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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 337, de 28/09/2017
cve: DSCD-12-CO-337 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2017 XII LEGISLATURA Núm. 337

JUSTICIA

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª ISABEL RODRÍGUEZ GARCÍA

Sesión núm. 27

celebrada el jueves,

28 de septiembre de 2017



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencias. Por acuerdo de la Comisión de Justicia:


- Del decano-presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España (Aguilera Anegón), para informar sobre temas relacionados con el estudio y definición de una Estrategia Nacional de Justicia.
(Número de expediente 219/000795) ... (Página2)


- Del presidente de la Asociación de Usuarios de la Administración de Justicia, AUSAJ (Díaz Formoso), para informar sobre temas relacionados con el estudio y definición de una Estrategia Nacional de Justicia. (Número de expediente
219/000796) ... (Página10)


- Del vocal de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados (Gámez Selma), para informar sobre temas relacionados con el estudio y definición de una Estrategia Nacional de Justicia. (Número de expediente 219/000797) ... href='#(Página17)'>(Página17)


- Del presidente del CERMI (Pérez Bueno), para informar sobre temas relacionados con el estudio y definición de una Estrategia Nacional de Justicia. (Número de expediente 219/000798) ... (Página28)



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Se abre la sesión a las tres de la tarde.


COMPARECENCIAS. POR ACUERDO DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA:


- DEL DECANO-PRESIDENTE DEL COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y BIENES MUEBLES DE ESPAÑA (AGUILERA ANEGÓN), PARA INFORMAR SOBRE TEMAS RELACIONADOS CON EL ESTUDIO Y DEFINICIÓN DE UNA ESTRATEGIA NACIONAL DE JUSTICIA.
(Número de expediente 219/000795).


La señora PRESIDENTA: Buenas tardes, vamos a dar comienzo a los trabajos de la subcomisión en esta Comisión de Justicia, que tiene por objeto abordar el estudio y la definición de una estrategia nacional para la justicia.


Nuestro primer compareciente en don Gonzalo Aguilera Anegón, Decano-presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España. Señor Aguilera, tiene usted la palabra.


El señor AGUILERA ANEGÓN (Decano-presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles): Buenas tardes. Muchas gracias, señora presidenta.


Quiero agradecer, en primer lugar, a la Comisión de Justicia del Congreso, y más concretamente a la subcomisión creada en su seno para el estudio y definición de una estrategia nacional en materia de justicia, la oportunidad que se nos da a
los registradores de intervenir y participar en los trabajos que se están realizando, colaborando así con los diferentes grupos parlamentarios, demás instituciones y operadores jurídicos para lograr entre todos una justicia moderna, ágil y eficaz en
beneficio de todos los españoles. Desde aquí y ahora, los registradores nos ponemos a disposición de esta subcomisión para ofrecer nuestra leal y total colaboración en todo lo que fuera necesario para ello.


Generalmente, cuando se aborda una reforma de la justicia, se suele poner el acento, fundamentalmente, en la actuación de los derechos en vía judicial, olvidando una fase previa, una fase normal, que es la actuación de los derechos en la
normalidad, en la vía extrajudicial, en lo que se denomina la fase cautelar, aseguradora o preventiva. Es ahí, precisamente, donde cobra o tiene especial relieve la función o institución registral. Nuestro sistema registral es un poderoso
instrumento para la actuación del principio constitucional de seguridad jurídica proclamado en el artículo 9.3 de la Constitución, del cual deriva y al cual sirve, porque sirve para dar certidumbre y seguridad a las transacciones inmobiliarias y
mercantiles a través de los enérgicos efectos que producen sus asientos, eliminando las asimetrías informativas, disminuyendo los costes transaccionales y evitando los litigios, sobre la base de una actuación previa por un funcionario legal,
predeterminado, independiente de las partes, que a través de su calificación evita que lleguen al registro títulos claudicantes, nulos o inválidos. Por ello, todo lo que contribuye a reforzar e incrementar los efectos del sistema registral
redundará en beneficio para el sistema de seguridad jurídica y, en definitiva, para la seguridad económica y el desarrollo económico y social de los ciudadanos y las empresas.


Con esta perspectiva, siguiendo los objetivos trazados en esta subcomisión en sus diferentes dimensiones -institucional, de servicio público, profesional, social y de seguridad jurídica- voy a intentar hacer un resumen de las propuestas que,
de una manera más amplia, hemos recogido en un documento que hemos puesto a disposición de la subcomisión y que supongo que se hará llegar a sus señorías.


Hablando de la dimensión institucional, me quiero referir, fundamentalmente, como objetivo principal de este aspecto, al fortalecimiento del registro como institución al servicio de la transparencia y de la seguridad del tráfico
jurídico-inmobiliario, crediticio y mercantil. Aquí, básicamente, son tres propuestas las que hacemos. En primer lugar, una limitación de las excepciones al principio de fe pública registral a través de la supresión de las cargas ocultas,
limitaciones legales e hipotecas tácticas. ¿Por qué? Como ustedes saben, el registro español pertenece al denominado registro de derechos, caracterizado porque produce un efecto fundamental, que es el de la fe pública registral; es decir, la
protección del que contrata confiado en lo que el registro publica, incluso frente al verdadero propietario, por tanto, lo que no está inscrito no perjudica a tercero. Ahora bien, si estas limitaciones legales, si estas hipotecas tácitas, no
constan en el registro, ello supone una merma de este sistema. Luego explicaré cómo estos privilegios, estas limitaciones legales pueden reflejarse en el registro para conocimiento de lo tercero.


En segundo lugar, quiero referirme al fortalecimiento de la calificación registral, especialmente en el mercado hipotecario, como medio para lograr la protección del consumidor frente a las cláusulas abusivas



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y no transparentes y, al mismo tiempo, la protección simultánea del derecho al cobro por parte del acreedor. Todos conocemos la situación actual en que nos encontramos en el mercado hipotecario; acaso ello sea consecuencia de la situación
producida en el año 2007 con la modificación del artículo 12 de la Ley Hipotecaria, cuando, precisamente, se limitó la calificación de los registradores en materia de cláusulas financieras. Acaso esa limitación que entonces se produjo es una de las
posibles causas que pueden explicar lo que está sucediendo a día de hoy.


A la hora de abordar la reforma del mercado hipotecario, que como saben sus señorías se está tramitando a través de un anteproyecto elaborado por el Gobierno y que dentro de poco llegará al Congreso puesto que ya ha pasado el dictamen del
Consejo de Estado, creemos que las soluciones deben ser equilibradas, debe protegerse al deudor frente a las cláusulas abusivas y no transparentes, pero también deben protegerse los derechos del acreedor para garantizar su derecho de recuperación de
manera rápida y eficaz, lo que es imprescindible para el buen funcionamiento del mercado hipotecario y la disminución de sus costes y tipos de interés. La reforma en curso, a la que me he referido anteriormente y que es trasunto de la trasposición
de la Directiva 17/2014, debe ser una reforma amplia que corrija todos los defectos puestos de manifiesto a través de la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo. No debe limitarse a la mera trasposición de la directiva, debe comprender una
reforma profunda de nuestro sistema jurídico a través de reformas del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de la Ley Hipotecaria, de la Ley de Consumidores y Usuarios e incluso del propio anteproyecto, tal y como está presentado.


La reforma debe asentarse en unos principios que nos parecen básicos. En primer lugar, en un control de la transparencia informativa en la fase precontractual del consumidor deudor. En segundo lugar, debe reforzarse, como he dicho
anteriormente, el control del registrador en el momento de la inscripción del préstamo hipotecario; este control que realice el registrador en una fase de inscripción debe también incluir el control de la fase previa realizada por el notario. Aquí
nos encontramos ya con una sorpresa con respecto a la primera versión del anteproyecto, donde, autorizada por el notario el acta previa en la que recogerá la documentación y la información que se ha proporcionado al deudor, que debería además
incorporarse al contrato de préstamo hipotecario para su calificación posterior por el registrador, en la última versión del proyecto solamente se recoge una reseña del acta autorizada por el notario, en la que él dirá simplemente que ha autorizado
el acta y que ha cumplido con los requisitos que establece la ley. Esto limitará, cercenará, la calificación del registrador en este punto y podemos volver a situaciones parecidas a las anteriores.


La calificación del registrador debe extenderse a cláusulas que sean contrarias a normas imperativas y prohibitivas, o hubieran sido declaradas nulas por abusivas en sentencia de tribunales supremos internacionales con valor de
jurisprudencia, o por sentencia firme inscrita en el registro de condiciones generales de la contratación y en aquellas otras cuya abusividad resulte de su encaje objetivo en alguno de los supuestos tipificados en la normativa de protección a los
consumidores. Creemos que debe potenciarse el registro de condiciones generales de la contratación, no solamente para inscribir con carácter obligatorio y de oficio las sentencias que declaren la nulidad de determinadas cláusulas, sino también para
el depósito de las cláusulas contractuales que tengan las condiciones generales de la contratación y, además, como instrumento de publicidad para conocimiento por parte de los consumidores de qué cláusulas están ahí inscritas y como auxilio en la
labor de calificación para el registrador.


Creemos que la transparencia informativa no debe limitarse solamente a la fase previa, debe producirse con posterioridad. Si nos preguntamos, cuando hemos comprado nuestra vivienda y la hemos hipotecado, quiénes después hemos tenido
conocimiento de cómo ha resultado inscrita esa hipoteca, probablemente todos los que estamos aquí diríamos que no sabemos cómo ha quedado inscrita, qué cláusulas se han inscrito, etcétera. Normalmente conocemos la compra-venta y después es el banco
el que se encarga de inscribir esa escritura de préstamo hipotecario en el registro y nosotros somos ajenos al contenido de lo inscrito. Nosotros proponemos que, una vez inscrita la hipoteca, en la propia nota de despacho acreditativa de la
inscripción, se incluyan todas las cláusulas que han quedado inscritas y las no inscritas para conocimiento del deudor, para que este pueda valorar si lo que se le informó es lo realmente inscrito, si alguna cláusula le ofrece duda para que el
registrador pueda auxiliarle y asesorarle en esa materia y, en definitiva, para limitar las causas de oposición llegado el momento de la ejecución.


Creemos también que hay que atender al régimen transitorio de los contratos preexistentes y las ejecuciones pendientes. La ley va a regular lo que suceda de aquí al futuro, pero, ¿qué ocurre con los contratos preexistentes?, ¿qué ocurre
con la cantidad de vencimientos que ya se han producido y que hay ejecuciones pendientes? Señorías, estamos hablando de 600 000 millones de euros pendientes en la



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situación actual. Si recordamos la intervención financiera de los bancos, fue de 60 000 millones. Hay que acometer una regulación de esa situación transitoria, de esos vencimientos y de esas ejecuciones pendientes, y para eso estamos
olvidando también la propia directiva. En este anteproyecto, que es trasunto de la Directiva 17/1993, que es la que está aplicando el Tribunal de Luxemburgo, nos estamos olvidando que la propia directiva que estamos trasponiendo, en su artículo 28,
recoge una norma que nos puede servir para estos supuestos. Esa norma dice que en las ejecuciones que se produzcan como consecuencia o con posterioridad a la aplicación de esa directiva, los gobiernos dictarán normas para atemperar la ejecución
para dotar de flexibilidad a las mismas. Creemos que esta es una situación que debe repararse en ella y debe atenderse.


En tercer lugar, me quiero referir, dentro de esta dimensión institucional, al reforzamiento de la publicidad de los activos mobiliarios de acuerdo con el valor creciente de los mismos y su importancia como instrumento de financiación de los
ciudadanos y empresas, en línea, por otra parte, con las recomendaciones del Fondo Monetario Internacional a propósito del examen de nuestro sistema concursal. Aquí, concretamente, proponemos una nueva ley de registro de la propiedad mueble. Como
saben sus señorías, hasta ahora hay un registro de bienes muebles donde solamente se inscriben los gravámenes y garantías, pero no un verdadero registro de la titularidad de la propiedad mueble. Creemos que es imprescindible, no solamente como
instrumento de seguridad o como instrumento para financiación de las empresas y de los ciudadanos, sino porque el alto valor que tienen los bienes muebles -en muchas ocasiones superior al de los bienes inmuebles- requiere un tratamiento de seguridad
jurídica y, como consecuencia, de publicidad. Creemos que también debe darse un tratamiento a través del registro de bienes muebles a los derechos sobre obras audiovisuales como medio de financiación y potenciación de la obra intelectual en España.


En segundo lugar, dentro de este reforzamiento en la publicidad de los activos mobiliarios, creemos que debe potenciarse la inscripción en el registro mercantil de las titularidades sobre acciones y participaciones. Todos sabemos que, en la
actualidad, la sociedad es una pantalla para blanqueo de activos y, además, ofrece una dificultad para la persecución de los delitos relacionados con el blanqueo de capitales, la corrupción y el narcotráfico. Creemos que un reflejo de las
titularidades de acciones y participaciones en el registro mercantil es un buen instrumento para luchar contra esta corrupción, contra el blanqueo de capitales y, en definitiva, contra la corrupción en todos sus grados. Es lo que exige la normativa
europea en la cuarta directiva, que debía haberse traspuesto el 26 de julio, pero que está siendo objeto de dos modificaciones más. También lo prevé la normativa europea para la interconexión de todos los registros mercantiles entre sí, e incluso
con el registro europeo de insolvencia, y también, como he dicho, como instrumento de financiación de empresas y particulares y además en beneficio de la propia Administración, porque podrá facilitar la recuperación de sus créditos, incluidos los
derivados de las responsabilidades derivadas del blanqueo y la corrupción.


En cuanto a la dimensión de servicio público del sistema registral, solamente apunto la posibilidad de contribución de los registradores a la desjudicialización de los conflictos con sistemas de arbitraje y conciliación en materia
inmobiliaria, en materia hipotecaria, en materia de condiciones generales de la contratación.


Me querría referir fundamentalmente a los aspectos relacionados con las nuevas tecnologías de los registros. En España estamos a la vanguardia europea y mundial en temas tecnológicos. Sin ir más lejos, los hitos más recientes son la
adaptación de todo nuestro sistema de firma electrónica al reglamento comunitario; la interconexión con todos los registros mercantiles europeos; y los trabajos que se están realizando en relación con la conexión con el registro europeo de
insolvencia, así como para el de titularidades reales. Es verdad que se pueden proponer mejoras. Nosotros tenemos los servicios desde el punto de vista tecnológico, pero necesitamos un apoyo normativo para ponerlos en marcha.


No tengo tiempo para detenerme en todas las propuestas, pero sí queremos un registro abierto al ciudadano las veinticuatro horas del día para que pueda realizar todos sus trámites por medios telemáticos, para que no tenga que asistir ni
acceder físicamente a ninguna oficina y, por otra parte, para que tenga conocimiento del estado de tramitación de sus documentos en el registro por medios telemáticos.


Finalmente, en materia de publicidad, nos parece muy relevante que la publicidad deba ser integral, que no solamente contemple la titularidad y la carga, sino que ofrezca también la delimitación o situación física o gráfica de la finca a que
se refiere, así como toda limitaciones legales y urbanísticas que afecten a su finca. Me interesa destacar que es muy conveniente que se ponga en marcha un sistema de publicidad de actualización automática online. ¿Qué significa esto? Cuando yo
tengo una nota simple de



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un registro, esa información puede verse modificada a los cinco o a los diez minutos porque puede haber entrado otro documento objeto de presentación; nosotros proponemos que esa información entre en una situación de actualización
automática online durante un periodo de diez o quince días, por ejemplo, de tal manera que durante ese periodo de tiempo no solamente el ciudadano, el usuario de los servicios registrales, pueda consultar la situación registral, sino que, a través
de un sistema de alertas registrales, pueda ser informado de todas las vicisitudes que afectan a esa finca respecto a la cual ha pedido información.


Hablando de dimensión social y de seguridad jurídica, solamente quería referirme al urbanismo y a la vivienda. Dentro del urbanismo, me parece que es fundamental que consten en el registro las limitaciones legales derivadas del urbanismo.
Todos sabemos los problemas que hemos tenido en relación con las inversiones extranjeras como consecuencia del desconocimiento que se ha producido de estas situaciones urbanísticas en relación con las fincas registrales. Pues bien, nosotros creemos
que existen instrumentos para que esa situación urbanística que afecte a las fincas se pueda reflejar a través, precisamente, de la representación georreferenciada de estas limitaciones legales que están aprobadas por una norma jurídica. La
proyección del plan de ordenación urbana representado georreferenciadamente sobre la representación georreferenciada de las fincas registrales nos permitirá delimitar la situación jurídico-urbanística y calificación jurídica de todas y cada una de
las fincas registrales afectadas, potenciando además el mercado de aprovechamiento urbanístico, que puede constituir un instrumento muy importante y favorable para la financiación de los ayuntamientos.


En el tema de vivienda, tendríamos que referirnos a las situaciones de prehorizontalidad. ¿Qué es esto? La protección de los compradores de vivienda sobre plano. Lo único que tienen es un derecho de crédito, de obligación, y en caso de
concurso del promotor han quedado totalmente desprotegidos. Creemos que esa situación debe reflejarse en el registro para tener un tratamiento en los concursos que proteja los derechos derivados de esa contratación sobre plano. En cuando a los
arrendamientos, creemos que deben potenciarse en un doble plano; en primer lugar, para facilitar la vivienda a ciudadanos con escasos recursos; y en segundo lugar, para facilitar la libertad de elección entre vivienda y arrendamiento a los
ciudadanos. Una regulación eficiente en el mercado arrendaticio supondrá una contención en el precio de la vivienda y facilitará el acceso a la vivienda en propiedad. No se pretende sustituir la propiedad por el arrendamiento. Si vemos las
estadísticas que hay en Europa, veremos que los arrendatarios a precio de mercado suelen destinar una parte que está en torno al 40 % de sus rentas a la vivienda en régimen de arrendamiento, mientras que los propietarios con hipoteca ya pagada
invierten un 7 % de su renta, lo cual, de cara a la fase de jubilación, nos parece que es muy relevante. Creemos que el arrendamiento debe inscribirse en el registro para gozar de la protección, los efectos y la transparencia que produce el
registro.


Finalmente, me gustaría referirme a un aspecto que me parece muy novedoso, que es la evolución del mercado inmobiliario actual para conseguir un desarrollo sostenible. Actualmente, el sistema inmobiliario está basado en un modelo lineal,
únicamente en la transformación del suelo, lo cual produce un alto coste económico y, además, un alto coste ambiental. Debe evolucionarse hacia un modelo con carácter circular, basado en el uso eficiente de los recursos naturales y en la reducción
de las emisiones de acuerdo con el Plan nacional de emisiones y el objetivo 20-20-20 de las directivas comunitarias. Por ello, proponemos la creación, dentro del derecho de propiedad, de la facultad de disposición de los recursos que se asignan a
este derecho de propiedad y que no se utilizan, concediendo a ese ahorro un contenido patrimonial que puede ser objeto de tráfico jurídico. Nace así el derecho de aprovechamiento ambiental, que con mucho gusto posteriormente podré concretar, si
ustedes me lo piden.


Creo que me he excedido en el tiempo. Le agradezco mucho a la presidenta la amabilidad que ha tenido conmigo.


La señora PRESIDENTA: A continuación, turno de los grupos parlamentarios. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Vasco, señor Legarda.


El señor LEGARDA URIARTE: No haré uso de la palabra. Gracias.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, señor Gómez Balsera.



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El señor GÓMEZ BALSERA: Gracias, presidenta.


Muchas gracias por su comparecencia, señor Aguilera. Tomamos buena nota de las propuestas que ha hecho y las leeremos con detenimiento en el documento que nos va a hacer llegar.


Le quería formular un par de preguntas. Le quería preguntar por lo que en Europa se conoce como el cierre a la española de nuestras empresas; es decir, sin liquidar la sociedad, sin disolverla y sin la consiguiente inscripción de estos
actos jurídicos en el registro. Esta mala praxis de echar la persiana y abrir otra a los pocos días ejerciendo la misma actividad pero eludiendo deudas, provoca en buena parte el atasco de nuestros juzgados y tribunales. Quería preguntarle si su
colectivo tiene algunas propuestas o medidas que podamos adoptar en la Comisión al respecto.


También querría saber si pueden ofrecernos propuestas o medidas para mejorar nuestro derecho concursal. A mi modo de ver, nuestro derecho concursal no ha sabido dar respuesta, especialmente en los años duros de la crisis, a nuestras
empresas, por lo que la mayoría de los procedimientos concursales han terminado con la liquidación de las mismas, sin que se hayan podido reflotar ni salvar los empleos. Me gustaría escuchar lo que tengan que decir al respecto.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra el señor Santos.


El señor SANTOS ITOIZ: Gracias.


Muy amable por su asistencia y por sus explicaciones. Yo quisiera hacerle dos preguntas muy sencillas, sin perjuicio de examinar nuevamente todas propuestas que nos ha hecho.


Tenemos entendido por prensa que ustedes han renunciado a participar en la subasta que se ha hecho para la gestión del Registro Civil. ¿Nos puede aclarar las razones que les han llevado a mantener esa postura en un momento determinado?


Usted ha hecho una breve intervención o aproximación al asunto pero, a la luz de las sentencias internacionales que usted ha delimitado pormenorizadamente, entendemos que ha habido un fallo en la protección de los consumidores desde el punto
de vista de la transparencia de la información. ¿Podría detallarnos cuál es, a su juicio, lo que realmente ha fallado en el sistema, en general, para que nos hayamos encontrado en una situación de este tipo?


Como ve, dos preguntas breves, sin perjuicio de las que le hagan los compañeros del resto de grupos.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Campo.


El señor CAMPO MORENO: Muchas gracias. La verdad es que el compañero Eduardo Santos me ha aligerado mucho mi intervención. Efectivamente, hay una densa documentación que hay que procesar y estudiar, pero la pregunta está en la medida en
que tenemos el Registro Civil sin implementar. Una ley de 2011 que, año tras año, viene con demoras y con suspensiones. Sabemos que la opción de encargarse del Registro Civil ya no está en los registradores de la propiedad, pero sí nos interesan
mucho esas valoraciones que hicieron, porque es una ley que se nos anuncia que incluso puede tener modificaciones antes de su hipotética entrada en vigor en junio de 2018. Nos interesan mucho las reflexiones que llevaron al colectivo a rechazarlo,
en la medida en que nos pueden informar sobre las debilidades de la ley o dónde podemos poner el acento.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Matos.


El señor MATOS MASCAREÑO: Muchas gracias, presidenta.


Mi grupo parlamentario lo primero que quiere es dar la bienvenida al señor Aguilera y agradecerle la prolija y muy acelerada explicación, por el tiempo que le hemos dado, pero estoy seguro que en el documento que nos va a aportar se
desarrolla mucho más. Además, es imposible tomar nota y meditar sobre las propuestas que ha hecho, por tanto, las leeremos con mucho detenimiento.


Solamente quería detenerme muy brevemente, y quizá plantearle alguna cuestión, sobre el fortalecimiento de la fe pública registral y las referencias que ha hecho a las cláusulas abusivas. Los anteriores portavoces también han hecho
referencia a la indefensión que hayan podido tener muchos ciudadanos respecto a la incorporación a muchos contratos de préstamo hipotecario tanto de cláusulas



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propias del préstamo hipotecario como financieras. Nos preocupa mucho esa situación. Usted ha hecho referencia a que las reformas que hay que hacer no son solamente a través de la trasposición de la directiva, sino aprovechar esa
trasposición para modificar muchas normas más. Quisiera saber cómo se pueden incrementar aún más los controles de estas cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios y si basta con recuperar las facultades que tenían los registradores de no
inscribir aquellas cláusulas que pudieran considerarse por el propio registrador como abusivas sin estar determinadas en ninguna norma.


Nos ha parecido muy positivo lo que ha dicho de que en las notas, después de inscribir un préstamo hipotecario, sean recogidas tanto las condiciones que se han inscrito y que venían en el préstamo hipotecario como aquellas que se haya podido
rechazar su inscripción por parte del registrador, por lo tanto, hacer una calificación negativa de esas condiciones. En las últimas comparecencias en esta Comisión se ha hecho referencia a la necesidad de utilizar la mediación por parte de los
registradores. Me imagino que los notarios podrían también incorporarse a esa mediación. Le pediría que lo especificase un poco más.


Por último, si tuvieran alguna medida más para reforzar la colaboración de notarios y registradores en la lucha contra la delincuencia internacional, a la cual se ha hecho referencia, particularmente blanqueo de capitales, evasión y fraude
fiscal. ¿Qué modificaciones normativas más claras puede aconsejar a esta Comisión?


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Antes de dar de nuevo la palabra a nuestro compareciente, les informo que en la Mesa tienen el documento que nos ha dejado el señor Aguilera, que pueden retirar.


De nuevo, tiene la palabra el señor Aguilera para responder a sus señorías.


El señor AGUILERA ANEGÓN (Decano-presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles): Muchas gracias por su interés y sus preguntas, que voy a tratar de contestar en la medida de mis posibilidades.


Empezaré, en primer lugar, por la pregunta que me ha hecho el Grupo Ciudadanos relativa al cierre a la española de las empresas. Supongo que será que no se hace nada y que se constituye otra sociedad a continuación. Ahí nosotros tenemos un
papel limitado porque es más bien un tema de norma jurídica. Nosotros, lo que sí podemos es actuar o cumplir las normas que están vigentes, y si esas sociedades no depositan las cuentas, no cumplen con las obligaciones, no pagan el impuesto sobre
sucesiones, hay unos mecanismos previstos en la legislación de sociedades de capital para provocar el cierre de la hoja registral de las sociedades, e incluso la imposición de sanciones por parte del Ministerio de Economía. Eso está así previsto en
la legislación, pero no nos corresponde a nosotros aplicarlo; a nosotros nos corresponde aplicar la legislación vigente en esa materia.


En cuanto a propuestas en materia de derecho concursal, evidentemente, la legislación concursal, fruto de su complejidad y también de la situación de crisis económica que hemos padecido durante estos últimos años en España, ha provocado el
cierre de numerosas empresas, así como numerosas modificaciones de nuestra legislación concursal, hasta el punto de que creo que son unas 39 modificaciones las que se han realizado, lo que ha motivado, en primer lugar, una dificultad en el
conocimiento de la propia legislación. Me consta que se está trabajando en la elaboración de un texto refundido que, como primera medida, recoja la legislación vigente.


En cuanto al papel de los registros en materia concursal, se limita a reflejar la situación de la publicidad de las situaciones concursales para conocimiento de los ciudadanos y para, en su caso, provocar el cierre del historial de una finca
registral en el caso de que se produjeran actuaciones sobre fincas o activos que están en situación de concurso. Nosotros creernos también que debe activarse una consulta directa al registro a la hora de calificar por parte del registrador, con el
registro público de resoluciones concursales que, como sabe su señoría, también lleva el Colegio de Registradores, de tal manera que, a la hora de calificar los títulos inscribibles, se pueda verificar la situación de concurso o no de las
sociedades.


Por lo que se refiere a Unidos Podemos, me ha preguntado sobre el tema del Registro Civil, que por qué no nos hemos presentado al concurso. Esto es un proceso largo de explicar. Nosotros, al menos esta junta, y siguiendo los criterios y
los postulados que reflejarnos en el órgano soberano de los registradores que es la Asamblea General, ya acordamos por mayoría en su momento, en mayo de 2013, que los registradores no queríamos el Registro Civil, no creíamos que fuera competencia
nuestra, aunque es un registro jurídico, igual que el de la propiedad y mercantil, pero que, de todas maneras, si el Parlamento, en el uso de su legítimas potestades, decidía asignarnos a los registradores el Registro Civil,



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propondríamos con todo respeto al Ministerio de Justicia una serie de cuestiones que nos parecían aconsejables para la mejora y avance del Registro Civil. Esa fue la evolución que se produjo. Inicialmente, mientras que no había esa
asignación por ley a los registradores, nosotros en nuestras conversaciones ofrecíamos este mismo discurso. Cuando, posteriormente, se aprueba el Rea Decreto-ley 8/2014, posteriormente convalidado por la Ley 18/2014, donde ya se asigna por ley el
Registro Civil a los registradores, lógicamente los registradores somos funcionarios públicos y tenemos que acatar y cumplir las leyes. Y aún, en ese momento, seguimos hablando con el ministerio para seguir poniendo encima de la mesa las
condiciones que nosotros creíamos que eran las idóneas para la implantación y llevanza del Registro Civil por los registradores.


¿Y cuáles eran esas condiciones? Dado que la ley de 2011 fue fruto de un consenso entre todos los grupos parlamentarios, nosotros proponíamos al ministerio que ese consenso existiera. Lógicamente, no nos corresponde a nosotros velar ni
vigilar el cumplimiento de ese consenso sino a los grupos parlamentarios, simplemente lo sugeríamos. En segundo lugar, nos parecía que la organización del Registro Civil, la llevanza del sistema tecnológico y telemático, deberíamos hacerla
nosotros, que estarnos capacitados, que tenemos medios tecnológicos suficientes, y no a través de empresas externas. En tercer lugar, creíamos que el Registro Civil, aunque es un registro único, central y telemático, tendría que tener una
distribución geográfica territorial para facilitar el acceso de los ciudadanos y la realización de sus trámites más importantes. Y, en cuarto lugar, efectivamente, nosotros proponíamos que el Registro Civil, si se nos asignaba a nosotros, tuviera
una financiación, porque hay que partir de la base de que no hay ningún servicio gratuito, los servicios públicos, o los pagamos todos los españoles a través de los impuestos, o los paga el ciudadano que utiliza el servicio público. Nosotros
decíamos que es obvio que los nacimientos y defunciones, que son obligatorios, tendría que ser un servicio gratuito, en el sentido de que no tuviera coste para el ciudadano, pero hay otros servicios que no entendíamos por qué tendríamos que
costearlos nosotros, porque este era un nuevo sistema de financiación, no a través de los Presupuestos Generales del Estado, no a través de la tasa de los ciudadanos que utilizan esos servicios, sino que los íbamos a sufragar los funcionarios
encargados de la aplicación o de la llevanza de ese servicio. Decíamos que por qué tenemos que pagar todos los españoles la solicitud de nacionalidad o residencia de personas que no son españoles y, a lo mejor, no lo son nunca o por qué el régimen
económico matrimonial; en fin, una serie de actos.


Estas son las cuatro propuestas que hicimos. Al final, como sus señorías saben, el proyecto no salió y ahí nos quedamos. Ahora ha llegado un momento en el que el ministerio ha decidido sacar a concurso la plataforma tecnológica del sistema
del Registro Civil y nuestros órganos corporativos han decidido que no querernos participar en ese proyecto. Nada más.


Me había hecho usted otra pregunta referente a la transparencia informativa en materia de préstamos hipotecarios. En esta materia, ya lo he explicado, acaso muchos de los problemas derivan precisamente de la situación que se produjo en el
año 2007, cuando se limitaron las facultades calificadoras de los registradores. No digo yo que toda la culpa sea de eso, pero sí es una de las posibles causas. Yo recuerdo calificaciones extendidas por registradores de dieciocho defectos, con
cláusulas que entendían que eran abusivas y que no eran inscribibles, y en aquel momento se nos dijo que no debíamos calificar esos extremos y que eso era inscribible. Por lo tanto, creo que ese puede ser un factor. En segundo lugar, pienso que,
evidentemente, en la fase precontractual el consumidor debe conocer y se le debe explicar con la entrega de la documentación adecuada toda la información pertinente para que pueda comprender todas las cláusulas, porque muchas de ellas son muy
complejas, y qué es lo que está firmando. Pero, repito, una vez que esa transparencia informativa se ha producido en la fase precontractual, con posterioridad, cuando llega el momento de la inscripción, eso tiene que ser revisado por el registrador
porque si la revisión va a consistir en ver si el notario ha puesto la reseña identificativa de que ha hecho o autorizado el acta, eso no es suficiente, tendremos que comprobar si, efectivamente, esa fase previa precontractual de información al
consumidor se ha cumplido, y luego ver si esas cláusulas de la escritura de hipoteca son abusivas o no. Por último, creo que es bueno que el usuario, el deudor, conozca cómo se ha inscrito su hipoteca, qué cláusulas le han inscrito, cuáles no,
porque así puede cerciorarse y decir: pensaba que esta cláusula no se iba a inscribir y resulta que me la han inscrito; o esto no lo entendí yo bien. Y en ese momento puede hacer una reclamación y no dilatar el proceso al momento final. No debe
olvidarse tampoco que la ejecución de las hipotecas, en su caso, deriva o descansa de lo que está inscrito; por lo tanto, solamente le van a ejecutar la hipoteca, en su caso, por las cláusulas que han quedado inscritas y que aparecen reflejadas en
la nota de despacho.



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No sé si con lo que he explicado es suficiente o tengo que volver a insistir en el tema del Registro Civil. En la implantación del Registro Civil hay problemas y en relación a que por qué rechazamos el Registro Civil, creo que eso ha
quedado perfectamente explicado. En cuanto al fortalecimiento de la fe pública registral, he tratado de explicarlo, quizá muy apresuradamente, sin duda alguna, para que me diera tiempo por lo menos a citar todas las cuestiones que llevaba pero,
como he dicho, el problema que tenemos ahora es que cuando yo voy a adquirir un inmueble, yo consulto el registro y me encuentro con que ese inmueble tiene un titular y tiene unas cargas, pero si está sujeto a unas limitaciones legales, no las
conozco, lo que ocurre es que esas limitaciones legales me afectan. Y nos encontrarnos con situaciones paradójicas de que no teniendo la finca cargas después resulta que tengo una limitación urbanística, tengo una limitación medioambiental, tengo
una limitación derivada de costas o tengo una limitación derivada de montes públicos. ¿Cómo podemos corregir esto? Pues se puede corregir, precisamente, a través de la Ley 13/2015, que se ha aprobado recientemente, donde cabe la posibilidad de que
se incorpore al Registro de la Propiedad la representación gráfica de las fincas registrales, lo que se llama la información asociada, superposición de capas de información de otras administraciones públicas. Al superponerse esas capas de
información, por ejemplo, urbanismo, automáticamente queda proyectada sobre todas y cada una de las fincas registrales y puedo conocer cuál es su régimen jurídico y cuáles son sus limitaciones. Lo mismo puede suceder con la delimitación de costas,
con lo cual el tercero que vaya a comprar sabe que su finca está invadiendo o no la zona de costas. A eso me refería, a la publicidad integral del ciudadano para que sepa que, efectivamente, su finca, aparte de que no tiene cargas, no está afectada
por ninguna limitación legal, porque le va a afectar aunque no conste en el Registro, pero hay instrumentos y mecanismos para que eso, efectivamente, llegue a conocimiento del tercero. En cuanto a las cláusulas abusivas, es más de lo mismo; es
decir, el control de transparencia, que ya he insistido en ello. En cuanto a la mediación y la conciliación, esta es una competencia que se nos ha reconocido en la Ley de Jurisdicción Voluntaria, corno consecuencia del proceso de desjudicialización
y se ha pretendido, bajo el régimen de alternatividad, atribuir determinadas competencias que anteriormente tenían los jueces a los letrados de la Administración de Justicia, a los notarios y a los registradores. A nosotros nos ha atribuido en
régimen de alternatividad, con los secretarios judiciales, letrados de Administración de Justicia y notarios, el régimen de conciliación, la posibilidad de actuar en conciliación respecto de asuntos inmobiliarios, mercantiles, civiles y asuntos
registrales. Creemos que nosotros podemos tener un papel importante con ese régimen de conciliación para resolver conflictos o controversias relativos a situaciones inmobiliarias, por ejemplo, deslindes, excesos de cabidas, renovación del tracto o
bien hipotecario, interpretación de cláusulas suelo, terna de gastos hipotecarios, o por qué no dictámenes sobre las características de las condiciones generales de la contratación.


Respecto al tema de blanqueo de capitales, ya he dicho antes que esto es un tema de una transposición de una directiva sobre blanqueo, la cuarta directiva. Esta directiva, que debe transponerse, dice que el Registro Mercantil o de
Sociedades de los distintos países de la Unión Europea, tendrán que establecer un sistema de publicidad para conocimiento de la titularidad real o del titular que controla la sociedad. Porque, efectivamente, muchas veces nos encontramos con que
detrás de sociedades están las verdaderas personas que son las que controlan a través de esas sociedades corno pantalla. Creernos que la transposición de esta directiva significa que debe volverse a la inscripción de las acciones y participaciones,
en una palabra. ¿Por qué? Porque eso es lo que están haciendo todos los países de nuestro entorno, todos los países de la Unión Europea han atribuido la inscripción de las acciones y participaciones al Registro Mercantil. Pero es que, además,
esta directiva exige la interconexión de los registros mercantiles con los restantes registros mercantiles europeos. Por lo tanto, los únicos que nos podernos interconectar con otros registros mercantiles somos los registradores. Evidentemente,
todos los operadores jurídicos tenemos nuestro papel, pero en este caso concreto, este papel nos lo han atribuido a los registradores.


Ya he contestado más o menos a todas las preguntas que me han hecho ustedes. Por supuesto, los registradores quedarnos a su disposición para cualquier documentación complementaria o aclaratoria que puedan ustedes precisar.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, le agradecernos la comparecencia y lo complicado de hacerlo en tan poco tiempo. Despedimos a nuestro compareciente y damos la bienvenida al segundo compareciente que ya nos acompaña en la sala.



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- DEL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, AUSAJ (DÍAZ FORMOSO). (Número de expediente 219/000796).


La señora PRESIDENTA: Vamos a dar comienzo a la siguiente comparecencia. Nos acompaña don Jesús Díaz Formoso, presidente de la Asociación de Usuarios de la Administración de Justicia (AUSAJ).


El señor DÍAZ FORMOSO (Presidente de la asociación de usuarios de la Administración de Justicia, AUSAJ): Me acaban de aclarar que somos la única participación de los usuarios de la Administración de Justicia en esta Comisión. Estarnos
doblemente agradecidos por permitirnos estar aquí y dar la opinión de los usuarios respecto a todo lo que está pasando.


Los usuarios de la Administración de Justicia somos juzgados, no por los diputados, tampoco nos juzga el ministro de Justicia, no nos juzga el Fiscal General del Estado, ni siquiera nos juzga el Consejo General del Poder Judicial; a los
usuarios, a los justiciables, nos juzgan los jueces. Y cómo surge el Poder Judicial en España, porque es importante tener una pequeña visión histórica? Como consecuencia de la recepción tardía de la. Ilustración, en España, a finales del siglo
XVIII, ya en 1870 se aprueba la Ley Orgánica del Poder Judicial, de la organización de los tribunales, Esta ley, al final del periodo revolucionario del siglo XVIII en España, consigue arrancar por primera vez en la historia del aparato estatal una
independencia del Poder Judicial, Va a diferenciar el Poder Judicial del aparato del Estado, cosa que surge en la Revolución Francesa, ya antes en la americana, pero en España se va a recibir muy posteriormente a la Constitución de Cádiz. Estamos
hablando de 1870. En este año el Poder Judicial empieza a tener este enfrentamiento soterrado con el Ministerio de Justicia, con el Gobierno. Realmente, la irrupción del Gobierno, en aquel momento no revolucionario en momentos anteriores a la
llegada de Amadeo de Saboya, en los juzgados era lo normal. Esa garantía que supone para los justiciables el poder defender un juez, nuestro juez, independiente de los poderes del Estado, ha sido quizá el mayor avance de la Administración española
y, desde luego, ha sido la piedra fundamental que ha permitido construir posteriormente un Poder Judicial autónomo e independiente. Sin embargo, perdonen, pero no puedo evitar leerles un pequeño párrafo del mismo día que se aprueba la ley de
organización de los tribunales, la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1870. El ministro de Justicia de aquel entonces, don Eugenio Montero Ríos, en su discurso de apertura del año judicial, insisto, el mismo día 15 de septiembre de 1870, el día que
se aprueba esta ley, señala que 'la inamovilidad sin la responsabilidad es la tiranía del Poder Judicial. La responsabilidad sin la inamovilidad es la arbitrariedad del Poder Ejecutivo, La inamovilidad sin la responsabilidad es la absorción en el
Poder Judicial de todo derecho individual y social. La responsabilidad sin la inamovilidad es la ineficacia del derecho en su aplicación a los actos de la vida. Desde hoy los magistrados y jueces tienen la seguridad de no ser arbitraria e
injustamente suspendidos en sus funciones, trasladados ni depuestos, pero desde hoy también empiezan a responder de todos sus actos, de una manera eficaz y severa, como hasta lo presente no ha sucedido. Grandes son las garantías que se les otorgan:
grandes son también los deberes que contraer, y de cuyo cumplimiento se les habrá de exigir estrecha cuenta'. Vemos aquí que don Eugenio delimita las dos circunstancias que influyen en el Poder Judicial. Por una parte, la tentación del poder
político de acabar con el juez incómodo, la inamovilidad del juez supone que el poder político no va a poder tirar por la vía expeditiva para cambiar de juez; este juez no me gusta, vamos a traer otro. Esto acaba aquí pero, como contrapartida, se
establece un régimen de responsabilidad por los actos judiciales, tanto civil como penal. Estamos viendo que, en este momento, finales del siglo XVIII, los jueces son algo que la sociedad ha arrancado del Gobierno, ha arrancado de esa monarquía.
Lo hemos conseguido, ha sido un gran avance.


Damos un salto en el vacío y caemos en el año 1956 y 1958, en plena dictadura. En esos años se aprueban dos instrumentos legales particularmente interesantes en cuanto que determinan la relación del Estado con los ciudadanos. Son la Ley de
la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 1956, y la Ley de Procedimiento Administrativo, de 1958. Estas dos leyes, aprobadas en plena dictadura, han estado vigentes con la Constitución durante un montón de tiempo, La Ley de Procedimiento
Administrativo estuvo vigente hasta 1992, con su sustitución por la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, que viene a unir el régimen jurídico, el procedimiento y las garantías del
ciudadano ante la Administración. Esta ley, posterior a la de lo contencioso por dos años, da lugar a algo increíble, estamos en plena dictadura de Franco y en este momento, a finales de los años cincuenta, la jurisprudencia española empieza a
recibir, gracias a estas dos leyes, lo más avanzado de la protección del ciudadano frente al Estado cual es la jurisprudencia del Consejo de Estado francés. Esto es lo más avanzado que había en este momento en el mundo sobre protección del
ciudadano frente al



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Estado, y esta jurisprudencia española la va a ir recogiendo con un retraso de año y medio a dos años. Es verdaderamente asombroso viendo cómo uno piensa en la dictadura, algunos la vivimos muy pequeños, pero realmente este valor de los
jueces, de lo contencioso, es precisamente el que vela por los derechos del ciudadano frente al Estado. Aquí, los jueces españoles, en plena Dictadura, tuvieron un carácter progresista muy importante.


De nuevo, darnos un pequeño salto y nos situarnos en el año 1992. En el mes de febrero de ese año tiene lugar una importantísima sentencia del Tribunal Constitucional que viene a anticipar lo que, posteriormente, sería todo el problema de
los desahucios y los alzamientos de propiedad de juicios ejecutivos. Los juicios ejecutivos son más someros pero, en principio, no tendrían que estar privados de las garantías, que establece el artículo 24.2 de la Constitución, y el procedimiento
al que se refiere el 24.1, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión. Este punto es en el que merece centrarse por la sentencia del Tribunal Constitucional de 1992. Este 'sin que en ningún caso pueda producirse indefensión' con el que se
plasma la tutela judicial efectiva en la Constitución como derecho fundamental susceptible de amparo y cuyo contenido esencial es plenamente normativo, va a ser sustituido en esta sentencia 14/1992, del Pleno del Tribunal Constitucional, por algo
distinto a lo que dice la Constitución. Nos habla el Tribunal Constitucional de que en algunos casos sí puede producirse indefensión, concretamente en los procedimientos ejecutivos. La limitación del Tribunal Constitucional no se percibe
claramente, ¿quién es competente para arreglar esto? Solamente la Sala segunda del Tribunal Supremo. Entonces, tenemos un Tribunal Constitucional que, en lugar de interpretar la Constitución, procede a enmendarla. Cuando la Constitución dice con
claridad 'sin que en ningún caso pueda producirse indefensión' está diciendo mucho, está diciendo sin que en ningún caso pueda producirse indefensión.


Pues bien, tenernos que ya se puede producir indefensión en algunos casos, corno son los procedimientos de ejecución hipotecaria, estos procedimientos que han dado lugar al 15M, que nace precisamente por el malestar que estaba produciendo el
dolor constante del ir por la calle y ver una familia durmiendo en un cajero. Esto fue algo muy importante que nos sacó a la calle, Pero, posteriormente, el 25S ya se transformó en algo distinto, se transformó en una exigencia seria, contundente,
firme, en la calle. Y hemos acabado, gracias a Dios, con un Parlamento que se parece más a nosotros. Este Parlamento que hoy tenemos es más parecido al pueblo, se parece mucho más que antes. Esto es una cuestión importante y muy de agradecer.
Sin embargo, hemos seguido sin dar respuesta, y esta ausencia de respuesta determina una impugnación de un régimen que no ha dado respuesta en cuarenta años a los derechos fundamentales de los españoles. Porque el derecho fundamental a la tutela
judicial efectiva, por poner un ejemplo que se habló en esta misma Comisión por otros ponentes, el hecho de que las resoluciones judiciales se pueden publicar, pero cuando están los autos en procedimientos de instrucción en la jurisdicción penal,
estas filtraciones que se producen a los medios -siempre interesadas, por supuesto- tampoco están teniendo la respuesta correcta. Se me plantea la posibilidad de una linea jurisprudencial que pueda decir algo así: ustedes, al filtrar los datos y
hechos de un procedimiento bajo secreto de actuación por estar en instrucción, están vulnerando el derecho al honor del afectado, y esta vulneración se superpone a la vulneración de su derecho fundamental a la presunción de inocencia. Esta es una
jurisprudencia que se podría haber dado y no se ha dado nunca. ¿Por qué? Es inexplicable, si tenemos una justicia que es independiente y los jueces son independientes, por qué no dan todas las repuestas posibles y solo el abanico de respuestas se
acota a un intervalo muy concreto de lo políticamente correcto.


Quizás no sea ajeno a esta cuestión el hecho de que estamos aquí como usuarios y estarnos muy satisfechos de haber recibido esta invitación porque no se había producido hasta ahora en esta Comisión, hasta donde hemos podido leer porque muy
amablemente nos han enviado las ponencias de los miembros de las organizaciones judiciales, de los fiscales, de los letrados, del Colegio de Abogados y Procuradores, y el concepto no está, nadie ha hablado de la responsabilidad de los jueces. Decía
antes que a mí no me juzga un diputado, a mí no me juzga el Consejo, a mí me juzga un señor que tiene un nombre, que se llama el juez, ese es el que me juzga. Y me juzga en base a un Poder Judicial que no está sujeto a la arbitrariedad de la
política y que me proporciona, gracias a mi Constitución, unos derechos fundamentales que van a tener que ser observados. Pero, ¿y si no lo son?, ¿y si nadie garantiza los derechos fundamentales? Porque un derecho vale tanto como lo valen sus
garantías, un derecho que no tiene garantías le podemos llamar derecho o chocolate con churros, porque no es un derecho.


Si no funcionan las garantías, ¿cuál es la situación de la responsabilidad de aquel órgano llamado a satisfacer la exigencia de garantías, a dar vía a nuestros derechos? Pues esto ha quedado absolutamente



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al margen. Veíamos cómo para Montero Ríos, ya en 1870, cuando nace el Poder Judicial en España, esta era su principal preocupación. Él enfrentaba dos conceptos: enfrentaba la inamovilidad, es decir, el poder político no va a poder
quitarse de delante a un juez que le es incómodo, esa es la garantía del juez; y, por otra parte, esa garantía estaba contrabalanceada con su responsabilidad. Ahora nos hartarnos de oír quiero ser independiente, pero ¿dónde nos conduce una
independencia ajena a la responsabilidad? Yo puedo hacer lo que quiera y no respondo ante nadie.


Esta es la situación que vemos los usuarios día a día. Estamos intentando dar un giro a sus cabezas de 180 grados, no estamos mirando hacia los estrados, no estarnos mirando al juez, estarnos mirando desde los estrados al justiciable. Ese
justiciable que es el que se encuentra un día que lo echan de su casa, ese justiciable que no ha podido alegar que ha sufrido amenazas. Ese es el problema del derecho, no es el problema más elitista de los que hacen el derecho, de los que dicen el
derecho, de los que preparan y establecen el derecho; es el problema del justiciable, del usuario, del que se enfrenta, del que sale a la calle. Y sobre eso, me gustará responder a preguntas sobre casos concretos casi en cualquier materia.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias. Ahora tienen la palabra los grupos parlamentarios.


El señor Legarda no la utiliza. Por el Grupo Parlamentario Mixto, el señor Bataller.


El señor BATALLER I RUIZ: Gracias, presidenta. Señor Díaz, buenas tardes, soy Enric Bataller, diputado de Compromís, adscrito al Grupo Mixto. Nosotros propusimos su comparecencia aquí en el día de hoy en esta Comisión porque entendernos
que, para definir una estrategia de justicia, además de atender a la voz de los diversos colectivos profesionales, es importante también que se vean opiniones del otro lado, del lado de los usuarios.


Usted ha apuntado algunas cosas sobre las cuales me gustaría incidir. Ha hablado sobre la cuestión de la inamovilidad del juez y eso lo ha enlazado con la cuestión, en la situación actual, de un Parlamento que se parece más a la pluralidad
que hay actualmente en la calle, y parece que para que se abra más la vía para que estos objetivos se vayan a ir consiguiendo. Yo le pediría que nos apuntara de qué manera podríamos dar algunos pasos, algunas reformas, para atender a esta
necesidad. Y, sobre todo, que ustedes corno usuarios de la justicia nos digan si piensan que actualmente la labor jurisprudencia] se está desarrollando en un plano cada vez más de protección, de tutela de ese derecho fundamental o, por el
contrario, ustedes piensan que está habiendo algún tipo de involución o parálisis en esto.


Otra cosa que le quería preguntar es algo a lo que usted no ha aludido pero creo que tiene cierta importancia. El sistema judicial está conformado por personas y cada una tiene sus enfoques diferentes, pero también es muy importante tener
en cuenta el método de selección de los profesionales que van a atender el sistema judicial, también la Fiscalía, los letrados, la Administración de Justicia; esto es muy importante, y yo le quería preguntar si, desde el lado de los usuarios de la
justicia, ustedes entienden que los métodos de selección, de formación, de preparación, en definitiva, de acceso a la jurisdicción, aseguran que los profesionales que al final llegan a ejercer realmente estén en condiciones de asumir la realidad
social que tenemos o, por el contrario, ahí existe algún tipo de déficit sobre el que habría que incidir, en la cuestión formativa, en el método de reclutamiento.


Y esto es todo de momento, gracias.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, el señor Gómez Balsera.


El señor GÓMEZ BALSERA: Gracias, presidenta.


Señor Díaz, muchas gracias por su comparecencia. Tomamos buena nota de sus palabras y le agradecemos su labor en defensa de los derechos fundamentales del ciudadano.


No le voy a formular ninguna pregunta porque quien le habla, este portavoz, es procurador en ejercicio con más de veinte años representando a los justiciables, a los usuarios de la Administración de Justicia, por lo cual comprenderá que
tengo conocimiento de primera mano de su visión y de todas sus necesidades e inquietudes.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Por Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, señor Santos.



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El señor SANTOS ITOIZ: Buenas tardes.


En primer lugar, como es obligado, quiero darle las gracias y agradecer su visión, porque si la justicia no es para el ciudadano, no es. Por lo tanto, esa visión de servicio público tiene que guiarnos y es interesante.


Dos cuestiones, sin ánimo de repetir, porque creo que mi compañero el señor Bataller ha centrado bastante el asunto. Usted habla de responsabilidad de los jueces. Todo derecho tiene una obligación, efectivamente, y me gustaría saber si
puede concretar más de qué formas o maneras se podría exigir esa responsabilidad en relación con lo que ahora se hace, sin afectar, lógicamente, esa inamovilidad o independencia, que sería la garantía de que el poder político, el Ejecutivo, no pueda
inmiscuirse en la justicia.


Por otro lado, creo que el otro eje de su discurso ha sido claramente la protección de derechos fundamentales del que muchas veces llamamos justiciable y al final es una persona. La pregunta es muy sencilla: si funcionan correctamente las
garantías de protección de derechos fundamentales, qué es lo que falla y cuál sería la propuesta concreta o si nos puede ilustrar, a través de algún caso concreto, cuál sería su tesis en este sentido.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Campo.


El señor CAMPO MORENO: Queremos darle las gracias al compareciente por habernos dado una óptica desde la ciudadanía que, efectivamente, como hemos venido oyendo los distintos portavoces, es el referente de la justicia; no habría sistema de
justicia ni jueces si no hay ciudadanos.


Hay un tema que no he terminado de captar o quizá no ha puesto el acento suficiente en él. No me preocupa mucho el tema de la responsabilidad. Creo que podemos sentirnos orgullosos del sistema judicial en su conjunto, sin perjuicio de que
todos seamos conscientes de que tiene una lacra que es la de la lentitud. Pero sí hay un tema que me preocupa. Por mi profesión he manejado muchas estadísticas y barómetros de opinión, y cuando se le pregunta a un usuario de la justicia -se
distingue siempre entre el usuario de la justicia y el que no lo es-, todas las estadísticas, todos los barómetros de opinión determinan que tiene mejor opinión de la justicia el ciudadano que ha sido sometido al sistema de justicia que el que no.
Este dato no termino de casarlo con una parte de su intervención.


Me gustaría saber también su opinión sobre algo que ha ocupado mucho tiempo al Grupo Socialista y es el derecho a comprender, ese derecho que tienen los ciudadanos a entender los actos judiciales, los términos semánticos y las formas de
comunicarse de la justicia y, en suma, lo que todos tenemos. Se ha trabajado mucho el aspecto de la motivación de la sentencia, el 120.2 de la Constitución, sin embargo, no nos hemos preocupado mucho de que el ciudadano entienda realmente el acto.
Todos tenemos un vecino que ha venido preguntándonos alarmado porque ha recibido una citación y no sabe a qué, y realmente, cuando lo lee uno, por mucha cualificación que pueda tener, tampoco lo sabe y tienes que terminar llamando al juzgado
preguntando: dime para qué lo llamáis, que es un vecino y el hombre se ha asustado. Creí que iba a ir por ahí su intervención: cambio de lenguaje jurídico, sea en sentencias, sea oralmente, sea en los conocimientos que tiene la ciudadanía, es
decir, a través de los medios de comunicación, las propias normas... Se trabajó mucho sobre ese particular en el último Gobierno socialista y, desgraciadamente, no se ha potenciado esa idea, pero creo que ese es el verdadero fortalecimiento del
ciudadano en su relación con la Administración de Justicia. Esta mañana hemos aprobado la puesta en marcha de una modificación de la Ley del Jurado precisamente para la intervención del ciudadano; en este caso, de personas con discapacidad. Es
decir, que esto es una preocupación constante. Me gustaría saber su opinión sobre ese particular, porque creo que hay una falta de conexión entre el mundo del sistema judicial y el ciudadano, y es que muchas veces no se comprende lo que la justicia
hace a ojos del ciudadano.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Fernández.


El señor FERNÁNDEZ GARCÍA: Quiero darle la bienvenida en nombre de mi grupo y agradecerle su aportación a esta Comisión. Me ha parecido interesante esa exégesis histórica con la que ha empezado, no es muy habitual que en esta Comisión se
empiece por exégesis históricas como la que usted nos ha



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traído para ilustrarnos. Tengo que decirle que no puedo estar más en desacuerdo con usted. Los que hemos dedicado algún tiempo de nuestra vida a hacer una tesis sobre historia de la Edad Moderna en España, creemos que podría haberse ido
mucho más allá, o que, si se queda tan acá como la contemporaneidad, la contemporaneidad que nos tiene aquí a todos sentados es la de 1978 y no la decimonónica. En todo caso, me parece muy interesante que se empiece con algunas puntualizaciones
históricas.


Mire, yo no me resisto a decirle que no sé si esta Cámara se parece más a la sociedad de lo que se parecían Cámaras pasadas, tampoco sé si usted y yo nos parecemos mucho y seguro que no nos preocupará ni a usted ni a mí. A mí me congratula
que yo me parezca a ocho millones de españoles que nos han votado y que son a los que nos parecemos algunos miembros de este Congreso. Y cada uno con los que le han votado, y así tendremos una Cámara muy diversa y muy plural, que es lo que todos
decidimos. Pero las composiciones de esta Cámara se asemejan en cada momento histórico a la sociedad que nos pone aquí; no estamos aquí porque hayamos caído, estamos porque nos han votados muchos compatriotas nuestros a cada uno en su
circunscripción. Esta Cámara se parece mucho a la sociedad española actual, estoy seguro, como la del año 2011 se parecía a la sociedad española de ese año y la de 1982 a la sociedad española de 1982. Y con esos mimbres le hacemos a usted, como
representante de una asociación de usuarios, las preguntas que nos parecen interesantes.


Me parece muy bien que estén todos aquí. Su intervención ha puesto un punto de diversidad en otras que tenemos porque es verdad que, con la concisión a la que le obliga el tiempo que está aquí, nos ha planteado temas que son objeto de
atención por parte de los usuarios, y espero que alguno más nos plantee en su segunda intervención, que otros intervinientes no hacen porque tienen unos puntos de interés, no quiero decir sectoriales, pero sí más limitados o específicos. Retenga
usted que nos quedamos con algunas de las cosas que ha dicho, con independencia de que a priori podamos estar en desacuerdo con sus posiciones. Me gustaría que la segunda intervención se basara más en algunas propuestas. Yo le voy a dejar aquí
alguna pregunta muy concreta, ciñéndome a la especificidad de la pregunta más que a la generalidad de todos los intereses que tienen los usuarios de justicia, que son muchos, muy plurales y con problemas muy diferentes.


Gran parte de su intervención, como de la actividad de su asociación, se ha basado en la independencia y la imparcialidad de los jueces. ¿Cómo valora la eliminación de la posibilidad de que los parlamentos autonómicos no nombren magistrados
para los tribunales superiores de Justicia? A nosotros nos parece que eso garantiza una mayor igualdad en todo el territorio nacional. ¿Qué le parece a usted que los vocales del Consejo sean nombrados directamente por los jueces?, ¿le parece a
usted que eso eliminaría una cierta percepción de la idea de politización de la justicia que pueden tener los usuarios? No los medios de comunicación, no los que nos sentamos en esta Cámara, no los que debatimos aquí habitualmente de esto, sino la
percepción que puedan tener los usuarios de la justicia y que, como muchos de nosotros tenemos alguna labor en la justicia, estamos muy mediatizados por la posición que cada uno tiene. ¿Cree usted que se puede incrementar la transparencia y la
objetividad en el trabajo del Consejo General del Poder Judicial? ¿Considera idóneo el sistema de oposiciones? Porque este es un tema sobre el que ustedes, por lo menos en su página web, han tenido cierta incidencia. ¿Cree que es necesaria mayor
especialización? Todas estas cuestiones afectan a los usuarios como afectan también algunas sobre las que quisiera, para terminar, pedirle su opinión. ¿Cómo valora el trabajo que tienen que hacer los intérpretes judiciales?, ¿qué le parece la
existencia de un registro oficial para peritos, para traductores, para intérpretes?, ¿cree que eso facilitará la labor de la Administración desde el punto de vista del que la recibe?


En todo caso, termino agradeciéndole su planteamiento en esta Comisión, muy diferente del que nos han hecho otros intervinientes.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias. Para responder a los grupos parlamentarios, tiene de nuevo la palabra el compareciente señor Díaz.


El señor DÍAZ FORMOSO (Presidente de la Asociación de Usuarios de la Administración de Justicia, AUSAJ): Si no les parece mal, voy a empezar por el final. En cuanto a la eliminación de los nombramientos para las salas Primera de los
tribunales superiores de Justicia por parte de los parlamentos autonómicos, está tardando su eliminación. Efectivamente, uno no puede elegir su juez, porque la Sala Primera de los



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tribunales superiores de Justicia juzga a los aforados que precisamente han colocado allí a alguno de estos jueces. Efectivamente, está tardando en desaparecer.


En cuanto a la elección de los vocales directamente por los jueces, en cuanto a la transparencia en el trabajo diario del Consejo General del Poder Judicial y en cuanto al problema de los intérpretes judiciales y del registro de peritos, a
todo esto voy a contestar desde el prisma del usuario. Tenemos ya una estructura para acusar, para ejercitar la acción pública tenemos esta estructura, tenemos laboratorios de criminalística, tenemos Ministerio Fiscal, tenemos un montón de
tecnologías al servicio de la justicia, no solo las que están implantándose con desigual fortuna. Sin embargo, el lado de los usuarios no tenemos nada, cuando el usuario no tiene medios para pagarse una asistencia jurídica, una defensa letrada,
tiene que acudir al turno de justicia gratuita, al turno de oficio, y el turno de oficio ni tiene laboratorio ni tiene fiscal, muchas veces no tiene ni abogados preparados. A veces estamos viendo que hay grandes excepciones, no voy a dejar de
referirme al caso del señor Aziz, que precisamente un abogado del turno de oficio puso sobre la mesa del magistrado de Mercantil 3 de Barcelona, un asunto que el magistrado elevó a su vez, formulando la cuestión que nos ha permitido respirar un poco
ante la crisis inmobiliaria. Decía que los usuarios no tenemos nada de esto: o tienes dinero para pagártelo o no lo tienes, y cuando tienes dinero tienes que pelearte contra el que tiene recursos ilimitados. Desde nuestro punto de vista, habría
que diferenciar, habría que trabajar, formar, organizar y, por supuesto, dotar un turno de oficio, una justicia gratuita que no sea simplemente que parezca que este chico tuvo abogado o que esta señora estuvo defendida. ¿Por qué, porque hay alguien
que ha firmado aquí? Pero, ¿qué pregunto? Nada. ¿Qué aportó? Nada. ¿En qué consistió su informe? En nada. ¿Ha habido defensa? No, en absoluto, pero ha cubierto el trámite, ha cubierto el formalismo, ya nos vale. El siguiente.


Espero estar respondiendo más o menos desde la óptica del usuario. Esto está también muy relacionado con los dineros de la justicia, es evidente. Tenemos un sistema implantado en virtud de la Ley 15/2003, pero, sobre todo, desarrollado en
el reglamento del pleno del Consejo del Poder Judicial, también de 2003, sobre las retribuciones para la carrera fiscal y judicial. Estas retribuciones, este someter a un índice de productividad por volumen una actividad intelectual nos parece
mucho más pernicioso que la ausencia de medios en la defensa. Porque, como decía antes, quien nos juzga es el juez, no es fiscal, no es el perito que ilustra, y si el juez tiene la intención, la voluntad, porque la obligación ya la tiene, de
proteger los derechos fundamentales del justiciable -y aprovecho para contestar también al representante del Partido Socialista-, realmente estos derechos de los justiciables no están servidos adecuadamente. Podrá haber esta voluntad, pero la
ausencia de efectividad de los derechos fundamentales carece de cauce. Yo puedo ir al Tribunal Constitucional después de pasar un calvario judicial donde nadie se ha fijado en mis alegaciones, y el Tribunal Constitucional, muy orgulloso de sí
mismo, me dirá: he conseguido admitir a trámite solo el 1 % de vuestros recursos de amparo. Realmente, no tenemos una efectividad de nuestros derechos fundamentales. Y, lo que es peor, no tenemos cauce para hacerlos valer cuando los perdemos.
Podemos llegar después de mil obstáculos procesales al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y allí a veces pasa algo, ¿pero cómo van a pasar más cosas en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos? No estamos hablando de un tribunal que sea una
instancia española; estamos hablando de muchos países que tienen que compartir un mismo tribunal y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no está para suplir la inactividad del Tribunal Constitucional.


Cuando el Tribunal Constitucional se sitúa en la posición de constituyente permanente, que es lo que está haciendo cuando dice interpretar, cuando el Tribunal Constitucional, en esta sentencia a la que me refería antes, viene a decirnos que
en algunos casos sí puede producirse indefensión, ¿quién le exige la responsabilidad?, ¿dónde está esta exigencia? No está. ¿Quieren saber ustedes cómo funciona la exigencia de responsabilidad a un juez por parte del usuario? Todo cambia cuando
la responsabilidad al juez se la exige otro juez, un partido político, todo cambia. Nosotros hablamos del usuario, el señor pequeñito que va por el juzgado andando sin fijarse en nadie. Es un calvario, no hay forma de hacerlo. Cuando tú vas por
vía disciplinaria, lo primero que suele pasar es que no llega al Consejo, a veces en los decanatos se le quitan páginas a la denuncia, estos son casos reales. Cuando realmente llega al Consejo y no hay nada político por en medio, el promotor de la
acción disciplinaria suele copiar textualmente las alegaciones del juez, ni se refiere habitualmente a la denuncia presentada por el justiciable. Cuando del Consejo General del Poder Judicial pasamos a impugnar esto a la jurisdicción
contencioso-administrativa nos encontramos con que no tenemos legitimación. Tú solo tienes legitimación como usuario para pedir que se incoe un expediente disciplinario, pero no tienes legitimación para pedir que se sancione. Y cuando lo que pides
a la justicia es la incoación de un expediente disciplinario, te van a responder en la sentencia



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-y son casos reales, no es imaginación-: No, es que usted pide la sanción. Y tú respondes: Por Dios, lea mi Suplico, yo estoy pidiendo la incoación, solo la incoación. Y te contestan que no, que como pide la sanción... Y no hay nada que
hacer porque llegas al Constitucional y no te lo admiten a trámite, y llegas al Europeo y dicen que no pueden más con España. No hay garantías, no hay responsabilidad.


Todas estas disfuncionalidades se pueden solucionar de muchas maneras, pero hay una que es la sencilla, la fácil, es la que está ahí: vamos a pedirle responsabilidad al juez. ¿A nadie se le ocurre? Que si vamos a crear otra comisión, que
si vamos a aprobar más leyes... Pero si es muy sencillo: responda usted de sus actos. Usted quiere ser independiente y yo quiero que usted sea independiente, pero no quiero que sea independiente para que haga lo que quiera, quiero que sea
independiente para garantizar que me va a juzgar un tercero imparcial, alguien que no tiene interés directo ni indirecto en el asunto. Precisamente con esto que se llama juzgar a destajo, esta productividad aplicada a una actividad intelectual por
volumen de folios, estamos hablando de dinero, porque los jueces cobran más si no acumulan asuntos. Parece una cosa sin importancia, no acumular los asuntos que deberían ser acumulados, pero no lo es, procesalmente en la práctica no lo es; tú no
puedes defenderte aquí con lo que pase allí, y deberías porque hay una conexión. Pero el juez va a pensar: cobro dos, produzco más. Esto es humano y comprensible. Pero el Consejo General del Poder Judicial no es humano, es una institución, ya
deja de ser tan comprensible. Con lo cual, creemos sinceramente que el cobrar por productividad es un mal, además de una mala inversión. Desde luego, hay que controlar a los jueces, pero ¿cómo controlar a un juez para que siga siendo
independiente? Porque uno no quiere que su juez le juzgue con una espada de Damocles: es que como te equivoques... Eso no es ser libre, eso no es un juez independiente, es un juez amenazado.


Lo sencillo es instaurar un mecanismo para exigir la responsabilidad a los jueces por los actos que han llevado a cabo en el ejercicio de su actividad. Y aquí entroncamos con la respuesta al representante de Compromís, señor Bataller.
Realmente hay una solución clara y es que a los jueces los ha de juzgar el Tribunal del Jurado. De otra manera hablaríamos de que los taxistas juzgan a los taxistas, son muy receptivos a los problemas de la profesión. El médico juzga al médico;
el médico sabe bien los problemas que tienen en su profesión. O el juez juzga al juez. Si para algo vale la institución del jurado popular es precisamente para juzgar a jueces, para evitar esa seguridad de impunidad del culpable y, a la vez, esa
seguridad de sanción del inocente. Estamos viendo todo muy dispar, no puedo quitarme de la cabeza el caso del juez Elpidio Silva, porque acabamos de ver hace poco a un juez que hizo lo mismo pero lo hizo con unos titiriteros, los mandó a la cárcel
con un auto no debidamente fundado. Eran titiriteros. El otro era Blesa, y el juez acabó fuera, pero al de los titiriteros lo ascenderán. Esta es una doble justicia, esto no es bueno para nadie. Yo no quiero que me juzgue un amigo, tampoco
quiero eso. ¿Sería más beneficioso para mí como particular? Sí, como ciudadano, no. Y en estos momentos estamos viviendo una etapa marcada sustancialmente por la corrupción política y económica. Lamento decirlo, pero es que está en el periódico
todos los días. Estamos viendo que magistrados de la Audiencia Nacional alertan de medidas cautelares secretas impuestas por un compañero magistrado de la Audiencia Nacional y no pasa nada, llegamos a un nivel verdaderamente preocupante. A
nosotros nos están llamando mucho, la gente tiene miedo, no sabe lo que puede pasar en un juzgado. Pues así están las cosas.


En cuanto a las propuestas, la propuesta es clara: si a los jueces los juzga el Tribunal del Jurado tenemos un problema porque tenemos más de 5000 jueces en España y sería bastante poco efectivo. Sin embargo, si a los jueces que dictan
resoluciones contra las cuales no cabe recurso ordinario los juzga el Tribunal del Jurado, estamos hablando ya de algo posible y que, además, se sitúa justo donde acaba el Poder Judicial y empieza el derecho fundamental del ciudadano. Justo ahí.
La resolución firme, la que no tiene recurso, esa es la que merece una protección.


En cuanto a las estadísticas, pues el otro día tenía hambre y yo había comido dos veces, así que le dije a la persona que tenía a mi lado: no tienes que tener hambre, has comido una vez, entre los dos cada uno ha comido una vez. La
estadística, realmente, vale para que no se sepan cosas. Por ejemplo, la estadística del Consejo General del Poder Judicial en relación a la corrupción. ¿Saben ustedes que para el Consejo General del Poder Judicial dictar a sabiendas de su
injusticia una resolución injusta no es corrupción? Cómo van a salir estas estadísticas si ya decimos que lo más claro que puede haber en la corrupción, por debajo del cohecho, no es corrupción. ¿Qué valor tienen esas estadísticas?


Sobre la lentitud de la justicia, es como la independencia, cuantos más problemas tenemos, más recursos va a haber. Ustedes tienen que comprender que cuando alguien se plantea su razón, que tiene razón, lo cree sinceramente así, y nadie
resuelve sobre su alegación, no digo que resuelvan y tú no estés de acuerdo con la resolución, esto es otro caso, me estoy refiriendo a que nadie resuelve, a que hay un



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vacío. Pues tú tienes que recurrir, tienes que volver a plantearlo. ¿Qué ocurriría? Que si hubiese una responsabilidad disciplinaria del juez -y no hablamos ahora de la penal, que es la que entiendo que sería exigible por medio del
Tribunal del Jurado a quienes dictan resoluciones sin recurso- que no se debiese al palo y la zanahoria porque vas por donde te digo o te doy, o te agradezco porque vas por donde te digo, si no hubiese esto no existiría este problema, evitaríamos la
mayor parte de los recursos. ¿Yo cómo no voy a recurrir si estoy planteando una alegación defensiva a la que nadie me contesta?, ¿cómo voy a dejar sin utilizar los recursos? No puedo hacerlo. ¿La culpa es de mi cliente? No, la responsabilidad
es de quien no ha resuelto una alegación defensiva concreta que se la he puesto encima de la mesa una y otra vez. Esto tiene mucho que ver con la lentitud.


Y lo dejo aquí. Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias. En cualquier caso, si desea hacer llegar algún listado de propuestas concretas a la Comisión, puede hacerlo para incorporarlo a los trabajos.


- DEL VOCAL DE LA ASOCIACIÓN LIBRE DE ABOGADAS Y ABOGADOS (GÁMEZ SELMA), PARA INFORMAR SOBRE TEMAS RELACIONADOS CON EL ESTUDIO Y DEFINICIÓN DE UNA ESTRATEGIA NACIONAL DE JUSTICIA. (Número de expediente 219/000797).


La señora PRESIDENTA: Vamos a continuar con las comparecencias, ajustándonos a los tiempos que nos habíamos marcado.


Damos la bienvenida a nuestro nuevo compareciente, don Alejandro Gámez Selma, vocal de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados. Sin más preámbulos, tiene la palabra para hacer su exposición.


El señor GÁMEZ SELMA (Vocal de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados): Muchas gracias, señora presidenta.


Muchas gracias a sus señorías, diputados y diputadas de este Congreso. Agradecemos especialmente a las diputadas y diputados de Unidos Podemos su invitación para darnos voz a esta organización, que somos un colectivo de profesionales de la
abogacía sin ningún interés institucional y formado, además, por gente que tiene un contacto directo con la ciudadanía y con la Administración de Justicia, por lo que entendemos que podemos aportar, por lo menos, una visión fresca, directa o poco
habitual en estos foros; una abogacía de calle. Por tanto, estamos agradecidos por esta oportunidad.


Consultados los ejes que van a tratar en esta subcomisión y dado el reducido tiempo que tenemos, nos hemos querido centrar en cuatro o cinco aspectos básicos antes que dar una opinión general sobre muchos aspectos respecto de los cuales,
además, esta asociación no tiene una postura clara ni los conocimientos o experiencia para opinar sobre ellos.


Antes de hablar de los puntos concretos, me gustaría recalcar dos aspectos. Uno, que la Administración de Justicia, el derecho a la justicia, el Ministerio de Justicia, ha sido y es la cenicienta en los derechos de esta Cámara, del Estado,
por así decirlo. Es, probablemente, el ministerio y los presupuestos más relegados y ninguneados de todos. Los presupuestos de Justicia han bajado drásticamente y de manera ininterrumpida desde el año 2010 sin que el incremento del 7 % que ha
habido en estos últimos presupuestos pueda servir como explicación o como victoria, ya que ha servido solo para consolidar unos derechos funcionariales y laborales que ya venían existiendo con anterioridad y, sin embargo, por ejemplo, la asistencia
jurídica gratuita no se ha modificado ni un solo ápice de ese porcentaje. En términos proporcionales, el PIB que se dedica a justicia en este país es, de siempre, bastante inferior al de países del entorno; es más bajo que el que se asigna a
Alemania, Bélgica, Italia, Reino Unido, o incluso Polonia, Rumanía o Hungría, lo que da una idea de la prioridad que es para este Parlamento, para esta Cámara y para este Gobierno el derecho a la justicia.


La segunda idea, conectada con la anterior, es que no valen ideas geniales, asombrosas, no valen buenas ideas si no van acompañadas de una inversión seria, razonada y potente en esta Administración. La voluntad política de todas estas
diputadas y diputados debe manifestarse no solo en un pacto de Estado de todos los partidos y que, además, se extienda a todos los Gobiernos regionales, sino que también debe ir acompañado de un esfuerzo presupuestario serio. De lo contrario, nos
quedaremos en agua de borrajas, como pasó -y con resultados nefastos- con la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de hace dos años, que pretendía acortar en dos tercios los procedimientos penales sin incremento presupuestario y, por
supuesto, no solo no lo ha logrado sino que ha contribuido a un mayor atasco.



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Sin esa inversión material, además, vamos a continuar en unas situaciones un poco esperpénticas. Nosotros somos una asociación que ejerce que Madrid, somos profesionales de Madrid y teníamos constancia, por ejemplo, de que hubiera ratones
en la sede del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en 2015, de que no hubiera ni un solo desfibrilador en todos los juzgados de lo Social, motivo por el que falleció un magistrado en el año 2013, juzgados con unas condiciones de salubridad
pésimas, que han tenido que ser cerrados, como ha pasado en Torrejón de Ardoz el año pasado, o actualmente pasa en Valencia. Sin esa inversión, los juzgados y las personas que en ellos ejercen su profesión no vamos a poder hacer mucho más. Faltan,
además, herramientas adecuadas para analizar el estado de la justicia. Según la Unión Europea, no tenemos indicadores de calidad de resultados, nos faltan informes anuales de actividad y no tenemos personal cualificado encargado de estas tareas.
Por lo tanto, cualquier análisis que hagamos, incluido el de esta asociación, va a ser completamente parcial.


Entrando ya a los puntos que me gustaría tratar, el primero, respecto a la reorganización de la justicia, afecta directamente a mi profesión, y es que hay que promover un cambio en el modelo organizativo profesional de la abogacía. Los
colegios de abogados, vamos a decirlo claramente, no son más que reminiscencias de gremios medievales que en la actualidad no sirven para defender a los colegiados o para expresar su voluntad sino para enriquecerse ellos mismos, o como trampolines,
o como cotos privados. Si tienen más ganas de interesarse, en el turno de preguntas les puedo explicar perfectamente cómo funciona como un feudo la junta de gobierno del Colegio de Abogados de Madrid. Los colegios de abogados, hoy en día, solo
cumplen dos funciones imprescindibles: la deontología y la organización de la asistencia jurídica gratuita y el turno de oficio. Ambos servicios pueden ser perfectamente asumidos por la Administración; es más, siendo el acceso a la justicia y la
asistencia jurídica gratuita el mecanismo de garantía para asegurar este acceso a la justicia a toda la ciudadanía, defendemos un servicio público esencial y, por lo tanto, entendemos que todos estos servicios tendrían que ser asumidos por la
Administración, relegando el papel de los colegios de abogados a entidades asociativas que sirvieran para dar formación, para hacer presión política, como expresión de voluntad de los colegiados, pero poco más. Si esta propuesta resulta demasiado
escandalosa o revolucionaria por acabar con instituciones que tienen varios cientos de años de actualidad, lo mínimo que entendemos que habría que hacer sería revisar el Estatuto General de la Abogacía y promover uno nuevo o unas reformas radicales
que incidan en la democratización de la abogacía. Entre estos puntos concretos: la elección democrática de todos los órganos colegiales, incluido el Consejo General de la Abogacía; la limitación de los mandatos con la posibilidad de solo una
reelección; el reconocimiento de libre asociacionismo a los abogados dentro y fuera del colegio; el aseguramiento de los derechos de participación de las minorías; la supresión de la figura del abogado no ejerciente; y el establecimiento de
nuevos modos de tomas de decisiones más habituales y más participativos entre los colegiados que las simples juntas y asambleas generales de los colegios.


Para la modernización de la justicia el siguiente punto es la digitalización. Tampoco les voy a contar nada nuevo de Lexnet porque supongo que todo el mundo se lo habrá contado y les habrá explicado con todos los pormenores los numerosos
cuelgues o las veces que ha dejado de funcionar o ha generado mensajes de error. Pero es que no son solo estos los desajustes que tiene Lexnet; ni la fiscalía, ni los juzgados de Menores y muchos juzgados de partidos judiciales directamente no lo
tienen instalado, no lo saben manejar o no les funciona. Eso genera indefensiones, genera que unas partes sean notificadas con hasta un mes o mes y medio de antelación a otros. Muchos compañeros hemos recibido escritos de los juzgados y los hemos
recurrido, y hemos recibidos nuestros escritos antes de que la fiscalía o la Abogacía del Estado, mes y medio después, recibiera todo eso. Eso genera indefensión.


Otro problema es que esto está a cargo del Ministerio de Justicia, que es el que gestiona y controla una herramienta esencial del Poder Judicial sin restricción alguna y a su antojo. Y es que, a su vez, lo subarrienda a Telefónica, en
primer lugar, pero a una miríada de empresas informáticas, después. La sensación de control es que no está, obviamente, en el Poder Judicial, como debería ser, sino en uno de los poderes, el Ministerio de Justicia que, precisamente, en muchas
ocasiones forma parte del procedimiento.


La privacidad de los datos profesionales y personales -no voy a decir que son muy sensibles- también está en entredicho. Ha habido casos de accesos ilegítimos. El Ministerio de Justicia dijo que habían sido abogados los que lo habían
hecho. Me parece bien, pero tengan en cuenta que si lo han logrado abogados -y ya sabemos que la abogacía y la tecnología son prácticamente oxímoron-, imagínense lo que habrán hecho gente con conocimientos informáticos o lo que podrían hacer. Por
tanto,



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y sabiendo que nadie está en contra de la digitalización, y menos aún esta asociación, pedimos que se cree un programa mejor, más seguro, con un proceso de creación más transparente y en manos del Poder Judicial; más transparente porque se
ha pedido una auditoría de su funcionamiento, de su coste y del código fuente y ha sido reiteradamente negado. Y, por supuesto, que todas estas condiciones vengan reguladas en una norma con rango de ley, no en reglamentos ni en iniciativas propias
del Gobierno.


Respecto del eje profesionalización, justicia y calidad, entendemos que la Administración de Justicia solo será eficaz si las partes no solo son profesionales y tienen la formación adecuada, sino que además sus posiciones pueden ser
garantizadas en el procedimiento sin injerencias. Por eso, promovemos y creemos que es fundamental que haya una ley orgánica de defensa, no solo porque actualmente, con un Estatuto General de la Abogacía aprobado por real decreto, ya podría suponer
un incumplimiento del principio de reserva de ley de los artículos 53 y 81 de la Constitución española, puesto que tendría que estar regulado por ley orgánica, sino que no tenemos una ley orgánica de defensa. Sabemos que el Consejo General de la
Abogacía, sin pasar por ningún colegiado -con lo que me remito al tema de la democratización del modelo colegial-, se lo pasó al Ministerio de Justicia hace unos dos años, y no ha habido ninguna noticia ni ningún avance; eso da una idea de la
prioridad que da al derecho de defensa. Obvio decir que sin el derecho de defensa no hay contradicción en un pleito y si no hay contradicción en un pleito no hay juicio justo, y si no hay juicio justo no tenemos un Estado de derecho.


¿Qué debería recoger esta ley? Por lo pronto, establecer categóricamente el valor de derecho fundamental del derecho de defensa como garantía de contradicción en un juicio justo. Tendría que ser inflexible con el secreto judicial, saltado
muchas veces por la judicatura con la aquiescencia del ministerio fiscal. Tendría que tener un régimen deontológico adaptado a la actualidad y a la nueva realidad, y garantizar la independencia del abogado no solo frente al colegio de abogados sino
también ante otros órganos jurisdiccionales y fiscalía, entrando incluso en conflicto con las labores de organización y funcionamiento de la Oficina Judicial. Estoy pensando en temas tan pueriles o habituales como el acceso al expediente, los
horarios de visita, las consultas de los expedientes, los comportamientos de las partes en estrados, etcétera.


Respecto del último punto, la justicia como servicio público, esta asociación defiende a capa y espada que la asistencia jurídica gratuita es una parte esencial del derecho de acceso a la justicia, y, por lo tanto, tiene que ser un derecho
sostenido con medios y con voluntad política por parte del Gobierno. Hablar de justicia, en términos generales, sin promover que todo el mundo pueda acceder a ella, es de un cinismo incomparable. Puede haber muchas maneras de garantizar este
acceso. Nosotros defendemos el turno de oficio, pero comprendemos que se debata que haya una defensoría pública como funciona en otros países latinoamericanos. Ese es un debate que me parece perfecto y que me encantaría escuchar a sus señorías y a
todas las partes que defiendan una y otra posición. Ahora bien, lo que no compartimos y lo que no vamos a permitir -dentro de nuestra capacidad como asociación privada- es la privatización y la infracualificación de los profesionales que defienden
a los ciudadanos, eso no es negociable. Lo que no es negociable es que la asistencia jurídica gratuita tampoco es una prioridad dentro de un ministerio que tampoco es prioridad. Voy a dar unos datos. Las partidas de justicia gratuita no han
crecido a nivel nacional, no se ha beneficiado de ese incremento del 7 %. A nivel regional, en los parlamentos autonómicos, tampoco ha sufrido ningún aumento; quizás en algún parlamento regional haya sido, desde luego en Madrid no lo ha sido,
quitando el último año, y porque nos retrotraemos a recortes que nos llevan al año 2003. Un profesional del turno de oficio cobra una media de 135 euros por expediente; es decir, es el abogado de a pie el que está financiando el Estado de derecho,
no el colegio de abogados ni mucho menos el Estado. Una familia con cuatro miembros, padre y madre o padre y padre, lo que sea, y dos hijos, con que ganen más de 1600 euros brutos ya no tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita. Los pleitos
implican pagar tasas, abogado, procurador, perito, burofax, etcétera. Esta correlación entre asistencia jurídica gratuita, baremos y retribución de la familia supone un obstáculo notable para acceder a la justicia.


Se ha olvidado también el papel de los servicios de orientación jurídica, que sirven para reducir la litigiosidad y para canalizar adecuadamente las demandas de los ciudadanos, sirven para aligerar, adelgazar y mejorar la eficiencia de la
Administración de Justicia. Sin embargo, a nivel regional han sido también completamente olvidados. El Parlamento madrileño suprimió en el año 2012 todas las partidas destinadas a servicios de orientación jurídica, teniéndolo que sufragar el
colegio de abogados de su propio presupuesto. Ya van dos veces, como abogado del turno de oficio y como miembro del colegio de abogados hemos financiado dos veces un derecho público esencial. Las partidas de asistencia jurídica



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gratuita, tanto a nivel estatal como a nivel regional, están desconectadas unas de otras en los capítulos. Es un jaleo enterarse y hacer un seguimiento de las mismas. Debería hacerse un esfuerzo clarificador para concretar y saber a qué
atenernos. Los gastos de asistencia jurídica gratuita deberían estar consagrados en partidas fijas y reiteradas anualmente, como forma simbólica y material de compromiso con el servicio, no a través de partidas extraordinarias, ampliaciones y
sobras de otras partidas. La asistencia jurídica gratuita no son tormentas en agosto. Sabemos que están ahí, sabemos que se van a gastar y se pueden hacer los cálculos; por lo tanto, debería hacerse una previsión ordinaria de las mismas.


En suma, cualquier estrategia de justicia debería pasar por una inversión decidida por garantizar el derecho a la asistencia jurídica gratuita, y eso no pasa por la privatización. Las privatizaciones deberían dejarse de lado, han demostrado
que no han funcionado, como ha pasado con el tema de la nacionalidad en mano de los registros de la Propiedad, que ha creado más litigiosidad en los Contencioso-Administrativo de lo que había antes.


Finalmente, ninguna de estas medidas de estrategia judicial puede funcionar si no tenemos una voluntad inequívoca de hacer justicia. En los últimos años se han producido unas reformas legales en el ámbito penal, en el ámbito laboral,
seguridad ciudadana y derechos de los migrantes que nos alejan del concepto material de justicia que proclama nuestra Constitución. Podremos tener la mejor estrategia, podremos hacer el mejor plan, pero, en ese caso, solo tendremos la
administración de injusticia más eficiente y eficaz de toda Europa. ¿De qué nos sirve tener mejor coche si no sabemos la dirección ni la carretera que hemos de tomar?


Estos son los puntos que nos gustaría recalcar. Agradecemos la oportunidad que nos han dado de exponer nuestra voz aquí.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Gámez, por la concreción ante la premura del tiempo que les marcamos.


Ahora tienen la palabra los grupos parlamentarios. El Grupo Parlamentario Vasco no hace uso de la palabra. Por el Grupo Parlamentario Mixto, el señor Bataller.


El señor BATALLER I RUIZ: Gracias, presidenta.


Señor Gámez, buenas tardes. Soy Enric Bataller, diputado de Compromís, adscrito al Grupo Mixto. No sabe usted lo de acuerdo que estoy con todo lo que usted nos ha contado, por un doble motivo: por un lado, porque represento a una
formación en cuyo programa electoral están contenidos la mayor parte de los puntos que usted ha indicado y, en segundo lugar, porque, como abogado en ejercicio que he sido hasta ahora, he padecido los problemas que usted ha contado y, efectivamente,
siempre he estado haciendo una reflexión sobre la mejor manera de abordarlos y darles una solución definitiva.


En cuanto a lo que usted ha hablado sobre la colegiación obligatoria, estoy de acuerdo en que es una cuestión que deberíamos abordar ya, porque entiendo que esto vulnera el derecho de asociación que tenemos todos los ciudadanos en su faceta
negativa, también en el derecho a no pertenecer a ninguna entidad. Es cierto que el Tribunal Constitucional hace ya muchos años declaró que era constitucional que los poderes públicos establecieran, para algunas profesiones que están especialmente
relacionadas con el servicio a intereses generales, una colegiación obligatoria a efectos de control y para dar un mejor servicio ciudadano. Pero, evidentemente, esta posibilidad que contempla el Tribunal Constitucional no implica que los poderes
públicos puedan abdicar de sus facultades y puedan renunciar definitivamente a adoptar medidas que podrían evitar que tuviéramos que estar colegiados obligatoriamente, sin perjuicio de los intereses de la población. Por ejemplo, sería tan simple
como que la Administración contara con unos censos de abogados que asegurasen a los ciudadanos que la persona a la que uno quiere contratar realmente reúne los requisitos para ejercer como abogado, pero no haría falta que tuviéramos que estar
adscritos obligatoriamente a un colegio.


Usted ha indicado que los colegios son gremios, apreciación que comparto. Actualmente tienen dos funciones, la deontología y la llevanza del turno de oficio. En cuanto a la primera, la deontología, creo que es más que discutible que esta
función vaya unida al establecimiento de un régimen disciplinario porque, a fin de cuentas, cómo entre iguales y competidores en el mercado vamos a poder establecernos sanciones. Creo que esto es algo que debería revisarse. En cuanto al servicio
al turno de oficio, entiendo que deberíamos dejar de escatimar el dinero a la dotación de la justicia gratuita y plantearnos lo que usted ha apuntado, es decir, un sistema en el que, de la misma manera que se asume el pago a la fiscalía, también se
asumiera el pago a un turno de oficio que fuera servido por personas que se dedicaran a ello



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profesionalmente, con el debido régimen de incompatibilidades, etcétera. Creo que usted no ha acabado de dar esta puntada, pero yo pienso que podemos coincidir en esto y me gustaría que me lo indicase. Usted también ha dicho, siendo
realista, que mientras estos objetivos se consiguen podríamos ir haciendo una serie de cosas para aliviar el excesivo peso que tiene la organización colegial en la vida de los ejercientes. Usted ha indicado una serie de cosas que se podrían hacer
pero no me ha parecido oír que aludiera a lo relativo a las cuotas de incorporación que cobran los colegios, porque es una cuestión en la que actualmente en España existe barra libre, cada colegio pone las cuotas que decide en asamblea y hay unas
disparidades enormes, lo que provoca un efecto perverso. Por ejemplo, numerosos colegiados en mi ciudad, donde el colegio es muy caro, en lugar de estar colegiados ahí se van a otras localidades donde resulta mucho más barato. Esto es admisible,
pero comporta, de alguna manera, una especie de exilio autoimpuesto a estos colegiados y entiendo que rompe el principio de igualdad, rompe el principio de capacidad contributiva y rompe también una idea que se supone que debería estar muy clara, la
de la unidad de mercado. Mientras llegamos a la colegiación libre, por lo menos deberíamos asegurar que las cuotas que cobran los colegios fueran iguales, con unos mínimos, lo justo para garantizar el desempeño de los servicios esenciales de los
colegios.


Coincido con usted en las apreciaciones que ha hecho a propósito del sistema Lexnet, coincido en que debería estar residenciada su gestión en el Consejo del Poder Judicial, por todo lo relativo a la privacidad que usted ha indicado, y
coincido también con la apreciación que usted ha hecho sobre la insuficiencia de las dotaciones presupuestarias a la justicia. Fíjese, en los Presupuestos Generales del Estado para 2017, que aprobamos hace unos meses, resulta que el Ministerio de
Defensa estaba dotado con 11 000 millones de euros y, dentro de ese presupuesto, 8 000 de esos millones iban a parar a material de combate. Y esa partida dentro del Ministerio de Defensa es superior a aquella con la que contaba todo el Ministerio
de Justicia, que era de 7 500 millones. Claro, este reparto presupuestario ya pone en evidencia las diferentes prioridades que vemos sobre el servicio público.


Por último, en cuanto a la financiación de la justicia, hay que aludir a la cuestión de las tasas judiciales, que parece que hemos eliminado, pero que lleva un camino muy largo. Unas tasas que, como usted sabe, dejaron la puerta abierta
para un fraude de ley, porque se nos planteaba como tasa lo que realmente es un impuesto, porque usted sabe que aquí, en esta sede parlamentaria, el ministro del ramo en su momento reconoció que el dinero recaudado de esa supuesta tasa no sabía
dónde había ido a parar porque, tal como se había ingresado, se había destinado al pago de atenciones generales. Y eso, a mi corto entendimiento, no es una tasa, que es una recaudación afectada, sino que es un impuesto. Nosotros vimos en este
Parlamento que se nos había estado engañando sobre la naturaleza de esa exacción. Al final, parece que nos lo vamos a quitar de encima, pero queda camino.


Simplemente le quiero felicitar por su exposición, reiterarle que estoy de acuerdo prácticamente al cien por cien en lo que usted ha indicado, y darle las gracias por su presencia aquí.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias.


Por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, el señor Gómez Balsera.


El señor GÓMEZ BALSERA: Gracias, señora presidenta.


Muchas gracias, señor Gámez, por su comparecencia. Comparto alguna de las reflexiones que ha expuesto a esta Comisión, pero otras no las comparto en lo más mínimo.


Yo le preguntaría, si ustedes creen que los colegios profesionales no funcionan como debieran y no defienden los intereses de los abogados o de los procuradores como debieran, ¿por qué no se presentan ustedes a las juntas de gobierno de esos
colegios profesionales, compiten en lid democrática y trabajan desde dentro en defensa de los intereses de los abogados, de los procuradores y de esas profesiones? Esto lo pongo en relación con la preocupación -que compartimos, lógicamente- que
usted ha expresado acerca del turno de oficio, pero déjeme que le diga que, si el turno de oficio no lo gestionan los colegios profesionales y pasa a la Administración, como usted ha propuesto, tendríamos un problema. Usted ha dicho que le preocupa
la privatización de los servicios. Yo sospecho que si algún día, por desgracia, el turno de oficio no lo gestionaran los colegios profesionales y pasara a la Administración, podría darse la circunstancia que a usted le preocupa, y es que se
privatizara la gestión del turno de oficio.


Finalmente, le quiero hacer una reflexión, sin ánimo de polemizar, simplemente por compartirlo con usted con motivo de su comparecencia. He leído con preocupación el comunicado que hay en su página web acerca de lo que está sucediendo en
Cataluña. Y digo con preocupación porque ustedes comienzan



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diciendo -entre comillas- 'con independencia del debate sobre la validez legal'. Ustedes son juristas, ustedes no se pueden abstraer del debate de la validez legal de lo que está sucediendo en Cataluña. Le pediría que reflexionen, que
tengan en cuenta la ley porque ustedes son juristas y porque la ley es ese instrumento y esa herramienta con la que ustedes trabajan cada día.


Nada más. Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, la señora Carreño.


La señora CARREÑO VALERO: Buenas tardes, señor Gámez. Muchas gracias por venir en representación de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados. Hemos solicitado su comparecencia desde el Grupo Confederal porque consideramos que es muy
necesario que en una subcomisión que tiene por objeto abordar y diseñar una estrategia nacional de justicia participen las asociaciones de abogacía, puesto que son los abogados y abogadas quienes están más en contacto con el ciudadano a lo largo del
proceso judicial, quienes lo siguen más de cerca. Sin embargo, en las distintas sesiones de esta subcomisión hemos podido escuchar las opiniones de diferentes asociaciones judiciales o fiscales respecto a una infinidad de temas, pero la abogacía se
ha visto un poco más olvidada. Por tanto, consideramos esencial vuestra visión al respecto y quería agradecerle su comparecencia y decirle que estamos totalmente de acuerdo con las cuestiones que ha expuesto. Desde luego, hay una tremenda falta de
financiación de la justicia dentro de los Presupuestos Generales del Estado y también una mala distribución de la misma. Creemos que es necesario invertir, como bien ha dicho, en asistencia jurídica gratuita, en equipos psicosociales, etcétera.


Voy a empezar por dos temas que se han tratado mucho a lo largo de esta subcomisión. Uno de ellos es la independencia judicial, que está gravemente en entredicho tanto por la opinión ciudadana como por el informe Greco. ¿Cuál es su opinión
al respecto? ¿Cómo podría mejorarse la independencia judicial? Respecto a la autonomía del ministerio fiscal, se va a abordar próximamente una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Compartimos desde el Grupo Confederal la idea de que
la misma está obsoleta, pero nos preocupa mucho que en la situación actual se pase la investigación a la fiscalía. Desde nuestro punto de vista, no se dan las condiciones para que los fiscales puedan asumir competencias, en este momento en manos de
los jueces, cuando la designación del fiscal general del Estado se está realizando por el Gobierno, existe una clara politización de la fiscalía, existen claras presiones, como se ha visto en la prensa, o situaciones como los audios del caso Lezo,
que muestran una situación terrible en la que un imputado dice sus preferencias por el fiscal Anticorrupción y luego acaba siendo esa misma persona. Querría preguntarle si cree que en la situación actual la fiscalía puede asumir la investigación.
Si su respuesta es no, qué haría falta para que concurrieran las condiciones necesarias. Qué opina sobre la propuesta de que participe la Cámara, dentro del marco constitucional, en la designación del fiscal general del Estado, puesto que desde
Unidos Podemos hemos propuesto que el Congreso participe nombrando una terna de tres juristas, con al menos una mujer, de los que luego sea nombrado uno por el Gobierno. Asimismo, quería preguntarle qué modificaciones cree que hacen falta en el
estatuto fiscal y, aparte de eso, qué opina de la posible restricción de la acción popular, que es uno de los temas que preocupa gravemente a mi grupo, si a la vez de modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal se restringe la acción popular.


Paso a la modernización. Creemos que es una asignatura pendiente y urgente. Querría preguntarle qué opinan ustedes sobre la necesidad de una nueva ley de demarcación y planta. Coincidimos plenamente sobre el tema de la digitalización. Lo
que ha ocurrido con Lexnet no solamente es una chapuza tecnológica, sino que, además, ahora nos va a costar 60 millones de euros subsanarlo. A eso me refería cuando decía que el presupuesto de Justicia está mal distribuido, porque tenemos que
quitar 60 millones de euros en los futuros presupuestos para arreglar Lexnet, mientras falta dinero para muchas otras necesidades. Coincidimos en que la gestión de los datos debería estar en manos del Poder Judicial.


Me gustaría preguntarle qué piensa sobre la necesidad de creación de juzgados especializados y de otras formas de resolución de conflictos, en concreto la mediación y la justicia restaurativa, que son figuras por las que apuesta el Grupo
Confederal, porque creemos que son muy necesarias para la modernización de la justicia y para orientar más la justicia a las personas.


Respecto a la asistencia jurídica gratuita, coincidimos absolutamente en lo que ha señalado. Es necesario invertir, ampliar los límites de ingresos de las personas para poder acceder a ella y también



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dignificar el turno de oficio. Querría preguntarle si cree que en la situación actual de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita las personas con escasos recursos pueden tener acceso o no a la asistencia letrada.


Consideramos también interesante lo que ha dicho de la Ley orgánica de defensa. Asimismo, quería preguntarle si, aparte de lo que ha dicho, considera que actualmente hay prácticas policiales que restringen o limitan el derecho a la defensa
y qué opina, en concreto, sobre los procesos de investigación que se desarrollan ante la Fiscalía y que se denominan preprocesales, si cree que afectan a la posibilidad de defensa.


Por último, nos gustaría conocer sus opiniones sobre el acceso a la abogacía y el acceso a la judicatura, si sería necesario modernizarlos y modificarlos, y qué podríamos hacer con la profesión de la procura, si podríamos introducir cambios
respecto a esto.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Campo.


El señor CAMPO MORENO: Gracias, presidenta.


Muchas gracias, señor compareciente, por su ilustración, lo que no quiere decir plena aquiescencia de mi grupo parlamentario con todo lo que ha dicho. Me gustaría ahondar en una serie de matices que creo que abren temas importantes de
debate. Cuando abogaba por la supresión de la organización colegial, le ha faltado decir, en mi modesto entender, por qué se va a sustituir, porque estará conmigo en que tiene que haber alguna forma de organización: la especialización, cuántos
años, quién puede acceder al turno de oficio... Hemos oído al compareciente anterior, que le ha pegado un repaso al turno de oficio. Realmente, ha dicho que tiene muy poca calidad. No es nuestro criterio. Creemos que es mejorable, pero lo que
está claro es que es necesaria una organización. No sé si lo que nos está transmitiendo es que desaparece la organización colegial y se sustituye por la organización de la Administración, pero no sé yo qué ventajas puede tener eso, porque creo que
un colectivo de aproximadamente 250 000 abogados dados de alta, de los cuales 140 000 forman parte de ese colectivo de ejercientes, tiene una capacidad suficiente para organizar y establecer los mecanismos de acceso, requisitos y organización de
toda esta cuestión, además de ser un elemento esencial en la Administración de Justicia, como, por ejemplo, lo ha sido para el establecimiento de una ley de defensa, que, por cierto, era uno de los grandes caballos de batalla del presidente del
Consejo General de la Abogacía hasta la llegada de doña Victoria Ortega, que lo ha hecho suyo. Por tanto, veo que en muchas cosas coinciden con la organización colegial.


Igualmente, me ha parecido oírle que hay una quiebra del secreto de instrucción por las filtraciones de los jueces y fiscales. (Denegación). ¡Ah! Bueno. Pues entonces lo retiro. Todos sabemos de dónde vienen el 90 % de las filtraciones.
Esa es la siguiente pregunta: ¿Dónde se establecen los códigos deontológicos?, porque hasta ahora no es que funcionen muy bien, en esto podemos estar de acuerdo, pero funcionan mínimamente. ¿Dónde se residenciarían esas capacidades de autohigiene
que necesita cualquier colectivo?


No quiero cansarle más. Además, si contesta a todas las preguntas que ha hecho mi compañera anterior le tenemos aquí hasta las doce de la noche.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Bernabé.


El señor BERNABÉ PÉREZ: Muchas gracias, señora presidenta. En nombre del Grupo Parlamentario Popular, quiero darle las gracias, señor Gámez, por su comparecencia esta tarde.


Tengo que decirle, desde el principio, que creo que hemos confundido el debate. Usted ha venido a hacer aquí un debate político y no un debate jurídico. Si cogemos el programa electoral de Podemos, vemos que ha reproducido usted punto por
punto todos los postulados que defiende esta organización política. Hoy veníamos aquí a hablar de la mejora de la Administración de Justicia y no a decir, por ejemplo, que los colegios profesionales son gremios, cotos privados o feudos. Mire, yo
soy abogado como usted, tengo cuarenta y siete años, terminé la carrera hace veinticuatro, me colegié en los colegios de Murcia y de Cartagena. Desde entonces no ha habido elección de decano o de diputado en la que yo no haya ido a ejercer mi
derecho -un colegiado, un voto- y a depositar mi voto en una urna con la correspondiente papeleta para decidir quién quiero que me represente. Eso es democracia, señor Gámez, como es democracia representativa que a su vez los decanos formen parte
del consejo porque así lo hemos establecido. Querer echar por tierra la labor -creo que perfecta- de los colegios de abogados o de procuradores, en este caso, no es lo que hemos venido a hacer aquí. Usted ha venido a hablarnos de



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economía, de falta de recursos. Usted ha planteado un debate político cuando creo que las cuestiones eran otras.


Coincido en algunas de las cuestiones de la parte final de su intervención: Lexnet es mejorable, la justicia gratuita, la agilización de los pagos, homogeneizarlos... Indudablemente, son cuestiones a las que tenemos que ir y en las que hay
que avanzar, pero no, desde luego, con ese carácter. Ha puesto usted prácticamente en duda que exista el derecho a la defensa en España. Entre usted y el compareciente anterior de la Asociación de Usuarios de la Administración de Justicia,
cualquier observador neutral que hubiese llegado de un país civilizado diría: madre mía, dónde he venido, parece que estoy en Venezuela.


Pero no es el caso, y yo voy a ser más pragmático, porque siendo usted como es representante de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados y viendo su perfil, es usted abogado experto en defensa y estas cuestiones, yo le quería preguntar una
serie de temas. Uno de ellos lo ha comentado usted: la Ley orgánica de defensa. Nosotros también creemos que es una cuestión que hay que abordar, como un compendio que recoja todos los derechos que tiene el ciudadano y que también sirva de
orientación al abogado. Otra cuestión es qué tipo de contenidos exactos debería tener esa norma, pero sí creemos que es una cuestión que debe plantearse y que merece la pena contemplar.


A partir de ahí, acabamos de escuchar a la diputada de Podemos hablar de un tema sobre el que nos interesa mucho conocer su opinión, que es la posible modificación de la fase de instrucción de investigación; que el fiscal -no olvidemos que
se rige por los criterios de imparcialidad y legalidad- asuma esa fase investigadora y que el juez, aparte de su labor juzgadora, vele también por los derechos de los justiciables. Me gustaría conocer su opinión al respecto y, si la vieran
positiva, cómo podría enfocarse esa actuación.


Voy a hacerle una pregunta que son dos: ¿Qué medidas creen ustedes que habría que implementar para mejorar la agilidad del proceso penal y de la ejecución de las sentencias?; ejecución y notificación, que se hagan válidas de cara a la
tutela judicial efectiva que tienen los ciudadanos.


Hay un tema también muy interesante sobre el que posiblemente tengamos opiniones muy discrepantes, pero nos gustaría conocer su opinión. ¿Quién ejercita la acusación en España? El ministerio público, la acusación particular y la acusación
popular. Huelga decir que este es un tema en el que hemos conocido casos muy polémicos. No voy a entrar en detalles ahora, pero los hemos visto de todos los colores, con casos de presunta corrupción, con casos de politización, etcétera. ¿Cómo
creen ustedes que debería enfocarse el asunto de la acusación popular? De la Ley orgánica del derecho a la defensa ya hemos hablado.


Como veo que es usted un buen orador, no me extrañaría que pronto pudiéramos tener el debate político que nos ha planteado hoy aquí en esta Cámara si nos volvemos a ver siendo los dos representantes de los ciudadanos españoles, pero quiero
hacerle una última pregunta: ¿Qué les parecen a ustedes las pruebas de acceso al ejercicio de la profesión? Ya nos ha dicho usted que no cree mucho en los colegios, por lo que nos gustaría conocer con un poco más de detalle si creen ustedes que
son necesarias y si creen que deberían mejorarse o eliminarse.


Nada más y muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Para responder a los comparecientes, tiene la palabra de nuevo el señor Gámez. Son cinco minutos, pero a tenor de las preguntas que se le han planteado puede utilizar algún minuto más.


El señor GÁMEZ SELMA (Vocal de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados): Muchísimas gracias a todos, voy a intentar ser breve.


Al representante de Compromís, quiero darle las gracias por sus felicitaciones. También estamos de acuerdo con la mayoría de las cosas que ha dicho. La cuota de incorporación, por supuesto, es un obstáculo al ejercicio y, por lo tanto,
debería ser regulada. Este es uno de los aspectos adyacentes a la existencia de la colegiación como única forma de asociación colegial válida y eficaz. La falta de colegiación obligatoria debería llevar a la supresión o a su reducción o algo así.
Como ha dicho usted perfectamente, la Ley ómnibus establecía unos parámetros, una libre competencia, que en el caso de la abogacía y los procuradores no se ha cumplido, entiendo que por este carácter venial, centenario, milenario prácticamente que
tienen ciertos colegios de abogados. Yo puedo entender el tema de la organización de la abogacía en unos colegios, pero, si no me equivoco, en España hay actualmente ochenta y cuatro colegios, alguno de los cuales tiene setenta u ochenta colegiados
y colegiadas, que hasta les cuesta encontrar junta de



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gobierno. Pues si estamos hablando de racionalización, eficiencia y mejora, eso también tendría que ser abordado.


Respecto a las tasas judiciales, estamos de acuerdo con ello. En la asociación, de hecho, no estamos tanto de acuerdo con que sea un impuesto y no una tasa, porque a nosotros la recaudación que fuera a mejorar la Administración de Justicia,
la partida de Justicia, no nos parece bien. Es decir, entendemos los presupuestos como una suma de ingresos, y que se destinaran a otras partidas necesarias nos parece bien, lo que no es de recibo, por supuesto, es el establecimiento de unas tasas
tan altas, más su cuantía, más que encima luego no se sabe dónde han sido destinadas. Menos mal que, aunque ha sido tarde, la presión ciudadana y la presión jurídica han conseguido que el Constitucional las declare inconstitucionales, como veníamos
predicando desde 2011 o 2012, cuando se aprobaron.


Al señor representante de Ciudadanos lo primero que quiero decirle es que ALA se presenta a las elecciones del Colegio de Abogados. Claro, es difícil hacer competencia cuando la actual junta de gobierno obtuvo un millón de euros de
financiación del ISDE, que es una empresa de formación, que lo que quería era entrar en el Colegio de Abogados y hacer negocios con ellos. Claro, el representante del ISDE en el Colegio de Abogados de Madrid dimitió de la junta de gobierno en la
tercera o cuarta asamblea. En menos de un año ya había dimitido. Por lo tanto, nosotros nos presentamos; no conseguimos los votos suficientes, pero eso no quiere decir que no tengamos nuestra opinión sobre cuál tendría que ser la organización
colegial.


Empalmo con varias preguntas sobre por qué opinamos que son feudos y cotos privados. Hoy en día, en Madrid, en la junta de gobierno, que es la que nosotros conocemos, hay ocho diputados denunciados por vía penal, con la querella admitida a
trámite, por prevaricación en el ejercicio de su función. Han sido denunciados por otro diputado de la junta de gobierno. La junta de gobierno del Colegio de Abogados de Madrid ha sido condenada por la Audiencia Provincial, Sala de lo
Contencioso-Administrativo, por haber faltado a sus estatutos y por falta de democracia a la hora de tomar las decisiones en las juntas generales de colegiados. Ha sido condenada tres veces por restringir la voz de aquellos socios -entre ellos ALA-
que querían concurrir y que querían hacer manifestaciones y propuestas, porque eran denegadas sistemáticamente. Uno de los diputados de la junta de gobierno, encargado de todos los temas de arbitraje dentro del Colegio de Abogados, es a su vez
titular de una empresa de arbitraje cuyos laudos han sido anulados cuatro o cinco veces por los juzgados de lo Civil, diciendo que había una manifiesta parcialidad entre esa empresa de arbitraje y una de las partes. Esto no es el papel, no es decir
que según la ley se atribuyen las funciones y la deontología de la abogacía a los colegios de abogados y con eso está garantizado todo; estamos hablando de unas entidades centenarias que tienen una forma de trabajar, una forma de concurrir y unas
normas internas completamente opacas. Añado otra de las oscuridades. Hemos reclamado muchas veces informes jurídicos y se nos ha contestado que esos informes jurídicos eran telefónicos y no estaban por escrito y, por lo tanto, no podían justificar
por qué se habían tomado ciertas decisiones dentro del colegio. Añadimos que han incumplido reiteradamente la Ley de transparencia, siendo sancionadas por el Consejo de Transparencia, por no hablar de que hace tres juntas de gobierno -esta junta de
gobierno no- estaba el señor Martín Ingarro, que creo que se mantuvo en el poder veinticuatro años o algo así. Es que los colegios de abogados son lo que son y son así desde hace muchos años. Las formas son las formas y las tendencias son las
tendencias.


Respecto a la privatización del turno de oficio, tiene razón, yo comparto ese miedo. Siempre hay un miedo a la privatización del turno de oficio, tanto si está en manos directas de la Administración como si está en manos del Colegio de
Abogados, lo cual tampoco es una garantía. Le voy a poner un ejemplo muy claro, desde el Colegio de Abogados de Madrid se está promoviendo el probono y la asistencia jurídica para gente sin ingresos. El probono es la concepción de que no hace
falta un servicio de acceso a la justicia público. Eso confronta directamente con el turno de oficio y con la asistencia jurídica gratuita, que dice que cualquier persona tiene derecho a acceder a la justicia. En estos momentos, el Colegio de
Abogados tiene dos posiciones completamente contradictorias, fomentar el probono y fomentar el turno de oficio; verá usted cuál está haciendo. Por no hablar de que los servicios de orientación jurídica en muchos de sus servicios -porque hay
mayores, menores, penitenciario- han sido ya atribuidos a empresas y fundaciones, por ejemplo, a la Fundación Pombo, que pertenece al despacho Gómez-Acebo & Pombo. Es decir, ya hay cauces para privatizar el turno de oficio y la asistencia jurídica
gratuita sin tener que obviar el Colegio de Abogados.


Finalmente, respecto a lo de Cataluña, nosotros creemos que hay mil opciones mejores antes que el Derecho Penal y, aunque alguien haya cometido un delito, no estamos de acuerdo con que haya un uso



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abusivo de la fuerza. La misma frase que usted ha leído podría ser: la persona que robe en el centro comercial, independientemente de que haya cometido un delito o no, no tiene derecho a sufrir violencia por parte del Estado y violencia
policial. Ya está, es esa frase. Si a usted le parece que es especialmente escandalosa, lo lamento, qué le vamos a hacer, es nuestra opinión y la opinión de todas las asociaciones.


A las preguntas del Grupo Parlamentario Unidos Podemos, hay algunas respuestas que no les puedo dar, porque mi asociación no tiene una posición en eso. Ley de Demarcación y Planta, no sabemos de eso. Respecto a la independencia judicial,
tampoco tenemos una posición más allá de que igual que pedimos una democratización de las instituciones colegiales de la abogacía, también pedimos una democratización de otras instituciones, lo cual se aplica tanto al ministerio fiscal como al Poder
Judicial. Por supuesto, también creemos en el control del poder. Es decir, en lo que tampoco vamos a estar de acuerdo es en que el Poder Judicial sea un ente autónomo del Ejecutivo y del Legislativo, porque entonces estamos en las mismas. No sé
si ha sido un representante suyo el que ha dicho que el corporativismo no casa bien. El Poder Judicial, por supuesto, tiene que estar supeditado al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo.


Respecto de las modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, nosotros creemos que, aunque se lleve hablando muchos años, va a ser antes o después. Todos los países de Europa lo tienen. Sabemos qué va a pasar, la cuestión es cómo y
cuándo, porque el cómo afecta al cuándo. Nosotros no estamos de acuerdo en que el ministerio fiscal, tal como está configurado ahora, pueda llevar con garantías la investigación. Sí estamos de acuerdo con el ministerio fiscal y con la mayoría de
los fiscales -nosotros lo notamos y es un lastre en la Administración de Justicia- en la falta de plantilla y en la falta de autonomía, tanto económica como el nombramiento directo por parte del Gobierno; en eso estamos completamente de acuerdo,
pero sí creemos que este debate no tiene que darse solo en los casos que afectan a corrupción o a los partidos políticos o a los grandes bancos, sino en los que afectan a la actuación diaria del ministerio fiscal, a la gente de a pie, que son el 99
% de los casos y son los que nosotros tratamos como abogadas y abogados del turno de oficio. Hay que dar a la fiscalía mayor formación en derechos humanos y en perspectiva de género e igualdad y hay que darle -y no sé cómo hacerlo- mayor contacto
con la realidad. Entendemos que tanto la fiscalía como la judicatura están alejadas del contexto social de su tiempo, y eso lleva a muchas actuaciones que, dependiendo de quiénes sean las partes, pueden ser discordantes o arbitrarias o, lo que es
lo mismo, que haya una ley que diga que sean imparciales no quiere decir que lo sean continuamente, y esto lo vivimos en los juzgados.


Acción popular. Por supuesto. Estamos completamente en contra de que se restrinja de cualquier manera. Además, se dice: se restringe, se recorta, se modifica. Todo eso lo que quiere hacer es quitarle poder a la acción popular. La
acción popular es un derecho que está consagrado en nuestra Constitución, no vale utilizar subterfugios. La acción popular, a pesar de que haya habido muchos abusos, que los ha habido, como también ha habido muchos abusos en cualquier institución,
no puede ser restringida por todos los grandes logros que ha conseguido. La acción popular muchas veces ha sustituido la dejación de funciones de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y del ministerio fiscal; muchos de los
logros jurídicos más importantes de España se han conseguido gracias a la acción popular y se están consiguiendo hoy en día gracias a la acción popular. Que haya instituciones o grupos que utilicen el abuso para ello no impide que tenga que seguir
manteniéndose tal como está o incluso ampliarse. Encadeno esto con la Ley de Jurisdicción Universal, con ese gran avance que teníamos en nuestra legislación y que fue suprimido hace ya varios años.


Ley de Demarcación y Planta; mi asociación no tiene nada que decir. Juzgados especializados, justicia restaurativa y mediación; estamos totalmente a favor, siempre y cuando haya una formación y una inversión adecuadas. Creemos que
cualquier cosa es mejor que el Derecho Penal. No aspiramos a un mejor Derecho Penal, aspiramos a algo mejor que el Derecho Penal, lo que pasa que vemos que hoy en día la mediación no es profesional. Hay gente como yo, abogados, que han ejercido
como abogados toda su vida, que hacen un curso de cien horas en una facultad y tienen el título de mediador y se presentan como mediadores. No; igual que en el ministerio fiscal, el hábito no hace al monje. A alguien que lleva veinte años
dedicándose a la defensa o a un procedimiento contradictorio no puedes pedirle de repente que con cien horas de curso sea un buen profesional o, peor aún, que alterne siendo unas horas abogado y otras mediador. Igualmente, la justicia restaurativa.
Todo lo que sea humanizar la justicia lo vemos perfectamente bien, siempre y cuando se haga con medios, garantías e inversión. Prácticas policiales ilegales, pues sí, pero mi queja aquí no va contra la policía, que no son expertos juristas, mi
queja va contra el ministerio fiscal, contra la judicatura y contra el Gobierno, que ha traspuesto mal y tarde las



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directivas europeas. Se siguen vulnerando los derechos de defensa en las comisarías no permitiendo el acceso al atestado. Eso es clarísimo y lo han dicho jueces europeos, pero seguimos cerrados. En esta postura somos muy claros. Lo mismo
pasa con las prácticas preprocesales, nosotros las llamamos las precocinadas, que llegan ya al juzgado. Pues sí, la Unión Europea dice clarísimamente que una persona, desde el mismo momento en que se sospecha que ha cometido un delito, tiene que
ser informada de sus derechos, y hoy en día te encuentras que hay gente que lleva un año investigada y solo después de que se ha hecho toda la investigación, bien por la policía o bien por el ministerio fiscal, es cuando se entera de qué ha tenido.
Eso atenta contra el derecho de defensa. Y sé que todo el mundo quiere que el deber investigue y castigue al delincuente, pero es que a ese deber se opone un derecho fundamental, que es el derecho a un juicio justo; si han tenido un año a esa
persona sin posibilidad de defenderse, comprenderán que no ha habido contradicción, no ha habido juicio justo.


Procura. Creemos que es una profesión desactualizada. Entendemos que no se puede suprimir de la noche a la mañana. Lo que propugnamos es una fusión con la abogacía, que sean sustituibles, y así se ahorran costes en el sentido de que quien
no quiera recurrir a un procurador, no lo haga; los procuradores no desaparecen, no se genera ese problema económico y no habría ningún problema.


Respondo al representante del Grupo Socialista. Propugnamos la supresión, pero comprendemos que tiene que haber algunos ínterin. Hablamos de libre colegiación o libre asociación, que existan colegios por un lado y existan asociaciones por
otro. Entendemos que sería un interregno perfectamente compatible. Respecto al secreto profesional, no nos referíamos a eso, nos referíamos a las escuchas entre abogado y cliente, aquellas por las que fue sancionado Baltasar Garzón o, por ejemplo,
muchas en temas de narcotráfico, de organización criminal, pero también -la estoy recordando ahora- la del crimen de El Cuco, en la que el juez, con aquiescencia del ministerio fiscal, autorizó meses después a escuchar la conversación entre abogado
y preso no para investigar el delito, sino con intención de averiguar dónde estaba el cadáver; es decir, no había ninguna justificación de investigación del delito para autorizar dicha intervención de las comunicaciones. Nadie levantó la voz,
salvo algunos colectivos de la abogacía, ALA entre ellos.


Paso al representante del Partido Popular. Comprendo que discrepemos, faltaría más, por eso estamos aquí, para escucharnos y para tener la audacia de cambiar de opinión con este intercambio de exposiciones. Nosotros entendemos que esto ha
sido un debate jurídico. He intentado dar la mayoría de los datos y propuestas concretas. ¿Que coincidimos con Podemos? Puede ser, pero no creo que Podemos lleve la supresión de los colegios de abogados en su programa electoral. Tampoco hemos
dicho nada sobre el nombramiento del ministerio fiscal, aunque sí votamos la democratización, es decir, que no sea un nombramiento directo, sino que pase por el Parlamento, con la mayoría que sea, en terna, cuaterna o como sea, juristas de
reconocido prestigio... Ahí no tenemos una posición clara, pero lo que sí tenemos claro es que no puede ser una imposición directa del Ministerio de Justicia.


Respecto a la Ley orgánica de defensa, yo creo que he dado unas pinceladas -caracterizarlo, simbolizarlo, dejar claro, secreto profesional, deontología, autonomía- para que podamos competir en un proceso contradictorio en igualdad de
condiciones con las otras partes y con la judicatura dentro del marco del proceso judicial.


Mejora de la agilidad del procedimiento de otros procesos judiciales. Es que teniendo la media que tenemos de jueces y fiscales, yo creo que se está pidiendo mucho para que vayamos con este retraso. Cuando hablamos de mayor inversión es
porque la plantilla en la Administración de Justicia es escasísima, quitando la abogacía, en la que, al revés, hay muchísimos. Por eso estoy de acuerdo con que haya una ley de acceso a la abogacía y unas pruebas de acceso a la abogacía. No sé
quién manifestó que habían dicho antes que la calidad media del abogado del turno de oficio es muy baja. Nosotros lo comprendemos, lo vemos diariamente y estamos de acuerdo en que es muy baja, en que se pueden hacer defensas muchísimo mejores,
claro que sí. Por un lado, puede haber una falta de profesionalidad o falta de conocimientos por parte de los abogados del colegio de oficio -que no creo que sea tanto por eso, porque para acceder al turno de oficio hay que tener tres años de
experiencia y haber superado un máster o un curso equivalente a un máster homologado bien por un colegio de abogados, bien por una universidad que tenga convenio con los colegios de abogados- o una falta directa de tiempo. Volvemos a lo mismo, 135
euros por expediente; tienes que ir cuatro veces al Juzgado de Instrucción a pasar vistas, tienes que presentar escritos de defensa, tienes que recurrir el auto de transformación, tienes que ir al juicio, tienes que pasarte a hablar... todo eso
humanizándolo, hablando con tu cliente varias veces para saber qué ha pasado, para ofrecerle no solo asistencia legal sino también asistencia moral, que es una parte



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fundamental de nuestra profesión. Pues creo que hay una combinación de falta de medios y falta de formación que tendría que solucionarse. En eso estamos totalmente de acuerdo.


No sé si me he dejado algo.


La señora PRESIDENTA: Creo que no. Damos paso al siguiente compareciente que ya se encuentra en la sala.


- DEL PRESIDENTE DEL CERMI (PÉREZ BUENO), PARA INFORMAR SOBRE TEMAS RELACIONADOS CON EL ESTUDIO Y DEFINICIÓN DE UNA ESTRATEGIA NACIONAL DE JUSTICIA. (Número de expediente 219/000798).


La señora PRESIDENTA: Vamos a continuar con las comparecencias, en este caso la última de la tarde. Nos acompaña don Luis Cayo Pérez Bueno, presidente del Cermi, que conoce y visita habitualmente nuestro Parlamento. Además, en el día de
hoy le podemos dar la noticia, que imagino ha seguido con atención, de que esta misma mañana el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la modificación de la Ley del Tribunal de Jurado para facilitar el acceso sin exclusiones de las personas
con discapacidad al mismo; lo hemos hecho con una unanimidad que no es muy común en esta Cámara, por lo que es para felicitarnos y darnos la enhorabuena.


Ha visto la mecánica de la Comisión. Sin más le cedo la palabra.


El señor PRESIDENTE DEL CERMI (Pérez Bueno): Muchas gracias. Buenas tardes, señora presidenta, señores portavoces, señorías, personal al servicio de la Cámara.


En primer lugar, quiero expresar el agradecimiento a los grupos solicitantes de la comparecencia del Cermi y a la Mesa por acordarla. También quiero expresar la satisfacción de nuestra entidad y dirigir una felicitación a la Cámara por la
creación de esta subcomisión para abordar una estrategia nacional de justicia en la que deseamos ver asumida la dimensión inclusiva con las personas con discapacidad y sus familias como grupo social diferenciado con necesidades singulares. Voy a
hacer una mínima, sumaria presentación de la entidad, porque no tengo que presumir que la conocen sus señorías.


El Cermi es la expresión del movimiento asociativo de la discapacidad para la incidencia, la representación y la interlocución política. Aspiramos a generar cambio social desde una óptica de derechos humanos, inclusión en la comunidad,
empoderamiento y extensión del bienestar para las personas con discapacidad y sus familias. De igual modo, construimos, planteamos y desplegamos la agenda política de la discapacidad para que los poderes públicos la hagan suya. Tenemos reconocido
por parte del Estado, del Gobierno y de otros poderes la representación y la interlocución oficial a través de nuestra presencia en el Consejo Nacional de la Discapacidad, en el Real Patronato sobre Discapacidad, así como estamos designados también
por el Estado español como mecanismo independiente de seguimiento de la aplicación de la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad en España.


Antes de pasar a enunciar, que creo que es el objeto de la comparecencia y que va a despertar el mayor interés de sus señorías, esta agenda política de la discapacidad en materia de justicia con vista a fraguar una estrategia nacional de
justicia, creo que resulta conveniente conocer -aunque este Parlamento ya lo conoce por las sucesivas, constantes y fluidas relaciones a través de las comisiones de Discapacidad, de Sanidad y Servicios Sociales y otras- qué es hoy la discapacidad en
España, para que puedan entender y contextualizar las demandas que seguidamente les haremos. Cuantitativamente, hay más de cuatro millones de personas con discapacidad en nuestro país, doce millones si se cuentan las familias, y en uno de cada
cinco hogares hay una situación de discapacidad, y creciendo. Somos alrededor del 9 % de la población, 60 % de mujeres y el 60 % mayores de 65 años. Un millón en el medio rural. Se ha producido un cambio en el rostro de la discapacidad y desde
hace unas décadas que era originaria, ahora mismo estamos en una situación de discapacidad sobrevenida, que se adquiere después, en la juventud, en la edad madura o, sobre todo, en la edad avanzada. Cualitativamente, para que entiendan nuestra
realidad social, tenemos una extensión generalizada de menor renta y mayores gastos, mayor pobreza, por tanto, dificultades enormes para acceder a derechos y bienes considerados básicos, entre ellos el servicio público esencial de la justicia, una
elevada dependencia de instancias ajenas a la propia persona con discapacidad o su familia, y necesidad de mecanismos de vigilancia, protección y garantía de nuestros derechos.



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Podemos decir que estamos en una situación de exclusión permanente y estructural, y podemos ser considerados un grupo social y excluido. Esta exclusión sistemática y estructural de las personas con discapacidad hace más necesario que nunca
un trabajo intenso de acción legislativa y política, de política pública, de mentalización, de toma de conciencia social de todos los operadores y queremos ser considerados, y esta es una de las primeras peticiones que traslado a esta subcomisión,
como un grupo de interés en la mejora de la justicia como poder y de la Administración de Justicia como dispositivo que la ejerce y la despliega. Hemos pasado a la secretaría de la Comisión este mismo guión con enlaces donde hay documentación de
interés y relevante a nuestro juicio, donde pueden ampliar lo que yo voy a decir aquí muy sumariamente.


En materia de justicia comenzaría enunciando tres ejes básicos que nos gustaría ver recogidos en la estrategia nacional y, por tanto, en el acuerdo político que esperamos y confiamos en que pueda obtenerse y que le dé concreción. Establecer
la atención a la discapacidad, en tanto que grupo social vulnerable y con un especial déficit de ciudadanía, como elemento de atención transversal y prioritaria en los mandatos y compromisos de la estrategia nacional de justicia. Sentar como
principio rector de la estrategia que la legislación, las políticas públicas, la acción y las prácticas, en el ámbito de la justicia y en su proyección con las personas con discapacidad, se revisarán y se ajustarán con arreglo a los valores,
principios y mandatos de la Convención de Naciones Unidas de 2006, que cité antes, firmada y ratificada por España y vigente en nuestro país desde el año 2008. Asimismo, no sé si otros sectores sociales han tenido la oportunidad de expresarlo ante
sus señorías: instauración y puesta en práctica del principio de diálogo civil entre los poderes públicos, el Ejecutivo, en sus varias dimensiones; Estado y comunidades autónomas y el Judicial, y los sectores y movimientos sociales, entre ellos el
de la discapacidad, a través de cauces permanentes y estructurados de participación y consulta definidos a través de consejos, foros o políticas o alianzas de cooperación. Creemos que la Administración de Justicia, esta relación directa con los
sectores y movimientos sociales, está en nuestro país en un estado muy incipiente, cuando no inexistente.


Antes de continuar con la exposición de las demandas en materia de justicia, quisiera hacer una mínima referencia a nuestra agenda política máxima como discapacidad organizada, porque parte de lo que planteamos como grandes cuestiones para
la legislatura, para los próximos años, tiene un impacto directo en cuestiones de justicia. Como Cermi pedimos una reforma constitucional que constitucionalice como fundamentales los derechos sociales y la inclusión y la igualdad efectiva respecto
de las personas con discapacidad. También consideramos necesaria una ley estatal de garantía de derechos y servicios sociales.


En materia de derechos humanos, necesitamos una ley orgánica de adecuación del ordenamiento jurídico a la convención citada de Naciones Unidas que lleve, al menos, estas cuestiones como más perentorias: Reforma de la Ley Orgánica del
Régimen Electoral General, para extender el derecho de voto a todas las personas con discapacidad, y cien mil personas con discapacidad incapacitadas judicialmente que están privadas de su derecho de voto, lo que atenta gravemente con esa
Convención; reforma de la Ley del Jurado, a la que se refería la presidenta, en marcha felizmente y cercana a su consecución -esta mañana he tenido la oportunidad de estar en tribuna asistiendo al debate y nos felicitamos por este avance-. Un tema
esencial es la reforma de nuestro ordenamiento civil sustantivo y procesal para establecer un sistema que garantice la igual capacidad jurídica ante la ley; los sistemas de incapacitación, la tutela, la curatela y asimilados son contrarios a la
convención internacional, sustituyen a la persona en la toma de decisiones. Ese paradigma está superado y hay que ir a uno donde se la complemente, no donde se la sustituya.


Asímismo, y en la esfera penal, pedimos la supresión completa de la esterilización forzosa que aún permanece, a pesar de la reforma de 2015, en nuestro texto penal. También supresión y revisión del actual procedimiento de internamiento
forzoso por razón de discapacidad psicosocial, salud mental, que entendemos que también va contra los derechos humanos de las personas con discapacidad. Y revisión del Código Civil para eliminar aspectos discriminatorios, vestigios de ser una norma
más que centenaria, que aún permanecen por motivos asociados a discapacidad.


Dicho esto, como gran cuestión de agenda máxima, y voy encarando el final de mi intervención, paso a la formulación de propuestas y medidas más concretas en materia de justicia y discapacidad.


Necesidad de una carta de derechos de la ciudadanía ante la Administración de Justicia con dimensión inclusiva, que tenga en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad. Acceso a la justicia. Asistencia jurídica gratuita.
Beneficio de justicia gratuita. Mantener, ensanchar y reforzar cuanto sea posible una posición especialmente considerada hacia las personas con discapacidad y sus organizaciones



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en la regulación que exista en cada momento; ahora mismo, estamos en esa posición, pero hay que mantenerla y aumentarla. Accesibilidad universal del servicio público de la justicia. Sabrán sus señorías que el 4 de diciembre de 2017, por
imperativo de esta Cámara, es el límite legal máximo para alcanzar la accesibilidad universal de todos los entornos, productos y servicios. También esto se aplica y es de extensión a la Administración de Justicia, pero nos tememos que, en este
caso, se va a incumplir palmariamente. Se precisa un plan de accesibilidad universal de la Administración de Justicia con dotación económica y calendario de los entornos físicos, virtuales, de relación y comunicación, y también cognitivo. Hay que
hacer más fáciles, comprensibles e inteligibles la literatura de nuestros textos judiciales, y también de los servicios de la Administración de Justicia, entendida extensamente: notarías, registros, colegios profesionales. No basta con las puras
dependencias estrictamente judiciales sino con todos los operadores cuyo concurso es necesario para una correcta Administración de Justicia. Hay que trabajar en la toma de conciencia y formación de todos los operadores judiciales y jurídicos sobre
discapacidad desde un enfoque exigente de derechos humanos. Necesitamos también una Administración de Justicia facilitadora, cercana y con conocimiento de las diversidades sociales, entre ellas la de discapacidad.


Proponemos la creación de una fiscalía especializada en el seno de la Fiscalía General del Estado en materia de protección de los derechos de las personas con discapacidad y personas mayores. Creación de órganos judiciales especializados
con arreglo a una demarcación de proximidad en protección de los derechos también de personas con discapacidad y mayores. Creación de servicios de orientación jurídica por parte de los operadores jurídicos colegiales con intervención en la
Administración de Justicia: abogacía, procuradoría, notaría, registro, graduados sociales, etcétera.


Pedimos también -y esto con urgencia, aunque sabemos que hay alguna iniciativa legislativa en el Parlamento en este sentido- remisión de la adscripción de determinados asuntos que tienen un gran impacto social a la jurisdicción más
apropiada. Hago mención a un caso especial: la necesidad urgente de residenciar las controversias en materia de dependencia de la Ley 39/2006, de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia, en la jurisdicción social; ahora
mismo está en la jurisdicción contencioso-administrativa. Hay una proposición de ley del Grupo Parlamentario Socialista pendiente, y que sí instamos. Tiene el suficiente calado y puede suscitar el consenso para que se apruebe pronto, lo que sería
una mejora enorme para el 1 300 000 personas que tienen reconocida la prestación y que no la están percibiendo en este momento en nuestro país, y que si tuvieran acceso a la jurisdicción social podrían obligar a la Administración social a hacer
efectivo su derecho.


Presencia de las personas con discapacidad en la Administración de Justicia como personal a su servicio. Aquí ya hay medidas de acción positiva, cuotas de reserva que se han ido desplegando en los últimos años. Y también una progresiva
adecuación del puesto de trabajo, del entorno laboral y de la carrera profesional a los profesionales del ámbito judicial con discapacidad.


Protocolos estrictos para acreditar con solvencia la imputabilidad o inimputabilidad de personas con discapacidad que cometen delitos o faltas, a fin de que si son inimputables no terminen con penas de privación de libertad en nuestras
cárceles. Nos consta que hay muchas situaciones donde no se ha sido vigilante, no se ha sido fino en la apreciación de la imputabilidad o no y muchas personas con discapacidad intelectual o psicosocial terminan siendo reos de delitos y terminan
cumpliendo condenas en la cárcel.


Vigilancia del aumento de los delitos de odio asociados a discapacidad y medidas para reducirlos o paliarlos. También nos preocupan mucho las víctimas con delito. Las personas con discapacidad estamos más expuestas a abusos, a maltrato y a
agresiones y, por tanto, pedimos la puesta en práctica y despliegue de las previsiones favorables contenidas en el Estatuto de Víctimas del Delito que se aprobó dos legislaturas anteriores y que tenía bastantes medidas en favor de las personas con
discapacidad. Recuperación de activos procedentes de delitos que han de ser revertidos más intensamente a acción social de apoyo y asistencia a víctimas, y a prevención y empoderamiento.


En cuanto a violencia de género -esta mañana también el Congreso aprobaba el informe sobre el Pacto de Estado en materia de violencia-, el 20 % de las víctimas mortales son mujeres con discapacidad, cuando las mujeres con discapacidad solo
son el 10 % de la población femenina en España. Tenemos una mayor cuota por esa mayor exposición, susceptible de recibir los daños de la agresión machista.


Llamo la atención, y voy concluyendo, sobre la situación de los reclusos y las personas inimputables con discapacidad sometidas a medidas de seguridad de privación de libertad. En Cermi hemos estudiado la realidad de la población
penitenciaria con discapacidad y les puedo decir que no es nada halagüeña, que se necesitan muchas medidas para atenderles. Más de 4000 personas de toda la población reclusa en España. También creemos que es necesario promover medios
extrajudiciales preventivos o que eviten



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que todas las controversias sean judicializadas ante la Administración de Justicia. Esto favorecería mucho a las personas con discapacidad que, a veces, tienen miedo reverencial a ámbitos, a esferas no conocidas que imponen un cierto temor,
como pueden ser los juzgados, los tribunales, las dependencias policiales, etcétera.


En materia procesal, nos permitimos también aconsejar que, sin detrimento de las garantías, se han de aligerar y reducir cargas y ritualismos innecesarios en los procesos donde participen personas de grupos sociales vulnerables que necesitan
urgentemente la tutela efectiva y rápida de sus derechos, como somos las personas con discapacidad. Y también sometemos a su consideración la posibilidad de explorar la creación de un cauce procesal específico, a modo de interdicto, de protección
jurisdiccional de los derechos sociales, que dé una respuesta pronta y eficaz a las vulneraciones de derechos de contenido prestacional que, al no tener carácter de derecho fundamental en la vigente constitución, están en situación de debilidad
protectora.


Para concluir, señorías, hacemos un ofrecimiento como movimiento social de generar alianzas y cooperación reforzada de la sociedad civil organizada con la Administración de Justicia. Nos gustaría ser considerados, incluso aspirar algún día
a tener un estatuto legal como un operador, como entidades colaboradoras de la Administración de Justicia, en ningún caso para sustituirla, sino para apoyarla y ayudarla en la consecución de objetivos sociales y de inclusión.


Hago referencia en la documentación que se les ha aportado de los informes lo más actualizados posibles existentes en nuestra literatura sobre discapacidad, derechos y justicia para que los tengan a su disposición con los enlaces en línea
donde están disponibles.


Presidenta, señoría, simplemente quedo ya a las preguntas, cuestiones, críticas o contraste de opinión que quieran hacernos, reiterándoles que para nuestro movimiento social sería de la mayor importancia que esa dimensión inclusiva de la
parte de diversidad humana que supone la discapacidad esté en esta estrategia nacional de justicia.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Cayo. Ahora tienen la palabra los grupos parlamentarios.


Por el Grupo Parlamentario Mixto, el señor Bataller.


El señor BATALLER I RUÍZ: Gracias, presidenta. Señor Cayo, buenas tardes, soy Enric Bataller, diputado de Compromís, una de las formaciones que hemos solicitado su presencia aquí. Quiero agradecerle su exposición, teníamos ganas de contar
con la opinión de personas que, de la sociedad civil organizada, están trabajando mucho para que podamos tener un conocimiento fiel, exacto, de cuáles son las verdaderas necesidades de las personas usuarias de la justicia por encima de debates más
formalistas en los que a veces solemos incurrir.


Le doy las gracias por su exposición. Hay muchos puntos que me han interesado. Veo que ustedes han realizado un gran trabajo de análisis de la realidad, cuentan con muchos datos y esto es muy de agradecer. Leo entre líneas de lo que usted
ha estado diciendo que lo que demandarían de la justicia es que, aparte de unas facilidades materiales en cuanto al acceso, hubiera también unas facilidades humanas; es decir, unas facilidades en cuanto a que quienes intervienen en la
Administración de Justicia, jueces, fiscales, letrados, otro tipo de funcionarios, abogados, procuradores, sepan trabajar con las personas, sepan dar un trato que psicológicamente sea aceptable y que el acceso a la justicia no suponga para muchas
personas, sobre todo para aquellas que pertenecen a colectivos más vulnerables, una agravación de los padecimientos que uno tiene cuando ha tenido que llegar ante ella. Me parece muy interesante lo que usted plantea. Además, desde un punto de
vista un poco egoísta le diré que la senda que usted abre está muy bien para atender a las personas con discapacidad y también para todo el resto de la sociedad, para que la transitemos, porque, al final, el objetivo último debe ser tener una
justicia más humana, más abierta y más accesible. Y ya le digo, en lo personal y no solo en lo material.


No sé si no lo he oído, a lo mejor en la información que nos traslada por escrito lo veremos, pero en los indicadores más relevantes que usted ha mencionado, me gustaría saber en qué lugar está España, sobre todo comparándola con países de
nuestro entorno, países que sean realmente equiparables a nuestra realidad.


Usted también ha apuntado la reforma de algunos textos legales, por ejemplo, el de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. Me gustaría que concretara más, qué reformas querrían, así como también en cuanto a la reforma de los procesos
que actualmente se siguen para acordar tutelas, curatelas. Ha



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apuntado su necesidad y me gustaría, si puede, que nos diera alguna mayor precisión de qué es en lo que querrían que se hiciera un especial hincapié.


Veo que es muy importante la referencia que usted ha hecho a la necesidad de que se doten abundantes medios extrajudiciales preventivos. Ha aludido al miedo reverencial que, efectivamente, es algo que está presente. Es importante para las
personas que sufren alguna discapacidad, pero también para el conjunto de la sociedad, porque no olvidemos que la escenografía de la Administración de Justicia está pensada desde el inicio precisamente para amedrentar, para provocar una situación, y
las personas con discapacidad son más vulnerables a ello, pero el resto de personas no dejamos de estar afectados negativamente por esto. Tenemos que ver cómo hacemos una justicia que tenga un trato más abierto donde prime la idea de que a lo que
se va ahí es a solucionar un problema y no a buscar otras finalidades de sujeción social o de cierta represión o soterramiento de conflictos.


Me parece muy interesante la propuesta que usted ha lanzado, la recojo y la estudiaremos desde Compromís, de una especie de interdicto para la pronta protección de derechos sociales. Y, enlazando con esto, voy a otra cosa que usted ha
indicado, la necesidad de proximidad de la justicia. La proximidad es importante para las personas que tienen algún problema para desplazarse, pero también es básica para todo el conjunto de la sociedad. La gente, cuando acude a un juzgado debe
saber que está acudiendo a un sitio próximo en lo físico y también en lo mental, que se va a encontrar con gente con la que tiene una conexión y con la que, realmente, va a poder relacionarse bien y va a poder comunicarse, que es de lo que se trata.


También quiero hacer hincapié en las referencias que usted ha hecho a la necesidad de dar una especial atención a las víctimas del delito. Le agradezco las cifras que nos ha dado sobre las mujeres discapacitadas víctimas de violencia de
género y sobre la necesidad de mejorar la determinación de la inimputabilidad, porque coincido con usted en que la realidad carcelaria de nuestro país, que es el que tiene una población carcelaria más exageradamente grande de nuestro entorno, ahí sí
que encontramos muchas personas que estarían en situaciones de inimputabilidad, pero han acabado yendo a parar ahí y no están recibiendo el tratamiento alternativo que deberían.


En suma, señor Cayo, le doy las gracias por su intervención. Le agradecería, si usted lo tiene a bien, que me aclare estos puntos.


Nada más y muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, el señor Gómez Balsera.


El señor GÓMEZ BALSERA: Gracias, presidenta. Bienvenido, señor Cayo otra vez al Congreso. Doy fe de que lleva usted una jornada de trabajo muy intensa, tanto en el Senado como en esta casa. En primer lugar, le quiero dar la enhorabuena
por el premio Ciudadano Europeo 2017, premio que creo se concede a personas u organizaciones excepcionales, y esto merece la pena subrayarlo, que luchen por los valores europeos, precisamente en estos tiempos en los que tanto vale la pena
reivindicar los valores europeos. Vaya por delante nuestra enhorabuena y agradecimiento.


Voy a hacer mías la totalidad de las preguntas que le ha expresado el señor Bataller, que han sido todas muy interesantes. Y no cabe hacer muchas más, porque ustedes, desde el Cermi, hacen una labor muy eficaz en trasladarnos a los grupos
parlamentarios periódicamente sus propuestas y sus iniciativas, las cuales me gustaría señalar que están muy bien fundamentadas y nos sirven mucho en nuestro trabajo y en nuestra labor diaria.


Me gustaría preguntarle qué conocimiento o constancia tiene usted acerca de los trabajos de la Comisión General de Codificación en relación a esa revisión del Código Civil a la que usted mismo se ha referido en su intervención. También me
gustaría saber su opinión en lo que yo creo que es muy conveniente, un tránsito de instituciones que provienen del derecho romano como son la tutela o la curatela, instituciones que ya tienen más de dos mil años de antigüedad, a procedimientos de
apoyo o auxilio en la toma de decisiones, a procedimientos que garanticen y respeten mejor la voluntad de las personas con discapacidad.


Aquí me detengo. Gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias. Por el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra la señora Terrón.



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La señora TERRÓN BERBEL: Muchas gracias, señora presidenta.


Quiero agradecerle una vez más al señor Luis Cayo su presencia en esta Cámara. Yo he tenido la oportunidad de escucharle en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, sobre todo por el tema de la dependencia, una ILP que presentaron, que
parece que todavía estamos esperando que se pueda tramitar y aprovecho aquí para reivindicar que se ponga en marcha esa ponencia para esa necesaria iniciativa legislativa que, además, viene de las organizaciones y del gran trabajo que hacéis. Por
eso, quiero felicitarle hoy a usted y, por supuesto, a toda la gente que tiene detrás, agradeciéndoles el trabajo. Me uno al compañero de Ciudadanos respecto a que es cierto que es muy necesario el tirón de orejas que nos dan, y a las propuestas
relativas al gran trabajo que viene desde la sociedad civil, lo que, sin duda, es un mandato para que podamos llevarlo a cabo y podamos ponerlo en marcha. Además, propuestas que son de sentido común para un país que se dice democrático y que
defiende la igualdad, para que cualquier persona, independientemente de la situación socioeconómica o de la diversidad funcional, pueda tener acceso a los derechos de la misma manera.


Nosotros consideramos que son peticiones de sentido común y que son mandatos esos ejes básicos que comentaba: la atención a la discapacidad como elemento transversal, no solo en esta estrategia nacional de justicia, sino en cada uno de los
sistemas que componen este Estado democrático, y que se cumplan esos acuerdos de la Convención de Ginebra. Estamos muy contentos de formar parte de organizaciones internacionales, pero también es hora de que cumplamos su mandato. Por supuesto,
tomamos nota y creo que hay un consenso generalizado con esa iniciativa. Quizá solo haya un matiz en lo que debiésemos discrepar, pero no mucho más.


Por deformación profesional quería incidir en una de las peticiones, que es un clamor y que debería estar en marcha desde hace años, como es el cambio a la jurisdicción social en los litigios por dependencia. Quiero aquí recordar que hay
una proposición no de ley aprobada en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, precisamente para que esa Ley 36/2011, que decía en su disposición adicional séptima que en un plazo de tres años se desarrollaría para pasar esos litigios del
contencioso-administrativo a la jurisdicción social, debería haberse puesto en marcha; además se aprobó una proposición no de ley del Grupo Popular. Reivindicar un poco que esas propuestas en las que somos capaces de ponernos de acuerdo y que son
un clamor de la sociedad, de las organizaciones, y en este caso también del Cermi, que se pongan en marcha dado que están aprobadas por consenso.


Poco más. Me uno a esas preguntas que han hecho mis compañeros. Creo que son muy acertadas.


De nuevo, quiero agradecer su presencia y el trabajo. Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, la señora Hernanz.


La señora HERNANZ COSTA: Muchas gracias, señora presidenta y muchas gracias al compareciente. Creo que hoy es un día en el que tenemos que felicitarnos, con la aprobación de esa modificación de la Ley del Jurado hemos hecho una justicia
mejor, una justicia para iguales. En ese sentido, desde el Grupo Parlamentario Socialista queremos, sincera y profundamente, agradecer el trabajo de las asociaciones como la que usted preside. Creo que esa continua reivindicación y acompañamiento
del poder legislativo da sus frutos, es muy importante. Es verdad que nos aporta puntos de vista y conocimientos sobre aspectos de los cuales a veces no somos lo suficientemente conocedores, o a veces no les damos la suficiente importancia. Por lo
tanto, creo que hoy es un día de alegría pero, sobre todo, un día de reconocimiento y de animarles y pedirles que sigan trabajando en la misma línea, ofreciéndonos, por supuesto, ya saben dónde estamos. Es cierto que tienen un trabajo muy intenso
en esta Cámara, pero pedirles que no desfallezcan y que continúen trabajando en esa línea.


Aparte de las preguntas que ya le han realizado, y de reiterar la puesta a disposición del Grupo Parlamentario Socialista, hay algo que he leído en el documento y que me ha llamado la atención: la creación de órganos judiciales
especializados con arreglo a la demarcación de proximidad. Entiendo perfectamente el sentido, pero no sé si comparte que tal vez entrañe algún riesgo, con la situación de los juzgados que tenemos en este país, la creación de algunos juzgados
especializados como los de la cláusula suelo, que vemos que no están dando resultado. No sé si esto, en este momento, no cree que podría dificultar más que facilitar las cosas.


Muchas gracias.



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La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Alba.


La señora ALBA MULLER: Gracias, presidenta.


He podido ojear rápidamente el documento que nos ha entregado, al que haré referencia a continuación. En primer lugar, quiero agradecerle su comparecencia en esta Comisión puesto que la visión que nos aporta el Cermi siempre resulta
esclarecedora y enriquecedora. En esta Comisión, y en seno de la Subcomisión para la Estrategia Nacional de la Justicia, llevamos ya varias sesiones oyendo a expertos distintos aspectos del mundo de la justicia, pero cualquier pacto o acuerdo que
se pudiera alcanzar estaría incompleto si no se tuviera en cuenta la opinión al respecto -ha hecho referencia en su intervención- a más de cuatro millones de personas directamente afectadas y a doce millones, si se tiene en cuenta a las familias.
Yo ya traía este dato de su comparecencia en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad, de 22 de noviembre de 2016; comparecencia en la que nos vino a poner deberes a todos los grupos, especialmente a los miembros de aquella
Comisión de Políticas Integrales para la Discapacidad, que, como ya le he indicado en alguna ocasión, y ayer concretamente, tenemos siempre a la vista el documento que se nos hizo llegar previamente de propuestas en materia de derechos de inclusión
y bienestar de personas con discapacidad y sus familias. A este documento le vamos a añadir este y será de nuevo otro de nuestros documentos de cabecera.


Lo cierto es que en lo que llevamos de legislatura, que es poco tiempo y muy vivido, hemos alcanzado alguna de las metas que el Cermi nos marcaba a todos. La Comisión de Discapacidad ya es legislativa, algo que en aquel momento era un
desiderátum, en la actualidad se ha cumplido; y también ha aprobado ya su primera ley, concretamente la de modificación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en cuanto a los requisitos y trámites para la celebración del matrimonio de personas con
discapacidad. Así mismo, y en el día de hoy concretamente, se ha aprobado la proposición de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. Verá que, poco a poco, vamos haciendo los deberes que nos pone el Cermi.


Sin embargo, ahora nos encontramos en otro foro en el que los retos que se nos plantean son muchos y tienen gran repercusión en la vida y en los derechos de los ciudadanos, que en alguna ocasión prácticamente todos hemos de acudir a la
justicia. Representa usted a un colectivo que exige exactamente eso, la posibilidad de ejercer los derechos de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos, por lo que desearía que nos diese su opinión sobre
dos cuestiones que, en realidad, son la misma: cuáles son los principales obstáculos con los que se encuentran las personas con discapacidad a la hora de acceder a la justicia en igualdad de condiciones y qué elementos o reformas de la justicia
serían, en su opinión, necesarios para conseguir la plena participación de las personas con discapacidad en la sociedad.


Le reitero nuestro agradecimiento y mis disculpas por no haber estado a lo largo de toda su intervención.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señoría.


De nuevo, tiene la palabra el señor Pérez Bueno para responder a las consideraciones de los grupos parlamentarios.


El señor PÉREZ BUENO (Presidente del CERMI): Muchas gracias, presidenta, señorías, portavoces.


En primer lugar, desde el movimiento social al que tengo el honor de representar aquí esta tarde quiero agradecer a los grupos la receptividad, el tono colaborativo y cooperativo y la disposición que siempre muestran a traducir en hechos
legislativos, en actividad parlamentaria, la agenda política y social de este movimiento social, y que se manifiesta y expresa en sus palabras, en la entonación que le ponen y en esa permanente respuesta a nuestras demandas a través de medidas de
colaboración y disposición a colaborar.


Hecho ese agradecimiento general, voy a intentar responder a las cuestiones más concretas que me ha planteado el señor Bataller, representante de Compromís. Esto es una aproximación que hago casi a título personal, pero creo que sería
compartida por mi movimiento social. Más que las leyes, más que los recursos humanos, lo verdaderamente determinante para que las personas con discapacidad y sus familias aprecien una calidad y una calidez en la Administración de Justicia es el
elemento humano, la dimensión humana. Igual que en otros sistemas de enorme importancia como el sanitario está más asumido, más interiorizado, donde hay incluso estructuras de humanización, hay direcciones generales,



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hay elementos en la Administración sanitaria que se dan cuenta de esa cierta frialdad, de ese mecanismo sin pasión, sin latido, en que puede convertirse cualquier dispositivo público, y que buscan precisamente la proximidad, la calidad pero
con calidez, en la justicia no pasa eso. Creo que necesitamos un plan de humanización de la justicia. Esta mañana, en el debate del Pleno, lo decía la representante socialista, la justicia es ciega, simbólicamente representada, y ya tiene algo que
ver con la discapacidad. Pero creo que tiene que hacerse más humana, con un trato más cordial, más amigable, más amistoso con todas las personas, sobre todo con las personas que van buscando su protección o que están más expuestas a la violación de
sus derechos, entre ellos las personas con discapacidad. Y me parece que quizá esa estrategia, esa parte de humanización tenía que decirse; no quiero decir que sea despiadada e inhumana, pero sí que mejoraría si tuviera esa dimensión de mayor
humanización.


Me preguntaba también el señor Bataller qué lugar ocupa España en relación con el resto del mundo en materia de inclusión de la discapacidad. No es fácil. Tengo que decir que la inclusión, los derechos, el bienestar de las personas con
discapacidad, no está resuelto en ninguna parte del mundo, hay -desde este punto de vista- países más decentes. No siempre tiene que ver con dinero, con recursos; puede haber, y los ha habido a lo largo de la historia e incluso en la Europa rica y
opulenta de después de la Guerra Mundial, sistemas dotados pero sistemas equivocados, en los que se excluía a la persona, por ejemplo, los países con un estado del bienestar más potente les daban algún tipo de prestación pasiva, pero se le alejaba
en una especie de arrinconamiento vital. Se le podía dar una pensión, una residencia, pero no se le hacía un miembro activo, valioso, participativo de su comunidad. Eso es una muerte civil, aunque tengas asegurada la vida material. Por tanto,
podemos decir que España, en el plano legislativo, es un país avanzado. A diferencia de otros países donde la ley es imperativa, aquí hay una diferencia notable entre lo que se aprueba, lo que publican nuestros diarios oficiales y lo que es
realidad. Hay una distancia a veces enorme entre la legalidad nominal y la traducción práctica de esa legalidad, siempre en detrimento del ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, lo cual crea enorme frustración. Cuando se nos
anuncia y saludamos dispositivos nuevos como la autonomía personal y la dependencia, que se creó en 2006, diez años después, el año pasado, hacíamos el balance y no deja de ser decepcionante, y eso genera en las personas, que veían a veces con
esperanza desbordada y desmedida lo que podía suponer, una desconfianza, un recelo, una reticencia, un no creerse las instituciones que es preocupante y genera una cierta desafección.


España tiene, a diferencia de otros países que han tenido un estado del bienestar más potente, un entramado asociativo, una malla, muy fuerte, que, en los peores momentos, cuando los poderes públicos no comparecían, hace 40 o 50 años, cuando
no había políticas públicas, han sustituido a los poderes públicos. Después, se ha ido consiguiendo que los poderes públicos lo asuman, a veces como derecho, a veces como política no establecida con un grado de exigencia necesario, y ahora son un
complemento, un colaborador activo, un detonador de política pública muy interesante. Estaríamos en una situación en Europa, si se pudiera hacer esta especie de clasificación, entre los diez primeros países, también lo somos por riqueza y, por
tanto, algo que no fuera parecido a eso indicaría que lo estábamos haciendo muy mal. Mejor en legislación y peor en la práctica, en la materialidad de esa legislación y de esa política. Siento no poderle decir el cuarto o el quinto del mundo,
porque tampoco sería real, sería una mera salida a una pregunta difícil.


Cuestiones más concretas que propone. Yo no me he extendido por el tiempo y porque hay en esta Cámara una Subcomisión para la reforma de la LOREG donde sabemos que vamos a ser convocados. Esta Ley Orgánica Electoral General, amparándose en
el proceso de incapacitación del Código Civil, al que también me he referido, y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, permite a los jueces incapacitar a aquellas personas que, en un paradigma ya anticuado y superado, se entiende que tienen problemas
para gobernarse a sí mismas desde el punto de vista de la protección de sus intereses personales y patrimoniales, y por tanto se las sustituye en la toma de decisiones; se les designa un tutor, un curador, la patria potestad prorrogada, por
ejemplo, en el caso de que la situación de falta de toma de decisión venga antes de la mayoría de edad. Y ese sistema, que es el histórico, que puede remontarse casi hasta el Derecho Romano, que tiene una larga tradición en el Derecho español,
genera en los operadores más conspicuos un rechazo a la novedad, consideran que es un sistema proteccionista, tuitivo, que ya hace mucho por la persona y que no debe ponerse en duda. La Convención de Derechos Humanos dice que todas las personas
tienen derecho de voto, es un derecho que no se puede restringir desde ningún punto de vista; que es obsceno y grosero preguntar, por razón de discapacidad, sobre el grado de discernimiento. No hay que entrar siquiera a preguntar porque no se le
pregunta a ningún otro, se presume que eres un



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nacional del país, que tienes más de 18 años y que puedes votar, a veces a voleo, porque te ha apetecido. Siempre que no se cometa delito electoral, hay que respetar tu voto y tu voluntad electoral. Pues en el caso de las personas con
discapacidad, no, y un forense, un juez, un fiscal, otras partes del proceso de incapacitación valoran si tiene o no discernimiento para poder emitir un voto. Esto es contrario al marco de derechos humanos que España voluntariamente ha asumido con
el artículo 30 de la Convención de 2006, y tiene que ser superado. En 2011, Naciones Unidas, en la primera revisión que tuvo España como signatario de ese tratado, ya se le dijo que tenía que reformar este artículo. Nuestra propuesta está hecha,
los grupos parlamentarios la conocen y la puedo reiterar aquí: es la eliminación del artículo 3 de la posibilidad que le da al juez de privar del derecho de voto en los casos de incapacitación. Esa posibilidad no está en el Derecho Civil, no está
en la Ley de Enjuiciamiento Civil, no está en el Código Civil, está en la legislación electoral. Basta suprimirla de la legislación electoral para que el derecho de voto de las personas con discapacidad estuviera resuelto. Y previmos una situación
intermedia. Ahora mismo hay 100 000 personas que están privadas del derecho. Si no decimos que les restablecemos el derecho por ministerio de la ley, obligamos a esas personas a que fueran a un nuevo proceso de incapacitación a su costa,
pagándolo, y saturarían más los juzgados civiles para recuperar el derecho caso a caso. Entendemos, como cuando se deroga una conducta que se consideraba delictiva, que no hay que revisar proceso a proceso; desaparecen los efectos de ese proceso.
Pues esa es nuestra propuesta, de la que dispone la Comisión Constitucional y también los grupos políticos.


Creo que contesto también a una pregunta de Ciudadanos que hacía suyas las del señor Bataller e insistía en cómo están los trabajos en España para sustituir ese procedimiento de incapacitación judicial por uno que hemos llamado de apoyo a la
toma de decisiones. Ha habido dos mandatos de este Parlamento al Gobierno, en 2009 y 2011, de remitir en el plazo de un año un proyecto de ley, que no se cumplieron. Y ahora, en esta legislatura, sí que hay, y esperemos que se fragüe y se
concrete, un mandato del Ministerio de Justicia a la Comisión General de Codificación, Sección Primera, que es el órgano prelegislativo consultivo del Gobierno en el ámbito de la justicia, para que prepare una propuesta de modificación del Código
Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil para adaptar la legislación española al artículo 12 de la Convención, que habla de la igual capacidad jurídica. En ello estamos. Hemos tenido posibilidad de comparecer ante esa Comisión General de
Codificación, está al frente un presidente muy activo, muy convencido, y están preparando una propuesta al Gobierno. Hemos tenido oportunidad de conocer ese primer borrador y hacer aportaciones al mismo. A nuestro juicio, es un trabajo meritorio
pero todavía está lejos del grado, en el mejor sentido de la palabra, de revolución que significa el artículo 12 de la Convención. Por ejemplo, nosotros planteamos que se llame procedimiento de apoyo a la toma de decisiones, y la comisión general,
con una cierta querencia por la tradición jurídica española, habla de que se llame curatela, para mantener esa tradición que hay en nuestro Derecho y que no parezca que es borrón y cuenta nueva de olvidarse de todo lo pasado. Hay otros aspectos que
entendemos que pueden mejorar, pero como tuvieron la deferencia de hacernos parte, de escuchar cuál es nuestro modelo y de abrirlo a nuestras observaciones y aportaciones, que están en fase de estudio por parte de la Comisión, vamos a esperar a ver
cuál es su resultado, qué elevan al Gobierno. Pero, en principio, ahora está abierta la línea más firme o más consistente de los últimos años para afrontar esta reforma, que no es nada fácil. Ningún país la ha hecho, el último, en 2016, Irlanda,
pero lejos de un modelo ideal. El país que más está avanzando, pero todavía no está aprobada es, como en tantas otras cosas, Canadá, que tiene trabajos prelegislativos muy avanzados, pero no está aprobada. Otros intentos que se han hecho en países
sudamericanos o en Italia se quedan a medio camino entre lo que era la tradición jurídica y lo que es el nuevo paradigma de la Convención. Puede haber una cierta tentación de quedarse en un término medio, que tendríamos que evitar por todos los
medios.


Medios extrajudiciales efectivos que no supongan, en ningún caso, eludir la participación o la acción de la justicia cuando esta tenga que ver. Entendemos que sí son posibles, que tenemos que ser creativos, innovadores y ofrecer. Es verdad
que el arbitraje no dio los frutos que se esperaba, pero quizá la mediación social, civil, sí que puede aportar muchos elementos. También se han dado algunos pasos con la jurisdicción voluntaria, aunque no es una absoluta desjudicialización, pero
pueden evitar la gravosidad de la pura resolución judicial tal como la conocemos.


Respecto del interdicto de derechos sociales, es un tema que hemos trabajado. Los derechos sociales, los que no tienen carácter de fundamentales, no pueden acogerse a la protección jurisdiccional de derechos fundamentales, a esos
procedimientos sumarios. A veces tenemos que intentar canalizarlos por ahí, por ejemplo, en el derecho a la educación inclusiva o la tutela judicial efectiva, pero entendemos que



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los derechos de contenido prestacional, los que obligan a las administraciones a dar, a proveer, a acompañar, deben tener un medio de protección sumaria rápida, que no nos lleve solo a lo contencioso, que se hace imposible, muy lento y
disuade. Nadie va a un contencioso salvo que no le quede otra posibilidad. Creo que he respondido más o menos a todo lo que me ha preguntado.


La proximidad y las víctimas del delito. Este Parlamento aprobó la transposición de una directiva, el Estatuto de la víctima del delito. Conseguimos que tuviera muchos aspectos de discapacidad interesantes y ahora lo que necesitamos es que
se despliegue y que pueda ser un elemento de acompañamiento a las personas que ya han sufrido los efectos del delito y que no tienen que ser revictimizadas con un abandono o con la desidia o la negligencia por parte de la Administración.


Del resto de intervenciones, agradezco a su vez la felicitación por ese premio Ciudadano Europeo 2017 concedido por el Parlamento Europeo a Cermi en nuestro 20.º aniversario. Es verdad que somos una entidad muy propositiva y que tenemos un
grado de exigencia entendemos que notable, pero también muy colaborativos, una colaboración exigente. Entendemos que quien más sabe de nuestros problemas somos las propias personas con discapacidad, que nos hemos empoderado y que no solo nos
quejamos, que es muy lícito y sano democráticamente, sino que proponemos al legislador o al titular del poder Ejecutivo en las administraciones las soluciones, para no ser solo peticiones un poco abiertas, sino también concretas. Hacemos, por
ejemplo, un seguimiento sistemático de la labor legislativa y allí donde podemos introducir elementos de dimensión inclusiva, se lo hacemos saber a los grupos para que mejoren, perfeccionen o amplíen el ámbito de ese proyecto de ley o de esa
iniciativa. O promovemos otras: la reforma de la Ley del Jurado es una demanda de Cermi que el Senado hizo suya y que inició el iter legislativo. Con respecto a la Comisión General de Codificación, creo que he contestado con la pregunta global.


A la señora Terrón, de Unidos Podemos, quiero agradecerle su tono y coincido en lo que se ha dicho. Hubo una proposición no de ley, aprobada por unanimidad a propuesta del Grupo Parlamentario Popular, pero hay más, hay una proposición de
ley que creo que está a resultas del debate de toma en consideración, y creo, porque así nos lo ha transmitido el Gobierno a través del Imserso y la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, que están de acuerdo y que el Gobierno se ha pronunciado
a favor del contenido de la proposición de ley. Entonces se trata de acelerarla, porque va a ser una de las medidas más efectivas, abriendo la jurisdicción social a las personas que ahora se enfrentan a incumplimientos por parte de su
Administración social, que, aunque reconozcan su PIA, no está haciendo efectiva la prestación. Imaginemos esto en el ámbito de la Seguridad Social, que nos reconocieran la pensión y que pasaran meses y meses y no la cobráramos. Sería impensable.
Pues en dependencia pasa. Y hay muchos meses, y no quiero que se me tilde fácilmente de demagógico, pero es que hay gente que muere en ese interregno y se queda sin cobrar la prestación. ¿Y eso es un derecho subjetivo que no tiene tutela o que la
tiene que diferir a la jurisdicción contenciosa? Pues consideramos que eso ayudaría mucho, porque es una jurisdicción barata, más amigable y donde hay un conocimiento y una tradición por parte de los juzgadores sociales de favorecimiento de la
persona en peor situación, que en este caso sería la persona con discapacidad o con dependencia. Sí les instamos a que aceleren, en la medida de lo posible, la aprobación de esa norma que viene de 2011, con un plazo hasta 2014, y que se ha quedado
ahí, no sé si víctima de la crisis o de otras circunstancias.


En cuanto al Grupo Parlamentario Socialista, nos hemos congratulado de la aprobación de esa Ley del Jurado. Algún medio de comunicación me preguntaba hoy ¿pero cuántas personas con discapacidad van a jurados? Pues ahora mismo casi ninguna
porque la ley se lo impedía. En todo caso, no es una cuestión solo de número o de impacto, es una cuestión cualitativa, de que podamos participar en la Administración de Justicia, y si el jurado es el tribunal por excelencia que se abre a la
participación popular, es un baldón que las personas con discapacidad no puedan estar presentes y ser miembros del jurado.


Con respecto a la pregunta que me hacía de creación de juzgados especializados, por decisión del Consejo General del Poder Judicial ya hay, aunque un tanto precarios, juzgados especializados por materias ahora mismo en torno a las
incapacitaciones. En el futuro, si desaparece el procedimiento de incapacitación, sería, como nosotros hemos propuesto, de protección de derechos de personas con discapacidad y mayores. Hay al menos uno por provincia, que esto de proximidad es
relativo, pero no está estructurada, no forma parte de la planta y de la demarcación. Lo que esto permite, al menos, aunque tenga ciertos riesgos, es generar un conocimiento muy importante a la hora de abordar estas situaciones, y más en el futuro,
cuando se establezca un procedimiento, va a tener que ser muy personalizado, no van



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a valer los clichés y los estereotipos procesales. Por tanto, entendemos que van a ser necesarios juzgados o unidades judiciales, también fiscalías, especializadas en protección de los derechos de las personas con discapacidad, que puedan
responder con todo el acompañamiento social, con todo el acompañamiento de las propias organizaciones de la sociedad civil para que tomen la mejor decisión a la hora de establecer los apoyos que necesita esa persona. Entonces, sí consideramos
necesario y conveniente la existencia de juzgados o unidades judiciales especializadas en estas materias.


Para concluir, señora Alba, del Grupo Parlamentario Popular, es cierto, tenemos una relación fluida como sector de la discapacidad con esta Cámara, con el Senado también, que ya cuenta con una Comisión de Discapacidad legislativa, lo que
hace que estemos muchas veces aquí y a veces nos reiteremos y nos repitamos, pero para nuestro movimiento social es un gusto poder compartir con sus señorías todas nuestras inquietudes y propuestas. Lo hemos dicho, y no es por halagar, que el
Congreso y el Senado son los poderes públicos que sentimos como más próximos y más cercanos la ciudadanía con discapacidad. Acabamos de fallar anteayer los premios Cermi 2017, había uno extraordinario del 20.º aniversario y se lo hemos concedido a
las Cortes Generales, al Congreso y al Senado, como expresión de esa gratitud por la cercanía y proximidad a nuestra realidad y por los avances que en estos veinte años se han conseguido gracias al Parlamento. Ahí no voy a insistir.


Me preguntaba cuáles son los principales obstáculos y demandas para el ejercicio de los derechos en relación con la Administración de Justicia. Me excusará que vuelva a hacer la intervención, pero queda ahí expuesto y para cualquier otra
indicación a su grupo, a usted o al resto de grupos en el Cermi estamos a su completa disposición, con ansias y con muchas ganas de seguir colaborando para hacer de los derechos humanos una realidad práctica para las personas con discapacidad que
aún está muy lejos.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Cayo. Con esta intervención, damos por concluida la sesión de la tarde. La próxima Comisión que tenemos convocada el día 9 de octubre.


Se levanta la sesión.


Eran las seis y treinta minutos de la tarde.