aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979
y ratificada por España en 1983. En este mismo ámbito procede evocar los
avances introducidos por conferencias mundiales monográficas, como la de
Nairobi de 1985 y Beijing de 1995.
Unión Europea. Desde la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam, el 1
de mayo de 1999, la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de
las desigualdades entre unas y otros son un objetivo que debe integrarse
en todas las políticas y acciones de la Unión y de sus miembros.
se ha desarrollado un acervo comunitario sobre igualdad de sexos de gran
amplitud e importante calado, a cuya adecuada transposición se dirige, en
buena medida, la presente Ley. En particular, esta Ley incorpora al
ordenamiento español dos directivas en materia de igualdad de trato, la
2002/73/CE, de reforma de la Directiva 76/207/CEE, relativa a la
aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en
lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción
profesionales, y a las condiciones de trabajo; y la Directiva
2004/113/CE, sobre aplicación del principio de igualdad de trato entre
hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro.
hombres y mujeres, se deben adoptar medidas encaminadas a la eliminación
en su ámbito de las discriminaciones directas e indirectas en la
desigualdad salarial de las mujeres, ya que aún la antigua reivindicación
de a igual trabajo igual salario, es todavía una demanda sin conseguir.
Todas las formalidades que atraviesan nuestras normas laborales, decaen
por sí mismas si no se generan mecanismos de control que impidan que se
den discriminaciones, en este caso salariales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.
Laboral.
y medidas de políticas activas de empleo: empleo y formación.
se desarrollan las diversas políticas activas de empleo y de fomento de
los emprendedores.
mayor efectividad en las políticas activas de empleo, ya que su cercanía
al territorio y al ciudadano, las convierten en elementos de garantía en
el uso racional de los recursos públicos, priorizando su aplicación a los
colectivos más desfavorecidos y con un menor grado de empleabilidad.
presupuestaria, de las cuales resultan beneficiarias las Entidades
Locales a través de las Comunidades Autónomas, supone de hecho la
supresión de líneas de ayudas con el impacto consiguiente en la
descentralización y vertebración de actuaciones. Por todo ello se propone
que la partida presupuestaria se incremente en 500 millones de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.
Laboral.
capacidad de ocupación de demandantes de empleo y fomento del desarrollo
local.
euros.
Laboral.
se desarrollan las diversas políticas activas de empleo y de fomento de
los emprendedores. Por ello, consideramos que los presupuestos generales
del estado deben contener medidas dirigidas a reconocer la dimensión
local de la política de empleos, instando a que, se establezcan los
mecanismos de colaboración oportunos y de participación para la ejecución
de los programas y medidas para la creación de empleo.
mayor efectividad en las políticas activas de empleo, ya que su cercanía
al territorio y al ciudadano, las convierten en elementos de garantía en
el uso racional de los recursos públicos, priorizando su aplicación a los
colectivos más desfavorecidos y con un menor grado de empleabilidad.
ya existía en 2011 y por el mismo importe, 19.028,32 miles de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
al uso general.
una Agencia Pública de Ahorro Energético.
desarrollo de nuestra actividad cotidiana y el mantenimiento de nuestra
forma de vida, pero a la vez conlleva necesariamente un daño ambiental,
siendo además esta actividad una de las principales causas del deterioro
del medio ambiente en nuestro país (emisión de gases de efecto
invernadero, lluvia ácida, contaminación, minería a cielo abierto,
inundación de valles por embalses, etc.).
en nuestro país de manera espectacular. Ello ha sido debido al aumento
del nivel de vida y muy especialmente al reducido precio de la
electricidad, cuya evolución en los últimos diez años se ha situado muy
por debajo de la subida del IPC.
de nuestro medio ambiente, por lo que recogemos la propuesta de
Ecologistas en Acción de creación de una Agencia de Ahorro Energético que
elabore una serie de medidas que, sin afectar a nuestra forma y calidad
de vida, su adopción y puesta en práctica estimamos reduciría en un 35
por 100 el actual consumo de electricidad, lo que evitaría una buena
parte de los daños ambientales que la generación de electricidad está
produciendo en la actualidad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Turismo.
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
financiación del Centro de simulación en el ámbito de la salud
de reactivación económica y cambio de modelo productivo en l’Anoia.
Considerando la situación económica de la Comarca de L’Anoia se
está en proceso de implementación de un proyecto pionero que generará
actividad de alto valor añadido. Estos fondos pretenden desarrollar más
rápidamente el proyecto.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Y MEDIANA EMPRESA
ENERGÍAS RENOVALBES VANDELLÒS.
energías renovables, específicamente en energía eólica como el proyecto
de plataformas marinas ZEFIR.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Turismo.
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
mineras del carbón
Berguedà
Fondos Europeos Miner con la Comarca del Berguedà que asciende a
4.400.000 euros. Estos fondos estaban destinados a proyectos como el
abastecimiento de agua potable de algunos municipios, promoción económica
i turística. De esta subvención pendiente que la que dependen muchos
proyectos, el Gobierno ha dicho que únicamente pagará 900.000 euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
la Energía (IDAE)
euros; en el 2007 no llegó a los 75.000 miles de euros, en el 2008
ascendía a 76.276 miles de euros, en 2009 desciende hasta los 75.589,71
miles de euros, en el 2010 volvía a descender a 67.089,71 euros, para el
2011 se quedó en 60.387,38 euros y en 2012 prácticamente desaparece, con
una partida de 2 millones de euros.
principales, a la vista del encarecimiento del coste de la energía, la
política energética del gobierno no puede ser la práctica eliminación
IDAE. Una inversión en programa de ahorro y eficiencia puede suponer a
corto plazo una reducción de los costes de la energía mucho mayor.
Dotación adecuada para el programa.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Ahorro de la Energía (IDAE), para proyectos de adecuación energética en
edificios.
importancia en la lucha contra el cambio climático para lograr un mayor
ahorro y eficiencia energética.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
la Energía (IDAE) para ayudas a la incentivación, desarrollo y
actuaciones del Plan de Energías Renovables
Renovables para su aplicación en el período 2011-2020 (PER 2011-2020)
contempla un coste para la Administración, a lo largo de todo el periodo,
del orden de 1.260 millones de euros. Sin embargo, la propia memoria
presupuestaria afirma que «para 2012, dada la necesidad de revisión de
algunos contenidos económicos del Plan, no se contempla Dotación
presupuestaria al mismo».
energías renovables, supone una nueva renuncia inadmisible que condice a
la marginalización de cualquier inversión en energías renovables.
objetivos para el 2020 es necesario que exista una partida presupuestaria
que asegura la inversión. Se propone una partida de 100 millones de euros
para 2012, que aun estando por debajo de las necesidades reales de
financiación del Plan, garantizaría una mínima inversión. Estos recursos
en realidad suponen un ahorro al ser menos dependientes y adquirir menos
carburantes y no necesitando comprar tantos derechos de emisión.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Turismo.
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Territorial del Bages
de reactivación económica y cambio de modelo productivo, como por ejemplo
el banco de proyectos territoriales del Bages, acordados y concertados
por el Pacto Territorial del Bages y gestionados por el Consell Comarcal
del Bages, proyecto que ha facilitado microcréditos a empresas de la
comarca del Bages.
promoción económica y el desarrollo de la comarca del Bages en el que
participan la Generalitat, el Consell Comarcal del Bages, La diputación
de Barcelona, 29 municipios del Bages y 10 entidades económicas y
sociales. Los pactos territoriales construyen un modelo local de
actuación, en el marco de la Estrategia Europea para la Ocupación, que se
adapta a las necesidades de los diferentes territorios a la vez que da
respuesta a las necesidades de los trabajadores y las empresas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Turismo.
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
cambio de modelo productivo en el Bages
sufriendo las consecuencias de la crisis económica. Como ejemplo, ha sido
una de las comarcas de Catalunya dónde mas centros de trabajo han cerrado
este pasado 2011. Aun así, la comarca tiene unos grandes potenciales como
por ejemplo el turismo, las energías renovables, etc. Es por ello que
seria necesario un proyecto para reactivar la economía encaminada a un
cambio de modelo productivo. Este proyecto podría ser similar al ya
iniciado por la Comarca del Bages el pasado año, donde se lleven acabo
diferentes acciones de forma concertada entre las diferentes agentes
sociales y económicos de la comarca.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Turismo.
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
cambio de modelo productivo en el Solsonés
sufriendo las consecuencias de la crisis económica. Como ejemplo, ha sido
una de las comarcas de Catalunya dónde mas centros de trabajo han cerrado
este pasado 2011. Aun así, la comarca tiene unos grandes potenciales como
por ejemplo el turismo, las energías renovables, etc. Es por ello que
seria necesario un proyecto para reactivar la economía encaminada a un
cambio de modelo productivo. Este proyecto podría ser similar al ya
iniciado por la Comarca del Bages el pasado año, donde se lleven acabo
diferentes acciones de forma concertada entre las diferentes agentes
sociales y económicos de la comarca.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Turismo.
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
INDUSTRIAL Y LA OCUPACIÓN EN TERRES DE L’EBRE.
Catalunya en situación de agravio territorial por la falta de inversión
histórica y por algunas deficiencias en infraestructuras, orferta de
movilidad o servicios públicos. Sus déficits estructurales se han
acentuado con la crisis económica que ha provocado el cierre de empresas
y un elevado crecimiento del paro. Todo ello hace necesario una inversión
pública en la zona para prevenir así, la destrucción de la ocupación y
configurar un tejido industrial sólido y con futuro.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
y EnergíaEJERCICIO
SU PASO POR EL NÚCLEO URBANO DE RUBÍ
Rubí), firmaron una declaración en la cual reclamaban el soterramiento de
las líneas eléctricas de alta tensión a su paso por los núcleos urbanos.
Estas líneas generan diversos problemas, tales como:
viviendas cercanas (ruidos, problemas de salud)
o torres)
caso que sea necesario, permitirían un suministro eléctrico más seguro, y
con un mantenimiento más accesible y barato.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
soc. de la información
telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
mujeres a la Sociedad de la Información y eliminar la brecha digital
existente
los programas públicos de desarrollo de la Sociedad de la Información
deben incorporar la efectiva consideración del principio de igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución.
debe promover la plena incorporación de las mujeres en la Sociedad de la
Información mediante el desarrollo de programas específicos, en especial,
en materia de acceso y formación en tecnologías de la información y de
las comunicaciones, contemplando las de colectivos de riesgo de exclusión
y del ámbito rural, e igualmente promover los contenidos creados por
mujeres en este ámbito.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
reindustrialización en zonas desfavorecidas dirigidas a la incorporación
de las mujeres al tejido productivo de forma no segregada
crisis está afectando en el ámbito laboral de forma especialmente dura a
jóvenes y a mujeres. Éstas tienen peores salarios, trabajos peor
cualificados, jornadas reducidas y contratos mayoritariamente temporales.
Si a esto le unimos que casi todos los esfuerzos por crear empleo se
están enfocando en sectores productivos muy masculinizados, sólo supondrá
ahondar en el desempleo y precariedad laboral femenina. Por ello
entendemos que las políticas activas de empleo tienen que ir forzosamente
a eliminar la segregación laboral implantando medidas directas para la
reincorporación de las mujeres al tejido industrial, tanto el nuevo que
se cree como en aquél en que las mujeres no tienen apenas presencia.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
(45.000 miles de euros)
Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
(170.000 miles de euros)
euros
Comercio al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y
Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
mineras del carbón
Formación en la Comarcas Mineras (45.000 miles de euros)
mineras del carbón (100.000 miles de euros)
(70.000 miles de euros)
de las cuencas mineras (formación y proyectos empresariales) aumenten lo
suficiente en función del Plan de la Minería aprobado, dada la
la necesidad de tener alternativas claras para cuando se produzca el
cierre de las minas que dependen de las subvenciones públicas en
2014.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
euros
Comercio al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y
Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
carbón
mineras del carbón
comarcas mineras del carbón aumente lo suficiente en función del Plan de
la Minería aprobado, dada la complicada situación del sector de la
minería del carbón y la necesidad de tener alternativas claras para
cuando se produzca el cierre de las minas que dependen de las
subvenciones públicas en 2014.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
lucro.
sociales del turismo
Municipios y Provincias (FEMP) para gestionar el Sistema Integral de la
Calidad Turística Española en Destinos (SICTED). Eje Valor al
Cliente.
destinos turísticos. Eje Sostenibilidad.
propuesta de la Federación Española de Municipios y provincias (FEMP),
puso en marcha el proyecto Sistema Integral de Calidad en Destinos
(SICTED) que responde a la necesidad de dotar a los destinos turísticos
(EELL: municipios, mancomunidades, diputaciones, etc.) de herramientas
que permitieran integrar y focalizar las actuaciones de mejora de la
calidad turística emprendidas bajo un objetivo global común.
trabajar en calidad, sino que con este proyecto se pretende consolidar
los esfuerzos individuales realizados por las empresas turísticas y crear
vínculos de colaboración y cooperación entre el sector público y privado
en las EELL.
gestión coordinada del destino, que todos los actores (empresas
turísticas y no turísticas) que participan en la percepción de la calidad
que tiene un turista participen para mejorar estos aspectos y llegar a la
excelencia.
destinos es un factor fundamental en la diferenciación y en la
competitividad del sector turístico y por ello ambas entidades están
colaborando en estos aspectos y han trabajado también para mejorar todas
las herramientas del propio proyecto.
venido colaborando y trabajando conjuntamente desde el inicio de este
proyecto para impulsar y extender el SICTED al mayor número de destinos
posibles. Actualmente trabajan en el proyecto 137 destinos, 1024
municipios, 4 Diputaciones y están representadas las 17 CCAA y la ciudad
autónoma de Ceuta. El número de empresas asciende a 6.661 de todo el
territorio nacional, por lo que constituye un proyecto vertebrador de una
«marca única» que se reconoce en toda España.
Turespaña de 2009 y 2010. El pasado año 2011 se suscribió un convenio de
colaboración entre la FEMP y Turespaña sin contenido económico
una partida presupuestaria en los mismos términos que para 2009 y
2010.
en el programa 432 A Coordinación y promoción del turismo, en
Transferencias de capital a familias e instituciones sin fines de lucro,
una partida presupuestaria por importe de 120 miles de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
lucro.
sociales del turismo
Municipios y Provincias (FEMP) para la promoción del Turismo Termal a
través de la Red de municipios Villas Termales.
destinos turísticos. Eje Sostenibilidad.
crecimiento, contribuyendo de forma notable a la desestacionalización del
turismo y al desarrollo socioeconómico de muchas Villas Termales en zonas
rurales de nuestro país, que aprovechan las aguas mineromedicinales
declaradas de utilidad pública.
el marco de la Sección de Municipios con Aguas Minerales y Termales de la
Federación Española de Municipios y Provincias, con 96 entidades locales
adheridas en la actualidad.
de los ayuntamientos en la planificación y el aprovechamiento integral de
sus recursos hidrominerales, estructurando una plataforma estable de
cooperación que permita coordinar iniciativas de interés común para su
desarrollo e impulsar políticas específicas para el desarrollo de estos
recursos y la promoción del turismo termal.
venido colaborando y trabajando conjuntamente desde la constitución de la
Sección y es importante continuar con los esfuerzos de promoción del
conjunto de las 96 Villas Termales asociadas.
Decreto 1143/2006 y 1364/2007 deben proseguir con nuevas iniciativas de
colaboración entre el Instituto de Turismo de España y la Federación
Española de Municipios y Provincias, para contribuir al desarrollo
turístico y económico de las Villas Termales de España.
la apertura de más de 30 Balnearios en la última década, que ha supuesto
una inversión de 300 millones de euros en el medio rural. Se ha hecho
además una elevada inversión en la reforma y modernización de la planta
hotelera (20.000 plazas en estos municipios) que ha permitido que un 40 %
de la oferta actual sea de superior categoría (cuatro y cinco
estrellas).
reflejado en los presupuestos de Turespaña de 2006 y 2007 y en el
ejercicio económico de 2011 se destino al Ayuntamiento de Orense
1.000.000 de euros para desarrollo de inversiones vinculadas al Plan
Estratégico Termal y promoción internacional del termalismo.
en el programa 432A Coordinación y promoción del turismo, en
Transferencias de capital a familias e instituciones sin fines de lucro,
una partida por importe de 100 miles de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
lucro.
sociales del turismo
Provincias (FEMP) para la promoción del Turismo Náutico a través de la
Red de municipios con Estación Náutica.
sociales del turismo
Náuticas.
Turespaña, Federación de Puertos Deportivos de España, Red Española de
Estaciones Náuticas, Federaciones deportivas de actividades náuticas,
empresariales y Cámaras de Comercio, tiene el propósito de actuar como
catalizador de las actividades náuticas en el ámbito municipal,
fomentando las actividades que posicionen los entornos costeros en
«Municipios Náuticos», identificando el producto turístico, desarrollando
sus recursos turísticos, deportivos y de ocio y, favoreciendo su
integración en el tejido socioeconómico.
Náutica se constituyó en el seno de la FEMP en 2008 con el objetivo de
agrupar a las Entidades Locales que tuvieran una «Estación Náutica» para
afrontar retos de futuro que permitan la excelencia turística y que las
posicione como destinos turísticos de calidad, permitiendo avanzar en las
políticas de desestacionalización de la demanda.
han demostrado un enorme dinamismo en los últimos años y han sabido
dotarse de infraestructuras para complementar la oferta del turismo de
sol y playa. Según los datos que recoge el estudio sobre «Turismo Náutico
Extranjero en España» editado por Turespaña en 2006, España cuenta con
360 puertos deportivos con capacidad para más de 130.000 amarres; más de
200 empresas de Charter Náutico; y, más de 1000 empresas de actividades
náuticas.
venido colaborando y trabajando conjuntamente en la implantación de
sistemas de calidad y promoción de redes de producto como las «Ciudades
de Congresos» y el «Turismo Termal».
presupuestos de Turespaña de 2012 y se destina a una entidad que agrupa a
empresas privadas asociadas en la Asociación Española de Estaciones
Náuticas.
actual Entidad beneficiaria por la FEMP.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
de la información.
la Información.
lucro.
Provincias (FEMP) para Unidad Técnica Plan Avanza
de la información.
la Información.
lucro.
Telecomunicaciones y S.I.
Turismo (MINETUR) y la Federación Española de Municipios y Provincias
(FEMP) se ha mostrado como una herramienta fundamental en la implantación
de las nuevas tecnologías en los Gobiernos Locales y en el desarrollo de
los programas específicos del Ministerio para el mundo local, sobre todo
en las de ámbito de las Entidades Locales más pequeñas, que es donde más
esfuerzo se ha realizado.
todos los proyectos en los que ambas instituciones vienen colaborando
gocen de continuidad en el tiempo y se constituyan en las herramientas
clave que, en un corto periodo, harán posible la extensión de la
e-Administración al conjunto de nuestros Gobiernos Locales.
coordinación de lo realizado, así como su ampliación, pasa por destinar
recursos suficientes al desarrollo del Acuerdo Marco de Colaboración
suscrito por ambos organismos el 11 de enero de 2005.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE
costa en Girona
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
COSTA Y EL MAR
ecosistemas más frágiles del país, las costas y la protección del
litoral.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
POLÍTICA FORESTAL
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
calidad de las aguas y ecosistemas asociados y mejora de la gestión del
agua.
Directiva Marco del Agua.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Medio Ambiente
recursos hidricos
bienes destinados al uso general
Montgai, Lleida
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE.
POLÍTICA FORESTAL.
bienes destinados al usogeneral.
plaga del Caracol Manzana), que afecta la zona de arrozales comprendida
entre L’Aldea y la Bahía del Fangar (Delta de Ebro).
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Medio Ambiente
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
sistema Segarra-Garrigues.
interpretación de la biodiversidad del sistema Segarra-Garrigues en el
núcleo de Conill (Tárrega, Urgell).
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
su protección integral.
características requieren de un nivel superior de protección en un
sentido más restrictivo no siempre compatible con la titularidad
privada.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
naturales
características requieren de un nivel superior de protección en un
sentido más restrictivo no siempre compatible con la titularidad privada.
Se trata de un fondo para adquirir fincas que se hallen en ecosistemas
forestales, zonas húmedas, áreas esteparias... prioritariamente en
espacios de la Red Natura 2000.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
negros de la conectividad ecológica provocados por las infraestructuras
en Cataluña.
de conectores ecológicos en lugares donde las infraestructuras existentes
han provocado importantes impactos de fragmentación territorial e
interrupción de la conexión ecológica.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
ACUICULTURA
desarrollo sostenible
nivel óptimo de pesca de nuestros caladeros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE.
Llobregat. Desde Sant Joan Despí, Santa Coloma de Cervelló, hasta el
tramo Pallejá- El Papiol.
transfronterizo comportará una nueva fractura territorial en el Baix
Llobregat que requiere de inversiones ambientales correctoras.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE.
la mejora ambiental de Llobregat. El Prat de Llobregat
Generales del Estado para 2011, pero por lentitud burocrática no se ha
ejecutado.
(GPEPC)
(GPEPC), amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE
PERE PESCADOR
2010 (pendiente de ejecución).
(GPEPC)
(GPEPC), amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE
EN EL PARAJE DE RUBINA DE CASTELLÓ D’EMPÚRIES
naturales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE.
POLÍTICA FORESTAL.
bienes destinados al uso general.
DE FLIX.
acumulado desde finales del siglo XIX frente a la Sociedad Electroquímica
de Flix, actualmente propiedad de Ercros. La descontaminación del embalse
de Flix tiene como objetivo restituir el río a su estado original, antes
de que la fábrica Ercros comenzara a verter todos los contaminados a lo
largo de casi un siglo. Se trata de materiales tóxicos como mercurio,
uranio, plomo y níquel.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
ambiente
Badalona y Montgat
del litoral de Badalona que acogieron antiguas industrias persisten,
todavía, dos zonas sin recuperar y altamente contaminadas en primera
línea de mar entre nuestro municipio y Montgat.
descontaminación, y posterior urbanización como espacio público, de los
terrenos donde antiguamente estaban situadas las empresas de Lejía Conejo
y Explosivos Rio Tinto.
marítimo ya finalizado entre las calles Ponent y del Mar, con lo que
Badalona dispondría de un paseo marítimo de 5 km. de longitud, y
permitirían la aparición de dos nuevas zonas de playa donde ahora existen
tierras contaminadas y terrenos baldíos.
Badalona, pero que repercutiría en la ciudad vecina de Montgat.
otras ciudades del entorno, como Tiana o el Masnou, ya que se
aprovecharía para el uso y disfrute de las personas que viven en éstas y
las ciudades citadas anteriormente.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
ambiente
Paseo Marítimo entre calle del Mar (Badalona) y Montgat
requiere el acondicionamiento y prolongación del Paseo Marítimo entre la
calle del Mar (Badalona) y Montgat, con el objetivo de garantizar un
espacio continuo de paseo entre Barcelona y prácticamente toda la comarca
del Maresme.
municipios del entorno, como Montgat, y en definitiva a toda la
ciudadanía de la costa de Barcelonés Norte y Maresme.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
Ambiental y Medio Natural
lucro
VeTns d Habitatge Social de Catalunya (FAVIBC) para el proyecto La Cánova
de educación ambiental
generales del Estado de 2011 al desarrollo del proyecto de Centro Social
y de Educación ambiental «La Cánova» promovido por la Federació
d’Associacions de VeTns d’Habitatge Social de Catalunya
(FAVIBC) y dirigido a los residentes en barrios de vivienda social de
Catalunya.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
pastoreo para laprevención de incendios.
zonas forestales estratégicas, así como la potenciación del pastoreo,
actividad tradicional en disminución constante. De esta manera se
consigue un objetivo doble: por una parte el mantenimiento de las áreas
forestales y por la otra, la promoción del cambio de modelo de ganadería
intensiva a extensiva.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
contaminación y el cambio climático
los planes de mitigación del cambio climático.
desarrollen sus propios planes de mitigación del cambio climático en
especial para las emisiones de los sectores difusos.
(GPEPC)
(GPEPC), previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan
la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE
Litoral Costa Brava
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
POLÍTICA FORESTAL
urbanizaciones.
incendios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE.
POLÍTICA FORESTAL.
bienes destinados al uso general.
l’Ebre por la destrucción en el ecosistema acuático que ocasionan:
amenazando las especies autóctonas y reduciendo la biodiversidad. Por la
destrucción del equilibrio alimenticio de ríos y embalses, tapización y
contaminación de cauces y márgenes de ríos y embalses, y obstrucción de
tuberías y conductos de agua, reduciendo el flujo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
ambiente
parque fluvial de la Riera de Caldes entre Caldes de Montbui, Palu-soltá
i Plegamans, Santa Perpetua de Mogoda y La Llagosta.
importantes transformaciones ya que articula un importante corredores
urbano industrial. Su mejora ambiental permitiría reducir el impacto de
la avenidas torrenciales que el entorno impermeabilizado conlleva.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
ambiente
en los municipios de Santa Perpetua de Mogoda y la Llagosta en especial
en el punto de paso bajo la R3
impactos de impermeabilidad y saneamiento de los polígonos industriales
aguas arriba y de los barrios residenciales. Tiene un importante
componente torrencial y requiere la construcción de protecciones a su
paso por el punto deprimido bajo la línea de Ferrocarril Barcelona-Vic-
La Tor de Querol.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
ambiente
paso Por Santa Perpetua de Mogoda
municipio que dadas las características de la llanura del Valles se
aposenta en la atmósfera baja y supone alto riesgo para la población,
generando ozono y CO2.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
POLÍTICA FORESTAL
45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio
rural.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE
LIBERTY–PALS
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE.
COSTA Y EL MAR.
bienes destinados al uso general.
estabilización integral y sostenible de la circulación de arenas en las
playas de la costa de la comarca de El Maresme
los agentes físicos naturales sobre los procesos erosivos y la
desaparición de las playas, intensificados por los efectos del cambio
climático y subida del nivel del mar y la ocurrencia temporales, cada vez
más fuertes y frecuentes. Por la importancia de las playas para la
comarca se propone un plan de regeneración de las arenas de las playas
del Maresme.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
AMBIENTE.
bienes destinados al uso general.
naturalización de las Rieras y cauces públicos en la comarca de El
Maresme
Maresme.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
MEDIO AMBIENTE
AGRARIA
agraria
producción agraria
Estado español es lamentable y supone una enorme pérdida de
competitividad para el sector agrario español, así como un coste añadido
incalculable para las explotaciones que se ven obligadas a desarrollar
una protección sanitaria con muchos más riesgos y costes, ya que no se
dispone de unos medios fitosanitarios actualizados. Mientras que en
países de la UE se tarda 2 años en registrar un nuevo producto, en el
Estado español llega a los 5 años de demora. Además hay que recordar que
dicho subprograma no incluye ninguna actuación para aprovechar el
conjunto de acciones y medidas de la nueva regulación europea en materia
de fitosanitarios para mejorar la competitividad de nuestras producciones
agrícolas, lo que aún situará a dichas producciones españolas en una
mayor inferioridad de condiciones respecto a nuestros competidores en el
mercado interior de la UE.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Medio Ambiente
Agraria
agraria
enfermedades de los animales
por sacrificio de animales por control de erradicación de enfermedades.
Estas enfermedades existentes en España constituyen además de un peligro
para la salud pública, una limitación comercial para los productos de
origen animal (tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y
caprina, salmonelosis, lengua azul, etc.).
Registros de Explotaciones Ganaderas tienen derecho a solicitar estas
ayudas cuando se proceda al sacrificio obligatorio de animales
sospechosos, enfermos o con riesgo de ser afectados como medida
provisional, como medida amparada en la declaración oficial de una
enfermedad o formando parte de las campañas de control o erradicación de
enfermedades.
presupuestado en años anteriores podría llegar a comprometer el éxito de
una medida totalmente imprescindible para la erradicación de enfermedades
animales desalentando la imprescindible colaboración de los titulares de
las explotaciones ganaderas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Ambiente
Medio Rural
desarrollo sostenible de municipios del medio rural
Ambiente
Medio Rural
elevado interés para el conjunto de la sociedad, pero demanda actuaciones
prioritarias que den respuesta al reto de su revalorización económica y
social, centradas especialmente en la creación de nuevas actividades
económicas en el medio rural y el aprovechamiento de nuevos recursos y
nichos de empleo.
de cohesión territorial, previniendo la aparición de fenómenos con
importantes impactos negativos para la sociedad, como la despoblación, el
abandono de bosques y tierras agrícolas y ganaderas, la pérdida del
patrimonio histórico y cultural, etc.
Locales deben realizar tareas de planificación, regulación, promoción y
gestión de las actividades económicas que permitan mantener e incrementar
el desarrollo económico del mundo rural, para lo que requieren disponer
de la necesaria información y asesoramiento que permita el desarrollo de
estas actividades económicas con éxito.
tiene contacto directo con todos los Ayuntamientos Españoles, incluyendo
los más pequeños, los cuales generalmente tienen difícil acceso a las
normas, los planes y las medidas desarrolladas por otras
Administraciones, facilitando la aplicación de las políticas nacionales
de desarrollo rural.En esta línea, el objeto de esta Enmienda es que la
aportación del Estado a las acciones desarrolladas por la Federación
Española de Municipios y Provincias para apoyar el desarrollo sostenible
de los municipios del medio rural disponga de partida presupuestaria y se
mantenga en los mismos importes que en el año 2011, es decir, que la
aportación para 2012 sea por importe total de 244 miles de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Ambiente
recursos hídricos
conservación de la biodiversidad y la red «+Biodiversidad 2010».
Ambiente
recursos hídricos
Sect.Públi.
Fundación Biodiversidad se utilice en el Convenio con la FEMP para
promover la conservación de la biodiversidad y la Red «+Biodiversidad
2010», ya que ambas entidades comparten objetivos comunes de protección e
incremento de la biodiversidad. La aportación del Estado al citado
Convenio para 2012 se mantiene igual al de 2010, es decir, un importe
total de 1.500 miles de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Ambiente
contaminación y el cambio climático
prevención del cambio climático
euros.
sensibilización de prevención del cambio climático desarrolladas por la
Federación Española de Municipios y Provincias se mantenga en los mismos
importes que en el año 2011, es decir, que la aportación para 2012 sea
por importe total de 800 miles de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Medio Ambiente
Agrarios
los mercados
producción y reordenación de los sectores productivos
comunitario de apoyo a través de los Programas Nacionales Apícolas, que
son los programas trianuales cofinanciados que Bruselas aprueba y acuerda
con los Estados Miembros (50 % Bruselas, 25 % MAGRAMA y 25 % las CC.AA.).
La Comisión Europea aprobó para España (Decisión 14.09.2010) para cada
año del trienio 2011-2013 una cantidad total de 11 millones ¤, lo que
significa que en cada uno de estos ejercicios nuestro país tiene que
aportar al Programa Nacional Apícola un total de 5,5 millones de euros
(2,750 millones ¤ el MAGRAMA y 2,750 millones ¤ las CC.AA.).
para la Apicultura en los Presupuestos Generales del Estado de 2012 se
perdería cofinanciación comunitaria y un total de 2,6 millones ¤, que
supone una reducción del -24 % del montante total asignado a España (2,1
millones ¤ del MAGRAMA + 2,1 millones ¤ de las CC.AA. + 4,2 millones ¤ de
Bruselas = 8,4 millones ¤ – 11 millones ¤ totales = – 2,6
millones ¤).
millones ¤ en 2012 es imprescindible para apoyar esta actividad ganadera
que constituye un ejemplo de modelo de producción sostenible y
medioambientalmente beneficiosa, al ser estratégica para el mantenimiento
del equilibrio de los ecosistemas así como en la mejora de la producción
final agraria de España gracias a la polinización entomófila que
garantizan las abejas melíferas, y que atraviesa una difícil situación
productiva por los efectos negativos de la actual Sequía en numerosas
regiones junto con el problema añadido de los cultivos transgénicos (maíz
MON 810) y la toxicidad de los insecticidas «neonicotinoides» utilizados
cada día más en numerosos cultivos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Medio Ambiente
Agrarios
los mercados
producción y reordenación de los sectores productivos
las algarrobas
Gobierno español el 22 de diciembre de 2004 que comprometía al Ministerio
de Agricultura a conceder anualmente una ayuda a todas las explotaciones,
que cubriera la mitad de la diferencia entre la cifra de 241,50 ¤/ha y la
ayuda comunitaria que correspondiera cada año.
complemento a los agricultores profesionales titulares de explotaciones
de frutos secos. El montante total máximo al que se comprometía a aportar
el MAGRAMA era de 60,375 ¤/ha.
2012, la partida destinada al Programa de mejora de frutos de cáscara y
algarrobas (ayuda estatal a la superficie), se sitúa en 8,61 millones de
¤, mientras que en 2011 se presupuestó en 12 millones ¤, en 2010 en 16,3
millones ¤ y en 2009 en 17,3 millones ¤. Es decir, se reduce el
presupuesto en un 28,3 % respecto a 2011 y en un 50 % respecto a 2009. Si
los cálculos se realizan sobre las cuantías satisfechas por el pago de la
ayuda las reducciones son aún más relevantes.
mantenimiento y mejora del sector. Ahora, con la parte de la ayuda
comunitaria integrada en el Pago único y, dada la situación de precios
que lastra al sector, se hace más imprescindible aún para su
supervivencia el mantenimiento integro de la ayuda estatal, tanto en su
parte general, como en el complemento al agricultor profesional, por lo
que es necesario incrementar esta partida en al menos 6 millones ¤ para
que el MAGRAMA pueda cumplir con sus compromisos adquiridos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Medio Ambiente
Generales
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
lucro
Organizaciones Profesionales Agrarias y otras Entidades Asociativas. (501
miles de euros)
Profesionales Agrarias y otras Entidades Asociativas para su
participación y presencia internacional (150 miles de euros)
2012 a apoyar la labor desarrollada por las Organizaciones Profesionales
Agrarias se reducen un 25,6 % respecto a 2011 y casi un 50 % respecto a
2009. Adicionalmente, el MAGRAMA no ha puesto todavía en marcha el Comité
Asesor Agrario (integrado por las Asociaciones Profesionales Agrarias más
representativas), para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
10/2009, de 20 de octubre, de creación de órganos consultivos del Estado
en el ámbito agroalimentario y de determinación de las bases de
representación de las organizaciones profesionales agrarias.
agricultores y ganaderos se ha convertido en una labor dura y compleja,
que exige una gran dedicación y especialización, ampliándose cada vez más
el espectro de temas e instituciones involucrados. Exige también atender
la vertiente internacional, para hacer llegar la voz de los agricultores
y ganaderos españoles a Bruselas, ya sea a los Comités Profesionales, a
los Grupos Consultivos de la Comisión Europea y al resto de instituciones
comunitarias. En este contexto, los recursos destinados a las OPAs se han
reducido a la mitad desde 2009, sometiendo a estas organizaciones a una
asfixia económica que está comprometiendo la labor de las mismas y que en
último extremo puede llevar al desmantelamiento de su estructura.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Medio Ambiente
Generales
Agrarios (ENESA)
Medio Ambiente destinada a ENESA
de Planes anteriores
Gobierno español, a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, aprueba cada ejercicio, determinando:
las producciones, agrícola, pecuaria y forestal.
la obligatoriedad del seguro.
estimación de la aportación global del Estado y distribución de la misma,
para subvención de las primas que han de satisfacer los asegurados.
contempla una reducción superior al 10 % respecto a 2011, lo que
compromete seriamente este programa, puntero en Europa y una de las
principales prioridades del Departamento. Por tanto, resulta
imprescindible para la buena marcha de este programa mantener los fondos
al menos, al nivel presupuestado para el ejercicio 2011.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Medio Ambiente
Agraria
agraria
sanitaria ganadera (ADSG)
destinadas a la financiación del fomento del asociacionismo para la
defensa sanitaria ganadera (ayudas a ADSG) para que los ganaderos puedan
conseguir, mediante la puesta en práctica de un programa sanitario común,
elevar el nivel sanitario y la productividad de las explotaciones
ganaderas, contribuyendo de manera activa al cumplimiento de la
estrategia sanitaria estatal (mediante la aplicación de los distintos
programas de saneamiento y vacunales exigidos por las administraciones
públicas).
financiación suficiente con la que poder acometer actuaciones
fundamentales relacionadas tanto con el ámbito de la salud pública como
con el mantenimiento de la competitividad en los intercambios comerciales
de animales y productos de origen animal, como son la puesta en práctica
de programas de vacunación en las explotaciones ganaderas, máxime en las
circunstancias epidemiológicas actuales, derivadas del cambio climático y
la globalización, que llevan favoreciendo en los últimos años la entrada
y difusión de distintas enfermedades de carácter vectorial (Lengua Azul,
Virus Schmallenberg), tanto en la UE como en España, que justifican por
sí solas el máximo apoyo de este tipo de medidas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la
Presidencia.
Secretariado del Gobierno y apoyo a la Alta Dirección.
propuestas de la Comisión Interministerial creada por el Real Decreto
1891/2004, de 10 de septiembre.
2011 tenía esta partida para gastos derivados de actividades vinculadas a
la Ley de Memoria Histórica.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
IGUALDAD
INNOVACIÓN
calidad
Nacional del SIDA
la implementación del Plan Nacional del Sida es una irresponsabilidad en
términos de prevención, impacto y protección de los derechos humanos.
Además contradice los acuerdos internacionales ante organismos como el
Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/sida (ONUSIDA), la
Asamblea General de Naciones Unidas (UNGASS), la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) o el Parlamento Europeo (PE), para
garantizar los programas de VIH hacia el ‘Objetivo Cero’: un
mundo con cero nuevas infecciones por el VIH, cero discriminación y cero
muertes relacionadas con el sida».
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
IGUALDAD
INNOVACIÓN
calidad
Ánimo de Lucro
SIDA
contra el SIDA podría suponer la desaparición del movimiento asociativo
del campo del VIH y sida del estado español. Supone un ataque al
movimiento asociativo VIH y sida que durante los últimos 30 años ha
formado parte del sistema sanitario y social y que ha contribuido a
mantener estable la infección por VIH en el estado español, cuyas
acciones han sido la puerta de entrada para la intervención con
colectivos en situación de mayor vulnerabilidad a los que el sistema
público no puede acceder.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
IGUALDAD
INNOVACIÓN
calidad
Ánimo de Lucro
SIDA
contra el SIDA podría suponer la desaparición del movimiento asociativo
del campo del VIH y sida del estado español. Supone un ataque al
movimiento asociativo VIH y sida que durante los últimos 30 años ha
formado parte del sistema sanitario y social y que ha contribuido a
mantener estable la infección por VIH en el estado español, cuyas
acciones han sido la puerta de entrada para la intervención con
colectivos en situación de mayor vulnerabilidad a los que el sistema
público no puede acceder.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
género.
la violencia de género.
asistencia social para mujeres víctimas de violencia de género.
humanos y engloba a toda la Sociedad. Las violencias ejercidas contra las
mujeres son muy variadas y distintas en sus formas. La idea de igualdad
entre los sexos, aunque presente en el imaginario común, aún no se ha
construido de manera estructural. Para erradicar la violencia de género
es imprescindible erradicar también el pilar fundamental que la sustenta:
la desigualdad.
Ley Integral contra la violencia de género, incorporando otras muchas
formas de violencia contra las mujeres como son la violencia económica,
violencia sexual, la explotación sexual. Para erradicar esta lacra social
es necesario que el Estado ponga a disposición todos los esfuerzos, en
este caso presupuestarios, que sean necesarios para implementar políticas
preventivas, de sensibilización y para actuar en todos aquellos ámbitos
en que aún la violencia de género se ejerce de manera real y
estructural.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad
Igualdad
dependencia (300.000 miles de euros)
dependencia (SAAD) (300.000 miles de euros)
e Igualdad a la Seguridad Social destinado al IMSERSO
dependencia
2012 es con seguridad insuficiente para afrontar de manera adecuada las
demandas de los usuarios.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad
Exterior y Calidad.
calidad.
departamentos ministeriales
de salud.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad.
Consumo
que está suponiendo el aumento de casi el 40 % de usuarios de Servicios
Sociales. Una reducción del 43 % como dibujan los presupuestos para la
partida destinada al Plan Concertado, supondría el cierre de más de 580
centros de servicios sociales y el más que posible despido de 12.000
trabajadores, así como, la imposibilidad de atención de más de tres
millones y medio de usuarios directo y el recorte a menos de la mitad de
programas en el ámbito local como la ayuda a domicilio, o programas de
prevención o reinserción.
necesidades más básicas de cientos de miles, de personas y familias, y la
drástica reducción de las ayudas que pueden esperar por parte de las
administraciones, puede llegar a desembocar en un grave conflicto a nivel
local que quiebre la cohesión social. En consecuencia con la presente
enmienda se propone que la partida presupuestaria se dote con el mismo
importe que en 2011, 87.698,31 millones de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
género.
la violencia de género.
asistencia social para mujeres víctimas de violencia de género.
humanos y engloba a toda la Sociedad. Las violencias ejercidas contra las
mujeres son muy variadas y distintas en sus formas. La idea de igualdad
entre los sexos, aunque presente en el imaginario común, aún no se ha
construido de manera estructural. Para erradicar la violencia de género
es imprescindible erradicar también el pilar fundamental que la sustenta:
la desigualdad.
Ley Integral contra la violencia de género, incorporando otras muchas
formas de violencia contra las mujeres como son la violencia económica,
violencia sexual, la explotación sexual. Para erradicar esta lacra social
es necesario que el Estado ponga a disposición todos los esfuerzos, en
este caso presupuestarios, que sean necesarios para implementar políticas
preventivas, de sensibilización y para actuar en todos aquellos ámbitos
en que aún la violencia de género se ejerce de manera real y
estructural.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad
hombres.
departamentos ministeriales
igualdad entre mujeres y hombres.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad
Farmacia.
departamentos ministeriales
suficiente para un plan bucodental para los ciudadanos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad
sobre Drogas.
instituc. sin fines de lucro
instituc. sin fines de lucro
departamentos ministeriales
Nacional sobre Drogas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad
apoyo a la discapacidad
con discapacidad + 3.500 miles de euros
instituciones sin fines de lucro
1.500 miles de euros
departamentos ministeriales
potenciar los programas para personas con discapacidad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Igualdad
infancia
departamentos ministeriales
mantener los programas de servicios sociales dado el recorte existente en
estos presupuestos.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.
de sus actividades de financiación (7.000 miles de euros)
empresarial (30.000 miles de euros)
de forma muy negativa en la financiación de los proyectos empresariales
de I+ D. Se recortan 128,4 millones de euros para subvenciones y 7,3
millones para la cobertura de los costes de financiación.
sus compromisos de financiación durante 2012 porque si bien cuenta con
una tesorería saludable, ésta es necesaria para hacer frente a los
compromisos adquiridos con las empresas innovadoras en 2011 y ejercicios
anteriores.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.
Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT)
Economía al CIEMAT sólo cubre el 83 % de los gastos de personal del
Centro, poniendo en entredicho la capacidad del centro de mantener al
propio personal en plantilla. Se propone atender esa diferencia para
cubrir íntegramente el capítulo 1 de personal con transferencias
corrientes provenientes de los PGE 2012. Cualquier política en contrario
significaría para el centro financiar parcialmente este capítulo con
ingresos provenientes de otras partidas o de ingresos propios, desviando
esa financiación de sus objetivos reales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.
Científicas (CSIC)
Economía al CSIC sólo cubre el 94 % de los gastos de personal del
Consejo, poniendo en entredicho la capacidad del centro de mantener al
propio personal en plantilla. Se propone atender esa diferencia para
cubrir íntegramente el capítulo 1 de personal con transferencias
corrientes provenientes de los PGE 2012. Cualquier política en contrario
significaría para el centro financiar parcialmente este capítulo con
ingresos provenientes de otras partidas o de ingresos propios, desviando
esa financiación de sus objetivos reales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.
Programas Nacionales
al CSIC
investigador
JAE de formación de personal investigador, técnico y de gestión del Plan
de Actuación 2010-2013.
durante la ejecución del anterior Plan de Actuación 2006-2009 y herederos
de los programas I3P (Itinerario Integrado de Inserción Profesional)
iniciados en 2004. Son el instrumento esencial para la formación de
personal investigador, técnico y de gestión a través de la experiencia y
constituyen el esbozo de la carrera científica (y parcialmente, técnica)
del CSIC.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.
(IEO)
Economía al IEO cubre el 99,6 % de los gastos de personal del Instituto,
poniendo en entredicho la capacidad del centro de mantener al propio
personal en plantilla. Se propone atender esa diferencia para cubrir
íntegramente el capítulo 1 de personal con transferencias corrientes
provenientes de los PGE 2012. Cualquier política en contrario
significaría para el centro financiar parcialmente este capítulo con
ingresos provenientes de otras partidas o de ingresos propios, desviando
esa financiación de sus objetivos reales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.
Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA)
Economía al INIA sólo cubre el 94 % de los gastos de personal del
Instituto, poniendo en entredicho la capacidad del centro de mantener al
propio personal en plantilla. Se propone atender esa diferencia para
cubrir íntegramente el capítulo 1 de personal con transferencias
corrientes provenientes de los PGE 2012. Cualquier política en contrario
significaría para el centro financiar parcialmente este capítulo con
ingresos provenientes de otras partidas o de ingresos propios, desviando
esa financiación de sus objetivos reales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.
Científica y Técnica (184.000 miles de euros)
personal investigador en situación jurídica de contrato (5.000 miles de
euros)
Científica y Técnica (25.887 miles de euros)
personal investigador en situación jurídica de beca (6.000 miles de
euros)
proyectos del Plan Nacional de I+ D+ i, herramienta imprescindible para
el normal desarrollo de la investigación en el sector público y privado
del Sistema Español Ciencia Tecnología Empresa. El recorte
presupuestario, muy superior a la media del recorte presupuestario medio
de los PGE 2102 supone la paralización de centros, grupos de
investigación y proyectos en todas las áreas de conocimiento.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.
millones de euros. El recorte no tiene sentido porque no afecta a la
reducción del déficit público, objetivo prioritario de estos
presupuestos. Con la recuperación de los préstamos que fueron concedidos
a las empresas, el CDTI pone de nuevo en circulación recursos en el
circuito financiero de la I+D hacia nuevos proyectos y nuevas iniciativas
innovadoras.
aportaciones patrimoniales destinadas al CDTI no solo es una reducción
real (partida que nunca habría quedado sin ejecutar), sino que tendrá una
fuerte y negativa incidencia en la política de investigación, desarrollo
e innovación, que arrastrará a la baja la inversión privada en I+D+i y
dificultará el cambio de modelo productivo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones
financieras con entes territoriales.
TERRITORIALES
Y LOCAL DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
terrestre
Barcelona, para la financiación del transporte regular de viajeros, a
cuenta del Contrato-Programa a suscribir con el Estado.
ATM del año 2010: 150 M¤ en lugar de los actuales 93 M¤
(GPEPC)
del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras
relaciones financieras con entes territoriales.
TERRITORIALES
EE. LL. ENTIDADES LOCALES
Barcelona, de acuerdo con el Convenio que se suscriba en el ámbito de la
Comisión de Colaboración Interadministrativa, y contribución a la
financiación de servicios específicos de su Área Metropolitana, creada
por la Ley de la Comunidad Autónoma, y con arreglo al Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
año 2012. Se recupera la Dotación de 2011.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones
financieras con entes territoriales.
TERRITORIALES
EE. LL. COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Autónomas
León, Cataluña e Illes Balears, en cumplimiento de lo establecido en
materia de inversiones en sus respectivos Estatutos de Autonomía
diferentes Estatutos de Autonomía, como es el caso de la Disposición
Adicional Tercera de l’Estatuto de Autonomia de Catalunya, supone
una grave deslealtad institucional y la imposición de la visión
centralista del Estado. Por ello, se propone recuperar la partida de los
presupuestos de 2011.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones
financieras con entes territoriales.
Territoriales.
y Local. Entidades Locales.
servicios de transporte colectivo urbano.
euros.
Territoriales.
y Local. Comunidades Autónomas.
los mismos importes que en el año 2011, es decir, que la aportación para
2012 sea por importe total de 70.789,27 miles de euros.
Ley Reguladora de las Haciendas Locales recoge el derecho a percibir esta
subvención para el sostenimiento del servicio. Considerando el valor
estratégico del transporte público colectivo urbano para el normal
desarrollo de la actividad diaria de las
incrementarse o al menos mantenerse en los mismos términos que para 2012
pues se sitúa en valores anteriores a 2007 sin tener en cuenta que los
costes de mantenimiento del servicio se han incrementado en los últimos
años; más aun teniendo en cuenta que se introduce «ex novo» un nuevo
condicionamiento para percibir la subvención a partir de 2013 como es el
cumplimiento de criterios medioambientales que exigirán, en su caso, la
adaptación o renovación, en su caso, de las flotas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 60. Seguridad
Social.
Dependencia.
de repercutir directamente en la mejora de la calidad de vida de las
personas usuarias y desarrollar una línea de atención hasta hoy olvidad
por la Ley de Autonomía Personal, permitirá el retorno de la inversión
vía cotizaciones e impuestos debido al alto potencial de creación de
puestos de trabajo en el campo de la asistencia personal.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
(ADIF)
la estación de Sants es absolutamente insuficiente.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a Sociedad Estatal de
Infraestructuras de Transporte Terrestre, S.A. (SEITTSA).
TERRESTRE (SEITTSA)
Barcelona. Red de Cercanias de Barcelona
2008-2012. Este precio fue el declarado en el proceso de licitación del
acceso, ya realizado pero interrumpido por el Ministerio de Fomento.
Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula 103 enmiendas al Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
José Montilla Aguilera.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Título del Proyecto de Ley.
Públicas
Competencias de las CC.AA. y las EE.LL.
Consejos Insulares y Comunidades Autónomas Uniprovinciales, para la
actualización y mantenimiento de la Encuesta de Infraestructura y
Equipamientos Locales.
Departamentos ministeriales.
Infraestructura y Equipamientos Locales es el instrumento de análisis y
valoración de las necesidades de dotaciones locales a efectos de
cooperación económica del Estado que se elabora según metodología del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. La finalidad de la
Encuesta es conocer la situación de las infraestructuras y equipamientos
de competencia municipal, formando un inventario de ámbito nacional, de
carácter censal, con información precisa y sistematizada.
Consejos Insulares para la actualización y mantenimiento de la Encuesta
de Infraestructura y Equipamientos Locales se eliminó en los Presupuestos
Generales del Estado, para 2009 si bien no implicó con ello la
desaparición de la actividad para la que fue creada.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 11. Uno. Apartado
nuevo.
Proyecto de Ley:
el crédito 32.01.941O.755 «A las comunidades autónomas de Andalucía,
Aragón, Castilla y León, Cataluña, Extremadura e Illes Balears, en
cumplimiento de lo establecido en materia de inversiones en sus
respectivos Estatutos de Autonomía» a los correspondientes Departamentos
ministeriales.
Estatutos de Autonomía sobre inversiones del Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2.
manera:
similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de
gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de
aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los que la
tasa de reposición se fija en el 10 por ciento:
educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el
acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del
Sistema Nacional de Salud.
aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos de Policía
Autónoma propios en su territorio, en relación con la cobertura de las
correspondientes plazas.
militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de carrera militar.
responsables del control y lucha contra el fraude fiscal y laboral.
local y de los servicios de prevención y extinción de incendios.
inferior a 20.000 habitantes.
Generales del Estado para 2012 prevé en lo que atañe a la aplicación de
la Tasa de reposición de efectivos en el ámbito de la Administración
Local va a ocasionar graves perjuicios a la prestación de los servicios
públicos por parte de las Corporaciones Locales.
incertidumbre que pesa sobre el modelo de financiación de las mismas se
añade la imposibilidad de incorporar los efectivos suficientes para el
mantenimiento de servicios esenciales tales como los servicios sociales,
personal de emergencias, etc. resulta con toda claridad que las Entidades
Locales no van a poder garantizar la prestación de dichos servicios y
ello en un contexto que hace más necesario que las Administraciones
Públicas hagan el mayor esfuerzo para paliar los efectos de la actual
crisis económica. Siempre dentro del marco de estabilidad económico
presupuestaria marcada por la legislación vigente, y en especial por el
Articulo 135 de la Constitución Española.
públicos será previsiblemente mayor en los pequeños y medianos municipios
por contar con plantillas escasas en las que será casi imposible la
sustitución de nuevos efectivos que cubran las bajas de distinta índole
que puedan producirse.
establece en materia de la aplicación de la tasa de reposición de
efectivos en la Administración Local, así como en lo que respecta al
personal necesario para la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia, por lo que se propone la presente
enmienda.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2.
manera:
similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de
gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de
aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los que la
tasa de reposición se fija en el 10 por ciento:
educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el
acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del
Sistema Nacional de Salud.
aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos de Policía
Autónoma propios en su territorio, en relación con la cobertura de las
correspondientes plazas.
militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de carrera militar.
responsables del control y lucha contra el fraude fiscal y laboral.
policía local y de los servicios de prevención y extinción de incendios.
Asimismo, al personal encargado de los servicios sociales, y en especial
al personal que tenga encomendado el desarrollo de la Ley 39/2006, de 14
de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia, y a los de gestión de ingresos.
Siempre dentro del marco de estabilidad presupuestaria marcado por la
legislación vigente, y en especial por el artículo 135 de la Constitución
Española.
Generales del Estado para 2012 prevé en lo que atañe a la aplicación de
la Tasa de reposición de efectivos en el ámbito de la Administración
Local va a ocasionar graves perjuicios a la prestación de los servicios
públicos por parte de las Corporaciones Locales.
entre los ámbitos que pudieran contar con una tasa de reposición del 10
por ciento a las Diputaciones, Cabildos, Cabildos y Consejos Insulares
que cuentan con servicios propios de extinción de incendios e incluso
podrían albergarse dudas respecto a los servicios de tal carácter que
dependen de consorcios creados al efecto.
incertidumbre que pesa sobre el modelo de financiación de las mismas se
añade la imposibilidad de incorporar los efectivos suficientes para el
mantenimiento de servicios esenciales tales como los servicios sociales,
personal de emergencias, etc. resulta con toda claridad que las Entidades
Locales no van a poder garantizar la prestación de dichos servicios y
ello en un contexto que hace más necesario que las Administraciones
Públicas hagan el mayor esfuerzo para paliar los efectos de la actual
crisis económica. Siempre dentro del marco de estabilidad económico
presupuestaria marcada por la legislación vigente, y en especial por el
Articulo 135 de la Constitución Española
públicos será previsiblemente mayor en los pequeños y medianos municipios
por contar con plantillas escasas en las que será casi imposible la
sustitución de nuevos efectivos que cubran las bajas de distinta índole
que puedan producirse.
establece en materia de la aplicación de la tasa de reposición de
efectivos en la Administración Local, así como en lo que respecta al
personal necesario para la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia. También debe considerarse el caso
genérico de los servicios sociales y el de gestión de ingresos, en este
último caso tiene mayor importancia en el caso de grandes ayuntamientos y
entidades supramunicipales por la prestación de servicios hacia
Ayuntamientos de menor tamaño.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación
del Artículo 69.
artículo 69, con el siguiente texto:
agrícola, ganadera y forestal.
91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor
Añadido que queda redactado de la siguiente forma:
los usos necesarios para la producción agrícola, ganadera o
forestal.»
asegurar un suministro de alimentos a los consumidores a precios
razonables. El encarecimiento de los costes de producción en general y,
en particular, de la tarifas eléctricas en los últimos años ha puesto en
una situación límite a las pequeñas y medianas empresas de producción de
productos agrícolas, ganaderos y forestales, base de la producción
española, la aplicación de un IVA reducido, prevista el Anexo H de la
Directiva europea sobre dicho impuesto, contribuirá a dar un tratamiento
fiscal más acorde con los objetivos a alcanzar en este sector.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 105. Dos. a.
con la Estrategia Española de Movilidad Sostenible, según lo establecido
en el artículo 102, «Fomento de los Planes de Movilidad Sostenible», de
la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible que dice lo
siguiente:
ayuda o subvención a las Administraciones autonómicas o Entidades locales
incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y destinada al
transporte público urbano o metropolitano, se condicionará a que la
entidad beneficiaria disponga del correspondiente Plan de Movilidad
Sostenible, y a su coherencia con la Estrategia Española de Movilidad
Sostenible.»
siguiente tenor literal:
Sostenible.
vigencia indefinida, se modifica el artículo 102 de la Ley 2/2011, de 4
de marzo, de Economía Sostenible en los siguientes términos:
ayuda o subvención a las Administraciones autonómicas o Entidades locales
incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y destinada al
transporte público urbano o metropolitano, se condicionará a que la
entidad beneficiaria disponga del correspondiente Plan de Movilidad
Sostenible, y a su coherencia con la Estrategia Española de Movilidad
Sostenible.»
reducción de las subvenciones destinadas a Corporaciones Locales para
cofinanciar los servicios de transporte colectivo urbano del 27,88 %,
previsión que ha sido objeto de otra enmienda pero que conviene recordar
para justificar que su aplicación junto a los requisitos establecidos en
el artículo reseñado supondrían la imposibilidad de la prestación de un
servicio de transporte público urbano en unas condiciones mínimas de
cobertura y calidad.
de los requisitos de acceso a las subvenciones entran en contradicción
con la voluntad del fomento de la sostenibilidad urbana uno de cuyos ejes
es el transporte colectivo urbano como única alternativa al uso del
vehículo privado.
en unos 1.200 millones de euros también se vería incrementado.
Sostenible, el mantenimiento de la condición de que la Corporación Local
disponga del correspondiente Plan de Movilidad Sostenible, en la actual
situación de crisis financiera, supondría en la práctica una carga
económica inasumible por las Corporaciones Locales que sólo agravaría aún
más su situación, por lo que se propone que la Ley de Presupuestos
Generales del Estado modifique dicha disposición para que deje de ser una
condición para ser beneficiaria de la subvención.
enmienda que se propone sobre «prórroga en la limitación temporal al
recurso al crédito para la financiación de inversiones por las
Corporaciones locales», que cuando se dictó esa limitación en el apartado
dos del artículo 14 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el
que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit
público» la misma estaba prevista para 2010 y 2011. Sin embargo
posteriormente tal limitación se prorrogó para 2012 y en el presente
Proyecto de Ley se recoge que la vigencia sea indefinida.
del recurso al crédito, incluido el crédito para inversiones, de escasez
de recursos, la obligación que se establece en el artículo 102 de la Ley
de Economía Sostenible no es realista y condicionar la percepción de la
subvención a cumplir con dicho precepto supone agravar conscientemente la
situación financiera de las Entidades Locales.
sea objeto de estudio y debate en el seno de la Comisión Nacional de
Administración Local.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 105. Seis. 7.
Artículo 105. cuyo tenor literal es el siguiente:
2013 (que corresponderán a los servicios de transporte colectivo urbano
prestados durante el año 2012) tendrán en cuenta criterios
medioambientales. El Plan de Medidas Urgentes para la Estrategia Española
de cambio climático y energía limpia contempla la incorporación de
criterios de eficiencia energética para la concesión de subvenciones al
transporte público urbano. Esta medida, definida en el Plan de Activación
de Ahorro y Eficiencia Energética ejecutado por el Ministerio de
Industria, Energía y Turismo a través del IDAE, consiste en establecer un
mecanismo de valoración de la eficiencia energética aplicada a los
sistemas de transporte público, que permita evaluar de forma homogénea
los avances producidos, y tenerlos en cuenta para la distribución de
estas ayudas.
función de la puntuación obtenida en el cumplimiento de criterios
medioambientales, que, a título indicativo, serán los que figuran en el
cuadro que se indica a continuación, teniendo en cuenta que el importe
que se distribuya por este concepto reducirá la cuantía del importe a
repartir en concepto de déficit de explotación de ingresos y gastos
imputables al servicio y del déficit o resultado real producido en el
ejercicio 2011 y los criterios de imputación de los ingresos y gastos,
entendiendo que está auditado cuando dicha información esté incluida en
la Memoria de las Cuentas Anuales y éstas hayan sido auditadas.
de enmienda, la asunción por una Ley de Presupuestos de los criterios
medioambientales establecidos en un Plan, en este caso «El Plan de
Medidas Urgentes para la Estrategia Española de cambio climático y
energía limpia», limitando la subvención a percibir dependiendo del
cumplimiento de actuaciones que a su vez suponen una inversión económica
que las Corporaciones Locales no tienen capacidad financiera para
desarrollar, supondría, junto a las reducciones y requisitos señalados en
los párrafos anteriores, la imposibilidad real de la prestación del
servicio de transporte colectivo urbano por las Corporaciones
Locales.
trasladar su discusión a la Comisión Nacional de la Administración
Local.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 112. Uno.
de Barcelona.
que se regula el Régimen Especial del Municipio de Barcelona, con cargo
al Concepto 461, al Ayuntamiento de Barcelona para la financiación de
instituciones culturales del municipio, de acuerdo con el convenio que se
suscriba en el ámbito de la Comisión de Colaboración Interadministrativa,
del Programa 334A, Promoción y cooperación cultural, del Servicio 13,
Dirección General de Políticas e Industrias Culturales y del Libro, de la
Sección 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, se podrán reconocer
obligaciones hasta un montante global de 9.700 miles de euros para la
financiación de instituciones con amplia proyección y relevancia del
Municipio de Barcelona.
financiar las instituciones citadas en el apartado anterior deberá
suscribirse previamente el correspondiente Convenio en el ámbito de la
Comisión de Colaboración Interadministrativa creada con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que
se regula el Régimen Especial del Municipio de Barcelona.
culturales con amplia proyección y relevancia del municipio
Barcelona.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación
del Artículo 112.
los municipios de población no superior a 20.000 habitantes.
municipios con población no superior a 20.000 habitantes, se dota para el
año 2012, en la Sección 15, Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, Programa 942A, Cooperación Económica Local del Estado, un fondo
para atender transferencias corrientes a favor de los municipios que
pertenezcan a aquel grupo de población, asignándose por la Dirección
General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y
las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, con arreglo a los criterios contenidos en el apartado
siguiente.
en el apartado anterior que no alcancen una participación en tributos del
Estado de 154 euros por habitante en concepto de entregas a cuenta
correspondientes a 2012, y cuyo coeficiente de esfuerzo fiscal medio por
habitante, según datos de la última liquidación definitiva practicada,
sea superior a 1. La cuantía asignada por este crédito, sumada al importe
que les corresponda por la aplicación del modelo descrito en los
artículos 92 y 93, no superará la cuantía de 154 euros por habitante.
Coordinación Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, certificará la participación en tributos del
Estado por habitante correspondiente a las entregas a cuenta de dicho
ejercicio de los municipios con población no superior a 20.000
habitantes, así como los coeficientes de esfuerzo fiscal medio por
habitante citados en el párrafo anterior. El pago de las cuantías
resultantes de la distribución anterior se realizará por la Dirección
General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y
las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, en el primer semestre del ejercicio, no teniendo carácter de
entrega a cuenta, por lo que, en ningún caso, estará sujeto a liquidación
posterior.
la Federación Española de Municipios y Provincias de 21 de noviembre de
2002» y en el «Acuerdo Gobierno-FEMP de medidas urgentes de 18 de julio
de 2005», en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007
se estableció como mecanismo especial de financiación de los municipios
con población no superior a 20.000 habitantes, un fondo para atender
transferencias corrientes a favor de los municipios que pertenezcan a
este grupo, teniendo en cuenta la participación en tributos del Estado
por habitante y el coeficiente de esfuerzo fiscal medio por
habitante.
de establecer mecanismos de nivelación que impulsen la convergencia
progresiva entre municipios, pequeños y grandes, con relación a la
cantidad que les corresponde por habitante en la participación en los
tributos del Estado.
revisar ni el modelo competencial ni el modelo de financiación local la
supresión de este fondo agravará la situación financiera de aquellos
municipios con menos capacidad para acceder a recursos financieros.
Motivo por el cual se propone su mantenimiento en tanto no se revise el
modelo actual de financiación local.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional vigésima
sexta.
vigésima sexta.
disposición adicional novena del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de
diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y
financiera para la corrección del déficit público, suspende, sin
determinación de plazo, la aplicación de la disposición adicional
trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social.
establece que, a partir del 1 de enero de 2012, se aumente progresiva y
paulatinamente la cuantía de la pensión de viudedad de las personas
beneficiarias que, con una edad igual o superior a 65 años, no tengan
derecho a otra pensión pública o ingresos del trabajo o de cualquier otra
naturaleza que superen el límite de ingresos establecido en cada momento
para la pensión mínima.
cada año de un 1 por ciento de incremento a su base reguladora hasta
alcanzar el 60 por ciento.
los colectivos más desfavorecidos, algunos de cuyos beneficiarios se
sitúan en el umbral de la pobreza—, razones de proporcionalidad
—la reducción del déficit público que pudiera conseguirse a través
de dicho aplazamiento no parece que sea lo suficientemente sustancial
como para justificarla, dado lo acotado del colectivo— y razones
que afectan al principio de seguridad jurídica —el aplazamiento de
la norma se efectúa sin límite temporal— justifican la supresión de
esta medida.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
formativos del Talarn y CEFOT número 1.
para asegurar el completo funcionamiento y el mantenimiento de la plena
operatividad en capacidades formativas, de la Academia General Básica de
Suboficiales de Talarn de Lleida así como del Centro de Formación de
Tropa número 1, ubicado en el Acuartelamiento Santa Ana, de Cáceres.
en las políticas de Defensa, pero esto no debe, necesariamente, llevar
aparejado el cese de funcionamiento de los centros formativos y la
adecuada cualificación de las personas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
texto:
adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
Entes Territoriales», se habilitarán los créditos necesarios para hacer
efectivas, en los términos previstos en el siguiente párrafo, las
transferencias de capital a favor de la Comunidad Autónoma de Cataluña,
en cumplimiento de la Disposición adicional tercera de su Estatuto de
Autonomía, correspondientes a las desviaciones definitivas en la
ejecución de las inversiones del Estado en Cataluña en los ejercicios
2008 y 2009.
correspondientes transferencias de capital se acordará en la Comisión
Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat.
Estatuto de Cataluña sobre inversiones del Estado en lo relativo a las
desviaciones definitivas en la ejecución de las inversiones del Estado en
Cataluña en los ejercicios 2008 y 2009 y que han sido contabilizadas en
un total de 978.000.000 de euros.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
texto:
Comunidad Autónoma de Cataluña.
Relaciones Financieras con Entes Territoriales» se destinará a
actuaciones inversoras en la Comunidad Autónoma de Cataluña, en
cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición adicional tercera de su
Estatuto de Autonomía, atendiendo a las incluidas en el anexo XIX de la
presente Ley de manera que dicha inversión se equipare a la participación
relativa del PIB de Cataluña con relación al PIB del Estado.
Estatuto de Autonomía de Cataluña.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
profesionales adscritos a la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones en Barcelona.
para asegurar el mantenimiento de la sede de la Comisión del Mercado de
las Telecomunicaciones en Barcelona, así como de los profesionales
adscritos a dicho organismo. Así mismo, ampliará sus funciones con las
que la legislación otorga al Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, que
aún no ha sido creado.
de la Comisión de los Mercados y la Competencia, que centralizará las
funciones de los distintos organismos reguladores existentes, entre ellos
la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
regubernamentalizar importantes funciones de dichos organismos
independientes en varios Ministerios, a pesar de su importancia para
garantizar la competencia y los derechos de los consumidores en sectores
estratégicos como el de las telecomunicaciones o la energía.
desaparición de la actual sede de la CMT en Barcelona, que supuso un hito
en el proceso de descentralización de los organismos del Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
supervisión previsto en los artículos 97 y siguientes de la Ley 21/2003,
de 7 de julio, de Seguridad Aérea, con el objeto de proceder, en su caso,
a la modificación o actualización de las prestaciones patrimoniales de
carácter público previstas en el artículo 68.2 de la citada ley.
por la Ley 1/2011, de 4 de marzo, por la que se establece el Programa
Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil y se modifica la
Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, establece un
procedimiento de consulta previo a la aprobación de la propuesta de
modificación o actualización de prestaciones patrimoniales públicas que
debe percibir Aena Aeropuertos, S.A.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
con la siguiente redacción:
del Mediterrani Tarragona 2017.
2017 tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés
público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley
49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
acontecimiento abarcará desde 1 de enero de 2012 a 31 de diciembre de
2017.
realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará en
conformidad a lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.
el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en
planes y programas de actividades específicas se realizará por el órgano
competente en conformidad a lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.
máximos establecidos en el artículo 27.3 de la citada Ley 49/2002. No
obstante, no resultará de aplicación en ningún caso la limitación del 90%
recogida en el segundo párrafo del número Primero del artículo 27.3 de la
Ley 49/2002, antes mencionada,
a la celebración dels Jocs del Mediterrani que tendrán lugar en Tarragona
en 2017.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
redacción:
(Imserso) a formalizar anualmente un Convenio Marco de Colaboración con
la Fundación ONCE, para el desarrollo del Programa de Accesibilidad
Universal.
singulares con otras entidades públicas o privadas sin fin de lucro, que
participarán en régimen de concurrencia competitiva, garantizando el
respeto a los principios de publicidad, objetividad, transparencia e
igualdad.
del programa de Accesibilidad Universal se fijará anualmente en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado.
del Imserso existe dentro del Programa 31.31: Prestaciones económicas,
recuperadoras y accesibilidad universal, la aplicación 760: Convenios
Corporaciones Locales Accesibilidad, que es la aplicación presupuestaria
destinada a la participación financiera del Imserso en el Convenio Marco.
Para el año 2012 existe en esta aplicación un crédito de 2.000.000,00
¤.
Mixta de las Cortes para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en
relación al informe de fiscalización de la aplicación de los fondos
públicos destinados por el Imserso a la financiación de programas de
accesibilidad durante el período 2001-2003 (Núm. Expte. Congreso: 251/144
y Núm Expte. Senado: 771/136), en su sesión del día 27 de noviembre de
2007, insta al Gobierno a: «dotar al programa de un marco normativo
adecuado de carácter especial y rango suficiente».
diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y
Accesibilidad Universal (Liondau), establece que «la Administración
General del Estado promoverá, en colaboración con otras Administraciones
Públicas y con las Organizaciones representativas de las Personas con
Discapacidad y sus Familias, la elaboración, desarrollo y ejecución de
planes y programas en materia de accesibilidad y no discriminación».
enero por el que se desarrolla la estructura básica del Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, al enumerar las competencias de
la Secretaría General de Política Social y Consumo, se refiere a «la
promoción de las políticas de igualdad, no discriminación y accesibilidad
universal…..». Por su parte, el artículo 2.6 de la misma
disposición determina la adscripción del Instituto de Mayores y Servicios
Sociales a dicho Ministerio, indicando que ejercerá las competencias que
le atribuye el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y el Real
Decreto 1226/2005, de 13 de octubre. Al Imserso, según lo establecido en
el Real Decreto mencionado anteriormente, se le encomienda la propuesta,
gestión y seguimiento de planes de servicios sociales de ámbito estatal
en las áreas de personas mayores y personas dependientes, así como la
gestión del programa estatal de productos de apoyo y de
accesibilidad.
del Consejo General de la ONCE, de fecha 8 de enero de 1988, aprobada y
calificada por el entonces Ministerio de Asuntos Sociales, como entidad
de carácter benéfico-asistencial, el día 2 de agosto de 1988. Sus
Estatutos vigentes establecen, en su artículo 6.º, como fines
fundacionales, «la realización de forma directa o concertada de programas
de integración social y prestaciones sociales para personas con
discapacidad física, psíquica, sensorial o mental, destacando
prioritariamente la formación y el empleo así como la accesibilidad y la
superación de barreras de cualquier clase». La Fundación ONCE representa
a todas las organizaciones de personas con discapacidad de ámbito
estatal.
colaboración, técnica y financiera, en los últimos años para desarrollar
conjuntamente el Programa de Accesibilidad Universal. Dicha colaboración
se ha articulado a través de Convenios Marco de carácter anual o
plurianual. Los resultados obtenidos a
nuevos instrumentos de colaboración en años sucesivos.
singulares con otras entidades públicas y privadas sin fin de lucro, que
participarán en régimen de concurrencia competitiva, garantizando el
respeto a los principios de publicidad, objetividad, transparencia e
igualdad.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
homogeneización, el rescate selectivo y la subvención de peajes.
Entes Territoriales», se habilitaran los créditos necesarios para la
creación de un Fondo para la homogeneización, el rescate selectivo y la
subvención de peajes en los términos previstos en la Resolución 599/IX
del Parlament de Catalunya.
de las infraestructuras viarias de peaje. Su dotación correrá a cargo del
Estado y de las comunidades autónomas, a través de los impuestos
estatales y autonómicos generados por las sociedades concesionarias de
las autopistas de peaje; de las dotaciones anuales previstas en los
Presupuestos Generales del Estado y de los recursos provenientes de las
sociedades concesionarias de autopistas.
concesión estatal. Teniendo en cuenta, además, los peajes de concesión de
la Generalitat, esto implica que el 34 % de las vías de pago de todo el
Estado se encuentran en esta comunidad. En cambio, el porcentaje de
autovías gratuitas que discurren por esta comunidad sólo representa el 5
%, muy por debajo de otras comunidades.
las economías domésticas, sino también un perjuicio para el conjunto de
la economía catalana y la competitividad de sus empresas, al encarecer el
coste del transporte.
9 de mayo la Resolución 599/IX, por la cual se reitera la presentación a
la Mesa del Congreso de los Diputados de la Proposición de Ley del Fondo
para la homogeneización, el rescate selectivo y la subvención de
peajes.
limitar los costes sociales de estas infraestructuras de utilidad pública
para el conjunto del Estado, mediante programas que homogeneicen los
peajes, incluyendo el rescate selectivo de los tramos más vinculados a la
movilidad obligada.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
agrícola.
elaborará un nuevo programa de Sanidad de la producción agrícola para
desbloquear la acumulación de expedientes en el Registro de productos
fitosanitarios, así como para aprovechar de forma eficaz y óptima las
nuevas acciones y medidas que permite la nueva regulación europea en
materia de fitosanitarios, y el Gobierno efectuará las remodelaciones
presupuestarias y de recursos humanos necesarias para atender dicho nuevo
programa de Sanidad de la producción agrícola. Tanto el nuevo programa,
como las remodelaciones presupuestarias y de recursos humanos estarán
operativos en un plazo no superior a 3 meses.»
Estado español es lamentable y supone una enorme pérdida de
competitividad para el sector agrario español, así como un coste añadido
incalculable para las explotaciones que se ven obligadas a desarrollar
una protección sanitaria con muchos más riesgos y costes, ya que no se
dispone de unos medios fitosanitarios actualizados. Mientras que en
países de la UE se tarda 2 años en registrar un nuevo producto, en el
Estado español llega a los 5 años de demora. Además hay que recordar que
dicho subprograma no incluye ninguna actuación para aprovechar el
conjunto de acciones y medidas de la nueva regulación europea en materia
de fitosanitarios para mejorar la competitividad de nuestras producciones
agrícolas, lo que aún situará a dichas producciones españolas en una
mayor inferioridad de condiciones respecto a nuestros competidores en el
mercado interior de la UE.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
Sociedades (RDL 4/2004).
transmisiones de fincas rústicas o elementos patrimoniales propiedad de
pequeñas y medianas empresas consideradas explotaciones asociativas
prioritarias realizadas como consecuencia de procesos de
expropiación.
fincas rústicas o elementos patrimoniales, como consecuencia de un
proceso de expropiación, cuya titularidad ostenten pequeñas y medianas
empresas consideradas como explotaciones asociativas prioritarias no se
integrará en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, si el
importe obtenido en la transmisión se reinvierte en las condiciones
establecidas en el art. 42 de esta ley. Esta exclusión se basa en lo
establecido en el Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de
diciembre, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las
ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la
producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento
(CE) nª 70/2001 (DOUE L358 de 16 de diciembre de 2006).»
recibidas por titulares de explotaciones agrarias que tengan la
calificación de pequeñas y medianas empresas y que tengan a su vez la
consideración de explotaciones agrarias prioritarias en procesos de
expropiación. Actualmente tan solo se permite el diferir los impuestos en
los supuestos de reinversión, que es una forma de pagar poco a poco el
impuesto, pero en el fondo es pagando.
empresas en base a lo establecido, para las inversiones en compra de
tierras (artículo 4) y para los requisitos generales de exención
(artículo 3) y transparencia y control (artículo 20), en el Reglamento
(CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, sobre la
aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales
para las pequeñas y medianas dedicadas a la producción de productos
agrícolas.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.
de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas.
de vivienda habitual y fincas rústicas en supuestos de expropiación y
reinversión de titulares de pequeñas y medianas empresas agrarias
obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente,
siempre que el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en
la adquisición de una nueva vivienda habitual en las condiciones que
reglamentariamente se determinen.
obtenidas por la expropiación de fincas rústicas incluidas dentro de una
explotación agraria que tenga la consideración de pequeña y mediana
empresa y que este considerada como explotación agraria prioritaria del
contribuyente, siempre que el importe total obtenido por la expropiación
se reinvierta en la adquisición de otras fincas rústicas en las
condiciones que reglamentariamente se determinen. Esta exclusión se basa
en lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de
15 de diciembre, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado
a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a
la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el
Reglamento (CE) nª 70/2001 (DOUE L358 de 16 de diciembre de 2006)
percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la
parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a
la cantidad reinvertida.»
permitir la exención para la reinversión en las ganancias y pérdidas
patrimoniales obtenidas por titulares de explotaciones agrarias
prioritarias
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final décima
octava.
siguiente manera:
de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
indefinida la Disposición adicional decimotercera del Real Decreto-ley
20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público, queda redactada como sigue:
8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para
la reducción del déficit público», estableció para las Entidades Locales
y sus entidades dependientes clasificadas en el sector Administraciones
Públicas, a partir de la entrada en vigor de dicha norma y hasta el 31 de
diciembre de 2011, la prohibición de acudir al crédito público o privado
a largo plazo, en cualquiera de sus modalidades, para la financiación de
sus inversiones, ni sustituir total o parcialmente operaciones
prexistentes, a excepción de aquellas que en términos de valor actual
neto resultasen beneficiosas para la entidad por disminuir la carga
financiera, el plazo de amortización o ambos.
«Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2011» modificó el anterior precepto en los términos
siguientes:
Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas
extraordinarias para la reducción del déficit público, que queda
redactado de la siguiente manera:
y sus entidades dependientes clasificadas en el sector Administraciones
Públicas que liquiden el ejercicio 2010 con ahorro neto positivo,
calculado en la forma que establece el artículo 53 del Texto Refundido de
la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán concertar nuevas operaciones de
crédito a largo plazo para la financiación de inversiones, cuando el
volumen total del capital vivo no exceda del 75 por 100 de los ingresos
corrientes liquidados o devengados, según las cifras deducidas de los
estados contables consolidados, con sujeción, en su caso, al Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y a la Normativa
de Estabilidad Presupuestaria.
todas las operaciones vigentes a 31 de diciembre de 2010, incluido el
riesgo deducido de avales e incrementado, en su caso, en los saldos de
operaciones formalizadas no dispuestos y en el importe de la operación u
operaciones proyectadas en 2011. Las entidades que no cumplan los
requisitos anteriores no podrán concertar en 2011 operaciones de crédito
a largo plazo.
aplicación a la Comunidad Autónoma del País Vasco y a la Comunidad Foral
de Navarra de la norma contenida en este apartado se entenderá sin
perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Concierto Económico con la
Comunidad Autónoma del País Vasco y según lo establecido en el artículo
64 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral
de Navarra, conforme a lo dispuesto en el Convenio Económico entre el
Estado y la Comunidad Foral de Navarra, respectivamente.»
«Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre de medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público», prorroga para 2012 el apartado Dos del artículo 14 del
RDL 8/2010, en la redacción dada por la Disposición Final decimoquinta de
la LPGE para 2011, con la actualización de las referencias temporales que
en tal disposición se detallan; concretamente:
corrientes a efectos de calcular el nivel de endeudamiento, en los
términos del precepto citado en el párrafo anterior y del artículo 53 del
Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se tendrán en cuenta
la liquidación del presupuesto del ejercicio 2011 y, en su caso, las
cifras deducidas de los estados contables consolidados, con sujeción a
aquella norma y a la de estabilidad presupuestaria.
todas las operaciones vigentes a 31 de diciembre de 2011, incluido el
riesgo deducido de avales e incrementado, en su caso, en los saldos de
operaciones formalizadas no dispuestos y en el importe de la operación
proyectada o proyectadas en 2012.
del «Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012», con
efectos a la entrada en vigor de la Ley y vigencia indefinida, se
introduce en el «apartado Dos», la modificación de la anterior
«Disposición Adicional Decimocuarta», quedando redactada en los
siguientes términos:
14 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan
medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, en la
redacción dada por la disposición final decimoquinta de la ley 39/2010,
de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2011, con las actualizaciones de las referencias temporales que, a
continuación, se detallan.
corrientes a efectos de calcular el nivel de endeudamiento, en los
términos del precepto citado en el párrafo anterior y del artículo 53 del
Texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se tendrán en cuenta
la liquidación del presupuesto del ejercicio 2011 y, en su caso, las
cifras deducidas de los estados contables consolidados, con sujeción a
aquella norma y a la de estabilidad presupuestaria, descontando, en todo
caso, en el cálculo del ahorro neto y en el del nivel de endeudamiento,
el efecto que, en ambos casos, pueda tener el importe de los ingresos
afectados.
todas las operaciones vigentes a 31 de diciembre de 2011, incluido el
riesgo deducido de avales e incrementado, en su caso, en los saldos de
operaciones formalizadas no dispuestos y en el importe de la operación
proyectada o proyectadas en 2012.»
carácter coyuntural para 2010 y 2011, prorrogado para 2012, se pretende
ahora transformarla en indefinida lo cual contradice el espíritu por el
que fue creada lo que supone además una modificación «sine die» del
«statu quo» de las Haciendas Locales.
económica actual se considera más razonable continuar prorrogando la
medida con los ajustes técnicos que se consideren oportunos y previo
informe de la Comisión Nacional de la Administración Local.
20/2011 ya existe cobertura para 2012, se propone la supresión de dicho
apartado «Dos».
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final vigésima
primera.
Aérea.
por la Ley 1/2011, de 4 de marzo, por la que se establece el Programa
Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil, y se modifica la
Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, establece un
procedimiento de consulta previo a la aprobación de la propuesta de
modificación o actualización de prestaciones patrimoniales públicas por
parte de Aena Aeropuertos, S.A. Al haberse omitido el citado
procedimiento, que exige un período de consultas previo de, al menos,
cuatro meses con las asociaciones u organizaciones de compañías aéreas
usuarias de los aeropuertos, así como la voluntad de llegar a acuerdos
con las citadas asociaciones u organizaciones, procede la supresión de
esta disposición final.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final vigesima
quinta.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Con
efectos de la entrada en vigor de esta ley y vigencia indefinida se
introducen las siguientes modificaciones en el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, queda redactado como sigue:
un tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la
realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción,
instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente
licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o
estén sujetas a comunicación previa o declaración responsable, siempre
que la expedición o la intervención de la actividad corresponda al
ayuntamiento de la imposición.»
Legislativo 212004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda redactado
como sigue:
obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la
condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes
soliciten las licencias o presenten las comunicaciones previas o las
declaraciones responsables o quienes realicen las
construcciones,instalaciones u obras.»
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda redactado
como sigue:
la comunicación previa o la declaración responsable o cuando, no
habiéndose solicitado, concedido o denegado aún aquella o presentado
estas, se inicie la construcción, instalación u obra, se practicará una
liquidación provisional a cuenta, determinándose la base imponible.»
Locales —la modificación de la «letra i) del artículo 20.4—
se refiere al otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos,
así como a la realización de la actividad de verificación para
precisamente esas actividades no sujetas a autorización o control previo
a las que hace referencia una de las dos modificaciones de la Ley de
Bases. Se habilita por tanto la posibilidad de cobrar tasas por actividad
de verificación para actividades no sujetas a autorización o control
previo, por lo que parece garantizada la seguridad jurídica de que la
actividad administrativa necesaria para comprobar el cumplimiento de los
requisitos exigidos a las actividades realizadas en régimen de
comunicación, puede constituir hecho imponible de una tasa por
realización de actividades administrativas de competencia local que se
refieran, afecten o beneficien de modo particular a los sujetos
pasivos.
la letra i) del artículo 20.4 introducida mediante la Ley 2/2011, de 4 de
marzo, de Economía Sostenible, debería hacerse respecto del impuesto
sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), ampliando su hecho
imponible a las obras que no estando sometidas a licencia lo estén a
declaración responsable o a comunicación previa. Asimismo y en
concordancia con la modificación del articulo se propone la modificación
el articulo 101.2, primer párrafo, y 103.1, primer párrafo.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
tendrá la siguiente redacción:
Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo
670/1987, de 30 de abril, con el fin de equiparar la pensión de orfandad
al Régimen General de la Seguridad Social.
Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, con la siguiente
redacción:
trabajo lucrativo por cuenta ajena o propia o, cuando realizándolo, los
ingresos que obtenga en cómputo anual resulten inferiores a la cuantía
vigente
anual, podrá ser beneficiario de la pensión de orfandad siempre que, en
la fecha de fallecimiento del causante, fuera menor de veinticinco
años.
cumpla los veinticinco años, salvo que estuviera cursando estudios
manteniéndose en estos supuestos la percepción de la pensión de orfandad
hasta el día primero del mes siguiente al del inicio del siguiente curso
académico.
incapacitase para todo trabajo antes de cumplir los veinticinco años de
edad, tendrá derecho a la pensión de orfandad con carácter
vitalicio.” 2. Se incluye una disposición transitoria décima
tercera al Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, con la
siguiente redacción:
paulatina del límite de edad a efectos de las pensiones de orfandad, en
los casos de orfandad simple en los que el huérfano no trabaje.
esta ley, cuando sobreviva uno de los progenitores salvo que el huérfano
presentara una discapacidad igual o superior al 33 por 100, el límite de
edad determinante de la condición de beneficiario de la pensión de
orfandad será aplicable a partir de 1 de enero de 2014.
siguiente:
pasivas al régimen general de la Seguridad Social.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Anexo II. Segundo. Doce. Letra
nueva.
Aragón, Castilla y León, Cataluña, Extremadura e llles Balears, en
cumplimiento de lo establecido en materia de inversiones en sus
respectivos Estatutos de Autonomía».
Estatutos de Autonomía sobre inversiones del Estado.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Anexo nuevo.
texto:
referidas en la Disposición Adicional
km).
km).
Barcelona.
km).
(P.C.).
Llobregat.
Esplugues de Llobregat (E.I.).
Barcelona.
Gramenet.
Martorell.
Olot-Ripoll; Ripoll-Puigcerdà.
(ATM).
por obras ya ejecutadas y certificadas.
en LL-11, N-230 y N-240.
EI/PC.
Puigvert.
Prat (Puerto de Barcelona).
mercancías de ancho mixto (ibérico i UIC) en Puerto de Barcelona.
Llobregat.
Universitaria (P.C.).
Montcada-Vic (P.C.).
Montcada i Reixach.
estaciones.
Mogoda.
Llong-Castellarnau en Sabadell (P.C.).
Hospital General y Volpelleres entre RENFE y FGC (E.I.).
estación en Lleida. Mejora estaciones línea Lleida-Manresa.
Cercanías de Barcelona (2008-2015).
(R4), dentro del Plan de Cercanías.
L’Hospitalet e intercambiador de La Torrassa.
andenes).
del Penedès-Martorell-Terrassa-Sabadell-Granollers-Mataró).
Convenio de Cercanías en Barcelona y creación de los servicios de
Cercanías en Girona, Lleida y Tarragona.
con la frontera francesa y puesta en funcionamiento, construcción
estación L.A.V. La Sagrera.
ferroviaria en ancho ibérico y UIC con tercer carril entre el Puerto de
Tarragona y Martorell.
Reus.
con nuevo trazado hasta el nudo de Castellbisbal con ancho ibérico y
UIC.
Madrid-Barcelona. Duplicación de vía L’Hospitalet de
I’Infant-Tarragona.
intermodales de La Llagosta, Vilamalla y Penedès.
ferroviarias en Vilafranca del Penedès y construcción de la nueva
estación de cercanías.
Vilafranca del Penedès en los terrenos del PAET de la Línea de Alta
Velocidad Barcelona–Madrid.
Estatuto de Autonomía de Cataluña.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
los Departamentos Ministeriales.
clasificadas.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Internacionales).
los Departamentos Ministeriales.
clasificadas.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.
(IEMED).
los Departamentos Ministeriales.
clasificadas.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
Coordinación de competencias con las CCAA y las EELL.
los municipios de población no superior a 20.000 habitantes.
los Departamentos Ministeriales.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
competencias con las CCAA y las EELL
Insulares, Comunidades Autónomas Uniprovinciales y Ayuntamientos de Ceuta
y Melilla, como aportación a la financiación de inersiones de las
Entidades Locales por Cooperación.
los Departamentos Ministeriales.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
existente en 2011.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
Públicas.
Competencias con las CC.AA y las EE.LL.
lucro.
Provincias.
euros).
clasificadas
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
Provincias (FEMP) pueda continuar desarrollando sus funciones.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Trasporte y Vivienda
autopista AP-7 para la gratuidad del peaje de los tráficos internos
incluidos en el tramo Maçanet de la Selva-frontera francesa, hasta que
concluyan las obras de la N-II en Girona.
los Departamentos Ministeriales.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
realicen en el tramo entre Maçanet de la Selva y la frontera francesa en
la autopista AP-7, hasta que concluyan las obras de la N-II en
Girona.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
Suelo
edificación
calle Libertad en Vilanova i la Geltrú
los Departamentos Ministeriales.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
en la calle Libertad de Vilanova i La Geltrú. Dicha calle conecta el
barrio del Mar con el centro comercial del municipio. Se trata de una
actuación que permitiría oxigenar el Barrio del Mar y, a su vez,
potenciar el desarrollo de la ciudad, a través de la promoción del
comercio local y de su fachada marítima.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
D’EBRE.
los Departamentos Ministeriales.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
los Departamentos Ministeriales.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.
L’ALDEA.
los Departamentos Ministeriales.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
del Estado en Barcelona.
los Departamentos Ministeriales.
clasificadas.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
Gramenet.
los Departamentos Ministeriales.
clasificadas.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.
(GPEPC)
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.
(Lleida).
los Departamentos Ministeriales.
clasificadas.
presentarse en los Departamentos Ministeriales.