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Notas de prensa

La Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación envía al Senado el Proyecto de Ley por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación

28/10/2020
La Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación ha aprobado hoy con competencia legislativa plena el dictamen sobre el Proyecto de Ley por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, que continúa su tramitación parlamentaria en el Senado. 

En su reunión de hoy, miércoles 28 de octubre, la Comisión ha debatido y votado las enmiendas que se han mantenido vivas al informe de la Ponencia, que han quedado rechazadas, por lo que el dictamen que se remite al Senado mantiene el texto redactado por la ponencia, que ha sido aprobado con 20 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones. 

Esta iniciativa procede del Real Decreto-Ley 5/2020, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, convalidado y tramitado como proyecto de ley por la vía de urgencia por el Pleno celebrado el 25 de febrero. A continuación, durante la fase de Ponencia se acordó incorporar la enmienda número 128 del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, que modifica el artículo 23.4 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

Tras su nueva redacción, este artículo establece que "se presume, salvo prueba en contrario, que son autores de las infracciones tipificadas en la letra b) del apartado 1 y en los dos primeros incisos del párrafo tercero del apartado 2 de este artículo, relativas a no formalizar por escrito los contratos alimentarios y no incorporar en el contrato alimentario el precio recogido en el artículo 9.1 c), los operadores que no tengan la condición de PYME, los que no tengan la condición de productor primario agrario, ganadero, pesquero o forestal o agrupación de los mismos y los operadores respecto de los cuales el otro operador que interviene en la relación se encuentre en situación de dependencia económica, cuando cualquiera de ellos se relacione con otros operadores que tengan la condición de PYME o de productor primario o agrupación de los mismos, o se encuentre en situación de dependencia económica".

Este proyecto de ley introduce la obligatoriedad de una cláusula en los contratos que garantice que el precio pactado entre el productor primario agrario, ganadero, pesquero o forestal y su primer comprador cubre los costes de producción y prohíbe aquellas actividades promocionales que den lugar a error en relación al precio e imagen de los productos.

Con estas medidas, se prohíbe la venta a pérdida o la destrucción de valor en la cadena. De igual forma, en esta norma se consideran graves infracciones que antes eran leves, como no formalizar por escrito los contratos alimentarios, no incluir el precio o realizar modificaciones en el precio.

Igualmente, el texto incluye modificaciones del IRPF para favorecer a los jóvenes que reciben ayudas a la primera instalación en los programas de desarrollo rural  de las comunidades autónomas. 

En materia de empleo, se reducen a 20 el número mínimo de jornadas cotizadas (peonadas) necesarias para acceder al subsidio por desempleo de trabajadores eventuales agrarios y se introducen bonificaciones para la conversión de contratos eventuales en indefinidos o fijos discontinuos, para que el trabajo en el campo sea más estable. Además, con el objetivo de combatir la brecha de género, dicha bonificación será mayor en el caso de la conversión de contratos de las trabajadoras agrícolas.

Por último, se permitirá a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social entrar y revisar las condiciones de los alojamientos y locales de descanso puestos a disposición de los trabajadores por parte de los empresarios, aunque estos se encuentren fuera de los centros de trabajo o lugares donde se ejecuta la actividad laboral.

Este cambio normativo, que no altera el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio puesto que se mantiene la necesidad de consentimiento expreso de las personas que habiten en él o la autorización judicial, tiene por objetivo garantizar unas condiciones laborales dignas y reforzar la idea del trabajo decente.