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Notas de prensa

La Ley de protección de derechos y bienestar de los animales queda aprobada

16/03/2023
- Han quedado incluidas diez enmiendas aprobadas por el Senado

La Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales ha concluido hoy  su tramitación parlamentaria y está lista para su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su entrada en vigor. El procedimiento legislativo ha finalizado con el debate y votación por el Pleno del Congreso de los Diputados de las enmiendas aprobadas por el Senado. En concreto, el texto definitivo incluye diez de las dieciocho enmiendas de la Cámara Alta. En concreto se trata de las modificaciones presentadas a los artículos 25, 27, 28.2, 30, 34, las disposiciones transitorias segunda y quinta y las disposiciones finales tercera, sexta y octava.

Entre las enmiendas introducidas por el Senado y ratificadas hoy por el Pleno  se suprime "la prohibición de ejercer la mendicidad valiéndose de los animales de compañía", que figuraba en la letra f) del artículo 25 (que pasa a ser el artículo 19). 

Además se suprime el apartado 3 del artículo 30 (que pasa a ser el 24) por el que "las personas titulares junto con sus perros deberán realizar un test para valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social. Los términos en cuanto a edad y peso mínimos del perro y contenido y características del test, se desarrollarán reglamentariamente".

El Congreso ha rechazado la enmienda del Senado por la que se suprimía el artículo 38, referido a las colonias felinas. Así, en la ley que será publicada en el BOE se mantendrá que será obligatoria la identificación mediante microchip, registrada bajo la titularidad de la Administración local competente, y la esterilización quirúrgica de todos los gatos comunitarios.

Actividades culturales y festivas

La iniciativa tiene por objetivo, según la exposición de motivos, regular "el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad" y ofrecer los mecanismos legales para "fomentar la protección animal y prevenir el alto grado de abandono de animales en nuestro país".

Asimismo, el proyecto de ley define "los mecanismos de adopción de individuos abandonados, estableciendo criterios pedagógicos, informativos y de control de los animales que garanticen que los animales no identificados sean la excepción a una normalidad donde la mayoría de ellos estén identificados y con sus tratamientos veterinarios al día".

El proyecto de ley regula la participación de animales en ferias o actividades culturales como exposiciones. En este sentido, se requiere que los animales estén bien alimentados e hidratados, así como contar con un "espacio adecuado para refugiarse de las inclemencias climatológicas". En romerías o eventos feriados, los animales deberán presentar "un estado higiénico-sanitario óptimo y tener garantizados durante el transcurso de la actividad unos niveles óptimos de bienestar animal". Además, se prohíbe el uso de animales en este tipo de eventos "cuando se identifique un exceso de temperaturas" o "se haga uso de elementos pirotécnicos".
 
Por otro lado, se prevé, entre otras medidas, la creación de un Sistema Central de Registros para la Protección Animal, la elaboración de una Estadística de Protección Animal, con el objetivo de conocer el estado de la protección animal en el conjunto de la sociedad española, así como un Plan Estatal de Protección Animal, que contendrá objetivos y acciones para "erradicar de nuestra sociedad el maltrato animal en todas sus vertientes".
 
Asimismo, la norma regula el control poblacional de todos los gatos comunitarios, "con el fin de reducir progresivamente su población manteniendo su protección como animales de compañía" y establece las funciones que, al respecto, tendrán las administraciones locales. También se regulan en el texto las actividades de cría, comercio, transporte, venta o adopción de animales.

Otro de los aspecto que refleja el texto es la obligatoriedad de que las personas propietarias de perros realicen un curso formativo con el objetivo de facilitar la correcta tenencia responsable del animal. En concreto, la norma estipula que las personas que convivan con animales de compañía tienen el deber de protegerlos y a tal efecto de "superar la formación de tenencia responsable reglamentada para cada especie de animal de compañía". 

Tramitación parlamentaria

El proyecto de ley originario se presentó por el Gobierno en agosto de 2022. Concluido el plazo de presentación de enmiendas no se presentó ninguna enmienda a la totalidad, por lo que continuó su tramitación en ponencia, comisión y Pleno, al haber sido avocada la iniciativa. 

Durante su trámite en ponencia, el texto del Gobierno fue modificado con la incorporación de 114 enmiendas y 34 enmiendas transaccionales. Entre los cambios en el informe de la ponencia se añaden dos disposiciones adicionales nuevas, con las que se prevé la presentación de un proyecto de ley de grandes simios, así como la elaboración, por parte del Gobierno, de "un documento con recomendaciones sobre principios éticos y condiciones de protección animal que deben respetarse en la investigación clínica veterinaria".
 
Asimismo, el texto incluye tres nuevas disposiciones transitorias prohíben tener determinadas especies como animales de compañía. En este listado se incluyen, entre otros, reptiles venenosos y aquellos que en estado adulto superen los dos kilos de peso, excepto los quelonios. Asimismo, se establece que las tiendas donde se comercialicen perros, gatos y hurones tendrán un plazo de doce meses para finalizar su actividad de venta de estas especies.

El dictamen aprobado por la comisión de Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad incluye el informe de la ponencia, cinco enmiendas transaccionales y las tres enmiendas. Además, durante su trámite en comisión se elimina del texto original el capítulo IV referente a los animales, tales como perros, hurones o aves de cetrería, utilizados en actividades específicas y profesionales. 

Tras su aprobación en Pleno del Congreso el pasado mes de febrero, el proyecto de ley se envió al Senado. Durante su trámite en ponencia y comisión se mantuvo en sus propios términos el texto remitido. El Pleno del Senado incorporó dieciocho enmiendas por lo que la iniciativa ha regresado al Congreso de los Diputados para la celebración de un último debate antes de su aprobación definitiva.

Una vez concluida la tramitación parlamentaria la ley está lista para su entrada en vigor, que se producirá, de acuerdo con su disposición final décimo segunda a los veinte días de su publicación en el BOE.