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Notas de prensa

El Pleno aprueba tramitar la reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón para la supresión de aforamientos

13/09/2022
La propuesta de Reforma de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, presentada por las Cortes de Aragón, ha superado su primer examen parlamentario tras someterse al debate de totalidad en el Pleno del Congreso de los Diputados. La iniciativa ha contado con 320 votos a favor, ningún voto en contra y 18 abstenciones.

La propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, defendida ante el Pleno por una delegación de la cámara autonómica compuesta por el vicepresidente del Gobierno de Aragón y diputado del Grupo Aragonés, Mariano José Arturo Aliaga; María del Mar Vaquero, del Grupo Popular, y Beatriz García, de Ciudadanos; modifica el estatuto autonómico para suprimir los aforamientos de los diputados y las diputadas del parlamento aragonés y de las personas que componen el Gobierno de Aragón, así como para garantizar un mínimo de 14 escaños por provincia en las Cortes aragonesas.

La reforma propone modificar los artículos 38.2 y 55 del Estatuto de Autonomía de Aragón, que regulan el estatuto de los diputados y las diputadas, y de los miembros del Gobierno de Aragón, respectivamente, para suprimir sus aforamientos. Actualmente, estos artículos establecen, tal y como se indica en la exposición de motivos del texto, que el enjuiciamiento de estas personas, "en razón del cargo que ostentan, se atribuye a un órgano judicial superior al juez que resultaría objetiva y territorialmente competente". 

En este sentido, y según la exposición de motivos de la iniciativa, se considera que estas personas no deben seguir gozando dicha prerrogativa, "habida cuenta de la plena confianza en la independencia del poder judicial, y, en particular, de la jurisdicción ordinaria". El texto también indica que el aforamiento "hoy en día, encaja difícilmente en el artículo 14 de la Constitución española, que consagra el principio de igualdad de la ciudadanía ante la ley". 

Por otro lado, la reforma del Estatuto aragonés incluye la modificación del texto del artículo 36 sobre la composición de las Cortes de Aragón para establecer que cada provincia estará representada "en todo caso, por un mínimo de 14 escaños". Según indica el texto en su exposición de motivos, con esta modificación se busca garantizar "el mantenimiento de la representatividad de las provincias menos pobladas, consolidando un modelo territorial más equilibrado".

El establecimiento de un número mínimo de escaños por provincia viene motivado, según el texto, por "la evolución demográfica de Aragón en las últimas décadas, con un peso poblacional cada vez mayor de la capital aragonesa, y la pérdida de población de las zonas rurales, especialmente en las provincias menos pobladas". 

Tramitación parlamentaria

Tras obtener el respaldo de la Cámara Baja, la propuesta de reforma continuará su tramitación parlamentaria con la apertura del plazo de enmiendas que serán estudiadas en ponencia. El informe que elabore la ponencia se remitirá a la Comisión Constitucional, que debatirá y votará las enmiendas al articulado para emitir un dictamen que se elevará al Pleno. 

El dictamen de la Comisión, con las enmiendas que, en su caso, se mantengan vivas y los votos particulares que puedan presentarse, serán debatidos y votados de nuevo en Pleno. Si el texto resultante de la incorporación de las enmiendas que se aprueben obtiene, en una votación de conjunto, la mayoría absoluta de votos de la Cámara, será remitida para su deliberación al Senado, que puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas.  

En ambos casos deberá volver al Pleno del Congreso, que podrá levantar el veto o decidir si mantiene o revoca los cambios incorporados por la Cámara Alta. Si el Senado no realiza ninguna modificación, la reforma estatutaria quedará aprobada y lista para ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).